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REPUBLICA DE COLOMBIA DCP-2500 , Inv MINISTERIO DEL INTERIOR CERTIFICACIÓN NÚMERO 1 189 DE 11 JUL 2014 Sobre la presencia o no de comunidades étnicas en las zonas de proyectos, obras o actividades a realizarse". EL DIRECTOR DE CONSULTA PREVIA En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias en especial, las conferidas en el artículo 16 del numeral 5 del Decreto 2893 de 2011 y la Resolución 1928 del 2 de diciembre de 2013 y, CONSIDERANDO: Que se recibió en el Ministerio del Interior el día 27 de junio de 2014, el oficio con radicado externo EXTMII4-0031535, por medio del cual la señora SARA LILIANA ALEMÁN BARAJAS, en calidad de Representante Legal de la empresa PCH SAN I3ARTOLOME S.A.S. E.S.P., solicitó se expida certificación de presencia o no de comunidades étnicas para los: PROYECTOS HIDROELÉCTRICOS SAN BARTOLOMÉ Y alBITA", localizado en jurisdicción de los municipios de Guapota, Oiba, Guadalupe y Chima, departamento de Santander, identificado con las siguientes coordenadas: Fuente: Suministrada por los solicitantes; Radicado externo EXTMI14-0031 535 de 27 de junio de 2014. Que en la solicitud se anexaron los siguientes documentos técnicos: 1) Solicitud formal ante la Dirección de Consulta Previa con descripción general, ubicación y coordenadas de los: 'PROYECTOS HIDROELÉCTRICOS SAN BARTOLOME Y OIBITA", localizado en jurisdicción de los municipios de Guapota, Oiba, Guadalupe y Chima, departamento de Santander. Que la Dirección de Consulta Previa, procedió a revisar las bases de datos conforme a las coordenadas presentadas por el solicitante para los: 'PROYECTOS HIDROELÉCTRICOS SAN BARTOLOMÉ Y OIBITA", localizado en jurisdicción de los municipios de Guapota, Ciba, Guadalupe y Chima, departamento de Santander. Este análisis tuvo como objeto constatar la presencia o registro de comunidades étnicas que pudieran resultar afectadas. Las Bases de Datos consultadas fueron: i) Base cartográfica de Resguardos Indígenas Punto X (Este) Y (Norte) 1 1'076.600 - 1'182.000 - 2 1'087.000 1'182.000 3 1'087,000 1191,000 I'076.600 1191.000 Página 1 de 3

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  • REPUBLICA DE COLOMBIA

    DCP-2500

    ,Inv MINISTERIO DEL INTERIOR

    CERTIFICACIÓN NÚMERO 1 189

    DE 11 JUL 2014

    Sobre la presencia o no de comunidades étnicas en las zonas de proyectos, obras o actividades a realizarse".

    EL DIRECTOR DE CONSULTA PREVIA

    En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias en especial, las conferidas en el artículo 16 del numeral 5 del Decreto 2893 de 2011 y la Resolución 1928 del 2 de

    diciembre de 2013 y,

    CONSIDERANDO:

    Que se recibió en el Ministerio del Interior el día 27 de junio de 2014, el oficio con radicado externo EXTMII4-0031535, por medio del cual la señora SARA LILIANA ALEMÁN BARAJAS, en calidad de Representante Legal de la empresa PCH SAN I3ARTOLOME S.A.S. E.S.P., solicitó se expida certificación de presencia o no de comunidades étnicas para los: PROYECTOS HIDROELÉCTRICOS SAN BARTOLOMÉ Y alBITA", localizado en jurisdicción de los municipios de Guapota, Oiba, Guadalupe y Chima, departamento de Santander, identificado con las siguientes coordenadas:

    Fuente: Suministrada por los solicitantes; Radicado externo EXTMI14-0031 535 de 27 de junio de 2014.

    Que en la solicitud se anexaron los siguientes documentos técnicos: 1) Solicitud formal ante la Dirección de Consulta Previa con descripción general, ubicación y coordenadas de los: 'PROYECTOS HIDROELÉCTRICOS SAN BARTOLOME Y OIBITA", localizado en jurisdicción de los municipios de Guapota, Oiba, Guadalupe y Chima, departamento de Santander.

    Que la Dirección de Consulta Previa, procedió a revisar las bases de datos conforme a las coordenadas presentadas por el solicitante para los: 'PROYECTOS HIDROELÉCTRICOS SAN BARTOLOMÉ Y OIBITA", localizado en jurisdicción de los municipios de Guapota, Ciba, Guadalupe y Chima, departamento de Santander. Este análisis tuvo como objeto constatar la presencia o registro de comunidades étnicas que pudieran resultar afectadas. Las Bases de Datos consultadas fueron: i) Base cartográfica de Resguardos Indígenas

    Punto X (Este) Y (Norte) 1 1'076.600 - 1'182.000

    - 2 1'087.000 1'182.000 3 1'087,000 1191,000

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    constituidos (lncoder-Igac 2014), u) Base cartográfica de Consejos Comunitarios constituidos (Incoder 2014), iii) Base de datos de la Dirección de Asuntos Indígenas, Minorías Étnicas y Rom (Minlnterior 2014), iv) Base de datos de la Dirección de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras (Minlnterior 2014), y) Base de datos (espacial y no espacial) de Resguardos Indígenas de origen Colonial (Incoder-Igac 2014), y, vi) Base de datos de Consulta Previa (Minlnterior 2014).

    Que en el informe técnico de 3 de julio de 2014 se estableció lo siguiente:

    "Se realizó la digítalización del área del proyecto ubicado en jurisdicción de los municipios de Guapotá, Oiba, Guadalupe y Chima, departamento de Santander, a partir de las coordenadas suministradas por el solicitante, para el ejercicio cartográfico se utilizó la cartografía básica IGAC 2013, del cual se pudo establecer que existe coherencia espacial.

    Las coordenadas suministradas fueron presentadas en el sistema Magna Sirgas Origen Bogotá, una vez incluidas en el sistema de información geográfica de la Dirección, se determinó que es posible tramitar la presente solicitud".

    Que con base en la información aportada, se elaboró informe técnico el día 3 de julio de 2014 en el cual se determinó que:

    "Realizado el ejercicio cartográfico consistente en la digitalización del área de ,los proyectos denominados: "PROYECTOS HIDROELÉCTRICOS SAN BARTOLOME Y OIBITA"

    'localizados en jurisdicción de los municipios de Guapota, Oiba, Guadalupe y

    Chima, departamento de Santander, se pudo constatar, una vez realizado el ejercicio cartográfico correspondiente, que en el área de los proyectos en mención No Se Registran Comunidades Étnicas».

    En mérito de lo anteriormente expuesto, esta Dirección,

    CERTIFICA:

    PRIMERO. Que no se registra la presencia de Comunidades Indígenas, Rom y Minorías, en el área de los: "PROYECTOS HIDROELÉCTRICOS SAN BARTOLOME Y OIBITA", localizado en jurisdicción de los municipios de Guapota, Oiba, Guadalupe y Chima, departamento de Santander, identificado con las siguientes coordenadas:

    Punto X (Este) Y (Norte)

    1 1'076.600 1182.000 - 2 1'087.000 1182.000

    3 I'087,000 fl9t000 4 I'076.600 1191.000

    Fuente: Suministrada por los solicitantes; Radicado externo EXTMII4-0031 535 de 27 de junio de 2014.

    SEGUNDO. Que no se registra la presencia de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, en el área de los: "PROYECTOS HIDROELÉCTRICOS SAN BARTOLOME Y OIBITA", localizado en jurisdicción de los municipios de Guapota, Oiba, Guadalupe y Chima, departamento de Santander, identificado con las siguientes coordenadas:

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    i 1 JUL 2014

    Punto - X (Este) Y (Norte) 1 1076.600 1'182.000

    2 1'087.000 1182,000

    3 1'087000 1191,000

    4 I'076.600 1191.000 Fuente: Suministrada por los solicitantes; Radicado externo EXTMII4-0031535 de 27 de junio de 2014.

    TERCERO. Que la información sobre la cual se expide la presente Certificación, aplica específicamente para las coordenadas y las características técnicas relacionadas y entregadas por el solicitante, a través del oficio con radicado externo EXTMII4-0031 535 de 27 de junio de 2014, para los: 'PROYECTOS HIDROELÉCTRICOS SAN BARTOLOME Y OIBITA", localizado en jurisdicción de los municipios de Guapota, Oiba, Guadalupe y Chima, departamento de Santander, identificado con las siguientes coordenadas:

    Punto X (Este) Y (Norte)

    1 11076.600 - 1'182.000 2 1'087.000 1182000 3 1'087.000 1191.000 4.Ii 1'076.600 1'191.000

    Fuente: Suministrada por los solicitantes; Radicado externo EXTNIII4-6031535 de 27 de junio de 2014. /

    CUARTO. Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición, el cual deberá interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal, o dentro de los diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso, ante esta Dirección, de conformidad con lo establecido en el artículo 76 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo).

    COMUNÍQUESE Y NOTIFÍQUESE

    ÁLVARO EEVERRY LONDOÑO Directo/de Consulta Previa

    Elaboró: Juliana Esguerra Cardozo. Antropóloga Revisó: Luis Femando Mora. Líder Área Ceiflcacians. D.C.P. Aprobó: Dr. Alvaro Echeverry Londoño. Director DP. T.R.D. 2500.09.06

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