MANUAL DE OPERACIONES DIRECCIÓN DE PADRÓN Y … MUNICIPAL...Auxiliar administrativo (2)...
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MANUAL DE OPERACIONES
DIRECCIÓN DE PADRÓN Y LICENCIAS
INDICE
1.- Presentación
2.- Filosofía Institucional
3.- Misión
4.- Visión
5.- Valores
6.- Vinculación con el Plan Municipal de Desarrollo
7.- Marco Legal
8.- Estructura Orgánica
9.- Atribuciones
10.- Directorio
11.- Inventario de Servicio
12.- Requisitos y Procedimiento
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Presentación del manual
El presente documento oficial tiene el propósito de describir la estructura, funciones, servicios y procedimientos de cada Unidad de la Dirección de Padrón y Licencias y el marco legal que las rige y coadyuvar a la ejecución correcta de las labores encomendadas al personal vigente y de nuevo ingreso, para la optimización de recursos y prestar servicios oportunos, de calidad y con calidez. Filosofía Institucional Los principios básicos bajo los cuales se rige la Administración Municipal fueron plasmados por el Honorable Ayuntamiento, atendiendo a la voluntad popular en el Plan Municipal de Desarrollo 2017-2021, los cuales por instrucción del Ayuntamiento, se han consolidado como eje rector de todas y cada una de las acciones de Gobierno, que se ejecuten por conducto de las dependencias en ejecución de la Filosofía Institucional, siendo los siguientes:
Misión Guiar de forma responsable al Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit, en alianza, sociedad y gobierno para conformar un Municipio próspero, seguro, competitivo, sustentable y desaliente, prestar servicios públicos eficientes y oportunos, a través de buenas prácticas de gestión humanista e incluyente, administración de recursos, transparencia y rendición de cuentas que sustenten la confianza y satisfacción ciudadana.
Visión Hacer de Bahía de Banderas, Nayarit un hábitat seguro, para la población y sus visitantes; competitivo, en donde su equipamiento urbano está en armonía con su belleza natural y, a su vez, con el aprovechamiento sustentable de su vasta vocación turística, agropecuaria y pesquera que apuntalan su desarrollo integral, social y económicamente equitativo. Con la participación responsable de gobierno y sociedad, se suman voluntades y capacidades que hacen de nuestro Municipio un referente positivo de progreso, cultura y bienestar.
Valores Este gobierno se compromete a que cada una de sus decisiones y acciones sea con el objetivo de buscar el bienestar social, por lo que nos regimos por los siguientes valores: Integridad; Innovación; empatía, lealtad con la comunidad,
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respeto de los derechos humanos; y responsabilidad al administrar los recursos públicos.
Vinculación con el Plan Municipal de Desarrollo
La Dirección de Padrón y Licencias contribuye en el cumplimiento de los
programas, metas y objetivos plasmados en el Plan Municipal de Desarrollo, en
los siguientes términos:
Ejes Objetivo Objetivos
Específicos
Programa o
Proyecto
Líneas
de
Acción
Sistema de
Evaluación
3 CI 3.1 Consolidar al Municipio de Bahía de Banderas,
como un territorio competitivo e innovador, en el que la
infraestructura, movilidad multimodal, gobernanza, mejora
regulatoria, sustentabilidad, seguridad, participación
social, diversificación productiva, son entendidos y
atendidos como factores fundamentales para para que el
territorio por sí mismo se afiance como territorio rentable
para la inversión y con diversidad de productos y servicios
posicionados en el mercado nacional e internacional,
generando así empleos mejor pagados y como
consecuencia elevar la calidad de vida de toda la
población
CI Oportunidad de negocio, hacer de Bahía de Banderas un Municipio atractivo y rentable para la inversión. CI3.1.6.1 Simplificar la apertura de empresas locales en la administración municipal CI3.1.6.2 Regularización de comercios y servicios en el Municipio CI3.1.6.3 Gestionar proyectos productivos en las delegaciones municipales CI 3.1.6.4 Impulsar el emprendurismo y apoyar en gestión para el financiamiento de proyectos productivos y de desarrollo CI 3.16.5 Mejorar los espacios públicos e imagen rural y urbana, en coordinación con la sociedad y empresarios, para su potenciación económica y turística 3.1.11.1 Mejorar las condiciones operativas y de recaudación de los tianguis y del comercio en vía pública. 3.1.11.2 Regular el comercio en vía pública. 3.1.11.3 Actualizar el padrón causantes públicos, tianguis y comercio en vía pública. 3.1.11.4 Ampliar la recaudación de pago de derechos derivados de las actividades comerciales. 3.1.11.5. Promover la
instalación del mercado de
abastos municipal
Embellecimiento de nuestra ciudad Promovamos el arraigo Regulación de la imagen visual Banquetizacion Impulso a la producción artesanal La imagen sí importa Comercio y
abasto.
De la 3.1.6.1 a la 3.1.6.5. C.1.11.1 A
LA 3.1.11.5
Mir POA CÉDULAS DE
EVALUACION
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Marco Legal CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE NAYARIT REGLAMENTO ORGÁNICO MUNICIPAL, PARA EL MUNICIPIO DE BAHÍA DE BANDERAS, NAYARIT. LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE NAYARIT LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DEL ESTADO DE NAYARIT LEY DE INGRESOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE BAHÍA DE BANDERAS, NAYARIT; PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018 REGLAMENTO PARA ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES, COMERCIANTES, TIANGUIS Y PRESTADORES DE SERVICIO TURÍSTICO EN EL MUNICIPIO DE BAHÍA DE BANDERAS, NAYARIT REFORMA PARA EL REGLAMENTO PARA ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES, COMERCIANTES, TIANGUIS Y PRESTADORES DE SERVICIO TURÍSTICO EN EL MUNICIPIO DE BAHÍA DE BANDERAS, NAYARIT REGLAMENTO PARA LA PROMOCION DEL SISTEMA DE TIEMPO COMPARTIDO EN EL MUNICIPIO DE BAHÍA DE BANDERAS; NAYARIT REGLAMENTO DE ANUNCIOS PARA EL MUNICIPIO DE BAHÍA DE BANDERAS; NAYARIT BANDO DE POLICIA Y BUEN GOBIERNO DEL MUNICIPIO DE BAHÍA DE BANDERAS; NAYARIT REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO PARA EL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
Estructura orgánica De conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 del Reglamento de la Administración Municipal del Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit para el adecuado funcionamiento de la Dirección de Padrón y Licencias se integra con las siguientes áreas:
I. Jefatura de Regulación de Entidades de Comercio, Industria y Servicios Establecidos
II. Jefatura de Comercio y Servicios Informal, Ambulantes, Fijo y Semifijo. III. Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia.
Integrando en total de 29 plazas, de las cuales 27 son de confianza y 2 de base
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DIRECTOR
Padròn y Licencias
Jefatura de Regulacion de Entidades de Comercio, Industria y Servicios
Establecidos
Asistente
Control y Seguimiento (2)
(Abogados )
Auxiliar administrativo (2)
Dictaminadores (3)
Jefatura de Comercio y Servicios Infromal, Ambulante, Fijo y Semifijo
Asistente
Auxiliar Administrativo
Jefatura de Inspeccion Verificacion y Vigilancia
Asistente Supervisor de Inspectores (2)
Inspectores(11)
Asistente
Organigrama
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Atribuciones Estas se encuentran establecidas en el artículo 66 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Bahía de Banderas los cuales establecen lo siguiente:
XXI.- Las demás previstas en la normatividad aplicable.
Artículo 68.- compete a la Jefatura de Regulación de entidades de Comercio,
Industria y Servicios Establecido;
I.- Recibir, revisar la documentación presentada por los particulares para la
obtención de licencias de funcionamiento del comercio, industria y servicios
establecido;
II.- Turnar a las Direcciones correspondientes las solicitudes de licencia
presentadas para la obtención de visto bueno, dictamen, factibilidad para el
funcionamiento de giro establecido;
III.- Verificar los giros en forma personal cuando por su naturaleza o disposición de
la ley o reglamento así se requieran;
IV.- Informar a Tesorería, Secretaria de Salud, Secretaría de Hacienda y Crédito
Público, Unidad Municipal de Protección Civil, Desarrollo Urbano Ordenamiento
Territorial y Ecología de las licencias autorizadas para que procedan conforme a
sus facultades;
V.- Integrar, conservar y actualizar en forma electrónica el padrón de licencias y
permisos para el funcionamiento de las entidades de comercio, industria y servicio
establecido, siempre que cumplan con las disposiciones legales aplicables;
VI.- Dar seguimiento a las solicitudes de licencia hasta su expedición o en su caso
negativa fundada y motivada y por escrito y brindar informes en todo momento al
ciudadano sobre el estatus de sus peticiones;
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VII.- Coordinarse con la Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia para el
correcto ejercicio de sus atribuciones;
VIII.- Brindar información sobre requisitos, trámites y servicios que se prestan en la
dependencia;
IX.- Verificar que las licencias y permisos expedidos cumplan con las
disposiciones legales aplicables;
X.- Rendir informe al Director sobre las licencias y permisos expedidos;
XI.- Proporcionar a los contribuyentes los requisitos y procedimientos para la
obtención de licencia de funcionamiento;
XII.- Registrar en bitácora las solicitudes y trámites recibidos, en la que además se
señale el estatus del mismo;
XIII.- Verificar que los giros que amparan las licencias expedidas funciones en los
términos autorizados;
XIV.- Recibir y tramitar las bajas, cambios de domicilio o giro, suspensiones,
ampliaciones de giro y darles el trámite correspondiente;
XV.- Promover en los contribuyentes el conocimiento de los derechos y
obligaciones que conlleva la autorización de las licencias expedidas de
conformidad con la normatividad aplicable;
XVI.- Coordinarse con las dependencias involucradas para agilizar los trámites
XVII.- Las demás que señala las disposiciones legales y Designe el Director.
Artículo 69.- compete a la Jefatura de Comercio y servicios informal, ambulante,
fijo y semifijo;
I.- Proporcionar a los contribuyentes la información para la obtención de permisos
municipal de comercio en vía pública ya sea en establecimiento fijo, semifijo o no
domiciliado;
II.- Integrar el padrón de permisionarios para ejercer el comercio en vía pública en
forma fija, semifijo o ambulante y registrando electrónicamente la información
relativa; Registrar en bitácora las solicitudes y estatus para el otorgamiento de
permisos a que se refiere el artículo que antecede;
III.- Verificar los permisos se ejerzan en forma personal por el autorizado y
cumplan con las disposiciones legales aplicables;
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IV.- Dar seguimiento a las solicitudes de permiso para ejercer el comercio en vía
pública en forma ambulante, fijo o semifijo o en su caso negativa fundada y
motivada y por escrito y brindar informes en todo momento al ciudadano sobre el
estatus de sus peticiones;
V.- Coordinarse con la Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia para el
correcto ejercicio de sus atribuciones en la supervisión del comercio en vía
pública;
VI.- Rendir informe al Director sobre los permisos expedidos;
VII.- Promover en los contribuyentes el conocimiento de los derechos y
obligaciones que conlleva la autorización de los permisos expedidas en su favor
de conformidad con la normatividad aplicable; y
VIII.- Las demás que señale el Director.
Artículo 70.- compete a la Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia;
I.- Coordinar, supervisar y vigilar que los giros y permisos expedidos por la
Dirección se ejerzan de acuerdo a los permisos y licencias concedidos y ajustados
a la normatividad aplicable;
II.- Coordinar las actividades de inspección de licencias permisos expedidos por la
Dirección;
III.- Solicitar al Director de Padrón y Licencias emita las órdenes de visita
correspondiente para practicar las visitas, inspecciones, verificaciones de las
actividades económicas que se desarrollen en el Municipio, se ajusten a la
normatividad aplicable;
IV.- Atender los reportes ciudadanos por posibles violaciones a los ordenamientos
legales aplicables en materia de comercio y servicio y dar seguimiento a los
mismos;
V.- Proponer la directora de Padrón y Licencias el inicio del procedimiento de
suspensión o cancelación de los permisos y licencias;
VI.- Llevar el control de las visitas de inspección realizadas;
VII.- Proponer al Director de Padrón y Licencias el inicio del Procedimiento
Administrativo coactivo por infracciones a los reglamentos municipales;
VIII.- designar turnos, zonas y actividades a los verificadores a su cargo;
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IX.- Levantar actas por sí o por conducto del personal a su cargo actas de
inspección y/o verificación;
X.- Evaluar y someter a consideración de los superiores las medidas preventivas y
correctivas tendientes a evitar que los contribuyentes cometan infracciones a los
reglamentos municipales o causen perjuicio a la persona o bienes de terceros;
XI.- Supervisar el desarrollo de las actividades del personal a su cargo;
XII.- Formular pliegos preventivos a los contribuyentes que presuntivamente se
encuentren infringiendo las disposiciones legales aplicables en el Municipio en la
materia de comercio, servicios e industria:
XIII.- Aplicar medidas preventivas y de apremio a los contribuyentes que
presuntivamente se encuentre violando las disposiciones legales correspondientes
y levantar acta circunstancia de ello; y
XIV.- Las demás que señale el Director.
Perfil de puestos
El grado de estudio deseable tanto para el Titular de la Dirección de Padrón y Licencias, así como las jefaturas, que se recomienda:
Dirección de Padrón y Licencias
Licenciatura en Contaduría Contador Publico Carreras AfINEs
Jefatura de Regulación de Entidades de Comercio, Industria y Servicios Establecidos
Licenciatura en Derecho Abogado Carreras AfINEs
Jefatura de Comercio y Servicios Informal, Ambulantes, Fijo y Semifijo
Licenciatura en Administración Administrador Carreras AfINEs
Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia.
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Licenciatura en Administración Administrador Carreras AfINEs
Resaltamos en base a los procedimientos del marco legal establecido o Instancias
similares con validez oficial.
Actitudes deseables para el puesto: Toma de decisiones, Liderazgo, Orientación al ciudadano, Manejo de conflictos, Capacidad de análisis y comunicación, Iniciativa, Persuasión y Honestidad. Artículo 66.- Compete a la Dirección de Padrón y Licencias, la atención de los siguientes asuntos:
I. Expedir los permisos y licencias de giros comerciales, eventos,
anuncios y publicidad de competencia municipal;
En los permisos (ambulantes, fijos y semifijos) con los lINEamientos
establecidos en el titulo quinto capítulo I, estos girados por la jefatura
comercio de servicios informales, ambulantes, fijos y semifijos.
Licencias de giros comerciales, en base a los lINEamientos establecidos
en el reglamento para establecimientos mercantiles, comercios, tianguis y
prestadores de servicio turísticos en el Municipio de bahía de banderas,
Nayarit.
Licencias o Anuencias para eventos: presentar una solicitud previa al
evento con 30 días de anticipación.
Anexo 1; solicitud, fechada, con descripción del evento, grupos musicales,
copia del contrato de los grupos musicales, contrato del establecimiento.
Anexo 2; todo lo que es publicidad, desde pintas de barda, pendones,
volantes, voceo etc. Esto con el fin de autorizar y cotizar.
Anexo 3; venta de bebidas alcohólicas
Anexo 4; contratos de seguridad, protección civil e Inspección.
II. Supervisar la vigencia de los permisos y licencias de su competencia;
Ambulantes, fijos y semifijos, esto supervisado por el padrón actualizado
cada último día del trimestre este actualizado y controlado por la jefatura de
comercio y servicios informal, ambulante, fijo y semifijo.
Licencias de giros comerciales; este supervisado y coadyuvado por la
jefatura de regulación de entidades de comercio, industria y servicios
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establecidos y Tesorería Municipal este cada primeros cinco días hábiles
del mes de abril entregar a esta Dirección de Padrón y licencias, la cartera
vencida.
La dirección de padrón y licencias girara a la jefatura de inspección,
verificación y vigilancia la orden de visita de verificación, para las
notificaciones correspondientes de la cartera vencida.
La jefatura de inspección, verificación y vigilancia entregara una relación de
la orden de visita expedida y todo procedimiento por la violación, con los
respaldos correspondientes.
La dirección de padrón y licencias entregara a la tesorería municipal las
órdenes de visita y respaldos de las infracciones, para efecto que sean
calificadas por el juez.
Una vez calificadas por Tesorería y pagadas por el infractor en los plazos
estipulados. Las infracciones sin pagos se remiten a tesorería a efecto de
iniciar el cobro económico coactivo para su continuidad.
Eventos, una vez presentada la documentación en cumplimiento a las
normativas aplicables en el Municipio que da el visto bueno a consideración
de la anuencia.
III. Vigilar e inspeccionar que los permisos y licencias que se expidan
sobre actividades comerciales que se realicen en el Municipio, se
apeguen a los reglamentos municipales y demás disposiciones
aplicables;
Por medio de la Jefatura de Regulación de Entidades de Comercio,
Industria y Servicios Establecidos y la Tesorería se solicitaran los
expedientes, dictámenes y padrón correspondiente, para el cumplimiento
de las normativas aplicables en el Municipio.
Por medio de la Jefatura de Comercio y Servicios informal, Ambulante, Fijo
y Semifijo y la Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia en el archivo
físico de los expedientes y dictámenes correspondientes con el
cumplimiento de las normativas aplicables en el Municipio; y el padrón
siempre actualizado.
IV. Expedir órdenes de visita de verificación del cumplimiento de la normatividad aplicable en el Municipio en la materia de su competencia;
Serán expedidas en tiempo y forma según las normativas aplicables en el
Municipio.
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V. Programar, Coordinar, integrar y actualizar el padrón de licencias y permisos para el funcionamiento de las actividades económicas que se desarrollen en establecimientos fijos, semi fijos y ambulantes en el Municipio y sean competencia de las autoridades municipales;
La Jefatura de Regulación de Entidades de Comercio, Industria y Servicios
Establecidos está basada a la Ley de Ingresos de Para la Municipalidad de
Bahía de Banderas Nayarit; Para el Ejercicio 2018, girara el padrón de
licencias vencidas para que la Dirección de Padrón y Licencias elabore los
Avisos Preventivos correspondientes, así como también a los
establecimientos nuevos no registrados se entregaran avisos preventivos,
este operativo se realizara en los meses de Abril, Julio Y octubre. El
operativo se llevara a cabo por la Jefatura de Inspección, Verificación y
Vigilancia.
La Jefatura de Comercio y Servicios Informal, Ambulante, Fijo y Semifijo
con el padrón actualizado girara a esta dirección el padrón trimestralmente
y se realizaran los avisos preventivos para que la Jefatura de Inspección,
Verificación y Vigilancia realice el operativo en los meses de Enero, Mayo,
Septiembre y Diciembre; y se realice a los puestos ambulantes, fijos y
semifijos registrados y nuevos en el Municipio de Bahía de Banderas.
VI. En su caso iniciar el procedimiento administrativo por violación a los reglamentos municipales en materia de su competencia;
En el punto anterior la Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia
tendrá que entregar el padrón de manera digital y físico para poder ser
enviado a la Tesorería Municipal para la calificación de las Infracciones.
VII. Notificar al Tesorero Municipal con la debida anticipación, respecto de
las infracciones cometidas a los diversos reglamentos municipales y
que no han sido pagadas por el infractor a efecto de que se encuentre
en posibilidad de iniciar el procedimiento de cobro económico
coactivo;
Esto se aplicara en el punto anterior.
VIII. Proponer y promover en coordinación con las demás áreas
competentes, los mecanismos que sean necesarios para eficientar y
agilizar los trámites de licencias y lograr la mejora regulatoria que
haga viable la activación de la apertura de negocios;
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Mesas de trabajo con las Jefaturas que integran esta Dirección de Padrón y
Licencias y la Tesorería Municipal.
IX. Coadyuvar con la Tesorería Municipal, para actualizar el padrón de licencias municipales y el catálogo de giros comerciales, industriales y de prestación de servicios en el Municipio;
Mesas de trabajo con la Jefatura de Regulación de Entidades de Comercio,
Industria y Servicios Establecidos y la Tesorería Municipal.
Se mantendrá la actualización con el trabajo en conjunto de la Dirección
con los operativos programados.
X. Verificar y supervisar la información proporcionada en las solicitudes
de licencias en materia de su competencia;
La Jefatura de regulación de entidades de comercio, industria y servicios
establecidos solicitará a la Jefatura de inspección, verificación y vigilancia el
Dictamen de las licencias. Una vez obtenido, se anexa al expediente y se
gira a esta dirección para su aprobación.
XI. Dar cuenta al Tesorero Municipal para que a su vez informe al
Presidente Municipal, sobre las licencias de funcionamiento de giro
que proceda su revocación en los términos de la normatividad
aplicable;
Con apoyo y sustento legal aprobado por el área jurídica se presentará
dicho punto.
XII. Promover la trasversalización y cooperación entre autoridades
municipales para eficientar y agilizar los trámites que se lleven a cabo
en materia de licencias y permisos de funcionamiento de giros
comerciales;
Mesas de trabajo con las Autoridades Municipales.
XIII. Emitir permisos provisionales para el funcionamiento de giros
competencia municipal, conforme a las disposiciones legales y
reglamentarias vigentes;
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Basado de manera personal según la problemática conforme a las
normativas legales y reglamentación aplicables en el Municipio.
XIV. Coadyuvar con la Dirección de Turismo y Desarrollo Económico, en la
integración de la estadística que permitan medir la capacidad de
respuesta del Municipio en materia de promoción y fomento al
desarrollo económico;
Mesas de trabajo con la Dirección de Turismo y Desarrollo Económico
XV. Vigilar la correcta utilización de los espacios destinados al comercio
fijo, semifijo, regular el ambulante y el respeto a los reglamentos que
regulan la actividad comercial en el Municipio;
Coadyuvar en el cumplimiento de los planes de manejo de actividades con la jefatura de Comercio y servicios informal, ambulante, fijo y semifijo y la Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia.
Coadyuvar con asesorías para los operativos con la jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia establecidas en las normativas aplicables en el Municipio.
XVI. Coadyuvar con la Tesorería Municipal para la actualización, refrendo, modificación y baja del padrón de licencias y giros comerciales;
Mesas de trabajo con la tesorería municipal, Jefatura de Regulación de entidades de Comercio, Industria y Servicios Establecido y Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia.
XVII. Encargarse del adecuado funcionamiento de la ventanilla del sistema de apertura rápida de empresas;
XVIII. Turnar a la Justicia Municipal Administrativa las actas de inspección levantadas a través de la Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia por presuntas infracciones a los ordenamiento municipales aplicables para la imposición de las sanciones procedentes;
La jefatura de inspección, verificación y vigilancia entregara una relación de
la orden de visita expedida y todo procedimiento por la violación, con los
respaldos correspondientes.
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La dirección de padrón y licencias entregara a la tesorería municipal las
órdenes de visita y respaldos de las infracciones, para efecto que sean
calificadas por el juez.
Una vez calificadas por Tesorería y pagadas por el infractor en los plazos
estipulados. Las infracciones sin pagos se remiten a tesorería a efecto de
iniciar el cobro económico coactivo para su continuidad.
XIX. Recibir y Turnar al Contralor los informes relativos a las quejas presentadas por los ciudadanos en contra de los actos realizados por el personal de la Dirección, para los efectos de su competencia;
Aplicación de faltas al reglamento interior de trabajo del personal de la administración municipal, giras a quien corresponda
XX. Establecer el sistema de control y seguimiento sobre los trámites ingresados a la Dirección, estatus en que se encuentra en la propia Dirección y con otras dependencias municipales y conclusión y resguardo de la documentación que avale el otorgamiento en términos de la normatividad aplicable de las licencias y permisos de su competencia;
Mesas de trabajo con la tesorería municipal, Jefatura de Regulación de entidades de Comercio, Industria y Servicios Establecido, la jefatura de Comercio y servicios informal, ambulante, fijo y semifijo y la Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia.
XXI. Las demás previstas en la normatividad aplicable.
Artículo 68.- compete a la Jefatura de Regulación de entidades de Comercio, Industria y Servicios Establecido;
I. Recibir, revisar la documentación presentada por los particulares para la obtención de licencias de funcionamiento del comercio, industria y servicios establecido;
Ingresar el expediente de la solicitud, en base a las normativas aplicables en el Municipio
II. Turnar a las Direcciones correspondientes las solicitudes de
licencia presentadas para la obtención de visto bueno, dictamen, factibilidad para el funcionamiento de giro establecido;
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Solicitar a la Dirección de padrón y licencias el visto bueno, dictamen, factibilidad para el funcionamiento de giro establecido para dar continuidad a la autorización de las licencias
III. Verificar los giros en forma personal cuando por su naturaleza o disposición de la Ley o reglamento así se requieran;
Basado de manera personal según la problemática conforme a las
normativas legales y reglamentación aplicables en el Municipio.
Previa autorización de la dirección de padrón y licencias
IV. Informar a Tesorería, Secretaria de Salud, Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Unidad Municipal de Protección Civil, Desarrollo Urbano Ordenamiento Territorial y Ecología de las licencias autorizadas para que procedan conforme a sus facultades;
Oficio con el anexo del padrón de licencias de funcionamiento debidamente soportado y sustentado
Ley de transparencia y acceso a la información pública del Estado de Nayarit
V. Integrar, conservar y actualizar en forma electrónica el padrón de licencias y permisos para el funcionamiento de las entidades de comercio, industria y servicio establecido, siempre que cumplan con las disposiciones legales aplicables;
Elaborado, Archivado y Resguardado por esta Jefatura en base a las normativas aplicables en el Municipio.
VI. Dar seguimiento a las solicitudes de licencia hasta su expedición o en su caso negativa fundada y motivada y por escrito y brindar informes en todo momento al ciudadano sobre el estatus de sus peticiones;
Una vez ingresada la documentación basada en la normativa, se girara a la Dirección de Padrón y Licencia para la obtención de visto bueno, dictamen y factibilidad para el funcionamiento del giro solicitado.
Una vez que se obtiene la autorización favorable se girara la Licencia de Funcionamiento al Establecimiento.
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En caso de obtener una Negativa se procederá a la elaboración del informe fundado y motivado por las normativas aplicables al Municipio.
VII. Coordinarse con la Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia para el correcto ejercicio de sus atribuciones;
Se coordinara con la Jefatura de Padrón y Licencia los avisos preventivos para realizar los operativos programados en este manual con el apoyo de la Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia.
Coadyuvar con la Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia para que realice la inspección, verificación y Vigilancia en caso de reportes o quejas ciudadanas, para el buen funcionamiento de los establecimientos que realicen alguna actividad comercial y no cumplan con la normatividad aplicable en el Municipio.
Requerir a la Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia de todas las infracciones realizadas, correspondientes a esta Jefatura en tiempo y forma para su trámite a seguir.
VIII. Brindar información sobre requisitos, trámites y servicios que se prestan en la dependencia;
Contar con los formatos correspondientes para brindar la correcta información para todo trámite.
Capacitar al personal para brindar al gobernado un excelente servicio.
IX. Verificar que las licencias y permisos expedidos cumplan con las disposiciones legales aplicables;
Coadyuvar con la Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia, para la vigilancia de las mismas.
X. Rendir informe al Director sobre las licencias y permisos
expedidos;
La actualización del padrón de las licencias siempre actualizado, se entregara trimestralmente.
El padrón de permisos de forma profesional actualizado y este se entregara trimestralmente.
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XI. Proporcionar a los contribuyentes los requisitos y procedimientos
para la obtención de licencia de funcionamiento;
Por medio de ventanilla se proporcionara la información.
XII. Registrar en bitácora las solicitudes y trámites recibidos, en la que además se señale el estatus del mismo;
Se llevara un registro en bitácora.
Se presentara de manera digital cada trimestre.
XIII. Verificar que los giros que amparan las licencias expedidas funciones en los términos autorizados;
Coadyuvar con la Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia para la vigilancia y verificación con base a las normativas aplicables en el Municipio.
XIV. Recibir y tramitar las bajas, cambios de domicilio o giro,
suspensiones, ampliaciones de giro y darles el trámite correspondiente;
Se realizara con las solicitudes correspondientes de los interesados en base a la normatividad aplicable.
Se mantendrá el padrón siempre actualizado.
Se realizara el reporte correspondiente a la dirección.
XV. Promover en los contribuyentes el conocimiento de los derechos y obligaciones que conlleva la autorización de las licencias expedidas de conformidad con la normatividad aplicable;
Hacer por escrito una carta compromiso al contribuyente donde quede plasmado y por enterado de los derechos y obligaciones que conlleva la autorización.
XVI. Coordinarse con las dependencias involucradas para agilizar los
trámites; y
Mesas de trabajo.
XVII. Las demás que señala las disposiciones legales y Designe el Director.
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Articulo 69.- Compete a la Jefatura de Comercio y Servicios Informal, Ambulantes, Fijos y semifijos. DESCRIPCION DE PUESTOS: PUESTO: JEFE DE COMERCIO Y SERVICIOS INFORMAL, AMBULANTE, FIJOS Y SEMIFIJOS OBJETIVO: Administrar los recursos humanos y materiales. Así como dirigir el buen funcionamiento de la jefatura para otorgar un servicio de calidad, calidez y respeto a los derechos, buscando la satisfacción de los ciudadanos. REQUISITOS GENERALES: Identificación oficial. Certificado Médico de salud, expedido por una institución pública de salud o medico particular con nombre, firma y cedula profesional del médico que lo emite. Solicitud de empleo con fotografía. Copia de acta de nacimiento. Comprobante de estudios. Comprobante de domicilio. Copia del CURP. Registro del SAT/RFC. Correo electrónico. Constancia de no antecedentes penales (original). Constancia de No inhabilitación (original). Número telefónico. ESCOLARIDAD: Licenciatura, técnico superior universitario o profesional Administración Contaduría Pública HABILIDADES: Liderazgo Asertividad Dominio del lenguaje Manejo del conflicto Observaciones ACTIVIDADES: Disposición de servicio
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Responsabilidad Empatía Iniciativa PUESTO: AUXILIAR ADMINISTRATIVO OBJETIVO:
Coordinar, asesorar y supervisar la realización de actividades administrativas con apego a la normatividad. REQUISITOS GENERALES: Identificación oficial. Certificado Médico de salud, expedido por una institución pública de salud o medico particular con nombre, firma y cedula profesional del médico que lo emite. Solicitud de empleo con fotografía. Copia de acta de nacimiento. Comprobante de estudios. Comprobante de domicilio. Copia del CURP. Registro del SAT/RFC. Correo electrónico. Constancia de no antecedentes penales (original). Constancia de No inhabilitación (original). Número telefónico. EQUIPAMIENTO: 1 vehículo. 2 equipos de cómputo. 3 escritorios. 3 sillas secretariales. 5 sillas de visita. Utilería. 2 archiveros de 5 cajones. Gasolina.
I. Proporcionar a los contribuyentes la información para la obtención de permisos municipal de comercio en vía pública ya sea en establecimiento fijo, semifijo o no domiciliado;
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Formato de Visto Bueno.
Carta compromiso. (Artículo 99. Reglamento para Establecimientos Mercantiles, Comerciantes, Tianguis y Prestadores de Servicio Turísticos en el Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit.)
II. Integrar el padrón de permisionarios para ejercer el comercio en vía
pública en forma fija, semifija o ambulante y registrando electrónicamente la información relativa; Registrar en bitácora las solicitudes y estatus para el otorgamiento de permisos a que se refiere el artículo que antecede;
Captura digital de los permisos otorgados de tianguis fijos y temporales.
Actualizar pagos en el padrón digital de permisos de tianguis fijos y temporales.
Captura digital de los permisos otorgados de forma fija, semifija y ambulante.
Actualizar pagos en el padrón digital de permisos forma fija, semifija y ambulante.
Captura digital de los permisos de vendedores foráneos, personas que eventualmente y de paso realizan actividades comerciales en el Municipio.
Supervisar físicamente y notificar de manera digital a esta jefatura los avisos preventivos, infracciones, decomisos e irregularidades en tianguis fijos y temporales y puestos fijos, semifijos y ambulantes, que todos cuenten con su respectivo permiso y estos sean explotados por el titular a quien se le otorga, debidamente identificado de manera oficial (INE, PASAPORTE) con el fin de analizar la suspensión temporal o definitiva de dicho establecimiento, esto sustentado en cual quiera de las violaciones al Reglamento para Establecimientos Mercantiles, Comerciantes, Tianguis y Prestadores de Servicio Turísticos en el Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit. (jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia 3)
(ESTO ES CON EL FIN DE MANTENER EL PADRON ACTUALIZADO Y VIGENTE)
III. Verificar los permisos se ejerzan en forma personal por el autorizado y cumplan con las disposiciones legales aplicables.
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Supervisar físicamente que todos los puestos cuenten con su respectivo permiso y se aplique el Reglamento para Establecimientos Mercantiles, Comerciantes, Tianguis y Prestadores de Servicio Turísticos en el Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit. (jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia 3) esto debe de notificarse a la esta jefatura.
Notificar de manera digital a la jefatura de avisos preventivos, infracciones, decomisos e irregularidades en dichos comercios. ( con el fin de analizar la suspensión temporal o definitiva de dicho establecimiento) (jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia 3)
IV. Dar seguimiento a las solicitudes de permiso para ejercer el comercio en vía pública en forma ambulante, fijo o semifijo o en su caso negativa fundada y motivada y por escrito y brindar informes en todo momento al ciudadano sobre el estatus de sus peticiones.
Esto basado en el Titulo Quinto, Capítulo I y II del Reglamento para Establecimientos Mercantiles, Comerciantes, Tianguis y Prestadores de Servicio Turísticos en el Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit.
Entrega de piso en fiestas patronales, con apoyo de Inspectores de la (Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia 3) los mismos solo medirán y levantaran el padrón de los puestos instalados. Para que posteriormente la jefatura de (Regulación de entidades de Comercio, Industria y Servicios Establecido 1) realice la cotización y cobro correspondiente por el uso de suelo, envase a las medidas y zona.
V. Coordinarse con la Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia para el correcto ejercicio de sus atribuciones en la supervisión del comercio en vía pública.
Realizar oficios para la coordinación de Inspección, Verificación y Vigilancia, donde todo se solicitara en tiempo y forma de manera digital y física.
Mesas de trabajo para planificar y eficientar los procesos.
VI. Rendir informe al Director sobre los permisos expedidos
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Enviar en tiempo y forma de manera digital el padrón.
Tianguis fijos y temporales.
Permisos fijos, semifijos y ambulantes.
Permisos foráneos, eventuales y de paso.
Permisos denegados, con la justificación legal.
VII. Promover en los contribuyentes el conocimiento de los derechos y obligaciones que conlleva la autorización de los permisos expedidas en su favor de conformidad con la normatividad aplicable.
Esto basado en el Titulo Quinto, Capítulo I y II del Reglamento para Establecimientos Mercantiles, Comerciantes, Tianguis y Prestadores de Servicio Turísticos en el Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit.
VIII. Las demás que señale el Director.
DENOMINACIÓN METAS
U.M. CANTIDAD
Expedición de permisos para puestos de tianguis de temporada.
Acción 3228
Expedición de permisos para puestos de tianguis fijos.
Acción 700
Expedición de permisos para puestos ambulantes, fijos, semifijos.
Acción 2250
Expedición de permisos expedidos para puestos ambulantes, fijos y semifijos.
Acción 1
Padrón de permisos
Documento 1
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Artículo 70.- compete a la Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia;
I. Coordinar, supervisar y vigilar que los giros y permisos expedidos por la Dirección se ejerzan de acuerdo a los permisos y licencias concedidos y ajustados a la normatividad aplicable;
Mantener actualizado el rol de actividades a desempeñar con el personal a cargo.
II. Coordinar las actividades de inspección de licencias permisos
expedidos por la Dirección;
Las Licencias en Abril, Julio, Octubre, establecido en el Artículo 66 Fracción V.
Los Permisos en Enero, Mayo, Septiembre, Diciembre establecido en el Artículo 66 Fracción V.
De acuerdo a los oficios para los Permisos y Anuencias otorgados de manera esporádica.
III. Solicitar al Director de Padrón y Licencias emita las órdenes de
visita correspondiente para practicar las visitas, inspecciones, verificaciones de las actividades económicas que se desarrollen en el Municipio, se ajusten a la normatividad aplicable;
Solicitar a la Dirección de Padrón y Licencias en los primeros 5 días del mes de Abril los ya existentes.
expedidos para puestos de tianguis de temporada.
Padrón de permisos expedidos para puestos de tianguis fijos
Acción 1
Padrón de permisos expedidos para puestos de temporada
Acción 1
Padrón de permisos expedidos para puestos ambulantes, fijos y semifijos.
Acción 1
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Solicitar a la Dirección de Padrón y Licencias en los primeros 5 días del mes de Julio y Octubre de los establecimientos que no cumplieron con las normativas establecidas aplicables y el nuevo padrón de los comercios establecidos que hacen nuevas aperturas.
IV. Atender los reportes ciudadanos por posibles violaciones a los
ordenamientos legales aplicables en materia de comercio y servicio y dar seguimiento a los mismos;
Estos se supervisaran con una orden a los inspectores para que ellos por escrito realicen un dictamen de lo encontrado y junto con el sustento legal de la infracción a la falta cometida a la normativa aplicable.
V. Proponer la directora de Padrón y Licencias el inicio del procedimiento de suspensión o cancelación de los permisos y licencias;
En base a las instrucciones giradas por la Dirección de Padrón y Licencias.
VI. Llevar el control de las visitas de inspección realizadas;
Llevar el control de las actas de inspección y verificación.
Realizar la captura de cada acta de inspección y verificación.
Tener el padrón actualizado y entregar a la Dirección para los procedimientos ante el juez calificador, para los cobros correspondientes.
Entregar trimestralmente la relación de las multas aplicadas, nuevas, pagadas y pendientes por pagar para el seguimiento a la recuperación de las mismas.
VII. Proponer al Director de Padrón y Licencias el inicio del
Procedimiento Administrativo coactivo por infracciones a los reglamentos municipales;
Mesas de trabajo coadyuvadas con la Dirección de Padrón y Licencias así como Tesorería.
VIII. designar turnos, zonas y actividades a los verificadores a su cargo;
mantener el rol de actividades vigente y actualizado.
Hacer mesas de trabajo con el personal para la discusión y aplicación del ordenamiento.
IX. Levantar actas por sí o por conducto del personal a su cargo actas
de inspección y/o verificación;
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Las actas se procederán a realizar en base a los incumplimientos de las normas establecidas aplicables.
Capacitación al personal.
X. Evaluar y someter a consideración de los superiores las medidas preventivas y correctivas tendientes a evitar que los contribuyentes cometan infracciones a los reglamentos municipales o causen perjuicio a la persona o bienes de terceros;
XI. Supervisar el desarrollo de las actividades del personal a su cargo;
Los supervisores e inspectores presentaran un reporte detallado de las actividades realizadas en su jornada de trabajo conteniendo lo siguiente:
1. Zona asignada. 2. Población. 3. Día y Turno. 4. Hora de cada una de las actividades.
Mención de la relación de avisos preventivos o actas realizadas por las infracciones cometidas a las normas establecidas aplicables durante el turno correspondiente.
Reportes de los ciudadanos correspondientes a su turno, sustentado con fotografías y anexos.
Reportes de las verificaciones e inspecciones realizados a los puestos ambulantes, fijos y semifijos.
XII. Formular pliegos preventivos a los contribuyentes que
presuntivamente se encuentren infringiendo las disposiciones legales aplicables en el Municipio en la materia de comercio, servicios e industria:
Estos se propondrán una vez realizada la inspección con bases y sustento legal de las presuntas irregularidades en las normas establecidas.
XIII. Aplicar medidas preventivas y de apremio a los contribuyentes que
presuntivamente se encuentre violando las disposiciones legales correspondientes y levantar acta circunstancia de ello; y
Estas se realizaran con la verificación e inspección debidamente soportada y sustentada en las normas establecidas aplicables.
Cuando el Inspector reciba un reporte por parte de la dependencia, deberá atenderlo llenando una hoja de reporte que contenga: Lugar, Fecha, Establecimiento que Visita y Causa del Reporte, lo que se encontró al momento de la inspección, Documento que se le dejo al
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visitado, de ser necesario se realizara el llenado de Acta de Inspección y Verificación y/o sanciones que se establezcan por la jefatura. Al realizar los recorridos de Inspección encontrándose con un puesto fijo, semifijo y/o ambulante, se procede a identificarse y realizar la inspección como lo marca el reglamento, en caso de no contar con su permiso, estar en área no autorizada o dINErente a la que marca el permiso y con autoridad se le haya pedido que se retire, se procederá al decomiso, antes autorizado por el Superior Inmediato, debiendo llenar un Acta de Inspección y Verificación, entregando posteriormente lo decomisado al departamento de Inspección, Verificación y Vigilancia. El Inspector deberá llenar una hoja de reporte por cada establecimiento visitado que contenga: Lugar, Fecha, Nombre del establecimiento, Persona con quien se dirige, Cargo, Lo que se encontró al momento de la Inspección, Documento que se le entrego al visitado, Nombre y Firma del inspector, para posteriormente entregarlo al Departamento de Inspección, Verificación y Vigilancia para su debido proceso.
XIV. Las demás que señale el Director. Para el correcto funcionamiento de la Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia, además de las atribuciones que le confiere el reglamento de la Administración Publica para el Municipio de Bahía de Banderas Nayarit, en forma enunciativa más no limitativa tendrá las siguientes atribuciones como manual interno en los procedimientos de inspección y Verificación.
1- Ejecutar, coordinar, supervisar y vigilar las actividades de inspección, vigilancia y verificación de las actividades económicas que en forma establecida, fija, semi fija, ambulante en el Municipio se ejerzan con arreglo a los diversos ordenamientos legales aplicables y en forma respetuosa para el contribuyente.
2.- Coordinar y apoyar previo acuerdo con el jefe de Departamento, la designación de turnos, zonas y actividades a los verificadores a cargo del Departamento.
3.- Prevenir a los contribuyentes que realicen actividades económicas en el Municipio, que se encuentran violando las disposiciones legales, apercibiéndolos por escrito de que en caso de que no se abstengan de continuar realizando dichas conductas en su caso se harán acreedores a una sanción.
4.- Llevar a cabo en coordinación con los verificadores a cargo del departamento, la inspección de los espectáculos públicos y diversiones autorizados por el H. Ayuntamiento.
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5.- Prestar servicio de orientación e información al público, así mismo mediante citatorios expedidos por el Jefe del departamento, lo anterior para que acudan a las oficinas a recibir la atención deseada.
6.- Supervisar la legalidad de todos los actos que realicen los inspectores en el
ejercicio de sus funciones. 7.-Respetar en todo momento los derechos humanos de los contribuyentes,
por lo que de proceder a alguna de las medidas preventivas que señalen los reglamentos aplicables, previo a su ejecución, se procederá a informar al superior jerárquico quien evaluará la situación para la aplicación de la medida.
TRAMITES
ATENCIÓN Y ORIENTACIÓN CIUDADANA DE LICENCIAS DE
FUNCIONAMIENTO, EVENTOS
APERTURA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO CON GIRO DE ALCOHOL
REFRENDO DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO CON GIRO DE ALCOHOL
APERTURA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO DE GIRO BLANCO
REFRENDO DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO DE GIRO BLANCO
TRAMITE DE PERMISOS PARA EVENTOS
OTORGAMIENTO DE PUESTOS AMBULANTES, FIJOS Y SEMIFIJOS
I. DEPENDENCIA: JEFATURA DE REGULACIÓN DE ENTIDADES DE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS ESTABLECIDOS
NOMBRE DEL TRÁMITE ATENCIÓN Y ORIENTACIÓN
CIUDADANA
DOMICILIO: Morelos 12 Valle de
Banderas, Nayarit.
TELÉFONO: 3292911870 ETX-270 Y 271
HORARIO DE ATENCIÓN
9 a 5 de lunes a viernes
CORREO ELECTRÓNICO:
Descripción: Orientación general sobre
trámites y servicios relacionados con
licencias de Funcionamiento y eventos.
Procedimiento: Consulta telefónica, correo
electrónico o visita presencial a las
ventanillas de recepción.
29
DEPENDENCIA: JEFATURA DE REGULACIÓN DE ENTIDADES DE
COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS ESTABLECIDOS
NOMBRE DEL TRÁMITE
APERTURA DE LICENCIA DE
FUNCIONAMIENTO CON GIRO DE
ALCOHOL
DOMICILIO: Morelos #12 Valle de
Banderas, Nayarit
TELÉFONO: 3292911870 EXT – 270 y
271
HORARIO DE ATENCIÓN
9 a 5 de lunes a viernes
CORREO ELECTRÓNICO
Descripción: Revisión de documentos.
Procedimiento:
-Si cumple con todos los requisitos se
recibe la documentación.
-Se da de alta la licencia en el programa
padrón de licencias.
-Se obtiene un número de licencia
-Se ingresa el número De licencia en caja
para a hacer el cobro.
-Se imprime licencia, se pasa a firma con el
director de padrón y licencias y tesorero.
-La licencia se hace entrega a un par de
días después de haber hecho el pago en
ventanilla.
Requisitos:
- Copia de alta de Sria. De hacienda SAT
- Copia de pago de agua reciente.
Expedida por la autoridad competente,
OROMAPAS o Consejo de Agua.
- Constancia de propiedad ejidal o escritura
Tiempo de respuesta: 5 días hábiles.
Requisitos: Presentar documentos en
físico.
Tiempo de respuesta: 5 a 10 min.
Costo: Sin costo Lugar de pago: No aplica
Documento que obtiene: folleto de
requisitos
Observaciones: No aplica
Fundamento legal: Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos,
Constitución Política del Estado de Nayarit,
Ley Municipal del Estado de Nayarit,
Reglamento de la Administración Pública
del Municipio de Bahía de Banderas,
Nayarit.
Fecha de aprobación de formato: No
aplica
Nombre: No Aplica
Firma: No aplica
30
si el inmueble es propio o contrato de
arrendamiento
- Copia del pago predial del año en curso
-croquis de ubicación
- Copia de identificación oficial (INE,
Pasaporte, cedula profesional, licencia de
conducir, Tarjeta INAPAM).
- Vo.Bo. De protección civil (Bomberos)
vigente.
- Vo. Bo. De desarrollo urbano y ecología
- Pago de basura en girrsa (zona costera)
- Pago de recolección de basura (zona
urbana cobro en caja de ingresos)
- copia del tarjetón de alcoholes.
(Si vende alimentos presentar constancia
de salubridad)
Costo: Según la Ley de Ingresos para
municipalidad de Bahía de Banderas,
Nayarit; para el ejercicio fiscal 2018,
Articulo 49, I )
Lugar de pago: cajas recaudadoras del
Municipio
Documento que obtiene: Licencia de
funcionamiento
Observaciones: No aplica
Fundamento legal: Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos,
Constitución Política del Estado de Nayarit,
Ley Municipal del Estado de Nayarit.
DEPENDENCIA: JEFATURA DE REGULACIÓN DE ENTIDADES DE
COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS ESTABLECIDOS
NOMBRE DEL TRÁMITE
REFRENDO DE LICENCIA DE
FUNCIONAMIENTO CON GIRO DE
ALCOHOL
DOMICILIO: Morelos 12 Valle de
Banderas, Nayarit.
TELÉFONO: 3292911870 EXT – 270 y
271
HORARIO DE ATENCIÓN
9 a 5 de lunes a viernes
CORREO ELECTRÓNICO
31
Descripción: Revisión de
documentación.
Procedimiento:
-Si cumple con todos los requisitos se
recibe la documentación.
Se ingresa el número De licencia en caja
para a hacer el cobro.
-Se imprime licencia, se pasa a firma con el
director de padrón y licencias y tesorero.
-La licencia se hace entrega a un par de
días después de haber hecho el pago en
ventanilla.
Requisitos:
-Licencia anterior
-Copia de pago de agua reciente
expedida por la autoridad competente
OROMAPAS o el consejo de agua
-zona urbana se realiza el cobro de
basura directamente en cajas al
momento de pagar la licencia.
- Pago de basura en girrsa (zona
costera)
-tarjetón de alcoholes año en curso.
-Vo. Bo. De protección civil vigente
(restaurant-bar, Discoteque, Centro
recreativo y/o vta. De cerveza,
restaurant c/vta. De cerveza etc.)
Tiempo de respuesta: En el mismo día.
Costo: Según la ley de ingresos para
municipalidad de bahía de banderas,
Nayarit; para el ejercicio fiscal 2018,
Articulo 49, III)
Lugar de pago: cajas recaudadoras del
Municipio
Documento que obtiene: Licencia de
funcionamiento.
Observaciones: no aplica
Fundamento legal: Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos,
Constitución Política del Estado de
Nayarit, Ley Municipal del Estado de
Nayarit.
DEPENDENCIA: JEFATURA DE REGULACIÓN DE ENTIDADES DE
COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS ESTABLECIDOS
NOMBRE DEL TRÁMITE
APERTURA DE LICENCIA DE
FUNCIONAMIENTO CON GIRO BLANCO
DOMICILIO: Morelos 12 Valle de
Banderas, Nayarit.
TELÉFONO: 3292911870 Ext – 270 y 271
32
HORARIO DE ATENCIÓN
9 a 5 de lunes a viernes
CORREO ELECTRÓNICO
Descripción: Revisión de documentos
Procedimiento:
-Si cumple con todos los requisitos se
recibe la documentación.
-Se da de alta la licencia en el programa
padrón de licencias.
-Se obtiene un número de licencia
-Se ingresa el número De licencia en caja
para a hacer el cobro.
-Se imprime licencia, se pasa a firma con el
director de padrón y licencias y tesorero.
-La licencia se hace entrega a un par de
días después de haber hecho el pago en
ventanilla.
Requisitos:
- Copia de alta de sria. De hacienda SAT
- Copia de pago de agua potable
expedida por la autoridad competente
OROMAPAS o el consejo de agua.
- Constancia de propiedad ejidal o
escritura si el inmueble es propio o
contrato de arrendamiento.
- Copia del pago predial del año.
-croquis de ubicación
- Copia de identificación oficial (INE,
pasaporte, tarjeta INAPAM).
- Vo.Bo. De protección civil (Bomberos).
- Vo. Bo. De desarrollo urbano y
ecología
- Pago de basura en GIRSA (zona
costera)
- Pago de recolección de basura (zona
urbana cobro en caja de ingresos)
- Agencia de viajes, bienes raíces,
arrendadora de autos. Hoteles, servicios
turísticos, condominios, villas,
bungalows, se debe solicitar el Vo. Vo.
Del departamento de turismo.
- Tarjetón de tablajeros (carnicería).
Tiempo de respuesta: 5 días hábiles
Costo: Según la ley de ingresos para
municipalidad de bahía de banderas,
Nayarit; para el ejercicio fiscal 2018,
Articulo 49, III)
Lugar de pago: cajas recaudadoras del
Municipio
Documento que obtiene: Licencia de Observaciones: No aplica
33
funcionamiento.
Fundamento legal: Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos,
Constitución Política del Estado de
Nayarit, Ley Municipal del Estado de
Nayarit.
DEPENDENCIA: JEFATURA DE REGULACIÓN DE ENTIDADES DE
COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS ESTABLECIDOS
NOMBRE DEL TRÁMITE
REFRENDO DE LICENCIA DE
FUNCIONAMIENTO CON GIRO BLANCO
DOMICILIO: Morelos 12 Valle de
Banderas, Nayarit.
TELÉFONO: 3292911870 EXT – 270 y
271
HORARIO DE ATENCIÓN
9 a 5 de lunes a viernes
CORREO ELECTRÓNICO
Descripción: Revisión de
documentación.
Procedimiento:
-Si cumple con todos los requisitos se
recibe la documentación.
Se ingresa el número De licencia en caja
para a hacer el cobro.
-Se imprime licencia, se pasa a firma con el
director de padrón y licencias y tesorero.
-La licencia se hace entrega a un par de
días después de haber hecho el pago en
ventanilla.
Requisitos:
-Licencia anterior
-Copia de pago de agua reciente
expedida por la autoridad competente
OROMAPAS o el consejo de agua.
-Recibo de pago basura (GIRSA) si
pertenece a zona costera.
- Pago de recolección de basura (zona
urbana cobro en caja de ingresos)
-copia del Vo. Bo. De protección civil y
pago (hotel, bungalows, gasolineras,
tortillerías, centros comerciales,
farmacias, pizzería, hospitales, casa de
huéspedes, condominios, tráiler park,
restaurant etc.)
Tiempo de respuesta: 5 días hábiles
34
Lugar de pago: cajas recaudadoras del
Municipio
Documento que obtiene: Licencia de
funcionamiento.
Observaciones: No aplica
Fundamento legal: Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos,
Constitución Política del Estado de
Nayarit, Ley Municipal del Estado de
Nayarit.
DEPENDENCIA: JEFATURA DE REGULACIÓN DE ENTIDADES DE
COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS ESTABLECIDOS
NOMBRE DEL TRÁMITE
TRÁMITE PARA EVENTOS
DOMICILIO: Morelos 12 Valle de
Banderas, Nayarit.
TELÉFONO: 3292911870 EXT – 270 y
271
HORARIO DE ATENCIÓN
9 a 5 de lunes a viernes
CORREO ELECTRÓNICO
Descripción: Revisión de
documentación.
Procedimiento:
- Si cumple con todos los requisitos se
recibe la documentación.
- Se cobra una verificación.
- El expediente se pasa al departamento de
fiscalización para se haga la verificación. Si
es procedente o no se notifica al
departamento de padrón y licencias, para
que se le comunique al contribuyente, si
fue procedente y pueda pagar la anuencia
y se pueda pasar la documentación para la
elaboración del oficio y en menos de 5 días
se le entrega.
Requisitos:
- Solicitud por escrito dirigido al
presidente
- Copia de identificación
- Comprobante de domicilio
- Contrato de arrendamiento del local.
-Contrato de seguridad, protección civil
e inspección.
Tiempo de respuesta:
3 días hábiles
35
Costo: Según la ley de ingresos para
municipalidad de bahía de banderas,
Nayarit; para el ejercicio fiscal 2018,
Articulo 49, II)
Lugar de pago: caja recaudadora del
Municipio
Documento que obtiene: Anuencia
Observaciones: No aplica
Fundamento legal: Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos,
Constitución Política del Estado de
Nayarit, Ley Municipal del Estado de
Nayarit.
I. DEPENDENCIA: JEFATURA DE COMERCIO Y SERVICIOS INFORMAL,
AMBULANTES, FIJO Y SEMIFIJO.
NOMBRE DEL TRÁMITE
PERMISO
DOMICILIO: Morelos 12 Valle de
Banderas, Nayarit.
TELÉFONO:
HORARIO DE ATENCIÓN
9 a 5 de lunes a viernes
CORREO ELECTRÓNICO
Descripción: Revisión de
documentación.
Procedimiento:
- Si cumple con todos los requisitos se
recibe la documentación y se turna a la
jefatura de Inspección y vigilancia para su
visto bueno, una vez que es procedente se
notifica al contribuyente que pase a realizar
el pago de su permiso. Y en menos de 5
días se le entrega..
Requisitos:
- Nombre, domicilio y nacionalidad del
solicitante; en caso de ser extranjero,
deberá acreditar su permanencia legal
en el país que su condición legal le
permita ejercer la actividad comercial y
Tiempo de respuesta:
1 semana
36
que renuncia la protección de las leyes
de su país.
- Copia de la inscripción de Secretaría
de Hacienda SAT
(ACTIVIDAD ECONÓMICA)
- Copia de comprobante de domicilio
- Copia de la credencial de elector
- 3 Fotografías de la vista del puesto en
Diferentes
ángulos
- En caso de que el giro sea de
alimentos, presentar
certificado médico que deberá ser
expedido por una
Institución de salud pública como
constancia de que no es portador de
enfermedades transmisibles.
- Carta de consentimiento de los
vecinos colindantes con
El área o de la junta vecinal, anexar
INE.
- Lugar de ubicación, con croquis de
localización.
- A la solicitud debe adjudicarse acta de
nacimiento del
Solicitante.
- Una fotografía tamaño infantil de frente
al solicitante.
- No deberá obstruir el libre tránsito de
los peatones y
Vehículos.
Costo: Según la ley de ingresos para
municipalidad de bahía de banderas,
Nayarit; para el ejercicio fiscal 2018,
Articulo 32 y 33)
Lugar de pago: caja recaudadora del
Municipio
Documento que obtiene: Recibo oficial
de pago
Observaciones: No aplica
Fundamento legal: Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos,
Constitución Política del Estado de
Nayarit, Ley Municipal del Estado de
Nayarit.