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INSTITUTO TECNOLÓGICO BOLIVARIANO DE TECNOLOGÍA
UNIDAD ACADÉMICA DE EDUCACIÓN COMERCIAL, ADMINISTRACIÓN Y CIENCIAS
PROYECTO DE GRADO PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL
TÍTULO DE TECNÓLOGA EN CONTABILIDAD Y AUDITORÍA
TEMA:
GUIA DE PROCEDIMIENTOS PARA LA DEVOLUCIÓN DE
IMPUESTO A LA RENTA PARA PERSONAS NATURALES
NO OBLIGADAS A LLEVAR CONTABILIDAD EN LA
EMPRESA JRG ASESORES, 2017.
AUTOR:
JORGE SEGUNDO RUIZ GONZALEZ
TUTORA:
MCA. MERCEDES JOHANNA ESPINOZA ESPINOZA
GUAYAQUIL – ECUADOR
2018
ii
DEDICATORIA
Con amor y esfuerzo dedico este trabajo en primer lugar a Dios, por darme
fuerza de voluntad y mostrarme día a día que con perseverancia todo se
puede lograr; segundo a mis padres: la Sra. Marlene Gonzalez Zambrano
y el Sr. Jorge Ruiz Chispe, quienes me inculcaron buenos valores, y
siempre estuvieron ahí en todo momento dándome buenos consejos,
alentándome para seguir adelante y con éxito llegar a ser un profesional.
Agradezco infinitamente a mi tía la Sra. Margarita Gonzalez Zambrano y mi
tío el Ing. Carlos Delgado Santana por el apoyo incondicional que me dieron
y por enseñarme que con mucho esfuerzo puedo alcanzar mis metas.
Jorge Ruiz Gonzalez
iii
AGRADECIMIENTO
Agradezco a Dios por bendecirme con una extraordinaria familia y por
permitirme alcanzar con éxito mis metas. A mis hijos: Jorge, Jeremy y
Angelito Ruiz Villalva, por brindarme su amor, cariño y apoyo en todo
momento, a mi esposa la Sra. Gabriela Villalva Cedeño por todo su apoyo
a lo largo de este camino. Me llena de satisfacción poder culminar con
esfuerzo, dedicación, y valentía, este ciclo de mi vida, llegando a ser un
profesional
Mi hermano Michael Ruiz Gonzalez, por su incondicional apoyo en todo
momento. También agradezco a los excelentes docentes del Instituto
Tecnológico Bolivariano por impartir sus conocimientos con
profesionalismo y calidad, en especial a mi tutora y una de las mejores
profesoras del Instituto, la MCA. Mercedes Espinoza Espinoza quien supo
guiar mis pasos a lo largo de cada clase. A mis compañeros por su amistad
sincera, consejos y esfuerzo mutuo de llegar a ser profesionales.
Jorge Ruiz Gonzalez
iv
INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICO
BOLIVARIANO DE TECNOLOGÍA
CERTIFICACIÓN DE LA ACEPTACIÓN DEL TUTOR
En mi calidad de Tutora del Proyecto de Investigación, nombrado por el
Consejo Directivo del Instituto Superior Tecnológico Bolivariano de
Tecnología.
CERTIFICO:
Que he analizado el proyecto de investigación con el tema: Guía de
procedimientos para la devolución de impuesto a la renta para
personas naturales no obligadas a llevar contabilidad en la empresa
“JRG. Asesores”, 2017., presentado como requisito previo a la aprobación
y desarrollo de la investigación para optar por el título de:
TECNÓLOGO EN CONTABILIDAD Y AUDITORÍA
El problema de investigación se refiere a: ¿Cómo influye la falta de una guía
de control tributario para solicitar la devolución del Impuesto a la Renta de
las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad, en los ingresos
de JRG Asesores periodo 2017? El mismo que considero debe ser
aceptado por reunir los requisitos legales y por la importancia del tema:
Presentado por el Egresado Ruiz González Jorge Segundo
Tutora: MCA. Mercedes Espinoza Espinoza
v
CLÁUSULA DE AUTORIZACIÓN PARA LA PUBLICACIÓN
DE TRABAJOS DE TITULACIÓN
Yo, Ruiz Gonzalez Jorge segundo, en calidad de autor con los derechos
patrimoniales del presente trabajo de titulación: Guía de procedimientos
para la devolución de impuesto a la renta para personas naturales no
obligadas a llevar contabilidad en la empresa “JRG. Asesores”, 2017”, de
la modalidad de SemiPresencial realizado en el Instituto Superior
Tecnológico Bolivariano de Tecnología como parte de la culminación de los
estudios en la carrera de Contabilidad y Auditoría, de conformidad con el
Art. 114 del CÓDIGO ORGÁNICO DE LA ECONOMÍA SOCIAL DE LOS
CONOCIMIENTOS, CREATIVIDAD E INNOVACIÓN reconozco a favor de
la institución una licencia gratuita, intransferible y no exclusiva para el uso
no comercial del mencionado trabajo de titulación, con fines estrictamente
académicos.
Asimismo, autorizo/autorizamos al Instituto Superior Tecnológico
Bolivariano de Tecnología para que digitalice y publique dicho trabajo de
titulación en el repositorio virtual de la institución, de conformidad a lo
dispuesto en el Art. 144 de la LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN
SUPERIOR.
Ruiz Gonzalez Jorge Segundo ______________________________ ______________
Nombre y Apellidos del Autor Firma No. de cedula: 091495932-5
vi
CERTIFICACIÓN DE ACEPTACIÓN DEL CEGESCIT
En calidad de colaborador del Centro de Gestión de la Información
Científica y Transferencia de Tecnológica (CEGESCIT) nombrado por el
Consejo Directivo del Instituto Superior Tecnológico Bolivariano de
Tecnología.
CERTIFICO:
Que el trabajo ha sido analizado por el URKUND y cumple con el nivel de
coincidencias permitido según fue aprobado en el REGLAMENTO PARA
LA UTILIZACIÓN DEL SISTEMA ANTIPLAGIO INSTITUCIONAL EN LOS
PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN Y TRABAJOS DE TITULACIÓN Y
DESIGNACIÓN DE TUTORES del ITB.
______________________________ ______________
Nombre y Apellidos del Colaborador Firma CEGESCYT
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INSTITUTO TECNOLÓGICO BOLIVARIANO DE TECNOLOGÍA
TECNOLOGÍA EN CONTABILIDAD Y AUDITORÍA
Proyecto previo a la obtención del título de: Tecnólogo en Contabilidad y
Auditoría.
Tema:
Guía de procedimientos para la devolución de impuesto a la renta
para personas naturales no obligadas a llevar contabilidad en la
empresa “JRG. Asesores”, 2017.
Autor: Jorge Ruiz Gonzalez Tutora: Mca. Mercedes Espinoza Espinoza
RESUMEN
La administración tributaria en el Ecuador la ejerce el servicio de rentas
interna, entidad encargada de la recaudación de impuestos a las personas
naturales y jurídicas residentes o que generan un ingreso en el país. El
impuesto a la renta en la actualidad se ha convertido en uno de los tributos
de mayor recaudación en el Ecuador ya que grava directamente los
ingresos de los ecuatorianos y sucesiones indivisas al llegar a la base
imponible establecida por la administración tributaria. El estado devuelve
los valores retenidos dentro de un periodo económico aquellos
contribuyentes que no llegaron a la base imponible establecida para cada
ejercicio fiscal.
Dentro del trabajo se explica sobre el problema de investigación, además
que se complementa con el marco teórico; La metodología de la
investigación, el diseño aplicado como estrategia, las técnicas de
entrevistas, guía de observación y análisis de datos con las cuales se
obtuvieron resultados que permitieron lograr los objetivos previamente
planteados.
En la propuesta del trabajo, se desarrolló una guía práctica que permitirá a
los usuarios de la empresa aplicar procedimientos adecuados, en la
solicitud de devolución del impuesto a la renta de personas naturales no
obligadas a llevar contabilidad, garantizando la economía y
operacionabilidad de la empresa.
Procedimiento Guía Práctica
Devolución Impuesto
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INSTITUTO TECNOLÓGICO BOLIVARIANO DE TECNOLOGÍA
TECNOLOGÍA EN CONTABILIDAD Y AUDITORÍA
Proyecto previo a la obtención del título de: Tecnólogo en Contabilidad y
Auditoría.
Tema:
Guía de procedimientos para la devolución de impuesto a la renta para
personas naturales no obligadas a llevar contabilidad en la empresa “JRG.
Asesores”, 2017.
Autora: Jorge Ruiz Gonzalez Tutora: Mca. Mercedes Espinoza Espinoza
ABSTRACT
The tax administration in Ecuador is exercised by the internal revenue
service, the entity in charge of collecting taxes from natural and legal
persons who are residents or who generate income in the country. The
income tax currently has become one of the taxes of highest collection in
Ecuador as it directly taxes the income of Ecuadorians and undivided
estates upon reaching the tax base established by the tax administration.
The state returns the values retained within an economic period by those
taxpayers who did not reach the tax base established for each fiscal year.
Within the work is explained about the research problem, in addition to being
complemented by the theoretical framework; The methodology of the
research, the design applied as a strategy, the interview techniques,
observation guide and data analysis with which results were obtained that
allowed to achieve the previously proposed objectives.
In the proposal of the work, a practical guide was developed that will allow
the users of the company to apply adequate procedures, in the request of
refund of the tax to the income of natural persons not obliged to keep
accounting, guaranteeing the economy and operability of the company .
Tax
Practical Guide
Return
Process
ix
ÍNDICE GENERAL
CONTENIDOS: PÁGINAS
Dedicatoria…...……………………………………………………….………….ii
Agradecimiento .......................................................................................... iii
Certificación de la aceptación del tutor ..................................................... iv
Resumen .................................................................................................. vii
Abstract………………………………………………………..........................viii
Índice general……...……………………………………………………….……ix
CAPÍTULO I............................................................................................... 1
EL PROBLEMA ......................................................................................... 1
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA ........................................................ 1
Ubicación del problema en un contexto. .................................................... 1
Situación conflicto………………………………………………………………. 2
Delimitación del problema .......................................................................... 2
Formulación del problema……….…………..……………………………….…3
Evaluación del problema………………………………………………..…….3
VARIABLES DE LA INVESTIGACIÓN…………………………………….…. 4
Objetivo general…………………………………………………………….……4
Objetivos específicos…………………………………………………………... 4
Justificación ........................................................................................... ….4
CAPÍTULO II…………………………………………………………….……… 6
MARCO TEÓRICO ……………………………………………………………. 6
Antecedentes históricos….………………………………………….………… 6
Fundamentación teórica……………………………………………………….11
Antecedentes referenciales...……………………………..……………….….16
Fundamentación legal...……………………………………………………… 18
Variables de la investigación………………………………………………… 30
Variables independiente ..………………………………………………….… 30
Variables dependiente...…………………………...………………………… 30
Definiciones conceptuales……………………………...……………………. 31
x
CAPÌTULO III………………………………………….………….…………... 32
MARCO METODOLÓGICO..................................................................... 32
Metodología ............................................................................................. 32
Presentación de la Empresa………………………………………………… 32
DISEÑO DE LA INVESTIGACIÓN………………………………………….. 36
TIPOS DE INVESTIGACIÓN…………………………….………………….. 36
Población………………………………………………..….…..………………37
Muestra……………………………………………………….………………... 38
TÉCNICAS DE INVESTIGACIÓN………………………..………..……...... 39
PROCEDIMIENTO DE LA INVESTIGACIÓN……………………………… 43
CAPÍTULO IV…………………………………………………..……………... 44
ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS…………….………44
PLAN DE MEJORAS ………..…………………………….………………… 79
CONCLUSIONES…………………………………………………………….. 80
RECOMENDACIONES………………………………………………………..81
BIBLIOGRAFÍA…………………………………………………………………82
Índice de Gráficos
Gráfico 1. Recaudación de impuestos en el Ecuador en los 5 últimos
años.............................................................................................................8
Gráfico 2. Porcentaje de recaudación de Impuestos en el Ecuador en los
cinco últimos años…….……………………………………………………...…9
Gráfico 3. Devolución de Impuestos a los contribuyentes en el Ecuador en
los cinco últimos años…….……………..………………………………….…10
Gráfico 4. Organigrama General……………………………………………..33
Grafico 5. Representación porcentual de valores por solicitudes de
devolución de Impuesto a la renta periodo 2017…………………………...51
Grafico 6. Representación gráfica de barra de valores económicos por
solicitudes de devolución de Impuesto a la renta periodo 2017………….52
Grafico 7. Flujo grama del procedimiento de la solicitud de devolución de
impuesto a la renta, medio electrónico……………………………………....59
xi
Grafico 8. Flujo grama del procedimiento de la solicitud de devolución de
impuesto a la renta medio físico…........…….…………….…………………68
Índice de Figuras
Figura 1. Logotipo de la empresa………..…………………………………. 32
Figura 2. Formulario 102 A personas naturales no obligadas a llevar
contabilidad……………………………………………………………………..60
Figura 3. Registro de cuenta bancaria……………………………………….61
Figura 4. Envió de pre solicitud……………………………………………….62
Figura 5. Aceptación del contribuyente sobre el monto a
recibir………………………………………………………………………….…63
Figura 6. Notificación del Servicio de Rentas
Internas……………………………………….…………………………..……..64
Figura 7. Formulario 102 A impuesto a la renta personas naturales no
obligadas a llevar contabilidad………………………………………………..69
Figura 8. Registro de cuenta bancaria por medio físico……………...……70
Figura 9. Formulario 701 solicitud de devolución física del impuesto a la
renta personas naturales no obligadas a llevar contabilidad……..……….71
Figura 10. Notificación de resolución del Servicio de Rentas
Internas………………………………………………………………………….75
Índice de Cuadros Cuadro 1. Cantidad de categoría ocupacional de trabajadores………….33
Cuadro 2. Estado de Pérdidas y Ganancias periodo 2017………………..35
Cuadro 3. Población ................................................................................ 38
Cuadro 4. Muestra………………………………………………………..……39
Cuadro 5. Técnicas de investigación ....................................................... 39
Cuadro 6.Modelo de la entrevista……………..…………………………..…40
Cuadro 7. Modelo de guía de ficha observación del área de Trabajo…...42
Cuadro 8. Resultados de la entrevista al gerente…………………………..44
Cuadro 9. Resultados de la entrevista al asesor………………………..…46
xii
Cuadro 10. Resultado de guía de ficha de observación del área de
trabajo........................................................................................................48
Cuadro 11. Detalle de solicitudes fallidas de devolución de Impuesto a la
renta periodo 2017……………………………………………………………..49
Cuadro 12. Detalle de valores por solicitudes de devolución de Impuesto a
la renta periodo 2017…………………………………………………………..50
Cuadro 13. Estado de pérdidas y ganancias del 2017……………………53
Cuadro 14. Estado de pérdidas y ganancias 2017 (incluidos valores por
proceso fallido en devolución)……………………………………………......54
Cuadro 15. Calendario tributario para la presentación del impuesto a la
renta de las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad…...…57
Cuadro 16. Medios de solicitud de devolución del Impuesto a la renta….58
Cuadro17. Plan de mejora…………………………………………………….79
1
CAPÍTULO I
EL PROBLEMA
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
Ubicación del problema en un contexto.
Los impuestos son los tributos que pagan las personas naturales o jurídicas
a un gobierno, el cual establece las normativas legales y tributarias para su
recaudación, estos impuestos tienen diferentes conceptos, pero siempre
estarán enfocados a la generación de riquezas, las cuales serán
redistribuidas dentro de su territorio teniendo como destino la creación de
obras, la prestación de servicios y el desarrollo productivo en beneficio de
sus habitantes.
Los impuestos son recursos fundamentales para generar ingresos al
gobierno con el fin de proveer de bienes y servicios para la sociedad. Los
impuestos tienen dos objetivos principales: financiar las actividades del
Estado y redistribuir la riqueza. (Villena, 2015)
La recaudación de los impuestos es fundamental para todo estado a nivel
mundial, ya que es un rubro destinado a su desarrollo productivo y social
interno, por eso es necesario un eficaz control mediante la aplicación de
leyes y reglamentos que eviten la evasión tributaria ya que la recaudación
de los impuestos forman parte del presupuesto anual interno de un estado.
Dentro de los principales impuestos del país encontramos: el Impuesto a la
renta (IR), el impuesto al valor agregado (IVA), el impuesto a los consumos
especiales (ICE), Impuesto a la salida de divisas (ISD), Impuesto a la
matriculación vehicular, (IMV) y los impuestos arancelarios a las
importaciones, siendo el impuesto a la renta un rubro importante en
recaudación.
El Impuesto a la renta grava los ingresos, por concepto de capital y trabajo,
a título oneroso o gratuito de las personas naturales y jurídicas domiciliadas
2
en el país, que alcanzan la base imponible establecida anualmente por la
administración tributaria. (Direccion Nacional Juridica, 2015)
Situación conflicto
JRG. Asesores inicia sus actividades el 6 de agosto del 2014, ofreciendo
asesoramiento contable y tributario, a los contribuyentes con un servicio
personalizado a un costo asequible en el mercado ecuatoriano.
El conflicto se origina con los contribuyentes que buscaron una asesoría
tributaria en la devolución del impuesto a la renta y no pudieron alcanzar su
objetivo, por un proceso desactualizado en la aplicación de la solicitud de
devolución del impuesto a la renta de parte de JRG. Asesores periodo 2017,
como resultado de este proceso fallido en asesoramiento no pudo
incrementar su cartera de clientes y por ende sus ingresos, ya que la
asesoría tributaria no solamente depende del impuesto a la renta, son
varios los servicios que a estos posibles clientes se les pudo brindar en
temas tributarios lo que significa un crecimiento en los ingresos por otros
rubros de declaración para los siguientes periodos.
Delimitación del problema
El problema de la presente investigación se enmarca en:
País: Ecuador
Región: Costa
Provincia: Guayas
Cantón: Guayaquil
Campo: Tributario
Área: Fiscal
Aspectos: Procedimientos
AÑO: 2017
3
Formulación del problema
¿Cómo influye la falta de una guía de control tributario para solicitar la
devolución del Impuesto a la Renta de las personas naturales no obligadas
a llevar contabilidad, en los ingresos de JRG Asesores periodo 2017?
Evaluación del problema
Delimitado.- La presente investigación se realiza para proponer a que JRG.
Asesores, implemente un procedimiento actualizado para la devolución del
impuesto a la renta para las personas naturales no obligadas a llevar
contabilidad.
Claro.- Se realizará un análisis del proceso en la solicitud de devolución
de impuesto a la renta 2017 de las personas naturales no obligadas a llevar
contabilidad, para que JRG. asesores tome los correctivos necesarios.
Evidente.- Es evidente la carencia de un proceso actualizado en la
solicitud devolución del impuesto a la renta para personas naturales no
obligadas a llevar contabilidad en el periodo 2017.
Concreto.- El análisis del procedimiento se realizara sobre los registros
tributarios de los contribuyentes y clientes de JRG. Asesores.
Original.- Es la primera vez que se realiza un análisis acerca del
procedimiento en la solicitud de devolución de impuesto a la renta para las
personas naturales no obligadas a llevar contabilidad en JRG. Asesores
Contables-Tributarios.
Factible.- La presente Investigación es factible porque es un tema aplicable
a los contribuyentes.
4
Variables de la investigación
Variable Independiente: Guía de control tributario
Variable Dependiente: Devolución de Impuesto a la renta
Objetivo general
Proponer una guía para la devolución del Impuesto a la renta para las
personas naturales no obligadas a llevar contabilidad, satisfaciendo la
necesidad de los clientes de JRG Asesores Tributarios.
Objetivos específicos
• Fundamentar aspectos teóricos y metodológicos de la tributación.
• Diagnosticar la situación actual de los contribuyentes que no
lograron la devolución del impuesto a la renta y la incidencia de la
aplicación del proceso en los ingresos de la empresa.
• Proponer un proceso tributario actualizado de la devolución del
impuesto a la renta personas naturales no obligadas a llevar
contabilidad.
Justificación de la investigación
La presente investigación será desarrollada en “JRG” Asesores contable y
tributarios, se realizará un análisis del procedimiento de la devolución de
Impuesto a la renta a personas naturales no obligadas a llevar contabilidad,
con la finalidad de conocer si el proceso es el adecuado por parte de JRG.
Asesores, para lo cual se elaborará un informe completo del proceso sobre
la devolución del Impuesto del año 2017.
La conveniencia del trabajo radica en que se propone una guía de
procedimiento sobre la devolución del impuesto a la renta para las personas
naturales no obligadas a llevar contabilidad, lo que brindara a JRG.
Asesores una herramienta eficaz para la correcta aplicación del
procedimiento de la solicitud de devolución del impuesto a la renta para
5
personas naturales no obligadas a llevar contabilidad, generando la
confianza de los clientes al alcanzar su objetivo, de esta manera se
asegurara la rentabilidad por asesoría en la devolución del impuesto,
garantizando los ingresos a la empresa.
La aplicación práctica del proyecto se enfoca en la revisión del
procedimiento físico, electrónico y de los registros de información tributaria
sobre el número de contribuyentes solicitaron la asesoría en la solicitud de
la devolución del impuesto la Renta en el periodo 2017, para determinar si
la empresa está en condiciones de poder solventar sus costos operativos y
los sueldos del personal que laboran en los diferentes departamentos.
Además garantizara que la empresa JRG. Asesores esté en condiciones
de asumir nuevas propuestas de trabajo en asesoría, ya que contara con
los recursos humanos, tecnológicos y financieros necesarios.
La relevancia social del presente proyecto se enfoca en la estabilidad
laboral y operativa de su personal, ya que al aplicar un procedimiento
actualizado en la solicitud de devolución del impuesto a la renta, JRG.
Asesores podrá seguir operando gracias a sus ingresos por concepto del
pago de honorarios de los clientes al recuperar los valores por concepto de
retenciones en la fuente del periodo solicitado, los cuales también serán
destinados al consumo e inversión.
La utilidad metodología del trabajo, refleja una propuesta que se constituirá
en una herramienta en manos de la empresa que le permitirá mejorar el
procedimiento de la solicitud de devolución del impuesto a la renta de sus
clientes, estableciendo la afectación existente en los ingresos por la
aplicación de un procedimiento fallido en la solicitud de la devolución del
impuesto del periodo contable 2017. El Trabajo puede ser un referente de
consulta para estudios similares.
6
CAPÍTULO II
MARCO TEÓRICO
Antecedentes históricos.
Los impuestos nacen con las primeras sociedades del mundo las
cuales pagaban tributos para satisfacer a sus gobernantes y jefes
de tribus, que los destinaban a su enriquecimiento y celebración de
ceremonias fastuosas, y se erigían como la clase dominante de esa
época, la evasión de impuestos era imposible ya que el tributo era
cobrado directamente. (Gómez y otros, 2011)
Egipto fue el primer país en establecer las leyes tributarias, seguido
por china y la Mesopotamia, esto es corroborado por escrituras que
datan de más de 5000, años en el cual el recaudador de impuestos
ejecutaba su función con dureza directamente al pueblo, hasta llegar
al punto de ser más temido que un príncipe o un rey de aquí nace la
frase que afirma “Se puede amar a un príncipe, se puede amar a un
rey, pero ante un recaudador de impuestos, hay que temblar”.
(Gómez y otros, 2011).
Una de las formas más comunes de tributar en Egipto era el trabajo físico,
el pueblo traían materiales de lugares muy distantes que servían para la
construcción de gigantescas pirámides en honor a sus reyes los cuales eran
magnificados, como por ejemplo la pirámide del rey de Keops 2500 A.C. su
construcción fue llevada a cabo con más de 100.000 hombres y duro
exactamente 20 años, las ofrendas también eran tributos de ese entonces
los animales y los frutos recolectados eran ofrendados a sus reyes.
En la antigua Roma los impuestos eran la responsabilidad de sus
procuradores que tenían bajo su control las provincias de esa época, la
recaudación estaba destinada para la mantener a su ejército, ellos a su vez
contrataban a otras personas para la función de recaudar estos impuestos,
siendo uno de estos el cobro de peaje en sectores controlados por el
7
ejército romano, así como la producción ganadera y agrícola de ese
entonces tributaban a Roma.
En la actualidad a nivel global los impuestos son parte vital en el desarrollo
de cada país ya que forman parte del presupuesto destinados para la
producción y redistribución de recursos económicos generados por los
diferentes rubros que son motivo de recaudación y son administrados por
una entidad que representa al gobierno como su brazo ejecutor en base a
leyes y reglamentos establecidos en cada país
Historia de los impuestos en el Ecuador.
El primer tributo en el ecuador tiene su aparición en el año 1830;
donde toda persona con características indígenas tenía que pagar
un tributo a los colonizadores a esta se le dio el nombre de
contribución indígena que se mantuvo hasta el año de 1859. La
aparición del impuesto llamado contribución general que gravaba a
los ingresos de los servidores públicos, los capitales en giro y las
personas que concedían prestamos, siendo esta la antesala para el
nacimiento del impuesto a la renta en el país. (Fernanda, Elizalde y
Vinicio, 2018)
El Estado Ecuatoriano administra los impuestos a través del Servicio de
Rentas Internas (SRI), bajo los principios de equidad y justicia mediante la
aplicación del código y la ley tributaria en cada proceso administrativo,
evitando la evasión de los impuestos. (Sri, 2012)
El Servicio de Rentas Internas es el organismo administrador, controlador
y ejecutor del estado en materia tributaria, hará cumplir el código la ley y el
reglamento fiscal, con el único objetivo de incrementar la recaudación
tributaria evitando su evasión, para destinar estos recursos al desarrollo de
obras en beneficio de sus habitantes y el pago de sueldos de los servidores
públicos al servicio de los ciudadanos.
8
Gráfico 1. Recaudación de impuestos en el Ecuador en los 5 últimos años.
Fuente: Servicio de Rentas Internas (SRI) Elaborado por: Ruiz González Jorge Segundo
En la representación gráfica tenemos las cifras de recaudación de
impuestos en los últimos 5 años por parte del Servicio de Rentas Internas
(SRI) se observa que en el 2013 la cifra recaudada fue de $12.638.381.40,
el 2014 de $13.522.909.70, para el 2015 $14.083.404.00, el periodo 2016
se registra un decrecimiento en la recaudación, atribuida al terremoto en el
país afectando provincias como Manabí y Esmeraldas la cifra recaudada
fue de $13.387.528.00 que incluye contribuciones solidarias de los
contribuyentes y el 2017 cierra con $13.680.696.00.
2013 2014 2015 2016 2017
12.638.381,40 13.522.909,70
14.083.404,00
13.387.528,00 13.680.696,00
Recaudación de Impuestos en el Ecuador en los 5 ultimos años
(miles de dolares)
9
7%
4%
-7%
7%
Porcentaje de recaudación de impuestos en el Ecuador los 5 ultimos años
2013
Gráfico 2. Porcentaje de recaudación de Impuestos en el Ecuador en los 5 últimos años.
Fuente: Servicio de Rentas Internas (SRI) Elaborado por: Ruiz González Jorge Segundo
En este grafico se observa el porcentaje de crecimiento en la recaudación
de impuestos por parte del servicio de rentas internas (Sri.) para el 2014 se
registra un crecimiento del 7%, para el 2015 la recaudación se incrementó
en un 4%, para el 2016 hubo un decrecimiento del 7% a consecuencia del
terremoto en el país, donde se vieron afectadas las provincias de
Esmeraldas y Manabí, para el 2017 el crecimiento fue de un 7%, donde
podemos apreciar la gestión realizada por el servicio de rentas internas en
la recaudación de los impuestos en el Ecuador.
2014 2015 2016 2017
10
Gráfico 3. Devolución de Impuestos a los contribuyentes en el
Ecuador en los 5 últimos años.
Fuente: Servicio de Rentas Internas (SRI)
Elaborado por: Ruiz González Jorge Segundo
En este grafico se puede observar el incremento en devolución por
concepto de impuesto del Sri al contribuyente donde el 2013 llega a la cifra
de $ 244.242,30, 2014 $ 303.325,70, el 2015 $ 256.952,00, el 2016 $
97.828,00, el 2017 $201.972,00, Observamos nuevamente como en los
cuadros anteriores un incremento gradual, siendo el año 2016 el más bajo
en devolución debido al terremoto que afecto de gran manera a las
provincias de Esmeraldas y Manabí.
Devolución de impuestos a los contribuyentes en el Ecuador en los
ultimos 5 años
2013 2014 2015 2016 2017
244,242,30
303.325,70
256.952,00
97.828,00
201.972,00
11
FUNDAMENTACIÓN TEÓRICA
Tributos
En términos generales, tributo es una prestación obligatoria a favor del
Estado o de las personas jurídicas indicadas por éste, que afectan al
patrimonio de los obligados y cuyo destino es el financiamiento de los fines
estatales. (Crespo, 2010)
Los tributos son las obligaciones que tienen las personas de forma
obligatorio con el estado, generando por medio de su recaudación riquezas
con la finalidad de ser destinadas a la productividad y servicio interno,
además solventan el gasto en las entidades públicas que dependen del
estado y ofrecen un servicio en beneficio de los ciudadanos, los tributos se
clasifican en: contribuciones especiales, impuestos, tasas.
Obligación tributaria
Sarmiento (2014) señala que:
Obligación tributaria es definida como “el vínculo jurídico personal,
existente entre el Estado o las entidades acreedoras de tributos y los
contribuyentes o responsables de aquellos, en virtud del cual debe
satisfacerse una prestación en dinero, especies o servicios
apreciables en dinero, al verificarse el hecho generador previsto por
la ley” (p. 2)
La obligación tributaria es aquella que nace cuando se concibe el hecho
generador del impuesto por concepto de la transferencia de un bien de
naturaleza corporal o la prestación de un servicio el cual está gravado con
una tarifa porcentual determinada por el estado, la cual deberá ser
presentada de forma obligatoria al fisco genere o no genere un valor
monetario a pagar.
12
Domicilio tributario
Para todos los efectos tributarios, se tendrá como domicilio de las personas
naturales, el lugar de su residencia habitual o donde ejerzan sus actividades
económicas; aquel donde se encuentren sus bienes, o se produzca el
hecho generador. (Dirección Nacional Jurídica, 2018)
El domicilio tributario por lo general es el lugar donde se desarrolla la
actividad comercial del contribuyente sea este un local comercial, oficina o
su propio domicilio, cuya dirección constara en su registro único del
contribuyente a partir de su inscripción en el régimen general o en el
régimen simplificado, siendo el lugar donde la administración tributaria ara
llegar las notificaciones físicas y donde los fedatarios puedan constatar
cualquier anomalía.
Sujeto Activo
Es el estado en términos generales y por delegación a algunas entidades
públicas menores como son las administraciones locales. (Valdivia, 2010)
El sujeto activo es el estado el cual impone los porcentajes de los impuestos
en el país así como la tarifa porcentual de cada uno de los bienes y servicios
que serán gravados con el único fin de recaudar valores económicos por
concepto de la actividad comercial desarrollada por los sujetos pasivos los
cuales son las personas naturales y jurídicas debidamente registradas en
la entidad pública fiscal controladora.
Sujeto Pasivo
Padrón, Escobar, Alcolea, & Pérez, (2010) señalan que:
Es la persona natural o jurídica que incurre en un hecho sujeto a
gravamen. Puede ser el contribuyente que es la persona sobre la
que se impone la carga tributaria o el responsable legal que es el que
está obligado al cumplimiento material o formal de la obligación. (p.
10)
13
Sujeto pasivo es la persona natural o jurídica que desarrolla una actividad
comercial sea esta por la producción y comercialización de bienes o la
prestación de servicios los cuales están gravados con la tarifa porcentual
establecida por el estado mediante la administración tributaria como órgano
regulador fiscal, el sujeto pasivo se acogerá a un marco legal impuesto por
la administración tributaria que norma el procedimiento de su actividad, así
como sus deberes y obligaciones en materia fiscal.
Extinción de la obligación tributaria
Por extinción de las obligaciones tributarias entendemos, la desaparición
(cumplimiento) de la relación jurídico-tributaria entre el sujeto activo (El
Estado) y el sujeto pasivo (contribuyente principal, tercero, o responsable
solidario). (Moreno, 2013)
Se entiende por extinción la desaparición total de la obligación tributaria que
mantiene el sujeto pasivo con el estado, cuando la administración tributaria
verifica que tal acción solicitada por el sujeto pasivo está enmarcada dentro
de las bases legales para que la obligación sea extinta y la forma solicitada
sea aplicada correctamente de acuerdo con lo estipulado en el código
tributario en su artículo 37, las formas de extinción de las obligaciones
tributarias del sujeto pasivo son: Solución o pago; Compensación;
Confusión; Remisión; y, Prescripción de la acción de cobro
La obligación tributaria prescribirá a los siete años desde que esta fue
hecha exigible de parte de la administración tributaria al sujeto pasivo y la
acción de cobro de capital, multas e intereses por impuestos no pagados
prescribirá a los cinco años a partir de la presentación de la declaración que
genero el impuesto del sujeto pasivo, siendo solicitado por el contribuyente
la prescripción a la administración tributaria.
14
Impuestos
Los impuestos según Peláez & Gutiérrez (2016) se producen por una
obligación tributaria, cuya base imponible la establecen los actos o hechos
de naturaleza jurídica en la que genere el contribuyente y debe ser
cancelada de manera obligatoria. (p. 3)
Los impuestos es el resultado causado por el desarrollo de una actividad
económica dentro de un periodo comercial de las personas naturales y
jurídicas que se encuentran domiciliadas en el país, gravando sus ingresos
y su patrimonio, estos impuestos son establecidos por estado así como el
porcentaje sobre el monto a pagar, la determinación de la fecha de pago
del contribuyente, sustentado en el código la ley y el reglamento tributario
ejecutado por la administración fiscal en representación del estado.
Clasificación de los impuestos
Los impuesto directos
Son aquellos que únicamente serán responsabilidad del contribuyente, no
podrán ser trasladados a terceros y su base para el cálculo para su pago
se hará sobre los ingresos generados por su actividad económica de un
periodo determinado. (Ministerio de Economía y Finanzas, 2012)
Los impuestos directos gravan los ingresos de los contribuyentes
directamente siendo obligación de los mismos el pago al estado por este
concepto, esta obligación de pago no podrá ser trasladada a terceros y su
obligación de pago solo será extinta con el pago de la misma o en los casos
donde exista caducidad, confusión, compensación o esté vigente el estado
remisión.
Los impuestos indirectos
Son aquellos que gravan el consumo sin afectar directamente a los
ingresos de los contribuyentes, afectando directamente el costo del bien o
servicio adquirido con una tarifa establecida que va desde el 0 % al 12%.
(Direccion Nacional Juridica, 2018)
15
Los impuestos indirectos únicamente gravan los productos y servicios
existente dentro del mercado ecuatoriano y su pago por lo general se
traslada a una tercera persona, la cual se la conoce como consumidor final,
el porcentaje de este impuesto indirecto es establecido por el estado, así
como los productos y servicios que son objeto de esta carga tributaria y
cuya recaudación será destinada al gasto público.
El Impuesto a la Renta
Se aplica sobre aquellas rentas que obtengan las personas naturales, las
sucesiones indivisas y las sociedades sean nacionales o extranjeras. El
ejercicio impositivo comprende del 1 de enero al 31 de diciembre. (Direccion
Nacional Juridica, 2015)
Impuesto a la renta grava los ingresos de fuente Ecuatoriana de las
personas naturales, jurídicas y extranjeras que estén domiciliadas en el
país, por el desarrollo de una actividad comercial, quienes al llegar a la base
anual imponible dispuesta por el estado obligatoriamente presentara su
respectiva declaración del ejercicio económico y su correspondiente pago
si la declaración genera un impuesto a pagar.
Retención en la fuente
Es el anticipo que realizan los agentes de retención a los contribuyentes
sobre la base imponible al efectuarse una transacción por la venta de
bienes inmuebles o la prestación de servicios. (Martinez de Luna, 2005)
La retención en la fuente es el pago por concepto de anticipo de impuesto
a la renta, que se realiza sobre la base del valor del bien o servicio adquirido
por el agente de retención al momento que ocurre el hecho generador,
variando el porcentaje de retención según su concepto sea es te por bienes
o servicios el cual es establecido por la administración tributaria.
16
Devolución crédito tributario y devolución del impuesto a la renta
Según la Ley del reglamento tributario interno (Lrti) en su artículo 47 señala
que:
En el caso de que las retenciones en la fuente del impuesto a la renta
sean mayores al impuesto causado o no exista impuesto causado,
conforme la declaración del contribuyente, éste podrá solicitar el
pago en exceso, presentar su reclamo de pago indebido o utilizarlo
directamente como crédito tributario sin intereses en el impuesto a la
renta que cause en los ejercicios impositivos posteriores y hasta
dentro de 3 años contados desde la fecha de la declaración; la
opción así escogida por el contribuyente respecto al uso del saldo
del crédito tributario a su favor, deberá ser informada oportunamente
a la administración tributaria, en la forma que ésta establezca. (Lrti,
2011, p. 37)
Para solicitar la devolución del impuesto a la renta de las personas
naturales se debe presentar la declaración por este concepto del periodo
anual solicitado, en el cual se detalla los ingresos y los gastos en giro de su
actividad económica durante el periodo, así como los gastos de la unidad
familiar, retenciones a la fuente a la cual ha sido objeto, lo que determinara
si la declaración genera impuesto a pagar o el sujeto pasivo tiene valores a
favor por concepto de retención en la fuente dentro del periodo.
Antecedentes referenciales
González, (2015) devoluciones del impuesto a la renta de personas
naturales y las recaudaciones tributarias en el Ecuador, durante el periodo
2008 – 2012, Maestría en tributación y finanzas, Universidad de Guayaquil.
El trabajo referenciado refleja un análisis sobre las recaudación y
devolución del impuesto a la renta por parte del estado durante los periodos
2008 hasta el 2012, donde el autor llega a conclusión, de que las reformas
adoptadas por el estado en materia tributaria permitieron el crecimiento en
17
la recaudación de impuestos y los procesos implementados en la
devolución de impuesto a la renta hicieron aumentar las solicitudes de
devolución por concepto de pago indebido o pago en exceso realizadas por
los contribuyentes y por ende el crecimiento en la devolución de este
impuesto.
Este trabajo de investigación tiene mucha relación con la presente
investigación acerca de la devolución del impuesto a la renta de las
personas naturales no obligadas a llevar contabilidad, ya que el autor
presentara una estadística de la recaudación y devolución de impuesto en
los últimos periodos, así como las últimas reformas adoptadas por el
gobierno y el proceso para realizar la solicitud de la devolución.
Cilio, (2011) impacto del sistema de devolución del Impuesto a la Renta por
Internet, Maestría en tributación, Universidad andina Simón Bolívar, sede
Ecuador.
En este trabajo referenciado la autora llega a la conclusión que la
devolución del impuesto a la renta realizada con la implementación del
medio electrónico, tuvo un impacto positivo para los contribuyentes del
periodo 2008, 2009. 2010, ya que pudieron conseguir la devolución de sus
valores por concepto de retenciones en la fuente de los periodos
mencionados, siendo el 96.36% de las solicitudes de personas naturales y
solamente el 3.64% de sociedades,
Este trabajo citado está relacionado con la presente investigación ya que
demostrara el proceso de la devolución de impuesto a la renta a las
personas naturales no obligadas a llevar contabilidad en cada una de sus
etapas, y los resultados que se obtuvieron en la solicitud realizada por
medio magnético en la portal del servicio de rentas internas (Sri) en el
periodo 2017.
Reyes, (2016) diagnóstico de la devolución del impuesto a la renta de las
personas naturales y su relación con la actividad económica. En la ciudad
18
de Guayaquil, periodo 2014, Maestría en administración tributaria, Instituto
de altos estudios nacionales universidad de posgrados del estado.
En este trabajo citado el autor llega a la conclusión, que los valores que el
servicio de rentas internas ha devuelto a sus contribuyentes, va relacionado
directamente con su actividad económica y que el mayor porcentaje de
devolución del impuesto se realizó por la actividad de servicios
profesionales, siendo la actividad de comercio al por mayor y menor la
segunda en el orden de las devoluciones, seguida de actividades de salud,
actividades financieras y de seguros.
Este trabajo investigación tiene mucha relación con la presente
investigación ya que se analiza el proceso de devolución del impuesto a la
renta de los contribuyentes los cuales desempeñan su actividad comercial
en diferentes áreas.
FUNDAMENTACIÓN LEGAL
Constitución de la República del Ecuador
Sección quinta Régimen tributario
Art. 300.- El régimen tributario se regirá por los principios de generalidad,
progresividad, eficiencia, simplicidad administrativa, irretroactividad,
equidad, transparencia y suficiencia recaudatoria. Se priorizarán los
impuestos directos y progresivos. La política tributaria promoverá la
redistribución y estimulará el empleo, la producción de bienes y servicios, y
conductas ecológicas, sociales y económicas responsables.
Código Tributario
Capítulo IV de los sujetos.
Art. 24.- Sujeto pasivo.- Es sujeto pasivo la persona natural o jurídica que,
según la ley, está obligada al cumplimiento de la prestación tributaria, sea
como contribuyente o como responsable. Se considerarán también sujetos
19
pasivos, las herencias yacentes, las comunidades de bienes y las demás
entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyan una unidad
económica o un patrimonio independiente de los de sus miembros,
susceptible de imposición, siempre que así se establezca en la ley tributaria
respectiva.
Art. 25.- Contribuyente.- Contribuyente es la persona natural o jurídica a
quien la ley impone la prestación tributaria por la verificación del hecho
generador. Nunca perderá su condición de contribuyente quien, según la
ley, deba soportar la carga tributaria, aunque realice su traslación a otras
personas.
Capítulo III deberes formales del contribuyente o responsable.
Art. 96.- Deberes formales.- Son deberes formales de los contribuyentes o
responsables:
1. Cuando lo exijan las leyes, ordenanzas, reglamentos o las disposiciones
de la respectiva autoridad de la administración tributaria:
a) Inscribirse en los registros pertinentes, proporcionando los datos
necesarios relativos a su actividad; y, comunicar oportunamente los
cambios que se operen;
b) Solicitar los permisos previos que fueren del caso;
c) Llevar los libros y registros contables relacionados con la
correspondiente actividad económica, en idioma castellano; anotar,
en moneda de curso legal, sus operaciones o transacciones y
conservar tales libros y registros, mientras la obligación tributaria no
esté prescrita;
d) Presentar las declaraciones que correspondan; y,
e) Cumplir con los deberes específicos que la respectiva ley tributaria
establezca.
20
2. Facilitar a los funcionarios autorizados las inspecciones o verificaciones,
tendientes al control o a la determinación del tributo.
3. Exhibir a los funcionarios respectivos, las declaraciones, informes, libros
y documentos relacionados con los hechos generadores de obligaciones
tributarias y formular las aclaraciones que les fueren solicitadas.
4. Concurrir a las oficinas de la administración tributaria, cuando su
presencia sea requerida por autoridad competente.
Título Primero
IMPUESTO A LA RENTA
Capítulo I Normas generales
Art. 1.- Objeto del impuesto. – Establece el impuesto a la renta global que
obtengan las personas naturales, las sucesiones indivisas y las sociedades
nacionales o extranjeras, de acuerdo con las disposiciones de la presente
Ley.
Art. 2.- Concepto de renta. - Para efectos de este impuesto se considera
renta:
1.- Los ingresos de fuente ecuatoriana obtenidos a título gratuito o a título
oneroso provenientes del trabajo, del capital o de ambas fuentes,
consistentes en dinero, especies o servicios; y
2.- Los ingresos obtenidos en el exterior por personas naturales
domiciliadas en el país o por sociedades nacionales, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 98 de esta Ley.
Art. 3.- Sujeto activo. - El sujeto activo de este impuesto es el Estado. Lo
administrará a través del Servicio de Rentas Internas.
Capítulo II Ingresos de fuente Ecuatoriana
Art. 8.- Ingresos de fuente ecuatoriana. - Se considerarán de fuente
ecuatoriana los siguientes ingresos:
1.- Los que perciban los ecuatorianos y extranjeros por actividades
laborales, profesionales, comerciales, industriales, agropecuarias, mineras,
21
de servicios y otras de carácter económico realizadas en territorio
ecuatoriano, salvo los percibidos por personas naturales no residentes en
el país por servicios ocasionales prestados en el Ecuador, cuando su
remuneración u honorarios son pagados por sociedades extranjeras y
forman parte de los ingresos percibidos por ésta, sujetos a retención en la
fuente o exentos; o cuando han sido pagados en el exterior por dichas
sociedades extranjeras sin cargo al gasto de sociedades constituidas,
domiciliadas o con establecimiento permanente en el Ecuador. Se
entenderá por servicios ocasionales cuando la permanencia en el país sea
inferior a seis meses consecutivos o no en un mismo año calendario;
2.- Los que perciban los ecuatorianos y extranjeros por actividades
desarrolladas en el exterior, provenientes de personas naturales, de
sociedades nacionales o extranjeras, con domicilio en el Ecuador, o de
entidades y organismos del sector público ecuatoriano;
3.- Las utilidades provenientes de la enajenación de bienes muebles o
inmuebles ubicados en el país;
3.1. Las utilidades que perciban las sociedades domiciliadas o no en
Ecuador y las personas naturales, ecuatorianas o extranjeras, residentes o
no en el país, provenientes de la enajenación directa o indirecta de
acciones, participaciones, otros derechos representativos de capital u otros
derechos que permitan la exploración, explotación, concesión o similares;
de sociedades domiciliadas o establecimientos permanentes en Ecuador.
4.- Los beneficios o regalías de cualquier naturaleza, provenientes de los
derechos de autor, así como de la propiedad industrial, tales como
patentes, marcas, modelos industriales, nombres comerciales y la
transferencia de tecnología;
5.- Las utilidades y dividendos distribuidos por sociedades constituidas o
establecidas en el país;
6.- Los provenientes de las exportaciones realizadas por personas
naturales o sociedades, nacionales o extranjeras, con domicilio o
establecimiento permanente en el Ecuador, sea que se efectúen
22
directamente o mediante agentes especiales, comisionistas, sucursales,
filiales o representantes de cualquier naturaleza;
7.- Los intereses y demás rendimientos financieros pagados o acreditados
por personas naturales, nacionales o extranjeras, residentes en el Ecuador;
o por sociedades, nacionales o extranjeras, con domicilio en el Ecuador, o
por entidades u organismos del sector público;
8.- Los provenientes de loterías, rifas, apuestas y similares, promovidas en
el Ecuador;
9.- Los provenientes de herencias, legados, donaciones y hallazgo de
bienes situados en el Ecuador; y,
10.- Cualquier otro ingreso que perciban las sociedades y las personas
naturales nacionales o extranjeras residentes en el Ecuador, incluido el
incremento patrimonial no justificado. Para los efectos de esta Ley, se
entiende como establecimiento permanente de una empresa extranjera
todo lugar o centro fijo ubicado dentro del territorio nacional, en el que una
sociedad extranjera efectúe todas sus actividades o parte de ellas. En el
reglamento se determinarán los casos específicos incluidos o excluidos en
la expresión establecimiento permanente.
Art. 9.- Exenciones. - Para fines de la determinación y liquidación del
impuesto a la renta, están exonerados exclusivamente los siguientes
ingresos:
1.- Los dividendos y utilidades, calculados después del pago del impuesto
a la renta, distribuidos por sociedades nacionales o extranjeras residentes
en el Ecuador, a favor de otras sociedades nacionales o extranjeras, no
domiciliadas en paraísos fiscales o jurisdicciones de menor imposición o de
personas naturales no residentes en el Ecuador. Esta exención no aplica si
el beneficiario efectivo, en los términos definidos en el reglamento, es una
persona natural residente en Ecuador. También estarán exentos de
impuestos a la renta, los dividendos en acciones que se distribuyan a
consecuencia de la aplicación de la reinversión de utilidades en los términos
definidos en el artículo 37 de esta Ley, y en la misma relación proporcional.
23
Título Segundo: Impuesto al valor agregado
Capítulo I objeto del impuesto
Art. 52.- Objeto del impuesto.- Se establece el Impuesto al Valor Agregado
(IVA), que grava al valor de la transferencia de dominio o a la importación
de bienes muebles de naturaleza corporal, en todas sus etapas de
comercialización, así como a los derechos de autor, de propiedad industrial
y derechos conexos; y al valor de los servicios prestados, en la forma y en
las condiciones que prevé esta Ley.
Art. 56.- Impuesto al valor agregado sobre los servicios.- El impuesto al
valor agregado IVA, grava a todos los servicios, entendiéndose como tales
a los prestados por el Estado, entes públicos, sociedades, o personas
naturales sin relación laboral, a favor de un tercero, sin importar que en la
misma predomine el factor material o intelectual, a cambio de una tasa, un
precio pagadero en dinero, especie, otros servicios o cualquier otra
contraprestación.
Art. 58.- Base imponible general.- La base imponible del IVA es el valor total
de los bienes muebles de naturaleza corporal que se transfieren o de los
servicios que se presten, calculado a base de sus precios de venta o de
prestación del servicio, que incluyen impuestos, tasas por servicios y demás
gastos legalmente imputables al precio. Del precio así establecido sólo
podrán deducirse los valores correspondientes a:
1. Los descuentos y bonificaciones normales concedidas a los
compradores según los usos o costumbres mercantiles y que
consten en la correspondiente factura;
2. El valor de los bienes y envases devueltos por el comprador; y,
3. Los intereses y las primas de seguros en las ventas a plazos.
24
Capítulo II: Hecho imponible y sujetos del impuesto
Art. 61.- Hecho generador.- El hecho generador del IVA se verificará en los
siguientes momentos:
1. En las transferencias locales de dominio de bienes, sean éstas al contado
o a crédito, en el momento de la entrega del bien, o en el momento del pago
total o parcial del precio o acreditación en cuenta, lo que suceda primero,
hecho por el cual, se debe emitir obligatoriamente el respectivo
comprobante de venta.
2. En las prestaciones de servicios, en el momento en que se preste
efectivamente el servicio, o en el momento del pago total o parcial del precio
o acreditación en cuenta, a elección del contribuyente, hecho por el cual,
se debe emitir obligatoriamente el respectivo comprobante de venta.
3. En el caso de prestaciones de servicios por avance de obra o etapas, el
hecho generador del impuesto se verificará con la entrega de cada
certificado de avance de obra o etapa, hecho por el cual se debe emitir
obligatoriamente el respectivo comprobante de venta.
4. En el caso de uso o consumo personal, por parte del sujeto pasivo del
impuesto, de los bienes que sean objeto de su producción o venta, en la
fecha en que se produzca el retiro de dichos bienes.
5. En el caso de introducción de mercaderías al territorio nacional, el
impuesto se causa en el momento de su despacho por la aduana.
6. En el caso de transferencia de bienes o prestación de servicios que
adopten la forma de tracto sucesivo, el impuesto al valor agregado -IVA- se
causará al cumplirse las condiciones para cada período, momento en el
cual debe emitirse el correspondiente comprobante de venta.
Art. 63.- Sujetos pasivos.- Son sujetos pasivos del IVA:
a) En calidad de contribuyentes: Quienes realicen importaciones gravadas
con una tarifa, ya sea por cuenta propia o ajena.
25
a.1) En calidad de agentes de percepción:
1. Las personas naturales y las sociedades que habitualmente
efectúen transferencias de bienes gravados con una tarifa;
2. Las personas naturales y las sociedades que habitualmente
presten servicios gravados con una tarifa.
Art. 64.- Facturación del impuesto.- Los sujetos pasivos del IVA tienen la
obligación de emitir y entregar al adquirente del bien o al beneficiario del
servicio facturas, boletas o notas de venta, según el caso, por las
operaciones que efectúe, en conformidad con el reglamento. Esta
obligación regirá aun cuando la venta o prestación de servicios no se
encuentren gravados o tengan tarifa cero. En las facturas, notas o boletas
de venta deberá hacerse constar por separado el valor de las mercaderías
transferidas o el precio de los servicios prestados y la tarifa del impuesto; y
el IVA cobrado.
El no otorgamiento de facturas, boletas, notas o comprobantes de venta
constituirá un caso especial de defraudación que será sancionado de
conformidad con el Código Tributario.
Capítulo III: Tarifa del impuesto y crédito tributario
Art. 65.- tarifa.- La tarifa del impuesto al valor agregado es del 12%.
Art. 66.- Crédito tributario.- El uso del crédito tributario se sujetará a las
siguientes normas:
1.- Los sujetos pasivos del impuesto al valor agregado IVA, que se
dediquen a: la producción o comercialización de bienes para el mercado
interno gravados con tarifa doce por ciento (12%), a la prestación de
servicios gravados con tarifa doce por ciento (12%), a la comercialización
de paquetes de turismo receptivo, facturados dentro o fuera del país,
brindados a personas naturales no residentes en el Ecuador, a la venta
directa de bienes y servicios gravados con tarifa cero por ciento de IVA a
26
exportadores, o a la exportación de bienes y servicios, tendrán derecho al
crédito tributario por la totalidad del IVA, pagado en las adquisiciones
locales o importaciones de los bienes que pasen a formar parte de su activo
fijo; o de los bienes, de las materias primas o insumos y de los servicios
necesarios para la producción y comercialización de dichos bienes y
servicios;
2.- Los sujetos pasivos del IVA que se dediquen a la producción,
comercialización de bienes o a la prestación de servicios que en parte estén
gravados con tarifa cero por ciento (0%) y en parte con tarifa doce por ciento
(12%) tendrán derecho a un crédito tributario, cuyo uso se sujetará a las
siguientes disposiciones:
a) Por la parte proporcional del IVA pagado en la adquisición local o
importación de bienes que pasen a formar parte del activo fijo;
b) Por la parte proporcional del IVA pagado en la adquisición de
bienes, de materias primas, insumos
Capítulo IV: Declaración y pago del IVA
Art. 67.- Declaración del impuesto.- Los sujetos pasivos del IVA declararán
el impuesto de las operaciones que realicen mensualmente dentro del mes
siguiente de realizadas, salvo de aquellas por las que hayan concedido
plazo de un mes o más para el pago en cuyo caso podrán presentar la
declaración en el mes subsiguiente de realizadas, en la forma y plazos que
se establezcan en el reglamento. Los sujetos pasivos que exclusivamente
transfieran bienes o presten servicios gravados con tarifa cero o no
gravados, así como aquellos que estén sujetos a la retención total del IVA
causado, presentarán una declaración semestral de dichas transferencias,
a menos que sea agente de retención de IVA.
27
De los comprobantes de venta y retención de documentos
complementarios.
Art. 1.- Comprobantes de venta.- Son comprobantes de venta los siguientes
documentos que acreditan la transferencia de bienes o la prestación de
servicios o la realización de otras transacciones gravadas con tributos:
a) Facturas;
b) Notas de venta - RISE;
c) Liquidaciones de compra de bienes y prestación de servicios;
d) Tiquetes emitidos por máquinas registradoras;
e) Boletos o entradas a espectáculos públicos; y,
f) Otros documentos autorizados en el presente reglamento.
Los sujetos pasivos también podrán solicitar al Servicio de Rentas Internas
la autorización para que dichos documentos puedan emitirse mediante
sistemas computarizados, en los términos y condiciones que establezca
dicha entidad. El Servicio de Rentas Internas autorizará la utilización de
máquinas registradoras para la emisión de tiquetes, siempre que
correspondan a las marcas y modelos previamente calificados por dicha
institución.
Los sujetos pasivos que tengan autorización para emitir comprobantes de
venta, documentos complementarios y comprobantes de retención,
mediante sistemas computarizados, podrán solicitar autorización para la
emisión y entrega de comprobantes impresos por establecimientos gráficos
autorizados, para cuando se requiera la emisión de estos, por cualquier
circunstancia.
Los sujetos pasivos autorizados a emitir tiquetes de máquinas registradoras
deben, además, contar obligatoriamente con facturas o notas de venta
autorizadas, las que deberán entregarla adquirente del bien o servicio, con
los datos que lo identifiquen como tal, cuando lo solicite, para justificar sus
deducciones del impuesto sobre la renta.
28
Art. 6.- Período de vigencia de la autorización para imprimir y emitir
comprobantes de venta, documentos complementarios y comprobantes de
retención.- El período de vigencia de los comprobantes de venta,
documentos complementarios y comprobantes de retención, será de un año
para los sujetos pasivos, cuando cumplan las condiciones siguientes:
1. Haber presentado sus declaraciones tributarias y sus anexos cuando
corresponda, y realizado el pago de las obligaciones declaradas o, de
mantener concesión de facilidades para el pago de ellas, no estar en
mora de las correspondientes cuotas.
2. No tener pendiente de pago, deuda firme alguna, por tributos
administrados por el Servicio de Rentas Internas, multas e intereses
provenientes de los mismos. Se exceptúan de esta disposición los casos
en los cuales exista un convenio de facilidades de pago o se haya
iniciado un recurso de revisión de oficio o a insinuación del contribuyente
en relación al acto administrativo que contenga la obligación en firme.
Por consiguiente, se mantendrán vigentes dentro del plazo autorizado
por el SRI, los comprobantes de venta, documentos complementarios y
comprobantes de retención, aun cuando se encuentren pendientes de
resolución las impugnaciones en vía judicial o administrativa,
presentadas por los sujetos pasivos, por las que no se encuentren en
firme los respectivos actos administrativos. (Reformado por el Art. único
del D.E. 1063, R.O. 651, 1-III-2012).- Que la información proporcionada
por el sujeto pasivo en el Registro Único de Contribuyentes, en caso de
comprobación realizada por la Administración Tributaria, sea correcta,
conforme a lo establecido en la Ley de Registro Único de
Contribuyentes.
3 El Servicio de Rentas Internas, cuando el sujeto pasivo no hubiere
presentado y pagado cuando corresponda, durante el último semestre
alguna declaración, autorizará la impresión de los documentos con un
plazo de vigencia improrrogable de tres meses, tiempo dentro del cual
el contribuyente deberá cumplir con todas sus obligaciones pendientes.
29
En ningún caso esta autorización podrá otorgarse de forma consecutiva.
La autorización de los documentos referidos en el presente reglamento,
mediante mensajes de datos firmados electrónicamente, será por cada
comprobante, mismo que se validará en línea, de acuerdo a lo
establecido en la resolución que para el efecto emitirá el Servicio de
Rentas Internas.
Art. 7.- De la suspensión de los comprobantes de venta, retención y
documentos complementarios.- La Administración Tributaria podrá
suspender la vigencia de la autorización para emitir comprobantes de venta,
retención y documentos complementarios previa notificación al
contribuyente, cuando este no haya cumplido con la obligación de
presentación de sus declaraciones tributarias, sus anexos cuando
corresponda, realizado el pago de las obligaciones declaradas o cuando la
información proporcionada por el sujeto pasivo en el Registro Único de
Contribuyentes, no pueda ser verificada por la Administración Tributaria.
Para el caso de los contribuyentes autorizados a utilizar sistemas
computarizados, la suspensión procederá también cuando no cumplan los
requerimientos establecidos por el Servicio de Rentas Internas, derivados
de dicha autorización.
No sustentarán crédito tributario, ni costos o gastos, los comprobantes de
venta, de retención y documentos complementarios que hayan sido
emitidos mientras dure la suspensión de la autorización.
Para este efecto, el Servicio de Rentas Internas pondrá a disposición de la
ciudadanía los mecanismos necesarios para verificar la vigencia de los
mencionados comprobantes.
Art. 8.- Obligación de emisión de comprobantes de venta y comprobantes
de retención.- Están obligados a emitir y entregar comprobantes de venta
todos los sujetos pasivos de impuestos, a pesar de que el adquirente no los
solicite o exprese que no los requiere. Dicha obligación nace con ocasión
de la transferencia de bienes, aun cuando se realicen a título gratuito,
30
autoconsumo o de la prestación de servicios de cualquier naturaleza,
incluso si las operaciones se encuentren gravadas con tarifa cero (0%) del
impuesto al valor agregado. La emisión de estos documentos será
efectuada únicamente por transacciones propias del sujeto pasivo
autorizado.
El Servicio de Rentas Internas, mediante resolución, establecerá el monto
sobre el cual las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad y
aquellas inscritas en el Régimen Impositivo Simplificado, deberán emitir
comprobantes de venta.
De igual manera, se establecerá la periodicidad de la emisión de un
comprobante de venta resumen por las transacciones efectuadas
correspondientes a valores inferiores a los establecidos en la mencionada
resolución.
No obstante lo señalado en el inciso anterior, a petición del adquirente del
bien o servicio, se deberá emitir y entregar comprobantes de venta, por
cualquier monto.
VARIABLES DE LA INVESTIGACIÓN
Variable dependiente
Guía de control tributario
Guía tributaria es una herramienta fundamental que servirá de ayuda para
el correcto y oportuno cumplimiento de las obligaciones tributarias que en
este caso constituyen las personas naturales obligadas a llevar contabilidad
determinando los pasos a seguir en las declaraciones del SRI. (Sri, 2018)
Variable dependiente
Devolución de Impuesto a la renta
La devolución del impuesto a la renta comienza con la presentación de la
declaración anual del contribuyente, al no llegar a la base imponible podrá
solicitar la devolución por concepto de retenciones que le fueron efectuadas
en el periodo declarado. (Reyes de la A, 2016)
31
DEFINICIONES CONCEPTUALES
Año fiscal: Período de tiempo en el que están basadas todas las cuentas
del sector público de una nación. En nuestro país se extiende desde el 1 de
enero al 31 de diciembre.
Base imponible: Determina en valores al hecho imponible
Contribuciones: Tributo destinado a financiar el costo de alguna actividad
estatal, es un servicio de previsión social con la contraprestación de obtener
un beneficio, generalmente de obras públicas. (De mejoras o de seguridad
social). (Mendoza, 2011)
Hecho generador: La terminología “generador” indica al nacimiento de una
obligación tributaria normada por una Ley y que configura un tributo.
Personas Naturales: Son todas las personas, nacionales o extranjeras,
que realizan actividades económicas lícitas, al igual que las
jurídicas deben inscribirse en el RUC, emitir y entregar comprobantes de
venta autorizados por el SRI y presentar declaraciones de impuestos de
acuerdo a su actividad económica. (Alcívar, Calderón, & Asunción, 2014, p.
8-9)
Impuestos son aportaciones obligatorias de dinero que deben pagar las
personas naturales y jurídicas que realizan alguna actividad económica
considerada así por la Administración Tributaria y a su vez sirven para
financiar el gasto público. (Villena, 2015)
Registro único del contribuyente: Instrumento que registra e identifica a
los contribuyentes, con fines impositivos y para proporcionar información a
la Administración Tributaria. (Sri, 2012, p. 68)
Tributación: Son todas las obligaciones realizadas por los ciudadanos
sobre sus ingresos, propiedades, mercancía y los servicios que prestaren
en beneficio del Estado, para su mantención y que este pueda suministrar
servicios de salud, educación sanidad y vivienda a sus ciudadanos. (Sri,
2012)
32
CAPÍTULO III
MARCO METODOLÓGICO
JRG. Asesores contables y tributarios
Jrg Asesores dedicada al asesoramiento contable y tributario, inicia sus
actividades el 6 de agosto del 2014, se encuentra ubicada en la provincia
del Guayas, en la ciudad de Guayaquil, en las calles 12 e interseccion C,
surge con una idea de emprendimiento en el negocio de asesoria en
materia contable y tributaria, ofreciendo un servicio de asesoramiento
personalizado cubriendo la demanda en asesoria tributaria contable
existente en el mercado.
Misión
Brindar de una manera clara y oportuna asesoría contable y tributaria,
mediante un servicio de calidad y confianza, con el único objetivo de
satisfacer las necesidades de los contribuyentes en materia contable y
tributaria en el país.
Visión
Ser una empresa reconocida en el mercado de servicio de asesoría
contable y tributaria, abriendo nuevas sucursales a nivel del país para
satisfacer la demanda existente.
Logotipo
Figura 1. Logotipo
Elaborado por: Ruiz Gonzalez Jorge Segundo
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Gráfico 4. Organigrama General
Organigrama General
JRG. Asesores - contables y tributarios
Elaborado por: Ruiz Gonzalez Jorge Segundo
Cuadro 1. Cantidad de categoría ocupacional de trabajadores
Cargo Ocupacional Cantidad
Administrativo 1
Operativos 3
Total 4
Elaborado por: Ruiz Gonzalez Jorge Segundo
Gerente General
Asesor 1 Asesor 2 Asesor 3
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Principales Servicios:
Sri
• Decalaración impuesto al valor agregado (IVA)
• Decalaración impuesto al la renta
• Decalaración retención en la fuente
• Anexo transaccional simplificado
• Anexo de dividendos
• Anexo participe de socios
• Anexo de relación de dependencia
• Anexo de gastos de la unidad familiar
• Proyeccion de gastos de la unidad familiar
• Decalaración patrimonial
• Devolución del impuesto al valor agregado (IVA) tercera edad
• Devolución del impuesto al valor agregado (IVA) por discapacidad
• Devolución de impuesto a la renta
• Inscripción ruc y Suspensión ruc
• Rentas provenientes de herencias, legados y donaciones.
Superintendencia de compañias
• Constitución de compañias
• Informes financieros de compañias y anexos
• Presentacion de estados financieros personas juridicas via web
• Liquidación de compañias
Iess
• Generación de clave personal
• Generación de clave patronal
• Aviso de entrada y salida de empleados
• Generación de planillas de pago
• Jubilaciones
• Prestamos quirografarios
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• Prestamos hipotecarios
Ministerio de trabajo
• Registro patronal
• Registro de empleados
• Liquidaciones de empleados
• Constancias laborales
Analisis economico
Cuadro 2. Estado de Pérdidas y Ganancias periodo 2017
Elaborado por: Ruiz Gonzalez Jorge Segundo
ESTADO DE PERDIDAS Y GANANCIAS
JRG ASESORES CONTABLES - TRIBUTARIOS
AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2017
INGRESOS 32.408,00
PRESTACIONES DE SERVICIOS 32.408,00
(-) GASTOS OPERATIVOS 6.780,00
COMISIONES 6.000,00
TRANSPORTE 480,00
PUBLICIDAD 300,00
(-) GASTOS ADMINISTRATIVOS 22.500,00
SUELDOS Y SALARIOS 19.200,00
ARRIENDO 2.520,00
SERVICIOS BASICOS 780,00
UTILIDAD DEL EJERCICIO 3.128,00
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DISEÑO DE LA INVESTIGACIÓN
El diseño de investigación es la estrategia general que adopta el
investigador para responder al problema planteado. En atención al diseño,
la investigación se clasifica en: documental, de campo y experimental.
(Arias, 2012, pág. 27)
El autor aplicara el diseño de campo en la presente investigación, ya que
recolectara los datos directamente de JRG. Asesores lugar donde se
sucitan los hechos motivo de la investigación, interactuara con la población
que esta relacionada con el objeto de estudio para obtener la información
deseada para su correspondiente analisis e interpretación.
TIPOS DE INVESTIGACIÓN
Investigación descriptiva. La Investigación descriptiva Según Hernández,
Fernández, & Baptista (2014) “Busca especificar las propiedades, las
características y los perfiles de las personas, grupos, comunidades,
procesos, objetos o cualquier otro fenómeno que se someta a un análisis”
(p. 92).
Esta investigación es descriptiva porque ara una descripción clara y precisa
sobre el procedimiento en la solicitud de la devolución del impuesto a la
renta, demostrara mediante la recopilación y análisis de información y
registros tributarios obtenidos, las causas y sus efectos que da como
resultado un fallido procedimiento en aplicación de la solicitud de
devolución de impuesto a la renta de las personas naturales no obligadas
a llevar contabilidad periodo 2017.
Investigación Explicativa Como su nombre lo indica, su interés se centra
en explicar por qué ocurre un fenómeno y en qué condiciones se manifiesta
o por qué se relacionan dos o más variables. (Hernández, Fernández, &
Baptista, 2014, p. 95)
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Este tipo de investigación le permite al autor de la presente investigación
explicar los fenómenos, hechos y motivos que inciden el procedimiento
fallido de la solicitud de la devolución del impuesto a la renta en JRG.
Asesores en la devolución de impuesto a la renta personas naturales no
obligadas a llevar contabilidad del periodo 2017.
La investigación correlacional
Según Hernández, Fernández, & Baptista (2014) señalan:
Este tipo de estudios tiene como finalidad conocer la relación o grado
de asociación que exista entre dos o más conceptos, categorías o
variables en una muestra o contexto en particular. En ocasiones sólo
se analiza la relación entre dos variables, pero con frecuencia se
ubican en el estudio vínculos entre tres, cuatro o más variables. (p.
98).
A través de la investigación correlacional en esta investigación se
determinara de qué manera y en qué grado se relacionan las variable
proceso tributario y la variable solicitud de la devolución de impuesto y la
incidencia que tiene una variable sobre otra, su afectación en el
procedimiento de devolución de impuesto a la renta de los contribuyentes
en el periodo 2017.
POBLACIÓN Y MUESTRA
Población
Según Tamayo y Tamayo (2003) señala que:
Totalidad de un fenómeno de estudio incluye la totalidad de unidades
de análisis o entidades de población que integran dicho fenómeno y
que debe cuantificarse para un determinado grupo integrado un
conjunto N de entidades que participan de una determinada
38
característica, y se le denomina población por constituir la totalidad
del fenómeno adscrito a un estudio o investigación (p. 76).
El presente trabajo de investigación sobre el procedimiento para la
devolución de impuesto a la renta para personas naturales no obligadas a
llevar contabilidad en la empresa JRG. Asesores, 2017“, el autor de la
presente investigación, detalla una población de 4 personas: Gerente y 3
asesores.
Cuadro 3. Población
Ítem Detalle Población
1 Gerente 1
2 Asesor 1 1
3 Asesor 2 1
4 Asesor 3 1
TOTAL 4
Elaborado por: Ruiz Gonzalez Jorge Segundo
Muestra
La muestra es en esencia, un subgrupo de la población. Es un subconjunto
de elementos que pertenecen a ese conjunto definido en sus características
al que llamamos población. (Hernández, Fernández, & Baptista, 2014, p.
175)
El autor de la investigación decidió tomar como muestra escogida de la
población; al gerente y un asesor.
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Cuadro 4. Muestra
Ítem Detalle Población
1 Gerente 1
2 Asesor 1 1
TOTAL 2
Elaborado por: Ruiz Gonzalez Jorge Segundo
TÉCNICAS DE INVESTIGACIÓN
Son procedimientos metodológicos y sistemáticos que se encargan de la
operatividad e implementar los métodos de Investigación y que tienen la
facilidad de recoger información de manera inmediata. (Villafuerte, 2006, p.
41)
El autor de la presente investigación utilizará las técnicas de la entrevista,
observación y análisis de datos para recopilación de la información.
Cuadro 5. Técnicas de investigación
Técnicas Instrumentos
Entrevista Preguntas
Observación Guía de observación
Análisis de datos Datos
Elaborado por: Ruiz Gonzalez Jorge Segundo
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La entrevista
La entrevista, es la técnica basada en el dialogo y la conversación personal
entre el entrevistador y el entrevistado acerca de un tema determinado
previamente, donde el entrevistador podrá obtener la información
requerida. (Arias, 2012)
Mediante la técnica de la entrevista el autor de la presente investigación
desarrolla una serie de preguntas que serán realizadas al personal
administrativo, vinculado directamente con el proceso de asesoría contable
y tributaria en JRG. Asesores, como resultado obtendrá información de vital
importancia, que aportara a la solución del problema de estudio.
Cuadro 6. Modelo de la entrevista
Entrevista al personal Administrativo de JRG. Asesores Contables
Entrevistado:
Realizada por: Fecha:
1. ¿En la actualidad el personal de asesoría involucrado en la
devolución de impuesto a la renta para personas naturales no
obligadas a llevar contabilidad cuenta con claras instrucciones
sobre la aplicación adecuada del procedimiento?
2. ¿Qué nivel de conocimientos poseen actualmente los asesores
contables y tributarios en JRG. Asesores?
3. ¿De qué forma afecta los procedimientos fallidos en la devolución
del impuesto a la renta de personas naturales no obligadas a llevar
contabilidad a la empresa?
41
4. ¿Qué factores considera que podrían estar influyendo en que la
empresa tenga dificultades en el procedimiento de la solicitud de
devolución del impuesto a la renta para personas naturales no
obligadas a llevar contabilidad?
5. ¿Cuáles son las estrategias de la gerencia para disminuir los
procedimientos fallidos en las solicitudes de devolución del
impuesto a la renta?
6. ¿El personal actualmente involucrado en asesoría cuenta con
capacitaciones constantes?
7. ¿Conoce usted que el servicio de rentas internas realiza
capacitaciones gratuitas sobre la devolución de impuestos a los
contribuyentes?
8. ¿Usted cree que la implementación de una guía práctica para para
la devolución de impuesto a la renta de personas naturales no
obligadas a llevar contabilidad beneficiaría a su empresa?
Elaborado por: Ruiz Gonzalez Jorge Segundo
42
La observación
La observación es una técnica que consiste en visualizar o captar mediante
la vista, en forma sistemática, cualquier hecho, fenómeno o situación que
se produzca en la naturaleza o en la sociedad, en función de unos objetivos
de investigación preestablecidos. (Arias, 2012, p. 69)
Mediante la técnica de la observación el autor de la presente investigación
visualizará de forma ordenada y sistemática los hechos que intervienen en
el presente tema de estudio, mediante el desarrollo e implementación de
una ficha de guía de observación describirá el procedimiento de trabajo en
la solicitud de la devolución desde el momento que inicia hasta su
culminación para recopilar información relevante.
Cuadro 7. Modelo de ficha de guía observación del área de Trabajo
Elaborado por: Ruiz Gonzalez Jorge Segundo
Ficha de Guía de Observación
Área de Trabajo Lugar: JRG. Asesores contables Tributarios
Indicadores Resultado Comentario adicional
Si No
INICIO DEL TRABAJO
Número de registro único del contribuyente
Clave
Verificación de saldo a favor del contribuyente
Registro de cuenta bancaria
Envío de pre solicitud de devolución de impuesto a la
renta
FINALIZACIÓN DEL TRABAJO
Verificación del estado de la solicitud
Aprobación del monto a solicitar
Verificación de notificación del Servicio de Rentas
Internas
Entrega de documentos al cliente de los resultados de
la solicitud de devolución
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Análisis de datos
Es el procedimiento práctico que permite confirmar las relaciones en la
hipótesis así como sus propias características. (Mario, 2004, p. 15)
Mediante esta técnica el autor de la presente investigación, obtendrá
resultados cuantitativos sobre la incidencia de los procesos fallidos en la
aplicación de las solicitudes de devolución de impuesto a la renta de
personas naturales no obligadas a llevar contabilidad.
Procedimiento de la investigación
El autor utilizara las técnicas de la entrevista, observación y análisis de
datos, para el procedimiento de la presente investigación, aplicando el
diseño de campo que le permite recolectar los datos directamente en JRG.
Asesores lugar donde se dan los hechos motivos de estudio, mediante la
aplicación de la entrevista con una serie de preguntas previamente
establecidas obtendrá información sobre el problema de estudio, seguido
aplicara una ficha de guía de observación en el área de trabajo que le
permitirá describir el inicio del procedimiento de la solicitud de la devolución
del impuesto, hasta su finalización, luego utilizará la hoja electrónica de
excel para el análisis estadístico de los registros sobre los procedimientos
fallidos en la solicitud del impuesto a la renta periodo 2017 y explicar su
afectación la economía de JRG. Asesores
A continuación el autor obtendrá de la página web del Servicio de Rentas
Internas las bases legales del código la ley y reglamento tributario, así
como las ilustraciones gráficas para realizar una guía tributaria que
explique paso a paso el procedimiento en la solicitud de devolución del
impuesto a la renta de personas naturales no obligadas a llevar
contabilidad, propuesta que beneficiara a los usuarios mediante la
aplicación de un adecuado procedimiento en la solicitud de la devolución
del impuesto a la renta para personas naturales no obligadas a llevar
contabilidad en JRG. Asesores Contables y Tributarios en los siguientes
periodos.
44
CAPÍTULO IV
ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS
Cuadro 8. Resultados de la entrevista al gerente
Entrevista al personal Administrativo de JRG. Asesores Contables
Entrevistado: Gerente
Realizada por: Jorge Ruiz González Fecha:
1. ¿En la actualidad el personal de asesoría involucrado en la
devolución de impuesto a la renta para personas naturales no
obligadas a llevar contabilidad cuenta con claras instrucciones sobre
la aplicación adecuada del procedimiento?
Nuestros colaboradores tiene instrucciones claras sobre la aplicación del
procedimiento
2 ¿Qué nivel de conocimientos poseen actualmente los asesores
contables y tributarios en JRG. Asesores?
Nivel intermedio y avanzado
3 ¿De qué forma afecta los procedimientos fallidos en la devolución del
impuesto a la renta de personas naturales no obligadas a llevar
contabilidad a la empresa?
Afectan directamente en los ingresos y en el incremento de la cartera de
clientes.
4 ¿Qué factores considera que podrían estar influyendo en que la
empresa tenga dificultades en el procedimiento de la solicitud de
devolución del impuesto a la renta para personas naturales no
obligadas a llevar contabilidad?
Un factor que influye considerablemente es que muchos contribuyentes
realizan sus declaraciones mensuales de IVA sobre su actividad en otros
lugares donde no se proyectan para una futura devolución del impuesto.
45
5 ¿Cuáles son las estrategias de la gerencia para disminuir los
procedimientos fallidos en las solicitudes de devolución del impuesto
a la renta?
Por el momento no tenemos planeada ninguna estrategia
6 ¿El personal actualmente involucrado en asesoría cuenta con
capacitaciones constantes?
Las capacitaciones se dan cada 6 meses
7 ¿Conoce usted que el servicio de rentas internas realiza
capacitaciones gratuitas sobre la devolución de impuestos a los
contribuyentes?
Sí.
8 ¿Usted cree que la implementación de una guía práctica para para la
devolución de impuesto a la renta de personas naturales no
obligadas a llevar contabilidad beneficiaría a su empresa?
Sería de gran utilidad ya contaríamos con un procedimiento claro para la
fácil aplicación del usuario.
Elaborado por: Ruiz Gonzalez Jorge Segundo
46
Cuadro 9. Resultados de la entrevista al asesor
Entrevista al personal Administrativo de JRG. Asesores Contables
Entrevistado: Asesor
Realizada por: Jorge Ruiz González Fecha:
1. ¿En la actualidad el personal de asesoría involucrado en la
devolución de impuesto a la renta para personas naturales no
obligadas a llevar contabilidad cuenta con claras instrucciones sobre
la aplicación adecuada del procedimiento?
Como colaboradores contamos con instrucciones claras para nuestro
desempeño.
2. ¿Qué nivel de conocimientos poseen actualmente los asesores
contables- tributarios en JRG. Asesores?
En mi caso nivel intermedio
3. ¿De qué forma afecta los procedimientos fallidos en la devolución del
impuesto a la renta de personas naturales no obligadas a llevar
contabilidad a la empresa?
Afectan económicamente
4. ¿Qué factores considera que podrían estar influyendo en que la
empresa tenga dificultades en el procedimiento de la solicitud de
devolución del impuesto a la renta para personas naturales no
obligadas a llevar contabilidad?
Las declaraciones mensuales que realizan los contribuyentes en lugares
que no están capacitados en materia tributaria.
5. ¿Cuáles son las estrategias de la gerencia para disminuir los
procedimientos fallidos en las solicitudes de devolución del impuesto
a la renta?
No conocemos por el momento ninguna estrategia a implementar
47
6. ¿El personal actualmente involucrado en asesoría cuenta con
capacitaciones constantes?
Las capacitaciones son recibidas cada 6 meses
7. ¿Conoce usted que el servicio de rentas internas realiza
capacitaciones gratuitas sobre la devolución de impuestos a los
contribuyentes?
Sí.
8. ¿Usted cree que la implementación de una guía práctica para para la
devolución de impuesto a la renta de personas naturales no
obligadas a llevar contabilidad beneficiaría a su empresa?
Sería de gran ayuda para el los asesores en materia de devolución de
créditos tributarios.
Elaborado por: Ruiz Gonzalez Jorge Segundo
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Resultados de las guías de Observación
Cuadro 10. Resultado de la ficha de guía de observación de área de
trabajo
Elaborado por: Ruiz Gonzalez Jorge Segundo
Ficha de Guía de Observación 1
Área de Trabajo Lugar: JRG. Asesores contables Tributarios
Indicadores Resultado Comentario adicional
Si No
INICIO DEL TRABAJO
Número de registro único del contribuyente x
Clave x
Verificación de saldo a favor del contribuyente x
Registro de cuenta bancaria x
envío de pre solicitud de devolución de impuesto a la renta x
FINALIZACIÓN DEL TRABAJO
Verificación del estado de la solicitud x
Aprobación del monto a solicitar x
Verificación de notificación del Servicio de Rentas Internas x
Entrega de documentos al cliente de los resultados de la
solicitud de devolución
x
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Análisis de datos
Cuadro 11. Detalle de solicitudes fallidas de devolución de Impuesto a la renta periodo 2017.
CLIENTES
ESTADO DEL PROCESO DE SOLICITUD
ASESOR 1 MONTO DE LA DEVOLUCION
ASESOR 2 MONTO DE LA DEVOLUCION
VALORES POR HONORARIOS DEVOLUCIÓN
EFECTIVA 10 %
A Fallida 958,00 1.024,26 198,23
B Fallida 315,20 224,57 53,98
C Fallida 1.116,81 847,29 196,41
D Fallida 318,36 1352,15 167,05
E Fallida 438,16 1416,17 185,43
F Fallida 856,13 1827,16 268,33
G Fallida 1.021,16 201,16 122,23
H Fallida 645,89 321,57 96,75
I Fallida 345,78 - 34,58
J Fallida 314,26 - 31,43
K Fallida 1.528,00 - 152,80
TOTALES 7,857.75 7.214,33 1.507,21
Elaborado por: Ruiz Gonzalez Jorge Segundo
Interpretación
En el presente cuadro el autor de la presente investigación, detalla el
resultado del proceso fallido en el procedimiento de la solicitud de
devolución del impuesto a la renta, el monto de la devolución que solicitaba
el contribuyente, el asesor que tenía a cargo el procedimiento, así como el
porcentaje y valor por concepto de honorarios que dejo de percibir JRG.
Asesores contables – tributarios por el procedimiento fallido por concepto
de la solicitud de devolución del impuesto.
50
Cuadro 12. Detalle de valores por solicitudes de devolución de Impuesto a la renta periodo 2017.
Resultado del
procedimiento
en la solicitud
Monto de
devolución
Honorarios
cobrados por
devolución 10%
Honorarios que
no fueron
cobrados por
devolución fallida
10%
Exitoso
$ 6.262,29
$ 626,29
-
Fallido
$ 15.072,08
-
S 1.507,08
Totales
$ 21.334,98
$ 626,29
$ 1.507,08
Elaborado por: Ruiz Gonzalez Jorge Segundo
Interpretación
El presente cuadro realizado con los datos recolectados por parte del autor
de la presente investigación, demuestra claramente el resultado económico
obtenido por el procedimiento en la solicitud de la devolución del impuesto
a la renta de las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad que
realizo JRG. Asesores tributarios-contables en el periodo 2017, en el cual
las cifras son totalmente claras; ingreso por procedimiento exitoso en la
solicitud de devolución de impuesto a la renta $ 626,29, ingreso que dejo
de percibir JRG. Asesores por procedimiento fallido en la solicitud de
devolución de impuesto a la renta $ 1.507,08.
51
Grafico 5. Representación porcentual de valores por solicitudes de devolución de Impuesto a la renta periodo 2017.
Elaborado por: Ruiz Gonzalez Jorge Segundo
Interpretación
En el presente grafico el autor demuestra el porcentaje de representación
por el concepto de aplicación de la solicitud de devolución del impuesto a
la renta de personas naturales no obligadas a llevar contabilidad, la cual
representa un 29 % de procedimientos exitosos del total de las solicitudes
realizadas del periodo 2017, mientras que el 71% restante corresponde a
procedimientos fallidos en la aplicación de la solicitud, lo cual representa un
gran porcentaje negativo para JRG. Asesores contables y tributarios, ya
que no se obtuvieron estos ingresos.
S 1.507,08
$ 626,29
52
Grafico 6. Representación gráfica de barra de valores económicos por solicitudes de devolución de Impuesto a la renta periodo 2017.
Elaborado por: Ruiz Gonzalez Jorge Segundo
Interpretación
En el gráfico estadístico es demostrado claramente por el autor de la
presente investigación que la barra de proceso fallido sobrepasa de gran
manera a la barra de procedimientos exitosos, incidiendo directamente en
los ingresos de JRG. Asesores contables y tributarios, por ingresos
económicos que no se pudieron obtener en la devolución de impuesto a la
renta de las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad del
periodo 2017.
0
200
400
600
800
1000
1200
1400
1600
Val
or
en
do
lare
s
Exitoso
Fallido
Periodo 2017
Exitoso
Fallido
Periodo 2017
Exitoso
$ 626,29
Periodo 2017
Resultado del proceso de devolución de impuesto a la Renta
S 1.507,08
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Cuadro 13. Estado de pérdidas y ganancias del 2017
Elaborado por: Ruiz Gonzalez Jorge Segundo
Interpretación
En el presente estado de resultado el autor de la investigación, presenta el
resultado del periodo 2017, en el cual se aprecia utilidad de $ 3.128,00 la
cual pudo haber sido superior si el procedimiento de las solicitudes
devolución del impuesto a la renta de personas naturales no obligadas a
llevar contabilidad hubieran resultado exitosas, lo cual lo demostrara en el
anailisis del estado de resultado siguiente.
ESTADO DE PERDIDAS Y GANANCIAS
JRG ASESORES CONTABLES - TRIBUTARIOS
AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2017
INGRESOS 32.408,00
PRESTACIONES DE SERVICIOS 32.408,00
(-) GASTOS OPERATIVOS 6.780,00
COMISIONES 6.000,00
TRANSPORTE 480,00
PUBLICIDAD 300,00
(-) GASTOS ADMINISTRATIVOS 22.500,00
SUELDOS Y SALARIOS 19.200,00
ARRIENDO 2.520,00
SERVICIOS BASICOS 780,00
UTILIDAD DEL EJERCICIO 3.128,00
54
Cuadro 14. Estado de pérdidas y ganancias 2017 (incluidos valores
por proceso fallido en devolución)
Elaborado por: Ruiz Gonzalez Jorge Segundo
Interpretación
En el presente estado de resultado el autor, incluye $1.507.08, valores que
debieron ingresas por concepto de las solicitudes fallidas del procedimiento
de devolución del impuesto a la renta del periodo 2017, recordando que si
esta hubieran resultado exitosas los ingresos se hubiesen incrementado a
$ 33.915,08 y por ende la utilidad del ejercicio hubiera sido mayor, con
este análisis es claramente necesario el diseño de una guía práctica de
procedimiento de solicitud de devolución del impuesto a la renta de
personas naturales no obligadas a llevar contabilidad para su
implementación en JRG. Asesores contables y tributarios en el próximo
periodo.
ESTADO DE PERDIDAS Y GANANCIAS
JRG ASESORES CONTABLES - TRIBUTARIOS
AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2017
INGRESOS 33.915,08
PRESTACIONES DE SERVICIOS 33.915,08
(-) GASTOS OPERATIVOS 6.780,00
COMISIONES 6.000,00
TRANSPORTE 480,00
PUBLICIDAD 300,00
(-) GASTOS ADMINISTRATIVOS 22.500,00
SUELDOS Y SALARIOS 19.200,00
ARRIENDO 2.520,00
SERVICIOS BASICOS 780,00
UTILIDAD DEL EJERCICIO 4.635,08
55
PROPUESTA
Objetivo
El presente proyecto de investigación tiene como objetivo diseñar una guía
tributaria practica para la solicitud de la devolución del impuesto a la renta
de las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad que permita al
usuario implementar un procedimiento fiscal exitoso, en beneficio de los
clientes de JRG. Asesores contables y tributarios.
Alcance
El alcance de la propuesta es sus procedimientos normas y leyes desde la
generación, registro y presentación de la solicitud de devolución del
impuesto a la renta de personas naturales no obligados a llevar
contabilidad.
Responsabilidades
La actual guía debe presentar responsables para su ejecución y puesta
en marcha los mismos que se detallan a continuación:
Gerente Administrativo
Es el encargado de planificar, controlar y evaluar el cumplimiento de la
aplicación de la guía para la devolución del impuesto a la renta de las
personas naturales no obligadas a llevar contabilidad.
Asesores tributarios – contables
Aplicación de la guía para el procedimiento de la devolución de impuesto
a la renta de personas naturales no obligadas a llevar contabilidad.
Guía de Procedimiento Tributario para la devolución del impuesto a la renta.
Personas naturales no obligadas a llevar contabilidad
Elaborado por: Jorge Ruiz G.
Aprobado por: Pág. 1 de 24
56
Obligación fiscal de la presentación de la declaración del impuesto a
la renta de personas naturales no obligadas a llevar contabilidad.
El impuesto a la renta se aplica sobre los ingresos que obtengan las
personas naturales, las sucesiones y las sociedades nacionales y
extranjeras dentro de un periodo comercial impositivo que comprende
desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre, de acuerdo con el artículo 2
de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno en concordancia con el
Artículo 1 del Reglamento para la aplicación Ley de Régimen Tributario
Interno.
Es de carácter obligatorio su presentación cuando el contribuyente alcance
la fracción básica desgravada establecida por la administración tributaria
sobre el periodo de acuerdo con el Artículo 16 Ley Orgánica de Régimen
Tributario Interno en concordancia con el Artículo 47 del Reglamento para
la aplicación Ley de Régimen Tributario Interno.
Devolución crédito tributario y devolución del impuesto a la renta
Las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad podrán solicitar
la devolución de los saldos a favor por concepto de retenciones cuando
estos sean mayores que el impuesto causado o no se haya generado un
impuesto por pagar en el periodo fiscal solicitado, podrán pedir la
devolución bajo la figura de pago indebido hasta dentro de tres años a partir
de la presentación de la declaración del impuesto a la renta, o utilizar dicho
saldo a favor como crédito tributario para ejercicios impositivos de años
posteriores según lo señalado en el artículo 47 del Reglamento a la ley de
régimen tributario interno (Lorti).
Guía de Procedimiento Tributario para la devolución del impuesto a la renta.
Personas naturales no obligadas a llevar contabilidad
Elaborado por: Jorge Ruiz G.
Aprobado por: Pág. 2 de 24
57
Plazos establecidos por la administración tributaria para la
presentación del impuesto a la renta de las personas naturales no
obligadas a llevar contabilidad.
La administración tributaria establece en su calendario tributario que la
fecha de presentación de la declaración sobre el impuesto a la renta de las
personas naturales no obligadas a llevar contabilidad será en el mes de
marzo de cada año y se regirá de acuerdo con el noveno número del
registro único del contribuyente (ruc).
Cuadro 15. Calendario tributario para la presentación del impuesto a
la renta de las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad.
Noveno digito
Ruc/Cedula
Plazos para Personas Naturales
Obligadas y no Obligadas a llevar Contabilidad
1 10 de marzo
2 12 de marzo
3 14 de marzo
4 16 de marzo
5 18 de marzo
6 20 de marzo
7 22 de marzo
8 24 de marzo
9 26 de marzo
0 28 de marzo
Fuente: Servicio de Rentas Internas (SRI) Elaborado por: Ruiz González Jorge Segundo
Guía de Procedimiento Tributario para la devolución del impuesto a la renta.
Personas naturales no obligadas a llevar contabilidad
Elaborado por: Jorge Ruiz G.
Aprobado por: Pág. 3 de 24
58
Cuadro 16. Medios de solicitud de devolución del Impuesto a la renta
Medios
Lugar de
presentación de solicitud
Motivo de
la devolución
Forma
de pago
Tiempo de
Acreditación
Electrónico
Página web del
Servicio de Rentas Internas
(Sri.)
Pago
indebido Pago en exceso
Acreditación Cuenta del
titular
De 1 a 120 dias
Físico
Oficinas del Servicio de
Rentas Internas (Sri.)
Pago
indebido Pago en exceso
Acreditación Cuenta del
titular
De 1 a 120 dias
Fuente: Servicio de Rentas Internas (SRI) Elaborado por: Ruiz González Jorge Segundo
Los medios por los cuales se puede solicitar la devolución del impuesto a
la renta para las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad son:
electrónico y físico.
Electrónico: La solicitud se realizará en la página web del servicio de
rentas internas por concepto de pago indebido o pago en exceso, luego de
48 vía buzón contribuyente la administración tributaria aceptara o negara la
solicitud del contribuyente, de ser aceptada la acreditación se hará en el
lapso de 1 a 120 a la cuenta del titular.
Físico: La solicitud será presentada por medio del formulario 701, en las
oficinas del Servicio de Rentas Internas, quien mediante correo electrónico
o notificación física entregada en el domicilio tributario del contribuyente,
aprobara o negara la solicitud, de ser aprobada su acreditación se realizara
en el lapso de 1 a 120 días hábiles.
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Grafico 7. Flujo grama del procedimiento de la solicitud de devolución
de impuesto a la renta, medio electrónico.
Fuente: Servicio de Rentas Internas (SRI) Elaborado por: Ruiz González Jorge Segundo
El flujo grama detalla el procedimiento de la solicitud vía electrónica de
devolución del impuesto a la renta de personas naturales no obligadas a
llevar contabilidad.
FIN
Aceptación del contribuyente sobre el monto a recibir.
Confirmación de la resolución del Servicio de Rentas Internas
Envio de la presolicitud de devolución del impuesto a la renta
Registro de la cuenta bancaria del contribuyente
Verificación de saldo a favor del contribuyente
Inicio
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Figura 2. Formulario 102 A personas naturales no obligadas a llevar
contabilidad.
Fuente: Servicio de Rentas Internas (SRI) Elaborado por: Ruiz González Jorge Segundo
Verificación de saldo a favor del contribuyente
Este es el inicio del proceso de la devolución del impuesto a la renta por
medio electrónico, ya que el valor del periodo solicitado por el
contribuyente, tiene que estar en estado de “saldo a favor del contribuyente”
casillero 869 en el formulario 102A, de la declaración del impuesto a la renta
por concepto de retenciones que le realizaron en el periodo solicitado.
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Saldo a
favor
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Figura 3. Registro de cuenta bancaria
Fuente: Servicio de Rentas Internas (SRI) Elaborado por: Ruiz González Jorge Segundo
Registro de la cuenta bancaria del contribuyente
El registro de la cuenta bancaria del contribuyente es indispensable ya que
en ella el Servicio de rentas internas acreditará los valores por concepto de
devolución del impuesto a la renta, de 1 a 120 días luego de la solicitud
exitosa de la devolución, si el contribuyente no tiene registrada su cuenta
bancaria no podrá proseguir con la solicitud de devolución vía electrónica.
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Figura 4. Envió de pre solicitud
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Envió de la pre solicitud de devolución del impuesto a la renta
El envió de la pre solicitud para la devolución del impuesto a la renta se
realizara posteriormente a la verificación o registro de la cuenta bancaria
del contribuyente, y será contestada por la administración tributario en un
tiempo no mayor de 48 horas, si su resultado es exitoso el proceso para la
devolución del impuesto a la renta continuara, en caso de ser fallido, la
administración tributaria comunicara las causas.
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Enviar pre solicitud
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Figura 5. Aceptación del contribuyente sobre el monto a recibir
Fuente: Servicio de Rentas Internas (SRI) Elaborado por: Ruiz González Jorge Segundo
Aceptación del contribuyente sobre el monto a recibir.
Si la solicitud de la devolución del impuesto a la renta es exitosa y el
contribuyente está de acuerdo con el monto y procede a la aceptación de
la misma, con ello el procedimiento de la solicitud de la devolución del
impuesto está finalizado con éxito y el contribuyente solo tendrá que
esperar la acreditación de los valores a su cuenta bancaria.
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Figura 6. Notificación del Servicio de Rentas Internas
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Continuación de la notificación
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Continuación de la notificación
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Confirmación de la resolución del Servicio de Rentas Internas
El Servicio de Rentas internas confirmará el resultado de la solicitud de la
devolución del impuesto a la renta en un lapso de 48 horas después de
haberla solicitado electrónicamente, si el proceso es fallido notificará los
motivos, si el proceso es exitoso enviará la resolución a documentos
notificados y firmados electrónicamente al buzón del contribuyente, con lo
cual se da por terminado el proceso de la solicitud de devolución del
impuesto a la renta vía electrónica.
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Grafico 8. Flujo grama del procedimiento de la solicitud de devolución
de impuesto a la renta medio físico.
Fuente: Servicio de Rentas Internas (SRI) Elaborado por: Ruiz González Jorge Segundo
El flujo grama detalla el procedimiento de la solicitud vía física de
devolución del impuesto a la renta de personas naturales no obligadas a
llevar contabilidad.
FIN
Aceptación del parte del contribuyente sobre el monto a recibir.
Confirmaciión de la resolución del Servicio de Rentas Internas
LLenado del formulario 701 de solicitud de devolución del impuesto a la renta
Registro de la cuenta bancaria del contribuyente
Verificación de saldo a favor del contribuyente
Inicio
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Figura 7. Formulario 102 A impuesto a la renta personas naturales no
obligadas a llevar contabilidad.
Fuente: Servicio de Rentas Internas (SRI) Elaborado por: Ruiz González Jorge Segundo
Verificación de saldo a favor del contribuyente
Al igual que el medio electrónico es de vital importancia confirmar que el
contribuyente tenga un saldo a favor en la declaración del impuesto a la
renta del periodo, en el casillero 869 del formulario 102A, por concepto de
retenciones que le realizaron en el periodo solicitado.
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Figura 8. Registro de cuenta bancaria por medio físico
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Registro de la cuenta bancaria del contribuyente
El registro de la cuenta bancaria por medio físico se lo realizará en el
formulario 701, donde el contribuyente en la parte de datos para
acreditación, llenará cada uno de los campos como: nombre de la
institución, número de cuenta, tipo de cuenta, apellidos y nombres del titular
y su número de identificación.
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Figura 9. Formulario 701 solicitud de devolución física del impuesto a
la renta personas naturales no obligadas a llevar contabilidad
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Continuación de formulario 701
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Formulario 701, este formulario se utiliza para realizar el reclamo
administrativo de pago indebido o solicitud de devolución de pago en
exceso de impuesto a la renta para personas naturales no obligadas a llevar
contabilidad, cuando no fue posible realizarlo vía electrónica, el cual dé será
llenado de la siguiente manera:
1. Fecha de solicitud, ciudad de donde se realiza la solicitud, nombre y
número de cedula
2. Concepto de la devolución: Por pago indebido o por pago en exceso
y periodo fiscal a solicitar.
3. Numero de formulario con el cual se declaró el impuesto a la renta
del periodo solicitado
4. Fecha en que se realizó la declaración
5. Valor solicitado
6. Descripción del motivo de la petición
7. Medio hacer devuelto: Nota de crédito desmaterializada o
acreditación en cuenta bancaria.
8. Datos para la acreditación: Nombre de la institución financiera,
número de cuenta, tipo de cuenta, nombres, apellidos y numero de
cedula del titular de la cuenta.
9. Dirección domiciliaria o tributaria en sao de no poder ser notificado
electrónicamente.
10. Firma del beneficiario y numero de cedula
11. Detalle de cada una de las retenciones en la fuente que le fueron
realizadas, según su volumen podrá ser presentada en un archivo
digital en el formato Microsoft Office Excel, con el nombre anexo de
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retenciones en la fuente; donde constara el número de comprobante-
de retención, numero de autorización del comprobante de retención,
fecha de su emisión, ruc del agente de retención, base imponible de
la retención, porcentaje de retención y el monto del valor que le
retuvieron.
Requisitos para presentación de la solicitud de devolución del
impuesto a la renta formulario 701 medio físico:
• Copia de la solicitud de la devolución para el respaldo de la
recepción
• Presentación de la cedula de identidad y papeleta de votación del
último proceso electoral
• Archivo en medio digital de los comprobantes de retenciones en
la fuente que le ha sido efectuado en el periodo al contribuyente.
• Copia simple del encabezado del estado de cuenta corriente,
libreta de ahorro o certificación bancaria.
• En caso que la solicitud sea presentada por una tercera persona:
• Presentación de cedula de ciudadanía o pasaporte original y
papeleta de votación del último proceso electoral.
• Solicitud de autorización simple.
• En caso de que la solicitud sea firmada por un tercero deberá
presentar copia de poder notariado que le faculten actuar a
nombre del beneficiario.
• En caso de haber registrado gastos personales deducibles en la
declaración, deberá presentar el respectivo anexo de gastos
personales del periodo.
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Figura 10. Notificación de resolución del Servicio de Rentas Internas
Fuente: Servicio de Rentas Internas (SRI) Elaborado por: Ruiz González Jorge Segundo
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Continuación de la notificación
Fuente: Servicio de Rentas Internas (SRI)
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Elaborado por: Ruiz González Jorge Segundo
Continuación de la notificación
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Fuente: Servicio de Rentas Internas (SRI) Elaborado por: Ruiz González Jorge Segundo
Confirmación de la resolución del Servicio de Rentas Internas
El Servicio de Rentas internas confirmará el resultado de la solicitud física
de la devolución del impuesto a la renta para lo cual tendrá de 1 a120 días
hábiles, para notificar si procede o no procede la devolución del impuesto
a la renta para el contribuyente si el proceso es fallido notificara los motivos,
si el proceso es exitoso enviara la resolución a documentos notificados y
firmados electrónicamente al buzón del contribuyente.
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Elaborado por: Jorge Ruiz G.
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Cuadro 17. Plan de mejora
Elaborado por: Ruiz González Jorge Segundo
Objetivo
Responsable
Guía de procedimientos para la devolución de impuesto a la renta para personas
naturales no obligadas a llevar contabilidad en la empresa JRG. Asesores, 2017.
Jorge Ruiz González
¿Qué? ¿Quién?
¿Cómo?
¿Por qué?
¿Dónde?
¿Cuándo?
Asegurar el proceso
exitoso en las solicitudes
de devolución del
impuesto a la renta para
personas naturales no
obligadas a llevar
contabilidad
Administrador
/propietario
Mediante la implementación de
una guía de procedimiento para
la devolución del Impuesto a la renta
de las personas naturales no
obligadas a llevar contabilidad
Para la
implementación de un adecuado y actualizado
procedimiento en la solicitud de la devolución del
impuesto a la renta
En JRG. Asesores
contables - tributarios
Periodo
2018
80
Conclusiones
• La falta de un procedimiento claro en devolución de impuesto a la
renta de personas naturales no obligadas a llevar contabilidad,
generó una disminución de utilidades en el JRG.
• El impacto negativo sobre los ingresos de JRG. Asesores periodo
2017, por el proceso fallido sobre la solicitud de devolución de
impuesto a la renta.
• La posibilidad de incrementar la cartera, por posibles clientes que al
tener como resultado la devolución de su crédito tributario de sobre
el impuesto a la renta, optaron por buscar otras empresas de
asesoría tributaria.
• JRG. Asesores no realiza una capacitación constante a sus
colaboradores sobre devolución de créditos tributarios a favor del
contribuyente.
• No aprovecha la mayoría capacitaciones gratuitas que ofrece el
Servicio de Rentas internas.
81
Recomendaciones
• La implementación de una guía de procedimiento para la devolución
del impuesto a la renta de las personas naturales no obligadas a
llevar contabilidad, como una herramienta de ayuda para el usuario.
• Asegurar los procedimientos efectivos en la solicitud devolución del
impuesto a la renta, mediante la implementación de la guía tributaria,
para de esta manera incrementar los ingresos en el periodo.
• La implementación de la guía tributaria sobre la devolución de
impuesto a la renta, garantiza un procedimiento eficaz y por ende el
crecimiento en la cartera de clientes de JRG. Asesores.
• Realizar capacitaciones constantes a sus colaboradores sobre
materia tributaria.
82
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