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La Gaceta Nº 59 — Jueves 22 de marzo del 2012 Pág 11 JUSTICIA Y PAZ JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL MARCAS DE GANADO PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ Nº 11.834.—Gerardo Derin Salazar Fernández, cédula de identidad número 5-0165-0249, mayor, casado una vez, solicita el registro de: como marca de ganado que usará preferentemente en Guanacaste, Cañas, San Miguel, 300 metros este del Ebais. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 27 de febrero del2012.—Lic. AnaisMendietaJiménez,Registradora.—RP2012282342.— (IN2012018750). PROPIEDAD INDUSTRIAL Marco Antonio Fernández López, cédula de identidad 1-912-931, en calidad de apoderado especial de Sumitomo Metal Industries, Ltd con domicilio en 5-33 Kitahama 4-Chome, Chuo- Ku, Osaka-Shi, Osaka 54100041, Japón, solicita la inscripción de: NIPPON STEEL & SUMITOMO METAL como marca de fábrica y comercio en clase: 6 internacional. para proteger y distinguir lo siguiente: columnas metálicas para anuncios; rollo de aleaciones; aleaciones de acero para la construcción y soportes de acero; aleaciones para electrodos de batería; aleaciones metálicos común; aleaciones metálicos es no ferrosos; aleaciones resistentes al calor, a los ácidos y a la corrosión; aluminio; láminas de aluminio; tubos de aluminio; alambre de aluminio; aluminio y sus aleaciones; placas de anclaje; anclas; angulares; válvulas de ángulo (metálicos; no de elementos para máquina); cable para antera; metal antifricción; metal antifricción para aleaciones de hierro; yunques; armadura de placas; arrecifes artificiales metálicos para peces; válvulas automáticas de control (metálicos; no de elementos para máquinas); válvulas de bola (metálicos; no de elementos para máquinas); bolas de acero; bandas metálicos para amarrar; barras; barras metálicos para barandillas; faros metálicos (no luminosos); campanas; campanas para animales; palanquillas (forjado en barras de hierro o acero de sección cuadrada de cuatro centímetros de lado); enlaces metálicos; contenedores metálicos; lingotes (metálicos ); pernos metálicos; palanquilla; botellas (contenedores metálicos) para gas comprimido o aire líquido; cajas de metal común; soportes metálicos para edificios; tubos metálicos para ramificación; bronce y sus aleaciones; láminas de bronce, bandas y en barras; bronce en bruto o semi-laborado; aleaciones para soldadura; bronce (para obras de arte); paneles metálicos para edificios; materiales metálicos para edificios; materiales de edificios, tuberías y tubos (ninguno de ellos son tubos de caldera o piezas de máquinas) todos incluidos en clase 6; paneles metálicos para edificios; construcciones metálicas; construcciones metálicas transportables; boyas; válvulas de mariposa (metálicas; no de elementos para máquina); empalmes metálicos para cables (no eléctricos); cables y alambres (no eléctricos); latas metálicos; cubiertas metálicos para pozos de petróleo; recipientes de hierro fundido (no comprendidos en otras clases); hierro fundido en bruto y semi-laborado; fundición de hierro; ruedas metálicas; fundiciones; artículos de titanio o de sus aleaciones fundidos, en láminas, en polvo, enrollado o semi-laborado; techos metálicos; cadenas (excepto cadenas motrices para vehículos); cadenas de perros: chimeneas metálicos; cromo; acero con revestimiento para placas y láminas; revestimiento metálicos para la construcción de edificios; clips metálicos para cables y tuberías; cierres de metal para contenedores; válvulas (metálicos; no de elementos para máquina); bobinas; chapas laminadas en frío, de acero; collares metálicos para los tubos de sujeción; tubos metálicos para recolección; columnas metálicas; medidores personales de metales comunes; metal común para obras de arte; metales comunes y sus aleaciones; metales comunes en bruto o semi-laborados; metales comunes en bruto o semi-laborados (no comprendidos en otras clases); contenedores metálicos; recipientes metálicos para gas comprimido o aire líquido; recipientes metálicos para combustibles líquidos; recipientes metálicos para almacenamiento; recipientes metálicos para almacenamiento de ácidos; recipientes metálicos para el transporte; cobre y sus aleaciones; láminas; bandas y barras de cobre; cobre en bruto o semi-laborado; chavetas; uniones de metal; barreras metálicas de choque para carreteras; drenajes metálicos de las tuberías; rejillas metálicas; rodillos dúctiles de hierro fundido; conductos y tuberías metálicos para instalaciones de calefacción central; codos metálicos para las tuberías; láminas eléctricas de acero; aceros de extrusión; platos de pescado (para la unión de rieles); accesorios metálicos para edificios; accesorios metálicas para muebles; accesorios metálicas para ventanas; accesorios metálicos para tuberías; bordes metálicos; bordes metálicos (collares); metal intermitente para edificios; baldosas metálicos para el suelo; piezas para forjar; fundidoras y yunques de acero; moldes para fundir metales; armazones metálicas para la construcción de prefabricado; marcos metálicos para construcción; marco metálicos para el trabajo de construcción; acero de fácil uso para placas y láminas; edificios metálicos; láminas y rollos galvanizados; cilindros de gas; juntas metálicas; vigas metálicas; soldadura de oro; rejas metálicas; lápidas metálicas; barandas para ciudad; barandas metálicos; tubos de metal para alcantarilla; canaletas metálicos; esposas; artículos pequeños de metal y herramientas pequeñas para ferretería; placas gruesas; barras huecas de acero; aros de hierro; aros de acero; acero en caliente, laminado y en rollos; indio; contenedores industriales de empaquetado metálicos; lingotes metálicos común; lingotes metálicos no hechos de metales preciosos; hierro; minerales de hierro; láminas de hierro; losas de hierro; bandas de hierro; alambre de hierro; hierro en bruto o semi-laborado; ferretería; cerrajería y ferretería metálica; hierros y aceros; vigas metálicos; cruces metálicos de las tuberías; llaves; plomo; plomo en bruto o semi-laborados; revestimiento metálicos (de construcción); paletas metálicas de carga y descarga; cerraduras; cerraduras metálicos , excepto las eléctricas; tuercas de chupón lubricantes; máquina metálicos para la fijación del cinturón; magnesio; tapas metálicos para alcantarillas; tubo múltiple para cañería; materiales metálicos para vías de ferrocarril funicular permanente; materiales metálicos para vías férreas; botellas metálicas para aire comprimido y válvulas para la compresión de líquido; conductos metálicos para cables y tuberías; cilindros metálicos para gas comprimido; rebordes metálicos; placas metálicas para base de edificios; los marcos metálicos para embalaje, con fines de transporte y almacenamiento de los tubos; accesorios metálicos de carpintería; empalmes para tuberías metálicas; pestillo metálico de puertas; tapas y tapones metálicos (de embalajes industriales); materiales metálicos para la construcción de edificios o de estructuras; materiales metálicos para los esqueletos o los marcos para la construcción; moldes metálicos para darle forma al cemento, excepto las partes de máquinas; tuberías y tubos metálicos; tuberías y tubos metálicos de caldera, semiforjados; poleas metálicas; poleas metálicas para muelles y válvulas (sin incluir elementos de máquina); láminas metálicas para el uso de construcciones; tapones metálicos (para los envases industriales); tumbas metálicas; alambres metálicos; alambres de varillas metálicos; tuberías metálicas de aleaciones; láminas metálicas para y esmaltadas para cubrir; barriles metálicos; contenedores metálicos; tapas para contenedores metálicos; cápsulas metálicas para gas comprimido; portadores metálicos de llaves; señales viales metálicas no luminosas ni mecánicas; tuberías metálicas; piscinas metálicas; tubos metálicos y tuberías de todo tipo, incluidas las tuberías de gas y las cubiertas para pozos de petróleo; llaves metálicas devanadas; metales y semiproductos de los mismos, que no pertenecen a ninguna otra clase; metales y sus aleaciones; metales en polvo; instrumentos metálicos meteorológicos; mineral; equipos misceláneos para ferretería; diversos pilotes metálicos; diversos tubos de acero; molibdeno; bolardos de amarre metálicos; moldes; clavos y tornillos; níquel; niobio; cables y alambres de metales comunes, que no sean eléctricos; metales no ferrosos y sus aleaciones; boquillas metálicas; tuercas (metálicos); tuercas y tornillos metálicos; aceite de tuberías; minerales; minerales metálicos comunes; minerales metálicos no incluidos en el

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JUSTICIA Y PAZJUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUALMARCAS DE GANADO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZNº 11.834.—Gerardo Derin Salazar Fernández, cédula de

identidad número 5-0165-0249, mayor, casado una vez, solicita el registro de:

como marca de ganado que usará preferentemente en Guanacaste, Cañas, San Miguel, 300 metros este del Ebais. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 27 de febrero

del 2012.—Lic. Anais Mendieta Jiménez, Registradora.—RP2012282342.—(IN2012018750).

PROPIEDAD INDUSTRIALMarco Antonio Fernández López, cédula de identidad

1-912-931, en calidad de apoderado especial de Sumitomo Metal Industries, Ltd con domicilio en 5-33 Kitahama 4-Chome, Chuo-Ku, Osaka-Shi, Osaka 54100041, Japón, solicita la inscripción de:

NIPPON STEEL &SUMITOMO METAL

como marca de fábrica y comercio en clase: 6 internacional. para proteger y distinguir lo siguiente: columnas metálicas para anuncios; rollo de aleaciones; aleaciones de acero para la construcción y soportes de acero; aleaciones para electrodos de batería; aleaciones metálicos común; aleaciones metálicos es no ferrosos; aleaciones resistentes al calor, a los ácidos y a la corrosión; aluminio; láminas de aluminio; tubos de aluminio; alambre de aluminio; aluminio y sus aleaciones; placas de anclaje; anclas; angulares; válvulas de ángulo (metálicos; no de elementos para máquina); cable para antera; metal antifricción; metal antifricción para aleaciones de hierro; yunques; armadura de placas; arrecifes artificiales metálicos para peces; válvulas automáticas de control (metálicos; no de elementos para máquinas); válvulas de bola (metálicos; no de elementos para máquinas); bolas de acero; bandas metálicos para amarrar; barras; barras metálicos para barandillas; faros metálicos (no luminosos); campanas; campanas para animales; palanquillas (forjado en barras de hierro o acero de sección cuadrada de cuatro centímetros de lado); enlaces metálicos; contenedores metálicos; lingotes (metálicos ); pernos metálicos; palanquilla; botellas (contenedores metálicos) para gas comprimido o aire líquido; cajas de metal común; soportes metálicos para edificios; tubos metálicos para ramificación; bronce y sus aleaciones; láminas de bronce, bandas y en barras; bronce en bruto o semi-laborado; aleaciones para soldadura; bronce (para obras de arte); paneles metálicos para edificios; materiales metálicos para edificios; materiales de edificios, tuberías y tubos (ninguno de ellos son tubos de caldera o piezas de máquinas) todos incluidos en clase 6; paneles metálicos para edificios; construcciones metálicas; construcciones metálicas transportables; boyas; válvulas de mariposa (metálicas; no de elementos para máquina); empalmes metálicos para cables (no eléctricos); cables y alambres (no eléctricos); latas metálicos; cubiertas metálicos para pozos de petróleo; recipientes de hierro fundido (no comprendidos en otras clases); hierro fundido en bruto y semi-laborado; fundición de hierro; ruedas metálicas; fundiciones; artículos de titanio o de sus aleaciones fundidos, en láminas, en polvo, enrollado o semi-laborado; techos metálicos; cadenas (excepto cadenas motrices para vehículos); cadenas de perros: chimeneas metálicos; cromo; acero con revestimiento para placas y láminas; revestimiento metálicos para la construcción de edificios; clips metálicos para cables y tuberías; cierres de metal para contenedores; válvulas (metálicos; no de elementos para máquina); bobinas; chapas laminadas en frío, de acero; collares metálicos para los tubos de sujeción; tubos metálicos para recolección; columnas metálicas; medidores personales de metales comunes; metal común para obras de arte; metales comunes y sus aleaciones; metales

comunes en bruto o semi-laborados; metales comunes en bruto o semi-laborados (no comprendidos en otras clases); contenedores metálicos; recipientes metálicos para gas comprimido o aire líquido; recipientes metálicos para combustibles líquidos; recipientes metálicos para almacenamiento; recipientes metálicos para almacenamiento de ácidos; recipientes metálicos para el transporte; cobre y sus aleaciones; láminas; bandas y barras de cobre; cobre en bruto o semi-laborado; chavetas; uniones de metal; barreras metálicas de choque para carreteras; drenajes metálicos de las tuberías; rejillas metálicas; rodillos dúctiles de hierro fundido; conductos y tuberías metálicos para instalaciones de calefacción central; codos metálicos para las tuberías; láminas eléctricas de acero; aceros de extrusión; platos de pescado (para la unión de rieles); accesorios metálicos para edificios; accesorios metálicas para muebles; accesorios metálicas para ventanas; accesorios metálicos para tuberías; bordes metálicos; bordes metálicos (collares); metal intermitente para edificios; baldosas metálicos para el suelo; piezas para forjar; fundidoras y yunques de acero; moldes para fundir metales; armazones metálicas para la construcción de prefabricado; marcos metálicos para construcción; marco metálicos para el trabajo de construcción; acero de fácil uso para placas y láminas; edificios metálicos; láminas y rollos galvanizados; cilindros de gas; juntas metálicas; vigas metálicas; soldadura de oro; rejas metálicas; lápidas metálicas; barandas para ciudad; barandas metálicos; tubos de metal para alcantarilla; canaletas metálicos; esposas; artículos pequeños de metal y herramientas pequeñas para ferretería; placas gruesas; barras huecas de acero; aros de hierro; aros de acero; acero en caliente, laminado y en rollos; indio; contenedores industriales de empaquetado metálicos; lingotes metálicos común; lingotes metálicos no hechos de metales preciosos; hierro; minerales de hierro; láminas de hierro; losas de hierro; bandas de hierro; alambre de hierro; hierro en bruto o semi-laborado; ferretería; cerrajería y ferretería metálica; hierros y aceros; vigas metálicos; cruces metálicos de las tuberías; llaves; plomo; plomo en bruto o semi-laborados; revestimiento metálicos (de construcción); paletas metálicas de carga y descarga; cerraduras; cerraduras metálicos , excepto las eléctricas; tuercas de chupón lubricantes; máquina metálicos para la fijación del cinturón; magnesio; tapas metálicos para alcantarillas; tubo múltiple para cañería; materiales metálicos para vías de ferrocarril funicular permanente; materiales metálicos para vías férreas; botellas metálicas para aire comprimido y válvulas para la compresión de líquido; conductos metálicos para cables y tuberías; cilindros metálicos para gas comprimido; rebordes metálicos; placas metálicas para base de edificios; los marcos metálicos para embalaje, con fines de transporte y almacenamiento de los tubos; accesorios metálicos de carpintería; empalmes para tuberías metálicas; pestillo metálico de puertas; tapas y tapones metálicos (de embalajes industriales); materiales metálicos para la construcción de edificios o de estructuras; materiales metálicos para los esqueletos o los marcos para la construcción; moldes metálicos para darle forma al cemento, excepto las partes de máquinas; tuberías y tubos metálicos; tuberías y tubos metálicos de caldera, semiforjados; poleas metálicas; poleas metálicas para muelles y válvulas (sin incluir elementos de máquina); láminas metálicas para el uso de construcciones; tapones metálicos (para los envases industriales); tumbas metálicas; alambres metálicos; alambres de varillas metálicos; tuberías metálicas de aleaciones; láminas metálicas para y esmaltadas para cubrir; barriles metálicos; contenedores metálicos; tapas para contenedores metálicos; cápsulas metálicas para gas comprimido; portadores metálicos de llaves; señales viales metálicas no luminosas ni mecánicas; tuberías metálicas; piscinas metálicas; tubos metálicos y tuberías de todo tipo, incluidas las tuberías de gas y las cubiertas para pozos de petróleo; llaves metálicas devanadas; metales y semiproductos de los mismos, que no pertenecen a ninguna otra clase; metales y sus aleaciones; metales en polvo; instrumentos metálicos meteorológicos; mineral; equipos misceláneos para ferretería; diversos pilotes metálicos; diversos tubos de acero; molibdeno; bolardos de amarre metálicos; moldes; clavos y tornillos; níquel; niobio; cables y alambres de metales comunes, que no sean eléctricos; metales no ferrosos y sus aleaciones; boquillas metálicas; tuercas (metálicos); tuercas y tornillos metálicos; aceite de tuberías; minerales; minerales metálicos comunes; minerales metálicos no incluidos en el

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combustible, a excepción de sodio, potasio y calcio; otros productos hechos de materiales de extrusión que no sean de acero ni metales preciosos; contenedores de envases metálicos; divisiones de metal para oficina; cubículos de metal; prensas metálicos; tubos “penstock” metálicos; cubiertas de tuberías y petróleo; pilotes metálicos; pilares metálicos para las construcciones; accesorios de tubería; conexiones metálicas para tuberías; muflas metálicas; tuberías metálicos; tubos y tuberías (no siendo partes de máquinas y/o de las calderas); tubos y tuberías metálicos; tubos y tuberías de metal y sus aleaciones, excepto las partes de máquinas o partes de refrigeración, calentamiento y destilación; tubos metálicos , para instalaciones de calefacción central; tuberías metálicas; tuberías metálicas, no incluidos en los materiales metálicos para la construcción; pitones metálicos (equipo de alpinismo); placas; tapones metálicos; postes metálicos; postes metálicos, para líneas eléctricas; gallineros metálicos; casas y otros edificios metálicos prediseñados; perfiles metálicos y paneles metálicos prediseñados; secciones y paneles metálicos prediseñados; equipos metálicos prefabricados para ensamblaje de edificios prefabricados, y para marcos y moldes de construcción. puntales metálicos, y puntales metálicos para puentes; amarres metálicos para ríeles; rieles y otros materiales metálicos para vías férreas; rieles metálicos; materiales metálicos para vías férreas; intersecciones de las vías férreas; traviesas metálicas de ferrocarril; interruptores de ferrocarril; aleaciones para imanes de materiales de tierras raras; materiales metálicos refractarios de construcción; materiales metálicos para refuerzo de edificios; materiales metálicos para refuerzo para bandas de máquinas; materiales metálicos para refuerzo para tubos; materiales metálicos para refuerzo de cemento; reservas metálicas; señales de tráfico metálicas (no luminosos ni mecánicos); varillas metálicas para soldadura; materiales de construcción, laminados y fundidos; aceros laminados; cubiertas de techo metálicos; tragaluz de techo metálicos; techado metálico; cuerdas metálicas; cajas de seguridad; caja de seguridad para dinero; moldes metálicos para arena; tornillos metálicos; tapones metálicos sellados; productos de segunda de hierro y acero; acero semiacabado; semiproductos de acero; objetos moldeados de acero (no comprendidos en otras clases); formas; lámina; lámina de barra; láminas de hierro; pilas de láminas de metal; láminas de pilotes láminas y placas de metal; clavos de zapatos; “shuttering” metálico para concreto; paneles de señalización metálicos, no luminosos y no mecánicos; letreros metálicos; aleación de plata con estaño; soldadura de plata; mangas para construcciones metálicas; alambre metálico para soldadura; resorte (elementos metálicos); resortes y válvulas (no piezas que sede máquinas); resorte para muebles (elementos metálicos); espuelas; acero; acero para la operaciones de laminado; aleaciones de acero; acero y artículos hechos del mismo incluidos en la clase 6; ángulos de acero; bolas de acero; no comprendidos en otras clases; barras de acero; “bloom” de acero; construcciones de acero; cables de acero; marcos de acero; estructura de acero para prefabricación; vigas de acero para su uso en construcción; material de acero; tuberías metálicas de acero para agua y gas; plataformas de acero; paneles de acero para pisos; tubos de acero; tubos y tuberías de acero para la caldera; semiforjado; tubos de acero para bolsas de aire; tubos de acero para calderas; tubos de acero para calderas (productos semi-acabados); placas de acero; postes de acero; los postes de acero y tubos para componentes de las bolsas de aire; rieles de acero; perfiles de acero; láminas de acero; hilos de acero; cinta de acero; poste cónico de acero; acero para neumáticos; tubos de acero; tubos de acero para calderas; alambre de acero; acero, en bruto o semi-laborados; aceros para rodamientos; aceros para calderas; aceros para uso estructural de la máquina; aceros para recipientes a presión; aceros para uso estructural de barco; aceros resistentes al calor; resistente a los ácidos y resistentes a la corrosión; estribos de metal; tapa o tapón metálico para proteger tornillos y tuberías; pernios; correas metálicas para la manipulación de cargas; tanques metálicos; tantalio (metal); hilo metálicos para atar; estaño; láminas de acero y estaño; láminas de estaño; hojalata; embalajes de hojalata; hojalata; titanio; aleaciones de titanio; barras de titanio; titanio de hierro; tumbaga (aleaciones frágiles que contienen cobre y zinc y el estaño y arsénico); cajas de herramientas metálicas, vacías; construcciones transportables metálicas; trampas para animales salvajes; protectores metálicos de árboles; enrejado metálico; tubos y tuberías de acero;

tubos metálicos; tungsteno; metales comunes y aleaciones, en bruto y laborado parcialmente; válvulas metálicas, excepto las partes de las máquinas; vanadio; tornillo metálicos de bancos; tornillo metálico; revestimiento de la pared metálica para edificios; forros de la pared metálica para edificios; tacos metálicos; tuberías metálicas para agua; trampas de animales salvajes; cable para redes y gasas; alambre de metal común; alambre de aleaciones metálicas comunes, excepto de alambre fusible; alambre metálicos de soldadura; cable de acero; metal común, para obras de arte; unión de bandas metálicas; el zinc y sus aleaciones; hojas de acero zincadas; circonio. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de setiembre del 2011. Solicitud Nº 2011-0008959. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de noviembre del 2011.—Giovanna Mora Mesén, Registradora.—(IN2012016868).

Marco Antonio Fernández López, cédula de identidad 1-912-931, en calidad de apoderado especial de Sumitomo Metal Industries, Ltd., con domicilio en 5-33 Kitahama 4-Chome, Chuo-Ku, Osaka-Shi, Osaka 54100041, Japón, solicita la inscripción de: NS&SM como marca de fábrica y comercio en clase: 12 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: motores de corriente alterna y motores de corriente directa para vehículos terrestres (sin incluir “sus partes”); parches de goma adhesivos para la reparación de tubos o llantas; transportadores aéreos; aparatos aeronáuticos; aeroplanos; bolsas de aire (dispositivos de seguridad para automóviles); aeronaves, sus partes y accesorios; aerodeslizadores; artículos y accesorios para el material rodante (topes antichoque para material rodante ferroviario y funicular); todos los bienes, vehículos, barcos y otros aparatos y dispositivos y accesorios (incluidos en esta clase); alarmas antirrobo para vehículos; los dispositivos antirrobo para vehículos; aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática y piezas de recambio de los mismos no comprendidos en otras clases; cigüeñales de automóviles; automóviles, sus partes y accesorios; cajas de ejes para las locomotoras; ejes; ejes (material de archivo de partes y accesorios); ejes para ruedas de vehículos terrestres; ejes para vehículo; cochecitos de bebé; remolques de bicicletas (Riyakah); bicicletas, sus partes y accesorios; cuerpos de vagones de ferrocarril; camiones con carretón (material de archivo para partes y accesorios); carretones; carretones para vagones de ferrocarril; forros de freno para vehículos; segmentos de frenos para vehículos; zapatas de freno para vehículos; frenos (para vehículos terrestres); frenos (no elementos de la máquina para vehículos terrestres); frenos para vehículos; amortiguadores para vehículos ferroviarios; teleféricos; árboles de levas; acoplador de coches; camiones; carruajes, sus partes y accesorios; carretas; chasis de vagones de ferrocarril; unidades de mando de engranajes (partes y accesorios de material rodante); bielas para vehículos terrestres, excepto las partes de motores; acoplador y el equipo de levas; acoplador para automóviles; acopladores; acoplamiento de engranajes; las cadenas de acoplamiento para el material rodante; acoplamientos para vehículos terrestres; cigüeñales; los equipos de recolección de corriente eléctrica (de vagones de ferrocarril); marcha de levas, todos los incluidos en la clase 12 partes y accesorios siendo partes de material rodante; los ejes de transmisión; unidades de engranaje de conducción; engranajes de conducir; cinturones eléctricos de cuero para vehículos; unidades de mando de engranajes; bridas para los neumáticos de tren de ruedas (neumáticos); camiones levantadores de horquilla; engranaje, piñón de enganche y el equipo de engranaje; cajas de cambio para vehículos terrestres; reductores; transmisiones para vehículos terrestres; engranajes y piñones; automóviles manuales; correas de mano (de vagones de ferrocarril); intercambiadores de calor para vehículos terrestres; carruajes para caballos; circuitos hidráulicos para vehículos; cámaras de aire para neumáticos; ballestas; cinturones de cuero para el transporte; elementos de la máquina para vehículos terrestres; máquinas y aparatos para la aeronáutica; ruedas de metal para el material rodante y las llantas de acero para su utilización; vagonetas mineras (vehículos); coches de motor; motocicletas; principales motores no eléctricos para vehículos terrestres (sin incluir “sus partes”); paracaídas; partes y accesorios de transporte ferroviario de

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mercancías y vehículos de pasajeros (vagones de tren, ruedas, ejes, y las unidades de eje de la rueda); partes y piezas para automóviles; bici-taxis; los anillos de pistón; elementos de conversión de energía; ejes de hélices; coches de extracción para la minería; coches de empuje para la minería; ferrocarril acoplamientos; vagones de ferrocarril; material rodante ferroviario, sus partes y accesorios; engranajes de reducción para vehículos terrestres; relajación aparatos e instrumentos de control para los diferentes niveles entre los vagones y los andenes; calesa oriental de dos ruedas (carreta para transporte de personas); vehículos terrestres y sus partes; material rodante y sus partes y accesorios; material rodante para ferrocarriles; teleféricos para carga o transporte de carga; correas de transmisión que conecta los motores y ventiladores de refrigeración del radiador (para vehículos terrestres); los discos del rotor; fundas para asientos de vehículos; ejes, rodamientos, eje acoplamientos o conectares, las transmisiones de energía y engranajes (para vehículos terrestres) barcos; cascos de los buques y sus partes, comprendidos en la clase 12; engranaje de dirección para barcos; los amortiguadores y los resortes de amortiguación (para vehículos terrestres); amortiguadores para automóviles y vagones de ferrocarril; amortiguadores de resorte para vehículos; trineos (vehículos); ruedas sólidas de laminado (laminado partes y accesorios de archivo); vehículos espaciales; conjuntos de ejes con rotores; resortes; resortes para material rodante; resortes para vehículos; estabilizadores; bandas de acero; aros de acero de las ruedas del material rodante; neumáticos de acero (laminado piezas de stock y accesorios); marcos de popa y los ejes; amortiguadores de suspensión para vehículos; resortes de suspensión; los sistemas de suspensión y accesorios; los neumáticos de los automóviles (todos estos productos para los vehículos); motores de tracción; aparato de tracción o enganche (piezas de material rodante y accesorios); tractores; tren y sus partes y accesorios; transistores (electrónico); ejes de transmisión para vehículos terrestres; camiones; vehículos de dos ruedas a motor, sus partes y accesorios; los trenes de rodaje (de vagones de ferrocarril); los trenes de rodaje para los vehículos; inclinadores de descarga (para inclinar los vagones de carga); válvula de ejes; acopladores de vehículo; resortes de suspensión del vehículo; ruedas de vehículos; vehículos, aparatos de locomoción por tierra, el agua o el aire sus partes y accesorios; vehículos, buques y otras máquinas de transporte y electrodomésticos, y sus partes; vehículos, estructurales y sus componentes; los buques y sus partes y accesorios; motos de agua (embarcaciones personal); aros de llantas (laminación piezas de stock y accesorios); llantas; unidades de eje de la rueda; carretillas; sillas de ruedas; ruedas; ruedas (de vagones de ferrocarril). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de setiembre del 2011. Solicitud Nº 2011-0008951. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 19 de octubre del 2011.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—(IN2012016869).

Marco Antonio Fernández López, cédula de identidad 1-912-931, en calidad de apoderado especial de Sumitomo Metal Industries, Ltd., con domicilio en 5-33 Kitahama 4-Chome, Chuo-Ku, Osaka-Shi, Osaka 54100041, Japón, solicita la inscripción de:

NIPPON STEEL &SUMITOMO METAL

como marca de fábrica y comercio en clase: 12 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: motores de corriente alterna y motores de corriente directa para vehículos terrestres (sin incluir “sus partes”); parches de goma adhesivos para la reparación de tubos o llantas; transportadores aéreos; aparatos aeronáuticos; aeroplanos; bolsas de aire (dispositivos de seguridad para automóviles); instalaciones de aire acondicionado para aviones; aeronaves, sus partes y accesorios; aerodeslizadores; artículos y accesorios para el material rodante; todos los bienes, vehículos, barcos y otros aparatos y dispositivos y accesorios; alarmas antirrobo para vehículos; los dispositivos antirrobo para vehículos; aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática y piezas de recambio de los mismos no comprendidos en otras clases; cigüeñales de automóviles; automóviles, sus partes y accesorios;

cajas de ejes para las locomotoras; ejes; ejes (material de archivo de partes y accesorios); ejes para ruedas de vehículos terrestres; ejes para vehículo; cochecitos de bebé; remolques de bicicletas (Riyakah); bicicletas, sus partes y accesorios; cuerpos de vagones de ferrocarril; camiones con carretón (material de archivo para partes y accesorios); carretones; carretones para vagones de ferrocarril; corros de freno para vehículos; segmentos de frenos para vehículos; zapatas de freno para vehículos; frenos (para vehículos terrestres); frenos (no elementos de la máquina para vehículos terrestres); frenos para vehículos; amortiguadores para vehículos ferroviarios; teleféricos; árboles de levas; acoplador de coches; camiones; carruajes, sus partes y accesorios; carruetas; chasis de vagones de ferrocarril; unidades de mando de engranajes (partes y accesorios de material rodante); bielas para vehículos terrestres, excepto las partes de motores; acoplador y el equipo de levas; acoplador para automóviles; acopladores; acoplamiento de engranajes; las cadenas de acoplamiento para el material rodante; acoplamientos para vehículos terrestres; cigüeñales; los equipos de recolección de corriente eléctrica (de vagones de ferrocarril); marcha de levas, todos los incluidos en la clase 12 partes y accesorios siendo partes de material rodante; los ejes de transmisión; unidades de engranaje de conducción; engranajes de conducir; cinturones eléctricos de cuero para vehículos; Unidades de mando de engranajes; bridas para los neumáticos de tren de ruedas (neumáticos); camiones levantadores de horquilla; engranaje, piñón de enganche y el equipo de engranaje; cajas de cambio para vehículos terrestres; reductores; transmisiones para vehículos terrestres; engranajes y piñones; Automóviles manuales; correas de mano (de vagones de ferrocarril); Intercambiadores de calor para vehículos terrestres; carruajes para caballos; circuitos hidráulicos para vehículos; cámaras de aire para neumáticos; ballestas; cinturones de cuero para el transporte; elementos de la máquina para vehículos terrestres; máquinas y aparatos; ruedas de metal para el material rodante y las llantas de acero para su utilización; vagonetas mineras (vehículos); coches de motor; motocicletas; principales motores no eléctricos para vehículos terrestres (sin incluir “sus partes”); paracaídas; partes y accesorios de transporte ferroviario de mercancías y vehículos de pasajeros (vagones de tren, ruedas, ejes, y las unidades de eje de la rueda); partes y piezas para automóviles; bici-taxis; los anillos de pistón; elementos de conversión de energía; ejes de hélices; coches de extracción para la minería; coches de empuje para la minería; ferrocarril acoplamientos; vagones de ferrocarril; material rodante ferroviario, sus partes y accesorios; engranajes de reducción para vehículos terrestres; relajación aparatos e instrumentos de control para los diferentes niveles entre los vagones y los andenes; calesa oriental de dos ruedas (carreta para transporte de personas); Vehículos terrestres y sus partes; cohetes; material rodante y sus partes y accesorios; material rodante para ferrocarriles; teleféricos para carga o transporte de carga; correas de transmisión que conecta los motores y ventiladores de refrigeración del radiador (para vehículos terrestres); los discos del rotor; fundas para asientos de vehículos; ejes, rodamientos, eje acoplamientos o conectares, las transmisiones de energía y engranajes (para vehículos terrestres) barcos; cascos de los buques y sus partes, comprendidos en la clase 12; engranaje de dirección para barcos; los amortiguadores y los resortes de amortiguación (para vehículos terrestres); amortiguadores para automóviles y vagones de ferrocarril; amortiguadores de resorte para vehículos; trineos (vehículos); ruedas sólidas de laminado (laminado partes y accesorios de archivo); vehículos espaciales; conjuntos de ejes con rotores; resortes; resortes para material rodante; resortes para vehículos; estabilizadores; bandas de acero; Aros de acero de las ruedas del material rodante; Neumáticos de Acero (laminado piezas de stock y accesorios); barcos de popa y los ejes; amortiguadores de suspensión para vehículos; resortes de suspensión; los sistemas de suspensión y accesorios; los neumáticos de los automóviles (todos estos productos para los vehículos); motores de tracción; aparato de tracción o enganche (piezas de material rodante y accesorios); tractores; tren y sus partes y accesorios; transistores (electrónico); ejes de transmisión para vehículos terrestres; camiones; vehículos de dos ruedas a motor, sus partes y accesorios; los trenes de rodaje (de vagones de ferrocarril); los trenes de rodaje para los vehículos; inclinadores de descarga (para inclinar los vagones de carga); válvula de ejes; acopladores de vehículo; resortes de suspensión del

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vehículo; ruedas de vehículos; vehículos, aparatos de locomoción por tierra, el agua o el aire sus partes y accesorios; vehículos, buques y otras máquinas de transporte y electrodomésticos, y sus partes; vehículos, estructurales y sus componentes; los buques y sus partes y accesorios; motos de agua (embarcaciones personal); aros de llantas (laminación piezas de stock y accesorios); llantas; unidades de eje de la rueda; carretillas; sillas de ruedas; ruedas; ruedas (de vagones de ferrocarril). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de setiembre del 2011. Solicitud Nº 2011-0008952. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de octubre del 2011.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—(IN2012016870).

Marco Antonio Fernández López, cédula de identidad 1-912-931, en calidad de apoderado especial de Sumitomo Metal Industries, Ltd., con domicilio en 5-33 Kitahama 4-Chome, Chuo-Ku, Osaka-Shi, Osaka 54100041, Japón, solicita la inscripción de: NSSMC como marca de fábrica y comercio en clase: 12 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: motores de corriente alterna y motores de corriente directa para vehículos terrestres (sin incluir “sus partes”); parches de goma adhesivos para la reparación de tubos o llantas; transportadores aéreos; aparatos aeronáuticos; aeroplanos; bolsas de aire (dispositivos de seguridad para automóviles); aeronaves, sus partes y accesorios; aerodeslizadores; artículos y accesorios para el material rodante (topes antichoque para material rodante ferroviario y funicular); todos los bienes, vehículos, barcos y otros aparatos y dispositivos y accesorios (incluidos en esta clase); alarmas antirrobo para vehículos; los dispositivos antirrobo para vehículos; aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática y piezas de recambio de los mismos no comprendidos en otras clases; cigüeñales de automóviles; automóviles, sus partes y accesorios; cajas de ejes para las locomotoras; ejes; ejes (material de archivo de partes y accesorios); ejes para ruedas de vehículos terrestres; ejes para vehículo; cochecitos de bebé; remolques de bicicletas (Riyakah); bicicletas, sus partes y accesorios; cuerpos de vagones de ferrocarril; camiones con carretón (material de archivo para partes y accesorios); carretones; carretones para vagones de ferrocarril; forros de freno para vehículos; segmentos de frenos para vehículos; zapatas de freno para vehículos; frenos (para vehículos terrestres); frenos (no elementos de la máquina para vehículos terrestres); frenos para vehículos; amortiguadores para vehículos ferroviarios; teleféricos; árboles de levas; acoplador de coches; camiones; carruajes, sus partes y accesorios; carretas; chasis de vagones de ferrocarril; unidades de mando de engranajes (partes y accesorios de material rodante); bielas para vehículos terrestres, excepto las partes de motores; acoplador y el equipo de levas; acoplador para automóviles; acopladores; acoplamiento de engranajes; las cadenas de acoplamiento para el material rodante; acoplamientos para vehículos terrestres; cigüeñales; los equipos de recolección de corriente eléctrica (de vagones de ferrocarril); marcha de levas, todos los incluidos en la clase 12 partes y accesorios siendo partes de material rodante; los ejes de transmisión; unidades de engranaje de conducción; engranajes de conducir; cinturones eléctricos de cuero para vehículos; unidades de mando de engranajes; bridas para los neumáticos de tren de ruedas (neumáticos); camiones levantadores de horquilla; engranaje, piñón de enganche y el equipo de engranaje; cajas de cambio para vehículos terrestres; reductores; transmisiones para vehículos terrestres; engranajes y piñones; automóviles manuales; correas de mano (de vagones de ferrocarril); intercambiadores de calor para vehículos terrestres; carruajes para caballos; circuitos hidráulicos para vehículos; cámaras de aire para neumáticos; ballestas; cinturones de cuero para el transporte; elementos de la máquina para vehículos terrestres; máquinas y aparatos para la aeronáutica; ruedas de metal para el material rodante y las llantas de acero para su utilización; vagonetas mineras (vehículos); coches de motor; motocicletas; principales motores no eléctricos para vehículos terrestres (sin incluir “sus partes”); paracaídas; partes y accesorios de transporte ferroviario de mercancías y vehículos de pasajeros (vagones de tren, ruedas, ejes, y las unidades de eje de la rueda); partes y piezas para automóviles; bici-taxis; los anillos de pistón; elementos de conversión de energía;

ejes de hélices; coches de extracción para la minería; coches de empuje para la minería; ferrocarril acoplamientos; vagones de ferrocarril; material rodante ferroviario, sus partes y accesorios; engranajes de reducción para vehículos terrestres; relajación aparatos e instrumentos de control para los diferentes niveles entre los vagones y los andenes; calesa oriental de dos ruedas (carreta para transporte de personas); vehículos terrestres y sus partes; material rodante y sus partes y accesorios; material rodante para ferrocarriles; teleféricos para carga o transporte de carga; correas de transmisión que conecta los motores y ventiladores de refrigeración del radiador (para vehículos terrestres); los discos del rotor; fundas para asientos de vehículos; ejes, rodamientos, eje acoplamientos o conectares, las transmisiones de energía y engranajes (para vehículos terrestres) barcos; cascos de los buques y sus partes, comprendidos en la clase 12; engranaje de dirección para barcos; los amortiguadores y los resortes de amortiguación (para vehículos terrestres); amortiguadores para automóviles y vagones de ferrocarril; amortiguadores de resorte para vehículos; trineos (vehículos); ruedas sólidas de laminado (laminado partes y accesorios de archivo); vehículos espaciales; conjuntos de ejes con rotores; resortes; resortes para material rodante; resortes para vehículos; estabilizadores; bandas de acero; aros de acero de las ruedas del material rodante; neumáticos de acero (laminado piezas de stock y accesorios); marcos de popa y los ejes; amortiguadores de suspensión para vehículos; resortes de suspensión; los sistemas de suspensión y accesorios; los neumáticos de los automóviles (todos estos productos para los vehículos); motores de tracción; aparato de tracción o enganche (piezas de material rodante y accesorios); tractores; tren y sus partes y accesorios; transistores (electrónico); ejes de transmisión para vehículos terrestres; camiones; vehículos de dos ruedas a motor, sus partes y accesorios; los trenes de rodaje (de vagones de ferrocarril); los trenes de rodaje para los vehículos; inclinadores de descarga (para inclinar los vagones de carga); válvula de ejes; acopladores de vehículo; resortes de suspensión del vehículo; ruedas de vehículos; vehículos, aparatos de locomoción por tierra, el agua o el aire sus partes y accesorios; vehículos, buques y otras máquinas de transporte y electrodomésticos, y sus partes; vehículos, estructurales y sus componentes; los buques y sus partes y accesorios; motos de agua (embarcaciones personal); aros de llantas (laminación piezas de stock y accesorios); llantas; unidades de eje de la rueda; carretillas; sillas de ruedas; ruedas; ruedas (de vagones de ferrocarril). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de setiembre del 2011. Solicitud Nº 2011-0008950. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 19 de octubre del 2011.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—(IN2012016871).

Marco Antonio Fernández López, cédula de identidad 1-912-931, en calidad de apoderado especial de Sumitomo Metal Industries, Ltd., con domicilio en 5-33 Kitahama 4-Chome, Chuo-Ku, Osaka-Shi, Osaka 54100041, Japón, solicita la inscripción de: NS&SM como marca de fábrica y comercio en clase: 7 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: generadores de corriente alterna (alternadores); motores de corriente alterna y motores de corriente continua (sin incluir las de vehículos terrestres, pero incluyendo las piezas para motores de corriente alterna y los motores de corriente continua); actuadores para los vehículos aéreos; motores aeronáuticos; implementos para la agricultura, que no sean operados manualmente; máquinas de succión de aire; accesorios para la impresión en foto-tipo y para la impresión en relieve; plantas de amoníaco; máquinas recocidas; dispositivos anticontaminantes para los motores; aparatos para la preparación de metalurgia; aparatos para dar un tratamiento de decapado de la superficie de metales; aparatos protectores para metalurgia; aparatos para el estañado en la superficie de metal; acabado para asfalto; ejes del automóvil, cigüeñal y eje de levas; ejes de las máquinas; retroexcavadora y excavadora hydro-excavadora; barras y placas de cobre; barras y planchas de zinc; rodamientos (no elementos de la máquina para vehículos terrestres); cojinetes para ejes de transmisión; variadores Beier; ciclo variadores Beier; reductores de velocidad o variadores; cintas para transportadoras; cinturones de las máquinas; cinturones

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para motores y motores; plegadoras; sopladoras; tubos de la caldera (partes de máquinas); frenos (elementos para máquinas no para vehículos terrestres); hojas de latón; recuperadores de ruedas de cangilones; carburadores de butano; alimentadores del carburador; carburadores; máquinas de fundición de metales no ferrosos; plantas de cemento; centrífugas (máquinas); centrífugas siendo separadores centrífugos; alimentadores de cadena para las molinos esféricos; aparato sintetizador de químicos oxidantes; máquinas y aparatos para procesamiento de productos químicos; clamshell; máquina clasificadora para la clasificación de los sólidos en suspensión en líquidos en una máquina; plantas de fábricas de carbón y mineral; molinos de tiras frías para metales no ferrosos; máquinas de aire comprimido; bombas de aire comprimido; compresores (máquinas); condensadores de vapor (partes de máquinas); instalaciones de condensación para el procesamiento químico; máquinas y aparatos para construcción; máquinas de colada continuas; plantas de sinterización continua; aparatos de control para máquinas y motores; mecanismos de control de máquinas herramientas, máquinas para la construcción y máquinas de carga y descarga; convertidores; convertidores para trabajos en acero; cintas transportadoras y equipos auxiliares; rollo de cobre para la estampación textil; láminas de cobre; acoplamientos que no sean para vehículos terrestres; grúas; cigüeñales; bielas (partes de máquinas); pala de oruga para grúas; trituradora; trituradora para minas; trituradores para la metalurgia, para la construcción de carga y descarga, y para procesamiento químico; rodillos aplastadoras y rodillos en carcasa; aparato de separación criogénica; cortadores; máquinas de corte para la metalurgia y la construcción; unidades de ciclo; ciclo reductor (máquina); cajas de cilindro; generadores de corriente; troquelado y máquinas de impacto; excavadoras (máquinas); máquinas para lavar vajilla para uso doméstico; excavador “dragline”; máquinas para la construcción de drenaje; plataformas de perforación flotantes o no flotantes; torres perforadoras; tambores (partes de máquinas); cepillos dínamo; mezcladores eléctricos de alimentos (para fines domésticos); máquinas y aparatos eléctricos para la limpieza de metales; pulidor eléctrico de cera (para uso doméstico); bobinadora eléctrica; cables eléctricos y máquinas de fabricación de cables; motores electrónicos; aparato para la recuperación de etano; máquinas excavadoras y sus partes; colector de escape para los motores; tubos de escape para motores; extrusoras; ventiladores y máquinas de soplado; alimentador; aparato de alimentación de calderas de motor; laminadores de película; filtros; máquinas de acabado para metales; bridas; máquinas de flotación; para las industrias químicas, planta de sinterización, ácido sulfúrico, las plantas de fabricación, la planta de fabricación de sal; excavadora en escalera; prensa de corte para metal, instalaciones para la preparación de minerales (en minería); prensas de forja; aparatos de licuefacción de gas; aparato de separación de gas; gasificaciones; engranaje calado y sus repuestos no incluidos en otras clases; caja de cambios; generadores de electricidad; rectificadoras; guías para máquinas para metalurgia; herramientas de mano que no sean operadas manualmente; equipo para el manejo para hornos de calefacción y fosas; intercambiadores de calor para máquinas de procesamiento de productos químicos; intercambiadores de calor para las plantas (partes de máquinas); aparato licuadificador de helio; máquinas Hemming; embarcaciones de alta presión; lavadoras de alta presión; dispositivos de sujeción para máquinas-herramienta en metalurgia; controlador hidráulico para máquinas y motores; abridores de puertas y cerradores hidráulicos (partes de máquinas); prensas hidráulicas; las bombas hidráulicas; bombas hidráulicas para máquinas industriales; válvulas hidráulicas; aparatos de recuperación de hidrógeno; impulsor de eje; incubadoras; incubadoras de huevos; equipo infinitamente variable y otras partes y accesorios para los motores de potencia; película de la inflación máquinas de extrusión; lingote de buggies; inyección de máquinas de moldeo por soplado; excavadoras escalera; implementos y máquinas de gran tamaño para la agricultura; niveladores; imanes de levantamiento; grúas sobre camión Link-Belt; panel de cristal líquido; equipo de grabado en metales de panel de cristal líquido; aparato de lavado con panel de cristal líquido; carburadores LNG; máquinas y aparatos para carga y descarga; carburadores GLP; acoplamientos y órganos de transmisión (excepto para vehículos terrestres); acoplamientos y correas de transmisión (excepto para

vehículos); elementos de la máquina (no para vehículos terrestres); todo tipo de maquinaria y piezas de maquinaria, excepto las máquinas agrícolas y hortícolas y de sus partes incluidas en la clase siete; máquinas y aparatos para la industria electrónica; máquinas y herramientas para máquinas; escape múltiple para los motores; planta de fabricación; prensas mecánicas; equipo de recubrimiento Mems (sistemas microelectro mecánicos); equipo de grabado Mems (sistemas electro mecánicos); máquinas de metal para dibujo; herramientas para máquinas para el trabajo en la metalurgia; máquinas para trabajo en metalurgia; molinos; máquinas moledoras; fresadoras; carro de mina; aparatos de transporte para o en minas; planta para tratamiento de minerales; mezcladores; máquinas de motor para la industria química; motores (excepto motores para vehículos terrestres); motores eléctricos, que no sean para vehículos terrestres; máquinas de moldeo para la metalurgia; moldes (partes de máquinas); silenciadores para motores y motores; condensadores de gas natural (partes de máquinas); motores náuticos; impulsores principales no eléctricos, no para vehículos terrestres (que no sean molinos de agua ni viento); toberas y aspas de las turbinas; enfriadores de aceite para motores aeronáuticos; máquinas de refinación de petróleo; otras máquinas o equipos; otras máquinas de tratamiento de metales; aparatos de procesamiento de ozonólisis; máquinas para el emparejamiento en metalurgia; partes y accesorios de locomotoras de ferrocarril; partes para movedores no eléctricos para vehículos terrestres; partes para motores de poder y equipo relacionado; molinos de tubo; pistones; transportadores neumáticos; acopladores de poder; prensas (máquinas para fines de procesamiento químico); prensas para trabajar metales; tanque de presión y partes de máquinas; moldes de impresión; máquinas de impresión; diafragmas de bombeo; bombas (partes de máquinas, máquinas o motores); radiadores (enfriamiento) para motores y máquinas; arietes (máquinas); reductores de engranajes que no sean para vehículos terrestres; estabilizadores de carretera; robots para trabajar los metales; roles y cubiertas de roles, (partes de máquinas); roles y cubiertas de roles; cilindros para laminación; trenes de laminación; trenes de laminación, sus partes y accesorios; roles para las laminadoras, planta de tratamiento de sal, pantalla de flotación; pantallas; trenes de laminación de secciones; máquinas y sistemas de fabricación de semiconductores; separadores; pulverizadores de aguas residuales; máquinas de coser; acoplamientos o conexiones (no elementos de la máquina para vehículos terrestres); unidades del eje; eje, ejes o husillos (no para vehículos terrestres); tijeras eléctricas; marcha y piñones para buques; amortiguadores (no elementos de la máquina para vehículos terrestres); palas; lanzaderas (partes de máquinas); silenciadores para motores y máquinas; aparato de deposición de lámina de dióxido de silicio; planta de sinterización; enfriadores de losa; resortes (partes de máquinas); apiladores; pila-recuperadores; arrancadores para motores aeronáuticos; los arrancadores de motores; acumuladores de vapor (partes de máquinas); calderas de vapor del motor; barras de acero de perforación, también cónica; convertidores de fabridores de acero; grúas de para molinos de acero; líneas de procesamiento de láminas de acero; entrepuente; marcos de popa y los ejes; enderezadoras; plantas de ácido sulfúrico; compresores; plantas de resina sintética; roscadoras; herramientas e instrumentos y sus partes para la fabricación de metal; engranajes transferidos; los ejes de transmisión, que no sean para vehículos terrestres; las transmisiones de las máquinas transmisiones, que no sean para vehículos terrestres; máquinas de corte para mecanizado de metales; aparatos de irradiación de luz ultravioleta para el procesamiento de agua; descargadores y los cargadores, y su equipo relacionado; aspiradoras de uso doméstico; válvulas (no elementos de la máquina para vehículos terrestres); vibradores (máquinas) para uso industrial; aparatos para lavar; lavadoras de uso doméstico; máquinas compactadoras de residuos; máquinas compactadoras de residuos y aparatos; trituradoras de residuos; trituradores de desperdicios (máquinas); calentadores de agua (partes de máquinas); aparatos de soldadura, que funcionan con gas; máquinas de soldar eléctricas; grúas de rueda; fábricas de alambran; máquina de tejer. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de setiembre del 2011. Solicitud Nº 2011-0008957. A efectos de

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publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de octubre del 2011.—Giovanna Mora Mésen, Registradora.—(IN2012016872).

Marco Antonio Fernández López, cédula de identidad 1-912-931, en calidad de apoderado especial de Sumitomo Metal Industries, Ltd., con domicilio en 5-33 Kitahama 4-Chome, Chuo-Ku, Osaka-Shi, Osaka 54100041 Japón, solicita la inscripción de: NS&SM como marca de fábrica y comercio en clase: 6 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: columnas metálicas para anuncios; rollo de aleaciones; aleaciones de acero para la construcción y soportes de acero; aleaciones para electrodos de batería; aleaciones metálicos común; aleaciones metálicos es no ferrosos; aleaciones resistentes al calor, a los ácidos y a la corrosión; aluminio; láminas de aluminio; tubos de aluminio; alambre de aluminio; aluminio y sus aleaciones; placas de anclaje; anclas; angulares; válvulas de ángulo (metálicos; no de elementos para máquina); cable para antera; metal antifricción; metal antifricción para aleaciones de hierro; yunques; armadura de placas; arrecifes artificiales metálicos para peces; válvulas automáticas de control (metálicos; no de elementos para máquinas); válvulas de bola (metálicos; no de elementos para máquinas); bolas de acero; bandas metálicos para amarrar; barras; barras metálicos para barandillas; faros metálicos (no luminosos); campanas; campanas para animales; palanquillas; enlaces metálicos; contenedores metálicos; lingotes (metálicos); pernos metálicos; palanquilla; botellas (contenedores metálicos) para gas comprimido o aire líquido; cajas de metal común; soportes metálicos para edificios; tubos metálicos para ramificación; bronce y sus aleaciones; láminas de bronce, bandas y en barras; bronce en bruto o semi-laborado; aleaciones para soldadura; bronce (para obras de arte); paneles metálicos para edificios; materiales metálicos para edificios; materiales de edificios, tuberías y tubos (ninguno de ellos son tubos de caldera o piezas de máquinas) todos incluidos en clase 6; paneles metálicos para edificios; edificios metálicos; edificios metálicos transportables; boyas; válvulas de mariposa (metálicas; no de elementos para máquina); empalmes metálicos para cables (no eléctricos); cables y alambres (no eléctricos); latas metálicos; cubiertas metálicos para pozos de petróleo; vasijas de hierro fundido (no comprendidos en otras clases); hierro fundido en bruto y semi-laborado; fundición de hierro; ruedas metálicas; fundiciones; artículos de titanio o de sus aleaciones fundidos, en láminas, en polvo, enrollado o semi-laborado; techos metálicos; cadenas (excepto cadenas motrices para vehículos); cadenas de perros; chimeneas metálicos; cromo; acero con revestimiento para placas y láminas; revestimiento metálicos para la construcción de edificios; clips metálicos para cables y tuberías; cierres de metal para contenedores; válvulas (metálicos; no de elementos para máquina); bobinas; chapas laminadas en frío, de acero; collares metálicos para los tubos de sujeción; tubos metálicos para recolección; columnas metálicas; indicadores comunes metálicos para vehículos; medidores personales de metales comunes; metal común para obras de arte; metales comunes y sus aleaciones; metales comunes en bruto o semi-laborados; metales comunes en bruto o semi-laborados (no comprendidos en otras clases); contenedores metálicos; recipientes metálicos para gas comprimido o aire líquido; recipientes metálicos para combustibles líquidos; recipientes metálicos para almacenamiento; recipientes metálicos para almacenamiento de ácidos; recipientes metálicos para el transporte; cobre y sus aleaciones; láminas; bandas y barras de cobre; cobre en bruto o semi-laborado; chavetas; enganches metálicos; barreras metálicas de choque para carreteras; drenajes metálicos de las tuberías; rejillas metálicas; rodillos dúctiles de hierro fundido; conductos y tuberías metálicos para instalaciones de calefacción central; codos metálicos para las tuberías; láminas eléctricas de acero; aceros de extrusión; platos de pescado (para la unión de rieles); accesorios metálicos para edificios; accesorios metálicas para muebles; accesorios metálicas para ventanas; accesorios metálicos para tuberías; bordes metálicos; bordes metálicos (collares); metal intermitente para edificios; baldosas metálicos para el suelo; piezas para forjar; fundidoras y yunques de acero; moldes para fundir metales; marco de trabajo para la prefabricación; marcos metálicos para construcción; marco metálicos para el trabajo de construcción; acero de fácil uso para placas y láminas; edificios

metálicos; láminas y rollos galvanizados; cilindros de gas; juntas metálicas; vigas metálicas; soldadura de oro; rejas metálicas; lápidas metálicas; barandas para ciudad; barandas metálicos; tubos de metal para alcantarilla; canaletas metálicos; esposas; equipo y artículos ferreteros; equipo metálicos para ferretería; herramientas de ferretería; placas gruesas; barras huecas de acero; aros de hierro; aros de acero; herraduras; acero en caliente, laminado y en rollos; indio; contenedores industriales de empaquetado metálicos; lingotes metálicos común; lingotes metálicos es; no metálicos es preciosos; hierro; minerales de hierro; láminas de hierro; losas de hierro; bandas de hierro; alambre de hierro; hierro en bruto o semil-aborado; ferretería; cerrajería y ferretería metálica; hierros y aceros; vigas metálicos; cruces metálicos de las tuberías; llaves; plomo; plomo en bruto o semi-laborados; revestimiento metálicos (de construcción); paletas metálicas de carga y descarga; cerraduras; cerraduras metálicos, excepto las eléctricas; trabajos de cerrajería; tuercas de chupón lubricantes; máquina metálicos para la fijación del cinturón; magnesio; tapas metálicos para alcantarillas; tubo colector de escape o admisión; tubo colector de escape o admisión para tuberías; materiales metálicos para vías de ferrocarril funicular permanente; materiales metálicos para vías férreas; botellas metálicas para aire comprimido y válvulas para la compresión de líquido; conductos metálicos para cables y tuberías; cilindros metálicos para gas comprimido; rebordes metálicos; placas metálicas para base de edificios; los marcos metálicos para embalaje, con fines de transporte y almacenamiento de los tubos; accesorios metálicos de carpintería; empalmes para tuberías metálicas; pestillo metálico de puertas; tapas y tapones metálicos (de embalajes industriales); materiales metálicos para la construcción de edificios o de estructuras; materiales metálicos para los esqueletos o los marcos para la construcción; moldes metálicos para darle forma al cemento, excepto las partes de máquinas; tuberías y tubos metálicos; tuberías y tubos metálicos de caldera, semi-forjados; poleas metálicas; poleas metálicas para muelles y válvulas (sin incluir elementos de máquina); láminas metálicas para el uso de construcciones; tapones metálicos (para los envases industriales); tumbas metálicas; alambres metálicos; alambres de varillas metálicos; tuberías metálicas de aleaciones; láminas metálicas para y esmaltadas para cubrir; barriles metálicos; contenedores metálicos; tapas para contenedores metálicos; cápsulas metálicas para gas comprimido; manguera metálica para aspiradoras; portadores metálicos de llaves; señales viales metálicas no luminosas ni mecánicas; tuberías metálicas; piscinas metálicas; tubos metálicos y tuberías de todo tipo, incluidas las tuberías de gas y las cubiertas para pozos de petróleo; llaves metálicas devanadas; metales y semi-productos de los mismos, que no pertenecen a ninguna otra clase; metales y sus aleaciones; metales en polvo; instrumentos metálicos meteorológicos; mineral; diversos equipos ferreteros metálicos; diversos pilotes metálicos; diversos tubos de acero; molibdeno; bolardos de amarre metálicos; moldes; clavos y tornillos; níquel; niobio; cables y alambres de metales comunes, que no sean eléctricos; metales no ferrosos y sus aleaciones; boquillas metálicas; tuercas (metálicos); tuercas y tornillos metálicos; aceite de tuberías; minerales; minerales metálicos comunes; minerales metálicos no incluidos en el combustible, a excepción de sodio, potasio y calcio; otros productos hechos de materiales de extrusión que no sean de acero ni metales preciosos; contenedores de envases metálicos; cubículos para uso de oficina; cubículos de metal; prensas metálicos; tubos “penstock” metálicos; cubiertas de tuberías y petróleo; pilotes metálicos; pilares metálicos para las construcciones; accesorios de tubería; conexiones metálicas para tuberías; muflas metálicas; tuberías metálicos; tubos y tuberías (no siendo partes de máquinas y/o de las calderas); tubos y tuberías metálicos; tubos y tuberías de metal y sus aleaciones, excepto las partes de máquinas o partes de refrigeración, calentamiento, y destilación; tubos metálicos, para instalaciones de calefacción central; tuberías metálicas; tuberías metálicas, no incluidos en los materiales metálicos para la construcción; pitones metálicos (equipo de montañismo); placas; tapones metálicos; postes metálicos; postes metálicos para líneas eléctricas; gallineros metálicos; casas y otros edificios metálicos prediseñados; perfiles metálicos y paneles metálicos prediseñados; secciones y paneles metálicos prediseñados; equipos metálicos prefabricados para ensamblaje de edificios; equipos metálicos prefabricados para

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ensamblaje de edificios, para esqueletos o marcos; accesorios metálicos; accesorios metálicos para puentes; amarres metálicos para rieles; rieles y otros materiales metálicos para vías férreas; rieles metálicos; materiales metálicos para vías férreas; intersecciones de las vías férreas; traviesas metálicas de ferrocarril; interruptores de ferrocarril; aleaciones para imanes de materiales de tierras raras; materiales metálicos refractarios de construcción; materiales metálicos para refuerzo de edificios; materiales metálicos para refuerzo para bandas de máquinas; materiales metálicos para refuerzo para tubos; materiales metálicos para refuerzo de cemento; reservas metálicas; señales de tráfico metálicas (no luminosos ni mecánicos); varillas metálicas para soldadura; materiales de construcción, laminados y fundidos; aceros laminados; cubiertas de techo metálicos; tragaluz de techo metálicos; techado metálico; cuerdas metálicas; cajas de seguridad; caja de seguridad para dinero; moldes metálicos para arena; tornillos metálicos; tapones metálicos sellados; productos de segunda de hierro y acero; acero semi-acabado; semi-productos de acero; objetos moldeados de acero (no comprendidos en otras clases); formas; lámina; lámina de barra; láminas de hierro; pilas de láminas de metal; láminas de pilotes láminas y placas de metal; clavos de zapatos; “shuttering” metálico para concreto; paneles de señalización metálicos, no luminosos y no mecánicos; letreros metálicos; aleación de plata con estaño; soldadura de plata; losas; mangas para construcciones metálicas; alambre metálico para soldadura; resorte (elementos metálicos); resortes y válvulas (no piezas que se de máquinas); resorte para muebles (elementos metálicos); espuelas; bobinas de acero inoxidable; acero; acero para la operaciones de laminado; aleaciones de acero; acero y artículos hechos del mismo incluidos en la clase 6; ángulos de acero; bolas de acero; no comprendidos en otras clases; barras de acero; “bloom” de acero; edificios de acero; cables de acero; marcos de acero; estructura de acero para prefabricación; vigas de acero para su uso en construcción; material de acero; tuberías metálicas de acero para agua y gas; plataformas de acero; paneles de acero para pisos; tubos de acero; tubos y tuberías de acero para la caldera; semi-forjado; tubos de acero para bolsas de aire; tubos de acero para calderas; tubos de acero para calderas (productos semi-acabados); placas de acero; postes de acero; los postes de acero y tubos para componentes de las bolsas de aire; rieles de acero; perfiles de acero; láminas de acero; hilos de acero; cinta de acero; poste cónico de acero; acero para neumáticos; tubos de acero; tubos de acero para calderas; alambre de acero; acero, en bruto o semi-laborados; aceros para automóviles; aceros para rodamientos; aceros para calderas; aceros para uso estructural de la máquina; aceros para recipientes a presión; aceros para uso estructural de barco; aceros resistentes al calor; resistente a los ácidos y resistentes a la corrosión; estribos de metal; tapa o tapón metálico para proteger tornillos y tuberías; pernios; correas metálicas para la manipulación de cargas; bandas; tanques metálicos; tantalio (metal); hilo metálicos para atar; estaño; bobinas y láminas de acero y estaño; láminas de estaño; hojalata; envases de hojalata; hojalatería y utensilios de cocina incluidos en esta clase; titanio; aleaciones de titanio; barras de titanio; titanio de hierro; tumbaga (aleaciones frágiles que contienen cobre y zinc y el estaño y arsénico); cajas de herramientas metálicas, vacías; edificios metálicos transportables; trampas para animales salvajes; protectores metálicos de árboles; enrejado metálico; tubos y tuberías de acero; tubos metálicos; tungsteno; metales comunes y aleaciones, en bruto y laborado parcialmente; válvulas metálicas, excepto las partes de las máquinas; vanadio; tornillo metálicos de bancos; tornillo metálico; revestimiento de la pared metálica para edificios; forros de la pared metálica para edificios; enchufes metálicos de pared; tuberías metálicas para agua; trampas de animales salvajes; cable para redes y gasas; alambre de metal común; alambre de aleaciones metálicas comunes, excepto de alambre fusible; alambre metálicos de soldadura; cable de acero; metal común, para obras de arte; unión de bandas metálicas; el zinc y sus aleaciones; hojas de acero zincadas; circonio. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de setiembre del 2011. Solicitud Nº 2011-0008961. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de octubre del 2011.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—(IN2012016873).

Marco Antonio Fernández López, Cédula de identidad 1-912-931, en calidad de apoderado especial de Sumitomo Metal Industries, Ltd., con domicilio en 5-33 Kitahama 4-Chome, Chuo-Ku, Osaka-Shi, Osaka 54100041, Japón, solicita la inscripción de:

NIPPON STEEL &SUMITOMO METAL

CORPORATIONcomo marca de fábrica y comercio en clase: 6 internacional. para proteger y distinguir lo siguiente: columnas metálicas para anuncios; rollo de aleaciones; aleaciones de acero para la construcción y soportes de acero; aleaciones para electrodos de batería; aleaciones metálicos común; aleaciones metálicos es no ferrosos; aleaciones resistentes al calor, a los ácidos y a la corrosión; aluminio; láminas de aluminio; tubos de aluminio; alambre de aluminio; aluminio y sus aleaciones; placas de anclaje; anclas; angulares; válvulas de ángulo (metálicos; no de elementos para máquina); cable para antera; metal antifricción; metal antifricción para aleaciones de hierro; yunques; armadura de placas; arrecifes artificiales metálicos para peces; válvulas automáticas de control (metálicos; no de elementos para máquinas); válvulas de bola (metálicos; no de elementos para máquinas); bolas de acero; bandas metálicos para amarrar; barras; barras metálicos para barandillas; faros metálicos (no luminosos); campanas; campanas para animales; palanquillas; enlaces metálicos; contenedores metálicos; lingotes (metálicos); pernos metálicos; palanquilla; botellas (contenedores metálicos) para gas comprimido o aire líquido; cajas de metal común; soportes metálicos para edificios; tubos metálicos para ramificación; bronce y sus aleaciones; láminas de bronce, bandas y en barras; bronce en bruto o semilaborado; aleaciones para soldadura; bronce (para obras de arte); paneles metálicos para edificios; materiales metálicos para edificios; materiales de edificios, tuberías y tubos (ninguno de ellos son tubos de caldera o piezas de máquinas) todos incluidos en clase 6; paneles metálicos para edificios; construcciones metálicas y construcciones transportables metálicas; boyas; válvulas de mariposa (metálicas; no de elementos para máquina); empalmes metálicos para cables (no eléctricos); cables y alambres (no eléctricos); latas metálicos; cubiertas metálicos para pozos de petróleo; recipientes de hierro fundido (no comprendidos en otras clases); hierro fundido en bruto y semilaborado; fundición de hierro; ruedas metálicas; fundiciones; artículos de titanio o de sus aleaciones fundidos, en laminas, en polvo, enrollado o semilaborado; techos metálicos; cadenas (excepto cadenas motrices para vehículos); cadenas de perros: chimeneas metálicos; cromo; acero con revestimiento para placas y láminas; revestimiento metálicos para la construcción de edificios; clips metálicos para cables y tuberías; cierres de metal para contenedores; válvulas (metálicos; no de elementos para máquina); chapas laminadas en frío, de acero; collares metálicos para los tubos de sujeción; tubos metálicos para recolección; columnas metálicas; metal común para obras de arte; metales comunes y sus aleaciones; metales comunes en bruto o semilaborados; metales comunes en bruto o semilaborados (no comprendidos en otras clases); contenedores metálicos; recipientes metálicos para gas comprimido o aire líquido; recipientes metálicos para combustibles líquidos; recipientes metálicos para almacenamiento; recipientes metálicos para almacenamiento de ácidos; recipientes metálicos para el transporte; cobre y sus aleaciones; láminas; bandas y barras de cobre; cobre en bruto o semilaborado; chavetas; uniones de metal; barreras metálicas de choque para carreteras; drenajes metálicos de las tuberías; rejillas metálicas; rodillos dúctiles de hierro fundido; conductos y tuberías metálicos para instalaciones de calefacción central; codos metálicos para las tuberías; laminas eléctricas de acero; aceros de extrusión; platos de pescado (para la unión de rieles); accesorios metálicos para edificios; accesorios metálicas para muebles; accesorios metálicas para ventanas; accesorios metálicos para tuberías; bordes metálicos; bordes metálicos (collares); metal intermitente para edificios; baldosas metálicos para el suelo; piezas para forjar; fundidoras y yunques de acero; moldes para fundir metales; armazones metálicas para la construcción en prefabricado; marcos metálicos para construcción; marco metálicos para el trabajo de construcción; acero de fácil uso para placas y laminas; edificios metálicos; láminas y rollos galvanizados; cilindros de gas; juntas

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metálicas; vigas metálicas; soldadura de oro; rejas metálicas; lápidas metálicas; barandas para ciudad; barandas metálicos; tubos de metal para alcantarilla; canaletas metálicos; esposas; artículos de metal y herramientas pequeñas para ferretería; placas gruesas; barras huecas de acero; aros de hierro; aros de acero; acero en caliente, laminado y en rollos; indio; contenedores industriales de empaquetado metálicos; lingotes metálicos no hechos de metales preciosos; hierro; minerales de hierro; laminas de hierro; losas de hierro; bandas de hierro; alambre de hierro; hierro en bruto o semilaborado; ferretería; cerrajería y ferretería metálica; hierros y aceros; vigas metálicos; cruces metálicos de las tuberías; llaves; plomo; plomo en bruto o semilaborados; revestimiento metálicos (de construcción); paletas metálicas de carga y descarga; cerraduras; cerraduras metálicos, excepto las eléctricas; tuercas de chupón lubricantes; maquina metálicos para la fijación del cinturón; magnesio; tapas metálicos para alcantarillas; tubo múltiple para cañería; materiales metálicos para vías de ferrocarril funicular permanente; materiales metálicos para vías férreas; botellas metálicas para aire comprimido y válvulas para la compresión de líquido; conductos metálicos para cables y tuberías; cilindros metálicos para gas comprimido; rebordes metálicos; placas metálicas para base de edificios; los marcos metálicos para embalaje, con fines de transporte y almacenamiento de los tubos; accesorios metálicos de carpintería; empalmes para tuberías metálicas; pestillo metálico de puertas; tapas y tapones metálicos (de embalajes industriales); materiales metálicos para la construcción de edificios o de estructuras; materiales metálicos para los esqueletos o los marcos para la construcción; moldes metálicos para darle forma al cemento, excepto las partes de máquinas; tuberías y tubos metálicos; tuberías y tubos metálicos de caldera, semiforjados; poleas metálicas; poleas metálicas para muelles y válvulas (sin incluir elementos de máquina); láminas metálicas para el uso de construcciones; tapones metálicos (páralos envases industriales); tumbas metálicas; alambres metálicos; alambres de varillas metálicos; tuberías metálicas de aleaciones; láminas metálicas para y esmaltadas para cubrir; barriles metálicos; contenedores metálicos; tapas para contenedores metálicos; cápsulas metálicas para gas comprimido; portadores metálicos de llaves; señales viales metálicas no luminosas ni mecánicas; tuberías metálicas; piscinas metálicas; tubos metálicos y tuberías de todo tipo, incluidas las tuberías de gas y las cubiertas para pozos de petróleo; llaves metálicas devanadas; metales y semiproductos de los mismos, que no pertenecen a ninguna otra clase; metales y sus aleaciones; metales en polvo; instrumentos metálicos meteorológicos; mineral; equipos misceláneos para ferretería; diversos pilotes metálicos; diversos tubos de acero; molibdeno; bolardos de amarre metálicos; moldes; clavos y tornillos; níquel; niobio; cables y alambres de metales comunes, que no sean eléctricos; metales no ferrosos y sus aleaciones; boquillas metálicas; tuercas (metálicos); tuercas y tornillos metálicos; aceite de tuberías; minerales; minerales metálicos comunes; minerales metálicos no incluidos en el combustible, a excepción de sodio, potasio y calcio; otros productos hechos de materiales de extrusión que no sean de acero ni metales preciosos; contenedores de envases metálicos; diviones de metal para oficina; cubículos de metal; prensas metálicos; tubos “penstock” metálicos; cubiertas de tuberías y petróleo; pilotes metálicos; pilares metálicos para las construcciones; accesorios de tubería; conexiones metálicas para tuberías; muflas metálicas; tuberías metálicos; tubos y tuberías (no siendo partes de máquinas y / o de las calderas); tubos y tuberías metálicos; tubos y tuberías de metal y sus aleaciones, excepto las partes de máquinas o partes de refrigeración, calentamiento, y destilación; tubos metálicos, para instalaciones de calefacción central; tuberías metálicas; tuberías metálicas, no incluidos en los materiales metálicos para la construcción; pistones metálicos (equipo de montañismo); placas; tapones metálicos; postes metálicos; postes metálicos, para líneas eléctricas; gallineros metálicos; casas y otros edificios metálicos prediseñados; perfiles metálicos y paneles metálicos prediseñados; secciones y paneles metálicos prediseñados; equipos metálicos para ensamblaje de edificios prefabricados, y para marcos y moldes de construcción. puntales metálicos, y puntales metálicos para puentes; amarres metálicos para rieles; rieles y otros materiales metálicos para vías férreas; rieles metálicos; materiales metálicos para vías férreas; intersecciones de las vías férreas; traviesas metálicas de ferrocarril;

interruptores de ferrocarril; aleaciones para imanes de materiales de tierras raras; materiales metálicos refractarios de construcción; materiales metálicos para refuerzo de edificios; materiales metálicos para refuerzo para bandas de máquinas; materiales metálicos para refuerzo para tubos; materiales metálicos para refuerzo de cemento; reservas metálicas; señales de tráfico metálicas (no luminosos ni mecánicos); varillas metálicas para soldadura; materiales de construcción, laminados y fundidos; aceros laminados; cubiertas de techo metálicos; tragaluz de techo metálicos; techado metálico; cuerdas metálicas; cajas de seguridad; caja de seguridad para dinero; moldes metálicos para arena; tornillos metálicos; tapones metálicos sellados; productos de segunda de hierro y acero; acero semiacabado; semiproductos de acero; objetos moldeados de acero (no comprendidos en otras clases); formas; lámina; lámina de barra; láminas de hierro; pilas de láminas de metal; láminas de pilotes láminas y placas de metal; clavos de zapatos; “shuttering” metálico para concreto; paneles de señalización metálicos, no luminosos y no mecánicos; letreros metálicos; aleación de plata con estaño; soldadura de plata; mangas para construcciones metálicas; alambre metálico para soldadura; resorte (elementos metálicos); resortes y válvulas (no piezas que se de máquinas); resorte para muebles (elementos metálicos); espuelas; acero; acero para la operaciones de laminado; aleaciones de acero; acero y artículos hechos del mismo incluidos en la clase 6; ángulos de acero; bolas de acero; no comprendidos en otras clases; barras de acero; “bloom” de acero; construcciones de acero; cables de acero; marcos de acero; estructura de acero para prefabricación; vigas de acero para su uso en construcción; material de acero; tuberías metálicas de acero para agua y gas; plataformas de acero; paneles de acero para pisos; tubos de acero; tubos y tuberías de acero para la caldera; semiforjado; tubos de acero para bolsas de aire; tubos de acero para calderas; tubos de acero para calderas (productos semiacabados); placas de acero; postes de acero; los postes de acero y tubos para componentes de las bolsas de aire; rieles de acero; perfiles de acero; láminas de acero; hilos de acero; cinta de acero; poste cónico de acero; acero para neumáticos; tubos de acero; tubos de acero para calderas; alambre de acero; acero, en bruto o semilaborados; aceros para rodamientos; aceros para calderas; aceros para uso estructural de la máquina; aceros para recipientes a presión; aceros para uso estructural de barco; aceros resistentes al calor; resistente a los ácidos y resistentes a la corrosión; estribos de metal; tapa o tapón metálico para proteger tornillos y tuberías; pernios; correas metálicas para la manipulación de cargas; tanques metálicos; tantalio (metal);hilo metálicos para atar; estaño; láminas de acero y estaño; láminas de estaño; hojalata; embalajes de hojalata; hojalata; titanio; aleaciones de titanio; barras de titanio; titanio de hierro; tumbaga (aleaciones frágiles que contienen cobre y zinc y el estaño y arsénico); cajas de herramientas metálicas, vacías; construcciones transportables metálicas; trampas para animales salvajes; protectores metálicos de árboles; enrejado metálico; tubos y tuberías de acero; tubos metálicos; tungsteno; metales comunes y aleaciones, en bruto y laborado parcialmente; válvulas metálicas, excepto las partes de las máquinas; vanadio; tornillo metálicos de bancos; tornillo metálico; revestimiento de la pared metálica para edificios; forros de la pared metálica para edificios; tacos metálicos; tuberías metálicas para agua; trampas de animales salvajes; cable para redes y gasas; alambre de metal común; alambre de aleaciones metálicas comunes, excepto de alambre fusible; alambre metálicos de soldadura; cable de acero; metal común, para obras de arte; unión de bandas metálicas; el zinc y sus aleaciones; hojas de acero zincadas; circonio. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de setiembre del 2011. Solicitud Nº 2011-0008960. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de octubre del 2011.—Giovanna Mora Mesén, Registradora.—(IN2012016874).

Marco Antonio Fernández López, cédula de identidad 1-912-931, en calidad de apoderado especial de Sumitomo Metal Industries, Ltd con domicilio en 5-33 Kitahama 4-Chome, Chuo-Ku, Osaka-Shi, Osaka 54100041, Japón, solicita la inscripción de: NSSMC como Marca de Fábrica y Comercio en clase: 7 internacional. Para

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proteger y distinguir lo siguiente: generadores de corriente alterna (alternadores); Motores de corriente alterna y motores de corriente continua (sin incluir las de vehículos terrestres, pero incluyendo las piezas para motores de corriente alterna y los motores de corriente continua); Actuadores para los vehículos aéreos; motores aeronáuticos; implementos para la agricultura (que no sean operados manualmente); máquinas de succión de aire; accesorios para la impresión en foto-tipo y para la impresión en relieve; plantas de amoníaco; Máquinas recocidas; dispositivos anticontaminantes para los motores; Aparatos para la preparación de metalurgia; aparatos para dar un tratamiento de decapado de la superficie de metales; aparatos protectores para metalurgia; Aparatos para el estañado en la superficie de metal; acabado para asfalto; ejes del automóvil, cigüeñal y eje de levas; ejes de las máquinas; retroexcavadora y excavadora hydroexcavadora; barras y placas de cobre; barras y planchas de zinc; rodamientos (no elementos de la máquina para vehículos terrestres); cojinetes para ejes de transmisión; variadores Beier; ciclo variadores Beier; reductores de velocidad o variadores; cintas para transportadoras; cinturones de las máquinas; cinturones para motores y motores; plegadoras; sopladoras; tubos de la caldera (partes de máquinas); frenos (elementos para máquinas no para vehículos terrestres); hojas de latón; recuperadores de ruedas de cangilones; carburadores de butano; alimentadores del carburador; carburadores; máquinas de fundición de metales no ferrosos; plantas de cemento; centrifugas (máquinas); centrífugas siendo separadores centrífugos; alimentadores de cadena para las molinos esféricos; aparato sintetizador de químicos oxidantes; máquinas y aparatos para procesamiento de productos químicos; Clamshell; máquina clasificadora para la clasificación de los sólidos en suspensión en líquidos en una máquina; Plantas de fábricas de carbón y mineral; Molinos de Tiras frías para metales no ferrosos; Máquinas de aire comprimido; Bombas de aire comprimido; compresores (máquinas); condensadores de vapor ( partes de máquinas); instalaciones de condensación para el procesamiento químico; máquinas y aparatos para construcción; máquinas de colada continuas; plantas de sinterización continua; aparatos de control para máquinas y motores; mecanismos de control de máquinas herramientas, máquinas para la construcción y máquinas de carga y descarga; convertidores; convertidores para trabajos en acero; cintas transportadoras y equipos auxiliares; rollo de cobre para la estampación textil; láminas de cobre; acoplamientos que no sean para vehículos terrestres; grúas y accesorios; cigüeñales; bielas (partes de máquinas); pala de oruga para grúas; trituradora; trituradora para minas; trituradores para la metalurgia, para la construcción de carga y descarga, y para procesamiento químico; rodillos aplastadores y rodillos en carcasa; aparato de separación criogénica; cortadores; máquinas de corte para la metalurgia y la construcción; unidades de ciclo; ciclo reductor (máquina); cajas de cilindro; generadores de corriente; troquelado y máquinas de impacto; excavadoras (máquinas); máquinas para lavar vajilla para uso doméstico; excavador “dragline”; máquinas para la construcción de drenaje; plataformas de perforación flotantes o no flotantes; torres perforadoras; tambores (partes de máquinas); cepillos dínamo; mezcladores eléctricos de alimentos (para fines domésticos); máquinas y aparatos eléctricos para la limpieza de metales; pulidor eléctrico de cera (para uso doméstico); bobinadora eléctrica; cables eléctricos y máquinas de fabricación de cables; motores electrónicos; aparato para la recuperación de etano; máquinas excavadoras y sus partes; colector de escape para los motores; tubos de escape para motores; extrusoras; ventiladores y máquinas de soplado; alimentador; aparato de alimentación de calderas de motor; laminadores de película; filtros; máquinas de acabado para metales; bridas; máquinas de flotación; para las industrias químicas, planta de sinterización, ácido sulfúrico, las plantas de fabricación, la planta de fabricación de sal; Excavadora en escalera; prensa de corte para metal, instalaciones para la preparación de minerales (en minería); prensas de forja; aparatos de licuefacción de gas; aparato de separación de gas; gasificadores; engranaje calado y sus repuestos no incluidos en otras clases; caja de cambios; generadores de electricidad; rectificadoras; guías para máquinas para metalurgia; herramientas de mano que no sean operadas manualmente; equipo para el manejo para hornos de calefacción y fosas; intercambiadores de calor para máquinas de procesamiento de productos químicos; intercambiadores de calor

para las plantas (partes de máquinas); aparato licuadificador de helio; máquinas Hemming; embarcaciones de alta presión; lavadoras de alta presión; dispositivos de sujeción para máquinas-herramienta en metalurgia; controlador hidráulico para máquinas y motores; abridores de puertas y cerradores hidráulicos (partes de maquinas); prensas hidráulicas; las bombas hidráulicas; bombas hidráulicas para máquinas industriales; válvulas hidráulicas; aparatos de recuperación de hidrógeno; impulsor de eje; incubadoras; incubadoras de huevos; equipo infinitamente variable y otras partes y accesorios para los motores de potencia; película de la inflación máquinas de extrusión; lingote de buggies; inyección de máquinas de moldeo por soplado; excavadoras escalera; implementos y máquinas de gran tamaño para la agricultura; niveladores; imanes de levantamiento; grúas sobre camión Link-Belt; panel de cristal líquido; equipo de grabado en metales de panel de cristal líquido; aparato de lavado con panel de cristal líquido; carburadores LNG; máquinas y aparatos para carga y descarga; carburadores GLP; acoplamientos y órganos de transmisión (excepto para vehículos terrestres); acoplamientos y correas de transmisión (excepto para vehículos); elementos de la máquina (no para vehículos terrestres); todo tipo de maquinaria y piezas de maquinaria, excepto las máquinas agrícolas y hortícolas y de sus partes incluidas en la clase siete; máquinas y aparatos para la industria electrónica; máquinas y herramientas para máquinas; escape múltiple para los motores; planta de fabricación; prensas mecánicas; equipo de recubrimiento MEMS (sistemas micro-electro mecánicos); equipo de grabado MEMS (sistemas electro mecánicos); máquinas de metal para dibujo; herramientas para máquinas para el trabajo en la metalurgia; máquinas para trabajo en metalurgia; molinos; máquinas moledoras; fresadoras; carro de mina; aparatos de transporte para o en minas; planta para tratamiento de minerales; mezcladores; máquinas de motor para la industria química; motores (excepto motores para vehículos terrestres); motores eléctricos, que no sean para vehículos terrestres; máquinas de moldeo para la metalurgia; moldes (partes de máquinas); silenciadores para motores y motores; condensadores de gas natural (partes de máquinas); motores náuticos; impulsores principales no eléctricos, no para vehículos terrestres (que no sean molinos de agua ni viento); toberas y aspas de las turbinas; enfriadores de aceite para motores aeronáuticos; máquinas de refinación de petróleo; otras máquinas o equipos; otras máquinas de tratamiento de metales; aparatos de procesamiento de ozonólisis; máquinas para el emparejamiento en metallurgia; partes y accesorios de locomotoras de ferrocarril; partes para movedores no eléctricos para vehículos terrestres; partes para motores de poder y equipo relacionado; molinos de tubo; pistones; transportadores neumáticos; acopladores de poder; prensas (máquinas para fines de procesamiento químico); prensas para trabajar metales; tanque de presión y partes de máquinas; moldes de impresión; máquinas de impresión; diafragmas de bombeo; bombas (partes de máquinas, máquinas o motores); radiadores (enfriamiento) para motores y máquinas; arietes (máquinas); reductores de engranajes que no sean para vehículos terrestres; estabilizadores de carretera; robots para trabajar los metales; roles y cubiertas de roles, (partes de máquinas); roles y cubiertas de roles; cilindros para laminación; trenes de laminación; trenes de laminación, sus partes y accesorios; roles para las laminadoras, planta de tratamiento de sal, pantalla de flotación; pantallas; trenes de laminación de secciones; máquinas y sistemas de fabricación de semiconductores; separadores; pulverizadores de aguas residuales; máquinas de coser; acoplamientos o conexiones (no elementos de la máquina para vehículos terrestres); unidades del eje; eje, ejes o husillos (no para vehículos terrestres); tijeras eléctricas; marcha y piñones para buques; amortiguadores (no elementos de la máquina para vehículos terrestres); palas; lanzaderas (partes de máquinas); silenciadores para motores y máquinas; Aparato de deposición de lamina de dióxido de silicio; planta de sinterización; enfriadores de losa; resortes (partes de máquinas); apiladores; pila-recuperadores; arrancadores para motores aeronáuticos; los arrancadores de motores; acumuladores de vapor (partes de máquinas); calderas de vapor del motor; Barras de acero de perforación, también cónica; convertidores de fabridores de acero; grúas de para molinos de acero; Líneas de procesamiento de laminas de acero; entrepuente; Marcos de popa y los ejes; Enderezadoras; Plantas de ácido sulfúrico; Compresores; Plantas de

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resina sintética; Roscadoras; Herramientas e instrumentos y sus partes para la fabricación de metal; engranajes transferidos; los ejes de transmisión, que no sean para vehículos terrestres; las transmisiones de las máquinas transmisiones, que no sean para vehículos terrestres; máquinas de corte para mecanizado de metales; aparatos de irradiación de luz ultravioleta para el procesamiento de agua; descargadores y los cargadores, y su equipo relacionado; aspiradoras de uso doméstico; válvulas (no elementos de la máquina para vehículos terrestres); vibradores (máquinas) para uso industrial; aparatos para lavar; lavadoras de uso doméstico; máquinas compactadoras de residuos; máquinas compactadoras de residuos y aparatos; trituradoras de residuos; trituradores de desperdicios (máquinas); calentadores de agua (partes de máquinas); aparatos de soldadura, que funcionan con gas; máquinas de soldar eléctricas; grúas de rueda; fabricas de alambran; Máquina de tejer. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de setiembre del 2011. Solicitud Nº 2011-0008958. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 21 de noviembre del 2011.—Giovanna Mora Mesén, Registradora.—(IN2012016876).

Marco Antonio Fernández López, cédula de identidad 1-912-931, en calidad de apoderado especial de Sumitomo Metal Industries, Ltd, con domicilio en 5-33 Kitahama 4-Chome, Chuo-Ku, Osaka-Shi, Osaka 54100041, Japón, solicita la inscripción de:NSSMC como marca de fábrica y comercio en clase: 6 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: columnas metálicas para anuncios; rollo de aleaciones; aleaciones de acero para la construcción y soportes de acero; aleaciones para electrodos de batería; aleaciones metálicos común; aleaciones metálicos es no ferrosos; aleaciones resistentes al calor, a los ácidos y a la corrosión; aluminio; láminas de aluminio; tubos de aluminio; alambre de aluminio; aluminio y sus aleaciones; placas de anclaje; anclas; angulares; válvulas de ángulo (metálicos; no de elementos para máquina); cable para antera; metal antifricción; metal antifricción para aleaciones de hierro; yunques; armadura de placas; arrecifes artificiales metálicos para peces; válvulas automáticas de control (metálicos; no de elementos para máquinas); válvulas de bola (metálicos; no de elementos para máquinas); bolas de acero; bandas metálicos para amarrar; barras; barras metálicos para barandillas; faros metálicos (no luminosos); campanas; campanas para animales; palanquillas; enlaces metálicos; contenedores metálicos; lingotes (metálicos); pernos metálicos; palanquilla; botellas (contenedores metálicos) para gas comprimido o aire líquido; cajas de metal común; soportes metálicos para edificios; tubos metálicos para ramificación; bronce y sus aleaciones; láminas de bronce, bandas y en barras; bronce en bruto o semilaborado; aleaciones para soldadura; bronce (para obras de arte); paneles metálicos para edificios; materiales metálicos para edificios; materiales de edificios, tuberías y tubos (ninguno de ellos son tubos de caldera o piezas de máquinas) todos incluidos en clase 6; paneles metálicos para edificios; edificios metálicos; edificios metálicos transportables; boyas; válvulas de mariposa (metálicas; no de elementos para máquina); empalmes metálicos para cables (no eléctricos); cables y alambres (no eléctricos); latas metálicos; cubiertas metálicos para pozos de petróleo; vasijas de hierro fundido (no comprendidos en otras clases); hierro fundido en bruto y semilaborado; fundición de hierro; ruedas metálicas; fundiciones; artículos de titanio o de sus aleaciones fundidos, en láminas, en polvo, enrollado o semilaborado; techos metálicos; cadenas (excepto cadenas motrices para vehículos); cadenas de perros; chimeneas metálicos; cromo; acero con revestimiento para placas y láminas; revestimiento metálicos para la construcción de edificios; clips metálicos para cables y tuberías; cierres de metal para contenedores; válvulas (metálicos; no de elementos para máquina); bobinas; chapas laminadas en frío, de acero; collares metálicos para los tubos de sujeción; tubos metálicos para recolección; columnas metálicas; indicadores comunes metálicos para vehículos; medidores personales de metales comunes; metal común para obras de arte; metales comunes y sus aleaciones; metales comunes en bruto o semilaborados; metales comunes en bruto o semilaborados (no comprendidos en otras clases);

contenedores metálicos; recipientes metálicos para gas comprimido o aire líquido; recipientes metálicos para combustibles líquidos; recipientes metálicos para almacenamiento; recipientes metálicos para almacenamiento de ácidos; recipientes metálicos para el transporte; cobre y sus aleaciones; láminas; bandas y barras de cobre; cobre en bruto o semilaborado; chavetas; enganches metálicos; barreras metálicas de choque para carreteras; drenajes metálicos de las tuberías; rejillas metálicas; rodillos dúctiles de hierro fundido; conductos y tuberías metálicos para instalaciones de calefacción central; codos metálicos para las tuberías; láminas eléctricas de acero; aceros de extrusión; platos de pescado (para la unión de rieles); accesorios metálicos para edificios; accesorios metálicas para muebles; accesorios metálicas para ventanas; accesorios metálicos para tuberías; bordes metálicos; bordes metálicos (collares); metal intermitente para edificios; baldosas metálicos para el suelo; piezas para forjar; fundidoras y yunques de acero; moldes para fundir metales; marco de trabajo para la prefabricación; marcos metálicos para construcción; marco metálicos para el trabajo de construcción; acero de fácil uso para placas y láminas; edificios metálicos; láminas y rollos galvanizados; cilindros de gas; juntas metálicas; vigas metálicas; soldadura de oro; rejas metálicas; lápidas metálicas; barandas para ciudad; barandas metálicos; tubos de metal para alcantarilla; canaletas metálicos; esposas; equipo y artículos ferreteros; equipo metálicos para ferretería; herramientas de ferretería; placas gruesas; barras huecas de acero; aros de hierro; aros de acero; herraduras; acero en caliente, laminado y en rollos; indio; contenedores industriales de empaquetado metálicos; lingotes metálicos común; lingotes metálicos es; no metálicos es preciosos; hierro; minerales de hierro; láminas de hierro; losas de hierro; bandas de hierro; alambre de hierro; hierro en bruto o semilaborado; ferretería; cerrajería y ferretería metálica; hierros y aceros; vigas metálicos; cruces metálicos de las tuberías; llaves; plomo; plomo en bruto o semilaborados; revestimiento metálicos (de construcción); paletas metálicas de carga y descarga; cerraduras; cerraduras metálicos, excepto las eléctricas; trabajos de cerrajería; tuercas de chupón lubricantes; máquina metálicos para la fijación del cinturón; magnesio; tapas metálicos para alcantarillas; tubo colector de escape o admisión; tubo colector de escape o admisión para tuberías; materiales metálicos para vías de ferrocarril funicular permanente; materiales metálicos para vías férreas; botellas metálicas para aire comprimido y válvulas para la compresión de líquido; conductos metálicos para cables y tuberías; cilindros metálicos para gas comprimido; rebordes metálicos; placas metálicas para base de edificios; los marcos metálicos para embalaje, con fines de transporte y almacenamiento de los tubos; accesorios metálicos de carpintería; empalmes para tuberías metálicas; pestillo metálico de puertas; tapas y tapones metálicos (de embalajes industriales); materiales metálicos para la construcción de edificios o de estructuras; materiales metálicos para los esqueletos o los marcos para la construcción; moldes metálicos para darle forma al cemento, excepto las partes de máquinas; tuberías y tubos metálicos; tuberías y tubos metálicos de caldera, semiforjados; poleas metálicas; poleas metálicas para muelles y válvulas (sin incluir elementos de máquina); láminas metálicas para el uso de construcciones; tapones metálicos (para los envases industriales); tumbas metálicas; alambres metálicos; alambres de varillas metálicos; tuberías metálicas de aleaciones; láminas metálicas para y esmaltadas para cubrir; barriles metálicos; contenedores metálicos; tapas para contenedores metálicos; cápsulas metálicas para gas comprimido; manguera metálica para aspiradoras; portadores metálicos de llaves; señales viales metálicas no luminosas ni mecánicas; tuberías metálicas; piscinas metálicas; tubos metálicos y tuberías de todo tipo, incluidas las tuberías de gas y las cubiertas para pozos de petróleo; llaves metálicas devanadas; metales y semiproductos de los mismos, que no pertenecen a ninguna otra clase; metales y sus aleaciones; metales en polvo; instrumentos metálicos meteorológicos; mineral; diversos equipos ferreteros metálicos; diversos pilotes metálicos; diversos tubos de acero; molibdeno; bolardos de amarre metálicos; moldes; clavos y tornillos; níquel; niobio; cables y alambres de metales comunes, que no sean eléctricos; metales no ferrosos y sus aleaciones; boquillas metálicas; tuercas (metálicos); tuercas y tornillos metálicos; aceite de tuberías; minerales; minerales

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frágiles que contienen cobre y zinc y el estaño y arsénico); cajas de herramientas metálicas, vacías; edificios metálicos transportables; trampas para animales salvajes; protectores metálicos de árboles; enrejado metálico; tubos y tuberías de acero; tubos metálicos; tungsteno; metales comunes y aleaciones, en bruto y laborado parcialmente; válvulas metálicas, excepto las partes de las máquinas; vanadio; tomillo metálicos de bancos; tornillo metálico; revestimiento de la pared metálica para edificios; forros de la pared metálica para edificios; enchufes metálicos de pared; tuberías metálicas para agua; trampas de animales salvajes; cable para redes y gasas; alambre de metal común; alambre de aleaciones metálicas comunes, excepto de alambre fusible; alambre metálicos de soldadura; cable de acero; metal común, para obras de arte; unión de bandas metálicas; el zinc y sus aleaciones; hojas de acero zincadas; circonio. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de setiembre del 2011. Solicitud Nº 2011-0008962. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de octubre del 2011.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—(IN2012016878).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula de identidad 1-758-660, en calidad de apoderado especial de María Loretto Prado, cédula de identidad 1-1206-436 con domicilio en Barrio Luján, avenida 12, calles 19 y 19 bis casa Nº 1940 con rejas negras decorativas, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: JJ LEEN’S, como nombre comercial en clase: 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la cafetería y a la chocolatería. Ubicado en San José, Barrio Luján, de la casa Matute Gómez, 350 sur. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de enero de 2012. Solicitud N° 2012-0000034. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de enero de 2012.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2012017285).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula de identidad 1-758-660, en calidad de apoderado especial de Apartotel Villas del Río Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-089002 con domicilio en Escazú costado este del Costa Rica Country Club, Apartotel Villas del Río, San. José, Costa Rica, solicita la inscripción de: VILLAS DEL RIO, como marca de servicios en clase: 43 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de restauración (alimentación); hospedaje temporal. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de setiembre de 2011. Solicitud N° 2011-0009153. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de setiembre de 2011.—Adriana Broutin Espinoza, Registradora.—(IN2012017286).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula de identidad 1-758-660, en calidad de apoderado especial de Distribuidora Melly Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-165098, con domicilio en Pococí, Guápiles, 300 metros al norte, 200 metros oeste y 200 metros norte del Colegio Agropecuario, Limón, Costa Rica, solicita la inscripción de: MELLY, como marca de fábrica y comercio en clase: 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos químicos destinados a la industria, ciencia, fotografía, así como a la agricultura, horticultura y silvicultura; resinas artificiales en estado bruto, materias plásticas en estado bruto; abono para las tierras; composiciones extintoras; preparaciones para el temple y soldaduras de metales; productos químicos destinados a conservar los alimentos; materias curtientes; adhesivos (pegamentos), destinados a la industria. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de enero de 2012. Solicitud N° 2012-0000052. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de febrero de 2012.—Lic. María Leonor Hernández B., Registradora.—(IN2012017288).

metálicos comunes; minerales metálicos no incluidos en el combustible, a excepción de sodio, potasio y calcio; otros productos hechos de materiales de extrusión que no sean de acero ni metales preciosos; contenedores de envases metálicos; cubículos para uso de oficina; cubículos de metal; prensas metálicos; tubos “penstock” metálicos; cubiertas de tuberías y petróleo; pilotes metálicos; pilares metálicos para las construcciones; accesorios de tubería; conexiones metálicas para tuberías; muflas metálicas; tuberías metálicos; tubos y tuberías (no siendo partes de máquinas y / o de las calderas); tubos y tuberías metálicos; tubos y tuberías de metal y sus aleaciones, excepto las partes de máquinas o partes de refrigeración, calentamiento y destilación; tubos metálicos, para instalaciones de calefacción central; tuberías metálicas; tuberías metálicas, no incluidos en los materiales metálicos para la construcción; pitones metálicos (equipo de montañismo); placas; tapones metálicos; postes metálicos; postes metálicos, para líneas eléctricas; gallineros metálicos; casas y otros edificios metálicos prediseñados; perfiles metálicos y paneles metálicos prediseñados; secciones y paneles metálicos prediseñados; equipos metálicos prefabricados para ensamblaje de edificios; equipos metálicos prefabricados para ensamblaje de edificios, para esqueletos o marcos; accesorios metálicos; accesorios metálicos para puentes; amarres metálicos para rieles; rieles y otros materiales metálicos para vías férreas; rieles metálicos; materiales metálicos para vías férreas; intersecciones de las vías férreas; traviesas metálicas de ferrocarril; interruptores de ferrocarril; aleaciones para imanes de materiales de tierras raras; materiales metálicos refractarios de construcción; materiales metálicos para refuerzo de edificios; materiales metálicos para refuerzo para bandas de máquinas; materiales metálicos para refuerzo para tubos; materiales metálicos para refuerzo de cemento; reservas metálicas; señales de tráfico metálicas (no luminosos ni mecánicos); varillas metálicas para soldadura; materiales de construcción, laminados y fundidos; aceros laminados; cubiertas de techo metálicos; tragaluz de techo metálicos; techado metálico; cuerdas metálicas; cajas de seguridad; caja de seguridad para dinero; moldes metálicos para arena; tornillos metálicos; tapones metálicos sellados; productos de segunda de hierro y acero; acero semiacabado; semiproductos de acero; objetos moldeados de acero (no comprendidos en otras clases); formas; lámina; lámina de barra; laminas de hierro; pilas de láminas de metal; láminas de pilotes láminas y placas de metal; clavos de zapatos; “shuttering” metálico para concreto; paneles de señalización metálicos, no luminosos y no mecánicos; letreros metálicos; aleación de plata con estaño; soldadura de plata; losas; mangas para construcciones metálicas; alambre metálico para soldadura; resorte (elementos metálicos); resortes y válvulas (no piezas que se de máquinas); resorte para muebles (elementos metálicos); espuelas; bobinas de acero inoxidable; acero; acero para la operaciones de laminado; aleaciones de acero; acero y artículos hechos del mismo incluidos en la clase 6; ángulos de acero; bolas de acero; no comprendidos en otras clases; barras de acero; “bloom” de acero; edificios de acero; cables de acero; marcos de acero; estructura de acero para prefabricación; vigas de acero para su uso en construcción; material de acero; tuberías metálicas de acero para agua y gas; plataformas de acero; paneles de acero para pisos; tubos de acero; tubos y tuberías de acero para la caldera; semiforjado; tubos de acero para bolsas de aire; tubos de acero para calderas; tubos de acero para calderas (productos semiacabados); placas de acero; postes de acero; los postes de acero y tubos para componentes de las bolsas de aire; rieles de acero; perfiles de acero; láminas de acero; hilos de acero; cinta de acero; poste cónico de acero; acero para neumáticos; tubos de acero; tubos de acero para calderas; alambre de acero; acero, en bruto o semilaborados; aceros para automóviles; aceros para rodamientos; aceros para calderas; aceros para uso estructural de la máquina; aceros para recipientes a presión; aceros para uso estructural de barco; aceros resistentes al calor; resistente a los ácidos y resistentes a la corrosión; estribos de metal; tapa o tapón metálico para proteger tomillos y tuberías; pernios; correas metálicas para la manipulación de cargas; bandas; tanques metálicos; tantalio (metal); hilo metálicos para atar; estaño; bobinas y láminas de acero y estaño; láminas de estaño; hojalata; envases de hojalata; hojalatería y utensilios de cocina incluidos en esta clase; titanio; aleaciones de titanio; barras de titanio; titanio de hierro; tumbaga (aleaciones

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proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la producción, comercialización y productos lácteos. Ubicado en Cartago, Coliblanco, Capellades, Alvarado, 300 metros oeste del rancho El Sapito. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de enero de 2012. Solicitud N° 2012-0000027. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de enero de 2012.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2012017293).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula de identidad 1-758-660, en calidad de apoderado especial de Importaciones Industriales Masaca Asociados Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-145964 con domicilio en barrio La Uruca, de canal 6, 200 metros sur y 25 metros oeste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

Tan grande como elcorazón de nuestros

clientescomo señal de propaganda en clase: 50 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: para promocionar la fabricación, distribución y venta de materiales ferreteros como herrajes, productos plásticos, productos eléctricos, productos en hierro, cobre y bronce, productos y herramientas agrícolas en general. Relacionado con el nombre comercial Masaca expediente 2010-9669. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de octubre de 2010. Solicitud N° 2010-0009674. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de octubre de 2011.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—(IN2012017294).

Alan Cedeño Matarrita, cédula de identidad 1-1037-0112 con domicilio en Sabanilla, del parque 300 este Condominios Veranda Nº 7, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase(s): 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Vestuario, sombrerería y calzado. Reservas: De los colores azul, naranja, negro, gris y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.

Presentada el 15 de febrero del 2012, solicitud Nº 2012-0001475. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de febrero del 2012.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—RP2012281542.—(IN2012017345).

Karla Vanessa Velásquez Umanzor, cédula de identidad 1-1239-0764, en calidad de apoderada generalísima de Tres-Ciento Uno-Seiscientos Veintisiete Mil Cuatrocientos Cincuenta y Dos Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-627452 con domicilio en Sabana Sur, del Tenis Club 100 metros al este, 100 metros al sur, 100 metros al este, 100 metros al norte y 75 metros al oeste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio, en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Café granos de café tostados y café verde. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera

publicación de este edicto. Presentada el 1º de febrero del 2012, solicitud Nº 2012-0000918. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 15 de febrero del 2012.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—RP2012281601.—(IN2012017347).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula de identidad 1-758-660, en calidad de apoderado especial de Distribuidora Melly Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-165098 con domicilio en Pococí, Guápiles, 300 metros al norte, 200 metros oeste y 200 metros norte del Colegio Agropecuario, Limón, Costa Rica, solicita la inscripción de: MELLY, como marca de fábrica y comercio en clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; (preparaciones abrasivas); jabones; perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello; dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de enero de 2012. Solicitud N° 2012-0000050. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de febrero de 2012.—Giovanna Mora Mesén, Registradora.—(IN2012017289).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula de identidad 1-758-660, en calidad de apoderado especial de Lidia López Ramírez, cédula de identidad 2-0519-0296, con domicilio en Bagaces, Monte Negro, contiguo a restaurante La Carreta, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: DAPRILI, como marca de fábrica y comercio en clase: 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: vestidos, calzados, sombrerería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de setiembre de 2011. Solicitud N° 2011-0009414. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 28 de setiembre de 2011.—Lic. María Leonor Hernández B., Registradora.—(IN2012017290).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula de identidad 1-758-660, en calidad de apoderado especial de Muppys The Virtual Cuide, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-603745 con domicilio en Escazú, de la entrada principal del Centro Comercial Multiplaza, 150 metros al sur, edificio Meridiano, cuarto piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: MUPPYS, como marca de servicios en clase: 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de enero de 2012. Solicitud N° 2012-0000035. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de enero de 2012.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2012017291).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula de identidad 1-758-660, en calidad de apoderado especial de Variedades del Sol Naciente S. A., cédula jurídica 3-101-138354 con domicilio en Escazú, de la bomba de gasolina del centro Escazú, 50 metros al este, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SOL NACIENTE, como marca de fábrica en clase: 31 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos agrícolas, hortícolas, forestales y granos, no comprendidos en otras clases; animales vivos; frutas y legumbres frescas; semillas, plantas y flores naturales; alimentos para los animales; malta. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de enero de 2012. Solicitud N° 2012-0000045. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de enero de 2012.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2012017292).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula de identidad 1-758-660, en calidad de apoderado especial de Luis Gerardo Masís Vargas, cédula de identidad 3-212-046 con domicilio en Coliblanco, Capellades, Alvarado, 300 metros oeste del rancho El Sapito, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: LA MONTAÑA DEL TIO LUIS MV, como nombre comercial en clases: 49 internacional, para

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del Banco Popular. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de febrero del 2012, solicitud Nº 2012-0001455. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 16 de febrero del 2012.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—RP2012281693.—(IN2012017350).

José Carlos Hernández Goyenaga, cédula de identidad número 1-639-510, en calidad de apoderado generalísimo de Inversiones Terra Forte S. A., cédula jurídica 3-101-541022 con domicilio en Pavas, Zona Industrial de la Jacks doscientos metros suroeste, Oficentro La Virgen II, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios, en clase: 37 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Construcción; reparación; servicios de instalación. Se cita a terceros interesados en defender

sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de diciembre del 2011, solicitud Nº 2011-0012256. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de diciembre del 2011.—José Luis Pacheco Fernández, Registrador.—RP2012281711.—(IN2012017351).

José Carlos Hernández Goyenaga, cédula de identidad número 1-639-510, en calidad de apoderado generalísimo de Inversiones Terra Forte S. A., cédula jurídica 3-101-541022 con domicilio en Pavas, Zona Industrial de la Jacks doscientos metros suroeste, Oficentro La Virgen II, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial, en clase: 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la construcción; reparación; servicios de instalación. Ubicado en

San José, Pavas, Zona Industrial de la Jacks doscientos metros suroeste, Oficentro La Virgen II. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de diciembre del 2011, solicitud Nº 2011-0012257. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de enero del 2012.—Tomás Montenegro Montenegro, Registrador.—RP2012281712.—(IN2012017352).

José Paulo Brenes Lleras, cédula de identidad 1-694-636, en calidad de apoderado especial de Harley Resources Inc. con domicilio en Road Town, Tortola, Islas Vírgenes (Británicas) , solicita la inscripción de: WALLTECH como marca de fábrica y comercio en clase: 6 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Metales comunes y sus aleaciones, materiales de construcción metálicos, construcciones transportables metálicas y productos metálicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de febrero del 2012, solicitud Nº 2012-0001073. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 8 de febrero del 2012.—Giovanna Mora Mesén, Registradora.—(IN2012017508).

José Paulo Brenes Lleras, cédula de identidad 1-694-636, en calidad de apoderado general de Zodiac International Corporation, con domicilio en Juncal 1305, piso 12, oficina 1201, Montevideo, Uruguay, solicita la inscripción de: CORRILAX, como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos farmacéuticos y veterinarios;

Alejandro Fonseca Solano, cédula de identidad 1-340-070, en calidad de apoderado generalísimo de Agroinduchem S. A. con domicilio en la Cuidad de San José, Urb. Trejos Montealegre, casa 12, Costa Rica, solicita la inscripción de: BIOSOFT como marca de fábrica, en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Desinfectantes amigables con la vida y el medio ambiente. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de febrero del 2012, solicitud Nº 2012-0001447. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de febrero del 2012.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—RP2012281580.—(IN2012017346).

Néstor Morera Víquez, cédula de identidad 1-1018-975, en calidad de apoderado especial de Illinois Tool Works Inc. con domicilio en 3600 West Lake Avenue, Glenview, Illinois 60026, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: DYKEM como marca de fábrica y comercio, en clase: 16 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos de imprenta; caracteres de imprenta; bolígrafos; marcadores; tintas y bolígrafos para marcado industrial para su uso en metales y telas a ser utilizadas con fines de codificación e identificación por colores, materiales líquidos en forma de tinta industrial para su uso en cojinetes; tintas para marcado y escritura. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de agosto del 2011, solicitud Nº 2011-0007878. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de agosto del 2011.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—RP2012281675.—(IN2012017348).

Néstor Morera Víquez, cédula de identidad 1-1018-975, en calidad de apoderado especial de Illinois Tool Works Inc. con domicilio en 3600 West Lake Avenue, Glenview, Illinois 60026, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: DEVCON como marca de fábrica y comercio, en clase: 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos químicos destinados a la industria; resinas artificiales en estado bruto; materias plásticas en estado bruto; preparaciones para el temple y soldadura de metales; adhesivos (pegamentos) destinados a la industria; selladores, productos químicos para uso automotriz, resinas époxicas, selladores para montajes roscados, cemento sellador, selladores époxicos para usar en sujetadores roscados, resinas de silicona, selladores de silicona, preparaciones para pegado consistente básicamente en compuestos químicos los cuales son usados en operaciones de pegado para propósitos automotrices, selladores de caucho sintético para ser usados en operaciones de pegado, selladores de conexión, goma y masilla époxica para propósitos de reparación y pegado en general, sellador de caucho de silicona para todo propósito, preparaciones desengrasantes, absorbentes, preparaciones anticorrosivas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de agosto del 2011, solicitud Nº 2011-0007876. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de agosto del 2011.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—RP2012281676.—(IN2012017349).

Édgar Emel Castro Díaz, cédula de identidad 5-191-007, en calidad de apoderado general de Cooperativa de Transportes y Servicios Múltiples de Taxistas Responsabilidad Limitada con domicilio en Curridabat, 100 norte del Banco Popular, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

COOPERATIVA DETRANSPORTES Y

SERVICIOSMULTIPLES DE

TAXISTASRESPONABILIDAD

LIMITADACOOPETICO R.L.

como nombre comercial, en clase: 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a servicio de taxi, ubicado en Curridabat, San José, 100 norte

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de entretenimiento, a saber, suministrando juegos de computadora en línea en el campo de la lectura en español. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de enero del 2012, según solicitud Nº 2012-0000701. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 27 de enero del 2012.—Lic. María Leonor Hernández B., Registradora.—(IN2012017594).

Edgar Zurcher Gurdián, cédula de identidad 1-532-390, en calidad de apoderado especial de Chanel Sarl, con domicilio en Burgstrasse 26, CH-8750, Glarus, Suiza, solicita la inscripción de: BEIGE, como marca de fábrica y comercio en clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos para la aplicación en la piel, cuero cabelludo, pelo o uñas y para el cuidado de la piel, cuero cabelludo, pelo o uñas, jabones, perfumería, aceites esenciales, cosméticos, productos de tocador no medicados. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de enero del 2012, según solicitud Nº 2012-0000547. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de enero del 2012.—Lic. María Leonor Hernández B., Registradora.—(IN2012017595).

María del Pilar López Quirós, cédula de identidad 1-1066-0601, en calidad de apoderada especial de Elkay Manufacturing Company con domicilio en 2222 Camden Court, Oak Brook, IL 60523, U.S.A., Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ELKAY, como marca de fábrica y comercio en clase: 11 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: instalaciones sanitarias tales como fregaderos y enfriadores de agua. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de noviembre del 2011, según solicitud Nº 2011-0011514. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 1º de febrero del 2012.—Giovanna Mora Mesén, Registradora.—(IN2012017596).

Edgar Zurcher Gurdián, cédula de identidad 1-532-390, en calidad de apoderado especial de Abbott Medical Optics Inc., con domicilio en 1700 East St. Andrew Place, Santa Ana, California 92705, USA, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: UNFOLDER, como marca de fábrica y comercio en clase: 10 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, dentales y veterinarios, miembros, ojos y dientes artificiales; artículos ortopédicos; material de sutura. Herramientas de mano quirúrgicas, aparatos e instrumentos médicos, a saber, un sistema de implantación de lentes intraoculares. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de enero del 2012, según solicitud Nº 2012-0000293. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de enero del 2012.—Giovanna Mora Mesén, Registradora.—(IN2012017597).

María del Pilar López Quirós, cédula 1-1066-0601, en calidad de apoderada especial de Ceská Zbrojovka A.S. con domicilio en Svat. Cecha 1283,688 27 Uherský Brod, República Checa, solicita la inscripción de: CZ SCORPION, como marca de fábrica y comercio en clase: 13 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: armas de fuego manuales, incluyendo armas para la caza y para el deporte, pistolas, armas de aire, pistolas de aire, sus partes y accesorios, también como repuestos para estos productos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de febrero del 2010, según solicitud Nº 2010-0001610. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de enero del 2012.—Juan Carlos Sánchez García, Registrador.—(IN2012017598).

productos higiénicos para la medicina; sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebes; emplastos, material para apósitos; material para empastar los dientes y para improntas dentales; desinfectantes; productos para la destrucción de animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de agosto del 2011, según solicitud Nº 2011-0007917. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de setiembre del 2011.—Giovanna Mora Mesén, Registradora.—(IN2012017512).

Thomas Saccone, cédula de residencia 125000030632, en calidad de apoderado generalísimo de T-Lab XP Limitada, cédula jurídica 3-102-629295 con domicilio en San Antonio de Escazú, Urbanización Vista Oro, casa número 21, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios, en clase: 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de información en materia de recreación; servicios de

información sobre la práctica de deportes acuáticos incluyendo buceo, servicios de asistencia en la planificación de giras de buceo, todos los anteriores servicios proveídos por diferentes medio incluyendo a través de un sitio en Internet, alquiler de equipo de buceo. Reservas: De los colores rojo y celeste. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de noviembre del 2011, solicitud Nº 2011-0011840. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 2 de diciembre del 2011.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(IN2012017511).

José Paulo Brenes Lleras, cédula de identidad 1-694-636, en calidad de apoderado especial de Avon Products Inc., con domicilio en 1345 Avenue of the Americas, New York, New York, 10105, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: YOUTHGEN TECHNOLOGY, como marca de fábrica y comercio en clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar, raspar (preparaciones abrasivas), jabones, perfumería, aceites esenciales, preparaciones cosméticas para el cuidado personal, de la piel, de los ojos, de los labios, del cabello, de los pies y de las uñas; cosméticos, principalmente marcaras, lociones para el cabello, champú para el cabello, acondicionadores para el cabello dentífrico, fragancias y colonias, productos de tocador, gel para el baño, lociones y cremas para et cuerpo y la cara, aceites para el baño, jabón de tocador, lociones para después de afeitarse; desodorantes personales, talcos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de mayo del 2011, según solicitud Nº 2011-0004078. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 5 de setiembre del 2011.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(IN2012017513).

Harry Zurcher Blen, cédula de identidad 1-415-1184, en calidad de apoderado especial de The Mcgraw-Hill Companies, Inc, con domicilio en 1221 Avenue of the Americas, New York, New York 10020, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: MCGRAW-HILL LECTURA MARAVILLAS, como marca de fábrica y servicios en clases: 9, 16 y 41 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: software descargable, CD-ROMs y DVDs con contenidos educativos en el campo de la lectura en español, juegos de computadora descargables en el campo de la lectura en español. En clase 16: serie de libros de texto, cuadernos de ejercicios, pruebas, hojas de respuesta, y guías para el maestro en el campo de la lectura en español. En clase 41: suministrar información educativa en línea en el campo de la lectura en español, servicios

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pescado, aves y caza; extractos de carne; frutas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, mermeladas, compotas; huevos, leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de enero del 2012, según solicitud Nº 2012-0000187. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de enero del 2012.—Grettel Solís Fernández, Registrador.—(IN2012017603).

María del Pilar López Quirós, cédula de identidad 1-1066-0601, en calidad de apoderada especial de Axiom Medical Incorporated, con domicilio en 19320 Van Ness Avenue, Torrance, California 90501, U.S.A. , Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 10 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: aparatos médicos y quirúrgicos, tales

como, catéteres y cánulas, tubos, drenajes para heridas, depósitos y pozos, filtros de pozos, y accesorios para todos los aparatos quirúrgicos y médicos anteriormente mencionados; cobertores maxilares instrumentales; mangas abrazaderas y estetoscopios. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de diciembre del 2011, según solicitud Nº 2011-0012046. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de enero del 2012.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2012017604).

Edgar Zurcher Gurdián, cédula de identidad 1-532-390, en calidad de apoderado especial de The Clorox Company, con domicilio en 1221 Broadway, Oakland, California, U.S.A., Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos y sanitarios para uso médico;

sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Reservas: de los colores azul, celeste, blanco y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de enero del 2012, según solicitud Nº 2012-0000096. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de enero del 2012.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(IN2012017605).

Harry Zurcher Blen, cédula de identidad 1-415-1184, en calidad de apoderado especial de Kabushiki Kaisha Yakult Honsha, con domicilio en 1-19, Higashi Shinbashi 1-Chome, Minato-Ku, Tokio, Japón, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 32 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: cervezas; aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no

alcohólicas; bebidas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para hacer bebidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de enero del 2012, según solicitud Nº 2012-0000188. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de enero del 2012.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(IN2012017606).

Edgar Zurcher Gurdián, cédula de identidad 1-532-390, en calidad de apoderado especial de Jorge González Olvera, con domicilio en Paseo Alexander Von Humbolt 43A, 1er piso, Naucalpan, Estado de México, 53125, México, solicita la inscripción de: BLUMEN, como marca de fábrica y comercio en clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: crema corporal; shampoo; gel para el cabello; jabón líquido; jabones. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de enero del 2012, según solicitud Nº 201-0000075. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de enero del 2012.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(IN2012017599).

Edgar Zurcher Gurdián, cédula de identidad 1-532-390, en calidad de apoderado especial de Novartis AG., con domicilio en 4002 Basel, Suiza, solicita la inscripción de: FTY, como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos farmacéuticos para el tratamiento de enfermedades y desórdenes del sistema nervioso central. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de diciembre del 2011, según solicitud Nº 2011-0012653. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 11 de enero del 2012.—Lic. María Leonor Hernández B., Registradora.—(IN2012017600).

Edgar Zurcher Gurdián, cédula de identidad 1-532-390, en calidad de apoderado especial de Giorgifred Company, con domicilio en Nemours Building, 1007 Orange Street, Suite 1414, Wilmington, Delaware 19801, U.S.A, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: GIORGIO, como marca de fábrica y comercio en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos alimenticios envueltos en pasta que consisten en una envoltura a base de pasta con rellenos que consisten principalmente en carnes, aves, mariscos, huevos, frutas, verduras y queso, sandwiches, pierogi. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de enero del 2012, según solicitud Nº 2012-0000863. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 2 de febrero del 2012.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(IN2012017601).

Harry Zurcher Blen, cédula de identidad 1-415-1184, en calidad de apoderado especial de Kabushiki Kaisha Yakult Honsha, con domicilio en 1-19, Higashi Shinbashi 1-Chome, Minato-Ku, Tokio, Japón, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 32 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: cervezas; aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas; bebidas y zumos de

frutas; siropes y otras preparaciones para hacer bebidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de enero del 2012, según solicitud Nº 2012-0000190. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de enero del 2012.—Grettel Solís Fernández, Registrador.—(IN2012017602).

Harry Zurcher Blen, cédula de identidad 1-415-1184, en calidad de apoderado especial de Kabushiki Kaisha Yakult Honsha, con domicilio en 1-19, Higashi Shinbashi 1-Chome, Minato-Ku, Tokio, Japón, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: carne,

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suero de leche, yogures y 32 Bebidas no alcohólicas, bebidas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para hacer bebidas. Bebidas de soya, bebidas deportivas, jugos, néctares. Reservas: de los colores verde, blanco, amarillo, naranja, gris y púrpura. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de enero del 2012, según solicitud Nº 2012-0000094. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de enero del 2012.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(IN2012017610).

Edgar Zurcher Gurdián, cédula de identidad 1-532-390, en calidad de apoderado especial de The Clorox Company con domicilio en 1221 Broadway, Oakland, California, USA, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones;

productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello; dentífricos. Reservas: de los colores azul, celeste, blanco y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de enero del 2012, según solicitud Nº 2012-0000095. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de enero del 2012.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(IN2012017611).

Harry Zurcher Blen, cédula de identidad 1-415-1184, en calidad de apoderado especial de Event Tyres B.V. con domicilio en Jacobus Spijkerdreef 406, 2132 PZ, Hoofddorp, Países Bajos, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase 12 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Neumáticos para automóviles y camionetas. Reservas: de los colores negro, gris y celeste. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer

ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de enero del 2012, según solicitud Nº 2012-0000186. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 1º de febrero del 2012.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(IN2012017612).

Harry Zurcher Blen, cédula de identidad 1-415-1184, en calidad de apoderado especial de Novartis AG., con domicilio en 4002, Basel, Suiza, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos

higiénicos para propósitos médicos; sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebes; emplastos, material para apósitos, material para empastar los dientes, improntas dentales; desinfectantes; productos para la destrucción de animales dañinos, fungicidas, herbicidas. Reservas: De los colores azul, blanco, celeste. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de enero del 2012, según solicitud Nº 2012-0000532. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de enero del 2012.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(IN2012017613).

Harry Zurcher Blen, cédula de identidad 1-415-1184, en calidad de apoderado especial de Kabushiki Kaisha Yakult Honsha, con domicilio en 1-19, Higashi Shinbashi 1-Chome, Minato-Ku, Tokio, Japón, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: carne, pescado, aves y caza; extractos de carne; frutas y legumbres en

conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, mermeladas, compotas; huevos, leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de enero del 2012, según solicitud Nº 2012-0000189. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de enero del 2012.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(IN2012017607).

Harry Zurcher Blen, cédula de identidad 1-415-1184, en calidad de apoderado especial de Novartis AG, con domicilio en 4002 Basel, Suiza, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos farmacéuticos. Se cita a terceros interesados en defender sus

derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de diciembre del 2011, según solicitud Nº 2011-0012284. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de enero del 2012.—Christian Quesada Porras, Registrador.—(IN2012017608).

Harry Zurcher Blen, cédula de identidad 1-415-1184, en calidad de apoderado especial de Sanrio Company Ltd. con domicilio en 1-6-1 Osaki, Shinagawa-Ku, Tokio 141-8603, Japón, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Bebidas de frutas y zumos de frutas con sabor a chocolate; siropes, concentrados y otras preparaciones con sabor a chocolate para elaborar bebidas, pastillas para bebidas de efervescencia con sabor a chocolate; polvos para pastillas de

efervescencia con sabor a chocolate; soda con sabor a chocolate; siropes con sabor a chocolate para bebidas; agua mineral con sabor a chocolate embotellada para consumo; refrescos, cocteles (no alcohólicos); aperitivos (no alcohólicos); con sabor a chocolate. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de setiembre del 2011, según solicitud Nº 2011-0009223. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 1º de febrero del 2012.—Tomás Montenegro Montenegro, Registrador.—(IN2012017609).

Edgar Zurcher Gurdián, cédula de identidad 1-532-390, en calidad de apoderado especial de Lácteos Centroamericanos Sociedad Anónima con domicilio en km 46 1/2 carretera Tipitapa-Masaya, de la Cartonera 300 metros al sur a mano derecha, Nicaragua, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase 29 y 32 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: Bebidas de yogures, leche fluida de vaca, leches saborizantes (ejemplo: chocolate, banano, fresa, vainilla, etc.), leche descremada, leche de soya, leche de arroz,

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Édgar Zurcher Gurdián, cédula de identidad 1-532-390, en calidad de apoderado especial de Novartis AG con domicilio en 4002 Basel, Suiza, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos. Reservas: De los colores azul, gris, blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de enero del 2012. Solicitud Nº 2012-0000852. A efectos

de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 2 de febrero del 2012.—Giovanna Mora Mesén, Registradora.—(IN2012017618).

Édgar Zurcher Gurdián, cédula de identidad número 1-532-390, en calidad de apoderado especial de Productora y Comercializadora de Pastas Incorporated con domicilio en 300 metros oeste y 175 metros sur de Supermercados Periféricos, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 29 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Atunes y sardinas. Se cita a terceros

interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de enero del 2012. Solicitud Nº 2012-0000482. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de enero del 2012.—Sabrina Loáciga Pérez, Registradora.—(IN2012017619).

Édgar Zurcher Gurdián, cédula de identidad 1-532-390, en calidad de apoderado especial de Nattura Laboratorios S. A. de C.V. con domicilio en Pedro Martínez Rivas Nº 746, Parque Industrial Belénes, Zapopan, Jalisco, México, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 3 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir,

desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de enero del 2012. Solicitud Nº 2012-0000369. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de enero del 2012.—Giovanna Mora Mesén, Registradora.—(IN2012017620).

Édgar Zurcher Gurdián, cédula de identidad 1-532-390, en calidad de apoderado especial de Ulrich Jüstrich Holding AG con domicilio en Unterdorf, 9428 Walzenhausen, Suiza, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: (s) 3 y 5 internacional (es). Para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 3: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada; limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones, perfumería; aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello;

dentífricos. Clase 5: Productos higiénicos para la medicina; sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; desinfectantes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de noviembre del 2011. Solicitud

Claudio José Donato Monge, cédula de identidad 1-0563-0539, en calidad de apoderado especial de Inmobiliaria Construreal Sociedad Anónima con domicilio en Escazú, Centro de Negocios Plaza Roble, Edificio Los Balcones, cuarto piso, oficinas Zürcher Odio & Raven, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase: 35 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Desarrollo y administración de centros comerciales. Reservas: De los colores negro, azul, blanco, rojo, amarillo y verde. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,

dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de enero del 2012. Solicitud Nº 2012-0000759. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 30 de enero del 2012.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(IN2012017614).

Édgar Zurcher Gurdián, cédula de identidad 1-532-390, en calidad de apoderado especial de PT Purinusa Ekapersada y PT Indah Kiat Pulp & Paper TBK con domicilio en Plaza Bii, Tower 2, 7TH Floor, JL. M. H. Thamrin Nº 51, Jakarta, Indonesia y Plaza Bii, Tower 2, 7TH Floor, JL. M. H. Thamrin Kav 22, Nº 51, Jakarta 10350, Indonesia, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 16 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:

Productos de papel. Reservas: Del color rojo y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de setiembre del 2011. Solicitud Nº 2011-0009324. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de enero del 2012.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(IN2012017615).

Édgar Zurcher Gurdián, cédula de identidad 1-532-390, en calidad de apoderado especial de Novartis AG con domicilio en 4002 Basel, Suiza, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos. Reservas: De los colores naranja, blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses

siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de enero del 2012. Solicitud Nº 2012-0000850. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 2 de febrero del 2012.—Giovanna Mora Mesén, Registradora.—(IN2012017616).

Édgar Zurcher Gurdián, cédula de identidad 1-532-390, en calidad de apoderado especial de Novartis AG con domicilio en 4002 Basel, Suiza, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 5 Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos. Reservas: De los colores rojo, rosado, gris, blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de enero del 2012. Solicitud Nº 2012-0000851. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto

en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 2 de febrero del 2012.—Giovanna Mora Mesén, Registradora.—(IN2012017617).

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31 de enero de 2012. Solicitud N° 2012-0000849. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de febrero de 2012.—Giovanna Mora Mesén, Registradora.—(IN2012017648).

Ilse Crespo Shady, cédula de residencia 16420734, en calidad de apoderada generalísima de Importaciones Chinese Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-491205, con domicilio en Mata Redonda, Sabana Oeste, de heladería Pops 400 metros al oeste, segunda planta, edificio Aqua Lux, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial en clase: 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la compra y venta de ropa y souvenirs y comercio en general. Ubicado en Santa Ana, 1 kilómetro oeste, de Forum, frente al Centro Comercial Obelisco.

Reservas: no se hace reserva del término “Costa Rica”. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de enero de 2012. Solicitud N° 2012-0000642. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de febrero de 2012.—Juan Carlos Sánchez García, Registrador.—RP2012281750.—(IN2012017847).

Ronny Monge González, cédula de identidad 1-1296-174, en calidad de apoderado generalísimo de Pauromio Creatividad Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-573749, con domicilio en barrio Los Yoses de San Pedro de Montes de Oca, 75 metros al sur, del final de avenida 10, Oficentro Pacheco & Delgado, color azul a mano izquierda, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase: 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de publicidad. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de noviembre de 2011. Solicitud N° 2011-0011118. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de

la Ley Nº 7978.—San José, 18 de noviembre de 2011.—Christian Quesada Porras, Registrador.—RP2012281755.—(IN2012017848).

Ana Laura Quesada Rodríguez, cédula de identidad número 1-910-584, en calidad de apoderada generalísima sin límite de suma de Trasia Motors Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-378805, con domicilio en Sabanilla de Montes de Oca del Más por Menos, 50 metros al oeste y 75 metros al sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CNG, como marca de fábrica en clase: 12 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente; vehículos automotores. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de enero de 2012. Solicitud N° 2012-0000473. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de enero de 2012.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—RP2012281805.—(IN2012017849).

Gustavo Adolfo Otárola Rojas, cédula de identidad 1-7710-355, con domicilio en Moravia 50 este y 10 sur, Liceo de Moravia, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clases: 35; 38 y 42 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: clase 35: bases de datos informáticos (compilación de información y sistematización de datos). Clase 38: telecomunicaciones.

Clase 42: diseño y desarrollo de software. Se cita a terceros

Nº 2011-0011510. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 11 de enero del 2012.—Juan Carlos Sánchez García, Registrador.—(IN2012017621).

Édgar Zurcher Gurdián, cédula de identidad 1-532-390, en calidad de apoderado especial de Old Navy (ITM) Inc. con domicilio en 2 Folsom Street, San Francisco, California 94105, U.S.A., solicita la inscripción de: OLD NAVY como marca de servicios en clase: 35 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de tiendas al detalle en el área de ropa y calzado, sombrerería, accesorios para ropa, bolsos, artículos de cuero, cosméticos, artículos de tocador, fragancias y productos para el cuidado personal, papelería, artículos de regalo, artículos del hogar, muebles para el hogar, ropa de cama, juegues y juegos; servicios promocionales en el campo de la moda incluyendo asesoramiento sobre la selección y combinación de productos y accesorios de moda; administración de servicios de tienda al detalle en relación a ropa; servicios de publicidad y mercadeo; servicios de venta al detalle en línea y servicios para ordenar en línea; servicios de catálogo para ordenar por correo; servicios para orden en línea por computadora; promoción de productos y servicios mediante la colocación de muestras publicitarias y promocionales y brindar programas de incentivos de tarjetas de clientes frecuentes para promover servicios de tienda especialmente ropa y accesorios de moda en un sitio electrónico accesible a través de una red de cómputo; brindar servicios de ventas al detalle en línea y servicios para ordenar en línea, promoción de productos y servicios de otros mediante la colocación de muestras publicitarias y promocionales; programa de incentivos de tarjetas de clientes frecuentes para promover servicios de tiendas al detalle especialmente ropa y accesorios de moda, servicios de catálogo para ordenar por correo especialmente mercadería general y productos de consumo general; programas de lealtad, premiación e incentivos para clientes en relación a todo lo anterior; servicios de lealtad a clientes a través de la provisión de tarjetas de lealtad (que no sean servicios financieros relacionados a tarjetas) las cuales les permiten a los clientes utilizar los servicios anteriores y recibir beneficios por ser clientes leales mediante programas de lealtad de clientes o clientes frecuentes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de enero del 2012. Solicitud Nº 2012-0000862. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 2 de febrero del 2012.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(IN2012017622).

Axia Mariela Montes Ramírez, cédula de identidad 1-0925-0012 con domicilio en Calle Blancos, El Encanto, diagonal a la iglesia católica, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase: 42 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Principalmente diseño de interiores, diseño de modas, estilismo industrial, diseño industrial. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los

dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de diciembre del 2011. Solicitud Nº 2011-0012223. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de febrero del 2012.—Juan Carlos Sánchez García, Registrador.—(IN2012017647).

Alba María Solano Chacón, cédula de identidad 3-0280-0023, en calidad de apoderada general de Colegio de Profesionales en Criminología de Costa Rica, cédula jurídica 3-007-619667, con domicilio en calle 19, avenida 0 y 2, 25 sur, del parqueo de la Asamblea Legislativa, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase: 45 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios personales y sociales prestados por terceros para satisfacer necesidades individuales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el

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interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de enero de 2012. Solicitud N° 2012-0000531. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 9 de febrero de 2012.—Lic. María Leonor Hernández B., Registradora.—RP2012281808.—(IN2012017850).

Fausto Humberto Pazmiño Barona, pasaporte AM729478, con domicilio en edificio Quirós, avenida 5, calles 3 y 4, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial en clase: 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la producción y comercialización de música de todo tipo de género, servicio de promoción y patrocinio de artistas nacionales e internacionales, realización de pistas instrumentales, ensamblaje de eventos públicos musicales. Ubicado en Costa Rica, San José, edificio Quirós, avenida 5, calles 2 y 4. Se cita a terceros

interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de febrero de 2012. Solicitud N° 2012-0001117. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 15 de febrero de 2012.—Christian Quesada Porras, Registrador.—RP2012281827.—(IN2012017851).

José Antonio Torres Salas, cédula de identidad 2-527-962, con domicilio en San Carlos, Ciudad Quesada 200 este del Asilo de Ancianos, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase: 43 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios para proveer alimentos y bebidas. Reservas: de los colores amarillo, anaranjado y café. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses

siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio de 2011. Solicitud N° 2011-0005831. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 22 de febrero de 2012.—Tomás Montenegro Montenegro, Registrador.—RP2012281908.—(IN2012017852).

Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula de identidad 1-812-604, en calidad de apoderada especial de Cemex México S. A. de C.V. con domicilio en av Constitución Nº 444 Pte. Col. Centro, C.P. 64000, Monterrey, Nuevo México, solicita la inscripción de: IMPERCEM, como marca de fábrica y comercio en clase: 19 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: materiales de construcción (no metálicos); tubería rígida no metálica para la construcción; asfalto, brea y betumen; construcciones transportables no metálicas; monumentos, no metálicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de diciembre de 2010. Solicitud N° 2010-0011587. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 7 de marzo de 2011.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—RP2012281914.—(IN2012017853).

Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula de identidad 1-812-604, en calidad de apoderada especial de Cemex México S. A. de C.V. con domicilio en av Constitución Nº 444 Pte. Col. Centro, C.P. 64000, Monterrey, Nuevo León, México, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 19 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: materiales de construcción (no metálicos); tubería rígida no

metálica para la construcción; asfalto, brea y betumen; construcciones transportables no metálicas; monumentos, no metálicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de diciembre de 2010. Solicitud N° 2010-0011586. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 8 de marzo de 2011.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—RP2012281915.—(IN2012017854).

Carlos Antonio Cubero Segura, cédula de identidad 1-1236-0697, en calidad de apoderado generalísimo de Industrias Agropecuarias Cubero Segura I.C.S. S. A., cédula jurídica 3-101-650299, con domicilio en Goicoechea, El Carmen de Guadalupe, 150 metros al sur, de la escuela de la localidad, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de comercio en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: café. Reservas: de los colores café oscuro, blanco y crema. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de febrero de 2012. Solicitud N° 2012-0001316. A efectos de publicación,

téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 16 de febrero de 2012.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—RP2012281949.—(IN2012017855).

Julio César Ruiz Chavarría, cédula de identidad 1-955-675, en calidad de apoderado especial de Jacqueline Cantillo Siles, cédula de identidad 1-1093-0012, con domicilio en Santa Ana, Uruca, Río Oro, calle La Chimba, del abastecedor Río Ror, un kilómetro seiscientos metros al sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

JACQUELINECANTILLO

como marca de fábrica y comercio en clase: 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: vestidos, calzados, sombrerería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de febrero del 2012, según solicitud Nº 2012-0001944. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 1º de marzo del 2012.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(IN2012017965).

Adriana Ramos Chaves, cédula de identidad 1-1026-797, en calidad de apoderada especial de C D G Environmental Advisors Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-290854, con domicilio en Moravia, del Banco de San José, veinticinco metros al sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase: 42 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios profesionales en asesorías y consultorías ambientales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer

ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de enero del 2012, según solicitud Nº 2012-0000341. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 1º de febrero del 2012.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2012017993).

Ernesto Gutiérrez Blanco, cédula de identidad 1-848-886, en calidad de apoderado especial de Aktsionerno Droujestvo Bulgartabac Holding, con domicilio en 1000 Sofia, 62 STR. Graf Ignatief, Bulgaria, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 34 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: tabaco masticable, crudo o procesado; productos de tabaco, cigarrillos, puros y cigarros, filtros de cigarrillos, papel para cigarrillos, artículos para fumadores, cerillas; encendedores para fumadores y ceniceros de metales no preciosos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses

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siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de febrero del 2012, según solicitud Nº 2012-0001874. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 1º de marzo del 2012.—Giovanna Mora Mesén, Registradora.—(IN2012018093).

Ernesto Gutiérrez Blanco, cédula de identidad 1-848-886, en calidad de apoderado especial de María Do Socorro Brito Cunningham, con domicilio en 08021 Barcelona, calle Reina Victoria, número 19, 6º España, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 6 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: metales comunes y sus aleaciones; materiales de construcción metálicos; construcciones transportables

metálicas; materiales metálicos para vías férreas; cables y alambres no eléctricos de metales comunes; ferretería; artículos pequeño de metal de ferretería; tubería y tubos metálicos; cajas de seguridad; productos de metales comunes no comprendidos en otras clases minerales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de julio del 2011, según solicitud Nº 2011-0007263. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de enero del 2012.—Tomás Montenegro Montenegro, Registrador.—(IN2012018095).

Ernesto Gutiérrez Blanco, cédula de identidad 1-848-886, en calidad de apoderado especial de Aktsionerno Droujestvo Bulgartabac Holding, con domicilio en 1000 Sofía, 62 Str. Graf Ignatief, Bulgaria, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 34 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: tabaco masticable, crudo o procesado; productos de tabaco, cigarrillos, puros y los cigarros, filtros de cigarrillos, papel para cigarrillos, artículos para fumadores, cerillas; encendedores para

fumadores y ceniceros de metales no preciosos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de febrero del 2012, según solicitud Nº 2012-0001035. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 22 de febrero del 2012.—José Luis Pacheco Fernández, Registrador.—(IN2012018096).

Sara Sáenz Umaña, cédula de identidad número 2-496-310, en calidad de apoderada general de Central American Brands Inc., con domicilio en Ciudad de Panamá, Calle Aquilino de La Guardia, Edificio Igra Nº 8, Panamá, solicita la inscripción de: NUBALANCE, como marca de fábrica y comercio en clases: 1; 2; 4; 6; 7; 9; 11; 12; 13; 14; 15; 16; 17; 18; 19; 20; 22; 23; 24; 25; 26; 27; 28; 31; 32; 33; 34; 35; 38; 43 y 45 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 1: productos químicos para la industria, la ciencia y la fotografía, así como para la agricultura, la horticultura y la silvicultura; resinas artificiales en bruto, materias plásticas en bruto; abonos para el suelo; composiciones extintoras; preparaciones para templar y soldar metales; productos químicos para conservar alimentos; materias curtientes; adhesivos (pegamentos) para la industria. Clase 2: pinturas, barnices, lacas; productos antioxidantes y productos para conservar la madera; materias tintóreas; mordientes; resinas naturales en bruto; metales en hojas y en polvo para pintores, decoradores, impresores y artistas. Clase 4: aceites y grasas para uso industrial; lubricantes; composiciones para absorber, rociar y asentar el polvo; combustibles (incluida la gasolina para motores) y materiales de alumbrado; velas y mechas de iluminación. Clase 6: metales comunes y sus aleaciones; materiales de construcción metálicos; construcciones transportables metálicas; materiales metálicos para vías férreas; cables e hilos metálicos no eléctricos; artículos de cerrajería y ferretería metálicos; tubos y tuberías

metálicos; cajas de caudales; productos metálicos no comprendidos en otras clases; minerales metalíferos. Clase 7: máquinas y máquinas herramientas; motores (excepto motores para vehículos terrestres); acoplamientos y elementos de transmisión (excepto para vehículos terrestres); instrumentos agrícolas que no sean accionados manualmente; incubadoras de huevos; distribuidores automáticos. Clase 9: aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de control (inspección), de salvamento y de enseñanza; aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la electricidad; aparatos de grabación, transmisión o reproducción de sonido o imágenes; soportes de registro magnéticos, discos acústicos; discos compactos, DVD y otros soportes de grabación digitales; mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras, máquinas de calcular, equipos de procesamiento de datos, ordenadores; software; extintores. Clase 11: aparatos de alumbrado, calefacción, producción de vapor, cocción, refrigeración, secado, ventilación y distribución de agua, así como instalaciones sanitarias. Clase 12: vehículos; aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática. Clase 13: armas de fuego; municiones y proyectiles; explosivos; fuegos artificiales. Clase 14: metales preciosos y sus aleaciones, así como productos de estas materias o chapados no comprendidos en otras clases; artículos de joyería, bisutería, piedras preciosas; artículos de relojería e instrumentos cronométricos. Clase 15: instrumentos musicales. Clase 16: papel, cartón y artículos de estas materias no comprendidos en otras clases; productos de imprenta; material de encuadernación; fotografías; artículos de papelería; adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico; material para artistas; pinceles; máquinas de escribir y artículos de oficina (excepto muebles); material de instrucción o material didáctico (excepto aparatos); materias plásticas para embalar (no comprendidas en otras clases); caracteres de imprenta; clichés de imprenta. Clase 17: caucho, gutapercha, goma, amianto, mica y productos de estas materias no comprendidos en otras clases; productos de materias plásticas semielaborados; materiales para calafatear, estopar y aislar, tubos flexibles no metálicos. Clase 18: cuero y cuero de imitación, productos de estas materias no comprendidos en otras clases; pieles de animales; baúles y maletas; paraguas y sombrillas; bastones; fustas y artículos de guarnicionería. Clase 19: materiales de construcción no metálicos; tubos rígidos no metálicos para la construcción; asfalto, pez y betún; construcciones transportables no metálicas; monumentos no metálicos. Clase 20: muebles, espejos, marcos; productos de madera, concho, caña, junco, mimbre, cuerno, hueso, marfil, ballena, concha, ámbar, nácar, espuma de mar, sucedáneos de todos estos materiales o de materias plásticas, no comprendidos en otras clases. Clase 22: cuerdas, cordeles, redes, tiendas de campaña, lonas, velas de navegación, sacos y bolsas (no comprendidos en otras clases); materiales de acolchado y relleno (excepto el caucho o las materias plásticas); materias textiles fibrosas en bruto. Clase 23: hilos para uso textil. Clase 24: tejidos y productos textiles no comprendidos en otras clases; ropa de cama; ropa de mesa. Clase 25: prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería. Clase 26: encajes y bordados, cintas y cordones; botones, ganchos y ojetes, alfileres y agujas; flores artificiales. Clase 27: alfombras, felpudos, esteras, linóleo y otros revestimientos de suelos; tapices murales que no sean de materias textiles. Clase 28: juegos y juguetes; artículos de gimnasia y deporte no comprendidos en otras clases; adornos para árboles de navidad. Clase 31: granos y productos agrícolas, hortícolas y forestales, no comprendidos en otras clases, animales vivos; frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas; semillas; plantas y flores naturales; alimentos para animales; malta. Clase 32: cerveza; aguas minerales y gaseosas, y otras bebidas sin alcohol; bebidas a base de frutas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para elaborar bebidas. Clase 33: bebidas alcohólicas (excepto cerveza). Clase 34: Tabaco; artículos para fumadores; cerillas. Clase 35: publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina. Clase 38: telecomunicaciones. Clase 43: servicios de restauración (alimentación); hospedaje temporal. Clase 45: servicios jurídicos; servicios de seguridad para la protección de bienes y personas; servicios personales y sociales prestados por terceros para satisfacer necesidades. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos

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meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de enero del 2012, según solicitud Nº 2012-0000377. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 27 de febrero del 2012.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—(IN2012018097).

Roxana Gamboa Quirós, cédula de identidad 1-431-350, en calidad de apoderada generalísima de Centro de Alternativas Terapéuticas Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-443755, con domicilio en Pavas, Rohrmoser, de Cemaco, doscientos metros norte, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase: 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: la prestación de servicios que pretenden lograr el desarrollo integral, holístico y humanista del ser humano a través de distintas disciplinas que logran la plenitud de la persona en mente, cuerpo y alma, tales como Psicología, Neuropsicología, Medicina General, Psicopedagogía, Nutrición Humana, Estética,

Masajes, Terapia Corporal, Chamanismo, y Tomatis. Reservas: de los colores verde musgo, mostaza claro y verde claro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de julio del 2011, según solicitud Nº 2011-0007057. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28 de setiembre del 2011.—Adriana Broutin Espinoza, Registradora.—RP2012281957.—(IN2012018262).

Roxana Gamboa Quirós, cédula de identidad 1-431-350, en calidad de apoderada generalísima de Centro de Alternativas Terapéuticas Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-443755, con domicilio en Pavas, Rohrmoser, de Cemaco, doscientos metros norte, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial en clase: 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado al desarrollo integral, holístico y humanista del ser humano a través de distintas disciplina que logran la plenitud de la persona en mente, cuerpo y alma, tales como la Psicología, Neuropsicología, Medicina General, Psicopedagogía, Nutrición humana, Estética, Masajes,

Terapia Corporal, Chamanismo, y Tomatis. Ubicado en San José, Pavas, Rohrmoser, de Cemaco, doscientos metros norte. Reservas: de los colores verde musgo, mostaza claro y verde claro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de julio del 2011, según solicitud Nº 2011-0007058. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de setiembre del 2011.—Christian Quesada Porras, Registrador.—RP2012281958.—(IN2012018263).

Ramón Diego Fernando Saavedra, Pasaporte 23505216N, en calidad de Apoderado Generalísimo de Distribuciones Vida Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-118154 con domicilio en Moravia, de Sony Music, doscientos metros al sur y veinticinco metros al este, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: PENIEL como marca de servicios, en clase 35, 39 y 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 35 Servicios de comercialización de libros, textos, revistas y biblias, 39 Servicios de distribución de libros, textos, revistas y biblias y 41 Servicios de publicación de libros, textos, revistas y biblias. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1 de febrero del 2012. Solicitud Nº 2012-0000931. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de febrero del 2012.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—RP2012281978.—(IN2012018264).

Marita Banichevich Begovich, cédula de identidad 1-525-568, en calidad de Apoderada Generalísima de Taquería La Mexicana S. A., con domicilio en 50 metros este de Corte Suprema de Justicia Barrio González Lahmann avenida 8 casa 2169, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial, en clase 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la producción y venta de comida mexicana consiste en

tacos, chalupas, burritos, entre otros. Ubicado en Mall San Pedro, Food Court. Reservas: De los colores azul, vino, blanco, verde, rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de febrero del 2012. Solicitud Nº 2012-0001468. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de febrero del 2012.—Juan Carlos Sánchez García, Registrador.—RP2012281990.—(IN2012018265).

Ronald Soto Arias, cédula de identidad 1-0876-0344, en calidad de Apoderado Especial de Garbal Sociedad Anónima de Capital Variable con domicilio en San Salvador, El Salvador, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: vestidos, calzados y sombrerería. Reservas: Del color verde. No se hace reserva de la expresión “Cada paso a conciencia. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses

siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de enero del 2012. Solicitud Nº 2012-0000843. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 01 de marzo del 2012.—Christian Quesada Porras, Registrador.—RP2012281991.—(IN2012018266).

Andrés Carboni Durán, cédula de identidad 1-1159-264 con domicilio en Pavas, Residencial Romo del Súper Roma 300 metros norte, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de comercio, en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada, preparaciones

para limpiar, pulir, desengrasar y raspar preparaciones abrasivas, jabones, perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para cabello. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de febrero del 2012. Solicitud Nº 2012-0001389. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 16 de febrero del 2012.—Juan Carlos Sánchez García, Registrador.—RP2012282052.—(IN2012018267).

Minor Rojas Sánchez, cédula de identidad 2-485-843, en calidad de Apoderado Generalísimo de Almacén Agropecuario El Éxito Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-350671 con domicilio en Pital de San Carlos, 1 kilómetro al este del Templo Católico, camino a Veracruz, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial, en clase 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la comercialización de agroquímicos, fertilizante, insumos orgánicos, herramientas y equipo, en todos los casos para la actividad agrícola y pecuaria, ubicado Pital de San Carlos, un kilómetro y medio este del Templo Católico,

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calle a Veracruz. Reservas: De los colores verde oscuro, verde claro, anaranjado y amarillo, no se hace reserva sobre algún término que contenga la marca o el diseño que sea genérico o de uso común. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1 de febrero del 2012. Solicitud Nº 2012-0000959. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de febrero del 2012.—Giovanna Mora Mesén, Registradora.—RP2012282063.—(IN2012018268).

Pablo Rogelio Juárez Salazar, pasaporte Nº 430619, en calidad de apoderado generalísimo de Pineapple Company J.S. Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-361257, con domicilio en Pavas, 100 metros norte del ICE, Condominio Everen, apartamento número nueve, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial, en clase 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la comercialización de frutas frescas. Ubicado: Pital de San Carlos, 300 metros sur, ochocientos metros oeste del Salón Comunal. Reservas: de los colores anaranjado, verde oscuro, negro, amarillo, no se hace reserva sobre algún término que contenga la marca o el diseño que sea genérico

o de uso común. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1º de febrero del 2012, según solicitud Nº 2012-0000964. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de febrero del 2012.—Christian Quesada Porras, Registrador.—RP2012282064.—(IN2012018269).

Pablo Rogelio Juárez Salazar, pasaporte Nº 430619, en calidad de apoderado generalísimo de Pineapple Company J.S. Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-361257, con domicilio en Pavas, 100 metros norte del ICE, Condominio Everen, apartamento número nueve, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial, en clase 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la comercialización de frutas frescas. Ubicado: en

Pital de San Carlos, 300 metros sur, ochocientos metros oeste del Salón Comunal. Reservas: de los colores: anaranjado, verde claro, negro y amarillo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1º de febrero del 2012, según solicitud Nº 2012-0000969. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de febrero del 2012.—Tomás Montenegro Montenegro, Registrador.—RP2012282065.—(IN2012018270).

Carlos Murillo Guzmán, cédula de identidad Nº 2-186-760, con domicilio en 175 metros sur Bar Cementerio Paraíso, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de comercio, en clases 29 y 33 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 32: jalea, mermeladas derivadas de la mora, en clase 33: vino. Reservas: de los colores verde, blanco, morado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses

siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de febrero del 2012, según solicitud Nº 2012-0001711. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 24 de febrero del 2012.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—RP2012282143.—(IN2012018271).

Damaris Rodríguez Fallas, cédula de identidad Nº 3-254-154, en calidad de apoderado general de Ecológica Tierra Verde S.A., cédula jurídica Nº 3-101-512333, con domicilio en Cervantes de Alvarado, de la provincia de Cartago, del Súper Karen Viviana, setecientos metros sur y ciento cincuenta metros oeste, Barrio María Auxiliadora, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de comercio, en clase 31 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: vegetales y frutas orgánicas: tomate, chile, zanahoria, remolacha, cebolla, lechuga, culantro, papa, camote, uchuva, aguacate, guayabas, limón dulce, mandarina, níspero y árboles forestales nativos y exóticos. Reservas: de los colores: verde, amarillo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los

dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de enero del 2012, según solicitud Nº 2012-0000882. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 5 de marzo del 2012.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—RP2012282146.—(IN2012018272).

Teresa Acon Fung, cédula de identidad Nº 6-104-1061, en calidad de apoderada generalísima de Consorcio Interamericano Caribe de Exportación Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-53546, con domicilio en Tibás, San Juan, de la Municipalidad 300 metros al este, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SCENAR como marca de fábrica y comercio, en clase 10 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: dispositivos médicos los cuales se utilizan para tratamiento del dolor agudo o crónico en cualquier parte del cuerpo por medio de impulsos bioeléctricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de noviembre del 2011, según solicitud Nº 2011-0011181. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 11 de noviembre del 2011.—Christian Quesada Porras, Registrador.—RP2012282147.—(IN2012018273).

Teresa Acon Fung, cédula de identidad Nº 6-104-1061, en calidad de apoderada generalísima de Consorcio Interamericano Caribe de Exportación Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-53546, con domicilio en Tibás, San Juan, de la Municipalidad 300 metros al este, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: TERAPIA SCENAR como marca de servicios, en clase 44 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: aplicar terapia para el tratamiento del dolor agudo y crónico, en personas de todas las edades, en cualquier parte del cuerpo por medio de impulsos bioeléctricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de noviembre del 2011, según solicitud Nº 2011-0011180. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 21 de noviembre del 2011.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—RP2012282148.—(IN2012018274).

Alexander Morales Miranda, cédula de identidad Nº 6-177-327, con domicilio en Curridabat, frente a Ferretería EPA, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial, en clase 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado al servicio de restaurante y salón de venta de comidas y bebidas. Ubicado: en San José, Curridabat, frente a Ferretería EPA. Reservas: de los colores: blanco, amarillo, marrón

y amarillo oscuro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos

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Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de enero del 2012. Solicitud Nº 2012-0000638. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de enero del 2012.—José Luis Pacheco Fernández, Registrador.—RP2012282292.—(IN2012018739).

Gabriela Calvo Aragón, cédula de identidad Nº 1-1129-347, en calidad de apoderada generalísima sin límite de suma de Convertico Industrial Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-375101 con domicilio en contiguo Motel El Paraíso, San Francisco de Dos Ríos, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de comercio en clase: 16 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Productos escolares, colegiales y universitarios a base de papel y cartón. Materiales para artistas y artículos de oficina excepto

muebles. Reservas: De los colores azul, morado, naranja. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1º de marzo del 2012. Solicitud Nº 2012-0002021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 6 de marzo del 2012.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—RP2012282249.—(IN2012018738).

Jovel Villalobos Leiva, cédula de identidad 1-442-316 con domicilio en Tres Ríos 400 sur Cruz Roja, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: I.F.T.P.H como nombre comercial en clase: 49 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la capacitación técnica de adultos. Ubicado 400 metros sur de la Cruz Roja de Tres Ríos, Cartago. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de noviembre del 2011. Solicitud Nº 2011-0011447. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de enero del 2012.—Tomás Montenegro Montenegro, Registrador.—RP2012282320.—(IN2012018740).

Mainor Francisco Quesada Alpízar, cédula de identidad 2-411-445, en calidad de apoderado generalísimo de Importaciones Marzu Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-379686, con domicilio en Santa Ana, 250 metros al este y 75 metros al norte de la Cruz Roja, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial en clase: 49, internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a servicios relacionados con productos de belleza y cuidado personal. Servicios de importación, distribución, comercialización y venta de productos de belleza y cuidado personal. Servicios de asesoría y capacitación en la utilización,

comercialización, distribución y venta de productos de belleza y cuidado personal. Ubicado en Heredia, Cariari, 150 metros al este de la entrada al Residencial Los Arcos, Centro Comercial Plaza Los Arcos, local número 8. Reservas: De los colores negro, blanco, rojo y kaki. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de octubre del 2011. Solicitud Nº 2011-0010237. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de febrero del 2012.—Lic. María Leonor Hernández B., Registradora.—RP2012282366.—(IN2012018741).

meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de febrero del 2012, según solicitud Nº 2012-0001471. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de febrero del 2012.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—RP2012282150.—(IN2012018275).

Samuel Rabinovich Dyner, cédula de residencia 117000022523, en calidad de apoderado generalísimo de Andagoya Inc S. A., cédula jurídica Nº 3-101-621303, con domicilio en Sabana Oeste, trescientos metros al oeste de Teletica Canal Siete, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: FLEXIPARK como nombre comercial, en clase 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a prestar servicios de gestión de negocios comerciales y de administración de proyectos comerciales y/o residenciales así como trabajos de oficina. Ubicado: en San José, Santa Ana, contiguo al Centro Comercial Vía Lindora, en la radial a San Antonio de Belén. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de febrero del 2012, según solicitud Nº 2012-0001772. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 2 de marzo del 2012.—Tomás Montenegro Montenegro, Registrador.—(IN2012018383).

Samuel Rabinovich Dyner, cédula de residencia 117000022523, en calidad de apoderado generalísimo de Andagoya Inc S. A., cédula jurídica Nº 3-101-625303, con domicilio en Sabana Oeste, trescientos metros al oeste de Teletica Canal Siete, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: MAXIPARK como nombre comercial, en clase 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a prestar servicios de gestión de negocios comerciales y de administración de proyectos comerciales y/o residenciales así como trabajos de oficina. Ubicado: en San José, Santa Ana, contiguo al Centro Comercial Vía Lindora, en la radial a San Antonio de Belén. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de febrero del 2012, según solicitud Nº 2012-0001771. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 2 de marzo del 2012.—Tomás Montenegro Montenegro, Registrador.—(IN2012018384).

Arturo Enrique Apéstegui Barzuna, cédula de identidad Nº 1-663-618, en calidad de apoderado generalísimo de Multiresuelve S. A., con domicilio en Curridabat, en las oficinas de Multiagencia de Veinsa, diagonal al Indoor Club, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial, en clase 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento dedicado a préstamos de dinero. Ubicado: en

Guachipelín de Escazú, de Construplaza 100 metros al norte, Oficentro Multipark, Edificio Tapantí, segundo piso, oficina Nº 37.1. Reservas: colores rojo, azul, verde, amarillo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de febrero del 2012, según solicitud Nº 2012-0001940. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 5 de marzo del 2012.—José Luis Pacheco Fernández, Registrador.—(IN2012018570).

Pier Enrico Brusó, cédula de residencia 138000103923 con domicilio en Goicoechea, Rancho Redondo, de la iglesia de Vista de Mar 1 km este, Costa Rica, solicita la inscripción de: CONCRELOCK como marca de fábrica y comercio en clase: 19 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Construcciones transportables no metálicas, elementos de construcción de hormigón.

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2012-0001043. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de febrero del 2012.—Tomás Montenegro Montenegro, Registrador.—RP2012282433.—(IN2012018746).

José Fernando Ajú Gómez, cédula de identidad 6-139-961, en calidad de apoderado generalísimo de Agrotecnia S. A., cédula jurídica 3-101-104981, con domicilio en Planta Empacadora Melopen, Cruce Pilas de Canjel San Pablo, Nandayure, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de comercio en clase: 31 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: granos productos agrícolas, frutas y verduras hortalizas y legumbres frescas. Reservas: de los colores gris, verde, negro y blanco. Se

cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de febrero del 2012, según solicitud Nº 2012-0001044. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de febrero del 2012.—Tomás Montenegro Montenegro, Registrador.—RP2012282434.—(IN2012018747).

Luis Pal Hegedüs, cédula de identidad 1-558-219, en calidad de apoderado especial de Bemis Company Inc., con domicilio en One Neenah Center 4th Floor, 134 E. Wisconsin, Neenah WI 54956, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clases: 16 y 17 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: clase 16: papel y papel cartulina para empaque; cinta de papel; bolsas de plástico para empaque; etiquetas adhesivas sensibles a la presión; adhesivos para papelería o

para propósitos domésticos. Clase 17: plásticos en forma extrudida para uso en la manufactura; película plástica para uso industrial y comercial; películas plásticas para uso en empaque de alimentos; plásticos en forma de láminas, películas, tubos; cinta plástica de florista para uso en el envoltorio de tallos, para uso comercial; cinta adhesiva plástica para empaque de uso comercial e industrial, a saber, para suturar papel sellado o bolsas plásticas que contengan comida o químicos; cinta adhesiva para empaque de uso comercial e industrial. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de febrero del 2012, según solicitud Nº 2012-0001741. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 27 de febrero del 2012.—José Luis Pacheco Fernández, Registrador.—RP2012282436.—(IN2012018748).

Luis Pal Hegedüs, cédula de identidad 1-558-219, en calidad de apoderado especial de Bemis Company Inc., con domicilio en One Neenah Center 4th Floor, 134 E. Wisconsin, Neenah WI 54956, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: BEMIS, como marca de fábrica y comercio en clases: 16 y 17 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: clase 16: papel y papel cartulina para empaque; cinta de papel; bolsas de plástico para empaque; etiquetas adhesivas sensibles a la presión; adhesivos para papelería o para propósitos domésticos, y clase 17: plásticos en forma extrudida para uso en la manufactura; película plástica para uso industrial y comercial; películas plásticas para uso en empaque de alimentos; plásticos en forma de láminas, películas, tubos; cinta plástica de florista para uso en el envoltorio de tallos, para uso comercial; cinta adhesiva plástica para empaque de uso comercial e industrial, a saber, para suturar papel sellado o bolsas plásticas que contengan comida o químicos; cinta adhesiva para empaque de uso comercial e industrial. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de febrero del 2012, según solicitud

Edwin Segura Badilla, cédula de identidad 1-344-088, en calidad de apoderado especial de Grupo Rhaz Barco International Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-644445 con domicilio en Llorente de Tibás, de La Pops 75 metros norte , 400 metros este y 200 metros norte, Residencial Ambar número 67, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 25 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Vestuario incluye vestidos completos, accesorios que forman parte y constituyen vestuario, calzado, sombrerería, velos, todo para novias. Reservas: No se hace reserva de la palabra novias. Se reserva el color rojo teja y blanco. Se cita a terceros

interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de enero del 2012. Solicitud Nº 2012-0000505. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de enero del 2012.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—RP2012282383.—(IN2012018742).

Juan Carlos Villalta Arroyo, cédula de identidad 2-412-634 con domicilio en Palmares de Alajuela, cuatrocientos metros sur y cincuenta este del parque de Zaragoza, Costa Rica, solicita la inscripción de: MEKANO como marca de comercio en clase: 25 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Ropa íntima para mujer, hombre y niños. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de febrero del 2012. Solicitud Nº 2012-0001988. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 2 de marzo del 2012.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—RP2012282429.—(IN2012018743).

Juan Carlos Villalta Arroyo, cédula de identidad 2-412-634 con domicilio en Palmares de Alajuela, cuatrocientos metros sur y cincuenta este del parque de Zaragoza, Costa Rica, solicita la inscripción de: CLUB DE MODA como nombre comercial en clase: 49 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a tienda y venta de ropa de todo tipo. Ubicado en Palmares de Alajuela, cuatrocientos metros sur y cincuenta este del parque de Zaragoza. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de febrero del 2012. Solicitud Nº 2012-0001987. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 2 de marzo del 2012.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—RP2012282431.—(IN2012018744).

Juan Carlos Villalta Arroyo, cédula de identidad 2-412-634 con domicilio en Palmares de Alajuela, cuatrocientos metros sur y cincuenta este del parque de Zaragoza, Costa Rica, solicita la inscripción de: CLUB DE MODA como marca de comercio en clase: 25 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Ropa íntima para mujer, hombre y niños. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de febrero del 2012. Solicitud Nº 2012-0001989. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 2 de marzo del 2012.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—RP2012282432.—(IN2012018745).

José Fernando Ajú Gómez, cédula de identidad 6-139-961, en calidad de apoderado generalísimo de Agrotecnia S. A., cédula jurídica 3-101-104981, con domicilio en Planta Empacadora Melopen, Cruce Pilas de Canjel San Pablo, Nandayure, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de comercio en clase: 31 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: frutas frescas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de febrero del 2012, según solicitud Nº

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partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de agosto del 2011, según solicitud Nº 2011-0008546. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 2 de noviembre del 2011.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—(IN2012018826).

Antonio Oreamuno Blanco, cédula de identidad 2-387-840, en calidad de apoderado especial de H.B. Fuller Company, con domicilio en 1200 Willow Lake Boulevard, Saint Paul, Minnesota 55110-5101, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 16 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Adhesivos (pegamentos). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada

el 30 de agosto del 2011, según solicitud Nº 2011-0008547. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 2 de noviembre del 2011.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—(IN2012018827).

Antonio Oreamuno Blanco, cédula de identidad 2-387-840, en calidad de apoderado especial de H.B. Fuller Company, con domicilio en 1200 Willow Lake Boulevard, Saint Paul, Minnesota 55110-5101, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

como señal de propaganda en clase: 50 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: para promocionar adhesivos, relacionado con la marca de fábrica RESISTOL, registro 123649. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación

de este edicto. Presentada el 30 de agosto del 2011, según solicitud Nº 2011-0008548. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 31 de enero del 2012.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(IN2012018830).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 1-679-960, en calidad de gestor oficioso de Televisora de Costa Rica S. A. con domicilio en Sabana Oeste Mata Redonda, edificio René Picado, frente al Estadio Nacional, La Sabana, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: El Profe como marca de fábrica y comercio en clase 28 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Un juego que se desarrollará por medio de nuestra página Web; juegos y juguetes; artículos de gimnasia y de deporte no comprendidos en otras clases; decoraciones para árboles de navidad. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de enero del 2012, según solicitud Nº 2012-0000276. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de febrero del 2012.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(IN2012018858).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 1-679-960, en calidad de apoderado especial de Continental Teves AG & CO. oHG con domicilio en Guerickestrabe 7, 60488 Frankfurt, Alemania, solicita la inscripción de: ATE como marca de fábrica y comercio en clase 7 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Motores y sus componentes en tanto estén comprendidos en esta clase, excepto para vehículos blindados. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de noviembre del 2009, según solicitud Nº 2009-0010342. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de febrero del 2012.—Giovanna Mora Mesén, Registradora.—(IN2012018859).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 1-679-960, en calidad de gestor oficioso de Televisora de Costa Rica S. A. con domicilio en Sabana Oeste Mata Redonda, edificio René Picado, frente al Estadio Nacional, La Sabana, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: El Profe como marca de servicios en clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Un concurso

Nº 2012-0001740. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 27 de febrero del 2012.—José Luis Pacheco Fernández, Registrador.—RP2012282437.—(IN2012018749).

Monserrat Alfaro Solano, cédula de identidad 1-1149-188, en calidad de apoderada especial de Philip Morris Brands Sárl, con domicilio en Quaidjeanrenaud 3, 2000 Neuchâtel, Suiza, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 34 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: tabaco, crudo o manufacturado, productos de tabaco, incluyendo puros, cigarros, cigarrillos, tabaco para enrollar sus propios cigarros, tabaco para pipa, tabaco de mascar, tabaco en polvo, cigarrillos de clavos de olor, snus (tabaco en polvo húmedo) sustitutos del tabaco (no por razones médicas); artículos para

fumadores, incluyendo papel y tubos de cigarrillos, filtros de cigarrillos, cajas para tabaco, cartuchos de cigarrillos y ceniceros, pipas, aparatos de bolsillo para enrollar cigarrillos, encendedores; fósforos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de febrero del 2012, según solicitud Nº 2012-0001302. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 15 de febrero del 2012.—Juan Carlos Sánchez García, Registrador.—(IN2012018809).

Rafael Antonio Oreamuno Blanco, cédula de identidad número 2-387-840, en calidad de apoderado generalísimo de Tomali Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-069414, con domicilio en Barrio Escalante, del Restaurante Bagelmen’s, 150 metros al norte, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

PLAZA ESQUINAESCAZU

como nombre comercial en clase: 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado al alquiler de locales comerciales que se dedicaran a la comercialización de productos y servicios, ubicado en Escazú, Trejos Montealegre, del Vivero Exótica, 100 metros oeste y 100 metros sur. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de mayo del 2011, según solicitud Nº 2011-0004832. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 2 de noviembre del 2011.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(IN2012018824).

Antonio Oreamuno Blanco, cédula de identidad 2-387-840, en calidad de apoderado especial de H.B. Fuller Company, con domicilio en 1200 Willow Lake Boulevard, Saint Paul, Minnesota 55110-5101, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 16 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Adhesivos (pegamentos). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer

ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de agosto del 2011, según solicitud Nº 2011-0008545. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 2 de noviembre del 2011.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—(IN2012018825).

Antonio Oreamuno Blanco, cédula de identidad 2-387-840, en calidad de apoderado especial de H.B. Fuller Company, con domicilio en 1200 Willow Lake Boulevard, Saint Paul, Minnesota 55110-5101, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 16 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: adhesivos (pegamentos). Se cita

a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a

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que se desarrollará por medio de nuestra página Web; educación; capacitación; entretenimiento; actividades deportivas y culturales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de enero del 2012, según solicitud Nº 2012-0000277. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de febrero del 2012.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(IN2012018860).

Ademar Jiménez Solís, cédula de identidad 2-254-018, en calidad de apoderado generalísimo de Prime Properties Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-398154 con domicilio en Central, Río Segundo, 700 metros este del Aeropuerto Juan Santamaría, calle paralela a la Autopista General Cañas, Dirección Alajuela-San José, Oficentro Plaza Aeropuerto, local C 5, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial en clase 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento

comercial dedicado a Centro Comercial (Oficentro) para alquiler de oficinas y bodegas. Ubicado en Río Segundo de Alajuela, 500 metros oeste del Almacén Fiscal Tikal, calle paralela a la pista General Cañas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de enero del 2012, según solicitud Nº 2012-0000845. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de febrero del 2012.—Christian Quesada Porras, Registrador.—(IN2012018861).

Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad 9-012-480, en calidad de apoderado especial de Comité International Olympique con domicilio en Château De Vidy, 1007 Lausanne, Suiza, solicita la inscripción de: OLYMPIC TORCH RELAY como marca de fábrica y comercio en clase 7 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente; máquinas y máquinas herramientas; motores (excepto motores para vehículos terrestres); acoplamientos y órganos de transmisión (excepto para vehículos terrestres); instrumentos agrícolas que no sean manuales; incubadoras de huevos; aparatos, equipos e instrumentos para la generación de energía, en concreto, generadores eléctricos y aerogeneradores; turbinas; turbinas para generación de energía; turbinas de viento para generación de energía; turbinas de viento en relación con parques eólicos, instalaciones de generación de turbinas, en concreto, instalaciones de generación de energía; motores para generar electricidad; y partes y piezas para todo lo mencionado; generadores eléctricos solares; máquinas y sistemas de máquinas incluyendo partes y piezas componentes para la generación, transformación, conversión, transmisión, distribución, control y utilización de la electricidad; máquinas de dinamos eléctricas, dispositivos de inducción, dispositivos de traducción eléctricos, dispositivos de regulación y control eléctricos, dispositivos de protección eléctricos, aparatos de cuadros de conexión (los de la clase en referencia), dispositivos de cableado y alimentaciones; motores eléctricos de todo tipo, turbinas de vapor y de gas y partes de las mismas, generadores eléctricos y sus partes, motores de avión, compresores; lavadoras, secadoras, lavavajillas, vertedores de basura y compactadores; bombas, en concreto, bombas centrífugas, bombas de diafragma, bombas de fuelles y bombas de proceso y transferencia; dispositivos de control de fluidos, en concreto, válvulas, contadores de flujo, conmutadores de presión, temporizad ores de secuencia, reguladores, niveladores, eyectores y controles y conmutadores eléctricos; cartuchos de separación de fluidos y sus partes, incluyendo membranas semipermeables; cartuchos de filtro para varias máquinas industriales para aplicaciones de filtración incluyendo la filtración de soluciones de revestimiento para la fabricación de cinta magnética y la filtración de productos petroquímicos, agua portátil, cerveza de la industria cervecera y otros productos químicos especiales; máquinas para la alimentación y aplicación de productos químicos para uso industrial; compresores axiales y centrífugos; compresores oscilantes; compresores de tornillo y alabe; bombas giratorias, de vacío, eléctricas, sumergibles y centrífugas; turboexpansores, en concreto, compresores de aire y eléctricos; máquinas de repostaje de CNG para vehículos terrestres y equipos y accesorios industriales y partes para todos los mencionados en concreto, bombas, válvulas, filtros de combustible, carcasas de filtro, rotores de distribuidor, alabes, cojinetes y juntas de sellado mecánicas; condensadores de vapor; motores para embarcaciones;

superturboalimentadores para motores; inyectores de combustible; máquinas de soldar, robots industriales, máquinas para la inserción de componentes electrónicos, maquinaria de grabado en seco, máquinas de microdescargas eléctricas, sistemas de producción de discos ópticos, equipos de unión de precisión, máquinas de procesar para tarjetas impresas cableadas, hilo de soldar, máquinas de montaje de piezas, máquinas de soldar, máquinas de atornillar, herramientas electromecánicas; motores eléctricos, generadores eléctricos; ascensores; lavadoras y secadoras, lavadoras de ropa eléctricas, secadoras de ropa eléctricas, lavaplatos eléctricos; compresores (no quirúrgicos); bombas, bombas eléctricas; máquinas de mezclar, cortar y rebanar, máquinas mezcladoras, escurridores eléctricos, robots eléctricos de cocina, picadoras de carne eléctricas, abrelatas eléctricos, afiladores de cuchillos eléctricos, molinillos de café eléctricos, picadores de hielo eléctricos, procesadores de basura eléctricos; herramientas de jardín, cortacéspedes eléctricos, aspersores de jardín para desinfectantes e insecticidas; aparatos eléctricos de limpieza, limpiadoras eléctricas de vacío, pulidoras de suelos eléctricas; limpiadores de ventanas eléctricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1º de diciembre del 2011, según solicitud Nº 2011-0011931. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de enero del 2012.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(IN2012018866).

Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad 9-012-480, en calidad de apoderado especial de Mastercard International Incorporated con domicilio en 2000 Purchase Street, Purchase, New York 10577, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase 9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Plataforma de hardware y software de cómputo para facilitar y administrar pagos, banca, tarjetas de crédito, tarjetas de débito, tarjetas de pago, distribuidores automáticos, valor almacenado,

transferencia de fondos electrónicos, pagos electrónicos, procesamiento y transmisión electrónica de datos de pago de facturas, desembolso de efectivo, autenticación de transacciones, routing, servicios de autorización y liquidación, detección y control de fraude, recuperación luego de un desastre y servicios de encriptar; aparatos e instrumentos científicos; soportes de registro magnéticos, discos acústicos; distribuidores automáticos y mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras; equipos de procesamiento de datos; ordenadores, hardware para ordenadores, software para ordenadores y programas para ordenadores; aparatos e instrumentos de telecomunicaciones y eléctricos, principalmente, aparatos para el registro, transmisión y reproducción de datos incluyendo sonido e imágenes; máquinas contables; aparatos para el registro, transmisión y reproducción de datos incluyendo sonido e imágenes; soportes de registro magnéticos; aparatos para localizar, manejar y analizar cuentas financieras vía una red global de computadoras; hardware y software de cómputo, en particular para el desarrollo, mantenimiento y uso de redes de cómputo locales y de área amplia; sistemas para leer tarjetas de memoria y sistemas para leer datos en memorias incluyendo memorias de circuitos integrados y memorias de tarjetas bancarias; publicaciones electrónicas que se pueden descargar; aparatos para imprimir incluyendo aparatos para imprimir para sistemas de procesamiento de datos y sistemas de transacciones financieras; distribuidores automáticos y máquinas de efectivo para establecimientos bancarios; codificadores y de-codificadores; módems; hardware y software de cómputo para facilitar el pago de transacciones por medios electrónicos; hardware y software de encriptar para computadoras, teclados para encriptar, certificados digitales, firmas digitales, software para almacenaje seguro de datos y retraer y transmitir información confidencial del cliente por particulares, instituciones bancarias y financieras; tarjetas magnéticas codificadas y tarjeta que contiene un chip de circuito integrado (“tarjetas inteligentes”); tarjetas con seguridad codificada; tarjetas codificadas con características de seguridad para propósitos de autenticación; tarjetas codificadas con características de seguridad para propósitos de identificación; tarjetas impregnadas con hologramas; tarjetas para cargos, tarjetas canearías, tarjetas de crédito, tarjetas de débito, tarjetas de chip, tarjetas de valor almacenado, tarjetas de soporte de datos electrónicos, tarjetas de pago y tarjetas de pago todas codificadas; tarjetas bancarias

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incluyendo tarjetas bancarias impresas y tarjetas bancarias utilizando memorias magnéticas y memorias de circuitos integrados; lectores de tarjetas; lectores de tarjetas codificados magnéticamente, tarjetas de soporte de datos electrónicas, lectores de tarjetas codificados magnéticamente, lectores de tarjetas de soporte de datos electrónicas, unidades electrónicas para encriptar, hardware de cómputo, terminales de cómputo, software de cómputo para uso en los servicios financieros y en las industrias de banca y telecomunicaciones; software de cómputo diseñado para permitir que tarjetas inteligentes interactúen con terminales y lectores; chips de cómputo incrustadas en teléfonos y otros dispositivos de comunicación; equipo de telecomunicaciones; terminales para transacciones en puntos de venta y software de cómputo para transmitir, exhibir y almacenar información de transacciones, identificación y financiera para uso en los servicios financieros y en las industrias de banca y telecomunicaciones; dispositivos de identificación mediante radio frecuencia (transponder); aparatos electrónicos de verificación para verificar la autenticación de tarjetas de cargos, tarjetas bancarias, tarjetas de crédito, tarjetas de débito y tarjetas de pagos; máquinas expendedoras de efectivo; distribuidores automáticos; dispositivos periféricos de cómputo y productos electrónicos, principalmente, máquinas calculadoras, planificadores de bolsillo, asistentes personales digitales (PDAs) y alarmas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de noviembre del 2011, según solicitud Nº 2011-0011723. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de enero del 2012.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(IN2012018868).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 1-679-960, en calidad de gestor oficioso de Amparin S. A. de C.V., con domicilio en Av. Torres de Ixtapantongo 380-P, Col Olivar De Los Padres, CP. 01780, México, Distrito Federal, Delegación Álvaro Obregón, México, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 16 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: papel, cartón y artículos de estos materiales, no comprendidos en otras clases; productos de imprenta, material de encuadernación, fotografías, papelería, adhesivos

(pegamentos) para la papelería o la casa, material para artistas, pinceles, máquinas de escribir y artículos de oficina (excepto muebles); material de instrucción y de enseñanza (excepto aparatos); materiales plásticos y embalaje (no comprendidos en otras clases); caracteres de imprenta, clichés. Reservas: no se hace reserva de la frase EFES LAFA NEFETAFA. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de noviembre del 2011, según solicitud Nº 2011-0011785. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de enero del 2012.—Giovanna Mora Mesén, Registradora.—(IN2012018874).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 1-679-960, en calidad de gestor oficioso de Amparin S. A. de C.V., con domicilio en Av. Torres de Ixtapantongo 380-P, Col Olivar De Los Padres, CP. 01780, México, Distrito Federal, Delegación Álvaro Obregón, México, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase: 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: publicidad; dirección de negocios; administración de negocios y trabajos de oficina. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,

dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de noviembre del 2011, según solicitud Nº 2011-0011787. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de enero del 2012.—Giovanna Mora Mesén, Registradora.—(IN2012018876).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 1-679-960, en calidad de gestor oficioso de Amparin S. A. de C.V., con domicilio en Av. Torres de Ixtapantongo 380-P, Col Olivar De Los Padres, CP. 01780, México, Distrito Federal, Delegación Álvaro Obregón, México, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 21 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: utensilios y recipientes para la casa o cocina (que no sean de metales preciosos, ni chapeados), vajillas, tazas y recuerdos de cerámica, productos de cerámica no comprendidas en otras clases. Reservas: No se hace reserva de

la frase EFES LAFA NEFETAFA. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de noviembre del 2011, según solicitud Nº 2011-0011786. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de enero del 2012.—Giovanna Mora Mesén, Registradora.—(IN2012018877).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 1-679-960, en calidad de gestor oficioso de Amparin S. A. de C.V., con domicilio en Av. Torres de Ixtapantongo 380-P, Col Olivar De Los Padres, CP. 01780, México, Distrito Federal, Delegación Álvaro Obregón, México, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 21 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: utensilios y recipientes para la casa o cocina (que no sean de metales preciosos, ni chapeados), vajillas, tazas y recuerdos de cerámica, productos de cerámica no comprendidos en otras clases. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de noviembre del 2011, según solicitud Nº 2011-0011791. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto

en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de enero del 2012.—Giovanna Mora Mesén, Registradora.—(IN2012018878).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 1-679-960, en calidad de gestor oficioso de Amparin S. A. de C.V., con domicilio en Av. Torres de Ixtapantongo 380-P, Col Olivar De Los Padres, CP. 01780, México, Distrito Federal, Delegación Álvaro Obregón, México, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 14 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: metales preciosos y sus aleaciones y artículos de metales preciosos o chapeados de estos materiales no comprendidos en otras clases, joyería, piedras preciosas, relojería e instrumentos cronométricos; toda clase de joyería,

incluyendo aretes, pulseras, anillos, collares, mancuernas, prendedores, relojes de pulsera, de bolsillo, de arena, despertadores, de pared y cualquier otro bien que mida el tiempo, partes, accesorios, refacciones de toda clase de relojería y joyería, cadenas y correas para relojes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de noviembre del 2011, según solicitud Nº 2011-0011784. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de enero del 2012.—Giovanna Mora Mesén, Registradora.—(IN2012018879).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 1-679-960, en calidad de gestor oficioso de Amparin S. A. de C.V., con domicilio en Av. Torres de Ixtapantongo 380-P, Col Olivar De Los Padres, CP. 01780, México, Distrito Federal, Delegación Álvaro Obregón, México, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase: 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: publicidad; dirección de negocios; administración de negocios y trabajos de oficina. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de noviembre del 2011, según solicitud Nº 2011-0011790. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de enero del 2012.—

Giovanna Mora Mesén, Registradora.—(IN2012018880).