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gina Web: \/VW"-·'n't11ut9¡0'<'• .. 1"1og.il;in.rnr>1 Floridablanca-Santander Sede A: Calle 56 t .i 46 Reposo - Tel 6815940 Sede B: Calle 58 A 1 J A - 1 O Alares Tcl: 68 l .i467 1 Que de igual forma corresponde a los entes territoriales certificados, para la buena prestaci n del servicio público educativo, administrar las instituciones educativas, el personal docente, directivo docente y administrativo de los planteles educativos. Que en virtud de lo anterior, el Municipio de Floridablanca asumi la competencia para dirigir, planificar y prestar el servicio educativo en los niveles de preescolar, básica y media, en condiciones de equidad, eficiencia y calidad. Que el Municipio de Florida blanca fue certificado por Resoluci n No. 2 754 de Diciembre 3 de 2002, emanada del Ministerio de Educaci n Nacional. Que el artículo 12g del Decreto 4791 de 2008, establece que todo nuevo ingreso que se perciba y que no esté previsto en el presupuesto de ingresos y gastos del fondo de servicios educativos, será objeto de una adici n presupuesta/ mediante acuerdo del consejo directivo, especificando el origen del recurso y su distribuci n en el presupuesto. Que el artículo 10g del Decreto 4791 de 2008, dispone la ejecuci n del presupuesto de los Fondos de Servicios Educativos, debe realizarse con sujeci n a lo determinado en la Ley 715 de 2001, observándose las normas vigentes de austeridad del gasto; corresponde al rector o director celebrar contratos, suscribir los actos y ordenar los gastos, con cargo a los recursos del fondo, de acuerdo con el Flujo de Caja y el operativo de la respectiva vigencia fiscal, previa disponibilidad presupuesta/ y de tesorería. Que el Decreto 4791 del 19 Diciembre 2008, en su artículo No. 5g, reglamentario de la Ley 715 de 2001, establece las funciones del Consejo Directivo y en su literal C, ordena que corresponde al Consejo Directivo aprobar las adiciones al presupuesto vigentes, así como también los traslados presupuéstales que afecten el acuerdo anual del Presupuesto. CONSIDERANDO El Consejo Directivo del INSTITUTO JOSE ANTONIO GALÁN en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas en la Ley 115 de Febrero 8 de 1994 artículo 144, la ley 715 del 21 de Diciembre de 2001 y el Decreto 4791 del 19 de diciembre de 2008 (15 de Marzo de 2017} ACUERDO No. 004 MEDIANTE EL CUAL SE REALIZA UNA ADICION PRESUPUESTAL PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL (2.017) INSTITUTO JOSE ANTONIO GALAN º~ Educamos en libertad, compromiso y tolerancia FECHA DE EMISION ~~ ~ ACUERDO 05/02/2014 ~.:/ .. '"°"" ...... _ooc.... GAR-P02-F23 VERSION 01

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Sede A: Calle 56 t .i 46 Reposo - Tel 6815940 Sede B: Calle 58 A 1 J A - 1 O Alares Tcl: 68 l .i467 1

Que de igual forma corresponde a los entes territoriales certificados, para la buena prestación

del servicio público educativo, administrar las instituciones educativas, el personal docente, directivo docente y administrativo de los planteles educativos.

Que en virtud de lo anterior, el Municipio de Floridablanca asumió la competencia para dirigir,

planificar y prestar el servicio educativo en los niveles de preescolar, básica y media, en condiciones de equidad, eficiencia y calidad.

Que el Municipio de Florida blanca fue certificado por Resolución No. 2 754 de Diciembre 3 de 2002, emanada del Ministerio de Educación Nacional.

Que el artículo 12g del Decreto 4791 de 2008, establece que todo nuevo ingreso que se

perciba y que no esté previsto en el presupuesto de ingresos y gastos del fondo de servicios

educativos, será objeto de una adición presupuesta/ mediante acuerdo del consejo directivo, especificando el origen del recurso y su distribución en el presupuesto.

Que el artículo 10g del Decreto 4791 de 2008, dispone la ejecución del presupuesto de los Fondos de Servicios Educativos, debe realizarse con sujeción a lo determinado en la Ley 715 de 2001, observándose las normas vigentes de austeridad del gasto; corresponde al rector o director celebrar contratos, suscribir los actos y ordenar los gastos, con cargo a los recursos del fondo, de acuerdo con el Flujo de Caja y el operativo de la respectiva vigencia fiscal, previa disponibilidad presupuesta/ y de tesorería.

Que el Decreto 4791 del 19 Diciembre 2008, en su artículo No. 5g, reglamentario de la Ley 715 de 2001, establece las funciones del Consejo Directivo y en su literal C, ordena que corresponde al Consejo Directivo aprobar las adiciones al presupuesto vigentes, así como también los traslados presupuéstales que afecten el acuerdo anual del Presupuesto.

CONSIDERANDO

El Consejo Directivo del INSTITUTO JOSE ANTONIO GALÁN en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas en la Ley 115 de Febrero 8 de

1994 artículo 144, la ley 715 del 21 de Diciembre de 2001 y el Decreto 4791 del 19 de diciembre de 2008

(15 de Marzo de 2017}

ACUERDO No. 004 MEDIANTE EL CUAL SE REALIZA UNA ADICION PRESUPUESTAL PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL

(2.017)

INSTITUTO JOSE ANTONIO GALAN

tíº~ Educamos en libertad, compromiso y tolerancia

FECHA DE EMISION ~~ ~ ACUERDO 05/02/2014 ~.:/

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Sede A: Calle 56 14 46 Reposo-Tel 6815940 Sede B: Calle 58 A 13 A - 10 Alares Tel: 6814467

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Que existen ingresos, en la cuenta del FONDO SERVICIO EDUCATIVO JNSTITUO JOSE ANTONIO

GALAN por transferencias Municipales por un valor de ($10.000.000} diez millones de pesos m/te. Y por lo tanto se hacer necesario, adicionar al presupuesto de la vigencia estos recursos, y realizar la distribución de los mismos en el presupuesto de gastos Vigencia 2017 como lo indica el decreto 4791 art. 12.

Que en el plan de acción de la Secretaria de Educación, se determina como meta "Mejorar Ja

Calidad de la Educación en todos los Niveles", para lo cual existe en el banco de proyecto el

proyecto número 2013-0014 denominado "ATENDER EL 100% DE LOS ESTUDIANTES EN EDAD

ESCOLAR EN TODOS LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DEL MUNICIPIO DE FLORIDABLANCA1"

Que el Municipio de Floridablanca, en virtud de lo expuesto, considera pertinente destinar

recursos del ICLD (Ingresos corrientes de libre destinación) a los Fondos de Servicios Educativos

de las instituciones de enseñanza oficiales de la municipalidad a fin de cubrir las necesidades

para el funcionamiento de los establecimientos educativos oficiales y por ende el

mejoramiento en la prestación de servicios educativos, con el único propósito de aunar

esfuerzos en beneficios de los niños y jóvenes estudiantes de Floridablanca y en atención a las

necesidades requeridas por ellas, como parte de los objetivos trazados de la gratuidad de fa

educación.

Que el artículo 10º del Decreto 4791 de 2008, dispone que la ejecución del presupuesto de los

Fondos de Servicios Educativos debe realizarse con sujeción a lo determinado en la Ley 715 de

2001, observándose las normas vigentes de austeridad del gasto; correspondiéndole al rector o director celebrar contratos, suscribir los actos y ordenar los gastos, con cargo a los recursos del

fondo, de acuerdo con el Flujo de Caja de la respectiva vigencia fiscal, previa disponibilidad

presupuesta/ y de tesorería.

Que el artículo 5 del Decreto 4791 de 2008 asigna como función del Consejo Directivo la

reglamentación delos procedimientos del sistema presupuesta/, el manejo de tesorería, las

compras, la contratación, el control interno, el manejo de inventarios, así como la aprobación

del proyecto de acuerdo de ingresos y gastos dela vigencia de acuerdo con fa norma.

Que el artículo 2º del Decreto 4791 de 2008, define los Fondos de Servicios Educativos como el

mecanismo de gestión presupuesta! y de ejecución de los recursos de fas Instituciones

Educativas Estatales dispuesto por Ley, para la adecuada administración de sus ingresos y para

atender sus gastos de funcionamiento e inversión distintos a los de personal.

Que el Municipio a través de la Gratuidad de la Educación, puede invertir recursos para la

atención de las necesidades que redunden en beneficio de fa educación

Que de acuerdo a los compromisos pactados con la comunidad educativa de los

Establecimientos Educativos se viene solicitando el apoyo para atender actividades

relacionadas con el mantenimiento de las plantas físicas y el cuidado de las mismas.

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$10.000.000=

TOTAL ADICION DE EGRESOS

CUENTA CONCEPTOS RECURSOS TRANS MPALES TRANF NAL CONPES

PROPIOS (10) GRATUIDAD

321 GASTOS GENERALES

32107 Adquisición de bienes y servicios: $10.000.000= Mantenimiento O=

ARTICULO 2º Con base en el recurso qué trata el artículo anterior adicionar al numeral del presupuesto

de Gastos de la actual vigencia 2017 así:

$10.000.000= TOTAL ADICION DE INGRESOS

CUENTA CONCEPTOS RECURSOS

TRANS MPALES TRANF NAL CONPES

PROPIOS (10} GRATUIDAD

0204 TRANSFERENCIAS Y APORTES

0204.01 Aportes del Municipio de

$O= $10.000.000 $0= Florida blanca

ARTÍCULO PRIMERO: ADICIONAR AL PRESUPUESTO DE INGRESOS DE LOS FONDOS DEL INSTITUTO JOSE ANTONIO GALÁN, para la vigencia fiscal 2017 la suma de ($10.000.000} DIEZ MILLONES DE PESOS M/CTE, como se detalla a continuación:

ACUERDA:

En mérito de lo expuesto:

Que tales recursos ingresaron del ICLD (Ingresos corrientes de libre destinación)

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VIGENCIA FISCAL DEL {2.017}

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¿"','.J~ faino ~ LUISA FERNANDA NIÑO JAIMES REPRESENTANTES DE EXALUMNOS

CONSEJO DE PADRES CONSEJO DE PADRES

MEL VIN YESID MANTILLA CARREÑO ~~ ~---....-~~ r= ftP{RfAM HELENA CARDENAS CAMARGO -......_

lQc\Vi 8{Qf\ co Con ea. LADY K/(TERYNE BLANCO CORREA REPRESENTANTE DE ESTUDIANTES

Consejo Directivo

Para constancia se firma en Floridablanca a los 16 días del mes de Marzo de 2017,

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