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2 @ Rn,. UBA Uni1Jersidad de Buenos Aires !!!!I FACULTAD oe INGENIERIA ..... llkMIJ0oil!k.olr1U11AIF• 1 Consejo Directivo UBA Uni1Jersldad de Buenos Airas !! FACULTAD oe INGENIERIA U..._..idiiUOoltk#llUllAlr• 1 Consejo Directi vo COMISIÓN DE ENSEÑANZA, POSGRADO, INVESTIGACIÓN Y DOCTORADO 11 SESIÓN ORDIN4E/A Il&L CONSJ¡/O I21RC=vo 11 EXPEDIENTE DICT ÁMENES 60.059/18 1375 Aprobar Mi siones y Funciones de Directores de Carreras 1376 06-11-2018 19:00 horas. COMISIÓN DE CONCURSOS Y PERSONAL DOCENTE ANEXO EXPEDIENTE DICTÁMENES 36.163/18 1377 23 .537/18 1378 [I DICTÁMENES: 11 COMISIÓN DE REIACIONES CON EL MEDIO, EXTENSIÓN Y BECAS 43.541/18 1379 EXPEDI ENTE DICTÁMENES 46.688/18 1380 Autorizar la ejecución de trabaj os a terceros 1362 69.988/18 1381 Derogaciones de Res. (C. D) 1363 54.998/18 1382 76.216/18 1364 67.119/18 1383 69.998/18 1365 64 .981118 1384 80.206/18 1366 73 .948/18 1385 COMISIÓN DE ALUMNOS, INGRESOS, EQUIVALENCIAS Y REVÁUDAS 42.263/17 1386 73.593/18 1367 67.983/18 1387 62.485/18 1368 64.511/18 1388 74.808/18 1369 81.070/16 1389 57.952/18 1370 74.975/18 1390 72.180/18 1371 63 .797/18 y otros 13 91 78.007/16 y otros 1372 71.345/18 1392 74.811/18 1373 46.672/18 1393 55.588/18 1374

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<·~ UBA Uni1Jersidad de Buenos Aires

!!!!I FACULTAD ~ oe INGENIERIA ~ U ..... llkMIJ0oil!k.olr1U11AIF•

1 Consejo Directivo ~ UBA Uni1Jersldad de Buenos Airas !! FACULTAD

oe INGENIERIA U..._..idiiUOoltk#llUllAlr•

1 Consejo Directivo

COMISIÓN DE ENSEÑANZA, POSGRADO, INVESTIGACIÓN Y DOCTORADO

11 SESIÓN ORDIN4E/A Il&L CONSJ¡/O I21RC=vo 11 Nº EXPEDIENTE Nº DICTÁMENES

60.059/18 1375

Aprobar Misiones y Funciones de Directores de Carreras 1376

06-11-2018 19:00 horas. COMISIÓN DE CONCURSOS Y PERSONAL DOCENTE

ANEXO N º EXPEDIENTE Nº DICTÁMENES

36.163/18 1377

23 .537/18 1378

[I DICTÁMENES: 11 COMISIÓN DE REIACIONES CON EL MEDIO, EXTENSIÓN Y BECAS

43.541/18 1379 Nº EXPEDIENTE Nº DICTÁMENES

46.688/18 1380 Autorizar la ejecución de trabajos a terceros 1362

69 .988/18 1381 Derogaciones de Res. (C. D) 1363

54.998/18 1382 76.216/18 1364

67.119/18 1383 69.998/18 1365

64.981118 1384 80.206/18 1366

73 .948/18 1385 COMISIÓN DE ALUMNOS, INGRESOS, EQUIVALENCIAS Y REVÁUDAS

42.263/17 1386 73 .593/18 1367

'· 67.983/18 1387 62.485/18 1368

64.511/18 1388 74.808/18 1369

81.070/16 1389 57.952/18 1370

74.975/18 1390 72.180/18 1371

63 .797/18 y otros 1391 78.007/16 y otros 1372

71.345/18 1392 74.811/18 1373

46.672/18 1393 55.588/18 1374

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64.622/18

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73 .573/18

70.251/18 •

73 .918/18

62.258/196

6784/17

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3

Consejo Directivo

~~~~

RELACIONES CON EL MEDIO, EXTENSIÓN Y BECAS

DICTÁMENES

l!IFACULTAD fl DE INGENIERIA

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<D UBA Universidad de Buenos Aires .a 1\1 FACULTAD

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Buenos Aires , V 1 STO:

La Resolución CD N 1516/07 "Reglamentación de Trabajos a Terceros", y

CONSIDERANDO:

Que conforme el procedimiento aprobado por Resolución CD 1516/07, el Consejo Directivo es el órgano de gobierno que debe autorizar la realización de los trabajos a terceros , como también la distribución del ingreso emergente;

Lo informado por la Secretaría de Relaciones Institucionales;

Por ELLO; EL CONSEJO DIRECTIVO

RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar la ejecución de los trabajos a terceros a realizarse por el Depar­tamento de Energía de esta Casa de Estudios conforme se agrega y se detalla en el Anexo de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Delegar en la autoridad competente de la cual dependa el Ente y actividad que se detalla en el Anexo de la presente Resolución la aprobación de los respectivos presupuestos y actividad específica de servicios a terceros en la realización de mediciones, análisis, etc ..

Artículo 3°.- Regístrese. Comuníquese a las áreas intervinientes .. Pase a la Secretaría de Relaciones Institucionales -Administración de Convenios y Trabajos a Terceros a los efectos de su competencia . Cumplido archívese.

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UBA Universidad de Buenos Aires .a ! FACULTAD

DE INGENIERIA ~IJol eu..w.~

ANEXO

ENTE ACTIVIDAD

ESTUDIOS TECNICOS, TECNICO-ECONOMICOS Y ESTADIS.TICOS, TECNOLOGIAS DE MONTAJE- PRACTICAS DE MONTAJE Y MANTENIMIENTO DE SISTEMAS DE DISTRIBUCION.

DEPARTAMENTO DE ENERGIA SEGUIMIENTO Y ANALISIS DE DESEMPEÑO DE PROPUESTAS DE MEJORA ESPECIFICAS. ANALISIS DE CASOS DE FALLA PARTICULARES O PROBLEMAS ESPECIFICOS DE MATERIALES DE INSTALACIONES DE DISTRIBUCION. PRUEBA EN LABORATORIO COMPLEMENTARIAS Y/O A PEDIDO.

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~~ UBA ~ Universidad de Buenos Aires

VISTO:

! FACULTAD DE INGENIERIA ~de~Aku

Lo dispuesto por las Resoluciones (CS) 7760/17, 6157/16, 4254/12, 1133/10, 1868/03, 2805/92 y 1655/87' y

CONSIDERANDO:

Que es política de la actual gestión de la Facultad adecuar todos sus resoluciones y procesos a las resoluciones del Consejo Superior,

Que las resoluciones del Consejo Superior son de aplicación a todas las Unidades Académicas,

Que las resoluciones del Consejo Directivo referidos a la celebración de convenios han quedado desactualizadas respecto a las resoluciones del Consejo Superior,

Lo aconsejado por la Secretaria de Relaciones Institucionales y la Comisión de Interpretación y Reglamento,

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Derogar las Resoluciones (CD) Nros. 555/02, 556/02, 940/06, 1516/07 y 2535/11

ARTÍCULO 2º: Crear en el ámbito de la Facultad de Ingeniería el Fondo Especial para Actividades Científicas y Tecnológicas.

ARTÍCULO 3º: Aprobar los tipos de convenios, las categorías administrativas, los tipos de trabajos a terceros, el reglamento a tener en cuenta por los docentes de esta Facultad que realicen trabajos a terceros de cualquier tipo y los modelos de convenio y Orden de Servicio de acuerdo con el ANEXO l.

ARTÍCULO 4°: Aprobar las asignaciones de porcentajes de distribución de acuerdo con el ANEXO 11.

ARTÍCULO 5º: De acuerdo con el instructivo de convenios UBA "Consideraciones genera les

sobre los convenios técnicos a realizarse en el futuro por las Unidades Académicas

dependientes de la Universidad de Buenos Aires" se deberá contar con la seguridad absoluta que la UBA puede cumplir estrictamente con las obligaciones que asume y detallar muy concretamente las mismas.

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<» UBA Universidad de Buenos Aires

• ! FACULTAD DE INGENIERIA ~dtlkltl'IOINíes

Por tal motivo es responsabilidad de la autoridad del Ente FIUBA solicitante detallar las obligaciones asumidas y verificar la capacidad de cumpl imiento absoluto de las mismas. Como ejemplo pero de manera no limitativa: la idoneidad del personal interviniente, la acreditación o matrícula habil itante si es necesario, la adecuación regulatoria de laboratorios, instrumental, certificación de procesos si correspondiere, y cualquier otro requerimiento legal o técnico necesario para el cumplimiento de las obligaciones.

ARTÍCULO 6°: Aprobar el valor de los módulos de Arancelamiento de acuerdo con el ANEXO 111.

ARTÍCULO 7°: Aprobar el criterio de elección de equipos de personal para Trabajos a Terceros de acuerdo con el ANEXO IV.

ARTÍCULO 8°: Reg ístrese, comuníquese a todas las dependencias de la Facultad, al Consejo Superior, y al Rectorado de la Universidad de Buenos Aires por medio de la Dirección de Mesa de Entradas, Despacho y Archivo. Cumplido, archívese.-

RESOLUCIÓN N!! j

§ Resultodode lo votación: ;. Votos Afirmativos: Votos Negativos: Abstenciones: I Excusaciones: Total de Consejeros: 2 '~·--~ .>j& 1 ,,

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UBA Universidad de Buenos Aires

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ANEXO 1

!9FACULTAD ~ DE INGENIERIA .. ~de81Jenc9 Alru

Tipos de Convenios y Categorías administrativas para Trabajos a Terceros

De acuerdo con la resolución 1655/1987 del Consejo Superior de la Universidad de Buenos la Universidad de Buenos Aires la naturaleza de estos trabajos se encuadrará administrativamente dentro de las siguientes categorías:

• Servicios a Terceros: Se entiende por servicios a terceros la realización de mediciones, análisis, evaluaciones, etc. que, por su naturaleza y número, puedan

. llevarse a cabo por docentes y/o dependencias de la Universidad, sin que la ejecución de dichas tareas afecte los planos de actividades previstos.

• Convenios Específicos: Se entiende por convenios específicos a los emprendimientos entre un tercero y la Universidad dirigidos a que ésta, a través de sus dependencias, lleve a término, en un plazo no mayor de dos años, estudios, investigaciones, desarrollos o tareas de transferencia de conocimientos tecnológicos requeridos por el mencionado tercero con un objetivo concreto.

• Convenios Generales: Se entiende por convenios generales a acuerdos de tipo global entre un tercero y la Universidad dirigidos a que éste, a través de sus dependencias, pueda llevar a cabo estudios, investigaciones, desarrollos o tareas de transferencia de conocimientos tecnológicos cuya ejecución se instrumentará mediante actas individuales para cada actividad concreta, las que pasarán a formar parte del convenio general.

Modelos de Convenio y Orden de Servicio

La resolución 1133/201 O del Consejo Superior establece la reglamentación sobre actividades de asistencia técnica y cooperación académica , solo para los vínculos establecidos por las Facultades con terceros.

Los modelos aprobados son complementarios de la resolución 1655/87. La resolución establece también el encuadre administrativo en las siguientes categorías

• Convenios Marco de Asistencia Técnica y/o Capacitación: se entiende por "asistencia técnica a un tercero" la aplicación de conocimientos calificados para solucionar un problema, asesorar sobre un tema de interés, o alcanzar un resultado deseado.

• Cooperación Académica: se entiende por "cooperación académica" a la colaboración de dos o mas entidades, organismos y/o instituciones de educación, investigación y extensión, con el fin de llevar a cabo actividades académicas tales como cursos de posgrado, intercambio de docentes y/o investigadores, capacitación conjunta, investigación conjunta, publicaciones y toda actividad conjunta de relevancia académica.

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~D . UBA Universidad de Buenos Alres

==--_ ~=:' ! FACULTAD

DE INGENIERIA t.JMr.-'lidldde~ "kel

Para los Convenios Especificas de Asistencia Técnica y/o Capacitación y/o Cooperación Académica se deberán seguir los lineamientos aprobados en el Instructivo "Consideraciones· generales sobre los convenios técnicos a realizarse en el futuro por las unidades académicas dependientes de la universidad de buenos aires" y en la resolución 4254/12 del Consejo Superior de la Universidad de Buenos Aires.

Por otro lado la resolución 7760/17 d.el Consejo Superior de la Universidad de. Buenos Aires . Establece los lineamientos para los Convenios de Cooperación Internacional Marco y Especifico, y especifica el Modelo de Convenio Marco.

Ordenes de Servicio Todas las Órdenes de Servicio deben presupuestarse y aceptarse en formularios modelos que serán elaborados por el Ente FIUBA y a conformidad de la Asesoría Jurídica en lo que se refiere a sus competencias.

Pueden ser aceptadas Órdenes de Servicio para cualquier tipo de servicio que consista en la aplicación de un método normado como por ejemplo ensayos, mediciones, calibraciones , verificación de cumplimiento de normas, etc., y otras. tareas de naturaleza rutinaria.

El Departamento, Laboratorio, o Ente que preste los Servicios a Terceros en este modalidad, debe contar con la aprobación del Consejo Directivo, para dicho fin específico.

Tipos de trabajo para Trabajos a Terceros

De acuerdo con la resolución 1655/1987 y la resolución 1133/201 O del Consejo Superior de la Universidad de Buenos Aires podrá ejecutar, a través de sus dependencias:

1. Trabajos Técnicos de alta especialización 2. Desarrollos 3. Tareas de Transferencias de conocimientos tecnológicos 4. Prestación de Servicios a terceros

La realización de servicios a terceros estará a cargo de las dependencias ejecutoras de los trabajos (Departamentos, Institutos, etc.) cuyo director será el responsable técnico de los mismos, y deberá estar encuadrada dentro de las normas que cada Facultad, Carrera o el Rectorado cuando corresponda , determine al respecto.

Por la naturaleza del trabajo y las responsabilidades legales asociadas se considera apropiado también distinguir las siguientes actividades dentro de la Prestación de Servicios a Terceros:

4.1 Peritajes . 4.2 Certificaciones, Ensayos, Calibraciones o Mediciones. 4.3 Evaluaciones y Auditorías Técnicas.

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UBA Universidad de Buenos Aires 1 ~-1 !11!1 FACULTAD

~ DE INGENIERIA i-.. ~de Bueoe»AkM

4.4 Cursos de Capacitación a solicitud de empresas, organismos y otras entidades académicas - que pueden prestarse en dependencias de esta facultad o en domicilio del solicitante - (no incluye cursos regulares) . 4.5 Trabajos de articulación social (sólo puede ser iniciado por el Centro de Articulación Social)

Reglamento a tener en cuenta por los docentes de esta Facultad que realicen trabajos a terceros de cualquier tipo

De acuerdo con la Resolución (CS) 5909/2009 los docentes con dedicación exclusiva deben desarrollar su labor de docencia universitaria o eventualmente, de extensión durante cuarenta (40) horas semanales en dependencias de esta Universidad o en los lugares que se autorice por motivos debidamente fundados por los Consejos Directivos o por el Consejo Superior cuando así corresponda, de las cualés diez horas deben ser dedicadas a la docencia.

De acuerdo con la resolución 1655/1987 del Consejo Superior de la Universidad de Buenos Aires:

Dentro del presupuesto aportado por el tercero para los convenios específicos que se manejan por este rég imen, el personal docente que participe en el mismo podrá percibir, independientemente de su régimen de dedicación, un honorario que no supere al equivalente de tres veces la remuneración y adicionales que correspondan a su categoria con dedicación exclusiva por mes con prescindencia de los que obedezcan a características individuales del docente involucrado. El mismo régimen de remuneraciones regirá como tope para contratar personal durante un proyecto específico. Los topes a que se refiere el artículo anterior no podrán ser superados, aún si el personal participa simultáneamente en más de un convenio.

El personal docente no podrá afectar más del 30% del tiempo previsto para el régimen de dedicación exclusiva a la participación en un convenio especifico, de modo de garantizar la continuidad de su contribución a las actividades académicas de la Universidad. En el caso de docente con dedicación parcial o semi-exclusiva deberá garantizarse que su participación en actividades ligadas a convenios específicos se realice sin afectar una dedicación mínima de nueve horas semanales a la docencia.

l~b)

UBA Universidad de Buenos Aires =­~=:"'

ANEXO 11

! FACULTAD DE INGENIERIA ~deBuw'lol .....

Asignación de distribución de Porcentajes

A: Fondo Especial para Actividades Científicas y Tecnológicas Destino: Fondos de uso exclusivo para actividades científicas y tecnológicos, en previsión a la normativa del Consejo Superior de la Universidad de Buenos Aires .

F : Porcentaje para Facultad Destino: Fondos propios de financiamiento de la Facultad (Financiamiento 12).

D: Porcentaje para Departamento Destino: Gastos de insumos, equipamiento, aulas u otros gastos destinados específicamente a los estudios de grado.

E: Porcentaje para el Ente FIUBA . Destino: equipamiento para uso futuro (en caso de ser necesario) , gastos de reparación, calibración y trazabilidad de instrumental .u otros gastos destinados a las actividades de docencia o investigación.

B: Porcentaje para Fondo de Becas Destino: Asignación de Becas para estudiantes.

CT: Costos Totales compra de equipamiento, amortizaciones, servicios de locación, gastos administrativos, 2 * costos de honorarios Docentes por hora horarios (según ANEXO

111 ). , costos honorarios alumnos.

CTSH: Costos Totales sin Honorarios Docentes.

CTHD: 2 * Costo Totales Honorarios Docentes

HDR = Honorarios Docentes Reales es el percibido por los Docentes luego de la

asignación.

.- J._ l 4,1 M: Margen rcvt.-~)~~~ MKP: "ma'fKUp" para conformar el Total Facturación.

TF: Total Facturación= (1+MKP) * CT

La distribución de porcentaje para todas las tareas sobre un Total Facturación (TF). la indicada en la siguiente tabla :

1~0

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UBA Universidad de Buenos Aires ~­~=:' ! FACULTAD

DE INGENIERIA lJrMraldaddeBoetlol .....

Yf'1 <.J 5 cle_·-h .n ba ¡;., 4 7 ,- 3 . -Caso 1: .Yrabajos Técnicos de alta especialización , Desarrollos, Tareas de Transferencias de conocimientos tecnológicos

A= 10% TF

F = 5% TF

B = 5% TF

M = TF - A - F - B - CTSH

HDR = El Docente a cargo del proyecto podrá distribuir hasta un 50% de CTHD.

D = HDR.

E= M - HDR- D

'T<¡1ci rLe Ír f? bc:'iJ-"° '{ Pr~s~ c.....o:,,Cl¿<:_5e ,'V I C....'oj c- -fcz{Ce if>;.>J' Caso 2: Peritajes, Certificaciones, Ensayos, Calibraciones o Mediciones, Evaluaciones y Auditorías Técnicas , Cursos de Capacitación a solicitud de empresas , organismos y otras entidades académicas - que pueden prestarse en dependencias de esta facultad o en domicil io del solicitante - (no incluye cursos regulares).

A= 10% TF

F = 5% TF

B = 5% TF

HDR = El Docente a cargo del proyecto podrá distribuir hasta un 50% de CTHD.

M = TF - A - F - B - CTSH-HDR

E = D = Adicional F = 'h M.

l'iJ)

UBA Universidad de Buenos Aires ~ -.

ANEXO 111

1

lll!IFACULTAD ~ DE INGENIERIA .. lk'MnldllddtBwllDIA.rel

Valor de los módulos de Arancelamiento

Los valores de módulos de arancelamiento se actualizarán como porcentajes correspondientes a un Profesor de Dedicación Exclusiva , tomando como base de cálculo el Valor Total del Cargo Anual. La información para el cálculo es la provista por el Dirección de Personal (sector de Liquidación de Haberes).

Precio Mínimo Hora Profesor : (Valor Total Del Cargo Anual Sin Antigüedad)/(52*40*0,3).­

Precio Máximo Hora Profesor : 3 * Precio Mínimo Hora Profesor.

Para el caso de los Ayudantes de Segunda, se tomará el valor de dedicación simple *4 .-

Precio Mínimo Hora Ayudante de Segunda = Valor Total del Cargo Anual Sin Antigüedad (dedicación simple)*4 /(52*40*0,3)

Precio Máximo Hora Ayudante de Segunda = 3 * Precio Mínimo Hora Ayudante de Segunda.

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UBA Universidad de Buenos Aires 1 ~-1

ANEXO IV

! FACULTAD DE INGENIERIA l..inMrlldlldde Bulno9Air91

Criterio de elección de equipos de personal para Trabajos a Terceros

• La facultad convocará (en orden de prioridad) docentes de dedicación exclusiva, docentes de dedicación semiexclusiva, docentes de dedicación simple, graduados de esta casa, investigadores de otras facultades de la USA, graduados de otras facultades de la UBA, investigadores de otras casas de estudio, graduados de otras casas de estudios.

• Todos los trabajos a terceros se debe impulsar la participación de alumnos, docentes auxiliares y graduados jóvenes (menos de 5 años de graduado) para colaborar en actividades que inciden significativamente en su formación profesional.

l~6~

Resoluciones relacionadas con los Convenios

Nº Año Consejo Resuelve Relación

7760 2017 Superior Aprobar normativa y modelo de convenios 1655/87; de Cooperación Internacional, Marco y 3404/99; Especifico 1868/03

6157 2016 Superior Derogar la 4941/16 4941/16 Obligación de citar filiación institucional en publicaciones y/o producciones .

4254 2012 Superior Aprobar instructivo de procedimiento y 1133/10 formalidades de los convenios

2535 2011 Directivo Establecer distribución de sumas S/R percibidas por peritajes

1793 2010 Superior Derogar la resolución 859/86 y y 453/06. Aprobar rég imen de subsidios a la actividad Científica y Tecnológica.

11 33 2010 Superior Aprobar la reglamentación sobre 1655/87; actividades de asistencia técnica y 3403/99; cooperación académica. Aprobar Modelos 1868/03 Convenios

5909 2009 Superior Derogar las resoluciones 906/90, 2318/92, 906/90, 3447/93, 3885/93, 1004/94 dictadas por 2318/92, este Consejo Superior. Aprobar el 3447/93, reglamento del regimen de dedicacion 3885/93, exclusiva previsto 1004/94 por el Estatuto Universitario

5094 2009 Directivo Aprobar porcentajes a aplicar y distribuir Resolución

para Auditorías Técnicas, Ambientales y Secretarla de Energía de la

de Seguridad en áreas de almacenaje, Nación 266/08; bocas de expendio, almacenaje 4051 /08; 555/02; subterráneo y no subterráneo, cisternas 556/02; 940/06;

para el transporte de hidrocarburos y sus 1516/07

derivados.

4051 2008 Directivo Crear la Unidad de Realización de Resolución Auditorías Técnicas de Hidrocarburos MinPlan

266/08

1516 2007 Directivo Aprobar la Reglamentación 555/02; correspondiente a la realización de 556/02; Trabajos a Terceros. Deiar sin efecto toda 940/06;

l~b)

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normativa que regule los Trabaios a 3668/04 Terceros, con exce12_ción de las

1048 1987 Superior Encomendar al rectorado la redacción de una reglamentación para cooperación

Resoluciones (CD/ Nº 555102, 556102 ~ técnica 940106.

646 1987 Superior Ratificar un convenio con C.ONICET 940 2006 Directivo Autorizar al Secretario de Relaciones con 556/02;555/02

el Medio de realizar excepciones en los porcentajes asignados en las cotizaciones, si el monto no supera los 100.000$.

787 1987 Superior Aprobar la reglamentación sobre http://www.fme propiedad de los resultados de d.uba.ar/invest investigación igadores/norm

as/787.htm

3668 2004 Directivo Derogada por resolución 1516/07

A los efectos de 1.a adecuación normativa se analizarán las siguientes resoluciones:

1868 2003 Superior Aprobar la reglamentación sobre 787/90 propiedad de resultados de investigación • Consejo Superior:

556 2002 Directivo Aprobar el reglamento a tener en cuenta 555102; es por los docentes de la Facultad que 906/90 realicen trabajos de transferencias y

o 4254/12 o 1133/10 o 2805/92

servicios tecnológicos y/o desarrollen o 5909/09 cursos arancelados. o 1655/87

555 2002 Directivo Aprobar las normas generales para la S/R realización de transferencias y servicios tecnológicos.

• Consejo Directivo: o 1516/07 o 940/06 o 556/02

3404 1999 Superior Prohibir el uso de la denominación juicio o 555/02 "Universidad de Buenos Aires", "USA', el académico (-lago o isotipo de la Universidad de Buenos CS- nº 17/85 y Aires los que sólo podrán ser utilizados 966/86) y respecto de actividades regularmente régimen

/)(>b organizadas por las unidades académicas disciplinario de o las que expresamente autorice este alumnos (-CS-Consejo Superior. nº 2283/88) . Disponer que la realización de actividades de capacitación requerirá la· aprobación previa del convenio correspondiente.

2805 1992 Superior Modificar los artículos 9, 22 y 24 del anexo 1655/87; de la resolución (CS) nro. 859/86 1.655/87 (derogada por

1793/10)

900 -1-900 ~ Qerogaf-la-ReselooéA :i 9:!elB 9.A¡m¡eaF-el Att¡:i :.~bAºIA"' Jm e reglameAle de rógimeA de dedicacióA d.llsa.arldoceA exclllsiva. le&IAGfm8Sl90

lhl:ltm

1655 1987 Superior Aprobar la reglamentación correspondiente 1048/87; a las actividades de cooperación técnica, 1195/87; producción de bienes, asesoramiento, 646/87

1195 1987 Superior Crear el Fondo Especial para Actividades Científicas

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Análisis de las resoluciones CS y CD aplicables

El CS determina dos posibilidades para la aprobación de convenios, una se encuentra en las resoluciones 1130/1 O y su aclaratoria 4254/12, y la otra corresponde a las 1655/87 y sus modificatorias. Las segundas son complementarias de las primeras, no sustitutas.

Las resoluciones 113011 O y 4254112 fueron dictadas con el fin de dotar a las Facultades de una mayor agilidad en la celebración y aprobación de convenios.

Resolución 4254/12 del Consejo Superior

Esta resolución es un Instructivo que perfecciona la necesidad de informar los convenios fijados en la Resolución (CS) Nº 1133/2010, apartado 11 incisos6 y 8.

Determina la información a incluir (obligatoriedad de aclarar el cumplimiento con la resolución 1133/10, copia del convenio, las resoluciones del CD o CS que aprobaron el convenio), la dirección de email a quien enviar la información, que las Unidades Académicas deben informar cuál es la dependencia autorizada a enviar información, y que la Dirección de convenios determinará si se adecua o no a la resolución 1133/1 O.

Si no se adecua a la resolución, se deberá modificar o usar el trámite previsto por la resolución 1655/87.

Resolución 1133/1 O del Consejo Superior

Su objetivo es agilizar la celebración y aprobación de convenios con terceros . Para ello establece modelos de Convenios Marco para dos tipos diferentes: Asistencia Técnica y/o Capacitación y Cooperación Académica . Establece circuitos de aprobación , información, y categoriza los trabajos. También provee algunos procedimientos para los convenios específicos.

En el caso que la Unidad Académica no use los modelos propuestos, debe utilizar los procedimientos establecidos en la resolución 1655/87.

Tipos de vinculación que pueden celebrar las Facultades: • Cooperación Académica • Asistencia Técnica y/o Capacitación

o Asistencia Técnica de alta especialización o Desarrollos o Tareas de transferencia de conocimientos tecnológicos o Prestación de servicios para terceros.

Se entiende por Asistencia Técnica: aplicación de conocimientos calificados para solucionar un problema, asesorar sobre un tema de interés, alcanzar un resultado deseado, en forma individual o conjunta .

Se entiende por Cooperación Académica a la colaboración de dos o más entidades con el fin de llevar a cabo actividades académicas.

Algunos aspectos relevantes a tener en cuenta: • Los convenios deben ser aprobados por el Consejo Directivo e informados al

Consejo Superior. (de acuerdo con la resolución 4254/12 aprobada con

posterioridad). • Se debe indicar que no generan erogaciones 1 alguna por parte de la Universidad de

Buenos Aires y la propiedad intelectual debe ser exclusiva de la Universidad. De lo contrario deben ser elevados al Consejo Superior de acuerdo con la resolución

1655/87. • Todo convenio especifico de estar dirigido por un docente de la facultad.

Resolución 2805/92 del Consejo Superior

Modifica los articulas 9, 22, 24 del Anexo de la resolución CS 1655/87 estableciendo que los pagos de los convenios deben asignar un 10% al Fondo Especial para las Actividades Científicas y Tecnológicas, 10% asignados a la Facultad y 80% a la Unidad Ejecutora.

Resolución 5909/09 del Consejo Superior • Los docentes de la Universidad de Buenos Aires no podran acumular

en esta O en otras instituciones educativas cargos rentados cuyo cumplimiento

exceda las CINCUENTA (50) horas semanales de trabajo. La presente disposici6n alcanza a las autoridades unive . rias. En los casos de los docentes con dedicaci6n exclusiva, podran ac U (1) cargo con dedicaci6n parcial en esta, en otras Universidades Nacional s O en ot in ituciones educativas de gesti6n publica.

• Todos los docentes, cualquiera fuere su dedicaci6n, deberan presentar anualmente una declaraci6n jurada de sus actividades universitarias y extra universitarias.

• Los docentes con dedicaci6n exclusiva deben desarrollar su labor de docencia de grado, de investigaci6n y, eventualmente, de extensi6n durante CUARENTA (40) horas semanales en dependencias de esta Universidad O en los lugares que se autori ce, por motivos debidamente fundados por los Consejos Directivos O el Consejo Superior, de las cuales DIEZ (10) HORAS deberan ser empleadas en el ejercicio de la docencia. Las labores de docencia e investigaci6n constituyen requerimientos inherentes e ineludibles de la dedicaci6n exclusiva, sin perjuicio de las tareas de extensi6n.

• Los docentes con dedicaci6n exclusiva podran recibir remuneraciones adicionales a las establecidas por la presente resoluci6n en los siguientes casas: caso de incumplimiento del articulo 4º de este Anexo por un nSej? Directo de la Facultad que corresponda O el Consejo a) Por la autoria de libros yartlculos. b) Por el dictadode conferencias. c) Por adicionales previstos para miembtos de las carreras del CONICET y de la CIC. d) Por el dictado de cursos especiales O de postgrado con

}jb)

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acuerdo expreso y previa autorizaci6n del Consejo Directivo. e) Por derechos de propiedad intelectual y/o industrial. f) Por la realizaci6n de tareas de asesoramiento tecnico u otras de naturaleza similar con acuerdo expreso y previa del Consejo Directivo de la Facultad. "la/1 ![estaci6n de servicios en el marco de convenios de la Univ-idad.

Resolución 1655/87 del Consejo Superior

La resolución aprueba la reg lamentación correspondiente a las actividades de cooperación técnica, producción de bienes, asesoramiento e incremento de subsidios a la investigación. Deja sin efecto toda normativa que regule los Trabajos a Terceros, con excepción de las Resoluciones (CD) Nº 555/02, 556/02 y 940/06, las cuales quedan plenamente vigentes .-

Define la posibilidad de brindar: • Asistencia Técnica de alta especial ización • Desarrollos • Tareas de transferencia de conocimientos tecnológicos. • Prestación de servicios para terceros

Administrativamente los trabajos se encuadrarán en a) Servicios a terceros (realización de mediciones, análisis, evaluaciones, etc.). b) Convenios específicos (emprendimientos entre un tercero y la Universidad, en un

plazo no mayor a dos años, para estudios, desarrollos, transferencia ... , con un objetivo concreto).

c) Convenios Generales (acuerdos de tipo global, cuya ejecución se instrumentará mediante actas individuales).

Servicios a terceros: • A cargo de una unidad ejecutora (departamento, instituto, etc) • Encuadrada en normas dictadas por la Facultad. • Arancelada por módulos de trabajo a propuesta del Consejo Superior, Consejos

Directivos o Rectorado. 2

Convenios Especificas • Aprobados por el Consejo Directivo. • Dirigidos por un Docente de la Facultad. • No podrá afectar más del 30% del tiempo previsto para el régimen de dedicación

exclusiva . • Debe incluir un cronograma técnico y otro financiero. • Establecer al participación de la Universidad en los beneficios. • El personal docente podrá percibir, independientemente del régimen de dedicación,

un honorario que no supere el equivalente a tres veces la remuneración y adicionales que corresponden a su categoría con dedicación exclusiva por mes.

• El mismo régimen reg irá como tope para contratar personal durante un proyecto específico.

2 Se puede utilizar el esquema para STAN del CONICET hasta que existan normas.

• No pueden superarse aún si el personal participa en más de un convenio en forma simultánea.

Convenios Generales • Deben ser aprobados por el Consejo Superior • Las actividades específicas se concertarán mediante actas • Puede haber un coordinador técnico que debe ser un docente de la Universidad .

La distribución de fondos propuesta en esta resolución luego fue modificada por la 2805/92 y puede ser modificada por resolución del Consejo Superior.

Resolución 1516/07 del Consejo Directivo

Define: 3

• Criterios de Elegibilidad de Trabajos a Terceros . • Criterios de Valuación y realización de los Trabajos a Terceros

Los que resultan elegibles pueden clasificarse: 4

• Transferencia científica y, fundamentalmente, tecnológica; contenido preponderante de investigación y de innovación.

• Asesoramiento de contenido científico o técnico. • Académico: enseñanza y capacitación realizada a pedido de un tercero interesado.

la Secretaría de Postgrado debe tener intervención previa. • Certificación a partir de ensayos o mediciones.

Criterios de Valuación: 5

• deben ser ejecutados por personal de la casa en al menos un 70% del valor a erogar en concepto de honorarios, excluyendo pasantes. Puede haber graduados.

• Todos los trabajos a terceros deben incorporar alumnos. • Toda lo que no encuadre será analizada y resuelta por la Comisión de Relaciones

con el Medio del Consejo Directivo. • El Consejo Directivo analizará y evaluará los resultados: calidad académica,

valoración en lo relativo a la transferencia de conocimiento, conformación y calidad del grupo de investigación, diseño de cada proyecto.

• Los trabajos que por su monto no requiera intervención previa del Consejo Directivo deben ser informados mensualmente por el Secretario de Relaciones con el Medio a la Comisión de Relaciones con el Medio del Consejo Directivo, a fin que ésta tome conocimiento de lo realizado, lo convalide.

Circuito administrativo de autorización, gestión y pago de trabajos a terceros: 6

• Areas intervinientes 7 :

3 Puede eliminarse está incluido en las resoluciones CS 4 Puede eliminarse. Está incluido en las resoluciones es 5 El primer punto es resolución CS; el segundo punto es de aplicación incierta, debe ser una preferencia; el último punto no corresponde, todos los convenios van al CD. 6 El proceso es lo único que tiene sentido definir en una resolución del CD, ya que el resto está definido en resoluciones del CS.

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o Ente que realiza la encomienda, o La Secretaría de Relaciones con el Medio, o El Consejo Directivo o El Decano de la Facultad o La Secretaría Administrativa, o El Vicedecano, o La Coordinación de Control de Gestión

• Todo trabajo debe dar lugar a la suscripción de un convenio, excepto los comprendidos cuando:

o el trabajo encomendado consista en un ensayo, medición o estudio cuyo valor no supere los tres mil pesos ($3.000).

o convenios de locación de espacios por un valor inferior a diez mil pesos ($10.000) se incluyen en el mismo concepto del apartado anterior.

o empresas que opten por otros instrumentos, tales como la aceptación del presupuesto y la emisión de la orden de compra.

• En todos los casos, la Secretaría de Relaciones con el Medio debe dejar expresamente sentado que los presupuestos que se emitan lo son ad referéndum del Consejo Directivo.

• Los convenios marco o específicos que suscriba la facultad, sea cual fuere su naturaleza, deben ser iniciados en la Secretaría de Relaciones con el Medio.

• Cada uno de los distintos trabajos incluidos en un mismo convenio marco deben ser tramitados por un expediente independiente, que deberá presentar en todo momento su foliatura completa y la documentación incorporada en orden cronológico.

: ingresa Solicitud de realización de trabajos dirigida al Secretario de Relaciones con el Medio por Mesa de Entradas. Debe contener:

• Nota de presentación del tercero, con detalle pormenorizado de la encomienda y detalle del Ente responsable de la realización de la misma.

• Términos de referencia de la encomienda. • Estatutos de la sociedad proponente. • Constancia de Inscripción en la AFIP. • Poderes debidamente legalizados.

Mvvw .~v. -ntra·daj asigna número de expediente y remite a Secretaría de Relaciones con el Medio.

Jurídica: • Planilla de Presupuesto - Valoración de Insumos, confeccionada por Ente • Justificación, encuadre y asignación de porcentajes . • proyecto de convenio • presupuesto conformado por el tercero proponente, o la Orden de Compra o

instrumento equivalente.

7 Falta Comisión CD, Asesoría Legal y Mesa de Entradas.

constar en

~r..c!!nacíoüe:coolfül!'íl@:-Gefil!2fil visa las actuaciones y eleva el expediente a la Comisión de Relaciones con el Medio del Consejo Directivo.

confecciona proyecto de Resolución tratamiento en el Consejo Directivo.

produce el dictamen; Orden del Día para su

.,,u11::>c1u '-'" """W' aprueba y gira a Decanato para la firma del convenio por el Decano.

tfeCiñQ{ApOde@aQg ef ter~erO': Suscripto el mismo el original es remitido a la Secretaría de Relaciones con el Medio, y se agrega al expediente una fotocopia certificada por la

Secretaría de Decanato.

del expediente - la solicitud contable correspondiente.

11 11 .. .., .. ,vu i:: 111 i1.:•iJJlB.-v .. ~b!e' incorpora la constancia de asignación de código y la apertura de la cuenta contable.

S'éCijtai'.la:'"A"lliñiñi§fii@ruemite una Disposición autorizando el movimiento de fondos en la cuenta, y remite el expediente a la Coordinación de Control de Gestión para su reserva

hasta el momento de autorizar los pagos.

&=~ • Durante el desarrollo de los trabajos será responsable de la administración de los

fondos, dentro del presupuesto aprobado y conforme se produzcan los ingresos a la

respectiva cuenta. • Una vez cumplida la totalidad del trabajo o cada una de sus etapas, según

corresponda, emite, Planilla de Certificación de prestación de Servicios y la solicitud de emisión factura , para ser incorporadas al agregado del expediente. (a quien

remite)

mt~~f.rlñfilpaf'Contaole.,..gi la . Secrétarr{:"Aaiñfñl§'iiitlYi'il emite la factura de la Facultad y la remite al tercero, reteniendo una copia, incorporando una segunda copia a las

~ 16~

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actuaciones y remitiendo una tercera copia a Tesorería . Cumplido, remite el expediente a la Secretaria Administrativa para su envio a la Coordinación de Control de Gestión.

remite a la Coordinación de Control de Gestión una copia del recibo del pago efectuado para ser incorporada a las actuaciones.

i-..V'J\Wtl,l~L"'fl &JM,llo$.l;~W'~'ii"+-"'v~v1uNotifica al Ente

fil eleva las facturas de los profesionales responsables de los trabajos, junto con la constancia de su situación ante la AFIP y la constancia de pago en el caso de los monotributistas. )

,..VVL"'""v""'"'"w ... vv11 .,,,.. , .,,.wJ,Hw~ .. vnl revisión , conformidad y remite el expediente a la

""wv1 v'"""'"'='w,, 11 .,.~.rntiOO verificación de los saldos presupuestarios y la realización de la afectación presupuestaria . Resolución de autorización del pago para la firma del Decano. Gira las actuaciones a la Coordinación de Control de Gestión

¡.,U<.1rurp<Ju1uu0ua.11wu1,1uµ1~ytsi.up .. yu111 revisión, visa las actuaciones, eleva la resolución de autorización de pago a la firma del Decano.

~nQllautoriza el pago.

va confecciona los correspondientes cheques, y remite al vicedecano.

En ningún caso la tramitación del expediente debe sufrir un retraso superior a las 48 horas en ninguna de las instancias.

Administrativa una vez efectuado el depósito de los montos a administrar por la Facultad y realizados todos los pagos en concepto de insumos y honorarios (no queda claro quien lo hace.)

gl.ilen:debe transferirse el saldo a la cuenta del Ente.

informarlo finalización a la Secretaria de Relaciones con el Medio, que deberá recibir una copia del trabajo presentado, para su posterior evaluación académica.

PROCESO RES 1516/07 Ge1~11iu D~ílkill.J 1 M.:.•d' .;., 2UIJ

ENTE

Qul6n<U avl1oda Inicio de

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PROCESO RES 1511i/0

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Trantflet• Saldo alfn4e?Ciftr•

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Resolución 940/06 del Consejo Directivoª

Autorizar al Secretario de Relaciones con el Medio de realizar excepciones en los porcentajes asignados en las cotizaciones, si el monto no supera los 100.000$, que deben ser aprobadas por el CD antes del inicio de las tareas.

Esta resolución se vuelve inoperativa a medida que el proceso inflacionario diluye el monto autorizado.

8 Se puede eliminar ya que el monto está desactualizado. Es preferible que todo pase por CD pero con un proceso optimizado.

Resolución 556/02 del Consejo Directivo9

ARTÍCULO 1º: Aprobar el Reglamento a tener en cuenta por los docentes de esta Facultad que realicen trabajos de transferencias y servicios tecnológicos y/o desarrollen cursos arancelados de cualquier tipo, que figuran en los Artlculos 2 al 6 de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°.- Los trabajos que sean rentados adicionalmente al cargo docente, se realizarán fuera del horario correspondiente a dicho cargo.

La reglamentación de Universidad que permite el uso del 30% del ti empo correspondiente a cargos docentes con dedicación exclusiva y semiexclusiva para la realización de tareas de servicios tecnológicos, solo se admitirá para las tareas tipo 1 y 3 indicadas en la Res. (CD.) No 555/02 , en las cuales los docentes con Dedicación Exclusiva podrán dedicar un promedio de doce (12) horas semanales y los docentes con Dedicación Semiexclusiva un

promedio de (6) horas.

Se establece como tope de horas destinado a la realización de tareas de tipo 2, 4, 5 y 6 y por encima de la dedicación que puede incluirse dentro del cargo docente las tipo 1 y 3, un total de seiscientos sesenta (660) horas anuales lo que, considerando once (11) meses de trabajo hace un promedio de sesenta (60) horas mensuales o un promedio de quince (15) horas semanales, para todos los docentes de la Facul tad, independientemente de su

dedicación

ARTÍCULO 3°.- Los docentes con dedicación parcial o semiexclusiva que deseen dedicar un número mayor de horas a realizar servicios tecnológicos que lo previsto en el artículo anterior, podrán solicitar un incremento de dedicación en forma interina en su cargo y contar con la autorización expresa del Consejo Directivo, de destinar esta mayor dedicación a

tareas de extensión, según prevé la Res. (C.S.) Nº 906/90.

ARTÍCULO 4°.- Si se incluyeran en el equipo de trabajo profesionales que no sean docentes de la Facultad, deberán contar con In autorización expresa del Consejo Directivo a propuesta de la Comisión de Transferencias y Servicios Tecnológicos y además a solicitud de dicha Comisión, deberá proponer y comprometerse a realizar un curso extensión y/o grado y/o posgrado de la Facultad u otra a.ctiv idad académica de carácter temporaria sobre

su especialidad.

ARTÍCULO 5°.- Se fija un tope máximo anual que podrá percibir un docente que realiza servicios tecnológicos y/o desarrolla cursos arancelados de cualquier tipo, cantidad que podrá ser modificada por el Consejo Directivo en casos debidamente fundados, a propuesta de la Comisión de Transferencias y Servicios Tecnológicos y la Secretarla de

Relaciones Institucionales. Dicho tope máximo a cobrar por un docente (o un profesional externo cuando fuera necesario) por encima de remuneración como docente con la dedicación y antigüedad que le corresponde, es una cantidad equivalente a la remuneración anual bruta de un Profesor Titular con Dedicación Exclus iva y máxima antigüedad (trece (13) sueldos de la

9 La resolución podría derogarse porque todo está establecido en Ja resolución CS 1655/87.

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remuneración mensual bruta) . Este tope corresponde a todo concepto de remuneración adicional por transferencias, servicios tecnológicos o cursos de posgrado arancelados, quedando a criterio de la Comisión de Transferencias y Servicios Tecnológicos y la Secretarla de Relaciones Institucionales proponer al Consejo Directivo incrementar esta cantidad en casos que asl lo justifiquen.

ARTICULO 6°.- Cuando las características de los trabajos así lo aconsejen se dará preferencia para tareas del Convenio al personal técnico (no docente)' de la Facultad, debiendo realizarse dichas tareas fuera del horario del cargo de planta ARTICULO 7°,-. Regístrese, Pase a la Secretarla Relaciones Institucionales, la que comunicará a las restantes Secretarías, Departamentos Docentes e Institutos de la Universidad de Buenos Aires. Cumpl ido, archívese.

Resolución 555/02 del Consejo Directivo 1º

ARTICULO 1º. - Aprobar normas generales para la realización de transferencias y servicios tecnológicos por parte de la Facultad de Ingeniería de la Universidad de Buenos Aires, que figuran en los Artículos 2º al 9° de la presente resolución .

ARTÍCULO 2º.- Se definen los siguientes tipos de tareas: 11

1.- Innovación Tecnológica con contenido preponderante de investigación 2.- Asesoramiento con contenido profesional-tecnológico 3.- Desarrollo con contenido profesional-tecnológico 4.- Servicios con contenido tecnológico, donde sea importante asegurar la independencia de juicio y transparencia, o sea necesaria una acreditación oficial. 5.- Cursos de capacitación cerrados realizados en empresas. 6.- Cursos de capacitación cerrados realizados en Facultad .

ARTÍCULO 3°.- Se crea una Comisión de Transferencias y Servicios Tecnológicos en el ámbito de In Secretaría de Relaciones Institucionales, presidida por el Sr. Secretario, que supervisará las solicitudes presentadas por los difitinfos Entes de la Facultad que realicen estas tareas en cuanto tipificación, al nivel tecnológico-profesional del convenio, a los montos establecidos y distribución, y realizará el seguimiento de la tarea asesorando al Sr. Secretario, quien comunicará al Consejo Directivo cualquier alteración que se produjera. Los miembros de esta Comisión serán designados por el Consejo Directivo, a propuesta del Sr. Secretario de Relaciones Institucionales. Estará compuesta por un núcleo básico no más de ocho (8) personas y podrá convocar a asesores, si lo considera necesario de acuerdo con el tema a tratar.

10 La resolución puede derogarse porque los % están establecidos 2805/92. Lo que puede distribuirse es el margen y dictaminar cómo se calcula el margen. O establecer una distribución arbitraria. 11 Estas definciones ya existen en resoluciones del Consejo Superior.

ARTICULO 4°.- Se definen los siguientes conceptos12:

F : Porcentaje para Facultad Destino: Fondos propios de financiamiento do Facultad (Financiamiento 12).

D: Porcentaje para Departamento Destino: Gastos de insumos, equipamiento u otros gastos destinados específicamente a los estudios de grado.

E: Porcentaje para el Ento o el laboratorio Destino: equipamiento para uso futuro (en caso de ser necesario), gastos de reparación, calibración y trazabilidad de instrumental .etc.

Se incluye becarios de investigación y pasantías en laboratorio o Ente no relacionados con este servicio especifico.

B: Porcentaje para Fondo de Becas Destino: Asignación de Becas para estudiantes.

La distribución de porcentaje por tipo de tarea, sobre un Total Facturación, la indicada en la siguiente tabla:

Tipo de Tarea F E D B

1 10% 10% 10% 5%

2 30% 10% 5%· 5%

3 15% 10% 10% 5%

4 25% 10% 10% 5%

5 20% 10% 0% 5%

6 25% 15% 0% 5%

Toda modificación, en particular la disminución, de estos valores deberá ser debidamente justificadas por el Ente y aprobadas por el Consejo Directivo a propuesta de la Comisión de Transferencias y Servicios Tecnológicos.

En el caso de servicios brindados por Institutos de Investigación se le destinará a este los montos correspondientes al Departamento y al Ente.

12 No eslá adecuado a los porcentajes de la UBA.

l6 6b

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De brindar un servicio directamente un Departamento, el monto destinado al Ente pasará a éste.

En los trabajos realizados por Entes que no dependan de Departamentos Docentes, el monto destinado al Departamento pasará directamente a la Facultad.

Se estudiarán en particular los cursos de capacitación que requieran gastos extraordinarios, particularmente de carácter tecnológico, en cuanto al monto necesario para el Ente organizador.

Los Entes o grupos organizadores deberán prever y hacerse cargo en todos los casos de los gastos eventuales que pudieran surgir, como también asegurar la correcta finalización de los trabajos.

ARTICULO 5°.- Salvo que las caracteristicas del trabajo no lo aconsejen y con la opinión fundada de la Comisión de Transferencias y Servicios Tecnológicos, se deberá procurar la incorporación de estudiantes y graduados con no mas de un año de egresados, en carácter de:

Pasante: con una remuneración equivalente a una pasan tia 13

Colaborador: con una remuneración equivalente a un profesional.

ARTICULO 6°.- En el caso que el Comitente sea una PYME, que demuestre a criterio del Consejo Directivo no poder afrontar el costo de la tarea, este Cuerpo de Gobierno podrá evaluar la posibilidad de realizar el cobro mediante regaifas afectadas a la producción del bien en cuestión, o por un sistema de cuotas, además de contemplar, si es necesario, la modificación de los distintos porcentajes establecidos en el punto anterior.

ARTICULO 7°.- El señor Decano creará un Fondo especial para afrontar el adelanto de los gastos que demande la realización de Convenios con PYMES que se encuentren en la situación prevista en el punto anterior.-

ARTICULO 9°.- La Comisión de Transferencias y Servicios Tecnológicos. a través del Sr. Secretario de Relaciones Institucionales, podrá ·proponer al Consejo Directivo, con la justificación correspondiente, la alteración de los distintos ftems incluidos en esta reglamentación.

ARTICULO 10°- Registrese. Pase a la Secretaría de Relaciones Institucionales, que comunicará a lss _restantes Secretarías, Departamentos Docentes e Institutos y a la Universidad de Buenos Aires. Cumplido archívese.

13 No se pueden tomar pasantes por lo que el articulo es incorrecto. 14 Esto expresado de este modo es incorrecto. No debe citarse el caso de donaciones. Podría acarrear una actuación por cooperación a evasión impositiva por parte del donante.

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Valores de Módulos para STAN CONICET

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"'-0~ m FACULTAD ~ DE INGENIERIA

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Proyecto de Resolución

Convenios y Trabajos a Terceros \j-"

e::>--. 0~

lng. Gerardo Demarco

Secretaría de Relaciones Institucionales

2

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Objetivos

• Reducir el tiempo de gestión de un convenio.

• Incrementar la cantidad de convenios

\~ 'f" G" espec1 1cos. \S'

;;s-(:;-;

\~

• Aumentar la cantidad de "Nodos de

conocimiento"/Cadenas de valor de la FIUBA

en temas relevantes de la ingeniería.

Pautas

• Adecuar la normativa a las Res CS.

• Equiparar los procesos a otras UVT a las

cuales están relacionados Institutos,

laboratorios e investigadores de la FIUBA.

3

4

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~ ~' ~

Resoluciones Actuales

1

\ y ~ ~

:_ 4051

1516

940

;

3668

1868

556

555

3404

- 2805

'

~

Nº Año

7760 2017

6157 2016

4254 2012

2535 2011

1793 2010

1133 2010

5094 2009

5909 2009

Año 1 Consejo j

2008 Directivo

2007 Directivo

2006 Directivo

2004 Directivo

2003 Superior

2002 Directivo

2002 Directivo

1999 Superior

1992 Superior

Consejo Resuelve Relación

Superior Aprobar normativa y modelo de convenios de Cooperación 1655/87; 3404/99; Internacional , Marco y Específico 1868/03

Superior Derogar la 4941/16 4941/16 Obligación de citar filiación institucional en publicaciones y/o producciones.

Superior Aprobar instructivo de procedimiento y formalidades de los 1133/10 convenios

Directivo Establecer distribución de sumas percibidas por peritajes SIR

Superior Derogar la resolución 859/86 y y 453/06. Aprobar régimen de subsidios a la actividad Cientifica y Tecnológica.

Superior Aprobar la reglamentación sobre actividades de asistencia técnica 1655/87; 3403/99; y cooperación académica. Aprobar Modelos Convenios 1868/03

Directivo Aprobar porcentajes a aplicar y distribuir para Auditorías Resolución Secretaria

Técnicas , Ambientales y de Seguridad en áreas de almacenaje, de Energía de la

bocas de expendio, almacenaje subterráneo y no subterráneo, Nación 266/08; 4051 /08; 555/02;

cisternas para el transporte de hidrocarburos y sus derivados. 556/02; 940/06; 1516/07

Consejo Régimen dedicación exclusiva Superior

Resuelve Relación

Crear la Unidad de Realización de Auditorías Técnicas de Hidrocarburos Resolución MinPlan 266/08

Aprobar la Reglamentación correspondiente a la realización de Trabajos a Terceros. 555/02; 556/02; 940/06; Deiar sin efecto toda normativa que regule tos Trabaios a Terceros, con exceQ.ción 3668/04 de las Resoluciones (CD) Nº 555102, 556102 I". 940106.

Autorizar al Secretario de Relaciones con el Medio de realizar excepciones en los 556/02;555/02 porcentajes asignados en las cotizaciones , si el monto no supera los 100.000$.

Derogada por resolución 1516/07

Aprobar la reglamentación sobre propiedad de resultados de investigación 787/90

Aprobar el reglamento a tener en cuenta por los docentes de la Facultad que 555102; es 906/90 realicen trabajos de transferencias y servicios tecnológicos y/o desarrollen cursos arancelados.

Aprobar las normas generales para la realización de transferencias y servicios S/R

tecnológicos.

Prohibir el uso de la denominación "Universidad de Buenos Aires", "UBA", el lago o juicio académico (-CS- nº isotipo de la Universidad de Buenos Aires los que sólo podrán ser utilizados 17/85 y 966/86) y rég imen respecto de actividades regularmente organizadas por las unidades académicas o disciplinario de alumnos (-

las que expresamente autorice este Consejo Superior. es- nº 2283/88) . Disponer que la realización de actividades de capacitación requerirá la aprobación previa del convenio correspondiente.

Modificar los artículos 9, 22 y 24 del anexo de la resolución (CS) nro. 1655/87; 859/86

1.655/87 (derogada por 1793/10)

5

E

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Nº Año 1 Consejo 1 Resuelve Relación

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ooe -1-QW ~ Deregar la Reseli;Gión J92el!l9. AFJreear el reglaA'lente Ele régiA'len Ele aeaicación AltFJ:llwww.fA'lea.i;ea.ar/ae ei1cli;sii,<a. centeslnermasl9Qe.AlA'l

~

' 1655 1987 Superior Aprobar la reglamentación correspondiente a las actividades de cooperación 1048/87; 1195/87; 646/87 ,, técnica, producción de bienes, asesoramiento, ~ ~ r.; 1195 1987 Superior Crear el Fondo Especial para Actividades Científicas ,, ~ 1048 1987 Superior Encomendar al rectorado la redacción de una reglamentación para cooperación

técnica

646 1987 Superior Ratificar un convenio con CONICET

787 1987 Superior Aprobar la reglamentación sobre propiedad de los resultados de investigación http://www.fmed .uba.ar/inv estigadores/normas/787 .ht m

Resolución 1655/1987 del Consejo Superior, define las siguientes categorías administrativas

• Servicios a Terceros.

• Convenios Específicos.

• Convenios Generales.

Y los siguientes tipos de Servicios a Terceros

1. Trabajos Técnicos de alta especialización 2. Desarrollos

3. Tareas de Transferencias de conocimientos tecnológicos 4. Prestación de Servicios a terceros

Definimos además:

4.1 Peritajes. 4.2 Certificaciones, Ensayos, Calibraciones o Mediciones. 4.3 Evaluaciones y Auditorías Técnicas. 4.4 Cursos de Capacitación (no incluye cursos regulares en cualquiera de sus formas). 4.5 Trabajos de articulación social (sólo puede ser iniciado por el Centro de Articulación Social)

7

8

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~

~. ~

Normas del CS aplicadas

• el personal docente que participe en el mismo podrá percibir un honorario

que no supere al equivalente de tres veces la remuneración y adicionales

que correspondan a su categoría con dedicación exclusiva por mes.

El personal docente no podrá afectar más del 30% del tiempo previsto

para el régimen de dedicación exclusiva.

La resolución establece prioridades para la contratación de personal

docente según su dedicación, estudiantes y graduados.

• Se deben usar los modelos del CS de

Convenios de Cooperación Internacional Marco y Específico - Convenios Marco de Asistencia Técnica y/o Capacitación y/o

Cooperación Académica - Convenios Específicos de Asistencia Técnica y/o Capacitación y/o

Cooperación Académica

A tener en cuenta

Todas las Órdenes de Servicio deben presupuestarse y aceptarse en formularios modelos que serán elaborados por el Ente FIUBA y a conformidad de la Asesoría Jurídica en lo que se refiere a sus competencias .

Es responsabilidad de la autoridad del Ente FIUBA solicitante detallar las

obligaciones asumidas y verificar la capacidad de cumpliemento absoluto

de las mismas.

Todas las negociaciones y presupuesto deben ser llevados adelante por

los Entes , sin intervención de la Secretaría de Relaciones Institucionales,

y en cumplimiento de toda la normativa del CD y CS.

• El procedimiento administrativo para la gestión del Convenio no es parte

de resolución de CD.

9

10

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Asignación de 0/o

A: Fondo Especial para Actividades Científicas y Tecnológicas

F : Porcentaje para Facultad

D: Porcentaje para Departamento

E: Porcentaje para el Ente FIUBA.

B ~ Porcentaje para Fondo de Becas

TF: Total Facturación sin Viáticos ni consumibles atribuidos al proyecto.

CT: Costos Totales, incluyen insumos (con sus gastos de administración), compra de equipamiento, servicios de locación y módulos de arancelamiento

Valor de los módulos de ·Arancelamiento

~ ~

~

Categoría

Investigador Superior, Profesional Experto, Profesor Titular, Profesor Asociado o Profesor Adjunto .

Investigador Principal o Profesional Semi Experto, o Jefe de Trabajos Prácticos.

Investigador Asistente , Investigador Adjunto, Profesional Principiante, Ayudante primero o segundo.

Precio 1 Valor Hora máximo I hora (costo)

1750$ 1 416$

1409 $ 335 $

921 $ 219 $

Estos valores se actualizarán al momento de la resolución . No representan honorarios sino recupero de costos por parte de la Facultad. Los Honorarios surgen del Margen Neto de acuerdo con el slide anterior y su límite es el establecido por el CS.

11

12

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Asignación de 0/o Distribución sobre el Total de la Facturación

Tipo de A F D E B Total% Trabajo

1; 2; 3 10% 10% 5% 25%

0) 4.1 35% 5% 40%

~ \

º-\:¡--/ 4.2; 4.3; 4.4 10% 10% 10% 10% 5% 45%

4.5 (1) 0% 0% 0%

Insumos (*) 20% 20%

(*) Los insumos, consumibles y viáticos de cada servicio se facturará como ítem separado, y su compra y rendición de gastos se hará de acuerdo con las resoluciones vigentes, mediante facturación directa del proveedor del servicio a la facultad. Este % se considera costo de administración.

Fórmula Distribución del Margen neto

El margen neto (MN) surge de descontar al Total Facturación (TF) los porcentajes de facturación correspondientes a los conceptos A, F, D, E y B, y descontar todos los costos (sin considerar consumibles ni viáticos que se facturarán por separado).-

MN = TF - TF *Total% - CT

El MN se puede distribuir a criterio del responsable del ente y en conformidad al Director del Departamento entre: Ente y Departamento.

Si el personal docente desiste de cobrar sus honorarios total o parcialmente, dicho monto formará parte del MN, y la facultad contribuirá con un valor equivalente hasta el máximo del 10% de TF. En caso que se desista en forma total de los honorarios se deducirá un máximo del 3% TF destinado al fondo de becas

13

14

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Consumibles y viáticos 1 1 20% 1

Honorarios L Otros Totales Costos 1 Margen 1

\ \ Costo JI Honorario 1 Margen Neto: O, E A, F, O, E, B ·

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No Percibe

www81ngen1er1a.uba.ar

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{!) UBA 1 ~ 1 Universidad de Buenos Aires ~ lt•-··

Expte. Nº 76.216/18

VIS TO:

! FACULTAD DE INGENIERIA l.w..r.Jd.tdde~~

Buenos Aires,

Consejo Directivo

El Convenio Marco de Pasantías a celebrarse entre la empresa PAN AMERICAN ENERGY LLC SUCURSAL ARGENTINA y esta FACULTAD DE INGENIERIA, y

CONSIDERANDO:

Que el convenio marco tiene por objeto implementar, dentro de los términos establecidos por la Ley Nº 26.427 (refedda a las pasantías educativas) y sus decretos reglamentarios, un Sistema de Pasantfas en el ámbito de la' empresa cuya a¿lividad relacionada con el objeto de éste convenio es exploración y producción de petróleo y gas;

Que se denomina pasantía a la extensión orgánica del sistema educativo a instituciones de carácter público o privado, para la realización por parte de los alumnos, las prácticas relacionadas con la educación y formación de acuerdo a la especialización que reciben, bajo la organización y control de la Facultad, durante un lapso determinado;

Lo informado por la Dirección de Asuntos Jurídicos;

La intervención de la Secretaría de .Extensión Universitaria y Bienestar Estudiaritil ; ·

Becas; Lo aconsejado por la Comisión de Relaciones con el Medio, Extensión y

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA . · Res u e 1 ve:

ARTICULO 1º.· Aprobar el Convenio Marco de Pasantías celebrado entre la empresa PAN AMERICAN ENERGY LLC SUCURSAL ARGENTINA y esta FACULTAD DE INGENIERIA y que figura en el Anexo 1 formando parte de la presente resolución.-

ARTICULO 2º.· Regístrese. Pase a la Dirección de Asuntos Jurídicos y a la Secretaría de Extensión Universitaria y Bienestar Estudiantil , para su conocimiento, registros y demás efectos. Elévese a la Universidad de Buenos Aires para su conocimiento demás efectos que corres~ondan . Cumplido, archívese.- . · . ¡ · · RESOLUCIÓN Nº ! . / jJ{i)y'v1JW- ~

~ ( I Resultado de la vo1ac16n •$..>. :-1" '~~ 0 JJ / Votos Afirmativos \.'\ J \ l\ Votos Negativos: ~ 1

~; ,l Abstenciones ! / ' Excusaciones l

_ __. Dictamen N~t ..SJ1}<-D . t ~

(]/Yf~ J w JJ& lY c-!oiiM~~~ \ ~6 uC_ f / f ~/[/ ¡jv_;

\__

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q¿,Út<t<)úha!~at,..,,,,¡~

CONVENIO MARCO DE PASANTIAS

Entre la Universidad de Buenos Aires, represe lada por la Facultad de

Ingeniería, en adelante LA FACUL TAO, con domicilio en da. Paseo Colón 850 de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este cto por el Decano de dicha

Facultad, Ingeniero Alejandro Martlnez, por una ·parte y p r la otra , PAN AMERICAN

ENERGY LLC. SUCURSAL ARGENTINA, representada en este acto por Romina

Fernanda Cavanna, en su carácter de apoderado e adelante LA EMPRESA,

convienen en celebrar el presente convenio marco que se regirá por las cláusulas

siguientes:

PRIMERA: El presente convenio marco tiene por objeto,implementar, dentro de los

términos establecidos en la Ley 26.427, un sistema de pasantías educativas en el

ámbito de LA EMPRESA.

A los fines del presente convenio se denomina pasantlal a la extensión orgánica del

sistema educativo en instituciones de carácter público o privado, según los decretos

reglamentarios de la Ley 26.427.

SEGUNDA: La situación de pasantla no generará nihgún l ipa de relación jurldica entre

el pasante y LA EMPRESA donde el pasante efectúe la pr~ctica educativa, siendo esta

de carácter voluntario.

TERCERA: El programa de pasantlas a implementarse en las dependencias de LA

EMPRESA, tendrá por objeto: a) Profundizar la valoració del trabajo como elemento

indispensable y dignificador · para la vida, desde un concepción cultural y no

meramente utilitaria; b} realizar prácticas complementaria a su formación académica,

que enriquezcan la propuesta curricular de los estudl que cursan ; e) incorporar

saberes, habilidades y actitudes vinculados a situaciones eales del mundo del trabajo;

d) adquirir conocimientos que contribuyan a mejorar sus osibilidades de inserción en

el ámbito laboral; e) aumentar el conocimiento y mane] de tecnologfas vigentes; f)

contar con herramientas que contribuyan a una cor eta elección u orientación

profesional futura ; g) beneficiarse con el mejoramiento e la propuesta formativa, a

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,-~~,t~

~[ 'i :!: l. o~>'l~ vf.d-

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partir del vínculo entre las instituciones educativas y los organismos y empresas; h)

progresar en el proceso de orientación respecto de Jos posi~ies campos especlficos de

desempeño laboral.

CUARTA: Para acceder al programa de pasantías a desarjrollarse en LA EMPRESA,

se deberá:

a) Ser alumno regular de grado de la UBA;

b) No estar asignado a otra pasantía;

c) Ser mayor de DIECIOCHO (18) años;

d) Ser preseleccionados por las Facultades, teniendo f cuenta sus antecedentes

académicos, características, perfiles y especiali ción acordados con LA

EMPRESA, y asegurando las condiciones ped gógicas que requiere la

formación del pasante, según la ·pertinencia de las tareas y actividades,

quedando la selección final a cargo de LA EMPRES

A tales fines, únicamente se podrán seleccionar!lumnos regulares en las

Facultades a las cuales pertenezcan. Los alumnos no p drán realizar pasantlas a

través de otra Unidad Académica que no sea la propia d bido a que el control de la

pertinencia de las tareas a realizar sólo puede ser llev do adecuadamente por la

Unidad Académica de la cual depende la carrera de grado el estudiante.

QUINTA: LA EMPRESA designará un Tutor con exper encia laboral especifica y

capacidad para planificar, Implementar y evaluar propuesta formativas.

LA FACUL TAO por su parte, designará un Docent Gula quien supervisará el

cumplimiento de los aspectos formativos de l~s tareas de 1 s pasantes.

Ambos deberán ·elaborar un plan de trabajo que determi e el proceso educativo del

estudiante para alcanzar los objetivos pedagógicos. entro de los treinta días

posteriores a la finalización de cada pasantla deberán ele ar un informe acerca de la

actuación del pasante.

La coordinación, supervisión y registro de este con~enio y de las pasantlas

individuales estará a cargo de la Secretarla de Extensidn Universitaria y Bienestar

Estudiantil de la FACULTAD.

SEXTA: Los pasantes percibirán una retribución mensu~I en calidad de asignación

estimulo con fondos provenientes de LA EMPRESA.

El monto mínimo será calculado sobre el salario bf sico del convenio colectivo

aplicable a LA EMPRESA, y que será proporcional a la c rga horaria de la pasantla.

En caso de haber más de un convenio aplicable, se tomar en cuenta el más favorable

para el pasante. Para el caso de actividades que no cue ten con convenio colectivo,

1 ~(olA

._) "---'

_) '-.._..

se aplicará para el cálculo de la asignación estímulo, el salatio mínimo, vital y móvil, en

forma proporcional a la carga horaria de la pasantía.

Los pasantes recibirán, conforme a las característiqas de las actividades que

realicen, todos los beneficios regulares y licencias que acuelden al personal.

SÉPTIMA: LA EMPRESA se compromete a depositar men!aimente, un 5 % (CINCO

POR CIENTO). calculado sobre el · importe total de· 1 s asignaciones estimulo

abonadas a los pasantes de LA FACULTAD en el mism periodo en concepto de

gas.tos administrativos. El pago deberá realizarse a LA FAC L TAO del 1 al 1 O de cada mes.

OCTAVA: La duración de las pasantías será de un plazo mi imo de DOS (2) meses y

un máximo de DOCE (12) meses, con una carga seman 1 de hasta VEINTE (20)

horas. Cumplido el plazo máximo establecido, una vacan e de pasantía educativa

puede renovarse a favor del mismo pasante, por un perlad de hasta SEIS (6) meses

adicionales, debiéndose firmar un nuevo acuerdo individual tre todas las partes.

La pasantía podrá revocarse o suspenderse, si a jui io del responsable de LA

EMPRESA, y con intervención del docente gula, el pas nte no cumple con las

obligaciones asumidas o el régimen disciplinario es abiecido; asimismo LA

FACUL TAO, podrá rescindir el convenio si las tareas enea endadas al pasante no

corresponden a lo convenido en su caso.

La renovación, rescisión o suspensión de la pa~antla, por parte de LA

EMPRESA o LA FACUL TAO, según corresponda de a uerdo con lo expuesto

precedentemente, deberá informarse al pasante con una antelación no menor a

TREINTA (30) días, previo aviso a la otra parte.

NOVENA: LA EMPRESA, LA FACUL TAO y el pasante I suscribirán un acuerdo

individual de pasantla, en TRES (3) ejemplares.

El convenio individual de pasantla deberá determinar:

a) Datos de las partes;

b) Derechos y obligaciones de las partes;

c) Plan de pasantia educativa ;

d) Duración, horarios y sede de realización de Ja pasantla ~ducativa;

e) Monto, fecha y Jugar de pago de la asignación estímulo

f) Enumeración de las tareas asignadas al pasante;

g) Datos de los tutores y de los docentes gulas.

DÉCIMA: Las actividades de las pasantías educativas se !llevarán a cabo en las

Instalaciones de LA EMPRESA. Dichos ámbitos reunirán las bendiciones de higiene y

] i60c

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seguridad dispue·stas por la Ley 19.587 -Ley de Higiene yjSeguridad del Trabajo- y sus

normas reglamentarias . LA EMPRESA incorporará a os pasantes al ámbito de

aplicación de fa Ley 24.557 -Ley de Riesgos del Trabajo- sus normas reglamentarias,

y lo acreditará a LA FACULTAD.

Asi.mismo LA EMPRESA otorgará a los pasantes uryr cobertura de ·salud , cuyas

prestaciones serán las previstas en la .Ley 23.660 de Obrab Sociales .·

DÉCIMO PRIMERA: Las partes firmantes extenderán ¡en todos los casos a los

pasantes un certificado de pasantía educativa en el que constará: la duración de la

pasantía y las actividades desarrolladas. Asimismo a su sol icitud se extenderán

certifi~aciones de ' las funciones cu~pÍidas a los d·ocente ·guías y tutores, indicando

cantidad de pasantes y tiempo de dedicación.

DÉCIMO SEGUNDA: El pas.ante deberá: 1) ajustarse a los horarios, normas y

reglamentos· Internos de LA EMPRESA que figurarán como anexo del acuerdo

individual de pasan.tias, en un todo de acuerdo a la legisl ción vigente; 2) considerar

toda información confidencial que asl · le sea clasifica a fehacientemente por el

responsable del organismo y 3} presentar un informe final obre las tareas realizadas.

El incumplimiento de estos puntos será caus suficiente para que LA

EMPRESA en forma fundada deje sin efecto Ja pasantía, previa comunicación a LA

FACULTAD.

DÉCIMO TERCERA: Este convenio tiene una duración d~ DOS (2) años contados a

partir de Ja firma del presente, pudiendo renovarse autqmáticamente por periodos

iguales.

Las partes quedan en libertad para suspenderlo o ~nunciarlo mediante aviso

previo a la contraparte, con una anticipación no menor a REINTA (30) dlas, cuando

se incurra en su incumplimiento, dentro de los QUINCE {15) dlas de producido y

comprobado el motivo que provocó la situación.

En caso de cierre o cese de la actividad porfcualquier causal , de LA

EMPRESA solicitante, las pasantlas caducarán automática ente sin que aquella deba

asumir por el hecho ningún otro tipo de consecuencia o acci n reparadora .

DÉCIMO CUARTA: Quedan autorizados a suscribir los fA-cuerdos Individuales de

Pasantfas, en representación de LA FACULTAD, la Secretbrla de Inclusión, Género,

Bienestar y Articulación Social y en representaciót de LA

t~? .1::: .i .. ~. :: •... ~-~ . ~:: :.-: .l~ ~. ~'.~ .~: .":~. :~ .... ::,\ .. :~· .... :.:=-:,. ~: :. ::~ :'~ ........ ................. '. EMPRESA

( ~GY

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DÉCIMO QUINTA: Los derechos intelectuales que se origiien como consecuencia de

las tareas real izadas por los pasantes en el marco del pres nte convenio, sean totales

o parcia les, deberán sujetarse a lo previsto . por los artic los 82 y 83 de la Ley Nº

20. 7 44 y sus modificatorias, de acuerdo a Jo establecido or la reglamentación de la

Ley de Pasantlas No 26.427.

DÉCIMO SEXTA: El cumplimiento del presente convenio Jno Implicará para la UBA erogación alguna.

DÉCIMO SÉPTIM.A: En todo lo que no esté previsto en e~e convenio se aplicará Ja

Ley 26.427, sirviendo ésta de fuente interpretativa directa · de las cláusulas aqul pactadas.

DÉCIMO OCTAVA: Las partes se someten a la jurisd cción de los Tribunales

Federales de la Capital Federal. A los efectos de Ja validez e toda notificación judicial

y administrativa, el domicilio legal de la Facultad de lngenl ria de la Universidad de

Buenos Aires es en Ja calle Viamonte 430, Planta Baja, d Ja Ciudad Autó,noma de

Buenos Aires , Dirección de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo del Rectorado y

Consejo Superior y LA EMPRESA en la calle Avenida Leand N. Alem 1180, piso 11•,

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

En prueba de conformidad se firman DOS (2) ejempl,res de un mismo tenor y

a un solo efecto, a los .. .. .. .. .... ......... días del mes de .. .. ...... ..... de . ...... .

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~!! 11dad de Buenos Aires 1 , C 1 ttu..-u

Expte. Nº 69.998/18

V I ST O:

19 FACULTAD ~ DE INGENIERIA .. ~ • ._Aka

Buenos Aires,

1 Consejo Directivo

El Convenio Marco de Pasantías a celebrarse entre la empresa PANTYMED S. A. y esta FACULTAD DE INGE NIERIA, y

CONSIDERANDO:

Que el convenio marco tiene por objeto implementar, dentro de los términos establecidos por la Ley Nº 26.427 (referida a las pasantías educativas) y sus decretos reglamentarios, un Sistema de Pasantías en el ámbito de la empresa cuya actividad relacionada con el objeto de éste convenio es fabricación de tejidos elásticos;

Que se denomina pasantía a la extensión orgánica del sistema educativo a instituciones de carácter público o privado, para la realización por parte de los alumnos, l as prácticas relacionadas con la educación y formación de acuerdo a la especialización que reciben, bajo la organización y contro l de la Facul tad, durante un lapso determinado;

Lo informado por la Dirección de Asuntos Jurídicos;

L a intervención de la Seoretaría de Extensión Universitaria y Bienestar Estudiantil;

Lo aconsejado por la Comisión de Relaciones con el Medio, Extensión y Becas;

E L CONSEJO DIRECTIVO DE L A FACULTAD DE I NGENIERIA R es u e 1 v e:

ART I CULO l°.- Aprobar el Convenio Marco de Pasantías celebrado entre la empresa PANTYMED S. A. y esta FACULTAD DE INGENIERIA y que figura en el Anexo I formando parte de la presente resolución.-

ART I CULO 2º .· Regístrese. Pase a la D irección de Asuntos Jurídicos y a la Secretaría de Extensión Univers itaria y Bienestar Estudianti l , para su conocimiento, registros y demás efectos. Elévese a la Universidad de Buenos Aires para su conocimiento demás efectos que correspondan. Cumpl ido, archívese.-

/'\

RESOLUCIÓN Nº

JJ l 1 Resuhado de la votación : Votos Afirmativos:

\ ' . l/. Votos Negativos: 1·\ L\..V AhsLcnciones: :Í \ Excusaciones: '¡ 111 T,01al de Consejeros:

'---'----' Diccarnen Nº

$ ~ · 4. Z. 4 !V l'lv J

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CONVENIO MARCO DE PASANtr[AS

Entre la Universidad de Buenos Aires, repre entada por la Facultad de

lngenierfa, en adelante LA FACUL TAO, con domicilio en vda. Paseo Colón 850 de la

Ciudad Autónoma de 6uenos Aires, representada e.n es! acto por el Decano de dicha

Facultad, Ingeniero Alejandro Martlnez, por una parte y por la otra, Pt_~-~MED_?~·­

representada en este acto por .§fil!.~!:~~-ª!.~Qg,!t en u carácter de PRESIDENTE

en adelante LA EMPRESA, convienen en celebrar el pre ente convenio marco que se

reg irá por las cláusulas siguientes:

PRIMERA: El presente convenio ·marco tiene por objel , implementar, dentro de los

términos establecidos en la _Ley 26.427, un sistema d . pasantlas educativas en el

ámbito de LA EMPRESA. . · . . .

A los fines del presente convenio se denomina pasantf a la extensión orgánica .del

sistema educativo en instituciones de carácter público privado, según los decretos

reglamentarios de la Ley 26.427.

SEGUNDA: La situación de pasantla no generará n ingú~ tipo de relación jurldica entre

el pasante y LA EMPRESA donde el pasante efectúe la ~ráctica educativa, siendo esta

de carácter voluntario.

TERCERA: El progrnma de pasantlas a implementars en las dependencias de LA

EMPRESA, tendrá por objeto: a) Profundizar la valoraci n del trabajo como elemento

indispensable y dlgnificador para la vida, desde u a concepción cultural y no

meramente utilitaria; b) realizar prácticas complementan s a su formación académica,

que enriquezcan la propuesta curricular de los estud os que cursan ; c) incorporar

saberes, habilidades y actitudes vinculados a situacione reales del mundo del trabajo;

d) adquirir conocimientos que contribuyan a mejorar su posibilidades de inserción en

el ámbito laboral; e) aumentar el conocimiento y man jo de tecnolog fas vigentes; f)

contar con herramientas que contribuyan a una co recta elección u orientación

profesional tutura; g) beneficiarse con el mejoramlent de la propuesta formativa, a

partir del vlnculo entre las Instituciones educativas y l s organismos y empresas; h)

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J·~ºi ~ <(' .".? LL. ~ 3 e

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,·, progresar en el proceso de orientación respecto de los posirles campos especificas de/#_ se .

desemper'lo laboral. _ ,f \»• . 0 .. ,~ :o~,,,

~ 3 ~ "' 4'

CUARTA: Para acceder al programa de pasantlas a desarrollarse en LA EMPRESA~~~· se deberá:

a) Ser alumno regular de grado de la UBA;

.. b) . No estar asignado a otra pasantra; ·

c) Ser mayor de DIECIOCHO (18) ar'los;

d) Ser preseleccionados por las Facultad.es, teniend.·o f n cuenta sus antecedentes

académicos, caracterlsticas, perfiles y especlali ación acordados con LA

EMPRESA, y asegurando las condiciones ped góglcas que requiere la

formación del pasante, según la pertinencia de las tareas y actividades,

quedando la selección final a cargo de LA EMPRE

A tales fines, únicamente se podrán seleccionartalumnos regulares en las

Facultades a las cuales pertenezcan. Los alumnos no odrán realizar pasantlas a

través de otra Unidad Académica que no sea la propia d bido a que el control de la

pertinencia de las tareas a realizar sólo puede ser llev do adecuadamente por la

Unidad Académica de la cual depende la carrera de grado el estudiante.

QUINTA: LA EMPRESA designará un Tutor con expe iencia laboral especifica y

capacidad para planificar, Implementar y evaluar propuest s fonnativas . .

LA FACULTAD. por su parte, designará un Docent Gula quien supervisará el

cumplimiento de los aspectos formativos de las tareas de 1 s pasantes.

Ambos deberán elaborar un plan de trabajo que determl e el proceso educativo del

estudiante para alcanzar los. objetivos pedagógicos. entro de los treinta dlas

posteriores a la finalización de cada pasantla deberán ele¡ ar un informe acerca de la

actuación del pasante.

La coordinación, supervisión y registro de este conyenio y de las pasantras

individuales estará a cargo de la Secretarla de Extensi~n Universltaiia y Bienestar

Estudiantil de la FACULTAD.

SEXTA: Los pasantes percibirán una retribución mensur en calidad de asignación

estlmulo con fondos provenientes de LA EMPRESA.

El monto mlnimo será calculado sobre el salario b slco del convenio colectivo

aplicable a LA EMPRESA, y que será proporcional a la tjarga horaria de la pasantla. <( ~

En caso de haber más de un convenio aplicable, se tomar¡ en cuenta el más favorable u; ~ para el pasante. Para el caso de actividades que no cue ten con convenio colectivo, , E} Í f se aplicará para el cálculo de la asignación estlmulo, el sa ario mlnimo, vital y móvil, en \fil ~""· l forma proporcional a la carga horaria de la pasantra. ~- -~ ¡¡,

' l (F'

l~J~{

realicen, todos los beneficios regulares y licencias que acue!den al personal.

POR CIENTO). calculado sobre el importe total de lts asignaciones estimulo

abonadas a los pasantes de LA FACULTAD en el mism periodo en concepto de

gastos administrativos. El pago deberá realizarse a LA FAC LTAD del 1 al 10 de cada

mes.

OCTAVA: La duración de las pasantlas será de un plazo m nimo de DOS (2) meses y

un máximo de DOCE (12) meses, con una carga serna al de hasta VEINTE (20)

horas. Cumplido el plazo máximo establecido, una vaca te de pasantla educativa

puede renovarse a favor del mismo pasante, por un perlad de hasta SEIS (6) meses

adicionales, debiéndose firmar un nuevo acuerdo individual ntre todas las partes.

La pasantla podrá revocarse o suspenderse, si a ju cío del responsable de LA

EMPRESA, y con intervención del docente gula, el pa ante no cumple con las

obligaciones asumidas o el régimen disciplinario e tablecido; asimismo LA

FACULTAD, podrá rescindir el convenio si las tareas en omendadas al pasante no

corresponden a lo convenido en su caso.

La renovación , rescisión o suspensión de la p

EMPRESA o LA FACUL TAO, según corresponda de

santla, por parte de LA

cuerdo con lo expuesto

precedentemente, deberá informarse al pasante con uria antelación no menor a

TREINTA (30) dlas, previo avJso a la otra parte.

NOVENA: LA EMPRESA, LA FACULTAD y el pasanl¡le suscribirán un .acuerdo

individual de pasantla, en TRES (3) ejemplares.

El convenio Individual de pasantla deberá determinar:

a) Datos de las partes;

b) Derechos y obligaciones de las partes;

c) Plan de pasantla educativa;

d) Duración, horarios y sede de realización de la pasan~a educativa;

e) Monto, fecha y lugar de pago de la asignación est1mJ10;

f) Enumeración de las tareas asignadas al pasante;

g) Datos de los tutores y de los docentes gulas.

DÉCIMA: Las actividades de las pasantlas educativas fe llevarán a cabo en las

instalaciones de LA EMPRESA. Dichos ámbitos reunirán 1 s condiciones de higiene y

segurid;¡id dispuestas por la Ley 19.587 -Ley de Higiene y eguridad del Trabajo- y sus

normas reglamentarias . LA EMPRESA incorporará a 1 s pasantes al ámbito de

¡ ~~~5

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,. ~

-,

aplicación de la Ley 24.557 -Ley de Riesgos del Trabajo- y ~us normas reglamentarias,

y lo acreditará a LA FACULTAD.

Asimismo LA EMPRESA otorgará a los pasantes una ¡cobertura de salud, cuyas

prestaciones serán las previstas en la Ley 23.660 de Obras Sociales.

DÉCIMO PRIMERA: Las partes firmantes extenderán 1 todos los casos a los

pasantes un certificado de pasantla educativa en el que onstará: la duración de la

pasantía y las actividades desarrolladas. Asimismo a s solicitud se extenderán

certificaciones de las funciones cumplidas a los docentes gulas y tutores, indicando

cantidad de pasantes y tiempo de dedicación.

DÉCIMO SEGUNDA: El pasante deberá: 1) ajustarse los horarios, normas y

reglamentos internos de LA EMPRESA que figurarán orno anexo del acuerdo

individual de pasantlas, en un todo de acuerdo a la legisla ión vigente: 2) considerar

toda información confidencial que asl le sea clas ificad fehacientemente por el

responsable del organismo y 3) presentar un informe final s bre las tareas realizadas.

El incumplimiento de estos puntos será causal suficiente para que LA

EMPRESA en forma fundada deje sin efecto la pasantla, revia comunicación a LA

FACUL.TAD.

DÉCIMO TERCERA: Este convenio tiene una duración de IDOS (2) años contados a

partir de la firma del presente, pudiendo renovarse autoráticamente por periodos

iguales.

Las partes quedan en libertad para suspenderlo o drnunciarlo mediante aviso

previo a la contraparte , con una anticipación no menor a T EINTA (30) dlas, cuando

se incurra en su Incumplimiento, dentro de los QUINCE (15) dlas de producido y

comprobado el motivo que provocó la situación .

En caso de cierre o cese de la actividad porjcualquier causal , de LA

EMPRESA solicitante, las pasantlas caducarán automática ente sin que aquella deba

asumir por el hecho ningún otro tipo de consecuencia o acci n reparadora.

~0~"'º" ···~ ·R ~~' ·5 " ~ ~ ~ ""'" ~~1'..i'DN I 30 O

DÉCIMO CUARTA: Quedan autorizados a suscribir los f cuerdos Individuales de • •

Pasantías, en representación de LA FACULTAD, la ecretarla de Extens i~

Universitaria y Bienestar Estudiantil y en representac1 n de LA EMPRESA

PANTYMED SA representada por Saúl F. Ambinder.

DÉCIMO QUINTA: Los derechos intelectuales que se origintn como consecuencia de

las tareas realizadas por los pasantes en el marco del prese te convenio, sean totales

o parciales, deberán sujetarse a lo previsto por los artlcul s 82 y 83 de la Ley Nº

\?i&)

·' 20.744 y sus modificatorias, de acuerdo a lo establecido por la reglamentación de ·la

Ley de Pasantlas No 26.427.

DÉCIMO SEXTA: El cumplimiento del presente conveni9 no implicará para la USA

erogación alguna.

DÉCIMO SÉPTIMA: En todo lo que no esté previsto en 9ste convenio se aplicará la

· Ley 26.427, sirviendo ésta ·de fuente interpretativa dir1cta de las cláusulas aqul

pactadas.

DÉCIMO OCTAVA: Las partes se someten a la juri dicción de los Tribunales

Federales de la Capital Federal. A los efectos de la valide de toda. notificación judicial

y administrativa, el domicilio legal de la Facultad de lnge ierla de la Universidad de

Buenos Aires es en la calle Viamonte 430, Planta Baja, e la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, Dirección de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo del Rectorado y

Consejo Superior y LA EMPRESA en la calle Fragata Pre . Sarmiento 1569, CABA.'

En prueba de conformidad se firman DOS (2) eje1plares de un mismo tenor y

a un solo efecto, a los 23 dlas del mes de Julio de 2018.

PANTYM l': u .:. Saul F . Amt1indP

Pr.; ::> ldont f'

( ~J~5

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~UBA 'iJ Universidad de Buenos Aires .a ! FACULTAD DE INGENIERIA lJrWerMl.iddllkMl'IDI,,....

1 Consejo Directivo

Buenos Aires,

Expediente Nº: 80.206118

VISTO: La presentación realizada por el Secretario de Relaciones Institucionales

solicitando ia convalidación del Acta Acuerdo firmada entre la Facultad de Ingenieria y la Dirección

Nacional de Vialidad (DNV);

CONSIDERANDO:

Que ('Oí Resolución (CD) N° 5907117 se autorizó la firma del Acta Acuerdo;

Que en el expediente 80.206/18 a fojas que antecede se acompañan copia del

acta firmada por los representantes de las partes;

Lo aconsejado por la Comisión de Relaciones con el Medio;

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA

R es u e 1 ve

ARTÍCULO 1º.- Convalidar el Acta Acuerdo firmada entre la Facultad de Ingenieria y la

Direcc ión Nacional de Vialidad (DNV).

ARTÍCULO 2º.- Regístrese. Pase a la Secretaría de Relaciones Institucionales quien

comunicará al Departamento de Transporte y la Secretaría Administrativa. Cumplido, vuelva a la

Secretaría de Relaciones Institucionales.

RESOLUCIÓN Nº:

Resultado de la votac ión: Votos Afirmativos:

1------t Votos Negativos Abstenciones

1------t Excusaciones Total de Consejeros:

...._ ___ ..... Dictamen Nº:

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~ ...... u..,s.s& .. ~··"k~~

COMISIÓN DE ALUMNOS, INGRESOS EQUIVALENCIAS Y REVALIDAS

DICTÁMENES

.!FACULTAD DE INGENIERIA ~ doBuenoo Aira&

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~l~ UBA ~ Universidad de eueno. Aire$

VI STO:

l ~-1 ! FACULTAD D!:: INGENIERIA ~·....._-

Buenos Aires ,

1 Consejo Directivo

El EXP-UBA Nº 73593/2018, por el cual el Sr. Ignacio De La ROZA, Leg. N° 96.830, estudiante de la Carrera de Ingeniería Electrónica, Plan 2009, solicita se le otorguen créd itos por mate­rias aprobadas en la Universidad de Bologna, Italia , en el marco de un Intercambio Académico y,

CONSIDERANDO: que en la Res. (C.S.) Nº 8180/2017 se establece que, dentro de los requisitos para

obtener el Titulo de Ingeniero Electrónica, los estudiantes deben acreditar al menos cuarenta y seis (46) créditos en asignaturas electivas u optativas, otorgados por la Comisión Curricular Permanente de la Carrera por haber realizado actividades académicas afines a la Carrera,

que "las asignaturas cursadas y aprobadas por los estudiantes en otras carreras de la Facultad de lngenierla de la Universidad de Buenos Aires, en otras unidades académicas de la U.B.A. o en otras Universidades de prestigio análogo a ésta - nacionales o extranjeras-, podrán acreditarse corno asignaturas optativas' ,

Electrónica, lo recomendado por la Comisión Curricular Permanente de la Carrera de lngenierla

el acuerdo de la Secretaria de Gestión Académica,

lo aconsejado por la Comisión de Alumnos, Ingresos, Equivalencias y Reválidas,

por ello, y en uso de sus atribuciones,

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA RESUELVE:

Articulo 1º.- Dar por aprobadas las asignaturas optativas OP4 Estudios Complementarios IV de cuatro (4) créditos y OP22 Estudios Complementa rios VI II de dieciséis (16) créditos, al Sr. Ignacio De La RO­ZA, Leg. Nº 96.830, estudiante de la Carrera de lngenierla Electrónica, por materias aprobadas en la Universidad de Bologna, Italia, en el marco de un Intercambio Académico:

Fundamentos de Informática T-2. Servicios y Aplicaciones de Multimedia. Lógica Matemática. Internet de las Cosas.

Articulo 2º. - Reglstrese. Pase a la Secretarla de Gestión Académica. Siga a la Dirección de Alumnos, la que comunicará con copias de la presente resolución al Departamento de Electrónica y al interesado. El Departamento de Electrónica notificará al Director de Carrera y a la Comisión Curricular Permanente de la Carrera de lngenierla Electrónica. Oportunamente, archlvese.

RESOLUCIÓN Nº

~~t\~ ! ! 1k--- .i~ ~- . { ii~ ,.tj><D"° 91if1l' ~Jfj))b j~ ~ ~~IQ

f¡;i;reJ~

7f/ ¡ y;~ .4'. Z A IV ¡ tv~

USA Universidad de Buenos Aires

Expte. Nº 62.485118

VISTO:

~ !J!!!I FACULTAD fl _DE INGE_NIERIA Consejo D irecti

Buenos Aires,.-

La nota presentada por el señor Pablo Daniel Sivori Padrón Nº 84.026 alumno de las Carreras de Ingeniería en Informática y Licenciatura en Análisis de Sistemas, sol icitando equivalencia de asignatura, y

CONSIDERANDO: Que el recurrente cursó y aprobó asignatura en la Carrera de Licenciatura

en Análisis de Sistemas, • ·.

Lo informado por el Departamento Gestión y por la Secretaría de Gestión Académica;

Reválidas; Lo aconsejado por la Comisión de Alumnos, Ingresos, Equivalencias y

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA

Res u e 1 ve:

ARTICULO!°.- Dar aprobada por equivalencia al señor Pablo Dani el Sivori Padrón Nº 84.026 la asignatura 71.40 Legislación y Ejercicio Profesional de la Ingeniería en Informática, para la Carrera de Ingeniería en Informática, Plan de Estudios 1986.-

ARTICULO 2°.- Regístrese. Pase a ··1a Secretaría Académica - Direcciones Genera l Académica y de Alumnos para su conocimiento, notificación al Departamento de Títulos, a su Departamento de Cómputos, al interesado Y.demás efectos . Cumplido, archívese.-

RESOLUCIÓN Nº Resultado de l_a votación: !

1 .

1 ,p,

1 Votos Afirmativos: · · ,,,&¡f)~ Votos Negat ivos: .,S ...;yn ....-

I ' V • ' 1 Abstenciones: o~.-=-t .. -~ ~ 1 Excusaciones: -. -~ . Total de Consejero=1"' • JU r ,.._, S..1.,,t 1 ~-

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~~ UBA Universidad de Buenos Aires

Expte. Nº 74.808/18

VISTO:

~ """' . 11! FACULTAD :¡ DE INGENIERIA Consejo Directivc

Buenos Aires, -.

La nota presentada por el Señor Mariano Joaquín Méndez Padrón Nº 91.699 alumno de la Carrera de Ingeniería Industrial, solicitando equivalencia de asignaturas, y

CONSIDERANDO:

Que el interesado cursó y aprobó asignaturas, en la Universidad Del País Vasco Euskal Herriko Unibertsitatea UPV- EHU), España por intercambio académico;

Lo informado por la Comisión Curricular Permanente de la Carrera de Ingeniería Industrial y por la Secretaría de Gestión Académica;

Lo aconsejado por la Comisión de Alumnos, Ingresos, Equivalencias y Reválidas;

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA

Res u e 1 ve:

ARTICULO 1º.- Dar aprobadas por equivalencia al Señor Mariano Joaquín Méndez, Padrón Nº 9 1.699 las asignaturas, 71.36 Gestión de Calidad, 72.04 Industrias de Procesos de Conformación, 75.12· Análisis Numérico I, y 77 .02 Introducción a la Ingeniería Ambiental para la Carrera de Ingeniería Industrial , Plan de Estudios 1986, por estudios cursados en la Universidad del País Vasco Euskal Herriko Unibertsitatea (UPV- EHU) España.-

ARTICULO 2º.- Regístrese. Pase a la Secretaría de Gestión Académica - Direcciones General Académica y de Alumnos para su conocimiento, notificación al Departamento de T ítulos, a su Departamento de Cómputos, al interesado y demás efectos. Cumplido, archívese.-

RESOLUCIÓN Nº MS Resultado de la votación: _ . , Votos Afirmativos:

L . . . . , 1 . Votos Negativos: Abstenciones: jfí1;¿(

UBA Universidad de Buenos Aires

Expte. Nº 57.952/18

VISTO:

l ~I lNYl:ftSIWllA 1•1-11

l!!ll FACULTAD fZ DE INGENIERIA Consejo Direct

Buenos Aires, - .-

La nota presentada por el señor Manuel Ignacio Porto Padrón Nº 96587 alumno de las Carreras de Ingeniería en Informática y Licenciatura en Análisis de Sistemas, solicitando equivalencia de as ignatura, y

CONSIDERANDO:

Informática, Que el recurrente cursó y aprobó asignatura en la Carrera de Ingeniería,en

Lo informado por la Comisión Curricular Permanente de la Carrera de Licenciatura en Análisis de Sistemas y por la Secretaría de Gestión Académica;

Reválidas; Lo aconsejado por la Comisión de Alumnos, Ingresos, Equivalencias y

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA

R es u e 1 ve:

ARTICULO l°.- Otorgar 4 créditos optativas/electivas al señor Manuel Ignacio Porto Padrón Nº 96.587, para la Carrera de Licenciatura en Análisis de Sistemas, Plan de Estudios 1986.-

ARTICULO 2º.- Regístrese. Pase a la Secretaría de Gestión Académica - Direcciones General Académica y de Alumnos para su conocimiento, notificación al Departamento de Títulos, a su Departamento de Cómputos, al interesado y demás efectos. Cumplido, archívese.-

RESOLUCIÓN Nº MS Resultado de (\ ,, VotosAfirm

1\ IJ0, Votos Negat

Abstencione:

a votación : ~· --- -~ -\~•¡p-- , ivos: " ·, J[v,...," ~,,.ti º'.'\º os:

'-- Excusacione Total de Con sejeros: Dictamen N'

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~UBA 1 ~ 1 Universidad de Buenoe Aires =='-t•'"''°"

111!!! FACULTAD u .DE l.~G.E~IERIA 1 Consejo Directivo

Buenos Aires,

VI STO: El EXP-UBA Nº 72180/2018, por el cual el Sr. Walter CHUQUICHAMBI CRUZ, Leg.

Nº 101 .198, estudiante de la Carrera de lngenierla Electrónica, Plan 2009, solicita se le otorguen créditos por aprobar el Curso ' Diseno Asistido y Simulación' y,

CONSIDERANDO: que en la Res. (C.S.) Nº 8180/2017 se establece que, dentro de los requ isitos para

obtener el T itulo de Ingeniero Electrónica, los estudiantes deben acreditar al menos cuarenta y seis (46) créditos en asignaturas electivas u optativas, otorgados por la Comisión Curricu lar Permanente de la Carrera por haber realizado actividades académicas afines a la Carrera,

que "las asignaturas cursadas y aprobadas por los estudiantes en otras carreras de la Facultad de lngeníerla de la Universidad de Buenos Aires, en otras unidades académicas de la U.B.A. o en otras Universidades de prestig io análogo a ésta - nacionales o extranjeras -, podrán acreditarse como asignaturas optativas',

lo recomendado por la Comisión Curricular Permanente de la Carrera de lngenieria Electrónica,

el acuerdo de la Secretarla de Gestión Académica,

lo aconsejado por la Comisión de Alumnos, Ingresos, Equivalencias y Reválidas,

por ello, y en uso de sus atribuciones,

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA RESUELVE:

Articulo 1º.- Dar por aprobada la asignatura optativa OP2 Estudios Complementarlos 11 de dos (2) cré­ditos, al Sr. Walter CHUQUICHAMBI CRUZ, Leg. Nº 101 .198, estudiante de la Carrera de lngenierla Electrónica, por aprobar el Curso ' Diseno Asistido y Simulación" .

Articulo 2º.- Reglstrese. Pase a la Secretarla de Gestión Académica. Siga a la Dirección de Alumnos, la que comunicará con copias de la presente resolución al Departamento de Electrónica y al interesado. El Departamento de Electrónica notificará al Director de Carrera y a la Comisión Curricular Permanente de la Carrera de lngenierla Electrónica. Oportunamente, archlvese.

RESOLUCIÓN Nº

f ~ ~6c:i" 1 I . • .. ;'f" ' 11:~ :1 ;., + i} gJAd' Ir' ':);lc!JLWJ • .. ' "']"

-(Ja

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~UBA 1 ~ 1 Universidad de Buenos Aires =-••••·• ••

·1 FACULTAD Jn DE INGENIERIA ¡¡ .........._,,. ..... ,._

1 Consejo Directivo

Buenos Aires,

VI STO: El EXP-UBA Nº 78007/2016, por el cual el Sr. Alan RAPOPORT, Leg. Nº 97.393, es­

tudiante de la Carrera de lngenierla Electrónica, Plan 2009 , solicita se le otorguen créditos por aprobar las asignaturas 61 .07 - Matemática Discreta-, y ' Fundamentos de Análisis Matemático" de la Maestrla

en lngenierla Matemática y,

CONSIDERANDO: que en la Res. (C.S.) Nº 8180/2017 se establece que, dentro de los requisitos para

obtener el Titulo de Ingeniero Electrónica, los estudiantes deben acreditar al menos cuarenta y seis (46) créditos en asignaturas electivas u optativas, oforgados por la Comisión Curricular Permanente de la Carrera por haber realizado actividades académicas afines a la Carrera,

que "las asignaturas cursadas y aprobadas por los estudiantes en otras carreras de la Facultad de lngenierla de la Universidad de Buenos Aires, en otras unidades académicas de la U.B.A. o en otras Universidades de prestigio análogo a ésta - nacionales o extranjeras-, podrán acred itarse como

asignaturas optativas",

lo recomendado por la Comisión Curricular Permanente de la Carrera de lngenierla

Electrónica,

el acuerdo de la Secretarla de Gestión Académica,

lo aconsejado por la Comisión de Alumnos, Ingresos, Equivalencias y Reválidas,

por ello, y en uso de sus atribuciones,

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACUL TAO DE INGENIERIA RESUELVE:

Articulo 1°.- Dejar sin efecto la Res. (Decano) Nº 3359 del 6 de noviembre de 2017.

Articulo 2°.- Dar por aprobada .1a asignatura optativa OP20 Estudios Complementarios VI de ocho (8) créditos, al Sr. Alan RAPOPORT, Leg . Nº 97.393, estudiante de la Carrera de lngenierla Electrónica, por aprobar las asignaturas 61 .07 - Matemática Discreta-, y 'Fundamentos de Análisis Matemático" .

Articulo 3°.- Reglstrese. Pase a la Secretarla de Gestión Académica. Siga a la Dirección de Alumnos, la que comunicará con copias de la presente resolución al Departamento de Electrónica y al interesado. El Departamento de Electrónica notificará al Director de Carrera y a la Comisión Curricular Permanente de la Carrera de lngenierla Electrónica. Oportunamente, archlvese.

RESOLUCIÓN Nº

, ~ C(t;;rsc t g ~0 " 1 k::..' -,-;; t ' s ,1\..L()(l.rú ~~ • ' • '"J. . Jº

<ft-1·1lP ~ ;r¡ . A.;z4,,,;,,, u, f L

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~ UBA Universidad de Buenos Aires

Expte. Nº 74.811/18

VISTO :

2f FACULTAD ::. DE INGENIERIA

Buenos Aires

Consejo Direct ivc

La nota presentada por el señor Pedro Goglino padrón Nº 92.827 alumno de la Carrera de Ingeniería Industrial, solicitando equivalencia de asignaturas, y

CONSIDERANDO:

Que el interesado cursó y aprobó as ignaturas en la Universidad, Politécnica de Cataluña, España por intercambio académico;

Lo informado por la Comisión Curricular Permanente de la Carrera de Ingeniería Industrial y por la Secretaría de Gestión Académica;

Lo aconsejado por la Comisión de Alumnos, Ingresos, Equivalencias y Reválidas;

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA

R es u e 1 ve:

ARTI CULO 1°.- Dar aprobadas por equivalencia al señor, Pedro Goglino padrón Nº 92.827 las asignaturas,77 .02 Introducción a la Ingeniería Ambiental, 72.04 Industrias de Procesos de Conformación, y otorgar 3 créditos en asignaturas electivas, para la Carrera de Ingeniería Industrial , Plan de Estudios 1986 por estudios cursados en la Universidad Pol itécnica de Cataluña, España .-

ARTI CULO 2º.- Regístrese. Pase a la Secretaría de Gestión Académica - Direcciones General Académica y de Alumnos para su conocimiento, nolificación al Departamento de Títulos , a su Departamento de Cómputos. al interesado y demás efectos. r~umpl ido,

archívese.- \

RESOLUCIÓN Nº / l · 1\<D &o e la votación : S~J

i->._... ...... _~ Votos Afirmativos: :i·

.1 \ . , " 1 ~~~~;n~~;na;:~os : ~J!!!:!.' ', i/; ... ~« ~ ;t'1-'y' i f . , \ _;J ./)?~ 1 ' 1 ', • 1 Excusac iones: ~ )UJ/))¡J(JJ .~~

Total de Consejeros: ~! ( _':__- - -----Dictamen Nº J .=!.-rre... la

._______. r-- 1 r-1>--., , l D?~f~

2 )1A1/ AI-' \51 !>0(1 /o-{)

11 FACULTAD ::. DE INGENIERIA UBA

Universidad de Buenos Aires Consejo Direct

Buenos Aires, - .-Expte. Nº 55.588/18

V I S TO :

La nota presentada por el señor Paulo Miguel Femández Padrón Nº 85.847 alumno de las Carreras de Ingeniería en Informática y Licenciatura de Análisis de Sistemas solicitando equivalencia de asignatura, y

CONSIDERANDO: Que el recurrente cursó y aprobó asignatura en la Carrera de Ingeniería en

Informática, Lo informado por la Comisión Curricular Permanente de la Carrera de

Licenciatura en Análisis de Sistemas y por la Secretaría de Gestión Académica;

Lo aconsejado por la Comisión de Alumnos, Ingresos, Equivalencias y Reválidas ;

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA

R es u e 1 ve:

ARTICULO 1 º.- Dar ·aprobada por equivalencia al señor Paulo Miguel Femández Padrón Nº 85.847 la as ignatura 75. 18 Proyectos Informáticos y otorgar 12 créditos en materias optativas/electivas para la Carrera de Licenciatura en Análisis de Sistemas, Plan de Estudios 1986.-

ARTICULO 2º.- Regístrese. Pase a la Secretaría de Gestión Académica - Direcciones General Académica y de Alumnos para su conocimiento, notificación al Departamento de Títulos, a su Departamento de Cómputos, .al interesado y demás efectos. Cumplido, archívese.-

RESOLUCIÓN Nº / MS/ Resultado de la vo1ac1ón tJ

, -..... Votos A fi rmauvos· ~ \ ~ \:: } Votos Nega11vos: f.· :s.-. -\:;4-«- , OJ, S, j'f!W~

. / Abstenciones· , , Jl~~- ~ 5,,;1~"'.i"" \.__ J Excusaciones · ,

Total de Consejeros: 1

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4 .¿,Ad¡, , ~~ ' f 3 1~

1

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COM~S~ÓN DE ENSEÑANZJlt, POSGRADO!j ~ NVEST~GACiÓN DOCTORADO

DICTÁMENES

~FACULTAD ~ DE ~ i'JGENiilER!A ~ Universidad de Buenos Altes

V e

UBA Universidad de Buenos Aires ~ -, .... 21>

"FACULTAD

~ ~;~:~?;~~;~,~

Buenos Aires, 31 DE OCTUBRE 2018 Expte. Nº 60.059/18

VISTO:

Lo solicitado por las Dras. Susana Patricia Boeykens, Directora del Departamento de Química y Silvia Jacobo, en fs l, y

Lo expresado en fs 18, en relación con a la Dirección de este Instituto,

Lo expresado en fs 21 referido a la aprobación por el Sr Decano,

La resolución 974/18 acerca de la creación del INSTITUTO DE QUÍMICA APLICADA A LA INGENIERÍA (IQAI) a fs l7

CONSIDERANDO:

Que es necesario incentivar y promover las actividades de Investigación, Desarrollo y Transferencia en esta Casa de Estudios, a través de la creación de Institutos,

Que los Institutos promueven los vínculos de sinergia entre los Laboratorios integrantes, optimizando los recursos disponibles

Por ello;

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA

R es uelve:

Artículo 1º: Solicitar al Consejo Superior de la Universidad de Buenos Aires que:

fil reconozca al INSTITUTO DE QUÍMICA APLICADA A LA INGENIERÍA (IQAI) como un Instituto dependiente de la Universidad de Buenos Aires.

!U Designe a la Dra. Silvia Elena Jacobo como Directora interina de este Instituto hasta tanto se resuelva el concurso respectivo.

Artículo 2º: Regístrese. Comuníquese a las Secretaría de Ciencia y Técnica, a la Secretaría de Investigación, Posgrado y Doctorado de la FIUBA, al Departamento de Química. Cumplido, archívese.:

RESOLUCIÓN Nº

(Jffi',;( "'L;/Í ;t~~1: .;r: •3· J V{';rf!1'6"ti u V

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VI STO:

Expediente Nº

9 FACULTAD ~ DE INGENIERIA .. ~versidad de Buenos Alm

La necesidad de actualizar las misiones y funciones y los mecanismos para la designación de Directores de Carrera, figura establecida en la Resolución CD Nº 3938/2001.

CONSIDERANDO:

Que en el Artículo 1 º de la Resolución CD Nº 339/2006 se establece que los Directores de Carrera serán designados por el Consejo Directivo de acuerdo con la reglamentación que este cuerpo dicte.

Que este CD en su Resolución CD Nºxxxxxx ha decidido poner en marcha un proyecto denominado Plan 2020 con el objetivo de actualizar la oferta académica tanto de grado como de posgrado, los cambios de Planes de Estudio como las propuestas de nuevas can·eras deberán estar disponibles a fines del año 2020.

Que por lo tanto resu lta conveniente que los Directores de Carrera sean renovados teniendo en cuenta la necesidad de llevar adelante la mencionada actualización.

Que es necesario estab lecer un proceso de designación regular para todos los Di rectores de Carrera, haciendo más previsibles estos cambios y entendiendo que esto redundará en beneficio de una mejora sustancial · en las actividades y logros de las mencionadas Carreras.

Que los Art. 53 y 56 del Estatuto Universitario establecen que " los profesores consultas o eméritos pueden formar parte, de cualquiera de los organismos de gobierno y de asesoramiento de la Universidad".

Que resulta conveniente que los Directores de Carrera tengan una visión integral de la carrera incluyendo tanto su propia experiencia profesional como el desarrollo académico en otras universidades.

Que en relación con los Directores de Carrera, no existe un impedimento en las Resoluciones del Consejo Superior para que los mismos sean o hayan sido Profesores en otras Universidades.

Lo recomendado por las Comisiones de Concursos y Personal Docente y de

fo~~""'ió" y.,~ Q_ ~ rih ./?"' rf- 1 7=> ~ G J} '11 f

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9 FACULTAD !l DE INGENIERIA

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA R e s u e 1 v e:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar las Misiones y Funciones de los Directores de Carrera que se agregan como Anexo I a la Presente resolución y que forman parte de esta.

ART ÍCULO 2°.- Aprobar el procedimiento para la designación y control de gestión de los Directores de Carrera que se agrega como Anexo II a la presente resolución y que forman parte de esta.

ARTÍCULO 3°.- La designación del Director de Carrera será válida por un lapso de 4 (cuatro) años, luego del cual puede ser reelecto. El plazo máximo durante el cual una persona puede ejercer la Dirección de Carrera en forma consecutiva es de ocho años, no pudiendo volver a presentarse hasta que haya transcurrido un período mínimo de 4 (cuatro) años.

ARTÍCULO 4°.- Llamar a concurso para cubrir el cargo de Director de Carrera a todas los Carreras de esta Facultad. Se llamará a concurso en noviembre de 2018, y se prevé que el inicio de la gestión ocurra el O 1 de febrero de 2019, con vigencia de designación hasta el 3 1 de enero de 2023. Posteriormente, todos se renovarán cada 4 años. Los Directores de Carrera que actualmente se encuentran en función, podrán presentarse sin restricciones.

ARTÍCULO 5°.- Si bien los nombramientos serán por 4 años, el Consejo Directivo podrá dar de baja cualquier nombramiento de Director de Carrera durante ese período si el Director no cumple adecuadamente las funciones indicadas en el Anexo I, o en caso de una falta de ética que el Consejo Directivo considere grave. Para la remoción será necesario el voto afi rmativo de 11 votos del Consejo Directivo.

ARTÍCULO 6º.- Encomendar a la Secretaría Académica la difusión en la página web de la FIUBA y por todos los medios disponibles la presente reglamentación.

ARTÍCULO 7°.- Derogar toda Resolución que se oponga a la presente.

ARTÍCULO 8°.- Regístrese, comuníquese a todas las Secretarías de la Facultad y a los Departamentos Docentes. Pase a la Universidad de Buenos Aires a sus efectos. Cumplido, archívese.-

RESOLUCIÓN Nº

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!!:ll FACULTAD ! DE INGENIERIA

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ANEXOI

MISIONES Y FUNCIONES DE LOS DIRECTORES DE CARRERA

MISIÓN

Velar por e l desarrollo, e l incremento de la matrícula, la disminución de la deserción, la calidad y la innovación de la Carrera de acuerdo con las políticas establecidas por el

Consejo Directivo y los planes vigentes.

Diri gir las actividades de la Comisión Curricular de la Carrera destinadas a cumplir con

la misión indicada anteriormente.

FUNCIONES

a) Solicitar y analizar las estadísticas de la evolución de la carrera en la Facul tad a la Secretaría de Gestión Académica así como también la evolución de la carrera en el país al Ministerio de Educación y la evolución en otros países del mundo

recurriendo a la bibliografia internac ional. Se analizarán, entre otros, la evolución de los inscriptos y egresados, la parti cipación de FlUBA en relación a otras facultades del país, el contenido de los planes de estudio, la duración de las carreras, la cons iderac ión si los títulos son habilitantes, etc.

~

b) Solicitar y analizar la info rmación sobre los requisitos y demanda de la carrera del mundo productivo consultando a instituciones como el Ministerio de la Producción, el Ministerio de Educación, el Centro Argentino de Ingenieros, los Consejos Profesionales, Cámaras Empresariales, Organizaciones Sindicales, las Comisiones correspondientes de las Cámaras de D iputados y Senadores, etc.

c) Asesorar a las autoridades sobre:

d)

1. La revisión y actualización permanente del perfil del graduado y de los

objetivos de la carrera correspondiente; 2. La revis ión y actualización permanente del p lan de estud ios de la carrera

correspondiente, de acuerdo con la evolución de la ciencia, la tecnología, la

enseñanza tecnológica y la práctica de la profes ión; 3. Las competencias que establezca la Facultad y las actividades reservadas que

pudieran establecer la legislación nacional, para el título de grado de la

carrera correspond iente.

Asesorar, conjuntamente con la Comis ión Curricular, a la Secretaría de Gestión Académica sobre los contenidos, las planificaciones docentes de asignatu ras de

( ~ ~

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grado pertenecientes a la carrera correspondiente.

!!:11 FACULTAD ! DE INGENIERIA

e) Participar junto con la Secretaría de Gestión Académica de la elaboración de las bandas horarias, el seguimiento de las correlatividades y las superposiciones horari as entre asignaturas de distintos Departamentos de tal fo rma de asegurar que los estudiantes puedan cursar las materi as de su carrera sin postergaciones

por superposiciones horarias.

t) Participar j unto con la Secretaría de Gestión Académica y la Secretaría de Hábitat del relevamiento de las aulas y laboratorios, de tal fo rma de asegurar que la capacidad, las condiciones y equipamiento de los mi smos no sean un

obstáculo para el desarrollo de los planes de carrera.

g) Evaluar, conjuntamente con la Comisión Curricular de la carrera, los Planes de Tesis en cuanto a la relevancia y adecuación del tema planteado, la metodología de trabajo y los antecedentes del Tutor propuesto a la fo rmación profesional del estudiante, elevando sus conclusiones a la Secretaría de Gestión Académica.

h) Evaluar, conjuntamente con la Comisión Curricular de la carrera sobre:

1. El otorgamiento de créditos, a pedido de los estudiantes de la carrera, correspondiente a activ idades extracurriculares que ameriten el reconocimiento académico para los fi nes de la fo rmación profes ional de

acuerdo con la normativa v igente; 2. El otorgamiento de equival encia de crédi tos por pases de carrera,

simul taneidades u otros trámites solicitados por estudiantes de la carrera de

acuerdo con la normativa vigente; 3. E l otorgamiento de reválidas y convalidaciones de títulos extranjeros de la

carrera de acuerdo con la normativa vigente.

i) Convocar y pres idir las reuniones periódicas ordinarias de la Comisión Curricular y llamar a reuniones extraordinarias de acuerdo con la normativa

vigente;

j) Presentar a la Secretaría de Planificación Académica y de Investi gación un informe anual sobre la implementación del Plan de Estudios vigente, las dificultades y pro puestas de mejoras, incluyendo las copias de las Actas de

Reunión de la Comisión Curricular.

k) Mantener una permanente coordinación con los Directores de Departamento de a I• F""\lod re lod ooodo. w o lo C.m ora.

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m!I FACULTAD ~ DE INGENIERIA

!l&.,;vetJúk/r,{,[Jk&m>i~.J

1) Representar, por de legación de las autoridades de la Facultad, a la carrera ante la UBA, otras organizaciones académicas y profesionales, en relación con posibles convenios con otras univers idades por ti tulación múltiple y otros acuerdos y en (¡:"'°' '"' t<ogm " '""" '"" l• ''"'"·

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m!I FACULTAD ~ DE INGENIERIA

ANEXOIT

PROCEDIMIENTO PARA LA DESIGNACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN DE DIRECTORES DE CARRERA.

l. Sobre el Proceso en General

1.1. El Proceso tendrá las etapas descriptas en el Cuadro A, tanto para la Designación como para el Control de Gestión de los Directores de Carrera.

1.2. Todos los Directores de Carrera serán elegidos cada cuatro años regularmente para cumplir funciones desde el 1 º de Febrero de 20 19, y as í regularmente.

1.3. El Consejo Directivo deberá incorporar en el ll amado a concurso para la carrera Objeti vos de Largo y Mediano plazo, 1011 S años y 4 años respectivamente.

Estos Obj etivos consti tuyen la referencia para la confección de Ja Plan ificac ión que proponga cada Postulante. Los Postulantes podrán ampliar los Obj etivos de Largo y Mediano Plazo en función de su criterio personal, que deberá justifica rse. En el caso que los objetivos que defi ne el Postulante sean contrapuestos con los que emanaron del CD, éstos estarán sujetos a la revisión y aprobación fi nal por el CD.

1.4. El proceso de selección se llevará adelante los meses de noviembre y diciembre del año anterior al que surge de la aplicación de esta Reso lución. Cualquier impugnación será presentada a la Comisión de Concursos y Personal Docente del Consejo Directivo en el plazo previsto en esta Resolución y será tenida en cuenta en la elección del Director de Carrera.

1.5 . En el caso que ninguno de los postulantes lograse el acuerdo del Consejo Directivo, éste designará un Director Interi no por 6 (seis) meses. Durante ese período el Consejo Directivo realizará un nuevo concurso repitiendo el procedimiento previsto en esta resolución. Es ta situac ión se repetirá cada 6 (seis) meses hasta que algún postulante presentado en el concurso logre el acuerdo del Consejo Directivo.

\)t\a ~0k1c1, l el\C.~~ 1.6. Los Directores de Carrera serán remunerados con un-mffii. o equivalente a

Profesor Titular con dedicación simple en fo rma independiente de cualquier otra remuneración / dedicación que pudiesen tener, mientras no se contrapongan con el régimen de compatibilidad vigente. De presentarse alguna incompatibilidad, el Consejo Direct ivo deberá autori zar las adaptaciones o licencias correspondientes. Cuando la Universidad de Buenos Aires establece que no puede desempeñar acti vidad docente rentada la tarea deberá rea lizarse ad-honorem.

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al FACULTAD !% DE INGENIERIA

1.7. En caso de que algún Director de Carrera desempeñe su cargo en forma ad honorem, deberá igualmente cumplir con las limitac iones para acumulación de cargos establecidos en el "Régimen de Dedicaciones semiexclusiva y parcial", considerándose que por la Dirección de Carrera acumula un cargo de ded icación simple aún cuando no perciba remuneración alguna por él. Dicha dedicación deberá compatibilizarse con la de otros cargos docentes que desempeñe en el ámbito de la UBA, con la dedicación de otros cargos no docentes en la UBA y con otras actividades del ejercicio profesional que desarrolle en relación de dependencia para terceros o en forma independiente según su declaración jurada de disponibilidad horaria.

1.8. La Planificación del Director de Carrera designado será aquella que surja de su presentación más las modificaciones que el Consejo Directivo haya resuelto sobre esta.

1.9. Todos los Directores de Carrera serán evaluados al finali zar su período de gestión de cuatro años de acuerdo con Cuadro A, sea o no su último período de gestión de cuatro años.

1.1 O. El Director de Carrera podrá, en cualquier momento, solicitar al Consejo Directivo modificaciones a la Planificación en marcha para su revisión y aprobación con las correspond ientes justificaciones y opiniones de la Comisión Curricular.

2. Sobre la Etapa O, Definición de Objetivos de Mediano y Largo Plazo/ Reporte del Es tado de la Carrera y la E tapa 1 Llamado a Concurso del P roceso en Particular.

2.1. En el inicio del proceso, la Secretaría de Gestión Académica deberá publicar en la página web de la FIUBA la siguiente documentación, claramente diferenciada por Departamento:

• Reporte del Estado de la Carrera • Definición de Objetivos de Largo y Mediano Plazo. • Balance de Gestión.

Esta información permanecerá publicada en la página web en forma permanente hasta ser renovada en el próximo llamado a Concurso, es decir, con el próx imo Informe de Gestión del Director de Carrera que renueva.

2.2. Reporte del Estado de Carrera y el Balance de Gestión deberán contener como mínimo los sigui entes elementos:

• Cantidad de ingresantes a la carrera al CBC con su correspondiente anál isis de los últimos 4 años

• Cantidad de ingresantes a la carrera en la F!UBA con su correspondiente análisis de los últ imos 4 años q_ l ~ jb

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al FACULTAD !% DE INGENIERIA

• Cantidad de egresados de la carrera con su correspondiente análisis de los últimos 4 años

• Describir las propuestas de planes de carrera que se hayan realizado y eventualmente aprobado en los últimos 4 años

• Describir las propuestas de modificaciones al plan de carrera que se hayan realizado y eventualmente aprobado en los últimos 4 años

• Duración real promedio de la carrera en los últimos 4 años

2.3. La Secretaría de Gestión Académica se encargará de asegurar la debida difusión del llamado para ocupar el cargo de Director de Carrera y de la presente Resolución. Como mínimo la Secretaría de Gestión Académica deberá publicar el ll amado en la página web de la FIUBA durante todo el período comprendido entre la aprobación del llamado a concurso por el CD y el cierre de la inscripción de los postulantes.

2.4. La Secretaría de Gestión Académica deberá informar mediante todos los medios a su alcance a todos los Profesores, Docentes Auxi liares, Estudiantes y Graduados de la realización del concurso y la actualización de cada una de las etapas y de cualquier novedad relevante sobre éste. Esto comprenderá como mínimo el envío de un correo electrónico a todas las li stas que contengan a los Profesores, Docentes Auxil iares, Estudiantes y Graduados.

2.5. Más allá del Reporte del Estado de la Carrera a que se hace alusión en el art. 2. 1, la Secretaría de Gestión Académica, deberá fac ilitar toda la información pertinente requerida por los Postulantes con el fin de poder confeccionar con la misma la Planificación que presentarán oportunamente.

3. Sobre la Etapa 2, Registro de Postulantes y Presentación de P lanificació n y Antecedentes de Postulantes y la E tapa 3

3.1. El Registro de Postulantes será responsabilidad de la Secretaría de Gestión Académica, quien recibirá las presentaciones de los Postulantes en sobre cerrado (en papel y en fo rmato electrónico pdf en soporte digital) y anexará toda aquella documentación pertinente.

3.2. La Secretaría de Gestión Académica deberá publicar a la brevedad, e inmediatamente cerrado el Registro de Postulantes, en la página de la web de la FIUBA la lista de Postulantes que hayan cumpl imentado los requisitos incluyendo sus correspondientes antecedentes y propuestas, pudiendo éstos ser impugnados dentro de los S (cinco) días hábiles por cualquier miembro de la comunidad de la FlUBA (Docentes, Estudiantes, No Docentes o Graduados debidamente registrados en el úl timo padrón de graduados vigente) mediante una nota a la Secretaría de Gestión Académica donde consten los motivos de la impugnación, acompañada de toda la documentación que la fundamente; ésta deberá agregarse a la presentación del postulante y no tendrá efecto sobre las

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!!I FACULTAD !% DE INGENIERIA

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diferentes instancias intervinientes en el concurso, pudiendo ser aceptada o desestimada al solo criterio del Consejo Directivo.

3.3. En caso que no se presentasen postulantes, la Secretaría de Gestión Académica deberá publicar, de manera inmediata en la página web y por todos los medios de difusión disponibles una nueva convocatoria. El cronograma se modificará según los tiempos que demande la obtención de candidatos.

3.4. Los Postulantes deberán presentar la Planificación propuesta para su gestión correspondiente al medi ano plazo ( 4 años) y una propuesta de largo plazo (15 años) de la Carrera. Los antecedentes personales (CV) deberán incluir:

• Datos personales del postulante. • Estudios cursados de todo tipo indicando los títulos obtenidos y fechas

correspondientes . • Experiencia profesional, tanto en el Sector Público como en el Privado.

lndicar cargos ocupados. • Experiencia específica en gestión universitaria: cátedras, grupos de

investigación, institutos, departamentos, escuelas, etc. incluyendo personal a cargo, administración de fondos, subsidios, recursos, inversiones, etc.

• Experiencia docente y de investigación. lndicar cargos ocupados. • Publicaciones reali zadas (con y sin referato). • Trabajos destacados realizados en el ámbito profesional. • Distinciones obtenidas. • Conferencias en las que haya participado como ponente y conferencias

especiales. • Actividades simultáneas al ejercicio de la Dirección de Carrera (Nivel de

responsabilidad y Declaración Jurada, de cargos, trabajos, etc., detallando cargas horarias, lugar de trabajo, días de trabajo, etc. que permita evaluar la disponibilidad de 20 horas que se exige para el cargo de DC).

3.5. La Planificación propuesta deberá contener como mínimo la evolución esperada de los puntos indicados en la sección 2.2. con las propuestas de acciones específicas para obtener los resultados propuestos.

3.6. El Consejo Directivo podrá solicitar la opinión de quien considere necesario en relación con los planes presentados por los postulantes.

3.7 . La Comisión de Concursos y Personal Docente del Consejo Directivo analizará los antecedentes y la propuesta presentada por cada uno de los postulantes.

4. Sobre la Etapa 4, Presentación de los Postulantes/Análisis de Comisión de Concursos y Personal Docente del Consejo Directivo en Particular.

4.1. La Comisión de Concursos y Personal Docente del Consejo Directivo deberá disponer a la brevedad de la siguiente documentación por Departamento:

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• Repo1ie del Estado de la Carrera • Balance de Gestión • Evaluación del Balance de Gestión • Propuestas de Planificación • Antecedentes de cada Postulante

!!I FACULTAD !% DE INGENIERIA

4.2. La Comisión de Concursos y Personal Docente del Consejo Directivo analizará y deliberará de acuerdo con los plazos mencionados en el Cuadro A, durante el cual seleccionará uno o más postulantes (en caso que no exista unanim idad en la selección) con los respectivos despachos, los que se presentarán en la ses ión del Consejo Directivo para su votación de acuerdo con el Cuadro A. Las sesiones de esta Comisión para este tratamiento deberán ser abiertas a toda la Comunidad.

4.3. En el caso que se presente un solo postulante, la presentación oral de la Planificación frente a los miembros de la Comisión de Concursos y Personal Docente del Consejo Directivo queda a discreción del CD. Las presentaciones orales no deberán exceder los 30 minutos foca lizando en las áreas de interés y en los capítulos exigidos de la Planificación presentada.

4.4. En los casos de renovac1on, la Evaluación del Balance de Gestión podrá contener indicaciones al Director de Carrera correspondiente para que rectifique su p lanificación y ejecución de tareas.

4.5. La Comisión de Concursos y Personal Docente del Consejo Directivo o el Consejo Directivo podrá designar un Comité de tres Expertos de la especialidad correspondiente que aconseje en forma no vinculante a este cuerpo sobre las distintas propuestas y sobre los distintos postulantes, en forma explícita y en respuesta a planteas por escrito y específicos de este cuerpo y solamente a estos efectos.

5. Sobre la Etapa 5, Reso lución del Consejo Directivo en Particular.

5.1. La Comisión de Concursos y Personal Docente del Consejo Directivo o el Consejo Directivo elevará una propuesta de designación al Consejo Directivo, para que proceda a su nombramiento a través de la Resolución correspondiente.

5.2. La Secretaría Académica deberá publicar la Resolución con el nombramiento de los Directores de Carrera, así como la Planificación de cada uno de ellos en la página web de la Facultad. Esta información quedará en forma permanente hasta la próxima designación de Director, cuando se reemplazará por la actual ización correspondiente.

6. Condiciones para postularse a Director de Carrera

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C/6,,;,,,.kk(hchk-9'Jcu;moJ~&i

!mi FACULTAD fZ DE INGENIERIA

6.1. Podrá postularse a Director de Carrera quien sea o haya sido Profesor Regular, Consulto o Emérito de la FTUBA o de cualquier otra Facultad de Ingeniería del país.

6.2. No podrá tener menos de 15 años de ejercicio profesional incluyendo su actividad docente.

6.3. No podrá en el momento de su gestión ejercer las siguientes funciones directivas en esta o cualquier otra universidad pública o privada: Decano, Vice Decano, Secretario, Subsecretario de la Facultad, Director de un Departamento o Director de otra Carrera. Esta incompatibilidad comprenderá todo el período de nombramiento.

6.4. En el caso de que resultase elegido como Director de Departamento un Consejero Directivo, este deberá abstenerse de votar en los dictámenes que hayan tenido origen en la Comisión Curricular de la cual es Director.

6.5. No estar comprendidos en las causales de inhabil itación para el desempeño de O-C.cgM r;b!;oM

l ~lb

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!mi FACULTAD fZ DE INGENIERIA

Cuadro A - Proceso a Imp lementar los años de cambio regular pa ra la Designación del Director de Departamento.

o 1 2 3 4 s E Reporte del Llamado Registro de Evaluación Presentación de Resolución del

t Estado de la a Postulantes/ del Balance los Postulantes Consejo

a Carrera/ Concurso Presentación de de Gestión (si /Análisis de Directivo

p Balance de Planificación y lo hubiera) Comi sión de

a Gestión Antecedentes de Concursos y Postulantes Personal Docente

del Consejo Direct ivo

p Primera día hábil Segunda Primera semana Tercera Durante Ultima sesión

1 de Noviembre ses ión de de Diciembre semana de diciembre, de CD de

a CD Diciembre febrero y marzo Marzo.

z Noviemb de acuerdo al

o re cronograma del apartado

/ correspondiente.

F e c h a R Consejo Comisión de Consejo

e Secretaria de Directivo Secretarla de Secretarla de Concursos y Directivo

s Gestión Gestión Gestión Personal Docente

p Académica Académica Académica del Consejo

o Directivo

n Directores de Postulantes Postulantes

s Carrera a b 1 e s

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o Todos los El

b Directores de llamado

s Carrera deberán incluye

e presentar su los llalance de Gestión Objetivos

r a la Secretarla de de V Gesión Académ ica. Mediano a La Secretaria de y Largo e Gestión Académica plazo i debera resueltos

o confeccionar un por el

n Reporte del Estado Consejo

e de la Carrera. Di rectivo

s La Secretaria de Gestión Académica deberá publicar en la página web de la 1'1 U IJA tanto los Balances de Gestión como los Reportes del Estado de cada Carrera.

El Postulante debe La Secretaría entregar su Académica propuesta de debera Planificación y confeccionar Antecedentes una Evaluación Personales. del Balance de

Gest ión realizado por cada Director de Carrera.

!llFACULTAD fZ DE INGENIERIA

Los Repo11es del Nombramiento Estado de las de todos los Carreras, Directores de Planificaciones. Carrera con Antecedentes comienzo de Personales, gestión a partir Balances de del primer día de Gestión, y abril. Evaluaciones deben estar en poder de los Consejeros Directivos ni bien estén disponibles y antes del tercer martes de noviembre.

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COMISIÓN DE CCJNCURSOS Y PERSONAL DOCENTE

DICTÁMENES

9 FACULTAD ~ DE INGEi\!!!:mA. !idi Universid.?.d de ~os Al<ciS

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UBA Universidad de Buenos Aires \~\ ! FACULTAD

DE INGENIERIA ~1;19~~

Consejo Directivo

Buenos Aires , Expte Nº 36.163/18

VISTO:

La Res. (D) Nº 3089/18 mediante la cual, se le otorgó licencia por cargo de mayor jerarquía al ingeniero Sebastián Horacio CARBONETO en su cargo de Jefe de Trabajos Prácticos regular con dedicación parcial, en el Departamento de Electrónica, y

CONSIDERANDO :

Que es necesario ratificar la mencionada resolución;

Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y Personal Docente;

EL CONSEJO DIRECrIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA

Resuelve:

ARTICULO 1º.· de 2018 .-

Ratificar la Resolución Nº 3089.~ del señor Decano, de fecha 24 de octubre

ARTICULO 2°.- Regístrese. Remítase copia a la Secretaría Académica. Pase a la Dirección General Académica (Direcci6n Docente) que comunicará a la Secretaría Administrativa y al Departamento que corresponda, que notificará al interesado. Pase a la Dirección de Personal a sus efectos. Cumplido, archívese.-

RESOLUCION Nº Resultado de la votación:

1 " ' 1 Votos Afirmativos: 1 / ' Votos Negativos:

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1 ''." l/ 1 Abstenciones: Excusaciones: Total de Consejeros: Nº de Dictamen: ._ ___ __,

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UBA Universidad de Buenos Aires

m FACULTAD !% DE INGENIERIA

Buenos Aires, '1 f.. OCT 2018 VISTO :

La Resolución (C.D.) Nº 655/18 por la cual se establece en su Artículo 2°, la de­signación del Ing. Sebastián Horacio CARBONETTO como Jefe de Trabajos Prácticos regu­lar con dedicación parcial en el Departamento de Electrónica, y

CONSIDERANDO:

Que, · el mencionado docente revistaba en un cargo de Jefe de Trabajos Prácticos interino con dedicación parcial en uso de licencia por cargo de mayor jerarquía al momento del llamado a conciirso de docente auxiliar aprobado mediante resolución (C.D.) Nº

4443/16;

Que, consecuentemente, correspondería otorgarle licencia por cargo de

mayor jerarquía, luego de su regularización;

Por ello,

EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA "ad referendum"

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Otorgar licencia por cargo de mayor jerarquía al lng. Sebastián Horacio CARBONETTO (Leg. Nº 163.637) en su cargo de Jefe de Trabajos Prácticos regular con de­dicación parcial del mencionado Departamento, a partir del 19 de junio de 2018 .-

ARTÍCULO 2°.- Regístrese. Remítase copia a la Dirección Docente quien comunicará al Departamento de Electrónica. Pase a sus efectos al Consejo Directivo. Cumplido, vuelva a la

Dirección Docente a sus efectos.-

RESOLUCION Nº '.Jl <) R '9 / 'Ji 8

Dra. Claudia Leda MATTEO SeClll!a1o d3 Gezilón /lc¡¡démlca

FRctJl!ed ch lnganlerls Unlvarsid~d de Buenos Airas

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®lil UBA 1 ~· 1 1 Uni'IOfSidad do Buooos Aires :::.=-"''·'°'"

Expte. N° 23.537118

V IS TO:

! FACULTAD DE INOENIERIA ~ .............

Buenos Aires ,

Consejo Directivo

La Res. (C.D) Nº 711/18 mediante la cual se designa al ingeniero Emir Esteban SAAB en un cargo de Ayudante Primero Regular con dedicación exclusiva en el Departamento de Ingeniería Mecánica, y

CONSIDERANDO:

Que es necesario mod ificar el Artículo 2° de la mencionada resolución;

El informe efectuado por la Secretaría de Gestión Académica de Fs. 39;

Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y Personal Docente;

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA Re s uelve:

ARTI CULO l º.- Mod ificar el Artículo 2º de la Resolución (C.D) Nº 711 de fecha 3 de julio de 20 18 co mo se detall a a continuación;

Donde dice: " ... Designar al inge11iero Emir Esteban SAA B (Leg. Nº208. 165) ... "

Debe decir: " ... Confirmar al ingeniero Emir Esteban SAA B (Leg. Nº208. 165) ... "

ARTICULO 2º.- Regístrese. Remítase copia a la Secretaría de Gestión Académica. Pase a la Dirección General Académica (Dirección Docente) que comunicará a la Secretaría Administrati va y a la unidad académica correspondiente, que notificará al interesado. Pase a la Dirección de Personal a sus efectos. Cumplido, Archívese.

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RESOLUCIÓN Nº JL Resultado de la votación:

Votos Afirmativos: 1~---i '1 "-í'

au - t~·~ ~ ~~

,t Votos Negativos Abstenciones:

~=f'~ Excusaciones:

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Is 1- ~

~.¿:~ UBA ~) Universidad do Buon0& Airas 1 ~-1 ! FACULTAD

DE INOENIERIA ~ ......... A.ir.

Consejo Directivo

Buenos Aires, Expte. Nº 43 .541118

V IS TO: La Res. (C.D) Nº) 107/18 mediante la cual se designan a los doctores ingenieros

Sebastián Horacio CARBONETIO y Ricardo Javier IUZZOLINO como Profesores Adjuntos (interi no y sustituto, respecti vamente) en el Departamento de Electrónica, y

CONSIDERANDO:

Que es necesario mod ificar el Artículo l º de la mencionada resolución;

El informe efectuado por la Secretaría de Gestión Académica de Fs. 53;

Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y Personal Docente;

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA Res u e 1 ve:

ARTICULO 1°.- Modificar el Artícul o l º de la Resol ución (C.D) Nº 1107/1 8 de fecha 18 de septiembre de 2018 como se detall a a continuación;

Donde dice: f " ... debiendo cesar en su cargo de Profesor Adjunto Sustilltto con dedicación Parcial .. . "

Debe decir: " ... debiendo cesar e11 su cargo de Profesor Adjunto /merino con dedicación Parcial ... "

ARTICULO 2º.- Regístrese. Remítase cop ia a la Secretaría de Gestión Académica. Pase a la Dirección General Académica (Dirección Docente) que comunicará a la Secretaría Administrativa y a la unidad académica correspondiente, que notificará a los interesados. Pase a la Dirección de Personal a sus efectos. Cumplido, Archívese.

R~LUCIÓN Nº I

,,JL l. 1 Resultado de la votación:

Votos Negalivos: Votos Afirmativos:

Abstcnciones : 'I !'t 1 Excusaciones: J Total de.Consejeros: ~. ----~- Nº de Dictamen:

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P.-4~ UBA \D1' Universidad de Boenoa Airee 1 ~ I ~~= lll!!I FACULTAD ~ DE JNGENJERIA .a. ~•"-'-

1 Consejo Directivo

Buenos Aires, Expte. N° 46.68811 8

VISTO: La Res. (CD) N" 1073/18 mediante la cual se otorga licenc ia y designa a

. diferentes Docentes, en el Departamento de Química, y

CONSIDERANDO: Que es necesario modificar el Artículo 1 ºy dejar establecido la fuente de

erogac ión de la Resolución (CD) Nº 1073/ 18;

Que en la Res. (CD) N° 1073118 la Srta. SIMMS se halla comprendida dentro de las disposiciones contenidas en la Resolución (CD) Nº 1193/06 ya que a la fecha tiene su título profesional en trá mite;

Lo infonnado por la Secretaria de Gestión Académica a Fs. 16;

Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y Personal Docente;

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA Res u e 1 ve:

ARTICULO 1º. - Modificar e l Artículo 1° de la Resolución (CD) Nº 1073 de fecha 18 de septiembre de 20 18 como se detalla a continuación:

Donde dice: " ... en su cargo de Ayudante Primero con dedicación parcial, .. . "

Debe decir: " ... en su cargo de Ayudante Primero Interino con dedicación parcial, ... "

ARTICULO 2º.- La designación de la Señorita María Cristina SIMMS mediante Res. (CD) Nº 1073/1 8 tiene carácter transitorio y para su confirmación la interesada deberá acredi tar en el término de 180 días a partir del 18 de sept iembre de 20 18, su condición de egresada mediante la presentación de una fotocopia del título profesional antes la Dirección Docente, para la tramitación correspondiente.-

ARTICULO 3°.- Dejar establecido que la erogación emergente de lo dispuesco en la Resolución (CD) Nº 1073/18 se atenderá en Financiamiento 11.1.2 - Tesoro Nacional - Inc iso 1 - Gastos en Personal. -

ARTICULO 4º.- Regístrese. Remítase copia a la Secretaría de Gestión Académica. Pase a la Dirección General Académica (Direcc ión Docente) que comunicará a la Secretaría de Administrativa y al Departamento que corresponda, que notificará a los interesados. Pase a la Dirección de Personal a sus efectos. Cumplido, arehívese.-

Resultado de la votación:

1 ~I Votos Afirm~t1vos: Votos Negauvos:

_...,.__ Abstenciones: Excusaciones: Total de Consejeros:

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P-~ UBA ~111 UnlYWlldad de Buenos Aires

Expte.Nº 69.988118

VISTO:

l ~ I lll!!I FACULTAD ~ DE INGENIERIA .. ~ ................ Conse jo Directivo

Buenos Aires,

La nota presentada por el Departamento de Ingen iería Química elevando el pedido qe licencia con goce de haberes presentada por la Licenciada Ema Claudia CA VALLO en su cargo de Ayudante Primera Regular con ded icación parc ial, y

CONSIDERANDO:

Que dicha licenc ia se encuadra en el inciso a) del Artículo 15º de la Resolución (R) Nº 836n9 y es motivada para realizar una pasantía en Ambiental de la universidad de Perugia (Italia), en el marco de los estudios de Doctorado que desarrolla en esta Casa de Altos Estudios;

Lo infdrrnado por la Dirección de Personal y la Secretaría de Gestión Académica;

La autorización otorgada por la Subsecretaria de Planificación y Gestión Administrativa y Finanzas;

Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y Personal Docente;

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA

Re s u e 1 ve:

ARTICULO 1º.- Otorga r licencia con goce de haberes a la Licenciada Ema Claudia CA Y ALLO (Leg. Nº 203 .904) en su cargo de Ayudante Primera Regular con dedicación parcial, del Departamento de Ingeniería Química, por el período comprendido entre el 29 de septiembre y el 26 de octubre de 2018.-

ARTICULO 2º.- Es condición de la licencia otorgada dar cumplimiento a lo dispuesto en los puntos 1 y 2 del inciso a) del Artículo 15 de la resolución (R) Nº 836n9. Debiendo remitir el correspondiente in fo rme a la Secretaria de Investigac ión y Doctorado para su aprobación.-

ARTICULO 3º.- Regístrese. Remítase copia a la Sec retaría Académica. Pase a la Dirección General Académica (Dirección Docente) que comunicará a la Secretaría Administrati va y al Departamento correspond iente, que notificará a la interesada. Pase a la Direcc ión de Personal a sus efectos. Cumplido Archívese.-

RESOLUCIÓN Nº /

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i Lftu-NP 1 Resultado de la votación:

. Votos Afirmativos:

~Votos Negativos: Abstenciones: Excusaciones: Total de Consejeros: Dictamen Nº:

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@ UBA UniYefsldad da Buenos Aires =­.Ja¿~ ! FACULTAD

DE INGENIERIA ~ ... .__ ......

1 Cons e jo Directivo

Jf

Buenos Aires, de 2018.-

Expte. N°54.998118

VISTO: La Res. (CD) Nº 1088118 mediante la cual se otorga la licencia sin goce de

haberes a la Licenciada Valeria Andrea GOGNI en su cargo de Ayudante Primera regular con dedicación Parcial , en el Departamento de Matemática, y

CONSIDERANDO:

El informe a Fs.10 que modifica el obrante a Fs 6;

Que es necesario modificar el Artículo lº de la mencionada Resolución;

Lo informado por la Secretaria de Gestión Académica a Fs. 11;

Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y Personal Docente;

EL CONSEJ O DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA

R es u e 1 ve:

ARTICULO 1º.- Modificar la Resolución (CD) Nº 1088 de fecha 18 de septiembre de 20 18 como se detalla a continuación:

E11 el Artículo 1°: Donde dice: " ... por el periodo comprendido entre el 08 de agosto de 2018 y el 08 de agosto de 2019.-... "

Debe decir: " .. . por el periodo comprendido entre el 09 de agosto de 2018 y el 08 de agosto de 2019. -... "

ARTICULO 2°.- Regístrese. Remítase copia a la Secretaría de Gestión Académica. Pase a la Dirección General Académica (Dirección Docente) que comunicará a la Secretaría de Administrativa y al Departamento que corresponda, que notificará a la interesada. Pase a la Dirección de Personal a sus efectos. Cumplido, archívese.-

RESOLUCIÓN Nº

1

Afy!P 1 Resultado de \~ votación: 1-. _¡;_A....:.---1. Votos Afirmativos:

Votos Negativos:

1 "'Wk'"75 1 Abstenc~ones: Excusaciones: Total de Consejeros: Dictamen Nº

~---~

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UBA ~ l ~ I Unlve<>idad de Buenos Am 1 5':"' ! FACULTAD DE INGENIERIA ~,,..,.,..,,,.~

1 Consejo Directivo

Buenos Aires, Expte. Nº 67 .119/18

VISTO: La nota presentada por el Departamento de Física sol icitando la designación del lngeni~ro

Juan Ignacio SUAREZ ANZONERA ROSASCO como Jefe de Trabajos Prácticos Sustituto y del Señor Pablo María DELFINO como Ayudante Primero Sustituto, ambos con dedicación parcial , en el mencionado Departamento, y

CONSIDERANDO: Lo informado por el Departamento de Física en cumplimiento con lo dispuesto

en las Res (CD) N° 1507/88 y 3015/1 2 es procedentes efectuar las designaciones propuestas;

Que el Sr. DELFINO se halla comprendido dentro de las disposiciones contenidas en la Resolución (CD) Nº 11 93/06 ya que a la fecha tiene su título profesional en trámite;

Lo informado por la Dirección de Personal y la Secretaria de Gestión Académica;

La autorización otorgada por la Subsecretaria de Planificación y Gestión Administrativa y Finanzas

Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y Personal Docente;

EL CONSFJODIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA f • . ~

Resue l ve: i ¡,,,.P il ,~.,i..., .l!~M. . V ¡r / ,_;¿f 11'2.f'I•

ARTICULO!º.- Designar al Ingen iero Juan Ignacio SUAREZ ANWNE~OSASCO (Leg. , Nº 102. 174) como Jefe de Trabajos Prácticos Sustituto con dedicación parcial, d Departamento de Física, a partir de Ja fecha de la presente resolución y mientras dure Ja licencia del,¡~,., O RENO o en su defecto hasta el 28 de febrero de 20 19, otorgándosele licencia sin goce de haberes en su actual cargo de Ayudante Primero Regular con dedicación parcial, mientras se desempeíle en un cargo de mayor jerarquía.-

ARTICULO 2°.- Designar al Señor Pablo María DELFINO (Leg. Nº 192.458) como Ayudante Primero Sustituto con dedicación parcial, del Departamento de Física, a partir de Ja fecha de la presente resolución y mientras dure la licencia del I¡ig. SUAREZ ANZONERA ROSASCO o en su defecto hasta el 28 de febrero de 2019.- ~1<.Á..- ~ 11 Jf'~

ARTICULO 3º.- La des ignación del Señor Pablo María DELFINO tiene carácter transitorio y para su confirmación el interesado deberá acreditar en el término de 180 días de Ja fecha de la presente, su condición de egresado mediante Ja presentación de una fotocopia del título profesional antes Ja Dirección Docente, para Ja tramitación correspo ndiente.-

ARTICULO 4º.- La erogación emergente de lo dispuesto en Ja presente resolución se atenderá en Financiamiento 1 l. 1.2 - Tesoro Nacional - Inciso 1 - Gastos en Personal. -

ARTICULO 5°.- Regístrese. Remítase copia a la Secretaría de Gestión Académica. Pase a Ja Dirección General Académica (Dirección Docente) que co municará a la Secretaría de Administrativa y al Departamento que corresponda, que notificará a' Ji interesadi!: Pase a la Direcció n de Personal a sus efectos Cumplido, archívese - t~ ) ~~

RESOLUCIÓN Nº / . t ~'f;-Jd&Uv Resultado de la votación ~DS·--t·, v~ ,.~ f¡D

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@ UBA 1 ~1 .

Univeflidad de Buenos AJros ::_:,_ .........

Expte.Nº 64.981/18

V 1 STO:

!ll!!I FACULTAD ~ DE INGENIERIA .-.~ . ._ ......

1 Consejo Directivo

Buenos Aires,

La nota presentada por el Departamento de Fís ica elevando el pedido de licencia con goce de haberes presentada por el Ingeniero Eduardo POGGIO FRACCARI en su cargo de Jefe de Trabajos Prácticos Regular con dedicac ión parcial, y

CONSIDERANDO:

Que dicha 1 icencia se encuadra en el inciso a) del Artículo 15º de la Resolución (R) Nº 836n9 y es motivada por la realizac ión de una estadía de investigación y perfeccionamiento de técnicas de caracterización de sólidos en el Grupo ProCat de la Universidad de MALAGA, España;

Lo informado por la Dirección de Personal y la Secretaría de Gestión Académica;

La autorización otorgada por la Subsecretaria de Planificación y Gestión Administrativa y Finanzas;

Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y Personal Docente;

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA

Re s uelve:

ARTICULO 1º.- Otorgar licencia con goce de haberes al Ingeniero Eduardo POGGJO FRACCARI (Leg. Nº J 6 l.792) en su cargo de Jefe de Trabajos Prácticos Regular con dedicación parcial, del Departamento de Física, por el período comprendido entre el 03 de septiembre y el 12 de octubre de 2018.-

ARTICULO 2º.- Es condic ión de la licencia otorgada dar cumplimiento a lo dispuesto en los puntos 1 y 2 del inciso a) de l Artículo 15 de la resolución (R) Nº 836n9. Debiendo remitir e l correspondiente informe a la Secretaria de Investigac ión y Doctorado para su aprobación. -

ARTICULO 3º.- Regístrese. Remítase copia a la Secretaría Académica. Pase a la Dirección General Académica (Dirección Docente) que comunicará a la Secretaría Administrativa y al Departamento correspondiente, que notificará al interesado. Pase a la ~ Direcc ión de Personal a sus efectos. Cumplido Archívese.- rN ~~

Resultado de la votación: I • , I Votos Afirmativos: ib:s,_--k

z · _Votos Negativos: -. -¡_-~ i • Abstenciones: · '' 1 lu.~,.... 1 :5-'l v. 1 "j '

1 , • 1 Excusaciones: · I

RFSOLUCIÓNN" I i \J & 1/-1/f •j_e

J:~~ Total de Consejeros:

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f~1·1 UBA ;}~ ~ Universidad de Buenos Aires l ~ I !ll!!I FACULTAD ~ DE l.NG.E~IERIA 1 Consejo Directivo

Buenos Aires, Expte. Nº 73.948/18

VI STO:

La nota presentada por el Departamento de Ingeniería Química solicitando la designación del Señor Ezequiel Martín MADDALENA como Ayudante Segundo "Ad­Honorem ", en el mencionado Departamento, y

CONSIDERANDO:

Lo informado por el Departamento de Ingeniería Química en cumplimiento con lo dispuesto en las Res (CD) Nº 1507/88 y 3015/12 es procedentes efectuar la designación propuesta;

Lo informado por la Dirección de Personal y la Secretaria de Gestión Académica;

La autorización otorgada por la Subsecretaria de Planificac ión y Gestión Administrativa y Finanzas

Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y Personal Docente;

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENJERIA R es uelve:

ARTICULO 1º.- Designar al Señor Ezequiel Martín MADDALENA (D.N.L Nº 38.996.039) como Ayudante Segundo "Ad-Honorem", en la asignatura 76:46 Introducc ión a la Ingeniería Química, del Departamento de Ingeniería Química, a partir de la fecha de la presente resolución y hasta el 28 de febrero de 2019.-

ARTICULO 2º.- Regístrese. Remítase copia a la Secretaría de Gestión Académica. Pase a la Direcc ión General Académica (Dirección Docente) que comunicará a la Secretaría de Administrativa y al Departamento que corresponda, que notificará al interesado. Pase a la Dirección de Personal a sus efectos. Cumplido, archívese.-

RESOLUCIÓNNº I . j) .~f:>Oi1\ NP Resultado de Ja votación: @, S A\ l 1. VotosAfirmativos: ~-.>:>!="J.< ,fi-e--- (

. 1 Votos Negauvos: • /l V S,-. •. ti .J•· / 'l <V /'. 1 Abstonc iones: "l L<.~\Mo "' j .

Excusaciones:

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v Total de Co~sejeros: / I , ~ "-'--- Dictamen N J

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<B UBA 1 ~ 1 Unlversklad de Buenos Alnts :=._ .. ,_,.

Expte. Nº 42.263/ l 7

V 1 STO:

!11!1 FACULTAD ~ DE INGENIERIA .. ~ .............. 1 Consejo Directivo

Buenos Aires,

La Res. (CD) Nº 1216/18 mediante la cual se aprueba el dictamen del jurado para proveer cargos de Docentes Auxiliares Regulares, en al Departamento de Física,

CONSIDERANDO:

Que es necesario modificar el Artículos 2º de la Res (CD) Nº 1216/18;

Lo informado por el Departamento de Física y la Secretaria de Gestión Académica;

Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y Personal Docente;

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA Res u e 1 ve:

ARTICULO l°.· Modificar el Artículo 2º de la Resolución (CD) N° 1216 de fecha 02 de octubre de 2018 como se detalla a continuación:

Donde dice: "lng. MARGONARI, Eduardo José (1 cargo Res. 3146114) regular (leg Nº 56.602) "

Debe decir: "lng. MARGONARI, Eduardo José regular (leg N° 56.602) "

ARTICULO 2º .· Regístrese. Remítase copia a la Secretaría de Gestión Académica. Pase a la Direcc ión Genera l Académica (Dirección Docente) que comunicará a la Secretaría de Administrativa y al Departamento que corresponda, que notificará a los interesados. Pase a la Dirección de Persona l a sus efectos. Cumplido, archívese.-

RESOLUCIÓN Nº NP j Resultado de Ja votación:

'--'--"----' Votos Aíirmalivos: Velos Ncgalivos: Abstenciones:

L-1.l.l~::::i---1 Excusaciones· ~ Total de Consejeros Dictamen Nº \

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(~UBA ~ Universidad de Buenos Alfes l ~I !!11 FACULTAD

~ ~E l.~?.E~IE~IA 1 Consejo Directivo

Expte. N° 67.983/ 18 Buenos Aires,

VISTO: La nota presentada por el Departamento de Construcciones y Estructuras elevando la

renuncia presentada por el Ingeniero Martín Eduardo POLIMENI a su cargo de Ayudante Primero Regular con dedicación parcial, y sol icitando la baja y la designación de diferentes Docentes, en el mencionado Departamento, y

CONSIDERANDO: Que dicha renuncia es motivada por razones de índole personal;

Lo informado por el Departamento de Construcciones y Estructuras en cumplimiento con lo dispuesto en las Res (CD) Nº 1507/88 y 3015/12 es procedentes efectuar la designación propuesta;

Académica; Lo informado por la Dirección de Personal y la Secretaria de Gestión

La autorización otorgad a por la Subsecretaria de Planificación y Ges tión Administrativa y Finanzas

Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y Personal Docente;

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA Res u e 1 ve:

ARTICULO 1º.· Aceptar la renuncia presentada por el Ingeniero Martín Eduardo POLIMENI (Leg. N° 150.332) a su cargo de Ayudante Primero Regular con dedicación parcial, en uso de licencia sin goce de haberes, en el Departamento de Construcciones y Estructuras, a partir del O 1 de septiembre de 2018.-

ARTICULO 1º.. Dar de baja al Ingeniero Diego YGARTUA (Leg. N° 202.211 ) como Ayudante Primero Sustituto con ded icación parcial, quien venía desempeñándose por la licencia del Ing. POLIMENI, en el Departamento de Construcciones y Estructuras, a partir del O 1 de septiembre de 2018.-

Designar al Ingeniero Facundo GOMEZ (D.N.l. Nº 35.084.893) como Ay.udal) Primero Interino con dedicación parcial, en las asignaturas 74: 11 Cimentaciones y 94:09 Geotécn i' º ~plicada, del Departamento de Construcciones y Estructuras, a partir de la fecha de la presente resolución y hasta la sustanciación del respectivo concurso o en su defecto hasta el 28 de febrero de 2019.-

ARTICULO 4º.. La erogación emergente de lo dispuesto en la presente resolución se atenderá en Financiamiento 11 .1.2 - Tesoro Nacional - Inciso 1 - Gastos en Personal. -

ARTICULO 5º.· Regístrese. Remítase copia a la Secretaría de Gestión Académica. Pase a la Dirección General Académica (Dirección Docente) que comunicará a la Secretaría de Administrativa y al Departamento que corresponda, que notificará a los interesados. Pase a la Dirección de Personal a sus efectos. Cumplido, archívese.- f: V-;ff!· ,,--

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.-t'l UBA Unlv0tsldad d9 Buenos Aires

Expte. Nº64.51 l /18

VISTO:

l~I ! FACULTAD DE INGENIERIA ~(k._ ....... 1 Consejo Directivo

Buenos Aires, de 2018.-

La Res. (D) Nº 2551/18 mediante Ja cual se eleva la renuncia del lng. Tomás Andrés GONZALEZ y confirm'lfmio las designaciones de \)oci;;ntes, en el Departamento de Electrónica, y 1:e i:-uyvvm..O. <li•L,;.,1;,,

CONSIDERANDO: Que es necesario modificar el Artículo 4º de la Resolución del Señor

Decano Nº 2551;

Lo informado por la Secretaria de Gestión Académica a Fs. 16;

Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y Personal Docente;

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA

Re s u e 1 ve:

ARTICULO 1°.- Modificar la Resolución (D) Nº 2551 de fecha JO de septiembre de 2018 como se detalla a continuación:

E11 el Artículo 4º: Donde dice: " ... a partir del J° de septiembre de 2018 y hasta la sustanciación del respectivo concurso o en su defecto hasta el 28 de febrero de 2019, debiendo cesar en su actual cargo de Jefe de Trabajos Prácticos interino con dedicación parcial.- ... "

Debe decir: " ... a partir del 1° de septiembre de 2018 y hasta la sustanciación del respectivo concurso o en su defecto hasta el 28 de febrero de 2019. -... "

ARTICULO 2º.- Regístrese. Remítase copia a la Secretaría de Gestión Académica. Pase a la Dirección General Académica (Dirección Docente) que comunicará a la Secretaría de Administrativa y al Departamento que corresponda, que notificará a los interesados. Pase a la Dirección de Personal a sus efectos. Cumplido, archívese.-

RESOLUCIÓN Nº Resultado de la votación:

, " Votos Afirmati vos:

~y otos N~gati vos: Abstenciones:

1 Excusaciones: Total de Consejeros:

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~~ UBA ~ ~ldaddeBl.lene)l;Aha

Expte. N° 81.070/16

VISTO:

~ ;;:;::. ! FACULTAD DE INOENIEIUA ..-.....--- 1 Consejo Directivo

Buenos Aires, de 2018.-

La Res. (CD) Nº 4665/17 mediante la cual se otorga prórroga de licencia sin goce de haberes, al Doctor Ingeniero César Federico CAIAFA, en su cargo de Jefe de Trabajos Prácticos interino con dedicación Parcial, en el Departamento de Computación; y

CONSIDERANDO:

Que es necesario modificar el Artículo 1° de la Resolución 4665/l 7;

Lo informado por la Secretaria de Gestión Académica a Fs. 34;

Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y Personal Docente;

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA

Re s u e 1 ve:

ARTICULO l°.- Modificar el Artículo 1° de la Resolución (CD) Nº 4665 de fecha 09 de marzo de 2017 como se detalla a continuación:

Do11de dice: " .. . por el período comprendido entre el 1º de marzo de 2016 y el 28 de febrero de 2018.-... "

Debe dice: " .. . por el período comprendido entre el 1º de marzo de 2017 y el 28 de febrero de 2018.- ... "

ARTICULO 2°.- Regístrese. Remít~se copia a Ja Secretaría de Gestión Académica. Pase a la Dirección General Académica (Dirección Docente) que comunicará a la Secretaría de Administrativa y al Departamento que corresponda, que notificará al interesado. Pase a la Dirección de Personal a sus efectos. Cumplido, archívese.-

RESOLUCIÓN Nº

-, qh?s"--+i f . '(tª'S if s-°"

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Resultado de la votación:

1 ,, •

1 Votos Afirmativos:

r 1 Votos Negativos: Abstenciones:

1 ,C 'r . > ",' 1 Excusaciones: Total de Consejeros:

..._ ___ __. Dictamen Nº

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., ...

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/i~ UBA ~ Unlve<Sidad de Buenos Alnn l ~ I ! FACULTAD

DE INGENIERIA ~oe&.w•YM

Consejo Directivo

Buenos Aires,

Expte. N° 74.975/18

V I STO: L1 nota presentada por e l Departamento de Física solicitando la baja del Seílor

Miguel PEREZ ANDRADE en su cargo de Ayudante Segundo "Ad-Honore m", en e l mencionado Departamento, y

CONSIDERAND O:

Lo informado por la Direcc ión de Persona l y la Sec re ta ri a de Gestión Académica;

La autorización otorgada por la Subsecretaria de P lanificación y Gestión Administrativa y Finanzas

Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y Persona l Docente;

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERl A R es u e 1 ve: •

ARTICULO 1º.- Dar de baja al Señor Miguel PEREZ ANDRADE (D.N .!. 'Nº 39.559.627) en su cargo de Ayudante Segundo "Ad-Honorem", en e l Departamento de Física, a partir de la fecha de la presente resolución.-

ARTICULO 2°.- Regístrese. Remítase copia a la Secretaría de Gestión Académica. Pase a la Dirección General Académica (Dirección Docente) que comunicará a la Secretaría de Administrativa y al Departamento que corresponda, que not ificará a l inte resado. Pase a la

Dlfección de Persona l a sus efectos. Cumplido, archíveseíl.-

R ESO LUCIÓN Nº I Resultado de la votac16n. Votos Afirmativos 1/,'~ Votos Negativos· ' / ,. 11

-+.....,.'---i Abstenciones: /', L}¡;(;tf~~ · - )¡ ,.. Excusaciones: · /l ~ · Total de Consejeros. '"' ' tr""""'

Diclamen Nº S.JÁ"'° ¡?,Q j ~,,,,~ .. ()f¡~,0 L ~

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(!~ UBA \§1 Unlversldad de Buenos Aires l ~ I !ll!!!I FACULTAD \'IJ DE INGENIERIA ... ~•a-a"'-

Consejo Directivo

Expte. Nº 63.79711 8 y 64.883118

V IS TO:

Buenos Aires,

La nota presentada por el Departamento de Matemática elevando el pedido de prórroga de licencia sin goce de haberes presentado por el Señor Gonzalo HERNANDEZ en su cargo de Ayudante Segundo Regular y solicitando la designación del Señor Julio Maximiliano RAMIREZ OYHANARTE como Ayudante Segundo Sustituto, en el mencionado Departamento, y

CONSIDERANDO: Que dicha licencia se encuadra en el inciso c) del Artículo 15º de la Resolución

(CD) Nº 836n9 y es motivada por razones de índole personal ;

Lo informado por el Departamento de Matemática en cumplimiento con lo dispuesto en las Res (CD) N° 1507/88 y 3015/12 es procedentes efectuar la designación propuesta;

Que la designación del Sr. RAMlREZ OYHANARTE deberá prorrogarse con un nuevo pedido a partir del 01 de marzo de 20 19, por tratarse de una designación con carácter sustituto;

Académica; Lo informado por la Dirección de Personal y la Secretari a de Ges tión

La au torización otorgada por la Subsecretaria de Planificación y Gestión Administrativa y Finanzas

Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y Personal Docente;

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENlERIA R es u e 1 ve:

ARTICULO 1º.. Otorgar prorroga de licencia sin goce de haberes con car6cter de excepci6n e improrrogable al Señor Gonzalo HERNANDEZ (Leg. Nº 192.457) en su cargo de Ayudante Segundo Regular, del Departamento de Matemática, a partir del 21 de agosto de 2018 y hasta el 04 de marzo de 20 19.-

ARTICULO 2º.. Designar al Señor Julio Maximiliano RAMIREZ OYHANARTE (Leg. N° 204.075) como Ayudante Segundo Sustituto, del Departamento de Matemática, a partir de la fecha de la presente resolución y mientras dure la licencia del Sr. HERNANDEZ o en su defecto hasta el 28 de febrero de 2019.-

ART ICULO 3º.- La erogación emergente de lo dispuesto en la presente resolución se atenderá en Financiamiento 11 .1.2 - Tesoro Nacional ·Inciso 1 - Gastos en Personal. -

ARTICULO 4º.· Regístrese. Remítase copia a la Secretaría de Gestión Académica. Pase a la Dirección General Académica (Dirección Docente) que comunicará a la Secretaría de Administrativa y al Departamento que corresponda, que notifi cará a los interesados. Pase a la Dirección de Personal a sus efectos. Cumplido, archívese. -

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(iJ,~ UBA ~ UrJ\re<aldad de Buenos Aires l ~ I !ll!ll FACULTAD

~ DE INGENIERIA .. ~ . ....,. ..... 1 Consejo Directivo

Exp. Nº 71.345/18 Buenos Aires,

V IS TO:

La nota presentada por el Departamento de Ingeniería Mecánica elevando el pedido de licencia sin goce de haberes presentado por el Ingeniero Matías Ignacio LENSCHEN en su cargo de Jefe de Trabajos Prácticos Regu lar con dedicación parcial y solicitando la designación del Ingeniero Femando Sebastián AGUIRRE como Jefe de Trabajos Prácticos Sustituto con dedicación parcial, en e l mencionado Departamento, y

CONSIDERANDO:

Que dicha licencia se encuadra en el inciso c) del Artículo 15º de la Resolución (CD) Nº 836n9 y es motivada por rawnes de índole personal;

Lo informado por el Departamento de Ingeniería Mecánica en cumplimiento con lo dispuesto en las Res (CD) Nº 1507/88 y 3015112 es procedente efectuar la designación propuesta;

Que la designación del Ing. AGUIRRE deberá prorrogarse con un nuevo pedido a partir del 01 de marzo de 2019, por tratarse de una designación con carácter sustituto;

Académica; Lo in formado por la Dirección de Personal y la Secretaria de Gestión

La autorización otorgada por la Subsecretaria de Planificación y Gestión Administrativa y Finanzas

Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y Personal Docente;

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA Re s u e 1 ve:

ARTICULO I°.- Otorgar licencia sin goce de haberes con carácter de excepción al Ingen iero Matías Ignacio LENSCHEN (Leg. N° 174.976) en su cargo de Jefe de Trabajos Prácticos Regular con ded icación parcial , del Departamento de Ingeniería Mecánica, a partir del O 1 de septiembre de 2018 y hasta el 31 de agosto de 20 19 .-

ARTICULO 2º.- Designar al Ingeniero Fernando Sebastián AGUIRRE (D.N.!. Nº 3 1.542.743) como Jefe de Trabajos Prácticos Sustituto con dedicación parcial , en la asignatura 67:34 Proyectos de Instalaciones Térmicas, del Departamento de Ingeniería Mecánica, a partir de la fec ha de la presente resolución y mientras dure la licencia del Ing. LENSCHEN o en su defecto hasta e l 28 de febrero de 2019.-

ARTICULO 3º.· La erogación emergente de lo dispuesto en la presente resolución se atenderá en Financiamiento ! 1 1.2 - Tesoro Nac ional - Inciso 1 - Gastos en Personal. -

ARTICULO 4º.- Regístrese. Remítase copia a la Secretaría de Gestión Académica. Pase a la Dirección General Académica (Dirección Docente) que comu nicará a la Secretaría de Administrativa y al .Departamento que corresponda, que notificará a Id 'mere ados. Pase a la Dirección de Personal a

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· Votos Negativos: 'I . ~ Í\bstencioncs:

r--tt'!o'"-,...,.., Excusaciones: Tolal de Consejeros: Dictamen Nº

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@~· ~) ueA f Uruvemdad ~· Bueoos Ares =-..Ja¿---...... .... , ...... .. ! FACULTAD

DE INGENIERIA ~dfa..'(11,,_

Consejo Directivo

Buenos Aires, de 2018.-Expte. N°46.672/18

VISTO: La Res. (CD) Nº 1076/18 mediante la cual se designa al Doctor Héctor José

FASOLI como Profesor Asociado Interino con dedicación parcial, y

CONSIDERANDO:

Que es necesario dejar establecido la erogación con la cual se atenderá el nombramiento del Doctor Héctor José FASOLI;

La autorización otorgada por la Subsecretaria de Planificación y Gestión Administrativa y Finanzas en Fs. 10;

Lo informado por la Secretaria de Gestión Académica a Fs. 15;

Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y Personal Docente;

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA

R es u e 1 ve:

ARTICULO 1 º.- Dejar establecido que la designación del Doctor Héctor José FASOLI ( Legajo Nº 64.586) como Profesor Asociado Interino con dedicación parcial, en el Departamento de Química, dispuesto mediante Res (CD) Nº 1076 de fecha 18 de septiembre de 2018, se atenderá en Financiamiento 11.1.2 - Tesoro Nacional - Inciso 1 Gastos en Personal. -

ARTICULO 2°.- Regístrese. Remítase copia a la Secretaría de Gestión Académica. Pase a la Dirección General Académica (Dirección Docente) que comunicará a la Secretaría de Administrativa y al Departamento que corresponda, que notificará al interesado. Pase a la Dirección de Personal a sus efectos. Cumplido, archívese.-

Resultado de la yotación: ,, , I Votos Afirmativos:

1 " -'· ~~~~:n~~:~~os : f íl 1 1... , ~;:','~~ir.,~~eje.r os: ~~ -+¡ "' ;SJ fl<1Jf.>O j . . Dictamen N ~l'I i llv~ Q' 1 S-lk 1 ~

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l~I ~~; UBA r; Unlversldad de Buenos Aires

!!l!!!I FACULTAD ~ DE INGENIERIA .. ~die.- .......

1 Consejo Direc tivo

Buenos Aires, de 2018.-

Expte. Nº 64.622/18

VISTO: , La Res. (CS) Nº 1012/18, mediante la cual se designa al Doctor Martin Germán

GONZALEZ como Profesor Regular adjunto con dedicación parcial y solicitando la baja de la Doctora Liliana Inés PEREZ, como Profesor Adjunto regular con dedicación parcial y la baja del Ingeniero Carlos Miguel BARASCH como Profesor Adjunto Sustituto con dedicación parcial, en el Departamento de Física, y

CONSIDERANDO: Que es necesario fijar la fecha de alta de la mencionada Resolución;

Lo informado por la Dirección de Personal y la Secretaria de Gestión Académica;

La autorización otorgada por la Subsecretaria de Planificación y Gestión Administrativa y Finanzas

Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y Personal Docente;

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA R es u e l ve:

ARTICULO 1º.- Fijar el 01 de noviembre de 2018 como fecha de alta del Doctor Maitín Germán GONZALEZ (Leg. Nº 150.320) como Profesor Regular Adjunto con dedicación parcial, en las asignaturas: 62-01 Física I "A", 62-03 Física Tl "A",62-04 Física Il "B", 62-05 Física III, 62-06 Mecánica I, 62-07 Mecánica II, 62-08 Electromagnetismo "A", 62-09 Electromagnetismo " B", 62-10 y 82-05 Física del Estado Sólido, 62-11 y 82-04 Mecánica Racional, 62-13 Física lII "C", 62-15 Física lil "D", 62-18 Física de Fluidos, 82-01Física1, 82-02 Física II, 82-03 Física III, 82-06 Electromagnetismo, 82-07 Física III "B" del Departamento de Física.-

ARTICULO 2º.· Dar de baja a Ja Doctora Liliana Inés PEREZ (Leg. Nº 63 .259) en su cargo como Profesor Adjunto regular con .dedicación parcial , que se · encontraba en uso de licencia por cargo de mayor jerarquía, en el Departamento de Física, a partir del 01 de noviembre de 2018.

ARTICULO 3º.· ·:Dar de baja del Ingeniero Carlos Miguel BARASCH (Leg. Nº 80.752) en su cargo como Profesor A_djunto sustituto con dedicación parcial, quien ocupaba el cargo por la licencia de la Doctora Liliana Inés PEREZ, en el Departamento de Física, a partir del 01 de noviembre de 20 18.

ARTI CULO 4º.- La erogáción emergente de lo dispuesto en la presente resolución se atenderá en Financiamiento 11.1.2 ~ Tesoro Nacional - In~iso l - Gastos en Personal. -

ARTICULO 5°.- Regístrese. Remítase copia a la Secretaría de Gestión Académica. Pase a la Dirección General Académica (Dirección Docente) que comunicará a la Secretaría de Administrativa y al Departamento que c;orrespo_nda, que notificará a los interesados . Pase a la Dirección de Personal a sus efectos. Cwnplido, archívese.- . Q x· , 1

RESOLUCIÓN Nº / \ 3 / ¡>,;) ('~('i AMP Resultado de I~ votación: . e~--\'.•~" . S:.JA<J> \_ye.'.!" '• ¡~.

l• , Votos Afirmauvos: · -¡1_ .:. 5 ,,..;) 1.tc0ktJ J;¡ ·• ó''-;"f'i l· (t;::;-- • Volos ~egativos: ' ·O t W '""" e ~ ~ ,,. V.t . ):/, ">) Abstenciones: ~ l

Excusaciones: /f r ·- , ' r:t.t T,•~O>=J•= ¿.<'~'~; <· ,J, j (¡_.,..,,. // , D1c1amen Nº ~ _ -T~

(fl,~ UBA ~ Untversldad de Buenos Aires

Cudap - Uba Nº 66.110/ 18

VISTO :

l ~ I l!l F ACUL TAO :¡ ~E l.N_o:~IE~IA 1 Consejo Directi vo

Buenos Aires,

La propuesta formulada por el Departamento de Gestión solicitando autorización para llamar a concurso para proveer cargos de docentes auxiliares regulares, y

CONSIDERANDO:

Las disposiciones contenidas en el Estatuto del Personal Docente Auxi­liar de esta Facultad, en lo que a concursos de docentes auxiliares se refiere;

Lo dispuesto por las Resoluciones (C.D.) Nros 1507/88 y sus modificato- . rias, 7640/96 y el texto ordenado aprobado por Resolución (C.S.) Nº 6393/97;

Lo dispuesto en el punto 5 del Anexo de la Resolución (C.S.) Nº 2067/ 11;

Que la propuesta formulada por el Departamento de Gestión cuenta con la aprobación de su Consejo Asesor;

Lo elaborado por la Dirección Docente de la Secretaría Gestión Acadé-mica;

Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y Personal Docente;

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA

R ESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Llamar a concurso, entre ----------- inclusive, del corriente año para la provisión de cargos de docentes auxiliares regulares en el Departamento de Gestión, en el área de docencia que se indica, detallándose los docentes que se desempeñan al presente:

ÁREA DE DOCENCIA: Orgaiiización - Subarea: Información en las Organizaciones (Asignatura: 71. 13 Información en las Organizaciones)

Dos (2) Jefes de Traba jos Prácticos dedicación parcial

Ing. DUCREY, Ornar Lic. GALLI, Adriana Silvia

interino Leg. Nº l 08.549 interina Leg. Nº 144.289

Dos (2) Ayudantes Primeros dedicación parcial

Lic. P AEZ, Vivía.na Carolina lng. VEVER, Maria Elena

1 Grt/tH h5

interino Leg. Nº 126.504 (1 cargo) interino Leg. Nº 85.350

12 /S' ~l

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2

@) UBA 1 ~ 1 Universidad de Buenos Aires ~ ........ ! FACULTAD DE INQENIERIA

~---Al.-

1 C onsejo D i rectivo

Cudap - Uba Nº 66.110/18

ARTÍCULO 2°.- Designar a los docentes que se detal lan a continuación como miembros de los Jurados que entenderán en el concurso del área de docencia que se indica, quiénes ajus­tarán su actuación a lo dispuesto en e l Estatuto del Personal Docente Auxil iar y en las Resolu­ciones (C.D.) Nros 1507/88 y sus modificatorias, 7640/96 y e l texto ordenado ap robado por Resolución (C.S .) Nº 6393/97:

ÁREA DE DOCENCIA: Organización - Subárea: Información en las Organ izaciones (Asignatura: 71. 13 Información en las Organizaciones)

Ti tula res Suplentes

lng. Femando Hugo MARKDORF lng. Silvia Adriana RAMOS

Ing. Juan Antonio RAMONET Ing. Héctor Carlos REYES

lng. Pablo Osvaldo GUIDA Ing. Jórge César Carlos BURSKY

ARTÍCULO 3°.- Los trámites del presente concurso se ajustarán a las disposiciones con­tenidas en el Estatuto del Personal Docente Auxiliar y en las Resoluciones (C.D.) Nros 1507/88 y sus modificatorias, 7640/96 y el texto ordenado aprobado por Resoluc ión (C.S.) Nº

6393/97.-

ARTÍCULO 4°.- El Departamento no podrá admitir la inscripción a concurso de docentes

auxi liares que posean más de 65 años a la fecha de inscripción.-

ARTÍCULO 5°.- Hacer tomar conocimiento al docente mencionado en el Artículo 1° del Departamento de Gestión que se halla en concurso su propio cargo.-

ARTÍCULO 6°.- Dejar estab lecido que el cargo presupuestario, cuyo llamado a concurso se solic ita por el Artículo l º, está afectado a la fuente de Financiamiento 11 .1. l - Tesoro Na­cional - Inciso 1 - Gastos de Personal del Presupuesto de esta Facultad. -

ARTÍCULO 7°.- Regístrese. Publíquese. Tome conocimiento la Dirección Docente. Cum-

plido, siga a sus efectos al Departamento de Gestión. -

B.A Resultado de la vot

~ \\ Votos Afirmativos:

~~ Votos Negativos: Abstenciones:

' Excusaciones: Total de Consejero Nº de Dictamen :

/ J ación: . , MíJ'(>'J - ~. - S,.Jt'-;--

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RESOLUCION Nº

,(. ZA,A./¡ An'

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~.d~~·~··· 1 ~ 1 ! FACULTAD DE INGENIERIA

~---1 C onsejo Directivo

Cudap Nro. 39.599/17.-

Buenos A ires,

VISTO:

El dictamen del Jurado del concurso de docentes aux iliares regulares, del Departamento de Matemática, cuyo llamado fue dispuesto por las Resolución (C.D.) Nº 3 18/ I 8, y

CONSIDERANDO:

Que los trámites del mismo se ajustaron a las disposiciones contenidas en el Estatuto para el Personal Docente Auxiliar aprobado por Resolución (C.D.) Nº 1507/88 y sus modificatorias, así como a lo prescripto en la Resolución (C.D.) Nº 7640/96;

Que los señores Santiago GONZALEZ ZERBO y David Adrián LEVITAN cuyos cargos de Ayudantes Segundos en uso de licencia por cargo de mayor jerarquía se encontraban afectados al presente concurso, no se inscribieron al mismo;

Lo elaborado por la Dirección Docente de la Secretaría de Gestión Académica;

Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y Personal Docente;

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENrERJA

RE SUELVE:

ART ÍCULO 1°.- Aprobar el dictamen del Jurado que entendió en el concurso realizado para proveer cargos de docentes auxiliares regulares en el área de docencia que se indican, del Departamento de Matemática, fijándose el siguiente orden de mérito:

Área de Docencia: Probabilidad y Estadística (Asignaturas: 61-06 Probabilidad y Estadística A; 61-09Probabilidad y Estadística B; 81-03 Probabil idad y Estadística A; 81-04 Probabi lidad y Estadística B; 81-09 Probabilidad)

Ay ud antes Segundos (6 cargos)

! 0 Sr. COSA TTO AMMANN, Pedro Camilo 2° Sr. BERTALOT, Federico Matías 3° Sr. PUEBLA, Manuel Leandro 4° Sr. ERRAZQUIN, Martín Ignacio 5° Sr. PETROVlCH, José Luis Alejandro 6º Sr. QUINTEROS, Sergio Andrés 7° Sr. ZILBERSTEIN, Nicolás Martín 8° Sr. PORTOCARRERO MIRANDA, Michael Percy

ARTÍCULO 2º.- Designar a los siguientes docentes aux il iares regulares para desempeñar funciones en el área de docen_cia que se indica, del Departamento de Matemática, en los cargos que se detallan, a partir de la fecha de la presente resolución y-----------------------.-

Área de Docencia: Probabilidad y Estadística (Asignaturas: 61-06 Probabilidad y Estadistica A; 6 l-09Probabilidad y

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~UBA 1 =- 1 lil!IFACULTAD \W1 UrWeraldad de Bueoo1 .-Jret ~ ==- :¡ _D~ l.NO_E~IER~A 1 Consejo Directivo

Cudap Nro. 39.599/! 7.-

Estadística B; 81-03 Probabilidad y Estadística A; 81-04 Probabilidad y Estadística B; 8 1-09 Probabilidad)

Ayudantes Segundos

Sr. COSATTO AMMANN, Pedro Camilo (Leg. Nº 183. 166) Sr. BERTALOT, Federico Matías (Leg. Nº 163.096) Sr. PUEBLA, Manuel Leandro (Leg. Nº 148.447) Sr. ERRAZQUlN, Martín Ignacio (Leg. N° 206.884) Sr. PETROVICH, José Luis Alejandro (Leg. N° 173 .197) Sr. QUINTEROS, Sergio Andrés (Leg. Nº 181.434)

ARTÍCULO 3º.- Dar de baja a los siguientes docentes del Departamento de Matemática que se detallan a continuación, en los cargos que se indican, a partir de la fecha de la presente reso lución;

Ay uda ntes Segundos Interinos

Sr. BERTALOT, Federico Matías Sr. COSATTO AMMANN, Pedro Cami lo Sr. GONZALEZ ZERBO, Santiago Sr. LEVITAN, David Adrián Sr. PUEBLA, Manuel Leandro Sr. QUINTEROS, Sergio Andrés

Ayudantes Segundos Sustitutos

Sr. Sr.

RAMTREZ OYHANARTE, Julio Maximiliano ERRAZQUlN, Martín Ignacio

L/M/J L/M/J

(Leg. N ' 163.096) (Leg. N' 183.166) (Leg. N' 163.455) (Leg. Nº 170.384) (Leg. Nº 148.447) (Leg. Nº 181.434)

(Leg. Nº 204.075) (Leg. Nº 206.884)

ARTÍCULO 4°.- La erogación emergente de lo dispuesto en la presente resolución se atenderá por Financiamiento 11.1 . I - Tesoro Nacional - Inciso 1 - Gastos de Personal.-

ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Pase a la D irección Docente, la que comunicará a la Secretaría Administrativa y al Departamento de Matemática y por su intermedio a los interesados. Pase a sus efectos a la Dirección de Personal. Cumpl ido, archívese.-

RESOLUCTON Nº

r!jResultado de la votación :

,,. Votos Afirmativos: -'- Votos negativos: -

Abstenciones: -Excusaciones : -Total de Consejeros: -Dictamen N': -

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UBA Ul"liveBldad de Buenos Aires

Cudap - Uba Nº 70.256/18

VISTO:

=-­.....A.u.. ~-=-1!1!11 FACULTAD Uj DE INGENIERIA .. _.,. __ _ 1 C onsejo Direc t ivo

Buenos Aires,

La propuesta formulada por el Departamento de ingeniería Química solicitando autorización para llamar a concurso para proveer cargos de docentes auxiliares regulares, y

CONSIDERANDO:

Las disposiciones contenidas en el Estatuto del Personal Docente Auxi ­liar de esta Facultad, en lo que a concursos de docentes auxiliares se refiere;

Lo dispuesto por las Resoluciones (C.D.) Nros 1507/88 y sus modificato­rias, 7640/96 y el texto ordenado aprobado por Resolución (C.S.) Nº 6393/97;

Lo dispuesto en el punto 5 del Anexo de la Resolución (C.S .) Nº 2067/ 11 ;

Que la propuesta formulada por el Departamento de ingeniería Química cuenta con la aprobación de su Consejo Asesor;

Lo elaborado por la Dirección Docente de la Secretaría Gestión Acadé-mica;

Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y Personal Docente;

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA

RES UELVE:

ARTÍCULO 1°.- Llamar a concurso, entre --------------- inclusive, para la prov1s1on de cargos de docentes auxi liares regulares en el Departamento de ingeniería Química, en el área de docencia que se indica, detallándose los docentes que se desempeñan al presente:

ÁREA DE DOCENCIA: Fundamentos de la ingeniería Química - Subárea: Fenómenos de Transporte.-(Asignaturas: 76-47 Fenómenos de Transporte / 76-03 Operaciones Unitarias I)

Dos (2) Ayudantes Primeros con dedicación parcial

Ing. LUSTJNG, Sonia

ing. FORTUNA TO, Nicolás L/M/J

interina Leg. Nº 165.826

interino Leg. Nº 174.005

.~Lal/cÍw Ja~ J/1 w~il' f ~s~00~-A) ' ~lirf6 0 ff . <Ak, j,o' ptélfV

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~UBA 1 ~ 1 Universidad do Buenos Aires ~ ......... ! FACULTAD DE INGENIERIA ~ .. .._ ..... _ 1 Consejo Directivo

Cudap - Uba N° 70.256/ 18

ARTÍCULO 2º.- Designar a los docentes que se detallan a continuación como miembros de los Jurados que entenderán en el concurso del área de docencia que se indica, quiénes aj us­tarán su actuación a lo dispuesto en el Estatuto del Personal Docente Auxiliar y en las Resolu­ciones (C.D.) Nros 1507/88 y sus modificatorias, 7640/96 y el texto ordenado aprobado por Resolución (C.S.) Nº 6393/97:

ÁREA DE DOCENCIA: Fundamentos de la Ingeniería Química - Subárea: Fenómenos de Transporte. -(Asignaturas: 76-47 Fenómenos de Transporte / 76-03 Operaciones Unitarias I)

Titulares

Dra. Ing. Susana Adelina LARRONDO Dr. Ing. Femando Javier MARIÑO Dr. lng. María Laura DIEUZEIDE

Suplentes

Dra. Beatriz del Lujan, IRlGOYEN Ing. José Fernando MARTUCCI

ARTÍCULO 3º.- Los trámites del presente concurso se ajustarán a las disposiciones con­tenidas en el Estatuto del Personal Docente Auxiliar y en las Resoluciones (C.D.) Nros 1507/88 y sus modificatorias, 7640/96 y el texto ordenado aprobado por Resolución (C.S .) Nº 6393/97.-

ARTÍCULO 4°.- E l Departamento no podrá admitir la inscripción a concurso de docentes auxiliares que posean más de 65 años a la fecha de inscripción.-

ARTÍCULO 5°.- Hacer tomar conocimiento al docente mencionado en el Art.ículo 1° del Departamento de Ingeniería Qtúmica que se halla en concurso su propio cargo.-

ARTÍCULO 6°.- Dejar establecido que el cargo presupuestario, cuyo llamado a concurso se solicita por el Artículo 1°, está afectado a la fuente de Financiamiento 11. l.l - Tesoro Na­cional - Inciso 1 - Gastos de Personal del Presupuesto de esta Facultad .-

ARTÍCULO 7°.- Regístrese. Publíquese. Tome conocimiento la Dirección Docente. Cum-plido, siga a sus efectos al Departamento de Ingeniería Química.-

RESOLUCION Nº Resultado de la votación: Votos Afirmativos:

t-1"= - ;-, -;,---il Votos Negativos:

Abstenciones: Excusaciones: Total de Consejeros: Nº de Dictamen:

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@ UBA 1 ~ 1 Universidad ae B!.>8005 Aires =--, ....... . ! FACULTAD DE INGENIERIA ---- / Consejo Directivo

Cudap - Uba Nº 35.251/I 8

Buenos Aires, VISTO:

La propuesta formulada por el Departamento de fn geniería Quím ica, so licitando autorización para llamar a concurso .para proveer un cargo de docente aux iliar regular, y

CONSIDERANDO:

Las disposiciones conten idas en el Estatuto del Personal Docente Auxi­liar de esta Facultad, en lo que a concursos de docentes auxil iares se refiere;

Lo dispuesto por las Resoluciones (C.D.) Nros 1507/88 y sus modificato­rias, 7640/96 y el texto ordenado aprobado por Resolución (C.S.) Nº 6393/97;

2067/ ! !; Lo dispuesto en el punto 5 del Anexo de la Resolución (C.S.) Nº

Que la propuesta form ulada por el Departamento de Ingeniería Química cuenta con la aprobación de su Consejo Asesor;

Académ ica; Lo elaborado por la Dirección Docente de la Secretaría de Gestión

Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y Personal Docente;

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO l º.- Llamar a concurso, del ----de------ hasta el -----de------, inclusive, del corriente año, para la provisión de un cargo de docente auxi li ar regular en el Departamento de fngen iería Química, en el área de docencia que se indica, detal lándose el docente que se desempeña al presente:

Área de Docencia: Fundamentos de la Ingeniería Química - Subarea: Operaciones Unitarias. (Asignaturas: 76 .60 Laboratorio de Operaciones y Procesos)

Un(]) Jefe de Traba jos Prácticos con dedicación parcial

lng. VILLA VERDE, María Soledad interina Leg. Nº 147.440

Dos (2) Ayudantes Primeros con dedicación parcial

lng. ALVARO, Paulo Gonzalo lng. PELINSKI, Román Nicolás

interino Leg. Nº 148.863 interino Leg. Nº 164.058

ARTÍCULO 2º.- Designar a los docentes que se detallan a continuación como miembros de los Ju rados que entenderán en el concurso en el área de docencia que se indica, qu iénes ajustarán su actuación a lo dispuesto en el Estatuto del Personal Docente Auxiliar y en las

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(.{~~ UBA 1 ~ 1 · FACULTAD w UnivBfsiaad d• au.noa Am ~ ! ~E ·-~~~~~l _ERIA / Consejo D;rectlvo

Cudap - Uba N° 35 .25 1/ 18

Reso luciones (C.D .) Nros 1507/88 y sus modifica torias, 7640/96 y el texto ordenado aprobado por Resolución (C.S.) Nº 6393/97 :

Área de Docencia: Fundamentos de la Ingeniería Química- Subarea: Operaciones Unitar ias . (As ignaturas: 76.60 Laboratori o de Operac iones y Procesos)

Titula res Su plent es

lng. Dr. lng. Dr. lng.

Anton io Pedro VfDELA Mauricio CHOCRÓN

lng. Ana María LOPEZ UB ERTELLA Jng. Ignac io Daniel IGLES IA S

Aníba l José Antonio ZAN IN1

AH.Ti CULO 3".- Los trám ites del presente concurso se ajustarán a las dispos iciones con­ten idas en el Estatuto del Personal Docente Auxi liar y en las Resoluciones (C. D.) Nros 1507/88 y sus modifi catori as, 7640/96 y el texto ordenado aprobado por Resoluc ión (C.S.) Nº 6393/97.-

ARTÍCULO 4°.- El Departamento no podrá admitir la inscripción a concurso de docentes auxili ares que posean más de 65 afios a la fecha de inscripción .-

ARTÍCULO 5".- Hacer tomar conocimiento a los docentes mencionados en el Artículo 1° de l Departamen to de Ingeniería Química, que se hallan en concurso sus propios cargos.-

ARTÍCULO 6º.- Dejar establecido que el cargo presupuestari o, cuyo ll amado a concurso se so lici ta por el Artículo !º, está afectado a la fuente de Financiam iento 11. l . l - Tesoro Nac ional - Inciso 1 - Gastos de Personal del Presupuesto de esta Facultad.-

ART ÍCU LO 7°.- Regístrese. Publíquese. Tome conocim iento la Dirección Docente . Cum-plido, s iga a sus efectos al Departamento de Ingeniería Quím ica.-

RESOLUCION Nº Resultado de Ja votac ión:

rl~.----i Votos Afirmat ivos: Votos Negativos: Abstenciones:

r---r---.. Excusaciones:

Total de Consejeros:

'-----~ Nº de Dictamen:

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~. ueA l ~ I Universidad de Buenos Alres :==.-........ 1 C onsejo Directivo ! FACULTAD DE INQENIERIA

....--- .... --Cudap Uba Nº 73 .573/18

Buenos Aires,

VISTO :

Que debe procederse al llamado a concurso del cargo de Profesor R egular cuyo nombramiento en tal carácter venció, por aplicación de los artículos 44 y 45 de l Estatuto de

la Universidad de Buenos Aires, y

CONSIDERANDO:

Que esta Casa de Estudios cuenta con los recursos presupuestarios ne­cesarios para atender la provisión del cargo que se detalla en la presente resol ución;

Lo previsto en ese sentido por el t.o . - Resolución (C.S.) Nº 4362/ 12, por la que el Consejo Superior aprueba el Reglamento para la provisión y renovación de cargos de p rofesores regulares en el ámbito de la Universidad de Buenos Aires;

Lo elaborado por la Dirección Docente de la Secretaría de Gestión

Académica;

Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y Personal Docente;

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA

RE SUELVE :

ARTÍCULO 1°,- Solicitar al Consejo Superior de la Universidad de Buenos Aires, la autorización necesaria para proceder al llamado a concurso de un cargo de Profesor Regular Adjunto con dedicación parcial , en el área de docencia : "Fundamentos de la Ingeniería Química", subárea: Aplicaciones de la Ingeniería Quirnica V (Asignatura Obligatoria: 76-45 Termodinámica de los Procesos, del Departamento de Ingeniería Química (Docente que renueva el cargo : Ing. Jorge Alberto Femando CAMPANELLA

Leg. Nº 62.165). -

ARTÍCULO 2º,- Dejar establecido que el cargo presupuestario, cuyo llamado a concurso se so licita por el Artículo 1 º, están afectado a la fuente de Financiamiento 11 . l. l -Tesoro Nacional - Inciso 1 - Gastos de Personal del Presupuesto de esta Facultad .-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Pase a los fines que corresponda a la Dirección Docente.

E lévese a la U niversidad de Buenos Aires a sus efectos.-

RESOLUCION Nº - - -

A.M Res Vot Vot Abs Exc Tot Nº 1

otación: os:

ros:

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tln~!..,ad de Bu-• >J~• \ ~ \ ! FAC U LTAD DE INGENIERIA

~ ... -""'- \ C onsejo Directivo

Cudap - Uba N° 70.251 / 18.-

Buenos Aires,

VISTO: La propuesta fo rmulada por el Departamento de Ingeniería Química

so licitando autorización para llamar a concurso para proveer cargos de docentes auxiliares

regulares, y

CONSIDERANDO: Las dispos iciones contenidas en el Estatuto del Personal Docente Auxi­

liar de esta Facultad, en lo que a concursos de docentes auxiliares se refiere;

Lo d ispuesto por las Resoluciones (C.D.) Nros 1507/88 y sus mod ificato­

rias, 7640/96 y e l texto ordenado aprobado por Resolución (C.S.) Nº 6393/97;

Lo dispuesto en el punto 5 del Anexo de la Resolución (C.S .) Nº

2067/1 1; Que la propuesta formulada por el Departamento de Ingeniería Química

cuenta con la aprobación de su Consej o Asesor;

Lo elaborado por la Dirección Docente de la Secretaría de Gestión Aca-

démica; Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y Personal Docente;

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA

RESU E LV E :

ARTÍCULO 1°.- Llamar a concurso, entre el------ de ------- y el ------- de ------ de 20 18, inclusive, para la provisión de cargos de docentes auxiliares regulares en el Departamento de lngeniería Química, en el en e l área de docencia que se indica a continuac ión:

Área de Docencia : Aplicaciones de la lngeniería Química-Subárea: Aplicaciones de la

Ingeniería Química V1 (Asignatura: 76-09/76-56 Instrumentación y Control de Plantas Químicas; 76-43 lnstru!Tjentación y Contro l)

Un (l) Jefe de Traba jos Prácticos con dedicación parcial

Vacante lng. GALANTERNIK, N icolás regular

Dos (2) Ayudantes Primeros con dedicación parcial

lng. AKAUl, Axel Hernán interino lng. MORl, Federi co interino

Leg. Nº 152.34 1

Leg. Nº 19 1.723 Leg. Nº 169.242

ARTÍCULO 2º.- Designar a los docentes que se detallan a continuación como miembros de los Jurados que entenderán en el concurso de las asignaturas que se indican, quiénes ajusta­rán su actuación a lo d ispuesto en el Estatuto del Personal Docente Auxiliar y en las Resolu-

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~UBA 1 ~ 1 Unlversldad de Buenos Aires ::.=-. ···-·· ! FA C ULTAD

DE INGENIERIA

~·--\ Con s ejo Directivo

Cudap - Uba Nº 70.251 /1 8.-

Área de Docencia: Aplicaciones de la Ingeniería Química - Subárea: Aplicac iones de la Ingeniería Química VI (Asignatura: 76-09176-56 Instrumentación y Contro l de Plantas Químicas; 76-43 Instrumentac ión y Control)

Titula res Suplentes

Dra. lng. lng.

Aníbal José Antonio ZANINI Fernando José MARTUCCI

lng. Flavia Eleonora FEU CIONT lng. Conrado GONZALEZ

Tng. Juan Ignacio EUGENJO RUSSMANN

ARTÍCULO 3º.- Los trámites del presente concurso se ajustarán a las disposiciones conte­nidas en el Estatuto del Personal Docente Auxiliar y en las Resoluciones (C.D .) Nros 1507/88 y sus modificatorias, 7640/96 y el texto ordenado aprobado por Resolución (C.S.) Nº

6393/97.-ARTÍCULO 4°.- El Departamento no podrá admitir la inscripc ión a concurso de docentes auxiliares que posean más de 65 años a la fecha de inscripción.-

ARTÍCULO 5º.- Hacer tomar conocimiento al docente mencionado en e l Artículo !º del Departamento de Ingeniería Química que se hallan en concurso sus propios cargos.-

ARTÍCULO 6º.- Dejar establecido que los cargos presupuestarios, cuyos llamados a concurso se so licita por el Artículo 1 º, están afectado a la fuente de Financiamiento 11 .1.1 -Tesoro Nac ional - Inciso 1 - Gastos de Personal del Presupuesto de esta Facultad .-

ARTÍCULO 7º.- Regístrese. Publíquese. Tome conocimiento la Dirección Docente. Cum­plido, siga a sus efectos al Departamento de Ingeniería Química.-

RESOLUCION Nº Resul tado de Ja votación:

¡o 1 , I Votos A firma ti vos: ' ' ' ' Votos Negati vos:

1 • , , Abstenciones:

· 1 Excusaciones: Total de Consejeros:

._ ____ _, Nº de Dictamen:

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@. ueA l ~ I Universidad de Buen<MI Aires :::=.-,.,.._,. ! FACULTAD D E l.NOE NIERIA

~ ... -~-Conse jo D irecti vo

Cudap- Uba Nº 73.918/ 18.-

Buenos Aires,

VISTO: La propuesta formulada por el Departamento de Ingeniería Química sol icitando

autorización para llamar a concurso para proveer cargos de docentes auxi liares regulares, en la asignatura que se indica a continuación, y

CONSIDERANDO:

Las disposiciones contenidas en el Estatuto del Personal Docente Auxi­liar de esta Facultad, en lo que a concursos de docentes auxiliares se refiere;

Lo dispuesto por las Resoluciones (C.D.) Nros 1507/88 y sus modificato­rias, 7640/96 y el texto ordenado aprobado por Resolución (C.S.) Nº 6393/97;

Lo dispuesto en el punto 5 del Anexo de la Resolución (C.S.) Nº

2067/ 11;

Que la propuesta formu lada por el Departamento de Ingeniería Quím ica

cuenta con la aprobación de su Consejo Asesor;

Lo elaborado por la Dirección Docente de la Secretaría de Gestión Aca-

démica;

Lo aconsejado por la Com isión de Concursos y Personal Docente;

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA

RES UELVE:

ARTÍCULO 1°.- Llamar a concurso, entre el ------ de------- y el------- de------ de 2018, inclusive, para la provisión de cargos de docentes auxi liares regulares en el Departamento de Ingeniería Química, en la asignatura que se indica:

Asignatura : 76-45 Termodinámica de los Procesos

Dos (2) Ayudantes Primeros con ded icación parcial

Srta. TELLO, Vanesa Sr. LOPEZ TORRES, Luciano

interina interino

Leg. Nº 169.71 5 Leg. Nº 206.882

ARTÍCULO 2º.- Designar a los docentes que se detallan a continuación como miembros de los Jurados que entenderán en el concurso de las asignaturas que se indican, quiénes aj usta­rán su actuac ión a lo di spuesto en el Estatuto del Personal Docente Auxiliar y en las Resolu­ciones (C.D.) Nros 1507/88 y sus modificatorias, 7640/96 y el texto ordenado D bado por

Resolución (C.S.) Nº 6393/97: \ ~

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(i) UBA 1 ~ 1 Unlv6l'llkl&d de Buenos Alr- =---. ......... ! FACULTAD D E IN G ENIEAlA

~---

C onsejo D irectivo

Cudap- Uba Nº 73.918/ 18.-

As ignatura: 76-45 Termodinámica de los Procesos

Ti tulares Suplentes

Dra. Beatriz del Luján IRJGOYEN Dra. Norma Elvira AMADEO Dra. Ing. María Laura D!EUZEIDE Dr. lng. Femando Javier MARIÑO

Dr. Tng. Ignacio Daniel IGLESIAS

ARTÍCULO 3º.- Los trámites del presente concurso se ajustarán a las disposiciones conte­nidas en el Estatuto del Personal Docente Auxiliar y en las Resoluciones (C .D.) Nros 1507/88 y sus modificatorias, 7640/96 y el texto ordenado aprobado por Resolución (C.S .) Nº 6393/97.-ARTÍCULO 4°.- El Departamento no podrá admitir la inscripción a concurso de docentes auxiliares que posean más de 65 años a la fecha de inscripción.-

ARTÍCULO 5°.- Hacer tomar conocimiento al docente mencionado en el Artícu lo 1º de l Departamento de Ingeniería Química que se hallan en concurso sus propios cargos.-

ARTÍCULO 6º.- Dejar establecido que los cargos presupuestarios, cuyos llamados a concurso se so licita por el Artícu lo lº, están afectado a la fuente de Financiamiento 11.1.I -Tesoro Nacional - Inciso l - Gastos de Personal del Presupuesto de esta Facultad.-

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Resultado de Ja votació Votos A firma ti vos :

\,~J Votos Negativos: Abstenciones:

ARTÍCULO 7º.- Regístrese. Publíquese. Tome conocimiento la Dirección Docente. Cum­plido, siga a sus efectos al Departamento de Ingeniería Quím ica.- ! RESOLUCION Nº I i ~

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Excusaciones: Total de Consejeros: Nº de Dictamen: lf/:;11.

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UBA Universidad de Buenos Aires \ ~ \ 11 FACULTAD

:. DE INGENIERIA \ Consejo Directivo

Cudap. Uba N° 62.258/J 6.-Buenos Aires,

VISTO: El dictamen del Jurado designado por Resoluciones Nros (C.S.) Nº 8073/ 17 y

(D) 2166/18, que entendió en el concurso para proveer un cargo de Profesor Regular Titular con dedicación semiexclusiva, por aplicación de los Artículos 44 y 45 del Estatuto Universitario, en el área de docencia "Mecánica del Sólido Il", área de investigación : "Dinámica de Estructuras - Análisis Sísmico - Seguridad Estructural" del Departan1ento de Estabilidad, y

CONSIDERANDO:

Que los trámites del concurso se han ajustado a los términos del t.o.-aprobado por Reso luciones - (C.S.) N° 4362/12 y Resoluciones (C.S) Nros 6921102 y 5880/ 16;

Que el Jurado integrado por los ingenieros Daniel Eduardo MESA, Rogelio Daniel PERCIV ATI FRANCO y Edgardo Luis LIMA, proponen por unanimidad, la renovación del doctor Raúl Domingo BERTERO, como Profesor Regular Titular con dedicación semiexclusiva, promocionándoselo a la jerarquía de Profesor Titular Plenario;

Que la Facultad cuenta con los fondos necesarios para cubrir el cargo concursado, dado que el doctor Raúl Domingo BERTERO (Leg. Nº 82.837) revista como Profesor T itular Regular con dedicación semiexclusiva, cargo destinado al presente

concurso;

Que ello se ajusta a las disposiciones contenidas en los artículos 40 y 61 del Reglamento para la Provisión de Cargos de Profesores Regulares Titulares, Asociados y Adjuntos, (t.o. resolución -C.S. Nº 4362/12;

Lo elaborado por Ja Dirección Docente de Ja Secretaría de Gestión Académica;

Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y Personal Docente;

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERlA

Res u e 1 ve:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el dictamen del Jurado designado por Resoluciones Nros (C.S.) Nº 8073/17 y (D) 2 166/ 18, que entendió en el concurso para proveer un cargo de Profesor Regular Titular con dedicación semiexclusiva, por aplicación de los artículos 44 y 45 del Estatuto Universi tario, en el área de docencia "Mecán.ica del Sól ido JI", área de investigación: "Dinámica de Estructuras - Análisis Sísmico - Seguridad Estructural" del Departamento de

Estabilidad de esta Facultad.-

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UBA Universidad de Buenos Aires l ~ I ! FACULTAD

DE INGENIERIA ~1»8uolnot""-

1 Consejo Directivo

Cudap. Uba Nº 62.258/16.-

ARTÍCULO 2°.- Proponer al Consejo Superior de la Universidad de Buenos Aires, la designación del doctor Raúl Domingo BERTERO (D.N.I. Nº 11.635.298 - Clase 1955), como Profesor Regular Titular Plenario con dedicación serniexclusiva en el área de docencia "Mecánica del Sólido II", área de investigación: "Dinámica de Estructuras -Análisis Sísmico - Seguridad Estructural" del Departamento de Estabilidad de esta Facultad.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Pase a Ja Dirección Docente para que notifique a Ja aspirante. Cumplido, elévese a la Universidad de Buenos Aires a sus efectos.-

RESOLUCIÓN Nº A.M 1 Resultado de Ja

-t-6~ f s1"""' l~ votación: ~ ...... -t; -~ Votos Afirmativos: - .~ ~ lk_,.): 3., ,,1 í ~ Votos Negativos

1----'~1---1 Abstenciones

Excusaciones Total de Consejeros: Nº de Dictamen: -.._ ___ __.

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~USA 1 ~ 1 Universidad de Buenos Aires ~_........ ... ....... ! FACULTAD DE INGE NIERIA ~ .. a.....- .....

C onsejo D irectivo

Cudap. Uba. 6.784/ 17.-

Buenos Aires,

VI S TO: El dictamen del Jurado designado por Reso lución (C.S.) Nº 142/18, que

entendió en el concurso para proveer un cargo de Profe$or Regular Ti tular con dedicación parcial, en el área de docencia : "Hormigón" área de investi gación: "Ingeniería Civil -Ingeniería Estructural - Modelación Constitutiva: Falla de Hormigón bajo distinto grado de con.fi namiento. Teorías constitutivas para predecir el comportamiento bajo acciones tiempo dependientes" de l Laboratorio de Materiales y Estructuras, y

CONSIDERANDO: Que los trámites del concurso se han aj ustado a los términos del Lo.­

aprobado por Resolución - (C.S.) N° 4362/12 y Resoluciones (C.S) Nros 692 1/02 y

6838/17; Que el Jurado integrado por el ingenieros Raúl HUSNI, Roberto

CARRETERO y Enrique Emilio GALINDEZ, proponen por unanimidad, la designación de l lng. José Guillermo ETSE, como Profesor Regular TituJar con dedicación parcial;

Que la Facul tad cuenta con los fondos necesarios para cubrir el cargo concursado, dado que el ingeniero José Guillermo ETSE (Leg. Nº 153.356) revista como Profesor Titular interino con dedicación parcial, cargo destinado para el presente concurso;

Que ello se ajusta a las disposiciones contenidas en el artículo 40 de l Reglamento para la Provisión de Cargos de Profesores Regulares Titulares, Asociados y Adjuntos, (t.o. resolución - C.S. Nº 4362/12;

Lo elaborado por la Dirección Docente de la Secretaría de Gesti ón

Académica;

Lo aconsejado por la Comi sión de Concursos y Personal Docente;

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENl ERI A

Re s u e 1 ve:

ARTÍCULO 1 º.- Aprobar el dictamen del Jurado designado por Resolución (C.S.) Nº 142/18, que entendió en el concurso para proveer un cargo de Profesor Regular Titular con dedicación parcial, en el área de docencia: "Hormigón" área de investigación: " Ingeniería Civil - Ingeniería Estructural - Modelación Constitutiva: Falla de Hormigón bajo distinto grado de con.finamiento. Teorías constitutivas para predecir el comportamiento bajo acciones tiempo dependientes" del Laboratorio de Materiales y Estructuras de esta

Facultad.-

ARTÍCULO 2°.- Proponer al Consejo Superior de la Universidad de Buenos Aires, la designación del ingeniero José Guillermo ETSE (D.N.I. N° 12.075 .817 - Clase 1958), como Profesor Regular Titular con dedicación parcial, en el área de docencia: "Hormi gón" área de investigación: "Ingeniería Civi l - Ingeniería Estructural - Modelación Constitutiva: Fall a de Hormigón bajo distinto gradoxe nfinamiento. TJeorías constitutivas para predecir

~ I A k· _ $ ,yil<tO~ 10 / '-1 o < JI/ . '2!J \ÁO o (J))

~USA 1 ~ 1 Universidad de Buenos Aires ~~ ,., .... ,. ! FACULTAD DE INGENIERIA ~ .. - .......

Consejo D irectiv o

~

el comportamiento bajo acciones tiempo dependientes" del Laboratorio de Materiales y Estructuras de esta Facultad. -

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Pase a la Dirección Docente para que notifique al aspirante. Cumplido, elévese a la Universidad de Buenos Ai res a sus efectos.-

RESOLUCIÓN Nº A.M Resul tado de la votació n:

Votos Afirmativos: -Votos Negativos: Abstenciones: Excusaciones: Total de Consejeros: -Nº de Dictamen: -

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