MANUAL DE ORGANIZACIÓN REGISTRO NACIONAL 6 VERSIÓN … · como una unidad asesora de la Junta...
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Contenido
PRESENTACIÓN .............................................................................................................................................................. 4
OBJETIVO .......................................................................................................................................................................... 4
CAPÍTULO I ASPECTOS RELEVANTES DE LA INSTITUCIÓN ......................................................................... 5
ANTECEDENTES GENERALES ............................................................................................................................................... 5
Junta Administrativa ............................................................................................................. 6 Auditoría Interna ................................................................................................................... 7 Control y Fiscalización ........................................................................................................... 7 Dirección General .................................................................................................................. 8 Contraloría de Servicios ......................................................................................................... 8 Departamento de Proyección Institucional ............................................................................ 9 Asesoría Jurídica ................................................................................................................... 9 Unidad de Desarrollo Estratégico Institucional.................................................................... 10 Proyectos .............................................................................................................................. 11 Dirección Administrativa ...................................................................................................... 11 Dirección de Servicios ...........................................................................................................13 Dirección de Informática...................................................................................................... 14 Registro Inmobiliario............................................................................................................ 15 Dirección Instituto Geográfico Nacional .............................................................................. 18 Registro de Propiedad Intelectual ........................................................................................ 20 Registro de Personas Jurídicas ............................................................................................ 22 Registro de Bienes Muebles .................................................................................................. 24
MARCO JURÍDICO ........................................................................................................................................................ 26
LEYES 26
CÓDIGOS .......................................................................................................................................................................... 31
DECRETOS ........................................................................................................................................................................ 31
REGLAMENTOS ................................................................................................................................................................. 31
MANUALES ....................................................................................................................................................................... 33
LINEAMIENTOS Y DIRECTRICES DE CONTROL INTERNO..................................................................................................... 34
CIRCULARES ..................................................................................................................................................................... 36
OTROS 36
MARCO FILOSÓFICO ................................................................................................................................................... 37
ATRIBUCIONES ............................................................................................................................................................. 39
CAPÍTULO II ESTRUCTURA ORGÁNICA ............................................................................................................... 40
JUNTA ADMINISTRATIVA .................................................................................................................................................. 40
Auditoría Interna ................................................................................................................. 41
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Control y Fiscalización ......................................................................................................... 42
DIRECCIÓN GENERAL ....................................................................................................................................................... 43
Unidad de Desarrollo Estratégico Institucional.................................................................... 45 Proyectos ............................................................................................................................. 46 Departamento Proyección Institucional ............................................................................... 47 Contraloría de Servicios ....................................................................................................... 49
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA ........................................................................................................................................... 51
Departamento de Proveeduría ............................................................................................. 53 Departamento de Gestión Institucional de Recursos Humanos............................................. 54 Departamento Financiero .................................................................................................... 56 Departamento de Transportes .............................................................................................. 59 Departamento de Arquitectura y Servicios Generales .......................................................... 60 Departamento de Seguridad y Vigilancia ............................................................................. 61 Departamento de Archivo Central ........................................................................................ 62
DIRECCIÓN DE SERVICIOS................................................................................................................................................. 63
Sedes Regionales .................................................................................................................. 64 Departamento de Recepción, entrega y servicios complementarios ...................................... 65 Departamento de Servicios Digitalizados ............................................................................. 66 Departamento de Placas ...................................................................................................... 67
DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA ........................................................................................................................................... 68
Departamento Aseguramiento de la información ................................................................. 70 Departamento Infraestructura Tecnológica .......................................................................... 71 Departamento Servicio al Usuario de Tecnologías de Información ....................................... 74 Departamento de Desarrollo de Soluciones .......................................................................... 75
REGISTRO INMOBILIARIO ................................................................................................................................................. 77
Departamento Catastral Técnico .......................................................................................... 78 Departamento Inmobiliario Registral .................................................................................. 79 Departamento Catastral Registral ....................................................................................... 80 Departamento de Normalización Técnica ............................................................................. 80
DIRECCIÓN INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL (IGN) .................................................................................................... 81
Departamento de Geodinámica ............................................................................................ 86 Departamento Topográfico y Observación del Territorio ..................................................... 87 Departamento Geomática .................................................................................................... 88
REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL .......................................................................................................................... 89
Registro de Propiedad Industrial ......................................................................................... 91 Departamento Registral ....................................................................................................... 92 Departamento de Servicios .................................................................................................. 93 Registro de Derecho de Autor y Derechos Conexos ............................................................... 95
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS ................................................................................................................................. 99
Departamento Registral ..................................................................................................... 100
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REGISTRO DE BIENES MUEBLES ..................................................................................................................................... 100
Departamento Registral ...................................................................................................... 101
ORGANIGRAMA .......................................................................................................................................................... 103
DESCRIPCIÓN DE PUESTOS ................................................................................................................................... 104
BIBLIOGRAFÍA ............................................................................................................................................................ 116
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Presentación
El Manual de Organización del Registro Nacional contiene de forma ordenada y sistemática, la
información sobre los antecedentes, el marco jurídico, marco filosófico, las atribuciones, así
como el objetivo y funciones de las diferentes instancias organizativas, el cual se constituye, en
un instrumento de apoyo administrativo, que describe las relaciones orgánicas que se dan entre
las diferentes unidades, su consulta permitirá identificar con claridad las funciones y
responsabilidades de cada una de ellas, definiendo su marco de acción.
La elaboración de este instrumento técnico-administrativo, es una actividad necesaria para el
fortalecimiento y esquema orgánico-funcional de la Institución, de tal manera que los diferentes
niveles, en el área de su competencia garanticen la congruencia y coordinación de sus acciones, y
se facilite la prestación de los servicios con los niveles de calidad y efectividad requeridos.
En este contexto, tal como lo establece la Ley Nº 5525, Ley de Planificación Nacional, estas
acciones serán parte de las atribuciones de las Unidades de Planificación de cada Institución,
que para efectos del Registro Nacional le competen a la Unidad de Desarrollo Estratégico
Institucional (UDEI).
Objetivo
Disponer de un instrumento ordenado y sistémico en materia de organización, de consulta
institucional donde se plasmen las líneas de comunicación y autoridad entre las diferentes
unidades para lograr el aprovechamiento de los recursos y el desarrollo de las funciones
asignadas.
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Capítulo I Aspectos relevantes de la Institución
Antecedentes generales
Los primeros intentos de publicidad registral encuentran su génesis, en una solicitud de las
Cortes de Madrid de 1528, a partir de la cual se dicta una "Real Pragmática" en 1539, donde
establecía que las ciudades o villas que fueran cabeza de jurisdicción, debían llevar un libro
identificado como Registro de Censos y Tributos, en los que se registraban los contratos de
censos e hipotecas.
Con las Leyes de Indias, se reguló a los escribanos, quienes debían reunir una serie de requisitos
para ser nombrados por el Reino de Castilla. Su función era resguardar en su poder un registro
de todas las escrituras, autos e informaciones públicas que ante ellos se otorgaran.
En concordancia con estas disposiciones, el Derecho Registral en Costa Rica y la aparición de un
Registro de Hipotecas, data desde el año 1778. Así, el Código General de Carrillo, de 1841, es el
primero que hace referencia a un Derecho Hipotecario y la creación de un registro. En 1850, se
reglamentó el Oficio de Hipotecas, con el Decreto Nº 94, en el Gobierno del Presidente Juan
Rafael Mora.
Con la Ley de Hipotecas Española de 1861, se enuncian una serie de principios rectores y se le
otorga al Registro costarricense, una estructura organizativa de oficina pública, donde las
inscripciones se realizaban en libros, cuyo acceso era público. En este contexto, se organiza al
Registro en una sección de hipotecas y otra relativa al dominio, y se sigue un sistema de folio
real, donde en una hoja se plasmaban las características de cada inmueble. Sin embargo, fue
hasta 1865 que tomando como base la citada Ley Hipotecaria Española, se crea el Registro
Público, Institución que comienza a funcionar el 2 de septiembre de 1867, día en que recibe el
primer testimonio de escritura pública, cuya inscripción se efectuó, el 4 de septiembre de ese
mismo año.
Asimismo, para fortalecer el sistema registral, el 4 de enero de 1878, fue publicado en La Gaceta,
el Decreto Nº 5, referente a las funciones y responsabilidades registrales.
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La Oficina de Catastro General, fue creada por la Ley sobre Formación del Catastro, Ley Nº 70
de 1916. Mediante el decreto Nº 49 de 1926 se establece la Oficina de Catastro General, y con el
Decreto Nº 1 del 13 de agosto de ese mismo año, se creó su reglamento.
Posteriormente, en razón del desarrollo científico que había logrado el régimen registral, se
pensó en unificar la dirección de los registros existentes, dictándose entonces la Ley de Bases del
Registro Nacional Nº 4384, firmada por el Presidente de la República, José Joaquín Trejos
Fernández, el 25 de agosto de 1969, y publicada en La Gaceta Nº 194 del 28 de agosto, en la que
se estableció al Registro Nacional como una dependencia del Ministerio de Gobernación.
En el año 1975, a partir de la promulgación de la Ley de Creación del Registro Nacional Nº 5695,
firmada por el Presidente de la República, Daniel Oduber, el 28 de mayo de 1975, se deroga la ley
anterior en su totalidad y define el ordenamiento jurídico básico que permite enfocar la actividad
registral del país de una manera integral, y además, se establece que el Registro Nacional estará
dirigido por una Junta Administrativa, la cual tendrá personería jurídica, y sus funciones se
establecen en el art. 3 de dicha Ley.
En el año de 1978, con la separación de Justicia del Ministerio de Gobernación, el Registro
Nacional pasa a formar parte del Ministerio de Justicia y Gracia, el cual queda debidamente
instituido con la reforma a su Ley de creación Nº 5695, mediante Ley Nº 6934 del 28 de
noviembre 1983, a varios de sus artículos, en especial al art. 1°, donde se establece la
dependencia del Registro Nacional al Ministerio de Justicia.
Cabe destacar, que en el período comprendido de 1979 y 1980, se alcanzó un objetivo
trascendental en la historia registral costarricense, pues a partir de mayo de 1979 empieza a
funcionar el nuevo sistema de inscripción registral, denominado "Folio Real", basado en el
trípode creado por la memoria de un computador, la microfilmación y la representación gráfica
del folio real, lo que, sin duda alguna, colocó al sistema registral costarricense como el más
avanzado; además, aunado a ello, se inició para esa época la construcción del nuevo edificio que
hoy día alberga a todas las dependencias que conforman el actual Registro Nacional.
Junta Administrativa
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En el artículo 3° de la Ley Nº 5695, de Creación del Registro Nacional se establece, que el mismo
será dirigido por una Junta Administrativa, con personería jurídica para el cumplimiento de los
fines de su creación, la cual debe velar por el fiel cumplimiento de las políticas institucionales,
para un mejor aprovechamiento de los recursos de que dispone la Organización.
La labor que ejecuta este órgano colegiado es de gran relevancia dentro del marco institucional,
por cuanto es el encargado de hacer cumplir las disposiciones que dictan los organismos
estatales y de coadyuvar en el desarrollo de la labor registral y administrativa que se lleva a cabo
en el Registro Nacional, para tales efectos, cuenta con el apoyo de dos instancias asesoras, la
Auditoría Interna y Control y Fiscalización.
Auditoría Interna
Esta instancia se crea mediante Decreto Ejecutivo Nº 21734-J del 16 de noviembre de 1992,
como una unidad asesora de la Junta Administrativa. Posteriormente mediante el Decreto Nº
24070-J del 11 de agosto de 1994 se deroga el mismo, y se dispuso que la Auditoría Interna del
Registro Nacional fuera una dependencia de la Auditoría Interna del Ministerio de Justicia.
Luego, mediante el Decreto 24956-J del 16 de enero de 1996, se dispuso derogar el Decreto Nº
24070 y restablecer la vigencia del Decreto Ejecutivo Nº 21734-J, por el cual se creó la Unidad
de Auditoría Interna en el Registro Nacional.
El 15 de julio de 1998 se publica el Reglamento de Organización y Funciones de la Auditoría
Interna del Registro Nacional, el cual fue elaborado considerando los lineamientos generales que
deben observar los órganos sujetos a fiscalización de la Contraloría General de la República, y
fue aprobado mediante Acuerdo J492 el 28 de octubre del 2007, en la sesión N°37-2007,
publicándose en la Gaceta N° 21 del 30 de enero del 2008. En este documento se regulan las
actividades, la organización, los objetivos, funciones y atribuciones de la Auditoría Interna del
Registro Nacional.
Control y Fiscalización
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Esta unidad se creó inicialmente como un departamento, mediante oficio DM-844-2005 del 25
de mayo del 2005 de MIDEPLAN, con dependencia de la Dirección General del Registro
Nacional, cuyo objetivo primordial era establecer los mecanismos necesarios para detectar y
prevenir aquellos actos de corrupción en el proceso registral y a la vez brindarle confianza al
usuario para que éste denunciara algún caso en particular.
Posteriormente, debido a que la realidad institucional que dio origen a esta unidad
administrativa cambió, se tomó la decisión mediante Acuerdo J194 del 22 de abril de 2010
(oficio JARN-243-04-2010), que este Departamento, pasara a ser un órgano staff de la Junta
Administrativa, con el objetivo de fortalecer la gestión jurídica del nivel superior estratégico de la
organización, y prevenir errores y omisiones legales que afecten su accionar en materia de
prevención de actos de corrupción.
Dirección General
Esta instancia fue instituida mediante la Ley de Creación del Registro Nacional Nº 5695, en su
art. Nº 6, con dependencia directa de la Junta Administrativa con una función ejecutiva y de
coordinación con las dependencias del Registro Nacional.
Contraloría de Servicios
En el ámbito nacional, las Contralorías de Servicios se crean por Decreto Ejecutivo Nº 22511-
MIDEPLAN de 1993, el cual ha sido modificado mediante los siguientes decretos: Nº 26025-
PLAN de 1997 y el Nº 34587-PLAN de julio del 2008.
Esta instancia se crea con el fin de fortalecer los mecanismos internos de control, para que los
usuarios puedan manifestar sus opiniones, sean estas individuales o colectivas, acerca de la
calidad de los servicios que brinda la Institución. Considerando así, el principio constitucional
que garantiza el derecho de petición y respuesta dentro del propio Estado, para que sea
sumamente accesible a la población, en la que pueda reclamar el cumplimiento real y efectivo de
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esta garantía, cuando sus demandas no son escuchadas ni resueltas, lo que se logra a través de la
existencia de instancias especializadas para atender y canalizar peticiones y reclamos de los
usuarios.
La Contraloría de Servicios en el Registro Nacional, se crea mediante Decreto Nº 32380-J, esta
instancia no se representa en el organigrama por ser unipersonal.
Departamento de Proyección Institucional
Esta instancia inició sus labores por medio de una función asesora ya existente, en 1999, en
aquel entonces se conocía con el nombre de la Unidad de Arte y Comunicación, estaba
conformada por un profesional especializado en el tema de comunicación; luego se contratan dos
profesionales como apoyo.
Posteriormente, se hace una investigación de mercado para ofrecer un producto externo, y
gracias a éste se lanza la revista Materia Registral, con el propósito de que los usuarios
conocieran más sobre la materia y los servicios que brinda el Registro Nacional, para el buen
funcionamiento y desempeño de la Institución.
Esta unidad dependía de la Dirección General, dado su crecimiento en cuanto a funciones
operativas y profesionales se justificó la creación de un departamento con línea de mando a la
Dirección, fue aprobado mediante el oficio DVMHV-036-2008, del 26 de febrero de 2008 con el
nombre de Proyección Institucional; y cuando se cambia por el presente nombre con el pasar de
los años se le fueron incorporando nuevos subprocesos, tales como: la Biblioteca, que pasa a
formar parte de la Dirección General mediante el Decreto 34113, incluyéndola al Departamento
de Proyección Institucional, también se integraron a éste los subprocesos de Comunicación y
Prensa, Mercadeo, Relaciones Públicas, Taller y está en proceso de integración de lo que será el
Museo institucional.
Asesoría Jurídica
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Los diferentes Registros del Registro Nacional disponían funcionalmente de un órgano asesor
denominado Asesoría Jurídica, para abordar temas propios del área de competencia de cada
uno. Este concepto generaba conflictos en términos institucionales, pues la Dirección General
requería de un órgano que le diera soporte en materia institucional. Por esta razón, mediante
Oficio DM-063-98 del 29 de enero de 1998, con la reorganización del Registro Nacional, se crea
una Asesoría Jurídica con la función primordial de asesorar a la Dirección General en términos
jurídicos de la Institución. Por esta razón, mediante decreto N°27934-J, publicado en el Diario
Oficial La Gaceta 115 del 15 de junio de 1999, se ordena la unificación de las Asesorías Jurídicas
que funcionaban en los diferentes registros que integran el Registro Nacional.
Después de analizar los resultados con la unificación de Asesorías, se determinó que no se
lograron los objetivos planteados para satisfacer las necesidades de los usuarios, tanto internos
como externos al Registro Nacional, y que la fusión resultó ser ineficaz, dado que la misma
consideró solamente el aspecto físico. En virtud de lo anterior, a partir de junio del 2001, los
asesores jurídicos de Inmuebles fueron reubicados físicamente, continuando con las funciones
propias de su especialidad en documentos públicos, referidos a la materia inmobiliaria registral
que venían desarrollando.
La Junta Administrativa del Registro Nacional, en virtud de los informes dados por la Auditoría
Interna, tomó el acuerdo N°J0246 en sesión ordinaria N° 21-2002, del 13 de junio, donde se
solicita la derogatoria del decreto N°27934-J, y se establece que las Direcciones de los diferentes
Registros tendrán su propia asesoría jurídica especializada en la materia propia de su
competencia denominándose en adelante Asesoría Legal, para que no se confunda con la
Asesoría Jurídica Institucional.
Unidad de Desarrollo Estratégico Institucional
Mediante oficio DM-063-98 del 29 de enero de 1998, se aprueba la creación de la UDEI, como
un órgano asesor con línea de dependencia a la Dirección General.
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En el año 2005, mediante el informe RHDAO Nº 065-05, la UDEI se organiza en cuatro
subprocesos: Formulación de Planes, Programas y Proyectos; Fortalecimiento Organizacional;
Control Interno así como Evaluación y Seguimiento de Planes, Programas y Proyectos, para
lograr un mayor alcance de sus objetivos.
Por otra parte, los subprocesos denominados Formulación de Planes, Programas y Proyectos;
Evaluación y Seguimiento de Planes, Programas y Proyectos, en el año 2014 son modificados
según oficio UDEI-015-2014, y pasan a llamarse: Formulación de Políticas, Planes y Programas,
y Evaluación y Seguimiento de Planes y Programas, correspondientemente.
Proyectos
Esta instancia es aprobada por MIDEPLAN mediante oficio DM-235-2011 el o9 de mayo de 2011.
Dirección Administrativa
Esta instancia había sido eliminada por políticas internas. Con la reorganización de 1998, se
retoma la idea de integrar la Dirección Administrativa con línea de mando a la Dirección
General, con los departamentos de Financiero, Servicios Generales, Recursos Humanos y,
Proveeduría para constituirse en un órgano canalizador y ejecutor de decisiones administrativas.
Mediante el DM 1037-2004, fue aprobado el departamento de Seguridad y Vigilancia como
dependencia de esta Dirección. Posteriormente, se integra el departamento de Transportes
mediante oficio DM 081-98, mediante oficio DVMHV-036-08 del 26 de febrero del 2008, se
crea el Archivo Central como séptima dependencia de esta Dirección.
Mediante DM-066-14, del 12 de febrero del 2014, se cambia el nombre del Departamento de
Recursos Humanos y se sustituye por el de Departamento Gestión Institucional de Recursos
Humanos, todo conforme con lo dispuesto en el Decreto 35865-MP, publicado en la Gaceta
N°75, del 20 de abril del 2010.
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Se cambia de nombre al Departamento de Servicios Generales por el de Arquitectura y servicios
generales. Este cambio fue aprobado mediante DM- 148-14, del 10 de julio del 2014.
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Dirección de Servicios
Esta Dirección fue creada mediante el DM-1733-05, del 02 de noviembre de 2005, como
respuesta a la necesidad de concretar acciones tendientes a mejorar y unificar los servicios que
brinda el Registro Nacional, con el fin de minimizar las diferencias en cuanto a espacio físico y
procedimientos, que de forma separada se utilizaron en las áreas de servicios, y a la vez
maximizar el recurso humano y económico, fomentando con ello, una nueva perspectiva en el
modelo de atención al cliente, basada en una filosofía de unificación y agilización de procesos y
de acercamiento al usuario, con información oportuna.
Mediante el DM-477-12, del 03 de agosto del 2012, se modifica esta Dirección y se crean los
siguientes departamentos:
Recepción y entrega.
Servicios complementarios.
Servicios digitalizados.
Placas.
Además, se incorporan las siete Sedes Regionales, dada la fusión que se realizó entre las
Direcciones de Servicios y Oficinas Regionales.
Por otra parte, mediante DM-425-16 de junio del 2016, se modifica esta Dirección y se fusiona
el Departamentos Recepción y entrega y el Departamento Servicios complementarios, para
crear un solo departamento denominado:
“Recepción, entrega y servicios complementarios”
Esta Dirección queda conformada por los siguientes departamentos:
Recepción, entrega y servicios complementarios.
Servicios digitalizados.
Placas.
Además, de las siete Sedes Regionales.
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Dirección de Informática
Esta instancia en sus inicios estaba considerada estructuralmente, en el nivel departamental,
posteriormente con la reorganización del Registro Nacional de 1998 pasa a ser una Dirección,
conformada por los departamentos: Sistemas y Proyectos, Soporte Técnico, Producción y
Operación y Servicio al Cliente, tal como lo establece en el oficio DM-063-98, del 29 de enero de
1998, con el objeto de contar con capacidad instalada en mantenimiento de los sistemas, soporte
técnico y el control de la gestión.
Posteriormente, en el año 2004, mediante oficio DM-514-2004, del 31 de mayo del 2004 emitido
por MIDEPLAN, se aprueba la reorganización parcial de la Dirección de Informática, por
considerarse su función como medular en el quehacer registral. Por esta razón, se puso en
evidencia que la estructura existente en ese momento, ya no respondía a las necesidades y
circunstancias de la sociedad. En esta reorganización se establecen los siguientes
departamentos: Redes y Telecomunicaciones, Proyectos, Base de Datos y Soporte.
Según el art. 23 de la Ley Nº 5695 reformado por el art. 173 del código notarial Ley N° 7764 de
abril 1998, se establece a la Junta Administrativa como responsable de la creación de un régimen
de salarios propio del personal de informática, así como la autorización para contratar al
personal requerido, técnico y profesional, que satisfaga las necesidades del sector público.
Lo normativa anterior ha permitido a la Dirección de Informática disponer de un régimen de
salarios propio mediante el cual ha contratado el personal con el perfil requerido para apoyar
tanto la actividad sustantiva como de apoyo al Registro Nacional.
Otro aspecto importante de citar en la evolución de esta Dirección, es el cambio de nombre que
se le dio al Departamento de Proyectos en el 2011, en virtud de la reorganización parcial que dio
origen a la Unidad Asesora denominada Proyectos, la cual fue aprobada por MIDEPLAN
mediante oficio DM235-2011 del 9 de mayo 2011, de esta forma, el Departamento de Proyectos
de la Dirección de Informática se le cambia el nombre como Departamento de Desarrollo de
Soluciones, lo anterior, para evitar una interpretación errónea en cuanto a competencias de
ambas instancias.
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Por otra parte, ante crecimiento de responsabilidades y servicios que atiende la Dirección de
informática se propuso una reorganización parcial, la cual fue aprobada por MIDEPLAN
mediante DM-220-13, del 30 de abril del 2013. La misma consistió en crear el Departamento de
Aseguramiento de la Información, que venía funcionando de hecho. Por otra parte, se fusionan
los Departamentos Redes y Telecomunicaciones y Base de Datos, y se crea el Departamento
Soporte de Infraestructura Tecnológica. Asimismo, se cambia el nombre del Departamento de
Soporte por Servicio al Usuario de Tecnologías de Información y se mantiene el Departamento
Desarrollo de Soluciones.
Registro Inmobiliario
Los orígenes del Registro Inmobiliario se fundamentan en la creación del Registro Público,
creado mediante la Ley N° 31 del 25 de septiembre de 1865, ésta fue reglamentada mediante
Decreto Ejecutivo Nº 1 del 04 de abril de 1896. La ley de creación, fue modificada mediante la
Ley N° 5695 del 28 mayo de 1975, en donde se integra este Registro al Registro Nacional y se
modifica de Registro Público a Registro de Bienes Inmuebles.
Desde la promulgación de la Ley de Bases del Registro Nacional (N° 4834 del 25 de agosto de
1969), se plantea la idea de modernizar el Registro Público de la Propiedad dotándolo de fondos,
con el propósito de brindar un mejor servicio, como respuesta al creciente volumen de
documentos que ingresan a la Institución. Paralelo a ello, se crea una primera comisión de
Reformas al Registro de la Propiedad, para la ejecución de proyectos de cambio y
modernización. Se obtienen de esta primera etapa, logros como la compra del terreno donde
actualmente se encuentra el Registro y el envío de los registradores a Argentina para capacitarse
en técnicas registrales, algunos de los cuales conformaron la primera “Comisión de Folio Real”
cuyos avances lograron la confección de un índice mecanizado de propietarios.
Por otra parte, en 1971 se inicia la técnica de microfilmación en los tomos de Diario y de
hipotecas, que luego se extienden a los tomos de propiedad, labor que concluye en 1978,
rescatando la información de cien años. Luego inician la microfilmación de los documentos que
ingresan por primera vez y los que salen inscritos, haciendo entonces de la microfilmación un
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complemento que garantiza el principio de la literalidad. En una segunda etapa, se efectúa la
mecanización de la fase operativa del Registro (calificación, inscripción y publicidad).
En 1979 se pone a prueba un sistema paralelo (utilización del sistema de tomos y el primer
sistema mecanizado), con fincas de Limón y Heredia; luego de algunas pruebas se
implementaron en todas las fincas del país.
En 1981 con la compra del primer computador, se inició la automatización lo que hizo que en
1984, se incorporaran las fincas de San José al nuevo sistema quedando atrás la inscripción en el
sistema de tomos.
En 1990 con la segunda comisión de reformas, se rediseña el sistema de folio real mecanizado
del año 1979, por uno totalmente desmaterializado a través de medios magnéticos. La
digitalización de documentos sustituyó a la microfilmación.
El Registro de Bienes Inmuebles estuvo conformado por Cédulas Hipotecarias, el Registro de la
Propiedad, Propiedad Horizontal y el Registro General de Concesiones de la Zona Marítima
Terrestre.
El Registro de Propiedad Horizontal se creó mediante la Ley N° 3670 del 22 de marzo de 1966;
la cual es interpretada en la Ley N° 5317 del 16 de agosto de 1973 y se reglamenta en el decreto
ejecutivo N° 4865-G del 12 de mayo de 1975. Este Registro se encargaba de la inscripción de
documentos referentes a los condominios. Por su parte, según decreto ejecutivo N° 21756 MP-
J-TUR publicado en la Gaceta N° 03 de enero de 1993, se ordena el traslado del Registro
General de Concesiones de la Zona Marítimo Terrestre del Instituto Costarricense de Turismo al
Registro Nacional, como dependencia del Registro Público de la Propiedad Inmueble, para que
se inscriban constituciones, prórrogas o cesiones de los respectivos contratos, los gravámenes
que se constituyen, así como cualquier acto o contrato que afecte, limite, modifique o extinga
derechos derivados de concesiones.
Otro de los orígenes que conforman el Registro Inmobiliario, es el Catastro Nacional, creado
mediante la Ley N° 70 del 18 de diciembre de 1916, con lo que se consolidó órgano que jugó un
gran papel en el desarrollo económico y jurídico-registral del país, la Oficina de Catastro
General, bajo la responsabilidad del entonces Registro Público. Su función consistía en hacer el
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levantamiento de un plano de las carreteras, calles y caminos públicos, ferrocarriles y ríos, que
servían para delimitar las diferentes zonas o regiones del territorio nacional.
El Catastro, que aunque en forma incipiente funcionaba en el ámbito de las actividades
registrales inmobiliarias del país, fue trasladado a la Secretaría de Fomento, mediante Ley N°
49 de 29 de julio de 1926. Después de la promulgación de esta ley, se reglamentó la Oficina de
Catastro mediante el decreto ejecutivo N° 1 del 13 de agosto del mismo año.
Por disposición de la Ley N° 59 del 04 de julio de 1944, se creó el Instituto Geográfico Nacional,
como una dependencia de la Secretaría de Fomento; la Oficina de Catastro pasó a ser el
Departamento de Catastro de dicho Instituto.
Por otra parte, mediante la ley N° 3495 del 3 de febrero de 1965, se creó la Oficina del Catastro
Fiscal, con un propósito fiscal y económico, y para poder perfeccionar la administración del
cobro del impuesto territorial. Para ese mismo año, se suscribe el Convenio de Cooperación
Técnica con la República Federal de Alemania, para la creación de un catastro jurídico que
respaldara los trabajos efectuados por los técnicos alemanes.
Asimismo, es importante señalar que mediante las leyes de Presupuesto Nacional de los años
1969 y 1970, fue creado el Catastro Jurídico, como un departamento dependiente del Registro
Público del Ministerio de Gobernación, con el propósito de estrechar las relaciones entre la
información catastral y la información registral.
En consideración con lo anterior, mediante la Ley N° 4701 del 28 de diciembre de 1970, se
integran las diversas oficinas de Catastro: el Catastro Nacional en el Ministerio de Transportes,
el Catastro Fiscal que estuvo en el Ministerio de Hacienda y el Catastro Jurídico en el Ministerio
de Gobernación, para conformar la Dirección de Catastro, dependiente del Ministerio de Obras
Públicas y Transportes, ley que se materializa en 1971. Por otra parte, en 1977, al ejecutarse los
proyectos de Titulación del Instituto de Tierras y Colonización (ITCO), se trasladó la Dirección
del Catastro Nacional al Registro Nacional, como dependencia del Ministerio de Justicia,
constituyéndose así en uno de los Registros que conforman esta Institución.
Cabe destacar que mediante Ley Nº 6545, del 13 de marzo de 1981, denominada Ley del Catastro
Nacional, fue sancionada por el Presidente de la República el 25 de marzo del mismo año, con lo
18
que se facultó al Poder Ejecutivo para dictar la reglamentación respectiva, lo cual se hizo
mediante Decreto Ejecutivo Nº 13607-J, del 25 de mayo de 1982, con el Título de "Reglamento a
la Ley del Catastro Nacional”.
Para 1990, se desarrolló el mejoramiento del Catastro Nacional, esto se logró mediante el
acuerdo de Cooperación técnico-económico entre el Ministerio de Relaciones Exteriores de Costa
Rica y el Reino de los Países Bajos, con el que se pretendió realizar el levantamiento de todo el
país en cinco etapas.
En 2002 se firmó el Convenio de Préstamo entre la República de Costa Rica y el Banco
Interamericano de Desarrollo, BID, con el objetivo de realizar el catastro de la totalidad de los
predios existentes en el país, debidamente georreferenciados y compatibilizados con la
información el Registro de la Propiedad Inmueble.
Ante la necesidad de incrementar la seguridad registral inmobiliaria en el país, para garantizar
los derechos de propiedad inmobiliaria a los ciudadanos, con procesos integrados y
georeferenciados, evitar fraudes y disponer de un moderno sistema de información territorial,
para hacerlos más eficientes y con acceso a Internet, se publicó el 10 de marzo del 2009 en la
Gaceta, la Ley Nº 8710, la cual reformó la Ley 5695 en su art. 2- inciso a), y fusionó el Registro
de Bienes Inmuebles y el Catastro Nacional, en el Registro Inmobiliario, manteniendo la
división de funciones, procesos y procedimientos, de acuerdo con la especialidad de cada
materia.
Dirección Instituto Geográfico Nacional
Mediante la Ley N° 59 de julio de 1944, se crea el Instituto Geográfico Nacional (IGN), como
dependencia de la Secretaría de Fomento, hoy Ministerio de Obras Públicas y Transportes.
Posteriormente, mediante la Ley-4381 del 14 de agosto de 1969, se crea el Departamento
Topográfico, dependiendo del Instituto Geográfico Nacional.
19
Por medio de la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio
Fiscal de 1971, publicado en la Gaceta N° 292 del 29 de diciembre de 1970, se traslada a
depender del Ministerio de la Presidencia. Poco tiempo después, en julio de 1971, se publica en
la Gaceta la Ley-4786 que de nuevo lo traslada al Ministerio de Obras Públicas y Transportes.
El artículo N° 12 del Decreto Ejecutivo N° 9610-T, publicado en la Gaceta N° 40 del 26 de
febrero de 1979, reafirma su dependencia del Ministerio de Obras Públicas y Transportes.
Posteriormente, a través de Decreto Ejecutivo N° 20531-MOPT, publicado en la Gaceta N° 138
del 22 de julio de 1991, se le introducen algunas modificaciones a su estructura organizativa,
ajustándola a los requerimientos de eficiencia y racionalidad que demandan las condiciones
actuales a nivel tecnológico y financiero, a su vez lo declara como entidad adscrita al Ministerio.
Además, mediante Decreto Ejecutivo N° 24848-MOPT, publicado en la Gaceta N° 14 del 19 de
enero de 1996, se deroga el Decreto Ejecutivo N° 24730-MOPT, publicado en el Alcance N° 50 de
la Gaceta N° 215 del 13 de noviembre de 1995, y se reestructura la División de Obras Públicas
para que se fundamente en el trabajo por procesos. La modificación de la estructura
organizativa fue aprobada por Planeamiento Administrativo del Ministerio de Obras Públicas y
Transportes; así como por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica,
mediante el documento DM-970-95 del 09 de octubre de 1995 y Reforma del Estado, del
Ministerio de la Presidencia.
Posteriormente, mediante el Decreto Ejecutivo N° 27098-MOPT publicado en la Gaceta N° 115
del 16 de junio de 1998, se derogó al Decreto Ejecutivo N° 24848-MOPT, publicado en la Gaceta
N° 14 del 19 de enero de 1996, con lo cual queda vigente el Decreto Ejecutivo N° 24730-MOPT,
publicado en el Alcance N° 50 de la Gaceta N° 215 del 13 de noviembre de 1995, el cual
reestructura la División de Obras Públicas.
Mediante el Decreto Ejecutivo N° 27917-MOPT, publicado en la Gaceta N° 112 del 10 de junio de
1999, se reestructura el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, pasando el Área Instituto
Geográfico Nacional a ser la Dirección de Instituto Geográfico Nacional y a depender
directamente del Nivel Superior.
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Para el 2011, la Ley Reforma del artículo 2 de la Ley Nº 5695, Creación del Registro Nacional y
sus Reformas, y modificación de la Ley Nº 59, Creación y Organización del Instituto Geográfico
Nacional, del 4 de julio de 1944 y sus reformas, Ley Nº 8905, publicada en la Gaceta 18, del 26
de enero del 2011, establece que el Instituto Geográfico Nacional pasa a ser una dependencia
más del Registro Nacional.
Para cumplir con la modificación definida en la Ley y absorber dentro de la estructura orgánica
existente al Instituto Geográfico (IGN), se elaboró una propuesta de reorganización la cual fue
aprobada por MIDEPLAN mediante oficio DM-127-2012, del 09 de marzo de 2012, donde se
establece que el IGN será una Dirección más del Registro Nacional con tres departamentos en su
parte funcional técnica.
Registro de Propiedad Intelectual
Los antecedentes de la Propiedad Intelectual en el país, se remontan desde 1889 con los
primeros registros de marcas ubicados en la Secretaría de Hacienda y Comercio, propiamente en
su Oficina de Marcas. El 30 de junio de 1896 se crea mediante Ley N°40, el Registro de la
Propiedad Industrial.
En 1975, entró en vigencia el Convenio Centroamericano para la Protección de la Propiedad
Industrial, el cual, se adoptó para establecer un régimen jurídico uniforme sobre marcas,
nombres comerciales y expresiones o señales de propaganda. Luego, el Registro pasó a formar
parte del Ministerio de Gobernación, el cual integraba al Registro Nacional.
Según lo establecido por la Ley de Patentes de Invención, Dibujos y Modelos Industriales, y
Modelos de Utilidad Nº 6867, del 05 de abril de 1983, y la Ley de Marcas y Otros Signos
Distintivos Nº 7978 del 1º de febrero del 2000, el Registro de la Propiedad Industrial, le
corresponde la Administración Nacional de la concesión y el registro de los derechos de
propiedad industrial al Registro Nacional.
Propiedad Industrial actualmente está conformado por: Marcas Comerciales Patentes de
Invención y Marcas de Ganado. Asimismo, Patentes de Invención se integró al Registro de la
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Propiedad Industrial hasta finales de los años sesenta, anteriormente, formaba parte del
Ministerio de Obras Públicas y Transportes; por su parte, Marcas de Ganado, según la Ley de
Marcas de Ganado Nº. 2247 en su artículo 1 indica: “Créase la Oficina Central de Marcas de
Ganado, adscrita al Registro de Marcas de Fábrica, establecido por la Ley Nº. 559 de 24 de junio
de 1946. (Así reformado por el artículo 1 de la Ley Nº. 2239, de 22 de abril de 1959)”; perteneció
de acuerdo con la papelería existente de los años cincuentas y sesentas al “Ministerio de
Economía y Hacienda, Dirección General de Economía y ya en los años setenta pasa a pertenecer
al Ministerio de Economía, Industria y Comercio.”
La Ley de Propiedad Intelectual Nº 40 del 27 de junio de 1896, en su art. 49, creó el Registro
para la inscripción de la propiedad científica, literaria y artística, el cual, conforme a dicha
normativa, se estableció en la Dirección General de Bibliotecas.
En tal entidad se llevaba el registro en orden cronológico de las obras registradas y depositadas.
Conforme a los artículos 53, 54 y 60, la protección de las obras literarias, artísticas y científicas,
quedaba supeditada a la inscripción registral y el depósito legal, de forma que la inscripción era
obligatoria para ostentar derechos de autor.
En 1982, ante la necesidad de contar con un marco jurídico adecuado para la protección de las
creaciones intelectuales originales, literarias, artísticas o científicas, se promulgó la Ley de
Derechos de Autor y Derechos Conexos, Nº 6683. El art. 95 de dicha normativa establece el
Registro Nacional de Derechos de Autor y Derechos Conexos, como órgano adscrito al Registro
Público de la Propiedad, constituyéndose en un órgano registral más, de conformidad con la
voluntad del legislador, de integrar en el Registro Nacional todos los registros, tanto los que se
indican en el art. 2° de la Ley de Creación del Registro Nacional, Nº 5695, como los demás que se
establezcan por Ley; con independencia funcional y de criterio, derivada de la desconcentración
de que goza para el cumplimiento de sus fines.
En el caso concreto del Registro de Derecho de Autor y Derechos Conexos, esa voluntad
legislativa es ejecutada mediante Decreto Ejecutivo Nº 19117-J-C de 20 de julio de 1989, que
basándose en los numerales 1 y 2 de la citada Ley, ordenó trasladarlo a la Dirección General del
Registro Nacional.
22
La citada Ley Nº 6683 vino a constituir un gran avance no solo en el ámbito nacional, sino
también, en el regional, en materia de protección de los derechos autorales y conexos. Su
objetivo fundamental es proteger las creaciones de autores costarricenses y extranjeros, de
conformidad con el numeral 2. Dicha ley fue reglamentada en el año 1995, mediante Decreto
Ejecutivo Nº 24611-J.
En el oficio C026-94 del 12 de febrero de 1997 de la Procuraduría General de la República, se
analiza, corrobora y reconoce, la independencia otorgada por Ley al Registro de Derechos de
Autor y Conexos, como un órgano de desconcentración máxima al igual que aquellos que
integran conforme al art. 2 de la Ley de Creación del Registro Nacional.
El Registro de Derechos de Autor y Conexos se ha convertido en una instancia especializada en la
materia, con funciones diversas y variadas, que van mucho más allá de la registración.
A partir del 03 de marzo del año 2003, el Registro Nacional de Derecho de Autor y Conexos
procedió a la apertura del servicio de consultas en materia de su competencia, la cual se ha ido
consolidando como un mecanismo eficaz, a través de la vía escrita, fax, telefónica, correo
electrónico, o bien, personalmente.
Actualmente la Ley Nº 8710 con la reforma al art. 2 de la Ley Nº 5695 de creación del Registro
Nacional, establece que la Dirección de Propiedad Intelectual, estará conformada por los
registros de Propiedad Industrial y de Derechos de Autor y Conexos.
Registro de Personas Jurídicas
La historia comercial del país tiene sus antecedentes a partir de la proliferación de las diferentes
leyes en materia comercial, para lo cual se redactó un Código de Comercio, creado por la Ley Nº
3284 del 30 de abril de 1964, la misma compiló la nuevas figuras comerciales y todas las leyes
relativas al comercio, estipulando también los actos o contratos inscribibles en el Registro
Mercantil.
Posteriormente, con la promulgación de la Ley N° 6220 del 10 de mayo de 1978, se creó dentro
del Registro Mercantil, la Sección de Propiedad de Medios de Difusión y Agencias de Publicidad,
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que regula la inscripción de esta clase de sociedades, sus estatutos, traspasos, gravámenes y
enajenación de las cuotas o acciones nominativas.
Según lo establecido en el Decreto Ejecutivo N° 13888-J-G del 29 de setiembre de 1982, se
trasladó el Registro de Asociaciones al Registro Nacional, y se estableció que la inscripción de
documentos, tales como, poderes, sociedades y de personas, le correspondería a los funcionarios
del Registro Mercantil; mientras que, al Registro de Asociaciones le compete la calificación e
inscripción de documentos relativos a la constitución de asociaciones. Este último decreto fue
modificado por el Decreto Ejecutivo N° 17653-J de 29 de julio de 1987, que estableció al
Registro de Asociaciones en el Registro Público.
El 29 de octubre de 1990, se publicó en la Gaceta N° 204 la Ley N° 7201 Ley Reguladora del
Mercado de Valores y Reformas al Código de Comercio, la cual introdujo varias reformas al
citado Código, entre ellas, la creación de otras sociedades anónimas.
Por su parte, mediante el Decreto Ejecutivo N° 19932-J del 4 de octubre de 1990, se centraliza
en el Registro de Asociaciones el trámite de autorización, inscripción, fiscalización y control
administrativo de las asociaciones constituidas según la Ley de Asociaciones Nº 218 del 08 de
agosto de 1939 y sus reformas.
Es así como en 1997, la Junta Administrativa del Registro Nacional, emitió un acuerdo en la
sesión extraordinaria N° 58-97, celebrada el 30 de octubre, donde se estableció formalmente la
creación de la Dirección de Personas Jurídicas, fortaleciendo así la tesis planteada en el
documento final de reestructuración del Registro Nacional, posteriormente, esta propuesta fue
avalada por MIDEPLAN, según oficio DM-133-98 del 5 de marzo de 1998, y oficializada con la
promulgación del decreto 26771-J del Reglamento del Registro Público, el día 18 de marzo de
ese mismo año, donde se definió la estructura organizativa de ese momento.
Por otro lado, la Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad
Intelectual, No. 8039 de 27 de octubre de 2000, al crear al Tribunal Registral Administrativo
(TRA), Superior Jerárquico Impropio de este Registro, incluyó de manera expresa en su artículo
22, al Registro de Personas Jurídicas como Registro integrante del Registro Nacional.
24
Finalmente, el Registro de Personas Jurídicas, según oficio de MIDEPLAN, DM-07-2001, del 06
de febrero de 2001, pasa a tener independencia y autonomía relativa en la toma de decisiones, y
además posee las mismas responsabilidades y obligaciones de los demás registros en la materia
de su especialidad.
Registro de Bienes Muebles
La creación del Registro de Bienes Mueble, se da en 1964 en el artículo 236 del Código de
Comercio; la Ley N° 3284 del 30 de abril de ese año indica: "Créase el Registro de Muebles con
asiento en la ciudad de San José, que actuará conjuntamente con el Registro de Prendas”. No
obstante, los distintos registros de documentos de Bienes Mueble fueron organizándose técnica
y administrativamente de manera independiente.
El Registro Público de la Propiedad Mueble, estaba constituido por los antiguos Registros
Públicos de la Propiedad de Vehículos Automotores, General de Prendas, Naval y Buques, y la
sección de placas del Ministerio de Obras Públicas y Transportes.
De acuerdo con el decreto ejecutivo N° 14137-J del 18 de noviembre de 1982, fue trasladado el
Registro Público de la Propiedad de Vehículos Automotores al Registro Nacional y mediante
decreto ejecutivo N° 16821-J del 26 de diciembre de 1985, se autoriza el Reglamento de dicho
Registro.
Asimismo, el Registro General de Prendas fue creado por la Ley N° 5 del 05 de octubre de 1941,
como dependencia de la Secretaría de Hacienda bajo las órdenes de la Superintendencia de
Bancos y, en 1948 fue adscrita al Ministerio de Gobernación. En 1964 se dictó su Reglamento
mediante el decreto ejecutivo N° 34 del 10 de setiembre.
En cuanto al Registro Nacional de Buques, este fue creado mediante el Reglamento Orgánico de
la Dirección General de Transportes por Agua, el cual en su art. 3 inciso q), encomienda a la
Dirección lo siguiente: "Establecer y llevar un registro que se denominará Registro Naval
Costarricense y que habrá de constar de dos secciones: Registro Marítimo Administrativo y
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Registro Nacional de Buques”, el cual se complementó con el Decreto N° 12568-T-S-H del 30 de
abril de 1981, en donde se establece el Reglamento del Registro Naval Costarricense, para
definir las competencias propias de las dos secciones que integran ese Registro.
Posteriormente, con la circular N° 03-93 de la Dirección General del Registro Nacional, se lleva
a cabo la reorganización administrativa y la variación esencial en la naturaleza de las funciones
realizadas en los Registros de Prendas y Vehículos.
Como parte de la consolidación del Registro Público de la Propiedad Mueble, se emitió el
decreto N° 23178-J-MOPT del 18 de abril de 1994, el cual dispone en su art. 1°, el Traslado del
Registro Nacional de Buques al Registro Público de la Propiedad Mueble del Registro Nacional.
Por otra parte, mediante Decreto N° 21900-MOPT-J del 20 de enero de 1993, se incorpora el
Departamento de Placas del Ministerio de Obras Públicas y Transportes al Registro Público de
la Propiedad Mueble. Dicho Decreto en el art. 1°, indica: "Corresponde al Registro Público de
Vehículos Automotores la elaboración, confección, adjudicación de números y entrega de las
placas de los vehículos automotores cuya inscripción autorice excepto el diseño gráfico, el
color, el material y las especificaciones técnicas de las placas metálicas, que continuará siendo
competencia de la Dirección General de Ingeniería de Tránsito, de conformidad con lo que
establece la Ley de la Administración Vial, ley Nº 6324 del 24 de mayo de 1979".
Como parte de la política de integración administrativa de las dependencias relacionadas con la
Propiedad Mobiliaria, en setiembre de 1993, mediante oficio de la Dirección del Registro
Público DRP-486-93 con fecha del 08 de octubre, el Departamento de Certificaciones
computarizadas inmediatas sobre vehículos, que había estado a cargo del Registro Público de la
Propiedad Inmueble, fue adscrito al Registro Público de la Propiedad de Vehículos.
Por otro lado, el Registro Aeronáutico fue creado mediante la Ley General de Aviación Civil, N°
762 del 18 de octubre de 1949. En la actualidad se encuentra regulado por la Ley General de
Aviación Civil, N° 5150 del 14 de mayo de 1973, reformada por las leyes: N° 5437 del 17 de
diciembre de 1973 y la N° 6021 del 15 de diciembre de 1976. Con la reforma el art. 1° de la Ley
N° 8766 de 1 de setiembre 2009, se modifica el art. 2 de la ley N° 5695 donde pasa a formar
parte del Registro de Bienes Mueble, la inscripción de aeronaves.
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Marco Jurídico
Constitución Política de la República de Costa Rica Publicada del 7 de noviembre de 1949.
Leyes
Ley Código de Trabajo N° 2, La Gaceta N° 192, del 29 de agosto de 1943.
Ley de Creación del Instituto Geográfico Nacional Nº 59, de 4 de julio de 1944.
Ley Código Civil N°63, del 28 de setiembre de 1887. Ley de Asociaciones Nº 218, del 8 de
agosto de 1939.
Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional N° 1644, del 26 de setiembre de 1953.
Ley Orgánica de Instituto Costarricense Turismo (ICT) Nº 1917, del 27 de julio de 1955,
publicada en Gaceta 175 del 9 de agosto de 1955 y sus reformas
Ley de Orgánica del Consejo Nacional de Producción Nº 2035, del 17 de julio de 1956.
Leyes Especiales entre otras, Ley del Editorial Costa Rica Nº 2366, del 10 de junio de 1959.
Ley del Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) Nº 2825, del 29 de marzo de 1982.
Ley de Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente
Atlántica (JAPDEVA) Nº 3091, del 18 de febrero de 1963
Ley Código de Comercio N° 3284, La Gaceta N° 119, del 27 de mayo de 1964, Alcance N° 27.
Ley de Actividades Profesionales Nº 3454, del 14 de noviembre de 1964.
Ley de Desarrollo General de la Comunidad Nº 3859, del 7 de abril de 1967.
Ley de Inscripción de Documentos Públicos Nº3883, publicada en la Gaceta Nº 92, del 15 de
mayo de 2002.
Ley del Banco Popular y de Desarrollo Comunal Nº 4351, del 11 de julio de 1969.
Ley de Creación Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) Nº 4197, del 8 de abril de 1949.
Ley de Aranceles del Registro Público Nº 4564, del 29 de abril de 1970. Ley Código Penal N°
4573, La Gaceta N° 257, del 15 de noviembre de 1970, Alcance N° 120A.
Ley Código de Normas y Procedimientos Tributarios N° 4755, del 03 de mayo de 1971.
27
Ley de Creación del Instituto Mixto de Ayuda Social Nº 4760, del 4 de mayo de 1971.
Ley Residentes Pensionados o Rentistas Nº 4812, del 28 de julio de 1971.
Ley Sobre Fomento Avícola Nº 4981, del 26 de mayo de 1972.
Ley Sobre Sociedades Financieras de Carácter no Bancario Nº 5044, del 7 de setiembre de
1972.
Ley General de Aviación Civil Nº 5150, del 11 de diciembre de 1972.
Ley Contrato del Gobierno de Costa Rica e IICA Nº 5201, del 23 de mayo de 1973.
Ley de Fundaciones Nº 5338, del 28 de agosto de 1973.
Ley Reguladora del Transporte Remunerado en Vehículos Taxis Nº 5406, del 26 de
noviembre de 1973.
Ley Código de Familia N° 5476, La Gaceta N° 24, del 05 de febrero de 1974, Alcance N° 20.
Ley de Planificación Nacional Nº 5525, del 2 del mayo de 1974.
Ley de Creación del Registro Nacional N° 5695, del 28 de mayo 1975 y sus reformas.
Ley Reforma del artículo 2 de la Ley Nº 5695, Creación del Registro Nacional y sus Reformas,
y Modificación de la Ley Nº 59, Creación y Organización del Instituto Geográfico Nacional,
del 4 de julio de 1944 y sus reformas, Ley Nº 8905, publicada en la Gaceta Nº 18, del 26 de
enero del 2011, y que entraría en vigencia un año posterior a esta publicación.
Ley de Parques Nacionales Nº 6084, del 24 de agosto de. 1977.
Ley Sobre las Reservas Nacionales Nº 6084, del 17 de agosto de 1977.
Ley de Distribución de Bienes Confiscados o Caídas en Comiso Nº 6106, del 18 de agosto de
2003.
Ley del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal de Costa Rica (IFAM) Nº 6124, 02 mayo
de 2003.
Ley Orgánica del Notariado Nº 6145, del 5 de enero de 1943.
Ley General de la Administración Pública Nº 6227, del 2 de mayo de 1978.
Ley del Instituto Tecnológico de Costa Rica Nº 6321, del 27 de abril de 1979.
Ley de Administración Vial Nº 6324, del 25 de mayo de 1979Ley de Administración
Financiera y Presupuestos Públicos Nº 8131, publicado en La Gaceta Nº 198, del 16 de
octubre de 2001.
28
Ley del Catastro Nacional N° 6545, del 5 de setiembre de 1984.
Ley de la Refinadora Costarricense de Petróleo (RECOPE) Nº 6588, del 30 de junio de 1981.
Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos Nº 6683, del 14 de octubre de 1982, publicada
en la Gaceta Nº 212, del 04 de noviembre de 1982.
Ley del Instituto de Fomento Cooperativo (Infocoop) Nº 6756, del 30 de abril de 1982.
Ley de Patentes de Invención, Dibujos y Modelos Industriales y Modelos de Utilidad Nº
6867, del 05 de abril de 1983.
Ley Orgánica Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), Nº 6868, del 21 de mayo de 1965.
Ley Reforma la ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional y la Ley de Asociaciones
Cooperativas y autoriza la creación del Banco Cooperativo Costarricense, R. L. (BANCOOP,
RL) Nº 6894, publicada en la Gaceta 200 del 24 de octubre de 1988.
Ley para el Equilibrio Financiero del Sector Público Nº 6955, del 24 de febrero de 1984.
Ley de Incentivos para el Desarrollo Turístico Nº 6990, del 15 de julio de 1985.
Ley de Asociaciones Mutualistas Nº 7052, del 13 de noviembre de 1986, publicada en La
Gaceta Nº 226, del 27 de noviembre de 1986.
Ley de Fomento a la Producción Agropecuaria Fodea Nº 7064, del 14 de junio de 1977.
Ley Impuesto sobre la Renta Nº 7092, publicada en la Gaceta Nº 96, del 19 de mayo de 1988
Ley Código Procesal Civil N° 7130, La Gaceta N° 208, del 03 de noviembre de 1989, Alcance
N° 35.
Ley de Jurisdicción Constitucional Nº 7135, publicada en La Gaceta Nº 198, del 10 de octubre
de 1989.
Ley de Promoción de la Igualdad Real de la Mujer Nº 7142, del 8 de marzo de 1990.
Ley de Creación del Timbre de Archivo Nacional Nº 7202, del 21 de diciembre de 1934.
Ley Sistema Nacional de Archivo Nº 7202, del 24 de octubre de 1990.
Ley de Tránsito Nº 7331, del 13 de abril de 1993.
Ley Orgánica del Poder Judicial Nº 7333, del 29 de noviembre de 1937.
Ley Sociedades Anónimas Laborales Nº 7407, del 3 mayo de 1994, publicada en La Gaceta Nº
91, del 12 de mayo de 1994.
29
Ley Orgánica de la Contraloría General de la República Nº 7428, publicada en La Gaceta Nº
210, del 4 de noviembre de 1994.
Ley de Contratación Administrativa Nº 7494, publicado en La Gaceta Nº 110, del 08 de junio
de 1995.
Ley Forestal Nº 7575, publicada en la Gaceta Nº 72, del 16 de abril de 1996.
Ley Código Procesal Penal N° 7594, La Gaceta N° 106, del 04 de junio de 1996, Alcance N° 31.
Ley de Defensa del Idioma Español y Lenguas Aborígenes Costarricenses Nº 7623, publicada
en la Gaceta Nº 193, del 9 de octubre de 1996.
Ley Resolución Alterna de Conflictos y la Paz Social N° 7727, publicada en la Gaceta Nº 9, del
14 de enero de 1998.
Ley Reguladora del Mercado de Valores Nº 7732, del 7 de enero de 1998, publicada en la
Gaceta Nº 18, del 27 de enero de 1998.
Ley Código de la Niñez y de la Adolescencia N° 7739, La Gaceta N° 26, del 06 de febrero de
1998.
Ley Código Notarial N° 7764, La Gaceta N° 98, del 22 de mayo de 1998, Alcance N° 17.
Ley Sobre Estupefaciente, Sustancias Psicotrópicas, Drogas de uso no autorizadas,
Actividades Conexas, Legitimización de capitales y Financiamiento al Terrorismo del 30 de
abril de 1998, Nº 7786, Reforma Ley 8204, publicada en la Gaceta 8 del 11 de enero del 2002.
Ley Código Municipal N° 7794, La Gaceta N° 94, del 18 de mayo de 1998.
Ley de Modificación de los artículos 14, 19 y 20 del Código Municipal Ley Nº 7794. Nº 8611,
publicada en la Gaceta Nº 225, del 22 de noviembre de 2007.
Ley de Creación del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación y del Régimen
Jurídico de la Educación Física, el Deporte y la Recreación, Nº 7800, del 30 de Abril de 1998,
publicada en la Gaceta Nº 103 del 29 de mayo de 1998.
Ley de Protección a los Sistemas de Trazados de los Circuitos Integrados Nº 7961, publicada
en la Gaceta Nº 13, del 19 de enero de 2000.
Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos Nº 7978, publicada en la Gaceta Nº 22, del 1º de
febrero de 2000.
Ley de Procedimientos de Observación de los Derechos de Propiedad Intelectual Nº 8039,
del 5 de octubre de 2000, publicada en la Gaceta Nº 206, del 27 de octubre del 2000.
30
Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual Nº 8039,
publicada en la Gaceta Nº 206, del 27 de octubre de 2000.
Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos Nº
8220, publicada en La Gaceta Nº 49, del 11 de marzo de 2002 y su reforma, Ley Nº 8990,
publicada en la Gaceta Nº 189 del 3 de octubre del 2011.
Ley General de Control Interno Nº 8292, setiembre 2002, publicada en la Gaceta Nº 169, del
4 de abril de 2002.
Ley Código Aduanero Uniforme Centroamericano CAUCA N° 8360, La Gaceta N° 130, del 08
de julio de 2003.
Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública Nº 8422,
publicada en La Gaceta Nº 212, del 29 de octubre de 2004.
Ley Reguladora de Exoneraciones Nº 8444, publicada en la Gaceta Nº 98, del 23 de mayo del
2005.
Ley de Certificados Firmas Digitales y Documentos Electrónicos Nº 8454, publicada en la
Gaceta Nº 197, del 13 de octubre de 2005.
Ley Código Contencioso Administrativo N° 8508, La Gaceta Nº 120, del 22 de junio de 2006.
Ley Seguros N° 8653, del 1 de julio de 2008, publicada en la Gaceta Nº 152, del 07 de agosto
de 2008.
Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector
Telecomunicaciones Nº 8660, publicada en la Gaceta del Nº 156, del 13 de agosto de 2008.
Ley de Notificaciones y Comunicaciones Judiciales Nº 8687, publicada en La Gaceta Nº 20,
del 29 de enero de 2009.
Ley Reforma del artículo 2 de la Ley Nº 5695, Creación del Registro Nacional, Ley Nº 8710,
publicada en la Gaceta N° 48, del 10 de marzo de 2009.
Ley para la Gestión Integral de Residuos, N° 8839, publicado en la Gaceta Nº135, del 13 de
julio del 2010.
Ley de Garantías Mobiliarias, N° 9246, publicada en la Gaceta N° 95 del 20 de mayo del
2014.
Ley 9258
31
Códigos
Código Agrario, del 5 de julio de 1996.
Decretos
Decreto Ejecutivo Nº 19117 C, traslado del Registro Derechos y Conexos al Registro Nacional
del 2 de julio de 1989, publicado en la Gaceta 150, del 8 de setiembre de 1989.
Decreto Ejecutivo Nº 21734-J. Crea Unidad de Auditoría Interna en el Registro Nacional. La
Gaceta N°240, del 15 de diciembre de 1992.
Decreto Nº 23178-J-MOPT, traslado del Registro Nacional de Buques al Registro Público
Propiedad Mueble, del 18 de abril de 1994.
Decreto ejecutivo N° 24070 J, Reforma Organización de Unidad Auditoría Interna en
Registro Nacional, publicado en la Gaceta N° 52 del 14 de marzo de 1995.
Decreto Nº 30097-J, reforma al Reglamento del Registro Público y al Reglamento de
organización del Registro Público de Propiedad Mueble, publicado en la Gaceta 16 del 23 de
enero del 2002.
Decreto Nº 34857 plan. Modifica Ley de presupuesto ordinario y extraordinario de la
República para el ejercicio económico, 2 de julio del 2008.
Decreto N°39753-MP, deber de la administración central de cumplir con las obligaciones
derivadas del Sistema de Control Interno, publicado en la Gaceta Digital N°116 del 16 de
junio del 2016.
Reglamentos
Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna del Registro
Nacional, Publicado en La Gaceta Nº 21, del 30 de enero del 2008.
Reglamento de Procedimientos Administrativos de la Contraloría General de la República, R-
CO-16, publicado en la Gaceta 76 del 20 de abril del 2007.
Reglamento Autónomo del Ministerio de Justicia y Paz, Nº 20295-J, publicado en la Gaceta
63, del 03 de abril de 1991.
32
Reglamento de las Asociaciones Administradoras de Acueductos, Nº32529-S-MINAE,
publicado en la Gaceta Nº 150, del 05 de agosto del 2005.
Reglamento sobre la calificación de sujetos privados idóneos para administrar fondos
públicos Nº R-2-2005-CO-DFOE, publicado en La Gaceta Nº 91, del 12 de mayo del 2005.
Reglamento del Registro Público N. 26771-J, del 18 de marzo de 1998.
Reglamento a la Ley de Derechos de Autor y Conexos, 24611-J, sus modificaciones mediante
el Decreto N° 36014,-MP-COMEX-J.
Reglamento del Registro Público de Bienes InmueblesNº26883, publicado en la Gaceta 91,
del 17 de diciembre del 2001.
Reglamento del Código Aduanero Uniforme Cauca y Recauca, Decreto Ejecutivo 31536,
publicado en la Gaceta 243, del 17 de diciembre del 2003.
Reglamento del Registro de la Propiedad de Vehículos Automotores (Decreto 16821 – J).
Reglamento a la Ley de Asociaciones, que es Decreto Nº 29496-J de 21 de mayo del 2001.
Reglamento de Organización y Funciones de la Auditoría Interna del Registro Nacional.
Reglamento para el funcionamiento de las Proveedurías Institucionales de los ministerios del
gobierno y su reforma, decretos Nº 30640-H y Nº 31483-H.
Reglamento para el Registro y Control de Bienes de la Administración Central y su reforma,
decretos Nº 30720-H y Nº 31194-H.
Mediante la resolución Nº R-2-2003-CO-DFOE, se reformó a R-CO-38-2009, Reglamento
sobre el visado de gastos con cargo al presupuesto de la República, el Instructivo sobre
aspectos mínimos a considerar en el análisis de los documentos de ejecución presupuestaria
proceso visado y la circular pagos de Hacienda Pública.
Reglamento sobre el Refrendo de la Contrataciones de la Administración Pública, emitido
por la Contraloría General de la República, Nº R-CO-33 República y las Entidades y Órganos
Sujetos a su Fiscalización.
Reglamento a la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites
Administrativos Nº32565-MEIC, publicado en la Gaceta 166, del 30 de agosto del 2005.
Reglamento de las Asociaciones Administrativas de Sistemas de Acueductos y
Alcantarillados, creado mediante Decreto Ejecutivo Nº 32529-s-MINAE, de 02-02-2005,
publicado en La Gaceta N° 150 del 05 agosto de 2005.
33
Reglamento de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, creado mediante Decreto
Ejecutivo Nº30233-J, publicado en la Gaceta Nº 65 del 4 de abril del 2002.
Reglamento de las disposiciones relativas a las indicaciones geográficas y denominaciones de
origen, contenidas en la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, Ley 7978 del 6 de enero del
2000, creado mediante Decreto Nº 33743, COMEX-J, del 17 de mayo del 2007. Reglamento
de la Ley de Derechos de Autor y Conexos, creado mediante Decreto Ejecutivo Nº 24611 J,
publicado en la Gaceta201 del 24 de octubre de 1995.
Reglamento a la Ley de Patentes de Invención, Dibujos y Marcas Industriales, y Modelos de
Utilidad, creado mediante Decreto Nº 15222-MIEM-J, del 12 de diciembre de 1983.
Reglamento de Organización de la Contraloría de Servicios del Registro Nacional, creado
mediante Decreto Nº 32380-J, publicado en la Gaceta 100, del 25 de mayo del 2005.
Reglamento General a la Ley para la Gestión Integral de Residuos, publicado en la Gaceta
Nº55, del 19 de marzo del 2013.
Manuales
Manual de Normas Generales de Control Interno de la Contraloría General de la República y
las Entidades y Órganos Sujetos a su Fiscalización.
Manual de usuario del Sistema de Información sobre Planes y Presupuestos (SIPP).
Manual Normas Técnicas que deben observar las Unidades de Auditoría Interna en la
Legalización de Libros Alcance Nº 7, Gaceta 24 del 2 de febrero de 1996.
Manual Técnico para el Desarrollo de Proyectos de Obra Pública. Circular DCOP1-98 (Julio
1998).
Manual Técnico para el Desarrollo de Proyectos de Obra Pública Aclaración sobre la
aplicación.
Normas de Control Interno para el Sector Público (N-2-2009-CO-DFOE), emitidas con
resolución R-CO-9-2009 del 26 de enero de 2009, publicada en el Diario Oficial "La Gaceta"
Nº 26 del 6 de febrero de 2009. Con este último se derogan el "Manual de normas generales
34
de control interno para la Contraloría General de la República y las entidades y órganos
sujetos a su fiscalización" (M-1-2002-CO-DDI), el cual se encontró vigente desde mayo de
2002, así como otros documentos normativos relacionados.
Normas de Control Interno para los Sujetos Privados que custodien o administren, por
cualquier título, fondos públicos (N-1-2009-CO-DFOE) Emitidas con resolución R-CO-5-
2009 del 13 de enero de 2009, publicada en La Gaceta Nº 25 del 5 de febrero de 2009.
Normas para el ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector Público R-DC-119-2009 (La
Gaceta N° 28- Miércoles 10 de febrero de 2010).
Normas Técnicas para la Gestión y Control de las Tecnologías de Información (N-2-2007-
CO-DFOE) Publicado en La Gaceta N° 119, del 21 de junio de 2007, conforme a resolución R-
CO-26-2007.
Normas Generales de Auditoría para el Sector Público, R-DC-64-2014, publicado en la
Gaceta N° 184, del 25 de setiembre del 2014.
Lineamientos y Directrices de Control Interno
Autoevaluación del Sistema de Control Interno y fiscalización de la Contraloría General sobre
cumplimiento de la Directriz vigente 02053-2004. a los entes y órganos sujetos a la
fiscalización.
Directrices generales del Sistema Específico de Valoración del Riesgo Institucional,
parámetros de implementación de las Directrices Generales para el establecimiento y
funcionamiento del Sistema Específico de Valoración del Riesgo Institucional (SEVRI).
DFOE-68 (1741).
Directrices generales relativas al Reglamento de Organización y Funcionamiento de las
Auditorías Internas Resolución del Despacho de la Contralora General, N° R-CO-93-2006.
Directrices generales sobre principios y enunciados éticos a observar por parte de los Jerarcas,
Titulares Subordinados, Funcionarios de la Contraloría General de la República, Auditorías
Internas y Servidores Públicos en General. D-2-2004-CO.
35
Directrices para la contratación de servicios de auditoría externa en el Sector Público D-3-
2009-CO-DFOE, publicadas en La Gaceta Nº 104 del 01 de junio de 2009.
Directrices que deben observar la Contraloría General República y las entidades y órganos
sujetos a su fiscalización para elaborar la normativa interna relativa a la rendición de
garantías o cauciones Resolución R-CO-10-07, del 19/03/2007.
Directrices que deben observar los funcionarios obligados a presentar el informe final de su
gestión según lo dispuesto en el inciso E) del artículo 12 de la Ley General de Control Interno
D-1-2005-CO-DFOE.
Directrices sobre la comunicación de Relaciones de Hechos y Denuncias Penales por las
Auditorías Internas del Sector Público R-CO-9-2008 (D-1-2008-CO-DFOE).
Directrices y herramientas para la autoevaluación anual y evaluación externa de calidad de las
Auditorías Internas.
Establecimiento y funcionamiento del Sistema Específico de Valoración del Riesgo
Institucional (SEVRI) Directrices generales, NºD-3-2005-CO-DFOE, R-CO-64-2005,
publicadas en La Gaceta Nº 134 del 12 de julio, 2005.
Guía Técnica para Auditoría de la Ética.
Informe de Gestión según, lo dispuesto en el inciso e) del artículo 12 de la Ley General de
Control Interno dirigido a la Administración activa, sobre indicaciones referentes a las
Directrices que deben observar los funcionarios obligados a presentar el informe final de su
gestión. Oficio Nº 05539 (DFOE-184) del 18 de julio de 2005.
Lineamientos sobre la garantía de inamovilidad de los auditores y sub auditores internos.
Regulada en el artículo 15 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República. R-CO-
92-2006.
Modelo de Madurez del Sistema de Control Interno.
36
Obligación de atender las potestades de acceso a la información. Comunicado de advertencia
sobre la obligación de atender las potestades de acceso a la información de las auditorías
internas. Alcance Nº 57 a Gaceta Nº 217 de 5 de noviembre, 2004.
Regulaciones sobre fiscalización y control de beneficios patrimoniales (a los ministerios),
gratuitos o sin contraprestación alguna, otorgados a sujetos privados. Circular 14298-2001.
Ubicación de las auditorías internas en la estructura organizativa.
Directrices de control interno relativas a la ubicación de las auditorías internas en la
estructura organizativa y a la clasificación y funciones de los cargos de auditor y sub auditor
en los manuales de las entidades de carácter municipal D-1-2004-CO-DDI.
Lineamientos y directrices en materia de presupuesto de la Dirección Nacional de
Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Lineamientos y directrices en materia de contratación administrativa de la Dirección General
de Administración de Bienes y Contratación Administrativa.
Lineamientos y directrices sobre control interno que emite la Contraloría General de la
República.
Circulares
RN-DADC 01-2007, publicado en La GACETA N° 197, del 12 de octubre de 2007.
RN-DADC 02-2008, publicado en La GACETA N° 90, del 12 de mayo 2008.
RN-DADC 04-2008, publicado en La GACETA N° 137, del 16 de julio del 2008.
RN-DADC 06-2008, publicado en La GACETA N° 187, del 29 de setiembre del 2008.
Otros
Oficio CO26- 94 de la Procuraduría general de la República, del 12 de febrero de 1997.
37
Oficio DM-063-98 de fecha 29 de enero de 1998 de MIDEPLAN.
Oficio DM-1733-05 de fecha 02 de noviembre del 2005 del Ministerio de Planificación Nacional
y Política Económica.
Oficio DM-222-98 del 15 de abril de 1998 de MIDEPLAN.
Oficio DM-033-01 del 19 de marzo del 2001 de MIDEPLAN.
Informe RHDAO Nº 065-05 de la Dirección General.
Convención Interamericana sobre el Régimen Legal de Poderes para ser utilizados en el
extranjero.
Creación de la Comisión de Control y Ordenamiento del Gasto Público y de Rendición de
Cuentas de los Funcionarios y Empleados Públicos
Marco Filosófico
Las orientaciones generales que permiten dirigir el accionar del Registro Nacional, tienen
implícito el compromiso que la institución tiene con los usuarios a través de los servicios que
brinda, por lo tanto, todas las instancias involucradas en el proceso, dirigirán sus esfuerzos a
alcanzar la filosofía del Registro Nacional, la cual se encuentra contenida en el Plan Estratégico
Institucional 2016-2021.
Visión
Fortalecer la seguridad jurídica y el liderazgo en la prestación de servicios calidad e
innovadores, en armonía con el ambiente.
Misión
El Registro Nacional de Costa Rica, es la institución pública rectora y responsable
de la actividad registral y geoespacial; protege los derechos inscritos de las
Pl
38
personas físicas y jurídicas, ofreciendo seguridad jurídica y servicios de calidad a
los usuarios.
Valores
Valores del Registro Nacional conformados según las Plenitudes Humana, Laboral
y Ciudadana.
Plenitud Humana
Honestidad
Un colaborador del Registro Nacional, es honesto cuando actúa de acuerdo con principios de
integridad y de ética moral en todas las funciones que desempeña.
Responsabilidad
Un colaborador del Registro Nacional, es responsable cuando cumple y trasciende los deberes de
su trabajo con dedicación y empeño.
Respeto
Un colaborador del Registro Nacional, es respetuoso cuando comprende las diferencias de los
demás.
Plenitud Laboral
Compromiso con la calidad
Un colaborador del Registro Nacional, asume compromisos con la calidad cuando realiza su
trabajo en forma eficiente y eficaz.
Búsqueda y logro de la excelencia
Un colaborador del Registro Nacional está comprometido con la búsqueda y el logro de
excelencia cuando consigue la satisfacción del usuario.
39
Plenitud Ciudadana
Respeto por los derechos humanos
Un colaborador del Registro Nacional es respetuoso de los derechos humanos cuando en su
actividad pública o privada da un trato digno e igualitario a los demás.
Compromiso con el desarrollo
Un colaborador del Registro Nacional está comprometido con el desarrollo cultural, social,
ambiental y económico del país cuando hace un uso racional de los recursos.
ATRIBUCIONES
Según lo establece la Ley 5695, la Junta Administrativa del Registro Nacional, tendrá las
siguientes atribuciones:
Abrir y mantener, en cualquiera de los Bancos del Sistema Bancario Nacional, las cuentas
corrientes que considere necesarias, contra las cuales girarán conjuntamente dos de sus
miembros, designados por ella.
Vender directamente y sin el trámite de licitación pública, los materiales, extractos o
duplicados y los servicios extraordinarios que de ellos se deriven, originados en el proceso
de sus datos, que con motivo de la modernización y mecanización de los diferentes
registros, están a su disposición, todo sin perjuicio de los respectivos aranceles.
Variar el actual sistema de secciones y libros de los registros, por otros más eficientes,
para el mejor servicio y para la mayor seguridad de las inscripciones. Así como dictar las
normas para el mejor funcionamiento de sus dependencias.
Hacer compras y contratos directos, nombrar personal especial y pagar labores
extraordinarias, en casos necesarios o urgentes, con la sola autorización de la Contraloría
General de la República.
40
Capítulo II Estructura Orgánica
Este apartado se refiere a la descripción jerárquica de cada unidad organizativa, de acuerdo con
la estructura orgánica del Registro Nacional. En primer lugar, se describe el Nivel Político, el
mismo está compuesto por la Junta Administrativa, conformada esta por Auditoría Interna y
Control Fiscalización, también integrada por la Dirección General, con sus respectivos órganos
asesores como la Unidad de Desarrollo Estratégico Institucional, Proyectos y la Asesoría
Jurídica..
En segundo lugar, se describe el Nivel Directivo, el cual tiene línea de autoridad formal a la
Dirección General conformado por la Dirección Administrativa, Dirección de Servicios,
Dirección de Informática, Dirección Inmobiliaria, Dirección Instituto Geográfico Nacional,
Dirección de Propiedad Intelectual, Dirección de Personas Jurídicas y la Dirección de Bienes
Muebles. Cabe destacar, que la descripción departamental se menciona en cada Dirección,
según corresponda.
Nivel Político
Junta Administrativa
Objetivo
Dictar las políticas generales del Registro Nacional en materia administrativa y de organización
para garantizar al usuario la seguridad registral de los derechos inscritos.
Funciones
Dictar las medidas de organización y funcionamiento de sus dependencias.
Proteger, conserva sus bienes y vela por su mejoramiento.
Formular y ejecuta los programas de mejoras, de acuerdo con las necesidades de las
dependencias a su cargo.
41
Administrar los fondos específicos asignados y los ingresos que por otros conceptos reciba,
mediante cuentas separadas, dictando los presupuestos, acordando los gastos, haciendo las
inversiones, promoviendo y resolviendo las licitaciones, con sujeción a lo dispuesto por la Ley
de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos.
Preparar proyectos de ley y reglamentos necesarios para el mejor funcionamiento de las
diversas dependencias.
Auditoría Interna
Objetivo
Asesorar en materia de su competencia al Jerarca y a advertir a órganos pasivos sobre posibles
consecuencias cuando sea de su conocimiento, para salvaguardar el uso de los recursos
institucionales.
Funciones
Realizar auditorías o estudios especiales semestralmente, en relación con los fondos públicos
sujetos a su competencia institucional, incluidos fideicomisos, fondos especiales y otros de
naturaleza similar. Asimismo, efectuar semestralmente auditorías o estudios especiales sobre
fondos y actividades privadas, de acuerdo con los artículos 5 y 6 de la Ley Orgánica de la
Contraloría General de la República, N°7428, en el tanto estos se originen en transferencias
efectuadas por componentes de su competencia institucional.
Verificar el cumplimiento, la validez y la suficiencia del sistema de control interno de su
competencia institucional, informar de ello y proponer las medidas correctivas que sean
pertinentes.
Verificar que la administración activa tome las medidas de control interno señaladas en esta
Ley, en los casos de desconcentración de competencias, o bien la contratación de servicios de
apoyo con terceros; asimismo, examinar regularmente la operación efectiva de los controles
críticos, en esas unidades desconcentradas o en la prestación de tales servicios.
Asesorar, en materia de su competencia, al jerarca del cual depende; además, advertir a los
órganos pasivos que fiscaliza sobre las posibles consecuencias de determinadas conductas o
decisiones, cuando sean de su conocimiento.
42
Autorizar, mediante razón de apertura, los libros de contabilidad y de actas que deban llevar
los órganos sujetos a su competencia institucional y otros libros que, a criterio del auditor
interno, sean necesarios para el fortalecimiento del sistema de control interno.
Preparar los planes de trabajo, por lo menos de conformidad con los lineamientos que
establece la Contraloría General de la República.
Elaborar un informe anual de la ejecución del plan de trabajo y del estado de las
recomendaciones de la auditoría interna, de la Contraloría General de la República y de los
despachos de contadores públicos; en los últimos dos casos, cuando sean de su conocimiento,
sin perjuicio de que se elaboren informes y se presenten al jerarca cuando las circunstancias
lo ameriten.
Mantener debidamente actualizado el reglamento de organización y funcionamiento de la
auditoría interna.
Las demás competencias que contemplen la normativa legal, reglamentaria y técnica
aplicable, con las limitaciones que establece el artículo 34 de la Ley N°8292.
Control y Fiscalización
Para tal efecto según lo descrito en el Acuerdo J023-2016 de la Junta Administrativa del
Registro Nacional, en la Sesión Ordinaria No.02-2016, celebrada el 28 de enero de 2016.
Objetivo
Asesorar a la Junta Administrativa en asuntos que son sometidos a su conocimiento, para
prevenir errores y omisiones, que afecten el accionar del Registro Nacional.
Funciones
Asesora al Órgano Colegiado, al presidente de la Junta Administrativa del Registro
Nacional o a sus Comisiones, en temas que requieran de ampliación de criterio,
planteados ante esta Unidad.
43
Emitir criterios sobre propuestas o estudios de distinta naturaleza asignados por los
miembros del Órgano Colegiado, del presidente de la Junta Administrativa del Registro
Nacional o de sus comisiones.
Analizar documentos que se presentan ante la Junta Administrativa del Registro
Nacional, de los cuales el Órgano Colegiado requiera ampliación de la información.
Analizar la información que da sustento al cumplimiento de los acuerdos tomados por la
Junta Administrativa, garantizando la efectiva aplicación de las disposiciones del Órgano
Colegiado.
Coordinar con la Dirección General o con otras instancias del Registro Nacional, la
ampliación de la información suministrada al Órgano Colegiado.
Controlar que la información sometida a conocimiento de la Junta Administrativa cumpla
con la normativa legal y técnica.
Atender otras disposiciones emitidas por la Junta Administrativa, en concordancia con
las funciones definidas a esta Unidad que puedan ser desarrolladas.
Dirección General
Objetivo
Ejecutar las disposiciones que emite la Junta Administrativa para el desarrollo del accionar del
Registro Nacional.
Funciones
Orientar la ejecución de políticas, lineamientos y directrices definidas por la Junta
Administrativa.
Canalizar las gestiones administrativas del Jerarca y de las diferentes direcciones del
Registro.
Proponer a la Junta Administrativa los planes, programas y proyectos institucionales.
Ejecutar las medidas dictadas por la Junta Administrativa.
Controlar que las actividades desarrolladas en la Dirección estén en apego al marco
normativo vigente.
Cooperar y coordinar con otros órganos públicos en la materia competente.
44
Unificar los criterios de calificación y dicta, en forma general, las medidas de carácter
registral en los distintos registros, sin que le corresponda el análisis o calificación de casos
concretos cuyo pronunciamiento competa al Director, encargado o jefe de cada
dependencia.
Aprobar los proyectos de presupuesto que se presenten a la Junta.
Disponer de las medidas administrativas generales para todos los organismos que
integran el Registro Nacional
Asesoría Jurídica
Objetivo
Asesorar en materia jurídica a la Dirección General y a otras dependencias de la Institución para
orientar la toma de decisiones.
Funciones
Brindar asesoría jurídica a la Dirección General, a los diferentes Registros e instancias
administrativas que integran el Registro Nacional.
Resolver los recursos administrativos que se someten a la Asesoría Jurídica en relación
con el quehacer del Registro Nacional.
Realizar las investigaciones jurídicas a solicitud de los Órganos competentes.
Emitir criterio jurídico sobre los carteles y ofertas presentados promovidos por la Junta
Administrativa.
Elaborar la resolución de recursos que se interpongan contra los distintos procesos de
contratación administrativa.
Instruir sobre los procesos de investigación preliminar, así como los expedientes
administrativos disciplinarios a solicitud del Jerarca y del Director General.
Representar en la vía judicial a los Jerarcas en las gestiones de despido.
Confeccionar los criterios jurídicos registrales que la Institución requiera.
Participar en la elaboración de proyectos de ley, reglamentos, decretos, circulares que
conforme al ordenamiento jurídico y las necesidades institucionales se requieran en apego
al bloque de legalidad que rige la función pública.
45
Contestar las demandas judiciales que se presenten contra el Ministro de Justicia, en
calidad de presidente de la Junta Administrativa del Registro Nacional, contra la Junta
Administrativa o el Director General.
Unidad de Desarrollo Estratégico Institucional
Objetivo
Asesorar a las diferentes instancias del Registro Nacional en materia de planificación,
evaluación, control interno y fortalecimiento institucional para orientar la toma de decisiones.
Funciones
Asesorar a las diferentes instancias en el área de competencia de la Unidad.
Elaborar en coordinación con las diferentes unidades las políticas institucionales, en
concordancia con los lineamientos establecidos por la Junta Administrativa y el Plan
Nacional de Desarrollo, entre otros.
Fortalecer el proceso de planificación garantizando el uso adecuado de los recursos.
Elaborar estudios especiales requeridos por la Institución, para fortalecer la toma de
decisiones.
Coordinar la formulación del plan estratégico y los planes operativos anuales, de mediano
y largo plazo, de conformidad con los lineamientos definidos por los entes rectores y la
normativa institucional.
Realizar el seguimiento y evaluación de planes operativos de corto y mediano plazo.
Representar a la Institución en el área de su competencia, cuando así lo indique el
Jerarca.
Brindar capacitación a los funcionarios del Registro Nacional en temas de interés
institucional.
Velar por el cumplimiento de los lineamientos emitidos por los entes rectores vinculados
con la gestión institucional.
46
Elaborar metodologías e instrumentos de trabajo relacionados con las funciones de la
Unidad para orientar la gestión institucional.
Realizar investigaciones en temas de interés institucional para fortalecer la toma de
decisiones.
Coordinar las propuestas de reorganización solicitadas por el Jerarca para fortalecer la
gestión y mejorar los servicios de los usuarios.
Facilitar el fortalecimiento del Sistema de Control Interno mediante acciones específicas
para coadyuvar al cumplimiento de la normativa vigente.
Definir los lineamientos para el levantamiento, mapeo y actualización de los manuales de
procedimientos.
Velar por el mantenimiento de la arquitectura de la organización.
Mantener actualizado las estadísticas e indicadores de la gestión institucional.
Emitir criterios administrativos en materia de organización, para retroalimentar la toma
de decisiones.
Coordinar a nivel institucional las acciones para el fortalecimiento del sistema de gestión
de continuidad de los servicios.
Cualquier otra función propia de su competencia, asignada por el Jerarca.
Proyectos
Objetivo
Asesorar a las diferentes instancias en materia de proyectos para atender las necesidades
institucionales y racionalizar el uso de los recursos.
Funciones
Asesorar en materia de proyectos a las diferentes unidades administrativas del Registro
Nacional.
47
Desarrollar e implementa metodologías, procedimientos y estándares, para la
formulación y ejecución de proyectos de diferente complejidad, considerando la
normativa en la materia y las mejores prácticas.
Recopilar información de los proyectos de la Institución, convirtiéndose en repositorio de
memoria técnica de proyectos para capitalizar experiencias exitosas y fallidas.
Coordinar acciones con los responsables de los proyectos para que los mismos sean
considerados en la planificación y programación presupuestaria de los planes anuales.
Administrar la cartera de proyectos, garantizando que el desarrollo de los mismos estén
alineados con la estrategia institucional.
Establecer vínculos internos a nivel organizacional, transformando información dispersa
en materia de proyectos en conocimiento organizacional.
Monitorear la ejecución de los proyectos hasta la entrada en operación de los mismos.
Fortalecer la cultura de proyectos en la Institución mediante el diseño de herramientas,
técnicas y métodos.
Velar porque el desarrollo de proyectos estén alineados con la estrategia institucional.
Establecer los criterios para la priorización de los proyectos que se requieran desarrollar
en la Institución.
Mantener actualizado la cartera de proyectos de la Institución.
Desarrollar investigaciones sobre las mejores prácticas en materia de proyectos, como
parte de la mejora continua en la ejecución de los mismos.
Generar reportes e informes, antes, durante y después de la puesta en marcha de los
proyectos.
Departamento Proyección Institucional
Objetivo
Desarrollar exposiciones mediáticas y promocionales del Registro Nacional para generar a nivel
institucional, nacional e internacional el impacto proyectado.
48
Funciones
Tratar con especial cuidado información delicada y confidencial de la Institución.
Asesorar a los altos jerarcas, directores, jefes y colaboradores sobre la correcta aplicación
de las disposiciones institucionales sobre el tema de identidad e imagen del Registro
Nacional.
Analizar periódicamente con los registros y jefaturas respectivas, el desarrollo y la
ejecución de acciones de su ámbito de responsabilidad, a fin de precisar la necesidad de
correcciones y de hacer ajustes respectivos.
Contribuir con el desarrollo e implementación de los proyectos institucionales según se
quiera.
Establecer los lineamientos institucionales sobre el manejo de la imagen, la identidad y la
exposición pública del Registro Nacional, con el fin de que estos cumplan con los
objetivos estratégicos y con la filosofía institucional.
Dictar las pautas sobre el tono y el estilo de comunicación que debe manejar la Institución
en general y en casos particulares.
Promover y capacitar sobre los lineamientos y políticas institucionales en materia de su
competencia.
Supervisar el cumplimiento de los lineamientos y políticas institucionales en materia de
su competencia.
Desarrollar estilos y métodos de trabajo para el Registro Nacional en la materia propia de
su competencia.
Realizar estudios de diversa naturaleza de acuerdo a su competencia, con el fin de contar
con información que contribuya a la toma de decisiones estratégicas, necesarias para la
mejora de los servicios y del desempeño institucional.
Estudiar los públicos reales y potenciales en la búsqueda de oportunidades de negocio y
nuevos nichos de mercado, que coadyuven con el incremento de los recursos financieros
para la sostenibilidad de la institución.
Desarrollar planes, programas, estrategias y campañas según las necesidades
institucionales.
Formular un Plan Integral de Comunicación y Promoción del Registro Nacional, que se
desarrolla en forma paralela e integral a los procesos de desarrollo organizacional.
49
Mantener una constante relación con los medios de comunicación, entidades públicas y
privadas, nacionales e internacionales de interés institucional.
Proyectar la Imagen del Registro Nacional en el ámbito nacional e internacional.
Promover la Identidad Institucional entre los colaboradores del Registro Nacional.
Propiciar espacios idóneos físicos y virtuales para tener presencia institucional ante los
públicos.
Desarrollar actividades institucionales, nacionales e internacionales donde se proyecte la
presencia del Registro Nacional y se fomente la materia registral demás temas de su
competencia.
Formular el presupuesto del Plan Integral de Comunicación y Promoción del Registro
Nacional, con base en la programación operativa anual, políticas institucionales y las
pautas establecidas para la programación presupuestaria, a fin de que la institución
cuento con los recursos necesarios para implementarlo de forma eficaz y eficiente.
Coordinar con las diferentes instancias del Registro Nacional la formulación, seguimiento
y ejecución del presupuesto destinado a la comunicación y proyección de sus áreas.
Velar por la buena administración de activos asignados.
Propiciar un constante conocimiento de las características de los usuarios institucionales,
su clasificación y categorización en la búsqueda de satisfacer sus necesidades.
Promover medios y mecanismos de comunicación e información oficiales que permitan el
trasiego de información institucional veraz, oportuna y actualizada, del Registro Nacional
a sus públicos y viceversa.
Administrar los medios de comunicación y medios de contacto institucionales.
Contraloría de Servicios
Objetivo
Promover el mejoramiento continuo del servicio entre el usuario y la Institución para dar
respuesta oportuna a sus manifestaciones. (Por ser una unidad administrativa unipersonal no se
representa en la estructura orgánica)
50
Funciones
Velar preventivamente por la prestación de los servicios en la Sede Central y las regiones,
identificando deficiencias y derivar de ahí recomendaciones y propuestas, que conlleven a
la modernización y optimización de los servicios.
Coordinar los Módulos de Orientación e Información al Usuario, a fin de promover y
garantizar su profesionalización y proponer instrumentos de comunicación, tales como
instructivos, guías, manuales y señalización que orienten a los usuarios en la realización
de sus trámites.
Coordinar el Módulo de Control de Calidad de los Servicios.
Velar porque se establezcan indicadores de gestión para identificar las diferentes
tendencias en los servicios con el fin de disminuir reclamos y futuras quejas con ocasión
de hacer más eficiente y ágil la prestación de los servicios que brinda el Registro Nacional.
Coordinar y atender los Módulos de Recepción, Tramitación y Resolución de denuncias y
quejas, para garantizar el derecho de petición y respuesta que tienen los usuarios y dar
seguimiento a las situaciones detectadas para su conocimiento.
Abrir espacios de participación a los usuarios mediante la atención de sugerencias,
propiciando la realización de encuestas que permitan consultar en forma regular,
constante, sistemática y permanente, el punto de vista de los usuarios acerca de los
servicios que presta la Institución.
Comunicar al superior jerárquico de aquellas denuncias que por su naturaleza y
complejidad que así lo ameriten.
Promover procesos de modernización en la prestación de servicios.
Establecer mecanismos de coordinación institucional que faciliten la resolución de quejas
y dudas.
Elaborar el “Manual de Servicios”, el cual deberá contener toda la información en forma
clara en cuanto a los derechos y obligaciones de los usuarios del servicio.
Presentar informes semestrales o cuando así lo requiera el Director del Registro Nacional,
sobre las actividades programadas y desempeñadas por la Contraloría de Servicios.
Solicitar a cualquier dependencia del Registro Nacional información o documentación
necesaria para el análisis de las quejas o denuncias presentadas.
Efectuar consultas o entrevistas a funcionarios o usuarios del servicio que brinda el
Registro Nacional.
51
Nivel Directivo y Departamental
Dirección Administrativa
Objetivo
Servir de apoyo en la gestión administrativa del Registro Nacional, para asegurar la
disponibilidad de los recursos en la consecución de los objetivos institucionales.
Funciones
Velar por la adecuada gestión de las actividades que desarrollan los departamentos que
integran la Dirección Administrativa.
Velar por el cumplimiento de las disposiciones emitidas por los entes rectores en los temas de
competencia que atiende la Dirección Administrativa.
Garantizar el cumplimiento de las disposiciones y procedimientos definidos en los temas de
competencia que atiende la Dirección Administrativa.
Disponer de los controles necesarios para el desarrollo de las actividades ejecutadas por los
departamentos que conforman la Dirección.
Atender los asuntos relacionados con las atribuciones que le confieren la normativa y
disposiciones internas vigentes, ejerciendo los actos de dominio para los que esté facultada
esta Dirección.
Gerenciar los aspectos relacionados con las finanzas del Registro Nacional, para la gestión
financiera que facilite el cumplimiento de los fines institucionales.
Velar por el cumplimiento del Sistema de Control Interno en la Dirección Administrativa.
Gerenciar los procesos relacionados con el talento humano para potenciar el bienestar
integral del Registro Nacional y el de sus funcionarios.
Gerenciar la adquisición de bienes y servicios, el almacenamiento y la distribución de
materiales y suministros, así como la administración de los activos del Registro Nacional,
para coadyuvar en el cumplimiento de los objetivos de la Institución.
52
Velar por la optimización de la distribución arquitectónica y mantenimiento de la planta
física del Registro Nacional para satisfacer los requerimientos de los usuarios internos y
externos.
Garantizar el resguardo del acervo documental del Registro Nacional para garantizar el
resguardo de la memoria institucional.
Velar por la seguridad física para la protección y salvaguardia de las personas, bienes y
activos del Registro Nacional.
Apoyar a las diferentes unidades organizativas de la Institución mediante la prestación del
servicio de transporte, para el cumplimiento de los 0bjetivos.
Velar por la protección y promoción de la salud, la seguridad y el bienestar de todos los
trabajadores del Registro Nacional, para garantizar la sostenibilidad de las condiciones de
trabajo.
Controlar el proceso de contratación administrativa, que generan los diferentes
Departamentos de la Dirección Administrativas.
Generar informes propios de su competencia, tales como reglamentos internos, circulares,
instrucciones, políticas internas, herramientas técnicas y otra normativa de aplicación
institucional.
Dar seguimiento al cumplimiento de las auditorías internas, que se realizan a las diferentes
unidades organizativas que conforman esta Dirección.
Controlar los diferentes contratos de mantenimiento y servicio de salud, que apoyan el
cumplimiento de los objetivos de la Institución.
53
Departamento de Proveeduría
Objetivo
Gestionar la adquisición de bienes y servicios, el almacenamiento y la distribución de materiales
y suministros, así como la administración de los activos del Registro Nacional, para coadyuvar
en el cumplimiento de los objetivos de la Institución.
Funciones
Tramitar las contrataciones administrativas (licitación pública, abreviada y otros),
requeridas para la atención de las demandas de los bienes y servicios de las diferentes
unidades organizativas.
Administrar el ciclo de los activos (Propiedad, planta y equipo), del Registro Nacional
Disponer de información para el proyecto de presupuesto, el presupuesto extraordinario en
lo relativo a contratos en ejecución o contrataciones en proceso.
Mantener actualizado los expedientes electrónicos en el sistema de compras establecido por
el gobierno.
Disponer de un registro actualizado de proveedores para el trámite de adquisición de bienes y
servicios.
Propiciar los pagos de los bienes y servicios contratados ante el Departamento Financiero.
Tramitar la prórroga, modificaciones de contratos y reajuste de precios ante la instancia
interna correspondiente.
Tramitar ante el Departamento de Exenciones del Ministerio de Hacienda, las exoneraciones
de bienes.
Administrar los bienes, materiales y suministros adquiridos por la Institución.
Controlar el inventario de existencia de materiales y suministros de la Institución.
Atender los requerimientos de materiales y suministros de las diferentes unidades de la
Institución.
Mantener el inventario actualizado de activos (Propiedad, planta y equipo), de toda la
Institución.
Gestionar ante los órganos competentes los recursos (objeción, revocatoria o apelación), en
contra de los procedimientos de contratación.
54
Velar por el control de activos en desuso y materiales y suministros obsoletos.
Gestionar ante los órganos competentes la formalización legal de los contratos de bienes y
servicios.
Brindar asesoría legal en materia de contrataciones administrativas.
Gestionar los procesos de aplicación de penalizaciones en los contratos, ejecución de
garantías y resolución de contratos, por incumplimientos.
Mantener actualizada la información para los cierres de inventarios de materiales y
suministros, activos y de compras.
Mantener actualizados en el SIFA los códigos presupuestarios.
Mantener actualizados los auxiliares para la generación de los cierres mensuales de
movimientos en el SIFA.
Velar por la legalidad de todos los procesos que se ejecutan en el Departamento.
Garantizar la disponibilidad de información para atender consultas que le formulen las
diversas personas públicas o privadas.
Departamento de Gestión Institucional de Recursos Humanos
Objetivo
Gestionar los procesos relacionados con el talento humano para potenciar el bienestar integral
del Registro Nacional y el de sus funcionarios.
Funciones
Gerenciar (planear, organizar, dirigir y controlar) las actividades que se ejecutan en los
subprocesos del Departamento de Gestión Institucional de Recursos Humanos, revisando y
controlando las acciones que se derivan de cada uno de ellos.
Aplicar las normas establecidas en el Estatuto del Servicio Civil y su Reglamento, así como,
la legislación conexa, las políticas, directrices y lineamientos que al efecto emitan las
instancias internas y externas, en materia a nivel de empleo, presupuestario y de
racionalización del gasto público.
Cumplir con la aplicación de los manuales de normas (resoluciones, oficios circulares,
criterios internos o externos, instrumentos tales como cuestionario de análisis ocupacional,
55
pedimento de personal, cambio de personalidad, evaluación del desempeño, entre otros)
aplicables a los diferentes subprocesos.
Mantener actualizado los procedimientos e instrumentos aplicables en la gestión de los
diferentes subprocesos, que aseguren el control interno de su ejecución, siguiendo las
políticas, directrices y lineamientos que en este campo disponga y emita la Dirección General
de Servicio Civil o la instancia competente
Asesorar a superiores, direcciones, jefaturas y orienta a funcionarios de la Institución en
materia de Gestión de Talento Humano.
Promover actividades tendentes a garantizar las adecuadas relaciones humanas y sociales en
la Institución a partir de los planes de intervención producto de estudios de atmosfera social,
ley 7600, diversidad sexual y temas éticos y de valores.
Efectuar permanentemente una lectura del ambiente financiero, estratégico, tecnológico,
legal y político en el que se desenvuelve la Institución, de modo que permita hacer los ajustes
según las transformaciones y cambios requeridos por el entorno.
Coordinar con la Dirección General del Servicio Civil o cualquiera de sus dependencias lo
referente a las actividades que requieran de su aval o refrendo.
Canalizar las necesidades vinculadas con el Talento Humano que presente el cuerpo gerencial
a través de la elaboración de un plan de trabajo
Emitir criterios y lineamientos a seguir en las gestiones que se realizan con el fin de lograr
una mejora continua en el Departamento.
Realizar investigaciones relacionadas con la gestión del recurso humano de la Institución.
Liderar el Modelo de Gestión del Desempeño, potencializando el talento humano de la
Institución.
Planificar las gestiones relativas a la provisión del Recurso Humano de la Organización.
Desarrollar procesos relativos a la evaluación y auditoría de la gestión de Recursos Humanos.
Mantener actualizados los programas ingreso, permanencia y salida de los colaboradores.
Proponer modalidades alternas de trabajo que contribuyan a la eficiencia y eficacia de la
gestión institucional.
56
Departamento Financiero
Objetivo
Administrar los aspectos relacionados con las finanzas del Registro Nacional, para la gestión
financiera que facilite el cumplimiento de los fines institucionales.
Funciones
Participar en la formulación de Políticas, Plan Estratégico Institucional, planes, programas,
proyectos y otras acciones de interés institucional.
Administrar el ciclo presupuestario de la Institución (formulación, ejecución y evaluación de
los presupuestos ordinarios, extraordinarios y sus modificaciones), tanto anuales como
plurianuales.
Administrar planes, programas y proyectos de impacto institucional y nacional, en materia de
su competencia.
Gestionar los estados financieros (Balance de Comprobación Detallado, Balance de
Comprobación por cuenta, Estado de Rendimiento Financiero o Estado de Resultados,
Estado de Situación Financiera o Balance General, Estado de Flujo de Efectivo, Estado de
Cambios en el Patrimonio Neto, Notas a los Estados Financieros y el Análisis de los
resultados) de la Institución, a fin de reflejar la posición financiero económica de la Junta
Administrativa del Registro Nacional, para la toma de decisiones y rendición de cuentas.
Elaborar informes del comportamiento presupuestario, contables, de costos, de tesorería y
otros que requiera el Registro Nacional para la toma de decisiones y rendición de cuentas a
los sujetos interesados.
Coordinar la formulación, ejecución y evaluación del presupuesto de Registro Nacional,
proveniente del gobierno.
Velar por el cumplimiento de la normativa vigente en materia financiera y cualquier otro
ámbito de aplicación, atinente con la labor del Departamento.
Generar metodologías, técnicas, herramientas, procedimientos, criterios, reformas legales,
reglamentarias, directrices, circulares y otras referentes a la gestión financiera.
Propiciar acciones de mejora (proyectos, estudios especiales y actividades) en la gestión
financiera de la Institución.
57
Dar respuesta a requerimientos complejos a nivel técnico y operativo en materia financiera
de oficio o a instancia de parte.
Coordinar actividades en razón de la gestión financiera con instancias internas y externas al
Registro Nacional.
Asesorar a las autoridades superiores en materia de su competencia, para fortalecer la toma
de decisiones.
Participar en procesos de toma de decisiones de alto nivel para el cumplimiento de los fines
institucionales, en materia de su competencia.
Velar por el cumplimiento de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público
(NICSP), en el Registro Nacional.
Velar porque los registros auxiliares contables ubicados fuera del Departamento Financiero,
cumplan con la normativa financiera vigente y de acuerdo con los requerimientos del
Departamento.
Administrar la elaboración de los estudios de costos de los servicios que brinda y gestiones
que lo requieran.
Proponer a la Junta Administrativa las tarifas de los servicios que brinda la Institución.
Emitir criterio financiero respecto de los reajustes de precio de los contratos de bienes y
servicios, según corresponda y de acuerdo con la normativa vigente.
Desarrollar actividades de capacitación a las diferentes instancias del Registro Nacional en
temas de competencia del Departamento Financiero.
Velar por el cumplimiento de los requerimientos de entes fiscalizadores externos, auditores y
otros sujetos interesados.
Coadyuvar en la recaudación, administración y fiscalización del tributo establecido en la Ley
No. 9024, en el ámbito de su competencia.
Velar por el cumplimiento y perfeccionamiento de los controles para el fortalecimiento del
Sistema de Control Interno en la gestión que compete al Departamento Financiero.
Atender los requerimientos y recomendaciones de informes de auditorías internas y externas
en el ámbito de la gestión financiera de la Institución.
Demostrar mediante certificaciones la información financiera de la Institución ante los
sujetos interesados.
Velar por la sana administración de los riesgos identificados en el ámbito de su competencia,
para minimizar su materialización en el cumplimiento de los objetivos propuestos.
Mantener actualizados los procesos y procedimientos del Departamento.
58
Realizar el análisis de los aspectos financieros contenidos en los carteles de licitación que
suscribe la Institución.
Calificar, desde el punto de vista financiero, las ofertas de bienes y servicios provenientes de
licitaciones y contrataciones según corresponda.
Atender, desde el punto de vista financiero, los recursos de objeciones a carteles de
licitaciones y recursos de apelación a las adjudicaciones.
Valorar, desde el punto de vista financiero, los proyectos de contrato de bienes y servicios de
la Institución.
Fiscalizar contratos administrativos de impacto institucional que afectan la gestión financiera
de la Institución.
Velar porque los sistemas de información financiera, faciliten el cumplimiento de los
objetivos institucionales en materia financiera.
Controlar los valores, activos, recursos financieros, materiales y suministros de la
Institución, según el ámbito de su competencia.
Coadyuvar en la administración financiera de fideicomisos suscritos por la Institución.
Salvaguardar los fondos públicos que le han sido confiados a la Junta Administrativa.
Velar por la actualización del sistema contable, el cual incluye el catálogo de cuentas, los
procedimientos del registro y el manual de cuentas.
Velar por la actualización e inclusión de las pólizas y otras obligaciones propias de las
funciones financieras.
Administrar las funciones relacionadas con los pagos del Registro Nacional, a nivel nacional e
internacional.
Administrar las funciones relacionadas con los cobros del Registro Nacional, a nivel nacional
e internacional, según lo establecido en las Leyes 5695, 7509, 9024, 7978, 8020 y demás
normativa vinculante.
Velar por el resguardo de los valores financieros del Registro Nacional.
Administrar el fondo de la caja chica del Registro Nacional, según la normativa vigente.
Velar por el cumplimiento de la normativa en materia de elaboración de flujos de efectivo y
programación financiera.
Velar porque la Tesorería disponga de registros auxiliares contables, de acuerdo con su
competencia.
Velar porque exista coincidencia entre los registros auxiliares de la tesorería, contra los
saldos de las cuentas del mayor contable
59
Presentar las declaraciones tributarias del Registro Nacional, ante el Ministerio de Hacienda
(Dirección General de Tributación Directa).
Emitir certificaciones sobre sumas remitidas por concepto de impuesto de renta a
proveedores, funcionarios y miembros de la Junta Administrativa.
Fiscalizar las emisiones de timbres y fórmulas de cheques cuando corresponda
Emitir criterios sobre proyectos de ley y normas en general, que tienen relación con el ámbito
de competencia del Departamento Financiero del Registro Nacional.
Mantener actualizada la normativa atinente al Departamento Financiero.
Departamento de Transportes
Objetivo
Brindar el servicio de transporte a las diferentes unidades organizativas del Registro Nacional
para el cumplimiento de los fines institucionales.
Funciones
Administrar el servicio de transporte que brinda a las diferentes unidades del Registro
Nacional.
Fiscalizar el uso y mantenimiento de los vehículos propiedad de la Institución.
Velar porque los vehículos y sus llaves sean depositados y custodiados en estacionamientos
previamente establecidos por el Registro Nacional.
Dotar a los operadores de equipo móvil de la Institución de los implementos de limpieza y
herramientas necesarias para el mantenimiento de los vehículos oficiales.
Tramitar asuntos administrativos y operativos referentes al uso de los vehículos de la
Institución.
Controlar el suministro y consumo de combustible de los vehículos de la Institución.
Controlar la ejecución del mantenimiento preventivo y correctivo de los vehículos.
Velar porque todos los vehículos se encuentren registrados en la planilla de pólizas.
Rendir informes referentes a la utilización y estado de los vehículos de la Institución, así
como otros asuntos de interés del departamento.
60
Velar por las existencias de materiales y suministros para el mantenimiento de los vehículos.
Prever la vigencia de los contratos adquiridos para ejecutar los servicios que brinda el
Departamento de Transportes.
Disponer de controles para garantizar la vigencia de la licencia de conducir de los operadores
del equipo móvil.
Velar porque los vehículos cumplan con todas las disposiciones reglamentarias que los
acreditan como vehículos oficiales.
Documentar lo relativo a los accidentes de tránsito y cualquier otra contingencia.
Velar por la actualización del reglamento para el uso de los vehículos de la Institución.
Departamento de Arquitectura y Servicios Generales
Objetivo
Optimizar la distribución arquitectónica y mantenimiento de la planta física del Registro
Nacional para satisfacer los requerimientos de los usuarios internos y externos.
Funciones
Supervisar el estado y el funcionamiento de las instalaciones que conforman el complejo
arquitectónico del Registro Nacional.
Supervisar las actividades de mantenimiento que se desarrollan para asegurar el
funcionamiento de las instalaciones.
Elaborar planes de trabajo para el diseño arquitectónico y el mantenimiento de las
instalaciones.
Control del correcto manejo y trámite de valores, correspondencia, archivos y documentos,
así como por el buen uso del equipo y otros bienes de la oficina.
Llevar controles sobre los informes de las actividades realizadas por funcionarios de planta,
así como, de los contratistas.
Elaborar presupuestos de los proyectos originados por remodelaciones, construcciones,
mejoras, compras (materiales y repuestos), y contratos de mantenimiento.
Atender la demanda de servicios (reportes de trabajo) que las diferentes unidades solicitan.
61
Brindar el servicio del mantenimiento correctivo y preventivo de las instalaciones físicas,
electromecánicas, telefónicas, maquinaria y equipo.
Asesorar a la Administración Superior en lo relacionado con la arquitectura y el
mantenimiento de las instalaciones para fortalecer la toma de decisiones.
Velar por el cumplimiento de los contratos del mantenimiento de las instalaciones, así como
su vigencia.
Controlar el consumo de los servicios públicos de la Institución (agua, electricidad y
telefonía), para fortalecer la toma de decisiones.
Departamento de Seguridad y Vigilancia
Objetivo
Brindar seguridad física para la protección y salvaguardia de las personas, bienes y activos del
Registro Nacional.
Funciones
Fiscalizar que las empresas contratadas cumplan con lo pactado en materia de seguridad,
física y electrónica.
Administrar los accesos en áreas específicas de la Institución.
Investigar hechos atinentes a la seguridad física sobre situaciones que puedan afectar la
Institución.
Disponer de bitácoras con el registro de salidas e ingresos de vehículos oficiales de la
Institución.
Preservar temporalmente la escena de un posible hecho delictivo.
Coordinar con entidades externas competentes, las medidas especiales de seguridad.
Administrar la plataforma de seguridad físico-lógica y plataforma de visualización.
Brindar información digital a las autoridades competentes.
Custodiar, en procura de la devolución, los objetos perdidos por parte de los usuarios.
Verificar el cumplimiento de las cláusulas del contrato de seguridad en tres Sedes Regionales.
Restablecer el funcionamiento de la plataforma de seguridad físico-lógica de la Institución,
posterior a un acontecimiento.
62
Departamento de Archivo Central
Objetivo
Administrar el acervo documental del Registro Nacional para garantizar el resguardo de la
memoria institucional.
Funciones
Reunir, conservar, clasificar, ordenar describir, seleccionar, administrar y facilitar los
documentos producidos yo recibidos
Centralizar todo el acervo documental de las diferentes unidades organizativas de la
Institución.
Velar porque las unidades cumplan con los plazos en el instrumento Tablas de Plazo en todo
el Registro Nacional.
Validar las tablas de plazos en la Institución para la selección y eliminación documental.
Brindar asesorías a todas las unidades de la Institución, sobre la aplicación de las técnicas
archivísticas en la Institución.
Velar por la aplicación del cuadro de clasificación de documentos para el Registro Nacional
Transferir a la Dirección General del Archivo Nacional, cuando lo solicite, los documentos
con valor científico-cultural.
Disponer de actas para la eliminación de documentos que han perdido vigencia legal,
contable y administrativa.
Presentar ante la Dirección General del Archivo Nacional el informe anual de desarrollo
archivístico institucional.
Propiciar la estandarización de la gestión documental producida en el Registro Nacional.
Garantizar la información oportuna para los usuarios, por medio del Sistema automatizado
de control de documentos.
Velar por la conservación documental según los parámetros establecidos en el Reglamento a
la Ley 7202.
Brindar el servicio de préstamo documental.
63
Administrar la colección de protocolos de los agrimensores, según lo establecido en el
Reglamento del CEFIA.
Dictar las políticas en cuanto a la organización y producción de los documentos de la
institución.
Dirección de Servicios
Objetivo
Brindar servicios a los usuarios internos y externos para dar información sobre el contenido de la
publicidad registral y geoespacial.
Funciones
Disponer de análisis críticos, estadísticas, indicadores, informes y evaluaciones de
gestión que contribuyan a la toma de decisiones.
Aplicar criterios registrales emitidos por la Dirección General, Junta Administrativa y
las Direcciones de los diferentes Registros.
Mantener canales de comunicación abiertos con los usuarios con el fin de conservar una
imagen institucional vigente y congruente con la realidad social y económica.
Disponer de proyectos de diversa índole, para lograr la eficiencia en el servicio y el
cumplimiento de los objetivos.
Disponer de políticas y directrices generales sobre los servicios de atención a los
usuarios que realizan los diferentes trámites en la Institución.
Velar por el buen funcionamiento de las unidades organizativas a su cargo, en cuanto a
la prestación de los servicios en las diferentes sedes.
Elaborar planes de corto y mediano plazo para maximizar la utilización de los recursos
humanos, materiales y financieros.
Vigilar la correcta aplicación de normas, disposiciones y reglamentos en materia de
servicios que regulan las actividades del Registro Nacional.
Contar con criterios y resoluciones jurídico-administrativos sobre el funcionamiento de
los servicios.
Tramitar las solicitudes de servicios presentadas por los usuarios, tanto en Sede Central
como en Sedes Regionales.
64
Retroalimentar la toma de decisiones con la información generada por los estudios de
percepción en la calidad de los servicios, tanto en Sede Central como en las Sedes
Regionales.
Monitorear los servicios prestados mediante el portal Web rnpdigital.com.
Coordinar con las diferentes instancias del Registro Nacional los requerimientos
necesarios para la adecuada prestación de los servicios.
Sedes Regionales
Objetivo
Atender las solicitudes presentadas por los usuarios de las Sedes Regionales para dar
publicidad registral a los actos inscritos en el Registro Nacional.
Funciones
Ejecutar criterios técnicos, jurídicos y administrativos para que los funcionarios y
usuarios conozcan los procedimientos y las normas jurídicas aplicables a las Regionales.
Calificar los documentos (únicamente para la Sede de Alajuela).
Velar por el buen funcionamiento de la recepción y entrega de documentos, placas,
certificaciones literales, consultas y emisión de certificaciones.
Mantener los procedimientos actualizados para garantizar el control de la gestión.
Generar información de la producción mediante estadísticas e indicadores para la toma
de decisiones sobre los servicios que se prestan a los usuarios.
Velar por la adecuada aplicación de los informes técnicos y jurídicos para el buen
funcionamiento a las Regionales.
Evacuar consultas a usuarios internos y externos.
Ejecutar los planes y proyectos propuestos por la Dirección para fortalecer sus acciones.
Tramitar las solicitudes de servicios presentadas por los usuarios en las diferentes sedes
regionales.
65
Departamento de Recepción, entrega y servicios complementarios
El Departamento de Recepción, entrega, y servicios complementarios comprende la recepción de
documentos en el Diario de Bienes Muebles, Personas Jurídicas e Inmobiliario, para su debido
trámite, en el Archivo se custodian transitoriamente los documentos calificados por los
registradores, para su posterior entrega a los usuarios. Además, le corresponderá la prestación
del servicio de información que todavía no ha sido digitalizada.
Objetivo
Tramitar los documentos presentados por los usuarios para su respectiva calificación y
posterior entrega, así como atender las consultas y certificaciones de la información contenida
en registros manuales, para dar publicidad registral.
Funciones
Recibir los documentos presentados por profesionales en notariado, topografía,
autoridades judiciales o administrativas para su respectivo trámite.
Verificar que los documentos cumplan con los criterios técnicos, jurídicos y
administrativos, garantizando que los mismos contengan los requisitos mínimos de
admisibilidad.
Asignar citas de presentación a los documentos presentados por los profesionales en
notariado, topografía, autoridades judiciales o administrativas.
Anotar los documentos recibidos a los usuarios que afectan los bienes o derechos
inscritos, inscribibles o eventualmente inscribibles.
Mantener actualizada la base de datos, mediante el proceso de escaneo de los
documentos recibidos.
Generar información sobre la producción, mediante estadísticas e indicadores sobre los
servicios que se prestan a los usuarios.
Realizar el reparto de los documentos recibidos mediante el sistema automatizado y
físico.
Recibir documentos calificados en cada uno de los Registros tanto en forma física como
en el sistema.
Mantener en custodia los documentos calificados mientras el usuario procede con su
retiro.
66
Entregar los documentos archivados a los notarios, topógrafos, autoridad judicial o
administrativa.
Emitir certificaciones literales, solicitadas por los usuarios de los actos inscritos en el
Registro Nacional, que no constan en el sistema automatizado, así como, aquellos que
complementan la información solicitada.
Digitalizar la información relacionada con los documentos inscritos y retirados sin
inscribir, así como, las solicitudes de salidas del país, reposición de títulos de propiedad,
documentos que respaldan la solicitud de placas, colisiones, levantamientos, y
asignación de cédulas jurídicas.
Departamento de Servicios Digitalizados
Objetivo
Brindar consulta y certificaciones de la información contenida en las bases de datos, para dar
publicidad registral.
Funciones
Ejecutar criterios técnicos, jurídicos y administrativos para que los funcionarios, y
usuarios conozcan los procedimientos, así como las normas jurídicas aplicables al
Departamento.
Velar por la adecuada atención de los servicios de consulta y certificaciones digitales en
la Sede Central.
Mantener actualizados los procedimientos del Departamento para garantizar el control
de la gestión.
Generar información de la producción, mediante estadísticas e indicadores para la toma
de decisiones sobre los servicios que se prestan a los usuarios.
Velar por la adecuada aplicación de los informes técnicos y jurídicos para el buen
funcionamiento del Departamento.
Evacuar consultas a usuarios internos y externos.
Ejecutar los planes y proyectos propuestos por la Dirección para fortalecer sus acciones.
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Coordinar, con instituciones y empresas, la ejecución de proyectos de servicios que
involucran información del Registro Nacional, para el fortalecimiento de las relaciones
interinstitucionales.
Atender las consultas realizadas a través del Call Center del Portal Web y el Webmaster
referentes a los servicios de consulta y certificaciones del sitio Web rnpdigital.com.
Brindar capacitación a entidades emisoras y receptoras de las certificaciones digitales
del portal Web rnpdigital.com.
Generar información para mantener actualizada la página web, sobre los trámites,
requisitos y costos de los servicios.
Departamento de Placas
Objetivo
Proporcionar a los propietarios de los vehículos automotores la identificación respectiva, para
garantizar seguridad registral y vial.
Funciones
Ejecutar criterios técnicos, jurídicos y administrativos para que los funcionarios y
usuarios, conozcan los procedimientos y las normas jurídicas aplicables al
Departamento.
Realizar la confección de placas metálicas de los vehículos automotores.
Tramitar el depósito que hacen los usuarios de las placas metálicas.
Emitir documentos de identificación adicional de las placas metálicas.
Velar por el buen funcionamiento de los servicios que brinda el Departamento.
Custodiar las placas metálicas y documentos de identificación adicional.
Aplicar el control de calidad a la gestión realizada en el Departamento.
Mantener actualizados los procedimientos del Departamento para garantizar el control
de la gestión.
Generar información de la producción mediante estadísticas e indicadores para la toma
68
de decisiones sobre los servicios que se prestan a los usuarios.
Velar por la adecuada aplicación de los informes técnicos y jurídicos para el buen
funcionamiento del Departamento.
Evacuar consultas a usuarios internos y externos.
Ejecutar los planes y proyectos propuestos por la Dirección para fortalecer sus acciones.
Coordinar, con instituciones y empresas, la ejecución de proyectos que involucran
información del Registro Nacional para el fortalecimiento de las relaciones
interinstitucionales.
Verificar la información contenida en los documentos presentados por los usuarios.
Mantener actualizada la información de la base de datos de los depósitos de placas.
Consultar las bases de datos (COSEVI, Registro Civil, INS, Dirección Nacional de
Notariado y las del Registro Nacional) para dar la legalidad al trámite.
Entregar las placas solicitadas por los usuarios.
Dirección de Informática
Objetivo General
Coadyuvar a los procesos sustantivos y de apoyo, basándose en la visión institucional,
procurando el uso de tecnologías de información idóneas para mejorar los servicios que brinda
el Registro Nacional.
Funciones
Gestionar la inclusión de las tecnologías de información y comunicaciones a las
distintas actividades del Registro Nacional, procurando el mejoramiento de la
eficiencia en sus procesos y la innovación en los servicios que brinda la Institución.
Establecer normas y procedimientos para mejorar la seguridad y el uso de la tecnología
de información y comunicaciones en la Institución
Promover la optimización del uso de los recursos y técnicas de tecnología de
información que soporten la gestión del Registro Nacional.
Garantizar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información.
Velar por el desarrollo de la arquitectura tecnológica del Registro.
69
Asesorar a todas las áreas del Registro Nacional en materia de tecnología de
información y comunicación.
Coordinar con otras instancias a nivel gubernamental y de carácter privado, la
prestación de servicios de tecnologías de información que sean de impacto
institucional.
Garantizar la optimización, integración, uso y estandarización de sistemas de
información, apoyando la arquitectura empresarial.
Coordinar con el Departamento de Proveeduría la contratación de servicios tecnológicos
requeridos por la Institución.
Garantizar el funcionamiento del Sistema de Gestión de la Calidad que se utiliza en la
Dirección de Informática del Registro Nacional.
Disponer de indicadores de gestión para evaluar el desempeño de la Dirección de
Informática.
Establecer directrices sobre el control de licencias.
Establecer directrices para garantizar la disponibilidad de la infraestructura de
tecnologías de información en la Institución.
Desarrollar una estrategia de aprovisionamiento de servicios de tecnologías y sistemas
de información.
Establecer acuerdos con el Jerarca referentes a los servicios de tecnologías de
información.
Controlar la gestión de la Dirección a través de estadísticas de indicadores para medir el
nivel de satisfacción de los usuarios sobre los servicios que brinda.
Gestionar la gobernabilidad de la Dirección Informática mediante la estandarización,
gestión de la calidad, estadísticas, indicadores y otros controles en procura de una
mejora continua en sus servicios.
Realizar estudios e investigaciones de carácter tecnológico para implementarlos en los
servicios que brindan sus procesos, en concordancia con la vigencia de las directrices y
decisiones tomadas.
Velar por el cumplimiento del Plan Estratégico de Tecnologías de Información y
Comunicación del Registro.
Garantizar la actualización del Plan Estratégico de Tecnologías de Información y
Comunicación con base en los lineamientos estratégicos de la Institución.
Dar seguimiento a los cambios en la normativa que le son notificados.
70
Departamento Aseguramiento de la información
Este Departamento es el responsable de apoyar a las áreas del Registro Nacional en aspectos
relacionados con la seguridad de la información y las tecnologías involucradas. Procura
garantizar de manera razonable la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la
información, coordinando las acciones necesarias para protegerla contra el uso, la divulgación o
modificación no autorizada, daño o pérdida u otros factores disfuncionales.
Objetivo
Gestionar los programas y directrices de seguridad de tecnologías de Información del Registro
Nacional para garantizar la seguridad lógica razonable de los activos de información de la
Institución.
Funciones
Administrar el plan de Aseguramiento de la Información del Registro Nacional (SGSI).
Orientar a funcionarios claves de alto nivel en cuanto a la gestión del aseguramiento de la
información.
Definir los lineamientos para garantizar la seguridad lógica de los activos de información y
componentes de tecnologías de información.
Definir las pautas para la elaboración de Planes de Contingencia que soporten los diferentes
sistemas y áreas de tecnología de información con los responsables de las mismas.
Facilitar los procesos de análisis forense cuando se requieran en temas relacionados con
aseguramiento de la información.
Monitorear la evolución de la normativa de aseguramiento de la información de tecnologías
de información.
Ejecutar las pruebas, análisis de vulnerabilidades y amenazas en la plataforma tecnológica de
forma periódica.
Dar seguimiento a la atención de los hallazgos encontrados en las pruebas, análisis de
vulnerabilidad y amenazas en la plataforma tecnología.
Administrar los sistemas de seguridad de la información (FW, Antivirus, IPS, etc).
Administrar los usuarios y perfiles para los sistemas que no estén delegados a los ATR´s.
71
Fiscalizar la administración de usuarios en los módulos de seguridad delegados.
Establecer el marco de trabajo para la continuidad de las operaciones de tecnología de
información.
Facilitar la continuidad de los servicios de manera que los requerimientos hacia el Registro
se cumplan de forma continua.
Aplicar la metodología de riesgos para administrar aquellos que podrían afectar las
tecnologías de información y comunicación del Registro Nacional.
Aplicar la metodología de clasificación de activos de Información del Registro Nacional.
Mantener vigente y actualizado el Manual de Políticas de Seguridad de la Institución.
Establecer campañas de concienciación y culturización en aspectos relacionados con el
aseguramiento de la información.
Departamento Infraestructura Tecnológica
Este departamento es el responsable de adquirir, proveer, administrar, monitorear, mejorar el
desempeño, y mantener actualizada la infraestructura tecnológica de la institución. La
infraestructura tecnológica, responsabilidad de este departamento, incluye: redes,
telecomunicaciones, bases de datos, servidores, sistemas operativos de servidor, respaldos,
centros de datos, cableado estructurado.
Objetivo
Garantizar la operación de la infraestructura de redes y telecomunicaciones, servidores, equipo
de cómputo y los respaldos de información del Registro Nacional para mantener operativos los
servicios que brinda la Institución.
Funciones
Administrar las bases de datos y servidores del Registro Nacional.
Ejecutar el afinamiento, optimización, y actualización de la infraestructura tecnológica de
redes, telecomunicaciones, servidores, base de datos y respaldos.
72
Realizar el respaldo y la recuperación de la información contenida tanto en base de bases
de datos institucionales, como en archivos, servidores, configuraciones y directorios.
Definir, monitorear y mantener las bases de datos, tanto de desarrollo o prueba como de
producción.
Implementar nuevas tecnologías y métodos de trabajo en las bases de datos.
Coordinar la ejecución del mantenimiento preventivo y correctivo de las bases de datos.
Ejecutar el afinamiento, optimización, y actualización de las bases de datos y su respectivo
software.
Atender las solicitudes de servicio relacionadas con la operativa diaria de las bases de
datos, infraestructura tecnológica de redes, telecomunicaciones, servidores y respaldos.
Elaborar con los especialistas de sistemas, el diseño de bases de datos, conjuntos de datos
(data sets) y administración de metadatos.
Planificar el flujo de proceso de migración, extracción, transformación y almacenamiento
de datos.
Investigar para su implementación, nuevas tecnologías y métodos de trabajo en la
infraestructura tecnológica, sistemas operativos, software de soporte a los servicios de
tecnologías de información y redes de comunicación.
Definir directrices y estándares de infraestructura tecnológica de redes,
telecomunicaciones, servidores, respaldos y hardware.
Establecer las políticas y directrices para asegurar la disponibilidad y confiabilidad de la
red de telecomunicaciones que soporta a la Institución.
Realizar el plan de infraestructura tecnológica, de acuerdo con las proyecciones del
Registro, según necesidades y expectativas (Capacity Planning).
Ejecutar el mantenimiento preventivo y correctivo de la infraestructura tecnológica de
redes, telecomunicaciones, servidores y respaldos.
Gestionar la administración de las salas de servidores, de la infraestructura de cableado
estructurado y de equipo activo.
Custodiar los medios para la instalación de licencias de software de la Institución.
Garantizar la integridad de las configuraciones de la infraestructura tecnológica de redes,
telecomunicaciones, servidores, respaldos y hardware.
Establecer y mantener un repositorio de configuraciones.
Establecer procedimientos de configuración para el soporte de la gestión.
Revisar periódicamente el repositorio de configuraciones para verificar la integridad de la
información.
73
Revisar el software instalado en los servidores contra la política de uso de software,
reporta y corrige errores.
Brindar soporte técnico y apoyo en el desarrollo de proyectos con componente
tecnológico.
Establecer el proceso de planeación para la revisión del desempeño y de los recursos de
tecnologías de información.
Establecer y ejecutar un plan de monitoreo para conocer el desempeño y la capacidad de
los recursos tecnológicos del Registro Nacional.
Establecer revisiones de desempeño y capacidad de recursos tecnológicos, para asegurar
la disponibilidad en el procesamiento de las transacciones.
Identificar tendencias de uso para pronosticar planes de desempeño y capacidad para una
posible adquisición o redistribución de los recursos.
74
Departamento Servicio al Usuario de Tecnologías de Información
Este Departamento gestiona la atención de las solicitudes e incidentes que plantean los
funcionarios del Registro Nacional, como parte del uso de los recursos computacionales
institucionales, a la hora de la prestación de los servicios. Este Departamento, a través de la
Mesa de Ayuda, es el punto de contacto entre los funcionarios y la Dirección de Informática.
Objetivo
Administrar el servicio de software y hardware de las computadoras y dispositivos periféricos
que utilizan los funcionarios del Registro Nacional, para garantizar la continuidad de la
prestación del servicio que brinda la Institución.
Funciones
Brindar soporte de primer nivel en la atención de los incidentes que reporten los funcionarios
del Registro Nacional.
Escalar los incidentes que, por su naturaleza, deben ser atendidos por otros Departamentos
de la Dirección de Informática.
Administrar el licenciamiento instalado en las computadoras de escritorio y las portátiles que
utilizan los funcionarios del Registro.
Realizar seguimiento de la gestión de resolución de incidentes.
Elaborar informes periódicos sobre la gestión de la Mesa de Ayuda, para evaluar los servicios
brindados con respecto a la gestión de incidentes o solicitudes.
Definir y analizar estadísticas e indicadores que permitan reflejar las tendencias o
comportamientos de la gestión de la Mesa de Ayuda.
Brindar soporte en sitio para la solución de aquellos incidentes cuya solución no sea factible
de forma remota.
Gestionar con los proveedores del equipo de cómputo la aplicación de las garantías y la
ejecución de los mantenimientos preventivos de acuerdo con los términos de las
contrataciones.
Gestionar actividades de mantenimiento preventivo a nivel del equipo de cómputo que
utilizan los funcionarios de la Institución.
75
Mantener el inventario de las computadoras de escritorio, las portátiles, sus dispositivos
periféricos y los paquetes de software instalados.
Departamento de Desarrollo de Soluciones
Este Departamento es el responsable de proveer soluciones de software aplicativo para apoyar la
gestión de las diferentes áreas usuarias del Registro Nacional, a través de la definición de los
procesos de ingeniería de software y su ciclo de vida, según la normativa que en esta materia
defina el Registro Nacional y la Dirección de Informática, en coordinación constante con las
áreas involucradas y velando por su estabilidad y actualización permanente.
Objetivo
Proveer sistemas de información para apoyar la gestión de las diferentes áreas usuarias.
Funciones
Participar en los procedimientos de contratación administrativa para dotar a la
Institución de soluciones de software aplicativo.
Establecer directrices que soporten el ciclo de vida del desarrollo de los sistemas de
información del Registro Nacional.
Coordinar con los procesos de la Dirección de Informática y las Asesorías Técnicas
Registrales, lo relativo a la gestión de requerimientos de los usuarios.
Investigar el uso de nuevas tecnologías y métodos de trabajo relativos al software
aplicativo.
Velar por la actualización de la plataforma de software de los sistemas de información,
siguiendo los lineamientos definidos.
Gestionar el desarrollo de proyectos de software aplicativo, liderando la gestión técnica
del proyecto.
Ejecutar los procesos de ingeniería de software aplicativo y los métodos utilizados para
asegurar su calidad.
Establecer las directrices requeridas para la contratación de desarrollo de software
aplicativo que sea requerido por la institución.
Implementar nuevas aplicaciones.
76
Divulgar la información necesaria para las nuevas aplicaciones con el objetivo de
mantener actualizado a los usuarios.
Coordinar la utilización de los ambientes de prueba y ejecuta pruebas que garanticen la
calidad de los desarrollos realizados.
Liderar los proyectos requeridos, para la implementación de nuevas aplicaciones que
satisfagan las necesidades de la Institución.
Coordinar con las asesorías técnicas registrales la realización de los proyectos y su
mantenimiento.
Brindar mantenimiento evolutivo, adaptativo, correctivo, perfectivo al software aplicativo.
Administrar el licenciamiento de su área y facilita la información al área de
Gobernabilidad.
Gestionar las versiones de software aplicativo.
Establecer la metodología de validación y acreditación de desarrollos o cambios en
aplicaciones para ser migrado al ambiente de producción.
Asegurar que los desarrollos o cambios en aplicaciones y software sean validados o
acreditados antes de entrar a regir en el ambiente de producción.
Estructurar, en coordinación con el área de administración de la configuración; la
metodología de administración de cambios del software aplicativo.
Administrar el proceso y procedimientos de cambios requeridos.
Proveer la información necesaria a las asesorías técnicas registrales en relación con los
cambios que se susciten.
Monitorear los cambios, para garantizar una gestión adecuada de los mismos de forma
rutinaria y de emergencia.
Coordinar la creación de los planes de contingencia de forma tal que se mitigue cualquier
situación anómala a la hora de implementar algún cambio.
Alinear la arquitectura de tecnologías de Información con lo definido a nivel de negocio.
Diseñar y proponer los estándares de la arquitectura tecnológica del Registro en sus
componentes tecnológicos.
Colaborar con el establecimiento del modelo de información empresarial de manera que
facilite el desarrollo de aplicaciones y las actividades de soporte a la toma de decisiones,
consistente con los planes de tecnologías de información.
Colaborar en la elaboración de los planes de contingencias.
77
Definir lineamientos para garantizar la calidad de la infraestructura de tecnologías de
información de la institución, aplicando los conocimientos sobre mejores prácticas y
tendencias, así como las experiencias compartidas con entidades afines.
Velar por la aplicación de la arquitectura de tecnología de información definida.
Investigar sobre temas de infraestructura en lo referente a tendencias, productos líderes y
soluciones, entre otros aspectos.
Crear y mantener un diccionario corporativo de datos que incluya las reglas de sintaxis de
datos de la organización.
Establecer y mantener un esquema de clasificación de datos.
Facilitar los proyectos que apoyen la arquitectura, estándares y normas de TI definidos
para el Registro.
Brindar soporte técnico y apoyo en el desarrollo de proyectos con componente
tecnológico.
Registro Inmobiliario
Objetivo
Dirigir las acciones técnico administrativas conforme con lo establecido en la legislación vigente
para garantizar la seguridad jurídica registral en materia inmobiliaria.
Funciones
Integra las funciones catastrales y registrales inmobiliarias, respetando el principio de
especialidad de cada área.
Constituye, refrenda, registra, mantiene y actualiza los títulos referidos a toda categoría
de derechos reales y los derechos personales susceptibles de registración.
Resuelve los recursos de calificación, ocursos y gestiones administrativas, de acuerdo con
la ley.
Dispone de informes, reglamentos, instructivos, circulares y otros instrumentos técnicos y
documentos similares en materia inmobiliaria.
Unificación de criterios de calificación en materia inmobiliaria.
78
Cooperación y coordinación con otros órganos públicos en materia inmobiliaria y jurídica.
Cuenta con criterios, manuales, jurisprudencia y doctrina sobre los puntos de derecho, al
que sea sometido el Registro Inmobiliario.
Coordina con las instancias internas y externas la recuperación de documentos o copias,
con el propósito de corregir errores u omisiones, que hubieran incurrido los registradores
al anotar o inscribir documentos.
Atiende las disposiciones y solicitudes realizadas por el Tribunal Registral Administrativo.
Emite directrices, circulares y disposiciones, que regulan el quehacer catastral y registral,
de conformidad con lo establecido en la legislación vigente.
Departamento Catastral Técnico
Objetivo
Desarrollar actividades técnicas y administrativas sobre la planeación, preanálisis, medición,
cálculo y ajuste de los levantamientos catastrales para fortalecer el ordenamiento territorial del
país.
Funciones
Levantar vértices o redes de vértices geodésicos, utilizando georeceptores del Sistema de
Navegación Global Satelital.
Realizar los ajustes a las redes de densificación.
Presentar los servicios de información y asistencia a los ciudadanos, y la custodia y
mantenimiento de los archivos catastrales.
Realizar nivelaciones geométricas con nivel automático fijo o trigonométricas.
Establecer el control horizontal y vertical terrestre para las operaciones de orientación o
aerotriangulación de fotografía aérea.
Elaborar planos de agrimensura de aplicación catastral de bienes inmuebles que
pertenezcan al Estado.
Actualizar las hojas cartográficas, en cuanto a cambios autorizados en la División
Territorial Administrativa, de forma análoga.
79
Realizar el montaje de la base de datos gráfica y literal del Sistema de Información
Geográfica (SIG).
Actualizar la base de datos de consulta de todo el Catastro Nacional.
Revisar las fotografías aéreas a utilizar en proyectos catastrales.
Realizar el escaneo de alta resolución fotogramétrica, negativos y diapositivas
fotogramétricos analógicos para obtener imágenes digitales.
Realizar montajes digitales de las fotografías aéreas.
Generar ortofotos digitales del terreno.
Verificar el funcionamiento y estado de las estaciones permanentes de operación continúa
CORS del Catastro Nacional.
Procesar lo relativo a los casos en que el asiento registral o catastral debe ser saneado.
Validar el mapa catastral, de manera que se valide de nuevo la información de cada uno
de ellos.
Definir los hitos, torres de observación y señales que establezca el Catastro Nacional.
Dar mantenimiento tecnológico al Sistema de Información del Registro Inmobiliario (SIRI).
Departamento Inmobiliario Registral
Objetivo
Calificar los documentos que cumplan con los lineamientos legales y técnicos para su
inscripción, garantizando la seguridad jurídica registral.
Funciones
Tramitar documentos otorgados por los profesionales, en cumplimiento del ordenamiento
jurídico registral, con el fin de calificarlos, inscribirlos o denegar los documentos relacionados con
derechos inscritos en el Registro Inmobiliario.
Realizar las cancelaciones e inscripciones ordenadas por un funcionario judicial.
80
Brindar el servicio de consultas a las partes interesadas en caso de disconformidad con la
calificación de documentos.
Dar mantenimiento tecnológico al Sistema de Información del Registro Inmobiliario (SIRI).
Departamento Catastral Registral
Objetivo
Calificar los documentos de agrimensura que cumplan con los lineamientos legales y técnicos
para su inscripción garantizando seguridad jurídica registral.
Funciones
Califica planos de agrimensura en cumplimiento del ordenamiento jurídico-registral.
Brinda el servicio de consultas a las partes interesadas en materia catastral.
Atiende la solicitud de cancelaciones e inscripciones de planos ordenadas por un funcionario
judicial.
Departamento de Normalización Técnica
Objetivo
Velar por el funcionamiento del Sistema de Información del Registro Inmobiliario para brindar
seguridad jurídica registral de los bienes inmuebles.
Funciones
Dar mantenimiento tecnológico al Sistema de Información del Registro Inmobiliario
(SIRI).
81
Disponer de políticas para la creación de perfiles de usuarios, asignación de claves y de
terminales.
Disponer de políticas para el funcionamiento del mapa catastral y cartografía digital del
Registro Inmobiliario.
Dar mantenimiento tecnológico al mapa catastral y cartografía digital del Registro
Inmobiliario.
Contar con planes y programas para mejorar el Sistema del Registro Inmobiliario.
Disponer de informes periódicos de los avances y limitaciones del funcionamiento de los
sistemas.
Coordinar con otras instancias el desarrollo de acciones para el buen funcionamiento de
los sistemas.
Prevenir la materialización de los riesgos en los sistemas.
Disponer de reformas y mejoras a los programas e infraestructura tecnológica del SIRI.
Aplicar controles de calidad a nivel de sistema en las labores que se ejecutan en materia
de Bienes Inmuebles y Catastro.
Desarrollar de actividades técnicas y administrativas en materia inmobiliaria.
Realizar estudios y auditorias requeridas por la Dirección Inmobiliaria.
Dirección Instituto Geográfico Nacional (IGN)
Objetivo
Desarrollar políticas nacionales de carácter cartográfico, geográfico, geodésico, geofísico y de
índole similar que tenga relación con dichos temas, para apoyar la gestión en los procesos de
planificación, el ordenamiento territorial y la soberanía del país.
Funciones
Para cumplir con este objetivo el Registro Nacional, respetará el accionar que rige al IGN, según
lo dispuesto en la Ley 59, ejecutando las funciones de acuerdo con los nuevos requerimientos y
medios tecnológicos, tal como se muestra en el siguiente cuadro:
82
Cuadro N° 1.
Funciones del IGN conforme Ley 59 y su requerimiento actual.
Según Ley 59 Requerimiento actual
a. Confección de la carta topográfica
general del territorio, a la escala de
1/50.000.
Diseño del mapa básico del país a
diferentes escalas, su elaboración y
mantenimiento.
b. Confección de los planos de las
ciudades y pueblos y alrededores a
escalas que variarán de 1/200 a
1/10.000, según su importancia o
magnitud.
Diseño de las hojas cartográficas de
ciudades a la escala más conveniente
para su representación y
mantenimiento.
c. Confección de un mapa físico-político
de la República a la escala de
1/250.000.
Elaboración del mapa físico-político
del país a diferentes escalas.
d. Confección de mapas agrícolas,
geológicos y de fuerzas hidráulicas y
demás recursos naturales, a las escalas
convenientes.
Proporciona a las instituciones
competentes la base cartográfica
oficial, para la elaboración de sus
mapas temáticos.
e. Confección de una carta de turismo a la
escala de 1/100.000. Elaboración de mapas turísticos
nacionales y regionales, en
coordinación con las autoridades
competentes.
Validación de mapas turísticos
nacionales y regionales
f. Confección del mapa internacional
(para Costa Rica) a la escala de
1/1.000.000.
Elaboración de diversos productos
cartográficos, como mapas generales
de fronteras marítimas y terrestres,
cartas náuticas y aeronáuticas, así
como mapas escolares a diferentes
escalas.
83
Según Ley 59 Requerimiento actual
g. Determinación astronómica en los
puntos fundamentales que definen el
trazo de las fronteras de la República y
la de ciudades o puntos importantes en
el interior del territorio.
Administración de la Red Geodésica
Nacional activa y pasiva, para las
delimitaciones y cartografía
oficiales.
h. Determinación del nivel medio del mar
en un puerto de las costas Norte y Sur
de la República.
Determinación del nivel medio del
mar y la pleamar para los litorales
Pacífico y Caribe.
i. Medición de una red fundamental de
nivelación de precisión con suficiente
densidad de cotas para servir a las
diversas necesidades técnicas.
Establecimiento y mantenimiento de
la red vertical a nivel nacional para
los proyectos de desarrollo de
infraestructura.
j. Confección de una geografía descriptiva
de todo el territorio nacional.
Realización de estudios geográficos
diversos.
k. Confección de anexos a las respectivas
cartas topográficas indicadas en los
párrafos a, b y d, los respectivos
gráficos de propiedad.
Elaboración de manuales técnicos y
metadatos geográficos de toda la
información geoespacial producida.
Otras funciones
Administrar los datos gravimétricos y de nivelación nacionales para el establecimiento de un
modelo de Geoide local.
Aplicar los estándares de calidad en la validación posicional y temática en la producción
cartográfica.
Establecer la Normativa Técnica para el levantamiento y administración de Datos Geoespaciales.
Publicar los productos cartográficos digitales e impresos a diferentes escalas.
84
Establecer la Normativa Nacional en materia geoespacial.
Establecer un modelo de Metadatos a nivel nacional.
Participar en la Comisión Nacional de División Territorial Administrativa, establecido mediante
Ley N°4366.
Participar en la Comisión Nacional de Nomenclatura, establecido mediante Ley N°3535.
Ejercer representación oficial del país ante organismos y agencias científicas nacionales e
internacionales especializados en su materia.
Brindar asesoría técnica a las diferentes Instituciones públicas, en temas de su competencia.
Disponer de análisis espaciales y estudios geográficos requeridos, tanto para la emisión de
criterios técnicos, como para elaboración de publicaciones.
Administrar el Sistema Nacional de Información Territorial.
Establecer normativas para la coordinación de las actividades que lleven a cabo los Consejos
Técnicos Especializados.
Definir de un Plan Nacional de Cartografía, conforme a las necesidades y requerimientos
actuales.
Promover el establecimiento de una infraestructura nacional de datos geoespaciales.
Tener a cargo otras operaciones técnicas y científicas, cuyos resultados o valores sean de
los que calculan o determina el Instituto, en cualquiera de sus actividades.
Dar mantenimiento de la conectividad de las bases de datos de diferentes instituciones
que son publicadas en el SNIT.
Configurar y dar mantenimiento al servidor de mapas.
Dar mantenimiento a los geoservicios.
Desarrolla y mantener la interfaz Web del SNIT.
Promover el establecimiento de una infraestructura nacional de datos geoespaciales.
Dar acceso de manera oportuna y expedita a la información geoespacial del país a través
de herramientas tecnológicas, procedimientos y buenas prácticas.
Promover el uso de la información geoespacial en las instituciones del Estado para la
generación de políticas públicas y la toma de decisiones.
Establecer el marco normativo oficial para su difusión a todas las instituciones
generadoras y usuarias de información geoespacial, en materia de normas, estándares y
especificaciones técnicas.
Apoyar el fortalecimiento y creación de capacidades en generadores, usuarios y
tomadores de decisión que intervienen en los procesos de gestión de información
geoespacial.
85
Dirigir la Comisión de Coordinación del SNIT y aquellos comités o grupos de trabajo que
se definan.
Desarrollar un plan para la consolidación de la IDE.
Promover actividades de capacitación.
Promover el establecimiento de propuestas, convenios y proyectos de cooperación a nivel
nacional e internacional.
Administrar el Sistema de Información Geográfica Institucional.
Mantener el geoportal institucional y los servicios de consulta.
Dar mantenimiento de las capas de información del IGN publicadas en el SNIT.
Levantar la información necesaria para creación o actualización de capas de información.
Poner en operación el diseño de la estructura de la Infraestructura Nacional de Datos
Espaciales.
Facilitar el diálogo e intercambio de información de datos espaciales entre las diferentes
Instituciones Públicas generadoras de ésta información.
Promover el intercambio de datos y software entre dependencias.
Crear metadatos sobre fuentes, procesamiento y control de calidad de los datos.
Definir lineamientos para la producción, intercambio y uso de información, dentro de un
esquema de innovación y definición de criterio de diseño, almacenamiento,
administración y seguridad.
Propiciar la cooperación entre las diferentes instituciones participantes, con el fin de crear
y consolidar alianzas que fortalezcan la IDECORI desde el punto de vista técnico y
financiero.
Consolidar sinergias en la producción y adquisición de IDE.
Velar por la seguridad y calidad de la IDECORI.
Ampliar el nivel de conocimiento y accesibilidad sobre la IDE disponible en las entidades
públicas.
Fortalecer los procesos de planeación y gestión de políticas públicas, mediante el uso de la
IDECORI.
86
Departamento de Geodinámica
Objetivo
Administrar el Marco Geodésico Nacional conforme a las convenciones internacionales, para
garantizar la accesibilidad del mismo en todos los trabajos de índole geoespacial realizados en el
territorio nacional.
Funciones
Dar mantenimiento al sistema de coordenadas geodésicas, mediante la actualización y
densificación de la Red Geodésica Nacional.
Validar los vértices geodésicos de la red planimétrica y altimétrica generados por terceros,
cuando éstos sean accesibles, estables y monumentados.
Dar mantenimiento a la Red de Estaciones de Operación Continua GNSS.
Actualizar la Red de Estaciones de Operación Continua GNSS.
Incorporar los datos de estaciones de otras instituciones.
Administrar del Datum horizontal y vertical oficiales.
Actualizar el Marco Geodésico de Referencia Nacional, conforme a las convenciones
internacionales.
Difundir de la metodología establecida para el levantamiento de puntos geodésicos.
Definir la normativa y protocolos para la validación de vértices geodésicos.
Conformar un registro de los datos gravimétricos existentes en el país.
Registrar de datos mareográficos de estaciones nacionales fijas y móviles para la
determinación de la variación del cero (0) altimétrico.
Estudiar la pleamar en los litorales Pacífico y Caribe para determinar el cambio en la
delimitación de la Zona Marítimo Terrestre.
Establecer el Marco de Referencia Geofísico como insumo para la actualización de la Red
Altimétrica Nacional.
Establecer el Modelo del Geoide Local y su respectivo mantenimiento.
Generar normativas a partir de los convenios, convenciones y estándares globales.
Ejercer la representación alterna en organismos y agencias científicas nacionales e
internacionales especializados en su materia.
87
Departamento Topográfico y Observación del Territorio
Objetivo
Desarrollar productos fotogramétricos del territorio nacional, para la clasificación de elementos
territoriales, la nomenclatura y delimitaciones oficiales del país.
Funciones
Dar mantenimiento al registro de fotografías aéreas e imágenes del territorio nacional,
obtenidas a través de diferentes sensores.
Administrar las actividades dirigidas a la generación de los insumos fotogramétricos y
cartográficos básicos.
Verificar objetos territoriales según la metodología asociada, para garantizar su
correspondiente clasificación.
Administrar la base de datos de nombres geográficos oficiales del país, según un sistema
de Nomenclátor Geográfico.
Dar mantenimiento a la demarcación de los límites internacionales del país en las
fronteras terrestres.
Participar en la determinación y posicionamiento de las fronteras marítimas de la
República de Costa Rica.
Regular las normas de delimitación de las Unidades Administrativas del país a través del
posicionamiento de hitos.
Fiscalizar la delimitación de las Unidades Administrativas del país.
Dar mantenimiento del registro de la División Territorial Administrativa del país a las
escalas cartográficas oficiales.
Realizar los trabajos de delimitación de la zona pública y en la Zona Marítimo Terrestre
de los litorales del país.
Validar las coordenadas de delimitación de Áreas Bajo Regímenes Especiales.
Dar mantenimiento de las bases de datos del inventario de las delimitaciones oficiales.
88
Verificar de la información contenida en un plano de agrimensura para emitir o no, el
visado respectivo.
Ejercer la representación alterna en organismos y agencias científicas nacionales e
internacionales especializados en su materia.
Departamento Geomática
Objetivo
Administrar las bases de datos geoespaciales para fortalecer el sistema nacional de información
territorial del país.
Funciones
Establecer las especificaciones técnicas a nivel de catálogos digitales para el diseño y
publicación de productos cartográficos digitales a diferentes escalas.
Definir los criterios y normativas para la generación de la información geoespacial.
Generalizar los datos fundamentales a partir de los insumos cartográficos y de fotografía
aérea del proyecto de cartografía 1:5000.
Gestionar el mantenimiento de las bases de datos geoespaciales generalizadas, según
disponibilidad y requerimientos.
Disponer del mapa básico a las escalas más convenientes para el desarrollo y la planificación
urbana y regional.
Disponer de mapas generales y cartas temáticas a diferentes escalas.
Dar validación posicional y temática de productos cartográficos elaborados por entidades
externas.
Administrar el catálogo de metadatos de la información cartográfica para su publicación.
Ejercer la representación alterna en organismos y agencias científicas nacionales e
internacionales especializados en su materia.
89
Registro de Propiedad Intelectual
Objetivo
Fortalecer las acciones que se desarrollan en el país en materia de Propiedad Intelectual para
cumplir con el ordenamiento jurídico nacional e internacional.
Funciones
Representa al Registro Nacional en todas aquellas actividades nacionales o internacionales
relacionadas con el tema de la Propiedad Intelectual.
Coordina las funciones de los Registros de Propiedad Industrial y Derechos de Autor,
respetando el principio de especialidad de cada uno.
Dispone de directrices para la formulación de planes, programas y proyectos atinentes a la
materia de Propiedad Intelectual.
Dirige las estrategias que se desarrollan a nivel país en materia de Propiedad Industrial y
Derechos de Autor y Conexos.
Promueve la innovación y creatividad integrando los asuntos relacionados con Propiedad
Industrial y Derechos de Autor y Conexos.
Establece convenios de cooperación o coordinación con instituciones públicas o privadas,
nacionales, regionales o internacionales.
Propicia el intercambio de experiencias con organismos nacionales e internacionales que
incidan en las metodologías de trabajo, capacitación del personal y en la actualización de
acervos documentales en materia de Propiedad Intelectual.
Coordina asuntos diversos de interés Institucional y nacional con altas autoridades políticas y
personeros de empresas privadas, tanto de nivel nacional como internacional.
Fomenta y protege los derechos de la Propiedad Intelectual, la transferencia de tecnología,
así como, el estudio y promoción del desarrollo tecnológico y la innovación.
Orienta a las máximas autoridades institucionales en materia de Propiedad Intelectual,
coadyuvando a la toma de decisiones políticas de trascendencia de impacto nacional e
internacional.
Vela por el cumplimiento de las acciones definidas en materia de Propiedad Industrial y
Derechos de Autor y Conexos.
90
Dispone de controles para el seguimiento y evaluación de los objetivos definidos en materia
de Propiedad Intelectual, coadyuvando a minimizar los riesgos asociados.
Coadyuva con la Comisión de Enlace Interinstitucional en el planeamiento de acciones y
actividades individuales o conjuntas, orientadas a la promoción y protección de la Propiedad
Intelectual.
Establece un diálogo permanente con las instituciones y entidades nacionales e
internacionales, contribuyendo al mejoramiento, promoción y protección de la Propiedad
Intelectual.
Dispone de informes o estudios en materia de Propiedad Intelectual que contiene los
requerimientos tanto de la Dirección General como por la Junta Administrativa.
Cuenta con informes de avance de los planes que se realizan en materia de Propiedad
Intelectual.
Vela por el cumplimiento de los acuerdos y programas establecidos con organismos
nacionales e internacionales.
Alinea los objetivos de Propiedad Intelectual con el Plan Estratégico Institucional y el Plan
Nacional de Desarrollo.
Dispone de los recursos que garanticen el desarrollo de las acciones definidas en materia de
Propiedad Intelectual.
91
Registro de Propiedad Industrial
Objetivo
Salvaguardar los derechos de las personas físicas y jurídicas para garantizar el cumplimiento del
ordenamiento jurídico en materia de propiedad industrial y su promoción.
Funciones
Inscribir y registrar los derechos en materia de propiedad industrial.
Administrar el registro de los derechos de Propiedad Industrial, en particular lo
relacionado a los procedimientos para la adquisición y mantenimiento de los derechos
relativos a marcas y otros signos distintivos, invenciones, modelos de utilidad y diseños
industriales.
Desarrollar programas de difusión, capacitación y formación en materia de derechos de
Propiedad Industrial, directamente o en colaboración con entidades nacionales,
extranjeras e internacionales.
Coordinar las políticas, estrategias y acciones con las instituciones públicas o privadas,
nacionales, extranjeras, regionales e internacionales, que tengan relación o interés con el
fomento y la protección de los derechos de Propiedad Industrial, la transferencia de
tecnología, así como con el estudio y promoción del desarrollo tecnológico y la
innovación.
Ofrecer información al público y usuarios respecto a la Propiedad Industrial, así como
aquella información y cooperación técnica que le sea requerida por las autoridades
competentes.
Asesorar en materia técnica jurídica a los usuarios y público en general en relación a la
presentación de solicitudes y al cumplimiento de los requisitos y trámites establecidos en
la ley.
Promover la creatividad intelectual, apoyando su desarrollo e impulsando la transferencia
de tecnología mediante la divulgación de los acervos documentales sobre invenciones
publicadas en el país o en el extranjero.
Concertar convenios de cooperación o coordinación con instituciones públicas o privadas,
nacionales, regionales o internacionales para el mejor cumplimiento de sus objetivos.
92
Realizar estudios sobre la situación de la Propiedad Industrial a nivel nacional e
internacional.
Actuar como órgano de consulta en materia de Propiedad Industrial de las distintas
dependencias y entidades de la administración pública.
Asesorar en coordinación con las dependencias competentes del Ministerio de Comercio
Exterior en las negociaciones internacionales sobre la materia.
Disponer de una memoria de labores de cada año, incluyendo datos estadísticos sobre las
actividades registrales de ese período.
Hacer del conocimiento de las autoridades competentes de aquellas infracciones a los
derechos de Propiedad Industrial en que se afecten los intereses del Estado, para que se
ejerciten las acciones procedentes.
Aplicar las sanciones administrativas previstas en la legislación en materia de Propiedad
Industrial.
Denunciar los delitos contra los derechos de Propiedad Industrial de que tenga
conocimiento.
Cumplir todas las demás funciones, atribuciones y actividades que le sean asignadas de
conformidad con la Ley y el Reglamento de Marcas y otros signos distintivos Nº 30233.
Actuar en las diligencias jurídicas ordenadas por la Ley de Procedimientos de Observancia
de los Derechos de Propiedad Intelectual con la competencia que dicha Ley le confiere.
Departamento Registral
Objetivo
Calificar los documentos de signos distintivos según los requisitos técnicos y legales, para su
debida inscripción en el Registro de la Propiedad Industrial, cuando así corresponda.
Funciones
Realizar la consulta sobre morosidad de las sociedades cuando el solicitante sea una
persona jurídica.
Verificar que toda solicitud de inscripción, presentada ante el Registro de la Propiedad
Industrial, cumpla con los requisitos de admisibilidad contemplados en el artículo 10 de
la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos.
93
Marcar los enteros bancarios aportados en las distintas solicitudes que se presentan.
Verificar en la base de datos del Registro Civil, la veracidad del estado civil indicado en
una solicitud cuando el solicitante sea una persona física.
Realizar el estudio de forma y fondo de las solicitudes.
Elaborar, cuando corresponda, prevenciones de forma y /o fondo, así como edictos.
Emitir resoluciones de rechazo de plano, archivo, suspenso, y de admisibilidad o no de
los recursos presentados.
Inscribir los documentos que cumplan con los requisitos técnicos y legales.
Inscribir documentos que cumplan con los lineamientos legales y técnicos.
Tramitar documentos en cumplimiento del ordenamiento jurídico-registral.
Realizar las cancelaciones e inscripciones ordenadas por un funcionario judicial.
Resolver los recursos incoados.
Resolver los expedientes mediante rechazo por el fondo y archivo por la forma.
Llevar a cabo la minuta elaboración de calificación de errores detectados en los
documentos.
Controlar el pago de derechos y marca los enteros en el Sistema de Enteros suministrado
por el Registro Nacional.
Controlar que las solicitudes de inscripción presentadas a nombre de sociedades, mismas
se encuentren en estado vigente, sin morosidad.
Mantener actualizada la información en la base de datos.
Resolver los expedientes mediante rechazo cuando lo que se solicita inscribir no es
susceptible.
Departamento de Servicios
Objetivo
Brindar servicios de recepción, distribución, control de documentos del Registro de Propiedad
Industrial.
94
Funciones
Recibir los documentos presentados por los usuarios para el trámite de inscripción.
Realizar las anotaciones a los documentos presentados por los usuarios.
Proporcionar información a los usuarios respecto al estado de los expedientes o números
de registro.
Notificar a los usuarios, cuando los documentos han sido calificados.
Disponer de informes de resultados de la gestión.
Velar por la correcta aplicación de las normas, disposiciones y reglamentos en materia de
servicios.
Digitalizar los documentos de entrada y salida con el fin de resguardar las imágenes.
Facilitar la labor de los registradores, poniendo a su disposición la información requerida.
Entregar a los usuarios los documentos tramitados.
Llevar el control de expedientes mediante un número consecutivo que corresponda a las
nuevas solicitudes.
Disponer de formularios de inscripción de obras y/o contratos requerido.
Realizar el reparto de documentos a los registradores y asesores.
Verificar el cumplimiento del pago de derechos de registro.
Llevar acabo las anotaciones en el Sistema de enteros correspondientes al pago de
derechos.
Mantener el control de los expedientes en trámite para su respectiva clasificación
(calificación).
Organizar las obras según su clasificación en el área designada para la custodia y
resguardo de las mismas.
Preparar las listas de remisión de expedientes ya inscritos (finalizado su tramite:
Registrada, asentadas, archivada o rechazada), para el traslado de los mismos al Archivo
Central.
Brindar el servicio de los expedientes para consulta y préstamo de ejemplares a los
usuarios, de acuerdo a las directrices de la Dirección.
Mantener los edictos publicados vencidos según corresponda a efecto de darle
continuidad al trámite.
Tramitar las gestiones de marcas de ganado recibidas en las Sedes Regionales y remitir
los certificados de inscripción a esas sedes, cuando corresponda.
95
Brindar el servicio de emisión de estudios fonéticos y certificaciones solicitados por los
usuarios.
Remitir al Tribunal Registral Administrativo los expedientes en cuyo trámite el Registro
de la Propiedad Industrial admita un recurso de apelación.
Registro de Derecho de Autor y Derechos Conexos
Objetivo
Proteger los derechos de los autores y titulares de los derechos conexos para otorgar efectivo
cumplimiento de la normativa nacional e internacional en la materia.
Funciones
Realizar la inscripción de obras y demás producciones intelectuales protegidas en los
términos previstos por la ley.
Fomentar el conocimiento sobre el derecho de autor y conexos, como agente activo en la
información, el fortalecimiento y la consolidación de una cultura nacional de respeto a los
derechos de los autores y creadores y además titulares de derecho de autor y conexos.
Servir de órgano de información y cooperación con los organismos nacionales e
internacionales, en la materia.
Velar por la utilización lícita de las obras y además producciones intelectuales, por parte
de los usuarios de aquéllas.
Otorgar autorización de funcionamiento a las entidades de gestión colectiva.
Revocar la autorización de funcionamiento de las entidades de gestión colectiva.
Supervisar a las personas naturales o jurídicas que utilicen las obras, interpretaciones,
ejecuciones y demás producciones protegidas.
Actuar como árbitro cuando así lo soliciten las partes, en los conflictos que se presenten
con motivo del goce o ejercicio de los derechos reconocidos por la ley de Derecho de Autor
y Derechos Conexos.
96
Adoptar las medidas cautelares en los términos previstos por la Ley de Procedimientos de
Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual Nº 8039.
Administrar los sistemas de información que dispone el Registro de Derecho de Autor
(sistema de gestión, sistema de expediente digital). Asimismo, monitorear y solicitar
cambios en el módulo del Registro de Derechos de Autor del portal RN-BCR.
Proponer mejoras a los responsables de dar el mantenimiento a los aplicativos, solución
de problemas, implementación de reportes en el sistema de gestión.
Coordinar todo lo relacionado a la implementación de nuevos sistemas, levantamiento de
requerimientos, pruebas y todo lo relacionado en su materia.
Brindar asesoría técnica en la gestión registral y administrativa del Registro de Derecho
de Autor.
Planificar, dirigir, organizar, controlar y dar seguimiento a las auditorías a aplicar en los
diversos Ministerios e Instituciones adscritas.
Planificar lo relativo a la capacitación de los funcionarios de los Ministerios e
Instituciones adscritas al Gobierno Central, en los términos del Decreto de Legalización
de software y en materia de licenciamiento.
Gestionar los reportes de la información requeridos a otras instituciones (Sibinet) que
permita aplicar las auditorias según muestra definida.
Evaluar la veracidad de la información y el cumplimiento del derecho de autor, mediante
la generación de listados y emisión del informe a equipos y licencias de los diferentes
Ministerios e Instituciones.
Investigar los diversos tipos de licenciamiento de software existente en los diversos
Ministerios.
Preparar los informes generales referente al estado del Decreto de Legalización con base
en análisis y auditorías realizadas en los diferentes Ministerios.
Investigar sobre nuevas tecnologías que facilitan la reproducción de obras y conocer los
términos de licenciamiento que los rigen.
Analizar los contratos de licenciamiento y documentación probatoria de licenciamiento
que se presentan en las solicitudes de inscripción y realiza las investigaciones según sea el
caso.
Asesorar a los usuarios de los expedientes asignados referentes a prevenciones en la
materia específica de inscripción.
Asesorar a los funcionarios a nivel institucional que lo requieran en el uso de los
diferentes sistemas automatizados que dispone el Registro de Derecho de Autor.
97
Administrar las cuentas de usuarios y parametriza el sistema de Gestión de Derechos de
Autor según requerimientos del Registro de Derecho de Autor y a nivel Institucional.
Identificar los ajustes que se deben aplicar a los sistemas, según requerimientos o
problemas encontrados en los diversos aplicativos.
Brindar capacitación en materia relacionada a la legalización de software para los diversos
Ministerios e Instituciones adscritas.
Coadyuvar en la capacitación en materia relacionada a la inscripción de obras
desarrolladas con software.
Investigar e implementar programas de diagnóstico automatizado para auditar los
equipos de los Ministerios previa a la autorización de éstos.
Brindar el servicio de respuesta a las solicitudes de asistencia de los diversos Ministerios.
Asesorar a funcionarios claves de alto nivel en relación al tema de Legalización de
Software en el Gobierno Central.
Aplicar recomendaciones realizadas por los diversos Ministerios.
Analizar los informes emitidos e inventarios presentados de los diversos Ministerios.
Verificar la aplicación de las políticas y normas implementadas a efecto de dar
cumplimiento al Decreto, dictadas por cada uno de los Ministerios.
Verificar que el Software está registrado ante los proveedores que tengan disponible dicho
servicio, para garantizar al Estado que dichas licencias le pertenecen y que existe un
adecuado respaldo documental.
Identificar los errores que se detecten a nivel de sistemas para su respectiva
comunicación.
Realizar documentos que tengan relación con los sistemas de Derechos de Autor o
materia relacionada.
Participar, controlar, asesorar y desarrollar los proyectos de modernización y mejora del
Registro de Derecho de Autor.
Asistir a la Dirección, y demás instancias pertenecientes al Registro, en la atención y
trámite de solicitudes sobre aspectos jurídicos.
Contestar los recursos de amparo e inconstitucionalidad que sean presentados ante la
Sala Constitucional, contra la Dirección del Registro.
Coadyuvar en la elaboración de documentos solicitados en su materia.
Resolver consultas escritas o verbales sobre materia registral específica de conformidad
con las leyes y reglamentos que rigen la materia.
98
Monitorear el trámite de calificación a fin de establecer la procedencia, validez y eficacia
de la calificación realizada por el Registrador.
Redactar las denuncias cuando correspondan ante los órganos jurisdiccionales –
Ministerio Público, Juzgado Notarial y Dirección Nacional de Notariado.
Conocer los recursos planteados contra las resoluciones finales de los diferentes
procedimientos, para establecer los requisitos de admisibilidad ante el órgano superior
jerárquico.
Confeccionar borradores de circulares, adicionar y/o modificar las circulares vigentes.
Elaborar criterios solicitados con relación a materia de derecho de autor y derechos
conexos.
Notificar las resoluciones correspondientes dentro del trámite de autorización de
funcionamiento de Entidades de gestión.
Elaborar diferentes informes para instituciones de gobierno o que requieran datos en
específico.
Brindar atención a los usuarios sobre proceso de autorización de funcionamiento y
oposiciones.
Certificar documentos o expedientes al tribunal registral según corresponda.
Analizar y dar cumplimiento a los requisitos del procedimiento de autorización de
funcionamiento para las Entidades de Gestión Colectiva formulando un informe jurídico
en el que se comunica a la Dirección, si cumple o no los requisitos, recomendando o
rechazando la aprobación.
Analizar las solicitudes de revocatoria de la Autorización de Funcionamiento de las
Entidades de Gestión Colectiva.
Valorar el cumplimiento de los requisitos según los plazos establecidos que deben cumplir
las Entidades de Gestión Colectiva.
Llevar acabo la emisión de informes para la prevención correspondiente cuando aplique,
misma que deberá ser analizada, avalada y firmada por la dirección de este Registro.
Asesorar en materia jurídica sobre la aplicación de la Ley de Derecho de Autor y Derechos
Conexos y su Reglamento.
Atender la oficina de consulta en materia especializada de Derechos de Autor y Derechos
Conexos que está abierta al público, evacuando al usuario toda consulta técnica o
sustantiva relacionada con el derecho de autor y los derechos conexos.
Tramitar las consultas telefónicas, presenciales y escritas presentadas por usuarios en
relación a la materia de Derecho de Autor y Conexos.
99
Confeccionar las boletas de evaluación del servicio, las mismas pueden ser monitoreadas
para evaluar atención brindada y satisfacción del usuario.
Planificar las capacitaciones con las diferentes instituciones públicas y privadas.
Brindar capacitación sobre materia de Derechos de Autor y Derechos Conexos a petición
de parte o coordinadas por el Registro.
Registro de Personas Jurídicas
Objetivo
Dirigir las acciones necesarias que regulan su quehacer, de conformidad con lo establecido en la
legislación vigente para garantizar la seguridad jurídico registral.
Funciones
Acatar las disposiciones sobre inscripciones emitidas por otros entes.
Resolver los recursos y gestiones administrativas, de acuerdo con la ley.
Disponer de informes, reglamentos, instructivos, circulares y otros instrumentos técnicos
y documentos similares en materia de su competencia.
Homologar criterios de calificación.
Cooperar con otros órganos públicos en la materia competente.
Brindar asesoría legal a los funcionarios de su Dirección con respecto a la calificación de
los documentos.
Emitir criterios, aportar jurisprudencia y doctrina, sobre los puntos de derecho que se les
someta.
Mantener contacto permanente con las instituciones que se relacionan con su materia en
aspectos jurídicos.
Atender las disposiciones y solicitudes realizadas por el Tribunal Registral
Administrativo.
Monitorear el funcionamiento, mantenimiento y actualización del sistema automatizado.
Ejercer control de calidad de las labores que se ejecutan en materia de Personas Jurídicas.
100
Velar por la correcta inscripción de los documentos que se presentan para trámite.
Departamento Registral
Objetivo
Inscribir los documentos de Personas Jurídicas que cumplan con los lineamientos legales y
técnicos para garantizar la seguridad jurídica registral.
Funciones
Calificar documentos de asociaciones, mercantil y personas en cumplimiento del
ordenamiento jurídico-registral.
Atender consultas de superiores, subalternos y público en general en materia registral.
Brindar información y asistencia a los usuarios.
Atender la solicitud de cancelaciones e inscripciones de documentos ordenadas por un
funcionario judicial.
Desarrollar actividades técnicas, administrativas y registrales en materia de personas
jurídicas.
Resolver los recursos incoados, de acuerdo con la Ley.
Realizar las reconstrucciones y correcciones de asientos de inscripciones de las entidades
y de personas que no aparecen inscritas en los Libros de Tomos y en el actual sistema de
Personas Jurídicas, o que contienen inconsistencias
Tramitar las solicitudes de legalización de libros de mercantil y asociaciones.
Registro de Bienes Muebles
Objetivo
101
Registrar los Bienes Muebles según la normativa vigente para fortalecer la seguridad jurídica
registral.
Funciones
Resolver los recursos y gestiones administrativas, de acuerdo con la ley.
Elaborar y revisar informes, reglamentos, instructivos, circulares y otros instrumentos
técnicos y documentos similares en la materia de su competencia.
Unificar criterios de calificación en la materia de su Dirección.
Coordinar con otros órganos públicos en la materia competente.
Brindar asesoría legal a los funcionarios de su Dirección, con respecto a la calificación de
los documentos.
Emitir criterios aportando jurisprudencia y doctrina sobre los puntos de derecho que se
les someta.
Mantener contacto permanente con las instituciones que se relacionan con esta Dirección
en aspectos jurídicos.
Realizar las gestiones para obtener los documentos o copias con el propósito de corregir
errores u omisiones que hubieran incurrido los registradores al anotar o inscribir
documentos.
Atender las disposiciones y solicitudes realizadas por el Tribunal Registral
Administrativo.
Planificar las actividades técnicas y administrativas.
Controlar que las actividades desarrolladas en la Dirección estén en apego al marco
normativo vigente.
Departamento Registral
Objetivo
102
Calificar los documentos que cumplan con los lineamientos legales y técnicos para su
inscripción, garantizando seguridad jurídica registral.
Funciones
Calificar los documentos de Bienes Muebles en cumplimiento del ordenamiento jurídico-
registral.
Definir las directrices y disposiciones que regulan el quehacer registral, de conformidad
con lo establecido en la legislación vigente y vela por su efectivo cumplimiento.
Atender y resolver consultas de superiores, subalternos y público en general en materia
registral.
Prestar los servicios de información y asistencia a los ciudadanos sobre trámites.
Realizar las cancelaciones e inscripciones ordenadas por un funcionario judicial.
Desarrollar actividades técnicas, administrativas y registrales en materia de bienes
mueble.
Resolver los recursos incoados, de acuerdo con la Ley.
104
Descripción de Puestos
Clase Especialidad
Cantidad de
Puestos
Auditoria Interna
AI (Auditor Interno) Auditoría 1
SA (Sub Auditor) Auditoría 1
PI1B (Profesional Informático 1B) Informática y Computación 1
PI1C (Profesional Informático 1C) Informática y Computación 1
PJSC1 (Profesional Jefe de Servicio
Civil 1) Auditoría 3
PSC2 ( Profesional de Servicio Civil 2) Derecho 1
PSC3 ( Profesional de Servicio Civil 3) Auditoría 6
(SSC1) Secretaria Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
TI2 (Técnico en Informática 2) Sin Especialidad 1
Total de Plazas: 16
Control y Fiscalización
(PJSC2) Profesional Jefe de Servicio
Civil 2 Registro de Documentos Públicos 1
(PSC3) Profesional Servicio Civil 3 Derecho 4
(PIB1)Profesional Informático 1 B Informática y Computación 1
Total de Plazas: 6
Junta Administrativa
(PSC1A) Profesional de Servicio Civil 1
A
Derecho 1
Total de Plazas:1
Dirección General
(DG) Director General Sin Especialidad 1
(CSC1) Conductor de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 2
(GSC2) Gerente de Servicio Civil 2 Sin Especialidad 1
(MSC1) Misceláneo de Servicio Civil 1 Servicios Básicos 1
(OSC2) Oficinista de Servicio Civil 2 Labores Varias de Oficinas 1
(PSC2) Profesional de Servicio Civil 2 Relaciones Públicas,
Administración, Derecho, Registro
de Documentos Públicos
4
(PSC3) Profesional de Servicio Civil 3 Derecho, Administración 3
105
(SSC2) Secretaria de Servicio Civil 2 Sin Especialidad 1
Total de Plazas:14
Contraloría de Servicios
(PSC2) Profesional Servicio Civil 2 Derecho 1
(PJSC2) Profesional Jefe Servicio Civil
2
Registro de Documentos Públicos 1
(PJSC1) Profesional Jefe Servicio Civil
1
Administración 1
(PSC1B) Profesional Servicio Civil 1B Administración de Recursos
Humanos
1
(OSC1) Oficinista Servicio Civil 1 Labores Varias de Oficina 1
(PSC3) Profesional Servicio Civil 3 Registro de Documentos Públicos 1
Total de Plazas:6
Unidad de Desarrollo Estratégico Institucional
(PJSC3) Profesional Jefe de Servicio
Civil 3
Sin Especialidad 1
(OSC2) Oficinista de Servicio Civil 2 Labores Varias de Oficina 1
(PJSC1) Profesional Jefe de Servicio
Civil 1
Administración 1
(PSC1B) Profesional de Servicio Civil
1B
Administración 1
(PSC2) Profesional de Servicio Civil 2 Administración, Ingeniería
Industrial, Planificación
6
(PSC3) Profesional de Servicio Civil 3 Sin Especialidad 1
Total de Plazas:11
Asesoría Jurídica
(PJSC3) Profesional Jefe de Servicio
Civil 3
Derecho 1
(CSC1) Conductor de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(OSC2) Oficinista de Servicio Civil 2 Labores Varias de Oficina 1
(SSC1) Secretaria Servicio Civil 1 Labores Varias de Oficina 1
(PSC2) Profesional de Servicio Civil 2 Derecho, Registro de Documentos
Públicos
12
(PSC3) Profesional de Servicio Civil 3 Derecho 5
Total de Plazas:21
Departamento de Proyección Institucional
106
(PJSC2) Profesional Jefe de Servicio
Civil 2
Relaciones Públicas 1
(PSC1A) Profesional de Servicio Civil
1A
Diseño Gráfico 1
(PSC1B) Profesional de Servicio Civil
1B
Relaciones Públicas,
Administración
2
(PSC2) Profesional de Servicio Civil 2 Periodismo, Administración,
Bibliotecología, Diseño Gráfico
6
(PSC3) Profesional de Servicio Civil 3 Relaciones Públicas, Bibliotecología 2
(JAG3) Trabajador de Artes Gráficas 3 Artes Gráficas 2
(JAG5) Trabajador de Artes Gráficas 5 Artes Gráficas 2
(MSC2) Misceláneo Servicio Civil 2 Servicios Básicos 1
Total de Plazas:17
Oficina de Proyectos
(PJSC2)Profesional Jefe de Servicio
Civil 2
Administración 1
(PSC2) Profesional de Servicio Civil 2 Administración 3
Total de Plazas:4
Dirección Administrativa
(GSC1) Gerente de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(CSC1) Conductor de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(OSC2) Oficinista de Servicio Civil 2 Labores Varias de Oficina 1
(PSC3) Profesional de Servicio Civil 3 Administración 4
(PSC1B) Profesinal Servicio Civil 1B Administración 1
(SSC1) Secretaría de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(PSC2) Profesional Servicio Civil 2 Administración de Recursos
Humanos
1
Total de Plazas:10
Departamento de Archivo Central
(PJSC1) Profesional Jefe de Servicio
Civil 1
Archivística 1
(PSC1A) Profesional de Servicio Civil
1A
Archivística 1
(SSC1) Secretaría de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(TSC3) Técnico de Servicio Civil 3 Archivística 1
Total de Plazas:4
107
Arquitectura y Servicios Generales
(PJSC2) Profesional Jefe de Servicio
Civil 2
Arquitectura 1
(PJSC1) Profesional Jefe de Servicio
Civil 1
Arquitectura 1
(PSC1B) Profesional de Servicio Civil 1
B
Ingeniería Civil 1
(PSC2) Profesional de Servicio Civil 2 Administración, Arquitectura,
Electromecánica, Ingeniería
Eléctrica
5
(PSC3) Profesional de Servicio Civil 3 Arquitectura 1
(SSC1) Secretaria de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(TCSC1) Trabajador Calificado 2 Construcción Civil 1
(TSC2) Técnico de Servicio Civil 2 Ingeniería Eléctrica 1
(TSC3) Técnico de Servicio Civil 3 Arquitectura 2
(TCSC2) Técnico Calificado Servicio
Civil 2
Constructor Civil 1
Total de Plazas:15
Departamento Financiero
(PJSC2) Profesional Jefe de Servicio
Civil 2
Administración 1
(PJSC1) Profesional Jefe de Servicio
Civil 1
Administración, Administración de
Negocios
4
(OSC1) Oficinista de Servicio Civil 1 Labores Básicas de Mantenimiento 1
Oficinista de Servicio Civil 2 (OSC2) Labores Varias de Oficina 1
(PBJ1) Profesional Bachiller Jefe 1 Administración 1
(PSC1A) Profesional de Servicio Civil
1A
Administración 1
(PSC1B) Profesional de Servicio Civil
1B
Contabilidad, Administración 5
(PSC2) Profesional de Servicio Civil 2 Administración, Economía 22
(SSC1) Secretaría de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 3
(TSC1) Técnico de Servicio Civil 1 Por definir 1
(TSC2) Técnico de Servicio Civil 2 Administración 2
(TSC3) Técnico de Servicio Civil 3 Contabilidad 3
Total de Plazas:45
108
Gestión Institucional de Recursos Humanos
(PJSC2) Profesional Jefe de Servicio
Civil 2
Administración de Recursos
Humanos
1
(CSC1)Conductor de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(OSC1) Oficinista de Servicio Civil 1 Labores Varias de Oficina 1
(OSC2) Oficinista de Servicio Civil 2 Labores Varias de Oficina 1
(PJSC1) Profesional Jefe de Servicio
Civil 1
Administración de Recursos
Humanos
6
(PSC1B) Profesional de Servicio Civil
1B
Administración de Recursos
Humanos, Administración
5
(PSC2)Profesional de Servicio Civil 2 Administración, Derecho y
Administración de Recursos
Humanos
15
(PSC3) Profesional de Servicio Civil 3 Salud, Seguridad e Higiene
Ocupacional
1
(SSC1)Secretaria de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(TSC2) Técnico de Servicio Civil 2 Administración de Recursos
Humanos
1
(TSC3) Técnico de Servicio Civil 3 Administración de Recursos
Humanos
2
(ESC2) Estadístico Servicio Civil 2 Sin Especialidad 1
Total de Plazas:36
Departamento de Proveeduría
(PJSC1) Profesional Jefe de Servicio
Civil 1
Administración 3
(CSC1) Conductor de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 2
(OSC2) Oficinista de Servicio Civil 2 Labores Varias de Oficina 1
(PSC1A) Profesional de Servicio Civil
1A
Administración 2
(PSC2) Profesional de Servicio Civil 2 Administración, Administración de
Recursos Humanos
12
(PSC3) Profesional de Servicio Civil 3 Derecho, Administración 2
(TSC2) Técnico de Servicio Civil 2 Administración 1
(TSC3) Técnico de Servicio Civil 3 Administración 1
(TSC1) Técnico Servicio Civil 1 Administración 1
(PJSC2) Profesional Jefe Servicio Civil Administración 1
109
2
Total de Plazas:26
Departamento de Seguridad y Vigilancia
(PSC2) Profesional de Servicio Civil 2 Gestión de la Seguridad 2
(PSC1A) Profesional de Servicio Civil
1A Gestión de la Seguridad 1
Total de Plazas:3
Departamento de Transportes
(PSC1B Profesional de Servicio Civil 1B
) Administración 1
(CSC1) Conductor de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 8
(TSC1) Técnico Servicio Civil 1 Derecho 1
(TSC3) Técnico Servicio Civil 3 Administración 1
Total de Plazas:11
Dirección de Servicios
(CSC1) Conductor Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(GSC1) Gerente de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(OSC1) Oficinista de Servicio Civil 1 Labores Varias de Oficina 1
(PJC3) Profesional Jefe Servicio Civil 3 Registro de Documentos Públicos 1
(PSC2) Profesional Servicio Civil 2 Registro de Documentos Públicos 1
(PSC3) Profesional Servicio Civil 3 Registro de Documentos Públicos 2
(PSC1A) Profesional Servicio Civil 1A Derecho 1
Total de Plazas:8
Departamento de Recepción, Entrega y Servicios complementarios
(OSC1) Oficinista de Servicio Civil 1 Labores Varias de Oficina 1
(OSC2) Oficinista de Servicio Civil 2 Labores Varias de Oficina 31
(PJC1) Profesional Jefe Servicio Civil 1 Registro de Documentos Públicos 3
(PSC2) Profesional Servicio Civil 2 Registro de Documentos Públicos 1
(PSC1A) Profesional Servicio Civil 1A Registro de Documentos Públicos 1
(PSC1B) Profesional Servicio Civil 1B Registro de Documentos Públicos 6
(PSC3) Profesional Servicio Civil 3 Registro de Documentos Públicos 4
REA Registro de Documentos Públicos 1
(TSC3) Técnico Servicio Civil 3 Registro de Documentos Públicos 95
Total de Plazas:143
Departamento Servicios Digitalizados
(PJC1) Profesional Jefe Servicio Civil 1 Registro de Documentos Públicos 1
110
(PSC2) Profesional Servicio Civil 2 Registro de Documentos Públicos 1
(PSC1A) Profesional Servicio Civil 1A Registro de Documentos Públicos 10
(PSC1B) Profesional Servicio Civil 1B Registro de Documentos Públicos 22
(TSC1) Técnico Servicio Civil 1 Registro de Documentos Públicos 1
(TSC3) Técnico Servicio Civil 3 Registro de Documentos Públicos 2
Total de Plazas:37
Regionales
(OSC1) Oficinista de Servicio Civil 1 Labores Varias de Oficina 1
(OSC2) Oficinista de Servicio Civil 2 Labores Varias de Oficina 2
(PJC1) Profesional Jefe Servicio Civil 1 Registro de Documentos Públicos 1
(PJSC2) Profesional Jefe de Servicio
Civil 2 Registro de Documentos Públicos 7
(PSC1A) Profesional de Servicio Civil
1A Registro de Documentos Públicos 4
(PSC1B) Profesional de Servicio Civil
1B Registro de Documentos Públicos 29
REA Registro de Documentos Públicos 1
(TSC3) Técnico Servicio Civil 3 Registro de Documentos Públicos 35
Total de Plazas:80
Departamento de Placas
(OSC2) Oficinista de Servicio Civil 2 Labores Varias de Oficina 3
(PJSC2) Profesional Jefe de Servicio
Civil 2 Registro de Documentos Públicos 1
(PSC1A) Profesional de Servicio Civil
1A Registro de Documentos Públicos 2
(PSC1B) Profesional de Servicio Civil
1B Registro de Documentos Públicos 15
(TSC3) Técnico de Servicio Civil 3 Registro de Documentos Públicos 1
Total de Plazas:22
Dirección de Informática
(GDI) Gestor de Desarrollo
Informático Sin Especialidad 1
(EP) Ejecutivo de Proyectos Por definir 1
Profesional de la Gestión Informática 1
(PGI1) Por definir 3
Profesional de la Gestión Informática Por definir 9
111
2 (PGI2)
(SSC1) Secretaría de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(OSC1) Oficinista Servicio Civil 1 Labores Varias de Oficina 1
(PSC3) Profesional Servicio Civil 3 Administración 1
Total de Plazas:17
Departamento Infraestructura Tecnológica
Coordinador Departamento
Informático (CDI) Sin Especialidad 2
(OC) Operador de Computo Sin Especialidad 1
Profesional de la Gestión Informática 1
(PGI1) Sin Especialidad 7
Profesional de la Gestión Informática
2 (PGI2) Sin Especialidad 3
(PI1B) Profesional Informático 1B Informática y Computación 1
(PI1C) Profesional Informático 1C Informática y Computación 1
Total de Plazas:15
Aseguramiento de la Información
Coordinador Departamento
Informático (CDI) Sin Especialidad 1
Profesional de la Gestión Informática 1
(PGI1) Sin Especialidad 1
Profesional de la Gestión Informática
2 (PGI2) Sin Especialidad 1
(PI1C) Profesional Informático 1C Sin Especialidad 1
(SSC1) Secretaria Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
Total de Plazas:5
Departamento de Desarrollo de Soluciones
Coordinador Departamento
Informático (CDI) Sin Especialidad 2
(EP) Ejecutivo de Proyectos Sin Especialidad 2
Profesional de la Gestión Informática 1
(PGI1) Sin Especialidad 11
Profesional de la Gestión Informática
2 (PGI2) Sin Especialidad 1
Total de Plazas:16
Departamento Servicio al Usuario de Tecnologías de Información
112
(EP) Ejecutivo de Proyectos Sin Especialidad 1
Profesional de la Gestión Informática 1
(PGI1) Sin Especialidad 4
(PI1B) Profesional Informático 1B Sin Especialidad 2
(PI2) Profesional Informático 2 Sin Especialidad 1
Total de Plazas:8
Registro Inmobiliario
(CSC1) Conductor de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(GSC1) Gerente de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(PBJ1) Profesional Bachiller Jefe Registro de Documentos Públicos 9
(PBJ2) Profesional Bachiller Jefe Registro de Documentos Públicos 1
(PJSC1) Profesional Jefe de Servicio
Civil 1 Registro de Documentos Públicos 17
(PJSC2) Profesional Jefe de Servicio
Civil 2 Registro de Documentos Públicos 3
(PJSC3) Profesional Jefe de Servicio
Civil 3 Registro de Documentos Públicos 2
(PSC1A) Profesional de Servicio Civil
1A Registro de Documentos Públicos 38
(PSC1B) Profesional de Servicio Civil
1B Registro de Documentos Públicos 6
(PSC2) Profesional de Servicio Civil 2 Registro de Documentos Públicos 13
(PSC3) Profesional de Servicio Civil 3 Registro de Documentos Públicos 167
(REA) Registrador de Registro
Nacional Registro de Documentos Públicos 29
(SSC1)Secretaría de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(TSC3)Técnico de Servicio Civil 3 Registro de Documentos Públicos 9
Total de Plazas: 297
Dirección Instituto Geográfico Nacional
(CSC1) Conductor de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(GSC1) Gerente de Servicio Civil 1 Geografía 1
(MSC1) Misceláneo de Servicio Civil 1
Servicios Básicos, Labores Básicas
de Mantenimiento 2
(MSC2) Misceláneo de Servicio Civil 2 Labores Básicas de Mantenimiento 1
(OSS2) Oficinista Servicio Civil 2 Topografía, Fotogrametría 1
(PJSC1) Profesional Jefe de Servicio Geografía 3
113
Civil 1
(PJSC3) Profesional Jefe de Servicio
Civil 3 Administración General 1
(PSC1A) Profesional de Servicio Civil
1A Topografía, Geografía, Por definir 7
(PSC2) Profesional de Servicio Civil 2 Geografía, Por definir 16
(PSC3) Profesional de Servicio Civil 3 Administración 1
(SSC1) Secretaria de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
Trabajador Calificado de Servicio Civil
1 (TCSC1) Topografía, Conservación Vial 1
(TSC1) Técnico de Servicio Civil 1 Topografía 4
(TSC3) Técnico de Servicio Civil 3 Topografía, Fotogrametría 7
Total de Plazas:47
Registro de Propiedad Industrial
(DFI) Dictaminador de Fondo
Institucional
Farmacia, Ingeniería Química,
Diseño Industrial, Ingeniería
Mecánica 5
(GSC1) Gerente de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(OSC2) Oficinista de Servicio Civil 2 Labores Varias de Oficina 1
(PBJ1)Profesional Bachiller Jefe 1 Registro de Documentos Públicos 1
(PJSC1) Profesional Jefe de Servicio
Civil 1 Registro de Documentos Públicos 6
(PJSC3) Profesional Jefe de Servicio
Civil 3 Registro de Documentos Públicos 1
(PSC1A) Profesional de Servicio Civil
1A Registro de Documentos Públicos 1
(PSC1B) Profesional de Servicio Civil
1B Registro de Documentos Públicos 4
(PSC2) Profesional de Servicio Civil 2 Registro de Documentos Públicos 2
(PSC3) Profesional de Servicio Civil 3
Registro de Documentos Públicos,
Administración 30
(REA) Registrador de Registro
Nacional Registro de Documentos Públicos 3
(SSC1) Secretaría de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(TSC2) Técnico de Servicio Civil 2 Administración 1
(TSC3) Técnico de Servicio Civil 3 Registro de Documentos Públicos 11
114
Total de Plazas:68
Registro de Derechos de Autor
(GSC1) Gerente de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(PJI1B) Profesional Jefe Informático
1B Sin Especialidad 1
(PSC2) Profesional de Servicio Civil 2 Registro de Documentos Públicos 1
(PSC3) Profesional de Servicio Civil 3 Administración 4
(REA) Registrador de Registro
Nacional Registro de Documentos Públicos 1
(TSC3) Técnico de Servicio Civil Registro de Documentos Públicos 3
Total de Plazas:11
Registro de Personas Jurídicas
(CSC1) Conductor de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(OSC2) Oficinista de Servicio Civil 2 Labores Varias de Oficina 1
(GSC1) Gerente de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(PBJ1) Profesional Bachiller Jefe 1 Registro de Documentos Públicos 1
(PJSC1) Profesional Jefe de Servicio
Civil 1 Registro de Documentos Públicos 6
(PJSC2) Profesional Jefe de Servicio
Civil 2 Registro de Documentos Públicos 1
(PJSC3) Profesional Jefe de Servicio
Civil 3 Registro de Documentos Públicos 1
(PSC1B) Profesional de Servicio Civil
1B Registro de Documentos Públicos 1
(PSC2) Profesional de Servicio Civil 2 Registro de Documentos Públicos 8
(PSC3) Profesional de Servicio Civil 3 Registro de Documentos Públicos 49
(REA) Registrador de Registro
Nacional Registro de Documentos Públicos 5
(SSC1) Secretaria de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(TSC3) Técnico de Servicio Civil 3 Registro de Documentos Públicos 1
Total de Plazas:77
Registro de Bienes Muebles
(GSC1) Gerente de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(OSC2) Oficinista de Servicio Civil 2 Labores Varias de Oficina 1
(PJSC1) Profesional Jefe de Servicio
Civil 1 Registro de Documentos Públicos 5
115
(PJSC2) Profesional Jefe de Servicio
Civil 2 Registro de Documentos Públicos 1
(PJSC3) Profesional Jefe de Servicio
Civil 3 Registro de Documentos Públicos 1
(PSC1A) Profesional de Servicio Civil
1A Registro de Documentos Públicos 1
(PSC1B) Profesional Servicio Civil 1B Registro de Documentos Públicos 7
(PSC2) Profesional de Servicio Civil 2 Registro de Documentos Públicos 20
(PSC3) Profesional de Servicio Civil 3
Administración, Registro de
Documentos Públicos 75
(REA) Registrador de Registro
Nacional Registro de Documentos Públicos 3
Total de Plazas:115
Total de Plazas del Registro Nacional de la Propiedad 1212
Plazas que pertenecen al Registro
Nacional ubicadas en otras
instituciones
Profesional Jefe de Servicio Civil 1
(Minist. De Agricultura y Ganadería) Administración Fuente: Gestión Institucional de Recursos Humanos
116
Bibliografía
Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN). Guía de
Manuales Administrativos, sin editorial, San José, Costa Rica, mayo de 2009.
Registro Nacional. Manual de Estructura Orgánica, sin editorial, San José, Costa
Rica, 26 de noviembre de 2007.
Ministerio de Justicia y Gracia, Registro Nacional. Documento de
Reorganización del Registro Nacional, sin editorial, 09 de julio de1997.