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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN f:; . JOSt MARIA PINO SUAREZ No 2 COL CENTRO DELEGAC'ON CUAUHTEMOC 06060. D.F. .., "' R.F.C SCJ.950204-SPS f DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES BOUVAR No 30. 4Q PISO COL. CENTRO, C.P. 06000, MEXICO. D F TELS · 4113·1000 EXT. 5704,5710,530ll,5705 FAX· 5130-1750 DIRECCIÓN DE ALMACENES G.\LZ IGNACIO ZARAGOZA M> 1340 COL JUAN ESCUTIA. C P. 09100. Mf XICO. D F. TELS · $701 2036 y 5763 7883 PROVEEDOR: BIG EXPERT TIME CLEAN, S.A. DE C.V. 1 CONDOMINIO51 MZ B LT 10 , COLONIA TOTOLZIN 11 . ECATEPEC, EDO MEXICO, 55146 / 57817131 , 57817131 / FECHA DEL OOCUMENTO 28/03/2019 FECHA DE ENTREGA 9 MESES Partida" """ · Clave al't. 10 FORMA DE PAGO TRANSFERENCIA ELECTRÓNJCA 1 OBSERVACIONES LUGAR DE ENTREGA l¡•; canilcii'id · ' l f)fll, :.. .. , ';::· , \/ , •. ";. }:>.t¡f111 "10 -::--!'. 'J: 11 SER JP LIMPIEZA CCJ GUADALAJARA ABRIL .../ OBSERVACIONES SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL PARA LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN GUADALAJARA, ESTADO DE JALISCO, POR EL PERIODO DEL 1° DE ABRIL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2019. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS: PLAZO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. 9 MESCS, A PARTIR DEL 1º DE ABRIL Y HASTA EL31 DE DICIEMBRE DE 2019. LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS: CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN GUADALAJARA UBICADA EN AVENIDA FRANCISCO JAVIER GAMBOA. NO. 98, COLONIA OBRERA. C.P. 441 40, EN GUADALAJARA, ESTADO DE JALISCO. PLANTILLA DE PERSONAL: LA PLANTILLA ESTARÁ INTEGRADA POR 4 ELEMENTOS EN TURNO MATUTINO (DE 7:00 A 15:00 HORAS) Y 1 EN EL TURNO VESPERTINO (DE 11 :00 A 19:00 HORAS), Y LOS OÍAS SÁBADO TODOS EN TURNO MATUTINO DE (7: 00 A 15:00 HORAS). LAS DEMÁS CARACTERÍSTICAS TÉCNI CAS SE CONTIENEN EN LA PROPUESTA PRESENTADA POR EL PRESTADOR DE SERVICIOS Y LAS BASES DEL CONCURSO PÚ BUCO SUMARIO CPSM-DGRM-OSG-008-2019, RAZÓN POR LA CUAL EL PRESTADOR SE OBLIGA A CUMPLIRLAS COMO SI A LA LETRA ESTWIERAN INSERTAS EN EL PRESENTE CONTRATO. TERMINACIÓN ANTICIPADA: "LAS PARTES" CONVIENEN Y ACEPTAN QUE LA ' SUPREMA CORTE' PODRÁ DAR POR TERMINADO EN CUALQUIER MOMENTO EL PRESENTE CONTRATO, PARA LO CUAL BASTARÁ CON QUE ASÍ LO HAGA SABER POR DIRECTOR DC SERVICIOS GENERALES 34,500.00 "' "' q ('\1J1v1A MORALES CONTRATO SIMPLIFICADO EN SUS REMISIONES, FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOT AA ESTE NUMERO CE DOCUMENTO SOOl lfllporté 34,500.00 CONT IN UA Página 1 de 4

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~ \)~inos "',.~ PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN l.'~ SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN f:; . ~ JOSt MARIA PINO SUAREZ No 2 COL CENTRO DELEGAC'ON CUAUHTEMOC 06060. D.F.

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DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES BOUVAR No 30. 4Q PISO COL. CENTRO, C.P. 06000, MEXICO. D F TELS · 4113·1000 EXT. 5704,5710,530ll ,5705 FAX· 5130-1750

DIRECCIÓN DE ALMACENES G.\LZ IGNACIO ZARAGOZA M> 1340 COL JUAN ESCUTIA. C P. 09100. Mf XICO. D F. TELS · $701 2036 y 5763 7883

PROVEEDOR: BIG EXPERT TIME CLEAN, S.A. DE C.V. 1 CONDOMINIO51 MZ B LT 10 , COLONIA TOTOLZIN 11 . ECATEPEC, EDO MEXICO, 55146 / 57817131 , 57817131 /

FECHA DEL OOCUMENTO 28/03/2019

FECHA DE ENTREGA 9 MESES

Partida" """ ·Clave al't. 10

FORMA DE PAGO TRANSFERENCIA ELECTRÓNJCA

1 OBSERVACIONES

LUGAR DE ENTREGA

l¡•; l~ canilcii'id · ' l f)fll, :.. .. , ';::·, ·•;rc-r~~:" ~~Pc~ \/ , •. ";. '·~ }:>.t¡f111"10 -::--!'.'J: 11 SER

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LIMPIEZA CCJ GUADALAJARA ABRIL .../ OBSERVACIONES SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL PARA LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN GUADALAJARA, ESTADO DE JALISCO, POR EL PERIODO DEL 1° DE ABRIL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2019.

CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS:

PLAZO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. 9 MESCS, A PARTIR DEL 1º DE ABRIL Y HASTA EL31 DE DICIEMBRE DE 2019.

LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS: CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN GUADALAJARA UBICADA EN AVENIDA FRANCISCO JAVIER GAMBOA. NO. 98, COLONIA OBRERA. C.P. 441 40, EN GUADALAJARA, ESTADO DE JALISCO.

PLANTILLA DE PERSONAL: LA PLANTILLA ESTARÁ INTEGRADA POR 4 ELEMENTOS EN TURNO MATUTINO (DE 7:00 A 15:00 HORAS) Y 1 EN EL TURNO VESPERTINO (DE 11 :00 A 19:00 HORAS), Y LOS OÍAS SÁBADO TODOS EN TURNO MATUTINO DE (7:00 A 15:00 HORAS).

LAS DEMÁS CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS SE CONTIENEN EN LA PROPUESTA PRESENTADA POR EL PRESTADOR DE SERVICIOS Y LAS BASES DEL CONCURSO PÚ BUCO SUMARIO CPSM-DGRM-OSG-008-2019, RAZÓN POR LA CUAL EL PRESTADOR SE OBLIGA A CUMPLIRLAS COMO SI A LA LETRA ESTWIERAN INSERTAS EN EL PRESENTE CONTRATO.

TERMINACIÓN ANTICIPADA: "LAS PARTES" CONVIENEN Y ACEPTAN QUE LA ' SUPREMA CORTE' PODRÁ DAR POR TERMINADO EN CUALQUIER MOMENTO EL PRESENTE CONTRATO, PARA LO CUAL BASTARÁ CON QUE ASÍ LO HAGA SABER POR

DIRECTOR DC SERVICIOS GENERALES

34,500.00

"'"' q ('\1J1v1A MORALES

CONTRATO SIMPLIFICADO

4519000~1

EN SUS REMISIONES, FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOT AA ESTE NUMERO CE DOCUMENTO

SOOl

lfllporté foi.aí:;r~ ·~ 34,500.00

CONT I N UA

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t...omrato :s1mpuncaoo l.· u Suprema Con• de JusUcla da la Nación, en lo sucesivo •supram3 Corte" por conducto de su rapreHntante pue los electos de tate Instrumento manifiesto que:

' 1.1 .· Es el mé.JcJmo órgano deposrta110 del Poder Judicial de .a Federación, en términos de o cispueslo en 1o$ artí:vl!lS 94 de la Constrtuci6n Política de io.. Estados un.óas MeM cano.~ y 1•, !1acct0n 1, de la Ley Orgán.ca del Poder Ju<f1c1al de la Federación. 1.2.·La presente contratación fue autorizada por el Director ae Seiviclos Generales adscrito a la Dirección General de Recursos Materiales de la Suprema Corte de Just c1a de la Nación, do

·conformidad con IO previs1o en los artlcolos 39, fracción 111, 43, lracci6n UI, y 82 del Acuerdo General da Adonlnistración V112008, dul velmlci11co do scptembra de dos mil ochO, d!ll Com1tc de Gobierno y Adm1n straclón de la Suprema Cort.e d& Justicia de la Naci6il por el q.>e se regu•wi IOs proecdrmlantoa para la adqu'soción, adrmnstracoón y desinco'J)oradón de blene.~ y la contratación de obras usos y seivlclos requeridos por este Tr.:iunal. 1.3.· El Director General de Aecu'llos i.1ater\ales está facultado para SUSCflbir el presente instrum.arto. ® conformidad con lo nispuaslo en loo ani~"Ulos to del Acuerdo GeM1aJ de Adn>n1straci6n

• Vl/:1008 1.4 • Para todo IO relacionado eon el 1><esente con1rato, seflala como su doml~ro el ubicado en la Calle de Joaé Maria Pino SuArez rumoro 2, colonia Centro de la ciudad de Mc><1co, delegación Coauhtémoc. código postal 06060, en la Ciudad de Mé•ico. 11.· El "Prestador de Servicios" por conducto dt su represententt legal manifiesta bajo prot.csta de decir verdad que: 11.1.· Sa encuentra constituida bajo las leyes melOGilnaS, e irl9Crita en el Registro Púbfico correspondiente. 11.2.· Cuenta con personal con la suficiente expertencia y cafrficaa6n para ejecutar los servlaos requeridos por la Suprema Corte. asl como con los fllemertos técnicos y capaadad ccorómica necesana para tal nn. 11.3.- A la fec'1a da ad¡udicación de la presento contrataci6n. no so encuentra en ninguno de los supuestos e que se refieren loti ertlculos 48 y 58, tracoión XVI, del Acuerdo General de Administración Vl/2008 del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Corll~é de Gobierno y Administración de ta Suprema Corte de Justicia de la Nación. 11.4.· Conoce y acepta S14etarse a lo previsto en el Acuerdo Gene"'I de Administraeión V\!2008 del veintlclnoo de sep11ernb<9 de dos mil odlo, del Comité ele Gobierno y Adminlstlación de la Suorema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan toe procedimlen:09 para la adqu:s1ci6n, admini1tración y desinoorporaclón do b ~ y la contralaci6n de obras, usos y seMcioa requa11do1 por e81t Alto Tr.tiunet 11.5.- Para todo lo relacionado con el presente contra!O, scliala como su domlcRlo el indicado en la C<lrótiJa del presente instrumen1o, en ti apartado denominado •Proveedor". 111.· La "Suprema Cortt" y el ºPrHtador de S.rvlcloa" decloran que: 111.1 .• Reconocen mutuamente la pe<sonafidad jurld<:a con la que compan;cen a la celebración del Pfescnle instrumento y manlfieslan qoe todas tas comlXllcaciOMS que se r9¡¡ijcen entre ellas Re

duig.rAn a lc¡s domici ios indicados en lo!; antecedentes 1.4 y 11.4 de este instrumento. 111.2.· B acuerdo de voluntades plasmado en este instrumento contractuaf se nge por lo drspueslo en la Constuución PolfUca de los Es1ados Unidos Mexicanos, la Ley Orgénica de! Poder Judicial de la Federación, el Acuerdo General de Adrninlstraaón V1/200e, del veinticinco ele 6ep'~bre de dos mi ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suptema Corte de Justicia de la 'Jac.ón, el Reglamento Orgánico en Materia de Admnlstración de la Suprema Corte de J~tk:ia de la Nación y de manera auple:oria el Cócf.oo C"IYil Federal. el C6d go Federal de Procedimiertos Clví~s la Ley Fedar~ de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría, la Ley Federal de Response!lmclades Mmmistrativas de los Servidores púol:cos y ta Ley Federal del ProcedllTllento Admlnislrativo en lo conducente. al tenor de tas siguientes:

CLÁUSULAS Primera Condiciones Generalea. B "Prestador de Servidos' se compromete a proporcionar el servicio deacrilo en la carátula del presente instrumento y respetar en todo momen10 el precio plazo y oondic10nes dO pago sel\alados en la refenda carátula dutante y haeta el cumplmiento totel del ob¡e1o de este acuerdo de \'OIUntades. El pago ie~alado en 11 presente cl6uaula. cubre el 1otal del selVido conlratado, por lo cual ºla Suprema Cona• no Uene cbhg;>cl6n de cubrir ningún impone adiciooal. Segunda. Requisitos para reallur los pagos respectivos. Para efedos nscales el ºPrestador de Servicios• del:>eril presentar la o las tscluras a nombre de ta ·suprema Coi1e· $egCn consto ~ ta cédula de 1dent1hcación fiscal, e>epedicla por la S8Cfetaría de Ha.cieroa y Crédito Pllblloo con el Registro Federal de Corttibuyt1mes SCJ9S02046Pl!, lrtllcando el domlCi;io sel\alallo en la daclarectón 1.4 de eeta instn.mento y demás requ:sltos físcalm a que haya lugar, copia d~ presente instrumento contrae1Ul!J y In acreditación de ~ los S8Mcios &e recibieron a en:era satisfaa:ó1 Tercera. Tercera. ModlllcaclonH de e&te Instrumento. Las condicioneS pactadas en el p<Mente instrumento podrán ser objeto de modificación en términos de lo previsto en los anlcutos 12 tracción XXII y 143 del referido Acuerdo General Vl,'2006. cual'U lnlltlstencla de relación laboral. El ºPra$1.ador de Ser<icios•, como empresar1o y patrón del personal que ocupe pera los servicios profesionales materia de este cortrato, soril el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones laborales y dem6s ordenamientos ero mateña de trabajo y de aegurldad social, por IO que responderá de todas las reclamaciones que sus trab;i.,adortlS presenten an au contra o de la 'Suprema Corta", en ~ación con los setvtclos rncti11o de ea1e ainlnl1o. La ·suprema Corte• esta tacuttada para requerir al ºPrestador da Serviciosº los comprobantes da aflllaci6n a SUJ trabajadores al IMSS. asi como los comprobenles de pego de las euowt al SAR. INFONAVIT e IMSS. En caso de QUe alguno o algunos de los trabajadores del "Prestador de Serviciosº, ejecuten o pretendan ej9cu\Jlr alguna reclamación en contra de la "Suprema Corte • el ·pre$fedor de Servicios' deberé reembolsar la totalidad de IOs gastos que erogue la ºSuprema Corteº por concepto da tr111lados, v1á1icos, hospedaje tr8116por1aci6n. Alimentos y clemés inherentes, con el fin de acreditar ente la autoridad compe1eme que no ••llle relac16n laboral alguna con los mismos y deslindar a la ºSupl10ffNI Corte• de cualquier tipo de responsabilidad en ese sentido. Las partes acuerdan que et importe de los referido• gaslos que ta llegaren a ocasionar po«lln ser deducidos por la ' Suprema Corteº de las racturas que se encuentren pencrremes de pago, independientemerte de las acciOMS legales que se pua1e<an ejercer. Quinta. Pena Convencional. Las penas conwncionales serán delennlnadas po< la S14>rema Corte de JUS1icia de ta Naaón, en función del inc..npfimiento decre<.ado, conforme lo aiQu1ente: En caso de 1nct.fllpllmlemo en cualquiera da las oblgaci~ establecidas en el presente Instrumento conttaclual, la ·suprema Corte' 11Plicará al ºPrestador de Servicios·. ero fonna proporcional, una pen3 convencional hasta por un 10% (dlez po< ciento) del monto que corresponda al valor de IOs servicios, sin incluir Impuestos, que no st1 hayan prestado, o bien, no se '14yan recibido a ertere S81lsfacei6n de la Suprema Cona de Jus1icia de la Nación. En caso de rnco.molmervo en el plazo de la prestaaón de los serv1clos padado en el ¡nsente ClOOlrato, se eplk:ará al 'Prestador de Scrvk:tosº una pena convencional por los atrasos que le sean ltnj)lltables. equiValente al momo que resulte de aplicar el 1 o al milar por cada d!a natural da retraso, e la cantidad que Importen serviCtOS no prestados en al plazo establecido. lo CIU9 no podré exceder del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda el valOr de los seNicios, sin incluir impuestos, que no so hayan preslado, o bien, no ae hayan recibido a entera satrsfocoón da la · s uoiema Corte·. En caso de lncunpllmtento en el plazo de enlrege pactado en el pn;serte contralo, se aplicará al Pr86tador de SorvictOS, Uf\ll pena convencional por atrasos qoe le ~ imputables. equivalente al monto que resu~e de aplicar el 10 al muar por cada día nal.Jral de retraso. a la cantidad que importen servJC10S no pres1acbs en el plazo estable<:ldo, lo que no podri exceder del t0% (drez por ciento) del morr.o total de los servidos no prestados en el plazo establecido, sin Incluir el Impuesto oJ Valor Agregado. El 'Prestador de Se<viclOsº responsable del incumpl miento se hará acreedor a las penas con'lencionales previstas en lo6 párrafos que anteoeden, con Independencia de que se hagan electivas las g&rantias otorgadaS. Las penas podrén descontarse de IOs momos pendientes de cubnr por pane de la ·suprema Corte' el ºPntstador de Servicios" y, de ser necesario, lngresendo su monto a la Tesorerla de este Allo T1ibunal. Para el caso de ausentismo de pensonal se descontará con baSe en la sioulente fórmula

Costo mensual poi' elemento 30 42 i ·__j_~rte diario del e!•ml!l\lo el cual sera descontando de la factura mensual que se oresente SaxQ Subcontrataclón. La Suprema Cor1e de Justicia de la Nación mantnetta que no aceplanl la subconlfalacíón que realice el ·pre$uidor de Se!Vfcios" para cunpf" con el objeto de la presente comrat3clón. Pan1 los efecios de eSla contratación, se emiende por subcontralocl6n el aclo mediante el cual el 'Prestador de Servielos· encomienda a otra persona fislca o jurldica. la ejecuei6n parcial o total del objeto del conirato Séptima. Rescisión. Queda expresamente convenido que la ·Suprema Corte' podrt dar por rescindido el presen& coriralo sin necu.dacf d• que medre decwaá6n judicial, en caso de que el ·Prestador de Seiv1C1os" deje de cumplir cualquiera de las obligaciones q~ asume en &Slfl cortrato por causas que le sean imputables, o bien, en caso de ser objeto de embargo, hoetoa estallad&, concurso mercantil o liquidación. Ames de declarar la rescisión, la •suprema Corte" nollficará por es.cri1o las causas respectivas al ºPreslador de Servicios" en su domlclllo sel\alado en la declaración 11.4 de este ins:rumento, con quien en el acto ae encuentre. otorgándole un plazo de quince días hábiles para que monlflesle IO que a su derecho convenga, anexe los documentos quo estime conventente y apo<te. en su caso. las pruebas que astme pertinentes. Vencido esa plazo el órgano competente de la ºSuprema Corte" detennlnará sobre la procedencia de la r96CÍ8i6n, lo que se canunlcara al "Prestador de Scivlc;losº en su domlcllio sef\alado en la declaración 11.4 de este lnstrumen1o. Octava. Confldenclalldad La documen1ackln que se proporcione al "Prestador de Serviciosº con motivo de la celebracl6n de es1e contrato, es propiedad de la 'Suprema Corteº, por lo que el "Prestador de Serviciosº, por si o e través de sus trabajadores, se compromete a no diVulgar a través de °';Jalquier medio de comunicación, cualquier resultado o elato obtenido de los servicios o trabajos 1><eetadoe a la primera. Novena. Supuestos de terminación de contrato, diversos • la rescisión. B presente cava:o podrá darse por tennlnaOo. al cumplimentarse su objeto o bien de manera articipada cuando eMiSlan causas Jusnficadas, o razones de Interés general. en términos de lo previsto en los anleo1os 148, 149, t 50 y 151 del Acuado Go110rol de Admirnsf1aci6n VIJ2008. oeclma. O•I tomento 1 la tran1parencla y de la protección de datos personales. Las partes estén de acuerdo en que el 1><esente instrumento oonstlluya información póbhca en términos de lo dispuesto en los artlculos i•, 70, t t3y 116 de la Ley G~al de Tn1r1Sparencia y Acx;eso a la Información Publica Gu!>emamental, por lo que los gobernados podran realizw su cons<Alzo Oe conformidad con lo establecido en el Articulo 71 del Acuerdo General de la Comisión de Transpar80C1a, Acceso a la lrlormación Pública Gubernamental y P1otección de Datos Ponionates de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del nueve de julio de dos mil ocho, relativo a los órganos y P<ocedimientos para tutel&r en &I émbito de este TrtbUnal loa derechos de acceso a I¡¡ información a la prtvacidad y a la proteoc,6n de datos personalee garamzados en el articulo 6" Constitucional, el "Prestador de Servicios· so obliga a guardar secreto y a no di11Ulgar por ningún medio, aun electrónioo. ri P<>' eonierencias y/o rnformea los da!oe personales a que tenga Oe<;eSO con motivo de la documeruaón que mane¡e o conozca al desarrollar las ac!Mdaoes ob¡eto del preseme contralo En caso de lncumplimlenlo la •suprema Corte· podrá eXJgir el pego c:omtspondiente al 1014 del monto total de este Instrumento, por aincej)lo de pena convencional otclma Prtmenr. Rnoluclón de controversias. Para efecto dO la Interpretación y cumplim1errto de lo estipulado en este lrslrumento, el ·Prestador de Servicios· se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la ºSuprema Corte• renunciando a cualquier fUero que en razón de su domlc ho tenga o llegare a tenor, da confor1llldad con lo indicado en el aniculO 11. tracción XX. do la Ley Orgánica del Podor J<Jdlcial de le Federación. Las panes acuerdan que cualqu•er nolifü:aCl6n que tengan que realízalse de una parte a O'.ra, se realizarA por escrito en el donicilio que ha seña.lado en tas dedarac1Cnes 1.4 y 11.4 de este Instrumento.

~ Nombre

OanC·1~Cn \ e tno. ~J.,.. 18ue2

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~ ~~\DOs Af.~ PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN $.0"<;. SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN t;; f> JOS~ MARIA Pl"IO SUARF'1 No 2 COL CENTRO Ot:LEGAOON CVAU"iTEMOC 06060, O F

.,,¡ "' R.F.C. SCJ-9~0204-6?5

'~~ ti ,~--· .. ;-'.JI# . ~

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES 0 0 UVAR No 30 • .to PISO COL. CENl RO, c P . oeooo. MEXICO. o.r. TELS.: 41 13-1000 EXT. 5704 57 10,5305 5705 FAA 5130-1750

DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ. IGNAO O ZARAGOZA No 1340 CO L JUAN ESCUTIA, C P. 091 00, MEXICO O F TELS: 5701 2036 y 5763 7683

PROVEEDOR: BIG EXPERT TIMC CLEAN, S.A. DE C.V. / CONDOMINIO 51 MZ B LT 10 , COLONIA TOTOLZIN 11, ECATEPE:C, EDO MEXlCO. 55146 / 578171 31, 57817131 ! .-

FECHA DEL DOCUMENTO FORMA DE PAGO 1 OBSERVACIONES 28/03/2019 TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA

FECHA DE ENTREGA LUGAR DE ENTREGA 9 MESES

Jiártida E~E.f•av~-~:,_,,, __ -¡s-};-c~~]Qf!ldadF~~-. - -~ti ;¡:---------,,~-¡,-· ~: _,· :,~Q.!!s<:n?cforr'tiC- · :,, .. t\:1 e.E'. P.Unltari!)

§!

ESCRITO AL 'PRESTADOR DE SERVICIOS" SIN RESPONSABILIDAD ALGUNA PARA LA 'SUPREMA CORTE'

FORMA DE PAGO: EL PAGO SE REALIZARÁ A MJ:NS\JALIDAD VENCIDA A LOS 15 DÍAS HÁBILES, CONTADOS A PARTIR DEL DIA HÁBIL SIGUIENTE A LA PRESENTACIÓN DEL COMPROBANTE FISCAL DIGITAL POR INTERNET (CFOI) CORRESPONDIENTE, EN LA VFNTANILLA UNICA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD, Y LA ACREDITACIÓN DE LA CONSTANCIA DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS A ENTERA SATISFACCIÓN DE ESTE ALTO TRIBUNAL

PRECIO UNITARIO POR ELEMENTO: $3,480.00 IVA INCLUIDO PRECIO TOTAL POR 5 ELEMENTOS: S17,400.00 IVA INCLUIDO PRECIO MENSUAL DE MATERIALES E INSUMOS: $22,620.00 IVA INCLUIDO PRECIO TOTAL MENSUAL (INCLUIDO 5 ELEMENTOS Y MATERIAL): $40,020.00 IVA INCLUIDO IMPORTE TOTAL DEL CONTRATO (9 MENSUALIDADES): $360,180.00 IVA INCLUIDO.

1. PLAZO DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS: NUEVE ME§ES 2. FECHA DE INICIO DEL SERVICIO: 1 DE ABRIL DE 2019 3. FECHA DE TERMINACIÓN DEL SERVICIO: 31 DE DICIEMBRE DE 2019 4. TIPO DE PROCEDIMIENTO: CONCURSO PÚBLICO SUMARIO MENOR 5. NÚMERO DE PROCEDIMIENTO: CPSM/DGRM/DSG/00812019 6. CLASIFICACIÓN: MENOR 7. FUNDAMENTO DE LA AUTORIZACIÓN: ARTÍCULOS 39 FRACCIÓN IV, 42 Y 82 DEL AGA Vl/2008 8. ÓRGANO QUE AUTORIZA: DIRECTOR DE SERVICIOS GENERALES 9. SESIÓN DEL CASOD: NO APLICA 10. FFCHA DE AlJTORIZACIÓN: 26 DE MARZO DE 2019

LIC. OM..l\H~~

CONTRATO SIMPLIFICADO

4519000551

EN SUS AEM $IONES FACTURAS Y COARESPONOCNCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

S001

lmP<>rta total ,,_

CONTINUA

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Contr.ato Slmplllleado • l.· La Suprema c one de Justicia de la Nación, en lo sucesivo •suprtma Corte" po< conducto de au representante par1 los efectos de este IMtrumento manlnesta quo:

1.1 .· Es el mé,Omo organo depositario del Poder Judici&I de Is Federación, en términos de lo dispue$lo en lo~ artículos 94 de la Constitución Polfhca de los Eslados Unidos IJeX1ca!'Xls y 1°, fracción 1, de la Ley Orgánic<l del Poder Judlclal de la federación. ~.2.·La presente contratación fue all!orizada por el Director de Servicio$ Generales adscr1to a la D;rección General de Recursos Materiales de la S'-4>'ema Corte de Justicia de a Nación de conformidad con lo previsto en los articulo• 39, fracción 111, 43, fracción 111. y 82 del Acuerdo Gen!!ral de Admln1stracióo Vl/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Com1ré de Gobierno y Admrnstrae16n de la Suprema Corte de Justicia de la Nac 6n por el que se regulan los procedimientos para la 3dquosici6n, administracl6n y desincorporación de bienes y la contratación de obras US06 y servicios requeridos por este Tribunal. f.3.· El Dlíector Gel'lefal de Recursos Materiales está facultado para suscribir el presente instrumento. de conformidad con lo di8PU8Sto en loa artlc:vlos to del Acuerdo General de Adm1rustrRcró-.

"Vl.'2008. 1.4.· Para to<IO lo relacionado con el preser>te contr;,to, sel\ala como su dom1c1ho el Ubicado en la Calle de José Maria PlllO Suérez número 2. colonia Centro de Is ciudad de Mexlco delegac1ó'l Coauhlémoc. código postal 06060 en la C1uded do MélOCO 11 •• El • Prestador de Servicios• por conducto de su representante legal manlflest.a bajo protesta de decir v•rdad que: 11.1 .• Se ~a conslrtUlda ba)o las leyes mexicanas, e IOSCnla en el Registro Público correspondiente 11.2 .• cuenta con personal con la suficiente experiencia y cahtcatioo para e¡eaMr los saMCioa reQUe<idoS por la Suprema Cone, así como con los elementos tecncc.s y ~d econórmca oecesana para tal fin. 11.3.· A la focha de adjudlcacl6n de la presonle contratación no so encuentra en ninguno de los supuestos a q~ se refiere" lw artlevlos 48 y 58. fracción XVI, d91 Acuerdo General de Adminl61racl6n VVllOOB del veinticinco do sopt1ombre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Admu'>isire.ción de la Suprema Corta de Justicia de la Nación. 11.4.· Conoce y acepta su¡etarse a lo prevlslo en et Acuerdo General de Administración Vl/2008, del veintic.nco do scpt¡embre de dos mil ocho, del Comité de Ooblemo y Adm1n°stración de ~ Suprema Cona de Just1C1a de la NllCl6n por el qve se regulan los prooed1miernos para la adquiaictón acministraClón y deslncorporaeión de bienes y la contrataaón de obras usos y serv c1os requeridos por esta Alto Tribunal 11.5.· Para lodo lo relacionado con el presente oonlralo, seña' a como su domic~10 el indicado en la carátula det presente instrumemo, en el apartado denominado ·Proveedor". 111.· l• "Suproma Corte" y 11 " Prestador dt Servicios" declaran que: 111.1.· Reoonocen mutuamente la personalidad 1urídica con la que comparecen a la celebración del presente instrumento y 1n3nlfteS1an que todas las comunicaciones que se real icen entre ellas se dirig;rán a los dOm'<:ir.os lndlcados en los antecedentes 1.4 y 11 4 de este instrumento. 111.2.· El acuerdo de voluntades plasmado en este ir..bumento contractual se nge por lo olspuesto en ta Const!IUClon Pohhca dO los E:.stadOS Untdos Mexicanos la Ley Orgánica del Poder Juchc1al de la Federaaón, el Acue1do Gene<al de Admincstrac•ón W2008, del veintiónc:o de sepliemble de do$ mil ocllO del Cornte de Goboenno y Admin1Stracién de la Suprema Cono de Justicia de a Nacion, el Reglamento Orgánico en Materia de Admm1Straa6n de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y, de manera supletona el Código Civil Federal, el Código Federal de Procedimentos Civiles, ra Ley Federal de Presupuesto y Responsabindad Hacendaria, la Ley Federal de Responsabllldades Administrativas de los Servidores pübficos y la Luy federal del Proccd1rncnto Admini81ratvo en lo conducente, al tenor de las siguientes:

CLÁUSULAS Prlmer1. Condiciones Geoerales El "Prestador de ServictoS" se compromete a proporclONll' el servicio áesClito en la calitula del Pfesttnte lnslnlmento y respetar en todo momento e prec o plazo y oond•etones de p;igo seMlados en la referida carátula, durarle y has1a el cumprllTliento total del objeto de este acuetdo de voluntades. El pago s81181ado en la presente cláusula cubre el total del servicio contratado, POI" lo cual "la Suprema C0/1e' no tlone oblogacoón de cubr~ ningún importe adici003l. Segunda. Requisitos para r11llzar 101 pagos respectivos. Para efectos fiscales el 'Prestador da Servicios' deberá presentar le o las facturas a riombre de la ·suprema Corte• segun consta en la cédl;la de lder>tifreaC>On fiscal , expedida por ta Seetetaria de Hacienda y Crédlto Público con el F1e9•stro Fedetal de Coroíbuyenles SCJ95020.6P6, lndic<lndO el dOmiollO ael\alado en la ctoelaración 1.4 dP este Instrumento y demás requis'tos fiscales 11 que haya lugar, oopla del presente írnsmJmento contraciual y la ACfeditación do que los servicios se rec.bteron a entera satos facción. Tercera. Tercera. Modlflc1clont1 ele este Instrumento. Las condiciones pa<:tadas en el presonte instrumento podrán ser objoto de modificación en términos de lo previsto en los artlculos 12 fracción XXII y 143 del referido Acuerdo General v11200e · cuarta Inexistencia de ntlaclón laboral. El "Pre$1ador de Serv1tios·, corno empresario y patrón del personal que ocupe pata los servicio$ profe1ionales materia de este contrato será el uriico responsable de las obíigaaones derivadas de las disposiciones laborales y demás ordenamiertos en m<iteria de traba¡o y de seg.¡ndad social. por lo q~ responderá de todas las rcc:3lllac.ones que sus trabajadoles presenten en su contra o de la ·suprema Corte", en relación con Jos setv1Ctos motivo de este C011trato. La ·suprema corte• esta facu~4da para requerir al "Prestador ae Servicios· los comprobantes de afiliación a 1us trabajadores a.l IMSS, asl como loo comprobantes de pago de las cuotas al SAíl. INFONAVIT e IMSS 8' caso de que alguno o algunos de los traba¡adores del "Prestador de Servicios', e¡earten o pretendan e,ecular alguna reclamación en contra de la "Suprema Corte", el "Prestador de Setvlcios· de~ reembolsar la totalidad de los gutos que erogue la ·suprema Cor1e" por concepto de traslados viáticos, hospedaje transportación, e imenlos y demás inherentes con el fin oe aciecMar ante a a11tondad competente que no e10ste relación laborWI alguna con los mismos y oeslinaar a la 'Sup;ema Corte" de cualqu er tipo de responsabilidad en eso sont1d0. Las panes acue·dan que el Impone de loa referidos gas!OI que se llegaren a ocasionar podrán ser deducidos por la 'Suprema Corte" de las facturas que se encuentren pendientes de pago. 1nnepend.entemente de las acciones legales que se pudieran ejercer Quinta. Pena Convencional. Las penas convencionales serán determinadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en tuncl6n del incumphmlento decretado, conforme IO s guler.te: En caso de onc..rnplornenlo en cualquiera de las obl.gaciones establecidas en el preserte instrumento contractual ta ºSuprema Corte" aplicará al '"Prestador de Servlctos• en fOl""\a proporcional una pena convencional hasta por un 10% (diez por aenlo) det ffiO'llo que corresponda al valor de los Sl!MCIOS, s n inc~ r impuestos, qw no se hayan prestado o bMll'I r.o se hayan recibido a entera satJs!llCC16n de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. En cuo de 1ncumpl:mienlo en el plazo de la prestación de los servicios pactado en el presente contrato, se aplicaré al ·Prestador de Servicios' una pena conwnclonal por los auasos que le sean imputables. eqúvaleme al monto que resulte de aplicar el 1 O al millar por cada die natural de retraso a la cartld~d que imponen servicios no prestados en el pl<UO establecido, IO que no podré exceder del 10% (d ez por ciento) del momo que corresponda ar valor de los servteios, sin 1nclu11 impuestos. que no se hayan prestado, o bien, no se hayan recibido a entc1a satisfacción de la ·suprema cone·. En caso de 1ncumpl1miento en el plazo de entrega pactado en el preserte corl/alo, se ;,pficarA al Prestador de Servicios, una pena convencional por atrasos que le sean imputables, equivalente al morto que resulte de apolcar el 10 al m.llar por cada die natural de retraso, a la Cllnlided que importen servicios no prestados en el plazo cstablooldO, IO que no podrá exceder del 10% (die> por ciento) del morto total de los servicios no prestados en ol plazo establecldo, sin lnclúr el Impuesto al Va'or Agregado. e., "Prestador de Servtao." responsable del incump:iml&nlo se hará acreedot a laa penas oonvenc:K>Mles provistas en los párrafos que at'(eCeden, con Independencia de que so 1-<oga!1 elecllVll!I las garantías O!otgadas. Las penas podrán descontarse de loa montos pendientes de cubrir por parte de le ·suprema Corte al ·Pres1ador de Selv1C10s" y, de ser necesario. lnoresando su monto a la Tesoreria de este Alto Tribunal Para el caso de ausentismo de rsonal ee descontará con base en la si 'ente fónrola.

SHta SubcOt1tratacl6n U Suprema Corta de Justlc • de la Nación ma!Wiesta que no aceptara la $ubconlrl1ación que reúce el "Prestador de SeMoos" par1 cumplir con el ob¡o:o ce la presorrte contratación. Para los efectos de esta contratación, se entiende por subcontrataaón el acto mediante el cuaJ el "Prestador de Servicios· encomienda a otra persona física o juridlca la ejecución parcial o lotal del ob¡eto del contrato. S6ptima. Rescisión. Queda expresamente convenido que la 'Suprema Corté" podra dar por rescindido el presente contrato sin necesidad de que medie declaración judicial, en caso de qoo el "Prestador de Se<Viaos• deje de cump¡ir cualquiera de las ob<lgaciones que asume en este contr11to por cauaas que le sean Imputables o bien, en caso de ser ob;eto de embargo huelga estallada. concurso me1car~I o f:q..idaclón. Antes de declarar la resasión, la 'Suprema Corte" nobficará por escnto las causas respectivas al "Prestador de Serv.c.os• en su domicilio sel\alado en la declaración 11 4 de este 1nSV\Jmento. con quien en 91 acto se encuentre, otorgándole un plazo de quince días Mblles para que manífiestc lo que a su derecho convenga. anexe los doaJmentos que estime convemer.te y apone, en su caso las pruebas que eslfme pertinentH Vencido e•e pino el órgano competente de la ' Suprema Corte• determinará sobre la procedencia de la rescisión, lo que ae comunicani al "Prestador de Se/vicios" en su domicilio sellaladO en la decfaraaón 11.4 de es:e instrunanto. Oetav•. Conndencialldad La documentaaón que se proporcione al ºPrestad()( de Servicios" con motJVO de la celebración de eS1e contrato es propiedad de la "Suprema Cone· por lo que el ·Prestador de Senrlc1os', por si o a tra~s de sus trabajadores, se compromete a no diVu!gar a uavés de cualqU1er medio de com.micacKin, cualquier resultado o dato obtenido da los servicios o trabajos prestados a la primera. Novena. Supuestos de ttnnlneclón de contrato, dl•eraos a la rescisión. El presente cortrato podra darse por Lerm1nodo, al cumplimentarse su objeto o bien de maner<i anhclpad<I cua'ldo eJOstan causas justificadas, o razones de Interés general, en términos de lo previsto en los articuloe 148, 149, 150 y 151 del Acuerdo General de Admlnostración Vl/2008. Oeclma. Otl fomento a la transparencia y d• la protección dt datos personales. Las partes están de acuerdo en que el pr8Sente instrumento constituye informac10n pública en términos de 10 d1Spvesto en tos artlculos 1 • 70, 113 y 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Púbhce Gubernamental, por lo que los gobernados podrán re31izar su consulta. De conformidad con IO establecido en el Artículo 71 del Acuerdo General de la Comisión de Transparencia, Acc&"..O a la lntormación Pública Gubemament;,I y Protección de Datos Personales e.le la Suprema Corte de Justicia de la Nación del r.Je\le de Juno de dos mll ocho, relativo a los órganos y procedimiertos para tutelar 8'1 el érnbito de este Tribunal los derechos <le aceeso a la 1rtormac 06n a la privacidad y a ta protección de datos personales garantizados en el aniculo 6' Const>tUaonal. el "Prestador de Servocios· se obliga a guardar MCreto y a no d vulger por ningun mod.o, aun elecirórico, ro por conterenciat y/o intormn loe datos pwsonaleo a que tenga ac:CMO con motivo de ta documentación que maneje o conozi:a al d"81lllollar las a<:tlllldades obteto del presente contrato En caso de lnaJrJ,,ttmlento la 'Suprema Corte' podré exigir el pago correspondiente al 10% del monto total .de este insmimen10, por concepto de pena convencional D•clma Primera. Resolución do controversias. Para efecto de ta lnterpretacl6n y cumplimiento de lo estipulado en este Instrumento, el "Prestador de Servicios" se somete exp1ooomonto o lo• dcc1soones del Tribunal Pleno de la •suprema Corte' renunciando a cualquier fuero que en razón de su domicilio tenga o lleg31e a tener, de conformidad con lo indicodo en el a11fculo 11, fracción XX óe ta u.y Ori¡ánics del Poder Judicial de la Federación. Las partes acuerdan que cualquier notHlcaclón que tengan que reallz.arse de una parte a otra se realizara por escrito en el domicilio que ha sellalado en las oectaradones 1 4 y 11.4 de es1e onstrumen:o.

RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DEL PRESENTE CONTRATO SIMPLIFICADO POR EL PRESTADOR DE SERVICIOS

Page 5: )~inos ',.~ PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN f ......una pen3 convencional hasta por un 10% (dlez po< ciento) del monto que corresponda al valor de IOs servicios, sin incluir Impuestos,

f:>\\~it>os Af~ PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN $.0 ~c;. SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN t;; . . i JOSE MARIA PJr-.O SUAAEZ No 2 COL C[NTl10 DEL FGACION CUAUHTCMOC. 00000. D r ~ V> R 1".C SCJ-!l5020 .. 6P5

~~.t f ~~--.· . 1 ~

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES 60!..iv'AR No JO. 40 PISO COL CEITTRO, C.P 06000, MEXICO. D.F. TEl.S.: ~1 13·1000 EXT. ~7G<l ,S710,5305,570S FAX: 5130-1750

DIRECCIÓN DE ALMACENES CAU. IGNACIO l'..'RAGOZA Ne. 13'40 COL JUAN ESCVTIA. C P 09100 MEXtCO D F TEL.S .. 5701 2036 y 576:! 7883

¿~ittr~)

~ PROVEEDOR: BIG EXPERT TIME CLEAN, S A. DE C.V. 1CONDOMINIO51 MZ B LT 10 , COLONIA TOTOLZIN 11, ECATEPEC, EDO MEXICO, 55146157817131, 57817131 /

FECHA DEL DOCUMENTO 28/03/2019

FECHA DE ENTREGA 9 MESES

Partid~ 1 .. " Clave art, -; _ ¡__:~Cantidad

20

j)

FORMA DE PAGO TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA

1 OBSERVACIONES

LUGAR DE ENTREGA

Qescripciot( _ :. P.Unitario 11. UNIDAD RESPONSABLE (UR): 1116801 CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN GUA.DALA.JARA. JALISCO 12. PARTIDA PRESUPUESTARIA (PP): 35801 SERVICIO DE LAVANDERÍA, LIMPIEZA E HIGIENE 13. NÚMERO DE CERTIFICACIÓN PílESUPUESTAL NO APLICA 14. ÁREA SOLICITANTE: DIRECCIÓN GENERAL DE CASAS DE LA CULTURA JURÍDICA 15. NÚMERO DE CONTRATO ORDINARIO: NO APLICA 16. COMPROBACIÓN DE RECURSOS DE GASTOS A RESERVA: NO APLICA 17. REGULARIZACIÓN: NO APLICA 18. ~OMINISTRADOR DEL CONTRATO: TITULAR DE LA CASA DE LA CULTURA JUAIDICA EN GUADALAJARA, JALISCO.

$ ALA.JARA ABRIL ,,..

11 SER 1 LIMPIEZA ls..CJ GuflDALAJARA MAYO SERVICIOS lNGCu1oos LIMPIEZA CCJ GUADALAJ

DIRECTOR DE SERVICIOS GENERALES

LIC. OMJ!{l!Q>.RU

DIA. GRAL DC

34,500.00

CONTRATO SIMPLIFICADO

4519000551 . EN SUS REMISIONES, FACTUl1AS Y CORRESPONDENCIA rAllOR DE ANOTAR Es· e NUMc:no DE DOCUMENTO

S001

Impone Total

34,500.00

CONTI NUA

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Page 6: )~inos ',.~ PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN f ......una pen3 convencional hasta por un 10% (dlez po< ciento) del monto que corresponda al valor de IOs servicios, sin incluir Impuestos,

Contrato Simplll1cado :i .. La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en lo sucesivo "Suprema Corte" por conducto de su Aprt11ntante para los efectos dt este Instrumento manlrlesta quo: 1.1 •• Es el m~mo Organo depollltatlo del Poder Judicial de la Federat:.ón, en IMmlOOS de lo dl.!lpuesto en los aniculo$ 94 de la Constitución Po11Jca de los EstadOs Unido& Mexicanos y i<, 'raoci6n I, de la Ley ~n.c.t del Poder Jucfic1al de La Federación. t-2 ·la presente comrataci6n fue autonzada por el OireetOI de SeMCIOS 0-a!ea adscrno a la 0.recoón General de H9CU'SOS Mate""les de la Supfem¡¡ Corto de JustlCia de La Naoón. de conlormidad wn IO p1ev1s10 en los art1culoe 39, fracción 111 43, fracción 111, y 82 oel Acuerdo 0-.1 de Admin stradón Vl/2008, del vemclllCO de septiembre de dos mil ocho, del Comde do

• Gobierno y Admnostración de La Suprema Corte de Justicia de la Nación por el QUll se regulan los procedimientos para la adquisición, &ltninisuaclóo y doolncorporación de b.enes y la con1rat11e16n de obtas usos y sarvicio8 reQUe<ldos por este Tribunal. 1.3 • Et 01rec1or General de Recursos IM!crialos está lacUlado para SU$a1bu el presente 1nsm.meoto. de conlormd.ld ooo lo dlspueSIO en los artículos 10 del Acuerdo Gene!al de AdmiOISlrac ón \11.2000 1.4.· Para todo 10 ra.acionado con el 1><eaerte oontiatO sefla.a como su domic:llO e ubicado en la ca11e de José Maria Ftn0 SuArez rú-lero 2. oolonia Ceroo de la c.udad de MéXJCO. delegación Cuauh:émoc, código pastal 06060, 91'1 la CIUdlld de MtXJCo. 11 .• El •Preatador dt Servk:lot" por conducto de eu representante legal manllluta bajo protHte de decir verdad que: 11.1 •• Se encuenua constituida bajo lfts 1eyes meiocanas. a lnscrna en el Reg!Slro Púb~co COITesporóente. 11.2 • Cuenta con personal oon la sufciente experiencia y calificación pata ejecutar loa sarvlcoos reque<idos por la s...>rama Corte, asi como con loe 8'amenl06 técnicos y capaao.d eoonomie;i neccsana paia tal fin 11.3.· A la tecna da adjudicact0n da la presenta ~lllaet6n, no ae encuentra en nmguno de .os supuestos a que se refieren los ertlculos 48 y 58, fraooón XVI. del Acuerdo Genet11l oe Adm1mtraciOn Vl/2008 del veirt1cinco de septiembre de do8 mil ocho. del Comité da Gobierno y A<lm1n1S1raci6n de la ~rama Corte de Justicia de la Nación. 11.4.· Conoce y acepta s~EllalSe a lo pre\/isto en el Acuerdo General da Adm nistración v1;2oos. d8I veinticinco de septiembre da dos mol ocho oel Comité de Gobierno y Adrmnistración de la Sl.!)reria Cone de Jus:iaa de la Nacoón por Gi que se regulan los procedimientos pata la adquisic.ón, admilllSlrac 6o y des incorporación de bienes y La cortrataci6n de obras, usos y sel'Jicios req.¡~ridos por esl8 Alto Tñb<.nal. 11.5.· Para todo lo rclaclOMdo con el presert& contrato, ae"41a como su d01T,.C1iio el n:hcado en l.J carálula del presenta inswmento, en al apartado denominado "ProveedOI" 111 •• L• •suprema Corta" y el " Prettador de Servicio•" declaran que: 111.1.· Reconocen mutuamente la personalidad jurídica con La cr.ie comparacan a la celebración del presente Instrumento y manif18Stan que todas las comurica~ que se reallCOO crire elkJS so dingir&n a los dom·C~IOS ndicados en loa antaceden!as l 4 y tl.4 de este 1mtrumcnto. 111.2.· El acuerdo de vot\nades plasmado en esle instrumento contrac1ua1 so rioe por lo dlspues10 en la Cons~tuc16n Polit1Ca de los Estados Unidos Meicicanos la Lay Orgánica del Poder Judrcw de a Federaoon. el Acuerdo General da Admristración Vl/2008, det vuml1C111CO de sepiiemore de dos mil ocho, dol Comí!• de Cobierno y Administración de ta s...>rema Cone de .M>tic1a ae la Nac.ón el Reglaman10 Organieo en Matona de Administración de la Suprema Corta da M1icia de la Nación y, de manera supletona et Código CNil Federal, el Código Federal de Procedimientos Cfv,lcs le Ley Federal da PresupueslO y Resp0r.sabihdad Hacendaria, la Ley Federal de A;¡osponeabilidados Adm1nlstretivas de los Servidores públicos y la Ley Federal del Procedimiento Adm•nistrattvo en IO conducente. al tenor da las slgUlernes·

CLÁUSULAS Pnmera. CondlciOn•I Generalt1. B -Prestador ce Servicios" se compromete a proporcionar el aeMcio descrito en la c:arétuta del presente ins1n.11\ento y respetar en todo momento et precio, plazo y condiciones da pago sel\alados en la referida caiátula. durante y hasta el cumpRmiento tOlal del objeto d~ este acuerdo de voluntades. El pago sena!~ en I• presente cl*usula, cubre el total del se1V1C10 contra1ado, por IO cual ·ia Suprema Corte" no bene obhgac16n de cubrir ningún irnponc adicional Segunda. R41QUÍSllOS para rtlllz.lr lo• pago• rt1peellvo1. Para electOI fiacales el ·Prestador de Scr'\lídoa· debe111 presentar la o las facturas a oombre de la "SUprema cor1e· aegún c:onata en la cedula de 1dentiñcac:ión fiscal. expedida por la Secrewla de Hacienda y Culdno f'lj)tico con el Registro Federal de Contribuyentes SCJ96020«P5 indicando el domidíio sei\¡Jl.Jdo en lo declaración 1 4 de este instrumento y dem'5 requis.1Ds bcales a que haya tugill, copia del p1esente instrumonio contractual y la actedlt3ción de que los servlC10S se rocibioron a entera S3!1Sfil<X:~ T1rcara. Tercera. MOdillcaclont1 de este Instrumento. Las conchc Ol1l)S pada<las en el presente insttUmento podrán ser objeto de modifcación &n términos de to prCMSto en IOG artfco'os t 2. fricción XXII y 143 del referido Acuerdo General Vl/2008 Cuarta tne•latencla de relaclón ltboral. El "Prestador de Se<vlClOS·, como empresario y pai'"6n del personal que ocupe para los seMCiOI profesionales matefla de esta cortralo, será el único responsable de las obtlgadones dartvadas de las disposlciooos laborales y demás ordenamierlos en materta de trab¡qo y de seguridlld socio por lo que responder& da todas las redamaoOM!I qu11ua trabljedores presenten en su con1ra o de la "Suprema Corte". en relsc:6n con los 5e<Vlclo1 mo11vo de este contralo La •Suprema Corte• es1a facultada para requerir al "Prestador de Servk;¡oa· los comprobantes de al1Macl6n a sus trabajadores Gl IMSS, asl como loa comp<eiballtes de pago de IM cuotas ol SAR. INFONAVIT a IMSS. En uso de que alguno o algunos de IOs tr~ldoru del "Pre5tador d• Servk:IO$". ejecuten o pretendan ejecuter algJna reelamaciOn en contra de la "Suprema corte·. el •Prestacor de Sl!fV!cJos• debe<é reembolsar la tola'ldad de los gastos que erogue la "Suprema Cone" por conctplo de traslados, lllátJCOS, ho&pedaje transpot1.ld6n, ellmentot y demis inherentes con al fin de acr9drtar ante ta autoncld competente qua no elds1e releclón laboral •lguna con loa mismos y deslndar a la "Suprema Cone· de cualqulor Upo de reaponsabolldad en ese sentido. L.u partes acU4!rd1n que el 1mpor11 de loa refendos gastos que se llegaren a oeas•onar pod"n eer deducidos por la ·suprema Corte· de las facturas que se encuentran pendientes oo pago 1ndepend1entemon1e de tas acciones lagales que se pudlaran ejercer Quinta. Pena Conv1nclonal. Las penas convendonalos sonln determnadas por la ~rema Corte ele JUS11Cla de la Nación. en !unción del incumptlmlanto decretado, oonlorme lo s1gu ente En caso da 1nc~ur11ento en cualquiera de las~ establecidas en el l)fesente 11"1S1nimento oonttaciual. la ·suprema Corte" aplicará al "Prestador de Strv clot' , en forma proporciona· una pena convencional hasta por un 1 O"- (d ez por ciento) del morto qua conetponda al valor de los sorvi<:ios, sin lnclult ~esto5, que no se hayan preSlado, o bien. no se hayan recibido 3 entera sadstacción de la Suprema Cona da Jus:icla de la Nllclón En caso de 1ncumplim•erac> en el plazo de la prestaCl6n de tos servicios pactado en el presente contrato, se apllcari al •prestador de Servicios" una pen1 convencional por los elrasos que le seon unputables. equivalente al monto que re.utte de aplicar el 10 al mirar por cada dfa nalural de retraso. a la cantidad que importen s&Mcioa no prestados en el plazo establecido, lo que no podrá exceder del 10"- (diez por aen:o) del monto que COITesponda al Vlllor de los S81'.'icoo8, sin inc uír ~!OS. quo no se hayan prestado, o tl1en. no M hayan recibido a entera satisfacción da a Suprema COl".e •

En caso de 10CUflllimiento en al plazo de ontrog3 pac1ado an el presenta contrato, se aphcar6 al PrestadOf CIC Servicios una pena convencional por atrasoe que le sean impulables, equcvalerte al monto que resulle do ap•iear et 10 al mlllar por eada dla natural de retraso, a la cenhd111d que lmpor1en servoeios no prestados en el piolo establecido, lo que no podrá 11JCCeder del 10lo (dlez por ciento) del monto totel da los seN1clos no preS1ados en al plazo estableCldo, sin inc:1u11 el Impuesto al VaiOI Agregado El Prestador de SeMc;ios" responsable del Incumplimiento se hari aaaador a las penas C0f1\/80clonales previstas en los p¡'¡rratos que anteceden. con lndependMdl da que se hagan elecbYas las oarantias otorgadas. Las penas poar6n descontarse de los montos peno:l entes de cublfr por parte d& la Suprema Corte" al ·prestador de SeMcios" y, de Hr necesario, Ingresando su monto a la Tesoreóa de este Aho Tribunal Para el caso de ausent.smo de rsonal se descontará oon base en la si uiente tórmula.

Sexbl Subcontrataclón. L• Suprema Corte de Jultlda de la N1t10n manifie111a que no aee¡itar6 la •ubcontr1tx.6n que realice el ·Prestador da SeNlaos· pila CllnP .r oon el Objeto de La oreseme contralaci6n. i>~ra los electos de esta contrataciOn, se entiende por subCOntra.taclón el ecto mediante et cual el 'Prestador de Servicios• encomienda a oua persono llsica o jurlcfica. la ejecución pardal o tOlal del ob¡eto del cornrato. S6ptlma. Resclslon. Queda expresamente convenido que le ·suprema Corte• podr• dar por rescindido el presente comra:o sn neces.dad de que medie declarecoón ¡udicial en caso de que e< ·Prestador de Servicios" de,e de cumplir cualquiera de las oblgaciones que asulTH! en este eontrato por C8l,g8S que le sean ~tal o bien. en coso de ser objeto de embargo, huelga esta lada, concurao mercanld o hquidación. Alltes de declarar la reSCllcón ta "Suprema Corte" notlficari por escrtto las causas rupec:tl'vas 111 "Prestador de Servicios• en su domlclllO senalado en la declaraeión 11 4 de este lnsttu:nMlto, con quien en el acto se encuentre, otorgándole un plazo de quince dlas hábilr.s para quo meniíieste lo que a su derecho convenga anexe los documentoa que esbme 00'1\lenicntc y aporto, on su caeo las pruebas que estime pertinentes Venc:ldo ese plazo el órgano competente de la ·suprema Corte" detetTTlinará sobre la procedencia de le r~sión. to que se comun.cafi al "Pres1adOI de Servicios" en su domlc:UO sellalado en le declaración 11 4 da este Instrumento. Octava. Conftdencl1lld1d La documentación que se proporcione al "Presledor de Se<Vtclos" con moovo de la celebración de es:e contrato, ea prop.edad de la 'Suprema Corte por lo que e ·Prestador de SeNlaos·. por si o a travé• de sus trabajadoras, se compromete a no cfMJlga< a travé:s de cualquier medio de caTIUnlcaCl6n, cualquier resultado o d81o obtenido oe loa servicios n trabajos prestados a la p~mero Novena. Supueato. dt tormlneclón de contrato, diversos a la rHclalón. El preu'l\e com·ato podro derso poi terminado al cumplimentarse su objoto o bien da manera enticrpada cuando e>0stan causas ¡USl!flc:adas o razones da interés genere!, en térmnos de IO previsto en los artlcJlog 148. 149, 150 y 151 del Acuerdo General de Admlnislraclón Vl/2006 Daclma. Del fomento a la traneparencla y de ta protección de datos personalt1. Las partes e•!An de acueido en qua el orescntc lnswmento cons11wye ilTlonNción pública en térmonos de o dtSpucsto en los artículos 1•. 70, 113 y 116 de la Ley General de Tmnsparancla y Acceso a la tntormaaón Pllbllca Gubemomenl&l, por lo que los gobemadoe podrán realizar su consulta Da contorm·dad oon lo establecido en al Artículo 71 del AcoerdO General do la Comisión da Transparencia, Acceso a la lnlormoc:16n Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales de ·a Suprema Corte de Justicia de la Nación del nue\18 de julio da d08 m~ oeho, relat·vo a los órganog y procad1mienlos para tutelar en el &nono de aste Tribunal los delechos de acceso a la .mormación a La prrva.cidad y a La pr()(e(;Ción de datos personales garant12ados en el anlculo 6º Comtituaonal. el "Prestador de S•rvlc•oe" se obliga a guardar sec."llto y a no divulgar por rungún medio, aun elect.rtirico, ni pot conferencias y/o tn!orrnes los datos pe'10neles a que tenga acceso con motivo de la docomentactón que maneje o oooo:zca al dasamlllar las actrYidades ob1eto dol ?retente contrato En caso de incumpUmlenlo 111 ·suprema Corte" podr• exigir et pago ~spondienle al 10% del monto total de este mtrumento, por ooneepto da pena convencconol ~cima Primert. Resolución de controversias. Para electo de la interpreti!ci6n y cumplim1ento de lo es11pulado en esta 1nstrumenl0, el "Prestador de ServlCios• se tomele expresamente a 'ª' declslo08$ del Tribunal Plano de la ·suprema Ca11e• renunciando a cualquier fuero que en razón de su domlcdio tenga o llegare a tener, de conformidad con to indicado en el art(culo t 1 lracci6n XX de La Ley Orgánica del Poder Judicial da la Federación. · Las pa11es acuerdan que cualquier noof<:acoón que teng111ri que reaharse do u"" parta a otra, se realizlltá por escrrto en el domiallo que ha sec'lalado en las oociaraclones l.~ y 11.4 de este <\Strumento.

RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DEI. PRESENTE CONTRATO SIMPLIFICADO POR EL PRESTADOR OE SERVICIOS

Page 7: )~inos ',.~ PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN f ......una pen3 convencional hasta por un 10% (dlez po< ciento) del monto que corresponda al valor de IOs servicios, sin incluir Impuestos,

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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOSE MAAIA PINO SUAREZ No 2 COL CENTRO OCLEGACION CUA\MTEMOC. 08060, D.F R F C $CJ-95020•-6P5

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES BOUVA'l No 30, •o PISO COL CENTRO C.P 06000. MEXICO, D.F. TElS . 4113-1000 EXT 5704.5710,530S5705 FAX. 5130· 17!>0

DIRECCIÓN DE ALMACENES CAL2 IGNACIO ZARAGOZA No 1340 COL JUAN ESCUTIA, C.P. 09100, MEXICO. D F TELS.: 5701 2036 y ~763 7833

PROVEEDOR: BIG EXPERT TIME CLEAN. S.A. DE C.V. I CONDOMINIO 51 MZ B LT 10, COLONIA TOTOLZIN 11. ECATEPEC, EDO MEXlCO, 551 46 / 57817131, 57817131 /

FECHA DEL DOCUMENTO FORMA DE PAGO 1 OBSERVACIONES 28/03/2019 TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA

FECHA DE ENTREGA LUGAR DE ENTREGA 9 MESES

CONTRA TO SIMPLIFICADO

4519000551 . EN SUS REMISIONES, FACTURAS Y CORRESPONOENCIA FAVOR DE: ~OTAR ESTE N\.M[RO DE OOCUMc:NTO

S001

Partld'J,. ·C.lave81t .,. Ga(lti<jaQ,, Al./nícl~ '" ',j. _,,;:.;,. •!•¡_"" • ·''', .·c• Oe~g'IJ)CIQn P,Unitaño. ,_., ""• -- . lmpqrte Tojal i" .,.

30 11 SER

40 1 I SER

50 11 SER

60 11 SER

70 SER

80 1 I SER

90 11 SER

IMPORTE EN LETRA

LIMPIEZA CCJ GUADALAJARA JUNIO .,.... SERVICIOS INCLUIDOS LIMPIEZA CCJ GUADALAJARA JUNIO/ LIMPIEZA CCJ GUADALAJARA JULIO SERVICIOS INCLUIDOS ./ LIMPIEZA CCJ GUADALAJARA JULIO" LIMPIEZA CCJ GUADALAJARA AGOSTo/ SERVICIOS INCLUIDOS LIMPIEZA CCJ GUAOALAJARA AGOSTO , LIMPIEZA CCJ GUADALAJAnA SEPTIEMBRE SERVICIOS INCLUIDOS LIMPIEZA CCJ GUADALAJARA SEPTIEMBRE LIMPIEZA CCJ GUADALAJARA OCTUBRE SERVICIOS INCLUIDOS LIMPIEZA CCJ GUADALAJARA OCTUBRE / LIMPIEZA CCJ GUADALAJARA NOVIEMB~E SERVICIOS INCLUIDOS LIMPIEZA CCJ GUADALAJARA NOVIEMBRj;: LIMPIEZA CCJ GUADALAJARA DICIEMBRE SERVICIOS INCLUIDOS LIMPIEZA CCJ GUADALAJARA DICIEMBf!E'

TRESCIENTOS SESENTA MIL CIENTO OCHENTA PES

y L.~. ANTONIO PRIETO REVILLA

íllRECTOR DE SERVICIOS GENERALES

34,500.00

34,500.00

34,500.00

34,500.00

34,500.00

34,500.00

34,500.00

SUB TOTAL

OIR. GRAL. DE R

34,500.00

34,500.00

34,500.00

34,500.00

34,500.00

34,500.00

34,500.00

310.500.00

49,680.00

360,180.00

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Contrato Slmpllllcado l.· La Suprema Corta de Justicia de la Nación, en Jo suc11lvo •suprema Corte" por conducto de su representanta para los electos de esta lnattumento manifiesta que: 1 1 • Es el rnaxmo órgano depos tatio del Poder Jldc.al de la Federao6n, en ténrinos de lo d.i1puesto en los artleulos IM de la Conslllucíón PolitJCa de los Estados Unidos Mexicanos y 1•, frJ.CCIÓO l. de la Ley Orgárica del Poder Judicial de la Federación. 1.2.·La preseme cortzataclón fue autorizada por el Director de Servicios Generales adscr.to a ta Dirección General de Recursos Matenales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. de eooformidad con lo previsto en los artículos 39, tracción 111, 43, tracción 111. Y 82 del Acuerdo General de Adm1t11Straclón Vl/2008, del veinticinco de Hptlembre de das mil ocho, del Com1te do Gobierno y Admlnisltaclón ele la Suprema Corte de Justtcia de la Nación por el que se regulan los proced1m111nt05 para la adquisición. administración y dea10COrporacíón de b<etMls y la contratación óe obras, USO& y servicios requeridos por C6te Tribunal. l.~~- El Ouector G-ral de Recursos Materiales está facultado para suscribir el presente instrumento. de conformidad coo lo dispoesto en los artlculos 10 del Acuerdo Oeneral de Administración Vl/2008. J.•.· Para todo lo relacionado con el pres11nte conlrato, sel'lala como su domlcVio el ublC&<IO en la Calle de José Maria Pino Suétez número 2, colonia Centro de la ciudad de México. delagaclon Cuauhtémoc, código postal 06060, en la Ciudad de México. 11 • El " Prestador de Servicios• por conducto de su repr,..entante legal manifiesta bajo proteata de decir verdad que: 11.1.· Se encuentra constilUlda bajo las leyes mexu:M!IS. e 1nscnla en el Registro Púbico correspondiente. 11.2.· CuP.nta con personal oon 111 suflclento ex¡ieñencia y caírficación para ejearlar los servicios requeridos por la Suprema Con11. asl como con los elementoa técnlcos y capacidad económica neceea11a para tal fin. 11 3.· A la fecha de adjudleaclón de la presente contrlltación, rio se encuentra en nlngurio de los supuestos a que se rofioren loa articules 48 y 58, fri1Cd6n XVI, del Acuerdo General de Aaministración Vl/2006 del veinticinco de septiembre ele dos mil cero, del Coml:.é de Gobierno y Administiación de la Suprema Corte de Justicia de la NllCIOn. 11.4.- Conoce y acepta sujetarse a lo pre\Mto en el Acuerdo General de Adm:nistreción Vt/2006, del veinticinro de septiembre de cloa m» OCl1o. del Com"é de Gobierno y AdministraclOn de la Suprema Corte de Justicia de la Nlldón por el que se regulan los procedimienlos para la adquisición, adrTU!Utración y deeincorporaclón de bienes y la conlratar.ión de obras, usos y servicios requeridos por este Alto Tribunal 11.5.· Para todo lo relacionado con el presente corttalo, señala como au domicilio el micado en la carAtula del P<es&nte instrumento, en el apartado denominado ' Proveedor'. 111.- La • supr•rM Corte" y ti " Prtatador de Servlcl06" declaran que: 111.1 .· Reconocen mutuameme la personalidad 1urkllca con la que comparecen a la celebrac:IÓO del l)<esente instnmento y manifieS1an que todas las comunicaciones que se reaLcen entre ellas se d1rtgiran a los domicmos indicadoe en los artecedentes 1.4 y 11.4 de este Instrumento. 111.2.· El acuCJdo de voluntades plasmado en este instrurTMlnto oomactual se rige por lo dispuesto en la Cons1itución Polllica de loe Estados Unidos Meldcanoa, la Ley Orgánica del Poder Jua0cial de la r edeT&C16n, el Acuerdo General de Administración Vl/2008, del veinticinco de septiembre de das mil odio, del Comité dlt Gobierno y Administración de la Supremo Corte de Justicia de la Nación. el Reglamenro Oroénloo en Matllr!a de Administración de la Supiema Corte de Justicia de la Nación y, de manera supletoria el COdgo Ovil Federal, el Código Federal de Proced1mentos CIVIies, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabihdad Hacondar1a. la Ley Federal de Respons~biíidaées Admir11$triltlvas de los Servidores publicos y ta Ley Federal del Procedimiento Administrativo en lo conducente, al tenor de las siguíeotcs:

CLÁUSULAS Primera. Condiciones Generaln. El ·Prestador oe Servicios" se comprome1e a proporcionar el servtcio desalto en Ja catitula del presente lnstn..men1o y respelar en todo momerno et precio plazo y condiciones de pago seflalados en la referida caratula, wranta y hasta el cumpl.mlento rotal del objeto de esta llC\l&rdo de \IOlurUdes. El pago sel'lalado on la prennte clausula, cubre el total del aervtclo comratado. por lo QJlll ·11 Suprema Corte• no Uene obligación da cubrir ningún importa adioon;sl. Segunda. Requisitos para reallur Jos pagos respectivos. Para eteaos nscales el -Prestador de Setll!dos· deberé presentar la o las factur11s a nombre de Ja ·suprema Corte' segun consta en la cédula de ldentJflcadón f!Scal , expedida por Ja Secreta1la de Hac·enda y Clédno Público oon el Reg'StTO Federal de Contribuyentes SCJ950204'P5, Indicando el domici&o sellalado en la declaración l.4 de este instn.mento y demAs requlsttos fiscales a que hay11 lugar, copla del presente Instrumento contraCluaJ y Ja acredtación de que loa seMcios se recibieron a entera satisfacción. T•rcera. T&rcera. Modlflcaclonu da Hit lnstrumenlO. L.aa condiclOfMls pactadas en el preeeme Instrumento podrán ser obíeto de moárficación en 1írmlnos de lo previsto en los artlculos 12. traccl6n XXII y 143 del reler.do Acuerdo General VV2008. Cuarta. Inexistencia de relación laboral. El 'Prestador de Senlic1os", como empresario y patrOn del personal que ocupe para loa SetVicios pTOfes1onole1 materia de este contreto, será el único responsable de las Obligaciones derivados de las dl8poslciones laborales y demás ordenamientoe en matarte de trabajo y de seguridad social, por lo que responderá de todils las reclam<lelones que sus trabajadorea presenten en au contra o de la "S141rema Corte', en relación con toa Gel'll•Cios mottvo de este corrtrwto. La ·suprema Corte" esta facultada para requerir al "Prestador de S«v!C<Os' los comprobantea de aflhcíón a st.'S trabajadores al IMSS, así como los comprobanlee de pago de las cuolU al SAA INFONAVIT e IMSS. En caso de que alguno o algunos de los trabajadores del •prestador de Setvlclos". ejecuten o pretendan ejecutar alguna reclamacl6n en contra de la ·suprema Cort1t", et "Preslador da Servicios· debera reembolsar la totalidad de los gaatoa que erogue la ·supram• Corte' por conceptO de tr.slados, vúlficos, hospedaje transponación, ar~ y demú Inherentes. con el fin ele acred.tar ante Ja autondad competente que no existe relación laboral alguna con los mismos y deslindar a la · suprema Corte• de cu1lqu.er tipo de resoonsablidad en ese sentido. Los part8S acuerdan quo el imparte de los referldos gastos que se llegaren a ocasoonar podlin ser deduc~ por la ·suprema Corte· de las lecturu qu• ae encuentren pendientes de pago independientemente de las acciones legales que se pudieran e¡ercer. Quinta. Pena Convencional. l.a9 pe11as convencionales serán determinadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en función del inc\l'Tlpfmiento decretada, conforme lo siguiente: En caso de Incumplimiento en cuafqulera de las Obligaciones e!llablecldas en el presente Instrumento contractual, la ' Suprema Corte" aplicará al "Prestador de Servicios', en forma proporcional una pana convencional hosta por un 10% (d1ez por ciento) del monto que corresponde al valor de los servicios, sin lnckir Impuestos, que no se hayan preste.do, o bien. no se hayan recibido e. er~era satisfacción de la Suprema Cene de Justicia de la Nación. En ceso de incumplimiento en el plazo de la pn1sfaci6n de lot 1111Vlclos pactado en el presente contrato, se apH~ e.! "Prestador de SeMcio5" una pena convenclonal por los atrasos que le sean 1'ltp~'lables, eqU1Valente al monto que resulte de apíicar el 1 O al mlfar por cada dla nalU'al de retraso, a la cartidad que ~rten servicios no prestados en el plazo establecido, lo que no podnl exceder del 10% (diez por cierto) del monto que corr8$1X)Rda al valor de los servicloa, ui lnelulr impuestos, que rio se hayan prestado. o bien. no se hayan recibido a entera &atisfacc1ón de la "Suprema COl1e". t:n caso de i~imiento en el plazo de entrega pactlldo en el P<_..ie contralo, so eplicari DI Prestador de Servicios. una pena conwm::lonal por a1rasoa que le sean Imputables, equrvalente al m<ll'llo que resl.lte de aplicar el 10 al millar por cadll dla natural de retraso, a la cariJdad que Importen 881VlCiOS no prestados en el plazo establecido, lo~ no podrá exceder del t0% (diez por clenlo) del monto IDtaJ de los servicios no l)<ostados en ol plazo eSlablecido. si'l inclW el l~to al Valor Agregado. El ' PreStlldor de Setvocios" responsable del incumplimlentO se tiara acreedor a la:s penas convencionales previstas en los pArrafOG quo anteceden, con independencia de que se hagan efectrvas las garantlas olorgadas. . Las pellas podrén descontarse de los montos pendlenles de cubrir por parte de la ·suprema Corte• al "Preslador de Servicios• y, de ser necesario, Ingresando su monto a la Tesorerla de este Atto Tribunal. Par• el caso de ausentismo de personal se descontaré con baee en la siQuien'.e fórmula.

Costo men:iual par elemento 30.42 : • 1 Impone diario del elemento, el cual sera descontando de la '4CIUra mensual oue se presente Sexta. Subeontrataclón. La Suprema Corte d8Justlda dt la Nad6n maniflesta que no aceptara la subContrataclón que realice el 'Prestador de Servicios· par11 cumplir con el objeto dt la presarne OO<tratación Pani los efectos de esta contratación. se entiende oor subcomrataci6n el acto mediante al cu.i el "P~or de Setvlelos" encomienda a ot•a persona flslca o jurldlce. 'ª ejecución parcial o total de objeto del contrato. Séptlm•. Rescisión. Queda expresamenl• convenido que la ·suprema Corte" podre dar por rescindido el presente contrato sin necesidad da que medio dec~ración Judicial, en caso de quo al ' Prestador do SclViclos' dejo de ci.mplir cualquiera de las ob~gaciones que asume en este contrato por causas 11\-e le sean imputables. o bien. en caso de ser oq1>to de enbargo. huelga esta.lada, concurso mercant• o nquidación. Ante' de declarar 11 rescisiOn, la "Suprema Corte' riotif1C81'i por escrito las ceu11t1s reapectlves al "Prestador efe Servicios• en su domclflo sellalado en la decl1ración 11.4 de este instrumento. con quien en el acto 58 encuentre. otorgándole un plazo de quince dlas hábiles para que manifieste lo qua a su derecho convonga, ene~e los documento' que eot1mo conveniente y aporte. on su caso, las pruebas que eSllme pertinentes. Vencido ese plazo al órgano competente da la "Suprema Corte• determinan\ sobre la procedencia de la rescisión, lt> que se comunicará al 'Pres1ador de Servicios' en su clomlclllo se~alado tn la declaración 11.4 de este instrumento. Oc:tava. Confidencl1lldad La doc~ntación que se proporcione al "Prestador de Servio.os' con motivo de la celebtad:m de este contrato, es propiedad de la ·suprema Corte•. por lo que el ' Pre91ador di $1rvlc!os·. por sí o a través de sus trabajadores, se comprome1e a "° dM.llgar a través de cualquier medio de ccmuniceción, cualquíer resultado o dall obterido de los seMdoe o trabajos pres1ados a la primera. Novena. Supuestos di terminación de contrato, diversos a la rescisión. El pres,ente oonlrato podré darse por terminado al cumplimanlarae su objeto o bien de manera onlidpada CU.'lndo e><'lilan causas justificadas, o razones de witerés general, en té«ninos de lo previsto en los artlaJtos 1 ~8. 149, 150 y t 51 del ~rdo General de Adminisu.clón Vt/2008. Declma. oet tomento a la transparencia y de la protaccl6n d1 datos ~onales. Las partes estAn de acuerdo en que el oreGente instrumento constrtuye lnlorrnaelón pública en t~rmino• do lo d>SpU&&lo en lo& A'tlculos 1•, 70, 113 y 116 de ta Ley G-rel de Transperencla Y Acceso a la Jnlonn;lción PÚ!>fica Gubema.'1lertal, por lo que los goberMdos podrén realizar su consúta De corlomildad oon lo establectdo en el Artlculo 71 del Acuerdo General de le Comisión de Transparencia, A<:ceso a la lnlormeclón Pública Gubernamenlal y Protección de Da'.os Pe1sonalee de Ja Suprema Corte de Ju$tlcia de la Nación del nueva de juno de dos mil ocho, relativo a los órganos Y procedimientos para tutelar en el ámbilo de eslo Tribunal los derechos de a.cceeo a la Información 8 le privacidad y a la protección da datos personales garantlzadOs !ln el articulo 6" Consti1udonal, el 'Prestador de Servicios· se obliga a guardar secnno y a no divulgar poi ningún rredio, aun electrónico, ni por conterenciaa y/o Informes los datos personares a que tanga acceso con motivo de la documonle.clón que maneje o conozca al desarrollar les actividades objeto del presente contrato. En caao de incumpllmlento la 'Sup<ema Corte' podré exigir el paga com1spand1onte al 10% del monto total de este Instrumento, por concepto de pena convenclOl'la1. oeclma Primera. Resolución de controversias. Para efecto de la Interpretación y cumplimlerto de lo esblJ<llado en este instrumento. el "Prestador de Servicios" se somete expresamente 1 las decrs·one5 d•I Tnbunal Pleno de Ja •suprema Corte• renunciando a cualquier fuero que en razón oe su domicilio tenga o ~eg&re a tener. do conformidad con lo indi<:ado en el artículo 11. lracc16n XX. de la Ley Orgánica del Poder JUdle>al de la Fodoreclón. Las partes acuerdan que cualquier notificeciórl que tengan que realizarse de una parte a otra, se realizará por escr1to en rol domlc:lio que ha sei'lelado en las declaraciones 1.4 y 11 4 de es:o 1rstrumento •

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