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MANEJO POST DECOMISO DE FAUNA Y FLORA SILVESTRE PLAN OPERATIVO ANUAL 2011-11-29 I NFORME PREVENTIVO Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios Bogotá, D. C., octubre de 2013 ediciones

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MANEJO POST DECOMISO DE FAUNA Y FLORA SILVESTREPLAN OPERATIVO ANUAL 2011-11-29

INFORME PREVENTIVO

Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios

Bogotá, D. C., octubre de 2013

edic iones

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MANEJO POST DECOMISO DE FAUNAY FLORA SILVESTRE

© Procuraduría General de la Nación, 2013© Instituto de Estudios del Ministerio Público, 2013

Editor:Instituto de Estudios del Ministerio PúblicoCarrera 5 N°. 15-80 piso 16. Bogotá, D. C.PBX: (1) 587 8750 Ext. 11621 Tel.: 2832721 Ext. 115http://iemp.procuraduria.gov.co

Todos los derechos reservados.

Autores: Nubia Cenid Pulido Verano

Asesora y Profesional UniversitarioSANDRA ISABELLA ECHEVERRI GUTIÉRREZ

Diseño gráfico:Diana Carolina ChacónDiseñadora gráfica IEMP

Coordinación editorial: Ana María Acevedo Lian Diseñadora industrial IEMP

Diagramación e impresión Imprenta Nacional de Colombia

Impreso en ColombiaBogotá, octubre de 2013

Primera edición1000 ejemplares

Esta publicación fue editada y financiada por el Instituto de Estudios del Ministerio Público.

Las opiniones expresadas en el presente libro son responsabilidad del autor y no compromete a la Procuraduría General de la Nación ni al Instituto de Estudios del Ministerio Público.

ISBN: 978-958-734-131-7

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ALEJANDRO ORDÓÑEZ MALDONADOProcurador General de la Nación

MARTHA ISABEL CASTAÑEDA CURVELOViceprocuradora General de la Nación

OSCAR DARÍO AMAYA NAVASProcurador Delegado para Asuntos Ambientales y Agrarios

CRISTHIAN JOSÉ MORA PADILLA

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CONTENIDO gENERAL

INTRODUCCIóN ............................................................................................................ 8

1. ObJETIVOS .............................................................................................................. 12

1.1 ObJETIVOS gENERALES. ........................................................................................... 12

1.2 ObJETIVOS ESPECíFICOS. ......................................................................................... 12

1.3 JUSTIFICACIóN. ....................................................................................................... 12

1.4 METODOLOgíA. ....................................................................................................... 13

2. MARCO TEóRICO Y NORMATIVO .............................................................................. 15

2.1 ANTECEDENTES. ...................................................................................................... 15

2.2 TéRMINOS báSICOS. ................................................................................................. 16

2.2.1 Registro Único de Infractores Ambientales -RUIA- .................................................... 16

2.2.2 Portal de Información sobre Fauna Silvestre -PIFS- ................................................... 17

2.2.3 Aprehensión Preventiva ............................................................................................... 17

2.2.4 Decomiso Definitivo .................................................................................................. 18

2.2.5 Restitución de Especímenes de Especies Silvestres ....................................................... 18

2.2.6 Liberación ................................................................................................................... 18

2.2.7 Liberación Inmediata .................................................................................................. 18

2.2.8 Eutanasia .................................................................................................................... 19

2.3 MARCO NORMATIVO ................................................................................................ 19

2.4 TIPO DE INVESTIgACIóN .......................................................................................... 20

2.5 PObLACIóN EN ESTUDIO. ......................................................................................... 20

2.6 TéCNICAS PARA RECOLECCIóN DE DATOS. ................................................................ 21

3. ANáLISIS DE LA INFORMACIóN ............................................................................... 23

3.1 DE LAS ENCUESTAS. ................................................................................................. 23

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3.2 DE LAS VISITAS DE CAMPO. ...................................................................................... 62

3.2.1 Establecimiento Público Ambiental de Cartagena (EPA) .......................................... 62

3.2.2 Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta

de Bucaramanga (CDMB) ........................................................................................ 63

3.2.3 Área Metropolitana del Valle de Aburra (AMVA) ....................................................... 65

3.2.4 Corporación Autónoma Regional de las Cuencas de los Ríos Negro y Nare

(CORNARE) ........................................................................................................... 65

3.2.5 Secretaría Distrital de Ambiente (SDA) ..................................................................... 66

3.2.6 Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonía,

(CORPOAMAZONÍA) ............................................................................................ 67

3.2.7 Corporación Autónoma Regional del Valle del Sinú y San Jorge (CVS) ..................... 69

3.2.8 Centro de Rescate y Rehabilitación de Animales Silvestres - URRAS ......................... 71

3.2.9 Corporación Autónoma Regional de La Guajira, (CORPOGUAJIRA) ..................... 72

3.2.10 Corporación Autónoma Regional de Nariño (CORPONARIÑO) ......................... 73

3.2.11 Corporación Autónoma Regional de Sucre (CARSUCRE) .................................... 75

3.2.12 Corporación Autónoma Regional del Cauca (CRC) ............................................... 76

3.2.13 Corporación para el Desarrollo Sostenible de Urabá (CORPOURABA) ................ 79

3.2.14 Corporación Autónoma Regional del Dique (CARDIQUE) .................................. 79

3.2.15 Corporación Autónoma Regional del Tolima (CORTOLIMA) .............................. 82

3.2.16 Corporación Autónoma Regional de Antioquia (CORANTIOQUIA) ................... 83

CONCLUSION .............................................................................................................. 85

REqUERIMIENTOS ....................................................................................................... 91

bbLIOgRAFíA .............................................................................................................. 93

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gLOSARIO DE AbREVIATURAS

AMVA: Área Metropolitana del Valle de Aburrá.CAM: Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena.CAR: Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca. CARDER: Corporación Autónoma Regional de Risaralda.CARDIQUE: Corporación Autónoma Regional del Canal del Dique.CARSUCRE: Corporación Autónoma Regional de Sucre. CAS: Corporación Autónoma Regional de Santander.CDA: Corporación para el Desarrollo Sostenible del Norte y el Oriente Amazónico. CDMB: Corporación Autónoma Regional de la Meseta de Bucaramanga.CODECHOCÓ: Corporación Autónoma Regional del Chocó.CORALINA: Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipiélago de San

Andrés, Providencia y Santa Catalina.CORANTIOQUIA: Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia. CORMACARENA: Corporación para el Desarrollo Sostenible del Área de Manejo especial

de La Macarena.CORNARE: Corporación Autónoma Regional de los Ríos Negro y Nare. CORPAMAG: Corporación Autónoma Regional del Magdalena.CORPOAMAZONIA: Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonía.CORPOBOYACA: Corporación Autónoma Regional de Boyacá. CORPOCALDAS: Corporación Autónoma Regional de Caldas.CORPOCESAR: Corporación Autónoma Regional del Cesar.CORPOGUAJIRA: Corporación Autónoma Regional de la Guajira.CORPOGUAVIO: Corporación Autónoma Regional del Guavio.CORPOMOJANA: Corporación para el Desarrollo Sostenible de la Mojana y el San Jorge.CORPONARIÑO: Corporación Autónoma Regional de Nariño.CORPONOR: Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental. CORPORINOQUIA: Corporación Autónoma Regional de Orinoquia.CORPOURABÁ: Corporación para el Desarrollo Sostenible del UrabáCORTOLIMA: Corporación Autónoma Regional del Tolima.CRA: Corporación Autónoma Regional del Atlántico.CRC: Corporación Autónoma Regional del Cauca.CRQ: Corporación Autónoma Regional del Quindío.CSB: Corporación Autónoma Regional del Sur de Bolívar. CVC: Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca.CVS: Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge.DADMA: Departamento Administrativo Distrital del Medio Ambiente de Cartagena. DAGMA: Departamento Administrativo de Gestión de Medio Ambiente de Santa Marta. DAMAB: Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente de

Barranquilla EPA: Establecimiento Público Ambiental del Distrito de Cartagena.SDA: Secretaría Distrital de Ambiente de Bogotá. MAVDT: Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Sostenible.INCODER: Instituto Colombiano de la Reforma Agraria.SINA: Sistema Nacional Ambiental.PIFS: Portal de Información sobre Fauna Silvestre.FUNDE TRÓPICO: Fundación para el medio ambiente y el desarrollo humano sostenible

del trópico.FVSN: Fundación Vida Silvestre Neo tropical.ICA: Instituto Colombiano Agropecuaria.

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INTRODUCCIóN

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INTRODUCCIóN

La fauna y la flora son una preocupación constante de la Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios, toda vez que ancestralmente han sido recursos sometidos a procesos de comercio indiscriminado, que pone en peligro sus poblaciones. Según la secretaría del Convenio sobre Diversidad Biológica, de las 47.677 especies evaluadas parcialmente hasta 2009, el 36% se encuentra en peligro de extinción; mientras que de las 25.485 especies de los grupos evaluados en su totalidad (mamíferos, aves, anfibios, corales, cangrejos de agua dulce, cícadas1 y coníferas), el 21% se encuentra amenazado. De las 12.055 especies vegetales evaluadas, el 70% está en peligro2.

La misma fuente indica, que las especies de todos los grupos están cada vez más al borde de la extinción; sin embargo, los anfibios y los corales constructores de arrecifes de aguas cálidas son los que corren más peligro. De ciertos grupos seleccionados de vertebrados, invertebrados y plantas, corren peligro de extinción entre el 12% y el 55% de las especies.

El Libro Rojo de las Especies3, registra el número total de especies amenazadas en el país por grupos de organismos, así: aves (162), mamíferos (127), briófitos (93), plantas superiores (1.378), anfibios (55), peces dulceacuícolas (43), invertebrados marinos (40), peces marinos (38) y reptiles (35). Solamente en la zona andina colombiana, se encuentran en algún grado de amenaza: 211 especies animales (38,6% de peces, 96,3% de anfibios, 13,5% de reptiles, 74,6% de aves, y 47,6% de mamíferos) y 614 especies de plantas (34,8%).

Según el Instituto Humboldt4, el grado de amenaza de tales especies es el siguiente: i) 7,3% se encuentra en peligro crítico; ii) 0,9% entre peligro crítico/

1 Cícadas o cicádidas: antiguo grupo de plantas que ha retenido caracteres claramente primitivos, como el esperma móvil.

2 World Resources Institute. Evaluación de los Ecosistemas del Milenio, 2005. Estado actual y tendencias. Capítulo 4 Biodiversidad. Washington, DC. http://www.millenniumassessment.org.

3 Serie de Libros rojos de las Especies Amenazadas de Colombia. 2002 – 2009. Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Instituto Humboldt, Instituto de Ciencias Naturales de la Universidad Nacional de Colombia, Instituto Sinchi, INVEMAR, Conservación Internacional Colombia.

4 Programa de Biología de la Conservación, Instituto Humboldt, www.humboldt.org.co

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en peligro; ii) 13,5% en peligro; 5,6% entre categorías en peligro/vulnerable; iv) 19,5% en categoría de vulnerable; v) 3,8% en categoría vulnerable/casi amenazado; y vi) 48,5% son especies casi amenazadas, de preocupación menor o con falta de información para su catalogación.

A fin de mejorar las condiciones de manejo de especies ex situ, el Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial, expide la resolución 2064 de 2010, “Por la cual se reglamentan las medidas posteriores a la aprehensión preventiva, restitución o decomiso de especímenes5 de especies6 silvestres de fauna y flora terrestre y acuática y se dictan otras disposiciones”, cuya implementación está a cargo de las Autoridades Ambientales del país o por el INCODER, sin embargo las encuestas se aplicaron solamente para las autoridades ambientales.

Con el seguimiento al cumplimiento de la Resolución 2064 de 2010, por parte de la Procuraduría para Asuntos Ambientales y Agrarios, se buscó evidenciar los avances de las Autoridades Ambientales en el cumplimiento de las normas de fauna y flora silvestre, en especial las alternativas de disposición provisional y final de especímenes de especies silvestres de fauna y flora silvestre y acuática en centros de atención y valoración -CAV-, en centros de atención valoración y rehabilitación (CAVR), como en hogares de paso.

5 Espécimen: muestra o ejemplar, sobre todo en la medida en que es representativa de una clase de objetos o entidades.

6 Especie: unidad básica de la clasificación biológica.

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1 . ObJETIVOS

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1. ObJETIVOS

Este capítulo desarrolla los objetivos generales y específicos, la justificación y la metodología.

1.1. OBJETIVO GENERALES

Verificar el cumplimiento de la “Estrategia Nacional” para la prevención y control del tráfico ilegal de especies silvestres, bajo los siguientes indicadores:

1. Número de especies amenazadas con programas de conservación formulados y en ejecución.

2. Número de especies decomisadas, liberadas, muertas y entregadas a terceros.

3. Número de especies de flora silvestre decomisadas.

4. Creación y funcionamiento de centros de paso y de atención y valoración de fauna silvestre.

1.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

1. Evaluar el cumplimiento de lo establecido en la resolución 2064 de 2010 en cuanto al manejo de fauna y flora postdecomiso.

2. Evaluar el cumplimiento de las líneas de acción formuladas en la “Estrategia Nacional”, teniendo en cuenta los indicadores mínimos de gestión de las autoridades ambientales frente al tema de fauna y flora silvestre.

3. Consolidar acciones orientadas a la conservación del patrimonio natural,

1.3. JUSTIFICACIÓN

El seguimiento de la Delegada Ambiental y Agraria a la implementación por parte de las autoridades ambientales, de la Resolución del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible No. 2064 de 2010, busca desde un enfoque preventivo, fortalecer la gestión en torno al tráfico, la tenencia y la conservación de especies silvestres de fauna y flora, enfatizando en el manejo postdecomiso de especímenes de especies.

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1.4. METODOLOGÍA

Para el desarrollo del trabajo se adoptó una metodología que comprende las siguientes etapas:

a. Formulación del proyecto de trabajo en ejercicio de la función Constitucional de defensa de los intereses colectivos, en especial el ambiente, en materia de fauna. Lo anterior enmarcado dentro del plan operativo anual.

b. Implementación del proyecto, a través de un primer cuestionario remitido en enero de 2011 a las treinta y nueve autoridades ambientales del país, que sirvió además como lista de chequeo para realizar las visitas a las diferentes entidades.

c. Realización y envío de un segundo cuestionario como complemento del primero, el cual fue remitido en marzo del 2011 a las treinta y nueve autoridades ambientales.

d. Aplicación de la lista de chequeo durante las visitas de verificación y seguimiento en los centros de atención, valoración y rehabilitación de fauna y flora y/o hogares de paso. Algunas de estas visitas se realizaron en compañía del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

e. Reiteración de la información solicitada a quienes no habían remitido el cuestionario.

f. Análisis de la información recaudada en los dos cuestionarios dando como máximo plazo el 30 de junio de 2011.

g. Presentación del informe final.

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2. MARCO TEóRICO Y

NORMATIVO

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2. MARCO TEóRICO Y NORMATIVO

El marco teórico comprende la revisión analítica de las teorías que sustentan el estudio y está conformado por los antecedentes, los términos básicos, el marco normativo, los tipos de investigación, la población estudiada, y las técnicas para recolección de datos.

2.1. ANTECEDENTES

En el año 2006, la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios elaboró un diagnóstico sobre el manejo y disposición de especímenes decomisados de fauna silvestre en Colombia, cuyo objetivo general fue el de diagnosticar el estado de ejecución de la “Estrategia Nacional” para la prevención y el control del tráfico ilegal de especies, concluyendo que había: i) falta de registros de información sobre manejo de fauna y estadísticas obtenidas por decomisos, entregas voluntarias, liberaciones, muertes y eutanasias; ii) ausencia de regulación frente al manejo posterior al decomiso; iii) bajo número de investigaciones administrativas y bajísimo número de investigaciones sancionatorias; iv) poco presupuesto para infraestructura y manejo de fauna silvestre; v) escasa realización de investigaciones científicas sobre fauna silvestre; y, vi) falta de reglamentación sobre zoológicos.

En 2010, el interés de la Delegada estuvo centrado en determinar la existencia de políticas para el manejo de especies exóticas y de especies que el país estuviera manejando en zoocría, concluyendo: i) De 39 autoridades ambientales, tienen zoocriaderos registrados el 82%, ii) no hay zoocría en las jurisdicciones de CORALINA, CORPORCALDAS, CORPOGUAJIRA, CORPONARIÑO, CORPONOR y CORPOURABÁ; iii) 27 autoridades tienen en total 157 zoocriaderos, que aprovechan: 178 especies en fase comercial, 244 especies en fase experimental y 2 especies en fase de investigación); iv) los departamentos que tienen mayor número de especies en zoocría son: Antioquia (108), Quindío (38), Cauca (26), Vaupés y Risaralda (19), Cundinamarca (13), Atlántico (8), Valle (7), Chocó, Córdoba y Sucre (4), Bolívar, Boyacá y Meta (3), Cesar, Huila, Magdalena y Tolima (2) y con una sola especie Arauca, Casanare, Putumayo y Santander; v) las especies que

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más se aprovechan en zoocría son en orden de importancia: mariposas, reptiles, ranas, roedores, caimanes, caracoles, guacamayas, avestruces y tortugas; vi) el porcentaje de seguimiento realizado por las autoridades ambientales a los zoocriaderos, fue bajo; vii) Colombia aprovechó en zoocría para el año 2010: 178 especies en fase comercial, 244 especies en fase experimental y 2 especies en fase de investigación; viii) la única especie invasora encontrada en zoocriaderos fue Helix aspersa (caracol de tierra).

Sobre esta especie invasora, la Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios, encontró además que: i) es aprovechada en zoocriaderos inscritos ante: CAR, CORANTIOQUIA, CORNARE, CORPOCHIVOR, CORPOGUAJIRA, CRC y CVC; ii) fue introducida de manera ilegal al país; iii) la situación que se salió de control de todas las autoridades competentes hasta que se expidió la Ley 1011 de 2006; iv) duró 32 años sin que las autoridades ambientales y sanitarias realizaran algún tipo de control; v) los cultivos fueron apoyados y fomentados por el mismo Estado, pero la falta de seguimiento hace sospechar de la existencia de zoocriaderos ilegales y presencia de individuos en el medio natural; vi) a pesar de ser invasora no se han desarrollado estudios que evalúen los impactos negativos causados al medio ambiente, ni se han cerrado zoocriaderos de caracol; y vii) todas las autoridades ambientales, con excepción de CORANTIOQUIA y CORPOCHIVOR consideran que las medidas de seguridad adoptadas por los helicultores7 son suficientes y eficaces para controlar las fugas.

2.2. TÉRMINOS BÁSICOS

Los términos básicos corresponden a las definiciones conceptuales de aquellos términos que tienen una connotación especial para la comprensión del documento.

2.2.1. Registro Único de Infractores Ambientales -RUIA-

El RUIA, es uno de uno de los portales de información del Ministerio de Desarrollo Sostenible para el control de la normatividad ambiental. Fue creado por la Ley 1333 del 21 de julio de 2009 con el objeto de publicar en tiempo real, los nombres de los infractores que son sancionados por incumplimiento de las normas ambientales y actos administrativos.

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, estableció los criterios y procedimientos su manejo del RUIA, mediante la resolución 415 de marzo 1º de 2010;

7 Helicultores: personas dedicadas a la reproducción del caracol de tierra (Hélix aspersa).

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cuya base de datos es alimentada por el Ministerio Ambiente y Desarrollo Sostenible, con la información suministrada por las autoridades ambientales. Las sanciones se aplican a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, que incumplen normas o ejecutan acciones que perjudican o atacan el equilibrio del medio ambiente y pueden consistir en: multas, cierre temporal o definitivo del establecimiento, edificación o servicio; revocatoria o caducidad de la licencia ambiental, autorización, concesión, permiso o registro; demolición de la obra a costa del infractor; decomiso definitivo de especímenes de especies silvestres exóticas; restitución de especímenes de fauna y flora silvestres; y trabajo comunitario, según las condiciones establecidas por la autoridad ambiental, cuando se decida reemplazar una multa.

2.2.2. Portal de Información sobre Fauna Silvestre –PIFS-

La ley 1333 de 2009, articulo 60 creó el Portal de Información sobre Fauna Silvestre –PIFS– a cargo del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en el cual se registran los decomisos para cada especie, el número de individuos, la fecha y lugar de su realización.

Este portal permite hacer el seguimiento sobre cada individuo o grupo de individuos, al reportar el lugar donde se encuentra, el estado y en caso de disposición final, la fecha, su lugar de destino, las fechas de verificaciones realizadas sobre el estado de los especímenes.

Igualmente, suministra información básica como localización, especies que poseen y contactos sobre los centros de atención y valoración, hogares de paso, zoológicos, zoocriaderos, tenedores y custodios, centros de rehabilitación e investigación que trabajan con fauna silvestre.

Tal como lo establece la Ley, el PIFS debe tener al menos, una ficha técnica de todos los estudios sobre fauna silvestre que han realizado, autorizado o patrocinado, las autoridades ambientales o los institutos de investigación del Sistema Nacional Ambiental –SINA- y la lista de los centros de rehabilitación.

La Información del PIFS es pública y de fácil acceso para las autoridades ambientales y la comunidad en general y debe estar permanentemente actualizada.

2.2.3. Aprehensión Preventiva

La aprehensión preventiva, consiste en el acto físico de tomar posesión de un espécimen de especies de fauna o de flora silvestre de manera temporal. Es impuesta

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por la autoridad ambiental mediante acto administrativo de carácter preventivo, de aplicación inmediata y de obligatorio cumplimiento.

Una vez impuesto el decomiso y/o aprehensión preventiva de especímenes de especies silvestres, la autoridad ambiental, debe proceder a ubicarlos provisionalmente, en un CAV, en un hogar de paso, zoológico, jardín botánico u otros sitios aptos para tal efecto. La Resolución 2064 de 2010 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, adoptó diferentes protocolos para cada uno de los sitios de disposición.

2.2.4. Decomiso Definitivo

Es la sanción administrativa impuesta por la autoridad ambiental mediante acto administrativo motivado, que consiste en la aprehensión material y definitiva sobre aquellos especímenes de especies exóticas silvestres de fauna y flora terrestre o acuática, y de los productos, elementos, medios e implementos utilizados para infringir las normas ambientales, en los términos que señalan la Ley 1333 de 2009 el parágrafo del artículo 38, el numeral 38, el numeral 5 del artículo 40 y en el artículo 47; y en el Decreto Ley 2811 de 1974 y sus decretos reglamentarios.

2.2.5. Restitución de Especímenes de Especies Silvestres

Es la acción de devolver al Estado, los especímenes aprehendidos incluyendo el valor de todos los costos incurridos desde el momento de la aprehensión hasta su disposición final.

2.2.6. Liberación

Acción intencional de soltar un animal silvestre nativo, en hábitat natural. La alternativa de liberación se aplica, siempre y cuando sea posible determinar que los especímenes objeto de liberación y el ecosistema en el cual serán liberados no sufran un daño o impacto mayor que el beneficio que pueda presentar su liberación.

2.2.7. Liberación Inmediata

Acción de liberar espontáneamente un animal, en el mismo lugar y momento de su captura. No requieren rehabilitación alguna.

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2.2.8. Eutanasia

Acción de dar muerte a especímenes de especies, mediante procedimientos que no entrañen crueldad, sufrimiento, prolongación de la agonía, cuando éstos representan riesgo para la salud humana, animal o vegetal o amenacen en forma grave al medio ambiente o los recursos naturales o cuando apliquen las circunstancias previstas en el artículo 17 de la Ley 84 de 1989 sobre sacrificio de animales. Es aplicada por las autoridades ambientales, previo concepto favorable del profesional competente.

2.3. MARCO NORMATIVO

El marco normativo de las Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres en Colombia está dado por las siguientes normas:

¾ Constitución Política, artículos 78 a 82.

¾ Ley 017 de 1981. Por la cual se aprueba la “Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres”, suscrita en Washington, D.C. el 3 de marzo de 1973.

¾ Ley 99 de 1993. Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA y se dictan otras disposiciones.

¾ Ley 165 de 1994. Por medio de la cual se aprueba el “Convenio sobre la Diversidad Biológica”, hecho en Río de Janeiro el 5 de junio de 1992.

¾ Ley 611 de 2000. Por la cual se dictan normas para el manejo sostenible de especies de Fauna Silvestre y Acuática.

¾ Ley 599 de 2000. Código Penal Colombiano, artículos 328, 329, 330, 331, 332, 334, 336 y 337.

¾ Ley 740 de 2002. Por medio de la cual se aprueba el “Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica”, hecho en Montreal, el veintinueve (29) de enero de dos mil (2000).

¾ Decisión 391 de 1996 de la Comisión Andina de Naciones.

¾ Decreto- Ley 2811 de 1974. Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente.

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¾ Decreto 1608 de 1978. Por el cual se reglamenta el Código Nacional de los Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente y la Ley 23 de 1973 en materia de fauna silvestre.

¾ Decreto 1909 de 2000. Por el cual se designan los puertos marítimos y fluviales, los aeropuertos y otros lugares para el comercio internacional de especímenes de fauna y flora silvestre. Ministerio de Medio Ambiente.

¾ Decreto 4688 de 2005, por el cual se reglamenta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente, la Ley 99 de 1993 y Ley 611 de 2000 en materia de caza comercial.

¾ Decreto 4064 de 2008, por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1011 de 2006 y se adoptan otras disposiciones.

¾ Resolución MAVDT 1367 de 2000. Por la cual se establece el procedimiento para las autorizaciones de importación y exportación de especímenes de la diversidad biológica que no se encuentran listadas en los apéndices de la Convención CITES.

¾ Resolución MAVDT 438 de 2001, por la cual se establece el Salvoconducto Único Nacional para la movilización de especímenes de la diversidad biológica.

¾ Resolución MAVDT 2064 de 2010. Por la cual se reglamentan las medidas posteriores a la aprehensión preventiva, restitución o decomiso de especímenes de especies silvestres de Fauna y Flora Terrestre y Acuática y se dictan otras disposiciones.

2.4. TIPO DE INVESTIGACIÓN

La investigación se puede clasificar según el objeto de estudio en investigación básica y aplicada, según el tipo de datos en cualitativa, cuantitativa o cuali-cuantitativa, según el tiempo de duración en longitudinal y transversal y según el método en descriptiva, analítica y experimental.

Este informe según su objeto utiliza: investigación aplicada; según el tipo de datos en cuantitativa, según el tiempo de duración es longitudinal y según el método es analítica.

2.5. POBLACIÓN EN ESTUDIO

La población está constituida por los sujetos u objetos de estudio y puede estar conformada por el universo (todos los sujetos que poseen una característica común para el estudio) o por una muestra (una parte del universo).

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Del universo poblacional constituido por todas las especies de fauna y flora existentes en el país, se tomó como población en estudio, la parte conformada por las especies silvestres decomisadas por las autoridades ambientales.

2.6. TÉCNICAS PARA RECOLECCIÓN DE DATOS

El método utilizado para la recolección de la información fue la encuesta, con preguntas abiertas y cerradas, revisión bibliográfica y observación.

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3. ANáLISIS DE LA

INFORMACIóN

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3. ANáLISIS DE LA INFORMACIóN

Este capítulo contiene los resultados de las encuestas y de las visitas de campo realizadas a varios CAV y hogares de paso de las autoridades ambientales, y de fauna en manos de tenedores.

3.1. DE LAS ENCUESTAS

La primera encuesta fue elaborada con base en la Resolución 2064 de 2010. Las preguntas totales de esta encuesta fueron:

TEMA 1: GENERALIDADES

1. ¿Se encuentra funcionando el portal de información para el control de la normatividad ambiental: Registro Único de Infractores Ambientales RUIA? 

2. ¿Cuántos registros se han ingresado en el portal de información para el control de la normatividad ambiental RUIA?

3. ¿Se encuentra funcionando el portal de información para el control de la normatividad ambiental: Portal de Información sobre Fauna Silvestre PIFS?

4. ¿Cuantos meses hace que está funcionando el portal de información para el control de la normatividad ambiental PIFS?

5. ¿Han recibido por parte del MAVDT la reglamentación de las alternativas de disposición provisional y final de especímenes de especies silvestres de fauna y flora terrestre, para el Portal PIFS?

6. ¿Cuenta la autoridad ambiental con Centro de Atención y Valoración -CAV-, Centro de Atención, Valoración y Rehabilitación (CAVR) u Hogar de Paso?

7. ¿Cuántos CAV tiene la Autoridad Ambiental?

8. ¿Cuántos tenedores de animales tiene registrados?

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9. ¿Cuántos miembros registrados tiene la red amigos? 

TEMA 2. ESTABLECIMIENTO DEL CENTRO Subtema a. Ubicación

10. ¿Es de fácil acceso?

11. ¿A Cuántos kilómetros del perímetro de las zonas urbanas o Centros poblados se encuentra el CAV? 

12. ¿Se encuentra en zona de conflictos armados activos?

13. ¿Se encuentra en áreas de amenaza natural (inundaciones, deslizamientos)?

14. ¿Se encuentra fuera del casco urbano?

15. ¿Se encuentra dentro del casco urbano?

16. ¿Se encuentra retirado de áreas propensas a inundación o deslizamiento?

17. ¿Se encuentra retirado de explotaciones agropecuarias avícolas o porcícolas?

18. ¿Se encuentra retirado de fuentes emisoras de sonidos fuertes?

19. ¿La temperatura media del lugar es cercana a la temperatura media requerida por los animales más comúnmente decomisados?

20. ¿Cuántas especies amenazadas han sido albergadas en el CAV del 2005 a la fecha?

21. ¿Cuántas eutanasias se realizaron durante el 2009 y durante el 2010?

22. ¿Cuántos animales se dispusieron provisionalmente durante el 2009 y durante el 2010?

23. ¿Cuántos animales se liberaron de manera posterior a la aprehensión durante el 2009 y durante el 2010?

24. ¿Cuántos animales se han liberado inmediatamente durante el 2009 y durante el 2010?

25. ¿Cuántos animales se restituyeron al medio natural durante el 2009 y durante el 2010? 

26. ¿Cuántos decomisos definitivos de fauna se realizaron durante el 2009 y durante el 2010 (en los términos de Ley 1333 de 2009)?

27. ¿Cuántos actos administrativos se expidieron por decomisos definitivos de fauna durante el 2009 y durante el 2010 (en los términos de Ley 1333 de 2009).?

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28. ¿Cuántos decomisos definitivos de flora se realizaron durante el 2009 y durante el 2010 (en los términos de Ley 1333 de 2009).?

29. ¿Cuántos actos administrativos se expidieron por decomisos definitivos de flora durante el 2009 y durante el 2010 (en los términos de Ley 1333 de 2009).?

30. ¿Cuántas especies vegetales se han restituido al medio natural?

Subtema b. Construcción.

31. ¿La oficina del CAV cuenta con zona de trabajo?

32. ¿La oficina del CAV cuenta con zona de reuniones?

33. ¿La oficina del CAV cuenta con zona de archivos?

34. ¿Se cuenta con hoja de vida de cada animal?

35. ¿El CAV cuenta con vestier y baño con ducha?

36. ¿Con cuántas habitaciones cuenta el CAV?

37. ¿Cuenta el CAV con área para la cría de alimento vivo?

38. ¿El área para la cría de insectos está separada de roedores y/o aves?

39. ¿El área de preparación de alimentos está separado del área de almacenamiento?

40. ¿La cocina cuenta con refrigeración?

41. ¿El CAV cuenta con base de datos física?

42. ¿El CAV cuenta con base de datos digital? 

43. ¿El CAV cuenta con base de datos física y digital?

44. ¿Cuenta el hospital del CAV con mesón en acero inoxidable y estantería impermeable?

45. ¿Cuenta el hospital del CAV con vitrina para medicamentos y otros elementos de uso médico?

46. ¿Cuenta el hospital del CAV con zona de independiente para neonatos?

47. ¿Cuenta el CAV con acceso a servicios públicos (agua y energía eléctrica)?

48. ¿Cuánta área total tiene el CAV actualmente?

49. ¿Cuánta área útil tiene el CAV actualmente?

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50. ¿La flora decomisada se dispone en el CAV o Centro de Paso?

51. ¿Cuenta el CAV con área suficiente para almacenar la flora decomisada?

52. ¿Cuántos animales alberga el CAV actualmente?

53. ¿Cuántos animales (especies amenazadas) alberga el CAV actualmente?

54. ¿Cuál es la capacidad máxima para albergar animales? (metros cuadrados)

55. ¿Cuenta el CAV con área administrativa?

56. ¿Cuenta el CAV con área de trabajo?

57. ¿Cuenta el CAV con área de archivo?

58. ¿Cuenta el CAV con área de vestier?

59. ¿Cuenta el CAV con área de alojamiento?

60. ¿Cuenta el CAV con área de recepción?

61. ¿Cuenta el CAV con área de arribo?

62. ¿Cuenta el CAV con área de hospitalización?

63. ¿Cuenta el CAV con área de pre- cuarentena?

64. ¿Cuenta el CAV con área de cuarentena?

65. ¿El área de cuarentena esta retirada de las demás áreas?

66. ¿Cuenta el del CAV con área de adaptación o mantenimiento?

67. ¿Cuenta el CAV con área de arribo?

68. ¿Cuenta el CAV con área de cría de alimentos vivos?

69. ¿Cuenta el CAV con área de bodega?

70. ¿Cuenta el CAV con área de parqueadero?

71. ¿Cuenta el CAV con área para preparación de alimentos y almacenamiento de los mismos?

72. ¿Cuenta el CAV con área de marcaje?

73. ¿Cuenta el CAV con área de manejo biológico?

74. ¿Cuenta el CAV con dotación suficiente para el área de cocina?

75. ¿Cuenta el del CAV con agua potable?

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76. ¿Cuenta el del CAV con acueducto?

77. ¿Cuenta el del CAV con teléfono?

78. ¿Cuenta el del CAV con energía eléctrica o planta?

79. ¿Cuenta el del CAV con cocina a gas o eléctrica?

80. ¿Cuenta el del CAV con cocina con leña o carbón?

81. ¿Cuenta el del CAV con pozo séptico?

82. ¿Cuenta el del CAV con alcantarillado?

83. ¿Están todas las áreas conectadas al sistema de tratamiento?

84. ¿Cuenta con áreas climatizadas?

85. ¿Cuenta con buenas rutas de acceso?

86. ¿El método de disposición de restos es Incineración?

87. ¿El método de disposición de restos es Enterramiento?

88. ¿El método de disposición de restos es Colección científica?

89. ¿El método de disposición de restos es Instituto de Investigación?

90. ¿Otro? -indique Cuál-

91. ¿Cuenta el CAV con algún programa para el mantenimiento locativo que asegure el bienestar de todos?

92. ¿El piso de las jaulas tiene un desnivel del 3%?

93. ¿Las piletas o bebederos impiden la salida del animal?

94. ¿Los encierros garantizan que los animales no se causen heridas?

95. ¿Los materiales en que están construidos los encierros son apropiados?

96. ¿Las condiciones climáticas de los encierros son apropiados?

97. ¿Los materiales en que están construidos los encierros son durables?

98. ¿Los materiales de las instalaciones internas tienen paredes impermeables?

99. ¿Los pisos de las instalaciones internas tienen pisos antideslizantes, con esquinas redondeadas?

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100. ¿Tiene pocetas8 de Conteste al final de la encuesta, en el número correspondiente desinfección para el personal que ingresa a las diferentes áreas del CAV?

101. ¿Tiene pocetas de desinfección para vehículos a la entrada del CAV?

102. ¿Tiene pocetas de desinfección para personas a la entrada del CAV?

103. ¿La zona donde se alojan los animales se encuentra en zona plana?

104. ¿La zona donde se alojan los animales se encuentra en zona pendiente?

105. ¿La zona donde se alojan los animales se encuentra aislado del exterior?

106. ¿Los animales se visualizan desde el exterior del CAV?

107. ¿Se puede interactuar con los animales desde el exterior del CAV?

108. ¿Los reptiles y anfibios se encuentran aislados del resto de animales?

109. ¿Las puertas de acceso tienen sistemas de seguridad confiable?

110. ¿Las puertas de acceso tienen doble puerta?

111. ¿Los techos y recintos del CAV están diseñados para evitar de escape de animales?

Subtema c. administración del CAV

112. ¿Dentro del Hogar de paso o CAV está el CAV Rehabilitación?

113. ¿Con qué entidad o persona ha celebrado algún convenio, contrato o proyecto para rehabilitación de especies?

114. ¿Para cuál (es) especie ha celebrado algún convenio, contrato o proyecto para rehabilitación?

115. ¿Quien administra dicho lugar (Directamente) o (un Tercero, indique quién)?

116. ¿Tiene el CAV programa de mantenimiento locativo que garantice la seguridad de los animales y humanos?

Subtema d. Financiación y presupuesto del Centro

117. ¿Cuenta con presupuesto suficiente para insumos y materiales mobiliarios?

8 Pocetas (lavapatas) de desinfección de calzado en las entradas o puertas de jaulas y/o corrales y las de llantas de vehículos automotores en las entradas al sitio de cautiverio.

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118. ¿Cuenta con presupuesto suficiente para rutinas de enriquecimientos?

119. ¿Cuenta con presupuesto para adquisición y reposición de equipos?

120. ¿Cuenta con presupuesto para adquisición de elementos necesarios para el funcionamiento?

121. ¿Cuenta con presupuesto para alojamiento de animales?

122. ¿Cuenta con presupuesto para bioseguridad (guantes, uniformes, tapabocas, botas?

123. ¿Cuenta con presupuesto para el pago de servicios públicos?

124. ¿Cuenta con presupuesto para el proceso de reubicación de fauna fuera del CAV?

125. ¿Cuenta con presupuesto para la adquisición de elementos de marcaje, y seguimiento?

126. ¿Cuenta con presupuesto para mantenimiento de las diferentes áreas y rutas de acceso?

127. ¿Cuenta con presupuesto para análisis clínicos?

128. ¿Cuenta con presupuesto para medicamentos?

129. ¿Cuenta con presupuesto para mercados e insumos para dietas?

130. ¿Cuenta con presupuesto para mercados e insumos para utensilios?

131. ¿Cuenta con presupuesto para reparaciones locativas?

132. ¿Cuenta con presupuesto para papelería?

133. ¿Cuál es el presupuesto anual del CAV para el año 2009?

134. ¿Cuál fue el presupuesto del CAV para el año 2010? -Anexar presupuesto ejecutado 2010-

135. ¿Cuál es el presupuesto programado para el año 2011? Anexar presupuesto ejecutado programado 2011

136. ¿Cuál es el valor calculado para rehabilitación de cada especie/año?

137. ¿Los especímenes de especies aprehendidos y dispuestos finalmente han sido objeto de análisis de costos?

138. ¿Cuenta el CAV con acceso a caja menor?

139. ¿La Autoridad Ambiental ha formulado proyecto con miras a obtener financiación del presupuesto nacional?

140. ¿Qué presupuesto (discriminado por año 2009 y 2010) ha obtenido del presupuesto nacional?

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141. ¿La Autoridad Ambiental ha formulado proyecto con miras a obtener financiación de Crédito Externo?

142. ¿Qué presupuesto (discriminado por año 2009 y 2010) ha obtenido de Crédito Externo?

143. ¿La Autoridad Ambiental ha formulado proyecto con miras a obtener financiación de ONG?

144. ¿Qué presupuesto (discriminado por año 2009 y 2010) ha obtenido de ONG?

145. ¿Qué tipo de apoyo (financiero, técnico, etc.) ha recibido el CAV de otras entidades o gobiernos? -indique-

Subtema e. Coordinación del CAV

146. ¿Qué Profesión tiene del coordinador del CAV?

147. ¿Qué otros profesionales se encuentran vinculados al CAV?

148. ¿Cuenta el CAV con personal de seguridad certificada?

149. ¿El CAV expide concepto técnico previo a la reubicación de fauna fuera del mismo?

150. ¿Mediante qué documento se acogen por parte de la Autoridad Ambiental los conceptos para reubicación de fauna silvestre?

TEMA 3: ACTIVIDADES COMPLEMENTARIASSubtema a. equipos y elementos requeridos

151. ¿Con cuáles de los siguientes elementos “NO” cuenta el CAV?

151.1 De contención: ¿Nasas o jamás, trampas para mamíferos (Havahart o Tomahawk), pértigas, ganchos y pinzas para ofidios, tubos plásticos para ofidios venenosos, cajas de restricción, guantes de carnaza, lazos, lonas, toallas, cerbatanas y/o pistola de dardos, jaula de manejo, caperuzas y capuchas para evitar estrés, redes de niebla y redes de captura, nasas para aves e insectos, bolsas oscuras de tela con cierre rápido, cajas de cartón y de madera?.

151.2 De alojamiento: ¿Jaulas de aislamiento y jaulas de acercamiento, guacales plásticos, acuarios?

151.3 De manejo médico: ¿fonendoscopio, termómetro, balanza, instrumental médico para cirugías menores, incubadora, mesa de examen, jeringas, agujas

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y sondas de diferente tamaño, algodón, gasa, bajalenguas, linterna, guantes de examen, cuchillas, alcohol, solución yodada, soluciones inyectables, suplementos vitamínicos, antiparasitarios, droga para eutanasia, anestésicos, sedantes, analgésicos, antiinflamatorios, antibióticos, inmunoestimulantes, drogas de emergencia, entre otros que considere el equipo médico del CAV?

151.4 De marcaje: ¿Equipo de microchip, anillos de marcaje de aves, cintas plásticas, pinzas para anillos de aves, sistema de marcaje para tortugas y neonatos. Tinas o bandejas para separar nidadas o camadas?

151.5 Manejo biológico: ¿termómetros de ambiente, calentadores (en los casos que aplique), Aireadores, binoculares, GPS, equipo de telemetría, radiotransmisores (en caso de programas de monitoreo post-liberación) títeres de aves para evitar improntar9 a los pichones, títeres de depredadores para la rehabilitación, pesas de resorte de tres a cuatro capacidades diferentes, balanza de plato, calibradores, cinta métrica, conos para aves, pinzas de alimentación, pruebas de sexaje de ofidios, termohigrómetros de interiores y de exteriores, análogos y digitales con valores máximos y mínimos, bombillas calentadoras y fuentes de luz UV, materiales para diseño de ítems de enriquecimiento, nebulizadores y/o humidificadores, filtros para acuario, termómetro sumergible para acuarios y piletas, mantas oscuras, tablas para toma de datos, cronómetro, beep10 para medición de intervalos en caso de realizar muestreos comportamentales, contador de eventos, cámara digital, videocámara.?

151.6 De Cocina: ¿Nevera con congelador, elementos para elaboración de dietas, licuadora, batidora, horno para preparar tortas, pinzas de alimentación, elementos para manejo y alimentación de animales de bioterio11, elementos para distribución de dietas bandejas plásticas y/o carretillas para llevar bandejas con alimento, recipientes medidores, recipientes hondos, pandos, comederos, bebederos para los animales de acuerdo a la especie y su mecanismo para obtener alimento y beber agua, balanza de gramos y kilos, tablero de dietas, suplementos vitamínicos, minerales y alimentos para especies de dieta especializada Sistemas para el almacenaje de perecederos y no perecederos, verduras, frutas y cereales?

151.7 De dotación de oficina. ¿Aseo (desinfectantes básicos como detergentes en polvo, para cocina y baño, jabón líquido antibacterial para manos y

9 Improntar (del término imprinting): Acción de domesticación de individuos o especies de fauna silvestre, por el ser humano.

10 Beep: señalizador sonoro.11 Bioterio: lugar físico donde se crían, mantienen y utilizan animales de laboratorio

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desinfectantes para zonas de animales contra bacterias, hongos y virus, al menos dos tipos diferentes que puedan ser rotados periódicamente para evitar el desarrollo de cepas resistentes) y de protección personal (guantes, bata blanca, overol, peto, tapabocas, botas de caucho, según funciones)?

152. ¿Tiene vehículo asignado exclusivamente para el CAV?

TEMA 3. ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Subtema a: Apoyo diagnóstico

153. ¿Cuenta el CAV con equipos de diagnósticos propios?

154. ¿Ha celebrado alianzas con centros veterinarios para análisis de diagnósticos?

155. ¿Se efectúan análisis diagnósticos en las fuentes hídricas?

156. ¿Se efectúan análisis diagnósticos en la infraestructura de almacenamiento de agua?

157. ¿Los análisis citados se realizan cada seis meses o menos?

158. ¿Los análisis citados se realizan cada año?

159. ¿Los análisis citados se realizan más de cada año?

160. ¿Qué manejo se le da a los residuos sólidos provenientes del CAV?

161. ¿Qué manejo y disposición final se le da a los residuos peligrosos?

Subtema b. Investigación

162. ¿De acuerdo a con las líneas de investigación establecidas en la Política de Biodiversidad cuántos trabajos de investigación ha desarrollado el CAV?

163. ¿Cuántos de esos trabajos se han realizado con pasantías de estudiantes de Medicina Veterinaria, Medicina Veterinaria y Zootecnia, Zootecnia, Biología y Ecología y/o estudios de pregrado y posgrado?

TEMA 4. REGISTRO Y APLICACIÓN DE PROTOCOLOS Subtema a: Registros

164. ¿Se adelantan programas de enriquecimiento y ambientación?

165. ¿Qué programas de Conservación se han formulado para las especies amenazadas recibidas en el CAV?

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MANEJO POST DECOMISO DE FAUNA Y FLORA SILVESTRE

166. ¿Qué programas de Conservación se han ejecutado para las especies amenazadas recibidas en el CAV?

167. ¿Se cuenta con libro de control de ingresos tanto al CAV como al hogar de paso?

168. ¿Desde cuándo se llevan controles de ingresos tanto al CAV como al hogar de paso?

169. ¿Se cuenta con condiciones para recibo de fauna y flora?

170. ¿Se emite concepto técnico de egreso?

171. ¿Se lleva hoja de vida de cada especie?

172. ¿Se lleva hoja nutricional de cada especie?

173. ¿Se practican pruebas para clínicas al arribo del animal?

174. ¿Se hace manejo biológico orientado a disminuir niveles de estrés al inicio del proceso de adaptación?

175. ¿Se hace manejo biológico orientado a disminuir niveles de estrés para reducción de problemas comportamentales?

176. ¿Se hace manejo biológico orientado a disminuir niveles de estrés para el manejo nutricional?

177. ¿Se lleva libro de control para la liberación de fauna silvestre nativa decomisada y/o aprehendida preventivamente o restituida?

178. ¿Se diligencia la guía técnica para el establecimiento, funcionamiento y administración de un CAV de flora silvestre maderable?

179. ¿Se lleva un libro de control de ingresos al CAV de flora silvestre maderable?

180. ¿Se lleva libro de control para la disposición provisional de especímenes de fauna silvestre decomisada en los zoológicos?

181. ¿Se lleva manual para la red de amigos para la fauna silvestre?

182. ¿Se elaboran actas de defunción de las necropsias realizadas?

183. ¿Se suscriben actas únicas de control al tráfico ilegal de flora y fauna silvestre?

184. ¿Se lleva manual para la disposición final de la flora silvestre maderable decomisada a ser entregada a entidades públicas?

Subtema b: Protocolos

185. ¿Ha diseñado el CAV protocolo de medicina preventiva?

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186. ¿Ha implementado el CAV protocolo de atención de emergencias locativas?

187. ¿Se aplica el manual para el tenedor de fauna silvestre decomisada?

188. ¿Se aplica el protocolo de aprehensión preventiva de flora silvestre maderable?

189. ¿Se aplica el protocolo de eutanasia?

190. ¿Se aplica el Protocolo para el manejo de fauna decomisada dentro de la Unidad Administrativa Especial de Parques Nacionales Naturales?

191. ¿Se aplica el Protocolo para la disposición de especímenes de fauna silvestre en el Centro de Atención, Valoración y Rehabilitación- CAVR.

192. ¿Se aplica el protocolo para la disposición de especímenes de fauna silvestre en la red de amigos de fauna?

193. ¿Se aplica el protocolo para la disposición de productos, subproductos o especímenes muertos de fauna proveniente del tráfico legal?

194. ¿Se aplica el Protocolo para la disposición final de especímenes de fauna silvestre en zoocriaderos?

195. ¿Se aplica el protocolo para la disposición final de especímenes de fauna silvestre bajo la figura de tenedor de fauna?

196. ¿Se aplica el protocolo para la disposición final de especímenes de fauna silvestre bajo las condiciones de semicautiverio?

197. ¿Se aplica el protocolo para la disposición provisional de flora silvestre maderable?

198. ¿Se aplica el protocolo para la disposición provisional y final de especímenes de fauna silvestre decomisada en los zoológicos?

199. ¿Se aplica el protocolo para la liberación de fauna silvestre decomisada y/o aprehendida preventivamente o restituida?

200. ¿Se aplica protocolo de reubicación en cautiverio?

201. ¿Se cuenta con libro de egresos?

202. ¿Aplica planes de protección para especies amenazadas y poblaciones silvestre?

203. ¿Cuántas especies de flora en situación de riesgo han sido beneficiadas con los planes de protección anteriores?

204. ¿Cuántas especies de fauna en situación de riesgo han sido beneficiadas con los planes de protección anteriores?

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MANEJO POST DECOMISO DE FAUNA Y FLORA SILVESTRE

La segunda encuesta para flora y fauna silvestres enviada a las Corporaciones contenía las siguientes preguntas:

1. Indique las especies y poblaciones amenazadas de su jurisdicción.

2. Indique las especies en situación de riesgo de su jurisdicción.

3. ¿Qué planes de manejo y/o protección para especies amenazadas se han formulado entre los años 2005 y 2010?

4. ¿Qué planes de manejo y/o protección están en ejecución?

5. ¿Qué planes de manejo y/o protección se han proyectado para el 2011?

6. ¿Qué alertas se están dando para prevenir su afectación?

7. Indique las especies vinculadas a mercados verdes

En razón a que formularios no fueron resueltos en su totalidad por las autoridades ambientales o lo hicieron en diferentes unidades de medida, solamente se tabuló aquella información que estaba más completa. Las preguntas que se tabularon fueron las siguientes:

TEMA 1: GENERALIDADES

1. ¿Se encuentra funcionando el portal de información para el control de la normatividad ambiental: Registro Único de Infractores Ambientales RUIA?

2. ¿Cuántos registros se han ingresado en el portal de información para el control de la normatividad ambiental RUIA?

3. ¿Se encuentra funcionando el portal de información para el control de la normatividad ambiental: Portal de Información sobre Fauna Silvestre PIFS?

4. ¿Cuantos meses hace que está funcionando el portal de información para el control de la normatividad ambiental PIFS?

5. ¿Han recibido por parte del MAVDT la reglamentación de las alternativas de disposición provisional y final de especímenes de especies silvestres de fauna y flora terrestre, para el Portal PIFS.?

6. ¿Cuenta la autoridad ambiental con Centro de Atención y Valoración -CAV-, ¿Centro de Atención, Valoración y Rehabilitación (CAVR) u Hogar de Paso?

7. ¿Cuántos CAV tiene la Autoridad Ambiental?

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8. ¿Cuántos tenedores de animales tiene registrados?

9. ¿Cuántos miembros registrados tiene la red amigos?

TEMA 2. ESTABLECIMIENTO DEL CENTRO

10. ¿Es de fácil acceso?

11. ¿Se encuentra dentro del casco urbano?

12. ¿Se encuentra retirado de áreas propensas a inundación o deslizamiento?

13. ¿Se encuentra retirado de explotaciones agropecuarias avícolas o porcícolas?

14. ¿Cuántas eutanasias se realizaron durante el 2009?

15. ¿Cuántas eutanasias se realizaron durante el 2010?

16. ¿Cuántos animales se dispusieron provisionalmente durante el 2009?

17. ¿Cuántos animales se dispusieron provisionalmente durante el 2010?

18. ¿Cuántos animales se liberaron de manera posterior a la aprehensión durante el 2009?

19. ¿Cuántos animales se liberaron de manera posterior a la aprehensión durante el 2010?

20. ¿Cuántos animales se han liberado inmediatamente durante el 2009?

21. ¿Cuántos animales se han liberado inmediatamente durante el 2010?

22. ¿Cuántos animales se restituyeron al medio natural durante el 2009?

23. ¿Cuántos animales se restituyeron al medio natural durante el 2010?

24. ¿Cuántos decomisos definitivos de fauna se realizaron durante el 2009

25. ¿Cuántos decomisos definitivos de fauna se realizaron durante el 2010

26. ¿Cuántos decomisos definitivos de flora se realizaron durante el 2009

27. ¿Cuántos decomisos definitivos de flora se realizaron durante el 2010

28. ¿Cuántas especies vegetales se han restituido al medio natural?

29. ¿Cuenta el CAV con área suficiente para almacenar la flora decomisada?

30. ¿El método de disposición de restos es Incineración? ¿Método de disposición de restos es Enterramiento?

31. ¿Dentro del Hogar de paso o CAV está el CAVRehabilitación?

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32. ¿Cuenta con presupuesto para adquisición de elementos necesarios para el funcionamiento?

33. ¿Cuenta con presupuesto para el proceso de reubicación de fauna fuera del CAV?

34. ¿Cuenta con presupuesto para la adquisición de elementos de marcaje, y seguimiento?

35. ¿Cuenta con presupuesto para mantenimiento de las diferentes áreas y rutas de acceso?

36. ¿Cuenta con presupuesto para análisis clínicos?

37. ¿Los especímenes aprehendidos y dispuestos finalmente han sido objeto de análisis de costos?

38. ¿El CAV expide concepto técnico previo a la reubicación de fauna fuera del mismo?

Subtema b. Investigación

39. ¿De acuerdo a con las líneas de investigación establecidas en la Política de Biodiversidad cuántos trabajos de investigación ha desarrollado el CAV?

40. ¿Se cuenta con libro de control de ingresos tanto al CAV como al hogar de paso?

41. ¿Se cuenta con condiciones para recibo de fauna y flora?

42. ¿Se hace manejo biológico orientado a disminuir niveles de estrés para reducción de problemas comportamentales?

43. ¿Se hace manejo biológico orientado a disminuir niveles de estrés para el manejo nutricional?

44. ¿Se elaboran actas de defunción de las necropsias realizadas?

45. ¿Se suscriben actas únicas de control al tráfico ilegal de flora y fauna silvestre?

Subtema b: Protocolos

46. ¿Se aplica el protocolo de aprehensión preventiva de flora silvestre maderable?

47. ¿Se aplica el Protocolo para el manejo de fauna decomisada dentro de la Unidad Administrativa Especial de Parques Nacionales Naturales?

48. ¿Aplica planes de protección para especies amenazadas y poblaciones silvestre?

49. ¿Cuántas especies de flora en situación de riesgo han sido beneficiadas con los planes de protección anteriores?

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50. ¿Cuántas especies de fauna en situación de riesgo han sido beneficiadas con los planes de protección anteriores?

51. PRESUPUESTO: ¿Cuál fue el presupuesto del CAV para el año 2010? -Anexar presupuesto ejecutado 2010-

52. ¿Cuál es el presupuesto programado para el año 2011? Anexar presupuesto ejecutado programado 2011

53. ¿Cuál es el valor calculado para rehabilitación de cada especie/año? 2009

54. ¿Qué programas de Conservación se han ejecutado para las especies amenazadas recibidas en el CAV?

55. ¿Desde cuándo se llevan controles de ingresos tanto al CAV como al hogar de paso?

56. ¿Qué programas de Conservación se han formulado para las especies amenazadas recibidas en el CAV?

TEMA 4. REGISTRO Y APLICACIÓN DE PROTOCOLOS

57. ¿Con qué entidad o persona ha celebrado algún convenio, contrato o proyecto para rehabilitación de especies?

58. ¿Qué Profesión tiene del coordinador del CAV?

59. ¿Para cuál (es) especie ha celebrado algún convenio, contrato o proyecto para rehabilitación?

60. ¿Qué manejo se le da a los residuos sólidos provenientes del CAV?

61. ¿Qué manejo y disposición final se le da a los residuos peligrosos?

De las treinta y nueve (39) autoridades ambientales del país, respondieron la encuesta las treinta y dos (32). No dieron respuesta: SDA, EPA, CSB, CORPOMOJANA, CORPAMAG, y DADMA. Esta última remitió la información extemporánea y CORALINA, argumentando que no tenía CAV, no llenó la encuesta.

De las 32 autoridades que dieron respuesta, 22 (68%) han registrado en el RUIA los procesos sancionatorios ambientales ya culminados sobre infracciones ambientales, como se muestra en las Gráficas: 1. Número de registros en el RUIA por autoridad ambiental y 2. Porcentajes de implementación del RUIA.

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Gráfica 1. Número de registros en el RUIA por autoridad ambiental

Gráfica 2. Porcentajes de implementación del RUIA

El portal de información sobre fauna silvestre PIFS, debe contener como mínimo los datos sobre decomisos para cada especie, el número de individuos, lugar donde se encuentran los individuos, el estado de los mismos, así como también en caso de disposición final la información respectiva relacionada con la fecha, el destino y las fechas de verificación realizadas a los especímenes, entre otros.

A pesar de lo anterior, el sistema aún no ha entrado en funcionamiento en el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible –MADS- y la mayoría de las autoridades encuestadas, dijeron que esa entidad no les ha impartido instrucciones para su diligenciamiento. Solamente, la CRQ, la CRA y el AMVA manifestaron haberle enviado al Ministerio la información para alimentar el PIFS.

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Aunque se construyó el PIFS por parte del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, este no está en funcionamiento, pues consideran las autoridades ambientales que no se ha reglamentado. De 31 autoridades ambientales, respondieron la encuesta el 72% (23 corporaciones) dijeron además, no haber recibido capacitación del MAVDT y solamente el 28% (8 corporaciones) afirmaron haberla recibido. Ver gráfica 3. Autoridades ambientales que han recibido capacitación del MAVDT sobre disposición de especímenes de fauna y flora terrestre

Gráfica 3. Autoridades ambientales que han recibido capacitación del MAVDT sobre disposición de especímenes de fauna y flora terrestre

En la actualidad se cuenta con 14 Centros de Atención y Valoración de fauna silvestre -CAV-, como lugares a donde se reciben provisionalmente especímenes de especies silvestres de fauna y flora terrestre y/o acuática, que han sido objeto de aprehensión, decomiso o restitución, para su evaluación, atención, valoración, tratamiento y determinación de la opción para su disposición final. Las autoridades ambientales que cuentan con centro de Atención y Valoración de fauna silvestre -CAV- están en la jurisdicción de CVC, CORMACARENA, CORPONOR, CORPOAMAZONIA, SECRETARIA DISTRITAL DE AMBIENTE, CAR, CORPOGUAVIO, CORPOCHIVOR que comparte con CORPOBOYACA, CORPOGUAJIRA, CORPOCALDAS, CVS, CDMB, AMVA y DAGMA.

Otra figura empleada para disponer la fauna silvestre, es el hogar de paso, que se define como el establecimiento donde se reciben provisionalmente especímenes de

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especies silvestres de fauna silvestre terrestre y/o acuática, aprehendidas, restituidas o decomisadas, para su evaluación, atención, valoración, tratamiento y determinación de la opción para su disposición final. A la fecha de elaboración de este informe preventivo, se cuenta con 24 hogares de paso ubicados bajo la jurisdicción y administración de, CORPOAMAZONIA, CAM, CORNARE, CORPONARIÑO, CORPOURABÁ, CORPOCALDAS, CRQ, CARDER, CDA, CODECHOCÓ, CORANTIOQUIA, CORPONOR, CORTOLIMA, CAR, CORPOCHIVOR, CORPOGUAJIRA y CORPAMAG.

Lo anterior implica, que el 90% de las autoridades ambientales cuentan con sitios para manejo de fauna en cautiverio, bien sean, CAV, CAVR u hogares de paso, como se muestra en la Gráfica 4. Cobertura porcentual de sitios para manejo de fauna en cautiverio por parte de las autoridades ambientales.

Gráfica 4. Cobertura porcentual de sitios para manejo de fauna en cautiverio (CAV, CAVR y hogar de paso) por parte de las autoridades ambientales.

El número total de centros de manejo de fauna ex situ en Colombia, por autoridad ambiental, se muestra en la Gráfica 5. Número CAV u hogares de paso por autoridad ambiental.

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Gráfica 5. Numero CAV u hogares de paso por autoridad ambiental

Las autoridades ambientales que nunca han construido o contratado con un tercero la prestación del servicio para la atención, valoración y rehabilitación de especímenes de especies de fauna silvestre son: DADMA, DAMAB, CRA, CARDIQUE, EPA, CSB, CORPOCESAR y CRC.

Existen sólo dos (2) Centros de Atención, Valoración y Rehabilitación (CAVR), debidamente registrados ante el MADS, bajo la jurisdicción y administración de CORPOCALDAS y CORPOCHIVOR, los cuales se han especializado en la rehabilitación de las especies de oso andino (Tremarctus ornatus), y psitácidos como el loro orejiamarillo (Ognorhynchus icterotis), con el fin de regresarlos a su hábitat natural; sin embargo, todas las autoridades ambientales que cuentan con CAV o con hogares de paso, manifiestan hacer rehabilitación de las especies de fauna recibidas en sus instalaciones.

La resolución 2064 de 2010, recomienda construir los sitios para manejo de fauna silvestre decomisada, en lugares estratégicos que permitan el pronto y fácil transporte de los animales incautados, fuera del perímetro de las zonas urbanas o centros poblados; que cuenten con buenas rutas de acceso, en un lugar libre de conflictos armados activos, lejos de explotaciones agropecuarias, especialmente avícolas y porcícolas, de fuentes emisoras de sonidos fuertes y de áreas de amenaza natural (inundaciones, deslizamientos). La Procuraduría, encontró que el 89% de los CAV u hogares de paso de las autoridades ambientales, se encuentran fuera del casco urbano, con excepción de los manejados por la CAM, CDA, DAGMA, Corpamag y Corponariño, y todos son de fácil acceso, sólo

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un 11% se encuentra dentro del casco urbano, como se muestra en la Gráfica. 6. CAV u hogar de paso se encuentra ubicado fuera del casco urbano.

Gráfica. 6. CAV u hogar de paso se encuentra ubicado fuera del casco urbano.

El 90% de los hogares de paso y/o CAV se encuentran fuera de áreas propensas a inundación o deslizamiento, con excepción de los ubicados en jurisdicción de CORTOLIMA, CORANTIOQUIA, CRQ y CORMACARENA, como se muestra en la Gráfica 7. CAV u hogares de paso ubicados lejos de áreas susceptibles a inundación o deslizamiento.

Gráfica 7. CAV u hogares de paso ubicados en áreas susceptibles a inundación o deslizamiento.

De 32 autoridades ambientales que informaron sobre la ubicación de los hogares de paso y/o CAV, se estableció que 29 se encuentran retirados de explotaciones agropecuarias avícolas o porcícolas, con excepción de los que corresponden a CORPOBOYACA, CRQ y CVC, como se muestra en la Grafica 8. CAV u hogares de paso retirados de explotaciones agropecuarias avícolas o porcícolas.

SI: 10%

NO: 90%

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Grafica 8. CAV u hogares de paso retirados de explotaciones agropecuarias avícolas o porcícolas.

Según la resolución 2064 de 2010, una vez impuesto el decomiso o restitución de especímenes de vida silvestre, la autoridad ambiental competente, mediante acto administrativo podrá ordenar la disposición final de dichos especímenes en: medio natural, en CAV, en hogar de paso, en jardines botánicos, red de amigos, en viveros, reservas forestales u otras organizaciones de conservación; o finalmente se podrán destruir, incinerar o inutilizar cuando el material vegetal presente riesgo para la salud humana, animal o vegetal.

De las 31 autoridades ambientales que tienen centros de manejo de especies decomisadas, el 42% contaba con área suficiente, dentro del hogar de paso y/o CAV para almacenar sólo flora decomisada y el 68% para almacenar flora y fauna. No cuentan con área suficiente para almacenar flora decomisada las siguientes infraestructuras bajo la jurisdicción de CORPONOR, CARSUCRE, CORNARE, CORPOAMAZONIA, CORPOURABÁ, CORTOLIMA, CVC, DAGMA, CORPOGUAVIO, CVS, CORMACARENA, CDA, CAR y CORANTIOQUIA. Ver Gráfica 9. Autoridades ambientales que cuentan con área suficiente para almacenar flora decomisada y Gráfica 10. CAV u hogares de paso con condiciones apropiadas para recibir fauna y flora decomisadas.

Gráfica 9. Autoridades ambientales que cuentan con área suficiente para almacenar flora decomisada.

SI: 29

NO: 3

SI: 42%

NO: 58%

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Gráfica 10. CAV u hogares de paso con condiciones apropiadas para recibir fauna y flora decomisadas.

Los CAV están obligados a mantener actualizado un libro de control de ingresos, incluyendo el código nacional de ingresos, el cual debe ser llevado como un libro contable y enviarse trimestralmente al Ministerio de Ambiente para efectos de alimentar el PIFS. Sin embargo, aunque la mayoría de autoridades ambientales encuestadas manifestaron llevar el libro de control de ingresos, en ninguno de los hogares de paso y/o CAV visitados se anota en este libro el código nacional de ingresos, con el cual se identifica plenamente el espécimen decomisado.

Así mismo, se comprobó que ninguna de las autoridades, diligencia el acta única de control al tráfico ilegal de fauna y flora, en la cual se deja constancia por escrito de la aprehensión material de especímenes, ni el código del concepto técnico de disposición final o registro de necropsia, pues el Ministerio de Ambiente a agosto de 2011, aún no había empezado a darles la numeración hasta tanto no se agote toda la papelería anterior en las autoridades ambientales. Otros como CORPONOR, dijeron estarlo implementando. El 71% de las autoridades ambientales registra en el libro de operaciones, el ingreso de especímenes de fauna y flora a los CAV y Hogares de Paso. Ver Gráfica 11. Autoridades que llevan registro de operaciones.

Gráfica 11. Porcentaje de autoridades que llevan registro de operaciones.

SI: 71%

NO: 29%

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En los centros de manejo de fauna (CAV y hogares de paso), se exige el manejo de estrés mediante ayudas enriquecedoras (costales, bejucos, ramas, etc.) que traten de recrear un ambiente natural a fin de manejar cambios comportamentales y nutricionales. El 79% de las autoridades hace manejo biológico orientado a disminuir niveles de estrés, para reducción de problemas comportamentales. El 21% de las autoridades ambientales que no hacen manejo biológico de los animales son, CORPOCESAR, CARDIQUE, CORPOAMAZONIA, CDA, CRA, CRC, y CAS. Ver Gráfica 12. Porcentaje de manejo de estrés para reducir problemas comportamentales.

Gráfica 12. Porcentaje de manejo de estrés para reducir problemas comportamentales.

El 72% de autoridades ambientales, hace manejo biológico de los animales orientado mejorar nutrición. No hacen este manejo: CORPOCESAR, CORPONOR, CARDIQUE, CORPOAMAZONIA, CDA, CORPOBOYACA, CORPORINOQUIA, CRA, CRC, y CAS, como se muestra en la Gráfica 13. Porcentaje de autoridades que hacen manejo biológico orientado a mejorar nutrición.

Gráfica 13. Autoridades que hacen manejo biológico orientado a mejorar nutrición.

La resolución 2064 de 2010, define “tenedores de fauna silvestre”, como aquellas personas a quienes en casos “muy excepcionales y sin perjuicio de las sanciones

SI: 72

NO: 28

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pertinentes”, la autoridad ambiental considera que el decomiso de especímenes vivos de fauna silvestre, implica una mayor afectación para estos individuos. Sin embargo, soportado en un concepto técnico, podrán permitir que sus actuales tenedores los conserven y mantengan, siempre y cuando se registren previamente ante la autoridad ambiental y cumplan con las obligaciones y responsabilidades que ésta determine en materia de manejo de las especies a conservar.

En la Gráfica 14, se muestran los tenedores de fauna registrados ante las diferentes autoridades ambientales del país.

Gráfica 14. Tenedores de fauna silvestre registrados por las autoridades ambientales

La fauna silvestre aprehendida preventivamente, cuya disposición final sea un tenedor de fauna silvestre, no podrá ser objeto de exhibición, cría en cautiverio, liberación o actividad que tenga fin comercial, o cualquier otra, que no haya sido expresamente autorizada por la autoridad ambiental.

Revisadas las 16 autoridades visitadas, a excepción del AMVA y CORANTIOQUIA, todas tienen tenedores de fauna silvestre sin registrar, habiéndoseles entregado individuos sin la respectiva acta de entrega previo concepto técnico y sin marcaje. Así mismo, se le ha permitido a algunos tenedores, la exhibición con fines comerciales.

Otra forma de disposición final de fauna, que tienen las autoridades ambientales competentes, es ordenar que aquellos especímenes que no sean objeto de liberación o de disposición en los CAV, o en zoocriaderos, o en zoológicos, sean entregados a la red de amigos de la fauna, a las organizaciones no gubernamentales ambientales, a las reservas naturales de la sociedad civil, a las estaciones biológicas, a los museos y colecciones

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biológicas con fines de investigación científica y a las entidades públicas y privadas dedicadas a investigación y educación ambiental.

Sólo cinco autoridades ambientales cuentan con red de amigos de la fauna, a las cuales se les han entregado 66 individuos en custodia, a saber: CAM (28); CORPORINOQUIA (27); CAR (8); CODECHOCÓ (2) y CORPOGUAJIRA (1), como se muestra en la Gráfica 15. Red de amigos de la fauna.

Gráfica 15. Red de amigos de la fauna.

La fauna aprehendida provisionalmente, liberada, restituida, decomisada definitivamente y eutanasias realizadas por las autoridades ambientales, se muestra en la Tabla 1. Disposición final de fauna.

Tabla 1. Disposición final de fauna.

Formas de disposición de fauna decomisada AÑO 2009 AÑO 2010

Disposición provisional 19.530 24.227

Liberación inmediata 13.775 82.440

Liberación posterior 18.189 14.469

Restitución 20.005 22.938

Decomiso definitivo 5.469 8.280

Eutanasia 168 673

Como se puede apreciar, (Gráfica 16. Disposición final de fauna), en términos generales el número de eutanasias es supremamente bajo, frente al número de decomisos definitivos, lo que puede estar evidenciando, falta de implementación de los comités de ética veterinaria; mientras que el número liberaciones inmediatas es elevado frente al

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número de liberaciones posteriores, hecho que puede deberse, bien a falta de programas de manejo de especies o al bajo nivel de impronta de los individuos decomisados.

Gráfica 16. Disposición final de fauna en 2009 y 2010

Durante los años 2009 y 2010, se reportaron 673 eutanasias como forma de disposición final de especímenes de especies de fauna silvestre en cautiverio, por parte de 18 autoridades ambientales, como se muestra en la Gráfica 17. Eutanasias entre 2009 y 2010.

Gráfica 17. Eutanasias entre 2009 y 2010.

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El acta de necropsia, es una herramienta indispensable para determinar la causa muerte del animal, que debe incluirse en el libro de control de fauna silvestre, en cada uno de los hogares de paso o CAV que posea la autoridad ambiental. Sin embargo, se encontró que no elaboran actas de necropsia, CORPOCESAR, CARSUCRE, CARDIQUE, CODECHOCÓ, CORPORINOQUIA, CRQ, CVC, CORPOGUAVIO, CAR, CORANTIOQUIA y CRC, como se muestra en la Gráfica 18. Diligenciamiento de actas de necropsia.

Gráfica 18. Autoridades que diligencian actas de necropsia.

Algunos programas de conservación para manejo de fauna silvestre de especies amenazadas recibidas en el CAV, han sido formulados por parte de: CORPOCHIVOR, CORANTIOQUIA, CORPAMAG, CORTOLIMA y CODECHOCÓ, aunque no necesariamente se encuentran en ejecución:

¾ Análisis de hábitat y distribución del oso andino.

¾ Análisis sobre anidación periquito amarillo.

¾ Planes de conservación:

• Danta de montaña (Tapirus pinchaque).

• Oso andino (Tremarctos ornatus).

• Cóndor andino (Vultur gryphus).

• Babilla (Caimán crocodylus fuscus).

• Tortuga del río (Podonecmys lewayana) en el municipio de Puerto Nare.

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• Grupo de aves rapaces.

• Titi gris (saguinus leucopus).

• Loro cadillero (Bolborrynchus ferruginifrons).

• Ostra de agua dulce (Acostea Rivoli).

• Danta de páramo (Taupirus pinchaque).

• Puma concolor (Puma concolor).

• Babilla (caimán crocodilus) en el medio y bajo Atrato.

• Manatí (Trichechus manatus) en el medio y bajo Atrato.

• Guagua (Caniculus paca) en el medio y bajo Atrato.

• Chigüiro (Hydrochoerus isthmius) en el medio y bajo Atrato.

• Especies de perezosos (Bradypus variegatus y Choloepus hoffmanni).

• Especies de puercos de monte (Tayassu Tajacu u Tayassu pecari), entre otros.

• Monos aulladores (Alouatta seniculus).

• Guacamayas verde limón (Ara ambiguus) en la vereda la Cascada en el municipio de Jericó.

¾ Plan de Acción para la protección y manejo del hábitat natural de tortugas marinas, guartinajas y loro pico rojo (2008-2009) de la Sierra Nevada de Santa Marta.

¾ Implementación de áreas protegidas. Se han declarado 6 parques nacionales regionales y 17 parques naturales municipales.

¾ Variabilidad genética de primates.

¾ Seguimiento de las especies manatí, caimán, babilla y bocachico que habitan en zonas de humedales de la territorial Zenufaná.

¾ Programa para rehabilitación y liberación de tortugas marinas, felinos, cardenal Guajiro, cóndor Andino, caimanes, babillas y flamencos rosados.

¾ Zoocría comunitaria artesanal de tatabros, paujil, guagua, guacamaya verde limón, venado de cola blanca y chigüiro.

¾ Programas para rehabilitación y liberación para el titi gris, ateles y aullador.

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¾ Evaluación de la población de felinos de montaña de los corredores biológicos de los ecosistemas estratégicos de la cordillera oriental, Tota, Pisba, Cocuy, Guantiva y La Rusia, en cuanto a la incidencia en la depredación de ganado y evaluación de los factores ambientales que inducen a la depredación.

¾ Convenio de cooperación No 2010-058 celebrado entre CORPOBOYACA y la Fundación FVSN, para aunar esfuerzos técnicos y financieros para la ejecución del proyecto “Formulación del programa regional para el manejo y conservación del puma (Puma concolor) en la jurisdicción de Corpoboyacá, con énfasis en el manejo del conflicto “humano – felinos”, según las especificaciones técnicas contenidas en los estudios previos”.

¾ Convenios de cooperación técnica y financiera a fin de implementar acciones contempladas en el programa nacional de Cóndor andino (Vultur griphus). Implementar acciones contempladas en el programa nacional de cóndor andino mediante el seguimiento y monitoreo por información comunitaria y técnicas de radio telemetría en ocho cóndores liberados en el páramo de siscunsi y que transitan en los corredores ecológicos Tota, Pisba, Cocuy La Rusia, Guina, Guantiva.

Veintiún autoridades ambientales, de las 39 existentes, trabajan en la formulación de planes de manejo y conservación de las especies de fauna amenazada en su jurisdicción, como se destaca en la Tabla 2. Planes de manejo y protección de fauna. No han formulado estos programas: CARDIQUE, DAGMA, CARSUCRE, CRC y CORPOCESAR.

Tabla 2. Planes de manejo y protección de fauna amenazada

Autoridad ambiental Total de especies amenazadas Planes manejo formulados

CVC 308 40

CORPONOR 142 40

CORANTIOQUIA 56 36

CAM 38 19

CORMACARENA No informa 15

CODECHOCÓ 60 14

CORPOGUAJIRA 32 12

CORPONARIÑO, CRA No informa 10

CARDER 95 9

CORPOGUAVIO 31 9

CORPOBOYACA 36 5

CORTOLIMA 16 5

CORPAMAG 59 4

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MANEJO POST DECOMISO DE FAUNA Y FLORA SILVESTRE

CORPOCALDAS 92 6

CORPORINOQUIA 32 4

CORNARE 55 2

AMVA 5 2

CAR 43 2

CVS 22 1

TOTAL 360 235

Se determinó que el 54% de las autoridades ambientales aplican planes de protección para especies amenazadas, las 18 autoridades restantes, no, como se indica en la Gráfica 19. Programas de protección de especies silvestres amenazadas.

Gráfica 19. Programas de protección de especies silvestres amenazadas.

Se consideran pocos planes de manejo y conservación formulados y en ejecución para algunas de las 360 especies de fauna amenazada, definidas como tal en la Resolución 383 de 2010.

Se evidenció, que todas las autoridades ambientales han adelantado programas o actividades para conservar y proteger las especies de fauna amenazada, con excepción de: CORPOCESAR, DAGMA, CRC, CORPOAMAZONIA, CRA, CAS, CORMACARENA, CRQ, CDMB, CARSUCRE, CDA y CARDIQUE. Esta información se muestra en la Gráfica 20. Autoridades con programas para conservar y proteger fauna amenazada.

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Gráfica 20. Autoridades con programas para conservar y proteger fauna amenazada.

Las únicas autoridades ambientales que no tenían presupuesto apropiado para administración del CAV o del hogar de paso, durante la vigencia fiscal de 2011 eran: CORPOCESAR, CARSUCRE, CORPONARIÑO, CORTOLIMA, CARDIQUE, CRQ, DAGMA, CORMACARENA, CDA, CORANTIOQUIA, CRA, CRC y CAS.

Otras autoridades informaron, que además de haber apropiado presupuesto para administración, también habían destinado algunas partidas para mantenimiento de los CAV durante esa vigencia, tales como: CARSUCRE, CORPONARIÑO, CORPOBOYACÁ, CORPOCALDAS, CARDER, CVC, CORPONOR, AMVA, CORPOCHIVOR, CORTOLIMA, DAGMA, CDA, CRC y CAS. A continuación se muestran los rangos presupuestales apropiados en la vigencia 2011, para esta actividad. Ver Tabla 3. Presupuestos para mantenimiento de CAV en 2011.

Tabla 3. Presupuestos para mantenimiento de CAV en 2011

Rango presupuestal apropiado Autoridad ambiental

Entre $27.000.000 y $ 35.000.000. CARSUCRE, CORPONARIÑO Y CORPOBOYACÁ.

Entre $163.000.000 - $ 220.000.000. CORPOCALDAS, CARDER, CVC Y CORPONOR.

Entre $714.000.000 - $737.000.000. AMVA Y CORPOCHIVOR

CARSUCRE, informó que había destinado $1.587.000.000, entre 2009 y 2011, del cual un 20% estaba destinado para la construcción del CAV.

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Todas las autoridades ambientales, manifestaron contar con disponibilidad presupuestal para reubicación de fauna decomisada o entregada voluntariamente; con excepción de: CORPONOR, CORPOCESAR, CARSUCRE, CORPOURABÁ, CORPORINOQUIA, CORPOAMAZONIA, CRQ, CVC, DAGMA, CORMACARENA, CDA, CORANTIOQUIA, CRA, CRC y CAS, esta información se muestra en la Gráfica 21. Presupuesto para reubicación de fauna.

Gráfica 21. Presupuesto para reubicación de fauna.

Sólo las siguientes autoridades ambientales cuentan con presupuesto para adquisición de elementos para marcaje y seguimiento: AMVA, CDMB, CORNARE, CORPOGUAJIRA, CORPOCALDAS, CORTOLIMA, CRQ, CORPOGUAVIO, CVS, CORANTIOQUIA y CAR. Gráfica 22. Presupuesto para elementos de marcaje y seguimiento

Gráfica 22. Presupuesto par elementos de marcaje y seguimiento

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El 50% de las autoridades que dieron respuesta no cuentan con presupuesto para elementos y marcaje, análisis clínicos, mantenimiento de áreas y rutas de acceso y para reubicación de fauna fuera del CAV.

Los CAV y hogares de paso que no cuentan con presupuesto para mantenimiento de áreas y vías de acceso son los de las jurisdicciones de: CORPOCESAR, CARDER, CARDIQUE, CORPOAMAZONIA, CORPOBOYACA, CORPOCALDAS, CORPOURABÁ, CORTOLIMA, CRQ, DAGMA, CORMACARENA, CDA, CRA, CRC y CAS. Gráfica 23. Presupuesto para mantenimiento de áreas y vías de acceso.

Gráfica 23. Presupuesto para mantenimiento de áreas y vías de acceso.

Únicamente las siguientes autoridades cuentan con presupuesto para la realización de los análisis clínicos a los especímenes de fauna en cautiverio, AMVA, CARDER, CDMB, CODECHOCÓ, CORNARE, CORPOBOYACA, CORPOGUAJIRA, CORPONARIÑO, CORTOLIMA, CRQ, CORPOGUAVIO, CVS, CAR y CORANTIOQUIA. Gráfica 24. Presupuesto para análisis clínico.

Gráfica 24. Presupuesto para análisis clínico.

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Sólo las siguientes autoridades cuentan con presupuesto para la realización de los análisis de costos del mantenimiento de los especímenes aprehendidos y dispuestos finalmente, AMVA, CARDER, CORPOAMAZONIA, CORPOCALDAS, CORPONARIÑO y CORPORINOQUIA. Ver Gráfica 25. Autoridades que hacen análisis costos de rehabilitación de especies.

El presupuesto asignado en estas autoridades ambientales, para rehabilitación de fauna por especie/ por año oscila entre 67.000 y $2,500.000. El costo establecido por las 11 autoridades que dijeron conocer el costo anual de rehabilitación, es de: $61.000.000 para de la Danta (Taupirus pinchaque) y de $40.000.000 para oso de anteojos (Tremarctos ornatus).

Gráfica 25. Autoridades que hacen análisis costos sobre rehabilitación de especies.

Existen varios centros especializados en rehabilitar fauna silvestre en el país, con los cuales las autoridades ambientales han celebrado convenios o contratos o desarrollado proyectos, para rehabilitación de especies de fauna silvestre a saber:

¾ Corporación para el monitoreo de la biodiversidad del sur Machiramo.

¾ Fundación UNAU

¾ ECOSANTAFÉ.

¾ Alex Ospina, (aves rapaces).

¾ UDEA

¾ AFUVER

¾ CES

¾ Fundación Maikuchiga (primates)

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¾ Universidad de la Amazonía

¾ CORPOCHIVOR

¾ FUNDETROPICO - Fundación Para el Medio Ambiente y el Desarrollo Humano Sostenible del Trópico

¾ Fundación Vida Silvestre Neotropical-FVSN

¾ Fundación Biodiversa Colombia (Titi gris)

¾ Fundación Casa Ecológica

¾ Corporación ARA

¾ URRAS - Universidad Nacional

¾ Aviario Nacional de Colombia en Barú

¾ CORPOCALDAS (Centro de rehabilitación de rapaces.)

¾ Fundación Bioandina –FBC

¾ Universidad de Córdoba

¾ Fundación Omacha

¾ Conservación Internacional

¾ Fundación Áreas Naturales Protegidas (ANP)

¾ Fundación para la Investigación y Manejo de los Recursos Hidrobiológicos de la Región Caribe “George Dahl”

¾ Corporación Preservar

¾ Fundación Proyecto Mono Titi

Las especies para las cuales se ha realizado algún convenio, contrato o proyecto de rehabilitación de fauna, con tales centros, son:

¾ Oso andino

¾ Tortuga morrocoy

¾ Tortuga montañera

¾ Felinos

¾ Cóndor

¾ Danta de montaña (Tapirus pinchaque).

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¾ Cohorte Xenarthras (perezosos, tamanduas y armadillos)

¾ Guacamayas verde limón.

¾ Paujil.

¾ Monos aulladores.

¾ Aves rapaces

¾ Primates (churucos, maicero).

¾ Oso de anteojos (Tremarctus ornatus).

¾ Cóndor andino (Vultur griphus).

¾ Titi gris (Saguinus leucopus).

¾ Mono Titi (Saguinus oedipus).

¾ Mono aullador colorado (Alouatta seniculus).

¾ Mono aullador negro (Alouatta palliata).

¾ Cocodrilo del Orinoco (Cocrodylus intermedius).

¾ Tortugas de agua de caparazón duro (Trachemys sp).

¾ El terecay o taricaya (Podocnemis unifilis).

Las autoridades que no han celebrado ningún tipo de convenio, contrato o proyecto para rehabilitación de especies son: CORPONOR, CDMB, DAGMA, CARSUCRE, CVC, CORPONARIÑO, CORPOCESAR, CRQ, CORANTIOQUIA, CARDIQUE, CRC y CORPORINOQUIA.

Aunque son muchas las Corporaciones que no han realizado investigación con los especímenes que han ingresado al CAV u Hogar de Paso, es necesario destacar el trabajo realizado por las siguientes Corporaciones: CORPOCALDAS, CVS, CORPOBOYACA, CDMB, CORPONARIÑO, CORPOCHIVOR, AMVA, CAS, CORPOGUAVIO, CAR y CORPONOR. Ver Gráfica 26. Investigación con especímenes en cautiverio en CAV u hogares de paso.

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Gráfica 26. Investigación con especímenes en cautiverio en CAV u hogares de paso

En la Tabla 4. (Manejo y protección de flora), se refleja el bajo logro en el tema de manejo de especies de flora amenazadas, pues solamente se han adelantado por parte de las autoridades ambientales, 46 programas frente a un total de 670 especies amenazadas.

Tabla 4. Manejo y protección de flora.

AUTORIDAD AMBIENTAL Especies amenazadas Planes manejo

CVC 286 30

CORANTIOQUIA 220 20

CVS 37 1

CORPOCALDAS 30 11

CORPOGUAVIO 11 9

CORPOURABÁ 6

CARDER 121 8

CORPOBOYACA 33 5

CORNARE 33 11

AMVA 5 2

CORPORINOQUIA 2 2

CAM 99 1

CORPONARIÑO 1

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MANEJO POST DECOMISO DE FAUNA Y FLORA SILVESTRE

CORPOGUAJIRA 6 0

CORPAMAG 110 0

CAR 12 0

CORPONOR 52 0

Totales 670 46

Los programas adelantados por las autoridades ambientales para manejo de especies de flora amenazada, son:

¾ Estudio de poblaciones y estrategia de conservación para tres especies de palmas (Attalea amygdalina, Ceroxylon alpinum y Ceroxylon quindiuense)

¾ Formulación de planes de manejo para cinco especies: caracolí (Anacardium excelsum), anon de monte (Raimodia quinduensis), palma zancona (Syagrus sancona), birilico (Xylopia ligustrifolia) y manteco (Laetia americana).

¾ Desarrollo de un programa de conservación ex situ para los siguientes grupos de especies: zamias, palmas y árboles maderables y especies forestales.

¾ Planes de manejo para ocho especies amenazadas en el Pacifico Vallecaucano: chanul, aceite mario, chachajo, medio comino, costillo acanalado, sajo, naidi y nato.

¾ Evaluación en el pacífico vallecaucano de las poblaciones de Aniba perutilis, Euterpe oleracea, Mora oleifera y Lashmelea speciosa.

¾ Plan de conservación de especies de flora costera de la isla de san Andrés.

¾ Programa de revegetalización y reforestación de playas y cuenca del Cove en San Andrés.

¾ Estrategia de conservación de plantas amenazadas en cinco departamentos del eje cafetero.

¾ Implementación del sistema metropolitano de áreas protegidas.

Las autoridades ambientales, están cumpliendo con la exigencia de la resolución 2064 de 2010, en cuanto a los perfiles profesionales del personal de coordinación de los CAV y los CAVR, que son: veterinarios, zootecnistas y biólogos.

Las siguientes autoridades ambientales DAGMA, CORANTIOQUIA, CRA y CRC, no indicaron qué manejo se le daba a los residuos sólidos provenientes del CAV; las demás, entregan sus desechos a la empresa prestadora del servicio de aseo, con excepción de CODECHOCÓ, CDA y CORPOBOYACA, que incineran y/o entierran los residuos.

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No respondieron la pregunta sobre el manejo y disposición final de los residuos peligrosos del CAV o de los hogares de paso: DAGMA, CDA, CAR y CRA; las demás dijeron entregar sus residuos a empresas especializadas. CODECHOCÓ y CAS, cuentan con hogar de paso, pero no señalan generar este tipo de residuos.

3.2. DE LAS VISITAS DE CAMPO

A fin de corroborar la información recogida en las encuestas, se realizaron visitas CAV, CAVR y hogares de paso en algunas autoridades ambientales. Igualmente se realizaron visitas aleatorias a algunos encierros de tenedores autorizados.

A continuación se muestran las principales conclusiones obtenidas:

3.2.1. Establecimiento Público Ambiental de Cartagena (EPA)

La visita a esta autoridad se realizó el día 11 de abril del año 2011.

Como primera medida, se encontró que la entidad desconoce la existencia del portal de información para el control de la normativa ambiental-RUIA, al igual que el portal de información para el control de la normatividad ambiental sobre fauna silvestre -PIFS.

Esta autoridad ambiental, tiene un sólo tenedor de fauna silvestre, pero al momento de la visita, no fue posible ubicar el acto administrativo con el cual se nombró custodio autorizado al representante legal del Hotel Caribe, ni se encontró el inventario de fauna que posee el hotel, tampoco se encontró informe de visita de seguimiento realizada al hotel o informes por parte de éste, donde conste el nacimiento y/o muerte de especímenes.

En la inspección que se hizo en el Hotel Caribe, se evidenció que se han reproducido algunos perezosos, que en ocasiones se caen de los escasos árboles existentes en el área, ubicados hacia la parte de afuera del hotel. Se considera un número elevado de especímenes para el área que ocupan, por lo cual deben ser reubicados y/o liberados.

Por otra parte, se verificó que la autoridad ambiental no cuenta con elementos básicos, equipos y con un lugar apropiado para hacer valoraciones médicas.

La autoridad ambiental desconoce los protocolos sobre el manejo de fauna y flora existentes y que forman parte de la resolución 2064 de 2011. Los especímenes son liberados en un lugar denominado “Parque Ecológico”, pero se hace sin previo concepto técnico y sin tomar en cuenta la procedencia de los especímenes.

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MANEJO POST DECOMISO DE FAUNA Y FLORA SILVESTRE

A pesar de conocer las especies de fauna y flora en riesgo de amenaza, la EPA no ha formulado ni proyecta formular planes de manejo y conservación para las mismas. En el caso del mangle, que es uno de los ecosistemas amenazados, la autoridad ambiental, manifestó que tenía dispuesto que las empresas pagaran como medida de compensación la siembra en áreas devastadas; a la fecha de la visita no se mostró nada concreto o definitivo sobre dicha intención.

Finalmente, se verificó que en el área de jurisdicción de la EPA, no existe centro de atención de fauna y flora silvestre u hogar de paso donde se puedan llevar los decomisos o incautaciones realizadas por la Policía Nacional o por la misma autoridad ambiental.

3.2.2. Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga (CDMB)

Esta entidad, creó un CAV hace siete años y desde su inicio se pensó en construir tres módulos (arribo, hospitalización y cuarentena). A la fecha, se ha dejado de construir el área más importante para albergar los animales en observación, llamada cuarentena.

El área de cuarentena existente, no es adecuada; pues se observa hacinamiento de animales y presencia de olores desagradables por deficiente ventilación.

El CAV cuenta con áreas suficientes y amplias donde se podrían adecuar las áreas faltantes como cuarentena y alojamiento, y aunque los diseños están, falta voluntad para hacerlo.

La CDMB, viene llevando el registro único de información (RUIA) desde marzo de 2010, conforme lo establece el Ministerio de Ambiente; pero no el portal de información para el control de la fauna silvestre (PIFS). Argumenta la entidad, que el Ministerio no ha habilitado el citado portal para el ingreso de los datos, y no les ha brindado capacitación alguna para su diligenciamiento.

Se verificó que la CDMB, aplica procedimientos de manejo de fauna silvestre adecuados a toda la normatividad ambiental; también, está elaborando un manual de procedimientos en el cual se recoge la normatividad actualizada, incluidos los protocolos establecidos en la resolución 2064 de 2010, que han servido para mejorar los procesos de manejo y disposición de individuos de fauna y flora.

Esta autoridad ambiental tiene un CAV, que es administrado por un sólo profesional (médico veterinario) y dos operarios; a pesar de que en el cuestionario de encuesta,

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había señalado, que tenía tres profesionales como lo exige la nueva reglamentación; sin embargo aclaran, que los dos funcionarios reportados laboraron hasta el año pasado y se desconoce si serán contratados nuevamente.

Esta autoridad ambiental, respondió el cuestionario de la encuesta informando que el CAV era administrado por tres profesionales como lo exige la nueva reglamentación; sin embargo en la visita se corroboró que esa información no era cierta; el CAV estaba siendo operado por sólo profesional -médico veterinario- y dos operarios. La explicación dada por los funcionarios que atendieron la visita, es que los dos funcionarios reportados laboraron hasta el año pasado y desconocían si serían contratados nuevamente.

Actualmente, la Corporación tiene convenios con, la facultad de veterinaria y zootecnia de la Universidad Cooperativa de Colombia, quienes envían un grupo de estudiantes en rotación al CAV y con la Universidad Pontificia Bolivariana, quienes realizan prácticas veterinarias, aportan medicamentos, equipos y mano de obra. También se cuenta con el apoyo de un pasante, que se encarga durante seis meses de llevar los registros como historias clínicas, datos sobre dietas, alimentación y todo tipo de actas.

Las principales observaciones al CAV, se resumen de la siguiente forma: i) funciona en una finca que no cuenta con servicio de alcantarillado; ii) las aguas residuales, son transportadas a cajas de receptoras conectadas a un pozo séptico, que no ha recibido mantenimiento en siete años de funcionamiento; iii) el área de hospitalización carece de mesones en acero inoxidable y estantes impermeables, como lo exige la norma; iv) las cajas para el bioterio son de cristacryl, que no es un material apropiado para cultivo de ratones, porque roen las cajas, las que son remendadas con láminas metálicas que presentan riesgo para los individuos de fauna y operarios; y, v) carece de vestier y baño con ducha para los operarios y profesionales que laboran allí.

Las anteriores observaciones, coinciden con las de la auditoria interna realizada por la CDMB al CAV, en la cual se advierte que el área de cuarentena, no es adecuada para esa actividad.

También se pudo corroborar en la CDMB, que el grupo de fauna que laboraba en la Corporación fue suprimido; por lo que al momento de la visita no hay quien realice ninguna de las actividades que por Ley le corresponden a toda autoridad ambiental en control de fauna silvestre, como son: realizar seguimiento y control, realizar visitas a los tenedores autorizados, realizar liberaciones de fauna o autorizar su disposición en zoológicos, brindar capacitaciones, atender las solicitudes por tenencia ilegal, de las cuales se han presentado seis quejas hasta el momento, sin que se hayan podido atender.

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3.2.3. Área Metropolitana del Valle de Aburra (AMVA)

La visita a esta autoridad ambiental se realizó el 17 de junio de 2011.

Se pudo evidenciar en el recorrido al CAV, que cuenta con infraestructura, equipos, implementos, espacios, personal y ubicación óptima para continuar operando como un centro de atención y valoración de fauna y flora silvestre.

La autoridad ambiental, es una de las que mejor manejan un centro de atención y valoración; se preocupa por su administración y buen funcionamiento, cuenta con personal idóneo en el manejo de fauna silvestre y apoya su labor en dos universidades, que le brindan colaboración.

En el AMVA, se destaca la existencia y funcionamiento permanente del comité interinstitucional para el tráfico ilegal de fauna y flora (CIFFA), que opera en red a través de la línea verde con todas las demás autoridades que también forman parte de éste, como son, CORNARE, CORANTIOQUIA, CORPOURABA, CARDER y CRQ; a través del cual se realiza el seguimiento y el control del tráfico ilegal de fauna y flora coordinadamente entre ellas, obteniendo de esta manera mejores resultados.

El Área, cuenta con el mejor centro de atención y valoración de fauna silvestre del país, ubicado en Barbosa. Adicionalmente, posee un “centro móvil”, compuesto por equipos básicos e implementos para atender de urgencia los individuos decomisados que son entregados en las oficinas del AMVA en Medellín.

Es importante señalar, la necesidad de que este centro realice los ajustes de sus sistemas de registros de información en el libro de control de ingreso, incorporando el código único nacional.

Para concluir, es imprescindible resaltar la urgencia de que la zona de recibo y de cuarentena se traslade al área nueva del centro.

3.2.4. Corporación Autónoma Regional de las Cuencas de los Ríos Negro y Nare (CORNARE)

La visita fue realizada el 13 de junio 13 de 2011.

Se pudo corroborar en la visita a CORNARE, que cuenta con un hogar de paso, el cual posee la infraestructura mínima y en términos generales adecuados, para la atención de la mayoría de los grupos taxonómicos que arriban al hogar de paso.

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También se destaca, que CORNARE forma parte del CIFFA, lo que garantiza que tanto el control como el manejo de la fauna post decomiso, se realicen dentro del marco normativo; actividad que se refuerza con el apoyo de estudiantes de una universidad.

Frente a la documentación, se corroboró que las hojas de vida o historias clínicas de cada individuo, se llevan manualmente tanto en la oficina central como en el hogar de paso; sin embargo, las actas y estadísticas de decomisos, liberaciones, entregas voluntarias y demás exigencias establecidas en la Resolución 2064 de 2010, se tramitan en las oficinas principales, cuando se recomiendan ser llevadas en el hogar de paso.

Finalmente, se estableció que cuenta con libro de control de ingresos, pero esté no ha sido ajustado a la nueva normatividad y los especímenes de especies recibidos no están siendo codificados, tal como lo indica la resolución 2064 de 2010.

3.2.5. Secretaria Distrital de Ambiente (SDA)

Esta visita se llevó a cabo el 15 de abril de 2011.

En el recorrido al centro se verificó la existencia de infraestructura mínima, aunque en términos generales, adecuada para la atención de la mayoría de grupos taxonómicos que arriban al centro de atención y valoración de fauna y flora.

Sin embargo, se evidenciaron graves falencias en algunos encierros como en el caso de los psitácidos (loros), las cuales por su ubicación al fondo y en zonas bajas colindantes con el humedal Jaboque, están sometidas a variaciones muy fuertes de temperatura, disminuciones extremas de la misma, inundación de los encierros por falta de cubierta plástica que servía como termo aislante para los animales en estos encierros, pues la existente está deteriorada casi en su totalidad.

La zona de cuarentena no es un espacio adecuado para el alojamiento y el manejo de cuarentenario de los animales que llegan al Centro. La mezcla de ejemplares de aves y primates separados únicamente por una barrera visual, no asegura el manejo sanitario relativo a una cuarentena y expone a los animales a procesos fortuitos de predación por escapes de sus jaulas.

Se encontró en la zona de herpetos (reptiles  y  anfibios) el alojamiento de 900 ejemplares de caracol gigante (Achatina fulica), objeto de decomiso sin eliminar. La encargada del centro informó que iban a permanecer allí “hasta tanto no se les practicara la eutanasia”; situación que contraviene lo establecido en la Resolución 0654 de 2011,

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que señala en su artículo 4º la pronta eliminación de los especímenes vivos por parte de las autoridades ambientales, de acuerdo con los aspectos técnicos mencionados en dicho acto administrativo.

Se aclara que la figura de la eutanasia, fue establecida en la resolución 2064 de 2010 y el protocolo 20 del citado acto administrativo, para disponer en forma definitiva especímenes de especies nativas decomisadas de fauna silvestre, pero no para esta especies exótica, potencialmente peligrosa como el caracol gigante.

Finalmente, se señala que el CAV de la SDA, cuenta con el libro de control de ingresos, pero esté no ha sido ajustado a la nueva normatividad, por lo cual los especímenes recibidos no están siendo codificados, tal como lo indica la resolución 2064 de 2010.

3.2.6. Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de La Amazonía, (CORPOAMAZONÍA)

Esta visita se realizó los días 7 y 8 de julio de 2011.

En la visita del Ministerio Público, se pudo verificar que esta autoridad ambiental no cuenta ni con hogar de paso ni con un centro de atención, valoración y rehabilitación –CAV; incumpliendo de esta manera lo estipulado en la Ley 1333 de 2009, Titulo VI, Art. 52, numeral 2 sobre disposición en centro de atención, valoración y rehabilitación de los individuos que no sea factible liberar. Se debe tener presente que la normatividad prescribe que la fauna y flora silvestre pertenecen a la Nación, lo que obliga al Gobierno Nacional a destinar los recursos necesarios de su presupuesto para el sostenimiento de los centros de atención, valoración y rehabilitación de fauna y flora silvestre.

En el recorrido, tampoco fue posible determinar el número de decomisos por año, pues en la territorial de la Corporación no se llevan registros ni estadísticas con las cuales se logre de manera inmediata conocer los datos de decomisos, entregas voluntarias, muertes, entregas a terceros, entre otros aspectos.

Con base en la información aportada por la sede central de CORPOAMAZONIA en el departamento del Putumayo, en la jurisdicción de esta autoridad ambiental, no se presenta un número representativo de decomisos, por lo tanto, según recomendación del Ministerio, esta Corporación debe construir un hogar de paso y no un CAV. Tampoco se pudo establecer en la visita, la legalidad del serpentario que se encuentra ubicado en la Reserva Tanimboca del municipio de Leticia, en razón a que la información del mismo, se encuentra en la territorial del Putumayo.

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De igual forma, se procedió a realizar visita a dos tenedores referenciados, no obstante, éstos no corresponden a la figura de tenedor y para entregarles fauna silvestre, deben exigírseles los requisitos para ser nombrados dentro de la red de amigos de la fauna (Res. 2064/10, Art.18).

Según el numeral 6º del artículo 52º de la Ley 1333 de 2009 y el artículo 19º de la Resolución 2064 de 2010, sólo pueden ser tenedores de fauna, aquellas personas a los que se les ha realizado aprehensión preventiva de fauna silvestre; por el contrario, los tenedores a los que CORPOAMAZONIA, inscribió como tales, se lucran de la misma exhibiéndola. Este hecho indica que CORPOAMAZONIA permite el incumplimiento de lo establecido en el parágrafo 1, del artículo 19 de la Resolución 2064 de 2010, que preceptúa:

Parágrafo 1. La fauna silvestre aprehendida preventivamente, cuya disposición final sea un “Tenedor de Fauna Silvestre”, no podrá ser objeto de exhibición, cría en cautiverio, liberación o actividad que tenga fin comercial, o cualquier otra que no haya sido expresamente autorizada por la autoridad ambiental. Las autoridades ambientales podrán revocar el acto administrativo que ordena la entrega en tenencia, en caso de incumplimiento de las obligaciones o prohibiciones establecidas y en caso de que las condiciones técnicas, no sean las descritas en el “Manual para el Tenedor de Fauna Silvestre”, incluido en el Anexo 18 de la presente Resolución.

También se corroboró en la visita, que CORPOAMAZONIA entregó los especímenes sin marcar, incumpliendo con ello, el parágrafo 2º del artículo 18 y el parágrafo 3º del artículo 19 de la citada resolución, que advierten, que la fauna entregada tanto a tenedores como a la red de amigos de la fauna debe ser marcada de acuerdo con los lineamientos de la Resolución 1172 de 2004.

Además de las anteriores irregularidades, presentadas con el manejo de la fauna por parte de CORPOAMAZONIA, la visita realizada al zoológico evidenció que la fauna que aún permanece en él, continúa con mínimos requerimientos de ambientación y de enriquecimiento ambiental, de igual forma, poseen encierros sin ningún tipo de seguridad ni en condiciones adecuadas para el cautiverio. Es importante referenciar que esta autoridad ambiental continúa haciendo uso del zoológico de Leticia, a pesar de que fue cerrado por mal manejo en el mes de marzo de 2007, lo que conlleva a considerarse que existe falta de gestión de la autoridad ambiental para reubicar dichos especímenes.

Si bien es cierto, la Corporación en respuesta dada a la Procuraduría manifestó contar con un centro de atención, valoración y rehabilitación de fauna silvestre –CAVR, ubicado dentro del Parque Nacional Natural Amacayacu, que suple por demás, con las obligaciones que le corresponden por ley a CORPOAMAZONIA, ésta liquidó

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el convenio celebrado con la doctora Sara Bennett en diciembre de 2010, quien se encargaba de la atención a la fauna silvestre entregada por la Corporación y por personas ajenas a esta entidad.

A la fecha, el CAVR del Parque opera ilegalmente, por lo tanto la Corporación es quien debe decidir sobre el manejo y/o reubicación de la fauna existente en el Parque. A pesar de que la Unidad Administrativa de Parques Nacionales- UAESPNN celebró un convenio el 16 de noviembre de 2010 con la señora Sara Bennett por un año, cuyo objeto es “recibir, cuidar y rehabilitar los animales accidentados o decomisados por las autoridades gubernamentales y que sean puestos a disposición de LA FUNDACIÓN”, se encuentra que se desconocen las especificaciones técnicas y operativas establecidas en la resolución 2064 de 2010 para el funcionamiento del CAVR.

Adicionalmente, y de conformidad con el inventario suministrado por la UAESPNN, la señora Sara Bennett en el CAVR del Parque ha recibido 160 especímenes de fauna silvestre desde el año 2003-2004, sin que se conozca quien la autorizó para ejercer dicha labor, durante los años 2003-2008. Este hecho implica, que esa Entidad, ha permitido que la señora Bennett, haga uso de las instalaciones del parque y labore con la comunidad, al parecer, desde 1998, sin que se conozca vínculo laboral o permiso de investigación concedido por Parques Nacionales Naturales para tal fin; violándose con ello las disposiciones contenidas en el parágrafo 3º, del artículo 4º de la Resolución 2064 de 20110, que establece expresa prohibición de establecer centros de atención y valoración- CAV, en áreas de protección especial manejadas por la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales.

Tanto la autoridad ambiental como la UAESPNN manifestaron en la visita, que los especímenes que se encuentran listos para liberar en el área del Parque Amacayacu; lo implicaría por parte de Parque Nacionales un incumpliendo del artículo 12º de la Resolución 2064 de 2010, que autoriza, liberar solamente fauna proveniente del mismo lugar, esto es, los del mismo Parque.

3.2.7. Corporación Autónoma Regional del Valle del Sinú y San Jorge (CVS)

La visita se adelantó los días 13 al 15 de julio de 2011.

En el recorrido se verificó, que esta autoridad ambiental, tiene un centro de atención y valoración de fauna y otro de flora, el cual cuenta con buenas instalaciones, equipos y personal idóneo. Los encierros son bien manejados y los animales disponen de abundantes ayudas para su rehabilitación.

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Igualmente, se encontró que la CVS lleva el libro de control de ingreso de especies y las historias clínicas de cada espécimen.

Sin embargo, no ha implementado la red de amigos de la fauna; por lo cual los animales continúan en manos de los infractores, registrados como tenedores, quienes en la mayoría de los casos tiene cada uno de ellos más fauna decomisada en sus instalaciones de la que se encuentra actualmente en el CAV; tampoco existe precisión sobre el número de animales entregados en custodia y sobre los existentes actualmente, en razón a que el seguimiento efectuado a cada uno de los tenedores o custodios es muy escaso.

Es importante señalar la necesidad de que este centro realice los ajustes de sus sistemas de registros de información en el libro de control de ingreso, incorporando el código único nacional, una vez éste sea asignado por el Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial.

Finalmente, se resalta, que para atender las observaciones preventivas realizadas en la visita, la CVS se comprometió a realizar un plan de mejoramiento en el tema de fauna y flora postdecomiso consistente en:

¾ Realizar entre los meses de julio y agosto de 2011, visita y actualización de inventario de todos los tenedores.

¾ Estudiar en cada caso la posibilidad de revocar los actos de registro, cuando se encuentren incumplimientos; en cuyo caso los animales serán devueltos al CAV.

¾ Dictar el acto administrativo que acoge el comité de ética encargado de estudiar las historias clínicas de cada espécimen en cautiverio, en especial de aquellos a los que se les va a practicar la eutanasia.

¾ Terminar la construcción y adecuación del CAV de flora.

¾ Revisar el tema de la Red de Amigos de la Fauna.

¾ Adelantar programas de rehabilitación de especímenes, bien en forma directa o por convenios.

¾ Disponer la partida necesaria para hacer convenio interadministrativo con la Fundación UNAU para rehabilitación de perezosos. En este momento esta Fundación, recibe la fauna para rehabilitación por propia voluntad, pero no existe convenio interadministrativo de la CVS que así lo disponga.

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3.2.8. Centro de Rescate y Rehabilitación de Animales Silvestres –URRAS.

La URRAS fue visitada los días 15 y 16 de junio de 2011.

En este Centro funciona dentro del campus de la Universidad Nacional de Colombia en Bogotá. En el recorrido, se evidenció que se cuenta con expertos permanentes en la materia; tienen diez grupos de apoyo investigativo y de manejo, cada uno compuesto por 10 estudiantes que se van rotando de acuerdo al grupo taxonómico que corresponda.

Además se observó que cuentan con pasantes y tesistas que laboran en dos turnos y en caso de presentarse emergencias o pacientes que requieran cuidados intensivos, alguno de los estudiantes se aloja en el Centro y de ser necesario, tienen capacidad de alojar más personal, en carpas al exterior del área de la URRAS, dentro del campus.

Se informó por parte de la Dirección del Centro, que no estaba recibiendo fauna silvestre en este momento por falta de cupo. La capacidad máxima de la URRAS es de 150 individuos grandes (aves y mamíferos), pero al momento de la visita se encontraron 260, incluidos huevos de palomas y neonatos especialmente de tortugas, lo que implica hacinamiento en el área de cuarentena y hospitalización, hecho que puede llegar a entorpecer el proceso de rehabilitación.

También se evidenció que la URRAS cuenta con el apoyo de la facultad de medicina veterinaria y zootecnia de la misma Universidad, para realizar procesos quirúrgicos de toda índole, pero se hace necesario ampliar la infraestructura del centro, pues los corredores, áreas de cuarentena, hospitalización, oficina, cocina, bodega, vestieres y zonas de alojamiento son insuficientes y estrechos.

En igual forma, se observa que el sistema de ventilación de la unidad de rescate y rehabilitación visitada es estrecho y debe mejorarse.

Los residuos hospitalarios son recogidos semanalmente por un empleado de la Universidad, quien se encarga de transportarlos en un vehículo especial hacia un lugar donde se almacenan los que se generan en toda la Universidad, posteriormente se conducen por una empresa especializada.

Se encontró en la revisión documental a la URRAS, que carece de libro de ingresos y egresos y desconoce la necesidad de llevar el código nacional de ingresos, hecho que hace necesario que se ejerza un mayor control y seguimiento por parte de la Secretaría Distrital de Ambiente, pues este centro se está manejando de forma autónoma.

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Los especímenes sometidos a eutanasia, son evaluados previa decisión por el comité de ética con que cuenta la universidad.

Finalmente, se destaca que el centro de rescate y rehabilitación envía anualmente las estadísticas sobre especímenes recibidos, muertes y liberaciones a la SDA, ésta nunca se las ha solicitado.

3.2.9. Corporación Autónoma Regional de La Guajira, (CORPOGUAJIRA)

La visita a esta entidad se llevó a cabo los días 27 a 29 de abril.

Al contrastar la información recibida en las encuestas remitidas por la Corporación a la Procuraduría y la visita técnica realizada, se concluye que CORPOGUAJIRA no cuenta con un CAV que funcione acorde con lo establecido por la normatividad vigente, en especial, el manejo postdecomiso de la fauna silvestre.

Seguidamente, se constató que el centro de rehabilitación del Cerrejón no funciona como red de amigos de la fauna sino como hogar de paso que le colabora a la corporación.

El llamado centro de rehabilitación (hogar de paso) del Cerrejón es una figura hibrida, debido a que confunde el manejo dado a la fauna proveniente de las actividades de rescate y rehabilitación del cerrejón, con aquellos provenientes del tráfico ilegal. Así mismo, aloja ejemplares sobre los cuales la autoridad ambiental aún no ha decidido una disposición final, mediante la aplicación de los protocolos establecidos en la norma.

También se evidenció que los especímenes de fauna manejados por CORPOGUAJIRA en sus tres centros de recepción -Jerez, Fonseca y Casa Ecológica-, carecen de información que permita su trazabilidad; es decir no cuentan con el código único de ingreso, el cual debe ser considerado si sus instalaciones estuvieran al alcance de figura de CAV, tal como fue manifestado durante la visita por parte del funcionario de la entidad.

En términos generales la Corporación cuenta con un sistema de hogares de paso, que se encuentran en óptimas condiciones para el manejo del volumen de animales reportados en las estadísticas del Ministerio. Teniendo en cuenta esta dinámica de ingresos de animales, no se considera pertinente que la entidad adecúe o construya un CAV bajo los términos de la norma. Por el contrario, resulta más apropiado fortalecer logística y técnica, en el hogar de paso de Jeréz, de tal forma que cuente con lo mínimo para la atención y valoración primaria de la fauna recibida. Esta atención mínima requiere de insumos tales como: una sala de examen básica dotada con los equipos establecidos en la norma para CAV, equipos para manejo biológico, zootécnico y dotación tal cual

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como se describe en el anexo de “guía técnica para el establecimiento, funcionamiento y administración de un CAV”.

Es importante señalar, que la entidad al momento de la visita contaba con varios de los insumos referidos en la norma así como también convenios y mecanismos para el análisis microbiológico de muestras y atención médica veterinaria de mayor complejidad.

La visita al Centro de recepción Fundación Casa Ecológica, arrojó que no es un lugar apto para el alojamiento a largo o mediano plazo, de animales de fauna silvestre, debido a su ubicación residencial que genera riesgo sanitario por contacto con fauna doméstica y riesgos a la salud y el compromiso a la vida y el bienestar de los habitantes del sector donde se ubica. Por consiguiente, este centro debe ser reubicado en un espacio no inmerso en un sector residencial, con mejores contenedores o jaulas temporales adecuadas al grupo taxonómico que se desea alojar. Además, en este centro conviven animales de fauna domestica (perros) que deben ser retirados por razones de riesgos de contaminación zoonótica.

Seguidamente, se visitó el tortugario12, encontrándose que no hace parte de las líneas del plan de acción para la conservación de las tortugas marinas, formulado por el Ministerio de Ambiente en el marco del Programa Nacional para la Conservación de las Tortugas Marinas y Continentales en Colombia, 2002.

Con base en lo anterior y en razón a las carencias de manejo y las condiciones inadecuadas de alojamiento de las tortugas marinas allí alojadas, se requiere el retiro inmediato y reubicación de todos los ejemplares de tortuga marina presentes en el lugar. Sin embargo, esta actividad debe realizarse aplicando los protocolos de manejo postdecomiso y lo dispuesto en el plan de acción para este grupo taxonómico.

Para culminar, es importante señalar la necesidad de que este centro realice los ajustes de sus sistemas de registros de información en el libro de control de ingreso, incorporando el código único nacional.

3.2.10. Corporación Autónoma Regional de Nariño (CORPONARIÑO)

El 6 de septiembre de 2011 se visitó el hogar de paso ubicado en la jurisdicción de esta corporación.

12 Tortugario: es una práctica de manejo ex situ o cria en cautiverio, del orden tortugas o quelonios (Testudines).

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En primer término, hay que señalar que los servicios que presta el hogar de paso son contratados por CORPONARIÑO. Este hogar se encuentra ubicado en área urbana y está compuesto por una vivienda con dos puertas de ingreso; por una de ellas se llega a un consultorio veterinario y por la otra a un espacio donde se atiende la fauna silvestre. Como se pudo observar, ambos espacios conducen a un patio interior donde se encuentran seis (6) encierros para albergar fauna silvestre. Este lugar cuenta con buenos equipos y el instrumental necesario para la atención de fauna silvestre.

De acuerdo con lo manifestado por la doctora Yolanda Benavides, para la época Subdirectora de Conocimiento y Evaluación Ambiental, toda la fauna decomisada pasa previamente por el hogar de paso antes de su liberación; situación que no coincide con los registros elaborados en el hogar, toda vez que no encontramos soportes técnicos y/o administrativos que justifiquen las liberaciones que fueron reportadas a la Procuraduría.

Lo anterior evidencia incumplimiento a la Resolución 2064 de 2010, debido a que la fauna que se libere, debe estar soportada técnicamente con un consecutivo de concepto técnico de disposición final, donde se especifique la dependencia de origen de la especie, nombre común, número de individuos liberados, destino final sugerido y fecha de elaboración del concepto. De la revisión elaborada, únicamente se encontró un concepto técnico, realizado el 30 de agosto de 2011, posterior a la visita del médico veterinario Javier Correal, funcionario del entonces Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial.

Tampoco se lleva ni en la Corporación ni en el hogar de paso, un sistema de registro de información sobre los decomisos o manejo postdecomiso de la fauna silvestre que esté acorde con lo dispuesto en la Resolución 2064 de 2010 y la Ley 1333 de 2009.

De igual forma, el hogar de paso no cuenta con el formato de ingreso al lugar y las hojas de vida de los animales no se ajustan al formato establecido en la resolución, teniendo en cuenta que la Corporación carece de CAV y emplea al hogar de paso para surtir algunos procesos que deberían realizarse en el centro. Tampoco se observa el uso del código único nacional de ingreso, para el registro de cada animal recibido al hogar de paso, ni tampoco los animales se marcan previa disposición final.

Por la falta de recursos para invertir en un hogar de paso propio, puede deducirse que el tema de fauna no es prioritario para la entidad, debido a que los recursos futuros ya están comprometidos para atender otros asuntos.

Si bien es cierto, los servicios para la atención, manejo y rehabilitación de especímenes son contratados por la corporación con un tercero, existe la obligación en cabeza de esta

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de informar y solicitar al contratista los cambios y ajustes ordenados por la normativa vigente, lo que lleva a considerar que existen fallas de tipo administrativo en la entidad

De acuerdo con información aportada por el encargado del hogar de paso, algunas especies se liberan en el Putumayo, cuando esto le corresponde a la autoridad ambiental con competencia en la jurisdicción y no a CORPONARIÑO.

Aunque de que se cuenta con libro de control de ingresos, esté no ha sido ajustado a la nueva normatividad, por lo cual los especímenes recibidos no están siendo codificados, tal como lo indica la resolución 2064 de 2010,

3.2.11. Corporación Autónoma Regional de Sucre (CARSUCRE)

Las visita se llevó a efecto los los días 4 y 5 de agosto de 2011.

Si bien es cierto que en respuesta a la encuesta de enero de 2011, la autoridad hacía referencia de la existencia de tres (3) hogares de paso y un CAV; se encontró que los tres (3) hogares son establecimientos comerciales, tales como estaderos y restaurantes que se lucran desde hace más de cinco (5) años de la fauna que allí se exhibe, contraviniendo lo dispuesto en la Ley el numeral 2º. Del artículo 52º de la Ley 1333 de 2009 y la Resolución 2064 de 2010. Adicionalmente, la corporación no cuenta con CAV como lo había informado previamente.

De igual forma, se observó que en los tres establecimientos comerciales visitados se alberga todo tipo de fauna, la cual pudo haber sido liberada en el momento de la aprehensión, sin embargo, al ser entregados a estos establecimientos, terminaron conformándose “zoológicos privados”, sin el lleno de requisitos para tal fin.

Se evidenció en la visita, que la fauna entregada por la Corporación, en especial las aves, fueron sometidas a procesos de rehabilitación por cuanto el interés de los sitios donde están expuestas, es diferente a lo que prescribe la norma. Todos los especímenes observados, están siendo sometidos a niveles elevados de estrés, situación que se refleja en el deterioro del pelo, plumas y actitud comportamental de algunos de los especímenes.

Por el número de decomisos anuales que oscila alrededor de 125 en el año 2010, el Ministerio de Ambiente recomienda construir un Hogar de paso y no un CAV.

Se pudo observar, que se está dando cumplimiento al numeral 6º del artículo 52, de la Ley 1333 de 2009 y el artículo 19 de la Resolución 2064 de 2010, Art. 19 por cuanto los cinco tenedores existentes, son infractores registrados. No ocurre lo mismo con el marcaje de los animales entregados a los tenedores, por cuanto no se está realizando

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esta actividad, a pesar de estar reglamentada por el parágrafo 2º del Artículo 18º 2 y el parágrafo 3º de la Resolución 2064 de 2010 que advierte que la fauna entregada tanto a tenedores como a la red de amigos de la fauna debe ser marcada de acuerdo con los lineamientos de la Res. 1172 de 2004.

Como realmente estos lugares no se acercan a la figura de CAV o de hogar de paso, consecuentemente no se cuenta con libro de control de ingresos, ni los especímenes recibidos se codifican, ni se elaboran conceptos técnicos de liberación; tampoco se siguen los protocolos establecidos por el Ministerio de Ambiente para el manejo de fauna pos decomiso, ni se aplica lo contemplado en la resolución 2064 de 2010.

Finalmente, la corporación señala que tiene previsto adecuar un CAV en un santuario de fauna y flora ubicado en su jurisdicción; a pesar de estar prohibido por el parágrafo 3º del artículo 4º de la Resolución 296 de 2010.

3.2.12. Corporación Autónoma Regional del Cauca (CRC).

La visita fue realizada del 9 al 11 de marzo de 2011.

A la fecha del recorrido, no está funcionando el RUIA y el PIFS y manifestaron que desconocen cómo hacer el registro de este último.

Se pudo comprobar que la CRC no cuenta con hogar de paso, ni centro de atención y valoración de fauna, ni tampoco ha celebrado algún convenio, o contrato para la prestación del servicio, ni para rehabilitación de especies de fauna silvestre, como lo había manifestado en la encuesta remitida. Esto nos permite corroborar que está incumpliendo lo establecido en la Ley 1333, sobre disposición final de especímenes de fauna y flora silvestre de propiedad de la Nación.

Igualmente, no hay precisión de los custodios con que cuenta la Corporación y nunca han realizado inventario de la fauna entregada en custodia, ni de los tenedores o custodios existentes; tampoco tienen reporte de seguimiento a los custodios; ni expedientes o carpetas para todos ellos. Es preocupante que los especímenes de fauna silvestre que no se pueden liberar inmediatamente, sean entregados a terceros sin mayores exigencias técnicas y científicas.

El único custodio visitado cuenta con espacio suficiente y encierros adecuados para albergar especies de aves; sin embargo, dentro de las instalaciones existe fauna doméstica mezclada con silvestre, lo cual puede traer consecuencias negativas para los individuos que allí se encuentran. De acuerdo con el recorrido realizado en dicho predio, el inventario de fauna entregado inicialmente al custodio no coincide con la fauna encontrada, pues

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hay especímenes que ya no están, existen individuos nuevos y ocurrieron varios decesos que no fueron reportados a la CRC.

La Corporación no ha elaborado el manual para el tenedor de fauna silvestre decomisada, que recoja la normatividad actualizada, ni aplica el protocolo elaborado por el Ministerio de Ambiente frente al manejo de la fauna por cuenta de los tenedores o custodios, ni tienen registrados miembros en la red amigos.

Como ya se informó anteriormente, en la oficina jurídica, específicamente en el área de procesos sancionatorios donde deberían reposar los expedientes de infractores y custodios, se desconoce el número de custodios, el número de individuos y especies entregadas, las visitas de seguimiento y los conceptos técnicos emitidos. Frente a este punto, la autoridad manifiesta que esta documentación se perdió y ha sido imposible recuperarla.

También se observó falta coordinación entre la Subdirección de Patrimonio Ambiental y la Subdirección de Gestión Ambiental frente al trabajo de tráfico ilegal de fauna y flora, lo que evidencia la no existencia de un equipo responsable del tema.

Por su parte, los funcionarios que atendieron la visita trabajan en el proyecto denominado seguimiento, protección y control perteneciente a la Subdirección de Patrimonio Ambiental. Bajo su responsabilidad está vigilar no solo actividades contra el tráfico ilegal de fauna y flora, sino actividades de minería, ruido, aire, suelo, contaminación visual, vertimientos, elaboración de estadísticas, entre otras. Igualmente, existen otros funcionarios de la Subdirección de Gestión Ambiental que tienen a su cargo autorizar los custodios y disponer la fauna decomisada, entre otros.

Teniendo en cuenta la herramienta referente al Comité Interinstitucional contra el Tráfico ilegal de Fauna y Flora Silvestre del Departamento del Cauca CIFFCA que posee esta autoridad, hay que señalar que no está operando, por lo tanto, no hay coordinación interinstitucional frente a las actividades a desarrollar entre las corporaciones.

Frente a los procesos sancionatorios, se evidenció que no se adelantan contra infractores de fauna y por consiguiente no se han estudiado metodologías para la tasación e imposición de multas contra delitos que atenten contra la fauna y la flora.

Para continuar, se estableció que no se ha restituido ninguna especie vegetal al medio natural, ni se tiene conocimiento del valor para la rehabilitación de especies de fauna decomisada ni se conocen los análisis de costos de los especímenes aprehendidos y liberados.

Aunque con apoyo de la Policía Nacional, la corporación realiza campañas educativas y de sensibilización contra el tráfico ilegal de fauna y flora, se constató que no se adelantan

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operativos periódicos, debido a que no tienen un lugar para disponer los animales decomisados. En la actualidad, la fauna improntada como los loros, no se decomisan, por lo cual se está incumpliendo lo preceptuado en el artículo 226 del Decreto 1608 de 1978.

Es preciso resaltar que la Policía Nacional libera animales de acuerdo con su propio criterio y no solicita apoyo de la autoridad ambiental; esto conlleva a que no se cumplan los protocolos establecidos por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en cuanto al manejo de fauna decomisada, disposición de especímenes, liberación y eutanasia; además en las instalaciones de la Policía se alberga la fauna decomisada, previa entrega a terceros y esto obedece a la falta de un hogar de paso o CAV. Bajo esta perspectiva, hay que mencionar que no existe una base de datos para manejar las estadísticas de decomisos, liberaciones, muertes, etcétera y como consecuencia no fue posible obtener los datos consolidados de 2010 para el departamento del Cauca.

Es conveniente señalar que no existe una base de datos en la corporación que permita registrar por parte de las territoriales, los decomisos, las liberaciones, las entregas voluntarias, entre otras actividades, por lo cual, cada territorial maneja sus estadísticas de manera individual y estas se consolidan al final del semestre en la Subdirección de Defensa del Patrimonio Ambiental.

Durante el año 2009 y 2010, se realizaron decomisos de flora sin haberse expedido ningún acto administrativo, tal y como se señala en el cuestionario. Dicha información no fue posible corroborarla debido a que los funcionarios de la Subdirección de Gestión Ambiental no se encontraban.

Al mismo tiempo, no se aplica el protocolo de aprehensión preventiva ni el de disposición provisional de flora silvestre maderable.

En algunas oportunidades se emite concepto técnico, previo a la reubicación de fauna silvestre, pero no se acogen mediante acto administrativo, lo cual no lo hace de obligatorio cumplimiento.

La corporación cuenta con personal idóneo como biólogo y zootecnista, que están en capacidad de atender los temas de fauna y flora. Aunque no hay continuidad en la celebración de contratos con un médico veterinario, encargado de evaluar los individuos previa disposición final, estos contratos se realizan máximo, por un término de seis (6) meses.

Para la práctica de la eutanasia no existe un comité de ética que decida sobre la misma, ni se encontraron actas de defunción de necropsias que fueran realizadas por el veterinario contratado.

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No se cuenta con equipos y elementos apropiados y suficientes para valorar, rescatar y aplicar primeros auxilios a la fauna silvestre decomisada o entregada voluntariamente.

3.2.13. Corporación para el Desarrollo Sostenible de Urabá (CORPOURABA)

El centro fue visitado los días 15 y 16 de junio de 2011.

Se verificó la existencia de un hogar de paso, que cumple con los requisitos descritos para tal fin, a pesar de encontrarse en terrenos del ICA.

De otro lado, el hogar cuenta con personal idóneo e infraestructura adecuada. Así mismo, se llevan a cabo programas de bienestar y enriquecimiento ambiental para el área de los encierros, los cuales son de carácter movible.

A pesar de que la Corporación cuenta con equipos e implementos para desarrollar la actividad relacionada con el manejo de la fauna postdecomiso, los funcionarios que laboran en el hogar de paso no cuentan con dotación necesaria para desarrollar sus labores bajo especificaciones de seguridad industrial.

La figura de reubicador acogida por CORPOURABA mediante Resolución 3208 del 18 de febrero de 2000, no se encuentra contemplada en la Resolución 2064 de 2010 y, por consiguiente deben acogerse a lo estipulado en ésta reglamentación.

Con base en lo anterior, se estableció que el reubicador autorizado es la Corporación Ara, que de manera voluntaria presta el servicio de rehabilitación y liberación blanda, a cada una de las guacamayas entregadas por la regional. Por lo tanto, ningún espécimen se deja como decomiso definitivo.

Se destaca, que esta Corporación acogió de manera inmediata, la recomendación dada por el Ministerio de Ambiente, consistente en incluir en el libro de control el código nacional de ingreso.

3.2.14. Corporación Autónoma Regional del Dique (CARDIQUE)

La visita se llevó a cabo el 23 de febrero de 2011.

En visita del 23 de febrero de 2011, se corroboró que no está funcionando el Portal de Información para el Control de la Normatividad Ambiental: Registro Único de Infractores Ambientales (RUIA), por cuanto el plazo aún no ha vencido (para la

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Corporación), manifestaron que al final del trimestre se ingresarán dos procesos sancionatorios culminados. Dicha actitud deja ver la falta de interés por cumplir la normatividad que desde octubre 21 de 2010 esta vigente.

Referente al PIFS, se verificó que aún no se ha implementado, debido a que desconocen cómo se hace el registro y no creen necesario solicitar apoyo del Ministerio de Ambiente.

De otro lado, se encontraron las siguientes omisiones:

¾ No tienen registrados tenedores de fauna silvestre, ni miembros de la red amigos.

¾ No existe precisión del número de tenedores autorizados y sólo se le hace seguimiento a dos de ellos, que son el Aviario Nacional y el Hotel Lizamar.

¾ No se ha restituido ninguna especie vegetal al medio natural.

¾ No se tiene conocimiento del costo de la rehabilitación de especies de fauna decomisada, ni se conocen los análisis de costos de los especímenes aprehendidos y liberados.

¾ Aunque se emiten conceptos técnicos previos a la reubicación de fauna silvestre, estos no se acogen mediante acto administrativo que los haga vinculantes.

¾ No se aplica el protocolo de aprehensión preventiva, ni el de disposición provisional de flora silvestre maderable.

¾ La corporación no ha elaborado el manual para el tenedor de fauna silvestre decomisada, en el cual se recoja la normativa vigente e igualmente no se aplica el protocolo elaborado por el Ministerio frente al manejo de la fauna a cargo de los tenedores.

Frente a la actividad desempeñada por el Aviario Nacional, hay que señalar que no es la de un tenedor de fauna silvestre, sino la de una persona natural que posee una colección; por lo tanto, las exigencias de la autoridad deben ser diferentes.

A pesar de contarse con personal idóneo como veterinario, zootecnista y técnicos agropecuarios que están en capacidad de atender los temas de fauna y flora dentro de la jurisdicción de la corporación, lo cierto es que no se lleva información sistematizada sobre decomisos, entregas voluntarias, liberaciones, muertes, tenedores y procesos sancionatorios.

Se pudo constatar que CARDIQUE está incumpliendo lo estipulado en la Ley 1333 de 2009, en lo referente a la disposición final de especímenes de fauna y flora silvestre, en donde se advierte que por ser de propiedad de la Nación, el Gobierno Nacional deberá

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destinar los recursos necesarios para el sostenimiento de los CAV, CAVR y/u hogar de paso.

Dentro del Plan de Acción Trienal -PAT- del período comprendido entre 2007 y 2011, se contempló la construcción del centro de atención y valoración de fauna silvestre. No obstante, no se cuenta con el terreno, planos o diseños que demuestren algún tipo de interés por cumplir los objetivos del plan.

Los animales decomisados y que son entregados por parte de la Policía Nacional a la regional, se evalúan por medio de inspección ocular y se dejan en la zona de parque de la autoridad, lo anterior debido a que no cuentan con elementos, equipos y espacio adecuado para la valoración y la aplicación de primeros auxilios, mientras se decide sobre su disposición final.

De igual forma, estos animales en su gran mayoría son liberados prontamente por parte de la autoridad ambiental, demostrando que no se cumplen los protocolos establecidos por el Ministerio, en cuanto al manejo de fauna decomisada, disposición de especímenes, liberación y eutanasia.

La autoridad ambiental está incumpliendo lo preceptuado en el Decreto 1608 de 1978, que señala en su artículo 226: “Sin perjuicio de las demás sanciones a que hubiere lugar, la infracción de las disposiciones sobre fauna silvestre dará lugar al decomiso de los individuos, especímenes o productos obtenidos y de los instrumentos y equipos empleados para cometer la infracción. Habrá lugar también al decomiso cuando se movilicen individuos, especímenes o productos de la fauna silvestre sin el respectivo salvoconducto, o cuando se pretenda amparar la movilización con salvoconductos vencidos o incorrectos con su obligación de realizar decomisos”, toda vez, que no se hacen decomisos de individuos improntados como loros y algunas guacamayas, porque no hay dónde disponerlos y adicionalmente se considera que se le hace más daño al animal apartándolo o alejándolo del tenedor, dando como resultado que el infractor resulta premiado por parte de la Corporación.

Se debe resaltar que al realizar una revisión a los procesos que adelanta la corporación se encontró que los expedientes tenían información sin archivar, ante lo cual fue preciso solicitar a cada uno de los funcionarios que atendieron la visita, que aportaran la documentación completa dentro de los mismos.

Finalmente, se resalta la falta de seguimiento a los procesos por parte de la Corporación y esto se ve reflejado en casos como el de la señora Elizabeth Zúñiga, propietaria del Hotel Lizamar, ubicado en el área de influencia del parque Islas del Rosario y tenedora de fauna silvestre, nombrada por la autoridad ambiental a sabiendas de que las condiciones sanitarias y físicas de los animales no son las mejores; situación que se ha adelantado desde

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el año 2004 hasta la fecha de la visita, a pesar de haber sido sancionada con decomiso definitivo, la señora continúa lucrándose con especímenes dentro de su establecimiento.

3.2.15. Corporación Autónoma Regional del Tolima – CORTOLIMA

La Corporación fue visitada el 5 de febrero de 2011.

Esta autoridad reporta que cuenta con un CAV en estado de implementación; sin embargo, la infraestructura visitada corresponde a un hogar de paso.

Igualmente, es importante que la Corporación revise las áreas destinadas para la administración, cocina, arribo, cuarentena, hospitalización, necropsias, entre otras, por las siguientes razones:

¾ En el área de oficina se encuentra la cocina y el área de hospitalización.

¾ El material en que está construida el área de hospitalización no es lavable.

¾ Dentro de la cocina hay un guardarropa, el cual no debe estar ubicado en este espacio.

¾ El muro que divide la cocina del área de hospitalización es de triplex y no cubre la altura total del mismo.

¾ Dentro del área de hospitalización se practican las necropsias, pues carecen de un espacio indicado para ello.

A pesar de lo anterior, se verifica que se aplican los protocolos para el manejo de fauna post-decomiso, así como para el arribo, la hospitalización, las necropsias y las eutanasias.

Los encierros son de buen tamaño y se encuentran diseñados acorde con cada especie, de igual forma poseen enriquecedores ambientales apropiados y sistemas de ventilación y calefacción adecuados.

El personal que atiende la fauna en el hogar es idóneo y suficiente; adicionalmente tienen convenios con universidades con el fin de que los practicantes realicen sus pasantías en este lugar, las cuales tienen una duración de seis (6) meses.

Hay que señalar que los CAV u hogares de paso son lugares donde con el apoyo de los estudiantes de algunas universidades se adelantan estudios de investigación con los especímenes decomisados; sin embargo, CORTOLIMA no lo hace.

Por último, se resalta el buen manejo que se hace con los residuos sólidos, para lo

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cual se cuenta con un espacio adecuado para esta actividad.

3.2.16. Corporación Autónoma Regional de Antioquia –CORANTIOQUIA

La Corporación fue visitada el 14 de junio de 2011.

Esta jurisdicción cuenta con tres hogares de paso, los cuales cumplen con los requisitos mínimos de atención y valoración, a excepción del ubicado en Caucasia, que en el momento de la visita estaba fuera de servicio por problemas del terreno.

Un punto favorable es que cuenta con el apoyo del AMVA, que se encarga de atender los casos extremos y de hacer una valoración exhaustiva previa a la liberación de la fauna silvestre decomisada o entregada voluntariamente.

De igual manera, las oficinas centrales tienen un centro móvil de apoyo, ubicado en el área de parqueo, el cual está dotado con los equipos y elementos suficientes para realizar los primeros auxilios. Así mismo, posee varias plataformas de reubicación donde hay jaulas de aclimatación para su posterior liberación.

Los hogares de paso cuentan con libro de control de ingresos, hojas de vida, y hoja nutricional. Además, al ingreso de cada espécimen se realizan análisis clínicos y se hace un manejo biológico y nutricional orientado a disminuir el estrés generado al inicio del proceso de adaptación. Igualmente, el comportamiento de los individuos en cautiverio se maneja de acuerdo con los protocolos de manejo y liberación, aunque no se registra el ingreso de los animales con el código nacional.

Se verifica que la autoridad no tiene registrados tenedores de fauna silvestre, pero sí reubicadores con base en la Resolución interna No. 3280 del 18 de febrero de 2000. Como se dijo anteriormente, se observa que la figura de reubicadores no está contemplada en la Resolución 2064 de 2010.

La mayor gestión adelantada por la corporación es la preventiva, por tal razón, realiza múltiples campañas de sensibilización y capacitación, lo cual ha dado como resultado la existencia de trece municipios libres de fauna silvestre en cautiverio.

La corporación ha promovido varios programas de rehabilitación de fauna silvestre con diferentes ONG’s, logrando liberaciones exitosas de especies amenazadas tanto en su jurisdicción como en otras.

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4. CONCLUSIONES

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4. CONCLUSIONES

Las conclusiones fueron obtenidas, a partir del análisis de los cuestionarios remitidos a las 39 autoridades ambientales y de la información recaudada en las visitas efectuadas a algunas autoridades, centros de fauna y tenedores, frente al cumplimiento de la “Estrategia Nacional” 2002 “Prevención y control del tráfico ilegal de especies silvestres”; para lo cual el Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial, se ha esforzado en sacar adelante la reglamentación de las medidas posteriores a la aprehensión preventiva, restitución o decomiso de especímenes de especies silvestres de fauna y flora terrestre y acuática, para frenar el tráfico ilegal de fauna y flora.

Igualmente, esta cartera, está trabajando en la aplicación de normas sobre el procedimiento sancionatorio ambiental, la construcción de sistemas para registros ambientales y de fauna silvestre, la aplicación de herramientas, instrumentos y criterios unificados para la identificación de especímenes decomisados de fauna, entre otros aspectos.

Como ya se hizo alusión en acápites anteriores, algunas autoridades no dieron respuesta a las encuestas de la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios, dentro estas encontramos el DADMA, la SDA, la EPA, la CSB, CORPOMOJANA, CORPONOR y CORPAMAG; de otro lado, el DAMAB respondió extemporáneamente y CORALINA manifestó no contar con CAV y/u hogar de paso, por lo que consideró no necesario responder la encuesta.

Con base en estas aclaraciones precedentes a continuación se enuncian las principales conclusiones:

¾ De las 32 autoridades que respondieron, que representan el 82% del total, no todas cumplieron con los requerimientos contenidos en los cuestionarios, generando vacíos al momento de evaluar y obtener resultados concretos en materia de inversión anual y por espécimen, del total de decomisos, total de liberaciones y de restituciones de fauna y de flora silvestre.

¾ Con respecto al RUIA y PIFS, el 32% y 89% de las autoridades ambientales respectivamente, han dejado de alimentar tales portales,

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bien, por falta de gestión ante el Ministerio o por falta de diligencia del Ministerio de Ambiente para entregar a tiempo la numeración de las diferentes actas y códigos de control.

¾ En el país existen 14 centros de atención y valoración de fauna silvestre, 24 hogares de paso y 2 centros de rehabilitación de fauna, donde se disponen provisionalmente animales objeto de decomiso o entregas voluntarias. A pesar de lo anterior, aún nueve autoridades ambientales han dejado de construir sus centros de atención de fauna silvestre: i) DADMA (Santa Marta); ii) DAMAB (Barranquilla); iii) CRA (Atlántico); iv) CARDIQUE (Bolívar); v) EPA (Bolívar); vi) CSB (Bolívar); vii) CRC (Cauca); viii) CORPOCESAR (está en proceso de construcción desde hace tres años); y ix) CAS (Santander), que reportó un hogar de paso, pero en visita realizada por esta Procuraduría Delegada se comprobó que la ONG que tiene a cargo el centro, hace un gran esfuerzo por mantener los individuos decomisados sin recibir recursos económicos de la CAS, no cumple con las condiciones locativas ni con los protocolos dispuestos por el Ministerio de Ambiente para la atención y manejo posterior a la aprehensión preventiva, restitución o decomiso definitivo. Esta situación genera que las autoridades vecinas se vean perjudicadas por el tráfico ilegal de fauna.

¾ Los hogares de paso y/o CAV de CORPOAMAZONIA, CORTOLIMA, CORANTIOQUIA, CRQ, CORMACARENA CORPOBOYACA, y CVC se encuentran en áreas protegidas o propensas a inundación, deslizamiento o cercanos a explotaciones agropecuarias, avícolas o porcícolas; considerándose necesaria su reubicación, por los factores de riesgo sanitario y zoonótico que esto implica, adicionalmente por ser una exigencia de la normatividad.

¾ Igualmente, los CAV u hogares de paso que tienen sedes o se encuentran en centros poblados como los de la CAM, la CDA, el DAGMA, CORPONARIÑO y CORPOGUAJIRA.

¾ Aunque la Resolución 2064 de 2010, no obliga a que los CAV de flora decomisada deban funcionar dentro o con los CAV u hogares de paso de fauna, el Ministerio en los documentos “Estrategia Nacional 2002, prevención y control del tráfico ilegal de especies silvestres” y “la Estrategia Nacional de prevención, seguimiento, control y vigilancia forestal de 2010” sí lo determinan; por lo tanto, las autoridades que señalaron no tener espacio y condiciones suficientes para disponer flora decomisada en los CAV de fauna como CORPONOR, CARSUCRE, CORNARE, CORPOAMAZONÍA, CORPOURABÁ, CORTOLIMA, CORPOCALDAS,

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CVC, DAGMA, CORPOGUAVIO, CVS, CORMACARENA, CORPOCESAR, CDA, CAR, CRC y CORANTIOQUIA, deben construir los respectivos CAV para disponer la flora decomisada. No obstante, cabe señalar que si los terrenos son de las corporaciones, se debe aplicar el principio de economía que rige la administración pública.

¾ Como resultado de las visita realizadas a las 16 autoridades ambientales se pudo observar, que muy pocas manejan registro de tenedores, algunas confunden el tenedor con la red de amigos de la fauna. Por otro lado, se constató que los animales entregados no fueron marcados e inventariados por parte de las corporaciones. Finalmente se encontró que no se hace seguimiento a los tenedores o custodios, ni se les hacen recomendaciones técnicas, lo cual se traduce en un manejo de acuerdo con el criterio subjetivo del particular.

¾ En algunas autoridades ambientales como en la CRC, la CSV y CARSUCRE, los inventarios iniciales no corresponden a los encontrados al momento de la visita.

¾ En algunos centros de paso y CAV, las condiciones comportamentales de estrés de los especímenes en cautiverio eran evidentes, como en CARSUCRE, SDA y CORPOAMAZONIA; la fauna depositada en tales sitios se deja sólo porque las Corporaciones no tienen infraestructura ni espacio para albergarlos, incumpliendo el deber legal de proteger los bienes de la Nación.

¾ Con base en las visitas, se logró establecer que son más las Corporaciones que no hacen manejo biológico orientado a disminuir niveles de estrés para reducción de problemas comportamentales y nutricionales, que el 21% que lo informó.

¾ La fauna silvestre decomisada o entregada voluntariamente por las autoridades ambientales se entregó en su totalidad a tenedores o infractores, no a la red de amigos de la fauna como lo propuso la resolución 2064 de 2010. No obstante, se encontró que AMVA y CORANTIOQUIA son las únicas autoridades que le retiraron la fauna silvestre entregada a tenedores antes del año 2010 y la dispusieron en las demás alternativas propuestas por el Ministerio de Ambiente.

¾ Sólo el 16% de las autoridades que dieron respuesta tienen amigos de la fauna en su jurisdicción, CAM, CORPORINOQUIA, CAR, CODECHOCO y CORPOGUAJIRA.

¾ En términos generales el número de restituciones se puede considerar elevado frente a las liberaciones, máxime si se tiene en cuenta que la restitución de especímenes de especies silvestres consiste en la aprehensión material y el cobro del costo de todo proceso necesario para la adecuada restitución de los individuos, especímenes

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y/o muestras de especies silvestres o productos del medio ambiente que se hayan aprovechado, movilizado, transformado y/o comercializado.

¾ El 48% de las autoridades ambientales que diligenciaron las encuestas, afirman que realizaron actividades de restitución de fauna silvestre durante el año 2009, estas autoridades son: CORPONOR, AMVA, CARDER, CODECHOCO, CORPOAMAZONIA, CORPOCALDAS, CORPOGUAJIRA, CORPORINOQUIA, CORPOURABA, CORTOLIMA, CVS, CORANTIOQUIA, CRA, CRC y CAS. Para el año 2010 realizaron estas actividades de restitución las anteriores autoridades y adicionalmente la CDMB, CORPOBOYACÁ, CORPONARIÑO, CORPOGUAVIO y la CDA.

¾ Algunas autoridades ambientales además de no haber realizado inventarios de fauna y flora silvestre en su jurisdicción, tampoco han realizado estudios de revisión de las especies en grado de amenaza listadas en los libros rojos. Por lo tanto, no se han elaborado trabajos para el manejo o conservación de las especies de fauna y flora amenazadas o en peligro de estarlo. Las especies de fauna amenazadas son trescientos sesenta (360) contra un número ínfimo de especies estudiadas, manejadas, protegidas y conservadas. De igual manera, ocurre con las especies de flora, pues de las seiscientas setenta (670) amenazadas, solo cuarenta y seis (46) han sido propuestas para su manejo y conservación.

¾ La Resolución 2064 de 2010 establece que los CAV deben llevar un libro de control de ingresos actualizado, incluyendo el código nacional de ingresos, el número del acta única de control al tráfico ilegal de fauna y flora; mientras que para los hogares de paso se indica en la citada Resolución que se llevará un registro donde se incluya, igualmente, el código nacional de ingresos, el número del acta única de control al tráfico ilegal de fauna y flora. Con base en lo anterior, podemos concluir que tanto en el CAV como en el hogar de paso llevan libro de control.

¾ Como resultado de las visitas a los diferentes CAV y/u hogares de paso se observó que ninguna autoridad maneja el libro de control de ingresos el código nacional de ingreso, ni el acta única de control al tráfico ilegal de flora y fauna silvestre, al parecer porque las autoridades no se han preocupado en solicitarle al Ministerio de Ambiente, la numeración correspondiente para cada una de las actas.

¾ La totalidad de autoridades ambientales, está incumpliendo de una u otra forma las exigencias establecidas en la reglamentación sobre las medidas posteriores a la aprehensión preventiva, restitución o decomiso de especímenes de especies silvestres de fauna y flora terrestre y acuática.

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¾ Sólo el 28% de las autoridades ambientales cuenta con presupuesto para la adquisición de elementos para marcaje y seguimiento.

¾ Sólo el 46% cuenta con Presupuesto para el manejo de la fauna y flora y administración del hogar de paso y/o CAV.

¾ Sólo el 41% cuenta con presupuesto para el proceso de reubicación de fauna fuera del CAV.

¾ Sólo 38% cuenta con presupuesto para mantenimiento de las diferentes áreas y rutas de acceso.

¾ Sólo el 35% cuenta con presupuesto para la realización de análisis clínico.

¾ Solamente 12 autoridades ambientales se han preocupado por promover e implementar programas de investigación sobre especies afectadas por el tráfico ilegal de fauna.

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5. REqUERIMIENTOS

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5. REqUERIMIENTOS

Se requiere que la Delegada para asuntos Ambientales y Agrarios, por intermedio de sus respectivos Procuradores Judiciales:

¾ Verifique en cada una de las autoridades ambientales que dice haber restituido fauna silvestre, el valor de todos los costos incurridos desde el momento de la aprehensión hasta su disposición final.

¾ Requiera al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial reajuste los requerimientos mínimos para los CAV, CAVR y Hogares de Paso; así como los formatos de registro de esta figura con la codificación del código único nacional de ingreso y el acta única para el control al tráfico ilegal de flora y fauna.

¾ Requiera a las Corporaciones, para que se permita vincular a los centros de investigación y las universidades en los programas de manejo, conservación y rehabilitación de fauna decomisada.

¾ Se continúen realizando las visitas de seguimiento, con el acompañamiento de los profesionales de la Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios, a los CAV u hogares de paso dejados de visitar en el año 2011 por falta de presupuesto para viáticos.

¾ Adelantar las acciones judiciales y constitucionales a que haya lugar para que las Autoridades Ambientales den estricto cumplimiento a las exigencias de la Resolución 2064 de 2010 del MAVDT.

¾ Los Procuradores Judiciales Ambientales y Agrarios del Cauca, Bolívar, Atlántico y Santander constituyan en renuencia a las autoridades ambientales e interponer las acciones judiciales a que haya lugar.

¾ Se remita copia de este informe al Ministerio de Ambiente y a todas las Corporaciones Autónomas Regionales y autoridades ambientales de los grandes Centros Urbanos y Distritales, para que se tomen las medidas correspondientes en tiempo perentorio, sin perjuicio de las acciones disciplinarias a que haya lugar.

¾ Se les requiera con fines disciplinarios a aquellas autoridades ambientales que no dieron respuesta a los requerimientos del Ministerio Público.

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bIbLIOgRAFíA

Programa de Biología de la Conservación, Instituto Humboldt, www.humboldt.org.co.

Serie de Libros rojos de las Especies Amenazadas de Colombia. 2002 – 2009. Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Instituto Humboldt, Instituto de Ciencias Naturales de la Universidad Nacional de Colombia, Instituto Sinchi, INVEMAR, Conservación Internacional Colombia.

World Resources Institute. Evaluación de los Ecosistemas del Milenio, 2005. Estado actual y tendencias. Capítulo 4 Biodiversidad. Washington, DC. http://www.millenniumassessment.org.

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