MANUAL ACEITES LUBRICANTES USADOS

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Manual Técnico para el Manejo de Aceites Lubricantes Usados Convenio de cooperación científica, tecnológica y financiera para el diseño de las estrategias y lineamientos técnicos requeridos para la gestión ambientalmente adecuada de los aceites usados de origen automotor e industrial en el territorio nacional Convenio 063 de 2005 2006

Transcript of MANUAL ACEITES LUBRICANTES USADOS

Manual Técnico para el Manejode Aceites Lubricantes Usados

Convenio de cooperación científica, tecnológica y financierapara el diseño de las estrategias y lineamientos técnicos requeridos

para la gestión ambientalmente adecuada de los aceites usadosde origen automotor e industrial en el territorio nacional

Convenio 063 de 2005

2006

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M A N U A L T É C N I C O P A R A E L M A N E J O D E A C E I T E S L U B R I C A N T E S U S A D O S

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIALRepública de Colombia

ÁLVARO URIBE VÉLEZPresidente de la República

JUAN LOZANO RAMÍREZMinistro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial

OSCAR DARÍO AMAYA NAVASViceministro de Ambiente

CARLOS ARTURO ÁLVAREZ MONSALVEAsesor Encargado Dirección de Desarrollo Sectorial Sostenible

FIRMANTES DEL CONVENIOFIRMANTES DEL CONVENIOFIRMANTES DEL CONVENIOFIRMANTES DEL CONVENIOFIRMANTES DEL CONVENIO

CLAUDIA MARÍA BUITRAGODirectora Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente-DAMA

INÉS FERNANDA CAICEDODirectora Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente-DAGMA

JORGE NASSAR COLLDirector Departamento Administrativo del Medio Ambiente Barranquilla-DAMAB

RICARDO SMITH QUINTERODirector Área Metropolitana del Valle de Aburrá-AMVA

LUIS ALFONSO ESCOBAR TRUJILLODirector Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia-CORANTIOQUIA

MARTA RUBY FALLA GONZÁLEZSecretaria del Medio Ambiente Alcaldía de Medellín

ALEJANDRO MARTÍNEZ VILLEGASPresidente Asociación Colombiana del Petróleo-ACP

LUIS ALBERTO GÓMEZ RAMÍREZDirector Ejecutivo Fundación Codesarrollo

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COMITÉ OPERACOMITÉ OPERACOMITÉ OPERACOMITÉ OPERACOMITÉ OPERATIVTIVTIVTIVTIVOOOOO

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo TerritorialLILIANA MARÍA SOTO CASTAÑO

(Exdirectora de Desarrollo Sectorial Sostenible)

Área Metropolitana del Valle de Aburrá-AMVAGUSTAVO LONDOÑO GAVIRIA.(Coordinador Grupo Fuentes Fijas)

Asociación Colombiana del Petróleo-ACPJOSE LUIS RAMÍREZ HURTADO

(Gerente Fondo de Aceites Usados)

Corporación Autónoma Regionaldel Centro de Antioquia-CORANTIOQUIA

PATRICIA ELENA OSSA VELASQUEZ(Profesional Especializada)

Departamento Administrativo de Gestióndel Medio Ambiente-DAGMA

JHON JAIRO GUTIÉRREZ(Profesional Especializado)

Departamento Administrativodel Medio Ambiente - DAMA

FERNANDO MOLANO NIETO(Coordinador Hidrocarburos)

Departamento Técnico Administrativodel Medio Ambiente de Barranquilla - DAMAB

EDUARDO OROZCO(Subdirector Administrativo y Financiero)

Secretaría del Medio Ambiente de MedellínCARLOS ARTURO BOZÓN PÉREZ

(Profesional Universitario Ambiental)

Fundación CodesarrolloJUAN CARLOS BUITRAGO BOTERO(Subdirector de Gestión Ambiental)

COMITÉ TÉCNICOCOMITÉ TÉCNICOCOMITÉ TÉCNICOCOMITÉ TÉCNICOCOMITÉ TÉCNICO

Fundación Codesarrollo

JUAN CARLOS BUITRAGO BOTERO(Subdirector de Gestión Ambiental)

REYNALDO NAVAS VARGAS(Ingeniero Químico)

LUIS FELIPE SEPÚLVEDA VARGAS(Administrador de Empresas)

LUIS FERNANDO MARTÍNEZ VALENCIA(Ingeniero Ambiental)

MARÍA EUGENIA MOLINA YEPES(Comunicadora Social- Periodista)

EQUIPO TÉCNICO Y JURÍDICOEQUIPO TÉCNICO Y JURÍDICOEQUIPO TÉCNICO Y JURÍDICOEQUIPO TÉCNICO Y JURÍDICOEQUIPO TÉCNICO Y JURÍDICO

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo TerritorialJOSÉ ALVARO RODRÍGUEZ CASTAÑEDA

LEYDY MARÍA SUÁREZ OROZCOANDREA LÓPEZ ARIAS

PIEDAD HERNÁNDEZ FIERRO

DISEÑO E IMPRESIÓNDISEÑO E IMPRESIÓNDISEÑO E IMPRESIÓNDISEÑO E IMPRESIÓNDISEÑO E IMPRESIÓNDigital Express

Las imágenes son propiedad patrimonial del DAMA y se haautorizado el uso de las mismas para la presente edición delManual.

Catalogación en el Ministerio de Ambiente,Catalogación en el Ministerio de Ambiente,Catalogación en el Ministerio de Ambiente,Catalogación en el Ministerio de Ambiente,Catalogación en el Ministerio de Ambiente,Vivienda y Desarrollo TVivienda y Desarrollo TVivienda y Desarrollo TVivienda y Desarrollo TVivienda y Desarrollo Terri torialerr i torialerr i torialerr i torialerr i torial

Manual Técnico para el Manejo de Aceites Lubricantes Usados / Colombia, Ministerio deAmbiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Área Metropolitana del Valle de Aburrá-AMVA,Asociación Colombiana del Petróleo-ACP, Corporación Autónoma Regional del Centro deAntioquia-CORANTIOQUIA, Departamento Administrativo de Gestión del Medio Am-biente-DAGMA, Departamento Administrativo del Medio Ambiente-DAMA, DepartamentoTécnico Administrativo del Medio Ambiente de Barranquilla-DAMAB, FundaciónCodesarrollo y Secretaría del Medio Ambiente de Medellín; ed. Bogotá D.C.: Ministerio deAmbiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, 2006.

90 p., 16 ilus, 2 tbls.

ISBN: 958-97878-8-6

Descriptores temáticos:

Aceites lubricantes usados / Combustibles / Guías ambientales

Todos los derechos reservados.Apartes de los textos pueden reproducirse citando la fuente.Su reproducción total debe ser autorizada por el Ministerio deAmbiente, Vivienda y Desarrollo Territorial de Colombia.

Calle 37 No. 8-40 Bogotá D.C., Colombiawww.minambiente.gov.co

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INTRODUCCIÓNINTRODUCCIÓNINTRODUCCIÓNINTRODUCCIÓNINTRODUCCIÓN 1 11 11 11 11 1

DEFINICIONESDEFINICIONESDEFINICIONESDEFINICIONESDEFINICIONES 1 31 31 31 31 3

1 .1 .1 .1 .1 . MARCO TEÓRICOMARCO TEÓRICOMARCO TEÓRICOMARCO TEÓRICOMARCO TEÓRICO 1 61 61 61 61 6

1.1 Generalidades del aceite lubricante usado 17

1.2 Actores considerados en el manejo del aceite lubricante usado 19

2 .2 .2 .2 .2 . PROCEDIMIENTPROCEDIMIENTPROCEDIMIENTPROCEDIMIENTPROCEDIMIENTOS POS POS POS POS PARA EL MANEJO DE AARA EL MANEJO DE AARA EL MANEJO DE AARA EL MANEJO DE AARA EL MANEJO DE ACEITES LCEITES LCEITES LCEITES LCEITES LUBRICANTESUBRICANTESUBRICANTESUBRICANTESUBRICANTESUSADOS DURANTE LA ETUSADOS DURANTE LA ETUSADOS DURANTE LA ETUSADOS DURANTE LA ETUSADOS DURANTE LA ETAPAPAPAPAPA DE AA DE AA DE AA DE AA DE ACOPIOCOPIOCOPIOCOPIOCOPIO 2 22 22 22 22 2

2.1 OBJETIVO 23

2.2 JUSTIFICACIÓN 23

2.3 CONDICIONES Y ELEMENTOS NECESARIOS 23

2.4 PROCEDIMIENTOS 26

2.5 CONDICIONES DE SEGURIDAD 27

3 .3 .3 .3 .3 . PROCEDIMIENTPROCEDIMIENTPROCEDIMIENTPROCEDIMIENTPROCEDIMIENTOS POS POS POS POS PARA EL TRANSPORARA EL TRANSPORARA EL TRANSPORARA EL TRANSPORARA EL TRANSPORTE DE ATE DE ATE DE ATE DE ATE DE ACEITESCEITESCEITESCEITESCEITESLUBRICANTES USADOSLUBRICANTES USADOSLUBRICANTES USADOSLUBRICANTES USADOSLUBRICANTES USADOS 2 82 82 82 82 8

3.1 OBJETIVO 29

3.2 JUSTIFICACIÓN 29

3.3 CONDICIONES PARA EL TRANSPORTE 29

3.4 PROCEDIMIENTOS 32

3.5 PLAN DE CONTINGENCIA 35

3.6 CONDICIONES DE SEGURIDAD 35

Tabla de contenido

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M A N U A L T É C N I C O P A R A E L M A N E J O D E A C E I T E S L U B R I C A N T E S U S A D O S

4 .4 .4 .4 .4 . PROCEDIMIENTPROCEDIMIENTPROCEDIMIENTPROCEDIMIENTPROCEDIMIENTOS POS POS POS POS PARA EL MANEJO DE AARA EL MANEJO DE AARA EL MANEJO DE AARA EL MANEJO DE AARA EL MANEJO DE ACEITESCEITESCEITESCEITESCEITESLLLLLUBRICANTES USADOS DURANTE EL ALMAUBRICANTES USADOS DURANTE EL ALMAUBRICANTES USADOS DURANTE EL ALMAUBRICANTES USADOS DURANTE EL ALMAUBRICANTES USADOS DURANTE EL ALMACENAMIENTCENAMIENTCENAMIENTCENAMIENTCENAMIENTOOOOO 3 63 63 63 63 6

4.1 OBJETIVO 37

4.2 JUSTIFICACIÓN 37

4.3 CONDICIONES Y ELEMENTOS NECESARIOS 37

4.4 ALMACENAMIENTO EN BODEGAS 39

4.5 ALMACENAMIENTO EXTERIOR 42

4.6 PROCEDIMIENTOS 43

4.7 CONDICIONES DE SEGURIDAD 46

5 .5 .5 .5 .5 . PROCEDIMIENTPROCEDIMIENTPROCEDIMIENTPROCEDIMIENTPROCEDIMIENTOS POS POS POS POS PARA EL MANEJO DE AARA EL MANEJO DE AARA EL MANEJO DE AARA EL MANEJO DE AARA EL MANEJO DE ACEITESCEITESCEITESCEITESCEITESLLLLLUBRICANTES USADOS EN LAS INSTUBRICANTES USADOS EN LAS INSTUBRICANTES USADOS EN LAS INSTUBRICANTES USADOS EN LAS INSTUBRICANTES USADOS EN LAS INSTALAALAALAALAALACIONES DECIONES DECIONES DECIONES DECIONES DETRATRATRATRATRATTTTTADORES O DISPONEDORES FINALESADORES O DISPONEDORES FINALESADORES O DISPONEDORES FINALESADORES O DISPONEDORES FINALESADORES O DISPONEDORES FINALES 4 84 84 84 84 8

5.1 OBJETIVO 49

5.2 JUSTIFICACIÓN 49

5.3 CONDICIONES Y ELEMENTOS NECESARIOS 49

5.4 PROCEDIMIENTOS 51

5.5 DISPOSICIÓN FINAL DE ACEITES LUBRICANTES USADOS 53

5.6 CONDICIONES DE SEGURIDAD 53

6 .6 .6 .6 .6 . ESQUEMA GENERAL DE UN PLAN DE CONTINGENCIAESQUEMA GENERAL DE UN PLAN DE CONTINGENCIAESQUEMA GENERAL DE UN PLAN DE CONTINGENCIAESQUEMA GENERAL DE UN PLAN DE CONTINGENCIAESQUEMA GENERAL DE UN PLAN DE CONTINGENCIA 5 45 45 45 45 4

6.1 PANORAMA DE RIESGOS AMBIENTALES 55

6.2 PLAN ESTRATÉGICO 55

6.3 PLAN OPERATIVO 56

6.4 PLAN INFORMATIVO 56

6.5 RECURSOS DEL PLAN 56

BIBLIOGRAFÍA 59

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Figura 1. Área de Lubricación y Almacenamiento Temporal 23

Figura 2. Recipiente de Recibo 24

Figura 3. Elementos de Protección Personal 24

Figura 4. Área de Almacenamiento Temporal 25

Figura 5. Control de goteos, fugas y derrames 25

Figura 6. Extintor 26

Figura 7. Vehiculo de Transporte de Aceites Lubricantes Usados 30

Figura 8. Rótulos Libro Naranja 30

Figura 9. Símbolo que Identifica las Sustancias de la Clase 9 30

Figura 10. Símbolo de Sustancias o Mercancías que tienen Efectos Adversossobre el Ambiente 31

Figura 11. Ubicación de Símbolos 31

Figura 12. Bomba para Cargue y Descargue de Aceites Lubricantes Usados 32

Figura 13. Área de Almacenamiento 37

Figura 14. Acceso al Área de Almacenamiento 39

Figura 15. Material Oleofílico 39

Figura 16. Sistema Contra Incendios 51

Lista de figuras

Lista de tablas

Tabla 1. Métodos para la Medición de Contenidos de PCB´s 44

Tabla 2. Métodos ASTM para Determinación de Contaminantesen Aceites Lubricantes Usados 50

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Anexos

1 Normatividad 63

2 Formatos sugeridos 76

3 Hoja de seguridad para aceites lubricantes usados 81

4 Lista de chequeo para transportadores 83

5 Acciones a desarrollar en caso de emergencia 84

6 Disposición de lodos provenientes del tratamiento de aceites lubricantes usados 86

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INTRODUCCIÓN

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Para el país es un reto el manejo de los residuos peligrosos,entre ellos los aceites lubricantes usados, por lo cual una delas medidas es establecer los aspectos técnicos en las dife-

rentes etapas de manejo (acopio, empaque, embalaje,almacenamiento, transporte, tratamiento y disposición final), quede ser aplicados permitirán proteger la salud humana y el am-biente.

En razón a lo anterior, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desa-rrollo Territorial, el Departamento Técnico Administrativo del MedioAmbiente - DAMA, el Departamento Técnico Administrativo delMedio Ambiente de Barranquilla - DAMAB, el Departamento Ad-ministrativo de Gestión del Medio Ambiente - DAGMA, el ÁreaMetropolitana del Valle de Aburrá –AMVA, la Corporación Autó-noma Regional del Centro de Antioquia –CORANTIOQUIA, laSecretaría del Medio Ambiente de Medellín, la Asociación Colom-biana del Petróleo - ACP y la Fundación Codesarollo, aunaronesfuerzos con el fin de elaborar el presente Manual, el cual pre-tende orientar desde el punto de vista técnico el Manejo de losAceites Lubricantes Usados.

El Manual es el resultado del diagnóstico realizado a través detalleres y de la consulta realizada entre los diferentes actores, a locual se suma una revisión bibliográfica realizada a nivel nacionale internacional. El documento incorpora la experiencia de entida-des como el DAMA quien ha venido desarrollando eimplementando una estrategia para el manejo de los aceites usa-dos en Bogotá, las propuestas de entidades como el ÁreaMetropolitana del Valle de Aburrá y CORANTIOQUIA y la expe-riencia del Fondo de Aceites Usados.

El Ministerio espera que el Manual Técnico para la Gestión deAceites Lubricantes Usados, oriente la gestión de las AutoridadesAmbientales y apoye el mejor desempeño de los diferentes acto-res que se involucran en el manejo de los aceites usados, sirviendode documento de consulta al sector académico que realiza estu-dios e investigaciones en el tema.

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DEFINICIONES

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LLLLLas siguientes definiciones se presentan con el fin de dar clari-dad a algunos términos utilizados en el presente Manual y aldesarrollo técnico que se propone para el manejo de los aceites

lubricantes usados.

Acopio. Acopio. Acopio. Acopio. Acopio. Acción tendiente a reunir productos desechados o des-cartados en un lugar acondicionado para tal fin, de manera seguray ambientalmente adecuada, a fin de facilitar su acopio y poste-rior manejo. El lugar donde se desarrolla esta actividad sedenomina centro de acopio.

Almacenamiento. Almacenamiento. Almacenamiento. Almacenamiento. Almacenamiento. Es el depósito temporal de aceite lubricanteusado en un espacio físico definido y por un tiempo determinadocon carácter previo a su aprovechamiento y/o valorización, trata-miento y/o disposición final.

Aprovechamiento y/o VAprovechamiento y/o VAprovechamiento y/o VAprovechamiento y/o VAprovechamiento y/o Valorización. alorización. alorización. alorización. alorización. Es el proceso de recupe-rar el valor remanente o el poder calorífico de los materiales quecomponen los aceites lubricantes usados, por medio de la recu-peración, el reciclado o la regeneración.

Disposición FDisposición FDisposición FDisposición FDisposición Final. inal. inal. inal. inal. Es el proceso de aislar y confinar los aceiteslubricantes usados, en especial los no aprovechables, en lugaresespecialmente seleccionados, diseñados y debidamente autoriza-dos, para evitar la contaminación y los daños o riesgos a la saludhumana y al ambiente.

Plan de contingenciaPlan de contingenciaPlan de contingenciaPlan de contingenciaPlan de contingencia. Programa de tipo predictivo, preventivoy reactivo con una estructura estratégica, operativa e informáticadesarrollado por la empresa, industria o algún actor de la cadenadel transporte, para el control de una emergencia que se produz-ca durante el manejo, transporte y almacenamiento de mercancíaspeligrosas, con el propósito de mitigar las consecuencias y redu-cir los riesgos de empeoramiento de la situación y accionesinapropiadas, así como para regresar a la normalidad con el mí-nimo de consecuencias negativas para la población y el medioambiente.

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Plan de emergenciaPlan de emergenciaPlan de emergenciaPlan de emergenciaPlan de emergencia. Organización de los medios humanos ymateriales disponibles para garantizar la intervención inmediataante la existencia de una emergencia que involucre mercancíaspeligrosas y garantizar una atención adecuada bajo procedimien-tos establecidos.

RRRRReceptoreceptoreceptoreceptoreceptor. . . . . El titular autorizado para realizar las actividades dealmacenamiento, aprovechamiento y/o valorización (incluida larecuperación, el reciclado o la regeneración), el tratamiento y/ola disposición final de aceite lubricante usado.

RRRRResiduo o Desecho Pesiduo o Desecho Pesiduo o Desecho Pesiduo o Desecho Pesiduo o Desecho Peligroso. eligroso. eligroso. eligroso. eligroso. Es aquel residuo o desechoque por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxi-cas, inflamables, infecciosas o radiactivas puede causar riesgo odaño para la salud humana y el ambiente. Así mismo, se conside-ra residuo o desecho peligroso los envases, empaques y embalajesque hayan estado en contacto con ellos.

Riesgo. Riesgo. Riesgo. Riesgo. Riesgo. Probabilidad o posibilidad de que el manejo, la libera-ción al ambiente y la exposición a un material o residuo, ocasionenefectos adversos en la salud humana y/o al ambiente.

TTTTTratamiento. ratamiento. ratamiento. ratamiento. ratamiento. Es el conjunto de operaciones, procesos o técni-cas mediante los cuales se modifican las características de losaceites lubricantes usados, teniendo en cuenta el riesgo y gradode peligrosidad de los mismos, para incrementar sus posibilida-des de aprovechamiento y/o valorización o para minimizar losriesgos a la salud humana y el ambiente.

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MARCO TEÓRICO

CAPÍTULO

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Se considera que “aceite lubricante usado”es todo aquel aceite lubricante (de motor,de transmisión o hidráulico, con base mi-

neral o sintética) de desecho, generado a partirdel momento en que deja de cumplir la funcióninicial para la cual fue creado.

Los aceites lubricantes se contaminan durantesu utilización con productos orgánicos de oxi-dación, con materiales como carbón,productos provenientes del desgaste de los me-tales y con otros sólidos. Cuando los aditivos sedegradan, el aceite pierde sus propiedades,generándose los aceites lubricantes usados, loscuales deben ser almacenados, transportados,reciclados, reprocesados o eliminados evitandola contaminación del ambiente y la afectacióna los seres vivos.

El aceite lubricante usado es un residuo peli-groso, según lo establece el Anexo I, numerales8 y 9 del Convenio de Basilea, el cual fue ratifi-cado por Colombia mediante la Ley 253 deenero 9 de 1996. (Anexo 1 Normatividad). Susprincipales contaminantes son altamente tóxi-cos y su uso inadecuado afecta no sólo a losseres vivos sino también al ambiente.

El aceite lubricante usado contiene diversos com-puestos químicos tales como metales pesados,(por ejemplo Cromo, Cadmio, Arsénico, plo-mo), Hidrocarburos Aromáticos Polinucleares,benceno y algunas veces solventes clorados,PCBs, etc. Estos compuestos químicos produ-cen un efecto directo sobre la salud humana yvarios de estos productos son cancerígenos.

Disponer el aceite lubricante usado y materia-les contaminados con este aceite en los rellenossanitarios o en los botaderos a cielo abierto,no es una solución adecuada. Indudablemen-te, el aceite se convierte en parte del lixiviado ytermina en las aguas subterráneas, haciendoque ésta no sea apta para el consumo huma-no. La contaminación del agua superficial odel suelo no solamente es perjudicial para elhombre, sino para todas las demás formas devida, puesto que la presencia del aceite alteralos procesos de intercambio con el medio am-biente (por ejemplo, intercambio de oxígeno enel agua).

El aceite lubricante usado que se quema bajocondiciones no controladas puede emitir másplomo al aire que cualquier otra fuente indus-trial, según estudios desarrollados por laAgencia de Protección Ambiental – EPA.

El Cromo, el Cadmio y el Arsénico son poten-tes agentes cancerígenos. El Plomo es unatoxina que envenena el sistema nervioso cen-tral y detiene el desarrollo en el niño; laexposición a él, aún en pequeñas cantidades,puede llevar al desarrollo de serios problemasde lectura en niños.

Puesto que todos los metales pesados, incluyen-do el Cromo, el Cadmio y el Arsénicoconstituyen igualmente una amenaza perma-nente para la salud y permanecen en elambiente, se debe prevenir la quema no con-trolada de aceite lubricante usado el cual puedecontener los metales mencionados.

1.1 GENERALIDADES DEL ACEITE LUBRICANTE USADO

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En un amplio estudio realizado en 1985 por laEPA sobre las alternativas de reglamentación delaceite lubricante usado, se afirmó que más de3.000 tipos de cáncer serían el resultado de laabsorción de Cromo y sus compuestos durantela quema que se realiza al usarlo como com-bustible sin previo tratamiento.

La quema de aceite lubricante usado contami-nado con PCBs, bajo condiciones nocontroladas y a temperaturas insuficientes, puedegenerar emisiones de dioxinas y furanos que seconsideran cancerígenas. Lo mismo sucede conlos PAHs que se generan en todos los motoresde combustión interna.

También se debe tener mucho cuidado con elmanejo de los aceites residuales, puesto quemuchos de los químicos concentrados puedenpenetrar los tejidos humanos y dar origen a di-versos tipos de cáncer y a otras enfermedades.

Una preocupación universal es el suministro deagua. Los aceites lubricantes usados penetranel suelo y automáticamente contaminan lasaguas superficiales y subterráneas. Cuando seeliminan en los sistemas de alcantarillado de lasciudades, terminan en las plantas de tratamientode aguas residuales pero actualmente, debidoa que estas plantas no existen en Colombia, to-das terminan en el ambiente y en las aguassuperficiales.

Los vertimientos a los cuerpos de agua, puedenformar una película sobre la superficie de lasaguas ocasionando daños físicos a los organis-mos además de perjudicar la transferencia deoxígeno; así como producir efectos tóxicos so-bre organismos, como algas y peces.

Los aceites lubricantes usados provenientes delsector eléctrico o que hayan sido mezclados conaceites dieléctricos de desecho, pueden estarcontaminados con Bifeniles Policlorados (PCB’s),que son mezclas de compuestos químicos or-gánicos sintéticos fabricados por el hombre para

su uso comercial a partir de 1929. Los PCB’sfueron utilizados en cientos de aplicaciones in-dustriales y comerciales incluyendo lafabricación de fluidos dieléctricos, bases parala producción de tintas de impresión, pinturas,plásticos, cauchos, aceites para máquinas,sellantes, bombas de vacío, sistemas hidráuli-cos, compresores e intercambiadores de calor.

Estudios sobre consecuencias de la exposicióna PCB’s han indicado síntomas como cloracné(una forma severa de acné), irritación en los ojos,posibles cáncer rectal y del hígado, problemasneurológicos y bajo peso en los niños al nacerasí como un coeficiente intelectual menor de lonormal y un desarrollo motriz desmejorado.

Cuando los aceites lubricantes usados que con-tienen compuestos clorados se usan comocombustible, se generan dioxinas y furanos pre-sentando efectos negativos sobre el organismo.Estos compuestos tóxicos son térmicamente es-tables (hasta una temperatura aproximada de600°C), liposolubles y poco solubles en agua ymuy estables y persistentes al medio.

Las principales afectaciones a la salud humanagenerada por la exposición a dioxinas y furanos,se manifiestan a nivel de la piel presentandoacné, hiperpigmentación, hipoqueratosis y anivel del sistema nervioso, neuropatías,disfunciones sexuales y neuritis.

Por sus propiedades lubricantes y su alto conte-nido energético, el aceite lubricante usadoconstituye un valioso recurso que no puededesaprovecharse y que, de hecho, se utiliza entodo el mundo, ya sea como combustible in-dustrial o como insumo para la industria.

Debido a que no se puede garantizar que la to-talidad del aceite lubricante usado generado seautilizado en una forma ambientalmente segura,la principal preocupación se centra en los con-taminantes que este residuo pueda contener. Losesfuerzos de las autoridades ambientales se di-

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rigen por tanto al control de la concentraciónde estos contaminantes, para mantenerla den-tro de límites que se consideran ambientalmenteaceptables, de acuerdo con los estudios y aná-lisis que se realicen.

Es claro entonces que, tanto para la protecciónde las personas y los equipos, como para evitarla emisión de contaminantes al ambiente, se

debe siempre adelantar un procedimiento deadecuación del aceite lubricante usado pararetirar contaminantes, agua, lodos y otras im-purezas, antes de su utilización. Típicamente, unprocedimiento de adecuación puede incluír ope-raciones de calentamiento, lavado, destilaciónpara el retiro de productos livianos, filtración ocentrifugación y finalmente recuperación de pro-ductos y manejo de desechos.

Como un parámetro común, es posible la utilización de aceite lubricante usado en forma purao en mezclas de la siguiente manera:

ACEITE LUBRICANTE USADO TRATADO

• Como combustible para uso industrial.

• Regeneración de bases lubricantes, mediante su recuperación y aprovechamiento por re-refinación, entendiéndose como tal la serie de procesos que permiten utilizar nuevamente ellubricante obtenido.

• Recuperación y aprovechamiento en la fabricación de plastificantes, fluidos para temple ycualquier otro uso, siempre y cuando esto no implique ingestión por humanos o animales yno afecte al ambiente.

ACEITE LUBRICANTE USADO SIN TRATAMIENTO

Sólo mediante aprovechamiento energético como combustible en procesos productivos de ce-mento, en el cual se garantiza tanto la destrucción de los componentes orgánicos presentes enel aceite lubricante usado como la integración de los componentes inorgánicos ya inertes alclinker, o en otros procesos con temperaturas de operación superiores a 600 ºC.

1.2. ACTORES CONSIDERADOS EN EL MANEJO DEL ACEITE LUBRICANTE USADO

A continuación se mencionan los actores queintervienen en el manejo de los aceiteslubricantes usados, según los criterios técnicosestablecidos en el presente manual.

1.2.1 Fabricante o importador

Es toda persona natural o jurídica que produceo importa con fines comerciales bases de acei-

tes o aceites nuevos lubricantes de motor, trans-misión, hidráulicos, reductores o de circulación.

1.2.2 Acopiador

Es la persona natural o jurídica que en desarro-llo de su actividad, reúne aceites lubricantesusados para su posterior transporte, almace-namiento, aprovechamiento o disposición final.

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1.2.3 Transportador

Es la persona natural o jurídica que se encargade la movilización o acarreo de los aceiteslubricantes usados.

1.2.4 Almacenador

Es la persona natural o jurídica que en desarro-llo de su actividad almacena temporalmenteaceite lubricante usado.

1.2.5 Tratador

Es la persona natural o jurídica que recibe y tra-ta aceites lubricantes usados, con el fin detransformar estos residuos en subproductospara un adecuado aprovechamiento de los mis-mos a través de los procesos térmicos,

rerefinación, producción de bases plastificanteso cualquier otro proceso.

1.2.6 Disponedor final

Es la persona natural o jurídica que recibe acei-tes lubricantes usados sin tratamiento de untransportador para su disposición final, de acuer-do con las normas establecidas o que seestablezcan.

1.2.7 Receptor

Persona natural o jurídica autorizada para rea-lizar las actividades de almacenamiento,aprovechamiento y/o valorización (incluida larecuperación, el reciclado o la regeneración), eltratamiento y/o disposición final de residuos odesechos peligrosos.

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PROCEDIMIENTOS PARA ELMANEJO DE ACEITESLUBRICANTES USADOSDURANTE LA ETAPA DEACOPIO

CAPÍTULO

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2.1 OBJETIVO

Definir los procedimientos que deberáimplementar cualquier persona natural o jurídi-ca que realice actividades de acopio de aceiteslubricantes usados.

2.2 JUSTIFICACIÓN

La actividad de acopio de aceites lubricantes usa-dos, por su carácter de residuo peligroso, requiereespecial atención y una preparación adecuadapor parte de quienes intervienen en la operación.Es necesario, por tanto, establecer los procedi-mientos básicos que deberán implementar laspersonas naturales o jurídicas que realicen elacopio de aceites lubricantes usados, con el finde reducir los riesgos a la salud humana y alambiente, garantizando la destinación adecua-da de estos residuos.

2.3 CONDICIONES Y ELEMENTOSNECESARIOS

El Acopiador deberá contar en sus instalacionescon un área para la recolección del aceite lubri-cante usado denominado Centro de Acopio, quecumpla con las condiciones establecidas por lasautoridades ambientales nacionales y locales y,en general, con las condiciones señaladas en lanormatividad legal vigente o en aquellas normasque la modifiquen o sustituyan.

Las condiciones y elementos necesarios aquírelacionados se deben encontrar en buen esta-do de operación para recibir, almacenar yentregar aceites lubricantes usados.

2.3.1 Centro de Acopio

• La actividad de acopio debe realizarse en unlugar acondicionado para tal fin, de manerasegura, ambientalmente adecuada y que fa-cilite el acceso del Transportador.

• Debe estar claramente identificado.

• Los pisos deben construirse en material sóli-do e impermeable, que evite la contami-nación del suelo y de las fuentes de aguasubterránea y que no presenten grietas uotros defectos que impidan la fácil limpiezade grasas, aceites o cualquier otra sustanciadeslizante.

• No debe poseer ninguna conexión con el al-cantarillado.

• Se debe garantizar una excelente ventilación,ya sea natural o forzada.

Figura 1. Área de lubricación y almacenamiento temporal.

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2.3.2 Embudo y/o sistema de drenaje

• Debe garantizar el traslado seguro del acei-te lubricante usado desde el motor o equipohasta el recipiente de recibo primario, pormedio de una manguera por gravedad obombeo.

• Diseñado de manera tal que evite derrames,goteos o fugas de aceites lubricantes usa-dos en la zona de trabajo.

2.3.3 Recipiente de recibo primario

• Permitirá trasladar el aceite lubricante usa-do removido, desde el lugar de servicio delmotor o equipo hasta la zona para almace-namiento temporal.

• Debe estar elaborado en materiales resisten-tes a la acción de hidrocarburos.

• Contar con asas o agarraderas que garan-ticen la manipulación segura del recipiente.

• Contar con un mecanismo que asegure quela operación de trasvasado de aceiteslubricantes usados del recipiente de reciboprimario al tanque superficial o tambor, serealice sin derrames, goteos o fugas.

2.3.4 Recipiente para el drenaje de filtrosy otros elementos

• El volumen debe ser adecuado para su ma-nipulación y dotado de un embudo o mallaque soporte los filtros u otros elementos aser drenados.

• Contar con asas o agarraderas que permi-tan trasladar el aceite lubricante usadodrenado a la zona para almacenamientotemporal de aceites lubricantes usados, ase-gurando que no se presenten goteos,derrames o fugas.

• Contar con un mecanismo que asegure quela operación de trasvasado de aceiteslubricantes usados al tanque superficial otambor, se realice evitando derrames, goteoso fugas.

2.3.5 Elementos de protección personal

• Overol o ropa de trabajo.

• Botas o zapatos antideslizantes.

• Guantes resistentes a la acción de hidrocar-buros.

• Gafas de seguridad.

Figura 2. Recipiente de recibo Figura 3. Elementos de protección personal.

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2.3.6 Tanques superficiales o tambores

• Deben garantizar en todo momento la con-finación total del aceite lubricante usadoalmacenado.

• Estar elaborados en materiales resistentes ala acción de hidrocarburos y la corrosión.

• Permitirán el traslado por bombeo del aceitelubricante usado, desde el recipiente de reci-bo primario y hacia el sistema de transportea ser utilizado, garantizando que no se pre-senten derrames, goteos o fugas de aceitelubricante usado.

• Contar con un sistema de filtración instala-do en la boca de recibo de aceites lubricantesusados del tanque o tambor en operación,que evite el ingreso de partículas con dimen-siones superiores a cinco (5) milímetros.

• Estarán rotulados con las palabras “ACEITELUBRICANTE USADO” en letra y tamaño le-gible, las cuales deberán estar a la vista entodo momento, en un rótulo de mínimo 20cm. x 30 cm. conforme a lo establecido enel numeral 3.3.2 de este Manual.

• En el sitio de almacenamiento se deben ubi-car las señales de “PROHIBIDO FUMAR ENESTA ÁREA”, y “ALMACENAMIENTO DEACEITES LUBRICANTES USADOS”.

2.3.7 Cubierta sobre el área dealmacenamiento

• Debe evitar el ingreso de agua lluvia al siste-ma de almacenamiento del aceite lubricanteusado.

• Permitirá realizar libremente las operacionesde cargue o llenado y de descargue del sis-tema de almacenamiento.

2.3.8 Áreas de acceso a la zona dealmacenamiento temporal

• Esta área debe permitir la operación de losvehículos autorizados para la recolección ytransporte.

2.3.9 Material oleofílico

• Se debe contar con este material para el con-trol de goteos, fugas y derrames concaracterísticas absorbentes o adherentes.

Figura 4. Área de almacenamiento temporal

Figura 5. Control de goteos, fugas y derrames

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2.3.10 Extintores

• Su capacidad mínima debe ser de 20 librasde polvo químico seco para zonas de alma-cenamiento localizadas en áreas abiertas oser un extintor multipropósito de 20 libraspara zonas de almacenamiento poco venti-ladas.

Figura 6. Extintor

• Ser recargado por lo menos una vez al año ysu etiqueta debe ser legible en todo momen-to.

• Localizado a una distancia máxima de diez(10) metros de la zona de almacenamientotemporal de aceites lubricantes usados.

• El número de extintores estará definido porlas autoridades competentes.

2.4 PROCEDIMIENTOS

2.4.1 Procedimiento para recibir aceiteslubricantes usados en las instalacionesde un Acopiador

Antes de realizar el cambio de aceites lubricantesusados, se debe verificar que se cuenta con loselementos necesarios para efectuar el cambio,

como son el embudo o sistema de drenaje, re-cipiente de recibo primario, recipiente para eldrenaje de filtros y otros elementos, materialpara el control de goteos, fugas o derrames.

• Los aceites lubricantes usados deben ser re-movidos del motor o equipo al que prestaronsu servicio mediante la utilización de un em-budo u otro sistema de drenaje y trasladadosa un recipiente de recibo primario evitandosu derrame, goteo o fuga.

• La hoja de seguridad de los aceiteslubricantes usados se debe mantener fijada,en todo momento, en un lugar visible en lasinstalaciones del Recolector.

• Posteriormente, los aceites lubricantes usa-dos deben ser trasladados en forma manualo mecánica, a la zona de almacenamientotemporal evitando su derrame, goteo o fuga.

• Los aceites lubricantes usados deben ser al-macenados en tanques superficiales otambores, debidamente rotulados y localiza-dos en una zona dotada de un dique o murode contención secundaria y una cubierta queevite el ingreso de agua lluvia al sistema dealmacenamiento.

2.4.2 Procedimiento para entregar aceiteslubricantes usados en las instalacionesde un Acopiador

2.4.2.1 Ubicación del vehículo2.4.2.1 Ubicación del vehículo2.4.2.1 Ubicación del vehículo2.4.2.1 Ubicación del vehículo2.4.2.1 Ubicación del vehículo

• En las instalaciones del Acopiador, el vehícu-lo debe localizarse en la zona dealmacenamiento temporal donde no causeinterferencia y de tal forma que quede enposición de salida rápida, de acuerdo coninstrucciones impartidas por el encargado delas instalaciones.

M I N I S T E R I O D E A M B I E N T E , V I V I E N D A Y D E S A R R O L L O T E R R I T O R I A L

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2.4.2.2 P2.4.2.2 P2.4.2.2 P2.4.2.2 P2.4.2.2 Preparación para el bombeoreparación para el bombeoreparación para el bombeoreparación para el bombeoreparación para el bombeo

• Antes de iniciar el bombeo de aceiteslubricantes usados del sistema de almace-namiento al vehículo, se deben realizar lassiguientes actividades:

• Ubicar un extintor cerca del carrotanque,tambores o sistema de almacenamiento dedonde se va a realizar el bombeo.

• Ubicar vallas o conos para bloquear el tráfi-co, cerrando el área circundante a la zonade recibo en un radio no menor a 5 m.

• Verificar que no haya fuentes de ignición enlos alrededores.

• Verificar el cupo disponible en el tanque delvehículo, mediante el aforo físico del mismo.

• Colocar elementos de contención secunda-ria debajo de las conexiones realizadas parala operación de manera que se controlenposibles goteos, fugas o derrames.

• Conectar las mangueras y los equipos desucción del vehículo.

• Verificar que las mangueras queden total-mente drenadas luego de finalizar laoperación.

2.4.2.3 Inspección2.4.2.3 Inspección2.4.2.3 Inspección2.4.2.3 Inspección2.4.2.3 Inspección

• El conductor del vehículo y el encargado delas instalaciones, deben inspeccionarvisualmente los tanques o tambores, la zonade almacenamiento y las válvulas, si existen,con el fin de verificar su estado e identificarla presencia de derrames o fugas de aceitelubricante usado.

En caso de observar alguna novedad, sedeben tomar las medidas correctivas nece-sarias y la novedad será registrada en elrespectivo Reporte de Transporte de AceiteLubricante Usado (ver Anexo 2 FormatosSugeridos). Si de alguna forma se ve com-prometida la seguridad de la operación, sedeben suspender las actividades de bombeohasta el momento en que se pueda garanti-zar la seguridad de la misma. De ningunaforma se pondrá en riesgo la salud de per-sonas o animales, ni se afectará el ambientedurante las operaciones.

2.4.2.4 Bombeo2.4.2.4 Bombeo2.4.2.4 Bombeo2.4.2.4 Bombeo2.4.2.4 Bombeo

• Garantizada la seguridad de la operación,el conductor del vehículo debe iniciar el bom-beo del aceite lubricante usado de los tanqueso tambores de las instalaciones delRecolector, al tanque del vehículo.

Iniciado el bombeo, el conductor del vehícu-lo debe ubicarse cerca del sistema con el finde poder suspender el bombeo de inmedia-to, en caso de emergencia.

2.5 CONDICIONES DE SEGURIDAD

Los aceites lubricantes usados son residuos pe-ligrosos y por tanto requieren un manejocuidadoso. Ante todo, debe evitarse el contactodirecto y, en general, evitar aquellas condicio-nes que puedan permitir que las personas seanexpuestas a cualquier situación de riesgo. Lascondiciones de seguridad recomendables seencuentran agrupadas en forma general paratodos los actores en el Anexo 3. Hoja de Seguri-dad para Aceites Lubricantes Usados.

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M A N U A L T É C N I C O P A R A E L M A N E J O D E A C E I T E S L U B R I C A N T E S U S A D O S

PROCEDIMIENTOS PARA ELTRANSPORTE DE ACEITESLUBRICANTES USADOS

CAPÍTULO

3

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3.1 OBJETIVO

Definir los procedimientos que deberáimplementar cualquier persona natural o jurídi-ca que realice actividades de movilización deaceites lubricantes usados, de acuerdo con loestablecido en el Decreto 1609/02 del Ministe-rio de Transporte, sus normas complementariasy las normas ambientales vigentes.

3.2 JUSTIFICACIÓN

La movilización de aceites lubricantes usados esuna de las operaciones de mayor riesgo en elmanejo de esos residuos, porque es durante es-tas operaciones cuando se presenta la mayorprobabilidad de derrames y de contacto del re-siduo con las personas encargadas de sumanejo. Además, existe el riesgo de contactodel residuo con terceros, durante situaciones deemergencia generadas por derrames o por fu-gas. Por ello, es necesario establecer losprocedimientos básicos que deberánimplementar las personas naturales o jurídicasque realizan estas actividades, con el fin de re-ducir los riesgos al ambiente y a la saludhumana, garantizando la destinación adecua-da de estos residuos.

3.3 CONDICIONES PARA EL TRANSPORTE

Con el fin de garantizar que la operación detransporte de aceites lubricantes usados se rea-lice contando con los elementos necesarios, se

deberá dar estricto cumplimiento a los requeri-mientos planteados en el Decreto 1609 de2002 del Ministerio de Transporte, a lanormatividad legal vigente y aplicable o aque-llas normas que la modifiquen o sustituyan, juntocon la información adicional que considere per-tinente la autoridad ambiental.

La operación de transporte de aceiteslubricantes usados se puede separar en tres fa-ses muy definidas, cuyas principalescaracterísticas se señalan a continuación:

3.3.1 Embalaje

Básicamente, hay tres opciones para el trans-porte de aceites lubricantes usados: tamboresde 55 galones de capacidad, contenedores decapacidad superior a 55 galones, camiones tan-que.

En todos los casos, debe prestarse especial cui-dado a los recipientes, de modo tal que seencuentren es perfecto estado, sin abolladurasni daños en sus bordes, que estén construídoscon materiales resistentes a la corrosión y quese puedan cerrar en forma hermética antes deiniciar su movimiento.

Para el llenado de los tambores de 55 galonesse debe dejar un borde libre de 10 cm. Los tam-bores de 55 galones, los contenedores y loscamiones tanque deben estar herméticamentecerrados durante la movilización, evitando entodo momento el derrame del aceite lubricanteusado.

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3.3.2 Etiquetado

• Cada tanque, tambor o sistema de almace-namiento, deberá estar rotulado con laspalabras SUSTANCIA LÍQUIDA POTENCIAL-MENTE PELIGROSA PARA EL MEDIOAMBIENTE N.E.P. – CONTIENE ACEITE LU-BRICANTE USADO .

• El vehículo deberá tener en una placa el nú-mero de las Naciones Unidas correspon-diente al carácter del producto transportado(UN 3082), en todas las caras visibles de launidad y la parte delantera de la cabina delvehículo de transporte de carga. Por seguri-dad y facilidad estas placas podrán serremovibles, de acuerdo con lo establecidopor el Decreto 1609 de 2002 del Ministeriode Transporte y las normas que lo reglamen-ten, modifiquen o sustituyan.

Tal como lo señala el Libro Naranja, el númeroUN de las mercancías figurará en cifras negrasde una altura mínima de 65 mm, cumpliendocon una de las dos condiciones siguientes (verfigura 8). Sobre fondo blanco en la mitad infe-rior de cada rótulo o en una placa rectangularde color anaranjado de 120 mm de altura y300 mm de ancho como mínimo, con un bor-

de negro de 10 mm, que se colocará inmedia-tamente al lado de cada rótulo.

Figura 7. Vehículo de transporte de aceites lubricantesusados

• La marca que se utilizará para identificar lospeligros del aceite lubricante usado seráaquella que corresponde a las mercancíasde la clase 9, ver Figura 9. La marca paralas sustancias peligrosas para el ambientedeberá ser como la que se representa en laFigura 10. Para las unidades de transporte,las dimensiones mínimas deberán ser de 250mm × 250 mm. En todo su perímetro, lleva-rán una línea del mismo color que el símbolo,trazada a 5 mm del borde y paralela a él.Las etiquetas deberán colocarse sobre un fon-do de color, que ofrezca un buen contraste oestar rodeadas de un borde de trazo conti-nuo o discontinuo.

Figura 8. Rótulos Libro Naranja

Figura 9. Símbolo que identifica las sustancias de la clase 9.

7 franjas verticales enla mitad superior: ne-gro; Fondo: blanco;cifra “9” subrayada enel ángulo inferior.

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3.3.3 Transporte

Los vehículos utilizados para el transporte deaceites lubricantes usados deben ser preferible-mente dedicados a esta labor en formaexclusiva. En caso de cambio de servicio, sedeben lavar cuidadosamente y en forma meti-culosa. En el Anexo 4 se sugiere una Lista deChequeo para estas revisiones.

Las condiciones y elementos necesarios aquírelacionados se deben encontrar en buen esta-do de operación durante cualquier actividad decargue, movilización o descargue de aceiteslubricantes usados.

3.3.3.1 V3.3.3.1 V3.3.3.1 V3.3.3.1 V3.3.3.1 Vehículo carrotanque o vehículoehículo carrotanque o vehículoehículo carrotanque o vehículoehículo carrotanque o vehículoehículo carrotanque o vehículocon sistema de almacenamientocon sistema de almacenamientocon sistema de almacenamientocon sistema de almacenamientocon sistema de almacenamiento

• En caso de tratarse de un vehículo con tam-bores de 55 galones o tanques de capacidadsuperior no fijos a la estructura del vehículo,éstos deberán ser fijados al vehículo medianteel uso de dispositivos de sujeción utilizadosespecialmente para dicho fin, de tal maneraque garanticen la seguridad y estabilidad dela carga durante su movilización.

• Si la movilización se realiza en carrotanque,la longitud del chasis deberá sobresalir delextremo posterior del tanque, de modo quesirva de defensa o parachoques para la pro-tección de válvulas y demás accesorios decierre y seguridad del tanque.

• El tanque deberá tener una placa con elnombre del fabricante, la norma o códigode construcción, la fecha de fabricación, ca-pacidad y número de compartimentos.

• El tanque, tambores o sistema de almace-namiento debe ser resistente a la acción dehidrocarburos para que garantice la confi-nación total del aceite lubricante usado. Lastuberías, válvulas y mangueras deberán man-tenerse en perfecto estado sin presentarfiltraciones.

Las etiquetas se deben colocar en este sentidosobre los costados del vehículo donde se trans-porte el aceite lubricante usado:

Para el etiquetado se deberán considerar los si-guientes aspectos:

• Serán fácilmente visibles y legibles.• Se colocarán en la superficie externa, en un

fondo de color que haga contraste con el suyo.• Los recipientes intermedios para graneles de

una capacidad superior a 450 litros y losgrandes envases se marcarán en dos ladosopuestos.

• En el caso del transporte en tambores de 55galones, estos deberán marcarse en dos la-dos opuestos con el número UN 3082 y conlos dibujos indicados.

Figura 10. Símbolo de sustancias o mercancías que tienenefectos adversos sobre el medio ambiente.

Pez y árbol: negro so-bre blanco o fondo queofrezca un contrasteadecuado.

Figura 11. Ubicación de símbolos.

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• Se debe contar con un sistema de comunica-ción (teléfono celular, radioteléfono, radio u otro)y su respectiva licencia expedida por la autori-dad competente para los casos aplicables.

3.3.4 Bomba para cargue o descarguede aceites lubricantes usados

• De tipo mecánico o manual.

• De operación centrífuga o de desplazamien-to positivo.

3.3.6 Extintores

• Multipropósito o de polvo químico seco, concapacidad mínima de 20 libras.

• Recargados por lo menos una vez al año y suetiqueta debe ser legible en todo momento.

3.3.7 Material oleofílico

Para el control de goteos, fugas y derrames concaracterísticas absorbentes o adherentes.

3.3.8 Elementos de protección personal

• Overol o ropa de trabajo.

• Botas o zapatos antideslizantes.

• Guantes resistentes a la acción de hidrocar-buros.

3.4 PROCEDIMIENTOS

Los aceites lubricantes usados deben ser trans-portados de acuerdo con los lineamientosgenerales de seguridad aquí consagrados ydando cumplimiento a las leyes aplicables, enespecial con lo dispuesto en los Decretos 0283de 1990, 353 de 1991 y 1521 de 1998 delMinisterio de Minas y Energía; en el Decreto1609 de 2002 del Ministerio de Transporte yen las normas que los modifiquen, complemen-ten o sustituyan.

Condiciones de manejo:

• En caso de tratarse de un vehículo con tam-bores de 55 galones o tanques de capacidadsuperior no fijos a la estructura del vehículo,estos deben ser ubicados de tal forma queno interfieran con: la visibilidad del conduc-tor; la estabilidad o conducción del vehículo;las luces de frenado, direccionales y de posi-

Figura 12. Bomba para cargue o descargue de aceite lubri-cante usado.

3.3.5 Manguera para cargue o descarguede aceites lubricantes usados

• Fabricada en un material flexible que permi-ta su fácil operación y que sea resistente a laacción de hidrocarburos y solventes.

• Debe ser movilizada de forma que evite elgoteo de aceites lubricantes usados en víaspúblicas.

• Se deberán realizar pruebas hidrostáticasanuales a 1.5 veces la presión de trabajo.

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ción; los dispositivos y rótulos de identifica-ción reflectivos y las placas de identificacióndel número de las Naciones Unidas.

• Se debe demostrar en todo momento el co-rrecto funcionamiento mecánico y eléctricodel vehículo que transporte aceite lubricanteusado.

• El tanque, tambores o sistema de almace-namiento deben ser resistentes a la acciónde hidrocarburos y garantizar la confinacióntotal del aceite lubricante usado y las man-gueras, bomba y válvulas deben ser revisadasperiódicamente y mantenerse en correctoestado de funcionamiento.

• El conductor no debe operar el vehículo bajola influencia de drogas, medicamentos o al-cohol.

3.4.1 Procedimiento para el cargue de aceiteslubricantes usados en las instalacionesde un Acopiador o Almacenador

3.4.1.1 Revisión del vehículo3.4.1.1 Revisión del vehículo3.4.1.1 Revisión del vehículo3.4.1.1 Revisión del vehículo3.4.1.1 Revisión del vehículo

El conductor del vehículo debe revisar la integri-dad del equipo diariamente con anterioridad alprimer desplazamiento y debe asegurarse deportar una copia de los siguientes documentosde seguridad:

• Hoja de seguridad de los aceites lubricantesusados, presentada en el Anexo 3 del pre-sente Manual.

• Plan de Contingencia para su consulta encaso de emergencia.

3.4.1.2 Ubicación del vehículo3.4.1.2 Ubicación del vehículo3.4.1.2 Ubicación del vehículo3.4.1.2 Ubicación del vehículo3.4.1.2 Ubicación del vehículo

• Una vez en las instalaciones del Acopiador oAlmacenador, el vehículo debe localizarse en

la zona de almacenamiento temporal dondeno cause interferencia, de tal forma que que-de en posición de salida rápida, de acuerdocon instrucciones impartidas por el encarga-do de las instalaciones.

3.4.1.3 P3.4.1.3 P3.4.1.3 P3.4.1.3 P3.4.1.3 Preparación para el bombeoreparación para el bombeoreparación para el bombeoreparación para el bombeoreparación para el bombeo

Antes de iniciar el bombeo de aceites lubricantesusados del tanque, tambores o sistema de al-macenamiento al vehículo, se deben realizar lassiguientes actividades:

• Ubicar un extintor cerca del carro tanque,tambores o sistema de almacenamiento dedonde se va a realizar el bombeo.

• Ubicar vallas o conos para bloquear el tráfi-co, cerrando el área circundante a la zonade recibo en un radio no menor a 5 m.

• Verificar que no haya fuentes de ignición enlos alrededores.

• Verificar el cupo disponible en el tanque delvehículo, mediante el aforo físico del mismo.

• Colocar elementos de contención secunda-ria debajo de las conexiones realizadas parala operación de manera que se controlenposibles goteos, fugas o derrames.

• Conectar las mangueras y los equipos desucción del vehículo.

• Verificar que las mangueras queden total-mente drenadas luego de finalizar laoperación.

3.4.1.4 Inspección3.4.1.4 Inspección3.4.1.4 Inspección3.4.1.4 Inspección3.4.1.4 Inspección

El conductor del vehículo y el encargado de lasinstalaciones deben inspeccionar visualmente lostanques, la zona de almacenamiento y las vál-

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M A N U A L T É C N I C O P A R A E L M A N E J O D E A C E I T E S L U B R I C A N T E S U S A D O S

vulas con el fin de verificar su estado e identifi-car la presencia de derrames o fugas de aceitelubricante usado.

En caso de observar alguna novedad, debentomar las medidas correctivas necesarias y lanovedad será registrada en el respectivo Repor-te de Transporte de Aceite Lubricante Usado (verAnexo 2 Formatos sugeridos). Si de alguna for-ma se ve comprometida la seguridad de laoperación, se deben suspender las actividadesde bombeo hasta el momento en que ésta sepueda garantizar. De ninguna forma se pondráen riesgo la salud de personas o animales, ni seafectará al ambiente durante las operaciones.

3.4.1.5 Bombeo3.4.1.5 Bombeo3.4.1.5 Bombeo3.4.1.5 Bombeo3.4.1.5 Bombeo

• Garantizada la seguridad de la operación,el conductor del vehículo debe iniciar el bom-beo de aceites lubricantes usados de lostanques de las instalaciones del Acopiador oAlmacenador al tanque del vehículo.

• Iniciado el bombeo, el conductor del vehícu-lo debe ubicarse cerca del sistema con el finde poder suspender el bombeo de inmedia-to, en caso de emergencia.

3.4.2 Procedimiento para el descargue deaceites lubricantes usados en lasinstalaciones de un Almacenador,un Tratador o un Disponedor Final

3.4.2.1 Ubicación del vehículo3.4.2.1 Ubicación del vehículo3.4.2.1 Ubicación del vehículo3.4.2.1 Ubicación del vehículo3.4.2.1 Ubicación del vehículo

Una vez en las instalaciones del Almacenador,Tratador o Disponedor Final, el vehículo debelocalizarse en la zona de almacenamiento tem-poral donde no cause interferencia, de tal formaque quede en posición de salida rápida, de

acuerdo con instrucciones impartidas por elencargado de las instalaciones.

3.4.2.2 P3.4.2.2 P3.4.2.2 P3.4.2.2 P3.4.2.2 Preparación para el bombeoreparación para el bombeoreparación para el bombeoreparación para el bombeoreparación para el bombeo

Antes de iniciar el bombeo de aceites lubricantesusados del tanque, tambores o sistema de al-macenamiento al vehículo, se deben realizar lassiguientes actividades:

• Ubicar un extintor cerca del carrotanque,tambores o sistema de almacenamiento dedonde se va a realizar el bombeo.

• Ubicar vallas o conos para bloquear el tráfi-co Cerrando el área circundante a la zonade recibo en un radio no menor a 5 m.

• Verificar que no haya fuentes de ignición enlos alrededores.

• Verificar el cupo disponible en el tanque delvehículo, mediante el aforo físico del mismo.

• Colocar elementos de contención secunda-ria debajo de las conexiones realizadas parala operación, de manera que controlen po-sibles goteos, fugas o derrames.

• Conectar las mangueras y los equipos desucción del vehículo.

• Verificar que las mangueras queden total-mente drenadas luego de finalizar laoperación.

3.4.2.3 Inspección3.4.2.3 Inspección3.4.2.3 Inspección3.4.2.3 Inspección3.4.2.3 Inspección

El conductor del vehículo y el encargado de lasinstalaciones, deben inspeccionar visualmentelos tanques, la zona de almacenamiento y lasválvulas con el fin de verificar su estado e iden-tificar la presencia de derrames o fugas de aceitelubricante usado.

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En caso de observar alguna novedad, debentomar las medidas correctivas necesarias y lanovedad será registrada en el Reporte de Trans-porte de Aceite Lubricante Usado respectivo (verAnexo 2 Formatos Sugeridos). Si de alguna for-ma se ve comprometida la seguridad de laoperación, se deben suspender las actividadesde bombeo hasta el momento en que se puedagarantizar la seguridad de la misma. De ningu-na forma se pondrá en riesgo la salud depersonas o animales, así como la afectación alambiente durante las operaciones.

3.4.2.4 Bombeo3.4.2.4 Bombeo3.4.2.4 Bombeo3.4.2.4 Bombeo3.4.2.4 Bombeo

Garantizada la seguridad de la operación, elencargado de las instalaciones debe ordenar alconductor del vehículo, el inicio del bombeo delos aceites lubricantes usados al tanque de al-macenamiento.

Iniciado el bombeo, el conductor del vehículodebe ubicarse cerca del sistema que lo controlacon el fin de poder suspender el bombeo de in-mediato en caso de emergencia.

3.5 PLAN DE CONTINGENCIA

El Plan de Contingencia es un documento queestablece los mecanismos y acciones de respues-ta para atender en forma oportuna, eficiente yeficaz un derrame, incendio o accidente. En élse definen las funciones y personas que inter-vienen en la operación y se provee informaciónbásica sobre posibles áreas afectadas y recur-

sos susceptibles de sufrir consecuencias de lacontaminación.

Se debe diseñar el Plan de Contingencia parala atención de accidentes durante las operacio-nes de transporte de mercancías peligrosas,teniendo en cuenta lo estipulado en la Tarjetade Emergencia NTC 4532 y los lineamientosestablecidos en el Plan Nacional de Contingen-cias contra derrames de hidrocarburos, susderivados y sustancias nocivas en aguas mari-nas, fluviales y lacustres establecidos medianteDecreto 321 del 17 de febrero de 1999 o lasdemás disposiciones que se emitan sobre eltema. Estos planes pueden ser parte del plan decontingencia general o integral de la empresa.

El movilizador de aceites lubricantes usadosdebe elaborar su Plan de Contingencia respec-tivo y mantenerlo actualizado y en conocimientode las personas que participan de las activida-des de movilización.

La estructura general de un Plan de Contingen-cia se muestra en el Capítulo 6 de este Manual.

3.6 CONDICIONES DE SEGURIDAD

El tipo de contingencias que se pueden presen-tar durante el cargue, movilización o descarguede aceites lubricantes usados son básicamentetres: goteos o fugas, derrames e incendios. Lasacciones mínimas a realizar en caso de presen-tarse cualquiera de estas contingencias seencuentran detalladas en el Anexo 5 Accionesa Desarrollar en Caso de Emergencia.

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M A N U A L T É C N I C O P A R A E L M A N E J O D E A C E I T E S L U B R I C A N T E S U S A D O S

PROCEDIMIENTOS PARA ELMANEJO DE ACEITES LUBRICANTESUSADOS DURANTE ELALMACENAMIENTO

CAPÍTULO

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M I N I S T E R I O D E A M B I E N T E , V I V I E N D A Y D E S A R R O L L O T E R R I T O R I A L

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4.1 OBJETIVO

Definir los procedimientos técnicos que deberáimplementar cualquier persona natural o jurídi-ca, que realice actividades como Almacenadorde aceites lubricantes usados en la jurisdicciónde la autoridad ambiental competente.

4.2 JUSTIFICACIÓN

El almacenamiento de aceites lubricantes usa-dos es una operación que involucra riesgos,tanto por el carácter de residuo peligroso de es-tos aceites como por los hidrocarburos volátilesdisueltos en ellos; por esta razón es necesarioestablecer las normas y los procedimientos bá-sicos que deberán implementar las personasnaturales o jurídicas que realicen actividadescomo Almacenador de aceites lubricantes usa-dos, con el fin de reducir los riesgos a la saludhumana y al ambiente, garantizando la desti-nación adecuada de estos residuos.

Es necesario establecer las normas y los procedi-mientos básicos que deberán implementar laspersonas naturales o jurídicas que realicen activi-dades como Almacenador de aceites lubricantesusados, con el fin de reducir los riesgos a la saludhumana y al medio ambiente, garantizando la des-tinación adecuada de estos residuos.

4.3 CONDICIONES Y ELEMENTOSNECESARIOS

El Almacenador deberá contar en sus instala-ciones, con un área para el almacenamiento

del aceite lubricante usado denominado Cen-tro de Almacenamiento, que cumpla con lascondiciones establecidas por las autoridadesambientales locales, las establecidas para elalmacenamiento y trasiego de combustibles yen la normatividad legal vigente o aquellas nor-mas que la modifiquen o sustituyan.

Las condiciones y elementos necesarios aquírelacionados se deben encontrar en buen esta-do de operación para recibir, almacenar yentregar aceites lubricantes usados.

4.3.1 Sistema de tuberías y válvulas

Para el bombeo de aceites lubricantes usados elsistema de tuberías y válvulas debe ser de acero.

4.3.2. Tanques superficiales

• Fabricados en lámina metálica, resistentes a laacción de hidrocarburos y libres de corrosión,con capacidad mínima de 2.000 galones.

Figura 13. Área de almacenamiento

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• Que permitan el traslado por bombeo delaceite lubricante usado desde y hacia lasunidades de transporte autorizadas, garan-tizando que no se presenten derrames,goteos o fugas.

• Que garanticen en todo momento la confi-nación total del aceite lubricante usadoalmacenado.

• Que cuenten como mínimo con un sistemade venteo tipo cuello de ganso.

• Rotulados con las palabras ACEITE LUBRI-CANTE USADO en tamaño legible, las cualesdeberán estar a la vista en todo momento.

• En caso de contar con tanques verticales, elfondo debe ser inspeccionado cada tres (3)años y su construcción deberá cumplir conlos requisitos de las normas API (AmericanPetroleum Institute).

• En el tanque debe rotularse la fecha de laúltima limpieza e inspección.

• Que posean, en los casos pertinentes, un sis-tema de filtración instalado en la boca derecibo de aceites lubricantes usados del tan-que o tambor en operación, que evite elingreso de partículas con dimensiones supe-riores a cinco (5) milímetros.

• En el sitio de almacenamiento se deben ubi-car las señales de “PROHIBIDO FUMAR ENESTA ÁREA” y “ALMACENAMIENTO DEACEITES LUBRICANTES USADOS”.

4.3.3 Dique o muro de contención

• Con capacidad mínima para almacenar el100 % del volumen del tanque más grande,más el 10% del volumen de los tanques adi-cionales.

• Con capacidad para confinar posibles de-rrames, goteos o fugas producidas por

incidentes ocasionales al recibir o entregaraceites lubricantes usados, hacia o desde uni-dades de transporte autorizadas.

• El piso y las paredes deben ser construidosen material impermeable.

• Con un sistema de drenaje controlado quemediante una válvula permita la descarga deaguas lluvias que no estén contaminadas conaceites lubricantes usados y que eviten el ver-timiento de éstos o de aguas contaminadascon aceites lubricantes usados a los sistemasde alcantarillado o al suelo.

4.3.4 Tanques subterráneos

• Que garanticen la confinación en todo mo-mento del aceite lubricante usadoalmacenado.

• Elaborados en materiales resistentes a laacción de hidrocarburos.

• Que permitan el traslado del aceite lubricanteusado desde el vehículo de transporte o ha-cia éste, garantizando que no se presentenderrames, goteos o fugas de aceite lubricanteusado.

• Que cuenten con un sistema de filtración ins-talado en la boca de recibo de aceiteslubricantes usados del tanque o tambor enoperación, que evite el ingreso de partículascon dimensiones superiores a cinco (5) milí-metros.

• Con un mínimo de tres (3) pozos demonitoreo.

• Con sistemas de doble contenciónenchaquetados en polietileno de alta densi-dad o fibra de vidrio, o tanques dobles enmateriales no corrosivos.

• Que estén fabricados en materiales que nosean susceptibles a la corrosión.

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• Anualmente se deberá cumplir con las prue-bas de estanqueidad, las cuales deberán sercertificadas por parte del responsable querealizó dicha prueba.

4.3.5 Áreas de acceso a la zonade almacenamiento

Esta área debe permitir la operación de los ve-hículos autorizados para la recolección ytransporte.

4.3.7 Sistema contra incendios

Este sistema deberá cumplir con lo establecidoen el estudio de impacto ambiental requeridopara obtener la Licencia Ambiental.

4.3.8 Extintores

• Capacidad mínima de 20 libras de polvoquímico seco para zonas de almacenamien-to localizadas en áreas abiertas, o un extintormultipropósito de 20 libras para zonas dealmacenamiento poco ventiladas.

• Recargados por lo menos una vez al año ysu etiqueta debe ser legible en todo momen-to.

• Estar localizado a una distancia máxima dediez (10) metros de la zona de almacena-miento temporal de aceites lubricantesusados.

• El número de extintores estará definido porlas autoridades competentes.

4.3.9 Elementos de protección personal

• Overol o ropa de trabajo.

• Botas o zapatos antideslizantes.

• Guantes resistentes a la acción de hidrocar-buros.

• Gafas de seguridad.

4.4 ALMACENAMIENTO EN BODEGAS

Cuando el almacenamiento de los aceiteslubricantes usados se haga por parte deAcopiadores, Almacenadores, Tratadores o

Figura 14. Acceso al área de almacenamiento

Figura 15. Material Oleofílico

4.3.6 Material oleofílico

Se debe contar con un sistema para el controlde goteos, fugas y derrames con característicasabsorbentes o adherentes u otros diseñadospara este fin.

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Disponedores Finales en bodegas donde igual-mente se almacene otro tipo de sustancias, sedeben cumplir adicionalmente, las recomenda-ciones señaladas a continuación.

4.4.1 Diseño de la bodega

Diseñada de tal manera que permita la separa-ción de materiales incompatibles por medio deedificios o áreas separadas, muros cortafuegou otras precauciones aceptables, así como tam-bién permitir movimientos y manejo seguro delas sustancias y residuos peligrosos. Debe exis-tir espacio suficiente para las condiciones detrabajo y permitir el acceso libre por varios cos-tados en caso de emergencia.

El diseño de la bodega debe atender a la natu-raleza de los materiales a ser almacenados. Parala segregación de materiales incompatibles sedebe estudiar la conveniencia de dividir el áreaen compartimientos o secciones. Los materialesde construcción no deben ser combustibles y laestructura del edificio debe ser de concreto ar-mado o acero. Es recomendable que lasestructuras de acero se protejan del calor ais-lándolas.

Las edificaciones nuevas deben cumplir con lasNormas Colombianas de Diseño y ConstrucciónSismo Resistentes (NSR – 98), adoptadas por laLey 400 de 1997 y el Decreto 33 de 1998 y susversiones posteriores. Las áreas de oficina debenestar fuera de la zona de riesgo. Los pasillos decirculación deben tener una amplitud tal que per-mitan el movimiento seguro del personal.

4.4.2 Salidas de emergencia

Deben contar con salidas de emergencia distin-tas a las puertas principales de ingreso. Alplanificar la ubicación de estas salidas se de-ben tener en cuenta todas las emergencias

posibles evitando, como principal condicionante,que alguien pueda quedar atrapado. Se debeasegurar que la salida de emergencia esté de-bidamente señalizada. Las puertas deberánabrirse en el sentido de la evacuación sin quehaya necesidad del uso de llaves ni mecanis-mos que requieran un conocimiento especial.Su diseño debe incluir pasamanos de emergen-cia y facilitar la evacuación incluso en laoscuridad o en un ambiente de humo denso.Todas las áreas deben tener la posibilidad deevacuación, al menos en dos direcciones.

4.4.3 Piso

Debe ser impermeable para evitar infiltración decontaminantes y resistente a las sustancias y/oresiduos que se almacenen. Debe ser liso sinser resbaloso y libre de grietas que dificulten sulimpieza. Su diseño debe prever la contencióndel agua de limpieza, de posibles derrames odel agua residual generada durante la extinciónde un incendio, por tanto se recomienda undesnivel del piso de mínimo el 1% con direccióna un sistema colector y la construcción de unbordillo perimetral de entre 20 y 30 cm. de alto.

4.4.4 Drenaje

Se deben evitar drenajes abiertos en sitios dealmacenamiento, para prevenir la descarga acuerpos de agua o al sistema de alcantarilladopúblico del agua contaminada usada para elcontrol del fuego y de sustancias derramadas.Este tipo de drenajes son adecuados para eva-cuar el agua lluvia de los techos y alrededoresde la bodega. Los drenajes se deben protegerde posibles daños causados por el paso de ve-hículos o el movimiento de estibas. Los drenajesdel interior de la bodega no se deben conectardirectamente al sistema de alcantarillado o afuentes superficiales; deben conectarse a po-zos colectores para una posterior disposiciónresponsable del agua residual.

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4.4.5 Confinamiento

Todas las sustancias peligrosas almacenadasdeben estar ubicadas en un sitio confinadomediante paredes o bordillos perimetrales. Enlas puertas de las bodegas es necesario cons-truir rampas que actúen como diques pero quepermitan la circulación de vehículos y personas.Para sitios de almacenamiento externo es nece-sario construir alrededor de todo el perímetrointerno, un bordillo de confinamiento resisten-te, con capacidad para retener por lo menos elvolumen equivalente al producto almacenadoen los recipientes ubicados dentro de él.

4.4.6 Techos

Deben estar diseñados de tal forma que no ad-mitan el ingreso de agua lluvia a lasinstalaciones, pero que permitan la salida delhumo y el calor en caso de incendio. Esto debi-do a que la rápida liberación del humo y el calor,mejorará la visibilidad de la fuente de fuego yretardará su dispersión lateral.

La estructura de soporte del techo debe cons-truirse con materiales no combustibles. Lamadera dura o los marcos de madera tratadason aceptables, siempre y cuando la cubiertano sea combustible. Las cubiertas deben ser fa-bricadas con un material que se disgreguefácilmente con el fuego y en consecuencia per-mita la salida del humo y el calor. Cuando eltecho sea una construcción sólida, el escape delhumo y el calor se puede hacer ya sea median-te la ubicación de páneles transparentes de bajopunto de fusión o mediante páneles de ventila-ción de al menos un 2% de abertura respecto alárea del piso. Los páneles de ventilación debe-rían estar permanentemente abiertos o estarhabilitados para abrirse manual oautomáticamente en caso de incendio.

4.4.7 Ventilación

La bodega debe tener óptima ventilación, natu-ral o forzada, dependiendo de las sustanciaspeligrosas almacenadas y la necesidad de pro-veer condiciones confortables de trabajo. Unaadecuada ventilación se puede lograr localizan-do conductos de ventilación en la pared, cercaal nivel del piso y conductos de ventilación en eltecho y/o en la pared justo debajo del techo. Laventilación debe ser diseñada y construida sinque las aberturas en los muros perimetrales leresten la resistencia requerida al fuego.

En las zonas que lo requieran se puede instalarventilación forzada. Los equipos empleados in-cluyen difusores y ventiladores ubicados de formaestratégica en las paredes, ventanas y techosde las edificaciones. La ubicación de estos dis-positivos debe evitar la generación decortocircuitos de aire y de remolinos, los cualesreducen la eficiencia en la operación generaldel sistema, con la posibilidad de generar pro-blemas como una pobre eliminación desustancias peligrosas de la atmósfera de traba-jo o el estancamiento de ellas en lugaresespecíficos.

4.4.8 Equipos eléctricos e iluminación

Cuando las operaciones se realicen sólo duran-te el día y la iluminación natural sea adecuada ysuficiente, no será necesario instalar iluminaciónartificial. Muchas bodegas de almacenamientoen el mundo trabajan en estas condiciones, demanera que la operación minimiza el costo ini-cial, el mantenimiento y la necesidad de instalarequipo eléctrico especial. En los casos en que lailuminación natural es inadecuada, puede serposible mejorar esta situación mediante cambiossencillos, como por ejemplo la instalación de te-jas transparentes en la cubierta.

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La instalación de equipos eléctricos e ilumina-ción en las bodegas de almacenamiento desustancias peligrosas, debe atender los requisi-tos del Código Eléctrico Colombiano-CEC(Norma Técnica Colombiana NTC-2050),oficializado mediante Resolución 1936 de1987 de la Superintendencia de Industria yComercio. En el Capítulo 5 del CEC, secciones500 a 505, se establecen los requisitos de alam-brado y equipos eléctricos y electrónicos acualquier tensión, instalados en los lugares con-siderados como peligrosos según la siguienteclasificación:

• Clase I: aquellos en los que hay o puedehaber presencia en el aire de gases o vapo-res inflamables en cantidad suficiente paraproducir mezclas explosivas o inflamables.

• Clase II: son los lugares que resultan peli-grosos por la presencia de polvoscombustibles.

• Clase III: lugares en los que se manipulan,fabrican o usan fibras fácilmente combusti-bles o materiales que producen partículascombustibles.

Como consideración básica de diseño, todoequipo eléctrico debe estar ubicado de maneraque se eviten daños accidentales causados pormovimiento de vehículos o estibas o por el con-tacto con agua u otro líquido.

Los equipos deben ser conectados a tierra y es-tar protegidos contra sobrecargas. La zona decarga de baterías debe ser ventilada para per-mitir la segura dispersión del hidrógeno que segenera; esta operación debe realizarse preferi-blemente en un área externa a la bodega dealmacenamiento, que se mantenga limpia desustancias combustibles y otros materiales peli-grosos. Tampoco se deben permitir en el áreade almacenamiento, operaciones auxiliarescomo empaque, envasado, soldadura, etc., de-bido a que son fuentes potenciales de ignición.

Para algunas operaciones de almacenamientoes necesario situar sistemas de energía, para serutilizados en caso de interrupción del suministronormal en las instalaciones y con el fin de evitaraccidentes o traumatismos en la operación. Enel Capítulo 7 del CEC se dictan las disposicionespara la seguridad eléctrica de la instalación, ope-ración y mantenimiento de los sistemas deemergencia consistentes en los circuitos y equi-pos destinados e instalados para suministrar,distribuir y controlar la electricidad para sistemasde fuerza, de alumbrado o ambos.

4.4.9 Protección contra rayos

Toda bodega que almacene materiales inflama-bles debe considerar en el diseño, la instalaciónde equipos de protección contra relámpagos,como por ejemplo pararrayos.

4.4.10 Otras instalaciones

Idealmente, no debería haber oficinas, vestieres ocuartos de basura como parte integral de la bo-dega de almacenamiento. Si estas instalacionesexisten dentro de la bodega, se deberá construiruna estructura de separación que tenga una re-sistencia al fuego de al menos 60 minutos.

4.5 ALMACENAMIENTO EXTERIOR

En la distribución de las áreas de almacenamien-to, se deben tomar decisiones de diseño encuanto a la necesidad y conveniencia de alma-cenamiento exterior. El almacenamiento exteriores el recomendado para aceites lubricantes usa-dos en volúmenes considerables e implica lassiguientes condiciones:

• La exposición de algunas sustancias quími-cas a altas temperaturas, podría causardegradación térmica. Las sustancias que va-yan a ser almacenadas en el exterior se deben

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seleccionar con rigurosidad, atendiendo lasespecificaciones de la Hoja de Seguridad y lasrecomendaciones del fabricante.

• Para evitar la contaminación del suelo y deacuíferos, el piso debe ser impermeable, re-sistente al agua y al calor. Se debe evitar eluso de asfalto, por su reblandecimiento enclimas cálidos y bajo el efecto de ciertos sol-ventes.

• El área de confinamiento debe estar equipa-da con drenaje, controlado por medio de unaválvula.

• Las sustancias almacenadas de esta mane-ra deben ser chequeadas detalladamentepara evitar la contaminación del sistema dedrenaje por posibles derrames.

Se deben proporcionar condiciones de seguri-dad y protección ambiental similares a lasdescritas en las secciones anteriores en relacióncon el confinamiento, las puertas y el techo ocubierta de protección contra el sol y la lluvia. Eldiseño del sitio de almacenamiento tambiéndebe contemplar espacio suficiente para el ac-ceso de los bomberos en caso de incendio.

Para el almacenamiento de combustibles líqui-dos derivados del petróleo, se deben aplicar lasdisposiciones dadas en el Decreto 283/90 “Porel cual se reglamenta el almacenamiento, ma-nejo, transporte, distribución de combustibleslíquidos derivados del petróleo y el transportepor carrotanques de petróleo crudo” y el De-creto 1521/98 “Por el cual se reglamenta elalmacenamiento, manejo, transporte y distribu-ción de combustibles líquidos derivados delpetróleo, para estaciones de servicio”.

Condiciones adicionales que se deben cumplirpara el almacenamiento en bodegas y exteriores.

• Los líquidos inflamables podrán almacenarsejunto con sólidos inflamables.

• Los materiales inflamables no debenalmacenarse jamás cerca de ácidos.

• Deben estar suficientemente frías para evitarla ignición en caso de que los vapores semezclaran con el aire.

• Deben estar bien ventiladas para evitar laacumulación de vapores.

• Deben tener materiales de limpieza de de-rrames y equipo adecuado contra incendiosen las proximidades.

• Los extintores portátiles deben ser de espu-ma química seca o de dióxido de carbono.

4.6 PROCEDIMIENTOS

4.6.1 Procedimiento para recibir aceiteslubricantes usados en las instalacionesde un Almacenador

4.6.1.1 Ubicación del vehículo4.6.1.1 Ubicación del vehículo4.6.1.1 Ubicación del vehículo4.6.1.1 Ubicación del vehículo4.6.1.1 Ubicación del vehículo

Una vez en las instalaciones del Almacenador, elvehículo de transporte debe localizarse en la zonade almacenamiento donde no cause interferen-cia y de tal forma que quede en posición de salidarápida de acuerdo con instrucciones impartidaspor el encargado de las instalaciones.

44444.6.1.2..6.1.2..6.1.2..6.1.2..6.1.2. Aceites lubricantes usadosAceites lubricantes usadosAceites lubricantes usadosAceites lubricantes usadosAceites lubricantes usadosprovenientes del sector eléctricoprovenientes del sector eléctricoprovenientes del sector eléctricoprovenientes del sector eléctricoprovenientes del sector eléctricoo actividad afo actividad afo actividad afo actividad afo actividad afííííínnnnn

Estos deberán ser recibidos con la documenta-ción necesaria suministrada por el Generadoro Recolector que genere este tipo de residuo yque certifique los niveles contenidos de PCB´sanalizados por un laboratorio debidamenteacreditado por uno de los métodos que se se-ñalan en la Tabla 1.

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En primera instancia se analizarán mediante elmétodo SW846 y de encontrarse presencia dePCB´s, se confirmará su contenido mediante elmétodo 8280 de la U.S.EPA.

4.6.1.3 P4.6.1.3 P4.6.1.3 P4.6.1.3 P4.6.1.3 Preparación para el bombeoreparación para el bombeoreparación para el bombeoreparación para el bombeoreparación para el bombeo

Antes de iniciar el bombeo de aceites lubricantesusados del tanque, tambores o sistema de al-macenamiento, se deben realizar las siguientesactividades:

• Ubicar un extintor cerca del carrotanque,tambores o sistema de almacenamiento dedonde se va a realizar el bombeo.

• Ubicar vallas o conos para bloquear el tráfi-co cerrando el área circundante a la zonade recibo en un radio no menor a 5 m.

• Verificar que no haya fuentes de ignición enlos alrededores.

• Verificar el cupo disponible en el tanque deel vehículo de transporte, mediante el aforofísico del mismo.

• Colocar elementos de contención secunda-ria debajo de las conexiones realizadas parala operación de manera que se controlenposibles goteos, fugas o derrames.

• Conectar las mangueras y los equipos desucción del vehículo de transporte.

• Verificar que las mangueras queden total-mente drenadas luego de finalizar laoperación.

4.6.1.4 Inspección4.6.1.4 Inspección4.6.1.4 Inspección4.6.1.4 Inspección4.6.1.4 Inspección

El conductor del vehículo de transporte y el en-cargado de las instalaciones, debeninspeccionar visualmente los tanques, la zonade almacenamiento, las válvulas y tuberías conel fin de verificar su estado y constatar que sehallen libres de fugas, filtraciones o derrames.

En caso de observar alguna novedad, debentomar las medidas correctivas necesarias y lanovedad será registrada en el respectivo Repor-te de Transporte de Aceite Lubricante Usado (VerAnexo 2 Formatos Sugeridos). Si de alguna for-ma se ve comprometida la seguridad de laoperación, se deben suspender las actividadesde bombeo hasta el momento en que se puedagarantizar la seguridad de la misma. De ningu-na forma se pondrán en riesgo la salud depersonas o animales, y se evitará la afectaciónal ambiente durante las operaciones.\

4.6.1.5 Bombeo4.6.1.5 Bombeo4.6.1.5 Bombeo4.6.1.5 Bombeo4.6.1.5 Bombeo

• Garantizada la seguridad de la operación,el encargado de las instalaciones debe or-denar al conductor del vehículo de transporte,el inicio del bombeo de los aceites lubricantesusados al tanque de almacenamiento de lasinstalaciones del Almacenador.

• El conductor del vehículo de transporte debepermanecer cerca y atento al sistema quecontrola el bombeo con el fin poder suspen-derlo de inmediato en caso de emergencia.

SW846 U.S.EPA Screening

8280 U.S.EPA Confirmación

NNNNNooooo. DEL MÉT. DEL MÉT. DEL MÉT. DEL MÉT. DEL MÉTODOODOODOODOODO ORGANIZACIÓNORGANIZACIÓNORGANIZACIÓNORGANIZACIÓNORGANIZACIÓN METMETMETMETMETODOLODOLODOLODOLODOLOGÍAOGÍAOGÍAOGÍAOGÍA

Fuente: Manual de Manejo de PCB’S para Colombia, Minambiente. 1998

Tabla 1 Métodos para la medición de contenidos de PCB’s

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• Terminado el bombeo, el encargado de lasinstalaciones debe verificar volumen recibi-do, mediante medición manual del mismo yconfrontar la medición con las tablas de afo-ro correspondientes.

4.6.2 Procedimiento para almacenar aceiteslubricantes usados

Los aceites lubricantes usados deben ser alma-cenados en tanques metálicos superficiales,debidamente rotulados y localizados en unazona dotada de un dique o muro de contenciónsecundaria, en tanques subterráneos debida-mente protegidos con sistemas de doblecontención enchaquetados en polietileno de altadensidad o fibra de vidrio, o en tanques doblesen materiales no corrosivos, con un mínimo detres (3) pozos de monitoreo.

• Mediante un sistema de drenaje controladopor una válvula en los tanques de almace-namiento, el Almacenador debe drenarmensualmente los sedimentos acumuladosen cada tanque.

• Estos residuos contaminados deben ser en-tregados a personas debidamenteautorizadas por la autoridad ambiental com-petente para realizar su disposición final deacuerdo con las normas vigentes.

4.6.3 Procedimientos para despacho deaceites lubricantes usados desde lasinstalaciones de un Almacenador

4.6.3.14.6.3.14.6.3.14.6.3.14.6.3.1 Solicitud de recolección ySolicitud de recolección ySolicitud de recolección ySolicitud de recolección ySolicitud de recolección ymovilizaciónmovilizaciónmovilizaciónmovilizaciónmovilización

• La persona encargada de los aceiteslubricantes usados en las instalaciones de un

Almacenador, debe identificar y solicitar larecolección y movilización de aceites usadosa empresas debidamente registradas ante laautoridad ambiental competente.

4.6.3.2 Ubicación del vehículo4.6.3.2 Ubicación del vehículo4.6.3.2 Ubicación del vehículo4.6.3.2 Ubicación del vehículo4.6.3.2 Ubicación del vehículo

Una vez en las instalaciones del Almacenador,el vehículo de transporte debe localizarse en lazona de almacenamiento temporal donde nocause interferencia, de tal forma que quede enposición de salida rápida, de acuerdo con ins-trucciones impartidas por el encargado de lasinstalaciones.

4.6.3.3 P4.6.3.3 P4.6.3.3 P4.6.3.3 P4.6.3.3 Preparación para el bombeoreparación para el bombeoreparación para el bombeoreparación para el bombeoreparación para el bombeo

• Antes de iniciar el bombeo de aceiteslubricantes usados del tanque de almacena-miento a el vehículo de transporte, se debenrealizar las siguientes actividades:

• Ubicar un extintor cerca del carrotanque osistema de almacenamiento a donde se va arealizar el bombeo.

• Ubicar vallas o conos para bloquear el tráfi-co, cerrando el área circundante a la zonade recibo en un radio no menor a 5 m.

• Verificar que no haya fuentes de ignición enlos alrededores.

• Verificar el cupo disponible en el tanque delvehículo de transporte, mediante el aforo fí-sico del mismo.

• Colocar elementos de contención secunda-ria debajo de las conexiones realizadas parala operación de manera que se controlenposibles goteos, fugas o derrames.

• Conectar las mangueras y los equipos desucción del vehículo de transporte.

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• Verificar que las mangueras queden total-mente drenadas luego de finalizar laoperación.

4.6.3.4 Inspección4.6.3.4 Inspección4.6.3.4 Inspección4.6.3.4 Inspección4.6.3.4 Inspección

• El conductor del vehículo de transporte y elencargado de las instalaciones, deben ins-peccionar visualmente los tanques, la zonade almacenamiento y las válvulas con el finde verificar su estado e identificar la presen-cia de derrames o fugas de aceite lubricanteusado.

• En caso de observar alguna novedad, de-ben tomar las medidas correctivas necesariasy la novedad será registrada en el respectivoReporte de Transporte de Aceite LubricanteUsado (Ver Anexo 2 Formatos Sugeridos). Side alguna forma se ve comprometida la se-guridad de la operación, se deben suspenderlas actividades de bombeo hasta el momen-to en que se pueda garantizar la seguridadde la misma. De ninguna forma se pondránen riesgo la salud de personas o animales,así como la afectación al ambiente durantelas operaciones.

4.6.3.5 Bombeo4.6.3.5 Bombeo4.6.3.5 Bombeo4.6.3.5 Bombeo4.6.3.5 Bombeo

• Garantizada la seguridad de la operación,el conductor del vehículo de transporte debeordenar al encargado de las instalaciones,el inicio del bombeo de los aceites lubricantesusados del tanque de almacenamiento de lasinstalaciones del Almacenador al vehículo detransporte.

• Iniciado el bombeo, el conductor del vehícu-lo de transporte debe ubicarse cerca delsistema con el fin de poder suspender el bom-beo de inmediato en caso de emergencia.

4.7 CONDICIONES DE SEGURIDAD

El tipo de emergencias que se pueden presen-tar en las instalaciones de un Almacenador sonbásicamente tres: goteos o fugas, derrames eincendios. Las acciones mínimas a realizar encaso de presentarse cualquiera de estas con-tingencias, se encuentran detalladas en elAnexo 5 Acciones a Desarrollar en Caso deEmergencia.

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PROCEDIMIENTO PARA ELMANEJO DE ACEITES LUBRICANTESUSADOS EN LAS INSTALACIONESDE TRATADORES ODISPONEDORES FINALES

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5.1 OBJETIVO

Definir los procedimientos mínimos que deberáimplementar cualquier persona natural o jurídi-ca que realice actividades de eliminación deaceites lubricantes usados mediante procesosde tratamiento, aprovechamiento, recuperacióno disposición final en la jurisdicción de la auto-ridad ambiental competente.

5.2 JUSTIFICACIÓN

Es necesario establecer las normas y los proce-dimientos básicos que deberán implementar laspersonas naturales o jurídicas que realizan ac-tividades de disposición, eliminación de aceiteslubricantes usados mediante procesos de trata-miento, aprovechamiento, recuperación odisposición con el fin de reducir los riesgos a lasalud humana y al ambiente.

5.3 CONDICIONES Y ELEMENTOSNECESARIOS

El Tratador deberá contar en sus instalacionescon un área para el almacenamiento del aceitelubricante usado, que cumpla con las condicio-nes establecidas en el Capítulo 4.

5.3.1 Condiciones para el tratamiento

Para disminuir los impactos ambientales en elsitio de tratamiento de aceites lubricantes usa-dos, se debe contar con un lugar adecuado que

reúna todas las condiciones necesarias para estaactividad. Para los nuevos sitios destinados a es-tas labores se deben contemplar, dentro de laplaneación, los requisitos aquí descritos y paraaquellos que ya están en funcionamiento sedeben realizar todas las acciones posibles paraalcanzar estos requerimientos.

Las condiciones y elementos necesarios aquírelacionados se deben encontrar en buen esta-do de operación para recibir, almacenar y trataraceites lubricantes usados.

Se debe tratar por los métodos y tecnologías queminimicen el impacto ambiental y que permitanobtener un aceite lubricante usado tratado quecumpla con las concentraciones máximas per-misibles. Estas tecnologías podrán requerir deCertificación de Producto por parte de un orga-nismo acreditado por la Superintendencia deIndustria y Comercio. Finalmente, el aceite lu-bricante usado tratado obtenido podrá utilizarseasí:

• Como combustible para uso industrial.

• Para regeneración de bases lubricantes, me-diante su recuperación y aprovechamientopor re-refinación, entendiéndose como tal laserie de procesos físico-químicos que permi-ten emplear nuevamente estas bases comomaterias primas, de acuerdo con losestándares de calidad existentes para tal fin.

• Recuperación y aprovechamiento en la fa-bricación de plastificantes, fluidos paratemple, inmunización de maderas y cualquierotro uso, que implique exposición por huma-nos o animales y no afecte al ambiente.

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Además deberán manejarse como un residuopeligroso, los lodos generados por el procesa-miento, cumpliendo con todas las normasestablecidas para este tipo de residuo, al igualque deberán tratarse o disponerse los lodos se-gún las tecnologías establecidas para tal finsegún se muestra en el Anexo 6 Disposición deLodos Provenientes del Tratamiento de AceitesLubricantes Usados, presentado en este Manual.

Se recomienda tomar y analizar muestras delos aceites lubricantes usados tratados, en la-boratorios acreditados. Los procedimientospara la toma de muestras, preparación y aná-lisis de laboratorio, así como el reporte y registrode cifras significativas, con el objeto de esta-blecer el cumplimiento de los parámetrosindicados, se deben regir por las normas y mé-todos ASTM tal como se muestra en la Tabla 2.

Tabla 2. Métodos ASTM para Determinación de Contaminantes en Aceites Lubricantes Usados

ASTMASTMASTMASTMASTM TÍTULTÍTULTÍTULTÍTULTÍTULOOOOOI PI PI PI PI P

120 Lead, copper and zinc in lubricating oils

D 129 61 Sulphur in petroleum products (general bomb method)

D 808 Chlorine in new and used petroleum products (Bomb method)

D 811 Chemical analysis for metals in new ands used lubricating oils

D 1317 118 Chlorine in new and used lubricants

EPA SW846 PCB’s (SCREENING)

EPA 8280 PCB’s – Confirmación

5.3.2 Elementos necesarios para eltratamiento y la disposición final

En sus instalaciones, el Tratador deberá tenerlos siguientes sistemas y equipos.

5.3.2.1 Sistema de tuberías y válvulas5.3.2.1 Sistema de tuberías y válvulas5.3.2.1 Sistema de tuberías y válvulas5.3.2.1 Sistema de tuberías y válvulas5.3.2.1 Sistema de tuberías y válvulas

Para el bombeo de aceites lubricantes usadosel sistema de tuberías y válvulas debe ser deacero.

5.3.2.2 T5.3.2.2 T5.3.2.2 T5.3.2.2 T5.3.2.2 Tanques superficialesanques superficialesanques superficialesanques superficialesanques superficiales

• Fabricados en lámina metálica, con capaci-dad que se ajuste a lo establecido en elEstudio de Impacto Ambiental requerido parala obtención de la Licencia Ambiental.

• Garantizar en todo momento la confinacióntotal del aceite lubricante usado almacena-do.

• Permitir el traslado por bombeo del aceitelubricante usado desde y hacia las unidadesde transporte autorizadas, garantizando queno se presenten derrames, goteos o fugas.

• Estar rotulados con las palabras ACEITELUBRICANTE USADO en tamaño legible, lascuales deberán estar a la vista en todo mo-mento.

• En caso de ser tanques verticales, el fondodebe ser inspeccionado cada tres (3) años.

• En el tanque debe rotularse la fecha de laúltima limpieza e inspección.

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• Deben mantenerse libres de corrosión.

• Contar con un sistema de venteo tipo cuellode ganso.

5.3.2.3 Dique o muro de contención5.3.2.3 Dique o muro de contención5.3.2.3 Dique o muro de contención5.3.2.3 Dique o muro de contención5.3.2.3 Dique o muro de contención

• Para confinación de posibles derrames,goteos o fugas producidas por incidentesocasionales al recibir o entregar aceiteslubricantes usados, hacia o desde unidadesde transporte autorizadas.

• Tener una capacidad mínima para almace-nar el 100% del volumen del tanque másgrande, más el 10% del volumen de los tan-ques adicionales.

• El piso y las paredes deben ser construidosen material impermeable.

• Contar con un sistema de drenaje controla-do que mediante una válvula permita ladescarga de aguas lluvias que no estén con-taminadas con aceites lubricantes usados yque eviten el vertimiento éstos de aguas con-taminadas con aceites lubricantes usados alos sistemas de alcantarillado o al suelo.

5.3.2.4 Áreas de acceso a la zona para5.3.2.4 Áreas de acceso a la zona para5.3.2.4 Áreas de acceso a la zona para5.3.2.4 Áreas de acceso a la zona para5.3.2.4 Áreas de acceso a la zona paraalmacenamiento temporalalmacenamiento temporalalmacenamiento temporalalmacenamiento temporalalmacenamiento temporal

Esta área debe permitir la operación de los ve-hículos autorizados para la recolección ymovilización.

5.3.2.5 Material oleofílico5.3.2.5 Material oleofílico5.3.2.5 Material oleofílico5.3.2.5 Material oleofílico5.3.2.5 Material oleofílico

Se debe contar con material oleofilico para elcontrol de goteos, fugas y derrames con carac-terísticas absorbentes o adherentes u otrosdiseñados para este fin.

5.3.2.6 Sistema contra incendios5.3.2.6 Sistema contra incendios5.3.2.6 Sistema contra incendios5.3.2.6 Sistema contra incendios5.3.2.6 Sistema contra incendios

Este sistema deberá cumplir con lo establecidoen el estudio de impacto ambiental requeridopara la obtención de la Licencia Ambiental.

55555.3.2.7 Elementos de protección personal.3.2.7 Elementos de protección personal.3.2.7 Elementos de protección personal.3.2.7 Elementos de protección personal.3.2.7 Elementos de protección personal

• Overol o ropa de trabajo.

• Botas o zapatos antideslizantes.

• Guantes resistentes a la acción de hidrocar-buros.

• Gafas de seguridad.

5.4 PROCEDIMIENTOS

5.4.1 Procedimiento para recibir aceiteslubricantes usados en las instalacionesde Tratadores y/o Disponedores Finales

5.4.1.1 Ubicación del vehículo5.4.1.1 Ubicación del vehículo5.4.1.1 Ubicación del vehículo5.4.1.1 Ubicación del vehículo5.4.1.1 Ubicación del vehículo

• Una vez en las instalaciones del Tratador oDisponedor Final, la unidad de transportedebe localizarse en la zona de almacenamien-

Figura 16. Sistema contra incendios

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to temporal donde no cause interferencia yde tal forma que quede en posición de salidarápida, de acuerdo con instrucciones impar-tidas por el encargado de las instalaciones.

5.4.1.2 P5.4.1.2 P5.4.1.2 P5.4.1.2 P5.4.1.2 Preparación para el bombeoreparación para el bombeoreparación para el bombeoreparación para el bombeoreparación para el bombeo

• Antes de iniciar el bombeo de aceiteslubricantes usados del tanque, tambores osistema de almacenamiento desde la unidadde transporte, se deben realizar las siguien-tes actividades:

• Ubicar un extintor cerca del carrotanque,tambores o sistema de almacenamiento dedonde se va a realizar el bombeo.

• Ubicar vallas o conos para bloquear el tráfi-co, cerrando el área circundante a la zonade recibo en un radio no menor a 5 m.

• Verificar que no haya fuentes de ignición enlos alrededores.

• Verificar el cupo disponible en el tanque dela unidad de transporte, mediante el aforofísico del mismo.

• Colocar elementos de contención secunda-ria debajo de las conexiones realizadas parala operación de manera que se controlenposibles goteos, fugas o derrames.

• Conectar las mangueras y los equipos desucción de la unidad de transporte.

5.4.1.3 Inspección5.4.1.3 Inspección5.4.1.3 Inspección5.4.1.3 Inspección5.4.1.3 Inspección

• El conductor de la unidad de transporte y elencargado de las instalaciones, deben ins-peccionar visualmente los tanques, la zonade almacenamiento y las válvulas y tuberíascon el fin de verificar su estado y constatarque se hallen libres de fugas, filtraciones y/oderrames.

• En caso de observar alguna novedad, debentomar las medidas correctivas necesarias y lanovedad será registrada en el respectivo Re-porte de Transporte de Aceite LubricanteUsado (Ver Anexo 2 Formatos Sugeridos). Side alguna forma se ve comprometida la se-guridad de la operación, se deben suspenderlas actividades de bombeo hasta el momentoen que se pueda garantizar la seguridad. Deninguna forma se pondrán en riesgo la saludde personas o animales ni se afectará al am-biente durante las operaciones.

5.4.1.4 Bombeo5.4.1.4 Bombeo5.4.1.4 Bombeo5.4.1.4 Bombeo5.4.1.4 Bombeo

• Garantizada la seguridad de la operación, elencargado de las instalaciones debe ordenaral conductor de la unidad de transporte, elinicio del bombeo de los aceites lubricantesusados al tanque de almacenamiento.

• Iniciado el bombeo, el conductor de la uni-dad de transporte debe permanecer cerca yatento al sistema que controla el bombeo conel fin poder suspenderlo de inmediato encaso de emergencia.

• Verificar que las mangueras queden total-mente drenadas luego de finalizar laoperación.

• Terminado el bombeo, el encargado de lasinstalaciones debe verificar volumen recibi-do, mediante medición manual del mismo yconfrontar la medición con las tablas de afo-ro correspondientes.

5.4.2 Almacenamiento para Tratamientoy/o Disposición Final

Los aceites lubricantes usados deben ser alma-cenados en tanques metálicos superficiales,debidamente rotulados y localizados en unazona dotada de un dique o muro de contención

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secundaria y en todo momento dando cumpli-miento a las leyes aplicables y en especial conlo dispuesto en el Decreto 0283 de 1990, en elDecreto 353 de 1991 y en el Decreto 1521 de1998 del Ministerio de Minas y Energía y lasnormas que los modifiquen, complementen osustituyan.

Mediante un sistema de drenaje controlado poruna válvula en los tanques de almacenamiento,el Tratador debe drenar mensualmente los sedi-mentos acumulados en cada tanque.

Estos residuos contaminados deben ser entre-gados a personas debidamente autorizadas porla autoridad ambiental competente para reali-zar su disposición final de acuerdo con lasnormas vigentes.

Las personas naturales o jurídicas que realicenactividades de disposición de aceites lubricantesusados por medio de procesos de tratamiento,aprovechamiento y/o recuperación, deberán ga-rantizar en todo momento el cumplimiento delas concentraciones máximas definidas por lasautoridades ambientales.

Los procedimientos para la toma de muestras,preparación y análisis de laboratorio, así comoel reporte y registro de cifras significativas, conel objeto de establecer el cumplimiento de losparámetros indicados, se regirán por las nor-mas y métodos ASTM (American Society forTesting and Materials).

5.5 DISPOSICIÓN FINAL DE ACEITESLUBRICANTES USADOS

El aceite lubricante usado, tanto desde el puntode vista de su contenido energético como de

sus muchos otros usos potenciales, es un recur-so valioso. De allí que no es muy justificable sudisposición final sin aprovechamiento; sin em-bargo, esta es una opción posible que debeconsiderarse y reglamentarse.

Quienes estén interesados en la disposición fi-nal de aceites lubricantes usados no tratados,tienen varias alternativas para ello:

• Disposición del aceite lubricante usado me-diante encapsulamiento que asegure laconfinación total y definitiva.

• Uso final como combustible en procesos defabricación de clinker por vía húmeda o seca,siempre y cuando cuente con las aprobacio-nes o permisos ambientales que deba obtenerpara operar legalmente.

• Como combustible industrial, siempre que seopere a temperaturas superiores a 600º C.

Cualquier uso o disposición adicional deberáser consultado previamente con la autoridadambiental competente, con el fin de determinarsu viabilidad.

5.6 CONDICIONES DE SEGURIDAD

El tipo de emergencias que se pueden presen-tar en las instalaciones de un Tratador oDisponedor Final son básicamente tres: goteoso fugas, derrames e incendios. Las acciones mí-nimas a realizar en caso de presentarsecualquiera de estas contingencias se encuen-tran especificadas en el Anexo 5 Acciones aDesarrollar en Caso de Emergencia.

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ESQUEMA GENERAL DE UN PLANDE CONTINGENCIA

CAPÍTULO

6

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Cualquier empresa que participe en la cadena del aceite lubricante usado debeconsiderar como prioritaria y fundamen-

tal dentro de sus políticas, en relación con elmejoramiento de la calidad de sus actividades yla protección al ambiente, la formulación y apli-cación de un Plan de Contingencia que cumplatanto con la legislación colombiana vigentecomo con las necesidades reales de la empre-sa, para afrontar con éxito las eventualessituaciones de fugas, derrames, incendios ocualquier otro tipo de accidentes que se pue-dan presentar en la manipulación de los aceiteslubricantes usados.

Un Plan de Contingencia describe las accionesque deben ser tomadas para proteger la vidahumana, bienes propios y de terceros y el am-biente en el cual se desarrollan las actividades;de las amenazas originadas por el hombre, laindustria o la naturaleza. Es un documento queestablece los mecanismos y acciones de respues-ta para atender en forma oportuna, eficiente yeficaz, un derrame, incendio o accidente. En élse definen las funciones y personas que inter-vienen en la operación, se provee informaciónbásica sobre posibles áreas afectadas y los re-cursos susceptibles de sufrir consecuencias dela contaminación.

El Plan de Contingencia con los componentesque se indican a continuación, está acorde conlo establecido en el Decreto 321 del 17 de fe-brero de 1999, por el cual se adopta el PlanNacional de Contingencia Contra Derrames deHidrocarburos, Derivados y Sustancias Nocivasen Aguas Marinas, Fluviales y Lacustres.

El que manipule aceites lubricantes usados; esdecir, los genere, acopie, transforme, refine, pro-

cese o elimine, debe elaborar el Plan de Contin-gencia respectivo, mantenerlo actualizado y enconocimiento de las entidades y personas queparticipan directamente de dicha actividad;adicionalmente debe darlo a conocer y presen-tarlo para su aprobación a la autoridadambiental que le corresponda.

Este Plan debe incluir como mínimo los cincoaspectos señalados a continuación.

6.1 PANORAMA DE RIESGOS AMBIENTALES

Se debe establecer el origen de las amenazas(operacionales, fenómenos naturales,exógenos), el tipo de amenazas (fuga, derrame,ignición, manipulación, explosión, sabotaje, otra)y los escenarios de riesgos (situaciones en quepuede ocurrir un accidente). Deben describir laszonas sensibles a ser afectadas ante un derra-me del aceite lubricante usado almacenado,analizando el comportamiento del mismo (pre-sentar detalles del comportamiento del derrame,en un plano con vista de planta a escala 1:100o mayor según se requiera).

6.2 PLAN ESTRATÉGICO

Contiene la filosofía, objetivos, alcance, cober-tura geográfica, estructura organizacional,asignación de responsabilidades y niveles derespuesta, el cual deberá ser difundido a to-dos los empleados de la compañíamovilizadora, dejando constancia por escrito,mediante actas, tanto de su difusión como delas diferentes actividades que se realicen encumplimiento de este.

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El Plan Estratégico debe considerar:

• La acción participativa y la utilización de re-cursos estratégicos disponibles.

• Organización y coordinación.

• Los planes de contingencia locales y los pla-nes de ayuda mutua.

• El apoyo de terceros, las prioridades de pro-tección, la responsabilidad en la atención delevento.

• Los entrenamientos y simulacros.

• La evaluación y actualización del Plan.

• El análisis de riesgos.

• La capacidad de respuesta.

• Reportes y ajustes.

6.3 PLAN OPERATIVO

Contiene los procedimientos básicos de opera-ción o plan de acción, asumiendo que el PlanEstratégico funcionará como se formuló. Se re-quiere definir los procedimientos de respuestaen caso de un incidente o desastre y las accio-nes necesarias para restablecer la normalidaddespués de ser controlada.

El Plan Operativo debe contemplar:

• Las bases y los mecanismos de reporte ini-cial de las emergencias que ocurran.

• Mecanismo de notificación.

• Mecanismo de evaluación de las emergen-cias y activación de la atención de estas.

• Equipos mínimos requeridos para atenciónde la emergencia en primera instancia.

• Convenios o acuerdos para contar con equi-pos de otras entidades.

• Recurso humano entrenado para la atenciónde la emergencia.

• Difusión del Plan a todos los empleados.

• Sistema para informar a los medios de co-municación.

• Reportes y ajustes.

6.4 PLAN INFORMATIVO

Se requiere definir los mecanismos y procedi-mientos para la notificación de la emergencia,tanto a las personas afectadas como a las au-toridades y entidades interesadas, así como dela información generada durante y después dela misma.

6.5 RECURSOS DEL PLAN

Se requiere definir los elementos, equipos y per-sonal necesario para afrontar la emergencia;así como la definición de los sitios en donde seencuentran las instituciones, autoridades o en-tes de apoyo.

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BIBLIOGRAFÍA

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• Recomendaciones relativas al Transporte de Mercancías Peli-grosas.- Reglamentación Modelo. Vols. 1 y 2.- 13ª ed. Revisada.Naciones Unidas-2003

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• Ministerio de Minas y Energía, Decreto 0283de 1990 Por el cual se reglamenta el alma-cenamiento, manejo, transporte, distribuciónde combustibles líquidos derivados del pe-tróleo y el transporte por carrotanques depetróleo crudo.

• Ministerio de Minas y Energía, Decreto 0353de 1991 Por el cual se reglamenta la Ley 26de 1989 y se modifica parcialmente el De-creto 283 de 1990.

• Ministerio de Minas y Energía, Decreto 1521de 1998 Por el cual se reglamenta el alma-cenamiento, manejo y transporte ydistribución de combustible líquidos deriva-dos del petróleo, para estaciones de servicio.

• Ministerio de Transporte, Decreto 1609 de2002 Por el cual se reglamenta el manejo ytransporte terrestre automotor de mercan-cías peligrosas por carretera.

• Ministerio de Transporte, Decreto 0321 de1999 por el cual se adopta el Plan de Con-tingencia contra derrames de hidrocarburos,derivados y sustancias nocivas. Derrame enaguas marinas, fluviales y lacustres.

• Departamento Técnico Administrativo deMedio Ambiente, Resolución 1188 de 2003Por la cual se adopta el manual de normas yprocedimientos para la gestión de aceitesusados en el Distrito Capital.

• Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarro-llo Territorial, Resolución 1446 de 2005 Porla cual se modifica parcialmente la Resolu-ción 415 del 13 de marzo de 1998, queestablece los casos en los cuales se permitela combustión de aceites de desecho usadosy las condiciones técnicas para realizar lamisma.

• Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarro-llo Territorial, Decreto 4741 de 2005 Por elcual se reglamenta parcialmente la preven-ción y manejó de los residuos o desechospeligrosos generados en el marco de la ges-tión integral.

• Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarro-llo Territorial, Decreto 1443 de 2004 Por elcual se reglamenta parcialmente el Decreto-Ley 2811 de 1974, la Ley 253 de 1996, yla Ley 430 de 1998 en relación con la pre-vención y control de la contaminaciónambiental por el manejo de plaguicidas ydesechos o residuos peligrosos provenientesde los mismos y se toman otras determina-ciones.

• Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarro-llo Territorial, Decreto 4299 de 2005 Por elcual se reglamenta el Art. 61 de la ley 812de 2003 y se establecen otras disposiciones.

• Congreso Nacional. República de Colombia.Ley 430 de 1998 Por medio de la cual sedictan normas prohibitivas en materia am-biental referentes a los desechos peligrososy se dictan otras disposiciones.

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ANEXOS

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ANEXO 1NORMATIVIDAD

NORMA ENTIDAD DISPOSICIÓN

Decreto Ley2811 de 1974

Ley 9 de 1979

Ley 99 de 1993

Ley 253 de 1996

Ley 336 de 1996

Ley 400 de 1997

Ley 430 de 1998

Decreto02 de 1982

Decreto1594 de 1984

Resolución1936 de 1987

Congreso de laRepública

Congreso de laRepública

Congreso de laRepública

Congreso de laRepública

Congreso de laRepública

Congreso de laRepública

Congreso de laRepública

Ministerio de Salud

Ministerio de Salud

Superintendecia deIndustria yComercio

Por medio del cual se expide el Código Nacional deRecursos Naturales Renovables y de Protección alMedio Ambiente.

Código Sanitario Nacional.

Por la cual se crea el MINISTERIO DEL MEDIOAMBIENTE, se reordena el Sector Público encargadode la gestión y conservación del medio ambiente ylos recursos naturales renovables, se organiza elSistema Nacional Ambiental –SINA y se dictan otrasdisposiciones.

Por medio de la cual se aprueba en Colombia elConvenio de Basilea sobre el control de losmovimientos transfronterizos de los desechospeligrosos y su eliminación.

Disposiciones Generales para los Modos deTransporte

Por la cual se adoptan normas sobre construccionessismorresistentes.

Por medio de la cual se dictan normas prohibitivasen materia ambiental referentes a los desechospeligrosos y se dictan otras disposiciones.

Por medio del cual se reglamenta el Código deRecursos Naturales Renovables en lo referente acalidad del aire.

Por medio del cual se reglamenta parcialmente laLey 9ª de 1979 y el Decreto Ley 2811 de 1974 encuanto a usos de aguas y residuos líquidos.

Oficializa la NTC 2050 como Código EléctricoNacional Colombiano.

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NORMA ENTIDAD DISPOSICIÓN

Decreto919 de 1989

Decreto283 de 1990

Decreto353 de 1991

Decreto948 de 1995

Decreto33 de 1998

Decreto1521 de 1998

Decreto321 de 1999

Decreto173 de 2001

Decreto1609 de 2002

Resolución898 de 1995

Ministerio delInterior

Ministerio deMinas y Energía

Ministerio deMinas y Energía

Ministerio deAmbiente

Ministerio deDesarrolloEconómico

Ministerio deMinas y Energía

Ministerio delInterior

Ministerio deTransporte

Ministerio deTransporte

Ministerio delMedio Ambiente

Por el cual se organiza el Sistema Nacional para laPrevención y Atención de Desastres.

Reglamenta el almacenamiento, manejo, transporte,distribución, de combustibles líquidos derivados delpetróleo y el transporte por carrotanques.

Por el cual se reglamenta la Ley 26 de 1989 quedicta algunas disposiciones sobre la distribución decombustible líquidos derivados del petróleo y semodifica parcialmente el Decreto 283 de 1990.

Por medio del cual se reglamenta parcialmente la Ley23 de 1973, el Decreto 2811 de 1974, la Ley 9ª de1979 y la Ley 99 de 1993, en relación con laprevención y control de la contaminación atmosféricay protección de la calidad del aire.

Por medio de la cual se adoptan las Normas SismoResistentes. NSR–98.

Por el cual se reglamenta el almacenamiento, manejoy transporte y distribución de combustible líquidosderivados del petróleo, para estaciones de servicio.

Por el cual se adopta el Plan Nacional deContingencia para atender eventos de derrame dehidrocarburos, derivados y sustancias nocivas.

Por el cual se reglamenta el servicio público detransporte terrestre automotor de carga.

Por medio del cual se reglamenta el manejo ytransporte terrestre automotor de mercancíaspeligrosas por carretera.

Por la cual se regulan los criterios ambientales decalidad de los combustibles líquidos y sólidosutilizados en hornos y calderas de uso comercial eindustrial.

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NORMA ENTIDAD DISPOSICIÓN

Por medio de la cual se establecen los casos en loscuales se permite la combustión de los aceites dedesechos y las condiciones técnicas para realizar lamisma.

Por el cual se establece la ficha técnica para elformato único de manifiesto de carga.

Por la cual se modifica el Decreto 2499 de 2002.

Por medio de la cual se establecen normas y límitesmáximos permisibles de emisión para incineradores yhornos crematorios de residuos sólidos y líquidos.

Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 058de 2002.

Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 415de 1998, que establece los casos en los cuales sepermite la combustión de aceites de desecho o usadosy las condiciones técnicas para realizar la misma.

Por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de1993 sobre Licencias Ambientales.

Por el cual se reglamenta parcialmente la prevencióny manejo de los residuos o desechos peligrososgenerados en el marco de la gestión integral.

Ministerio delMedio Ambiente.

Ministerio deTransporte

Ministerio deTransporte

Ministerio delMedio Ambiente

Ministerio delMedio Ambiente

Ministerio delMedio Ambiente

Ministerio deAmbiente, Vivienday DesarrolloTerritorial

Ministerio de laProtección Social,Ministerio deAmbiente, Vivienday DesarrolloTerritorial, Ministeriode Transporte

Resolución415 de 1998

Resolución2499 de 2002

Resolución5457 de 2002

Resolución058 de 2002

Resolución886 de 2004

Resolución1446 de 2005

Decreto1220 de 2005

Decreto4741 de 2005

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LEY 430 DE 1998LEY 430 DE 1998LEY 430 DE 1998LEY 430 DE 1998LEY 430 DE 1998

Diario Oficial No. 43.219, de 21 de enero de 1998Por la cual se dictan normas prohibitivas en materia ambiental, referentes a los desechos peligrososy se dictan otras disposiciones.

EL CONGRESO DE COLEL CONGRESO DE COLEL CONGRESO DE COLEL CONGRESO DE COLEL CONGRESO DE COLOMBIA DECRETOMBIA DECRETOMBIA DECRETOMBIA DECRETOMBIA DECRETAAAAA:::::

CAPITULCAPITULCAPITULCAPITULCAPITULO I.O I.O I.O I.O I.OBJETOBJETOBJETOBJETOBJETOOOOO, PRINCIPIOS, PRINCIPIOS, PRINCIPIOS, PRINCIPIOS, PRINCIPIOS, PROHIBICION, PROHIBICION, PROHIBICION, PROHIBICION, PROHIBICION, TRAFICO ILICIT, TRAFICO ILICIT, TRAFICO ILICIT, TRAFICO ILICIT, TRAFICO ILICITO E INFRAESTRUCTURAO E INFRAESTRUCTURAO E INFRAESTRUCTURAO E INFRAESTRUCTURAO E INFRAESTRUCTURA

ARARARARARTICULTICULTICULTICULTICULO 1o. OBJETO 1o. OBJETO 1o. OBJETO 1o. OBJETO 1o. OBJETOOOOO.....

La presente ley tendrá como objeto, regular todo lo relacionado con la prohibición de introducirdesechos peligrosos al territorio nacional, en cualquier modalidad según lo establecido en el Conve-nio de Basilea y sus anexos, y con la responsabilidad por el manejo integral de los generados en elpaís y en el proceso de producción, gestión y manejo de los mismos, así mismo regula la infraestruc-tura de la que deben ser dotadas las autoridades aduaneras y zonas francas y portuarias, con el finde detectar de manera técnica y científica la introducción de estos residuos, regula las sanciones enla Ley 99 de 1993 para quien viole el contenido de esta ley y se permite la utilización de los aceiteslubricantes de desechos, con el fin de producir energía eléctrica.

ARARARARARTICULTICULTICULTICULTICULO 2o. PRINCIPIOSO 2o. PRINCIPIOSO 2o. PRINCIPIOSO 2o. PRINCIPIOSO 2o. PRINCIPIOS.....

Con el objeto de establecer el alcance y contenido de la presente ley se deben observar los siguientesprincipios:

1. Minimizar la generación de residuos peligrosos, evitando que se produzcan o reduciendo suscaracterísticas de peligrosidad.

2. Impedir el ingreso y tráfico ilícito de residuos peligrosos de otros países, que Colombia no esté encapacidad de manejar de manera racional y representen riesgos exclusivos e inaceptables.

3. Diseñar estrategias para estabilizar la generación de residuos peligrosos en industrias con proce-sos obsoletos y contaminantes.

4. Establecer políticas e implementar acciones para sustituir procesos de producción contaminantespor procesos limpios, inducir la innovación tecnológica o la transferencia de tecnologías apro-piadas, formar los recursos humanos especializados de apoyo, estudiar y aplicar los instrumentoseconómicos adecuados a las condiciones nacionales, para inducir al cambio en los procesosproductivos y en los patrones de consumo.

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5. Reducir la cantidad de residuos peligrosos que deben ir a los sitios de disposición final, medianteel aprovechamiento máximo de las materias primas, energía y recursos naturales utilizados, cuandosea factible y ecológicamente aceptable los residuos derivados de los procesos de producción.

6. Generar la capacidad técnica para el manejo y tratamiento de los residuos peligrosos que nece-sariamente se van a producir a pesar de los esfuerzos de minimización.

7. Disponer los residuos con el mínimo impacto ambiental y a la salud humana, tratándolos previa-mente, así como a sus afluentes, antes de que sean liberados al ambiente.

ARARARARARTICULTICULTICULTICULTICULO 3o. PROHIBICIONO 3o. PROHIBICIONO 3o. PROHIBICIONO 3o. PROHIBICIONO 3o. PROHIBICION.....

<Artículo CONDICIONALMENTE EXEQUIBLE> Ninguna persona natural o jurídica podrá intro-ducir o importar desechos peligrosos sin cumplir los procedimientos establecidos para tal efecto enel Convenio de Basilea y sus anexos.

<Jurisprudencia Vigencia><Jurisprudencia Vigencia><Jurisprudencia Vigencia><Jurisprudencia Vigencia><Jurisprudencia Vigencia> Corte ConstitucionalCorte ConstitucionalCorte ConstitucionalCorte ConstitucionalCorte Constitucional- Artículo declarado CONDICIONALMENTE EXEQUIBLE, mediante Sentencia C-771-98 de10 de diciembre de 1998, Magistrado Ponente Dr. Carlos Gaviria Díaz, siempre y cuando seentienda que las sustancias peligrosas a que ellos aluden son, además de las señaladasexpresamente en el artículo 81 de la Constitución, todas aquéllas que no pudiendo sermanejadas en una forma apropiada resulten lesivas de derechos fundamentales tales comola salud, vida e integridad física de las personas, el medio ambiente o cualquier otro, por laCorte Constitucional.

ARARARARARTICULTICULTICULTICULTICULO 4o. TRAFICO ILICITO 4o. TRAFICO ILICITO 4o. TRAFICO ILICITO 4o. TRAFICO ILICITO 4o. TRAFICO ILICITOOOOO.....

<Artículo CONDICIONALMENTE EXEQUIBLE> Quien pretenda introducir carga en la cual sedetecte la presencia de desechos peligrosos al territorio nacional o introduzca ilegalmente esta car-ga, deberá devolverla sin ninguna dilación y bajo su exclusiva responsabilidad, sin perjuicio de lassanciones penales a que haya lugar.

<Jurisprudencia Vigencia><Jurisprudencia Vigencia><Jurisprudencia Vigencia><Jurisprudencia Vigencia><Jurisprudencia Vigencia> Corte ConstitucionalCorte ConstitucionalCorte ConstitucionalCorte ConstitucionalCorte Constitucional- Artículo declarado CONDICIONALMENTE EXEQUIBLE, mediante Sentencia C-771-98 de10 de diciembre de 1998, Magistrado Ponente Dr. Carlos Gaviria Díaz, siempre y cuando seentienda que las sustancias peligrosas a que ellos aluden son, además de las señaladasexpresamente en el artículo 81 de la Constitución, todas aquéllas que no pudiendo sermanejadas en una forma apropiada resulten lesivas de derechos fundamentales tales comola salud, vida e integridad física de las personas, el medio ambiente o cualquier otro, por laCorte Constitucional.

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M A N U A L T É C N I C O P A R A E L M A N E J O D E A C E I T E S L U B R I C A N T E S U S A D O S

ARARARARARTICULTICULTICULTICULTICULO 5o. INFRAESTRUCTURA.O 5o. INFRAESTRUCTURA.O 5o. INFRAESTRUCTURA.O 5o. INFRAESTRUCTURA.O 5o. INFRAESTRUCTURA.

<Artículo CONDICIONALMENTE EXEQUIBLE> El Gobierno Nacional dotará a las autoridadesaduaneras de comercio exterior y ambientales, de todos los mecanismos y procedimientos necesa-rios para detectar irregularidades en los procedimientos de importación de desechos peligrososutilizados como materias primas secundarias o desechos peligrosos destinados a su eliminación enel territorio nacional y dotará a las zonas francas y portuarias de laboratorios especiales y el perso-nal técnico especializado, con el objeto de analizar los productos y materiales que allí se reciban ypoder detectar y rechazar de manera técnica y científica el tráfico ilícito de los elementos, materialeso desechos peligrosos, de los cuales no tengan razones técnicas y científicas y que no serán mane-jados de forma racional de acuerdo con lo establecido en el Convenio de Basilea.

<Jurisprudencia Vigencia><Jurisprudencia Vigencia><Jurisprudencia Vigencia><Jurisprudencia Vigencia><Jurisprudencia Vigencia> Corte ConstitucionalCorte ConstitucionalCorte ConstitucionalCorte ConstitucionalCorte Constitucional- Artículo declarado CONDICIONALMENTE EXEQUIBLE, mediante Sentencia C-771-98 de10 de diciembre de 1998, Magistrado Ponente Dr. Carlos Gaviria Díaz, siempre y cuando seentienda que las sustancias peligrosas a que ellos aluden son, además de las señaladasexpresamente en el artículo 81 de la Constitución, todas aquéllas que no pudiendo sermanejadas en una forma apropiada resulten lesivas de derechos fundamentales tales comola salud, vida e integridad física de las personas, el medio ambiente o cualquier otro, por laCorte Constitucional.

CAPITULCAPITULCAPITULCAPITULCAPITULO II.O II.O II.O II.O II.RESPONSABILIDADRESPONSABILIDADRESPONSABILIDADRESPONSABILIDADRESPONSABILIDAD

ARARARARARTICULTICULTICULTICULTICULO 6o. RESPONSABILIDO 6o. RESPONSABILIDO 6o. RESPONSABILIDO 6o. RESPONSABILIDO 6o. RESPONSABILIDAD DEL GENERADOR.AD DEL GENERADOR.AD DEL GENERADOR.AD DEL GENERADOR.AD DEL GENERADOR.

<Artículo CONDICIONALMENTE EXEQUIBLE> El generador será responsable de los residuos queél genere. La responsabilidad se extiende a sus afluentes, emisiones, productos y subproductos portodos los efectos ocasionados a la salud y al ambiente.

PPPPPARAARAARAARAARAGRAFOGRAFOGRAFOGRAFOGRAFO.....

El fabricante o importador de un producto o sustancia química con propiedad peligrosa, para losefectos de la presente ley se equipara a un generador, en cuanto a la responsabilidad por el manejode los embalajes y residuos del producto o sustancia.

<Jurisprudencia Vigencia><Jurisprudencia Vigencia><Jurisprudencia Vigencia><Jurisprudencia Vigencia><Jurisprudencia Vigencia> Corte ConstitucionalCorte ConstitucionalCorte ConstitucionalCorte ConstitucionalCorte Constitucional- Artículo declarado CONDICIONALMENTE EXEQUIBLE, mediante Sentencia C-771-98 de10 de diciembre de 1998, Magistrado Ponente Dr. Carlos Gaviria Díaz, siempre y cuando seentienda que las sustancias peligrosas a que ellos aluden son, además de las señaladasexpresamente en el artículo 81 de la Constitución, todas aquéllas que no pudiendo sermanejadas en una forma apropiada resulten lesivas de derechos fundamentales tales comola salud, vida e integridad física de las personas, el medio ambiente o cualquier otro, por laCorte Constitucional.

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ARARARARARTICULTICULTICULTICULTICULO 7o. SUBSISTENCIA DE LA RESPONSABILIDO 7o. SUBSISTENCIA DE LA RESPONSABILIDO 7o. SUBSISTENCIA DE LA RESPONSABILIDO 7o. SUBSISTENCIA DE LA RESPONSABILIDO 7o. SUBSISTENCIA DE LA RESPONSABILIDADADADADAD.....

La responsabilidad integral del generador subsiste hasta que el residuo peligroso sea aprovechadocomo insumo o dispuesto con carácter definitivo.

ARARARARARTICULTICULTICULTICULTICULO 8o. RESPONSABILIDO 8o. RESPONSABILIDO 8o. RESPONSABILIDO 8o. RESPONSABILIDO 8o. RESPONSABILIDAD DEL RECEPTAD DEL RECEPTAD DEL RECEPTAD DEL RECEPTAD DEL RECEPTOR.OR.OR.OR.OR.

El receptor del residuo peligroso asumirá la responsabilidad integral del generador, una vez lo recibadel transportador y haya efectuado o comprobado el aprovechamiento o disposición final del mismo.

PPPPPARAARAARAARAARAGRAFO 1o.GRAFO 1o.GRAFO 1o.GRAFO 1o.GRAFO 1o.

Mientras no se haya efectuado y comprobado el aprovechamiento o disposición final de residuo elreceptor es solidariamente responsable con el generador.

PPPPPARAARAARAARAARAGRAFO 2o.GRAFO 2o.GRAFO 2o.GRAFO 2o.GRAFO 2o.

La responsabilidad de que trata este artículo incluye el monitoreo, el diagnóstico y remediación delsuelo, de las aguas superficiales y subterráneas en caso de que se presente contaminación por estosresiduos.

ARARARARARTICULTICULTICULTICULTICULO 9o. CONTENIDO QUIMICO NO DECLARADOO 9o. CONTENIDO QUIMICO NO DECLARADOO 9o. CONTENIDO QUIMICO NO DECLARADOO 9o. CONTENIDO QUIMICO NO DECLARADOO 9o. CONTENIDO QUIMICO NO DECLARADO.....

El generador continuará siendo responsable en forma integral por los efectos ocasionados a lasalud o al ambiente, de un contenido químico o biológico no declarado al receptor y a la autoridadambiental.

CAPITULCAPITULCAPITULCAPITULCAPITULO III.O III.O III.O III.O III.OOOOOTRAS DISPOSICIONESTRAS DISPOSICIONESTRAS DISPOSICIONESTRAS DISPOSICIONESTRAS DISPOSICIONES

ARARARARARTICULTICULTICULTICULTICULO 10. O 10. O 10. O 10. O 10.

Es obligación del generador o productor de los residuos peligrosos realizar la caracterizaciónfísico-química de los mismos a través de laboratorios especiales debidamente autorizados por losorganismos competentes e informar a las personas naturales o jurídicas que se encarguen delalmacenamiento, recolección y transporte, tratamiento o disposición final de los mismos.

ARARARARARTICULTICULTICULTICULTICULO 11. VIGILANCIA Y CONTROLO 11. VIGILANCIA Y CONTROLO 11. VIGILANCIA Y CONTROLO 11. VIGILANCIA Y CONTROLO 11. VIGILANCIA Y CONTROL.....

La autoridad ambiental de la respectiva jurisdicción, en coordinación con las autoridades sanita-rias, policivas, de comercio exterior y de aduanas según sea el caso, deberán cumplir las funcionespropias de vigilancia y control en concordancia con lo establecido en la presente ley.

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ARARARARARTICULTICULTICULTICULTICULO 12. AO 12. AO 12. AO 12. AO 12. ACEITES LCEITES LCEITES LCEITES LCEITES LUBRICANTES DE DESECHOUBRICANTES DE DESECHOUBRICANTES DE DESECHOUBRICANTES DE DESECHOUBRICANTES DE DESECHO.....

La utilización de aceites lubricantes de desecho para la generación de energía eléctrica sólo sepermitirá si son generados en el país y con el cumplimiento de las condiciones y requisitos que parael efecto establezcan las autoridades competentes. El Gobierno Nacional establecerá mecanismosque permitan impulsar la utilización de este tipo de tecnologías.

ARARARARARTICULTICULTICULTICULTICULO 13. SANCIONESO 13. SANCIONESO 13. SANCIONESO 13. SANCIONESO 13. SANCIONES.....

En caso de violación a las prohibiciones definidas en la presente ley, las autoridades ambientales desu jurisdicción impondrán las sanciones previstas en el artículo 85 de la Ley 99 de 1993 y susdisposiciones reglamentarias, sin perjuicio de la sanción penal respectiva.

ARARARARARTICULTICULTICULTICULTICULO 14. VIGENCIA.O 14. VIGENCIA.O 14. VIGENCIA.O 14. VIGENCIA.O 14. VIGENCIA.

La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación y deroga las disposiciones que le seancontrarias.

Ministerio de Justicia y del Derecho, Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Ministerio del MedioAmbiente

RESOLUCIÓN 415 DE 1998RESOLUCIÓN 415 DE 1998RESOLUCIÓN 415 DE 1998RESOLUCIÓN 415 DE 1998RESOLUCIÓN 415 DE 1998

PPPPPor la cual se actualiza el Plan de For la cual se actualiza el Plan de For la cual se actualiza el Plan de For la cual se actualiza el Plan de For la cual se actualiza el Plan de Formación y Capacitación de Servidores Públicos.ormación y Capacitación de Servidores Públicos.ormación y Capacitación de Servidores Públicos.ormación y Capacitación de Servidores Públicos.ormación y Capacitación de Servidores Públicos.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, en uso de las facultades legalesy en especial las conferidas por el artículo 3° literal e) numeral 1 del Decreto ley 1567 de 1998, y

CONSIDERANDO:CONSIDERANDO:CONSIDERANDO:CONSIDERANDO:CONSIDERANDO:

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 1567 de 1998, corresponde al Gobierno Nacional,mediante el Plan Nacional de Formación y Capacitación, orientar la formulación de los planesinstitucionales que deben elaborar las entidades públicas;

Mediante el Decreto 682 de fecha 16 de abril de 2001 el Gobierno adoptó el Plan Nacional deFormación y Capacitación formulado por el Departamento Administrativo de la Función Pública y laEscuela Superior de Administración Pública, ESAP;

De conformidad con el Decreto 1567 de 1998, corresponde al Departamento Administrativo de laFunción Pública formular y actualizar el Plan Nacional de Formación y Capacitación, conjuntamen-te con la Escuela Superior de Administración Pública;

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Se hace necesario actualizar el Plan Nacional de Formación y Capacitación para adaptarlo a losrequerimientos que en materia de formación y capacitación deben acreditar los empleados paracumplir con eficiencia los objetivos del citado Plan y las políticas del Gobierno Nacional;Mediante documento del 16 de julio de 2003, el Director del Departamento Administrativo de laFunción Pública y el Director de la Escuela Superior de Administración Pública establecieron loscriterios y orientaciones que actualizan el Plan Nacional de Formación y Capacitación a los nuevosrequerimientos, los cuales deberán ser tenidos en cuenta por las entidades en la Formulación de susprogramas específicos de formación y capacitación,

RESUELRESUELRESUELRESUELRESUELVEVEVEVEVE:::::

Artículo 1°.Artículo 1°.Artículo 1°.Artículo 1°.Artículo 1°.

Adoptar el documento mediante el cual se actualiza el Plan Nacional de Formación y Capacitación,suscrito por el Departamento Administrativo de la Función Pública y la Escuela Superior de Adminis-tración Pública a que hace referencia la parte motiva de esta resolución, el cual hace parte integraldel presente acto administrativo.

Artículo 2°.Artículo 2°.Artículo 2°.Artículo 2°.Artículo 2°.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

RESOLUCIÓN 1446 DE 2005RESOLUCIÓN 1446 DE 2005RESOLUCIÓN 1446 DE 2005RESOLUCIÓN 1446 DE 2005RESOLUCIÓN 1446 DE 2005

Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 415 del 13 de marzo de 1998, que establece loscasos en los cuales se permite la combustión de aceites de desecho o usados y las condicionestécnicas para realizar la misma.

La Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, en ejercicio de sus funciones legales, y enespecial las conferidas en los numerales 2, 10, 11 y 14 del artículo 5º de la Ley 99 de 1993, y elartículo 24 del Decreto 948 de 1995 modificado por el artículo 1º del Decreto 1697 de 1997, y

CONSIDERANDO:CONSIDERANDO:CONSIDERANDO:CONSIDERANDO:CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución 415 del 13 de marzo de 1998 de esta entidad, se establecen los casosen los cuales se permite la combustión de aceites de desecho o usados y las condiciones técnicaspara realizar la misma;

Que la Dirección de Desarrollo Sectorial Sostenible de este Ministerio consultó estudios realizadossobre el uso y tratamiento de aceites de desecho o usados como son el Estudio sobre el Manejo delos Aceites Usados en Colombia (Bogotá, Medellín, Cali y Barranquilla), el estudio de la Unidad dePlaneación Minero Energético denominado “Utilización en Colombia de Aceites Usados como Ener-géticos en Procesos de Combustión Segunda Fase”, los realizados sobre aceites usados en el Vallede Aburrá por el Área Metropolitana, el denominado Análisis del Aceite Usado en Vermont, Estudio

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de emisiones de aceites usados en hornos preparado por la Agencia de los Recursos Naturales deVermont (con la participación del Departamento de Conservación Ambiental, la División de Controlde la Contaminación del Aire y la División para el Manejo de Materiales Peligrosos), así como tam-bién el Manual de Normas y Procedimientos para la Gestión de Aceites Usados publicado por elDAMA y la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca;

Que esta consulta le permite al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial establecernuevas alternativas para el aprovechamiento como combustible de los aceites de desecho o usadosen el territorio nacional;

Que la Dirección de Desarrollo Sectorial Sostenible considera viable establecer modificaciones a losrequisitos contemplados en Resolución 415 del 13 de marzo de 1998, para los casos en los cualesse permite la combustión de aceites de desecho o usados y las condiciones técnicas para realizar lamisma;

Que en merito de lo expuesto,

RESUELRESUELRESUELRESUELRESUELVEVEVEVEVE:::::

Artículo 1°.Artículo 1°.Artículo 1°.Artículo 1°.Artículo 1°.

Modifícase el artículo primero de la Resolución 415 del 13 de marzo 1998 el cual quedará así:

“““““Artículo 1°.Artículo 1°.Artículo 1°.Artículo 1°.Artículo 1°.

Para la aplicación de la presente resolución, se adoptan las siguientes definiciones:

Aceite de Desecho o Usado:Aceite de Desecho o Usado:Aceite de Desecho o Usado:Aceite de Desecho o Usado:Aceite de Desecho o Usado: Todo aceite lubricante, de motor, de transmisión o hidráulico conbase mineral o sintética de desecho que por efectos de su utilización, se haya vuelto inadecuadopara el uso asignado inicialmente. Estos aceites son clasificados como residuo peligroso por elanexo I, numerales 8 y 9 del Convenio de Basilea, el cual fue ratificado por Colombia mediante laLey 253 de enero 9 de 1996.

Aceite Usado TAceite Usado TAceite Usado TAceite Usado TAceite Usado Tratado:ratado:ratado:ratado:ratado: Entiéndase como aceite usado tratado aquel que ha sido sometido me-diante medios físicos, químicos o biológicos a un proceso de limpieza de elementos tales comosedimentos, compuestos de cloro, metales pesados, solventes y otros elementos provenientes deaditivos y de usos originales como aceite lubricante en vehículos o sistemas industriales, a excepciónde aquellos usados como aceites dieléctricos en transformadores, equipos de refrigeración, entreotros, hasta niveles aceptables de tal forma que pueden ser usados para su aprovechamiento ener-gético como combustibles en actividades industriales.

Almacenador: Persona natural o jurídica que cuenta con los permisos requeridos por las autorida-des competentes de conformidad con la normatividad vigente, y que en desarrollo de su actividadalmacena y comercializa aceites usados.

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Procesador o Tratador: Persona natural o jurídica que debidamente autorizada por la autoridadambiental competente recibe y trata aceites usados para transformarlos de residuos a productospara su adecuado aprovechamiento mediante procesos de combustión, re-refinanciación, produc-ción de bases plastificantes o cualquier proceso aprobado mediante la Licencia Ambiental por laautoridad ambiental competente.

Mezcla o Blending: Hace relación a la mezcla de aceite usado con otros tipos de combustible comofuel oil (diésel, combustóleo) o crudos con bajas concentraciones de azufre, que permiten una ma-yor fluidez y ganancia calorífica.

Tratamiento Primario: Es el dado al aceite usado a través de un proceso de sedimentación(centrifugación o flotación, o uso de métodos químicos) y filtración.

Tratamiento Secundario: Es aquel en el cual mediante procesos químicos o térmicos son removidosen un porcentaje no menor al 80% los metales pesados y los compuestos de cloro, el agua y lossolventes orgánicos.”

Artículo 2°.Artículo 2°.Artículo 2°.Artículo 2°.Artículo 2°.

Modifícase el artículo segundo de la Resolución 415 del 13 de marzo de 1998 el cual quedará así:

“““““Artículo 2°.Artículo 2°.Artículo 2°.Artículo 2°.Artículo 2°.

Requisitos y condiciones para aprovechar el aceite de desecho o usado generado en el país, comocombustible:

• Para el aceite usado sin tratar

a) En el caso de calderas y hornos de tipo industrial o comercial, se podrá emplear mezclado conotros combustibles, en una proporción menor o igual al 5% en volumen de aceite usado;

b) En hornos cementeros, en la industria metalúrgica o en plantas de generación de energía, siem-pre y cuando tengan sistemas de control de emisiones de material particulado de alta eficiencia(mayor al 95%), como combustible único o mezclado con otros tipos de combustibles en cual-quier proporción;

c) En ninguno de los casos anteriores, el aceite usado podrá contener concentraciones de bifenilospoliclorados (PCB) o terfenilos policlorados (PCT) mayores a 50 ppm ni concentración dehalógenos totales (expresado como HCl) mayores a 1.000 ppm.

• Para el aceite usado tratado

a) En calderas y hornos de tipo industrial o comercial, se podrá emplear mezclado con otros com-bustibles, teniendo en cuenta los porcentajes y los límites máximos de contaminantes consagradosen la tabla prevista en el presente artículo;

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b). Debe tener como mínimo tratamiento primario;

c) Los sistemas o equipos de alimentación de combustible deberán poseer mecanismos para supulverización o atomización y control de alimentación de oxígeno.

Tabla de porcentaje para mezcla y límites máximosde contaminantes en aceites usados tratados

ContaminanteContaminanteContaminanteContaminanteContaminanteMáxima concentración de contaminante (ppm)Máxima concentración de contaminante (ppm)Máxima concentración de contaminante (ppm)Máxima concentración de contaminante (ppm)Máxima concentración de contaminante (ppm)PPPPPara mezcla hasta delara mezcla hasta delara mezcla hasta delara mezcla hasta delara mezcla hasta del

4 0 %4 0 %4 0 %4 0 %4 0 %PPPPPara mezcla hasta delara mezcla hasta delara mezcla hasta delara mezcla hasta delara mezcla hasta del

8 0 %8 0 %8 0 %8 0 %8 0 %

PCB’s 15 5

Halógenos orgánicos totales (como HCI) 650 400

Halógenos totales (como HCI) 800 500

Cadmio 2 1

Cromo 8 3

Plomo 50 10

Arsénico 2 1

Níquel 1.5 1

Zinc 120 60

Estaño 5 3

Bario 3 1

Punto de chispa (°F, valor mínimo) >170 >170

La toma y preparación de muestras, análisis de laboratorio y registro de la información deberárealizarse siguiendo los procedimientos y técnicas establecidas en las normas y métodos ASTM”

Artículo 3°.Artículo 3°.Artículo 3°.Artículo 3°.Artículo 3°.

El Tratador y el Almacenador de aceites de desecho o usados deberán realizar cada cuatro (4)meses la caracterización del aceite usado tratado o sin tratar según el caso, en el cual se determinela totalidad de los parámetros señalados en la tabla prevista en el artículo segundo de la presenteresolución, cuyos resultados deben ser remitidos a la autoridad ambiental competente. La toma demuestras y caracterización del aceite usado tratado o sin tratar, deberá ser realizada por un labora-torio que cuente con la capacidad analítica y con el personal idóneo debidamente capacitado.Dicho laboratorio deberá diligenciar un formato de custodia de muestras. El Tratador y el Almacenadordeberán archivar hasta por tres (3) años los resultados de los análisis de laboratorio practicados a

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los aceites usados. Tal archivo debe estar a disposición de las autoridades ambientales cuando estasasí lo requieran. Parágrafo. Las actividades, obras o industrias consumidoras del aceite usado ensus dos modalidades tratado y sin tratar, deberán obtener del Almacenador o del Tratador los resul-tados de las caracterizaciones realizadas para la verificación de la calidad del aceite usado que estáconsumiendo y el cumplimiento de los requisitos y estándares requeridos, y tenerlos a disposición dela autoridad ambiental.

Artículo 4°.Artículo 4°.Artículo 4°.Artículo 4°.Artículo 4°.

La violación a lo dispuesto en la presente disposición dará lugar a la imposición de las medidaspreventivas y sancionatorias a que haya lugar, de conformidad con lo consagrado en el artículo 85de la Ley 99 de 1993.

Artículo 5°.Artículo 5°.Artículo 5°.Artículo 5°.Artículo 5°.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, y deroga elartículo tercero de la Resolución 415 del 13 de marzo de 1998.

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ANEXO 2FORMATOS SUGERIDOS

1. FORMATO DE INSCRIPCIÓN PARA ACOPIADORES *

NOMBRE DEL ESTABLECIMIENTO:C.C. O NIT.:DIRECCIÓN:TELÉFONO:

CUENTCUENTCUENTCUENTCUENTA CON ALGÚN PERMISO ANTE LA AA CON ALGÚN PERMISO ANTE LA AA CON ALGÚN PERMISO ANTE LA AA CON ALGÚN PERMISO ANTE LA AA CON ALGÚN PERMISO ANTE LA AUTUTUTUTUTORIDORIDORIDORIDORIDAD AMBIENTAD AMBIENTAD AMBIENTAD AMBIENTAD AMBIENTAL COMPETENTEAL COMPETENTEAL COMPETENTEAL COMPETENTEAL COMPETENTE:::::

LICENCIA AMBIENTAL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

VERTIMIENTOS CONCESIÓN DE AGUAS AVISOS Y VALLAS

CENTRO DE DIAGNÓSTICO OTRO

VOLUMEN DE ACEITE LUBRICANTE USADO ACOPIADOVOLUMEN DE ACEITE LUBRICANTE USADO ACOPIADOVOLUMEN DE ACEITE LUBRICANTE USADO ACOPIADOVOLUMEN DE ACEITE LUBRICANTE USADO ACOPIADOVOLUMEN DE ACEITE LUBRICANTE USADO ACOPIADO:

GALONES / MES:

TIPO DE ACOPIADOR:TIPO DE ACOPIADOR:TIPO DE ACOPIADOR:TIPO DE ACOPIADOR:TIPO DE ACOPIADOR:

TALLER SERVITECA ESTACIÓN DE SERVICIO INDUSTRIAOTRO (ESPECIFICAR):

TIPO DE ACEITE LUBRICANTE USADO:TIPO DE ACEITE LUBRICANTE USADO:TIPO DE ACEITE LUBRICANTE USADO:TIPO DE ACEITE LUBRICANTE USADO:TIPO DE ACEITE LUBRICANTE USADO:

AUTOMOTOR HIDRÁULICO INDUSTRIAL DIELÉCTRICOOTRO (ESPECIFICAR):

SISTEMA DE ACOPIO DEL RESIDUO:SISTEMA DE ACOPIO DEL RESIDUO:SISTEMA DE ACOPIO DEL RESIDUO:SISTEMA DE ACOPIO DEL RESIDUO:SISTEMA DE ACOPIO DEL RESIDUO:

TAMBORES DE 55 GALONES TANQUESOTRO (ESPECIFICAR):

NOMBRE DEL TRANSPORNOMBRE DEL TRANSPORNOMBRE DEL TRANSPORNOMBRE DEL TRANSPORNOMBRE DEL TRANSPORTTTTTADOR QUE REALIZA LA RECOLECCIÓNADOR QUE REALIZA LA RECOLECCIÓNADOR QUE REALIZA LA RECOLECCIÓNADOR QUE REALIZA LA RECOLECCIÓNADOR QUE REALIZA LA RECOLECCIÓN:::::

NOMBRENOMBRENOMBRENOMBRENOMBRE, FIRMA Y CEDULA DEL REPRESENT, FIRMA Y CEDULA DEL REPRESENT, FIRMA Y CEDULA DEL REPRESENT, FIRMA Y CEDULA DEL REPRESENT, FIRMA Y CEDULA DEL REPRESENTANTE LEGALANTE LEGALANTE LEGALANTE LEGALANTE LEGAL:::::

* Sugerido para las autoridades ambientales que cuentan con registro para los Acopiadores de Aceites Lubricantes Usados

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2. FORMATO DE REGISTRO AMBIENTAL PARA EL TRANSPORTE DEL ACEITE LUBRICANTE USADO*

La información de la actividad debe ser consignada de manera clara y precisa en cada uno de lospuntos solicitados a continuación. En caso de requerirse espacio adicional se pueden utilizar hojasanexas.

* Documento recomendado para los Transportadores de Aceites Lubricantes Usados

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3. FO

RMAT

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ORTE

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EL A

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E LU

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USA

DOS

M I N I S T E R I O D E A M B I E N T E , V I V I E N D A Y D E S A R R O L L O T E R R I T O R I A L

79

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Esto

s fo

rmat

os s

on p

ropi

edad

pat

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ANEXO 3HOJA DE SEGURIDAD DE LOS ACEITES LUBRICANTES USADOS

CARACTERÍSTICAS TÍPICAS DE LOS ACEITES LUBRICANTES USADOS1

1 Lupien Rosenberg et Asocies- LRAC. Utilización en Colombia de Aceites Usados como Energéticos en Procesos deCombustión Segunda Fase. 2001.

CONTAMINANTE ORIGEN CONCENTRACIÓN (ppm)

Bario Aditivos detergentes Menor a 100Calcio Aditivos detergentes 1000 – 3000Plomo Gasolina plomada – desgaste de piezas 100 – 1000Magnesio Aditivos detergentes 100 – 500Zinc Aditivos antidesgaste y antioxidantes 500 – 1000Fósforo Aditivos antidesgaste y antioxidantes 500 – 1000Hierro Desgaste del motor 100 – 500Cromo Desgaste del motor TrazasNiquel Desgaste del motor TrazasAluminio Desgaste de rodamientos TrazasCobre Desgaste de rodamientos TrazasEstaño Desgaste de rodamientos TrazasCloro Aditivos – gasolinas plomadas 300Silicio Aditivos 50 – 100Azufre Base lubricante – productos de combustión 0.2 – 1.0 %Agua Combustión 5 – 10 %Hidrocarburos livianos Dilución del combustible 5 – 10 %PAH Combustión incompleta Menor a 1000

CARACTERÍSTICAS AUTOMOTOR INDUSTRIALViscosidad A 40º C, SSU 97 – 120 143 – 330Gravedad A 15.6º C, ºAPI 19 – 22 25.7 - 26.2Peso específico a 15.6ºC 0.9396 - 0.8692 0.9002 - 0.8972Agua % Vol. 0.2 - 33.8 0.1 - 4.6Sedimentos % Vol. 0.1 - 4.2 0.0Insolubles en Benceno, % en peso 0.56 - 33.3 0.0Solubles en gasolina, % Vol. 2.0 - 9.7 0.0Punto de ignición ºC 78 – 220 157 – 179Potencia Calorífica, MJ/kg. 31.560 - 44.880 40.120 - 41.840

CONTAMINANTES GENERALMENTE PRESENTES EN ACEITES LUBRICANTES USADOS

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ACCIONES DE CONTINGENCIA:

Contacto con la piel: contactos prolongados deaceites lubricantes usados con la piel puedencausar enfermedades en ella, sobre todo si sepresentan pequeños cortes, arañazos o si se pro-ducen irritaciones causadas por ropacontaminada. Estos riesgos se evitarán toman-do medidas elementales de higiene. En caso deentrar en contacto con la piel, se deben elimi-nar los aceites lubricantes usados lavando lazona afectada con agua y jabón. En caso deheridas en la piel, hay riesgo de penetracióncutánea.

Contacto con los ojos: lávelos inmediatamentecon abundante agua y consulte inmediatamen-te a un médico especialista.

Ingestión: en caso de ingestión de aceiteslubricantes usados, existe riesgo de que se pre-senten vómitos y diarrea. No se debe dar a beber

ningún líquido ni inducir al vómito. Se debe con-sultar inmediatamente a un médico especialista.

Inhalación: la inhalación de vapores resultan-tes de la combustión de aceites lubricantesusados, puede provocar una ligera irritación delas vías respiratorias superiores. En caso de pre-sentarse esta situación, la persona deberá sertrasladada al aire libre por un lapso de 20 a 30minutos.

ROPA PROTECTORA:

• Overol o ropa de trabajo.

• Botas o zapatos antideslizantes.

• Guantes resistentes a la acción de hidrocar-buros.

• Gafas de seguridad.

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ANEXO 4LISTA DE CHEQUEO PARA LOS TRANSPORTADORES DE ACEITES LUBRICANTES USADOS

En forma mensual se revisará la lista de chequeo contenida en el Decreto 1609/02 del Ministerio deTransporte y se verificará el buen estado de funcionamiento de los siguientes elementos:

OBJETO DE REVISIÓN

Elementos de dispositivos de sujeción de tambores de 55 galones o tanquesde capacidad superior no fijos a la estructura del vehículo

Etiquetado

El tanque o tambores no presentan filtraciones

El tanque o tambores no presentan corrosión

El tanque o tambores se encuentran libres de abolladuras

Las mangueras no presentan filtraciones

Las mangueras no presentan uniones

Las mangueras no presentan fisuras

La bomba para trasiego no presenta filtraciones

Las válvulas de descargue no presentan goteos

Sellado hermético de tambores

Sistema de comunicaciones

Funcionamiento de la bomba para cargue o descargue

Extintores

Material oleofílico para el control de derrames

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ANEXO 5ACCIONES A DESARROLLAR EN CASO DE EMERGENCIA

c. Confinar el área del derrame con diques demateriales oleofílicos absorbentes oadherentes, evitando que los aceiteslubricantes usados entren al sistema de al-cantarillado, al suelo o entren en contacto conagua u otro líquido.

d. El personal libre en el momento de la emer-gencia, deberá evacuar los vehículos y otroselementos del lugar.

e. Recoger, limpiar y secar el aceite lubricanteusado con materiales oleofílicos absorben-tes o adherentes y recolectar con vasijas obaldes el derrame. Durante esta operaciónse deberán utilizar guantes resistentes a laacción de hidrocarburos y no se deberá apli-car agua ni otro líquido sobre el aceitelubricante usado.

f. Almacenar los materiales contaminados conaceites lubricantes usados en forma indepen-diente, alejados de fuentes de ignición yprotegidos del agua.

g. Entregar los materiales contaminados a per-sonal debidamente autorizado por laautoridad ambiental competente para reali-zar la disposición final, de acuerdo con lasnormas vigentes.

••••• Incendios:Incendios:Incendios:Incendios:Incendios:

Las condiciones de seguridad necesarias paraprevenir incendios por causas eléctricas son:

a. Los sistemas de desconexión como interrup-tores automáticos, fusibles y cuchillas debenestar marcados claramente para indicar supropósito.

Las emergencias que se pueden presentar sonbásicamente de tres tipos: goteos o fugas, de-rrames e incendios. Las acciones mínimas arealizar en caso de presentarse cualquiera deestas contingencias son las siguientes:

••••• Goteos o fugas:Goteos o fugas:Goteos o fugas:Goteos o fugas:Goteos o fugas:

En caso de presentarse goteo o fuga, seguir cui-dadosamente las siguientes indicaciones:

a. Recoger, limpiar y secar el aceite lubricanteusado con materiales oleofílicos absorben-tes o adherentes.

b. Almacenar los materiales contaminados conaceites lubricantes usados en forma indepen-diente, alejado de fuentes de ignición yprotegidos del agua.

c. Entregar los materiales contaminados a per-sonal debidamente autorizado por laautoridad ambiental competente para reali-zar la disposición final, de acuerdo con lasnormas vigentes.

••••• Derrames:Derrames:Derrames:Derrames:Derrames:

En caso de presentarse un derrame, seguir cui-dadosamente las siguientes indicaciones:

a. Identificar el sitio de donde proviene el de-rrame y suspender inmediatamente la fuentedel mismo.

b. Aislar el área afectada, suspender operacio-nes en ella y controlar posibles fuentes deignición.

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b. Los tomacorriente de pared y los cables deextensión deben tener sistema de conexión atierra.

c. A los cables eléctricos y enchufes, se les debehacer un mantenimiento periódico.

d. Se debe evitar la manipulación de las insta-laciones con las manos húmedas.

e. Se debe verificar que los cables eléctricos nose recalienten.

En caso de presentarse un incendio, seguir cui-dadosamente las siguientes indicaciones:

a. Dar aviso al personal de la presencia de laemergencia y accionar las alarmas disponi-bles.

b. Retirar el personal del área de influencia.Evacuar clientes y personal operativo a unlugar cercano en el que no corran riesgos.

c. Combatir el fuego con extintores. Todo elpersonal del lugar deberá estar en condicio-

nes de realizar esta actividad una vez se dala voz de alarma.

d. En caso de no poder controlar el fuego, lla-mar a las entidades de emergencia. Cercadel teléfono deben ser ubicados, en un lugarvisible, los números telefónicos a los cualesse debe llamar en caso de presentarse unincendio tales como Bomberos, Dirección deAtención y Prevención de Emergencias, De-fensa Civil, etc.

En caso de presentarse un incendio, la personaencargada de los aceites lubricantes usados enlas instalaciones del Acopiador, debe elaborarun informe de atención a la emergencia en elque se registrará la fecha y hora del incidente,el tipo de incidente, los motivos que lo causa-ron, las acciones de atención adoptadas, laspersonas que participaron en la atención de laemergencia y las recomendaciones que permi-tan evitar este tipo de incidentes en el futuro.

Este documento debe mantenerse en los archi-vos del Acopiador y deberá servir para rendirinformes a las autoridades competentes.

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ANEXO 6DISPOSICIÓN DE LODOS PROVENIENTES

DEL TRATAMIENTO DE ACEITES LUBRICANTES USADOS

La disposición de lodos con alto contenido demetales pesados, provenientes del tratamientode aceites lubricantes usados, constituye un pro-blema ambiental de mucha importancia, todavez que el residuo debe disponerse de modo talque se asegure que los metales pesados no vol-verán a estar, de cualquier manera, enposibilidad de ser absorbidos por los seres vi-vos. La búsqueda de información al respecto hallevado a establecer cuatro (4) opciones posi-bles para este tipo de tratamientos:

• Incineración

• Encapsulamiento en el clinker durante el pro-ceso de fabricación de cemento.

• Vitrificación o ceramizado de los residuos.

• Utilización como llenante en el proceso deelaboración de capas asfálticas de rodadura.

Estas cuatro opciones se describen con mayorgrado de detalle a continuación. Posteriormen-te se analizan sus características para finalmenterecomendar un curso de acción definido.

1. ANÁLISIS DE ALTERNATIVAS

1.1 INCINERACIÓN

Consiste en someter los lodos a un proceso decombustión completa en instalaciones adecua-das, para convertir los distintos componentescontenidos en el lodo en gases y residuos iner-tes (cenizas y escorias).

Para realizar la incineración de residuos conmetales pesados es indispensable tomar unaserie de precauciones en cuanto a la tempera-tura de combustión y el tiempo de permanenciade los gases en el horno.

La temperatura de combustión generalmente semantiene entre 900-1.000ºC y la temperaturade salida de los gases en 300ºC aproximada-mente, con tiempo de residencia de 2 segundosen promedio. Estas condiciones de operaciónpermiten la salida de compuestos de metalespesados en las escorias, lo cual a su vez exigeun esquema final de disposición para éstas.

1.2 ENCAPSULAMIENTO EN EL CLÍNKER

Los hornos de cemento operan a temperaturasmuy altas. Típicamente, el material sólido pue-de salir a temperaturas del orden de 1.350°C a1.550°C (2500 a 2800°F), mientras que la tem-peratura de los gases puede ser superior encientos de grados2.

Por otra parte, la cantidad de metales presentestanto en las materias primas para fabricaciónde cementos como en los combustibles utiliza-dos puede exceder, y frecuentemente lo hace,los límites considerados para emisión en resi-duos y para los combustibles convencionales.

El cemento es una mezcla de compuestos queforma complejos con los metales, disminuyen-do la volatilidad de algunos de ellos encondiciones de combustión. En consecuencia,muchos metales son mucho menos volátiles

2 EPA, “Operational Parameters for Hazardous Wastes Combustion Devices”, EPA/625/R-93/008, Oct./93

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cuando se asocian al cemento que en condi-ciones normales.

Otra característica importante de los hornos decemento es su diseño que contempla larecirculación del material volátil. La recirculaciónde metales volátiles entonces ocurre cuandoestos se vaporizan, condensan y retornan al sis-tema. Los hornos de cemento utilizan un procesoen contraflujo en el cual aire y combustible seintroducen en un extremo del horno, mientraslas materias primas se introducen por el extre-mo opuesto. Así, mientras la mezcla de aire ycombustible viaja a través del horno, transfierecalor a las materias primas para producir elclinker. En esta zona de alta temperatura, losmetales tienden a volatilizarse pero al continuarcon los gases de combustión a través del pro-ceso se enfrían nuevamente, condensándosesobre la superficie de las partículas de materiaprima. Esta “recirculación interna” ocurre tam-bién cuando los metales condensados sonrecirculados junto con la materia prima.

Algunos metales que escapan en la corriente ga-seosa y van hacia la chimenea, deben pasar através de un colector de partículas, que separa lamayoría de ellas junto con los metales condensa-dos. Típicamente, la inmensa mayoría de loshornos de cemento recirculan estos materiales.

Estos hornos rotatorios suelen tener un diáme-tro entre 3 y 5 metros y hasta 150 metros delongitud, en donde esta sustancia es sometidaa temperaturas por encima de los 1.400°C conuna atmósfera oxidante y un tiempo de residen-cia de los gases en el interior del horno quesupera los 4 segundos, condiciones suficientespara destruir la mayoría de los compuestos.

1.3 VITRIFICACIÓN

Las tecnologías actuales para la disposición fi-nal de residuos peligrosos consideran lavitrificación o ceramización como el método másseguro para el logro de este objetivo.

Todas las reacciones en estado sólido, como lascerámicas, presentan una cinética de reacciónextremadamente lenta. El factor capaz de ace-lerar el proceso es el tamaño de grano. Cuantomás fino sea el grano habrá mayor superficieespecífica y por tanto, mayor capacidad parareaccionar. Por ello, cuando el objetivo perse-guido es inertizar un residuo por causa de sutoxicidad es preciso someterlo a una trituraciónfina. En este caso el residuo funde parcialmentey se integra en la matriz cerámica.

Si el tamaño de grano es muy grueso, la partí-cula de residuo no interacciona con la matrizcerámica y queda, simplemente, encapsulado.En este estado si sufre un impacto mecánicofuerte o es atacado por un agente químico po-tente, se rompe el velo de protección y la cargacontaminante se libera al exterior.

Por los motivos señalados, la inmensa mayoríade autores están de acuerdo en que lavitrificación es la tecnología más segura parainertización de residuos inorgánicos.

1.4 ADICIÓN A MEZCLAS ASFÁLTICAS

La incorporación de los lodos a las mezclasasfálticas consiste en su adición como materialllenante o “filler” en la formulación de capas derodadura. El material fino que conforma lamayor parte de estos lodos aporta partículas demuy pequeño tamaño que contribuye al logrode una capa de rodadura de condiciones derodaje más terso. Los metales pesados se incor-poran a los poros de los agregados finos de lamezcla, recubriéndose durante el proceso conuna capa de asfalto. De esta forma se logra unencapsulamiento de los contaminantes.

La cantidad de lodo que puede usarse dependeen primer lugar de la clase de suelo presente enla subrasante y en segundo lugar del tipo deobra que se va a realizar. Dependiendo del tipode ligante que se utilice, la mezcla asfáltica pue-de ser aplicada in situ, bien en frío o en caliente,

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para finalmente ser compactada con el vehícu-lo compactador.

En el caso de las mezclas asfálticas, al estar es-tas expuestas a factores ambientales externosque aportan agua, tales como lluvias, conden-sación, etc., puede producirse un “lixiviado” queeventualmente, si hay fisuras en el recubrimien-to asfáltico de los agregados como productode oxidación por envejecimiento o por malaaplicación de la mezcla, puede liberar compues-tos de metales pesados al ambiente.Actualmente no hay una posición clara al res-pecto y se desarrollan investigaciones sobreposible lixiviación de estos compuestos metáli-cos, especialmente en mezclas asfálticas yaenvejecidas.

2. VALORACIÓN AMBIENTAL DEALTERNATIVAS

Desde el punto de vista de disminución de lapeligrosidad, la vitrificación se constituye en laalternativa que mejor cumple con este propósi-to, lo que significa la eliminación de los riesgospara la salud y el ambiente por la peligrosidaddel residuo.

De acuerdo con la disponibilidad de las tecno-logías, los cementos y los asfaltos son dossectores que tienen mayor representación en elcontexto nacional. Debe hacerse notar que nohay investigaciones conocidas sobre vitrificacióndentro de la industria cerámica nacional.

Con relación a la flexibilidad del esquema deltratamiento, la adición de lodos a las mezclasasfálticas no presenta limitaciones para suimplementación con respecto a la concentra-ción de las sustancias peligrosas del lodo. Las

otras alternativas previstas, igualmente presen-tan mucha flexibilidad frente a cambios en lacomposición de los lodos a tratar.

La efectividad y confiabilidad de la vitrificaciónradica en que es la alternativa que mejores re-sultados proporciona en el tratamiento deresiduos peligrosos inorgánicos como lo son loslodos.

Sin lugar a dudas la alternativa más económicaes la adición a mezclas asfálticas, pues no serequiere de infraestructura adicional.

La cantidad de posibles residuos derivados delos diferentes tratamientos es mayor en el pro-ceso de incineración, debido a las cenizas quedeberán ser dispuestas y las emisiones que de-ben ser tratadas posteriormente.

La lixiviación de compuestos de metales pesa-dos es una posibilidad en el caso de la utilizaciónde lodos en la composición de mezclasasfálticas.

La ciencia y las tecnologías actuales no han di-cho aún su última palabra en cuanto a lasalternativas para la disposición final de estoslodos. En el caso colombiano, deberá incluirsela posición de las empresas que eventualmentepudieran intervenir en el proceso, como empre-sas de mezclas asfálticas, empresas de cerámicas(pisos, vitrificados, etc.) y la industria del cemen-to. Esta última ha mantenido un constante interésen participar en este tipo de investigaciones, dehecho actualmente está quemando aceiteslubricantes usados sin tratar en algunas instala-ciones y a nivel mundial es notable su aporte a ladestrucción de residuos peligrosos. Por estas ra-zones, para los efectos de este Manual se leconsidera la opción más apropiada para la dis-posición final de este residuo.

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