La CONADEP, Por Nicolas Marquez

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    La CONADEP: un organismo infame queahora se pretende imitarPor Nicols Mrquez

    Si los opositores no tienen una idea ms novedosa ni original que pretender recrear una

    Conadep de la corrupcin para juzgar al kirchnerismo, mejor que se queden en sus

    casas. En efecto, as como el demagogo Ral Alfonsn cre una comisin en 1984 para

    elevar un informe sobre los llamados crmenes de la dictadura, los papanatas que hacenla parodia de opositores al kirchnerismo quieren hacer lo mismo, pero a los fines de juzgar

    la mega-corrupcin kirchnerista obrante entre el ao 2003 a la fecha. Esta ltima

    apetencia no tendra nada de malo en sus propsitos, de no ser por el hecho de que la

    CONADEP, a diferencias de lo que se cree y de lo que se divulga de manera hegemnica,

    no fue un organismo modelo sino un verdadero contubernio absolutamente arbitrario e

    irregular que jams debera ser reivindicado ni emulado. Asimismo, cabe agregar que

    para combatir a la corrupcin, lo que se necesita no son organismos burocrticos

    conformado por amigotes del poder de turno, sino jueces imparciales que apliquen la ley

    sin mayores obstculos: punto.

    Qu fue la CONADEP?

    Ni bien Ral Alfonsn asumi el poder que le entreg el Presidente Reynaldo Bignone en

    diciembre de 1983, a efectos de comenzar a construir la mentira oficial y preparar un

    sainete vengativo con juicios a los militares que gobernaron el pas (junto a los radicales),

    el 15 de diciembre de 1983 -a tan solo das de asumir- Alfonsn emiti el Decreto 187/83

    con el que se cre la CO.NA.DE.P (Comisin Nacional para la Desaparicin de

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    Personas), cuya finalidad sera investigar los hechos sucedidos durante la reciente guerra

    civil acontecida en la dcada anterior.

    La Comisin estaba integrada por diez personas designadas en el Decreto y otras seis

    nombradas por el Congreso Nacional. Por el carcter y funcin que este organismo deba

    desempear, era de esperar que la misma fuera integrada por personalidades notables,

    neutrales, de espritu humanista y desprovista de ideologismos. Sin embargo, la

    CO.NA.DE.P fue presidida por Ernesto Sbato, quien haba estado afiliado al Partido

    Comunista (partido que en ejercicio del poder asesin a ms de cien millones de personas

    en solo siete dcadas en todo el mundo). Vale decir: para investigar violaciones a los

    DDHH ocurridos en una guerra en la que de un lado estaban las FFAA. y del otro el

    comunismo armado (Montoneros y ERP), el presidente de esta comisin imparcial haba

    estado enrolado en las filas ideolgicas del segundo bando.

    Si bien es cierto que Sbato fue un izquierdista de fuste, tambin sabemos que comomilitante nunca mantuvo muchos escrpulos, pues durante el gobierno cvico-militar del

    Proceso de Reorganizacin Nacional, disfrut de un distendido almuerzo con el entonces

    Presidente de la Repblica Jorge Rafael Videla, en mayo de 1.976. Al salir del afable

    banquete, la prensa le pregunt a Sbato cual era su impresin sobre Videla y contest:

    El Gral. Videla me dio una excelente impresin. Se trata de un hombre culto, modesto e

    inteligente. Me impresion la amplitud de criterio y la cultura del Presidente. Hablamos de

    la cultura en general, de temas espirituales, culturales, histricos hubo un altsimo grado

    de comprensin y respeto mutuo, y en ningn momento incurrimos en el pecado de caer

    en banalidades; cada uno de nosotros verti sin vacilaciones su concepcin personal de

    los temas abordados[1].Lo que no aclar a la prensa el por entonces videlista Sbato,es que dentro del cordial almuerzo le sugiri al general Videla queel pas necesitaba un

    bao de sangre para purificarse. El presidente Videla, pese a estar en plena represin, le

    aclar que los militares no estaban para hacer la guerra sino para evitarla y no para

    derramar sangre sino para intentar contenerla[2].

    Dos aos despus, en 1.978, Sbato ratific su opinin pro-proceso diciendo a la revista

    alemana GEO:La inmensa mayora de los argentinos rogaba casi por favor que las

    Fuerzas Armadas tomaran el poder. Todos nosotros desebamos que se terminara ese

    vergonzoso gobierno de mafiosos. Desgraciadamente ocurri que el desorden general, el

    crimen y el desastre eran tan grandes que los nuevos mandatarios no alcanzaban ya a

    superarlos con los medios de un estado de derecholos extremistas de izquierda haban

    llevado a cabo los ms infames secuestros y los crmenes monstruosos ms repugnantes

    y haciendo un balance de la gestin en curso de Videla, remat:Sin duda alguna, en los

    ltimos meses, muchas cosas han mejorado en nuestro pas; las bandas terroristas han

    sido puestas en gran parte bajo control. La democracia tiene que aprender su leccin de

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    la historia y debe saber que con los viejos mtodos liberales heredados de tiempos menos

    problemticos, no se pueden dominar los delirios del presente[3]

    Pero el servilismo de Ernesto no se limit al abierto elogio para con los llamados

    genocidas del proceso, sino que su pasin por adular golpes de estado viene de larga

    data. En efecto, ya en los aos de la Revolucin Libertadora de 1.955, el perseverante

    golpista explay: En toda revolucin hay vencidos. En esta los vencidos son la tirana, la

    corrupcin, la degradacin del hombre, el servilismo. Son vencidos los delincuentes, los

    demagogos, los torturadores. Personalmente creo que los torturadores deberan ser

    sometidos a la pena de muerte[4].Seguidamente, su militancia golpista tiene lugar en la

    Revolucin Argentina, llevada adelante por el Gral. Juan Carlos Ongana contra el

    Presidente radical Arturo Illia en 1.966, en donde Sbato apoyando el golpe manifest

    nuevamente su desprecio por la democracia: Lleg el momento de barrer con prejuicios y

    valores apcrifos, que no responden a la realidad. Debemos tener el coraje para

    comprender (y decir) que han acabado, que se haban acabado instituciones en las quenadie crea seriamente. Vos crees en la Cmara de Diputados? Conocs a mucha

    gente que crea en esa clase de farsas?. Por eso la gente comn de la calle ha sentido un

    profundo sentimiento de liberacin. Se trata de que estamos hartos de mistificaciones,

    hartos de politiquera de comit, combinaciones astutas para ganar tal o cual eleccin.

    Ojal la serenidad, la discrecin, la fuerza sin alardes, la firmeza sin prepotencia que ha

    manifestado Ongana en sus primeros actos sea lo que prevalezca y que podamos al fin

    levantar una gran nacion, sin hipcrita acatamiento a viejos mitos polticos. Como se

    comprende, es mucho ms lindo y viste ms hablar de democracia vulnerada y otras

    falacias del mismo calibre. Yo prefiero equivocarme haciendo o intentando hacer algo ms

    grande, que ser una persona correcta y honorable, contribuyendo a que nos hundamostodos en la podredumbre[5].

    Pero volviendo al Proceso, todos sabemos quines son los primeros en huir cuando el

    barco se hunde. Sbato, tras haber almorzado y elogiado a Videla, respaldado el

    Mundial 78, y apoyado la guerra de Malvinas en 1.982, luego del llamado a elecciones

    efectuado por el Presidente Reynaldo Bignone previsto para octubre de 1.983, el 27 de

    mayo (cinco meses antes de las elecciones) se despegaba del gobierno y con admirable

    facilidad para el zigzag afirmaba: Toda dictadura implica la violacin de esos derechos

    sagrados. Cualquiera sean los fines invocados, no hay persecuciones benficas y

    persecuciones perversas: todas las persecuciones son innobles. No queda ms camino

    que el de la democracia[6].

    Luego, en su cmodo rol de Presidente de la Conadep alfonsinista, Sbato se vio

    acompaado por personajes tambin de nula imparcialidad, como la dirigente Graciela

    Fernndez Meijide, comprometida ideolgicamente con la izquierda y familiarmente con la

    guerrilla, puesto que tuvo la desgracia de perder un hijo durante la guerra desatada por su

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    vstago en calidad de montonero. Cuenta el guerrillero Miguel Angel Lico (uno de los

    pocos que conservan lealtad y reivindicacin a su Jefe Mario Firmenich), que l conoci

    perfectamente bien a Pablo Fernndez Meijide cuando militaban en la U.E.S, y agrega

    Fue uno de los mejores cuadros que Montoneros tuvo en este pas. Te hablo de tipos

    que tenan mi edad y pareca que tenan 30 aos por su formacin y capacidad. Pablo era

    montonero, aunque la seora Fernndez Meijide reniega permanentemente del origen de

    su hijo. Lo peor que puede hacer un padre es anular su memoria [7].

    Otra integrante de la Conadep fue la conductora televisiva Magdalena Ruiz Guiaz

    (progresista-caviar proveniente de una familia paqueta e hija de un relevante dirigente

    nacional-socialista). En este punto, cabe mencionar la notable capacidad de adaptacin

    de Magdalena a las diferentes coyunturas, puesto que trabaj en carcter de periodista en

    canales estatales durante todo el Proceso (que hoy tanto abomina), sin cuestionar una

    sola coma a las presuntas violaciones a los derechos humanos de las que luego tanto

    presumi preocuparse. Asimismo, cabe destacar que no tuvo en ese lapso un rol menor,sino que fue nada ms y nada menos que Vice Gerente del Depto. de Noticias de Canal

    11 (que era del Estado) y fue recin en julio de 1.980 (ms de cuatro aos de gestin de

    Videla) cuando Magdalena Ruiz Guiaz, junto a otra exponente de la prensa

    complaciente de entonces, Mnica Cahen Danvers (quien durante los aos del

    exterminio a los jvenes idealistas conduca en canal 13 el cicloMnica Presenta,el

    noticiero de mayor ndice de audiencia del pas)[8]se reunieron con el General

    Arguindeguy, a la sazn Ministro del Interior, para hacerle reclamos (no por el supuesto

    genocidio), sinopor la censura que deben soportar los programas de radio y

    televisin[9]

    Y en qu consista la censuraque denunciaba Magdalena?: pues durante el lapso en el

    que los Derechos Humanos eran presuntamente conculcados, a Magdalena parecan

    importarle poco, ya que si bien trabaj ganando jugosos honorarios durante el gobierno

    de facto, la tarda abanderada de los derechos humanos se encarg de dar a conocer su

    rol de vctima del genocidio afirmando que durante aquellos aos poco a poco fueron

    sacndome las notas importantes o polticas y dejndome solo la lotera o los

    accidentes[10].En efecto, tal como lo confiesa Magdalena, parece que su problema con

    la dictadura obedeca a una mera cuestinvedettsticaal opacarse su protagonismo y

    figuracin en la pantalla televisiva procesista.

    Como si estos exponentes no bastasen como para desprestigiar (tanto por ideologismo

    como por hipocresa manifiesta) al staff de la Conadep, se mencion tambin a un

    extranjero, el Rabino Marshall Meyer de EE.UU. (quien asombrosamente fuera

    condecorado por el gobierno de Alfonsn con la Orden del Libertador) a pesar de que

    con anterioridad haba sido expulsado de su comunidad religiosa entre otros cargos, por

    corrupcin de menores. En efecto, Marshall Meyer fue enjuiciado por el peridico La Voz

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    JudaN 21, noviembre de 1.983- siendo desautorizado moral y pblicamente a ejercer

    el ministerio rabnico por su conducta amoral.

    El 15 de octubre de 1.971 en causa N 26.176 instruida en el Juzgado en lo Correccional

    letra I de la Capital Federal, se dicta Sentencia (posteriormente confirmada por la Excma.

    Cmara del mismo Fuero el 11 de agosto de 1.972) donde en su parte resolutiva el

    Magistrado expresa: Aunque cueste creerlopor su investidura, su cultura pblicamente

    reconocida, su labor religiosa y educacional- el rabino M. Meyer ha sido eje de este

    lamentable proceso. Con su obrar ha mancillado los honores de su cargo religioso. Lleg

    a tal punto que hizo conmover la escala de valores de algn joven [...] Este proceso se

    debe a que M. Meyer haba promovido la corrupcin de menores de edad, ya sea

    proponiendo requerimientos sexuales, especialmente durante un campamento juvenil

    realizado en enero y febrero de 1969 en Ro Ceballos (Crdoba). El fallo judicial motiv la

    intervencin del Consejo Rabnico, quin con la firma del gran rabino Dr. David Kahana,

    aconsej la separacin de Meyer del medio donde actuaba[11]. Meyer tambin fueexpulsado por un tribunal plenario, integrado por los presidentes de: DAIA (Delegacin de

    Asociaciones Israelitas Argentinas), AMIA (asociacin Mutual Israelita Argentina) y OSA

    (Organizacin Sionista Argentina) por corrupcin moral de sus alumnos y

    homosexual[12].

    Y quien fue el crneo que influy en la seleccin del no muy destacado staff de la

    Conadep?, precisamente el inefable marxista Carlos Nino, quien reconoci: Yo jugu un

    rol activo en la definicin de los miembros de la CONADEP. Yo trabajaba con Jos

    Ignacio Lpez, un periodista catlico que fue el vocero de Alfonsn en la formacin de la

    CONADEP.Adems de los personajes antedichos, la Comisin fue integradapor:Gregorio Klimovsky, un marxista epistemlogo de profesin () Hilario Fernndez

    Long, ex rector de la UBA, que tena un hijo desaparecido (lo que tambin constitua un

    condicionamiento a su parcialidad); los juristas Ricardo Colombres, propuesto por el

    presidente de la Corte Genaro Carri y Enrique Rabossi, miembro del grupo de filsofos

    que asesoraban a Alfonsn. La componan tambin el pastor protestante Enrique

    Gattinoni, del Movimiento Ecumnico por los Derechos del Hombre y el Obispo de

    Neuqun Jaime de Nevares (pro marxista),[13]este ltimo, adems, haba trabado

    sentida amistad con el sacerdote criminal Puigjan, oscuro elemento que un da de enero

    de 1980 colg la sotana y decidi matar soldados atacando el Regimiento de la Tablada.

    Vale aclarar que no todos los miembros de la CO.NA.DE.P eran personajes

    desconfiables, pues tambin la integr el eximio mdico-cirujano Dr. Ren Favaloro,

    hombre ntegro y desideologizado, quien a poco de andar no vacil en renunciar alegando

    que la Comisin padeca falta de tica y de objetividad.

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    puede dictaminar la Justicia, como vemos, Alfonsn prosigue (a travs del Decreto) la

    mentira diciendo que dicha accin nace en marzo 1.976, a efectos de salvar el pellejo a

    sus colegas de la partidocracia.

    Luego, esta argucia poltico-ideolgica disfrazada de Decreto humanista persiste

    juzgando ilegalmente al sentenciar que en el curso de las operaciones desarrolladas por

    el personal militar y de las fuerzas de seguridad se cometieron atentados contra la

    propiedad de las vctimas, contra su dignidad y libertad sexual y contra el derecho de los

    padres de mantener consigo a sus hijos menores.Y con respecto a la legislacin

    dictaminada durante el gobierno provisional para combatir al terrorismo, el Decreto afirma

    que son insanablemente nulas las normas de facto. O sea, Alfonsn deshecha la

    normativa antiterrorista por provenir de un gobierno de facto(siempre integrado por

    numerosos radicales que durante la Presidencia de Videla comandaron 310 Intendencias,

    adems de Embajadas y Gobernaciones), aunque sin embargo, durante su gestin,

    Alfonsn se vali absolutamente de toda la legislacin emitida durante los casi ocho aosde gobierno provisional y slo descart en el Decreto en cuestin aquella que

    contemplaba operaciones antiterroristas, argumentando su invalidez por su origen. Esta

    fundamentacin resulta indefendible, ya que por ejemplo, hasta el artculo 14 bis de la

    Constitucin Nacional es de facto(colocado en 1.957 por la Revolucin Libertadora), y a

    nadie se le ocurrira derogarlo (mucho menos Alfonsn, dado el contenido populista de esa

    clusula). Con esto queremos decir que Alfonsn, de la legislacin de facto slo le quit

    validez a la antiterrorista y no al resto; por ende, su argumentacin no peca por absurda,

    sino por abiertamente maliciosa.

    Pero el cmulo de irregularidades no cesaba all y entre los dislates ms famosos,el Decreto determin Que para el enjuiciamiento de esos delitos es aconsejable adoptar

    el procedimiento de juicio sumario en tiempo de paz, lo cual es una felona, puesto que

    en todo caso, la legislacin aplicable es la prevista para tiempos de guerra, ya que incluso

    al mismo Tribunal que luego por Decreto presidi el Juez len Arslanin no le qued ms

    remedio que sentenciar: cabe determinar que s hubo una guerra; de modo que la

    legislacin en tiempos de paz es ilegal e inaplicable al caso de marras. Esta disquisicin

    resulta clave, puesto que en lugar de juzgar los hechos a la luz de los procedimientos y

    formas previstos para tiempos de guerra (es decir, bajo la contemplacin de los cdigos

    de Justicia Militar) se aplic la normativa destinada a regir en tiempos de paz (la Justicia

    Civil) y a modo de ejemplo, tengamos en cuenta que el hecho de tomar un prisionero de

    guerra (perfectamente consentido en la Justicia Militar) es tipificado en la Civil como

    privacin ilegtima de la libertad.

    Seguidamente, se incurri en otro atentado inconstitucional al aplicar leyes ex post

    facto(despus del hecho del proceso) ya que el Decreto reza: se prev enviar

    inmediatamente al Congreso un proyecto de ley agregando al procedimiento militar un

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    recurso de apelacin amplio ante la justicia civil y tal como sedesprende del mismo, se

    orden expresamente qu es lo que deba disciplinadamente legislar el Congreso

    posteriormente. Siendo que los Poderes son Independientes, el Ejecutivo no puede

    decretar ni dictaminar, ni siquiera insinuar qu es lo que se debe o no hacer en el

    Parlamento. Obviamente, el obediente Congreso legisl de inmediato y sancion las leyes

    23.040 y 23.049, lo que una vez ms pone de manifiesto el espritu de teatralizacin en

    cierne, conformada por arreglos previos entre los poderes que conformaron un verdadero

    contubernio habilidosamente disfrazado de ceremonia cvica. Estas leyes, en evidente

    afrenta a la Constitucin Nacional, se aplicaron ex post facto, violando el artculo 18 de

    nuestra Carta Magna, que reza: Ningn habitante puede ser penado sin juicio previo

    fundado en ley anterior al hecho del proceso

    Luego de los considerandos de contenido ilegal que acabamos de ver, pasemos a

    recordar que Alfonsn inconstitucionalmente decret: Art.1: Somtase a juicio sumario

    ante el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas a los integrantes de la Junta Militar queusurp el gobierno de la Nacin el 24 de marzo de 1976 y a los integrantes de las dos

    juntas militares subsiguientes. El Presidente jams puede ordenar que se someta a juicio

    a ningn ciudadano, pues ello es facultad exclusiva del Poder Judicial; as el artculo

    vuelve a poner de manifiesto la intromisin del Poder Ejecutivo, no slo en asuntos del

    Poder Judicial, sino tambin del Legislativo al que seguidamente le ordenara en el Art.3:

    La sentencia del tribunal militar ser apelable ante la Cmara Federal en los trminos de

    las modificaciones al Cdigo de Justicia Militar una vez sancionadas por el H. Congreso

    de la Nacin el proyecto remitido en el da de la fecha.Y cmo sabe Alfonsn si el

    Legislativo lo va aprobar o no? No es acaso el Legislativo un poder separado e

    independiente del Ejecutivo? Cmo sabe Alfonsn cules sern los alcances de laeventual votacin parlamentaria?. En efecto, todo estaba inconstitucionalmente planeado,

    parodiado y calculado.

    Seguidamente y a efectos de hacerse pasar por neutral, el Presidente/desertor emiti

    otro Decreto (157/83) en el que inclua en acusaciones similares a siete dirigentes de la

    subversin: Mario Eduardo Firmenich, Fernando Vaca Narvaja, Ricardo Armando

    Obregn Cano, Rodolfo Gabriel Galimberti, Roberto Cirilo Perda, Hctor Pedro Pardo y

    Enrique Gorriarn Merlo. Curiosamente todos ellos se encontraban viviendo fuera del

    pas y con nulas posibilidades de ser detenidos (de un lado se acusaba a miles de

    militares y por el otro a siete terroristas).

    En los considerandos mismos de este ltimo Decreto se advierte la absoluta parcialidad

    ideolgica y la manipulacin de la historia, ya que all se emiten declaraciones respecto a

    los terroristas (que atentaron contra la democracia cometiendo ms de 6000 atentados

    entre mayo del 73y marzo del 76) totalmente condescendientes y hasta por momentos

    de cierta justificacin al pronunciar que la actividad de esas personas y sus seguidores,

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    reclutados muchas veces entre una juventud vida de justicia y carente de la vivencia de

    los medios que el sistema democrtico brinda para lograrla (esta afirmacin es falsa,

    puesto que el terrorismo es anterior al gobierno de facto de 1.976) y luego, al referirse al

    estado de violencia que se viva, se afirma que la instauracin de un estado de cosas

    como el descripto deriv asimismo, en la obstruccin de la accin gubernativa de las

    autoridades democrticamente elegidas, y sirvi de pretexto para la alteracin del orden

    constitucional por un sector de las Fuerzas Armadas que, aliado con representantes de

    grupos de poder econmico y financiero usurp el gobierno (falt agregar que entre los

    aliados de los usurpadores se destacaba la UCR, el Partido de Ral Alfonsn).

    El Decreto mendaz, seguidamente dice (sin pruebas ni sentencia) que el actuar represivo

    del gobierno de facto no se limit al combate antiterrorista sino que se extendi a

    sectores de la poblacin ajenos a aquella actividad, y con descaro infrecuente arremete

    alegando que dicha represin a los terroristas vino a funcionar como obstculo para el

    enjuiciamiento, dentro de los marcos legalesy que la situacin no dej margen para lainvestigacin de los hechos delictivos con arreglo a la ley.

    Resulta sumamente curioso que Alfonsn se queje de que los terroristas no

    tenan marcos legales para su defensa, puesto que cuando los hubo (entre 1.971 y

    1.973), l mismo, en su calidad de abogado defensor de terroristas del E.R.P que

    secuestraron y asesinaron a Oberdan Sallustro (causa 305) presentaba en sus escritos

    argumentos para la defensa que se basaban en cuestionamiento de la competencia de la

    Cmara Federal en lo Penal de la Nacin, destinada exclusivamente a la represin de los

    delitos polticos del rgimen de turno,aclarndose que este, es el pensamiento comn

    de los defensores sobre el particular (Fs.124)[16]. Ntese que por entonces Alfonsncuestion su legitimidad, y luego dijo que la guerrilla deba combatirse dentro de un

    marco jurdico; y como vemos, cuando hubo tal marco, lo deslegitim y combati.

    Adems, vale recordar que la dificultad sealada consistente en no dejarmargen para la

    investigacin de los hechos delictivos con arreglo a la ley es culpa exclusiva de dirigentes

    polticos irresponsables como Alfonsn y sus amigos de la U.C.R, que derogaron la ley

    represiva, anularon la Cmara Federal Penal, y amnistiaron a los terroristas procesados o

    condenados conforme a derecho en mayo de 1.973.

    Cabe destacar que esta accin poltica dirigida al revanchismo violentando y

    desatendiendo la mismsima Constitucin Nacional no se constituy en un mero descuido

    leguleyo, sino que obedeca a una calculada estrategia ilegal inspirada por Alfonsn y su

    principal asesor en la materia, el pensador gramsciano Carlos Salvador Nino, quien

    sostena antijurdicamente que Alguna forma de justicia retroactiva por violaciones

    masivas a los derechos humanos brinda un sustento ms slido a los valores

    democrticos[17].Lo que equivale a decir que a efectos de brindar sustento a la

    http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn16http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn16http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn16http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn17http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn17http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn17http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn17http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn16
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    sacrosanta Democracia, a la vigencia de los Derechos Humanos y a los principios

    constitucionales, haba justamente que violar y desatender por completo dichos derechos.

    La Composicin del Tribunal y la Fiscala

    Siguiendo con el kilomtrico rosario de atropellos legales, Alfonsn arm

    inconstitucionalmente- una Cmara Federal de Apelaciones ad hocconformada por

    amigos, que juzg y conden a los ex Comandantes. Esta cofrada tuvo el carcter de una

    comisin especial (prohibida por el artculo 18 de la Constitucin Nacional), que sac a

    los imputados de los jueces naturales en una inslita maniobra pseudo-jurdica. El ya

    citado Nino (personaje clave en esta farsa), a modo de justificacin ante la alevosa en

    cuanto al trato de amistad y familiaridad existente entre el gobierno y la comisin

    especial que teatralizaba de Tribunal independiente, afirm: los jueces en los tribunales

    claves eran amigos cercanos de la administracinpero se disculpa alegando que de

    todos modos los dos tribunales (La Corte y la Cmara Federal)mantuvieron un alto grado

    de independencia.[18]Qu significa alto grado de independencia?. Se esindependiente o no se es independiente. El caso es que los miembros de esta comisin

    especial inconstitucional, lejos de ser independientes, constituan un contubernio de

    asalariados subordinados del rgimen que, luego del juicio, el grueso de ellos obtuvieron

    diversos premios y recompensas por parte del gobierno central (tal como luego lo

    veremos). Como caricaturesca nota de color de la farsa en cuestin, vale aclarar que los

    siete miembros del Tribunal haban sido antes funcionarios judiciales del mismsimo

    Proceso de Reorganizacin Nacional, sin que estos jams obraran de oficio ante la

    eventualidad de alguna presunta violacin a los Derechos Humanos.

    En cuanto al Fiscal del juicio, el encargado de ocupar ese papel fue el Dr. Julio Strassera,quien entusiastamente colabor histrinicamente con la mentada comisin especial que

    juzgaba a los Comandantes. Con respecto a este ltimo, vale tambin destacar que fue

    nombrado por Videla como Fiscal Federal el 23 de abril de 1.976 a cargo de la Fiscala

    en lo Criminal y Correccional N 3 con asiento en la ciudad de Buenos

    Aires[19].Tcnicamente, son los fiscales y no los jueces los que reciben las denuncias y

    luego las elevan a juicio, pero no se conoce que Strassera haya efectuado denuncias por

    desapariciones o violaciones a los DD.HH. durante el gobierno de facto. Es ms, para

    advertir la flexible moral del mencionado personaje, cabe destacar que cuando obraba de

    Fiscal durante el genocidio, llev adelante dictmenes judiciales avalando a la Junta de

    Gobierno Provisional, reafirmando y reconociendo expresamente el rango de legitimidad

    constitucional de la misma, y rechazando pedidos de habeas corpusde detenidos, tal

    como se puede advertir por ejemplo en el caso del ex Gobernador de Santa Cruz Jorge

    Cepernic, en la causa Cepernic Jorge C/ Estado Nacional, en la que Strassera dictamin

    que debido al carcter constitucional de las Actas Institucionales[] necesariamente ha

    de coincidirse en que la privacin de la libertad impuesta al beneficiario de este recurso

    encuentra su legitimidad en la misma Constitucin Nacionalindudablemente reformada

    http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn18http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn18http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn18http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn19http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn19http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn19http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn19http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn18
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    por el Estatuto para el Proceso de Reorganizacin Nacional y el Actay que esta

    ltimaconstituye una norma de idntica jerarqua que la contenida en el art.23 de aquella,

    en cuanto faculta al Poder Ejecutivo Nacional para arrestar personas a su exclusiva

    disposicin, en tanto las circunstancias excepcionales por las que atraviesa el pas as lo

    aconsejen. Como Strassera sostena que el Estatuto del Proceso de Reorganizacin era

    equiparable a la Constitucin Nacional misma, agregaba que impugnar la Resolucin n 2

    de la Junta Militar resulta inadmisible, pues ello equivale a afirmar que la Constitucin es

    inconstitucional. En cuanto a la detencin de Cepernic, Strassera la avala totalmente y

    agrega que encontrndose Jorge Cepernic legtimamente detenido, opino que

    corresponde tanto el rechazo de la presente accin de habeas corpus, como la excesiva

    peticin a que me he referido en el prrafo precedente[20].

    Como frutilla del postre de la parodia descripta, vale agregar que varios de los tteres que

    participaron del culebrn jurdico (o antijurdico) en cuestin, fueron premiados por el

    gobierno de Alfonsn, y as Strassera fue compensado y galardonado con una cmodaestada como Embajador especial en Europa. En cuanto a los jueces del Tribunal,

    DAlesio fue nombrado procurador general del tesoro, Gil Lavedra Subsecretario del

    Interior, Ledesma abogado del Banco Central, y Arslanin beneficiado por el Banco

    Hipotecario Nacional[21].

    Para no ser injustos, no podemos dejar de mencionar al adjunto de Strassera, el Dr. Luis

    Moreno Ocampo, por entonces joven abogado, quien tras ganar fama televisiva, se le

    abrieron las puertas al mundo de la farndula y posteriormente pudo darse el gusto de

    conducir por TV un programa que competa a la hora de la tarde con los magazines

    chimenteros. El programa conducido por Moreno Ocampo, en rigor de verdad era unabominable talk show llamado Forum en el cual el jurisconsulto parodiaba de juez o

    amigable componedor, y dirima contiendas de lo ms desopilantes (tal el caso de dos

    travestis que al divorciarse se disputaban la tenencia de un loro, o el conflicto suscitado

    por unos ciudadanos que se hallaban profusamente molestos y agraviados porque sus

    vecinos colindantes emanaban por las noches sonoras flatulencias que impedan el buen

    dormir). Seguidamente, Moreno Ocampo pega un nuevo salto, y muta de la TV Basura a

    Fiscal del Universo, desempendose como tal en la Corte Internacional de Justicia.

    Cabe aclarar que tambin colaboraron con la fiscala en el juicio, el Dr. Anbal Ibarra, ex

    Secretario General de la Federacin Juvenil Comunista y futuro Jefe de Gobierno

    (postulado primero en carcter de delarruista y reelecto despus en carcter de

    kirchnerista), devenido en 2.006 en muerto poltico al ser destituido mediante Juicio

    Poltico por ser considerado intil y responsable por la Tragedia de Cromagnon (donde

    murieron 192 jvenes). Y quin fue el abogado defensor de Ibarra durante el Juicio

    Poltico que lo destron?, el inefable Julio Strassera. Dios los cra y el Diablo los

    amontona.

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    Durante el juicio, las declaraciones testimoniales presentadas por la parte acusadora,

    aparecieron teidas en su mayora de un inters marcadamente ideolgico, en donde Los

    testigos eran trados desde Europa con todo pago, para declarar contra los

    acusados[22].En este contexto, el Tribunal (es decir, la comisin especial

    inconstitucional) se neg repetidas veces a inquirir, conforme lo solicit la defensa, acerca

    de los antecedentes y actuacin poltica de los testigos en los movimientos subversivos.

    Con esta negativa, se mancill otro derecho ms, que constituye el principio de

    ampliacin de la prueba en detrimento del derecho de defensa en juicio.

    El proceso judicial fue llevado a cabo a toda velocidad, en medio de una formidable

    campaa publicitaria y sin la ms mnima sorpresa para nadie en cuanto a la decisin que

    la comisin especial (que remedaba de Tribunal imparcial) tomara el 9 de diciembre de

    1.985. Como corolario, el juicio fue rubricado con el jubiloso abrazo (posado para la T.V y

    la foto) del ex Fiscal procesista Strassera con su adjunto Moreno Ocampo.

    Estas y otras manipulaciones dolosas y/o culposas contaron con otras atrocidades tales

    como: no existi un proceso legal; la Cmara import ser una comisin especial

    (prohibida por el artculo 18 CN); se sac a los procesados de los jueces naturales

    designados por ley antes del hecho de la causa (prohibido tambin por el citado artculo);

    se impuso adems una pena inexistente en el Cdigo Penal y, bajo el amparo de leyes

    aplicadas ex post facto, se sufri el yugo de un Tribunal enrolado en parcialidad

    manifiesta. El diario La Prensainformaba: El Presidente asumi funciones judiciales y

    habra violado el Artculo 95 de la Constitucin Nacional(10-5-88). Del mismo modo, el

    destacado jurisconsulto Alberto Rodrguez Vrela afirmaba que se viol el derecho de

    defensa y la garanta del Juez natural, as como el principio de irretroactividad de la LeyPenal y el precepto que exige que todo proceso se funde en Ley anterior a los hechos de

    la causa y agreg que se dej cesantes a todos los jueces federales y nombr a otros

    que homologaron el designio de condena del Decreto 158/83. El gobierno arm y puso en

    marcha un mecanismo que tiende a destruir a las Instituciones Armadas[23].

    Pero este galimatas antijurdico al servicio de la vindictano es de extraar, puesto que,

    cuando Alfonsn fue abogado de la guerrillera del E.R.P Silvia Ins Urdampilleta (por el

    secuestro de Sallustro), dentro de los argumentos esgrimidos aleg el estado de guerra

    y conforme fundament su defensa, los subversivos no son delincuentes sino

    combatientes, integrantes de un Ejrcito Revolucionario del Pueblo, alzado en armas en

    rebelin abierta, en operaciones, en sntesis fue una guerra[24]. Pero la imputacin que

    cupo a Ral Alfonsn no se agotaba en que haya obrado como defensor de esta clula

    criminal (ello en definitiva no es ms que el ejercicio inmoral de la profesin pero ejercicio

    legal al fin), sino como integrante presunto de la banda, pues se present una denuncia

    ante el Congreso Nacional con el respaldo de diversos diputados en la que el entonces

    Presidente Alfonsn fue sindicado nada ms y nada menos que como actor en la

    http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn22http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn22http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn22http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn23http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn23http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn23http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn24http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn24http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn24http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn24http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn23http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn22
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    negociacin por la liberacin de Oberdan Sallustro como un verdadero hombre del ERP.

    Esto tiene que salir a la luz de cualquier modo e impedir de inmediato que siga usurpando

    un poder que obtuvo con engao. Nos referimos a un episodio tal vez prescripto para el

    derecho criminal, pero no se ha extinguido ni en lo moral ni en lo poltico. De todos modos

    la denuncia-peticin ha sido dirigida al Presidente de la Cmara de Diputados de la nacin

    y ser entonces el Diputado Moreau quien deba darle curso y trmite correspondiente

    [25].Pero resulta que Moreau (segn lo confirma el montonero Miguel Bonasso en su

    libro Diario de un Clandestino),por intermedio de Alfonsn trabaj en los aos 70 con

    Montoneros en el diario Noticias(financiado con fondos obtenidos por secuestros

    extorsivos). Y qu pudo haber hecho Moreau ante esta denuncia: darle curso o

    archivarla?. Saque conclusiones el lector.

    Las vinculaciones de Alfonsn con la guerrilla no se reduciran a simpatas ideolgicas o a

    vnculos profesionales, sino tambin familiares, puesto que haba tenido que recurrir aos

    antes a su amistad con el Ministro del Interior de Videla, general Albano Arguindeguy,compaero suyo del Liceo Militar General San Martn, para salvar la vida de su propia

    hija, miembro del ERP, capturada por los militares[26].El favor fue concedido y se facilit

    el exilio de su hija, lo que segn autorizadas voces, ocasion que Arguindeguy nunca

    fuera molestado durante el revanchismo alfonsinista en este juicio arbitrario que estamos

    comentando.

    En definitiva, ha sido tan evidente esta ruin operacin poltico-revanchista con vestimenta

    jurdica, que hasta reconocidos montoneros tuvieron que admitir que el juicio era una

    pantomima innecesaria, tal como lo manifest la guerrillera Alicia Pierini, quien

    criteriosamente manifest: cuestion que se viera enmarcado dentro del mbito penal loque haba sido una lucha poltica, con crmenes de guerra, pero lucha poltica. Cuando se

    hace el juicio a las juntas en el 85, yo cuestion que esto jurdicamente no tendra destino,

    que sera un hecho poltico con formato jurdico. Porque en derecho penal hay autores,

    coautores, cmplices, encubridores. Si seguamos aplicando el derecho, ac no quedaba

    nadie en pie o por lo menos medio pas iba a tener que sentarse en el banco de los

    acusados[27].

    En sntesis, la parodia antijurdica se apoy en cuatro aristas dantescas:

    1) Este asalto fue llevado a cabo por el gobierno nacional en manos de la U.C.R, el

    partido que precisamente con mayor ahnco impuls el golpe y obtuvo rcord de

    funcionarios durante el gobierno de Videla.

    2) Se juntaron y reunieron testimonios a efectos de elevarlos para enjuiciar a los

    Comandantes, cuyas compilaciones fueran elaboradas por la CO.NA.DE.P presidida por

    Ernesto Sbato, ex golpista y compaero de almuerzos de Videla.

    http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn25http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn25http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn26http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn26http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn26http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn27http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn27http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn27http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn27http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn26http://c/Users/usuario/Downloads/La%20CONADEP.docx%23_ftn25
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    3) Con el Decreto inconstitucional de Alfonsn, se utilizaron estos testimonios para forjar la

    acusacindel Fiscal Julio Strassera, ex Fiscal y Juez del Proceso nombrado por Videla

    4) El Tribunal (o sea, la comisin especial inconstitucional) que en cumplimiento del

    decreto de Alfonsn conden a los Comandantes, estaba conformado por siete jueces (los

    Dres. Edwin Torlasco, Andrs Dlessio, Guillermo Ledesma, Jorge Valerga Araoz, Jorge

    Ricardo, Gil Lavedra y el conspicuo Len Arslanin) que tenan un risueo denominador

    comn: fueron unnimemente relevantes funcionarios judiciales del gobierno de Videla.

    En verdad, la parodia montada por el Alfonsn y sus nuevos amigos fue tan tragicmica,

    que no falt algn ocurrente que (mitad en serio, mitad en broma) dijera que el juicio

    (impulsado por los videlistas de ayer) se haba constituido en una disputa interna de

    procesistas contra procesistas.

    La Conadep del Siglo XXICon estas arbitrariedades e ilegitimidades pretende la oposicin enjuiciar a la

    delincuencia kirchnerista?. No se le ocurre proponer algo ms transparente y elevado

    que abrevar en oscuras comisiones integradas por arribistas y personajes ms

    cuestionados todava?. Ser posible que a la oposicin nunca se le caiga una idea y

    que cuando al fin se le cae una, resulta ser una propuesta consistente en emular a una

    desdichada cofrada burocrtica compuesta por comunistas, trnsfugas y oportunistas que

    obraron de manera irregular y totalmente funcional a la guerrilla castrista de los aos 70?.

    Seores de la oposicin, a la corrupcin se la combate reinstaurando el Estado de

    derecho, todo lo dems es show. En efecto, o vayan por le recuperacin de lasinstituciones seriamente o vayan por un casting en Bailando por un Sueo, pero ambas

    cosas al mismo tiempo son irreconciliables

    NOTAS

    [1](In Memoriam- T III)

    [2]Citado en Responsabilidad CompartidaGarca Montao -254, Memorias tras los

    dientes del perro, Helvio Botana H B

    [3]Crtica de las ideas polticas argentinas Juan Jos SebreliSudamericana Buenos Aires,

    2002

    [4]Silencio de MudosLeandro Viotto pg. 30

    [5]Aos de Terror y Plvora, Guillermo Rojas, pg. 162

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    [6]el 27, de mayo 1983, diario La NacinGuillermo Rojas 30.000 Desaparecidos, Mito,

    Dogma o Realidadpg 296

    [7]Viviana Gorbato. Montoneros Soldados de Pern. Soldados de Duhalde?Pgina 79

    [8]Vigo Leguizamn -Amar al enemigo, pg 324

    [9]Responsabilidad Compartida-Garca Montao 240

    [10]Responsabilidad Compartida -Garca Montao 241

    [11]La Otra Campana del Nunca Ms (Miguel Etchecolatz

    [12]Los Increbles Radicales-M. H. Laprida, 249

    [13]Guillermo Rojas 30.000 Desaparecidos, Mito, Dogma o Realidad? 331

    [14]Carlos Manuel Acuna Por Amor al Odio Tomo II, pag 114

    [15]Responsabilidad CompartidaGarca Montao 257

    [16]Cabildo -La Subversin Est en el Poder-2Epoca, Ao X, N 93, 08/10/1985

    [17]Guillermo Rojas30.000 desaparecidos, mito dogma o realidad. 323Juicio al Mal

    Absoluto.

    [18]Guillermo Rojas. 30.000 Desparecidos Mito Dogma o Realidead, 327

    [19]Strassera Dr. Ricardo CuruchetRevista Cabildo 2006

    [20]Despacho n 39.986Fiscala 19 de marzo de 1979.- Julio C. Strassera Fiscal

    Federal) (Dictamen Dr. Julio. Strassera en el Habeas Corpus a favor de Jorge Cepernic

    Juzgado Federal N 2 Secretaria N 5 de la Capital Federal/ Autos Cepernic Jorge C/

    Eestado Nacional Juzgado Constencioso Aadministrativo Federal N 1, Secretara N 1.

    [21]La Prensa, 2/3/1989 Gabril TabeadaLos Increbles RadicalesM.H. Laprida, 116.

    [22]Curiosidades-Cosme Beccar Varela-1991

    [23]La Prensa 10-5-1988- citado en Los Increbles Radicales M. H. Laprida

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  • 5/24/2018 La CONADEP, Por Nicolas Marquez

    18/18

    [24]Diario La Prensa, ejemplar 4/9/85

    [25]LA PRENSA 6/7/89Los Increibles RadicalesM. H. Laprida pg. 83

    [26]Guillermo Rojas, 30.000 Desaparecidos, Mito, Dogma o Realidad, 271

    [27]Viviana Gorbato. Montoneros. Soldados de Menem. Soldados de Duhalde?- Pgina

    122

    Fuente:http://www.laprensapopular.com.ar/13799/la-conadep-un-organismo-infame-que-ahora-se-

    pretende-imitar-por-nicolas-

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    %20conadep%20-%2022-05-2014

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