Los Derechos del Niño en el Proceso de Cambio Enrique Rocha Leigue.

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Los Derechos del Niño en el Proceso de Cambio

Enrique Rocha Leigue

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COMPARACIÓN DE CONSTITUCIONESCOMPARACIÓN DE CONSTITUCIONES

Constitución Política del Estado de 1964 Constitución Política del Estado de 1964

Modificada mediante Ley 2650 de 13-04-2004Modificada mediante Ley 2650 de 13-04-2004Nueva Constitución Política del EstadoNueva Constitución Política del Estado

Promulgada en febrero de 2009Promulgada en febrero de 2009

Régimen Familiar(Título Quinto)(Título Quinto)

Derechos de las Familias

(Sección VI)Art. 193º El matrimonio, la familia y la maternidad El matrimonio, la familia y la maternidad están bajo laestán bajo la protección protección del Estado. del Estado.

Art. 62º El Estado reconoce y El Estado reconoce y protege protege a las a las familias como núcleo fundamental de la sociedad, familias como núcleo fundamental de la sociedad, y garantizará las condiciones sociales y y garantizará las condiciones sociales y económicas necesarias para su desarrollo integral. económicas necesarias para su desarrollo integral. Todos sus integrantes tienen Todos sus integrantes tienen igualdad de igualdad de derechosderechos, obligaciones y oportunidades., obligaciones y oportunidades.

Art. 194º I. El matrimonio descansa en la igualdad El matrimonio descansa en la igualdad de derechos y deberes de los cónyuges.de derechos y deberes de los cónyuges.

Art. 63º I.I. El matrimonio entre una El matrimonio entre una mujer y un mujer y un hombrehombre se constituye por un se constituye por un vínculo jurídicovínculo jurídico y se y se basa en la igualdad de derechos y deberes de los basa en la igualdad de derechos y deberes de los cónyuges.cónyuges.

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II. Las uniones libres o de hecho que Las uniones libres o de hecho que reúnan condiciones de estabilidad y reúnan condiciones de estabilidad y singularidad, y sean mantenidas entre singularidad, y sean mantenidas entre personas con capacidad legal para personas con capacidad legal para contraer enlace, producen efectos contraer enlace, producen efectos similares a los del matrimonio en las similares a los del matrimonio en las relaciones personales y patrimoniales relaciones personales y patrimoniales de los convivientes y en lo que de los convivientes y en lo que respecta respecta a los hijos nacidos de ellaa los hijos nacidos de ella..

II. Las uniones libres o de hecho que Las uniones libres o de hecho que reúnan condiciones de estabilidad y reúnan condiciones de estabilidad y singularidad, y sean mantenidas entre singularidad, y sean mantenidas entre una mujer y un hombreuna mujer y un hombre sin sin impedimento legal, producirán los impedimento legal, producirán los mismos efectos en que el matrimonio mismos efectos en que el matrimonio civil,civil, tanto en las relaciones personales tanto en las relaciones personales y patrimoniales de los convivientes y patrimoniales de los convivientes como en lo que respecta a l@s hij@s como en lo que respecta a l@s hij@s adoptados adoptados o nacidos de aquel.o nacidos de aquel.

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Art. 195º I.Art. 195º I. Todos los hijos, sin distinción de origen, Todos los hijos, sin distinción de origen, tienen iguales derechos y deberes tienen iguales derechos y deberes respecto a sus progenitores. respecto a sus progenitores.

Art. 58º III.Art. 58º III. Toda niñ@ y adolescente, sin distinción Toda niñ@ y adolescente, sin distinción

de su origen, tiene iguales derechos y deberes de su origen, tiene iguales derechos y deberes

respecto a sus progenitores, respecto a sus progenitores, la discriminación la discriminación

entre hijos por parte de los progenitores será entre hijos por parte de los progenitores será

sancionado por Ley.ºsancionado por Ley.º

II. La filiación se establecerá por todos los a filiación se establecerá por todos los medios que sean conducentes a medios que sean conducentes a demostrarla, de acuerdo al régimen que demostrarla, de acuerdo al régimen que determine la Ley.determine la Ley.

IV.IV. Toda Niñ@ y adolescente tiene derechos a la Toda Niñ@ y adolescente tiene derechos a la

identidadidentidad y a la filiación respecto a sus progenitores. y a la filiación respecto a sus progenitores.

Cuando no se reconozcan los progenitores,Cuando no se reconozcan los progenitores,

utilizarán el apellido convencional elegido por la utilizarán el apellido convencional elegido por la

persona responsable de su cuidado.persona responsable de su cuidado.

Art. 65º Art. 65º En virtud del interés superior de l@s niñ@s En virtud del interés superior de l@s niñ@s y adolescentes y su derecho a la identidad, la y adolescentes y su derecho a la identidad, la presunción de filiaciónpresunción de filiación se hará valer por indicación se hará valer por indicación de la madre o el padre. Esta presunción será válida de la madre o el padre. Esta presunción será válida salvo prueba en contrario a cargo de quien niegue la salvo prueba en contrario a cargo de quien niegue la filiación. En caso de que la prueba niegue la filiación. En caso de que la prueba niegue la presunción, los gastos incurridos corresponderán a presunción, los gastos incurridos corresponderán a quien haya indicado la filiación.quien haya indicado la filiación.

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Art. 197º I. La autoridad del padre y de la La autoridad del padre y de la madre, así como de la tutela, se establecen madre, así como de la tutela, se establecen en el en el interés de los hijosinterés de los hijos, de los menores y , de los menores y de los inhabilitados, en armonía con los de los inhabilitados, en armonía con los intereses de la familia y de la sociedad. La intereses de la familia y de la sociedad. La adopción y las instituciones afines a ella se adopción y las instituciones afines a ella se organizarán igualmente en beneficio de los organizarán igualmente en beneficio de los menores.menores.

II. Un Código especial regularán las II. Un Código especial regularán las relaciones familiares.relaciones familiares.

Art. 60ºArt. 60º Es deber del Estado, la sociedad y la Es deber del Estado, la sociedad y la familia garantizar la prioridad familia garantizar la prioridad del interés del interés superior de la niñ@ adolescentesuperior de la niñ@ adolescente, que , que comprende la preeminencia de sus derechos, comprende la preeminencia de sus derechos, la primacía en recibir protección y socorro en la primacía en recibir protección y socorro en cualquier circunstancia, la cualquier circunstancia, la prioridad en la prioridad en la atención de los servicios públicosatención de los servicios públicos y y privadosprivados, , y el acceso a una administración de justicia y el acceso a una administración de justicia pronta, oportuna y con asistencia de personal pronta, oportuna y con asistencia de personal especializado.especializado.

Art. 198º La Ley determinará los bienes que formen el patrimonio familiar inalienable e inembargable, así como las asignaciones familiares de acuerdo al régimen de seguridad social.

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Art. 199º I.Art. 199º I. El Estado protegerá la salud El Estado protegerá la salud física, mental y moral de la infancia, y física, mental y moral de la infancia, y defenderá los derechos de los niños al hogar defenderá los derechos de los niños al hogar y a la educación.y a la educación.

II.II. Un Código especial regulará la protección Un Código especial regulará la protección del menor en armonía con la legislación del menor en armonía con la legislación general.general.

Art. 64 I.Art. 64 I. Los cónyuges o convivientes tiene Los cónyuges o convivientes tiene el deber de atender, en igualdad de el deber de atender, en igualdad de condiciones y mediante el esfuerzo común, condiciones y mediante el esfuerzo común, el mantenimiento y responsabilidad del el mantenimiento y responsabilidad del hogar, la educación y formación integral de hogar, la educación y formación integral de l@s hij@s mientras seas menores o tengan l@s hij@s mientras seas menores o tengan alguna discapacidad.alguna discapacidad.

II.II. El Estado protegerá y asistirá a El Estado protegerá y asistirá a quienes sean responsables de las familias quienes sean responsables de las familias en el ejercicio de sus obligaciones.en el ejercicio de sus obligaciones.

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Art. 66ºArt. 66º

Se garantiza a las mujeres y a los hombres Se garantiza a las mujeres y a los hombres el ejercicio de sus derechos sexuales y sus el ejercicio de sus derechos sexuales y sus derechos reproductivos.derechos reproductivos.

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Sección VDERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y JUVENTUD

Art. 58º Se considera niñ@ o adolescente a toda persona menor de edad.

Código Civil: Artículo 4to. “...I. La mayoría de edad se adquiere a los veintiún años cumplidos.

II. El mayor de edad tiene la capacidad para realizar por sí mismo todos los actos de la vida civil.

Artículo 5to. Los incapaces de obrar son: 1. Los menores de edad; 2. Los interdictos declarados.

Código Niñ@ Adolescente: Artículo 2do. “...Se considera niñ@ a todo ser humano desde su concepción hasta cumplido los doce años y adolescente desde los 12 a los dieciocho años de edad cumplidos.

En los casos expresamente señalados por Ley, sus disposiciones se aplicarán excepcionalmente a personas entre los dieciocho y veintiún años de edad.

Las niñ@s y adolescentes son titulares de los derechos reconocidos en la Constitución, Con los límites establecidos en ésta, y los derechos específicos inherentes a su proceso de desarrollo; a su identidad étnica, sociocultural, de género y generacional; y a la satisfacción de sus necesidades, intereses y aspiraciones.

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Sección VDERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y JUVENTUD

Art. 59º• Toda niñ@ y adolescente tiene derecho a su desarrollo integral.Toda niñ@ y adolescente tiene derecho a su desarrollo integral.• Toda niñ@ y adolescente tiene derecho a vivir y a crecer en el seno de Toda niñ@ y adolescente tiene derecho a vivir y a crecer en el seno de

su familia de origen o adoptivas. Cuando ello no sea posible, o sea su familia de origen o adoptivas. Cuando ello no sea posible, o sea contrario a si contrario a si interés superiorinterés superior, tendrá derecho a una familia sustituta , tendrá derecho a una familia sustituta de conformidad con la ley.de conformidad con la ley.

• Toda niñ@ y adolescente, sin distinción de su origen, tiene iguales derechos y deberes respecto a sus progenitores, la discriminación entre hijos por parte de los progenitores será sancionado por Ley.

• Toda niñ@ y adolescente tiene derecho a la identidad y la filiación respecto a sus progenitores. Cuando no se reconozcan los progenitores, utilizarán el apellido convencional elegido por la persona responsable de su cuidado.

• El Estado y la sociedad garantizarán la protección, promoción y activa El Estado y la sociedad garantizarán la protección, promoción y activa participación de l@s jóvenes en el desarrollo productivo, participación de l@s jóvenes en el desarrollo productivo, políticopolítico, social, , social, económico económico y cultural, sin discriminación alguna, de acuerdo con la Ley.y cultural, sin discriminación alguna, de acuerdo con la Ley.

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Art. 61º

I. Se prohíbe y sanciona toda forma de violencia contra l@s niñ@s y adolescentes, tanto en la familia como en la sociedad.

II. Se prohíbe el trabajo forzado y la explotación infantil, las actividades que realicen l@s niñ@s y adolescentes en el marco familiar y social estarán orientadas a su formación integral como ciudadan@s, y tendrán una función formativa. Sus derechos, garantías y mecanismos institucionales de protección serán objeto de regulación especial.

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DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES

Art. 67• Además de los derechos reconocidos en la Además de los derechos reconocidos en la

presente Constitución, todas las personas adultas presente Constitución, todas las personas adultas mayores tienen derecho a una vejez digna, con mayores tienen derecho a una vejez digna, con calidad y calidez humana.calidad y calidez humana.

• El Estado proveerá una renta vitalicia de vejez, en El Estado proveerá una renta vitalicia de vejez, en el marco del sistema de seguridad social integral, el marco del sistema de seguridad social integral, de acuerdo con la Ley.de acuerdo con la Ley.

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Art. 68ºI.I. El Estado adoptará políticas públicas para la El Estado adoptará políticas públicas para la

protección, atención, recreación, descanso y protección, atención, recreación, descanso y ocupación social de las personas adultas mayores, de ocupación social de las personas adultas mayores, de acuerdo con sus capacidades y posibilidades.acuerdo con sus capacidades y posibilidades.

II.II. Se prohíbe y sanciona toda forma de maltrato, Se prohíbe y sanciona toda forma de maltrato, abandono, violencia y discriminación a las personas abandono, violencia y discriminación a las personas adultas mayores.adultas mayores.

Art. 69ºArt. 69º Los Beneméritos de la Patria merecerán gratitud y Los Beneméritos de la Patria merecerán gratitud y respeto de las instituciones públicas, privadas y de la respeto de las instituciones públicas, privadas y de la población en general, serán considerados héroes y población en general, serán considerados héroes y defensores de Bolivia y recibirán del Estado una defensores de Bolivia y recibirán del Estado una pensión vitalicia de acuerdo a Ley.pensión vitalicia de acuerdo a Ley.

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DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Art. 70º Toda persona con discapacidad goza de los siguientes derechos:

1. A ser protegido por su familia y por el Estado.2. A una educación y salud integral gratuita.3. A la comunicación en lenguaje alternativo.4. A trabajar en condiciones adecuadas, de acuerdo a

sus posibilidades y capacidades, con una remuneración justa que le asegure una vida digna.

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Art. 71ºI. Se prohibirá y sancionará cualquier tipo de

discriminación, maltrato, violencia y explotación a toda persona con discapacidad.

II. El Estado adoptará medidas de acción positiva para promover la efectiva integración de las personas con discapacidad en el ámbito productivo, económico, político, social y cultural, sin discriminación alguna.

III. El Estado generará las condiciones que permitan el desarrollo de las potencialidades individuales de las personas con discapacidad.

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Art. 72º

El Estado garantizará a personas con discapacidad los servicios integrales de prevención y rehabilitación,así como otros beneficios que se establezcan en la Ley

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Gracias.

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RÉGIMEN FAMILIAL EN LA ANTERIOR CONSTITUCIÓN

De los artículos 193 al 199- El matrimonio, la familia y la maternidad están

bajo la protección del Estado.

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EL RÉGIMEN FAMILIAR EN LAS CONSTITUCIONES BOLIVIANAS

Constitución de la República Boliviana De 25 de noviembre de 1826Constitución de la República Boliviana De 25 de noviembre de 1831 (a )

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COMPARACIÓNConstitución Política del Estado (de 1994)RÉGIMEN FAMILIAR

Nueva constitución política del EstadoDERECHOS DE LAS FAMILIAS

Art. 193. El matrimonio, la familia y la maternidad están bajo la protección del Estado.

Art. 62El Estado reconoce y protege a las familias como núcleo fundamental de la sociedad, y garantizará las condiciones sociales y económicas necesarias para su desarrollo integral. Todos sus integrantes tienen igualdad de derechos, obligaciones y oportunidades.

Art. 194º El matrimonio descansa en la igualdad de derechos y deberes de los cónyuges.

Art. 63º I. El matrimonio entre una mujer y un hombre se constituye por un vínculo jurídico y se basa en la igualdad de derechos y deberes de los cónyuges.

Art. 195º Las uniones libres o de hecho que reúnan condiciones de estabilidad y singularidad, y sean mantenidas entre personas con capacidad legal para contraer enlace, producen efectos similares a los del matrimonio en las relaciones personales y patrimoniales de los convivientes y en lo que respecta a los hijos nacidos de ella.

II. Las uniones libres o de hecho que reúnan condiciones de estabilidad y singularidad, y sean mantenidas entre una mujer y un hombre sin impedimento legal, producirán los mismos efectos en que el matrimonio civil, tanto en las relaciones personales y patrimoniales de los convivientes como en lo que respecta a l@s hij@s adoptados o nacidos de aquel.

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195º

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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADOCONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO

Art.59 Art.59