Manual Operativo Fonaders_marzo2001

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FONDO NACIONAL DE DESARROLLO RURAL SOSTENIBLE MANUAL OPERATIVO TABLA DE CONTENIDO I. ANTECEDENTES LEGALES...........................................3 II.PROPOSITO, VIGENCIA Y ENMIENDAS DEL MANUAL........................4 III...................................................DEFINICIONES 4 IV.MISION...................................................... 7 V. FUNCIONES DE FONADERS.......................................8 A. Precisiones Operativas Sobre las Disposiciones del Reglamento General ............. 7 B. Responsabilidades Relativas a los Proyectos............................................................ 9 C. Responsabilidades Relativas a los Subproyectos……………………………………….10 D. Otros Servicios…………………………………………………………………...…..…11 E. Delegación y Descentralización de Funciones…………………………………………11 VI.DE LA CATEGORÍA Y TIPOS DE PROYECTOS …………............................................11 VII......................................ESTRUCTURA ORGANIZATIVA Y FUNCIONAL........................................................ ................12 A. La Junta Directiva........................................................................................................... 13 Auditor................................................ 15 B. La Gerencia General................................................................................................. 18 Gerente................................................ 18 Asesor Jurídico........................................ 19 C. El Departamento de Operaciones.............¡Error! Marcador no definido. Unidad de Administración de Contratos..................18 Unidad de Facilitación Operativa.......................20 D. Departamento de Administración y Finanzas........................................................ 21 Unidad de Programación y Control Presupuestario........27 Unidad de Contabilidad y Tesorería.....................24 E. Instancias de Concertación y Decisión Colectivas.................................................. 25 Comité Ejecutivo del PRONADERS.........................27 Comité de Contrataciones y Adquisiciones de PRONADERS. .26

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Manual de las operaciones del Fondo Nacional de Desarrollo Rural Sostenible del Programa nacional de DRS del Gobierno de Honduras. Se formo en 2000 y opera hasta hoy como ente financiero del Desarrollo Rural

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FONDO NACIONAL DE DESARROLLO RURAL SOSTENIBLE

MANUAL OPERATIVO

TABLA DE CONTENIDO

I. ANTECEDENTES LEGALES......................................................................................................3II. PROPOSITO, VIGENCIA Y ENMIENDAS DEL MANUAL.............................................................4III. DEFINICIONES.........................................................................................................................4IV. MISION...................................................................................................................................7V. FUNCIONES DE FONADERS................................................................................................8

A. Precisiones Operativas Sobre las Disposiciones del Reglamento General......................7B. Responsabilidades Relativas a los Proyectos....................................................................9C. Responsabilidades Relativas a los Subproyectos……………………………………….10D. Otros Servicios…………………………………………………………………...…..…11E. Delegación y Descentralización de Funciones…………………………………………11

VI. DE LA CATEGORÍA Y TIPOS DE PROYECTOS …………............................................11VII. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA Y FUNCIONAL........................................................................12

A. La Junta Directiva...........................................................................................................13 Auditor.........................................................................................................................15

B. La Gerencia General.......................................................................................................18 Gerente.........................................................................................................................18 Asesor Jurídico.............................................................................................................19

C. El Departamento de Operaciones...................................¡Error! Marcador no definido. Unidad de Administración de Contratos......................................................................18 Unidad de Facilitación Operativa.................................................................................20

D. Departamento de Administración y Finanzas.................................................................21 Unidad de Programación y Control Presupuestario.....................................................27 Unidad de Contabilidad y Tesorería............................................................................24

E. Instancias de Concertación y Decisión Colectivas..........................................................25 Comité Ejecutivo del PRONADERS...........................................................................27 Comité de Contrataciones y Adquisiciones de PRONADERS....................................26 Comité Nacional de Selección de Subproyectos..........................................................27 Comité Regional de Selección de Subproyectos..........................................................27

VIII. NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTES Y DEL PERSONAL DE FONADERS.........................31A. Representantes de la Junta Directiva y Servicios de Auditoría.....¡Error! Marcador no definido.

Representantes de los Beneficiarios.............................................................................29 Representantes Municipales.........................................................................................30 Auditor.........................................................................................................................30 Auditores Externos.......................................................¡Error! Marcador no definido.

B. Personal del FONADERS................................................¡Error! Marcador no definido.

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Gerente.........................................................................¡Error! Marcador no definido. Personal Profesional y Técnico del FONADERS........................................................30

IX. CONTRATACION DE OBRAS Y SERVICIOS Y ADQUISICIONES DE BIENES...................¡ERROR! MARCADOR NO DEFINIDO.

A. Disposiciones y Montos...................................................¡Error! Marcador no definido.B. Procedimientos Precontractuales....................................¡Error! Marcador no definido.

X. DISPOSICIONES TRANSITORIAS..........................¡ERROR! MARCADOR NO DEFINIDO.XI. OTRAS DISPOSICIONES.................................................¡ERROR! MARCADOR NO DEFINIDO.

Utilización de los Fondos No Desembolsados.............¡Error! Marcador no definido. Acceso a la Información y Registros de los Intermediarios Financieros...........¡Error! Marcador no definido.

ANEXOS AL MANUAL...................................................................................................................37Anexo 1...........Objetivos del PRONADERS..................................................................37Anexo 2...........Términos de Referencia para la elección de los Representantes de los Beneficiarios como Integrantes de la Junta Directiva del FONADERS.........................37Anexo 3...........Perfil y Términos de Referencia para la elección del Alcalde como Integrante de la Junta Directiva del FONADERS...........................................................37Anexo 4...........Términos de Referencia y Calificaciones Requeridas para el Gerente del FONADERS....................................................................................................................37Anexo 5............Tipología de Proyectos del PRONADERS ......................................... .39

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FONDO NACIONAL DE DESARROLLO RURAL SOSTENIBLE

FONADERS

MANUAL OPERATIVO

I. ANTECEDENTES LEGALES

1. El Programa Nacional de Desarrollo Rural Sostenible (PRONADERS) fue creado mediante Decreto Legislativo N° 12-2000 el 07 de marzo del 2000 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 5 de Mayo del mismo año. El objetivo del Programa es “mejorar la calidad de vida de las comunidades rurales, a través del desarrollo humano, social, ambiental y productivo, basado en la autogestión y la participación comunitaria, con un enfoque de manejo sostenible de los recursos naturales, enfatizando en aquellos aspectos que tiendan a disminuir la vulnerabilidad ambiental y la debilidad de los procesos de participación social, especialmente en las comunidades”. En el decreto en mención se señalan los principales objetivos del PRONADERS, los cuales se describen en el anexo 1.

2. Para la ejecución y coordinación del PRONADERS, el decreto crea la Dirección Nacional de Desarrollo Rural Sostenible (DINADERS), como un organismo desconcentrado de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, con autonomía técnica, administrativa y financiera. La DINADERS tendrá a su cargo la promoción, coordinación, facilitación, ejecución y normatización de proyectos y actividades en el marco del PRONADERS y que se canalicen con el apoyo de cooperantes nacionales e internacionales.

3. El decreto crea también el Fondo Nacional de Desarrollo Rural Sostenible (FONADERS), como un organismo desconcentrado de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, con autonomía técnica, administrativa y financiera; y con capacidad para suscribir convenios y contratos de fideicomiso y otras modalidades con instituciones de intermediación financiera y coejecutoras. El FONADERS tendrá bajo su responsabilidad la administración financiera de los recursos nacionales y externos, públicos o privados, que el Estado de Honduras convenga para la ejecución de proyectos de desarrollo rural.

4. Para lograr la correcta aplicación del Decreto Ley 12-2000 el Poder Ejecutivo aprobó el Reglamento General de la Ley para el Desarrollo Rural Sostenible a través del Acuerdo No.1036-00 con fecha 7 de agosto del 2000 y publicado en el diario oficial “La Gaceta” el 5 de septiembre del 2000.

5. El Poder Ejecutivo a través de la Secretaría de Agricultura y Ganadería aprobó el PRONADERS como el marco base del nuevo enfoque integral de desarrollo rural

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sostenible y autorizó el inicio de operación de la DINADERS y el FONADERS a través del Acuerdo Ejecutivo número 959-00.

II. PROPOSITO, VIGENCIA Y ENMIENDAS DEL MANUAL

6. El presente Manual Operativo establece los criterios, normas y procedimientos bajo los cuales operará el FONADERS en el cumplimiento de las obligaciones que le asigna la Ley para el Desarrollo Rural Sostenible y su reglamento; así como las instancias de concertación y coordinación operativa que el fondo tendrá con la DINADERS y otras entidades que se señalan en este Manual. Además establecerá a nivel de cada convenio de cooperación, las instancias, procedimientos o instrumentos particulares que requiera la adecuada ejecución de éstos.

7. Este Manual ha sido aprobado por la Junta Directiva del Fondo, en su sesión No. 2 del 16 de Mayo del 2001, según consta en el Acta número 2.

8. Las enmiendas que se introduzcan a este Manual requerirán de la aprobación de su Junta Directiva; y deberá ser aprobado mediante Acuerdo del Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Agricultura y Ganadería.

III.DEFINICIONES

9. En el presente Manual se dará el siguiente significado a los términos que se listan a continuación:

Administración de los Recursos Financieros: El FONADERS tendrá la responsabilidad de ejercer la administración de la cartera de inversiones de PRONADERS.

AMHON: Asociación de Municipios de Honduras. Beneficiarios: Persona natural, organizaciones o grupos locales con o sin

personería jurídica que suscriben acuerdos y contratos con instituciones acompañantes y ejecutoras para la realización de subproyectos en el área de influencia del PRONADERS.

CEFAR: Centro de Facilitación Regional, instancia operativa básica del PRONADERS dependiente de la DINADERS, que estará ubicada en aquellas regiones geográficas que presenten mayor concentración de acciones del Programa. Será responsable de canalizar servicios y apoyar los procesos de desarrollo rural e integrar acciones ejecutadas por el PRONADERS.

Cofinanciamiento: El aporte de las comunidades beneficiarias, instituciones acompañantes y municipalidades para el desarrollo o la ejecución de proyectos y actividades del PRONADERS.

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Contrapartida Nacional:Recursos del presupuesto nacional aportados por el Gobierno de Honduras para la realización de actividades del PRONADERS.

Contrato de Administración de Crédito: Es un contrato celebrado entre el FONADERS y las Instituciones Financieras No Convencionales.

Contrato de Administración de Fideicomiso: Acuerdo pactado entre el FONADERS y las Instituciones Financieras Convencionales, definiéndose las reglas que regirán el fideicomiso así como la participación del fideicomitente, el fiduciario y el fideicomisario.

Convenio de Administración de Fondos: Pacto celebrado entre el FONADERS y las Instituciones Financieras Convencionales Calificadas participantes.

Convenio ó Contrato de Cooperación: Un proyecto o programa de desarrollo rural sostenible del Gobierno de Honduras, que ha sido convenido con uno o más cooperantes en el marco del PRONADERS.

Cooperante: Organismo financiero internacional, país o institución pública o privada con el cual el Gobierno de Honduras o la Secretaría de Agricultura y Ganadería ha celebrado un convenio ó contrato de cooperación técnica y/o financiera en el ámbito del Desarrollo Rural Sostenible.

Créditos: El FONADERS de acuerdo a su cartera de inversión abrirá líneas de crédito a disposición de los beneficiarios de los proyectos, a través de intermediarios financieros o instituciones acompañantes destinados a sufragar los costos de inversiones productivas conforme a las características de los subproyectos y de la naturaleza del financiamiento disponible conforme a la tipología de proyectos que se enuncian en el anexo 5 de este Manual.

DINADERS: Dirección Nacional de Desarrollo Rural Sostenible. Organismo desconcentrado de la SAG que tiene la responsabilidad de promover, coordinar, facilitar, normar y ejecutar políticas y procesos participativos de desarrollo rural sostenible, que al mismo tiempo fortalezcan la capacidad de organización y gestión local y municipal, para contribuir a reducir la pobreza y mejorar la calidad de vida de las comunidades rurales.

Fideicomisario: Son las comunidades, municipalidades ó cualquier otra que estipulen los convenios que reciben el provecho de fideicomiso como beneficiario final.

Fideicomiso: Negocio jurídico en virtud del cual se atribuye al Banco autorizado para operar como fiduciario la titularidad dominical sobre ciertos bienes con la limitación de carácter obligatorio de realizar solo aquellos actos exigidos para cumplimientos del fin lícito y determinar al que se destinen.

Fideicomitente: Es la institución (FONADERS) que tiene el dominio de los bienes o derechos que serán objeto del Fideicomiso y que se entregarán al fiduciario, para su administración y que dicta las pautas, mandatos ó instrucciones en la que se regirán las acciones del Fideicomiso. Así mismo dentro de los contratos de administración de fideicomiso podrán incluirse convenios de administración de fondos o créditos.

Fiduciario: Es el banco que administra el fideicomiso, por instrucciones del fideicomitente.

Financiamiento:Se refiere a los servicios financieros prestados por el FONADERS, así también a la provisión de fondos canalizados a través de las

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Instituciones Financieras Calificadas para realizar cualquier actividad o subproyecto, etc., en beneficio de una comunidad.

FONADERS: El Fondo Nacional de Desarrollo Rural Sostenible, organismo permanente desconcentrado de PRONADERS, que es el instrumento financiero del Programa para atender las demandas locales y regionales de los pobladores rurales traducidas en proyectos de desarrollo rural.

Institución Ejecutora: Cualquier organización pública o privada, con experiencia y capacidad para ejecutar proyectos de inversión reconocida y avalada por la comunidad respectiva.

Instituciones Acompañantes: Instituciones públicas o privadas legalmente constituidas que apoyan a los Beneficiarios en el desarrollo de sus capacidades de gestión local que incluye entre otros la identificación de proyectos prioritarios, elaboración de perfiles de proyectos, seguimiento y supervisión de la ejecución de los proyectos, así como en capacitación de los beneficiarios. La institución acompañante puede ser a la vez una institución ejecutora, dependiendo del cumplimiento de las condiciones de elegibilidad de estas organizaciones.

Instituciones Financieras Convencionales: En esta categoría están comprendidos los bancos nacionales, privados y financieras que son calificadas por la Comisión Nacional de Banca y Seguros.

Instituciones Financieras No Convencionales: Dentro de ésta categoría se detallan las Organizaciones Privadas de Desarrollo (OPD’s), Organizaciones No Gubernamentales (ONG’s), Cooperativas de Ahorro y Crédito, Asociaciones de Productores, Bancos Comunales, Cajas Rurales y otras organizaciones del Sistema de Financiamiento Alternativo Rural (SIFAR), con cobertura rural, legalmente constituidas y calificadas por el FONADERS.

Intermediarias Financieras Calificadas: Instituciones financieras convencionales y no convencionales, que apoyan procesos de autogestión de las comunidades rurales y canalizan recursos financieros a las mismas dentro del marco del PRONADERS, que han sido previamente calificadas por el FONADERS.

Organización de Beneficiarios: Grupos locales tales como consejos de desarrollo comunitario, patronatos, cooperativas u otras reconocidas como tales, participando en procesos de acompañamiento del PRONADERS.

Plan Operativo y Presupuesto Anual del FONADERS: El plan que contiene los objetivos, metas, resultados, actividades del fondo; y el presupuesto: (i) de los recursos corrientes y de capital que se requerirán para el funcionamiento del FONADERS como organismo desconcentrado de la Secretaría de Agricultura y Ganadería; y (ii) de los recursos de los convenios de cooperación – incluidos los fondos nacionales de contraparte - que ejecutará el FONADERS, para un determinado período fiscal.

Productores: Personas individuales u organizadas que realizan actividades productivas agrícolas y no agrícolas en unidades familiares u otras formas productivas.

PRONADERS: Programa Nacional de Desarrollo Rural Sostenible, dependiente de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, constituido por la DINADERS y el FONADERS.

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Proyecto: Propuesta estructurada de una serie de acciones orientadas al desarrollo rural, que el Gobierno de Honduras a través del Programa Nacional de Desarrollo Rural Sostenible (PRONADERS) presenta a una o más agencias de cooperación internacional o empresa privada.

Servicios Financieros: Son las modalidades financieras que facilitará el FONADERS a través de las instituciones financieras intermediarias (IFI’s) para que los beneficiarios obtengan conforme a sus necesidades el acceso a recursos, en forma de transferencias reembolsables, no reembolsables y de coinversión.

Servicios No Financieros: Son las facilidades que prestará el FONADERS para fortalecer las Instituciones Financieras Intermediarias (IFI’s) convencionales y no convencionales y a otras organizaciones beneficiarias del PRONADERS. Bajo esta denominación se atenderán subproyectos de asistencia técnica, capacitacion, mejoramientos de la capacidad de gestión de sistemas de financiamiento rural y de organizaciones comunitarias.

SIFAR: Sistema de Financiamiento Alternativo Rural (Bancos Comunales, Cajas Rurales, Grupos Solidarios, etc.) que funcionan a nivel rural brindando servicios financieros.

Sociedad Civil: Diferentes organizaciones o personas naturales o jurídicas involucradas en el desarrollo rural, que no pertenecen a instituciones u organismos del sector público.

Subproyecto: Una propuesta estructurada de una o más acciones que involucran la prestación de servicios, la compra de bienes, la construcción de obras o la concesión de crédito, generada a nivel local, que ha sido presentada al PRONADERS para que sea financiada por el FONADERS a través de las Instituciones Financieras Calificadas.

Transferencias No Reembolsables: Son los recursos que se destinarán para financiar subproyectos comunitarios en el ámbito de PRONADERS y los cuales serán capitalizados a las comunidades beneficiadas.

Transferencias para la Coinversión: Son los recursos destinados a fortalecer y capitalizar grupos de productores, así como a las organizaciones locales para la prestación de servicios a las comunidades, tales como cajas rurales, bancos comunales, cooperativas, etc.

Transferencias Reembolsables: Son los recursos que se destinarán a financiar subproyectos en el ámbito de PRONADERS bajo la condición de créditos (préstamos).

Ventanilla de Inversión: El FONADERS canalizará los recursos financieros por medio de ventanillas de inversión que corresponden a los componentes estratégicos del PRONADERS: Recursos Naturales y Medio Ambiente, Producción y Fomento a la Competitividad, Desarrollo Humano y Gestión Local, Infraestructura y Género; y luego financiar subproyectos en beneficio de comunidades rurales del país.

IV. MISION

10. La Misión del FONADERS es el desarrollo de los servicios financieros y no financieros que aseguren la adecuada asignación, inversión y monitoreo de los recursos

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provenientes del Gobierno de Honduras y de los convenios suscritos por éste con los cooperantes en el marco del PRONADERS, destinados a promover el mejoramiento de calidad de vida de la población rural, en un contexto de participación y gestión local ajustado a los principios de probidad, transparencia, eficiencia y oportunidad.

V. PRINCIPIOS BÁSICOS PARA LA OPERACIÓN DEL FONADERS

11. Los principios básicos en los cuales estará fundamentada la operación del FONADERS serán los siguientes:

a) Promover una aplicación generalizada de las “mejores prácticas” en el financiamiento rural, aprovechando las lecciones derivadas de proyectos de desarrollo rural en el país y en el ámbito internacional.

b) Responder directamente a la demanda de las comunidades, familias y personas, contribuyendo a desarrollar una institucionalidad local que facilite la expresión de esas demandas, así como un mayor acceso a mercados de bienes y servicios.

c) Operar un sistema descentralizado de selección de beneficiarios y subproyectos, que asegure la transparencia y agilidad en las respuestas del FONADERS a las demandas de la población.

d) Asegurar una participación equitativa de género en las actividades promovidas por el FONADERS.

e) Contribuir al desarrollo de los mercados de servicios no financieros y financieros para el desarrollo rural, mediante la aplicación de sistemas de calificación y reforzamiento institucional de ofertantes privados de dichos servicios.

f) Dentro de los objetivos del FONADERS se buscará establecer convenios de cooperación con otros proyectos afines, establecidos en el área de influencia de PRONADERS, con el objeto de brindar asesoría administrativa, técnica, etc., para las comunidades beneficiarias.

VI. FUNCIONES DEL FONADERS

A. Normas Operativas Sobre las Disposiciones del Reglamento General

12. Para el funcionamiento efectivo del FONADERS, se establecen las siguientes normas operativas conforme a lo dispuesto por la Ley para el Desarrollo Rural Sostenible y su Reglamento:

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a) Los fondos de inversión y/o servicios provenientes de los proyectos de cooperación que se ejecuten en el marco del PRONADERS serán canalizados a través del FONADERS, en los términos que se hubieran acordado con cada cooperante.

b) El FONADERS establecerá y mantendrá cuentas operativas por cada cooperante y proyecto en ejecución.

c) El FONADERS registrará, calificará y acreditará a las instituciones financieras convencionales y no convencionales para la prestación de servicios que apoyen a los procesos de desarrollo rural sostenible en el área de acción de PRONADERS. Así mismo realizará acciones de fortalecimiento, seguimiento y de evaluación permanente de los organismos de intermediación financiera calificada.

d) Para lograr los objetivos del PRONADERS en relación a atender las demandas de las comunidades, el FONADERS canalizará los recursos financieros a través de ventanillas de inversión que correspondan a los componentes estratégicos: recursos naturales y medio ambiente, producción y fomento a la competitividad, desarrollo humano y gestión local, infraestructura y género.

e) Para lograr la descentralización de los servicios, el FONADERS hará arreglos con los intermediarios financieros calificados para que estos ofrezcan servicios lo más cerca posible a las comunidades beneficiarias.

f) El FONADERS realizará los movimientos de fondos conforme a lo estipulado en los convenios firmados con los cooperantes y con los intermediarios financieros calificados.

g) Solamente los intermediarios financieros calificados por el FONADERS podrán concursar en la administración de los recursos del Programa.

h) La adjudicación de contratos de fideicomisos a los intermediarios financieros calificados se efectuará por medio de procesos competitivos.

i) El FONADERS velará por la sanidad de sus carteras y mantendrá los registros actualizados de las operaciones y transacciones financieras relacionadas con la ejecución de los proyectos.

j) Preparará sistemáticamente los estados e informes financieros requeridos por las instancias correspondientes.

k) Para garantizar el manejo transparente de los financiamientos administrados por el FONADERS se rendirán auditorias sistemáticas de cuentas y procedimientos, de las cuales se mantendrá informado a las instancias superiores.

l) El FONADERS realizará el seguimiento y la evaluación permanente de los intermediarios financieros calificados y sistematizará la experiencia acumulada en la

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ejecución de proyectos para perfeccionar sistemas y procedimientos en el ámbito de su competencia.

m) El FONADERS establecerá mecanismos innovadores de capitalización para lograr su consolidación y asegurar su sostenibilidad a mediano y largo plazo en el financiamiento de su inversión y operación.

n) El rendimiento de las inversiones, pactadas en los contratos de fideicomisos y otros mecanismos financieros entre el FONADERS y los intermediarios financieros calificados, servirán para su capitalización.

o) Con recursos del FONADERS no podrán financiarse: 1) El pago de deudas. 2) Compra de activos no relacionados con la actividad productiva; y 3) Pago de impuestos.

p) El FONADERS utilizará las modalidades de financiamiento siguiente: 1) Convenio de Administración de Fondos; 2) Contrato de Administración de Fideicomisos. Estos dos instrumentos serán manejados por las instituciones financieras convencionales y 3) Contrato de Administración de Crédito, operado con las instituciones financieras no convencionales.

q) El FONADERS es un instrumento financiero del PRONADERS que canalizará recursos a través de intermediarios financieros calificados, para desarrollar subproyectos a nivel rural de acuerdo a las condiciones contempladas en los convenios suscritos con los cooperantes.

r) El FONADERS como institución financiera promoverá a nivel de los beneficiarios una cultura de ahorro, que les permita a mediano y largo plazo el mejoramiento de calidad de vida.

B. Responsabilidades Relativas a los Proyectos

13. Para la conformación de su cartera, el FONADERS establecerá diversas ventanillas de inversión relacionadas con sus componentes estratégicos de intervención y conforme a lo estipulado en los convenios de cooperación (ver numeral 12, inciso d).

14. La conformación de las ventanillas de inversión serán respuesta a los componentes estratégicos y términos de los convenios de cooperación entre el Gobierno de Honduras y los cooperantes.

C. Responsabilidades Relativas a los Subproyectos

15. El FONADERS administrará los fondos provenientes de los Convenios de cooperación, bajo tres modalidades básicas:

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a) Convenio de Administración de FondosEl FONADERS analizará y aprobará en primera instancia las propuestas de subproyectos provenientes de los procesos participativos de gestión local de las comunidades, previamente seleccionadas o aprobadas por los diferentes niveles de aprobación del PRONADERS, los que serán ratificados posteriormente por la Junta Directiva. Así mismo contratará al intermediario financiero previamente seleccionado y calificado y elaborará las bases para el concurso, contratación y supervisión de la ejecución de los subproyectos. El intermediario financiero contratado se encargará de administrar los fondos, contratará, supervisará, efectuará los pagos correspondientes y presentará los informes financieros que se requieran. Esta modalidad comprenderá transferencias de carácter reembolsable y no reembolsable, orientadas a: i) Financiar obras de infraestructura de carácter público y privado; ii) Fortalecer la capacidad de los beneficiarios; y iii) Financiar inversiones productivas.

b) Contrato de Administración de FideicomisoEl FONADERS por autorización de la Junta Directiva pondrá a concurso entre los intermediarios financieros calificados, el manejo en fideicomiso de los recursos financieros destinados a atender la demanda de las comunidades rurales. Luego suscribirá los convenios, supervisará la ejecución de éstos y mantendrá informada a la Junta Directiva. El banco contratado se encargará de analizar, aprobar, contratar, supervisar, desembolsar, recuperar fondos y presentar informes financieros de los subproyectos. Bajo este tipo de financiamiento se operarán transferencias de coinversión y de crédito.

c) Contrato de Administración de CréditosEl FONADERS elaborará las bases, licitará, contratará, supervisará y mediante un contrato de administración de crédito asignará los fondos a las instituciones financieras no convencionales, de acuerdo a sus calificaciones, quienes tendrán como funciones aprobar los créditos, contratar, pagar, recuperar e informar. Bajo esta modalidad se operarán transferencias para la coinversión y de crédito.

16. En la contratación de obras físicas participarán el intermediario financiero y el representante de los beneficiarios; sin embargo dependiendo de la naturaleza y los montos del subproyecto y cuando así lo requiriera el Convenio de Cooperación, participará el FONADERS.

17. El costo de administración de los fondos por el FONADERS, incluyendo aquellos destinados a la evaluación y diseño de nuevos esquemas de intermediación y para la capacitación de los intermediarios financieros calificados, serán cubiertos por los convenios de cooperación que han dado origen a estos fondos.

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18. Para la aprobación de subproyectos por parte del FONADERS, éste requerirá el aporte de contrapartes de los beneficiarios y/o instituciones acompañantes, conforme a los términos establecidos en los convenios suscritos por el Gobierno de Honduras con los cooperantes.

19. En cada aplicación de las diferentes modalidades de administración de fondos antes citados, se promoverá el ahorro entre los beneficiarios del programa.

D. Marco de Relaciones con la DINADERS

20. El FONADERS apoyará a la DINADERS en la negociación de proyectos para definir el carácter de las inversiones (créditos, transferencias, fondos de capitalización, etc.) y su modalidad operativa.

21. A nivel regional la DINADERS operará los Centros de Facilitación Regional (CEFAR), los cuales estarán conformados técnicamente por un Facilitador Regional, un Oficial de Monitoreo y Evaluación, un Ejecutivo de Proyectos y un Oficial de Cuentas, éste último será el representante del FONADERS para facilitar las operaciones del PRONADERS.

22. El FONADERS conjuntamente con la DINADERS realizarán el seguimiento y evaluación de los proyectos de acuerdo a su ámbito de competencia.

23. Los costos de preinversión requeridos para el diseño, factibilidad económica, financiera y ambiental, así como la supervisión de la ejecución de los subproyectos serán negociados y administrados por la DINADERS y sufragados con los recursos de los convenios de cooperación.

24. La DINADERS y el FONADERS integrarán el Comité Ejecutivo del PRONADERS, instancia de coordinación de acciones y actividades del Programa.

25. El FONADERS y la DINADERS también integrarán el Comité de Contratación y Adquisiciones del PRONADERS, cuyo objetivo será asegurar la probidad y transparencia en los procesos de contratación y adquisiciones.

26. Igualmente cuando el caso lo amerite, el FONADERS y la DINADERS formarán parte de los Comités Nacional y Regional de Selección y Aprobación de Subproyectos, instancias de aprobación del PRONADERS.

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E. Otros Servicios

27. El FONADERS podrá administrar otros fondos que correspondan a programas o proyectos, cuyos propósitos se enmarquen dentro de los objetivos del PRONADERS.

F. Delegación y Descentralización de Funciones

28. Por delegación de la Junta Directiva y conforme a los términos de los convenios de cooperación suscritos, el FONADERS podrá delegar competencia en la selección, aprobación y contratación de subproyectos en los comités de selección y aprobación locales, municipales, regionales y nacionales. También podrá asignar algunas funciones a los intermediarios financieros calificados y de acuerdo a las competencias que se hubieran establecido en los convenios de cooperación.

29. El Oficial de Cuenta, representante del FONADERS en el CEFAR, apoyará en la aplicación de los procedimientos y en la observación de los requisitos que deben reunir los subproyectos para su selección y aprobación. Así mismo ejercerá las diferentes funciones del FONADERS, incluyendo los procesos de selección de subproyectos que sometan los comités locales, municipales y regionales.

VII. TIPOS DE VENTANILLAS Y SUBPROYECTOS

30. Como respuesta a los componentes estratégicos del PRONADERS, el FONADERS canalizará los recursos a través de las siguientes ventanillas de inversión:

a. Recursos Naturales y Medio Ambienteb. Producción y Fomento a la Competitividadc. Desarrollo Humano y Gestión Locald. Infraestructurae. Género

31. Los tipos de subproyectos que se atenderán en cada ventanilla aparecen detallados en el Anexo 5 de éste Manual, como guías de referencia y podrán ser ampliados conforme a las necesidades de los procesos de desarrollo rural.

32. Un subproyecto de acuerdo a su naturaleza, podrá estar conformado por diferentes componentes, por lo cual podrá ser atendido a través de una o varias ventanillas, las cuales operarán conforme las modalidades básicas de financiamiento señaladas en el numeral 15 del presente Manual.

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33. Con el fin de establecer la naturaleza de las inversiones en el marco del PRONADERS y para facilitar la canalización de recursos al programa, el FONADERS clasificará los subproyectos de la siguiente forma:

Tipo de Subproyecto

Desarrollo de Capital Humano

Desarrollo de Capacidad Institucional

Desarrollo de Capital Físico Social

Desarrollo de Capital Físico Productivo

Desarrollo de la Producción Agrícola y no Agrícola

Desarrollo de Proyectos Ambientales

34. La conceptualización y los tipos específicos de cada categoría de subproyecto aparecen detallados en el Anexo 5 de este Manual, que corresponden a guías de referencia que pueden ser ampliados conforme a las demandas comunitarias.

35. Una iniciativa de desarrollo rural que califique para financiamiento, puede integrarse en uno o varios subproyectos y en diferentes modalidades de financiamiento, según se requiera en la propuesta técnica y en el estudio correspondiente del subproyecto.

VIII. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA Y FUNCIONAL DEL FONADERS

36. El órgano de administración superior del FONADERS será su Junta Directiva, bajo la cual habrá una Gerencia General, a cargo de un Gerente.

37. La estructuración de los demás niveles de la organización del FONADERS se implementará por etapas a partir de una estructura básica, tras evaluar las demandas de servicio que se requerirán del Fondo en su desarrollo, así como las capacidades que necesita para cumplir eficientemente con su mandato.

38. Durante la etapa inicial la Gerencia dispondrá, como estructura organizativa básica, de (i) un Departamento de Operaciones, integrado por dos unidades: Una de Administración de Contratos y otra de Facilitación Operativa, que se encargarán de normatizar los sistemas de acceso de fondos por parte de los usuarios, de calificar a las distintas entidades financieras que participarán en el proyecto y de evaluar el desempeño de las mismas, así como facilitar la operación de los sistemas; (ii) un Departamento de Administración y Finanzas, responsable de dos unidades: Una de Programación y Control Presupuestario y otra de Contabilidad y Sistemas, encargadas de la programación de los recursos financieros

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provenientes de los cooperantes, Gobierno y otros, de los movimientos de fondos que se deriven de ellos y del adecuado uso de los recursos y registro de las transacciones a que estos dieran lugar utilizando sistemas contables y tecnología adecuada. Además la Gerencia contará con los servicios legales y de auditoria.

A. La Junta Directiva

39. La Junta Directiva será el órgano de administración superior del FONADERS y cumplirá con las siguientes funciones:

a) Aprobar el Reglamento Interno de la Junta Directiva.

b) Aprobar en primera instancia el Manual Operativo del FONADERS.

c) Proponer al Secretario de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería una terna de candidatos para el nombramiento del Gerente General del FONADERS, en base a los requisitos del puesto contenidos en el anexo 4 de este manual.

d) Autorizar al Gerente General la suscripción de convenios o contratos.

e) Refrendar lo actuado por el Gerente General.

f) Seleccionar de una terna solicitada por la Secretaría de Agricultura y Ganadería al Contralor General de la República, el candidato a ocupar el puesto de Auditor Interno del FONADERS.

g) Aprobar los manuales contables, procedimientos administrativos y control interno del FONADERS.

h) Dar orientaciones de política financiera institucional a la Gerencia General, en el marco de los parámetros económicos, financieros y legales nacionales; y de los lineamientos estratégicos y operativos del PRONADERS.

i) Aprobar los Contratos de Fideicomisos y otras modalidades financieras conforme a los términos de los convenios de cooperación suscritos por el Estado, y cuando sea necesario refrendar los subproyectos aprobados por los diferentes niveles de competencia descritos en este Manual Operativo.

j) Autorizar la contratación de las auditorias externas, de acuerdo a lo dispuesto por la ley constitutiva del PRONADERS y los convenios de cooperación, conocer sus resultados y pronunciarse sobre los mismos.

k) Conocer y pronunciarse sobre el anteproyecto de Plan Operativo y Presupuesto Anual del FONADERS.

l) Aprobar el financiamiento de los subproyectos conforme a los términos de los convenios de proyectos suscritos por el Estado, según los niveles de competencia descrito en este Manual.

m) Delegar la selección y aprobación de subproyectos en las distintas instancias (local, municipal, regional y nacional).

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40. La Junta Directiva estará integrada por seis miembros:

(i) La Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería, que la presidirá.

(ii) La Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas.

(iii) La Secretaría Técnica y de Cooperación Internacional.

(iv) Dos representantes de las organizaciones de los beneficiarios; y

(v) Un Alcalde (titular) de las municipalidades del área de influencia del PRONADERS.

Todos los miembros antes descritos tendrán derecho a voz y voto.

Para la designación de los representantes de las organizaciones de los beneficiarios y del alcalde (titular) del área de influencia de PRONADERS, se deberán desarrollar los procedimientos contenidos en los Anexos 2 y 3 de este Manual.

41. El Gerente General del FONADERS asistirá a las sesiones de la Junta Directiva y actuará como Secretario de la misma, con voz pero sin voto.

42. El Director Ejecutivo de la DINADERS podrá asistir a las sesiones de la Junta Directiva, con voz pero sin voto.

43. Los integrantes titulares de las Secretarías de Estado en la Junta Directiva podrán delegar su representación en el respectivo sustituto legal.

44. Los dos representantes de las organizaciones de beneficiarios y el alcalde titular, podrán delegar sus funciones en sus respectivos sustitutos, designados conforme los procedimientos descritos en los anexos 2 y 3.

45. Los representantes propietarios y suplentes de las organizaciones de beneficiarios serán elegidos bienalmente y podrán ser reelectos por un solo periodo.

46. El Alcalde Titular representante de las municipalidades del área de influencia del PRONADERS será elegido mediante un proceso democrático por la Asociación de Municipios de Honduras (AMHON), y a petición del Secretario de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería, en su calidad de Presidente de la Junta Directiva; de acuerdo al perfil y términos de referencia para dicha designación señalados en el anexo 3 de este Manual Operativo.

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47. El Alcalde Titular se desempeñará por el término de su período para el cual fue electo. De darse causas que provoquen el cese de sus funciones como tal antes de finalizar su período, esta función será asumida por el representante suplente, la AMHON hará el nombramiento del nuevo suplente.

48. El FONADERS solicitará a la DINADERS la ejecución del proceso de selección de los representantes de las organizaciones de beneficiarios, con cargo a los recursos presupuestarios del FONADERS.

49. El FONADERS financiará con cargo a sus recursos presupuestarios los gastos de viaje y viáticos que demande la asistencia de los representantes de las organizaciones de beneficiarios y el alcalde a las sesiones de la Junta Directiva. Dichos gastos serán reembolsados a los representantes durante la misma sesión y estarán basados en valores de referencia establecidos por el FONADERS.

50. La Junta Directiva celebrará sesiones ordinarias al menos dos veces al año y se reunirá en forma extraordinaria por convocatoria de su Presidente, o cada vez que uno o más de los otros representantes titulares lo soliciten, especificando la agenda de la convocatoria. El Presidente de la Junta Directiva tendrá el derecho a calificar la convocatoria.

51. Los representantes de los cooperantes, podrán asistir a las sesiones de Junta Directiva en calidad de invitados.

52. Para sesionar, la Junta Directiva requerirá de la asistencia de su presidente ó de su respectivo sustituto legal y de al menos tres miembros presentes.

53. Las decisiones de la Junta Directiva requerirán del acuerdo de al menos dos tercios de sus miembros presentes.

Auditor

54. La Junta Directiva contará con los servicios de un Auditor, quien se encargará de revisar, intervenir ó examinar en forma permanente los procesos de adquisiciones y contrataciones, así como de la revisión constante de las transacciones financieras y contables del FONADERS y de informar directamente a la Junta Directiva sobre su gestión.

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B. La Gerencia General

55. La Gerencia General estará a cargo de un Gerente, quien responderá de su gestión ante la Junta Directiva del FONADERS; además esta Gerencia contará con un Asistente y un Asesor.

Gerente General

56. Serán funciones del Gerente General:

a) Cumplir y hacer cumplir, dentro del ámbito de competencia, los principios, misión, políticas y estrategias del PRONADERS, así mismo lo contemplado en el Manual Operativo del FONADERS.

b) Ejecutar los mandatos emitidos por la Junta Directiva del FONADERS.

c) Concertar y coordinar las acciones del FONADERS con las de la DINADERS.

d) Participar y apoyar en el proceso de negociaciones de los proyectos con los cooperantes.

e) Participar como miembro en el Comité Ejecutivo del PRONADERS.

f) Participar como Presidente en el Comité de Contrataciones y Adquisiciones del PRONADERS; y como miembro del Comité Nacional de Selección y Aprobación de Subproyectos.

g) Negociar y formalizar contratos e informar a la Junta Directiva y al Comité de Contrataciones y Adquisiciones de estos procesos.

h) Poner a concurso la prestación de servicios financieros para canalizar los fondos a través de los intermediarios financieros calificados, hacia las comunidades seleccionadas. Así mismo concursar la administración financiera de los recursos inactivos disponibles en el FONADERS y presentar a la Junta Directiva las propuestas recibidas para su adjudicación.

i) Presentar para la aprobación de la Junta Directiva, las operaciones que excedan sus atribuciones.

j) Negociar y firmar los contratos de fideicomisos y otras modalidades de financiamiento acordados entre el FONADERS y los intermediarios financieros convencionales y no convencionales, los cuales deberán ser refrendados por la Junta Directiva del FONADERS.

k) Autorizar cuando sea requerido las transferencias de fondos necesarios para que la DINADERS desarrolle las funciones establecidas en la Ley y el Reglamento del PRONADERS.

l) Preparar el Plan Operativo y Presupuesto Anual del FONADERS.

m) Presentar a la Junta Directiva los Planes Operativos y Presupuesto Anual del FONADERS, para su aprobación.

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n) Ejecutar los Planes Operativos y Presupuestos Anuales del FONADERS.

o) Presentar a la Junta Directiva los informes sobre los resultados de su gestión y responder ante la misma sobre los resultados de las auditorias.

p) Nombrar al personal del FONADERS, conforme a lo enunciado en los numerales 57 y 105 del presente documento y de acuerdo al Manual de Administración de Recursos Humanos del PRONADERS.

q) Someter a la Junta Directiva para su aprobación los manuales contables, procedimientos administrativos y control interno del FONADERS.

r) Autorizar la contratación de servicios, adquisición de bienes y servicios, así como las compras de suministros institucionales.

s) Actuar como Secretario de la Junta Directiva; con voz pero sin voto.

t) Participar en las instancias de coordinación interinstitucional del PRONADERS.

u) Velar por el buen uso y mantenimiento del equipo adquirido por el FONADERS.

v) Otras tareas que le asigne la Junta Directiva.

Asesor Jurídico

57. El Gerente General contratará de los servicios de un asesor jurídico, quien le asesorará en materia legal, emitiendo opiniones y dictámenes sobre convenios de cooperación, contratos, interpretaciones de leyes y su reglamentación; así mismo prestará servicios de representación legal y procuración.

C. El Departamento de Operaciones

58. El Departamento de Operaciones y sus unidades serán responsables tanto de la administración de los contratos de intermediación financiera, como los de obras y adquisiciones de bienes y servicios, cuya ejecución a través de terceros se hubiera convenido en el marco de los proyectos de desarrollo rural del PRONADERS.

El Departamento de Operaciones contará con dos unidades: La Unidad de Administración de Contratos y la Unidad de Facilitación Operativa. El departamento estará a cargo de un Jefe de Operaciones, quien coordinará las unidades antes descritas.

59. Serán funciones del Jefe del Departamento de Operaciones:

a) Dirigir, supervisar y refrendar lo actuado por los jefes de las Unidades de Administración de Contratos y de Facilitación Operativa.

b) Participar junto con el Jefe del Departamento de Administración y Finanzas y el Jefe de la Unidad de Planificación de la DINADERS, en la formulación de los Planes Operativos y el Presupuesto Anual del PRONADERS.

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c) Participar como miembro en las sesiones del Comité de Contrataciones y Adquisiciones del PRONADERS; en el cual actuará como su Secretario.

d) Participar en los procesos de identificación y preparación de proyectos de desarrollo rural, y prestar apoyo al Gerente General del FONADERS en la fase de negociación del Gobierno con los cooperantes.

e) Diseñar e implementar métodos que permitan procesar la información y sistematizar las experiencias que se generen sobre las características y desempeño de los diferentes sistemas de intermediación financiera rural, a fin de identificar en conjunto con la DINADERS aquellos que mejor se ajusten a los objetivos del PRONADERS, para proponer su incorporación al diseño de nuevos proyectos de desarrollo rural.

f) Gestionar adquisiciones y contrataciones conforme a las normas que se establezcan en

los proyectos y a los criterios técnicos y metodológicos dictados por la DINADERS.

g) Registrar, calificar y acreditar a los intermediarios financieros convencionales y no convencionales para la contratación de servicios que ayuden a impulsar procesos de desarrollo rural sostenible.

h) Realizar acciones de fortalecimiento a los intermediarios financieros vinculados al PRONADERS.

i) Realizar el seguimiento y la evaluación permanente de los intermediarios financieros calificados ubicados dentro de las áreas de influencia del PRONADERS.

j) Apoyar al Departamento de Promoción y Operaciones de la DINADERS, para lograr el adecuado funcionamiento de los Centros de Facilitación Regional (CEFAR).

k) Preparar los informes requeridos sobre el desempeño y funcionamiento de las unidades a su cargo.

l) Someter a la Gerencia General el nombramiento del Personal que operará bajo su cargo.

m) Otras tareas que le asigne el Gerente General.

Unidad de Administración de Contratos

60. La Unidad de Administración de Contratos será responsable de emitir, supervisar, dar seguimiento y evaluar los contratos que hubiera adjudicado el FONADERS, tanto a intermediarios financieros calificados, como a contratistas de obras y proveedores de bienes y servicios no-financieros.

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61. La Unidad de Administración de Contratos estará a cargo de un Jefe, quien contará con los servicios de un Analista Financiero y un Especialista en Contrataciones y Adquisiciones. El personal profesional de la Unidad podrá ser reforzado por servicios de consultoría de corto y mediano plazo, si así lo requirieren las demandas de los proyectos y subproyectos.

62. La Unidad cumplirá con las siguientes funciones:

a) Preparar los términos de referencia de los contratos que celebrará el FONADERS con los intermediarios financieros calificados y proveedores de bienes y servicios.

b) Prestar apoyo al Departamento de Operaciones en la elaboración de los Planes Operativos y Presupuesto Anual del FONADERS.

c) Definir las modalidades a que deberá ajustarse cada contratación o adquisición del FONADERS, según lo dispuesto en cada convenio de cooperación.

d) Disponer y facilitar a las demás áreas del FONADERS y la DINADERS la información sobre las normas que rigen las contrataciones y adquisiciones de los proyectos y subproyectos del PRONADERS, así como asegurar que estas modalidades sean aplicadas correctamente en cada caso.

e) Preparar la documentación precontractual para las contrataciones y adquisiciones de los proyectos o subproyectos, coordinando dicha acción con la DINADERS.

f) Organizar las convocatorias que se generen para seleccionar a los proveedores.

g) Emitir cuando sea necesario las órdenes de pago para los contratistas de acuerdo a lo establecido en cada contrato, sometiendo las mismas a la aprobación del Jefe del Departamento de Operaciones.

h) Informar a su jefe inmediato sobre el progreso de los contratos; los problemas encontrados y las medidas y acciones emprendidas para solucionarlos.

i) Realizar en coordinación con la Unidad de Facilitación Operativa las tareas de sistematización, análisis y evaluación de los intermediarios financieros y sus proveedores.

j) Convocar, a través del Jefe del Departamento de Operaciones, al Comité de Contrataciones y Adquisiciones cada vez que se requiera de su intervención en los procesos de contratación.

k) Realizar un inventario y diagnóstico de los intermediarios financieros del área rural, para crear una base de datos que facilite la acreditación de éstos y el diseño de las modalidades operativas de financiamiento.

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l) Supervisar, dar seguimiento y evaluar la gestión de los intermediarios financieros, la calidad y desempeño de sus carteras verificando con la Unidad de Monitoreo y Evaluación de la DINADERS y la Unidad de Facilitación Operativa del FONADERS, si estos están cumpliendo con las metas sustantivas de los subproyectos.

m) Supervisar los contratos de obras y de provisión de bienes y servicios que hubiera celebrado el FONADERS en el marco de la ejecución de proyectos de desarrollo rural; o de sus subproyectos, si así se hubiera acordado con los cooperantes.

n) Tomar medidas y emprender acciones directas, a través de recomendaciones de las Unidades de Facilitación Operativa del FONADERS ó de Operación de Proyectos de la DINADERS, que permitan solucionar los problemas suscitados en la ejecución de obras, la entrega o recepción de las mismas y problemas de morosidad, cobertura o transparencia de las transacciones.

o) Desarrollar a través de la contratación de estudios, asesorías u otros las capacidades que requiera el FONADERS para perfeccionar su desempeño y ampliar sus operaciones a un mayor número de proyectos, incluyendo sistemas que le permitan mejorar los criterios de elegibilidad y selección de los proveedores del FONADERS, sistemas de registro y procesamiento de información sobre subcontratos o transacciones u otros que mejoren su capacidad analítica y operativa.

p) Mantener permanentemente informado a su Jefe inmediato sobre los progresos de los contratos, los problemas encontrados y las medidas y acciones emprendidas para solucionarlos.

q) Realizar otras tareas que le asigne su jefe inmediato dentro de sus competencias.

Unidad de Facilitación Operativa

63. La Unidad de Facilitación Operativa será responsable de facilitar y prestar apoyo a los intermediarios financieros y demás contratistas del FONADERS, en lo que se refiere al desarrollo de sus sistemas operativos y a la solución de problemas que obstaculicen los flujos de recursos a las comunidades rurales beneficiarias.

64. La Unidad estará a cargo de un Jefe, de quien dependerá un Especialista en Ejecución de Proyectos y los Oficiales de Cuenta, éstos últimos operarán en el terreno desde los Centros de Facilitación Regional.

65. El Jefe de la Unidad de Facilitación Operativa tendrá como funciones:

a) Supervisar y prestar apoyo operativo a los Oficiales de Cuenta, facilitándoles el acceso a los recursos instrumentales y técnicos con que cuentan las demás unidades de los departamentos del FONADERS; y haciendo llegar a las mismas los problemas de ejecución que estos oficiales han detectado en el campo.

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b) Organizar talleres, seminarios y otros eventos de capacitación, en coordinación con la Unidad de Promoción y Gestión Operativa de la DINADERS, destinados a fortalecer las capacidades de los diversos actores del Programa.

c) Sistematizar las experiencias operativas a nivel de sistemas de intermediación, sus agentes y usuarios, documentarlas para que sirvan como insumos en las tareas de organización que cumple el Departamento de Operaciones.

d) Coordinar y apoyar con acciones directas a la Unidad de Administración de Contratos para la supervisión y seguimiento a los contratos de obra y de provisión de bienes y servicios que hubiera celebrado el FONADERS en el marco de la ejecución de proyectos de desarrollo rural o de subproyectos; haciendo sus recomendaciones pertinentes al personal de dicha unidad.

e) Otras funciones que le asigne su jefe inmediato.

66. Un Oficial de Cuenta se incorporará a los Centros de Facilitación Regional; integrándose además por parte de la DINADERS un Facilitador Regional, un Oficial de Monitoreo y Evaluación, un Ejecutivo de Proyecto y un Asistente Contable.

67. El equipo anterior manejará una cartera común de proyectos y tendrá la responsabilidad de facilitar las operaciones que realicen los intermediarios financieros u otros actores del programa, prestándoles apoyo y procurando resolver oportunamente los problemas operativos que se presenten. Sus integrantes trabajarán en forma concertada y coordinada, según las competencias y atribuciones institucionales de cada uno.

D. El Departamento de Administración y Finanzas

68. El Departamento de Administración y Finanzas será responsable de: (i) Establecer las modalidades a que deberán ajustarse las contrataciones y adquisiciones del FONADERS, según lo dispuesto en cada convenio de cooperación internacional y además asegurarse que las mismas sean aplicadas correctamente en cada caso; (ii) Organizar los procesos de contratación que requieran los proyectos o subproyectos en el ámbito del FONADERS y la DINADERS. (iii) Preparar el Plan Operativo y Presupuesto Anual del FONADERS. (iv)Administrar los fondos que ingresen al PRONADERS para la ejecución de proyectos, subproyectos, compras y adquisiciones y otras actividades establecidas en los convenios con los cooperantes dirigidos a fortalecer las comunidades beneficiarias. (v) Ejercer el control de los recursos financieros para que sean manejados adecuadamente y con transparencia, presentando sus informes financieros por actividad o programa, tal como lo requieran los cooperantes y las instituciones pertenecientes al sector gubernamental. (vi) Establecer sistemas contables y tecnología apropiada para los registros correspondientes. (vii) Administrar los recursos humanos del FONADERS. (viii) Realizar actividades de

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apoyo administrativo al FONADERS. (ix) Contratar servicios y efectuar la adquisición de bienes y servicios. (x) Efectuar las compras de suministros institucionales. (xi) Velar por el buen uso de los bienes adquiridos por el FONADERS.

69. El Departamento de Administración y Finanzas contará con dos unidades: una de Programación y Control Presupuestario y otra de Contabilidad y Sistemas. El departamento estará a cargo de un Jefe.

70. Serán funciones del Jefe del Departamento:

a) Administrar y controlar los recursos financieros del FONADERS.

b) Supervisar las tareas de la Unidad de Programación y Control Presupuestario y la Unidad de Contabilidad y Sistemas.

c) Prestar apoyo a la DINADERS en la administración financiera de los recursos que se utilicen en el ámbito del PRONADERS.

d) Desarrollar e implementar a través de la contratación de asesorías, servicios u otros, los sistemas computacionales y aplicaciones que requiera el adecuado registro contable, generación de estados financieros y otros análisis e informes propios de las funciones de la institución.

e) Conocer los convenios de cooperación, sus modificaciones y enmiendas y facilitar la información relativa a las normas que rigen las contrataciones y adquisiciones de los proyectos y subproyectos del PRONADERS a las demás unidades del FONADERS, y de la DINADERS.

f) Conocer los estados de ejecución presupuestaria del PRONADERS y de cada proyecto de cooperación individual.

g) Apoyar a la Unidad de Administración de Contratos en la preparación de la documentación precontractual para las contrataciones y adquisiciones de los subproyectos.

h) Organizar las convocatorias que se requieren para seleccionar y adjudicar los contratos a los proveedores.

i) Analizar el Plan Operativo y Presupuesto Anual del FONADERS; y presentarlo al Gerente, para que éste lo someta a la aprobación de la Junta Directiva.

j) Gestionar ante los representantes de los cooperantes el aporte oportuno de los anticipos y reposiciones de fondos contemplados en los convenios de cooperación.

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k) Integrar el Comité de Contrataciones y Adquisiciones.

l) Integrar el Comité Nacional de Selección y Aprobación de Subproyectos.

m) Aprobar los estados financieros y rendiciones de cuentas, que deban ser presentados a los cooperantes; y solicitar los anticipos y reposiciones de fondos a los mismas, según esté establecido en los convenios de cooperación.

n) Aprobar los estados financieros y rendiciones de cuentas que deban ser presentados a la Secretaría de Finanzas, Contraloría u otras dependencias del Estado.

o) Presentar los estados financieros del FONADERS al Gerente General.

p) Aprobar las órdenes de pago emitidas por la Unidad de Administración de Contratos.

q) Reclutamiento y selección del personal, a ocupar posiciones del FONADERS y someterlo para su contratación al Gerente General del FONADERS.

r) Administrar los recursos humanos del FONADERS.

s) Efectuar la contratación de servicios, adquisición de bienes y servicios, así como la compra de suministros institucionales.

t) Ser responsable del inventario de los bienes adquiridos por el FONADERS; así como del buen uso de los mismos.

u) Realizar otras tareas que le asigne el Gerente General dentro de sus competencias.

Unidad de Programación y Control Presupuestario

71. La Unidad de Programación y Control Presupuestario será responsable de participar en la preparación del Plan Operativo y Presupuesto Anual del FONADERS, y de llevar el control presupuestario de ambos planes.

72. La Unidad estará encabezada por un Jefe de Presupuesto, quien tendrá a su cargo a un Oficial de Presupuesto.

73. Serán funciones de la unidad:

a) Formular el Plan Operativo y el Presupuesto Anual del FONADERS y presentarlo, para su análisis, al Jefe de Departamento de Administración y Finanzas.

b) Controlar la ejecución presupuestaria de ambos planes y mantener informada a su jefatura.

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c) Preparar con la Unidad de Contabilidad y Sistemas, los estados financieros y rendiciones de cuentas que deban ser presentados a los cooperantes; así como las solicitudes de anticipos y reposiciones de fondos de los proyectos.

d) Preparar conjuntamente con la Unidad de Contabilidad y Sistemas, los estados financieros, estados de cuenta y rendiciones, que deban ser presentados a la Secretaría de Finanzas, Contraloría y otras dependencias del Estado.

e) Formular con la Unidad de Contabilidad y Sistemas, los programas de caja para la ejecución presupuestaria y coordinar con la Secretaría de Finanzas, Banco Central o la institución que corresponda, la transferencia oportuna de los fondos de donaciones, préstamos y de contrapartida nacional.

f) Conocer los convenios de cooperación, sus modificaciones y enmiendas; así como los recursos de cooperación y de contraparte disponibles en cada uno e informar a la DINADERS y al FONADERS sobre el estado de los mismos.

g) Gestionar ante los representantes de los cooperantes, el aporte oportuno de los anticipos y reposiciones de fondos contemplados en los proyectos de cooperación.

h) Otros que le asigne su jefe inmediato.

Unidad de Contabilidad y Sistemas

74. La Unidad de Contabilidad y Sistemas contará con un Contador, un Asistente Contable, un Oficial Administrativo y un Coordinador de Sistemas de Información, quienes serán responsables de las tareas que les encomiende el Jefe del Departamento de Administración y Finanzas.

75. Serán funciones asignadas a la Unidad:

a) Determinar e implementar las cuentas que requieran los proyectos y que provean la información requerida por el FONADERS.

b) Determinar y apoyar el establecimiento de cuentas especiales, subsidiarias, bancarias, operativas u otras que se requieran para asegurar la probidad, transparencia y agilidad de los movimientos de fondos.

c) Mantener registros contables claros y oportunos de las transacciones de cada proyecto y subproyecto y de las dependencias del FONADERS, utilizando sistemas y tecnologías apropiadas.

d) Preparar los estados financieros y rendiciones de cuentas que deban ser presentados a los cooperantes; así como las solicitudes de anticipos y reposiciones de fondos de los proyectos.

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e) Preparar los informes financieros y rendiciones de cuentas que deben ser presentados a la Secretaría de Finanzas, Contraloría General de la República y otras dependencias del Estado.

f) Preparar los informes financieros del FONADERS y presentarlos al jefe de Administración y Finanzas.

g) Efectuar las tareas correspondientes a la administración de los recursos humanos del FONADERS.

h) Realizar actividades de apoyo administrativo al FONADERS.

i) Tramitar la adquisición de bienes y servicios.

j) Actualizar y presentar a su jefe inmediato los inventarios de bienes muebles e inmuebles adquiridos por el FONADERS.

k) Preparar los flujos de caja para la ejecución presupuestaria.

l) Realizar oportunamente las transferencias de recursos a la DINADERS.

m) Efectuar cuando sea necesario los pagos a los contratistas y proveedores, de acuerdo a las órdenes de pago emitidas por la Unidad de Administración de Contratos y aprobadas por los Jefes de los Departamentos de Operaciones y Administración y Finanzas del FONADERS.

n) Realizar otras tareas que se asigne dentro de sus competencias.

E. Instancias de Concertación y Decisión Colectivas

76. Con el fin de lograr la adecuada concertación estratégica y coordinación operativa entre el FONADERS y la DINADERS; y de deliberar, tomar decisiones sobre contratos relativos a la ejecución de los proyectos de desarrollo rural del PRONADERS, ambos organismos participarán en las instancias que se señalan a continuación:

Comité Ejecutivo del PRONADERS

77. El Comité Ejecutivo será la instancia de coordinación entre el FONADERS y la DINADERS para armonizar la toma de decisiones en el marco del PRONADERS; y tendrá las siguientes funciones:

a) Velar por que se cumplan los principios, misión y políticas establecidas por el PRONADERS, para la promoción, coordinación, ejecución y normatización de los procesos de desarrollo rural.

b) Armonizar los Planes Operativos de la DINADERS y del FONADERS.

c) Facilitar la ejecución de las acciones y resolver los problemas que surjan de la relación de la DINADERS y del FONADERS.

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d) Servir como mecanismo de coordinación y articulación permanente entre la DINADERS y el FONADERS.

e) Convocar y consultar órganos de asesoramiento y concertación en materias vinculadas al desarrollo rural sostenible; y

f) Asegurar el seguimiento adecuado en el manejo de recursos y logros de los objetivos de PRONADERS.

78. El Comité Ejecutivo del PRONADERS estará integrado por:

a. El Secretario de Agricultura y Ganadería, y en su defecto por el Subsecretario de Agricultura, quien lo presidirá.

b. El Director Ejecutivo de la DINADERS, quien además actuará como Secretario Técnico.

c. El Gerente General del FONADERS; y

d. Los Jefes de Departamento de la DINADERS y del FONADERS podrán ser invitados a las reuniones del Comité Ejecutivo para brindar apoyo técnico en la toma de decisiones.

Comité de Contrataciones y Adquisiciones del PRONADERS

79. El Comité de Contrataciones y Adquisiciones será responsable de asegurar la probidad, transparencia, eficiencia y oportuna de los procesos de contratación o adquisición de obras, bienes y servicios para los contratos que se realicen en el marco de los proyectos del PRONADERS. El comité conocerá y aprobará la documentación precontractual preparada por el Jefe del Departamento de Operaciones del FONADERS y el Jefe del Departamento de Promoción y Operaciones de la DINADERS, ejecutará el proceso de selección de proveedores y dará seguimiento y apoyo a todos los pasos conducentes a la adjudicación de los contratos.

80. El ámbito de acción del comité incluirá los contratos que, por sus montos, requieran de la deliberación y decisión de esta instancia, según se señala en el numeral 110 Título X de este Manual; y que el FONADERS deberá celebrar con:

a) Los intermediarios financieros, instituciones acompañantes u otros agentes que proveerán o facilitarán la entrega de los servicios a las comunidades rurales.

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b) Los contratistas de obras y proveedores de bienes que se requieran para la adecuada estructuración de cada proyecto.

c) Los contratistas de obras y oferentes de bienes y servicios que serán proveedores de lo solicitado en los subproyectos aprobados, según se hubiera establecido en cada proyecto.

d) Los consultores y otros proveedores, sujetos a la decisión de esta instancia.

81. Integrarán el comité de Contrataciones y Adquisiciones del PRONADERS:

a. El Gerente General del FONADERS, quien lo presidirá.

b. El Director Ejecutivo de la DINADERS; o a quien éste nombre en su representación.

c. El jefe del Departamento de Operaciones del FONADERS, quien además actuará como su Secretario.

d. El Jefe del Departamento de Administración y Finanzas del FONADERS.

e. El Jefe del Departamento de Promoción y Operaciones de la DINADERS.

82. El número de miembros integrantes del comité podrá ser ampliado, si ello se hubiera convenido en un proyecto de cooperación.

83. El comité se reunirá por convocatoria del Gerente General del FONADERS, a instancias del Departamento de Operaciones.

84. El comité sólo podrá sesionar con la asistencia de al menos cuatro de sus miembros.

85. Las decisiones del comité se tomarán por simple mayoría.

86. En todos los casos, el Gerente General deberá ajustarse a lo resuelto por el comité o asesorarse por el mismo en el caso que un contrato requiera de negociaciones. Debe mantener informado al Comité sobre los resultados obtenidos, previo a la firma de cada contrato.

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Comité Nacional de Selección y Aprobación de Subproyectos

87. El Comité Nacional de Selección y Aprobación de Subproyectos tiene en primer término la tarea de aprobar los subproyectos dentro del ámbito de su competencia, o de seleccionar y proponer los que por su complejidad y monto requieran la aprobación de la Junta Directiva del FONADERS.

88. Integrarán el Comité Nacional de Selección y Aprobación de Subproyectos:

a. El Director Ejecutivo de la DINADERS, quien lo presidirá.

b. El Gerente General del FONADERS.

c. El Jefe del Departamento de Administración y Finanzas del FONADERS.

d. El Jefe del Departamento de Promoción y Operaciones de la DINADERS, quien actuará como su Secretario.

e. Un representante de la Asociación de Municipios de Honduras (AMHON).

f. Dos representantes de los beneficiarios del PRONADERS.

Podrán participar en calidad de invitados a las reuniones del Comité de Selección y Aprobación de Subproyectos a solicitud del Director Ejecutivo de la DINADERS, el Jefe de la Unidad de Coordinación de Proyectos y el Facilitador Regional involucrado con el o los proyectos a considerar.

Todos los miembros antes descritos tendrán derecho a voz y a voto, con excepción del Secretario, quien solo tendrá derecho a voz.

89. El comité se reunirá por convocatoria del Director Ejecutivo de la DINADERS o el Gerente General del FONADERS.

90. El comité podrá deliberar y decidir sobre contratos y otros con la asistencia de su Presidente, más tres de sus miembros y tomar decisiones por simple mayoría.

91. Serán funciones de éste comité:

a) Conocer y resolver sobre los subproyectos que por su complejidad excedan las competencias regionales.

b) Comunicar la decisión sobre los subproyectos propuestos y analizados al Centro de Facilitación Regional (CEFAR) respectivo, para su incorporación a los planes operativos.

c) Analizar y remitir a la Junta Directiva del FONADERS, aquellos subproyectos que excedan su competencia.

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FONADERS – Manual Operativo

92. El Comité Nacional de Selección y Aprobación de Subproyectos podrá delegar competencias en comités regionales, municipales, locales u otros que se hubieran convenido en un proyecto.

93. Los comités, a que se hace referencia en el numeral precedente serán creados por decisión formal del Comité Nacional de Selección y Aprobación de Subproyectos, en la que a través de una resolución del mismo se establecerán las competencias, composición, formas de funcionamiento y de toma de decisiones de los mismos.

Comité Regional de Selección y Aprobación de Subproyectos

94. El Comité Regional será responsable de la selección y aprobación de los subproyectos que, por su monto o complejidad, deban ser analizados y adjudicados a este nivel.

95. El comité regional estará integrado por:

a) El Facilitador Regional del Centro de Facilitación Regional respectivo, quien lo presidirá y convocará.

b) El Oficial de Cuentas del FONADERS.

c) El Ejecutivo de Proyectos del CEFAR, quien actuará como Secretario.

d) Un representante del Consejo de Desarrollo Municipal (CODEM) del Municipio beneficiario del subproyecto.

e) Un representante de las organizaciones regionales de los beneficiarios.

f) El Alcalde representante de los municipios del ámbito del CEFAR.

g) Un representante de las instituciones acompañantes de la región.

Todos los miembros antes descritos tendrán derecho a voz y a voto, con excepción del Secretario, quien solo tendrá derecho a voz.

96. El comité podrá sesionar con la asistencia de su presidente más tres de sus miembros y tomar decisiones por simple mayoría.

97. Todo subproyecto, cuya selección sea tratada en el comité requerirá de un informe de factibilidad, realizado por un profesional u organización independiente, sobre la base de una pauta preestablecida. Dicho profesional u organización será contratado por el Facilitador Regional y podrá asistir a la reunión de este Comité previa invitación.

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FONADERS – Manual Operativo

98. Son funciones de éste Comité:

a) Analizar y dictaminar sobre los subproyectos remitidos por las instancias municipales (CODEM) y aprobar aquellos dentro del ámbito de su competencia.

b) Seleccionar y tramitar ante el Comité Nacional de Selección y Aprobación aquellos subproyectos que estén fuera de su competencia.

c) Comunicar la decisión sobre los proyectos analizados a las instancias municipales (CODEM) respectivas, para que sean incorporados al Plan de Desarrollo Municipal.

IX. NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTES Y DEL PERSONAL DEL FONADERS.

A. Representantes de la Junta Directiva y Servicios de Auditoria

Representantes de los Beneficiarios

99. Los dos representantes titulares y suplentes alternos de las organizaciones de beneficiarios, serán elegidos en un proceso democrático y de consulta a las organizaciones de base, que sean usuarias de los proyectos de desarrollo rural que se encuentren en el área de influencia del PRONADERS, al momento de iniciarse este proceso. El mismo se desarrollará de acuerdo a los términos de referencia que se consignan en el Anexo 2 de este Manual.

100. El FONADERS conjuntamente con la DINADERS se encargarán del proceso de elección de representantes de las organizaciones de los beneficiarios, con cargo a los recursos presupuestales del FONADERS.

Representantes Municipales

101. El alcalde titular y su suplente, representantes de las municipalidades del área de influencia del PRONADERS serán elegidos por la Asociación de Municipios de Honduras (AMHON), a petición del Secretario de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería, en su calidad de Presidente de la Junta Directiva; de acuerdo al Perfil y Términos de Referencia para dicha designación señalados en el Anexo 3 de este Manual Operativo.

Auditor

102. El Auditor será designado a través de una terna de candidatos, solicitada por el Secretario del Despacho de Agricultura y Ganadería a la Contraloría General de la República; la Junta Directiva ratificará el nombramiento.

Auditores Externos

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FONADERS – Manual Operativo

103. La Junta Directiva a través de concurso seleccionará y contratará empresas de auditoria precalificadas para auditar las cuentas y procedimientos del FONADERS.

B. Personal del FONADERS

Gerente General

104. El Gerente General será nombrado por el Secretario de Agricultura y Ganadería, en base a una terna de candidatos que le propondrá la Junta Directiva, la cual hará la selección sobre la base de los términos de referencia para ese cargo, contenidos en el Anexo 4 del presente Manual.

Personal Profesional y Técnico del FONADERS

105. Los profesionales y técnicos del FONADERS serán nombrados por el Gerente General.

X. CONTRATACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS YADQUISICIONES DE BIENES

A. Disposiciones y Montos

106. Las contrataciones de construcción de obras, de prestación de servicios de consultoría y de suministro de bienes que realice el FONADERS se regirán por lo estipulado por la Ley de Contratación del Estado y sus reglamentos, con las modalidades propias de la estructura y ejecución presupuestaria de la institución.

107. De acuerdo a lo dispuesto por la mismo Ley, quedarán fuera de su aplicación los convenios y acuerdos internacionales, bilaterales ó multilaterales que celebre el Estado.

108. La adjudicación de los contratos de construcción de obras y de suministro de bienes se hará por licitación pública nacional o internacional, o por licitación privada, según el límite de los montos que para estos efectos establezcan las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República vigente, así como las normas legales establecidas en la Ley de Contratación del Estado; o los que se hubieran establecido en los proyectos que ejecute el Gobierno de Honduras con recursos de convenios o acuerdos internacionales, bilaterales o multilaterales que haya celebrado.

109. Los contratos de consultoría se adjudicarán mediante concurso o por contratación directa, cuando se trate de servicios cuyo valor no exceda de los límites que determinen las Disposiciones Generales del Presupuesto vigentes; o aquellos límites que se hubieran establecido en los proyectos que ejecute el Gobierno de Honduras con recursos de

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FONADERS – Manual Operativo

convenios o acuerdos internacionales, bilaterales o multilaterales que haya celebrado por el mismo.

110. El Comité de Contrataciones y Adquisiciones será el órgano de deliberación y decisión del FONADERS sobre los contratos: (i) de construcción de obras y de suministro de bienes, que por su monto, requieran ser adjudicados a través de licitaciones sean públicas nacionales o internacionales, o licitaciones privadas; y (ii) de los contratos de consultoría, que por su monto deban ser adjudicados por concurso.

B. Procedimientos Precontractuales

111. El Departamento de Operaciones del FONADERS será responsable de definir la modalidad de contratación o adquisición a que deberá someterse cada operación que se realice en el marco de los proyectos del PRONADERS.

112. Corresponderá al Departamento de Operaciones del FONADERS la elaboración de los términos de referencia de todo contrato que involucre la intermediación de recursos financieros de los proyectos del PRONADERS. Dicha unidad deberá en todo caso consultar su propuesta con la DINADERS, para que ésta aporte antecedentes y se pronuncie.

113. La Unidad de Administración de Contratos prestará apoyo a la DINADERS en la elaboración de los términos de referencia y otras especificaciones que se requieran para las contrataciones de obras y adquisiciones de bienes; y de contratación de consultores, si esa dirección así lo requiriera.

114. En los casos en que los montos de los contratos excedan los límites establecidos al efecto por la ley o los acuerdos en los convenios de cooperación, la Unidad de Administración de Contratos preparará la documentación que requiera cada operación; haciendo las consultas necesarias con la DINADERS.

115. Una vez que apruebe la documentación precontractual el Comité de Contrataciones y Adquisiciones, la Unidad de Administración de Contratos se encargará de: i) organizar las convocatorias que se requieran, y ii) recibir las propuestas y procesar las mismas, a fin de que dicho comité pueda cumplir adecuadamente con sus funciones de deliberación y decisión.

116. Completada esta tarea, el Gerente General procederá a suscribir el contrato, o a negociar el mismo, manteniendo informado al Comité de Contrataciones y Adquisiciones.

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FONADERS – Manual Operativo

117. En los casos de contrataciones directas, corresponderá al Jefe de Administración y Finanzas aprobar la operación preparada por la Unidad de Administración de Contratos, para que dicho documento sea presentado al Gerente General del FONADERS para su firma.

XI. DISPOSICIONES TRANSITORIAS

118. El Secretario de Agricultura y Ganadería en su calidad de Presidente del FONADERS, deberá convocar a la primera reunión de la Junta Directiva.

119. La agenda de esta primera reunión de Junta Directiva será la de conocer y aprobar en primera instancia el Manual Operativo del FONADERS y luego proceder con el trámite de su aprobación, mediante Acuerdo del Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería; y a su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

120. En esta reunión se establecerá la fecha de la próxima sesión de la Junta Directiva.

XII. OTRAS DISPOSICIONES

Utilización de los Fondos No Desembolsados

121. El FONADERS deberá garantizar la mejor inversión de los saldos de los fondos que le fueran transferidos por los cooperantes u otras fuentes. A este efecto, invertirá dichos fondos en mercados financieros que, respondiendo a sus necesidades de liquidez, permitan optimizar el rendimiento de los mismos.

122. En relación al numeral anterior, el Gerente General del FONADERS presentará propuestas de por lo menos tres instituciones que ofrezcan los servicios requeridos y los someterá a la Junta Directiva, para su selección y aprobación.

123. Periódicamente, el Gerente General del FONADERS verificará si las instituciones seleccionadas mantienen las ventajas respecto de las demás, en términos de rentabilidad, comisiones y servicios ofrecidos.

Acceso a la Información y Registros de los Intermediarios Financieros

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FONADERS – Manual Operativo

124. Con el objeto de facilitar la labor del Departamento de Operaciones en sus funciones de Administración de contratos de intermediación financiera, el FONADERS asegurará al Jefe del Departamento de Operaciones, así como a los funcionarios responsables en la Unidad de Administración de Contratos, el acceso irrestricto a la información financiera y registros de las operaciones que mantengan los intermediarios financieros y sus subcontratistas.

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FONADERS – Manual Operativo

ANEXOS AL MANUAL

Anexo 1 Objetivos del PRONADERS

Anexo 2 Términos de Referencia para la Elección de los Dos Representantes Propietarios y Dos Suplentes de los Beneficiarios como Integrantes de la Junta Directiva del FONADERS

Anexo 3 Perfil y Términos de Referencia para la elección del Alcalde Titular Propietario y Suplente como Integrantes de la Junta Directiva del FONADERS

Anexo 4 Términos de Referencia y Calificaciones Requeridas para el Gerente General del FONADERS

Anexo 5 Tipos de Ventanillas y Subproyectos

Anexo 6 Estructura Básica del FONADERS

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FONADERS – Manual Operativo

Anexo 1

Objetivos del PRONADERS

(1)Fortalecer la capacidad institucional para el diseño, armonización de estrategias y políticas de desarrollo rural sostenible, con los procesos de seguimiento y evaluación de impacto de forma tal que permita una gestión descentralizada y participativa de las comunidades rurales;

(2)Desarrollar procesos participativos que fortalezcan la capacidad de los grupos sociales, en identificar y priorizar sus necesidades para expresar sus demandas de asistencia técnica y financiamiento; así como para definir acciones de cogestión con agentes acompañantes;

(3)Promover el manejo integral de los recursos, suelo, agua, bosque y biodiversidad de conformidad a un plan participativo formulado al efecto;

(4)Habilitar nuevas modalidades de acceso a recursos financieros y no financieros, que permitan el incremento de la producción rural, el empleo y el ingreso a las familias y comunidades rurales; y

(5)Establecer un sistema de documentación y divulgación de metodología y tecnología, aplicable a la actividad productiva en laderas, con la participación de entes públicos y privados que promueva, coordine y facilite el acceso e intercambio de información entre programas, proyectos, técnicos y productores.

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FONADERS – Manual Operativo

ANEXO 2

Términos de Referencia para la Elección de los Dos Representantes Propietarios y Dos Suplentes de los Beneficiarios como Integrantes de la Junta Directiva del

FONADERS

Los representantes de las organizaciones de beneficiarios, dos propietarios y dos suplentes, se elegirán de la siguiente forma:

Dependiendo del número de subproyectos ubicados en una región dentro del área de influencia del PRONADERS, cada una de las organizaciones de base de las distintas aldeas o caseríos elegirán por medio de asamblea, un representante para integrar el nivel municipal.

En la asamblea de los representantes de las aldeas se elegirán dos candidatos de cada municipio.

En la asamblea de los representantes de los municipios se seleccionarán dos representantes para el nivel regional (a definir conforme áreas de influencia de PRONADERS).

En la asamblea de los representantes del nivel regional se seleccionarán dos candidatos propietarios y dos candidatos suplentes alternos, ante la Junta Directiva del FONADERS.

Los representantes ante la Junta Directiva del FONADERS, serán nombrados por un periodo de dos años y podrán ser reelectos por un periodo adicional.

Perfil de dos representantes propietarios y dos suplentes de los beneficiarios:

Productor(a) líder en su comunidad (agrícola, pecuario y microempresarial).

Saber leer y escribir.

Experiencia en procesos organizativos y de planificación comunitaria.

Miembro de una organización local (patronato, cooperativa, caja rural, empresa asociativa, club, etc.)

Preferentemente que su organización de base maneje un modelo de financiamiento comunitario.

Estabilidad en la zona.

Edad comprendida entre 25 y 55 años.

Estas posiciones deben ser cubiertas por hombres y mujeres equitativamente.

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FONADERS – Manual Operativo

ANEXO 3

Términos de Referencia para la Elección del Alcalde Titular Propietario y Suplente como Integrantes de la Junta Directiva del FONADERS

La elección del Alcalde titular propietario y suplente, como integrantes de la Junta Directiva del FONADERS, se hará mediante un proceso democrático y a petición del Ministro de Agricultura y Ganadería lo hará la Asociación de Municipios de Honduras (AMHON), para lo cual el PRONADERS le dará una lista de municipios que están dentro de la zona de intervención del programa.

Perfil del Alcalde(sa) propietario y suplente:

Líder en el área de su municipio.

Experiencia en el manejo de proyectos en beneficio de su municipio.

Capacidad de gestión en la obtención de recursos para el desarrollo municipal o intermunicipal.

Estas dos posiciones deben ser cubiertas por un hombre y una mujer.

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FONADERS – Manual Operativo

ANEXO 4

Términos de Referencia y Calificaciones Requeridas para el Gerente General del FONADERS

Gerente General del FONADERS

Perfil Profesional

El cargo requiere de un profesional nacional con alta capacidad técnica y ejecutiva, que le permita implementar mecanismos de administración financiera para los fondos de cooperación en el ámbito del desarrollo rural sostenible. El Gerente General deberá tener experiencia en el funcionamiento bancario y las finanzas, estar familiarizado en negociaciones, contrataciones y en la toma de decisiones relativas a la asignación de recursos a proyectos. El Gerente General deberá ser responsable de sus obligaciones, con capacidad para delegar; con buena comunicación con otras instituciones públicas y privadas y con sus subordinados y disponer de redes efectivas de contactos con instituciones financieras nacionales e internacionales.

El Gerente General responderá ante la Junta Directiva del FONADERS sobre su gestión. Sus actividades se concentrarán en apoyar los procesos de negociación con las agencias cooperantes, la formulación de planes estratégicos y operativos del programa y su ejecución, la celebración de contratos con intermediarios financieros, la colocación de los fondos inactivos del FONADERS y su participación decisiva en la asignación de los fondos del Programa.

Calificaciones

El candidato deberá tener un grado Universitario en cualquiera de las siguientes disciplinas: Administración de Empresas, Finanzas, Economía, Economía Agrícola o Agronomía, con Maestría en una de éstas áreas antes enunciadas. El candidato deberá tener experiencia considerable en el ámbito bancario. La experiencia en el campo de las finanzas y la celebración de contratos es esencial al cargo y no debería ser inferior a los cinco años, al menos tres de ellos en cargos que hubieran involucrado responsabilidades ejecutivas en estas materias esenciales. Preferiblemente bilingüe.

Dedicación

El cargo requiere dedicación exclusiva.

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___________________________________________________________________________FONADERS – Manual Operativo

ANEXO 5

Tipos de Ventanillas y Subproyectos

Los tipos de ventanillas de inversión a través de las cuales se colocarán los fondos serán:

a. Ventanilla de Recursos Naturales y Medio Ambiente:

Objetivo: Orientar los fondos para facilitar la protección, restauración y aprovechamiento en forma equitativa y sostenible de los recursos naturales.

b. Ventanilla de Producción y Fomento a la Competitividad:

Objetivo: Facilitar el acceso a recursos para alcanzar la seguridad alimentaria y una mayor competitividad de los productores, creando oportunidades de vinculación en los mercados a través de sistemas eficientes de comercialización.

c. Ventanilla de Desarrollo Humano y Gestión Local:

Objetivo: Colocar fondos para promover procesos de fortalecimiento de la gestión local, para facilitar el acceso a los servicios y recursos.

d. Ventanilla de Infraestructura:

Objetivo: Facilitar fondos para la construcción, rehabilitación y mantenimiento de infraestructura física a nivel rural.

e. Ventanilla de Género:

Objetivo: Orientar fondos hacia proyectos que garanticen la participación equitativa de los miembros de la familia rural, en busca de un desarrollo sostenible.

Población Meta Sujetos a Financiamiento:

a. Pobladores(as).b. Municipalidades.c. Empresas de prestación de servicios financieros rurales.d. Cooperativas, Cajas Rurales, Bancos Comunales y otras.e. Asociaciones y organizaciones de productores, ganaderos y artesanos.f. Centros preescolares, escuelas y colegios.g. Comités locales, consejos municipales y otras formas de organización. h. Empresas turísticas y organizaciones ecológicas.i. Instituciones financieras no convencionales.j. Empresas agrícolas de la reforma agraria.k. Empresas de mujeres campesinas.

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___________________________________________________________________________FONADERS – Manual Operativo

l. Empresas de asistencia técnica rural.m. Otras empresas y formas de explotación de bienes y servicios a nivel rural.

Con el fin de poder establecer la naturaleza de las inversiones a realizar en el marco del PRONADERS y facilitar la canalización de recursos del programa a los diferentes subproyectos de los participantes beneficiarios, el FONADERS registrará los diferentes tipos de proyectos que se pueden financiar a través de sus ventanillas, conforme la tipología que se detalla en los cuadros de éste anexo.

El PRONADERS contará con diversas fuentes de fondos para apoyar al desarrollo rural del país. Cada fuente de recursos representa en sí un proyecto de desarrollo rural y toman o tomarán diferentes nombres para su diferenciación y caracterización, pero todos ellos responden a una sola institucionalidad que orienta y facilita el desarrollo rural de manera coherente, racional y participativa.

Con los recursos de los proyectos, el PRONADERS atenderá las diversas necesidades del desarrollo de las comunidades rurales pobres del país. El FONADERS aportará el financiamiento de los subproyectos o sea las iniciativas de inversión que planteen las comunidades, la mayor parte de ellas dentro de las categorías de proyectos que se detallan en la lista.

Todos los subproyectos se refieren a iniciativas de desarrollo a nivel rural. Los tipos de proyectos se clasifican en seis (6) grupos, atendiendo la naturaleza de su objetivo y el tipo de resultado que se espera de las actividades del mismo.

El proceso de formulación de cada proyecto desde su origen a nivel de la comunidad, su análisis y aprobación en instancias apropiadas, hasta la etapa de ejecución y entrega final de los productos del proyecto, se establecen dentro de un manual de formulación de proyectos comunitarios del PRONADERS. Los proyectos se generan en la comunidad o en la base. El PRONADERS a través de sus instituciones apoya y facilita el proceso. Estas instituciones administran recursos para la facilitación y el apoyo técnico y financiero de los subproyectos.

Cada proyecto según su tipo y dentro de éste, su tamaño, naturaleza, complejidad, tipo de recurso, fuente de fondo, región de localización, comunidades afectadas o participantes, nivel de propiedad, forma de financiamiento, grado de participación comunitaria y otros, se canalizará por un proceso o ciclo de proyecto que asegure agilidad, eficiencia, control y eficacia en su ejecución.

Las comunidades y las poblaciones participantes contarán con la necesaria capacitación e información del PRONADERS, sobre la forma en que se debe preparar el proyecto para contar con el acceso al financiamiento.

La lista es indicativa y amplia pero no exhaustiva del tipo de proyectos que se puedan realizar a nivel de las comunidades rurales; por lo que existe la posibilidad de incorporar formas adicionales de proyectos en todos los grupos.

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T.1. PROYECTOS DE DESARROLLO DE CAPITAL HUMANO

1. Capacitación formal o informal (diversa temática).2. Programas especiales de educación formal e informal (diversa temática).3. Producción de material formativo e informativo, escrito y audiovisual.4. Proyecto de intercambio técnico-cultural de las poblaciones rurales.5. Alfabetización de adultos y jóvenes.6. Proyectos de teatro, artes, cultura y deportes a nivel comunitario rural.7. Proyectos de educación para el trabajo.8. Proyectos de guardería y cuidado infantil.9. Formación de género y participación productiva de la mujer.10. Proyectos de nutrición infantil.11. Proyectos de alimentación directa y seguridad alimentaría de la población rural.12. Proyectos de mejoramiento del hogar a nivel rural.13. Educación en atención primaria en salud.14. Formación de cuadros de salud reproductiva a nivel rural.15. Proyecto de mejora en la información y comunicación rural.16. Fortalecimiento de la capacidad técnica de centros de capacitación.17. Becas para apoyo a la formación de la población rural.18. Capacitación en formación ciudadana.19. Proyectos de desarrollo de la capacidad y habilidad gerencial.20. Formación de líderes comunitarios.21. Bibliotecas, hemerotecas, videotecas, programas radiales.22. Participación en ferias y eventos de realce de las capacidades locales.23. Proyectos de investigación sobre recursos humanos a nivel rural.24. Otros proyectos de desarrollo del capital humano de las comunidades.

T.2 PROYECTOS DE DESARROLLO DE LA CAPACIDAD INSTITUCIONAL

1. Elaboración de estrategias de desarrollo integral rural municipal.2. Elaboración de proyectos de ordenamiento territorial municipal.3. Desarrollo de la capacidad de gestión municipal.4. Desarrollo institucional de gobiernos locales y auxiliares.5. Desarrollo de la capacidad de las organizaciones comunitarias rurales.6. Formación de organizaciones y empresas comunitarias.7. Desarrollo de empresas prestadoras de servicios a nivel rural.8. Desarrollo de la capacidad de intermediarios financieros locales.9. Formación de empresas de prestación de servicios financieros rurales.10. Legalización de empresas del sector social de la economía rural a nivel local.11. Formación de cooperativas, cajas rurales, bancos comunales y otras empresas rurales.12. Fortalecimiento de Comités Locales, Consejos Municipales y otras formas de organización.13. Apoyo a asociaciones, cámaras, comités y otras organizaciones de productores.14. Desarrollo de la capacidad de gestión de agro empresas y organizaciones rurales.15. Estudios y diseños de proyectos de desarrollo y fortalecimiento institucional cuando por su

complejidad se requiera para su aprobación, financiamiento y ejecución.

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T.3 PROYECTOS DE DESARROLLO DE CAPITAL FISICO SOCIAL

1. Proyectos de construcción de infraestructura física básica a nivel rural.2. Construcción, rehabilitación, reparación y mantenimiento de caminos rurales, caminos

vecinales, carreteras terciarias, calles, callejones, graderías, puentes, vados, cajas puentes, puentes colgantes, pasos de ríos, caminos de herradura.

3. Construcción, rehabilitación y reparación de obras comunitarias, escuelas, colegios, centros de salud, obras de saneamiento, guarderías, centros de servicios públicos comunales, teatros, centros comunales, municipalidades, canchas deportivas, áreas de diversión.

4. Construcción, rehabilitación y reparación de sistemas de riego en obras de toma, líneas o canales de conducción, sistemas de bombeo, revestimiento de canales.

5. Construcción, rehabilitación y reparación de obras y sistemas de abastecimiento de agua comunitaria y domiciliar.

6. Construcción, rehabilitación y reparación de sistemas comunitarios de energía.7. Construcción, rehabilitación y reparación de obras y sistemas comunitarios de

comunicaciones.8. Construcción, reparación y mantenimiento de obras para el manejo y protección de cuencas y

micro cuencas.9. Construcción, rehabilitación y reparación de obras y equipos de tratamiento de desechos

líquidos y sólidos.10. Construcción, rehabilitación y reparación de obras de protección ambiental de recursos

naturales, de recreación, parques naturales, áreas verdes, esplanadas, refugios, centros comunales y patrimoniales de atracción turística.

11. Equipos para el mantenimiento de las obras de los proyectos ejecutados con el Programa.12. Estudios y diseños para los proyectos que requieren de los mismos para su aprobación,

financiamiento y ejecución.T.4 PROYECTOS DE DESARROLLO DE CAPITAL FISICO PRODUCTIVO

Construcción, rehabilitación y mantenimiento de obras para subproyectos como:1. Almacenamiento y conservación de alimentos y productos.2. Mercados y centros de ferias y comercialización de productos.3. Centros comunitarios de procesamiento de productos.4. Rastros públicos, mataderos, carnicerías, porquerizas, ordeñadores, centros de subasta,

aguaderos y otras instalaciones afines.5. Sistemas de riego y distribución de agua para riego de fincas y parcelas.6. Sistemas de transporte, terminales y servicios públicos explotados privadamente.7. Producción artesanal, agroindustrial, parques industriales y talleres comunales.8. Explotación minas, canteras, bancos de materiales, acuíferos.9. Areas de turismo y recreación comunales explotados por concesión.10. Instalaciones físicas y activos fijos para empresas productivas privadas, individuales o

colectivas, de bienes y servicios y agro negocios a nivel rural.11. Proyectos productivos de mujeres, en empresa individual o colectiva.12. Plantas de servicios públicos concesionadas por el gobierno local.13. Equipos para la explotación, producción de servicios y mantenimiento de las obras de estos

subproyectos financiados con el programa.14. Estudios y diseños para los subproyectos, cuando por su complejidad y tamaño requieren de

los mismos para su aprobación, financiamiento y ejecución.

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___________________________________________________________________________FONADERS – Manual Operativo

T.5 PROYECTOS DE DESARROLLO DE LA PRODUCCION AGRICOLA Y NO AGRICOLA.

Estos proyectos se refieren al apoyo del capital de trabajo y la inversión; dirigida a la siembra, la comercialización, el mantenimiento, la compra de materiales, insumos e inventarios, pago de asistencia técnica, gastos variables de producción, equipos agrícolas, elaboración de planes de fincas o planes de producción y explotación de rubros productivos y otros insumos requeridos por la producción de bienes y servicios de factibilidad y mercadeo, etc., para proyectos de:1. Producción agrícola (todos los rubros con factibilidad de producción).2. Producción pecuaria (todos los rubros con factibilidad de producción).3. Producción artesanal e industrial a nivel rural.4. Producción de pesca artesanal, transporte fluvial o marítimo.5. Producción de servicios para la producción a nivel comunitario.6. Comercialización, almacenamiento y distribución de producción.7. Procesamiento artesanal o industrial de la producción agrícola y pecuaria de empresas, grupos

o productores individuales.8. Empresas proveedoras de insumos agropecuarios.9. Empresas proveedoras de servicios financieros, sociales y de asistencia técnica rurales.10. Empresas explotadoras de servicios públicos concesionados por el gobierno local o la

comunidad.11. Producción de carbón vegetal.12. Otras empresas y formas de explotación de bienes y servicios a nivel rural.T.6 PROYECTOS DE DESARROLLO AMBIENTAL

1. Estudios para la creación de áreas protegidas.2. Establecimiento de viveros comunales.3. Reforestación de áreas de bosques y áreas comunales.4. Regeneración de fuentes de agua.5. Planes de manejo para áreas de reserva.6. Plantas de tratamiento de desechos en áreas públicas.7. Estudios para la creación de bosques para la captación de carbono y otros contaminantes.8. Elaboración de estudios y planes de manejo para la certificación de la producción de diversos

rubros (manejo ambiental, reducción de contaminantes y producción orgánica).9. Manejo de cuencas y micro cuencas.10. Estudios y diseños de proyectos ambientales, cuando se requieran para su aprobación,

financiamiento y ejecución.

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___________________________________________________________________________FONADERS – Manual Operativo

ANEXO 6

Estructura Básica del FONADERS

La denominación y jerarquía de la estructura operativa básica del FONADERS será la siguiente:

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JUNTA DIRECTIVA

Auditor

Gerencia General FONADERS

Departamento de Operaciones

Departamento de Administración y Finanzas

Unidad de Administración de Contratos

Unidad de Facilitación Operativa

Unidad de Programación y Control

Presupuestario

Unidad de Contabilidad y

Sistemas

Asesor Jurídico

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___________________________________________________________________________FONADERS – Manual Operativo

FONDO NACIONAL DE DESARROLLO RURAL SOSTENIBLE

FONADERS

MANUAL OPERATIVO

Versión Marzo 20, 2001

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