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“LUGAR ENTRE TULES” H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TULTITLÁN MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA DIRECCIÓN DE GOBERNACIÓN Y JURÍDICO CONSULTIVO ABRIL DEL 2015

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“LUGAR ENTRE TULES”

H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TULTITLÁN

MANUAL DE ORGANIZACIÓN

DE LA DIRECCIÓN DE

GOBERNACIÓN Y JURÍDICO

CONSULTIVO

ABRIL DEL 2015

INDICE

PÁG.

INTRODUCCIÓN

(2)

OBJETIVO DEL MANUAL

(3)

MARCO JURÍDICO

(4)

FACULTADES Y ATRIBUCIONES

(5)

MISIÓN Y VISIÓN DE LA DEPENDENCIA

(9)

ÓRGANIGRAMA

(10)

FUNCIONES Y/O RESPONSABILIDADES

( 17)

BITÁCORA DE ACTUALIZACIÓN

(28)

HOJA DE AUTORIZACIÓN

(29)

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INTRODUCCIÓN

El H. Ayuntamiento de Tultitlán 2013-2015, se ha dado a la tarea de modernizar la Administración

Pública Municipal, participando activamente en programas federales y estatales a efecto de

desarrollar autoevaluaciones y mejoras continuas en el cumplimiento de las atribuciones y

obligaciones constitucionales establecidas por el artículo 115 de nuestra Carta Magna, así como en

leyes secundarias de la materia y con ello atender de forma más eficiente a una ciudadanía cada

vez más demandante y conocedora de sus derechos humanos.

En ese sentido resulta de vital importancia la realización y actualización constante, de la

documentación que permite presentar en forma ordenada e integral la estructura orgánica de las

dependencias administrativas, es decir los Manuales de Organización.

Por lo que éste Manual representa un esfuerzo para precisar el ámbito de competencia de la

Dirección de Gobernación y Jurídico Consultivo a fin de evitar duplicidad o ausencia en la ejecución

de las tareas y en el cumplimiento de responsabilidades.

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OBJETIVO DEL MANUAL

El presente Manual de Organización muestra en forma ordenada e integral la estructura orgánica y

funciones de la Dirección de Gobernación y Jurídico Consultivo, como Dependencia de la

Administración Pública Municipal de Tultitlán, precisando el ámbito de su competencia.

La información contenida en el presente documento está dirigida tanto al servidor público

municipal como al ciudadano de Tultitlán que tenga interés en conocer las actividades y funciones

que se llevan a cabo en ésta Dirección, ello en aras de facilitar la interacción entre la

administración pública municipal y la ciudadanía para la consecución de un ejercicio de la función

pública eficiente y transparente.

Éste Manual de Organización permite orientar al personal de la Dirección, definiendo

instrucciones, fijando responsabilidades y posibilitando la medición y evaluación de las actividades

descritas, lo cual coadyuva a la mejora continua del quehacer administrativo.

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MARCO JURÍDICO

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México

Ley de Amparo

Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México

Ley de Asistencia Social del Estado de México

Ley de Ciencia y Tecnología del Estado de México

Ley de Desarrollo Social del Estado de México

Ley de Documentos Administrativos e Históricos del Estado de México

Ley de Ejecución de Penas Privativas y Restrictivas de la Libertad del Estado

Ley de Expropiación para el Estado de México

Ley de Fiscalización Superior del Estado de México

Ley de Instituciones de Asistencia Privada del Estado de México

Ley de Justicia para Adolescentes del Estado de México

Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios

Ley de Seguridad Pública Preventiva del Estado de México

Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios

Ley de Vivienda del Estado de México

Ley del Adulto Mayor del Estado de México

Ley del Agua del Estado de México

Ley del Notariado del Estado de México

Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México

Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México

Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México

Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México

Ley Orgánica Municipal del Estado de México

Ley para la Coordinación y Control de Organismos Auxiliares Estado de México

Ley para la Creación de Municipios en el Estado de México

Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México

Ley para Prevenir y Sancionar la Tortura en el Estado de México

Ley para Prevenir, Combatir y Eliminar Actos de Discriminación en el Estado de México

Código Federal de Procedimientos Civiles.

Código Fiscal de la Federación Código Civil del Estado de México

Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Código de Procedimientos Civiles del Estado de México

Código de Procedimientos Penales para el Estado de México

Código Electoral del Estado de México

Código Penal del Estado de México

Código Financiero del Estado de México y Municipios

Código Administrativo del Estado de México

Código para la Biodiversidad del Estado de México

Bando Municipal.

Reglamento de la Administración Pública Municipal

Reglamento Interno De Infracciones Y Sanciones Para El Desperdicio De Agua En El Municipio De Tultitlan

Reglamento de los Consejos de Colaboración Municipal

Reglamento General del Régimen de la Propiedad en Condominio para el Municipio de Tultitlan, Estado

de México

Reglamento del Instituto de Cultura Física y Deporte de Tultitlan, Estado de México

Reglamento del Centro Publico de Mediación, Conciliación y Justicia Restaurativa del Municipio de

Tultitlan, Estado de México.

Reglamento De Transparencia

Reglamento de las Oficialías Calificadoras

Plan de Desarrollo Municipal

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FACULTADES Y ATRIBUCIONES

REGLAMENTO ORGÁNICO MUNICIPAL TULTITLÁN, ESTADO DE MÉXICO 2013-2015

CAPÍTULO IV DE LA DIRECCIÓN DE

GOBERNACIÓN

ARTÍCULO 35.- La Dirección de Gobernación tiene como objetivo vigilar e informar

sobre la gobernabilidad existente en el Municipio, a través de la relación con las

diferentes Dependencias Municipales y actores políticos y sociales.

ARTÍCULO 36.- La Dirección de Gobernación tiene las

siguientes facultades:

1. Coordinar una red de información que le permita captar las demandas

de la población relacionadas con la administración municipal.

2. Vigilar el adecuado cumplimiento de las leyes, bando municipal, del

presente reglamento, circulares, acuerdos y demás disposiciones legales.

3. Elaborar programas de acciones municipales que tiendan a brindar seguridad

social a la comunidad.

4. Conformar, coordinar y vigilar la organización y el funcionamiento de los

Consejos de Participación Ciudadana y Autoridades Auxiliares, así como

vigilar el cumplimiento de la normatividad aplicable a las organizaciones

sociales y no gubernamentales.

5. Organizar en coordinación con los habitantes, la integración de juntas

vecinales, conforme a la ordenación territorial del Municipio.

6. Dar atención a las juntas vecinales de los diversos sectores del Municipio para

captar las necesidades, en cuanto a servicios públicos o requerimientos de

conservación y/o mantenimiento de áreas públicas.

7. Establecer las relaciones que correspondan con los diversos partidos

políticos existentes en el Municipio.

8. Supervisar que los espectáculos y diversiones públicas se desarrollen

conforme a las disposiciones legales aplicables.

9. Vigilar el cumplimiento de las normas relativas o cultos religiosos, juegos,

detonantes, y pirotecnias en el ámbito de la competencia municipal.

10. Expedir, negar y/o revocar permisos para el ejercicio del comercio en vía

pública o áreas comunes, en términos de la normatividad aplicable

11. Controlar y recaudar el derecho de piso en los mercados, tianguis, puestos

fijos y semifijos así como espacios en vía pública destinados al comercio,

reportando el ingreso correspondiente ante la Tesorería Municipal.

12. Elaborar el reglamento, para la regulación del comercio en vía pública.

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13. Llevar el registro actualizado del padrón de establecimientos comerciales en vía

pública.

14. Vigilar que los establecimientos abiertos al público en sus diversas

actividades comerciales, productivas y de prestación de servicios no dañen la

moral pública y las buenas costumbres.

15. Imponer sanciones a las personas que en el ejerció de alguna

actividad comercial, productiva, turística, artesanal, de servicios,

espectáculos diversiones públicas obstruyan la vía pública sin la autorización

para el desarrollo de la actividad.

16. Colaborar en la atención del asunto de política interior en el territorio municipal. 17. Realizar estudios técnicos para determinar la factibilidad y en su caso,

colocar, modificar o retirar señalamientos y dispositivos para el control de

tránsito vehicular.

18. Coordinar programas de trabajo con las autoridades estatales y municipales,

a fin de lograr mejores resultados de transporte público.

19. Crear el Consejo Municipal del Transporte.

20. Elaborar, dar seguimiento, cumplir y evaluar los programas del

transporte dentro del territorio municipal.

21. Establecer comunicación permanente con el Gobierno del Estado de México,

en materia de autorizaciones de bases y derroteros del transporte público que

deben prestar el servicio en el Municipio.

22. Coadyuvar con el Gobierno del Estado de México en la inspección y

vigilancia del servicio que presta el transporte público de pasajeros y de carga

en el Municipio, a efecto de que se proporcione conforme a lo que establece la

normatividad vigente en la materia.

23. Ejercer las atribuciones derivadas de los convenios en materia de transporte

y vialidad, que celebre el Municipio.

24. Participar en reuniones de trabajo con transportistas y Consejos de

Participación Ciudadana para encontrar soluciones a la problemática del

transporte público y vialidades del Municipio.

25. Elaborar y/o mantener actualizada la cartografía municipal donde

se reflejen las comunicaciones existentes entre las localidades del

Municipio con la cabecera municipal.

26. Realizar los proyectos de cada una de las vías de circulación de la

infraestructura vial local a que se refiere el Libro Séptimo del Código

Administrativo del Estado de México.

27. Observar lo dispuesto en el libro séptimo y octavo del Código Administrativo

del Estado de México, que en materia de Transporte se determinan en el

ámbito de competencia municipal; así como observar las garantías de

legalidad, seguridad jurídica y audiencia en todas sus actuaciones.

28. Las demás que le encomienden el Ayuntamiento, la Presidenta Municipal, este

Reglamento y otras disposiciones legales y reglamentarias.

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DE LA DIRECCIÓN JURÍDICA

Y CONSULTIVA CAPÍTULO XIX

ARTICULO 83.- La Dirección Jurídica y Consultiva es el órgano consultivo del

Ayuntamiento responsable de brindar asesoría y orientación a las dependencias y

entidades de la Administración Pública Municipal, a fin de brindar certeza y

legalidad a los procedimientos administrativos y los actos generados de éstos,

tramitar la defensa de los intereses de la presidencia municipal ante los órganos

administrativos y jurisdiccionales en los que se desarrollen los conflictos de intereses

en los que el Ayuntamiento sea parte y brindar asesoría jurídica a la población

tultitlense de escasos recursos, en aquellos asuntos de interés público en los que sea

necesario.

ARTÍCULO 84.- Corresponde a la Dirección Jurídica y Consultiva el ejercicio de las

siguientes facultades:

1. Promover todas las acciones administrativas y judiciales que sean para proteger

y asegurar los intereses del Municipio.

2. Llevar a cabo la defensa del Ayuntamiento en los procedimientos administrativos

y procesos jurisdiccionales en los que éste o sus dependencias administrativas

sean parte.

3. Proporcionar asesoría jurídica a las dependencias y entidades de la

Administración Pública Municipal, tanto para la atención de las consultas que de

manera expresa le sean formuladas, como para la asistencia y coadyuvancia con

las unidades administrativas durante el procedimiento administrativo y la

generación del acto emanado del mismo.

4. Brindar apoyo a las Sindicaturas Municipales en los asuntos, juicios y demás

trámites legales en que el Ayuntamiento y sus dependencias sean parte.

5. Analizar los proyectos de acuerdos, reglamentos y demás disposiciones que

surtan efectos contra terceros o sean de observancia general, que se sometan a

consideración del cuerpo edilicio o de la Presidenta Municipal, cuando así lo

soliciten las dependencias.

6. Participar activamente en el proceso de formación de la función Administrativa y

atender de manera conjunta aquellos asuntos identificados como relevantes ya

sea por su trascendencia política, económica o social.

7. Ejercer las acciones necesarias para proteger y, en su caso, reivindicar la

propiedad de los inmuebles del Municipio.

8. Intervenir en los procedimientos de expropiación por causa de utilidad pública;

9. Elaborar proyectos de reglamentos, acuerdos, contratos y convenios respecto de

las materias que sean de competencia municipal.

10. Fomentar y revisar la elaboración y publicación del bando municipal y los

reglamentos.

11. Revisar que de manera periódica sean sometidos a consideración del cabildo los

reglamentos del Municipio.

12. Revisar y someter para aprobación del presidente municipal y/o el

Ayuntamiento los procesos internos (Reglamento Interior o Manual de

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13. Organización o Manual Interno o Lineamientos Administrativos), en su contenido

y operación, al menos una vez en el período municipal constitucional actual.

14. Contar con un acervo jurídico mínimo, integrado por: Constitución Política de

los Estados Unidos Mexicanos, Constitución del Estado, Ley Orgánica, Bando

Municipal, Reglamento Interior, documental o electrónico.

15. Fungir como asesor jurídico municipal e informar sobre las acciones y resultados. 16. Proponer e implementar los programas de capacitación que sean necesarios para

fortalecer la actuación de la Administración Pública Municipal.

17. Revisar, emitir opinión y otorgar el visto bueno jurídico, respecto de los

contratos y convenios que celebre el Ayuntamiento a través de sus representantes.

18. Formular los proyectos de respuesta a peticiones de particulares o requerimientos

de instituciones públicas, cuando así le sea encomendado por la Presidenta

Municipal.

19. Formar parte de los Comités y Comisiones que le correspondan, en

términos de las disposiciones legales aplicables.

20. Aceptar y ejercer los poderes que le otorgue la Presidenta Municipal y aquellos

otros que le sean señalados en los acuerdos, reglamentos y demás ordenamientos

correspondientes.

21. Vigilar el funcionamiento de las oficialías calificadoras, mediadoras,

conciliadoras y mesas arbitrales.

22. Las demás que señale la Presidenta Municipal, las leyes, reglamentos y

disposiciones jurídicas aplicables.

Bando Municipal 2015 Población, Territorio, Gobierno,

Artículo 103.- la Dirección de Gobernación tiene en todo momento la facultad para reubicar o retirar a quienes ejerzan el comercio en la vía pública, por causa de utilidad pública Artículo 106.- Corresponde a la dirección de Gobernación ordenar, controlar y recaudar el derecho de piso en los mercados, tianguis, puestos fijos y semifijos así como en espacios en vía pública destinados al comercio, teniendo en todo momento la facultad para ordenar, retirar, y, en su caso, reubicar a los vendedores de conformidad con el reglamento en la materia. Así mismo autorizar la ocupación de áreas públicas para eventos sociales, culturales y deportivos, de acuerdo con la normatividad vigente Artículo 108.- el Ayuntamiento a través de la Dirección de Gobernación establecerá la coordinación con las autoridades competentes, para revisar la legalidad y las condiciones de funcionamiento de los centros de diversión, especialmente en los espacios cerrados, a los que acudan jóvenes y adolescentes. El Ayuntamiento, a través de la Dirección de Gobernación, verificará que los establecimientos mercantiles que expendan bebidas alcohólicas al copeo o en botella abierta, cuenten con instrumentos que permita a los clientes que así lo soliciten, cuantificar la concentración de alcohol en la sangre a través del aliento espirado, con el objeto principal de contribuir al consumo moderado y a la prevención de accidentes.

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MISIÓN

Brindar a la población un gobierno eficiente, eficaz y cercano a la gente, que proporcione

orientación a las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal, a fin

de brindar certeza y legalidad a los procedimientos administrativos y los actos generados

de éstos, tramitar la defensa de los intereses de la presidencia municipal ante los órganos

administrativos y jurisdiccionales, ejercer una normatividad que permita el equilibrio social

entre gobernados y el comercio en vía pública, fuente de progreso económico para las

familias, así como la regulación local del transporte público, que permita a la población

tener un desplazamiento eficiente y eficaz; atender de forma oportuna la demanda social

con respecto de los servicios comunitarios; asiéndose apoyar por los consejos de

participación ciudadana y autoridades auxiliares

VISIÓN

Consolidar a Tultitlán como una ciudad moderna, segura, sustentable con certeza y

legalidad en los procesos administrativos, competitiva, humanista, generadora de

oportunidades, de desarrollo atreves del comercio, con una forma de gobernar que sea

vanguardista en la forma de captar y proveer solución a la demanda social; así mismo

tener la capacidad de coordinar y regular el transporte público que brinde servicios de

calidad y excelencia para que los habitantes y transeúntes del Municipio de Tultitlán,

gocen de tiempos más cortos y cómodos a sus destinos .

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ORGANIGRAMA

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FUNCIONES Y/O RESPONSABILIDADES

ÁREA FUNCIONES Y/O RESPONSABILIDADES

DIRECTOR DE GOBERNACION Y

JURÍDICO CONSULTIVO

1. Ejercer las facultades genéricas y específicas que les

confiere este reglamento, sus reglamentos internos y

demás disposiciones legales aplicables

2. Planear, organizar, dirigir y evaluar las actividades

que tengan encomendadas en el área a su cargo, con

base en las políticas y prioridades establecidas para el

logro de los objetivos y metas del gobierno municipal.

3. Formular los anteproyectos, proyectos, programas y

presupuestos anuales.

4. Elaborar y aplicar en el área a su cargo, los

manuales de organización, sistemas y

procedimientos, que previamente sean autorizados.

5. Nombrar y acreditar a la persona que fungirá como

enlace administrativo de la Dependencia de que se

trate, ante la Tesorería Municipal y la Dirección de

Administración. El Reglamento Interno

correspondiente y los manuales de organización y

procedimientos respectivos determinaran las funciones

que este enlace deberá desempeñar.

6. Acordar con la Presidenta Municipal o con quien ésta

designe, los asuntos cuya resolución o trámite así lo

requieran.

7. Firmar los documentos de trámite derivados del ejercicio

de sus atribuciones.

8. Formular y entregar de manera mensual y oportuna los

dictámenes e informes correspondientes, así como los

que solicite la presidencia municipal.

9. Comparecer ante el H. Ayuntamiento para rendir

informes del estado que guarda la Dependencia a su

cargo o cuando se discuta algún asunto relacionado con

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ÁREA FUNCIONES Y/O RESPONSABILIDADES

SIGUIENTE

DEL

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10. Participar en la elaboración de políticas, procedimientos,

normas, sistemas y lineamientos, relacionadas con el

desempeño y responsabilidad de sus atribuciones y

funciones.

11. Integrar, controlar, custodiar y publicar, la

información contenida en los archivos administrativos

a su cargo, conforme a sus necesidades operativas y

a los lineamientos contenidos en la Ley de

Transparencia y Acceso a la Información Pública del

Estado de México y Municipios, su Reglamento y demás

disposiciones en la materia.

12. Llevar un control de ingresos, renuncias, licencias,

incidencias, promociones y remociones del 13. Personal a su cargo.

14. Acordar con sus Subdirectores, Jefes de Departamento

y demás servidores públicos adscritos al área de la cual

son titulares, los asuntos que sean de su competencia.

15. Conceder audiencias al público sobre asuntos de los

cuales los particulares sean parte y se encuentren

tramitando en el área a su cargo.

16. Cumplir y hacer cumplir en las áreas a su cargo, las

políticas, programas y lineamientos establecidos para la

administración de los recursos humanos, materiales y

financieros que el Ejecutivo Municipal haya acordado.

17. Ejercer el presupuesto de egresos autorizado para la

Dependencia a su cargo, en apego a los programas y

metas establecidos, así como a la calendarización del

gasto, siguiendo criterios de austeridad, disciplina y

transparencia

18. Orientar a los particulares en las gestiones que

promuevan ante la dependencia o entidad a su cargo,

conforme a derecho y de forma objetiva.

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ÁREA FUNCIONES Y/O RESPONSABILIDADES

SIGUIENTE

DEL

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JURÍDICO CONSULTIVO

19. Firmar el acta de entrega-recepción del cargo al inicio

de su gestión. Al término de la misma elaborar y

firmar dicha acta y los anexos correspondientes, con la

intervención de la Contraloría Municipal; asimismo,

vigilar que se cumpla con estas disposiciones en los

actos de entrega- recepción de Subdirecciones, Jefaturas

de Departamento y Coordinaciones.

20. Rendir cuentas a la Tesorería Municipal, de los recursos

financieros que reciba para la operación del área a su

cargo, garantizando su manejo conforme a los

lineamientos que expida para el efecto dicha

Dependencia.

21. Atender en tiempo y forma las observaciones y

recomendaciones que resulten con motivo de las

auditorías practicadas por la Contraloría Municipal,

los Órganos Superiores de Fiscalización tanto a nivel

Federal como Estatal, así como atender los

requerimientos de información que en su caso realice la

Comisión Edilicia de Hacienda.

22. Salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad,

imparcialidad y eficiencia que deben ser

observadas, de conformidad con lo dispuesto por la Ley

y vigilar que el personal a su cargo cumpla con la Ley

de Responsabilidades de los Servidores Públicos del

Estado y Municipios.

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FUNCIONES Y/O RESPONSABILIDADES

ÁREA FUNCIONES Y/O RESPONSABILIDADES

SUBDIRECCIÓN DE GOBERNACION Y

JURÍDICO CONSULTIVO

1. Coordinar e integrar las acciones tendientes a brindar la asistencia y

asesoría Jurídica, asegurando cumplir con la normatividad que rige al

Gobierno Municipal.

2. Coordinar y asistir a las reuniones que se celebren con otras

dependencias de la Administración Pública Federal, Estatal o

Intermunicipales, así como con otros Organismos Descentralizados,

cuando las actividades así lo ameriten.

3. Coordinar la relación con las demás áreas que integren esta Dirección

para los casos de procedencia de los Amparos Directos e Indirectos

4. Proyectar la planeación de los trabajos encargados a ésta y cuidar su

debido cumplimiento.

5. Coordinar y designar al personal que deberá asistir a reuniones

convocadas por las distintas unidades administrativas con el objeto de

cumplir con los objetivos y metas establecidos dentro de la esfera de sus

facultades, así como el cumplimiento con la norma jurídica vigente.

6. Proponer los proyectos y estudios con el objeto de actualizar las Leyes,

Reglamentos, Decretos, Acuerdos y Circulares, así como otras

disposiciones jurídicas que deban cumplirse en el ámbito de las

facultades de la Autoridad Municipal.

7. Proponer los procedimientos legales necesarios para cada una de las

Unidades Administrativas que así lo soliciten, para el mejor desempeño

de sus funciones conforme a lo establecido en el marco jurídico

aplicable.

8. Análisis de los trabajos jurídicos que requieren las diversas áreas en

materia de Administración Pública.

9. Apoyo al cuerpo edilicio para la Reglamentación Municipal.

10. Apoyo a las labores del Director Jurídico y Consultivo.

11. Dar asesoría a la comunidad para disipar las dudas legales que puedan

tener respecto a los conflictos que tienen.

12. Realizar oficios ante diversas autoridades del H. Ayuntamiento a fin de

dar un adecuado desarrollo a los conflictos que se presenten en esta área.

13. Coordinar y validar la elaboración de los convenios y contratos en los

cuales sea parte la administración pública municipal en materia

mercantil.

14. Coordinar y supervisar la elaboración de la información al momento de

enviar los oficios y memorándum que envía esta Dirección a las demás

unidades administrativas, en relación a la integración de los expedientes

para esgrimir la defensa de esta autoridad administrativa.

15. Intervenir en los asuntos de carácter legal en que tenga injerencia el

Municipio, fungiendo en su caso como Apoderados o Mandatarios, a

través de los servidores públicos que al efecto designe;

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COORDINACIÓN DE JURIDICO CONSULTIVO

1. Coordinar a las Oficialías Calificadoras para que se conduzcan con

respeto y con estricto apego a las atribuciones, facultades y

obligaciones que se señalan en la Ley Orgánica Municipal del

Estado de México, el bando municipal, y el reglamento interno de

las oficialías calificadoras, así como las demás que les atribuyan

otros ordenamientos legales.

2. Asesorar a los Oficiales Calificadores para resolver las

controversias que resulten del estudio de las infracciones al bando

municipal y demás disposiciones de carácter general expedidas por

el H. Ayuntamiento.

3. Vigilar que sea correcta la calificación de las faltas administrativas

y la imposición de la sanción a los infractores de las disposiciones

contenidas en el bando municipal, así como la elaboración de las

actas informativas en los términos establecidos en este reglamento.

4. Vigilar que la atención a los infractores sea con respeto a los

derechos fundamentales de los infractores así como vigilar que se

respeten los espacios de la cárcel municipal respetando el género y

diversidad sexual de los mismos.

5. Coordinar y revisar la elaboración de informes respecto de las

oficialías calificadoras.

6. Realizar visitas de inspección que estime pertinentes para constatar

el buen funcionamiento de las oficialías calificadoras.

7. Dar contestación a las solicitudes de informe a la Comisión de

Derechos Humanos, contraloría y mesa de responsabilidades, por

los hechos que presuntamente sean cometidos por el personal de

las oficialías calificadoras y que motiven las quejas y/o denuncias.

8. Atención y asesoría consultiva a los ciudadanos que requieren de

orientación legal.

9. Coadyuvar con las diversas áreas de la Dirección Jurídica y

Consultiva cuando es requerido para la realización de sus

actividades.

10. Realizar oficios ante diversas autoridades del H. Ayuntamiento a

fin de dar un adecuado desarrollo a los conflictos que se presenten

en esta área.

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SIGUIENTE

COORDINACIÓN DE JURIDICO

CONSULTIVO

11. Contestar las demandas de garantías cuando el H.

Ayuntamiento realiza actos de autoridad contra los

gobernados, así como gestionar el procedimiento ante los

Juzgados de Distrito con sede en Naucalpan de Juárez.

12. Coadyuvar con las diversas áreas de la Dirección Jurídica

y Consultiva cuando es requerido para la realización de

demandas de garantías.

13. Contestar las diversas quejas ante la Visitaduría de la

Comisión de Derechos Humanos en el Estado de México,

que promueve la ciudadanía contra la presunta violación

de Derechos Humanos, por parte de los servidores

públicos de este H. Ayuntamiento.

14. Realizar oficios ante diversas autoridades del H.

Ayuntamiento a fin de dar un adecuado desarrollo a los

conflictos que se presenten en esta área.

15. Coordinar y validar la elaboración de los convenios y

contratos en los cuales sea parte la administración pública

municipal en materia mercantil.

16. Las demás que le atribuyan expresamente las leyes,

reglamentos, y las que le encomiende directamente el

Ayuntamiento o la Presidenta Municipal.

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CORDINACIÓN DE COPACIS Y AUTORIDAES

AUXILIARES

1. Conformar, coordinar y vigilar la organización y el funcionamiento de los Consejos de Participación Ciudadana y Autoridades Auxiliares

2. Organizar en coordinación con los habitantes, la integración de juntas vecinales, conforme a la ordenación territorial del Municipio

3. Dar atención a las juntas vecinales de los diversos sectores del Municipio para captar las necesidades, en cuanto a servicios públicos o requerimientos de conservación y/o mantenimiento de áreas públicas.

4. Las demás que señale el Director de Gobernación y Jurídico consultivo,

COORDINACION DE

TRANSPORTE

1. Realizar estudios técnicos para determinar la factibilidad y

en su caso, colocar, modificar o retirar señalamientos y

dispositivos para el control de tránsito vehicular.

2. Coordinar programas de trabajo con las autoridades

estatales y municipales, a fin de lograr mejores resultados

de transporte público.

3. Crear el Consejo Municipal del Transporte.

4. Elaborar, dar seguimiento, cumplir y evaluar los

programas del transporte dentro del territorio municipal.

5. Establecer comunicación permanente con el Gobierno del

Estado de México, en materia de autorizaciones de bases

y derroteros del transporte público que deben prestar el

servicio en el Municipio.

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SIGUIENTE

COORDINACION DE TRANSPORTE

6. Coadyuvar con el Gobierno del Estado de México en la

inspección y vigilancia del servicio que presta el

transporte público de pasajeros y de carga en el

Municipio, a efecto de que se proporcione conforme a lo

que establece la normatividad vigente en la materia,

ejercer las atribuciones derivadas de los convenios en

materia de transporte y vialidad, que celebre el Municipio.

7. Participar en reuniones de trabajo con transportistas y

Consejos de Participación Ciudadana para encontrar

soluciones a la problemática del transporte público y

vialidades del Municipio.

8. Elaborar y/o mantener actualizada la cartografía

municipal donde se reflejen las comunicaciones

existentes entre las localidades del Municipio con la

cabecera municipal.

9. Realizar los proyectos de cada una de las vías de

circulación de la infraestructura vial local a que se refiere

el Libro Séptimo del Código Administrativo del Estado de

México.

10. Observar lo dispuesto en el libro séptimo y octavo del

Código Administrativo del Estado de México, que en

materia de Transporte se determinan en el ámbito de

competencia municipal; así como observar las garantías

de legalidad, seguridad jurídica y audiencia en todas sus

actuaciones.

11. Las demás que señale el Director de Gobernación y

Jurídico consultivo,

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JEFATURA DE MERCADOS

Y CENTRAL DE ABASTO

1. Expedir, negar y/o revocar permisos para el ejercicio del comercio en mercados públicos, privados y en central de abasto en términos de la normatividad aplicable

2. Elaborar el reglamento, para la regulación del comercio en mercados públicos, privados y en central de abasto

3. Llevar el registro actualizado del padrón de establecimientos comerciales en mercados públicos, privados y en central de abasto

4. actividades comerciales, productivas y de prestación de servicios no dañen la moral pública y las buenas costumbres.

5. Imponer sanciones a las personas que en el ejerció de alguna actividad comercial, productiva, turística, artesanal, de servicios, obstruyan la vía pública sin la autorización para el desarrollo de la actividad

6. Ordenar previo procedimiento administrativo la suspensión de la actividad comercial o de prestación de servicios, que se ubican en mercados públicos, privados y en central de abasto

7. Las demás que señale el Director de Gobernación y Jurídico consultivo,

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JEFATURAS DE VÍA PUBLICA

1. Supervisar que los espectáculos y diversiones públicas se desarrollen conforme a las disposiciones legales aplicables, detonantes, y pirotecnias en el ámbito de la competencia municipal.

2. Expedir, negar y/o revocar permisos para el ejercicio del comercio en vía pública o áreas comunes, en términos de la normatividad aplicable

3. Controlar y recaudar el derecho de piso en los mercados, tianguis, puestos fijos y semifijos así como espacios en vía pública destinados al comercio, reportando el ingreso correspondiente ante la Tesorería Municipal.

4. Elaborar el reglamento, para la regulación del comercio en vía pública.

5. Llevar el registro actualizado del padrón de establecimientos comerciales en vía pública.

6. Vigilar que los establecimientos abiertos al público en sus diversas actividades comerciales, productivas y de prestación de servicios no dañen la moral pública y las buenas costumbres.

7. Imponer sanciones a las personas que en el ejerció de alguna actividad comercial, productiva, turística, artesanal, de servicios, espectáculos diversiones públicas obstruyan la vía pública sin la autorización para el desarrollo de la actividad

8. Ordenar previo procedimiento administrativo la suspensión de la actividad comercial o de prestación de servicios, así como ordenar de ser necesario el retiro del puesto fijo, semifijo que se ubican en la vía pública.

9. Las demás que señale el Director de Gobernación y Jurídico consultivo,

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JEFATURA DE ASUTOS SOCIAL POLÍTICOS

1. Establecer, conjuntamente con el titular de la Dirección, los programas y políticas a seguir en la atención y seguimiento de conflictos políticos y sociales que afecten el interés general.

2. Atender y dar seguimiento a los conflictos sociales y políticos que se susciten en el Municipio

3. Dar seguimiento y atención de las acciones emprendidas en las comunidades del municipio tendientes a originar situaciones de hecho que configuren un riesgo para la paz social y el interés público;

4. Controlar y ordenar el registro de las Asociaciones Civiles, congregaciones o agrupamientos legalmente constituidos que realizan actividades dentro del municipio de Tultitlan.

5. Coordinarse con la instancia estatal de gobernación para atender los conflictos sociales y políticos que se susciten en el Municipio; y

6. Las que le encomiende el Director de Gobernación y Jurídico Consultivo

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AUTORIZACIÓN

AUTORIZO

PRESIDENTE MUNICIPAL EN TULTITLÁN LIC. HIGINIO ALFREDO GARCÍA DURAN

ELABORÓ

LIC. JOSÉ LUIS HURTADO OROZCO

DIRECTOR DE GOBERNACIÓN Y JURIDICO CONSULTIVO

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