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MODIFICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA 2/2006, DE 3 DE MAYO, DE EDUCACIÓN
LEY ORGÁNICA PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA
LOMCE
10 de diciembre de 2013
LEY ORGÁNICA PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA
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LGE (1970) Sistema EducaMvo LOECE (1980) Organización centros
CONSTITUCIÓN 1978
MODIFICA
LODE (1985) Organización centros
LOPEG (1995) Organización centros
DEROGA
COMPLETA
LOGSE (1990) Sistema EducaMvo
DEROGA COMPLETA
COMPLETA
LOCE (2002) Sistema EducaMvo Organización de centros MODIFICA MODIFICA
LOE (2006) Sistema EducaMvo Organización de centros
DEROGA TODAS SALVO LA LODE
LOMCE (2013) Sistema EducaMvo Organización de centros
MODIFICA LA LOE y LODE
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OBJETIVOS GENERALES
q Disminuir la dispersión de requisitos y exigencias del sistema educaMvo en todo el territorio
q Disminuir tasas de abandono escolar temprano
q Aumentar tasas de Mtulación en secundaria
q Mejorar el nivel de conocimientos en áreas prioritarias
q Establecer un sistema de señalización claro de los objeMvos
q Promover la autonomía de los centros docentes
q Incorporar y potenciar las Tecnologías de la Información y la Comunicación
q Impulsar y modernizar la Formación Profesional
q Mejorar el aprendizaje de lenguas extranjeras
q Racionalizar la oferta educaMva
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Atención personalizada
q En Primaria:
§ Evaluación 3º Primaria: detección de dificultades en el aprendizaje y adopción de medidas.
§ Evaluación final: recomienda medidas para ESO, posibilidad de implantar planes específicos de mejora de centros.
q En ESO:
§ Alumnos con dificultades en el aprendizaje: Programas de mejora del aprendizaje y el rendimiento en 2º y 3º de ESO.
§ Consejo orientador al final de cada curso.
q Facilitar el tránsito entre Primaria y ESO: las Administraciones educaMvas podrán agrupar materias de primer curso por ámbitos de conocimiento.
q Evaluaciones adaptadas a las necesidades del alumnado con necesidades educaMvas especiales.
q TIC (Tecnologías de la Información y la Comunicación) para refuerzo.
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Flexibiliza y anXcipa la elección de iXnerarios
q AnXcipación de la elección de iMnerarios en ESO:
§ En 3º ESO: elección de materias específicas, y entre MatemáMcas de iniciación a Bachillerato o a FP (no decisiva).
§ En 4º ESO o curso de iniciación: elección (no decisiva) entre enseñanzas académicas (iniciación a Bachillerato) o aplicadas (iniciación a FP).
§ Al finalizar 4º ESO: evaluación final, podrá hacerse por enseñanzas académicas (permite acceso a Bachillerato) o aplicadas (permite acceso a FP de grado medio), o por ambas.
§ Posibilidad de acceso a Formación Profesional Básica (2 años).
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Racionaliza la oferta educaXva (I)
q Educación Primaria, ESO y Bachillerato: bloques de asignaturas troncales, especificas y de libre configuración autonómica:
§ Troncales: deben ser comunes en todo el territorio. Horario mínimo (50%). Contenidos regulados por el Gobierno.
§ Específicas: mayor autonomía a Administraciones educaMvas y centros docentes para fijar horarios y contenidos.
§ De libre configuración autonómica: el mayor nivel de autonomía: asignaturas de diseño propio, etc.
q Evaluación final (4º ESO/2º Bach.)
§ Asignaturas troncales
§ Asignaturas específicas
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Racionaliza la oferta educaXva (II)
q Incremento en la autonomía de las Administraciones educaMvas y de los
centros: fijan la oferta de asignaturas de los bloques de asignaturas específicas y de libre configuración autonómica.
q Flexibilidad del sistema: permite ajustar la oferta formaMva a la demanda y a la proximidad de facultades, escuelas universitarias y centros docentes.
q Se favorece la especialización de centros en función de los iMnerarios ofrecidos: para atender necesidades específicas y demandas de las familias.
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Ciclos de Formación Profesional Básica
q Pasan de 1 año (y un 2º año voluntario) en PCPI a 2 años.
q Acceso entre los 15 y los 17 años, tras cursar 3º ESO (excepcionalmente tras cursar 2º ESO).
q Sus objeMvos son los de los ciclos formaXvos de FP, y además contribuirán específicamente a que los alumnos adquieran o completen las competencias del aprendizaje permanente.
q Oferta obligatoria y carácter gratuito.
q Títulos: § Título Profesional Básico § Posibilidad de obtener el atulo de Graduado en ESO tras realizar la
evaluación final por cualquiera de las dos opciones (académicas o aplicadas)
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Moderniza la Formación Profesional
q Acceso directo desde ciclos de Formación Profesional Básica a FP de Grado Medio, y desde FP de Grado Medio y Bachillerato a Grado Superior: procedimientos de admisión cuando la demanda supere la oferta educaXva.
q Ciclos formaMvos de Grado Medio: las Administraciones educaMvas podrán ofertar:
§ Materias voluntarias para ampliar las competencias del aprendizaje
permanente: Comunicación en lengua castellana y cooficial; MatemáMcas aplicadas; Comunicación en lengua extranjera
§ Materias voluntarias orientadas a grado superior: facilitar tránsito a Ciclos de Grado Superior
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Señaliza el logro de los objeXvos de la etapa (I)
q Primaria:
§ Evaluación en 3º de Primaria (interna, diseñada por las Administraciones educaMvas): detección de dificultades en el aprendizaje (expresión y comprensión oral y escrita, cálculo y resolución de problemas). El equipo docente podrá adoptar las medidas más adecuadas.
§ Evaluación final (criterios de evaluación y caracterísMcas generales de las pruebas establecidos por el Gobierno): se comprobará el grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüísMca, de la competencia matemáMca y de las competencias básicas en ciencia y tecnología, sin efectos académicos. Se entrega un informe con el resultado obtenido a familias y centros de Primaria y ESO. Como consecuencia de los resultados de la evaluación se podrán poner en marcha planes de mejora de centros.
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Señaliza el logro de los objeXvos de la etapa (II)
q Evaluación final ESO (diseñada por el Gobierno):
§ Necesario superarla para obtener atulo de Graduado en ESO.
§ Nota final: media de las calificaciones de ESO ponderada al 70%, y de la evaluación final ponderada al 30%. Máximo 2 materias suspensas, siempre que no sean Matemá'cas y Lengua Castellana y Literatura.
§ Pruebas diferentes para acceder a Bachillerato o a FP, pero la elección de iMnerario en 4º de ESO no es decisiva: todos los alumnos se pueden presentar a evaluación por la opción que decidan, o a ambas opciones en la misma o diferentes ocasiones, con independencia de la opción cursada en 4º de ESO.
§ Consejo orientador al finalizar cada curso: el equipo docente recomendará: ¨ El iMnerario más adecuado
¨ Programas de mejora del aprendizaje y el rendimiento
¨ Ciclos de Formación Profesional Básica
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Señaliza el logro de los objeXvos de la etapa (III)
q Evaluación final Bachillerato (diseñada por el Gobierno):
§ Es necesario superarla para obtener el atulo de Bachiller, y superar todas las materias de Bachillerato.
§ Nota final: media de las calificaciones de Bachillerato ponderada al 60%, y de la evaluación final ponderada al 40%.
§ CerXficado por la superación de todas las materias, sin superar evaluación final:
¨ Efectos laborales
¨ Efectos académicos para acceso a FP Grado Superior
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Incrementa la autonomía de los centros docentes (I)
q Consejo escolar garanXza la parXcipación de la comunidad educaMva en el
control y gesMón de los centros sostenidos con fondos públicos.
q Las Administraciones educaMvas pueden confiar a los centros la determinación de horarios y contenidos, dentro de los límites fijados.
q Autonomía para diseñar e implantar métodos pedagógicos propios.
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Incrementa la autonomía de los centros docentes (II)
q Dirección de centros públicos:
§ Autonomía de gesMón para desarrollar acciones de calidad
§ Selección del director:
¨ Valoración de la experiencia previa
¨ CerMficación acreditaMva de haber superado un curso formaXvo sobre el desarrollo de la función direcMva
¨ De conformidad con los principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad
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Incrementa la autonomía de los centros docentes (III)
q Se reconocen plenamente los Bachilleratos internacional y europeo.
q Acciones de calidad en cooperación Estado-‐CCAA :
§ Especialización curricular, funcional, centros bilingües, formación del profesorado, recursos TIC, mejora del rendimiento, etc.
§ Planificación estratégica por objeMvos.
§ Autonomía pedagógica, de organización y de gesMón en el marco de la legislación vigente.
§ Rendición de cuentas.
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Intensifica el uso de las TIC
q Extensión del concepto de aula en el Mempo y en el espacio: entornos virtuales
de aprendizaje.
q UXlización comparXda de las plataformas digitales y tecnológicas del Ministerio por Administraciones educaMvas, centros docentes, profesores y alumnos.
q Selección de recursos digitales de calidad, y reconocimiento de las aportaciones de la comunidad educaMva que cumplan los requisitos de calidad establecidos.
q Establecimiento de estándares de interoperaXvidad.
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Mejora el aprendizaje de lenguas extranjeras
q Habilitación al Gobierno para definir las bases de la educación plurilingüe.
q Metodología:
n La lengua castellana o la lengua cooficial sólo se uMlizarán como apoyo en el proceso de aprendizaje de la lengua extranjera. n Se priorizarán la comprensión y la expresión oral.
q Incorporación a los centros de expertos con dominio de lenguas extranjeras,
nacionales o extranjeros.
q Autonomía de centros: Especialización del centro, en el marco de las acciones de calidad.
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OTRAS MEDIDAS (I)
q Enseñanzas arasXcas: se establece expresamente, a todos los efectos, la equivalencia de los atulos superiores de Música o Danza, de Arte DramáMco, de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, de Artes PlásMcas y de Diseño, con el atulo universitario de grado.
q Se reconoce la autoridad de profesores y equipo direcMvo: serán considerados “autoridad pública”.
q Planes de convivencia: agilidad de los procedimientos, reconocimiento de la presunción de veracidad de las declaraciones de profesores y equipo direcXvo.
q Las Administraciones educaMvas garanMzarán el derecho de los alumnos a recibir las enseñanzas en castellano y en las demás lenguas cooficiales en sus respecMvos territorios.
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OTRAS MEDIDAS (II)
q Los resultados de las evaluaciones individualizadas que se realicen serán puestos en
conocimiento de la comunidad educaMva mediante indicadores educaMvos comunes, teniendo en cuenta factores socioeconómicos y socioculturales del contexto.
q Se profundizará en el aprendizaje y evaluación por competencias.
q Enseñanzas de idiomas: se equiparan los niveles básico, intermedio y avanzado de las enseñanzas de idiomas a los niveles A, B y C del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.
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OTRAS MEDIDAS (III)
q Limitación de la promoción en ESO con 2 asignaturas suspensas: no deben ser simultáneamente MatemáMcas y Lengua Castellana o Cooficial.
q Admisión en Universidades:
§ Desde Bachillerato: las Universidades pueden establecer procedimientos de admisión (desaparece la PAU a parMr de acceso a curso 2017/2018).
§ Desde FP de grado superior, Enseñanzas arasXcas superiores y Enseñanzas deporXvas superiores: procedimiento de admisión.
§ Las Universidades podrán acordar la realización conjunta de todo o parte de los procedimientos de admisión, así como el reconocimiento mutuo de los resultados.
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OTRAS MEDIDAS (IV)
q Educación de personas adultas:
§ Se podrán establecer currículos específicos para la educación de personas adultas, que conduzcan a la obtención de uno de los ntulos establecidos en la LOE.
§ Para las personas que superen los diecisiete años de edad, las Administraciones educaMvas podrán establecer programas formaMvos dirigidos a la obtención del ntulo de Técnico Profesional Básico.
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CALENDARIO DE IMPLANTACIÓN
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SISTEMA EDUCATIVO LOMCE
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SISTEMA EDUCATIVO LOMCE
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EDUCACIÓN PRIMARIA
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EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA 1º -‐ 3º
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EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA 4º
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BACHILLERATO 1º
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BACHILLERATO 2º
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FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA
1º CURSO 2º CURSO • Módulos profesionales Asociados a unidades de competencia de, al menos, una cualificación de nivel 1 del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales. • Módulo de Comunicación y Sociedad I Incluye los contenidos de las siguientes materias del Bloque común de Comunicación y Ciencias Sociales: Lengua Castellana, Lengua Extranjera y Ciencias Sociales. • Módulo de Ciencias Aplicadas I Incluye los contenidos de las siguientes materias del Bloque de ciencias aplicadas: MatemáMcas y Ciencias Aplicadas al Contexto Personal y de Aprendizaje en el campo profesional.
• Módulos profesionales Asociados a unidades de competencia de, al menos, una cualificación de nivel 1 del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales. • Módulo de Comunicación y Sociedad II Incluye los contenidos de las siguientes materias del Bloque común de Comunicación y Ciencias Sociales: Lengua Castellana, Lengua Extranjera y Ciencias Sociales. • Módulo de Ciencias Aplicadas II Incluye los contenidos de las siguientes materias del Bloque de ciencias aplicadas: MatemáMcas y Ciencias Aplicadas al Contexto Personal y de Aprendizaje en el campo profesional. • Módulo de Formación en centros de trabajo: Exención para quienes acrediten una experiencia laboral que se corresponda con los estudios profesionales cursados.