MANUAL DE CONVIVENCIA ANEXO 3 - …colpreocana.edu.co/docs/38.pdf · En 1969 se pone la primera...

63
INSTITUCION EDUCATIVA COLEGIO LA PRESENTACION OCAÑA MANUAL DE CONVIVENCIA ANEXO 3 Ocaña, agosto 24 de 2016

Transcript of MANUAL DE CONVIVENCIA ANEXO 3 - …colpreocana.edu.co/docs/38.pdf · En 1969 se pone la primera...

INSTITUCION EDUCATIVA

COLEGIO LA PRESENTACION – OCAÑA

MANUAL DE CONVIVENCIA

ANEXO 3

Ocaña, agosto 24 de 2016

2

INSTITUCIÓN EDUCATIVA COLEGIO LA PRESENTACIÓN OCAÑA

MANUAL DE CONVIVENCIA

CAPÍTULO I

NATURALEZA JURÍDICA, DIRECTRICES GENERALES, HORIZONTE INSTITUCIONAL,

CONCEPCIÓN FILOSÓFICA

IDENTIFICACIÓN DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

FUNDACIÓN COLEGIO PRIVADO Octubre 25 de 1889 – Ordenanza 005 de 26/07/1888

PASA A SER COLEGIO OFICIAL: Resolución 4695 de 16 de diciembre de 1964

NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN: IE. COLEGIO LA PRESENTACIÓN

PROPIETARIO: Departamento Norte de Santander

DIRECCIÓN: Transversal 30 calle 12 B Barrio Buenos Aires

TELÉFONO: 5611270

FAX: 5613777

E-MAIL: [email protected]

SITIO WEB: www.colpreocana.edu.co

NIT: 890.501.738-6

CARÁCTER: Oficial

NIVELES: Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria y Media Académica. CALENDARIO: A

JORNADA: Diurna

MODALIDAD: Bachillerato académico

LEGALIZACIÓN DE ESTUDIOS: Resolución de aprobación No. 004444 del 14 de noviembre de 2008

ASOPADRES: Personería Jurídica 033 del 27 de marzo de 1985

NIT: NÚCLEO DE DESARROLLO EDUCATIVO: 048

CÓDIGO ICFES: 012500

CÓDIGO DANE: 154498000069

No. De Sedes 03

3

RESOLUCIÓN RECTORAL

RESOLUCIÓN RECTORAL 07 agosto 29 de 2016

Por la cual se adopta el Reglamento Escolar o Manual de Convivencia de la IE Colegio la Presentación de Ocaña, NS.

La Rectora de la IE Colegio La Presentación Ocaña en uso de sus atribuciones y

CONSIDERANDO

1. Que el artículo 87 de la Ley 115 de 1994 establece que todos los establecimientos educativos

tendrán un Reglamento Escolar o Manual de Convivencia.

2. Que el literal c) del artículo 144 de la Ley 115 de 1994, reglamentado por el literal c) del artículo

23 del Decreto 1860 de 1994 señala como función del Consejo Directivo la adopción del

reglamento escolar o Manual de Convivencia de conformidad con las normas vigentes.

3. Que el numeral 7 del artículo 4 del Decreto 1860 de 1994 incluye como parte del Proyecto

Educativo Institucional (PEI) el reglamento escolar o Manual de Convivencia

4. Que el artículo 17 del Decreto 1860 de 1994, reglamentario de la Ley 115 de 1994, establece

algunos aspectos que debe contener el Reglamento Escolar o Manual de Convivencia y la

jurisprudencia de la Honorable Corte Constitucional le asigna al mismo el carácter de la fuerza

jurídica vinculante.

5. Que al Reglamento escolar o Manual de convivencia del colegio es preciso efectuarle revisiones

periódicas con el fin de ajustarlo a las necesidades de la comunidad educativa.

6. Que en los últimos años ha sido derogadas algunas normas y reemplazadas por otras

regulaciones, lo que hace urgente el acompañamiento normativo del Reglamento Escolar o

Manual de Convivencia en materia jurídica y procedimental

7. Que directivos docentes, docentes, estudiantes y padres de familia realizaron las sugerencias

que consideraron pertinentes para una sana y eficaz convivencia entre los miembros de la

comunidad educativa.

8. Que las propuestas de la reforma han sido puestas a consideración, deliberación y consenso de

los diferentes estamentos de la comunidad educativa.

9. Que el Consejo Directivo ha estudiado y aprobado los ajustes al reglamento escolar o Manual

de Convivencia, según la ley 1620 de 2013, su decreto reglamentario 1965 del mismo año y

presentado para su adopción,

RESUELVE

Artículo Primero. Adoptar el Reglamento escolar o Manual de Convivencia para la IE Colegio La

Presentación Ocaña, como marco de referencia que rige el proceder de la comunidad educativa

luego de su revisión y estudio por parte de los diferentes estamentos de la comunidad educativa,

de su aprobación y adopción por parte del Consejo Directivo, acuerdo número 006, en reunión el

día 24 agosto de 2016, conforme a las normas anteriormente citadas.

4

Artículo Segundo. – De conformidad con el artículo 87 de la Ley 115 de 1994, los padres o

acudientes y las estudiantes, al firmar la matrícula correspondiente, aceptarán el contenido del

presente Reglamento escolar o Manual de Convivencia en su totalidad.

Artículo Tercero. – El Reglamento escolar o Manual de Convivencia que se adopta está contenido

en documentos que se adjuntan los cuales hacen parte integrante de la presente resolución.

Artículo Cuarto. – Promulgar y entregar copia del Reglamento Escolar o Manual de Convivencia a

todos los miembros de la comunidad educativa de modo que sea ampliamente conocido.

Artículo Cinco. – Derogar el anterior Reglamento Escolar o Manual de Convivencia

Artículo Sexto. – El presente Reglamento Escolar o Manual de Convivencia empieza a regir a

partir de la fecha.

Dado a los 24 días del mes de agosto de 2016

COMUNIQUESE Y CUMPLASE

HNA. MARTHA GONZALEZ PELAYO

Rectora

5

PRESENTACIÓN

El presente Reglamento o Manual de Convivencia es fruto de la participación activa de toda la

comunidad educativa. Se convierte para todos los estamentos que la integran, en norma de vida y

en exigencia permanente de responsabilidad.

La Constitución Política de Colombia en su artículo 41, establece que "En toda Institución

Educativa se fomentarán prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de

la participación ciudadana".

El artículo 67 de la Constitución Política de Colombia dice: "La educación formará al colombiano en

el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia y en la práctica del trabajo y la

recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del medio

ambiente".

En el parágrafo 1 del Artículo 29 del Decreto 1965 dice: “Acorde con lo establecido en la Ley 115

de 1994, en el artículo 21 de la Ley 1620 de 2013 y en el Decreto 1860 de 1994, los

establecimientos educativos en el marco del proyecto educativo institucional deberán revisar y

ajustar el manual de convivencia y dar plena aplicación a los principios de participación,

corresponsabilidad, autonomía, diversidad e integralidad que establece la Ley 1620 de 2013; y en

el Parágrafo 2 dice: “El manual de convivencia deberá ser construido, evaluado y ajustado por la

comunidad educativa integrada por los estudiantes, padres y madres de familia, docentes y

directivos docentes, bajo la coordinación del comité escolar de convivencia”.

El Colegio es el lugar privilegiado para la convivencia de una comunidad educativa que tiene, a su

vez, derechos y deberes que conocer, aceptar, respetar y cumplir. La educación como derecho-

deber impone a las estudiantes la posibilidad del ejercicio de sus prerrogativas constitucionales y

legales pero también, el conocimiento, la aceptación, el respeto y el cumplimiento de las normas

institucionales y de las obligaciones que su carácter de miembros de la comunidad educativa les

impone. Para favorecer un ambiente de paz y de respeto se hace necesario implementar

mecanismos de detección temprana, acción oportuna, acompañamiento y seguimiento a casos de

acoso escolar. (Sentencia T- 478 de 2015)

Nuestra educación parte de un proyecto educativo, institucionalmente cristiano - católico, dirigido a

la formación integral y la construcción de la identidad cultural. Por él han optado los padres de

familia, quienes han ejercido el derecho de libertad de enseñanza consagrado en la Carta Magna.

6

CAPITULO I, IDENTIDAD DE LA INSTITUCION EDUCATIVA

ARTÍCULO 1. HISTORIA

Primer Colegio femenino de Enseñanza Secundaria, fundado en Ocaña en 1889, cuando la ciudad

formaba parte del Estado de Santander, y estaba gobernado por el general GUILLERMO

QUINTERO CALDERÓN. El Presbítero Anaya y Rubio con la colaboración de JUAN B. TOVAR

que regía los destinos de Ocaña solicitaron al Gobernador unas religiosas para que se encargaran

de la Educación de las Señoritas de la ciudad.

El general acató la idea afirmando que las jóvenes no sólo necesitaban recibir las ciencias sino que

era necesario cultivar la virtud y prepararse para una vida digna.

Tras múltiples gestiones y con la participación del obispo de Santa Marta JOSE ROMERO y la

Superiora General de las hermanas de la comunidad Dominicas de la Presentación MARIE

JOSEPHA acepta enviar religiosas para fundar el Colegio.

Las religiosas María Emma Lucía, Ana Manuela y María Dosithee, esta última primera Rectora del

Colegio, salen de Bogotá, a lomo de mula el 17 de febrero de 1889. Después de 35 días de

camino (marzo 4) llegan a la CRUZ y se quedan allí (hoy Abrego) hasta que terminara la epidemia

de fiebre amarilla que azotaba a la ciudad de Ocaña.

El 18 de Octubre de 1889 las religiosas suspenden la misión que habían iniciado en la CRUZ y

entran por la Piñuela a la ciudad de Ocaña, donde el párroco Anaya y Rubio, Don Juan B. Tovar y

una gran multitud de gente les dan una calurosa bienvenida.

El 26 de octubre del mismo año, se inicia felizmente el Colegio de la Presentación, con 40 niñas en

una casona del Barrio Llano Echávez.

En 1899 diez años después, se trasladan al local donde funcionaba El Colegio de Varones,

contiguo al Templo de San Francisco.

En 1964 por asuntos económicos y la dificultad en el pago de las pensiones el Colegio deja de ser

institución Privada y pasa a ser Colegio oficial de propiedad del Departamento, según Resolución

No.4695 del 16 de diciembre del año antes mencionado. Era entonces, Rectora del Colegio Hna.

Cecilia Inés.

En 1969 se pone la primera piedra de una nueva planta física y en 1974 la sección de Bachillerato

se traslada a las actuales instalaciones en el barrio La Primavera En este momento la Hna. María

Cecilia Torres era la Rectora del Colegio.

En 1984 la Superiora Provincial de Bucaramanga, Hna. Julia de la Sagrada Familia decide retirar

las hermanas del colegio, pero después de una fuerte insistencia de la ciudadanía envía a la

hermana Teresa Consuelo, como rectora y Hna. Griselda Ortiz, catequista, quienes se integran a la

Comunidad Local de las Hermanas de la Presentación que laboran en la Escuela Normal de

Señoritas, en el barrio El Llano.

En octubre de 1989 la Comunidad Educativa del Colegio celebra con esplendor los 100 años de

existencia, estando como rectora la Hna. Irene Salazar Ramírez. Un año después se inicia la

construcción de la Planta Administrativa que fue casi terminada en el primer semestre de 1994 por

7

la Hna Cecilia Páez Espinosa. En el segundo semestre de este mismo año, el Supervisor Sr.

Jerónimo Rincón asume funciones de rector.

En 1995 asume la rectoría del Colegio está la Hna. Emma Rosa Illidge Charris, quien logró

adelantos significativos para mejorar la calidad educativa, administrativa y física de la Institución,

encerramiento del colegio, construcción del aula múltiple, elaboración del P.E.I. y el manual de

convivencia.

El 30 de septiembre de 2002 se fusiona la Escuela Llanadas No. 2 y se crea la IE Colegio La

Presentación, conformada por tres sedes: Colegio La Presentación, Anexa a la Presentación y

Escuela Llanadas No. 2. Se hacen ajustes al PEI y al manual de Convivencia. En este año se inicia

la educación mixta con 23 niños en la Anexa a la Presentación y 4 en la Sede principal.

En Enero del año 2005 la Hermana Martha González Pelayo, asume la rectoría del Colegio, quien

continúa liderando la buena marcha de la Institución Educativa, se mejora la calidad de la

educación, los resultados de las pruebas SABER, la cobertura, trabaja con el comité de calidad, el

PEI, el PMI se resignifican con las orientaciones de la SED, y se impulsan de los proyectos

transversales, las Tics y la investigación.

Desde el año 2011, la institución se mantiene ubicada dentro de las mejores instituciones

educativas del departamento Norte de Santander, con un nivel MUY SUPERIOR en la prueba

SABER 11. La comunidad de las Hnas. de la Presentación, orientan desde su filosofía, principios y

valores y el Carisma de Marie Poussepin, la educación personalizada, y forma personas

comprometidas con la construcción de un mundo más justo, solidario y fraterno con las

enseñanzas del Evangelio.

A través de su historia el colegio ha otorgado los siguientes títulos:

Instrucción suficiente (1936 – 1946)

Comercio Superior (1947 – 1950)

Experta en Comercio (1951 – 1957)

Técnico en Comercio (1958 – 1963)

Bachillerato Académico (1964 – 1996)

Bachiller Académico con énfasis en Ciencias Naturales (1997 -2015)

8

Artículo 2: HORIZONTE INSTITUCIONAL

a. Misión: La Institución Educativa oficial, Colegio La Presentación de Ocaña, orientada por los principios pedagógicos de Marie Poussepin, propicia a sus educandos una formación de alta calidad académica, integral, humanista de inspiración cristiana católica, basada en el respeto, la responsabilidad, la justicia, la solidaridad, la honestidad y los fundamentos básicos de la educación personalizada, para que sean agentes transformadores de su realidad socio – cultural.

b. Visión:

Llegar a ser una Institución Educativa líder en la formación integral de sus educandos, con alta calidad humana, cristiana católica y académica, capaces de vivir en procesos constantes de autoformación, que nos permita trascender en los contextos regional y nacional con gran sentido social. c. Metas institucionales: Al finalizar el año 2020 la IE tendrá un alto porcentaje de personas formadas con gran calidad humana, académica, cristiana que respondan a las necesidades del contexto y generen cambios favorables para sí mismos y la sociedad. Al finalizar el año 2020 toda la Comunidad Educativa estará implicada en la cultura del cuidado y conservación del medio ambiente. Vivir en la IE un clima escolar que fortalezca el respeto por la diferencia, la educación en y para la paz, el desarrollo de las competencias ciudadanas y laborales. d. Principios fundamentales de convivencia La Persona es el centro del proceso educativo, sujeto de deberes y derechos, que enaltecen la

dignidad humana. De los Bienes Institucionales. Los recursos de la institución son de bien común, siendo objeto

de buen uso, cuidado, conservación, mantenimiento y responsabilidad de quien los tiene a su cargo, debiendo responder del bien en caso de pérdida o daño.

De la Propiedad Privada. Estamos en la obligación de cuidar nuestras pertenencias y no atentar contra los bienes de los demás.

Del Ambiente. Entendemos que nosotros somos parte de la naturaleza y que sólo cuidándola garantizamos nuestra supervivencia.

Quehacer. Nuestro quehacer está fundamentado en el respeto, la responsabilidad, el compromiso y el crecimiento persona.

Artículo 3: MARCO FILOSÓFICO INSTITUCIONAL. Se enfoca en la cosmovisión antropológica, educativa, sociológica, pedagógica y epistemológica. a. Desde la antropología asume al ser humano como persona, con dimensiones biofísica,

cognitiva, comunicativa, ética, estética-espiritual, inacabada, abierta y trascendente de sí mismo, de los otros y del mundo hacia un ser ABSOLUTO “DIOS”, en Jesucristo.

b. La educación integral es la acción de dar forma, a las dimensiones del ser humano por la relación interpersonal, el compartir el conocimiento, la transmisión de costumbres, valores, acciones, sentimientos y actitudes; generando así, un proceso de socialización de las personas, familias, instituciones hasta llegar a una conciencia cultural regional y nacional.

9

La Formación en competencias básica es fundamental en la escuela, como el respeto y defensa de los Derechos humanos, exige el desarrollo de habilidades y conocimientos necesarios para la orientación y regulación pacífica de la convivencia en condiciones de respeto a la dignidad humana. Convivencia y paz, participación y responsabilidad democrática y pluralidad, identidad y valoración de las diferencias, son las competencias que necesitamos desarrollar en Colombia para ser competentes socialmente. En éste contexto, competencia es la Habilidad de las personas para establecer relaciones sociales y humanas de calidad, fundamentadas en el cariño, la empatía, la tolerancia, la solidaridad y el respeto por los demás. Es la vía para el ejercicio pleno de la ciudadanía; propicia la capacidad y disposición para liderar y tomar parte en procesos de: toma de decisiones colectivas y participativas, Construcción de normas y reglas justas para conseguir fines comunes; formulación y mantenimiento de acuerdos entre personas o grupos.

c. La sociología nos hace comprender que la sociedad es el escenario propio del ser humano, donde éste expresa, vive y se recrea. Constituido por el juego de intereses y relaciones que se convierten en el entramado propio del quehacer diario por los roles y la organización a nivel de grupo o instituciones que esto supone.

d. La pedagogía es elemento importante en la labor de nuestra Institución, es entendida como la reflexión de la acción educativa para interpretarla, comprenderla y transformarla. Tiene su centro en el acto pedagógico, que es la relación que tiene el docente con el estudiante mediante la información y el conocimiento.

e. La epistemología: nos recuerda que el conocimiento es una tarea esencial para el hombre y hace parte del desarrollo integral del individuo, se realiza por un proceso donde el sujeto tiene una relación con el objeto mediante unos conceptos y que la escuela es el lugar privilegiado para acceder a este bien de la humanidad; en la era del conocimiento y las comunicaciones el uso de las Tics Tecnología de la información y las comunicaciones es a la vez objeto y medio de aprendizaje.

Artículo 4: OBJETIVOS a. Objetivo General Acompañar a los estudiantes en el proceso de su desarrollo en un ambiente de autonomía, creatividad, responsabilidad y participación para que cada uno alcance su formación integral. b. Objetivos Específicos Propiciar un ambiente de relaciones humanas cordiales, donde cada persona se sienta respetada y valorada. Fortalecer los valores fundamentales, para la convivencia pacífica, democrática, participativa y pluralista. Favorecer el desarrollo de las dimensiones biofísica, cognitiva, comunicativa, estética y trascendente en cada uno de los estudiantes.

10

Artículo 5. SÍMBOLOS Y DISTINTIVOS PRESENTACIÓN La Bandera: El blanco simboliza la transparencia, claridad y paz que debe distinguir a una o un estudiante Presentación. El azul simboliza la sencillez y la profundidad que debe distinguir a una o un estudiante Presentación.

El Escudo Un pequeño círculo con fondo azul: esculpida en él la pequeña abeja

dorada y enmarcado en una decena del rosario. El fondo azul del disco simboliza para los estudiantes de la Presentación,

la armonía y la sencillez que debe distinguirla y distinguirlo. La pequeña abeja dorada es el símbolo del trabajo constante, discreto,

constructor y de hondo sentido social. El rosario que la enmarca, representa la piedad que debe inspirar la vida

de una o de un estudiante Presentación, y sobre todo el vínculo que le une con la Virgen María, Reina y Madre de la Presentación

Himno de la Presentación Coro: En espíritu todos unidos en abrazo fraterno de amor, fresca savia de tronco robusto ueño azul de la Presentación.

De ideales conquista gloriosa, Codiciándolo está el corazón, cual cosecha de estrellas fulgentes y trigales en constelación.

Nuestras almas cual linfas bullentes sean cáliz de todo sabor, ritmo alegre y eterno que late al latir de la Presentación.

Juventud animad nuestro brazo nuestro pecho se enciende en ardor y marchemos las manos unidas como hermana y hermano hasta Dios

En panales de amor libar puedan corazones piedad y virtud, cuando posen su planta en el mundo en sus huellas florezca la luz.

Todo alumno entronice en su vida esta sola palabra verdad, sencillez el crisol de sus obras y el camino de su integridad. Del deber en el yunque sagrado el trabajo también redentor puede hacer nuestra vida fecunda para darla y servir la hizo Dios.

Tras las huellas que suben al templo coloquemos del alma una flor Ella guía, modelo y ejemplo y tras ella la Presentación.

11

Artículo 6: UNIFORMES Los uniformes que deben ser portados con dignidad y decoro son los siguientes: a. UNIFORME DE GALA

Uniforme de gala para las estudiantes: Falda de cuadros, (la misma del uniforme de diario), con un largo hasta la rodilla y lleva adelante y atrás un pliegue tabla y tres encontrados a los lados. Correa azul oscura con hebilla metálica. Camisa blanca de velo crepé, manga larga con puños estilo mancorna, cuello camisa, los botones van invisibles. Un cordón azul oscuro que viene desde el cuello anudado con la medalla Presentación en la parte de adelante y termina en puntas doradas. Medias veladas. Chaleco del uniforme de diario. Zapatos cerrados de tacón 3.5, color azul oscuro, punteados en su contorno.

Uniforme de gala para los estudiantes: Blazer azul oscuro, pantalón clásico azul oscuro, correa negra, camisa blanca de manga larga, corbata azul oscura, zapatos de cuero negros con cordón y medias azules oscuras. b. UNIFORME DE DIARIO

Uniforme de diario para las estudiantes Falda de cuadros, con un largo hasta la rodilla y lleva adelante y atrás un pliegue tabla y tres encontrados a los lados. Correa azul oscura con hebilla metálica. Camibuso blanco, con cuello y mangas en resorte cuyo terminado es en tejido con pespunte azul oscuro. Chaleco en lino azul oscuro, forrado y con las iniciales CP en la parte izquierda bordadas con hilos blancos. Media colegiala blanca lisa. Zapatos colegiales, azules oscuros. Si hace frío las estudiantes llevarán un saco blanco o azul oscuro, sin adornos o estampado.

Uniforme de diario para los estudiantes Pantalón clásico azul oscuro, correa negra, camibuso blanco, con cuello y mangas en resorte cuyo terminado es en tejido con pespunte azul oscuro y lleva el escudo de la Presentación al lado izquierdo. Zapato negro clásico de cordón y medias azules oscuras a media pierna.

c. UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA

Uniforme de educación física para las estudiantes

Buzo combinado blanco y azul celeste en la parte de adelante, y azul en la parte de atrás, con cuello redondo y acabado en resorte. El buzo lleva un resorte en su parte inferior y en la mangas. En la parte de adelante del buzo lleva el escudo de la Presentación, bordado y las letras Col Presentación Ocaña. Sudadera azul celeste, de bota recta, con el nombre Presentación bordado en blanco, colocado en forma vertical en la parte derecha del pantalón. A cada lado lleva un vivo de color blanco. Tenis blancos con cordón, y llevan el escudo de la Presentación al lado; medias blancas lisas a media pierna. Nota: Cuando hace frío las estudiantes usarán un saco blanco.

12

Uniforme de Educación Física para los estudiantes Sudadera azul oscura con bota recta y un vivo amarillo a los lados. Camibuso blanco, con cuello y mangas en resorte cuyo terminado es en tejido con pespunte azul oscuro y amarillo, y lleva el escudo de la Presentación al lado izquierdo. Tenis completamente blancos, medias blancas a media pierna.

Parágrafo 1. Los uniformes son para uso exclusivo del plantel, la o el estudiante no debe presentarse con ninguno de los dos uniformes en otros lugares o en otros tiempos diferentes a la jornada escolar, salvo disposiciones específicas del mismo colegio. Parágrafo 2. En caso de una emergencia o recomendación médica, la o el estudiante podrá venir en ropa particular con la debida excusa firmada por el padre de familia.

Parágrafo 3. El uso del uniforme respectivo lo indica el horario de cada grupo y debe cumplirse. Parágrafo 4. Las estudiantes en las horas de educación Física podrán usar la pantaloneta cuando la clase lo requiera, volverán a las demás clases con el uniforme completo.

Artículo 7: FUNDAMENTACION LEGAL

a) NUESTRAS ACCIONES SERAN CONSTITUCIONALES La ConstituciónPolíticade1991 delega al ámbito educativo, responsabilidades particulares con respecto a la formación para la paz y la convivencia orientadas al respeto por la ley, el respeto de la diversidad y las diferencias, la promoción de la democracia y la resolución pacífica de conflictos.

b) NUESTRA FORMACION EN EL RESPETO A LA VIDA Y LOS DERECHOS LEY115 DE1994

LaLey115de1994, establece como uno de los fines de la educación, la formación en el respeto a la vida y demás derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad en el marco del ejercicio de la tolerancia y la libertad. Específicamente, el artículo 87serefiereal Manual de Convivencia, fijando como una responsabilidad la existencia en cada establecimiento educativo, herramienta, que definirá los deberes y derechos de los estudiantes.

c) PROMOVEMOS Y EXALTAMOS LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS LEY1098 DE2006

La Ley 1098 de 2006 (El Código de Infancia y Adolescencia) es un estatuto que tiene como finalidad la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes contra el abandono físico, emocional y sicoafectivo por padres o personas a su cargo, contra el consumo del tabaco, sustancias psicoactivas y alcohol, contra el reclutamiento, la explotación sexual y el desplazamiento forzado, a su intimidad mediante la protección contra toda injerencia arbitraria de su vida privada, protegidos en su dignidad. También, establece el respeto por la vida digna de la población en discapacidad y promueve la convivencia pacífica.

d) PREVENIMOS HECHOS DE VIOLENCIA CONTRA LOS NIÑOS LEY 1482 DE 2011. A través de la cual se modifica el Código Penal. Establece que los hechos de violencia que se fundamentan específicamente en raza, opción religiosa, ideológica, orientación sexual, identidad de género, nacionalidad o sexo sean castigados penalmente, también contempla sanciones a quienes promuevan a través de mensajes o proselitismo, acciones, que fomenten el odio, la discriminación y el rechazo hacia otras personas.

e) DECRETO 1290 DE 2009 sobre evaluación y promoción.

13

f) ACTUAMOS DENTRO DEL MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

DE LA LEY 1620 Y SU DECRETO REGLAMENTARIO 1695 DE 2013. Contribuye a la formación de ciudadanos activos que aporten a la construcción de una sociedad democrática, participativa, pluralista e intercultural; promueve la formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, que fortalezca la formación ciudadana y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes, de los niveles educativos de preescolar, básica y media y prevenga y mitigue la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia.

g) MARCO JURISPRUDENCIAL_PARA INTERPRETAR Y APLICAR. La Honorable Corte Constitucional de Colombia, como también las diferentes instancias judiciales (Tribunales-Jueces) a través de sus sentencias han ampliado el orden jurídico que rige la materia, conformando una amplia jurisprudencia que aporta significativamente elementos fundamentales en la estructura de normas que apoyan la actuación de las instituciones educativas. Especialmente la jurisprudencia de la Corte Constitucional, ha sido prolífica en decisiones a través de las cuales, de cierta manera se han fijado “normas” o criterios tanto de interpretación como de aplicación de las disposiciones constitucionales y legales.

h) No se puede señalar al plantel educativo de vulnerar derechos fundamentales por el solo hecho de establecer con carácter general, aplicable a todos sus estudiantes, normas que faciliten la sana convivencia y el cumplimiento de los objetivos Institucionales y exigir que los estudiantes deberán presentarse en su sede “dentro de las más elementales normas de aseo y pulcritud personal”; ello hace parte de la formación integral que la educación exige. “Dar pie a la absoluta indolencia de directivos y maestros escolares frente al manifiesto descuido del niño o del joven en algo tan esencial como la presentación personal, sería frustrar uno de los elementos básicos de la tarea educativa y propiciar la desfiguración de la personalidad, so pretexto de su libre desarrollo”. (Corte constitucional.)

i) La exigibilidad de esas reglas mínimas al alumno resulta acorde con sus propios derechos y perfectamente legítima cuando se encuentra expresamente consignada en el Manual de Convivencia que él y sus acudientes, de una parte, y las directivas del respectivo Colegio, por la otra, firman al momento de establecer la vinculación educativa. Nadie obliga al aspirante a suscribir ese documento, así como nadie puede forzarlo a ingresar al plantel, pero lo que sí se le puede exigir, inclusive mediante razonables sanciones, es que cumpla sus cláusulas una vez han entrado en vigor.

j) La Corte Constitucional insiste en que toda comunidad requiere de un mínimo de orden y del imperio de la autoridad para que pueda subsistir en ella una civilizada convivencia, evitando el caos que podría generarse si cada individuo, sin atender reglas ni preceptos, hiciera su absoluta voluntad, aun en contravía de los intereses comunes, en un mal entendido concepto del derecho al libre desarrollo de la personalidad.” CORTE CONSTITUCIONAL. SENTENCIA T 366 de Agosto 6 de 2007.

k) Así mismo, La Corte Constitucional, también ha determinado que los reglamentos o Manuales de Convivencia no pueden convertirse en “herramientas dominantes y autoritarias que se amparen en su capacidad regulativa para incluir preceptos que vulneren los derechos constitucionales de los y las menores”1. En consecuencia los Manuales de Convivencia no pueden llevar a los estudiantes a verse privados de los beneficios de la educación, a sentirse amenazados y a encontrarse coartados en su libertad de auto determinación. Tampoco pueden favorecer o permitir prácticas entre educadores y educandos que atenten contra la dignidad al apartarse de la consideración y el respeto. En suma “en la relación educativa que

1Sentencia T-207 de 1998. M. Dr. Fabio Morón Díaz.

14

se establece entre los diversos sujetos, no podrá favorecerse la presencia de prácticas discriminatorias, los tratos humillantes y las sanciones que no consulten un propósito objetivamente educativo sino el mero capricho y la arbitrariedad”2.A pesar de que la Constitución Nacional no incorporó el artículo que se refiere a la educación (art. 67), la Corte Constitucional ha dado por sentado que el derecho a la educación es fundamental y, por lo tanto, es “susceptible de amparo por vía de tutela, pues es inherente a la persona y de carácter inalienable”3.

l) De otro lado, también ha entendido que la educación como derecho fundamental conlleva deberes por parte del estudiante, siendo uno de ellos el someterse y cumplir el reglamento o las normas de comportamiento establecidas por la Institución Educativa a la cual pertenece. En consecuencia “su inobservancia permite a las autoridades escolares tomar las decisiones que correspondan, siempre que se observe y respete el debido proceso del y la estudiante, para corregir situaciones que estén por fuera de la Constitución, de la Ley y del ordenamiento interno del ente educativo”4

m) Este doble aspecto de la educación, es decir, el conferir prerrogativas a favor del estudiante y al mismo tiempo exigirle el cumplimiento de los deberes y obligaciones que señala el Manual de Convivencia, ha sido ratificado en innumerables sentencias de la Corte Constitucional (T-002, T-493 de 1992; T314 y 043 de 1997, entre otras). De esta manera, los reglamentos de las Instituciones Educativas, al dar cuenta del doble aspecto de la educación, constituyen una base fundamental orientadora que permitan mantener una sana convivencia y unos mínimos acuerdos de respeto y de tolerancia.

n) Sentencia T-1032 de 2000: “Toda imposición de sanciones, inclusive en los Centros Docentes, debe estar precedida de la realización de un procedimiento donde se permita al implicado el ejercicio de los derechos de defensa y contradicción.

o) Es un principio universalmente reconocido que la garantía del debido proceso ha sido establecida a favor de la persona, cuya dignidad exige que si se deducen en su contra consecuencias negativas derivadas del ordenamiento jurídico, tiene derecho a que le se oiga y se examinen y evalúen la pruebas que obran en su contra y también las que constan a su favor. Además, para qué la protección a este derecho sea efectiva, es necesario que cada uno (sic) de las etapas procesales estén previamente definidas, pues, de lo contrario, la imposición de sanciones queda sujeta la voluntad y arbitrio de quienes tiene la función de solucionar los conflictos de los implicados.

p) Esta previa definición de los procedimientos que constituyen el debido se configura, por lo tanto, en la garantía de referencia con que cuentan las personas para determinar en qué momento la conducta de quien ejerce la función de imponer sanciones se convierten en ilegitima, por desconocerse lo dispuesto en las normas”.

OTROS REGLAMENTOS.

Deben tenerse como sustento normativo de aplicación para la sana convivencia escolar en las instituciones educativas, otras disposiciones sobre la materia como Decretos o Resoluciones ya sea presidenciales o de las autoridades de la entidad territorial (Alcaldes o Gobernadores), Directivas Ministeriales, circulares, etc.

2Sentencia T-065 de 1993. M. Dr. Ciro Angarita Barón, T- 366 de agosto 6 de 1997. M. P. Dr. José Gregorio Hernández

Galindo. 3Corte Constitucional. Sentencia T-569 de 1994. M.P. Dr. Hernando Herrera Vergara. 4Ibid

15

De manera principal las disposiciones institucionales que se fijen para reglamentar lo concerniente a la convivencia escolar pacífica. Cabe mencionar entonces: Acuerdos del Consejo Directivo, Resoluciones Rectorales, que deben estar en armonía con el orden normativo superior; es decir, la Constitución, la Ley y demás normas que le antecede.

CAPÍTULO II APLICACIÓN A LA VIDA ESTUDIANTIL DIARIA

PERFILES Y REQUISITOS DEL ESTUDIANTE PRESENTACION Artículo 8: Perfil del y de la Estudiante Presentación

a) Demuestra con hechos y actitudes su sentido de pertenencia. b) Es el primer agente de su formación integral. c) Acrecienta su fe y expresa su amor a Dios, a la Virgen María, a sus hermanos y a la naturaleza. d) Desarrolla valores y acciones que demuestran su amor y compromiso por su propio crecimiento

personal, por su familia, por su contexto y por su Institución: responsabilidad, respeto, justicia, honestidad y solidaridad.

e) Es consciente de su valor y dignidad personal y la de los demás, con un alto nivel de sensibilidad social.

f) Respetuoso en las relaciones con sus padres, docentes, compañeros, compañeras y demás personas.

g) Trabaja en equipo y presenta propuestas en forma creativa. h) Es virtuoso (a), posee sentido crítico, capaz de recibir, aceptar y seleccionar lo que contribuye a

formar su voluntad, enriquecer su entendimiento y alcanzar su realización personal y social. i) Capaz de expresar la solidaridad con el hermano, teniendo como punto de referencia las enseñanzas

de Marie Poussepin. j) Hace un razonamiento lógico y analítico que le facilitan la interpretación y solución de problemas

existentes en la ciencia, la tecnología y la vida cotidiana. k) Se ejercita por un aprendizaje autónomo con iniciativa real de pensamiento, frente al conocimiento y

frente a la realidad social. l) Esmerada (o) por imprimir a su trabajo el sello de la excelencia, de la responsabilidad, la eficiencia y la

calidad. m) Expresa con gestos de gratitud su sentido de pertenencia a la Institución. n) Participa activamente en eventos culturales, deportivos, artísticos con criterios de convivencia y

fraternidad. o) Desarrolla su creatividad y se apropia de las innovaciones tecnológicas y científicas. p) Desarrolla las competencias ciudadanas y sobresale por su civismo, urbanidad y buenos modales.

17

17

Artículo 9: ADMISIONES

a. PROCESO DE ADMISIÓN Y PERTENENCIA A LA INSTITUCIÓN Una vez realizado el proceso de inscripción, el comité de admisión de cada una de las sedes, estudiará la admisión de los estudiantes teniendo en cuenta los cupos disponibles, los criterios fijados por la SED y los aprobados por el Consejo Directivo.

b. COMITÉ DE ADMISIÓN

Conformado por: Rectora, una coordinadora, un docente correspondiente a la disponibilidad de cupos, la secretaria encargada del SIMAT. Tiene como función seleccionar a los estudiantes que aspiran a ingresar a la institución por primera vez, teniendo en cuenta los criterios fijados en el presente manual.

c. REQUÍSITOS PARA LA ADMISIÓN Haber realizado el proceso de inscripción Capacidad de las aulas y existencia de cupos disponibles Compromiso de los padres y del niño, por escrito, de pertenecer al colegio, de asumir su filosofía, el

manual de convivencia, sus normas y de apoyar la formación integral que se ofrece. Presentar el registro civil original y copia de la tarjeta de identidad, afiliación a ARS o EPS, certificado

de vacuna. Presentar los boletines de calificaciones y copia del observador del estudiante. Tener muy buen

rendimiento académico y muy buen comportamiento.

Para el ingreso al grado de transición es requisito indispensable: Tener 5 años cumplidos o que estos sean cumplidos durante el primer semestre del año escolar. Quienes cumplen los 5 años entre mayo y junio, deben estar cursando el jardín, en una Institución

educativa aprobada por la SED y aparecer registrado en el SIMAT. Parágrafo 1. Para el proceso de inscripción se diligenciará el formato de la Institución y se anexarán copias del documento de identidad, boletines y observador del estudiante. Para el caso de transición el registro civil original, copia de boletines y del observador del estudiante. Parágrafo 2. Los educandos que cumplan los 5 años en el primer semestre y no hayan realizado el grado de jardín, serán valorados por personas competentes del colegio para determinar su desarrollo personal. Parágrafo 3. Los varones ingresarán a la Institución en preescolar, primaria y hasta el grado sexto. Artículo 10: PROCESO DE MATRÍCULA O DE RENOVACION DE MATRICULA Presentarse a la secretaría de la Institución, el padre de familia, con su hijo o hija, el día fijado por el colegio, con la siguiente documentación:

Constancia de admisión. Fotocopia de la tarjeta de identidad. El formato oficial de matrícula diligenciado. Constancia del retiro del SIMAT Certificados de los años cursados. Fotocopia del tipo de sangre. Fotocopia del registro de vacunas al día según la edad. Fotocopia del carné de la entidad prestadora de salud o constancia de afiliación vigente. Curva de desarrollo y crecimiento (Transición) Ficha de caracterización socio familiar Fotocopia de un recibo público. 3 Fotos con el uniforme de diario del colegio Copia del seguro estudiantil Fotocopia del SISBEN, con el número de la tarjeta de identidad y/o del estrato Carpeta según las normas de archivo

18

18

RENOVACIÓN DE MATRÍCULA PARA ESTUDIANTES ANTIGUOS Para renovar su matrícula las y los estudiantes cumplirán los siguientes requisitos: Haber entregado el formato de matrícula diligenciado en la fecha establecida por la SED. Estar a paz y salvo con la IE. Presentar el Boletín final y tener su año aprobado. Quienes lo hayan reprobado debe tener el visto

bueno del comité de convivencia y tener buen comportamiento. Los educandos que hayan cumplido los 14 años deben traer copia de la tarjeta de identidad

actualizada por la registraría. 3 fotografías con el uniforme de diario.

Presentarse con la madre o el padre de familia y en casos extraordinarios con el acudiente, el día fijado por la Institución a firmar la matrícula. MATRÍCULA Se realiza una sola vez al ingresar el (la) estudiante a la Institución y se renovará al finalizar cada año lectivo. Matrícula Ordinaria: Cuando se realiza en el tiempo fijado por la SED, el Consejo Directivo y presentando toda la documentación exigida por la secretaría del Colegio según las normas de la SED. Matrícula Extraordinaria: Cuando se realiza fuera del tiempo preestablecido. Sólo se hará en casos extraordinarios para quienes demuestren una razón válida. REQUÍSITOS PARA SER ACUDIENTE Ser mayor de edad. Ser autorizado por escrito por los padres de familia para asumir esta responsabilidad. Disponer de tiempo para acompañar al estudiante y asistir al colegio cuando se requiera. Artículo 11: Causas para la no renovación de la matrícula: a. Cuando el educando no apruebe el grado y además haya cometido una de las faltas gravísimas

contempladas en el presente Manual de Convivencia. b. Cuando el estudiante no apruebe un grado y habiéndosele dado la oportunidad de repetirlo, continúa

presentando dificultades en dos áreas al finalizar el año escolar y en su comportamiento escolar. c. Cuando hay un mal desempeño académico a pesar de tener suficientes capacidades y de haber

recibido diversas observaciones o ayudas propuestas por el colegio. d. Cuando el estudiante impida el desarrollo normal de las clases por su constante indisciplina y no

cumpla sus compromisos de cambio. e. Cuando la familia no asiste a citas y/o reuniones, o no cumple los acuerdos, compromisos y

estrategias propuestos por la Institución. f. Cuando la familia o el estudiante incumplen con el compromiso adquirido con el Colegio al firmar la

matrícula o con aquellos compromisos especiales acordados como requisito de ésta y muestren desconocimiento o no apoyo a los acuerdos pactados en este manual de convivencia.

Artículo 12: DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES: SEGÚN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA Y LA LEY 115 DE 1991 a. Ser identificado y reconocido por el nombre. b. A la honra y al buen nombre. c. A una formación integral que posibilite el desarrollo humano: Art. 44, 45,67. d. Recibir y dar trato justo, respetuoso, cordial e igualitario de los miembros de la comunidad educativa. e. A la libre expresión en un ambiente de respeto.

19

19

f. Recibir formación integral en las dimensiones: ética, espiritual, cognitiva, afectiva, comunicativa, estética, corporal y sociopolítica de acuerdo con el bien común y los principios de la Educación Personalizada.

g. A ser escuchado oportunamente en condiciones de igualdad. h. A participar en actividades programadas por el Colegio, incluyendo planeación y evaluación

institucional. i. A participar y ser elegido para el consejo de estudiantes. j. A ser elegido personero o integrante del consejo directivo si esta en undécimo grado y cumple los

requisitos. k. A conocer oportunamente la programación académica, al igual que los indicadores de desempeño y

competencias de las diferentes áreas o asignaturas. l. Conocer oportunamente los resultados de las evaluaciones y demás trabajos escolares. En caso de

reclamo, solicitar, a quien corresponda, la revisión y corrección de los mismos, siguiendo el conducto regular.

m. A presentar evaluaciones y actividades diferidas por inasistencia justificada a clase dentro del tiempo estipulado, 3 días hábiles.

n. A recibir educación religiosa respetando su credo. o. A vestir los uniformes que identifiquen el colegio. p. A disfrutar de un ambiente agradable, adecuado y seguro que favorezca la motivación, el aprendizaje

y la sana convivencia. q. Recibir protección contra toda forma de maltrato, agresión física o sicológica, humillación,

discriminación o burla de parte de los compañeros, de los profesores y demás miembros de la comunidad educativa.

r. Desarrollar su trabajo académico en un ambiente de disciplina, orden y convivencia. s. Al debido proceso, y al derecho a la defensa en caso de investigación disciplinaria y/o académica

conforme a las normas vigentes, con el acompañamiento del personero(a), si así lo desea. t. A Recibir atención y orientación personal y/o grupal por parte de rectoría, coordinación, sicorientación,

titular y demás docentes. u. A recibir estímulos de acuerdo al desempeño académico, cultural, deportivo, disciplinario y/o religioso. v. A conocer los registros que sobre su comportamiento hagan las directivas, titular de grupo, docentes,

en el observador y ficha de seguimiento. w. Ser evaluado de acuerdo con lo establecido en el sistema institucional de evaluación y tener

conocimiento oportuno del desempeño obtenido en cada periodo antes de ser sistematizados. En este proceso será tratado con sumo respeto por el docente.

x. Recibir un plan de apoyo para superar dificultades en las áreas con bajo rendimiento académico. y. Recibir orientaciones pedagógicas y oportunidades para superar las dificultades en el proceso de

aprendizaje, según lo estipulado en el consejo académico. z. Participar en la evaluación del comportamiento mediante la autoevaluación y coevaluación. aa. A recibir una educación de calidad cumpliendo con la intensidad horaria y demás requisitos de ley. bb. Asistir puntualmente a clases y demás actividades programadas por la Institución. cc. A ser promovido cuando cumpla debidamente el proceso académico (decreto 1290 del 2008). dd. A permisos debidamente justificados ante la coordinación de la respectiva jornada. ee. A ser respetado como persona con sus limitaciones y desempeños excepcionales. ff. A recibir un trato igualitario, sin discriminación de raza, sexo, religión o condición social, económica de

sus padres, acudientes o representante legal. gg. Al descanso, la recreación, el deporte y la cultura en las horas establecidas por la institución. hh. A presentar sugerencias respetuosas, a directivos, docentes y empleados del plantel cuando lo

considere necesario y útil para el buen funcionamiento de la institución. ii. Conocer el reglamento de cada dependencia de la institución. jj. A recibir y portar un carnet que lo identifique como estudiante de la institución. kk. Recibir orientación para la construcción de una educación sexual para la vida, el respeto, el afecto

integrándolo a su proyecto de vida. ll. Reconocer la importancia de la salud sexual y reproductiva entendida como bienestar física, sicológica

y sexual. mm. Expresar libremente sus opiniones a cualquier miembro de la Comunidad Educativa, en forma

cortés con el siguiente CONDUCTO REGULAR establecido en la Institución: 1) Docente – estudiante, estudiante – docente 2) Titular de grupo 3) Sicorientación 4) Coordinación

20

20

5) Comité de convivencia 6) Rectoría 7) Consejo Directivo

Derechos según el código de infancia y adolescencia: a) Se expresa el derecho a la vida y a la calidad de vida y a un ambiente sano. b) Derecho a la integridad personal. Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a ser

protegidos contra todas las acciones o conductas que causen muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico. En especial, tienen derecho a la protección contra el maltrato y los abusos de toda índole por parte de sus padres, de sus representantes legales, de las personas responsables de su cuidado y de los miembros de su grupo familiar, escolar y comunitario.

c) Derechos de protección. Los niños, las niñas y los adolescentes serán protegidos contra:

El abandono físico, emocional y psicoafectivo de sus padres, representantes legales o de las personas, instituciones y autoridades que tienen la responsabilidad de su cuidado y atención.

d) DERECHO A TENER UNA FAMILIA Y A NO SER SEPARADO DE ELLA. Los niños, las niñas y los

adolescentes tienen derecho a tener y crecer en el seno de la familia, a ser acogidos y no ser expulsados de ella.

e) CUSTODIA Y CUIDADO PERSONAL. Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a que

sus padres en forma permanente y solidaria asuman directa y oportunamente su custodia para su desarrollo integral. La obligación de cuidado personal se extiende además a quienes convivan con ellos en los ámbitos familiar, social o institucional, o a sus representantes legales.

f) DERECHO A LOS ALIMENTOS. Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a los

alimentos y demás medios para su desarrollo físico, psicológico, espiritual, moral, cultural y social, de acuerdo con la capacidad económica del alimentante. Se entiende por alimentos todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica, recreación, educación o instrucción y, en general, todo lo que es necesario para el desarrollo integral de los niños, las niñas y los adolescentes.

g) DERECHO A LA IDENTIDAD. Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a tener una

identidad y a conservar los elementos que la constituyen como el nombre, la nacionalidad y filiación conformes a la ley. Para estos efectos deberán ser inscritos inmediatamente después de su nacimiento, en el registro del estado civil. Tienen derecho a preservar su lengua de origen, su cultura e idiosincrasia.

h) DERECHO AL DEBIDO PROCESO. Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a que se

les apliquen las garantías del debido proceso en todas las actuaciones administrativas y judiciales en que se encuentren involucrados. En toda actuación administrativa, judicial o de cualquier otra naturaleza en que estén involucrados, los niños, las niñas y los adolescentes, tendrán derecho a ser escuchados y sus opiniones deberán ser tenidas en cuenta.

i) DERECHO A LA SALUD. Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la salud integral. La

salud es un estado de bienestar físico, psíquico y fisiológico y no solo la ausencia de enfermedad. Ningún Hospital, Clínica, Centro de Salud y demás entidades dedicadas a la prestación del servicio de salud, sean públicas o privadas, podrán abstenerse de atender a un niño, niña que requiera atención en salud.

j) DERECHO A LA EDUCACIÓN. Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a una

educación de calidad. Esta será obligatoria por parte del Estado en un año de preescolar y nueve de educación básica. La educación será gratuita en las instituciones estatales de acuerdo con los términos establecidos en la Constitución Política. Incurrirá en multa hasta de 20 salarios mínimos quienes se abstengan de recibir a un niño en los establecimientos públicos de educación.

21

21

k) ll. DERECHO AL DESARROLLO INTEGRAL EN LA PRIMERA INFANCIA. La primera infancia es la etapa del ciclo vital en la que se establecen las bases para el desarrollo cognitivo, emocional y social del ser humano. Comprende la franja poblacional que va de los cero (0) a los seis (6) años de edad.

l) DERECHO A LA RECREACIÓN, PARTICIPACIÓN EN LA VIDA CULTURAL Y EN LAS ARTES. Los

niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho al descanso, esparcimiento, al juego y demás actividades recreativas propias de su ciclo vital y a participar en la vida cultural y las artes.

m) DERECHO A LA PARTICIPACIÓN DE LOS NIÑOS, LAS NIÑAS Y LOS ADOLESCENTES. Para el

ejercicio de los derechos y las libertades consagradas en este código los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a participar en las actividades que se realicen en la familia, las instituciones educativas, las asociaciones, los programas estatales, departamentales, distritales y municipales que sean de su interés.

n) ñ. DERECHO DE ASOCIACIÓN Y REUNIÓN. Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho

de reunión y asociación con fines sociales, culturales, deportivos, recreativos, religiosos, políticos o de cualquier otra índole, sin más limitación que las que imponen la ley, las buenas costumbres, la salubridad física o mental y el bienestar del menor.

o) DERECHO A LA INTIMIDAD. Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a la intimidad

personal, mediante la protección contra toda injerencia arbitraria o ilegal en su vida privada, la de su familia, domicilio y correspondencia. Así mismo, serán protegidos contra toda conducta, acción o circunstancia que afecte su dignidad.

p) DERECHO A LA INFORMACIÓN. Sujeto a las restricciones necesarias para asegurar el respeto de

sus derechos y el de los demás y para proteger la seguridad, la salud y la moral, los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a buscar, recibir y difundir información e ideas a través de los distintos medios de comunicación de que dispongan.

Artículo 13: DEBERES DE LOS ESTUDIANTES a) Conocer y acatar el manual de convivencia. b) Llamar a los miembros de la comunidad educativa por su nombre. c) Valorar y respetar la vida e integridad del otro como a su propia vida. Ar11, C.N. d) Respetar la honra y el buen nombre de los demás. e) Compromiso con su formación integral y con el respeto a la de los demás. f) Dar trato justo, respetuoso, cordial e igualitario a todos los miembros de la comunidad educativa. g) No usar la copia ni el fraude para obtener resultados académicos. h) Dirigirse a los demás con respeto y solicitar aclaración, ayuda u orientación. i) Expresar opiniones objetivas conservando los límites del respeto y la veracidad. j) Mantener en sus expresiones un vocabulario adecuado con los miembros de la comunidad educativa. k) A participar con objetividad y creatividad en las actividades del Colegio. l) A elegir el Personero(a), contralor(a) estudiantil, conciliador(a) de grupo, monitores de área y

proyectos y representante del Consejo Estudiantil entre quienes reúnan los requisitos. m) Asistir y participar en todas las actividades académicas, sociales, culturales, religiosas y deportivas

programadas por la institución. n) Llevar oportunamente a clase los materiales y elementos indispensables para la realización del trabajo

escolar. o) Mantener actitud positiva de escucha y respeto por los símbolos patrios, institucionales y religiosos. p) Portar el carnet estudiantil en las actividades académicas, deportivas, sociales y culturales del colegio,

así como para acceder a cualquier servicio que preste la institución. q) Ser puntual, mostrar interés y responsabilidad en los procesos de evaluación y actividades especiales. r) Presentar excusa justificada en coordinación por inasistencia a clase o cualquier actividad programada

por la institución, respaldada con la presencia y firma del padre de familia o acudiente dentro de los tres días hábiles siguientes a su ausencia.

s) Participar con responsabilidad y cultura en los actos democráticos, cívicos, religiosos y culturales dentro y fuera de la Institución.

t) Presentar evaluaciones y actividades diferidas por ausencias justificadas en casos de enfermedad y calamidad doméstica, u otro previamente autorizado, en término de tres días hábiles contados a partir de la fecha de la fecha de la aceptación de la ausencia justificada.

22

22

u) Entregar oportunamente a los padres o acudientes, las citaciones enviadas por los docentes o directivos del colegio.

v) Presentarse aseado, portando con decoro y estética los uniformes en forma completa, dentro y fuera de la institución acorde con los modelos y normas establecidos. (Sin adornos ni collares, ni accesorios de colores que no son acordes con el uniforme escolar o implementos que atenten contra la salud. Las estudiantes usarán aretes pequeños (el Colegio no responde por pérdida de joyas), evitarán el uso de maquillaje y esmalte de colores fuertes).

w) Cuidar el ambiente físico-ambiental e institucional manteniendo en orden y aseo los espacios que habita. No masticar chicle, ni fumar, ni dar mal uso al mobiliario de las aulas y demás lugares pedagógicos, usar adecuadamente, el material didáctico y demás utensilios de los servicios que brinda el Colegio. El estudiante que cause daños materiales responderá pecuniariamente, a más tardar tres días después del hecho.

x) Abstenerse de portar o traficar material pornográfico, objetos corto-punzantes, armas, fósforos, licor, sustancias psicoactivas u otras sustancias que ponga en peligro la salud física y/o mental de cualquier miembro de la comunidad educativa.

y) Abstenerse de desarrollar actividades o juegos de azar que incluyan prebendas, actos de superstición, hechicería, ritos satánicos y otras actividades que atenten contra la dignidad humana o contraria a la religión y las prácticas cristianas.

z) Seguir el conducto regular para solucionar problemas académicos y/o de convivencia. aa) Respetar la integridad moral y física de las personas e informar sobre cualquier situación de acoso

sexual. bb) Recibir con gratitud y respeto los estímulos que otorga el Colegio. cc) Firmar los registros que sobre su comportamiento se hacen en el observador y ficha de

seguimiento, con su respectivo compromiso. dd) Ser honesto en la apreciación de su auto-evaluación o co-evaluación sobre su desarrollo personal,

social y cognitivo. ee) Responder conscientemente con los compromisos y horarios académicos establecidos. ff) Respetar el derecho que tienen los compañeros y compañeras a recibir la educación que la

institución imparte. gg) Registrarse en coordinación con el carnet, en caso de llegar tarde, si llegase después de la primera

hora, presentarse con el padre o acudiente. hh) Los aparatos electrónicos (celulares, Walkman, IPod, Discman, cámaras de video, DVD portátil,

MP3, MP4, PSP, y otros) son de uso personal, y por el hecho de encontrarse dentro de una colectividad se considera irrespeto el uso de cualquiera de ellos en actividades académicas y/o formativas. En la IE Colegio La Presentación no se está permitido utilizarlos durante la jornada escolar. Parágrafo: En caso de que se use será decomisado por el profesor que haya detectado el hecho, quien lo entregará a coordinación en donde se quedara retenido por cinco días hábiles y será entregado únicamente al padre de familia o acudiente. La Institución no se hace responsable por perdida, daño, mal uso y/o robo de estos elementos que porten los educandos en el ámbito escolar.

ii) Informar oportunamente a profesores y directivos del Colegio sobre hechos que perjudican la convivencia institucional o pongan en riesgo el buen funcionamiento y nombre del plantel.

jj) Tener los útiles y materiales necesarios para todas las clases y actividades. kk) Cumplir con los trabajos de profundización y nivelación que hayan sido asignados. ll) Acoger y actuar según las orientaciones dadas en las obligaciones escolares, dentro de los términos

establecidos en el calendario escolar y en la programación institucional. mm) Utilizar, adecuadamente, las redes sociales. Artículo 14. SISTEMA DE EVALUACION DE LOS ESTUDIANTES La Institución Educativa Colegio la Presentación de Ocaña, acoge los lineamientos contemplados en los decretos 1860 de 1994 y 1290 de abril 2009 así mismo las disposiciones contempladas en su Proyecto Educativo Institucional y demás normas adoptadas por el Consejo directivo, como políticas a seguir en las actividades de evaluación y promoción académica. Criterios de Evaluación y promoción: La evaluación contempla los siguientes criterios: Integralidad: Tiene en cuenta las dimensiones biofísica, cognitiva, comunicativa, ética, estética-espiritual.

23

23

Equidad: Ofrece Igualdad de oportunidad para todos los estudiantes. Continuidad: Se realiza de manera permanente con base en un seguimiento que permita apreciar los avances y las dificultades del desarrollo personal, social y cognitivo de los estudiantes, según los ciclos y grados. Flexibilidad: Es el proceso de evaluación del aprendizaje, debe tener en cuenta los ritmos de aprendizaje del estudiante en sus diferentes aspectos (limitaciones de tipo afectivo, nutricional, entorno social, físicas, discapacidades…), dándole un manejo diferencial y especial, teniendo en cuenta la realidad de limitaciones de estudiantes por grado. Sistematicidad: Es planeada, organizada, desarrollada y evaluada con base en los fines, objetivos y principios de la educación contemplados en el PEI. Participación: Tiene en cuenta la autoevaluación, co-evaluación y hetero-evaluación a través de los organismos instituidos por la comunidad educativa. Responsabilidad Social: Se constituye en un medio de comunicación permanente del proceso de evaluación de la formación integral de los estudiantes en el aula y fuera de ella, entre profesores, estudiantes y padres de familia con la entrega de 4 informes escritos durante el año en donde se explica con criterios y números los resultados obtenidos en cada período de estudio. Pertinencia: Se desarrolla de acuerdo a criterios del Sistema educativo Nacional, de la institución y de las necesidades del entorno, para lograr el desarrollo integral del estudiante. Eficiencia: se elabora técnicamente, se aplica oportunamente y muestra los resultados en el tiempo establecido y se hacen los correctivos según la necesidad. Trascendencia: tiene utilidad para diseñar planes de mejoramiento, para evidenciar los desempeños de los estudiantes. Coherencia: es acorde con los fines, objetivos de la educación, misión, visión, filosofía y metodología Institucional, con los estándares de competencias de las diferentes áreas, indicadores de desempeño establecidos en el plan de estudio y las metas de calidad propuestas en el plan de mejoramiento institucional. Imparcialidad: todos los que participan en el proceso de evaluación del aprendizaje deben actuar de manera justa y con sensatez. Legitimidad: los resultados de la evaluación del aprendizaje deben ser reconocidos por el docente, los estudiantes y padres de familia Procedimientos: La evaluación de hechos y conceptos se hará por medio de: a) Definición de significados: los estudiantes expresan con sus propias palabras su concepto sobre un

hecho o fenómeno. b) Mediante la guía y el uso de pruebas de comprensión, análisis, discusión, crítica y generalización del

conocimiento que ha elaborado el estudiante y de sus capacidades para producir formas alternativas en la solución de problemas.

c) Planteamiento de soluciones a diversos problemas: este procedimiento es la forma más completa de evaluación conceptual, ya que permite conocer el uso y o aplicación que hacen los estudiantes de los conocimientos adquiridos en contextos diferentes.

d) Pruebas por competencias tipo SABER.

Parágrafo: Para la valoración y adquisición y avance en los conocimientos el docente de cada área o asignatura, durante cada periodo realiza quices, evaluaciones parciales y una evaluación bimestral. Escala de valoración Institucional y su respectiva equivalencia con la escala nacional: Se valora el

24

24

desempeño de los estudiantes mediante la siguiente escala con sus respectivos criterios. Desempeño superior: Cuando el estudiante alcanza los máximos niveles esperados en los desempeños académico, personal y social, contemplados en el PEI y en el Manual de Convivencia. Corresponde a la escala numérica entre 4.6 – 5.0. El estudiante se distingue porque: Maneja adecuadamente los conceptos aprendidos y los relaciona con experiencias vividas, adoptando

una posición crítica. Participa activamente en el desarrollo de las diferentes actividades en el aula y en la institución. Desarrolla el trabajo personal y grupal en el aula con disciplina y eficiencia. Manifiesta gran sentido de pertenencia. Respeta y participa en todas las actividades planeadas. Mantiene un comportamiento acorde a la filosofía de la Institución. Se preocupa por ampliar y profundizar temas vistos en clase. Asume con responsabilidad y dedicación sus compromisos académicos. Presenta a tiempo sus trabajos, consultas, tareas y las argumenta con propiedad. Sus faltas de asistencias son mínimas y justificadas. Se distingue por su excelente presentación personal y sus relaciones interpersonales. Desempeño alto: Cuando el estudiante logra un buen nivel en los desempeños académico, personal y social, contemplados en el PEI y en el Manual de Convivencia. Corresponde a la escala numérica entre 4.0 – 4.5. El estudiante se distingue porque: Maneja y aplica en contextos diferentes los conceptos aprendidos en clase. Participa en el desarrollo de las actividades en el aula. Su trabajo en el aula es constante, aportando al grupo. Manifiesta sentido de pertenencia. Su comportamiento favorece la dinámica de grupo. Aporta ideas que aclaran las posibles dudas que surjan durante el proceso. Emplea diferentes fuentes de información y lleva registros. Es puntual en la presentación de sus trabajos, consultas, tareas. Sus faltas de asistencia son justificadas. Manifiesta sentido de pertenencia con la institución. Desempeño básico: Cuando el estudiante logra el mínimo nivel esperado en los desempeños académico, personal y social, contemplados en el PEI y en el Manual de Convivencia. Corresponde a la escala numérica entre 3.0 – 3.9. Causas: Le falta constancia para desarrollar las diferentes actividades en el aula. Falta con trabajos, consultas, talleres y tareas en algunas ocasiones o los sustenta con dificultad. Presenta faltas de asistencia, justificadas e injustificadas. Desarrolla un mínimo de actividades curriculares requeridas. Manifiesta poco sentido de pertenencia a la institución. Muestra desinterés para participar en algunas actividades propuestas en clase. Algunas veces descuida la vivencia del valor del respeto y de la responsabilidad.

Desempeño bajo: Cuando el estudiante no alcanza el mínimo nivel esperado en los desempeños, académico, personal y social, contemplados en el PEI y en el Manual de Convivencia. Corresponde a la escala numérica entre 1.0 – 2.9. Causas:

Manifiesta poco interés por aclarar las dudas sobre las temáticas trabajadas. Le falta responsabilidad en el cumplimiento de las actividades propuestas dentro y fuera del aula. Necesita ayuda constante para profundizar conceptos. Evidencia desinterés frente a sus compromisos académicos. Afecta con su comportamiento el buen desarrollo de las actividades en el aula. Sus inasistencias son permanentes y/o injustificadas No alcanza los logros mínimos a pesar de las actividades de apoyo ofrecidas. Estrategias de valoración integral de los desempeños de los estudiantes: Para la valoración integral en cada una de las áreas y asignaturas se tiene en cuenta:

25

25

Desempeño Cognitivo o Académico: 70% Quices, evaluaciones parciales y bimestrales estilo pruebas SABER5 de las diferentes áreas y de los proyectos transversales.

Desempeño personal, el Hacer. 15% Talleres, trabajo individual y en equipo, sustentaciones, socializaciones, tareas, laboratorios, proyectos, trabajos finales de unidades didácticas, entre otros.

Desempeño social, Ser y Convivir. 15% Es fundamental el respeto, la autonomía y la honestidad consigo mismo y con los demás, la sana convivencia, las buenas relaciones humanas, en todas las actividades académicas, religiosas, deportivas y culturales. Se tiene en cuenta la autoevaluación en cada una de las áreas, asignaturas y proyectos transversales.

A las y los estudiantes que alcancen un desempeño superior se les asignarán actividades de profundización e investigación, para que avancen significativamente en sus procesos. Los cuatro períodos académicos tienen la siguiente valoración: Primer período: 20% Segundo período 20% Tercer período 30% Cuarto período 30% Para la calificación del comportamiento se tendrá en cuenta la responsabilidad, puntualidad, relaciones interpersonales, portar el uniforme correctamente y el acatamiento al manual de convivencia y la escala será la siguiente: Excelente: 4.6 a 5.0 Muy Bueno: 4.0 a 4.5 Bueno: 3.5 a 3.9 Regular: 3.0 a 3.4 Muy regular: 1.0 a 2.9 Acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes durante el año escolar. La Institución ofrece un ambiente de aprendizaje favorable para el desarrollo de las competencias básicas, ya sea para superar debilidades e incentivar las fortalezas de los estudiantes. Para los estudiantes que presentan dificultades en su proceso de aprendizaje los profesores generan estrategias especiales, como trabajos en el aula, explicaciones adicionales, trabajos de consulta y tareas de refuerzo en el hogar, con la vinculación de los padres de familia.6 Los profesores ofrecen a los estudiantes que muestren un desempeño superior estrategias que les permiten avanzar significativamente en su proceso de formación integral. Los procesos de autoevaluación de los estudiantes. Al finalizar cada periodo, el estudiante realiza su respectiva autoevaluación acorde a su desempeño académico, desarrollo de sus capacidades y comportamiento en cada una de las áreas, teniendo como pautas comportamientos observables estipulados en el manual de convivencia. Esta valoración se tiene en cuenta en la calificación del desempeño social. Estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones pedagógicas pendientes de los estudiantes.

5Los docentes entregarán copia de la evaluación bimestral en la coordinación. 6 Se llevará un registro por parte de cada uno de los docentes sobre las ayudas ofrecidas a los estudiantes que presenten dificultades en su proceso de aprendizaje y se entregará a coordinación al finalizar cada período.

26

26

En el transcurso del año lectivo se trabaja con las y los estudiantes que presenten desempeño bajo, con las siguientes opciones: En el transcurso del año lectivo se trabaja con las y los estudiantes que presenten desempeño bajo, con las siguientes opciones: Después de la evaluación de cada periodo, el docente programará como parte de sus labores diarias,

las actividades individuales para quienes tengan dificultades en la consecución de los logros. Dichas actividades deben planearse y realizarse en el momento de identificar la dificultad y no al finalizar el período.

En la última semana del cuarto periodo académico a los estudiantes que persistan en dificultades en las diferentes áreas se les ofrecerán actividades de nivelación.

Si persisten las dificultades después de identificar las causas y aplicar procedimientos, será responsabilidad de los padres, según el caso, asumir nuevas alternativas como consultas a especialistas o profesionales, para los estudiantes que requieran tratamiento especial. Al finalizar cada período se analizan los casos de persistencia en el desempeño bajo, en cada uno de los cursos, por los docentes que acompañan el proceso de formación y se realizará un reunión con los padres de familia, de los estudiantes implicados, para buscar alternativas de solución. Acciones para garantizar que los directivos docentes y docentes del establecimiento educativo cumplan con los procesos evaluativos estipulados en el SIEE. Elaboración y entrega de una planilla a cada docente que evidencie la valoración integral del o la estudiante. Revisión de las planillas por parte de los directivos docentes, para verificar el cumplimiento de la valoración porcentual de los diferentes desempeños. Reunión de los directivos con el consejo estudiantil y personera para constatar el cumplimiento del SIEE. Periodicidad de entrega de informes a los padres de familia. A los padres de familia se les entrega en los cuatro períodos del año escolar un informe escrito de evaluación en el que se da cuenta del avance de su hija o hijo en el proceso formativo en cada una de las áreas, incluye una información detallada de las fortalezas y/o dificultades que haya presentado el educando en cada una de las áreas o asignaturas y se establecen recomendaciones y estrategias para mejorar. Junto con el cuarto período se entrega el quinto Boletín donde se da el concepto final con el desempeño del estudiante durante el año escolar. Estructura de los informes de los estudiantes para que sean claros comprensibles y den información integral del avance en la formación. Durante el período los docentes registran los resultados de los estudiantes en una planilla de Excel diseñada por la Institución, que incluye todos los procesos evaluados con su respectivo porcentaje y escala de valoración. En todos los grados y por períodos, se mantiene actualizado el registro escolar de valoración de cada una de las áreas; en el caso de los estudiantes que obtengan desempeño bajo en una o más áreas, se conservan las evidencias de las actividades ofrecidas para la superación de sus dificultades. El titular de cada grado lleva el registro de los procesos para cada estudiante en el observador. Instancias, procedimientos y mecanismos de atención y resolución de reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre la evaluación y promoción. a) Diálogo entre el docente y el estudiante para solucionar los malos entendidos originados por los

resultados de las evaluaciones. b) Diálogo entre el padre de familia, el estudiante y el profesor. c) Diálogo entre el padre de familia, el estudiante y el titular. d) Diálogo entre el padre de familia, el estudiante y el coordinador

27

27

e) Informe del caso a la rectoría por parte de coordinación. f) Remisión del caso al consejo directivo. Mecanismos de participación de la comunidad educativa en la construcción del SIEE. Para la elaboración del SIEE se tuvo en cuenta la participación de todos los directivos docentes, docentes, consejo directivo, consejo académico, consejo estudiantil y personería estudiantil. Se le hizo entrega del decreto 1290 de 2009, cada uno realizó un estudio para aportar en las reuniones de las diferentes instancias de participación. Se fue construyendo poco a poco el SIEE teniendo como base la experiencia vivida con el decreto 230 de 2002 y siguiendo las orientaciones del documento 11 de MEN. PROMOCIÓN Y REPROBACIÓN DE LOS ESTUDIANTES

Promoción de los estudiantes: Para la promoción de los estudiantes de los grados primero a undécimo deben obtener en la calificación final como mínimo 3,0 en cada una de las áreas. En el caso de un estudiante que pierda un área (con una calificación mínima de 2.0) y su promedio de las áreas evaluadas por el ICFES, alcance 3.5 o más, será promovido al grado siguiente.

Para la evaluación y promoción de los educandos al finalizar el año escolar, debe analizarse el informe final reportado por los profesores de cada una de las áreas y los registros de seguimiento hechos al alumno o alumna durante el año cursado. Para decidir sobre su promoción al grado siguiente, se tendrá presente el cumplimiento de sus compromisos frente a los conocimientos, competencias y logros formulados para el respectivo grado. Para las y los estudiantes que obtengan la promoción anticipada, las comisiones elaboran un informe sobre el grado que no van a cursar, y se adjunta al registro escolar para efectos de certificación,

El Consejo Académico determinará la promoción anticipada a partir de los resultados de una evaluación general que verifique el dominio de los conocimientos avanzados, del grado en curso y lo recomendará al Consejo Directivo para su aprobación. Los estudiantes del grado décimo y undécimo, además de cumplir con las normas de promoción establecidas en el Colegio, deben cumplir con los requisitos establecidos para el servicio social, por el MEN.

Para obtener el título de bachiller los estudiantes deben culminar satisfactoriamente el nivel de educación media y cumplir los requisitos de promoción que están consignados en el PEI, de conformidad con la Ley General de Educación y el decreto 1860 de 1994 respectivamente.

Reprobación:

Un estudiante reprueba el año escolar cuando ocurra una de las siguientes circunstancias:

a) Que el estudiante haya dejado de asistir injustificadamente, a las actividades pedagógicas

programadas en el plan de estudios para una determinada área o grado, que acumulados resulten superiores al 20% de las actividades académicas durante el año escolar.

b) Cuando el estudiante, haya obtenido un desempeño bajo en una o más áreas contempladas en el plan de estudios, realizadas las respectivas nivelaciones.

Los estudiantes no promovidos, si al finalizar el primer mes del año escolar, demuestran la superación de las dificultades o debilidades en las áreas perdidas y muestren evidencias de sus avances y obtengan en una evaluación escrita el nivel alto o superior, serán promovidos al año siguiente con el visto bueno de sus padres y del consejo académico. El Colegio en su PEI, y en el Manual de Convivencia establece que lengua castellana e inglés son áreas

28

28

independientes. Parágrafo: Cuando el estudiante repruebe un grado por primera vez, siempre y cuando no exista otra causal de exclusión contemplada en el manual de convivencia, puede matricularse nuevamente en la Institución. Cuando el estudiante deje de asistir al colegio durante más de 8 semanas se procederá a registrarlo en el SIMAT como desertor. SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO

“El Servicio Social Estudiantil obligatorio hace parte integral del currículo y por ende del Proyecto Educativo Institucional (PEI) del establecimiento educativo. Está reglamentado por el Ministerio de Educación Nacional con carácter de obligatoriedad, según lo dispuesto en las siguientes normas vigentes: Ley 115 de 1994, Art. 30, 97 y 204; Decreto 1860 de 1994, Art. 39 y la Resolución 4210 de 1996 que dice: En el Manual de Convivencia deberán establecerse expresamente los criterios y las reglas específicas que deberán atender los educandos, así como las obligaciones del establecimiento educativo, en relación con la prestación del servicio aquí regulado”. El Colegio de la Presentación de Ocaña establece como criterios: a) Las Estudiantes o los Estudiantes prestarán el Servicio Social Obligatorio durante los grados décimo y

undécimo de acuerdo con la reglamentación que expide el gobierno nacional. b) Su intensidad mínima es de 80 horas de trabajo. c) El lugar es asignado directamente por el Colegio. El servicio social que prestan los estudiantes de la

educación media tiene el propósito principal de integrarse a la comunidad para contribuir a su mejoramiento social, cultural y económico, colaborando con los proyectos y trabajos que lleva a cabo y desarrollar valores de solidaridad y conocimiento del educando respecto a su entorno social. (Decreto 1860, artículo 39).

d) La intensidad del Servicio Social Obligatorio se cumplirá de manera adicional al tiempo prescrito para las actividades pedagógicas y para las actividades lúdicas, culturales, deportivas, y sociales contenido educativo. La prestación del Servicio Social Obligatorio es requisito indispensable para la obtención del título de Bachiller.

e) Los Estudiantes no aprobarán el Servicio Social por las siguientes razones:

1) La inasistencia sin excusa justificada por tres veces. 2) La falta de puntualidad y responsabilidad. 3) Irrespeto a cualquiera de las personas con las cuales tienen relación en función de su Servicio

Social, no dejando de esta manera en alto el nombre de la Institución. 4) Incumplimiento con el número de horas asignadas para hacerse acreedora a la constancia que

expedirá la Institución en la cual realiza su trabajo. 5) Incumplimiento con el reglamento asignado en el lugar donde presta el servicio.

PARÁGRAFO. La Estudiante o el Estudiante que sin causa justificada se retire o sea excluido, deberán reiniciar su Servicio Social, previa asignación de éste por parte de la persona responsable. Evaluación diferenciada El o la estudiante que presente barreras para el aprendizaje y la participación por su condición de discapacidad, que se encuentre matriculado y reportado en el SIMAT, teniendo en cuenta el decreto 366 del 9 de febrero del 2009, en su artículo 2 con respecto a los diferentes tipos de discapacidad; entendiéndose por estudiante con discapacidad aquel que presenta un déficit que se refleja en las limitaciones de su desempeño dentro del contexto escolar, lo cual le representa una clara desventaja frente a los demás, debido a las barreras físicas, ambientales, culturales, comunicativas, lingüísticas y sociales que se encuentran en dicho entorno. El estudiante que presente barreras para el aprendizaje y la participación, tendrá derecho a que se registre en su documento individual de adecuaciones curriculares (DIAC),los ajustes curriculares correspondientes en las diferentes áreas, que lo requieran, tomando como referencia los indicadores de

29

29

desempeño del grupo, adaptados o minimizados a las competencias de dicho estudiante teniendo en cuenta el contexto escolar , socio- familiar, estilo de aprendizaje y los aspectos que le favorecen y se le dificultan, todo esto se tendrá en cuenta para realizar criterios de evaluación precisos . Un ajuste curricular exige el análisis del plan de estudios propios del colegio, del plan de área y/o asignatura respectiva. La promoción de los estudiantes con barreras para el aprendizaje y la participación, por su condición de discapacidad, dependerá de la obtención de los indicadores de desempeño establecidos en su DIAC, teniendo en cuenta los criterios de evaluación propuestos; esto será para aquellos estudiantes con inclusión académica. A estos estudiantes se les entregará el boletín de la misma manera que al resto de los estudiantes de la I.E, pero con los indicadores de desempeño consignados en el DIAC, que se realizará al iniciar cada periodo académico. El o la estudiante que no alcance los indicadores de desempeño mínimos para el grado al que fue matriculado, se les realizará una inclusión social, donde sus fortalezas y aspectos a mejorar serán registrados en un informe descriptivo que se entregará en la fechas establecidas al terminar cada periodo, haciendo especial énfasis en el aspecto social; y al terminar el año escolar será promovido socialmente al grado siguiente.

Artículo 15: ESTÍMULOS Y DISTINCIONES

Menciones y reconocimientos

a) Mención de Excelencia: A las o los estudiantes que durante el año se haya distinguido por su

sentido de pertenencia, excelente comportamiento y convivencia escolar, valores institucionales y obtengan el nivel superior en cada una de las áreas.

b) Mención de rendimiento académico: A quienes durante el año se distingan por su sentido de

pertenencia, valores institucionales, desempeño académico, Superior - Alto y su comportamiento sea excelente o muy bueno.

c) Premio Presentación: A las (los) estudiantes que hayan cursado sin interrupción todos sus estudios

desde preescolar hasta el grado undécimo en el Colegio o en otra Institución orientada por las Hermanas de la Presentación.

d) Placa de honor a la o el Mejor Bachiller (a): se concede a la o el estudiante que obtenga el mejor

promedio en todas las áreas y su comportamiento sea excelente o muy bueno, desde el grado sexto hasta undécimo.

e) Premio Marie Poussepin: A las o los estudiantes, que se hayan distinguido por su responsabilidad,

espiritualidad Mariana, sentido de pertenencia, vivencia de la filosofía institucional, los valores institucionales, especialmente el de la solidaridad al finalizar la educación básica secundaria y media académica.

f) Placa de honor: para la (el) estudiante que obtenga el mejor desempeño en las pruebas SABER 11. g) Distinción especial para las (los) estudiantes que durante el año, se distingan por su participación y

liderazgo como representante del curso y del gobierno estudiantil, eventos deportivos, culturales, artísticos y en la banda del Colegio.

h) Mención especial a las (los) estudiantes que se destaquen por su colaboración y/o trabajen

significativamente en uno o varios proyectos transversales.

30

30

i) Izada del Pabellón Nacional a las (los) estudiantes que hayan sobresalido por su responsabilidad y

el criterio fijado para el acto cívico. j) Ser seleccionada (o) para representar el colegio a nivel local, departamental o nacional, si se

distingue en el criterio fijado en la respectiva invitación. k) Ser elegido como Monitor (a) a la (el) estudiante que sobresalga por su liderazgo y responsabilidad

en una de las áreas.

31

31

Artículo 16: RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR La implementación de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, garantiza los procesos y los protocolos que deberá seguir el establecimiento educativo para garantizar la atención inmediata y pertinente de los casos de violencia escolar, acoso o vulneración de derechos sexuales y reproductivos que se presenten en el propio establecimiento y que involucran a niños, niñas y adolescentes de los niveles de educación preescolar, básica y media, así como los casos de embarazo en adolescentes.

Los cuatro pasos de la ruta de atención integral se vivencian a nivel comunitario así:

1. PROMOCIÓN: POLÍTICAS

a) Hacer de la revisión del Manual de Convivencia, una experiencia de conocimiento y ejercicio de la participación democrática, para adecuarlo a la ley de convivencia escolar.

b) Fomentar una cultura de legalidad. c) Desarrollar las competencias ciudadanas desde el aula. d) Fortalecer el proyecto de vida de los estudiantes.

2. PREVENCIÓN:

Educar integralmente es llevar a actuar como persona autónoma y responsable con actitud crítica y participativa. Por eso, las estrategias preventivas que a continuación se plantean respaldan y favorecen la sana convivencia. a) Un Proyecto Educativo Institucional humanista que motiva al estudiante para la sana convivencia en

su hogar y en la institución, donde reina la paz, el amor, la comprensión y el respeto. b) Un proyecto de pastoral que evangeliza, orienta y humaniza desde cada área del conocimiento,

celebra la fe, proclama la dignidad humana como Hijos de Dios, promueve la solidaridad y propone la ética del amor al próximo.

c) Un proyecto de democracia institucional que fomenta el conocimiento del Estado Social de derecho, sus normas, su organización y promueve la participación de todos los miembros de la Comunidad Educativa para la búsqueda del bien común, el respeto por los símbolos patrios y del colegio, actos cívicos, en la institución y con las autoridades estatales; demostrando con ello amor a nuestra patria.

PROMOCION PREVENCION ATENCION SEGUIMIENTO

Desarrollo de competencias,

criterios de convivencia, mecanismos,

instancias

Fomentar la convivencia y mejorar el

ambiente escolar

Intervenir para evitar

vulneración de derechos.

Se forma para incidir sobre las causas.

Asistencia inmediata al

afectado.

Mediante la implementación y aplicación de

protocolos

Reportar oportunamente las situaciones.

Registro y seguimiento

de las situaciones.

32

32

d) Un proyecto de aplicación del conocimiento a la vida diaria para fomentar y apoyar las manifestaciones culturales, artísticas, deportivas, recreativas y pastorales.

e) Proyecto de educación sexual y construcción de ciudadanía. f) Proyecto de medio ambiente que fomente el amor la naturaleza, el cuidado de su entorno.

3. ATENCIÓN:

Consiste en el inicio del protocolo con la recepción y radicación de las quejas o informaciones a los profesores, o compañeros de confianza, en las oficinas de los coordinadores, psicorientadora y/o rectoría, sobre situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, quienes las recepción en, las pasarán a la oficina de rectoría, para la convocatoria inmediata, si así lo amerita al comité de convivencia escolar.

La confiabilidad y reserva son los mecanismos mediante los cuales se proteja a quien informe sobre la ocurrencia de situaciones que afecten la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de posibles acciones en su contra.

Las estrategias y alternativas de solución son primordialmente el diálogo, la verdad, la reconciliación y la reparación. Si se requiere se ofrecerá acompañamiento de psicorientación, pastoral o de instancias estatales del municipio; así como práctica de competencias ciudadanas de la comunidad educativa. Las consecuencias de los hechos acaecidos se tomarán según el manual de convivencia.

4. SEGUIMIENTO:

Las formas de seguimiento de los casos estarán a cargo del coordinador(a) donde estén él o los

estudiantes involucrados; así como la verificación de la efectividad de la solución.

Artículo 17: CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES:

Las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, se clasifican en tres tipos:

Situaciones Tipo l. Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud.

Situaciones Tipo II. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar

(bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características:

1) Que se presenten de manera repetida o sistemática. 2) Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los

involucrados.

Situaciones Tipo III. Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas

de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente.

33

33

Artículo 18: DE LOS PROTOCOLOS

Protocolo para la atención de Situaciones Tipo l. Los protocolos de los establecimientos educativos para la atención de las situaciones tipo I, a que se refiere el numeral 1 del artículo 40 del Decreto 1965, deberán desarrollar como mínimo el siguiente procedimiento:

a) Reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto. b) Mediar de manera pedagógica para que las partes involucradas expongan sus puntos de vista y

busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo.

c) Fijar la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa. De esta actuación se dejará constancia.

d) Realizar seguimiento al caso y de los compromisos a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir a los protocolos consagrados en los artículos 43 y 44 del decreto 1965.

Parágrafo. Los estudiantes que hayan sido capacitados como mediadores o conciliadores escolares podrán participar en el manejo de estos casos en los términos fijados en el manual de convivencia.

b. Protocolo para la atención de Situaciones Tipo II. Los protocolos de los establecimientos

educativos para la atención de las situaciones tipo II, a que se refiere el numeral 2 del artículo 40 del decreto 1965 deberán desarrollar como mínimo el siguiente procedimiento:

a) Reunir toda la información, realizando entrevistas individuales, primero con la persona o personas afectadas y luego con las otras personas implicadas.

b) En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.

c) Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la situación a las autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006, actuación de la cual se dejará constancia.

d) Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia.

e) Informar de manera inmediata a los padres. madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados. actuación de la cual se dejará constancia.

f) Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres. madres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido. preservando. en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos.

g) Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el· restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada.

h) El presidente del comité escolar de convivencia informará a los demás integrantes de este comité, sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo consagrado en el artículo 44 del presente Decreto.

i) El comité escolar de convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes.

j) El presidente del comité escolar de convivencia informará a las demás personas de este comité sobre lo ocurrido y las medidas adoptadas.

k) El comité escolar de convivencia realizará el análisis y seguimiento a la situación presentada para verificar la efectividad de la situación dada o acudir al protocolo de atención a situaciones tipo tres, en caso de ser necesaria.

l) El comité escolar de convivencia dejará constancia en acta de la situación y su manejo.

Parágrafo: Cuando el comité escolar de convivencia adopte como acciones o medidas la remisión de la situación al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para el restablecimiento de derechos, o al Sistema

34

34

de Seguridad Social para la atención en salud integral, estas entidades cumplirán con lo dispuesto en el artículo 48 del Decreto 1965.

c. Protocolo para la atención de Situaciones Tipo III.

Los protocolos de los establecimientos educativos para la atención de las situaciones tipo III a que se refiere el numeral 3 del artículo 40 del decreto 1965, deberán desarrollar como mínimo el siguiente procedimiento: a) En casos de daño al cuerpo o a la salud. garantizar la atención inmediata en salud física y mental de

los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.

b) Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.

c) El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de la cual se dejará constancia.

d) No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del comité escolar de convivencia en los términos fijados en el manual de convivencia. De la citación se dejará constancia.

e) Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades competentes, el comité escolar de convivencia adoptará, de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia.

f) El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

g) Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del comité escolar de convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del comité municipal, distrital o departamental de convivencia escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento educativo en el cual se presentó el hecho.

d. Activación de los protocolos de otras entidades.

Las autoridades que reciban por competencia las situaciones reportadas por los comités escolares de convivencia deberán cumplir con lo siguiente:

a) Adelantar la actuación e imponer de inmediato las medidas de verificación, prevención o de restablecimiento de derechos de las partes involucradas en la situación reportada a que hubiere lugar, acorde con las facultades que para tal efecto les confiera la Constitución y la ley, y conforme a los protocolos internos o procedimientos que para el efecto tengan implementados las respectivas entidades.

b) Realizar el reporte en el aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

c) Realizar el seguimiento a la situación puesta bajo su conocimiento hasta que se logre el restablecimiento de los derechos de los involucrados.

Artículo 19: Funciones responsabilidades.

A. Del comité escolar de convivencia. Son funciones del comité: (Artículo 13. Ley 1620)

a) Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.

b) Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.

c) Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa.

d) Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros

35

35

de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo.

e) Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de esta Ley, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este · comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta.

B. Responsabilidades de la Institución Educativa

En el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar. Además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, tendrá las siguientes responsabilidades:

a) Garantizar a sus estudiantes, educadores, directivos docentes y demás personal de los establecimientos escolares el respeto a la dignidad e integridad física y moral en el marco de la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

b) Implementar el comité de escolar de convivencia y garantizar el cumplimiento de sus funciones acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 Y 13 de la Ley 1620 de 2013.

c) Desarrollar los componentes de prevención, promoción y protección a través del manual de convivencia, y la aplicación de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, con el fin de proteger a los estudiantes contra toda forma de acoso, violencia escolar y vulneración de los derechos humanos sexuales y reproductivos, por parte de los demás compañeros, profesores o directivos docentes.

d) Revisar y ajustar el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación de estudiantes anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, a la luz de los enfoques de derechos, de competencias y diferencial, acorde con la Ley General de Educación, la Ley 1098 de 2006 y las normas que las desarrollan.

e) Revisar anualmente las condiciones de convivencia escolar del establecimiento educativo e identificar factores de riesgo y factores protectores que incidan en la convivencia escolar, protección de derechos humanos, sexuales y reproductivos, en los procesos de autoevaluación institucional o de certificación de calidad, con base en la implementación de la Ruta de Atención Integral y en las decisiones que adopte el comité escolar de convivencia.

f) Emprender acciones que involucren a toda la comunidad educativa en un proceso de reflexión pedagógica sobre los factores asociados a la violencia y el acoso escolar y la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos y el impacto de los mismos incorporando conocimiento pertinente acerca del cuidado del propio cuerpo y de las relaciones con los demás, inculcando la tolerancia y el respeto mutuo.

g) Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover la convivencia escolar a partir de evaluaciones y seguimiento de las formas de acoso y violencia escolar más frecuentes.

h) Adoptar estrategias para estimular actitudes entre los miembros de la comunidad educativa que promuevan y fortalezcan la convivencia escolar, la mediación y reconciliación y la divulgación de estas experiencias exitosas.

i) Generar estrategias pedagógicas para articular procesos de formación entre las distintas áreas de estudio.

C. Responsabilidades de la rectora de la Institución Educativa: en el Sistema Nacional de

convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar.

a) Liderar el comité escolar de convivencia acorde con lo estipulado en los artículos 11',12 Y 13 de la presente Ley.

36

36

b) Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos establecidos para la implementación de la ruta de atención integral para la convivencia escolar.

c) Liderar la revisión y ajuste del proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional.

d) Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del establecimiento educativo, en su calidad de presidente del comité escolar de convivencia, acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral y hacer seguimiento a dichos casos.

D. Responsabilidades de los coordinadores y docentes en el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar.

Además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, tendrán las siguientes responsabilidades:

a) Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el manual de convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente deberá reportar al comité de convivencia para activar el protocolo respectivo.

b) Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes.

c) Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo.

d) Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia.

E. Participación de la familia: La familia, como parte de la comunidad educativa, en el marco del

Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, además de las obligaciones consagradas en el artículo 67 de la Constitución Política, en la Ley 115 de 1994, la Ley 1098 de 2006, la Ley 1453 de 2011 y demás normas vigentes, deberá:

a. Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental.

b. Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable.

c. Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante el establecimiento educativo para la convivencia y la sexualidad.

d. Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través de las instancias de participación definidas en el proyecto educativo institucional del establecimiento educativo.

e. Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos para el desarrollo de competencias ciudadanas.

f. Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el manual de convivencia y responder cuando su hijo incumple alguna de las normas allí definidas.

g. Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo

37

37

con las instrucciones impartidas en el manual de convivencia del respectivo establecimiento educativo.

Artículo 20: EL CONCEPTO DE FALTA

Se entiende por falta la violación o incumplimiento de los deberes y el respeto de los derechos, establecidos en este pacto de convivencia que atenten contra sí mismo (a) o contra cualquier integrante de la comunidad educativa o de la sociedad que afecten la dignidad, el decoro y el buen nombre de las personas y/o la institución.

A. FALTAS LEVES: La institución considera faltas leves cualquier acto injustificado que perturbe el

normal desarrollo de las actividades del aula de clase o del colegio en general; al igual que cualquier transgresión a los deberes, que no están contemplados como faltas graves.

Se consideran faltas leves:

a) Desacatar órdenes y medidas de organización general

b) Llegar tarde al establecimiento sin causa justa.

c) Desacatar el toque de campana o timbres al iniciar y/o finalizar una actividad.

d) Incumplir normas del reglamento de las diferentes dependencias que ofrecen servicio a los

estudiantes.

e) Distraerse y perturbar el normal desarrollo de las clases.

f) Portar el uniforme de manera inadecuada: (usar maquillaje, uñas pintadas con colores fuertes,

aretes grandes, llevar la camisa por fuera los varones o los zapatos deportivos con el uniforme de

diario entre otros).

g) Permanecer en los salones o corredores durante los descansos.

h) No colaborar con el orden, la disciplina al ingresar a las clases y al finalizar la jornada.

i) Inadecuada presentación e higiene personal.

j) Masticar chicle o consumir alimentos durante las clases y demás actividades generales del

establecimiento.

k) No presentar excusa por inasistencia a clase y/o actividades programadas por el colegio en los

siguientes tres días inmediatos de producida la ausencia.

l) Retener información enviada por el colegio a padres de familia o acudientes.

m) Estar en un lugar diferente al asignado en el desarrollo de las actividades escolares.

n) Depositar basuras por fuera de las canecas.

o) Comercializar productos, pulseras, stickers o servicios dentro de la institución.

p) Utilizar objetos ajenos sin permiso, así como ocultar que otra persona lo haga.

q) Evasión de las actividades programadas por la institución.

B. FALTAS GRAVES: Se consideran faltas graves los actos que se realicen dentro y fuera de la Institución que causen grave perjuicio material, físico y/o moral a las personas, que atenten contra los derechos y/o los deberes y que vayan en contra de los objetivos y la filosofía del plantel, al igual que el buen nombre de las personas y/o del colegio. a) La reincidencia en más de tres oportunidades de cualquier falta leve se considera grave. b) El hurto comprobado dentro o fuera del Colegio. c) Abandonar las instalaciones del colegio durante la jornada escolar o cualquier actividad programada,

sin el debido permiso. d) Utilizar el celular, equipos de sonido y otros implementos tecnológicos durante la jornada escolar:

(6:30am.-12:30 pm. Y de 12:45 a 5:45 p.m.) e) Agresión física a cualquier miembro de la comunidad educativa, las riñas, y peleas dentro o fuera del

colegio. f) Fraude en evaluaciones, tareas y trabajos.

38

38

g) Reaccionar irrespetuosamente frente a llamados de atención verbal. h) Sacar implementos de la institución sin la debida autorización. i) La destrucción premeditada de pupitres, muebles, materiales didácticos y otros de propiedad de la

Institución. j) Realizar rifas, bailes u otros eventos que comprometan el nombre del plantel sin autorización de las

Directivas. k) Mentir para favorecerse, favorecer a otro, o inducirlo a cometer faltas graves. p) Usar tatuajes y accesorios que afecten la salud. q) Difamar a la Institución, a un compañero, o a otros miembros de la comunidad educativa. r) Utilizar vocabulario vulgar. s) Suplantación del nombre o identificación de una persona para evadir responsabilidades o sanciones. t) Salir y/o entrar a la institución por sitios diferentes a sus puertas principales. u) Utilizar sitios del colegio diferentes a los baños para las necesidades fisiológicas. v) Utilizar las horas de clase para realizar otras actividades no autorizadas. w) Manifestaciones afectivas inadecuadas y exageradas. x) Dañar, destruir o usar inadecuadamente bienes del colegio o de cualquier integrante de la comunidad

educativa. y) Distorsionar la información recibida en el colegio propiciando el deterioro de las relaciones

interpersonales. z) Escribir grafitis o hacer dibujos en los diferentes sitios de la institución. aa) La indisciplina constante (sentencia Corte Constitucional 346 de 12 octubre de 1994) “los colegios

no están obligados a mantener dentro de sus aulas a quienes en forma constante y reiterada desconocen las directrices disciplinarias”.

bb) Usar el nombre de la institución sin la previa autorización de la misma en actividades sociales, culturales, artísticas, científicas o deportivas.

cc) Cometer otras faltas que sin estar contempladas en este Pacto afectan la Convivencia social y sean incompatibles con la filosofía de la Institución.

C. FALTAS GRAVISIMAS: Se consideran situaciones gravísimas todas aquellas que por su naturaleza y

su impacto ameritan matricula de observación o la cancelación ipso facto de la matrícula. a) Porte y/o uso de armas, elementos incendiarios u otros que pongan en peligro la integridad de las

personas y/ o del colegio. Dentro o fuera de la institución. b) La discriminación, burla, desprecio e irrespeto físico o psicológico en forma verbal y/o escrita a

cualquier integrante de la comunidad educativa. c) Sustraer, alterar o falsificar documentos, firmas, calificaciones, permisos, autorizaciones del colegio y

autorizaciones o excusas del padre de familia o acudiente. d) Afiliación, pertenencia en pandillas, sectas o grupos fuera de la ley. e) Promover y participar en conversaciones y actos que atenten contra la moral, la ética y el buen

nombre tanto de la institución como de cualquier miembro de esta en forma verbal o virtual. f) Verse implicado en procesos judiciales que afecten su buen nombre y el de la institución. 6 El irrespeto de palabra o hecho, con letreros, volantes, circulares, o a través de las redes sociales a

cualquier persona que forman parte de la comunidad educativa. a) La agresión, la violencia sexual, el ciber acoso escolar, el bullying o matoneo o toda clase de

intimidación o discriminación. b) Portar, ingerir o incitar a otras(os) compañeras(os) al consumo de cigarrillos, licores, drogas u otras

sustancias alucinógenas que produzcan dependencia, dentro o fuera del establecimiento. c) Incitar y realizar cese de actividades sin haber agotado el conducto regular para intentar resolver la

situación. d) Irrespeto a las directivas o docentes con palabras, gestos, amenazas u otras actitudes e incitar a las

(los) compañeras (os) a tomar actitudes similares. e) Ciberbullying o ciberacoso escolar~ forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de

información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.

f) Portar o difundir material pornográfico y/o elementos que atenten contra la dignidad personal, de la Institución o del Estado social de derecho.

g) Complicidad y/o participación en el porte, producción, comercialización y/o consumo de sustancias psicoactivas como alcohol, cigarrillos, alucinógenos y similares.

h) Presentarse al colegio o actos de comunidad en estado de embriaguez o efecto de sustancias psicoactivas (ley 30 de 1986. Decreto reglamentario 3788 de 1986)

39

39

i) Participar en actos de sublevación y manifestaciones agresivas individuales o colectivas frente a las disposiciones o normas del Colegio.

j) Enviar o distribuir anónimos, panfletos o cualquier manifestación que atente contra la dignidad o buen nombre de un integrante de la comunidad educativa.

k) Toda falta comprobada que atente contra la ética y la filosofía de la Institución.

Parágrafo: Las faltas no contempladas de manera explícita en el presente manual, no eximen al estudiante de su responsabilidad de las acciones que genere por violación a los derechos y deberes como matriculados en la I.E.

Parágrafo de los embarazos: La institución respetará el derecho a la educación de la estudiante

gestante, quien podrá continuar sus estudios en forma regular hasta que ella y su acudiente, previo dictamen médico, lo acuerden con la institución.

En caso de embarazo, la estudiante cumplirá los deberes y normas académicas y de comportamiento contempladas en el presente manual, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:

a) Informar oportunamente a la institución de su estado de gravidez. b) Durante la gestación la alumna no portará el uniforme de la institución. c) Una vez finalizado su embarazo y cumplida su incapacidad establecida por Ley puede continuar sus

estudios. d) La alumna y su familia buscarán por su propia cuenta el servicio médico requerido y deberán

presentar el respectivo certificado, la institución en ningún momento asumirá esta responsabilidad.

En caso de restricción de ejercicio físico presentará la respectiva incapacidad médica ante coordinación para de esta forma ser avalada ante el profesor del área de educación física, con quien acordará su plan de trabajo y evaluación

Artículo 21: DEBIDO PROCESO EN EL AMBITO ESCOLAR.

a. Concepto: El debido proceso es una garantía con rango constitucional que permite a todo individuo asegurar sus derechos en los procesos jurídicos, administrativos y disciplinarios que se adelante contra él, tiene carácter de principio universal, se entiende que surge en contraposición del absolutismo, el autoritarismo y la arbitrariedad que el mundo sufre a través de la historia.

Para Colombia, el debido proceso es un avance que surge con la creación de la Constitución de 1991 consagrada en su artículo 29, donde el Estado se funda en lo social. La Corte Constitucional señala que el debido proceso debe ser interpretado con criterios amplios y de universalidad, es decir, este sufre una transformación en cuanto su alcance incluye lo penal, lo administrativo, lo civil y contravencional.

b. Principios:

El principio de legalidad, el cual formula las normas y los procedimientos, los cuales deben ser

enunciados con anterioridad a los sucesos que tipifican la conducta a corregir;

el principio de inocencia, el cual consagra como derecho fundamental que no se es culpable hasta que

no se demuestre a través de un proceso la culpabilidad de la persona implicada;

el principio de favorabilidad, el cual busca el beneficio del implicado, que para el caso del manual de

convivencia escolar, a los y las estudiantes que frente a situaciones de arbitrariedad, duda, confusión o procedimiento que se preste a equívocos se les debe aplicar el beneficio de la duda razonable; y

40

40

el derecho de defensa que debe tener toda persona, este derecho debe ser público, puesto que no

deben existir motivos que obliguen que se adelante un proceso en forma privada. Los procesos siempre deben tener una doble instancia, es decir, la posibilidad de acudir ante otra instancia para que revise la

primera decisión tomada por el respectivo operador, esto busca garantizar la objetividad durante el proceso.

La competencia en la aplicación del debido proceso en los establecimientos educativos, le corresponde al Rector o Rectora, esto se encuentra señalado en el artículo 25 del Decreto 1860 de 1994, y a quien haga sus veces; así mismo, ejerce las funciones disciplinarias que le son atribuidas por la ley, los reglamentos y el manual de convivencia, dicha competencia implica la aplicación de sanciones proporcionales y pedagógicas con observancia y respeto de la Constitución Política de Colombia, las leyes, decretos y manuales de convivencia escolar.

La aplicación del debido proceso en el manual de convivencia escolar de un establecimiento educativo comienza culturalmente por entender que la escuela debe tener como presupuestos fundamentales en el aspecto pedagógico, la intencionalidad y el sentido del proceso y la sanción disciplinaria es corregir, mejorar, reformar, orientar, facilitar la convivencia en el mundo escolar; quiere decir ello, que la escuela desarrolla procesos pedagógicos de formación y construcción de ciudadanos y ciudadanas con autonomía, portadores de derechos y deberes.

Los conductos regulares establecidos pueden variar de acuerdo a las instancias que sean creadas, acordadas y consensuadas en la elaboración del manual de convivencia del establecimiento educativo. Pero existen unos procedimientos que podríamos denominar taxativos e inamovibles que combinan lo pedagógico con lo constitucional y legal, como son los siguientes.

C. INSTANCIAS DEL DEBIDO PROCESO.

En el aspecto de convivencia:

1. Docente-estudiante y padres de familia. 2. Coordinación, titular, padre de familia y estudiante. 3. Comité de convivencia. 4. Consejo directivo. 5. Ayuda externa.

En el aspecto de desempeño académico.

1. Profesor- estudiante. 2. Profesor- estudiante-padres de familia. 3. Coordinador- profesor- estudiante-padres de familia. 4. Consejo académico- Comité de evaluación. 5. Consejo Directivo.

Parágrafo: En cada estancia se harán o ratificarán acuerdos, compromisos escritos con estrategias pedagógicas y formativas. Los conciliadores desempeñan su rol cuando el estudiante o docente lo pida.

D. METODOLOGÍA DEL DEBIDO PROCESO.

1. La queja o el conocimiento de oficio:

Toda actuación administrativa en materia disciplinaria o comportamental se inicia por la ocurrencia de un hecho que no corresponde con las disposiciones del Manual de Convivencia.

41

41

De este hecho se sabe por una queja que ha sido formulada por alguien o directamente por quien tiene competencia o funciones para conocerlos. En este momento del proceso; el del conocimiento, es muy importante y de la manera como se llegue a él dependen en buena parte las demás etapas y el éxito de éste, es por esto que debe documentarse y evidenciarse de una manera eficaz.

Si se trata de una queja que ha expuesto algún miembro de la comunidad educativa, debe ser debidamente formulada y recibida: cierta, veraz, material, concreta y oportuna, entre otras cualidades que debe tener.

La mejor manera de quejarse, es mediante la formalidad escrita, la documentación de los hechos y, en el caso de una situación disciplinaria, ello puede ocurrir mediante un escrito presentado por quien se queja.

Cuando el conocimiento del hecho es “de oficio”, es decir, conocido directamente por una de las personas que en la Institución Educativa tiene competencia para ello, como lo pueden ser: los docentes en general, el coordinador o el señor rector, éste funcionario deberá hacer un informe debidamente sustentado y concreto y suscrito por él.

De esta manera queda cumplida esa primera etapa del debido proceso que permite adelantar otros procedimientos o trámites de manera causal y consecuencial unos de otros, debidamente organizados sistemáticamente y donde unos dependen de otros.

2. Indagación preliminar: En esta etapa o momento del proceso que se conoce como averiguación

preliminar, tiene como finalidad verificar la ocurrencia de unos hechos y la presencia de personas intervinientes en estos.

En la institución educativa, en aras de garantizar el debido proceso, se debe incluir esta etapa de tal manera que permita tener un cierto grado de certeza (con base en elementos fácticos) de que han ocurrido ciertos hechos y que han intervenido algunos o algún estudiante.

De la averiguación preliminar (como etapa del debido proceso) se debe dejar constancia, ya sea mediante un acta o un informe completo que incluya circunstancias de modo, tiempo y lugar sobre los hechos y las personas.

Si de la averiguación preliminar se concluye que efectivamente puede estarse en presencia de un acto que contraviene la convivencia escolar y transgrede las normas del Manual de Convivencia, se procederá a iniciar el proceso disciplinario mediante una comunicación en la cual se le notifique al estudiante, a través de su representante legal, esa decisión y se le solicite la presentación de sus “descargos”.

Si por el contrario, en la averiguación preliminar no se logra tener claridad sobre los hechos y las personas, puede estipularse que en ese caso no procede iniciar ninguna actuación y entonces se archive definitivamente el caso.

3. Apertura del proceso: Toda medida preventiva-correctiva que deba iniciarse con motivo de un acto o hecho que puede constituir una falta se debe iniciar con la apertura formal del proceso. Y para que adquiera esa connotación especial, debe darse un trámite expedito en la aplicación de un “debido proceso” y se hace mediante la expedición de un comunicado. En términos judiciales es lo que se llama un auto, en el que el funcionario competente, el coordinador(a), manifiesta que con base en determinadas circunstancias, las que resultaren de la averiguación preliminar, y teniendo en cuenta las disposiciones normativas, se dispuso abrir el proceso disciplinario al estudiante o miembro de la comunidad educativa.

Luego se emitirá una comunicación al estudiante o miembro de la comunidad educativa a través de sus representantes en la que informe de dicha apertura, transcribiendo lo que manifiesta y anunciándole la oportunidad que tiene para concurrir a la presentación de sus descargos.

42

42

Desde el punto de vista técnico se considera que con la anterior actuación, la cual debe estar reglamentada en el Manual de Convivencia Escolar, se estaría dando aplicación y garantizando un debido proceso en lo que a esta primera etapa se refiere.

4. COMUNICACIÓN Y NOTIFICACIÓN: Resulta necesario enviar comunicación al investigado sobre la apertura de un proceso. La comunicación u oficio en el cual se informa al estudiante que se investiga sobre la apertura del proceso es una etapa importantísima que no podría faltar, pero además de proferirla, debe tenerse en cuenta su notificación personal y tiene que entregarse personalmente, dejando constancia de ello de manera documental.

Dicha comunicación u oficio, con su debida notificación personal, constituye el mecanismo o instrumento mediante el cual se “vincula” al proceso al investigado, es la manera como técnicamente el estudiante queda incorporado a la actuación administrativa que se le sigue en materia disciplinaria. A partir de ese momento le deben “correr” los términos que se hayan señalado (pueden ser de 2, 3 o 5 días) para la presentación de sus “descargos”, solicitar pruebas y demás actuaciones que considere pertinentes y convenientes para su defensa.

5. VERSIÓN LIBRE: Si el investigador necesita escuchar al estudiante, podrá citarlo para que rinda su

versión libre sobre los hechos; le hará saber de los beneficios (atenuación de la sanción) que obtendrá si confiesa su participación en la situación disciplinaria y/o suministra datos que ayuden a esclarecer los hechos y los autores de la misma. Por ningún motivo el investigador podrá obligar al estudiante a declarar en contra de sí mismo (C. P. art 33), le hará saber de las sanciones reglamentarias contenidas en el Manual de Convivencia por encubrir a los responsables de la situación disciplinaria.

6. PRUEBAS: Las pruebas que se recojan o alleguen en un proceso que se adelanta en una institución

educativa deben procurar el respeto y la preservación de los derechos fundamentales de los niños y adolescentes. No se debe, so pretexto de encontrar la verdad y dilucidar las responsabilidades disciplinarias, ir más allá del límite que imponen tanto los mismos derechos, especialmente los de la intimidad, el libre desarrollo de la personalidad, la libertad, el buen nombre, la integridad física y psicológica de nuestros sujetos, como las condiciones particulares de estos (en proceso de formación).

Por lo tanto, debe tenerse de presente esas especiales condiciones de los estudiantes porque se trata de personas o seres humanos en proceso formativo y que no tienen la suficiente madurez o desarrollo psicológico, fisiológico e intelectual.

Por consiguiente, ha de tenerse en cuenta lo que al respecto dijo la Honorable Corte Constitucional: “se debe tener en cuenta: (i) la edad del infractor, y por ende, su grado de madurez psicológica;” lo cual debe ser pauta necesaria y suficiente para observar un cuidado especial en el recaudo y práctica de las pruebas. El proceso disciplinario escolar no es un proceso penal, tampoco es similar al de los servidores públicos. Es de una connotación especial, que debe ante todo tener una función pedagógica, formativa y creadora de parámetros de comportamiento deseables en la convivencia institucional.

Las pruebas deben ser reales, físicamente posibles, pertinentes, conducentes y, ante todo, oportunas.

MEDIOS DE PRUEBA MÁS UTILIZADOS:

a) Testimoniales: Son las declaraciones, testimonios, versiones o entrevistas que ofrece una persona sobre el conocimiento que tiene de unos hechos y que son recibidos por el funcionario encargado y debidamente documentadas.

b) Documentales: Son aquellas que se presentan en forma de documento, tales como los informes,

oficios, libros, reportes, memorandos, comunicados, en fin, toda clase de escritos que tengan relación con los hechos que se investigan.

43

43

c) Periciales (técnicas): Caben en este caso aquellas pruebas que a través de medios técnicos o de

verificación ayudan a esclarecer o explicar hechos o circunstancias de modo, tiempo y lugar. Por ejemplo un examen de toxicología.

d) Decisión de primera instancia: Una vez agotadas todas las etapas mínimas anteriormente señaladas y aquellas otras contempladas en el debido proceso institucional que tiendan a perfeccionarlo, de conformidad con el Manual de Convivencia Escolar y las normas superiores que lo regulan y examinadas las pruebas como ya se ha venido indicando, se procede a expedir la decisión de primera instancia.

La decisión de primera instancia consiste en el acto administrativo que da por terminada esta etapa del

debido proceso y se concreta en la resolución rectoral, la cual, como todo acto administrativo, deberá contener los elementos constitutivos de dichos actos, vale decir: objeto, sujeto y motivo, entre otros.

Es por lo que necesariamente se debe ser muy cuidadoso en la expedición de esa resolución. Debe estar suscrita por el rector de la institución educativa, numerada y fechada, debidamente motivada, explícita en la parte resolutiva que es donde se decide de fondo y se dicta la decisión correspondiente. Al final debe contener un párrafo en el cual se conceden expresamente los recursos, indicando el término de su presentación.

Al respecto de la motivación que debe contener esta resolución es bueno advertir que dicha motivación debe ser lo más amplia posible, debe recogerse en ella una síntesis del proceso mismo, mencionarse los hechos, deben citarse las pruebas que sirvieron de fundamento a la decisión y su valoración en razón de dicha disposición.

La resolución debe notificarse personalmente, dejando constancia de ello y entregando copia original al destinatario

a) Recursos Por regla general, todo acto administrativo admite los recursos de reposición y apelación; en este caso es parte esencial del debido proceso darle cabida a dichos recursos y permitir su ejercicio en los casos que así lo decida el destinatario de la decisión. En esta parte y como una etapa más del debido proceso queda indicar que una vez notificada la decisión se debe dejar transcurrir el término concedido para los recursos (que puede ser entre 3 y 5 días) dando espera a que estos se presenten o no por el disciplinado, vencido el término puede ocurrir lo siguiente: si se presentaron los recursos proceder a resolverlos; si no se presentaron proceder a ejecutar la sanción por haber quedado en firme la resolución rectoral.

b) La decisión de la segunda instancia: Cuando se ha presentado el recurso de apelación y este es procedente porque no se repone la decisión inicial y se ha presentado en la oportunidad legalmente concedida para ello, se traslada el expediente que contiene toda la actuación administrativa al competente para que proceda a conocer del proceso y a decidir finalmente, en segunda instancia. Para el caso de las Instituciones Educativas oficiales del municipio de Ocaña, el recurso de apelación es competencia del respectivo Supervisor que corresponde a la jurisdicción en la que se encuentra el establecimiento educativo. Es importantísimo señalar que mientras se encuentran en trámite los recursos no puede llevarse a cabo la “ejecución” de la sanción o decisión adoptada. Ello teniendo en cuenta que los recursos en este caso se conceden en el “efecto suspensivo”; es decir, que mientras se resuelven se suspenden los efectos del acto administrativo. Es en este momento cuando se produce el fenómeno jurídico denominado “agotamiento” de la vía gubernativa y que es de suma importancia porque permite que procedan otras acciones, especialmente aquellas de tipo judicial

c) Ejecución de la sanción: Terminada una actuación administrativa, en este caso la que hemos denominado proceso disciplinario institucional, en la que ya se han agotado todas sus etapas con observancia del debido proceso diseñado y aplicado de conformidad con el manual de convivencia y la ley, prosigue una etapa que en el derecho administrativo se denomina: “Ejecución”. Es la etapa final de la actuación y es aquella que permite dar cumplimiento a la decisión que ha proferido, mediante acto administrativo, el funcionario y/o entidad o dependencia competente.

44

44

d) La vía judicial: En procura de ser garantes de lo que la Constitución y la ley, es de agregar en este apartado que (por regla general) frente a toda decisión de la administración cabe la vía judicial. Obviamente esa vía es por fuera del ámbito administrativo; es decir de la institución educativa y corresponde ya a los destinatarios hacer uso de ella o no, en los términos que la ley lo establece. En ese sentido, frente a las decisiones de los procesos disciplinarios de nuestras instituciones educativas proceden por la vía judicial la acción de nulidad y restablecimiento del derecho como también la acción de tutela, de conformidad con las normas que rigen ambas instituciones jurídicas.

Artículo 22: PROCEDIMIENTO ORIENTADOR Y CORRECTIVO: De acuerdo con la naturaleza de la

falta se procederá:

a) Arreglo directo. Invitación a reconocer la falta y la importancia de la sana convivencia. b) Acción formativa. Orientar hacia la toma de conciencia para la solución del problema. c) Amonestación, corrección y sanción: Según la falta, ésta se hará siguiendo el conducto regular, y

teniendo en cuenta las personas involucradas en la falta.

AMONESTACIÓN Y / O SANCIÓN: El sentido social de las normas y la búsqueda del bien común, hacen necesario tomar medidas ante las faltas, teniendo presente el carácter formativo del Colegio, las edades de los estudiantes, el grado de madurez que hayan adquirido y las circunstancias en que se presente la falta. Por este motivo es tan importante el juicio del educador, del mediador, del comité de convivencia, los Directivos y del Consejo Directivo, tanto para asignar la sanción como para determinar las estrategias de formación y el proceso de acompañamiento correspondiente.

De toda falta leve, grave o gravísima comprobada se dejará escrita en el observador la constancia de la amonestación verbal o escrita, según la falta. De acuerdo con los resultados del proceso disciplinario se aplicaran las siguientes sanciones para las faltas según su gravedad. a) LEVES: Para las faltas leves, el llamado de atención es verbal, con anotación en la hoja de

seguimiento, por el docente o el titular, o quien evidencia la falta. b) GRAVES: Amonestación escrita, con anotación en el observador.

Suspensión temporal de las actividades académicas hasta por dos días, mediante acta de coordinación, lo cual afecta el desarrollo personal, social y cognitivo del estudiante. Acción formativa y/o reparadora, con el acompañamiento de psicorientación.

c) GRAVISIMAS: Para las faltas gravísimas se establecen como sanciones, las siguientes, que no tienen

un orden secuencial.

1) Compromiso de Normalización: Toma de conciencia de la situación, los errores cometidos y búsqueda de solución.

2) Matrícula condicional o con compromiso: De acuerdo al cumplimiento de sus compromisos, durante el año lectivo, se determina si continúa o se le cancela la matricula.

3) Suspensión temporal de las actividades académicas hasta por dos días, realizado desde coordinación, con la presencia del padre de familia o acudiente, el titular de grupo y el estudiante, lo cual afecta el desarrollo personal, social y cognitivo del estudiante.

4) Suspensión de actividades escolares por tres o más días, aplicado por la rectora, con la presencia de padres o acudientes, el estudiante, titular, el personero y/o la comisión de convivencia.

5) Dejarlo como estudiante satélite, (desescolarizado), con trabajo académico. 6) No proclamación de bachiller, si el estudiante está en 11° grado 7) No renovación de matrícula. 8) Cancelación inmediata de la matrícula o exclusión: Avalada por el Consejo Directivo y/o comité de

convivencia por constantes comportamientos considerados entre faltas graves y gravísimas puede darse en cualquier momento del año lectivo.

Parágrafo: Las faltas leves, graves y de tipo I, las atenderán directamente las personas involucradas. Las gravísimas, de tipo II y III se resolverán de acuerdo al debido proceso.

45

45

Artículo 23: CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES: Son situaciones que favorecen a quienes han incurrido

en falta.

a) El respeto al recibir la observación. b) El reconocimiento espontáneo de su comportamiento incorrecto. c) Confesión personal y voluntaria de las faltas, antes del inicio del proceso investigativo.

d) Haberse destacado con buen comportamiento dentro y fuera de la institución, representándola con honor, buen rendimiento académico y responsabilidad en el cumplimiento de los deberes asumidos en el manual.

Artículo 24: RECURSOS:

a) DE REPOSICIÓN: Deberá presentarse por escrito, ante la misma autoridad que profirió la sanción, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la falta.

b) DE APELACIÓN: (En caso de ameritarse) Deberá presentarse por escrito, ante el Consejo Directivo, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al conocimiento de la respuesta al recurso de Reposición. Se comunicará a la familia, mediante nueva Resolución rectoral, la decisión tomada dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la siguiente sesión del respectivo Consejo, citado para tal efecto. Durante el tiempo de los recursos, la sanción deberá aplicarse mientras no sea revocada por el organismo superior.

46

46

CAPITULO III: GOBIERNO ESCOLAR Y ORGANISMOS DE PARTICIPACION Artículo 25: COMUNIDAD EDUCATIVA

Según lo dispuesto en el artículo 6o. de la Ley 115 de 1994, la comunidad educativa está constituida por las personas que tienen responsabilidades directas en la organización, desarrollo y evaluación del proyecto educativo institucional que se ejecuta en un determinado establecimiento o institución educativa. Se compone de los siguientes estamentos: Los estudiantes que se han matriculado. Los padres y madres, acudientes o en su defecto, los responsables de la educación de los alumnos

matriculados. Los docentes vinculados que laboren en la institución. Los directivos docentes y administradores escolares que cumplen funciones directas en la prestación

del servicio educativo. Los egresados organizados para participar.

Todos los miembros de la comunidad educativa son competentes para participar en la dirección de las instituciones de educación y lo harán por medio de sus representantes en los órganos del gobierno escolar, usando los medios y procedimientos establecidos en el presente Decreto. Artículo 26: GOBIERNO ESCOLAR

Con el propósito de promover el desarrollo socio afectivo del niño y adolescente e infundirle la práctica de valores mediante la participación de las actividades administrativas del colegio, se ha organizado el Gobierno Escolar de acuerdo a lo propuesto por la Ley General de Educación. La organización institucional se compone de los siguientes estamentos: Los estudiantes, los padres o acudientes, los docentes, administrativos y los directivos docentes, que cumplen funciones directas en la administración del servicio educativo. El Gobierno Escolar está constituido por los siguientes órganos: Rectora, Consejo Directivo y Consejo Académico. Otras instancias de participación son: Personero Estudiantil, contralor estudiantil, Comité de Convivencia, Consejo de Estudiantes, Asociación de Padres de Familia, Consejo de Padres, Equipo de Pastoral y Comisión de Evaluación y Promoción. Estos organismos son seleccionados con la participación de toda la Comunidad Educativa del Colegio en forma democrática.

A. CONSEJO DIRECTIVO

Instancia directiva de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa del establecimiento. El consejo directivo estará conformado por:

La rectora quien lo preside y convoca una vez por mes y extraordinariamente cuando lo considere

conveniente.

47

47

Dos representantes de los docentes, elegidos por mayoría en asamblea de docentes (uno por la sección de Bachillerato y otro por la sección Primaria).

Dos representantes de los padres de familia, uno del consejo de padres y otro de la junta de la asociación.

Una representante de los estudiantes del grado 11º, elegida (o) por el consejo estudiantil. Un representante de las (os) egresadas (os) elegido por el consejo directivo, de ternas presentadas

por la organización de exalumnas (os) Un representante del sector productivo elegido por el consejo directivo. DESCRIPCIÓN DEL CARGO: El Consejo Directivo es un órgano del Gobierno Escolar, una instancia directiva de participación de la Comunidad Educativa y de orientación académica y administrativa del Colegio (cf. Art. 20 del Decreto 1860/1994). PERFIL: Los integrantes del Consejo Directivo se caracterizan por ser ecuánimes, imparciales, tolerantes; por su capacidad de escucha y de visión amplia de la vida. Se identifican con la Filosofía del Colegio, apoyan el Reglamento o Manual de Convivencia y animan el Proyecto Educativo Institucional. Su gestión está encaminada a mediar entre todos los Estamentos de la Comunidad Educativa, a generar progreso social, ético y moral; a mejorar calidad de vida y suscitar relaciones interpersonales cálidas; a establecer estímulos y sanciones para una sana convivencia dentro de la Institución. FUNCIONES: a. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento del establecimiento educativo, siempre y cuando

no sean competencia de otra autoridad y después de haber agotado los procedimientos previstos en el Reglamento o Manual de Convivencia; y en el Manual de Funciones.

b. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los alumnos del establecimiento educativo, después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o Manual de Convivencia.

c. Adoptar el Manual de convivencia y el reglamento de la Institución con base en las normas vigentes y la filosofía y principios del Proyecto Educativo Institucional.

d. Fijar criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos estudiantes. e. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa cuando alguno de sus

miembros se sienta lesionado. f. Aprobar el plan anual de actualización del personal de la Institución presentado por la rectora. g. Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del currículo y del plan

de estudios y someterlos a consideración de la secretaría de educación respectiva para que verifique el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos;

h. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución educativa. i. Establecer estímulos y sanciones, para el buen desempeño académico y social de los estudiantes

que han de incorporarse al manual de convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante.

j. Participar en la evaluación de los directivos –docentes, docentes y personal administrativo de la Institución;

k. Fijar criterios de participación de la Institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas y la conformación de organizaciones juveniles.

l. Establecer el procedimiento para el uso de las instalaciones en actividades, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa.

m. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas. n. Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes; o. Reglamentar los procesos electorales previstos en el decreto 1860 de 1994; p. Mantener informados a los estamentos respectivos, de las decisiones que tome el Consejo,

manteniendo el sigilo profesional que la ética y la moral imponen; q. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y la manera de recolectarlos ( y

los provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los estudiantes, tales como derechos académicos, uso de libros de texto y similares, y

r. Darse su propio reglamento

48

48

REGLAMENTO: Su funcionamiento será en la Sede Principal (Colegio La Presentación). Será conformado por miembros de la institución de acuerdo a la ley. Se reunirá una vez al mes en sección ordinaria y extraordinaria cuando la ocasión lo amerite. Para la toma de decisiones existirá quórum con la mitad de los votos más uno. Habrá pérdida de investidura del cargo cuando no se cumpla con las funciones establecidas en la ley o cuando se manifieste retiro voluntario. La Rectora podrá presentar una terna (3) de tres candidatos a representantes del sector productivo y de egresados para considerar en el momento de la elección. Las decisiones del Consejo Directivo sarán dadas a conocer a toda la comunidad, a través de resoluciones. Las decisiones del Consejo Directivo se tomarán por mayoría simple de quienes lo conforman. El consejo directivo se reunirá periódicamente de acuerdo con un cronograma establecido y sesionará con el aporte activo de todos sus miembros. Hará seguimiento sistemático al plan de trabajo, para garantizar su cumplimiento. ELECCIÓN Y FUNCIONES DEL REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES ANTE EL CONSEJO DIRECTIVO: El representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo, será elegido por el consejo de estudiantes. FUNCIONES: Asistir puntualmente a las reuniones. Presentar las propuestas de los estudiantes, en las reuniones del Consejo Directivo. Informar con prontitud a los educandos, los resultados de su gestión. Existiendo las causales de remoción es competencia del Consejo Estudiantil, tomar la respectiva decisión por mayoría de votos. Para tal efecto asumirá el cargo quien haya obtenido el segundo puesto en las elecciones.

B. CONSEJO ACADEMICO

Es un órgano consultivo y asesor de la Rectora del establecimiento educativo para adelantar la orientación pedagógica de la Institución, colaborando en la adopción de pedagogías, metodología y didácticas, adecuadas al Proyecto Educativo Institucional.

PERFIL: Las personas que conforman el Consejo Académico son docentes de diversas especialidades, agentes multiplicadores e identificados con los valores y principios institucionales. Poseen gran capacidad de escucha, liderazgo, responsabilidad, equidad y creatividad para generar y dinamizar estrategias significativas, relacionadas con el Proyecto Educativo de la Institución, el cual propende por una educación encaminada hacia la formación de personas críticas, reflexivas, libres, solidarias y competitivas; así mismo, los integrantes de este Consejo son gestores y promotores de avances a nivel académico y de relaciones fraternas entre los diferentes estamentos de la Comunidad.

Son sus funciones:

a. Servir de órgano consultor del consejo directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional.

b. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con los procedimientos previstos en la legislación escolar y el Proyecto Educativo Institucional.

c. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución; d. Participar en la evaluación institucional anual; e. Integrar los consejos docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los educandos y para

la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación; f. Recibir y decidir los reclamos de los estudiantes sobre la evaluación educativa, después de haber

acudido a los docentes. g. Informar a los compañeros de área lo tratado en las reuniones del consejo académico. h. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Proyecto

Educativo Institucional; i. Aquellas que la Rectora estime conveniente; y j. El consejo académico asume el liderazgo en la investigación y diseño del currículo que responda a los

principios y fundamentos del PEI.

49

49

k. Darse su propio reglamento.

REGLAMENTO: Su funcionamiento será en la Sede principal (Colegio La Presentación). Será

conformado por miembros de la institución de acuerdo a la ley. Se reunirá una vez al mes en sección ordinaria y extraordinaria cuando la ocasión lo amerite. Para la toma de decisiones existirá quórum con la mitad de los votos más uno. Allí se tomarán decisiones sobre los procesos pedagógicos y se hace seguimiento sistemático al plan de trabajo, para asegurar su cumplimiento.

C. RECTORA Responsable legal de la Institución, de su administración y su funcionamiento. Depende la Secretaría de Educación Departamental. Son sus funciones: a. Le corresponde al Rector(a) del establecimiento educativo: b. Orientar la ejecución del proyecto educativo institucional y aplicar las decisiones del gobierno escolar; c. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno aprovisionamiento de los recursos

necesarios para el efecto; d. Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el establecimiento; e. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores o

auspiciadores de la institución y con la comunidad local, para el continuo progreso académico de la institución y el mejoramiento de la vida comunitaria. e). Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa;

f. Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico. g. Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyan la ley, los reglamentos y el manual de convivencia; h. Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas en favor del

mejoramiento del Proyecto Educativo Institucional i. Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la comunidad local; j. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado, atinentes a la prestación del servicio

público educativo, y k. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el proyecto

educativo institucional.

Artículo 27: ORGANISMOS DE PARTICIPACIÓN

A. COMISION DE EVALUACION Y PROMOCION:

El Consejo Académico conformará la Comisión de Evaluación y Promoción integrada por un número plural de Docentes: (cf. Art. 50 del Decreto 1860/1994) con la participación del consejo de padres.

DESCRIPCIÓN DEL CARGO: Los docentes son los primeros encargados de realizar el seguimiento de los estudiantes en cada período escolar, con el fin de analizar cada caso y tomar las acciones pertinentes para el correspondiente seguimiento. Es una comisión adscrita al Consejo Académico cuyo fin es Analizar y decidir los casos persistentes de superación e insuficiencia en la consecución de los logros. La Comisión de Evaluación y Promoción se encargará de revisar el proceso individual de los estudiantes a nivel de desarrollo de procesos, habilidades, competencias y aprehensión del conocimiento, como herramientas para poder pensar, interactuar y transformar. Con base en lo anterior se plantearán estrategias para asumir las dificultades observadas, que van desde la implementación de metodologías e instrumentos de evaluación dentro del aula, el diálogo con los padres, hasta remitir el caso a aula de apoyo y/o Psi orientación.

50

50

PERFIL: Los integrantes de la Comisión de Evaluación y Promoción son docentes dinamizadores de su propia gestión, imparciales, idóneos, exigentes pero a la vez flexibles cuando los casos lo ameritan; responsables, organizados, mediadores; que dan testimonio de los valores éticos que promueve la institución. Son conocedores del perfil requerido para promover a un estudiante de un grado a otro, en relación directa con el Modelo Pedagógico de la Institución; para ello adelantan claros procesos de seguimiento del desempeño general de los estudiantes y conjuntamente con ellos, emprenden las estrategias de nivelación, necesarias para garantizar el éxito escolar. Esta Comisión se preocupa por promover la puesta en práctica de experiencias innovadoras, que conducen a potenciar el desarrollo de las competencias en sus dimensiones cognitiva, social y personal. FUNCIONES: Son Funciones de la Comisión de Evaluación y Promoción: a. Reunirse al finalizar cada periodo con el fin de hacer un análisis de los estudiantes que requieren

actividades de nivelación y superación que presenten insuficiencias o dificultades en cualquiera de las áreas.

b. Hacer recomendaciones especiales o generales a los docentes o a otras instancias del establecimiento Educativo, con el ánimo de mejorar los procesos de aprendizaje. Estas instancias son: Educando, Padre de Familia, Consejo Académico y Consejo Directivo.

c. Convocar a los padres de familia o acudientes, al educando, y el educador respectivo, después de analizadas las condiciones del educando, con el fin de presentarles un informe con el plan de nivelación y acordar compromisos por parte de los involucrados.

d. Establecer si educador y educandos siguieron las recomendaciones y cumplieron los compromisos del periodo anterior.

e. Levantar acta donde queden las observaciones, decisiones y recomendaciones de las comisiones, las cuales constituirán evidencias para posteriores decisiones acerca de la promoción de estudiantes.

f. Determinar la reprobación de educandos de un grado. REGLAMENTO: En la reunión que tendrá la Comisión de evaluación y promoción al finalizar cada semestre escolar, se analizarán los casos de educandos con desempeño bajo en cualquiera de las asignaturas y se harán recomendaciones generales o particulares a los profesores, o a otras instancias del establecimiento educativo, en términos de actividades de nivelación y superación . Analizadas las condiciones de los educandos, se convocará a los padres de familia o acudientes, al educando y al educador respectivo con el fin de presentarles un informe junto con el plan de nivelación, y acordar los compromisos por parte de los involucrados. La comisión, además, analizará los casos de los educandos con desempeños excepcionalmente altos con el fin de recomendar actividades especiales de motivación, o promoción anticipada. Las decisiones, observaciones y recomendaciones de la comisión se consignarán en acta y éstas constituirán evidencias para posteriores decisiones acerca de la promoción de educandos. La Comisión de Evaluación y Promoción se reunirá oportunamente en el marco de la integración institucional, tomará las decisiones pertinentes y apoyará la definición de políticas institucionales de evaluación que favorecen a la diversidad de la población. La Comisión de Evaluación y Promoción evalúa los resultados de sus acciones y decisiones y los utiliza para fortalecer su trabajo.

B. EQUIPO DE PASTORAL EDUCATIVA:

La Comunidad Educativa Presentación ofrece su Proyecto Pastoral como opción por la Verdad de JESUCRISTO; su mensaje y sus valores evangélicos. Al estar centrada en la propuesta cristiana de Vida, toda la acción educativa de la Institución se convierte en una acción pastoral, cuyos objetivos serán el logro de la síntesis entre fe-vida, lo que implica que se ofrezca un clima cristiano que propicie el encuentro “vivo y vital con la fe”; y entre fe y cultura, por lo tanto, se empeña en el estudio y asimilación de la cultura, de los saberes y de los valores humanos como ejercicio de aproximación a la fe. El equipo de Pastoral es el encargado de movilizar la acción educativa hacia la relación trascendente.

CONFORMACIÒN: El equipo de pastoral está conformado por las hermanas y docentes que orientan la

ERE( Educación religiosa Escolar), la infancia Misionera, tres padres de familia, uno por cada jornada y sede, un estudiante elegido de cada grado desde 5º hasta undécimo y otras personas que voluntariamente deseen colaborar.

51

51

FUNCIONES

a. Dinamiza la formación humana-cristiana promoviendo el crecimiento en la identidad personal, familiar,

Institucional, nacional, cristiana de acuerdo al Lema y a los principios del colegio. b. Organiza y orienta las actividades académicas y pedagógicas, buscando estrategias que permitan el

avance en el conocimiento, el rendimiento académico y la construcción de “saberes”, en la óptica de la pastoral y del crecimiento integral.

c. Promueve, organiza, dinamiza y evalúa las actividades lúdico-culturales que permitan el descubrimiento, desarrollo y crecimiento del talento humano.

d. Su función principal es el cuidado de la Evangelización de los miembros de la comunidad educativa, mediante la promoción de los valores humano cristianos, la solidaridad social, la formación doctrinal de seguimiento de Jesucristo y la celebración de la fe.

C. EL COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Ley 1620 de 15 de Marzo de 2013 (artículo 12) Por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia

Escolar y Formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la

prevención y mitigación de la violencia escolar.

Integrantes: El comité escolar de convivencia está conformado por:

a) La rectora del establecimiento educativo, quien preside el comité. b) La personera o el personero estudiantil. c) La sicorientadora. d) Una coordinadora e) Una o un representante del consejo padres de familia. f) El presidente del consejo estudiantil. g) Un docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar. Funciones del comité de convivencia escolar. a) Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten, entre docentes y

estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. b) Liderar en el establecimiento educativo acciones que fomenten la convivencia, la construcción de

ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.

c) Promover la vinculación del establecimiento educativo a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía y se adelanten en la región y respondan a las necesidades de su la comunidad educativa.

d) Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo.

e) Activar la ruta de atención integral para la convivencia escolar definida en el capítulo 29 de la ley 1620, frente a situaciones específicas de conflicto, de caso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de los derechos sexuales y reproductivos que no puedan ser resueltos por este comité de acuerdo con los establecido en el reglamento o manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del sistema y de la ruta.

f) Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.

g) Hacer seguimiento a las disposiciones establecida en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte del sistema nacional de convivencia escolar de los casos o situaciones que haya conocido el comité.

52

52

h) Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógicos y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinentes en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía.

PARÁGRAFO. Este comité tendrá su propio reglamento, lo cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.

Sesiones. El comité escolar de convivencia sesionará como mínimo una vez cada dos (2) meses. Las sesiones extraordinarias serán convocadas por el presidente del comité escolar de convivencia, cuando las circunstancias lo exijan o• por solicitud de cualquiera de los integrantes del mismo. Quórum decisorio. El quórum decisorio del comité escolar de convivencia será el establecido en su reglamento. En cualquier caso, este comité no podrá sesionar sin la presencia del presidente. Actas. De todas las sesiones que adelante el comité escolar de convivencia se deberá elaborar un acta, la cual deberá contener como mínimo los requisitos establecidos en el artículo 10 del presente Decreto. Parágrafo. El comité escolar de convivencia deberá garantizar el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los datos personales que sean tratados en el marco de las actuaciones que• éste adelante, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política, los tratados internacionales, en la Ley 1098 de 2006, en la Ley estatutaria 1581 de 2012, en el Decreto 1377 de 2013 y demás normas aplicables a la materia. Acciones o decisiones. El comité escolar de convivencia, en el ámbito de sus competencias, desarrollará acciones para la promoción y fortalecimiento de la formación para la ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos; para la prevención y mitigación de la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia; y para la atención de las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos a partir de la implementación, desarrollo y aplicación de las estrategias y programas trazados por el Comité Nacional de Convivencia Escolar y por el respectivo comité municipal, distrital o departamental de convivencia escolar, dentro del respeto absoluto de la Constitución y la ley. Conflictos de Interés y Causales de Impedimento y Recusación. Cuando en las actuaciones adelantadas por parte de los comités escolares de convivencia de los establecimientos educativos oficiales se presenten conflictos de interés o causales de impedimento o recusación, respecto de los integrantes que ostenten la calidad de servidores públicos, los mismos se tramitarán conforme a lo establecido en el artículo 11 y 12 de la Ley 1437 de 2011. De los protocolos del comité: Finalidad: Los protocolos estarán orientados a fijar los procedimientos necesarios para asistir oportunamente a un miembro de la comunidad educativa. Contenido: frente a las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos El protocolo se inicia con la recepción y radicación de las quejas o informaciones a los profesores, o compañeros de confianza, en las oficinas de los coordinadores, psicorientadora y/o rectoría, sobre situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, quienes las recepción en, las pasarán a la oficina de rectoría, para la convocatoria inmediata, si así lo amerita a la comisión de convivencia escolar.

La confiabilidad y reserva son los mecanismos mediante los cuales se proteja a quien informe sobre la ocurrencia de situaciones que afecten la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de posibles acciones en su contra.

Las estrategias y alternativas de solución son primordialmente el diálogo, la verdad, la reconciliación y la reparación. Si se requiere se ofrecerá acompañamiento de psicorientación, pastoral o de instancias estatales del municipio; así como práctica de competencias ciudadanas de la comunidad educativa.

53

53

Las consecuencias de los hechos acaecidos se tomarán según el manual de convivencia. Las formas de seguimiento de los casos estarán a cargo del coordinador(a) donde estén él o los estudiantes involucrados; así como la verificación de la efectividad de la solución. Se requiere que cada coordinador tenga un directorio que contenga los números telefónicos actualizados de las siguientes entidades y personas: Policía Nacional, del responsable de seguridad de la Secretaría de Gobierno municipal, Fiscalía General de la Nación Unidad de Infancia y Adolescencia, Policía de Infancia y Adolescencia, Defensoría de Familia, Comisaría de Familia, Inspector de Policía, ICBF -Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, del puesto de salud u Hospital más cercano, Bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil, Medicina Legal, de las entidades que integran el Sistema Nacional de Convivencia Escolar, de los padres de familia o acudientes de los niños, niñas y adolescentes matriculados en el establecimiento educativo.

D. CONSEJO ESTUDIANTIL

Es el organismo de participación de los alumnos del colegio como ente colegiado que garantiza este ejercicio democrático. Está integrado por un representante, elegido por votación, de cada uno de los grados que funcionan en el establecimiento. Los estudiantes del grado preescolar a tercero son representados ante el consejo estudiantil por un vocero del grado tercero. De este modo el Consejo de estudiantes de la Institución Educativa, está conformado por nueve (9) miembros.

La Rectora y los docentes del área de Sociales convocarán en una fecha dentro de las cuatro primeras semanas del calendario académico, las inscripciones para los estudiantes o las estudiantes que aspiren a ser representantes en sus respectivos cursos.

Todos los estudiantes tienen el derecho de aspirar al Consejo Estudiantil, pero los candidatos finales serán seleccionados por el titular y el comité electoral, después de haber estudiado el perfil que deben cumplir éstos, de acuerdo a los requisitos establecidos en este Manual de Convivencia.

Serán elegidos dentro de la misma jornada democrática que elige al personero o personera. Cada curso deberá presentar como mínimo dos candidatos para la elección por medio del voto secreto.

El área de Ciencias Sociales organiza y da a conocer el cronograma de actividades para la elección del Consejo Estudiantil.

El personero o personera de los estudiantes, el representante o la representante al Consejo Directivo, contralor (a) estudiantil y los representantes de curso, serán elegidos dentro de los treinta días calendario siguientes a la iniciación de clases de un periodo lectivo anual; para tal efecto la Rectora convocará a todos los estudiantes matriculados, con el fin de elegirlos o elegirlas por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto en las Jornadas democráticas organizadas por la Institución.

Funciones del Consejo Estudiantil. a) Darse su propia organización interna. b) Elegir el representante de los y las estudiantes al Consejo Directivo y asesorarla en el cumplimiento de su

representación. c) Velar porque los estudiantes cumplan sus obligaciones académicas. d) Proponer ante sus compañeros, compañeras y gobierno escolar, sugerencias para mejorar el

comportamiento en el Colegio y fuera de él. e) Promover la armonía entre estudiantes-estudiantes, estudiantes-maestros y estudiantes-directivos. f) Supervisar y garantizar el cumplimiento de todos los programas y actividades propuestas por cada

uno de los integrantes del consejo estudiantil. g) Promover y fortalecer la participación democrática de todos los estudiantes. h) Hacer pública la capacidad de liderazgo, voluntad de servicio y cooperación en función del bienestar

institucional. i) Apoyar la labor formativa de directivos y docentes. j) Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida

estudiantil. k) Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Manual de Convivencia.

54

54

REGLAMENTO:

a. Sesiona en la sede principal del Colegio. b. El consejo estudiantil se reúne mensualmente y cada vez que la situación amerite hacerlo, tiene

su libro de actas debidamente diligenciado por el secretario(a). c. Es reconocido como la instancia de representación de los intereses de todos los estudiantes de la

institución y cuenta con el aporte activo de todos sus miembros. d. Evalúa los resultados de sus acciones y decisiones y los utiliza para fortalecer su trabajo.

E. PRESIDENTE(A) DEL CONSEJO ESTUDIANTIL: Es un estudiante del grado undécimo escogido dentro de los representantes de grupo.

FUNCIONES:

a. Convocar reuniones del Consejo Estudiantil. b. Representar a los estudiantes ante el consejo directivo. c. Proponer y liderar Actividades deportivas, culturales y religiosas. d. Representar al Colegio en eventos interinstitucionales a los cuales sea invitado. e. Promover campañas de bienestar estudiantil. f. Promover el estudio y enriquecimiento del Manual de Convivencia. g. Informarse sobre la situación y tema que van a ser tratados en el Consejo Directivo.

F. PERSONERA O PERSONERO ESTUDIANTIL

Es la o el representante de los estudiantes elegido por voto para promover los deberes y salvaguardar los derechos, las niñas de niños y jóvenes. REQUISITOS:

a. Estar matriculado en el plantel y cursar el grado 11°. b. Haber cursados los dos últimos años en la Institución. c. Tener una hoja de vida que refleje buen comportamiento y rendimiento académico en su

escolaridad. d. Identificarse con la filosofía del plantel y actuar con sentido de pertenencia. e. Ser líder positivo. f. Ser ejemplar en el cumplimiento de las normas establecidas en el Manual de Convivencia.

FUNCIONES:

a. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación internos del establecimiento, pedir la colaboración del Consejo estudiantil, organizar foros u otras formas de deliberación.

b. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la Comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los estudiantes.

c. Proponer actividades que favorezcan la integración, la motivación, el conocimiento y el bienestar general de los estudiantes.

d. Presentar ante la Hna. Rectora, Consejo Académico, Coordinación según su competencia, problemas y posibles soluciones acerca del rendimiento académico y comportamental del estudiantado.

e. Cumplir y hacer cumplir sus propuestas. f. Evaluar periódicamente el desarrollo de su trabajo con el Jefe de Área de Sociales.

55

55

g. En coordinación con el Consejo de Estudiantes, fomentar un ambiente de estudio, respeto y cultura entre los estudiantes.

h. Promover y ejecutar campañas de promoción social. i. Estimular la vivencia de valores, humanos, cristianos, artísticos y culturales. j. Las demás funciones o competencias que le correspondan conforme a la Ley general de

Educación, al P.E.I. y al Reglamento o Manual de Convivencia G. CONTRALOR (A) ESTUDIANTIL: Acorde a lo establecido por la Ordenanza 005 de 2010 de la

Asamblea Departamental de Santander, la Contraloría Estudiantil es otra instancia de participación democrática de los Estudiantes. De la misma manera, se elige al Contralor Auxiliar, que hará las veces de Contralor en caso de falta temporal o permanente del mismo. Dicho contralor auxiliar se elige en la misma elección del contralor y será la segunda mejor votación.

REQUISITOS:

a. Estar matriculado en el plantel y cursar el grado décimo (10°) b. Haber cursado los dos últimos años en la Institución c. Tener una hoja de vida que refleje un buen comportamiento y rendimiento académico en su

escolaridad. d. Actuar con sentido de pertenencia con la Institución e. Ser un líder positivo f. Ser ejemplo en el cumplimiento de las normas establecidas en el Manual de Convivencia.

FUNCIONES:

a. Promover y velar por la buena utilización de los recursos y bienes que tenga la Institución, b. Promover y velar por el cumplimiento de los criterios de asignación de cupos disponibles y c. Promover el cuidado del medio ambiente.

H. REPRESENTANTES DE GRUPO

Funciones del representante del grupo a) Evaluar periódicamente con la titular los avances y cumplimiento de su proyecto. b) Asistir a las reuniones programadas por Rectoría, Coordinaciones o el Consejo de Estudiantes, u

otra instancia que la requiera. c) Hacer cumplir en su curso los planes, programas y decisiones que se determinen en las reuniones. d) Motivar a sus compañeros y compañeras para el logro de los objetivos del curso mediante el

cumplimiento de sus funciones como estudiante. e) Fomentar los buenos modales y el respeto por las personas. f) Velar por la buena presentación del curso, manteniendo un ambiente agradable y el cuidado de los

muebles y decoración del mismo. g) Resaltar ante su titular, los aspectos positivos de sus compañeros y compañeras. h) Ser vocero o vocera del grupo en la presentación de propuestas o problemas ante las instancias

Académica o de Convivencia Social propias del Gobierno Escolar, buscando siempre el bien común, teniendo en cuenta el conducto regular.

i) Incentivar la cultura, el orden y el buen nivel académico de su curso. j) Mantener excelentes relaciones con el grupo para fortalecer el proceso de convivencia, diálogo y

tolerancia. k) Velar por el cumplimiento del presente Reglamento o Manual de Convivencia. l) Respetar y respaldar los acuerdos institucionales.

56

56

Procedimiento Para la elección del representante del grupo

a) El Titular con su grupo estudia el capítulo del Manual de Convivencia para la elección del Consejo

de Estudiantes. b) La titular convoca al grupo en la fecha establecida en el cronograma para la Inscripción de los

candidatos o candidatas de curso. c) El Consejo Electoral verifica el cumplimiento de los requisitos y aprueba o no su inscripción como

candidato o candidata a representante del curso. PARÁGRAFO:

En caso de no ser aprobada la candidatura, el curso será convocado nuevamente para elegir un candidato o una candidata que cumpla con los requisitos establecidos.

Los candidatos o candidatas elaborarán su propuesta de trabajo acorde con la filosofía, principios y Reglamento o Manual de Convivencia de la Institución y se lo presentan al Jefe del área de Sociales para su respectiva revisión y asesoría.

El titular presenta los candidatos o las candidatas a vocero o vocera de curso, quienes darán a conocer a su grupo el programa, dando así inicio a la campaña electoral.

I. CONSEJO DE CONCILIADORES: Conformado por un conciliador elegido democráticamente en cada uno de los grupos desde primero hasta Undécimo grado. La función de los conciliadores está determinada por la Resolución de Conflictos en primera instancia a través de pares, en lo posible, dentro la misma aula y sin necesidad de llevarlo a personas externas a los estudiantes. CONDICIONES PARA SER ELEGIDO CONCILIADOR:

a. Estar matriculado y ser estudiante regular de esta Institución. b. Ser estudiante responsable y observar un buen rendimiento académico. c. Tener sentido de pertenencia con la Institución. d. Ser líder positivo. e. Inscribir su nombre dentro de los términos fijados para la elección. f. Presentar un plan o programa de trabajo. g. No haber sido sancionado por falta disciplinaria o académica durante su vida estudiantil. h. Ser una persona integral en valores, cumplidor y promotor de las normas establecidas en el

Manual de Convivencia. FUNCIONES: Las Funciones de los conciliadores están determinadas para facilitar el proceso de mediación, para que a través de acuerdos verbales y escritos, se puedan solucionar conflictos que se presenten en el aula de clase.

PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN PARA ESTUDIANTES AL CONSEJO ESTUDIANTIL, CONSEJO DIRECTIVO Y PERSONERÍA.

a) Inscripción de candidatos o candidatas ante el Consejo Electoral. b) Presentación de un programa de actividades (máximo 3 actividades que puedan cumplir). c) Para la aprobación de su programa, cada candidato a personero o personera presenta a Rectoría

su propuesta de trabajo. d) Presentación de los candidatos a los estudiantes. (mínimo dos (2) aspirantes, máximo cuatro. (4). e) La Rectora presenta los candidatos a personero o personera quienes darán a conocer su programa

a los estudiantes del colegio, dando así inicio a la campaña electoral. f) Elección sistematizada mediante voto secreto. La ubicación del candidato o candidata en el

formato del sistema se establecerá por orden alfabético teniendo en cuenta su primer apellido.

PARÁGRAFO. Los candidatos o las candidatas deben abstenerse de hacer publicidad que suponga

gastos innecesarios fuera del alcance de un menor de edad, así como emplear personas no

pertenecientes a la comunidad educativa para realizar campañas.

57

57

POSESIÓN DE CARGOS

La Rectora de la Institución convoca a los diferentes miembros de la Comunidad Educativa, para que

mediante acto público tomen posesión de su cargo como miembros del Gobierno Escolar para el año

lectivo y a su vez se firma el Acta de Posesión.

REVOCATORIA DE MANDATO

Causales que ameritan La revocatoria del mandato:

a) Incumplimiento de sus funciones y/o responsabilidades asignadas.

b) Ser remitido o remitida al comité de convivencia escolar en cualquiera de los períodos del año lectivo.

c) Continúas ausencias a las actividades inherentes a su cargo.

d) Cualquiera de las faltas graves o muy graves contempladas en el Reglamento o Manual de

Convivencia Escolar

PROCEDIMIENTO DE REVOCATORIA

a) Una vez comprobada la causal que amerita la revocatoria el estudiante o la estudiante será citado a Rectoría.

b) El estudiante procede a hacer sus debidos descargos. c) Una vez comprobada la falta, el estudiante es nuevamente citado a Rectoría junto con sus padres

para ser informados sobre las causales que ameritan la revocatoria. d) El estudiante o la estudiante firma el Acta de revocatoria. e) Para el cargo será designado el estudiante o la estudiante que en el proceso electoral haya obtenido

el segundo puesto en votación.

PARÁGRAFO. En el caso de los suplentes a personería no cumplan con los requisitos al cargo, la

designación del cargo será ejecutado por la Rectoría.

CONSEJO ELECTORAL

Es el órgano encargado de establecer los procesos de elección de los diferentes cuerpos colegiados.

Integrantes

a) La Hermana Rectora. b) El o la coordinador (a) c) La o el docente del comité de convivencia escolar d) Los Docentes del área de ciencias sociales.

Funciones del Consejo Electoral.

a) Darse su propia organización. b) Establecer un reglamento que fije los criterios a seguir durante las campañas de representantes,

consejo estudiantil y personera personero c) Vigilar y fiscalizar las elecciones para garantizar la legalidad de las mismas. d) Recibir las quejas y establecer sanciones disciplinarias y formativas pertinentes ante cualquier

incumplimiento del reglamento establecido para las campañas o cualquier acto que atente contra el ejercicio de la democracia escolar fomentada en la Institución.

58

58

e) Recibir las inscripciones de los candidatos o candidatas a representantes, consejo estudiantil y personería y darles su aval después de haber analizado si estos cumplen con el perfil requerido.

CAPITULO IV: DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES

Artículo 28. OBLIGACIONES DE LA FAMILIA. En desarrollo del mandato constitucional que impone a los padres de los menores el deber de sostenerlos y educarlos y en cumplimiento de las obligaciones asignadas a la familia por el Artículo 7o de la Ley 115 de 1994, la omisión o desatención al respecto se sancionará según lo dispuesto por la ley. Los jueces de menores y los funcionarios administrativos encargados del bienestar familiar, conocerán de los casos que les sean presentados por las autoridades, los familiares del menor o cualquier otro ciudadano interesado en el bienestar del menor. Artículo 29. ASAMBLEA DE PADRES Asamblea general de padres de familia. La asamblea general de padres de familia está conformada por la totalidad de padres de familia del establecimiento educativo quienes son los responsables del ejercicio de sus deberes y derechos en relación con el proceso educativo de sus hijos. Debe reunirse obligatoriamente mínimo dos veces al año por convocatoria del rector o director del Establecimiento educativo. PERFIL DE LOS PADRES DE FAMILIA EL Padre y Madre de Familia del Colegio de la Presentación de Ocaña se distinguen por ser íntegros, lo que hace que se identifiquen con la filosofía del plantel la cual le permite reforzar su papel trascendente de primeros educadores de sus hijos.

a. Identificados con la Filosofía Institucional. Asume y promueve los valores y la filosofía del Colegio.

b. Respetuosos en las comunicaciones con el personal directivo, docente y administrativo. c. Responsables con los deberes adquiridos al momento de firmar la Matrícula. Ley 115 Art. 8 d. Respetuosos del Conducto Regular establecido por la Institución para su atención. e. Comprometidos con el proceso de formación de sus hijos. f. Capaces de expresar el sentido de pertenencia a la Institución respaldando los acuerdos y

organizaciones propias de la misma. g. Interesados por ofrecer a sus hijos un ambiente sano que favorezca el estudio. h. Forjadores de valores desde el testimonio de vida. i. Comprometidos en ayudar a sus hijos (a) cuando presenten dificultades académicas y de

comportamiento. j. Responsables con sus deberes como acudiente, asistiendo a reuniones, capacitaciones y

orientaciones institucionales de sus hijos. k. Facilitadores de los útiles necesarios para el desarrollo de las actividades escolares. l. Coherentes con la formación religiosa que ofrece la Institución, cimentada en los fundamentos

de la Religión Católica. m. Buscan el diálogo y solución a los conflictos siguiendo el conducto regular. n. Acrecientan su fe y expresa su amor a Dios, a sus hermanos y a la naturaleza. o. Ejercen la autoridad con firmeza, diálogo y testimonio. p. Favorecen el desarrollo físico, espiritual, afectivo, intelectual, moral y sexual de su hijo(a). q. Asisten a entrevistas, orientaciones y capacitaciones que se programen. r. Mantienen informado al titular de su hijo o hija de las consultas y terapias especializadas que

recibe, al igual que de medicamentos especiales que sea ordenado por el especialista. s. Colaboran con el docente en el acompañamiento, atención a sugerencias y solicitud de ayuda

para lograr avances en el o la estudiante con NEE. t. Colaboran desinteresadamente en el progreso de la institución

.

59

59

ARTICULO 30. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA A la familia como núcleo fundamental de la sociedad y a los padres como primeros responsables de la educación de los hijos, hasta la mayoría de edad o hasta cuando ocurra cualquier otra clase de forma de emancipación, le corresponde: (art.7, ley general de la educación) a. Conocer la filosofía de la IE colegio de la Presentación en aras de lograr la formación integral de su

hijo (a). b. Elegir y ser elegido a los cargos representativos en la Institución: Consejo Directivo, Asociación de

Padres de Familia, Consejo de Padres, Escuela de Padres, Comités y otras instancias de participación.

c. Conocer y velar por el cumplimiento del presente Manual de Convivencia. d. Participar en todos los programas de formación de padres que brinde la Institución, como ayuda

para cumplir adecuadamente la tarea educativa que le corresponde. e. Exigir respetuosamente a las Directivas y Docentes, el cumplimiento de los programas

académicos, deportivos y culturales de la Institución. f. Solicitar comedidamente formación ética y moral adecuada para su hijo (a). g. Que se garantice para su hijo (a) profesores idóneos y competentes. h. Recibir trato cortés y amable por parte de las directivas, profesores y empleados de la Institución. i. Ser atendido y escuchado permanentemente por directivos, docentes, personal administrativo o de

servicios, cuando soliciten información sobre su hijo (a) o deseen presentar sugerencias o reclamos sobre su hijo (a) o acudido (a) (Siguiendo el conducto regular).

j. Recibir periódica y puntualmente los informes sobre el desempeño en el proceso de formación integral de su hijo (a).

k. Ser convocado oportunamente a reuniones ordinarias y extraordinarias citadas por la Rectoría, Coordinadora, titulares o docentes.

l. Buscar y recibir orientación sobre la educación de su hijo (a) m. Presentarse periódicamente ante el Docente titular de Grupo o las Coordinadoras para indagar

sobre el desempeño académico y disciplinario de su hijo o hija en el horario establecido. n. Conocer el Cuerpo Docente y su respectivo horario de atención del grado cursado por su hijo (a). o. Ser informado oportunamente de las faltas y sanciones que afecten a su hijo (a). p. Ser escuchado y orientado sobre aquellos casos que afecten la integridad física, moral,

disciplinaria y académica de su hijo (a). q. Ser atendido oportuna y debidamente por el personal Administrativo en cuanto a certificados,

constancias y otros documentos o servicios que soliciten. ARTICULO 31. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA a. Diligenciar personalmente la matrícula de su hijo (a) en las fechas fijadas por la Institución,

presentar la documentación completa y firmar el Contrato de Matrícula. b. Conocer y aplicar el Reglamento o Manual de Convivencia. c. Adquirir la identidad “padre de Familia Presentación” asumiendo la vivencia del PEI y

comprometiéndose en su desarrollo. d. Conocer, asumir y respetar la filosofía del Colegio de la Presentación de Ocaña, para lograr la

formación integral de su hijo (a). e. Velar por la buena presentación personal de su hijo (a) suministrándole oportunamente los

uniformes según horario. f. Proporcionar a su hijo (a) los recursos escolares imprescindibles para el desarrollo, cualificación

estudiantil (útiles, implementos y materiales necesarios) para facilitar el cumplimiento, el progreso en sus labores.

g. Estar atentos al rendimiento académico y comportamental de su hijo (a) en la Institución y participar en las acciones de mejoramiento.

h. Inculcar a su hijo (a) los valores del respeto, la consideración y la gratitud que el maestro merece, para lograr conservar su buena imagen y facilitar la relación maestro - estudiante. La institución a su vez promoverá los mismos conceptos a sus docentes, con el fin de establecer un respeto bilateral.

i. Apoyar permanente y efectivamente la labor del colegio en la formación de sus hijos. j. Respaldar y reforzar las orientaciones y directrices del colegio en beneficio de la formación integral

de su hijo (a). k. Inculcar al interior de la familia los valores éticos y morales para la formación integral de sus hijos.

60

60

l. Acompañar continuamente a su hijo (a) en el proceso de formación integral, consciente de que familia es la base donde se fundamentan los principios y valores.

m. Asumir responsabilidades frente al compromiso de su hijo (a) en los correctivos impuestos por la institución.

n. Buscar y aceptar la orientación psicológica ofrecida por la Institución. o. Respetar los compromisos académicos y de disciplina firmados por su hijo, como responsable de

su formación. p. Dialogar frecuentemente con su hijo (a) para reforzar la labor de la Institución en la formación y el

fortalecimiento del desarrollo afectivo. q. mantener una actitud constante y abierta de diálogo con el colegio. r. Brindar trato cortés y amable a directivas, docentes, administrativos y operarios. s. Evitar hacer comentarios y críticas destructivas ante el buen nombre del Colegio. t. Estimular a su hijo (a) para que solucione, por su cuenta, los problemas o inconvenientes que se le

puedan presentar dentro del Colegio, siguiendo siempre el conducto regular. u. Asumir el costo de los daños causados por su hijo (a) a los bienes del colegio o de sus

compañeros, si se diera el caso. v. Justificar personalmente y por escrito ante la Coordinadora, los retardos forzosos o la inasistencia

al plantel de su hijo (a) una vez regrese nuevamente al Colegio. w. Solicitar personalmente en Coordinación, los permisos para que cuando su hijo (a) o representado

(a) se ausente, o falte al Colegio. Cuando la ausencia supere los tres días el permiso se debe solicitar en Rectoría.

x. Presentar personalmente en la Institución a quien corresponda, las sugerencias que contribuyan al mejoramiento del proceso educativo.

y. Presentar permiso por escrito a la Rectoría, cuando la ausencia sea igual o superior a tres días. z. Ser responsable con el horario establecido por el Colegio para el ingreso y salida del estudiante de

la Institución. aa. Respetar el conducto regular que debe seguirse según corresponda a la formación académica o

disciplinaria. bb. Solicitar con anticipación las citas para ser atendidos en el tiempo programado por la Institución. cc. Atender con responsabilidad las citaciones que le hagan directivos o profesores, en el horario

estipulado. dd. Asistir puntualmente a todas las reuniones programadas por la Institución. La asistencia es de

carácter obligatorio (Art. 7 Ley 115/94). PARÁGRAFO 1. Ante el incumplimiento a citaciones enviadas por los docentes a los padres de familia se seguirá el siguiente procedimiento:

Recibir una segunda citación para ser atendido por el docente y esta es enviada con su hijo o

hija. Ante el incumplimiento a la segunda citación, el estudiante o la estudiante no podrá ingresar a

clase hasta que el padre de familia se haga presente en la Institución. PARÁGRAFO 2. Ante la ausencia a reuniones, talleres, entrega de boletines e informes académicos se seguirá el siguiente procedimiento:

Justificar la ausencia al día siguiente en la coordinación. Registrar el motivo de la ausencia en el libro de seguimiento del estudiante o la estudiante. Informarse sobre el evento desarrollado. Si hay reincidencia en la ausencia de entrega de boletines, se informará al bienestar familiar.

ARTÍCULO 32: CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA

El Consejo de Padres de Familia es un órgano de participación de los padres de familia del

establecimiento educativo destinado a asegurar su continua participación en el proceso educativo y a

elevar los resultados de calidad del servicio. Decreto 1286 de 2005

61

61

Integrantes: Estará integrado por uno o dos representantes de los padres de los estudiantes que cursan

cada uno de los diferentes grados que ofrece la institución.

Funciones

a) Contribuir con la Rectora en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de estado.

b) Exigir que el establecimiento con todos sus estudiantes participe en las pruebas de competencias y de estado, realizadas por el instituto Colombiano para el fomento de la educación superior.

c) Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y Deportivas que se organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad

d) Participar en la elaboración de Planes de Mejoramiento y en el logro de los objetivos planteados. e) Promover actividades de formación de los padres de familia encaminados a desarrollar estrategias de

acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes. Fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas encaminadas a promover los derechos del niño.

f) Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa.

g) Presentar propuestas de mejoramiento del Manual de Convivencia en el marco de la constitución y la ley.

h) Colaborar con las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los educandos, en la solución de las dificultades de aprendizaje. La detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente.

i) Elegir el representante de los padres de familia al Consejo Directivo del establecimiento educativo. j) Servir de voceros ante las directivas, profesores (as) y padres o madres de familia en las diferentes

reuniones. k) Promover el cumplimiento eficiente de los deberes y derechos de los padres y madres de familia,

contemplados en el manual de convivencia.

Criterios para la elección del Consejo de Padres de Familia

a) Tener matriculado el hijo o hija y/o acudido o acudida en el grado correspondiente. b) Estar dispuesto a ser un colaborador para el buen desempeño de la Institución. c) Ser dentro del grupo un líder positivo que promueva las acciones de mejoramiento continuo en su

grupo. d) Ser dentro del Consejo de padres un miembro vivo y activo para contribuir al logro de las metas que

se hacen en bien de la Institución. e) Expresar sentido de pertenencia a la Institución a través de su compromiso como miembro de la

Comunidad Educativa. f) Estar dispuesto a trabajar y brindar apoyo a todos los procesos que beneficien a la Comunidad

Educativa. g) Conocer, asumir y respetar la filosofía del Colegio. h) Hablar positivamente de la Institución evitando comentarios y críticas destructivas ante el buen

nombre del Colegio.

Criterios para ser elegido como representante de curso al Consejo de Padres

a) Asistir a la primera asamblea general de Padres de Familia convocada por la Institución. b) Conocer los criterios establecidos por la Institución en el Manual de Convivencia para la elección del

consejo de padres. c) Ser elegido por los padres de familia del curso según los criterios establecidos.

Artículo 33: ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA

62

62

Apoya y colabora con la rectora en cuestiones relativas a la relación colegio – familia – comunidad. Está

compuesta por todos los padres de familia o acudientes de los estudiantes del Colegio que

voluntariamente opten por afiliarse a ella.

Según Decreto 1860 de 1994, en su artículo 30, la Asociación de Padres de Familia además de las

funciones que su reglamento determine, debe cumplir con las siguientes funciones:

a) Apoyar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y el Plan de Mejoramiento del establecimiento Educativo.

b) Promover los procesos de formación y actualización de los padres de familia. c) Promover la construcción de un clima de confianza, tolerancia y respeto entre todos los miembros de

la comunidad educativa. d) Apoyar a las familias y a los estudiantes en el desarrollo de las acciones necesarias, para mejorar los

resultados de aprendizaje. e) Promover entre los Padres de Familia una cultura de convivencia, solución pacífica de los conflictos y

compromiso con la legalidad. f) Facilitar la solución de los problemas individuales y colectivos de los menores y propiciar acciones

tendientes al mejoramiento de su formación integral de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del decreto 2737 de 1989.

g) Promover el proceso de constitución del consejo de padres de familia, como apoyo a la función pedagógica que les compete.

h) Elegir a uno de sus representantes como miembro del consejo directivo. El o la representante debe mantener informados a sus compañeros (as).

i) En representación de los padres y madres de familia llevar inquietudes, sugerencias, expresar necesidades a directivos, docentes, administrativos y/o estudiantes.

j) Estar en permanente contacto con la Institución para conocer toda su organización y funcionamiento con el fin de emitir apreciaciones justas cuando se presente una determinada oportunidad.

Artículo 34: ASOCIACIÓN DE EXALUMNAS (OS)

(Decreto 1860 de 1994. Artículo 21 numeral 5)

Es el organismo que agrupa a los exalumnos o exalumnas del Colegio y que fundamentalmente sirve de

apoyo, guía y colaboración con el quehacer institucional en beneficio de los estudiantes a través de su

representante en el Consejo Directivo.

Funciones de la Asociación de Exalumnas (os)

a) Proponer iniciativas que dinamicen el Proyecto Educativo Institucional. b) Presentar un plan anual de actividades encaminadas a mejorar la institución y sus procesos. c) Promover la integración de las (os) exalumnas (os) con propuestas que vinculen a otras (os)

exalumnas (os). d) Propender por la proyección cultural y pedagógica de la Institución, mediante la creación de comités

para la ejecución de actividades. e) Elegir su representante al Consejo Directivo. f) Participar en las programaciones de eventos especiales del colegio

Artículo 35: VIGENCIA El presente Manual de Convivencia fue aprobado según acuerdo N° 00 del Consejo directivo y puesto en marcha mediante la resolución rectoral N° 06 de 24 de agosto de 2016, según consta en el acta correspondiente y rige a partir de la fecha de promulgación.

63

63

TABLA DE CONTENIDO

CAPITULO I IDENTIDAD INSTITUCIONAL Artículo 1. HISTORIA Artículo 2. HORIZONTE Artículo 3. MARCO FILOSOFICO INSTITUCIONAL Artículo 4. OBJETIVOS Artículo 5. SIMBOLOS Y DISTINTIVOS PRESENTACION Artículo 6. UNIFORMES Artículo 7. FUNDAMENTACION LEGAL

06 08 09 10 11 12

CAPITULO II APLICACIÓN A LA VIDA ESTUDIANTIL DIARIA

Artículo 8. PERFIL DEL Y DE LA ESTUDIANTE PRESENTACION 15 Artículo 9. ADMISIONES 17 Artículo 10. PROCESO DE MATRICULA O DE RENOVACION DE LA MATRICULA 17 Artículo 11. CAUSAS PARA LO NO RENOVACION DE LA MATRICULA 18 Artículo 12. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES 18 Artículo 13. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES 21 Artículo 14. Artículo SISTEMA DE EVALUACION DE LOS ESTUDIANTES 22 Artículo 15. ESTIMULOS Y DISTINCIONES 29 Artículo 16. RUTA DE ATENCION INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR 31 Artículo 17. CLASIFICACION DE LAS SITUACIONES 32 Artículo 18. DE LOS PROTOCOLOS 33 Artículo 19. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES 34 Artículo 20. CONCEPTO DE FALTA 37 Artículo 21. DEBIDO PROCESO EN EL AMBITO ESCOLAR 39 Artículo 22. PROCEDIMIENTO ORIENTADOR Y CORRECTIVO 44 Artículo 23. CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES 45 Artículo 24. RECURSOS 45 CAPITULO III GOBIERNO ESCOLAR Y ORGANISMOS DE PARTICIPACION

Artículo 25. COMUNIDAD EDUCATIVA 46 Artículo 26. GOBIERNO ESCOLAR 46 Artículo 27. ORGANISMOS DE PARTICIPACION 49 CAPITULO IV: DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES Artículo 28. OBLIGACIONES DE LA FAMILIA 58 Artículo 29. ASAMBLEA DE PADRES 58 Artículo 30. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA 59 Artículo 31. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA 59 Artículo 32. CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA 60 Artículo 33. ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA 61 Artículo 34. ASOCIACION DE EGRESASAS (OS) 62 Artículo 35. VIGENCIA 62