Ley General de Contabilidad Gubernamental y Cuentas ... · 31/dic/2013 Prórroga 31/dic/2014...

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Ley General de Contabilidad Gubernamental y Cuentas Públicas 2013 - 2014 Mtra. Soraya Pérez Munguía 6 de marzo de 2014

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Ley General de

Contabilidad Gubernamental y

Cuentas Públicas 2013 - 2014

Mtra. Soraya Pérez Munguía

6 de marzo de 2014

ANTECEDENTES

¿Qué busca esta Ley?

• Se busca que la información contable mantenga estricta congruencia

con la información presupuestaria.

• La información financiera, programática, presupuestarias contable que

emane del sistema será la base para la emisión de informes, así como la

cuenta pública.

• Registro y control de los inventarios de los Bienes Muebles e

Inmuebles

• Registros contables en cuentas específicas del activo de los bienes

muebles e inmuebles destinados al servicio público, incluyendo

equipo de cómputo y vehículos, así un registro auxiliar de los bienes,

que por su naturaleza, sean inalienables, imprescriptibles, mismos

que deberán ser consistentes con el inventario físico.

Artículo 23.- Los entes públicos deberán registrar en su contabilidad los

bienes muebles e inmuebles siguientes:

1. Los inmuebles destinados a un servicio público, conforme a la

normativa aplicable; excepto los considerados como monumentos

arqueológicos, artísticos, o históricos conforme a la ley de la materia;

2. Mobiliario y equipo, incluido el de cómputo, vehículos y demás bienes

muebles al servicio del ente público.

3. Cualquier otros bienes muebles e inmuebles que el consejo determine

que deben registrarse.

Asimismo, en la cuenta pública incluirán la relación de los bienes que

componen su patrimonio conforme a los formatos electrónicos que

apruebe les consejo.

LGCG

En el ámbito de sus atribuciones y para dar cumplimiento al último párrafo del artículo

23 de la Ley, la CONAC emitió el “Acuerdo por el que se determina a norma para

establecer la estructura del formato de la relación de bienes que compone el

patrimonio del ente público”

A. Código: Número de identificación o inventario de acuerdo a la normatividad

aplicable en el ente público.

B. Descripción del bien.

C. Valor en libros.

Ente Público

Relación de inmuebles que comprende su patrimonio

Cuenta pública de XXXX

Código Descripción del Bien Valor en Libros

ACUERDOS DE LA CONAC

5 5

Artículo 27.- Los entes públicos deberán llevar a cabo:

• El levantamiento físico del inventario de los bienes a que se refiere el

artículo 23 de esta Ley.

• Dicho inventario deberá estar debidamente conciliado con el registro

contable.

• En el caso de los bienes inmuebles, no podrá establecerse un valor

inferior al catastral que le corresponda.

Prórroga

31/dic/2013

Prórroga

31/dic/2014

Superado

19/jul/2013

LGCG

El 19 de julio de 2013, la CONAC aprobó el “Acuerdo que reforma las

Principales Reglas de Registro y Valoración del Patrimonio

(Elementos Generales)”, de cuyo contenido se desprende:

Para los bienes inmuebles de la Federación y sus entes públicos el

valor catastral a que se refiere el artículo 27 de la Ley General de

Contabilidad Gubernamental será el determinado por el Instituto

de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales o en su caso

por la autoridad catastral en el municipio o entidad federativa en

el que se encuentre el inmueble.

Lo cual se hace extensivo a fin de que se provean las medidas

conducentes en relación a la atención del citado Acuerdo.

ACUERDOS DE LA CONAC

7 7

Reactivos 13 y 14

Bien de

la

Federació

n

Valor Comercial

Valor parametrizado /

INDAABIN

Valor Catastral

Metodología INDAABIN para emisión

de los avalúos paramétricos

IND

AA

BIN

8 8

Reactivos 13 y 14

Inventario del

Patrimonio

Federal y

Paraestatal

SECCIÓN I

SECCIÓN II

SECCIÓN III

Clasificación de los Bienes Nacionales Inmuebles,

según la LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES

SECCIÓN IV

SFP

Resto de las Administradoras

(SEMARNAT, SEP, SEGOB,

SCT, SEDATU y SRE)

Sector Paraestatal

Entes autónomos

(Poder Judicial, Legislativo,

órganos autónomos)

TIPO DE INMUEBLES

FEDERALES

UNIDAD

ADMINISTRATIVA

ENCARGADA

Inmuebles federales destinados a servicios públicos.

INDAABIN

Inmuebles federales puestos a disposición de la

Secretaría de la Función Pública para efectos de

aprovechamiento y eventual enajenación.

Inmuebles federales compartidos por varias instituciones

públicas.

Inmuebles federales en uso de asociaciones religiosas

SECCIÓN I (Secretaría de la Función Pública)

TIPO DE INMUEBLES FEDERALES

UNIDAD

ADMINISTRATIVA

ENCARGADA

Zona federal marítimo terrestre, playas marítimas y

terrenos ganados al mar.

Dirección General de

Zona Federal Marítimo

Terrestre y Ambientes

Costeros

Bienes nacionales inherentes.

Constitución (Art. 27 y 132) y LGBN (Arts. 28 y 38)

Ley de Aguas Nacionales (Art. 113)

CONAGUA

Terrenos dentro de áreas naturales protegidas

(Reservas de la Biósfera, Parques Nacionales,

Santuarios, Áreas de Protección de Flora y/o Fauna y

los Monumentos Naturales)

Comisión Nacional de

Áreas Naturales

Protegidas

SECCIÓN II (SEMARNAT)

TIPO DE INMUEBLES

FEDERALES

UNIDAD

ADMINISTRATIVA

ENCARGADA

Monumentos arqueológicos y terrenos de

propiedad federal, integrantes de la zona de

monumentos.

Instituto Nacional de

Antropología e Historia

SECCIÓN II (SEP)

TIPO DE INMUEBLES

FEDERALES

UNIDAD

ADMINISTRATIVA

ENCARGADA

Islas de jurisdicción federal. Unidad de Gobierno

SECCIÓN II (SEGOB)

TIPO DE INMUEBLES FEDERALES UNIDAD ADMINISTRATIVA

ENCARGADA

Carreteras y puentes. Dirección General de Carreteras

Autopistas de cuota. Dirección General de Desarrollo

Carretero

Vías ferroviarias. Dirección General de Transporte

Ferroviario y Multimodal

Aeropuertos.

ASA: Aeropuertos bajo administración

directa

ASA: Aeropuertos en participación con

gobiernos estatales

Puertos marítimos. Dirección General de Puertos

SECCIÓN II (SCT)

TIPO DE INMUEBLES

FEDERALES

UNIDAD

ADMINISTRATIVA

ENCARGADA

Terrenos nacionales. Dirección General de la

Propiedad Rural

SECCIÓN II (SEDATU)

TIPO DE INMUEBLES

FEDERALES

UNIDADES ADMINISTRATIVAS

O ENTIDADES

PARAESTATALES

Inmuebles adquiridos en el extranjero Dirección General de Bienes

Inmuebles y Recursos Materiales

SECCIÓN II (SRE)

16 16

Reactivos 13 y 14

Clasificación de los Bienes Nacionales Inmuebles,

según la LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES

IND

AA

BIN

Inventario del

Patrimonio

Federal y

Paraestatal

SECCIÓN I

SECCIÓN II

SECCIÓN III

SECCIÓN IV

SFP

Resto de las Administradoras

(SEMARNAT, SEP, SEGOB,

SCT, SEDATU y SRE)

Sector Paraestatal

Entes autónomos

(Poder Judicial, Legislativo,

órganos autónomos)

17 17

Reactivos 13 y 14

Bienes

Inmuebles (Según sus

características)

Arqueológicos

Artísticos y culturales

Históricos

Clasificación de los Bienes Nacionales Inmuebles,

según la NORMA ESPECÍFICA DE INFORMACIÓN FINANCIERA

GUBERNAMENTAL (NEIG 003 – BIENES NACIONALES)

De infraestructura

Naturales

Sección II (SEP:INAH) 1

VALOR

Sección I, II, III, IV (Catalogarlos SEP:INBA) 1

Sección I, II, III, IV (Catalogarlos SEP:INAH) 1

Sección II (SCT excluye a ASA,

SEMARNAT:CONAGUA) 0

Sección II (Islas - SEGOB) 0

RESPONSABLE TIPO DE BIEN

Sección II (Bienes nacionales inherentes, Art.

28 y 38 LGBN – SEMARNAT:CONAGUA) 0

Sección II (Zona Federal Martítimo terrestre

y playas marítimas, SEMARNAT) 0

18 18

Reactivos 13 y 14

Sección I (SFP) Para el servicio público, culto religioso,

Inmuebes Federales Compartidos

Valor

Paramétrico

VALOR

Plazas, paseos y parques públicos 0

Aeropuertos

Sección I, II, III y IV

Sección II (SCT: ASA) Valor

Paramétrico

Sección II (SEDATU) Terrenos nacionales Valor

Paramétrico

Sección II (SRE) Inmuebles adquiridos en el extranjero Valor

Paramétrico

Otros

bienes

RESPONSABLE TIPO DE BIEN

Areas Naturales Protegidas Sección II

(SEMARNAT:CONANP) Valor

Paramétrico

Clasificación de los Bienes Nacionales Inmuebles,

según la NORMA ESPECÍFICA DE INFORMACIÓN FINANCIERA

GUBERNAMENTAL (NEIG 003 – BIENES NACIONALES)

INDAABIN entregará la información que obra en el Sistema de

Información del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal

• CD: Sección I-dependencia, inmuebles en administración de la SFP destinados a

las dependencias (por dependencia)

• CD: Sección I-desconcentrado, inmuebles en administración de la SFP

destinados a lor órganos desconcentrados (por órgano)

• CD: Sección II-dependencia, inmuebles en administración (por dependencia

administradora)

• CD: Sección II-órgano responsable, inmuebles en administración (CONANP,

CONAGUA, INAH, ASA)

• CD: Sección III-paraestatales, inmuebles propiedad del sector paraestatal.

• CD: Sección IV-Autónomos, inmuebles en propiedad de los poderes y de los

órganos autónomos

• CD: Control Directo, Inmuebles de IMSS, CFE, PEMEX, ISSSTE

• CD: Entes Liconsa/ Diconsa

LOS RETOS

¿Cuáles son los retos de la contabilidad en materia de patrimonio inmobiliario

federal?

1. Consolidar el Sistema de Información del Patrimonio Inmobiliario Federal y

Paraestatal, como el inventario de la propiedad raíz único en el órden federal, y que

éste provea la información del inventario físico de la Cuenta Pública de cada ejercicio

anual.

2. Continuar con el Programa de Valuación Paramétrica del Patrimonio

Inmobiliario, con el fin de estar en condiciones de revelar el valor de los bienes

inmuebles de la federación, a más tardar el 31 de diciembre del 2014.

3. Generar las vinculaciones necesarias con el Sistema de Contabilidad

Gubernamental, para que los movimientos relacionados con altas, bajas y

modificaciones del patrimonio inmobiliario mantengan la congruencia de nuestro

Inventario.

LOS RETOS

MUCHAS GRACIAS

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