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Impuesto a las transacciones financieras (ITF) Es un impuesto creado con carácter temporal para gravar las operaciones en moneda nacional o extranjera, sean débitos o créditos. El impuesto se aplica actualmente con la tasa del 0.05%. Este impuesto es deducible para efectos del Impuesto a la Renta. Además, están exentas de este impuesto, las operaciones efectuadas entre cuentas del mismo titular, la acreditación o débito en las cuentas que el empleador aperture a nombre de sus trabajadores o pensionistas, los débitos en la cuenta del cliente por concepto del impuesto, gastos de mantenimiento de cuentas y portes, La acreditación o débito en las cuentas de los gobiernos, misiones diplomáticas y consulares, organismos y organizaciones internacionales acreditados en el Perú. IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS Ley para la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la Economía Ley N° 28194 Reglamento de la Ley N° 28194 Decreto Supremo N° 047-2004-EF Incluyen tarjetas de crédito y de cargo internacionales como Medios de Pago para efectos de lo dispuesto en la Ley N° 28194, siempre que los pagos se canalicen a través de Empresas del Sistema Financiero. Decreto Supremo N° 067-2004-EF Se modifican los DD.SS. N° 047 y 067-2004-EF. Decreto Supremo N° 147-2004-EF RESOLUCIONES DE SUPERINTENDENCIA EMITIDAS Resolución de Superintendencia N° 041-2004/SUNAT Aprueban normas para la declaración y pago del

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Impuesto a las transacciones financieras (ITF)

Es un impuesto creado con carácter temporal para gravar las operaciones en moneda nacional o extranjera, sean débitos o créditos.

El impuesto se aplica actualmente con la tasa del 0.05%.

Este impuesto es deducible para efectos del Impuesto a la Renta. Además, están exentas de este impuesto, las operaciones efectuadas entre cuentas del mismo titular, la acreditación o débito en las cuentas que el empleador aperture a nombre de sus trabajadores o pensionistas, los débitos en la cuenta del cliente por concepto del impuesto, gastos de mantenimiento de cuentas y portes, La acreditación o débito en las cuentas de los gobiernos, misiones diplomáticas y consulares, organismos y organizaciones internacionales acreditados en el Perú.

IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS

Ley para la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la EconomíaLey N° 28194 

Reglamento de la Ley N° 28194Decreto Supremo N° 047-2004-EF 

Incluyen tarjetas de crédito y de cargo internacionales como Medios de Pago para efectos de lo dispuesto en la Ley N° 28194, siempre que los pagos se canalicen a través de Empresas del Sistema Financiero.Decreto Supremo N° 067-2004-EF  

Se modifican los DD.SS. N° 047 y 067-2004-EF.Decreto Supremo N° 147-2004-EF

RESOLUCIONES DE SUPERINTENDENCIA EMITIDAS

Resolución de Superintendencia N° 041-2004/SUNAT Aprueban normas para la declaración y pago del Impuesto a las Transacciones Financieras. 

Resolución de Superintendencia N° 073-2004/SUNAT Establecen el procedimiento para la presentación de la declaración jurada de inafectación al Impuesto a las Transacciones Financieras. 

Resolución de Superintendencia N° 082-2004/SUNAT Aprueban normas para la declaración y pago del Impuesto a las Transacciones Financieras. 

Resolución de Superintendencia N° 092-2004/SUNAT Establecen procedimiento para la presentación de la declaración jurada de goce del beneficio de estabilidad tributaria y de la declaración jurada de inafectación al Impuesto a las Transacciones Financieras. 

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Resolución de Superintendencia N° 267-2004/SUNAT Dictan normas para que las Empresas del Sistema Financiero cumplan con informar a la SUNAT la relación de los medios de pago con los que operan y las tarjetas de crédito sobre las cuales realizan el servicio de recaudación o cobranza. 

Resolución de Superintendencia N° 293-2004/SUNAT Aprueban la relación anual de medios de pago a que se refiere el primer párrafo del artículo 4°-A del Decreto Supremo N° 047-2004-EF. 

Resolución de Superintendencia N° 308-2004/SUNAT Disponen publicar nueva relación de medios de pago a que se refiere el primer párrafo del Art. 4°- A del D.S. N° 047-2004-EF. 

Resolución de Superintendencia N° 019-2005/SUNAT Aprueban disposiciones y formularios para la Declaración Anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones financieras del Ejercicio Gravable 2004. 

Resolución de Superintendencia N° 072-2005/SUNAT Prorrogan para los deudores tributarios cuyo último dígito del RUC sea (0) la fecha de vencimiento de la Declaración Anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras del ejercicio gravable 2004.