Izquierda(s) y derecha(s)

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Izquierda(s) y Derecha(s)

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Izquierda(s) y

Derecha(s)

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El concepto de igualdad es relativo, no absoluto.

Es relativo en estas variables: Los sujetos entre los cuales se repartirán los

bienes. Los vienes que se repartirán. El criterio por el cual se repartirán.

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Cuando se dice que la izquierda es igualitaria y la derecha no igualitaria, no se quiere decir en absoluto que para ser de izquierda sea preciso afirmar el principio de que todos los hombres deben de ser iguales.

Afirmar que la izquierda es igualitaria no quiere decir que sea igualitarista.

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Desigualdades

Natural social

Algunas de estas se pueden corregir, la mayo

parte de ellas no se pueden eliminar.

Algunas de estas se pueden corregir e incluso

eliminar, muchas, especialmente aquellas

donde los individuos demuestran ser

responsables solo se pueden no fomentar.

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Igualitario y No Igualitario

Jean Jaques

Rousseau

Parte de la consideración de que

los hombres han nacido iguales

Que la sociedad civil que se sobrepone

lentamente al estado de naturaleza atreves del desarrollo de las

artes lo han convertido en desiguales

Friedrich Wilhelm

Nietzsche

Parte del presupuesto del que los hombres han nacido iguales

Que la sociedad con su moral de rebaño,

religión de compasión y la resignación, los han convertido en iguales

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Aquella misma corrupción que para Rousseau genero la desigualdad, genero, para Nietzsche la igualdad. Rousseau ve

desigualdades artificiales

Nietzsche ve una igualdad artificial

Condenar y abolir la fundamental igualdad de la

naturaleza

Lo igualitario condenaría la igualdad social

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El ideal de la igualdad deriva en ultima instancia de la diferencia de percepción y de valoración de lo que hace a los hombres iguales o desiguales.

La disputa entre igualitarios y no igualitarios se desarrolla, aportando argumentos en pro o en contra para justificar o no justificar un tratamiento igual.

Lo igualitario es quien tiende a atenuar las diferencias; no igualitario, quien tiende a reforzarlas

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Libertad y

Autoridad.

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La igualdad como ideal de una comunidad, como aspiración perenne de los hombres que conviven, y como constante de las teorías e ideologías políticas, se acopla habitualmente con el ideal de la libertad.

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“Todos los hombres deben de ser iguales.”

Tiene significado puramente sugestivo.Cualquier problema concerniente a la igualdad no se puede plantear correctamente si no se contesta a tres preguntas:1- ¿Entre quién?2- ¿En qué?3- ¿Con qué criterio?

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“ Todos los hombres tienen que ser libres”

-¿Todos, absolutamente todos?- Ofrecer una justificación a las excepciones.

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Liber

tad Libertad de

querer. Libre arbitrio

Libertad de actuar

Filosofía política

Libertad negativa

Libertad de actuar

Libertad como autonomía u

obediencia a las leyes.

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EjemplosDisposiciones igualitarias que limitan la libertad y, viceversa, de disposiciones libertarias que aumentan la desigualdad.1- 2-Una norma igualitaria,

que impusiera a todos los ciudadanos a servirse únicamente de los medios de transporte público para aligerar el tráfico, perjudicaría la libertad de elegir el medio de transporte preferido.

Un régimen igualitario que impusiese vestir de la misma manera, impediría a cada uno elegir la indumentaria preferida.

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En general, cada extensión de la esfera pública por razones igualitarias, pudiendo ser sólo impuesta, restringe la libertad de elección en la esfera privada, que es intrínsecamente no igualitaria.La igualdad tiene como efecto el delimitar la libertad.

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El mismo principio fundamental de igualitarismo mínimo de la doctrina liberal, según la cual todos los hombres tienen derecho a igual libertad, salvo excepciones deben ser justificadas, implica que cada uno limite la propia libertad para hacerla compatible con la de todos los demás, de forma que no impida a los demás gozar de su misma libertad.

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Estado de libertad salvaje

Una persona es tanto mas libre

cuanto mayor es su poder.

Estado de

naturaleza

Es un estado de

guerra permanent

e entre todos por

la supervive

ncia

Del cual se puede salir

solo suprimiendo la libertad natural, o

reglamentándola como propone la

doctrina liberal.

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“Igual libertad.”

Genérica: No existe la libertad en general si no existen diversas libertades, de opinión, de prensa, de asociación.Ambigua: Tener una libertad igual a la de todos los demás quiere decir no sólo tener todas las libertades que los demás tienen, sino también tener igual posibilidad de gozar de cada una de estas libertades.

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Para conseguir la forma de igualdad, es necesaria una norma que imponga una obligación, y, como tal, restrinja la libertad.Los conceptos de igualdad y de libertad nos son simétricos. Mientras la igualdad es un estatus de la persona, la igualdad indica una relación entre dos o más entidades. La libertad es un bien individual y la igualdad un bien social.

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La libertad y la igualdad se consideran necesarios, para poder definir izquierda y derecha, basándose en el criterio de la igualdad y de la desigualdad. Libertad-

autoridad

Libertarios Autoritarios

doctrinas y movimiento

s

Igualdad desigualdad

Igualitarios No igualitarios

Doctrinas y movimiento

s

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Una de las maneras mas comunes para caracterizar la derecha con respecto a la izquierda es la de contraponer a la izquierda de igualitaria y a la derecha libertaria.Para Norberto Bobbio esta distinción no sirve para distinguir tanto a la derecha como a la izquierda. Ya que existen doctrinas y movimientos libertarios tanto a la derecha como a la izquierda.Los movimientos revolucionarios como los contrarrevolucionarios, no teniendo en común el proyecto global de transformación radical de la sociedad, tienen en común la convicción de que en ultima instancia, por la radicalidad del proyecto de transformación, no puede ser realizado si no es a través de la instauración de regímenes autoritarios.

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El criterio para distinguir la derecha de la izquierda es la diferente apreciación con respecto a la idea de la igualdad, así como la distinta actitud con respecto a la libertad.

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Doc

trina

s y

mov

imie

ntos

po

lític

os.

Derecha

Centro-derecha: doctrinas y

movimientos a la vez libertarios y no

igualitarios. Extrema derecha:

doctrinas y movimientos antiliberales y anti

igualitarios.

Izquierda

Extrema izquierda: movimientos a la vez

igualitarios y autoritarios.

Centro-izquierda: doctrinas y movimientos

a la vez igualitarios y libertarios.

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La estrella polar

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Política igualitaria

Menos iguales

Hombres y mujeres

Igualdad entre

hombres

Mayor obstáculo

Tendencia a remover obstáculos

Igualitarismo

izquierda

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Jean- jaclues Rosseau

Origen desigualdad

Remarca su poder

Inyectaba en contra del

primer hombre

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Vilfredo Pareto Antología crítica

Análisis y crítica económica de las diferentes

formas del colectivismo

Ludwig Von MisesSocialism

Systemes socialistes

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Propiedad individual

Remoción del obstáculo

Lucha por la igualdad

Para la izquierda

Lucha por la abolición

No se podían llevar a la práctica

No estaba destinada a existir

República ideal Platón

Ideales de las

ciudades

Tierra de los zares

TierraEmpres

as

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Cuarto mundo Tercer mundo

Comunismo histórico fracasa

Desafío permanece

Se amplían dimensiones del

problema

La touche

“el planeta de los náufragos”

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Diferencia entre derecha e izquierda

Ideal de igualdad

Siempre ha sido la estrella

polar

Cuestión social dentro del

Estado

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Igualdad

reconocimiento de cada individuo Nivelación

Negativamente Positivamente

Interpretada

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Razonamiento Justificar la

elección

Sexo Tres fuentes

de desigualdad

Inferiores Pobres

Dominados

SuperioresRicos

Dominadores

Hombres divididos

Proceso de incivilizació

n

Raza

Clase

Argumentos en pro y

contra Frente a los

demás

Sobre todo así mismo

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Norberto Bobbio (1909-2004)

Jurista, filósofo y politólogo italiano.

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Derecha e izquierda (1994) «¿Derecha e izquierda existen todavía? Y si aún

existen y se mantienen como tales, ¿cómo se puede decir que han perdido del todo su significado? Y si tienen todavía un significado, ¿cuál es? »

Introducción a la primera edición Febrero, 1994.

«No me pregunto quién tiene razón y quién no, porque no creo que tenga utilidad alguna confundir el juicio histórico con mis opiniones personales».

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«Desde el punto de vista analítico donde me he situado, mi fin a sido hacer emerger de la práctica política habitualmente seguida y de las emociones posibles, tanto eruditas como populares, el significado descriptivo de los términos, independientemente de su significado emotivo».

Introducción a la segunda edición.Octubre, 1994.

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«Que se privatice todo, que se privatice el mar y el cielo, que se privatice el agua y el aire, que se privatice la justicia y la ley, que se privatice la nube que pasa, que se privatice el sueño, sobre todo si es diurno y con los ojos abiertos. Y, finalmente, para florón y remate de tanto privatizar, privatícense los Estados, entréguese de una vez por todas la explotación a empresas privadas mediante concurso internacional. Ahí se encuentra la salvación del mundo… Y, metidos en esto, que se privatice también a la puta que los parió a todos». 

José Saramago (Cuadernos de Lanzarote 1993-1995).

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Privatización del agua En el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados

Unidos Mexicanos se establece que toda persona tiene derecho a contar y disponer de agua para su consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible.

El derecho incluye el saneamiento del agua y es el Estado el que garantiza este derecho, estableciéndose para alcanzar este fin la Federación, las entidades federativas, y los municipios, así como la ciudadanía. No se agrega nada más. Es un derecho humano que según la Constitución no está sujeto a mercantilización alguna.

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En la Cámara de Diputados de la federación se ha estado discutiendo la ley reglamentaria de los artículos 4 y 27 de la Constitución en materia de derecho al agua para consumo personal y doméstico y la regulación de las aguas nacionales.

El dictamen positivos sobre la Ley de Agua estaba listo para ser presentado al pleno el 10 de marzo, pero su discusión se pospuso por tiempo indefinido. En paralelo a las actividades en la Cámara de Diputados, varias organizaciones de la sociedad civil, académicos y diversos ciudadanos presentaron objeciones sustantivas a contenido relevantes de la propuesta en discusión.

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Hay antecedentes de disputa sobre el uso del agua en lugares distintos del país como es el caso del Acueducto Independencia en Sonora y la pretensión de despojar de agua a los yaquis, en examen en la Suprema Corte de Justicia.

Un precedente ineludible del potencial explosivo de iniciativas de este tipo es la llamada guerra del agua en Cochabamba, Bolivia, conjunto de protestas a principios de 2000 a consecuencia de la decisión gubernamental de concesionar por 40 años a una trasnacional el sistema regional.

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Sin duda, es imprescindible discutir y modificar contenidos sustantivos de la ley. Se crítica que la ley no garantizará el derecho humano al agua, en tanto considera fuertes criterios de mercantilización. La participación privada se considera en el Título Cuarto de la Ley, que tiene por materia normar los servicios públicos de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales.

En ese título, después de haber descrito las obligaciones en la materia de municipios, gobiernos estatales, Distrito Federal y Federación, se agrega el tema de la participación del sector social y privado.

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Se reconocen las figuras de títulos de concesión y los contratos de asociación público-privada en todos los aspectos relativos al agua, tales como extracción, captación, conducción, potabilización, distribución, suministro, tratamiento, recolección, disposición, desalojo, medición, determinación, facturación y cobro de tarifas.

En el Título Sexto, cuya materia es Aguas Nacionales, Bienes Nacionales e Infraestructura Hidráulica, también se considera la participación privada. Destaca la intervención privada en el trasvase indirecto, que es el que realiza la Federación en beneficio de los concesionarios.

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En suma, la revisión de la propuesta de la ley aprobada en comisiones de la Cámara de Diputados contempla una amplia mercantilización del acceso, disposición y utilización de agua potable por las personas y para uso doméstico que no está contemplado en la Constitución.