MANUAL DE OPERACIÓN DEL MODELO TIPO DE LOS CENTROS DE ASISTENCIA … · mecanismos e instrumentos...
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MANUAL DE OPERACIÓN DEL
MODELO TIPO DE LOS
CENTROS DE ASISTENCIA
SOCIAL PARA NIÑAS, NIÑOS
Y ADOLESCENTES
SERVICIO DE CONSULTORÍA, ASESORÍA, ESTUDIO Y REALIZACIÓN DE UN MODELO TIPO DE ATENCIÓN EN CENTROS DE ASISTENCIA SOCIAL, ASÍ COMO UN MODELO DE ATENCIÓN PARA NIÑAS Y NIÑOS MIGRANTES NO ACOMPAÑADOS Y UN MODELO DE ATENCIÓN PARA ADOLESCENTES MIGRANTES NO ACOMPAÑADOS.
Lic. Laura Vargas Carrillo
Titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia
Mtra. Nelly Montealegre Díaz
Procuradora Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes
Ing. Luis Alberto García Fernández
Director de Coordinación Estratégica
Lic. José Galileo De López Juárez
Director General de Regulación de Centros de Asistencia Social de la
Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes
Mtra. Edith Hernández Segura
Subdirección de Normas
Mtro. Ignacio Villaseñor Domínguez
Subdirección de Certificación de Centros de Asistencia Social
ITA. INNOVACIÓN Y TRANSFORMACIÓN, COMUNICACIÓN POTENCIAL Y DESARROLLO S.C.
RELACIÓN DE AUTORÍAS
Modelo tipo atención en centros de asistencia social María Margarita Guillé Tamayo Modelo tipo Juana Araceli Vázquez Alarcón Investigación documental Victoria Chávez Vázquez Investigación documental y gráfico del
modelo tipo Ismene Corral Guillé Investigación documental Martha Guillé Tamayo Investigación campo Nayeli Reyes Vivanco Investigación campo Donovan Adrián Hernández Castellanos Marco referencial Abigail Díaz de León Benard Marco jurídico internacional Nallely Marlene Bucio Vázquez Marco jurídico nacional
Manual de operación María Margarita Guillé Tamayo Juana Araceli Vázquez Alarcón Victoria Chávez Vázquez Nayeli Reyes Vivanco
Medidas de contención, autocuidado y buen trato para el personal Ricardo Omar Granados Robles Leany Chávez Cuahutencos
Documento de estándares de calidad en el proceso de protección de derechos María Margarita Guillé Tamayo Nallely Marlene Bucio Vázquez
Medidas de referencia y contrarreferencia Victoria Chávez Vázquez
Técnicas de capacitación Gabriela María Igartúa Méndez
Formatos generales de registro, medición, atención, valoración por etapas Nayeli Reyes Vivanco
Victoria Chávez Vázquez Gustavo Corral Guillé
Modelo adaptado a niñas y niños María Margarita Guillé Tamayo El Pájaro Toj Maribel Fonseca
Ilustración de portada Kipargeter – Freepik.com
Diseño de portada Stephen L. Vázquez García Gabriela Fernández Martínez
Corrección de estilo Lila Nieto Kampfner Martha Miranda Pereira
Agosto 2016.
ÍNDICE
I. INTRODUCCIÓN ........................................................................................................................... 7
1. PANORAMA DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Y LOS CENTROS DE ASISTENCIA SOCIAL ... 9
1.1. Situación de los centros de asistencia social ................................................................... 9
I. LINEAMIENTOS DEL MANUAL ................................................................................................... 15
2. CENTROS DE ASISTENCIA SOCIAL .......................................................................................... 15
2.2. OBJETIVOS .............................................................................................................................. 15
1.2.1. Objetivo general ........................................................................................................ 15
2.2.2. Población atendida .......................................................................................................... 16
2.2.3. Atención en el centro de asistencia social ...................................................................... 16
2.2.4. Servicios y garantía de derechos ..................................................................................... 18
2.2.5. Áreas especializadas de servicios .................................................................................... 19
2.2.6. Requisitos de operación .................................................................................................. 22
2.2.7. Infraestructura e insumos ............................................................................................... 24
2.2.8. Medidas de seguridad ..................................................................................................... 26
II. PERFIL DEL EQUIPO OPERATIVO ............................................................................................... 27
3. LINEAMIENTOS ÉTICOS DEL EQUIPO OPERATIVO ................................................................. 27
3.1. Habilidades del equipo operativo ................................................................................. 28
3.2. Responsabilidades del personal directivo o representante legal ............................... 29
3.3. Perfil y funciones del equipo operativo ........................................................................ 30
3.4. Competencias del equipo operativo ............................................................................. 33
3.5. Contención, autocuidado y buen trato ......................................................................... 33
III. PROCEDIMIENTOS DE LAS ETAPAS DE INTERVENCIÓN ......................................................... 35
4.1. Etapas de la atención integral en el centro ........................................................................ 36
IV. INSTRUMENTOS A UTILIZAR EN LAS ETAPAS DE ATENCIÓN ................................................. 56
4. 2.1 ETAPA 1. INGRESO ........................................................................................................... 56
2.1.1 Área de Trabajo Social ...................................................................................................... 56
2.1.2 Área de Psicología ............................................................................................................ 60
2.1.3 Área de Puericultura ........................................................................................................ 60
2.1.4 Área Médica .............................................................................................................. 61
2.1.5 Área Legal .................................................................................................................. 62
2.1.6 Área de Nutrición ...................................................................................................... 63
5. 2.2 ETAPA 2. ATENCIÓN Y RESTITUCIÓN. .............................................................................. 63
2.2.1 Área de Trabajo Social ............................................................................................... 63
2.2.2 Área de Psicología ..................................................................................................... 64
2.2.3 Área de Psicopedagogía ............................................................................................ 64
2.2.4 Área de Puericultura ........................................................................................................ 65
6. 2.3 ETAPA 3. ESTANCIA/RESIDENCIA: ACCESO Y DESARROLLO. ........................................... 65
2.3.1 Área de Trabajo Social ...................................................................................................... 65
2.3.2 Área de Psicología ............................................................................................................ 67
7. 2.4 ETAPA 4. EGRESO. ........................................................................................................... 68
2.4.1 Área de Trabajo Social ...................................................................................................... 68
2.4.2 Área de Psicología ............................................................................................................ 69
2.4.3 Área de Psicopedagogía ................................................................................................... 70
2.4.4 Área de Puericultura ........................................................................................................ 70
2.4.5 Área Medica ..................................................................................................................... 70
2.4.6 Área Legal ......................................................................................................................... 71
2.4.7 Área de Nutrición ............................................................................................................. 71
8. 2.5 ETAPA 5. SEGUIMIENTO. ................................................................................................. 72
2.5.1 Área de Trabajo Social ...................................................................................................... 72
V. REGULACIÓN DE LOS CENTROS DE ASISTENCIA SOCIAL ........................................................... 74
VI. CARRERA INSTITUCIONAL DE PROTECCIÓN .......................................................................... 75
VII. GLOSARIO .............................................................................................................................. 77
VIII. REFERENCIAS ......................................................................................................................... 85
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I. INTRODUCCIÓN
El presente manual tiene como propósito ser una guía para la implementación del Modelo Tipo de Atención en Centros de Asistencia Social de manera operativa y procedimental; y a la vez, aplicar las disposiciones establecidas en los instrumentos internacionales ratificados por el Estado mexicano y el marco jurídico nacional relativo al reconocimiento y protección de los derechos humanos y el bienestar de las niñas, niños y adolescentes, particularmente quienes carecen de cuidado parental o familiar temporal o permanente.
México ha ratificado importantes instrumentos internacionales en materia de protección de los derechos de los niñas, niños y adolescentes, en particular la Convención sobre los Derechos del Niño, en el año 1990, y sus Protocolos Facultativos relativos a la venta de niños, la prostitución infantil y su utilización en la pornografía, así como sobre su participación en los conflictos armados en el año 2002. En materia familiar, cabe destacar que México es un Estado parte del Convenio de La Haya del 29 de mayo de 1993, relativo a la Protección del Niño; de Cooperación en materia de Adopción Internacional desde 1994; y de la Convención Interamericana sobre Conflictos de Leyes en Materia de Adopción de Menores desde 1987.
Es esencial hacer mención de dos instrumentos en materia de protección especial para niñas, niños y adolescentes sin cuidado parental o familiar temporal o permanente: la Observación General Nº 14 (ONU, 2013) emitida por el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, porque ésta establece que el interés superior de la niñez debe ser una consideración primordial, principio que rige la protección especial; y las Directrices sobre las Modalidades Alternativas de Cuidado de los Niños, porque establecen pautas adecuadas de orientación política y práctica con el propósito de promover la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño y de las disposiciones pertinentes de otros instrumentos internacionales relativas a la protección y al bienestar de los niños privados del cuidado parental o en peligro de encontrarse en esa situación (ONU, 2010). No obstante que las Directrices fueron aprobadas por la Asamblea General de las Naciones Unidas, no tienen un carácter vinculante, pero son un instrumento clave para fortalecer y garantizar la implementación de la Convención sobre los Derechos del Niño, en particular el artículo 20 relativo al derecho a la protección y asistencia especial de esta población por parte del Estado, que promueve su permanencia en el ambiente familiar biológico, o en la familia ampliada cuando el caso lo demande.
Ahora bien, el Estado mexicano establece importantes directrices para promover y fomentar las condiciones que posibiliten la protección de la niñez y adolescencia. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4, estipula el cumplimiento del interés superior de la niñez y la
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adolescencia, así como la garantía plena de sus derechos. Precisa que este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez y adolescencia. De igual manera, se registra un avance en la armonización legislativa nacional y estatal con los estándares internacionales en la materia. Las entidades federativas cuentan con legislación que regula aspectos relativos a la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes (Cámara de Diputados, 2016).
El análisis de la situación de la niñez y adolescencia sin cuidado familiar o parental, desde el enfoque de derechos humanos, parte de la premisa de que el orden sociocultural les impone una condición de subordinación, dependencia y discriminación que daña su integridad, por ello propone como parte de la solución, cambios culturales estructurales, relacionados directamente con la igualdad sustantiva; el respeto a su dignidad y ejercicio de sus derechos sin distinción alguna; y la atención de especificidades como edad, desarrollo, identidad indígena, discapacidad o de cualquier otra índole.
Esta forma de concebir el cuidado y protección de niñez y adolescencia sin cuidado parental o familiar, temporal o permanente, es la que se asienta en la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, promulgada en 2015 (en adelante Ley General). A la luz de su promulgación, el Estado mexicano formula una política pública que busca garantizar su atención, cuidado y protección integral, respondiendo con ello a la exigencia de las demandas de organismos internacionales y de la sociedad civil contemporánea.
Como parte de la acción e intervención gubernamental para garantizar la restitución de derechos de niñas, niños y adolescentes, se crearon diversos mecanismos e instrumentos para regular el funcionamiento de los centros de asistencia social para niñas, niños y adolescentes (en adelante centro), concebidos como una alternativa de acogimiento residencial temporal que promueve el desarrollo integral y armonioso de quienes permanecen a distancia de su propia familia por encontrarse en una situación familiar contraria al interés superior de la niñez o la adolescencia, y se encuentran en estado de desprotección o abandono.
En este contexto surge el Modelo de atención y protección integral de centros de asistencia social para niñas, niños y adolescentes, así como el presente Manual de Operación, el cual está dirigido principalmente al personal directivo y operativo de todos los centros de asistencia social para niñas, niños y adolescentes sin cuidado parental o familiar, sean públicos, privados o asociaciones; también, considera su distribución entre los sectores que se ocupan directa o indirectamente de cuestiones relacionadas con el acogimiento residencial temporal para esta población.
El contenido del Manual se distribuye en siete capítulos. En el capítulo I se desarrolla el panorama de niñas, niños y adolescentes y los centros de asistencia social en México. En el capítulo II, Lineamientos del Manual, se hace una descripción de qué son los centros de asistencia social, cómo deben funcionar,
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cuáles son sus objetivos, servicios y áreas que los conforman, y otros aspectos de operación. El capítulo III desarrolla el perfil, funciones, competencias del equipo operativo, lineamientos éticos y responsabilidades. El capítulo IV, es de importancia sustancial porque desarrolla las cinco etapas propuestas en el Modelo de Atención y Protección para lograr la restitución y ejercicio pleno de los derechos de las niñas, niños y adolescentes separados de su ambiente familiar de manera temporal o definitiva, o que se encuentran sin cuidado familiar o parental, que han sido objeto de negligencia, abandono, migración, trata, desnutrición crónica aguda, maltrato en cualquiera de sus formas o cualquier situación especial que afecte su desarrollo. En el capítulo V, se presenta una descripción general de los instrumentos que se utilizan en las áreas especializadas de servicios de los centros. El capítulo VI indica los elementos básicos de la regulación de los centros. Finalmente, el capítulo VII propone la creación de la carrera institucional de protección.
1. PANORAMA DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Y LOS
CENTROS DE ASISTENCIA SOCIAL
1.1. Situación de los centros de asistencia social
De acuerdo con la Encuesta Intercensal 2015, realizada por INEGI, México tiene 119,530,753 habitantes; de los cuales 58,056,133 son hombres y 61,474,620 mujeres. Por edad, refiere que 43,523,857 son personas de entre 0 a 19 años. Este grupo representa el 36% de la población total, según se muestra en la Gráfica 1.
En términos de grupos etarios relevantes para el presente estudio, se observa que el 8.8% (10,526,139) tienen entre 0 y 4 años de edad, el 9.2 % (10,997,189) entre 5 y 9; el 9.4 % (11,228,232) entre 10 y 14 años y el 9% (10,772,297) entre 15 y 19 años de edad. Entre otras características, la encuesta especifica que el 21.88% de la población total de un rango entre 0 y 17 años se considera indígena.
El Diagnóstico de la Adopción en México, elaborado por el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, reportó que en el año 2005 había 28,107 niñas, niños y adolescentes “ocupantes de casas hogar, orfanatorios y casas cuna” (DIF, 2007:7). Posteriormente, en 2011, el Sistema Nacional DIF en colaboración con Sistemas Estatales DIF, a través de sus Procuradurías de la Defensa del Menor y la Familia realizaron un censo de albergues públicos y privados en 30 entidades federativas. Los resultados señalan que en 2011 se albergó a 18 mil 533 menores de edad en 633 centros asistenciales y que del total de albergues, 93 eran públicos y 540 eran instituciones privadas (DIF, 2012).
Gráfico 1. Población menor de 19 años de edad en México
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Elaboración propia con base en los Tabuladores de la Encuesta Intercensal 2015.
En 2015, por primera vez en México, se realiza el Censo de Alojamientos de Asistencia Social (CAAS), cuya finalidad es generar información estadística respecto de las condiciones de vida de la población que reside en alojamientos de asistencia social, en particular sobre los servicios que recibe la población beneficiaria y sobre las características sociodemográficas de ésta y de las y los trabajadores (INEGI, 2016a). A continuación, se presentan los datos relativos a los servicios que ofrecen las casas hogar para menores de edad.1
Los resultados indican que en México existen 879 casas hogar para niñas, niños y adolescentes ofreciendo servicios al momento de levantar la encuesta, con un total de 25,667 residentes. Por sexo se observa una distribución equitativa, 53.1% son mujeres y 46.9% son hombres. Por otra parte, es importante señalar que poco más del 3% de las y los usuarios tiene una edad cronológica mayor de 18 de años. El aplazamiento de la estancia es porque su desarrollo físico y/o mental corresponde a personas menores de edad, debido a problemas de salud (INEGI, 2016c:34).
La figura jurídica es variada, 636 tienen la de asociación civil, 118 de institución de asistencia o beneficencia privada, 2 de sociedad civil, 13 de asociación religiosa, 98 de institución pública y 12 de sociedad o asociación mercantil.
1 El concepto de “casa hogar para menores” utilizada en el Censo no es igual al establecido en la
Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes para los Centros de Asistencia Social, pero sí hay correspondencia en los aspectos medidos, por ello se utilizan los datos para tener un panorama de su situación en México.
11
5.8
14.8
18.2
6.9
0.8
0.4
5.7
16.1
19.9
9.6
1.2
0.6
0-4
5-9
10-14
15-19
20-24
25 y más
Grupos de edad
46.9% 53.1%
Gráfico 2. Composición por edad y sexo de la población usuaria en casas hogar para
menores de edad
Adaptado de” Censo de Alojamientos de Asistencia Social 2015. Presentación de Resultados”, México (p. 34), por INEGI, 2016, México: autor.
El 56.9% (501) recibe recursos para su sostenimiento por parte del gobierno, de éstas 68 se sostienen exclusivamente con recursos públicos, las restantes reciben además recursos de organismos internacionales, empresas nacionales y donaciones, entre otros. La distribución por entidad federativa es como se muestra en la Tabla 1.
Tabla 1. Casas hogar con y sin población usuaria residente y capacidad instalada por
entidad federativa
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Entidad No. Casas Hogar
Con población residente
No. usuarias/os Sin población residente
Capacidad instalada2
Aguascalientes 9 9 439 0 695
Baja California 116 113 3446 3 5718
Baja California Sur 7 7 156 0 225
Campeche 7 7 117 0 281
Coahuila 38 37 824 1 1419
Colima 18 18 431 0 642
Chiapas 24 24 611 0 924
Chihuahua 78 72 1730 6 3680
Distrito Federal 67 64 2421 3 4166
Durango 5 5 269 0 338
Guanajuato 47 45 1314 2 2347
Guerrero 9 9 280 0 523
Hidalgo 9 9 359 0 635
Jalisco 80 79 2419 1 4062
México 43 42 1183 1 1877
Michoacán 21 20 520 1 1246
Morelos 19 19 1063 0 1640
Nayarit 8 8 141 0 236
Nuevo León 33 33 1139 0 1634
Oaxaca 19 19 510 0 987
Puebla 16 16 452 0 907
Querétaro 29 29 888 0 1182
Quintana Roo 4 4 155 0 276
San Luis Potosí 29 29 577 0 933
Sinaloa 16 16 305 0 599
Sonora 43 43 1102 0 1926
Tabasco 2 2 40 0 90
Tamaulipas 45 45 1324 0 2431
Tlaxcala 4 4 117 0 205
Veracruz 40 40 785 0 1783
Yucatán 8 8 402 0 475
Zacatecas 6 4 148 2 256
Nota: Elaboración propia con base en tabulados básicos del Censo de Alojamientos de Asistencia Social 2015, INEGI, México.
En promedio, los centros tienen arriba de 40 niñas, niños y adolescentes residentes. La ausencia de procedimientos claros y adecuados, así como de infraestructura necesaria y personal capacitado, puede convertirse en un factor de riesgo para su integridad, de ahí la importancia de contar con el modelo de
2 La capacidad instalada se refiere al número de personas a las que es posible proporcionar el servicio de alojamiento, considerando los recursos humanos y materiales disponibles, así como los espacios, las instalaciones y el mobiliario.
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atención y el presente Manual de Operación para guiar la atención y protección de derechos de una manera segura e integral.
Dentro de las casas hogar con población usuaria residente, se identifica que el total proporciona el servicio de alimentación de dos o más veces al día para la población residente, 851 proporcionan prendas de vestir y calzado, 854 otorgan atención médica dentro o fuera del inmueble, 828 suministran medicamentos ante alguna enfermedad o por ser parte de sus prescripciones o tratamientos médicos, 778 cuentan con servicio para continuar con la educación ya sea dentro o fuera del inmueble. La oportunidad de estudiar fuera del centro es ideal para la reintegración social, uno de los derechos que se observan dentro de la Ley General, y evitar el confinamiento o aislamiento.
Según este estudio del INEGI, existen otros tipos de servicios que se ofrecen en las casas hogares, siendo complementarios a los servicios básicos previamente descritos. Por ejemplo: actividades recreativas o de entretenimiento, tratamientos de rehabilitación y/o rutinas de ejercicios aeróbicos, práctica de algún deporte, apoyo jurídico o en derechos humanos, apoyo psicológico, servicio de transporte o traslado.
En términos de infraestructura física, existen 604 casas hogar con inmueble propio, 91 rentados, 123 en comodato, 50 prestados y 11 en otra situación.
Sobre el tipo de construcción, señala que 839 tienen paredes de materiales tales como tabique, ladrillo, block, piedra, cantera, cemento o concreto; únicamente 5 tienen paredes de lámina de cartón, asbesto o metálica y 35 de madera. La totalidad de las casas cuentan con piso firme de cemento, madera u otros recubrimientos. La distribución de cuartos dormitorios disponibles en el alojamiento para la población es muy variada, aunque el 53% es decir 466 cuentan con dos y hasta cuatro dormitorios.
En relación al equipamiento y servicios de protección civil, 312 cuentan con rampa, 764 con salida de emergencia, 714 con señalizaciones de emergencia, 543 con alarma de emergencia, 864 con botiquín, 804 con extinguidor y 358 con servicio de vigilancia.
Las instalaciones con las que cuentan son variadas; el dato a nivel nacional se muestra en la Tabla 2.
Tabla 2. Instalaciones con las que cuentan las casas hogar del país
Cocina Comedor Oficina Salones Sala de convivencia
877 99.7% 870 98.9% 795 90.4% 664 75.5% 756 86.0%
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Consultorio médico o enfermería
Instalaciones para rehabilitación física
Bodega Jardines Cancha para jugar
Instalaciones para lavar ropa
421 47 .8% 99 11 .2% 814 92 .6% 697 79 .2% 612 69 .6% 873 99 .3%
Nota: Elaboración propia con base en tabulados básicos del Censo de Alojamientos de Asistencia Social 2015. INEGI.
Con respecto de las instalaciones sanitarias, se identificó que todas cuentan con tazas de baño, mingitorios, letrinas y regaderas. Cabe señalar que 781 no tienen regaderas adaptadas para la población con discapacidad y 769 no cuentan con tazas de baño adaptadas para esta misma población.3
3 Estas cifras no son sumables, ya que pueden pertenecer a la misma casa, por lo tanto, no son excluyentes. El conteo es por el tipo de servicio, no por casa. Es decir, una misma casa puede no tener regaderas adaptadas y tampoco tener tazas de baño adaptadas.
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I. LINEAMIENTOS DEL MANUAL
2. CENTROS DE ASISTENCIA SOCIAL
Para efectos del presente Manual, el centro de asistencia social es la institución, lugar o espacio de cuidado alternativo o acogimiento residencial para niñas, niños y adolescentes sin cuidado parental o familiar que brindan entidades públicas, privadas o asociaciones, cuyo funcionamiento y operación cumple con los requisitos y obligaciones establecidos en la fracción V del artículo 4 de la Ley general (Cámara de Diputados, 2014b:3).
De acuerdo con las Directrices sobre las Modalidades Alternativas de Cuidado de los Niños, se les denomina Centros Residenciales de Acogimiento cuando el grupo acogido es menor de 40, e Institución cuando residen 40 o más niñas, niños y adolescentes.
Sobre el acogimiento residencial la Ley General dispone en la fracción II del artículo 4 que es “aquél brindado por centros de asistencia social como una medida especial de protección temporal de carácter subsidiario, que será de último recurso y por el menor tiempo posible, priorizando las opciones de cuidado en un entorno familiar” (Cámara de Diputados, 2014b:3).
2.2. OBJETIVOS
Los objetivos del presente Manual buscan la consecución de los principios rectores del Modelo Tipo de Atención y Protección Integral de Centros de Asistencia Social para con Niñas, Niños y Adolescentes: garantizar el reconocimiento, respeto y restitución de derechos de niñas, niños y adolescentes, mediante la observación permanente para cualquier decisión, de la aplicación del principio de interés superior de la niñez residente, de manera temporal o definitiva, brindándole atención con enfoque de derechos.
1.2.1. Objetivo general
Proporcionar herramientas procedimentales que fortalezcan el desempeño del personal directivo y operativo del centro para niñas, niños y adolescentes sin cuidado parental o familiar temporal o permanente, así como los aspectos básicos de la atención integral, de estructura organizacional e infraestructura que deben cubrir para funcionar conforme a las disposiciones establecidas en la Ley General.
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Objetivos específicos que el personal del centro deberá asumir:
a) Tener conocimientos técnicos especializados para proporcionar atención integral con enfoque de derechos humanos.
b) Contar con herramientas y técnicas que permitan evaluar el estado físico y mental, así como las necesidades especiales de las niñas, niños y adolescentes, y evitar su revictimización.
c) Adaptar los servicios de atención integral que proporciona el centro a la protección y acceso a derecho y acorde con el interés superior de la niñez y la adolescencia, mientras se busca favorecer y resolver sus necesidades e intereses.
d) Asegurar que el centro cumpla con los lineamientos y estándares mínimos de atención, organización e infraestructura para operar.
2.2.2. Población atendida
La población atendida en el centro la conforman niñas, niños y adolescentes separados de su ambiente familiar de manera temporal o definitiva, o que se encuentran sin cuidado familiar o parental, que han sido objeto de negligencia, abandono, migración, trata, desnutrición crónica aguda, maltrato en cualquiera de sus formas o cualquier situación especial que afecte su desarrollo.
De acuerdo a la normativa internacional y nacional, particularmente el artículo 5 de la Ley General, se consideran niñas y niños a las personas menores de doce años, y adolescentes a quienes se encuentren entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad (Cámara de Diputados, 2014b:5).
2.2.3. Atención en el centro de asistencia social
La atención es la acción de satisfacer una necesidad y/o deseo teniendo en cuenta o en consideración las particularidades, en este caso, de las niñas, niños y adolescentes.
La atención que se brinda en el centro parte de los principios rectores especificados en el artículo 6 de la Ley General (Cámara de Diputados, 2014b:5).
Gráfico 3. Principios rectores para garantizar la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes
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El enfoque es inminente de derechos al procurar que la calidad y calidez de la atención que se brinda en el centro involucre respuestas eficaces, pertinentes y actualizadas a las necesidades de las niñas, niños y adolescentes residentes.
La visión de la atención del presente Manual pasa de un enfoque tutelar-asistencial a un sistema de protección integral de derechos, por lo tanto:
a) Considera la institucionalización como una medida excepcional y temporal cuando no existan otras alternativas de cuidado familiar biológico, ampliado o comunitario.
b) Incorpora en el enfoque de atención las etapas y necesidades evolutivas de las niñas, niños y adolescentes, así como su desarrollo integral, valorando sexo, etnia, profesión de credo religioso, cultural, condición socioeconómica, entre otras.
c) Promueve en todo momento el derecho de opinión y participación de las niñas, niños y adolescentes.
d) Entiende que la infraestructura, las relaciones con el personal y las rutinas cotidianas deben acercarse en la medida de lo posible al entorno familiar y social, toda vez que estos son aspectos importantes en los procesos de atención.
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e) Asegura y cuida la seguridad física y emocional de las niñas, niños y adolescentes residentes.
2.2.4. Servicios y garantía de derechos
El centro tiene la responsabilidad de garantizar la integridad y un adecuado desarrollo físico y psicológico de las niñas, niños y adolescentes que tengan bajo su tutela. Deberán llevar a cabo todas las acciones para salvaguardar su seguridad y restituir sus derechos.
De acuerdo con lo señalado en el artículo 109 de la Ley General, los servicios que preste el centro deberán garantizar que quienes residan ahí (Cámara de Diputados, 2014b:5)
a) Vivan en condiciones que garanticen su cuidado y protección, que resguarden su identidad y la privacidad de sus actuaciones, así como de todo lo relacionado a sus datos personales y familiares, aplicando la garantía de reserva que regula la legislación aplicable.
b) Se desarrollen en un ambiente seguro, afectivo y libre de violencia.
c) Estén a salvo de actos u omisiones que puedan afectar su integridad.
d) Se incluyan las necesidades e intereses de las personas con discapacidad en todas las actividades y servicios del centro.
e) Reciban alimentación nutritiva, supervisada periódicamente por la autoridad sanitaria.
f) Tengan un expediente administrativo individualizado completo para que su situación sea revisada y valorada de manera particular, así como para determinar procedimientos de ingreso y egreso que faciliten su reincorporación familiar o social.
g) Se les informe de su situación jurídica en todo momento, con un lenguaje sencillo, sobre los procesos aplicables cuando se encuentren en un asunto de conflicto con la Ley.
h) Reciban vestido, calzado, productos de higiene personal y blancos.
i) Se atiendan de manera integral y multidisciplinaria: área médica, primeros auxilios, seguimiento psicológico, social, jurídico, plan de vida, reintegración y preservación familiar, entre otros.
j) Reciban educación apropiada a su edad, encaminada a lograr su óptimo desarrollo, la comprensión y el ejercicio de sus derechos.
k) Disfruten cotidianamente del descanso, recreación, juego, esparcimiento y otras actividades que favorezcan su desarrollo.
l) Reciban atención con calidad y calidez por personal calificado con formación en derechos humanos y con habilidades de fomentar la
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vinculación y desvinculación afectiva, así como cualidades parentales de cuidado.
m) Eviten actividades y contacto con personas que vulneren su integridad y desarrollo.
n) Se respete su derecho de opinión, a través de expresar libremente sus ideas y opiniones sobre los asuntos cotidianos, y de fortalecimiento de capacidades para la reintegración a la vida independiente, valorando la conveniencia de acuerdo al interés superior de la niñez.
o) Se restituya su derecho de vivir en un ambiente social seguro, realizar actividades externas al Centro que les permita tener contacto con su comunidad y fortalecer sus capacidades de reintegración.
Asimismo, el personal deberá revisar periódicamente su situación jurídica, la de su familia, así como la medida especial de protección por la cual ingresó; gestionando el contacto con su familia y personas significativas, siempre y cuando no le coloque en riesgo o vulnere su integridad.
2.2.5. Áreas especializadas de servicios
El centro deberá contar cuando menos con las siguientes áreas especializadas de servicios y estar acordes a los principios a que hace referencia el artículo 6 de la Ley General y el artículo 55 de su Reglamento.
a) Atención médica
El acceso a la atención médica es un derecho fundamental del ser humano y se define como el “conjunto de servicios de salud que se proporcionan con el fin de promover, proteger y procurar restaurar al grado máximo posible la salud física y mental de las y los usuarios, incluye la promoción de relaciones no violentas, la prevención, la detección y el diagnóstico de las personas que viven esa situación, la evaluación del riesgo en que se encuentra, la promoción, protección y procurar al grado máximo posible restaurar su salud física y mental a través de tratamiento o referencia a instancias especializadas y vigilancia epidemiológica” (SSA3. 2005:12).
La preservación y cuidado de la salud son fundamentales en cualquier país, por lo cual es indispensable la instauración de los mecanismos institucionales necesarios para garantizar atención especializada como: odontología, oftalmología, pediatría, otorrinolaringología, ginecología, urología, psiquiatría, psicología y demás especialidades que se requieran.
b) Atención psicológica
La psicología es la disciplina que estudia el comportamiento humano que implica los procesos mentales, afectivos y conductuales en conjunto.
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La atención psicológica es parte de la psicología clínica, su objetivo es restablecer el equilibrio psico-emocional de las personas a través de la orientación psicológica o atención terapéutica, la cual se puede abordar a través de diferentes enfoques. Debe brindarse por especialistas con formación para atender las necesidades específicas de la población y de acuerdo al tipo de problemática y perfil que presenten, es decir, con conocimientos en psicología infantil y adolescente; problemáticas referidas a vulneración de derechos, consecuencias negativas de la institucionalización, violencia de género, violencia sexual, consumo de drogas, psicopatologías, depresión, TDAH y otras.
El Manual de Supervisión de Centros sugiere usar el enfoque cognitivo conductual en la atención psicológica porque facilita el reconocimiento de sentimientos, baja autoestima, inseguridad, conflictos con la autoridad, y a partir de ello se fortalece la modificación de la conducta. Es un tipo de tratamiento psicoterapéutico que ayuda a comprender los pensamientos y sentimientos que influyen en las conductas.
c) Nutrición
La nutrición entendida como la ingesta de alimentos para mantener un adecuado funcionamiento del organismo, es indispensable en la prevención de enfermedades e incluso para el restablecimiento de la salud. Es por eso que una adecuada alimentación debe contemplar los nutrientes necesarios (vitaminas, proteínas, minerales y otros elementos) para que las personas puedan tener un adecuado desarrollo físico y mental.
d) Psicopedagogía
Es la rama de la psicología que se encarga de brindar orientación psicológica y escolar a las personas durante sus diversas etapas de aprendizaje. Puede detectar trastornos o alteraciones en el desarrollo cognoscitivo y motriz de la infancia temprana.
Las áreas que abarca son cognoscitivas, emocionales y sociales, con el objetivo de prevenir conductas de riesgo, como adicciones, violencia, bullying, embarazos no deseados y otros. Además de problemas de orden individual como depresión, baja autoestima, TDA, anorexia, bulimia, sin dejar de lado la parte escolar que consiste en orientar y propiciar el desarrollo de habilidades a las personas que presentan dificultades de aprendizaje. Esta atención debe darse de manera integral, tomando en cuenta los factores psicológicos y escolares.
e) Puericultura
La puericultura es la disciplina que se encarga del desarrollo saludable y de la crianza. Se trata de un concepto cercano a la noción de pediatría.
Su objetivo es que niñas y niños crezcan sanos y adquieran las herramientas necesarias para integrarse con éxito a la sociedad, por ello promueve conductas
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que favorezcan su desarrollo biopsicosocial y estudia las relaciones de quienes les rodean.
Uno de los aspectos más importantes para la puericultura es la lactancia. Por el vínculo afectivo que se desarrolla y los innumerables beneficios que aporta a las y los pequeños.
La persona especializada en puericultura brinda asesoramiento a las madres y familia de reintegración o de acogida y les ofrece recomendaciones y acompañamiento en la etapa de seguimiento en los primeros años de la crianza para formar hábitos saludables y estimular el desarrollo de niñas y niños (Pérez y Merino, 2013).
f) Trabajo social
Esta disciplina contribuye al conocimiento y la transformación de los procesos sociales para incidir en la participación de las personas en el desarrollo social, y mejorar las condiciones de vida de las colectividades y de los individuos a partir de la identificación de sus necesidades, carencias, demandas e interacción social.
Mediante trabajo multidisciplinario e interdisciplinario, y en un marco de respeto a los derechos humanos, la trabajadora o el trabajador social realiza programas de intervención de carácter social, organiza y enseña a las personas a buscar opciones para resolver los problemas detectados y mejorar su nivel y condiciones de vida (ENTS, s.f.).
g) Legal
El derecho es entendido como el conjunto de las normas que rigen la vida en sociedad, sancionadas por el poder público. El área legal se conforma por personas profesionales en derecho, legalmente autorizadas para asesorar y defender los derechos e intereses la niña, niño o adolescente en materia jurídica.
Proporciona orientación, y seguimiento a la niña, niño y adolescente y familia, cuando ésta exista, sobre su situación jurídica y acompañamiento ante la autoridad competente.
Cuando se trate de casos ajenos a la competencia del centro, brindará orientación jurídica conducente, realizando la derivación a las instituciones competentes para la atención especializada.
h) Otros para el cuidado integral de niñas, niños y adolescentes
Además del personal señalado en artículo 110, el centro podrá solicitar la colaboración de instituciones, organizaciones o dependencias que brinden apoyo en psicología, trabajo social, derecho, pedagogía y otros para el cuidado integral de las niñas, niños y adolescentes. Así como, acceso a los bienes, servicios, ayudas técnicas y rehabilitación a quienes tengan alguna necesidad o condicional especial que limite su desarrollo.
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2.2.6. Requisitos de operación
Las instalaciones del centro deberán observar los requisitos que se enuncian, en los artículos artículo 108 y 112 de la Ley General (Cámara de Diputados, 2014b:36 y 39):
a) Ser administrados por una institución pública o privada, o por una asociación, y estar incorporados al Registro Nacional de Centros de Asistencia Social a cargo de la Procuraduría Federal y las Procuradurías de Protección locales donde se deberá contar por lo menos con los siguientes datos del Centro
1. Nombre o razón social del centro de asistencia social; 2. Domicilio del centro de asistencia social; 3. Censo de la población residente, desagregada por sexo, edad, y
situación jurídica, el seguimiento al proceso de reunificación familiar o social.
4. Relación del personal que labora en el centro, incluyendo al personal directivo y representante legal, así como la figura jurídica bajo la cual opera.
b) Su infraestructura inmobiliaria deberá observar el enfoque de derechos y cumplir con las dimensiones físicas acordes a los servicios que proporcionan, con medidas de seguridad y protección civil.
c) Ser acordes con el diseño universal y la accesibilidad en términos de la legislación aplicable.
d) Contar con medidas de seguridad, protección y vigilancia necesarias para garantizar la comodidad, higiene, espacio libre de violencia, idóneo de acuerdo a la edad, sexo o condición física o mental de niñas, niños y adolescentes alojados.
e) Alojar y agrupar a niñas, niños y adolescentes, con respeto a su perfil de ingreso, edad y sexo en las áreas de dormitorios, y evitar que por algún motivo éstos puedan ser compartidos por personas adultas, salvo que, de acuerdo a las necesidades y perfil, necesiten asistencia de una persona adulta.
f) Contar con espacios destinados especialmente para cada una de las actividades.
g) Atender los requerimientos establecidos por las autoridades de protección civil, salubridad y asistencia social.
h) Procurar apoyos y condiciones necesarias para incluir sin discriminación a niñas, niños y adolescentes con discapacidad (sin importar temporalidad motivo o grado) en los servicios, programa y la comunidad del centro.
i) Contar con programas integrales enfocados a la restitución de derechos de niñas, niños y adolescentes residentes.
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Además de lo anterior, y de conformidad con lo establecido en el apartado 4.4 de la NOM-032-SSA3-2010, el centro deberá tener manuales de organización y procedimientos, reglamento interno, programas de atención integral que comprendan, salud, educación, psicología, social y nutrición, entre otros. A cada niña, niño y adolescente se le deberá tratar individualizadamente a través de expedientes administrativos que incluyan evolución y seguimiento. También, deberán contar con la documentación respectiva al aviso de funcionamiento, así como aviso de responsable y constancia de registro de incorporación al Directorio Nacional de Instituciones de Asistencia Social del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
Supervisión
El centro, como parte de las instituciones de asistencia social, deberá ajustar su funcionamiento y normar sus actividades, y servicios de salud y asistenciales de acuerdo con lo dispuesto en las Normas Oficiales Mexicanas mediante el establecimiento de terminología, directrices, atributos, especificaciones y características aplicables a personas, procesos y servicios (Cámara de Diputados, 2004:17).
Les corresponde a las Procuradurías de Protección la supervisión del centro y, en su caso, ejercitar acciones legales por el incumplimiento de los requisitos que establece la Ley General y demás disposiciones aplicables (Cámara de Diputados, 2014b:39).
La Procuraduría de Protección emitirá los protocolos y procedimientos de actuación para su participación en las visitas de supervisión cuando así lo considere necesario, acompañada de personas expertas en materia de protección civil y en salud, sin perjuicio de la participación de la Procuraduría de Protección Local que corresponda (Cámara de Diputados, 2014b:22 y 23).
Asimismo, implementarán mecanismos de revisión para corroborar que el Centro cumpla con la normatividad aplicable, y garantice el respeto de los derechos humanos de la niñez y la adolescencia de conformidad con los principios rectores de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Convención Sobre los Derechos del Niño, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y los tratados internacionales de los que México forme parte.
Las visitas de supervisión buscan obtener elementos, información y documentación de soporte que acredite que no se contravienen los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes, y se aplicará la cédula de supervisión para el personal. Los resultados serán reflejados en el Acta de Visita de Supervisión.
Dicho procedimiento será realizado por la Dirección de Supervisión y Certificación adscrita a la Dirección General de Regulación de Centros de Asistencia Social de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes o en su caso por la Procuraduría de Protección de la entidad federativa que corresponda.
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2.2.7. Infraestructura e insumos
Infraestructura
El conjunto de instalaciones y requisitos materiales y funcionales específicos del inmueble son necesarios para el óptimo funcionamiento del centro y se garantice el bienestar de las niñas, niños y adolescentes durante su estancia.
Para complementar este punto, se retoman las características y los requisitos mínimos desarrollados en el apartado 6.1 de la NOM-032-SSA3-2010, Asistencia social. Prestación de servicios de asistencia social para niños, niñas y adolescentes en situación de riesgo y vulnerabilidad (SSA3, 2011).
a) El inmueble debe tener dimensiones suficientes, acorde a los servicios que se proporcionan y al tamaño del establecimiento, contar con agua potable, gas, electricidad, aire acondicionado (si se requiere), línea telefónica, servicio de Internet, drenaje, cisterna, equipo de audio, televisión y otros.
b) El área de alimentación (cocina y comedor) deberá estar equipada y organizada funcionalmente para la preparación o distribución de alimentos y contar con una adecuada disposición de basura.
c) Área común para descanso y desarrollo de actividades físicas, de recreación o lúdicas.
d) Área de atención para infantes con cunas o colchonetas, lactario, cambiadores de pañales, inodoros, lavabo, mesas y sillas ad hoc, muebles de guarda y material didáctico o lúdico.
e) Las áreas de dormitorios deben estar separadas por perfiles de ingreso, sexo y edad; iluminadas y ventiladas con camas individuales, muebles de guarda con cajones o casillas para que guarden sus artículos personales (buros, armarios o lockers).
f) Los baños deben tener inodoros, mingitorios, lavabos, micas tipo espejo, área de regaderas separadas de los inodoros, que brinden privacidad y área con tinas para bebés.
g) Área para lavado y secado de ropa. Espacios independientes para blancos, artículos de papelería, limpieza, alimentos, ropería o guardarropa.
h) Espacio para las actividades de recepción y administrativas, el cual deberá contar con una oficina para la dirección y para cada área de atención, con mobiliario y equipo de cómputo para cada una, inodoro, lavabos y regaderas en su caso.
Todas las áreas deben estar higiénicas, contar con rampas, suelo antiderrapante, especificaciones técnicas y antropométricas en materia de discapacidad y contar con: a) ventilación adecuada que permita la circulación del aire y evite temperaturas extremas; b) iluminación natural y artificial; c) acabados lisos, de preferencia con materiales existentes en la región; d) para los pisos interiores
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deben emplearse materiales resistentes, seguros y de fácil limpieza y desinfección; en pisos exteriores se deben emplear materiales resistentes naturales o artificiales.
Insumos
Se refiere al equipamiento de oficinas, dormitorios, cocina, área de atención especializada, área de juego, así como los materiales de trabajo técnico de todas las áreas, por ejemplo:
Insumos para el trabajo técnico:
• Formatos
• Pruebas psicológicas
• Mobiliario, equipo e instrumental para el consultorio de medicina general4
• Medicamentos del cuadro básico
• Artículos para personas con problemas de locomoción o movilidad reducida
Insumos para la vida cotidiana:
• Alimentos nutritivos
• Ropa (pijamas, interior)
• Calzado
• Uniformes escolares
• Artículos de higiene personal
• Instrumentos musicales
• Pañales desechables y de tela
• Biberones
• Vasos entrenadores
• Útiles escolares
• Juguetes didácticos
• Artículos deportivos
• Libros
• Películas educativas
• Equipo de computo
• Impresora
• Proyector
• Televisor
• Reproductor de películas
• Papelería
4 De acuerdo con lo establecido en la NOM-005-SSA3-2010.
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• Enseres domésticos
• Electrodomésticos
• Blancos
• Estanterías, armarios o lockers
• Mesas, sillas, libreros o algún tipo de organizadores.
2.2.8. Medidas de seguridad
Como parte de las medidas de seguridad, el centro deberá cumplir con lo dispuesto por la Ley General de Protección Civil y otras disposiciones aplicables en la materia. Asimismo, deberá observar las disposiciones de seguridad y protección civil contenidas en el Apéndice Normativo A de la NOM-032-SSA3-2010: Asistencia social. Prestación de servicios de asistencia social para niños, niñas y adolescentes en situación de riesgo y vulnerabilidad, que le corresponda y en función de su capacidad instalada (SSA3, 2010). A continuación, se enlistan los aspectos mínimos que debe cumplir el centro:
a) Tener el dictamen de protección civil vigente y programa interno de protección civil;
b) Tener un botiquín de primeros auxilios con medicamentos vigentes;
c) Rutas de evacuación, salidas de emergencia, listado de brigadistas;
d) Tener equipos electrónicos con dispositivos para evitar cualquier peligro de incendio por sobrecalentamiento o corto circuito;
e) Hacer un registro escrito del estado de las instalaciones eléctricas, gas, calefacción, extracción de humos en cocina (campanas, conductos y filtros), entre otras; y
f) Tener un directorio con los servicios de emergencia debidamente actualizados y visibles: cruz roja, bomberos, protección civil, Escuadrón de Rescate y Urgencias Médicas (ERUM) y policía.
Otras disposiciones de seguridad que debe considerar son:
g) Caseta o espacio de seguridad;
h) Circuito cerrado;
i) Espejos y ventanas de micas (no vidrio);
j) Sistema de alarma contra incendios e intromisión;
k) Puertas al interior con seguro de emergencia;
l) Puerta de entrada con ojo mágico:
m) Protecciones de herrería, únicamente en ventanas y puertas externas; y
n) Bardas de dos metros de altura como mínimo y los dispositivos que protejan de la intrusión.
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II. PERFIL DEL EQUIPO OPERATIVO
El personal del centro debe ser acorde con el número de residentes, deberá estar capacitado y calificado; con formación en los derechos de la niñez y la adolescencia. De acuerdo con la Ley General, el centro debe contar, con por lo menos, el siguiente personal (Cámara de Diputados, 2014b: 37 y 38)
1. Responsable de la coordinación o dirección, y
2. Personal especializado en promoción y autocuidado de la salud, atención médica, actividades de orientación social y promoción de la cultura de protección civil.
Asimismo, señala que el número del personal será determinado en función de la cantidad de niñas, niños o adolescentes residentes, y en el caso de los centros privados, sino cuentan con los recursos económicos suficientes para contratar personal, deberán gestionar el apoyo voluntario de personal, pero por ningún motivo puede ser excusa para no contar con el personal acorde al número de la población que atiendan de manera directa e indirecta, debiendo contar por lo menos con una persona de atención por cada cuatro niñas o niños menores de un año de edad y una por cada ocho mayores de esa edad.
En el reglamento de la Ley General, artículo 55, se establece que las profesiones del personal que atienda en el centro deben ser las siguientes (Cámara de Diputados, 2015):
1. Medicina
2. Psicológica
3. Nutrición
4. Psicopedagogía
5. Puericultura
6. Trabajo social
Además del personal señalado, el centro podrá solicitar la colaboración de instituciones, organizaciones o dependencias que brinden apoyo en psicología, trabajo social, derecho, pedagogía y otros para el cuidado integral de las niñas, niños y adolescentes. La capacitación y formación especializada del personal deberá ser permanente.
3. LINEAMIENTOS ÉTICOS DEL EQUIPO OPERATIVO
El personal que opere en los centros deberá observar los siguientes lineamientos:
a) Proporcionar la atención sin distinción de origen étnico o nacional, color de piel, cultura, sexo, edad, discapacidad, condición socio-económica, de salud o jurídica, religión, apariencia física, características genéticas,
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situación migratoria, preferencias sexuales, situación familiar, idioma, antecedentes penales o cualquier otro motivo;
b) Informar y solicitar el consentimiento de las niñas, niños y adolescentes sobre las decisiones que habrán de tomarse en cada etapa de la atención y de las características de los procedimientos;
c) Respetar su opinión o rechazo a cualquiera de las intervenciones contempladas, mientras se considera su edad y entendimiento;
d) Referir oportunamente a la niña, niño o adolescente con problemas de adicción, psiquiátricos y/o con discapacidad extrema a la dependencia competente;
e) Respetar en todo momento y espacio la intimidad de la niña, niño o adolescente;
f) Atender de manera cálida e integral a la niña, niño o adolescente y centrarse en satisfacer sus necesidades, con absoluto respeto a sus decisiones;
g) Proporcionar la atención y los servicios sin costo alguno y sin solicitar favores a cambio;
h) Mostrar una actitud amable y respetuosa hacia la labor del centro, y evitar comentarios ofensivos;
i) Tener una actitud propositiva y respetuosa de la autoridad, estable, cooperadora y empática con las problemáticas referidas por las niñas, niños y adolescentes residentes;
j) Informar a la dirección cuando alguna niña, niño o adolescente establezca un vínculo de mayor acercamiento o confianza; y
k) El dormitorio será el último lugar en el que podrá acompañar o convivir con la niña, niño o adolescente, a menos que requiera atención especial, con previa autorización de la dirección.
3.1. Habilidades del equipo operativo
El equipo operativo deberá contar con las siguientes habilidades:
a) Observar en qué circunstancias llega emocionalmente la niña, niño o adolescente, su situación emocional, física y de desarrollo;
b) Registrar en formatos o bitácoras las observaciones pertinentes;
c) Describir según documentos de registro situación de llegada;
d) Preguntar cómo se siente la niña, niño o adolescente, si tiene dudas sobre el lugar, las razones de llegada, etcétera;
e) Intuir el mejor abordaje, palabras, actitudes para darle tranquilidad y confianza;
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f) Confirmar alguna observación relevante con la niña, niño o adolescente, por ejemplo, si conoce la razón de su llegada;
g) Indicar los primeros procesos a ocurrir;
h) Aclarar las dudas que tenga o las comprensiones erróneas sobre lo que está pasando, como creer que es un castigo llegar a ese lugar por haber hecho algo mal;
i) Señalar qué puede hacer, qué va a seguir a continuación, mostrar las instalaciones, presentarle con otras personas del equipo, etcétera;
j) Referir a diversas áreas al interior del centro o bien a alguna institución que pueda satisfacer las necesidades que presenta a su llegada; y
k) Atender las inquietudes emocionales y físicas al momento de llegada, con énfasis en la ansiedad, estrés, crisis que pueda presentar la niña, niño o adolescente.
3.2. Responsabilidades del personal directivo o representante legal
De acuerdo a lo establecido en la Ley General, la directora, director o representante legal del centro tiene las siguientes responsabilidades (Cámara de Diputados, 2014b:38)
a) Garantizar el cumplimiento de los requisitos establecidos por Ley General y demás disposiciones aplicables;
b) Llevar un registro de niñas, niños y adolescentes bajo su custodia con la información de la situación jurídica en la que se encuentren, y remitirlo semestralmente a la Procuraduría de Protección de la entidad federativa;
c) Asegurar que las instalaciones tengan en lugar visible la constancia de incorporación al Registro Nacional;
d) Garantizar que cuente con un reglamento interno, aprobado por el Sistema Nacional DIF, así como un programa interno de protección civil;
e) Brindar las facilidades a las Procuradurías de Protección para que realicen la verificación periódica5 de su funcionamiento;
f) Informar oportunamente a la autoridad competente, cuando el ingreso de una niña, niño o adolescente corresponda a una situación distinta de la derivación por parte de una autoridad o tenga conocimiento de que peligra su integridad estando bajo su custodia;
g) Proporcionar atención médica a niñas, niños y adolescentes bajo su custodia, a través del personal capacitado;
5 La verificación deberá observar el seguimiento de la situación jurídica y social, así como la atención médica y psicológica de la niña, niño o adolescente y el proceso de reincorporación familiar o social.
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h) Dar puntual seguimiento a las recomendaciones emitidas por las autoridades competentes; y
i) Realizar acciones específicas para fortalecer la profesionalización del personal.
3.3. Perfil y funciones del equipo operativo
El personal de las áreas de atención especializada, debe cubrir el siguiente perfil:
a) Estudios de licenciatura para las disciplinas de psicología, medicina, trabajo social y derecho.
Las personas que ejerzan las profesiones de psicología, medicina, trabajo social y derecho, que realicen estudios socioeconómicos, psicológicos e informes psicosociales en materia de adopción, deberán (Cámara de Diputados, 2014b:13)
Contar con título y cédula profesional de licenciatura;
Acreditar experiencia laboral mínima de dos años;
No haber sido condenado por delitos dolosos; y
En el caso de instituciones privadas deberá presentar constancia como persona asalariada con remuneración mensual fija.
b) Estudios técnicos para las disciplinas de nutrición, puericultura y trabajo social;
c) Estudios complementarios sobre desarrollo de niñez y adolescencia, derechos humanos, marco normativo relativo a su protección y mecanismos de cooperación nacionales en la materia;
d) Gozar de un estado de salud física y emocional que le permita realizar diversas actividades acordes a la edad y desarrollo de las niñas, niños y adolescentes;
e) El personal encargado de las personas con discapacidad debe estar capacitado en su ámbito de acción;
f) No haber tenido condena o proceso por delitos dolosos;
g) No tener adicciones ni estar en rehabilitación; y
h) No padecer trastornos mentales y/o de la personalidad que pongan en riesgo la integridad de las niñas, niños y adolescentes ni el servicio del centro.
Tabla 3. Funciones del equipo operativo
ÁREA FUNCIONES
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Trabajo Social Entrevista de primera vez Apertura de expedientes Aplicación de instrumentos y evaluaciones Referencia y canalizaciones Elaboración de informes del área Gestiones interinstitucionales Contacto directo con red de protección, familia de origen, extensa, o de
acogida y con personas de la comunidad Fomentar la confianza y comunicación con niñas, niños y adolescentes Seguimiento Pláticas informativas Participar en el diseño del plan de intervención Acompañar y auxiliar en las actividades y gestiones requeridas Participar en el llenado del formato de primera vez Elaborar los informes que se requieran Intervención en crisis
ÁREA FUNCIONES
Psicología Atender a niñas, niños, adolescentes, mediante terapia individual o de
grupo Orientación y asesoría respecto a factores de riesgo y de protección Trabajo de fortalecimiento interno, autonomía, agencia, autoconcepto,
autoestima, afecto Brindar contención emocional Preparar para afrontar procedimientos judiciales Participar en el diseño del plan de intervención Acompañar y auxiliar en las actividades y gestiones requeridas Participar en el llenado del formato de primera vez Elaborar los diagnósticos e informes psicológicos que se requieran Intervención en crisis
ÁREA FUNCIONES
Legal Explicar de forma comprensible la situación jurídica a NNA Brindar asesoría legal a NNA sobre su situación jurídica y el proceso a
seguir Dar información sobre sus derechos y obligaciones Talleres de protección y acceso a derechos Trabajo legal con la familia de origen, ampliada, de acogida u otra En casos específicos representación legal, diligencias y trámites según
corresponda Brindar orientación jurídica conducente y realizar la derivación a las
instituciones competentes para la atención integral Participar en el diseño del plan de intervención Acompañar y auxiliar en las actividades y gestiones requeridas Participar en el llenado del formato de primera vez Elaborar los informes que se requieran Intervención en crisis
ÁREA FUNCIONES
Medicina Atención Integral la salud de niñas, niños y adolescentes Control de paso y talla y carnets de vacunación Consejería Diseño e implementación de capacitaciones de salud preventiva e higiene
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Expediente e informes de seguimiento Pláticas informativas de prevención Canalizaciones y referencias Atención a cercos sanitarios y epidemias Elaboración de rol de medicamentos y en su caso suministrarlos Participar en el diseño del plan de intervención Acompañar y auxiliar en las actividades y gestiones requeridas Participar en el llenado del formato de primera vez Elaborar los informes que se requieran Intervención en crisis
ÁREA FUNCIONES
Psicopedagogía Apoyar a las niñas, niños o adolescentes con orientación, escolar y
psicológica para un adecuado desarrollo académico y personal durante su trayectoria educativa, mediante tres líneas de intervención:
Psicosocial. – Prevención y atención de conductas de riesgo (Adicción, bullying, embarazos, enfermedades, violencia)
Orientación escolar. – Prevención y atención de la reprobación, diseñando y enseñando estrategias de aprendizaje, desarrollando habilidades, conocimientos para su recuperación académica
Orientación vocacional. – Apoyar y orientar con elementos que les permitan la toma de decisiones adecuada para su vida académica y el desarrollo de su vida futura
Participar en el diseño del plan de intervención Acompañar y auxiliar en las actividades y gestiones requeridas Participar en el llenado del formato de primera vez Elaborar los informes que se requieran Intervención en crisis
ÁREA FUNCIONES
Puericultura Generar un plan de trabajo por etapa de desarrollo y actividades con
instrumentos, materiales y juguetes que permitan fortalecer el desarrollo de la primera infancia
Desarrollar actividades específicas para niñas y niños que lo requieran en forma individual
Brindar talleres y formación a integrantes de la familia de origen, extensa, de acogida que recibe a la niña, niño al egreso
Generar informes que permitan dar seguimiento a los procesos de cada niña, niño o adolescente, o de un grupo
Participar en el diseño del plan de intervención Acompañar y auxiliar en las actividades y gestiones requeridas Participar en el llenado del formato de primera vez Elaborar los informes que se requieran Intervención en crisis
ÁREA FUNCIONES
Nutrición Elaboración de menús variados acordes a las distintas etapas de
desarrollo de niñas niños y adolescentes Elaboración de dietas específicas por condición física particular Elaboración de plan mensual y semanal de alimentos y refrigerios Reportes de alimentación Participar en el diseño del plan de intervención
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Participar en el llenado del formato de primera vez Elaborar los informes que se requieran
3.4. Competencias del equipo operativo
El personal de los centros de asistencia social debe contar con las siguientes competencias:
a) Capacidad de toma de decisiones con conocimiento, de manera adecuada y transparente;
b) Comunicación abierta y disposición para compartir información;
c) Capacidad para mantener la calma y actitud positiva aún en momentos difíciles y situaciones tensas;
d) Aptitud para manejar de conflictos, abordarlos proactivamente y buscar soluciones aceptables de mutuo acuerdo;
e) Capacidad de análisis, organización, planificación y creatividad;
f) Adecuada comunicación oral y escrita;
g) Mostrar sensibilidad e interés hacia los problemas sociales;
h) Tener capacidad de relacionarse de manera respetuosa y armónica;
i) Tener disposición para trabajar en un ambiente cultural heterogéneo; y
j) Disponibilidad de tiempo.
Todo el personal del centro deberá firmar una carta compromiso de decir verdad de que no han cometido ningún delito contra niñas, niños o adolescentes, ni colaboran con redes de trata, explotación o corrupción de menores de edad.
3.5. Contención, autocuidado y buen trato
Cualquier institución que proporciona servicios de atención a personas en situación de vulnerabilidad, debe tener un equipo de trabajo responsable del entorno y de regular sus interacciones con las personas que atiende; modelando una actitud que favorezca el interés, la comunicación, el respeto, la empatía y la comprensión. En estos procesos de atención es importante contar con algún apoyo terapéutico a través del cual se puedan canalizar las emociones y aprendizajes que se van generando con la experiencia y que repercuten de manera negativa en su salud integral y desempeño laboral. Estudios demuestran que el estar en continuo contacto con situaciones traumáticas, hace que sean introyectadas las narrativas de las personas que atienden, cambien su sistema de creencias y de interacción, pierdan el control de su ansiedad y reacciones corporales e incluso experimenten niveles de ansiedad extrema y el consumo de sustancias tóxicas que ponen en riesgo su integridad.
Por ello, el centro debe establecer mecanismos de autocuidado, contención y supervisión obligatorios para todo el personal, con énfasis en quienes atienden de
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manera directa a las niñas, niños y adolescentes residentes, a fin de garantizar su salud psico-emocional, específicamente en el desarrollo del burnout, estrés laboral crónico, síndrome de fatiga por compasión o trauma vicario.
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III. PROCEDIMIENTOS DE LAS ETAPAS DE INTERVENCIÓN
De acuerdo con la base conceptual del Modelo de atención y protección integral de los centros de asistencia social, la intervención se organiza en cinco etapas:
I Ingreso
II Atención y Restitución
III Acceso y Desarrollo
IV Egreso
V Seguimiento
Estas etapas involucran las distintas áreas de especialidad. La puesta en operación y consolidación de las etapas requiere de la existencia de condiciones que garanticen la calidad e integralidad de la atención que requieren niñas, niños y adolescentes para sentar las bases de su óptimo desarrollo.
Cada una de las etapas tiene un plan de trabajo específico, pero no limitativo o estático, se adecua según necesidades y evolución de desarrollo de la niña, niño o adolescente en el centro.
Gráfico 4. Modelo de atención y protección integral de los centros de asistencia social
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A continuación, se describen las funciones y procedimientos de cada etapa de intervención y los servicios de cada una de las áreas del centro de acuerdo a lo previsto en el modelo.
Gráfico 5. Etapas de la atención integral en el centro
4.1. Etapas de la atención integral en el centro
ETAPA I. INGRESO
Esta etapa comprende el momento de llegada de un menor de edad o adolescente al centro, es en este periodo que se establece el primer contacto, se determina qué tipo de asistencia requiere para restablecer sus derechos y brindarle las condiciones necesarias para que su estancia en el centro sea digna. Se integra por 10 fases.
Motivos de ingreso
Es importante tener presente que la niña, niño o adolescente ingresa al centro porque carece de cuidado familiar, se ha agotado la posibilidad del acogimiento por parte de la familia extensa o ampliada, su vida e integridad se encuentran en peligro inminente por acciones u omisiones cometidas por personas de su círculo primario de protección y cuidado.
Referencia al centro
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Ante cualquiera de estas situaciones, corresponde a la Procuraduría de Protección solicitarle al Ministerio Público, como medida urgente de protección especial, el ingreso de la niña, niño o adolescente al centro. Este acto siempre deberá ser el último recurso para la restitución de sus derechos.
Previa valoración del caso y con el Expediente Único Integrado, la Procuraduría de Protección, refiere a la niña, niño o adolescente al centro según lo establecido en la Ley General y su Reglamento. El expediente invariablemente deberá contener (SNDIF, 2016: 51)
Nombre
Nacionalidad
Origen étnico
Datos de identificación
Media filiación
Estado de salud
Fotografía al momento de su ingreso fecha
Hora y circunstancias específicas de su ingreso
Nombre y domicilio de la persona que hace entrega de la niña, niño o adolescente (en su caso)
Fecha y circunstancia de egreso (en su caso), y
Datos de identificación de la persona a la que se le entregó la niña, niño o adolescente.
La actualización del Expediente Único Integrado deberá realizarse cada seis meses e incluir fotografía, servicios proporcionados en el centro o a través de terceros con la documentación soporte correspondiente, historial clínico y situación jurídica, mediante mecanismos implementados y ejecutados para salvaguardar la información personal.
De acuerdo con el Art. 109 de la Ley General, se deberá garantizar la protección de sus datos personales.
Recepción
La dirección o representación legal del centro recibe al personal de la Procuraduría de Protección y revisa que el Expediente Único Integrado cumpla con todo lo establecido, y lo remite para archivo.
Refiere al área de trabajo social a la niña, niño o adolescente para darle la bienvenida y realizar la presentación del centro.
Con el propósito de disminuir el estrés y generarle confianza, el personal siempre deberá dirigirse hacia la niña, niño o adolescente de manera cordial, usando voz pausada, lenguaje sencillo, acorde a su edad y desarrollo.
Buscar un acercamiento relajado, de trato igualitario.
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Sin importar el motivo de ingreso, la niña, niño o adolescente debe ser recibido por personal profesional, amable y respetuoso, por lo que es necesario que exista un espacio físico exclusivo (sala de acogimiento) donde el personal profesional pueda brindarle información y orientación sobre su llegada, el por qué estará mejor ahí, el periodo de su estancia y le hará saber que puede preguntar hasta tener clara su situación.
La intervención de las áreas del centro y aplicación de formatos e instrumentos de evaluación, en la etapa de Ingreso, se realiza en 10 fases de acuerdo con lo siguiente:
1. Información y orientación sobre los servicios del centro
Área responsable: Trabajo Social.
El personal recibe a la niña, niño o adolescente en la sala de acogimiento, realizando lo siguiente:
Da la bienvenida;
Se presenta;
De ser posible al ingresar se le obsequiará algún objeto acorde a su edad que le permita desarrollar vinculación afectiva, dicho objeto se lo podrá llevar al momento de su egreso;
Ofrecer agua y algún alimento;
Presenta el centro, las reglas internas y límites;
Explica en lenguaje sencillo y acorde a su situación y desarrollo, el por qué y para qué de su llegada, y qué puede esperar del centro; y
Le precisa que su estancia será temporal.
IMPORTANTE: En caso de que la niña, niño o adolescente presente crisis, es preferible que permanezca en la sala de acogimiento hasta que la haya superado o esté en control.
El personal deberá llamarle
siempre por su nombre,
brindar en todo momento un
trato respetuoso, amable,
cordial. Respetar los espacios
de silencio, no forzar
respuestas. Toda intervención
deberá ser asertiva.
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2. Detección y atención de emergencias
Área responsable: Trabajo Social.
El personal realiza la entrevista para la detección de necesidades y situaciones críticas de salud que requieran atención emergente o acciones legales. Por ejemplo:
a) Violación sexual reciente b) Fiebre c) Heridas o lesiones d) Ataque de pánico o ansiedad e) Padecimientos
En caso de que se identifique alguna situación crítica o de emergencia se le canalizará al área interna o externa correspondiente, según protocolo a seguir del centro.
3. Registro de vínculos de confianza y empatía
Área responsable: Trabajo Social.
El personal le informa a la niña, niño o adolescente que indagará si cuenta con una red familiar extensa. Es decir, algún familiar que no frecuente o conozca.
En caso de encontrarla, se registran estos vínculos de confianza que posteriormente se irán trabajando y contactando para sanear o fortalecer el vínculo.
Es importante hacer ver a la niña, niño o adolescente que se buscará y notificará a este familiar para que sepa que ha llegado temporalmente al centro.
4. Entrevista preliminar
Área responsable: Trabajo Social.
Se trata de una charla previa a la llegada al centro, en ésta se conversa sobre lo que puede esperar de éste y cuál es el objetivo de su llegada.
Se le da a conocer que se le harán preguntas para obtener información que apoye en su proceso y toda la información se integrará en formatos.
Se entrevista a la persona que realizó el traslado para la obtención de información valiosa de primera instancia.
Concluye entrevista y envía a quien ingresa a las áreas del centro para aplicación de formatos de primera vez.
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5. Aplicación del formato de primera vez
Áreas responsables: Trabajo social, psicología, psicopedagogía, legal, medicina, nutrición y puericultura.
Cada área del centro aplicará sus instrumentos pruebas o formatos específicos de primera vez para hacer registros iniciales de información única.
6. Apertura de expediente
Área responsable: Trabajo Social.
Con la apertura del expediente inicia formalmente el proceso de atención e intervención del centro, el cual contiene: el formato de primera vez, el resumen de la atención dada al ingreso, las impresiones de la entrevista inicial, detección de emergencias, el reconocimiento de las necesidades y referencias a otras instituciones, si aplica.
7. Valoración de la situación individual
Área responsable: Trabajo Social.
En este momento se hace la medición de las áreas críticas de interés del centro para iniciar la planeación en la atención, así como para definir la intervención de otras áreas.
La valoración está estrechamente vinculada al objetivo del centro y a su especialización. Dicha evaluación es de carácter general y no sustituye a la que inicialmente realizó cada área de atención.
8. Articulación interinstitucional
Área responsable: Dirección o representante legal y/o trabajo social.
La vinculación con otras instituciones es necesaria en la primera etapa y durante todo el proceso de intervención. Esta articulación tiene como objetivo la restauración de derechos a la brevedad, el acceso a derechos antes negados, la atención a factores de riesgo y de factores de protección. Para ello se requiere del trabajo multidisciplinario de todas las áreas, con el fin de:
a) Definir los límites de la atención y esclarecer los servicios que sí se prestan y los que no. Si en la institución no se prestan los servicios que requiere una niña, niño o adolescente, se hace una lista de dichas necesidades y su importancia.
b) Identificar y detectar las instituciones que pueden contribuir a la restitución de derechos y satisfacción de necesidades que no puede solventar el centro.
c) Establecer comunicación con las instancias para generar la cooperación o colaboración y los convenios verbales o escritos para que ésta opere cuando se requiere.
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d) Elaborar mecanismos para que la referencia funcione y se dé la atención requerida en tiempo y forma.
e) Elaborar una lista de instituciones y servicios a los que se puede referir.
f) Indicar la necesidad de referencia una vez que se detectan en la valoración inicial las necesidades o emergencias.
g) Canalizar internamente y dar seguimiento.
9. Intervención en crisis
Áreas responsables: Trabajo social, psicología, psicopedagogía, legal, medicina, nutrición y puericultura.
Todo el personal del centro debe saber enfrentar una situación de crisis de la infancia o adolescencia en cualquier momento.
Es muy probable que pueda detonarse al ingreso. Por esta razón, se considera fundamental que quien recibe a la niña, niño o adolescente en su llegada tenga estas habilidades.
Recomendación: Capacitar al personal para dar intervención en crisis, brindar contención y supervisión de manera periódica.
10. Plan de intervención del centro
Áreas responsables: Trabajo social, psicología, psicopedagogía, legal, medicina, nutrición y puericultura.
El plan de intervención se elabora en colaboración con la niña, niño o adolescente, es transversal para las áreas del centro, todas deben nutrir de actividades, metas y objetivos el plan.
Cada área planteará las líneas de acción para el abordaje de la problemática en el centro, siendo trabajo social quien unificará las recomendaciones para diseñar el plan de intervención de acuerdo al perfil, edad, etapa de desarrollo, estado físico y emocional de la niña, niño o adolescente.
En las siguientes etapas, ese plan se transforma iniciando con la restitución de derechos hasta que la niña, niño o adolescente conozca y exija sus derechos.
Gráfico 6. Etapa I. Ingreso
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ETAPA II. ATENCIÓN Y RESTITUCIÓN
El centro es un lugar que reconoce, respeta y garantiza el ejercicio de los derechos humanos de las personas que ingresan. Por ello, en esta etapa se consideran todas las acciones para satisfacer las necesidades y/o deseos de las niñas, niños y adolescentes, teniendo en cuenta sus particularidades. El enfoque es inminente de derechos, procurando que la calidad y calidez de la atención proporcionada involucre respuestas eficaces y pertinentes.
Asimismo, en esta etapa se inicia la restitución progresiva de derechos, de los cuales fue privada la niña, niño o adolescente y que de una manera u otra termina con su llegada al centro. La restitución puede implicar el trabajo exclusivo de un área o de todas las áreas del centro, incluso puede llevar consigo la intervención de otras instituciones para devolver los derechos.
En la restitución se trabajan las condiciones extraordinarias para que los derechos vuelvan al estado que tenían con anterioridad a su vulneración, e inclusive para que puedan garantizarse ciertos derechos que en la circunstancia anterior no estaban, como: derecho a la identidad, salud, educación, descanso y esparcimiento, a la libre expresión y acceso a la información, vivir libre de
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violencia, a tener protección contra la explotación económica y sexual, y a una vida libre de guerra, a tener cuidados de madre, padre o tutores y, en su caso, a la Inclusión por discapacidad.
Corresponde a la Procuraduría de Protección y, en su caso, al Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF Estatal) garantizar la protección y restitución de los derechos de niñas, niños y adolescentes. En el ejercicio de sus funciones, podrán solicitar el auxilio de autoridades de los tres órdenes de gobierno para la debida determinación, coordinación de la ejecución y seguimiento de las medidas de protección integral y restitución de los derechos. Asimismo, deberán establecer contacto y trabajar conjuntamente con las autoridades administrativas de asistencia social, de servicios de salud, de educación, de protección social, de cultura, deporte y con todas aquellas con las que sea necesario para garantizar los derechos de niñas, niños y adolescentes.
La Procuraduría de Protección realizará acciones para evitar que quien ejerce la patria potestad, tutela, guarda o custodia, o cualquier otra persona que, por razón de sus funciones o actividades, tenga bajo su cuidado niñas, niños y adolescentes atente contra su integridad física o psicológica, o cometa cualquier acto que menoscabe su integridad. Tratándose del incumplimiento de las obligaciones por parte de instituciones privadas, la Procuraduría, en el ámbito de su competencia, revocará conforme al procedimiento previsto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, la autorización correspondiente, sin perjuicio de las sanciones previstas en otras disposiciones jurídicas aplicables.
IMPORTANTE: La dirección, representante legal y/o trabajo social, hace el recorrido inicial del centro con la niña, niño o adolescente recién llegado y le presenta a todo el personal del centro. Solicita a una niña, niño o adolescente residente que de manera voluntaria le acompañe y ayude cuando así lo requiera.
Cada integrante que llega recibe un juego completo de ropa y de aseo personal. El centro debe tener en cuenta que la ropa tiene un valor asociado con la dignidad y autoestima de la persona. En este sentido, debe preguntar su gusto y proporcionarle ropa limpia, en buen estado y acorde a su talla.
El centro debe garantizar la recepción
conjunta de las y los hermanos y no
disponer su separación.
La separación sólo será aceptable cuando
haya una orden judicial de por medio o el
resultado de la evaluación realizada por
áreas especializadas indique que es
conveniente para el desarrollo integral de
la niña, niño o adolescente, o cuando
requieran atención fuera del centro por
una necesidad especial. En este caso, el
centro debe promover que se mantengan
vínculos de convivencia, contacto y
comunicación permanente.
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Asimismo, el centro debe disponer de un espacio de alojamiento para quien ingresa, es decir, un dormitorio con cama propia y un mueble para guardar sus cosas. Este lugar debe darle seguridad y sentido de pertenencia, por ello, se le debe permitir que lo decore a su gusto.
Una vez hecha la admisión en el centro, se deberá cumplir con el reglamento interno y protocolo de seguridad, previamente explicado. Las áreas especializadas de servicios participan coordinadamente con trabajo social en la elaboración del plan de restitución de derechos de la niña, niño o adolescente conforme a sus necesidades psicológicas, médicas, jurídicas, sociales, educativas, recreativas y culturales.
Para realizar el plan, las áreas:
a) Identifican factores de riesgo factores protectores en el contexto en el que se desarrollan las niñas, niños y adolescentes;
b) Recaban información a profundidad sobre aspectos específicos como dinámica familiar, situación que ocasionó su ingreso al centro y sobre su integración e inclusión social;
c) Obtienen información sobre su neurodesarrollo, área social, comunicación, cognición y preferencias personales;
d) Identifican su situación jurídica y si está involucrado en un proceso de impartición de justicia;
e) Reconocen condiciones especiales de cognición y aprendizaje, comunicación y lenguaje, desempeño de actividades escolares, motricidad gruesa y actividad deportiva;
f) Conocen conductas y hábitos de estudio y participación en actividades de limpieza y cuidado familiar; e
g) Identifican preferencias recreativas y de esparcimiento, así como habilidades artísticas y deportivas.
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Gráfico 7. Etapa II. Atención y restitución
ETAPA III. ESTANCIA Y RESIDENCIA: ACCESO Y DESARROLLO
En este momento del modelo, el trabajo e intervención van orientados a impulsar las capacidades y potencial físico y emocional de cada residente conforme su momento de vida, desarrollo y situaciones de desprotección.
En esta etapa el equipo operativo del centro trabaja para fortalecer los factores de protección y disminuir los de riesgo, dado que, en algunos casos, la niña, niño o adolescente regresa a cuidados parentales o con familiares en contextos similares a aquellos de los que se les rescató. Entonces, se hace fundamental pensar su estancia en el centro como una posibilidad real de generar agencia, transformación y empoderamiento centrado en su persona y acorde a su desarrollo físico y emocional.
El propósito es avanzar en el acceso a los derechos que antes no había ejercido o le habían sido negados. En este sentido, se propone dar un paso más allá de la restitución para llevar a esos seres humanos a un estadio de acceso a nuevos derechos. La materialización de dicho acceso, pasa por el equipo de profesionales
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que conoce los derechos, comprende la diferencia entre restitución y acceso para posteriormente avanzar hacia una filosofía de vida con perspectiva de derechos. Esto es más un proceso que un acto de autoridad, y comienza con capacitación y re-significación del propósito del trabajo con cada niña, niño o adolescente, e incluso de las relaciones laborales.
En esta etapa, la población atendida tiene acceso a actividades, acciones y circunstancias que por sí mismas les llevan a incorporar nuevos derechos a sus vidas como educación, agua potable, alimentación balanceada, salud, recreación, arte, cultura, relaciones de respeto, etc. Por eso, en esta etapa se prevén esquemas para que conozcan sus derechos y aprendan a exigirlos.
En esta etapa, la dirección o representante legal y las áreas especializadas de servicios observan la evolución del proceso de restitución, acceso y ejercicio de los derechos de quienes son residentes del centro.
Las áreas especializadas de servicios, diseñan e implementan el Plan de Acceso para que la población conozca y tenga acceso a sus derechos humanos. De manera coordinada las áreas:
a) Averiguan la existencia de redes familiares o parentales recónditas, invisibles o nuevas para fortalecer la protección y cuidado de la niña, niño o adolescente;
b) Verifican la solidez de las redes formales e informales con las que cuenta la niña, niño o adolescente;
c) Promueven la vinculación con instituciones para que las niñas, niños o adolescentes reciban atención de alta especialización para su buen desarrollo, cuando se requiera;
d) Gestionan servicios de la comunidad para favorecer el desarrollo de la niña, niño o adolescente, como centros de salud, educación, deportivos, capacitación para el empleo y otros;
e) Identifican lugares culturales y de recreación, parques, bibliotecas, grupos juveniles (scouts) y otros;
f) Promueven que cada individuo diseñe su plan de vida a futuro o proyecto de vida. El plan debe enumerar los objetivos y metas personales, educativas, profesionales, familiares, sociales, económicas y otras de su interés acorde a su edad y sus necesidades especiales –si las hubiere-. El centro debe revisar periódicamente el plan para observar si la niña, niño o adolescente alcanza o no sus objetivos, o bien, si se requiere rectificarlos. Es parte del Expediente Único Integral.
g) Obtienen información (cuando sea el caso) sobre la posible familia de acogida o de adopción e identifican áreas de oportunidad para asegurar una adecuada reunificación familiar;
h) Identifican situaciones o aspectos de la vida cotidiana de la niña, niño o adolescente que favorecen su asertividad y autoconcepto; y
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i) Evalúan a la madre, padre o persona tutora de la familia de origen, de acogida o de adopción y la preparan para la reintegración o reunificación familiar.
Gráfico 8. Etapa III. Acceso y desarrollo
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ETAPA IV. EGRESO
La salida de la niña, niño o adolescente del centro debe considerarse como uno de los objetivos principales del cuidado temporal y no responder a situaciones emergentes ni de conflictos.
Es decir, la preparación de salida debe iniciar desde su ingreso y ser parte del plan de intervención, fundamentarse en los resultados de las evaluaciones realizadas durante su residencia en el centro. Asimismo, se debe prever el seguimiento de quienes han finalizado su residencia, con el objeto de proteger sus derechos (CNA, 2010: 183).
La dirección y todas las áreas del centro deben planificar con antelación todas las tareas, actuaciones o trámites que supone la salida de la niña, niño o adolescente, con el fin de que la separación se produzca en las mejores condiciones. Este momento implica trabajar la integración de quienes salen al contexto comunitario, de ahí la importancia de formular su plan de visión al futuro y plan de vida. La salida del centro puede darse por los siguientes motivos:
1. Conclusión del proceso de la atención. El personal operativo del centro agotó los planes de atención y la niña, niño o adolescente ha alcanzado un buen desarrollo.
2. Alcance de la edad máxima de atención. La edad de egreso del centro es al cumplir 18 años. Para entonces, el personal operativo preparó a través de los diversos planes de atención, que al llegar este momento, quienes salen tengan una vida independiente y en lo posible autónoma. La preparación implica el desarrollo de habilidades para la vida (cognitivas, emocionales y sociales) como autoestima, auto-concepto, autocuidado y autonomía.
Algunos centros tienen una edad límite en la cual prestan sus servicios, mayormente niñas y niños de entre 1 y hasta 3 años 11 meses de edad (un día antes de cumplir los 4 años), o entre 1 y hasta 5 años 11 meses de edad (un día antes de cumplir los 6 años).
Eventualmente, la estancia límite está relacionada con el sexo. En algunos casos, cuando se trata de niños, los envían a casas específicas para población masculina al cumplir los 12 años, inicio de la pubertad.
Reunificación, acogimiento, acogimiento preadoptivo o adopción familiar
Son distintos momentos y modelos de cuidado y protección familiar. Según la condición y momento de la niña, niño o adolescente, cuenta con una familia que le proporciona cuidado, protección, crianza positiva y bienestar social por un tiempo limitado hasta que se pueda asegurar la reunificación o la opción.
De acuerdo con lo establecido en la Ley General, “tratándose de adopción internacional, la legislación aplicable deberá disponer lo necesario para asegurar
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que los derechos de niñas, niños y adolescentes que sean adoptados sean garantizados en todo momento y se ajusten el interés superior de la niñez, así como garantizar que esta adopción no sea realizada para fines de venta, sustracción, retención u ocultación ilícita, tráfico, trata de personas, explotación, las peores formas de trabajo infantil o cualquier ilícito en contra de los mismos.
En los procedimientos judiciales de adopción internacional deberá requerirse el informe de adaptabilidad por parte del Sistema Nacional DIF o de los Sistemas de las Entidades y, una vez que el órgano jurisdiccional competente otorgue la adopción, previa solicitud de los adoptantes, la Secretaría de Relaciones Exteriores expedirá la certificación correspondiente, de conformidad con los tratados internacionales.
El Estado dará seguimiento a la convivencia y proceso de adaptación conforme a su nueva situación, con el fin de prevenir o superar las dificultades que se puedan presentar.
Las personas que ejerzan profesiones en el trabajo social y psicología de las instituciones públicas y privadas, que intervengan en procedimientos de adopción internacional, en términos de lo dispuesto en los tratados internacionales, deberán contar con la autorización y registro del Sistema Nacional DIF y los Sistemas de las entidades en el ámbito de su competencia.
La adopción internacional de una niña, niño o adolescente de nacionalidad mexicana procederá cuando se haya constatado por las autoridades correspondientes que ésta responde al interés superior de la persona, después de haber examinado adecuadamente las posibilidades de asignación para adopción nacional” (Cámara de Diputados, 2014b:13).
Otras situaciones de egreso
a) Salida y no retorno. En el caso de que la niña, niño o adolescente abandone el centro y no regrese, la dirección o representante legal deberá notificar a las autoridades judiciales competentes del suceso.
b) Transferencia a otra institución. Cuando la niña, niño o adolescente requiere uno o varios servicios para satisfacer sus necesidades y que, por alguna razón, el centro no puede brindárselos, el área de trabajo social realiza las gestiones necesarias para referirle a otra institución.
c) Defunción. En el caso de muerte, la dirección o representante legal del centro deberá notificar a las autoridades judiciales competentes del suceso, adjuntando el certificado de defunción y demás documentos que respalden dicha situación.
En la etapa de egreso se realiza el Plan de Consolidación, el cual se compone de los siguientes aspectos:
1. Trabajo con la niña, niño o adolescente para su egreso
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Todas las áreas trabajan para fortalecer a niñas, niños y adolescentes en su salida, desarrollando las siguientes áreas:
a) Educativa. Formación de habilidades para la vida y desarrollo económico
en adolescentes;
b) Psicológica. Autonomía, auto concepto y autoestima;
c) Salud. Fortalecimiento de hábitos de higiene, de estilos de vida
saludables, prevención de enfermedades; y
d) Trabajo social. Gestión social requerida para facilitarle la reintegración
social y desarrollo.
2. Estrategias para acceso y exigibilidad de derechos
Para elaborar los planes de acción para el egreso y seguimiento, se revisan y valoran las estrategias realizadas durante su residencia para dar seguimiento y continuidad a las que favorecen su desarrollo. En conjunto con la niña, niño y adolescente se identifican factores de riesgo y protección y condiciones:
a) Personal
b) Familiar
c) Contexto
3. Cartilla de los derechos de niñas, niños y adolescentes
Este es un documento a manera de carnet en el que se establecen los derechos de la niñez y adolescencia de acuerdo con la Ley General y se revisa antes de salir para constatar cuáles son sus derechos y cómo pueden acceder a éstos. La revisión se hace en dos momentos, primero con la niña, niño o adolescente y posteriormente con la familia de origen, acogida o de adopción, cuando sea el caso.
4. Verificación de condiciones de egreso
La verificación se realiza con la finalidad de salvaguardar el Interés Superior de la Niñez, visibilizar el trabajo y los resultados obtenidos durante su estancia en el centro, la restitución de derechos y que la familia de origen, acogida o de adopción cumpla con las condiciones para que la niña, niño o adolescente viva en un ambiente sano. Para ello, se establece la consolidación en materia de factores de protección y de cuidados especiales cuando tiene necesidades especiales.
5. Vinculación directa con guardia y custodia o patria potestad
Este momento se refiere a la firma de acuerdos y de documentos de egreso por parte de la persona que tiene la tutela de la niña, niño o adolescente; guardia y custodia y/o la patria potestad.
6. Evidencia administrativa del egreso
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Es fundamental que haya un documento de cierre de expediente en cada área de atención del centro, el cual refiera el estado de la atención, tratamiento y situación en la que se encuentra la niña, niño, adolescente al salir. Cada área debe extender recomendaciones de actividades, tratamiento, acciones vinculadas al seguimiento. Es recomendable que cada área haga una valoración del alcance de objetivos y protección de derechos al momento de su egreso en comparación con el momento de ingreso.
En particular, es el área de trabajo social la encargada de generar el Acta de Egreso, que incluye un resumen de las recomendaciones de las demás áreas, así como del diagnóstico o descripción de su situación de salida. Cuando la salida es por reunificación, acogimiento o adopción, esta área deberá también tomar una fotografía a la persona que queda como responsable de la niña, niño, adolescente egresado.
7. Evaluación de calidad de los servicios y del proceso de atención y cuidado
Trabajo social implementará evaluaciones de satisfacción del servicio con la niña, niño o adolescente que egresa. La finalidad es obtener retroalimentación para mejorar los servicios y encontrar mejoras a incorporar en los planes de trabajo por área y dimensionar el impacto del compromiso y de la labor realizada, involucra las siguientes mediciones:
a) Evaluación de los servicios por parte de niñas, niños y adolescentes que los recibieron;
b) Evaluación de los servicios por parte de red de protección, familiares y amistades, las y los tutores que estuvieron presentes, cercanas o haciendo visitas;
c) Evaluación del proceso de transformación y protección de derechos de niñas, niños y adolescentes según su propia mirada;
d) Evaluación del proceso de transformación y protección de acuerdo con profesionales de cada área que les brindó servicios;
e) Evaluación de la red de protección, familia, amistades, tutores y tutoras por parte de la niña, niño o adolescente receptor de su protección o tutela;
f) Evaluación de la red de protección, familia, amistades, tutores y tutoras por parte del personal del centro según los objetivos y retos establecidos de inicio; y
g) Evaluación de la red de protección, familia, amistades, tutores y tutoras según su propia mirada.
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Todas las áreas especializadas de servicios realizan su informe final sobre la estancia de la niña, niño o adolescente en el centro.
De manera conjunta con Trabajo Social elaboran el Acta de Egreso, indicando el motivo de la salida, plan de intervención, logros obtenidos y recomendaciones para la familia cuando el motivo de egreso es por reunificación, acogimiento o adopción.
Trabajo Social y el Área Legal realizan el documento Evidencia administrativa de egreso, éste indica las razones de ingreso y del egreso, además de asentar el nombre completo, firma y huella de la madre, padre, tutora o tutor de la niña, niño o adolescente.
Trabajo social, psicología, psicopedagogía, legal, medicina, nutrición y puericultura, realizan la Carta de Conformidad en relación a la propuesta de reintegración.
Este tipo de evaluación es conocida como 360 y permite obtención de información
de todas las partes involucradas en el proceso de egreso y de las siguientes
etapas de vida de las niñas, niños y adolescentes que están por salir. Facilita de
manera rápida información confiable sobre la atención, los servicios, su impacto y
sobre las necesidades de mejora y lo que se hace bien. Retroalimenta de manera
directa y objetiva a la red de protección y a quien egresa del centro, poniendo a la
vista áreas de oportunidad y logros alcanzados. La evaluación es básica para
considerar trasparente la atención y para la rendición de cuentas. Es estratégica
para lograr una atención de calidad centrada en la persona y en su visión y
necesidades en lugar de en las necesidades de la institución. Estos elementos se
desarrollan con mayor amplitud en el apartado correspondiente al tema de
estándares de calidad del modelo.
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Gráfico 9. Modelo de atención y protección integral de los centros de asistencia social
ETAPA V. SEGUIMIENTO
Como su nombre lo indica, una vez que la niña, niño o adolescente ha egresado del centro debe hacerse un acompañamiento constante, según las condiciones de factores de riesgo y protección de derechos identificados en la etapa de Egreso. En el seguimiento se llevan a cabo las siguientes acciones:
1. Monitoreo de la niña, niño o adolescente egresado del centro. Consiste
en la visita continua o intermitente a su lugar de residencia o si es posible
incluso a su lugar de estudio. Se trata de dar seguimiento a su plan de vida
y objetivos previstos antes de salir, por supuesto a la protección de sus
derechos y a garantizar el acceso a otros conforme crece y se desarrolla.
Además de las visitas y registros, comprende sugerencias, orientación y
acompañamiento en el avance de objetivos de la familia.
2. Documentación. Las impresiones, resultados de las visitas al domicilio de
residencia y hasta valoraciones que se hagan según el Plan de Seguimiento
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diseñado para cada niña, niño o adolescente, deben registrarse y
documentarse haciendo anotaciones y comentarios concernientes al interés
superior de la niñez.
3. Evaluación de visitas domiciliarias. Una vez concluidas el número de
visitas en el periodo establecido, se hace una revisión del cumplimiento de
objetivos previstos en función de lo observado, registrado y conversado
durante las visitas. En función de ello se considera cerrado este expediente
y sólo se fija fecha de una nueva visita bianual.
Si durante el seguimiento se identifica violación de derechos de la niña, niño
o adolescente, se hace un reporte escrito y documentado. Se habla con la
familia para restituir el derecho violado. En caso de que la situación ponga
en riesgo la vida e integridad de la niña, niño o adolescente, se brinda
protección institucional de manera inmediata.
4. Sistematización de buenas prácticas. Documentar las actividades y
procedimientos que se hacen bien, que retroalimentan positivamente al
personal del propio centro y que inspiran a otras instituciones para emular
los pasos. Buenas prácticas, entonces, incluye registrar los procedimientos,
resultados, valoraciones, estrategias que potenciaron a la niña, niño o
adolescente a la restitución de derechos y el acceso a nuevos.
El seguimiento de los casos que hayan concluido su residencia en el centro por reunificación, acogida o adopción familiar, no es una “prueba” o “inspección” de la familia, es una oportunidad de apoyo para facilitar la convivencia y proceso de adaptación conforme a su nueva situación, con el fin de prevenir o superar las dificultades que se puedan presentar.
En los casos de adopción, una vez que la niña, niño o adolescente inicie las convivencias, el personal de psicología y trabajo social o carreras afines de los centros, en un plazo no mayor de treinta días hábiles, emitirá un informe del acogimiento pre-adoptivo, el cual deberá entregar a la Procuraduría Federal acompañado del expediente que se haya integrado de la familia solicitante de adopción (Cámara de Diputados, 2015).
El seguimiento de los casos que se transfieren a otros centros, debe contar con el protocolo que establezca el proceso de referencia y permita conocer la atención y protección que se está llevando a cabo, las condiciones y calidad de los servicios que está recibiendo.
Gráfico 10. Modelo de atención y protección integral de los centros de asistencia social
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IV. INSTRUMENTOS A UTILIZAR EN LAS ETAPAS DE ATENCIÓN
Este apartado está centrado en los formatos e instrumentos que pueden ser
usados dentro de los servicios de atención de los centros de asistencia social para
niñas, niños y adolescentes, en distintos momentos, según la situación en la que
se encuentren y el despliegue de recursos de los centros. Pueden ser capturados
directamente en el software o bien registrados en expediente físico de papel.
Estos formatos tienen la finalidad de obtener datos cuantitativos y cualitativos más
significativos en el proceso de intervención de los centros de asistencia social para
niñas, niños y adolescentes que permitirán dimensionar su contribución en materia
de atención y restitución de sus derechos.
Para obtener los datos cuantitativos y cualitativos a reportarse, se realizó la
descripción del proceso de atención de los centros de atención social para niñas,
niños y adolescentes, acompañada de la definición de los instrumentos que
permitirán dimensionar y medir los aspectos relevantes para la investigación en
cada una de las etapas de la intervención.
La siguiente es la relación de herramientas e instrumentos que se pusieron a
consideración y, una vez validando los instrumentos a implementar para ser
cuantificables en la sistematización, se concluye lo siguiente.
Tabla 4. Instrumentos aplicados a las niñas, niños y adolescentes de los centros en las
diferentes etapas y por las distintas áreas de atención.
NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
HERRAMIENTA OBJETIVO CLAVE DEL
FORMATO
4. 2.1 ETAPA 1. INGRESO
2.1.1 Área de Trabajo Social
Hoja de Ingreso. Conocer datos
generales de la niña,
niño o adolescente que
ingresa por primera vez
al Centro que permitirán
realizar la apertura de
expediente.
TS 1 HI E1
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Detección de emergencias.
Contar con información
referente a emergencias
que la niña, niño o
adolescente identifique
en el momento para así
poder atenderlas
oportunamente.
TS2 DE E1
Datos generales Recabar información
general sobre identidad,
situación familiar, legal
educativa, de salud y de
violación de algunos
derechos de la niña,
niño y adolescente,
datos de identidad y de
ubicación de sus padres
o tutores y nombre de la
instancia que refiere.
TS3 DG E1
Formato de primera vez.
Tener un primer
acercamiento desde el
área de trabajo social
con la niña, niño o
adolescente para
conocer datos generales
del contexto familiar y
escolar en el cual se
desenvolvía previo a su
ingreso en el Centro.
TS 4 FPV E1
Formato de entrevista para la detección de necesidades de niñas, niños
y/o adolescentes de entre 8 -17
años 11 meses de edad (básicas y
afectivas, incluye las tres áreas de atención: trabajo social, psicología
y educación).
Identificar y detectar las
principales necesidades
relacionadas con
vivienda, comunidad,
familia, escuela,
recreación, estabilidad
emocional, alimentación
y salud.
TS5 DN E1
Detección de los factores de riesgo
y de protección antes y después
de permanecer en el centro de
asistencia social.
Mostrar el avance del
proceso de atención en
la disminución de
factores de riesgo que
dificultan o limitan la
reintegración de la niña,
niño o adolescente a
TS6 DFRPADCAS E
1-5
58
una familia.
Valoración de la situación
individual de la niña, niño y adolescente.
Conocer el contexto de
la situación familiar,
económica, escolar y de
integración e inclusión
social de la niña, niño y
adolescente previo a su
ingreso al Centro, así
mismo contar con datos
referentes a sus
habilidades y su grado
de socialización.
TS7 VSI E1
Intervención en crisis.
Identificar en qué etapa
del proceso de crisis se
encuentra la niña, niño y
adolescente para
realizar alguna
intervención desde el
área de trabajo social.
TS8 IC E1-4
Plan de intervención.
Recabar información
sobre la situación vivida
previamente por parte
de la niña, niño o
adolescente, identificar
los factores de riesgo
que presenta y plantear
un plan de intervención
para brindar atención de
forma interdisciplinaria.
TS9 PI E1
Minuta de sesión del equipo técnico
interdisciplinario.
Recopilar información
de las sesiones de
trabajo donde se reúne
el equipo técnico
interdisciplinario para
tratar casos en
específico de niñas,
niños o adolescentes
residentes del Centro,
así como de asuntos
concernientes a todo el
equipo.
TS10 MSETI E1-5
Referencia. Recabar los datos
generales de la niña,
niño y adolescente para
enviarla o enviarlo a
alguna instancia de
REF11
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atención pública,
privada o de
organización de la
sociedad civil, que
atienda una necesidad
especifica que el Centro
no pueda cubrir por la
falta del servicio en sus
instalaciones.
Visita institucional en caso de referencia
de la niña, niño y/o adolescente.
Dar seguimiento de la
referencia de la niña,
niño y/o adolecente a
una institución pública,
privado o de la sociedad
civil dada la detección
de alguna necesidad
especifica que requiera
atención especializada.
TS12 VIR E1-5
Reporte de accidente o incidente.
Establecer un
precedente de algún
accidente o incidente
relacionado con la niña,
niño o adolescente
durante su estancia en
el Centro.
TS13 RAI E1-4
Nota Social. Documentar la
intervención, atención u
orientación
proporcionada por el
área de trabajo social,
solicitada por la niña,
niño o adolescente
durante su estancia en
el Centro.
TS14 NS E1-5
2.1.15 Carnet de visitas familiares.
Llevar un registro y
control de las personas
que visitan a la niña,
niño y/o adolescente al
Centro de Asistencia
Social y la frecuencia,
así mismo si se
presenta alguna
incidencia.
TS0 CVF E1
Lista mensual de población
Establecer un
seguimiento de la
población total atendida
TS15 LMPAAC E1-4
60
atendida en el Centro.
dentro del centro,
especificando el número
de ingresos, egresos,
reingresos y
deserciones por edades
cada 30 o 31 días según
sea el caso.
Lista semanal de niñas, niños y
adolescentes del Centro.
Establecer un registro
semanal actualizado del
número de niñas, niños
y adolescentes
residentes en el Centro.
TS16 LSNNACAS
E1-4
2.1.2 Área de Psicología
a) Valoración inicial del área de
psicología para la niña, niño y/o adolescente.
Recabar información
referente a
antecedentes de la
situación familiar y de
vida que desencadeno
el motivo de ingreso de
la niña, niño y/o
adolescente al ingresar
al Centro de Asistencia
Social, así mismo, datos
sobre las condiciones
emocionales y
conductuales en que
ingresa.
PSIC1 VINNA E1
b) Guía de atención en caso de abuso
sexual.
Detectar evidencias y
conductas que refieran
que la niña, niño o
adolescente haya
sufrido abuso sexual
previo a su ingreso al
Centro.
PSIC2 GAAS E1
2.1.3 Área de Puericultura
a) Valoración diagnóstica inicial
del área de Puericultura.
Forjar valores y hábitos
de higiene y
comportamiento en las
niñas y niños menores
PUE1 VDI E1
61
de 6 años de edad.
b) Valoración lúdica-infantil.
Identificar los gustos en
cuanto a actividades
lúdico-recreativas y
habilidades sociales de
las niñas, niños y
adolescentes para poder
realizar una planeación
de actividades que se
integre a su vida diría.
PUE2 VLI E1
c) Plan mensual de trabajo para la
niña y niño en la ludoteca.
Establecer de forma
esquemática las
actividades que la niña y
niño desarrollará en el
área de Ludoteca.
PUE 3 PMTL E1
2.1.4 Área Médica
a) Historia clínica pediátrica.
Recopilar información
de datos generales,
antecedentes médicos
familiares y personales,
hábitos y datos de la
exploración física de la
niña o niño, para
documentar su estado
de salud actual y poder
abrir su expediente
dentro del área médica.
MED1 HCP E1
b) Historia Clínica para adolescentes.
Recopilar información
de datos generales,
antecedentes médicos
familiares y personales,
hábitos y datos de la
exploración física de la o
el adolescente, para
documentar su estado
de salud actual y poder
abrir su expediente
dentro del área médica.
MED2 HCA E1
c) Valoración médica inicial.
Recabar información
referente a
antecedentes clínicos
sobre alguna
enfermedad y/o
MED3 VMI E1
62
padecimiento y estado
de salud de la niña, niño
y/o adolescente al
ingresar al Centro de
Asistencia Social, así
mismo, datos sobre el
diagnóstico y plan de
tratamiento a seguir.
d) Hoja de seguimiento del
área médica.
Recabar información
periódicamente sobre el
estado de salud de las
niñas, niños y
adolescentes del
Centro.
MED4 HSAM E1
2.1.5 Área Legal
a) Valoración de la situación legal de la niña o niño.
Recabar información
referente al motivo de
separación de la niña o
niño de su familia, así
como conocer el
proceso legal que
ayudará a identificar si
existe una averiguación
previa, el tipo de
representación legal y el
nombre de quien funge
como su representante
legal.
JUR1 VSLNN E1
b) Valoración de la situación legal de la o el adolescente.
Recabar información
referente al motivo de
separación de la niña o
niño de su familia, así
como conocer el
proceso legal que
ayudará a identificar si
existe una averiguación
previa, el tipo de
representación legal, el
nombre de quien funge
como su representante
legal y su situación legal
con la ley.
JUR2 VSLA E1
c) Nota de seguimiento del caso legal de la
niña, niño o adolescente.
Reportar las acciones
realizadas en cuanto al
o a los procesos legales
referentes a la situación
de cada niña, niño o
JUR3 NSCL E1-4
63
adolescente, con el fin
de compartir dicha
información con el
equipo técnico
multidisciplinario.
2.1.6 Área de Nutrición
a) Historia Clínico – nutriológica para niñas, niños y adolescentes de 3 - 18 años de edad.
Contar con información
referente a emergencias
que la niña, niño o
adolescente de entre 3 y
18 años de edad
identifique en el
momento para así poder
atenderlas
oportunamente.
NUT 1 HCN E1
b) Historia Clínico – nutriológica para niñas y niños de 0 – 12 meses de edad.
Contar con información
referente a emergencias
que la niña y niño de
entre 0 y 12 meses de
edad identifique en el
momento para así poder
atenderlas
oportunamente.
NUT 2 HCN E1
5. 2.2 ETAPA 2. ATENCIÓN Y RESTITUCIÓN.
2.2.1 Área de Trabajo Social
a) Detección de factores de riesgo.
Identificar factores de
riesgo en el contexto en
el que se desarrollan las
niñas, niños y
adolescentes.
TS1 DFR E2
b) Diagnóstico social. Recabar información a
profundidad sobre
aspectos específicos
como dinámica familiar,
situación que ocasiono
su ingreso al Centro y
sobre su integración e
inclusión social, así
mismo ante ello la o el
profesional propondrán
un plan de acción.
TS2 DXTS E2
c) Plan de acción para Identificar los derechos TS3 PARD E2
64
la restitución de derechos de la niña, niño y/o adolescente.
vulnerados en el
contexto en el que se
desarrollaba la niña,
niño y adolescente
previo a su ingreso al
Centro, planteara
estrategias para su
restitución y acceso
dentro del Centro.
d) Restitución de derechos de las niñas, niños y adolescentes.
Identificar los derechos
restituidos y a los que
habían tenido acceso
las niñas, niños y
adolescentes dentro del
Centro.
TS4 RAD E2
2.2.2 Área de Psicología
a) Diagnostico psicológico.
Establecer un plan de
intervención ante una
crisis emocional de la
niña, niño y adolescente
por medio de los 7
pasos de Roberts,
identificar factores de
riesgo y factores
protectores con los que
cuenta la niña, niño y
adolescente.
PSIC1 DXPSIC E2
2.2.3 Área de Psicopedagogía
a) Diagnóstico del área educativa.
Recabar información
específica sobre
exploración física
(neuro-desarrollo), área
social, comunicación,
cognición y preferencias
personales para que él o
profesional del área
pueda construir un plan
de atención
personalizado a que
responda a las
necesidades de la niña,
niño y adolescente.
PSICPED 1 DX E2
b) Regularización escolar.
Identificar las
habilidades y las áreas
PSICPED 2 RE E2
65
de oportunidad en las
áreas de cognición y
aprendizaje,
comunicación y
lenguaje, desempeño de
actividades escolares,
motricidad gruesa y
actividad deportiva de la
niña, niño y
adolescente, así mismo
detectar si requiere
adecuaciones o que
utiliza referente a la
estructura física de la
escuela, aula,
materiales y contenidos
educativos para que la o
el profesional en
pedagogía pueda
plantear estrategias de
regularización.
2.2.4 Área de Puericultura
a) Diagnóstico formativo – educativo.
Identificar las
habilidades y áreas de
oportunidad en relación
a conductas y hábitos
en temas como
educación y hogar.
PUE1 DFE E2
b) Seguimiento del desarrollo de la niña y niño en la
ludoteca
Dar seguimiento al
desarrollo de las
actividades lúdico-
recreativas de la niña,
niño o adolescente
durante su estancia en
el Centro.
PUE2 SDL E2
6. 2.3 ETAPA 3. ESTANCIA/RESIDENCIA: ACCESO Y DESARROLLO.
2.3.1 Área de Trabajo Social
a) Plan de acceso y Mostrar la evolución del
proceso de restitución,
TS1 PAEDNNA E3
66
ejercicio de derechos de la niña, niño y/o adolescente.
acceso y ejercicio de los
derechos de niñas,
niños y adolescentes
residentes en el centro.
b) Redes de protección.
Identificar las redes de
protección afectadas,
las invisibles, nuevas,
redes de cuidado
alternativas y las
inexistentes para tener
conocimiento de qué
estrategias emplear
para fortalecer y/o crear
redes de protección en
torno al proceso de la
niña, niño o
adolescente.
TS2 RP E3
c) Estrategias para reconstruir los
vínculos familiares de
niñas, niños y/o adolescentes.
Identificar el estado de
las redes formales e
informales con las que
cuentan las niñas, niños
y/o adolescentes y los
padres o tutores en
inicio del proceso de
pre-egreso y al final del
mismo.
TS3 ERCF E3
d) Redes de protección
institucional.
Contar con opciones
institucionales que
brinden protección a las
niñas, niños o
adolescentes, tanto en
cuestión de salud,
educación, asistencia
social y recreación.
TS4 RPI E3
e) Habilidades para el desarrollo
económico de Adolescentes.
Identificar las
habilidades
organizacionales,
artísticas, matemáticas,
de comprensión y
análisis de las y los
adolescentes para
realizar un plan de
actividades para que
continúen desarrollando
y/o fortalezcan dichas
habilidades.
TS5 HDE E3
67
2.3.2 Área de Psicología
a) Habilidades para la vida (Proyecto de
vida).
Proporcionar los
elementos necesarios y
la orientación para que
la niña, niño y
adolescente diseñe y
lleve a cabo su proyecto
de vida, reconociendo
sus habilidades para
lograr sus objetivos y
metas.
PSIC1 HVPV E3
b) Valoración psicológica para
los padres y/o tutores.
Recabar información
referente a datos
generales de los padres
y/o tutores, datos de
ubicación, estructura y
dinámica familiar, así
mismo, datos sobre la
autoconcepción
personal y como padres
y/o tutores.
PSIC2 VPPT E3
c) Autoconcepto - inteligencia
emocional (test para niñas y niños de 6 a 12 años de
edad).
Detectar el estado de la
visión y percepción de sí
misma o sí mismo en las
áreas: académico,
social, familiar,
emocional y físico de
cada una de las niñas y
niños del Centro.
PSIC3 AIENN E3
d) Autoconcepto (test para
adolescentes).
Detectar el estado de la
visión y percepción de sí
misma o sí mismo en las
áreas: académico,
social, familiar,
emocional y físico de
cada una de las o los
adolescentes del
Centro.
PSIC4 AA E3
e) Valoración para el egreso.
Valorar la condición de
los padres o tutores
para identificar los
factores riesgo y los
PSIC5 VE E3
68
factores protectores, así
la o el profesional del
área podrá implementar
estrategias de
fortalecimiento de las
áreas de oportunidad
previo al egreso de la
niña, niño y/o
adolescente.
7. 2.4 ETAPA 4. EGRESO.
2.4.1 Área de Trabajo Social
a) Vinculación directa con quien tendrá
la guarda y custodia.
Recabar datos
generales y de
ubicación de las
personas que tendrán la
guarda y custodia de la
niña, niño y/o
adolescente.
TS1 VGC E4
b) Carnet de los derechos de
niñas, niños y adolescentes.
Identificar los derechos
que en su estancia en el
Centro se les explicaron
y ejemplificaron a las
niñas, niños y
adolescentes, cuáles de
los fueron restituidos, a
cuáles tuvieron acceso y
cuáles están ejerciendo.
TS2 CDNNA E4
c) Referencia institucional
previo al egreso de la niña, niño y/o adolescente.
Enviar a la niña, niño y/o
adolescente a alguna
institución pública,
privada o de asistencia
social que brinde
atención especializada a
alguna necesidad
especifica detectada
previo a su egreso.
TS3 RIPE E4
d) Informe final de trabajo social.
Sistematizar información
del caso de la niña, niño
o adolescente, así como
la situación actual y
sugerencias previo al
TS4 IFTS E4
69
egreso del Centro.
e) Evidencia administrativa del egreso de la niña,
niño y/o adolescente.
Recabar información
sobre las razones de
ingreso, egreso y
modalidad del egreso,
además de asentar el
nombre completo, firma
y huella de la tutora o
tutor de la niña, niño y/o
adolescente
dependiendo el tipo de
egreso.
TS5 EAE E4
f) Acta de egreso área de trabajo social.
Recabar información
sobre con quién se
reintegrará la niña, niño
o adolescente, el plan
que se trabajó en el
Centro, los logros
obtenidos y las
recomendaciones para
toda la familia.
TS6 AE E4
2.4.2 Área de Psicología
a) Informe psicológico final confidencial.
Presentar la información
obtenida mediante el
proceso psicológico con
la niña, niño o
adolescente, el cual se
desarrolló por medio de
terapia individual, grupal
y/o familiar, apoyándose
con la aplicación de
escala, test y pruebas
psicológicas.
PSIC1 IPFC E4
b) Acta de egreso área de psicología.
Recabar información
sobre con quién se
reintegrará la niña, niño
o adolescente, el plan
que se trabajó en el
Centro, los logros
obtenidos y las
recomendaciones para
toda la familia.
PSIC2 AE E4
70
2.4.3 Área de Psicopedagogía
a) Acta de egreso área de
psicopedagogía.
Recabar información
sobre con quién se
reintegrará la niña, niño
o adolescente, el plan
que se trabajó en el
Centro, los logros
obtenidos y las
recomendaciones para
toda la familia.
PSICPED 1 AE E3
2.4.4 Área de Puericultura
a) Acta de egreso área de puericultura.
Recabar información
sobre con quién se
reintegrará la niña, niño
o adolescente, el plan
que se trabajó en el
Centro, los logros
obtenidos y las
recomendaciones para
toda la familia.
PUE1 AE E4
2.4.5 Área Medica
a) Informe Médico Final.
Recabar información de
forma resumida sobre el
estado de salud en el
cual egresa la niña, niño
o adolescente, así
mismo se informa sobre
los estudios y exámenes
médicos realizados en
su estancia en el Centro
y algunas
recomendaciones a
seguir posterior al
egreso.
MED1 IMF E4
b) Acta de egreso área médica.
Recabar información
sobre con quién se
reintegrará la niña, niño
o adolescente, el plan
que se trabajó en el
Centro, los logros
MED2 AE E4
71
obtenidos y las
recomendaciones para
toda la familia.
2.4.6 Área Legal
a) Carta de conformidad con la propuesta del equipo técnico
interdisciplinario referente a la
reintegración de la niña, niño o adolescente.
Presentar la
conformidad o
inconformidad del área
legal, en relación a la
propuesta de
reintegración
consensada en sesión
de equipo técnico
multidisciplinario.
JUR1 CCPR E4
b) Acta de egreso área jurídica.
Recabar información
sobre con quién se
reintegrará la niña, niño
o adolescente, el plan
que se trabajó en el
Centro, los logros
obtenidos y las
recomendaciones para
toda la familia.
JUR2 AE E4
2.4.7 Área de Nutrición
a) Acta de egreso área de nutrición.
Recabar información
sobre con quién se
reintegrará la niña, niño
o adolescente, el plan
que se trabajó en el
Centro, los logros
obtenidos y las
recomendaciones para
toda la familia.
NUT1 AE E4
72
8. 2.5 ETAPA 5. SEGUIMIENTO.
2.5.1 Área de Trabajo Social
a) Seguimiento de reintegración de la niña, niño y/o adolescente a su familia de origen.
Recabar información
referente a la estabilidad
de la niña, niño y/o
adolescente en su
familia de origen
posterior al egreso del
Centro de Asistencia
Social.
TS1 SRFO E5
b) Seguimiento de la integración de la
niña, niño y/o adolecente a su
familia adoptiva o de acogida.
Recabar información
referente a la estabilidad
de la niña, niño y/o
adolescente en su
familia adoptiva o de
acogida posterior al
egreso del Centro de
Asistencia Social.
TS2 SIAFA E5
Recabar información referente a las visitas
domiciliarias realizadas en el periodo de
seguimiento posterior al egreso de la niña, niño
o adolescente, para valorar y evaluar el cierre
de caso.
TS7 EVS E5
TS3 SIVI E5
c) Evaluación de visitas de
seguimiento (para cerrar expediente o programar visita
cada 2 años).
Durante el proceso de atención e intervención con niñas, niños y adolescentes de
los centros de asistencia social se pueden aplicar distintos instrumentos,
cuestionarios y herramientas para identificar la condición de secuelas, afecciones
y necesidades a raíz de sus experiencias vividas previamente, así como registrar
los objetivos de las niñas, niños y adolescentes al estar en los centros y el avance
en distintas áreas de su vida como resultado de la atención brindada; asimismo,
73
identificar las afecciones y necesidades de los padres, las madres, familia extensa
y tutores o tutoras para fortalecerlos y prepararlos para una posible reintegración
de la niña, niño y adolescente a un seno familiar que les pueda brindar seguridad,
protección y buen trato.
74
V. REGULACIÓN DE LOS CENTROS DE ASISTENCIA SOCIAL
Los centros de asistencia social cuentan con diversas normativas que atender,
mismas que se encuentran desglosadas con mayor detenimiento en el marco
normativo nacional de este documento. Sin embargo, en este apartado se pone
énfasis en el Modelo de Estándares de Certificación que paralelamente desarrolla
la Procuraduría de Protección en el que desatacan los aspectos del Registro
Nacional de los Centros que establece la Ley General en sus artículos del 110 al
112. Entonces, en materia de regulación, el centro debe atender los 4 aspectos
clave observados por la Procuraduría Nacional de Protección:
Autorización. Se refiere al proceso mediante el cual el Centro obtiene la aprobación para operar, una vez reunidos los requisitos establecidos por la Procuraduría Nacional de Protección y presentados ante la Procuraduría de Protección de la entidad correspondiente.
Registro. En siguiente paso es obtener el acceso al Registro Nacional de Centros de Asistencia Social, que lleva la Procuraduría Nacional de Protección, en coordinación con las Procuradurías de la entidad correspondientes.
Certificación. Es un proceso que implica el acceso a una constancia que evidencia el alcance de ciertos estándares mínimos para la atención de calidad en los centros. Esta certificación se otorga después de reunir una serie de requisitos vinculados a la infraestructura, al enfoque en los servicios de atención, a los procedimientos y a la especialización o capacitación del personal.
Re-certificación. Se trata de un proceso más avanzado en el que el centro de asistencia social muestra consolidación en sus procedimientos y alcance de estándares más altos para la calidad de la atención.
Para mayor información sobre estos temas favor de remitirse al Modelo de Certificación de la Procuraduría Nacional de Protección.
75
VI. CARRERA INSTITUCIONAL DE PROTECCIÓN
El Modelo propone la creación de la Carrera Institucional de Protección, conforme se adquiere la especialización y certificaciones en el tema tanto a nivel individual como a nivel institucional. Para ello se consideran los siguientes aspectos:
1. Especialización en el sistema de protección de niñas, niños y adolescentes. Es decir, que el centro debido al trabajo de su personal pueda verdaderamente probar que tiene el enfoque de derechos y de protección al momento de brindar la atención y que conoce los diversos procedimientos y normas para atender el interés superior de la niñez en casos específicos.
2. Capacitación continua al personal. Para avanzar en la comprensión de la normatividad, regulación, conceptos clave, actualización de procedimientos y estándares de calidad.
3. Actualización en procesos de intervención por áreas. Implica el compartir experiencias, acudir a seminarios y cursos de actualización y la realización de procesos y procedimientos en las diversas áreas, así como la actualización de formatos e instrumentos, pruebas y evaluaciones.
4. Enfoques teóricos. Estos se refieren al conocimiento y dominio del tema de derechos humanos, perspectiva de género, inclusión, no discriminación, derechos de la infancia, condiciones de la niñez en México, teoría de la adolescencia, de educación a niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales, autonomía, auto concepto, agencia, entre otros temas teóricos abordados en el modelo.
5. Asesoramiento en diligencias. Que el personal conozca los distintos procedimientos legales, materiales probatorios, evidencias, y que estas diligencias sean realizadas con apego a los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes, así como de acuerdo al interés superior de la niñez. Se requiere un trabajo de proceder en la protección de derechos sin vulnerar los que ya disfrutan.
6. Socialización de buenas prácticas del centro. Implica la detección, registro, construcción de la exposición y argumento de la buena práctica, para su compartición futura a la Procuraduría de Protección.
7. Desarrollo de modelos de intervención y atención. Ya que cada institución tiene características de atención, infraestructura y población que puede distinguirle, se plantea que deba tener cada una un modelo de intervención o atención acorde a sus necesidades. El presente documento de Modelo Tipo puede considerarse como un insumo para su construcción.
8. Equipo interdisciplinario. Se trata de un equipo sensibilizado y profesional, especializado en el manejo del centro y en la atención a niñas, niños y adolescentes privados de cuidados parentales, que comparten entre sí la atención de los casos y no los ven de manera aislada e individualizada.
9. Capacitaciones de nivelación. Se otorgan al personal que tiene al menos tres años trabajando en el centro y que no cuenta con estudios
76
especializados o título, para el desempeño de sus labores y que la institución considera que cuenta con habilidades probadas y posibilidades de aprender y acceder a una certificación por nivelación.
10. Capacitación de especialización. Éstas se diseñan para personal que colabora en una institución como esta y que requieren avanzar en la profundización de conocimientos y procedimientos sobre el área a la cual dedican sus esfuerzos.
Gráfico 11. Carrera institucional de protección
VII.
77
VII. GLOSARIO
Acciones afirmativas: acciones de carácter temporal, de políticas y prácticas de índole legislativa, administrativa y jurisdiccional que son correctivas, compensatorias y de promoción, encaminadas a acelerar la igualdad sustantiva entre niñas, niños y adolescentes.
Acogimiento residencial: se trata de la recepción de niñas, niños y adolescentes en los Centros de Asistencia Social y se considera el último recurso por el menor tiempo posible dándole prioridad al cuidado en el entorno familiar. Albergue permanente: establecimiento que otorga servicios asistenciales a niñas, niños y adolescentes en situaciones de riesgo continuas.
Adolescentes: se consideran adolescentes a las personas de 12 a 18 años de edad. Cuando exista la duda de si se trata de una persona mayor de 18 años de edad, se presumirá que es adolescente.
Adultocentrismo: se dice de las prácticas y relaciones entre niñas, niños y adolescentes en las que predominan los intereses de los adultos sin atención al interés superior de la infancia.
Albergue permanente: otorga servicios asistenciales a niñas, niños y adolescentes en situación de riesgo y vulnerabilidad de manera continua e ininterrumpida, dependiendo del modelo de atención de cada establecimiento.
Albergue temporal: otorga servicios asistenciales a niños, niñas y adolescentes en desventaja social por tiempo limitado, en tanto se resuelve su situación jurídica, social o familiar.
Agencia: La capacidad que tiene una persona (un agente) de actuar en un mundo.
Atención institucional: servicios asistenciales que, de acuerdo al modelo de atención, se proveen a niñas, niños y adolescentes en establecimientos públicos, sociales o privados.
Atención social comunitaria: servicios asistenciales que, de acuerdo al modelo de atención, provee la comunidad a niños, niñas y adolescentes en espacios que se adecuan para tal efecto.
Asistencialismo: las malas prácticas que en general mantienen una relación clientelar con las poblaciones objeto de servicios públicos y privados disminuyendo su capacidad de incidencia y titularidad de sus derechos.
Asistencia social: el conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las
circunstancias de carácter social que impidan a la persona su desarrollo integral,
así como la protección física, mental y social de personas en estado de necesidad,
desprotección o desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una
vida plena y productiva.
78
Asistencia social alimentaria: las acciones temporales de asistencia social,
consistentes principalmente en ayuda alimentaria, orientación alimentaria y
fomento a la producción de alimentos, dirigidas a contribuir a aminorar las
circunstancias que incrementan la vulnerabilidad de un grupo de personas.
Ayuda alimentaria: la acción de proporcionar alimentación complementaria a
grupos de población que no satisfacen sus necesidades alimentarias en cantidad y
calidad, acorde a las características de una alimentación correcta.
Capacidad instalada: es la cantidad de personas residentes que un centro de asistencia social puede albergar durante un período de tiempo determinado, teniendo en cuenta todos los recursos disponibles, sea los equipos de producción, instalaciones, recursos humanos, tecnología, experiencia y conocimientos, etc.
Casa cuna: servicios asistenciales a niños y niñas de cero meses y hasta seis años de edad cumplidos, con la posibilidad de ampliar el rango de edad en casos especiales, de acuerdo con su modelo de atención.
Casa hogar: servicios asistenciales a niñas, niños y adolescentes de ambos sexos de 6 años y hasta cumplir 18 años de edad, en casas mixtas o por sexo, con la posibilidad de modificar el rango de edad, de acuerdo a su modelo de atención.
Casa hogar para menores de edad: establecimiento de asistencia social que proporciona alojamiento, alimentación y otros servicios a menores de edad en situación de orfandad (de padres conocidos o desconocidos), desamparo o abandono. También se conoce como orfanatorio, orfanato, orfelinato, hospicio y casa cuna, entre otros. Incluye a los alojamientos que atienden a menores de edad que, aun cuando cuentan con padres o tutores, requieren de estos lugares para recibir cuidados o atención, ya sea la mayor parte de la semana o de manera continua.
Centro: centro de asistencia social.
Centro de asistencia social: consiste en los establecimientos de instituciones públicas, privadas y asociaciones que brindan cuidado alternativo o acogimiento residencial a niñas, niños y adolescentes.
Comité: Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas.
Derechos humanos: son la traducción jurídica de los valores básicos de las personas. Son el conjunto de reglas escritas por el Congreso de la Unión que mandan, prohíben o permiten ciertas conductas para asegurar que haya una buena convivencia humana.
Son una forma de poner un alto a los abusos del poder porque evitan que las autoridades y el resto de las personas impidan injustamente que las personas lleven a cabo su plan de vida.
79
Derechos humanos de niñas, niños y adolescentes: son un conjunto de normas de derecho internacional que protegen a las personas desde su nacimiento hasta los 18 años de edad.
Son las acciones que hacen y disfrutan todos los días y que son necesarias para su desarrollo como alimentarse, ir a la escuela, jugar, hacer deporte, decir lo que piensa, ir al médico, vivir en familia, recibir cuidado y protección para asegurar que tenga un desarrollo saludable.
Desarrollo de niñas, niños y adolescentes: concepto holístico que abarca el desarrollo físico, mental, espiritual, moral, psicológico y social del niño.
Diagnóstico diferencial: es el procedimiento por el cual se identifica una determinada enfermedad, entidad nosológica, síndrome, lesión o cualquier estado de salud o enfermedad mediante la exclusión de otras posibles causas que presenten un cuadro clínico semejante al que el paciente padece.
Directriz: pluralidad de instrucciones o normas generales para la ejecución de programas, convenciones, protocolos, acuerdos o tratados internacionales.
Enfoque basado en los derechos humanos: se trata del enfoque centrado en los grupos de la población que son objeto de una mayor marginación, exclusión y discriminación.
Enfoque de género: se trata de la perspectiva que reconoce las necesidades específicas de las mujeres y evidencia la exclusión sistémica de la que han sido objeto, con la intención de resarcir, proteger y promover los derechos de las mujeres frente a relaciones de poder que las marginan y vulneran sus derechos.
Enfoque de protección de la infancia: forma parte de los compromisos de la UNICEF estipulados en los Objetivos de Desarrollo del Milenio y versa sobre la necesidad de incorporar los sistemas de protección de la infancia en situaciones de vulnerabilidad multifactorial. El enfoque busca prevenir y dar respuesta a la explotación y abuso a lo largo de todo el ciclo de la vida de niñas, niños y adolescentes.
Estancia infantil: espacio en el que se brindan servicios asistenciales de atención social comunitaria a niños y niñas desde los cero hasta los cinco años 11 meses, de acuerdo con el modelo de atención.
Expediente administrativo: Conjunto ordenado de documentos que integran la información personal de los niños, niñas y adolescentes, de acuerdo al modelo de atención
Familia de acogida: aquélla que cuente con la certificación de la autoridad competente y que brinde cuidado, protección, crianza positiva y la promoción del bienestar social de niñas, niños y adolescentes por un tiempo limitado hasta que se pueda asegurar una opción permanente con la familia de origen, extensa o adoptiva.
Familia de acogimiento preadoptivo: aquella distinta de la familia de origen y de la familia extensa que acoge provisionalmente en su seno niñas, niños y
80
adolescentes con fines de adopción, y que asume todas las obligaciones en cuanto a su cuidado y protección, de conformidad con el principio de interés superior de la niñez.
Familia extensa o ampliada: aquélla compuesta por los ascendientes de niñas, niños y adolescentes en línea recta sin limitación de grado, y los colaterales hasta el cuarto grado.
Familia de origen: aquélla compuesta por titulares de la patria potestad, tutela, guarda o custodia, respecto de quienes niñas, niños y adolescentes tienen parentesco ascendente hasta segundo grado.
Grupo de riesgo: conjunto de personas en situación de vulnerabilidad derivada de causas socioeconómicas, fisiológicas, patológicas, culturales, condiciones de emergencia o desastre natural. Se consideran como grupos de riesgo a las personas que se encuentran en situación de calle, la población indígena, las niñas, niños y adolescentes, las mujeres embarazadas o en período de lactancia, las personas migrantes y las personas con alguna discapacidad, así como las y los adultos mayores
Guardería: Brinda servicios asistenciales de atención institucional a niños y niñas desde los cero hasta los cinco años 11 meses, de acuerdo con su modelo de atención.
Igualdad sustantiva: el acceso al mismo trato y oportunidades para el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales.
Informe sombra: elaborados por organizaciones civiles para los comités de supervisión de tratados internacionales en derechos humanos, permiten a dichos comités revisar información, estadísticas, metodologías y formas de incumplimiento o consecución por parte de los Estados. Estos informes a veces difieren de lo que los Estados han presentado ante los comités, y ayudan a tener información no manipulada o censurada sobre violaciones a los derechos humanos por parte de los Estados.
Interés superior de la niñez: Es garantizar a niñas, niños y adolescentes, sin distinción alguna, el disfrute pleno y efectivo de todos los derechos reconocidos por la Convención de los Derechos del Niño.
Son todas las medidas concernientes a niñas, niños y adolescentes que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, en las que una consideración primordial será el interés superior de niñas, niños y adolescentes (Artículo 3.1 del Código de la Niñez y la Adolescencia, citado en Payssé 2012: 54).
Conjunto de acciones y procesos dirigidos a garantizar un desarrollo integral y una vida digna a niñas y niños, el cual abarca el desarrollo psicofísico, cognitivo y afectivo, y contempla también las condiciones materiales para lograr su máximo beneficio.
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Internado: servicios asistenciales a niñas, niños y adolescentes de acuerdo con las características y necesidades de su ámbito familiar, conforme al modelo de atención en sus diferentes horarios.
Manual de organización: documento que describe el procedimiento y las funciones de cada una de las unidades administrativas que integran la estructura de la Dirección General de Regularización de los Centros de Asistencia Social, y que señala los puestos, atribuciones y funciones, así como la relación que existe entre ellos.
Manual de procedimientos: documento que señala en forma metódica las operaciones que cronológicamente se siguen en la realización de cada una de las tareas asistenciales para las cuales fue creado un Centro de Asistencia Social.
Modelo de atención y protección integral de los Centros de asistencia social para niñas, niños y adolescentes: propuesta metodológica para regular el funcionamiento y organización de los centros, a fin de garantizar el pleno ejercicio, respeto, protección y promoción de los derechos de niñas, niños y adolescentes privados del cuidado familiar o parental que residen ahí.
Niñas y niños: se consideran niñas y niños a las personas menores de doce años. En caso de que exista duda acerca de su edad, se les tratará como niñas y niños.
Niñas, niños y adolescentes con necesidades especiales: son quienes padecen de alguna enfermedad crónica o enfrentan una situación determinada que afecta o limita su capacidad para desarrollar actividades propias de su edad, y por lo cual requieren de cuidado y atención más frecuente y especializada. Entre las necesidades especiales se encuentran tipificadas el autismo, la depresión infantil, la dislexia, la esquizofrenia infantil, la hiperactividad infantil, el labio leporino, las fobias, las alergias, el asma, el cáncer, el VIH/sida, la diabetes, la ceguera, la sordera, la sordomudez y tartamudez, la obesidad infantil, el paladar hendido, el síndrome de Down, el abuso y violación sexual, la deficiencia cognitiva, la paraplejia y cuadriplejia, la parálisis cerebral y las amputaciones, entre otras.
También, deben considerarse como factores de riesgo el nacimiento prematuro o con bajo peso, problemas de vista y oído, exposición prenatal a drogas, alcohol o tabaco, mala nutrición o dificultad al comer, exposición a sustancias tóxicas y factores ambientales, así como el maltrato y el abandono.
Objeción de conciencia: es la negativa a acatar órdenes o leyes o a realizar actos o servicios invocando motivos éticos o religiosos. Desde una ética racional que considera que el individuo debe responder en primer lugar al tribunal de la
propia conciencia, la objeción de conciencia se define como un derecho subjetivo a
resistir los mandatos de la autoridad cuando contradicen los propios principios morales.
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Observación participante: es una técnica de observación y de recolección de
información utilizada en las ciencias sociales, sobre todo en la antropología, en donde la persona que investiga comparte con las personas investigadas (objetos
de estudio según el cánon positivista) su contexto, experiencia y vida cotidiana,
para conocer directamente toda la información que poseen sobre su propia realidad, o sea, pretender conocer la vida cotidiana de un grupo desde el interior del mismo.
Durante el proceso de investigación, para recolectar la información, la persona que investiga debe seleccionar el conjunto de informantes, a quienes, además de observar e interactuar con ellos, puede conocer utilizando técnicas como la entrevista, la encuesta, la revisión de documentos y el diario de campo o cuaderno de notas en el cual escribe las impresiones de lo vivido y observado, para poder organizarlas posteriormente.
Procuradurías de protección: la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y las procuradurías de protección de niñas, niños y adolescentes de cada entidad federativa.
Pro-persona: la aplicación del principio pro-persona consiste en que la interpretación y aplicación de normas lleve a la protección eficaz de las personas, atendiendo a la naturaleza de los derechos humanos.
Residente: persona que recibe alojamiento y otros servicios por parte del establecimiento de asistencia social en el momento del levantamiento, independientemente de la nacionalidad, la fecha de ingreso, el tiempo de permanencia o de que tenga otro lugar de residencia.
Restitución de derechos: se entiende el acto en virtud del cual la persona impartidora de justicia ordena la realización de las acciones necesarias para que los derechos de una niña, niño o adolescente vuelvan al estado que tenían con anterioridad a su vulneración e inclusive para que puedan garantizarse ciertos derechos que en la circunstancia anterior no lo estaban.
Revictimización: Se refiere a un patrón en el que la víctima tiene una tendencia significativamente mayor de ser víctima nuevamente. Se entiende como la experiencia que victimiza a una persona en dos o más momentos de su vida, es decir, la suma de acciones u omisiones que generan en la persona un recuerdo victimizante.
Como acciones de prevención a la revictimización se encuentran el acompañamiento terapéutico, la reconstrucción de redes sociales, la elaboración de diagnósticos y las acciones de orientación, así como actividades a largo plazo que impliquen el restablecimiento de los derechos de las víctimas.
Sistema APPCC (o HACCP por sus siglas en inglés): Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control, es un proceso sistemático preventivo para garantizar la inocuidad alimentaria en la industria de los alimentos, de forma lógica y objetiva. Consiste en identificar, evaluar y prevenir todos los riesgos de contaminación de los productos a nivel físico, químico y biológico a lo largo de todos los procesos de
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la cadena de suministro, estableciendo medidas preventivas y correctivas para su control tendiente a la inocuidad.
Sistemas de protección de la infancia: se trata de las medidas organizadas desde instancias públicas, privadas y de asociaciones que tratan de abordar todos los factores de riesgo que amenazan la vida de niñas, niños y adolescentes, y de sus familias.
Tratados internacionales: los tratados internacionales vigentes en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes de los que el Estado mexicano sea parte.
Victimización secundaria: las características y condiciones particulares de la víctima no podrán ser motivo para negarle su calidad. El Estado tampoco podrá exigir mecanismos o procedimientos que agraven su condición ni establecer requisitos que obstaculicen e impidan el ejercicio de sus derechos ni la expongan a sufrir un nuevo daño por la conducta de los servidores públicos.
Violación de derechos humanos: todo acto u omisión que afecte los derechos humanos reconocidos en la Constitución o en los Tratados Internacionales, cuando el agente sea servidor público en el ejercicio de sus funciones o atribuciones o un particular que ejerza funciones públicas. También, se considera violación de derechos humanos cuando la acción u omisión referida sea realizada por un particular instigado o autorizado, explícita o implícitamente, por un servidor público, o cuando actúe con aquiescencia o colaboración de un servidor público.
Visita de supervisión: el acto jurídico administrativo por medio del cual la Procuraduría Federal supervisa el desempeño de los Centros de Asistencia Social. Vulnerabilidad: condición multifactorial que se refiere a situaciones de riesgo o discriminación que atentan contra el interés principal de niñas, niños y adolescentes.
Siglas y acrónimos
ACNUR: Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados.
CDN: Convención de los Derechos del Niño.
CNA: Código de la Niñez y la Adolescencia.
CNPSACDII: Consejo Nacional de Prestación de Servicios para la Atención,
Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.
CPEUM: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
DIF: Desarrollo Integral de la Familia.
DDHH: Derechos Humanos.
DHNNA: Derechos Humanos de Niñas, Niños y Adolescentes.
DOF: Diario Oficial de la Federación.
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INEA: Instituto Nacional para la Educación de los Adultos.
INEGI: Instituto Nacional de Estadísticas y Geografía.
LAS: Ley de Asistencia Social.
LFPED: Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
Ley General: Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.
LGPSACDII: Ley General de Prestación de Servicios, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.
LGS: Ley General de Salud.
LGV: Ley General de Víctimas.
LRPCAP: Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político
NNA: Niñas, Niños y Adolescentes.
NOM: Norma Oficial Mexicana.
NOM-032: Norma Oficial Mexicana NOM-032-SSA3-2010, Asistencia Social. Prestación de servicios de asistencia social para niñas, niños y adolescentes en situación de riesgo y vulnerabilidad.
ONU: Organización de las Naciones Unidas.
PFPNNA: Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.
PGJ: Procuraduría General de Justicia.
PND: Plan Nacional de Desarrollo.
PONAS: Programa Nacional de Asistencia Social.
R Ley General: Reglamento de la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.
SIVEPAL: Sistema de Vigilancia Epidemiológica para Accidentes y Lesiones.
SNDIF: Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
TDA: Trastorno de Déficit de Atención.
TDAH: Trastorno de Déficit de Atención con Hiperactividad.
UNICEF: Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura.
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