LA ANTIGÜEDAD EN LA SUSPENSIÓN DE LA RELACIÓN DE...
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LA ANTIGÜEDAD EN LA
SUSPENSIÓN
DE LA
RELACIÓN DE TRABAJO (LOTTT)
Caracas, mayo 15, 2013
Historia que compromete
CALCULO DE LA ANTIGÜEDAD
PRINCIPIO GENERAL (universal)
La antigüedad se calcula por el tiempo
ciertamente laborado o tiempo efectivo de servicio,
tiempo ininterrumpido de servicio
Tiempo no laborado, no tiene salario ni se
considera a los efectos del pago de la antigüedad
Excepciones al principio general.
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Historia que compromete
LA ANTIGÜEDAD EN EL
DERECHO POSITIVO
LABORAL VENEZOLANO
* Antes de 1928
* Ley del Trabajo (1928 y 1936)
* Ley del Trabajo (1945, 1947 y 1966)
* Ley del Trabajo (1974 y 1975)
* Ley Orgánica del Trabajo (1991 y 1997)
* Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las
Trabajadoras LOTTT (2012).
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Historia que compromete
LEY DEL TRABAJO 1936
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La antigüedad comenzó a considerarse como
integrante de una relación de trabajo, con esta Ley
del Trabajo, en cuyo artículo 27, se señalaba:
“En caso de terminación del contrato por tiempo
indeterminado, cuando el obrero o empleado pierde
el trabajo por razón del despido u otra causa ajena a
su voluntad, el patrono deberá pagar al empleado u
obrero una indemnización de una quincena de salario
por cada año de trabajo ininterrumpido al servicio de
él. Esta indemnización no podrá exceder del salario
de seis meses. (Omissis)”.
Historia que compromete
LEY DEL TRABAJO 1947
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“Cuando el trabajador pierda el trabajo por
razón del despido injustificado o por otra
causa ajena a su voluntad o se retire por
causa justificada de las determinadas en el
artículo 32, el patrono deberá pagarle por
cada año o fracción de año superior a ocho
meses de trabajo ininterrumpido que tenga de
antigüedad a su servicio, la mitad de los
salarios que haya devengado en el mes
inmediatamente anterior. (Omissis)”.
Historia que compromete
EXCEPCIÓN AL PRINCIPIO
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Artículos 389 de la LOT 1990 y 1997
“Los períodos pre y postnatal deberán
computarse a los efectos de determinar la
antigüedad de la trabajadora en la empresa.”
TIEMPO EN EL CUAL NO SE ESTABA
PRESTANDO EFECTIVAMENTE EL SERVICIO.
Historia que compromete
HOY EN LA LOTTT
El artículo 141 establece:
“Todos los trabajadores y trabajadoras tienen
derecho a prestaciones sociales que les
recompensen la antigüedad en el servicio y los
ampare en caso de cesantía. El régimen de
prestaciones sociales regulado en la presente Ley
establece el pago de este derecho de forma
proporcional al tiempo de servicio, (Omissis)”.
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Historia que compromete
HOY EN LA LOTTT
El artículo 73 de la LOTTT,
en su segundo aparte,
establece:
“(omissis)
El tiempo de la suspensión se computará para
la antigüedad del trabajador o trabajadora.
(omissis)”.
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Historia que compromete
EXCEPCIONES
Supuestos de la suspensión contemplados
en la LOTTT
Enfermedad ocupacional o accidente de trabajo
Enfermedad o accidente común
Licencia o permiso por maternidad o paternidad
Prestar servicio civil o militar.
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Historia que compromete
EXCEPCIONES
Supuestos de la suspensión contemplados
en la LOTTT
Conflicto colectivo declarado legal
Privación de libertad en el proceso penal cuando no
es condenado
Permiso para el cuidado del cónyuge, ascendientes y
descendientes (1 ), por el tiempo acordado entre las
partes.
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Historia que compromete
EXCEPCIONES
Supuestos de la suspensión contemplados
en la LOTTT
Licencia para realizar estudios o para otras
finalidades
Casos fortuitos o de fuerza mayor que suspendan
temporalmente las labores.
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Historia que compromete
EXCEPCIÓN A LAS
EXCEPCIONES
Trabajo por temporadas
Hay suspensión cuando finaliza la temporada o ciclo
de trabajo
Se reanuda la relación de trabajo al iniciarse nuevo
ciclo o temporada
Los lapso de suspensión no se consideran a los
efectos de la antigüedad. Se suman cada lapso
laborado efectivamente.
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Historia que compromete
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atención
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