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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ACADÉMICOS UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO PERIODO DE PANDEMIA 2020-2021 DIRECCIÓN GENERAL ACADÉMICA V 2. Martes 13 de abril de 2021 2021

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MANUAL

DE PROCEDIMIENTOS ACADÉMICOS

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO

PERIODO DE PANDEMIA

2020-2021

DIRECCIÓN GENERAL ACADÉMICA

V 2. Martes 13 de abril de 2021

2021

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3 ÍNDICE

I. Procedimientos para casos de calificaciones reprobatorias 105, 106 y 107 23

II. Procedimientos para casos de examen extraordinario, título de suficiencia I o título de suficiencia II 30

III. Procedimientos para firmas de actas del segundo semestre del ciclo escolar 2019- 2020 y primer semestre del ciclo escolar 2020-2021. 38

IV. Expedición de documentos de alumnos 40

V. Solicitud de cambio de calificación 44

VI. Para la acreditación de los talleres de actividades deportivas de alumnos vigentes 45

VII. Solicitud de baja temporal o definitiva 45

Presentación 06

Introducción 08

Motivación y Fundamentación 12

Procedimientos 23

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VIII. Para cancelar el registro de un adeudo económico en el departamento de servicios escolares 47

IX. Para tramitar un reingreso 47

X. Expedición de documentos para alumnos con baja definitiva 51

XI. Para la acreditación de los talleres de actividades deportivas de alumnos de baja definitiva. 53

XII. Expedición de documentos para un alumno pre-egresado. 55

XIII. Para solicitar una autenticación documental. 66

XIV. Procedimiento para obtener la carta de pasante 68

XV. Instrucciones para solicitar pagos de beca no realizados. 70

XVI. Información del centro de idiomas 73 XVII. Procedimiento para realizar examen de

grado (Posgrado) 75

XVIII. Trámites para Titulación (Licenciatura) 82

XIX. Procedimiento para acceder a apoyos de capacitación al personal académico de la UACH

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SAD SA

XX. Invitación a id2020-35 formación docente para el desarrollo de planes de estudio innovadores. 98

XXI. Procedimiento para acceder a apoyos económicos del proyecto 108 “id-34 acreditación de carreras”

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XXI. Invitación a actividades deportivas

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PRESENTACIÓN

A partir de la suspensión de las clases presenciales por parte del Gobierno Federal en todas las instituciones educativas mexicanas, debido a la presencia de la pandemia causada por el COVID-19, la Universidad Autónoma Chapingo se vio obligada a continuar sus actividades educativas de manera virtual, con las consecuentes limitantes y problemas para implementar un nuevo sistema educativo.

Ante este panorama y, con la finalidad de plantear soluciones a los múltiples problemas académicos surgidos, se han tenido diversas reuniones desde el 2020, con los subdirectores de las Unidades Académicas de la Universidad y con otras personalidades involucradas, dentro del espacio llamado COSAC, CHAPINGO CONTIGO. Producto de estas reuniones y retomando acuerdos del H. Consejo Universitario y su Comisión Académica, se presenta este documento, que es el Manual de Procedimientos Académicos de la Universidad Autónoma Chapingo, que señala los lineamientos a seguir en los diferentes procesos académicos universitarios actuales, a los integrantes de la Comunidad Universitaria.

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Es importante destacar, además de la decidida participación de los subdirectores académicos de la Universidad, directores, académicos, administrativos, directivos, que aportaron valiosas ideas, el papel protagónico de la Comisión Académica del H. Consejo Universitario, que, gracias a su dedicación y esfuerzo, hicieron posible la publicación de la versión 1 del presente Manual de Procedimientos Académicos.

Dr. José Solís Ramírez Rector

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INTRODUCCIÓN

La Universidad Autónoma Chapingo tuvo una huelga del 6 de marzo al 18 de agosto del 2020; de manera casi paralela, el 16 de marzo de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo número 02/03/20 por el que se suspenden las clases en las escuelas de educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestros de educación básica del Sistema Educativo Nacional, así como aquellas de los tipos medio superior y superior dependientes de la Secretaría de Educación Pública, entre otras. Además, el 14 de mayo de 2020, la Secretaría de Salud publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, y que indicaba que las clases presenciales se reiniciarían solo con semáforo verde.

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Referente a lo realizado por la UACh, el 23 de julio de 2020, el H. Consejo Universitario estableció el acuerdo 1160-3, donde el H. Consejo Universitario instruye a las autoridades de la administración central y unidades académicas a promover la impartición de cursos sobre el uso de las TIC´S para la impartición de clases a distancia.

A partir de entonces, debido a la implementación del sistema educativo virtual, han surgido una gran cantidad de nuevos problemas, que, aunados a los antiguos, no habían sido considerados por la Administración Escolar Universitaria, entre otras cosas debido a la implementación de clases en línea, reducción de personal y el cierre físico de la Universidad, pero que urge resolver por la proximidad del término del actual semestre, el programa de estímulos y la regularización de la situación académica y de becas de alumnos, entre otras cosas.

Para proporcionar alternativas de solución a los múltiples problemas académicos, se han tenido diversas reuniones con los Subdirectores Académicos de las Unidades Académicas y con otras personalidades involucradas, dentro del espacio denominado COSAC, CHAPINGO CONTIGO. Producto de estas reuniones y sistematizando acuerdos alcanzados por el H. Consejo Universitario y su Comisión

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Académica, se generó un documento base de

propuestas de lineamientos por parte de la Dirección General Académica, que plantea estrategias para los problemas existentes. Con la finalidad de realizar un proceso participativo, se envió esta sistematización de propuestas y acuerdos a los Subdirectores Académicos, de Investigación y los de Servicio y Extensión de todos los Departamentos, Centros y Unidades de Enseñanza, Investigación y Servicio (DEIS), de la Universidad Autónoma Chapingo, por correo electrónico, el 19 de marzo del presente año, con la finalidad de que hicieran observaciones para mejorar dichos lineamientos y llegar a acuerdos. Se recibieron comentarios de casi todas las Unidades Académicas.

Además de la decidida participación de los

subdirectores y de varios directores, se ha tenido la intervención directa de la Comisión Académica del H. Consejo Universitario, para generar acuerdos con base en lo acordado por el pleno del H. Consejo Universitario. Debido a la cercanía del fin del presente semestre y la necesidad de tomar decisiones, y considerando que en general lo propuesto es complemento de acuerdos ya aprobados de las diferentes instancias involucradas, se sistematizaron en el presente Manual de Procedimientos Administrativos Académicos, los acuerdos.

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MOTIVACIÓN Y FUNDAMENTACIÓN

Acuerdos del H. Consejo Universitario:

ACUERDO 1164-4 ACUERDO 1164-5

El H. Consejo Universitario acuerda que la fecha límite para solicitar baja temporal correspondiente al 2do. Semestre del ciclo escolar 2019-2020 será el 6 de noviembre de 2020, debido a la situación de pandemia por COVID-19 y los avances diferenciados de los cursos en las unidades académicas. El H. Consejo Universitario acuerda que los alumnos de primero a sexto año y propedéutico que no se hayan presenta- do durante el desarrollo de una asignatura impartida a distancia, de segundo semestre del ciclo escolar 2019-2020 se les asiente como calificación final 107, Materia Pendiente de Cursar (MPC). El H. Consejo Universitario acuerda que aquel alumno que tenga hasta dos calificaciones finales en la alternativa 107 (ciento siete) se les elabore un plan de regularización hasta por los dos semestres

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siguientes por la unidad académica de adscripción y, de ser el caso, en acuerdo con la unidad de procedencia para esas dos materias.

El H. Consejo Universitario acuerda que aquel alumno que tenga registrada tres o más calificaciones finales 107 (ciento siete) en el segundo semestre del ciclo escolar 2019-2020 sea dado de baja temporal, la cual no contabilizará en el historial académico.

El H. Consejo Universitario acuerda que para el 2do. Semestre del ciclo escolar 2019-2020, los alumnos de primero a sexto año y propedéutico cuya calificación obtenida sea reprobatoria, hasta en dos materias, se les dé oportunidad de cursarlas bajo un plan de regularización hasta por los dos semestres siguientes por la unidad académica de adscripción y, de ser el caso, en acuerdo con la unidad de procedencia para esas dos materias.

ACUERDO 1164-6 El H. Consejo Universitario instruye a la

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Comisión Académica para que atienda los casos especiales de alumnos de 7mo. año de las diferentes unidades académicas que hayan tenido problemas durante la impartición de cualquier curso a distancia

en el 2do. semestre del ciclo escolar 2019- 2020. El plan de regularización académica será propuesto por la propia unidad académica correspondiente.

Acuerdos de la Comisión Académica del H. Consejo Universitario:

Acuerdo 1 del 10 de agosto de 2020. La Comisión Académica del HCU acuerda autorizar la realización en línea de exámenes extraordinarios, título de suficiencia primera oportunidad y título de suficiencia segunda oportunidad, y validar las calificaciones obtenidas. Acuerdo 2 del 2 de marzo de 2021. La Comisión Académica del HCU acuerda que el Departamento de Servicios Escolares (DSE) flexibilice sus procesos y

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procedimientos de la Administración Escolar, establecidos en la reglamentación académica, con el fin de dar solución a los problemas académicos que enfrenta la Universidad durante este periodo de pandemia por el COVID-19. Dichas modificaciones deberán ser informadas a esta Comisión para su conocimiento. La duración de este acuerdo será por el tiempo mismo que dure la emergencia sanitaria y, al término de esta, se hará una evaluación de las modificaciones para su actualización en los reglamentos de la Universidad o su derogación. Los informes de aplicación de este acuerdo se deberán entregar de manera mensual por la DSE, incluyendo una relación de casos o problemas y cómo se van resolviendo.

Acuerdos tomados por la Comisión

Académica del H. Consejo Universitario el 9 de abril del año en curso, sobre la atención de los alumnos que tuvieron dificultades de conectividad durante la asistencia a sus asignaturas impartidas a distancia durante el presente primer semestre del ciclo escolar 2020-2021:

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1. Que los estudiantes de primero a séptimo año y propedéutico que hayan presentado dificultades de conectividad durante el desarrollo de una asignatura impartida a distancia, del primer semestre del ciclo escolar 2020-2021, se les asiente como calificación final 107 (ciento siete).

2. Para el primer semestre del ciclo escolar 2020-2021, los estudiantes de primero a sexto año y propedéutico que tengan hasta dos calificaciones finales reportadas con clave 107 (ciento siete), se les permitan regularizar dichas asignaturas hasta por los dos semestres siguientes en la Unidad Académica de adscripción y, de ser el caso, en acuerdo con la Unidad de procedencia. En el caso de los alumnos de séptimo año también tendrán los dos semestres de regularización, pero una vez concluido el segundo semestre del ciclo escolar 2020-2021, quedan en carácter de alumnos pre-egresados con la posibilidad académica de concluir su regularización en el primer semestre del ciclo escolar 2021-2022.

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3. Para el primer semestre del ciclo escolar 2020-2021, los estudiantes de primero a sexto año y propedéutico que tengan dos calificaciones finales no aprobatorias, con una de ellas 107 (ciento siete), se les permitan regularizar dichas asignaturas hasta por los dos semestres siguientes en la Unidad Académica de adscripción y, de ser el caso, en acuerdo con la Unidad de procedencia. En el caso de los alumnos de séptimo año también tendrán los dos semestres de regularización, pero una vez concluido el segundo semestre del ciclo escolar 2020-2021, quedan en carácter de alumnos pre-egresados con la posibilidad académica de concluir su regularización en el primer semestre del ciclo escolar 2021-2022.

4. Que aquel estudiante que tenga registradas tres o más calificaciones finales no aprobatorias, donde al menos una de ellas sea con clave 107 (ciento siete), en el primer semestre del ciclo escolar 2020-2021, será dado de baja temporal, la cual no contabilizará en su historial académico,

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por única ocasión debido a la situación de pandemia por COVID-19.

5. Que para el primer semestre del ciclo escolar 2020-2021, los estudiantes de primero a sexto año y propedéutico cuya calificación final obtenida sea reprobatoria, hasta en dos asignaturas, se les permita regularizar dichas asignaturas hasta por los dos semestres siguientes en la Unidad Académica de adscripción y, de ser el caso, en acuerdo con la Unidad de procedencia. En el caso de los alumnos de séptimo año también tendrán los dos semestres de regularización, pero una vez concluido el segundo semestre del ciclo escolar 2020-2021, quedan en carácter de alumnos pre-egresados con la posibilidad académica de concluir su regularización en el primer semestre del ciclo escolar 2021-2022.

6. Que aquel estudiante que tenga registradas tres o más calificaciones finales reprobatorias se le aplicará lo estipulado en el Reglamento Académico de Alumnos.

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7. Sobre la realización de exámenes extraordinarios, título de suficiencia primera oportunidad y título de suficiencia segunda oportunidad: a. Se amplía el periodo de aplicación de exámenes extraordinarios, título de suficiencia primera oportunidad y título de suficiencia segunda oportunidad del 26 de abril al 11 de junio de 2021. b. Dadas las condiciones de retraso en la aplicación de exámenes extraordinarios, título de suficiencia primera oportunidad y título de suficiencia segunda oportunidad existentes, la Comisión Académica instruye a las Unidades Académicas a encontrar alternativas para su realización, tomando en cuenta que deben ser a distancia, dadas las condiciones sanitarias que aún se viven como consecuencia de la pandemia por COVID-19.

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Acuerdos de la Comisión de Evaluación y Seguimiento (CES), del Programa de Estímulos al Desempeño Docente:

Esta instancia publicó la convocatoria anual respectiva, para que los profesores concursen para este programa, a partir del 19 de abril del presente año, por lo que la Comisión se vio en la necesidad de recurrir a la declaración de la convocatoria que establece: “Los aspectos no contemplados en la presente convocatoria, serán resueltos por la Comisión de Evaluación y Seguimiento (CES), del Programa de Estímulos al Desempeño Docente, en acuerdo con el titular de la Dirección General Académica”.

Con base en lo anterior, y derivado de las reuniones que se sostuvieron el 23 y 25 de marzo del presente año, quedó asentado en las actas de la CES los siguientes acuerdos: 01. “La CES aceptará las actas de califica0iones que estén firmadas y selladas, al menos, por los subdirectores

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académicos o equivalentes. Esto aplicará para las actas de calificaciones del segundo semestre del ciclo escolar 2019-2020 y del primer semestre del ciclo escolar 2020-2021”.

02. “La Dirección General Académica proporcionará a la CES, para su consulta, la información referente al proceso de titulación y de obtención de grados académicos que tenga en su poder, ya sea mediante una base de datos o una plataforma diseñada exprofeso”. A continuación, se presentan los procedimientos para la aplicación de acuerdos y lineamientos de la Administración Académica, que entrarán en vigor a partir del 30 de marzo de 2021 y hasta el regreso a la normalidad de las actividades académicas de la Universidad Autónoma Chapingo.

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PROCEDIMIENTOS

I. PROCEDIMIENTOS PARA CASOS DE CALIFICACIONES REPROBATORIAS 105, 106 Y 107.

01. La comunidad estudiantil cuyos desempeños académicos los ubiquen dentro de los acuerdos 1164-5 del HCU de fecha 30 de octubre del 2020 y Acuerdo 2 del 2 de marzo de 2021 de la Comisión Académica del HCU, presentan los siguientes casos cuando la suma de las asignaturas donde tiene reportadas una clave 107 o calificación o clave reprobatoria se encuentra entre una y dos:

107 Reprobada 105 106 Acuerdo

1 0 0 0 Regularización

0 1 0 0 Regularización

0 0 1 0 Regularización

0

0

0

1

Regularización

107 105 106 Reprobada Acuerdo

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En los casos cuando el número de asignaturas con reporte de clave 107 y/o calificación o clave reprobatoria son tres o más:

107 Reprobada 105 106 Acuerdo

2 0 0 0 Regularización

0 2 0 0 Regularización

0 0 2 0 Regularización

0 0 0 2 Regularización

1 1 0 0 Regularización

1 0 1 0 Regularización

1 0 0 1 Regularización

0 1 1 0 Regularización

0 1 0 1 Regularización

0 0 1 1 Regularización

Baja temporal (Por acuerdo y no afecta al historial)

= 3 o más Cualquier combinación 1

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0 Cualquier combinación = 3 o más

Baja temporal (Por Reglamento)

En los casos cuando el número de asignaturas tienen reporte de calificación o clave reprobatoria son tres o más:

107 Reprobada 105 106 Suma

02. El plan de regularización será de hasta por los dos semestres siguientes, diseñado por la Subdirección Académica (o equivalente) (SA) de adscripción, o de ser el caso, en acuerdo con la Unidad de procedencia donde tomó las asignaturas reportadas con dichas claves o calificaciones.

03. Con el fin de hacer más clara y eficiente

la administración de los datos de la comunidad estudiantil cuyos casos se describen en la tabla anterior, será asentado en su historial académico la clave PRO (Materia Prorrogada). Esta identificará a las personas que tuvieron dificultades técnicas o tecnológicas para asistir de forma regular a su asignatura.

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04. Al término de su regularización, la SA de

la Unidad correspondiente enviará al DSE, en acta fuera del sistema, la(s) calificación(es) que el alumno o alumna obtenga y serán asentadas en su historial académico, sustituyendo la clave PRO.

05. No será necesario crear un “Plan de

Regularización tradicional” para estos casos. El control e identificación de estos se llevará a cabo por cada SA en coordinación con el DSE, mediante el medio apropiado consensuado entre ambas instancias. Por lo tanto, no se enviará ni al H. Consejo Departamental ni a la Subdirección de Planes y Programas de Estudio.

06. Al término del segundo semestre del ciclo

escolar 2019-2020, para los alumnos que presenten casos en que exista una combinación de, al menos una clave 107, con materias con calificaciones reprobatorias, 105 o 106 y su suma exceda de dos, el alumno o alumna se dará de baja temporal retroactiva a dicho semestre, debiendo reingresar al segundo semestre del ciclo 2020-2021. Esta baja no afectará

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el número de permisos temporales que, por reglamento, tiene cada estudiante de la Universidad.

07. Al término del primer semestre del ciclo

escolar 2020-2021, para los alumnos que presenten casos en que exista una combinación de, al menos una clave 107, con materias con calificaciones reprobatorias, 105 o 106 y su suma exceda de dos, el alumno o alumna se dará de baja temporal retroactiva a dicho semestre, debiendo reingresar al primer semestre del ciclo 2021-2022. Esta baja no afectará el número de permisos temporales que, por reglamento, tiene cada estudiante de la Universidad.

08. Al término de los semestres segundo del

ciclo 2019-2020 y primero del 2020-2021, en los casos en que el alumno presente materias con calificaciones reprobatorias, 105 o 106 y su suma exceda de dos, se le aplicará lo establecido en el Reglamento Académico de Alumnos (RAA) de la Universidad Autónoma Chapingo (UACh).

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09. Los casos especiales de estudiantes de

7º año (Generación 2020) cuyos desempeños académicos los ubiquen dentro del Acuerdo 1164-6 del HCU de fecha 30 de octubre de 2020, se deberán apegar a lo explicitado en aquél. Por otro lado, para los estudiantes que tengan asignaturas reprobadas se les aplicará lo establecido en el RAA de la UACh.

10 .Para los alumnos que causen baja

temporal por acuerdo 1164-5 del HCU, esta será retroactiva al segundo semestre del ciclo escolar 2019-2020. Por lo que su periodo de un año de baja concluirá al finalizar el primer semestre del ciclo escolar 2020-2021. La fecha de reingreso de estos estudiantes será a partir del inicio del segundo semestre del ciclo escolar 2020-2021, siendo esta el 19 de abril del presente, sin duplicación del pago de beca correspondiente.

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11. Los alumnos con tres asignaturas con 107 en el segundo semestre 2019-2020 y que continuaron tomando clase en el primer semestre 2020-2021, ya se les avisó que en breve serán dados de baja, por acuerdo del HCU y que tendrán que repetir los dos últimos semestres, sin duplicación del pago de su beca correspondiente, a partir del 19 de abril de 2021.

La Captura de Calificaciones de todos los alumnos se realizará en el Sistema de Administración Escolar.

El DSE quedará atento de la resolución de

los casos que trate la Comisión Académica del HCU para darles trámite, ya que es la instancia que informará a las Unidades Académicas de las bajas de los alumnos.

a. Cualquier caso que no se contemple en

estos lineamientos será atendido, en primera instancia, por la SA correspondiente en conjunto con el DSE. Aquellos que excedan el ámbito de las instancias anteriores, serán llevados para su análisis y solución a la Comisión Académica del HCU.

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II. PROCEDIMIENTOS PARA CASOS DE

EXAMEN EXTRAORDINARIO, TÍTULO DE SUFICIENCIA I O TÍTULO DE SUFICIENCIA II

01. Las listas de alumnos que presentarán

Examen Extraordinario, título de Suficiencia I o Título de Suficiencia II serán entregadas por el DSE a las UA’s para lo procedente.

02. El periodo para la realización de los

exámenes extraordinario, título de suficiencia primera oportunidad y título de suficiencia segunda oportunidad será del 26 de abril al 4 de junio del presente.

03. La programación de los exámenes, en lo

referente al día, hora y lugar, queda como responsabilidad de la UA.

04. La conformación del jurado del examen se

hará tomando en cuenta lo escrito en el RAA de la UACh:

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El examen extraordinario deberá referirse al programa de la

materia y tendrá la duración que el jurado calificador estime indispensable para determinar el conocimiento del alumno.

Los alumnos que resulten reprobados en el examen extraordinario tendrán oportunidad de sustentar examen a título de suficiencia de acuerdo con el Artículo del Reglamento Académico (Nota: El número de artículo varía en función del Reglamento Académico que se tenga que aplicar).

Los alumnos que no se presenten en la fecha fijada para la presentación de exámenes extraordinarios en los períodos establecidos para tal fin, se considerarán como reprobados.

Para el examen extraordinario se procederá de la siguiente manera:

f.1. La Subdirección Académica (o equivalente)

respectiva del Departamento, designará tres Sinodales: un Presidente, un Secretario (el profesor de la materia) y un Vocal, debiendo programar el examen dentro del periodo fijado.

f.2. El jurado Calificador elaborará y practicará el examen en cuestión.

f3. Cada Sinodal, revisará y calificará los exámenes.

05. Se utilizará Microsoft Teams y Forms para la aplicación del examen, el cual tiene la ventaja de utilizar la identidad institucional de los alumnos y

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profesores, a través del correo electrónico universitario. En caso extremo, se podrán usar aquellas que proporciona Google como Meet o Zoom, como puede ser el caso para los alumnos que tienen suspendida su identidad institucional.

06. Definir fecha y hora de aplicación del examen misma que se confirma o se modifica de acuerdo con la agenda de los miembros del Jurado, con la finalidad de contar con la participación de los tres; se proponen 15 días hábiles como máximo, para poder agendar fecha de aplicación, por si se requiere asesoría o se dificulta contactar al estudiante.

07. Con base en el RAA, el examen podrá ser impreso, sin excluir la posibilidad de realizarlo de alguna otra forma, convenida entre los profesores del jurado.

08. La Subdirección Académica (o equivalente) notificará a los estudiantes los requerimientos mínimos para presentar el examen, definidos por los miembros del Jurado Calificador.

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09.

10.

Se necesitará que el estudiante tenga una conexión a internet estable, ya que el Jurado Calificador podría solicitar que se utilice cámara.

Una vez culminado el proceso anterior, el Jurado Calificador entregará la minuta correspondiente a la Subdirección Académica (o equivalente), en un plazo no mayor a 5 días hábiles con el resultado obtenido por el (los) estudiante(s) involucrado(s), así como la evidencia del examen, esto con el fin de proceder a elaborar el acta correspondiente, para con ello dar cumplimiento a lo establecido en el Reglamento Académico.

a. Antes del examen: i. Indicar el inicio de la grabación. ii. Pase de lista. iii. Verificación de la comunicación del alumno(s)

(Conexión, funcionamiento de cámara web y micrófono).

iv. Descripción general de la aplicación del examen.

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a. Durante el examen: i. Vigilancia en el comportamiento del alumno. ii. Se tengan cámaras y micrófonos encendidos todo

el tiempo, excepto situaciones especiales. iii. En el caso de observar a un alumno una conducta

de copia o fraude durante el examen, se le deberá indicar la falta y se procederá conforme al reglamento.

b. Al finalizar: i. Detener la grabación. ii. Calificación del examen y la entrega de las

calificaciones de los sustentantes a la SA de la UA para su posterior envío al DSE, así como el archivo de la grabación de este y evidencia del mismo.

iii. Las actas de exámenes extraordinarios y a título de suficiencia serán enviadas a la Subdirección Académica

iv. En caso de inconformidad, el alumno tendrá derecho a solicitar la revisión de su examen.

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(o equivalente) de la Unidad o su equivalente en un

plazo que no exceda al décimo día (calendario) después de la fecha de presentado el examen.”

11. Se entregará la minuta firmada a través del correo

electrónico institucional con la calificación obtenida, misma que debe contar con las especificaciones mostradas en el artículo del Reglamento Académico de Alumnos que a la letra dice (Se reitera que el número de artículos cambia, en función del reglamento que le corresponda al alumno):

El resultado emitido por el Jurado Calificador se considerará definitivo una vez firmada el acta de calificación, la firma del acta podrá ser autógrafa o digitalizada en formato PDF (de manera legible).

Si el resultado es reprobatorio se procederá como lo establece el artículo 102° para exámenes a título de suficiencia, siempre y cuando el alumno cuente con el derecho, según lo establecido en el artículo 101:

La escala de calificaciones que deberá usarse para la evaluación del aprovechamiento académico de los alumnos será numérica de 000 (cero, cero) a 100 (diez, cero), de acuerdo a los siguientes rangos: De 000 (cero, cero), a 065 (seis, cinco)

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REPROBADO y de 066 (seis, seis) a 100 (diez, cero) APROBADO.

12. Los exámenes a título de suficiencia se regirán

bajo las siguientes normas:

Artículo 102º.- Los exámenes a título de suficiencia, son los que se ofrecen a quienes hayan reprobado el examen extraordinario correspondiente, dando la oportunidad a los alumnos para obtener calificación aprobatoria. Los exámenes a título de suficiencia tendrán lugar en fecha y periodos que fije el calendario académico y los alumnos que no se presenten en ellas, se considerarán reprobados. a) El examen a título de suficiencia deberá ser exhaustivo y escrito. b) Todo alumno tiene derecho a tres oportunidades para presentar exámenes a título de suficiencia durante su carrera y no más de dos para la misma materia, al hacerse acreedores a una más, causarán baja definitiva por mal aprovechamiento. c) Complementariamente a los exámenes, se podrán utilizar otros mecanismos de evaluación establecidos en el programa analítico, tales como trabajos de campo, de investigación bibliográfica, etc. Asimismo, cuando un alumno entregue el reporte escrito de estos trabajos, el profesor tendrá la obligación de firmar de recibido.

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d) La presentación del examen a título de suficiencia segunda oportunidad, cuando el alumno tenga derecho a él, será en el periodo establecido en el calendario académico o bien un año después a solicitud del alumno, debiendo en este caso, causar baja por un año y reingresar a la UACh una vez presentado y aprobado el examen. Esta baja no se considerará como reingreso y, por tanto, afectará el derecho del alumno a solicitar permisos por problemas familiares o de salud.

13. 14.

Para el procedimiento del examen a título de suficiencia, se procederá en la misma forma que para el extraordinario, según el Artículo 100º inciso f).

Para los exámenes extraordinarios, a título de suficiencia primera y segunda oportunidad, correspondientes al primero y segundo semestre del ciclo escolar 2019-2020, que ya fueron aplicados por Unidades Académicas, así como los exámenes necesarios para regularizar a los alumnos de reingreso al 1er. Semestre del ciclo escolar 2020-2021, se tomarán como válidos los lineamientos establecidos por estas y se procederá al registro de calificaciones. Los casos no previstos durante la planeación, aplicación y evaluación

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de estos exámenes serán resueltos por el Subdirector Académico y el jurado, si ya está constituido. Se podrá, incluso, cambiar integrantes del jurado.

III. PROCEDIMIENTOS PARA FIRMAS DE ACTAS DEL SEGUNDO SEMESTRE DEL CICLO ESCOLAR 2019-2020 Y PRIMER SEMESTRE DEL CICLO ESCOLAR 2020-2021

01. Que sea el Subdirector(a) Académico(a) de la Unidad Académica (o su equivalente; UA), al menos, quien firme de manera autógrafa las actas de calificaciones de las asignaturas de licenciatura, propedéutico y preparatoria, respectivas, mientras no se reestablezcan las condiciones de educación presencial en la Universidad Autónoma Chapingo.

02. Las actas de calificaciones de las asignaturas de

Posgrado las firmaría al menos, el Coordinador del programa respectivo.

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03. Las actas de calificaciones, correspondientes al

2do. Semestre del Ciclo Escolar 2019-2020, que aún no estén firmadas por los profesores (con base en el calendario establecido) podrán entregarse, cumpliendo con lo estipulado en el primer numeral de este apartado, junto con las actas de calificaciones correspondientes al 1er. Semestre del ciclo escolar 2020-2021

04. El Subdirector(a) Académico(a) (o su

equivalente) o el Coordinador del Programa de Posgrado, firmará en el espacio del profesor y del suyo propio, siempre y cuando el profesor no solicite firmar su acta.

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IV. EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS DE ALUMNOS

Para solicitar algún documento, se deben seguir los siguientes pasos:

Paso 1. Ingresar a Microsoft Teams, usando la identidad

institucional. Paso 2. Buscar el equipo DSE-VENTANILLA VIRTUAL. Paso 3. Ingresar al canal denominado EXPEDICIÓN DE

DOCUMENTOS. Paso 4. Completar el formulario según la solicitud. Paso 5. Mantenerse atento al correo institucional, donde será

enviado el documento solicitado. NOTA: No se pueden solicitar documentos para otras personas

desde el correo propio. Tipos de documentos que se pueden expedir a Alumnos

Vigentes

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V. SOLICITUD DE CAMBIO DE CALIFICACIÓN

Todos los trámites relacionados con cambios de calificación y cambio de optativa deben seguir el siguiente proceso.

El alumno realizará la solicitud de cambio de calificación a la Subdirección Académica de su adscripción con un oficio firmado por el profesor responsable de la materia. La Subdirección Académica de la U.A. a su vez, enviará un oficio solicitando el cambio de calificación al Departamento de Servicios Escolares.

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VI. PARA LA ACREDITACIÓN DE LOS TALLERES DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS DE ALUMNOS VIGENTES Se deberá enviar el “Oficio de Créditos” expedida por el Departamento de Educación Física al correo de [email protected] con el ASUNTO: TAD URGENTE. El correo debe ser enviado mediante el institucional. VII. SOLICITUD DE BAJA TEMPORAL O DEFINITIVA Para solicitar una Baja Temporal o Definitiva, se deben seguir los siguientes pasos: Paso 1. Ingresar a Microsoft Teams, usando la identidad institucional. Paso 2. Buscar el equipo DSE-VENTANILLA VIRTUAL. Paso 3. Ingresar al canal denominado SOLICITUD DE BAJA. Paso 4. Completar el formulario según la solicitud. Paso 5. Mantenerse atento al correo institucional, donde será enviado el oficio de baja.

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IMPORTANTE: Se debe tener en cuenta la fecha límite para realizar la solicitud, según el calendario académico.

OFICIO DE BAJA Se pueden presentar dos tipos de situaciones: • Para los alumnos que solicitaron su baja para el Primer Semestre 2020-2021: solamente deben esperar que llegue a su correo institucional. • Para los alumnos que estuvieron de baja en semestres anteriores, pueden solicitar información al correo se.procesos@ chapingo.mx con el ASUNTO: OFICIO DE BAJA NO RECIBIDO. El correo debe ser enviado a través del correo institucional.

SOLICITUD DE BAJA RETROACTIVA Este tipo de solicitud deberá realizarla el estudiante a la Comisión Académica del HCU, enviando un oficio según las características publicadas en las oficinas del HCU.

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VIII. PARA CANCELAR EL REGISTRO DE UN ADEUDO ECONÓMICO EN EL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS ESCOLARES Si el alumno tiene un reporte de Adeudo Económico en su Historial, para cancelar dicho Adeudo, deberá enviar el Oficio de Cancelación del Adeudo emitido por el Área donde se originó el mismo, al correo: [email protected], con el ASUNTO: ADEUDO ECONÓMICO. El correo debe ser enviado a través del correo institucional. IX. PARA TRAMITAR UN REINGRESO Paso 1. Enviar un correo [email protected] con el ASUNTO: REINGRESO, donde se anexe: • La solicitud de Reingreso • El oficio de baja

NOTA: En caso de no tener Oficio de Baja, deberá indicarlo en la Solicitud de Reingreso, así como el motivo de por qué no la tiene. Paso 2. Personal de Apoyo del Departamento de Servicios Escolares le dará seguimiento a su caso.

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El formato de la Solicitud debe llevar los siguientes datos:

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X. EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS PARA ALUMNOS CON BAJA DEFINITIVA

Los documentos que pueden ser expedidos para los alumnos que solicitan Baja Definitiva son los mostrados en la tabla anterior.

Tabla 1. Relación de costos para Expedición de Documentos.

TRÁMITE

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TRÁMITE

Revisión de Expedientes de Exalumnos y Egresados de 1982 y anteriores

COSTO

$ 411.00

Obtención de copias de documentos contenidos en el Expediente de los Exalumnos y egresados no titulados

$ 103.00

El solicitante deberá realizar el pago correspondiente en la cuenta de la Universidad Autónoma Chapingo, banco Santander, CLABE: 0141806550108481-31.

MUY IMPORTANTE: A ninguna persona se le puede emitir más de un Certificado, por lo que antes de ser expedido, se verificará en Archivo General si ya había sido expedido antes. En caso de que haya sido expedido antes, para que se le entregue un nuevo certificado al solicitante, deberá enviar un correo a [email protected] con los siguientes documentos:

01. Solicitud de Reposición de Certificado,

indicando el motivo de por qué no la tiene, el oficio deberá ser dirigido al Jefe del Departamento de Servicios Escolares: M.C. Gilberto David Velázquez Castro.

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02. Copia del Acta de Denuncia ante el Ministerio Público (por pérdida, robo o extravío).

03. Copia a color de una identificación oficial (INE o Pasaporte) por ambos lados.

04. En el correo deberá indicar en asunto: BAJA

DEFINITIVA DOCUMENTO.

05. Adjuntar Comprobante de Pago. Todos los documentos deben ser enviados en formato PDF.

En el correo indicado se le proporcionarán las instrucciones correspondientes para la entrega de su certificado.

XI. PARA LA ACREDITACIÓN DE LOS TALLERES DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS DE ALUMNOS DE BAJA DENIFITIVA

Por acuerdo del HCU, los alumnos que se den de Baja

Definitiva de la UACh quedan exentos de todos sus Talleres de Actividades Deportivas, que cursan durante su estancia en la Preparatoria Agrícola, por lo que, si requieren recibir su CERTIFICADO DE PREPARATORIA en un breve tiempo, esta es una opción. El proceso por seguir es el siguiente:

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1. Solicitar la Baja Definitiva desde el equipo DSE-Ventanilla Virtual de Microsoft Teams, al cual puede acceder desde su correo institucional, donde encontrará el canal de Solicitud de Baja.

2. Hacer una captura de pantalla del mensaje de

confirmación que arroja el formulario una vez que se ha ingresado la solicitud de baja.

3. Enviar un correo a: [email protected], con

las siguientes características:

*Adjuntar la captura de pantalla del correo de confirmación que les es enviado (Léase el punto 2 de este apartado).

*En el cuerpo de mensaje escribir “SOLICITO BAJA DEFINITIVA”, nombre completo y matrícula.

*En el ASUNTO del mensaje coloca “BAJA DEFINITIVA TAD”.

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Ese mensaje debe ser enviado desde el correo institucional o no se tomará en cuenta, para protección de cada alumno y sus datos personales. En caso de ser exalumno, puede enviarlo desde su correo personal, pero deberá adjuntar foto de su Identificación Oficial, a color por ambos lados (INE o Pasaporte) y una Solicitud de Baja Definitiva con fecha y firma (la firma debe ser idéntica a la de la Identificación Oficial, especificando que es exalumno.

XII. EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS PARA UN ALUMNO PRE-EGRESADO

Para realizar la expedición de documentos a Exalumnos, es necesario que su categoría en el sistema sea como Egresados, para lo cual requieren haber cumplido con todas las especificaciones particulares de cada Unidad Académica (Servicio Social, Talleres, Idiomas, entre otros).

PARA REPORTAR CALIFICACIONES CON ERRORES

Toda aclaración o seguimiento a los reportes o cambios de calificación deben realizarse

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directamente con el Subdirector Académico (o equivalente) de la Unidad Académica (U.A.) correspondiente. En caso de que el pre-egresado ya haya realizado la Solicitud y se presuma que el Subdirector Académico ya envió el oficio de cambio de calificación, entonces deberá comunicarse al correo: [email protected], indicando lo siguiente:

• ASUNTO: PRE EGRESADO

• Nombre completo

• Matrícula

• Unidad Académica

• Materia que se quiere rastrear

• Semestre y ciclo escolar en el que se cursó la materia

• Oficio donde el Subdirector Académico de su

U.A. le informe que ya reportó las Actas de Calificación correspondiente

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PARA OBTENER EL OFICIO DE NO ADEUDO

El alumno podrá obtener su Oficio de No Adeudo siguiendo los siguientes pasos (De preferencia desde su correo institucional).

a. Enviar un correo a

[email protected], con el ASUNTO: “SOLICITUD DE OFICIO DE NO ADEUDO”, y en el cuerpo del mensaje agregar los datos siguientes:

• Nombre completo

• Matrícula

• Programa Educativo: puede ser Preparatoria

Agrícola, Propedéutico, o la especialidad que cursa.

• Motivo de Baja

b. Esperar a que sea enviado el Oficio de No adeudo a su correo.

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PARA SOLICITAR EL PAQUETE DE EGRESADO (GENERACIONES 2019 Y 2020)

El Paquete de Egresado se conforma por:

1. Certificado de Especialidad 2. Carta Promedio de Especialidad 3. Carta de Egreso 4. Carta de Buena Conducta

Los estudiantes con estatus de pre-egresado no pueden recibir la documentación que integra el Paquete de Egresado, sino hasta que su estatus en el sistema sea actualizado a EGRESADO, lo cual depende de que no tengan adeudos económicos ni académicos.

Si el estatus del solicitante se muestra como EGRESADO, entonces deberá enviar un correo a [email protected] con las siguientes características:

• ASUNTO: PAQUETE DE EGRESADO • En el cuerpo del mensaje indicar: Nombre completo, Matrícula, Unidad Académica • Adjuntar: Oficio de No Adeudo. IMPORTANTE: El Paquete de Egresad@ no tiene costo

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para los egresados de la Generaciones 2019 y 2020 por las situaciones administrativas de la UACh ocasionadas por la del Virus SARS- COV-2.

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EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS PARA EXALUMNOS DE LA UACh

Los documentos que pueden ser expedidos para exalumnos de la UACH son:

PROCEDIMIENTOS

No haber sido expedido antes,

de lo contrario se debe realizar la

solicitud mediante oficio y adjuntar el Acta de denuncia

del MP

$ 513.00

• Tamaño Infantil • Blanco y Negro

• Papel Mate • Camisa Blanca

• Cabello recogido

• Cara lavada • Sin aretes

• Sin maquillaje • Sin barba • Sin bigote

Solo una vez • General • Sólo de

Especialidad

Egresados

Certificado de Estudios

EGRESADOS

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$ 308.00 Todas las veces que se necesite Constancia de Egreso Egresados

$ 308.00 se necesite Conducta Constancia de Buena Todas las veces que Egresados

• General • Sólo de Especialidad

$ 308.00 Todas las veces que se necesite Egresados

Carta Promedio o Constancia Promedio

EGRESADOS

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• Tamaño infantil

• Blanco y Negro • Papel Mate

• Camisa Blanca • Cabello recogido

• Cara lavada • Sin aretes

• Sin maquillaje • Sin barba • Sin bigote

Sólo una vez Carta de Pasante Egresados

EGRESADOS

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Para realizar la Expedición de Documentos, el egresado deberá enviar un correo a [email protected], con las siguientes características: 1 ASUNTO: DOCUMENTO EGRESADO 2 Adjuntar una foto del comprobante de pago y de su Identificación Oficial (por ambos lados). 3 En el cuerpo del mensaje: Nombre completo, matrícula, documento solicitado.

IMPORTANTE: En caso de que se esté solicitando un Documento que haya sido emitido antes, y se requiera una reposición, entonces además deberá enviar: • Solicitud de Reposición del documento dirigida al M.C. Gilberto David Velázquez Castro, indicando el motivo por el cual ya no se cuenta con el documento. • Copia de Acta de denuncia levantada en el MP por pérdida, robo o extravío del documento oficial. • Copia a color de la Identificación Oficial del Solicitante (INE o Pasaporte).

Todos los documentos deberán ser enviados en Formato PDF.

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Los datos para realizar el pago son los siguientes: Pago en ventanilla en la cuenta de la Universidad Autónoma Chapingo, banco Santander, CLABE: 0141806550108481-31. Tabla 1. Relación de costos para Expedición de Documentos.

TRÁMITE COSTO

Examen de Regularización (Extraordinario, TS1, TS2, Especiales) $ 1,027.00

Examen Profesional $ 1,027.00

Examen de Grado $ 1,540.00

Elaboración de Título Profesional y Documentos complementarios $ 1,540.00

Elaboración de Diploma de Grado (Diploma de grado y Acta de Examen de grado)

$ 1,540.00

Acta de Examen de Grado $ 411.00

Acta de Examen Profesional $ 411.00

Constancia de Titulación $ 411.00

Documentos Complementarios al Título $ 1,027.00 Constancia de Título en Trámite $ 308.00 Certificados (Parcial, Preparatoria, Especialidad, General y Grado). $ 513.00 Carta de Pasante $ 616.00

Copia Certificada de Carta de Pasante $ 1,335.00

Certificación de Fotocopias (Hasta tres copias) $ 308.00

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Revisión de Expedientes de Exalumnos y Egresados de 1982 y anteriores

$ 411.00

Obtención de copias de documentos contenidos en el Expediente de los Exalumnos y egresados no titulados

$ 103.00

Constancias varias (Buena conducta, Egreso, Servicio Social, Duplicado de Diploma de Cuadro de Honor y Alto Rendimiento Académico, Promedio de Especialidad, Promedio General y otras)

$ 308.00

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XIII. PARA SOLICITAR UNA AUTENTICA CIÓN DOCUMENTAL

Para solicitar un Oficio de Autenticidad deberá escribir al correo [email protected], indicando lo siguiente: • Nombre completo • Matrícula • Documento Solicitado • Adjuntar Solicitud del Oficio de Autenticidad firmada por el solicitante.

Desde el correo mencionado se enviará la respuesta correspondiente. CON RELACIÓN A LA CARTA PODER EN EL CASO DE QUE NO SEA EL INTERESADO QUIEN RECIBE CUALQUIER DOCUMENTACIÓN EXPEDIDA POR EL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS ESCOLARES. Si prefiere que sea entregado el documento a una tercera persona, entonces el apoderado (quien recoge el documento), deberá traer:

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01. Una copia de la Identificación Oficial (INE o Pasaporte) del solicitante (A COLOR).

02. Una copia de la Identificación Oficial

(INE o Pasaporte) del apoderado (A COLOR). 03. Carta poder dirigida a M.C. Gilberto

David Velázquez Castro, Jefe del Departamento de Servicios Escolares.

Es importante que las firmas de la carta poder

se parezcan a la del INE y que la carta poder contenga la fecha y el documento que se va a recoger.

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XIV. PROCEDIMIENTO PARA OBTENER LA CARTA DE PASANTE

1. El pre-egresado, podrá confirmar el haber concluido el plan de estudios:

a. Mediante su consulta en línea (http://dse.chapingo.mx/ historial/).

b. Solicitando un historial académico por la ventanilla virtual en el equipo DSE-PRINCIPAL (en Microsoft Teams), donde se encuentra el canal de EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS. Ahí podrá solicitar el historial al llenar su solicitud en la forma del canal.

2. Para solicitar la Carta de No Adeudo en Patronato.

a. En el correo: [email protected], con el ASUNTO: “SOLICITUD DE OFICIO DE NO ADEUDO”, y en el cuerpo del mensaje agregar los datos siguientes:

• Nombre completo

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• Matrícula

• Programa Educativo: puede ser Preparatoria Agrícola, Propedéutico, o la especialidad que cursas

• Motivo de Baja

3. Pagar los derechos de la emisión de la Carta de Pasante.

a. En la cuenta de la Universidad Autónoma Chapingo, banco

Santander, CLABE: 0141806550108481-31

4. Hacer llegar las fotografías (Tamaño óvalo

credencial, blanco y negro, en papel mate, de frente, con camisa o blusa blanca sin estampados, sin escote, sin aretes, sin lentes, en su caso, sin bigote y sin barba) a la Oficina de Expedición de Documentos, ubicada en la esquina norte del pasillo poniente del edificio de la Dirección General Académica:

a. En la dirección de Cerrada de Roble No. 4, en

la Colonia de los Profesores, en Chapingo, Estado de México.

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5. Solicitar el documento en la ventanilla virtual en el equipo DSE-PRINCIPAL (en Microsoft Teams), donde se encuentra el canal de EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS. 6. Esperar la cita, en un plazo máximo de 20 días hábiles, para recoger la carta de Pasante. 7. Al presentarse a recoger la Carta de Pasante, se deben presentar los siguientes documentos: a. Carta de No Adeudo b. INE vigente c. En el caso de que el pre-egresado no pueda recoger el documento, puede solicitarle a alguien que lo haga por él y quien deberá presentar: a. Carta Poder a nombre de quién recogerá la Carta de Pasante. b. Copia del INE del pre-egresado.

XV. INSTRUCCIONES PARA SOLICITAR PAGOS DE BECA NO REALIZADOS

1. Tener cuenta de correo institucional con

dominio Chapingo (@chapingo.mx).

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2. Tener una cuenta de Banco en una de las

siguientes Instituciones Bancarias: Santander, BBVA, Scotiabank, Banco Azteca o Citibanamex.

3. Escribir al correo [email protected] proporcionando los siguientes

datos:

• Nombre

• Matrícula

• Categoría

• Unidad Académica de Adscripción, Año y Grupo

• Número telefónico de contacto (Celular personal si es que tienes, o un número telefónico en el cual se te pueda localizar y el nombre de la persona).

a. Nombre del banco b. Número de cuenta c. Clabe Interbancaria

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d. Número de tarjeta e. Anexar copia de la primera hoja del estado de cuenta, donde se mencionen los datos antes citados (a, b, c, d). f. Historial académico actualizado (http://dse.chapingo. mx/historial/).

g. Especificar su situación: si estás de baja temporal, si eres de reingreso o tienes alguna situación especial, así mismo los documentos comprobatorios.

4. El asunto del mensaje debe especificar qué pago de beca es la que se está solicitando.

5. Una vez enviado el correo, el tiempo máximo de respuesta es de 5 días hábiles.

NOTA: En caso extremo de que no contar con un correo institucional, el plazo de respuesta se amplía a 7 días hábiles, debido a que se requiere verificar la identidad y situación institucional.

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XVI. Información del centro de idiomas Convocatorias para inscripción a cursos de idiomas para el 2do semestre del Ciclo Escolar 2020-2021: http://idiomas.chapingo.mx/inscripciones/ Convocatoria para la 1ra ronda de exámenes de acreditación de inglés para el 2do semestre del Ciclo Escolar 2020-2021: http://idiomas.chapingo.mx/examenes-de-acreditacion/ Convocatoria para el examen de acreditación de francés para el 2do semestre del Ciclo Escolar 2020-2021: http://idiomas.chapingo.mx/examenes-de-acreditacion-frances/ Más información: Lic. Minerva Arcelia Pegueros Millán. Jefa del Centro de Idiomas [email protected] http://idiomas.chapingo.mx

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En caso de no recibir respuestas en un plazo razonable, favor de enviar copia del correo de solicitud enviado, al buzón de quejas de la DGA: [email protected].

XVII. PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EXAMEN

DE GRADO

INTRODUCCIÓN En atención a la necesidad de generar un procedimiento que facilite los procesos de titulación del Posgrado de la UACh, que atiendan a las diversas disposiciones en materia de salud emitidas por el Gobierno Federal y por la Autoridades Universitarias y que al mismo tiempo permitan una rápida respuesta a la emisión de documentos a los egresados-titulados y a las instituciones que financian los estudios de posgrado se emiten las siguientes disposiciones de acuerdo y en observancia absoluta a lo dispuesto en el Capítulo VII del Reglamento de Estudios de Posgrado de la Universidad Autónoma Chapingo, en sus Artículos 67° fracciones I al VIII; 68° fracciones I al XI y 69° numerales I al V.

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General Primero. Se permitirá el uso de firmas escaneadas en las formas a las que hace referencia el Artículo 69 fracción III y V, los cuales serán enviados en archivo PDF al Coordinador General de Estudios de Posgrado para conformar el expediente digital y que con ello proceda el examen de grado correspondiente; sin embargo, cada Coordinador deberá entregar dichas formas con firmas escaneadas; pero con su firma original (al calce) a la Coordinación General para que se conforme el expediente en físico (original). Relacionadas a la Coordinación General de Estudios de Posgrado Segundo. La Coordinación General de Estudios seguirá

enviando todo el expediente digital para que se programen los exámenes correspondientes sin ningún cambio y como se ha venido haciendo desde mayo del 2020.

Tercero. La Coordinación General de Estudios enviará el

expediente en físico (original) con los documentos firmados necesarios por parte del Coordinador General y anexando las formas a los que se hace

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mención en la disposición primera del presente documento. Ambos procesos se llevan a cabo con completa disposición, coordinación y acuerdo entre el personal de la oficina de exámenes y el personal de apoyo de la Coordinación General de Estudios de Posgrado.

Relacionadas a la Coordinaciones de Posgrado Cuarto. El Coordinador de cada posgrado recibirá el acta del

examen y deberá enviarla al presidente del jurado para que sea colocado el dictamen de este y para que sea firmada (de forma escaneada) por cada miembro del jurado o sínodo, esta acta se denominará provisional y deberá enviarse al Coordinador General y a la Oficina de Exámenes Profesionales.

Quinto. El Coordinador de cada programa recibirá el “acta

original” en la Coordinación General para que se proceda a la firma autógrafa de la misma con tinta azul; esta acta se denomina original porque está impresa en el papel adecuado y con los folios correspondientes. Una vez firmada y llenado el

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veredicto deberá devolverla a la Coordinación General de Estudios de Posgrado.

Sexto. El Coordinador del Programa enviará a la Oficina de

Exámenes Profesionales el pago del derecho a examen realizado por el sustentante anexando el recibo de tesorería, copia de la ficha de depósito en ventanilla o copia de la ficha de transferencia bancaria ($1,540.00) además de la fotografía correspondiente para el acta (fotografía tamaño diploma en blanco y negro, papel mate, fondo blanco y sin retoque).

Relacionadas a la Oficina de Exámenes Profesionales Séptimo. Recibirá el expediente digital a través de correo

institucional para comenzar con el examen correspondiente, resguardando a demás cada uno de estos y contar con ello con un respaldo espejo de lo que se tiene en la Coordinación General de Estudios de Posgrado.

Octavo. Elaboración y envío del acta del examen a la CGEP,

atendiendo de forma pronta cualquier corrección

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posterior por parte de las Coordinación General y/o de los Programas, con el fin de acelerar el proceso de recolección de firmas originales.

Noveno. Recibir y resguardar el expediente físico del examen. Décimo. Recibir el acta original para colocar la fotografía

correspondiente y pasarla a firma del Director General Académico.

Décimo primero. Establecer contacto y canales de

comunicación eficaces con los Coordinadores de Programa y personal de apoyo para hacer más eficiente el proceso de graduación generando o reexpidiendo cualquier documento necesario.

Décimo segundo. Atender todas las solicitudes de expedición

de documentos a los que tiene derecho el egresado graduado de posgrado.

Relacionadas al sustentante-egresado del Posgrado Décimo tercero. Los sustentantes deben pagar los derechos

correspondientes al examen y entregar a la Coordinación de su Programa el comprobante de pago ($1,540.00) y la fotografía para el acta original.

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Décimo cuarto. Los egresados graduados de Posgrado deben

tener y llenar los documentos que son requisito para que pueda solicitar algún documento una vez concluido el examen.

1.- Donación de derechos de tesis a patronato. Este documento debe ser impreso en dos tantos, los cuales deben firmar y entregar en la oficina de atención a trámites ubicada en Cerrada de Roble #4, Colonia de Profesores, Chapingo, México para que el personal de patronato selle ambas hojas, devolviendo una al interesado. 2.- Directorio de egresados. Este documento se imprime en un solo tanto y se completa a mano en caso de ser necesario, el cual debe entregarse al personal de patronato en la misma dirección. 3.- Entrega recepción de tesis a sinodales y bibliotecas. La Coordinación General será quien selle y envíe en formato electrónico la tesis a las Coordinaciones y Biblioteca Central. Las coordinaciones de los programas entregarán las tesis selladas y con hojas de firmas a las bibliotecas

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departamentales, sinodales y graduado. De la obtención de documentos a los que tiene derecho el egresado titulado de posgrado Para que un titulado tenga derecho a obtener documentos como el Acta de Examen ($411.00) y Diploma de Grado Académico ($1,540.00), deberá entregar en la Oficina de trámites de expedición ubicada en Cerrada de Roble #4 Col. de Profesores, Chapingo, México (horario de lunes y miércoles de 10:00 a 14:00) en un sobre lo siguiente: 1.- OFICIO DE DONACIÓN DE DERECHOS FIRMADO Y

CON SELLO DE RECIBIDO POR PARTE DE PATRONATO.

2.- FOTOGRAFÍAS para diploma (tres fotografías tamaño

credencial en ovalo, blanco y negro, papel mate, fondo blanco y sin retoque).

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XVIII. TRÁMITES DE TITULACIÓN TRÁMITES PARA TITULACIÓN (EXPEDIENTE ELECTRÓNICO DEL SUSTENTANTE) Los siguientes documentos se recibirán en formato PDF, en la cuenta de correo electrónico del personal de la oficina de exámenes profesionales:

i. OFICIO A. SITUACIÓN DE TESIS POR PARTE DE LOS SINODALES (TESIS RECIBIDA Y APROBADA)

ii. OFICIO B. JURADO DEL EXAMEN PROFESIONAL iii. CONSTANCIA DE SERVICIO SOCIAL iv. PORTADA DE TESIS v. HOJA DE FIRMAS DE LOS SINODALES (LA QUE

LLEVA LA TESIS) vi. VERIFICACIÓN DE ESTATUS DE EGRESO

(SITUACIÓN ACADÉMICA) vii. RECIBO DE PAGO, FICHA DE DEPÓSITO o

TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA

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ENTREGA DE DOCUMENTOS A LA SUBDIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN La siguiente documentación será enviada a la cuenta de correo de la Subdirección de Investigación para que se realice el examen. Estos documentos se dividen en: documentos que serán entregados al Presidente del examen y, documentos que se le entregan al sustentante. DOCUMENTOS DEL SUSTENTANTE

1.- Entrega recepción de tesis por parte de sinodales y bibliotecas. En el entendido de que la tesis ya fue revisada y aprobada con anterioridad, y que se le ha dado un seguimiento por la Subdirección de Investigación, esta oficina entregara el oficio para que se recaben las firmas escaneadas de los integrantes del jurado. En el caso de la firma y sello de la Biblioteca Departamental, deberá firmar y sellar alguna de las autoridades de la Unidad Académica correspondiente ya sea el Subdirector de Investigación, el Subdirector Académico, o el Director de la Unidad. Quienes a su vez se comprometerán a entregar la tesis a la biblioteca al momento que sea posible.

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En el caso de la firma de la Biblioteca Central se buscará que la firma la otorgue alguien que sea superior al personal que normalmente recibe las tesis, ya sea el Jefe de la Biblioteca, el Subdirector de Apoyo Académico o el Director General Académico. En todo caso las tesis entregadas durante lo que dure la contingencia por pandemia NO LLEVARÁN SELLO DE LA OFICINA DE EXAMENES PROFESIONALES.

2.- Autorización de examen. La Subdirección de Investigación determinará a quiénes les hará llegar dicho documento como un comprobante de participación en el comité examinador para los fines que sus procesos internos lo ameriten, y para que el sustentante tenga algún documento comprobante de la fecha de su examen. En este caso tampoco se podrán llevar a despachar al archivo universitario ya que no hay acceso a los sustentantes para que ellos puedan hacerlo, ni existe el personal administrativo en las Subdirecciones y Oficina de Exámenes para poder hacerlo pues continúa la restricción de personal por oficinas.

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AL PRESIDENTE DEL JURADO DEL EXAMEN 1.- Acuerdo. Con este documento, el presidente instalara el examen. 2.- Hojas de preguntas. SE SUPRIMEN. Estas serán impresas y se anexarán al expediente del examen. 3.- Historial Académico. Para determinar el resultado del examen. 4.- Acta de examen. El acta de examen se deberá imprimir en hoja de papel bond especial (las características del tipo del papel serán proporcionadas por el Departamento de Servicios Escolares y deberán imprimirse en dicho tipo de papel; por lo que no se recibirán por ningún motivo actas que vengan en otro tipo de papel). El acta debe ser firmada en original por los tres sinodales que estarán presentes en el examen y la firma debe ser con la misma tinta, ya sea negra o azul. POR NINGUN MOTIVO SE RECIBIRAN ACTAS FIRMADAS CON AMBAS TINTAS; DEBE VENIR FIRMADA EN NEGRO O AZUL. Una vez firmada el acta, el presidente deberá devolverla a la

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Subdirección de Investigación para su resguardo y envío posterior a la oficina de exámenes profesionales junto con el acuerdo. DE LA REALIZACION DEL EXAMEN El examen debe realizarse de forma virtual, la Subdirección de Investigación deberá proveer del espacio virtual (aula virtual) para realización del examen y deberá grabarse en la misma plataforma utilizada el grabar el examen profesional, la lectura de acta y el juramento. DE LA ENTREGA DEL EXPEDIENTE UNA VEZ REALIZADO EL EXAMEN PROFESIONAL Una vez realizado el examen y que el Presidente del Jurado haya entregado el acta firmada en original y el acuerdo a la Subdirección de Investigación, esta será encargada de enviar todo el expediente “original” a la oficina de exámenes profesionales en un máximo 20 días hábiles. El expediente deberá contener los originales firmados de: 1.- OFICIO A. SITUACION DE TESIS POR PARTE DE LOS SINODALES (TESIS RECIBIDA Y APROBADA). Este

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documento se recibirá con las firmas de los sinodales en forma escaneada; pero indudablemente deberá llevar firma original del Subdirector de Investigación. 2.- OFICIO B. JURADO SINODAL DEL EXAMEN PROFESIONAL. Firmada en original por el Subdirector de Investigación 3.- CONSTANCIA DE SERVICIO SOCIAL (copia simple). Puede o no llevar el sello de despacho por parte del archivo 4.- ACTA FIRMADA DE FORMA UNIFORME Y EN EL PAPEL DESCRITO 5.- RECIBO DE PAGO o FICHA DE DEPOSITO originales en caso de pagar con ellos. 6.- FOTOGRAFIA TAMAÑO CREDENCIAL EN OVALO B/N PAPEL MATE SIN RETOQUE NOTA: Todos los documentos podrán ser recibidos en formato digital con firmas escaneadas. En consecuencia, el único documento que contendrá firmas autógrafas será el Acta de Titulación, que deberá venir impreso en el papel ya solicitado.

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CONCLUSION DEL TRÁMITE DE TITULACION PARA PODER OBTENER DOCUMENTOS COMO TITULO Y OTROS Para que los titulados puedan seguir con algún trámite de documentos (título, copia de acta de examen, constancia de titulación, etc.) se deberá tener en la oficina de exámenes profesionales con el acta del examen escaneada, para tener el resultado del examen y corroborar las firmas del jurado. El titulado por su parte debe enviar a la cuenta de correo del personal de la oficina el oficio escaneado de entrega recepción de tesis, junto con aquel que recibe de la Biblioteca Central. Ambos deberán de ser entregados en el mismo correo.

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ENTREGA DE EXPEDIENTE PARA LA OBTENCIÓN DE ALGÚN DOCUMENTO En un sobre cerrado la siguiente documentación.

• HOJA CON DATOS GENERALES

• NOMBRE COMPLETO EN MAYUSCULAS Y MINUSCULAS

• TRAMITE A REALIZAR (obtención de título, copia de acta de examen, constancia de titulación, copias certificadas, etc.)

• FECHA DE EXAMEN O DE LECTURA DE ACTA DE

TITULACIÓN • MATRÍCULA

• CARRERA

• PLAN DE ESTUDIOS CURSADO (PREPARATORIA/

PROPEDEUTICO)

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• CORREO ELECTRÓNICO (Vigente)

• NÚMERO TELEFÓNICO (Vigente) FOTOGRAFÍAS (según correspondan, dentro de una bolsa de plástico transparente) RECIBO DE PAGO, FICHA DE DEPÓSITO o de TRANSFERENCIA Este sobre deberá ser en Cerrada de Roble #4, en la Colonia de los Profesores, Chapingo Edo. de Mex., los lunes y miércoles de 10 a 14hr. ENTREGA DE TITULOS Y DOCUMENTOS La entrega de documentos y títulos se hará por cita única y exclusivamente, esta agenda será entregada a la Dirección de Servicios Generales para su aprobación y de su autorización para que los interesados ingresen a la oficina de exámenes profesionales en el horario indicado.

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XIX. PROCEDIMIENTO PARA ACCEDER A APOYOS DE CAPACITACIÓN AL PERSONAL ACADÉMICO DE LA UACh Justificación La Universidad Autónoma Chapingo como entidad orgánica, tiene la responsabilidad de estar a la vanguardia del conocimiento técnico y científico universal y en particular en el ámbito agrícola, pecuario, forestal y ambiental que se genera día a día a nacional e internacional. Si bien la Institución mantiene un alto nivel de sus profesores, en términos de su formación académica, es decir al menos dos tercios de estos profesores cuentan con un grado académico de maestría y/o Doctorado lo que a la par de otros criterios, la colocan entre las primeras diez instituciones de enseñanza e investigación en México, esta fortaleza institucional se debe mantener y acrecentar, al mismo ritmo del avance de la ciencia y la tecnología mundial. De aquí que sea necesario fortalecer el programa permanente de apoyo a la capacitación docente particularmente en temas de capacitación a distancia. El programa como tal ya existe en la Universidad, y en el momento actual se pretende fortalecerlo a través de la actualización y profundización en el

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campo de conocimiento y especialización de su personal académico, lo que a su vez se traduce en un beneficio directo personal e institucional a sus estudiantes en el aula, en el laboratorio o en las áreas experimentales. Esta es en primera instancia, la razón de una política universitaria de apoyo a la capacitación docente del personal académico de la UACh, para la cual, en previsión de esta el H. Consejo Universitario en la aprobación del Presupuesto Anual Universitario asigna un monto de recursos financieros para hacer posible la ejecución de esta política. De manera simultánea, mediante esta política universitaria puesta en marcha en la Institución, se atienden los términos previstos en la Cláusula 131 del Contrato Colectivo de Trabajo UACh-STAUACh, que a letra establece: “La Universidad formulará planes y programas de superación que permitan a sus trabajadores elevar su nivel académico, mejorar la actividad de su actividad y perfeccionar sus conocimientos y habilidades, los que se elaborarán en los términos de la legislación aplicable”. Apoyos a la capacitación emergente La situación actual de contingencia sanitaria por COVID-19,

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que vive el país en general y la Universidad en particular, desde hace más de un año cambio drásticamente el paradigma de enseñanza-aprendizaje en Chapingo. Frente a esta situación inédita, la Institución ha tenido la necesidad de adaptarse gradualmente a esta nueva realidad. Este proceso de adaptación, a pesar de una resistencia normal en un inicio, pero este ya se encuentra en marcha. De aquí que, las políticas universitarias también tiendan a sincronizarse con este nuevo modelo en donde la capacitación del personal académico en el uso de las tecnologías de información y comunicación (TIC`s) para la impartición de la educación a distancia o en línea, es ineludible. En consecuencia, en adelante el apoyo de capacitación docente para el personal académico que se continúe dando, contempla incorporar esta demanda de capacitación en herramientas de TIC`s, sin que esto implique la exclusión de apoyos para otros cursos de capacitación como los que normalmente se han venido otorgando a la fecha. Obviamente, todos los apoyos que se otorguen con ambos propósitos, estarán sujetos a la disponibilidad presupuestal que autorice el H. Consejo Universitario a partir del presente año.

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Objetivo General Fortalecer la política universitaria de apoyo permanente para la capacitación docente del personal académico de la UACh, particularmente en temas de capacitación a distancia o en línea. Objetivo particular Otorgar un apoyo económico anual por profesor para la actualización y profundización del conocimiento y habilidades del personal académico de la UACh que le permita mejorar la calidad de su actividad docente, de investigación y servicio. Rubros contemplados El apoyo contemplado para capacitación del personal académico, comprende los siguientes rubros: a) En el caso de restricciones de actividades presenciales por motivos de contingencia sanitaria, se autoriza el pago de un curso o diplomado virtual por año fiscal y por profesor hasta por un monto máximo de $18,000

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b) En ausencia de restricciones como las contempladas en el inciso anterior, la autorización puede ser para un curso o diplomado presencial por año fiscal y por profesor por un mismo monto

c) De manera complementaria al apoyo contemplado

para capacitación, el personal académico de la Universidad puede solicitar a la Subdirección de Investigación dependiente de la Dirección General de Investigación y Posgrado a otros apoyos para asistir como ponente a eventos académico nacionales e internacionales tales como: Congresos, Seminarios, Conferencias, Foros, Jornadas y Simposios destinados a la divulgación de la ciencia y la tecnología, así como, al intercambio de resultados de investigación

d) El apoyo que se otorga para capacitación docente,

particularmente en temas de capacitación a distancia o en línea, deberá coincidir con el área de conocimiento o especialización del personal académico que lo solicite

e) No se autorizarán cursos o diplomados ajenos a la

actividad docente, de investigación y servicio del personal académico solicitante.

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Requisitos Podrán optar a este apoyo el personal académico de la UACh, que cumpla con los siguientes requisitos:

a. Ser parte del personal académico de la UACh en activo cuya dedicación sea exclusiva de tiempo completo.

b. Si es personal académico que se encuentra disfrutando de su periodo sabático, en su programa de actividades aprobado por el H. Consejo Regional, Divisional o Departamental la Unidad Académica de adscripción, debe contemplar el curso o diplomado dentro de su período autorizado.

c. Si el personal académico solicitante, tuvo un apoyo similar al solicitado en el año inmediato anterior, deberá de haber cumplido con las siguientes obligaciones:

c.1 Comprobar mediante factura con validez fiscal del pago del curso o diplomado

c.2 Entregar el comprobante o certificado de asistencia al curso, y en su caso, constancia del diplomado

c.3 Entregar el comprobante de haber ofrecido a la Comunidad Regional, Divisional y/o Departamental un Seminario en la Unidad Académica de su adscripción con el propósito de compartir su aprendizaje del curso o diplomado

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Procedimiento 1º. Las solicitudes de apoyo deberán ser enviadas por la Subdirección Académica de la Unidad Académica de adscripción del personal académico solicitante a la Subdirección de Apoyo Académico por lo menos treinta días antes del inicio del evento, al siguiente correo: [email protected] con copia para [email protected] 2º. La solicitud enviada a la Subdirección de Apoyo Académico deberá de venir acompañada de una copia de la solicitud del interesado enviada a su Subdirección Académica, la información del curso o diplomado que incluya fecha y lugar de realización, así como, el costo del mismo. 3º. Cuando el solicitante tenga un cofinanciamiento por otra Institución nacional o internacional este deberá informarlo a su Unidad Académica y a la Subdirección de Apoyo Académico. Esta última procederá a realizar las respectivas deducciones. 4º. Para poder optar a un apoyo para capacitación docente,

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particularmente en temas de capacitación a distancia o en línea mediante un curso o diplomado, el solicitante no deberá tener adeudos económicos anteriores o gastos por comprobar, en las instancias de la Subdirección de Apoyo Académico XX. INVITACIÓN A ID2020-35 FORMACIÓN DOCENTE PARA EL DESARROLLO DE PLANES DE ESTUDIO INNOVADORES. En el presupuesto 2020, el HCU asignó un monto de $1,352,000.00, al proyecto ID2020-35: Formación docente para el desarrollo de planes de estudio innovadores, para ser administrado por la Dirección General Académica (DGAc), dentro de la cual este proyecto se ejerce con la mediación de la Subdirección de Planes y Programas de Estudio (SPPE). Dadas las circunstancias actuales, el objetivo que en la DGAc se dará al desarrollo de planes de estudio innovadores, es viabilizar la transición de programas educativos y programas de asignaturas hacia versiones en modalidades educativas No–escolarizada y Mixta, recurriendo a opciones educativas en línea, sincrónicas,

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asincrónicas, y otras de esa naturaleza. En virtud de que a la fecha todavía no se conoce la distribución presupuestal para el ejercicio 2021, y que, sin embargo, es apremiante atender las necesidades de formación de los docentes en el tema que orienta la aplicación del proyecto presupuestal aludido, la DGAc iniciará la dispersión de recursos hasta un límite igual a 50% de la asignación que se tuvo en 2020. Así, me permito comunicar la disponibilidad de los recursos señalados en el párrafo anterior con la condicionante del párrafo segundo, y convocar a las unidades académicas (UA) para que, por conducto de sus directivos, expongan solicitudes para la aplicación de los recursos con los fines señalados. Estas solicitudes deben indicar: 1. Nombre del evento. 2. Temario que se desarrollará. 3. Duración. 4. Costo. 5. Nombres de los profesores que acudirán al evento. 6. Instructor(es), sean personas físicas o morales. Tendrán prioridad los eventos relacionados con:

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A. Transición de programas educativos (carreras) y programas de asignatura, hacia modalidades No-escolarizada y Mixta. B. Temas pedagógicos y de estrategias didácticas en contextos de modalidades No-escolarizada y Mixta.

C. Integración de innovaciones de frontera en los programas educativos. D. Incluya al mayor número de profesores.

E. Puedan incluir profesores de cualquier unidad académica.

El procedimiento para la aplicación de los recursos motivo de este comunicado, será el siguiente:

I. El director de la UA, por conducto de su subdirector académico, formulará la solicitud, satisfaciendo los señalamientos de arriba, dirigida al Director General Académico ([email protected]), con copia al Subdirector de Planes y Programas de Estudio ([email protected]) y a

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la Jefa del Departamento Administrativo de la DGAc (Adva-DGAc, [email protected]).

II. La SPPE valorará las solicitudes y las dictaminará, comunicando el resultado a la DGAc y a la Adva-DGAc.

III. La DGAc se reserva la posibilidad de reorientar los dictámenes de la SPPE.

IV. Si la DGAc no manifiesta objeción, la Adva-DGAc instruirá a la UA sobre la forma de aplicación de los recursos.

V. No se resarcirán gastos que se realicen sin haber sido autorizados por el procedimiento que aquí se comunica.

VI. La asignación de los recursos a las solicitudes que se reciban, se atendrá al monto disponible, en el orden secuencial con que se reciban.

VII. Ninguna unidad académica recibirá una asignación mayor a $80,000.00 (ochenta mil pesos).

Asimismo, le rogamos su apoyo para orientar el esfuerzo exclusivamente hacia el logro de los objetivos que se señalan.

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XXI. PROCEDIMIENTO PARA ACCEDER A APOYOS ECONÓMICOS DEL PROYECTO 108 “ID-34 ACREDITACIÓN DE CARRERAS”

I. Presentación y Antecedentes

En este documento se establecen los lineamientos para la aplicación de los recursos financieros radicados en el proyecto ID-34 (2020) del presupuesto de la Universidad Autónoma Chapingo (UACh). En documentos anteriores, tanto presupuestales como de lineamientos y otros, el proyecto presupuestal ID-34 (2020) ha sido referido como Proyecto 108. La presente edición es una actualización del documento del mismo nombre emitido por el Director General Académico, en noviembre de 2018. Ahora, noviembre de 2020, estos lineamientos se mantienen vigentes como parte esencial del proceso de mejora continua y aseguramiento de la calidad de los Programas Educativos (PE), que hasta ahora ha recurrido a la acreditación por agentes externos a la universidad. La vigencia de estos lineamientos permanecerá hasta su derogación.

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Usualmente se emplea en término “carrera”, en tanto que en la normatividad de la UACh se refieren como “programas educativos”. Para la interpretación del presente documentos, ambos términos se emplean como sinónimos.

II. Fundamento legal La mejora continua y el aseguramiento de la calidad, de manera intrínseca, son procesos permanentes y constantes en el desempeño de los programas educativos de la Universidad Autónoma Chapingo (UACh). De manera formal, esos propósitos tienen fundamento en los preceptos legislativos e instrumentos de planeación que rigen y orientan el quehacer de la institución. Basándose en tales documentos, enseguida se expone el fundamento legal de proyecto presupuestal a cuyo funcionamiento están dirigidos los presentes lineamientos. Ley que Crea la Universidad Autónoma Chapingo (Ley) En la creación misma de la UACh se implica la obligación institucional de la mejora continua y el aseguramiento de la calidad de los programas educativos que imparte. Los programas educativos en la Ley son referidos como

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programas académicos. Enseguida se transcriben preceptos de la Ley que explícitamente manifiestan la justificación del proyecto presupuestal al que pertenecen estos lineamientos. ARTICULO 3o.- La Universidad Autónoma Chapingo tiene como objetivos:

I. Impartir educación de tipo superior -técnico, de licenciatura y de postgrado- para formar personal docente, investigadores y técnicos con juicio crítico, democrático, nacionalista y humanístico que los capacite para contribuir a la solución de los problemas del medio rural. También si la Universidad lo estima conveniente podrá prestar enseñanza a nivel medio;

II. Desarrollar la investigación científica, básica y tecnológica, ligada a la docencia para obtener el mejor aprovechamiento económico y social de los recursos agropecuarios, forestales y otros recursos naturales del país y encontrar nuevos procedimientos que respondan a las necesidades del desarrollo nacional independiente;

… III. Promover la formación de profesionales de alto

nivel conforme a programas académicos y de investigación que colaboren al establecimiento de una estrategia viable para combatir el subdesarrollo.

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II.2 Estatuto de la Universidad Autónoma Chapingo (Estatuto) De forma correspondiente con el dictado de la Ley, los fundamentos centrales para la emisión de los presentes lineamientos, para acceder a los apoyos económicos para los procesos de acreditación y re acreditación, están definidos en el Estatuto en los Artículos 1, 2, 3 Fracciones IV y V, en los Artículos 75 y 76.

Artículo 1. La Universidad Autónoma Chapingo es un organismo descentralizado del estado, con personalidad jurídica patrimonio propio y sede de gobierno en Chapingo, estado de México.

Artículo 2. La Universidad estará integrada por profesores,

investigadores, alumnos y autoridades. Artículo 3. La Universidad Autónoma Chapingo tiene como

objetivos:

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IV. Propiciar la libre investigación a través de la participación de alumnos y personal académico en un proceso educativo abierto a todas las corrientes del pensamiento;

V. Promover la formación de profesionales de alto

nivel conforme a programas académicos y de investigación que colaboren al establecimiento de una estrategia viable para combatir el subdesarrollo.

Artículo 75. La unidad administrativa es una instancia de apoyo a las actividades fundamentales de la Universidad, por lo que el personal y funcionarios que trabajen directamente en el sistema administrativo estarán al servicio de las actividades académicas.

Artículo 76. La función administrativa deberá ejercerse con agilidad, fluidez y efectividad necesarias para responder a los requerimientos de las actividades fundamentales de la Universidad, buscando la optimización de los recursos que se dispongan.

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II.3 Plan de Desarrollo Institucional 2009-2025 Naturalmente, el proyecto presupuestal que origina los presentes lineamientos, también tiene zócalo en el Plan de Desarrollo Institucional 2009 – 2025 (PDI) de la Universidad Autónoma Chapingo. De este instrumento sustantivo de planeación, y de manera específica, son pertinentes los siguientes preceptos. Segundo Objetivo Estratégico: Afianzar la calidad y la pertinencia del modelo académico universitario. Eje Estratégico 8: Desarrollar un sistema institucional para la evaluación, autoevaluación, seguimiento y aseguramiento de la calidad educativa. Política Rectora 30. Establecer un sistema institucional de evaluación que, de acuerdo con los principios y criterios derivados del proyecto universitario, ofrezca transparencia permanente, respecto a la calidad y pertinencia del desarrollo, y contribución de las funciones sustantivas a la sociedad en general y rural en lo particular. Línea de Desarrollo 1: Establecer un sistema de evaluación congruente con los objetivos y el perfil institucional de la

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UACh. Programa 45. Participación de la UACh en la definición de políticas públicas relativas a la calidad de la educación. Estrategia 1. Instituir los procesos de acreditación en el marco de los propósitos de mejora continua de la educación.

Estrategia 5. Orientar las autoevaluaciones académicas con el propósito de mejorar cualitativamente el quehacer académico. II.4 Políticas, Normas y Lineamientos para el Ejercicio del Presupuesto 2020 Para el funcionamiento y aplicación del presupuesto 2020 se ha emitido el documento que ahora se refiere, cuya vigencia está acotada. Sin embargo, en tanto se mantenga el espíritu de los preceptos vinculados con el proyecto presupuestal cuyo funcionamiento aquí se norma, los lineamientos contenidos en el presente documento serán vigentes hasta la emisión actualizada de una revisión correlativa.

5.1.30 Para la Acreditación de Carreras (ID 34) se asigna la cantidad de 7,720.0 miles de pesos [este monto podrá ser diferente en

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otros ejercicios presupuestales] para el pago de los servicios de las acreditadoras y los gastos relacionados a la acreditación y re-acreditación de carreras. 5.1.31 Se autoriza para la acreditación de programas académicos un monto de hasta por $12,000.00 por mes, por programa para apoyo logístico, siempre que se justifiquen en un plan de trabajo presentado por el DEIS [unidad académica] y aprobado por el H. Consejo (regional, departamental o divisional) y éste sea verificado en sus resultados por la Dirección General Académica. (Acuerdo 961-3, HCU). Se hará una revisión semestral del uso de estos recursos por la Comisión de Administración y Presupuesto para en su caso reasignar los recursos no utilizados. II.5 Otras normas fundamentales En la UACh rigen otras normas que son aplicables a los procesos que se desarrollan en su seno y a la conducta de las personas empleadas por la institución e involucradas en tales procesos. Uno de esos ordenamientos es el Reglamento de Obligaciones, Responsabilidades y Sanciones Aplicable a los Funcionarios de la Universidad Autónoma Chapingo, del que es prudente reproducir: Artículo 10. Todo funcionario tiene la obligación y

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responsabilidad, dentro y fuera de la Universidad Autónoma Chapingo, de cumplir y hacer cumplir con honradez, legalidad, lealtad, imparcialidad, eficacia, eficiencia y discreción que deben ser observadas en el ejercicio de sus funciones y desempeño de su puesto, cargo o comisión. Complementariamente, en estos lineamientos, se enfatiza que quienes participen en la distribución y aplicación de recursos del proyecto presupuestal ID-34 (2020) Acreditación de Carreras: Es obligación de todas las personas que prestan sus servicios en la Universidad Autónoma Chapingo, administrar los recursos económicos que se les otorgan con transparencia, eficiencia, eficacia y honradez, ejerciendo siempre medidas de austeridad, transparencia y rendición de cuentas; naturalmente, satisfaciendo los objetivos que motivan la asignación de recursos y sus esfuerzos personales.

IV.Objetivos a) Establecer normas y procedimiento para acceder a recursos presupuestales de la universidad radicados en el proyecto 108 “ID-34 Acreditación de Carreras”, para que los responsables académico-administrativos conduzcan

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procesos de mejora continua y aseguramiento de la calidad educativa de los programas educativos de nivel licenciatura. b) Exponer procedimientos transparentes y equitativos que beneficien el desarrollo de todos los programas educativos de la universidad.

V.Procedimiento la asignación de recursos para actividades de mejora continua y aseguramiento de la calidad.

Objetivo: Conducir los procesos de mejora continua y aseguramiento de la calidad de los programas educativos, recurriendo a las mejores prácticas docentes, de investigación, de servicio y vinculación, y en general de atención de los principios, estándares, indicadores y evidencias de cumplimiento, establecidas por referentes públicamente reconocidos, como son los organismos acreditadores. 1. Presentar a la Dirección General Académica (DGAc), marcando copia a la Subdirección de Planes y Programas de Estudio y al Departamento Administrativo de la DGAc (Advo-DGAc), un oficio de solicitud de apoyo del proyecto presupuestal 108 ID-34 (2020), emitido por el responsable de la Unidad Académica, acompañado de los siguientes documentos:

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a. Acuerdo del Consejo de la Unidad Académica que sustente el inicio del proceso de preparación para la acreditación o re acreditación de un Programa Educativo, en el que quede además asentada la integración de un Comité de Calidad, o Grupo de Trabajo análogo, que se encargue de orientar y dar seguimiento al proceso de autoevaluación, y que apruebe el programa de trabajo.

b. El programa de trabajo calendarizado, incluyendo la fecha en que se compromete a concluir la acreditación o re acreditación, así como fechas de entrega de informes de avance trimestrales. En caso de tener recomendaciones de una acreditación anterior, el programa de trabajo debe incluir su atención.

c. Distribución de la aplicación de los recursos solicitados, señalando los conceptos que serán empleados para el proceso de acreditación o re acreditación.

d. Borrador del convenio que se celebrará entre el organismo acreditador y el directivo del programa educativo a acreditar o re acreditar, que en su oportunidad deberá ser autorizado por la Oficina de Convenios de la UACh.

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2. La SPPE emitirá una valoración preliminar de la solicitud, en caso de detectar incongruencias en la información recibida, se notificará al titular de la Unidad Académica para que sean atendidas.

3. Si la valoración preliminar resulta positiva será turnada al Advo-DGAc, quien a su vez revisará la congruencia administrativa y presupuestal de la solicitud y realizará un dictamen de procedencia, el cual será notificado al solicitante en un plazo no mayor de 15 días hábiles de la fecha de recepción de la solicitud e instruirá la forma de aplicación de los recursos en caso de resultar favorable.

4. Criterio de asignación a. No se podrá emplear los recursos económicos del proyecto ID-34 (108) para la contratación de personal servicios profesionales honorarios y otros.

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b. Los recursos de este apoyo no se podrán emplear para mantenimiento de infraestructura ni para la adquisición de equipo.

c. No se resarcirán gastos que se realicen sin haber sido autorizados por el procedimiento que aquí se comunica. d. No se atenderá ninguna solicitud incompleta. e. Los rubros susceptibles de apoyo podrán ser la integración del Comité de la Unidad Académica, el pago de servicios del organismo acreditador, estudio de satisfacción del modelo educativo, asesoría y evaluación del programa educativo para el rediseño curricular, capacitación de administrativos, seguimiento al clima organizacional, estudios de seguimiento a egresados, estudios de trayectoria escolar, estudios de impacto del programa educativo, diseño de página web, adecuación de software, apoyo logístico para la preparación de evidencias, asesoría para integrar el informe de autoevaluación, proceso de autoevaluación, pago de visitas de evaluadores, otras actividades directamente vinculadas con el propósito de acreditación y actividades diferentes a las ordinarias.

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f. Se deberán señalar costos realistas comprobables y pertenecientes a las partidas incluidas en el inciso inmediato anterior. g. En lo referente a las actividades directamente vinculadas con el propósito de acreditación, estas deberán corresponder a la satisfacción de los estándares o indicadores específicos establecidos por el organismo acreditador.

h. Para el caso de visitas de evaluadores solo se apoyarán gastos de transporte, hospedaje y alimentación, correspondientes exclusivamente de los evaluadores del organismo acreditador. i. En el caso de apoyo logístico se apoyará hasta por $12,000.00 MXN mensuales a cada programa educativo en proceso de acreditación o re acreditación.

j. Se considerará como criterio de asignación el número de alumnos inscritos en el programa educativo. k. El monto requerido para cada programa educativo será considerado en el contexto de todos los programas

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educativos que acudan a solicitar recursos de este proyecto presupuestal, hasta una fecha que será dada a conocer a los responsables de los programas educativos.

l. La asignación de los recursos a las solicitudes efectuadas, se atendrá al monto disponible, en el orden secuencial con que se reciban. IV.1 Otras actividades IV.1.1 Cursos, congresos, foros y seminarios externos para alumnos

Objetivo: Que los alumnos de la UACh puedan recibir conocimientos de punta en el área de conocimientos del programa educativo de adscripción, a través de cursos especializados impartidos por investigadores y actores relevantes en dichas áreas, cursos, foros, seminarios externos; mediante los cuales se contribuya al cumplimiento de los indicadores o recomendaciones establecidas por los organismos acreditadores. 5. Presentar a la DGAc, marcando copia a la SPPE y Advo-DGAc un oficio de solicitud de apoyo, emitido por el responsable de la Unidad Académica, cuando menos 15 días

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hábiles antes de la realización del evento, acompañado de los siguientes documentos: a. Acuerdo del consejo de la Unidad Académica que sustente la participación de los alumnos en el evento para el cual se solicita el recurso económico. b. Anexar copia del indicador o recomendación del organismo acreditador que se fortalecerá con el evento para el cual se solicita el recurso.

c. Programa completo de la actividad, incluyendo fechas de inicio y término, costo por alumno y documento a obtener al concluir la actividad. d. Listado de alumnos participantes, matrícula, grado, grupo y especialidad y nombre del profesor responsable.

6. La SPPE emitirá una valoración preliminar de la solicitud, en caso de detectar incongruencias en la información recibida, se notificará al titular de la Unidad Académica para que sean atendidas.

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7. Si la valoración preliminar resulta positiva será turnada al Advo-DGAc, quien a su vez revisará la congruencia administrativa y presupuestal de la solicitud y realizará un dictamen de procedencia, el cual será notificado al solicitante en un plazo no mayor de 15 días hábiles de la fecha de recepción de la solicitud e instruirá la forma de aplicación de los recursos en caso de resultar favorable. 8. Para solicitar el pago correspondiente, en caso de dictamen favorable, se deberá anexar copia del documento o constancia obtenida, ya que solo se cubrirán los apoyos de los alumnos que hayan asistido satisfactoriamente.

9. Criterios de asignación. a. Se apoyará la asistencia a cursos, congresos y seminarios especializados para los alumnos vigentes que cursen el sexto y séptimo grado de todos los programas educativos. b. Se apoyarán las solicitudes para participar solo en eventos nacionales, se podrá considerar la inscripción de eventos internacionales si estos se imparten en línea.

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c. En la solicitud se deberá justificar que el evento está estrechamente relacionado con el programa educativo al que se encuentre adscrito el alumno y no deberá ser parte del plan de estudios vigente. d. Solo se apoyará una vez por año fiscal a cada alumno.

e. El apoyo será hasta de $1,500.00 MXN y será utilizado exclusivamente para el pago de inscripción al evento. f. No se atenderá ninguna solicitud incompleta.

g. No se resarcirán los gastos que se realicen sin haber sido autorizados por el procedimiento que aquí se comunica. h. El apoyo será aplicable exclusivamente para alumnos vigentes a la fecha de la celebración del evento.

i. Los costos de transporte y viáticos para personal académico y administrativo para la realización de estas actividades deberán ser cubiertos por la Unidad Académica correspondiente.

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j. La DGAc se reserva el derecho de reorientar los dictámenes emitidos, así como la cancelación o negación de estos, en caso de identificarse inconsistencias en los documentos presentados.

k. La asignación de los recursos a las solicitudes que se reciban se atendrá al monto disponible, en el orden secuencial con que se reciban. IV.1.2 Incremento de la eficiencia terminal Objetivo: Incrementar el indicador de eficiencia terminal de los programas educativos. 1. Presentar a la DGAc, marcando copia a la SPPE y Advo-DGAc un oficio de solicitud de apoyo, emitido por el responsable de la Unidad Académica, cuando menos 15 días hábiles antes de la realización del evento, acompañado de los siguientes documentos. a. Anexar copia del indicador o recomendación del organismo relacionado con el incremento de la eficiencia terminal.

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b. Nombre del seminario de titulación o diplomado, incluyendo fechas de inicio y término, costo total y nombre de los instructores involucrados. c. Listado de alumnos participantes, matrícula, grado, grupo y especialidad.

2. La SPPE emitirá una valoración preliminar de la solicitud, en caso de detectar incongruencias en la información recibida, se notificará al titular de la Unidad Académica para que sean atendidas. 3. Si la valoración preliminar resulta positiva será turnada al Advo-DGAc, quien a su vez revisará la congruencia administrativa y presupuestal de la solicitud y realizará un dictamen de procedencia, el cual será notificado al solicitante en un plazo no mayor de 15 días hábiles de la fecha de recepción de la solicitud e instruirá la forma de aplicación de los recursos en caso de resultar favorable.

4. Los responsables de la DGAc, la Unidad Académica y el Centro de Educación Continua, acordarán las condiciones generales de apoyo mediante la firma de una minuta.

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5. Criterios de asignación.

a. No se atenderá ninguna solicitud incompleta. b. No se resarcirán los gastos que se realicen sin haber sido autorizados por el procedimiento que aquí se comunica.

c. El apoyo por este concepto deberá atenerse a lo señalado en Reglamento de Titulación de la UACh. d. Se apoyará hasta 25% de la matrícula de cada programa educativo, cubriendo hasta 25% del costo de los seminarios de titulación o diplomados ofrecidos por el Centro de Educación Continua.

e. La DGAc se reserva el derecho de reorientar los dictámenes emitidos, así como la cancelación o negación de estos, en caso de identificarse inconsistencias en los documentos presentados.

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f. La asignación de los recursos a las solicitudes que se reciban se atendrá al monto disponible, en el orden secuencial con que se reciban.

VI.Compromisos

1. Cumplir cabalmente el objeto para el cual se otorgó el apoyo. 2. Ejecutar el gasto dentro del ejercicio fiscal correspondiente.

3. Efectuar en tiempo y forma todas las comprobaciones contables relacionadas con el apoyo recibido. 4. Notificar a la SPPE el avance en el cumplimiento del programa de trabajo en informes trimestrales.

5. Entregar con tres meses de antelación al vencimiento de la acreditación, en caso de haberla obtenido, el informe de autoevaluación correspondiente.

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6. Informar a la DGAc el dictamen del organismo acreditador, si es el caso, se deberá entregar copia de la constancia de acreditación del programa educativo. 7. Elaborar y entregar un plan de mejora continua que incluya la atención de las recomendaciones del organismo acreditador.

VII.Transparencia.

Para fomentar la transparencia, equidad y rendición de cuentas en la asignación, ejercicio y resultados vinculados a los apoyos otorgados a los programas educativos, la unidad académica responsable del programa educativo para el que se reciba el apoyo se compromete a: a) Hacer público el monto recibido y cada una de las aplicaciones del mismo. b) Hacer pública la información derivada del proceso de acreditación o re acreditación, como el dictamen y las observaciones y recomendaciones del organismo acreditador y el plan de mejora.

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c) Proporcionar en tiempo y forma la información requerida por las autoridades competentes en materia del cumplimiento a lo dispuesto por la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

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XXII. INVITACION A ACTIVIDADES DEPORTIVAS

Con la mejor intención de ayudar a nuestra Comunidad Universitaria en estos momentos tan difíciles que se viven a causa de la pandemia El equipo de Fútbol Americano de Nuestra Universidad pone a disposición de toda la comunidad Universitaria (Estudiantes, Académicos y Trabajadores):

• Acondicionamiento Físico: el cual será impartido por los coaches del equipo de Futbol Americano “Toros Salvajes”, los días lunes, miércoles y viernes, a las cuales se podrá ingresar con el Zoom ID: 2458685202 de 6 a 7 de la tarde.

• Ayuda Psicológica: Impartida por personal

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especializado en Psicología del deporte.

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Tabla de datos generales

Colaboradores: M.C. Gilberto David Velázquez Castro

Dr. Gustavo Almaguer Vargas Dra. H. Gloria Calyecac Cortero Comisión Académica del H. Consejo Universitario Subdirectores(as) Académicos(as) Lic. Abigail Tovar Campos

Avaló: Comisión Académica del H. Consejo Universitario

Responsable: Dr. Gustavo Almaguer Vargas

Fecha de elaboración: Marzo 30 de 2021

Fecha de inicio de aplicación: Marzo 30 de 2021

Versión: Primera

Diseño: Mayte Ayala Ibarra

Universidad Autónoma Chapingo km 38.5 carretera México - Texcoco. C.P. 56230, Chapingo,

Estado de México.