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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO DE EL

SALTO, JALISCO Y MANUAL DE PUESTOS DEL REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO

DE EL SALTO, JALISCO

El que suscribe Licenciado Ricardo Zaid Santillán Cortés, en mi carácter de Presidente

Municipal del Ayuntamiento Constitucional del Municipio de El Salto, Jalisco, de

conformidad con el artículo 77 en sus fracciones II y III, y 86 de la Constitución Política

del Estado de Jalisco, 41° fracción I de la Ley del Gobierno y la Administración Municipal

del Estado de Jalisco y 56° fracción I del Reglamento General de El Salto y demás

relativos que correspondan, someto a la elevada consideración de este Pleno, el

siguiente ACUERDO DE AYUNTAMIENTO mediante el cual se aprueban los Manuales

de Procedimientos y Manual de Puestos del Registro Civil de este Municipio.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

I.- En base a las disposiciones que consagran los artículos 77 y 86 de Constitución

Política del Estado de Jalisco, 37 fracción II, 38 y 40 fracción II de la Ley del Gobierno y

la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, concordancia con los artículos

53 fracción I y fracción XIII y 55 fracción II del Reglamento General del Municipio de El

Salto, Jalisco, nosotros como ayuntamiento estamos facultados para aprobar acuerdos

y disposiciones generales de aplicación interna para la correcta administración

municipal. Estas disposiciones deben impulsar el orden, la formalidad y la transparencia

en todos los procedimientos que realizamos.

II.- En este sentido, tenemos que de acuerdo con el artículo 87 del Reglamento General

del Municipio de El Salto, Jalisco es facultad y responsabilidad del Ayuntamiento realizar

las labores y prestar los servicios de Registro Civil que implican el registro de actos

civiles y la expedición de actas y constancias que requieren los ciudadanos y las

ciudadanas para que sus derechos queden garantizados y además puedan realizar

diversos trámites que les son necesario para su desarrollo personal y profesional. Es

por ello que resulta necesarios que la Dirección en cargada de estos menesteres, en

específico, la Dirección del Registro Civil, cuente con sus manuales de procedimientos

y de puestos debidamente aprobados por este pleno, ya que los mismo permiten que

los procedimientos internos de esta instancia se presten con mayor eficiencia y

efectividad, y así las y los ciudadanos reciban los servicios con eficacia, prontitud y

transparencia.

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Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de este Pleno, la siguiente de

ACUERDO DE AYUNTAMIENTO:

PRIMERO. - Se aprueba el MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL REGISTRO CIVIL

DEL MUNICIPIO DE EL SALTO, JALISCO, para quedar como sigue:

A. Presentación………………………………………………………. 3

B. Políticas generales del manual de procedimientos.…………… 4

C. Objetivo del manual de procedimientos……..………………..... 6

1. Inventario de procedimientos…………………………………….. 7

2. Diagrama de flujo…………………………………………............. 9

3. Formatos de procedimiento.……………………………………... 52

4. Glosario……………….…………………………………...……….. 60

5. Autorizaciones………………………………….………………….. 62

A. Presentación

El presente Manual de Procedimientos tiene como propósito contar con una guía rápida

y específica que incluya la operación y desarrollo de las actividades de las diferentes

áreas del Gobierno Municipal de El Salto; así como servir de instrumento de apoyo para

la mejora institucional. Incluye en forma ordenada y secuencial las operaciones de los

procedimientos a seguir para las actividades laborales, motivando con ello un buen

desarrollo administrativo y dando cumplimiento a lo establecido en el Reglamento de la

Administración Pública Municipal de El Salto. Este documento está sujeto a

actualización conforme se presenten variaciones en la ejecución de los procedimientos,

en la normatividad establecida, en la estructura orgánica o bien en algún otro aspecto

que influya en la operatividad del mismo.

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B. Políticas Generales de uso del Manual de Procedimientos

1. El Manual de Procedimientos debe estar disponible para consulta del personal

que labora en el Gobierno Municipal de El Salto, así como de la ciudadanía en general.

2. El Funcionario de primer nivel y/o Director del área responsable de la

elaboración y del contenido del manual, es el encargado de difundir al personal interno

el presente documento, así mismo en los casos en que se actualice el documento

informarles oportunamente.

3. El Manual de Procedimientos es un documento oficial e institucional, el cual

debe presentar las firmas de autorización de los siguientes funcionarios:

Uno. Presidente Municipal

Dos. Coordinador General de Administración e Innovación Gubernamental

Tres. Coordinador general o titular de la dependencia del área que elabora el

manual

Cuatro. Director de área que elabora el manual

C. Objetivos del Manual de Procedimientos

Este Manual de Procedimientos es un documento informativo, cuyos objetivos son:

1º. Servir de marco de referencia y guía para llevar a cabo el trabajo diario de cada

unidad, orientadas a la consecución de los objetivos de la dependencia además de

contribuir a la división del trabajo, capacitación y medición de su desempeño.

2º. Delimitar las responsabilidades y competencias de todas las áreas que

componen la organización, para detectar omisiones y evitar duplicidad de funciones,

que repercutan en el uso indebido de los recursos.

3º. Actuar como medio de información, comunicación y difusión para apoyar la

inducción del personal de nuevo ingreso al contexto de la institución.

4º. Contribuir a fundamentar los programas de trabajo y presupuestos de las

dependencias.

5º. Describir los procesos sustantivos del área, así como los procedimientos que lo

conforman y sus operaciones en forma ordenada, secuencial y detallada.

6º. Implementar formalmente los métodos y técnicas de trabajo que deben seguirse

para la realización de las actividades.

7º. Otorgar al servidor público una visión integral de sus funciones y

responsabilidades operativas al ofrecerle la descripción del procedimiento en su

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conjunto, así como las interrelaciones de éste con otras unidades de trabajo para la

realización de las funciones asignadas.

8º. Servir como base para identificar áreas de oportunidad de mejora en los

procedimientos.

1º. Inventario de Procedimientos

Procedimiento Pagina

Cancelación de formatos (Director de Registro Civil) 8

Provisión de formatos 9

Campaña anual de matrimonios y registros extemporáneos 10

Control de informe mensual de actos de Registro Civil 11

Informe a INEGI 12

Informe de volante de control 13

Recepción de oficios para anotaciones marginales 14

Elaboración y revisión de anotaciones 15

Búsqueda de datos registrales de actas 16

Expedición de constancias de inexistencias 17

Copia de acta 18

Certificación de documentos de apéndice 19

Informe diario 20

Archivo interno de actas de defunción 21

Archivo interno de certificados médicos de defunción 22

Introducción de cadáveres por motivo de traslado 23

Traslado de cadáveres y fetos 24

Inhumación de cadáveres, miembros y fetos 25

Aclaración administrativa 26

Aclaración de actas 27

Divorcio levantamiento de acta 28

Divorcio administrativo 29

Adopciones plenas 30

Archivo interno de expediente 31

Cancelación de formatos 32

Inscripción de acta 33

Registro de nacimientos extemporáneos 34-35

Registros de nacimientos 36

Reconocimiento 37

Archivo interno de expedientes 38

Levantamiento de acta de matrimonio 39

Procedimiento Interno de matrimonio 40

Derivación de oficios para anotación marginal 41

Aclaraciones otras oficinas 42

Anotación por divorcio 43

Informe mensual aclaraciones administrativas 44

Anotación por rectificación 45

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Aclaración administrativa 46

Adopción y tutela 47

Divorcio por juzgado 48

Divorcio 49

Adopciones simples 50

2º. Diagramas de Flujo

Cancelación de formatos (Director de Registro Civil)

Registro Civil El Salto

Cancelacion de formatos

Notificar al oficial la causa de la cancelación

Invalida formato con la leyenda de "NO PASO"

Archiva el Formato en tanto

Entrega del oficio y los formatos

Recaba acuse de recibido del oficio

Archiva en una carpeta el acuse

de formatos cancelados

Envia los formatos a la Dirección de

Registro Civil del Estado cada mes

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Provisión de Formatos

Oficial de Registro Civil

El Salto

Aux. administrativo gire una orden solicitando la provision de formatos

Personal de Direccion de Registro CIvil daAcuse de

recibido

Aux. administrativo elabora oficio de

solicitud de pago de los formatos

Recibe cheque de tesoreria y entregaa la Dirección del Archivo

General

Acude a la Dirección del

Archivo General por los formatos

Realiza el resguardo de los formatos

Archiva comprobante

de pago

Oficial de RC solicita los formatos que

requiere

Aux. Administrativo Elabora un Oficio Indicando los folios

que se entrega a cada Oficial

Aux. administrativo pone a dispoción de área

administrativa los formatos para su entrega

Cada oficial firma el oficio, recibe los formatos

y se los dan a cada auxiliar

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Campaña anual de matrimonios y Registros Extemporáneos

Oficialias acuerdan los

requisitos que son factibles de eximir

Plasman por escrito los requisitos

determinados

Director de Registro Civil propone al DIF fecha y condiciones

Unifica criterio respecto de los

requisitos a exentar con el DIF

Fija fecha para realización de la

campaña

Envia propuesta al Secretario General

Aux. Administrativo reparación de material para

campaña

Distribuición material a las

oficialías

Aux. administrativo de Dirección concentra

todos los actos levantados en la

campaña

Prepara los documentos parala

entrega de constancias y actas

Oficiles realiza los matrimonios y actos solicitados por los

ciudadanos

Oficial Entrega acta en un un evento colectivo

conjuntamente con el DIF, Secretaria General y

Presidente

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Control de Informe mensual de actos de Registro Civil

Aux. administrativo de oficialias recibe el informe y acusa de

recibido

Recopila todos los informes que le

entregan

Captura la infnormación y concentra en

formatos especificos

Imprime prueba del informe capturado y

revisa

Recaba firma del oficial y del Director de la Dependencia

Fotocopia el Informe

Envia informe a todas las dependencias

involucradasRecibe acuses

Archiva en una carpeta denominada " Informe Mensual de

Actos"

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Informe a INEGI

Aux. administrativo

recibe y recopila paquetes de cada área

Captura la información y la

concentra en formatos

especificos

Recaba firma del Director de la Dependencia

Se entrega a chofer para su

envio

Recibe acuse y se archiva

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Informe de volante de control

Aux. administrativ

o recibe informacion

de actas levantadas

Revisa el formato y sella

el acuse

Señala los datos para llenar

formato de volante de control

toma los 3 tantos que se

llenan

llena la informacion por departamento

señala el mes , numero de municipio y

oficialia

Envia a firma del Director de

Registro Civil

Entrega al mensajero para

que notifique

Reggresa el volante de

control

Archiva

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Recepción de oficios para anotación marginal

1•Oficial encargado

•Recibe correspondencia para anotaciones marginales de matrimonio, defunciones y reconocimiento

2

•Separa y clasifica por tipo de anotacion

3

•Registra en sistema el total de anotaciones recibidas de matrimonio, reconocimiento y defuncion

4

•Registra en el sistema fecha de resolucion y numero de expediente

5

•Registra en libreta fecha en que se recibio expediente de juzgado y cuantas anotaciones a elaborar

6

•Revisa que el oficio reuna los requisitos que marca la Ley de Registro Civil

7

•Regresa el expediente y oficios que no reunen los requisitos

8

•Separa oficios por oficialia al que corresponda

9

•Poner en sobres y envia

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Elaboración y revisión de anotación

Oficial encarador evisa que los datos insertos

en la anotación sean los correctos con el

expediente

sella la anotacion marginal una vez que

esta correcta y firma el oficio de revisado

Informa al oficial encargado de las anotaciones ya

realizadas

Firma las anotaciones marginales

Realiza anotación en el libro

Fotocopia acta con la anotacion

Remite copia a informática para su

escaneo

Regresa libro a su lugar segun nomenclatura

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Búsqueda de datos registrales de acta

Aux. administrativor ecibe la solicitud de la busqueda y

manda a caja a pagar

Entrega la solicitud de búsqueda a los archivistas para

su búsqueda

Busca en los libros los datos proporcionados

Recibe los resultados de la búsqueda e informa al al

usuario

¿Se encontró?

Solicita que se amplie los datos aportados o se le enviara a la dependencia correspondiente

Informa al ciudadano que solicite su acta

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Expedición de constancia de inexistencia

Aux. administrativo recibe solicitud de

constancia de Inexistencia

Pasa al usuario a pagar a la caja

Entrega solicitud a los archivistas localizadores

Busca en los libros los datos

proporcionados ¿ Se encontró ?

Aux. administrativo elabora constancia de

Inexistencia

Pasa la constancia de Inexistenza a firma del Director

Entrega la constancia al

usuario

Aux. administrativo

entrega copia del acta

No Si

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Copia de acta

Módulo de información recibe

al usuario

Aux. administrativo revisa los datos

proporcionados por el usuario

Pasa al usuario a realizar pago

Localiza el libro y le saca una copia

Imprime acta en hoja valorada

Imprime la leyenda de certificación

Recaba firma del oficial

Entrega copia certificada al interesado

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Certificación de documentos de apéndice

Módulo de información recibe

al usuario

Revisa los documentos

proporcionados

Pasa al usuario a pagar a caja

Cajera cobra los derechos de

búsqueda

Aux. administrativo expide recibo e

informa al usuario fecha de entrega

Entrega la solicitud a los archivistas

para su búsqueda

Busca en los archivos los datos proporcionados

Aux. administrativo recibe los

resultados de la búsqueda

Informa al usuario los resultados

recibe pago de certificación

Recaba firma del oficial

Entrega copia certificada al interesado

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Informe Diario

Aux. administrativo al final del dia cada oficial registran los actos

realizados

Revisa que todas las oficinas hayan cumplido con su captura

Envia información por correo electrónico al Director de Registro

Civil para que haga reconocimiento a Secretaria General

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Archivo interno de actas de defunción

Oficial encargado separa los tantos de acta de defuncion

Revisaque el acta este completa

Archiva las actas en paquete de 200

Elabora indice y anexa a a los paquetes de oficialia

Elabora oficio para el departamento administrativo

Envia las actas de oficialia a informatica

Envia las actas de direccion al departamento administrativo

Envia las actas de INEGI al departamento administrativo

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Archivo interno de certificados médicos de defunción

Oficial encargado desprende y separa el

certificado médico

Anexa copia del certificado de defunción y acta correspondiente

al INEGI

Elabora oficio , estadistica y anexa el

original del certificado de defunción

Envia a finde mes el acta y certificado de INEGI al

departamento administrativo

Envia cada semana a la relacion por dia oficio,

estadistica y los certificados de

defuncion a salubridad

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Introducción de cadáveres por motivo de traslado

Oficial encargo asesora al usario de

los pasas a seguir

Informa al usuario que debe pagar los

impuestos correspondientes

Solicita al usuario el pago

Oficial recibe la documentacion

Coteja que el acta este certificada

Revisa si es extranjero este certificada,

apostillada y traducida

Anexa el permiso de salubridad

Revisa que destino tendra el cadaver

Elabora boleta con los datos del acta

El oficial Firma boleta Entrega al usuario

boleta Entrega al usuario el

oficio

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Traslado de cadáveres y fetos

Aux. Administrativo brinda al usuario información del

tramite

Solicita al usuario el pago correspondiente

Oficial encargado entrega al usuario el certificado médico en caso de ser feto de los hospitales civiles

Oficial encargado recibe la

documentación

Revisa minusiosamente el

certificado

Revisa si se le realizo autopsia al cadaver

Solicita orden de Inhumación

Elabora el acta en el sistema

Solicita al usuario que revise en pantalla los

datos

Imprime el acta Pasa el acta a firma

del oficialEntrega el acta al

usuario

Entrega copia certificada del acta al

usuario

Entrega al usuario documentacion correspondiente

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Inhumación de cadáveres, miembros y fetos

Usuario solicita Informacion

Aux. administrativo brinda al usuario información del

tramite

solicita al usuario que haga el pago correspondiente

Solicita al usuario el recibo de pago

Recibe la documentación

solicitada

Coteja la documentación

Revisa que el certificado medico

cumpla con los requisitos legales

Elabora acta de defunción en el

sistema

Revisa el acta de defunción en la

pantalla

Imprime el acta de defunción

Pasa el acta a firma del oficial

Llena boleta correspondiente y pasa a firma del

oficial

Entrega el acta y boleta

Entrega al usuario copias

correspondientes

Elabora informe diario

Aux. administrativo elabora informe

semanal para Secretaria General

Elabora informe mensual de actos

Entrega informe Archiva el acuse de

recibido

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Aclaración administrativa

Oficial encargado recibe al ciudadano que solicita

informacion

Revisa si la aclaracion del acta procede

Entrega hojas de requisitos

Recibe al ciudadano que acude a entregar la

documentacion

Aux. administrativo elabora Solicitud de

aclaracion

Pide al ciudadano que rebice y firme la solicitud

Solicita al ciudadano realice los pagos

correspondientes y saca copias de la solicitud y

recibos de pago

Sella de recibido y cita al ciudadano para que

comparezca pasados 10 dias habiles y corrobore que la aclaracion ha sido

realizada

Registra y asigna numero al expediente formado y se entrega al oficial para

su visto bueno

Elabora e imprime dos tantos de la resolucion

administrativa

Oficial Revisa y ante firma la resolucion

administrativa

Pasa a firmar la resolucion administrativa

y la anotacion con el oficial de registro

Recibe el expediente y la anotacion

Solicita libro al cual se le hara la anotación

Aux. administrativo pega la anotación en el acta

correspondiente

Saca dos copias al acta que contiene la anotación certifica las dos actas con la anotacion y las integra

al expendiente de aclaracion

Archivar el expediente en forma cronologica en

cajas para su archivo y remite un duplicado de la

resolucion y copia certificada de la acta

aclarada a la Direccion General del Registro Civil

del Estado

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Aclaración de acta

Oficial encargado recibe del ciudadano los recibos

de pago

Saca copias a la solicitud de aclaracion

administrativa

Entrega acuse al ciudadano e informa fecha para entregar

resolución

Integra al expediente y asigna número

Aux. administrativo elabora e imprime 3

tantos de la resolución administrativa

Oficial encargado revisa y antefirma la resolucion

administrativa

Asigna número de oficio

Pasa a firma del Director las resoluciones

administrativas junto con el oficio

Recibe expediente y las resoluciones junto con el

oficio de remision

Revisa el expediente y la resoluciones

administrativas

Anota en la libreta el expediente

Realiza la separacion de la resoluciones

Realiza entrega de la resoluciones junto con el

oficio al ciudadano

Ordena cronológicamente

Archiva en caja

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Divorcio levantamiento de acta

Oficial encargado recibe al ciudadano

Revisa el expediente y solicita

al ciudadano realizar pago

correspondiente y saque copia de los

recibos

Sella el acuse e informa la fecha de entrega del acta de

divorcio

Anota el expediente en la libreta

Oficial encargado revisa el expediente

Resalta los datos necesarios en el

expediente

Aux. administrativo transcribe las

proposiciones de la sentencia

Imprime el documento de

prueba

Revisa el documento

Oficial encargado Ingresa al sistema el

levantamiento de acta

Llena formato de acta

Imprime el acta de prueba

Revise el acta de prueba el oficial

Imprime el acta de divorcio en 3 tantos

Anexa el acta de divorcio

Firma el acta el oficial

Entrega el acta al ciudadano

Enlista los expedientes

cronológicamente

Archiva los expedientes

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Divorcio Administrativo

Oficial recibe la resolucion y

ratificacion de la sentencia de divorcio

Revisa la resolucion y la ratificacion de

divorcio administrativo y la

firma

Entrega el expediente de

divorcio administrativo y la

firma

Recibe el expediente de divorcio

Aux. administrativo procede a levantar el

acta en el sistema

Pasa a revision con el oficial de Registro

Civil

Imprime el acta en 4 tantos y se hacen las

anotaciones correspondientes

Aux. administrativo pasa el acta a

revision al oficial y firma

Busca el libro y se pega la anotacion en

el acta de matrimonio o en su

caso de nacimiento y entre sella

separa 4 legajos de copias de los documentos

recibidos por los interesados

Integra copias simples del acta de

divorcio en los 4 legajos

Cancela el reverso de las copias de los legajos y la certifica

Elabora 4 oficios dirigidos a las

oficialias correspondientes para informar del

divorcio

Imprime los oficios en 2 tantos

Sella los oficios y legajos de copias

Entrega oficios y legajos de copias

certificadas al oficial de Registro Civil

Recibe oficios de divorcio y legajos de

copias cerfiticada

Revisa que los oficios y

legajos esten correctos

Firma elos oficios y certificaciones de los legajos, el oficial de

Registro Civil

Recibe los oficios y legajos de copias

certificadas y arma los juegos

Realiza la separacion de los 4 tantos del acta se

integra una copia del acta al expediente

Sella el expediente y se le pone el numero

del libro y del acta

Archiva en orden cronologico

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Adopciones plenas

Archivo Interno de expedientes

Aux. administrativo, Recibe al

ciudadano o abogado

Indica que tiene que realizar pago de la anotacion

Recibe al ciudadano con el

pago

Aux. administrativo sella el acuse de

recibido y lo entrega con el

original

Anota el expediente en la

libreta de registros

Realiza anotación y pasa a revision con el oficial y este la

firma

Localiza el libroAux. administrativo

señala acta

Pega la anotación en el acta

correspondiente y entre sella

Fotocopia el expediente

El acta se integra al expediente

Elabora certificación

Firma las copias certificada del

expediente

Entrega copia certificada del

expediente

Encargado (a) de archivo cose el

expediente

Sella el expediente y quite grapas

Archiva los expedientes de

cada mes

Elabora indice por cada 20

expedientes

Anexa al legajo una carpeta con el

índice correspondiente

Archiva de 60 a 80 expediente en cada

caja de archivo

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Cancelación de formatos

Aux. administrativo reune los formatos

cancelados

Detecta la causa de cancelación

Entrecruza el formato con dos

lineas horizontales

Imprime la causa de la cancelación

Archiva los formatos

cancelados en carpeta

Elabora informe

Imprime el informe en 4 tantos

Anexa los formatos cancelados al

informe

Entrega los tantos y recaba acuse

Archiva el acuse de recibido

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Inscripción de acta

Oficial Informa y entrega por escrito

los requisitos al usuario

Revisa la documentación

Recibe la documentación y

elabora contrarecibo

Pasa los documentos a autorización

Anota el tramite en la libreta de inscripcion

Captura el acta en el sistema y se

imprime prueba

Anota en la libreta de control de forma

Imprime el acta en formato oficial

Firma y sella el acta el oficial de

registros extemporáneos

Entrega al usuario el tanto que le corresponde

Archiva el expediente como

concluido

Elabora informe de fin de mes

Verifica los números de los

formatos

Firma el informe el oficial de registros

extemporáneos

imprime 3 tantos del informe

Recaba acuse de los 3 tantos del

informe

Archiva acuse en carpeta de fin de

mes

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Registro de nacimientos extemporáneos

Aux. administrativo entrega requisitos al

usuario

Recibe la documentación

Elabora solicitud de registro

extemporáneo

El usuario firma solicitud

Elabora un contra recibo para el

usuario

Elabora resolución y pasa ha visto bueno

del encargado de departamento

Encargado autoriza y firma la resolucion

Entrega al usuario autorización para realizar registro

Oficial firma y sella acta

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Registros extemporáneos

Entrega acta de interesado al usuarrio

Elabora oficio para el Ministerio Público solo

en casos de menores de edad o un adulto y

menor de edad

Recibe ratificación de consentimiento

Registra en libreta acta levantada

Archiva el expediente como asunto concluido

Elabora informe

Entrega informe mensual a firma

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Registro de Nacimiento

Oficial y/o aux. administrativo

recibe al usuario

Cataloga el registro de nacimiento

Entrega hoja de informes según el tipo de registro de

nacimiento

Aux. administrativo recibe la

documentación requerida

Revisa que la documentación este completa según hoja

de informes

Elabora el acta con los datos del registro

padres y testigos

Imprime hoja de prueba

Pasa para visto bueno de los padres

Oficial firma de aprobación y en caso

de error hacer mención

Graba en el sistema e imprime en

formatos oficiales acta de nacimiento

Entrega a los padres y testigos los

formatos oficiales para que los firmen

Imprime la huella digital del pulgar

derecho del registrado

Entrega al oficial el acta de nacimiento

para su revision

Firma el acta el oficial

Entrega al usuario el acta de nacimiento

Separa los formatos por dependencia

Elabora informe mensual de actas de

nacimiento y reconocimiento

Envia el informe y archive acuse

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Reconocimiento

Oficial y/o Aux.

administrativo recibe al usuario

Cataloga el registro de nacimiento

Entrega hoja de informes según el tipo de registro

de nacimiento

Recibe la documentación requerida

Revisa que la documentación este

completa según hoja de informes

Elabora el acta con los datos del registro padres

y testigos

Imprime hoja de prueba Pasa para visto bueno de

los padres

Firma de aprovacion y encaso de error hacer

mención

Graba en el sistema e imprime en formatos

oficiales acta de nacimiento

Entrega a los padres y testigos los formatos oficiales para que los

firmen

Imprime la huella digital del pulgar derecho del

reconocimiento

Elabora oficio para el Archivo General del

Estado

Aux. administrativo entrega oficios al usuario

y realiza anotacion marginal al acta anterior

Entrega el acta de reconocimiento al usuario

al regresar los acuses

Separa los formatos por dependencia

Elabora informe mensual de actas de nacimiento y

reconocimiento

Envia el informe y archive acuse

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Archivo Interno de expedientes

Encargado de archivo cose el

expediente

Sella el expediente y quite grapas

Archiva los expedientes de

cada mes

Elabora índice por cada 20

expedientes

Anexa al legajo una carpeta con el

indice correspondiente

Archiva de 60 a 80 expediente en cada

caja de archivo

Rotula las cajas Verifica que las

cajas contengan los expedientes

Elabora oficio al archivo muerto

Entrega oficio al archivo muerto

Recoje cajas y se la lleva archivo

muerto

firma de recibido oficio

Archiva el oficio firmado de recibido

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Levantamiento de acta de matrimonio

Aux. administrativo recibe al ciudadano que

solicita información requerida para

matrimonio al civil

Entrega al ciudadano el juego de requisitos para

matrimonio

Recibe al ciudadano que va a hacer el tramite de solicitud de matrimonio

civil

Solicita al ciudadano la documentación

Oficial revisa que la documentación este

completa conforme a la ley

Establece con el ciudadano fecha, hoja y

lugar deseado para el matrimonio civil

Revisa la agenda de acuerdo a la fecha y

hora solicitado por el usuario

Registra en agenda una vez existiendo el lugar

solicitado el matrimonio

manda al usuario a realizar pago

correspondiente

Registra número de pago y de solicitud

Revisa la información asentada en la

presolicitud conforme con la documentacion

requerida

Aux. administrativo levanta el acta de matrimonio en el

sistema

Imprime una prueba del acta en hoja en blanco

para revisión del usuario

Imprime acta de matrimonio en formato

oficial

Llena solicitud y declaración de los

testigos

Celebra el acto matrimonial

Firma el formato y recaba firmas en el acta

de los contrayentes y testigos

Entrega al ciudadano su acta de matrimonio

Registra el matrimonio en control interno

Page 38: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL REGISTRO CIVIL DEL … · B. Políticas Generales de uso del Manual de Procedimientos 1. El Manual de Procedimientos debe estar disponible para consulta

Procedimiento Interno de matrimonio

Aux. administrativo ordena por numeración

ascendente los apéndices

Sella, quita grapas y cose los apéndices

Elabora el indice del libro respectivo, una vez llevado los 200

formatos de matrimonio

Aux. administrativo envia al

departamento de sistemas para su

escaneo

Elabora oficio al departamento

administrativo para su encuadernación

Archiva los expedientes en caja 1 por libro para archivo

muerto

Recaba acuse y archiva

Page 39: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL REGISTRO CIVIL DEL … · B. Políticas Generales de uso del Manual de Procedimientos 1. El Manual de Procedimientos debe estar disponible para consulta

Derivación de oficios para anotación marginal

Aux. administrativo saca copias de las

actas

Anexa copia del acta de matrimonio o las actas de nacimiento de los contrayentes

Anexa las actas de matrimonio

certificadas en copia simple con los

oficios

Revisa, firma del jefe

Recaba firmas del oficial que efectuo el

matrimonio

Separa los oficios del municipio

Separa los oficios para el Archivo del

Estado

Aux. administrativo separa los oficios para las oficialias

Cuenta los oficios y separa por

destinatarios

Realiza oficios para llevar a cabo las

anotaciones marginales

Aux. administrativo realiza oficios para

anotacion marginal y para archivo general

Entrega oficios a donde correspondan

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Aclaraciones otras oficinas

Aux. administrativo recibe al ciudadano

que solicita información

Revisa si la aclaración procede

Aux. administrativo entrega hoja de

requisitos

Recibe al ciudadano que acude a entregar

la documentación

Envia al oficial para autorización

Elabora solicitud de aclaracion

Pide al ciudadano que revise y firme la

solicitud

Solicite al ciudadano que realice los pagos correspondientes y sacar copias de la

solicitud de los recibos de pagos

Sella de recibido la solicitud y cita al

ciudadano para que comparezca pasado 10 diás hábiles y reciba un oficio, resolución y copia

de un recibo de pago dirigidos al registro civil donde se encuentra el acta a aclarar para su

entrega

Registra y asigna numero de expediente y se entrega al oficial para su visto bueno

Elabora e Imprime 3 tantos de la resolución

administrativa y 2 tantos para registro

civil donde se encuentra el acta

Revisa y firma la resolución

administrativa y oficios

Pasados 10 dias hábiles de la solicitud inicial,

recibe al ciudadano y se le hace entrega del oficio

,resolución y copia del pago por anotación marginal para que el

mismo haga entrega de ellos en la oficina de

registro civil donde se encuentra el acta de la

aclaracion

Entrega y sella de recibido el oficio y

documentos anexos, y se informa al

ciudadano que dentro del termino de 3 dias

debera estar realizada la anotacion por la

aclaracion

Una vez que la reciba llega a la oficialía

señalada en el oficio y la entresella

Elabora la anotacion correspondiente

Entrega la anotacion y el oficio y documentos recibidos al oficial para su visto bueno y firma

solicita el libro al cual se le hara la anotacion

Pasado de 3 dias hábiles de haberse recibido el

oficio por la aclaracion se recibe al ciudadano para

que verifique que la anotacion por aclaracion

ha sido realizada

Page 41: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL REGISTRO CIVIL DEL … · B. Políticas Generales de uso del Manual de Procedimientos 1. El Manual de Procedimientos debe estar disponible para consulta

Anotación por divorcio

Recibe al ciudadano

Revisa la sentencia de

divorcio que este cumpla

Revisa el oficio que estedirigido a

la oficina de registro civil

Identifica en la sentencia de

divorcio cuantas anotaciones

marginales va a pagar

Solicite al interesado pase

a cubrir el pago a la caja

Recibe del interesado

documentacion y recibos de pago

en original y copias del recibo

Sella de recibido junto con el

recibo de pago y entrega al ciudadano

Registra el expediente en

libreta

Redacta la anotacion

correspondiente

Recorta la anotacion

Envia a firma con el oficial junto

con el expediente

Regresa la anotacion ya

firmada junto con el expediente

Solicita el libro al area de archivo

Busca el acta a la que se le pegara

la anotacion

se hace la anotacion

Entre sella

Ordena cronologicamente los expedientes

Guarda en carpetas

Archivan en cajas

Page 42: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL REGISTRO CIVIL DEL … · B. Políticas Generales de uso del Manual de Procedimientos 1. El Manual de Procedimientos debe estar disponible para consulta

Informe mensual de aclaraciones administrativas

Recaba las resoluciones del

mes

Ordena las resoluciones en

forma cronologicas

Procede a elaborar oficio

Dirige el oficio al Director Estatal del

Registro CIvil del Estado de Jalisco

Imprime el oficio por triplicado , lo ante firma y sella

Elabora el paquete con las

resoluciones del mes y oficios

Traslada al departamento administrativo

Recibe acuse del oficio

Archiva el oficio notificado

Page 43: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL REGISTRO CIVIL DEL … · B. Políticas Generales de uso del Manual de Procedimientos 1. El Manual de Procedimientos debe estar disponible para consulta

Anotación por rectificación

Aux. administrativo recibe al ciudadano

Revisa el expediente e indica que realice el

pago correspondiente y que saque copias de los

recibos de pago

sella el acuse de recibido e informa al

ciudadano la fecha en la que debe regresar

Aux. administrativo registra el expediente

Redacta la anotacion la anotacion y se pasa a revision con el jefe de

juridico paea firma

Localiza el acta y pega la anotacion

Entre sella la anotacion Regresa el libro a su

lugar Ordena los expedientes

en orden cronologico

Archiva en caja

Page 44: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL REGISTRO CIVIL DEL … · B. Políticas Generales de uso del Manual de Procedimientos 1. El Manual de Procedimientos debe estar disponible para consulta

Aclaración Administrativa

Oficial y/o Aux. administrativo recibe

al ciudadano que solicita informacion

Revisa si la aclaracion del acta

procede

si no procede indica la via judicial

si procede la aclaracion entrega hoja de

requisitos

Recibe al ciudadano que acude a entregar

la documentacion

Pasa con el oficial para su autorizacion

Llena los espacios vacios de la solicitud

Pide al ciudadano que revise y firme la

solicitud

Solicita al ciudadano que realice los pagos correspondientes y saca copias de los

oficios y de los recibos de los recibos de pago

Page 45: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL REGISTRO CIVIL DEL … · B. Políticas Generales de uso del Manual de Procedimientos 1. El Manual de Procedimientos debe estar disponible para consulta

Adopción y tutela

Oficial encargado recibe los 3 tantos

del acta y sentencia de jurisdicción

Revisa que el acta de adopción este

correcta

Si no es correcta regresa el acta

para su cancelación y

nuevo levantamiento

Si es correcta Oficial firma el

acta de adopción junto con sus 4

tantos

Entrega los 4 tantos de acta

firmados y sentencia de jurisdicción

Separa y encarpeta los 4

tantos del acta de adopción

Obtiene de la sentencia los

datos del acta de nacimiento

aux. administrativo

busca el libro de nacimiento

correspondiente

Aux. administrativo

elabora en Word la anotación marginal por

adopción simple

Imprime la anotacion

marginal por adopción en un

tanto

Oficial encargado revisa que la anotación sea

correcta

Firma la anotación marginal por

adopcion simple

Pega la anotación en el acta

correspondiente

Entre sella la anotación marginal

Entrega el libro de nacimiento

Ordena cronológicamente los expedientes

Guarda en carpetas y los archiva en caja

Page 46: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL REGISTRO CIVIL DEL … · B. Políticas Generales de uso del Manual de Procedimientos 1. El Manual de Procedimientos debe estar disponible para consulta

Divorcio por juzgado

Oficial y/o aux. administrativo

encargado recibe al

ciudadano

Revisa el expediente y

solicita al ciudadano

realizar pago correspondiente

Resalta los datos

necesarios en el expediente

Aux. administrativo sella el acuse de recibido e

informa al usuario la fecha para recoger el

acta

Ingresa en el sistema para levantamiento

de acta

Imprime la hoja de prueba

Envia al oficial para su revision

Imprime 3 tantos del acta y

el tanto sobrante se

inutiliza

Anexa la hoja de prueba y una copia del acta al

expediente

Enviar acta al oficial para su

firma

Guarda las actas en el lugar

que le corresponde

entrega el acta de divorcio al

ciudadano

Archiva en carpetas

Ordena los expedientes

cronologicamenteArchiva en cajas

Page 47: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL REGISTRO CIVIL DEL … · B. Políticas Generales de uso del Manual de Procedimientos 1. El Manual de Procedimientos debe estar disponible para consulta

Divorcio

Aux. administrativo recibe el interesado

que solicita información

Informa los requisitos para el

divorcio administrativo

Entrega papeles de los documentos a

presentar

Informa que debe presentarse la

documentación y los 2 solicitantes el

mismo día

Aux. administrativo recibe a los

interesados que presentan la

documentación

Solicita a los interesados el

comprobante de domicilio

Revisa el comprobante de

domicilio

Solicita los documentos

restantes

Revisa que la documentación este

completa

Informa que realicen el pago correspondiente

Recibe de los solicitantes recibo de pago y solicitud

de divorcio

Aux. administrativo llena solicitud

Solicita a los interesados firmar

la solicitud

Firma la solicitud de divorcio

administrativo

Informa a los interesados sobre la platica que deben

tomar en el DIF y la fecha que se

firmara la ratificación

Entrega acuse de recibido para que se se presenten a

ratificar

Pasa expediente con el oficial a firma

Transcurrido 30 días recibe a los

interesados

Solicita la constancia de

platicas

Integra los expediente

Hace el llenado de la ratificación y resolucion de

divorcio administrativo

Los interesados ratififican y se les entrega un acuse

para que recojan su acta y sus legajos

de copias

Pasa a la firma con el oficial de registro

Page 48: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL REGISTRO CIVIL DEL … · B. Políticas Generales de uso del Manual de Procedimientos 1. El Manual de Procedimientos debe estar disponible para consulta

Adopción simples

Aux. administrativo

recibe oficios y sentencia de

jurisdicción voluntaria

Revisa que la sentencia este

completa

si no esta completa informa que tienen

que acudir al juzgado

Si esta completa revisa que el oficio este dirigido a la

oficina de registro civil correspondiente

Revisa en que oficina de registro civil esta

registrada la persona

Solicita que realicen el pago

correspondiente

Recibe el pago, sentencia y oficio

Sella de recibido un tanto del oficio

Entrega acuse informa fecha para entregar acta de

adopción

Registra los oficios y anexos recibidos en

la libreta

Separa los oficios y anexos en carpetas correspondientes

Elabora en word las proposiciones de la

sentencia de jurisdicción

Ingresa al sistema de levantamientos de

actas

Llena el formato en el sistema

Pasa a revisión con el oficial

Imprime el acta de adopcion en 4 tantos

Firma el acta el oficial de registro civil

Sella los 4 tantos de adopción

Entrega los 4 tantos del acta y sentencia

de jurisdicción

La hoja de prueba se anexa a la sentencia y se pone numero de libro y acta, se sella el

expediente

Archiva el expediente en orden cronológico

Guarda en carpeta

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3.-FORMATOS DE PROCEDIMIENTOS

Solicitud de matrimonio

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Solicitud registro extemporáneo

Solicitud de aclaración de acta

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Solicitud de elaboración de acta de defunción

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Solicitud de registro de Nacimiento

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Solicitud divorcio administrativo

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4.- Glosario

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Adopción: Es el estado jurídico mediante el cual se confiere al adoptado la situación de

hijo o del o de los adoptantes y a estos, los deberes inherentes a la relación paterno-

filial.

Adopción plena: Aquella que confiere al adoptado los apellidos de los adoptantes y los

mismos derechos, obligaciones y parentesco que la filiación consanguínea.

Adoptado: Persona que mediante la figura jurídica de la adopción adquiere la situación

de hijo.

Adoptante: Persona que mediante la figura jurídica de la adopción adquiere los deberes

inherentes a la relación paterno-filial.

Anotación marginal: Anotación que se realiza al margen de un acta para indicar, una

modificación del estado civil de la personal de cuya acta se trate o bien para completar

o realizar algún cambio de los datos asentados en la propia acta.

Apéndice: Conjunto de documentos relacionados con un acta formulada.

Área: Unidad de trabajo que se hace responsable de un proceso o fase de proceso.

Cementerio: Terreno, generalmente cercado, destinado a enterrar cadáveres.

Certificación: Es el medio de publicidad de las actas y documentos que obren en los

diversos archivos del registro civil.

Defunción: Muerte o fallecimiento de una persona.

Departamento: Es el área responsable de coordinar y controlar determinados procesos.

Es el conjunto de operaciones que forman parte de un proceso dentro de una estructura

orgánica.

Dependencia: Es aquella institución pública subordinada en forma directa al Titular del

Gobierno Municipal, en el ejercicio de sus atribuciones y para el despacho de los

negocios del orden administrativo que tienen encomendados. Estas dependencias son:

las Secretarías o Coordinaciones.

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Dirección: (Como estructura): Unidad directiva, la cual va en la parte superior dentro

del ordenamiento de las unidades en una estructura administrativa

Exhumación: Acción y efecto de exhumar. Exhumar, desenterrar un cadáver o restos

humanos.

Eximir: Librar a alguien de una carga u obligación.

Feto: Embrión de los mamíferos placentarios y marsupiales, desde que se implanta en

el útero hasta el momento del parto.

Firma: Expresión gráfica que estampa una persona para dejar constancia de su

voluntad en documentos que con su persona está referido.

Función: Conjunto de actividades afines y coordinadas, necesarias para alcanzar los

objetivos de un organismo social. Con la función se identifican las atribuciones que se

confieren a un órgano y consiste en una transcripción textual y completa de las

facultades conferidas a la entidad a sus unidades administrativas de acuerdo con las

disposiciones jurídicas que dan base legal a sus actividades.

INEGI: Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática.

Inhumación: Acción y efecto de inhumar. Inhumar, enterrar un cadáver.

Matrimonio: Es una institución de carácter público e interés social, por medio de la cual

dos personas deciden compartir un estado de vida para la búsqueda de su realización

personal y la fundación de una familia.

Registro Civil: Es una institución de orden público y de interés social por medio del cual

el Estado hace constar, en forma auténtica y da publicidad a los hechos y actos

constitutivos, modificativos y extintivos del estado civil de las personas.

Registro Extemporáneo: De nacimiento, será aquel que se efectúe después de los

ciento ochenta días de ocurrido el nacimiento.

RENAPO: Registro Nacional de Población.

Requisitos: Son todas aquellas especificaciones cuantitativas y cualitativas que el

ciudadano o el usuario requiere específicamente para ser dotado de un producto o

servicio.

Responsable: Es la persona encargada de editar, revisar y actualizar periódicamente

el documento controlado que le fue asignado.

Traslado: Desplazamiento que se hace de un cadáver, del lugar donde ocurrió el

fallecimiento de una persona, a otro poblado, municipio o entidad federativa del país.

Tutela: Es la institución de orden público e interés social, que respecto de los

incapacitados, tiene por objeto la guarda de la persona y los bienes o solamente los

bienes.

Ubicación: La ubicación expresará la dirección, departamento y coordinación en que

se desarrolle el trabajo, esto sirve para localizarlo y observarlo.

5.- Autorizaciones

Autorización

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Lic. Ricardo Zaid Santillán Cortés Presidente Municipal

Autorización Visto bueno

Lic. Adrián Venegas Bermúdez Secretario General

Lic. Andrea Naranjo Acosta Coordinadora General de Administración

e Innovación Gubernamental

Visto bueno Elaboración

Lic. Ernesto Josafat Parra Pérez Director General de Recursos Humanos

Mtro. José Noé Hermosillo Ramirez Director de Registro Civil

SEGUNDO. - Se aprueba el Manual de Puestos del Registro Civil del municipio de

El Salto, Jalisco para quedar como sigue:

Presentación

El manual de puestos documenta la información ordenada y específica sobre la

ubicación, descripción de las funciones, responsabilidades, condiciones de trabajo y

características que subsisten en cada puesto, para desempeñarlo de la mejor forma.

El manual de puestos es una herramienta indispensable en el proceso de reclutamiento

y selección con el objeto de que la persona que se incorpore al servicio público resulte

ser idónea al mismo, y que responda a las necesidades que la Institución enfrenta en la

atención de las demandas sociales planteadas por la ciudadanía y se refleje como

consecuencia en un mejor funcionamiento del aparato estatal.

Misión y visión de la Dirección del Registro Civil

Misión

Inscribir, registrar, autorizar, certificar, resguardar, dar publicidad y solemnidad a los

actos y hechos relativos al estado civil de las personas en el Municipio de El Salto, con

eficacia, honradez, alto sentido humano, trato digno y de forma permanente y

desconcentrada.

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Visión

Ofrecer un servicio de inscripción, certificación y orientación de calidad; siempre

apegados al sentido social y humano que conlleva esta dependencia y protegiendo y

garantizando los Derechos Humanos y respetando los principios de legalidad, honradez,

responsabilidad y transparencia.

Políticas generales del manual de organización

El manual de organización estará disponible para ser consultado por los servidores

públicos que laboran en la Dirección del Registro Civil del Gobierno de El Salto, así

como de las personas en general.

El director es el encargado de su elaboración y de la difusión de este, también lo es al

momento de su actualización.

El manual es un documento oficial e institucional, por lo que debe de presentar las firmas

de autorización de:

Presidente municipal

Secretario General

Coordinador General de Administración e Innovación Gubernamental

Director General de Recursos Humanos

Director de Registro Civil

Este documento no servirá para la creación de nuevas unidades orgánicas distintas a

las que contempla el Reglamento General del municipio de El Salto y las leyes

reglamentarias.

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1. Director de Registro Civil

Coordinación General o Dependencia de

Adscripción

Puestos que dependen Puestos que dependen de la Dirección de Área

Secretaria General Dirección del Registro Civil Oficial del Registro Civil

Auxiliar Administrativo

Gobierno Municipal de El Salto, Jalisco

Dependencia Secretaría General del Ayuntamiento

Dirección Dirección del Registro Civil

Información General del puesto

Nombramiento Director de Registro Civil

Nombre funcional del puesto Oficial Jefe

Clasificación del puesto Directivo nivel B Jornada 40 horas

Nivel salarial

Domicilio de la dependencia Ramón Corona #1, Palacio de Gobierno, planta baja

Población El Salto, Jalisco

Puesto al que reporta Secretaria General de Ayuntamiento

Objetivo General del puesto

Coordinar y organizar administrativamente la prestación del servicio de Registro Civil

Organigrama

Relaciones de trabajo internas

Presidente Municipal

Secretario General de Ayuntamiento

Director de Registro Civil

Oficial del Registro Civil

Auxiliar Administrativo

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Jefaturas o áreas internas

Puesto/área Motivo

Oficial del Registro Civil Dar fe pública sobre los actos que desempeñan

Auxiliar Administrativo Auxiliar en los procesos administrativos de la oficina

Relaciones de trabajo externas

Presidente municipal El presidente funge como primer oficial del municipio.

Secretario General de Ayuntamiento

Depende directamente de esta oficina, aquí se acuerdan y se da seguimiento con los asuntos materiales y humanos, así como los reportes mensuales.

Oficina de Presidencia Acordar y dar seguimiento a los asuntos relacionados que surjan con dicha dependencia.

Dirección General de Recursos Humanos

Dar seguimiento al estatus de los servidores públicos adscritos, pagos y nóminas.

Dirección General de Comunicación Social

Comunicar la agenda pública y gestionar los documentos que requieran la imagen institucional, así como los espacios en redes sociales y medios de información.

Contraloría interna Coadyuvar en los procedimientos administrativos de responsabilidad, entregar las declaraciones patrimoniales de los servidores adscritos a la oficina y los asuntos que surgieren.

Archivo municipal Realizar los convenios de colaboración para el resguardo de los archivos que se generan en el Registro Civil y cumplimentar con la Ley respectiva.

Coordinación de Delegaciones y Agencias Municipales

Coordinar los trabajos con cada oficialía que se encuentra en otra delegación para los temas administrativos.

Dirección de Planeación, Evaluación y Seguimiento

Vincular los trabajos de cada mes, programas operativos anuales, informes mensuales y estadísticas de este Registro Civil.

Jefatura de Protocolo, Relaciones Públicas y Eventos

Coordinar los eventos como Matrimonios colectivos en donde se necesite seguir un protocolo.

Jefatura de Atención Ciudadana

Para brindar información sobre los servicios que brinda el Registro Civil y las dudas que se generen a través de los medios de Atención Ciudadana.

Tesorería municipal Para informar sobre los ingresos y egresos de esta Dirección.

Dirección de Transparencia y Buenas Prácticas

Informar y dar contestación a las solicitudes que se generan.

Dirección de Patrimonio municipal

Para llevar el control patrimonial de los bienes en resguardo de la Dirección del Registro Civil.

Dirección de tecnologías de la información y Comunicación

Para la actualización de los servidores, replicas generadas y mantenimiento de los equipos de cómputo.

Dirección de Adquisiciones Para abastecer de los materiales que se requieren en las oficinas.

Jefatura de mantenimiento interno

Dar mantenimiento a las instalaciones de las oficialías.

Dirección General del DIF Para derivar los asuntos en los que se pueda coadyuvar con dicha Institución.

Dirección General del Registro Civil

Para la entrega de informes mensuales, duplicado de las actas que contienen los actos registrales, convenios de colaboración y actualización.

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Área de estadísticas del INEGI

Para entrega de estadísticas que se generan en esta Dirección.

Funciones del puesto Describa las funciones mas importantes que realiza y la finalidad que tiene cada una de ellas, así mismo señale con una X la frecuencia con que debe realizarlas.

Función (Qué hace)

Coordinar y organizar administrativamente la prestación del servicio del registro civil

Frecuencia con que se realiza

Finalidad (Para qué lo hace)

Para realizar los servicios registrales de los derechos de personalidad y a la identidad de las personas.

Ocas. Diario Semanal Mensual

X

Función (Qué hace)

Coordinar y supervisar el desempeño en las oficinas del Registro Civil.

Ocas. Diario Semanal Mensual

Finalidad (Para qué lo hace)

Para contribuir al cumplimiento de los objetivos del plan municipal de Desarrollo

X

Función (Qué hace)

Elaborar el programa operativo anual de la Dirección

Ocas. Diario Semanal Mensual

Finalidad (Para qué lo hace)

Para orientar los trabajos y dar cumplimiento certero a las metas del Plan de Desarrollo

X

Función (Qué hace)

Asignar a los oficiales del Registro Civil la oficina en donde desempeñarán sus funciones, previo acuerdo con el Secretario General de Ayuntamiento

Ocas. Diario Semanal Mensual

Finalidad (Para qué lo hace)

Para brindar certeza y eficiencia en todos los actos registrales del municipio

X

Perfil del puesto

Escolaridad:

Preparatoria o técnica

Carrera Profesional no terminada

Carrera profesional terminada

X Posgrado Ideal

Licenciatura o carreras afines Licenciatura en Derecho, Abogado

Especialidad requerida Derecho Registral, Derecho Civil, Derecho Administrativo, Derecho Penal, Derecho Familiar, Derecho Constitucional, Derecho Laboral, Derecho Burocrático, Derecho Internacional Privado, Derechos Humanos.

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Naturaleza del trabajo: Marque con una (X) las opciones que su puesto requiere

1 Realiza labores repetitivas y sencillas de registro, clasificación, entrega, acomodo, tramitación, captura o similares.

X

2 Realiza trabajos de registro y/o reporte que requiere de mucha habilidad y precisión o redacción variable.

X

3 Realiza trabajo en el que maneja una gran cantidad de papeles o materiales que debe mantener en orden para su futura localización.

X

4 Realiza trabajo que requiere un alto grado de atención y cuidado, ya que existe el riesgo continuo de cometer errores costosos.

X

5 Realiza trabajo para el cual requiere conocer una gran cantidad de instrucciones y/o procedimientos los cuales debe seguir sin necesidad de consultarlos.

X

6 Realiza trabajo que requiere un alto grado de análisis, ya que maneja situaciones difíciles de entender o interpretar.

X

7 Realiza trabajo de asesoría a terceros, consistentes en entender sus necesidades, definir y poner en práctica soluciones con ellos.

X

8 Realiza básicamente trabajo especializado de alto nivel tecnológico.

9 Realiza básicamente trabajo de dirección, lo cual implica planear, organizar, dirigir y controlar el trabajo de terceros.

X

Conocimientos requeridos Enunciar los conocimientos teóricos, técnicos y normativos indispensables para el desempeño de sus funciones.

Todas Las Ramas del Derecho y Leyes que Apliquen a la Materia, Manejo de Personal, Conflictos Administrativos, Politicas Publicas, Office, Ortografia y Redaccion.

Competencias

Comportamiento Etico Compromiso

Servicio de calidad Liderazgo

Trabajo en equipo Desarrollo de personas

Relaciones públicas Negociación

Carcateristicas del perfil

Dirección de personal Capacidad de organización

Amabilidad Solución de problemas

Trabajo bajo presión Analisis de información

Responsabilidad de valores

Manejo de dinero:

1 En efectivo Si, para comprar formas automatizadas de levantamientos de actos del Registro Civil

2 Cheques al portador No aplica

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3 Formas valoradas (recibos oficiales, formatos autorizados, etc.)

Si, formas para levantar actos de registro civil, formas para copias certificadas de actas de nacimiento.

Resguardo de bienes muebles

Mobiliario Muebles de oficina

Equipo de computo Computadoras, impresoras, copiadoras

Automóvil Si, oficial

Telefonía Teléfono fijo

Documentos e información Apéndices del registro civil

2. Oficial de Registro Civil

Coordinación General o Dependencia de

Adscripción

Puestos que dependen Puestos que dependen de la Dirección de Área

Dirección del Registro Civil Ninguno Oficial del Registro Civil

Auxiliar Administrativo

Gobierno Municipal de El Salto, Jalisco

Dependencia Secretaría General del Ayuntamiento

Dirección Dirección del Registro Civil

Jefatura o similar Oficial de Registro Civil

Información General del puesto

Nombramiento Oficial de Registro Civil

Nombre funcional del puesto Oficial

Clasificación del puesto Jornada 40 horas

Nivel salarial

Domicilio de la dependencia Delegación o Agencia de adscripción

Población El Salto, Jalisco

Puesto al que reporta Dirección del Registro Civil

Objetivo General del puesto

Dar fe pública sobre los actos que desempeñan

Organigrama

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Relaciones de trabajo internas

Jefaturas o áreas internas

Puesto/área Motivo

Auxiliar Administrativo Auxiliar en los procesos administrativos de la oficina

Relaciones de trabajo externas

Contraloría interna Coadyuvar en los procedimientos administrativos de responsabilidad, entregar las declaraciones patrimoniales de los servidores adscritos a la oficina y los asuntos que surgieren.

Archivo municipal Realizar los convenios de colaboración para el resguardo de los archivos que se generan en el Registro Civil y cumplimentar con la Ley respectiva.

Coordinación de Delegaciones y Agencias Municipales

Coordinar los trabajos con cada oficialía que se encuentra en otra delegación para los temas administrativos.

Jefatura de Protocolo, Relaciones Públicas y Eventos

Coordinar los eventos como Matrimonios colectivos en donde se necesite seguir un protocolo.

Jefatura de Atención Ciudadana

Para brindar información sobre los servicios que brinda el Registro Civil y las dudas que se generen a través de los medios de Atención Ciudadana.

Dirección de Transparencia y Buenas Prácticas

Informar y dar contestación a las solicitudes que se generan.

Dirección de Patrimonio municipal

Para llevar el control patrimonial de los bienes en resguardo de la Dirección del Registro Civil y bajo el cuidado de los oficiales.

Dirección de tecnologías de la información y Comunicación

Para la actualización de los servidores, replicas generadas y mantenimiento de los equipos de cómputo.

Dirección de Adquisiciones Para abastecer de los materiales que se requieren en las oficinas.

Presidente Municipal

Secretario General de Ayuntamiento

Director de Registro Civil

Oficial del Registro Civil

Auxiliar Administrativo

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Jefatura de mantenimiento interno

Dar mantenimiento a las instalaciones de las oficialías.

Dirección General del DIF Para derivar los asuntos en los que se pueda coadyuvar con dicha Institución.

Funciones del puesto Describa las funciones mas importantes que realiza y la finalidad que tiene cada una de ellas, así mismo señale con una X la frecuencia con que debe realizarlas.

Función (Qué hace)

Coordinar y organizar administrativamente la prestación del servicio del registro civil

Frecuencia con que se realiza

Finalidad (Para qué lo hace)

Para realizar los servicios registrales de los derechos de personalidad y a la identidad de las personas.

Ocas. Diario Semanal Mensual

X

Perfil del puesto

Escolaridad:

Preparatoria o técnica

Carrera Profesional no terminada

Carrera profesional terminada

X Posgrado

Licenciatura o carreras afines Licenciatura en Derecho, Abogado

Especialidad requerida Derecho Registral, Derecho Civil, Derecho Administrativo, Derecho Penal, Derecho Familiar, Derecho Constitucional, Derecho Laboral, Derecho Burocrático, Derecho Internacional Privado, Derechos Humanos.

Naturaleza del trabajo: Marque con una (X) las opciones que su puesto requiere

1 Realiza labores repetitivas y sencillas de registro, clasificación, entrega, acomodo, tramitación, captura o similares.

X

2 Realiza trabajos de registro y/o reporte que requiere de mucha habilidad y precisión o redacción variable.

X

3 Realiza trabajo en el que maneja una gran cantidad de papeles o materiales que debe mantener en orden para su futura localización.

X

4 Realiza trabajo que requiere un alto grado de atención y cuidado, ya que existe el riesgo continuo de cometer errores costosos.

X

5 Realiza trabajo para el cual requiere conocer una gran cantidad de instrucciones y/o procedimientos los cuales debe seguir sin necesidad de consultarlos.

X

6 Realiza trabajo que requiere un alto grado de análisis, ya que maneja situaciones difíciles de entender o interpretar.

X

7 Realiza trabajo de asesoría a terceros, consistentes en entender sus necesidades, definir y poner en práctica soluciones con ellos.

X

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8 Realiza básicamente trabajo especializado de alto nivel tecnológico.

9 Realiza básicamente trabajo de dirección, lo cual implica planear, organizar, dirigir y controlar el trabajo de terceros.

X

Conocimientos requeridos Enunciar los conocimientos teóricos, técnicos y normativos indispensables para el desempeño de sus funciones.

Todas Las Ramas del Derecho y Leyes que Apliquen a la Materia, Manejo de Personal, Conflictos Administrativos, Office, Ortografia y Redaccion.

Competencias

Comportamiento Etico Compromiso

Servicio de calidad Liderazgo

Trabajo en equipo Desarrollo de personas

Relaciones públicas Negociación

Carcateristicas del perfil

Dirección de personal Capacidad de organización

Amabilidad Solución de problemas

Trabajo bajo presión Analisis de información

Responsabilidad de valores

Manejo de dinero:

1 Cheques al portador No aplica

2 Formas valoradas (recibos oficiales, formatos autorizados, etc.)

Si, formas para levantar actos de registro civil, formas para copias certificadas de actas de nacimiento.

Resguardo de bienes muebles

Mobiliario Muebles de oficina

Equipo de computo Computadoras, impresoras, copiadoras

Automóvil Si, oficial

Telefonía Teléfono fijo

Documentos e información Apéndices del registro civil

Autorización

Lic. Ricardo Zaid Santillán Cortés Presidente Municipal

Autorización Visto bueno

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Lic. Adrián Venegas Bermúdez Secretario General

Lic. Andrea Naranjo Acosta Coordinadora General de Administración

e Innovación Gubernamental

Visto bueno Elaboración

Lic. Ernesto Josafat Parra Pérez Director General de Recursos Humanos

Mtro. José Noé Hermosillo Ramirez Director de Registro Civil

Artículos transitorios.

Primero: Se ordena publicar el presente acuerdo en la Gaceta Municipal.

Segundo: El presente acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en la

Gaceta Municipal.

Tercero: Notifíquese a la Coordinación General de Administración e Innovación

Gubernamental, para su conocimiento y efectos legales y administrativos a los que haya

lugar.

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE ATENCIÓN A LAS

MUJERES DE EL SALTO.

La que suscribe Lic. Sofía Lizeth Reyes Martínez, en mi calidad de Regidora, en ejercicio

de las facultades que me confieren los artículos 115 fracción II de la Constitución Política

del Estado de Jalisco; Fracción I de la Ley de Gobierno y Administración Pública

Municipal del Estado de Jalisco; 56 fracción II del Reglamento General del Municipio de

El Salto; someto a la consideración de este órgano de Gobierno Municipal, el siguiente

ACUERDO DE AYUNTAMIENTO mediante el cual se aprueba el Manual de

Organización del Instituto Municipal de Atención a las Mujeres de El Salto.

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Exposición de Motivos

I.- En base a las disposiciones que consagran los artículos 77 y 86 de Constitución

Política del Estado de Jalisco, 38 fracción I, 40 fracción II y artículo 41 fracción II de la

Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco,

concordancia con los artículos 53 fracción I, fracción XIII y fracción LIV y 55 fracción II

del Reglamento General del Municipio de El Salto, Jalisco, nosotros como ayuntamiento

estamos facultados para aprobar acuerdos y disposiciones generales de aplicación

interna para la correcta administración municipal. Estas disposiciones deben impulsar el

orden, la formalidad y la transparencia en todos los procedimientos que realizamos.

II.- En este sentido, y de acuerdo con el artículo 147 del Reglamento General del

Municipio de El Salto, Jalisco es facultad y responsabilidad del Ayuntamiento realizar

las labores y prestar los servicios del Instituto Municipal de Atención a las Mujeres de El

Salto, que implican definir y aplicar los programas y estrategias que permitan que la

mujer participe en actividades formales que apunten el desarrollo integral de su género.

Es por ello que resulta necesarios que la Dirección del Instituto Municipal de Atención a

las Mujeres de El Salto, cuente con su manual de organización debidamente aprobado

por este pleno, ya que el mismo permite presentar de forma estructurada, sistemática y

ordenada las funciones y atribuciones que orientan a los servidores públicos a mejorar

el desempeño de sus labores.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de este Pleno, el siguiente de

ACUERDO DE AYUNTAMIENTO:

PRIMERO. - Se aprueba del Manual de Organización del Instituto Municipal de Atención

a las Mujeres de El Salto, para quedar como sigue:

El Gobierno del Municipio de El Salto, Jalisco, promueve y ejecuta políticas públicas con

la participación ciudadana, dando gran importancia a los programas sociales, así como

a la Transparencia y la correcta ejecución de recursos que están propiciando las

finanzas municipales sanas, lo cual está caracterizando el buen ejercicio de la

administración pública.

Por lo anterior, Nuestro Plan Municipal de Desarrollo y Gobernanza 2018-2021 tiene la

finalidad de seguir reforzando y mejorando las políticas públicas, tema que engloba

entre otras cosas, simplificar los trámites administrativos, cuyo objetivo es hacer más

sencillo cualquier tipo de trámite hacia los ciudadanos en un menor tiempo.

El manual de organización presenta una relevancia significativa, ya que a través de ese

instrumento se institucionalizan y presentan de forma estructurada, sistemática y

ordenada en el marco normativo, funciones y atribuciones que orientan a los servidores

públicos a mejorar el desempeño de sus labores.

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CONTENIDO

Objetivos del Manual de Organización…………………………………….…….4

Misión, Visión, Valores, Objetivo……..…………………………………….….....4

Marco Jurídico………………………………………………………………….…….5

Contribución al Plan Municipal de Desarrollo y Gobernanza………….…….6

Eje El Salto Incluyente..……………………………………………………….…....8

Organigrama…………………………………………………………………….……9

Atribuciones del Instituto…………………………………………………………10

Catálogo de Puestos……………………………………………………………….11

Suplencias en Caso de Ausencias…...………………………………………….21

Trámites y Servicios………………………………………………………………..22

Políticas Generales de la Unidad Orgánica…...……………………………….23

Autorización…………………………………………………………………………24

Objetivos del Manual de Organización.

Es una herramienta que contribuye a la planeación y organización de las funciones,

además de servir para el análisis y revisión de los métodos y sistemas de trabajo, y que

a través de estos se logre una mejora sustancial en la atención y servicio, con un impacto

hacia la ciudadanía.

Los objetivos específicos del manual de organización son los siguientes:

Mostrar la organización de la Instancia Municipal

Servir de marco de referencia y guía para llevar a cabo el trabajo diario de cada

unidad, orientadas a la consecución de los objetivos de la dependencia, además

de contribuir a la división del trabajo, capacitación y medición de su desempeño.

Delimitar las responsabilidades y competencias de todas las áreas que

componen la organización, así como detectar omisiones y evitar duplicidad de

funciones.

Actuar como medio de información, comunicación y difusión para apoyar la

inducción del personal de nuevo ingreso al contexto de la institución, así como

en la toma de decisiones.

Contribuir a fundamentar los programas de trabajo.

Misión

Somos una instancia rectora de la política pública de género que busca la igualdad de

oportunidades, derechos humanos, así como incidir en la construcción de relaciones

más equitativas a través de la transversalidad de la perspectiva de género en la

ciudadanía, gobierno y diversos sectores, que contribuyan en un Salto incluyente

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Visión

Ser una instancia líder y de mejora continua, reconocida a nivel Estatal y Nacional,

responsable de la política pública de igualdad sustantiva comprometida con las

demandas y empoderamiento de las mujeres para reducir las brechas de género y

desigualdad en el Municipio de El Salto Jalisco.

Valores

Profesionalismo en la atención a las y los ciudadanos para satisfacer sus necesidades

de manera eficiente y oportuna.

Innovación como una manera de fomentar y trascender en la administración pública,

creando e implementando técnicas de trabajo para mejorar el servicio público y hacerlo

eficiente.

Responsabilidad en la ejecución de las funciones de atención y servicio en cada área.

Comunicación entre las diferentes áreas y dependencias que trabajan de forma

transversal

Respeto entre el personal, hacia la ciudadanía y entre servidores de otras

dependencias.

Objetivo

Somos una instancia con carácter especializado y consultivo para la promoción y

defensa de la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres,

fomentando la autonomía de las mujeres y su participación activa en los programas,

acciones o servicios que se deriven de las políticas públicas municipales y convenios de

colaboración con las instancias estatales, federales, municipales y sociedad civil.

Marco Jurídico

A continuación, se presenta el marco jurídico al que habrá de apegar la dirección del

Instituto Municipal de Atención a las Mujeres de El Salto.

Federal

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida libre de violencia

Ley General para la Igualdad entre Mujeres y hombres

Ley General de Víctimas

Estatal

Constitución Política del Estado de Jalisco

Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco

Ley para los servidores públicos del Estado de Jalisco y sus municipios

Ley de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia del Estado de Jalisco

Ley Estatal para la Igualdad entre Mujeres y Hombres

Ley de Atención a víctimas del Estado de Jalisco.

Municipal

Reglamento General del Municipio de El Salto, Jalisco.

Reglamento del Instituto Municipal de Atención a las Mujeres de El Salto

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Reglamento de Acceso de las Mujeres a una vida libre de violencia para el

Municipio de El Salto, Jalisco.

Reglamento Municipal para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres de

el Salto, Jalisco.

Contribución al Plan Municipal de Desarrollo

El Gobierno Municipal de El Salto se caracteriza por el trabajo enfocado en 5 Ejes

Estratégicos, los cuales se plantean en el Plan Municipal de Desarrollo y Gobernanza

2018-2021, estos permitirán cumplir con la Visión que se tiene, a continuación, se

definen las características principales de cada uno de ellos, además de las funciones y

acciones que corresponden a El Instituto Municipal de Atención a Las Mujeres de El

Salto.

EJES

DESCRIPCION

El Salto Competitivo

Que provee las condiciones para fortalecernos como una

ciudad industrial, que impulsa la creatividad, la

competitividad, la innovación y la iniciativa de sus

ciudadanos para generar bienes encaminados a su

superación económica, ofertando mejores condiciones

urbano-ambientales e institucionales y mejores

condiciones generales para la producción económica y en

estrecha coordinación con los demás órdenes de gobierno,

especialmente en la gestión de recursos.

Un Salto Democrático

Entendido como la suma de acciones del gobierno y la

sociedad que logran una comunidad que promueve y

respeta la participación de todos, incluidas las minorías;

una sociedad que se hace cargo de sus responsabilidades,

construyendo con todo esto una ciudadanía a partir del

fortalecimiento de las costumbres valores, y tradiciones,

que se esmera en la construcción de una cultura de

legalidad.

Un Salto Incluyente

Que garantiza a todas las personas las condiciones para

ser protagonista de su propio desarrollo, en todos los

ámbitos de la vida social, bajo los principios de libertad,

responsabilidad y cooperación.

Un Salto Seguro

Que preserva el ambiente necesario para el sano y

tranquilo desarrollo de la comunidad, dando certeza de

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respeto al conjunto de derechos de la personas, en una

cercana y estrecha cooperación gobierno ciudadanía.

Un Salto Sustentable

Entendido como el Municipio que cuida y alinea los

diversos factores: urbanos, económicos, sociales y

ambientales, necesarios para generar condiciones

propicias que garanticen un vida plena de sus ciudadanos

en el presente y el futuro y facilite la convivencia entre los

saltenses y la naturaleza de tal forma que permita la

satisfacción de sus necesidades, sin comprometer la

capacidad de regeneración de la naturaleza, y por tanto, la

existencia de las generaciones futuras.

A la Dirección del Instituto Municipal de Atención a las Mujeres de El Salto le

corresponde el siguiente Eje de acuerdo Al Plan Municipal de Desarrollo y Gobernanza

2018-2021.

Eje: El Salto Incluyente

Es fundamental mantener el compromiso hacia los sectores más vulnerables de la

ciudadanía, en especial de las niñas y mujeres enfocando las acciones en las

necesidades económicas, de salud, educación, e integrando la productividad de las

Mujeres en el negocio local y empresarial, así como atendiendo las brechas de género

que aún existen en la sociedad.

El trabajo en la Atención Integral e Interinstitucional hacia las niñas y mujeres que sufren

violencia es primordial, además de la prevención de la misma es de vital importancia ya

que tenemos que trabajar en la erradicación de la violencia de género que en últimos

tiempos ha ido creciendo generando una Alerta de Violencia Estatal por los casos de

feminicidios que se han dado en nuestro Estado; por lo que se impulsarán acciones

afirmativas de manera coordinada con dependencias municipales y estatales que

contribuyan en la prevención y atención de la violencia. De igual forma se impartirán

talleres especializados en temas de equidad de género, prevención de violencia,

empoderamiento, autoestima, comunicación asertiva, comunicación no sexista,

derechos humanos y solución de conflictos con el fin de brindar desarrollo integral a las

mujeres del municipio, así como a sus familiares y otros grupos de vital importancia

como las niñas, niños y adolescentes. También se promoverán talleres y pláticas que

se darán a las mujeres a fin de concientizarlas sobre los riesgos físicos y psicológicos

de un embarazo no planeado, además de sensibilizarlas sobre la importancia de su

salud sexual y reproductiva.

Se fomentará la igualdad sustantiva y la equidad de género en los ámbitos público y

privado, además de promover el pleno goce y ejercicio de los derechos humanos.

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Organigrama

Atribuciones del Instituto.

Las obligaciones y atribuciones de la Dirección del Instituto Municipal de Atención a las

Mujeres de El Salto se encuentran establecidas en el Artículo 5º del Reglamento General

del Instituto Municipal de Atención a las Mujeres de El Salto, Jalisco; así mismo, de estas

se derivan sus funciones como a continuación se mencionan:

Fracciones del Artículo 5 del Reglamento del Instituto Municipal de Atención a las

Mujeres de El Salto, Jalisco.

I Elaborar programas de participación ciudadana que propicien la igualdad de género.

II Establecer un sistema de seguimiento de los programas federales que tengan injerencia en el Municipio, conforme a las leyes y acuerdos de

coordinación.

III Promover la prestación de servicios del sector público que favorezcan la incorporación de la mujer al bienestar y a la actividad productiva.

IV Administrar la información del fondo financiero de apoyo a la participación social de la mujer.

V Impulsar el servicio de defensa de los derechos de la mujer, por medio de convenios de colaboración con organismos públicos y privados, nacionales

Directora del Instituto Municipal de Atención a las

Mujeres de El Salto

Trabajo social Jurídico PsicologíaAdministración de

Promoción y apoyo a la Mujer

Promotor de salud Promotor de talleres

Instructores

Secretaría de Dirección

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e internacionales para el desarrollo de proyectos que beneficien a las mujeres.

VI Integrar un Centro de Información y Registro, para el seguimiento, control y evaluación de las condiciones sociales políticas, económicas y culturales de las mujeres en los distintos ámbitos de la sociedad.

VII Participar en reuniones de trabajo, foros, coloquios y eventos, con organismos especializados sobre los temas de las mujeres, para el intercambio de experiencias e información.

VIII Promover las aportaciones de recursos provenientes de dependencias e instituciones públicas y de organizaciones privadas y sociales interesadas en apoyar el logro de la equidad y género.

IX Promover entre las mujeres que se desempeñen laboralmente en la administración pública municipal, los programas de orientación en materia de género y derechos laborales.

X Ofrecer servicio de asesoría legal, atención psicológica de primer contacto, canalización y seguimiento de los casos presentados hasta su solución, para el aseguramiento de la protección de los derechos de la mujer.

XI Las demás que resulten necesarias para el adecuado cumplimiento de

las funciones del Instituto.

Catálogo de Puestos

Nombre del Puesto: Director

I. Diseñar, implementar e impulsar políticas y programas operativos anuales

tendientes a incorporar la perspectiva de género como política general en los diferentes aspectos de la vida municipal con el propósito de favorecer el avance de las mujeres en todos los sectores.

II. Propiciar la igualdad de oportunidades entre la mujer y el hombre al interior del instituto.

III. Proveer las herramientas, equipo, infraestructura y demás enseres necesarios a su personal para que estos puedan llevar a cabo sus tareas.

IV. Elaborar programas sectoriales en los que figuren como ejes rectores la participación ciudadana respecto de la igualdad de género, acceso a la justicia para mujeres víctimas de la violencia, transparencia en políticas de inclusión y participación de las mujeres en los procesos internos de la vida social municipal, defensa y representación de los derechos fundamentales y diseño e implementación de estrategias que favorezcan el desarrollo económico y sustentabilidad de las mujeres dentro del municipio.

V. Promover la participación activa de las mujeres en el proceso de toma de decisiones que favorezcan la perspectiva de género en las políticas públicas municipales.

VI. Elaborar programas de participación ciudadana que propicien la igualdad de género.

VII. Establecer un sistema de seguimiento de los programas federales y estatales que tengan injerencia en el Municipio, conforme a las leyes y acuerdos de coordinación.

VIII. Promover la prestación de servicios del sector público que favorezcan la incorporación de la mujer al bienestar y a la actividad productiva.

IX. Impulsar el servicio de defensa de los derechos de la mujer, por medio de convenios de colaboración con organismos públicos y privados en el ámbito de su competencia para el desarrollo de proyectos que beneficien a las mujeres.

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X. Integrar un Centro de Información y Registro, para el seguimiento, control y evaluación de las condiciones sociales políticas, económicas y culturales de las mujeres en los distintos ámbitos de la sociedad.

XI. Participar en reuniones de trabajo, foros, coloquios y eventos, con organismos especializados sobre los temas de las mujeres, para el intercambio de experiencias e información.

XII. Promover las aportaciones de recursos provenientes de dependencias e instituciones públicas y de organizaciones privadas y sociales interesadas en apoyar el logro de la equidad y género.

XIII. Promover entre las mujeres que se desempeñen laboralmente en la administración pública municipal, los programas de orientación en materia de género y derechos laborales.

XIV. Promover capacitaciones, talleres y asesorías a la población femenina que coadyuven con su sano desarrollo personal y social.

XV. Coordinar, supervisar la implementación de los planes, programas y políticas propias del Instituto.

XVI. Controlar, sancionar o incentivar lo relacionado con las acciones, actividades y comportamientos de su personal al interior y exterior de instituto debiendo propiciar siempre el respeto, la armonía, cordialidad, responsabilidad y el estricto derecho y salvaguarda de los derechos fundamentales en el trato para con su personal, así como los usuarios y beneficiarios del Instituto.

XVII. Elaborar las actas administrativas correspondientes a incidencias del Instituto y de su personal.

XVIII. Elaborar los manuales de organización y procedimientos, planes de trabajo e informes para el presidente municipal, para la población en general, así como el informe de actividades para la glosa municipal del informe de gobierno.

XIX. Crear la base de datos inherente a los casos de violencia contra las mujeres, capacitación, asesorías, consultorías, talleres y programas en los términos requeridos por las leyes en la materia.

XX. Las demás que resulten necesarias para el adecuado cumplimiento de las funciones del Instituto.

Perfil del puesto

I. Ser mayor de 25 años, en pleno goce de sus derechos civiles y políticos. II. Tener título de Licenciatura o estar cursando.

III. Capacidad de análisis y decisión. IV. Capacidad para gestionar, dirigir y tomar decisiones. V. Conocimiento administrativo y jurídico sobre la materia. VI. Conocimiento y manejo de office, internet, redes sociales.

VII. Liderazgo efectivo. VIII. Trabajo en equipo. IX. Facilidad de palabra. X. Manejo y solución de conflictos. XI. Manejo del personal.

Puesto: Secretaria

I. Auxiliar a la Dirección de manera administrativa. II. Elaborar, recibir y dar seguimiento a los oficios, documentos, memorándums,

circulares para el personal o dependencias. III. Manejar y mantener actualizada la base de datos.

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IV. Administrar la agenda de la dirección, manteniéndola al día, reflejando todos los compromisos laborales.

V. Oficialía de partes para la entrega y recepción de documentación. VI. Asistencia general administrativa para el Instituto.

VII. Atención general al público, respondiendo llamadas y registrando el motivo de las mismas, así como todos aquellos datos que le permitan a su jefe inmediato hacer un efectivo seguimiento del asunto.

VIII. Atención y recepción de usuarias o usuarios, registrando la atención en bitácora y canalizando al servicio que requiera.

IX. Llevar un registro de los datos de las personas e instituciones que deben relacionarse con su jefe inmediato.

X. Escribir, leer, gestionar la correspondencia, archivar, notificar correos electrónicos y dar respuesta.

XI. Manejar la base de datos de contactos de su jefe y archivar correspondencia escrita, así como documentos de interés dentro de la oficina.

XII. Tomar nota de los asuntos tratados en reuniones importantes. XIII. Ejecutar la logística de eventos como capacitaciones, conferencias,

conmemoraciones especiales, etc. XIV. Vigilar el suministro oportuno de bienes y servicios requeridos por las diversas

áreas que conforman el Instituto. XV. Realizar de forma mensual informe de actividades.

Perfil del puesto

I. Preparatoria o carrera técnica. II. Conocimiento administrativo de oficina y archivo.

III. Manejo de office, internet y redes sociales. IV. Conocimiento de ortografía y redacción de textos. V. Facilidad de palabra. VI. Trato amable en cuestión de atención.

VII. Capacidad de análisis. VIII. Trabajo en equipo.

Puesto: Trabajo Social

I. Aplicar e interpretar estudios socioeconómicos a la población en zonas del

Municipio que con base en los programas y proyectos del Instituto se consideren necesarios para la realización de diagnósticos, investigación o estadísticas.

II. Elaborar un registro de lineamientos y requisitos de programas, convocatorias, padrones, becas y ayudas en general que brinde el Instituto, las organizaciones de la sociedad civil y dependencias públicas, de los cuales las mujeres del Municipio pudiesen ser beneficiadas.

III. Asesorar, gestionar y dar acompañamientos necesarios para la obtención de requisitos que las usuarias, deban cubrir para recibir los beneficios de los programas, proyectos, convocatorias becas y ayudas que otorgue el Instituto.

IV. Gestionar y fortalecer redes de apoyo de las usuarias en caso de ser víctimas de violencia.

V. Elaborar un directorio de organizaciones de la sociedad civil y dependencias públicas que brinden refugio o albergue temporal a mujeres, sus hijas e hijos en caso de ser víctimas de violencia, y en el caso respectivo realizar la referencia y gestiones necesarias para la aceptación e ingreso de la usuaria, salvo a refugios o albergues con lineamientos de confidencialidad.

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VI. Realizar de forma mensual informe de actividades. VII. Representar al Instituto ante organismos públicos, privados, tribunales y

demás en el ámbito de su competencia. VIII. Elaborar un directorio de Instituciones gubernamentales y Asociaciones civiles

cuyo objetivo social sea prevenir, atender y erradicar la violencia intrafamiliar y de género, así como establecer coordinación para difusión de información y eventos para concientización social.

IX. Realizar y aplicar instrumentos para la detección de factores de riesgo, atención de primer contacto, presencia de violencia, plan de auto cuidado y seguridad.

X. Promover la creación de grupos de trabajo permanente en las diferentes comunidades del municipio que difundan las temáticas concernientes a la igualdad sustantiva y derechos de las mujeres.

XI. Elaborar un programa operativo y plan de trabajo anuales. XII. Elaborar informe mensual sobre las incidencias, asesorías, seguimiento,

capacitación y atención a usuarios del instituto y remitirlo a la dirección.

Perfil del puesto

I. Licenciatura en Trabajo Social, contar con título y cédula profesional. II. Conocimiento de temas de prevención de la violencia y perspectiva de género.

III. Experiencia en la impartición de charlas, talleres y atención y seguimiento. IV. Conocimiento y manejo del paquete Office, internet y redes sociales. IX. Facilidad de palabra. X. Trato amable en cuestión de atención. XI. Capacidad de análisis. V. Trabajo en equipo. VI. Manejo y solución de conflictos.

VII. Liderazgo efectivo.

Puesto: Abogado

I. Asesorar legalmente a la dirección y a las áreas del Instituto en general en el

ámbito de su competencia. II. Auxiliar a la Dirección en el diseño e implementación de los protocolos y el

modelo de atención e intervención a mujeres que se encuentren en situación de violencia intrafamiliar y violencia de género, de acuerdo a los programas municipales y estatales.

III. Proponer, apoyar y participar en la elaboración de programas, proyectos y acciones tendientes a defender y proteger los derechos humanos de las mujeres.

IV. Brindar asesoría jurídica presencial a las mujeres que acuden al Instituto. V. Brindar los acompañamientos y seguimientos necesarios para la formulación

de querellas y denuncias cuando estas procedan. VI. Brindar seguimiento a las usuarias que fueron referidas o derivadas a otras

instancias para recibir presentación jurídica o atención de sus juicios. VII. Participar y organizar reuniones, eventos, coloquios y convenciones en

materia de género, violencia intrafamiliar y atención a las mujeres para el intercambio de experiencias e información tanto de carácter municipal, regional, nacional e internacional sobre los temas de las mujeres.

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VIII. Representar al Instituto ante organismos públicos, privados, tribunales y demás en el ámbito de su competencia.

IX. Elaborar un programa operativo y plan de trabajo anuales. X. Asegurar el cumplimiento de la normatividad y acuerdos vigentes. XI. Manejar agenda de asesoría, capacitación y representación de la población

y usuarios en general que acudan al instituto solicitando servicios jurídicos. XII. Proponer y gestionar, en coordinación con la dirección, ante las

dependencias y entidades del gobierno federal, estatal o municipal los convenios relacionados con el Instituto.

XIII. Elaborar informe mensual sobre las incidencias, asesorías, seguimiento, capacitación y atención a usuarios del instituto y remitirlo a la dirección.

Perfil del puesto

I. Licenciatura en Derecho, contar con título y cédula profesional. II. Conocimiento de temas de prevención de la violencia y perspectiva de

género. III. Experiencia en la impartición de charlas, talleres y atención y seguimiento. IV. Conocimiento y manejo del paquete Office, internet y redes sociales. V. Facilidad de palabra. VI. Trato amable en cuestión de atención.

VII. Capacidad de análisis. VIII. Trabajo en equipo. IX. Manejo y solución de conflictos. X. Liderazgo efectivo.

Puesto: Psicólogo

I. Brindar orientación psicológica de primer momento en forma individual o

grupal e intervención en crisis. II. Emitir los informes psicológicos de su competencia.

III. Diseñar materiales de concientización sobre la cultura de la paz. IV. Proponer, apoyar y participar en la elaboración de programas, proyectos y

acciones tendientes a fortalecer el desarrollo humano. V. Fomentar la creación de grupos de auto ayuda de mujeres víctimas de la

violencia intrafamiliar y de género sobre codependencia emocional. VI. Proporcionar talleres educativos sobre derechos sexuales, reproductivos,

sexualidad responsable. VII. Dar el servicio de atención psicológica gratuita a las mujeres que acudan al

Instituto solicitando este servicio y en caso de ser requerida atención medica psiquiátrica canalizarlas a las instituciones de salud correspondiente.

VIII. Elaborar informe mensual sobre las incidencias, asesorías, seguimiento, capacitación y atención a usuarios del Instituto y remitirlo a la dirección.

IX. Elaborar un programa operativo y plan de trabajo anuales. X. Representar al Instituto ante organismos públicos, privados y demás en el

ámbito de su competencia. XI. Elaborar un programa operativo y plan de trabajo anuales.

XII. Manejar agenda de consultoría, capacitación y seguimiento de usuarios en general que acudan al Instituto solicitando atención psicológica.

XIII. Participar y organizar reuniones, eventos, coloquios y convenciones en materia de género, violencia intrafamiliar y atención a las mujeres para el intercambio de experiencias e información tanto de carácter municipal, regional, nacional e internacional sobre los temas de las mujeres.

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Perfil del puesto

I. Licenciatura en Psicología, contar con título y cédula profesional. II. Conocimiento de temas de prevención de la violencia y perspectiva de

género. III. Experiencia en la impartición de charlas, talleres y atención y seguimiento. IV. Conocimiento y manejo del paquete Office, internet y redes sociales. V. Facilidad de palabra. VI. Trato amable en cuestión de atención.

VII. Capacidad de análisis. VIII. Trabajo en equipo. IX. Manejo y solución de conflictos. X. Liderazgo efectivo.

Puesto: Administración de promoción y apoyo a la mujer

I. Impulsar acciones que permitan canalizar a las mujeres hacia las instancias

que puedan brindarle educación formal, enseñanza de oficios, actualización o capacitación para el autoempleo, considerando siempre su ubicación regional y condición social.

II. Elaborar un programa operativo y planes de trabajo anuales. III. Auxiliar a la Dirección en el diseño y promover programas que contribuyan al

desarrollo y atención de la mujer, así como ejecutar acciones que generen el desarrollo productivo, laboral, cultural y educativo de las mujeres.

IV. Estimular la participación de la mujer en el desarrollo de nuevas opciones productivas generadoras de empleo e ingresos que integren de manera armónica, criterios de sustentabilidad ambiental, tecnológicos, económicos y sociales.

V. Realizar talleres en las distintas localidades del Municipio con grupos de mujeres para impulsar el empoderamiento económico

VI. Auxiliar a la Dirección en la organización de exposiciones y participar en eventos que organice alguna institución con los productos artesanales elaborados por las mujeres que participan de los cursos promovidos por el Instituto.

VII. Administrar datos estadísticos de los diferentes talleres, así como datos personales de las beneficiarias para la elaboración de constancias o reconocimientos.

VIII. Archivar documentación de las beneficiarias. IX. Administrar listas de asistencia. X. Coordinar al personal operativo que realiza difusión, convocatorias y

supervisión de los talleres, así como al personal operativo que realiza las caravanas de salud.

XI. Gestionar los suministros necesarios para la realización de caravanas de salud.

XII. Organizar y llevar a cabo la logística de eventos de clausura de talleres. XVI. Realizar de forma mensual informe de actividades.

Perfil del puesto

I. Preparatoria terminada o equivalente. II. Conocimiento y manejo del paquete Office, internet y redes sociales.

III. Facilidad de palabra.

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Puesto: Promotor de Salud

I. Elaborar cronograma anual de la implementación de la caravana de salud. II. Realizar difusión semanal para convocar a la población a beneficiarse de los

servicios. III. Realizar el acopio con previa gestión de medicamentos e insumos necesarios. IV. Notificar al área de compras sobre las requisiciones necesarias para la

adquisición de insumos. V. Llevar control de inventario y existencia de medicamentos, instrumentos e

insumos. VI. Promover, difundir y enlazar los programas existentes de salud para las

mujeres del municipio. VII. Coordinar al personal voluntario y de otras dependencias que participan en la

caravana de salud. VIII. Recabar datos generales de las personas beneficiarias de los servicios de

salud prestados en la caravana de salud. IX. Elaborar informe mensual de actividades.

Perfil del puesto

I. Preparatoria terminada o equivalente. II. Conocimiento y manejo del paquete Office, internet y redes sociales.

III. Facilidad de palabra. IV. Trato amable en cuestión de atención. V. Capacidad de análisis. VI. Trabajo en equipo.

VII. Manejo y solución de conflictos. VIII. Liderazgo efectivo.

Puesto: Promotor de Talleres

I. Auxiliar a la Administración de promoción y apoyo a la mujer en diseño y

promover programas que contribuyan al desarrollo y atención de la mujer, así como ejecutar acciones que generen el desarrollo productivo, laboral, cultural y educativo de las mujeres.

II. Auxiliar a la Administración de promoción y apoyo a la mujer en la elaboración del cronograma de la implementación de talleres.

III. Realizar la difusión necesaria para dar a conocer a la población los talleres implementados.

IV. Realizar inscripciones y recepción de documentación para talleres implementados con el apoyo de las instructoras.

V. Supervisar los talleres realizados, así como la labor de las instructoras de los mismos.

VI. Informar de la supervisión, incidencias y seguimiento a el área de Administración de promoción y apoyo a la mujer.

IV. Trato amable en cuestión de atención. V. Capacidad de análisis. VI. Trabajo en equipo.

VII. Manejo y solución de conflictos. VIII. Liderazgo efectivo.

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VII. Apoyar en la organización y logística de eventos, clausuras, entrega de reconocimientos, expo u otros relacionados a la labor de sus funciones.

X. Notificar al área de compras sobre las requisiciones necesarias para la adquisición de muebles y recursos necesarios para la organización de eventos.

VIII. Elaborar un programa operativo y plan de trabajo anuales. IX. Elaborar informe mensual de actividades.

Perfil del puesto

I. Preparatoria terminada o equivalente o equivalente. II. Conocimiento y manejo del paquete Office, internet y redes sociales.

III. Facilidad de palabra. IV. Trato amable en cuestión de atención. V. Capacidad de análisis. VI. Trabajo en equipo.

VII. Liderazgo efectivo.

Puesto: Instructor

I. Diseñar planes y cronogramas de estudio de cada taller que impartirá.

II. Elaborar un programa operativo y plan de trabajo anuales. III. Realizar un reglamento interior de trabajo en cada taller. IV. Realizar inscripciones, recabar documentación para la misma y remitirla a

las promotoras de talleres y a la Administración de promoción y apoyo a la mujer.

V. Desempeñar los talleres de manera didáctica, comprensible y con principios pedagógicos que permitan alcanzar los objetivos propuestos por el taller.

X. Apoyar en la organización y logística de eventos, clausuras, entrega de reconocimientos, expo u otros relacionados a la labor de sus funciones.

XI. Informar incidencias o cualquier asunto relacionado a la impartición de talleres al área de promoción de talleres en su caso.

XII. Elaborar informe mensual de actividades.

Perfil del puesto

I. Preparatoria terminada o equivalente; y conocimientos comprobables del taller

a impartir. II. Conocimiento y manejo del paquete Office, internet y redes sociales.

III. Facilidad de palabra. IV. Trato amable en cuestión de atención. V. Capacidad de análisis. VI. Trabajo en equipo.

VII. Liderazgo efectivo.

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Suplencias en Caso de Ausencias

Las faltas temporales del titular de esta Dirección hasta por un mes, serán cubiertas de

acuerdo a lo señalado en el Reglamento del Instituto Municipal de Atención a las Mujeres

de El Salto, Jalisco.

El servidor público municipal que resulte designado estará habilitado para actuar como

titular durante el tiempo que efectúe la suplencia.

Las faltas temporales hasta de un mes de los servidores públicos adscritos a esta dirección

deben ser cubiertas por quien designe su titular.

Las faltas definitivas serán cubiertas, cuando así se requiera, por la persona que designe

el Presidente Municipal.

Quien supla las faltas temporales o definitivas de los servidores públicos deberán reunir los

requisitos para ocupar esos cargos según lo establecido por la legislación y la normatividad

aplicable.

Trámites y Servicios

Al fin de contribuir a la transparencia y difusión de información, los trámites y servicios se

encuentran para consulta en la página web municipal www.elsalto.gob.mx, por lo que es

responsabilidad de cada unidad orgánica el mantenerlos actualizados.

Para efectos del presente manual solo se mencionarán los trámites y servicios que la

dirección del Instituto Municipal de Atención a las Mujeres de El Salto brinda a la

ciudadanía, así como los servicios internos.

No Nombre del trámite

1 Asesoría especializada y atención a mujeres que viven en violencia (asesoría

jurídica y psicológica).

2 Acciones para prevenir la violencia (Pláticas informativas, de sensibilización y

prevención).

3 Servicios de atención y salud a niñas, mujeres y población en general llevados

1 vez por semana a diferentes colonias del municipio.

4 Red de mujeres para prevenir y atender la violencia en las diferentes colonias

del municipio.

5 Capacitación y autoempleo.

Políticas Generales de la Unidad Orgánica

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Las funciones y procedimientos que se realicen en el Instituto Municipal de Atención a las

Mujeres de El Salto deberán ajustarse al reglamento General e interno del Instituto

Municipal de Atención a las Mujeres de El Salto.

El Respeto es un valor esencial en el comportamiento de las personas y más en el ámbito

laboral, por eso las palabras que nunca deben faltar en tu vocabulario deben de ser por

favor, gracias y permiso, saber aceptar las responsabilidades sin quejas ni reclamos,

ordenar tu área cuando culmine tu labor de trabajo.

El diálogo es algo esencial entre las/los compañeros de trabajo por ello debes evitar decir

palabras obscenas, evitar vulgaridades y si estás en desacuerdo con algo, no interrumpir el

diálogo de otra persona y si esperar el momento adecuado para dar tu opinión.

Respeta las cosas ajenas y no tomes algo que no te pertenezca sin la autorización del

dueño, recuerda que se puede prestar a malas interpretaciones y recuerda saludar y

despedirte con una sonrisa.

AUTORIZACIÓN

__________________________

LIC. RICARDO ZAID SANTILLÁN CORTÉS

PRESIDENTE MUNICIPAL

REFRENDO VISTO BUENO

LIC. ADRIÁN VENEGAS BERMÚDEZ SECRETARIA GENERAL

LIC. JORGE ANTONIO VIDALES VARGAS

JEFATURA DE MEJORA REGULATORIA

ELABORACIÓN ELABORACIÓN

C. CAROLINA ÁVILA VALLE DIRECTORA DEL INSTITUTO

MUNICIPAL DE ATENCIÓN A LAS MUJERES DE EL SALTO.

LIC. ANDREA LETICIA GARCÍA RIVERA PSICÓLOGA DEL INSTITUTO

MUNICIPAL DE ATENCIÓN A LAS MUJERES DE EL SALTO.

ELABORACIÓN

LIC. MARÍA ALEJANDRA LÓPEZ LEDEZMA

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ABOGADA DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE ATENCIÓN A LAS MUJERES DE EL

SALTO.

Artículos transitorios.

Primero: Se ordena publicar el presente acuerdo en la Gaceta Municipal.

Segundo: El presente acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en la

Gaceta Municipal.

Tercero: Notifíquese a la Coordinación General de Administración e Innovación

Gubernamental, para su conocimiento y efectos legales y administrativos a los que haya

lugar.

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REGLAMENTO DEL SISTEMA MUNICIPAL DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE NIÑAS,

NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL MUNICIPIO DE EL SALTO, JALISCO.

El que suscribe Licenciado Ricardo Zaid Santillán Cortés, en mi carácter de Presidente

Municipal del Ayuntamiento Constitucional del Municipio de El Salto, Jalisco, de

conformidad con el artículo 28° fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos, 41° fracción I de la Ley del Gobierno y la Administración Municipal del Estado

de Jalisco y 55° fracción II, 56° fracción I y artículo 57 del Reglamento General de El Salto

y demás relativos que correspondan, someto a la elevada consideración de este Pleno, la

siguiente iniciativa que crea el REGLAMENTO DEL SISTEMA MUNICIPAL DE

PROTECCIÓN INTEGRAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL MUNICIPIO DE

EL SALTO, JALISCO.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

I.- De acuerdo a lo establecido dispuesto por el artículo 115 fracción II de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos, 77 fracción II de la Constitución Política del Estado

de Jalisco; artículos 1, 2, 3, 5, 6, 8, 10, 13, 119, 138, 139 y demás aplicables de la Ley General

de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes; 1, 2, 4, 5, 6, 7, 8, 71, 72, 76, 90, 91, 99,

100, 101 y 102 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en el Estado de

Jalisco, y 37 fracciones II y VI, 40, 42 y 44 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública

Municipal del Estado de Jalisco, corresponde a las autoridades de los diferentes órdenes de

gobierno garantizar la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

II.- Por otra parte, de acuerdo a lo establecido en el artículo 31 del Reglamento General del

Municipio de El Salto, Jalisco, es responsabilidad del gobierno municipal en el ámbito de

sus facultades y atribuciones, asegurar a las niñas, niños y adolescentes del Municipio, la

protección y el ejercicio de sus derechos y la toma de medidas necesarias para su desarrollo

integral, libre de prejuicios, tomando en cuenta los derechos y deberes de sus padres, y a

falta de éstos los de sus ascendientes, tutores, custodios u otras personas que sean

responsables de los mismos.

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III.- El contar con un ordenamiento jurídico que sea capaz de reglamentar la operación del

Sistema de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes en el municipio de El Salto,

que brinde certeza jurídica. Asimismo, con el presente reglamento se pretende brindar una

protección integral y efectiva a las niñas, niños y adolescentes, siendo necesario el trabajo

coordinado por parte de las instituciones y dependencias que conforman el gobierno

municipal a fin de hacer frente a las realidades sociales de las niñas, niños y adolescentes

a través de mecanismos jurídicos que lleven a cabo las autoridades competentes y que

tiendan a garantizar la prevalencia de sus derechos, teniendo un mejor y mayor alcance en

las políticas públicas que involucre a las niñas, niños y adolescentes como personas sujetas

de derecho.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de este Pleno, la siguiente Iniciativa

de Decreto con dispensa de trámite:

ÚNICO. - Se iniciativa que crea el REGLAMENTO DEL SISTEMA MUNICIPAL DE

PROTECCIÓN INTEGRAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL MUNICIPIO DE

EL SALTO, JALISCO para quedar como sigue:

TITULO PRIMERO

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. El presente Reglamento es de orden público, interés social y observancia

general en el territorio municipal y tiene por objeto regular la integración y funcionamiento

del Sistema Municipal de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, con el fin de

respetar, promover, proteger y garantizar el ejercicio los derechos de niñas, niños y

adolescentes en el Municipio de El Salto, Jalisco.

Artículo 2. Para efectos de este Reglamento, además de las definiciones previstas en el

artículo 3 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en el Estado de Jalisco,

se entenderá por:

I. Adolescentes: Son las personas de entre doce años cumplidos y menos de

dieciocho años de edad;

II. Niña o Niño Son todos aquellos persona menores de doce años

III. Ley Estatal: Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para el Estado

de Jalisco;

IV. Ley General: Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes;

V. Municipio: Municipio de El Salto, Jalisco;

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VI. Niñas y Niños: las personas menores de doce años;

VII. Programa Municipal: Programa Municipal de Protección Integral de Niñas, Niños

y Adolescentes;

VIII. Programa Estatal: Programa Estatal de Protección Integral de Niñas, Niños y

Adolescentes;

IX. Programa Nacional: Programa Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y

Adolescentes;

X. Reglamento: Reglamento para la Operación del Sistema Municipal de Protección

Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de El Salto, Jalisco;

XI. Secretario Ejecutivo: Secretario Ejecutivo del Sistema Municipal de Protección

Integral de Niñas, Niños y Adolescentes de El Salto, Jalisco;

XII. Sistema Municipal: Sistema Municipal de Protección Integral de Niñas, Niños y

Adolescentes del municipio de El Salto, Jalisco;

XIII. Sistema Estatal: Sistema de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes

del Estado de Jalisco;

XIV. Sistema Nacional: Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y

Adolescentes;

XV. Sistema Municipal de Información: Sistema Municipal de Información sobre el

Cumplimiento de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Artículo 3. Para lo no previsto en el presente Reglamento, se atenderá a lo dispuesto en la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados y convenciones

internacionales de los que el Estado Mexicano forme parte, la Ley General, la Constitución

Política del Estado de Jalisco, la Ley Estatal, las leyes, reglamentos y demás disposiciones

jurídicas aplicables.

Artículo 4. La aplicación de este Reglamento corresponde a las dependencias de la

administración pública centralizada y descentralizada del Municipio de El Salto, Jalisco, en

el respectivo ámbito de su competencia.

Artículo 5. El funcionamiento del Sistema Municipal es de carácter permanente; se rige por

el principio rector del interés superior de la niñez y los principios rectores establecidos en el

artículo 7 de la Ley Estatal.

El Secretario Ejecutivo deberá gestionar acciones para que el Sistema Municipal, en

cumplimiento al artículo 3 de la Ley General, garantice la concurrencia de competencias a

que se refiere dicho artículo entre las autoridades de la Federación, las Entidades

Federativas y el Municipio.

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Artículo 6. El Gobierno y Administración Pública Municipal de El Salto, Jalisco, en el ámbito

de su competencia, debe procurar un enfoque integral, transversal y con enfoque de

derechos humanos en el diseño, implementación y evaluación de las políticas públicas en

materia de derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes para priorizar su cumplimiento, los

cuales están reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las

leyes, los tratados internacionales y demás disposiciones jurídicas aplicables.

Artículo 7. Los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes a los que se hace referencia

en el presente Reglamento, corresponden a los enunciados en el artículo 13 de la Ley

General y en el artículo 8 de la Ley Estatal.

TITULO SEGUNDO

Del Sistema Municipal de Protección

CAPITULO PRIMERO

Disposiciones Generales

Artículo 8. El Sistema Municipal de Protección es la instancia encargada de establecer

instrumentos, políticas públicas, programas, procedimientos, servicios y acciones de

protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes en el municipio de El Salto,

Jalisco.

Artículo 9. El Sistema Municipal de Protección tiene las atribuciones que la Ley General,

la Ley Estatal y demás ordenamientos aplicables establecen al Sistema Municipal de

Protección, así como las siguientes atribuciones:

I. Promover estrategias encaminadas a generar un proceso de cambio social para

hacer de los derechos de niñas, niños y adolescentes, una práctica cotidiana

entre las familias, comunidades y las instituciones de la Federación, el Estado y

El Municipio;

II. Impulsar una cultura de respeto, protección y promoción de los derechos de las

niñas, niños y adolescentes;

III. Elaborar, aprobar, ejecutar, evaluar y dar seguimiento al Programa Municipal y

al Programa Municipal de Atención, y participar en el diseño del Programa

Estatal;

IV. Proponer acciones de difusión para que los derechos de niñas, niños y

adolescentes sean plenamente conocidos, ejercidos y respetados de forma

integral en el Municipio;

V. Promover la libre manifestación de ideas de Niñas, Niños y Adolescentes en los

asuntos concernientes en el Municipio;

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VI. Diseñar políticas públicas para evaluar y adoptar medidas para responder a las

necesidades de niñas, niños y adolescentes, de tal manera que se posibilite su

desarrollo progresivo e integral, conforme a su autonomía progresiva;

VII. Ser enlace entre la administración pública municipal y las Niñas, Niños y

Adolescentes que deseen manifestar inquietudes;

VIII. Promover la existencia de canales adecuados de denuncia de violaciones a los

derechos de la niñez y adolescencia.

IX. Promover la celebración de convenios de coordinación, colaboración y

concertación con las autoridades competentes, así como con otras instancias

públicas o privadas, para la atención y protección de niñas, niños y adolescentes

;

X. Difundir y solicitar a las dependencias municipales la aplicación de los protocolos

específicos sobre Niñas, Niños y Adolescentes que autoricen las instancias

competentes de la Federación y del Estado de Jalisco;

XI. Coordinarse con las autoridades de los distintos órdenes de gobierno para la

implementación y ejecución de las acciones y políticas públicas en materia de

niñez y adolescencia;

XII. Se coordinará de manera permanente con el Sistema Estatal de Protección y

con el Sistema Nacional de Protección;

XIII. Coadyuvar en la integración del sistema de información a nivel estatal y nacional;

XIV. Impulsar la participación de las organizaciones civiles y privadas dedicadas a la

promoción y defensa de los derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en la

ejecución del Programa Municipal;

XV. Promover la participación de los sectores público, privado y social, así como de

niñas, niños y adolescentes, en la definición e instrumentación de políticas

públicas destinadas a garantizar los derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y

su protección integral;

XVI. Coordinarse con las autoridades municipales a fin de garantizar la

implementación del Programa Municipal, así como su financiamiento bajo los

principios de austeridad, racionalidad y disciplina financiera;

XVII. Dar seguimiento y evaluar las políticas, proyectos, programas y acciones que

deriven del Programa Municipal;

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XVIII. Requerir informes a instituciones públicas y privadas en el Municipio sobre

asuntos relacionados con niñas, niños y adolescencia de que conozcan;

XIX. Aprobar los manuales de organización y funcionamiento del Sistema Municipal

de Protección, y las respectivas modificaciones a fin de mantenerlos

actualizados; y

XX. Las demás que establezcan los ordenamientos jurídicos aplicables.

Artículo 10. El Sistema Municipal de Protección será presidido por el Presidente Municipal

y deberá ser integrado durante los sesenta días naturales posteriores al inicio del periodo

constitucional del Gobierno Municipal, la cual contará con una Secretaría Ejecutiva que

fungirá como represéntate del Sistema Municipal de Protección.

Artículo 11. El Sistema Municipal de Protección se integra de la siguiente forma:

I. Presidente Municipal, quien lo presidirá;

II. Presidencia o Dirección del Sistema Municipal para el Desarrollo de la Familia,

con el carácter de Vicepresidente;

III. Secretaría Ejecutiva;

IV. Síndico Municipal;

V. Hacienda o Tesorería Municipal;

VI. Un Regidor o Regidora que designe el Ayuntamiento;

VII. Coordinación General de Desarrollo Económico;

VIII. Instituto Municipal de la Mujer;

IX. Servicios Médicos Municipales;

X. Policía Preventiva Municipal;

XI. Juzgados Municipales;

XII. Educación Municipal;

XIII. Defensoría Municipal o Área Jurídica;

XIV. Dos representantes de organismos de la sociedad civil, relacionados con el

tema de Niñas, Niños y Adolescentes, electos por convocatoria pública y abierta

en los términos establecidos en el Reglamento en materia de participación

ciudadana;

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XV. Por lo menos una Niña y un Niño; y

XVI. Por lo menos un Adolescente y una Adolescente.

Artículo 12. Los integrantes del Sistema Municipal de Protección no recibirán emolumento

o contraprestación económica alguna por su desempeño como integrantes del mismo, sus

cargos serán honoríficos, a excepción de quien sea titular de la Secretaría Ejecutiva, a quien

podrá contratarse exclusivamente para el desempeño de sus funciones.

Artículo 13. Las funciones que desempeñen los servidores públicos que integran el

Sistema Municipal de Protección son inherentes a sus cargos, por lo que recibirán las

percepciones que se prevean en los presupuestos de egresos correspondientes.

Artículo 14. Las instituciones públicas integrantes del Sistema Municipal de Protección

estarán representadas por su titular.

Artículo 15. Los integrantes del Sistema Municipal de Protección podrán nombrar en

cualquier momento un suplente, el cual contará con las mismas facultades que le otorga el

presente Reglamento a los titulares. En el caso de los suplentes de funcionarios públicos,

deberán ser necesariamente servidores públicos adscritos a las dependencias respectivas.

El suplente del Regidor representante del Ayuntamiento será designado por él mismo de

entre los Regidores que lo integran. Las suplencias de los integrantes de las

representaciones de los organismos de la sociedad civil, deberá hacerse por escrito a través

de la Secretaría Ejecutiva.

Artículo 16. Los integrantes del Sistema Municipal de Protección que formen parte de la

Administración Pública Municipal deberán reportar cada cuatro meses los avances en el

cumplimiento de los acuerdos y resoluciones emitidos por dicho Sistema, a fin de que la

Secretaría Ejecutiva realice un informe integrado y pormenorizado al Presidente Municipal,

y al Sistema Municipal de Protección.

Artículo 17. El Sistema Municipal de Protección podrá invitar a sus sesiones, a quienes

estime oportuno y coadyuve al cumplimiento de la Ley General, Ley Estatal y del presente

reglamento, quienes participarán en las sesiones con voz pero sin voto.

Artículo 18. Son facultades del Presidente del Sistema Municipal de Protección, las

siguientes:

I. Convocar las sesiones del Sistema Municipal de Protección;

II. Presidir las sesiones del Sistema Municipal de Protección;

III. Emitir el informe anual sobre los avances del Programa Municipal y remitirlo a

través del Secretario Ejecutivo, al Sistema Estatal;

IV. Emitir la convocatoria correspondiente para la elección de representantes de la

sociedad civil;

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V. Promover y vigilar el cumplimiento de los lineamientos de operación del sistema

municipal;

VI. Emitir voto de calidad cuando así se requiera;

VII. Proponer la integración de grupos auxiliares de trabajo complementarios a las

funciones que realicen los ya existentes, para el análisis detallado de los asuntos

que lo requieran; y

VIII. Designar al titular de la Secretaría Ejecutiva;

IX. Las establecidas en la Ley General, la Ley Estatal y demás que sean necesarias

para el cumplimiento de los fines del Sistema Municipal de Protección.

El Presidente podrá delegar estas atribuciones a la Secretaría Ejecutiva, con excepción de

la fracción II, VI y VIII del presente artículo.

Artículo 19. Son atribuciones del Vicepresidente del Sistema Municipal de Protección, las

siguientes:

I. Promover la ejecución de los acuerdos del Sistema Municipal de Protección;

II. Realizar las acciones que sean necesarias para el cumplimiento de los objetivos

del Sistema Municipal;

III. Brindar al Presidente el apoyo que requiera para el desempeño de sus funciones;

CAPITULO SEGUNDO

De la Secretaría Ejecutiva

Artículo 20. El titular de la Secretaría Ejecutiva será nombrado por el Presidente Municipal

y por acuerdo delegatorio podrá encomendar dicha atribución al funcionario público que

designe del cabildo municipal.

Artículo 21. La Secretaría Ejecutiva tiene las siguientes facultades:

I. Promover y coordinar las acciones para que el Sistema Municipal de Protección,

garantice la concurrencia de competencias entre los poderes públicos;

II. Elaborar y someter a la aprobación del Sistema Municipal de Protección, el

anteproyecto del Programa Municipal y el Programa Municipal de Atención, así

como sus modificaciones y actualizaciones;

III. Llevar a cabo el seguimiento y monitoreo de la ejecución del Programa Municipal.

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IV. Dar seguimiento a la asignación de recursos en el presupuesto del Municipio y

su administración paramunicipal, para el cumplimiento de las acciones

establecidas en la Ley General, la Ley Estatal y el presente Reglamento;

V. Elaborar y someter a la aprobación del Sistema Municipal de Protección, las

modificaciones al Reglamento con el fin de mantenerlo actualizado;

VI. Fungir como representante del Sistema Municipal;

VII. Elaborar conjuntamente con el Presidente Municipal la propuesta de orden del

día de las sesiones del Sistema Municipal de Protección;

VIII. Elaborar las actas de las sesiones del Sistema Municipal de Protección;

IX. Llevar a cabo el registro y dar seguimiento a la ejecución de los acuerdos y

recomendaciones dictados por el Sistema Municipal de Protección;

X. Coordinarse permanentemente con la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal y

Nacional para el cumplimiento de lo establecido en la Ley Estatal y en la Ley

General;

XI. Proponer al Sistema Municipal de Protección programas y proyectos de atención,

educación, capacitación, investigación y cultura de los derechos de niñas, niños

y adolescentes;

XII. Realizar y promover estudios e investigaciones para fortalecer las acciones en

favor de la atención, defensa y protección de niñas, niños y adolescentes en el

Municipio.

XIII. Fungir como instancia de interlocución con organizaciones de la sociedad civil,

academia y demás instituciones de los sectores social y privado, así como de

niñas, niños y adolescentes en materia de respeto, protección, promoción y

ejercicio de los derechos de niñez y adolescencia;

XIV. Celebrar convenios de coordinación, colaboración y concertación con instancias

públicas y privadas, estatales, nacionales e internacionales;

XV. Las estipuladas en la Ley General, la Ley Estatal y demás que le confieran las

disposiciones legales aplicables o las que le encomienden el Sistema Municipal.

Artículo 22. El titular de la Secretaría Ejecutiva deberá cubrir los requisitos siguientes:

I. Tener ciudadanía mexicana en pleno goce de sus derechos civiles y políticos;

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II. No haber sido sentenciado por la comisión de un delito doloso o inhabilitado como

servidor público; y

III. Contar con por lo menos 3 (tres) años de experiencia en las áreas

correspondientes a su función;

Artículo 23. La Secretaría Ejecutiva estará integrada por:

I. Cuando menos un profesionista con experiencia en las tareas designadas para

su cargo.

II. Cuando menos un auxiliar o suplente con experiencia en las tareas designadas

para su desempeño.

III. Contará con una oficina dentro de la administración pública municipal.

CAPITULO TERCERO

De la Elección de las Niñas, Niños y Adolescentes y de los Representantes de la

Sociedad Civil

Artículo 24. Los cargos de la niña, el niño, los adolescentes y representantes de la sociedad

civil, serán honoríficos y sus nombramientos tendrán vigencia hasta el término de cada

administración municipal.

Artículo 25. Para el caso de la niña, el niño, la adolescente y el adolescente, serán por

invitación del Presidente Municipal.

Artículo 26. La elección se llevará a cabo mediante convocatoria pública abierta y en los

términos del Reglamento de Participación Ciudadana respectiva del Municipio de El Salto,

Jalisco.

Artículo 27. Los representantes de la sociedad civil que deseen formar parte del Sistema

de Protección, deberán cumplir con los requisitos siguientes:

I. Tener residencia permanente el municipio de El Salto;

II. No haber sido condenado por la comisión de un delito doloso;

III. Preferentemente experiencia en la defensa o promoción de los derechos de la

infancia o derechos humanos; y

IV. Los demás que contengan en las bases de la convocatoria.

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Artículo 28. El Presidente Municipal emitirá la convocatoria pública y abierta en los

términos establecidos en el Reglamento en materia de Participación Ciudadana para la

elección de los representantes de la sociedad civil.

Artículo 29. La convocatoria establecerá las bases para que las universidades, organismos

sociales y de sociedad civil, se postulen para formar parte del Sistema Municipal.

Artículo 30. Cuando se advierta que algún representante de la sociedad civil realice actos

contrarios a los derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, o comisión de delito, será el

Sistema de Protección Municipal, quien acuerde su destitución, debiendo asentarlo en el

acta de la sesión en la que se haya determinado, y se procederá a realizar la sustitución

conforme a los procedimientos establecidos para su elección.

Artículo 31. De igual forma, cuando los representantes de la sociedad civil presenten su

renuncia al cargo de integrantes o surjan causas que les impidan seguir desempeñándose

como tal, se acordará lo conducente y se procederá a su sustitución.

Artículo 32. Para los representantes de la sociedad civil, será causa de revocación a la

participación en el Sistema Municipal de Protección, faltar más de dos sesiones

consecutivas sin justificación.

CAPITULO CUARTO

De las Sesiones del Sistema de Protección Municipal

Artículo 33. Las sesiones del Sistema Municipal de Protección, podrán ser ordinarias o

extraordinarias. Se sesionará una vez cada seis meses de manera ordinaria, y de manera

extraordinaria cuando sea necesario.

Artículo 34. La convocatoria a sesión ordinaria, se realizará por escrito con por lo menos

48 horas de anticipación en días hábiles, deberá ser firmada por el Presidente Municipal y

contener la propuesta de orden del día para la sesión.

Artículo 35. La convocatoria a sesión deberán ser entregadas en las oficinas públicas que

los servidores públicos, integrantes del Sistema Municipal de Protección, tienen asignadas,

dentro del horario de atención al público, o en su caso, se podrán notificar por medios

electrónicos, para tal efecto se acompañará de forma digital la Convocatoria y los

documentos digitalizados de los asuntos que integren la agenda de trabajo.

Artículo 36. Para el caso de los ciudadanos integrantes del Sistema Municipal de

Protección, estos serán notificados en el domicilio que para tal efecto señalen, o bien, en la

dirección de correo electrónico que los mismos refieran, notificación que se hará

acompañada de la convocatoria y los documentos digitalizados en formato de imagen o

texto de fácil y general acceso.

Artículo 37. El orden del día de las sesiones ordinarias deberá contener cuando menos lo

siguiente:

I. Registro de asistencia y declaración de quórum;

II. Aprobación del orden del día;

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III. Agenda de trabajo;

IV. Asuntos varios; y

V. Cierre de la Sesión.

Artículo 38. La convocatoria para las sesiones extraordinarias se podrá emitir en cualquier

momento, será firmada por el Presidente Municipal, y en este tipo de sesiones solo se

abordará los temas que se señalen expresamente en el orden del día propuesto.

Artículo 39. El quórum para sesionar válidamente deberá ser de la mitad más uno de sus

integrantes.

Artículo 40. Los acuerdos del Sistema Municipal de Protección, se tomarán por mayoría

simple de votos y en caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.

Artículo 41. Para los efectos de este capítulo se aplicará supletoriamente el Reglamento

Interior del Ayuntamiento del Municipio de El Salto, Jalisco.

TITULO TERCERO

De la Integración y Funcionamiento de las Subcomisiones Especializadas

Artículo 42. El Sistema Municipal, para su mejor desempeño, podrá integrar

Subcomisiones Especializadas.

Artículo 43. Cada Subcomisión Especializada deberá de estudiar, analizar, evaluar y

dictaminar los asuntos a su cargo, además de realizar actividades que promuevan su

mejora continua, entre ellas períodos de capacitación, seguimiento y monitoreo de

resultados, éstos se darán a conocer en cada una de las reuniones.

Artículo 44. Las Subcomisiones Especializadas estarán integradas por:

I. Un Coordinador, el cual será definido por el Secretario Ejecutivo;

II. El Secretario Ejecutivo; y

III. Los miembros del Sistema Municipal, que realicen acciones a favor de la niñez y

adolescencia, en el rubro que corresponda la subcomisión.

Artículo 45. Las Subcomisiones deberán reunirse de forma bimestral y extraordinariamente

las veces que sean necesarias, con la finalidad de dar seguimiento al programa municipal,

al avance de proyectos y, en su caso, tomar decisiones sobre contingencias ocurridas.

Artículo 46. Las decisiones de las subcomisiones especializadas deberán constar en las

minutas que al efecto se elaboren, suscritas por sus respectivos integrantes.

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TITULO CUARTO

Programa Municipal de Protección

Artículo 47. La Secretaría Ejecutiva elaborará, el anteproyecto del Programa Municipal de

Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, que tendrá como base un diagnóstico

sobre la situación de los derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en el Municipio, el cual

deberá de incluirse en el Plan Municipal de Desarrollo. La Secretaría Ejecutiva se sujetará

a los términos establecidos en la legislación y normatividad de planeación para tales

efectos.

Artículo 48. La Secretaría Ejecutiva realizará el diagnóstico a que se refiere el artículo

anterior, con la información estadística y geográfica disponible en las instituciones públicas

y privadas, así como mediante un proceso participativo e incluyente que recabe la

información, propuestas y opinión de los integrantes del Sistema Municipal de Protección,

de las organizaciones de la sociedad civil, de los organismos internacionales, de las Niñas,

Niños y Adolescentes que residen en el Municipio de El Salto, Jalisco, así como en su caso,

de los demás participantes de los sectores público, social, académico y privado.

Artículo 49. El Programa Municipal, deberá contener por lo menos, sin perjuicio de lo que

establezcan otras disposiciones jurídicas aplicables, los conceptos siguientes:

I. Las políticas, objetivos, estrategias, líneas de acción prioritarias, metas e

indicadores correspondientes para el ejercicio, respeto, promoción y protección

integral de los derechos de Niñas, Niños y Adolescentes;

II. La estimación de los recursos, fuentes de financiamiento, así como la

determinación de los instrumentos financieros que podrán requerir las

dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal responsables

de la ejecución del Programa Municipal;

III. Los mecanismos que aseguren una ejecución coordinada del Programa

Municipal, por parte de los integrantes del Sistema Municipal de Protección;

IV. Los mecanismos de participación de niñas, niños y adolescentes, y de los

sectores público, privado y de la sociedad civil en la ejecución, seguimiento y

evaluación del Programa Municipal;

V. Los mecanismos de transparencia y de rendición de cuentas;

VI. Los mecanismos de evaluación y seguimiento;

VII. Los mecanismos de difusión que promuevan los derechos de las Niñas, Niños y

Adolescentes;

VIII. Mecanismos que promuevan la participación de organizaciones civiles y

universidades;

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IX. Mecanismos que promuevan la participación ciudadana. Y

Artículo 50. El Sistema Municipal de Protección podrá proponer al Ayuntamiento los

lineamientos para asegurar que las dependencias y entidades de la Administración Pública

Municipal incorporen en sus programas, las líneas de acción prioritarias del Programa

Municipal, Estatal y Nacional que correspondan.

Artículo 51. La presupuestación, comprobación del gasto público y publicación de

información serán con cargo a la dependencia o entidad de la administración pública

municipal a la que el Programa Municipal le encomiende alguna acción, en los términos de

la legislación y normatividad en materias de contabilidad gubernamental, disciplina

financiera y transparencia.

Artículo 52. La Secretaría Ejecutiva propondrá al Sistema Municipal de Protección los

criterios para la elaboración de los indicadores de gestión, resultado, servicio y estructurales

para medir la cobertura, calidad e impacto de las acciones y los programas para la

protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

Artículo 53. Las dependencias y entidades de la administración pública municipal que

tengan a su cargo programas, acciones o recursos destinados a la protección de los

derechos de niñas, niños y adolescentes, realizarán las evaluaciones de sus programas,

acciones y recursos, con base en los lineamientos de evaluación que emita el Sistema

Municipal de Protección.

Artículo 54. Las dependencias y entidades de la administración pública municipal deberán

proporcionar los resultados de sus evaluaciones a la Secretaría Ejecutiva, quien, a su vez,

los remitirá al Sistema Municipal de Protección.

TITULO QUINTO

Del Programa Municipal de Atención

Artículo 55. El Programa Municipal de Atención es el conjunto de estrategias, mecanismos

institucionales y acciones que establece el Secretario Ejecutivo para atender a las Niñas,

Niños y Adolescentes y vincularlos con la administración pública municipal.

Artículo 56. El Programa Municipal de Atención incluirá el establecimiento de oficinas de

primer contacto, las cuales contarán con servidores públicos capacitados en materia de

derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Artículo 57. El Municipio procurara establecer por lo menos una oficina de primer contacto,

e irá incrementando el número de éstas, en función de las necesidades y su capacidad

presupuestaria del mismo, bajo los principios de austeridad, racionalidad y disciplina

financiera.

Artículo 58. Cada oficina de primer contacto deberá de contar como mínimo con un servidor

público que funja como autoridad de primer contacto y enlace entre la administración

pública municipal y las niñas, niños y adolescentes.

Artículo 59. El Sistema Municipal de Protección emitirá recomendaciones respecto del

número y la ubicación de las oficinas de primer contacto que el gobierno municipal

establezca.

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Artículo 60. Los servidores públicos que sean designados como autoridad de primer

contacto tienen las siguientes atribuciones:

I. Ser enlace entre la administración pública municipal y niñas, niños y

adolescentes; atenderles de manera directa, ágil y sin formalidades; Fomentar la

participación de las Niñas, Niños y Adolescentes en la toma decisiones y en las

políticas públicas;

II. Escucharles cuando quieran expresar sus inquietudes respecto de los asuntos

que les afecten directamente, o a sus familias o comunidades;

III. Brindar orientación y realizar gestión y canalización ante las instancias públicas

federales, estatales y municipales que corresponda;

IV. Promover y difundir los derechos de Niñas, Niños y Adolescentes;

V. Escuchar a las organizaciones civiles promotoras y defensoras de los derechos

de las Niñas, Niños y Adolescentes;

VI. Participar en el Sistema Municipal de Protección; y

VII. Coordinará a los servidores públicos municipales cuando en la operación,

verificación y supervisión de las funciones y servicios que les corresponden,

detecten casos de violación a los derechos contenidos en la Ley General y la Ley

Estatal, a efecto de que se dé vista a la Procuraduría de Protección competente

de forma inmediata.

Artículo 61. La oficina de primer contacto deberá de contar con personal capacitado para

atender a Niñas, Niños y Adolescentes, para lo cual se crearán políticas públicas a fin de

contar con las capacitaciones adecuadas al personal que operará y participará en las

oficinas de primer contacto.

Artículo 62. La atención que se brinde a Niñas, Niños y Adolescentes, deberá ser de

calidad, respetuosa y conforme a su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez

Artículo 63. Independientemente y sin perjuicio de las atribuciones de la autoridad de

primer contacto, cuando en la operación, verificación y supervisión de las funciones y

servicios que les corresponden a todos los servidores públicos municipales, detecten casos

de violación a los derechos contenidos en la presente Ley.

TITULO SEXTO

Del Sistema Municipal de Información, Evaluación y Seguimiento

Artículo 64. La Secretaría Ejecutiva integrará, administrará y actualizará el Sistema

Municipal de Información, Evaluación y Seguimiento para monitorear los progresos

alcanzados en el cumplimiento de los derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en el

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Municipio, y con base en dicho monitoreo, evaluar y adecuar las políticas públicas en esta

materia.

Artículo 65. La Secretaria Ejecutiva para la operación del Sistema Municipal de Información

podrá celebrar convenios de colaboración con el Instituto de Información Estadística y

Geográfica de Jalisco, así como con otras instancias públicas que administren sistemas de

información.

Artículo 66. El Sistema Municipal de Información a que se refiere este Capítulo contendrá

información cualitativa y cuantitativa desagregada, que considere lo siguiente:

I. Situación sociodemográfica de los derechos de niñas, niños y adolescentes,

incluida información por sexo, edad, lugar de residencia, origen étnico, entre

otros;

II. El estado de vulnerabilidad de las niñas, niños y adolescentes;

III. Los datos que permitan evaluar y monitorear la implementación y el cumplimiento

de los mecanismos establecidos en la Ley Estatal y los indicadores que

establezca el Programa Municipal;

IV. La información que permita evaluar el cumplimiento de los derechos de Niñas,

Niños y Adolescentes contemplados en los Tratados Internacionales, la Ley

General, la Ley Estatal y demás disposiciones jurídicas aplicables;

V. La información requerida por las instancias competentes encargadas de realizar

estadísticas y de integrar el Sistema Municipal de Información;

VI. El Registro de las certificaciones de las Familias de Acogida;

VII. El Registro de las certificaciones de las Familia de Acogimiento Pre-adoptivo; y

VIII. Cualquier otra información que determine el Sistema Municipal de Protección y

permita conocer la situación de los derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Artículo 67. La información del Sistema Municipal de Información será pública, con

excepción de aquélla que por su naturaleza le revista el carácter de reservada o confidencial

en los términos de la legislación en materia de transparencia y protección de datos

personales.

La Secretaría Ejecutiva promoverá la difusión de la información que integra el Sistema

Municipal en formatos accesibles a las Niñas, Niños y Adolescentes.

TITULO SÉPTIMO

De la Evaluación de las Políticas Vinculadas con la Protección de los Derechos de

la Infancia y la Adolescencia

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Artículo 68. El Secretario Ejecutivo propondrá al Sistema Municipal los lineamientos para

la evaluación de las políticas en materia de derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del

Municipio.

Artículo 69. Los lineamientos a que se refiere el artículo anterior contendrán los criterios

para la elaboración de los indicadores de gestión, de resultado, de servicios y estructurales

para medir la cobertura, calidad e impacto de las acciones y los programas para la

protección de los derechos de Niñas, Niños y Adolescentes establecidos en la Ley Estatal.

Artículo 70. Las políticas y programas en materia de derechos de Niñas, Niños y

Adolescentes de las dependencias y entidades del Gobierno y Administración Pública

Municipal deben contemplar, al menos, lo siguiente:

I. La realización de un diagnóstico respecto del cumplimiento de los derechos de

niñas, niños y adolescentes;

II. Los mecanismos de cumplimiento de los derechos de niñas, niños y

adolescentes;

III. Los mecanismos que garanticen un enfoque en los principios rectores

establecidos en la Ley Estatal;

IV. Los mecanismos de inclusión y participación de los sectores público, privado,

académico, social y demás órganos de participación, en términos de la Ley

Estatal y el presente Reglamento; y

V. Los mecanismos para la participación de Niñas, Niños y Adolescentes del

Municipio, en términos de la Ley Estatal y el presente Reglamento.

Artículo 71. Las dependencias y entidades del Gobierno y Administración Pública Municipal

que tengan a su cargo programas, acciones o recursos destinados a la protección de los

derechos de Niñas, Niños y Adolescentes establecidos en la Ley Estatal, realizarán las

evaluaciones de sus programas, acciones y recursos, con base en los lineamientos de

evaluación a que se refiere este Reglamento.

Artículo 72. Las dependencias y entidades del Gobierno y Administración Pública Municipal

deben proporcionar los resultados de sus evaluaciones al Secretario Ejecutivo, quien a su

vez los remitirá al Sistema Municipal.

El Secretario Ejecutivo debe poner a disposición del público las evaluaciones a que se

refiere el artículo anterior y el informe general sobre el resultado de las mismas, en términos

de las disposiciones en materia de transparencia y acceso a la información pública.

TRANSITORIOS

Artículo primero: Publíquese el presente Reglamento en la Gaceta Municipal del H.

Ayuntamiento de El Salto, en términos de lo dispuesto en las fracciones IV y V del

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artículo 42 de la Ley de Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de

Jalisco.

Artículo segundo: El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su

publicación en la Gaceta Municipal.

Artículo tercero: Notifíquese a la Coordinación General de Administración e Innovación

Gubernamental, para su conocimiento y efectos legales y administrativos a los que haya

lugar.

Artículo cuarto: Notifíquese al H. Congreso del Estado de Jalisco, de conformidad al

artículo 42 de la Ley de Gobierno y Administración Pública Municipal del Estado de

Jalisco.

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INICIATIVA DE DECRETO QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 4 Y 10, ADICIONA LOS

ARTÍCULOS QUE VAN DEL 30 BIS 1 AL 30 BIS 7 Y CAMBIA EL NOMBRE DEL TITULO

SEGUNDO DEL REGLAMENTO DE LA POLICIA PREVENTIVA DEL MUNICIPIO DE EL

SALTO, JALISCO

El que suscribe Ricardo Zaid Santillán Cortés, en mi carácter de Presidente de este H.

Ayuntamiento de El Salto, Jalisco, en ejercicio de las facultades que me confiere la ley y

con fundamento en el artículo 77 fracción I de la Constitución Política del Estado de Jalisco,

en el artículo 41 fracción I, de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del

Estado de Jalisco; los artículos 55, 56 y 57 del Reglamento General del Municipio de El

Salto, Jalisco, someto a la consideración de este Honorable Pleno, con DISPENSA DE

TRAMITE, la siguiente INICIATIVA DE DECRETO QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 4 Y

10, ADICIONA LOS ARTÍCULOS QUE VAN DEL 30 BIS 1 AL 30 BIS 7 Y CAMBIA EL

NOMBRE DEL TITULO SEGUNDO DEL REGLAMENTO DE LA POLICIA PREVENTIVA

DEL MUNICIPIO DE EL SALTO, JALISCO, de conformidad a la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

I.- De acuerdo a lo establecido por el inciso h) fracción II del artículo 115 de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos, por el inciso A) artículo 8 y fracción IX del artículo

79 de la Constitución Política del Estado de Jalisco, así como, por lo establecido en la

fracción X artículo 37, fracción IV artículo 47, fracción IX artículo 94 y artículos 101 y 102

de Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal, en concordancia con los

artículos 38, 53, 107 y 202 del Reglamento General del Municipio de El Salto, Jalisco, así

como con todos los demás disposiciones legales aplicables, es una responsabilidad del

municipio prestar los servicios de seguridad pública y policía preventiva garantizando en

todo momento que las familias que habitan en nuestras comunidades vivan en paz y en

condiciones de armonía social.

II. Asumiendo esta facultad, hemos diseñado por medio de la Comisaría de la Policía

Preventiva Municipal un plan de seguridad pública para los próximos años que parte de una

base teórica y científica sólida, donde se establecen mecanismos de prevención de las

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conductas delictivas, así como, una atención del fenómeno de la inseguridad con las

herramientas más avanzadas de las técnicas policiales, sociológicas y de contención de

hechos ilícitos. Es así que, en un trabajo coordinado entre todas las áreas del gobierno,

establecimos en nuestro Plan Municipal de Desarrollo estas líneas de trabajo que están

permitiendo prevenir el delito por medio del desarrollo social, la cultura, el deporte y la

generación de empleo, entre otras tantas actividades. Además de dejar asentado

claramente que el objetivo es asegurarles a las ciudadanas y a los ciudadanos una vida

social, laboral y familiar plena, pacífica y armónica.

III. Siguiendo estos fundamentos legales y teóricos, y con el fin de incrementar la efectividad

y eficiencia de nuestra policía municipal, advertimos la necesidad de crear dos divisiones

nuevas dentro de nuestra corporación municipal. Se trata de la “División para la Promoción

de Paz y Legalidad Municipal” que es la encargada de elaborar y dar seguimiento a los

esquemas de prevención social de conductas violentas y de tener vinculación con la

población, para la recuperación y preservación de zonas y espacios públicos a través de la

cultura de paz y legalidad.

De igual forma, se pretende crear la “División de Inteligencia” que es la encargada de la

búsqueda, análisis y tratamiento de la información para establecer las bases de una policía

orientada a la solución de problemas de seguridad pública.

IV. Con estas dos nuevas divisiones y sus respectivas reformas al Reglamento de la Policía

Preventiva del Municipio de El Salto, Jalisco, se estará apuntalando el trabajo de nuestra

corporación en materia de seguridad pública y particular se gustaría resaltar tres puntos:

Primero: Con la creación de la División para la Promoción de Paz y Legalidad Municipal se

podrán realizar más y mejores acciones para prevenir el delito en nuestra comunidad, y en

el corto plazo podremos encauzar mejor las conductas de nuestros ciudadanos para

impulsar una sociedad más justa, pacífica y respetuosa de la ley.

Segundo: Por otra parte, con la crear División de Inteligencia se dota de mejores

herramientas técnicas a la corporación municipal para acotar y tratar el fenómeno delictivo

de manera más científica y efectiva, además de obtener valiosa información que ayude al

establecimiento de esquemas más precisos de prevención y vigilancia.

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Tercero: En conjunto, la suma de estas dos nuevas división complementan con asertividad

el trabajo que ya viene realizando nuestra Comisaría de la Policía Preventiva Municipal y le

permitirán contar con una corporación municipal más completa, con las herramientas y

equipo humano necesario para alcanzar los niveles más altos de efectividad y eficiencia.

IV. En general, podemos decir que con estos esquemas estamos apuntalando mejor a

nuestra corporación y le damos elementos más modernos para que realice su labor con

todo lo necesario para garantizar las mejores condiciones de seguridad, paz y estabilidad

social que permitan que las y los saltenses trabajen, crezcan y se desarrollen integralmente.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de este Pleno, la siguiente Iniciativa

de Decreto con dispensa de trámite, por la cual se somete a consideración el siguiente

decreto:

ÚNICO. - Se reforma los artículos 4 y 10, se adicionan los artículos que van del 30 Bis 1 al

30 Bis 7 y se cambia del nombre del Título Segundo del Reglamento de la Policía Preventiva

del Municipio de El Salto, Jalisco, para quedar como sigue:

Artículo 4.- (…)

I. a V. (…)

VI. Guardias Municipales: son los servidores públicos administrativos que realizan acciones de prevención social de las violencias, así como la promoción de paz y legalidad a través de la vinculación ciudadana y la vigilancia en plazas públicas, zonas comerciales, escuelas, paradas de autobuses, colonias, fiestas patronales, instalaciones de gobierno, etc.; además, en zonas del municipio, en las cuales se ha intervenido o se pretende intervenir en la preservación, recuperación y mejoramiento de los espacios públicos; VII. Ley: la Ley de Seguridad Pública del Estado de Jalisco;

VIII. Policía Preventiva: la función pública que tiene por objeto salvaguardar la

integridad y derechos de las personas, prevenir la comisión de delitos e infracciones

administrativas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos, en los

términos de la legislación applicable; y

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IX. Reglamento: el Reglamento de la Policía Preventiva del municipio de El Salto.

Artículo 10.- (…) I. a XIII. (…) XIV. Aspirante; XV. Guardia Municipal.

TITULO SEGUNDO De las Divisiones Auxiliares

Capítulo I

División para la Promoción de Paz y Legalidad Municipal.

Artículo 30 Bis 1.- La División para la Promoción de Paz y Legalidad Municipal es la encargada de elaborar y dar seguimiento a los esquemas de prevención social de conductas violentas y vinculación con la población, para la recuperación y preservación de zonas y espacios públicos a través de la cultura de paz y legalidad, al frente de la misma se contará con un Comisario de la División para la Promoción de Paz y Legalidad, quien tiene las siguientes atribuciones: I. A través de la Comisaría de la Policía Preventiva Municipal generar la política pública en materia de prevención social de conductas violentas y recuperación y preservación de zonas y espacios públicos, a través de la participación ciudadana con un enfoque transversal a nivel municipal y en coordinación con el Gobierno Estatal y Federal; II. Vigilar la correcta aplicación de los recursos que aplica el municipio en materia de prevención de conductas violentas y la delincuencia en los que se beneficie la ciudadanía; III. Crear e implementar programas encaminados a la prevención social de conductas violentas, la delincuencia, a través de la convivencia ciudadana y el respeto a los reglamentos municipales; IV. Proponer a través de la comisaría en el municipio, una política de participación ciudadana en materia de prevención social; V. Coordinar con los mandos operativos acciones de prevención y orientación ciudadana implementadas en las zonas operativas; VI. Proponer al Comisario convenios y acuerdos con organizaciones civiles, instituciones educativas públicas o privadas u organismos de la administración pública, para llevar a cabo programas conjuntos de prevención social; VII. Coordinar las organizaciones vecinales con el fin de realizar intervenciones de recuperación de zonas y espacios públicos con el objetivo de prevenir las conductas violencias y delictivas;

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VIII. Diseñar, implementar y dirigir las estrategias de prevención social en instituciones educativas; IX. Fomentar la participación de las dependencias municipales en programas de prevención de conductas violentas y la recuperación de zonas y espacios públicos; X. Implementar programas de prevención situacional de los delitos, con base en el mapa de incidencia delictiva del municipio, con el fin de reducir la misma; XI. Realizar acciones tendientes a promover la cultura de la denuncia entre los ciudadanos del municipio; XII. Creación de centros, instalaciones y espacios asignados para el desarrollo de actividades en materia de prevención social; XIII. Diseñar un Plan Municipal Anual para la Promoción de Paz y Legalidad Municipal, para la erradicación de conductas violentas y la recuperación y conservación de espacios públicos seguros; XIV. Coadyuvar con las dependencias competentes, para que en el diseño del Plan Municipal, sea una prioridad la integración de mecanismos para prevenir que se ejerza violencia en contra de las mujeres y niños; XV. Brindar atención psicológica a receptores de violencia y a personas que padecen de algún trastorno mental transitorio o permanente que afecten la convivencia o seguridad de terceros; XXI. Respecto de los Programas Estratégicos Operativos le Compete: a) Cumplir y hacer cumplir a través de la reglamentación existente los objetivos estratégicos del sistema operativo de la comisaría; b) Apoyar en la organización de informes a su mando superior, de los trabajos que se realizan con comités vecinales y con organizaciones e instituciones; c) Proponer rondines ciudadanos en zonas de mayor riesgo de inseguridad; d) Gestionar soluciones de problemas de inseguridad vinculados con las fallas de servicios públicos municipales; e) Apoyar en casos de crisis y contención emocional, psicológica de personas que representen riesgo en su integridad física y de terceros; f) Apoyar en casos de crisis y contención emocional a policías; g) Atender en su domicilio en caso de crisis y violencia; dar orientación psicológica y acompañamiento en la presentación de denuncias ante el Centro de Justicia para las Mujeres e instituciones de protección a niños, mujeres y menores receptores de algún tipo de violencia física o psicológica;

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h) Aportar información sobre prevención de conductas violentas, discriminación, autodestructivas, auto protección, consecuencias en la comisión de delitos, consumo o portación de drogas de alumnos dentro de los planteles educativos; i) Atender a menores infractores, niños y jóvenes desertores o con riesgo de deserción escolar, a sugerencia del Comisario; y j) Vigilancia en zonas del municipio, en las cuales se ha intervenido o se pretende intervenir en la preservación, recuperación y mejoramiento de los espacios públicos, como serían: plazas públicas, zonas comerciales, escuelas, paradas de autobuses, colonias, zonas de recreación y esparcimiento, fiestas patronales, instalaciones de gobierno y demás zonas afines. XXII. Diseñar la política integral para la prevención, detección y atención de delitos violentos cometidos contra las mujeres, en los ámbitos público y privado; y XXIII. Las demás que le confieren las disposiciones legales aplicables. Artículo 30 Bis 2.- Para cumplir con sus atribuciones la División para la Promoción de Paz y Legalidad Municipal cuenta con las siguientes Unidades: I. Unidad de Promoción de la Paz y la Legalidad. La cual estará conformada por guardias municipales que cuenta con las siguientes atribuciones: a) Detectar en sus lugares de designación, la problemática relacionada con la prevención de faltas administrativas o delitos; b) Comunicar inmediatamente a su superior jerárquico la información detectada, proponiendo alternativas de solución; c) Orientar a los ciudadanos en casos de conflicto, sobre el uso de métodos alternos para la solución de problemas; d) Coadyuvar con el área de Justicia Municipal y Prevención Social en la organización de talleres de resolución alternativa de conflictos como forma de prevenir faltas administrativas o delitos; e) Colaborar con las diversas áreas que integran la Comisaría en la obtención de información, conducente a la prevención de faltas administrativas y delitos; f) Promover acciones de cultura de paz, legalidad, así como de la denuncia entre la comunidad; y g) Realizar acciones de proximidad social a través de recorridos de vigilancia en lugares en los cuales se ha intervenido o se pretende intervenir en la preservación, recuperación y mejoramiento de los espacios públicos. II. Unidad de Vinculación Institucional y Ciudadana. La cual tendrá las siguientes atribuciones:

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a) Identificar mediante reuniones con ciudadanos factores de riesgo vinculados con la inseguridad; b) Realizar en conjunto con los ciudadanos marchas exploratorias con el fin de elaborar diagnósticos de prevención situacional que permita diseñar estrategias en torno a los resultados; c) Fomentar la participación ciudadana en los programas de prevención social; d) Difundir en las reuniones con ciudadanos medidas de autoprotección en coordinación con el área responsable de la Prevención Social; e) Coordinar acciones tendientes a la prevención social dentro de la comunidad en conjunto con el Comisario; f) Diseñar indicadores que permitan evaluar la participación de la comunidad en materia de seguridad ciudadana y prevención social; g) Gestionar ante las dependencias municipales los servicios necesarios establecidos en los reportes ciudadanos obtenidos en las reuniones con ciudadanos. h) Realizar mesas de trabajo con representantes de la sociedad civil, jefes de seguridad de instituciones bancarias, comercios y demás que se requieran para esquemas de prevención; i) Evaluar el actuar policial durante los servicios, relacionados con incidentes registrados en instituciones bancarias, así como comercios y demás que se requiera para esquemas de prevención; y j) Generar y vincular información de delitos cometidos en instituciones bancarias, así como comercios y demás que se requiera para esquemas de prevención, con el Comisario y la unidad de Inteligencia. III. Unidad de Prevención Social de Conductas Violentas. La cual tiene las siguientes atribuciones: a) Diseñar e implementar la política de prevención del delito e infracciones administrativas en el municipio; así como campañas tendientes a estos fines con base en la incidencia delictiva y problemática social de cada zona; b) Participar en la aprobación de los contenidos de las campañas de difusión en materia de prevención social; c) Implementar estrategias de prevención integral, en coordinación con las autoridades educativas; d) Desarrollar programas tendientes a la convivencia ciudadana, fortalecimiento del tejido social, mediación y prevención social, así mismo proponer foros, conferencias y talleres que fomenten la cultura de la paz y legalidad, en la ciudadanía, a través de las diferentes direcciones municipales, en los lugares asignados para tal fin;

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e) Generar acciones para prevenir la comisión de faltas administrativas en coordinación con el Comisario; f) Coordinar acciones con otras dependencias de los tres órdenes de gobierno en materia de prevención social. IV. Unidad de Primer Contacto de Atención a Víctimas. La cual cuenta con las siguientes atribuciones: a) Recibir reportes por parte de la ciudadanía, de personas que sufren de algún trastorno mental transitorio o permanente que afecte la convivencia o la seguridad de terceros o que su conducta pueda propiciar la comisión de delitos y que se encuentren en crisis; b) Brindar la atención necesaria a las personas que se encuentren en crisis, procurando en todo momento el respeto a los derechos humanos; c) Remitir a las personas que se les brindó la atención psicológica de requerirse a los lugares establecidos como centros psiquiátricos, con el fin de que no representen un riesgo a la ciudadanía; d) Atender los reportes de casos de violencia contra las mujeres; e) Implementar campañas en la comunidad tendientes a la prevención de la violencia intrafamiliar y de género; f) Implementar estrategias para prevenir el abuso sexual infantil; g) Proporcionar asesoría psicológica y orientación a los ciudadanos que sean receptores de violencia y que requieran de su servicio; e h) Implementar un sistema de atención a menores en conflicto con la ley cuyos casos se atendieron mediante reporte a la policía y otros que se deriven. V. Unidad de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. La cual tendrá las siguientes atribuciones: a) Diseñar e implementar una política criminal con perspectiva de género orientada a la prevención, detección, atención, sanción y erradicación de los delitos violentos cometidos contra las mujeres; b) Capacitar al personal que integra la Comisaría de la Policía Preventiva de nuestra municipalidad para la prevención, atención y erradicación de la violencia contra las mujeres, para atender los casos de violencia contra las mujeres; c) Generar mecanismos de prevención, detección, atención y derivación de las mujeres víctimas de violencia a las dependencias competentes para conocer del caso; d) Intervención en casos de violencia contra las mujeres; e) Mecanismos y acciones de reacción inmediata ante cualquier reporte de violencia hacia las mujeres;

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f) Cumplimiento de Órdenes o Medidas de Protección dictadas a favor de víctima de violencia contra las mujeres; g) Capacidad de actuación en todo el municipio de El Salto y con la autorización del Comisario Metropolitano en toda la Zona Metropolitana; h) Atención en tiempo real de las medidas u órdenes de protección emitidas, mediante técnicas de georeferenciación, en coordinación con los sistemas de los Centros de Coordinación, Comando, Control, Comunicaciones y Computo del Estado de Jalisco (C5), la Unidad de El Centro de Emergencias y Telecomunicaciones y Vigilancia de nuestro municipio; y la Unidad Municipal de Estadística y Geomática del Delito. i) Dictar las medidas necesarias para que la víctima de violencia reciba atención médica de emergencia; j) Contribuir con información necesaria para Integrar al Banco Estatal de Datos e Información sobre casos de violencia contra las Mujeres; k) Promover y apoyar la realización de cursos y talleres de capacitación para el autoempleo, dirigidos a mujeres víctimas de violencia; y m) Realizar patrullajes preventivos y disuasivos en lugares georeferenciados como de mayor incidencia de violencia hacia las mujeres. Artículo 30 Bis 3.- Al frente de cada una de las unidades habrá un Jefe de Unidad.

Capítulo II

De la División de Inteligencia Artículo 30 Bis 4. La División de Inteligencia es la encargada de la búsqueda, análisis y tratamiento de la información para establecer las bases de una policía orientada a la solución de problemas, al frente de la misma se contará con un Comisario de la División de Inteligencia. Artículo 30 Bis 5. El Comisario de la División de Inteligencia, tiene bajo su responsabilidad: I. Diseñar y operar los sistemas de búsqueda, recopilación, clasificación y registro de información policial, para conformar o alimentar bases de datos para la adopción de estrategias en materia de seguridad acordes con los cambios, el dinamismo de la Comisaría y evolución de la tecnología; II. Realizar las acciones necesarias que conlleven a la generación de inteligencia para la prevención de las conductas prohibidas en los ordenamientos legales, así como para el combate de aquellas acciones que pongan en riesgo la seguridad y la paz pública; III. Establecer los protocolos de actuación para garantizar la recolección, almacenamiento, organización, análisis y difusión de la información que se genere para la toma de decisiones de los mandos;

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IV. Establecer y operar métodos de comunicación y redes de información policial para acopio y clasificación oportuna de los datos que requieran las distintas áreas de la Comisaría, de conformidad con las normas respectivas; V. Dirigir, en el ámbito de su competencia la detección, identificación, ubicación y prevención de las actividades delictivas de organizaciones, grupos o individuos que intenten alterar el orden y la paz públicos; VI. Establecer la cooperación y coordinación con otros organismos Municipales, Estatales, Federales e Internacionales, para el cumplimiento de sus funciones; VII. Diseñar un sistema destinado a la coordinación, supervisión y ejecución de los métodos de análisis de información que permita identificar a sujetos o grupos delictivos con el fin de prevenir la comisión de delitos; VIII. Establecer los procesos para que la información que se genere tenga un adecuado análisis y explotación, así como un tratamiento de acuerdo a la Ley en la materia para la protección de datos; IX. Determinar los factores que incidan en las amenazas o en los riesgos que atenten contra la preservación de la libertad de la población, el orden y la paz públicos y proponer medidas para su prevención; X. Hacer del conocimiento al Comisario General las agendas de riesgo que resulten del análisis y valoración de la información; XI. Establecer los mecanismos que permitan la clasificación y protección de la información, así como la generación de productos de inteligencia operativa, táctica y estratégica; XII. Realizar la captura del Informe Policial Homologado, de acuerdo al marco jurídico vigente; XIII. Establecer un Comité de Análisis y Evaluación del uso de la Fuerza en las Intervenciones Policiales; XIV. Operar el Sistema de Información de Seguridad Pública Municipal; y XV. Las demás que le confieren las disposiciones legales aplicables. Artículo 30 Bis 6. La División de Inteligencia cuenta con las siguientes unidades: I. Unidad de Análisis e Información. La cual tiene las siguientes atribuciones: a) Coordinar actividades con otras divisiones y unidades; b) Generar periódicamente productos de inteligencia; c) Elaborar las recomendaciones que considere pertinentes para mejorar los procesos de planeación, recolección, evaluación, clasificación, análisis, apoyo informático, elaboración de productos, diseminación, entre otros que forman parte del proceso de inteligencia;

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d) Generar estrategias de vigilancia mediante un esquema de patrullaje focalizado y con carácter preventivo; e) Orientar las acciones tácticas para la intervención policial conjunta en la detención de grupos de delincuencia, así como en la recuperación de espacios y lugares identificados como de alto riesgo; f) Apoyar las acciones del sistema integral de gestión operativa y de criminalística; g) Las demás que le confieren las disposiciones legales aplicables. II. La Unidad de Investigación. La cual tiene las siguientes atribuciones: a) Diseñar y operar los sistemas de recopilación, clasificación y registro de información policial, para conformar o alimentar bases de datos; b) Llevar a cabo acciones sistematizadas para la planeación, recopilación, análisis y aprovechamiento de información en el ámbito de su competencia, para el combate a los delitos; c) Suministrar información a las Unidades de la Comisaría encargadas del análisis; d) Identificar las estructuras y modos de operación delincuencial para su combate, en el ámbito de competencia de la Comisaría; e) Dirigir en el ámbito de su competencia, la identificación y ubicación de los grupos o individuos que intenten alterar el orden y la paz públicos para prevenir delitos; f) Reunir la información que pueda ser útil al Ministerio Público, conforme a sus instrucciones, para acreditar que se ha cometido un hecho calificado como delito en los ordenamientos legales y que exista la probabilidad de que el indiciado lo cometió o participó en su comisión; g) Aplicar en el ámbito de competencia, los procedimientos de intercambio de información policial, en términos de las disposiciones aplicables; y h) Las demás que le confieren las disposiciones legales aplicables. III. El Centro de Emergencias y Telecomunicaciones y Vigilancia. El cual tiene las siguientes atribuciones: a) Establecer la coordinación de la radiocomunicación entre los policías de las diferentes regiones para el buen desempeño de sus funciones de seguridad pública tanto en situaciones normales como en emergencias; b) Atender las llamadas de emergencia y solicitudes de servicios de la ciudadanía, canalizándolas al cuadrante correspondiente para su atención, dándole seguimiento hasta su resolución;

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c) Realizar la video vigilancia de las cámaras instaladas en los cuadrantes y con los equipos drones en los espacios públicos que sean requeridos informando a los policías las incidencias encontradas para su atención; d) Informar de manera inmediata a los mandos superiores de todas las incidencias en los cuadrantes que por su trascendencia deba conocer para la toma de decisiones; y e) Coadyuvar con la División de Operaciones Regionales y Agrupamientos en la reducción de las faltas administrativas y delitos a través del estudio criminal y la actualización continua de los protocolos de operación. IV. La Unidad de Estadística y Geomática del Delito. La cual tiene las siguientes atribuciones: a) Proponer procedimientos e instrumentos metodológicos y normativos de carácter ordinario y todo lo necesario para la información estadística; b) Proponer el diseño y de ser aprobado, elaborar, implementar y actualizar los formatos estadísticos, para la integración de la información que se genere en la Comisaría; c) Procesar técnicamente la información que generen las diversas áreas de la Comisaría; d) Elaborar estudios estadísticos y los correspondientes mapas georreferenciados y de incidencia delictiva basados en el Sistema Operativo por Cuadrantes; e) Proponer al Comisario de la División de Inteligencia las modificaciones que considere necesarias en los sistemas de información, con el fin de optimizarlos; f) Proporcionar los datos técnicos, administrativos y estadísticos que obren en su poder, necesarios para la integración del informe anual de la Comisaría; g) Concentrar, integrar y establecer operativamente la coordinación necesaria para el intercambio de información con dependencias de otros organismos gubernamentales a través del Comisario de la División de Inteligencia; h) Verificar físicamente de forma permanente y/o aleatoria, la coincidencia de los datos que proporcionan las diversas áreas de la Comisaría y que se integran a los sistemas de información; i) Adoptar y documentar las medidas de seguridad necesarias para garantizar la integridad, confidencialidad y disponibilidad de los datos, mediante acciones que eviten su daño, alteración, pérdida, destrucción y uso no autorizado; j) Garantizar y hacer efectivo por parte de la División de Inteligencia el derecho a toda persona de solicitar, acceder, consultar, recibir, difundir, reproducir y publicar información pública, de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios; y k) Proporcionar los mapas geográficos de acuerdo a la división operativa del Municipio según las necesidades de las diversas áreas de la Comisaría, que garanticen un debido desarrollo del Sistema Operativo por Cuadrantes.

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V. La Unidad Municipal Auxiliar de la Unidad Estatal de Medidas Cautelares y de la Suspensión Condicional del Proceso. La cual tiene las siguientes atribuciones: a) Auxiliar a la Fiscalía Estatal en la ejecución, supervisión y seguimiento de las medidas cautelares y condiciones de la suspensión condicional del proceso impuestas por el órgano jurisdiccional, cuando se trate de imputados que residen en el Municipio de Guadalajara; b) Entregar inmediatamente a la Unidad Estatal de Medidas Cautelares los informes requeridos para la elaboración de evaluaciones de riesgos; c) Informar periódicamente el seguimiento y la supervisión de las medidas cautelares y de la suspensión condicional del proceso; d) Comunicar de manera inmediata el incumplimiento de las medidas cautelares; y e) Atender las solicitudes que realicen las partes de practicar la evaluación de riesgo cuando el imputado resida en el Municipio de El Salto. La Unidad de Medidas Cautelares regirá su función por lo establecido en el Código Nacional de Procedimientos Penales y los protocolos que al efecto emita la Unidad Estatal de Medidas Cautelares y de la Suspensión Condicional del Proceso. Artículo 30 Bis 7.- Al frente de cada una de ellas habrá un Jefe de Unidad.

TITULO TERCERO (CAMBIO DE TITULO SEGUNDO A TERCERO)

DEL SERVICIO CIVIL DE CARRERA POLICIAL

ARTÍCULOS TRANSITORIOS.

Primero: Se reforma los artículos 4 y 10, se adicionan los artículos que van del 30 Bis 1 al 30 Bis 7 y se cambia del nombre del Título Segundo del Reglamento de la Policía Preventiva del Municipio de El Salto, Jalisco. Segundo: Las presentes reformas y adiciones entrarán en vigor el día siguiente de su publicación en la Gaceta Municipal.

Tercero: Una vez publicadas las presentes disposiciones, remítase mediante oficio un tanto de ellas al Honorable Congreso del Estado para los efectos ordenados en la fracción VII del artículo 42 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.

Cuarto: Notifíquese a la Coordinación General de Administración e Innovación Gubernamental, para su conocimiento y efectos legales y administrativas a los que haya lugar.

En mérito de lo anterior mando se imprima, publique, divulgue y se le dé el debido

cumplimiento.

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Emitido el día 04 de marzo de 2020.

LIC. RICARDO ZAID SANTILLÁN CORTÉS.

PRESIDENTE DEL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL

DE EL SALTO, JALISCO.

LIC. ADRIÁN VENEGAS BERMÚDEZ.

SECRETARIO GENERAL DEL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL