los adolescentes

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Lic. José Paulino Sánchez Rosales. UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MORELOS FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES

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de los menores

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Lic. José Paulino Sánchez Rosales.

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MORELOSFACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES

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En los últimos años del siglo XXI ha crecido la

preocupación por la delincuencia juvenil en muchos países.Las estadísticas reflejan el aumento delictivo en general,pero un gran porcentaje de los delitos son cometidos porniños y adolescentes.

En esta investigación se pretende analizar las medidas quehan sido tomadas para eliminar o reducir la delincuenciajuvenil en México, así como el tratamiento de los jóvenesdelincuentes.

I N T R O D U C C I Ó N

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DESARROLLO HISTORICO

DEL CONCEPTO DE MENOR INFRACTOR

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Se distinguió entre infantes, impúberes y menores, siendo la

preocupación primordial fijar las edades en que, por falta de desarrollomental, carecía el niño ciertamente de imputabilidad (hasta los 5, los 7 olos 9 años); en que tal deficiencia podía presumirse iuris tantum (desde ellímite anterior hasta los 12 o los 14 años); y la última en que la presunciónse invertía y habría que demostrar que el sujeto había obrado sindiscernimiento, período éste que de los 12 o los 14 años no se extiendehasta los 16 o los 18 años,

“ Ya en el Imperio, conforme a las previsiones de la ley Cornelia deSicaris (L. 48, Tit. 8, Ley 12), la consideración variaba según las edades,pues hasta los 7 años duraba la infantia y los niños eran consideradoscomo el loco (furiosus); una segunda categoría era la de los impúberes (oinfantis próxima) que comprendía a los varones hasta los 10 ½ años y alas mujeres hasta los 9 ½ años y normalmente eran irresponsables de losilícitos salvo prueba en contrario de una especial capacidad y, porexpresa disposición legal, de los delitos contra el honor.

DERECHO ROMANO

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Una tercera categoría eran los impúberes “pubertate próxima”que se extendía para los varones hasta los 14 años y lasmujercitas hasta los 12 años, que no podían ser sancionadoscon pena de muerte y en general se los castigaba en formaatenuada y a veces se los eximía de sanción.

La última categoría, 14 años y los 18, quienes eranmencionados con penas algo mitigadas. No faltan algunosautores que extienden ésta última categoría, para ciertosefectos, hasta los 25 años.”

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En el cual se consideraba como límite de

irresponsabilidad penal los diez años.

Pasada esa edad, podía imponerse al menorinclusive la pena capital; cabe comentar, que“Blackstone» cita dos sentencias de muerteimpuestas a niños de más de 10 años: una porincendio de un pajar, que se ejecutó, y otra, que no secumplió, y correspondía a un hurto de peniques.”

El derecho anglosajón

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Dentro del derecho germano consuetudinario, la

irresponsabilidad se extendía hasta los 12 años;

En el sistema franco-visigodo, el límite de laimputabilidad eran los 14 años.

El derecho canónico se apegó a los criterios establecidospor el derecho romano imperial, sobre todo en lo relativoa la presunción de irresponsabilidad, la diferenciación enlos grados de responsabilidad según la situaciónespecífica del menor (infante próxima o pubertatepróxima), la valoración de la capacidad dediscernimiento, dejada al arbitrio judicial.

OTROS SISTEMAS JURIDICOS

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La ley 8 del tít XXXI y la 8 del tít. IX, establecían la

irresponsabilidad completa de los que no habíancumplido diez años y medio, y la culpabilidad atenuadade los que no habían llegado a los diecisiete años:

“E si por auentura, el que ouiesse errado fuesse menor de diez años emedio, non le deuen dar ninguna pena. E si fuessen mayor desta edad, emenor de diez e siete años, deuenle menguar la pena que darían a losotros mayores por tal yerro” (ley 8 tít XXXI).

Esa misma regla se encuentra reiterada en diversas leyes,respecto de delitos especiales. Legislaciones del mismoperíodo, como la Tortosa, Cataluña y Valencia, siguieronel modelo romano. Las Leyes de Aragón y Navarraestablecieron como topes de edad, respectivamente, los 7y los 14 años.

En las Siete Partidas

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Constitución política E.U.M.

Art. 18.

Declaración de los derechos del niño, 1959

(Reglas de Beijing y Directrices de RIAD) concibieron al adolescente

como sujeto de derechos y de responsabilidades.

Federalista. El sistema de justicia estará integrado por un

sistema federal y 32 locales.

Ley de Administración de justicia de los adolescentes para el Edo. De

Morelos.

MARCO JURIDICO INTERNACIONAL Y NACIONAL

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La Federación, los Estados y el Distrito Federal establecerán, en el ámbito de sus respectivas competencias, un sistema integral

de justicia.

Entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad, en el que se garanticen los derechos fundamentales y así como aquellos derechos específicos que por su condición de personas

en desarrollo les han sido reconocidos.

Las personas menores de doce años que hayan realizado una conducta prevista como delito en la ley, solo serán sujetos a

rehabilitación y asistencia social.

Artículo 18. constitucional

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Determinación de la edad penal. Fija los límites de edad entre los 12años cumplidos y menores de 18 años de edad. Las personasmenores de 12 años sólo serán sujetos de rehabilitación y asistenciasocial.

Reconocimiento de las garantías contenidas en la Constitución yderechos específicos que por su condición le han sido conferidos,es visto como sujeto de derechos y no como un objeto.

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Instituciones, tribunales y autoridades

especializados en la procuración e impartición de

justicia para adolescentes.

Se podrán aplicar las medidas de orientación, protección y

tratamiento que amerite cada caso,

atendiendo a la protección integral y el interés superior.

Se observará la garantía del debido

proceso legal, así como la

independencia entre las autoridades que

efectúen la remisión y las que impongan las

medidas

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Éstas deberán ser

proporcionales a la conducta realizada y tendrán como fin la

reintegración social y familiar del

adolescente, así como el pleno desarrollo de

su persona y capacidades.

El internamiento se utilizará solo como

medida extrema y por el tiempo más breve

que proceda, y podrá aplicarse únicamente a

los adolescentes mayores de catorce años de edad, por la

comisión de conductas antisociales calificadas

como graves.

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Especialización. La operación del sistema federal estará acargo de instituciones, tribunales y autoridadesespecializadas en la procuración e impartición de justiciapara adolescentes.

Presunción de inocencia.Se reconoce en Tratados Internacionales firmados por México (Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, Convención Americana sobre los Derechos Humanos etc.)

Principios del sistema de justicia para adolescentes

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Interés superior de la adolescencia. Se deben maximizar los

derechos del adolescente y restringir los efectos negativos.

Transversalidad. Se deben tomar en cuenta la totalidad de losderechos del adolescente (ya sea por ser indígena, mujer,discapacitado, paciente, trabajador etc.)

Celeridad procesal. Los procesos se realizaran sin demora ycon la menor duración posible.

Reincorporación social, familiar y cultural. Orienta los finesdel sistema, hacia la adecuada convivencia del adolescenteque ha sido sujeto a alguna medida.

Principios de justicia para Adolescentes

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Estadísticas de los Adolescentes

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La seguridad publica y la prevención del delito, por

parte de los jóvenes adolescentes de la cuidad de Cuernavaca,

Art. 115. Constitucional.

III. Los Municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes:

h) Seguridad pública, en los términos del artículo 21 de esta Constitución, policía preventiva municipal y tránsito; e

VINCULACIÓN CON EL DERECHO MUNICIPAL

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La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, que comprende la prevención de los

delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución

señala.

Art. 21 constitucional.

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Estrategias y medidas encaminadas a reducir el riesgo de que se produzcan delitos, incluido el temor a la delincuencia, y a intervenir para influir en sus múltiples causas.

Qué es Prevención del delito( Concepto ONU)

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Manejo de espacios públicos, como pueden ser los centros deportivos.

Becas económicas para el estudio, a grupos vulnerables de jóvenes.

Control y manejo de jóvenes fármaco-dependiente.

Vigilancia de posibles grupos de jóvenes violentos.

Medidas de prevención del delito en adolescentes por parte del

H.ayuntamiento de Cuernavaca