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ELAB.: W.PEREZ REV.: K.SWENNOSEN APROB.: F.PACHECO.
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MANUAL DE SEGURIDAD DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS
FORESTAL MININCO S.A.
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1. INTRODUCCIÓN ..................................................................................................................................... 3
2. TERMINOLOGÍA ..................................................................................................................................... 4
3. DEFINICIÓN DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES BÁSICAS DEL OPERADOR Y DEL PERSONAL, EN MATERIA DE SEGURIDAD Y RIESGOS. ............................................................... 6
3.1.Serán de responsabilidad del personal que opera el surtidor las acciones indicadas a continuación: ................... 7
3.2.Responsabilidades del Experto en Prevención de Riesgos empresa de servicio: .................................................... 9
3.3.Responsabilidades de la EESS operadora del Surtidor de Combustibles Líquidos:............................ 10
5. DE LA SUPERVISIÓN DE LAS OPERACIONES (Jefe Faena / Supervisor) .................................... 11
6. PROCEDIMIENTO DE TRABAJO SEGURO EN INSTALACIONES DE COMBUSTIBLES LIQUIDOS 13
8. PLAN DE MANTENIMIENTO E INSPECCIÓN DE LA INSTALACIÓN ............................................... 16
8.1 Mantención de Equipos Críticos y No Críticos............................................................................... 16
8.4 Procedimiento para la mantención de equipos críticos y no críticos ............................................. 18
9. RELACIONES CON CONTRATISTAS EN ASPECTOS DE SEGURIDAD Y DURANTE EMERGENCIAS ......................................................................................................................................... 19
9.1. Planes de Emergencia. ................................................................................................................. 19
10. PROCEDIMIENTOS PARA OTORGAR PERMISOS PARA REALIZAR TRABAJOS DE CONSTRUCCIÓN, MANTENIMIENTO E INSPECCIÓN ........................................................................... 20
10.1 De los trabajos de construcción y mantenimiento ......................................................................... 20
10.1.1 Responsabilidades ........................................................................................................................... 20
10.1.2 Normativa legal ............................................................................................................................... 20
11. INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES ...................................................................................................... 22
13. PROHIBICIONES A TODO EL PERSONAL ........................................................................................ 24
14. NORMAS ESPECIALES (Faltas y Sanciones): ............................................................................. 24
Anexos ....................................................................................................................................................... 25
AN – 1 Instructivo carga de Combustibles Líquidos. ............................................................................ 25
AN – 2 Instructivo de descarga de Combustibles Líquidos. ................................................................ 25
AN – 3 Instructivo de descarga de Combustibles Líquidos en Aeronaves. ....................................... 25
ANEXO 2: Instructivo de descarga de combustibles líquidos ............................................................. 27
Anexo 3: Instructivo de descarga de combustibles en aeronaves. ..................................................... 30
3. Generalidades: ...................................................................................................................................... 30
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1. INTRODUCCIÓN
Este reglamento establece los requisitos mínimos de seguridad que deben cumplir las instalaciones de
combustibles líquidos (CL) derivados del petróleo, biocombustibles y las operaciones asociadas a la
producción, refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles
líquidos que se realicen en las instalaciones de Forestal Mininco S.A., así como las obligaciones de las
personas naturales y jurídicas que intervienen en dichas operaciones, a objeto de desarrollar las
actividades en forma segura, controlando el riesgo de manera que no constituyan peligro para las
personas y/o materiales.
La finalidad de este Manual de Seguridad de Combustibles Líquidos (MSCL), es establecer
procedimientos o conductas generales de seguridad y prevención de riesgos, que teniendo carácter de
obligatorias, servirán de guía en el diario actuar en aquellas instalaciones de combustibles líquidos que
operan las empresas de servicio ubicados en los predios de Forestal Mininco S.A.
Este manual se ha elaborado, en consideración a lo indicado en el DS N” 160 Reglamento de Seguridad
para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte y almacenamiento,
distribución y abastecimiento de combustibles líquidos, Articulo 18, donde se indica que los operadores
de las instalaciones de combustibles líquidos de almacenamiento para consumo y abastecimiento a
vehículos, naves y envases deberán contar con un Manual de Seguridad de Combustibles Líquidos.
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2. TERMINOLOGÍA
Incidente: Evento no deseado relacionado con el trabajo, en el (los) que ocurrió o pudo haber ocurrido daño a personas (lesiones o daño a la salud), propiedad, medio ambiente y/o imagen de la empresa.
Abandono: Dar termino definitivo a la operación de una Instalación de combustibles líquidos.
Accidente: Suceso eventual que altera el orden regular de la actividad asociada a una instalación de CL, que genera un daño a las personas y/o las cosas.
Camión estanque: Vehículo que cuenta con un estanque destinado al transporte de combustible liquido, sean estos camiones rígidos, remolques, semiremolques o combinaciones de ellos.
Área Clasificada: Es aquella zona implementada con medidas de seguridad especiales para impedir la ignición de polvos, vapores o gases.
Dispensador: Unidad de suministro de combustible liquido con motobomba remota, generalmente en el interior del tanque en la estación de servicio.
Combustible Liquido (CL): Hidrocarburos puros o mezclados, en estado liquido, a temperatura de 37,8 ºC (100 ºF) y presión máxima absoluta de 275 KPa (39,8 psi), que se utilizan para generar energía por medio de la combustión o para otros fines Industriales e incluyen los biocombustibles.
Planos As Built: Planos de construcción con las correspondientes modificaciones finales.
Surtidor: Unidad de suministro de combustible liquido con bomba incorporada en el artefacto en las estaciones de servicio.
Fuente de ignición: Todo elemento o dispositivo, que por su modo de uso u operación es capaz de proveer la energía térmica necesaria para encender mezclas de vapores de combustibles en el aire.
Punto de Inflamación: Temperatura mínima, medida en el líquido, a la cual el combustible liquido
Hidrocarburo: Cada uno de los componentes químicos resultantes de la combinación del carbono con el hidrogeno.
Propietario: Persona (s) natural (es) o jurídica (s) que tiene derecho de dominio sobre una o mas instalaciones de combustibles líquidos.
Riesgo: Probabilidad de ocurrencia de un suceso que puede causar daño y también, el grado de severidad del mismo.
Instalación de Combustible Liquido: Bien mueble o inmueble destinado a realizar las operaciones de refinación, producción, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustible liquido.
Mantenimiento: Conjunto de operaciones y cuidados necesarios para que las instalaciones de combustible liquido se conserven y funcionen adecuadamente.
MSCL: Manual de Seguridad de Combustibles Líquidos.
Modificación: Variación introducida a una instalación de combustible liquido respecto de la inscripción de la misma en la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC).
Operador: Persona natural o jurídica, que administra una instalación de CL a cualquier título, sea concesionario, consignatario, arrendatario, mero tenedor u otro.
Manual de Seguridad Combustibles Líquidos: Documento formalizado por el operador que contempla actividades sistemáticas, debidamente formalizadas y documentadas, destinadas a controlar o eliminar
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los riesgos de incidentes y daños a las personas o propiedad, que una organización se propone cumplir en un período determinado.
Reparación: Trabajo necesario para mantener o reestablecer una instalación o un componente de ella, a una condición adecuada para una operación segura.
Sistema de Recuperación de Vapor (SRV): Sistema diseñado para capturar y retener vapores desplazados durante operaciones de transferencia o llenado.
Seguridad: Condición en que se está libre de sufrir o causar un daño.
Unidad de Suministro de Combustible: Conjunto de elementos, dispensador o surtidor, que permiten el abastecimiento de combustible liquido, constituido, en general, por la pistola, mangueras, totalizador, medidor, bombas y motor, dispositivos de corte para prevención de derrames, separador y sistema recuperador de vapores de combustible líquidos, según corresponda.
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3. DEFINICIÓN DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES BÁSICAS DEL OPERADOR Y DEL PERSONAL, EN MATERIA DE SEGURIDAD Y RIESGOS.
Los propietarios y operadores son responsables de dar cumplimiento a las disposiciones establecidas en
este reglamento y demás disposiciones legales, reglamentarias y técnicas sobre la materia, debiendo
velar por el correcto diseño, construcción, operación, mantenimiento, reparación, modificación,
inspección y abandono de las instalaciones de combustible líquido.
Deben mantener las instalaciones en buen estado y en condiciones de impedir o reducir cualquier
filtración, emanación o residuo que pueda causar peligro, daños o molestias a las personas y/o
propiedad, cursos de aguas superficiales, subterráneas, lagos o mares (Art. 13° D.S. Nº 160/08).
Los operadores de las instalaciones de combustibles líquidos, deben velar por su correcta operación,
mantenimiento e inspección, a objeto de desarrollar las actividades en forma segura, eliminando o
controlando los eventuales riesgos que la operación presente para las personas y cosas (Art. 15° D.S. Nº
160/08).
El operador de las instalaciones de combustibles líquidos deberá contar, en materias de seguridad, con
un sistema de gestión de seguridad y riesgo así como también contar con la asesoría de un experto en
prevención de riesgos, en los términos establecidos en el Titulo III, Capitulo 1, párrafo 5 del D.S. Nº
160/08 "Del Experto Profesional y Técnico en Prevención de Riesgos". (Punto 3.2 de este documento)
El operador deberá mantener un archivo de planos “As Built” de las instalaciones que opera (Art. 20°
D.S. Nº 160/08).
El operador de las instalaciones de combustible líquido, deberá disponer de manuales que contengan
procedimientos para efectuar la operación, mantenimiento e inspección de las instalaciones, los que
deberán ser revisados anualmente y actualizados, si corresponde. (Art. 23 D.S. Nº 160/08)
El personal encargado de dichas actividades deberá conocer y estar capacitado en la ejecución de tales
procedimientos (Art. 23° D.S. Nº 160/08).
El operador deberá contar con un Plan de de Mantenimiento e Inspección, elaborado de acuerdo a las
disposiciones establecidas en el D.S. Nº 160/08 y demás disposiciones legales, reglamentarias y
técnicas sobre la materia. Los procedimientos de mantenimiento e inspección de las instalaciones
deberán ser parte del Sistema de Gestión de Seguridad y Riesgo.
Mientras las instalaciones se encuentren en servicio, el operador deberá llevar un registro, en el cual
conste el mantenimiento, reparación e inspección de los diversos equipos (Art. 24° D.S. Nº 160/08).
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3.1 Serán de responsabilidad del personal que opera el surtidor las acciones indicadas a continuación:
• Mantener el funcionamiento del expendio de combustible de acuerdo a las normas legales
vigentes y las contenidas en el presente Manual de Seguridad de Combustibles Líquidos (MSCL).
• Asegurar que el expendio de combustibles en aeronaves, equipos rodantes y/o vehículos se
realice bajo estrictas normas de seguridad que garanticen la integridad de los colaboradores,
bienes y medio ambiente.
• Instruir al personal para trabajar con seguridad en las operaciones.
• Velar porque se mantenga el lugar de trabajo limpio, ordenado y en condiciones ambientales
adecuadas; además, controlar el uso de vestuario y equipos de protección personal adecuados a
la labor.
• Investigar todos los incidentes del trabajo, corregir sus causas y realizar el seguimiento
correspondiente.
• Investigar a través de la Subgerencia de Seguridad y Salud Ocupacional, cualquier incidente que
ocurra en equipos, aeronaves o instalaciones y que estén relacionados con: explosión; incendio;
derrame de combustibles líquidos. En el caso de instalaciones de abastecimiento de combustibles
líquidos deberá informarse a la SEC todos los derrames superiores 5 M3 y/o 200 litros.; filtración de
tuberías enterradas; cualquier otro siniestro derivado del manejo de combustibles líquidos que
revista características de gravedad para las personas y/o el medio ambiente.
• Inspeccionar periódicamente los elementos de protección personal, disponiendo el reemplazo
inmediato de aquellos que se encuentren defectuosos.
• Paralizar o dejar fuera de servicio toda máquina o herramienta que se detecte como riesgo
potencial de incidente, o que haya sido causal de incidente, hasta que dicha condición insegura
quede subsanada.
• Inspeccionar en forma periódica de acuerdo a un calendario previamente establecido los equipos
críticos tales como: los extintores de incendio, recipientes con arena, detectores de fuga de
combustibles líquidos.
• El trabajador tiene la obligación de conocer y cumplir en todas sus partes las disposiciones
expresadas en el presente Manual de Seguridad de Combustibles Líquidos (MSCL)
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• Usar los elementos de protección personal que proporcione el administrador de la estación de
servicio, para el desarrollo de sus funciones.
• El personal encargado de la carga de combustibles líquidos, deberá, en todo momento, velar por
la seguridad de las personas que ingresen al recinto, evitando obstrucciones y/o derrames de
combustibles líquidos en las vías de circulación, en la zona de carga; además deberá extremar la
seguridad en las zonas peligrosas mediante barreras y/o señalizaciones de peligro, colocadas de
manera visible.
• Los pisos deberán mantenerse limpios y libres de obstrucciones o manchas de aceite o grasa, las
que en caso de derrame deberán ser rápidamente eliminadas.
• En la instalación de carga y descarga de combustible, el trabajador deberá cumplir con las normas
de seguridad que establece el presente Manual de Seguridad de Combustibles Líquidos (MSCL),
en especial, lo concerniente a:” NO FUMAR, APAGUE EL MOTOR”.
• La EESS a cargo del surtidor deberá mantener actualizado un archivo con los siguientes
documentos (o fotocopias):
v Inscripción de la Instalación en la SEC.
v Certificado de hermeticidad y matrices de riesgos.
v Croquis de la Zona de Carga de Combustible, indicando islas, tanques y sus
ventilaciones y Planos As Built.
v Análisis de riesgo de tanques.
v Certificado eléctrico.
v Registro de mantención surtidores.
v Registro mantención extintores.
v Manual de Operación y Seguridad para Instalaciones de Almacenamiento y Distribución.
v Manual de Seguridad Combustibles Líquidos (MSCL).
v Control diario y acumulado mensual de existencias y fluctuaciones de los combustibles
en el tanque de los últimos 12 meses (impreso).
v Capacitación a los supervisores en los procedimientos de operación segura y de
emergencia asesorados por el experto en prevención de riesgos o mutualidad adherida.
v Instructivo de Carga y Descarga de Camiones de Combustible Líquido.
v Procedimiento Manejo de Emergencia de Forestal Mininco S.A. que se encuentra
publicado en el SIGECE.
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v Instructivo de Derrame de Combustibles, Lubricantes y agroquímicos que se encuentra
publicado en el SIGECE.
v Instructivo de Emergencias por Aeronaves según corresponda, publicado en el SIGECE.
v Manual de Operaciones Aéreas según corresponda, publicado en el SIGECE
v Bases de Licitación de servicios de Combate de incendios con Aeronaves ( Helicópteros,
aviones cisterna, aviones de observación y coordinación) según corresponda, publicado
en el SIGECE
v Instructivo vivero- carguío mecanizado según corresponda, publicado en el SIGECE
v Plan de Emergencia en vivero Carlos Douglas según corresponda, publicado en el
SIGECE
v Plan de Emergencia en vivero Mañihuales según corresponda, publicado en el SIGECE
3.2 Responsabilidades del Experto en Prevención de Riesgos empresa de servicio:
Las instalaciones de carga y descarga de combustibles líquidos, deberán ser inspeccionadas en materia
de seguridad por un Experto Profesional en Prevención de Riesgos, registrado en la Autoridad Sanitaria.
Dependiendo del tipo de instalación el tiempo mínimo de inspección será el establecido en la siguiente
tabla:
Dentro sus actividades se debe considerar como mínimo lo siguiente:
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v Realizar inspecciones para verificar acciones y condiciones inseguras en la instalación y
recomendar medidas preventivas y correctivas. Deberá cumplir con las horas/mes según
indica el Art. 37 del D.S. Nº 160/08.
v Informar a la SEC todo incidente relacionado con los combustibles líquidos, tales como
explosión, atentado, incendio, volcamiento del vehiculo de transporte con o sin derrame,
derrames superiores a 200 litros y otros indicados en el Art. 32. del DS 160., estos
incidentes deberán ser informados cumpliendo con el Procedimiento de Reporte e
Investigación de Incidentes y/o de Comunicaciones de Forestal Mininco S.A. según
corresponda.
v Capacitar al personal que trabaje en el área de distribución de combustibles líquidos en
temas relativos a seguridad, salud y medio ambiente.
v Entrenar al personal en el uso de extintores y respuesta frente a emergencias.
v Deberá dejar constancia en el libro de inspección foliado de las visitas, el cual deberá estar
accesible en cualquier momento a los representantes de autoridades, debidamente
identificadas (Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Autoridad Sanitaria y
Ambiental, Inspección del Trabajo) y empresa mandante de requerirlo.
3.3 Responsabilidades de la EESS operadora del Surtidor de Combustibles Líquidos:
v Es responsable de supervisar el cumplimiento de las disposiciones del presente Manual,
asegurar la adecuada gestión de mantenimiento de las instalaciones, de supervisar la buena
operación de las instalaciones y equipos existentes en el recinto y supervisar que se efectúe
el mantenimiento de los equipos propios.
v Además es responsable de solicitar asistencia técnica y de seguridad al representante
comercial, según corresponda en caso de dudas para el correcto cumplimiento de la
operación de la Instalación.
v El apoyo a la supervisión de las operaciones la podrá realizar el Representante Comercial, a
través de visitas periódicas que éste efectúa a las instalaciones que se encuentran bajo su
responsabilidad operacional y comercial. En estas visitas se verificara el cumplimiento de
los estándares operacionales y de seguridad establecidos en el Manual de Seguridad de
Combustibles Líquidos.
v Mantener accesible el libro de visitas del Experto en Prevención de Riesgos en cualquier
momento a los representantes de autoridades, debidamente identificadas (Superintendencia
de Electricidad y Combustibles, Autoridad Sanitaria y Ambiental, Inspección del Trabajo) y
Empresa Mandante.
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v La persona entrenada en la operación de suministro, será el encargado de la carga de
combustibles líquidos en aeronaves (helicópteros, aviones cisterna, aviones de observación
y coordinación), equipos rodantes y/o vehículos, bajo las normas de seguridad contenidas
en el presente Manual de Seguridad de Combustibles Líquidos.
4. ORGANIGRAMA:
5. DE LA SUPERVISIÓN DE LAS OPERACIONES (Jefe Faena / Supervisor)
v Conocer el D.S. Nº 160/08, Procedimientos de Operaciones, Emergencia y Manual de Seguridad de Combustibles Líquidos.
v Controla y verifica el cumplimiento de los requisitos mínimos de seguridad de la instalación,
entre otras:
§ Unidades de suministro operativas y sin filtraciones.
§ Presencia de extintores con capacidad de extinción mínimo de 40BC certificados
y cargados.
§ Interruptores de emergencia operativos y funcionando.
§ Existencia de reglas de medición calibradas e identificadas.
v Durante la descarga controla:
§ Ausencia de fuentes de ignición a menos de 7 m.
§ Delimitación del área de durante la descarga.
§ Presencia de letreros de prevención y barreras de contención.
§ Verifica presencia de sellos en compartimientos del camión.
v Para el abastecimiento de Cl a vehículos , maquinas o envases controla:
EESS operadora del surtidor de
combustible.
Supervisor de EESS encargado del
Surtidor de combustible.
Expendedor
Experto en Prevención de Riesgos
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§ Que el vehículo detenga el motor y no existan personas fumando en su interior o
cercanía
§ No se abastezca vehículos o maquinarias con pasajeros en su interior.
§ El abastecimiento a envases sea de acuerdo a normativa vigente (tipo de CL,
cantidad y tipo de recipiente)
v Verifica los volúmenes y fluctuaciones de cada estanque enterrado y comunica al operador
de la instalación según corresponda.
v Reconoce, identifica y reporta los siguientes incidentes , accidentes y reclamos:
§ Contaminación de un combustible con otro.
§ Derrames de combustible liquidos superiores a 200 L
§ Filtración de CL en estanques, tuberías y pistolas
§ Daño o rotura de mangueras.
§ Incendio o inflamación en la instalación.
§ Presencia de fuentes de ignición.
v Conoce los protocolos de acción ante emergencias.
v Supervisar y capacitar al personal a cargo de abastecer combustible en aeronaves, equipos rodantes y/o vehículos en materias de procedimientos de operación segura y emergencias.
v Inspeccionar diariamente extintores, baldes con arena y uso de elementos de protección personal, corregir lo que este a su alcance y reportar a la empresa administradora de servicio lo que requiera corrección.
v Controlar a su personal que cumpla con los procedimientos establecidos propios y los que establezca la empresa mandante.
v Recepcionar los combustibles de acuerdo al procedimiento establecido propios, empresa abastecedora de combustible y la de aquellos que establezca la mandante.
v Verificar diariamente que las instalaciones del surtidor de combustible estén funcionando normalmente (surtidores o dispensadores, extintores (estado y ubicación), compresor (drenaje semanal), tablero eléctrico, baños etc.)
v El supervisor deberá acreditar educación media completa como mínimo, experiencia
suficiente en operaciones relacionadas con el manejo de combustible y capacitación en
prevención de riesgos y control de emergencia.
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6. PROCEDIMIENTO DE TRABAJO SEGURO EN INSTALACIONES DE COMBUSTIBLES LIQUIDOS
Con el propósito de establecer instructivos operacionales que identifiquen los riesgos, y garanticen el
desarrollo seguro de las tareas por parte de los empleados de la Instalación, Forestal Mininco S.A. ha
implementado instructivos como requisito mínimo que se deberá cumplir por la Empresa de Servicio
operadora del surtidor de combustible liquido:
v Instructivo de carga de combustibles Líquidos. Anexo 1.
Etapa Consecuencia Precaución./ Acción
Ingreso camión tanque
al sector donde se
encuentra ubicado el
surtidor de
combustible.
Colisión o choque con otros
vehículos, camiones y/o
Equipos Rodantes.
Solicitar al encargado de la descarga de combustible
que despeje el área en un radio de 7 metros alrededor
del camión y guiar en maniobra de ingreso a la
instalación, teniendo presente quedar en la posición más
fácil para salida de emergencia. Aplicar freno de mano.
Colocación de conos
y/o barreras.
Aproximación de personas y
vehículos a áreas de
descarga.
Colocar conos y/o barreras y advertir para evitar
aproximación de personas o vehículos alrededor de
ventilación, camión tanque y caño de carga del tanque.
Aproximación equipos
de emergencia.
Derrame y/o Incendio Colocar un balde con arena y dos extintores a unos 3
metros de las conexiones de la manguera de descarga.
Control de fuentes de
ignición.
Incendio Revisar que no haya fuentes de ignición a menos de 7
metros del caño de carga, 3 metros de las ventilaciones
y 7 metros del camión tanque.
Control capacidad del
estanque.
Derrame Verificar que el tanque de la instalación tenga capacidad
para recibir la totalidad del combustible del
comportamiento del camión o acoplado.
Control tipo de
combustible.
Contaminación Verificar que los colores distintivos de la etapa del
tanque de la instalación correspondan con el color del
sello del compartimiento del estanque del camión y
producto a descargar según factura o guía de despacho.
Verificar que el tanque del surtidor de combustible no
contenga agua.
Control flecha y sellos
domo del camión.
Caída Al subir y bajar escala del domo del camión, mantener
siempre tres puntos de contacto.
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Conexión de
Mangueras.
Electricidad estática Conectar mangueras primero a tanque de la instalación
y luego al tanque del camión (manguera recuperación de
gases primero al camión luego al tanque del surtidor.
Asegurar la conexión a tierra para continuidad eléctrica
entre el sistema de carga y el estanque ya sea a través
de las mangueras certificadas o conexión a tierra anexa,
permitiendo igualar sus potenciales eléctricos para evitar
generación de una chispa.
Descarga de
Combustible.
Fuego, Explosión Mantener cerradas escotillas del camión para evitar
problemas de explosión en caso de incendio, la entrada
de aire durante la descarga debe ser por la ventilación
accionada por la válvula de alivio de presión.
Derrame por rotura o
desacople de manguera de
descarga o sobrellenado del
tanque
Mantenerse al lado de la válvula de corte rápido del
camión para accionarla en caso de cualquier
anormalidad.
Contener con arena y adsorber cualquier derrame para
que no llegue a alguna alcantarilla publica.
Drenar manguera por surtidores antes de desconectar y
cerrar tapas.
Abandono del Surtidor
de Combustible.
Colisión o choque con otro
vehiculo, camión y/o Equipo
Rodante.
Solicitar al encargado de la descarga de combustible
que ayude a señalizar en maniobra de salida del camión
a la zona de transito de la planta.
Las tapas de los compartimientos del camión deben ir
cerradas durante el regreso para evitar la formación
mezclas explosivas.
Consideraciones:
El surtidor de combustible debe poseer para el abastecimiento de combustibles líquidos pistolas sin
traba para apertura y del tipo de corte automático.
Debe contar con un operador para velar que los usuarios no abastezcan de combustible líquido a
envases, debe estar instruido que hacer en caso de emergencia.
Debe contar con letreros que describan las instrucciones para operar correctamente las unidades de
suministro por parte del usuario.
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Controlar que el operador de equipos rodantes que se encuentre en el lugar cumpla con las
instrucciones.
v Instructivo de descarga de Combustibles Líquidos Anexo 2.
v Instructivo de descarga de Combustibles Líquidos Aeronaves Anexo 3
Etapa Consecuencia Precaución/Acción
Ingreso del Equipo
Rodante a sector del
surtidor de
Combustible.
Atropello Mantenerse en el lugar autorizado y estar atento al
sentido habitual del ingreso de cargadores. Indicar con
anticipación al conductor lugar de atención más
favorable para evitar movimientos posteriores
innecesarios.
Detención del Equipo
Rodante.
Movimiento del Equipo
Rodante.
Si el conductor se baja del Equipo Rodante, solicitar
aplique freno de estacionamiento y detener el motor.
Suministro de
combustible
Fuego Solicitar detener el motor, apagar cigarrillos y no
accionar fuentes de ignición.
En caso de fuego NO sacar la pistola del tanque,
sofocar el fuego con dos extintores en forma
simultánea, sin mover el equipo rodante.
Derrame Secar el derrame de combustible en el Equipo Rodante
con un paño, controlar y recuperar el derrame con
arena, el combustible no debe llegar a alcantarillados.
En derrames de petróleo el Equipo Rodante se puede
mover con el motor. Indique que salgan los ocupantes
del vehiculo.
Abandono del equipo
rodante del lugar.
Tropezones y daño a la
manguera
Terminando el suministro dejar la pistola en el soporte
del surtidor cuidando que la manguera quede sobre la
base de cemento.
Si el Equipo Rodante sale con manguera y surtidor, de
inmediato accionar el interruptor eléctrico de
emergencia.
Consideraciones:
La empresa de servicio deberá tener una lista de verificación que permita cumplir en forma segura la
carga y descarga de combustible, la cual deberá aplicar antes de comenzar con la actividad.
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7. INSTRUCCIONES DE PREVENCIÒN DE RIESGOS EN EL MANEJO DE
COMBUSTIBLES LIQUIDOS, SUSTANCIAS PELIGROSAS Y HOJA DATOS DE
SEGURIDAD DE PRODUCTOS QUIMICOS (HDS) SEGÚN NCH 2245.
7.1. Sustancias utilizadas en el proceso:
Las sustancias utilizadas en las instalaciones y consideradas como peligrosas están especificadas en la
norma chilena 2245 “sustancias químicas – hojas de datos de seguridad y son:
Gasolina: Mezcla compleja de hidrocarburos parafínicos, cicloparafínicos, aromáticos y oleofínicos, con
número de átomos de carbono en el rango C4-C10. Puede contener hidrocarburos oxigenados, como
Metanol, alcoholes, metil-butil-‘éter (MBTE); aditivos del tipo antioxidantes, inhibidores de la corrosión y
desactivadores de metales.
Gasolina de aviación 100/130 verde: Mezcla de hidrocarburos parafínicos, olefínicos, ciclo parafínicos
y aromáticos con Nº de átomos de carbono en el rango C4-C10,
Petróleo diesel: Es mezcla de hidrocarburos parafínicos, olefínicos, cicloparafínicos y aromáticos con N°
de átomos de Carbono en el rango C14 – C20, de olor característico y color pardo generalmente, no
tiene límites permisibles especificados. Es un líquido más liviano que el agua y sus vapores más
pesados que el aire (no inflamable, vaporiza sobre 52 °C).
Kerosene de aviación A-1: Mezcla de hidrocarburos parafínicos, olefínicos, ciclo parafínicos y
aromáticos con Nº de átomos de carbono en el rango C10-C14, destinado al uso de combustible para
motores de turbinas de aviación.
8. PLAN DE MANTENIMIENTO E INSPECCIÓN DE LA INSTALACIÓN
8.1 Mantención de Equipos Críticos y No Críticos
El funcionamiento adecuado de los equipos de distribución de combustibles líquidos, constituye una
parte fundamental para realizar un óptimo servicio, disminuyendo el riesgo intrínseco que una operación
insegura puede representar para los empleados y usuarios.
El Programa de Mantención e Inspección que requerirán los equipos que componen el sistema será
como mínimo de:
Tanques: El periodo de mantenimiento es determinado por el certificado emitido por el Organismo
autorizado por SEC, varía entre 1 y 5 años la vigencia de la certificación. Incluye red de cañerías y
válvulas de sobrellenado.
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Reglas de Medición: Considerar en el mantenimiento anual, verificar marcación litros con respecto a
hoja de calibración. Inspección previa a cada reabastecimiento de combustible, que la regla corresponda
al tanque.
Bombas Sumergidas: Mantenimiento según cada fabricante del equipo.
Cámaras Recuperadoras de Derrames de Tanques: Mantenimiento después de cada descarga de
combustible, debe quedar sin combustible. Además constantemente deben revisarse que se encuentren
sin agua.
Dispensadores y Surtidores: El periodo de mantenimiento está determinado por el fabricante de cada
una de las diferentes marcas.
Sistemas de Detección de Pérdidas de Tanques Subterráneos de Combustible: Revisar censores y
sistemas que permiten detectar cuando existe una fuga del producto combustible a través de cañerías,
estanques y surtidores en general. Estos equipos requieran controles periódicos a través de monitoreos,
inspecciones y pruebas que permitan asegurar su correcto funcionamiento.
Interruptor de Emergencia del Sistema Eléctrico de Surtidores: Con el propósito de asegurar la
desconexión de todo el sistema eléctrico que alimenta a los surtidores, la instalación debe poseer
interruptores de corte rápido los cuales deben estar visibles y accesibles para ser activados en caso de
emergencia por el personal que esté operando.
Extintores de Incendio: La instalación deberá tener un número suficiente de extintores de incendio
(mínimo 3) ubicados en los pilares del distribuidor de tal manera que puedan ser alcanzados fácilmente
por el personal para apagar cualquier fuego que ocurra accidentalmente. Todos los extintores deben
estar en correctas condiciones de operación y certificados.
Recipientes con Arena: Para controlar y absorber posibles derrames de productos combustibles en la
instalación, se debe contar con tres baldes, los que deben permanecer llenos con arena para ser
utilizados de inmediato en caso de emergencia.
8.2 En el siguiente cuadro se detallan como mínimo las actividades a realizar para mantener
un correcto control sobre el funcionamiento de los equipos críticos:
EQUIPO CRÍTICO REQUERIMIENTOS PARA LAS PRUEBAS FRECUENCIA
Detección de pérdidas en tanques subterráneos
Mediciones diarias de inventarios de combustibles en tanques.
Semanal
Corte o interruptor eléctrico de emergencia
Controlar acceso a interruptor.
Activar físicamente el corte o interruptor apagándolos y encendiéndolos nuevamente
Semanal
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EQUIPO CRÍTICO REQUERIMIENTOS PARA LAS PRUEBAS FRECUENCIA
Extintores de Incendio
Controlar la fecha de vencimiento de la carga en cada lugar requerido.
Verificar indicador de presión.
Mensual
Recipientes de Arena Controlar llenado de baldes
Controlar humedad de la arena. Semanal
La empresa de servicio operadora del surtidor deberá mantener evidencia con registro escrito de las
revisiones en caso de que sea solicitado por la mandante.
Los equipos considerados no críticos son aquellos necesarios para la operación de la instalación pero
que no representan un alto nivel de riesgo si su funcionamiento se ve afectado. No obstante deben existir
requerimientos de inspección y mantenimiento mínimo para asegurar un adecuado funcionamiento.
8.3. En el siguiente cuadro se detallan como mínimo las actividades a realizar para mantener
un correcto control sobre el funcionamiento de los equipos no críticos:
EQUIPO NO CRÍTICO FUNCIONAMIENTO ADECUADO FRECUENCIA INSPECCIÓN
Surtidores Sin pérdidas, mangueras y caños operando normalmente
Semanal
Separadores de Agua/hidrocarburos (Cámaras)
Libre drenaje. Sin acumulación de lodos, sedimentos conteniendo hidrocarburos en flotación. Efluente limpio.
Mensual
Iluminación del Surtidor. Todo el sistema operando, los artefactos limpios. Semanal
Canopy (techumbre) Todos los paneles en su sitio sin cenefas desprendidas y/o apagadas.
Mensual
La empresa de servicio deberá mantener evidencia de registro escrito de las revisiones en caso de que
sea solicitado por la mandante.
8.4 Procedimiento para la mantención de equipos críticos y no críticos
Cada instalación de carga y descarga de combustibles líquidos, debe contar con un programa de
mantenimiento mecánico/eléctrico que permita asegurar un continuo y adecuado funcionamiento de los
mismos, mientras las instalaciones se encuentren en servicio el operador deberá llevar un registro
debidamente actualizado y fácil acceso en el cual constate el mantenimiento, reparación e inspección
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periódica de los equipos. El cual se deberá mantener por escrito y de fácil acceso en caso que la
mandante solicite la información.
9. RELACIONES CON CONTRATISTAS EN ASPECTOS DE SEGURIDAD Y DURANTE EMERGENCIAS
Todo Contratista, debe ser informado por la Administración de la Instalación, de las disposiciones de
prevención de riesgos que debe observar durante su permanencia en el surtidor de combustible,
otorgarles las facilidades para un desempeño seguro de sus actividades y este presentar una orden de
trabajo cuando provenga de un plan de mantenimiento preestablecido por el operador y/o empresa
abastecedora de combustibles antes de iniciar sus labores.
El Contratista, deberá cumplir como mínimo con las disposiciones indicadas en el ítem 10.1 del presente
manual.
9.1. Planes de Emergencia.
En cada instalación existe un Plan de Respuesta a la Emergencia e Incidentes que contienen el rol a
seguir para todos los empleados de las instalaciones, indicando el que hacer frente a cualquier situación
dada por:
a) Derrame de Productos Combustibles; Incendio y/o Incidentes de Personas.
b) En todo caso, los elementos esenciales que contiene el Plan de Respuesta a la Emergencia son:
v Comunicación a Bomberos, Policía y Asistencia Médica (ambulancia, hospital), se
deberá proceder de acuerdo al Procedimiento de Manejo de Emergencia de Forestal
Mininco S.A.
v Corte total e inmediato de la energía eléctrica del surtidor.
v Evacuación de los trabajadores de la instalación y cierre del acceso a la misma,
procediendo de acuerdo a lo indicado en el Plan de Emergencia del Vivero Carlos
Douglas, y Mañihuales.
v En caso de derrame de combustible, no poner en marcha vehículos y evitar toda
fuente de ignición, posteriormente proceder de acuerdo al Procedimiento de Manejo
de Emergencias e Instructivo de Derrame de Combustibles, Lubricantes y
Agroquímicos de Forestal Mininco S.A.
v En caso de incendio, utilizar extintores de la instalación, proceder de acuerdo a lo
establecido en el Procedimiento General de Emergencias de Forestal Mininco S.A.
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v En caso de incidentes a las personas, otorgar los primeros auxilios y procurar ayuda
médica, proceder de acuerdo a instructivo de rescate de accidentados y
Procedimiento de reporte e investigación de incidentes de Forestal Mininco S.A.
10. PROCEDIMIENTOS PARA OTORGAR PERMISOS PARA REALIZAR TRABAJOS DE CONSTRUCCIÓN, MANTENIMIENTO E INSPECCIÓN
10.1 De los trabajos de construcción y mantenimiento
10.1.1 Responsabilidades
Es responsabilidad de la dependencia contratante poner en conocimiento de las empresas de servicio,
estas instrucciones, las que deben ser incluidas en cada contrato de trabajo de las obras de
construcción, mantenimiento, remodelación o ampliación a ejecutar, crear canales de comunicación entre
las partes involucradas ante nuevas variables o dudas planteadas durante el trabajo y, exigir su
cumplimiento. Como también dar estricto cumplimiento a las disposiciones establecidas en el
Reglamento Especial de Contratistas y Subcontratistas, Manual de Operaciones Aereas, Bases de
licitación de servicios de Combate de incendios con Aeronaves y Manual de Seguridad de Combustibles
líquidos de Forestal Mininco S.A.
Es responsabilidad de los supervisores de empresas de servicio, verificar mediante inspecciones
periódicas durante las jornadas de trabajo y exigir a sus trabajadores bajo su dependencia que se
cumplan las instrucciones de seguridad.
Es responsabilidad de la empresa de servicio, solicitar al Experto en Prevención de Riesgos las
instrucciones adicionales de seguridad que estimen necesario para casos especiales.
Es responsabilidad de la empresa de servicio, según quien sea el contratante de la obra, solicitar
preparar las instrucciones de seguridad para casos especiales y solicitar o designar un asesor de
seguridad en terreno si fuese necesario.
Es responsabilidad de las empresas de servicio, cumplir con las instrucciones de seguridad y otras que
se le entreguen y sobre las cuales haya dejado constancia de su recepción. El no cumplimiento de estas
será causal de la caducidad del contrato respectivo. Cualquier duda debe ser solicitada su aclaración
oportunamente.
10.1.2 Normativa legal
En general y en particular, los Contratistas y Subcontratistas, deben cumplir con lo establecido en la Ley
Nº 16.744 de Accidentes del Trabajo, de la que se destaca:
• Mantener vigente un Sistema de Gestión certificado de Seguridad y Salud en el trabajo (SGSST)
de acuerdo a requisitos establecidos por si respectiva mutualidad
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• Certificar estar adheridos a una Mutualidad de Accidentes del Trabajo, con sus cotizaciones al
día y sus trabajadores con sus respectivos contratos de trabajo.
• Todo incidente incluido los daños materiales, deben estar informados dentro de la jornada de
trabajo a la mandante y dar cumplimiento al procedimiento de reporte e investigación de
incidentes de Forestal Mininco S.A.
• Los Contratistas y Subcontratistas deben proporcionar a sus trabajadores, sin costo para ellos,
los elementos de protección personal necesarios para el trabajo a desarrollar y adoptar las
protecciones necesarias para no dañar a terceros o bienes de terceros, verificando que ellos
sean usados adecuadamente.
• En general y en particular, los Contratistas y Subcontratistas, deben cumplir con lo establecido
en el D.S. Nº 594/99, según corresponda.
10.1.3 Disposiciones Generales
Con el propósito de asegurar que las operaciones de mantención y construcción en la instalación, se
realicen siguiendo los procedimientos de trabajo previamente establecidos, resguardando la integridad
de las personas y la instalación, el contratista deberá presentar un permiso de trabajo que especifique la
labor a desarrollar y las medidas de prevención que adoptará a objeto de ejecutar el trabajo sin que
implique riesgos para las personas, los bienes y/o el medio ambiente, además de la correspondiente
Identificación de Riesgos en Faena, procediendo de acuerdo al instructivo de Identificación de Riesgos
en Faena de Forestal Mininco S.A.
Los principales trabajos son los siguientes:
Trabajos en caliente; trabajos eléctricos; instalación de tanques; instalación de unidades de suministro de
combustibles líquidos. El documento confeccionado deberá ser firmado por el contratista y el supervisor
de la instalación, en señal de conformidad con las medidas de seguridad adoptadas para la realización
de la labor.
10.1.4 Disposiciones particulares:
Todo trabajo en caliente dentro de las instalaciones o faenas clases 1 y 2, debe ser autorizado
previamente mediante un permiso de trabajo especial que será emitido por el responsable de los trabajos
por parte de Forestal Mininco
Se considera áreas clasificadas en las instalaciones, la siguiente área de seguridad:
v Área clase 1: Comprende las áreas dentro de un área de 10 metros de las tapas de los
tanques de combustibles y surtidores, 3 metros alrededor de las ventilaciones, fosos de
lubricación y todo desnivel o cámaras donde pudiera acumularse restos de combustibles.
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v Área Clase 2: Comprende bodegas, patios de almacenamiento de materiales, talleres,
depósitos de agua.
Al efectuar trabajos en circuitos o equipos eléctricos energizados, estos deben ser desenergizados
previamente, verificando que estén desenergiados y colocar una tarjeta no operar en el interruptor
maestro correspondiente. En recintos aislados, debe haber mínimo dos personas para actuar en
situaciones de emergencia.
11. INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES
Los Administradores de las Instalaciones de combustibles líquidos deberán informar a la empresa
mandante de acuerdo a lo establecido en el Procedimiento de Comunicaciones y/o Procedimiento de
Reporte e Investigación de Incidentes de Forestal Mininco S.A., según corresponda, los incidentes
descritos a continuación, que ocurran en sus equipos o instalaciones:
v Explosión.
v Atentado.
v Incendio.
v Contaminación de un combustible liquido con otro de menor punto de inflamación en
procesos de recepción de productos, en instalación de abastecimiento de
combustibles líquidos a vehículos, aeronaves y/o equipos rodantes.
v Volcamiento de vehículo que transporta combustible liquido, con o sin derrame de la
carga.
v Para el caso de instalaciones de abastecimiento de combustible líquido (surtidores de
combustible líquido) se deberán informar todos los derrames superiores a 200 L.
v Derrame de Combustibles líquidos superior a 5 m3 en las instalaciones de
Combustibles Líquidos.
v Filtración de combustible liquido en tanques, tuberías enterradas, y fondos de tanques
sobre superficie.
v Hecho derivado del manejo de combustible líquido, que origine la muerte de una o
más personas o impida a las personas afectadas desarrollar las actividades que
normalmente realizan, más allá del día del incidente.
v Daño a la propiedad que afecte el normal desarrollo de la actividad de combustible
liquido que se estime superior a 100 UTM.
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El Gerente del Área de Forestal Mininco S.A. informará de inmediato al Gerente de Asuntos Públicos
y Sostenibilidad de CMPC sobre la emergencia ocurrida, quien en un plazo no superior a 24 hrs.
deberá también informar a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (S.E.C).
Sin perjuicio de lo anterior el Gerente del Área de Forestal Mininco S.A. en un plazo no superior a 30
días deberá realizar un informe completo al respecto, el que enviará al Gerente de Asuntos Públicos
y Sostenibilidad, el que a su vez enviara la Superintendencia de Electricidad y Combustible.
12. OBLIGACIONES DE LA GERENCIA, SERVICIO DE PREVENCION DE RIESGOS,
SUPERVISORES Y TRABAJADORES DE LA EMPRESA DE SERVICIO:
12.1 Obligaciones de la Empresa de Servicio:
El propietario del surtidor de combustible líquido, deberá velar por su correcta operación,
mantenimiento e inspección a objeto de desarrollar las actividades en forma segura, eliminando o
controlando los eventuales riesgos que la operación presente para las personas y/o propiedad.
Informar a la empresa mandante cualquier deficiencia detectada, debiendo ser corregida e informada
a la mandante, si fuese necesario suspender su uso. También debe reportar cualquier merma de
combustible que pueda ser origen de una falla en o los tanques o ductos de combustible.
Es responsabilidad de la empresa de servicio (Propietario y/o Operador), generar los Procedimientos
de Emergencia específicos del Surtidor de Combustibles Líquidos considerando a lo menos
incorporar los Procedimientos e Instructivos de Emergencia de Forestal Mininco S.A. y del
Abastecedor de Combustible.
12.2 Obligaciones del Experto en Prevención de Riesgos empresa de servicios:
El Experto Profesional en Prevención de Riesgos, deberá dejar inicialmente copia de su credencial
de experto y en sus visitas constancia en un libro de inspección foliado de las instalaciones de
combustible liquido acerca de:
- Deficiencias observadas en la instalación y en la operación.
- Vigencia de la inspección periódica correspondiente.
- Capacitaciones recibidas por el personal.
Deberá registrar las fechas de cada inspección y su resultado, el seguimiento a las medidas de
recomendación derivadas de las inspecciones anteriores, numero de cedula nacional de identidad y
su firma.
12.3 Obligaciones de los supervisores empresas de servicio:
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Deberá conocer las normas de operación, emergencia y velar por que se cumplan las normas de
seguridad durante el turno.
Velar por el correcto uso de los equipos de la instalación y reportar a su gerencia toda anormalidad
detectada para su oportuna reparación y de ser necesario suspender el uso.
Gestionar que sean suministrados los elementos de protección personal, usarlos y controlar que los
operadores lo usen correctamente según las necesidades del momento.
Tomar todas las medidas necesarias en caso de incidente ya sea por lesiones a las personas o
daños materiales.
13. PROHIBICIONES A TODO EL PERSONAL
En lo sucesivo, en virtud de la aplicación de este Manual de Seguridad de Combustibles Líquidos
(MSCL), queda prohibido a todos los trabajadores de la instalación de combustibles líquidos las
siguientes acciones, actitudes o procedimientos que afecten la continuidad de las operaciones y los
bienes y/o recursos de la Instalación:
a) Fumar o generar cualquier fuente de ignición.
b) Operar, alterar o reparar equipos sobre los cuales no está autorizado.
c) Queda estrictamente prohibido desobedecer en forma total o parcial las instrucciones impartidas en
este Manual de Seguridad de Combustibles Líquidos (MSCL) u otros medios de divulgación utilizada por
Forestal Mininco S.A.
d) Otras indicadas en el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, Reglamento Especial para
Contratistas y Subcontratistas, Bases técnicas de licitación de servicios de Combate de incendios con
Aeronaves y Manual de Operaciones Aéreas de Incendios Forestales.
14. NORMAS ESPECIALES (Faltas y Sanciones):
Toda trasgresión a lo dispuesto en el presente Manual de Seguridad de Combustibles Líquidos (MSCL),
podrá ser considerada como grave o calificada de negligencia inexcusable, para los efectos de dar
cumplimiento a las disposiciones de la Ley Nº 16.744 y DS 160/08. En particular se considerarán faltas
graves las estipuladas en el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad y el Reglamento Interno
de Contratistas y Subcontratistas de Forestal Mininco S.A.
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Anexos
Constituye parte de este Manual los siguientes anexos:
AN – 1 Instructivo carga de Combustibles Líquidos.
AN – 2 Instructivo de descarga de Combustibles Líquidos.
AN – 3 Instructivo de descarga de Combustibles Líquidos en Aeronaves.
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ANEXO 1: Instructivo Carga de Combustibles Líquidos
1. Objetivo
Regular el proceso de la carga de combustible a los equipos rodantes en las distintas instalaciones de forma sistemática, adecuada y segura.
2. Alcance
Este procedimiento es aplicable a todo lugar o sitio de Forestal Mininco S.A. y/o de EESS donde se realice la actividad de carga combustible en equipos rodantes.
3. Descripción
Ingreso del equipo rodante y vehículos a cargar combustible
El operador del equipo rodante deberá ubicarse en zona señalizada, solicitar la autorización carguío en planta por el supervisor correspondiente.
Ya en la posición adecuada de carguío, el conductor debe detener el motor, aplicar freno de estacionamiento, activar el corta corriente. No se deberá acelerar el motor o dejar el acelerador manual abierto al cortar el contacto, esto puede llenar el silenciador con gases no quemados, los que pueden reaccionar con depósitos incandescentes del silenciador.
Finalizada la carga del equipo, se debe dejar pistola con su seguro correspondiente.
Es responsabilidad de los operadores el mantener el orden y limpieza en el lugar de carga, así como mantener ordenado el lugar y sin derrames.
Responsabilidad de los operadores el cuidado de los elementos de carga, cualquier deterioro que ocurra por el uso indebido, mala manipulación o incumplimiento del proceso, debe ser informado a la brevedad e incluido en la bitácora de carga, la cual será completada y firmada diariamente por los operadores del turno correspondiente y evaluada por el supervisor correspondiente.
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ANEXO 2: Instructivo de descarga de combustibles líquidos
1. Objetivo
Regular el proceso de la descarga de combustible desde camiones a tanques subterráneos de combustible.
2. Alcance
Este procedimiento es aplicable a todo lugar o sitio de Forestal Mininco S.A. y/o de EESS donde se realice descarga de combustibles líquidos.
3. Descripción
Ingreso del Camión
3.1.1 Al llegar al punto de descarga, el conductor debe estacionar en un lugar adecuado para descargar, procurando que la orientación del camión sea siempre hacia la salida de la zona de la faena o Instalación. Para un estacionamiento mas seguro, debe solicitar ayuda del personal que trabaja en la instalación.
3.1.2 El conductor luego de estacionar el camión debe:
• Detener el motor
• Activar el freno de mano.
• Accionar el corta corriente.
• Apagar el celular.
3.1.3 Conductor entrega la documentación y solicita:
• Al encargado de recibir el producto, firme la guía de despacho.
• La cooperación del encargado de recibir el producto para efectuar la descarga.
Antes de comenzar la Descarga
3.2.1 Chofer:
• Debe instalar letrero de Prevención
• Debe instalar extintor
3.2.2 Persona que recibe:
• Debe ubicar las barreras de protección a una distancia mínima de 7 metros alrededor de la boca de descarga y camión estanque.
• En caso de no cumplir con la distancia por el tamaño de la instalación, esta deberá cerrarse mientras dure el proceso.
• Debe instalar baldes de arena y un extintor en el lugar.
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• Verificar que las válvulas de descarga estén siempre correctamente identificadas y que el volumen del producto concuerde con el documento del despacho.
• Revisar los sellos de las escotillas y válvulas comparando los números de estos con los números en la guía.
• Revisar el nivel de llenado de cada compartimiento, verificando que el producto se encuentra hasta la flecha.
• En conjunto con el conductor, muestrear el producto con el fin de comprobar que es el producto indicado y que no contiene ni aguas ni sedimentos. Parra ello se deben mantener las válvulas de fondo de cada compartimiento y verter el producto en un balde aterrizado.
• Verificar con pasta la presencia de agua, en el estanque de la instalación.
• Verificar la capacidad disponible de los tanques a indicar, en cuales se debe descargar y que producto.
• Debe permanecer atento en la zona de descarga durante todo el tiempo que dure la operación.
Antes de comenzar la Descarga
3.3.1 Chofer:
• Lo primero es verificar su estado, conectar manguera de descarga al tanque de la instalación y luego efectuar la conexión al caño de descarga del estanque del camión.
• Conectar el sistema de de recuperación de vapores (donde corresponda)
• Verificar los acoples de descarga.
• Verificar de las escotillas del camión permanezcan cerradas durante la operación de descarga (aplicable en la descarga de gasolina y donde existe sistema de recuperación de vapores)
• Debe permanecer presente y atento durante todo el tiempo que dure la descarga, para detectar una emergencia de inmediato.
3.3.2 Persona que recibe:
• Impedir la generación de cualquier fuente de ignición en las proximidades de la zona de descarga (Fumar, uso de celulares, trabajos en caliente, etc.)
• Constatar el buen estado de la manguera de descarga.
• Verificar el conjunto con el conductor los acoples de descarga.
• Debe permanecer presente y atento durante todo el tiempo que dure la descarga.
Posteriormente a la Descarga
• El conductor antes de poner en marcha el camión debe verificar que todas las escotillas se encuentren cerradas y que las tapas se encuentren en su lugar.
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• El chofer al retirarse de la instalación debe solicitar al encargado de esta, que en la documentación cuente con su firma de conformidad, RUT y la hora de retiro de la Instalación.
Emergencias
• En caso de Derrames, el chofer deberá suspender de inmediato la descarga y el personal de Planta deberá avisar a la portería para activar procedimiento de Emergencia correspondiente.
• En caso de volumen descargado no sea el correcto de acuerdo a las mediciones, el encargado de la instalación deberá dejar constancia escrita en la guía con su firma y la del chofer, informando posteriormente al Jefe directo.
• En caso de contaminación al descargar, se debe detener de inmediatamente la descarga e informar al Jefe Directo para la coordinación del retiro del producto.
• En caso que el producto viniera aparentemente contaminado desde su origen, no se debe recepcionar el producto e informar inmediatamente a la Planta de procedencia y al Jefe Directo. Luego tomar muestras superiores a 2 litros y almacenarlo en envases de vidrios para posteriormente dejar constancia en la Guía y devolver el camión al proveedor.
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Anexo 3: Instructivo de descarga de combustibles en aeronaves.
1. Objetivo
Regular el proceso de la descarga de combustible a las aeronaves en las distintas instalaciones de forma sistemática, adecuada y segura de las Faenas de Forestal Mininco S.A.
2. Alcance
Este procedimiento es aplicable a toda la empresa de Forestal Mininco S.A. y EESS donde se realice la actividad de descarga de combustible en aeronaves.
3. Generalidades:
• El abastecedor de combustible debe disponer de carteles visibles con indicaciones de: peligro, prohibido fumar, productos inflamables, etc., así como de prohibición de entrada a toda persona no autorizada, y de fósforos, mecheros o de otros objetos capaces de producir chispas.
• Todos los tanques de almacenamiento y medios de suministros fijos y móviles deben llevar
rotulado el tipo de productos que contienen con indicación de su grado.
• Los extintores deben estar situados en lugares accesibles, siendo su disponibilidad y facilidad de operación inmediata.
• Los medios de suministro fijo y móvil deben estar limpios y adecuadamente mantenidos con el fin
de garantizar las operaciones de suministro y operatividad del equipo.
• Todo el personal que desempeñe su trabajo en la manipulación y suministro de productos debe conocer los procedimientos de seguridad y los planes de emergencia.
3.1. De la Posición/Estacionamiento durante el abastecimiento de la aeronave
• Los vehículos deberán moverse hacia adelante hasta alcanzar la posición de abastecimiento y de manera que en esa posición puedan salir del área libremente sin usar la marcha reversa. Si el vehículo tiene que ubicarse usando la reversa, deberá hacer uso de un guía en la parte trasera del vehículo, para dirigir la maniobra de estacionamiento.
• El conductor del vehículo no saldrá de la cabina hasta que se hayan puesto los frenos de
estacionamiento, una vez estacionado deberán colocarse los conos.
• Cuando se utilice vehículos con combinaciones de cabina (“track”) y remolque no deberán estacionarse utilizando la marcha reversa.
• El vehículo deberá ubicarse a una distancia segura y conveniente de los puntos de
abastecimiento de la aeronave, tomando en consideración lo siguiente: Ø Deberá ejercerse extrema precaución para evitar la posibilidad de colisiones
con cualquier parte de la aeronave o de los equipos de servicio en tierra mientras se maniobra hacia y desde la posición de abastecimiento.
Ø Deberá haber una ruta de salida en una dirección hacia adelante, la cual se deberá encontrar despejada de obstáculos.
Ø Deberá evitar zonas de seguridad de tubos de ventilación de la aeronave, salidas de escape u otras áreas peligrosas, a una distancia de tres (3) metros.
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• Las mangueras de abastecimiento deberán colocarse de forma tal que se minimice el riesgo de que otros vehículos de servicio pasen por encima de ellas y causen daño.
• Para la recarga de los aviones de fuselaje ancho, deberá de tomarse las precauciones para
asegurar que los vehículos usados para el abastecimiento por debajo del ala de la aeronave, tengan un perfil suficientemente bajo para este propósito.
• Los vehículos deberán colocarse de manera que se evite la posibilidad de que el ala de la
aeronave u otras superficies se asienten sobre el vehículo a medida que se incrementa el peso de la aeronave por la cantidad de combustible.
3.2. De la conexión a tierra
• Todo titular de un certificado de operador de servicios especializados aeroportuarios habilitado en suministro de combustible a aeronaves en plataforma deberá contar con procedimientos escritos para realizar la operación de conexiones a tierra durante el abastecimiento de aeronaves. Estos procedimientos deberán encontrarse detallados en su manual de operaciones.
• La aeronave, el vehículo de abastecimiento e inyectores sobre ala deberán estar ligados
eléctricamente durante toda la operación de abastecimiento para asegurar que no haya un diferencial en el potencial eléctrico.
• El proceso de ligado entre el vehículo de abastecimiento y la aeronave deberá completarse antes
de realizar cualquier maniobra.
• El ligado debe mantenerse hasta que todas las mangueras se hayan desconectado y se han repuesto los tapones de tanque de abastecimiento.
• Si se produce una desconexión en el ligado, el abastecimiento de combustible se debe de
suspender. 3.3. Del Personal
• Las operaciones de abastecimiento de combustible deberán ser efectuadas por personal competente, que haya sido entrenado en la operación de equipo de abastecimiento y las acciones a tomar en el caso de una emergencia, así como los procedimientos de abastecimiento de aeronaves.
• El personal deberá estar familiarizado con la ubicación y operación de interruptores de
emergencia ubicados en los distintos sectores del aeropuerto.
• Los requisitos que deberán cumplir los pilotos, (titulares y reemplazantes) de las aeronaves son: Ø Licencia de piloto comercial vigente (estar autorizado por la DGAC, como piloto
comercial para el tipo de aeronave que va a operar). Ø Habilitación para operar aeronaves multimotores vigente. Ø Experiencia mínima de 1000 horas de vuelo como piloto al mando. Ø Experiencia mínima de 500 horas como piloto en aviones de patrullaje y
coordinación de incendios forestales. Ø Comprobar haber realizado un reentrenamiento, por un piloto instructor. Ø Certificar una instrucción básica sobre el combate de incendios forestales y
comportamiento del fuego. Ø Cumplir los requisitos mínimos establecidos en las pólizas de seguro de la
respectiva empresa Ø Conocer las bases del servicio contratado.
ELAB.: W.PEREZ REV.: K.SWENNOSEN APROB.: F.PACHECO.
MAQUINAS MANUAL : MANUAL DE SEGURIDAD DE COMBUSTIBLES
LIQUIDOS
VERSION 2
15/06/2020
Ø Estar capacitado en el sistema de gestión de Seguridad y Medio Ambiente de Forestal Mininco.
• Todo el personal que ingrese a las zonas de seguridad restringida deberá llevar en forma visible
el Chaleco reflectante de identificación. 3.4. De los implementos de protección personal:
• El personal de conductores y operadores deberá contar con los implementos mínimos de protección personal (casco, protectores para oídos, antiparras, guantes impermeables, trajes no estáticos, chaleco reflectivo, zapatos con punta de acero).
• Los Implementos de protección personal son de uso obligatorio y permanente mientras se
realicen las operaciones de abastecimiento de combustible a las aeronaves.
• Las linternas, celulares, equipos de comunicación y herramientas a usarse deberán ser a prueba de explosiones (“explosión proof”).
• El personal encargado de conducir y operar el vehículo no podrá llevar consigo ningún tipo de
armas ofensivas y defensivas u objetos punzo cortantes.