LA REPUBLICA

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LA REPUBLICA INTRODUCCION.- Etimológicamente, deriva del latín “Res Pública” que quiere decir cosa de dominio público. Su inicio se da en el año 509 a.C. y llega a su fin por el 27 a.C. La república se divide en tres períodos: la república aristocrática, la república democrática y la república decadente. Al primer período de la república lo llamamos aristocrático porque aún se mantienen las reformas de Servio Tulio. La segunda etapa es la democrática por la lucha no cruenta entre patricios y plebeyos. Los plebeyos en pocos mas de 300 años, van a conquistar todas las magistraturas romanas. Los plebeyos eran necesarios para los ejércitos romanos, pero eran tratados muy injustamente y hasta encarcelados, al regresar de las campañas militares, por no haber trabajado las tierras y no poder pagar los tributos. Se sentían dejados de lado con respecto al ager publicum y no tenían derecho a ningún botín de guerra. Existía también la prohibición de matrimonios entre patricios y plebeyos. El primer logro fue el de acceder a capitanes de legiones. Al lograr esto, se produjo la secesión, replegándose a los Montes Sacro y Aventino, los plebeyos se plantearon tres posiciones posibles: 1) Ir a la guerra contra los romanos. 2) Formar otra nueva ciudad estado donde todos gozaran de los mismos derechos.

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LA REPUBLICA

INTRODUCCION.-

Etimológicamente, deriva del latín “Res Pública” que quiere decir cosa de dominio público. Su inicio se da en el año 509 a.C. y llega a su fin por el 27 a.C.

La república se divide en tres períodos: la república aristocrática, la república democrática y la república decadente.

Al primer período de la república lo llamamos aristocrático porque aún se mantienen las reformas de Servio Tulio.

La segunda etapa es la democrática por la lucha no cruenta entre patricios y plebeyos. Los plebeyos en pocos mas de 300 años, van a conquistar todas las magistraturas romanas.

Los plebeyos eran necesarios para los ejércitos romanos, pero eran tratados muy injustamente y hasta encarcelados, al regresar de las campañas militares, por no haber trabajado las tierras y no poder pagar los tributos. Se sentían dejados de lado con respecto al ager publicum y no tenían derecho a ningún botín de guerra. Existía también la prohibición de matrimonios entre patricios y plebeyos.

El primer logro fue el de acceder a capitanes de legiones. Al lograr esto, se produjo la secesión, replegándose a los Montes Sacro y Aventino, los plebeyos se plantearon tres posiciones posibles:

1) Ir a la guerra contra los romanos.

2) Formar otra nueva ciudad estado donde todos gozaran de los mismos derechos.

3) Llegar a un acuerdo con los romanos, fundamentalmente, porque ellos mismos se sentían profundamente romanos.

Se optó por esta última alternativa y, a partir de esta separación, surge la figura del Tribuno de la Plebe, Sin embargo no se los tomaba en cuenta en las decisiones de los patricios pero tenían la facultad de Intercessio, pudiéndose oponer a las resoluciones de un magistrado.

El período decadente se ve marcado por grandes guerras civiles y conflictos internos. Durante este período tenemos las dictaduras de Mario y Sila; el primer triunvirato

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formado por Julio Cesar, Pompeyo y Craso, y el segundo triunvirato por Octavio, Marco Antonio y Lépido.

Octavio, que se llamará Cesar y luego Augusto, será el primer emperador.

La república, en sí significa una democratización de los poderes públicos con la creación de muchas magistraturas, y en esta época es donde aparece el derecho escrito con la sanción y la promulgación de la Ley de las XII Tablas.

Su organización constitucional se establece sobre los siguientes factores políticos: magistraturas, senado y pueblo.

CAUSAS QUE DIERON LA CAIDA DE LA MONARQUIA

Las causas son las siguientes:

1. Una monarquía inadecuada: es decir que los últimos reyes se dedicaron a cobrar impuestos muy altos que recaían en la plebe. Aquí es evidente la desigualdad, y los plebeyos se sublevaron y deciden abandonar Roma para ir a otro territorio a fundar otra ciudad.

2. La rebelión de los plebeyos: la condición de la plebe era miserable, así que abandonan la ciudad desobedeciendo al rey, pero es notorio que una ciudad de patricios sin plebeyos no puede subsistir ya que ellos eran la clase trabajadora.

3. Las reformas de Servio Tulio:a. Impuestos para todos, reformó el aporte tributario obligando a los patricios

a pagar impuestos.b. Servicio militar obligatorio, tanto para patricios como plebeyos.c. El censo, hizo que los ciudadanos declaren sus bienes para pagar

impuestos.d. La clasificación social, esta se hacía según el dinero que poseían.

4. La violación de Lucresia La Casta: Tarquino se interesó en Lucresia, esta esposa de un General, así que ingenió un engaño, esta solía salir a cazar e invita al General Colatino y le dice que tenían que volver en 3 días, pero este se va a la casa del General como si estuviera perdido, se queda a dormir y allí viola a Lucresia; cuando llega el General ve mal a su esposa y esta no aguantó y se suicidó, entonces es ahí donde el General organiza una revolución donde acaban desterrando a Tarquino el Soberbio.

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ORGANIZACIÓN DE LA REPUBLICA

El poder ejecutivo se integraba de las magistraturas republicanas.

Clasificación de las Magistraturas

Mayores y Menores: Eran mayores todas, menos la edilidad. Se denominaban mayores porque tenían mayores augurios.

Curules y No curules: Se diferencian por el uso de la silla curul que era considerado un honor.

Ordinarias y Extraordinarias: Aquellas que conforman normalmente la estructura del estado son ordinarias. Las extraordinarias son las que aparecen en situaciones extraordinarias: la dictadura y el decenvirato.

Características de las Magistraturas

Gratuidad: Los magistrados no percibían remuneración, ya que era un honor ser magistrado.

Colegiabilidad: Eran siempre órganos colegiados compuestos por dos o mas magistrados.

Electividad: Todos los magistrados eran elegidos en las asambleas.

Responsabilidad: Al finalizar su mandato, debían rendir cuentas de su gestión. La responsabilidad recaía en quien había impartido las órdenes y no en su ejecutor.

Anualidad: Todas las magistraturas eran anuales y, para ser reelectos, debían pasar dos años. La dictadura no era anual, como tampoco lo eran el interrex y la censura.

Las magistraturas

1. El Consulado: Constituía la primera magistratura y se hallaba compuesto por dos cónsules elegidos en los Comicios Centuriados. En principio debían ser patricios. La Lex Liciana (467 aC) estableció que uno fuese plebeyo. En el 342 aC se prescribió que ambos podían serlo. Un cónsul era civil, encargado del gobierno, mientras que el otro cónsul era militar, encargado del ejército y del orden. A estos se les da todo el poder político y administrativo que tenía el Rey.

2. Los Censores: Formado por gente mayor. Eran 2, elegidos por los comicios centuriados, duraban en el cargo 18 meses.

a. Organizaban el censo pues de esta manera se sabía que cantidad de gente vivía en Roma y se hacía declaración jurada acerca de los bienes.

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b. Creaban tributos como impuestos y tasas que servían para sustentar las diferentes necesidades de la población.

c. Examinaban las costumbres, incentivando para que se mantengan, ya que en Roma se fue modernizando y había inversión de valores.

d. Fiscalizaban todas las obras, incluso la de los otros magistrados.3. Los Cuestores: Eran 4 integrantes, 2 patricios y 2 plebeyos. Eran supervisados

por los Censores, pero estos a su vez supervisaban a los Ediles.a. Recaudaban los tributos ya creados por los Censores.b. Tomaban juramento a aquellos que entraban en función de autoridad.c. Conocían las causas criminales.d. Fiscalizaban las obras también.

4. Los ediles Curules: Eran 4 integrantes, eran las autoridades municipales.a. Encargados del cuidado y vigilancia de la ciudad.b. Tenían el control de pesos, medidas, precios.c. Ordenaban los mercados, ya sea cerrándolos, trasladándolos o creando

nuevos mercados.d. También cuidaban el ornato, limpieza y reparación de los templos, casas

y calles de Roma, además del control de los juegos públicos.5. La dictadura: Magistratura extraordinaria, única y suprema que sustituye a los

cónsules en situaciones de crisis. Paralizaba el funcionamiento de todas las demás magistraturas. Ejercía su función durante 6 meses.

El poder legislativo consta de las siguientes:

1. El Senado: a. Fundado por Rómulo.b. Inicialmente eran elegidos los paters familias patricios, luego se

incorporaron los plebeyos y los que habían prestado servicio a la patria.c. Eran designados por los Cónsules, loa Pretores y los Censores.d. Era un órgano permanente y estable que tenía poder sobre los

magistrados.e. Declaraba la paz y la guerra.f. Vigilaba las ceremonias religiosas.g. Administraba las finanzas.h. Nombraba y dirigía a los militares.i. Distribuía las tierras conquistadas.j. Las decisiones del Senado no tenían fuerza de ley.

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2. Tribunado de la plebe: Entendía en las cuestiones referentes a los plebeyos y, si bien no contaba con la facultad del “Ius endicendi”, tenía la facultad de la “Intercessio”.

a. Reunión de plebeyos.b. Era convocada por el Tribuno de la Plebe.c. Votaba por el presidente del Tribuno de la Plebe.d. Tomaban acuerdos que afectaba inicialmente a los plebeyos y luego a

los patricios también (plebiscitos).

3. Los Comicios:a. Comicios por Curias:

i. Compuesto por 30 curias.ii. Votaban sobre cuestiones como la sucesión real o la declaración

de la guerra.iii. Controlaban los actos vinculados con la organización familiar.

b. Comicios por Centurias:i. Era el más importante.

ii. Agrupó a los ciudadanos por su fortuna.iii. Se basaba en la unidad militar.iv. El voto era valorado según la riqueza y la edad.v. Votaban a los magistrados mayores (Cónsul, Censor y Pretor).

vi. Decidían sobre la paz y la guerra.vii. Resolvían sobre resoluciones de pena de muerte.

c. Comicios por Tribus:i. Integrado por magistrados.

ii. Se organizaba sobre la distribución de los ciudadanos según la ubicación de sus fundos en las tribus.

iii. Votaban a los magistrados menores (Edil y Cuestor).iv. Imponían sanciones pecuniarias (monetarias).

Por último el poder judicial estaba a cargo de:

1. Los Pretores: Eran los encargados de administrar justicia. Inicialmente fue el Pretor Urbano, pero la expansión del imperio obligó a la creación del Pretor Peregrino. Al finalizar las conquistas, su número era de 18.

a. Es el colega menor del Cónsul.b. Tiene jurisdicción civil.c. Posee el imperium militar en ausencia del Cónsul.d. Debían administrar justicia entre los ciudadanose. El Pretor Peregrino: Administraba justicia entre ciudadanos y

peregrinos.

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LA LEY DE LAS XII TABLAS

Es el primer derecho escrito, sancionado y promulgado el año 451 a.C. los plebeyos pidieron a su tribuno que el derecho se fijara por escrito, y en eso se nombro una magistratura de carácter extraordinario compuesta por 10 patricios, los decenviros, quienes presentaron las 10 primeras tablas luego las dos adicionales serian realizadas por plebeyos de complemento. Esta obra constituye el cúmulo de la ciencia del derecho, enmarcado en la realidad política y social de Roma.

Tabla I

Comenzaba con las palabras “si in ius vocator” (Si alguien es citado en justicia). El mismo demandante debía hacer la citación. Si se llegaba a un acuerdo entre partes, se daba por terminado el proceso.

De la citación:Trata de las acciones de la ley para la comparecencia de testigos y de los deudores; de las garantías monetarias para los ricos y proletarios. Ordena, que los procesos terminen a la puesta del sol. Si no hay transacción hasta esa hora, que se adicione la cosa a la parte que se halle presente (addico).

Tabla II

Su título es “De indicis”. Se determina el monto de la multa y los frutos a devolver que debían duplicarse.

De las instancias judiciales:Trata de los motivos para retardar la justicia. Sobre la suma que deberían depositar las partes en los templos antes de entrar en juicio. De manera de compeler a un contrario a presentarse a un juicio.

Tabla III

“De rebus creditis” (Hoy juicio ejecutivo). Habla del deudor, a quien se le concedían 30 días para pagar su deuda; en caso de no hacerlo procedía la imposición de la mano (“manus iniectio”) con prisión privada en casa del acreedor por 60 días (se establece también el peso de las cadenas). El acreedor debía presentarlo en el mercado a fin de que, si alguien se hiciese cargo de la deuda, pagase la misma y lo liberase. En caso contrario podía convertirlo en esclavo “sacándolo fuera de la ciudad para venderlo. Si los acreedores eran varios, podían repartirse su cuerpo.

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De las deudas, de las cosas fiadas:De la confesión de una deuda y de manera de conducir al deudor ante el magistrado: “Si no paga, ni nadie sale de su fiador, que lo encadene y lo haga esclavo en su casa”. “que sea libre de vivir a su costa o que su acreedor le suministre al día una libra de harina”.

Tabla IV

“De iure patrio”, se refiere a la patria potestad. Era absoluta y se tenía derecho de vida o muerte, de venta y de exposición sobre sus hijos. También establece normas en cuanto al divorcio y los partos prematuros. Establecía también que los hijos póstumos debían nacer dentro de los diez meses de la muerte del padre. El loco y el pródigo quedan bajo el cuidado de los agnados.

De la patria potestad, del derecho Pater:Del poder de padre de familia. Contiene disposiciones para que sea muerto inmediatamente el hijo que nazca deforme. Derecho sobre las personas y bienes de sus hijos. Declaración sobre que si el hijo ha sido vendido tres veces y la hija una vez, y puedan pedir al magistrado ser libre de la patria potestad.

Tabla V

“De hereditabis”. Se refiere a la sucesión testamentaria.

De las herencias y las tutelas:Disposiciones acerca de la tutela perpetua de las mujeres. Disposiciones que prohíban la usucapión de las cosas mancipi que pertenece a las mujeres en tutela. Declaración de que la ultima voluntad es sagrada. Disposiciones acerca del orden en que deben presentarse a la herencia a los parientes intestados.

Tabla VI

“De dominio et possesione”. Legisla sobre la propiedad y habla de los modos de adquisición del dominio: “mancipatio y usucapio”. La cosa robada no puede ser usucapida y el sepulcro tampoco.

De la propiedad y de la posesión:Que la adquisición de la propiedad por la posesión sea de dos años para los fundos y de un año para las demás cosas. Que, las palabras pronunciadas en los convenios sean solemnes y hagan ley entre las partes. Que las cosas del ciudadano no pueden ser nunca usurpadas por extranjeros.

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Tabla VII

“De iure aedum et agrarium”. Derecho relativo a los edificios y heredades. Trata sobre las servidumbres de via, paso, acueducto, etc.

Del derecho de las casas y de las heredades:Ordena que se deje entre edificio y heredades cierta porción llamada confinium y ámbito.

Tabla VIII

“De delictis”. Contiene disposiciones sobre los delitos. Menciona la ley del Thalion, es la sanción por membrum ruptum y sigue la indemnización pecuniaria. Habla de la acción noxal: el esclavo o los animales que hubiesen ocasionado daño debían ser dados en noxa. También hay disposiciones sobre cuestiones de magia.

De los delitos:Pena capital contra el libelo infamatorio. Pena del talión contra el que rompe un miembro y no transige. Penas taxativas por injurias, por torturas de huesos, por el daño injustamente causado que no sea fortuito. Si el ladrón tomado infraganti fuese muerto, lo será en justicia. Que el patrón que ha defraudado a su cliente sea sacrificado a los dioses. Que el que habiendo sido portabalanza se niega a dar testimonio, sea infame.

Tabla IX

“De delictis”. Se refiere en general al hurto. En flagrante delito, si era esclavo, se lo arrojaba desde la roca Tarpeya; si era libre y púber se lo castigaba con la esclavitud; si era impúber recibía azotes y se pagaba la multa.

Del derecho público – delitos públicos:Disposición que prohíbe dar ninguna ley a favor de persona particular. Pena de muerte contra el juez o arbitro que hubiese recibido dinero por dar una sentencia. Pena de muerte contra el que excitare al enemigo contra el pueblo de Roma o se entregase el, o un ciudadano o un enemigo.

Tabla X

“De iure sacro”. Establecía que no se debía cremar ni enterrar cadáveres en la ciudad y limitaba el lujo en los funerales. La mujer del difunto debía tener solo tres trajes de luto. Se prohibían las reuniones nocturnas y se establecía la libertad de asociación, siempre que los estatutos no violasen las leyes del estado.

Del derecho sagrado:No entréis ni queméis en la ciudad ningún muerto. No añadáis ni arregléis leña de pira. Dispone, que el cadáver no podrá ser sepultado con más de tres trajes purpuras, ni podrá

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llevar mas de diez músicos en el entierro. No recoger los huesos de los muertos para hacerles funerales, excepto a los muertos en combate. Prohibición de hacer funerales a los esclavos, derramar perfumes o elevar grandes columnas de corona. Que no se entierre objetos de oro con el cadáver.

Tabla XI

Matrimonio: Suplemento a las cinco primeras tablas.Prohibición de matrimonio entre patricios y plebeyos.

Tabla XII

Suplemento a las últimas cinco tablas:Establece las pignoris captio; la accio0n noxal del dueño del esclavo o del animal que ha cometido un daño. Impedimento para que los plebeyos puedan ser magistrados.

DESGLOCE Y EXPLICACION.

Tabla I y II.De los procedimientos. La palabra procedimiento deriva del latín “procederé” = manera en que la ley nos dice la forma de proceder en distintos juicios.

1. Demanda: se la presenta a un juez y este pide pruebas.2. Pruebas: aquí se presenta todas las pruebas de ambas partes, ya sea para acusar o

defenderse.3. Conclusiones: Es el resumen de todo proceso.4. Sentencia: Del latín “sentías” = sintiendo, es la decisión final del juez que pone fin a

un juicio en primera instancia.5. Recursos: Quien no esté de acuerdo con esa sentencia, se dirige al recurso, del

latín “recois” = enmendar, enderezar el proceso. Hay 2 clases de recursos : la apelación, cuando yo apelo ante el mismo juez y la casación, aquí se pasa a sucre a la Corte Suprema.Los días fastos son los días hábiles donde la vida es normal. Los días nefastos es cuando no se compra ni se demanda son los días feriados.

Tabla III.Del deudor insolvente. Con la ley “nexum” el acreedor tenia la facultad de convertir de hombre libre a esclavo a su deudor. Entonces el deudor al no pagar, era llevado 30 dias a casa del acreedor como prenda, y si no pagaba lo llevaban al tribunal y lo condenaban a su condición de esclavo.

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Tabla IV.De la patria potestad. Era una forma de autoridad absoluta. Era tanto el poder que este podía regalar o matar a su hijo. Hoy existe la patria potestad, pero es restringida y recae sobre ambos, el padre y la madre, ya ahora es relativa pues el castigo es con medida. Su fuente era el matrimonio, aquel que nacía fuera del matrimonio no participaba en sucesiones y por tanto en la patria potestad.

Tabla V.

El patrimonio. Es el conjunto de bienes, derechos, acciones y obligaciones que posee uan persona, evaluables en dinero y que se encuentra dentro del comercio humano.

1. Patrimonio civil: según Roma era el que toda persona tenia, casa y los pocos bienes que tuviera.

2. Patrimonio familiar: es aquel tramitado ante una autoridad, es decir solo lo poseen las personas que inician un tramite de acuerdo al código familiar.

Tabla VI.De la propiedad: la propiedad era el poder absoluto que tiene una persona sobre un bien con la facultad de gozar, disfrutar, disponer y abusar del bien como le viniese en gana.

1. Propiedad quiritaria: Que eran los bienes de valor y sujetos a registro que generalmente estaban en poder de los patricios.

2. Propiedad Boritaria: Son los bienes de poco valor y sin registros, generalmente bienes muebles a los cuales tenían acceso los plebeyos.

3. Propiedad Provincial: Es la propiedad que se encuentra fuera de Roma, la agraria (ganadería y agricultura), tenían acceso en su mayoría los patricios.

4. Propiedad Pública y Propiedad Privada: la P Publica pertenece ala comunidad, por ejemplo: la iglesia, los caminos, mientras que la P. Privada pertenece a los particulares.

Hay modos de adquirirla propiedad, se la puede adquirir pr compra, venta y usucapión.

Tabla VII.De los Edificios y Heredades. de los edificios pues son nomas en cuanto a la construcción de casas y demás (Plan Regulador); la herencia, es el conjunto de bienes que se recibe de los padres a su muerte.

1. Testamento: cuando se redactaba la decisión final del individuo antes de su muerte, incluso podían dejar sus bienes a personas que no son de la familia.

2. Sucesión Legal: Cuando asume el riesgo de heredar también deudas y tien que pagar de su bolsillo.

Tabla VIII.De Los Delitos. La palabra delito viene del Latín “dilectus” = desviarse, apartarse, equivocarse; entonces delito es una infracción a ala ley.

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1. Delito Culposo: cuando se comete sin quererlo ni planearlo, por ejemplo el atropellar.

2. Delito Doloso: Cuando se quiere cometer el delito y se lo planea. Por eso se dice que el resultado querido y previsto, por ejemplo: envenenar o asesinar.

Tabla IX.Del Derecho Publico. Se refiere a las normas que regulan las relaciones de las personas particulares con la colectividad. Entre ellas está el derecho penal, de familia etc.

Tabla X.Del Derecho Sacro. Se refiere a las “pompas fúnebres”. Cuando alguien moría, el entierro era un factor para saber el nivel social. El difunto podía usar hasta 6 trajes y podían sonar 6 bandas en el velorio.

Tabla XI.Complementarios. Habla de lo prohibitivo del patrimonio entre el plebeyo y el patricio.

Tabla XII.Complementarios. Habla que los plebeyos no pueden ocupar cargos públicos y no tenían derecho a la sucesión.

LEYES DICTADAS DESPUES DE LA REDACCION DE LAS XII TABLAS

Ley Canuleia.Ley votada en el 445 a. C., propuesta por el Tribuno Canolius, permitió los matrimonios entre patricios y plebeyos, o viceversa, todo un cambio social trascendental en esta época.

Ley Publilia.Del año 339 a.C., le señala al senado que en vez de aprobar las leyes votadas en los comicios de la plebe, interpusiera sus autoritas, (su autorización) antes de someterlas a las asambleas populares de Roma.

Ley Valeria Hortia (285 a.C.)La plebe imponiéndose cada vez mas alas resoluciones de sus asambleas, que en comienzo solo obligaron a los plebeyos, pero posteriormente adquirieron importancia, y por medio de la ley Valeria Hortia, se concedió estos plebiscitos fuerza de ley general, a condición de ser aprobados por el senado

Ley Hortensia.Ley romana promulgada en el 285 a.C., propuesta por el Dictador Quinto Hortencio, en la que establecia, por tercera vez, que los plebiscitos, tenían igual autoridad que las leyes, aun cuando entre ellos existiese problemas de constitución.

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Ley Calpurnia.La que en el año 200 a.C., se establecía un procedimiento simplificado.En el año 149 a.C., organizo dentro del sistema represivo romano referente alos delitos, un procedimiento para reprimir las concuciones de los funcionarios o magistrados provinciales.En el año 67 a.C., establecieron penas para el ámbito, delito de carácter electoral diversamente penado por la legislación romana.

Ley Fabia.Del siglo II a.C., multaba el secuestro, compra o venta de un ciudadano romano, la de un manumitido e incluso de un esclavo ajeno.

Ley Gabinia Tabellaria.La del año 131 a.C., propuesta por el Tribuno Gabinius, establece la necesidad del voto por escrito, es decir, el empleo de las tablillas en las votaciones, cuando las asambleas populares proceden a la elección para cargos o magistraturas.

Ley Afilia RepetundarumPropuesta por el Tribuno Acilio Glabio el 123 a 122 a.C., para reprimir las conclusiones, fijaba el procedimiento a seguir contra los magistrados acusados de este delito, concedía a los peregrinos, que con sus denuncias hicieran condenar a algunos magistrados.

Ley Cornelio de Proscriptione.Dictada en el año 82 a.C., sobre las prescripciones, destierros, confiscación de bienes, ordenando la venta, distribución de los bienes de los desterrados, perdida para sus hijos y los derechos de suceciones paternas.

Ley Cornelia de Sicario.Ley derogada en el año 81 a.C., castigando por igual, el homicidio consumado, que la tentativa, así como las cuadrillas de bandoleros con fines homicidas.

Ley Cornelia de Falsis.Ley propuesta en el año 81 a.C., reprimiendo la falsificación, destrucción y divulgación de testamento, la falsificación de monedas, el soborno de testigos, y la suposición de pactos, castigándolos con la pena de muerte.

Ley Clodia.Del año 58 a.C., restableció la libertad de colegiación profesional, que el senado había suspendido.

Ley Antonia.Ley propuesta en el año 49 a.C., por el tribunado de la plebe Antonius, por indicación de Julio Cesar, reconociendo a los hijos de los proscritos es derecho de aspirar a las magistraturas.

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Ley Falcidia.Aprobada el 40 a.C., par ano frustrar al heredero en la recepción de bienes, cuando toda la sucesión se viera absorbida por legados. Facultaba a aquel, para conservar un cuarto de haber hereditario, por eso se llama cuarta falcidia. No sobrevive la institución cuando no hay legitimario.

Ley Agraria.Se dictaron varia leyes de esta índole, que trataban unas veces de retirar de las tierras es dominio publico, de mano pobres, y otras veces asignar en plena propiedad las parcelas de tierras que venían siendo simplemente ocupadas.

FUENTES DEL DERECHO EN LA REPUBLICA

Los Plebiscitos

Eran las decisiones tomadas por todo el pueblo (plebe) a pluralidad de votos en los concilios plebis a propuesta de un tribuno, y representan los actos de voluntad popular mediante los que el pueblo exterioriza su opinión sobre un hecho determinado de su vida política.

La interpretación de los Jurisconsultos

La ley de las XII tablas necesitaba ser interpretada, esta elaboración lenta pero continua llamada “interpretatio” fue la obra de los colegios pontífices, ellos eran los intérpretes del derecho consuetudinario más arcaico y los únicos que poseían el conocimiento de las rígidas formulas necesarias para la elaboración de los contratos, de los ritos procesales los cuales se registraban en libros solo accesible a ellos, los llamados “libros pontificales”.

En un sentido más amplio, persona que se dedica a la ciencia del derecho. Más concreta y corrientemente, persona que, con titulo habilitante, se dedica profesionalmente a dar opiniones sobres cuestiones de derecho. En la antigua Roma el interprete del derecho civil cuya respuesta tenía fuerza de ley.

El Derecho Honorario

El “Ius Honorarium” es también llamado derecho de gentes y fue plasmado por los magistrados en sus edictos, es un derecho mas humano, mas equitativo y menos formalista que el derecho civil. Se desarrolla al lado del civil estableciendo sus propias normas.

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LOS TRIUNVIRATOS

Primer triunvirato:Integrado por Julio Cesar que era político admirado por los plebeyos; Pompeyo que era militar y senado; y Craso que era ya de edad mayor. Ellos tenían demasiadas ambiciones personales que los llevo al enfrenamiento y luego a la muerte.

Segundo triunvirato:Conformado por Marco Antonio, que era admirador de Julio Cesar, Octavio que era sobrino de Julio Cesar y por último, Lípido un militar retirado. Ellos se enfrentan en una batalla que se dio por el intento de invasión de Bartolomeo y Cleopatra, pero al final Marco Antonio termina enamorándose de Cleopatra, el cual es la destrucción para ambos haciendo que Octavio quede y gobierne Roma ya como Emperador.

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BIBLIOGRAFIA

Manual de Derecho Romano – Luis Rodolfo Arquello Introducción al Derecho Romano – Limberg Gutiérrez Carreño Derecho Romano – Mario Luis Caballero Derecho Romano – Maria Josefa Saavedra Derecho Romano – Eugene Pelti Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales – Manuel Ossorio

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VOCABULARIO

Intercessio: Facultad atribuida a los magistrados superiores para oponerse a las decisiones de sus colegas ya que en la constitución republicada de la antigua Roma las magistraturas eran colegiadas, ejerciéndose simultáneamente por dos o más titulares.

Imperium: Voz lat. En la Antigua Roma, el imperium consistía en el derecho otorgado por el pueblo a los magistrados superiores, para ejercer los supremos poderes judiciales, ejecutivo y militar.

Día Fasto: Eran aquellos días en que podía desarrollarse las actividades judiciales, administrativas y políticas.

Día Nefasto: No podían desarrollarse las actividades judiciales, administrativas y políticas. Su determinación estaba en manos de los pontífices.

Demagogia: Dominación tiránica de la plebe. En la acepción vulgar, que ya ha adquirido sentido político, la palabra ha ampliado su concepto, y así se dice que es demagogo quien adula a las clases económicamente débiles y, en general, al proletariado, incitándolas a la acción violenta como medio de lograr sus reivindicaciones, fuera de toda posibilidad razonable, y de ahí que las clases económicamente fuertes, califiquen de demagogia no ya toda actividad subversiva que realice el pueblo, sino todo acto de gobierno, toda expresión y aun toda idea que vaya en contra de sus intereses

Nexum: tecnicismo Romano que establecía la sujeción personal del deudor, para el supuesto de no devolver lo recibido en préstamo, el deudor y su familia se constituían en prenda o garantía del pago de la deuda o del cumplimiento de la obligación de otra índole.

Decenvirato: Es definido como la magistratura romana, compuesta por diez miembros elegidos por sufragio popular, para dictar las normas jurídicas, los cuales redactaron la Ley de las Doce Tablas.

Comicios: Llamabanse así las asambleas del pueblo romano, reunidas para elegir a sus magistrados, como también para tratar de los negocios públicos.

Triunvirato: Mando Compartido por tres personajes mas o menos influyentes, a que suelen acudir las revoluciones en algunas etapas, por cierto equilibrio, de mantenimiento casi siempre difícil, y que conduce al ejercicio personal del más poderoso.