Manual de Reglas de Enfrentamiento

download Manual de Reglas de Enfrentamiento

of 101

Transcript of Manual de Reglas de Enfrentamiento

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    1/101

    Instituto Internacional de Derecho Humanitario

    MANUAL DEREGLAS DE ENFRENTAMIENTO

    Equipo de Elaboracin de Anteproyecto

    Cap. Frag. Alan ColeArmada Real del Reino Unido

    Mayor Phillip DrewFuerzas Canadienses

    Cap. Nav. Rob McLaughlin

    Real Armada AustralianaProfesor Dennis Mandsager

    Cap. Nav. JAGC, Armada de E.U. (Retirado)Colegio de Guerra Naval de Estados Unidos

    Editor y Coordinador de Proyecto

    San Remo, Noviembre 2009

    Este manual no necesariamente representa los puntos de vista del Instituto Internacional de DerechoHumanitario ni del gobierno de ninguno de los miembros del equipo de redaccin.

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    2/101

    i

    FOREWORD TO THE SPANISH TRANSLATION

    The International Institute of Humanitarian Law, the Handbook drafting team, and theU.S. Naval War College express their thanks to Mexicos Centro de Estudios SuperioresNavales (Center of Advanced Naval Studies) for this translation and to the International

    Committee of the Red Cross for funding the printing of this version of the Handbook.The Spanish version will enhance IIHL Spanish language courses provided by theInstitutes Military Department and will provide an ROE reference for training andexercises conducted in the Spanish language.

    Users of the Handbook are requested to provide comments, including lessons learnedand suggestions for changes or additions, to Dennis Mandsager [email protected] to the Institute [email protected].

    Sanremo, March 2010

    PRLOGO A LA TRADUCCIN AL ESPAOL

    El Instituto Internacional de Derecho Humanitario, el equipo de redaccin del Manual, yla Escuela de Guerra Naval de los Estados Unidos de Amrica quieren expresar suagradecimiento al Centro de Estudios Superiores Navales de la Armada de Mxico paraesta traduccin y al Comit Internacional de la Cruz Roja por haber financiado laimpresin de esta versin del Manual. La versin en espaol mejorar los cursosque se ofrecen en espaol proporcionada por el Departamento Militar del Instituto yproporcionar una referencia acerca de las reglas de enfrentamiento para todoentrenamiento y los ejercicios realizados en el idioma espaol.

    Los usuarios de este Manual se les pide que enven sus comentarios, leccionesaprendidas y sugerencias para cambios o adiciones, a Dennis Mandsager([email protected]) o al Instituto ([email protected]).

    Sanremo, mayo 2010

    mailto:[email protected]:[email protected]:[email protected]:[email protected]:[email protected]:[email protected]:[email protected]:[email protected]:[email protected]:[email protected]:[email protected]
  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    3/101

    ii

    PRLOGO

    El Manual de San Remo sobre Reglas de Enfrentamiento tiene la intencin de continuar el mismo camino quelas bien conocidas publicaciones previas de San Remo como el Manual de San Remo sobre DerechoInternacional Aplicable a los Conflictos Armados en el Mar, publicado en 1995 y el Manual de San Remosobre el Derecho del Conflicto Armado no Internacional, publicado en el 2006.

    Publicado por el Instituto como una herramienta de trabajo, el cuadernillo no pretende manifestar las opinionesni posiciones oficiales de los gobiernos individuales ni de las organizaciones internacionales especficas sobrelos diferentes temas considerados. Su nico objetivo es guiar al lector, y en particular a los participantes en loscursos militares del Instituto Internacional de Derecho Humanitario, a travs de las problemticas delgeneralmente aceptado y difundido concepto de las reglas de enfrentamiento.

    El manual refleja los resultados de un proyecto de tres aos que inici el Profesor Dennis Mandsager delColegio de Guerra Naval de Estados Unidos, con todo el apoyo del Instituto, quien identific la necesidad deuna referencia comn de reglas de enfrentamiento que pudiera utilizar toda nacin para fines deentrenamiento y operaciones. El manual fue dado a conocer por varios talleres que se llevaron a cabo en elInstituto Internacional de Derecho Humanitario, en San Remo, adems de numerosos ejercicios y cursos queobtuvieron aportaciones de expertos altamente capacitados de diferentes regiones del mundo. El manual, ensu forma actual, refleja la mejor prctica de los pases alrededor del mundo.

    El texto ha sido preparado por el Cap. Frag. Alan Cole RN, el Mayor Phillip Drew, de las FuerzasCanadienses, el Cap. Nav. Rob McLaughlin, RAN y el Profesor Dennis Mandsager, Cap. Nav, JAGC, Armadade Estados Unidos (Retirado). El borrador final ha sido revisado por un equipo de miembros del Consejo delInstituto, conformado por el General Brigadier Erwin Dahinden, el Dr. Baldwin de Vidts, el Profesor WolffHeintschel von Heinegg, la Profesora Marie Jacobsson, el Dr. Michael Meyer y el Profesor Michel Veuthey,con la cooperacin del Coronel Darren Stewart, Director del Departamento de Fuerzas Armadas del Instituto.

    No hay ningn otro manual de este tipo en existencia; ha sido diseado de modo que pueda emplearse encualquier pas o grupo de pases sin referencia a advertencias o restricciones de seguridad. Por supuestosiempre se pretendi brindar una herramienta que pudiera emplearse para facilitar e incrementar lacooperacin multinacional y el entendimiento mutuo al mismo tiempo que se asegura que las fuerzas armadascumplan con los asuntos relacionados con la seguridad y la poltica nacional.

    Conforme contina creciendo el control poltico en el uso de la fuerza y con ello el uso de reglas deenfrentamiento para regular la conducta de las fuerzas armadas por parte de pases individuales, alianzas y

    coaliciones en todo el mundo, la necesidad de ser capaces de entrenar y comprender las reglas deenfrentamiento tambin es cada vez ms importante. Resulta esencial que exista un claro entendimiento deque mientras que las reglas de enfrentamiento con frecuencia son una combinacin de requerimientos de lapoltica militar y poltica, stos deben estar unidos por parmetros legales internacionales y nacionales yaexistentes. Nunca podr irse ms all de dichas restricciones, sino que es muy comn que se restrinjan mspor el efecto de las reglas de enfrentamiento. Con demasiada frecuencia las clasificaciones de seguridadnacional o multinacional hacen que la publicacin y participacin de la experiencia en reglas deenfrentamiento y la mejor prctica resulten problemticas. La capacidad que tienen las fuerzas armadas paracompartir sus experiencias, as como la capacidad de los acadmicos, estudiantes y el pblico paraconsiderar el tema es crtica, a fin de promover conciencia de la implementacin prctica del DerechoHumanitario Internacional a travs de reglas de enfrentamiento.

    El nuevo manual cumplir con los requisitos de nuestros cursos militares; sin embargo, estar igualmentedisponible a otras instituciones y grupos interesados. Sinceramente espero que el manual encuentre un usoya sea en esas reas del mundo en donde la doctrina sobre reglas de enfrentamiento no existe en la

    actualidad o como vehculo para contribuir en la creacin de ejercicios realistas y significativos a nivel nacionaly multinacional. El manual pretende ser una ayuda para aquellos que trabajan tanto a nivel estratgico, paracontribuir en la preparacin de reglas de enfrentamiento claras y no ambiguas, as como para aquellosinvolucrados en la implementacin de reglas de enfrentamiento, de modo que las reglas de enfrentamiento seemitan en un lenguaje tal, que sea fcil de entender y que ayude a la capacidad del personal militar acompletar la misin.Dado que se trata de un rea que est constantemente cambiando, reflejando la naturaleza y la manera enque los pases participan en operaciones militares, en verdad esperamos que los usuarios del manualpresenten sugerencias para refinar y perfeccionar la prctica articulada en el manual en futuras ediciones deltexto.

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    4/101

    iii

    En particular me gustara agradecer al Profesor Dennis Mandsager, quien fue el autor de la iniciativa, alComit de Redaccin del Manual, as como a todos los miembros del Instituto (incluyendo al Profesor NatalinoRonzitti y al Vicealmirante Ferdinando Sanfelice di Monteforte) quien, de manera personal, contribuy contiles comentarios y sugerencias. Finalmente, mi agradecimiento al Comit Internacional de la Cruz Roja(ICRC, por sus siglas en ingls). Su sustancial contribucin financiera facilit no slo la rpida publicacin delmanual y su traduccin a otros idiomas, sino tambin permiti que el Instituto Internacional de DerechoHumanitario (IIHL, por sus siglas en ingls) distribuyera el manual a todos los alumnos e instituciones

    interesados.

    Embajador Maurizio Moreno

    Presidente, IIHL

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    5/101

    iv

    INSTITUTO INTERNACIONAL DE DERECHO HUMANITARIOSAN REMO

    MIEMBROS DEL CONSEJO(Desde el 9 de septiembre de 2007)

    PRESIDENTEEmbajador Maurizio MORENO (Italia)

    VICEPRESIDENTES :

    Prof. Michel VEUTHEY (Suiza)Profesor Adjunto, Universidad de Niza, Sophia-Antipolis

    Prof. Fausto POCAR (Italia)Juez, Tribunal Internacional para la ex Yugoslavia, La Haya

    Dr. Baldwin DE VIDTS (Blgica)Asesor Legal del Secretario General de la OTAN, Bruselas

    MIEMBROS DEL CONSEJO:Dr. Mohammed AL-HADID (Jordania)

    Presidente de la Comisin Permanente de la Cruz Roja/Movimiento Rojo Creciente, Ginebra

    Prof. Mario BETTATI (Francia)Representante Especial del Ministro de Relaciones Exteriores, Paris

    General Brigadier Erwin DAHINDEN (Suiza)Jefe, Relaciones Internacionales, Fuerzas Armadas, Berna

    Dr. Ndioro NDIAYE (Senegal)Presidente, Alianza por la Migracin, Liderazgo y Desarrollo -

    Ex Director General Adjunto, Organizacin Internacional para las Migraciones, Ginebra

    Prof. Yoram DINSTEIN (Israel)Profesor Emrito, Universidad de Tel Aviv

    Prof. Jacques FORSTER (Suiza)Profesor Emrito, Instituto de Estudios Avanzados en Desarrollo, Ginebra

    Prof. Dr. Wolff HEINTSCHEL VON HEINEGG (Alemania)Jefe de la Facultad de Jurisprudencia, Universidad Viadrina, Frankfurt

    Profesora Adjunta Marie G. JACOBSSON (Suecia)Asesor Legal Principal, Ministerio de Relaciones Exteriores, Estocolmo

    Dr. Michael A. MEYER (Reino Unido)Jefe de la Oficina del IHL, Cruz Roja Britnica, Londres

    Juez Hisashi OWADA (Japn)Presidente, Corte Internacional de Justicia, La Haya

    Prof. William H.TAFT IV (EUA)Escuela de Derecho Stanford, California

    MUNICIPALIDAD DE SAN REMOCRUZ ROJA ITALIANA

    _________Dra. Stefania BALDINI

    Secretaria General_________

    Cor. Darren STEWART (Armada Britnica)Director Departamento Militar

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    6/101

    v

    PREFACIO

    El Colegio de Guerra Naval de los Estados Unidos, al igual que muchas escuelas similares, lleva acabo investigaciones, adiestramientos, juegos de guerra y conferencias tanto clasificadas como noclasificadas y est conformado por un cuerpo estudiantil internacional. Cuando el tema estrelacionado con las reglas de enfrentamiento (ROE, por sus siglas en ingls) y cuando losparticipantes representan a mltiples naciones, la discusin significativa resulta problemtica. Losparticipantes con frecuencia llegan ya sea con muy poco conocimiento sobre las reglas deenfrentamiento, o con conocimiento de una serie de reglas de enfrentamiento multinacionalesclasificadas que no pueden darse a conocer fuera de una coalicin. La meta de este proyecto deManual de Reglas de Enfrentamiento fue mitigar ese problema mediante el desarrollo de unManual de Reglas de Enfrentamiento realista, global y no clasificado al que puedan recurrir todoslos pases para su adiestramiento, educacin, ejercicios, juegos de guerra y operaciones delmundo real.

    El primer paso en el proceso de elaboracin del anteproyecto fue invitar a contrapartes enAustralia, Canad y el Reino Unido, con los que el Colegio ya tuviera una relacin de trabajo muycercana, para que formaran parte del equipo de elaboracin del anteproyecto. El segundo paso fueunir fuerzas con el Instituto Internacional de Derecho Humanitario (IIHL, por sus siglas en ingls) ysu enorme cuerpo estudiantil internacional a fin de probar los borradores del manual en entornos

    de enseanza y talleres.

    Los desafos para el equipo de elaboracin del anteproyecto fueron considerables. Muchoscuestionaron la factibilidad de desarrollar una ROE que pudiera ser aceptable para la comunidadinternacional. Las naciones tienen distintas obligaciones con tratados, diferentes puntos de vistasobre el derecho internacional, diferentes puntos de vista sobre la poltica y diferentes puntos devista sobre la autoridad y las responsabilidades de los comandantes. Adems, casi todos losrevisores creen que las ROE del mundo real deben ser clasificadas.

    El equipo desarroll mltiples borradores, mismos que fueron criticados en muchos lugaresdiferentes, incluyendo dos talleres multinacionales sobre ROE y dos cursos de operacionesnavales que tuvieron lugar en el IIHL. El resultado en cada caso fue un sano juego de reglas deenfrentamiento. Despus de tres aos de redaccin y prueba, el Consejo del IIHL aprob la

    publicacin del Manual en septiembre de 2009.

    El formato del manual es nico en que, adems de las medidas de las ROE, incluye formatos parauna amplia gama de asuntos relacionados con las ROE, incluyendo tarjetas, advertencias,respuestas a advertencias y dems material sobre las ROE. El equipo de elaboracin delanteproyecto reconoce que muchos pases tienen sus propios formatos para estos aspectos; sinembargo, muchos no, y los alumnos con frecuencia no tienen acceso a ellos.

    El manual contempla que, en una fuerza multinacional, la alta autoridad en cada pas aprobar lasROE para sus fuerzas y que cada socio multinacional cumplir con la ley y la poltica nacional. Porconsiguiente, el manual brinda mltiples y, con frecuencia, incongruentes opciones como medidasde las ROE. El consenso sobre cada medida no es crtico. No obstante, lo que s es crtico escompartir la informacin de las ROE con el comandante de la fuerza multinacional.

    Los redactores solicitan que los usuarios del manual compartan una crtica constructiva, preguntasy comentarios, as como cualquier leccin aprendida en los ejercicios de las ROE. Por favorenvelos a la direccin de correo [email protected].

    Dennis MandsagerColegio de Guerra Naval de los Estados Unidos

    mailto:[email protected]:[email protected]:[email protected]:[email protected]
  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    7/101

    vi

    AGRADECIMIENTOS

    El equipo de redaccin expresa su gratitud al Instituto Internacional de DerechoHumanitario y a los innumerables alumnos, participantes de talleres y contrapartes quehan empleado el manual y han hecho una crtica constructiva y recomendaciones para superfeccionamiento.

    Alan Cole agradece al Comodoro Neil Brown, de la Armada Real por su apoyo al brindarlela oportunidad de tener contacto con su personal y por su propia contribucin personal enla redaccin de las secciones relacionadas con el establecimiento de objetivos anticipado.Tambin agradece al Capitn Andrew Jameson de la Armada Real quien contribuy enlos asuntos relacionados con seguridad martima.

    Rob McLaughlin no habra estado involucrado en este proyecto de no haber sido por elenorme apoyo del Contralmirante Allan du Toit, el Mayor General David Morrison, y elComodoro Trevor Jones, a quien le expresa su agradecimiento. Tambin agradece a losmuchos oficiales de operaciones y oficiales legales dentro de la Fuerza de Defensa

    Australiana (ADF, por sus siglas en ingls), y en particular, al Teniente Coronel Ian

    Henderson, por sus revisiones y comentarios.

    Phillip Drew quisiera extender su agradecimiento al Comandante de la Academia deDefensa Canadiense, el Mayor General Daniel Gosselin y al Juez General Adjunto de lasFuerzas Canadienses, el General Brigadier Kenneth Watkin, por su enorme apoyo desdela concepcin de este proyecto hasta su trmino. Tambin le gustara agradecer a suscolegas que le ayudaron al brindarle asesora y gua, en particular al Coronel Kirby Abbott,al Teniente Coronel Tim Bishop y al Capitn de Fragata Mary Gardam.

    Dennis Mandsager agradece al equipo por sus muchas horas de redaccin, debate,negociacin y compromiso que dieron como resultado el desarrollo de este manual. Porsu apoyo a este proyecto, agradece al liderazgo del Colegio de Guerra Naval, incluyendo

    al Presidente anterior y al actual, Contralmirante Jacob Shuford, Armada de EstadosUnidos (Retirado) y al Contralmirante James P. (Phil) Wisecup, USN, a los superioresanteriores y actuales, al Profesor James Giblin y a la Embajadora Mary Ann Peters, y alDecano del Centro de Estudios de Guerra Naval, el Profesor Robert (Barney) Rubel.Finalmente, agradece a sus colegas en el Departamento de Derecho Internacional delColegio de Guerra Naval y a la Unidad de Derecho Internacional de la Reserva Naval,quienes jugaron un papel clave en el equipo que produjo el manual.

    Alan Cole

    Phillip Drew

    Rob McLaughlin

    Dennis Mandsager

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    8/101

    vii

    NDICE

    PRLOGO DEL PRESIDENTE, IIHL ii

    CONSEJO DEL IIHL Y OFICIALES iv

    PREFACIO vAGRADECIMIENTOS vi

    NDICE vii

    TABLA DE LAS ROE ix

    PARTE I INTRODUCCIN 1

    PARTE II AUTODEFENSA 2

    PARTE III EL USO DE LA FUERZA DURANTE LAS OPERACIONES 3

    PARTE IV DIRECCIN DE POLTICA PARA AUTORIDADES MILITARES 5

    PARTE V METODOLOGA DE ELABORACIN DE ANTEPROYECTO 5

    PARTE VI PROCEDIMIENTOS DE LAS ROE 7

    ANEXO A GUA DE PLANEAMIENTO Y CONTRATACIN DE PERSONAL 9

    Apndice 1 Procedimientos de Planeamiento 10

    Apndice 2 Gua de mbitos Especficos 12

    2.1 Operaciones Terrestres2.2 Operaciones Martimas

    2.3 Operaciones Areas2.4 Operaciones del Espacio Exterior2.5 Operaciones del Ciberespacio

    Apndice 3 Consideraciones de Planeamiento con Tareas Especficas 17

    3.1 Operaciones de Paz3.2 Operaciones de Evacuacin de No Combatientes3.3 Ayuda Humanitaria / Ayuda en Caso de Desastre3.4 Asistencia a Autoridades Civiles3.5 Operaciones de Interdiccin Martima

    Apndice 4 Gua sobre Intencin Hostil 22

    Apndice 5 Escalamiento de la Fuerza enAutodefensa 24

    Apndice 6 Determinacin de Objetivos y ROE 26

    ANEXO B COMPENDIO DE ROE 28

    ANEXO C FORMATOS DE ROE Y MATERIALES RELACIONADOS CON ROE 63

    Apndice 1 Anexo de ROE para Orden de Operaciones (OPORDER) 64

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    9/101

    viii

    Apndice 2 Mensajes de Solicitud de ROE (ROEREQ), AUTORIZACIN 65DE ROE (ROEAUTH), e Implementacin de ROE (ROEIMP)

    Apndice 3 Matriz de ROE para Operaciones Multinacionales 70

    Apndice 4 Tarjetas de ROE 71

    Apndice 5 Anuncios de Zona Martima de Advertencia 76Apndice 6 Solicitud de Identificacin / Advertencia

    79

    Apndice 7 Respuestas a Indagatorias, Advertencias y Retos en el Mar 80

    ANEXO D GLOSARIO 81

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    10/101

    ix

    TABLA DE LAS ROE

    Esta tabla establece los encabezados de las Series de las ROE encontradas en elCompendio de ROE del Anexo B de este manual. El Compendio de ROE contiene lasreglas especficas y notas que se emplearn para la redaccin de las ROE.

    GRUPO 10-19: USO DE LA FUERZA EN AUTODEFENSA Y DE TERCEROS

    Serie

    10 Uso de la Fuerza enAutodefensa de un Individuo

    11 Uso de la Fuerza enAutodefensa de una Unidad

    12 Uso de la Fuerza para la Proteccin de Terceros

    13 Uso de la Fuerza enAutodefensa Nacional

    14-19 NO EMPLEADAS

    GRUPO 20-29: CUMPLIMIENTO DE LA MISIN

    Serie

    20 Uso de la Fuerza para el Cumplimiento de la Misin

    21 Proteccin de la Libertad de Movimiento de Personas22 Prevencin de Interferencia con Barcos y Aviones

    23 Disparos de Advertencia

    24 Fuego Incapacitante

    25 Bsqueda y Detencin de Personas

    26 Uso de la Fuerza para Asegurar la Liberacin de Personas

    27 Fuego Indirecto (Fuego Indirecto no Observado y Fuego Directo Observado)

    NO EMPLEADAS

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    11/101

    x

    GRUPO 30-39: DETERMINACIN DE OBJETIVOS EN CONFLICTOS ARMADOS

    Serie

    30 Enfrentamiento de Objetivos Militares Incluyendo Fuerzas Hostiles

    31 Identificacin de Objetivos32 Neutrales

    33-39 NO EMPLEADAS

    GRUPO 40-49: OPERACIONES RELACIONADAS CON PROPIEDAD

    Serie

    40 Uso de la Fuerza para Proteger la Propiedad41 Proteccin de Propiedad Vital / Esencial para la Misin / Especificada

    42 Inspeccin, Incautacin y Destruccin de Propiedad

    43-49 NO EMPLEADAS

    GRUPO 50-59: POSICIONAMIENTO GEOGRFICO

    Serie50 Posicionamiento Geogrfico de las Unidades de Fuerza e Incursiones

    Transfronterizas

    51 Reconocimiento Terrestre

    52 Reconocimiento Areo

    53 Posicionamiento Relativo de las Unidades de Fuerza

    54 Ejercicios en Presencia de un Adversario Potencial

    55 Distracciones

    56 Uso de Obstculos y Barreras57 Zonas

    58 Libertad de Navegacin

    59 NO EMPLEADAS

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    12/101

    xi

    GRUPO 60-69: ADVERTENCIAS, HOSTIGAMIENTO, SHADOWING, ILUMINACIN

    Serie

    60 Advertencias

    61 Hostigamiento

    62 Persecucin, Supervisin y Marcar

    63 Sensores e Iluminacin

    64-49 NO EMPLEADAS

    GRUPO 70-79: PORTACIN DE ARMAS

    Serie

    70 Autorizacin para Portar Armas

    71-79 NO EMPLEADAS

    GRUPO 80-89: MINAS TERRESTRES, MUNICIONES DE DISPERSIN Y TRAMPAS

    PARA BOBOS

    Serie

    80 Uso de Minas Terrestres

    81 Uso de Municiones de Dispersin

    82 Uso de Trampas para Bobos

    83-89 NO EMPLEADAS

    GRUPO 90-99: OPERACIONES MARTIMAS

    Serie

    90 Aplicacin de la Ley Martima

    91 Contactos Submarinos

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    13/101

    xii

    92 Minas Navales

    93 Inspecciones

    94 Represin de la Piratera

    95-99 NO EMPLEADAS

    GRUPO 100-109: OPERACIONES AREAS

    Serie

    100 Uso de Municiones de Aire a Superficie

    101 Uso de Municiones de Aire a Subsuperficie

    102 Enfrentamientos Aire a Aire

    103-109 NO EMPLEADAS

    GRUPO 110-119: ASISTENCIA A AUTORIDADES CIVILES

    Serie

    110 Uso de la Fuerza en Asistencia a Autoridades Civiles, incluyendo Aplicacin de la

    Ley

    111 Detencin y Arresto de Personas112 Trato de Personas Detenidas y Arrestadas

    113-119 NO EMPLEADAS

    GRUPO 120-129: CONTROL DE MULTITUDES Y DISTURBIOS

    120 Control de Multitudes y Disturbios

    121 Agentes de Control de Disturbios122 Municiones / Caones de Agua para el Control de Disturbios

    123-129 NO EMPLEADAS

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    14/101

    xiii

    GRUPO 130-139: OPERACIONES DE INFORMACIN

    Serie

    130 Medidas de Guerra Electrnica131 Operaciones de Redes de Cmputo

    132 Operaciones Psicolgicas

    133 Engao Militar

    134-139 NO EMPLEADAS

    GRUPO 140-149: OPERACIONES DEL ESPACIO EXTERIOR

    Serie

    140 Interfaz con Comunicaciones Satelitales

    141 Neutralizacin / Destruccin de Satlites

    142-149 NO EMPLEADAS

    GRUPOS 150 EN ADELANTE: NO EMPLEADAS

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    15/101

    1

    PARTE I: INTRODUCCIN

    INTRODUCCIN Y PROPSITO

    1. El propsito de este Manual es contribuir en la redaccin de Reglas de Enfrentamiento(ROE, por sus siglas en ingls) y en la gua legal y operacional relacionada, para su uso en eladiestramiento, ejercicios, juegos de guerra y operaciones. El manual no es un manual sobre laLey del Conflicto Armado. El manual toma en consideracin el requerimiento para identificar ymanejar las respectivas posiciones legales y polticas de los pases que participan en unaoperacin multinacional y promueve un entendimiento de las polticas de las Reglas deEnfrentamiento nacionales. El manual tambin establece las ROE sugeridas para un nmero deentornos y tareas seleccionadas, as como procedimientos para aprobar e implementar las ROEen operaciones de servicio, conjuntas, o multinacionales solas.

    ESTRUCTURA DEL MANUAL

    2. Este manual adopta la siguiente estructura:

    a. De la Parte I a la Parte VI se proporciona una introduccin al manual, las

    consideraciones legales clave que tienen un impacto sobre el uso de la fuerza, elconcepto de autodefensa, los factores de poltica que influyen en el desarrollo de lasROE, la metodologa adoptada en este manual, y los procedimientos de las ROE.

    b. El Anexo A es una gua sobre el planeamiento y la redaccin de las ROE, unagua especfica sobre las ROE para entornos operacionales seleccionados y tareasoperacionales, una gua sobre la intencin hostil y el escalamiento de la fuerza enautodefensa, e informacin sobre la relacin entre el establecimiento de objetivos y lasROE.

    c. El Anexo B es un men de disposiciones de las ROE que puede personalizarsesegn sea necesario, a fin de cumplir varias misiones.

    d. El Anexo C y sus Apndices brindan muestras de ROE y documentosrelacionados con las mismas.

    e. El Anexo D brinda las definiciones de un nmero de trminos empleados en estemanual. Estos trminos aparecen en itlicas a lo largo del texto (por ejemplo: abordajecontrario), indicando as que es posible encontrar una referencia sobre la definicin en el

    Anexo D.

    DEFINICIN Y ESTATUS

    3. Las Reglas de Enfrentamiento son emitidas por autoridades competentes y contribuyenen el delineamiento de las circunstancias y limitaciones dentro de las cuales las fuerzasmilitares pueden emplearse, a fin de alcanzar sus objetivos. Las ROE aparecen en una

    variedad de formas en las doctrinas militares nacionales, incluyendo la ejecucin de rdenes, eldespliegue de rdenes, los planes operacionales, o las directivas vigentes. Sin importar culsea su forma, brindan autorizacin o lmites, entre otras cosas sobre el uso de la fuerza, elposicionamiento y postura de las fuerzas, y el empleo de ciertas capacidades especficas. Enalgunos pases, las ROE tienen el estatus de gua para las fuerzas militares; en otros, las ROEson rdenes conforme a derecho.

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    16/101

    2

    Las ROE no se emplean para asignar misiones o tareas ni tampoco para darinstrucciones tcticas. Las misiones y las tareas se asignan mediante las rdenes deoperaciones y otros instrumentos similares de mando y control.

    LEY Y POLTICA APLICABLES

    4. Derecho Internacional. La realizacin de operaciones militares est regida por el

    derecho internacional, incluyendo la ley de conflicto armado (LOAC, por sus siglas en ingls)(tambin conocida como la ley de la guerra, o ley humanitaria internacional), y la leyinternacional de derechos humanos aplicable. Ambos pases e individuos estn obligados acumplir con la LOAC. Todos los pases tienen la obligacin de entrenar a sus fuerzas paracumplir con la LOAC y con otras disposiciones de la ley internacional que impactan lasoperaciones militares. Este manual pretende facilitar la creacin de las ROE para brindar el

    juicioso uso de la fuerza de conformidad con la ley internacional. Los pases estn obligados acumplir la Ley de Ginebra y la Ley de La Haya. Los pases pueden tener obligaciones condistintos tratados y diferir en las interpretaciones y/o aplicaciones de los tratados y de la leyinternacional convencional. En operaciones multinacionales estas diferencias necesitanidentificarse y factorizarse en la planeacin y realizacin de las operaciones.

    5. Leyes Nacionales. Las fuerzas armadas de cada pas deben cumplir con sus propiasleyes nacionales. Por ejemplo, las leyes nacionales de ciertos pases pueden restringir lacapacidad de las fuerzas para emplear la fuerza, en particular la fuerza letal, para proteger aotros o para defender una propiedad. De esta forma, algunos pases pueden emitir restriccioneso ampliar instrucciones para complementar las ROE para las operaciones multinacionales.Hasta el mayor grado posible, dichas restricciones o instrucciones deben compartirse con lossocios multinacionales. Resulta particularmente importante asegurarse de que los comandantesque llevan a cabo operaciones multinacionales estn conscientes de dichas restricciones demodo que puedan emplear las fuerzas en una forma eficiente y efectiva.

    6. Poltica Nacional. De la misma manera en que los pases pueden tener posicioneslegales diferentes sobre ciertos temas, el planeamiento y la realizacin de operaciones militaresdebe tomar en consideracin las diferentes posiciones de poltica nacional. Algunas

    operaciones militares, disponibles tanto bajo el derecho internacional como el nacional, podranno tener la intencin de la poltica nacional, ya sea de forma general o con respecto a unaoperacin especfica. Por ejemplo, algunos pases en ciertas circunstancias pueden limitar losniveles permisibles de dao circunstancial o dao colateral a niveles por debajo de losaceptados por la LOAC, mientras que otros podran no permitir que sus fuerzas armadas llevena cabo actividades relacionadas con la aplicacin de la ley. En operaciones multinacionales, esnecesario identificar y factorizar dichas diferencias en poltica en el planeamiento y desempeode las operaciones. Este manual permite la creacin de ROE que contribuyan en la realizacinde operaciones de conformidad con la poltica nacional.

    7. Operaciones Multinacionales. En estas operaciones los pases participantes debernoperar de conformidad con disposiciones coherentes de las ROE. Las diferencias polticas y

    legales pueden conducir a diferentes ROE entre los miembros de una fuerza multinacional. Lasdiferentes ROE pueden ser una fuente de friccin en la realizacin de operaciones. Losproblemas de este tipo se resuelven de una mejor forma a travs de las negociaciones en lugarde a travs de un proceso que conduzca a una ROE que refleje el comn denominador msbajo. Si existen diferencias irreconciliables en las ROE, estas diferencias debern compartirsecon otros miembros de la fuerza en la medida de lo posible.

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    17/101

    3

    PARTE II: AUTODEFENSA

    8. Categoras de laAutodefensa. El derecho internacional y las leyes nacionales de todoslos pases reconocen un derecho de autodefensa, que es el uso de la fuerza para defenderseen contra de un ataque o ataque inminente. La autodefensa est disponible en todas las

    situaciones, incluyendo el conflicto armado. Las leyes nacionales difieren en la definicin y elcontenido del derecho de autodefensa. Como consecuencia, los individuos y las unidadesejercern este derecho de conformidad con su respectiva ley nacional. Para algunos pases, laautodefensa no est regida por las ROE. Para otros pases, los trminos acto hostil eintencin hostil estn relacionados con el logro de la misin, en lugar de la autodefensa. Elmanual ha adoptado lo que los redactores consideran el punto de vista generalmente msaceptado, aunque se reconoce que los pases pueden tener diferentes enfoques. En todo caso,el manual est diseado para su uso por parte de todos los pases. Para fines de este manual,el derecho de autodefensa se considera en cuatro niveles.

    a. Autodefensa de un Individuo. Esto se refiere al derecho de un individuo paradefenderse (y en algunos casos otros individuos) de un ataque o ataque inminente.

    Algunos pases permiten que los comandantes limiten la autodefensa de un individuo de

    la misma forma que para la autodefensa de una unidad(Ver Anexo B, Serie 10).b. Autodefensa de una Unidad. Los comandantes de una unidad tienen el derechode defender su unidad y otras unidades de su pas frente a un ataque o ataqueinminente. Para ciertos pases, el concepto de autodefensa de una unidades tanto underecho como una obligacin; mientras que para otros el concepto es slo un derecho.

    Algunos pases permiten que el derecho de autodefensa de una unidadsea limitado porrdenes provenientes de la alta autoridad. La autodefensa de una unidad puedeextenderse a las unidades e individuos de otros pases cuando son autorizados por lasROE aplicables. (Ver Anexo B, Serie 11).

    c. Proteccin de Otros. Esto se refiere al derecho a defender a personasespecficas (quienes no son parte de la Fuerza). En contra de un ataque o ataque

    inminente. Para algunos pases, el derecho de la autodefensa de un individuo oautodefensa de una unidad puede no incluir el derecho a emplear la fuerza paradefender a los ciudadanos de otro pas. (Ver Anexo B, Serie 12).

    d. Autodefensa Nacional. Tal como se reconoce en el Artculo 51 de la Carta de lasNaciones Unidas, se refiere al derecho de un pas a defenderse en contra de un ataquearmado, y para la mayora de los pases, la amenaza de un ataque armado inminente.(Ver Anexo B, Serie 13). Las decisiones de si se invocar la autodefensa nacionalo nose realizan en los niveles ms altos de la autoridad gubernamental o ejecutiva.

    9. Acto Hostile Intencin Hostil. Para fines de este manual, el derecho a utilizar la fuerzaen autodefensa surge en respuesta a un acto hostil (ataque) y/o intencin hostil demostrada(amenaza de un ataque inminente). A partir de los Apndices 4 y 5 hasta el Anexo A se

    proporciona una gua sobre la determinacin de una intencin hostily la magnitud y duracin dela fuerza que puede emplearse en autodefensa. La alta autoridadpuede proporcionar una guade misiones especficas sobre los indicadores del acto hostily la intencin hostil.

    10. Uso de la Fuerza en Autodefensa. Sujetas a cualquier limitacin promulgada en lasReglas de Enfrentamiento (de la Serie 10 u 11), todos los medios y acciones necesarias yproporcionales pueden emplearse en autodefensa. En la medida que lo permita el tiempo y lascircunstancias operacionales, las fuerzas militares deben advertir la amenaza de una entidad, a

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    18/101

    4

    fin de brindar la oportunidad para retirarse o cesar sus acciones amenazantes. Las fuerzasmilitares tienen permiso para emplear la fuerza en autodefensa slo si las alternativas noobligatorias para prevenir o evitar el ataque o ataque inminente:

    a. se han agotado,b. no estn disponibles, o

    c. se consideran insuficientes para defender las fuerzas en dichas circunstancias.

    El uso de la fuerza por lo general est autorizado, siempre y cuando el acto hostilo intencinhostil contine. El uso de la fuerza debe ser proporcional, lo que significa que la naturaleza,duracin y alcance de la fuerza empleada no debe exceder lo que se requiere. (Nota: Elconcepto de proporcionalidad en la autodefensa no debe confundirse con el concepto deproporcionalidad en el conflicto armado internacional, que est relacionado con los intentospor minimizar el dao colateral).

    11. Persecucin. La autodefensa, la autodefensa de una unidad, la proteccin de terceros, yla autodefensa nacional incluyen la autoridad de perseguir y enfrentar fuerzas que continandemostrando una intencin hostil. Las ROE pueden limitar el grado al que se autoriza la

    persecucin, dependiendo de la situacin militar y poltica. La persecucin en autodefensa debedistinguirse de la persecucin encarnizada, que para fines de este manual, es una medida quese aplica slo en un contexto de aplicacin de la ley martima y se define en la ley internacionalconvencional y en el Artculo 111 de la Ley de 1982 de la Convencin Martima.

    12. Relacin entre la Autodefensa y las ROE sobre el Cumplimiento de la Misin. Losindividuos y las unidades tienen el derecho a defenderse en contra de un ataque y un ataqueinminente. Como regla general, las ROE emitidas para una misin no limitan este derecho.Dado que las leyes y polticas nacionales difieren, no siempre habr coherencia en una fuerzamultinacional sobre cundo termina el derecho de hacer uso de la fuerza en autodefensa ycundo comienza el uso de la fuerza para el cumplimiento de una misin. Las incoherenciasdeben aclararse en el proceso de planeamiento.

    PARTE III: EL USO DE LA FUERZA DURANTE OPERACIONES

    13. En trminos generales, en tiempos de paz, el uso de la fuerza se permite enautodefensa, en el ejercicio de la autoridad del cumplimiento de la ley, y en el cumplimiento deoperaciones o misiones especficamente autorizadas por una autoridad nacional mayor ocualquier otro organismo de gobierno, como el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

    a. Se reconoce universalmente que las personas y las unidades tienen un derechoa defenderse en contra de un ataque o ataque inminente. No obstante, dado que lasleyes y polticas nacionales difieren con respecto a la aplicacin de la autodefensa a las

    operaciones militares, las Series 10, 11, 12 y 13 del Anexo B proporcionan ROEespecficas que pretenden aclarar el nmero de autorizaciones otorgadas para laaplicacin de la fuerza en autodefensa. Por ejemplo, algunos pases permiten que loscomandantes restrinjan el ejercicio del derecho de autodefensa de un individuo y/o laautodefensa de una unidad, mientras que otros no.

    b. En los casos en los que el uso de la fuerza no se justifica por la autodefensa,pero que; no obstante, es necesario para el cumplimiento de una misin militar

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    19/101

    5

    asignada, la fuerza razonable puede ejercerse dentro de los limites del derecho nacionale internacional relevante. De la Serie 20 a la 140 del Anexo B proporcionan las medidaspara el cumplimiento de la misin.

    c. La fuerza letal puede emplearse en contra de personas que representen unaamenaza inminente a la vida. Los puntos de vista nacionales en otras circunstancias en

    las que la fuerza letal se permite pueden variar ampliamente de pas a pas. El manualproporciona mltiples medidas de ROE, el uso de las cuales depender de las leyes ypolticas nacionales.

    14. Durante un conflicto armado, y adems de la autodefensa, los comandantes estnautorizados para enfrentar a un enemigo de conformidad con la LOAC.

    a. El grado al que los diferentes aspectos de la LOAC pueden aplicarse depende enprimer lugar de si un conflicto es un conflicto armado internacional o no internacional.Por lo general, el liderazgo poltico de un pas determina la caracterizacin de unconflicto armado a aplicarse mediante sus fuerzas armadas. Esta caracterizacin sebasa en un anlisis legal de la situacin basada en hechos. Cuando se planean

    operaciones y se crean reglas de enfrentamiento para operaciones multinacionales, losaltos comandantes y sus asesores legales necesitan estar conscientes de la manera enque otros pases caracterizan el conflicto, ya que dichas caracterizaciones afectarn qumarco de trabajo de la LOAC aplican dichos pases.

    b. En situaciones de conflictos armados internacionales, slo los combatientes (amenos que sea hors de combat (fuera de combate)) y los civiles que participandirectamente en hostilidades y objetivos militares pueden ser objeto de ataque. Ensituaciones de conflictos armados no internacionales, slo los combatientes (a menosque sea hors de combat) y los civiles que participan directamente en hostilidades yobjetivos militares pueden ser el objeto del ataque.

    c. Los comandantes, los planificadores y los asesores legales deben reconocer elhecho de que no todos los pases son parte de los mismos tratados de la LOAC.Adems, incluso aquellos que s son parte de los mismos tratados no todos tienen lasmismas interpretaciones de la ley contenidas en dichos tratados. Sin embargo, ellenguaje de las reglas de enfrentamiento por lo general est diseado para reflejar unnmero de reglas y principios de LOAC recurrentes relacionadas con el uso de la fuerza:

    i. Necesidad Militar El requisito por el que un beligerante tiene el derechoa aplicar cualquier medida que sea necesaria para lograr el fin de una operacinmilitar y que no est prohibida por la LOAC.

    ii. Distincin El requisito para distinguir entre la poblacin civil y los

    combatientes y entre los objetos civiles y los objetivos militares y para dirigiroperaciones slo en contra de combatientes y objetivos militares.

    ii. Proporcionalidad La prohibicin de un ataque que puede esperarse queocasione prdida incidental de la vida civil, lesin a civiles, dao a objetos civileso una combinacin de ellas, que sera excesivo en relacin con la ventaja militarconcreta y directa anticipada.

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    20/101

    6

    iv. Humanidad La prohibicin de la imposicin del sufrimiento, dao odestruccin no realmente necesaria para el cumplimiento de los propsitosmilitares legtimos.

    v. Precaucin En la realizacin de operaciones militares, deber tenerseun cuidado constante para salvaguardar a la poblacin civil, civiles y objetos

    civiles.vi. Prohibiciones de armas La prohibicin de armas que ocasionan daossuperfluos o sufrimiento innecesario.

    15. La discusin detallada de la LOAC va ms all del alcance de este Manual de Reglas deEnfrentamiento.

    PARTE IV: DIRECCIN DE POLTICAS A AUTORIDADES MILITARES

    16. La alta autoridad dentro de una nacin o en una fuerza multinacional brindar ladireccin sobre las metas a alcanzarse cuando se lleva a cabo una misin militar. Esto puedeincluir la direccin sobre la postura de la fuerza, as como las autorizaciones o limitaciones

    sobre el alcance de la accin que un comandante puede tomar para alcanzar la misin. Ladireccin de la poltica del gobierno, incluyendo las conclusiones del anlisis legal, puede limitarla libertad operacional de los comandantes militares y evitan que tomen todas las accionesdisponibles a ellos de conformidad con la ley. No obstante, la direccin poltica brinda unaautoridad legal para el uso de la fuerza en la realizacin de operaciones en donde dicho uso dela fuerza est fuera de la ley.

    17. Las ROE autorizadas para una misin por lo general incluirn las instruccionesespecficas relacionadas con el uso de la fuerza. Adems de la autodefensa, las ROEgeneralmente reflejarn los mltiples componentes, incluyendo la gua poltica de mayoresautoridades, las consideraciones tcticas de la misin especfica, y la LOAC. Resultanesenciales las reglas sucintas y no ambiguas.

    18. El liderazgo poltico tambin puede brindar una gua narrativa sobre sus metas yobjetivos polticos de modo que se permita a los comandantes responder adecuadamenteconforme se desarrolla una situacin. Dicha gua debe explicarse en un lenguaje sencillo, y lasROE de apoyo deben reflejar esta gua dentro del contexto de la misin. Dicha gua puedecambiar conforme maduran los objetivos de la misin y las autorizaciones de las ROE parareflejar los cambios en la poltica y el contexto de la misin.

    PARTE V: METODOLOGA PARA LA REALIZACIN DEL ANTEPROYECTO

    19. Las ROE en este manual se redactaron como una serie de prohibiciones, restricciones y

    permisos establecidos en el Compendio de Reglas en el Anexo B. Este manual adopta unenfoque restrictivo a la autorizacin. Esto significa que si la medida de una ROE no semenciona en la ROE, los comandantes deben asumir que no tienen autoridad alguna (ms allde la autodefensa de un individuo y la autodefensa de una unidad) para llevar a cabo esaaccin. Con respecto al ejercicio de libertades de navegacin y sobrevuelo (es decir, libertadesde alta mar, paso inocente, paso de trnsito, y entrada para asistencia), no se requiere de lasdisposiciones de ROE especficas a menos que dichos derechos sean restringidos. No

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    21/101

    7

    obstante, las medidas que autorizan o prohben dichas acciones se incluyen para facilitar laclaridad.

    20. El Anexo B brinda un men de opciones de ROE que pueden adaptarse a una misinespecfica. La naturaleza de la(s) operacin(es) puede determinar que los planificadores ocomandantes propongan reglas que no aparecen en este manual. En tales casos, podrn

    utilizarse las reglas no empleadas en las series relevantes o bien una nueva serie. Algunasmuestras de ROE para una operacin se encuentran contenidas del Apndice 1 del Anexo C.

    21. Cuando el trmino ESPECIFIQUE se incluye en la medida de ROE, el trmino serefiere a la necesidad de agregar parmetros especficos que enfocan la aplicacin de la regla.Dichos parmetros pueden estar relacionados con los alcances, los tipos de armas enparticular, las nacionalidades especficas, o ciertas acciones o conductas. De esta forma, cadavez que aparece este trmino, debern insertarse palabras especficas en la medida de la ROEa fin de aclarar y adaptar el significado de la disposicin.

    22. Cuando la ROE autoriza el uso de la fuerza letal, esto autoriza el uso de todos losgrados menores de la fuerza permitidos por ley, hasta e incluyendo la fuerza letal. Las tcticas,

    tcnicas y procedimientos reales para aplicar la fuerza o utilizar la fuerza no letal variarnbasndose en factores como el entorno, los sistemas de armas disponibles, la amenazaprevaleciente, y la ley aplicable. El empleo tctico de ROE aprobadas es cuestin de juicio delmando.

    23. La autoridad del mando especificado podr conservar reglas especficas para suactivacin. Esto significa que la regla slo podr utilizarse bajo la aprobacin positiva especficapor parte del comandante especificado. Esta aprobacin por lo general ser buscada y otorgadapor los medios apropiados ms rpidos y sern confirmados formalmente. Asimismo, dichaaprobacin podr ser en una base de caso por caso, o bien se podr dar por un periodoespecificado, un rea geogrfica o misin. La retencin de una regla se indica mediante laampliacin de la regla que seale el nivel de aprobacin. El formato adoptado en este manual

    es el siguiente:

    AMPN: Esta regla la conserva (ESPECIFUQE el nivel de autoridad; por ejemplo,Comandante de la Fuerza).

    24. Aunque los comandantes pueden restringir el uso de medidas de ROE emitidas, nopueden autorizar que sus fuerzas las excedan. Los Comandantes en todos los niveles que notienen la seguridad sobre la conveniencia de las ROE debe solicitar inmediatamente un cambioo aclaracin. Adems de esto, si las ROE se consideran no claras o insuficientes, loscomandantes debern buscar de inmediato una aclaracin por parte de la autoridad superior.

    PARTE VI: PROCEDIMIENTOS DE LAS ROE

    25. Aprobacin. Las ROE estn autorizadas ya sea por las autoridades nacionales o por elorganismo regulador de una organizacin internacional, de conformidad con sus procedimientosy con el acuerdo nacional (es decir, la ONU). Las ROE estn desarrolladas y redactadas comoparte del proceso de planeamiento operacional, ya sea en paralelo o como parte del desarrollodel plan de operacin relevante (OPLAN, por sus siglas en ingls) o por la orden de operacin(OPORDER, por sus siglas en ingls). Pueden estar incluidos en estos documentos o

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    22/101

    8

    publicarse por separado mediante un mensaje o de alguna otra forma. El OPLAN o laOPORDER tambin establecer el rea geogrfica (rea de operaciones) a las que aplica lasROE. Algunos pases incluyen su solicitud para ROE especficas de misin directamente en laOPORDER provisional.

    26. Revisin. Las ROE debern revisarse continuamente para asegurar que sean claras y

    legales, que sean suficientes para enfrentar los requerimientos de la misin, y que brinden alcomandante los poderes necesarios para tratar efectivamente con la amenaza. Del Apndice 2del Anexo C se proporcionan los formatos de los mensajes para solicitar ROE (ROEREQ), paraautorizar ROE (ROEAUTH), y para implementar ROE (ROEIMP).

    27. Seguridad. Aunque las ROE para entrenamiento y ejercicio con frecuencia puede ser noclasificadas, las ROE para operaciones reales por lo general s son clasificadas al mismo nivelque el OPLAN o la OPORDER.

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    23/101

    9

    Anexo A

    GUA DE PLANEAMIENTO Y CONTRATACIN DE PERSONAL

    1. Este Anexo proporciona los procedimientos recomendados para el desarrollo,contratacin de personal, y publicacin de ROE.

    2. Se incluyen los siguientes apndices:

    Apndice 1 Procedimientos de Planeamiento

    Apndice 2 Gua de Entornos Especficos

    Apndice 3 Consideraciones de Planeamiento con Tareas Especficas

    Apndice 4 Gua sobre Intencin Hostil

    Apndice 5 Escalamiento de la Fuerza enAutodefensa

    Apndice 6 Determinacin de Objetivos y ROE

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    24/101

    10

    Apndice 1 del Anexo A

    PROCEDIMIENTO DE PLANEAMIENTO

    1. El desarrollo e implementacin de ROE efectivas es crtico para el logro de la misin.Este Apndice brinda los lineamientos sugeridos para incorporar el desarrollo de ROE en el

    planeamiento operacional.

    2. Las ROE son autorizadas por las autoridades nacionales (de forma individual ocolectiva) o en ocasiones por el organismo regulador de una fuerza multinacional que operabajo la sombrilla de una organizacin internacional (como por ejemplo: la ONU, la OTAN, la UAo la UE). El desarrollo de las ROE debe llevarse a cabo como parte del proceso deplaneamiento operacional.

    3. Es necesario considerar el establecimiento de una Clula de Planeamiento de ROE. Laclula debe estar guiada por personal operacional y debe incluir asesores legales, asesores depoltica y oficiales con especialidad en operaciones terrestres, areas, martimas, de espacioexterior y/o de ciberespacio, segn sea conveniente. En las operaciones multinacionales,

    resulta esencial el enfrentamiento temprano con otros pases de fuerza multinacional.

    4. La responsabilidad para redactar una ROE por lo general radica en las operaciones oplanes actuales y en el personal de poltica, pero esto vara de pas a pas. El asesor legal debedesempear un papel muy importante en el desarrollo de las ROE y debe fungir como asistenteprincipal del personal de operaciones que redacta las ROE.

    5. Los asesores legales se asegurarn de que las ROE coincidan con la ley relevante yreflejen los mandatos polticos y las polticas nacionales de los pases que contribuyen a laFuerza. Por lo tanto, los asesores legales necesitarn analizar las bases legales para la misiny el marco de trabajo legal que regular la aplicacin de la fuerza, tomando en consideracin lacaracterizacin del conflicto. Esto incluye la identificacin de la naturaleza de la operacin,

    incluyendo si se trata de un conflicto armado y, de ser as, la naturaleza del conflicto armado(internacional o no internacional).

    6. Una vez que las ROE se han redactado y aprobado (ver la LISTA DE COMPROBACINDE REDACCIN DE ROE en el Anexo B), se publican a la Fuerza. Las ROE por lo generalestarn contenidas y vinculadas a un documento u orden de planeamiento operacional.

    Asimismo, la gua sobre el uso de la fuerza tambin podr estar contenida o referida en otrassecciones de los documentos u rdenes de planeamiento. En los casos en los que esto ocurre,deber tenerse particular cuidado para garantizar que las diferentes secciones que contienen lagua de las ROE tengan armona.

    7. Deber tenerse consideracin para crear los productos de las ROE (tarjetas, mensajes,

    etc.) que resuman las disposiciones clave de las ROE para la distribucin y el entrenamiento delas fuerzas operacionales. Asimismo, se considera una herramienta til una matriz de las ROEque resuma las ROE de cada socio multinacional (ver de Apndice 3 del Anexo C).

    8. Las ROE debern evaluarse continuamente tanto por comandantes a nivel tctico comooperacional de modo que los ajustes necesarios puedan realizarse conforme se desarrolla lamisin, se cambia el panorama de inteligencia (en particular, las amenazas a las unidades denivel tctico), y, donde se aplique, conforme evolucionen las tcticas, tcnicas y procedimientos

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    25/101

    11

    del enemigo. Debern solicitarse o implementar nuevas medidas segn sea necesario de modoque se garantice que las ROE sigan siendo congruentes con la misin, la situacin operacional(especialmente la amenaza), la gua poltica y la ley. Es posible lograr los cambios de propuestao implementacin a travs de los procedimientos de ROEREQ, ROEAUTH y ROEIMP (ver del

    Apndice 2 del Anexo C). Cada vez que se considere que las ROE no son claras, deberbuscarse su aclaracin por parte del cuartel general superior.

    9. El escenario basado en el entrenamiento de ROE garantizar que las ROE puedancomprenderse y aplicarse adecuadamente por parte de todas las unidades y miembros de laFuerza. Los comandantes de la Fuerza multinacional debern reunirse con los comandantessubordinados para garantizar el entendimiento comn de las ROE.

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    26/101

    12

    Apndice 2 del Anexo AGUA DE MBITOS ESPECFICOS

    2.1 Operaciones Terrestres

    a. Introduccin

    La caracterstica distintiva de las operaciones terrestres es que stas se dan en territoriosoberano, con o sin el permiso del gobierno soberano.

    b. Consideraciones Legales

    Las principales consideraciones legales al hacer el borrador de las ROE en operacionesterrestres son:

    i. Las bases legales para la presencia y actividades en territorio soberanode otra nacin: en particular si la actividad militar tiene el consentimientode la nacin(es) en la(s) que toma lugar.

    ii. Donde la nacin ha dado su consentimiento, si es que la ley de la nacinen donde la fuerzas estn presentes es aplicable, en particular laextensin de cualquier Estatus de Acuerdo Gubernamental (EAG),Memorndum de Entendimiento (MOU) u otro acuerdo internacional.

    iii. Donde existe una base legal para arrestar o detener.

    c. ROE Aplicables

    Adems de las reglas obligatorias como se establecen en el prrafo 3.d.i del Anexo B,las siguientes se deben considerar ROE

    Proteccin de la Libertad de Movimiento de las Personas (Serie 21)Disparos de Advertencia (Serie 23)Bsqueda y Detencin de Personas (Serie 25)Neutrales (Serie 32)Uso de la Fuerza para Proteger Propiedad (Serie 40)Inspeccin, Incautacin y Destruccin de Propiedad (Serie 42)Posicionamiento Geogrfico de Unidades de Fuerza e Incursiones ms

    All de la Frontera (Serie 50)Posicionamiento Relativo de Unidades de Fuerza (Serie 53)Ejercicios en Presencia de Un Adversario en Potencia (Serie 54)Divertimiento Estratgico (Serie 55)Uso de Obstculos y Barreras (Serie 56)Zonas (Serie 57)Hostigamiento (Serie 61)Sensores de Iluminacin (Serie 63)Uso de Minas Terrestres, Municiones Agrupadas, y Trampas para Bobos(Serie 80-82)

    Asistencia de Autoridades Civiles (Serie 110)

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    27/101

    13

    Controles de multitudes y manifestaciones (Serie 120)Apndice 2 del Anexo A

    Operaciones de Informacin (Serie 130 133)

    2.2 Operaciones Martimas

    a. Introduccin

    Las caractersticas distintivas del mbito martimo son que incluyen reas sujetas a lasoberana territorial de naciones (aguas nacionales y espacio areo nacional) y reas nosujetas a la soberana territorial de ninguna nacin (aguas internacionales y espacioareo internacional).

    b. Consideraciones Legales

    Las principales consideraciones legales al hacer el borrador de las ROE paraoperaciones martimas son:

    i. El rea martima en donde se darn las operaciones y el rgimen legal que

    aplica, incluyendo los derechos de navegacin y de sobrevuelo, las tareas yderechos de los estados costeros, y los derechos y deberes de neutrales u otrosparticipantes.

    ii. Las bases legales para la operacin, incluyendo cualquier autoridad legalespecfica para realizar operaciones en aguas nacionales o para realizaroperaciones de interdiccin martima.

    iii. El principio de inmunidad de soberana.

    c ROE Aplicables

    Adems de las reglas obligadas segn se establece en el prrafo 3.d.i del Anexo B, sedeben considerar las siguientes ROE:

    Prevencin de Interferencia con Buques y Aeronaves (Serie 22)Disparos de Advertencia (Serie 23)Fuego Discapacitante (Serie 24)Bsqueda y Detencin de Personas (Serie 25)Neutrales (Serie 32)Inspeccin, Incautacin y Destruccin de Propiedad (Serie 42)Posicionamiento Geogrfico de Unidades de la Fuerza e incursiones msall de los lmites (Serie 50)

    Divertimiento Estratgico (Serie 55)Zonas (Serie 57)Hostigamiento (Serie 61)Sensores e Iluminacin (Serie 63)Hacer Valer el Derecho Martimo (Serie 90)Contactos Submarinos (Serie 91)Minas Navales (Serie 92)Inspecciones (Serie 93)

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    28/101

    14

    Sometimiento de Piratera (Serie 94)Apndice 2 del Anexo A

    2.3 Operaciones Areas

    a. Introduccin

    La caracterstica distintiva de las operaciones areas es que se dan tanto en el espacioareo nacional como en el internacional.

    b. Consideraciones Legales

    Las principales consideraciones legales al hacer el borrador de las ROE paraoperaciones areas son:

    i. El rea en donde se darn las operaciones y el marco legal que aplica,incluyendo los derechos de sobre vuelo.

    ii. La intercepcin y uso de la fuerza contra aeronaves civiles o cualquierotra aeronave especficamente protegida, tales como aeronaves mdicas.

    c. ROE Aplicables

    Adems de las reglas obligatorias establecidas en el prrafo 3.d.i del Anexo B, lassiguientes ROE se deben considerar:

    Prevencin de Interferencia con Buques y Aeronaves (Serie 22)Disparos de Advertencia (Serie 23)Identificacin de Blancos (Serie 31)Neutrales (Serie 32)

    Inspeccin, Incautacin y Destruccin de Propiedad (Serie 42)Posicionamiento Geogrfico de Unidades de Fuerza e IncursionesTransfronterizas (Serie 50)Posicionamiento Relativo de Unidades de Fuerza (Serie 53)Divertimiento Estratgico (Serie 55)Zonas (Serie 57)Hostigamiento (Serie 61)Shadowing, Vigilancia y Marcacin (Serie 62)Contactos Submarinos (Serie 91)Uso de Municiones Aire-Superficie (Serie 100)Uso de Municiones Aire-Subsuperficie (Serie 101)

    Enfrentamientos Aire-Aire (Serie 102)

    2.4 Operaciones en el Espacio Exterior

    a. Introduccin

    Las caractersticas distintivas del espacio exterior son que est ms all de la soberanade cualquier nacin y que todas las naciones tienen la libertad de igual acceso y uso.

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    29/101

    15

    Apndice 2 del Anexo Ab. Consideraciones Legales

    Las principales consideraciones legales al elaborar el borrador para ROE para el

    espacio exterior son:i. Se prohbe colocar armas convencionales en la luna y en cuerposcelestes y estacionar armas nucleares y otras armas de destruccin masiva encualquier lugar del espacio exterior.

    ii. Ninguna nacin puede reclamar jurisdiccin o soberana sobre ningunaporcin del espacio exterior.

    iii. El uso de satlites de vigilancia, comunicaciones y navegacin para finesmilitares, sobrevuelo de misiles, y el colocar armas convencionales sobresatlites no son actividades prohibidas

    iv. La determinacin de donde termina el espacio areo y donde comienza el

    espacio exterior todava no se ha establecido.

    c. ROE Aplicables

    Adems de las reglas obligatorias establecidas en el prrafo 3.d.i del Anexo B, lassiguientes ROE se deben considerar:

    Interferencia con Comunicaciones Satelitales (Serie 140).Neutralizacin / Destruccin de Satlites (Serie 141).

    2.5 Operaciones en el Ciberespacio

    a. Introduccin

    La caracterstica distintiva del ciberespacio es que es un mbito nocional y ms all dela jurisdiccin de cualquier nacin. Las operaciones de redes de cmputo (ORC) son laprincipal forma de operaciones en el ciberespacio, y con frecuencia son no cinticas,dificultando la determinacin de actos hostiles e intentos hostiles.

    b. Consideraciones Legales

    Las principales consideraciones legales al hacer el borrador de las ROE paraoperaciones en ciberespacio son:

    i. Las polticas nacionales y las leyes criminales y civiles domsticas einternacionales varan mucho en los aspectos legales de las ORC. An ms, lostratados de comunicaciones multilaterales y bilaterales tienen provisiones queimpactan la conducta de las operaciones de redes de cmputo.

    ii. A pesar de que no son cinticas, las operaciones en el ciberespaciopueden constituir un acto hostil o un intento hostil. Los factores en la

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    30/101

    16

    determinacin de ambos, incluyen la severidad, rapidez, lo directo y los efectosde la operacin.

    Apndice 2 del Anexo A

    c. ROE Aplicables

    Adems de las reglas obligatorias establecidas en el prrafo 3.d.i del Anexo B, lassiguientes ROE se deben considerar:

    Operaciones de Redes de Cmputo (Serie 131)Interferencia con Comunicaciones Satelitales (Serie 140)Neutralizacin / Destruccin de Satlites (Serie 141)

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    31/101

    17

    Apndice 3 del Anexo A

    CONSIDERACIONES DE PLANEACION DE TAREA ESPECFICA

    3.1 Operaciones de Paz

    a. IntroduccinLas caractersticas distintivas de las Operaciones de Pazson que stas involucran unamezcla de fuerzas militares y agencias diplomticas y humanitarias, y son designadaspara alcanzar una solucin pacfica u otras condiciones especficas.

    b. Consideraciones Legales

    Las principales consideraciones legales al elaborar el borrador de las ROE son:

    i. Las bases legales para presencia en territorio soberano (incluyendo aaguas nacionales y espacio areo) de otra nacin, en particular si la actividadmilitar tiene el consentimiento de la nacin(es) en donde esto est sucediendo.

    ii. Donde las bases legales para presencia incluyen una Resolucin delCSONU, si esa resolucin est bajo el Captulo VI o Captulo VII.

    iii. Si cualquier resolucin del Captulo VII concede autoridad para usartodos los medios disponibles y, si las bases para el uso de la fuerza estnrestringidas a autodefensa, lo cual puede incluir la defensa de personasdesignadas.

    iv. El alcance de cualquier Estatus de Acuerdo de Fuerzas (SOFA, por sussiglas en ingls), Memorndum de entendimiento (MOU, por sus siglas en ingls)u otro arreglo internacional.

    c. Reglas de Enfrentamiento Aplicables

    Adems de las reglas obligatorias establecidas como grupo en el prrafo 3.d.i del AnexoB, las siguientes ROE se deben considerar:

    Proteccin de la libertad de movimiento de personas (serie 21)Disparos de Advertencia (Serie 23)Bsqueda y Detencin de Personas (Serie 25)Uso de la Fuerza a Propiedad Protegida (Serie 40)Inspeccin, incautacin y destruccin de propiedad (Serie 42)Posicionamiento geogrfico de Unidades de Fuerza e IncursionesTransfronterizas (Serie 50)Posicionamiento relativo de Unidades de fuerza (Serie 53)Divertimiento Estratgico (Serie 55)Uso de Obstculos y Barreras (Serie 56)Sensores de Iluminacin (Serie 63)Uso de la Fuerza en Apoyo de las Autoridades Civiles, Incluyendo elEstado de Derecho (Serie 110)Bsqueda, Detencin y Arresto de Personas (Serie 111)

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    32/101

    18

    Apndice 3 del Anexo A

    Tratamiento a Personas Detenidas o Arrestadas (Serie 112)Control de Multitudes y Manifestaciones (Serie 120)

    Agentes de Control de Manifestaciones (Serie 121)Caones de agua y Municiones para Control de Manifestaciones (Serie

    122)

    3.2 Operaciones de Evacuacin de No Combatientes (OENC)

    a. Introduccin

    La caracterstica distintiva e las Operaciones de Evacuacin de No Combatientes(OENC) es que ellos apoyan a departamentos de otro gobierno en la evacuacin denacionales y personas seleccionadas ante circunstancias de amenaza en una nacinhostil o extranjera. Las OENC son por naturaleza defensivas.

    b. Consideraciones Legales

    Las principales consideraciones legales al hacer el borrador de las ROE son:

    i. Las bases legales para la presencia en un territorio soberano (incluyendolas aguas nacionales y el espacio areo) de la nacin desde donde seestn dando las OENC; en particular si las OENC son realizadas con osin el consentimiento del pas anfitrin y, de manera acorde, si el contextoes permisivo, incierto u hostil.

    ii. El alcance de cualquier Estatus de Acuerdo de Fuerzas (SOFA, por sussiglas en ingls), Memorndum de Entendimiento (MOU, por sus siglasen ingls) u otro arreglo internacional.

    c. ROE aplicables

    Adems de las reglas obligatorias como se establecen en el prrafo 3.d.i del Anexo B,se deben considerar las siguientes ROE:

    Proteccin de la Libertad de Movimiento de Personas (Serie 21)Disparos de Advertencia (Serie 23)Bsqueda y Detencin de personas (Serie 25)Inspeccin, Incautacin y Destruccin de Propiedad (Serie 42)Posicionamiento Geogrfico de Unidades de Fuerza e IncursionesTransfronterizas (Serie 50)Posicionamiento Relativo de Unidades de Fuerza (Serie 53)

    Divertimiento Estratgico (Serie 55)Uso de Obstculos y Barreras (Serie 56)Sensores e Iluminacin (Serie 63)Uso de Fuerza en Apoyo a Autoridades Civiles, Incluyendo el Estado deDerecho (Serie 110)Control de Multitudes y Manifestaciones (Serie 120)

    Agentes de Control de Manifestaciones (Serie 121)

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    33/101

    19

    Apndice 3 del Anexo A

    Municiones para control de Manifestaciones / Caones de Agua (Serie122)Medidas de Combate Electrnico (Serie 130)

    3.3 Ayuda Humanitaria / Ayuda ante Desastres (AH Y AD)

    a. Introduccin

    Las caractersticas distintivas de la Ayuda Humanitaria / Ayuda de Desastres sonque generalmente se trata de programas de corto plazo para aliviar el sufrimientocausado por desastres naturales o causados por el hombre, y complementan losesfuerzos de las autoridades civiles locales u de otras agencias con elconsentimiento del pas anfitrin.

    b. Consideraciones Legales

    Las principales consideraciones legales al elaborar el borrador de las ROE son:

    i. Si es que es necesario portar armas y si el pas anfitrin ha dadosu consentimiento para que se haga eso.

    ii. El alcance de cualquier Acuerdo de Estado de Fuerzas (SOFA,por sus siglas en ingls), Memorndum de Entendimiento (MOU,por sus siglas en ingls) o de cualquier otro arreglo internacional.

    iii. Las limitantes operacionales impuestas por el pas anfitrin.

    c. ROE Aplicables

    Adems de las reglas establecidas segn se establece en el prrafo 3.d.i delAnexo B, las siguientes ROE se deben considerar:

    Libertad de Movimiento para personas (Serie 21)Posicionamiento geogrfico de Unidades de Fuerza e IncursionesTransfronterizas (Serie 50)Uso de fuerza en ayuda a las autoridades civiles, incluyendo hacervaler la ley (Serie 110)Control de multitudes y manifestaciones (Serie 120)

    Agentes de Control de Manifestaciones (Serie 121)Municiones para control de Manifestaciones / Caones de Agua(Serie 122)

    3.4 Asistencia a Autoridades Civiles

    a. Introduccin

    La provisin de asistencia a las autoridades civiles abarca a operacionesdomsticas en las cuales fuerzas militares realizan funciones civiles quenormalmente son responsabilidad de otras agencias del gobierno.

    b. Consideraciones Legales

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    34/101

    20

    Las principales consideraciones legales al elaborar el borrador de las ROE son:Apndice 3 del Anexo A

    i. Si es necesario portar armas personales.

    ii. Si es requiere el poder para arrestar o detener.

    c. ROE Aplicables

    Adems de las reglas establecidas segn el prrafo 3.d.i del Anexo B, lassiguientes ROE se deben considerar:

    Uso de fuerza para proteger propiedad (Serie 40)Autoridad para portar armas (Serie 70)Uso de Fuerza en ayuda a las autoridades civiles, incluyendohacer valer la ley (Serie 110)Bsqueda, Detencin y Arresto de Personas (Serie 111)Trato de personas detenidas y arrestadas (Serie 112)Control de multitudes y manifestaciones (Serie 120)

    Control de Agentes de manifestaciones (Serie 121)Municiones para control de Manifestaciones / Caones de Agua(Serie 122)

    3.5 Operaciones de Interdiccin Martima

    a. Introduccin

    La caracterstica distintiva de las Operaciones de Interdiccin Martima es queinvolucran la afirmacin de jurisdiccin mediante buques de guerra (y/oaeronaves militares) sobre los buques y/o aeronaves de otras naciones. Cadanacin participante tendr una posicin nacional sobre lo que tienen permitidohacer (tanto en asuntos de leyes como polticos) en aguas internacionales y en

    espacio areo internacional con respecto a los buques y aeronaves de otrasnaciones.

    b. Consideraciones Legales

    Las principales consideraciones legales al elaborar el borrador de las ROE son:

    i. El rea martima en donde se darn las operaciones y el rgimenlegal que se aplicar, incluyendo los derechos de navegacin ysobrevuelo, las tareas y derechos de los estados costeros einsignias, y los derechos y tareas de participantes neutrales y noparticipantes.

    ii. Las bases legales para la operacin, incluyendo cualquierautoridad legal especfica para realizar operaciones en aguasnacionales o para realizar operaciones de interdiccin martima.

    iii. El principio de inmunidad de soberana.

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    35/101

    21

    iv. Diferentes posiciones nacionales legales y de poltica sobre elderecho de visitacin con el consentimiento del Capitn delPuerto.

    Apndice 3 del Anexo A

    c. ROE AplicablesAdems de las reglas establecidas segn el prrafo 3.d.i del Anexo B, se debenconsiderar las siguientes ROE:

    Prevencin de interferencia con Buques y Aeronaves (Serie 22)Disparos de advertencia (Serie 23)Fuego discapacitante (Serie 24)Bsqueda y detencin de personas (Serie 25)Inspeccin, incautacin y destruccin de propiedad (Serie 42)Posicionamiento Geogrfico de Unidades de Fuerza e IncursionesTransfronterizas (Serie 50)

    Engaos (Serie 55)Zonas (Serie 57)Hostigamiento y contra hostigamiento (Serie 61)Sensores e Iluminacin (Serie 63)Refuerzo del Derecho Martimo (Serie 90)Inspecciones (Serie 93)Supresin de la Piratera (Serie 94)

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    36/101

    22

    Apndice 4 del Anexo A

    GUIA PARA INTENTO HOSTIL

    4.1 Definiendo el Intento Hostil

    a. El Intento Hostil es la amenaza del inminente uso de la fuerza. Unadeterminacin de Intento Hostil se basa en la existencia de una amenaza identificablereconocible en base a las siguientes condiciones:

    i. Capacidad

    ii. Intencin

    b. El derecho para usar la fuerza en autodefensa surge cuando las fuerzas han sidoatacadas y/o cuando se demuestra una intencin hostil. Una intencin hostil demostradaexiste cuando hay una creencia razonable de que un ataque o uso de la fuerza esinminente, basado en una evaluacin de todos los factores y circunstancias conocidasen el momento. Algunas naciones permiten que el derecho de auto defensa individualyauto defensa de unidadest limitado por un comandante de fuerza (ver Serie 10 y 11 enel Anexo B).

    4.2 Averiguacin de Intento Hostil. Al determinar si una entidad est demostrando un intentohostil, las fuerzas usarn su mejor juicio y considerarn la inteligencia disponible, factorespolticos y militares, indicaciones y advertencias, y toda otra informacin relevante relacionadacon las capacidades de posibles amenazas en el rea de operaciones.

    4.3 Indicadores de Intento Hostil. No existe una lista de indicadores que determineexactamente un intento hostil. Los siguientes son ejemplos de acciones que pueden,dependiendo de las circunstancias, mostrar un intento hostil.

    a. Apuntar o dirigir armas.

    b. Adoptar un perfil de ataque.

    c. Acercarse a una distancia de alcance de ataque

    d. Iluminacin con designadores de radar o lser.

    e. Transferir informacin de blancos

    f. Colocar o prepararse para colocar minas navales.

    g. Cuando no se responde a las medidas proactivas listadas anteriormenteen 4.4

    4.4 Medidas Proactivas que pueden Ayudar en la Averiguacin de un Intento Hostil. Ademsde los indicadores anteriores de intento hostil, y del tiempo y las circunstancias imperantes, lasfuerzas deben tomar medidas proactivas para ayudarse a determinar las intenciones de unafuerza o entidad opuesta, incluyendo, pero sin limitarse a:

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    37/101

    23

    a. Cuestionamiento Verbal (ver Apndice 7 del Anexo C).Apndice 4 del Anexo A

    b. Advertencia verbal (ver Apndice 7 del Anexo C).

    c. Seales visuales

    d. Seales de ruido

    e. Barreras fsicas

    f. Cambio de rumbo y velocidad para determinar si se contina paramantener un perfil de ataque.

    g. Iluminacin con radar de control de fuego.

    h. Realizacin de disparos de advertencia

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    38/101

    24

    Apndice 5 del Anexo A

    ESCALAMIENTO DE LA FUERZA EN DEFENSA PROPIA

    5.1 Introduccin. En todas las situaciones de autodefensa, cuando se enfrenta acircunstancias en las que el uso de la fuerza puede resultar necesario, se considera adecuado

    ejercer control sobre la aplicacin de la fuerza de modo que se garantice que el uso de la fuerzaes justificable. Por consecuencia, cuando el tiempo y las circunstancias lo permiten, el uso de lafuerza siempre debe graduarse (tambin conocido como escalamiento). El escalamiento de lafuerza (EOF, por sus siglas en ingls) puede involucrar acciones en secuencia que comienzancon medidas de fuerza no letaly puede graduar a medidas de fuerza letal. Los procedimientosde EOF estn diseados para evitar el uso injustificado de la fuerza. Los procedimientos EOFtambin pueden contribuir en la determinacin de la intencin hostil(ver Apndice 4 del Anexo

    A).

    5.2 Uso graduado de la fuerza. El uso graduado de la fuerza requiere que las personas quese enfrentan a la necesidad del uso de la fuerza siempre deben buscar el uso de la opcinmenos daina posible en tales circunstancias. De hecho, uno de los propsitos principales del

    uso graduado de la fuerza es crear tiempo y espacio operacional con la esperanza de que nohaya necesidad de escalar al uso de la fuerza letalen autodefensa.

    5.3 Uso de opciones de fuerza. Puede estar disponible una variedad de opciones para eluso de la fuerza en cualquier situacin determinada. Las opciones disponibles con frecuenciaincluirn:

    a. Presencia.

    b. Advertencias verbales y visuales, incluyendo el despliegue de armamento.

    c. Presin fsica suave.

    d. Presin fsica fuerte.

    e. Armas no letales (como bastones).

    f. Armas letales (como armas de fuego).

    5.4 Consideraciones generales. Existe un nmero de consideraciones generales que debentomarse en cuenta en relacin con la poltica, opciones y entrenamiento de EOF:

    a. El EOF est relacionado con el empleo de la opcin necesaria. Las opciones del uso dela fuerza deben leerse dentro del contexto de cada ocasin; es decir, la evaluacin en cuanto

    cul debe ser la primera respuesta mnima deber hacerse en una base de caso por caso. Eluso de una opcin excesiva, en donde una opcin menos daina podra haber alcanzado demanera razonable la meta de neutralizar o quitar la amenaza en las circunstancias enfrentadas,puede tener consecuencias legales para los que utilizan la fuerza de forma individual.

    b. Cuando el tiempo y las circunstancias lo permitan se espera que se ejerzan las opcionesmenos dainas (por ejemplo, advertencias o disparos de advertencia) antes de utilizar opcionesms dainas.

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    39/101

    25

    c. En algunas ocasiones, por motivos operacionales, las ROE pueden limitar el acceso aciertas opciones de EOF menos dainas. Por ejemplo, las ROE pueden prohibir el uso dedisparos de advertencia. Sin embargo, debe recordarse en todas las ocasiones que losprocedimientos de las ROE y el EOF no limitan el derecho de autodefensa. Sujeto a cualquierlimitacin promulgada en las ROE (ya sea la Serie 10 u 11), podrn utilizarse todos los medios y

    acciones necesarias y proporcionales en defensa propia.

    d. La preparacin de la fuerza debe incluir entrenamiento basado en el escenario ensituaciones de EOF que los miembros de la fuerza muy probablemente enfrentarn durante laoperacin, como por ejemplo operaciones de puntos de inspecciones o de control de acceso.

    e. El uso de medidas preactivas para determinar la intencin hostil (ver prrafo 4.4 delApndice 4 del Anexo A) y las medidas de EOF son similares y pueden servir el mismo fin.

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    40/101

    26

    Apndice 6 del Anexo A

    DETERMINACIN DE OBJETIVOS Y ROE

    6.1 La determinacin de objetivos es el proceso de seleccionar y priorizar los objetivos yhacer coincidir la respuesta adecuada a ellos, tomando en consideracin los requerimientos y

    capacidades operacionales, las ROE aplicables y la Ley del Conflicto Armado (LOAC, por sussiglas en ingls).

    6.2 La relacin entre las ROE y la determinacin de objetivos se resume de la siguientemanera:

    a. Las fuerzas pueden determinar slo aquellos objetivos militares permitidos a determinaren las ROE relevantes.

    b. Las ROE pueden imponer restricciones polticas sobre la determinacin de objetivos quevan ms all de los requerimientos de la LOAC.

    c. Las ROE nunca deben permitir la determinacin de objetivos que no sea de conformidadcon la LOAC.

    6.3 Las directivas de determinacin de objetivos para una misin pueden establecerlimitaciones como listas de objetivos restringidos y listas de no ataque. Asimismo, loscomandantes pueden ser restringidos a tomar ciertas acciones por sus ROE.

    6.4 A fin de llevar a cabo la determinacin de objetivos para cualquier misin, losplanificadores, con frecuencias conocidos como clula de determinacin de objetivos, debentener ROE para el logro de la misin (Serie 20) que permita el uso de la fuerza, hasta eincluyendo la fuerza letal. Dichas medidas de ROE reflejarn los efectos que el comandantepretende alcanzar. Si no existen permisos bajo la Serie 20, entonces no podrn realizarse losataques.

    6.5 Las ROE reflejarn el requerimiento de la LOAC que bajo ningn motivo se permitir unataque en donde el dao incidental esperado o la muerte de civiles y el dao colateral a objetosciviles sea excesivo en relacin con la ventaja militar concreta y directa anticipada a ser ganadapor el ataque. En casos excepcionales, la alta autoridad o un comandante (a travs de unaorden de operacin o declaracin de la intencin de comandante) pueden ordenar que seapliquen estndares ms restrictivos. Por ejemplo, un comandante puede:

    a. prohibirataques en los que un dao colateral sea una consecuencia previsible;

    b. prohibir ataques en donde se espere el dao incidental o muerte de clasesespecificadas de personas (como nios) o un nmero de personas especificadas;

    c. prohibirataques en donde se espera daos colaterales de otro modo permisiblesa objetos civiles; u

    d. ordenar que se deshabiliten los objetivos militares seleccionados en lugar dedestruirlos.

    Los estndares arriba restringidos, como regla general, se aplicaran a situaciones relacionadascon el logro de la misin y no al uso de la fuerza en situaciones de defensa propia.

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    41/101

    27

    Apndice 6 del Anexo A

    MODELO DE LISTA DE VERIFICACIN PARA BLANCOS

    Descripcin del blanco:

    Tabla de referencia:

    1 Tiene usted autoridad bajo las ROE/rdenes para realizar un ataque?

    Si s, proceda al 2, si no, no ataque2 El objetivo se encuentra en una lista de blanco de no atacar / restringido?

    Si no, proceda al 3, si s, no ataque3 El blanco provee una contribucin efectiva a la accin militar enemiga?

    Si s, proceda al 4, si no, no ataque4 Su neutralizacin o destruccin en las circunstancias actuales, ofrecer una

    ventaja militar definitiva?

    Si s, proceda al 5, si no, no ataque5 Se espera que le ataque cause prdidas incidentales de vidas civiles, heridos o

    daos a propiedad de civiles, o una combinacin de lo anterior, (dao colateral)?

    Si s, proceda al 6, si no, proceda al 116 Sus ROE y directivas para establecer blancos le permiten dao colateral?

    Si s, proceda al 7, si no, no ataque7 Existe algn blanco militar alterno disponible con la misma ventaja militar y conmenos riesgo de dao colateral?

    Si no, proceda al 8, si s regrese al 1 para un nuevo blanco8 Se han tomado todas las precauciones posibles en la eleccin de los mtodos

    de ataque buscando evitar, y en todo caso minimizar, prdidas o bajas civiles,heridos civiles, y dao a propiedad de civiles?

    Si s, proceda al 9, si no, hgalo y re evale el 89 Cuando lo permiten las circunstancias, se ha dado una alerta anticipada efectiva

    de ataques que pueden afectar a civiles?

    Si s, proceda al 10, si no, emita una alerta antes de proceder al 1010 Se espera que el ataque cause prdidas incidentales de vidas civiles, heridos

    civiles, dao a objetos de civiles, o una combinacin de lo anterior, que seraexcesivo con relacin a la directa y concreta ventaja militar anticipada?

    Si s, no ataque, si no, proceda al paso 1111 ATAQUE PERMITIDO, PERO CONTINUE MONITOREANDO, SI LAS

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    42/101

    28

    CIRCUNSTANCIAS CAMBIAN REEVALUE EL ATAQUEAnexo B

    COMPENDIO DE ROE

    1. Este compendio provee las reglas para la elaboracin del borrador de las ROE. Las

    reglas estn divididas en grupos que tratan con diferentes reas de la actividad militar.Dentro de estos grupos existe un nmero de series de reglas, cada una de las cuales regulauna actividad distinta. Las reglas individuales son seleccionadas de las series segn serequiera. Los nmeros extras se proveen para la elaboracin de borradores de reglas noincluidas en el Compendio. Algunas de las reglas incluyen el trmino (ESPECIFIQUE).Esto significa que se deben insertar detalles para aclarar el significado de la regla.

    2. El manual est hecho en base, a que el derecho del uso de fuerza en autodefensaindividual o autodefensa de unidadno est limitado, a menos que una regla en los Grupos10-19 especficamente lo establezca.

    3. El proceso para elaborar el borrador de las ROE de este Compendio se establece abajoy se resume en la lista de Verificacin del Borrador de ROE.

    a. Analice la Misin. Ponga particular atencin a la poltica, consideraciones legalesy operacionales que puedan afectar a las ROE, incluyendo la intencin o directiva dela autoridad superior. Determine el carcter de la operacin al involucrarse en unconflicto armado (internacional o no internacional) o, al salir de un conflicto armado afin de determinar las reglas aplicables.

    b. Identifique la Tareas a partir de la Declaratoria de la Misin en la Orden de

    Operaciones (OPORD, por sus siglas en ingls). La OPORD contendr ladeclaratoria de la misin y las tareas militares que se deben completar para lograr lamisin. Estas tareas deben ser identificadas antes de que cualquier consideracin sepueda dar a un borrador de ROE.

    c. Identifique cualquier ROE actual. Esto es necesario para determinar si loscambios sern requeridos.

    d. Prepare las ROE.

    i. Identifique Reglas Obligatorias. Las primera ROE a considerar son lasobligatorias. Las reglas obligatorias tratan con asuntos que sonfundamentales para cualquier misin y deben estar presentes en cada ROE,incluso si la regla seleccionada prohbe la actividad militar. Cada ROE debeincluir una regla de cada una de las Series 10, 11, 12, 60 & 70. Paracualquier misin ms all de la autodefensa, se requiere una regla de la Serie

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    43/101

    29

    20. En situaciones que incluyan a un conflicto armado, se requieren medidasde las series 30 y 32.

    ii. Identificar Reglas Especficas de Ambiente. El Apndice 2 del Anexo Aprovee lineamientos para la realizacin del borrador para ROE para

    ambientes incluyendo operaciones en tierra, martimo, aire, espacio exterior yciberespacio. Las reglas que con mayor posibilidad sern requeridas estnestablecidas para cada ambiente pero no son obligatorias.

    iii. Identifique Reglas de Tareas Especficas. El Apndice 3 del Anexo Aprovee lineamientos para la elaboracin de ROE para tareas especficasincluyendo operaciones de paz, de ayuda humanitaria/ ayuda ante desastresy asistencia a autoridades civiles. Las reglas que tienen ms probabilidadesde ser requeridas estn establecidas para cada ambiente pero no sonobligatorias.

    iv. Revise las Reglas restantes en el Compendio. Cada misin es nica porlo que la gua para el ambiente y tarea especfica no siempre ser suficiente.Los redactores de las ROE deben revisar todas las series en el Compendiopara ver alguna otra regla que se requiera para lograr la misin.

    v. Borrador de Reglas. El mensaje de las ROE se debe elaborar con lasROE listadas en orden numrico. Es posible, y a veces necesario, tener dosreglas elegidas de las mismas series.

    vi. Borrador de Reglas de Reserva, en caso de ser requeridas. El

    Compendio no puede anticipar cada misin posible ni regla que puedarequerirse. Donde no se provee una regla, sta se puede elaborar usando unnmero de reserva y usando el mismo formato establecido en las otras reglasen series o en parte de un nuevo grupo o series.

    vii. Determine Reglas Retenidas. Decida que reglas, si es que existen, debenretenerse a un nivel ms alto. Estas reglas permanecen adormecidas hastaque se emite un mensaje ROEIMP.

    e. Valide las ROE comparando las tareas. Se debe verificar a las ROE con relacina la misin y tareas a fin de asegurar que apoyen el xito de la misin dentro de las

    limitaciones establecidas por el alto mando. Se deben rectificar dficits, en caso deexistir.

    f. Obtenga aprobacin. Busque la aprobacin del nivel de autoridad adecuado.

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    44/101

    30

    Anexo B

    LISTA DE ELABORACIN DE ROE

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    45/101

    31

    Anexo B

    Grupo 10-19. USO DE LA FUERZA EN AUTODEFENSA O EN DEFENSA DEOTROSNOTA: Para fines de autodefensa, la fuerza incluye a personas que acompaan a lafuerza, prisioneros de guerra, internos y detenidos bajo control de la Fuerza.Serie 10 Uso de la fuerza en autodefensa individual

    Propsito Regular el derecho al uso de la fuerza en autodefensa individual

    Regla10 A Se permite el uso de la fuerza hasta llegar a la fuerza

    letal, en autodefensaindividualexcepto en lo siguiente:

    (ESPECIFIQUE)10 B Se permite el uso de la fuerza no letal en autodefensaindividual

    10 C Se permite el uso de la fuerza hasta llegar a la fuerzaletal en autodefensaindividual.

    10 D Se permite el uso de la fuerza no letal en defensa depropiedad, cuando existan posibilidades de que ladestruccin o dao a propiedad lleve a una inminenteamenaza para la vida (ESPECIFIQUE)

    10 E Se permite el uso de fuerza letal en defensa depropiedad, cuando existan posibilidades de que ladestruccin o dao a propiedad lleve a una inminente

    amenaza para la vida (ESPECIFIQUE RAZONES)Nota: La defensa de la propiedad en tales situacioneses un ejercicio del derecho de la autodefensa individual,de la autodefensa de unidad, o del derecho de protegera personas especficas. Las personas especficaspueden incluir a miembros de la Fuerza, a propiosnacionales del estado, a todos los civiles etc. Vea laserie 40 para medidas relacionadas con el uso de lafuerza para proteger propiedad donde no existe unaposibilidad latente de amenaza a la vida.

    10 F-Z No empleada

    Serie 11 Uso de la fuerza en autodefensa de la unidad

    Propsito: Regular el derecho del uso de la fuerza en autodefensa de unidad

    Regla

    11 A Se permite el uso de la fuerza hasta llegar a nivel letal

  • 7/28/2019 Manual de Reglas de Enfrentamiento

    46/101

    32

    en autodefensa de unidad, excepto en lo siguiente:(ESPECIFIQUE)

    Anexo B11 B Se permite el uso de la fuerza no letalen autodefensa de

    la unidad11 C Se permite el uso de la fuerza hasta nivel letal en

    autodefensa de unidad (ESPECIFIQUE unidades ogrupos, ejemplo: La Fuerza, Civiles)

    11 D Se permite el uso de la fuerza no letalen autodefensa deunidadde (ESPECIFIQUE grupos o unidades)

    11 E Se permite el uso de la fuerza no letal donde existaposibilidad de dao a propiedad y que lleve a quepersonas sean heridas en la propia unidad o en otras

    unidades de la propia nacin.11 F Se permite el uso de la fuerza no letal donde existaposibilida