Manual Pesca Submarina

57
El equipo básico El equipo básico para realizar apneas en el agua, es muy asequible para la mayoría de personas. Bastarán con unas gafas, un tubo y unas aletas. Con este equipo podremos comenzar a sumergirnos y disfrutar de los bellos parajes submarinos, así como habituarnos a descender en un medio que no es el nuestro pero en el que disfrutaremos tanto como si lo fuera. No hay que cejar en el empeño y hay que ser constante para conseguir algunos resultados. Lo fácil es desistir en cuanto empiezan los dolores de oído, pero si perseveramos,compensará el esfuerzo y ya nunca querremos dejar este deporte. Las gafas La gafa de bucear, cuando se trata de pesca submarina, debe de ser lo más pequeña posible pero siempre se debe de ajustar perfectamente a la cara sin producir una sensación de incomodidad. La causa por la que deben de ser de pequeño tamaño, es que, cuanto más cerca esté el cristal de la cara, mayor será la visibilidad. Otra consecuencia favorable de su reducido volumen interno es que al descender a grandes profundidades será mas facil compensar el aplastamiento de la mascara producido por la presión del agua. Esto lo haremos soltando un poco de aire vital por la nariz, por eso cuanto mas reducido sea su volumen, tanto mejor. A la hora de comprar una máscara, deberemos ponerla en la cara sin sujetar con las correas, y hacer una respiración por la nariz. Si las gafas quedan adheridas a tu rostro, pueden ser las que necesitas, aunque todavia hay que valorar mas cosas. Deben ser gafas que permitan compensar facilmente.Es decir, que permitan pinzar la nariz para efectuar la maniobra de Valsalva. Son muy apropiadas las que cuentan con dos cristales aunque también las de un solo cristal son buenas. Todas las gafas actuales cuentan con cristales inastillables, para que en caso de accidente no produzcan heridas.Mas irrelevante parece el hecho de que los cristales sean antivaho, pero tambien los hay.

Transcript of Manual Pesca Submarina

Page 1: Manual Pesca Submarina

El equipo básicoEl equipo básico para realizar apneas en el agua, es muy asequible para la mayoría de personas. Bastarán con unas gafas, un tubo y unas aletas. Con este equipo podremos comenzar a sumergirnos y disfrutar de los bellos parajes submarinos, así como habituarnos a descender en un medio que no es el nuestro pero en el que disfrutaremos tanto como si lo fuera.No hay que cejar en el empeño y hay que ser constante para conseguir algunos resultados. Lo fácil es desistir en cuanto empiezan los dolores de oído, pero si perseveramos,compensará el esfuerzo y ya nunca querremos dejar este deporte.

Las gafas

La gafa de bucear, cuando se trata de pesca submarina, debe de ser lo más pequeña posible pero siempre se debe de ajustar perfectamente a la cara sin producir una sensación de incomodidad. La causa por la que deben de ser de pequeño tamaño, es que, cuanto más cerca esté el cristal de la cara, mayor será la visibilidad. Otra consecuencia favorable de su reducido volumen interno es que al descender a grandes profundidades será mas facil compensar el aplastamiento de la mascara producido por la presión del agua. Esto lo haremos soltando un poco de aire vital por la nariz, por eso cuanto mas reducido sea su volumen, tanto mejor.A la hora de comprar una máscara, deberemos ponerla en la cara sin sujetar con las correas, y hacer una respiración por la nariz. Si las gafas quedan adheridas a tu rostro, pueden ser las que necesitas, aunque todavia hay que valorar mas cosas. Deben ser gafas que permitan compensar facilmente.Es decir, que permitan pinzar la nariz para efectuar la maniobra de Valsalva. Son muy apropiadas las que cuentan con dos cristales aunque también las de un solo cristal son buenas. Todas las gafas actuales cuentan con cristales inastillables, para que en caso de accidente no produzcan heridas.Mas irrelevante parece el hecho de que los cristales sean antivaho, pero tambien los hay.La tira de sujección debe de ser doble por la parte trasera, ya que reparte mejor la presión de la goma alrededor de la cabeza, aunque no es necesario que vaya demasiado tensa, para evitar sensación de incomodidad. Los cierres deben ser rápidos de ajustar y que no se muevan una vez ajustadosNormalmente se fabrican con caucho aunque últimamente toman posiciones las gafas de PVC o silicona, siendo tal vez estas últimas las más apropiadas.

Las aletas

Las aletas para la pesca submarina deben ser sin duda de pala larga, aunque puede ser necesario un periodo de aclimatación a las mismas. No resulta facil mover una pala larga y rígida, por lo que harán falta buenas piernas, aunque siempre se puede recurrir a unas aletas mas flexibles. Para los que no están acostumbrados a usarlas, resulatan agotadoras, pero una vez que se les coge el truco, ya no podrás renunciar a ellas.Otro factor a tener en cuenta es si las queremos con zapato (entra todo el pie dentro de la aleta) o por el contrario las queremos con ajuste de tira. Estas últimas dejan el talón al aire y se ajustan con unas tiras, parecido a las gafas de bucear. En mi caso, no tengo dudas, prefiero las de zapato, aunque no desprecio para nada las de tira. Estas últimas permiten

Page 2: Manual Pesca Submarina

calzar botines, que son escarpines con suela de goma, para poder andar por las rocas antes de entrar al agua. Sin embargo, con las de zapato tambien se puede hacer, aunque con mayor dificultad. Yo gasto un 42 de zapato y mis aletas son unas 46-48, con lo que me puedo calzar sin problemas unos escarpines con suela de goma no muy gorda, pero que cumplen perfectamente su cometido al andar sobre roca.Las palas se fabrican con plásticos especiales y ultimamente con fibra de carbono o grafito. Los calzantes se hacen de caucho. Son aconsejables los modelos de pala intercambiable, que suelen ir sujetos al calzante con un tornillo. En caso de rotura, el repuesto es fácil de colocar, y no tendremos que tirar el par entero a la basura.Por supuesto, ni que decir tiene que el pie tiene que estar lo más comodo posible, y los dedos de los pies no deben estar ni muy prietos ni demasiado sueltos. La pala debe tener unos nervios centrales muy marcados para canalizar la evacuación del agua y evitar que las aletas derrapen; es decir, que se muevan de un lado para otro, en vez de en movimiento de tijera.

El tuboPoco hay que decir del tubo salvo que es tan simple como necesario. Sulen tener forma de J, siendo la parte más recta de plástico mas o menos rígido, y la boquilla de caucho, o silicona, que se introduce en la boca y se muerde con los dientes. Huid de los tubos con válvula extrañas y bolitas en lo alto para que no entre agua de repente. De verdad que a la larga son mas un incordio que una ayuda.Los tubos suelen llevar una especie de anilla o grapa de plástico, para ser fijados a la correa de las gafas, pero el sistema más sencillo es colocarlo simplemente entre la correa y la cabeza. De esta manera lo podremos sacar facilmente una vez sumergidos, colocarlo en nuestro cinturón y evitar así que haga burbujas que podrían delatar nuestra presencia, si esto fuera necesario. Si bajamos con él sin sacarlo de la boca, que no cunda el pánico. No se llenará de agua, ya que la ligera presión del aire que permanece en el tubo no dejará que llegue a nuestra boca, y una vez hayamos emergido, bastará con soplar con fuerza para evacuar todo el agua.El tubo tiene que ser capaz de dejar pasar la suficiente cantidad de aire para que no nos de sensación de ahogo. Por ello no debe ser ni muy largo, lo que exigiria un mayor esfuerzo para respirar, ni muy corto, lo que facilitaria la entrada de agua en el tubo. Alrededor de 30 cm. de longitud suele ser lo normal, aunque personalmente los prefiero un poco mas cortos. Tampoco debe ser ni muy fino ni muy gordo. Bastará con 20 o 22 mm de diametro.

El equipo necesarioEstos son los elementos necesarios para la práctica de la pesca submarina,, con un mínimo de seguridad para afrontar con éxito una jornada de pesca. En realidad, bastaría con el equipo básico para la apnea y un fusil (yo lo he practicado así durante mucho tiempo), pero cuando empiezas a usar el resto de elementos que cito a continuación, comprendes su gran utilidad y ya no puedes prescindir de ellos.

El lastre

Como dijo Arquímedes, todo cuerpo desplaza una cantidad de agua igual al volumen de ese cuerpo. Si el peso del cuerpo es menor que el peso del agua desalojada, el cuerpo

Page 3: Manual Pesca Submarina

permanecerá a flote (será positivo). Si pesa más el cuerpo, que el agua desalojada, se hundirá (será negativo).Y si pesan lo mismo se quedará donde se deje el cuerpo (será neutro). El cuerpo humano, con los pulmones llenos, es claramente positivo, y para vencer esa resistencia inicial al descenso submarino y poder estar en el fondo sin que el agua nos empuje hacia arriba se colocan los lastres.El lastre se compone de un cinturón, generalmente de nylon, al que se añaden unos plomos para conseguir el lastre adecuado. El cinturón debe tener una hebilla de desenganche rápido, que nos permita en un momento de apuro poder soltarlo con un solo movimiento y salir disparados hacia la superficie. El peso que se debe colocar en el cinturón depende mucho de cada persona, su constitución física y el tamaño del traje que lleve. La flotabilidad de la persona no es siempre la misma, ya que la presión que el agua ejerce sobre nosotros, aumenta con la profundidad, y hace que se reduzca el tamaño de nuestro traje, pulmones, abdomen y demás "partes huecas" del organismo. Por partes huecas se entienden aquellas que contienen total o parcialmente, aire. Estas son las partes susceptibles de compresión, ya que el resto del cuerpo, al ser en un gran porcentaje de agua, no es compresible. Al reducirse el volumen de estas partes, por efecto de la presión, también se reduce el empuje positivo del agua.La mejor forma de calcular el lastre es por el método de ensayo error. El objetivo a buscar debe ser el siguiente:

Debemos ser positivos en la superficie, para poder descansar entre descenso y descenso.

Los primeros metros de descenso se harán a fuerza de aletas, hasta que empecemos a ser negativos.

En este momento podemos dejar de aletear y dejarnos caer suavemente hasta el fondo, donde usando las aletas como timón nos posaremos tranquilamente.

Para empezar el ascenso, nos ayudaremos de nuevo de las aletas, procurando no enturbiar demasiado el fondo.

Según subamos nos encontraremos cada vez más ligeros y podremos acabar el ascenso con total tranquilidad y habiendo consumido el mínimo posible de energias.

El cuchillo

Tranquilos, que no tendremos que ir de Rambos por la vida. En las costas españolas no se suele dar el caso de tener que luchar a brazo partido con un tiburón.Este utensilio lo usaremos sobre todo para rematar a las piezas, y evitar así que sufran inutilmente. Así mismo será de gran utilidad en el caso de que nos quedemos enredados entre las cuerdas de nuestros aparejos o de redes que pueda haber por el fondo. Afortunadamente este caso se da muy raras veces, pero si se diera, es mejor ir prevenidos.No por ser el elemento menos utilizado es de menor importancia. Si algún día lo necesitas de veras, darás gracias a Dios por llevarlo encima.El cuchillo debe ser pequeño y estar perfectamente afilado por el lado más delgado. Por el otro lado debe llevar una sierra, para cortar cuerdas más gruesas. Lo podremos llevar en la pantorrilla, en el antebrazo e incluso en el cinturón.Existen varios modelos en el mercado. No os compliqueis la vida con sistemas extraños para extraer rápidamente el cuchillo. Cuanto más sencillo mejor. Elegir el que mejor vaya con vuestras caracteristicas, y espero que solo tengais que usarlo para rematar las piezas.

Page 4: Manual Pesca Submarina

La boya

Hay varios tipos de boya, y su uso es obligatorio para la práctica de la pesca submarina. Normalmente se trata o bien de una pelota, o bien de una especie de torpedo hinchable y de vivos colores. De la parte sumergida cuelgan varios mosquetones de los que colgar el portapeces, fusiles de respuesto, varillas, puntas, linterna y todo lo que se nos ocurra. Por la parte de arriba llevará una bandera de color rojo, con una franja blanca en diagonal. Esta señal significa que hay un buzo en la zona y debe ser respetada por las embarcaciones en un radio de 50 metros.A su vez, de la boya sale un hilo de unos 20 o 30 metros, que es el que mantiene el contacto entre el pescasub y la boya. Se puede poner un plegador, para mantener a raya el sobrante de cuerda en el caso de que no vayamos a realizar profundos descensos.Este hilo puede ir sujeto o bien al cinturón de lastre o bien a la parte posterior del fusil. También podemos habilitar un plomo movil de aproximadamente un kilo, al que sujetar la boya, y si encontramos una zona interesante soltar el plomo y dejar así la zona señalizada. Si llevamos la boya sujeta al cinturón, tendremos la ventaja de que si tenemos que dejar el cinturón en el fondo por haber apurado mucho la apnea, lo podremos recuperar facilmente dese la superficie. Por último si lo llevamos sujeto a la parte posterior del fusil, en caso de que la varilla se nos quede enganchada entre alguna roca del fondo, podremos abandonarlo para recuperar fuerzas en la superficie y recuperarlo más tarde.También nos puede servir la boya como improvisado flotador, sobre el cual apoyarnos para poder descansar en momentos de gran cansancio. Es de gran utilidad a la hora de introducirse al agua en zonas muy rocosas y de dificil acceso. Concretamente, yo coloco todo el material, incluidas las aletas, sujeto por dos gomas y arrojo la boya al mar. Luego entro tranquilamente al agua sin nada que me moleste y recupero el material desde el agua, donde me calzo las aletas y empuño el fusil.

El portapeces

Este accesorio es el que dará fe de nuestra jornada de pesca al acabar el día. En él se irán ensartando las presas segun se vayan cogiendo, y será lo primero en que se fijen tus compañeros cuando salgas del agua para darte la enhorabuena o empezar a machacarte con lo malo que eres ;-)Basicamente hay dos tipos de portapeces. Un alambre curvado con forma de aro y con un extremo puntiagudo que es por donde se introducen los peces y que luego se cierra con un gancho del extremo opuesto. El otro tipo es más sencillo y práctico. Sería como el de la foto de aquí al lado. Simplemente se ensarta el pez por la punta y se atraviesa el pasador completamente.El pez quedará sujeto en la cuerda que por la otra punta estará atada a nuestro cinturón o a nuestra boya. La forma más normal de ensartar a nuestra pieza es pasar la punta por una agalla y hacerla salir por la otra o bien por la boca. Otro factor a tener en cuenta es donde llevaremos el portapeces. Hay quien prefiere llevarlo colgado del cinturón de lastre aunque yo personalmente prefiero llevarlo colgado de la boya. Hay cierto tipo de peces que es mejor mantenerlos lejos de nuestro cuerpo incluso despues de pescados, como el cabracho. Además quien sabe; a lo mejor al acercarnos a la boya descubrimos un gran sargo picoteando de alguno de los peces allí expuestos. :-)))

Page 5: Manual Pesca Submarina

El fusil

El fusil de pesca es el arma final que nos servirá para capturar esa pieza a la que hemos estado observando un buen rato y en cuya punta veremos un resplandor plateado que será indicio de un acierto.Existen varios tipos de fusiles pero se podrían resumir en dos grandes familias. Los de gomas y los oleoneumáticos.Ambos tipos disparan arpones o varillas metálicas, con puntas intercambiables, aunque los últimos modelos llevan la punta fija. Es decir, no intercambiable. A los de punta intercambiable se les puede añadir un tridente, que permite una mayor fijación de la presa, a costa de perder precisión en el tiro.El fusil se carga siempre dentro del agua.Un disparo accidental fuera del agua puede acarrrar funestas consecuencias, dada la fuerza de estas armas. Pueden alcanzar una distancia de 100 metros fuera del agua. Como anécdota os puedo contar algo que me sucedió en cierta ocasión. Disparé el arpón fuera del agua y salió con tanta fuerza que cuando llegó al límite de la cuerda, retrocedió y se vino hacia mi a toda velocidad. No me alcanzó pero os aseguro que faltó bien poco.Por eso no os paseeis por la playa con el arma cargada, o entreis en el agua con el fusil cargado. Puede ser muy peligroso.Sin embargo, dentro del agua, cuya resistencia es unas 800 veces mayor que la del aire, la distancia eficaz de un arpón varía entre 3 y 5 metros. A partir de esa distancia se pierde totalmente la precisión.

Fusil de gomas

Es el tipo de fusil mas extendido. Es como un tirachinas avanzado y se basa en el mismo principio. Utilizan la elasticidad de dos tirantes de gomas, que al soltarse bruscamente al accionar el agatillo, impulsan el arpón.Están formados por un tubo hueco de acero inoxidable, carbono o cualquier material de última generación cerrado por los extremos. En uno de los extremos lleva una culata como la de un revolver y en el otro extremo una guía sobre la que se desliza la varilla. Los tirantes de goma se sujetan a la parte delantera y están cerrados en el otro extremo por el obús(una especie de alambre con forma de V). La varilla se desliza sobre el cañón hasta que entra por la culata y queda sujeta al gatillo a través de una muesca. La varilla tiene otras dos muescas más en las que se engancha el obús tras tensar las gomas. Cuanto más atrás enganchemos las gomas, más fuerza tendrá el disparo. La forma de cargar el fusil es apoyar la culata contra el pecho, sujetar las gomas con ambas manos y tirar con fuerza hasta engancharlas.Una vez el fusil cargado, basta con apuntar y apretar el gatillo. Se libera el arpón y gracias a la fuerza de las gomas sale a una velocidad muy considerable.Para dar más fuerza al fusil, basta con añadirle otra goma suplementaria, o poner unas gomas más duras, aunque el proceso de carga será también más laborioso y agotador.Son unos fusiles muy sencillos, con lo que es rara la vez que dan una avería. Son muy silenciosos y altamente recomendables por su versatilidad.Después del disparo bastará con recoger el hilo y cruzar los dedos para que al otro lado haya algo. :-))

Page 6: Manual Pesca Submarina

Fusil oleoneumático

De este tipo de fusiles no os puedo decir mucho ya que solo he visto uno una vez en mi vida, y no funcionaba muy bien. Más o menos es un tubo en cuyo interior se inyecta aire a presión mediante una bomba tipo ciclista. Se introduce el arpón y se oprime hacia dentro del cañón con fuerza, con lo que el aire del interior se comprime a varias atmosferas, hasta que el arpón engancha con el gatillo. Este aire comprimido lleva una pequeña cantidad de aceite para facilitar el deslizamiento del émbolo que comprime el aire. Al oprimir el gatillo, el aire se expande y lanza el arpón a gran velocidad. Al ser un tubo cerrado, no hay pérdidas de aire ni aceite, con lo que basta con llenarlo al inicio de la temporada o cuando pierde potencia debido a alguna pequeña fuga. Estos fusiles suelen llevar el gatillo en el centro del tubo, con lo que se manejan mejor con una sola mano, aunque me temo que deben ser más incómodos de cargar que los de gomas.

El equipo opcionalVoy a citar aquí algunos elementos que si bien no son necesarios, pueden hacer más facil la vida al pescasub. La excepción es el traje, ya que si bien debería estar en la sección de necesario, he decidido ponerlo aquí, porque para el que empieza en esto no es necesario del todo. No me interpreteis mal, es fundamental para hacer una buena pesca, pero al ser el componente más caro de todo el equipo, se puede dejar para cuando tengamos más experiencia. Yo he practicado la pesca "a pelo" durante más de 11 años y aunque los resultados no eran todo lo apetecibles que hubiera querido, eran lo suficientemente placenteros como para no abandonar. Ahora que mi economía me lo permite, he adquirido uno, y es una gozada, pero insisto en que no es necesario para empezar (ni muchas otras cosas).

El reloj-profundimetro

Entramos en el agua y parece que el tiempo se detiene. Solo el cansancio o un bajo momento de formas física nos hace volver a tierra. ¿Cómo saber el tiempo que llevamos sumergidos?. Facil. Con un reloj. Pero no con un reloj cualquiera. Tiene que ser sumergible (evidentemente).Los relojes actuales son sumergibles a gran profundidad, siendo los más habituales los de 200M. Los más económicos son los de cuarzo y dan un buen resultado a poco que se traten con la debida atención. Intentar llevar el reloj por debajo del guante para que no se golpee contra alguna roca, revisar la correa de vez en cuando para detectar fisuras y darle unos buenos baños de agua dulce al acabar la jornada son buenas ideas.Los relojes actuales, además de la hora, indican y memorizan la profundidad alcanzada, el tiempo de la inmersión y una serie de datos que nos ayudarán a preparar mejor otros descensos. No son excesivamente caros y son un buen complemento. CONSEJO:No seais brutos y dejeis la alarma activada, no sea que en el momento culminante de ir a disparar al dentón de tu vida, den las 12 en punto y todo lo que veais sea su cola perdiendose en la lejania. ;-)

Page 7: Manual Pesca Submarina

La linterna

Vaya agujerito. ¿Habrá algo dentro?. Cualquiere mete la cabeza ahí. Como haya un congrio me arranca la nariz... Todas esas dudas y miedos naturales a meter la mano o la cabeza en lo desconocido, quedan resueltos de un plumazo con una buena linterna. Con ella se puede iluminar completamente el interior de una cueva, aunque habrá que hacerlo en el momento justo y no abusar de ella para no espantar a las posibles piezas.Tendrá que ser estanca para que no entre el agua, y podemos usar pilas alcalinas de gran duración, o usar baterias recargables, de menos duración pero más economicas a largo plazo.Las linternas actuales llevan un concentrador en la punta , para evitar la dispersión de los haces de luz y lograr así una mayor penetración en la oscuridad. Si está recubierta de caucho, o usamos una funda de neopreno para la misma, nos ahorraremos muchos rayones y molestos tintineos que como siempre, pueden poner en alerta a nuestra preciada pieza.

El botiquín

Es una cosa que nunca hace falta, pero si un dia lo necesitas, lamentarás no haber hecho caso de este párrafo. Se puede hechar a perder un buen día de pesca, por una chorrada como un mareo debido al vaivén de las olas, el picotazo de una anémona en la cara, o la espina de un erizo clavada en el pie. Todo eso se puede evitar con un pequeño botiquín que no ocupa demasiado, y nos puede resolver estos pequeños problemas o algo más serio.Los elementos mínimos que deberiais llevar son a mi entender:

o Una botellita de alcohol. (Pero no de tequila). o Una botellita de Iodo o mercromina. o Un paquete de algodón. o Esparadrapo. o Pomada antihistaminica (para las picaduras de medusas, anémonas....)o bien una

botellita de amoniaco. o Unas tijeras. o Unas pinzas para sacar espinas. o aspirinas. o cualquier preparado para el mareo. o ...y cualquier otra cosa que se te ocurra.

El Traje

Lo del traje es seguramente una de las elecciones más dificiles. A parte de ser la parte de nuestro equipo más cara, tambien es la que con más cuidado hemos de elegir.Una vez que hemos decidido dar el paso de adquirirlo, tendremos que elegir el tipo de traje que nos conviene. Basicamente hay tres tipos de trajes. Los monoforrados, biforrados y microporosos.Los monoforrados, presentan el neopreno crudo hacia el exterior, lo que los hace muy hidrodinámicos en el agua y se secan rapidamente al salir del agua. Hay que tener mucho

Page 8: Manual Pesca Submarina

cuidado con los bordes de las rocas y salientes cortantes, porque precisamente, el neopreno crudo es más delicado.Los biforrados, recubren el neopreno con nylon por las dos caras, lo que los hace extremadamente resistentes a los cortes, a costa de una mayor resistencia en el agua.Los microporosos son trajes de "célula abierta", muy elásticos y que se adaptan perfectamente a cualquier parte de nuestro cuerpo. Son también muy delicados y hay que tener cuidado incluso con nuestras propias uñas. Se hace necesario el uso de talco o agua jabonosa para una colocación rápida y sin problemas. Estos últimos son los que parecen ganar posiciones en el mercado pescasub.Una vez elegido el material, deberemos decidir si lo queremos con cremallera o sin cremallera. Los ideales para pesca son los de "sin cremallera", aunque no hay por qué descartar los de cremallera. Los de cremallera son más comodos de poner y quitar, pero presentan una mayor perdida de calor, por lo que deberemos vigilar el buen estado de ésta.Los trajes de neopreno o "trajes húmedos" se basan en permitir la entrada de una pequeña cantidad de agua entre nuestro cuerpo y el traje, y que se caliente, manteniendo así nuestro cuerpo caliente. Por eso es importante que el traje se pegue a la piel, para que el agua que entre no circule, se estanque, y mantenga de esta manera el calor. Tampoco debe oprimirnos tanto que nos impida realizar una buena ventilación.El grosor más universal para los trajes es de 5mm. Aunque en el Mediterraneo y en pleno verano puede ser más cómodo uno de 3mm, y en el Cantábrico, en pleno invierno, se buscará uno de 7mm.Otras recomendaciones para su buena conservación, es enjuagarlo con agua dulce después de cada salida, no dejarlo secar a pleno sol, y guardarlo bien extendido en lugares secos y ventilados.

Los pecesVoy a hacer aquí una pequeña relación de los peces más comunes con que se puede encontrar un pescasub a lo largo de su vida. No están todos los que son, pero yo creo que sí que son los más frecuentes.Documentación: Para describir su morfología, nombres científicos, y costumbres he buscado sobre todo en las revistas CazaSub, y los números especiales de Apnea sobre pesca submarina. Gracias pues a estas dos revistas por ilustrarnos mes a mes con sus fantásticos artículos.Tambien quiero agradecer a Ignacio Zurutuza, su gran aportación a esta página, en forma de muchas de las fotos submarinas que podeis ver en la misma. Podeis ver una historia suya en la sección batallitas que parece un decalogo de lo que debe ser un buen pescasub.Muchas gracias Ignacio.

La lubina

Etimologia Familia de los serránidos. Nombre cientifico : Dicentrarchus labrax Otros nombres : Róbalo

Page 9: Manual Pesca Submarina

Aspecto Cuerpo alargado, algo comprimido y elegante Cabeza fuerte y subcónica. Mandíbula inferior más larga que la superior. Cola muy robusta. El opérculo tiene detrás dos espinas y el preoperculo tiene dentado el borde posterior. El color de las partes

superiores es gris plomo ; el de las laterales gris claro, con tonos amarillentos y algunas manchitas oscuras ; el de las partes inferiores, blanco amarillento plateado. Puede llegar a alcanzar el metro de longitud y los 14 Kg.de peso, aunque el tamaño habitual oscila entre los dos y cinco Kgs. y los 30 a 50 ctms.

Hábitat La lubina joven permanece en zonas costeras pero cuando es adulta se desplaza a profundidades de hasta 100 metros. Gusta de las aguas oxigenadas, por lo que es frecuente verlas en las zonas costeras y en las rompientes batidas por el mar. No es dificil encontrarlas entre bancos de lisas. Tambien acostumbra a remontar ríos de agua dulce por lo que se las puede encontrar en las desembocaduras.Un lugar clásico para su captura es en los pecios. Se alimenta de cardúmenes de peces pequeños como camarones, anchoas, arenques, sardinas y mubles así como gambas, cangrejos, moluscos y cefalópodos. En el Cantábrico se reproducen entre Febrero y Mayo y en el Mediterraneo desde Diciembre hasta Marzo.

Técnica para la pesca submarina Según la época del año, se puede pescar tanto a la espera como al agujero, aunque la forma más habitual suele ser la primera. Desconfiada y rápida, solo se acercrá a nosotros un instante para salir disparada como una flecha. No es raro encontrarlas "camufladas" entre los bancos de lisas. Con marea baja, es más frecuente encontrarla en el agujero, donde su pesca no tiene mayor dificultad.

La dorada

Etimologia Familia de los espáridos. Nombre cientifico : Sparus aurata

Aspecto: Cuerpo alto, oval y comprimido. Dorso arqueado y frente oblicua.

Page 10: Manual Pesca Submarina

Cabeza robusta con dientes fuertes, con los que rompe conchas y caparazones de crustaceos. Color gris con reflejos azulados/dorados en el dorso y plateado en los laterales. Su caracteristica más notable, y por la que recibe el nombre es una franja dorada en la cabeza, justo entre los ojos. Puede llegar a alcanzar los 70 cm. y un peso que puede sobrepasar los 5Kg. en su edad adulta, aunque la media stá entre 20 y 50 cm y entre 1 y tres Kg.

Hábitat La podemos encontrar en múltiples sitios: en las rocas del rompeolas, en las desembocaduras de los ríos, (como las lubinas), en una roca en medio de la arena, entre las praderas de posidonia, en los derrumbes de roca...... No es un pez de mucha profundidad, por lo que casi nunca baja de los 40 mts, encontrandose casi siempre a unas profundidades asequibles para la mayoria de los pescasub; entre 8 y 15 mts.

Técnica para la pesca submarina Pez inteligente donde los haya, capturarla haciendo una espera se convierte en una auténtica proeza. Se necesita un fusil largo (a partir de 90) y realizar una espera prolongada, ya que tardará bastante en ponerse al alcance de nuestro fusil y guardará durante un buen rato una distancia respetable. La mejor forma de capturarla es en una caída aprovechando que esté distraida comiendo, o bien encovarlas para pescarlas al agujero, donde no plantean mayor dificultad. Si nos decidimos por la caída, tendrá que ser lo más silenciosa posible, cuidando sobre todo el golpe de riñón. Recordad siempre que son el "terror de las mejilloneras", por lo que aquí teneis otra pista para buscarlas. Una vez pescada, ojo con su poderoso mordisco.

El sargo

Bajo este nombre se distinguen basicamente cuatro tipos de peces muy semejantes en cuanto a la forma de pescarlos, por lo que voy a dar una breve descripción de cada uno de ellos, para tratar la forma de pescarlo de manera conjunta.

Etimologia: Familia de los espáridos.

Nombre cientifico Diplodus Vulgaris Otros nombres: Mujarra, Mojarra Aspecto: Color plateado. Carece de franjas verticales. Mancha oscura en la base de la cabeza y en la cola. Se mueve por aguas libres acompañada de otros congeneres y es raro verla encovada. Talla normal: entre 10 y 25 cms.

Page 11: Manual Pesca Submarina

Nombre cientifico : Diplodus Sargus Otros nombres: Sargo común Aspecto: Color plateado con rayas verticales oscuras. Mancha oscura en la cola y en el opérculo. Abunda en las zonas rocosas y entre la posidonia. Se esconde perféctamente en el agujero y en cualquier grieta o lugar inverosimil. Talla normal: entre 7 y 12 los de un año. Entre 25 y 35 cms.los más grandes. Rara vez sobrepasan los 2 Kg.

Nombre cientifico : Diplodus Puntazzo Otros nombres: Sargo picudo Aspecto: Como su primo, el sargo común, con la particularidad de que su boca es una especie de pico con los dientes muy inclinados hacia fuera. Puede llegar a los 50 cms en su edad adulta y vive entre los 10 y 50 mts. La forma de su boca le impide triturar grandes moluscos por lo que se alimenta de pequeños invertebrados (gambas, gusanos...)

Nombre cientifico : Diplodus Cervinus Otros nombres: Sargo breado, Sargo Real o Sargo Imperial. Aspecto: Como el sargo común pero con grandes franjas de color pardo más anchas que las de sus familiares. Los grandes ejemplares pueden medir unos 60 cms. con pesos de tres y cuatro Kgs, aunque es muy dificil encontrar tales piezas, que están a grandes profundidades.

Técnica para la pesca submarina

Lo más facil es pescarlos al agujero, donde son presa fácil. Podemos golpear el agua para encovarlos y pescarlos después. También es posible hacerlo a la espera y a la caída. Una técnica que da buenos resultados para grandes ejemplares es pescarlos a la espuma, cuando están distraidos comiendo, pero hace falta una buena forma física para realizar esta modalidad de pesca.

El dentón

Etimologia : Familia de los espáridos. Nombre cientifico : dentex dentex

Aspecto : Cuerpo ovalado y robusto

Page 12: Manual Pesca Submarina

Gran cabeza y potente cola. En los adultos destaca una joroba en la frente que les hace parecer siempre enfadados y con el "ceño fruncido". En su madurez adquieren un color rosado caracteristico. Robusta mandibula provista de cuatro dientes en la superior y cuatro en la inferior. Puede llegar a alcanzar el metro de longitud y los 13 Kg.de peso, aunque el tamaño habitual ronda los tres Kg.

Hábitat : Profundidad media :20 Mts. (puede alcanzar los 200Mts) Gusta de aguas libres con corrientes constantes donde  se alimenta de cardúmenes de pececillos y toda clase de cefalópodos. Se reproducen durante la época primaveral en aguas bajas y los pequeños dentones ya salen del huevo siendo autosuficientes y desarrollando desde que nacen un espíritu depredador y voraz.

Técnica para la pesca submarina : Hay que buscarlo en aguas profundas. Lo contrario es pura casualidad. Las bases de las secas son un buen punto de encuentro. La forma más común de capturar el dentón es realizar una espera a gran profundidad. Esconderse tras una roca con la corriente de frente que pueda arrastrar algún cardúmen y detrás de el algún dentón. Si no hay corriente, llamar la atención del dentón con golpecitos de la culata del fusil o sonido de deglución. Si hay suerte, el dentón se acercará con mucha precaución , para acercarse de forma repentina, saciar su curiosidad y  huir a gran velocidad. Es en el momento en que se empieza a girar cuando hay que efectuar el diparo e intentar acertar en una zona vital, ya que de lo contrario, tiene una arrancada muy violenta y puede llegar a desgarrar su propia carne y escapar hacia el fondo herido.

La Lisa

Etimologia Familia de los mugílidos.Entre los más conocidos tenemos el Albur (Chelon labrosus), Capitón (Liza ramada), Galua (Liza saliens), Mugil (Mugil cephalus), Galupe (Liza aurata).

Aspecto: Cuerpo fuerte y afilado. El dorso es de un color gris azulado o gris plomo. El color se va aclarando del dorso hasta el vientre, siendo plateados en los laterales y blanco en el vientre.Tiene unas finas

Page 13: Manual Pesca Submarina

rayas longitudinales que desaparecen al llegar al vientre. Tiene unas escamas muy grandes. Tienen la cabeza aplanada y una boca transversal caracterisitica.Ojos pequeños cubiertos por una especie de párpado  translucido.

Hábitat Pez de aguas libres que nada siempre a poca profundidad, lo que lo hace presa fácil de los principiantes. Suelen ir en grupos de individuos de aproximadamente la misma talla. Cuando el que va primero, se asusta, todos le siguen como reacción al peligro. De costumbres omnivoras, debe su mala reputación,a que abunda en las aguas contaminadas de los puertos, zonas fangosas y vertederos humanos, con lo que suelen coger el gusto de las zonas donde habitan. Es por eso, que solo deberiamos pescar aquellos que encontremos en aguas limpias, para  garantizar que lo podamos comer.

Técnica para la pesca submarina Es un pez que se pesca sin mayor problema, al vuelo; muchas veces no hará falta ni sumergirse. Es recomendable un fusil largo (a partir de 90), porque están muy acostumbradas a guardar las distancias con el pescasub. Tambien resultan muy efectivas las esperas, sobre todo teniendo en cuenta que entre los bancos de lisas, muchas veces viene camuflada alguna que otra lubina.

El durdo

Etimologia Familia de los espáridos. Nombre cientifico : labrus bergilta También se los conoce como Maragotas

Aspecto Pez sedentario de cuerpo rechoncho. Tien un hocico puntiagudo que finaliza en una boca con labios carnosos y dentadura potente. Tiene una única larga aleta dorsal, provista de una veintena de espinas. El colorido es muy variable, y depende de

varios aspectos, como la edad, profundidad, época del año o el hábitat. Pueden tener prácticamente cualquier color y resultan muy vistosos. Un durdo adulto, puede pesar facilmente los 3 Kgs. siendo más grandes los del Cantábrico que los del Mediterraneo.

Hábitat             Especie muy común, con predilección por las zonas rocosas ricas en algas. Se situán escondidas entre las algas y permanecen quietas cuando presienten el peligro.

Page 14: Manual Pesca Submarina

Técnica para la pesca submarinaEs un pez bastante abundante y relativamente fácil de pescar, ya que enseguida

'asoma el hocico'. Suele aprovechar la marea alta para buscar la comida y suele buscar las mejilloneras. A la caida, al acecho e incluso al vuelo, cualquier forma es buena. Si se asusta, irá a su agujero o se esconderá entre la laminaria

El cabracho

Etimologia : Nombre cientifico : Scorpaena scofra

Aspecto : Cuerpo fuerte y aplanado por los flancos.Cabeza grande, y abundantes espinas repartidas por cabeza y lomo. Tiene una única aleta dorsal, formada por espinas y radios blandos. Cualquiera de sus espinas es peligrosa, pero

especialmente lo son las de la aleta dorsal, acanaladas y conectadas a glándulas venenosas. Su picadura se trata aplicando calor a la zona afectada. Agua muy caliente, un cigarrillo...y consultar con un médico si no se alivia. Es muuuuy dolorosa. Es el rey del mimetismo. Tiene el cuerpo salpicado de manchas rojizas, rosadas, anaranjadas...y jirones de piel simulan a las algas adheridas a la roca. Permanece totalmente inmovil y parece una piedra. Muda de piel aproximadamente una vez al mes. Pez solitario y nocturno, por el día permanece inmovil. De dieta carnivora,se alimenta de crustaceos, moluscos y otros invertebrados.Su tamaño normal ronda los 30 cms. siendo su talla máxima de unos 50 cms.

Hábitat : Profundidad media :10 Mts. (puede alcanzar los 300Mts). Predomina en los fondos rocosos. Se reproducen entre los meses de Mayo y Agosto. Pueden poner entre 10.000 y 20.000 huevos plactónicos

Técnica para la pesca submarina :

Page 15: Manual Pesca Submarina

Pegados al fondo, es facil encontrarlos sin querer (mientras se busca cualquier otra cosa o en cualquier agujero). Una vez localizado, el tiro es fácil, ya que confía plenamente en su mimetismo. Puede suceder que al acercarnos sin precaución, se asuste y se mueva, con lo que será descubierto sin remedio. Hay que evitar llevarlo colgado del cinturón, por razones obvias, y si se cuelga de la boya, cuidado con no pincharla. Para sacarlo de la varilla, proceder con cuidado. Los guantes no son protección suficiente. Atentos al pasar por zonas rocosas, entradas de cuevas o grietas. Hay que tratar de buscar su silueta más que sus colores.

El mero

Etimologia Familia de los serranidos Nombre cientifico : Epinephelus marginatus

Aspecto Pez robusto y fuerte de coloración marrón, que se oscurece hacia el lomo y se aclara hacia el vientre. Manchas amarillas por todo el lomo. Cabeza muy robusta que ocpupa aproximadamente 1/3 de su cuerpo,

con unas potentes branquias que le sirven para enrocarse en su cueva, y dificultar así su extracción. Tiene numerosos dientes de tamaño diminuto y muy afilados. Unos labios muy pronunciados y carnosos y una enorme boca con la que traga todo lo que se pone a su paso

Hábitat Habita en agrupaciones rocosas, donde sea frecuente el paso de pececillos, moluscos o pulpos. Casi siempre elige cuevas profundas e inaccesibles donde se esconden ante el peligro. Suele tener una 'parte ciega', donde se esconde o 'puerta trasera' por donde escapar si se les atosiga mucho y hundirse velozmente en el fondo. Encontrar un mero por encima de los 15 metros, es algo inaudito, por lo que hay que tener una preparación física excepcional para ir en su busca y captura

Técnica para la pesca submarina Buscar en los desprendimientos, bajo los acantilados, rocas planas y piedras aisladas. Estar muy seguros del tiro, pues un mal tiro puede hacer que perdamos la pieza, por ser incapaces de sacarla de su agujero. Antes de disparar, comprobar que

Page 16: Manual Pesca Submarina

tiene el morro apuntando hacia fuera, pues un tiro de cola hará casi imposible su extracción. Es posible que nos cueste un par de bajadas o tres sacarlos de su agujero, por lo que es muy recomendable, tener la línea del arpón asegurada en la

superficie a la boya, y siempre en tensión, para que el mero no retroceda en su cueva mientras subimos a respirar. Muy recomendable también es el uso de un carrete.

Técnicas de pesca.

Una vez que llevas unas cuantas inmersiones, y ya has decidido que este deporte es lo tuyo, que te gusta, y que no es una moda pasajera como otras; que has comprado el equipo, el fusil, y tienes una cierta soltura bajando al fondo y con la maniobra de Valsalva. Para cuando esto ocurra, seguramente dominarás la técnica dela caída, cabras jugado al gato y al ratón con algún pez, y con toda seguridad habrás metido la punta de tu arpón en cientos de agujeros y recovecos, esperando encontrar una veintena de sargos de kilo esperando que alguien los saqué de allí. Bien, pues ya conoces tres técnicas fundamentales, que has adquirido con el hábito de la pesca submarina y a base de usar el sentido común. La caída, el acecho y la pesca al agujero. Dominando estas tres técnicas, se tiene acceso a otro tipo de pesca que vienen a ser variantes de estas.

La espera

Es con diferencia, la técnica más "técnica" de todas las técnicas. Esto que parece un juego de palabras, no es más que el resumen de una técnica que en la que se aúnan todas las características de un buen pescasub. Una gran apnea, resistencia física y capacidad de

Page 17: Manual Pesca Submarina

autocontrol.

Generalmente se realiza en el fondo, pero también se puede hacer entre dos aguas, detrás de él una roca elevada, o incluso desde la superficie. La ventilación se realizará en función de la profundidad y de la duración de la esfera, que puede ser bastante larga. De ahí parte.

El lastre tiene en esta técnica una importancia fundamental. Requiere un lastre superior a otras técnicas, pues la inmovilidad en el fondo es fundamental. Sin embargo hay que pensar también en el retorno a la superficie y lo que supone un peso extra, por lo que hay que valorar el uso de un plomo móvil que abandonaremos en el fondo y recuperaremos después desde la superficie. No quiere esto decir que confundamos la pesca a la espera con la pesca profunda, aunque comparte algunas cosas en común. Ojo con la pesca profunda y los límites físicos personales de cada cual..

El secreto de una buena espera está en un descenso silencioso. Picar en silencio y hasta que no hayan desaparecido las aletas de la superficie no iniciar el aleteo. El lugar de la espera lo habremos fijado previamente, bien desde la superficie o bien en descensos previos. Los últimos metros los haremos sin mover las aletas y nos dejaremos caer como la hoja de un árbol, en absoluto silencio y con el fusil apuntando a la zona elegida. Una vez en el fondo, evitaremos cualquier movimiento, pues pondrá sobre aviso a todos los peces de los alrededores. Cualquier ruido con los plomos, las aletas contra las rocas, o movimiento de el fusil para adquirir mejor posición de tiro tendrán efectos funestos en nuestra espera..

Conseguido esto, sólo hace falta esperar que la curiosidad innata del pez haga el resto y venga hacia nosotros para saciar su curiosidad sobre "esa cosa" que ha llegado desde arriba. Si pasa el tiempo y vemos que no se acerca la presa, pasaremos al plan "B" que consiste en hacer algún tipo de ruidillo con la garganta, con la culata del fusil o frotar algo de arena con los dedos..

Dependiendo del pez, actuaremos de una forma u otra. No hay que dudar ante una dorada o un dentón, pero esto no implica precipitación, sino disparar en el momento justo, cosa que sólo la experiencia nos hará predecir. La llegada de un pez no implica el final de la espera. Aquí es donde debemos aplicar el autocontrol. No precipitarnos a disparar e inspirar confianza al pez, permaneciendo inmóviles, o camuflandonos aún más. Los peces también son muy sensibles a la mirada del pescasub, por lo que es una buena idea tener los ojos entrecerrados o disimularlos detrás de la mano. Es tal la importancia de los ojos, que incluso existen que en el mercado algunos tipos de gafas con cristal de espejo para no dejar a la vista los ojos. No las he probado personalmente, pero me temo que oscurece bastante la ya de por sí escasa luz del fondo. Algunos peces no admiten la corrección del fusil, porque que el más mínimo movimiento los pone en alerta (dorada) y huyen. Otros son más tolerantes a estos movimientos y permiten hacer puntería (maragota, lubina). Por último sólo falta la ascensión, que efectuaremos también de forma sigilosa y observando el fondo y posibles nuevas ubicaciones.

Al agujero

Page 18: Manual Pesca Submarina

La pesca al agujero es probablemente la más utilizada por todos los pescadores. Consiste en ir a buscar al pez a su escondrijo y capturarlo dentro. Así dicho parece muy sencillo, y en algunos casos lo es, pero la verdad es que normalmente se plantean una serie de situaciones que debemos saber solucionar.La primera es tener en cuenta que estos agujeros pueden ser simples grietas estrechas en las que parece imposible que haya nada, pero el caso es que si puede haber algo. Hay que mirar todos los recovecos porque en cualquiera de ellos puede haber algo. Hay quien tiene una especie de sexto sentido que hace que sepa exactamente qué piedras son las que hay que mirar, pero para la mayoría de pescasub, solo la experiencia de largos años hace adquirir ese sentido y nunca es tan pronunciado como en la persona que lo posee naturalmente.Tambien hemos de tener en cuenta que estos agujeros van a estar oscuros y la linterna puede convertirse en imprescindible. No hay una forma concreta de usar la linterna y cada pescador tiene sus manías, pero lo más extendido es introducir primero la punta del fusil y encender despues la linterna, porque entra dentro de lo posible que los peces se asusten. Referente a cómo debemos iluminar el agujero, es frecuente apuntar nuestra linterna solamente al frente, y olvidar que el agujero es de tres dimensiones y tiene izquierda, derecha, suelo, y sobre todo techo. Los peces ya se han acostumbrado a ser perseguidos a su agujero, y dentro de este pueden buscar la parte superior y permanecer pegados y sin moverse, lejos del alcance de la linterna. A veces hay que adoptar posturas inverosimiles para lograr iluminar el techo de un agujero (y no digamos ya para disparar), pero merece la pena intentarlo, porque puede haber bonitas sorpresas. Teniendo en cuenta que hay agujeros que son autenticos laberintos, no es de extrañar que no podamos acceder a todos sus rincones.Otra posible situación es la de que el agujero tenga entrada y salida por otro, u otros lados, por lo que a lo mejor podemos capturar algún ejemplar, pero el resto escapará por "la puerta de atrás". Para evitar esto, se suelen colocar los fusiles auxiliares por las otras salidas, o cualquier cabo como por ejemplo el de la boya. Esto será suficiente para que los peces no escapen. Solo falta ir por el otro lado e ir pescando las piezas una a una o dos a dos si se tercia ;-). Respecto a si se deben pescar todos los peces de un agujero, existen las dos versiones. Hay quien opina que se debe dejar algún ejemplar sin pescar para que el agujero se llene de nuevo cuanto antes, y hay quien opina que a pesar de vaciarlo, el agujero se repobla rapidamente, puede que con otra especie. Vosotros mismos.También puede ocurrir que despues de haber disparado al pez, éste quede de tal manera que no podamos sacarlo del agujero. En ese caso, solo podemos tirar de la varilla de forma suave pero constante, intentando girar al pez hasta que pueda salir. En casos extremos, es posible que haya que esperar a que el pez muera por completo, para que una vez relajado salga más fácilmente. El caso más extremo puede ser el del mero, que de no dispararle de frente, abrirá las agallas y se hará fuerte en su cueva, haciendo su recuperación harto complicada. Como norma general al mero hay que dispararlo de frente, y evitar hacerlo cuando está de cola. Es mejor intentarlo en otro momento, que dispararlo de cola.Como curiosidad, hay que decir que la mejor forma de examinar un agujero es boca abajo (segun bajas), ya que es más lo que puedes abarcar con la vista, y no de frente al agujero. Para este tipo de pesca los fusiles aconsejados son los cortos (de 75cm para abajo) , para poder meterlos y girarlos sin dificultad por dentro del agujero.

Page 19: Manual Pesca Submarina

NORMATIVA LEGAL

Me vais a permitir el "rollo legal", pues aunque árido es revelador de la normativa al respecto.

El cambio más importante con respecto al resumen de que disponía anteriormente, es que ya no vale solamente con el permiso de pesca, sino que ahora exigen un seguro de

responsabilidad civil. La forma más económica de conseguir uno, es federandose en la Federación de Actividades Subacuáticas de cada Comunidad. Como contrapartida, habrá que hacerse socio de algún Club de Buceo y/o Pesca Submarina y soltar la mosca para

dicho Club.Debe ser el único deporte en que para poder federarse, se necesita pertenecer a un club,

pero eso es ya otra historia.NOTA: No incluyo los anexo I y III por ser referentes a papeles a cumplimentar en caso de

pesca deportiva en barco.

Boletin oficial del Pais Vasco

jueves 26 de Noviembre de 1998- Núm.226

Disposiciones generales. Departamento de industria, agricultura y pesca. Número-5354. DECRETO 304/1998, de el 10 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de pesca marítima recreativa. La pesca marítima recreativa ha alcanzado en la última década un importante desarrollo en las zonas costeras del País Vasco. Este desarrollo ha propiciado que, recientemente, el parlamento vasco haya aprobado la Ley 6/1988, de 13 de marzo, de pesca marítima, que configura el marco legal y fija los objetivos y líneas directrices para el ejercicio de la actividad recreativa, dotando a ésta de la necesaria cohesión material y del marco legal adecuado para el desarrollo y práctica de la pesca marítima recreativa. El reglamento de pesca marítima recreativa desarrolla los principios de esta ley, y se estructura en tres capítulos. El capítulo I establece las normas generales y define el concepto de pesca recreativa como una actividad que se realiza por entretenimiento, deporte o afición y sin ánimo de lucro. Esta definición, que ya viene recogida en la norma legal, contrasta con la actividad pesquera profesional que, pudiéndose ejercer en el mismo espacio físico, tiene por finalidad la obtención de recursos con fines económicos. Este objetivo estrictamente recreativo ha llevado a la necesidad de regular en el capítulo II el ejercicio de la pesca, los sistemas de artes permitidos para su práctica, y la forma de

Page 20: Manual Pesca Submarina

desarrollo de la actividad, considerándose que los artes permitidos debe ser el reflejo de esa finalidad recreativa deportiva y no a aquellos que por su carácter especializado pueden entrar en competencia con los que vienen siendo utilizados por el sector pesquero profesional, como son los de enmalle, palangre, nasas y demás artes fijos o de deriva. Finalmente el capítulo III sobre infracciones y sanciones trasladar el marco legal que viene recogido en los artículos 55 y 58 de la mencionada ley con el fin de facilitar el conocimiento detallado de las conductas infractoras y las sanciones que le son aplicables a esas conductas. En su virtud, a propuesta del consejero de industria, agricultura y pesca, previa deliberación y aprobación del consejo de gobierno en su sesión celebrada el 10 de noviembre de 1998

DISPONGOCAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.-Objeto. El presente decreto tiene por objeto establecer las normas de desarrollo que regulan la pesca marítima recreativa, entendiendo por tal la que se realiza por entretenimiento, deporte o afición, sin ánimo de lucro, no pudiendo ser objeto de venta ni transacción las capturas obtenidas. Artículo 2.- Ámbito de aplicación. El presente decreto es aplicación a la pesca marítima recreativa que se efectúe en aguas de competencias de la comunidad autónoma del País Vasco. Artículo 3.-Licencias. 1.-Para ejercicio de la pesca marítima recreativa será necesario estar en posesión de la correspondiente licencia, según la modalidad que se ejerza, que será expedida por la dirección competente en materia de pesca. 2.- La licencia tiene carácter personal e intransferible y para su validez deberá ir acompañada del Documento Nacional de Identidad o de cualquier otro documento que acredite la personalidad del poseedor. Artículo 4.- Clases de licencias. 1.-Existen dos modalidades de licencia: licencia de pesca marítima recreativa de superficie y licencia de pesca marítima recreativa submarina. a) Licencia de pesca marítima recreativa de superficie es la que faculta a ejercer la pesca recreativa desde tierra o desde una embarcación de la séptima lista del registro de matrícula cuyo uso exclusivo es la práctica del deporte sin propósito lucrativo o la pesca no profesional. b) Licencias de pesca marítima recreativa submarina es la que autoriza a ejercer la pesca nadando o buceando a pulmón libre. 2.-no obstante lo señalado en el párrafo 1a), se faculta el ejercicio de la pesca desde una embarcación de la Lista Sexta de registro de matrícula, cuando ésta se emplee por terceras personas en prácticas deportivas o de recreo. Artículo 5.- Período de validez de licencias. 1.- Las licencias de pesca marítima recreativa de superficie ejercida desde tierra o desde una embarcación tendrán un período de validez de 5 años, debiendo renovarse antes del término de su vigencia. 2.- Las licencias de pesca marítima recreativa submarina tendrán una vigencia máxima de un año o inferior a este tiempo se el período de validez de seguro fuera inferior.

Page 21: Manual Pesca Submarina

Artículo 6.- Validez de las licencias expedidas por otras administraciones. 1.- Las licencias de pesca marítima recreativa, expedidas por otras comunidades autónomas con competencia en la materia o por la administración central, tendrán validez para el ejercicio de la pesca marítima recreativa en aguas del País Vasco siempre que exista reciprocidad en aguas de competencia de esas administraciones debiendo, en caso contrario, disponer de la correspondiente autorización expedida de acuerdo a lo ordenado en este decreto. 2.- Las licencias de pesca marítima recreativa submarina deberán, no obstante, ser ratificadas por la dirección competente en materia de pesca para poder ejercer esa modalidad en aguas del País Vasco. 3.- Sin perjuicio de lo dispuesto en los dos párrafos anteriores, las personas autorizadas deberán ajustar su actividad a las normas establecidas en este reglamento. Artículo 7.- Requisitos de los titulares. 1.- Para ser titulares de una licencia de pesca marítima recreativa de superficie es necesario tener una edad mínima de 26 años. Los menores de esta edad podrán ejercer la misma, si están acompañados de una persona provista de la correspondiente licencia. 2.- Para poder ejercer la pesca recreativa de superficie demarcación necesario, además, que ésta se inscriben en el libro segundo del registro de buques de departamento de industria, agricultura y pesca donde deberá figurar el nombre, matrícula y folio de la embarcación, sus características y se titularidad de la misma, según dispuesto en el anexo 1. 3.- Para la práctica de la pesca marítima recreativa submarina se requiere haber cumplido 16 años, disponer de un certificado médico deportivo oficial de aptitud para la práctica de este deporte y ser titular de un seguro de accidentes y de responsabilidad civil que cubra los daños que pudieran originar el titular de licencia durante el período de validez de la misma.

CAPÍTULO IIDEL EJERCICIO DE LA PESCA

Artículo 8.- Artes autorizados. 1.- Los artes autorizados para la práctica de la pesca recreativa son las líneas o aparejos de anzuelos, entre los que se incluye la potera y los peces como cebos artificiales, y el arpón impulsado por la mano o por medios mecánicos. 2.- No obstante lo establecido en el párrafo anterior, se permite el uso de salabardos, reteles, con un máximo de seis, y útiles manuales como la azada, rastrillo y similares para la captura de crustáceos o moluscos como cebo o pesca auxiliar y de otra principal en la cantidad y con los requisitos establecidos en el Anexo II de este decreto. Artículo 9.- De la pesca marítima recreativa de superficie desde tierra. 1.- Ejercicio de la pesca marítima recreativa de superficie desde tierra se podrá practicar mediante el empleo de líneas aparejos de anzuelos sostenidos con la mano o con una caña de pesca por el sistema de lanzado o corcho. 2.- El máximo de anzuelos permitido por licencia desde 10. Artículo10.- De la pesca marítima recreativa de superficie de demarcación. La pesca marítima recreativa de superficie de demarcación se podrá ejercer mediante el empleo de un máximo de diez anzuelos por embarcación se emplea en la mente la parejo denominado potera, se podrá utilizar un máximo de cuatro líneas por licencia. No se permite ningún incremento de anzuelos, aunque sean varios los titulares de una licencia de pesca marítima recreativa que vayan el embarcación. 2.- Las líneas o aparejos de anzuelos deberán ir sujetos a la embarcación sostenidos con la mano, o con la ayuda de una caña de pesca.

Page 22: Manual Pesca Submarina

3.- se autoriza la práctica de la pesca por el sistema de lanzado, corcho y cacea al curricán y en la situación de fondeo o parada. Artículo 11.- De la pesca marítima recreativa submarina. La pesca recreativa submarina se realizará nadando o juzgando pulmón libre. Artículo 12.- Alzamiento. En la práctica de la pesca submarina, todo gozado deberá marcar su posición mediante una botella de señalización de color rojo o balanza claramente visible. Artículo 13.- Tope máximo de capturas. 1.- El titular de una licencia de pesca marítima recreativa de superficie podrá capturar un máximo de cinco kilos por licencia y día o una pieza por licencia y día si supera esta cantidad. Se admitirá un incremento de dicho peso imputable únicamente a la última captura. El tope máximo para la pesca recreativa submarina se establece en siete kilos. 2.- Si la pesca recreativa se realiza desde una embarcación, el máximo de capturas por licencia y día es de cinco kilos con un tope máximo de dieciséis kilos por embarcación y día si son tres o más las personas embarcadas titulares de una licencia.  3.- No obstante lo anterior, en la pesca de grandes pelágicos (túnidos y peces espada o especies afines) y en la especie merluza, el tope máximo de capturas se establece en 25 kilos por licencias y día con un tope máximo de sesenta kilos por embarcación y día si son dos o más las personas embarcadas titulares de una licencia. 4.- Las embarcaciones no podrán pescar, transportar ni efectuar descargas superiores a los topes máximos de captura señalados en los dos apartados anteriores, aunque se hayan empleado diversos días continuos en la navegación. Artículo 14.- Tallas mínimas. 1.- En el ejercicio de la actividad de e pesca marítima recreativa se deberán respetar las tallas mínimas establecidas para el paradero del Cantábrico-noroeste, debiendo ser devueltos al mar los ejemplares que no alcancen las tallas mínimas autorizadas. Artículo 15.- Distancias. 1..- La pesca recreativa de superficie que se practica desde tierra como desde embarcación no podrá efectuarse a menos de cien metros de distancia de cualquier parte o aparejos profesional debidamente legalizado, ni de las zonas convenientemente de limitadas para la práctica del daño o de cualquier otro deporte acuático. 2.- La distancia mínima a la zona en que se esté ejerciendo la pesca con artes de arrastre o de cerco será de 300 metros, o de 500 metros, si se ejerce la pesca de túnidos con caña en sus diversas modalidades. 3.- La práctica de la pesca submarina recreativa no se podrá efectuar a menos de doscientos cincuenta metros de las zonas debidamente delimitadas para la práctica de el baño o de cualquier otro deporte acuático. Cuando se practique en zonas donde se está ejerciendo labores legales de pesca profesional, se respetarán las distancias mínimas establecidas en los dos apartados anteriores. Artículo 16.- Coincidencia en la zona de embarcaciones profesionales de pesca y de recreo. 1.- Cuando coincidan en la misma zona embarcaciones profesionales de pesca y de recreo, aquellas tendrán total preferencia en el ejercicio de la pesca en la zona siempre que se encuentren desarrollando labores legales de pesca.

Page 23: Manual Pesca Submarina

2.- Las embarcaciones que practique la pesca marítima recreativa no podrán ejercer la misma en el lugar donde se hallen debidamente se analizados los aparejos e pesca profesional. Artículo 17.- Horarios de la actividad. La práctica de la pesca marítima recreativa submarina se realizará desde la salida del sol hasta su puesta. Artículo 18.- Competiciones deportivas. 1.- Todas las competiciones deportivas que se celebren en aguas de competencia del País Vasco, deberán disponer de una autorización administrativa de la dirección competente en materia de pesca. Esta autorización deberá solicitarse por la persona o entidad organizadora con un mes de antelación a la fecha prevista de realización, e indicará todos los extremos necesarios sobre modalidad, lugar, día y hora de la celebración y número previsto de participantes en la competición. 2.- La celebración de concursos o competiciones de pesca recreativa, legalmente autorizadas, no estarán sometidas al tope máximo de capturas establecido, salvo que se considere necesario establecer un límite para preservar los recursos pesqueros afectados. No obstante, las capturas que sobrepase el tope máximo establecido en el artículo 13, una vez contabilizarlas, serán donadas a los centros sociales, benéficos de la zona o comarca. 3.- El servicio de inspección pesquera podrá comprobar la correcta realización de las competiciones deportivas y la sujeción de éstas a la legalidad vigente.  Artículo 19.- Artes, zonas y métodos prohibidos. 1.- Artes prohibidos: están prohibidos todos los artes no autorizados quien este decreto. A título meramente indicativo quedan prohibidos : a) El arte de pesca conocido como "Robador, Txarpa o Txamarta," los de enmalle, palangre, nasas y demás artes fijos o de deriva y aquellos instrumentos impulsados por medios eléctricos o por mezclas detonantes o explosivas. b) El empleo de artefactos hidrodeslizadores o vehículos especiales para el seguimiento de las especies y el uso de e equipos autónomos o semiautónomos de buceo. 2.1.-Zonas no autorizadas para pesca recreativa de superficie:a) aquellas en las que se esté ejerciendo labores legales debe pesca profesional cuando se practique a menor distancia de e la establecida. b) En los puertos durante la maniobra de entrada o salida de embarcaciones y en los canales de navegación durante el tránsito de buques. c) En las zonas, debidamente señalizadas, donde se esté practicando el baño o cualquier otro deporte acuático. d) en las zonas de veda, zonas de reserva biológica, biotopos, zonas de especial protección y en los arrecifes artificiales cuando lo determine su norma reguladora. 2.2.- La pesca recreativa submarina estará prohibida en las zonas señaladas en los apartados a), c) y d) y en los puertos, dársenas, lugares habituales de fondeo de embarcaciones, canales de navegación y zonas de tránsito de buques. 3.- Métodos prohibidos:a) Los pescadores deportivos no podrán hacer uso de la luz o se nuevos, excepto la armada o macizo, como elemento de atracción concentración de las especies y captura. b) El uso de aparatos que empleen, como fuerza propulsora, mezclas detonantes o explosivas.

Page 24: Manual Pesca Submarina

c) el uso o tenencia de explosivos o cualquier clase de sustancia tóxica, venenosa, paralizante, soporífera o corrosiva. Artículo 20.- Declaración de desembarque. 1 .- Los capitanes o patrones de las embarcaciones de recreo, o en su caso, los titulares de las licencias, por sí o a través de sus asociaciones recreativas reconocidas, deberán presentar o enviar al servicio de inspección pesquera una declaración de desembarque cumplimentada según modelo oficial, cuando capturen las especies sometidas a medidas de protección diferenciadas, cuya relación se recoge en el Anexo III. 2.- El órgano competente en materia de pesca remitirá a la secretaría general de pesca marítima, por fax o correo electrónico, los datos obtenidos en la declaración.    

CAPITULO III.INFRACCIONES Y SANCIONES

Artículo 21.- Infracciones. De acuerdo con establecido en artículo 49 de la ley 6/1998, de 13 de marzo, de pesca marítima, las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves. 1.- Según el artículo 55.1 tendrán la consideración de leves en materia de pesca recreativa las siguientes infracciones: El ejercicio de la actividad pesquera sin licencia o la realizada en fondos y zonas prohibidas, cuando no constituyan falta grave; no respetar el horario o las distancias mínimas establecidas; la falta de empleo de la boya baliza en la actividad de pesca submarina; el uso de señuelos o luces prohibidas; la captura, tenencia o transporte e especies prohibidas o número o cantidad superior a la autorizada; la venta o transacción de las especies capturadas, y la realización de competiciones deportivas sin disponer de la correspondiente autorización administrativa. 2 .- El artículo 55.2 establece que serán infracciones graves:El ejercicio de la pesca recreativa en zonas de reserva biológica, biotopos, zonas de especial protección o en los arrecifes artificiales cuando no esté autorizada; la tenencia a bordo o empleo de artes, aparejos, instrumentos y equipos de pesca no autorizados; la negativa del patrón a parar, maniobrar o llevar acabo otras acciones dirigidas a facilitar el acceso a bordo de la inspección de pesca, o a llevar a la embarcación a puerto cuando fuere ordenado por las autoridades o agentes de vigilancia por ejercer la pesca de forma irregular; El ejercicio de e la pesca submarina en zonas de baño, zonas expresamente prohibidas o adonde se esté practicando cualquier deporte acuático competición deportiva, y la reincidencia en una falta leve en el plazo de un año. 3.- Tendrán la consideración de e muy graves según lo ordenado en el artículo 55.4:El empleo en la pesca de instrumentos eléctricos, o el uso o tenencia de explosivos, sustancias tóxicas, venenosas, paralizantes, soporíferas, corrosivas, y la reincidencia en una falta grave en el plazo de dos años. Artículo 22.- Sanciones. 1.- De acuerdo con establecido en el artículo 58 de la ley 6/1998, de 13 de marzo, las infracciones leves serán sancionadas con apercibimiento o con multa de hasta 25.000 pesetas; las infracciones graves serán sancionadas con multas de 25.001 a 100.000 pesetas, y las infracciones muy graves serán sancionadas con multas de 100.001 a 1.000.000 de pesetas.

Page 25: Manual Pesca Submarina

2.- Las infracciones graves en materia de pesca recreativa, además de la multa correspondiente, podrán ser sancionadas con la incautación de las artes, aparejos, instrumentos o útiles y el decomiso de los productos o bienes obtenidos. 3.- Las infracciones muy graves en materia de pesca recreativa, además de la multa correspondiente, serán sancionadas con una o varias de las funciones específicas contempladas en el artículo 56.1 c), d) y g) de la ley de pesca marítima, como son: la incautación de en artes, aparejos, instrumentos o útiles de pesca; el decomiso de los productos, bienes, y la retirada temporal o definitiva de la licencia. 4.- En caso de venta o transacción de e especies capturados, la sanción se verá incrementada del tanto al doble del valor de lo capturados. A estos efectos, se asimilan a la venta o transacción la captura e especies por un valor de más de ochenta mil pesetas por licencia, cuando se retrase el límite de capturas autorizado. 5.- En la graduación e individualización de las sanciones se tendrá en cuenta lo ordenado en los artículos 14 párrafos 3 a 9 y en el artículo 15 de la ley 2/1998, de 20 de febrero, de la potestad sancionadora de las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma del País Vasco. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Las licencias de pesca marítima recreativa de superficie, actualmente en vigor, deberán renovarse en el plazo de seis meses desde la publicación de este decreto. DISPOSICIONES DEROGATORIAS Primera .- Queda derogado el decreto 96/1985, de 2 de abril, que aprueba el reglamento de pesca marítima deportiva en aguas interiores.Segunda .- Quedando robados el artículo 1º,4º y 5º del decreto 102/1997, de 6 de mayo, en cuanto se opongan a lo dispuesto en este decreto. Tercera .- Así mismo, que eran interrogados el apartado 1º,2º,4º, 7º y 8º de la Tabla I Anexo II a) moluscos y el párrafo final del Anexo II del decreto 102/1997, de 6 de mayo, y cualquier otra disposición en materia de pesca recreativa que ese oponga a lo dispuesto en este Decreto. DISPOSICIONES FINALESPrimera .- Autorización. Se autoriza al Consejero de Industria, Agricultura y Pesca para el desarrollo de ejecución de este decreto. Segunda .- Entrada en vigor. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Dado en Vitoria-Gasteiz, a 10 de Noviembre de 1998

El Lehendakari, José Antonio Ardanza Garro.

El consejero de Industria, Agricultura, y Pesca, Javier Retegui Ayastuy.

Page 26: Manual Pesca Submarina

ANEXO II

ESPECIES MARISQUERAS CUYA CAPTURA ESTA PERMITIDA A LOS PESCADORES RECREATIVOS

Los titulares de una licencia de pesca recreativa podrán capturar diariamente un máximo total de 500 gramos de una o varias de las siguiente especies, a excepción del pulpo que serán 750 gramos, siempre que se empleen como pesca auxiliar de otra principal y se respeten las tallas mínimas y la época de veda.Así mismo, podrán capturar diariamente por licencia de pesca hasta un total de 40 gusanas (poliquetos), 40 cangrejos zapateros (pachygrapsus marmoratus), 200 gramos de quisquillas (palaemon sp. y crangon) y un máximo de 5 kilogramos de las especies de calamar (Loligo sp.)

NOMBRE EPOCA DE VEDA TALLAS MINIMAS

MOLUSCOS

Mejillón (Mutilus edulis) 1 de Enero-1 de Julio 50 mm.

Navaja (Solen sp. Y Ensis sp.) 1 de Mayo-1 de Octubre 80 mm.

Ostión (Crassostrea sp) 1 de Mayo-1 de Octubre 60 mm

Ostra Plana (Ostrea edulis) 1 de Mayo-1 de Octubre 60 mm.

Bigaro (Littorina litorea) Sin veda 15 mm

Lapa (Patella sp.) Sin veda 20 mm.

Choco o jibia (Sepia officinalis) Sin veda 80 mm

Choquito (Sepia elegans y orbgn Sin veda 40 mm.

Pulpo común (Octopus vulgaris) Sin veda 750 grs.

Pulpo blanco (Eledone cirrosa) Sin veda 750 grs.

Asimismo, podrán capturar diariamente por licencia de pesca hasta un total de cuarenta gusanas (poliquetos), cuarenta cangrejos zapateros (pachygrapsus marmoratus),200 gramos de quisquillas (palaemon sp. y crangon) y un máximo de 5 kilogramos de las especies de calamar (Loligo sp.)Con carácter experimental y en aras de la protección y conservación de los recursos marisqueros, se autoriza La captura de un total de cincuenta unidades al día de las especies almeja babosa (Venerupis pullastra), almeja fina (Tapes decussatus) y chirla (Chamelea gallina), durante el período comprendido entre la publicación de este decreto y el 31 de diciembre de 1998.Dicho período quedará prorrogado anualmente, si de los estudios investigaciones realizados sobre la situación de los recursos no se deriva una seria disminución de los mismos. En todo caso, será necesario respetar las normas sobre períodos hábiles, tallas mínimas y zonas autorizadas.

Page 27: Manual Pesca Submarina

LEG. DEL ESTADORango: ORDENOrganismo emisor: Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.Fecha de la Disposición: 26/02/1999

Fecha del BOE: 03/03/1999Marginal del BOE: 5160

Número de LA LEY LEGISLACION: 1017

VOCESDEPORTESPESCA MARITIMA

TEXTO DE LA NORMA

La pesca marítima de recreo ha tenido en los últimos años un gran auge, alcanzando un importante desarrollo en las zonas costeras y, más recientemente, en mar abierto, dirigida a la captura de grandes migradores. La importancia de esta actividad recreativa aconseja regular aquellos aspectos que inciden en la conservación de los recursos pesqueros.

En consecuencia, es preciso regular las especies autorizadas, las prohibidas y los topes máximos de captura, así como adoptar medidas de protección especial y diferenciadas para determinadas especies sensibles que se encuentren reguladas por organismos multilaterales. Asimismo, se hace necesario definir los aparejos y utensilios autorizados en la pesca marítima de recreo de superficie y submarina.

Durante el trámite de elaboración de la presente norma se ha cumplido lo previsto en los artículos 1.3 del Reglamento (CE) 1626/94, del Consejo, y 17 del Reglamento (CE) 894/97, del Consejo, en lo que se refiere a su comunicación a los servicios de la Comisión. La presente Orden ha sido objeto de informe previo del Instituto Español de Oceanografía y en su elaboración han sido consultados las Comunidades Autónomas y el sector afectado.

La presente Orden se dicta en virtud de la competencia del Estado en materia de pesca marítima establecida en el artículo 149.1.19.ª de la Constitución. En su virtud, dispongo:

Art. 1. Objeto.-La presente Orden tiene por objeto regular el ejercicio de la pesca marítima de recreo a los efectos de la protección y la conservación de los recursos pesqueros.

Art. 2. Ambito de aplicación.-La normativa contenida en esta Orden es de aplicación al ejercicio de la pesca marítima de recreo que se efectúe en aguas de jurisdicción o soberanía españolas y por ciudadanos españoles en aguas internacionales. Se excluyen del ámbito de aplicación de la misma las aguas interiores y las del archipiélago canario.

Art. 3. Autorizaciones administrativas.-

Page 28: Manual Pesca Submarina

1. Para el ejercicio de la pesca marítima de recreo será necesario disponer de la correspondiente licencia, expedida por la autoridad competente de la Comunidad Autónoma en cuyo litoral pretenda practicarse la actividad.

2. Para la captura de las especies sometidas a medidas de protección diferenciadas, enumeradas en el anexo III, las embarcaciones deberán disponer de una autorización de la Secretaría General de Pesca Marítima.

Art. 4. Topes máximos de captura.-

1. El tope máximo de captura por licencia y día en la pesca marítima de recreo de especies distintas de las referidas en el anexo III de esta Orden, será de 5 kilogramos, pudiendo no computarse el peso de una de las piezas capturadas.

2. Para la pesca colectiva desde embarcación, cuando el número de licencias a bordo sea superior a cinco, no podrá superarse el máximo de 25 kilogramos por día.

3. Los topes máximos de captura en la pesca marítima de recreo de especies del anexo III será de:

a) Cinco piezas por licencia y día, con un máximo de 20 piezas por embarcación y día, para el conjunto atún blanco, patudo y merluza.

b) Una pieza por licencia y día, con un máximo de cuatro piezas por embarcación y día, para el resto de las especies.

Art. 5. Concursos o competiciones deportivas.-La celebración de concursos o competiciones deportivas, en las que se pretenda superar los topes de capturas establecidos en el artículo anterior, precisarán de una autorización expresa de la Secretaría General de Pesca Marítima.

Art. 6. Aparejos y utensilios autorizados en la pesca marítima de recreo de superficie.-Para la práctica de la pesca marítima de recreo en superficie, bien sea desde la costa o desde una embarcación, únicamente podrán emplearse líneas o aparejos con un máximo de seis anzuelos o dos poteras por licencia. A los efectos de esta disposición los cebos artificiales se considerarán como anzuelos.

Art. 7. Arpones autorizados y marcas en la pesca marítima submarina de recreo.-La pesca marítima submarina de recreo podrá ejercerse exclusivamente con arpones manuales o impulsados por medios mecánicos. En la práctica de la pesca marítima submarina de recreo, cada buceador deberá marcar su posición mediante una boya de señalización claramente visible.

Art. 8. Declaración de desembarque.-Los Capitanes o Patrones de las embarcaciones o, en su caso, los titulares de las licencias, cuando capturen especies del anexo III, deberán cumplimentar la declaración de desembarque cuyo modelo figura en el anexo I,

Page 29: Manual Pesca Submarina

remitiéndola directamente a la Secretaría General de Pesca Marítima, o bien a través de un club o asociación de pesca recreativa reconocida, en un plazo máximo de siete días naturales a partir del momento de la captura.

Art. 9. Tallas mínimas.-En todo caso deberán respetarse las tallas que se fijan en el Real Decreto 560/1995, de 7 de abril, por el que se establecen las tallas mínimas de determinadas especies pesqueras. Los ejemplares que no alcancen la talla autorizada deberán ser devueltos inmediatamente a la mar.

Art. 10. Especies prohibidas.-Queda prohibida la captura y tenencia de las especies relacionadas en el anexo II de la presente Orden.

Art. 11. Prohibiciones.-En el ejercicio de la pesca marítima de recreo queda expresamente prohibido:

a) La venta de las capturas obtenidas.

b) Obstaculizar o interferir de cualquier manera las faenas de pesca marítima profesional. A estos efectos, las embarcaciones desde las que se practique la pesca marítima de recreo deberán mantener, con carácter general, una distancia mínima de 200 metros de los buques pesqueros y de los artes o aparejos profesionales calados.

c) El uso y la tenencia de artes o aparejos propios de la pesca profesional, tales como palangres, nasas o cualquier clase de redes.

d) El empleo de carretes de pesca de tracción eléctrica o hidráulica, o de cualquier otro tipo que no sea la estrictamente manual.

e) El uso de cualquier medio de atracción o concentración artificial de las especies a capturar y, de forma expresa, el empleo de luces a tal objeto.

f) El uso de cualquier aparato que emplee, como fuerza propulsora para el lanzamiento de arpones, mezclas detonantes o explosivas.

g) El empleo o tenencia de cualquier clase de sustancia venenosa, narcótica, explosiva o contaminante.

h) El uso o tenencia de cualquier tipo de equipos autónomos o semiautónomos de buceo.

i) El uso o tenencia de torpedos hidrodeslizadores y vehículos similares.

j) La pesca en los canales de acceso a puertos, en el interior de ellos y a menos de 100 metros de lugares frecuentados por bañistas, tales como playas y similares.

k) La pesca submarina ejercida entre la puesta y la salida del sol.

Page 30: Manual Pesca Submarina

Art. 12. Remisión de información.-1. Las Comunidades Autónomas remitirán trimestralmente a la Secretaría General de Pesca Marítima relación de las licencias otorgadas, así como de los datos globales de capturas en aguas interiores, excepto de las especies enumeradas en el anexo III.

2. La Secretaría General de Pesca Marítima remitirá trimestralmente a las Comunidades Autónomas afectadas relación de las autorizaciones a que se refieren los artículos 3.2 y 5.

Art. 13. Infracciones y sanciones.-El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Orden se sancionará de acuerdo con lo establecido en la Ley 14/1998, de 1 de junio, por la que establece un régimen de control para la protección de los recursos pesqueros.

Disposición Adicional Primera. Zonas de protección especial.-La pesca marítima de recreo en zonas de protección especial, tales como reservas marinas, reservas de pesca, arrecifes artificiales y zonas de repoblación se regirá por las normas específicas establecidas para cada caso.

Disposición Adicional Segunda. Reconocimiento de licencias.-Conforme a los Reales Decretos de transferencias en materia de pesca en aguas interiores, marisqueo y acuicultura, cada Comunidad Autónoma reconocerá las licencias de pesca marítima de recreo expedidas por las demás Comunidades Autónomas. A estos efectos las licencias se redactarán con el texto, al menos, en castellano. Las Comunidades Autónomas con lengua cooficial propia podrán expedir las licencias en castellano o en texto bilingüe; en este caso el tipo de letra será de igual rango.

Disposición Derogatoria Unica. Queda derogada expresamente la Orden de 3 de diciembre de 1963, por la que se aprueba el Reglamento de Pesca Marítima de Recreo, y la Orden de 27 de septiembre de 1968 que modifica la anterior, así como cualquier otra disposición de igual o inferior rango que se oponga a lo establecido en la presente Orden.

Disposición Final Primera. Habilitación.-Se faculta al Secretario general de Pesca Marítima para adoptar las medidas y dictar las resoluciones precisas para el cumplimiento de y la aplicación de la presente Orden, así como para actualizar los topes de captura de las especies enumeradas en el anexo III, en base a las recomendaciones de los organismos multilaterales correspondientes y a los informes del Instituto Español de Oceanografía.

Disposición Final Segunda. Entrada en vigor.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 26 de febrero de 1999.

DE PALACIO DEL VALLE-LERSUNDI

Ilmos. Sres. Secretario general de Pesca Marítima y Director general de Recursos Pesqueros.

Page 31: Manual Pesca Submarina

ANEXO I

Declaración de desembarque de pesca marítima de recreo

Datos del declarante: Nombre:................................................. documentonacional de identidad......................... licencia número:.............otorgada por:.............Comunicación a través de asociación reconocida:Organización:...................................................... .....................identificación:...........................................................Identificación del barco: Armador:........................................................... ....................nombre....................................................................matrícula:................................................................puerto base:......................................................autorización número:.......................................

ANEXO II

Especies o grupos de especies cuya pesca o captura recreativa está prohibidaCorales.Moluscos bivalvos y gasterópodos.Crustáceos.Cualquier otra especie cuya captura esté prohibida por la normativa comunitaria o española o por los Convenios Internacionales suscritos por España.

ANEXO III

Especies sometidas a medidas de protección diferenciadas cuya captura exige estar en posesión de una autorización expresa de la Secretaría General de Pesca Marítima para la embarcación y la remisión de una declaración de desembarqueAtún rojo («thunnus thynnus»).Atún blanco («thunnus alalunga»).Patudo (thunnus obesus»).Pez espada («xiphias gladius»).Marlines («makaira spp.»).Agujas («tetrapturus spp.»).Pez vela («istiophorus albicans»).Merluza («merlucius merlucius»).

Page 32: Manual Pesca Submarina

LEG. DEL ESTADO

Rango: REAL DECRETOOrganismo emisor: Ministerio de Agricultura, Pesca y AlimentaciónNúmero de la disposición: 560Fecha de la Disposición: 07/04/1995

Fecha del BOE: 08/04/1995Marginal del BOE: 8639Número de LA LEY LEGISLACION: 1412núm. ref. az.: 1122

VOCESPESCA MARITIMACorrección de Erratas:BOE nº 11261 de fecha 11/05/95.BOE nº 11968 de fecha 20/05/95.

TEXTO DE LA NORMA

El Reglamento (CEE) 3760/92, del Consejo, de 20 de diciembre, por el que se establece un régimen comunitario de la pesca y la acuicultura, fija como objetivo general de la política común de pesca la protección y conservación de los recursos marinos y la organización sobre una base sostenible de la explotación nacional y responsable de los mismos, en condiciones económicas apropiadas para el sector, teniendo en cuenta sus repercusiones en el ecosistema marino, y tomando en consideración en particular tanto las necesidades de los productores como las de los consumidores.

El Reglamento (CEE) 3094/86, del Consejo, de 7 de octubre, establece determinadas medidas técnicas de conservación de los recursos pesqueros, entre las que se disponen tallas mínimas para diversas especies de interés pesquero.

El Reglamento (CE) 1626/94, del Consejo, de 27 de junio, establece determinadas medidas técnicas de conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo, medidas que comprenden las tallas mínimas de ciertas especies de peces, crustáceos y moluscos.

Por otra parte, la normativa nacional que recoge tallas mínimas de especies pesqueras se encuentra dispersa en múltiples disposiciones, muchas de las cuales han venido sufriendo diversas modificaciones.

A la vista de lo expuesto resulta conveniente, para una mayor claridad, sin perjuicio de la aplicabilidad directa de los Reglamentos comunitarios citados desde su entrada en vigor, dictar el presente Real Decreto que reúne en una sola disposición las tallas mínimas de aplicación en las distintas áreas englobadas en el caladero nacional, previo informe del Instituto Español de Oceanografía. Asimismo, de conformidad con los artículos 14 del Reglamento (CEE) 3094/86 y 1 del Reglamento (CE) 1626/94, se ha cumplido el trámite de comunicación del proyecto de Real Decreto a la Comisión Europea.

Page 33: Manual Pesca Submarina

Finalmente, la Constitución establece, en su artículo 149.1.19.ª, que la pesca marítima por fuera de las aguas que delimitan las líneas de base es competencia exclusiva del Estado.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, de acuerdo con el Consejo de Estado, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de abril de 1995,

DISPONGO:

Artículo 1. Tallas mínimas._Las tallas mínimas autorizadas para las diferentes especies pesqueras capturadas por buques españoles serán, para cada uno de los caladeros diferenciados que integran el caladero nacional, las indicadas en los anexos del presente Real Decreto.

Se considerará que un pez, crustáceo, molusco o cualquier otro producto de la pesca no tiene la talla exigida cuando sus dimensiones sean inferiores a las establecidas en este Real Decreto para la especie correspondiente.

Art. 2.ø Medición de las tallas._La talla de los peces, crustáceos y moluscos se medirá de conformidad con las disposiciones del apartado 2 del artículo 5 del Reglamento (CEE) 3094/86, de 7 de octubre.

Art. 3.ø Prohibiciones._Se prohíbe retener a bordo, transbordar, desembarcar, transportar, almacenar, vender, exponer o comercializar peces, crustáceos, moluscos u otros productos de la pesca que no tengan la talla exigida.

Art. 4.ø Infracciones y sanciones._Las infracciones a lo dispuesto en el presente Real Decreto serán sancionadas de acuerdo con lo establecido en la Ley 53/1982, de 13 de julio, sobre infracciones en materia de pesca marítima y demás disposiciones concordantes.

DISPOSICION ADICIONAL UNICA

Competencia._El presente Real Decreto se dicta al amparo de la competencia exclusiva del Estado en materia de pesca marítima en aguas exteriores, de acuerdo con lo previsto en el artículo 149.1.19.ª de la Constitución.

DISPOSICION DEROGATORIA UNICA

Queda derogada toda disposición, de igual o inferior rango, en lo que se oponga a lo establecido en el presente Real Decreto.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Facultad de desarrollo._Se faculta al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para dictar, dentro del ámbito de sus competencias, las disposiciones precisas para el desarrollo y aplicación del presente Real Decreto.

Page 34: Manual Pesca Submarina

Segunda. Entrada en vigor._El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, a 7 de abril de 1995.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, LUIS MARIA ATIENZA SERNA

Page 35: Manual Pesca Submarina

ANEXO I

Tallas mínimas autorizadas para los caladeros del Cantábrico y noroeste y del golfo de Cádiz

Especie Talla (en cm) Abadejo (Pollachius pollachius) .............. 30Acedia (Dicologoglossa cuneata) .............. 15 Aguja (Belone belone)......................... 25 Anguila (Anguilla anguilla).................. (*) Arenque (Clupea harengus) .................... 20Atún rojo (Thunnus thynnus) .................. 6,4 kg Bacalao (Gadus morhua)........................ 35 Besugo (Pagellus bogaraveo)....................25 Boga (Boops boops) ........................... 11 Boquerón (Engraulis encrasicholus) ........... 12 (**)Buey (Cancer pagurus)......................... (*) Caballa, Estornino (Scomber spp).............. 20 Calamar (Loligo vulgaris) .................... (*)Carbonero(Pollachius virens) ................. 35 Centolla (Maja squinado)...................... 12 Cigala (entera) (Nephrops norvegicus):Longitud cefalotórax ......................... 2 Longitud total ............................... 7Cigalas (colas) .............................. 3,7 Congrio (Conger conger)....................... 58 Chopa (Spondyliosoma cantharus)............... 23 Dorada (Sparus aurata) ....................... 19Eglefino (Melanogrammus aeglefinus) .......... 30 Faneca (Trisopterusluscus) .................. (*) Gallos (Lepidorhombus spp).................... 20 Jibias (Sepia spp) ...........................(*) Jurel (Trachurus trachurus) .................. 15 Lenguado (Solea vulgaris)..................... 24 Limanda (Limanda limanda) .....................23 Lisas(Mugil spp). ............................ 20 Lubina (Dicentrarchus labrax) ................ 36 Maruca Azul (Molva dypterygia)................ 70Maruca (Molva molva) ......................... 63 Mendo limón (Microstommus kitt) .............. 25 Mendo (Gliptocephalus cynoglossus) ........... 28 Merlán (Merlangus merlangus).................. 23 Merluza (Merluccius merluccius) .............. 27Palometa negra o japuta (Brama brama) ........ 16 Pargo (Pagrus pagrus) ........................ 15 Patudo (Thunnus obesus)....................... 3,2 kg Platija (Platichthys flesus).................. 25

Page 36: Manual Pesca Submarina

Rabil (Thunnus albacares) .................... 3,2kg Rape (Lophius piscatorius, L. Budegassa) .. (*) Remol (Scophthalmus rhombus) ................. 30 Rodaballo (Psetta maxima) .................... 30 Sabalos (Alosa spp) .......................... 30 Salema (Sarpa salpa) ......................... 15 Salmón (Salmo salar).......................... 50 Salmonete de roca (Mullus surmuletus)......... 15 Sardina (Sardina pilchardus) ................. 11 Solla (Pleuronectes platessa) ................ 25 Trucha marisca o reo (Salmo trutta) .......... 25 Vieira (Pecten maximus) .......................10

(*) Talla por determinar.

(**) Excepto en la división IX, a), en la que la talla mínima es de 10 centímetros.

Page 37: Manual Pesca Submarina

Los "papeles" que hacen falta para practicar pesca submarina

Una de las cuestiones que me ha llegado con más frecuencia a través del correo electrónico, se refiere a los tramites a realizar para poder practicar la pesca submarina de manera legal. ¿Que permisos pueden requerir las autoridades competentes a pie de mar? .

Permiso de pesca.

Es lo primero ha obtener antes de meterse en el agua, porque es lo primero que pueden pedir. No sé en otras comunidades autónomas, pero en el caso de la andaluza, este permiso lo expide la Junta de Andalucía en cualquiera de sus oficinas de Agricultura y pesca. Te exigen el resguardo del ingreso efectuado a este organismo oficial en una cuenta corriente de una cantidad que ellos te indican. No me atrevo a decir cuanto, puesto que puede haber variado cuando leas esta página, pero no es excesiva.También te exigen entregar un certificado médico en el que se indique expresamente que no se padece ningún tipo de afección física o psíquica que impida la práctica de la pesca submarina. Para los menores de edad, además, permiso paterno o del tutor.Con esto, en el momento, te entregarán la tarjeta de pesca deportiva de 2ª. Tiene una validez de cinco años y debe acompañarse del D.N.I. a requerimiento de la autoridad. En el reverso de esta tarjeta, vienen detalladas todas las cosas que no se pueden hacer practicando este deporte, como utilizar equipos autónomos, coger marisco, pescar de noche, etc.

Licencia federativa.

Pues como en cualquier deporte, si quieres participar en campeonatos, o sencillamente estar cubierto por la mutualidad deportiva y tener un seguro de responsabilidad civil a terceros, tienes que federarte.Lo del seguro es especialmente importante en este deporte donde se manejan armas. Además no hay forma de contratar un seguro de este tipo y con este deporte en ninguna aseguradora privada, como ocurre con la caza, por ejemplo. No digo ya un seguro de accidentes, aunque la indemnización por fallecimiento que paga la federación no es mucho, alrededor de unas 300.000 pts. Esta cantidad sube algo si el accidente ocurre en campeonato o entrenamiento oficial. En teoría, la licencia federativa es el único "permiso de armas" que se puede conseguir en este deporte, y por tanto exigible por la guardia civil, aunque realmente no se esta aplicando mucho. A diferencia de otros deportes no puedes solicitar la licencia directamente a la federación, sino que debes pertenecer a un club, única entidad que puede realizar el trámite. Y claro, un club medianamente bien constituido exige el pago de alta y luego las cuotas mensuales. Estas cantidades las puede fijar libremente cada club, y aquí entra en juego el "talante" de la junta directiva. Ha pesar de ser el presidente de un club, reconozco que la necesidad de obtener la licencia, permite a algunos club obtener dinero que no conseguiría

Page 38: Manual Pesca Submarina

de otra forma, y que puede administrar de manera poco transparente. Esta es una concesión poco afortunada dentro del deporte español.Pero también es verdad que para participar en campeonatos, se debe empezar por ganar en un grupo de nivel mínimo y de manera organizada, y esto solo lo garantiza un club. Por tanto, si piensas federarte, consulta a cuantos clubes existan en tu zona y que pagos exigen cada uno de ellos. Te puedes llevar la sorpresa de que alguno te cobre solo la licencia si no vas ha participar en ninguna actividad, como ocurre en el Club Jerezano de Actividades Subacuáticas "Trafalgar". La licencia federativa no es exclusivamente para pesca submarina, sino que abarca todas las actividades subacuáticas. También es necesaria para mantener válido el titulo de buceo de la Federación Española. En el 97, el costo de la licencia es de 4.400 pts. A los que poseemos algún cargo directivo nos cuesta más: 5.000 pts., por lo de la defensa jurídica en caso de que te caiga un marrón.