LESU.PRO.INF.03 ed 4 r01 -...
Transcript of LESU.PRO.INF.03 ed 4 r01 -...
TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO O PROCEDIMIENTO PRO.INF.03
AERÓDROMO ANDORRA‐LA SEU D’URGELL PÀGINA 1 DE 35
PROCEDIMIENTO PRO.INF.03 PROCEDIMIENTO PARA LA TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO
AERÓDROMO ANDORRA-LA SEU D’URGELL
CODIGO PRO.INF.03
FECHA Abril‐19
EDICIÓN Cuarta
REVISION Primera
TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO PROCEDIMIENTO PRO.INF.03
AERÓDROMO ANDORRA –LA SEU D’URGELL PÀGINA 2 DE 35
Hoja de control de la documentación
TÍTULO DEL DOCUMENTO
TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO
CODIGO PRO.INF.03
Fecha 1ª EDICIÓN Septiembre‐16
Nº EDICIÓN VIGENTE 4
CLASIFICACIÓN
Público
Interno
De uso exclusivo
Confidencial
NOMBRE FICHERO PRO.INF.03 PROCEDIMIENTO PARA LA TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO
RUTA DEL ARCHIVO
PALABRAS CLAVE GLOBOS, VUELO A VELA, PARAPENTE, AEROMODELISMO, ALA DELTA, EVENTOS‐ACTIVIDADES.
RESUMEN DEL CONTENIDO
Procedimiento para coordinar las actividades de escuelas de aeromodelismo, parapente, ala delta, vuelo a vela, globos y similares en el entorno del Aeropuerto de Andorra-La Seu d’Urgell de forma coordinada junto con el gestor aeroportuario y el proveedor de Navegación Aérea.
NOMBRE / PUESTO FECHA FIRMA
REALIZADO (Resp. de actualización y mantenimiento)
Cristina Calleja‐Departamento Técnico APC
12/04/2019
SUPERVISADO Y VALIDADO
Cristina Pastor Torres, Directora del Aeropuerto Andorra‐La Seu d’Urgell
12/04/2019
TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO O PROCEDIMIENTO PRO.INF.03
AERÓDROMO ANDORRA‐LA SEU D’URGELL PÀGINA 3 DE 35
Hoja de control de la distribución
Núm. Copias Nombre Cargo Organización
1 ‐ Departamento Técnico
APC AdC
1 Cristina Pastor Directora del Aeródromo
Andorra‐La Seu d’Urgell AdC
1 ‐ Dependencia AFIS Ferronats
1 ‐ Técnicos de Aeródromo Ferronats y AdC
1 ‐ Promotores de eventos Datos en el Anexo 1 del procedimiento y del
Anexo 2
1 ‐ COP ENAIRE
1 Salvador Plens Manent Inspector Cap de l’ABP de
l’Alt Urgell Mossos d’Esquadra
1 ‐ Responsable SMS AERTEC
TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO PROCEDIMIENTO PRO.INF.03
AERÓDROMO ANDORRA –LA SEU D’URGELL PÀGINA 4 DE 35
ÍNDICE
1. OBJETIVO ................................................................................................................................. 5
2. PERSONAL IMPLICADO Y RESPONSABILIDADES ......................................................................... 6
3. INFRAESTRUCTURAS, EQUIPO O INSTALACIONES ...................................................................... 8
4. RELACIÓN DE LA NORMATIVA APLICABLE Y DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA ....................... 9
5. ESCENARIOS Y ACTIVACIÓN DEL PROCEDIMIENTO .................................................................. 10
Cuando se activa: ........................................................................................................................... 11
Quién lo activa: .............................................................................................................................. 11
Descripción de las actuaciones: ..................................................................................................... 11
Cuando se activa: ........................................................................................................................... 16
Quién lo activa: .............................................................................................................................. 16
Descripción de las actuaciones: ..................................................................................................... 16
ASPECTOS BÁSICOS ........................................................................................................................ 18
OPERACIÓN SIN SERVICIO ATC ....................................................................................................... 19
OPERACIÓN CON SERVICIO ATC ..................................................................................................... 20
6. CONTROL Y GESTIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN FINAL ............................................................. 21
7. ANEXOS .................................................................................................................................. 22
‐ Comunicacions ........................................................................................................................ 34
‐ Reunions de coordinació Aeroport – Aeroports de Catalunya. ............................................... 34
TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO O PROCEDIMIENTO PRO.INF.03
AERÓDROMO ANDORRA‐LA SEU D’URGELL PÀGINA 5 DE 35
1. OBJETIVO
El presente procedimiento pretende establecer la metodología a seguir para la realización de
actividades, ajenas a los aterrizajes y despegues de la infraestructura, en el entorno aeroportuario de
forma segura y coordinada. Se incluyen tanto las actividades que hayan emitido solicitud previa de
actividad y/o coordinación con el aeropuerto como las que no la hayan realizada.
El procedimiento engloba los siguientes escenarios:
‐ Superficies reflectantes que puedan causar deslumbramientos
‐ Fuegos artificiales y/o farolillos u otras luces peligrosas que puedan inducir a confusión o
error.
‐ Suelta de globos libres no tripulados
‐ Globos cautivos (publicidad, pasajeros, fotografía…)
‐ Aeromodelismo y drones
‐ Sondeos meteorológicos
‐ Reserva de espacio aéreo por acontecimiento público
‐ Actividades colombófilas
‐ Focos de atracción de aves (plantaciones, regadíos, vertederos, áreas de agua…)
‐ Actividades deportivas como kitesurf, vuelo a vela, parapente, para motor, globos…
‐ Fuentes de radiación no visible o presencia de objetos (móviles o fijos) que puedan interferir
o afectar negativamente al funcionamiento de las comunicaciones aeronáuticas o los
sistemas de navegación y vigilancia.
El presente procedimiento será de aplicación en el ámbito que incluye la proyección en planta de las
servidumbres de aeródromo. En el caso del Aeropuerto de Andorra‐La Seu d’Urgell, al no estar éstas
aprobadas, se considerarán las Superficies Limitadoras de Obstáculos aprobadas en el Plan Director
Urbanístico Aeroportuario de la infraestructura.
Quedan fuera del ámbito del presente procedimiento aquellas actividades cuya afección esté
directamente relacionada con la presencia de obstáculos físicos que se produzcan en espacios y
zonas afectadas por las SLOs. Este punto queda reflejado en el procedimiento LESU.PRO.MA.01.
Este procedimiento también pretende cerrar un acuerdo con los implicados que tengan actividades
cercanas al Aeropuerto de Andorra‐La Seu d’Urgell donde se refleje que se seguirá el presente
procedimiento y donde los implicados se comprometan a facilitar un calendario anual de eventos así
como la realización de reuniones periódicas con el objeto de mejorar el presente procedimiento.
Este procedimiento no es de aplicación para los ultraligeros que aterrizan y despegan en el
Aeropuerto de Andorra‐La Seu d’Urgell. Estos pueden despegar y aterrizar del aeropuerto siempre y
cuando cumplan con lo establecido en el procedimiento LESU.PRO.OPS.03.
TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO PROCEDIMIENTO PRO.INF.03
AERÓDROMO ANDORRA –LA SEU D’URGELL PÀGINA 6 DE 35
2. PERSONAL IMPLICADO Y RESPONSABILIDADES
Los contactos referentes a este procedimiento pueden encontrarse en el anexo 2 del Manual de
Aeródromo. No obstante, dado que el procedimiento será facilitado a colectivos que no tienen
acceso a dicho Manual, se adjuntan en este apartado también los contactos.
El presente procedimiento es de aplicación a las actividades y condiciones reflejadas en el punto 1
del presente procedimiento y en especial a las escuelas y empresas de globos, vuelo a vela,
parapente y aeromodelismo que tienen su actividad regular en el entorno aeroportuario. En el
apartado Anexo 1 al presente procedimiento se recogen sus datos de contacto y base de
operaciones. No se incluyen las rutas de los diferentes posibles eventos.
En el Anexo 2 se adjunta un listado de contactos de usuarios que no están establecidos alrededor del
Aeropuerto, pero que deberían conocer el presente procedimiento por si en un futuro plantearan la
opción de realizar un evento de las características descritas en el presente documento. Si alguno de
estos usuarios realiza en un futuro una actividad de esta tipología, será incluido en el listado del
anexo 1.
A continuación se adjunta un resumen de las tareas de los principales implicados en el
procedimiento:
Promotores de eventos
o Solicitar permiso de actividad al Director de Aeródromo
o Participar en las reuniones semestrales
o Firmar acuerdo de colaboración con el gestor del aeropuerto
o Comunicar al Director de Aeródromo el calendario de propuesta de eventos y los
cambios que puedan haber en él mismo.
Director de Aeródromo o Técnico de Aeródromo Ejecutivo
o Responsable de activar el procedimiento
o Responsable de convocar las reuniones semestrales con los contactos del Anexo 1
o Responsable de firmar los acuerdos de colaboración con los promotores de
eventos.
o Informar al COP, unidad ATS local y RSMS de las solicitudes de permiso de
actividad
o Informar a los solicitantes de permiso de actividad de los resultados de la solicitud
o Informar a AESA en caso de incidencia
o Informar a Mossos d’Esquadra en caso de incidencia
Responsable del SMS (RSMS)
o Archivar la documentación correspondiente al procedimiento
TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO O PROCEDIMIENTO PRO.INF.03
AERÓDROMO ANDORRA‐LA SEU D’URGELL PÀGINA 7 DE 35
o Elaborar gestiones de riesgo y sesiones de expertos
o Facilitar registros a cumplimentar por parte del promotor actividad/operador
dron
o Analizar documentación entregada por parte del promotor actividad/operador
dron
o Recopilar información de los eventos que no hayan realizado comunicación previa
Técnico de Aeródromo
o Enviar correo al grupo de distribución [email protected] con un
mínimo de 24h de antelación a la operación.
o Colgar en la web del Aeropuerto de Andorra‐La Seu d’Urgell en tiempo real los
NOTAMs publicados.
o Archivar la documentación correspondiente al procedimiento
o Recopilar información de los eventos que no hayan realizado comunicación previa
Dependencia AFIS (autoridad ATS de la zona de responsabilidad) y COP
o Realizar estudios de afección de las solicitudes de permiso de actividad recibidas
o Comunicar al Director de Aeródromo así como al RSMS del Aeropuerto una
respuesta a la solicitud de permiso de actividad
o Trasladar a COP ENAIRE solicitud de permiso de actividad recibida fuera de FIZ y
fuera de SLOs
TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO PROCEDIMIENTO PRO.INF.03
AERÓDROMO ANDORRA –LA SEU D’URGELL PÀGINA 8 DE 35
3. INFRAESTRUCTURAS, EQUIPO O INSTALACIONES
Las instalaciones utilizadas son las diferentes dependencias de los implicados en el presente
procedimiento.
Equipo utilizado: teléfonos, correo electrónico, emisoras
TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO O PROCEDIMIENTO PRO.INF.03
AERÓDROMO ANDORRA‐LA SEU D’URGELL PÀGINA 9 DE 35
4. RELACIÓN DE LA NORMATIVA APLICABLE Y DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA
Manual de Aeropuerto de Andorra‐La Seu d’Urgell
INSA‐15‐60i‐060‐1.0 Guía para la tramitación de actuaciones en el entorno aeroportuario con
afección a los ámbitos de riesgo (DSANA‐AESA)
Real Decreto 1036/2017, de 15 de diciembre, por el que se regula la utilización civil de las
aeronaves pilotadas por control remoto, y se modifican el Real Decreto 552/2014, de 27 de
junio, por el que se desarrolla el Reglamento del aire y disposiciones operativas comunes
para los servicios y procedimientos de navegación aérea y el Real Decreto 57/2002, de 18 de
enero, por el que se aprueba el Reglamento de Circulación Aérea.
TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO PROCEDIMIENTO PRO.INF.03
AERÓDROMO ANDORRA –LA SEU D’URGELL PÀGINA 10 DE 35
5. ESCENARIOS Y ACTIVACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
El procedimiento se activará para los siguientes escenarios:
‐Coordinación con promotores de la actividad
‐ESCENARIO A: Actividades coordinadas con el Aeropuerto antes de su celebración
‐ESCENARIO B: Actividades no coordinadas con el Aeropuerto antes de su celebración
‐ Coordinación de operativa dron
Coordinación con promotores de la actividad
En el interior de la FIZ y de las SLOs del Aeropuerto de Andorra‐La Seu d’Urgell hay varias escuelas de
aeromodelismo, parapente, globos, vuelo a vela… que ya operan de forma regular bajo las
características normativas de su actividad y permisos expedidos por la Autoridad competente (AESA).
Estos promotores de la actividad en determinadas épocas del año organizan actividades que
requieren volar bajo circunstancias diferentes a las que tienen autorizadas dentro de las SLOs del
Aeropuerto. Estas son las circunstancias que son de aplicación a este procedimiento. En las
circunstancias normales de operación, de igual forma, se coordinarán con AFIS y avisarán a AFIS
antes de la realización de su actividad semanal para que AFIS esté al corriente de las horas de
operación y pueda informar a las aeronaves en circuito del aeropuerto. Diariamente, y con la FIZ
activada, se comunicará previamente al AFIS para indicar en la franja horaria que se va a operar, en
qué zonas y a qué alturas. Dicha comunicación se puede realizar por emisora o por teléfono (973 355
324 / 973 355 926)
En el Anexo 1 se recogen los datos de los promotores de actividad que ya organizan eventos en
algunas épocas del año dentro de las SLOs del Aeropuerto. En el Anexo 3 se marca la posición
respecto de las SLOs en las que operan en la actualidad. Esta posición puede variar para los eventos
recogidos en el presente procedimiento.
El gestor enviará un correo al buzón genérico de [email protected] con un mínimo de
24h de antelación para informar de las activaciones de uso público de la infraestructura.
Adicionalmente, en la web del Aeropuerto de Andorra‐La Seu d’Urgell se informa en tiempo real de
todos los NOTAMs publicados. Se puede consultar esta información en:
http://aeroportandorralaseu.cat/docs/NOTAM.pdf
Estos promotores, cada vez que quieran realizar actividades especiales, según indicado, deberán
proceder como se indica en el ESCENARIO A.
Para poder hacer una mayor difusión de este procedimiento, el Director de Aeródromo organizará
reuniones semestrales con todos los implicados del Anexo 1 y levantará acta. En estas reuniones se
hará un refresco del procedimiento, se expondrán las incidencias acaecidas durante el semestre y se
propondrán soluciones. Así mismo, se entregará un calendario de los eventos previstos por parte de
cada uno de los promotores. Cada vez que se actualice este calendario, el promotor enviará la
información actualizada al Director de Aeródromo (datos de contacto en el Anexo 1).
TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO O PROCEDIMIENTO PRO.INF.03
AERÓDROMO ANDORRA‐LA SEU D’URGELL PÀGINA 11 DE 35
El Director de Aeródromo firmará un acuerdo con cada uno de los promotores de la actividad que
realicen eventos especiales en el entorno de las SLOs del aeropuerto. El formato para este acuerdo
se encuentra en el Anexo 7 del procedimiento.
El Director de Aeródromo remitirá el presente procedimiento, pero no firmará un acuerdo, a
potenciales promotores de eventos de la tipología del punto 1 para su conocimiento. Se ha
considerado un área de hasta 50 Km inicialmente desde el Aeropuerto como área inicial de
influencia. En el Anexo 2 se adjunta el listado de los potenciales implicados.
De forma anual se actualizará el listado del Anexo 1 y 3. En caso en que un nuevo promotor, no
incluido en el Anexo 1, desee realizar un evento dentro de las SLOs del Aeropuerto de Andorra‐La
Seu d’Urgell, será incluido en el mismo y se le informará de todo el proceso.
ESCENARIO A: Actividades coordinadas con el Aeropuerto antes de su celebración
Cuando se activa:
Cuando el promotor de una de las actividades descritas en el punto 1 del presente procedimiento
comunica con un mínimo de 15 días hábiles su intención de realizar una de las actividades al gestor
aeroportuario (Director del Aeropuerto).
Quién lo activa:
El Director de Aeródromo cuando recibe la solicitud de la actividad. También podrá activar este
escenario el Técnico de Aeródromo Ejecutivo que podrá desarrollar estas tareas en caso en que el
Director no pueda llevarlas a cabo.
Descripción de las actuaciones:
Los promotores que quieran realizar alguna de las actividades del punto 1 en el interior de la FIZ o en
el ámbito de las SLOs del Aeropuerto de Andorra‐La Seu d’Urgell deberán enviar por correo
electrónico a la Dirección del Aeródromo la solicitud del Anexo 4 cumplimentada con un mínimo de
15 días hábiles. La solicitud del Anexo 4 incluye los datos mínimos necesarios para identificar,
describir y ubicar la actividad.
El incumplimiento del plazo fijado para la presentación de la solicitud deberá ser justificado
convenientemente, quedando a criterio del Director de Aeródromo desestimar la solicitud
presentada.
Si la solicitud no se envía al Director de Aeródromo y se hace a otro de los implicados en el
procedimiento, éste lo reenviará al Director para que éste inicie el proceso administrativo.
El Director de Aeródromo remitirá la solicitud del promotor a ENAIRE o a la autoridad ATS de la zona
de responsabilidad (FIZ) en función de la zona en la que se desarrolle la actividad en el ámbito de las
SLOs, tal y como se describe a continuación:
TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO PROCEDIMIENTO PRO.INF.03
AERÓDROMO ANDORRA –LA SEU D’URGELL PÀGINA 12 DE 35
Si la actividad se desarrolla en uso público del aeródromo
o Si la actividad prevé desarrollarse dentro de la FIZ del Aeropuerto
En el Anexo 3 se muestra un plano indicando la zona sobre las SLOs que recoge la FIZ del Aeropuerto.
En la actualidad la FIZ incluye todas las SLOs publicadas del Aeropuerto. Las SLOs no son un espacio
aéreo diferenciado de la FIZ.
Si la actividad del promotor prevé desarrollarse dentro de esta zona, el Director de Aeródromo
remitirá la solicitud a la autoridad ATS de la zona de responsabilidad (AFIS) FIZ del Aeropuerto. Los
datos de contacto se recogen en el Anexo 1 del presente procedimiento.
El ATS local realizará estudio y comentarios de la situación para coordinar y gestionar cualquier
eventualidad que pudiera surgir. Si la actividad propuesta no supone un riesgo, el servicio de tránsito
aéreo aprobará la actividad y si supone un riesgo a la afección de la operación podrá denegar la
actividad o si lo considera posible definir medidas/limitaciones en coordinación con el Aeropuerto
para la realización de la actividad. En el análisis se tendrá en cuenta si la FIZ está o no activada para la
fecha de solicitud de la actividad.
El Director de Aeródromo recibirá por parte de la autoridad ATS de la zona de responsabilidad una
carta con los resultados del estudio. Este documento lo remitirá junto con una carta del gestor
(Anexo 5) al solicitante de la actividad y pondrá en copia a todos los implicados. En esta carta se
indicará si la respuesta es positiva, negativa o si supone alguna limitación.
El RSMS también será informado por parte de la autoridad ATS de las conclusiones del estudio para
incluirlas en el SMS y comprobar su eficacia.
o Si la actividad prevé desarrollarse fuera de la FIZ del Aeropuerto
En el Anexo 3 se muestra un plano indicando la FIZ y la envolvente de las SLOs.
Si la actividad del promotor prevé desarrollarse fuera de la FIZ y de las SLOs, el Director de
Aeródromo remitirá la solicitud a la autoridad ATS de la zona de responsabilidad (AFIS) FIZ del
Aeropuerto. Los datos de contacto se recogen en el Anexo 1 del presente procedimiento.
El ATS local analizará la solicitud y la remitirá la solicitud al COP (ENAIRE). El COP se coordinará con la
dependencia ATS local para su estudio y comentarios. Los datos de contacto se recogen en el Anexo
1 del presente procedimiento.
El COP realizará estudio y comentarios de la situación para coordinar y gestionar cualquier
eventualidad que pudiera surgir. Si la actividad propuesta no supone un riesgo, aprobará la actividad
y si supone un riesgo a la afección de la operación podrá denegar la actividad o si lo considera posible
definir medidas/limitaciones en coordinación con el Aeropuerto y la dependencia local ATS para la
realización de la actividad.
TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO O PROCEDIMIENTO PRO.INF.03
AERÓDROMO ANDORRA‐LA SEU D’URGELL PÀGINA 13 DE 35
El Director recibirá por parte del COP un estudio. Este documento lo remitirá junto con una carta del
gestor (Anexo 5) al solicitante de la actividad y pondrá en copia a todos los implicados. En esta carta
se indicará si la respuesta es positiva, negativa o si supone alguna limitación.
El RSMS también será informado de las conclusiones del estudio para incluirlas en el SMS y
comprobar su eficacia.
La respuesta dada por el Director de Aeródromo, en los dos casos descritos previamente (dentro de
la FIZ y fuera de la FIZ, no exime al promotor de la actividad de disponer de los permisos propios para
la realización de la actividad (AESA…) así como la publicación de NOTAM (coordinado con el AIS) en
caso necesario. Cualquier cambio en la programación de la actividad así como la publicación NOTAM,
deberán ser remitidas al Director de Aeródromo, quién lo remitirá al resto de implicados para su
conocimiento.
El promotor deberá realizar la publicación NOTAM. Podrá disponer de apoyo del gestor
aeroportuario para la realización de este trámite.
El Director de Aeródromo, además de remitir respuesta al promotor, deberá enviar a AESA el
resultado del análisis, indicando si la actividad es compatible con la operación del aeropuerto o no,
adjuntando una copia de la contestación dada al promotor de la actividad. La respuesta del Director
de Aeródromo deberá ser emitida como mínimo 7 días antes de la fecha de la actividad.
El RSMS del Aeropuerto tendrá acceso a toda la documentación generada por cada una de las
solicitudes realizadas e incorporará dicha documentación al SMS del Aeropuerto de Andorra‐La Seu
d’Urgell para hacer control y seguimiento de las diferentes situaciones. El Director de Aeródromo le
facilitará toda la información necesaria.
El Técnico de Aeródromo también se encargará de archivar toda la documentación generada.
En el caso de que para el desarrollo de la actividad deban llevarse a cabo medidas de mitigación, si
éstas no se llevan a cabo, el gestor aeroportuario podrá solicitar la intervención de la autoridad
(AESA) para que tome acciones necesarias, advirtiéndoles incluso de la posible
denegación/interrupción de la actividad. En este caso, la Dirección del Aeropuerto remitirá la carta
acorde al formato del Anexo 6 junto con toda la documentación justificativa de los pasos llevados a
cabo. La autoridad ATS también puede cancelar la actividad en coordinación con el servicio AFIS y el
gestor aeroportuario por afección a las operaciones aéreas o no cumplir los puntos pactados, y
posteriormente lo notificará a AESA.
o Si la actividad prevé desarrollarse fuera de la FIZ del Aeropuerto y fuera de las SLOs
En caso de solicitud de actividad en horario de infraestructura con uso público, El Director del
aeropuerto remitirá la solicitud a la autoridad ATS de la zona de responsabilidad (AFIS). En
este caso, el AFIS local analizará la actividad y la remitirá al COP de Si la actividad del
promotor prevé desarrollarse fuera de la FIZ y de las SLOs del aeropuerto, el Director de
Aeródromo remitirá la solicitud a la autoridad ATS de la zona de responsabilidad (AFIS) FIZ
del Aeropuerto. Los datos de contacto se recogen en el Anexo 1 del presente procedimiento.
TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO PROCEDIMIENTO PRO.INF.03
AERÓDROMO ANDORRA –LA SEU D’URGELL PÀGINA 14 DE 35
El ATS local realizará estudio y comentarios de la situación para coordinar y gestionar
cualquier eventualidad que pudiera surgir. Si la actividad propuesta no supone un riesgo, el
servicio de tránsito aéreo aprobará la actividad y si supone un riesgo a la afección de la
operación podrá denegar la actividad o si lo considera posible definir medidas/limitaciones
en coordinación con el Aeropuerto para la realización de la actividad. En el análisis se tendrá
en cuenta si la FIZ está o no activada para la fecha de solicitud de la actividad.
El Director de Aeródromo recibirá por parte de la autoridad ATS de la zona de
responsabilidad una carta con los resultados del estudio. Este documento lo remitirá junto
con una carta del gestor (Anexo 5) al solicitante de la actividad y pondrá en copia a todos los
implicados. En esta carta se indicará si la respuesta es positiva, negativa o si supone alguna
limitación.
El RSMS también será informado por parte de la autoridad ATS de las conclusiones del
estudio para incluirlas en el SMS y comprobar su eficacia.
Si la actividad se desarrolla en uso restringido del aeropuerto:
En el Anexo 3 se muestra un plano indicando la zona sobre las SLOs que queda fuera de la
FIZ. En uso restringido del aeropuerto la FIZ no está activada, en este caso, son de aplicación
las SLOs. En uso restringido se seguirá el siguiente procedimiento.
El Director de Aeródromo en coordinación con el RSMS remitirán la solicitud al COP (ENAIRE).
El COP se pondrá en contacto con el promotor de actividad para análisis de la actividad y
comentarios.
Si la actividad propuesta no supone un riesgo, aprobará la actividad y si supone un riesgo a la
afección de la operación podrá denegar la actividad o si lo considera posible definir
medidas/limitaciones en coordinación con el Aeropuerto y el RSMS para la realización de la
actividad.
El Director recibirá por parte del COP un estudio. Este documento lo remitirá junto con una
carta del gestor (Anexo 5) al solicitante de la actividad y pondrá en copia a todos los
implicados. En esta carta se indicará si la respuesta es positiva, negativa o si supone alguna
limitación.
El RSMS también será informado de las conclusiones del estudio para incluirlas en el SMS y
comprobar su eficacia.
El RSMS del Aeropuerto tendrá acceso a toda la documentación generada por cada una de
las solicitudes realizadas e incorporará dicha documentación al SMS del Aeropuerto de
Andorra‐La Seu d’Urgell para hacer control y seguimiento de las diferentes situaciones. El
Director de Aeródromo le facilitará toda la información necesaria.
El Técnico de Aeródromo también se encargará de archivar toda la documentación generada.
TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO O PROCEDIMIENTO PRO.INF.03
AERÓDROMO ANDORRA‐LA SEU D’URGELL PÀGINA 15 DE 35
En el caso de que para el desarrollo de la actividad deban llevarse a cabo medidas de
mitigación, si éstas no se llevan a cabo, el gestor aeroportuario podrá solicitar la intervención
de la autoridad (AESA) para que tome acciones necesarias, advirtiéndoles incluso de la
posible denegación/interrupción de la actividad.
TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO PROCEDIMIENTO PRO.INF.03
AERÓDROMO ANDORRA –LA SEU D’URGELL PÀGINA 16 DE 35
ESCENARIO B: Actividades no coordinadas con el Aeropuerto antes de su celebración
Cuando se activa:
Cuando una fuente del aeropuerto o externa detecta una de las siguientes actividades y lo comunica
a la Dirección del aeropuerto:
‐Una actividad del punto 1 que se va a realizar en el Aeropuerto pero que no ha sido
comunicada. Detección a través de folletos informativos, periódicos, páginas web…
‐Una actividad del punto 1 puntual en el momento de realización de la misma.
‐Una actividad del punto 1 en el momento de realización de la misma pero que perdura en el
tiempo.
Quién lo activa:
El Director de Aeródromo cuando recibe la solicitud de la actividad. También podrá activar este
escenario el Técnico de Aeródromo Ejecutivo que podrá desarrollar estas tareas en caso en que el
Director no pueda llevarlas a cabo.
Estos activarán el procedimiento cuando se lo comunique quién detecte esta situación.
Descripción de las actuaciones:
El usuario que detecte una de las circunstancias descritas lo comunicará al Aeropuerto de Andorra‐La
Seu d’Urgell. El Aeropuerto lo pondrá en comunicación del Director de Aeródromo para la activación
del procedimiento.
El Director de Aeródromo designará al Técnico de Aeródromo, que junto con el RSMS, recopilará
como mínimo los siguientes datos para poder realizar un estudio de afección:
‐Coordenadas (ubicación)
‐Altura máxima
‐Frecuencias de radio y alcance de las mismas
‐Recorrido previsto
‐Descripción de la actividad
‐Hora de realización y duración
‐Toda la documentación generada a propósito de la detección y tratamiento de esta situación
El RSMS activará el procedimiento 8 del SMS para el tratamiento de este escenario B. Es posible que
estas actividades correspondan a situaciones ya detectadas en el Aeropuerto y de las que se haya
activado el procedimiento 1 del SMS. La comunicación de sucesos y gestiones de riesgos a AESA se
realizará tal y cómo se establece en el SMS del Aeropuerto.
Una vez realizado el estudio de afección el RSMS determinará si hay que realizar una sesión de
expertos dentro de gestión de riesgos para analizar el evento. Las medidas que surjan de la gestión
TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO O PROCEDIMIENTO PRO.INF.03
AERÓDROMO ANDORRA‐LA SEU D’URGELL PÀGINA 17 DE 35
de riesgos serán seguidas a través del SMS. Si el responsable del seguimiento de alguna medida es
ajeno al aeropuerto y no colabora, se informará a AESA (anexo 6) para qué decida las acciones a
llevar a cabo. El Aeropuerto seguirá con su control y seguimiento en la medida de lo posible y
recopilará toda la documentación generada al respecto para su traslado a AESA.
Una vez adoptadas las medidas mitigadoras según lo previsto y finalizada o controlada la actuación
origen del riesgo, el RSMS redactará una resolución final que remitirá a AESA. Este documento
recopilará aquellas evidencias documentales que demuestren el cumplimiento de implantación y
seguimiento definido por el gestor y que garanticen que todo el proceso se ha desarrollado conforme
a lo establecido en el presente procedimiento y guías de referencia.
Si el evento ya ha transcurrido se actuará como indicado. No obstante, es posible, que se detecte el
evento durante la realización del mismo. En este caso, además de actuar cómo previamente
indicado, el Director de Aeródromo o Técnico de Aeródromo Ejecutivo avisarán y coordinarán con
Mossos de Esquadra para su actuación. Así mismo, la dependencia AFIS intentará ponerse en
contacto con los usuarios de la actividad no aprobada si estos portan emisora.
TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO PROCEDIMIENTO PRO.INF.03
AERÓDROMO ANDORRA –LA SEU D’URGELL PÀGINA 18 DE 35
Coordinación de operativa dron
Esta coordinación se realiza en base al marco normativo establecido recientemente por el Real
Decreto 1036/2017, de 15 de diciembre, por el que se regula la utilización civil de las aeronaves
pilotadas por control remoto, y se modifican el Real Decreto 552/2014, de 27 de junio, por el que se
desarrolla el Reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y
procedimientos de navegación aérea y el Real Decreto 57/2002, de 18 de enero, por el que se
aprueba el Reglamento de Circulación Aérea.
Lo expuesto a continuación se realizará adicionalmente a lo expuesto en los apartados anteriores.
ASPECTOS BÁSICOS
A continuación se detalla las diversas referencias normativas a considerar para la operación de drones:
En los artículos 21,22, 23 y 24 del RD 1036/2017, se definen las condiciones de utilización del espacio aéreo para diferentes tipos de operación y diferentes CONOPS.
En los artículos 26,27 y 28 se definen los requisitos a tener en cuenta para realizar la operación.
En los artículos 39 hasta 44 se definen las diferentes maneras de proceder y/o condiciones para operar.
Este último punto identifica dos vías de comunicación para la operación de drones:
Comunicación previa: Permite realizar:
o El ejercicio de las operaciones aéreas especializadas contempladas en el artículo 21.1 y 2, letra a), siempre que no se realicen en espacio aéreo controlado o dentro de una zona de información de vuelo (FIZ)
o La realización de vuelos experimentales, por aeronaves cuya masa máxima al despegue sea igual o inferior a 25 kg, estará sujeta a la comunicación previa a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.
o Operaciones aéreas especializadas previstas en el artículo 21.1 por aeronaves cuya masa máxima al despegue no exceda de 50 kg, siempre que no se realicen en espacio aéreo controlado o dentro de una zona de información de vuelo (FIZ).
Autorización previa: Permite realizar:
o Las operaciones aéreas especializadas y vuelos experimentales por aeronaves cuya masa máxima al despegue sea superior a 25 kg, a excepción de las operaciones a que hace referencia el artículo 39.1, segundo párrafo.
o Las operaciones aéreas especializadas contempladas en el artículo 21.2, letra b), y 3.
o Las operaciones aéreas especializadas que, conforme a lo previsto en el artículo 24, pretendan operar en espacio aéreo controlado o en una zona de información de vuelo (FIZ), incluida la zona de tránsito de aeródromo.
TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO O PROCEDIMIENTO PRO.INF.03
AERÓDROMO ANDORRA‐LA SEU D’URGELL PÀGINA 19 DE 35
o Las operaciones aéreas especializadas o vuelos experimentales realizados de noche, conforme a lo previsto en el artículo 25.
o Cualquier modificación en las condiciones de ejercicio de las actividades a que se refieren las letras anteriores o de los requisitos acreditados para obtener la autorización.
OPERACIÓN SIN SERVICIO ATC
Los requisitos para permitir la operación sin servicio ATC dependerán de:
Tipo de comunicación: Comunicación o autorización.
Ubicación del vuelo: Dentro o fuera del área de influencia del aeroportuario.
Se solicitará, para verificar el cumplimiento de lo previsto en el RD 1036/2017, que se disponga de la documentación prevista.
Certificado de conocimientos prácticos del modelo de aeronave.
Manual de vuelo de la aeronave.
Estudio aeronáutico de seguridad de la operación.
Seguro conforme a la normativa vigente.
Solicitud de autorización de operación y confirmación de autorización por parte de AESA, en caso de requerir autorización previa.
Acuse de recibo, comunicación previa y declaración responsable, en caso de requerir comunicación previa.
Estas solicitudes de operación se remitirán al responsable de seguridad operacional, que facilitará los registros ILD.E.15.PMN.04.REG.05 Coordinación fuera recinto aeroportuario y/o ILD.E.15.PMN.04.REG.06 Coordinación dentro recinto aeroportuario, según aplique. Una vez recibida la documentación, el responsable de seguridad operacional procederá a revisar la documentación e informará a la Dirección de Operaciones la corrección de la información recibida, procediendo a la autorización de la operación.
TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO PROCEDIMIENTO PRO.INF.03
AERÓDROMO ANDORRA –LA SEU D’URGELL PÀGINA 20 DE 35
OPERACIÓN CON SERVICIO ATC
En paralelo a lo mencionado en el apartado anterior, al recibirse una petición de operación dentro del horario de servicio ATC o con requisito de servicio ATC, se comunicará a Ferronats, a la dirección [email protected] que, en cumplimiento de sus procedimientos específicos y lo establecido en el acuerdo entre ATSP civiles en relación con la operación de aeronaves civiles pilotadas por control remoto (RPAS), analizará la operación. Sólo se podrá realizar la operación en caso de autorización por parte del gestor aeroportuario y el proveedor del servicio ATC.
Esquema de proceso de coordinación para operaciones RPAS.
TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO O PROCEDIMIENTO PRO.INF.03
AERÓDROMO ANDORRA‐LA SEU D’URGELL PÀGINA 21 DE 35
6. CONTROL Y GESTIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN FINAL
Todas las comunicaciones relacionadas con este procedimiento serán archivadas.
Los registros generados serán archivados como se indica a continuación:
REGISTRO RESPONSABLE
CUMPLIMENTAR
RESPONSABLE
ARCHIVO UBICACIÓN SOPORTE PERÍODO
LESU.PRO.INF.03-
01 Solicitud de
permiso de
actividad
Promotor de la
actividad
Técnico de
Aeródromo LESU Digital 5 años
LESU.PRO.INF.03-
02 Modelo de
comunicación al
promotor de la
actividad
Director de
Aeródromo
Técnico de
Aeródromo LESU Digital 5 años
LESU.PRO.INF.03-
03 Solicitud de
intervención de
AESA
Director de
Aeródromo
Técnico de
Aeródromo LESU Digital 5 años
LESU.PRO.INF.03-
04 Modelo de
acuerdo de
colaboración con
promotores de
actividad
Director de
Aeródromo y
promotor de la
actividad
Técnico de
Aeródromo LESU Digital 5 años
LESU.PRO.INF.03-
05 Coordinación
aeropuerto de
andorra-la seu con
operador dron
Operador RSO Archivos
RSO
Digital 5 años
TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO PROCEDIMIENTO PRO.INF.03
AERÓDROMO ANDORRA –LA SEU D’URGELL PÀGINA 22 DE 35
7. ANEXOS
TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO O PROCEDIMIENTO PRO.INF.03
AERÓDROMO ANDORRA‐LA SEU D’URGELL PÀGINA 23 DE 35
6.1 ANEXO 1: Datos de contacto del Aeropuerto y actuales promotores de actividad
o Datos de contacto del Aeropuerto (LESU), Mossos d’Esquadra, COP y AESA
Nombre Empresa Teléfono Correo
Director Aeródromo Cristina Pastor Torres
Aeroports de Catalunya 695 56 08 22 [email protected]
Técnico de Aeródromo ‐ Aeroports de Catalunya/
FerroNATS 973 355 324 [email protected]
Dependencia AFIS (autoridad ATS de la zona de responsabilidad
‐ Ferronats 973 355 926/973 354 810 [email protected]
COP ‐ ENAIRE ‐ [email protected]
AESA ‐ AESA ‐ [email protected]
Mossos d’Esquadra Salvador Plens Manent
MOSSOS D’ESQUADRA 607072065 [email protected]
o Datos de contacto de promotores actuales de actividad o que se encuentran dentro de las SLOs de LESU
Se incluyen los datos de los ayuntamientos dentro de las SLOs ya que pueden realizar eventos relacionados con fuegos artificiales y similares.
Nombre Teléfono Correo Actividades
Club Parapent Pirenaic Ferran Carricondo 678418070; 973 383 036 [email protected] Parapente
Club Sedis Miquel Caminal 639740274 [email protected] Aeromodelismo
Centre de Vol parapent Organyà ‐ 639330406; 973 382 094 [email protected] Parapente
Volar en parapente José Miguel Vega 633217141; 973382091 [email protected]; Parapente
Organyà Experience Jordi Medina; Mireia Suñé
626319949; 659802394 [email protected] Parapente
Club de vol Alt Urgell (Aravell) Lluís Morales 654616950 [email protected] Ala delta
Centre Vol a Vela Cerdanya Sergi Pujol 661232703 [email protected]; [email protected]
Vuelo a vela
Montferrer i Castellbò Albert Marquet i Lacaya
973 351 343 [email protected]
TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO PROCEDIMIENTO PRO.INF.03
AERÓDROMO ANDORRA –LA SEU D’URGELL PÀGINA 24 DE 35
Ribera d’Urgellet Josefina Llados Torrent
973 387045 [email protected] Ayuntamiento
La Seu d’Urgell Albert Batalla i Siscart 973 350 010 alcaldia@aj‐laseu.cat Ayuntamiento
Les Valls de Valira Ricard Mateu Vidal 973 350 458 [email protected] Ayuntamiento
Alàs i Cerc Bartolomé Majoral Moliné
973 352054 [email protected] Ayuntamiento
6.2 ANEXO 2: Datos de contacto de potenciales promotores de actividad (radio de 50 Km desde el Aeropuerto de LESU)
En este listado no se incluyen los datos de contacto de campos de vuelo o aeródromos.
Nombre Teléfono Correo Actividades
Globospi (Globos de la Cerdanya) ‐ 639631264 [email protected] Globos
Escola Vilanova de Meià ‐ 626213605 ‐ Parapente
Escola volem (Berga) ‐ 667766401; 938 231 040 [email protected] Parapente y paramotor
Club aeromodelisme la Cerdanya (Puigcerdà) ‐ 972 140 477 [email protected] Aeromodelismo
KONTIKI Miquel Messegué Ángel Aguirre
670238472 639206454
[email protected] Vols en Globus
Vols Aventura Experience Quico Vidal Gasch 678 60 30 69 [email protected] Vols en Globus
Camins de Vent Xavier Aguilera
933967300 675100200
Vols en Globus
Vuelo Ballooning Nicolas Schwartz 666 424 177
[email protected] [email protected]
Vols en Globus
Entrenúvols Jordi Marquillas
973455023 639776659
[email protected] Parapent
Vol a vela Igualada Joan Claudi Minguell
‐ [email protected] [email protected]
Vol a Vela
TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO O PROCEDIMIENTO PRO.INF.03
AERÓDROMO ANDORRA‐LA SEU D’URGELL PÀGINA 25 DE 35
David Borràs Josep Lluis Borràs
Club de vuelo Albatros Benabarre Josep Mª Vall ‐
[email protected] [email protected]
‐
Fly‐Pyr Santa Cilia Luis Ferreira 974 377 610
info@fly‐pyr.es lferreira@fly‐pyr.es
‐
Federació Aèria Catalana Héctor Rodríguez 934 575 328
[email protected]@federacioaeria.cat
‐
TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO PROCEDIMIENTO PRO.INF.03
AERÓDROMO ANDORRA –LA SEU D’URGELL PÀGINA 26 DE 35
6.3 ANEXO 3: Plano SLOs y FIZ de LESU. Se incluye ubicación de actuales promotores de actividad
En el siguiente plano se marcan con números la ubicación de los actuales promotores de actividad
respecto del Aeropuerto de Andorra‐La Seu d’Urgell. En naranja se marca la envolvente de las SLOs y
en amarillo la FIZ.
En el plano se indica la relación entre los números y los diferentes promotores de actividad.
Los números 2 (Club Sedis) y 6 (Club de Vol Alt Urgell) se encuentran dentro de la FIZ. Su operativa
actual está aprobada por AESA. No obstante, cuando realizan eventos o modifican las altitudes de
vuelo deben proceder acorde al presente procedimiento.
Junto con este procedimiento se facilita a los promotores de actividad un archivo .kmz de Google
Earth para poder introducir las coordenadas exactas de todos los puntos de la FIZ y de la envolvente
de los SLOs. De este modo, se pueden cargar las coordenadas en los dispositivos GPS de los
promotores de actividad.
TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO O PROCEDIMIENTO PRO.INF.03
AERÓDROMO ANDORRA‐LA SEU D’URGELL PÀGINA 27 DE 35
6.4 ANEXO 4: Solicitud de permiso de actividad (LESU.PRO.INF.03‐01)
LESU.PRO.INF.03‐01
SOLICITUD DE PERMISO DE ACTIVIDAD
Fecha: ___ / ___ / _______
(remitir este formulario a [email protected] y [email protected])
Solicitante:
Nombre y Apellidos: __________________________________________________
Dirección: __________________________________________________________
Teléfono: ___________________________________________________________
Correo electrónico: ___________________________________________________
Empresa: ___________________________________________________________
ACTIVIDAD
Aeromodelismo
Cometas/velas
Drones
Focos de atracción de aves (plantaciones, regadíos, vertederos, comederos de aves, áreas de agua…)
Actividades colombófilas
Farolillos
Fuegos artificiales/lanzamiento de cohetes
Fuentes de radiación
Globos cautivos
Focos/elementos luminosos/superficies reflectantes
Parapente/paramotor
Producción de humo
Suelta de globos
Sondeos meteorológicos
Otros
FECHAS DE LA ACTIVIDAD
Fechas: __________________________________________________
Horarios (indicar si es hora local o UTC): ________________________
TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO PROCEDIMIENTO PRO.INF.03
AERÓDROMO ANDORRA –LA SEU D’URGELL PÀGINA 28 DE 35
Duración de la actividad: _____________________________________
Número de pilotos del evento: _____________________________________
ZONA DE TRABAJO (Sistema de referencia WGS‐84 Coordenadas geográficas)
Municipio y provincia: _____________________________________
A. Tipo de zona (en grados minutos y segundos. Añadir todos los puntos necesarios)
Latitud:_____________________ Longitud: _____________________ W/ E
Latitud:_____________________ Longitud: _____________________ W/ E
Latitud:_____________________ Longitud: _____________________ W/ E
Latitud:_____________________ Longitud: _____________________ W/ E
Radio:______________________ Km o NM
B. Altura Máxima sobre el terreno (AGL) o Altitud sobre el Nivel del Mar (MSL)
Indicar unidad y tipo :_____________________ m o ft / AGL o MSL
C. Otros datos: _________________________________________
Certificado de conformidad del organizador:
Certifico que:
‐ La información contenida en el formulario y su documentación adjunta es verdadera, real y correcta
‐ Cuento con la habilitación necesaria para poder llevar a cabo la actividad solicitada
‐ El personal y/o medios materiales empleados para realizar la actividad cumple con los requisitos establecidos por
DGAC/AESA
Firma (fecha y lugar) por el organizador o persona designada y autorizada a actuar como representante en la
tramitación del formulario.
TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO O PROCEDIMIENTO PRO.INF.03
AERÓDROMO ANDORRA‐LA SEU D’URGELL PÀGINA 29 DE 35
6.5 ANEXO 5: Modelo de comunicación al promotor de la actividad (LESU.PRO.INF.03‐02)
[Destinatario]
Fecha: __________ de __________ de 20__
ASUNTO: Comunicación de actividad con afección a la seguridad aérea del Aeropuerto de
__________________
La Dirección del Aeropuerto de ____________________ha tenido conocimiento de
________________ [descripción de la actividad y de la fuente de información].
El Aeropuerto de _____________________ ha llevado a cabo una Gestión de riesgos en el que se ha
examinado la problemática que la actividad descrita anteriormente supone para el Aeropuerto.
Dicho análisis arrojó como resultado la existencia de potenciales riesgos para la actividad aérea, a
menos que se establezcan restricciones operativas y otras medidas correctoras/mitigadoras que
alteran la operativa habitual del aeropuerto con las consecuencias que éstas suponen para el mismo.
[A continuación se describirá el marco normativo relativo al incumplimiento detectado, incluyendo los
apartados y añadiendo las referencias que se estimen oportunos en cada caso específico]
A fin de asegurar la continuidad del uso en adecuadas condiciones de seguridad del Aeropuerto,
dado que la actividad mencionada, como ha quedado constatado, supone un riesgo para el tráfico
aéreo del Aeropuerto, se considera necesario limitar las actuaciones descritas, adoptando las
siguientes medidas:
[Describir las medidas a adoptar por la entidad a la que se dirige la comunicación]
En este sentido se informa de que: Existen preceptos legales que protegen la seguridad aérea
mediante la adopción de las medidas oportunas al objeto de prohibir, limitar o condicionar
actividades que se ubiquen dentro de servidumbres aeronáuticas y puedan suponer un peligro para
las operaciones aéreas o para el correcto funcionamiento de las instalaciones radioeléctricas;
En caso de no adoptarse las medidas propuestas y persistir el riesgo para el tráfico aéreo del
Aeropuerto, se puede incurrir en una vulneración de la legislación aeronáutica vigente calificables de
infracción administrativa, según la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea, susceptible de ser
sancionada con una multa de 90.001 a 225.000 euros. Lo que se comunica para conocimientos y
efectos oportunos.
[FIRMA]
TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO PROCEDIMIENTO PRO.INF.03
AERÓDROMO ANDORRA –LA SEU D’URGELL PÀGINA 30 DE 35
6.6 ANEXO 6: Solicitud de intervención de AESA (LESU.PRO.INF.03‐03)
Agencia Estatal de Seguridad Aérea
Unidad de Supervisión de SMS de Aeropuertos y Gestión del Cambio
Fecha: __________ de __________ de 20__
ASUNTO: Actuaciones en el entorno aeroportuario con afección a la seguridad aérea La Dirección del
Aeropuerto de ____________________ ha detectado el desarrollo en el entorno del aeropuerto de
_______________ [descripción de la actividad y de la fuente de información].
Tras haber realizado una Gestión de Riesgos cuyo resultado determinó la existencia de riesgos para la
actividad aérea, el Gestor Aeroportuario ha procedido a establecer una serie de restricciones
operativas y otras medidas correctoras/mitigadoras que han supuesto una alteración de la operativa
habitual del mismo con las consecuencias que esto supone. Asimismo, el Aeropuerto procedió con
fecha __________________ a notificar a _______________________________, entidad/particular
responsable de la actividad de riesgo detectada, los peligros que su actividad conlleva para el
aeropuerto y la ha instado a la adopción de las siguientes medidas:
[A continuación se describirán las medidas solicitadas a la entidad/particular ajena al Aeropuerto]
Cumplidos los plazos establecidos, la actividad origen del riesgo se ha mantenido en el tiempo sin
que se hayan adoptado por parte la organización responsable las medidas establecidas, por lo que se
mantienen las restricciones operativas adoptadas, situación que debe solventarse a la mayor
brevedad posible por su afección a la operación y regularidad del Aeropuerto.
Por todo ello, Dº/ª_____________________[indicar nombre], ____________________[indicar cargo
del responsable superior de la organización del Gestor Aeroportuario que realiza la solicitud) de la
organización _____________________[indicar nombre de la organización], da traslado a la Agencia
Estatal de Seguridad Aérea como Autoridad Competente en materia de Seguridad Aérea para actuar
frente a la presente situación.
Se adjuntan a la presente solicitud, las evidencias documentales que avalan el cumplimiento por
parte de ____________[Nombre del Gestor Aeroportuario] de la “Guía para la Tramitación de
Actuaciones en el Entorno Aeroportuario con Afección a los Ámbitos de Riesgo”, que AESA ha
desarrollado para estos casos.
Los documentos adjuntos son:
Se listarán los documentos remitidos. Como mínimo se incluirán:
‐ Gestión de Riesgos y documentación complementaria
‐ Actas de reunión, comunicados, etc. a las entidades y/o particulares responsable de la actividad.
TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO O PROCEDIMIENTO PRO.INF.03
AERÓDROMO ANDORRA‐LA SEU D’URGELL PÀGINA 31 DE 35
‐ Comunicados a los organismos que directa o indirectamente puedan ejercer alguna influencia sobre
estos riesgos.
‐ Todos aquellos que el Gestor aeroportuario considere relevantes. En cualquier caso, quedamos a
disposición de AESA para la remisión de cualquier otra información o documentación que la Agencia
considere relevante durante el desarrollo del proceso que se inicie a partir de la presente solicitud.
[FIRMA]
TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO PROCEDIMIENTO PRO.INF.03
AERÓDROMO ANDORRA –LA SEU D’URGELL PÀGINA 32 DE 35
6.7 ANEXO 7: Modelo de acuerdo de colaboración con promotores de actividad (LESU.PRO.INF.03‐
04)
[Posar lloc i data] REUNITS: D’una part, El/La Sr/Sra [posar el nom i cognoms], en nom i representació d’AEROPORTS PÚBLICS DE CATALUNYA, S.L.U., amb domicili social a l’Avinguda Litoral, 36‐40, 08005 de Barcelona, amb NIF [posar el NIF], en la seva qualitat de President. D’altra part, El/La Sr/Sra [posar el nom i cognoms], en nom i representació de [posar el nom de l’empresa del promotor] en la seva qualitat de [posar el càrrec de l’encarregat de signar l’acord]. Reconeixent‐se mútuament i recíproca la capacitat legal per firmar aquest acord,
EXPOSEN: 1.‐ Que AEROPORTS DE CATALUNYA és una empresa pública de la Generalitat de Catalunya, adscrita
al Departament de Territori i Sostenibilitat, que gestiona els aeroports, aeròdroms i heliports de la
Generalitat de Catalunya, entre ells l’aeroport d’Andorra‐La Seu d’Urgell.
2.‐ Que l’aeroport d’Andorra‐La Seu d’Urgell és una infraestructura apta per rebre trànsit comercial
de passatgers i mercaderies.
3.‐ Que les activitats que pugui realitzar el promotor que interfereixi amb la FIZ i SLOs de l’Aeroport d’Andorra‐La Seu d’Urgell seran coordinades i comunicades. En base als punts exposats, ambdues parts adopten els següents punts: ACORDS: 1.‐ Objecte de l’acord
L’objecte del present acord és el d’establir les bases de coordinació entre AEROPORTS DE
CATALUNYA i [posar el nom de l’empresa del promotor] per a la realització de les activitats descrites
al procediment de l’Aeroport d’Andorra‐La Seu d’Urgell LESU.PRO.INF.03.
2.‐ Vigència de l’acord:
TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO O PROCEDIMIENTO PRO.INF.03
AERÓDROMO ANDORRA‐LA SEU D’URGELL PÀGINA 33 DE 35
Aquest acord tindrà una vigència anual sent la data d’inici el dia de signatura de l’acord, prorrogant‐se automàticament anualment si no hi ha denúncia expressa per alguna de les dues parts. 3.‐ Compromisos assumits per Aeroports de Catalunya Aeroports de Catalunya a través del Director d’Aeròdrom d’Andorra‐La Seu d’Urgell estableix i coordina el procediment de tramitació d’activitats en l’entorn aeroportuari amb afecció als àmbits de risc. En aquest sentit, el Director d’Aeròdrom, com a millor coneixedor de les seves instal∙lacions, i de les diferents condicions d’operació rellevants a efectes de SLOs i FIZ, servirà de suport al promotor afectat, facilitant tota la informació i col∙laboració que els hi sigui requerida. D’aquesta forma, els enviarà el procediment LESU.PRO.INF.03 on queda recollit el procediment de tramitació d’activitats en l’entorn aeroportuari cada cop que sigui actualitzat. Així mateix, s’encarregarà d’organitzar reunions semestral amb els diferents implicats per tal d’analitzar com han transcorregut les diferents activitats organitzades pel promotor de l’activitat.
4.‐ Compromisos assumits pel promotor de l’activitat
El promotor de l’activitat serà responsable de comunicar les seves activitats que tinguin lloc dintre de
la FIZ i de les SLOs d’acord al procediment LESU.PRO.INF.03 a la Direcció de l’Aeroport d’Andorra‐La
Seu d’Urgell i de comunicar‐li qualsevol canvi al respecte.
Es compromet a assistir a les reunions semestrals organitzades per la direcció de l’Aeroport així com
a facilitar les dades de contacte, en cas de canvi de les mateixes, i de proporcionar un calendari
d’activitats anuals previstes, així com de les actualitzacions d’aquest calendari a mesura que en
disposi.
A més, el promotor a través del la persona que designi, en coordinació amb Aeroports de Catalunya,
s’encarregarà de seguir tot el procés del procediment LESU.PRO.INF.03 i a respectar la resolució del
procés de sol∙licitud d’activitat.
5.‐ Comunicació Les parts es comunicaran mitjançant la següent taula de contactes:
ENTITAT DATES DE CONTACTE e‐mail TELÈFON FAX
Aeroports
de Catalunya
Cristina
Pastor/Directora
Aeropuerto Andorra –
La Seu d’Urgell
cristina.pastor@aero
ports.cat 973032700 973032768
TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO PROCEDIMIENTO PRO.INF.03
AERÓDROMO ANDORRA –LA SEU D’URGELL PÀGINA 34 DE 35
‐ Comunicacions
Es comunicaran les activitats que es vulguin realitzar dintre de les SLOs i FIZ de l’Aeroport d’Andorra‐
La Seu d’Urgell i que siguin en condicions diferents a les aprovades per a aquell promotor que té la
seva base dintre de la FIZ i SLOs de l’Aeroport.
‐ Reunions de coordinació Aeroport – Aeroports de Catalunya.
LES REUNIONS DE COORDINACIÓ ES PROGRAMARAN AMB LA SEGÜENT PERIODICITAT MÍNIMA
MUNICIPI FREQÜÈNCIA
[POSAR EL NOM DEL PROMOTOR] 2 REUNIÓ CADA ANY
Freqüència de reunions
ADDICIONALMENT ES PODRAN PROGRAMAR LES REUNIONS EXTRAORDINÀRIES QUE EN CADA MOMENT
S’ESTIMIN OPORTUNES. AQUESTES REUNIONS ES DURAN A TERME A L’AEROPORT, POGUENT‐SE CANVIAR LA
UBICACIÓ EN CAS NECESSARI.
EN AQUESTES REUNIONS ES TRACTARAN COM A MÍNIM ELS SEGÜENTS TEMES:
‐Nº DE SOL∙LICITUDS D’ACTIVITATS DEL PROMOTOR
‐INCOMPLIMENTS DEL PROMOTOR
‐PROPOSTA DE MILLORA
‐CANVIS EN EL PROCEDIMENT LESU.PRO.INF.03
‐ENTREGA DE CALENDARI DE PROPOSTA D’ACTIVITATS DEL PROMOTOR
‐ACTUALITZACIÓ DE DADES DE CONTACTE
I, en prova de conformitat, ambdues parts signen el present document, mitjançant el seu respectiu
consentiment i conformitat en el lloc i data indicat a l'encapçalament.
[SIGNATURA DELS DIFERENTS IMPLICATS EN L’ACORD]
TRAMITACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL ENTORNO AEROPORTUARIO CON AFECCIÓN A LOS ÁMBITOS DE RIESGO O PROCEDIMIENTO PRO.INF.03
AERÓDROMO ANDORRA‐LA SEU D’URGELL PÀGINA 35 DE 35
6.7 ANEXO 8: COORDINACIÓN AEROPUERTO DE ANDORRA‐LA SEU CON OPERADOR DRON
(LESU.PRO.INF.03‐05)
COORDINACIÓN AEROPUERTO DE ANDORRA‐LA SEU CON OPERADOR DRON
Aeropuerto de Andorra‐La Seu a XX, de XXXX de 20XX,
Atendiendo la petición de realizar Actividad que se solicita, los días XXXXX (según la climatología lo permita),
por parte de Nombre del operador del dron, con DNI XXXX y habiendo presentado la siguiente documentación:
‐ Certificado de conocimientos prácticos en el modelo de aeronave XXXXXXXXXXX.
‐ Manual de vuelo de la aeronave.
‐ Acuse de recibo, comunicación previa y declaración responsable para operador de aeronaves pilotadas
por control remoto de hasta 25Kg de masa máxima al despegue.
‐ Estudio aeronáutico de seguridad de la operación.
‐ Seguro conforme a la normativa vigente.
Se realiza la siguiente coordinación con el aeropuerto para la realización de los trabajos:
‐ El vuelo del dron sólo se permitirá entre orto y ocaso, no se permitirá el vuelo nocturno.
‐ El operador del dron deberá llevar chaleco reflectante.
‐ Antes del inicio del vuelo se deberá informar a Operaciones al teléfono 973 355 324.
‐ En cualquier momento que el departamento de operaciones lo requiera, se suspenderán los vuelos.
‐ El vuelo de la aeronave sólo se podrá realizar dentro del alcance visual del piloto, nunca se podrá volar
por encima de los 120mts ni superar una distancia en horizontal de 500m respecto al piloto.
‐ La zona en la que se aprueba el vuelo de la aeronave es: Indicar zona en la que se requiere volar el
Dron y marcar en plano.
‐ Se adjuntan planos del aeródromo que el operador deberá conocer.
‐ El operador del dron declara que cumple con los requisitos establecidos en la Ley 18/2014.
‐ En caso de incumplimiento de cualquiera de los puntos aquí expuestos no se permitirá el vuelo.
‐ En caso de que el aeropuerto crea que no es seguro el vuelo, o que se pone en riesgo la seguridad del
espacio aéreo no se permitirá el vuelo.
Como acuerdo de la coordinación y confirmación de haber entendido lo expuesto en el presente documento,
firman los siguientes:
Dirección de Operaciones: Operador del Dron: