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Junta de Gobierno Local de 26 de agosto de 2011

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1'•' 41.

<11;i9EIPZe-

Moraleja, 1 de septiembre de 2011 LA SECRETARA GENERAL,

.: Julia LAJA. OBREGÓN

/"r, AME A, ‘,‹ r %•

a .1,

Ayuntamiento de la Villa de MORALEJA (Cáceres)

Secretaría General

Adjunto le remito fotocopia borrador del Acta de la sesión celebrada por la Junta de Gobierno Local el día 26 de agosto de 2011, rogándole firme el presente documento, en prueba de su recepción.

Sr. Doña Teresa ROCA GONZALO C/ Pío Baroja, núm. 13 MORALEJA

www/moraleja.es seeretaria(á'moraleja.es

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BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 26 DE AGOSTO DE 2011

En la villa de Moraleja, siendo las once horas del día 26 de agosto de dos mil once, se reunieron en la Sala de Reuniones del Ayuntamiento, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde en funciones, en virtud de Delegación de atribuciones efectuada por Resolución de Alcaldía del 10 de agosto de 2011, Don Rubén BLANCO GÓMEZ, los siguientes Tenientes de Alcalde: Doña Balbina ARROYO PUERTO, Don José GONZÁLVEZ DOMÍNGUEZ y Doña Mercedes GONZÁLEZ MARTÍN asistidos por la Secretaria General de la Corporación, Doña Julia LAJAS OBREGÓN, al objeto de celebrar, en primera convocatoria, sesión ordinaria.

La Junta de Gobierno Local, en virtud de la delegación de atribuciones efectuada por Resolución de la Alcaldía de fecha 14 de junio de 2011, procede a la adopción de los siguientes ACUERDOS:

1.- LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN DE FECHA 12 DE AGOSTO DE 2011

Sin asuntos.-

* RECTIFICACIONES DE ERRORES MATERIALES

- En aplicación de lo establecido en el artículo 105.2° de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se ACUERDA por la Junta de Gobierno Local rectificar los siguientes errores materiales:

* En el acta de la sesión celebrada con fecha 9 de marzo de 2011, en el punto 5° (ASUNTOS VARIOS) en el expediente OBRA PISCINA CLIMATIZADA EN MORALEJA (Expte. : 8Bis/2010),

DONDE DICE:

"- Vista la Certificación la de la obra PRIMERA FASE DE LA PISCINA CLIMATIZADA DE MORALETA.013R.CPV:45212212-5 adjudicadas a UTE AOC S.A — FERPIOP, S.L,...."

DEBE DECIR:

"- Vista la Certificación 1' de la obra PISCINA CLIMATIZADA DE MORALEJA.OBR.CPV:45212212-5 adjudicadas a UTE AOC S.A — FERPIOP, S.L,...."

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* En el acta de la sesión celebrada con fecha 19 de abril de 2011, en el punto 4° (ASUNTOS VARIOS) en el expediente OBRA PISCINA CLIMATIZADA EN MORALEJA (Expte.: 8Bis/2010),

DONDE DICE:

"-Vista la Certificación 2° de la obra PRIMERA FASE DE LA PISCINA CLIMATIZADA DE MORALEJA.OBR.CPV:45212212-5 adjudicadas a UTE AOC S.A — FERPIOP, S.L,

DEBE DECIR:

"-Vista la Certificación 2° de la obra PISCINA CLIMATIZADA DE MORALEJA.OBR.CPV:45212212-5 adjudicadas a UTE AOC S.A — FERPIOP, S.L,

* En el acta de la sesión celebrada con fecha 8 de junio de 2011, en el punto 5° (ASUNTOS VARIOS) en el expediente OBRA PISCINA CLIMATIZADA EN MORALEJA (Expte.: 8Bis/2010),

DONDE DICE:

"- Vista la Certificación 3° de la obra PRIMERA FASE DE LA PISCINA CLIMATIZADA DE MORALEJA.OBR.CPV:45212212-5 adjudicadas a UTE AOC S.A — FERPIOP, S.L,....."

DEBE DECIR:

"- Vista la Certificación 3° de la obra PISCINA CLIMATIZADA DE MORALEJA.OBR.CPV•45212212-5 adjudicadas a UTE AOC S.A — FERPIOP, S.L,....."

* En el acta de la sesión celebrada con fecha 24 de junio de 2011, en el punto 5° (ASUNTOS VARIOS) en el expediente OBRA PISCINA CLIMATIZADA EN MORALEJA (Expte.: 8Bis/2010),

DONDE DICE:

"-Vista la Certificación 4a de la obra PRIMERA FASE DE LA PISCINA CLIMATIZADA DE MORALEJA.OBR.CPV:45212212-5 adjudicadas a UTE AOC S.A — FERPIOP, S.L, "

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DEBE DECIR:

"-Vista la Certificación 4' de la obra PISCINA CLIMATIZADA DE MORALEJA.OBR.CPV:45212212-5 adjudicadas a UTE AOC S.A — FERPIOP, S.L, "

* En el acta de la sesión celebrada con fecha 22 de julio de 2011, en el punto 5° (ASUNTOS VARIOS) en el expediente OBRA PISCINA CLIMATIZADA EN MORALEJA (Expte. : 8Bis/2010),

DONDE DICE:

"-Vista la Certificación 5a de la obra PRIMERA FASE DE LA PISCINA CLIMATIZADA DE MORALEJA.OBR.CPV:45212212-5 adjudicadas a UTE AOC S.A — FERPIOP, S.L, "

DEBE DECIR:

"-Vista la Certificación 5a de la obra PISCINA CLIMATIZADA DE MORALEJA.OBR.CPV:45212212-5 adjudicadas a UTE AOC S.A — FERPIOP, S.L, .."

2.- LICENCIAS.-

*OBRAS.-

- Vista la solicitud de licencia formulada por Doña Laura PEREZ RIVAS y Don Ángel SÁNCHEZ CHAMORRO para la obra de SUSTITUCIÓN DE CUBIERTA Y REFORMA DE FCHADA DE VIVIENDA UNIFAMILIAR situada en la calle Esparteros, núm. 37, de este municipio, según proyecto elaborado por la Arquitecto Técnico Doña Laura PÉREZ RIVAS, cuyo Presupuesto de Ejecución Material asciende a la cantidad de 9.000,03 Euros.

Visto el informe favorable emitido por los Servicios Técnicos Municipales de fecha 16 de agosto de 2011, esta Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO.- Conceder la licencia de obra mayor solicitada por Doña Laura PEREZ RIVAS y Don Ángel SÁNCHEZ CHAMORRO para la ejecución de las obras SUSTITUCIÓN DE CUBIERTA Y REFORMA DE FCHADA DE VIVIENDA UNIFAMILIAR en la calle Esparteros, núm. 37, entendiéndose otorgada salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero.

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SEGUNDO.- Aprobar la liquidación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras por importe de 252,00 Euros, de acuerdo con lo establecido en la vigente Ordenanza del expresado Impuesto, más 15,03 Euros en concepto de Tasa por Expedición de Licencias Urbanísticas.

- Vista la solicitud formulada por Doña Caridad SÁNCHEZ MATEOS, para la ejecución del proyecto denominado "SOTERRAMIENTO DE INSTALACIONES AFECTADAS POR LA REFORMA DEL LOCAL PARA FARMACIA UBICADO EN LA AVDA. PUREZA CANELO, 51, DE MORALEJA"(BAJA TENSIÓN, TELEFONÍA Y ALUMBRADO PÚBLICO), que discurre por las Avdas. de Pureza Canelo y Venecia, afectando a unos 50,50 metros lineales, según proyecto elaborado por el Ingeniero Técnico Industrial Don José Ma IGLESIAS ROSO de "TECNICAURIA, S.L.P." .

Visto el informe favorable emitido por los Servicios Técnicos Municipales, esta Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO.- Conceder la licencia de obra mayor solicitada por Doña Caridad SÁNCHEZ MATEOS para la ejecución de las obras indicadas, entendiéndose otorgada salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero.

SEGUNDO.- Aprobar la Tasa por Expedición de Licencias Urbanísticas por importe de 15,03 euros y la consignación de una fianza por importe de 315,00 euros para responder de que el pavimento afectado por la obra quedará en las debidas condiciones.

TERCERO.- Autorizar el paso subterráneo por las vías públicas por donde discurren las instalaciones de Baja tensión, telefonía y alumbrado público desde el punto de enganche, hasta el punto de destino (Avdas. Pureza Canelo y Venecia).

*SEGREGACIÓN.-

-Visto el escrito presentado en este Ayuntamiento por Doña Ana M3 MORCILLO ALMARAZ, en representación de "MORCILLO GÓMEZ PROMOCIONES, S.L.", solicitando nueva Licencia de Segregación o bien certificación acreditativa de la innecesariedad de la misma, en sustitución de la Licencia 3/2011, concedida por acuerdo de esta Junta de fecha 6 de abril de 2011 y no llevada a efecto, para segregar en DOS nuevas parcelas una finca de 3.579,63 m2 situada en las calles Emilia Pardo Bazán, Juan José Narbón y Jacinto González Carpintero, de este municipio, según documentación que adjunta, y visto el informe emitido por los Servicios Técnicos Municipales del que resultan los siguientes extremos:

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PRIMERO.- Que la solicitante, según escrituras de propiedad que aporta, "MORCILLO GOMEZ PROMOCIONES, S.L.", es propietaria de la siguiente finca, situada en las calles Emilia Pardo Bazán, Juan José Narbón y Jacinto González Carpintero, de este municipio„ que se pretende segregar:

1. Finca: Superficie de Terreno: 3.579,63 m2 m2

2. Inscripción (Registro de la Propiedad de Coria):Tomo:915 ;Libro: 134; Folio: 97; Finca: 10.714 (Moraleja); Inscripción: la.

SEGUNDO.- Que de acuerdo con las NN.SS. vigentes, aprobadas definitivamente el 20 de diciembre de 2001 (D.O.E. 16-04-2002), esta parcela está ubicada en la Subzona SUR (Área Especial núm. 26), y por tanto clasificada como SUELO URBANO CONSOLIDADO.

TERCERO.- Que para la Subzona SUR, las NN.SS. establecen una parcela mínima, a efectos de segregación, de 100 m2 de superficie y 6 m de fachada.

En base a lo expuesto anteriormente, la Junta de Gobierno Local ACUERDA conceder la LICENCIA DE PARCELACIÓN para realizar la segregación interesada, y así obtener las parcelas resultantes que a continuación se relacionan, condicionando esta Licencia a la presentación, en este Ayuntamiento, en el plazo de tres meses, del documento público en que se haya formalizado la misma, debiendo contener su testimonio íntegro, en aplicación de lo establecido en el artículo 39.3° de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura:

Parcela N° Superficie Fachada Suelo 1 143,44 m2 7,82 m URBANO

2 (RESTO FINCA

MATRIZ)

3. 436,19 m2

A Calle Juan José Narbón: 85, 3m A Calle Emilia P. Bazán. : 100,83 m A Calle J. González Carpintero: 30,84 m

URBANO

* ASUNTOS VARIOS OBRAS

- Examinado el expediente tramitado al efecto para la adjudicación conjunta de la elaboración del proyecto y posterior ejecución de la obra denominada "AMPLIACIÓN DE 104 NICHOS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL", cuya adjudicación se efectuó a favor de "JOSE Y CASTO PEREIRA, S.L", por el precio de 49.961,50 Euros más IVA, se ACUERDA por la Junta de Gobierno Local, en consonancia con los informes técnicos que obran en el expediente:

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PRIMERO.- Aprobar el proyecto de ejecución presentado por la empresa adjudicataria, redactado por el Arquitecto Don Simón MANZANO GÓMEZ, siendo Directores de la Obra los Arquitectos Don Simón MANZANO GÓMEZ y Director de la Ejecución la Aparejadora Doña Sandra ROMÁN POLÁN.

SEGUNDO.- Conceder la licencia de obra solicitada por "JOSE Y CASTO PEREIRA, S.L", para la ejecución de las obras indicadas, ascendiendo el presupuesto de ejecución material de las mismas a la cantidad de 36.750,00 euros.

TERCERO.- Aprobar la liquidación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras por importe de 1.029,00 Euros, de acuerdo con lo establecido en la vigente Ordenanza del expresado Impuesto, más 15,03 Euros en concepto de Tasa por Expedición de Licencias Urbanísticas.

* PROGRAMA DE FOMENTO DEL EMPLEO AGRARIO 2011.-

-Vista la Memoria elaborada por los Servicios Técnicos Municipales denominada "PAVIMENTACIONES VARIAS CALLES Y OTRAS ACTUACIONES", que tiene por objeto la renovación de los acerados localizados en el Polideportivo Municipal (perímetro pista de padell), en la Avda. de Extremadura (P fase), en la Avda. de Pureza Canelo (1a fase), y en la Calle José Zaballos, el bacheado de un tramo de la Calleja de los Molinos y de otras calles (Venecia, La Flor y Tomas y Valiente), la señalización horizontal del Barrio de la Eras, la reparación del pavimento de la Plaza de los Toros y la construcción de la prolongación de la tubería de riego de la Dehesa Boyal, cuyo importe total asciende a la cantidad de 218.633,21 euros, de los cuales 50.415,11 euros corresponden a materiales y 168.218,10 euros, a la contratación de mano de obra desempleada adscrita al Régimen General de la Seguridad Social, la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO.- Aprobar la referida Memoria Valorada del Programa de Fomento de Empleo Agrario ejercicio 2011

SEGUNDO.- Solicitar al Ministerio de Trabajo e Inmigración la subvención de su importe dentro de la convocatoria pública de subvenciones Programa de Fomento de Empleo Agrario 2011.

TERCERO.- Declarar que el Ayuntamiento de Moraleja tiene la disponibilidad plena de todas las vías públicas afectadas y de la Dehesa Boyal.

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*EXPEDIENTE PARA LA CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS DE MEJORA DE LAS ACEQUIAS DE LA DEHESA BOYAL.

-Examinado el expediente tramitado por este Ayuntamiento para la ejecución de las obras denominadas MEJORAS DE LAS ACEQUIAS DE LA DEHESA BOYAL, cuya Memoria valorada redactada por los Servicios Técnicos Municipales fue aprobada por la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 8 de febrero de 2011, y ha servido de base para la petición de las ayudas establecidas por la Orden de 4 de enero de 2011 para la mejora de infraestructuras en fincas rústicas de titularidad municipal y/o comunal y dehesas boyales .

Examinados los informes que obran en el expediente emitidos por la Secretaría y la Intervención Municipal, y de conformidad con lo establecido en el artículo 94 y la Disposición Adicional Segunda de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO. Aprobar el expediente de contratación, mediante procedimiento negociado sin publicidad, para la obra consistente MEJORAS DE LAS ACEQUIAS DE LA DEHESA BOYAL.

SEGUNDO. Autorizar, el gasto que para este Ayuntamiento representa la contratación de las obras referidas, que se abonará con cargo al Presupuesto Municipal del ejercicio 2011, y a la subvención concedida por la Dirección General de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural al amparo de la Orden de 4 de enero de 2011, de la Junta de Extremadura por la que se establecieron ayudas para la mejora de infraestructuras en fincas rústicas de titularidad municipal y/o comunal y dehesas boyales.

TERCERO. Aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que regirán el contrato de obras antes descritas.

CUARTO. Solicitar ofertas, al menos, a tres empresas por el órgano de contratación.

3.- ALTAS/BAJAS PADRONES.-

* BONIFICACIÓN I.B.I DE NATURALEZA URBANA.-

- En relación con la solicitud con núm de entrada 4895 relativa a la prórroga de bonificación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana aplicable a la vivienda sita en la C/ Gardenias, 11 (Ref. Catastral: 9879125 PE9397N 0001 D A), de este municipio, propiedad de Don Juan Jesús RODRÍGUEZ CARRASCO, con base al artículo 10 de la ordenanza reguladora aprobada en sesión plenaria de 30 de

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septiembre de 2.010 y publicada en el B.O.P. n° 232 de fecha 3 de diciembre de 2003, en consonancia con lo establecido en el artículo 74.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, que regula la bonificación por familia numerosa, visto el informe favorable emitido al respecto por el Sr. Interventor Municipal, la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO.- Aprobar una prórroga de la bonificación de la cuota íntegra del impuesto por un importe de 100,00 E y que deberá ser aplicada en los ejercicios 2012 y 2013.

SEGUNDO.- Dar traslado de este acuerdo al Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de la Excma. Diputación de Cáceres.

4.- PERSONAL .-

Sin asuntos.-

5.- ASUNTOS VARIOS.-

* RESOLUCIÓN DEL CONTRATO DE ENAJENACIÓN DE LA UA-37 POR INCUMPLIMIENTO.

Considerando que con fecha 29 de Marzo de 2.011, se inició el procedimiento en relación con la posible resolución del contrato "de enajenación de 4 parcelas de suelo urbano de propiedad municipal situadas en la U.A. 37 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento vigentes en Moraleja para la promoción y construcción de viviendas protegidas" suscrito entre el Ayuntamiento de Moraleja y la empresa URBINESA, S.L. EMPRESA CONSTRUCTORA, C.I.F. B-10349249, con fecha 16 de Julio de 2.009, por incumplimiento contractual imputable al contratista.

Considerando que se ha incumplido lo dispuesto en el pliego por el que regía la adjudicación de dicho contrato, que disponía, entre otros,

En el artículo 5.- Obligaciones de los adjudicatarios.- "8.- El Adjudicatario deberá solicitar licencia de obras en el plazo de 1 mes a contar desde la puesta a disposición al adjudicatario de las parcelas libre de arrendamientos, usos y servidumbres, comenzar las obras dentro de los dos meses a partir de la obtención de dicha licencia y obtener calificación definitiva dentro de los seis años siguientes. Estos plazos y circunstancias pueden sufrir modificaciones según los condicionantes del mercado inmobiliario previo acuerdo del órgano de contratación, sin que en ningún caso puedan ser lesivas a los intereses del adjudicatario" "13.- El adjudicatario está obligado a informar al Ayuntamiento de

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Moraleja puntual y fehacientemente del grado de cumplimiento de las obligaciones contraídas"

Considerando que con fecha 24 de Agosto del año 2010 por parte del Ayuntamiento de Moraleja (Cáceres) se puso a disposición de la empresa adjudicataria URBINESA S.L. EMPRESA CONSTRUCTORA las parcelas libres de arrendamientos, usos y servidumbres.

Considerando que según resulta de los datos obrantes en el expediente y del informe emitido por el Negociado de Obras de este Ayuntamiento. al día de la fecha por parte de la empresa adjudicataria URBINESA, S.L. EMPRESA CONTRUCTORA:

No ha solicitado licencia de obra - plazo que venció el día 23 de Septiembre de 2.010. No consta que haya solicitado, y por consiguiente no ha obtenido, autorización alguna para la modificación de los plazos de ejecución. No se han iniciado las obras de construcción de las viviendas objeto del contrato. No ha informado al Ayuntamiento de Moraleja del grado de cumplimiento de las obligaciones.

Considerando que la demora y el incumplimiento de los plazos imposibilitan el cumplimiento del objeto principal del contrato y que esta demoras e incumplimientos son imputables al contratista.

Considerando que con fecha 26 de Abril de 2.011 se realizaron los trámites de audiencia al contratista y al avalista o asegurador.

Considerando que durante el plazo de audiencia no se han presentado alegaciones.

Considerando que el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rigió este procedimiento de adjudicación establecía:

"Artículo 8.- CLA USULA RESOLUTORIA. La enajenación por parte del Ayuntamiento de Moraleja al

adjudicatario de los terrenos descritos en punto primero de este Pliego y que constituyen el objeto del contrato, queda sometida a la condición resolutoria consistente en que los terrenos se destinen a la construcción de viviendas protegidas y que dicho destino se mantenga durante los 10 años siguientes a su terminación, de tal forma que, pese a que la propiedad se haya transmitido con la formalización del contrato y posterior escritura pública, en el supuesto de no destinarse los terrenos a la construcción de las viviendas citadas, o no se

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cumpliera el destino durante el plazo indicado, la enajenación quedará sin efecto, revirtiendo los mismos al patrimonio del Ayuntamiento de Moraleja.

En caso de que el incumplimiento de alguna de las condiciones antes señaladas se manifieste antes del vencimiento del año de garantía desde la recepción, procederá la resolución de la adjudicación de la adjudicación y la pérdida de la garantía, quedando las construcciones que parcial o totalmente pudieran haberse ejecutado en el patrimonio del Ayuntamiento de Moraleja." .

Considerando que el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares citado forman parte incondicional del contrato firmado entre este Ayuntamiento y la empresa URBINESA S.A.

Considerando que consta en la Nota Simple Informativa emitida por el Registro de la Propiedad de Coria con fecha 15 de Marzo de 2011 figura inscrita la CONDICION RESOLUTORIA antes citada reproduciendo íntegramente el texto de la misma.

Por todo lo expuesto, que se da por reproducido íntegramente, la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO.- Resolver el contrato de enajenación de 4 parcelas de suelo urbano de propiedad municipal situadas en la U.A. 37 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento vigentes en Moraleja para la promoción y construcción de viviendas protegidas, suscrito en fecha 16 de Julio de 2009 con la empresa URBINESA S.L.U. EMPRESA CONSTRUCTORA y por este Ayuntamiento, a causa de incumplimiento contractual imputable al contratista subsumible en lo dispuesto en la Ley 30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público, en su artículo 206.Causas de Resolución que dispone que son causas de resolución del contrato: e) demora en el cumplimiento de los plazos por parte del contratista.

g) el incumplimiento de las restantes obligaciones contractuales esenciales, calificadas como tales en los pliegos y en el contrato.

h) Las establecidas expresamente en el contrato."

Así como el incumplimiento de lo dispuesto en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares previamente aceptados por ambas partes, por las causas indicadas en el expediente y que sucintamente son las siguientes: incumplimiento injustificado de las obligaciones del adjudicatario de solicitar licencia de obras e informar al ayuntamiento del grado de cumplimiento de las obligaciones contraídas. Demoras e incumplimientos que imposibilitan la realización del objeto principal del contrato.

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SEGUNDO.- Dejar sin efecto la escritura de compraventa número setecientos ocho suscrita ante D. EDUARDO HIJAS CID Notario del Ilustre Colegio de Extremadura con fecha veinticuatro de agosto del año dos mil diez entre el Ayuntamiento de Moraleja y la empresa URBINESA S.L.U. con C.I.F. B-10349249.

TERCERO.- Revertir al patrimonio del Ayuntamiento las 4 parcelas de suelo urbano de propiedad municipal situadas en la U.A. 37 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento vigentes en Moraleja a que se hace referencia en la escritura de compraventa setecientos ocho arriba citada.

CUARTO.- Incautar la garantía constituida por la empresa URBINESA S.L.U. con C.I.F. B-10349249 por un importe de 28.018.80€ (veintiocho mil dieciocho euros y ochenta céntimos, de conformidad con el artículo 208.4 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público como indemnización por daños y perjuicios.

QUINTO.- Notificar este acuerdo a la Notaría de Moraleja (Cáceres) y al Registro de la Propiedad de Coria (Cáceres).

SEXTO.- Autorizar al Sr. Alcalde-Presidente o a quien legalmente le sustituya para la firma de cuantos documentos sean necesarios.

SEPTIMO.- Notificar este acuerdo a los interesados a los efectos oportunos.

* ENAJENACIÓN FINCA RESULTANTE N° 3 DEL PROYECTO DE REPARCELACIÓN DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN UE-17.-

Visto que con fecha 01-07-2011, fue recibida solicitud de D. Julián MARTÍN POLÁN, en calidad de Presidente de la A.I.U. Calleja de los Molinos, en la que expone que han recibido oferta para la compra de la Finca Resultante na 3, según Proyecto de Reparcelación de la unidad de Ejecución UE-17, en la que el Ayuntamiento figura como propietario de un porcentaje de 13.352870% de la misma y que habiendo sido dicha oferta aceptada en forma, precio y condiciones por todos los propietarios particulares que integran la propiedad de la citada parcela y solicita se realicen los trámites conducentes a acordar la enajenación de la parte proporcional de dicha parcela de la que el Ayuntamiento de Moraleja es propietario, por la cantidad económica que le corresponda de acuerdo con su participación en la propiedad. Que con fecha 1 de Agosto de 2.011 informó a este Ayuntamiento que el precio de venta aprobado era de 300.00 euros/m2 y que de dicho precio había que deducir los gastos legales de notaría que le correspondieran a la parte vendedora y en Agosto de 2011 informó que el comprador era D. Julián MARTÍN POLAN, con D.N.I. 06.941.481-N.

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Visto que con fecha 23 de Agosto de 2.011 se emitió Informe de Intervención sobre el porcentaje que supone la contratación en relación con los recursos ordinarios del presupuesto vigente.

Visto que con fecha 24 de Agosto de 2.011, fue emitido certificado del Inventario de Bienes y con fecha 25 de Agosto de 2.011, se recibió nota simple del Registro de la Propiedad.

Visto que el Arquitecto Municipal informa "Que de acuerdo con los datos anteriormente expuestos, la participación del aprovechamiento urbanístico en referida parcela es un porcentaje del 13,352870%, y forma parte de un PROINDIVISO resultante del Proyecto de Parcelación de la UE-17, aprobado con fecha 27-02-07; por tanto, y a juicio del técnico que suscribe, dicho aprovechamiento urbanístico no es susceptible de uso adecuado por parte del Ayuntamiento de forma independiente".

Visto que con fecha 26 de Agosto de 2.011 se emitió Informe por Secretaría sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir.

Visto que por Resolución de Alcaldía se aprobó iniciar el expediente para enajenación del citado bien inmueble que según Certificado de inventario y nota simple del Registro de la Propiedad de Coria obrantes en el expediente, tiene la siguiente descripción:

Parcela 3: • Superficie: 438,20 m2. • Participación del Ayuntamiento: 13,352870% • Uso: Residencial y comercial. • Edificabilidad máxima: 690m2 (3 viviendas): • Fachada: Ronda del Calvario, Calle Argentina y Calle Bolivia. • Tomo: 960. • Libro: 146. • Folio: 94 • Fecha Inscripción: 13/09/2010.

Inscripción la.

Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y de conformidad con lo establecido en el artículo 135.4 y en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público,

La Junta de Gobierno Local ACUERDA:

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PRIMERO.- En aplicación de lo establecido en el art. 115.1 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales tramitar expediente de enajenación, mediante venta directa, al único propietario colindante de la referida finca resultante número tres, número de inventario 705, que resulta ser D. Julián MARTÍN POLÁN

Adjudicar a D. Julián MARTÍN POLÁN la enajenación del bien inmueble patrimonial consistente en el porcentaje de 13.352870% de la Finca Resultante n° 3, según Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución UE-17, porcentaje del que el Ayuntamiento de Moraleja es propietario en dicha finca, por el importe de 17.553,68€ (DIECISIETEMIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES EUROS Y SESENTA Y OCHO CENTIMOS).

Finca que según Certificado de Inventario y nota simple del Registro de la Propiedad de Coria obrantes en el expediente, tiene la siguiente descripción:

Parcela 3: • Superficie: 438,20 m2. • Participación del Ayuntamiento: 13,352870% • Uso: Residencial y comercial. • Edificabilidad máxima: 690m2 (3 viviendas): • Fachada: Ronda del Calvario, Calle Argentina y Calle Bolivia. • Tomo: 960. • Libro: 146. • Folio: 94 • Fecha Inscripción: 13/09/2010. • Inscripción la.

SEGUNDO.- Del importe de enajenación se deducirán los gastos legales de Notaría que correspondan a la parte vendedora.

TERCERO.- Comunicar a la Comunidad Autónoma esta enajenación para su toma de razón.

CUARTO.- Dar de baja en el Inventario General de Bienes del Ayuntamiento la parcela resultante número 3 arriba descrita una vez formalizada la enajenación de la misma.

QUINTO.- Notificar a D. Julián MARTÍN POLAN el presente acuerdo con los recursos a que hubiere lugar.

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Ayuntamiento de la Villa de MORALEJA (Cáceres)

Secretaría General

SEXTO.- Los recursos que se obtengan tienen la consideración de ingresos específicos afectados, deberán integrarse en el patrimonio público del suelo y se destinarán a la conservación, administración y ampliación del mismo.

* LICENCIA DE TAXI N° 10.

- Visto el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local, en sesión de fecha 2 de junio de 2011, por el que se acuerda autorizar la transmisión de la licencia de Taxi, no 10 a Don Jonás RIVAS GÓMEZ de conformidad en el artículo 14 del Real Decreto no 763/1979 y aprobar la liquidación de la Tasa establecida en la Ordenanza reguladora de la Tasa por otorgamiento de Licencias o Autorizaciones Administrativas de Autotaxis y demás vehículos de alquiler, por importe de 200,00 £.

-Visto el escrito presentado en este Ayuntamiento por Don Jonás RIVAS GÓMEZ en el que expone que "solicito el aplazamiento del pago de la licencia que tengo concedida por el Ayuntamiento de Moraleja" y en el que solicita "el aplazamiento del pago de la lic. N° 10 de 200 e en el plazo min."

- Visto el informe técnico según el cual " ....de acuerdo a la documentación presentada no queda motivado el aplazamiento de la citada deuda", la Junta de Gobierno Local ACUERDA, desestimar la solicitud de aplazamiento presentada por Don Jonás RIVAS GÓMEZ.

* TIRADA AL PLATO.

- Visto el escrito presentado en este Ayuntamiento por Don José Ramón MARTÍN MARCOS, con D.N.I 28.952.159-N con fecha de 24 de agosto de 2011 con registro de entrada 5188, mediante el cual solicita el permiso del Excmo. Ayuntamiento de Moraleja para "realizar una tirada al plato los días 10 y 11 de septiembre de 2011 a partir de las 10:00 horas hasta las 20:30 horas, en el paraje conocido por "Campo de Golf' si es posible y si no puede ser en el campo de golf, el otro paraje sería el conocido como "Chorrerón" ", la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

- Acceder a la petición del interesado, autorizando la utilización del paraje denominado "Campo de Golf' de este municipio, durante los días 10 y 11 de septiembre de 2011, condicionada a la previa obtención de cuantos permisos y licencias sean necesarias para la celebración de una tirada al plato en el día mencionado.

* BAR MERCADILLO.-

- Examinado el expediente de solicitud del servicio del bar del Mercado de Abastos iniciado a instancia de Doña Ángela RODRÍGUEZ GUARDADO.

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V° B° L CIONES,

2011)

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Secretaría General

- Visto que con fecha 22-07-2011 se acordó adjudicar dicho bar por 6 meses prorrogables en las condiciones en las que actualmente está dicho local, debiendo aportar antes de la firma del contrato certificados de estar al corriente de pago de sus obligaciones con la Seguridad Social y tributarias con la Hacienda Estatal y Local, así como la documentación necesaria para el desempeño de la actividad.

- Visto que Doña Ángela RODRÍGUEZ GUARDADO ha manifestado su renuncia a dicha adjudicación.

La Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO.- Aceptar la renuncia presentada por Doña Ángela RODRÍGUEZ GUARDADO.

SEGUNDO.- Dejar sin efecto el acuerdo adoptado en Junta de Gobierno Local de fecha 22 de julio de 2011.

* SOLICITUD DE DOÑA TERESA ALMARAZ SERRANO.-

- Vista la petición formulada por Doña Teresa ALMARAZ SERRANO en la que solicita el cumplimiento del compromiso de cesiones para apertura de vial que este Ayuntamiento hizo con fecha 21 de marzo de 1.989.

Se considera que por parte de este Ayuntamiento se ha cumplido el compromiso adquirido con fecha 21 de marzo de 1.989 por este Ayuntamiento con Doña Natividad y Doña Teresa ALMARAZ SERRANO

La Junta de Gobierno Local ACUERDA desestimar la petición formulada por Doña Teresa ALMARAZ SERRANO por entender que se ha cumplido el compromiso adquirido.

Seguidamente por el Sr. Alcalde en funciones, Don Rubén BLANCO GÓMEZ, se levanta la sesión, siendo las doce horas y diez minutos del día señalado en el encabezamiento, de todo lo cual, como Secretario, doy fe.