Informe Cuentas Gari Son Ramonell

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INFORME JURIDICO, LABORAL Y CON TABLE SOBRE LA ENTIDAD

URBANISTICA DE CONSERVACION DE SON RAMONELL (E.U.C.S.

RAMONELL)

1.ANTECEDENTES.

Con fecha 26 de febrero de 2007, los propietarios de pareelas, viviendas

unifamiliares situadas en parcelas individuales y de viviendas pareadas y/o adosadas

perteneeientes a urbanizaeiones privadas. Todas elias ubicadas en la Urbanizaci6n Son

Ramonell, en el termino municipal de Marratxi. Recibieron durante la primera quincena

del mes de marzo de 2007, mediante el proeedimiento de buzoneo, una comunicacion

de G&R Administraciones Gari, con domicilio en la Calle Caro, 30, bajos, de Palma de

Mallorea, aeompafiada de un listado de gastos generados por la Entidad Urbanistica de

Conservaci6n de Son Ramonell (B.U.C.S. Ramonell). El listado se presentaba

desglosado por partidas.

En dicha comunicacion se les reclamaba a un numero determinado de

propietarios unas cantidades en concepto de participacion en los gastos de

mantenimiento y funcionamiento de Ia eitada Entidad Urbanistica. Ademas se les

informaba que estas eantidades debian hacerse efectivas antes del dia 30 de marzo de

2007. Para ello, G&R Administraeiones Gari facilitaba dos euentas bancarias en las

entidades de Sa Nostra y Banea March.

Dadas las numerosas quejas y dudas planteadas por un numero importante de

propietarios sobre la eitada comunicacion, la Asociacion de Vecinos de Son Ramonell,

con exc1usiva finalidad de canalizar dichas inquietudes, convoco una reunion

informativa el dia 16 de marzo de 2007 a la que invito a todos los propietarios quequisieran asistir asi como al despacho de G&R Administraciones Gari (se le comunico

mediante burofax). La finalidad que se perseguia era de la que por parte del citado

despacho se contestasen a las preguntas y con ello se aclarasen las dudas de los

propietarios asistentes.

A esta reunion informativa no asistio ningun represent ante del despacho de G&R

Administraeiones Gari por 10 que los propietarios presentes en dieha reunion tomaron

entre otras decisiones la de remitir dos eomunieaeiones, una al eitado despacho y otra al

Ayuntamiento de Marratxi.

Con fecha 04 de abril de 2007, es enviada por la Asociaei6n de Vecinos de Son

Ramonell al despaeho de G&R Administraeiones Gari (mediante burofax), una

comunicacion informandoles de que los propietarios asistentes habian decidido:

1. Revisar por personal contratado por la Asociacion de Vecinos de Son

Ramonell con la capacidad y conocimientos neeesarios la distribuci6n de

todos los gastos reflejados en el listado adjuntado por G&R

Administraciones Gari.

2. Revisar la distribuei6n del coefieiente de participacion asignado a eada

propietario.

3. Revisar los Estatutos y/o normas de constitucion y funeionamiento de la

Entidad Urbanistica de Conservaci6n de la Urbanizaci6n Son Ramone1l.

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4. Revisar las Aetas de las Juntas celebradas, asi como los acuerdos

adoptados.

5. Revisar las provrsiones realizadas en funci6n de los presupuestos

aprobados y prorrogados.

6. Revisar las facturas de los correspondientes gastos reflejados en la

Iiquidacion.

Tambien fue presentado con fecha 09 de abril del 2007 en el Registro General

del Ayuntamiento de Marratxi, un escrito de la Asociaci6n de Vecinos Son Ramonell

informando sobre las decisiones tomadas.

Con fecha 15 de junio de 2007, es remit ida por Ia Asociacion de Vecinos de Son

Ramone1I una segunda comunicacion al despacho G&R Administraciones Gad

(mediante burofax), informandoles sobre la designacion de los siguientes profesionaIes:

1. Sr. Juan Verger Gomiia (Abogado)

2. Sr. Pedro Santiago Hernandez Pastor (Administracion y Direccion;

Relaciones Laborales).3. Sr. German Enrique Sarmiento GOmez (Contable).

AI objeto de que procedieran en nombre y representacion de los propietarios de

la Urbanizacion Son Ramonell que as! 1 0 decidieron a la revision juridica, laboral y

contable de los documentos, cuentas y cualquier otro aspeeto que pudiera afectarles

directa 0 indirectamente.

Tambien, fue presentado con Ia misma fecha, 15 de junio de 2007, en el Registro

General del Ayuntamiento de Marratxi un escrito de Ia Asociacion de Vecinos Son

Ramonell informando sobre la designacion del personal profesional que efectuara Ia

revision juridica, laboral y contable de la liquidacion de gastos presentada por el

despacho G&R Administraciones Gari sobre Entidad Urbanistica de Conservacion deSon Ramonell (E.u.es. Ramonell).

Con fecha 2 de agosto de 2007, se efectua en las oficinas de G&R

Administraciones Gari una revision juridica, laboral y contable de Ia documentacion

facilitada sobre Entidad Urbanistica de Conservacion de Son Ramonell (E.U.C.S.

Ramonell).

En base a Ia revision de dicha documentacion, se confeccionan los

correspondientes informes juridico, laboral y contable para su remision a la Asociacion

de Vecinos Son RamonelL

Final mente, se hace constar para conocirmento de los propietarios de Ia

Urbanizacion Son Ramonell que han solicitado la confeccion de este informe juridico,

laboral y contable, los siguientes datos fiscales y de Seguridad Social referidos a la

Entidad Urbanistica de Conservacion de Son Ramonell (E.U.C.S. Ramonell):

1. NIF Num, G07889751.

2. Codigo Cuenta Cotizacion (CCC) en la Tesorerla General de Ia Seguridad

Social (TGSS) Num, 07105476534.

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2. INFORME CONTABLE.

Se comprueba que el despacho de G&R Administraciones Gad no ha reflejado

en ningun libro 0 documentaci6n contable, desglosandolos por ejercicios, los asientos

de los cargos y abonos correspondientes a la Entidad Urbanistica de Conservaci6n de

Son Ramonell. Este hecho ocasiona que la revision contable no se haya podido realizarpor ejercicios y en orden cronologico, debiendose efectuar por partidas de gastos.

Ademas, complicara y dificultara la imputacion de los gastos por coeficientes de

participacion a los propietarios de la Urbanizaci6n Son Ramonell.

En base a 1 0 sefialado anteriormente, se opta por efectuar el control de los cargos

y abonos tornando como base ellistado de gastos facilitado por G&R Administraciones

Gari y que en su momento fue adjuntado a los propietarios de Son Ramonell (con su

comunicacion de fecha 26 de febrero de 2007).

Es importante destacar sobre el citado Iistado, 1 0 siguiente:

1. Que en su encabezamiento, sefiala literal mente "Listado de gastos por

ceeficientes", no obstante, en ningun momento aparecen los coeficientes

correspondientes (coeficiente de participacion en los gastos de cada

propietario de la Urbanizaci6n Son Ramonell 0 a cualquier otro tipo de

coeficiente ).

Con respecto al reparto de los gastos y abonos generados por la Entidad

Urbanistica de Conservacion de Son Ramonell y que se deberan repercutir

sobre cada uno de los propietarios de la Urbanizacion de Son Ramonell, se

recomienda que para la debida informacion y control, se realice de una de

las siguientes formas:

a) Reflejando el coeficiente de participacion, en tantos por ciento,

correspondiente a Ia superficie de la parcel a en cuestion, sobre el

total de la superficie de la Urbanizacion Son Ramonell, incluidos

viales, jardines, etc., que representara el 100%.

En el caso de Urbanizaciones de unifamiliares pareadas y/o

adosadas, se debera reflejar el coeficiente de participacion de la

parcela ocupada con respecto a 1 100% de la Urbanizacion Son

Ramone1l. EI importe imputado de gastos a esa Urbanizacion de

unifamiliares se debera desglosar a su vez entre el coeficiente de

participacion con respecto a la citada parcel a de cada vivienda

unifamiliar pareada y/o adosada que en ella este incluida.

b) Reflejando el coeficiente de participacion, en tantos por ciento,

correspondiente a cada propietario sobre el total de la superficie de

la Urbanizaci6n Son Ramonell, incluidos viales, jardines, etc., que

representara el 100%.

En el caso de Urbanizaciones de unifamiliares pareadas y/o

adosadas se debera facilitar a cada propietario, para su informacion

y control, dos coeficientes de participacion en los gastos, el primero

corresponderia al coeficiente de su vivienda sobre el 100% de la

parcela de su Urbanizacion, y el segundo corresponderia a su

participacion sobre eII00% de la Urbanizacion Son RamoneIL

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De no efectuarse de una de estas formas, sera muy dificil, por no decir que

imposible, que cada propietario pueda comprobar si 1 0 que se le repercute

en concepto de coeficiente de participacion de los gastos generados por la

Entidad Urbanistica de Conservaci6n de Son Ramonell, es correcto 0

erroneo.

2. Que todos los gastos y abonos reflejados en e1 cit ado listado y en las

diversas partidas no se anotan desglosados por ejercicios, sino que los

asientos contables se inician y se finalizan en diferentes fechas que no

concuerdan con 1afecha del documento contable correspondiente:

01. Gastos Seguridad Social.

Se inicia el 01112/2006 (TC-l Septiembre 2001).

Finaliza el 25/0112007 (TC-l Abril 2006).

02. Gastos empleado.

Se inicia el 01112/2006 (Nomina agosto 2001).

Finaliza el 08/02/2007 (Despido jardinero).

03. No consta ninguna partida contable.04. Gastos Administraci6n. Varios.

Se inicia el 01/0112007 (Notas Registrales 2002-2006).

Finaliza el 02/0112007 (Material Oficina, Copias).

05. No consta ninguna partida contable.

06. Gastos Gesa,

Se inicia el 01/01/2007 (Gesa del 17/07/01 al 13/09/01).

Finaliza el 0110112007 (Gesa del 15/03/06 aI15/05/06).

07. Gastos reparaciones: Electricidad - Fontaneria.

Se inicia el 01/01/2007 (Mundiagua Fra. M6/267).

Finaliza el 0110112007 (Desatasco tuberias 23/01/04).

08. Gastos retenciones IRPF empleado.

Se inicia el 0111212006 (MOD. 110 Ejercicio 2001,30 Trimestre).

Finaliza e120112/2006 (MOD. 110 Ejercicio 2006, 20Trimestre).

09. Gastos obras mejora recepcion, Seguro.

Se inicia el 01/0112007 (Seguro 03/05/04 al 03/05/05).

Finaliza e12110l/2007 (Jardins Olivera Plantacion).

10. Gastos coste agua Ayuntamiento.

Un unico asiento contable con fecha 0110112007 (Consumo agua

40 Trimestre 00 al 20 Trimestre 06).

11. Abonos provisiones anteriores - Otros.

Se inicia el 0110112007 (Abono provisiones presupuestos).

Se inicia el 0110112007 (Abono saldo inicia12001).

Se recomienda que se realice una nueva relacion contable por ejercicios

anotandose cronol6gicamente los diversos cargos y abonos. De esta forma

se podran imputar a cada propietario los gastos y abonos que realmente Ie

pudieran corresponder desde la fecha de adquisicion de su parcela 0

vivienda.

3. Sefialar que dada la presentacion tan inusual del denominado "Listado de

gastos por coeficientes", facilitado en su momento a los propietarios de la

Urbanizaci6n Son Ramonell por G&R Administraciones Gari, solo se ha

podido proceder a la comprobaci6n de la existencia de 1a correspondiente

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factura, recibo y/o documento, y su concordancia 0 no con el importereflejado, asi como elconcepto por el que se efectua el cargo 0el abono.

4. No se entran a valorar los aspectos juridicos 0 juridicos laborales que setrataran en los correspondientes informes.

2.1. Partida 01. Gastos Seguridad Social.

Corresponderia a asientos contables de pagos a la Seguridad Social decotizaciones de un trabajador por cuenta ajena (TC-1) desde septiembre de 2001 hasta

abril de 2006.

Aparece un asiento contable reflejado mediante el concepto de "Embargo. Ref.G078897510311", por importe de 1.001,50 €, que corresponderia a una diligencia deembargo de la Seguridad Social Se desconoce si es referida al trabajador por cuenta

ajena contratado.

Consta otro asiento contable reflejado mediante eI concepto de "Pago Seg,Social 31101105", por importe de 28,21 €, que corresponderia a una reclamacion porparte de la Tesoreria General de la Seguridad Social, de fecha 21112/04, por un recargo

ornitido.

Todos los asientos contables reflejados concuerdan con los documentosaportados por G&RAdministracionesGari.

2.2. Partida 02. Gastos empleado.

Corresponderia a asientos contables de nommas y pagos efectuados a untrabajador por cuenta ajena y otros no relacionados con el este,

Sefialar que el importe de la nomina que aparece en el listado no concuerda con

el importe realmente abonado al trabajador en nomina. Segun se informa por parte deG&R Administraciones Gari una parte del salario se abonaba al trabajador sin

declararse a la Seguridad Social, ni a la Agencia Tributaria. Aportan una copia delimpreso de nomina de cada mensualidad junto con un recibo, supuestamente firmadopor el trabajador, con una cantidad percibida y no declarada que complementaria el

importe del impreso de nomina y que coincide con 1 0 reflejado mensualmente en ellistado.

Los asientos contables reflejados bajo el concepto de "Nomina Vaeaciones",correspondientes a los afios 2002, 2003 Y2004, no estan declarados ni a la SeguridadSocial, ni a la Agencia Tributaria, no aportandose ningun impreso de nomina. S610constan recibos, supuestamente firmado por el trabajador, coincidiendo el importe decada afio(1.021,72 €) con 1 0 reflejado en ellistado.

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Constan otros asientos contables, por los siguientes conceptos:

1. "Pre. Riesgos Laborales MGO" por importe de 297,78 € coincide con el

recibo aportado por G&R Administraciones Gari ,

2. "Confeccion Nominas 2002-2006" por importe de 3.040,68 €. La facturaesta emitida por G&R Administraciones Gari.

Las nominas se confeccionaron desde el 01 de agosto de 2001 hasta 15 de

abril del 2006, es decir, un total de 67 n6minas (57 nominas mensuales, 9

nominas por pagas extraordinarias y una nomina de finiquito abonando la

parte proporcional de las pagas extraordinarias de julio y Navidad),

El cargo por cada nomina confeccionada asciende a 45,38 € (se supone que

el IVA correspondiente esta incluido).

3. "C.A.M.P. Desbroce Urb. Fra. 128" por importe de 1.194,00 €. No tiene

ninguna relaci6n con el trabajador. Su importe coincide con el recibo

aportado por G&R Administraciones Gari. No se abono el IVAcorrespondiente,

4. "Ropa trabajo jardinero" por importe de 300,98 €. Coincide con el

recibo aportado por G&R Administraciones Gari.

5. "Deuda IREM 01103/02" por importe de 9.880,30 €. Corresponde a un

juicio monitorio de fecha 19 de marzo de 2002 (Juzgado de l" Instancia de

Palma de Mallorca) por una deuda con Instalaciones y Montajes. No tiene

ninguna relacion con el trabajador.

6. "Gasoil Maq. Corta hierbas" por importe de 49,00 €. Coincide con elrecibo aportado por G&R Administraciones Gari.

7. "Despido Jardinero" por importe de 20.695,40 €. No coincide con el

finiquito entregado inicialmente al trabajador despedido (finiquito parte

proporcionaljulio + Navidad por importe de 1.053,94 e).

No obstante, se haee constar que existe una Sentencia de fecha 23 de junio

de 2005 del Juzgado de 1 0 Social Num. 3 de Palma de Mallorca, que

condena a la Entidad Urbanistica de Conservacion de Son Ramonell

(B.nc.s. Ramone11)con las siguientes cantidades:

- Indemnizaci6n por despido improcedente: 14.338,20 €.

- Salarios de tramitacion: 2.909,20 €.Con posterioridad, y con fecha 30 de abril de 2007, el Juzgado de 1 0 Social

Num. 3 de Palma de Mallorca, dicta sentencia de ejecucion Num.

190/2006 (Num. Autos DEM 251/2006), declarando la insolvencia total

provisional de Ia Entidad Urbanistica de Conservacion de Son Ramonell

(B.U.C.S. Rarnonell), y condenando a las siguientes cantidades:

- Principal: 17.247,40 €.

- Costas: 1.724,00€.

- Intereses: 1.724,00 €.

Sefialar, que los aspectos juridicos laborales sobre Ia contratacion,

prestacion del servicio y despido del trabajador por cuenta ajena, se

trataran en el correspondiente informe juridico IaboraL

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2.3. Partida 04. Administracion, Varios.

Los cargos reflejados en esta partida estan relacionados en su totalidad con

desembolsos realizados para la gesti6n y administracion de la Entidad Urbanistica de

Conservaci6n de Son Ramonell (E.U.C.S. Ramonell).

Los asientos contables son los siguientes:

1. "Netas registrales 2002-2006" por importe de 205,26 €. Coincide con los

documentos presentados.

2. "Comisiones banco 2002 a12006" por importe de 294,80 €. Coincide con

los documentos presentados.

3. "Envios burofax 2002 a12006" por importe de 442,90 €. Coincide con los

documentos presentados. Corresponderia a burofax y cartas certificadas

enviados a personas fisicas y juridicas (empresas).

4. "Gastos fotos 2002-2006" por importe de 25,37 E. Coincide con los

documentos presentados.

5. "Compra sellos Oct. 03" por importe de 156,00 €. Coincide con los

documentos presentados.

6. "Alquiler sala reunion 09/04/02" por importe de 481,40 €. Coincide con

el documento presentado.

7. "Poder para pleites" por importe de 42,03 €. Coincide con el documentopresentado.

8. "Informe tecnieo Arq. Consolidac." por importe de 2.320,00 €. Coincide

con el documento presentado. Corresponderia a un informe realizado por

un arquitecto sobre la consolidaci6n de la edificacion en la Urbanizacion

Son Ramonell.

9. "Administracion 2001-2006" por importe de 64.800'00 € (55.682,07 € en

concepto de administraci6n y 9.117,93 € en concepto del 16% de IVA).

La administraci6n de Ia Entidad Urbanistica de Conservaci6n de Son

Ramonell (E.UC.S. Ramonell) por parte de G&R Administraciones Gari,se habria realizado desde agosto del 2001 hasta abril del 2006, ambos

meses incluidos (57 meses).

El importe cargado en concepto de administracion por cada mes de gestion

ascenderia a 1.136,84 €, inc1uido e116% de IVA.

10. "Material Otic. Cepias" por importe de 3.650,00 €. Esta facturado por

G&R Administraciones Gari.

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2.4. Partida 06. Gastos GESA.

Todos los cargos reflejados en esta partida corresponderian a recibos de GESA

por el suministro del servicio, y corresponderian al periodo que abarca desde el 17 de

julio de 2001 hasta el 15 de mayo de 2006. Su importe coincide con los documentos

presentados.

2.5. Partida 07. Gastos reparaciones: Electricidad - Fontaneria.

Todos los cargos reflejados en esta partida de gastos se corresponderian con

facturas presentadas por la empresa MUNDIAGUA, en concepto de:

1. Una iguala mensual por servicios de mantenimiento por importe de 103,18

€ (se deduce por su repeticion periodica de cargo).

2. Diversos servicios por supuestas reparaciones realizadas en su momento.

Las facturas siguientes, por un importe total de 5.730,16 €:1 . "MUNDIAGUA FRA. M2/00S2" por importe de 1.982,45 €.

2. "MUNDIAGUA FRA. M2/0094" par importe de 103,18 E .

3. "MUNDIAGUA FRA. M2/0095" por importe de 284,97 €.

4. "MUNDIAGUA FRA. M2/0111" por importe de 3.083,94 €.

5. "MUNDIAGUA FRA. M2/0112" por importe de 275,62 €.

Constan como cargadas dos veces y efectuada su devolucion el 25 de septiembre

de 2002, no obstante, su abono no aparece en la relacion.

La factura "MUNDIAGUA FRA. M2/0080" por importe de 1.273,74 €. Consta

como abonada mediante transferencia de fecha de 13 de junio de 2003, no obstante, su

abono no aparece en la relacion.

La factura "MUNDIAGUA FRA. M4/0021", segun la relacion remitida por

G&R Administraciones Gari, esta reflejada en dos ocasiones:

1. En el primer asiento con un importe de 2.738,07 €, mientras que en el

doeumento aportado consta la eantidad de 6.738,07 €.

2. En el segundo asiento con un importe de 10.738,07 €, mientras que en el

documento aportado consta la cantidad de 6.738,07 E.

La faetura "MUNDIAGUA FRA. M5/01l9", segun la relacion remitida por

G&R Administraciones Gari se asienta por un importe de 224,32 €, mientras que en el

documento aport ado que la justifiea consta la cantidad de 224,34 €.

2.6. Partida OS.Gastos retenciones IRPF empleado.

Todos los asientos contables reflejados en esta partida se corresponderian con

los ingresos efectuados trimestralmente en la Agencia Tributaria, referidos a las

retenciones de IRPF efectuadas al trabajador por euenta ajena (MOD. 110). Su importe

coincide con los documentos presentados.

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2.7. Partida 09. Gastos mejora recepci6n. Seguro.

Todos los asientos contables reflejados se corresponderian con facturas emitidas

por diferentes empresas y conceptos.

1 . Seguro:a) Recibo correspondiente a t periodo del 03/0S/02 al 03/0S/03 por

importe de 1.939,89 €. Coincide con el documento presentado.

b) Recibo correspondiente aI periodo del 03/05/03 al 03/05/04 por

importe de 2.052,42 €. Coincide con el documento presentado.

a) Recibo correspondiente aI periodo del 05/05/04 al 03/05/05 por

importe de 2.175,S7 €. Coincide con el documento presentado.

2. MUNDIAGUA:

a) Factura M5/0767 por importe de 6503,51 €. Present a dos

documentos por importes de 3.000,00 € y 3.503,51 €.

b) Factura M6/238 por importe de 1.566,00 €. Coincide con elimporte del documento presentado.

c) Factura M61240 por importe de 4.762,30 €. Coincide con el

importe del documento presentado.

d) Factura M6/241 por importe de 28.014,00 €. Coincide con el

importe del documento presentado.

3. Linares Morrell:

Las siguientes facturas presentadas tienen como fecha de emisi6n el dia 30

de abril de 2006.

a) Factura 20006047 por importe de 12.866,72 €. Coincide con el

importe del documento presentado.b) Factura 20006054 por importe de 10.191) 1 €. Coincide con el

importe del documento presentado.

c) Factura 20006060 por importe de 12.866,72 €. Coincide con el

importe del documento presentado.

d) Factura 20006075 por importe de 25.662,36 €. Coincide con el

importe del documento presentado,

La siguiente factura presentada tiene como fecha de emisi6n el dia 6 de

junio de 2006. Factura 20006083 por importe de 1.3S0,62 €. Coincide con

el importe del documento presentado.

4. Desratizaci6n:

a) Del 06/02 at 06/03 por importe de 796,48 €. Coincide con el

importe del documento presentado.

b) Desratizaci6n Urbanizaci6n por importe de 752,95 €. No se

presenta factura. Informan que se efectu6 un cargo en cuenta sin

factura, no obstante, presentan un comprobante de dicho cargo en

cuenta.

c) Desratizaci6n factura 1994 por importe de 775,53 €. Coincide con

el importe del documento presentado.

d) Desratizaci6n Urbanizaci6n por importe de 138,05 €. Coincide con

el importe del documento presentado.

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5. Colocar bancos y papeleras.Asiento contable por importe de 15.602,00 €. Coincide con el importe del

documento presentado.

6. HAGS-SWEELEK Juegos infantiles.

Asiento contable por importe de 17.425,52 E. Coincide con el importe deldocumento presentado.

7. Jardins Olivera.a) Asiento contable en concepto de plantacion por importe de

17.973>41 €. El documento presentado es de fecha 2 de enero de

2006. Coincide con el importe del documento.

b) Asiento contable en concepto de desbroce acera por importe de

1.877,75 E. El documento presentado es de fecha 2 de abril de

2006. Coincide con el importe del documento.

8. Limpiar caminos y senderos.Asiento contable por importe de 551,00 €. Coincide con el importe del

documento presentado.

2.8. Partida 10. Coste agua Ayuntamiento.

Presenta un unico asiento para el consumo de agua desde el 4° trimestre del

2000 hasta el 2° trimestre del 2006. Este asiento por importe de 161.581,24 € se

corresponderia con los recibos emitidos por la empresa suministradora del agua dentro

del periodo seiialado.

EI importe del suministro del agua se deberia desglosar por ejercicios contables,y dentro de cada ejercicio se deberian efectuar los asientos contables correspondientes

por orden cronologico a la fecha de los recibos emitidos.

2.9. Abonos provisiones anteriores. Otros.

Refleja cuatro asientos contables correspondientes a abonos diversos.

1 . Abono provisiones presupuestos.

Asiento contable por importe de 319.510,74 €. Este asiento se deberia

desglosar por ejercicios contables, y dentro de cada ejercicio reflejar losasientos contables correspondientes por orden cronologico a la fecha del

abono, asi como identificar a la persona fisica 0 juridica que efectua el

abono. No se presenta ningun documento.

2. Abono recargos morosidad.Asiento contable por importe de 24.059,15 €. Este asiento se deberia

desglosar por ejercicios contables, y dentro de cada ejercicio efectuar los

asientos contables correspondientes por orden crono16gico a la fecha del

abono, as! como identificar a la persona fisica 0 juridica contra la que se

efectua el citado recargo. No se presenta ningun documento.

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3. Abono consumo de luz.

Asiento contable por importe de 2.829,75 €. No se presenta ningun

documento.

4. Abono saldo inicial2001.

Asiento contable por irnporte de 25.562,93 E . No se presenta ningundocumento.

Conclusiones del informe contable.

Despues de haberse realizado la correspondiente revision de toda la

documentacion, facturas y/o recibos, presentada por el despacho de G&R

Administraciones Gari, se obtienen las siguientes conclusiones y propuestas:

Conclusiones:

1. La inexistencia de unos libros 0 documentos contables sobre la Entidad

Urbanistica de Conservacion de Son Ramonell (E.D.C.S. Ramonell), a

excepcion del listado remitido en su momento a los propietarios de la

Urbanizacion Son Ramonell, dificulta el control de los gastos y abonos

habidos hasta el momento.

2. La imputacion de gastos y abonos reflejado en el listado aportado en su

momento por el despacho de G&R Administraciones Gari, en numerosas

ocasiones es realizada de forma erronea 0 no los refleja. Este hecho

ocasiona que no sea valida para los calculos necesarios con el objetivo de

obtener el importe del cargo que se ha de repercutir a cada propietario.

3. Los asientos de los gastos y abonos del periodo que abarca desde agosto

del 2001 hasta el momento en que los propietarios recibieron el listado

(primera quincena del mes de marzo de 2007), se han hecho constar en el

citado listado en el periodo comprendido entre el Lde diciembre de 2006 y

el 21 de enero de 2007, hecho total mente incorrecto y contrario a cualquier

norma de contabilidad, dado que cada gasto y abono deberan anotarse con

la fecha en que se produce el hecho contable,

4. Se desconoce si el coeficiente de participacion aplicado para la imputacion

de los gastos a cada propietario es el que pudiera corresponderle.

5. En la partida contable denominada "Abonos provisiones anteriores. Otros",

en el asiento contable "Abono recargos morosidad" por importe de

24.059,15 €, no se refleja a quien 0 quienes se les imputa dicho recargo,

Propuestas.

1. Se debera realizar una contabilidad desglosada por ejercicios, anotandose

cronologicamente los asientos contables de los gastos y abonos que se

hayan producido durante el periodo.

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2. Los coeficientes de participacion en los gastos y abonos de cada

propietario:

a) Deberan ir referidos a cada ejercicio anual y una vez sumados todos

los ejercicios se debera obtener el importe total y final a abonar por

cada propietario.

b) Deberan ser calcui ados para cada propietario en funci6n alcoefieiente de propiedad que realmente les eorresponda (propietario

de pareelas, viviendas unifamiliares situadas en parcelas

individuales, y de viviendas pareadas y/o adosadas pertenecientes a

urbanizaciones privadas).

3. Los asientos contables deberan realizarse subsanando los errores

detectados, tales como doble imputacion de gastos, imputacion erronea de

gastos 0 abonos, ausencia de imputacion de gastos 0 abonos, etc.

4. Los importes resultantes se debenin cotejar con los importes abonados 0

pendientes de abonar por cada propietario con el objeto de ajustar elimporte abonado 0 solicitado en la relacion adjuntada en su momento.

5. Se debera comprobar que no existe ningun cargo por el concepto de

mantenimiento y/ o conservacion en la contabilidad de la Entidad

Urbanistica de Conservacion de Son Ramonell (B.D.C.S. Ramonell), con

posterioridad al dia 30 de mayo de 2006, fecha en la cual, el Ayuntamiento

de Marratxi adopto en Sesion Plenaria el acuerdo de recepcion de la

Urbanizacion Son Ramonell asumiendo a partir de dicha fecha el

mantenimiento y conservacion de la citada Urbanizacion.

5. Se debera dejar constancia nominal del propietario 0 propietarios a loscuales se les imputa el recargo por morosidad. Ademas debera reflejarse:

a) El porcentaje de recargo por morosidad aplicado.

b) Sobre que irnporte pendiente de pago se apliea.

c) Desde que fecha se genera el reeargo.

d) El irnporte resultante del citado recargo.

6. Se ha confeccionado un listado con los propietarios que solicitaron estos

informes reflejando las fechas de adquisici6n de parcelas, viviendas

unifamiliares situadas en parcelas individuales, viviendas pareadas y/o

adosadas pertenecientes a urbanizaciones privadas, ubicadas todas ellas en

la Urbanizacion Son RamoneU.Se ha tornado como referencia para confeccionar el citado listado la

documentacion aportada en su momento por los propietarios (fotocopia de

la escritura de compraventa, etc.).

Este listado servira para conocer a partir de que fecha el propietario es

responsable de la deuda contraida con la Entidad Urbanistica de

Conservacion de Son Ramonell (E.UC.S. Ramonell).

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3. INFORME mRIDICO LABORAL.

3.1. Fundamentos de Derecho.

1. Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto

Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE del 29 de marzo).

2. Real Decreto Legislativo 111994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto

Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (BOE de 29 de junio de

1994).

3. Real Decreto Legislativo 211995 por el que se aprueba la Ley de Procedimiento

Laboral.

3.2. Antecedentes y evolucien en la contratacion, Despido del trabajador por

cuenta ajena.

1. Segun las partidas 01. Gastos Seguridad Social y 02. Gastos empleado, el

trabajador es contratado por cuenta ajena en el mes de agosto de 2001.

2. Se ha comprobado que en ninguna de las Aetas confeccionadas al celebrarse las

Juntas de la Entidad Urbanistica de Conservaci6n de Son Ramonell (B.U.C.S.

Ramonell), aparece punto alguno en el orden del dia en el cual se haga

referencia a la contratacion de un trabajador por cuenta ajena, por 1 0 que no

consta su aprobaci6n.

3. Se le comunica el despido al trabajador por cuenta ajena el dia 15 de abril de2006 con efectos del dia 12 de abril de 2006.

4. La sentencia del Juzgado de 10 Social sefiala como fecha de contrataci6n del

trabajador por cuenta ajena el dia 7 de septiembre de 1998. Esta fecha no

coincide con Ia del inicio de la prestacion de sus servicios para la Entidad

Urbanistica de Conservaci6n de Son Ramonell (E.u.es. Ramonell).

5. AI comunicarle al trabajador por cuenta ajena el despido y su cese s610 se Ie

abona la parte proporcional de las gratificaciones extraordinarias de julio y

Navidad. No se Ie abono ninguna cantidad en concepto de indemnizaci6n por

despido, ni se deposit6 en el Juzgado de 10 Social.

3.3. Demanda por despido improcedente y sentencia del Juzgado de la SocialNum. 3, de Palma de Mallorca.

1. AI comunicarsele al trabajador por cuenta ajena por parte de la Entidad

Urbanistica de Conservaci6n de Son Ramonell (B.U.e.S. Ramonell) con fecha

de 15 de abril de 2006 y efectos del dia 12 de abril de 2006, su despido y cese en

la actividad laboral que venia desarrollando se ocasiona un perjuicio econ6mico

innecesario a la Entidad Urbanistica de Conservaci6n de Son Ramonell

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(B.U.C.S. Ramonell), ya que se realiza el despido sin el preaviso

correspondiente,

Ademas de no abonarsele los dias correspondientes al preaviso, tampoco se le

abono la indemnizacion por despido que pudiera corresponderle por el periodo

en que desarrollo su actividad laboral.

2. EI trabajador por cuenta ajena despedido present6 escrito de solicitud de Acto

de Conciliacion en el Tribunal Arbitraje y Mediacion de las Islas Baleares

(TArvIIB). Segun se tiene constancia no asistio al Acto de Conciliacion ningun

representante de la Entidad Urbanistica de Conservacion de Son Ramonell

(RUC.S. Ramonell).

3. El trabajador por cuenta ajena despedido presento demand a por despido ante el

Juzgado de 1 0 Social, correspondiendole por reparto al Juzgado de 1 0 Social

Num. 3 de Palma de Mallorca.

Dicha demanda se presenta contra:

a) La Entidad Urbanistica de Conservaci6n de Son Ramonell (E.U.C.S.Ramonell).

b) La Comunidad de Propietarios de la Urbanizacion Son Ramonell (se

desconoce si se les informo de la interposicion de la demanda).

c) El Ayuntamiento de Marratxi.

4. El Juzgado de 1 0 Social Num. 3 de Palma de Mallorca, dicta sentencia

estimatoria parcial (sentencia 242/2006, de fecha 23 de junio de 2005)

condenando a la Entidad Urbanistica de Conservaci6n de Son Ramonell

(B.UC.S. Ramonell) y eximiendo de responsabilidad a la Comunidad de

Propietarios de la Urbanizacion Son Ramonell y al Ayuntamiento de Marratxi.

AI respecto de la sentencia se debe sefialar 1 0 siguiente:

a) Que al Acto de Conciliacion y Juicio, segun consta no se present6 ningun

representante de la Entidad Urbanistica de Conservacion de Son

Ramonell (E.UC.S. Ramonell).

b) Que se condena a la Entidad Urbanistica de Conservaci6n de Son

Ramonell (B.U.C.S. Ramonell) al abono de las siguientes cantidades:

- En concepto de salarios de tramitacion: 2.909,20 €.

- En concepto de indemnizaci6n por despido improcedente:

14.338,20 €.

5. El Juzgado de 1 0 Social Num. 3 de Palma de Mallorca, dicta sentencia de

ejecuci6n (Num. 190/2006, Num Autos DEM 251/2006, de fecha 30 de abril de

2007), declarando la insolvencia total provisional de la Entidad Urbanistica de

Conservaci6n de Son Ramonell (E.U.C.S. Ramonell), Condenando al abono de

las siguientes cantidades:

a) En concepto de principal: 17.247,40 e .b) En concepto de costas: 1.724,00 e .c) En concepto de intereses: 1.724,00 e .

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Conclusiones y propuesta del infonne juridico laboral.

Despues de revisar la documentacion laboral y las Aetas de las Juntas celebradas

por Entidad Urbanistiea de Conservacion de Son Ramonell (E.u.e.S. Ramonell)

presentadas por el despaeho de G&R Administraeiones Gari, se han obtenido las

siguientes eonc1usiones y propuesta:

Conc1usiones.

1. No consta en ninguna de las Aetas de las Juntas celebradas por la Entidad

Urbanistica de Conservacion de Son Ramonell (E.U.C.S. Ramonell), la

aprobacion de la contratacion de un trabajador por cuenta ajena para el

desempefio de eualquier cometido asi como la persona adjudicataria del servicio.

2. La fecha de la contratacion del trabajador por euenta ajena realizada por la

Entidad Urbanistica de Conservacion de Son Ramonell (RUC.S. Ramonell), no

coincide con la impuesta por la sentencia condenatoria del Juzgado de 10 SocialNum. 3 de de Palma de Mallorca:

a) Fecha de contratacion del trabajador por cuenta ajena por parte de la

Entidad Urbanistica de Conservacion de Son Ramonell (RUC.S.

Ramonell), agosto de 2001.

b) Antiguedad del trabajador por cuenta ajena impuesta por se nte nc ia , 7 deseptiembre de 1998.

3. Es incomprensible que el Organo de Gobiemo de una Entidad Urbanistica de

Conservacion que debe rendir cuentas de su gestion en las respectivas Juntas. Y

que sus cargos y abonos deben ser reflejados en su con tabilid ad , a bone , a un

trabajador por cuenta ajena eantidades que no son dec1aradas ni a la Agencia

Tributaria, ni a la Tesoreria General de la Seguridad Social (una parte de la

nomina mensual, las vacaciones retribuidas y no disfrutadas).

4. Asimismo es incomprensible:

a) Que se le comunique al trabajador por cuenta ajena su cese en la

actividad y despido sin el correspondiente preaviso.

b) Que se pretenda despedirle abonandole solo la parte proporcional de las

gratificaciones extraordinarias de julio y Navidad del afio en curso.

c) Que no se Ie indemnice por despido.

d) Que no se deposite la indemnizacion en el Juzgado de 10 Social (se

hubieran evitado los salarios de tramitacion).

e) Que no asista ningun representante de la Entidad Urbanistica de

Conservaci6n de Son Raroonell (E.U.C.S. Raroonell) al Acto de

Conciliacion, ni al Juicio.

g) Que se perroita llegar al extremo de una ejecuci6n de sentencia con las

costas e intereses que ello genera.

Propuesta.

Dado que se desconoce quien aprobo la contratacion de este trabajador por

cuenta ajena, se deberan efectuar las gestiones oportunas para que la persona 0personas

responsables de dicha contrataei6n den las explicaciones correspondientes.

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4. INFORME JURIDICO.

4.1. Fundamentos de Derecho.

1. Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal (BOE. Num. 176, de 23

de julio de 1960), modificada por la Ley 8/1999, de 6 de abril, de la Reforma dela Ley 49/1960 (BOE Num, 84, de 8 de agosto de 1999). Y posteriores

modificaciones.

2. Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento

de Gesti6n Urbanistica para el Desarrollo y Aplicaci6n de la Ley Sobre Regimen

de Suelo y Ordenaci6n Urbana (BOE Num, 27 y 28 de 31 de enero y 1 de

febrero de 1979). Y posteriores modificaciones.

3. Real Decreto Legislativo 111992, de 26 de junio, por el que se aprueba el Texto

Refundido de la Ley Sobre Reglamento sobre el Regimen del Suelo y

Ordenaci6n Urbana (BOE de 30 de junio de 1992~cde en BOE de 24 de julio de1992 y en BOE de 13 de marzo de 1993).

4. Decreto 38/1987, de 4 de junio, sobre Recepci6n de Urbanizaciones por los

Ayuntamientos (BOCAIB Num. 76, de 18 dejunio de 1987).

5. Estatutos de la Entidad Urbanistica de Conservaci6n de Son Ramonell (B.U.C.S.

Ramonell), en cumplimiento del Art. 27 del Real Decreto 3288/1978, de 25 de

agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gesti6n Urbanistica para el

Desarrollo y Aplicaci6n de Ia Ley Sobre Regimen de Suelo y Ordenaci6n

Urbana.

4.2. Ley 49/1960, sobre Propiedad Horizontal.

Se haee referenda a los Capitulos y Articulos de Ia Ley de Propiedad Horizontal

que afectan a los propietarios de la Urbanizaci6n Son Ramonell, considerandose

importante el sefialarlos.

Capitulo III "'Del Regimen de los complejos inmobiliarios",

La Ley de Propiedad Horizontal en su Capitulo III "Del Regimen de los

complejos inmobiliarios" (Capitulo introducido por la Ley 8/1999, de 6 de abril, de

Reforma de la Ley 4911960, de 21 dejulio, sobre Propiedad Horizontal, BOE Num. 84,

de 8 de abril de 1999, Art. 20), en su Art. 24, sefiala 1 0 siguiente:

1. EI regimen especial de propiedad establecido en el articulo 396 del Codigo

Civil sent aplicable a aquellos complejos inmobiliarios privados que reunan lossiguientes requisitos:

a) Estar integrados por dos 0mas edificaciones 0parcelas independientes

entre sf cuyo destino principal sea fa vivienda 0locales.

b) Participar los titulares de estos inmuebles con caracter inherente a

dicho derecho, en una copropiedad indivisible sobre otros elementos

inmobiliarios, viales, instalaciones 0servicios.

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2. Los complejos inmobiliarios privados a que se refiere el apartado anterior

podran:

a) Constituirse en una sola comunidad de propietarios. En este caso

queda ra n s ome tid os a las disposiciones de esta Ley, que les resultaran

integramente de aplicacion.b) Constituirse en una agrupacion de comunidades de propietarios. A tal

eJecto, se requerira que el titulo constitutivo de la nueva comunidad

agrupada sea otorgado por el p ro pie ta rio tm tco del complejo 0por los

presidentes de todas las comunidades llamadas a integrar aquilla,

previamente autorizadas por acuerdo mayoritario de sus respectivas

Juntas de propietarios. El titulo const itu ti vo con tendra la descripcion del

complejo inmobiliario en su conjunto y de los elementos, viales,

instalaciones y servicios comunes. Asimismo fijara la cuota de

participacion de cada una de las comunidades integradas, las cuales

responderdn conjuntamente de su obligacion de contribuir al

sostenimiento de los gastos generales de la comunidad agrupada. Eltitulo y los estatutos de la comunidad agrupada seran inscribibles en el

Registro de la Propiedad.

3. La agrupacion de comunidades a que se reftere el apartado anterior gozara, a

todos los eJectos, de la misma situacion juridica que las comunidades de

propietarios y se regira por las disposictones de esta Ley, can las siguientes

especialidades:

a) La Junta de propietarios estara compuesta, salvo acuerdo en contrario,

por los presidentes de las comunidades integradas en la agrupacion, los

cuales ostentaran la representacion del conjunto de los propietarios de

cada comunidad.b) La adopcion de acuerdos para los que la ley requiera mayorias

cualificadas exigira, en todo caso, la previa obtencion de la mayoria de

que se Irate en cada una de las Juntas de propietarios de las

comunidades que tntegran la agrupacion.

c) Salvo acuerdo en contrario de la Junta no sera aplicable a la comunidad

agrupada 10 dispuesto sobre elfonda de reserva.

4. La competencia de los organos de gobiemo de la comunidad agrupada

tmicameme se extiende a los elementos inmobiliarios, viales, instalaciones yservicios comunes. Sus acuerdos no podran menoscabar en ningun caso las

facultades que corresponden a los organos de gobierno de las comunidades de

propietarios integradas en la agrupacion de comunidades.

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Capitulo II "Del regimen de fa propiedad". Art. 9 "Obligaciones de cada propietario".

El articulo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal sefiala entre otras obligaciones,

las siguientes:

1. Contribuir, con arreglo a la euota de participacion fijada en el titulo 0 a 1 0especial mente establecido, a los gastos generales para el adecuado

sostenimiemo del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no

sean susceptibles de individualizacion.Z. Los creditos a favor de la comunidad

derivados de fa obligacion de contribuir al sostenimiento de los gastos

generales correspondientes a las cuotas imputables a la parte vencida de la

anualidad en curso y al ana natural inmediatamente anterior tienen la

condicion de preferentes a efectos del articulo 1923 del Cod/go Civil y

preceden, para su satisfaccion, a los enumerados en los apartados 3~ 4Q Y 5Q de

dicho precepto, sin perjuicio de la preferencia establecida a favor de los

creditos sa lar ia l es en el Estatuto de los Trabajadores .

3. El adquirente de una vivienda en regimen de propiedad horizontal, incluso con

titulo inscrito en el Registro de la Propiedad, responde con el provio inmueble

adquirido de las eantidades adeudadas a la comunidad de propietarios para el

sostenimiento de los gastos generales par los anter/ores titulares hasta ellimite

de los que resulten imputables a la parte vencida de fa anualidad en la cual

tenga lugar la adquisicion y al afio natural inmediatamente anterior. El piso

estara legalmente afecto al cumpl imiento de esta obligacion.

4. En el instrument a publico mediante el que se transmita, par cualquier titulo, 10

vivienda debera declarar hallarse al corriente en el pago de los gastos

generales de la comunidad de propietarios 0 expresar los que adeude. Eltransmitente debera aportar en este momento certificacion sabre el estado de

deudas can la comunidad coincidente can su declaracion, sin la cual no podraautorizarse el otorgamiento del documento publico, salvo que fuese

expresamente exonerado de esta obligacion par el adquirente. La cenificacton

sera emitida en el plaza maximo de siete dias naturales desde su solieitud por

quien ejerza las juneiones de secretario, con el visto bueno del presidente,

quienes responderan, en caso de culpa 0 negligencia, de la exactitud de [as

datos consignados en fa misma y de los perjuicios causados por el retraso en su

emision.

5. Comunicar a quien ejerza las funciones de secretaria de la comunidad, poreualquier medio que permita tener eonstancia de su recepcion, el cambia de

titularidad de la vivienda.

Quien incumpliere esta obligacion seguira respondiendo de las deudas con la

comunidad devengadas con posterioridad a fa transmision de forma solidaria

con el nuevo titular, sin perjuicio del derecho de aquel a repetir sobre este. Lo

dispuesto en el parrafo anterior no sera de aplicacion cuando cualquiera de los

organos de gobiemo estableeidos (articulo 13 de la Ley de Propiedad

Horizontal) haya tenido conocimiento del cambio de titularidad de la vivienda

par cualquier otro medio 0por aetas concluyentes del nuevo propietario, 0bien

euando dieha transmision resulte notoria.

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4.3. Real Decreto 3288/1978. Reglamento de Gesti6n Urbanistica para el

Desarrollo y Aplicacion de la Ley sobre Regimen del Suelo y Ordenaci6n

Urbana.

Se haee referenda a los artieulos del Reglamento de Gestion Urbanistica que

afeetan a la Entidad Urbanistiea de Conservaci6n de Son Ramonell (B.UC.S.Ramonell).

Titulo Primero. Disposiciones Generales. Capitulo I "Sujetos y modalidades de

gesti6n". Secei6n Sexta "Entidades urbanisticas colaboradoras".

Art. 24. 1. Los interesados podran par ti ci pa r en la gestion Urbanistica mediante la

creacion de Entidades urbanisticas colaboradoras.

2. Son Entidades urbanisticas colaboradoras:

a)

b)

c) Las Emidades de Conservacion.3. Las Entidades urbanisticas colaboradoras se regiran por sus Estatutos

y por 10 dispuesto en esta seccion (Seccion Sexta).

Art. 25. 2. Las Entidades de conservacion de las obras de urbanizacion podran

constituirse como consecuencia de la transformacion de alguna Entidad

preexistente 0, especificamente para dichos fines, sin que previamente se

haya constituido una Entidad para la ejecucion de las obras de

urbanizac ion.

3. Sera obligatoria la constitucion de una Entidad de conservacion

s iempre que el deber de conservacion de las obras de urbanizacion

recaiga sobre los propietarios comprendidos en un poligono 0 unidad deactuacion en virtud de las determinaciones del Plan de ordenacion 0bases

del programa de actuacion urbanistica 0 resulte expresamente de

disposiciones legales. En tales supuestos, la pertenencia a la Entidad de

conservaci6n sera obligatoria para tados los propietarios comprendidos

en su tonbito territorial.

Art. 26. 1. Las Entidades urbanisticas colaboradoras tendran caracteradministrativo y dependeran en este orden de la Administracion

urbanistica actuante.

2. La personalidad juridica de las Entidades urbanisticas colaboradoras

se entendera adquirida a partir del momento de su inscripcion en elcorrespondiente Registro.

Art. 27. 1. La constitucion de las entidades urbanisticas conservadoras, asi como

sus Estatutos, habrdn de ser aprobados por la Administracion urbanistica

actuante.

2. EI acuerdo aprobatorio de la constitucion se inscribira en el Registro de

Entidades Urbanisticas Colaboradoras que se llevara en las respectivas

Comisiones Provinciales de Urbanismo, donde asimismo se archivard un

ejemplar de los Estatutos de la Entidad autorizado por funcionario

competente.

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Art. 29.

Art. 30.

3. Los nombramientos y ceses de /as personas encargadas del gobierno y

admimstracion de la entidad se inscribiran tambien en dicho Registro.

4. La modificacion de los Estatutos requerira aprobacion de la

Administracion urbanistica actuante. Los acuerdos respectivos, con el

contenido de la modificacton; en su caso, habra de constar en el Registro.

Los acuerdos de las Entidades urbanisticas colaboradoras se adoptaran

por mayoria simple de cuotas de participacion. salvo que en los Estatutos

o en otras normas se establezcan un quorum e$pecial para determinados

supuestos.

Dichos acuerdos podran impugnarse en alzada ante la Administracion

urbanistica actuante.

1. La disolucion de la s Emidades urbanisticas colaboradoras se producira

por el cumplimiento de los fines para los que fueron creados y requerira,

en todo caso, acuerdo de la Administracton urbanistica actuante.

2. No procedera la aprobacion de /a disolucion de la Entidad mientras noconste el cumplimiento de las obligaciones que esten pendientes.

4.4. Real Decreto 38/1987, sobre Recepcion de Urbanizaciones por los

Ayuntamientos.

Se haee referencia a los articulos del Real Decreto sobre recepcion de

urbanizaeiones que afectan a la Entidad Urbanistiea de Conservaci6n de Son Ramonell

(B.U.C.S. Ramonell).

Titulo I "Disposiciones Generales".

Art. 1 .

Art. 3.

Art. 4.

Se entiende por recepcion de /a urbanizacion, el acto formal de aceptacion

por parte del Ayuntamiento de las obras, bienes y servicios de cesion

obligatoria y gratuita determinados en el Plan Parcial 0Plan Especial, y

ejecutadas corforme a las prescripciones de un Proyecto de Urbanisacion.

1. Son objeto de cesion obligatoria y gratuita afavor del Ayuntamiento los

terrenos que se destinen con caracter permanente a viales, parques y

jardines publicos, zonas deportivas y de recreo y expansion, centros

culturales y docentes y demas servicios publicos necesarios previstos en el

Plan Parcial 0Especial, en su caso, y en el Proyecto de Urbanizacion.2.

3. El acta de recepcion municipal, por sf sola 0 junto a los demas

documentos exigibles legalmente, se remitiran al Registro de la Propiedad

a los efectos prevenidos en la legislacion Hipotecaria.

1. Sin perjuicio de la recepcion municipal de los bienes y servtctos

sehalados (Art.3.1), podran constituirse Entidades Colaboradoras de

Conservacion, cuya constitucion sera obligatoria cuando asi se haya

previsto en le oportuno Plan de Ordenacion.

2. Las Entidades Colaboradoras de Conservacion, hasta tanto no sean

disueltas, tendran a su cargo el mantenimiento, reparacion y

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rehabilitacion de los bienes y servicios de cesion obligatoria; corriendo a

sus expensas el costo originario de esas funciones.

3. Dichas Entidades tendran una duracion determinada disolviendose, en

todo caso, cuando se haya consolidado la edificacion de la Unidad de

Actuacion.

Titulo II. Tramitaci6n.

Art. 5. 1 ..Asimismo, podra solicitarse la recepcion municipal de una parte de la

Unidad de Actuacion aun cuando no se hayan completado las obras de

urbanizacion de ese ambito territorial, siempre que el area urbanizada

constituya una unidad funcional directamente utilizable y se haya

producido respecto a la misma la recepcion definitiva por parte del

promotor 0 entidad de promotores.

Art. 8. A partir de la ratificacion del Acta por el Ayuntamiento en Pleno, correrana cargo de este los gastos de conservacion de la urbanizacion recibida,

salvo en los supuestos de existencia de Entidades Urbanisticas

Colaboradoras de Conservacion, en cuyo caso los gastos de conservacion

correran a cargo de la m ism a hasta su extincion.

Art. 9. 1. Las Entidades Colaboradoras de Con se rv ac io n q ue da ra n e xtin gu id as,

en todo caso, cuando se haya consolidado la edificacion de un cincuenta

por ciento de la superjicie apta para edificar, de acuerdo con las

previsiones del propio Plan, excluyendose de ese calculo los

equipamientos de titularidad publtca.

2. A los efectos antes indicados, las Entidades Colaboradoras deConservacion presentaran al Ayuntamiento un Estudio Tecnico en el que

se determinen los metros cuadrados edificables y los metros cuadrados

construidos en el ambito del Poligono 0 Unidad de Actuacion a que este

afecta dicha Entidad

3. En el plazo maximo de un mes contado desde la recepcion del Estudio

Tecnico antes indicado, y previo infonne favorable de los Servicios

Tec ni co s Mun ic ip a le s, el Ayuntamiento acordara la extincion de la

Entidad Colaboradora de Conservacion.

4.5. Aetas de las Juntas celebradas por la Entidad Urbanistica de Conservaci6nde Son Ramonell (E.U.C.S. Ramonell).

En la visita y revision de la documentacion efectuada en el despacho de G&R

Administraciones Gari el dta dos de agosto de dos siete, no se tuvo dificultad alguna en

acceder al Libro de Aetas donde constaban reflejadas todas las Juntas celebradas por la

Entidad Urbanistica de Conservacion Son Ramonell (E.U.C.S.Ramonell). No obstante,

no fue posible realizar fotocopias del mismo por 1 0 que las anotaciones y notas que se

realizan pudieran contener algun error 0 equivocacion involuntarios que podran

subsanarse, ya que al parecer toda la documentacion de la citada Entidad se halla, 0

sera pr6ximamente remitida a t Ayuntamiento de Marratxi. Por 10 que no tendra ninguna

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dificultad para que el referido Organismo permita obtener las fotocopias que sean

precisas.

Del Libro de Aetas de la EUe.S. Son Ramonell, se ha obtenido la siguiente

informacion:

1. Que lleva los sellos del Registrador de Ia Propiedad D. Miguel Nigorra, con

fecha de 13 de marzo de 1.996.

2. Que la primera Junta se celebre el dia 21 de Julio de 1.995, constando como

presentes en la misma:

- El Sr. Fernando Marques.

- EI Sf. Guillermo Oliver

- La Sra. Margarita Moll Palou.

- El Sr. Jose Luis Lara.

- EI Sr. Mateo Tomas.

- El Sr. Juan Marques.Que el orden del dia era el siguiente:

10.- Constitucion de la EVC del Plan Parcial de Son Ramonell.

2°._Nombramiento de cargos.

Que como consecuencia de ello, se constituyo en dicha Junta la Entidad

Urbanistica de Conservacion Son Ramonell (E.UC.S.Ramonell), siendo

nombrados:

- Presidente, el Sr. 1.L.Lara Sarria.

- Vicepresidente, el Sr. Fernando Marques Tous.

- Secretario, el Sr. Mateo Tomas Trias.

- Vocales, el Ayuntamiento de Marratxi, el Sr. Guillermo Oliver Capo, el Sr.

Juan Marques Tous y el Sr. Fabian Garcia (en representacion de Alcampo).Que en el apartado de ruegos y preguntas se acordo:

1°._La elaboracion de un presupuesto de gastos.

2°._ La contratacion de un operario.

30.- La contratacion de suministro con GESA

4°._La apertura de una cuenta corriente en la entidad Sa Nostra.

3. Que con fecha 28 de Mayo de 1.998, se celebre una Junta Ordinaria con la

asistencia de:

- El Sr. F. Marques Tous.G.

- El Sr. Oliver Capo.

- La Sra. M. Moll Palou.- El Sr. 1 .L. Lara Sarria.

- El Sf. M. Tomas Tomas.

- EI Sf. 1 .Marques Tous.

Que en dicha Junta se trata y aprueba:

1°._Lectura del acta anterior.

2°._ Nombramiento de cargos.

3°._ Informe de cuentas y gastos del periodo comprendido entre Junio de

1.995 a 30 de Abril de 1.998. .

4°._ Se faculta al Presidente para el nombramiento de un Administrador.

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4. Que con fecha 11 de Febrero de 1.999, ya las 17'30 horas, se celebr6 una Junta

Extraordinaria, estando presentes:

- EI Sf. G. Oliver Cap6.

- El Sf. Miguel Palou.

- El Sf. Jose Luis Lara.

- EI Administrador nombrado, el Sr. Miguel Angel Mercadal.Que en la misma se trat6 el tema de la situaci6n econ6mica de la Entidad

Urbanistica de Conservaci6n Son Ramonell (E.U.C.S.Ramonell). Consta que las

cuotas impagadas ascendian a 81.518 Ptas., y que al Ayuntamiento de Marratxi

le correspondia el 15'97 % del total. Se aprobaron las cuotas pasadas y futuras.

Y que en el caso de impago de las cuotas se emprenderian acciones legales

contra los morosos.

5. Que con fecha 29 de Junio de 1.999, se celebre una Junta Ordinaria, estando

presentes:

- El Sf. M. Palou.

- El Sf. F. Marques (SR).-GOC.

- El Sf. Andres Barcel6 Mas (0'28%).

- El Sf. Adrian Garcia de la Torre (0'29%).

- La Sra. Rosa Zeche Robredo (0'29%).

- EI Sf. Antonio Cazorla Reche (0'29%).

- EI Sf. Gabriel Barcel6 Rubert (0'28%).

- EI Sr. Gabriel Bover Juan (0'28%).

- EI Sr. Alejo Alejo Benito (0'28%).

- El Sf. Jose Mayans Rubi (0'32%).

- El Sf. Pablo Palomares Medina (0'10%).

- El Sr . Jose Luis Puga Castell.- El Sf. Sebastian Pou Torrandell, en representaci6n de MAU S.L. (4'28%).

Que se trataron los siguientes temas:

1°._ Lectura y aprobaci6n del acta anterior.

2°._ Memoria y aprobacion de las cuentas desde Mayo de 1.998 hasta el 30

de Junio de 1.999.

30.- Presupuesto de gastos desde elide Julio de 1.999 hasta el 30 de Junio

de 2.000, que ascendi6 a 14.520.000 Ptas.

4°._ Realizar las cuotas trimestrales segun los coeficientes.

5°._ Hacer presupuesto de vallado de las zonas electricas,

6°._ Renovaci6n de cargos. Con las siguientes designaciones:

- Presidente, el Sf. Miquel Palou de Edificaciones y ParquesResidenciales S.A.

- Vicepresidentes, el Sf. Fernando Marques Tous y el Sf. Guillermo

Oliver Capo.

- V oca les, la Sra. Margarita Homar y el Sr. Gabriel Bover.

7°._ Informe de la situacion econ6mica. Se deja constancia de que Alcampo

adeuda la cantidad de 1.038.735 Ptas., G.O.C. y la Sra. Magdalena

Moll Palou la cantidad de 426.088 Ptas. Se acordo dar un plazo de 20

dias a los morosos para que procedan al pago. Se acordo la

rec1amaci6n judicial a los morosos, para 10 cual se otorg6 a tal efecto

poder para pleitos para Abogado y Procurador. Se acord6 el recargo de

un 15% al moroso de una cuota, y si mas de una euota eI20%.

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8°._ La contratacion de un seguro de responsabilidad civil.

Que en el apartado de megos y preguntas, se acordo requerir al Ayuntamiento de

Marratxi mas vigilancia policial y que se procediera a retirar los contenedores

que impiden la visibilidad a los conductores. Tambien se acuerda requerir a

Alcampo.

6. Que con fecha 21 de Agosto de 2.000, se celebre una Junta Ordinaria, con los

siguientes asistentes:

- EI Sr. Miguel Palou en representacion de EYP AR y PARACAMBASA

(10'72%).

- EI Sf. A. Marques por SON RAMONELL (19'44%).

- PROMONELL(1'8290%).

- EI Sr. Martin Fernandez (0'28%).

- El Sr. A. Alejo Benito (0'28%).

- E1 Sr. J. Mayans Rubi (0'28%).

- EI Sr. J. Perez Arcos (0,927890%).

- El Sr. IT. Gallego Quesada (0'0927890%).- E1 Sr. B. Martinez Alemany (0,0927890%).

- EI Sf. P. Gallego Lopez (0,0927890%).

- EI Sf. E. Canalejo (0,0927890%).

- EI Sr. P.A Francisco Vives (0,0927890%).

- EI Sf. A. Cladera Valls (0,0927890%).

- El Sf. P.A. Santos Sureda (0,0927890%).

- E1 Sf. M. De la Calle Vicens (0,0927890%).

- El Sf. M. Angel Catalan (0,0927890%).

- Otros asistentes sin derecho a voto.

Que los asistentes suman y representan e141,69777% de las cuotas.

Que los temas tratados fueron los siguientes:1°._ Lectura y aprobacion del acta anterior.

2°._ Memoria y aprobacion de cuentas desde Julio de 1.999 a Junio de

2.000 por importe de 12.0S1.452 Ptas ..

3°._ EI presupuesto de gastos para el siguiente ejercicio de 16.907.199 Ptas.

4°._ Emprender acciones contra 34 morosos, por 1 0 que se dara plazo para

demandarlos y se otorgara poder para pleitos.

5°._ La contratacion de servicios de seguridad, que no podra recaer en

COSEGUR.

6°._ Ruegos y preguntas: Gestiones con el Ayuntamiento de Marratxi en

relacion a las asociaciones de vecinos. Averi as en la iluminacion.

7. Que Ia ultima Junta, Ordinaria que consta en el Libro de Aetas, se celebre el dia

9 de Abril de 2.002, con la asistencia de:

- El Sr. M. Palou por EYPAR

- El Sr. Borja Casasnovas por SON RAMONELL.

- R. Capacete 17-A.

- G. Bover 14-D.

- D.Martin 14-F.

- IL. Gil 7-E.

- G . Oliver y B. Muntaner V-IS.

- R. Noguera I-A.

- IC. Suau I-B6.

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- M. Arbona I-CS.

- J. Ubeda V-IS.

- I Cafiellas VJS-E4.

- E. Ramos V'J-SFl.

- M. Obrador V'J-SF5.

- Y. LIobera V'J-SF7.- I.Ayala EA.

- 1M. del Corral EC 2.

- 1 . Valenti T B 1 .

- N. Morey TD 2.

- R . Deia RD 3.

Que se trataron los siguientes temas:

10.- Lectura y aprobacion del aeta anterior.

2°._ Memoria de gastos: 132.287,24 € Y 30.582,03 e . Presupuesto para el

afio siguiente: 97.320,00 €.

3°._ Renovacion de cargos.

4°._ Falta de alumbrado. Problema de agua con Alcampo, Revision del PlanUrbanistico.

5°._Reasignacion de coeficientes. Las manzanas Ay B cesiones obligatorias.

Que fueron designados:

- Presidente, el Sr. M. Palou,

- Vieepresidente, el Sr. F. Marques.

- Seeretario-Administrador, el Sr. Antonio Gari de G&R Administraciones

Gari,

- Vocales, eI Sr. M. Homar, eI Sr. G. Bover, el Sr. J.L. Gil y el Sr. 1.1.

Valenti.

Para concluir, sefialar que el dia 2 de agosto de 2007, a l solicitar al despacho deG&R Administraciones Gad un listado de los coeficientes de participacion aplicados,

facilito un listado con los nuevos coeficientes que no se corresponde con el que eonsta

en el Libro de Aetas, que consta de 6 folios y un tercio eserito a maquina u ordenador.

Se reitera que los datos puntuales que se reeogieron de las Aetas pudieran

eontener errores, pero en todo caso, se podra solicitar al Ayuntamiento de Marratxi

fotocopia del Libro de Aetas, completo.

Conclusiones y propuestas del informe juridico.

Despues de revisarse la doeumentaci6n y las Aetas de las Juntas celebradas por

la Entidad Urbanistica de Conservacion de Son Ramonell (B.D.C.S. Ramonell),

presentadas por el despacho de G&R Administraciones Gari, se han obtenido las

siguientes conclusiones y propuestas:

Conclusiones.

1. De la comunicacion de fecha 26 de febrero de 2007 remitida por eI despacho

G&R Administraciones Gari, como administrador de la Entidad Urbanistica de

Conservaci6n de Son Ramonell (B.U.C.S. Ramonell), a todos los propietarios

pertenecientes a la citada Entidad Urbanistica, se desprende:

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a) Que por parte del Ayuntamiento de Marratxi se ha asumido el

mantenimiento y conservacion de la Urbanizacion Son Ramonell.

b) Que a partir del 30 de mayo de 2006 la Entidad Urbanistica de

Conservacion de Son Ramonell (E.u.C.S. Ramonell) dej6 de sufragar los

gastos de mantenimiento y conservaci6n de la Urbanizacion Son

Ramonell.c) Que se pretende la extincion y liquidacion de la citada Entidad

Urbanistica.

2. Que no se podra proceder ala aprobaci6n de 1adisolucion de la Entidad mientras

no conste el cumplimiento de las obligaciones que esten pendientes (pagos

pendientes 0 deudas reconocidas).

3. Que en ellistado adjuntado ala comunicacion de fecha 26 de febrero de 2007,

remitido por el despacho G&R Administraciones Gari a todos los propietarios de

la Urbanizacion Son Ramonell, consta una relacion de gastos y de propietarios

deudores a los cuales se les imputan unas supuestas cantidades pendientes depago, sin desglosarse porque conceptos y a que period os se corresponden.

4. Que segun sefiala la Ley de Propiedad Horizontal:

a) Cada propietario de parcelas, de viviendas unifamiliares situadas en

parcelas individuales, de viviendas pareadas y/o adosadas pertenecientes

a urbanizaciones privadas, ubicadas todas eHas en la Urbanizacion Son

Ramonell, responderan con la propia parcela 0 inmueble adquirido, unica

y directamente, por el importe de la deuda que en el momento de la

adquisicion existiera y que se corresponda con la parte vencida de la

anualidad en la que adquirio su propiedad y la del afio natural

inmediatamente anterior. Salvo que se hubiera pactado otra cosa.b) Que es la propiedad adquirida la que esta direetamente afectada por la

deuda.

c) Que el transmitente debera:

- Aportar en el momento de la transmision una certificacion sobre el

estado de deudas con la comunidad de propietarios y, en este caso

concreto, tambien, con la Entidad Urbanistica de Conservacion de

Son Ramonell (E.u.C.S. Ramonell). Salvo que fuese expresamente

exonerado de esta obligacion por el adquirente.

- Comunicar a quien ejerza las funciones de secretario de la

comunidad, y en este caso concreto, tambien, al Secretario de la

Entidad Urbanistica de Conservacion de Son Ramonell (B.U.C.S.Ramonell), por cualquier medio que permita tener constancia de su

recepcion, el cambio de titularidad de la propiedad.

Si se incumpliera esta obligaci6n se seguira respondiendo de las

deudas con la Comunidad de Propietarios y con la Entidad

Urbanistica de Conservaci6n de Son Ramonell (RU.C.S.

Rarnonell), devengadas con posterioridad a la transmision de forma

solidaria con el nuevo titular, sin perjuicio del derecho a

reclamarselo posteriormente.

No obstante, esto no se aplicara cuando cualquiera de los organos

de gobierno establecidos haya tenido conocimiento del cambio de

titularidad de la propiedad por cualquier otro medio 0 por aetos

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conc1uyentes del nuevo propietario, 0 bien cuando dicha

transmision resulte notoria.

5. Que segun se desprende de los informes contable y juridico-Iaboral, as! como de

las leyes aplicables, no se cumplen unos requisitos minimos que justifiquen

razonable y adecuadamente la reclamaci6n de cantidad en concepto de deudaspendientes de pago a la Entidad Urbanistica de Conservacion de Son Ramonell

(RUeS. Ramonell) efectuada por el despacho G&R Administraciones Gari,

como administrador de la citada Entidad Urbanistica.

6. Que se podria dar una indefension por parte de los propietarios de la

Urbanizacion Son Ramonell, asi como dificultar futuras reclamaciones y/o

acciones contra el Organo de Gobiemo de la Entidad Urbanistica de

Conservacion de Son Ramonell (Ru.eS. Ramonell), y/o contra su

Administrador, el despacho G&R Administraciones Gari:

a) AI no justificarse los gastos por ejercicios y cronologicamente.

b) Al no reflejarse debidamente el coeficiente de participaci6n aplicado acada propietario y/o Urbanizacion,

7. Que evidentemente las Juntas realizadas por la Entidad Urbanistica de

Conservaci6n de Son Ramonell (E.Ues. Ramonell) han incumplido los

articulos 16 y concordantes de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH).

8. Que es obligatoria la reunion de la Junta al menos una vez al afio. Por elIo, como

minimo una vez al afio se deberia haber convocado una junta ordinaria (y tantas

extraordinarias como fueran precisas). Y que en dichas juntas ordinarias se

deberian haber aprobado:

a) Los gastos del ejercicio finalizado.b) El presupuesto del nuevo ejercicio.

c) La certificacion de las deudas de los gastos que les pudieran

corresponder segun su coeficiente de participacion de aquellos

propietarios que no las hubieran abonado, para su posterior reclamacion

via judicial.

9. Que la convocatoria a la Junta debe realizarse con la citacion de todos los

propietarios incluidos en fa Entidad Urbanistica de Conservaci6n, cosa que al

parecer no se ha producido.

10. Que todas las decisiones tomadas por el Organo de Gobiemo de la EntidadUrbanistica de Conservaci6n de Son Ramonell (B.U.C.S. Ramonell), se debieron

acordar en la correspondiente junta, ordinaria 0extraordinaria, debiendo constar

dichas decisiones en el correspondiente acta que debia ser confeccionada por

quien ostentase el cargo de. Secretario (esta funcion fue desempefiada por el

despacho G&R Administraciones Gari, como Administrador y Secretario de la

citada Entidad Urbanistica).

11. Que deberia haberse dado la adecuada difusi6n de los acuerdos y/o decisiones

adoptadas mediante el envio de una copia del acta correspondiente a todos los

componentes (propietarios afectados) de la Entidad Urbanistica de Conservaci6n

de Son Ramonell (E.U.C.S. Ramonell).

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12. Que los acuerdos de la Junta son impugnables ante los Tribunales, pero para ella

los copropietarios deben haber sido citados a la misma, y en todo caso deben

haber recibido una copia del acta de la misma, circunstancias que, al parecer,

tampoco se han producido.

13. Que desde que se constituyo la Entidad Urbanistica de Conservacion de SonRamonell (B.U.C.S. Ramonell) en el ano 1995, hasta el afio 2007, solamente

constan que se hayan celebrado seis Juntas (cinco Juntas Ordinarias y una Junta

Extraordinaria), siendo la Ultima Junta Ordinaria celebrada la del dia 9 de abril

del 2002.

14. Que no se certifica ninguna deuda de los propietarios de de la Urbanizacion Son

Ramonell.

15. Que por la escasa y aparentemente ilegal y mal realizada contabilidad de la

Entidad Urbanistica de Conservaci6n de Son Ramonell (B.D.C.S. Ramonell), se

observa claramente que se han realizado multitud de actuaciones que no han sidopuestas en el orden del dia, ni se han discutido y aprobado en las

correspondientes Juntas.

16. Que tampoco parece que hayan llegado a todos los comuneros las cuotas a

satisfacer para hacer frente a los gastos de la Entidad Conservadora, ni ningun

otro tipo de notificacion relacionada con aquella.

17. Que es importante destacar que no se conocen los criterios que a seguido el

Administrador de la Entidad Urbanistica de Conservacion de Son Ramonell

(B.U.C.S. Ramonell) para establecer los coeficientes de las propiedades que

seiiala en sus listados, ni si son correctas las cuotas por cl establecidas a abonarpor los propietarios. Todo ello, coeficientes y cuotas deberan ser estudiados y,

en su caso, corregidos y determinados definitivamente.

18. Que todas la irregularidades contables, administrativas, laborales, fiscales,

civiles, penales, etc. que pudieran haberse dado en la gestion de la Entidad

Urbanistica de Conservacion de Son Ramonell (R.u.e.s. Ramonell), son

susceptibles de impugnarse ante los Tribunates, salvo que se haya producido

caducidad 0 prescripcion de la accion, en cuyo caso seria mucho mas

conveniente no pleitear.

No obstante, debe hacerse constar que cualquier reclamaci6n ante los Tribunales

o la Administraci6n PUblica, necesitara de un detallado y detenido estudioanterior, can la finalidad de evaluar las "armas con las que se cuenta para

atacar", las irregularidades 0 ilegalidades realizadas por el presunto demandado-

denunciado, las posibilidades de exito, el acuerdo de la mayoria de los

copropietarios, una provision de fondos suficiente para llevar a cabo las acciones

judiciales y el pago de posibles informes de peritos y expertos, y por ultimo,

paciencia y tiempo.

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Propuestas.

Aunque este informe tiene la vocacion y la finalidad de ser definitivo, en cuanto

a los fundamentos juridicos es solo provisional, dado que se considera que no se tuvo

acceso a toda la informacion y documentacion de la Entidad Urbanistica de

Conservacion de Son Ramonell (RUeS. Ramonell) en poder del Administrador; en elsupuesto de obtener 0 recibir a partir de ahora mas datos 0 informacion sobre la citada

Entidad Urbanistica de Conservacion, de los que hasta ahora se disponia, seria el

momento de confeccionar el informe juridico definitivo.

En primer Iugar, este infonne debera Uegar a todos los propietarios que nos han

nombrado y dado su apoyo para la realizacion del mismo, al objeto de que pueden

leerlo, estudiarlo y aportar criterios y opiniones que pudieran ser de gran interes y

provecho para todos, con la finalidad de solventar las irregularidades y/o ilegalidades

que se pudieran haber cometido.

En segundo lugar, habiendose producido, al parecer, la recepcion de laUrbanizacion de Son Ramonell por parte del Ayuntamiento de Marratxi, se debera tener

presente que a partir de ahora sera un interlocutor al que se debera tener sumamente en

cuenta, por su colaboracion, decisiones, aetos administrativos que emita al respecto, etc.

En tercer lugar, tener presente que es de vital importancia la unidad del grupo, el

tener muy claro el que les ha perjudicado y perjudica y buscar la manera mas adecuada

de resolverlo favorablemente, bien sea llegando a posibles acuerdos los con autores de

las irregularidades y/o ilegalidades para su rectificacion y reparacion (material 0 ideal),

bien sea pleiteando ante los Tribunales de Justicia 0 la Administracion PUblica para el

reconocimiento de los derechos de los propietarios afectados, 0 para el resarcimiento de

los dafios y perjuicios producidos,

Dandose por terminado este informe, que hemos confeccionado con los

documentos y datos disponibles, segun nuestro leal saber y entender.

En Palma de Mallorca a doce de septiembre de dos mil siete

Fdo: Juan vergel Gomila

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