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MANUAL DE ACREDITACIÓN PARA ESTABLECIMIENTOS ODONTOLÓGICOS Primera Edición Electrónica, 2015 ITAES

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MANUAL DE ACREDITACIÓN

PARA ESTABLECIMIENTOS

ODONTOLÓGICOS

Primera Edición Electrónica, 2015 ITAES

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Todos los derechos reservados Queda hecho el Depósito que marca la ley 11.723

1ª Edición 2007: ITAES 1ª Edición Electrónica 2015: ITAES (Actualización de la edición impresa 2007 y sus correspondientes actualizaciones) Instituto Técnico para la Acreditación de Establecimientos de Salud (ITAES) Personería Jurídica Resol. IGJ 1199/93 Blanco Encalada 2923,1428, Buenos Aires, República Argentina. Tel/Fax: 4545-1790 El derecho de propiedad de esta obra comprende para su autor la facultad de disponer de ella, publicarla, traducirla, adaptarla o autorizar su traducción y reproducirla en cualquier forma, total o parcial, por medios electrónicos o mecánicos, incluyendo foto-copia, grabación magnetofónica y cualquier sistema de almacenamiento de informa-ción; por consiguiente nadie tiene la facultad de ejercitar los derechos precitados sin permiso del autor y el editor, por escrito. Los infractores serán reprimidos con las pe-nas del artículo 172 y concordantes del Código Penal (arts. 2, 9, 10, 71 de la Ley 11.723)

Manual de acreditación para establecimientos Odon-tológicos -1ª.ed.- Electrónica Buenos aires: ITAES, 2015 Tamaño: 505kb ISBN 978-987-3740-01-5 1. Sistemas de Salud 2.Diagnostico y Tratamiento-Establecimientos

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TABLA DE CONTENIDOS

INTRODUCCIÓN ........................................................................................................................................... 4

ACERCA DEL ITAES ....................................................................................................................................... 5

¿QUÉ ES LA ACREDITACIÓN? ....................................................................................................................... 7

LOS ESTÁNDARES DE CALIDAD .................................................................................................................... 9

ACERCA DE ESTE MANUAL ........................................................................................................................ 11

METODOLOGÍA DE CALIFICACIÓN DE ESTÁNDARES ................................................................................ 13

DICTÁMENES ............................................................................................................................................. 15

ESTÁNDARES DE ACREDITACIÓN............................................................................................................... 17 A- DE LA HABILITACIÓN ........................................................................................................................................ 17 B- DE LOS RECURSOS HUMANOS ......................................................................................................................... 17 C- DE LA PLANTA FÍSICA ....................................................................................................................................... 18 D- DEL EQUIPAMIENTO, DEL INSTRUMENTAL Y DE LOS MATERIALES ................................................................. 21 E- DE LA BIOSEGURIDAD ...................................................................................................................................... 23 F- DE LAS HISTORIAS CLÍNICAS ............................................................................................................................. 25 G- DE LA DERIVACIÓN DE PACIENTES ................................................................................................................... 27

ANEXO I ..................................................................................................................................................... 28 NORMAS DE BIOSEGURIDAD PARA EL ODONTÓLOGO Y PERSONAL AUXILIAR .............................................. 28

ANEXO II .................................................................................................................................................... 29 PAUTAS PARA LA ATENCIÓN DEL PACIENTE ODONTOLÓGICO ..................................................................... 29

ANEXO III ................................................................................................................................................... 30 NORMAS PARA LA LIMPIEZA DE LOS ELEMENTOS Y SUPERFICIES DE TRABAJO ............................................. 30

ANEXO IV ................................................................................................................................................... 32 EQUIPAMIENTO ...................................................................................................................................... 32

ANEXO V .................................................................................................................................................... 33 HISTORIA CLÍNICA Y FICHA ODONTOLÓGICA ............................................................................................. 33

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INTRODUCCIÓN

El desarrollo de la Calidad de la Atención Médica fue cobrando importancia en todo el mundo de manera creciente a partir delas últimas décadas del siglo XX. Durante este período se fue-ron sucediendo diversas modalidades de abordaje, procedimientos de evaluación, técnicas de gestión y métodos instrumentales para determinar el nivel de calidad de las actividades asis-tenciales. Esquemáticamente, los distintos modelos y métodos fueron agrupados en modali-dades de gestión, para quienes se des- envolvían en el interior de las instituciones y modalida-des de evaluación externa, para las técnicas ejecutadas por evaluadores ajenos a la institución. De todos modos, la discriminación entre gestión y evaluación de la calidad reside exclusiva-mente en la posición que asume el observador. Ambas son partes complementarias -e insepa-rables- de un mismo fenómeno que los engloba y contiene. Separarlas implica destruir el mo-delo. Tanto es así que aplicando Criterios de gestión es posible evaluar perfectamente la cali-dad alcanzada en una organización y, en forma recíproca, las herramientas de evaluación mar-can pautas claras para una gestión centrada en la calidad.

Con el tiempo, los Criterios, métodos y Estándares utilizados en la vertiente externa fueron uti-lizados en las técnicas internas y viceversa, por lo que actualmente pautas, Estándares, Crite-rios y procedimientos se influyen recíprocamente. Los límites conceptuales entre los distintos modelos se fueron atenuando y encontrando puntos de coincidencia. En última instancia, el propósito común a todos es el mejoramiento continuo de la calidad. En el campo sanitario es-tas modalidades han requerido adaptaciones específicas por tratarse de un mercado atípico, donde el financiamiento de la atención médica proviene de entidades especializadas –estatales y privadas- de distinto tipo y que se corresponden con diferentes modelos de organi-zación sanitaria, que dependen de las diferentes realidades. Ya no se trata de mercados más o menos regulados o más o menos planificados centralizadamente, como describe la literatura económica clásica. Los vínculos entre el médico y el paciente y entre el médico y el estableci-miento están condicionados por terceros pagadores, que juegan un rol fundamental en el es-tablecimiento de las condiciones de cobertura, aranceles y demás.

La Acreditación Hospitalaria (o, más propiamente, de Establecimientos de Salud), es la meto-dología más extendida en todo el mundo para evaluar externamente la calidad de las institu-ciones asistenciales. Más de 60 países desarrollan actualmente programas de Acreditación. En-tre ellos, varios de Latinoamérica como México, Costa Rica, Colombia, Brasil, Chile, Ecuador y Argentina. Nuestro país fue de los primeros en iniciar este proceso, a partir del impulso pro-movido en la Región por la Organización Panamericana de la Salud (OPS). Como consecuencia de esa vertiente, el ITAES fue la primera entidad acreditadora del país fundada en diciembre de 1993, y que ha demostrado estabilidad institucional, solvencia técnica y probada objetivi-dad e imparcialidad en sus evaluaciones.

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ACERCA DEL ITAES

Es una asociación civil sin fines de lucro, fundada en diciembre de 1993, dedicada a todos los aspectos relacionados con la calidad y la atención de la salud de las personas.

Fue creada por las inquietudes de representantes de establecimientos de salud de todo el país, asociaciones de prestadores, entidades financiadoras de servicios de salud, sociedades cientí-ficas y expertos en calidad y seguridad en la atención.

Se propone brindar a la sociedad -y al sector salud en particular- un instrumento objetivo de evaluación externa conocido como acreditación hospitalaria, con el fin de garantizar la presen-cia de condiciones básicas de calidad y seguridad en los servicios, para satisfacer la confianza de los usuarios y de las entidades que les dan cobertura, a través de la verificación de estánda-res.

MISIÓN

Promover la calidad, la seguridad y el respeto por los derechos del paciente en el cuidado de la salud brindado por las organizaciones sanitarias, a través de la acreditación, estandarización, evaluación, investigación y capacitación.

VISIÓN

Ser una organización reconocida y referente para la acreditación de establecimientos de salud, en los ámbitos nacional e internacional en base a estándares propios y adaptados a la realidad regional.

VALORES

Liderazgo Ética Honestidad Integridad Transparencia Independencia Compromiso Excelencia Innovación Equidad

Organización

Su órgano superior de gobierno es la Asamblea Anual, constituida por Miembros Instituciona-les o Personales, que establece las políticas de la institución y elige la Comisión Directiva, la que a su vez designa los diferentes Comités.

La Comisión Directiva, con el apoyo de los comités, es el órgano de control y el que define las estrategias.

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El staff permanente del ITAES está constituido por las personas que desarrollan las acciones ejecutivas y llevan adelante la operatoria ordinaria.

Experiencia del ITAES

A través de 25 años de labor ininterrumpida y a pesar de haber atravesado circunstancias insti-tucionales y económicas adversas, el ITAES mantuvo su línea de trabajo éticamente transpa-rente, extendiendo su radio de acción a toda la República e incluso expandiéndose a otros paí-ses de la región países limítrofes como Uruguay, Bolivia y Paraguay.

Paulatinamente amplió el espectro de instituciones que evalúa, incluyendo Laboratorios de Análisis Clínicos, Diagnóstico por Imágenes, Diálisis Crónica, Centros de Hemoterapia, Institu-ciones de Inter- nación Domiciliaria y Odontológicas.

Es actualmente Miembro de la International Society for Quality in Health Care (ISQua), habiendo participado activamente en sus Conferencias Internacionales y fue miembro funda-dor e integrante del Consejo del International Accreditation Program (IAP, ex ALPHA).

También fue parte de la iniciativa que culminó con la realización en Buenos Aires de la 18ª Conferencia de la ISQua (del 3 al 5 de Octubre de 2001). En esta oportunidad actuó en conjun-to con AFCAS2, la OPS/OMS3, el Ministerio de Salud de la Nación, el QAP4 (USAID) de los EE.UU. y otras entidades de México y Brasil.

Por medio de estos vínculos y de permanentes contactos con otros países latinoamericanos, adquirió reconocimiento y prestigio en la región como la entidad acreditadora más antigua de la República Argentina.

Como resultado de las tareas llevadas adelante por el Ministerio y esta Comisión se elaboró la RE- SOLUCIÓN MINISTERIAL 1189/07 con el objetivo de continuar con el desarrollo de acciones que permitan afirmar el rol rector del Ministerio y la regulación de la evaluación externa, y ampliar y complementar actividades en esta temática, el Ministerio de Salud de la Nación lan-za el SISTEMA NACIONAL DE EVALUACIÓN EXTERNA, con el objetivo principal de contener los desarrollos, las aplicaciones y las actualizaciones que ameritan los procesos de evaluación ex-terna, y crea además el Registro Nacional de Entidades Evaluadoras Externas en Servicios de Salud y el registro Nacional de servicios de Salud con evaluación externa, en el que se encuen-tra incluido el ITAES.

En el año 2014 obtuvo su primera acreditación de Estándares por parte de la ISQua, a la que se sumó en el 2015 la acreditación de la organización, luego la acreditación del programa para la acreditación de establecimientos de Diálisis Crónica.

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¿QUÉ ES LA ACREDITACIÓN?

Evaluación por pares

Este término, aplicado a la Acreditación se refiere a que, a diferencia de los procedimientos de fiscalización, son iniciativas de entidades integradas por expertos en los mismos ámbitos que los propios evaluados. El objetivo de estas organizaciones es garantizar calidad asistencial, en beneficio de los usuarios. Originalmente independientes y sin fines de lucro, la evolución de las acreditadoras durante las últimas décadas muestra una injerencia creciente del Estado y de fi-nanciadores de salud en el desarrollo de estas actividades de evaluación externa. La Acredita-ción podría ser homologada a lo que la Certificación Profesional Voluntaria es para los profe-sionales de la salud. Conforma un procedimiento dinámico que califica a la totalidad de la insti-tución procurando considerar todos los componentes del proceso de atención, de la seguridad y de la satisfacción de los pacientes.

Conviene aclarar desde ya, que en adelante las denominaciones “establecimientos de salud”, “establecimientos asistenciales” u “hospitales”, se refieren siempre a instituciones de dia-gnóstico y tratamiento, con o sin internación, que tienen servicios poli u oligovalentes destina-dos a la asistencia de pacientes con patologías agudas. Los Estándares no distinguen a los es-tablecimientos por su financiación ni por su naturaleza jurídica, por lo que abarcan estableci-mientos públicos, privados, de Obras Sociales, mutuales, de comunidad, etc.5

Características de la acreditación

Por definición la Acreditación es periódica, es decir que una vez alcanzada no tiene vigencia permanente, puesto que los Criterios de calidad varían con el paso del tiempo. Conviene aco-tar que el concepto “calidad” tampoco es uniforme; cada país debe definir sus propios Están-dares en función de su historia, su cultura, creencias y de su sistema de salud. El contenido de los Estándares se actualiza periódicamente, con lo que las instituciones acreditadas con una versión, se encontrarán con requerimientos de mayor exigencia para mantener esta condición. Esto obliga a las instituciones a esforzarse para mantener lo logrado y a mejorar su desempe-ño; por su parte, la entidad acreditadora deberá desarrollar nuevas exigencias, que a la vez cumplen una función docente. Esto constituye una base estratégica de la Acreditación, cual es promover una cultura de mejoramiento continuo de la calidad.

En nuestro país, como en la mayoría, la Acreditación es voluntaria, no se acredita obligatoria-mente a los establecimientos, los candidatos a evaluados no son elegidos arbitrariamente por la entidad acreditadora, ni por el Estado. Sin embargo, hay casos en los que el Estado y/o los financiadores se involucran activamente en este proceso, casi siempre estableciendo incenti-vos para la participación de posibles interesados. En la República Argentina que deciden en-carar el proceso de Acreditación deben hacerse cargo de los gastos que demanda la evalua-ción. Por otra parte, la confidencialidad de la información obtenida en el proceso de acredita-ción sólo es comunicada al establecimiento evaluado, cosa celosamente asegurada por el ITA-ES ya desde el inicio mismo del proceso. Los resultados también son confidenciales, por lo que sólo se comunican a las autoridades del establecimiento evaluado.

Finalizado el proceso, el ITAES entrega un informe exhaustivo sobre las fortalezas y debilidades encontradas en relación a los Estándares y un dictamen final sobre si se ha alcanzado o no la

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acreditación. En el último caso, otorga un Certificado de Acreditación; la situación contraria se comunica confidencialmente junto como recomendaciones sobre las correcciones necesarias para solucionar los problemas detectados. El ITAES no comunica conclusiones por otros me-dios ni a otros interlocutores, salvo en caso que las autoridades de la institución autoricen explícitamente la difusión del resultado; en definitiva, el establecimiento es el único responsa-ble de su divulgación.

Atributos de la acreditación

El objetivo primordial de la Acreditación es evaluar calidad de atención médica teniendo en cuenta los atributos básicos definidos por Avedis Donabedian: eficiencia, eficacia, efectividad, optimización, aceptabilidad, legitimidad y equidad. Por consiguiente, la aplicación complemen-taria de estas tres modalidades, permitirá alcanzar la mayor claridad en la evaluación de los establecimientos de salud, así como los resultados que razonablemente pueden esperarse.

Pero la Acreditación no se limita a presentar un corte “transversal” de la realidad institucional en un momento dado, como sucede con la Habilitación y Categorización. Su integración en el concepto de mejora continua a través de evaluaciones periódicas, la convierte en una herra-mienta útil ya que hace evidente la evolución de los establecimientos evaluados. Por otra par-te implica capacitación, ofreciendo instrumentos de autoevaluación, orientación para el éxito ante la evaluación externa y recomendación de estrategias de mejora. El objetivo central de la autoevaluación es que la institución se prepare para ser acreditada, tanto mediante su propia verificación como con el apoyo de expertos que asisten al personal en la interpretación de los Criterios de calidad. Al mismo tiempo, se trata de lograr que el establecimiento alcance ar-monía funcional entre sus diferentes áreas, enfatizando los mecanismos correctores a través de recomendaciones de mejora.

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LOS ESTÁNDARES DE CALIDAD

El método se basa en la evaluación por medio de Estándares, que son un conjunto de datos y atributos (Criterios) que permiten obtener una imagen accesible y totalizadora de las condi-ciones básicas de calidad y seguridad. Estos Estándares, que son conocidos y aceptados por el establecimiento previamente a la evaluación, configuran Criterios comprehensivos y no des-cripciones minuciosas de servicios o sistemas de atención. Evalúan –siguiendo a Donabedian-, estructuras, procesos y resultados, además del impacto que los cuidados de salud producen sobre la población.

Ninguno de los Estándares brinda por sí solo una apreciación total de la calidad de un estable-cimiento. La combinación de todos ellos es lo que permite un abordaje integral del estableci-miento evaluado. Como se verá más adelante, cada uno de ellos contiene una gran cantidad de elementos vinculados entre sí que permiten conocer el nivel de cumplimiento del Están-dar.

Existen pautas metodológicas que deben ser respetadas en la redacción de los Estándares. En primer lugar, la facilidad de su verificación: la definición del Estándar debe ser breve, evitando que el exceso de palabras conspire contra la necesaria objetividad. El texto debe ser claro, fácilmente comprensible y, de ser eso imposible, debe contar con todas las aclaraciones y precisiones necesarias6. La información requerida para la evaluación debe estar al alcance de los evaluadores, sin que necesiten desarrollar un método de investigación específico para ob-tenerla. Esto procura reducir al mínimo posible el tiempo que los evaluadores permanezcan en el establecimiento, así como mejorar la claridad de sus conclusiones, con el fin de arribar a un dictamen final basado en la realidad.

Relación con el marco legal

En nuestro país existen diversas regulaciones en salud, emitidas por los tres niveles en que se divide el Estado (nacional, provincial y municipal). En caso de ausencia de reglamentación en un nivel, se aplica la inmediatamente superior. El cumplimiento de la legislación es condición sine qua non para poder incorporarse al programa.

Ahora bien, es común que los Criterios superen las exigencias legales. Por ejemplo, si un Estándar de infraestructura es más riguroso que la regulación aplicable en la materia, se apli-cará el Estándar del ITAES para verificar su cumplimiento. Esta actitud está íntimamente liga-da al concepto superador de la calidad por encima de los marcos legales obligatorios7 y a que la incorporación voluntaria a un programa de este tipo.

Revisión de Estándares

Los Estándares se revisan periódica y permanentemente. Con la información recogida durante las evaluaciones, se mide el impacto de cada uno de los Criterios de calidad sobre los estable-cimientos y se recopila información útil para la adecuación en las sucesivas ediciones del pro-grama.

Cuando surgen dudas, sugerencias u opiniones acerca de la aplicabilidad de criterios, se pro-ducen consultas a expertos y las conclusiones se elevan al Comité de Revisión de Estándares.

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Si es pertinente el Comité emite Notas de reinterpretación, que se difunden por los canales de comunicación formal y se deja constancia para ser incorporadas en la siguiente edición del Manual correspondiente.

La redacción de los estándares respeta ciertas pautas:

En primer lugar, facilidad de verificación: la definición del estándar debe ser breve, evi-tando que el exceso de palabras conspire contra la necesaria objetividad.

El texto debe ser claro, fácilmente comprensible y, cuando sea necesario, contar con todas las aclaraciones y precisiones correspondientes.

La información requerida para la evaluación debe estar al alcance de los evaluadores, sin que necesiten desarrollar un método de investigación específico para obtenerla.

Se procura reducir al mínimo posible, el tiempo que los evaluadores permanezcan en el establecimiento para la verificación, así como mejorar la claridad de sus conclusiones, con el fin de arribar a un dictamen final categórico.

La Acreditación no se limita a representar un corte "transversal" de la realidad institucional, en un momento dado. Para que resulte una herramienta verdaderamente útil, es imprescin-dible que desarrolle una permanente actitud docente, procurando implantar la cultura del mejoramiento continuo de la calidad. Esto significa ofrecer instrumentos de autoevaluación, orientación en la preparación del personal y alternativas para la solución de eventuales in-cumplimientos.

En la redacción de los estándares hasta que surjan cambios resolutorios se siguen las reco-mendaciones de Las Resoluciones MSAL 1924/06 (Comisión Nacional de Evaluación Externa de la Calidad), y 1189/07 (Registro Nacional de Entidades de Evaluación Externa de la calidad) y el Consenso de Entidades de Evaluación Externa de la Calidad.

A partir del año 2015, se siguen además, los principios descriptos en las de la International Society for Quality in Healthcare (ISQua),

Asimismo, para su elaboración se parte de un conjunto de conceptos, que son conveniente mencionar:

El análisis de la relación costo/beneficio no puede ser ajeno a la consideración de los procedimientos de evaluación de calidad de la atención.

La Acreditación es integral, por lo que los estándares procuran evaluar los aspectos de estructura, proceso y resultados1, destacando los atributos que reflejen con la mayor amplitud la calidad de las prestaciones. Por otra parte, también la opinión de los usuarios y sus familiares es tenida en cuenta como elemento de primordial importancia.

1Donabedian, 1966.

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ACERCA DE ESTE MANUAL

El Instituto Técnico para la acreditación de Establecimientos de Salud se complace en presen-tar una nueva Edición del manual de Acreditación para Establecimientos Odontológicos que se aplicará a las evaluaciones que se desarrollen a partir de agosto de 2015.

Las modificaciones introducidas apuntan a mantener esta herramienta a la par de los nuevos desarrollos en términos de calidad asistencial, así como el reconocimiento a la relevancia que para la calidad de atención médica tienen aspectos tales como la seguridad y la satisfacción que sobre el proceso asistencial tienen los pacientes y sus familiares.

En esta oportunidad, el desarrollo de la nueva versión, a cargo de la Dirección Técnica del ITA-ES, contó con la inestimable colaboración del Dr. Jorge García, experto evaluador de la ciudad de Catamarca, la Dra. Liliana Jalaris, de la Sociedad Odontológica de La Plata y la Dra. Laura Herrero, de la Ciudad de Buenos Aires.

Este manual de acreditación comprende tanto a los establecimientos odontológicos de clínica general como a los centros y establecimientos especializados. Es por ello que algunos criterios de calidad sean aplicables según las características del establecimiento evaluado, de acuerdo con la categorización utilizada (ver capítulo DEFINICIONES).

Definiciones A los efectos del presente Manual, se adoptan las siguientes definiciones:

Habilitación: Es el procedimiento por el cual el Estado autoriza el funcionamiento de los servicios de salud que demuestran cumplimiento de requisitos mínimos que han sido aprobados por actos jurídi-cos (leyes, decretos, resoluciones de las diversas autoridades de aplicación, según el caso).

Lleva implícito el poder de policía propio del Estado y su objetivo es ofrecer seguridad a la po-blación acerca de las condiciones en que le serán brindados los servicios de atención de la sa-lud. Normalmente es otorgado por la autoridad de aplicación correspondiente (Nacional, Pro-vincial o Municipal) o bien es delegada en entidades deontológicas profesionales (en especial tratándose de recursos humanos profesionales). Es de carácter obligatorio y por lo general se ejerce por única vez, antes del inicio de las actividades asistenciales.

Categorización: Es el procedimiento por el cual se define el nivel de complejidad de un establecimiento asis-tencial según el desarrollo tecnológico alcanzado (baja, media o alta complejidad), la franja de especialidades que ofrece (establecimientos poli, oligo o monovalentes) o bien el riesgo al que enfrenta (establecimientos para agudos, para internación prolongada, para crónicos, etc.).

Ubica a los establecimientos asistenciales en grupos de prestaciones de similar complejidad (llamados Categorías). Se analiza así la oferta asistencial con que se dispone en una determi-nada área geográfica, por lo que está estrechamente ligada a la capacidad de planificar y esta-blecer diferentes alternativas de diseño del modelo asistencial.

Categorías consideradas en este Manual:

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Categoría I: CONSULTORIOS ODONTOLÓGICOS, hasta 3 consultorios, con equipamiento odon-tológico básico para odontología general y especialidades.

I-a) Sin servicios anexos.

I-b) Con laboratorio dental.

I-c) Con radiología extraoral.

I-d) Con quirófano.

I-e) Con laboratorio dental + radiología extraoral.

I-f) Con laboratorio dental + quirófano.

I-g) Con radiología extraoral + quirófano.

I-h) Con laboratorio dental + radiología extraoral + quirófano.

Categoría II: POLICONSULTORIOS, CENTROS, CLÍNICAS U HOSPITALES ODONTOLÓGICOS, a partir de 4 consultorios, con equipamiento odontológico básico para odontología general y es-pecialidades.

II-a) Sin servicios anexos.

II-b) Con laboratorio dental.

II-c) Con radiología extraoral.

II-d) Con quirófano.

II-e) Con laboratorio dental + radiología extraoral.

II-f) Con laboratorio dental + quirófano.

II-g) Con radiología extraoral + quirófano.

II-h) Con laboratorio dental + radiología extraoral + quirófano.

Aclaración: de acuerdo a la Resolución 2325/80 MSAL, la categoría CLÍNICA u HOSPITAL impli-ca poseer servicio de internación. Sin embargo, al no existir normativa oficial al respecto, los Hospitales Odontológicos serán considerados, para los procesos evaluativos del ITAES dentro de la categoría superior.

Formato de los Estándares El presente Manual está compuesto por Estándares cuyo formato está estandarizado. Cada uno consta de una denominación más una tabla de tres columnas, cuyos encabezamientos y contenidos son los siguientes:

Texto del estándar: describe los criterios que componen cada Estándar, que son numera-dos mediante un código que empieza con la letra correspondiente al Estándar, un guión y un número de orden. Así, C-3 corresponde al tercer criterio del Estándar C.

Aclaración del texto: en ocasiones es necesario aclarar la redacción de los criterios, am-pliando y mejorando su interpretación por parte de evaluadores y usuarios. Esto es esen-

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cialmente importante cuando en el criterio se utilicen adjetivos como “bueno”, “suficiente”, “adecuado”, etc.

Información disponible: esta columna enumera los elementos físicos y documentales que deberán ser puestos a disposición de los evaluadores para ala cumplimentación de su tarea en terreno.

Los criterios se clasifican, de acuerdo con la categoría del establecimiento, evaluado, en dos niveles:

Criterios aplicables a todos los establecimientos

Estos criterios son obligatorios para todo establecimiento odontológicos, es de-cir son aplicables a todo establecimiento, no obstante la categoría a la que per-tenezcan.

A- DE LA HABILITACIÓN, E- DE LA BIOSEGURIDAD y F- DE LAS HISTORIAS CLÍNICAS

Criterios accesorios a aplicar a establecimientos de categoría 2

Los establecimientos de Categoría 2 deberán sumar el cumplimiento de estos criterios.

El proceso de ingreso al programa de acreditación y todas sus actividades se encuentran defi-nidas en el reglamento de acreditación correspondiente, que se pone a disposición del esta-blecimiento vigente al momento de la solicitud de evaluación

METODOLOGÍA DE CALIFICACIÓN DE ESTÁNDARES

El Manual está compuesto por 7 (siete) Estándares, identificados con letras, desde la A hasta la G. Cada Estándar está integrado, a su vez por un número variable de criterios, que son los elementos medibles.

La tabla siguiente estipula el número de criterios que integran cada uno de los Estándares.

ESTÁNDAR NÚMERO DE

CRITERIOS

A- De la habilitación 1

B- De los recursos humanos 8

C- De la planta física 16

D- Del equipamiento, del instrumental y de los materiales

12

E- De la bioseguridad 8

F- De las Historias Clínicas 2

G- De la derivación de pacientes 2

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Primer Paso: Calificación de los criterios. Cada criterio puede ser calificado como:

CT: Cumple totalmente;

o La realidad del establecimiento responde fielmente a lo establecido por el crite-rio o

o El establecimiento ha adoptado un mecanismo diferente, pero que alcanza idénticos resultados a los esperados. Esta alternativa será definida por el ITAES en cada caso.

NC: No cumple;

o No hay indicios de cumplimiento actual ni desarrollos futuros que lo hagan pre-ver.

NA: No aplicable;

o La oferta asistencial del establecimiento no incluye la alternativa.

Segundo Paso: Calificación de los Estándares. Se basa en el porcentaje de criterios cumplidos sobre el total de aplicables respetando las siguientes pautas:

Estándares A y F: son obligatorios y deberán ser cumplidos por los establecimientos en su totalidad.

Estándares B, C, D, E, F: Se los considerará cumplidos cuando no menos del 80% de los criterios aplicables estén calificados CT.

Para la calificación de los estándares, se tendrá en cuenta exclusivamente los crite-rios que se consideren aplicables. Por ejemplo: los criterios referidos al equipamien-to para radiología extraoral no son aplicables a establecimientos que no cuenten con estos equipos.

En el marco de la mejora continua a la que tiende la Acreditación, todos los incum-plimientos serán objeto de Recomendaciones, que constarán en el Informe Final. Es-tas Recomendaciones son indicaciones para incrementar el cumplimiento y serán objetivo principal de evaluación durante las visitas que el ITAES realizará al estable-cimiento en el periodo de vigencia de la Acreditación, en especial cuando se trata de una de tipo transitorio.

Fortalezas y Oportunidades de Mejora Además de evaluar el grado de cumplimiento de los criterios y estándares, los expertos del ITAES deben destacar otros dos tipos de elementos que puedan surgir durante la evaluación en terreno. Estos no serán tomados en cuenta para la calificación final y son:

Fortalezas: condiciones del establecimiento (procedimientos, normas, estructuras, etc.), estre-chamente ligadas con la calidad asistencial y/o con la seguridad del paciente, que no están contempladas por ningún Estándar ni Criterio, pero que merecen ser mencionadas explícita-mente en reconocimiento al esfuerzo que significa su implementación.

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Oportunidades de mejora: condiciones del establecimiento que, aunque no estén contempla-das por ningún Estándar ni Criterio, a juicio del ITAES, deben ser mejoradas pues representan algún grado de riesgo para los pacientes o el personal.

DICTÁMENES

Acreditación Plena:

Cuando el establecimiento cumpla con todos y cada uno de los estándares.

Tendrá una validez de 3 (tres) años, a contar de la fecha del Certificado emitido por el ITAES.

Acreditación Transitoria:

Cuando el establecimiento no cumpla totalmente con hasta 1 (un) Estándar y se considere po-sible la corrección de sus deficiencias en un plazo breve (igual o menor a un año), la CD podrá otorgar una Acreditación Transitoria.

La Acreditación Transitoria tendrá un plazo máximo de 12 (doce) meses, a contar de la fecha de emisión del Certificado. Durante el mismo el ITAES podrá realizar nuevas evaluaciones, a solicitud o no del establecimiento, aunque exclusivamente para evaluar la puesta en marcha y evolución de las tareas destinadas a subsanar las deficiencias que impidieron el otorgamiento de la Acreditación Plena.

El período citado podrá ser acortado cuando a juicio del ITAES existan razones para tal proce-der, tanto por haberse finalizado las tareas correctivas como por no haberse ejecutado en ab-soluto, o bien en los casos en que el ITAES considere que su plazo de terminación, superará la duración máxima de la Acreditación Transitoria.

Cuando el establecimiento cumpla con los requisitos para alcanzar la Acreditación Plena, le será otorgado un Certificado en tal sentido. En estos casos, la Acreditación Plena absorberá la duración de la Transitoria, esto es, la vigencia se contará a partir de la fecha de la primera eva-luación.

No Acreditado:

En los casos en que la Comisión Directiva considere que el establecimiento no cumple las con-diciones para ser acreditado y/o las deficiencias encontradas no puedan ser corregidas dentro del plazo de 1 (un) año, notificará los resultados de la evaluación otorgando un plazo de 15 (quince) días corridos, para que se aporte información complementaria que permitiese mo-dificar la resolución.

Cuando el establecimiento no aporte elementos que justifiquen una nueva evaluación, o noti-fique cambios que a juicio del ITAES, impliquen una modificación de la situación existente en los servicios evaluados favorablemente durante el relevamiento original, la Comisión Directiva procederá a emitir una resolución de No Acreditado. En este caso, deberá mediar no menos de 1 (un) año, para solicitar una nueva evaluación, que deberá cumplir nuevamente con todos los requisitos exigidos.

Comunicación de la resolución final

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MANUAL DE ACREDITACIÓN PARA ESTABLECIMIENTOS ODONTOLÓGICOS 16

El dictamen será comunicado a las autoridades del establecimiento, en forma confidencial y fehaciente por la CD en un plazo no mayor a 10 (diez) días corridos a partir de la fecha de su emisión.

La facultad de dar a conocer públicamente el resultado de la evaluación quedará a cargo de la conducción del establecimiento, y exclusivamente durante y no más allá del período de vigen-cia de la Acreditación.

Los establecimientos acreditados podrán hacer uso del Logo “ITAES ACREDITADO” durante y no más allá del período de vigencia de la Acreditación y con las condiciones establecidas por la Normas del ITAES respecto al uso de imagen.

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MANUAL DE ACREDITACIÓN PARA ESTABLECIMIENTOS ODONTOLÓGICOS 17

ESTÁNDARES DE ACREDITACIÓN

A- DE LA HABILITACIÓN

CRITERIOS APLICABLES A TODOS LOS ESTABLECIMIENTOS

TEXTO DEL ESTÁNDAR ACLARACIÓN DEL TEXTO INFORMACIÓN DISPONIBLE

A-1. El establecimiento cuenta con la habilitación expedida por autori-dad competente.

La habilitación es condición indis-pensable para el funcionamiento de todos los efectores de salud.

En el caso de la Odontología, de-berá contar con la respectiva ca-tegorización de acuerdo con la complejidad disponible y las nor-mas jurisdiccionales aplicables (Consultorio, Centro u Hospital Odontológico, etc.).

Original o copia autenticada de la habilitación.

B- DE LOS RECURSOS HUMANOS

CRITERIOS APLICABLES A TODOS LOS ESTABLECIMIENTOS

TEXTO DEL ESTÁNDAR ACLARACIÓN DEL TEXTO INFORMACIÓN DISPONIBLE

B-1. Los odontólogos que se des-empeñan en el establecimiento cuentan con título habilitante y matrícula profesional vigente en la jurisdicción y seguro de mala praxis.

Todos los profesionales con respon-sabilidad en atención de pacientes deben estar habilitados para ello.

Legajos de los profesionales odontólogos, con título, matrícu-la y seguro de mala praxis.

B-2. Se garantiza la salud y segu-ridad de todo personal que reviste bajo relación de dependencia.

El establecimiento dispone de con-venio con una Aseguradora de Ries-gos del Trabajo, en los términos de la Ley 24.557.

Contrato con la ART.

B-3. La atención de los pacientes está basada en correctas condi-ciones técnicas y de respeto y éti-ca profesional.

El Anexo II presenta una serie de pautas en las que debiera encua-drarse la atención de los pacientes.

Visualización directa y entrevis-tas a profesionales y auxiliares.

CRITERIOS ACCESORIOS A APLICAR A ESTABLECIMIENTOS CATEGORÍA 2

B-4. El establecimiento está bajo la dirección de un profesional odontólogo que cumple con los requisitos legales vigentes en la

El Director debe tener título habilitan-te y matrícula otorgada por la autori-dad de aplicación correspondiente.

Cuando corresponda, según normas

Título profesional original o co-pia autenticada.

Certificación de matriculación / rematriculación.

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MANUAL DE ACREDITACIÓN PARA ESTABLECIMIENTOS ODONTOLÓGICOS 18

jurisdicción.

En los casos en que el estableci-miento cuente con más de un Di-rector, todos ellos tendrán que cumplir individualmente estos re-quisitos.

jurisdiccionales, deberá tener habili-tación como Director.

Disposición o acto administrati-vo (según la jurisdicción) que demuestre el reconocimiento oficial como Director.

B-5. El Director –o por lo menos uno de ellos, en caso de dirección colegiada- deberá tener capacita-ción en administración de estable-cimientos de salud.

En el o los legajos de los Directores deberán existir antecedentes de asis-tencia a cursos sobre administración sanitaria.

Legajo del o los Directores.

B-6. De tratarse de un estableci-miento con estructura de-partamental o por servicios, quie-nes desempeñen las jefaturas de-berán ser especialistas y demos-trar más de tres (3) años de expe-riencia en la especialidad.

Se considera que 3 años es el míni-mo de experiencia necesaria para ser responsable de un servicio.

Legajos de los Jefes de Depar-tamento y/o Servicios.

B-7. En el establecimiento se des-empeñan asistentes con capacita-ción demostrable.

Para el caso de no poseer titulo es-pecífico con la función se dejará constancia del nivel educativo alcan-zado y se aclarará qué capacitación recibió para la función asignada.

Título y/o constancia de capaci-tación en la función.

B-8. Cuenta con personal adminis-trativo.

El personal administrativo destinado exclusivamente a esas tareas.

Se acepta capacitación en servicio.

Legajos del personal adminis-trativo.

B-9. Si ofrece atención de urgen-cias permanente, debe estar dis-ponible las 24 horas durante los 365 días del año.

La guardia puede ser activa o pasiva, pero debe asegurar la atención de-ntro de los 60 minutos de solicitada.

Cronograma de guardias: acti-vas y/o pasivas, por profesional, día y horario.

C- DE LA PLANTA FÍSICA

CRITERIOS APLICABLES A TODOS LOS ESTABLECIMIENTOS

TEXTO DEL ESTÁNDAR ACLARACIÓN DEL TEXTO INFORMACIÓN DISPONIBLE

C-1. El establecimiento cumple con lo establecido en la legislación de la jurisdicción correspondiente en lo referente a la planta física.

Como ejemplo, en la Provincia de Buenos Aires debe poseer, según Decreto 3280/90:

a- Un ambiente para consultorio con una superficie mínima de 7,50 metros cuadrados con un lado de no menos de dos me-tros lineales, más un ambiente destinado a sala de espera.

b- Un ambiente destinado al baño.

Planos del establecimiento o verificación in situ.

Habilitación por la jurisdicción correspondiente.

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Cuando se trate de varios con-sultorios se admitirá un baño cada tres consultorios.

C-2. Existe un sistema alternativo de iluminación;

Este sistema reemplaza a la ilumina-ción artificial en casos de corte de energía eléctrica y garantiza la ilumi-nación en áreas de circulación de público y puertas de acceso y salida del establecimiento.

Verificación in situ.

C-3. Existe un sistema alternativo de generación de energía eléctri-ca.

Este sistema reemplaza a la energía eléctrica en casos de corte y garanti-za su suministro para la continuidad de las intervenciones asistenciales en curso.

Verificación in situ.

C-4. De existir sistemas computa-rizados de gestión asistencial y/o administrativa, deberá contar con sistema de energía ininterrumpida que permita el apagado normal del sistema sin pérdida de datos.

Este sistema reemplaza a la energía eléctrica en casos de corte y garanti-za su suministro para la seguridad de la información.

Verificación in situ.

C-5. El establecimiento posee una sala destinada a la espera de las personas, adecuada a la capaci-dad de atención y tipología de pa-cientes.

La sala de espera tiene asientos de acuerdo al promedio de pacientes atendidos diariamente y cumple las condiciones físicas establecidas por el Ministerio de Salud de la Nación según tipo de establecimiento o se ajusta a normas jurisdiccionales.

Verificación in situ.

C-6. El establecimiento posee faci-lidades de acceso y circulación pa-ra personas con discapacidad.

Posee rampas y/o ascensores.

Verificación in situ.

C-7. La iluminación y ventilación de todos los ambientes son ade-cuadas a las condiciones climáti-cas del lugar.

La iluminación de los ambientes –natural o artificial- permite el correcto desarrollo de las actividades a las que está destinado.

Dispone de sistemas de climatización (ventilación, refrigeración y/o calefac-ción mecánicas).

En todos los casos las cámaras de combustión deberán estar aisladas de los ambientes. No se aceptarán sistemas que consumen oxígeno di-rectamente de los ambientes.

La iluminación de los ambientes con acceso de público deberá ser sufi-ciente para permitir leer sin inconve-nientes.

Verificación in situ.

C-8. Los revestimientos de pisos y paredes deben ser de fácil higie-ne.

Los materiales deberán ser imper-meables, lisos y lavables.

Verificación in situ.

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C-9. La construcción del consulto-rio carece de elementos que pue-dan acumular y/o esparcir sucie-dad.

Los cielorrasos no deben presentar molduras ni elementos que permitan acumular polvillo e insectos, como molduras, empapelados, etc.

En los consultorios se evitarán venti-ladores de techo y de cualquier otro tipo.

Verificación in situ.

C-10. El consultorio posee comu-nicación directa con la sala de es-pera y su ingreso está claramente señalizado.

El ingreso al consultorio no debe re-querir la circulación por otros ambien-tes.

Existe clara señalización que impide el acceso involuntario del público.

Verificación in situ.

C-11. El consultorio dispone de estructuras y superficies que facili-tan el trabajo de profesionales y auxiliares.

Dispone al menos de una mesada de trabajo, con pileta de lavado conec-tada al agua y al desagüe sin sifón y exclusiva para ello.

Verificación in situ.

C-12. Si dentro del ambiente exis-tiera la instalación de más de un equipo dental, estos deberán estar separados uno del otro, mediante un tabique fijo de una altura míni-ma de dos metros.

Cada uno de los espacios desti-nados a la atención dentro de un mismo ambiente, debe cumplir con las normas mínimas de espacio y equipamiento. El área administra-tiva puede ser común.

Cada puesto de atención debe dis-poner de materiales, equipamiento e instrumental completos.

Este criterio no es aplicable al equi-pamiento de imagenología.

Verificación in situ.

C-13. Existe al menos un sanitario para pacientes, que puede ser compartido con el personal.

Los sanitarios para pacientes deben tener acceso desde la sala de espera y poseer al menos:

Inodoro y lavamanos,

Agua caliente y fría,

Elementos de lavado (jabón en cualquiera de sus modalidades),

De secado (toallas descartables o equipos de aire caliente).

Recipiente para residuos.

Verificación in situ.

C-14. Los sanitarios cuentan con correcta ventilación e iluminación.

Es deseable que la ventilación sea natural. Ante su imposibilidad, debe disponer de sistemas de circulación forzada de aire que aseguren la re-novación ambiental.

La iluminación puede ser natural o artificial.

Verificación in situ.

C-15. La higiene de los sanitarios es correcta.

No existen residuos fuera de los re-cipientes adecuados para ello; no

Verificación in situ.

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hay charcos en el piso; los artefactos se encuentran limpios, así como los elementos de iluminación y ventila-ción disponibles.

C-16. Existe al menos un sanitario para uso por parte de personas con discapacidad.

Las características más importantes son:

Acceso y superficie que permiten el uso de sillas de ruedas;

Artefactos adecuados (inodoro elevado, pasamanos, etc.)

Piso antideslizante.

Verificación in situ.

CRITERIOS ACCESORIOS A APLICAR A ESTABLECIMIENTOS CATEGORÍA 2

C-16. Existe un ambiente para el personal administrativo, con co-rrecta ventilación e iluminación y permite la circulación sin obstácu-los del o de los profesionales y auxiliares.

Área especial, independiente del o de los consultorios, que permite el trabajo del personal administrativo.

La iluminación (artificial o natural) permite la lectura sin esfuerzo.

La ventilación, natural y/o artificial, es adecuada a las condiciones ambien-tales.

Se observará que se mantenga la re-lación de espacio necesaria para el trabajo de todo el personal.

Verificación in situ.

C-17. El quirófano respeta las normas legales en vigencia.

Cuando la capacidad resolutiva in-cluya cirugías complejas y/o implan-tes, el quirófano estará construido y organizado según Resolución MSAL 1712/05 o norma jurisdiccional co-rrespondiente.

Verificación in situ.

C-18. Existen sanitarios suficien-tes y diferenciados para el perso-nal y los pacientes.

Se considera mínimo un baño cada tres consultorios.

Los sanitarios para pacientes y públi-co serán distintos de los destinados al personal del establecimiento.

Verificación in situ.

D- DEL EQUIPAMIENTO, DEL INSTRUMENTAL Y DE LOS MATERIALES

CRITERIOS APLICABLES A TODOS LOS ESTABLECIMIENTOS

TEXTO DEL ESTÁNDAR ACLARACIÓN DEL TEXTO INFORMACIÓN DISPONIBLE

D-1. El estado general y la limpie-za del instrumental deben ser co-rrectos.

Los instrumentos no deben mostrar signos de deterioro, corrosión, herrumbre y suciedad.

Ver Anexo III.

Verificación in situ.

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MANUAL DE ACREDITACIÓN PARA ESTABLECIMIENTOS ODONTOLÓGICOS 22

D-2. La cantidad de instrumental debe ser acorde con la demanda.

Se considera deseable una relación de 1:4 entre el volumen de instru-mental y el número de prácticas dia-rias.

El Anexo IV presenta recomendacio-nes sobre instrumental básico y adi-cional.

Verificación in situ.

D-3. El equipamiento se encuentra en perfectas condiciones de uso y su mantenimiento esta normatiza-do

No existen componentes del equipo con mal funcionamiento o en condi-ciones que entorpezcan su utilización (oxidación, roturas, arreglos que no respetan las especificaciones de fábrica).

Verificación in situ.

Normas y registro de manteni-miento de los equipos.

D-4. Al laboratorio de prótesis lle-gan exclusivamente los modelos en yeso y no las impresiones.

Los modelos son acompañados de una Orden de Trabajo

Los modelos deben ser vaciados in-mediatamente de tomada la impre-sión.

La Orden de Trabajo debe contener:

Datos del profesional

Datos del paciente

Fecha

Indicación detallada de las tareas a realizar

Muestras de Órdenes de Traba-jo.

D-5. Se asegura la calidad y el abastecimiento de insumos.

Los materiales cumplen con los si-guientes requisitos:

a- Cantidad: stock de materiales e insumos de acuerdo a la afluencia de pacientes y al promedio de prestaciones mensuales.

b- Calidad: el mercado ofrece una gama de calidad más o menos amplia, de un mismo producto.

c- Variedad: la disponibilidad de determinadas características de un mismo producto, contri-buye al resultado del trabajo final (por ejemplo: amplitud en la gama de tonalidades para restauraciones estéticas y pie-zas protésicas, tamaño y color de piezas preformadas, acríli-cos para dientes provisorios, anestesia con indicaciones especiales de acuerdo, series especiales de limas para en-dodoncia, placas radiográficas periapicales pediátricas, etc.).

Visualización directa del depósi-to de materiales e insumos.

Mecanismos de control de stocks.

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MANUAL DE ACREDITACIÓN PARA ESTABLECIMIENTOS ODONTOLÓGICOS 23

d- Vigencia de los materiales con fecha de vencimiento.

e- Condiciones de almacena-miento: los materiales se man-tienen tapados, limpios, y en las condiciones de temperatu-ra y humedad correspondien-tes.

D-6. Cuenta con equipo radiológi-co odontológico intraoral y gabine-te de revelado habilitados por la Autoridad de Aplicación.

Certificado de habilitación del equipo radiológico.

D-7. Existe un programa de man-tenimiento de los equipos y sus actividades se registran.

El programa de mantenimiento esta-blece acciones preventivas, según el fabricante.

El registro cuenta con información de la efectiva realización de las activi-dades de mantenimiento preventivo y correctivo.

Programa de mantenimiento de los equipos.

Registro de actividades de man-tenimiento preventivo y correcti-vo.

CRITERIOS ACCESORIOS A APLICAR A ESTABLECIMIENTOS CATEGORÍA 2

D-8. El equipamiento para radio-logía extraoral debe:

Estar ubicado en ambiente separado.

Disponer de la pertinente habilitación de Radiofísica Sanitaria.

Se aplican las normas de la Ley 17.557, sus modificatorias y amplia-torias y, en su caso, la legislación provincial correspondiente.

Certificado de habilitación del equipo radiológico.

D-9. Un operador experto se ocu-pa del manejo del equipo de radio-logía extraoral.

El operador del equipo de radiología extraoral debe contar la capacitación correspondiente y estar habilitado por autoridad competente.

Certificado de de capacitación en la operación de equipos ge-neradores de Rx odontológicos.

Habilitación por autoridad com-petente.

D-10. El laboratorio de prótesis cuenta con la habilitación y equi-pamiento correspondiente.

En la Provincia de Buenos Aires, por ejemplo, la habilitación de técnicos y laboratorios se rige por el Decreto 1.630/70

Original o fotocopia autenticada de la habilitación expedida por el Ministerio de Salud.

D-11. El laboratorio de prótesis es propio o contratado, en cuyo caso debe existir relación formal.

La relación formal se establece por medio de un contrato.

Contrato entre el estableci-miento y el laboratorio.

D-12. El laboratorio de prótesis está a cargo de personal técnico competente.

El responsable posee título de técni-co en prótesis dentales o equivalen-te, de acuerdo a normas jurisdiccio-nales.

Título habilitante del profesional a cargo del mismo.

E- DE LA BIOSEGURIDAD

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El Anexo I presenta normas básicas de bioseguridad aplicables a los establecimientos odontológicos, además del presente estándar.

CRITERIOS APLICABLES A TODOS LOS ESTABLECIMIENTOS

TEXTO DEL ESTÁNDAR ACLARACIÓN DEL TEXTO INFORMACIÓN DISPONIBLE

E-1. El establecimiento cuenta con normas de limpieza.

Las normas deben contener al me-nos pautas sobre frecuencia de la limpieza y elementos a utilizar.

El personal de limpieza estará infor-mado de las normas de limpieza que requiere su función.

Normas de limpieza.

En caso de tercerización, pre-sentar contrato con empresa especializada.

E-2. El establecimiento cumple con todos los requerimientos lega-les para el manipuleo descarte y disposición final de los residuos patogénicos. (En la Pcia. de Bs. As.: Ley 11.347 y Decretos 450/94 y 403/97)

Se entiende por residuos patogéni-cos aquellos que requieren un trata-miento especial para su disposición (compactación, trituración, etc.) son: residuos del establecimiento, piezas quirúrgicas, elementos punzo cortan-tes, materiales descartables y des-hechos (gasa, algodón, etc.).

Inscripción como generador de residuos patogénicos.

Contrato con empresa de dis-posición de residuos biopatogé-nicos.

Archivo o registro de certifica-dos de disposición final de resi-duos patogénicos.

E-3. Cuenta con normas para ma-nipuleo, descarte y disposición fi-nal de residuos patogénicos.

Las normas pueden ser proporciona-das por la empresa contratada, o adaptadas de normas nacionales o internacionales.

Normas para manipuleo, des-carte y disposición final de resi-duos patogénicos.

E-4. Posee un manual de normas de bioseguridad al alcance de todo el personal.

El Manual debe contener al menos las recomendaciones de la Ley Na-cional de SIDA, 23.798, más las normas complementarias y regla-mentación de cada jurisdicción.

Manual de normas de biosegu-ridad.

E-5. Posee recipientes adecuados en cantidad y calidad para des-echar el instrumental punzo-cortante descartable (descartado-res).

Los descartadores deben estar cons-truidos en materiales resistentes a la perforación.

Debe disponer suficientes descarta-dores de acuerdo con la carga de trabajo: al fin de la jornada laboral, los descartadores deberán tener ¼ de su capacidad libre.

Verificación de tipo y cantidad de los descartadores en uso (en general provistos por la empre-sa de recolección de residuos biopatogénicos).

E-6. Posee contrato de Área Pro-tegida con servicio de emergen-cias médicas.

El establecimiento debe estar regis-trado como Área Protegida.

Certificado de Área Protegida y contrato del servicio.

E-7. Existen normas de procedi-miento para la esterilización y el personal que la realiza cuenta con la capacitación necesaria.

Las normas deben establecer al me-nos, pautas acerca de

Descontaminación

Lavado,

Secado,

Normas de procedimiento.

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MANUAL DE ACREDITACIÓN PARA ESTABLECIMIENTOS ODONTOLÓGICOS 25

Acondicionamiento y

Esterilización

E-8. Se efectúan controles de es-terilización y se llevan registros apropiados.

Los controles deben efectuarse en cada ciclo de esterilización mediante cintas testigo y registrar sus resulta-dos.

Debe verificarse igual cumplimiento en caso que requiera esterilización en centrales externas.

Registro de resultados del con-trol físico de esterilización.

E-9. Cuando la esterilización sea efectuada por prestador externo, habrá un contrato que asegure que éste cumple con los requisitos de los criterios anteriores.

El traslado de elementos esteriliza-dos en central externa se halla nor-matizado, de modo que asegure el mantenimiento de la cadena asépti-ca.

Contrato con proveedor de ser-vicios de esterilización y normas de procedimiento.

Registro de los controles remiti-dos por la central externa.

F- DE LAS HISTORIAS CLÍNICAS

CRITERIOS APLICABLES A TODOS LOS ESTABLECIMIENTOS

TEXTO DEL ESTÁNDAR ACLARACIÓN DEL TEXTO INFORMACIÓN DISPONIBLE

F-1. Existen Historias Clínicas de todos y cada uno de los pacientes asistidos, en soporte papel y/o electrónico.

Las Historias Clínicas son legibles y comprenden: H.C. y Ficha Odontoló-gica según se describe en el Anexo V. Los puntos 1 a 6 que se describen en el Anexo se consideran indispen-sables, mientras que los puntos 7, 8 y 9 sólo deben registrarse en caso de ser necesarios.

La modalidad de obtención del con-sentimiento informado deberá respe-tar las siguientes pautas:

Explicar claramente al paciente el procedimiento a realizar y los riesgos que entraña.

Asegurarse que el paciente ha comprendido los riesgos a que se expone.

Obtener del paciente su consen-timiento, certificado con su firma hológrafa.

En caso de menores y de perso-nas con discapacidad, se deberá obtener el consentimiento por parte del padre, madre, tutor o encargado.

Muestreo de Historias Clínicas con cumplimiento del 80% de los puntos 1 a 6.

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F-2. El archivo de Historias Clíni-cas permite la rápida identificación de cada una.

El archivo podrá ordenarse por me-dio de códigos, números o alfabéti-camente.

Archivo de Historias Clínicas.

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MANUAL DE ACREDITACIÓN PARA ESTABLECIMIENTOS ODONTOLÓGICOS 27

G- DE LA DERIVACIÓN DE PACIENTES

CRITERIOS APLICABLES A TODOS LOS ESTABLECIMIENTOS

TEXTO DEL ESTÁNDAR ACLARACIÓN DEL TEXTO INFORMACIÓN DISPONIBLE

G-1. El establecimiento deriva pa-cientes que exceden su capacidad resolutiva diagnóstico-terapéutica.

Es recomendable que se disponga de un esquema de derivaciones pla-nificado por especialidad, por zona y por cobertura.

Las derivaciones diagnósticas se acompañan de una solicitud en la que consta la signosintomatología del paciente o el diagnóstico presun-tivo.

Las derivaciones terapéuticas se acompañan de un resumen del caso, explicitando las razones de la deriva-ción y/o sugerencias para su trata-miento.

En las HC de pacientes derivados fi-gura centro de referencia, fecha y causa de la derivación.

Los informes recibidos deben ser ad-juntados a la Historia Clínica.

Muestreo de Historia Clínicas de pacientes derivados.

G-2. El establecimiento recibe habitualmente pacientes derivados de otros establecimientos.

Cuenta con las Historias Clínicas de los pacientes asistidos por deriva-ción, así como copia de los informes de contrarreferencia

Muestreo de Historias Clínicas de pacientes derivados.

Archivo de informes.

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MANUAL DE ACREDITACIÓN PARA ESTABLECIMIENTOS ODONTOLÓGICOS 28

ANEXO I

NORMAS DE BIOSEGURIDAD PARA EL ODONTÓLOGO Y PERSONAL AUXILIAR

Las normas de bioseguridad son de aplicación obligatoria en todos los establecimientos odon-tológicos acreditados por el ITAES. Estas normas serán periódicamente revisadas, modificadas y actualizadas, acorde a los avances científicos y tecnológicos. Vacunas

Inmunizaciones del equipo de salud para profesionales, asistentes dentales y personal de esterilización. Deberán presentar certificación de esquema completo de vacunación, pa-ra: Tétanos, Hepatitis A y Hepatitis B.

Cuidado personal (aplicable a todo el personal y en especial a los integrantes del equipo asis-tencial)

Uñas cortas, prolijas y sin esmaltes;

Cabello corto o recogido. Indumentaria para la atención en consulta (aplicable a profesionales, técnicos y auxiliares)

Chaqueta, guardapolvo o ambo, limpios y totalmente abrochados (cubriendo la totalidad de las prendas que se encuentren por debajo);

Gafas de seguridad;

Guantes y barbijo descartables;

Calzado cerrado o zuecos sanitarios.

No está permitido usar:

Anillos, pulseras, relojes pulsera, cintas, colgantes, aros, etc. Indumentaria quirúrgica

Chaqueta de manga corta que permita la higiene del brazo hasta por encima del codo;

Pantalón largo;

Camisolín estéril de mangas largas (preferiblemente descartable, 100% de polipropileno, de densidad no inferior a 50 g por m2);

Barbijo estéril, descartable;

Cubre calzado y gorro o cofia estériles (preferiblemente descartable, 100% de polipropi-leno, de densidad no inferior a 50 g por m2);

Guantes quirúrgicos estériles, descartables;

Gafas de seguridad. Indumentaria para personal de apoyo (administrativos, secretaría, limpieza, técnicos)

Indumentaria identificable del establecimiento;

Elementos de protección personal conforme las tareas que desarrollen (calzado antides-lizante, guantes gruesos, protectores oculares, delantal plástico, cofia, barbijo, etc.).

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ANEXO II

PAUTAS PARA LA ATENCIÓN DEL PACIENTE ODONTOLÓGICO

Antes de ingresar el paciente al consultorio, el profesional debe tener en su poder la H.C. completa con los datos de filiación.

En caso de pacientes derivados, se deberá verificar la disponibilidad de la orden de deriva-ción y estudios complementarios previos.

Trabajar con asistente, en la medida que sea posible. En presencia del paciente, colocar vaso y eyector descartables. Abrir delante del paciente el envase donde se encuentre la bandeja con el juego clínico

estéril. No tocar superficies “ajenas” al equipo odontológico con los guantes colocados (teléfono,

lapicera, Historia Clínica, etc.). Las prótesis y la aparatología deben ser desinfectadas antes de ser probadas al paciente.

Asimismo, todo material retirado de la boca del paciente (prótesis, placas, etc.) que deba ser manipulado por otra persona (p. ej., laboratorista) deberá ser desinfectado antes de su envío.

Las fresas pueden ser esterilizadas a. por calor seco (disminuye su vida útil en mayor grado que otros medios) b. por calor húmedo (autoclave).

Los residuos biopatogénicos serán descartados en bolsa roja de 100 micrones de espesor. Se darán indicaciones por escrito (al paciente o acompañante) respecto a:

a. Indicaciones posteriores al tratamiento (de ser necesario). b. Derivación (con las instrucciones pertinentes). c. Fecha y hora del próximo turno e indicaciones previas a la siguiente intervención.

Preparación del consultorio en términos de orden, higiene y bioseguridad (eliminar resi-duos, descontaminar superficies, instrumental y equipamiento).

Al ingresar el paciente, no debe haber en el consultorio signo alguno de consultas anterio-res. El ambiente de trabajo debe verse entre paciente y paciente como si fuera la primera consulta de la jornada.

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ANEXO III

NORMAS PARA LA LIMPIEZA DE LOS ELEMENTOS Y SUPERFICIES DE TRABAJO

1. Tratamiento del instrumental odontológico

Instrumental crítico: instrumentos que toman contacto con sangre o medio interno, atra-vesando superficies cutáneas, mucosas o dentarias, (ejemplo: limas endodónticas, sin-desmótomo, etc.). Todos estos instrumentos deben estar estériles al momento de su utili-zación. Una vez utilizados se les realizará:

Descontaminación,

Limpieza y acondicionamiento,

Esterilización.

Instrumental semicrítico: instrumentos que toman contacto con mucosas o tejidos intac-tos, sin penetrar superficies (ejemplo: espejos, atacadores, bruñidores, etc.). Todos estos instrumentos deben estar estériles o desinfectados con algún agente de alto nivel (gluta-raldehído, ácido peracético, peróxido de hidrógeno, etc.) al momento de su utilización. Una vez utilizados se les realizará:

Descontaminación,

Limpieza y acondicionamiento,

Esterilización.

Instrumental no crítico: instrumentos que no penetran superficies ni toman contacto con mucosas. Una vez utilizados se los someterá a:

Limpieza,

Desinfección.

2. Tratamiento de las superficies

Descontaminar todas las superficies de trabajo (sillón, platina, mesada, etc.) con un paño embebido en hipoclorito de sodio al 1% (10 ml de hipoclorito de sodio en 1 litro de agua), solución que debe ser utilizada dentro de las 48 horas de su prepa-ración. ¿Cada cuánto?

3. Tratamiento de las piezas de mano

Retirar las puntas activas y colocarlas en el descontaminante;

Descartar la funda;

Hacer funcionar sobre la salivadera durante un minuto los spray de agua y aire (turbina, micromotor, jeringa triple);

Retirar del acople y descontaminar la superficie externa con una gasa embebida en solución desinfectante (según indicaciones del fabricante) que será descartada;

Secar con toallas descartables y colocarlas nuevamente en su acople;

Finalmente, frente al próximo paciente, colocar nueva funda descartable.

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Las mangueras del suctor y hemosuctor deben absorber un litro de solución de hi-poclorito de sodio al 1% luego de cada utilización.

4. Tratamiento del instrumental

Desinfección o descontaminación:

Inmersión del instrumental durante 20 minutos en un recipiente plástico con tapa (que debe estar disponible en cada consultorio) con solución desinfectante (gluta-raldehído 2% -debe ser renovado al menos cada 14 días-, formaldehído 4%; peróxido de hidrógeno 6%, hipoclorito de sodio 0,5%; alcohol etílico 70%).

Lavado:

Usar cepillo de mango largo (disminuye el riesgo de accidentes) para eliminar los residuos del instrumental; Utilizar guantes de limpieza o doble guante de látex o quirúrgico; Usar de barbijo, gafas de protección y delantal plástico; Lavar enjuagar y almacenar en seco los cepillos de limpieza.

Esterilización

Calor seco (estufa): 1 hora a 180 °C ó 2 horas a 160/170 °C Calor húmedo (autoclave): 30 minutos a 121°C a 1,5 atm. de presión

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ANEXO IV

EQUIPAMIENTO

1. Equipamiento básico:

Sillón odontológico.

Compresor odontológico.

Suctor de saliva.

Sistema de esterilización (a calor seco o húmedo).

Equipo radiológico intraoral.

Delantal plomado con collar tiroideo.

Gabinete de revelado.

Piezas de mano del instrumental rotatorio: o Turbina; o Micromotor; o Contrángulo.

Torno colgante (ubicado en otro ambiente para evitar contaminación del área asis-tencial).

Cavitador ultrasónico.

Lámpara de fotocurado.

Negatoscopio.

2. Equipamiento accesorio:

Amalgamador.

Electrobisturí.

Hemosuctor (obligatorio para cirugías de alta complejidad).

Instrumental para endodoncia mecanizada.

Equipo radiológico extraoral.

Radiovisiógrafo.

Fisiodispenser (obligatorio para implantes).

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ANEXO V

HISTORIA CLÍNICA Y FICHA ODONTOLÓGICA

Contenidos mínimos

1. DATOS DE FILIACIÓN: nombre y apellido, DNI, fecha de nacimiento, domicilio (calle, nº, ba-rrio, localidad, provincia), teléfono, cobertura social, tipo de cobertura, Nº de afiliado.

2. ANTECEDENTES MEDICO/FAMILIARES: patologías o condiciones especiales de salud, que deban ser contempladas por el profesional ante intervenciones medianamente invasivas (por ejemplo, diabetes, hipertensión, alergias, coagulopatías, cardiopatías, terapia medi-camentosa, embarazo, etc.).

3. DATOS CATASTRALES: odontograma completo, mostrando referencias gráficas, junto al es-quema dentario, incluyendo diseño de prótesis fijas y aparatología (protética, ortopédica, ortodóncica o miorrelajante) que porte el paciente.

4. TEJIDOS BLANDOS: presencia de lesiones o particularidades especiales de la mucosa oral, detallando por escrito o en forma esquematizada su localización y tamaño, o bien consig-nando su ausencia.

5. CONSENTIMIENTO INFORMADO EN GENERAL, O DE ADHESIÓN AL TRATAMIENTO: registra-do en la primera consulta.

6. REGISTRO DE CADA INTERVENCIÓN: fecha, tratamiento o paso intermedio de tratamiento realizado, pieza/s dentaria/s involucrada/s, cara/s comprometida/s, observaciones (indica-ciones, medicación, etc.), firma y sello del profesional actuante y firma de conformidad del paciente, o tutor en caso de menores o personas con discapacidad.

7. REGISTRO DE “ALTA ODONTOLÓGICA” o CERTIFICACIÓN DE “BOCA SANA” del mismo modo en que se registra cada uno de los pasos del tratamiento.

8. En caso de EMBARAZO consignar fecha probable de parto y adjuntar indicaciones y/o re-comendaciones del obstetra.

9. CONSENTIMIENTO INFORMADO EN PARTICULAR: para todo procedimiento que represente un riesgo extra para la vida, la salud o la estética del paciente, por su propia naturaleza o por patologías concomitantes. Por ejemplo implantes, exodoncias múltiples o cirugías complejas.

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BIBLIOGRAFÍA

1. Odontología, 2. MSAL, Presidencia de la nación, Habilitación de Consultorios Odontológicos.

http://www.msal.gob.ar/images/stories/tramites-servicios/habilitaciones/O1_habilitacion-consultorios-odontologicos.pdf

3. Ley 17.132 (Normas para el ejercicio de la Medicina, Odontología y Actividades de Co-laboración). Decreto Reglamentario No. 6216/71.

4. Ley 24.557, de Riesgos de Trabajo y sus modificatorias en todos los casos.

5. Ley 26.045, de Precursores Químicos.

6. Ley 25.259, de Derechos de los Pacientes.

7. Ley 24.151, de la obligatoriedad de la vacunación contra la hepatitis B para todas las personas que desarrollen actividades en el campo de la salud

8. Resolución No. 2385/80 Secretaría de Estado de Salud Pública, (Habilitación de Estable-cimientos Asistenciales Privados).

9. Resolución MSAL Nº 18/2000. Normas de notificación de accidente laboral y atención al personal de la salud e instituciones de salud.

10. Resolución MSAL Nº 228/93. Normas de Bioseguridad para uso en establecimientos de salud.