Manual Deontologico

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I. Introducción

La deontología hace referencia a la rama de la Ética cuyo objeto de estudio sonlos fundamentos del deber y las normas morales. Esta trata con lo que unapersona está obligada a hacer. “El deber ” implica una necesidad moral y por lotanto es una obligación que un individuo deberá realizar. La ética deontológicano trata con el resultado de las acciones sino con la naturaleza de las acciones.

El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), tiene por misión formar personas en el área técnico-tecnólogo-profesional con una sólida baseética, capaces de actuar con éxito en el mundo laboral, y comprometidascon el desarrollo del país. La singularidad funcional de su proyecto seexpresa en una educación para el trabajo, basada en la enseñanza práctica,con énfasis de conocimientos aplicados y el desarrollo de habilidades ydestrezas relacionadas con el ejercicio de un oficio determinado.

Sin perjuicio de las competencias laborales específicas de cada disciplina,sector o actividad de la industria, ésta reconoce actualmente, también, unconjunto de competencias denominadas transversales o de empleabilidad,que apuntan al desarrollo de conocimientos, habilidades y actitudesgenerales que permiten y/o favorecen: a) el pleno desarrollo de laactividad profesional; b) la movilidad y la promoción laboral; c) laactualización y el manejo de herramientas para la reubicación y la autogestiónprofesional.

En el contexto señalado, el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) haimpulsado la elaboración de estos Manuales de Ética con miras a ser elaborado por los aprendices, y le sirva como apoyo a los actores del procesode enseñanza aprendizaje del campo específico de su profesión y/oactividad, herramientas que les permitan un ejercicio profesional basadoen la ética como parte integrante e inherente a la actividad propia quedesempeñen, expresadas en competencias laborales.

En este manual, plasmaremos las normas morales que debe tener unTecnólogo en Mantenimiento de Equipos de Cómputo, Diseño e Instalación deCableado Estructurado, permitiendo contar con una base escrita de cómo debeser nuestra ética, la cual será nuestro texto guía en nuestra labor y vivir diario.

Nos atrevemos a apostar que será de agrado de todos y cada uno quienes leany asimilen este manual.

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II. La Ética en la Tecnología

Si bien suele hablarse de Ética Profesional para todas las áreas del trabajo,existen algunas para las cuales hablar de moralidad resulta más común oevidente. Así sucede, por ejemplo, con la profesión de los médicos o de losperiodistas. Sin embargo, si consideramos que la ética implica elcomportamiento adecuado con miras a alcanzar un bien, resulta lógico queésta puede, y debe, aplicarse a todas las profesiones. Aún más, la éticaayuda a comportarnos en sociedad, a fin de ser beneficiados no sólo nosotrosmismos, sino también los demás. En este sentido, toda profesión al repercutir de una u otra manera en los otros, es necesariamente ética.

Es así como el Tecnólogo no escapa a la ética. Ya lo decíamos en el capítuloanterior: los profesionales de esta área no sólo se relacionan con instrumentostecnológicos, sino que su trabajo a través de éstos se orienta, finalmente, al

beneficio de la sociedad. Si consideramos que un tecnólogo es, por excelencia,el ejecutor de las prácticas transformadoras del mundo que nos rodea, esevidente que el ejercicio de su profesión posee una carga moral.Especialmente en este siglo, en el que los cambios parecen más rápidos yabrumadores, el criterio del tecnólogo cobra mayor importancia. Muchosson los casos en los que los profesionales se enceguecen en elprogreso y los adelantos, buscándolos por sí mismos, desligados de susrepercusiones. A esto nos referíamos cuando hablábamos de utilizar latecnología como un medio, y de no dedicarnos a ella sin buscarle un beneficiopara otros.

 Ante esto, el profesional Tecnólogo debe estar consciente de que cadauna de sus decisiones, invenciones y ejecuciones conllevan unaresponsabilidad social y ética, pues su trabajo no resulta indiferente ni para símismo, ni para el resto de la sociedad. Después de todo, el progreso consisteen el perfeccionamiento del mundo humano, no sólo en el ámbito técnico, sinodesde una visión que considera la calidad de vida de las personas.

III. Dilemas Éticos Recurrentes

No obstante los evidentes beneficios que el Tecnólogo aporta al hombre,es obvio que -como cualquier práctica humana- también produce efectosno deseados, cuya magnitud muchas veces crece junto con el poder técnico. Estos problemas, la mayoría de las veces, encuentran una solucióndesde la perspectiva ética.

Es por eso que a continuación se presentan algunos problemas éticosque los mismos profesionales del área estiman como recurrentes –y que

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incluso se dan en las distintas áreas de la Tecnología de manera similar.Estas problemáticas fueron reunidas y clasificadas según su índole, yaunque bien no es posible llegar a una solución única en ética -precisamente porque en este campo, cada situación es distinta a las demás-nos ayudaremos con algunos criterios que podrían facilitarnos, en algunamedida, su resolución.

Estos problemas se tratarán en relación con el cliente, con la empresa ycon el medio profesional, ámbitos en los que –según los profesionales de lasdistintas áreas- se dan más comúnmente las problemáticas éticas.

1. En Relación Con el Cliente

-   Acerca de los Cobros

Como en toda profesión, el tema del precio justo se presta a vecespara situaciones problemáticas. Sin embargo, en el área de la Tecnología estosucede con mayor frecuencia, ya que el cliente rara vez entiende lostérminos en que el profesional le habla, sea en Mecánica, Electrónica oen Procesos Industriales. En este sentido, no es común que el clientecomprenda la terminología sobre los arreglos específicos que se hacen asu computador, la pieza que se le cambia a su computador, o sobreel funcionamiento de la máquina utilizada para la automatización de procesos.

Por tanto, resulta claro el atentado a la virtud de la justicia que sepuede producir en esta área, ya que no se le da al cliente lo que se le debe –en caso de hacerle pagar demás.

Se puede atentar contra el cobro del precio justo, por varios motivos, entreellos, los que se cuentan a continuación:

-   Agrandar Diagnósticos

Como se afirmaba y según pudimos constatar, muchas veces, en cualquier especialidad de la Tecnología, se puede engañar al cliente cobrándole de máspor un trabajo que vale menos. Por ejemplo, el motivo del desperfecto deun televisor puede deberse, en el caso de la Electrónica, a la falla deun pequeño transistor. Por tanto, el arreglo sólo consiste en cambiar esapieza. Sin embargo, quien arregla puede engañar al cliente, haciéndolecreer que llevó a cabo un gran trabajo, cobrándole más de lo que

correspondería. A su vez, en el caso de la Reparacion de Equipos Infirmaticos, un desperfectose puede debera un simple problema de limpieza de hardware. Pero eldesconocimientodel cliente acerca de la estetica de su equipo informatico,puede motivar un aprovechamiento para inventar un problema inexistentey más grave, a fin de cobrar más. Sin embargo, en relación a esteproblema, actualmentelos talleres más grandes y con mayor prestigiose han percatado de que, a la larga, los clientes no vuelven si se les cobra

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demás, de manera que, actualmente, se recurre al arreglo de computadores,con una pauta del fabricante, en la que se señala qué arreglos se le debehacer al vehículo de acuerdo al tiempo de uso.

Estos ejemplos recalcan lo competitiva que ha llegado a ser la industria

moderna –en todas las áreas de la Tecnología-, que se ha dado cuentaque la confiabilidad se sustenta en el tiempo; que pasó de moda el tener clientes por el corto plazo; y que –si quiero mantener su lealtad- esto se basaen la confianza, valor que sólo se gana con una actitud honesta yresponsable a largo plazo. Sólo de ese modo el cliente volverá en búsquedadel servicio del profesional competente para solucionar sus problemas.

-   El Tiempo

En relación al factor tiempo, muchos de los expertos hablan de falta deresponsabilidad y puntualidad de los trabajadores de la Tecnología, en elsentido de que no llegan a la hora cuando hay labores programadas

desde antes; y que, por tanto, deben reprogramarse para después, con elconsiguiente problema que esto conlleva para los clientes. Por ejemplo, en elárea de Electrónica, muchas veces se acuerda una hora determinadapara conectar el motor de una máquina –que exige la participación demás de un profesional-, pero la impuntualidad acaba haciendo perder eltiempo al cliente, y a la empresa la pondrá en riesgo de perder en elfuturo a ese mismo usuario.

La honestidad con los plazos acordados previamente también entre en juego en este problema. En el caso de la Reparacion de Computadores, elprofesional que hace un arreglo, puede acordar con un cliente tener suarticulo listo en determinada fecha. Sin embargo, llega esa fecha, y esbastante común que elarticulo aún no esté arreglado.

Por último, en el caso de Procesos Industriales, muchas veces losarreglos de algunas máquinas se pueden analizar por todo un día, por loque el cobro se hace con respecto al tiempo. Por tanto, resulta pocoético cobrar excesivamente por un arreglo que demanda poco tiempo. Sinembargo, en ocasiones el profesional de esta área se demora más con laintención de cobrar más, sin que el cliente se percate de ello.

Con estos casos nos damos cuenta que el factor tiempo es un problema éticocomún para la ingeniería, ya que va de la mano de la honestidad de quien

preste el servicio, con su cliente, lo que a su vez se apoya en eldesconocimiento del cliente del que hablábamos, con respecto a losarreglos, a las piezas o al funcionamiento de las máquinas.

Sin embargo, si el profesional de la Tecnología quiere mantener la confianza desus clientes en el tiempo, debe trabajar con honestidad para él, ya queesa confianza puede perderse rápidamente si el cliente se da cuenta delengaño. Y si es así, este cliente simplemente no volverá a recurrir a esa

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persona. No olvidemos cuán difícil es ganarse la confianza de alguien.Pero a la vez, lo rápido y fácil que es perderla.

-   Apropiación de Piezas Pagadas por el Cliente

Como el profesional de la Tecnología cuenta con las competenciasnecesarias para realizar montajes, puestas en marcha, operaciones,detecciones de fallas y mantenimiento de equipos, instrumentos y sistemas,él es el encargado de realizar estos arreglos; eso sí, previo pago del cliente.

Este pago incluye el arreglo, y muchas veces también las piezas que debencambiarse. Sin embargo, como el cliente no ve las piezas que están al interior de la máquina en reparación, es común que quien haga el arreglo no cambiealguna pieza –que ya estaba cancelada-, y se quede con ella. Según losexpertos del área, es común encontrar en casilleros de los tecnologos, laspiezas que los clientes pagaron, ya que no la han cambiado y han dejado laantigua.

Por ejemplo, en el caso de la Informática, es común que se saque alguna piezacuando se arregla el equipo, y se le deje sin ella, ya que en una primerainstancia, el equipo no fallará si esa pieza falta; pero más tarde sí lo hará,obligando de paso al cliente a recurrir nuevamente al servicio técnico. Sinduda tal acción implica incurrir en una falta grave y poco honesta con elcliente.

Comentábamos lo fácil que es perder la confianza de alguien –lo que enel caso de la Tecnología se traduce en la pérdida de confianza de un cliente,y en una mala publicidad que ese mismo cliente podría propagar, por 

ejemplo, entre sus conocidos-, por un pequeño error. Más aún lo es en elcaso de un engaño. Y si ese profesional es parte de un equipo de trabajo,finalmente no sólo se perjudica a sí mismo, sino que también perjudicaa sus compañeros y a toda la empresa.

-   Repuestos Alternativos por Originales

Por último, es común que quien arregle alguna máquina -y que debapara eso cambiar alguna pieza- lo haga con un repuesto alternativo en vez deloriginal. Este hecho es común en todas las áreas de la Tecnología, ya quepodríamos denominarlas áreas “duras”, en el sentido que trata sobre eltrabajo realizado con máquinas, motores y sus respectivos repuestos.

Hoy en día, la misma tecnología ha permitido la elaboración de repuestosalternativos, muy similares –en aspecto- a los originales, pero de una evidentemenor calidad que éstos, por lo que se venden más baratos.

Todos estos problemas se relacionan directamente con la ética, ya quese trata de situaciones en las que –sobre todo- la honestidad y laresponsabilidad se ven menoscabadas en perjuicio del cliente, por parte delos profesionales de la Tecnología.

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Decíamos al principio que esta profesión, además de tratarse de unsaber técnico, inevitablemente se desarrolla con más personas, y en estecaso el cliente juega un rol fundamental, ya que se trabaja para él. Por tanto,para que podamos hablar de un trabajo realmente profesional, el ingenierodebe llevar a cabo ese trabajo con lealtad, responsabilidad y honestidad –sobre todo- con quien le pide el trabajo. Si no es así, ese cliente no volverá.

-   Acerca de los Arreglos a Corto Plazo: ¿Porque el Cliente loPide, o por Realizar el Mínimo Esfuerzo?

Es importante que –para la realización de cualquier producto por parte de untrabajador- la obra quede bien hecha. Ése es uno de los fines del trabajo. Sinembargo, puede atentarse a veces contra este principio, y por varios motivos.En primer lugar, porque el cliente así lo pide.

Por ejemplo, en el caso de los tecnologos, un cliente puede llevara arreglar su computador por la falla de una sola pieza. Sin embargo, quien loarregla puede darse cuenta de que si sólo repara esa pieza, el Pc fallará al

corto plazo, ya que también hay otras piezas en mal estado que fallarán luego.Si el Tecnologo le dice al cliente que lo mejor sería arreglar todo loque falla –lo que claramente resultará más caro que el arreglo de lapieza que falla en ese momento-, y el cliente responde que sólo tienedinero para el arreglo más barato, ¿no se atenta contra el trabajo bienhecho? ¿Debe el tecnologo realizar un trabajo en esos términos,porque el cliente así lo pide?

¿O qué pasa si este mismo profesional realiza un arreglo mediocre sinque el cliente lo sepa, para que éste vuelva a recurrir a él al corto plazo, enun claro intento de engaño? ¿O si realiza el mínimo esfuerzo, por ejemplo,

para hacer además otro arreglo que le reportará más dinero?

En estos casos, se atenta claramente contra el trabajo bien hecho. Se atentatambién contra el perfeccionamiento personal al que se aspira con este trabajoy, en última instancia, se cae en una deslealtad con el cliente.

Sin duda, la responsabilidad ética del Tecnólogo va más allá de seguir algunaorden superior, del cliente, e incluso va más allá de cumplir sólo con el mínimo;más bien pasa por querer y hacer siempre lo mejor, lo que significa buscar la perfección en el trabajo que se está realizando, conversar con elcliente sobre la mejor opción de trabajo, o la que le reporte másbeneficios o costos.

Sin embargo, en el caso del Tecnólogo esto adquiere mayor relevancia,puesto que él tiene la posibilidad de transformar el entorno paramejorarlo y para beneficiar la calidad de vida de todos, incluyendo la de símismo.

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2. En Relación con la Empresa

-   Lealtad

 Aun cuando muchas veces se tiende a considerar el valor de un puesto detrabajo según su remuneración económica, resulta fundamental tomar encuenta el ambiente laboral que se vive en la empresa. Sin embargo, ésteno depende sólo de las relaciones que los jefes acostumbren a entablar con el personal, sino más bien de la actitud que cada uno adopte al interior delequipo. Y en esto cobra especial relevancia la confianza que se logre generar,que depende a su vez del grado de filiación y lealtad que cada trabajador establezca con la empresa. No obstante, esto puede verse afectado por lassituaciones que a continuación se presentan.

-   Cuidados del material

 Al ser la Tecnología un trabajo que implica bastante labor práctica yexperimental, suele suceder que los profesionales deben realizar sustareas con material de la empresa. Sin embargo, pese a tratarse deherramientas necesarias para realizar su labor, no todos las tratan conóptimo cuidado.

 Así, muchas veces se genera una falta de compromiso del profesionalcon los recursos materiales de su empresa, lo que se traduce, en ocasiones,en actitudes temerarias de poco cuidado. Por el contrario, si se tratarade sus materiales, los tecnólogos reconocen que su comportamiento enrelación al tratamiento de los recursos, sería distinto.

3. En Relación Con el Medio Profesional

-   Cuestionamiento y Desacreditación

 Aun cuando no se trata de un problema exclusivo del ámbito de laTecnología, numerosos profesionales mencionan como problema decarácter ético aquel generado cuando sus conocimientos son cuestionadosfrente a un cliente o a un jefe.

Cierto es que, en ocasiones, el consejo, la opinión o la crítica de otrotecnólogo pueden ayudar a solucionar inconvenientes o a advertir algúnproblema que podría haber pasado desapercibido. En este sentido, la actitudde lealtad y compañerismo resulta de gran apoyo para el trabajo. Sinembargo, dicha crítica debe ser ejecutada siempre con una intenciónpositiva y constructiva, cuidando no perjudicar al profesional en relación a suprestigio.

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-   La Difusión de Conocimientos y el Trabajo en Equipo

La Tecnología permite al profesional, dentro de sus diversas áreas,

profundizar en una determinada especialización. De esta manera, cadaquien va asumiendo y perfeccionando ciertas labores dentro de unaempresa, permitiendo que ésta funcione con mayor eficiencia.

Sin embargo, las especializaciones no implican la parcelación absolutadel trabajo y la prescindencia entre unos y otros. Un lugar de trabajo quereúne en sí a más de una persona, obliga siempre a conformar un equipo, que,por lo mismo, siempre trabajará mejor si tiene conciencia de tal.

Por esta razón, aunque cada quien tenga una especialidad, debe saber compartir sus conocimientos, a fin de favorecer al equipo, teniendo lacapacidad de delegar responsabilidades, de participar sus logros y de

cooperar con los demás.

-   Cobros y Precios

Decíamos que un problema recurrente en cualquier trabajo que interactúe conclientes, es la determinación de los precios que se cobran por las laboresrealizadas. Señalábamos los dilemas que surgen desde el punto de vistaético, cuando el ingeniero se aprovecha del poco conocimiento de sucliente para cobrarle de más.

Sin embargo, decíamos también que ocurre un problema, esta vez en relacióna sus pares, si el Tecnólogo adopta la actitud opuesta. En otras palabras,

puede resultar tan injusto el cobrar de más como el cobrar de menos, puesen este último caso quienes se verán perjudicados serán los demásprofesionales del rubro, que cobrarán lo que corresponde, pero que, a ojos delcliente, presentarán precios mayores.

-   Engaño a los Pares

 Así como existen algunos profesionales que se aprovechan de susclientes por el escaso conocimiento de estos últimos, también hay casos enlos que el tecnólogo saca provecho de dicha ventaja en relación a sus jefes, agerencia o a sus mismos colegas.

De esta manera, cuando el tecnólogo recibe una tarea que debe cumplir, puedeextender los plazos necesarios o justificar errores frente a personas queno poseen el conocimiento técnico que se requeriría para cuestionarlos oexigirles mayor eficiencia.

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4. En La Relación Con La Sociedad

-   Electrónica: abusos de información

La dimensión informática de la electrónica presenta serios desafíos en

relación a la integridad ética que debe poseer un Tecnólogo de estaespecialidad. Ello, pues el manejo de ciertos datos supone en muchasocasiones, una necesaria discreción y confidencialidad por parte delelectrónico encargado de manejar un determinado sistema. Así ocurre,por ejemplo, cuando el trabajo del Tecnólogo consiste en administrar datosparticulares o registros personales de clientes.

Sin embargo, muchos casos se han dado en los que, sacando provecho dellibre acceso que el profesional tiene a estos datos, abusa de ellos en beneficiopropio. Ejemplo de ello es la clonación de tarjetas de crédito o los fraudesrealizados con la obtención de datos en empresas telefónicas.

En estos casos, lo que se presenta en términos de ética profesional sonproblemas de invasión de la privacidad y de falta de confidencialidad enla información, pasándose a llevar la confianza de las personas. El problemapasa a ser más grave si tomamos en cuenta que los perjudicados no sólo seránla empresa en la que trabaja el ingeniero o, directamente, sus clientes, sino quetambién, la sociedad en su conjunto. Ello, si tomamos en cuenta que,finalmente, los fraudes iniciados por abusos de información se realizanluego hacia la sociedad, que cada vez se siente más amenazada en suintimidad.

Es deber del ingeniero, por lo tanto, cooperar con la protección de la

intimidad de sus clientes, lo que redundará, finalmente, en beneficio de todos.-   Mecánica: engaños y fraudes

Conocidos son los casos en los que algunos ingenieros mecánicoscolaboran con sus clientes para engañar las fiscalizaciones de automóviles.Ello ocurre, especialmente, para el caso de la revisión técnica. En dichoscasos, el mecánico ayuda a su cliente, ya sea modificando el vehículoúnicamente para pasar la revisión –y posteriormente dejándolo comoantes-, o bien dejando pasar una revisión que no debió haber sido aprobada.

Por otra parte, se dan casos también en los que el mecánico

reacondiciona al automóvil, sabiendo a priori que dichas modificaciones estánlegalmente prohibidas.

IV. Caso EmblemáticoKevin Mitnick, el hacker más famoso de todos los tiempos.

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Nacido en agosto de 1963 en California, la carrera de hacker de Kevin Mitnickcomenzó a los 16 años, cuando obsesionado por las redes decomputadoras, rompió la seguridad del sistema administrativo de sucolegio.

No lo hizo para alterar sus notas, sino "sólo para mirar". Comenzó como

infractor de la ley en 1981. Junto a dos amigos, entró físicamente a lasoficinas de COSMOS de Pacific Bell, una base de datos utilizada por la mayor parte de las compañías telefónicas norteamericanas, para controlar elregistro de llamadas. Una vez dentro de las oficinas obtuvieron la listade claves de seguridad, la combinación de las puertas de acceso devarias sucursales y varios manuales del sistema. La información robadatenía un valor equivalente a los 200 mil dólares. Los jóvenes fueron delatados,pero no llegaron a ser arrestados.

Durante un tiempo intentó un cambio de vida y buscó trabajo en el SecurityPacific Bank como encargado de la seguridad, pero el banco lo rechazó por susantecedentes penales. En venganza, Mitnick falsificó un balance general de laentidad donde se mostraban supuestas pérdidas por 400 millones de dólares.

Entre sus agraviados, se incluyen corporaciones como Motorola, Novell,Nokia y Sun Microsystems, el FBI, el Pentágono y la Universidad de SouthernCalifornia. Se convirtió en un símbolo entre la comunidad internacional dehackers, después de que el FBI lo investigara y persiguierainfructuosamente durante tres años.

Su captura se produjo en 1995, cuando los investigadores rastrearon sushuellas hasta llegar a un departamento en Carolina del Norte. Más tarde,en enero de 2000, Kevin salió en libertad condicional, pero un juez leprohibió usar equipos informáticos durante tres años.

 A partir de ese momento, Mitnick adoptó una nueva vida. Hoy lidera supropia consultora corporativa, es el orador principal en numerososacontecimientos de la industria y escribe para importantes mediosinternacionales ostentando la fórmula de su éxito: cómo pasar de ser “ElChacal de la Red”, a un animalito doméstico de las corporaciones.

Este caso nos muestra cómo la tecnología, indispensable para el buendesarrollo de cualquier país, puede pasar también a ser nociva, dependiendodel uso que el hombre le dé. Bien sabemos que la tecnología es unaherramienta neutra, que puede ser usada para bien o para mal por el

hombre, único ser capaz de darle a las cosas una dimensión ética, y dehacerlas buenas o malas. En este caso específico, Mitnick usó susconocimientos para beneficio personal, produciendo a la vez un daño apersonas, empresas, y finalmente a la sociedad toda, convirtiendo a labeneficiosa tecnología en un elemento dañino e invasor.

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V. Anexos

CÓDIGO DE ÉTICA PARA EL EJERCICIO DE LA INGENIERIA EN

GENERAL Y SUS PROFESIONES AFINES Y AUXILIARES (LEY 842 DE2003)

ARTÍCULO 29. POSTULADOS ÉTICOS DEL EJERCICIO PROFESIONAL.  Elejercicio profesional de la Ingeniería en todas sus ramas, de sus profesionesafines y sus respectivas profesiones auxiliares, debe ser guiado por criterios,conceptos y elevados fines, que propendan a enaltecerlo; por lo tanto deberáestar ajustado a las disposiciones de las siguientes normas que constituyen suCódigo de Ética Profesional.

PARÁGRAFO. El Código de Ética Profesional adoptado mediante la presenteley será el marco del comportamiento profesional del ingeniero en general, de

sus profesionales afines y de sus profesionales auxiliares y su violación serásancionada mediante el procedimiento establecido en el presente título.

ARTÍCULO 30.  Los ingenieros, sus profesionales afines y sus profesionalesauxiliares, para todos los efectos del Código de Ética Profesional y su RégimenDisciplinario contemplados en esta ley, se denominarán "Los profesionales".

CAPITULO II.

DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS PROFESIONALES.

ARTÍCULO 31. DEBERES GENERALES DE LOS PROFESIONALES.   Son

deberes generales de los profesionales los siguientes:

a) Cumplir con los requerimientos, citaciones y demás diligencias que formule uordene el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería respectivo o cualquierade sus Consejos Seccionales o Regionales;

b) Custodiar y cuidar los bienes, valores, documentación e información que por razón del ejercicio de su profesión, se le hayan encomendado o a los cualestenga acceso; impidiendo o evitando su sustracción, destrucción, ocultamientoo utilización indebidos, de conformidad con los fines a que hayan sidodestinados;

c) Tratar con respeto, imparcialidad y rectitud a todas las personas con quienestenga relación con motivo del ejercicio de la profesión;

Nota: Sentencia C-570 de 2004, Corte Constitucional. El Literal c)declarado INEXEQUIBLE.

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d) Registrar en el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería respectivo o enalguno de sus Consejos Seccionales o Regionales, su domicilio o dirección dela residencia y teléfono, dando aviso oportuno de cualquier cambio;

Nota: Sentencia C-570 de 2004, Corte Constitucional. El Literal d)declarado INEXEQUIBLE.

e) Permitir el acceso inmediato a los representantes del Consejo ProfesionalNacional de Ingeniería respectivo y autoridades de policía, a los lugares dondedeban adelantar sus investigaciones y el examen de los libros, documentos ydiligencias correspondientes, así como prestarles la necesaria colaboraciónpara el cumplido desempeño de sus funciones;

f) Denunciar los delitos, contravenciones y faltas contra este Código de Ética,de que tuviere conocimiento con ocasión del ejercicio de su profesión,aportando toda la información y pruebas que tuviere en su poder;

g) Los demás deberes incluidos en la presente ley y los indicados en todas las

normas legales y técnicas relacionados con el ejercicio de su profesión.

ARTÍCULO 32. PROHIBICIONES GENERALES A LOS PROFESIONALES.Son prohibiciones generales a los profesionales:

a) Nombrar, elegir, dar posesión o tener a su servicio, para el desempeño deun cargo privado o público que requiera ser desempeñado por profesionales dela ingeniería o alguna de sus profesiones afines o auxiliares, en formapermanente o transitoria, a personas que ejerzan ilegalmente la profesión;

b) Permitir, tolerar o facilitar el ejercicio ilegal de las profesiones reguladas por esta ley;

c) Solicitar o aceptar comisiones en dinero o en especie por concepto deadquisición de bienes y servicios para su cliente, sociedad, institución, etc.,para el que preste sus servicios profesionales, salvo autorización legal ocontractual;

d) Ejecutar actos de violencia, malos tratos, injurias o calumnias contrasuperiores, subalternos, compañeros de trabajo, socios, clientes o funcionariosdel Consejo Profesional Nacional de Ingeniería respectivo o alguno de susConsejos Regionales o Seccionales;

Nota: Sentencia C-570 de 2004, Corte Constitucional. El Literal d)declarado CONDICIONALMENTE EXEQUIBLE, "... en el entendido de quelas conductas descritas no son sancionables cuando se cometanrespecto de un colega o socio en un contexto ajeno al ámbitoprofesional".

e) Ejecutar en el lugar donde ejerza su profesión, actos que atenten contra lamoral y las buenas costumbres;

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Nota: Sentencia C-570 de 2004, Corte Constitucional. El Literal e)declarado INEXEQUIBLE.

f) El reiterado e injustificado incumplimiento de las obligaciones civiles,comerciales o laborales, que haya contraído con ocasión del ejercicio de suprofesión o de actividades relacionadas con este;

g) Causar, intencional o culposamente, daño o pérdida de bienes, elementos,equipos, herramientas o documentos que hayan llegado a su poder por razóndel ejercicio de su profesión;

h) Proferir, en actos oficiales o privados relacionados con el ejercicio de laprofesión, expresiones injuriosas o calumniosas contra el Consejo ProfesionalNacional de Ingeniería, los miembros de la Junta de Consejeros o susfuncionarios; contra cualquier autoridad relacionada con el ámbito de laingeniería o contra alguna de sus agremiaciones o sus directivas;

Nota: Sentencia C-570 de 2004, Corte Constitucional. El Literal h)

declarado INEXEQUIBLE.

i) Incumplir las decisiones disciplinarias que imponga el Consejo ProfesionalNacional de Ingeniería respectivo u obstaculizar su ejecución;

 j) Solicitar o recibir directamente o por interpuesta persona, gratificaciones,dádivas o recompensas en razón del ejercicio de su profesión, salvoautorización contractual o legal;

k) Participar en licitaciones, concursar o suscribir contratos estatales cuyoobjeto esté relacionado con el ejercicio de la ingeniería, estando incurso enalguna de las inhabilidades e incompatibilidades que establece la Constitucióny la ley;

l) Las demás prohibiciones incluidas en la presente ley y normas que lacomplementen y reglamenten.

ARTÍCULO 33. DEBERES ESPECIALES DE LOS PROFESIONALES PARACON LA SOCIEDAD. Son deberes especiales de los profesionales para con lasociedad:

a) Interesarse por el bien público, con el objeto de contribuir con susconocimientos, capacidad y experiencia para servir a la humanidad;

<Jurisprudencia Vigencia>Nota: Sentencia C-570 de 2004, Corte Constitucional. El Literal a)declarado INEXEQUIBLE.

b) Cooperar para el progreso de la sociedad, aportando su colaboraciónintelectual y material en obras culturales, ilustración técnica, ciencia aplicada einvestigación científica;

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Nota: Sentencia C-570 de 2004, Corte Constitucional. El Literal b)declarado INEXEQUIBLE.

c) Aplicar el máximo de su esfuerzo en el sentido de lograr una clara expresiónhacia la comunidad de los aspectos técnicos y de los asuntos relacionados consus respectivas, profesiones y su ejercicio;

Nota: Sentencia C-570 de 2004, Corte Constitucional. El Literal c)declarado INEXEQUIBLE.

d) Estudiar cuidadosamente el ambiente que será afectado en cada propuesta(sic) de tarea (sic), evaluando los impactos ambientales en los ecosistemasinvolucrados, urbanizados o naturales, incluido el entorno socioeconómico,seleccionando la mejor alternativa para contribuir a un desarrolloambientalmente sano y sostenible, con el objeto de lograr la mejor calidad devida para la población;

e) Rechazar toda clase de recomendaciones en trabajos que impliquen daños

evitables para el entorno humano y la naturaleza, tanto en espacios abiertos,como en el interior de edificios, evaluando su impacto ambiental, tanto en cortocomo en largo plazo;

f) Ejercer la profesión sin supeditar sus conceptos o sus criterios profesionalesa actividades partidistas;

g) Ofrecer desinteresadamente sus servicios profesionales en caso decalamidad pública;

h) Proteger la vida y salud de los miembros de la comunidad, evitando riesgosinnecesarios en la ejecución de los trabajos;

i) Abstenerse de emitir conceptos profesionales, sin tener la convicciónabsoluta de estar debidamente informados al respecto;

 j) Velar por la protección de la integridad del patrimonio nacional.

ARTÍCULO 34. PROHIBICIONES ESPECIALES A LOS PROFESIONALESRESPECTO DE LA SOCIEDAD.   Son prohibiciones especiales a losprofesionales respecto de la sociedad:

a) Ofrecer o aceptar trabajos en contra de las disposiciones legales vigentes, o

aceptar tareas que excedan la incumbencia que le otorga su título y su propiapreparación;

b) Imponer su firma, a título gratuito u oneroso, en planos, especificaciones,dictámenes, memorias, informes, solicitudes de licencias urbanísticas,solicitudes de licencias de construcción y toda otra documentación relacionadacon el ejercicio profesional, que no hayan sido estudiados, controlados oejecutados personalmente;

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c) Expedir, permitir o contribuir para que se expidan títulos, diplomas,matrículas, tarjetas de matrícula profesional; certificados de inscripciónprofesional o tarjetas de certificado de inscripción profesional y/o certificados devigencia de matrícula profesional, a personas que no reúnan los requisitoslegales o reglamentarios para ejercer estas profesiones o no se encuentrendebidamente inscritos o matriculados;

d) Hacer figurar su nombre en anuncios, membretes, sellos, propagandas ydemás medios análogos junto con el de personas que ejerzan ilegalmente laprofesión;

e) iniciar o permitir el inicio de obras de construcción sin haber obtenido de laautoridad competente la respectiva licencia o autorización.

ARTÍCULO 35. DEBERES DE LOS PROFESIONALES PARA CON LADIGNIDAD DE SUS PROFESIONES.   Son deberes de los profesionales dequienes trata este Código para con la dignidad de sus profesiones:

a) Contribuir con su conducta profesional y con todos los medios a su alcancepara que en el consenso público se preserve un exacto concepto de estasprofesiones, de su dignidad y del alto respeto que merecen;

Nota: Sentencia C-570 de 2004, Corte Constitucional. El Literal b)declarado INEXEQUIBLE.

b) Respetar y hacer respetar todas las disposiciones legales y reglamentarasque incidan en actos de estas profesiones, así como denunciar todas sustransgresiones;

c) Velar por el buen prestigio de estas profesiones;

d) Sus medios de propaganda deberán ajustarse a las reglas de la prudencia yal decoro profesional, sin hacer uso de medios de publicidad con avisosexagerados que den lugar a equívocos sobre su especialidad o idoneidadprofesional.

ARTÍCULO 36. PROHIBICIONES A LOS PROFESIONALES RESPECTO DELA DIGNIDAD DE SUS PROFESIONES. Son prohibiciones a los profesionalesrespecto de la dignidad de sus profesiones:

a) Recibir o conceder comisiones, participaciones u otros beneficios ilegales o

injustificados con el objeto de gestionar, obtener o acordar designaciones deíndole profesional o la encomienda de trabajo profesional.

ARTÍCULO 37. DEBERES DE LOS PROFESIONALES PARA CON SUSCOLEGAS Y DEMÁS PROFESIONALES.  Son deberes de los profesionalespara con sus colegas y demás profesionales de la ingeniería:

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a) Abstenerse de emitir públicamente juicios adversos sobre la actuación dealgún colega, señalando errores profesionales en que presuntamente hayaincurrido, a no ser de que ello sea indispensable por razones ineludibles deinterés general o, que se le haya dado anteriormente la posibilidad dereconocer y rectificar aquellas actuaciones y errores, haciendo dichoprofesional caso omiso de ello;

b) Obrar con la mayor prudencia y diligencia cuando se emitan conceptos sobrelas actuaciones de los demás profesionales;

c) Fijar para los colegas que actúen como colaboradores o empleados suyos,salarios, honorarios, retribuciones o compensaciones justas y adecuadas,acordes con la dignidad de las profesiones y la importancia de los servicios queprestan;

Nota: Sentencia C-570 de 2004, Corte Constitucional. El Literal c)declarado CONDICIONALMENTE EXEQUIBLE " ... en el entendido de que,para efectos disciplinarios, al definir si la retribución es justa y adecuada

en cada caso la autoridad deberá tener como único parámetro de juiciotodas las normas jurídicas vigentes, aplicables a la relación que seexamina".

d) Respetar y reconocer la propiedad intelectual de los demás profesionalessobre sus diseños y proyectos.

ARTÍCULO 38. PROHIBICIONES A LOS PROFESIONALES RESPECTO DESUS COLEGAS Y DEMÁS PROFESIONALES.   Son prohibiciones a losprofesionales, respecto de sus colegas y demás profesionales de la ingeniería:

a) Utilizar sin autorización de sus legítimos autores y para su aplicación entrabajos profesionales propios, los estudios, cálculos, planos, diseños ysoftware y demás documentación perteneciente a aquellos, salvo que la tareaprofesional lo requiera, caso en el cual se deberá dar aviso al autor de talutilización;

b) Difamar, denigrar o criticar injustamente a sus colegas, o contribuir en formadirecta o indirecta a perjudicar su reputación o la de sus proyectos o negocioscon motivo de su actuación profesional;

c) Usar métodos de competencia desleal con los colegas;

d) Designar o influir para que sean designados en cargos técnicos que debanser desempeñados por los profesionales de que trata el presente Código, apersonas carentes de los títulos y calidades que se exigen legalmente;

e) Proponer servicios con reducción de precios, luego de haber conocido laspropuestas de otros profesionales;

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Nota: Sentencia C-570 de 2004, Corte Constitucional. La CorteConstitucional se declaró INHIBIDA de fallar sobre este literal por ineptitud de la demanda.

f) Revisar trabajos de otro profesional sin conocimiento y aceptación previa delmismo, a menos que este se haya separado completamente de tal trabajo.

Nota: Sentencia C-570 de 2004, Corte Constitucional. La CorteConstitucional se declaró INHIBIDA de fallar sobre este literal por ineptitud de la demanda.

ARTÍCULO 39. DEBERES DE LOS PROFESIONALES PARA CON SUSCLIENTES Y EL PÚBLICO EN GENERAL.  Son deberes de los profesionalespara con sus clientes y el público en general:

a) Mantener el secreto y reserva, respecto de toda circunstancia relacionadacon el cliente y con los trabajos que para él se realizan, salvo obligación legalde revelarla o requerimiento del Consejo Profesional respectivo;

Nota: Sentencia C-570 de 2004, Corte Constitucional. La CorteConstitucional se declaró INHIBIDA de fallar sobre este literal por ineptitud de la demanda.

b) Manejar con honestidad y pulcritud los fondos que el cliente le confiare condestino a desembolsos exigidos por los trabajos a su cargo y rendir cuentasclaras, precisas y frecuentes. Todo ello independientemente y sin perjuicio delo establecido en las leyes vigentes;

c) Dedicar toda su aptitud y atender con la mayor diligencia y probidad, losasuntos encargados por su cliente;

d) Los profesionales que dirijan el cumplimiento de contratos entre sus clientesy terceras personas, son ante todo asesores y guardianes de los intereses desus clientes y en ningún caso, les es lícito actuar en perjuicio de aquellosterceros.

ARTÍCULO 40. PROHIBICIONES A LOS PROFESIONALES RESPECTO DESUS CLIENTES Y EL PÚBLICO EN GENERAL.   Son prohibiciones a losprofesionales respecto de sus clientes y el público en general:

a) Ofrecer la prestación de servicios cuyo objeto, por cualquier razón de orden

técnico, jurídico, reglamentario, económico o social, sea de dudoso o imposiblecumplimiento, o los que por circunstancias de idoneidad personal, no pudieresatisfacer;

b) Aceptar para su beneficio o el de terceros, comisiones, descuentos,bonificaciones u otras análogas ofrecidas por proveedores de equipos,insumos, materiales, artefactos o estructuras, por contratistas y/o por otraspersonas directamente interesadas en la ejecución de los trabajos queproyecten o dirijan, salvo autorización legal o contractual.

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ARTÍCULO 41. DEBERES DE LOS PROFESIONALES QUE SEDESEMPEÑEN EN CALIDAD DE SERVIDORES PÚBLICOS O PRIVADOS.Son deberes de los profesionales que se desempeñen en funciones públicas oprivadas, los siguientes:

a) Actuar de manera imparcial, cuando por las funciones de su cargo público o

privado, sean responsables de fijar, preparar o evaluar pliegos de condicionesde licitaciones o concursos;

b) Los profesionales que se hallen ligados entre sí por razón de jerarquía, yasea en la administración pública o privada, se deben mutuamente,independiente y sin perjuicio de aquella relación, el respeto y el trato impuestopor su condición de colegas.

Nota: Sentencia C-570 de 2004, Corte Constitucional. El Literal b)declarado INEXEQUIBLE.

ARTÍCULO 42. PROHIBICIONES A LOS PROFESIONALES QUE SE

DESEMPEÑEN EN CALIDAD DE SERVIDORES PÚBLICOS O PRIVADOS.Son prohibiciones a los profesionales que se desempeñen en funcionespúblicas o privadas, las siguientes:

a) Participar en el proceso de evaluación de tareas profesionales de colegas,con quienes se tuviese vinculación de parentesco, hasta el grado fijado por lasnormas de contratación pública, o vinculación societaria de hecho o dederecho. La violación de esta norma se imputará también al profesional queacepte tal evaluación;

b) Los profesionales superiores jerárquicos, deben abstenerse de proceder enforma que desprestigie o menoscabe a los profesionales que ocupen cargossubalternos al suyo;

Nota: Sentencia C-570 de 2004, Corte Constitucional. El Literal b)declarado INEXEQUIBLE.

c) Cometer, permitir o contribuir a que se cometan actos de injusticia enperjuicio de otro profesional, tales como destitución, reemplazo, disminución decategoría, aplicación de penas disciplinarias, sin causa demostrada y justa.

Nota: Sentencia C-570 de 2004, Corte Constitucional. El Literal c)declarado INEXEQUIBLE.

ARTÍCULO 43. DEBERES DE LOS PROFESIONALES EN LOSCONCURSOS O LICITACIONES.   Son deberes de los profesionales en losconcursos o licitaciones:

a) Los profesionales que se dispongan a participar en un concurso o licitaciónpor invitación pública o privada y consideren que las bases pudieren transgredir las normas de la ética profesional, deberán denunciar ante el ConsejoProfesional respectivo la existencia de dicha transgresión;

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b) Los profesionales que participen en un concurso o licitación están obligadosa observar la más estricta disciplina y el máximo respeto hacia los miembrosdel jurado o junta de selección, los funcionarios y los demás participantes.

Nota: Sentencia C-570 de 2004, Corte Constitucional. El Literal b) declaradoINEXEQUIBLE.

ARTÍCULO 44. DE LAS PROHIBICIONES A LOS PROFESIONALES EN LOSCONCURSOS O LICITACIONES.  Son prohibiciones de los profesionales enlos concursos o licitaciones:

a) Los profesionales que hayan actuado como asesores de la parte contratanteen un concurso o licitación deberán abstenerse de intervenir directa oindirectamente en las tareas profesionales requeridas para el desarrollo deltrabajo que dio lugar al mismo, salvo que su intervención estuviese establecidaen las bases del concurso o licitación.

Nota: Sentencia C-570 de 2004, Corte Constitucional. La Corte Constitucional se

declaró INHIBIDA de fallar sobre este literal por ineptitud de la demanda.

CAPITULO III.

DE LAS INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES DE LOSPROFESIONALES EN EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN.

ARTÍCULO 45. RÉGIMEN DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADESQUE AFECTAN EL EJERCICIO.   Incurrirán en faltas al régimen deinhabilidades e incompatibilidades y por lo tanto se les podrán imponer lassanciones a que se refiere la presente ley:

a) Los profesionales que actúen simultáneamente como representantestécnicos o asesores de más de una empresa que desarrolle idénticasactividades y en un mismo tema, sin expreso consentimiento y autorización delas mismas para tal actuación;

b) Los profesionales que en ejercicio de sus actividades públicas o privadashubiesen intervenido en determinado asunto, no podrán luego actuar oasesorar directa o indirectamente a la parte contraria en la misma cuestión;

Nota: Sentencia C-570 de 2004, Corte Constitucional. La Corte Constitucional sedeclaró INHIBIDA de fallar sobre este literal por ineptitud de la demanda.

c) Los profesionales no deben intervenir como peritos o actuar en cuestionesque comprendan las inhabilidades e incompatibilidades generales de ley.

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VI. Fuentes de Información

a). Colaboradores

Tecnólogos En Mantenimiento de Equipos de Cómputo, Diseño e Instalaciónde Cableado Estructurado.

Instructora: Consuelo Gallego

b.) Páginas Web

www.ingenieros.cl: Sitio del Colegio de Ingenieros de Chile, creado en 1958.Es la institución que representa a los ingenieros chilenos, que los integra

en sus actividades, que recoge sus inquietudes, aspiraciones y problemas,y promueve la participación de ingenieros recién egresados y deestudiantes de ingeniería de los últimos años. El Colegio de Ingenieroses una red de contactos profesionales y sociales, actuales y potenciales;es un espacio de participación y de opinión, para intercambiar experiencias profesionales y humanas.

http://www.copnia.gov.co: Consejo Profesional Nacional de Ingeniería(COPNIA)

Miembros del Consejo Nacional:El Presidente - Delegado del Sr. Ministro de Transporte.

Ing. Juan David Barahona Rebolledo - Delegado de la Ministra de Transporte

Ing. José Ismael Peña Reyes - Decano Facultad deIngeniería Universidad Nacional

Ing. Diana María Espinosa Bula - Presidente Sociedad Colombiana deIngenieros.

Ing. Carlos Alberto Soto Rave, Delegado del Ministro de Agricultura

Fabio Garavito Neira, Presidente de la Asociación Colombiana de Agrologos- ACOAGRO

Ing. Rubén Darío Ochoa Arbeláez, Decano de la Facultad de Ingeniería de laFundación Universitaria Agraria de Colombia.

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Funcionarios Directivos:

Director General: Carlos Alberto Jaramillo Jaramillo Jefe de

Control Interno: Martha Cecilia Franco García Subdirectora

Administrativa y Financiera: Luz Marina RestrepoTrejos

Subdirector Jurídico: José Olegario Nemeth Esquinas.