JOSÉ LUIS PARADA RIVERO JAIME DURÁN CHUQUIMIA MAGALY … · 2019-12-30 · de agosto de 2013...
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JOSÉ LUIS PARADA RIVEROMinistro de Economía y Finanzas Públicas
JAIME DURÁN CHUQUIMIA Viceministro de Presupuesto
y Contabilidad Fiscal
MAGALY CHURRUARRIN SAAVEDRA Dirección General de Programación
y Gestión Presupuestaria
GLORIA VILLANUEVA CARDOSOJefa de la Unidad de Entidades Territoriales
P. ANDREA BEDREGAL LÓPEZMARCO ANTONIO JIMENEZ T.Equipo Técnico
ALDO ROBERTO DURÁN BALLÓNJefe de la Unidad de Comunicación
DEPÓSITO LEGAL: Nº 4-2-490-19 P.O.La Paz - Bolivia
El presente “Calendario Municipal 2019” es una cartilla informativa producida por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas que describe la formulación del Presupuesto General del Estado, las modificaciones y recursos presupuestarios a inscribir por los Gobiernos Autónomos Municipales.
Se detallan los requisitos, el respaldo normativo y las sanciones establecidas en la normativa vigente, además se incorpora un Cronograma Presupuestario que resume los lapsos de tiempo con que se cuenta para realizar los trámites.
Este material se publica anualmente a fin de contar con la normativa actualizada.
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DESCRIPCIÓN REQUISITOSMODIFICACIONESY RECURSOS A INSCRIBIR
Formula-ción del Presupues-to General del Estado - PGE.
Es el proceso de elabo-ración, participación, aprobación, presen-tación y revisión del Plan Operativo Anual , Presupuesto Plurianual e Institucional de los Gobiernos Autónomos Municipales (GAMs), iniciado con la planifi-cación participativa.
Una vez terminada la elaboración y eva-luación, deben ser remitidos al Concejo Municipal para su apro-bación (mediante Ley Municipal, debidamen-te promulgada) y pre-sentado al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas (MEFP), para su revisión e incorpo-ración al Presupuesto General del Estado.
Presentación del Plan Operativo Anual:- Nota de presentación firmada por la MAE (original).- Ley de aprobación emitida por el Concejo Municipal, debidamente
promulgada (original o copia legalizada).- Pronunciamiento del Control Social (original o copia legalizada).- El requerimiento de registro de proyectos de inversión, debe ser remi-
tido al Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo (VIPFE).
- Registro del Presupuesto en el Sistema oficial de Gestión Fiscal (SIGEP).
- Resumen Ejecutivo.- Base Legal vigente.- Resumen del Análisis de la Situación y el Entorno.- Acciones de Corto Plazo articulados con el PDES, PTDIs o PGTC.- Programación de Operaciones para Alcanzar Acciones de Corto Plazo.- Formularios de Articulación POA – Presupuesto, Programación
de Recursos y Gastos Plurianuales, Resumen de Programación del Presupuesto Plurianual de Gastos por Programas, Personal Eventual, Consultores Individuales de Línea, Consultores por Producto.
Documentación Complementaria:- Planilla presupuestaria.- Escala Salarial y Estructura Organizativa vigentes y la norma expresa
de su aprobación.- Memoria de cálculo de las estimaciones de recursos y gastos.- Cronogramas del servicio de la deuda (acreedores).- Convenios, contratos y/o normativa legal que respalden los créditos y
donaciones, incluida la Certificación de Recursos del VIPFE, depen-diente del Ministerio de Planificación del Desarrollo (MPD).
- Documentación de respaldo de las transferencias por recibir y otorgar.- Los proyectos del Programa Bolivia Cambia deben ser solicitados por
la UPRE.
- Techos Presupues-tarios
- Recursos Específi-cos de los Gobier-nos Autónomos Municipales
- Anticipos Financieros- Cuentas por Cobrar- Crédito y Donación
Externa e Interna.- Transferencias del
Nivel Central del Estado o de otras entidades territo-riales autónomas.
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SANCIONESRESPALDONORMATIVO
FECHA DEPRESENTACIÓN
- Artículo. 321 de la Constitu-ción Política del Estado (CPE).
- Artículos. 101, 102, 105, 106, 113, 114, 115, 130 y 131 de la Ley Nº 031 de 19 de julio de 2010, Marco de Auto-nomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”.
- Artículo 6, 16, 26 y 39 de la Ley N° 482 de 9 de enero de 2014 de Gobiernos Autóno-mos Municipales.
- Decreto Supremo(D.S.) N° 3246 de 5 de julio de 2017, Normas Básicas del Sistema de Programación de Opera-ciones.
- Resolución Suprema N° 225558 de 1 de diciembre de 2005, Normas Básicas del Sistema de Presupuesto.
- Resolución Bi-Ministerial N° 08 del 13 de marzo de 2019, que aprueba el calendario de Formulación Presupuestaria.
En caso de incumplimiento en la presentación de la documen-tación, se procederá a inmovi-lizar los recursos de las cuentas corrientes fiscales y/o libretas de la entidad, a través del Vice-ministerio del Tesoro y Crédito Público, conforme al Artículo 8 de la Ley 856 de noviembre de 2016, vigente conforme a Disposición Final Cuarta de la Ley N° 1135 de 20 de diciembre de 2018, del PGE 2019. (Artí-culo 114 de la Ley N° 031 de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez” y el Artículo 18 del D.S. N° 3766, de 02 de enero de 2019, Reglamento a la Ley N° 1135 de 20 de diciembre de 2018 del PGE 2019).
Enviar al MEFP hasta la segunda semana de septiembre de cada gestión, a fin de cumplir los plazos establecidos.
DESCRIPCIÓN REQUISITOSMODIFICACIONESY RECURSOS A INSCRIBIR
- Nota de presentación firmada por la MAE (original)- Ley de aprobación emitida por el H. Concejo Mu-
nicipal (original o copia legalizada), debidamente promulgada.
- Detalle de modificación presupuestaria.- Memorias de cálculo.- Registros y/o Auxiliares Contables (cuando corres-
ponda).
- Recursos Específicos del Gobierno Autóno-mo Municipal.
- Anticipos Financieros.- Cuentas por Cobrar.
Incluye modificaciones que requieren aprobación mediante Ley de la Asamblea Legislativa Plurinacional.
Modificaciones al Presupuesto General del Estado (Reformulado).
DESCRIPCIÓN MODIFICACIONES Y RECURSOS A INSCRIBIR
AnticiposFinancieros.
Saldos de Caja y Bancos.
Recursos que se originan por concepto de pagos por adelantado que realiza una entidad pública, en aplicación de las cláusulas contractuales en la contratación de bienes y servicios.
Rubro 35130 “Disminución de Anticipos Financieros”.
El MEFP efectúa su inscripción.
Saldos de recursos en cuentas corrientes fiscales al 31 de diciembre de la gestión anterior, que no se encuentran inscritos en el presupuesto institucional de la entidad.
Rubro 35110 “Disminución de Caja y Bancos”.
La Entidad efectúa su inscripción.
1. Recursos Específicos.2. Coparticipación Tributaria.3. Impuesto Directo a los Hidrocarburos.4. Otros Recursos Específicos.5. Regalías.6. Recursos destinados al Programa Bolivia Cambia.7. Impuesto a la Participación en Juegos.8. Patentes Mineras.9. Patentes Petroleras.
1. Coparticipación Tributaria.2. Impuesto Directo a los Hidrocarburos.3. Recursos Específicos.4. Otros Recursos Específicos.5. Regalías.6. Impuesto a la Participación en Juegos.7. Patentes Mineras.8. Patentes Petroleras.9. Otros recursos por Transferencias.
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Según comunicado del MEFP.No aplica.- Artículo 9 del Reglamento de Modificaciones Presupuestarias, aprobado mediante D.S. N° 3607 de 27 de junio de 2018.
FECHA DE PRESENTACIÓNREQUISITOS
- Artículo 7 de la Ley N° 455 de 11 de diciembre de 2013 del PGE 2014 (vigente por la Disposición Final Cuarta de la Ley N° 1135 del PGE 2019).
- Artículo 35 del D.S. N° 3766 de 02 de enero de 2019, Reglamento a la Ley N° 1135 de 20 de diciembre de 2018 del PGE 2019.
- Disposición Adicional Primera de la Ley N° 1135 de 20 de diciembre de 2018, del PGE 2019.
- Artículo 16 del Reglamento de Modificaciones Presupuestarias, aprobado mediante D.S. N° 3607 de 27 de junio de 2018..
- Hasta el 15 de marzo de cada gestión fiscal (sólo Proyectos de Inversión).
- Según comunicado del MEFP de la formulación del PGE.
- Según comunicado del MEFP de la Modificación al PGE (sólo Proyectos de Inversión).
Durante la gestión fiscal (considerando datos de cuentas conciliadas al 31/12 de la gestión anterior), la fecha límite de inscripción se dará a conocer mediante comunicado expreso del MEFP.
- Nota de solicitud de registro firmada por la MAE (original)- Norma de aprobación emitida por el H. Concejo Municipal (original o
copia legalizada).- Detalle de modificación presupuestaria.- Registro Contable del Anticipo otorgado en gestiones anteriores.- Catálogo de proyectos de Inversión emitido por el VIPFE.
- Norma de aprobación emitida por el H. Concejo Municipal (original).
Las ETAs, podrán efectuar el registro de saldos caja y bancos en su presupuesto institucional, de acuerdo a los saldos disponibles declarados en sus Estados Financieros.
RESPALDONORMATIVO
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SANCIONES FECHA DEPRESENTACIÓN
DESCRIPCIÓN MODIFICACIONESY RECURSOS A INSCRIBIR
Donación Interna y Externa.
Crédito Interno y Externo.
Modificaciones Interinstitucionales.
Aporte no reembolsable otorgado en dinero, especie, asistencia técnica o cualquier otra modalidad creada o por crearse (incluye la inscripción de Anticipos Financieros y cuentas por cobrar).
El MEFP efectúa su inscripción.
Recursos provenientes por concepto de crédito externo o interno, para financiar gasto de capital, gasto corriente, aplicaciones financieras, e inversiones, el MEFP y el MPD deberán informar sobre la inscripción de estos recursos a la Asamblea Legislativa Plurinacional anualmente, según corresponda.
El MEFP efectúa su inscripción.
Son transferencias y asignaciones de recursos entre entidades públicas, que comprenden:a) Transferencias otorgadas por una entidad pública a otra;b) Asignación de recursos por aportes de capital a las empresas públicas;c) Préstamos efectuados por las instituciones públicas expresamente creadas para esta finalidad a otras entidades públicas, incluyendo la colocación de fondos en fideicomiso; yd) Pago de deuda de una entidad pública a otra.
El MEFP efectúa su inscripción.
- De acuerdo a solicitud de la entidad, conforme a Directrices de Formulación Presupuestaria y Clasificadores Presupuestarios.
- De acuerdo a solicitud de la entidad, conforme a Directrices de Formulación Presupuestaria y Clasificadores Presupuestarios.
- De acuerdo a solicitud de la entidad otorgante.
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SREQUISITOS RESPALDO NORMATIVO FECHA DE PRESENTACIÓN
- Artículo 4 de la Ley Nº 396 de 26 de agosto de 2013 (vigente por la Disposición Final Cuarta de la Ley N° 1135 de 20 de diciembre de 2018, del PGE 2019)
- Artículos 16 y 19 del Reglamento de Modificaciones Presupuestarias, aprobado mediante D.S. N° 3607 de 27 de junio de 2018.
- D.S. N° 29308 de 10 de octubre de 2007.
- Artículo 4 de la Ley Nº 396 de 26 de agosto de 2013 (vigente por la Disposición Final Cuarta de la Ley N° 1135 de 20 de diciembre de 2018, del PGE 2019).
- Artículo 108 de la Ley N° 031 de 19 de julio de 2010, Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”.
- Artículos 16 y 19 del Reglamento de Modificaciones Presupuestarias, aprobado mediante D.S. N° 3607 de 27 de junio de 2018.
- Artículos 16, Parágrafo II y 19 del Reglamento de Modificaciones Presupuestarias, aprobado mediante D.S. N° 3607 de 27 de junio de 2018.
Durante la gestión fiscal, la fecha límite de presentación se dará a conocer mediante comunicado expreso del MEFP.
Durante la gestión fiscal, la fecha límite de presentación se dará a conocer mediante comunicado expreso del MEFP.
Durante la gestión fiscal, la fecha límite de presentación se dará a conocer mediante comunicado expreso del MEFP.
- Nota de solicitud de registro firmada por la MAE (original).- Norma de aprobación (original o copia legalizada).- Certificación de Recursos del VIPFE.- Informe Técnico cuyo contenido deberá enmarcarse en las Directrices de
Formulación Presupuestaria.- Informe Legal.- Detalle de modificación presupuestaria.- Convenio de Financiamiento vigente.- Cronograma de desembolsos.- Adendas (cuando corresponda).
- Nota de solicitud de registro firmada por la MAE (original).- Norma de aprobación.- Certificación de Recursos del VIPFE.- Informe Técnico cuyo contenido deberá enmarcarse en las Directrices de
Formulación Presupuestaria.- Informe Legal.- Detalle de Modificación Presupuestaria.- Contrato de Préstamo y enmienda (cuando corresponda).- Copia de la Ley de aprobación del Crédito Externo (Aprobada por la ALP).- Registro de Inicio Operaciones de Crédito Público (RIOCP), si corresponde a
crédito interno.
- Nota de solicitud de registro firmada por la MAE (original).- Norma de aprobación de la entidad otorgante (original o copia legalizada).- Informe Técnico de la entidad otorgante.- Informe Legal de la entidad otorgante.- Convenio Interinstitucional o intergubernativo (según corresponda).- Detalle de Modificación Presupuestaria.
DESCRIPCIÓN REQUISITOS
Evaluación Física - Financiera.
Escalas Salariales.
Las Entidades Territoriales Autónomas (ETAs) deben informar anualmente los resultados de la gestión anterior mediante los Formularios de Evaluación Física Financiera, elaborados por el MEFP.
El documento debe estar compatibilizado con el Plan Operativo Anual ejecutado.
Todas las ETAs deberán remitir al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas las escalas salariales aprobadas por la instancia correspondiente de cada entidad en un plazo de 15 días hábiles posterior a su aprobación, enmarcadas en los criterios y lineamientos de Política Salarial establecidos por el Nivel Central del Estado.
Las Escalas Salariales de los Concejos Municipales deberán contar con la conformidad del Ejecutivo del GAM.
- Nota de presentación firmada por la MAE (original).- Matriz de Evaluación Físico - Financiera en formato digital
e impreso.
- Nota de presentación firmada por la MAE (original).- Norma de aprobación específica de la Escala Salarial .- Escala Salarial debidamente refrendada por la MAE.
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RRESPALDO NORMATIVO SANCIONES FECHA DE PRESENTACIÓN
En caso de incumplimiento en la presentación de la información a solicitud del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas (MEFP), se procederá a inmovilizar los recursos de las cuentas corrientes fiscales y/o libretas de la entidad, a través del Viceministerio del Tesoro y Crédito Público, conforme al Artículo 8 de la Ley 856 de noviembre de 2016, (vigente conforme a Disposición Final Cuarta de la Ley N° 1135 de 20 de diciembre de 2018, del PGE 2019).
No aplica.
Según comunicado del MEFP
Durante la gestión fiscal
- Artículo 39 de la Ley N° 2042 de 21 de diciembre de 1999, Administración Presupuestaria.
- Artículo 114 de la Ley Nº 031 de 19 de julio de 2010, Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”.
- Artículo 10 de la Ley N° 317 del PGE 2013 (vigente según Disposición Final Cuarta de la Ley N° 1135 de 20 de diciembre de 2018, del PGE 2019).
- Artículo 113 de la Ley N° 031 de 19 de julio de 2010, Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”.
- Resolución Ministerial N° 1320 del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, de 29 de diciembre de 2017, que aprueba el Reglamento para la Presentación de Solicitudes de Aprobación de Escalas Salariales de las Entidades del Sector
Formulación
Etapa Preparatoria del inicio de la Formulación al
PGE de la próxima gestión fiscal.
Etapa Preparatoria.Reformulado
Saldos de Caja y Bancos
Anticipos Financieros
Cuentas por Cobrar
Donación Interna y Externa
1er día hábil de Enero.
Fecha límite 15 de Marzo
(Inscripción sólo para proyectos de
inversión).
Fecha límite de presentación según comunicado del MEFP para la presentación del Reformulado Inscripción para proyectos de inversión y gasto.
Fecha límite de presentación según comunicado del MEFP para la presentación del Reformulado.
A partir del 1er día hábil de Enero
(Previa conciliación de los saldos en
cuentas al 31/12 de la gestión anterior).
A partir del 1er día hábil de Enero.
SOLICITUDES ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO
Etapa Preparatoria Cumbres y Reuniones
TratamientoAsamblea Legislativa
Plurinacional.
Formulación del Presupuesto General del Estado (PGE).
TratamientoAsamblea Legislativa
Plurinacional.
Remisión de Techos Presupuestarios y comunicación de la fecha de
presentación al MEFP.
Fecha límite de presentación según comunicado del MEFP para la presentación del Reformulado Inscripción para proyectos de inversión y gasto.
Fecha límite de presentación según comunicado del MEFP para la presentación del Reformulado.
Fecha límite de presentación
según comunicado del MEFP para la
presentación de laFormulación del
PGEFecha límite de presentación
según comunicado del MEFP para la
presentación de laFormulación del
PGE
Hasta la fecha limite según comunicado del MEFP.
Hasta la fecha limite según comunicado del MEFP
JUNIO JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE
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Fecha límite de presentación según convocatoria del
MEFP.
Etapa Preparatoria Cumbres y Reuniones
SOLICITUDES ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO
Modificaciones Interinstitucionales
Evaluación Física - Financiera
Escalas Salariales
Fecha límite de presentación según convocatoria del MEFP
1er día hábil de Enero
1er día hábil de Enero
1er día hábil de Enero
Crédito Interno y Externo
JUNIO JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE
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ND
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IO M
UN
ICIP
AL
Fecha límite de presentación según convocatoria del MEFP
Hasta la fecha limite según comunicado del MEFP
Hasta la fecha limite según comunicado del MEFP
Hasta el cierre de gestión