INSTRUCTIVO DE CONTRATACION 2012 -...

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INSTRUCTIVO DE CONTRATACION 2012 Requisitos en La Contratación por Órdenes de Servicio en aplicación al Estatuto Contractual de La Universidad Tecnológica de Pereira, Acuerdo 05 de 2009, Acuerdos Modificatorios, Ley 863/03, RO 05246 de la Contraloría General de la Republica Ley 828/03, Decreto 4919 de 2011, de Seguridad Social, Normas del Derecho Privado. PROCEDIMIENTO PARA ELABORACION Y ENTREGA DE DOCUMENTOS PARA ÓRDENES DE SERVICIO Este procedimiento cuenta con una herramienta diseñada por la División de Sistemas con el ánimo de hacer más amable el proceso, este, permite la elaboración de Órdenes de Servicio a partir de unos pasos obligatorios y claros para su construcción: 1. Las claves de acceso al aplicativo deberán ser solicitadas al ingeniero encargado en la División de Sistemas, estas son dos: la primera se le otorgara al Auxiliar Administrativo para la elaboración de la solicitud de orden, y la segunda se le entregara al Ordenador del Gasto del Proyecto o del Rubro para que apruebe y firme electrónicamente el compromiso. 2. Cuando la Solicitud de orden de servicio ha sido firmada llega inmediatamente al Aplicativo de Unidad de Cuentas para su respectiva revisión y aprobación (Es importante aclarar que cuando la Solicitud de Orden se Servicio es aprobada el aplicativo automáticamente numera la solicito y la convierte en orden de servicio.). 3. Para la aprobación se hace necesario que cada dependencia que elabora Solicitudes de Ordenes de Servicios haga llegar a la oficina de Unidad de Cuentas los siguientes documentos de acuerdo a las normas establecidas:

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INSTRUCTIVO DE CONTRATACION 2012

Requisitos en La Contratación por Órdenes de Servicio en aplicación al Estatuto Contractual de La Universidad Tecnológica de Pereira, Acuerdo 05 de 2009, Acuerdos Modificatorios, Ley 863/03, RO 05246 de la Contraloría General de la Republica Ley 828/03, Decreto 4919 de 2011, de Seguridad Social, Normas del Derecho Privado. PROCEDIMIENTO PARA ELABORACION Y ENTREGA DE DOCUMENTOS

PARA ÓRDENES DE SERVICIO

Este procedimiento cuenta con una herramienta diseñada por la División de Sistemas con el ánimo de hacer más amable el proceso, este, permite la elaboración de Órdenes de Servicio a partir de unos pasos obligatorios y claros para su construcción:

1. Las claves de acceso al aplicativo deberán ser solicitadas al ingeniero encargado en la División de Sistemas, estas son dos: la primera se le otorgara al Auxiliar Administrativo para la elaboración de la solicitud de orden, y la segunda se le entregara al Ordenador del Gasto del Proyecto o del Rubro para que apruebe y firme electrónicamente el compromiso.

2. Cuando la Solicitud de orden de servicio ha sido firmada llega inmediatamente al Aplicativo de Unidad de Cuentas para su respectiva revisión y aprobación (Es importante aclarar que cuando la Solicitud de Orden se Servicio es aprobada el aplicativo automáticamente numera la solicito y la convierte en orden de servicio.).

3. Para la aprobación se hace necesario que cada dependencia que elabora

Solicitudes de Ordenes de Servicios haga llegar a la oficina de Unidad de Cuentas los siguientes documentos de acuerdo a las normas establecidas:

CUANTIA ENTRE $ 0 a $ 28.335.000

EN LA PRESENTE CUANTIA SE PUEDE CONTRATAR CON UNA SOLA OFERTA O COTIZACION

ORDEN DE SERVICIOS PARA PERSONA NATURAL PARA

LABORES ADMINISTRATIVAS

Cuando se requiera contratar personal para actividades propias de la Administración como Auxiliares, Secretarias, Asistentes, o Personal Profesional para el funcionamiento de la administración como tal, se requiere:

• Hoja de vida en formato de la función pública (se pude consultar en la página de la Vicerrectoria administrativa-unidad de cuentas) la cual debe acreditar los títulos obtenidos por medio de Diploma o Actas de Grado. La hoja de vida debe venir firmada por el contratista.

• Paz y Salvo de Juicio Fiscales (Contraloría General de la República) El cual debe ser consultado en la página www.contraloriagen.gov.co con el numero de cédula del contratista únicamente, esta consulta debe hacerla el contratante, no se debe solicitar al contratista.

• Certificado de Antecedentes Disciplinarios (Procuraduría General de la

Republica) El cual debe ser consultado en la página www.procuraduria.gov.co.Esta consulta debe hacerla el contratante, no se debe solicitar al contratista.

• RUT

• Acreditar pagos al Sistema de Seguridad Social (salud y pensión)

• Una vez aprobada la orden el contratante deberá afiliar al contratista al Sistema de Riesgos Profesionales SURA, atraves del sistema.

• Pasado Judicial Vigente, el cual debe ser Consultado en la página http://www.policia.gov.co por parte del Contratante, no se solicita al Contratista.

• Para los pagos correspondientes el Contratista deberá acreditar que está cumpliendo con los aportes, anexando las planillas de pago.

• Nota aclaratoria: se le informa a toda la comunidad que todas las consultas que se hagan por la persona encargada de dicha función deben ser impresas y llevadas a oficina de la unidad de cuentas

ORDEN DE SERVICIOS PARA PERSONA NATURAL PARA PRESTACIONES DE SERVICIOS

Cuando se requiera contratar servicios para actividades Mantenimiento, Reparaciones, Elaboración de Trabajos Profesionales, cartografía, diseños, Soporte Técnico, Fabricación o elaboración de bienes. Entre otras similares, se requerirá:

• Cotización: Que contenga Fecha – Dirigida a – Objeto a cotizar – Duración – Valor – Firma del Contratista – Dirección – Teléfono

• Paz y Salvo de Juicio Fiscales (Contraloría General de la República) El cual debe ser consultado en la página www.contraloriagen.gov.co con el numero de cédula del contratista únicamente, esta consulta debe hacerla el contratante, no se debe solicitar al contratista.

• Certificado de Antecedentes Disciplinarios (Procuraduría General de la

Republica) El cual debe ser consultado en la página www.procuraduria.gov.co.Esta consulta debe hacerla el contratante, no se debe solicitar al contratista.

• RUT

• Acreditar pagos al Sistema de Seguridad Social (salud y pensión)

• Una vez aprobada la orden el contratante deberá afiliar al contratista al

Sistema de Riesgos Profesionales SURA, atraves del sistema.

• Para los pagos correspondientes el Contratista deberá acreditar que está cumpliendo con los aportes, anexando la planilla.

• Nota aclaratoria: Se le informa a toda la comunidad que todas las consultas que se hagan por la persona encargada de dicha función deben ser impresas y llevadas a oficina de la unidad de cuentas.

ORDEN DE SERVICIOS PARA PERSONA JURÍDICA

• Cotización la cual constara de: Fecha – Dirigida a – Objeto a cotizar –

Duración – Valor – Firma del Contratista – Dirección – Teléfono

• Paz y Salvo de Juicio Fiscales del representante legal (Contraloría General de la Republica) El cual debe ser consultado en la página www.contraloriagen.gov.co con el numero de Nit de la empresa contratista únicamente, esta consulta debe hacerla el contratante no se debe solicitar al contratista.

• Acreditar su existencia y representación legal

• Rut

• Certificación bajo la gravedad del juramento Expedida por el revisor Fiscal o Representante legal de estar al día en el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de Salud, Riesgos profesionales, Pensiones y Parafiscales (Cajas de Compensación, Sena, ICBF).Ley 828/2003

• Nota aclaratoria: se le informa a toda la comunidad que todas las consultas que se hagan por la persona encargada de dicha función deben ser impresas y llevadas a oficina de la unidad de cuentas.

REQUISITOS CONTRACTUALES

Cuando la Orden de Servicios o Contrato supere los 50 SMLMV ($ 28.335.000 el Contratista deberá constituir Garantía Única de Cumplimiento por el 10% del valor total de la orden y con una duración igual al de la Orden y Cuatro (4) meses más, igualmente el Contratista deberá Publicar en el Diario Único de Contratación Pública la Orden de Servicios cuyos derechos deberán ser cancelados en el Banco Agrario ó en Da vivienda anexando a la presente Orden el correspondiente Recibo de Caja. Cuando la orden o Contrato de Servicios supere los 100 SMLMV ($ 56.670.000) el Contratista deberá Anexar el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio RUP

CUANTIA ENTRE $ 56.670.000 a $ 113.340.000

EN LA PRESENTE CUANTIA SE REQUIERE INVITACION PUBLICA

- Publicación de la Invitación en la Página Web de la Universidad durante 3 días hábiles

- Nombrar Comité Técnico de la Invitación - Evaluación y Recomendación Escrita para su adjudicación - Adjudicación por parte del Rector u Ordenador del Gasto. - Publicación de resultados en la Página Web - Elaboración del Contrato - Acreditar los pagos al Sistema de Seguridad Social Integral y cuando

sea del cas aportes parafiscales. - Consultar el Certificado de antecedentes Judiciales en la página.

http://www.policia.gov.co por parte del Contratante, no se debe solicitar al Contratista.

- RUT

CONTRATACION DE JUBILADOS

• Hoja de vida en formato de la función pública (se pude consultar en la página de la Vicerrectoria administrativa-unidad de cuentas) la cual debe acreditar los títulos obtenidos por medio de Diploma o Actas de Grado. La hoja de vida debe venir firmada por el contratista

• Paz y Salvo de Juicios Fiscales (Contraloría General de la Republica) El cual

debe ser consultado en la pagina www.contraloriagen.gov.co Tanto por Apellidos y Nombres como por número de cédula del contratista el cual deberá se consultado por parte del contratante, no se debe solicitar al Contratista.

• Certificado de Antecedentes Disciplinarios (Procuraduría General de la Republica) El cual debe ser consultado en la página www.procuraduria.gov.co. Esta consulta debe hacerla el contratante, no se debe solicitar al contratista.

• RUT

• Para la vinculación el Contratista deberá acreditar afiliación a Salud y Riesgos Profesionales como independiente.

• Nota aclaratoria: Se le informa a toda la comunidad que todas las consultas que se hagan por la persona encargada de dicha función deben ser impresas y llevadas a oficina de la unidad de cuentas.

CONTRATACION PARA PRESTACION DE SERVICIO DE

TRANSPORTE

• Cotización la cual constara de: Fecha – Dirigida a – Objeto a cotizar – Duración – Valor – Firma del Contratista – Dirección - Teléfono

• Soat • Tarjeta de Propiedad • Póliza de Responsabilidad civil Extracontractual. • El vehiculo debe reportarse como servicio público en la tarjeta de propiedad • Pase del conductor • Revisión Técnico Mecánica

SOLICITUD DE AVANCES Documento por el cual se requiere el adelanto de un dinero de forma inmediata para atender necesidades urgentes que no son factibles adquirir con los procesos normales de la Universidad. Para su autorización se requiere: - Oficio dirigido al Tesorero de la Universidad - Radicación en Gestión de Documentos - Anexar presupuesto de lo que requiere adquirir CONTRATACION DE SERVICIO DE FOTOCOPIAS Y CAFETERIA:

La Universidad, para la contratación de Servicio de Fotocopiado y Cafetería hará un contrato general con cada uno de estos. Cuando se requieran de estos servicios se cancelaran por cruce de cuentas, tanto para presupuesto UTP, como para Proyectos de Operación Comercial. Quien contrate los servicios deberá redactar un Oficio dirigido a la Sección de Presupuesto anexando la cotización que los Proveedores del Servicio les han entregado. RECUERDE:

� Si la orden de servicio no tiene todos los datos diligenciados y sus documentos originales, no será autorizada y el aplicativo no la toma

� Si no tiene sus Documentos Completos no envié su Orden de Servicio, no será autorizada.

� Sus inquietudes pueden ser resueltas en los correos: [email protected]; [email protected] y [email protected] .

NOTAS VARIAS Para el caso de conferencistas se pedirá la Hoja de vida y los títulos que la acrediten, no se exigirá ningún otro documento. Recordar solicitar el Documento que acredite la cuenta bancaria de los contratistas para su respectivo pago por transferencia electrónica. Recordar que por el Decreto 0019 de 2012 por la cual se dictan normas de trámites innecesarios no se deben pedir, Antecedentes fiscales, Antecedentes Disciplinarios y Antecedentes Judiciales, los cuales se consultaran por parte del Contratante en las páginas Web correspondientes. Eliminación de publicación en el Diario Único de Contratación a partir de 1 de junio del 2012. Los Contratos de Prestación de Servicios Profesionales y de apoyo a la gestión no requieren ya Acta de Liquidación. El Artículo 222 del Decreto en mención derogó la Ley 598 de 2000 la cual creó el Sice, por lo anterior no se requieren consultar Cubs, no requiere registro por parte del contratista, en conclusión desapareció el Sice.

UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE PEREIRA ACUERDO 21 DE 2007

Por medio del cual se establecen unos incentivos económicos para prestación de servicios académicos remunerados de Formación de Postgrados, Extensión, Educación Permanente y se dictan otras disposiciones

Académico remunerados

IPC 3,73%

Salario Mínimo Legal Vigente 566.700 CURSOS DE EXTENSION

Factor Equivalente al Valor Hora en $ de 2012

CATEGORIA SIN TITULO PREGRADO ESPECIALIZACION MAGISTER DOCTORADO POST DOCTORADO

AUXILIAR 15.301 30.602 49.116 50.034 51.411 52.788 ASISTENTE 16.372 32.744 52.554 53.536 55.010 56.484 ASOCIADO 17.845 35.691 57.284 58.355 59.961 61.567

TITULAR 19.987 39.974 64.158 65.357 67.156 68.955

CURSOS DE POSGRADO

Factor Equivalente al Valor Hora en $ de 2012

CATEGORIA ESPECIALIZACION MAGISTER DOCTORADO POST DOCTORADO AUXILIAR 63.935 104.534 107.411 110.288 ASISTENTE 69.689 113.942 117.078 120.214 ASOCIADO 71.607 117.078 120.300 123.522 TITULAR 73.525 120.214 123.522 126.831

VALOR HORA MONITORIA SMMLV $ 4.195

RESOLUCIÓN No. 210 (01 de Febrero de 2012)

Por medio de la cual se modifica unos aspectos de los proyectos especiales y se reglamentan otras disposiciones: EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PEREIRA, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias y,

C O N S I D E R A N D O

Que la Investigación y la Extensión en todas sus modalidades, han logrado un desarrollo significativo en concordancia con los objetivos del plan de Desarrollo de la Universidad. Que los proyectos especiales están considerados dentro de las funciones de Docencia, Investigación y Extensión que le son propias a la Universidad. Que se han expedidos varias normas que reglamenta los Proyectos de Operación Comercial el reconocimiento de estímulos a los servidores de la Universidad que se vinculen a los mismos y la realización de Coordinaciones, Asesorías y Consultoría de acuerdo a lo estipulado en el Acuerdo 21 de 2007. Que actualmente el marco Jurídico de la Universidad tiene Autonomía para la Adopción de sus propias decisiones en materia de fijación de estímulos para sus servidores. Que el Vicerrector Académico es el Jefe inmediato de los Decanos Que los Decanos son la máxima Autoridad ejecutiva de la Facultad y el responsable de su dirección Académica y Administrativa. Que se hace necesario estandarizar el proceso que se debe seguir para este caso a efecto de garantizar su aplicación. Que se requiere el Acto Administrativo correspondiente.

RESUELVE

. ARTICULO PRIMERO: Para el caso de solicitud de Coordinaciones, Asistencias Técnicas y Asesorías cuando el beneficiario sea el mismo ordenador de gasto del Proyecto, el Decano o Jefe inmediato queda Facultado para firmar la respectiva Resolución y a su vez certificar los pagos correspondientes.

ARTÍCULO SEGUNDO: Para el caso que el Decano sea el Ordenador del gasto proyecto dicha Facultad de firmar la Resolución y certificar los pagos será del Señor Vicerrector Académico, tanto para Coordinaciones, Asistencias Técnicas y Asesorías. ARTICULO TERCERO: Para el caso de personal Administrativo por Estímulos, Asesorías y Asistencias Técnicas cuando el beneficiario sea el ordenador del gasto, la facultad de firmar la Resolución será a cargo de las Vicerrectorías o Jefe Inmediato de la dependencia adscrita el ordenador. COMUNIQUESE Y CUMPLASE Dada en Pereira a los 19) días del mes de Enero de 2012. LUIS ENRIQUE ARANGO JIMÉNEZ Rector

UNIDAD DE CUENTAS

FORMATO PARA LA ELABORACION DE RESOLUCION DE ASIGNACION PARA EL PAGO DE COORDINACION DE PROYECTOS DE OPERACIÓN COMERCIAL PARA DOCENTES

Normatividad: - Aplicación del Acuerdo 21 de 2.007 - El pago se efectúa por meses - Si es proyecto 511-1 se paga sobre el 20% de la asignación básica mensual - Si es proyecto 511-2 se paga sobre el 15% de la asignación básica mensual - La Contratación de Coordinaciones debe ser efectuada y certificada por parte del

Decano O Jefe Inmediato. Nota: Los formatos que no cumplan con los requerimientos del anexo serán devueltas Extensión o Postgrado.

RESOLUCION NÚMERO XX DE 2012

POR LA CUAL SE HACE UNA ASIGNACION El Señor Vicerrector Académico la Universidad Tecnológica de Pereira, en uso de sus atribuciones legales y.

CONSIDERANDO

Que los Proyectos de Operación Comercial de venta de servicios están considerados dentro de las funciones de Extensión e Investigación de la Universidad. Que el acuerdo 21 de 2007, en su artículo séptimo estableció incentivos para la Coordinación DE PROYECTOS por cada mes que dedique a la misma, con una bonificación equivalente al 15%, O 20% de su asignación básica mensual si es Extensión o Postgrado Que se requiere asignar al Coordinador del Proyecto xxxxxxxxxxxxx Que se hace necesario el Acto Administrativo correspondiente.

RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Asignar al Coordinador del proyecto 511-XXX que a continuación se detalla en los meses y valores que se indican: Cedula Nombre Teléfono Mes Vr/Mes Total xxxxxxxxx xxxxxxxxxxxxxxxxxxx 334 7052 1 535.968 535.968 ARTICULO SEGUNDO: El presente pago se efectuara previa certificación del Decano o Jefe Inmediato. . ARTÍCULO TERCERO: El presente gasto se imputara por el rubro 511-XXXX de la vigencia fiscal de 2012 Cúmplase, Dada en Pereira a los x días del mes de xxxxxxx de 2012 xx xxxxx xxxzr DECANO o JEFE INMEDIATO

UNIDAD DE CUENTAS

FORMATO RESOLUCION EN CASOS DONDE EL ORDENADOR DEL GASTO QUE SEA DOCENTE REQUIERE PARTICIPAR EN SERVICIOS DE ASESORÍA, CONSULTORÍA, ASISTENCIA TÉCNICA, INTERVENTORÍA Y SERVICIOS DE LABORATORIO DE SU PROYECTO Normatividad: - Aplicación del Acuerdo 21 de 2007 - No se anexa documento alguno - Solo para personal de la Universidad Servicios a contratar. - Asesorías - Consultoría - Asistencias Técnicas - Interventoría - Servicios de laboratorio

RESOLUCION NÚMERO XX DE 2012

POR LA CUAL SE HACE UNA ASIGNACION El Señor Vicerrector Académico o Jefe Inmediato de la Universidad Tecnológica de Pereira en uso de sus atribuciones legales y,

CONSIDERANDO Que los Proyectos de operación Comercial de venta de servicios están considerados dentro de las funciones de extensión de la Universidad. Que el Acuerdo 21 de 2007 reglamenta la prestación de servicios de Consultoría Profesional a los Docentes, Administrativos y Jubilados de la Universidad en los campos de la Asesoría, Consultoría, Asistencia Técnica, Interventoría y Servicios de Laboratorio. Que se requiere asignar a un (Docente,) para la (Asesoría, Consultoría, Asistencia Técnica, interventoria) en el Proyecto para desempeñar las funciones de: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Que se hace necesario el Acto Administrativo correspondiente.

RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Asignar al xxxxxxx que a continuación se detalla en las horas y valores que se indican:

ARTICULO SEGUNDO: El presente pago se efectuara previa certificación del Decano o Jefe inmediato. ARTICULO TERCERO: El presente gasto se imputará por el rubro xxx-xx-xx de la vigencia fiscal de 2010. Cúmplase, Dada en Pereira a los xx del mes de xxx de 2012 xxxxxx xxxxxx xxxx El Decano o Jefe Inmediato

Cedula Nombre Teléfono Categoría Titulo Horas Vr/Hora Total

xxxxxxxxxx xxxxxxxxxxx 3211896 Auxiliar Especialista 8 35.361 282.888 TOTAL 282.888

UNIDAD DE CUENTAS FORMATO PARA LA ELABORACION DE RESOLUCION DE ASIGNACION PARA EL PAGO DE SERVICIOS DE ASESORIAS, CONSULTORIA, ASISTENCIAS TECNICAS, INTERVENTORIA Y SERVICIOS DE LABORATORIO A FUNCIONARIOS ADMINISTRATIVOS DE LA UNIVERSIDAD. Normatividad: - Aplicación del Acuerdo 21 de 2007 - No se anexa documento alguno - Solo para personal de la Universidad Servicios a contratar. - Asesorías - Consultoría - Asistencias Técnicas - Interventoría - Servicios de laboratorio

RESOLUCION NÚMERO XX DE 2012

POR LA CUAL SE HACE UNA ASIGNACION El Señor Vicerrector (Administrativo, de Investigaciones, de Responsabilidad Social o Jefe inmediato de la Universidad Tecnológica de Pereira en uso de sus atribuciones legales y,

CONSIDERANDO Que los Proyectos de operación Comercial de venta de servicios están considerados dentro de las funciones de extensión de la Universidad. Que el Acuerdo 21 de 2007 reglamenta la prestación de servicios de Consultoría Profesional a los Docentes, Administrativos y Jubilados de la Universidad en los campos de la Asesoría, Consultoría, Asistencia Técnica, Interventoría y Servicios de Laboratorio. Que se requiere asignar a un (Docente, Administrativo, Jubilado) para la (Asesoria, Consultoría, Asistencia Técnica, interventoria y Servicio de Laboratorio) en el Proyecto para desempeñar las funciones de: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Que se hace necesario el Acto Administrativo correspondiente.

RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Asignar al xxxxxxx que a continuación se detalla en las horas y valores que se indican:

ARTICULO SEGUNDO: El presente pago se efectuara previa certificación del Decano o Jefe Inmediato ARTICULO TERCERO: El presente gasto se imputará por el rubro xxx-xx-xx de la vigencia fiscal de 2012 Cúmplase, Dada en Pereira a los xx del mes de xxx de 2012 Vicerrector o Jefe Inmediato

Cedula Nombre Teléfono Categoría Titulo Horas Vr/Hora Total

xxxxxxxxxx xxxxxxxxxxx 3211896 Auxiliar Especialista 8 35.361 282.888 TOTAL 282.888

UNIDAD DE CUENTAS FORMATO PARA LA ELABORACION DE RESOLUCION DE ESTIMULO A FUNCIONARIOS ADMINISTRATIVOS DE LA UNIVERSIDAD. Normatividad: - Aplicación del Acuerdo 21 de 2007 - No se anexa documento alguno - Solo para personal Administrativo de la Universidad Servicios a contratar. - Apoyo administrativo

RESOLUCION NÚMERO xxxx DE 2012

POR LA CUAL SE HACE UNA ASIGNACION El Director del proyecto COMITÉ DE BIOTICA, de la Faculta de Ciencias de la Salud en uso de sus atribuciones legales y,

CONSIDERANDO Que la Universidad Tecnológica de Pereira a través de Resolución de Rectoría número 703 del 5 de Abril de 2010, me nombra como Ordenador de gasto del proyecto 511-22-252-90 Que el Acuerdo 21 de 2007 reglamenta la prestación de servicios a los funcionarios Administrativos que participen en los proyectos con labores Administrativas fuera de su horario normal de trabajo, tendrán derecho a un incentivo teniendo en cuenta, Salario Básico x 1.60 x 1.25 / 240 según lo estipulado en su artículo 21. Que se requiere Asignar a un Auxiliar Administrativo por horas para el apoyo Administrativo del Comité de Biótica de la Faculta de Ciencias de la Salud. Que se hace necesario el Acto Administrativo correspondiente.

RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Asignar al Auxiliar Administrativo que se detalla en las horas y valores que se indican:

Cedula Nombre Teléfono

Categoría Horas Vr/Hora Total

XXXXX XXXXXXXXX 3137126 Administrativo 236 7.616. 1.797.376 VALOR 1.797.376 ARTICULO SEGUNDO: El presente pago se efectuara previa certificación del Director del proyecto. ARTICULO TERCERO: El presente gasto se imputará por el rubro 511-22-252-90 de la vigencia fiscal de 2010. Cúmplase, Dada en Pereira a los 10 del mes de Enero de 2012 CARLOS ALBERTO CARVAJAL CORREA. Ordenador

PROCEDIMIENTO PARA ORDEN DE COMISION

El Aplicativo diseñado para la solicitud de Órdenes de Servicio fue habilitado para dar acceso a la elaboración de solicitud de Órdenes de Comisión con el mismo procedimiento del anterior. La Orden de Comisión se solicita únicamente para el desplazamiento de cualquier funcionario de la Universidad, sea de planta o contratista a cumplir con Reuniones, Congresos, Talleres, Seminarios, Invitaciones, Salidas de Campo y Capacitaciones, fuera de la sede de trabajo. El formato de comisión se utilizara entonces para: - Solicitud de Viáticos - Solicitud de Pasajes Aéreos o Terrestres - Solicitud de Matriculas o Inscripciones - Apoyos Económicos para desplazamientos - Pagos al Exterior Normatividad: - Decreto 832 de 25 de Abril 2012 Departamento Administrativo de la Función Publica - Resolución de Rectoría 1148 de 2012 Legalización: - Cuando la comisión tenga tiquetes aéreos se podrá legalizar con los pasabordos de

vuelo correspondientes - Cuando la comisión sea un viático o un apoyo económico se legalizara con el

formato de cumplido. - Cuando la comisión sea una inscripción esta se legaliza con la presentación de la

factura correspondiente. - Toda solicitud de comisión a personal externo (Conferencista, Tallerista, Docente

para postgrados, Maestrías, Diplomados e Invitados) donde se asigne apoyo económico deberá legalizarse por parte del Programa o Área solicitante a través de una certificación escrita firmada por el Ordenador del Gasto.

- Cuando el desarrollo de los proyecto o de las actividades del mismo requiera hospedajes, traslados y/o alimentación de grupos de personas esta comisión se legalizara con el formato de Constancia de Servicio a Grupos.

RESOLUCIÓN DE RECTORÍA 1954

JULIO 12 de 2012

Por medio de la cual se establecen las condiciones para la liquidación de viáticos. EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PEREIRA, en uso de sus atribuciones legales y,

CONSIDERANDO Que se hace necesario establecer las condiciones para la liquidación de viáticos según la tabla aprobada cada año por el Departamento Administrativo de la Función Pública. Que el Presidente de la Republica en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4 de 1992 fijó las escalas de viáticos, mediante el Decreto Nro. 1345 del 22 de junio de 2012. Que se requiere la expedición del Acto Administrativo que autorice las condiciones para liquidación de viáticos;

RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Fíjese la siguiente escala de viáticos, para los Docentes, Empleados Administrativos, Personal Transitorio y de Proyectos de Operación Comercial que deban cumplir comisiones de servicio, a ciudades capitales u otras localidades, según el cuadro anexo y teniendo en cuenta las siguientes condiciones: ARTICULO SEGUNDO: Los Viáticos se definen como el reconocimiento para alojamiento, alimentación y los gastos de viajes correspondiente o pasaje aéreo o Terrestre. ARTÍCULO TERCERO: Cuando se trate de personal externo a la Universidad que se requiera para desempeñar funciones específicas, se reconocerá un Apoyo Económico para cubrir los gastos de Alojamiento y Alimentación, el cual no podrá superar la escala de viáticos de esta resolución.

REMUNERACION Pernoctando Sin

Pernoctar DE HASTA > 60 Km > 60 Km > 30 - < 60 < 30 Km

0 808,855 73,358 36,679 22,007 8,803

808,856 1,271,038 100,259 50,130 30,078 12,031

1,271,039 1,697,291 121,649 60,825 36,495 14,598

1,697,292 2,152,783 141,552 70,776 42,466 16,986

2,152,784 2,599,933 162,546 81,273 48,764 19,506

2,599,934 3,921,095 183,466 91,733 55,040 22,016

3,921,096 5,480,341 222,848 111,424 66,854 26,742

5,480,342 6,507,144 300,622 150,311 90,187 36,075

6,507,145 8,010,538 390,807 195,404 117,242 46,897

8,010,539 9,686,277 472,718 236,359 141,815 56,726

9,686,278 ADELANTE 556,698 278,349 167,009 66,804

1. Se pagará el 100% de la tarifa diaria correspondiente, cuando la ciudad de destino se encuentre a más de 60 km de la Universidad y se requiera pernoctar.

2. Se pagará el 50% de la tarifa diaria en los siguientes casos. a. El último día de comisión. b. Cuando en la comisión no se requiera pernoctar. c. Cuando la comisión sea a lugares en donde la Universidad tenga convenios

o instalaciones para el alojamiento de los funcionarios. d. Cuando al comisionado se le suministre alimentación o alojamiento. e. El viático se liquidará solo por la duración o fechas del evento.

PARÁGRAFO 1: Para el caso de las comisiones a los Departamentos del Quindío, Caldas o Risaralda se cancelarán solamente viáticos según la tarifa establecida. Para el caso de la Ciudad de Cali al comisionado se le suministrará el valor del transporte terrestre más los viáticos correspondientes.

f. Se pagará el 30% de la tarifa diaria correspondiente cuando la comisión se efectúe a más de 30 km y menos de 60 km.

g. Se pagara el 10% de la tarifa diaria correspondiente, cuando se efectúen a los 30 km de la sede habitual de trabajo contados a partir del límite o perímetro urbano, siempre y cuando se complete más de media jornada.

h. Para el caso de las comisiones solicitadas para los Municipios de Risaralda, Quindío y Caldas y el comisionado requiera pernoctar se le cancelará el valor de los viáticos con el 50% de los valores establecidos en la tabla.

PARÁGRAFO 2: Las escalas de que trata este artículo se incrementarán dé acuerdo con las variaciones que sufran las escalas adoptadas por el Gobierno Nacional. PARAGRAFO 3: Las comisiones que se otorgan a San Andrés o Costa Caribe, al funcionario se le presentaran un plan completo en beneficio del bienestar del comisionado. PARAGRAFO 4: Toda comisión se deberá pasarse con un mínimo de diez (10) días calendario a su fecha de inicio, de lo contrario no se tramitara, salvo autorización expresa del Rector y/o por motivos de fuerza mayor debidamente acreditada. PARAGRAFO 5: Cuando se requiera el suministro de tiquete aéreo, se deberá buscar la tarifa más económica en aras de la austeridad del gasto. PARAGRAFO 6: La solicitud de comisión deberá estar diligenciada en su totalidad, con fechas claras y precisas, ya que la Universidad no asumirá costos adicionales por imprevistos de última hora, salvo por casos de fuerza mayor. PARAGRAFO 7: Cuando se requiera tiquetes al exterior, estos deberán solicitarse con una antelación mínima de treinta (30) días a la fecha de la comisiono, salvo lo expresado en el en el parágrafo cuarto. PARAGRAFO 8: Cuando se requiera solicitar inscripciones para pagos de Capacitaciones, Congresos, Talleres, Encuentros, Coloquios, Seminarios, se debe anexar la convocatoria, plegable, invitación o el documento que soporte dicho pago. ARTICULO SEGUNDO: Cuando sean comisiones al exterior esta se liquidaran de acuerdo a la siguiente tabla establecida en el Decreto 1345 del 22 de junio de 2012.

VIATICOS DIARIOS EN DOLARES ESTADOUNIDENSES

PARA COMISIONES EN EL EXTERIOR

BASE LIQUIDACION CENTRO

AMERICA-CARIBE-

SURAMERICA

ESTADOS UNIDOS-CANADA-

CHILE-BRASIL-AFRICA-PUERTO

RICO

EUROPA-ASIA-OCEANIA-MEXICO-

ARGENTINA

0 808,855 HASTA 80 HASTA 100 HASTA 140 808,856 1,271,038 HASTA 110 HASTA 150 HASTA 220

1,271,039 1,697,291 HASTA 140 HASTA 200 HASTA 300 1,697,292 2,152,783 HASTA 150 HASTA 210 HASTA 320 2,152,784 2,599,933 HASTA 160 HASTA 240 HASTA 350 2,599,934 3,921,095 HASTA 170 HASTA 250 HASTA 360 3,921,096 5,480,341 HASTA 180 HASTA 260 HASTA 370 5,480,342 6,507,144 HASTA 200 HASTA 265 HASTA 380 6,507,145 8,010,538 HASTA 270 HASTA 315 HASTA 445 8,010,539 9,686,277 HASTA 350 HASTA 390 HASTA 510 9,686,278 ADELANTE HASTA 440 HASTA 500 HASTA 640

ARTÍCULO TERCERO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y Cúmplase Dada en Pereira a los 12 días del mes de Julio de 2012 LUIS ENRIQUE ARANGO JIMENEZ Rector

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PEREIRA

VICERRECTORIA ADMINISTRATIVA UNIDAD DE CUENTAS

CONSTANCIA DE PERMANENCIA EL (LA) SUSCRITO (A) _________________________________ C.C____________________ EN CALIDAD DE ______________________________________________________________

HACE CONSTAR QUE EL SEÑOR (A)

__________________________________________________________C.C._______________

TEL.________________ CEL ____________________ E-MAIL _________________________

PERMANECIO EN COMISIÓN OFICIAL

CIUDAD____________________DIAS ______________MES _______________ AÑO ______ MOTIVO_____________________________________________________________________

____________________________________________________________________________

________________________ ________________________ FIRMA FECHA