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Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LOTAIP): Antecedentes: La Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información (LOTAIP) entró en vigencia el 18 de mayo de 2004. Se creó con el objetivo de garantizar el derecho a acceder a las fuentes de información, como mecanismo para ejercer la participación democrática respecto del manejo de la cosa pública y la rendición de cuentas a la que están sujetos todos los funcionarios y entidades del Estado. Tiene como propósito hacer efectivo el principio de publicidad de los actos, contratos y gestiones de las instituciones del Estado y de aquellas financiadas con recursos públicos o que por su naturaleza sean de interés público. Establece que no existirá reserva respecto de informaciones que reposen en archivos públicos, excepto de aquellas que por seguridad nacional no deben ser dadas a conocer. Se la expide en función de la libertad de información reconocida en el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en el artículo 13 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos. Proceso de aprobación de la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LOTAIP): El 30 de septiembre de 2002, la Asociación Ecuatoriana de Editores de Periódicos (AEDEP) presenta el proyecto al Ejecutivo. El 31 de enero de 2003, con aval de la AEDEP, diputados de varias bancadas presentan el proyecto en el Congreso Nacional. El 1 de junio de 2003, la Comisión de Gestión Pública emite informe de primer debate. Gremios de radio y TV apoyan el proyecto. El 14 de julio de 2003, se da trámite al proyecto. Varios organismos exhortan al Congreso Nacional a darle trámite y aprobación.

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Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LOTAIP):

Antecedentes:

La Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información (LOTAIP) entró en vigencia el 18 de mayo de 2004.

Se creó con el objetivo de garantizar el derecho a acceder a las fuentes de información, como mecanismo para ejercer la participación democrática respecto del manejo de la cosa pública y la rendición de cuentas a la que están sujetos todos los funcionarios y entidades del Estado.

Tiene como propósito hacer efectivo el principio de publicidad de los actos, contratos y gestiones de las instituciones del Estado y de aquellas financiadas con recursos públicos o que por su naturaleza sean de interés público.

Establece que no existirá reserva respecto de informaciones que reposen en archivos públicos, excepto de aquellas que por seguridad nacional no deben ser dadas a conocer.

Se la expide en función de la libertad de información reconocida en el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en el artículo 13 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos.

Proceso de aprobación de la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LOTAIP):

El 30 de septiembre de 2002, la Asociación Ecuatoriana de Editores de Periódicos (AEDEP) presenta el proyecto al Ejecutivo.

El 31 de enero de 2003, con aval de la AEDEP, diputados de varias bancadas presentan el proyecto en el Congreso Nacional.

El 1 de junio de 2003, la Comisión de Gestión Pública emite informe de primer debate. Gremios de radio y TV apoyan el proyecto.

El 14 de julio de 2003, se da trámite al proyecto. Varios organismos exhortan al Congreso Nacional a darle trámite y aprobación.

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El 2 de marzo de 2004, se entrega informe del proyecto para segundo debate.

Del 14 de marzo al 4 de mayo, entra al debate final y a la aprobación final de la ley en el Pleno del Congreso Nacional.

El 18 de mayo de 2004, el nuevo cuerpo legal es publicado en el Registro Oficial.

Alcance de la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LOTAIP):

El artículo 1, ratifica el principio de publicidad de la información pública señalando que el acceso a la información pública es un derecho de las personas que garantiza el Estado.

El artículo 3, determina el ámbito de aplicación de la Ley.

El artículo 5, señala qué se considera información pública.

Los artículos 6, 17 y 18, tratan sobre la información reservada y confidencial.

El artículo 7, detalla la información mínima obligatoria que debe ser presentado en los sitios web.

Del artículo 19 al 21, se trata el proceso administrativo para acceder a la información pública.

El artículo 23, establece el régimen de sanciones a los funcionarios y empleados que no entreguen información.

Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública En documento adjunto

Reglamento General de la LOTAIP En documento adjunto

Reforma al Reglamento General En documento adjunto