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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONES DE LA
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE CASMA
2011
Municipalidad Provincial de Casma
Alcaldía
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
INTRODUCCION
1.1.- OBJETO:
El Manual de Organización y Funciones (MOF) de la Municipalidad Provincial de Casma es un documento que tiene por objeto normar el desenvolvimiento de las funciones diarias que realiza el personal del gobierno local.-
El Manual de Organización y Funciones (MOF) proporciona a las gerencias y unidades conformantes de la municipalidad los elementos funcionales de gestión, describiendo las funciones especificas de cada cargo y líneas de autoridad y responsabilidad, en el entendido de que cada uno de estos cargos constituyen elementos fundamentales para el logro de los objetivos.-
1.2.- BASE LEGAL:
El Manual de Organización y Funciones se basa en las siguientes normas:
1. Ley Orgánica de Municipalidad Nº 27972 2. Ley General del Sistema Nacional de presupuesto Nº 28411 3. Resolución Jefatural Nº 182-79INAP/DNR que aprueba las Normas Generales del Sistema de
Racionalización. 4. Ley Nº27444, de Procedimiento Administrativo General 5. Decreto Legislativo Nº 276 de Bases de la Carrera Administrativa y sus Reglamento D.S.Nº
005-90-PCM. 6. Resolución Jefatural Nº 109-95-INAP/DNR que aprueba la Directiva Nº 002-95-INAP0/DNR.
Lineamientos Técnicos para formular los documentos de Gestión en un marco de Modernización Administrativa.
7. Resolución Jefatural Nº 095-95-INAP/DNR, por la que aprobó la Directiva Nº 001-95-INAPDNR”Normas para la formulación de manual de Organización y Funciones –MOF.
8. Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización Y Funciones-ROF de esta municipalidad.
9. Ordenanza que aprueba el Cuadro de Asignación de Personal-CAP.
1.3.-MISION DE LOS CARGOS:
Optimizar la gestión municipal estableciendo de manera clara y sencilla las funciones de las diferentes dependencias municipales a fin de que su labor sea eficaz y transparente.
1.- GENERALIDADES
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1.4.- PERFIL DE LOS CARGOS:
1. Alto grado de conocimiento de los diferentes sistemas administrativos. 2. Implementación de Técnicas diversas que conlleven a optimizar la atención de los usuarios de
los servicios administrativos. 3. Conocer y estar identificado con la misión, visión, objetivos y políticas de la institución. 4. Conocer el Área de trabajo bajo su responsabilidad o donde se desenvuelve. 5. Tener conciencia de la proyección social de servicios que tiene la Municipalidad.
Actitudes:
1. Adaptación del permanente cambio social. 2. Orientar su esfuerzo hacia el logro de resultados. 3. Proporcionar la integración de equipos de trabajo. 4. Lograr un nivel de conciencia respecto de los objetivos de la Municipalidad para aplicarlos. 5. Ser consiente entre lo que piensa, dice y hace. 6. Preocuparse por el desarrollo y progreso del personal y ser sensible a los sentimientos ajenos. 7. Ser entusiasta. 8. Estar identificado con su realidad y por ende a sus usuarios, brindar confianza con sus
compañeros y jefes. 9. Ser estable emocionalmente.
1.5.- NIVEL DE ORGANIZACIONAL:
1. Corresponde el primer nivel Organizacional a los Órganos de Gobierno y alta Dirección:
Alcaldía, Consejo Municipal y a la Gerencia Municipal. 2. Corresponde al segundo nivel Organizacional a todas las Gerencias 3. Corresponde el tercer nivel Organizacional a todos aquellos Órganos que dependan del
segundo nivel Organizacional: sub gerencia. Unidades
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ESTRUCTURA ORGÁNICA
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CAPÍTULO I
ARTÍCULO 1 o.- La Municipalidad Provincial de Casma es un organismo público, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, económica, presupuestaria, financiera, política, por lo que toma sus propias decisiones de gobierno.
ARTÍCULO 2 o.- La Municipalidad tiene la siguiente estructura orgánica, en concordancia con el organigrama estructural debidamente aprobado
01. ALTA DIRECCIÓN
01.1 Concejo Municipal
01.2 Alcaldía
01.3 Gerencia Municipal
02. ÓRGANOS CONSULTIVOS
02.1 Comisiones de Regidores
02.2 Comité de Defensa Civil
02.3 Consejo de Coordinación Local Provincial
02.4 Comité de Administración de Vaso de Leche
02.5 Comité de Seguridad Ciudadana
02.6 Comité de Juntas Vecinales
02.7 Comisión Mixta de Transportes
02.8 Consejo Provincial de la Juventud
02.9 Comité de Gestión de la Cuenca del Río Casma
03. ÓRGANOS DE CONTROL INSTITUCIONAL
03.1 Oficina de Control Institucional
03.2 Oficina de Procuraduría Pública Municipal
04. ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO
04.1 Oficina de Asesoría Jurídica
04.2 Oficina de Presupuesto, Planificación e Informática
04.3 Oficina de Programación e Inversiones
04.3.1 Unidad de Formulación de Proyectos
05. ÓRGANOS DE APOYO
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05.1 Oficina de Secretaria General
05.1.1 Unidad de Trámite Documentario
05.1.2 Unidad de Relaciones Públicas e Imagen Institucional
05.2 Unidad de Administración de Personal
05.3 Gerencia de Administración y Finanzas
05.2.1 Unidad de Logística y Control Patrimonial
05.2.2 Unidad de Tesorería
05.2.3 Unidad de Contabilidad
05.4 Gerencia de Administración Tributaria
05.3.1 Unidad de Fiscalización y Recaudación Tributaria
05.3.2 Unidad de Ejecutoria Coactiva
05.3.3 Unidad de Orientación al Contribuyente
06. ÓRGANOS DE LÍNEA
06.1 Gerencia de Gestión Desarrollo Urbano
06.1.1 Unidad de Obras Públicas
06.1.2 Unidad Obras Privadas
06.2 Gerencia de Servicios Públicos y Sociales
06.2.1 Unidad de Ecología y Medio Ambiente
06.2.2 Unidad de Seguridad Ciudadana
06.2.3 Unidad de Comercialización y Policía Municipal
06.2.4.Unidad de Transportes y Seguridad Vial
06.3 Gerencia de Desarrollo Social
06.3.1. Unidad de Registros Civiles
06.3.2 Unidad de Participación Vecinal, Cultura, Educación y Deportes
06.3.3 Unidad de Programas Sociales
06.3.3.1 DEMUNA – OMAPED Y ADULTO MAYOR
06.3.3.2 PROGRAMA DEL VASO DE LECHE
06.3.3.3 PROGRAMA COMPLEMENTACION ALIMENTARIA
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06.4 Gerencia de Desarrollo Económico
06.4.1 Unidad de Desarrollo Agropecuario
06.4.2 Unidad de Desarrollo Pesquero
06.4.3 Unidad de Desarrollo Turístico
06.4.4 Unidad de Desarrollo de la Industria y Comercio
07. ORGANOS DESCONCENTRADOS
07.1 Oficina de Defensa Civil
07.2 Beneficencia Pública
07.3 Gerencia de IVP
1. DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO Y ALTA DIRECCION
ARTÍCULO 3°.- Los Órganos de Gobierno y Alta Dirección de la Municipalidad Provincial de Casma tienen la misión de establecer la política general, ejecutar metas y objetivos para prestar los diferentes servicios públicos y lograr el desarrollo social, económico y del medio ambiente. Esta constituido por:
• El Concejo Municipal • La Alcaldía
• La Gerencia Municipal
EL CONCEJO MUNICIPAL
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DEL CONCEJO MUNICIPAL
DEL CONCEJO MUNICIPAL
ARTÍCULO 4°.- El Concejo Municipal es el máximo órgano del gobierno local y esta conformado por el Alcalde quien lo preside y siete regidores de acuerdo como lo establece la ley electoral. El Concejo Municipal solamente tiene funciones normativas y fiscalizadoras; ya no tiene funciones administrativas, salvo para regular su propia organización.-
ARTÍCULO 5°.- OBJETO.- El Concejo Municipal como máximo órgano de gobierno local tiene como objeto determinar la política integral del desarrollo de su circunscripción.-
Sus ocho miembros son elegidos por el pueblo mediante elecciones conforme a la ley electoral y sólo tienen funciones normativas que lo ejercen mediante las ordenanzas y acuerdos y las fiscalizadoras que lo hacen en forma directa y en conjunto mediante los acuerdos
CONCEJO MUNICIPAL COMISION DE REGIDORES
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Para un mejor desempeño de su labor se constituyen en comisiones permanentes con vigencia generalmente anual y comisiones especiales para cada caso en particular.-
Para su funcionamiento regular debe aprobar su Reglamento de Organización Interior (RIC)
FUNCIONES GENERALES DEL CONCEJO MUNICIPAL:
ARTÍCULO 6°.- EL Concejo Municipal tiene las siguientes atribuciones, las mismas que se encuentran en el Art. 9 de la Ley 27972 y son:
1. Aprobar los Planes de Desarrollo Municipal concertados y el presupuesto participativo. 2. Aprobar, monitorear y controlar el plan de desarrollo institucional y el programa de inversiones,
teniendo en cuenta los Planes de Desarrollo Municipal Concertado y sus Presupuestos Participativos.
3. Aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local 4. Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial a nivel provincial, que identifique las áreas
urbanas y de expansión urbana; las áreas agrícolas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental declaradas conforme a ley.-
5. Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos sobre la base del Plan de Acondicionamiento Territorial.
6. Aprobar el Plan de Desarrollo de Capacidades. 7. Aprobar el sistema de gestión ambiental local y sus instrumentos, en concordancia con el sistema
de gestión ambiental, regional y nacional. 8. Aprobar, modificar o derogar ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos.- 9. Crear, modificar, suprimir o exonerar contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos,
conforme a ley.- 10. Declarar la vacancia suspensión de los cargos de Alcalde y Regidor. 11. Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la
municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario.
12. Aprobar por ordenanza el reglamento del concejo municipal 13. Aprobar los proyectos de ley que en materia de su competencia sean puestos al congreso de la
república. 14. Aprobar normas que garanticen una efectiva participación vecinal. 15. Constituir comisiones ordinarias y especiales, conforme a su reglamento. 16. Aprobar el presupuesto anual y sus modificaciones dentro de los plazos señalados por ley, bajo
responsabilidad. 17. Aprobar el balance y la memoria 18. Aprobar la entrega de construcciones de infraestructura servicios públicos municipales al sector
privado a través de concesiones o cualquier otra forma de participación de la inversión privada permitida por ley.
19. Aprobar la creación de centros poblados y de agencias municipales 20. Aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad
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21. Solicitar la realización de exámenes especiales, auditorias económicas y otros actos de control 22. Autorizar y atender los pedidos de información de los regidores para efectos de fiscalización 23. Autorizar al procurador público municipal para que, en defensa de los intereses y derechos de la
municipalidad y bajo responsabilidad, inicie o impulse procesos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el órgano de control interno haya encontrado responsabilidad civil o penal, así como en los demás procesos judiciales interpuestos contra el gobierno local o sus representantes.-
24. Aprobar endeudamientos internos y externos, exclusivamente para obras y servicios públicos, por mayoría calificada conforme a ley.-
25. Aprobar la donación o cesión en uso de bienes muebles e inmuebles de la municipalidad a favor de entidades públicas o privadas sin fines de lucro y venta de sus bienes en subasta pública.-
26. Aprobarla celebración de convenios de cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales
27. Aprobar licencias presentadas por el alcalde o los regidores, no pudiendo concederse licencias simultáneamente a un número mayor del 40% de los regidores.-
28. Aprobar la remuneración del alcalde y las dietas de los regidores 29. Aprobar el régimen de administración de sus bienes y rentas, así como el régimen de
administración de los servicios públicos locales.- 30. Disponer el cese del gerente municipal cuando exista un acto doloso o falta grave 31. Plantear los conflictos de competencia 32. Aprobar el cuadro de asignación de personal y las bases de las pruebas de selección de personal y
para los concursos de previsión de puestos de trabajo 33. Las demás atribuciones que le correspondan conforme a ley.-
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ALCALDIA
ARTÍCULO 7°.- La Alcaldía tiene la siguiente ESTRUCTURA ORGANICA
ASIGNACION DE CARGOS DE LA ALCALDIA
CAP DENOMINACIÓN DEL ORGANO ORGANOS DE ALTA DIRECCION
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA ALCALDÍA
Nº
ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL
01 ALCALDE F-4 FP 1
02 SECRETARÍA (O) III T5-05-675-3 SP-AP 1
03 CHOFER III T5-60-245-3 SP-AP 1
TOTAL UNIDAD ORGÁNICA 3
DEL ALCALDE PROVINCIAL
ARTÍCULO 8°.- El Alcalde Provincial es elegido por el pueblo, se constituye en el representante del gobierno local y la máxima autoridad administrativa y tiene las atribuciones establecidas en el Art. 20 y demás normas de la Ley Orgánica de Municipalidades y otras normas conexas, entre otras son:
1. Defender y cautelar los derechos e intereses de la municipalidad y los vecinos. 2. Convocar, presidir y dar por concluidas las sesiones del concejo municipal; 3. Ejecutar los acuerdos y convenios aprobados por el concejo municipal, bajo responsabilidad. 4. Proponer al concejo municipal proyectos de ordenanzas y acuerdos 5. Promulgar las ordenanzas y disponer su publicación; 6. Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas; 7. Dirigir la formulación y someter a aprobación del concejo el plan integral de desarrollo sostenible
local y el programa de inversiones concertado con la sociedad civil; 8. Dirigir la ejecución de los planes de desarrollo municipal; 9. Someter a aprobación del concejo municipal, bajo responsabilidad y dentro de los plazos y
modalidades establecidos en la Ley Anual de Presupuesto de la República, el Presupuesto Municipal Participativo, debidamente equilibrado y financiado;
10. Aprobar el presupuesto municipal, en caso de que el concejo municipal no lo apruebe dentro del plazo previsto en la presente ley;
CONCEJO MUNICIPAL
ALCALDÍA
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11. Someter a aprobación del concejo municipal, dentro del primer trimestre del ejercicio presupuestal siguiente y bajo responsabilidad, el balance general y la memoria del ejercicio económico fenecido;
12. Proponer al concejo municipal la creación, modificación, supresión o exoneración de contribuciones, tasas, arbitrios, derechos y licencias; y, con acuerdo del concejo municipal solicitar al Poder Legislativo la creación de los impuestos que considere necesarios;
13. Someter al concejo municipal la aprobación del sistema de gestión ambiental local y de sus instrumentos, dentro del marco del sistema de gestión ambiental nacional y regional;
14. Proponer al concejo municipal los proyectos de reglamento interno del concejo municipal los de personal, los administrativos y todos los que sean necesarios para el gobierno y la administración municipal;
15. Informar al concejo municipal mensualmente respecto al control de la recaudación de los ingresos municipales y autorizar los egresos de conformidad con la ley y el presupuesto aprobado;
16. Celebrar matrimonios civiles de los vecinos, de acuerdo con las normas del Código Civil; 17. Designar y cesar al gerente municipal y, a propuesta de éste, a los demás funcionarios de confianza; 18. Autorizar las licencias solicitadas por los funcionarios y demás servidores de la municipalidad; 19. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones municipales con el auxilio del serenazgo y la Policía
Nacional; 20. Delegar sus atribuciones políticas en un regidor hábil y las administrativas en el gerente municipal; 21. Proponer al concejo municipal la realización de auditorías, exámenes especiales y otros actos de
control; 22. Implementar, bajo responsabilidad, las recomendaciones contenidas en los informes de auditoría
interna. 23. Celebrar los actos, contratos necesarios para el ejercicio de sus funciones; 24. Proponer la creación de empresas municipales bajo cualquier modalidad legalmente permitida,
sugerir la participación accionaria, y recomendar la concesión de obras de infraestructura y servicios públicos municipales;
25. Supervisar la recaudación municipal, el buen funcionamiento y los resultados económicos y financieros de las empresas municipales y de las obras y servicios públicos municipales ofrecidos directamente o bajo delegación al sector privado;
26. Presidir las Comisiones Provinciales de Formalización de la Propiedad Informal o designara su representante, en aquellos lugares en que se implementen;
27. Otorgar los títulos de propiedad emitidos en el ámbito de su jurisdicción y competencia; 28. Nombrar, contratar, cesar y sancionar a los servidores municipales de carrera; 29. Proponer al concejo municipal las operaciones de crédito interno y externo, conforme a Ley; 30. Presidir el comité de defensa civil de su jurisdicción; 31. Suscribir convenios con otras municipalidades para la ejecución de obras y prestación deservicios
comunes; 32. Atender y resolver los pedidos que formulen las organizaciones vecinales o, de ser el caso,
tramitarlos ante el concejo municipal; 33. Resolver en última instancia administrativa los asuntos de su competencia de acuerdo al Texto Único
de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad; 34. Proponer al concejo municipal espacios de concertación y participación vecinal; 35. Definir y dictar la política de personal de la Municipalidad.
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36. Ejecutar y evaluar las coordinaciones con entidades públicas y privadas con respecto a la atención de los asuntos municipales
37. Delegar en la Municipalidades de los Centro Poblados establecidos, las funciones prioritarias que irán en correspondencia a su capacidad económica.
38. Presidir el Comité el Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche 39. Las demás que le correspondan de acuerdo a ley.
Requerimientos mínimos del Cargo:
Ser electo mediante voto popular, según lo establecido en la Constitución Política del Estado y las demás normas legales que lo amparan en el ejercicio de su función.-
• Identificación del Cargo: SECRETARIA (O) III • Línea de autoridad: Depende directamente del Alcalde • Tiene bajo su mando Chofer III • Requisitos mínimos del cargo :
o Estudios Superiores o Amplia experiencia en labores administrativos y secretariales o Conocimientos en Computación e Informática o Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo.-
ARTÍCULO 9° .- El Secretario de Alcaldía tiene las siguientes funciones:
1. Atender y comunicar las audiencias que soliciten las personas naturales o personas jurídicas que visiten el Despacho de Alcaldía.-
2. Redactar documentos de acuerdo a lo dispuesto por el titular. 3. Administrar, clasificar, tramitar documentos y prestar apoyo secretarial especializado a la alta
dirección.- 4. Registrar, administrar las entrevistas y audiencias del alcalde.- 5. Verificar el correcto estado y presentación del despacho de Alcaldía. 6. Coordinar y comunicar a las dependencias de la entidad las decisiones de la Alcaldía. 7. Preparar la documentación que requiera el Alcalde en relación con la programación que efectúe
Alcalde o el Personal de Asesoría del Alcalde.- 8. Autorizar los documentos necesarios para ser alcanzados a los medios informativos en
coordinación con la Unidad de Imagen Institucional.- 9. Informar al Alcalde de las ocurrencias relacionados con sus funciones.- 10. Velar por la dotación oportuna de útiles de escritorio para la Alcaldía. 11. Mantener actualizado el archivo relacionado con las acciones de control e informar al Titular
respecto de las acciones a realizar. 12. Otras funciones que le asigne el Alcalde.
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• Identificación del Cargo: CHOFER (O) III • Línea de autoridad: Depende directamente del Alcalde • Tiene bajo su mando Ninguna • Requisitos mínimos del cargo :
o Instrucción secundaria completa. o Licencia de Conducir profesional. o Certificado en mecánica y electricidad automotriz. o Amplia experiencia en la conducción de vehículos motorizados. o Estar apto física y mentalmente
ARTÍCULO 10° El Chofer III de Alcaldía tiene como funciones:
1. Conducir el vehículo oficial asignado a la Alcaldía para transporte de personal y/o carga conforme lo dispone la superioridad.
2. Realizar viajes inter provinciales y/o Distritales cuando lo autorice el Alcalde previa solicitud de los funcionarios y servidores municipales.
3. Realizar acciones de apoyo de traslado a otras dependencias de la municipalidad, de acuerdo a disposiciones del Alcalde.
4. Revisar diariamente los niveles de gasolina, aceite, agua del radiador, agua destilada de la batería líquido de frenos, presión y estado de las llantas, herramientas etc.
5. Efectuar y/o solicitar las reparaciones necesarias del vehículo a su cargo a fin de mantener el vehículo en buen estado de funcionamiento.
6. Velar por la conservación y mantenimiento del vehículo a su cargo. 7. Elaborar bitácoras de viaje: kilometrajes, horarios, niveles de combustibles, observaciones o
anomalías. 8. Asumir la responsabilidad del mantenimiento y operación adecuada de la movilidad asignada 9. Supervisar diariamente antes de cada viaje o actividad, verificando que tenga todos los niveles en
óptimas condiciones la unidad a su cargo. 10. Prever las medidas de seguridad preventivas para casos de accidentes. 11. Formular el parte diario al término de sus labores y presentarlo a su jefe inmediato. 12. Informar sobre los desperfectos del vehículo a su cargo 13. Otras funciones que le encomiende el Alcalde.
GERENCIA MUNICIPAL
ARTÍCULO 11° La Gerencia Municipal tiene la siguiente estructura orgánica:
ALCALDIA
GERENCIA MUNICIPAL
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ASIGNACION DE CARGOS
DENOMINACIÓN DEL ORGANO ORGANO DE ALTA DIRECCION
CAP DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA
GERENCIA MUNICIPAL
Nº
ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL
04 GERENTE MUNICIPAL D3-05-300-2 EC 01
05 SECRETARÍA (O) III T5-05-675-3 SP-AP 01
06 SECRETARÍA (O) III - SALA REGIDORES T5-05-675-3 SP-AP 01
TOTAL UNIDAD ORGÁNICA 003
• Identificación del Cargo: GERENCIA MUNICIPAL
• Línea de autoridad: Depende directamente del Alcalde, como Personal Confianza • Tiene bajo su mando
o La Estructura Gerencial o La Secretaria III
• Requisitos mínimos del cargo : o Profesional con Título Universitario de amplia solvencia moral o Versación en administración pública en forma reconocida o Gestor público o Amplio conocimiento en los objetivos de la municipalidad y los sistemas
administrativos.
ARTÍCULO 12°.- La Gerencia Municipal tiene las siguientes funciones
1. Planificar, organizar dirigir, coordinar por delegación del Alcalde la gestión de los servicios públicos locales y administrativos de la Municipalidad del distrito cercado y de la jurisdicción provincial.
2. Proponer y participar al más alto nivel, en la determinación de políticas sobre planes y programas de desarrollo de la Provincia
3. Establecer, proponer y participar en la determinación de políticas de gestión municipal, así como evaluar las políticas de los sistemas administrativos
4. Presentar a Alcaldía, los planes y programas de trabajo de la Municipalidad, para ser puestos a consideración del Concejo Municipal
5. Asesorar al Alcalde y al Concejo Municipal en asuntos de su competencia. 6. Presentar al Alcalde el Proyecto de Presupuesto de la Municipalidad para su aprobación 7. Ejecutar los acuerdos y disposiciones del Concejo Municipal y la Alcaldía. 8. Firmar resoluciones Gerenciales de acuerdo a las atribuciones conferidas. 9. Coordinar y supervisar las labores de los Gerentes que le darán cuenta de los avances realizados,
en cumplimiento de las funciones y tareas específicas emanadas de la Alcaldía, políticas y acuerdos del Concejo Municipal, prescripciones del ROF y dispositivos legales vigentes.
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10. Dirigir, evaluar y coordinar la ejecución de programas, proyectos de desarrollo de la administración municipal.
11. Velar para que todos los trámites administrativos que lleguen a su Gerencia sean resueltos dentro de los plazos y términos establecidos en la Ley N° 27444 y la ley Nº 29060
12. Participar en la formulación, ejecución y evaluación del Presupuesto Municipal. 13. Dirigir, controlar y evaluar la gestión administrativa, financiera y económica de la Municipalidad. 14. Supervisar y evaluar los procesos de recaudación tributaria, captación de los ingresos municipales
y el destino de los fondos presupuestales; así como las adquisiciones de bienes y servicios de conformidad con las normas vigentes
15. Representar al Alcalde ante las Instituciones Públicas y privadas; así como en comisiones multisectoriales por delegación expresa de él;
16. Aprobar, Reglamentos, Directivas internas, Manuales de Procedimientos (MAPRO)dela Municipalidad y otras normas administrativas que permitan la optimización de los servicios que brinda la Municipalidad.
17. Planificar, organizar y dirigir las actividades administrativas y financieras 18. Resolver en primera instancia administrativa, los recursos impugnativos o resoluciones emitidas
por su dependencia. 19. Mantener informada a la Alcaldía sobre el funcionamiento de la organización municipal 20. Atender, tramitar y resolver asuntos puestos a su consideración en materia de su competencia y/o
especialidad. 21. Desconcentrar y delegar sus competencias a los Gerentes y Sub-Gerentes jerárquicamente
dependientes; a fin de liberarse de cualquier rutina de ejecución, de emitir comunicados ordinarios y de las tareas de formalización de actos administrativos; con el objeto de que pueda concentrarse en actividades de Planeamiento, Supervisión, Coordinación, Control Interno de su Nivel y en la Evaluación de Resultados de conformidad al Art. 74 de la Ley Nº 27444;
22. Ordenar la elaboración de todos los instrumentos de gestión de la Municipalidad requeridos por Ley
23. Supervisar la ejecución presupuestal, así como, las normas y directivas de los programas a su cargo.
24. Presentar al Alcalde la Cuenta General del Ejercicio fenecido y la Memoria Anual de la Municipalidad.
25. Conducir o ejecutar otras funciones que le asigne el Alcalde y que sean de su competencia.
• Identificación del Cargo: SECRETARIA (O) III • Línea de autoridad: Depende directamente del Alcalde • Tiene bajo su mando ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
a. Estudios Superiores b. Amplia experiencia en labores administrativos y secretariales c. Conocimientos en Computación e Informática d. Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
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ARTÍCULO 13° .- El Secretaria de Gerencia Municipal tiene las siguientes funciones:
1. Atender y comunicar las audiencias que soliciten las personas naturales o personas jurídicas que visiten el Despacho del Gerente Municipal
2. Redactar documentos de acuerdo a lo dispuesto por el Gerente Municipal. 3. Administrar, clasificar, tramitar documentos y prestar apoyo secretarial especializado a la alta
dirección.- 4. Registrar, administrar las entrevistas y audiencias del Gerente Municipal 5. Verificar el correcto estado y presentación del despacho de la Gerencia Municipal 6. Coordinar y comunicar a las dependencias de la entidad las decisión de la Gerencia Municipal 7. Preparar la documentación que requiera el Gerente Municipal e informar de su labor 8. Velar por la dotación oportuna de útiles de escritorio para la Gerencia Municipal, 9. Otras funciones que le asigne el Alcalde
ARTÍCULO 14° .- La Secretaria de la Sala de Regidores tiene las siguientes funciones:
1. Atender y comunicar las audiencias que soliciten las personas que requieran la atención de los regidores
2. Redactar documentos que requieran los regidores 3. Administrar, clasificar, tramitar documentos y prestar apoyo secretarial especializado a la alta
dirección.- 4. Registrar, administrar las entrevistas y audiencias de los regidores.- 5. Verificar el correcto estado y presentación del despacho. 6. Informar a la superioridad de las ocurrencias relacionados con sus funciones.- 7. Mantener actualizado el archivo relacionado con la documentación que requieran los regidores 8. Otras funciones que le asigne la superioridad
ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
ARTÍCULO 15.- El Órgano de Control Institucional tiene la siguiente estructura orgánica y Asignación de cargos:
ASIGNACION DE CARGOS
CAP DENOMINACIÓN DEL ORGANO ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA
OFICINA DE CONTROL INSTITUCIONAL
Nº
ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL
12 AUDITOR III (Jefe OCI) P5-05-080-3 SP-EJ 01
13 TECNICO EN AUDITORIA I T4-05-740-1 SP-AP 01
ALCALDÍA Organo de Control
Institucional
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14 TÉCNICO EN INSPECTORIA I T4-05-740-1 SP-AP 01
TOTAL UNIDAD ORGÁNICA 03
• Identificación del Cargo: JEFE DEL ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
• Línea de autoridad: : o Administrativa y Técnicamente depende de la Contraloría General de la
República o Estructuralmente depende de la Alcaldía
• Tiene bajo su mando : o Técnico en Auditoría I o Técnico en Inspectoría I
• Requisitos mínimos del cargo : e. Estudios Superiores Universitarios f. Otros requisitos establecidos en el Art. 25 del Reglamento de los OCI g. Conocimientos en Computación e Informática h. Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 15.- El Jefe del Órgano de Control Institucional tiene las siguientes funciones:
1. Planear, aprobar, dirigir, coordinar y supervisar las acciones del Órgano de Control Institucional, dictando las pautas necesarias de acuerdo al Plan Anual de Control, a efectos de emitir recomendaciones sobre la administración de los recursos del Estado.
2. Efectuar Auditorias a los Estados Financieros y presupuestarios de la entidad, así como a la gestión de la misma, de conformidad con las pautas que señale la Contraloría General. Alternativamente estas auditorías podrán ser realizadas por las SOA, designadas por la Contraloría General.
3. Ejecutar las acciones y actividades de control a los actos y operaciones de la entidad, que disponga la Contraloría General, así como, las que sean requeridas por el Concejo Municipal, cuando estas tengan carácter de no programada.
4. Efectuar control preventivo sin carácter vinculante, al órgano del más alto nivel de la entidad, con el propósito de optimizar la supervisión y mejora de los procesos, prácticas e instrumentos de Control Interno sin que ello genere prejuzgamiento u opinión que comprometa el ejercicio de su función, vía el control posterior.
5. Remitir los informes resultantes de sus acciones de control a la Contraloría General, así como al titular de la entidad.
6. Asesorar sin carácter vinculante a la Alta Dirección en asuntos relacionados con el control Gubernamental.
7. Formular y elaborar proyectos de directivas dentro del ámbito de su competencia. 8. Difundir las Normas Técnicas de Control Interno, y Procedimientos de Control, y demás
normatividad relacionada con el Sistema Nacional de Control. 9. Conducir la formulación, ejecución y supervisión del Plan Operativo Institucional de la
dependencia a su cargo.
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10. Actuar de oficio, cuando en los actos y operaciones de la entidad se adviertan indicios razonables de ilegalidad, de omisión o de incumplimiento, informando al titular de la entidad para que adopte las medidas correctivas pertinentes.
11. Recibir y atender las denuncias que formulen los funcionarios y servidores públicos y ciudadanos, sobre actos y operaciones de la entidad, otorgándole el trámite que corresponda a su mérito y documentación sustentatoría respectiva
• Identificación del Cargo: TECNICO EN AUDITORIA I • Línea de autoridad: Depende directamente del Jefe de OCI
• Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
i. Estudios Superiores Universitarios que incluyen materias de la administración pública.
j. Conocimientos en Computación e Informática k. Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 16.- El Técnico en Auditoría I, tiene las siguientes funciones:
1. Realizar actividades de auditoría siguiendo instrucciones específicas. 2. Participar en la revisión y análisis de la aplicación de partidas de acuerdo con leyes y reglamentos
de presupuesto. 3. Comprobar asientos de aplicación inmediata rendición de cuentas y reposición de fondos. 4. Efectuar pruebas y chequeos de las transacciones registradas 5. Participar en la revisión de conciliaciones bancarias, arqueos de caja, exámenes de cuentas
valoradas y libros de contabilidad, recolectando los datos correspondientes. 6. Verificar los bienes patrimoniales contabilizados 7. Apoyar en la confección de estados financieros y económicos 8. Mantener actualizado el archivo técnico 9. Elaborar Informes sobre las auditorías en que participa.
• Identificación del Cargo: TECNICO EN INSPECTORIA I
• Línea de autoridad: Depende directamente del Jefe de OCI • Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
l. Estudios Superiores Universitarios que incluyen materias de la administración pública.
m. Conocimientos en Computación e Informática n. Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 17.- El Técnico en Inspectoría I, tiene las siguientes funciones:
1. Participa en la ejecución de inspecciones en las distintas áreas administrativas de trabajo
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
2. Inspeccionar la correcta aplicación de las disposiciones generales vigentes, relativas al organismo 3. Consolidar informaciones técnicas y elaborar cuadros estadísticos para los procesos
investigatorios 4. Llevar a cabo investigaciones preliminares en las áreas financieras, administrativas y técnicas 5. Elaborar informes sobre las acciones de inspección realizadas.
OFICINA DE PROCURADURIA PÚBLICA MUNICIPAL
ARTÍCULO 18.- La Procuraduría Pública Municipal tiene la siguiente estructura orgánica y la asignación de cargos siguiente:
ASIGNACION DE CARGOS
CAP DENOMINACIÓN DEL ORGANO ORGANO DE DEFENSA INSTITUCIONAL
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA
OFICINA DE PROCURADURIA PUBLICA
Nº
ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL
15 ABOGADO III (Jefe de Oficina) P5-40-005-3 SP-EJ 01
16 ABOGADO I P3-40-005-1 SP-AP 01
TOTAL UNIDAD ORGÁNICA 02
• Identificación del Cargo: PROCURADOR(A) PUBLICO (A) MUNICIPAL
• Línea de autoridad: : o Depende directamente del Alcalde o CARGO DE CONFIANZA
• Tiene bajo su mando : Abogado I Abogado de la Procuraría Pública Municipal.
• Requisitos mínimos del cargo : o. Estudios Superiores Universitarios p. Conocimientos en Computación e Informática q. Conocimiento en materia administrativa r. Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 19.- La Procuraduría Pública Municipal tiene las siguientes funciones:
1. Representar y defender los intereses y derechos de la Municipalidad en juicio.
Procuraduría Pública Municipal
ALCALDÍA
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
2. Ejercitar los procesos y procedimientos en los que actúe como demandante, demandado, denunciante o parte civil, así como todas las acciones y recursos legales que sean necesarios en defensa de los derechos e intereses del gobierno local, y de la legalidad normativa nacional y local, dando cuenta al concejo de tales actos, bajo responsabilidad.
3. Solicitar información, antecedentes, documentación y el apoyo necesario de cualquiera de las unidades orgánicas de la Municipalidad y de otras entidades.
4. Planificar, aprobar, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar las acciones de la Procuraduría de la Municipalidad.
5. Comunicar en forma inmediata y documentada, al Alcalde y a los Órganos Administrativos correspondientes, las sentencias consentidas y ejecutoriadas desfavorables a la Municipalidad, para la previsión presupuestal o la adopción de las acciones y medidas que correspondan.
6. Emitir opiniones técnico - legales en asuntos de su competencia. 7. Velar para que todos los trámites administrativos que lleguen a su unidad orgánica sean resueltos
dentro de los plazos y términos establecidos en la Ley N° 27444 y la ley Nº 29060. 8. Ejercitar en los juicios todas las acciones y Recursos legales que sean necesarios para la defensa
de los derechos e intereses de la Municipalidad. 9. Informar al Alcalde, al pleno del Concejo Provincial, como al Concejo de Defensa Judicial
cuantas veces lo requiera, sobre los procesos judiciales iniciados y tramitados en defensa de los derechos e intereses del gobierno local.
10. Solicitar al Concejo Provincial la autorización para el inicio e impulso de los procesos judiciales contra funcionarios, servidores o terceros por la responsabilidad civil o penal encontrados por el órgano de control Interno, así como en los demás procesos judiciales interpuestas contra el gobierno local o sus representantes.
11. Rendir informe anual ante el Concejo de Defensa Judicial del Estado y ante la Alcaldía, para el balance y memoria anual del ejercicio económico fenecido, a más tardar en la primera quincena del mes de marzo, de las actividades desempeñadas durante el año judicial precedente, suministrando los datos acerca de los juicios en tramitación y formulando sugerencias para el mejor desenvolvimiento o desarrollo de la defensa del gobierno local.
12. Emitir mensualmente al Concejo de Defensa Judicial del Estado, las sumarias estadísticas correspondientes a cada mes, a fin de mantener permanente coordinación e informar sobre los alcances de las normas y los avances de los procesos judiciales
13. Solicitar la Pleno del Concejo, se expida Resolución Autoritativa para iniciar o impulsar acciones legales en defensa de los derechos e intereses de la Municipalidad, así como
14. para convenir en la demanda, conciliar o para desistirse o transigir en ella, sea en forma acumulativa o en forma individualizada de expedientes y su afectación de ser el caso
15. Informar trimestralmente al órgano de Control Interno sobre el estado situacional de los procesos judiciales.
16. Coordinar con las Gerencias de la Municipalidad sobre los requerimientos necesarios para la cabal Implementación y cumplimiento de las funciones del Procurador, del adjunto y de los abogados auxiliares.
17. Participar en nombre de la Municipalidad en diligencias de investigación preliminar, judicial y otras donde se encuentre inmersos los intereses y derechos de la Municipalidad, así como concurrir a diligencias policiales y/o judiciales.
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
18. Delegar facultades de representación para que intervenga en procesos judiciales o administrativos que se transmiten, en los abogados auxiliares en los procesos que designe
19. Supervisar y evaluar las funciones del personal a su cargo 20. Otras funciones inherentes a su cargo y/o que le asigne el Alcalde o estén previstas por Ley. El
ejercicio de las funciones es a dedicación exclusiva, con excepción de la labor docente
• Identificación del Cargo: ABOGADO I DE LA PROCURADURIA PUBLICA MUNICIPAL
• Línea de autoridad: Depende de la Procuradora Pública Municipal • Tiene bajo su mando : Abogado I Abogado de la Procuraría Pública Municipal. • Requisitos mínimos del cargo :
s. Título de Abogado expedido por una Universidad t. Conocimientos en Computación e Informática u. Conocimiento en materia administrativa v. Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 20°.- El Abogado I de la Procuraduría Pública Municipal, tiene las siguientes funciones:
1. Estudiar e informar expedientes de carácter técnico legal 2. Formular y/o revisar ante proyectos de dispositivos legales, directivas y documentos
concordándolos con la normatividad vigente. 3. Absolver consultas y orientar a los usuarios en aspectos legales 4. Interpretar y resumir dispositivos legales de carácter general. 5. Estudiar e informar sobre proyectos de convenios, contratos y similares 6. Participar en diligencias judiciales para respaldar los intereses del Estado 7. Puede corresponderle intervenir en la solución de litigios entre organizaciones, asociaciones,
sindicatos y actuar como Secretario de Consejos y Comisiones.-
OFICINA DE ASESORIA JURIDICA
ARTÍCULO 21°.- La Oficina de Asesoría Jurídica, tiene la estructura y asignación de cargos siguientes:
ASIGNACION DE CARGOS
GERENTE MUNICIPAL
ASESORIA JURIDICA
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
CAP DENOMINACIÓN DEL ORGANO ORGANO DE ASESORAMIENTO
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA OFICINA DE ASESORIA JURIDICA
Nº
ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL
17 ABOGADO III (Jefe de Oficina) P5-40-005-3 SP-EJ 01
18 ABOGADO III - ASESORAR LA ALTA DIRECCION P5-40-005-3 SP-EJ 01
19 ABOGADO I P3-40-005-1 SP-AP 01
TOTAL UNIDAD ORGÁNICA 03
• Identificación del Cargo: ABOGADO III JEFE DE ASESORIA JURIDICA
• Línea de autoridad: Depende de la Gerencia Municipal
• Tiene bajo su mando : o Abogado III en su calidad de Asesor de la Alta Dirección o Abogado I
• Requisitos mínimos del cargo : w. Título de Abogado expedido una Universidad x. Conocimientos en Computación e Informática y. Conocimiento en materia administrativa z. Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 22°.- El (Abogado III) Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica, tiene las siguientes funciones específicas:
1. Orientar y asesorar en asuntos de carácter jurídico legal al despacho de Alcaldía, Gerencia Municipal y demás Unidades Orgánicas en quehaceres propios de la gestión municipal.
2. Emitir opinión técnico mediante informe en asuntos de su competencia 3. Dictaminar sobre aspectos jurídicos relacionados con su misión y los que son sometidos a su
consideración. 4. Absolver las consultas sobre el contenido y alcance de las normas municipales y sobre aspectos
relacionados con la gestión institucional que le formulen los órganos de la entidad. 5. Emprender las acciones legales que correspondan en coordinación con la Procuraduría Municipal,
tendientes a defender los intereses de la municipalidad y/o funcionarios 6. Proyectar y formular los dispositivos legales e instrumentos técnicos y metodológicos de carácter
administrativo municipal. 7. Participar en la formulación de los proyectos de Ordenanzas, acuerdos y mociones de Alcaldía,
así como en la propuesta legislativa a ser presentadas por la Alcaldía y la municipalidad, en las acciones que competen a su especialidad
8. Revisar las ordenanzas, decretos, acuerdos, resoluciones de alcaldía y resoluciones Municipales. 9. Proyectar convenios, contratos y otros instrumentos relacionados con la Gestión Municipal.
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
10. Intervenir en los trámites de los procedimientos administrativos encomendados por el Alcalde, velando por los intereses de la entidad en los conflictos que se deriven en su relación con otras personas naturales o jurídicas.
11. Integrar grupos técnicos para atender asuntos de trabajo especializado. 12. Aprobar y recomendar alternativas de política de carácter jurídico 13. Supervisar la labor de los entes bajo su mando.- 14. Otras funciones que le asigne la superioridad
• Identificación del Cargo: (ABOGADO III) ASESOR DE LA ALTA DIRECCION
• Línea de autoridad: Depende del Abogado Jefe de Asesoría Jurídica • Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
o Título de Abogado expedido por una Universidad o Conocimientos en Computación e Informática o Conocimiento en materia administrativa y gestión municipal o Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 23°.- El (Abogado III) Asesor de la Alta Dirección, tiene las siguientes funciones específicas:
1. bOrientar y asesorar en asuntos de carácter jurídico legal al despacho de Alcaldía, Gerencia Municipal, y demás Autoridades y Unidades Orgánicas en quehaceres propios de la gestión municipal.
2. Emitir opinión técnico mediante informe en asuntos de su competencia 3. Coordinar con aquellas gerencias que requieran opinión legal respecto de un expediente
administrativo o de algún asunto que requiera la intervención de la Asesoría Jurídica. 4. Dictaminar sobre aspectos jurídicos relacionados con su misión y los que son sometidos a su
consideración. 5. Absolver las consultas sobre el contenido y alcance de las normas municipales y sobre aspectos
relacionados con la gestión institucional que le formulen los órganos de la entidad. 6. Coordinar con los órganos de la municipal y asumir la defensa de los intereses y derechos de la
entidad en asuntos administrativos. 7. Coordinar y Emprender las acciones legales que correspondan en coordinación con la
Procuraduría Municipal, tendientes a defender los intereses de la municipalidad y/o funcionarios 8. Proyectar y formular los dispositivos legales e instrumentos técnicos y metodológicos de carácter
administrativo municipal. 9. Participar en la formulación de los proyectos de Ordenanzas, acuerdos y mociones de Alcaldía,
así como en la propuesta legislativa a ser presentadas por la Alcaldía y la municipalidad, en las acciones que competen a su especialidad
10. Revisar las ordenanzas, decretos, acuerdos, resoluciones de alcaldía y resoluciones Municipales. 11. Proyectar convenios, contratos y otros instrumentos relacionados con la Gestión Municipal.
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12. Intervenir en los trámites de los procedimientos administrativos encomendados por el Alcalde, velando por los intereses de la entidad en los conflictos que se deriven en su relación con otras personas naturales o jurídicas.
13. Integrar grupos técnicos para atender asuntos de trabajo especializado. 14. Aprobar y recomendar alternativas de política de carácter jurídico 15. Otras funciones que le asigne la superioridad
• Identificación del Cargo: ABOGADO I DE ASESORIA JURIDICA
• Línea de autoridad: Depende del Abogado Jefe de Asesoría Jurídica • Tiene bajo su mando : Ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
aa. Título de Abogado expedido una Universidad bb. Conocimientos en Computación e Informática cc. Conocimiento en materia administrativa dd. Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 24°.- El Abogado I de la Oficina de Asesoría Jurídica, tiene las siguientes funciones específicas:
1. Estudiar e informar expedientes de carácter técnico legal 2. Formular y/o revisar ante proyectos de dispositivos legales, directivas y documentos
concordándolos con la normatividad vigente. 3. Absolver consultas y orientar a los usuarios en aspectos legales 4. Interpretar y resumir dispositivos legales de carácter general. 5. Estudiar e informar sobre proyectos de convenios, contratos y similares 6. Participar en diligencias judiciales para respaldar los intereses del Estado 7. Puede corresponderle intervenir en la solución de litigios entre organizaciones, asociaciones,
sindicatos y actuar como Secretario de Consejos y Comisiones.- 8. Otras funciones que le asigne la superioridad.-
OFICINA DE PRESUPUESTO, PLANIFICACION E INFORMATICA
ARTÍCULO 25°.- La Oficina de Presupuesto, Planificación e Informática tiene la siguiente estructura orgánica y asignación de cargos:
ASIGNACION DE CARGOS
GERENTE MUNICIPAL
PRESUPUESTO, PLANIFICACION E INFORMATICA
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
CAP DENOMINACIÓN DEL ORGANO ORGANO DE ASESORAMIENTO
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA OFICINA DE PRESUPUESTO, PLANIFICACION E INFORMATICA
Nº
ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL
20 ESPECIALISTA EN SISTEMA ADMINISTRATIVO III (Jefe de Oficina) P5-05-338-3 SP-EJ 01
21 PLANIFICADOR III P5-05-610-3 SP-ES 01
22 TECNICO EN FINANZAS II T5-20-765-2 SP-ES 01
23 TECNICO EN SISTEMA ADMINISTRATIVO III T5-05-707-3 SP-EJ 01
24 PROGRAMADOR DE SISTEMA PAD III T5-05-630-3 SP-AP 01
TOTAL UNIDAD ORGÁNICA 05
ARTÍCULO 26°.- El Jefe de La Oficina de Presupuesto, Planificación e Informática tiene las siguientes funciones:
1. Dirigir y supervisar la ejecución, formulación y evaluación del Plan Integral de Desarrollo Provincial, Programa de Inversiones, Presupuesto Participativo y el Presupuesto Municipal.
2. Programar, dirigir y evaluar las actividades que competen a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de acuerdo al Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad
3. Participar en las reuniones del Comité de Gerencia de la Institución 4. Proponer y asesorar a los órganos de la Alta Dirección en la formulación de políticas de gestión
municipal 5. Dirigir, coordinar y supervisar la aplicación de normas y procedimientos relativos a los sistemas
de Cooperación Técnica Internacional, Planificación, Presupuesto, Desarrollo Organizacional y Presupuesto Participativo.
6. Coordinar, dirigir y controlar las actividades técnicas que desarrolle el personal a su cargo 7. Asesorar a la Alta Dirección y demás dependencia en el campo de su competencia. 8. Absolver consultas emitiendo los informes respectivos. 9. Dirigir la ejecución de estudios integrales de diagnóstico y evaluación, relacionadas al desarrollo
provincial en coordinación con las municipalidades Distritales y las organizaciones de la Sociedad civil, afín de identificar y priorizar las necesidades de inversión.
10. Supervisar y evaluar las acciones de Cooperación Técnica y Financiera Nacional e Internacional, en el marco de las políticas y Planes de desarrollo Provincial.
11. Evaluar actividades de los Sistemas de Planificación, Presupuesto, Racionalización, Sistema Nacional de Inversión Pública y determinar las medidas correctivas para el buen funcionamiento del mismo empleando el SIAF
12. Dirigir y coordinar la formulación de documentos técnicos normativos para la correcta aplicación de los Sistemas Administrativos.
13. Revisar y emitir opinión sobre proyectos e informes técnicos de planificación y presupuesto así como lo relacionado con el desarrollo provincial.
14. Integrar grupos técnicos para atender asuntos de trabajo especializado. 15. Mantener orden y disciplina en el desempeño de sus funciones. 16. Emitir opinión técnico mediante informe en asuntos de su competencia.
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17. Velar para que todos los trámites administrativos que lleguen a su Gerencia sean resueltos dentro de los plazos y términos establecidos en la Ley N° 27444 y la ley Nº 29060.
18. Informar mensualmente a la Gerencia Municipal de las actividades o trabajo que realiza. 19. Resolver en primera instancia Administrativa, los recursos impugnativos o resoluciones emitidas
por su dependencia. 20. Supervisar y evaluar las funciones del personal a su cargo 21. Otras funciones inherentes a su cargo y/o que le asigne el Gerente Municipal o estén previstas por
Ley
• Identificación del Cargo: o PLANIFICADOR III DE OFICINA DE PRESUPUESTO PLANIFICACIONE
INFORMATICA • Línea de autoridad: Depende del Jefe de Presupuesto Planificación e Informática
• Tiene bajo su mando : Ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
o Título Profesional expedido una Universidad o Conocimientos en Computación e Informática o Conocimiento en materia administrativa o Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 27°.- El Planificador III de la Oficina de Presupuesto, Planificación e Informática, tiene las siguientes funciones específicas:
1. Supervisar y coordinar la ejecución de programas de desarrollo sectorial 2. Supervisar la ejecución y elaboración de estudios y diseños de metodología para la formulación
de planes y programas de desarrollo sectorial y regional. 3. Participar en la elaboración de políticas socio económicos a nivel sectorial y/o regional 4. Brindar asesoramiento técnico en programas de desarrollo en el área de su competencia. Así
como, en la formalización y aplicación de normas y procedimientos para la implementación de nuevos sistemas
5. Revisar y emitir opinión sobre proyectos e informes técnicos de planificación anteproyectos de leyes, resoluciones, decretos, reglamentos relacionados con el desarrollo sectorial y regional atinentes al gobierno local.
6. Otras labores que disponga la superioridad.-
• Identificación del Cargo: TECNICO EN FINANZAS II DE LA OPPI • Línea de autoridad: Depende del Jefe de Presupuesto Planificación e Informática • Tiene bajo su mando : Ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
o Estudios superiores o Conocimientos en Computación e Informática
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
o Conocimiento en materia administrativa o Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 28°.- El Técnico en Finanzas de la Oficina de Presupuesto, Planificación e Informática, tiene las siguientes funciones específicas:
1. Preparar informes técnicos relacionados con el área financiera 2. Confeccionar cuadros y otros documentos técnicos en base a la información obtenida 3. Apoyar a los especialista en finanzas en la ejecución de sus funciones 4. Intervenir en análisis de estudios sobre información financiera 5. Puede corresponderle participar en la realización de consolidaciones y estados financieros así
como en la ejecución de programas financieros 6. Realiza otras labores de información, y apoyo secretarial del sistema conforme lo dispone la
superioridad. 7. Otras labores que le encomiende la superioridad.-
• Identificación del Cargo: TECNICO ADMINISTRATIVO III • Línea de autoridad: Depende del Jefe de Presupuesto Planificación e Informática • Tiene bajo su mando : Ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
a. Estudios superiores b. Conocimientos en Computación e Informática c. Conocimiento en materia administrativa d. Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 29°.- El Técnico Administrativo III de la Oficina de Presupuesto, Planificación e Informática, tiene las siguientes funciones específicas:
1. Estudiar y participar en la elaboración de normas, procedimientos e investigaciones preliminares de procesos técnicos.
2. Analizar y emitir opinión técnica sobre expedientes puestos a su consideración.- 3. Formular el registro de proveedores y mantener actualizado la documentación sobre el
abastecimiento Recopilar y consolidar información contable. Ambos relacionados con las labores de la Planificación institucional.-
4. Confeccionarcuadros, resúmenes, formatos, fichas, cuestionarios y comisiones de trabajo 5. Absolver consultas de carácter técnico del área de su competencia 6. Participar en la programación de actividades técnico administrativo en reuniones y comisiones de
trabajo 7. Apoyar las acciones protocolares y participar en la elaboración de boletines, revistas, periódicos
murales y otros materiales de divulgación, comunicación e información.-
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
• Identificación del Cargo: PROGRAMADOR DE SISTEMA PAD III • Línea de autoridad: Depende del Jefe de Presupuesto Planificación e Informática
• Tiene bajo su mando : Ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
e. Estudios superiores f. Conocimientos en Computación e Informática g. Conocimiento en materia administrativa h. Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 30°.- El Programador de Sistema PAD III, tiene como función las siguientes funciones:
1. Calcular las necesidades de utilización de los equipos y recursos. 2. Coordinar con organismos afines actividades de programación PAD 3. Apoyar técnicamente en los programas de los usuarios del sistema 4. Evaluar la eficiencia de las actividades relacionados en el procesamiento de datos que requiere la
entidad. 5. Coordinar y controlar las funciones que desarrollan los equipos de trabajo.-
OFICINA DE PROGRAMACION E INVERSIONES
ARTÍCULO 31°.- La Oficina de Programación e Inversiones tiene la siguiente estructura y asignación de cargos:
ASIGNACION DE CARGOS
CAP DENOMINACIÓN DEL ORGANO ORGANO DE ASESORAMIENTO
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA
OFICINA DE PROGRAMACION E INVERSIONES
ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL
25 ESPECIALISTA EN SISTEMA ADMINISTRATIVO III (Jefe de Oficina) P5-05-338-3 SP-EJ 01
26 INGENIERO II P5-35-435-3 SP-ES 01
TOTAL UNIDAD ORGÁNICA 02
GERENTE MUNICIPAL
PROGRAMACIÓN E INVERSIONES
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
• Identificación del Cargo: JEFE DE LA OFICINA DE PROGRAMACION DE INVERSIONES (OPI) • Línea de autoridad: Depende del Gerente Municipal
• Tiene bajo su mando : Ingeniero II • Requisitos mínimos del cargo :
- Título profesional expedido por una Universidad - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 31° El Jefe de la OPI, tiene las siguientes funciones:
1. Adecuar la metodología y procedimientos establecidos en el marco de la Ley N° 27293 Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y su reglamentación, correspondiente a la formulación y Ejecución de proyectos.
2. Suscribir los informes técnicos de evaluación, así como los formatos que correspondan. 3. Visar los estudios de pre inversión que apruebe, así como aquellos que sustenten la declaratoria
de viabilidad de los proyectos, con la finalidad de determinar el estudio que debe ser ejecutado en la fase de inversión.
4. Velar por la aplicación de las recomendaciones que, en su calidad de ente técnico normativo, formule la DGPM, así como, cumplir con los lineamientos que dicha Dirección emita.
5. Procurar que cada proyecto de inversión pública (PIP) incluido en el Plan de Desarrollo Local Concertado se enmarque en las competencias del nivel de Gobierno Local, en los Lineamientos de Política Sectoriales y la programación multianual de inversión pública
6. Planear, organizar, dirigir, supervisar y controlar la viabilidad de la ejecución de los proyectos de inversión pública en el ámbito local en concordancia con la política general del Gobierno Nacional, los planes sectoriales y los programas correspondientes de los gobiernos locales.
7. Promover permanentemente la capacitación del personal técnico en cargado de la identificación, formulación y evaluación de de los PIP del SNIP.
8. Aplicar convenientemente el “Ciclo de Proyecto” para todos los proyectos de inversión Pública acorde con los procedimientos establecidos y consiguiente normatividad vigente al respecto
9. Diseñar metodología de carácter técnico institucional para la formulación de perfiles de proyectos de inversión pública en función a directivas del MEF.
10. Orientar a las Unidades Formuladoras y/o ejecutoras sobre la formulación de proyectos de Inversión Pública, considerados en el Plan de Desarrollo Provincial Concertado.
11. Emitir informes técnicos sobre estudios de pre inversión elaborados por las unidades Formuladoras, alcanzados de acuerdo a los procedimientos del SNIP, en lo referente a la formulación de los proyectos de Inversión PIPs.
12. Evaluar los proyectos formulados por las Unidades Formuladoras internas y externas considerados en el ciclo del Proyecto.
13. Coordinar con las Unidades orgánicas relacionadas, a fin de establecer la viabilidad de los proyectos de inversión considerando la programación del presupuesto participativo y el Plan De Desarrollo Concertado.
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
• Identificación del Cargo: INGENIERO II
• Línea de autoridad: Depende del JEFE DE OPI • Tiene bajo su mando : Ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
- Título profesional expedido por una Universidad - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 32° El Ingeniero II, tiene las siguientes funciones:
1. Revisar y visar bajo su responsabilidad los proyectos de inversiones que debe aprobar la OPI. 2. Realizar estudios de proyectos con fines administrativos 3. Ejecutar actividades de convenios establecidos entre la Municipalidad, y Entidades nacionales e
internacionales. 4. Coordinar y monitorear el uso y destino de los recursos por donaciones y otros de naturaleza similar,
otorgados a favor de la Municipalidad. 5. Proponer alternativas de políticas de su actividad, planes y programas para su desarrollo. 6. Utilizar el correo electrónico institucional como herramientas de coordinación y gestión. 7. Otras funciones que le asigne la superioridad.
UNIDAD FORMULADORA DE PROYECTOS
ARTÍCULO 33°.- La Unidad Formuladora de Proyectos tiene la siguiente estructura orgánica y asignación de cargos:
GERENTE MUNICIPAL
PROGRAMACIÓN E INVERSIONES
UNIDAD FORMULADORA PROYECTOS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
ASIGNACION DE CARGOS
CAP DENOMINACIÓN DEL ORGANO ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA
UNIDAD DE FORMULACION DE PROYECTOS
Nº
ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL
27 INGENIERO II (Jefe de Oficina) P4-35-435-2 SP-EJ 1
28 INGENIERO II P4-35-435-2 SP-ES 1
TOTAL UNIDAD ORGÁNICA 02
• Identificación del Cargo: INGENIERO II Jefe de la Unidad Formuladora de Proyectos • Línea de autoridad: Depende de la Oficina de Programación e Inversiones
• Tiene bajo su mando : Ingeniero II • Requisitos mínimos del cargo :
- Título profesional expedido por una Universidad - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 34°.- El Ingeniero II Jefe de la Unidad Formuladora de Proyectos tiene las siguientes funciones:
1. Formulación de expedientes técnicos. 2. Revisión de expedientes técnicos formulados por consultores externos. 3. Elaboración de Proyectos de Inversión Pública (PIP): Perfiles Técnicos, estudios de Pre-Factibilidad. 4. Apoyar al Comité Especial Permanente de Adjudicación de Obras en el sorteo de las propuestas de los
postores para determinar la propuesta ganadora y otorgar la buena pro. 5. Integrar como miembro del Comité Especial Permanente de Consultorías de Adjudicación de
Servicios Especializados. 6. Elaborar presupuestos de valorizaciones, cotizaciones de obras y equipos, así como bases de
licitaciones. 7. Efectuar delimitaciones, tasaciones y otras acciones similares en extensiones de terreno. 8. Analizar si las obras a ejecutar no malogran el medio ambiente. 9. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión. 10. Supervisa las funciones del personal de menor nivel. 11. Otras funciones que le asigne el Sub Gerente de Proyectos
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
• Identificación del Cargo: INGENIERO II de la Unidad Formuladora de Proyectos • Línea de autoridad: Depende del Jefe de esta unidad
• Tiene bajo su mando : Unidad • Requisitos mínimos del cargo :
- Título profesional expedido por una Universidad - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 35°.- El Ingeniero II de la Unidad Formuladora de Proyectos tiene las siguientes funciones:
1. Formulación de expedientes técnicos. 2. Revisión de expedientes técnicos formulados por consultores externos. 3. Elaboración de Proyectos de Inversión Pública (PIP): Perfiles Técnicos, estudios de Pre-Factibilidad. 4. Apoyar al Comité Especial Permanente de Adjudicación de Obras en el sorteo de las propuestas de los
postores para determinar la propuesta ganadora y otorgar la buena pro. 5. Integrar como miembro del Comité Especial Permanente de Consultorías de Adjudicación de
Servicios Especializados. 6. Elaborar presupuestos de valorizaciones, cotizaciones de obras y equipos, así como bases de
licitaciones. 7. Efectuar delimitaciones, tasaciones y otras acciones similares en extensiones de terreno. 8. Analizar si las obras a ejecutar no malogran el medio ambiente. 9. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión. 10. Otras funciones que le asigne el Sub Gerente de Proyectos.
OFICINA DE SECRETARIA GENERAL
ARTÍCULO 36°.- La Oficina de Secretaria General tiene la siguiente estructura orgánica y asignación de cargos:
ALCALDE
SECRETARIA GENERAL
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
ASIGNACION DE CARGOS
AP DENOMINACIÓN DEL ORGANO ORGANO DE APOYO
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA SECRETARIA GENERAL
N1
ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL
29 ESPECIALISTA EN SISTEMA ADMINISTRATIVO III (Jefe de Oficina) P5-05-338-3 SP-EJ 01
30 TECNICO ADMINISTRATIVO III T5-05-707-3 SP-AP 01
31/32 AUXILI AR EN SISTEMA ADMINISTRATIVO II A4-05-160-2 SP-AP 02
TOTAL UNIDAD ORGÁNICA 05
• Identificación del Cargo: ESPECIALISTA EN SISTEMA ADMINISTRATIVO III SECRETARIO GENERAL • Línea de autoridad: Depende del Alcalde
• Tiene bajo su mando : o Técnico Administrativo III o Auxiliar en Sistema Administrativo II
• Requisitos mínimos del cargo : - Estudios Superiores Universitarios - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa y municipal - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 37° El Secretario General (Especialista en Sistema Administrativo III ) de la Municipalidad tiene las siguientes funciones
1. Planificar, dirigir, coordinar y supervisar las actividades administrativas, de conformidad a la normatividad vigente.
2. Formular y elaborar los proyectos de ordenanzas, decretos, acuerdos y resoluciones, en estricta conformidad con los actos respectivos y/o disposiciones del Alcalde.
3. Evaluar las normas y procedimientos técnicos en el área de su competencia. 4. Apoyar en las Comisiones de Regidores actuando como Secretario, llevando el libro de sesiones y
proporcionando la información necesaria. 5. Emitir opinión técnica sobre normas y dispositivos legales en asuntos de su competencia. 6. Difundir y publicar las ordenanzas, decretos, acuerdos, resoluciones, directivas y manuales de
procedimientos según corresponda a través de medios de comunicación, página Web y algún otro medio que considere conveniente.
7. Citar a los regidores y/o funcionarios para las sesiones ordinarias y extraordinarias que convoca el Alcalde y preparar la documentación, asistir y registrar las Sesiones de Concejo y suscribir las Actas de Sesiones de Concejo.
8. Resolver los asuntos administrativos de su competencia. 9. Brindar asesoramiento a las diferentes áreas de la Municipalidad, en asuntos de su competencia. 10. Atender eficiente y eficazmente las solicitudes de acceso a la información. 11. Supervisar, evaluar el registro y trámite documentario y el archivo general de la institución.
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12. Supervisar la documentación que ingresa al Sistema de Trámite Documentario – SISTRAM y otros Sistemas Informativos de su competencia como herramienta de gestión municipal; asimismo supervisar que el personal a su cargo haga correcto uso de los mismos.
13. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión. 14. Otras funciones y obligaciones que conforme a la Ley corresponda.
• Identificación del Cargo: TECNICO ADMINISTRATIVO III • Línea de autoridad: Depende del Secretario General
• Tiene bajo su mando : Ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
- Estudios superiores - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 38°.- El Técnico Administrativo III de la Secretaría General:
1. Estudiar y participar en la elaboración de normas, procedimientos e investigaciones preliminares de procesos técnicos.
2. Analizar y emitir opinión técnica sobre expedientes puestos a su consideración.- 3. Formular el registro de proveedores y mantener actualizado la documentación sobre el
abastecimiento Recopilar y consolidar información contable. Ambos relacionados con las labores de la Secretaría General
4. Confeccionar cuadros, resúmenes, formatos, fichas, cuestionarios y comisiones de trabajo 5. Absolver consultas de carácter técnico del área de su competencia 6. Participar en la programación de actividades técnico administrativo en reuniones y comisiones de
trabajo. 7. Apoyar las acciones protocolares y participar en la elaboración de boletines, revistas, periódicos
murales y otros materiales de divulgación, comunicación e información 8. Otras funciones que determine la superioridad.-
• Identificación del Cargo: AUXILIAR DEL SISTEMA ADMINISTRATIVO II
• Línea de autoridad: Depende del Secretario General • Tiene bajo su mando : Ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
� Estudios secundarios � Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 39°.- Auxiliar en Sistema Administrativo II de la Secretaría General tiene las siguientes:
1. Analizar y clasificar información así como, apoyar la ejecución de procesos técnicos de los sistemas administrativos, siguiendo instrucciones del Secretario General.
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2. Efectuar trámites y/o procesar información de cierta complejidad. 3. Mantener actualizado los registros, fichas y documentos del sistema administrativo de archivo
de la secretaría general según métodos técnicos dispuestos por la secretaría general 4. Informar sobre los aspectos de singularidad que presente la Secretaría General, a efecto de
mejorar la distribución de la documentación 5. Tipea, imprime y organiza los diversos documentos que requiere el área 6. Apoyar y/o efectuar las grabaciones de las Sesiones de Concejo. 7. Mantener en correcto funcionamiento los equipos de audio. 1. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión 2. Realizar otras labores que se le encomiende.
UNIDAD DE TRÁMITE DOCUMENTARIO
ARTÍCULO 40°.- La Unidad de Trámite Documentario, tiene la siguiente estructura orgánica y asignación de cargos:
ASIGNACION DE CARGOS
CAP DENOMINACIÓN DEL ORGANO ORGANO DE APOYO
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA UNIDAD DE TRAMITE DOCUMENTARIO
N1
ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL
33 ESPECIALISTA EN SISTEMA ADMINISTRATIVO II (Jefe de Unidad) P4-05-338-2 SP-EJ 01
34/35 AUXILIAR EN SISTEMA ADMINISTRATIVO II A4-05-160-2 SP-AP 02
TOTAL UNIDAD ORGÁNICA 03
• Identificación del Cargo: JEFE DE LA UNIDAD DE TRAMITE DOCUMENTARIO • Línea de autoridad: Depende del Secretario General
• Tiene bajo su mando : o Auxiliar en Sistema Administrativo II
• Requisitos mínimos del cargo : � Estudios superiores � Conocimientos en Computación e Informática
OFICINA DE SECRETARIA GENERAL
UNIDAD TRAMITE DOCUMENTARIO
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� Conocimiento en materia administrativa � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 41°.- El Jefe de la Unidad de Trámite Documentario, tiene las siguientes funciones específicas:
1. Programar, organizar, dirigir y coordinar las actividades del área. 2. Participar en la formulación y determinación de la política de la Oficina de Registros, Trámite
Documentario y Archivo General. 3. Coordinar y supervisar referente al ingreso de expedientes a esta institución (análisis y clasificación). 4. Utilizar el Sistema de Trámite Documentario (SISTRAM), y otros Sistemas Informáticos de su
competencia, como herramienta de gestión municipal, así como administrar que el personal a su cargo haga correcto uso de los mismos.
5. Dirigir y coordinar la formulación de documentos técnicos normativos para la correcta aplicación del sistema.
6. Asesorar y orientar sobre métodos, normas y otros dispositivos propios del sistema. 7. Atender al administrado, absolver sus consultas e inquietudes, así mismo, hacer entrega de
documentos que habiliten para el inicio de algún trámite. 8. Establecer lineamientos y/o estrategias que permitan viabilizar los registros, trámites y la oportuna
atención al público. 9. Evaluar las actividades del área y determinar las medidas correctivas para su adecuado
funcionamiento. 10. Establecer y mantener coordinaciones con otras áreas de la Municipalidad así como con otras
instituciones públicas y privadas, nacionales y extranjeras referentes a los documentos que intercambian, vía telefónica o Web.
11. Verificar que la información destinada a determinada oficina llegue de manera rápida y segura a su destino.
12. Verificar la implementación y actualización de un archivo general que contenga documentación vital, para el desarrollo de la gestión.
13. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión. 14. Otras funciones y obligaciones que le asigne el Secretario General
• Identificación del Cargo: AUXILIAR DELSISTEMA ADMINISTRATIVO II (DOS CARGOS) • Línea de autoridad: Depende del Jefe de la Unidad de Trámite Documentario
• Tiene bajo su mando : Ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
� Estudios secundarios � Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo �
ARTÍCULO 42°.- El Auxiliar del Sistema Administrativo II, Auxiliar de Trámite Documentario, realiza las siguientes funciones:
1. Realizar actividades de recepción, registro, distribución y archivo de documentos administrativos. 2. Informar y orientar a la ciudadanía sobre los procedimientos administrativos que se siguen ante la
Municipalidad
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3. Informar, asesorar y orientar a la ciudadanía de la correcta presentación de sus documentos, en forma oral, escrita (entrega de los requisitos impresos) y electrónica utilizando un sistema informático y/o por vía Web).
4. Preclasificar y archivar documentación variada según sistemas establecidos. 5. Coordinar la distribución de la documentación a fin de mejorar la atención. 6. Establecer y mantener coordinaciones y consultas vía telefónicas y/o Web con otros organismos de la
Municipalidad, referente a los documentos que se asesora en dicha área. 7. Coordinar en forma periódica con los demás Órganos de la Municipalidad, para mejorar la atención,
de los documentos que se les dirige. 8. Aplicar los lineamientos y/o estrategias diseñados por la jefatura de la unidad, orientados a viabilizar
el trámite y la oportuna atención al público. 9. Efectuar notificaciones, citaciones y archivo de documentos según instrucciones pre-establecidas. 10. Otras funciones que le asigne la superioridad.
UNIDAD DE IMAGEN INSTITUCIONAL
ARTÍCULO 43°.- La Unidad de Imagen Institucional, tiene la siguiente estructura orgánica y asignación de cargos:
ASIGNACION DE CARGOS
CAP DENOMINACIÓN DEL ORGANO ORGANO DE APOYO
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA
UNIDAD DE RELACIONES PUBLICA E IMAGEN INSTITUCIONAL
N1
ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL
36 ESPECIALISTA EN SISTEMA ADMINISTRATIVO II (Jefe de Unidad) P4-05-338-2 SP-EJ 01
37
RELACIONISTA PUBLICO I T3-10-665-1 SP-AP 01
TOTAL UNIDAD ORGÁNICA 02
• Identificación del Cargo: JEFE DE LA UNIDAD DE IMAGEN INSTITUCIONAL • Línea de autoridad: Depende del Secretario General
• Tiene bajo su mando : o Relacionista Público I
• Requisitos mínimos del cargo : � Estudios superiores
OFICINA DE SECRETARIA GENERAL
UNIDAD DE IMAGEN INSTITUCIONAL
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� Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 44° El Jefe de la Unidad de Imagen Institucional tiene las siguiente funciones:
1. Planificar, programar, dirigir, coordinar y ejecutar las actividades de relaciones públicas, comunicación, información e imagen institucional.
2. Asesorar a funcionarios y/o dependencias en asuntos de su especialidad. 3. Coordinar las actividades del área con otras dependencias y sectores. 4. Proponer alternativas de política de su actividad y los planes y programas para su desarrollo. 5. Coordinar la elaboración de notas periodísticas para ser publicadas en los diferentes medios de
comunicación. 6. Supervisar la labor del personal profesional y técnico. 7. Coordinar con las diferentes Unidades Orgánicas para la publicación y difusión de las acciones de su
área. 8. Coordinar la elaboración y emisión de folletos y otros medios de orientación al público. 9. Elaborar y editar la Memoria Anual de la Municipalidad Provincial de Casma. 10. Mantener informado a la población sobre la gestión municipal, resaltando sus logros. 11. Velar por la imagen institucional interna y externa haciendo uso efectivo de los medios de
comunicación social y otros mecanismos de creación y difusión propios de la Municipalidad. 12. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión. 13. Otras funciones que le asigne la Alta Dirección.
• Identificación del Cargo: RELACIONISTA PUBLICO I • Línea de autoridad: Depende del Jefe de Unidad de Imagen Institucional
• Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
� Estudios superiores � Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 45° El Relacionista Público I, tiene las siguientes funciones: 1. Participar y coordinar en los eventos protocolares e institucionales. 2. Coordinar con proveedores para servicios requeridos en las sesiones solemnes y otros eventos y/o
ceremonias de la Municipalidad 3. Apoyar a las diferentes áreas en sus eventos, según asignación de la Jefatura 4. Coordinar con instituciones y/o personas necesarias para eventos a cargo de la entidad 5. Participar en el desarrollo de actividades para la elaboración de proyectos. 6. Elaborar y actualizar el Directorio Institucional. 7. Elaborar y aplicar materiales de información institucional a fin de mejorar las comunicaciones
internas. 8. Promover el intercambio de información con otras dependencias. 9. Recibir y atender a comisiones o delegaciones que visiten la Entidad sobre asuntos relacionados a la
misma. 10. Apoyar en el control específico de aniversarios de instituciones, asentamientos humanos y/o
asociaciones, así como, en la preparación de felicitaciones para la firma del Alcalde. 11. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión.
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12. Otras funciones que le asigne el Gerente de Imagen Institucional
UNIDAD DE ADMINISTRACION DE PERSONAL ARTÍCULO 46° La Unidad de Personal tiene la siguiente estructura orgánica y asignación de cargos:
ASIGNACION DE CARGOS
CAP DENOMINACIÓN DEL ORGANO ORGANO DE APOYO
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA
UNIDAD DE ADMINISTRACION DE PERSONAL
ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL
38 ESPECIALISTA EN SISTEMA ADMINISTRATIVO III (Jefe de Unidad) P5-05-338-3 SP-EJ 01
39/40 TECNICO ADMINISTRATIVO III T5-05-338-3 SP-AP 02
41 AUXILIAR EN SISTEMA ADMINISTRATIVO II A4-05-160-2 SP-AP 01
42 ASISTENTE SOCIAL I P3-55-078-1 SP-AP 01
TOTAL UNIDAD ORGÁNICA 04
• Identificación del Cargo: Jefe de Administración de Personal (Especialista en Sist. Administrativo III) • Línea de autoridad: Depende del Alcalde • Tiene bajo su mando :
o Técnico Administrativo III o Auxiliar en Sistema Administrativo II o Asistente Social I
• Requisitos mínimos del cargo : � Estudios superiores � Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 47° El Jefe de Personal tiene las siguientes funciones: 1. Programar, dirigir, coordinar y controlar las actividades técnicas administrativas propias de la
Administración de Personal. 2. Supervisar y coordinar el cumplimiento de normas y/o dispositivos de carácter administrativo. 3. Coordinar y supervisar la elaboración de reglamentos, directivas internas que regulen las relaciones
laborales con los dispositivos legales y normas del Sistema Administrativo de Personal.
ALCALDE
SECRETARIA GENERAL
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4. Elaborar, ejecutar y controlar el desarrollo de los programas de personal. 5. Coordinar y supervisar la elaboración del reglamento de proceso de selección e ingreso de personal en
concordancia con la normatividad vigente. 6. Coordinar y participar en la propuesta y elaboración de bases para los concursos de ingreso,
promoción y ascenso de personal 7. Coordinar la emisión oportuna de las resoluciones de nombramiento y contratación de personal,
verificando que en las mismas se precise la condición, función o cargo, remuneración, duración de la jornada especificando si es empleado de carrera o contratado o CAS
8. Coordinar que la remuneración del servidor contratado guarde relación con la jornada de trabajo y la naturaleza de su función.
9. Supervisar la elaboración, actualización y difusión del reglamento interno sobre asistencia y permanencia de todos los trabajadores.
10. Supervisar, coordinar y controlar que los jefes de cada área cumplan con el reglamento de asistencia y permanencia por parte de los trabajadores bajo su dependencia.
11. Coordinar y participar en la revisión y aprobación de estudios, proyectos y/o trabajos de reclutamiento, selección, evaluación y capacitación del personal.
12. Coordinar, organizar y mantener actualizado el registro o escalafón de los trabajadores. 13. Solicitar y recabar anualmente declaraciones juradas de bienes y rentas, así como la de no estar
inmersos en incompatibilidades de parentesco por consanguinidad y afinidad, proponiendo sanciones a los servidores y/o funcionarios por el incumplimiento de su presentación.
14. Supervisar, proponer y coordinar el desplazamiento de personal en forma periódica con el fin de elevar los conocimientos y experiencias del servidor.
15. Coordinar la programación, elaboración, y ejecución de programas de capacitación para el personal en todos sus niveles.
16. Coordinar la elaboración y propuesta de directivas sobre evaluación del comportamiento laboral de los servidores.
17. Contribuir a elaborar y actualizar el Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios y constituirse como secretario técnico de la Comisión Permanente de Procesos Disciplinarios.
18. Proponer reconocimiento a los trabajadores de la Municipalidad por acciones y actividades que merezcan ser reconocidas.
19. Coordinar con la Oficina de Presupuesto, Planificación e Informática la formulación, elaboración y actualización del Presupuesto Analítico de Personal.
20. Coordinar y supervisar las actividades relacionadas con el procesamiento de datos de planillas de remuneraciones, pensiones y liquidaciones diversas.
21. Integrar comisiones de trabajo para tratar asuntos relacionados con la administración de personal. 22. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión. 23. Otras funciones que le asigne el Gerente Municipal.
• Identificación del Cargo: TECNICO ADMINISTRATIVO III • Línea de autoridad: Depende del Jefe de Personal
• Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
� Estudios superiores � Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 48° El técnico administrativo III, tiene las siguientes funciones:
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
1. Estudiar y participar en la elaboración de normas, procedimientos e investigaciones preliminares de procesos técnicos de personal
2. Analizar y emitir opinión técnica sobre expedientes puestos a su consideración.- 3. Formular el registro de proveedores y mantener actualizado la documentación sobre el
abastecimiento Recopilar y consolidar información contable. Ambos relacionados con las labores de su área
4. Confeccionar cuadros, resúmenes, formatos, fichas, cuestionarios y comisiones de trabajo 5. Absolver consultas de carácter técnico del área de su competencia 6. Participar en la programación de actividades técnico administrativo en reuniones y comisiones de
trabajo. 7. Apoyar las acciones protocolares y participar en la elaboración de boletines, revistas, periódicos
murales y otros materiales de divulgación, comunicación e información 8. Otras funciones que determine la superioridad
• Identificación del Cargo: AUXILIAR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II • Línea de autoridad: Depende del Jefe de Personal
• Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
� Estudios secundarios � Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 49 ° El Auxiliar de Sistema Administrativo II, tiene las siguientes funciones:
1. Analizar y clasificar información así como, apoyar la ejecución de procesos técnicos de los sistemas administrativos, siguiendo instrucciones de su superior
2. Efectuar trámites y/o procesar información de cierta complejidad. 3. Mantener actualizado los registros, fichas y documentos del sistema administrativo de archivo
de la secretaría general según métodos técnicos dispuestos por la superioridad 4. Informar sobre los aspectos de singularidad que presente el área, a efecto de mejorar la
distribución de la documentación 5. Tipea, imprime y organiza los diversos documentos que requiere el área 6. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión 7. Realizar otras labores que se le encomiende
• Identificación del Cargo: ASISTENTA SOCIAL I • Línea de autoridad: Depende del Jefe de Personal
• Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
� Estudios superiores � Conocimientos en Computación e Informática
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� Conocimiento en materia administrativa � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 50° .- Son funciones de la Asistenta Social I, las siguientes:
1. Realizar investigaciones de problemas sociales del individuo, grupo y/o comunidad, a fin de orientar la solución de los mismos.
2. Ejecutar programas de bienestar social. 3. Realizar el pre-diagnóstico social y aplicar el tratamiento de acuerdo a los recursos disponibles. 4. Coordinar con las Entidades públicas y/o privadas la aplicación de métodos y sistemas de servicio
social. 5. Efectuar trámite de subsidios por maternidad, lactancia, sepelio. 6. Realizar visitas domiciliarias y/o hospitalarias de personal reportado enfermo, debiendo presentar
informe situacional 7. Elaborar el Plan Anual de Capacitación. 8. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión. 9. otras Funciones que le asigne el Jefe de Personal.
GERENCIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
ARTÍCULO 51° La Gerencia de Administración y Finanzas tiene la siguiente estructura orgánica y la asignación de cargos siguiente:
GERENCIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
GERENTE MUNICIPAL
UNIDAD DE LOGÍSTICA Y CONTROL PATRIMONIAL
UNIDAD DE TESORERIA
UNIDAD DE CONTABILIDAD
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ASIGNACION DE CARGOS
CAP DENOMINACIÓN DEL ORGANO ORGANO DE APOYO
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA
GERENCIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
Nº
ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL
43 ESPECIALISTA EN SISTEMA ADMINISTRATIVO III (Gerente) P5-05-338-3 EC 01
44 TÉCNICO ADMINISTRATIVO III T5-05-707-3 SP-AP 01
45 SECRETARÍA (O) III T3-05-675-3 SP-AP 01
TOTAL UNIDAD ORGÁNICA 03
• Identificación del Cargo: GERENTE DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
• Línea de autoridad: Depende del Gerente Municipal • Tiene bajo su mando :
o Técnico Administrativo III o Secretario III
• Requisitos mínimos del cargo : � Título Profesional emitido por una Universidad � Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa, administración municipal y
presupuesto. � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 52°.- La Gerencia de Administración y Finanzas, tiene las funciones siguientes: 1. Planificar, dirigir, coordinar y supervisar las actividades relacionadas con la administración de
recursos económicos financieros, materiales y de servicios interno de la Municipalidad. 2. Emitir opinión técnica sobre normas y procedimientos administrativos que regulen el grado de
operatividad de las áreas: Tesorería, Abastecimiento y Lineamientos de Políticas del Sistema Contable.
3. Coordinar, controlar y evaluar el desarrollo de los programas de las áreas a su cargo. 4. Resolver los asuntos administrativos de su competencia. 5. Evaluar el control previo y concurrente de las operaciones financieras administrativas y autorizar los
compromisos y pagos de los mismos. 6. Supervisar y conducir el proceso presupuestario de los programas a su cargo a través de la fase de
ejecución en armonía con las directivas técnicas y con las disposiciones legales vigentes. 7. Proponer y/o integrar comisiones para la formulación de políticas orientadas a mejorar la gestión
administrativa de los Órganos que dirige. 8. Prestar asesoramiento a las diferentes áreas de la Municipalidad, en asuntos de su especialidad. 9. Coordinar y supervisar el cumplimiento de normas y procedimientos de las áreas dependientes. 10. Supervisar la recepción de ingresos, distribución y utilización de los mismos. 11. Dictar resoluciones y aprobar normas y directivas para la ejecución de los programas de su Gerencia.
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12. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión. 13. Otras funciones que le asigne el Gerente Municipal y/o el Alcalde en aspectos de su competencia.
• Identificación del Cargo: TECNICO ADMINISTRATIVO III
• Línea de autoridad: Depende del Gerente de Administración y Finanzas • Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
� Estudios superiores � Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa, � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 53° El Técnico Administrativo III de la Gerencia de Administración, realiza las siguientes funciones:
1. Estudiar y participar en la elaboración de normas, procedimientos e investigaciones preliminares de procesos técnicos.
2. Analizar y emitir opinión técnica sobre expedientes puestos a su consideración.- 3. Formular el registro de proveedores y mantener actualizado la documentación sobre el
abastecimiento Recopilar y consolidar información contable. Ambos relacionados con las labores de la administración.-
4. Confeccionar cuadros, resúmenes, formatos, fichas, cuestionarios y comisiones de trabajo 5. Absolver consultas de carácter técnico del área de su competencia 6. Participar en la programación de actividades técnico administrativo en reuniones y comisiones de
trabajo 7. Operar los sistemas mecanizados que requiera la función del área. 8. Apoyar las acciones protocolares y participar en la elaboración de boletines, revistas, periódicos
murales y otros materiales de divulgación, comunicación e información.-
• Identificación del Cargo: SECRETARIA III • Línea de autoridad: Depende del Gerente de Administración y Finanzas
• Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
� Estudios superiores � Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 54° La Secretaria III de la Gerencia de Administración, realiza las siguientes funciones:
1. Redactar y digitar documentos según instrucciones generales. 2. Llevar al día archivos y libros de consulta. 3. Estudiar analizar e informar sobre la documentación que ingresa al área. 4. Tomar anotaciones en reuniones y conferencias, digitando documentos varios. 5. Evaluar y seleccionar documentos, proponiendo su eliminación o transferencia al archivo.
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6. Orientar sobre gestiones y situaciones de expedientes. 7. Coordinar y custodiar los bienes y recursos de la Gerencia y coordinar la distribución de los mismos
con el Gerente. 8. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión. 9. Otras funciones que le asigne el Gerente de Administración y Finanzas
ARTÍCULO 55° La Unidad de Contabilidad tiene la asignación de cargos siguiente
CAP DENOMINACIÓN DEL ORGANO ORGANO DE APOYO
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA UNIDAD DE CONTABILIDAD
Nº
ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL
45 CONTADOR II (Jefe de Unidad) P5-05-225-2 SP-EJ 01
46 CONTADOR I P4-05-225-1 SP-AP 01
47 TECNICO ADMINISTRATIVO III T5-05-338-3 SP-AP
48 AUXILIAR EN SISTEMA ADMINISTRATIVO II A5-05-160-3 SP-AP 01
TOTAL UNIDAD ORGÁNICA 04
• Identificación del Cargo: CONTADOR II JEFE DE LA UNIDAD DE CONTABILIDAD • Línea de autoridad: Depende del Gerente de Administración y Finanzas
• Tiene bajo su mando : o Contador I o Técnico Administrativo III o Auxiliar en Sistema Administrativo II
• Requisitos mínimos del cargo : � Título Profesional de Contador Público � Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa, administración municipal y
presupuesto. � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 56° El Jefe de Contabilidad tiene las siguientes funciones:
1. Programar, dirigir, coordinar, supervisar y controlar las actividades del Sistema de Contabilidad de la Municipalidad
2. Planear, organizar, dirigir, proponer normas y supervisar el desarrollo de las actividades a su cargo. 3. Cumplir y hacer cumplir en forma oportuna y adecuadamente las normas y directivas emanadas de la
Dirección Nacional de Contabilidad Pública, Contraloría General de la República y otro organismo del Ministerio de Economía y Finanzas.
4. Ejercer el control de la ejecución presupuestaria, ajustándose a los calendarios de compromisos y a los presupuestos analíticos correspondientes.
5. Elaborar y presentar los Estados Financieros mensuales, trimestrales y anual del ejercicio fiscal. 6. Elaborar y emitir informes de acuerdo a las Normas del Sistema de Contabilidad. 7. Evaluar actividades del área y determinar las medidas correctivas para su adecuado funcionamiento. 8. Asesorar a los funcionarios en asuntos de su especialidad.
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9. Efectuar el seguimiento y verificación del cumplimiento de las disposiciones legales y normativas en relación con los aspectos contables, así como normativas de control interno del sistema.
10. Presentar la Información financiera y presupuestaria a los distintos organismos en cumplimiento con las leyes vigentes.
11. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión. 12. Otras funciones que le asigne el Gerente de Administración y Finanzas y la superioridad.-
• Identificación del Cargo: CONTADOR I
• Línea de autoridad: Depende del Jefe de la Unidad de Contabilidad • Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
� Título Profesional de Contador Público � Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa, administración municipal y
presupuesto. � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 57° El Contador I realiza las siguientes funciones:
1. Registrar administrativa y contablemente en el SIAF las fases de Compromiso y Devengado de las operaciones relacionadas con:
- La Ejecución de Estudios y Obras (adelantos, valorizaciones y liquidaciones). - Apertura, renovación y liquidación del fondo fijo para caja chica. - Anticipos de viaje, encargos internos y convenios.
2. Revisar desde el punto de vista formal, legal y tributario la documentación que sustenta las operaciones descritas en el punto anterior, así como las rendiciones de cuenta por viáticos, encargos y caja chica.
3. Registrar en el SIAF de las rendiciones de cuenta y/o devolución de saldos no utilizados. 4. Registrar Contablemente en el SIAF de las operaciones con incidencia en el movimiento de fondos,
tanto de ingresos como de gastos en las operaciones que corresponda. 5. Elaborar anexos explicativos de los saldos del Balance de Comprobación de las siguientes cuentas y
sus divisionarias o sub divisionarias: - Construcciones en curso. - Construcciones para otras Entidades. - Inversiones intangibles. - Cargas diferidas.
6. Formular los anexos para explicar las cuentas recíprocas de las cuentas que se describe en el punto anterior.
7. Formato auxiliar estándar por cada obra y anticipo. 8. Formular los Estados Financieros y Presupuestarios de periodicidad mensual, trimestral y anual. 9. Elaborar las notas a los estados financieros y anexos explicativos, según normatividad vigente. 10. Efectuar el cálculo y registro contable de los ajustes técnicos: provisiones, actualizaciones, ajustes,
regularizaciones, etc. 11. Registrar y controlar contablemente los ingresos diarios, comparando los cargos, abonos y saldos de
los estadísticos que remite la Gerencia de Administración Tributaria y Tesorería. 12. Registrar y controlar las cuentas por cobrar a corto y largo plazo; letras, pagarés y otros efectos por
cobrar, cuentas por cobrar diversas y su provisión de incobrables. 13. Registrar y controlar contablemente los bienes inmuebles, bienes culturales, infraestructura pública y
activos fijo, registrando su depreciación y valor neto en libros.
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14. Registrar y controlar las provisiones diversas y provisión para beneficios sociales de los trabajadores activos y cálculo actuarial.
15. Registrar, controlar y conciliar las cuentas que conforman el patrimonio dela Entidad. 16. Comprobación de las cuentas que registran el movimiento de los puntos 17. anteriores. 18. Registrar, controlar y archivar las notas de contabilidad y su documentación sustentatoría. 19. Implementar, recomendar y derivar acciones de control, inherentes al área. 20. Otras funciones que se le asigne la Jefe de la Unidad de Contabilidad
• Identificación del Cargo TECNICO ADMINISTRATIVO III • Línea de autoridad: Depende del Jefe de la Unidad de Contabilidad
• Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
� Estudios superiores � Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa, administración municipal y
presupuesto. � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 58° El Administrativo III realiza las siguientes funciones:
1. Estudiar y participar en la elaboración de normas, procedimientos e investigaciones preliminares de procesos técnicos de su área
2. Analizar y emitir opinión técnica sobre expedientes puestos a su consideración.- 3. Formular el registro de proveedores y mantener actualizado la documentación sobre el
abastecimiento Recopilar y consolidar información contable. Ambos relacionados con las labores de su área.-
4. Confeccionar cuadros, resúmenes, formatos, fichas, cuestionarios y comisiones de trabajo 5. Absolver consultas de carácter técnico del área de su competencia 6. Participar en la programación de actividades técnico administrativo en reuniones y comisiones de
trabajo 7. Apoyar las acciones protocolares y participar en la elaboración de boletines, revistas, periódicos
murales y otros materiales de divulgación, comunicación e información.-
• Identificación del Cargo AUXILIAR EN SISTEMA ADMINISTRATIVO II
• Línea de autoridad: Depende del Jefe de la Unidad de Contabilidad
• Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
� Estudios secundarios � Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
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ARTÍCULO 59° El Auxiliar en Sistema Administrativo II realiza las siguientes funciones:
1. Analizar y clasificar información así como, apoyar la ejecución de procesos técnicos de los sistemas administrativos, siguiendo instrucciones de su superior
2. Efectuar trámites y/o procesar información de cierta complejidad. 3. Mantener actualizado los registros, fichas y documentos del sistema administrativo de archivo
de su área según métodos técnicos dispuestos por la su superior 4. Tipea, imprime y organiza los diversos documentos que requiere el área y emplear los sistemas
operativos para el cumplimiento de sus funciones 3. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión 4. Realizar otras labores que se le encomiende
ARTÍCULO 60° La Unidad de Tesorería tiene la asignación de cargos siguiente
CAP DENOMINACIÓN DEL ORGANO ORGANO DE APOYO
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA
UNIDAD DE TESORERIA
Nº
ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL
49 ESPECIALISTA EN SISTEMA ADMINISTRATIVO III (Jefe de Unidad) P5-05-338-3 SP-EJ 01
50/53 AUXILIAR EN SISTEMA ADMINISTRATIVO II A5-05-160-3 SP-AP 03
TOTAL UNIDAD ORGÁNICA 04
• Identificación del Cargo JEFE DE LA UNIDAD DE TESORERIA • Línea de autoridad: Depende del Gerente de Administración y Finanzas
• Tiene bajo su mando : o Auxiliares en Sistema Administrativo II (TRES CARGOS)
• Requisitos mínimos del cargo : � Estudios secundarios � Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 61 ° El Jefe de la Unidad de Tesorería, realiza las siguientes funciones:
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1. Programar, dirigir, coordinar y supervisar las actividades del Sistema de Tesorería. 2. Coordinar y controlar la correcta operatividad relacionada con las Entidades bancarias. 3. Maximizar la rentabilidad y liquidez constante de los ingresos de la Municipalidad. 4. Supervisar y coordinar el cumplimiento de normas y/o dispositivos de carácter administrativo. 5. Participar en la formulación de lineamientos de política del Sistema de Tesorería. 6. Evaluar actividades del área, determinar las medidas correctivas para su adecuado funcionamiento. 7. Supervisar que los ingresos sean depositados en forma intacta, máximo al día siguiente de recaudados. 8. Supervisar y coordinar las actividades de control de egresos, financieros e información contable y de
pagaduría. 9. Coordinar actividades para la formulación del calendario de pago. 10. Controlar el registro de cartas finanzas, garantías, pólizas de seguros, fondos y valores dejados en
custodia. 11. Ejecutar el reporte diario de saldos de autorizaciones de giro. 12. Formular y elaborar proyectos de directivas dentro del ámbito de su competencia. 13. Asesorar a funcionarios en asuntos de su especialidad. 14. Emitir informes de acuerdo a las normas del Sistema de Tesorería. 15. Supervisar, analizar los ingresos y egresos procedentes del SIAF SP. 16. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión. 17. Otras funciones, que le asigne el Gerente de Administración y Finanzas
• Identificación del Cargo AUXILIAR EN SISTEMA ADMINISTRATIVO II
• Línea de autoridad: Depende del Jefe de la Unidad de Contabilidad • Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
- Estudios secundarios - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 62° El Auxiliar en Sistema Administrativo II realiza las siguientes funciones
1. Analizar y clasificar información así como, apoyar la ejecución de procesos técnicos de los sistemas administrativos, siguiendo instrucciones de su superior
2. Efectuar trámites y/o procesar información de cierta complejidad. 3. Mantener actualizado los registros, fichas y documentos del sistema administrativo de Tesorería
según métodos técnicos dispuestos por su superior 4. Tipea, imprime y organiza los diversos documentos que requiere el área y emplea los sistemas
operativos para el cumplimiento de sus funciones 5. Maneja el sistema operativo SIAF en el desarrollo de sus funciones 6. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión 7. Realizar otras labores que se le encomiende.
UNIDAD DE LOGISTICA Y CONTROL PATRIMONIAL
ARTÍCULO 63°.- La Unidad de Logística y Control Patrimonial, tiene la siguiente asignación de cargos:
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CAP DENOMINACIÓN DEL ORGANO ORGANO DE APOYO
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA
UNIDAD DE LOGISTICA Y CONTROL PATRIMONIAL
Nº
ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL
54 ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO III (Jefe de Unidad) P5-05-338-3 SP-EJ 01
55/56 TECNICO ADMINISTRATIVO III T5-05-338-3 SP-AP 02
57 AUXILI AR EN SISTEMA ADMINISTRATIVO II A4-05-160-2 SP-AP 01
58 AUXILIAR EN SISTEMA ADMINISTRATIVO II A4-05-160-2 SP-AP 01
59 TECNICO ADMINISTRATIVO III - ALMACENERO T5-05-338-3 SP-AP 01
60 AUXILIAR EN SISTEMA ADMINISTRATIVO II - APOYO ALMACEN A4-05-160-2 SP-AP 01
61 TECNICO ADMINISTRATIVO III - RESPONSABLE DE BIENES INMUEBLES T5-05-338-3 SP-AP 01
TOTAL UNIDAD ORGÁNICA 08
• Identificación del Cargo JEFE UNIDAD LOGISTICA Y CONTROL PATRIMONIAL
• Línea de autoridad: Depende del Gerente de Administración y Finanzas
• Tiene bajo su mando : o Técnico Administrativo III o Auxiliar en Sistema Administrativo II
• Requisitos mínimos del cargo : - Estudios Superiores - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal y de contrataciones del estado - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo.
ARTÍCULO 64° La Unidad de Logística y Control Patrimonial, realiza las siguientes funciones
1. Programar, dirigir, coordinar y supervisar las actividades del sistema de abastecimiento de la Municipalidad.
2. 2Participar en la formulación de lineamientos de política del sistema y establecer normas y/o disposiciones que permitan la obtención de mejores resultados.
3. Evaluar actividades del área y determinar las medidas correctivas para el buen funcionamiento del mismo.
4. Asesorar a las demás dependencias en asuntos relacionados con el sistema que dirige. 5. Emitir informes de acuerdo a las normas de abastecimiento. 6. Visar contratos por adquisiciones de bienes y servicios generados por su área. 7. Realizar inspecciones intempestivas a Almacén. 8. Dar cumplimiento en forma oportuna y adecuada a los procesos técnicos de abastecimiento y a las
normas técnicas de control interno y del OSCE 9. Elaborar el Plan Anual de Adquisiciones de Bienes y Servicios de la Municipalidad.
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10. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión. 11. Realiza las Adquisiciones que requiere la entidad conforme a las normas del sistema de contrataciones
del Estado y su Reglamento.- 12. Otras funciones, actividades y obligaciones que conforme a Ley le corresponda.
• Identificación del Cargo TECNICO ADMINISTRATIVO III
• Línea de autoridad: Depende del Jefe de Logística y Control Patrimonial • Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
- Estudios Superiores - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal y de contrataciones del estado - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 65° El Administrativo III realiza las siguientes funciones:
1. Estudiar y participar en la elaboración de normas, procedimientos e investigaciones preliminares de procesos técnicos de su área
2. Analizar y emitir opinión técnica sobre expedientes puestos a su consideración.- 3. Formular el registro de proveedores y mantener actualizado la documentación sobre el
abastecimiento Recopilar y consolidar información contable. Ambos relacionados con las labores de su área.-
4. Confeccionar cuadros, resúmenes, formatos, fichas, cuestionarios y comisiones de trabajo 5. Absolver consultas de carácter técnico del área de su competencia 6. Participar en la programación de actividades técnico administrativo en reuniones y comisiones de
trabajo 7. Apoyar las acciones protocolares y participar en la elaboración de boletines, revistas, periódicos
murales y otros materiales de divulgación, comunicación e información.- 8. Cada uno de los servidores asignados desempeñan las labores de la función que le es asignada
con la particularidad de dicha función 9. Otras funciones que la superioridad designe
• Identificación del Cargo AUXILIAR EN SISTEMA ADMINISTRATIVO II • Línea de autoridad: Depende del Jefe de Logística y Control Patrimonial
• Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
- Estudios secundarios o técnicos - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal y de contrataciones del estado - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
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ARTÍCULO 66°.- Auxiliar en Sistema Administrativo II de la Unidad de Logística y Control Patrimonial tiene las siguientes:
1. Analizar y clasificar información así como, apoyar la ejecución de procesos técnicos de los sistemas administrativos, siguiendo instrucciones de su superior
2. Efectuar trámites y/o procesar información de cierta complejidad. 3. Mantener actualizado los registros, fichas y documentos del sistema administrativo de archivo
de la unidad según métodos técnicos dispuestos por la superioridad 4. Tipea, imprime y organiza los diversos documentos que requiere el área 5. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión 6. Realizar otras labores que se le encomiende
• Identificación del Cargo TECNICO ADMINISTRATIVO III ALMACENERO • Línea de autoridad: Depende del Jefe de Logística y Control Patrimonial
• Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
- Estudios Superiores - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal y de contrataciones del estado - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 67° El Almacenero realiza las siguientes funciones:
1. Estudiar y participar en la elaboración de normas, procedimientos e investigaciones preliminares de procesos técnicos de su área
2. Analizar y emitir opinión técnica sobre expedientes puestos a su consideración.- 3. Formular el registro de proveedores y mantener actualizado la documentación sobre el
abastecimiento Recopilar y consolidar información contable. Ambos relacionados con las labores de su área.-
4. Confeccionar cuadros, resúmenes, formatos, fichas, cuestionarios y comisiones de trabajo 5. Absolver consultas de carácter técnico del área de su competencia 6. Participar en la programación de actividades técnico administrativo en reuniones y comisiones de
trabajo 7. Apoyar las acciones protocolares y participar en la elaboración de boletines, revistas, periódicos
murales y otros materiales de divulgación, comunicación e información.- 8. Mantiene debidamente ordenado y actualizado el sistema de almacenes con sus correspondientes
tarjetas y controles de entrada y salida 9. Otras funciones que la superioridad designe
• Identificación del Cargo TECNICO ADMINISTRATIVO III ENCARGADO DE
BIENES INMUEBLES
• Línea de autoridad: Depende del Jefe de Logística y Control Patrimonial
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
• Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
- Estudios Superiores - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal y de contrataciones del estado - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 68° El Almacenero realiza las siguientes funciones:
1. Inventariar, y administrar los bienes inmuebles de propiedad municipal 2. Velar porque se haga una efectiva y correcta valorización de los inmuebles que son vendidos a los
interesados conforme a la normatividad legal y las ordenanzas.- 3. Estudiar y participar en la elaboración de normas, procedimientos e investigaciones preliminares
de procesos técnicos de su área 4. Analizar y emitir opinión técnica sobre expedientes puestos a su consideración.- 5. Formular el registro de proveedores y mantener actualizado la documentación sobre el
abastecimiento Recopilar y consolidar información contable. Ambos relacionados con las labores de su área.-
6. Confeccionar cuadros, resúmenes, formatos, fichas, cuestionarios y comisiones de trabajo 7. Absolver consultas de carácter técnico del área de su competencia 8. Participar en la programación de actividades técnico administrativo en reuniones y comisiones de
trabajo 9. Apoyar las acciones protocolares y participar en la elaboración de boletines, revistas, periódicos
murales y otros materiales de divulgación, comunicación e información.- 10. Otras funciones que la superioridad designe
GERENCIA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
ARTÍCULO 69° La Gerencia de Administración Tributaria tiene la siguiente estructura orgánica y asignación de cargos:
GERENCIA DE ADMINISTRACION Tributaria
GERENTE MUNICIPAL
UNIDAD DE FISCALIZACIÓN Y RECAUDACIÓN TRIBUTARIA
UNIDAD DE EJECUTORIA COACTIVA
UNIDAD DE ORIENTACION AL CONTRIBUYYENTE
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ASIGNACION DE CARGOS
CAP DENOMINACIÓN DEL ORGANO ORGANO DE APOYO
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA GERENCIA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Nº
ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL
62 ESPECIALISTA EN TRIBUTACIÓN II (Gerente) P4-20-400-2 SP-EJ 01
63 TECNICO EN TRIBUTACION I T4-20-835-1 SP-AP 01
64 SECRETARÍA (O) III T3-05-675-3 SP-AP 01
TOTAL UNIDAD ORGÁNICA 03
• Identificación del Cargo GERENCIA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA • Línea de autoridad: Depende del Gerente Municipal • Tiene bajo su mando :
o Técnico en Tributación o Secretaria III o Sus órganos dependientes
• Requisitos mínimos del cargo : - Título profesional expedido por Universidad - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal y de contrataciones del estado - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 70° El Gerente de Administración Tributaria tiene las siguientes funciones: 1. Planificar, dirigir, ejecutar y evaluar los procesos técnicos del Sistema Tributario Municipal,
debiendo desarrollar programas de información, divulgación y orientación tributaria, así como eventos de capacitación para el personal en materia Tributaria Municipal.
2. Elaborar, dirigir, ejecutar y controlar planes y programas anuales del Sistema Tributario Municipal, en concordancia con las políticas y estrategias de la alta Dirección, así como administrar la recaudación, captación y fiscalización de tributos de carácter Municipal para la obtención de rentas municipales
3. Promover proyectos de Ordenanzas Municipales tendientes a la creación, modificación y/o supresión de tributos de carácter municipal, en coordinación con la Oficina de Asesoría Jurídica y conforme a Ley;
4. Ejecutar, coordinar y formalizar la estructura de costos en lo que corresponda a Tasas, Arbitrios, Contribuciones, Impuestos Municipales, Derechos por Trámites Administrativos que reflejen los procedimientos establecidos en el TUPA; así como hacer aprobar el TUOT, la Escala de Infracciones y Multas por el Pleno del Concejo Municipal; y velar por su oportuna puesta en vigencia, conforme a la normatividad legal vigente;
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5. Ejecutar las acciones y disposiciones del Concejo Municipal, de la Alcaldía y/o de la Administración General, en materia de su competencia.
6. Estudiar, formular, evaluar y proponer a la Alta Dirección, los planes, programas, presupuesto, proyectos y políticas a seguir en materia tributaria, económica y financiera por la Municipalidad.
7. Formular y evaluar las normas, directivas y/o procedimientos metodológicos para la ejecución de las actividades de las Áreas a su cargo.
8. Dirigir y coordinar con los entes recaudadores la correcta y oportuna captación, asesoramiento y distribución de los recursos económicos y financieros de la Municipalidad.
9. Supervisar y evaluar la administración de los bienes de propiedad Municipal, rentas municipales y de los equipos de la Municipalidad
10. Formular y emitir Resoluciones Gerenciales de acuerdo a su competencia previa opinión legal 11. Velar para que todos los trámites administrativos que lleguen a su Gerencia sean resueltos dentro
de los plazos y términos establecidos en la Ley Nº 27444 y la ley Nº 29060 12. Resolver administrativamente en primera instancia, los procedimientos los procedimientos de su
competencia conforme al presente reglamento y/o otras disposiciones municipales. 13. Participar en las comisiones internas que encomiende la Alta Dirección de la Municipalidad. 14. Supervisar y evaluar las funciones del personal a su cargo. 15. Emitir opinión técnica sobre normas, dispositivos legales y/o asuntos de su competencia, así
como informar a la Alta Dirección sobre el comportamiento de la economía y finanzas Municipal. 16. Dirigir y supervisar la ejecución del programa de fiscalización tributaria municipal. 17. Participar en la formulación del anteproyecto del presupuesto anual 18. Proponer reglamentos de carácter interno y campañas intensivas de fiscalización y control
tributario. 19. Propiciar campañas de sensibilización con la población para el pago de tributos. 20. Absolver consultas, asesorar y orientar a la Alta Dirección en los asuntos de su competencia y/o
especialidad. 21. Integrar y/o participar en comisiones y/o grupos técnicos de trabajo, así como eventos nacionales
e internacionales relacionados con el campo de su competencia y/o especialidad. 22. Informar mensualmente a la Alcaldía y Gerencia Municipal sobre el desarrollo de las actividades
de la Gerencia a su cargo. 23. Atender expedientes administrativos, impugnaciones, solicitudes y reclamaciones. 24. Coordinar y Formular el Texto Único Ordenado de Tasas de la Municipalidad 25. Coordinar con las instituciones de: MINISTERIO DE VIVIENDA, MEF, INEI, SUNAT,
COFOPRI y otros. 26. Otras funciones inherentes a su cargo y/o que le asigne el Gerente Municipal o estén previstas por
Ley
• Identificación del Cargo TECNICO EN TRIBUTACION I • Línea de autoridad: Depende del Gerente de Administración Tributaria • Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
- Estudios superiores - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal y de contrataciones del estado - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo -
ARTÍCULO 71° El Técnico en Tributación I tiene las siguientes funciones:
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
1. Ejecutar labores preliminares de investigación y análisis de la estructura del sistema tributario. 2. Analizar los problemas detectados y sugerir alternativas preliminares de solución 3. Colaborar en el estudio de temas de carácter tributario presentando los informes parciales a que
viere lugar 4. Seleccionar y clasificar dispositivos legales de carácter tributario para que sean aplicados en esta
gerencia
• Identificación del Cargo SECRETARIA III • Línea de autoridad: Depende del Gerente de Administración Tributaria • Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
- Estudios superiores - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal y de contrataciones del estado - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo.
ARTÍCULO 72° La Secretaria III tiene las siguientes funciones:
1. Redactar y digitar documentos según instrucciones generales. 2. Llevar al día archivos y libros de consulta. 3. Estudiar analizar e informar sobre la documentación que ingresa al área. 4. Tomar anotaciones en reuniones y conferencias, digitando documentos varios. 5. Evaluar y seleccionar documentos, proponiendo su eliminación o transferencia al archivo. 6. Orientar sobre gestiones y situaciones de expedientes. 7. Coordinar y custodiar los bienes y recursos de la Gerencia y coordinar la distribución de los mismos
con el Gerente. 8. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión. 9. Otras funciones que le asigne la superioridad
UNIDAD DE FISCALIZACION Y RECAUDACION TRIBUTARIA
ARTÍCULO 73° La Unidad de Fiscalización y Recaudación Tributaria tiene la siguiente asignación de cargos.
CAP DENOMINACIÓN DEL ORGANO ORGANO DE APOYO
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA
UNIDAD DE FISCALIZACION Y RECAUDACION TRIBUTARIA
Nº
ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL
65 ESPECIALISTA EN TRIBUTACIÓN II (Jefe de Unidad) P4-20-400-2 SP-EJ 01
66 TECNICO EN TRIBUTACION I T4-20-835-1 SP-AP 02
67 TECNICO ADMINISTRATIVO III T5-05-707-3 SP-AP 01
68 AUXILIAR EN SISTEMA ADMINISTRATIVO II A5-05-160-3 SP-AP 01
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
69 AUXILIAR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II A5-05-160-3 SP-AP 02
TOTAL UNIDAD ORGÁNICA 07
• Identificación del Cargo Jefe de la Unidad de Fiscalización y Recaudación Tributaria • Línea de autoridad: Depende del Gerente de Administración Tributaria • Tiene bajo su mando :
o Técnico en Tributación I o Técnico Administrativo III o Auxiliar de Sistema Administrativo II
• Requisitos mínimos del cargo : - Estudios superiores - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 74° El Jefe de la Unidad de Fiscalización y Recaudación Tributaria, tiene las siguientes funciones:
1. Analizar contratos, proyectos y/o expedientes de consultas relacionados con asuntos tributarios elaborando el informe técnico respectivo.
2. Participar en la elaboración de la normatividad de carácter especializado para programas de fiscalización tributaria
3. Proyectar resoluciones de acotación de tributos, recargos tributarios, multas y similares 4. Absolver consultas de carácter técnico relacionadas con la especialidad 5. Forma parte de equipos de trabajo para la organización y coordinación de actividades tributarias
especializadas 6. Fiscaliza y recauda los tributos municipales y mantiene al día los padrones de su área 7. Atiende al público en sus solicitudes del área 8. Realiza otras labores que dispone la superioridad.
• Identificación del Cargo TECNICO ADMINISTRATIVO III • Línea de autoridad: Depende del Jefe de Fiscalización y Recaudación Tributaria • Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
- Estudios superiores - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo -
ARTÍCULO 75°.- El Técnico Administrativo III realiza las siguientes funciones
1. Ejecutar labores preliminares de investigación y análisis de la estructura del sistema tributario.
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
2. Analizar los problemas detectados y sugerir alternativas preliminares de solución 3. Colaborar en el estudio de temas de carácter tributario presentando los informes parciales a que
viere lugar 4. Seleccionar y clasificar dispositivos legales de carácter tributario para que sean aplicados en esta
unidad.
• Identificación del Cargo Técnico en Tributación I • Línea de autoridad: Depende del Jefe de Fiscalización y Recaudación Tributaria • Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
- Estudios superiores - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 76°.- El Técnico en Tributación I realiza las siguientes funciones
1. Estudiar y participar en la elaboración de normas, procedimientos e investigaciones preliminares de procesos técnicos.
2. Analizar y emitir opinión técnica sobre expedientes puestos a su consideración.- 3. Formular el registro de proveedores y mantener actualizado la documentación sobre el
abastecimiento Recopilar y consolidar información contable. Ambos relacionados con su área.- 4. Confeccionar cuadros, resúmenes, formatos, fichas, cuestionarios y comisiones de trabajo 5. Absolver consultas de carácter técnico del área de su competencia 6. Participar en la programación de actividades técnico administrativo en reuniones y comisiones de
trabajo 7. Apoyar las acciones protocolares y participar en la elaboración de boletines, revistas, periódicos
murales y otros materiales de divulgación, comunicación e información
• Identificación del Cargo Auxiliar en Sistema Administrativo II (dos cargos) • Línea de autoridad: Depende del Jefe de Fiscalización y Recaudación Tributaria • Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
- Estudios secundaria - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 77°.- Auxiliar en Sistema Administrativo II de la Secretaría General tiene las siguientes:
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
1. Analizar y clasificar información así como, apoyar la ejecución de procesos técnicos de los sistemas administrativos, siguiendo instrucciones de la superiodad
2. Efectuar trámites y/o procesar información de cierta complejidad. 3. Mantener actualizado los registros, fichas y documentos del sistema administrativo de archivo
de su área según métodos técnicos dispuestos por la jefatura 4. Informar sobre los aspectos de singularidad que presente su área , a efecto de mejorar la
distribución de la documentación 5. Tipea, imprime y organiza los diversos documentos que requiere el área 7. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión 8. Realizar otras labores que se le encomiende.
UNIDAD DEEJECUTORIA COACTIVA
ARTÍCULO 78° La Unidad de Ejecutoría Coactiva, tiene la asignación de cargos siguiente:
CAP I. DENOMINACIÓN DEL ORGANO ORGANO DE ALTA DIRECCION
I.2.1. DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA
UNIDAD DE EJECUTORIA COACTIVA
Nº
ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL
70 EJECUTOR COACTIVO I (Jefe de Unidad) P5-40-312-1 SP-EJ 01
71 AUXILIAR COACTIVO I T4-40-083-2 SP-AP 01
TOTAL UNIDAD ORGÁNICA 02
• Identificación del Cargo EJECUTOR COACTIVO • Línea de autoridad: Depende del Gerente de Administración Tributaria • Tiene bajo su mando :
o Auxiliar Coactivo • Requisitos mínimos del cargo :
- Título Profesional de Abogado - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 79 ° El Ejecutor Coactivo realiza la función siguiente:
1. Formular y proponer normas y políticas municipales en relación al tratamiento de las obligaciones sujetas a la acción coactiva.
2. Programar, coordinar y ejecutar las resoluciones administrativas sobre clausura de establecimientos, demolición de construcciones, entre otros actos similares.
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3. Resolver y amparar las demandas que presente el Alcalde de acuerdo a Ley de Procedimientos de Ejecución Coactiva Nº 26979.
4. Supervisar las actividades de procesamiento de carácter técnico local, derivado o sujeto a la vía coactiva.
5. Realizar el seguimiento de todo tipo de actos de coerción para ejecución forzosa de otras, suspensiones, paralizaciones, modificaciones o destrucción de las mismas.
6. Orientar en todo lo referente a la adecuación de reglamentos de urbanización o disposiciones municipales.
7. Proponer la implementación de acciones administrativas sobre asuntos no tributarios. 8. Evaluar las actividades del área y determinar las medidas correctivas para el buen funcionamiento. 9. Asesorar, orientar y absolver consultas en asuntos de su competencia. 10. Controlar la labor del auxiliar coactivo, que colabora con su función. 11. Actuar como titular de los procedimientos y ejerce en nombre de la Municipalidad, las acciones de
coerción para el cumplimiento de la Obligación de acuerdo a lo establecido en la Ley de Ejecución Coactiva.
12. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión. 13. Otras funciones y obligaciones que conforme a Ley le corresponde
• Identificación del Cargo AUXILIAR COACTIVO
• Línea de autoridad: Depende del Ejecutor Coactivo • Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
- Estudios Superiores - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 80° El Auxiliar coactivo realiza las funciones siguientes:
1. Realizar el seguimiento de los procedimientos que se encuentren en ejecución coactiva, realizando todos los actos que den impulso al mismo.
2. Tramitar y custodiar el expediente coactivo a su cargo. 3. Dar cuenta al Ejecutor Coactivo de forma permanente, sobre el estado de los expedientes, de
conformidad con la Ley Nº 26979, Ley de los Procedimientos y Ejecución. 4. Proyectar resoluciones y analizar los procedimientos por mandato del ejecutor. 5. Describe las notificaciones, actos de embargo y demás documentos que lo ameritan. 6. Realizar la notificación a domicilio de las notificaciones coactivas emitidas, así como al domicilio
procesal de la parte ejecutora. 7. Traslado y reparto de los expedientes y/o documentos administrativos alas diferentes áreas
municipales, así como, a las dependencias judiciales del Ministerio Público, cuando sean requeribles. 8. Clasificar y llevar el archivo de las normas leales del periódico el Peruano en forma organizada. 9. Apoyo a diligencias de medidas cautélales y operativos. 10. Atender y orientar al público que concurre en busca de información sobre los expedientes en trámite. 11. Realizar diligencias de verificación y constatación de cumplimientos de mandato dando cuenta en su
oportunidad al Ejecutor Coactivo. 12. Dar fe de los actos que interviene en ejercicio de sus funciones. 13. Realizar la ejecución coactiva de las obligaciones no tributarias por mandato expreso del Ejecutor
Coactivo. 14. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión. 15. Otras funciones que le asigne el Ejecutor Coactivo.
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UNIDAD DE ORIENTACION TRIBUTARIA
ARTÍCULO 81° La Unidad de Orientación Tributaria, tiene asignado los cargos siguientes:
CAP DENOMINACION DEL ORGANO ORGANO DE APOYO
DENOMINACION DE LA UNIDAD ORGÁNICA
UNIDAD DE ORIENTACION TRIBUTARIA
Nº ORDEN
CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL
72 ESPECIALISTA EN TRIBUTACIÓN II (Jefe de Unidad) P4-20-400-2 SP-EJ 01
73 TECNICO EN TRIBUTACION I T4-20-835-1 SP-AP 01
TOTAL UNIDAD ORGÁNICA 02
• Identificación del Cargo JEFE DE ORIENTACION TRIBUTARIA • Línea de autoridad: Depende del Gerente de Administración Tributaria • Tiene bajo su mando :
o Técnico en Tributación I • Requisitos mínimos del cargo :
- Estudios Superiores - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 82° El Jefe de la Unidad de Orientación Tributaria, tiene las siguientes funciones:
1. Atender al público en sus reclamaciones verbales y darle la debida explicación acerca de sus derechos y obligaciones del contribuyente, cautelando los derechos tanto de la administración como de la administración pública.
2. Recepcionar las denuncias a través del Libro de Denuncias e informar a las Gerencias a que pertenecen dichas denuncias.
3. Analizar contratos, proyectos y/o expedientes de consultas relacionados con asuntos tributarios elaborando el informe técnico respectivo.
4. Proyectar resoluciones de acotación de tributos, recargos tributarios, multas y similares 5. Absolver consultas de carácter técnico relacionadas con la especialidad 6. Forma parte de equipos de trabajo para la organización y coordinación de actividades tributarias
especializadas 7. Atiende al público en sus solicitudes del área 8. Realiza otras labores que dispone la superioridad.
• Identificación del Cargo Técnico en Tributación I • Línea de autoridad: Depende del Jefe de Orientación Tributaria
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
• Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
- Estudios superiores - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo -
ARTÍCULO 83°.- El Técnico en Tributación I realiza las siguientes funciones
1. Estudiar y participar en la elaboración de normas, procedimientos e investigaciones preliminares de procesos técnicos.
2. Analizar y emitir opinión técnica sobre expedientes puestos a su consideración.- 3. Formular el registro de proveedores y mantener actualizado la documentación sobre el
abastecimiento Recopilar y consolidar información tributaria. Ambos relacionados con su área.- 4. Confeccionar cuadros, resúmenes, formatos, fichas, cuestionarios y comisiones de trabajo 5. Absolver consultas de carácter técnico del área de su competencia 6. Participar en la programación de actividades técnico administrativo en reuniones y comisiones de
trabajo 7. Apoyar las acciones protocolares y participar en la elaboración de boletines, revistas, periódicos
murales y otros materiales de divulgación, comunicación e información
GERENCIA DE DESARROLLO URBANO Y RURAL ARTÍCULO 84° La gerencia de Desarrollo Urbano y Rural tiene asignado los cargos y estructura siguientes:
GERENCIA DE DESARROLLO URBANO
GERENTE MUNICIPAL
SUB GERENCIA OBRAS PLUBLICAS
SUB GERENCIA OBRAS PRIVADAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
ASIGNACION DE CARGOS
CAP DENOMINACION DEL ORGANO ORGANO DE LINEA
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA
GERENCIA DE DESARROLLO URBANO Y RURAL
Nº
ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL
74 INGENIERO II (Gerente) P4-35-435-2 EC 01
75/76 INGENIERO I P3-35-435-1 SP-AP 02
77 ARQUITECTO I P3-35-058-1 SP-AP 01
78 ABOGADO I P3-40-005-1 SP-AP 01
79/80 TECNICO ADMINISTRATIVO III T5-05-707-3 SP-AP 02
81 SECRETARIA (O) III T3-05-675-3 SP-AP 01
TOTAL UNIDAD ORGÁNICA 08
• Identificación del Cargo INGENIERO II Gerente de Desarrollo Urbano y Rural • Línea de autoridad: Depende del Gerente Municipal
• Tiene bajo su mando : o Ingeniero I o Arquitecto I o Abogado I o Técnico Administrativo III o Secretaria III
• Requisitos mínimos del cargo : - Título de Ingeniero Civil - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 85° El Ingeniero II tiene las siguientes funciones
1. Planificar, dirigir, coordinar y supervisar las actividades técnicas administrativas de los programas de habilitaciones urbanas, independización de predios rústicos, edificaciones, viviendas, ornato y publicidad.
2. Dirigir, ejecutar y controlar los procesos de habilitaciones y sub divisiones de tierras en concordancia con las normas legales.
3. Proponer y participar en la determinación de la política municipal de desarrollo urbano. 4. Coordinar las actividades del área y presentar el informe anual de actividades desarrolladas. 5. Supervisar la ejecución presupuestal de los programas a su cargo. 6. Estudiar y aprobar normas y directivas para la ejecución de los programas de su jurisdicción. 7. Controlar el cumplimiento de los reglamentos nacionales y disposiciones municipales que norman el
desarrollo urbano y rural, así como el uso y conservación de las edificaciones públicas y privadas. 8. Representar a la Municipalidad en comisiones multisectoriales y afines. 9. Otorgar licencias de construcción y habilitaciones urbanas.
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10. Otorgar certificados de conformidad de habilitaciones urbanas, de parámetros arquitectónicos y urbanísticos; conformidad de obras, certificados de zonificación y vías de alineamiento de edificaciones, numeración y certificación.
11. Supervisar el cumplimiento de planes, normas de zonificación, vías, habilitaciones urbanas, trámites de licencias para construcción, remodelación, demolición.
12. Emitir opinión técnica en todos los asuntos de su competencia para resolución superior. 13. Emitir opinión, promoviendo, tramitando, dictaminado en los procesos de adquisición de inmuebles
para ser destinados a obras o servicios públicos. 14. Supervisar la divulgación de normas en materia de saneamiento físico legal. 15. Promover proyectos de mejoramiento de áreas públicas y mobiliario urbano; teniendo como objetivo
final, el ordenamiento de la ciudad. 16. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión. 17. Otras funciones que le asigne el Gerente Municipal.
• Identificación del Cargo INGENIERO I
• Línea de autoridad: Depende del Gerente de Desarrollo Urbano y Rural • Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
- Título de Ingeniero Civil - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 86° El Ingeniero I tiene las siguientes funciones
1. Establecer prioridades, ejecutar proyectos y programas de ingeniería especializada. 2. Supervisar y controlar la ejecución de proyectos de ingeniería y/o habilitación urbana. 3. Establecer prioridades de los proyectos y programas 4. Calcular y/o diseñar estructuras, planos, especificaciones de proyectos de habilitación y expansión
urbana. 5. Participar en estudios de factibilidad de obras, inversiones y proyectos de habilitación y expansión
urbana. 6. Efectuar delimitaciones, tasaciones y otras acciones similares en extensiones de terreno. 7. Analizar, evaluar y preparar Informes Técnicos sobre denuncias, concesiones y sobre otras áreas
especializadas de la ingeniería. 8. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión. 9. Otras funciones que le asigne la superioridad
• Identificación del Cargo ARQUITECTO I
• Línea de autoridad: Depende del Gerente de Desarrollo Urbano y Rural
• Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
- Título Profesional de Arquitecto - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal
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- Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo ARTÍCULO 87° El Arquitecto I tiene las siguientes funciones
1. Ejecutar actividades de diseño y proyección de obras diversas de arquitectura. 2. Supervisar y controlar la ejecución de proyectos de arquitectura y/o habilitación urbana. 3. Preparar croquis, memorias descriptivas y diagramas para la realización de proyectos. 4. Elaborar presupuestos en obras de arquitectura. 5. Evaluar Informes Técnicos sobre proyectos de arquitectura. 6. Revisión de expedientes mediante análisis, inspecciones oculares e Informes Técnicos de habilitación
urbana, publicidad exterior, sub divisiones, independizaciones, acumulaciones, certificaciones de zonificación, vías y cargas metropolitanas, certificados de condición de
7. terreno, regularización de habilitación urbana, cambios de zonificación publicidad temporal. 8. Asesoramiento técnico para la elaboración de convenios de cooperación y a grupos asociativos. 9. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión. 10. Otras funciones que le asigne la superioridad
• Identificación del Cargo ABOGADO I • Línea de autoridad: Depende del Gerente de Desarrollo Urbano y Rural • Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
- Título Profesional de ABOGADO - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 88°.- El Abogado I, tiene las siguientes funciones:
1. Estudiar e informar expedientes de carácter técnico legal de su área 2. Formular y/o revisar ante proyectos de dispositivos legales, directivas y documentos
concordándolos con la normatividad vigente. 3. Absolver consultas y orientar a los usuarios en aspectos legales 4. Interpretar y resumir dispositivos legales de carácter general. 5. Estudiar e informar sobre proyectos de convenios, contratos y similares 6. Participar en diligencias judiciales para respaldar los intereses del Estado 7. Puede corresponderle intervenir en la solución de litigios entre organizaciones, asociaciones,
sindicatos y actuar como Secretario de Consejos y Comisiones.-
• Identificación del Cargo: TECNICO ADMINISTRATIVO III
• Línea de autoridad: Depende del Gerente de Desarrollo Urbano y Rural • Tiene bajo su mando : Ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
i. Estudios superiores j. Conocimientos en Computación e Informática k. Conocimiento en materia administrativa l. Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
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ARTÍCULO 89°.- El Técnico Administrativo III, tiene las siguientes funciones específicas:
1. Estudiar y participar en la elaboración de normas, procedimientos e investigaciones preliminares de procesos técnicos.
2. Analizar y emitir opinión técnica sobre expedientes puestos a su consideración.- 3. Formular el registro de proveedores y mantener actualizado la documentación sobre el
abastecimiento Recopilar y consolidar información contable. Ambos relacionados con las labores de la Planificación institucional.-
4. Confeccionar cuadros, resúmenes, formatos, fichas, cuestionarios y comisiones de trabajo 5. Absolver consultas de carácter técnico del área de su competencia 6. Participar en la programación de actividades técnico administrativo en reuniones y comisiones de
trabajo 7. Apoyar las acciones protocolares y participar en la elaboración de boletines, revistas, periódicos
murales y otros materiales de divulgación, comunicación e información.-
• Identificación del Cargo: SECRETARIA III • Línea de autoridad: Depende del Gerente de Desarrollo Urbano y Rural
• Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
� Estudios superiores � Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 90° La Secretaria III , realiza las siguientes funciones:
1. Redactar y digitar documentos según instrucciones generales. 2. Llevar al día archivos y libros de consulta. 3. Estudiar analizar e informar sobre la documentación que ingresa al área. 4. Tomar anotaciones en reuniones y conferencias, digitando documentos varios. 5. Evaluar y seleccionar documentos, proponiendo su eliminación o transferencia al archivo. 6. Orientar sobre gestiones y situaciones de expedientes. 7. Coordinar y custodiar los bienes y recursos de la Gerencia y coordinar la distribución de los mismos
con el Gerente. 8. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión. 9. Otras funciones que le asigne el Gerente de Desarrollo Urbano y Rural.
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SUB GERENCIA DE OBRAS PUBLICAS
ARTÍCULO 91° La sub gerencia de obras públicas, tiene asignado los cargos siguientes:
CAP DENOMINACIÓN DEL ORGANO ORGANO DE LINEA
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA
SUBGERENCIA DE OBRAS PUBLICAS
Nº
ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL
82 INGENIERO I (Sub Gerente) P3-35-435-1 SP-EJ 01
83 TÉCNICO ADMINISTRATIVO III T5-05-707-3 SP-AP 01
84 AUXILIAR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO I A3-05-160-1 SP-AP 01
85 DIBUJANTE III T4-35-255-3 SP-AP 01
86 CHOFER III T4-60-245-3 SP-AP 01
87 AUXILI AR EN SISTEMA ADMINISTRATIVO II A4-05-160-2 SP-AP 01
TOTAL UNIDAD ORGÁNICA 06
• Identificación del Cargo INGENIERO I Sub Gerente de la Unidad de Obras Públicas • Línea de autoridad: Depende del Gerente de Desarrollo Urbano y Rural
• Tiene bajo su mando : o Técnico Administrativo III o Auxiliar en Sistema Administrativo I o Dibujante III o Chofer III
• Requisitos mínimos del cargo : - Título de Ingeniero Civil - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 92° El Ingeniero I tiene las siguientes funciones
1. Gerenciar todas las actividades pertenecientes a su área 2. Establecer prioridades, ejecutar proyectos y programas de ingeniería especializada. 3. Supervisar y controlar la ejecución de proyectos de ingeniería y/o habilitación urbana. 4. Establecer prioridades de los proyectos y programas 5. Calcular y/o diseñar estructuras, planos, especificaciones de proyectos de habilitación y expansión
urbana. 6. Participar en estudios de factibilidad de obras, inversiones y proyectos de habilitación y expansión
urbana. 7. Efectuar delimitaciones, tasaciones y otras acciones similares en extensiones de terreno.
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8. Analizar, evaluar y preparar Informes Técnicos sobre denuncias, concesiones y sobre otras áreas especializadas de la ingeniería.
9. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión. 10. Otras funciones que le asigne la superioridad
• Identificación del Cargo: TECNICO ADMINISTRATIVO III
• Línea de autoridad: Depende del Sub Gerente de Obras Publicas • Tiene bajo su mando : Ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
m. Estudios superiores n. Conocimientos en Computación e Informática o. Conocimiento en materia administrativa p. Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 93°.- El Técnico Administrativo III tiene las siguientes funciones específicas:
1. Estudiar y participar en la elaboración de normas, procedimientos e investigaciones preliminares de procesos técnicos.
2. Analizar y emitir opinión técnica sobre expedientes puestos a su consideración.- 3. Formular el registro de proveedores y mantener actualizado la documentación sobre el
abastecimiento Recopilar y consolidar información contable. Ambos relacionados con las labores de la Planificación institucional.-
4. Confeccionar cuadros, resúmenes, formatos, fichas, cuestionarios y comisiones de trabajo 5. Absolver consultas de carácter técnico del área de su competencia 6. Participar en la programación de actividades técnico administrativo en reuniones y comisiones de
trabajo 7. Apoyar las acciones protocolares y participar en la elaboración de boletines, revistas, periódicos
murales y otros materiales de divulgación, comunicación e información.-
• Identificación del Cargo AUXILIAR EN SISTEMA ADMINISTRATIVO I
• Línea de autoridad: Depende del Sub Gerente de Obras Públicas • Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
- Estudios de Secundaria - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 94° El Auxiliar en Sistema Administrativo I, tiene realiza las siguientes funciones:
1. Recopilar y clasificar información básica para la ejecución de procesos técnicos del área. 2. Tabular y verificar información para la ejecución de procesos técnicos de su área
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3. Tramitar documentación relativo al área y llevar el archivo correspondiente del área 4. Mantener actualizado el registro fichas y documentos técnicos 5. Participar en análisis e investigaciones sencillas 6. Preparar informes sencillos acerca del desenvolvimiento del área 7. Mecanografiar cuadros y documentos diversos correspondientes al sistema administrativo y llevar
el control de la aplicación de algunas normas establecidas.-
• Identificación del Cargo DIBUJANTE III • Línea de autoridad: Depende del Sub Gerente de Obras Públicas
• Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
- Estudios Superiores - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 95° El Dibujante III, tiene realiza las siguientes funciones:
1. Programar, supervisar y /o realizar trabajos de dibujos especializados de ingeniería, arquitectura y otros
2. Desarrollar planos de proyectos de obras de arquitectura, ingeniería y otros 3. Desarrollar planos de estructura interpretando hojas de cálculo 4. Corregir y verificar trabajos de dibujo 5. Calcular costos de trabajo y distribuir material para su realización 6. Absolver consultas relacionadas con la especialidad.
• Identificación del Cargo: CHOFER (O) III • Línea de autoridad: Depende del Sub Gerente de Obras Públicas • Tiene bajo su mando Ninguna • Requisitos mínimos del cargo :
o Instrucción secundaria completa. o Licencia de Conducir profesional. o Certificado en mecánica y electricidad automotriz. o Amplia experiencia en la conducción de vehículos motorizados. o Estar apto física y mentalmente
ARTÍCULO 96° El Chofer III tiene como funciones:
1. Conducir el vehículo oficial asignado para transporte de personal y/o carga conforme lo dispone la superioridad.
2. Realizar acciones de apoyo de traslado a otras dependencias de la municipalidad, de acuerdo a disposiciones de la superioridad
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3. Revisar diariamente los niveles de gasolina, aceite, agua del radiador, agua destilada de la batería líquido de frenos, presión y estado de las llantas, herramientas etc.
4. Efectuar y/o solicitar las reparaciones necesarias del vehículo a su cargo a fin de mantener el vehículo en buen estado de funcionamiento.
5. Velar por la conservación y mantenimiento del vehículo a su cargo. 6. Elaborar bitácoras de viaje: kilometrajes, horarios, niveles de combustibles, observaciones o
anomalías. 7. Asumir la responsabilidad del mantenimiento y operación adecuada de la movilidad asignada 8. Supervisar diariamente antes de cada viaje o actividad, verificando que tenga todos los niveles en
óptimas condiciones la unidad a su cargo. 9. Prever las medidas de seguridad preventivas para casos de accidentes. 10. Formular el parte diario al término de sus labores y presentarlo a su jefe inmediato. 11. Informar sobre los desperfectos del vehículo a su cargo 12. Otras funciones que le encomiende.
• Identificación del Cargo: AUXILIAR DEL SISTEMA ADMINISTRATIVO II • Línea de autoridad: Depende del Sub Gerente de Obras Publicas
• Tiene bajo su mando : Ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
� Estudios secundarios � Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 97°.- Auxiliar en Sistema Administrativo II tiene las siguientes:
1. Analizar y clasificar información así como, apoyar la ejecución de procesos técnicos de los sistemas administrativos, siguiendo instrucciones del área
2. Efectuar trámites y/o procesar información de cierta complejidad. 3. Mantener actualizado los registros, fichas y documentos del sistema administrativo de archivo 4. Informar sobre los aspectos de singularidad que presente a efecto de mejorar la distribución de la
documentación 5. Tipear, imprime y organiza los diversos documentos que requiere el área 6. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión 7. Realizar otras labores que se le encomiende.
SUB GERENCIA DE OBRAS PRIVADAS
ARTÍCULO 98° La sub gerencia de obras privadas tiene asignados los cargos siguientes:
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
CAP DENOMINACIÓN DEL ORGANO ORGANO DE LINEA
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA
SUBGERENCIA DE OBRAS PRIVADAS
Nº
ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL
88 INGENIERO I (Sub Gerente) P3-35-435-1 SP-EJ 01
89 ASISTENTE EN SERVICIO DE INFRAESTRUCTURA II P2-35-074-2 SP-AP 02
90 TOPOGRÁFO I T3-35-865-1 SP-AP 01
91 AUXILIAR EN SISTEMA ADMINISTRATIVO II A4-05-160-2 SP-AP 01
TOTAL UNIDAD ORGÁNICA 05
• Identificación del Cargo INGENIERO I • Línea de autoridad: Depende del Gerente de Desarrollo Urbano y Rural
• Tiene bajo su mando : o Asistente en Servicio de Infraestructura II o Topografo I o Auxiliar en Sistema Administrativo II
• Requisitos mínimos del cargo : - Título de Ingeniero Civil - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 99° El Ingeniero I tiene las siguientes funciones
1. Gerenciar todas las actividades concernientes a su área. 2. Establecer prioridades, ejecutar proyectos y programas de ingeniería especializada. 3. Supervisar y controlar la ejecución de proyectos de ingeniería y/o habilitación urbana. 4. Establecer prioridades de los proyectos y programas 5. Calcular y/o diseñar estructuras, planos, especificaciones de proyectos de habilitación y expansión
urbana. 6. Participar en estudios de factibilidad de obras, inversiones y proyectos de habilitación y expansión
urbana. 7. Efectuar delimitaciones, tasaciones y otras acciones similares en extensiones de terreno. 8. Analizar, evaluar y preparar Informes Técnicos sobre denuncias, concesiones y sobre otras áreas
especializadas de la ingeniería. 9. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión. 10. Otras funciones que le asigne la superioridad
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
• Identificación del Cargo Asistente en Servicio de Infraestructura II • Línea de autoridad: Depende del Sub Gerente de Obras Privadas
• Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
- Estudios superiores - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 100°.- El Asistente en Servicios de Infraestructura II, realiza las funciones siguientes:
1. Analizar normas técnicas y proponer mejoras de procedimiento 2. Estudiar y emitir opinión técnica sobre expedientes especializados 3. Analizar e interpretar cuadros, diagramas y otros similares 4. Coordinar y ejecutar programas de actividades de la especialidad siguiendo instrucciones
generales. 5. Conducir comisiones y/o reuniones sobre asuntos de la especialidad 6. Labores de capacitación
• Identificación del Cargo TOPOGRAFOI • Línea de autoridad: Depende del Sub Gerente de Obras Privadas • Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
- Estudios de Secundaria - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 101°.- El Topógrafo I, realiza las funciones siguientes:
1. Ejecuta levantamiento planimétrico de nivelación de terrenos 2. Efectuar mediciones y correcciones barométricas 3. Representar en croquis los datos obtenidos a través de los cálculos 4. Realizar mediciones de terrenos urbanos y rurales para la confección de planos catastrales 5. Estudiar los elementos preliminares necesarios para el levantamiento de planos topográficos 6. Controlar los trabajos de señalización de terrenos u otros similares
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
• Identificación del Cargo AUXILIAR EN SISTEMA ADMINISTRATIVO II • Línea de autoridad: Depende del Sub Gerente de Obras Privadas
• Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
- Estudios secundarios o técnicos - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal y de contrataciones del estado - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 102°.- Auxiliar en Sistema Administrativo II tiene las siguientes:
1. Analizar y clasificar información así como, apoyar la ejecución de procesos técnicos de los sistemas administrativos, siguiendo instrucciones de su superior
2. Efectuar trámites y/o procesar información de cierta complejidad. 3. Mantener actualizado los registros, fichas y documentos del sistema administrativo de archivo
de la unidad según métodos técnicos dispuestos por la superioridad 4. Tipear, imprime y organiza los diversos documentos que requiere el área 5. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión 6. Realizar otras labores que se le encomiende.
GERENCIA DE SERVICIOS PUBLICOS
ARTÍCULO 103°.- La Gerencia de Servicios públicos tiene la siguiente organización y asignación de cargos:
GERENCIA DE SERVICIOS PUBLICOS
GERENTE MUNICIPAL
UNIDAD DE ECOLOGÍA Y MEDIO AMBIENTE
UNIDAD DE SEGURIDAD CIUDADANA
UNIDAD DE TRANSPORTES Y SEGURIDAD VIAL
UNIDAD DE COMERCIALIZACIÓN Y POLICÍA MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
ASIGNACION DE CARGOS
CAP DENOMINACIÓN DEL ORGANO ORGANO DE LINEA
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA
GERENCIA DE SERVICIOS PUBLICOS
Nº
ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL
92 ESPECIALISTA EN SISTEMA ADMINISTRATIVO III (Gerente) P5-05-338-3 EC 01
93 SECRETARIA (O) III T3-05-675-3 SP-AP 01
TOTAL UNIDAD ORGÁNICA 07
• Identificación del Cargo ESPECIALISTA EN SISTEMA ADMINISTRATIVO III GERENTE DE SERVICIOS PUBLICOS
• Línea de autoridad: Depende del Gerente Municipal, Cargo de Confianza
• Tiene bajo su mando : o Secretaria III o Organos de menor nivel jerárquico
• Requisitos mínimos del cargo : - Estudios Superiores - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal y de contrataciones del estado - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
Articulo 104° La Gerencia de Servicios Públicos, realiza las siguientes funciones:
1) Planificar, dirigir y coordinar las actividades técnico administrativo de los programas de las Divisiones a su cargo encargado de implementar las normas técnicas de los Sistemas Administrativos de Control de Comercialización y Protección al Consumidor, Gestión Ambiental, Servicios Sociales y Participación y Seguridad Ciudadana.
2) Supervisar y conducir el proceso presupuestario de los programas a su cargo, a través de la fase de ejecución en armonía con las directivas técnicas y con las disposiciones legales vigentes.
3) Proponer alternativas de política de su actividad y los planes y programas para su desarrollo de su competencia.
4) Coordinar las actividades de las Divisiones con otras dependencias y su sector. 5) Estudiar y aprobar normas, directivas para la ejecución de sus programas de su jurisdicción. 6) Participar en el estudio y determinación de la política general de la municipalidad. 7) Representar al organismo en comisiones multisectoriales de coordinación para ejecutar programas,
proyectos conjuntos y/o interés interinstitucionales. 8) Estudiar y aprobar normas y directivas para la ejecución de los programas de su gerencia. 9) Dirigir, coordinar y supervisar investigaciones y/o estudios de proyectos técnicos de su especialidad. 10) Planificar y dirigir la programación, ejecución y evaluación de procesos técnicos del Sistema
respectivo. 11) Otras funciones que le asigne la superioridad en aspectos de su competencia
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• Identificación del Cargo SECRETARIA III • Línea de autoridad: Depende del Gerente de Servicios Públicos
• Tiene bajo su mando :ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
- Estudios secundarios o técnicos - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal y de contrataciones del estado - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 105° La Secretaria III , realiza las siguientes funciones:
1. Redactar y digitar documentos según instrucciones generales. 2. Llevar al día archivos y libros de consulta. 3. Estudiar analizar e informar sobre la documentación que ingresa al área. 4. Tomar anotaciones en reuniones y conferencias, digitando documentos varios. 5. Evaluar y seleccionar documentos, proponiendo su eliminación o transferencia al archivo. 6. Orientar sobre gestiones y situaciones de expedientes. 7. Coordinar y custodiar los bienes y recursos de la Gerencia y coordinar la distribución de los mismos
con el Gerente. 8. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión. 9. Otras funciones que le asigne la superioridad
UNIDAD DE ECOLOGIA Y MEDIO AMBIENTE
ARTÍCULO 106.- La Unidad de Ecología y Medio Ambiente, tiene asignado los cargos siguientes:
CAP DENOMINACIÓN DEL ORGANO ORGANO DE LINEA
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA
UNIDAD DE ECOLOGIA Y MEDIO AMBIENTE
Nº
ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL
94 ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO III (Jefe de Unidad) P5-05-338-3 SP-EJ 01
95/96 TÉCNICO ADMINISTRATIVO III T5-05-707-3 SP-AP 03
97/132 TRABAJADOR EN SERVICIO II A2-05-870-2 SP-AP 36
133/152 TRABAJADOR EN SERVICIO I A1-05-870-1 SP-AP 20
TOTAL UNIDAD ORGÁNICA 60
• Identificación del Cargo ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO III • Línea de autoridad: Depende del Gerente de Servicios Públicos
• Tiene bajo su mando : o Técnico en Sistema Administrativo III o Trabajador en Servicio II o Trabajador en Servicio I
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
• Requisitos mínimos del cargo : - Estudios Superiores - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal y de contrataciones del estado - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 107° El Especialista Administrativo III , realiza las siguientes funciones:
1. Administrar, dirigir el área que se le tiene asignado. 2. Supervisar y coordinar la aplicación de los procesos técnicos del sistema administrativo de su
área 3. Coordinar y conducir la elaboración de normas, procedimientos, reglamentos, directivas y otros
relacionados con la especialidad. 4. Asesorar y absolver consultas técnico administrativas y sobre la normatividad de su área 5. Programar y dirigir estudios e investigaciones técnico administrativas de su área 6. Programar y dirigir estudios e investigaciones sobre reforma de métodos, procedimientos, normas
directivas y otros relacionados con su área 7. Dirigir y controlar la programación y ejecución de actividades del área a su cargo. 8. Efectuar labores de capacitación y adiestramiento 9. Representar a la entidad en reuniones y comisiones sectoriales 10. Emitir informes técnicos especializados
• Identificación del Cargo: TECNICO ADMINISTRATIVO III • Línea de autoridad: Depende del Jefe de Unidad de Ecología y Medio Ambiente
• Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
� Estudios superiores � Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa, � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo �
ARTÍCULO 108° El Técnico Administrativo III, realiza las siguientes funciones: 1. Estudiar y participar en la elaboración de normas, procedimientos e investigaciones preliminares
de procesos técnicos. 2. Analizar y emitir opinión técnica sobre expedientes puestos a su consideración.- 3. Formular el registro de proveedores y mantener actualizado la documentación sobre el
abastecimiento Recopilar y consolidar información contable. Ambos relacionados con las labores de la administración.-
4. Confeccionar cuadros, resúmenes, formatos, fichas, cuestionarios y comisiones de trabajo 5. Absolver consultas de carácter técnico del área de su competencia 6. Participar en la programación de actividades técnico administrativo en reuniones y comisiones de
trabajo 7. Operar los sistemas mecanizados que requiera la función del área. 8. Apoyar las acciones protocolares y participar en la elaboración de boletines, revistas, periódicos
murales y otros materiales de divulgación, comunicación e información.-
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
• Identificación del Cargo: TRABAJADOR EN SERVICIO II • Línea de autoridad: Depende del Jefe de Unidad de Ecología y Medio Ambiente
• Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
� Estudios de secundaria � Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa, � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 109° El Trabajador en Servicio II, realiza las siguientes funciones:
1. Controlar y custodiar locales, oficinas, equipos materiales y/ o personal que ingresa perteneciente a la Municipalidad Provincial de Casma
2. Realizar labores manuales que sean necesarias para los servicios públicos que presta la municipalidad
3. Realiza labores más complicadas que el trabajador en servicio I 4. Otras labores que se le asigne.-
• Línea de autoridad: TRABAJADOR EN SERVICIO I
• Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
� Estudios de secundaria � Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa, � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo �
ARTÍCULO 110° El Trabajador en Servicio I, realiza las siguientes funciones
1. Recibir y distribuir documentos y materiales en general, trasladar y acomodar muebles, empacar mercaderías y otros correspondientes a la Municipalidad.
2. Limpiar y desinfectar ambientes, vajilla y similares 3. Limpiar y lavar los vehículos de la entidad 4. Otras de su nivel que le sean encomendadas.
UNIDAD DE SEGURIDAD CIUDADANA ARTÍCULO 111° La Unidad de seguridad ciudadana tiene asignados los caros siguientes:
CAP DENOMINACIÓN DEL ORGANO ORGANOS DE LINEA
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA UNIDAD DE SEGURIDAD CIUDADANA
Nº
ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
153 ESPECIALISTA EN SISTEMA ADMINISTRATIVO III (Jefe Unidad) P5-05-338-3 SP-EJ 01
154 AUXILIAR EN SISTEMA ADMINISTRATIVO II A5-05-160-3 SP-AP 01
155/187 SERENO I T3-55-684-3 SP-AP 33
TOTAL UNIDAD ORGÁNICA 35
• Identificación del Cargo ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO III • Línea de autoridad: Depende del Gerente de Servicios Públicos. • Tiene bajo su mando :
o Auxiliar en Sistema Administrativo II o Sereno
• Requisitos mínimos del cargo : - Estudios Superiores - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 112° El Especialista Administrativo III , realiza las siguientes funciones:
1. Administrar, dirigir el área que se le tiene asignado. 2. Supervisar y coordinar la aplicación de los procesos técnicos del sistema administrativo de su
área 3. Coordinar y conducir la elaboración de normas, procedimientos, reglamentos, directivas y otros
relacionados con la especialidad. 4. Asesorar y absolver consultas técnico administrativas y sobre la normatividad de su área 5. Programar y dirigir estudios e investigaciones técnico administrativas de su área 6. Programar y dirigir estudios e investigaciones sobre reforma de métodos, procedimientos, normas
directivas y otros relacionados con su área 7. Dirigir y controlar la programación y ejecución de actividades del área a su cargo. 8. Efectuar labores de capacitación y adiestramiento 9. Representar a la entidad en reuniones y comisiones sectoriales 10. Emitir informes técnicos especializados
• Identificación del Cargo: AUXILIAR EN SISTEMA ADMINISTRATIVO II
• Línea de autoridad: Depende del Jefe de la Unidad de Seguridad Ciudadana • Tiene bajo su mando : Ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
� Estudios secundarios � Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
ARTÍCULO 113°.- Auxiliar en Sistema Administrativo II tiene las siguientes:
1. Analizar y clasificar información así como, apoyar la ejecución de procesos técnicos de los sistemas administrativos, siguiendo instrucciones
2. Efectuar trámites y/o procesar información de cierta complejidad. 3. Mantener actualizado los registros, fichas y documentos del sistema administrativo de archivo 4. Informar sobre los aspectos de singularidad que presente la Secretaría General, a efecto de
mejorar la distribución de la documentación 5. Tipea, imprime y organiza los diversos documentos que requiere el área 6. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión 7. Realizar otras labores que se le encomiende
• Identificación del Cargo: SERENO I
• Línea de autoridad: Depende del Jefe de la Unidad de Seguridad Ciudadana • Tiene bajo su mando : Ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
� Estudios secundarios � Licencia de conducir vehículos � Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 114°.- Sereno I tiene las siguientes:
1. Velar por la seguridad ciudadana conforme a las normas 2. Hacer cumplir las normas de seguridad ciudadana 3. Instruir al personal encargado de controlar la aplicación de disposiciones diversas atinentes a la
vigilancia por la seguridad de la población.- 4. Apoyar las normas policiales municipales 5. Tener conocimiento y difundir la demarcación y lugares importantes de la jurisdicción.- 6. Otras labores que se le encomiende. 7.
UNIDAD DE COMERCIALIZACION Y POLICIA MUNICIPAL
ARTÍCULO 115 ° La Unidad de Comercialización y Policía Municipal, tiene asignado los siguientes cargos:
CAP DENOMINACIÓN DEL ORGANO ORGANO DE LINEA
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA
UNIDAD DE COMERCIALIZACION Y POLICIA MUNICIPAL
Nº
ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL
188 ESPECIALISTA EN SISTEMA ADMINISTRATIVO III (Jefe de Unidad) P5-05-338-3 SP-EJ 01
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
189 TÉCNICO EN SISTEMA ADMINISTRATIVO II T5-05-707-3 SP-AP 01
190 MEDICO VETERINARIO I P6-50-525-4 SP-AP 01
191/195 POLICIA MUNICIPAL II T2-55-607-2 SP-AP 05
196/2003 POLICIA MUNICIPAL I T1-55-607-1 SP-AP 05
TOTAL UNIDAD ORGÁNICA 13
• Identificación del Cargo ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO III • Línea de autoridad: Depende del Gerente de Servicios Públicos.
• Tiene bajo su mando : o Técnico en Sistema Administrativo II o Médico Veterinario o Policía Municipal II o Policía Municipal I
• Requisitos mínimos del cargo : - Estudios Superiores - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 116° El Especialista Administrativo III , realiza las siguientes funciones:
1. Administrar, dirigir el área que se le tiene asignado. 2. Supervisar y coordinar la aplicación de los procesos técnicos del sistema administrativo de su
área 3. Coordinar y conducir la elaboración de normas, procedimientos, reglamentos, directivas y otros
relacionados con la especialidad. 4. Asesorar y absolver consultas técnico administrativas y sobre la normatividad de su área 5. Programar y dirigir estudios e investigaciones técnico administrativas de su área 6. Programar y dirigir estudios e investigaciones sobre reforma de métodos, procedimientos, normas
directivas y otros relacionados con su área 7. Dirigir y controlar la programación y ejecución de actividades del área a su cargo. 8. Efectuar labores de capacitación y adiestramiento 9. Representar a la entidad en reuniones y comisiones sectoriales 10. Emitir informes técnicos especializados
• Identificación del Cargo: TECNICO ADMINISTRATIVO III
• Línea de autoridad: Depende del Jefe de Comercialización y Policía Municipal
• Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
� Estudios superiores � Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa,
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
� Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo �
ARTÍCULO 117° El Técnico Administrativo III, realiza las siguientes funciones: 1. Estudiar y participar en la elaboración de normas, procedimientos e investigaciones preliminares
de procesos técnicos. 2. Analizar y emitir opinión técnica sobre expedientes puestos a su consideración.- 3. Formular el registro de proveedores y mantener actualizado la documentación sobre el
abastecimiento Recopilar y consolidar información contable. Ambos relacionados con las labores de la administración.-
4. Confeccionar cuadros, resúmenes, formatos, fichas, cuestionarios y comisiones de trabajo 5. Absolver consultas de carácter técnico del área de su competencia 6. Participar en la programación de actividades técnico administrativo en reuniones y comisiones de
trabajo 7. Operar los sistemas mecanizados que requiera la función del área. 8. Apoyar las acciones protocolares y participar en la elaboración de boletines, revistas, periódicos
murales y otros materiales de divulgación, comunicación e información.-
• Identificación del Cargo: MEDICO VETERINARIO I
• Línea de autoridad: Depende del Jefe de Comercialización y Policía Municipal • Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
� Título Profesional de Médico Veterinario � Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa, � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo �
ARTÍCULO 118° El Médico Veterinario I, realiza las siguientes funciones:
1. Vigilancia y control de las aves beneficiadas a través del sellado diario. 2. Coordinar, dirigir actividades sobre sanidad animal y sanidad ambiental. 3. Inspección sanitaria a establecimientos que expendan aves beneficiadas, productos pecuarios e
hidrobiológicos, carnes rojas, locales comerciales, restaurantes y elaborar los informes pertinentes. 4. Acciones de control de plagas: fumigaciones, desinfecciones y desratizaciones. 5. Proponer normas técnicas para el control de acciones que se ejecuten en el área. 6. Realización de campañas de prevención y control de vectores de enfermedades, así como de control
sanitario de mascotas y registros caninos. 7. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión. 8. Otras funciones que le asigne
• Identificación del Cargo: POLICIA MUNICIPAL II
• Línea de autoridad: Depende del Jefe de Comercialización y Policía Municipal
• Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
� Secundaria Completa
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
� Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa, � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo �
ARTÍCULO 119° El Policía Municipal II, realiza las siguientes funciones:
1. Hacer cumplir las leyes, ordenanzas, reglamentos y demás disposiciones municipales vigentes 2. Instruir al personal encargado de controlar la aplicación de las disposiciones sobre especulación
adulteración y acaparamiento, ornato, sanidad, construcciones y otros de competencia municipal 3. Tener conocimiento y difundir la demarcación y lugares importantes de la jurisdicción. 4. Cursar partes de notificación de infracciones impuestas por el personal de control asignado cargo 5. También puede realizar labores administrativas relacionadas al control de la mercadería retenida
y/o decomisada, así como delas multas recaídas
• Identificación del Cargo: POLICIA MUNICIPAL I • Línea de autoridad: Depende del Jefe de Comercialización y Policía Municipal • Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
� Secundaria completa � Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa, � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo �
ARTÍCULO 120° El Policía Municipal I, realiza las siguientes funciones:
1. Organizar dirigir y supervisar el funcionamiento de seguridad perimetral interno y de emergencia 2. Conducir y supervisar las actividades de supervisión, mantenimiento y conservación de equipos y
enseres de seguridad. 3. Informar sobre necesidades y bajas de implementos de seguridad 4. Conducir las investigaciones por perdidas de equipos de seguridad e irregularidades del servicio 5. Dictar órdenes y disposiciones para el servicio de seguridad
UNIDAD DE TRANSPORTE Y SEGURIDAD VIAL
ARTÍCULO 121° La Unidad de Transporte tiene asignado el personal siguiente
CAP DENOMINACIÓN DEL ORGANO ORGANO DE ALTA DIRECCION
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA
UNIDAD DE TRANSPORTE Y SEGURIDAD VIAL
Nº
ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL
201 ESPECIALISTA EN SISTEMA ADMINISTRATIVO III (Jefe de Oficina) P5-05-338-3 SP-EJ 01
202 TECNICO ADMINISTRATIVO III T5-05-707-3 SP-AP 01
203 TECNICO ADMINISTRATIVO III T5-05-707-3 SP-AP 01
204 AUXILIAR EN SISTEMA ADMINISTRATIVO II A4-05-160-2 SP-AP 01
TOTAL UNIDAD ORGÁNICA 04
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
• Identificación del Cargo ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO III Jefe de Transporte y Seguridad Vial
• Línea de autoridad: Depende del Gerente de Servicios Públicos.
• Tiene bajo su mando : o Técnico Administrativo III (dos cargos) o Auxiliar en Sistema Administrativo II
• Requisitos mínimos del cargo : - Estudios Superiores - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo.
ARTÍCULO 122° El Especialista Administrativo III , realiza las siguientes funciones:
1. Administrar, dirigir el área que se le tiene asignado. 2. Supervisar y coordinar la aplicación de los procesos técnicos del sistema administrativo de su
área 3. Coordinar y conducir la elaboración de normas, procedimientos, reglamentos, directivas y otros
relacionados con la especialidad. 4. Asesorar y absolver consultas técnico administrativas y sobre la normatividad de su área 5. Programar y dirigir estudios e investigaciones técnico administrativas de su área 6. Programar y dirigir estudios e investigaciones sobre reforma de métodos, procedimientos, normas
directivas y otros relacionados con su área 7. Dirigir y controlar la programación y ejecución de actividades del área a su cargo. 8. Efectuar labores de capacitación y adiestramiento 9. Representar a la entidad en reuniones y comisiones sectoriales 10. Emitir informes técnicos especializados
• Identificación del Cargo: TECNICO ADMINISTRATIVO III • Línea de autoridad: Depende del Jefe de Unidad de Transportes y Seguridad Vial
• Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
� Estudios superiores � Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa, � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo �
ARTÍCULO 123° El Técnico Administrativo III, realiza las siguientes funciones: 1. Estudiar y participar en la elaboración de normas, procedimientos e investigaciones preliminares
de procesos técnicos. 2. Analizar y emitir opinión técnica sobre expedientes puestos a su consideración.- 3. Formular el registro de proveedores y mantener actualizado la documentación sobre el
abastecimiento Recopilar y consolidar información contable. Ambos relacionados con las labores de la administración.-
4. Confeccionar cuadros, resúmenes, formatos, fichas, cuestionarios y comisiones de trabajo
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
5. Absolver consultas de carácter técnico del área de su competencia 6. Participar en la programación de actividades técnico administrativo en reuniones y comisiones de
trabajo 7. Operar los sistemas mecanizados que requiera la función del área. 8. Apoyar las acciones protocolares y participar en la elaboración de boletines, revistas, periódicos
murales y otros materiales de divulgación, comunicación e información.-
• Identificación del Cargo: AUXILIAR EN SISTEMA ADMINISTRATIVO II
• Línea de autoridad: Depende del Jefe de Unidad de Transporte y Seguridad Vial • Tiene bajo su mando : Ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
� Estudios secundarios � Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 124°.- Auxiliar en Sistema Administrativo II tiene las siguientes:
1. Analizar y clasificar información así como, apoyar la ejecución de procesos técnicos de los sistemas administrativos, siguiendo instrucciones
2. Efectuar trámites y/o procesar información de cierta complejidad. 3. Mantener actualizado los registros, fichas y documentos del sistema administrativo de archivo 4. Informar sobre los aspectos de singularidad que presenta , a efecto de mejorar la distribución de
la documentación 5. Tipear, imprime y organiza los diversos documentos que requiere el área 6. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión 7. Realizar otras labores que se le encomiende
GERENCIA DE DESARROLLO SOCIAL
ARTÍCULO 125 ° La Gerencia de Desarrollo Social, tienen la Estructura Orgánica y Asignación de Cargos siguiente:
GERENCIA DE DESARROLLO SOCIAL
GERENTE MUNICIPAL
UNIDAD DE REGISTROS CIVILES
UNIDAD DE PARTICIPACION VECINAL,CULTURA,, EDUC Y DEP
UNIDAD DE PROGRAMAS SOCIALES
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
ASIGNACION DE CARGOS
CAP DENOMINACIÓN DEL ORGANO ORGANO DE LINEA
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA
GERENCIA DE DESARROLLO SOCIAL
Nº
ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL
205 ESPECIALISTA EN SISTEMA ADMINISTRATIVO III (Jefe de Unidad) P5-05-338-3 SP-EJ 01
206 AUXILIAR EN SISTEMA ADMINISTRATIVO II A4-05-160-2 SP-AP 01
TOTAL UNIDAD ORGÁNICA 02
• Identificación del Cargo ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO III - GERENTE DE DESARROLLO SOCIAL
• Línea de autoridad: Depende del Gerente Municipal, Cargo de Confianza • Tiene bajo su mando :
o Auxiliar en Sistema Administrativo II • Requisitos mínimos del cargo :
- Estudios Superiores - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 126° El Especialista Administrativo III , realiza las siguientes funciones:
1. Programar las actividades técnicas y proponer políticas para el desarrollo y aplicación de los programas de cultura, educación, deportes a su cargo.
2. Dirigir, coordinar y evaluar la realización de actividades técnicas y administrativas de su Gerencia. 3. Coordinar, formular y proponer proyectos de investigación destinados a mejorar y propulsar la
identidad cultural. 4. Conducir, formular y elaborar proyectos de directivas dentro del ámbito de su competencia. 5. Fomentar y apoyar la formación de grupos culturales y artísticos. 6. Coordinar con instituciones públicas y privadas la implementación de actividades de promoción y
apoyo a la conservación del patrimonio histórico monumental, arqueológico y los archivos históricos. 7. Participar en la formulación de los presupuestos de los programas y proyectos de las actividades a su
cargo. 8. Inspeccionar y evaluar el desarrollo del Plan Operativo de la Gerencia, emitiendo los Informes
Técnicos correspondiente 9. Coordinar con Dependencias Locales y Regionales, la participación y ejecución y acciones de
desarrollo en cultura, deportes, recreación, educación, etc. 10. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión. 11. Otras funciones que le asigne el Gerente de Educación, Cultura, Juventud y Deportes.
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
• Identificación del Cargo: AUXILIAR EN SISTEMA ADMINISTRATIVO II • Línea de autoridad: Depende del Gerente de Desarrollo Social • Tiene bajo su mando : ninguno
• Requisitos mínimos del cargo : � Estudios secundarios � Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 127°.- Auxiliar en Sistema Administrativo II tiene las siguientes funciones:
1. Analizar y clasificar información así como, apoyar la ejecución de procesos técnicos de los sistemas administrativos, siguiendo instrucciones
2. Efectuar trámites y/o procesar información de cierta complejidad. 3. Mantener actualizado los registros, fichas y documentos del sistema administrativo de archivo 4. Informar sobre los aspectos de singularidad que presenta , a efecto de mejorar la distribución de
la documentación 5. Tipear, imprime y organiza los diversos documentos que requiere el área 6. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión 7. Realizar otras labores que se le encomiende.
UNIDAD DE REGISTROS CIVILES ARTÍCULO 128 ° La Unidad de Registros Civiles tiene asignado los cargos siguientes
CAP DENOMINACIÓN DEL ORGANO ORGANO DE LINEA
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA UNIDAD DE REGISTRO CIVIL
Nº
ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL
207 ESPECIALISTA EN SISTEMA ADMINISTRATIVO III (Jefe de Unidad) P5-05-338-3 SP-EJ 01
208 AUXILIAR EN SISTEMA ADMINISTRATIVO II P4-05-160-2 SP-AP 01
TOTAL UNIDAD ORGÁNICA 02
• Identificación del Cargo ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO III - JEFE DE LOS REGISTROS CIVILES
• Línea de autoridad: Depende del Gerente de Desarrollo Social • Tiene bajo su mando :
o Auxiliar en Sistema Administrativo II
• Requisitos mínimos del cargo : - Estudios Superiores - Conocimientos en Computación e Informática
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
- Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración municipal
- Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 129 ° El Jefe de Registros Civiles tiene las siguientes funciones:
1. Programar, dirigir, coordinar y evaluar las actividades inherentes a la implementación de los registros del estado civil; las estadísticas vitales y los programas promocionales en materia registral.
2. Coordinar y evaluar las actividades referentes a la implementación de mejora en las acciones de registros civiles.
3. Resolver expedientes administrativos referentes al área en primera instancia. 4. Gestionar ante el RENIEC las solicitudes de regularización, reconstitución cancelación de actas y
solicitar opinión en los casos de omisión de salvedad. 5. Coordinar con Órganos y Dependencias como RENIEC y otras sobre asuntos competentes al área:
disposiciones y ordenanzas. 6. Celebrar matrimonios civiles (Por delegación del Sr. Alcalde) 7. Velar por el estricto cumplimiento de las normas por parte de los servidores municipales del área. 8. Coordinar y ejecutar la Sistematización de Registros Civiles de los actos regístrales y administrativos 9. Otorgar certificaciones de los actos inscritos y el respectivo registro de estado civil. 10. Otorgar certificado de soltería en los casos que corresponda. 11. Reportar información estadística de las inscripciones en el registro de estado civil a los organismos
que la Ley establece. 12. Utilizar el correo electrónico institucional como herramientas de coordinación y gestión. 13. Otras funciones que le asigne la superioridad.-
• Identificación del Cargo: AUXILIAR EN SISTEMA ADMINISTRATIVO II
• Línea de autoridad: Depende del Jefe de Registros Civiles • Tiene bajo su mando : ninguno
• Requisitos mínimos del cargo : � Estudios secundarios � Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 130°.- Auxiliar en Sistema Administrativo II tiene las siguientes funciones:
1. Coordinar los trabajos de los registros civiles con el Jefe del Área y prestar el apoyo en todo lo concerniente a la labor del área
2. Tener presentables todos los libros de los registros civiles 3. Analizar y clasificar información así como, apoyar la ejecución de procesos técnicos de los
sistemas administrativos, siguiendo instrucciones 4. Efectuar trámites y/o procesar información de cierta complejidad. 5. Mantener actualizado los registros, fichas y documentos del sistema administrativo de archivo 6. Informar sobre los aspectos de singularidad que presenta , a efecto de mejorar la distribución de
la documentación 7. Tipear, imprime y organiza los diversos documentos que requiere el área
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
8. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión 9. Realizar otras labores que se le encomiende.
UNIDAD DE PARTICIPACION VECINAL, CULTURA,EDUCACION Y DEPORTES
ARTÍCULO 131 ° La Unidad de Participación Vecinal, Cultura, Educación y Deportes tiene asignado los cargos siguientes
CAP DENOMINACIÓN DEL ORGANO ORGANO DE LINEA
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA
UNIDAD DE PARTICIPACION VECINAL CULTURA, EDUCACION Y DEPORTES
Nº
ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL
209 ESPECIALISTA EN SISTEMA ADMINISTRATIVO III (Jefe de Unidad) P5-05-338-3 SP-EJ 01
210/211 TÉCNICO ADMINISTRATIVO III T5-05-707-3 SP-AP 02
212 AUXILIAR EN SISTEMA ADMINISTRATIVO II A5-05-160-3 SP-AP 01
213 BIBLIOTECARIO I P3-25-185-1 SP-AP 01
214 TECNICO EN BIBLIOTECA I A2-05-655-1 SP-AP 01
TOTAL UNIDAD ORGÁNICA 06
• Identificación del Cargo ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO III - Jefe Unidad Participación Vecinal, Cultura, Educación y Deportes
• Línea de autoridad: Depende del Gerente de Desarrollo Social
• Tiene bajo su mando : o Técnico Administrativo III o Auxiliar en Sistema Administrativo II o Bibliotecario I o Técnico en Biblioteca I
• Requisitos mínimos del cargo : - Estudios Superiores - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 132° El Especialista Administrativo III , realiza las siguientes funciones:
1. Administrar, dirigir el área que se le tiene asignado. 2. Supervisar y coordinar la aplicación de los procesos técnicos del sistema administrativo de su
área 3. Coordinar y conducir la elaboración de normas, procedimientos, reglamentos, directivas y otros
relacionados con la especialidad. 4. Asesorar y absolver consultas técnico administrativas y sobre la normatividad de su área
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
5. Programar y dirigir estudios e investigaciones técnico administrativas de su área 6. Programar y dirigir estudios e investigaciones sobre reforma de métodos, procedimientos, normas
directivas y otros relacionados con su área 7. Dirigir y controlar la programación y ejecución de actividades del área a su cargo. 8. Efectuar labores de capacitación y adiestramiento 9. Representar a la entidad en reuniones y comisiones sectoriales 10. Emitir informes técnicos especializados
• Identificación del Cargo: TECNICO ADMINISTRATIVO III • Línea de autoridad: Depende del Jefe de Unidad de Participación Vecinal,
Cultura, Educación y Deportes • Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
� Estudios superiores � Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa, � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo �
ARTÍCULO 133° El Técnico Administrativo III, realiza las siguientes funciones:
1. Estudiar y participar en la elaboración de normas, procedimientos e investigaciones preliminares de procesos técnicos.
2. Analizar y emitir opinión técnica sobre expedientes puestos a su consideración.- 3. Formular el registro de proveedores y mantener actualizado la documentación sobre el
abastecimiento Recopilar y consolidar información contable. Ambos relacionados con las labores de la administración.-
4. Confeccionar cuadros, resúmenes, formatos, fichas, cuestionarios y comisiones de trabajo 5. Absolver consultas de carácter técnico del área de su competencia 6. Participar en la programación de actividades técnico administrativo en reuniones y comisiones de
trabajo 7. Operar los sistemas mecanizados que requiera la función del área. 8. Apoyar las acciones protocolares y participar en la elaboración de boletines, revistas, periódicos
murales y otros materiales de divulgación, comunicación e información.- 9. Otras que le asigne la superioridad.-
• Identificación del Cargo: AUXILIAR EN SISTEMA ADMINISTRATIVO II • Línea de autoridad: Depende del Jefe de Participación Vecinal, Cultura
Educación y Deportes • Tiene bajo su mando : ninguno
• Requisitos mínimos del cargo : � Estudios secundarios � Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
ARTÍCULO 134.- Auxiliar en Sistema Administrativo II tiene las siguientes funciones
1. Coordinar los trabajos concernientes a la organización de los eventos de cultura, educación y deportes, etc que organiza el área
2. Analizar y clasificar información así como, apoyar la ejecución de procesos técnicos de los sistemas administrativos, siguiendo instrucciones
3. Efectuar trámites y/o procesar información de cierta complejidad. 4. Mantener actualizado los registros, fichas y documentos del sistema administrativo de archivo 5. Informar sobre los aspectos de singularidad que presenta , a efecto de mejorar la distribución de
la documentación 6. Tipear, imprime y organiza los diversos documentos que requiere el área 7. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión 8. Realizar otras labores que se le encomiende
• Identificación del Cargo BIBLIOTECARIO I - Responsable de la Biblioteca • Línea de autoridad: Depende del Jefe de Unidad de Participación Vecinal, cultura
educación y deportes • Tiene bajo su mando : ninguno
o Técnico en Biblioteca I
• Requisitos mínimos del cargo : - Estudios Superiores - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, administración municipal - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 135 ° El Responsable de la Biblioteca Municipal, tiene las siguientes funciones:
1. Planificar, organizar, dirigir y supervisar las actividades técnico administrativas bibliotecológicas de las Bibliotecas Municipales
2. Dirigir el procesamiento técnico bibliográfico de la colección bibliográfica (recepción, clasificación, catalogación, codificación y registro) y de los servicios a los usuarios.
3. Supervisar y evaluar el desarrollo de las actividades bibliotecológicas emitiendo los Informes Técnicos correspondientes.
4. Supervisar la actualización de los catálogos de biblioteca. 5. Asistir a reuniones culturales en representación de la Biblioteca Municipal. 6. Coordinar con la Gerencia de Educación, Cultura, Juventud y Deportes, actividades de recolección y/o
donación de libros para la Biblioteca Municipal. 7. Coordinar capacitaciones con la Biblioteca Nacional del Perú, para que sean impartidas a nivel
Provincial. 8. Capacitar a otras bibliotecas de la Provincia cuando éstas lo requieran. 9. Coordinar con los organismos nacionales, como Biblioteca Municipal del Perú PROMOLIBRO y
similares, la planificación, ejecución y control del los programas a favor del desarrollo bibliotecario. 10. Realizar el consolidado de estadísticas diarias, mensual, anual, de los servicios prestados en las salas
de lectura (libros), Hemeroteca(periódicos) teniendo en cuenta el género, nivel de instrucción y materia.
11. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión. 12. Otras funciones que le asigne el Gerente de Educación, Cultura, Juventud y Deportes.
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
• Identificación del Cargo TECNICO EN BIBLIOTECA • Línea de autoridad: Depende del Bibliotecario I • Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
- Estudios de Educación Secundaria - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, administración municipal - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 136 ° Son funciones del Técnico en Biblioteca I
1. Pre clasificar y pre codificar el material bibliográfico 2. Participar en la elaboración de los catálogos de la biblioteca 3. Confeccionar los pedidos de suscripción de publicaciones 4. Supervisar los procesos complementarios de la colección bibliográfica y documental 5. Elaborar informes mensuales y listas de publicaciones recibidas para su difusión respectiva 6. Llevar registros de editoriales y librerías y proponer la adquisición de publicaciones 7. Otras que dispone superioridad.-
UNIDAD DE PROGRAMAS SOCIALES ARTÍCULO 137° La Unidad de programas sociales tiene asignado los siguientes cargos:
CAP DENOMINACIÓN DEL ORGANO ORGANO DE LINEA
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA UNIDAD DE PROGRAMAS SOCIALES
Nº
ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL
215 ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO III (Jefe de Unidad) P5-05-338-3 SP-EJ 01
216 TÉCNICO ADMINISTRATIVO III T5-05-707-3 SP-ES 01
217 AUXILIAR EN SISTEMA ADMINISTRATIVO II A4-05-160-2 SP-AP 01
218 CHOFER I T2-60-245-1 SP-AP 01
219 TÉCNICO ADMINISTRATIVO III Responsable DEMUNA-OMAPED-ADULTO MAYOR T5-05-707-3 SP-ES 01
220 AUXILIAR EN SISTEMA ADMINISTRATIVO II A5-05-160-2 SP-AP 01
221 ABOGADO I P3-40-005-1 SP-AP 01
222 PSICOLOGO I P3-55-640-1 SP-AP 01
223 ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO II -Responsable Complementación Alimentaria P3-05-338-1 SP-EJ 01
224 ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO II Responsable Vaso de Leche P3-05-338-1 SP-EJ 01
225/226 AUXILIAR EN SISTEMA ADMINISTRATIVO II A4-05-160-3 SP-AP 02
TOTAL UNIDAD ORGÁNICA 12
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MOF 2011
• Identificación del Cargo ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO III - Jefe Unidad Programas Sociales
• Línea de autoridad: Depende del Gerente de Desarrollo Social
• Tiene bajo su mando : o Técnico Administrativo III o Auxiliar en Sistema Administrativo II o Chofer I o Abogado I o Especialista Administrativo II – Complementación Alimentaria o Especialista Administrativo II – Vaso de Leche o Psicólogo I
• Requisitos mínimos del cargo : - Estudios Superiores - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 138° El Jefe de la Unidad de Programas Sociales, realiza las siguientes funciones:
1. Planificar, dirigir y coordinar las actividades técnico-administrativas de los programas de su competencia. b) Supervisar la ejecución presupuestal de los programas a su cargo.
2. Promover el desarrollo social de manera concertada con las Municipalidades Distritales 3. Implementar las políticas en materia de participación vecinal y apoyo social. 4. Promover, coordinar y evaluar las actividades de los Clubes de Madres, Programa Vaso de Leche y
otras organizaciones vecinales. 5. Asesorar a la Alta Dirección en asuntos de su competencia y opinar sobre los documentos puestos a
su consideración. 6. Establecer canales de concertación con las instituciones que trabajan en defensa y promoción de los
derechos humanos y el desarrollo integral del ciudadano. 7. Coordinar, organizar, supervisar y evaluar los programas de asistencia alimentaria, protección y
apoyo a la población en riesgo y otros programas que contribuyan al desarrollo y bienestar de los vecinos.
8. Establecer canales de comunicación, cooperación y participación entre los vecinos y programas sociales.
9. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión. 10. Otras funciones que le asigne la superioridad.-
• Identificación del Cargo: TECNICO ADMINISTRATIVO III • Línea de autoridad: Depende del Jefe de Unidad de Programas Sociales
• Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
� Estudios superiores � Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa, � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo �
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ARTÍCULO 139° El Técnico Administrativo III, realiza las siguientes funciones:
1. Estudiar y participar en la elaboración de normas, procedimientos e investigaciones preliminares de procesos técnicos.
2. Analizar y emitir opinión técnica sobre expedientes puestos a su consideración.- 3. Formular el registro de proveedores y mantener actualizado la documentación sobre el
abastecimiento Recopilar y consolidar información contable. Ambos relacionados con las labores de la administración.-
4. Confeccionar cuadros, resúmenes, formatos, fichas, cuestionarios y comisiones de trabajo 5. Absolver consultas de carácter técnico del área de su competencia 6. Participar en la programación de actividades técnico administrativo en reuniones y comisiones de
trabajo 7. Operar los sistemas mecanizados que requiera la función del área. 8. Apoyar las acciones protocolares y participar en la elaboración de boletines, revistas, periódicos
murales y otros materiales de divulgación, comunicación e información.- 9. Otras que le asigne la superioridad.-
• Identificación del Cargo: AUXILIAR EN SISTEMA ADMINISTRATIVO II (04 cargos) • Línea de autoridad: Depende del Jefe de Programas Sociales • Tiene bajo su mando : ninguno
• Requisitos mínimos del cargo : � Estudios secundarios � Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 140.- Auxiliar en Sistema Administrativo II tiene las siguientes funciones
1. Coordinar los trabajos concernientes a la organización de los eventos de los programas sociales
2. Analizar y clasificar información así como, apoyar la ejecución de procesos técnicos de los sistemas administrativos, siguiendo instrucciones
3. Efectuar trámites y/o procesar información de cierta complejidad. 4. Mantener actualizado los registros, fichas y documentos del sistema administrativo de
archivo 5. Informar sobre los aspectos de singularidad que presenta , a efecto de mejorar la distribución
de la documentación 6. Tipear, imprime y organiza los diversos documentos que requiere el área 7. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión 8. Realizar otras labores que se le encomiende
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• Identificación del Cargo: CHOFER I • Línea de autoridad: Depende del Jefe de Programas Sociales
• Tiene bajo su mando Ninguna • Requisitos mínimos del cargo :
o Instrucción secundaria completa. o Licencia de Conducir profesional. o Certificado en mecánica y electricidad automotriz. o Amplia experiencia en la conducción de vehículos motorizados. o Estar apto física y mentalmente
ARTÍCULO 141° El Chofer I tiene como funciones:
1. Conducir el vehículo oficial asignado 2. Realizar acciones de apoyo de traslado a otras dependencias de la municipalidad, de acuerdo a
disposiciones del Alcalde. 3. Revisar diariamente los niveles de gasolina, aceite, agua del radiador, agua destilada de la
batería líquido de frenos, presión y estado de las llantas, herramientas etc. 4. Efectuar y/o solicitar las reparaciones necesarias del vehículo a su cargo a fin de mantener el
vehículo en buen estado de funcionamiento. 5. Velar por la conservación y mantenimiento del vehículo a su cargo. 6. Elaborar bitácoras de viaje: kilometrajes, horarios, niveles de combustibles, observaciones o
anomalías. 7. Asumir la responsabilidad del mantenimiento y operación adecuada de la movilidad asignada 8. Supervisar diariamente antes de cada viaje o actividad, verificando que tenga todos los niveles
en óptimas condiciones la unidad a su cargo. 9. Prever las medidas de seguridad preventivas para casos de accidentes. 10. Formular el parte diario al término de sus labores y presentarlo a su jefe inmediato. 11. Informar sobre los desperfectos del vehículo a su cargo 12. Otras funciones que le encomiende la superioridad
• Identificación del Cargo: TECNICO ADMINISTRATIVO III
• Identificación del Cargo: TECNICO ADMINISTRATIVO III Responsable de DEMUNA, OMAPED Y ADULTO MAYOR
• Línea de autoridad: Depende del Jefe de Unidad de Programas Sociales
• Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
� Estudios superiores � Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa, � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
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ARTÍCULO 142° El Técnico Administrativo III, realiza las siguientes funciones:
1. Recepcionar las solicitudes de apoyo de diferente carácter que realicen los interesados en la
DEMUNA, OMAPED Y ADULTO MAYOR 2. Programa, coordina y ejecuta los programas relativos DEMUNA, OMAPLED Y ADULTO
MAYOR, ETC 3. Estudiar y participar en la elaboración de normas, procedimientos e investigaciones
preliminares de procesos técnicos. 4. Analizar y emitir opinión técnica sobre expedientes puestos a su consideración.- 5. Formular el registro de proveedores y mantener actualizado la documentación sobre el
abastecimiento Recopilar y consolidar información contable. Ambos relacionados con las labores de la administración.-
6. Confeccionar cuadros, resúmenes, formatos, fichas, cuestionarios y comisiones de trabajo 7. Absolver consultas de carácter técnico del área de su competencia 8. Participar en la programación de actividades técnico administrativo en reuniones y
comisiones de trabajo 9. Operar los sistemas mecanizados que requiera la función del área. 10. Apoyar las acciones protocolares y participar en la elaboración de boletines, revistas,
periódicos murales y otros materiales de divulgación, comunicación e información.- 11. Otras que le asigne la superioridad.-
• Identificación del Cargo: ABOGADO I -UNIDAD DE PROGRAMAS SOCIALES • Línea de autoridad: Depende del Jefe de Unidad de Programas Sociales
• Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
ee. Título de Abogado expedido por una Universidad ff. Conocimientos en Computación e Informática gg. Conocimiento en materia administrativa hh. Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 143°.- El Abogado I, tiene las siguientes funciones:
1. Presta asesoría jurídica a los interesados en DEMUNA, OMAPED Y ADULTO MAYOR entre otros, procurando atender de la mejor manera a fin de aliviar sus preocupaciones
2. Apoyo jurídico ante los organismos del Estado a las personas que requieran apoyo jurídico de carácter social
3. Estudiar e informar expedientes de carácter técnico legal 4. Formular y/o revisar ante proyectos de dispositivos legales, directivas y documentos
concordándolos con la normatividad vigente. 5. Absolver consultas y orientar a los usuarios en aspectos legales 6. Interpretar y resumir dispositivos legales de carácter general. 7. Estudiar e informar sobre proyectos de convenios, contratos y similares 8. Participar en diligencias judiciales para respaldar los intereses del Estado
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9. Puede corresponderle intervenir en la solución de litigios entre organizaciones, asociaciones, sindicatos y actuar como Secretario de Consejos y Comisiones.-
• Identificación del Cargo: PSICOLOGO I - UNIDAD DE PROGRAMAS SOCIALES
• Línea de autoridad: Depende del Jefe de Unidad de Programas Sociales • Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
ii. Título de Psicólogo expedido por una Universidad jj. Conocimientos en Computación e Informática kk. Conocimiento en materia administrativa ll. Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 144°.- El Abogado I, tiene las siguientes funciones:
1. Aplicar e interpretar evaluaciones psicológicas individuales o de grupo. 2. Atender consultas de tratamiento psicoterapéutico a niños, adolescentes y familias que sean derivados. 3. Realizar el diagnóstico y seguimiento de los casos derivados a consulta. 4. Brindar orientación y consejería psicológica, evaluación terapia individual y familiar. 5. Orientar como ponente en charlas de psicología y/o talleres. 6. Participar en campañas, seminarios, conferencias y programas. 7. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión. 8. Otras funciones que le asigne la superioridad
• Identificación del Cargo ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO II Responsable de Complementación Alimentaria
• Línea de autoridad: Depende del Jefe de Unidad de Programas Sociales • Tiene bajo su mando : • Requisitos mínimos del cargo :
- Estudios Superiores - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 145° El Especialista Administrativo II , realiza las siguientes funciones: 1. Administrar, dirigir el área de Complementación Alimentaria que se le tiene asignado 2. Interviene en los procesos de adquisiciones salvaguardando la calidad de los alimentos que
adquiere la municipalidad para atender a los programas sociales. 3. Supervisar y coordinar la aplicación de los procesos técnicos del sistema administrativo de su
área 4. Coordinar y conducir la elaboración de normas, procedimientos, reglamentos, directivas y
otros relacionados con la especialidad. 5. Asesorar y absolver consultas técnico administrativas y sobre la normatividad de su área
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6. Programar y dirigir estudios e investigaciones técnico administrativas de su área 7. Programar y dirigir estudios e investigaciones sobre reforma de métodos, procedimientos,
normas directivas y otros relacionados con su área 8. Dirigir y controlar la programación y ejecución de actividades del área a su cargo. 9. Efectuar labores de capacitación y adiestramiento 10. Representar a la entidad en reuniones y comisiones sectoriales 11. Emitir informes técnicos especializados
• Identificación del Cargo ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO II Responsable del Vaso de Leche
• Línea de autoridad: Depende del Jefe de Unidad de Programas Sociales • Tiene bajo su mando :ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
- Estudios Superiores - Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal - Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 146° El Especialista Administrativo II , realiza las siguientes funciones:
1. Administrar, dirigir el programa del vaso de leche realizando todo lo necesario para su normal abastecimiento y atención conforme a la ley de creación y de administración.-
2. Interviene en los procesos de selección a efecto de seleccionar los productos de mejor calidad para los beneficiarios.
3. Cuida que se atienda los siete días de la semana a los beneficiarios del programa del vaso de leche
4. Supervisar y coordinar la aplicación de los procesos técnicos del sistema administrativo de su área
5. Coordinar y conducir la elaboración de normas, procedimientos, reglamentos, directivas y otros relacionados con la especialidad.
6. Asesorar y absolver consultas técnico administrativas y sobre la normatividad de su área 7. Programar y dirigir estudios e investigaciones técnico administrativas de su área 8. Programar y dirigir estudios e investigaciones sobre reforma de métodos, procedimientos,
normas directivas y otros relacionados con su área 9. Dirigir y controlar la programación y ejecución de actividades del área a su cargo. 10. Efectuar labores de capacitación y adiestramiento 11. Representar a la entidad en reuniones y comisiones sectoriales 12. Emitir informes técnicos especializados
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GERENCIA DE DESARROLLO ECONOMICO
ARTÍCULO 147 ° La Gerencia de Desarrollo Económico tiene la siguiente estructura orgánica y asignación de cargos:
ASIGNACION DE CARGOS
CAP DENOMINACIÓN DEL ORGA NO ORGANO DE LINEA
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA
GERENCIA DE DESARROLLO ECONOMICO
Nº
ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL
227 INGENIERO AGRONOMO II (Gerente) P4-45-440-2 SP-EJ 01
228 TECNICO ADMINISTRATIVO III T5-05-707-3 SP-AP 01
229 AUXILIAR EN SISTEMA ADMINISTRATIVO II A4-05-160-2 SP-AP 01
TOTAL UNIDAD ORGANICA 03
• Identificación del Cargo INGENIERO AGRONOMO II GERENTE DE DESARROLLO ECONOMICO
• Línea de autoridad: Depende del Gerente Municipal
• Tiene bajo su mando : - Técnico Administrativo III - Auxiliar en sistema administrativo II
• Requisitos mínimos del cargo : - Título profesional expedido por Universidad - Ingeniero Agrónomo
GERENCIA DE DESARROLLO ECONOMICO
GERENTE MUNICIPAL
UNIDAD DESARROLLO AGROPECUARIO
UNIDAD DE DESARROLLO PESQUERO
UNIDAD DE DESARROLLO TURISTICO
UNIDAD DE DESARROLLO DE LA INDUSTRIA Y COMERCIO
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- Conocimientos en Computación e Informática - Conocimiento en materia administrativa, presupuestal, administración
municipal
ARTÍCULO 148 ° Son funciones del Gerente de Desarrollo Económico las siguientes:
1. Diseñar y programar un plan estratégico de Desarrollo Agropecuario – Pesquero en función a las
potencialidades de la Cuenca del Valle, de los recursos disponibles y de las necesidades básicas
de los agricultores – pescadores.
2. Coordinar y concertar con los organismos Sectoriales públicos y privados, la elaboración y
ejecución de programas de apoyo sostenible al desarrollo económico productivo agropecuario –
pesquero mediante convenios de: Capacitaciones, transferencia de Tecnología, Asesoría Técnica
y otros; generando competitividad.
3. Promover la organización y realización de Ferias Agropecuarias y Artesanales, propiciando
mecanismos de comercialización directa entre productores y consumidores.
4. Promover el desarrollo de Agricultura de Agro – Exportación mediante el uso de tecnologías
acorde con la conservación del medio ambiente, apoyando y participando en la organización de
eventos relacionados a estas actividades (Seminarios, Fórums, pasantía, congresos, etc.).
5. Incentivar la organización de los productores en Asociaciones para mejorar la producción y
competitividad.
6. Cumplir con las demás funciones que se le asigne la Gerencia Municipal y Alcaldía
• Identificación del Cargo: TECNICO ADMINISTRATIVO III
• Identificación del Cargo: TECNICO ADMINISTRATIVO III
• Línea de autoridad: Depende del Gerente de Desarrollo Económico
• Tiene bajo su mando : ninguno • Requisitos mínimos del cargo :
� Estudios superiores � Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa, � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 149° El Técnico Administrativo III, realiza las siguientes funciones: 1. Estudiar y participar en la elaboración de normas, procedimientos e investigaciones
preliminares de procesos técnicos. 2. Analizar y emitir opinión técnica sobre expedientes puestos a su consideración.- 3. Formular el registro de proveedores y mantener actualizado la documentación sobre el
abastecimiento Recopilar y consolidar información contable. Ambos relacionados con las labores de la administración.-
4. Confeccionar cuadros, resúmenes, formatos, fichas, cuestionarios y comisiones de trabajo
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5. Absolver consultas de carácter técnico del área de su competencia 6. Participar en la programación de actividades técnico administrativo en reuniones y
comisiones de trabajo 7. Operar los sistemas mecanizados que requiera la función del área. 8. Apoyar las acciones protocolares y participar en la elaboración de boletines, revistas,
periódicos murales y otros materiales de divulgación, comunicación e información.- 9. Otras que le asigne la superioridad.-
• Identificación del Cargo: AUXILIAR EN SISTEMA ADMINISTRATIVO II
• Línea de autoridad: Depende del Gerente de Desarrollo Económico • Tiene bajo su mando : ninguno
• Requisitos mínimos del cargo : � Estudios secundarios o técnicos � Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 150°.- Auxiliar en Sistema Administrativo II tiene las siguientes funciones
1. Coordinar los trabajos concernientes a la organización de los eventos de los programas sociales
2. Analizar y clasificar información así como, apoyar la ejecución de procesos técnicos de los sistemas administrativos, siguiendo instrucciones
3. Efectuar trámites y/o procesar información de cierta complejidad. 4. Mantener actualizado los registros, fichas y documentos del sistema administrativo de
archivo 5. Informar sobre los aspectos de singularidad que presenta , a efecto de mejorar la
distribución de la documentación 6. Tipear, imprime y organiza los diversos documentos que requiere el área 7. Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta de coordinación y gestión 8. Realizar otras labores que se le encomiende
ARTÍCULO 151 ° La Unidad de Desarrollo Agropecuario, tiene asignado los cargos siguientes
CAP DENOMINACION DEL ORGANO ORGANO TECNICO
DENOMINACION DE LA UNIDAD ORGÁNICA
UNIDAD DE DESARROLLO AGROPECUARIO
Nº
ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL
230 INGENIERO EN CIENCIAS AGROPECUARIAS I P3-45-440-1 SP-AP 01
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• Identificación del Cargo: INGENIERO EN CIENCIAS AGROPECUARIAS I UNIDAD DE DESARROLLO AGROPECUARIO
• Línea de autoridad: Depende del Gerente de Desarrollo Económico • Tiene bajo su mando : ninguno
• Requisitos mínimos del cargo : � Título expedido por una Universidad � Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 152 ° El Ingeniero en Ciencias Agropecuarias I, tiene las siguientes funciones.
1. Efectuar actividades de promoción agrícola, pecuaria y/o forestal 2. Realizar campañas sanitarias para el control de plagas enfermedades que afectan cultivos y
ganados 3. Proporcionar asesoría técnica a los agricultores y ganaderos en selección, compra de semilla,
oportunidad de siembra, riego, abono cosecha obtención de créditos agropecuarios, construcciones de silo, almacenes, corrales. Selección adquisición y mejoramiento de tipos de ganado y otros.-
4. Controlar la aplicación de dispositivos legales y normas técnicas referidas a actividades agrícolas y/o pecuarias de reforma agraria y otros.
5. Efectuar valorización de terrenos construcciones, instalaciones, maquinaria agrícola, ganado y otros
UNIDAD DE DESARROLLO PESQUERO
ARTÍCULO 153° La Unidad de Desarrollo Pesquero tiene asignado los cargos siguientes:
CAP DENOMINACION DEL ORGANO ORGANO TECNICO
DENOMINACION DE LA UNIDAD ORGÁNICA
UNIDAD DE DESARROLLO PESQUERO
Nº
ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL
231 BIOLOGO II P4-43-190-2 SP-AP 01
• Identificación del Cargo: BIOLOGO II – UNIDAD DE DESARROLLO PESQUERO • Línea de autoridad: Depende del Gerente de Desarrollo Económico • Tiene bajo su mando : ninguno
• Requisitos mínimos del cargo : � Título expedido por una Universidad
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� Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 154 ° El Biólogo II, tiene las siguientes funciones.
1. Ejecutar estudios entomológicos y parasitológicos necesarios para el área 2. Clasificar y estudiar especímenes relativos a su área 3. Preparar medios de cultivo 4. Realizar estudios y emitir propuestas a efecto de lograr el desarrollo agropecuario de la
provincia. 5. Otras funciones que le asigne la superioridad
UNIDAD DE DESARROLLO TURISTICO
ARTÍCULO 155 ° La Unidad de Desarrollo Turístico, tiene asignado los cargos siguientes
CAP DENOMINACION DEL ORGANO ORGANO TECNICO
DENOMINACION DE LA UNIDAD ORGÁNICA
UNIDAD DE DESARROLLO TURISTICO
Nº
ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL
232 ESPECIALISTA EN TURISMO II P4-30-402-2 SP-AP 01
TOTAL UNIDAD ORGANICA 01
• Identificación del Cargo: ESPECIALISTA EN TURISMO II UNIDAD DESARROLLO TURISTICO
• Línea de autoridad: Depende del Gerente de Desarrollo Económico • Tiene bajo su mando : ninguno
• Requisitos mínimos del cargo : � Título expedido por una Universidad � Conocimientos en Computación e Informática � Conocimiento en materia administrativa � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 156° El Especialista en Turismo II, tiene las siguientes funciones.
FUNCIONES:
A) Formular, proponer y ejecutar planes y estrategias institucionales de promoción del turismo y la imagen de Casma en concordancia con las políticas de turismo a nivel Regional y Nacional.
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B) Implementar y desarrollar los planes nacionales estratégicos de Turismo, tal como el Plan Estratégico Nacional de Turismo PENTUR, en el marco de su competencia.
C) Proponer al MINCETUR la política informativa para la difusión de la imagen de Casma en promoción turística.
D) Gestionar recursos de Cooperación reembolsable y no reembolsable Regional, Nacional e Internacional para la Promoción del Turismo, conforme a la normativa Vigente y a través de las autoridades Competitivas.
E) Coordinar con las distintas entidades del Sector Publico, las acciones necesarias para el desarrollo de sus funciones.
F) Promover la Actividad del ENTE GESTOR LOCAL , conformado por la Sociedad Civil, Sector Público y Privado para desarrollar a Casma como Destino Turístico en coordinación con el MINCETUR .
G) Coordinar con los Organismo Sectoriales Públicos y Privados, la elaboración y ejecución de programas de apoyo al Turismo mediante Convenios de :
� Capacitaciones � Talleres � Guías Turísticas, etc
UNIDAD DE DESARROLLO DE LA INDUSTRIA Y COMERCIO
ARTÍCULO 157 ° La Unidad de Desarrollo de la Industria y Comercio, tiene asignado los cargos siguientes:
CAP DENOMINACION DEL ORGANO ORGANO TECNICO
DENOMINACION DE LA UNIDAD ORGÁNICA
UNIDAD DE DESARROLLO DE LA INDUSTRIA Y COMERCIO
Nº ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL
233 ESPECIALISTA EN COMERCIALIZACION II P4-30-346-2 SP-AP 01
TOTAL UNIDAD ORGANICA 01
• Identificación del Cargo: ESPECIALISTA EN COMERCIALIZACION II UNIDAD DESARROLLO TURISTICO
• Línea de autoridad: Depende del Gerente de Desarrollo Económico • Tiene bajo su mando : ninguno
• Requisitos mínimos del cargo : � Título expedido por una Universidad � Conocimientos en Computación e Informática
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� Conocimiento en materia administrativa � Facilidad en el buen trato y ejecución de actividades del cargo
ARTÍCULO 158° El Especialista en Comercialización II, tiene las siguientes funciones.
A) Formular, proponer y ejecutar planes y estrategias institucionales de promoción de la
implementación de la Agroindustria, darle el Valor Agregado a la producción agropecuaria,
dentro del marco del Plan de Desarrollo Local y Regional.
B) Promover y coadyuvar en la implementación de otras líneas de industria en la Provincia, según
las necesidades del mercado local y la disponibilidad de materia prima existente en la zona, tales
como: Ind. de Confecciones, Embutidos, Saladero de Pescado, etc.
C) Promover la reactivación de la Cámara de Comercio de Casma.
D) Promover y gestionar financiamiento interno y externo para las PYMES.
Casma, Julio 2011
ALCALDE PROVINCIAL