Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

114

description

Informe de investigación realizada por la organización Vía Plural en 2009, para el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar sobre la situación de las personas de las comunidades indígenas Embera Katio y Embera Chami residentes en Bogotá.

Transcript of Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

Page 1: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá
Page 2: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

2

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR – ICBF

VÍA PLURAL

Versión editada por Vía Plural

Diana Bravo Rubio. Daniel Alzate Mora.

EQUIPO DE INVESTIGACIÓN

Felipe Cabrera Orozco Daniel Alzate Mora Carolina Barbero Cárdenas Yulia Caicedo Rubio Ángela Castillo Diana Bravo Rubio Carlos Andrés Mora González Fernando López Vega

Diseño y Diagramación

Carlos E. Pardo Mejía

Corrección de Estilo y Textos Finales Cristina Ramos Solís

Las opiniones expresadas en esta publicación son de exclusiva responsabilidad de las autoras y los autores, y no reflejan necesariamente las opiniones del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

Page 3: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

3

CONTENIDOS

Introducción

Relatos del desplazamiento de la gente Embera………………..5

Territorios en disputa, violencias y desplazamiento forzado Motivos del desplazamiento: cerdos, cabildos, reclutamientos y tiroteos Cerdos y mulas Peleando con los cabildos Reclutamiento y tiroteos Dejando los hogares, la huida y el desplazamiento El arribo de las familias Embera a Bogotá La gran familia Embera de San Bernardo y La Favorita Hogares Embera en el territorio. Contextos y dinámicas familiares previos al desplazamiento. Familia Embera en Bogotá Nuevas ciudadanías, nuevos habitantes urbanos, la búsqueda del ausente Estado en Bogotá

Caracterización socioeconómica de las familias Embera……..29

La medición de la pobreza de un grupo indígena en la ciudad Algunos apuntes metodológicos Primeras percepciones sobre la ciudad Descripción socio demográfica Vivienda Contexto: Barrio La Favorita Contexto: Barrio San Bernardo Los pagadiarios Las prácticas económicas en la Ciudad

Page 4: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

4

Política pública de desplazamiento y los Embera residentes en

Bogotá……………………………………………………………………………..53

Metodología de investigación Marco normativo y jurisprudencial sobre la protección y atención a la población desplazada en Colombia con énfasis en comunidades indígenas. Auto 004 de 2009 de la Corte Constitucional Estudio de algunos componentes de la protección y atención a la población desplazada. Registro Único de Población Desplazada (RUPD) Atención Humanitaria de Emergencia (AHE) El derecho a la estabilización socioeconómica Recomendaciones Política Pública

Situación de garantía de los derechos a la cultura, la lengua y la

tradición de los niños, niñas y adolescentes Embera residentes en

Bogotá……………………………………………………………………………89

Marco normativo y doctrinal Información recolectada en la investigación Información adicional obtenida Conclusión

Acciones de protección del ICBF durante el desarrollo del Observatorio………………………..…………………………..…….99

Marco normativo Acciones de protección y prevención adelantadas por el ICBF Procesos de restablecimiento de derechos Conclusiones

Page 5: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

5

Introducción

“Desde siempre, las mariposas y las golondrinas y los flamencos vuelan huyendo del frio, año tras año,

y nadan las ballenas en busca de otra mar y los salmones y las truchas en busca de sus ríos. Ellos viajan

miles de leguas, por los libres caminos del aire y del agua.

No son libres, en cambio, los caminos del éxodo humano.

En inmensas caravanas, marchan fugitivos de la vida imposible.

Viajan desde el sur hacia el norte y desde el sol naciente hacia el poniente.

Les han robado su lugar en el mundo. Han sido despojados de sus trabajos y sus tierras. Muchos huyen

de las guerras, pero muchos más huyen de los salarios exterminados y de los suelos arrasados.”

Eduardo Galeano. Bocas del tiempo. “Los emigrantes ahora”.

En Colombia actualmente existen entre dos y tres millones de personas desplazadas, quienes desde diferentes regiones del país han abandonado sus hogares huyendo del conflicto armado. De esta forma nos constituimos como el segundo país con mayor cantidad de personas desplazadas en el mundo, tan solo superado por Sudán. El desplazamiento forzado en Colombia es un fenómeno de amplio rango e incluye a la diversidad de gentes que habitan la nación, desde pequeños campesinos hasta comunidades afrodescendientes y pueblos indígenas. Según el censo nacional de 2005 en Colombia los indígenas pertenecen a 84 pueblos, de los cuales varios están en peligro de extinción. Aunque conforman el 2% de la población total del país, lo más alarmante es que las comunidades indígenas representan un alto porcentaje de la población total en situación de desplazamiento. En este contexto, las ciudades se han convertido en el lugar de recepción de miles de personas desplazadas. Desde hace algunos años urbes como Pereira, Bogotá, Medellín y Quibdó han observado la llegada de cientos de indígenas Embera. Una vez en la ciudad, se mezclan con la mendicidad en las calles. En el año 2005 el Alto Comisionado de Las Naciones Unidas para los Refudiados –ACNUR- había visibilizado el éxodo de 209 Embera Katío del resguardo Tahamí del Alto Andágueda a Bogotá, el cual arrastraba a niños, niñas, jóvenes y familias hacia la más cruenta marginalidad. Según ACNUR las condiciones de este grupo estaban marcadas por numerosos factores: “La exclusión, la tuberculosis, la mendicidad, la drogadicción, la violencia intrafamiliar, el alcoholismo, la explotación, el hambre, la

Page 6: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

6

violencia sexual (…) se mezclaron y exacerbaron perversamente, durante más de un año en cuerpos y rostros que se confrontaron y confrontaron a la ciudad con su alteridad” (ACNUR, 2006). Hoy en día estas situaciones sigue siendo una constante en la vida de los Embera en Bogotá y, sin lugar a dudas, constituye nuna vulneración masiva y continua de los derechos humanos de esta población indígena, la cual requiere de la atención de diferentes autoridades estatales. Al momento de realización de la presente investigación, según las cifras de algunas entidades distritales, en Bogotá habitan aproximadamente 600 indígenas Embera, pertenecientes a las etnias Katío y Chamí, quienes en la urbe se enfrentan al cambio cultural en medio de diferentes formas de discriminación y exclusión. Tomando en consideración lo anterior, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar encontró pertinente adelantar el proyecto denominado Observatorio Nacional sobre la situación de derechos de niños, niñas y familias Embera desplazadas en Córdoba, Risaralda y Bogotá, con el cual se pretende indagar sobre los motivos del desplazamiento de los indígenas Embera, así como sus rutas migratorias y la situación a la cual se enfrentan una vez que están en las ciudades. Dentro de este proyecto, la Regional Bogotá del ICBF consideró adecuado encargar el desarrollo del Observatorio en Bogotá a Vía Plural. Vía Plural es una asociación sin ánimo de lucro constituida con el propósito de desplegar una plataforma de servicios que haga posible el desarrollo de investigaciones sociales, científicas y tecnológicas, y la implementación de programas de protección ambiental, desarrollo social y cultural. Sus actividades están enmarcadas dentro de la promoción y respeto de los derechos humanos y la protección de las comunidades vulnerables. La asociación pretende incidir de forma directa y aplicada en la realidad social del país persiguiendo la transformación de las condiciones concretas de grupos tradicionalmente vulnerados y marginados por el avance de procesos económicos, sociales y ambientales. Vía Plural busca, además, orientar procesos de cambio social a partir del conocimiento y la revisión crítica para llegar a formas de acción coherentes y contextualizadas, procesos de diálogo, participación y entendimiento con las comunidades locales. Para adelantar de este proyecto Vía Plural contó con la participación de un equipo interdisciplinario compuesto por dos antropólogas, dos antropólogos, una abogada, un abogado, una nutricionista y un psicólogo. En la investigación se utilizaron métodos cuantitativos y cualitativos tales como encuestas, grupos focales, entrevistas semiestructuras, observación participante y levantamiento de historias de vida. El trabajo de campo se realizó durante los meses de noviembre y diciembre de 2009, en los barrios La Favorita y San Bernardo (localidades de Santa Fe y Los Mártires, respectivamente), por ser los lugares que albergan un mayor número de familias. El Informe Final del Observatorio de Bogotá consta de nueve capítulos en los cuales se presenta: el marco teorico de la investigación, la vida de los Embera en los resguardos, el proceso de desplazamiento, los resultados de la encuesta de caracterización socioeconómica, la situación

Page 7: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

7

nutricional de niños y niñas, aspectos generales sobre política pública de desplazamiento y goce de algunos derechos. El presente documento es una versión reducida del informe final, la cual ha sido editada por Vía Plural para facilitar su difusión, y que busca condensar los aspectos de mayor relevancia de la investigación. Este documento consta de cuatro apartados: el primero se refiere a los relatos del desplazamiento; el segundo trata sobre la caracterización socioeconómica; el tercero aborda la política pública de atención a la población indígena Embera residente en Bogotá; y finalmente, el cuarto describe las acciones que el ICBF realizó para la protección de los derechos de las niñas y niños Embera durante los meses de noviembre y diciembre de 2009. Finalmente, queremos hacer un reconocimiento muy especial a las familias Embera residentes en Bogotá, sin quienes la investigación no se habría podido llevar a cabo. A ellos y ellas les agradecemos su participación en cada una de las actividades, su paciencia para contestar cada una de nuestras preguntas y, sobre todo, haber compartido con nosotros, por medio de sus relatos, parte de sus vidas. Esperamos que estas páginas aporten elementos útiles en la búsqueda de una solución definitiva que permita recuperar para ellos la libertad y su lugar en el mundo.

Page 8: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

8

Relatos del desplazamiento de la gente Embera

La gente Embera Katío y Embera Chamí son habitantes del chocó biogeográfico y conformanel tercer pueblo indígena en población en el país, con un aproximado de 70.000 personas (Observatorio del Programa Presidencial de Derechos Humanos y DIH, 2009). Estas comunidades habitan en ecosistemas montañosos, en los valles del los ríos de la cordillera occidental y en zonas donde predomina el bosque húmedo tropical. La región de ocupación Embera se extiende en las dos faldas de la cordillera occidental y administrativamente está dividida en dos departamentos. Los Embera Katío ocupan la vertiente occidental, correspondiente a los municipios de Bagadó, Carmen de Atrato, Quibdó y Lloró en el Chocó. Los Embera Chamí ocupan la vertiente oriental, correspondiente a los municipios de Pueblo Rico, Mistrató y Quinchía en Risaralda. La gente Embera, Chamí y Katío, rememora en sus narraciones orales las travesías que abuelos y padres hicieron por las trochas y ríos de Risaralda y Chocó. Viajes en mula y champa1 de Conondó a Cascajero, y de ahí al alto río Andágueda en la época en que los Katío pelearon por la posesión de la Mina Dabaibe con el “paisa” Escobar. También relatan las marchas que hicieron desde Dokabu y Agüita a Santa Cecilia y Pueblo Rico2 para salir de ahí hacia Antioquia y Caldas a recoger café. Para la gente Embera ha sido indispensable “moverse”, viajar de aquí a allá, y por eso se trata del grupo indígena con más zonas de ocupación en el territorio colombiano3. (Vasco, 1985). Son pues un pueblo con fuertes tradiciones de movilidad, lo que ha marcado de manera particular sus formas de organización social. Es de nuestro interés presentar en este apartado un análisis de los fenómenos de desplazamiento de la gente Embera en la actualidad, es decir, en el periodo comprendido entre el año 2000 y el 2009. Aunque nos centraremos en la última década, buscamos rescatar aquello que fue evidente en el proceso de recuperación de las memorias del desplazamiento, la existencia de una conexión histórica entre esta última ola de desplazamiento y las sucedidas veinte y cuarenta años atrás. Un elemento que articula estas sucesivas tandas de desplazamiento es la violencia acaecida sobre las comunidades Embera. Violencia que es consecuencia de un proceso que se inició con la disputa de

Documento original de Ángela Castillo en Informe Final Informe Final del Observatorio del ICBF, editado para esta versión por Vía Plural. 1 Embarcación en madera para navegación en los ríos. 2 Conondo, Cascajero y el Alto Andágueda son veredas del municipio de Bagadó en el departamento de Chocó. Dokabu,

Agüita y Santa Cecilia son veredas del municipio de Pueblo Rico en el departamento de Risaralda. 3 El pueblo Embera tiene lugares de ocupación en el territorio colombiano en los departamentos de Caquetá, Meta,

Putumayo, Santander, Nariño, Cauca, Valle del Cauca, Caldas, Risaralda, Chocó, Antioquía y Córdoba. También ocupan

zonas del área limítrofe con Panamá. (Vasco. 1985:8).

Page 9: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

9

territorios entre agentes externos y gente Katío y Chamí, que tradicionalmente habitó estos espacios. A la pelea por las tierras, le siguió el enfrentamiento armado. Finalmente, este proceso terminó con el éxodo obligado de los indígenas, exilio que tuvo como objetivo la búsqueda de zonas de refugio donde no se vieran amenazados. Consideramos relevante presentar esta mirada histórica de los fenómenos de desplazamiento de la última mitad del siglo XX porque así nos aproximaremos a una de las preguntas que guió la realización del Observatorio: por qué la población Embera elige Bogotá como lugar de llegada y vivienda. Así, este capítulo se dividirá en tres secciones. Una primera que abordará brevemente la perspectiva histórica de los procesos de movilidad de los Embera. Esta sección se construyó a partir de la recuperación de las historias sobre los últimos cincuenta años que los llegados de Chocó y Risaralda compartieron con nosotros. En la segunda sección exploraremos las motivaciones específicas que tiene la gente Embera para moverse hacia Bogotá. Para ello, indagaremos sobre las condiciones de vida en sus territorios y las nuevas configuraciones sociales que la llegada del conflicto armado trajo a la región. En la tercera sección, presentaremos el relato del desplazamiento. Un relato, construido a partir de las narraciones diversas de hombres y mujeres Katío y Chamí, que estudiará los factores culturales, de estructura familiar y organización política que intervienen en las dinámicas de migración. Antes de iniciar la exposición de estos relatos quisiéramos exponerle al lector la ruta metodológica que recorrimos para lograr la recuperación de estas memorias personales y colectivas. Este recorrido nos llevo de encuentros formales, cortos y muy impersonales con los Embera que recién conocíamos, a numerosas conversaciones y largas visitas a sus hogares. El equipo de investigación del Observatorio pasó de ser un equipo de profesionales que aplicó instrumentos de ubicación socioeconómica a un conjunto de personas que quisieron oír las voces, los relatos, los problemas, las historias de aquellos que no habían sido escuchados. Sobre los grupos focales, podemos decir que estuvieron orientados a recolectar las historias, narraciones y memorias de hombres, mujeres y niños Embera desplazados en la ciudad de Bogotá. Los grupos focales tuvieron como objetivo central identificar distintas versiones sobre los sucesos de desplazamiento: evocaciones sobre sus lugares de origen; los motivos del desplazamiento; las rutas de migración y la llegada. Estos talleres nos permitieron explorar por qué algunas versiones sobre el desplazamiento son más públicas, unas más privadas, unas más reconocidas y unas no dichas. Los talleres iniciaban con charlas informales entre los asistentes y el equipo de investigación: mujeres y hombres Embera se presentaban y referían los lugares de donde provenían. Con la información sobre los lugares de origen, dividíamos los grupos de acuerdo a estas regiones. Después de esa introducción, entregábamos a cada grupo materiales (papel de periódico y marcadores) para que representaran, a través de un dibujo, el territorio donde vivían antes de desplazarse hacia Bogotá. Les solicitábamos que pusieran énfasis en cómo era el territorio; cuáles eran las actividades que realizaban cotidianamente y qué personas convivían allí con ellas y ellos. También les pedimos que plasmaran las rutas para llegar a Bogotá y, finalmente, cómo percibían la ciudad. En cada uno de los grupos, la actividad estuvo acompañada por un miembro del equipo de investigación y un becario o becaria Embera que se desempeñaba como traductor. Es importante destacar que este trabajo fue dispendioso porque muchos de ellos no hablan español. A pesar de ello, quisimos que esto no

Page 10: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

10

representara un obstáculo y solicitamos el acompañamiento de personas Embera que posibilitaran que la comunidad hablara entre sí, en su lengua, sobre los diversos casos de desplazamiento. Al equipo, la presencia de los becarios indígenas, le permitió acceder a la riqueza etnográfica de estas narraciones.

Fotografía 1: Mujeres Embera Chamí reunidas durante la realización de uno de los grupos focales sobre desplazamiento. Vía Plural, 2009

La realización de los grupos focales se hizo de forma simultánea a la aplicación de los instrumentos y al acompañamiento en la vida diaria de los Embera. Este trabajo continuo en los barrios en los que la comunidad vive, nos permitió llevar a cabo la última etapa de la investigación. En esta etapa, nos acercamos a los aspectos privados y profundos de la situación de desplazamiento. Usamos lo que en técnicas etnográficas se denomina entrevistas individuales en profundidad, que se prolongaban por horas, en una o varias sesiones, en los hogares o lugares de trabajo de los Embera entrevistados. El capítulo que presentamos a continuación es el resultado de estos encuentros con la comunidad, que desafiaron las lógicas de nuestro quehacer profesional y nos hicieron cuestionarnos los alcances de un estudio como este.

TERRITORIOS EN DISPUTA, VIOLENCIAS Y DESPLAZAMIENTO FORZADO

Cuando escuchábamos los relatos acerca de la vida en Risaralda y Chocó de la gente Embera que hoy vive en Bogotá, fue imposible no perctarse de que las historias de desplazamiento que ellos referían se remontaban a cuarenta o cincuenta años atrás. Nos preguntamos entonces qué relación podía existir entre las movilizaciones pasadas y el fenómeno de desplazamiento actual. Se hizo explícito en los relatos que la violencia era el detonante de todos los eventos de migración.

Page 11: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

11

Para la gente Embera Katío las migraciones comenzaron cuando sus abuelos y padres fueron a probar suerte con la minería del oro a la zona del Alto Andágueda4. Cuando en 1975 el indígena Aníbal Murillo encontró una mina de oro en la zona conocida como Mina Dabaibe, un gran número de familias Embera arrastraron sus enseres y fueron a trabajar a jornal en la explotación aurífera. En un principio, la existencia de la mina era desconocida y Aníbal Murillo, indígena y agricultor se enriqueció súbitamente lo cual hizo sospechar a sus vecinos indígenas sobre la fuente de su fortuna. En una noche de celebración, los indígenas aprovecharon el ambiente festivo para obligar a Aníbal a hablar mientras acompañaban sus preguntas con grandes tragos de aguardiente. Él les relató el descubrimiento que había hecho de una veta de oro en su finca. La noticia corrió y Emberas que vivían en Bagadó y Carmen de Atrato ocuparon las zonas cercanas a la mina. De esta forma, sitios como Río Colorado y La Argelia, ubicados en los alrededores, fueron habitados de manera permanente por Emberas que se emplearon como trabajadores de las faenas mineras. El oro abundaba y se dice que se producían 20 kilos diarios que eran comercializados principalmente con los “morenos” que subían desde Bagadó a comprar el metal precioso que producía el río Andágueda. Los cultivos fueron relegados a último plano, se abandonó la siembra del plátano, la yuca y el chontaduro. El abastecimiento de alimentos se realizaba en Bagadó, a donde bajaban los Embera para comprar las remesas de comida y subían arroz, plátano, pescado, manteca y sal. La voz de que había oro en el Alto Andágueda se esparció por la región. A la zona arribó en 1977 el paisa Eduardo Escobar (Hoyos, 2005) quien reclamó para sí los títulos de la mina que explotaban los indígenas. En una operación conjunta con la Policía de Quibdó, Escobar se hizo con el control de la mina al expulsar de manera masiva a los casi mil quinientos indígenas que estaban asentados en la zona. Durante los dos años siguientes, la Policía que había sido traída desde Quibdó y pagada por Escobar vigiló la mina, mientras él continuaba la explotación mediante el uso de molinos y mano de obra “paisa”. A esta expulsión ocurrida en la década de 1970 la hemos denominado como la primera ola de desplazamiento. En este evento más de mil quinientos indígenas fueron despojados de sus territorios y obligados a “bajar” hacía Bagadó. Esta primera expulsión traería el primer brote de violencia a la región. Durante los meses siguientes a la expulsión, varios líderes indígenas entre los que se encontraba Humberto Montoya, organizaron reuniones con el fin de preparar la toma de la mina. Consiguieron armas y escogieron a los individuos que participarían. El día seleccionado para la toma, alrededor de doscientos cincuenta Katío, armados con carabinas y brujeras, subieron a Mina – Dabaibe y por medio de las armas ocuparon su antigua mina.

“Nos reunimos doscientos cincuenta, demás indígenas no aceptaron, a los demás le dio miedo porque como los ricos mandan policía o ejercito, , algo así, dijeron no vamos a morir. Subimos a donde vivía el mayordomo, había como doscientos cincuenta trabajadores, subimos hora de tres de la tarde, llegamos allá a la tienda del tal mayordomo, a la hacienda esa. El mayordomo dijo que no me maten, que él no es el dueño, que el dueño vive en el pueblo. Cuando entramos a la pieza había dos

4 Aquí nos referimos a los desplazamientos que empezaron en la segunda mitad del siglo XX en los territorios Embera. Hay

estudios que resaltan que los desplazamientos por violencia de la gente Embera se remontan a la época del régimen español

y posteriormente al establecimiento de la República en la zona. Un estudio completo sobre este proceso es el de Carlos

Alirio Flores López (1999).

Page 12: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

12

maletadas de ese oro, dos de esas canecadas de oro. Ahí cogimos echamos todos para afuera todos esos paisas y ahí nos quedamos. Ya era como cinco de la tarde y los demás trabajadores se bajaran. El mayordomo se llamaba José, le dijimos usted ya no se puede quedar acá. Entonces le prestaron una mula, ensillaron una mula. Los paisas dejaron setenta mulas, doscientas cincuenta reses, tenían harto.” (Raúl, Embera Katío).

La respuesta de la Policía no se hizo esperar. En una operación todavía recordada por los Embera, los agentes que estaban en Bagadó enviaron cargamentos de botellas de aguardiente que la gente negra distribuyó entre los indígenas que vivían en la mina. Aprovechando la distracción que el alcohol produjo entre ellos, la Policía subió e inició un enfrentamiento armado que terminó dejando cinco indígenas muertos5. No obstante, la mina siguió siendo ocupada por los Embera. Esta primera victoria sentaría las bases para un incipiente movimiento organizativo que culminaría con la creación en 1980 del Resguardo Embera del Alto Andágueda. Solo pasarían unos pocos años para que otros actores llegaran a competir nuevamente por este territorio. Los Embera recuerdan que hacia 1985 entró el primer grupo guerrillero, el M-19. Se decía que este grupo venía huyendo del ejército que los perseguía desde Quibdó y por el río San Juan. Los “morenos” fueron los primeros en dar alerta sobre la llegada de gente armada que robaba animales y comida. Ya en 1986, cuando el Cabildo se encontraba en funcionamiento, llegó a la zona del Alto Andágueda el ELN. En un primer momento, entablaron conversaciones con el Cabildo que culminaron en la pelea entre las autoridades indígenas y el grupo insurgente. Los dirigentes del Cabildo, los mismos que habían organizado la defensa de la mina, fueron asesinados en esos años. En ese momento se produjo la segunda ola de desplazamiento, generada por la presencia del ELN en territorio Embera. La gente cuenta que a raíz de este desplazamiento varias familias salieron por primera vez hacía Pereira y Medellín. Aunque este era ya el segundo, no sería el último desplazamiento por violencia de estas comunidades. De los Emberas que salieron y que abandonaron las labores de extracción aurífera, una parte buscó tierras para la agricultura, y otra parte se empleó como jornaleros en la recolección de café en fincas de Antioquia y Risaralda. Durante casi una década, el ELN controló territorios de ocupación de la gente Embera. Hacía 1995, las FARC entraron a disputarse el dominio de estas áreas. La zona de control de este grupo guerrillero se expandió desde las zonas cercanas. Proveniente de las montañas de Antioquia, el Frente 34 entró al Chocó. Desde los municipios de Mistrató y Pueblo Rico, territorio Chamí, llegó el Frente 47, que había incursionado en Risaralda en la década de 1990. En el territorio Chamí, las cinco décadas anteriores también habían sido de violencia, otro tipo de violencias generadas por la presión de los colonos blancos sobre los asentamientos indígenas. Esta imposición se traducía en la presencia constante de finqueros que ocupaban tierra Chamí y de misiones religiosas que castigaron fuertemente las formas tradicionales de vida Embera (Vasco, 1985). Los primeros años del siglo XXI traerían dos actores armados más: la fuerza pública y los grupos paramilitares. Los grupos guerrilleros fueron combatidos por policía y ejército, los enfrentamientos fueron numerosos y marcaron el inició de la guerra en la zona. Conforme la lucha insurgente se fue volviendo más dura fueron llegando a la zona grupos paramilitares. Estas tropas estaban ligadas a la comercialización de la droga. En la zona de Chocó y Risaralda se hicieron llamar Rastrojos o RJ.

5 “Esa vez murieron varios indígenas, ahí mataron cinco indígenas. Mataron a Jairo Estévez, Roberto, Alicio, Gildardo”

(Entrevista personal a hombre Embera Katío. Diciembre de 2009).

Page 13: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

13

Los conflictos de estos actores con la población Embera eran evidentes. Eran constantes los episodios de reclutamiento de jóvenes indígenas para integrar las filas de los grupos armados, el asesinato de hombres y mujeres y el robo de alimentos y animales. Estas nuevas circunstancias estructuraron el panorama social en los territorios de la gente Embera. En los primeros años del siglo XXI se estableció en la zona la dinámica del conflicto armado que había afectado otras regiones del país en años pasados. Se hicieron comunes los enfrentamientos entre la fuerza pública y las guerrillas, el robo de animales, la intimidación a pobladores, el cobro de vacunas a los indígenas. Todo ello desembocaría en una tercera ola de desplazamiento. Pero ahora los indígenas no tenían más zonas dentro de sus departamentos a donde huir, en palabras de ellos ya no había tierras “abajo de Bagadó”, ni “monte arriba” en las zonas vecinas de Antioquia y Risaralda, que pudieran ser usadas como refugio. Ahora bien, esto implica que el desplazamiento actual (2000 – 2009) sólo es la culminación de unos procesos de larga data que se remontan a los conflictos por tierras que se iniciaron en la década de 1970. Estos procesos, determinados por el ejercicio de la violencia, desembocaron en migraciones constantes por pueblos de Chocó y Risaralda. No obstante, al ampliarse las fronteras del conflicto armado, toda la zona se transformó en escenario de guerra, lo que eliminó para siempre del mapa zonas de refugio a las cuales los Embera pudieran trasladarse. Así, se produjo un agotamiento de las áreas donde podían estar protegidos. Con esta primera descripción buscamos encontrar las raíces históricas del fenómeno de desplazamiento actual. Esta mirada histórica nos indica que los fenómenos de desplazamiento no son episodios coyunturales. Más bien se constituyen en una respuesta histórica a las presiones violentas que agentes externos han ejercido sobre los derechos de ocupación de la tierra Embera. En este sentido, la gente Embera enfrentó los intentos de usurpación de sus hogares con la única estrategia que garantizó su supervivencia física y cultural: el éxodo hacía lugares de refugio donde permanecieran al margen de los actores implicados. Con el paso de los años, a cada desplazamiento y ocupación de un nuevo sitio de refugio, le seguía el ataque de los grupos armados o la presión por la implementación de proyectos mineros o agroindustriales. De este modo, en el transcurso de cincuenta años “no quedó monte donde esconderse”y fue necesario salir a buscar refugio en la ciudad. Así, los Embera emprendieron el viaje viaje hacia los centros urbanos del país, a Cali, Medellín y Bogotá. En las cifras que arrojó la encuesta de ubicación socioeconómica que Vía Plural realizó, podemos observar que un 70,79% de la gente Embera que vive en Bogotá tiene como lugar de origen el departamento de Risaralda, específicamente los Municipios de Pueblo Rico (55,06%), Mistrató (11,24) y Quinchía (4,49%). La gente que proviene del departamento del Chocó conforma el 19.1%, son familias que proceden de los municipios de Bagadó (16,86%), Carmen de Atrato (1,12%) y Novitá (1,12%).

Figura 1. Lugar de procedencia de la gente Embera que vive en las localidades de Mártires, Santafé y Candelaria en la ciudad de Bogotá. Fuente: Observatorio (2009)

Page 14: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

14

Ahora, exploraremos las circunstancias coyunturales que dieron inicio al desplazamiento que interesa al Observatorio (años 2000 – 2009). Son cuatro aspectos los que intervienen o motivan las dinámicas de desplazamiento: (1) el hambre, el desabastecimiento y la inseguridad alimentaria; (2) los conflictos políticos al interior de la comunidad; (3) las amenazas de reclutamiento que los grupos armados ejercen sobre la población Embera; y (4) los enfrentamientos violentos que obligan a la población a salir con el fin de evitar lesiones personales.

MOTIVOS DEL DESPLAZAMIENTO.

CERDOS, CABILDOS, RECLUTAMIENTOS Y TIROTEOS

Cerdos y mulas

La presencia de actores armados en territorios Embera trajo consigo consecuencias que se manifestaron en la transformación de la vida cotidiana de la gente Embera. En muchas ocasiones estos cambios no fueron abruptos como los que son resultado de un enfrentamiento armado o una amenaza de muerte directa. Más bien, fueron transformaciones graduales a las que la gente Embera no se pudo adaptar con el paso del tiempo. Debemos considerar que el conflicto armado no consiste exclusivamente en operaciones militares, sino que también incluye el establecimiento de un nuevo conjunto limitado de condiciones de vida para los pobladores. En un primer momento, la gente Embera experimentó el encuentro de estos grupos en los senderos que comunicaban veredas y fincas. El tránsito de actores armados, a veces encapuchados, a veces con armas y a veces milicianos de civil, fue paulatinamente convirtiéndose en algo común. Luego, los actores armados comenzaron a inmiscuirse en la organización política local. El blanco de la propaganda política fueron los Cabildos y autoridades indias.

“En esa época, *década de 1990+ ellos venían como a conquistar los indígenas. Llegaron a decir que estaban trabajando por los pobres, para ayudar a ustedes. Estamos juntos peleando con ricos, contra el ejército”. (Raúl, Embera Katío).

Estos actores también forzaron la retirada de autoridades civiles, como alcaldes, y autoridades religiosas, como las misiones de las zonas de Purembara y Mistrató en Risaralda.

“Mi mamá me llevaba a los siete años al colegio. Yo me estudié con las monjas como hasta quinto de primaria. Entonces, luego a la comunidad no le gustaron más las monjas. Yo no sé por qué razón. ¡Ah! No, si sé, porque por allá llegó la guerrilla, eran como soldados y los sacaron”. (Carolina, Embera Chamí).

A pesar de esta situación, la gente Embera continuó ocupando sus territorios. Ahora bien, una transformación mayor se produjo por la tensión que generaba la presencia de estos grupos armados, que pasaron de ser ocupantes simultáneos del territorio a competencia por los recursos básicos para la subsistencia. La vida diaria del Embera en sus territorios estaba marcada por las actividades de

Page 15: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

15

consecución de alimentos. La siembra de plátano, chontaduro, yuca y caña en la “finquita”, la caza con butaquera de pájaros en el monte, la recolección diaria del revuelto (plátano y yuca), la pesca y el cuidado de cerdos, vacas, gallinas y mulas. De esta forma, la gente Embera garantizó por años su subsistencia alimentaria básica mediante el cultivo y la cría de animales. Algunos productos indispensables como aceite, manteca y sal eran llevados a los territorios en mulas que los mismos Embera arriaban hasta por una semana de camino.

“Yo trabajaba, yo sembraba hasta cebolla, repollo, zanahoria. Sembraba arracacha, yo tenía una huerta grandecita. Yo no mantenía en la casa, yo mantenía sembrando. Ya cuando me daban ganas de ir a “bolear” monte, pues yo ya me iba. Yo me metía al monte, porque es bueno en la finca de uno salir a trabajar y cortar plátanos. Luego me iba con las niñas para la casa y esos plátanos los asaba, porque a los niños como les gusta el maduro”. (Carolina, Embera Chamí).

En el aspecto del abastecimiento de alimentos ocurrió una de las transformaciones mayores: cuando los actores armados empezaron a usurpar una y otra vez los cultivos de la gente Embera. Cuentan los Chamí y los Katío que en la noche, cuando ellos dormían, llegaban estos grupos y se llevaban el plátano, el maíz y la yuca, lo que dejaba a los hogares sin alimentos para los días o meses siguientes. Los problemas con los animales fueron los más comunes, en especial los cerdos, el alimento predilecto de los guerrilleros.

“Ellos llegaron diciendo que no le avisáramos a la policía, ni al ejecito, que ellos trabajaban por el pueblo, por ustedes, que trabajaban por nosotros. Estamos ayudando a ustedes. A nosotros, nos llevaron un marrano. Se lo comían así sin quemarlo, con los pelos”. (Raúl, Embera Katío).

Generalmente, una familia poseía de cinco a diez cerdos y dos o tres mulas, estos animales indispensables como fuente de alimento y como medio de transporte de las familias Embera. El ataque de los actores armados se enfocó en este aspecto que, aunque cotidiano, constituyó la principal transformación de la vida social Embera. La pérdida de cerdos, mulas y comida trajo una situación de inseguridad alimentaria para la población y esto fue determinante en la salida de familias Embera, que no encontraron en los territorios cómo satisfacer sus necesidades alimenticias. El hambre, producto de la guerra, aunque mucho más silenciosa que los enfrentamientos, era igual de violenta.

“Un día como tres tipos vinieron, no sabíamos quiénes eran, él se fue a trabajar y ellos llegaron armados a la casa. Dijeron que los animales de quién era, yo les dije que los animales eran de nosotros, ahí mismo cogieron y mataron uno de mis marranos no más. A los otros se lo llevaron y me dijeron sabe usted señora que si no paga nos llevamos sus marranos”. (Cecilia, Embera Chamí). “Sacaron los animales, otro día también vinieron a la casa y sacaron animal para llevarlo. El se puso de malgenio y les dijo ustedes por qué están haciendo esto, yo estoy respondiendo con mis hijos con esos animales”. (Elenita, Embera Katío).

Page 16: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

16

Las riñas por las mulas eran igualmente frecuentes. La guerrilla ponía a los indígenas a cuidar los animales del grupo armado.

“Allá por Puerto Lloro la guerrilla tenían un poco de animales, tenía bestias y mulas. Pero los Cabildos les dijeron que sacaran eso. La guerrilla sin pedir permiso le echaron a la finca de mi papá unas mulas. Mi papá les dijo que sacaran esos animales porque eso le iba a causar problemas con el Cabildo y con la otra gente. Esos animales pues sin dueño y sin marca. Ellos le dijeron que iban a pagar y ellos dejaron eso así. Ya ese animal llevaba ahí como dos años y mi papá tenía que cuidarlo. Como al año llegó esa gente y ya no estaba la bestia. Ellos preguntaron qué se hizo la bestia, mi papá les dijo ese animal se desapareció. Ellos les dijeron usted lo vendió y usted se robó esa plata. La guerrilla le dio dos semanitas para que se consiguiera dos millones y pagara la mula. Entonces le dieron una semana para pagar dos millones y medio, y el donde iba a encontrar eso. Que si no la conseguía pues lo mataban, a la semana mandaron un papel donde le decían que si no pagaba tenía que ir a donde ellos vivían en la montaña. Todos le dijimos que no fuera a ir porque lo matan”. (Carolina, Embera Chamí).

La imposibilidad de volver a sus vidas cotidianas dedicadas al cultivo y cría de animales es lo que obliga a muchos Emberas a permanecer en las áreas urbanas, a pesar de que no existan enfrentamientos u operaciones militares en la zona. El desabastecimiento y la incomunicación producto de la pérdida de alimentos y de animales, que usaban como medio de transporte, es una de las motivaciones principales que el Observatorio identificó para el desplazamiento de Emberas a la ciudad. Otro aspecto que empeora el desabastecimiento es la imposibilidad de movilizar productos por los caminos de los pueblos chocoanos, debido a las largas distancias, al estado precario de las vías, a la imposición de fletes por parte de los grupos armados, o a la prohibición del ingreso de ciertos productos.

Peleando con los Cabildos

Dos aspectos transformaron la organización política de las comunidades Embera de Chocó y Risaralda. Por un lado, el establecimiento de los resguardos, los cabildos y la jurisdicción especial que instauró la Carta Constitucional de 1991. Por otra parte, el control que empezaron a ejercer sobre el territorio grupos armados que se convirtieron en las figuras de autoridad en estos territorios. La tensión entre Cabildo, grupos armados y población local era constante. La presión de los grupos insurgentes sobre las autoridades de los cabildos desembocó en amenazas, muerte, desapariciones y expulsión de líderes indígenas.

“Yo estaba en el municipio porque yo era Cabildo Mayor, yo era presidente Cabildo Asociación Indígena. Manejaba 25 comunidades indígenas, como 700 personas. *…+ Si a mí me gustaba, además cuando ya comunidad a uno lo nombra, ya le toca salir. Yo tengo dos certificaciones de la Alcaldía de que yo trabajé en eso. Bueno, entonces, yo estaba en el Carmen, vine a hablar a la Alcaldía a hablar de necesidades de la comunidad. Cuando llegué al municipio, el hermano mío dijo que esos manes llegaron ahí preguntándome, que era la guerrilla. Que vinieron uniformados, con fusiles, encapuchados, que ellos llegaron diciendo que me necesitan. Le dijeron a mi hermano

Page 17: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

17

“¿que dónde está?” Entonces hermano mío no les dijo nada, les dijo que yo estaba en Quibdó. Ellos dijeron que bueno. Entonces hermano mío dijo qué necesitan, él no tiene deudas con ustedes. Para qué lo buscan. Ellos dijeron lo necesitamos de todas maneras. Y ellos se fueron, el hermano mío me informó otra vez, el me informó por celular. Él me dijo que no se vaya a bajar que a usted vinieron a buscarlo por aquí, que no venga más bien.” (Raúl, Embera Katío).

En otras ocasiones, algunas autoridades de los Cabildos establecieron alianzas con Frentes de la guerrilla, ya fuera como medio de protección o para garantizar el ejercicio de su autoridad. Esta situación trajo aún mayores problemas para la población Embera, pues los conflictos internos entre familias o individuos dejaron de resolverse por métodos tradicionales como la intervención de Jaibanás o el castigo por parte de la comunidad. Los grupos guerrilleros entraron a impartir justicia y a resolver conflictos internos mediante la intimidación y la amenaza. En muchos de los relatos de desplazamiento de los Embera que hoy viven en Bogotá es posible rastrear el descontento que hay con las autoridades indígenas locales por las alianzas con los grupos armados.

“Entre indígenas se hacen matar, no ve que un tío mío lo hicieron matar, él era un Jaibaná, era Jaibaná, y en esa época ellos se ponían a pelear entre mismos indígenas, y iban donde la guerrilla le pusieron el denuncio que matar a él, que él era muy malo, bueno lo hicieron matar esa época, lo hicieron matar cuatro Jaibanás”. (Dora, Embera Chamí)

Así pues la segunda motivación que identificamos para los desplazamientos son los conflictos no resueltos al interior de la comunidad, sumados a la intervención parcializada que hacía la guerrilla sobre alguna de las partes. Una solución a corto plazo de estos conflictos parece lejana, ya que las dinámicas de organización social Embera favorecen estos conflictos pues producen la segmentación de estas comunidades. Segmentación que es un carácter primordial de su organización social y política (Vasco. 1985:7) Es común oír en las narraciones de los Embera las guerras en las que se enfrentaban hace tan sólo unas décadas. Algunos de los Chamí desplazados en Bogotá recuerdan que sus padres fueron asesinados por otros Embera en enfrentamientos donde el uso de flechas envenenadas era común. La respuesta de las comunidades a estos conflictos era la movilización de una de las partes hacía otras zonas, con el fin de evitar mayores enfrentamientos y para la colonización y uso de nuevas tierras. Nuevamente resaltamos cómo la presión contemporánea sobre tierras indígenas conllevó la desaparición de zonas libres en Chocó y Risaralda a donde pudieran moverse y esto hizo que las ciudades se convirtieran en el espacio propicio para huir de las contiendas. Esta situación favorece que muchos Embera consideren poco probable el retorno a sus territorios. No obstante, la ausencia de enfrentamientos no garantiza el regreso a su vida diaria normal.

Reclutamiento y tiroteos

El tercer y cuarto aspecto que intervienen en el desplazamiento forzado de gente Embera a la ciudad son un resultado directo del conflicto armado que experimentan las comunidades Katío y Chamí de

Page 18: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

18

los departamentos de Chocó y Risaralda. Los grupos guerrilleros de las FARC y el ELN han venido reclutando de manera forzada niños, niñas y jóvenes para que integren sus filas. Este reclutamiento se puede producir por la incorporación violenta o por la persuasión que ejercen los guerrilleros sobre los jóvenes.

“Ellos llegaron de noche, nosotros estábamos en la pieza. Yo me levanté a las ocho de la mañana y ellos estaban con las armas. Nos asustamos mucho, ellos comen de nuestra comida de noche. Se llevan animales. A la finca viene mucha gente, yo les dije ustedes no pueden llegar sin el permiso de mi marido así.” (Elenita, Embera Katío).

La respuesta al reclutamiento se traduce en que los jóvenes escapan de los grupos guerrilleros y retornan a sus hogares, lo cual pone en peligro a sus familias, pues la guerrilla los califica como desertores o “sapos”. Estos jóvenes, sus padres y hermanos se transforman en blanco de ataque. La única solución es la huida inmediata del grupo familiar. Dentro del grupo de Embera desplazados que viven en Bogotá hay personas que militaron en la guerrilla y en sus narraciones hacen constantes referencias a la vida insurgente.Es decir, cuentan a qué frente pertenecían o que célula paramilitar conformaban. También son frecuentes las alusiones al conocimiento que poseen sobre el manejo de armas y a su comprensión de tácticas militares. No obstante, en los relatos abundan descripciones sobre las vicisitudes de la guerra y explican cómo escapar siempre fue un objetivo primordial.

“Pues la violencia que tuvimos allá, eso fue de una vereda que se llama Docabu estuvieron peliando allá en la loma, nosotros vivíamos en la loma, estuvimos viviendo en la loma, de ahí nosotros por correr a otra vereda así como pa Mistrató, cogimos un camino así y ahí como una hermana que está viviendo en la vereda de la Estrella, bueno estuvimos por ahí donde una hermana mía, ¡no! y cuando nos fuimos allá ¡otra vez el tiroteo ahí!, ahí en esa vereda, no, nosotros nos tuvimos que esconder fue por un lado que hay mucha guadua uf… y ahí con esos niños por ahí, no ve que el mío casi le saca un ojo con un chuzo de guadua por ahí uf… Bueno ya ahí eso ahí en el helicóptero tirando esas cosas ahí, casi nos, ahí escondidos, ahí escondidos con el esposo y con los niños. Bueno, y ahí eso nos salimos así, nos salimos para una cordillera otra vez pa al lado de Agüita, bueno y eso fue en el mismo día que salimos nosotros pues pa acá, pero de una no salimos aquí.” (Dora, Embera Chamí).

En otras ocasiones, para evitar la incorporación a las filas de la guerrilla, el núcleo familiar, es decir, papá, mamá e hijos decide salir de la zona. En este sentido, el desplazamiento se constituye como una estrategia para proteger a los miembros más jóvenes de la comunidad. La guerrilla opera visitando las casas o fincas de la población local para llevarse a los jóvenes. También envía milicianos para que ofrezcan dinero a mujeres y hombres Embera para ingresar al grupo guerrillero. Otro aspecto que motiva la salida de la población Embera de sus territorios es la vivencia directa del conflicto armado. Familias Embera que han sido víctimas de los grupos guerrilleros y paramilitares porque han experimentado amenazas de muerte, asesinatos de familiares, destrucción de sus viviendas y lesiones personales deciden abandonar el territorio.

Page 19: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

19

“Dejamos todos los animales, el televisor, dejamos todo porque era de afán. Duramos como ocho días allá, volvimos a la casa porque decíamos los niños van a aguantar hambre. Cuando volvimos ya no había casa, todo lo habían quemado, todas las ollas, ya qué se podía hacer”. (Cecilia, Embera Chamí).

DEJANDO LOS HOGARES. LA HUIDA Y EL DESPLAZAMIENTO

“Yo le explique a él, yo le dije a mí marido, mire, si usted no quiere salir de acá, a usted le va a pasar como a mi papá. Bueno yo no conocí a mi papá, pero a mí me contaban mi abuelita y mi hermana que a mi papá le pasaron eso y ese mismo día. Mi papá no quería salir, no quería dejar la finca, asesinaron a mi papá y mi mamá quedó embarazada. Porque usted es el que está respondiendo y yo qué haría con los niños sola. Mejor vámonos. Él decía que no. Yo le dije a usted le va a pasar como a mi papá y a mí como a mi mamá. Yo empaqué ropita y ahí mismo cogimos bus de Quinchía para Pereira. Él me dijo a mí ¿hasta dónde vamos?, yo le dije vámonos lejos, vámonos hasta Bogotá porque allá el gobierno puede ayudarnos. Porque aquí ciudad cerca de Risaralda puede seguir persiguiéndonos, ya reconocieron caras de nosotros. Yo le dije a él, y él también dijo que sí. Cogimos para Pereira y llegamos como a las ocho de la noche allá, llegamos al Terminal y de ahí cogimos bus para acá. Acá llegamos”. (Cecilia, Embera Chamí).

Los relatos de desplazamiento están conformados por las memorias sobre los momentos de huida. Estos momentos se constituyen como el inicio de una nueva vida, el comienzo de un viaje que los alejará del territorio. En las narrativas sobre las salidas, la gente Embera recordó el instante exacto en el que se encontraba cuando tuvo lugar la circunstancia que desencadenaría el desplazamiento. Las mujeres se encontraban en las casas, dedicadas al cuidado de sus hijos. Estaban preparando los alimentos o lavando ropa, mientras los hombres trabajaban en las parcelas. En varias ocasiones fueron las mujeres y los niños los que primero experimentaron las amenazas de los grupos armados.

“Ellos llegaron de noche, nosotros estábamos en la pieza. Yo me levanté a las ocho de la mañana y ellos estaban con las armas. Nos asustamos mucho, ellos comen de nuestra comida de noche. Se llevan animales. A la finca viene mucha gente, yo les dije ustedes no pueden llegar sin el permiso de mi marido así. Mi marido se había ido a traer una sal a Agüita y ellos vinieron. Estábamos con niños trabajando la finca, estábamos con niños. Yo les dije ustedes por qué vinieron acá no pueden venir sin permiso de mi marido. Ellos me querían matar, yo lloré. Usted no es hombre, mi marido es bueno no vaya a matar no puede ser tan malo, mi marido trabaja por los hijos de ella. Yo les decía usted es malo”.

Frente a esta situación los hombres Embera interpelaban a los individuos de los grupos armados. Solicitaban explicaciones por las amenazas y el comportamiento grosero con sus familias. La guerrilla respondía con amenazas de muerte. En esos momentos el desplazamiento forzado era inminente.

Page 20: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

20

“… mi marido les dijo, yo soy pobre, yo no soy rico. Ellos dijeron sí usted es responsable por animales suyos agáchese tíresele al piso, ahí le aporrearon la cabeza. Entonces yo fui y lo defendí a él, lo amarraron y le pegaron. Yo les dije sálganse de una vez de acá. Nos dijeron ustedes se vuelven sapos que avisan a la gente, ustedes van a pagar”.

En otras ocasiones el motivo del desplazamiento eran los enfrentamientos armados. La gente, temerosa, se escondía o huía de la zona.

“Llegó el ELN, eso fue como cuando ya tenía 21 años, eso era como el 2001. Había enfrentamientos, nosotros aguantamos mucho. A nosotros nos tocaba escondernos en la casa. Habían llegado a una finca que se llama la loma y llegaban helicópteros. A nosotros nos tocaba escondernos debajo del piso. Como la casa que nosotros teníamos era alto, como nosotros los indígenas vivíamos en un tambo. Una vez llegó hasta los soldados y ellos entraron, que ellos iban a traer helicóptero. Ellos dejaron así. Nosotros teníamos miedo porque ellos tiraban unas granadas que podían acabar con todos, nosotros decíamos ojalá no se fueran a enfrentar porque nos acaban hasta nosotros”.

En el momento en que ocurría la amenaza o el enfrentamiento el núcleo familiar decidía rápidamente salir. En la mayoría de las ocasiones fueron las mujeres las que fomentaron la salida. Recuerdan que sintieron miedo y desesperación por quedar sin marido y cuidando solas a sus hijos.

“De ahí salimos, porque en el campo hay muchas fincas. Fuimos a la familia, salimos a Quinchía. Salimos como a las cuatro de la tarde, llevamos una ropita de los niños. Dejamos todos los animales, el televisor, dejamos todo porque era de afán. Yo le dije a él porque él guardaba platica para los niños, vámonos de acá porque acá no vivimos más tranquilos. Yo le expliqué a él, yo le dije a él”.

La salida era una aventura en sí. Para los que vivían cerca de los núcleos urbanos fue más fácil salir en un carro de algún vecino. Para la gente Chamí que vivía en Agüita fueron importantes las ayudas que las comunidades negras les brindaron prestándoles algún carro que los bajara hasta Santa Cecilia, poblado más cercano al casco urbano de Pueblo Rico. Para otros, el recorrido fue a pie y duró horas o días. La gente que salió de Cascajero y la zona del Alto Andágueda bajó caminando hasta llegar al municipio de Bagadó. Lo mismo ocurrió con las veredas cercanas a Mistrató. Las familias salían sin sus pertenencias, muchas mujeres recuerdan que ni ropa para los hijos pudieron empacar. La primera parada en el itinerario del desplazamiento eran las cabeceras urbanas de los municipios de su jurisdicción. La gente Embera empezó a llenar las calles de Pueblo Rico, Mistrató, Bagadó y Carmen de Atrato. Ahí, las autoridades locales les brindaron ayudas de emergencia a algunos, como albergues provisionales y comida. Esto dependía de si el desplazamiento era masivo, es decir, de grupos de cien personas o más. Ya ubicados en estos pueblos, las familias Embera permanecían alrededor de cinco o quince días, a la espera de la consecución de un pasaje o dinero para desplazarse a Cali, Medellín o Bogotá. A muchos, sus familias les prestaron el dinero para trasladarse, otros lo obtuvieron pidiendo dinero en las calles, otros más solicitaron a los choferes de buses que los llevaran gratis.

Page 21: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

21

Las rutas de desplazamiento fueron diversas, unos siguieron directo hacia Bogotá, a quienes el viaje les pareció corto y rápidamente se instalaron en la ciudad. Otros tuvieron que seguir una ruta que incluyó varias paradas en ciudades grandes e intermedias. Después de los municipios cercanos, la gente Embera llegó a Pereira y Medellín. Allí algunos fueron acogidos por familiares, otros durmieron en las calles. Durante la estadía en estas ciudades que los Embera recuerdan que decidieron venir a Bogotá.

“Ese día que nosotros venimos nos quedamos sin un peso por el Espinal, no, y a mí me tocó fue ¿Qué va hacer uno? Pues pedir y uno ¿Con qué va venir?, no y pa comer, bueno entonces yo le puse la mano a un bus, y ese man se ve muy formal, ¿Usted pa dónde van a viajar? me preguntó, y yo con los nietos por ahí llorando con la otra muchacha que veníamos, pues le paramos la mano pues ese man fue nos hizo el favor, nos hace el favor nos lleva hasta el terminal de Bogotá le dije y por aquí nos trajo hasta el terminal de Bogotá”.

Muchos fueron motivados por “blancos” que les decían que en Bogotá sí ayudaban a los desplazados, otros eran alentados por familiares que ya habían recibido ayuda humanitaria en la capital.

“Pues ahí también vendiendo artesanías, vendiendo, cuando no compraban ya salíamos a pedir por ahí, bueno y ahí estuvimos un mes cuando un man vino y nos dijo: ¿Queusted por que no salían pa Bogotá? Nos dijo un man de ustedes compañero, ustedes no sean bobos vayan pa Bogotá ustedes, allá a Bogotá, a pedir ayuda al Gobierno, que el gobierno siempre tiene que colaborar a los desplazados nos dijeron un compañero de ustedes, no sean bobitos ustedes están sufriendo por aquí, vayan pa allá a Bogotá a pedir ayuda, es que allá en Risaralda siempre hay, yo conozco a Risaralda por ahí Pereira, Pueblo Rico, no eso por allá esa gente por allá metida siempre saca a los pobres indígenas por ahí, están sacando a los morenos también nos dijeron”.

Una vez en la ciudad, la gente llegó a zonas que ya tenían presencia Embera. Generalmente, la población desplazada se ubicó en zonas donde podía tener acceso a vivienda barata. Muchos llegaron a estas localidades por casualidad, tenían como referencia que cualquier núcleo urbano tiene un centro, donde se ubican todos los servicios, y así arribaron a San Bernardo y La Favorita. La existencia de estos barrios era informada por habitantes de Bogotá, en el terminal o en la calle.

“Sí, y la policía nos colaboraba a nosotros, cuando allá estuvimos entonces le pedimos un favor a la policía, yo le dije: agente ¿Usted sabe dónde quedan la otra gente? Le dije, entonces él cuando ellos dijeron: es que no saben dónde están nos dijeron, entonces ¿Usted nos hace un favor nos manda pa allá? es que como nosotros no sabemos donde están, bueno y la policía nos pudo ubicar dónde estaban y nos mandó en un bus”.

La lectura de estos relatos de la movilidad nos devela dos aspectos básicos que hay que analizar en el fenómeno de desplazamiento de la población Embera: la organización familiar y las nuevas formas de articulación a la ciudad. A continuación presentaremos estos elementos.

Page 22: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

22

EL ARRIBO DE LAS FAMILIAS EMBERA A BOGOTÁ La gente Embera enfrentó la situación de éxodo acudiendo a un mecanismo cultural básico: las redes de apoyo familiares. En este sentido, el relato del desplazamiento de la comunidad Embera en Bogotá es un relato familiar que da cuenta de los usos solidarios del parentesco para enfrentar los nuevos contextos urbanos. Esta es una característica que hace particular la dinámica de migración de la gente Embera, en comparación con otros casos de desplazamiento como los de las comunidades afrodescendientes y campesinas. Durante el desarrollo del Observatorio, el equipo de investigación recurrió a dos instrumentos para dar cuenta de las dinámicas familiares que tuvieron lugar durante los sucesos de desplazamiento forzado. El primero de ellos fue la implementación de familiogramas con cada uno de los núcleos domésticos que fueron consultados, y el segundo la realización de entrevistas semiestructuradas a las cabezas de familia. Cada uno de estos instrumentos posibilitó evidenciar tres fenómenos:

(1) La población Embera en Bogotá conforma grandes familias. Con la gente Chamí pudimos identificar dos grandes redes familiares. Por un lado, la gente venida del municipio de Pueblo Rico que está emparentada y conforma la más numerosa familia, que ocupan los barrios de San Bernardo y La Favorita. Por otro lado, la red familiar de Emberas Chamí que vienen de Mistrató. Así mismo, la gente Katío también forma una gran familia cuyos lugares de origen son las comunidades indígenas de Iracal y Cascajero en el municipio de Bagadó y que habitan exclusivamente el barrio La Favorita.

(2) Pasados los eventos de desplazamiento las familias buscan recomponer sus redes. No obstante, los contextos previos a la migración determinan la reconfiguración de las unidades familiares. En los casos en que había violencia intrafamiliar, los sucesos de desplazamiento motivaban la separación de las parejas. En los casos en que había lazos sólidos estos se mantienen aunque pasen años de separación.

(3) Los procesos de reconfiguración de las unidades familiares, una vez que se haninstalado en la ciudad, se fundamentan en la nueva construcción de prácticas solidarias entre los miembros de las familias. Prácticas que se establecen como mecanismo de protección personal y comunitaria frente al complejo panorama urbano. Exploraremos cómo la elaboración de estas nuevas prácticas trae consigo cambios en los roles de género y en la división de las actividades laborales. De este modo, las modificaciones a la estructura familiar Embera conllevan cambios socioculturales en esta población.

La gran familia Embera de San Bernardo y la Favorita

La elaboración de los familiogramas desveló las extensas redes familiares que articulaban y ligaban a la gente Chamí y Katío entre sí. En numerosas ocasiones interrogábamos a mujeres y hombres Embera sobre la historia de sus familias. Quiénes eran sus padres, abuelos e hijos. En un principio y tímidamente, los jefes de hogar describían sus núcleos familiares más cercanos. Pero a medida que la charla fluía y los Embera narraban sus vidas con confianza, los árboles de parentesco crecían. En ese

Page 23: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

23

momento, observábamos cómo el hogar entrevistado, en un comienzo aparentemente aislado, pasaba a formar parte de una enorme red que los ligaba a todos6 en una gran familia, un enorme clan que ocupa varios barrios y decenas de pagadiarios. Aunque para los más jóvenes muchas de las alianzas pasan inadvertidas, los mayores recuerdan a aquellas personas que los ligan con uno u otro grupo. Así, nuestros cuadros de parentesco se fueron completando cada vez más, abundaban los apellidos Nembaregama, Nengarabe, Wazorna, Nariquiaza y Borocuara. Mediante el análisis de los cuadros de parentesco pudimos dar cuenta de la existencia de tres grandes redes familiares que respectivamente se componen así:

a.) Red familiar Embera Chamí proveniente de los municipios de Pueblo Rico y Quinchía. Es la red familiar más extensa ya que agrupa a unas cinco generaciones. La mayoría de los Chamí de esta familia provienen de los municipios de Pueblo Rico y Quinchía, veredas Dokabu, Agüita, Innanuercito, La Estrella , y están afiliados consanguíneamente, aunque separados hasta por cuatro o cinco grados. Esta red familiar se caracteriza por la presencia de numerosos hogares emparentados entre sí por dos tipos de uniones, las fraternas y las de matrimonio. Esta red familiar se asienta en los barrios San Bernardo y la Favorita. b.) Red familiar Embera Chamí proveniente del municipio de Mistrató, veredas San Antonio del Chamí y Río Mistrató. Esta red familiar se caracteriza por la presencia de numerosos hogares emparentados entre sí por dos tipos de uniones, las fraternas y las de matrimonio. Esta red familiar se asienta en el barrio La Favorita. c.) Red familiar Embera Katío procedente de las comunidades indígenas de Cascajero e Iracal en el municipio de Bagadó. Esta red familiar se caracteriza por la presencia de numerosos hogares emparentados entre sí por dos tipos de uniones, las fraternas y las de matrimonios. Esta red familiar se asienta exclusivamente en el barrio La Favorita.

De manera simultánea a la existencia de estas grandes redes familiares, hay presencia de núcleos familiares aislados, tanto de la comunidad Katío, como de la Chamí. El equipo de investigación determinó que las personas que conforman estos núcleos familiares representan una pequeña proporción en relación con la población total, que en su mayoría se afilia a las tres redes familiares antes descritas. Estas redes familiares se caracterizan por incluir hasta cuatro generaciones y extenderse hasta los cinco grados de consanguineidad. Las redes están mayoritariamente formadas por núcleos familiares donde se agrupa una pareja y sus hijos. Este mismo núcleo familiar forma una unidad domestica básica que ocupa una pieza en alguno de los barrios de las tres localidades. Generalmente, estos núcleos familiares están emparentados porque descienden de una misma generación de hermanos o primos. Aunque, en la mayoría de los casos, los hogares están formados por los cónyuges e hijos, hay una coexistencia notable de otros tipos de familia.

(I) Hogares conformados por abuelas y abuelos con sus nietos al cuidado. Muchos de estos hogares se establecieron durante el desplazamiento cuando los padres dejaban a sus hijos

6 Con todos, nos referimos a toda la población Embera habitante en Bogotá.

Page 24: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

24

al cuidado de los abuelos para que buscaran con ellos zonas de refugio. Algunos padres se quedaban en la zona trabajando en las parcelas, pero esto representaba gran peligro para los hijos.

(II) Hogares conformados por una pareja y alguno de sus hijos adoptados. Es frecuente observar que cuando una familia Embera tiene pocos hijos, o la mujer no ha conseguido quedar embarazada, algún hermano o hermana le “regale” alguno de sus hijos pequeños para que lo cuide como si fuera suyo.

(III) Hogares conformados por un solo cónyuge, sus hijos y el padre o madre de este. En estos hogares predomina la triada abuela-mamá-nietos. En la mayoría de los casos son hogares donde los cónyuges se han separado y los abuelos colaboran en el cuidado de los nietos y la consecución de dinero.

(IV) Hogares monoparentales. Estos hogares están formados por uno solo de los cónyuges y sus hijos.

En relación con los dos últimos tipos de familia podemos afirmar que varios de ellos están conformados por mujeres, madres y abuelas, que son cabeza de familias. Según las cifras arrojadas por la encuesta de ubicación socioeconómica, del total de población Embera en Bogotá un 52% son mujeres, y del total de hogares encuestados un 25% tiene a la mujer por jefe de hogar.

Figura 2. Cabezas de familia según género entre la gente Embera que vive en las localidades de Mártires, Santafé y Candelaria en la ciudad de Bogotá. Fuente: Observatorio (2009)

Hay dos razones importantes que explican la existencia y progresivo aumento de estas grandes redes familiares. La primera razón es la imposibilidad que tienen los jóvenes de conquistar una pareja que no sea Embera, debido a las diferencias económicas, de lenguaje y a que esta población indígena vive excluida de muchos contextos, lo que no le permite establecer alianzas o vínculos con otros sectores sociales. La vida en los escenarios urbanos ha fomentado que la población se articule alrededor del parentesco. Esto debido a que los y las jóvenes de la comunidad forman uniones sólo entre ellos. Como no existe una comunidad numerosa, el rango de opciones es pequeño y los jóvenes se limitan a casarse con otros jóvenes que viven cerca. De este modo, con cada nueva unión o matrimonio las redes familiares se hacen más intrincadas. La segunda razón consiste en la recuperación del tejido familiar perdido por el desplazamiento. Esto no es un proceso espontáneo, la preservación, reproducción y fomento de estas redes familiares es una de las estrategias culturales mediante las cuales los Embera responden al desplazamiento

Page 25: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

25

forzado. En este sentido, pudimos observar que la existencia pujante de estas grandes familias se constituye en un mecanismo de protección comunitaria que no ha sido develado a fondo. Desarrollaremos este punto más adelante cuando expliquemos la configuración de nuevas prácticas familiares.

Hogares Embera en el territorio. Contextos y dinámicas familiares previos al desplazamiento

El papel de la familia en el desplazamiento de la población Embera se ha desarrollado de una manera especial. Por un lado, la familia es la primera afectada por la migración y las acciones de violencia. Por otro, durante los procesos que siguen al éxodo es la familia el pilar de recomposición social. ¿Cómo pueden ocurrir estos dos procesos en apariencia contradictorios? Con el análisis de los contextos familiares previos a la migración aclararemos este punto. En un primer momento el desplazamiento de la población Embera a Bogotá trajo consigo la ruptura del tejido familiar como consecuencia de las condiciones del aislamiento y la distancia. También en otros casos, la pérdida de la red familiar por el asesinato o desaparición de alguno de los miembros. En los territorios indígenas, las familias Embera mantenían sus redes de apoyo aprovechando la proximidad de sus lugares de vivienda para compartir prácticas y actividades de la vida cotidiana. De este modo, apoyaban mutua y recíprocamente su organización productiva. Así, las faenas de trabajo eran realizadas conjuntamente por todo el grupo familiar extenso (abuelos, padres, tíos y hermanos). Por ejemplo, los hijos trabajaban en las parcelas de sus padres. Los hermanos colaboraban en la siembra en los terrenos de sus tíos y hermanos, y las mujeres salían juntas a coger el revuelto en el monte. También era usual que el hermano mayor saliera con sus hijos y sobrinos a pescar o cazar. En el momento de la migración las prácticas familiares de solidaridad, que se anclaban en una vivencia conjunta del territorio y de la vida diaria, se transformaron. Durante los movimientos de población las familias se dispersaron por territorios separados a cientos de kilómetros.

“A los tres días, mi papá dijo yo con ese problema no puedo vivir acá. Así que más bien ustedes quédense y yo me voy. Él me dijo como usted no tiene el problema usted quédese a trabajar, hija. Yo le dejo la finquita, me dejaron y yo me quedé dos meses más desde que mi papá salió. Mi papá salió para Pereira, él no ha venido a Bogotá.” (Carolina, Embera Chamí).

En este caso, por ejemplo, la familia conformada por tres grupos generacionales: padres, hijos y nietos fue fragmentada por la migración. En la actualidad los abuelos viven en Pereira y los padres y nietos en Bogotá. Las consecuencias de ese distanciamiento sobre las prácticas familiares son evidentes. La imagen de familia como unidad productiva se desbarata, pues con el desplazamiento cada miembro del hogar se transforma en un aportante de salario. No solo la familia y su función productiva se transforman. Con la migración es imposible mantener una red familiar extensa, aunque las generaciones más jóvenes pierdan las posibilidades de ser educados por sus mayores. En este sentido, con el resquebrajamiento de la familia extensa se hace imposible la transmisión de saberes propios.

Page 26: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

26

Compartir un espacio cercano de habitación o vivienda para poder acompañarse en las faenas de la vida cotidiana y formar una unidad productiva sólida son los factores que los Katío y los Chamí intentan recuperar, una vez que se han establecido en Bogotá. De este modo, es posible comprender por qué a la migración de un núcleo familiar, le sigue la de otros hogares emparentados. Durante la recuperación de los relatos de desplazamiento queríamos identificar las motivaciones que llevaron a la gente Embera a viajar a Bogotá. Al indagar por las dinámicas familiares notamos que muchas familias Embera arribaron a la ciudad porque fueron llamadas por otros familiares que se encontraban en Bogotá días, semanas o meses atrás. La migración de familias Embera involucra tanto las causas por violencia como el interés de mantenerse vinculados a sus familias, no únicamente su núcleo familiar, sino también a la red extensa con la que estaban vinculados en el territorio.

Familia Embera en Bogotá

Previamente expusimos que un factor importante en los fenómenos de movilidad de la gente Embera hacia Bogotá es que las migraciones se llevan a cabo por grupos familiares. La dinámica familiar determina rutas y tiempos de los desplazamientos. Es decir, las migraciones se llevan a cabo en grupos familiares medianos (hermanos con sus respectivas familias). Al cabo de días, meses, semanas o años, grupos familiares emparentados con los primeros migran hacía los sitios donde ellos ya se han establecido. De esta manera, la población Embera en Bogotá conforma una comunidad no solo por su adscripción étnica común, sino por conformar extensas redes de parentela, que refuerzan de manera profunda la reproducción de su diferencia cultural. Habíamos dicho que estas redes de parentela existen como elemento estructural de la organización social Embera. Son formas de afiliación, alianza y exclusión que los Emberas poseían en sus territorios tradicionales. Era en estas redes familiares sobre lo que las comunidades Embera fundamentaban su vida social en Risaralda y Chocó. La transformación que la vida social de la gente Embera afrontó por el desplazamiento incluyó la destrucción de este tejido familiar, lo que implicó una alteración profunda de sus sistemas de educación, socialización, reproducción y producción, garantes de su supervivencia física y cultural. Una vez las familias Embera se embarcan en el viaje de abandonar sus tierras y asentarse en la ciudad, comienza un proceso de restauración de estas redes familiares. Ahora bien, no solo hay un proceso de recomposición, hay también una reactivación de vínculos familiares pasivos u olvidados. Mencionamos que el primer paso para dicha reconstitución era la reunión de las familias en un mismo espacio. Esto se traduce en la ocupación de las mismas áreas de habitación y trabajo. Las familias prefieren migrar hacia las ciudades donde hay otros familiares y establecerse en los barrios y localidades donde ellos están acomodados. Esto explica por qué los barrios La Favorita y San Bernardo se han consolidado como los únicos centros de recepción de población, pues fueron los primeros lugares que la gente Chamí y Katío ocupó. A medida que llegan, las familias van ocupando las piezas de los inquilinatos, hasta el punto de que hay “pagadiarios” completamente ocupados por Emberas. En el barrio San Bernardo, en una de las casas donde vive Cecilia, mujer indígena que colaboró con el Observatorio, las piezas están ocupadas por sus hermanos y sobrinos.

Page 27: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

27

“El primer piso lo ocupa el hermano de Cecilia, vive ahí con su esposa y sus hijos. Los que ya son mayores ya se han organizado y viven con sus respectivas familias en el mismo cuarto. En la pieza, sobre los pisos de madera vieja reposan, enrollados y amontonados, los colchones en los que duermen las dieciséis personas que viven allí. Una pequeña ventana alumbra el cuarto, por ella es también posible observar los grupos de habitantes de la calle que se acomodan sobre los andenes de la carrera once. Al segundo piso se llega por unas escaleras que rechinan con las pisadas. Allá viven la cuñada de Cecilia, la hermana con sus hijos y las familias de ellos. En la parte posterior del segundo piso, en el último cuarto vive Cecilia con sus ocho hijos.” (Castillo. Notas de campo del Observatorio. 2009).

De este modo, la estrategia de la población Embera para enfrentar la ciudad descansa sobre la colaboración mutua entre las familias, para ello son indispensables los procesos de restablecimiento y reactivación de alianzas familiares. Durante la realización del trabajo de campo, el equipo del Observatorio pudo indagar por la vida diaria en el “pagadiario”, y en este proceso identificamos que a pesar de que las familias compartían nuevamente espacios y cotidianidades comunes, se trataba de escenarios diferentes y frente a ellos también había que transformar las actividades y características de la familia. El primer cambio ocurrió al nivel productivo, en especial, en relación a la división social del trabajo por género. En el territorio los hombres desempeñaban estas labores, proveían al hogar de alimentos y recursos básicos. Mientras, las mujeres se encargaban del cuidado del hogar y de los niños. La vida urbana tuvo como consecuencia que las mujeres pasaran de ser las cuidadoras, a las proveedoras del hogar. En este sentido, son las mujeres las que consiguen el dinero para el alimento y el pago del arriendo, mediante el ejercicio de la mendicidad en las calles de la ciudad. Mientras, los hombres permanecen en las casas sin actividad alguna. La causa de esta transformación son las pocas posibilidades que tienen los hombres y mujeres Embera de conseguir trabajo, ya sea por la insuficiente competencia en el español hablado y escrito; por la carencia de documentos de identidad o por las mínimas oportunidades que brindan los empleadores. A pesar de este cambio en la distribución productiva, las actividades domésticas no han sufrido mayores modificaciones. El cuidado de los hijos, lavado de ropas y preparación de alimentos aún descansa sobre los individuos femeninos del hogar. Para los hombres el cambio ha sido radical, permanecen durante todo el día dentro de las piezas o en los pagadirarios. Muchos no conocen la ciudad y los pocos que trabajan, como impulsadores de ventas en almacenes de ropa en San Victorino, no se acostumbran al poco dinero que reciben por un día de trabajo y a los malos tratos que les dan jefes y compañeros. Respecto a la opinión y actitud de los hombres frente a esta situación, se pudo establecer que hay posiciones encontradas. Existen algunos hombres a los que la situación les incomoda y buscan emplearse de cualquier modo o intentar un retorno a territorio. Y hay otros que se han acostumbrado a la situación y no realizan acciones claras o directas al respecto. La convivencia en los “pagadiarios” les permitió a las familias enfrentar las condiciones de vida de los contextos urbanos. En la vida cotidiana podemos rastrear varias de las acciones en las que la red familiar funciona como un mecanismo de protección personal y colectiva. Las actividades de mendicidad de las mujeres se hacen en grupos, donde hermanas, madres y cuñadas salen a

Page 28: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

28

acompañarse en las calles de la ciudad. Estos grupos les permiten a las mujeres desplazarse con sus hijos por distintos barrios; en grupo se sienten seguras y evitan algunos peligros como el robo de los niños. En el “pagadiario”, estos grupos familiares son importantes puesto que algunas familias no poseen cocinas o estufas para la preparación de alimentos. Las familias se prestan, por turnos, las estufas de gasolina donde preparan el arroz, el plátano frito y el aguadepanela. En otras ocasiones, las familias se regalan alimentos entre sí. A algunas mujeres les regalan frutas, pollo y carne durante sus caminatas por las calles de la ciudad; cuando llegan al “pagadiario” estos alimentos son distribuidos. Otra de las actividades con las que las familias Embera afrontan la vida en la ciudad es la venta de artesanías, que son fabricadas de manera grupal. En alguno de los cuartos se reúnen varias mujeres y usando un mismo bulto de chaquiras elaboran manillas, pecheras, collares y aretes, que ellas o sus maridos, saldrán a vender por Bogotá. También hay otro nivel en donde la familia juega un papel importante: la recomposición emocional de los individuos y familias víctimas de acciones violentas. Por ejemplo, para las mujeres viudas es indispensable el apoyo de sus hermanas y de sus hijas para sobreponerse a las heridas que dejó el éxodo forzado.

“Hay veces yo digo por qué a mí, yo llego como aburrida y llego a la casa llorando. Le digo a los niños qué hago y los niños dicen mamá no llore, mamá qué podemos hacer, para dónde vamos. Yo digo quién me va a dar tierra donde yo vaya a trabajar. Los niños dicen vámonos para Risaralda, pero allá no tenemos finca”. (Cecilia, Embera Chamí).

La familia, el bienestar de sus miembros y la posibilidad de un mejor futuro son alicientes para que hombres y mujeres Embera busquen reponerse a la situación de desplazamiento y a la vida en la ciudad.

“Hay veces como ganas de morir a mí también, cuando yo estoy en la calle pienso es mejor dejar matar un carro, me quiero morir más bien por aburrimiento. Porque así pienso, yo pienso morir, pero tengo mis hijos, como mi mamá me dejaron chiquita yo sufrí mucho, yo sentí hambre, yo aguantaba hambre, yo no tengo mamá, a mis hijos también les puede pasar eso, por eso mejor no morir. Así yo sea pobre tengo que seguir. Entonces los niños mayor me dicen mamá no sea así, mi hijo me dice voy a cumplir diecisiete años yo necesito finca, yo querer trabajar, yo querer la vida en campo”. (Cecilia, Embera Chamí).

En esta sección hemos resaltado cómo la familia, tanto nuclear como extensa, funciona como una estrategia para superar los obstáculos que la vida urbana impone a los indígenas Embera. Las redes familiares proveen instrumentos materiales y emocionales que les permiten a las personas y grupos garantizar su supervivencia física y cultural. Aunque las prácticas solidarias que fomentan las familias permiten a hombres y mujeres sobrellevar el desplazamiento, estos son frágiles mecanismos que parecieran sobrevivir al filo de un abismo.

Page 29: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

29

La fragilidad estas prácticas solidarias descansa en varias razones. Por un lado, las redes familiares son casi las únicas redes de apoyo con los que cuenta la comunidad. Es importante resaltar que no existen redes de apoyos vecinales o comunales7. Las redes de apoyo institucionales, aunque existentes, son precarias y no brindan apoyos adecuados. En la última sección de este capítulo abordaremos el papel de estas redes institucionales8

NUEVAS CIUDADANÍAS, NUEVOS HABITANTES URBANOS, LA BÚSQUEDA DEL AUSENTE

ESTADO EN BOGOTÁ

El equipo de investigación de Vía Plural observó que una de las motivaciones para la migración de la gente Embera fue la búsqueda de mejores condiciones de vida. Es decir, el desplazamiento para acceder a servicios de salud, educación y transporte. En este sentido, los movimientos de la población Embera también pueden ser considerados como una respuesta frente a la tradicional ausencia del Estado en estas zonas, problemática central que estructura los modos de formación de región en estos lugares situados en las fronteras agrícolas del país. La gente Embera Katío que habita en las comunidades indígenas de Cascajero e Iracal en Chocó siembra en sus parcelas plátano, ñame, caña y maíz. Productos de los que se alimentan, pero que no producen de manera intensiva pues su comercialización sería imposible. Las fincas están a más de una semana de camino de la carretera principal. En ocasiones las mulas pueden arrear los productos y transportar a las personas, pero en otras la trocha debe hacerse a pie en jornadas de diez y doce horas. Cuando ya la noche cae sobre los caminantes, deben armar improvisados cambuches de palma para descansar allí y esperar la nueva jornada. Obviamente, no hay servicios de salud, ni educación: jamás se ha construido un puesto de salud y la escuela también está a varios días de camino. Los primeros Embera que salieron por acciones violentas en el año 2002 y que llegaron a las cabeceras urbanas de los municipios se encontraron con que la gente los llamaba “desplazados”. Los “paisas” del común y los que trabajaban en las instituciones los recibían con ayudas. Esta colaboración no era otra cosa que la ayuda humanitaria de emergencia que la Ley 387 de 1997 había previsto para la población desplazada. De voz a voz, la noticia sobre estas ayudas se fue expandiendo por la región. Cuando las instituciones locales no dieron abasto, Bogotá apareció como el destino ideal. Tanto en la calle, como en instituciones, se les dijo a los Emberas qu en la capital las ayudas para población en situación de desplazamiento abundaban. Esta situación fomentó que de manera simultánea a los desplazamientos por violencia y las migraciones en busca de ayuda estatal comenzaran. Estos desplazamientos cuestionaron las políticas de atención del Estado, pues las instituciones desconocen cómo atender a la población que no era víctima de acciones violentas concretas, pero cuyo estado de vulnerabilidad era evidente. Así, las

7 En el capitulo V sobre la “Vida en la Ciudad” hay descripciones más extensas sobre los contextos sociales de los barrios

en los que vive la población Embera. 8 En el capítulo sobre VI sobre políticas públicas se hace un análisis de las relaciones de la población con las instituciones.

Page 30: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

30

estrategias de mucha de la gente Embera, que vivía situaciones difíciles en el territorio, fue camuflar esta vulneración de derechos como desplazados por la violencia. Ahora bien, esto es un proceso complejo que debe ser leído en relación con las condiciones históricas de exclusión de estos grupos indígenas. En este sentido, otro de los mecanismos de protección y de acción frente a la situación de desplazamiento es buscar redes de apoyo en lo institucional. Mediante este proceso plantean un ejercicio de ciudadanía diferencial. Con esto queremos decir que el conjunto de acciones que ponen en marcha los Embera frente a las instituciones son una interpelación al Estado por las formas en que deben ser garantizados sus derechos diferenciales.

Page 31: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

31

Caracterización Socioeconómica de las familias Embera

Es evidente que el desplazado, su familia y el grupo local experimentan diversos cambios en la medida en que deben adaptarse a un mundo donde no habían vivido. Dado que en la ciudad las familias tienen que crear nuevos campos simbólicos para dar explicación a los fenómenos urbanos, el universo físico y cultural de las personas desplazadas comienza un proceso de reconstrucción. La llegada a la ciudad marca, entonces, un choque intercultural que determina el momento en que los indígenas se enfrentan a los contextos caóticos de las urbes. En este capítulo, pretendemos ilustrar al lector sobre los cambios en los modos de vida de la población tras el evento migratorio y la llegada a Bogotá. Se parte de un análisis de los instrumentos que permitieron la recolección de la información, y de la forma en que el equipo investigador analizó los datos para entender las dinámicas de cambio cultural causadas por el desplazamiento. En este punto, siguiendo la recomendación de Renshaw y Wray (2004) para la elaboración de indicadores de pobreza de grupos indígenas, dividimos el análisis en tres partes. Primero, el diagnóstico de la condición socioeconómica; segundo, la valoración nutricional9; y tercero, la autonomía, el acceso a la justicia y la participación política (dentro de esta última categoría recogemos el análisis de la política pública y de la situación de derechos).

La medición de la pobreza de un grupo indígena en la ciudad

Caracterizar o determinar los atributos singulares de un objeto para diferenciar sus particularidades requiere la construcción de rangos que permitan la comparación con otros objetos de naturaleza similar. La realización de una caracterización socioeconómica implica el entendimiento de las condiciones sociales y económicas particulares que determinan la vida material y la percepción de bienestar de una población específica. A partir de una perspectiva socioeconómica (Etzioni, 2007), podemos decir que la consideración de una variable social desafió en la década de 1970, a la economía a reconsiderar si la acumulación de capital monetario era realmente la única forma de bienestar. Esto implica que el crecimiento económico en sí mismo no garantiza la realización de la vida material y espiritual de las personas. Para

Documento original de Felipe Cabrera Orozco, Ángela Milena Castillo Ardila y Carolina Barbero “La vida en la ciudad” en Informe Final del Observatorio del ICBF, editado para esta versión por Vía Plural. 99

El diagnóstico nutricional no se incluye en el presente informe, sin embargo, es posible consultarlo en el Informe Final

del Observatorio de los niños, niñas y las familias Embera en Bogotá ICBF – Vía Plural, en www.viaplural.org.

Page 32: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

32

dar solución a esto y trascender el paradigma neoliberal, la socioeconomía10 propuso un modelo relacional, en el cual el contexto apropiado para alcanzar el bienestar es el formado por la suma de relaciones múltiples que continuamente se dan entre tres entornos:

1. El entorno biofísico, es decir, los recursos, materias y procesos naturales que posibilitan el sostenimiento vital y los productos iniciales en los procesos de transformación.

2. El sistema de producción y consumo, que es lo que caracteriza a la sociedad industrial y a las transacciones económicas y comerciales que configuran el modelo capitalista moderno, que garantiza la adquisición y distribución de bienes materiales indispensables.

3. El entorno cultural, conformado por valores y sistemas de creencia que se constituyen en modelos para la vida social, por lo que promueven una serie de aspiraciones sociales determinadas.

Partimos de la idea de que un diagnóstico socioeconómico se soporta en los conceptos de pobreza y riqueza como categorías comparables de la vida material, entre diferentes segmentos la misma sociedad. Si bien al concepto de pobreza se le han dado muchos significados, podemos tomar el de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe –CEPAL-, para quienes se define como “la situación de aquellos hogares que no logran reunir, en forma relativamente estable, los recursos necesarios para satisfacer las necesidades básicas de sus miembros” (CEPAL-DGEC. 1988:65).

“A ello puede agregarse que la pobreza es un síndrome situacional en el que se asocian el infraconsumo, la desnutrición, las precarias condiciones de vivienda, las malas condiciones sanitarias, una inserción inestable en el aparato productivo o dentro de los estratos primitivos del mismo, actitudes de desaliento y anomia, poca participación en los mecanismos de integración social, y quizás la adscripción a una escala particular de valores, diferenciada en alguna manera de la del resto de la sociedad”. (Altimir, 1979, citado en Feres y Mancero, 2004:67)

Los diferentes aspectos que deben considerarse para realizar un diagnóstico socioeconómico nos condujeron a pensar en la construcción de indicadores que nos permitieran caracterizar una forma de entender el mundo que es diferente a la lógica económica de las sociedades capitalistas. Nos cuestionamos acerca de cómo explicar la condición socioeconómica de un grupo indígena que se incrusta dentro de unos modos de producción diferentes, y que se desplaza de su entorno biofísico a uno donde no encuentra los recursos, materias, productos iniciales y procesos que posibilitan el sostenimiento vital en el proceso de transformación. Un vez más, el desplazamiento nos enfrenta a unas lógicas diferentes de apreciar un fenómeno particular. Por un lado, nos encontramos con una población rural cuyos índices de satisfacción de necesidades son más bajos que los de las sociedades urbanas. Como se encuentran dentro del contexto de una ciudad, la comparación para evaluar sus niveles de bienestar se realiza dentro de la escala social de la urbe. Si observamos estos indicadores, encontramos que el indígena es más pobre cuanto más urbano es el contexto en el que se desenvuelve su vida, dado que los estándares de comparación son mucho más complejos, pues responden a escenarios de desarrollo industrial donde se valoran de forma especial las necesidades de sus habitantes. Podríamos decir, para fines prácticos,

10La socioeconomía es un paradigma económico y social alternativo a la economía neoclásica y que es propuesto de forma

programática por Amitai Etzioni en su obra La Dimensión Moral de la Economía. Etzioni funda la Sociedad Mundial de

Socioeconomía (SASE) en 1988.

Page 33: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

33

que si comparáramos al indígena con otros pueblos nativos, revelaríamos que su situación de pobreza no es tan extrema. Sin embargo, si lo ubicamos en un ambiente urbano posiblemente se localice en el escalón más bajo de la pirámide económica de la sociedad. Esto nos obliga a pensar en un modo alternativo de medir la pobreza para grupos indígenas. Para la CEPAL (1988) hay dos métodos de medir la pobreza en el continente americano: El primero fue desarrollado por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) en los años 1980. Este modelo es conocido como el de las Necesidades Básicas Insatisfechas NBI y evalúa directamente si los hogares han logrado satisfacer sus necesidades básicas, por medio de encuestas sobre los bienes y servicios de que disponen. El método “directo” utiliza, generalmente, los datos disponibles en los censos nacionales y, aunque se refiere al hogar como unidad básica, mide su acceso a los servicios básicos y bienes, no la capacidad adquisitiva del hogar. Los NBI incluyen cuatro componentes que se refieren a vivienda, servicios sanitarios, educación y capacidad económica. Dentro de esta metodología se consideran pobres los hogares que cumplen una de estas condiciones y en situación de extrema pobreza a los hogares que combinan dos o más:

· Viviendas con características físicas inadecuadas, por ejemplo, paredes de lata, tela o cartón, o piso de tierra.

· Hogares sin acceso al agua encanada o sin un sistema de saneamiento conectado a un pozo séptico o al alcantarillado.

· Hacinamiento, un promedio de tres o más personas por dormitorio.

· Un alto nivel de dependencia económica: más de tres dependientes por persona ocupada, o un jefe del hogar con dos años o menos de educación primaria.

· Niños de 6-12 años de edad que no asisten a la escuela.

El segundo método mide los recursos del hogar, sean sus ingresos o sus gastos, para así estimar si los recursos le alcanzan al hogar para tener un nivel de vida aceptable dentro de la sociedad. Este modelo, conocido como el de las líneas de pobreza, mide el ingreso y define como pobres a aquellos hogares que no logran el suficiente ingreso11 para satisfacer las necesidades consideradas básicas en el país, como la ropa y el combustible para cocinar.

“Algunos países distinguen dos líneas de pobreza. Los hogares pobres son aquellos que no tienen ingresos suficientes para cubrir sus necesidades de servicios, vivienda, ropa y alimentos, mientras los hogares indigentes o en situación de extrema pobreza son aquellos que ni siquiera tienen suficiente ingreso para asegurar una dieta adecuada a todos los miembros del hogar. En la práctica es bastante difícil calcular los requerimientos y todos los ingresos del hogar, y más difícil aún en el área rural, donde se debe evaluar los beneficios no-monetarios y la seguridad alimentaria derivada de los cultivos de subsistencia, de la caza, pesca, la carne de los animales domésticos o la leña”. (Reshwan y Wray, 2004:40)

11

Se considera que si una persona vive con menos de 2 dólares al día se encuentra por debajo de la línea de pobreza; si no

gasta más de un dólar se encuentra por debajo de la línea de miseria.

Page 34: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

34

La realidad de la que dan cuenta estos métodos no corresponde a la que viven los pueblos indígenas y, mucho menos, a la cotidianidad de las comunidades que se han visto forzadas a abandonar su territorio como consecuencia de un conflicto armado. Las formas tradicionales de producción se tienen que dejar atrás para asumir el modelo de la sociedad receptora, por tanto, todos los indicadores encienden sus luces de alarma a la hora de evaluar la condición de la pobreza de las familias desplazadas. El equipo de investigación decidió analizar los datos del instrumento diseñado por el ICBF desde el enfoque propuesto por Reshwan y Wray (2004) para la construcción de indicadores para pueblos indígenas. El esquema se basó en tres ejes transversales: I) el acceso o la carencia en cuanto a bienes y servicios, II) la seguridad o vulnerabilidad, y III) la capacidad de gestión o impotencia. Como se notó en los capítulos anteriores, los indicadores de pobreza convencionales tienden a enfatizar la carencia en el acceso a los bienes y servicios. Miden los ingresos y el acceso a los servicios básicos y a los bienes de consumo. Sin embargo, los otros ejes son igualmente críticos ya que tienen una relación directa con las causas de la pobreza. La seguridad/vulnerabilidad se refiere a las posibilidades que los pobres tienen para mantenerse o defenderse ante los cambios naturales, sociales o económicos, mientras que la capacidad de gestión se refiere a sus posibilidades de influir o modificar las decisiones que les afectan. Si no tienen voz o influencia, los pobres no pueden cambiar la estructura agraria, las leyes laborales o la capacidad de redistribución del Estado (Ibíd:28). Los autores también diferencian seis grandes grupos de indicadores que deben ser considerados para elaborar un índice de necesidades para grupos indígenas, así:

1. Tierras, territorio y recursos naturales. Acceso a la tierra para actividades productivas; acceso a recursos naturales (bosque, ríos, caza y pesca); control o acceso sobre los lugares sagrados u otros lugares de importancia social y cultural; seguridad de tenencia; tierras situadas en áreas de conflicto, crimen organizado, drogas o sin ley; tierras sujetas a riesgos naturales (inundaciones, sequías, terremotos); ocupación del territorio por extraños (mineros, madereros, ganaderos o pequeños agricultores); saqueo de recursos naturales (madera, caza y pesca ilegal); e impactos de proyectos petroleros , gasíferos , hidroeléctricos o viales. 2. Economía. Suficiente producción e ingresos para cubrir las necesidades de la familia; suficiencia de bienes y recursos productivos (equipos e infraestructura productiva, insumos, animales); acceso a asistencia técnica apropiada; acceso a capital; acceso a mercados; empleo en actividades peligrosas; inseguridad que afecta las actividades productivas, dependencia en monocultivos o industrias únicas, capital social, capacidad de responder ante momentos de crisis familiar (enfermedad, muerte, pérdida de cosecha); discriminación en el empleo; capacidad para negociar pago, condiciones de empleo con empleadores, proveedores o compradores, y dependencia en crédito de almaceneros, acopiadores y transportistas.

3. Vivienda, edificios públicos y bienes de consumo.

La vivienda y los edificios públicos son adecuados para el medio y de acuerdo a las expectativas de la población. Seguridad de tenencia. Vivienda y edificios públicos están ubicados en áreas contaminadas o áreas de riesgo. Mano de obra, conocimientos, recursos y/o dinero para la

Page 35: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

35

construcción. Capacidad organizativa. Acceso a los servicios y bienes que se consideran necesarios para el medio (incluye luz, agua, transporte, leña u otro combustible para cocinar y calefacción). Presencia de vectores de malaria, dengue, Mal de Chagas, etc. capacidad organizativa para construir y/o reparar los edificios públicos. Acceso a los servicios públicos u empresas responsables del acceso, drenaje, edificios públicos, vivienda y servicios (agua, luz, transporte, caminos, etc.). 4. Nutrición, salud y saneamiento ambiental. Índices de morbilidad y mortalidad; insuficiencia o contaminación del agua; insuficiencia de alimentos debido a la falta de recursos productivos o ingresos;, saneamiento adecuado del medio; acceso a servicios de salud (primaria y secundaria); falta de comida o empleo en ciertas épocas; falta de resistencia a enfermedades nuevas, alcoholismo y drogas; riesgo de enfermedades de transmisión sexual; conocimientos sobre los factores que afectan la salud; capacidad de resolver los problemas de salud e infraestructura a nivel de la comunidad; y exclusión, maltrato o mala calidad de servicios de salud. 5. Educación escolar. Calidad y relevancia de la educación primaria; asistencia de niños y niñas en edad escolar, índices de deserción escolar;acceso a la educación secundaria o superior; los costos directos e indirectos (cuadernos, uniforme, matrícula, trámites burocráticos) determinan si el niño asiste o no a la escuela; la importancia de la mano de obra de los niños y niñas es crítica (aún en ciertas épocas del año) y determina si el niño asiste o no a la escuela; acceso físico o el costo de transporte es crítico (primario y secundario); alumnos sufren maltratos o discriminación en los centros educativos; participación en la definición de enfoques y prioridades para la educación escolar; nivel de participación en la gestión educativa; apertura, receptividad o acceso a las autoridades educativas; y valor asignado a la educación escolar. 6. Identidad y cultura. Uso o pérdida del idioma; prácticas familiares de socialización cultural; acceso a la educación bicultural bilingüe; actividades extractivas en las tierras o territorios que conllevan presencia de personas externas al grupo; inmigración de otros grupos al territorio o población rodeada por otros grupos étnicos; imposición de normas culturales por las misiones religiosas, autoridades, empresas u ONGs, medios de comunicación que promueven la valoración y fortalecimiento cultural; mecanismos de producción de la espiritualidad de otros grupos étnicos; altos niveles de emigración; y programas de revitalización cultural. 7. Autonomía, acceso a la justicia y participación política. Capacidad organizativa; condiciones para el ejercicio del autogobierno; impunidad de personas que cometen delitos y atropellos contra miembros del grupo; indígenas detenidos sin haber recibido defensa legal; documentación personal; participación en elecciones locales y nacionales; presencia de representantes indígenas como autoridades en espacios de poder local, regional o nacional; acción externa induce a la división o debilitamiento de las instituciones indígenas; acceso a la información, consulta y participación; conocimiento y sensibilidad de autoridades judiciales frente a la especificad cultural y la interculturalidad; sistemas políticos son inclusivos de la diversidad étnico-cultural; el sistema de justicia

Page 36: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

36

contempla los derechos consuetudinarios, acceso al sistema de justicia, indígenas que conocen sus derechos o los mecanismos para defenderlos; y acciones de fortalecimiento de las comunidades y pueblos.

Dentro de este informe, los indicadores de tierra, territorio y recursos naturales no se estudian porque la comunidad Embera se encuentra en situación de desplazamiento. Los indicadores de vivienda, edificios públicos y bienes de consumo, además de los socioeconómicos son analizados dentro del presente aparte. Los indicadores de nutrición y salud se presentan como un artículo aparte por la relevancia del tema para el ICBF.

A partir del año 2002, la ciudad de Bogotá es uno de los centros receptores de población Embera. Desde entonces, llegaron al distrito Emberas que terminaron por convertirse en otros habitantes más de la ciudad. Sólo en el 2008, Bogotá experimentó la llegada de población Embera como consecuencia de tres desplazamientos masivos en el Alto Baudó, dos en el Medio Baudó y cinco en el Bajo Baudó (Nota en prensa. ACNUR, 2009). En el año 2007, habían llegado a Bogotá 150 Emberas de la comunidad de Conondó (comunidad Embera Katío de Conondó. 2007). En Mayo de 2008, arribaron a Bogotá 78 Emberas que fueron atendidos por el Hospital de Fontibón (El Tiempo, 2008.) En marzo de 2009, la Defensoría del Pueblo denunció que había llegado a Bogotá un grupo de novecientos 999 Embera Katíos provenientes del alto y medio Baudó huyendo de acciones violentas (Nota en prensa. Actualidad Étnica, 2009). Para diciembre de 2009, ACNUR reportó que fueron desplazados dos mil indígenas Embera del departamento del Chocó (Nota en prensa. ACNUR, 2009). El tamaño de la población migrante es grande y sus condiciones de vida precarias, situación que ha alarmado a las autoridades de la capital. La vivencia de la ciudad para los Embera es compleja y plantea múltiples dificultades, entre ellas, el estigma que pesa sobre el individuo desplazado como peligroso o problemático. A ello se le suma la invisibilización sistemática del fenómeno de desplazamiento. Como señala Guevara (2003:15), para el caso de Cali: “La ciudad hoy no parece percatarse del grave problema de quienes, por ser desplazados, no son considerados como ciudadanos. Se recaba en la ida de vendedores ambulantes

Page 37: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

37

que obstaculizan al peatón por ocupar las calles y se altera el orden urbano. La visión que se tiene del desplazado es una visión negativa, de rechazo, estigmatización y discriminación”.

Algunos apuntes metodológicos En el presente aparte intentaremos acercarnos a las condiciones de vida de los indígenas Embera en condición de desplazamiento en la ciudad de Bogotá. Para esto es fundamental entender la forma en la que nos acercamos a la comunidad para recolectar los datos. Primero, explicaremos la metodología utilizada para recolectar la información y los inconvenientes que presentó la aplicación del instrumento diseñado por el ICBF. Después, nos concentramos en una pequeña descripción sociodemográfica para dar paso a la descripción de las condiciones de vivienda. Explicaremos algunas percepciones iniciales de la vida en la ciudad. Luego haremos una descripción de los barrios en los que se localiza la mayor parte de la población y, finalmente, explicaremos los indicadores de vivienda de acuerdo con los planteamientos de Renshaw y Wray (2004). El carácter comparativo de la investigación impuso la utilización de un único instrumento que diera cuenta de las condiciones socioeconómicas de la etnia Embera en tres departamentos. Desde el comienzo, consideramos que el instrumento tenía problemas de aplicación en Bogotá, pues se había diseñado para un contexto rural: el módulo de vivienda y el módulo de disponibilidad de alimentos difícilmente se ajustaban a los requerimientos de la investigación en una zona urbana. De acuerdo con lo anterior, el equipo de investigación solicitó a la coordinación del proyecto hacer algunas modificaciones para contextualizarlo al entorno urbano de Bogotá. Sin embargo, el ICBF requirió dentro de los términos del contrato que se aplicara el instrumento tal y como se había diseñado, porque cualquier cambio en la estrutura afectaría la toma de datos y las posibilidades de comparación. Así las cosas, Vía Plural y la supervisión técnica de la regional Bogotá, acordaron entonces anexar un módulo de información al instrumento para así lograr mayor claridad y calidad en la información recolectada. Por otro lado, se realizó una prueba piloto del instrumento y se hicieron algunas recomendaciones, como sugerir la utilización de información etnográfica para describir el lugar de origen y las causas del desplazamiento. Asimismo se debía incluir información sobre el tipo de energía utilizado para la preparación de alimentos. Propusimos, igualmente, incluir dentro del módulo de vivienda un referente etnográfico que ilustrara sobre las verdaderas condiciones de vida de los indígenas. Estas recomendaciones, no osbtante, no fueron consideradas en el instrumento final. También identificamos problemas con algunos de los rangos entre los que se clasificaba la información. Por ejemplo, el ingreso mensual de la mayor parte de la población se encuentra dentro del rango superior, lo que aparentemente indicaría que tiene garantizados los recursos necesarios para satisfacer sus necesidades básicas. En conformidad con lo acordado en las reuniones entre el ICBF y Vía Plural, el equipo de trabajo convino recolectar la información faltante utilizando técnicas etnográficas.

Page 38: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

38

El trabajo de campo se inició con un reconocimiento de los vecindarios y se identificaron los “pagadiarios” en los que se alojan los Embera. Con esta información, elaboramos un mapeo preliminar del número de familias. También, solicitamos a los administradores permiso para aplicar los instrumentos dentro de los “pagadiarios”. Luego, identificamos en cada hospedaje los cuartos donde habitan las familias Embera; en algunas ocasiones pudimos levantar un plano de las viviendas. Posteriormente, aplicamos el instrumento de caracterización socioeconómica alternando la encuesta con pequeñas preguntas a manera de entrevista, lo que nos permitió acceder a información relevante para la presente investigación. Identificamos ocho “pagadiarios” en el barrio La Favorita, seis en el barrio San Bernardo y una residencia en el Barrio las Cruces. En total se encontraron 504 personas agrupadas en 89 familias.

PRIMERAS PERCEPCIONES SOBRE LA CIUDAD

Los relatos autobiográficos de los Embera que hacen referencia a la vida en la ciudad, nos muestran que las experiencias iniciales del arribo a la capital determinaron la forma en que se representa la ciudad y el modo en que se perciben en ella. Las narraciones sobre el desplazamiento son ricas en descripciones sobre los primeros días del arribo a la urbe, y por medio de ellas quisimos dar respuesta a las causas de ciertas adaptaciones de la gente Embera a la ciudad, como los lugares de residencia, la consecución y distribución de alimentos y las actividades de lo cotidiano. En Bogotá, el terminal de transportes es la gran puerta de entrada a la ciudad. Es ahí donde llega el transporte que viene de regiones apartadas del país. Fue allí donde los primeros desplazados Embera obtuvieron indicaciones para su estadía, se dirigieron a personas uniformadas, celadores o policías, quienes los guiaron al centro de la ciudad, donde se podía encontrar alojamiento económico. Una impresión inicial de la ciudad es sensorial. El frío bogotano es el primer condicionante al que el indígena se enfrenta, la lluvia y la falta de ropa apropiada (la mayoría llegan descalzos) impiden alcanzar una temperatura adecuada y, de este modo, la sensación de frío se incrementa rápidamente. Las heladas del verano o las lluvias del invierno bajan la temperatura sobre todo en las noches y madrugadas, por lo que las familias que llegan a esas horas son fuertemente golpeadas por la impresión del frío. Aunque la búsqueda de un lugar donde pernoctar es urgente, muchos de ellos pasaron una o más noches a la intemperie antes de encontrar un alojamiento que pudieran pagar.

“…después alguien le dijo que se fuera pal centro, yo no me conocía pal centro, ¿cómo podía hacer irme pal centro así solo?, entonces del terminal que atiende desplazado, también me dio una comidita, un almuercito, me dio un almuerzo, un arroz, un carne, todo me dio y un vestido negro pues si. Le dije yo soy desplazado, entonces me mandaron pal centro yo me conocía así como San Victorino, y San Bernardo me conocía, me tocó amanecer en Bogotá también en centro me amaneció una calle con los niños pues, por ahí a las 12 un policía me dijo por qué usted está en la calle, entonces yo dije soy desplazado. Entonces me fui a una habitación… (3 días después) se llama… cerquita de… en Santa Fe, más arriba, transmilenio me quede una semanita arriba en una habitación”

Page 39: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

39

El primer recorrido en la ciudad se hacía en bus, los Embera solicitaban a los conductores que los llevaran al parque “Mariposa12” o a la plaza de Bolívar13 en el centro. En este primer desplazamiento por la calles de la ciudad, los miembros de la familia pudieron ver desde la ventana del bus la inmensidad de los edificios y calles de la ciudad. Algunos de ellos manifestaron sentirse perdidos e intimidados por el tamaño de la ciudad. Otros, sin embargo, expresaron sentirse atraídos por la magnitud de los edificios de la urbe. Las percepciones de la ciudad se trasformaron con el pasar de los días, las frecuentes visitas a los edificios donde funcionan las instituciones y la busqueda de alimentos en diversos barrios y localidades los llevaron a construir referentes espaciales, que les permitieran llegar a los lugares hacia donde se dirigían. Avenidas, edificios, esculturas, parques se convierten en referentes espaciales que permiten a los indígenas ubicarse en el contexto urbano. La planeación se hace día a día, por lo que es fundamental mantener contacto constante con familiares y amigos. Si algún Embera vió en el noticiero o escuchó por la radio de algún programa para desplazados, se lo informa a los otros gracias a la red de comunicación de la gran familia Embera descrita en el capítulo anterior. Así funcionan los horarios de la gente Embera, unos comunican a otros y entre todos están pendientes de lo que hay que hacer. Un manejo del tiempo que depende tanto de lo grupal como de lo eventual y que, en muchas ocasiones, es contradictorio con la administración cronológica de las instituciones. En cuanto al manejo del tiempo grupal, podemos observar que la ciudad no concibe un colectivo de derechos, por tanto son los sujetos los que deben estar pendientes de las citas y actividades que les competen. Observamos que hay más asistencia a los eventos cuando la fecha de la convocatoria es más cercana. Por ejemplo, si el sector salud planea una jornada de vacunación e informa a la comunidad con un mes de anterioridad, pero el día anterior a la jornada los Embera se enteran que va a haber un encuentro de grupos indígenas con almuerzo, es muy probable que la mayoría acuda al encuentro indígena por estar más reciente en la memoria. A pesar de que la ciudad es un escenario difícil donde el hambre, el frio y las dinámicas sociales difieren radicalmente de las condiciones de vida en el territorio, los Embera transforman estas primeras percepciones. Con el paso de los días, las representaciones sobre lo urbano cambian y la ciudad se convierte en la tierra de las oportunidades. El abandono estatal que se vive en los resguardos, contrasta con la noción de responsabilidad que el Estado tiene hacia los ciudadanos en el nuevo contexto urbano.

“Pues no, ya estoy como resignado, amañado no, más bien resignado. Desde que llegué en diciembre me quede ahí. Yo fui a declarar aquí abajo en Acción Social en Puente Aranda, en la UAO. Ahí fue que declaré todo, cómo pasó, todo, lo que había pasado antes. Bueno, en esos días fui a la 68 con 17, fui a reclamar el mercado, me dieron un mercado grande, de bultos, me dieron panela, azúcar, sal, aceite. En unos días arrimé a UAO para mirar en el sistema y ya había salido favorecido. Me mandaron al Corpa, en el barrio Carvajal, en la primera de Mayo, allá fue que me mandaron a hacer unas capacitaciones. Unas capacitaciones de cómo manejar proyectos productivos. Entonces bueno ahí me dieron mercado. Me dieron un cheque-bono por

12 Plazoleta de San Victorino ubicada entre las calles 12 y 13 y carreras 11 y 12. 13

Ubicada entre calles 10 y 11 y carreras 7 y 8, la plaza de Bolívar es el centro de la ciudad y del país. Aquí se encuentra el

Congreso de la república, la Catedral Primada de Bogotá, el Palacio de Justicia y la Alcaldía Mayor de Bogotá.

Page 40: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

40

un millón cincuenta y mercado, me quedé con eso defendiéndola. Me dieron colchoneta, ollas, sí, después me dieron para arriendo. Me después me dieron este proyecto productivo, me dieron para este puesto de dulces.”

Como vemos, la necesidad de procurarse una mejor vida en la ciudad, en contraste con la que tenían en el territorio, y la ayuda prestada por las entidades oficiales hace que el Embera comience a pensar su estadía en la capital a largo plazo. De esta manera, en lo primero que trabaja es en la búsqueda de un lugar permanente de habitación, un barrio donde vivir. Inicia así la construcción de referentes tempo-espaciales que les permiten desenvolverse en la ciudad. Los barrios donde desarrollan su vida en la ciudad se convierten en el centro de su nuevo universo urbano. Por tal motivo el equipo de investigación se concentró en observar los espacios de vivienda en su contexto, para entender cómo las condiciones de vivienda determinan el cambio socio cultural de los Embera en la urbe.

DESCRIPCIÓN SOCIO DEMOGRÁFICA

Para el presente estudio con la comunidad Embera que habita en Bogotá en los barrios la Favorita y San Bernardo, registramos un total de 504 personas pertenecientes al grupo, incluyendo desde individuos de primera infancia hasta adultos. Del total de la población (504) el 52% son mujeres y el 48% son hombres, lo que muestra una mínima diferencia entre sexos. No obstante, en la división por género de la jefatura, como lo muestra el gráfico 2, un porcentaje del 75% de las cabezas familiares son hombres, mientras solo el 25% son mujeres..

Page 41: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

41

En cuanto a la distribución por edades, se presenta una variación alta entre los rangos de edad, como lo expone el Gráfico 3. Los mayores de 18 años, con un 34,9%, son el rango de edad más común dentro de la comunidad Embera. Los individuos entre los 10 y 17 años (24,8%) son el segundo rango de edad más numeroso, seguido por el rango de 5 a 9 años (17,3%). Los niños entre 2 y 4 años (10,9%) son, por su parte, el rango de edad más bajo y presentan una mínima diferencia con el rango de los niños menores de dos años (12,1%). Podemos afirmar que dentro del rango entre los 18 y los 64 años se encuentra una parte importante de la población Embera que habita en la ciudad. Sin embargo, si consideramos a la totalidad de los menores de edad, suman un porcentaje de 65,1 % dentro de la población total del grupo indígena, por lo que la población predominante menor de edad. Con un total de 504 indígenas, distribuidos en 89 familias encuestadas, la cantidad de personas por familia se entiende de la siguiente manera: en términos de extensión del núcleo familiar se obtuvo un máximo de 14 personas por familia, un mínimo de 1 persona por familia y una mediana estadística de 5 personas. Identificamos tres intervalos así: de 1 a 4 personas, de 5 a 9 personas y de 10 a 15 personas por familia, que presentamos en el siguiente gráfico.

Page 42: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

42

El 66,3% de las familias presenta una cantidad de integrantes entre 5 y 9 personas, por lo que se constituye en el rango más representativo para comprender la extensión de las familias. Sin embargo, también debemos considerar que existen familias que están integradas entre 1 y 4 personas (29,2%), y que existen familias unipersonales. De la misma forma, es indispensable aclarar que el instrumento de ubicación socioeconómica entendía la familia como el núcleo familiar más próximo. Sin embargo, para los Embera la familia es principalmente la unidad doméstica, que puede estar conformada, por varios hogares nucleares que comparten un mismo espacio de habitación.

VIVIENDA

“Nosotros, como los otros compañeros que estaban pagando pieza nos dijeron que por ahí era barato. Unos compañeros Embera Katío, no me recuerdo los otros nombres. Entonces ellos estaban ahí y nos fuimos a pagar pieza, esa platica duro apenas quince días no más… Nosotros nos fuimos a mirar las piezas, estábamos en la calle a ver cómo podíamos buscar. Encontramos un solo cuarto, pagábamos diario seis mil pesos. En esa casa yo llevo como tres meses no me he cambiado”.

De a cuerdo con el modelo utilizado en esta investigación el primer grupo de indicadores al que nos aproximaremos es el que se refiere a las condiciones de vivienda de la etnia. Comenzaremos por exponer un contexto de los barrios para que el lector pueda localizar los lugares de vivienda en el mapa de la ciudad.

Page 43: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

43

Contexto: barrio La Favorita

El barrio La Favorita se encuentra ubicado en la localidad de Los Mártires. Esta localidad, otrora habitada por la gente de élite de nuestro país, hoy se caracteriza por una marcada problemática social y económica, que se evidencia en los altos índices de homicidios, drogadicción, inseguridad, prostitución y violencia. La Favorita es un vestigio de uno de los barrios más representativos de la historia bogotana, sus casas estilo republicano hoy deterioradas y convertidas en inquilinatos y prostíbulos, cuentan historias sobre tiempos olvidados, cuando este barrio era habitado por las familias más prestigiosas de la ciudad. Debido a su cercanía con la Estación de la Sabana, La Favorita fue un barrio de tradición hotelera desde la década de 1920. Allí confluían turistas de distintas procedencias que se hospedaban en los elegantes hoteles del lugar. Al pasar el tiempo, con el posicionamiento del terminal de transporte, además de los pasajeros que movilizaba el tren de la Sabana, comenzaron a llegar cientos de turistas en los buses intermunicipales, y el sector empezó un proceso caótico de decadencia: las calles se llenaron de vendedores ambulantes, las basuras aumentaron y la inseguridad se incrementó. Esto ocasionó que para la década de 1950, los habitantes de La Favorita vendieran sus lujosas casas por sumas irrisorias o incluso simplemente las dejaran abandonadas. Muchos comerciantes que no eran del lugar (especialmente campesinos santandereanos) aprovecharon esta situación y compraron las propiedades, convirtiéndolas en su mayoría en inquilinatos o en hospedajes de precios módicos que se mantenían gracias al turismo. Paulatinamente, fueron surgiendo en estos lugares expendios de drogas y las denominadas “ollas”. (Izquierdo, 2008). Con la reubicación del terminal de transporte, los hoteleros perdieron la mayoría de sus clientes, lo que los condujo a disminuir sustancialmente los precios de la estadía. Para la década de 1980 los propietarios de los hospedajes, encontraron una fuente de ingresos en los camioneros que venían a Bogotá transportando mercancías. (Ibid, 2008). Con el Plan de Ordenamiento Territorial (POT), el Distrito decidió trasladar la zona de alto impacto del barrio Santa Fe a La Favorita, con el argumento de que la infraestructura de este barrio era adecuada para ese tipo de actividades. De este modo, La Favorita se convirtió en una de las áreas capitalinas autorizadas para el ejercicio del trabajo sexual, lo que incrementó fuertes conflictos sociales, como la comercialización y el consumo de sustancias psicoactivas y alcohol, el trabajo sexual infantil y la delincuencia. (Plan de Desarrollo Local Mártires, 2008-2010). En la actualidad La Favorita es el epicentro de actividades de alto impacto social y sus calles se encuentran contaminadas espacialmente por basuras, motos y carros. En este barrio se ubican varios expendios de droga, hecho que agudiza enormemente todas las problemáticas sociales. Cuando desapareció la calle del Cartucho en 2005, muchos de los habitantes de esta gran “olla” se trasladaron a varios sectores de la ciudad, entre ellos La Favorita. En la actualidad, este barrio alberga una población diversa de indigentes o habitantes de la calle, prostitutas y jíbaros, y se evidencian problemáticas sociales de vandalismo, delincuencia y paramilitarismo. (Peña, 2009).

Page 44: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

44

La deteriorada infraestructura del barrio, los problemas de convivencia ocasionados por el entorno y la presencia de expendios de droga hicieron que La Favorita fuera catalogada por la Secretaría de Gobierno como una de las 31 zonas críticas de la ciudad. "El barrio hace parte de la zona de intervención conocida como el sector “Trampa”, que también abarca el Voto Nacional, y va desde la carrera 13 hasta la carrera 19 y desde la calle 7ª hasta la calle 22”. (Ibid). Por su condición histórica, La Favorita continúa siendo un lugar de paso para la gente de “afuera”, sin embargo, en la actualidad los residentes son desplazados de otros barrios u otras ciudades que encuentran en este lugar un hospedaje por poco dinero y con pocas condiciones. Desde hace más o menos siete años, La Favorita se ha erigido como uno de los barrios en donde se alberga gran cantidad de población indígena desplazada, especialmente Quechua y Embera. Esta población se ve obligada a convivir con las problemáticas del lugar y sus niños circulan entre la indigencia, los prostíbulos, el alcohol y los expendios de droga.

Contexto: barrio San Bernardo

“…Y ahí nos echaron para Bogotá. Llegamos una noche, a las 3 de la mañana, en la Oficina del Ministerio del Interior y a los otros días a las 8 de la mañana nos recogieron. Nos llevaron que dizque para la maloca del barrio Venecia. Y ahí el Cabildo diciendo que el arma no era de la guerrilla, sino de nosotros… De Venecia nos mandaron para acá. Nos dijeron que ya van a estar ustedes acá, que ya había salido negado, que el Cabildo dijo que las armas eran de ustedes entonces ya no van a estar acá. Tienen que salir a pagar arriendo a la calle. Y cuando llegamos en San Bernardo aquí en la calle 5ta, hijueputa me eché a llorar en la calle, sin para dónde coger… para donde echar”. (Omar, Embera Katío).

El barrio San Bernardo, se ubica entre la calle sexta, o Avenida de Los Comuneros y la calle primera, o Avenida de la Hortua, entre la Avenida Caracas y la carrera décima. Cuando fue fundado, era un espacio típico de habitación obrera que paulatinamente se deterioró por las transformaciones históricas que experimentó el centro de la ciudad. En las décadas de 1970 y 1980, cuando se diseñaron los planes de desarrollo territorial para el mejoramiento de Bogotá, las localidades de Santa Fe, Mártires y Candelaria presentaron los cambios más radicales, cuando las casas y edificios cercanos a la carrera décima sufrieron un progresivo abandono, debido a congelamientos de los predios con el fin de complementarlos con la organización futura de la ciudad. Hoy día, las actividades de mejoramiento de la zona incluyen la recuperación del Parque de San Victorino, el Cartucho y el viejo barrio Santa Inés donde actualmente se ubica el Parque Tercer Milenio (Carreño, 2008). No obstante, a pesar de los intentos de mejoramiento, el deterioro a lo largo de tres décadas de este barrio lo configuró como una zona de peligrosidad y de actividades de alto impacto en la ciudad. De esta manera, es común observar en el barrio habitantes de calle que descansan o comen a cualquier hora sobre los andenes de las estrechas calles. Prolifera de forma abundante la comercialización y consumo de sustancias psicoactivas. El barrio tiene un tipo particular de ocupación residencial: coexisten de manera desordenada inquilinatos, mejor conocidos como “pagadiarios” y establecimientos comerciales que en su mayoría no poseen las licencias de funcionamiento requeridas. Para las autoridades, el barrio se configura como una zona crítica, y son diversas y

Page 45: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

45

numerosas las redes delictivas que operan allí y que se dedican al hurto, estafa, sicariato, venta de drogas y trata de personas. Cuadra tras cuadra se observa el deterioro físico y social de la zona, las viviendas con paredes resquebrajadas, puertas con cerraduras artesanales (cuerdas y cables entre otros objetos que sean útiles para evitar que la puerta se mantenga abierta) y tejas estropeadas por la humedad constituyen las fachadas de las casas construidas en las décadas de 1920, 1930 y 1940. En el interior de las casas, en los paga-diarios e inquilinatos, hay un promedio dieciséis cuartos, en los cuales residen como población flotante habitantes de calle, delincuentes de la zona, personas en condición de desplazamiento y otros. El sector posee infraestructura de acueducto y alcantarillado. Sin embargo, los servicios sanitarios son escasos y en cada vivienda hay tan solo uno o dos baños. Las alcantarillas de las vías principales se taponan con residuos de basura, lo que dificulta la adecuada eliminación de desechos. Podemos afirmar que es un barrio con diversas dificultades a nivel habitacional, entre ellas las problemáticas de aseo, debido a que los habitantes de calle tienen como fuente de subsistencia el reciclaje. A diario, llevan la basura a los sitios donde residen, lo que fomenta la aparición cuadra a cuadra de papeles en trozos pequeños, cartones y bolsas plásticas, entre otros objetos. Es en este contexto, la comunidad Embera convive con un conjunto heterogéneo de población. En contadas ocasiones, los vecinos representan redes de apoyo para los Embera. Algunos les indican direcciones de la ciudad o les regalan alimentos. La relación con los administradores de los “pagadiarios” es paradójica: algunos son tolerantes frente a sus prácticas tradicionales; otros son groseros y llegan a maltratarlos. Los servicios de agua son restringidos y el no pago diario de la pieza puede devenir en el desalojo violento de las familias. Estos contextos donde abundan prácticas ilegales influyeron de manera perversa en la población Embera. El cambio en los roles familiares provocó que gente Embera, en especial hombres, comenzaran el consumo de drogas.

LOS “PAGADIARIOS” Casonas de La Favorita y San Bernardo. Los contextos de vivienda.

Los “pagadiarios” son alojamientos en antiguas casonas en las que los cuartos se adecuan para el hospedaje de familias. El diseño de las casas ha permitido hacerles modificaciones en infraestructura para aumentar el número de cuartos. Son típicos los “pagadiarios” en los que un gran cuarto se divide en cuatro pequeños. La división no solo se hace sobre el área del cuarto, sino que también la habitación se divide en dos colocando un piso a manera de altillo y creando un gran cuarto arriba y otro abajo. Otros espacios de las casa han sido también modificados para crear más habitaciones, así como patios, cocinas y, en algunos lugares, hasta baños. De acuerdo con el instrumento de caracterización socioeconómica, para el caso de los “pagadiarios” no son representativos los datos arrojados, en tanto los materiales de construcción de las paredes exteriores o del suelo resultan casi idénticos para todos. Tampoco se mostrarán las estadísticas en el caso de los servicios públicos, porque estos espacios cuentan con los servicios de electricidad,

Page 46: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

46

alcantarillado y acueducto, pero carecen de gas natural, Internet y teléfono fijo o celular. Sin embargo, para Renshaw y Wray (2004:42) es importante entender que una vivienda apropiada debe brindar espacio y comodidad para la realización de actividades relacionadas con el grupo. De igual forma, debe considerarse la cantidad de personas que comparten un mismo espacio o si los individuos que se encuentran en el lugar común tienen la relación necesaria para ser parte del hogar, tanto en el caso de los Katío como de los Chamí. Según la información recolectada, encontramos que las familias encuestadas se alojan en cuartos o piezas que, a pesar de contar con servicios públicos, presentan altos índices de hacinamiento y suciedad, lo que impide considerar estos espacios como áreas de habitabilidad apropiadas y confortables. En los estudios sobre población desplazada en otras ciudades del país, algunos autores consideran que “La convivencia en espacios de alto hacinamiento reduce ostensiblemente las relaciones intrafamiliares de intimidad y privacidad, se acrecientan las tensiones y angustias y en muchas ocasiones los conflictos intrafamiliares tienen que ventilarse en público. Pero también las deplorables condiciones higiénicas y de salubridad propician las enfermedades de un entorno de clima húmedo y son los niños y las mujeres los que más se ven afectados”. (Guevara, 2003: 52). En el Gráfico 5, presentamos el número de personas que comparten baño y habitación. Elaboramos una serie de 7 rangos con unos intervalos de diez personas. Según los datos arrojados por cada categoría, en el primer caso, el mínimo de personas que comparte un mismo baño fue de 6, el máximo de 136 y la mediana de 35. El gráfico también nos muestra que alrededor de un 21,3% de las familias encuestadas comparten un solo baño con aproximadamente 28 a 38 personas. Un 18% de los hogares comparte el baño con 17 a 27 personas. Un 15,7% comparte el baño con al menos 50 o 60 personas. En un porcentaje más bajo, el 5,6% de las familias comparten el baño con 83 personas o más; y el 4,5 % lo comparten con al menos 39 o 49 personas. Finalmente, solo el 1.2% de los hogares encuestados comparten el baño con al menos 61 o 71 personas. Como se observa en el Gráfica 5, las familias que comparten un único baño representan un número significativamente alto de personas. Uno de los indicadores trabajados por la ENH (Encuesta Nacional de Hogares) es el hacinamiento, que consiste en que un cuarto es compartido con más de 3 personas para habitantes de una ciudad. Si hacemos un análisis cruzado, del indicador de la ENH y del espacio adecuado para una vivienda apropiada, podemos observar que por la cantidad de personas que comparte un baño, la comunidad indígena Embera presenta un alto índice de hacinamiento.

Page 47: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

47

Esta afirmación es complementaria con los datos que mostramos en la Gráfica 6. Aunque la cantidad de personas que comparten un cuarto es significativamente diferente en relación con el cuadro anterior, nos permite visualizar estadísticamente el grado de hacinamiento de las familias Embera. Para la representación de estas cifras, elaboramos tres rangos con intervalos de cuatro personas. En este caso el número mínimo de personas por cuarto fue de 2, mientras el máximo fue de 15. Los datos muestran que el 42,7% de las familias comparten una habitación con entre 7 y 11 personas; un 39,3% de las familias la comparten con entre 2 y 6 personas; y el 15,7% de los hogares comparte su pieza con aproximadamente entr 12 y 16 personas

Si realizamos una lectura cruzada de estos datos, podemos determinar que los altos grados de hacinamiento de la comunidad imposibilitan la realización plena de prácticas culturales necesarias

Page 48: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

48

para el mantenimiento del bienestar personal y colectivo. Los contextos de vivienda, analizados en relación al espacio e infraestructura, son inestables y problemáticos. Así, los indicadores nos llevan a afirmar que existe una carencia acentuada de infraestructura residencial adecuada,que responda a las expectativas de la población para superar sus necesidades de vivienda. En las entrevistas realizadas, los Embera manifestaron su preocupación por la pérdida de tradiciones culturales asociadas al conocimiento del mundo y la naturaleza. Esto se debe en gran medida a que en los contextos de vida en la ciudad no se encuentran las plantas o los lugares apropiados para el desarrollo de dichas prácticas. Los Embera manifestaron su preocupación porque los niños no aprendan en su lengua cómo se llaman las plantas y los animales y para qué son útiles. Podemos cruzar también los datos estadísticos con los etnográficos para determinar las carencias, vulnerabilidad y capacidad de gestión que tienen los Embera para el indicador de vivienda en la ciudad de Bogotá. Encontramos carencia ya que la infraestructura de alojamiento de los Embera no soporta la capacidad de carga que el número de personas requiere, principalmente en el acceso a servicios sanitarios. Esto se debe a que las casonas de La Favorita y San Bernardo han sido modificadas para crear más habitaciones. Las modificaciones no han sido hechas bajo una planeación rigurosa y tampoco se ha invertido el capital requerido. El número de personas que comparten un mismo baño es la mayor evidencia de esto, pues el incremento del número de cuartos no ha sido proporcional al del número de baños. Otro problema estructural es la falta de ventilación de los cuartos. Pocas habitaciones de los “pagadiarios” cuentan con buena ventilación. Además, la mayoría de familias cocina en el mismo cuarto con estufas de gasolina. En cuanto a los servicios y bienes mínimos requeridos para la satisfacción de necesidades básicas, encontramos que el alojamiento en “pagadiarios” también presenta varias carencias. Si bien todos los “pagadiarios” cuentan con energía eléctrica, agua y servicios sanitarios, el acceso a estos se ve afectado por el hacinamiento y la falta equipamiento necesario para usar estos servicios. Las bombillas no producen la suficiente luz por no tener capacidad superior a 50 voltios, las fuentes de agua se comparten con los demás inquilinos, y los baños en la mayoría de “pagadiarios” se comparten con más de 50 personas. No todas las familias Embera cuentan con estufas y algunos deben esperar a que sus vecinos las desocupen para poder solicitarlas en préstamo para cocinar. La falta de garantía del derecho a la vivienda se ve también afectada por las lógicas económicas que rodean la vida en los “pagadiarios”. Principalmente porque no hay seguridad de tenencia y mucho menos de consecución de recursos para garantizar el alojamiento. Si no se paga la noche muy probablemente se les expulsará sin importar dónde pernoctarán los niños y niñas. Como se mencionó anteriormente, los “pagadiarios” se localizan en zonas críticas de la ciudad. Por tanto la vulnerabilidad es mucho más evidente.

“Pues, San Bernardo también es muy complicado. Porque usted sabe, la gente roban mucho, una vez que la niña mandé por la gasolina y la robaron los 2 mil pesos y ahí quedamos sin comida nosotros… Sí, lo que iba a traer gasolina para el fogón y le

Page 49: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

49

quitaron un señor. Se fueron corriendo y no hubo forma de encontrar ese señor. Por ese motivo es que es muy duro vivir acá en San Bernardo”.

El equipo de Vía Plural intentó acercarse a las razones por las cuales los Embera escogen lugares tan complejos para vivir. Se observó que estos espacios no presentan entornos altos de discriminación: al administrador del “pagadiarios” sólo le interesa arrendar su cuarto sin importar a quién o el número de personas, los indigentes vecinos no se preocupan de quién, cómo o por qué viven en esos barrios. También influye la necesidad de mantener a la familia unida sin mucha dispersión, facilidad que ofrece el alojamiento en los “pagadiarios”. Por otra parte, en los relatos de los Embera se destacó la ubicación estratégica de estos lugares por su cercanía con el centro de la ciudad, lugar que identifican fácilmente para llevar activiades de trabajo informal, así como la misma mendicidad. Sin embargo, los Embera expresaron haber intentado buscar otros lugares para vivir, en donde de plano se les negó la posibilidad de tomar algo en arriendo por ser indígenas. Es innegable que la vida en los “pagadiarios” no es agradable para las personas Embera. La gran mayoría se queja de las incomodidades vividas en este tipo de habitación. Si se multiplicase el número de días por el valor de la noche en el alojamiento, se tendría la cantidad suficiente para pagar un hospedaje más cómodo.

LAS PRÁCTICAS ECONÓMICAS EN LA CIUDAD De acuerdo con Guevara (2003), el concepto de “nuevos colonizadores urbanos” hace alusión no solo a la población desplazada que ha llegado a la ciudad y se ha ubicado en un espacio no apto para vivir y establecer su vivienda familiar, sino a los que se han instalado en los centros de las ciudades con sus mercancías. Se caracterizan por la cultura del rebusque, presente en los vendedores ambulantes que se ubican en los andenes (como en Popayán), o los que recorren la ciudad o se paran en los semáforos (como en Cali), con la cual se proveen del dinero necesario para satisfacer sus necesidades básicas, a la vez que favorecen a su propia familia mediante el ejercicio de esta economía informal. Las redes que sostienen estas prácticas económicas informales están conformadas por sectores sociales que deben acceder a los productos baratos que venden los desplazados. El caso que nos ocupa presenta una característica más: cuando la gente Embera recién llega a la ciudad intenta incorporarse a estas redes de economía informal. De esta manera, los hombres se vinculan como impulsadores de ventas en San Victorino o salen junto con las mujeres a vender las artesanías que elaboran. Sin embargo, el acceso a estas economías informales también es restringido para ellos. Su poca competencia en español y su escaso conocimiento del medio urbano los limita para emplearse, inclusive, en las escalas más bajas de la pirámide laboral. Por tanto, acuden de manera constante a la mendicidad como única forma de generación de ingresos. Como ya hemos mencionado anteriormente, uno de los indicadores predominantes para definir las líneas de pobreza es el ingreso per cápita por familia. Por medio de la encuesta se pudo obtener la siguiente gráfica que muestra la relación entre ingresos por número total de integrantes de las familias.

Page 50: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

50

El 29,2% de las familias conformadas por 5 a 9 personas tiene ingresos diarios entre $15.000 y $30.000. Mientras que el 21,3% percibe ingresos de 0 a $15.000. Por otra parte, las familias que tienen de 1 a 4 integrantes presenta el siguiente tipo de ingresos: el 9% obtienen un ingreso entre $0 y $15.000. El 6,7% tienen ingresos entre $30.000 a $45.000. En el caso de las familias con más de 10 integrantes su ingresos oscilan entre $0 a $15.000 (1,1%) siendo el porcentaje más alto el de $30.000 a $45.000 con un 2.2%. Con estas cifras, podemos decir que la comunidad Embera presenta un índice de bajos ingresos para todos los tipos de familias, en especial, para los hogares de más de diez integrantes. Basándonos en el valor del salario mínimo para 2009 ($495.950) y en los intervalos de ingresos presentados en la Gráfica 9, cruzados con la cantidad de personas por familia, podemos afirmar que la población Embera recibe un ingreso mensual inferior al salario mínimo. El indicador económico muestra que existe una carencia constante de ingresos para cubrir las necesidades de las familias. En la Gráfica 10, exponemos la diferencia entre ingresos y egresos. Los egresos se obtienen sumando el total de los gastos, como pago de arriendo, compra de comida, pago de servicios, teléfono celular y gasolina, elemento primordial para la cocina, transporte y otros gastos como pañales, educación y medicina. La observación general es que los egresos sobrepasan los ingresos. Del total de los hogares encuestados, para un 88% de las familias los egresos son más altos que los ingresos, aunque hay variaciones en los montos de los egresos y en las diferencias que presentan frente a los ingresos. Para un 39,3% de las familias encuestadas, el ingreso es $8.000 inferior a los egresos. Esta diferencia de $ 8.000 es la más grande que se encuentra dentro de los promedios de ingreso-egreso diario. Para el porcentaje restante de hogares, los ingresos superan los egresos, aunque por montos muy bajos. Un 4,5% de las familias tiene un ingreso superior al egreso por aproximadamente $7.000. Y para un 1,1% de las familias, los ingresos sobrepasan a los egresos por casi $15.000. No obstante, debemos aclarar que este es un caso atípico.

Cantidad de ingreso por número de integrantes en la familia

0,0

5,0

10,0

15,0

20,0

25,0

30,0

35,0

$0 a

$14.999

$15.000 a

$29.999

$30.000 a

$44.999

$45.000 a

$64.999

$65.000 ó

más

No sabe

no

responde

# de personas porfamilia 1 a 4

# de personas porfamilia 5 a 9

# de personas porfamilia 10 a 15

Page 51: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

51

Al realizar las encuestas, se solicitó a los jefes de hogar que hicieran un promedio de sus ingresos diarios, por lo que las cifras que presentamos son aproximaciones, no montos reales, puesto que debido a la inestabilidad de las actividades para la consecución de dinero, las familias pueden un día recibir dinero y otro día no. Esto implica que con el paso de los días la información puede variar de forma positiva o negativa. Las condiciones económicas de los Embera son poco alentadoras. Si bien un 59,2% de las familias tiene un ingreso superior a $15.000 diarios14, con esto no logran solventar sus gastos diarios.

Otros aspectos a tener en cuenta en lo referente al indicador económico son los tipos de vinculación laboral y las formas que han implementado los Embera para generar sus ingresos. En la Gráfica 11, presentamos las formas más frecuentes a las que la población Embera acude para generar ingresos. Sin lugar a dudas, la mendicidad es la actividad más común y recae casi exclusivamente sobre las mujeres. A la actividad de pedir dinero en las calles, le sigue la venta de artesanías y luego una combinación de ambas actividades. En menor proporción, los Embera realizan actividades como venta de ropa, reciclaje y cantar en las calles.

14Este monto no alcanza a ser un salario diario mínimo legal vigente.

Page 52: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

52

Como se observa en la gráfica, 23 de las 89 familias, 24 obtienen dinero sólo por medio de la mendicidad; 16 familias combinan pedir dinero en las calles con la venta de artesanías. Unas 19 familias obtienen recursos exclusivamente de la venta de artesanías. Además, algunas familias combinan ciertas actividades para conseguir ingresos. Unas 4 familias combinan la mendicidad con su vinculación laboral como empleados (como lavadores de ropa o carros); la mendicidad y la venta de ropa la practican alrededor de 7 familias. El canto y la mendicidad la practican unas tres familias. Por último, dos familias alternan el reciclaje y la mendicidad; y otras dos tienen empleos como vendedores de chance u obreros. Aunque el cuadro anterior expone los tipos de actividades que los Embera realizan para obtener dinero y solventar las necesidades familiares, como el alimento, también adquieren alimentos de otras formas. Identificamos cinco maneras en que la población adquiere los alimentos, que se presentan en el Cuadro 4 “Forma de adquisición de alimentos”: compra (59,6%), pidiendo (2,2%), por medio de programas alimentarios (3,4%), combinación de comprar y pedir (32%) y alternancia de crompa con trueque (1,1%). La compra de alimentos es uno de los factores que más cuestionan la organización social Embera. Acostumbradas al pancoger, las mujeres se quejan constantemente de que en la ciudad todo hay que comprarlo, cuando en los territorios tenían gratis los plátanos, el maíz y la yuca. Como lo afirma Jonathan Renshaw (2004:46), para los grupos indígenas “en general, su objetivo es asegurar un cierto nivel de seguridad en la provisión de alimentos y otras necesidades más que maximizar sus ingresos o niveles de producción”. Esta afirmación permite comprender las formas de los Embera de conseguir dinero y alimentación para suplir, en primer lugar, la necesidad alimentaria.

Page 53: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

53

Cuadro 4. Forma de adquisición de alimentos en %

Compra 59,6%

Comprar-Pedir 32,6%

Programa alimentario

3,4%

Pedir 2,2%

Comprar-Trueque 1,1%

No sabe no responde

1,1%

Total 100,0

Los Embera que compran alimentos gastan en promedio $10.000 diarios. Aunque también buscan conseguir alimentos por otras vías, estas nuevas opciones se diferencian radicalmente de las actividades que realizaban para tal fin en el territorio. Allá, las familias, mediante el cultivo o la cría de animales controlan los medios de producción y tienen un rol activo. En la ciudad no tienen este control y son enormemente vulnerables al hambre y la desnutrición.

Page 54: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

54

Política pública de desplazamiento y los Embera residentes en Bogotá

El desplazamiento forzado constituye una innegable tragedia humanitaria que trae como consecuencia experiencias traumáticas para quienes padecen diariamente las diversas violencias del conflicto armado interno, generando casi siempre condiciones de sufrimiento y penalidad para las poblaciones afectadas. Esto resulta particularmente visible cuando se trata de comunidades indígenas. Como lo han señalado varios estudios, el desplazamiento forzado en nuestro país afecta de forma devastadora a los grupos indígenas, dado que, “ni las referencias ni los datos concretos, son capaces de captar las verdaderas dimensiones del desarraigo y la desterritorialización de la “diáspora étnica en Colombia”(CODHES, 2004). Debido a que gran parte de la población Embera que reside en Bogotá manifestó encontrarse en condición de desplazamiento forzado, resulta preciso estudiar las diferentes formas de protección y atención previstas por el Estado para esta población. Así las cosas, el presente capítulo presentará inicialmente la metodología utilizada para investigar la política pública de atención a la población desplazada. Después se realizará una descripción de la regulación normativa y jurisprudencial existente para abordar este fenómeno en Colombia. Posteriormente, se hará énfasis en el contenido jurídico de tres componentes: a) el Registro Único de Población Desplazada – RUPD –; b) atención humanitaria de emergencia; y c) estabilización socioeconómica. Estos tres componentes serán tomados como guías de análisis de la información obtenida en el trabajo de campo. Finalmente, se expondrá una serie de recomendaciones con el propósito de avanzar en la formulación de una política pública adecuada y eficaz para atender y proteger a la población Embera residente en Bogotá.

METODOLOGÍA DE INVESTIGACIÓN

Para el estudio de la situación de los derechos de la población Embera residente en Bogotá y su goce efectivo como población desplazada o migrante, se integraron procedimientos cuantitativos y cualitativos. A continuación se presenta una sucinta descripción de cada uno de los procedimientos utilizados.

Autores: Diana Bravo Rubio y Daniel Alzate Mora.

Page 55: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

55

Formulación de un módulo de identificación Analizado el instrumento indicado por el ICBF para realizar la caracterización socioeconómica, Vía Plural consideró necesario formular un módulo de identificación adicional a la encuesta propuesta. Lo anterior, para atender la necesidad de recolectar información más precisa respecto a la situación de la población Embera residente en Bogotá y el goce efectivo de sus derechos. El módulo de identificación formulado por Vía Plural contó con las siguientes categorías:

Etnia: a partir de las diferencias identificadas entre las comunidades Embera Katío y Embera Chamí, se consideró imperante identificar a cada familia con el grupo étnico al que pertenece. De esta manera se presenta un análisis mucho más preciso y focalizado de la información.

Nombre del cabeza de familia: con el propósito de identificar al grupo familiar bajo las mismas categorías que usa el Sistema Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada.

Número de cédula de ciudadanía del cabeza de familia: en aras de identificar a cada una de las personas encuestadas y establecer el goce efectivo del derecho a la identidad o reconocimiento de la personalidad jurídica.

Nombre de cada unos de los integrantes de la familia: para una mejor identificación de cada una de las personas encuestadas. En la aplicación de este aparte del instrumento también se preguntó por la existencia del documento de identidad con el propósito de establecer la situación de goce efectivo del derecho a la identidad o reconocimiento de la personalidad jurídica.

Lugar de procedencia: con el fin de identificar el lugar de expulsión de la familia.

Motivo del desplazamiento: permite indagar acerca de las razones que motivaron la movilización de cada una de las familias Embera residentes en Bogotá. Información que además permitiría diferenciar entre familias migrantes y desplazadas.

Inscripción en el Registro Único de Población Desplazada: para determinar la inclusión o no inclusión de las personas en del RUPD y, por lo tanto, el acceso de la población a la política pública de atención a la población desplazada existente en Colombia.

Afiliación en salud: con el fin de verificar el goce efectivo del derecho a la salud, en su componente de acceso al sistema de salud, específicamente en lo referente a la afiliación a éste.

Información sobre acceso a ayuda humanitaria de emergencia (AHE): para indagar sobre el acceso de la población Embera residente en Bogotá a este componente, considerado por el ICBF como elemento central del análisis de la política pública.

Información sobre acceso a instituciones educativas: para poder documentar de manera particular la situación de los niños, niñas y adolescentes en lo relativo al derecho a la educación y su relación con el goce efectivo de los derechos establecidos en el artículo 30 de la Convención sobre los Derechos del Niño.

Este instrumento adicional fue aplicado a la mayoría de familias encuestadas de forma simultánea a la encuesta de caracterización socioeconómica planteada por el ICBF. En este sentido, como resultado de la investigación también se cuenta con una base de datos que contiene información sobre la atención recibida por la población indígena en su condición de desplazamiento.

Page 56: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

56

Finalmente, resulta relevante mencionar que en muchas ocasiones Vía Plural tuvo acceso a documentos con los cuales contaban las familias Embera son importantes en cada uno de los componentes que analizaremos. Entre estos documentos se encuentran: la declaración de desplazamiento, acciones de tutela, documentos de identificación, entre otros.

Grupos focales Se planteó esta metodología con el fin de indagar sobre las opiniones, actitudes, reacciones y necesidades que tiene la comunidad Embera en Bogotá por su condición de indígenas y víctimas del desplazamiento y en relación con la atención que reciben por esta condición en Bogotá. Adicionalmente, como parte del componente de la investigación social participativa en las sesiones de los grupos focales, se realizaron actividades para informar a la comunidad Embera ubicada en Bogotá sobre sus derechos y empoderarlos para su exigibilidad frente al Estado.

Solicitud de información a las entidades competentes del nivel nacional y distrital. Para documentar la existencia de una política pública y las actividades que el Estado viene adelantado para su implementación, se planteó la necesidad de obtener información de carácter oficial y documentar las respuestas institucionales al objeto de la investigación. Para ello se identificó cuáles son las autoridades competentes, posteriormente se formuló un cuestionario que recogía los planteamientos de la herramienta del ICBF y se incluyeron otras adicionales, con base en la información suministrada por la comunidad Embera. Finalmente se remitió el cuestionario por medio de un derecho de petición de información.

Entrevistas Se formularon entrevistas semi-estructuradas y se aplicaron a la población Embera y a algunos funcionarios encargados de interactuar directamente con esta población en Bogotá.

Investigación documental Se realizó una búsqueda exhaustiva de las normas, la jurisprudencia y la doctrina referente al desplazamiento forzado y a la atención diferencial a población indígena en Colombia, con base en la cual se explica en el presente documento el contenido de la política pública de atención a la población desplazada y los distintos componentes de análisis.

Page 57: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

57

MARCO NORMATIVO Y JURISPRUDENCIAL SOBRE LA PROTECCIÓN Y ATENCIÓN AL DESPLAZAMIENTO CON

ÉNFASIS EN COMUNIDADES INDÍGENAS Para dar respuesta al desplazamiento forzado, el Estado colombiano ha intentado formular una política pública de prevención, protección y atención integral a la población víctima de este delito. Sin embargo, hasta la fecha no ha logrado contrarrestar el grave deterioro de las condiciones de vulnerabilidad de los desplazados por la violencia, lo que produjo que la Corte Constitucional, iniciara, en 2004, una reconfiguración de la política pública existente. A pesar de estos esfuerzos, hasta el momento no se ha logrado tener por parte del Estado una respuesta adecuada y eficaz a la problemática. Si bien el desplazamiento forzado no puede ser considerado como una problemática de origen reciente, el punto de partida de la política pública en esta materia sólo se produjo con la expedición de la Ley 387 de 1997. Esta norma representa la primera formulación de política pública en materia de desplazamiento forzado en Colombia. En la mencionada ley se creó el Sistema Nacional de Atención a la Población Desplazada (SNAIPD), con el objeto de atender de manera integral a la población desplazada para que en el marco del retorno voluntario o el reasentamiento, logre el restablecimiento de sus condiciones. El sistema está constituido por el conjunto de entidades públicas, privadas y comunitarias que realizan planes, programas, proyectos y acciones específicas, tendientes a la atención integral de la población desplazada. Cuenta con un Consejo Nacional, un órgano consultivo y asesor, encargado de formular la política y garantizar la asignación presupuestal de los programas de las entidades responsables del funcionamiento del SNAIPD. A su vez, esta ley establece una definición de la condición del desplazamiento, adopta un Plan para la Atención Integral de la Población Desplazada por la Violencia, desarrolla una serie de medidas para la financiación del sistema y establece algunas medidas jurídicas de la prevención, protección y atención para estas víctimas.15 Esta norma fue posteriormente objeto de reglamentación por parte del Ejecutivo, que buscaba operativizar el Plan de Atención Integral y las demás disposiciones allí ordenadas. En este sentido, se puede destacar la emisión de los Decretos 290/199916, 2569/200017, 951/200118, 2562/200119, 250/200520, entre otros.

15 Ley 387 de 1997, art. 4, 9, 11, entre otros. 16 Dicta medidas para facilitar la inscripción en el Registro Civil de Nacimiento y la expedición de documentos de

identificación de las personas desplazadas. 17 Referente principalmente a los componentes de atención humanitaria, ayuda humanitaria de emergencia y estabilización

socioeconómica respecto a la población desplazada. 18 Aborda el asunto de la vivienda y subsidio de vivienda a la población desplazada. 19

Relativo al servicio educativo para la población desplazada en los lugares de recepción. 20 Mediante el cual se reglamenta el Plan Nacional de Atención a la Población Desplazada.

Page 58: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

58

Más adelante, se expidió la Ley 1190 de 2008, complementaria a la Ley 387/1997, y que desarrolló nuevos elementos de la política pública21 y consolidó las disposiciones adoptadas por los tribunales. A pesar de la gran proliferación de normas relacionadas con el desplazamiento forzado, dichas medidas no han logrado incidir en las condiciones de vida de la población víctima del desplazamiento más allá de la atención incipiente. Ante esta situación, la población desplazada acude de forma masiva a la acción de tutela con el fin de buscar la protección de los derechos fundamentales que le fueron vulnerados.22 Este escenario condujo a que la Corte Constitucional, en el año 2004, en la sentencia T-025/04, declarara el estado de cosas inconstitucional en materia de desplazamiento forzado, por la vulneración constante y masiva de los derechos fundamentales de la población desplazada23. En esta decisión la Corte Constitucional logró constatar que la política pública para la atención de la población desplazada formulada en la Ley 387 de 1997 no era efectiva para la protección de los derechos fundamentales y que no se presentaron acciones eficaces más allá de la expedición de normas que la reglamentaban. Por lo tanto, la Corte dio una serie de órdenes generales que buscaban ajustar la política pública ya formulada para que garantizara el goce efectivo de los derechos fundamentales de los que son titulares las personas desplazadas. Estas órdenes generales han sido objeto de seguimiento tanto por la Corte Constitucional como por diversas organizaciones sociales con el objeto de construir de forma conjunta una respuesta adecuada del Estado al desplazamiento forzado. En este trabajo de seguimiento, la Corte Constitucional ha emitido una serie de autos que evidencian los avances en los mandatos generales dictados en la sentencia T-025/04, denuncian las falencias en su cumplimiento y detallan cada vez más el contenido de las ordenes. Al respecto, vale la pena mencionar los Autos 178/2005, 218/2006, 335/2008, 008/2009 referentes al estado de cosas inconstitucional, los Autos 052/2008 y 007/2009 sobre la coordinación de la política pública con las entidades territoriales, el Auto 116/2008 en materia de indicadores de goce efectivo de derechos y el Auto 011/2009 respecto al registro, entre otros. Por otro lado, se han emitido una serie de autos que se ocupan de la afectación diferenciada del desplazamiento, concentrándose en los grupos poblacionales más vulnerables, tales como: mujeres (Autos 092/2008 y 237/2008); niños, niñas y adolescentes (Auto 251/2008), personas con discapacidad (Auto 006/2009), afrodescendientes (Auto 005/2009) e indígenas (Auto 004/2009). El Auto 251 del 6 de octubre de 200824 aborda la protección de los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes afectados por el conflicto armado. En éste, la Corte Constitucional analizó

21 Tales como la regulación de los Comités municipales, distritales y departamentales para la atención integral a la

población desplazada que tienen como responsabilidad formular Planes Integrales Únicos (PIU), pensados como

instrumentos de planificación interinstitucional e intersectorial que orientan en mediano y largo plazo sus acciones. 22 Según información registrada en el portal Web de Acción Social, en los últimos cinco años se han instaurado 62.250

tutelas contra esa entidad, y en lo corrido del año 2009 con corte al mes de abril, ya se registraban 26.430 acciones. 23

Corte Constitucional. T-025 de 2004. M.P. Manuel José Cepeda Espinosa. 24 Corte Constitucional. Auto 251 de 2008 M.P. Manuel José Cepeda Espinosa.

Page 59: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

59

de manera detallada la situación constitucionalmente inadmisible y apremiante de los niños, niñas y adolescentes desplazados y ordenó una serie de acciones a diferentes entidades del Estado, entre ellas el ICBF, para atender esta problemática.

Auto 004 de 2009 de la Corte Constitucional.

Para el desarrollo de la presente investigación resulta de especial relevancia abordar en particular el contenido del Auto 004 de 2009,25 emitido el 26 de enero, dado que en esta providencia la Corte Constitucional estudia la problemática especial de los pueblos indígenas afectados por el desplazamiento forzado y la política pública existente para su atención. En esta decisión, la Corte aborda el mayor riesgo que implica el desplazamiento forzado para los pueblos indígenas, el cual se traduce en lo que ha sido denominado un doble exterminio, compuesto por: i) un elemento cultural, en razón a que el fenómeno mismo del desplazamiento forzado aniquila los lazos culturales de las comunidades con su territorio y por la dispersión de los miembros; y ii) un elemento físico, debido a la muerte natural o violenta de sus integrantes, como consecuencia de las gravísimas violaciones a los derechos humanos y las infracciones al derecho internacional humanitario que afecta a los indígenas tanto de forma individual como colectiva. Para sustentar que los pueblos indígenas están sometidos a un doble exterminio, la Corte analiza los diversos elementos que componen el conflicto armado, el cual se ha convertido en la principal amenaza contra los pueblos indígenas. La Corte identifica los distintos actores del conflicto, entre los que se encuentran los grupos guerrilleros y paramilitares, la delincuencia común y los miembros de la fuerza pública, como una amenaza cierta que afecta de forma grave los procesos de consolidación cultural y goce efectivo de los derechos fundamentales de los miembros de dichas comunidades a nivel individual y colectivo, en tanto su introducción a los territorios ancestrales no ha sido de forma pacífica, sino signada por sus maquinarias bélicas. El cúmulo documental de pruebas recabadas por la Corte Constitucional, que se encuentran consignadas en el documento anexo al auto, dan cuenta de la sistemática victimización de los pueblos indígenas por el conflicto armado, a pesar de que estas comunidades de forma reiterada se han declarado neutrales al conflicto y han solicitado el respeto por su vida, su integridad colectiva y sus territorios. La Corte denuncia la elevada gravedad del exterminio de los grupos indígenas, la invisibilización del fenómeno y la victimización que sufren las comunidades indígenas. Se subraya la falta de reconocimiento de las autoridades encargadas de la preservación, protección y garantía de los derechos de los pueblos indígenas, que desconocen su situación real. En especial, la Corte llama la atención sobre el cruento contraste que se genera entre el desplazamiento, la desintegración y el exterminio cultural y físico que sufren las comunidades indígenas a mano de los distintos actores del conflicto armado y los factores vinculados al mismo, y la representación que el Estado y la sociedad colombiana construyen sobre los pueblos indígenas, haciendo alarde del carácter multicultural de la nación colombiana, de la riqueza étnica y de sus valores culturales. En este sentido, preocupa

25 Corte Constitucional. Auto 004 de 2009 M.P. Manuel José Cepeda Espinosa.

Page 60: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

60

altamente a la Corte la abismal separación entre la realidad que han soportado los grupos indígenas en los últimos años y la representación romántica que se construye de lo étnico. La Corte documentó que a pesar del silencio y la inacción del Estado ante las graves violaciones a los derechos de las comunidades indígenas y el dolor que causan dichas violaciones, algunas comunidades han logrado agenciar procesos de resistencia. Algunos pueblos indígenas e individuos han conseguido obtener medidas interamericanas de protección, tanto cautelares como provisionales. Otros han emitido alertas tempranas e informes de riesgo. En consecuencia, la Corte concluye que los grupos indígenas se encuentran desprotegidos ante los impactos del conflicto armado, en especial frente al desplazamiento forzado. Además se toma en consideración los factores de pobreza extrema y abandono institucional en los que han estado inmersas las comunidades indígenas históricamente, lo que a juicio de la Corte, ha amplificado las graves consecuencias que provocan el conflicto armado y sus factores vinculados. Si bien la Corte reconoce la complejidad de los factores causantes del desplazamiento, desintegración y eliminación de los pueblos indígenas, en donde el contexto cultural, económico y social específico de cada pueblo incide de forma directa, pudo establecer tres categorías en donde agrupa los distintos factores generadores del desplazamiento forzado en las comunidades indígenas. Estas tres categorías son:

“(1) las confrontaciones que se desenvuelven en territorios indígenas entre los actores armados, sin involucrar activamente a las comunidades indígenas y sus miembros, pero afectándolos en forma directa y manifiesta; (2) los procesos bélicos que involucran activamente a los pueblos y comunidades indígenas, y a sus miembros individuales, en el conflicto armado; y (3) los procesos territoriales y socioeconómicos conexos al conflicto armado interno, que afectan sus territorios tradicionales y sus culturas. A su vez, estos factores operan sobre la base de una serie de procesos territoriales y socioeconómicos que, sin tener relación directa con el conflicto armado, resultan exacerbados o

intensificados por causa de la guerra.26” Ante esta situación, la Corte declaró la afectación grave y diferenciada que sobre las comunidades indígenas tiene el fenómeno del desplazamiento forzado, el cual trasciende la esfera individual de los derechos fundamentales hacia vulneraciones colectivas, que impactan de forma diversa a cada uno de los grupos indígenas en el territorio nacional. En este sentido la Corte resalta la declaración del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados - ACNUR- que condensa la afectación diferencial del desplazamiento forzado en las comunidades indígenas, cuando señaló que: “la pérdida de control sobre el territorio y el efectivo ejercicio de la territorialidad, deteriora los principios fundamentales de la vida y la convivencia que fundan los procesos de construcción de identidad, los sistemas internos de autonomía, control y gobierno, los circuitos de producción y las dinámicas de enculturación”27. En cuanto a la respuesta estatal para afrontar el desplazamiento forzado de las comunidades indígenas y la crítica situación que esto conlleva, la Corte logró constatar que dicha acción se

26

Corte Constitucional. Auto 004 de 2009. M.P. Manuel José Cepeda Espinosa. 27 Corte Constitucional. Auto 004 de 2009. M.P. Manuel José Cepeda Espinosa. Aparte de intervenciones.

Page 61: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

61

concentró en la expedición de normas y elaboración de documentos. Pero a pesar del esfuerzo y valor que tienen dichos documentos, para la Corte resulta evidente que sus repercusiones prácticas han sido mínimas. Según la información que fue entregada a la Corte, la respuesta del Estado está básicamente en dos documentos: i) La “Directriz para la Prevención y Atención Integral de la Población Indígena en Situación de Desplazamiento y Riesgo, con enfoque diferencial” elaborada por la dirección de etnias del Ministerio del Interior y Acción Social desde octubre de 2006; y ii) el “Plan Integral de Apoyo a Comunidades Indígenas en Alto Grado de Vulnerabilidad y Riesgo de Desaparición” elaborado por el Consejo Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada, adoptada por el acuerdo No. 05 del 13 de junio de 2006. Según la Corte, estos documentos han tenido un bajo impacto y los planteamientos allí expuestos están desactualizados, dado que fueron elaborados para la situación alimentaria de los pueblos indígenas en el año 2000. Para la Corte, las nuevas dinámicas y la grave afectación que el conflicto armado ejerce sobre las comunidades indígenas deben ser tenidas en cuenta respecto a las medidas y comunidades que deben ser protegidas, porque no reconocer estas diferencias sería seguir contribuyendo a la invisibilización del conflicto y sus víctimas. De acuerdo con lo anterior, la Corte hace una lista de algunos de los grupos étnicos en mayor riesgo de exterminio28, entre los que se encuentran los pueblos indígenas Embera Katío, Embera Dobidá y Embera Chamí. En cuanto a la situación de las comunidades Embera en el país, el Auto 004 de 2009 menciona la problemática de los Embera Katío, que reportan tasas de homicidios selectivos altísimas e inclusive masacres, casos graves de hambre y desnutrición en las ciudades o en sus lugares de origen. Por otro lado, se documentó el éxodo transfronterizo de los Embera, quienes abandonan el territorio nacional en forma permanente, huyendo de la violencia. Asimismo, mencionó que los Embera se han visto enfrentados en forma cíclica y reiterada por desplazamientos que obedecen a los mismos factores. Al respecto resulta sumamente relevante la información contenida en el anexo del Auto 004/2009: “Análisis focalizado de la situación de los pueblos indígenas colombianos mayormente afectados por el conflicto armado interno y el desplazamiento forzado” porque en este documento se estableció la situación particular de cada comunidad en riesgo, entre ellas las comunidades Embera Katío y Embera Chamí, identificando las causas del desplazamiento y la afectación concreta que éste produce, y tomando en consideración los multiples lugares de ubicación, las diferencias culturales y el material probatorio recaudado. Acerca de la situación de los Embera Katío se describen algunos hechos que causan el desplazamiento como: los impactos del mega proyecto Urrá (los cuales ya habían sido documentados en otra decisión judicial previa: T 652 de 199829); los suicidios que se han presentado por la inundación de lugares sagrados; las violaciones de derechos humanos propiciadas por los diferentes actores; el reclutamiento forzado que practican los grupos al margen de la ley; los combates en el territorio;

28 Los otros pueblos indígenas que se consideran en riesgo en el auto son: Wiwa, Kankuamo, Arhuaco, Kogui, Wayúu,

Wounaan, Awá, Nasa, Pijao, Koreguaje, Kofán, Siona, Betoy, Sikuani, Nukak-Makú, Guayabero, U’wa, Chimila, Yukpa,

Kuna, Eperara-Siapidaara, Guambiano, Zenú, Yanacona, Kokonuko, Totoró, Huitoto, Inga, Kamentzá, Kichwa y Kuiva. 29 Corte Constitucional. T-652 de 1998. M.P. Carlos Gaviria Díaz.

Page 62: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

62

situaciones de confinamiento y restricción a la movilidad; la crisis alimentaria que ha producido múltiples casos de muerte por desnutrición y crisis de salud; la práctica de violencia sexual contra las mujeres; la explotación de recursos naturales por parte de actores del conflicto; el sembrado de minas antipersonales; la explotación laboral de las mujeres; las fumigaciones; el asesinato de líderes por vincularlos con los actores del conflicto armado; el bloqueo de alimentos; el control social y la ocupación ilegal de tierras. Por otro lado, se presentan algunos desplazamientos que pudieron ser documentados por diferentes organizaciones. También se menciona que algunos miembros de esta comunidad son beneficiarios de medidas cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que datan de 2001 y que aún se encuentran vigentes30. En lo relativo a la comunidad Embera Chamí en el anexo son identificados como pueblo en crisis humanitaria por el conflicto armado y por su poca posibilidad de producción, la cual resulta insuficiente para satisfacer sus necesidades alimentarias. Se presentan causas del desplazamiento similares a las de los Embera Katío y otras adicionales como: la presencia de actores armados en su territorio; maltratos por los actores armados; señalamientos por los desertores de la guerrilla que son incorporados como informantes; bloqueo de alimentos; reclutamiento forzado de jóvenes y niños; desconocimiento de las autoridades: cabildos, jaibanás, alguaciles; ocupación de instalaciones, escuelas, y casas; alta mortalidad infantil por desnutrición y deshidratación y por falta de acceso a atención oportuna y asesinato de integrantes de la comunidad. Como consecuencias del desplazamiento se menciona: que las mujeres cabezas de familia se ven forzadas a la mendicidad, y en forma consiguiente sufren el retiro de los menores por el ICBF o la policía; y que la mayoría de personas desplazadas no son incluidas en el RUPD. En este caso, también se da cuenta de la existencia de medidas cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para 40 integrantes de la comunidad31. En conclusión, respecto al impacto diferencial del desplazamiento forzado en las comunidades indígenas la Corte declaró:

“La situación de los individuos, familias y comunidades indígenas desplazados forzosamente es grave por una multiplicidad de factores distintos. Por ejemplo, existe un problema de alimentación: la ruptura de las pautas culturales, y la falta de acceso a los alimentos que tradicionalmente consumen, genera el rechazo –tanto cultural como en ocasiones físico- de los pocos alimentos a los que tienen acceso, y por consiguiente desemboca en situaciones de hambre. La ayuda humanitaria de emergencia usualmente es inadecuada y no responde a las especificidades culturales de los pueblos desplazados. Por otra parte, existe un problema de salud, ya que se bloquea el acceso a las formas tradicionales de medicina. Los individuos y comunidades indígenas en situación de desplazamiento tienen, por su falta de capacidades y competencias culturales para afrontar la vida urbana en condiciones extremas de miseria y desprotección, una mayor exposición a riesgos de todo tipo, que incluyen los peligros de ser víctimas de violencia sexual, de caer en redes de comercios ilícitos, de verse obligados a la mendicidad, de explotación, y especialmente de discriminación (por intolerancia, racismo e ignorancia en los lugares de recepción). Además el conflicto armado está presente en los lugares de llegada, o los persigue hasta allí, generando nuevos riesgos para su integridad individual y colectiva. La inseguridad en los lugares de recepción a su vez fuerza a retornos involuntarios y sin seguridad, o a re desplazamientos.”32

30 Corte Constitucional. Anexo al Auto 004 de 2009. M.P Manuel José Cepeda Espinoza. 31

Corte Constitucional. Anexo al Auto 004 de 2009. M.P Manuel José Cepeda Espinoza. 32 Corte Constitucional. Anexo al Auto 004 de 2009. M.P Manuel José Cepeda Espinoza.

Page 63: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

63

Una vez que la Corte estableció la situación fáctica de los pueblos indígenas, se dio paso a la valoración jurídico-constitucional. En este apartado resulta relevante que la Corte tomó en consideración las vulneraciones individuales como colectivas de las comunidades y el incumplimiento de las obligaciones a cargo del Estado sobre la prevención y atención en materia de desplazamiento. Señala la Corte que el conflicto armado afecta de forma grave los derechos fundamentales a la vida, la dignidad humana, la seguridad personal y a no ser sometidos a tratos crueles, inhumanos y degradantes. Por carecer de competencia, la Corte simplemente pone en conocimiento a las instituciones autorizadas sobre las situaciones conocidas, para que atiendan la grave afectación a los derechos fundamentales identificados en casos particulares. En cuanto a las vulneraciones de tipo colectivo, la Corte explica que el desplazamiento forzado afecta de forma especial a los derechos a la autonomía, la identidad y el territorio de las comunidades indígenas: el mismo hecho del desplazamiento, el desarraigo que rompe los patrones culturales construidos y la separación de los líderes y médicos tradicionales de la comunidad comprometen la integridad cultural de la comunidad. Para la Corte las obligaciones a cargo del Estado, según los mandatos constitucionales de protección de la diversidad cultural y el deber de garantizar los derechos fundamentales, han sido gravemente incumplidas. A pesar de los documentos y el trabajo que han tenido para su expedición, el Estado no ha logrado traducir estos avances en acciones concretas que permitan prevenir el desplazamiento forzado ni tampoco brindar una atención adecuada y oportuna a las comunidades indígenas como víctimas del conflicto. En consecuencia, con el fin de superar la vulneración a los derechos fundamentales identificados como seriamente comprometidos, la Corte establece dos órdenes puntuales que se resumen en:

1) Diseñar e implementar un “Programa de Garantía de los Derechos de los Pueblos Indígenas Afectados por el Desplazamiento”; y 2) Diseñar e implementar planes de salvaguarda étnica ante el conflicto armado y el desplazamiento forzado para algunas comunidades indígenas en particular, entre las cuales se incluyen:

El Plan de Salvaguarda Étnica del pueblo Embera Katío.

El Plan de Salvaguarda Étnica del pueblo Embera Dobidá

El Plan de Salvaguarda Étnica del pueblo Embera Chamí Estos planes de salvaguarda deben cumplir, como mínimo, requisitos tales como: ser consultados en forma previa con las autoridades de cada una de las etnias beneficiarias; contener un elemento de prevención del impacto desproporcionado del conflicto armado y del desplazamiento forzado y un elemento de atención efectiva y diferencial a las personas desplazadas a la fecha en los lugares donde se encuentren; atender los derechos fundamentales de las víctimas de los crímenes documentados; brindar protección a los líderes, autoridades tradicionales y personas en riesgo por sus posturas de

Page 64: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

64

activismo; disponer de herramientas para el fortalecimiento de la integridad cultural y social de cada etnia beneficiaria; medidas de protección de los territorios tradicionales, especialmente de los que están en proceso de titulación y asimismo de los que ya se encuentran titulados, frente a los distintos procesos bélicos y de despojo; y finalmente prever que el principal objetivo ante la población indígena desplazada ha de ser el de garantizar su retorno en condiciones de voluntariedad, seguridad y dignidad; pero asimismo, atender a los casos especiales de las personas, familias y comunidades que no pueden volver a sus territorios por la vigencia de las amenazas de los grupos armados o de quienes propiciaron su destierro.

ESTUDIO DE ALGUNOS COMPONENTES.

A partir del anterior marco general sobre las normas y la jurisprudencia relevante en la materia, a continuación se analizarán algunos componentes de la política pública de protección y atención a la población desplazada en relación con la población indígena Embera residente en Bogotá. Para un adecuado análisis, en primer lugar se presentará el contenido jurídico del derecho o componente y posteriormente la información obtenida en la investigación. Definir un listado esencial y mínimo de los derechos que deben ser garantizados a las personas que se encuentran en situación de desplazamiento a causa de la violencia no es una tarea fácil, dado que en circunstancias de desarraigo, son múltiples los derechos que resultan seriamente afectados. Por lo anterior, es preciso destacar que la selección de algunos componentes de la política pública en el presente estudio obedece a asuntos metodológicos y no pretende en ningún momento limitar el cúmulo de derechos que el Estado debe garantizar a los indígenas Embera en situación de desplazamiento.

a) Registro Único de Población Desplazada (RUPD)

De acuerdo con la Ley 387 de 1997 para ser beneficiario de la política pública de atención al desplazamiento forzado es necesario que los ciudadanos colombianos víctimas de este delito realicen una declaración de los hechos ante las autoridades dispuestas para ello33. Una vez rendida esta declaración, Acción Social, que tiene a su cargo el manejo del RUPD, debe estudiarla y decidir sobre la inclusión de esta persona o familia. Este registro constituye una herramienta de tipo técnico que

33 Según el artículo 32 de la Ley 387 de 1997 se consagran los requisitos para ser beneficiario de la ley y las autoridades a

las que se debe acudir para rendir la declaración: Artículo 32. De los beneficios consagrados en esta ley. Tendrán derecho a

recibir los beneficios consagrados en la presente ley, las personas colombianas que se encuentren en las circunstancias previstas en el artículo 1o de esta ley y que cumplan los siguientes requisitos:• Que hayan declarado esos hechos ante la

Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo, las Personerías Municipales o Distritales, o cualquier

despacho judicial de acuerdo con el procedimiento de recepción de cada entidad, y • Que además, remitan para su

inscripción copia de la declaración de los hechos de que trata el numeral anterior a la Dirección General Unidad

Administrativa Especial para los Derechos Humanos del Ministerio del Interior, o a la oficina que esta entidad designe a

nivel departamental, distrital o municipal. Parágrafo. Cuando se establezca que los hechos declarados por quien alega la

condición de desplazado no son ciertos, esta persona perderá todos los beneficios que otorga la presente ley, sin perjuicio de

las sanciones penales a que haya lugar.

Page 65: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

65

permite identificar a la población en situación de desplazamiento y sus características, y mantener una base de información actualizada sobre esta población, en especial, sobre los servicios prestados por parte del Estado34. De acuerdo con la jurisprudencia de la Corte Constitucional, el RUPD es un asunto de la más alta relevancia constitucional y, por lo tanto, toda persona en situación de desplazamiento tiene derecho a ser registrada como tal, ya sea de forma individual o junto a su núcleo familiar35. Por tanto, es un derecho fundamental para la población en situación de desplazamiento, puesto que es el elemento central de ingreso a la política pública, pero a su vez, si no se realiza de manera adecuada, la principal barrera de acceso a la misma (ACNUR, 2006). En este sentido, la Corte estableció que la situación de desplazamiento forzado es una circunstancia de carácter fáctico36, compuesta por dos condiciones materiales, a saber:

“Sea cual fuere la descripción que se adopte sobre desplazados internos, todas contienen dos elementos cruciales: la coacción que hace necesario el traslado y la permanencia dentro de las fronteras de la propia nación.”37

De acuerdo con lo anterior, es claro que la inscripción al RUPD no es condición esencial para que una persona pueda ser considerada en situación de desplazamiento puesto que el RUPD no es más que una herramienta técnica para la identificación de la población desplazada. Al respecto, resulta pertinente diferenciar entre la condición de desplazado ya enunciada y la de migrante, dado que esto determina la pertinencia del acceso de una persona a la oferta de servicios estatales. Así, la condición de “migrante” se refiere a “toda persona que haya tomado libremente la decisión de emigrar por razones de conveniencia personal, sin la intervención de un factor exterior que la obligue”38 y en este sentido, un migrante no es una persona que deba ser incluida en el RUPD. Ahora bien, desde estos parámetros legales y jurisprudenciales sobre el RUPD como derecho fundamental, para el caso de la población Embera residente en Bogotá, Vía Plural logró establecer que:

Existe una gran desinformación en la comunidad Embera sobre el derecho fundamental a la incripción en el RUPD. Esto se evidenció en diferentes momentos, por ejemplo, cuando en la

34 El artículo 32 de la Ley 387 de 1997 fue reglamentado por el Decreto 2569 de 2000 que creó el Registro Único de

Población Desplazada RUPD: Artículo 4°. Del registro único de población desplazada. Créase el Registro Único de

Población Desplazada, en el cual se efectuará la inscripción de la declaración a que se refiere el artículo 2° del presente

decreto. 35´El primer derecho dentro de los derechos fundamentales de la población desplazada. Así, a cada desplazado se le

informará que: 1. Tiene derecho a ser registrado como desplazado, solo o con su núcleo familiar.” 36 El carácter fáctico del desplazamiento forzado ha sido definido por la Corte Constitucional como: “situación de hecho

ajeno incluso a la voluntad de la persona pues ella abandona el lugar en que se encuentra ubicada por fuerza de las

circunstancias y con el propósito de ponerse a salvo de los potenciales peligros que la acechan.” Corte Constitucional. T-

215 de 2002. M.P. Jaime Córdoba Triviño. 37 Corte Constitucional. T-227 de 1997. M.P. Alejandro Martínez Caballero. 38 Esta definición fue tomada del Acta de Constitución de la Organización Internacional para los Migrantes (OIM) del 19 de

octubre de 1953, artículo 1 del párrafo 1 inciso a). Consulta en línea

http://www.oimconosur.org/imagenes/documentos_pdf/242.pdf

Page 66: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

66

aplicación de la encuesta frente a la pregunta de inclusión en dicho registro, varias personas hicieron referencia a la presentación de la declaración, sin conocer que el trámite para acceder al sistema es la inscripción en el RUPD y no simplemente la presentación de la declaración.

En cuanto a las instituciones estatales que interactúan de forma directa con la población desplazada, sobre este derecho fundamental se documentó:

La Secretaría Distrital de Integración Social, en el desarrollo de sus actividades sociales, presta atención a la población Embera independientemente de su inscripción en el RUPD, con base en los parámetros jurisprudenciales mencionados.

Varias instituciones del nivel distrital y nacional se refieren a la población Embera no incluida en el RUPD como “migrantes”, dejando de lado que el RUPD no establece la condición de desplazamiento de una persona y que sólo es una herramienta técnica para la identificación de la población afectada por el desplazamiento. Así las cosas, en algunas ocasiones se está desconociendo la condición del desplazamiento de una persona o familia por el hecho de que no están incluidas en el RUPD, pese a que cumplan con los criterios objetivos.

Declaración de los hechos del desplazamiento

Como ya se señaló, la primera actividad que debe realizar una persona en situación de desplazamiento para acceder al RUPD es rendir una declaración de dichos hechos ante la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo, las personerías Municipales o Distritales, o los despachos judiciales. De acuerdo con lo establecido en el Decreto 2569/2000 la declaración debe incluir: hechos y circunstancias de la movilización, profesión u oficio, actividad económica, bienes y recursos patrimoniales y las razones para escoger el sitio de llegada. Al respecto, la sentencia T-496/0739 excluyó del contenido de la declaración el lugar de procedencia, al considerar que era información irrelevante, por cuanto no se puede negar el registro por el desconocimiento que una persona tenga de la división político administrativa de las entidades territoriales. Respecto a la declaración, Vía Plural, en el trabajo con los indígenas Embera logró establecer que:

La mayoría de las personas con las cuales se tuvo contacto manifestaron haber rendido declaración en la ciudad de Bogotá ante diferentes oficinas del Ministerio Público. Sobre estas diligencias, los indígenas no informaron de inconvenientes en cuanto a acceso a las oficinas del Ministerio Público, o de negativas en la recepción de la declaración.

Los indígenas Embera manifestaron que existen grandes barreras cuando la persona que va a rendir la declaración de su desplazamiento no domina el idioma español, lo que imposibilita fácticamente adelantar esta gestión de manera exitosa. Sumado a lo anterior, la población que no habla español tiene dificultades a la hora de dirigirse a las oficinas de las autoridades encargadas

39

Corte Constitucional. T-496 del 2007. M.P. Jaime Córdoba Triviño.

Page 67: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

67

de la recepción de la declaración del desplazamiento, por falta de capacidad y competencias culturales para afrontar la vida urbana puesto que no saben donde están las oficinas para este trámite, ni la forma de llegar a ellas. También se referenciaron casos en donde la falta de altas competencias en el idioma español dificultó seriamente el proceso de la declaración y esto tuvo consecuencias negativas al momento de la decisión de los funcionarios sobre la inscripción en el RUPD.

Se identificaron algunos casos de indígenas Embera que habían rendido varias declaraciones de su desplazamiento en momentos distintos en Bogotá, con el propósito de buscar una inclusión en el RUPD. De forma similar, otras personas rindieron declaraciones en diferentes lugares del país.

Respecto al contenido de la declaración, los indígenas Embera comentaron que no se les preguntó ni documentó nada acerca de los bienes y tierras abandonados en su lugar de origen, aunque en muchos de los casos habían dejado propiedades y otro tipo de bienes.

También se apreció una notoria desinformación y desconocimiento por parte de los indígenas Embera del funcionamiento del proceso de la declaración así como de su finalidad. Por ejemplo, cuando por algún motivo se les extravía el documento expedido por el Ministerio Público donde consta que rindieron la declaración, presentan una nueva declaración, en lugar de solicitar una copia a la autoridad que lo expidió anteriormente. Esto puede significar que a la persona se le niegue la inclusión definitiva en el RUPD por dar múltiples declaraciones.

Adicionalmente, en cuanto a este aspecto, se consultó a las entidades encargadas de recepción de la declaración en Bogotá y se indagó sobre la forma en la que se toma la declaración de desplazamiento a las personas de la etnia Embera que no hablan español. A esta solicitud de información, solamente dio respuesta de fondo la Personería Local de Santa Fe, que señaló que la entidad no cuenta con un traductor y que en estos casos se solicita a la persona que desea rendir la declaración que se haga acompañar de algún familiar o amigo que haga las veces de traductor para poder tomar la declaración de manera efectiva. Inscripción en el RUPD.

Una vez realizada la declaración, quien la recibió deberá remitirla de forma inmediata a la entidad delegada para su evaluación. Acción Social cuenta con un término de 15 días hábiles para valorarla y decidir sobre la inscripción (estos días son contabilizados a partir del día siguiente a su recibo40). Por otra parte, cuando se trata de desplazamientos masivos les corresponde a las autoridades de la zona expulsora y receptora adelantar las acciones pertinentes para “establecer la identificación y cuantificación de las personas que conformaron el desplazamiento masivo”41 y elaborar una declaración única que consigne los hechos del desplazamiento del grupo. En el estudio de la declaración, Acción Social deberá evaluar si el caso concreto se ajusta a los

40

De acuerdo con el Decreto 2560 de 2000. 41 Decreto 2569 de 2000, artículo 13.

Page 68: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

68

parámetros establecidos en el Decreto 2569/2000 y a la jurisprudencia de la Corte Constitucional. En este sentido, Acción Social debe verificar las circunstancias fácticas del desplazamiento y presumir la buena fe del declarante. Ante la falta de otro tipo de elementos probatorios adicionales al testimonio del declarante, se invierte la carga de la prueba, lo que implica que las autoridades del Estado son quienes deben aportar las evidencias que controviertan la declaración del desplazamiento para poder negar la inscripción42. También ha señalado la Corte que el funcionario que evalúa la declaración debe “tomar conciencia de la vulnerabilidad y estado de indefensión de la persona desplazada.”43 Por mandato legal, Acción Social puede abstenerse de incluir a una persona al RUPD en dos circunstancias: i) cuando su declaración sea contraria a la verdad; o ii) cuando existan razones objetivas y fundadas para concluir que de la misma no se deduce la existencia de las circunstancias de hecho previstas en la Ley 387 de 1997, que define la condición de desplazado.44 No obstante, es preciso reiterar que la Corte ha señalado que la condición de desplazamiento no depende la inclusión en el RUPD.45 Sobre este asunto, vale la pena resaltar que por medio de una sentencia del Consejo de Estado del 12 de Junio de 2008, se eliminó la causal de no inclusión en el RUPD por rendir la declaración de forma extemporánea. De tal forma que las personas desplazadas que rindan la declaración de su desplazamiento, incluso un año después a los hechos que lo motivaron, podrán quedar incluidos en el RUPD sin restricciones temporales. Por otra parte, es posible quedar legítimamente excluido del RUPD y de los beneficios previstos a favor de la población desplazada. Esto resulta procedente cuando: “a juicio de la entidad en la que se haya delegado la inscripción, de acuerdo con el parágrafo del artículo 18 de la Ley 387 de 1997, se demuestre la falta de cooperación o la reiterada renuencia del desplazado para participar de los programas y acciones que con ocasión del mejoramiento, restablecimiento, consolidación y estabilización de su situación, desarrolle el Estado o cuando cese la condición de desplazado.”46 El registro de la población desplazada debe ser aplicado de forma tal que logre obtener los objetivos propuestos y no se vulneren ni amenacen los derechos fundamentales de los desplazados. No obstante, la Corte en la sentencia T-025/04 y en los autos posteriores sobre su cumplimiento, ha identificado varios problemas tanto en el diseño del mecanismo como en su aplicación por parte de

42 Corte Constitucional. T-327 de 2001. M.P. Marco Gerado Monroy Cabra. 43 Corte Constitucional. T-327 de 2001. M.P. Marco Gerado Monroy Cabra. 44 Ley 387 de 1997, artículo 1: “Es desplazado toda persona que se ha visto forzada a migrar dentro del territorio nacional

abandonando su localidad de residencia o actividades económicas habituales, porque su vida, su integridad física, su

seguridad o libertad personales han sido vulneradas o se encuentran directamente amenazadas, con ocasión de cualquiera de

las siguientes situaciones: Conflicto armado interno, disturbios y tensiones interiores, violencia generalizada, violaciones masivas de los Derechos Humanos, infracciones al Derecho Internacional Humanitario u otras circunstancias emanadas de

las situaciones anteriores que puedan alterar o alteren drásticamente el orden público”. 45 En este sentido el registro de la población desplazada no constituye un reconocimiento de su condición, pues como ya se

explicó, esta es una herramienta técnica para la implementación de la política pública en materia de desplazamiento. Al

respecto la Corte ha indicado: “La condición de desplazado por la violencia es una circunstancia de carácter fáctico, que

concurre cuando se ha ejercido coacción para el abandono del lugar habitual de residencia a otro sitio dentro de las fronteras

de la propia nación. T-1076/05 46 Decreto 2569 de 2000. Artículo 14.

Page 69: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

69

diferentes instituciones del Estado47. Uno de los problemas del RUPD, expuesto en la sentencia T-025/2004, es que los sistemas de registro no son sensibles a las necesidades específicas de desplazados que pertenecen a grupos de mayor nivel de vulnerabilidad como las mujeres cabeza de familia y los grupos étnicos.48 Adicionalmente, en el Auto 116/2008 se ordenó que todos los niños y niñas que nazcan después del desplazamiento deben quedar inscritos en el RUPD, por lo que la información debe ser al menos actualizada periódicamente. Por otra parte, el Auto 092/08 señala que existe un grave problema de registro de las mujeres en condición de desplazamiento, porque tienen temor de dar declaraciones, no conocen el sistema de registro y no tienen documentos de identidad49, circunstancias que imponen cargas excesivas a las mujeres al momento de acceder al RUPD. Además, en el Auto 004/09 la Corte declaró que existen graves dificultades en el registro de personas indígenas: se presenta un rechazo al registro de desplazamientos individuales y colectivos, especialmente cuando se trata de desplazamientos intra-resguardos o intra-veredales, a lo cual se suma que en muchos casos los afectados no denuncian por miedo a amenazas, desconfianza o desinformación. Asimismo existe una ausencia de estadísticas precisas.50 Dentro del módulo de identificación diseñado por Vía Plural se indagó sobre el acceso al RUPD de la comunidad Embera. Al respecto es necesario precisar que la información que a continuación se presenta proviene de las declaraciones verbales de las personas encuestadas, la cual no ha sido contrastada con la información oficial de Acción Social, dado que este tipo de información se encuentra restringida a terceros.

De las 89 familias Embera encuestadas, 43 familias se encuentran incluidas en el RUPD.

Sobre esta información, es preciso destacar que muchas de las personas, al ser preguntadas sobre su inclusión en el RUPD, no contestaron con seguridad o no entendían el contenido de la pregunta. Lo cual aumenta el margen de error de la información recogida.

En cuanto a la población de la etnia Embera Chamí residente en Bogotá, la situación de inclusión en el RUPD dio como resultado:

47 Al respecto ver: Corte Constitucional. T-025 de 2004. M.P. Manuel José Cepeda Espinosa yAuto 333 de 2006. M.P.

Manuel José Cepeda Espinoza. 48 Corte Constitucional. T-025 de 2004. M.P. Manuel José Cepeda Espinosa 49

Corte Constitucional. Auto 116 de 2006. M.P. Manuel José Cepeda Espinoza. 50 Corte Constitucional. Auto 004 de 2006. M.P. Manuel José Cepeda Espinoza.

Page 70: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

70

Respecto a la población de la etnia Embera Katío, se logró la siguiente información, respecto al RUPD:

De acuerdo con esta información, aproximadamente el 50% de los hogares indígenas Embera residentes en Bogotá están incluidos en el RUPD. Sin embargo, es necesario destacar que en la aplicación de la encuesta, frente a la pregunta de los motivos del desplazamiento, los Embera manifestaron en un 100% que las causas de su movilidad están relacionadas con diferentes acciones del conflicto armado interno. En este sentido se aprecia una diferencia considerable entre lo manifestado por los indígenas y lo valorado por las instituciones para la inclusión en el RUPD. Por otro lado, vale la pena reportar que en entrevistas a profundidad, se logró identificar que algunas de las versiones de los Embera sobre las causas del desplazamiento resultaban contradictorias.

Se presentan varios casos en los cuales fue negada la inscripción en el RUPD porque se habían rendido varias declaraciones contradictorias y se presumía que se había faltado a la verdad. Sin embargo, en estos casos, también se conoció de negativas de Acción Social a reconocer segundos y terceros desplazamientos en contravía de la jurisprudencia de la Corte Constitucional. Esta situación es frecuente entre la comunidad Embera debido a su alta movilidad y falta de solución a las causas que producen el desplazamiento, lo cual implica que se presenten retornos y después de algún tiempo, así como nuevos desplazamientos.

Se conocieron algunos casos en los cuales las personas hicieron uso del recurso de acción de tutela para lograr la inclusión en el RUPD. En estos casos la acción fue resuelta favorablemente para la persona desplazada, porque la negativa a la inclusión no se ajustó a los parámetros legales y constitucionales.

Se obtuvo información de casos en los cuales se negó la inscripción en el RUPD en atención a que

Page 71: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

71

el proceso de valoración está afectado por el nivel de discrecionalidad que manejan los funcionarios que cumplen esta labor. Por ejemplo, el caso de la negación de inclusión en el RUPD de una persona Embera que manifestó desplazarse por la situación de violencia que vivía en Pueblo Rico (Risaralda). Sin embargo, un Resguardo Indígena del Chocó manifestó públicamente que en la jurisdicción de su territorio no se presentaban condiciones de orden público que produjeran hechos de desplazamiento forzado. El funcionario de este caso negó la inscripción al RUPD, dando por sentado que todos los indígenas Embera provienen de la zona del Resguardo que realizó la declaración mencionada, sin tomar en consideración que los indígenas Embera habitan en buena parte del territorio nacional. A su vez se evidencia una falta de ponderación entre las manifestaciones del Resguardo de cara a la declaración de los hechos del desplazamiento, ya que se da mayor peso a la manifestación de la autoridad indígena sobre el testimonio del desplazamiento, sin contar con otros mecanismos probatorios que permitieran sustentar dicha decisión. No obstante, otras personas que declararon en la misma época y cuya declaración fue evaluada por diferentes funcionarios sí lograron la inclusión en el registro.

Los Embera manifestaron que existe una demora excesiva desde el momento en que se rinde la declaración hasta la inclusión definitiva en el RUPD. Incluso se tuvo conocimiento de casos en los que tras varios meses de haber rendido la declaración, a la fecha no se tenía conocimiento sobre la inclusión o no en el RUPD. También es preciso mencionar que normalmente no se notifica a las personas Embera sobre la decisión de inclusión RUPD, lo cual puede significar la perdida de la oportunidad de ejercer los recursos legales procedentes. Existen otros casos en los cuales la notificación se realiza en español y la persona no logra comprender lo que se le informa.

El RUPD no consigna información sobre las particularidades étnicas, lo cual invisibiliza la mayor vulneración que sufren los pueblos indígenas a causa del conflicto armado y el fenómeno en sí mismo.

La negativa a la inclusión en el RUPD produce en los indígenas Embera deseos de no continuar en la lucha por la exigibilidad de sus derechos, por el cansancio y desgaste que implican los trámites burocráticos del Estado. En reiteradas ocasiones la comunidad Embera informó que en Bogotá para poder realizar algún trámite en la Unidad de Atención y Orientación (UAO) es necesario acercarse a las instalaciones de la entidad desde la noche anterior, y pasar toda la noche haciendo fila, para lograr una ficha de atención al día siguiente. Además, comentaron que en estas actividades han sufrido robos que han implicado la pérdida de documentos.

Gran parte de la población Embera desconoce la existencia del RUPD y sufre limitaciones de tipo cultural, en especial por el idioma, que no le permite entender la lógica de los trámites que se deben realizar para el goce efectivo de este derecho. Situación que se presenta dramáticamente en el caso de mujeres cabeza de familia.

La población Embera no cuenta con información oportuna y completa sobre sus derechos, la oferta institucional y la ruta de acceso que facilita el acceso al RUPD.

Se observó que un alto porcentaje de niños y niñas que nacieron posteriormente al desplazamiento no han sido incluidos en el RUPD.

Page 72: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

72

En cuanto a la inscripción de niños y niñas en el RUPD, se constató que cuando a un núcleo familiar se le niega la inscripción, los familiares más cercanos incluyen en nuevas declaraciones a estos niños y niñas como sus hijos. Esto altera la información oficial acerca de la composición real de las familias. No obstante, dicha actitud en todo caso debe leerse en la búsqueda de protección para estos niños y niñas.

Por otra parte, se preguntó a las entidades del Estado sobre algunos aspectos del RUPD. Lastimosamente, de los derechos de petición elevados sobre este asunto a Acción Social, entidad encargada del RUPD, no se obtuvo respuesta, en ninguno de sus niveles (nacional y Unidad Territorial). Sin embargo, se obtuvo la siguiente información relevante de otras instituciones:

Pese al esfuerzo que adelanta la administración Distrital de prestar una atención sin distinciones a la población Embera residente en Bogotá, se constata una clara diferencia en el acceso a programas y servicios entre las personas que están incluidas en el registro y las que no lo están. Al respecto, la Secretaría de Integración Distrital informó que el grueso de la población Embera que llega a la ciudad de Bogotá no están incluidos en el registro, por lo que es imposible vincularlos a los programas para población desplazada.

Por otra parte, esta Secretaría informó que dentro de la Mesa Interinstitucional de Trabajo con la Población Embera residente en Bogotá, que lidera esta Secretaria, se han organizado intervenciones en cuatro componentes: caracterización, atención integral, comunicaciones y retorno. Dentro del componente de caracterización, se diseñó una ficha única de caracterización de la población Embera, la cual no depende del RUPD y tiene como objetivo contar con información diagnóstica clara y fidedigna sobre la realidad socio-económica de esta población, para así suplir la falta de caracterización del RUPD y poder redireccionar las acciones que se van a adelantar con los Embera. A partir de la aplicación de esta ficha, el Distrito cuenta con información demográfica y algunos datos relevantes adicionales de la población Embera residente en Bogotá, tales como rango etario, género y lugar de residencia.

En cuanto a la existencia de un censo de la población Embera en Bogotá, la Personería Local de Santa Fe reportó que existe un censo de esta población en la Delegada para Derechos Humanos de la Personería de Bogotá.

Finalmente, en el trabajo de campo se constataron las graves dificultades a las que se enfrentan las autoridades del Estado a la hora de levantar un censo de la población Embera residente en Bogotá. Esto debido a la alta movilidad que presenta la población dentro de la ciudad, pero también a las constantes migraciones que realiza la población a sus territorios de origen.

b) Atención Humanitaria de Emergencia (AHE) El desplazamiento forzado, entendido como una violación masiva y continua de diferentes derechos humanos, impone al Estado la obligación de garantizar a las víctimas de este flagelo en cualquier circunstancia ciertos derechos mínimos, puesto que de ello depende la subsistencia digna de estas personas.

Page 73: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

73

En el ordenamiento jurídico colombiano este derecho recibe varias denominaciones: asistencia humanitaria, ayuda humanitaria y atención humanitaria de emergencia. Sin embargo, es posible diferenciar dos momentos de esta atención. Un primer momento es la ayuda que se recibe una vez se rinde la declaración. Sobre este apoyo la Ley 387 de 1997 dispone que: “una vez se produzca el desplazamiento, el Gobierno Nacional iniciará las acciones inmediatas tendientes a garantizar la atención humanitaria de emergencia.”51 Por otro parte, el Decreto 2569 de 2000 que reglamenta la mencionada ley, puntualiza el contenido de la atención en los siguientes términos: “ayuda temporaria e inmediata encaminada a acciones de socorro, asistencia y apoyo a la población desplazada, a fin de mitigar las necesidades básicas en alimentación, salud, atención sicológica, alojamiento, transporte de emergencia, elementos de hábitat interno y salubridad pública”52. Finalmente el Decreto 250 de 2005 complementa lo anterior, al disponer que las acciones humanitarias son actividades orientadas a “atender las necesidades humanitarias básicas que el Estado y la comunidad realizan para asegurar que se prevengan, se atiendan o minimicen las causas y los efectos del desplazamiento”53. En particular, estas acciones tienen por objeto poner en marcha programas de intervención urgente y operaciones de no discriminación, de asistencia y de socorro, además del apoyo a procesos de restablecimiento de población y comunidades en riesgo o en situación de desplazamiento54. El segundo momento de la atención cuando la persona ya se encuentra inscrita en el RUPD y recibe la ayuda humanitaria de emergencia (AHE). El Decreto 250 de 2005 especifica su contenido en los siguientes términos: “conjunto de acciones encaminadas a socorrer, asistir y proteger a la población desplazada en el momento inmediatamente posterior al evento de desplazamiento y a atender sus necesidades de alimentación, aseo personal, manejo de abastecimientos, utensilios de cocina, atención en salud, transporte de emergencia y alojamiento transitorio en condiciones dignas”55. En ambos momentos, la asistencia humanitaria o ayuda humanitaria ha sido considerada por la Corte Constitucional como una expresión del derecho fundamental al mínimo vital, porque busca garantizar aquellas necesidades básicas que requieren las personas afectadas por el desplazamiento forzado. En principio la AHE sólo podía ser proporcionada durante tres (3) meses, y dadas las condiciones excepcionales de especial vulnerabilidad podía ser prorrogable por un periodo igual. Sin embargo, la sentencia C-278/07 de la Corte Constitucional declaró la inexequibilidad de las expresiones que establecían dichos límites temporales. En adelante, según la Corte toda persona tiene derecho a acceder a la atención humanitaria de emergencia hasta que pueda asumir su auto sostenimiento, lo cual se produce cuando la urgencia extraordinaria haya cesado, se haya superado el estado de especial vulnerabilidad, o hasta que los sujetos que no estén en capacidad de cubrir su propio sustento adquieran las condiciones para ello. En este sentido, para el presente documento consideraremos que la ayuda humanitaria de 51 Artículo 15 52 Decreto 2569, 2000, art. 20 53 Decreto 250 de 2005, aparte 3.1 54

Decreto 250 de 2005, aparte 3.1 55 Decreto 250 de 2005, aparte 5.1.1.2

Page 74: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

74

emergencia está integrada por diferentes componentes: derecho a la identidad, derecho al alojamiento, derecho a la salud, derecho al vestuario y derecho a la alimentación, los cuales se analizarán más adelante. Los resultados obtenidos de la aplicación del módulo de identificación para la población Embera Chamí residente en Bogotá son los siguientes:

Sobre la recepción de la AHE para los Embera Katío se puede concluir de acuerdo con la información recogida que:

Los indígenas Embera reportaron que la entrega de AHE se hace de forma irregular, sin ajustarse a las necesidades de su familia porque deben pasar varios meses sin recibir ningún tipo de apoyo.

La población Embera que manifestó haber recibido la AHE, reportó haber recibido uno o varios cheques. En muy pocos casos la AHE permitió una mejora en la calidad de vida de la familia puesto que, cuando fue entregada, la familia tenía muchas necesidades insatisfechas y deudas que cubrir.

La entrega de la AHE ha producido choques entre los miembros de las etnias, por cuanto empodera a los inscritos en el RUPD y se presentan situaciones de desmedro de los que están excluidos y no reciben la ayuda.

Algunos de los indígenas Embera tienen algún conocimiento sobre la posibilidad de prórrogas de la AHE, las cuales han sido solicitadas y recibidas. Sin embargo, la gran mayoría de las personas inscritas sólo recibieron la AHE por el periodo de 3 meses.

Derecho a la identidad o reconocimiento de la personalidad jurídica

El derecho a la identidad es un derecho humano fundamental para el desarrollo de las personas y de las sociedades. Comprende diversos aspectos que permiten distinguir a una persona de otra, incluye

Page 75: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

75

el derecho a tener un nombre y la posibilidad de identificación a través de un documento de identidad. Constituye uno de los primeros derechos al que deben acceder las personas al nacer para que puedan ser dotadas de existencia legal y puedan ejercer sus otros derechos. Este derecho se analiza en el marco del derecho a la personalidad jurídica reconocido a nivel nacional e internacional, y que “(…) implica un reconocimiento tanto jurídico como social de la singularidad de cada ser humano, además de una nacionalidad asimilada como pertenencia a un territorio, a una cultura y a una familia”. (Comisión de Seguimiento a la Política Pública sobre Desplazamiento Forzado, 2008). Este derecho se encuentra consagrado de manera especial en el Código de Infancia y Adolescencia entre los derechos fundamentales de los niños y niñas, como el derecho a tener un nombre y una nacionalidad, lo cual se consigue por medio de la posesión de los documentos pertinentes. Ha sido documentado suficientemente que las personas en condición de desplazamiento forzado sufren una vulneración de este derecho porque no cuentan con los documentos de identificación suficientes, porque nunca los han tenido o porque los pierden al momento de su desplazamiento. Para resolver esta problemática el Decreto 290 de 199956 dictó medidas para facilitar la inscripción en el Registro Civil de Nacimiento y la expedición de documentos de identificación de las personas desplazadas. La norma establece que los funcionarios encargados del registro civil en los municipios donde se ubique la población desplazada efectuarán, a nombre del funcionario competente del lugar en que ocurrió el nacimiento, el trámite de inscripción en el registro civil de nacimiento de las personas afectadas que carezcan de éste y, además, se diligenciarán las solicitudes de documentos de identificación, que buscan flexibilizar las reglas para el registro por correo, que aplica cuando el registro se va a realizar en un lugar distinto al del nacimiento de la persona. Además, en los casos de desplazamientos masivos, se desarrollarán jornadas especiales de inscripción en el registro y de trámites de documentos de identificación que deberán ser coordinadas por la Registraduría Nacional del Estado Civil y las entidades del SNAIPD. Ahora bien, en cuanto al derecho a la identidad de las mujeres, en el Auto 092/08 se resalta que la tasa de indocumentación en el país es muy alta, especialmente en el ámbito rural, por lo cual las mujeres corren un riesgo adicional de vulneración de este derecho cuando se presenta un desplazamiento, ya que quedan desprotegidas porque generalmente el hombre es el cabeza de familia y quien figura en todos los registros o títulos de propiedad. Además, muchas mujeres pierden sus documentos de identidad durante el desplazamiento, por lo que su ingreso al RUPD resulta en estas ocasiones muy complicado (UTeC, 2009). En cuanto al derecho a la identificación de los hombres, la Corte Constitucional en el Auto 008 /09 ordenó al Ministerio de Defensa Nacional el establecimiento de una estrategia para la solución de la situación militar y la provisión de la respectiva libreta sin costo para los varones, en especial para las

56 Decreto 290 de 1999 “por el cual se dictan medidas tendientes a facilitar la inscripción en el Registro Civil de

Nacimiento y expedición de documentos de identificación de las personas desplazadas por la violencia ocasionada por el

conflicto armado interno”. Art. 1

Page 76: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

76

personas en situación de desplazamiento entre los 18 y 25 años que no posean dicho documento57. Vale la pena recordar que sin estos documentos la población desplazada no puede alcanzar el goce efectivo de varios de sus derechos, en especial al trabajo, y les resulta imposible acceder al conjunto de medidas de asistencia previstas por el Estado58. En relación con los niños, niñas y adolescentes, la Corte pone de manifiestó en el Auto 251 de 2008 el subregistro específico de menores de edad cuyas familias ya están inscritas en el sistema. A esto se suma una gran proporción de niños y niñas desplazados que carecen de registro civil o de documentos de identidad o que los han perdido durante el desplazamiento59. En este sentido, La Corte señaló en el Auto 004 de 2009 que el desplazamiento provoca muchas veces la pérdida de los documentos de identidad, lo cual dificulta el registro de los indígenas como desplazados y, en consecuencia, su acceso a los distintos programas gubernamentales.60 En las acciones adelantadas con la comunidad Embera residente en Bogotá, se constató:

El 83% de las personas cabeza de familia poseen documento de identidad, mientras que el 17% no lo tiene.

Pese a lo anterior, existe una gran cantidad de mujeres, niños, niñas y adolescentes sin documentos de identificación. Esta fue una de las principales problemáticas presentadas por los indígenas Embera y sobre las cuales solicitaban una rápida solución. Se presentan casos de personas que nunca han tramitado su documento de identidad o que habiéndolo tramitado lo perdieron en el desplazamiento o lo dejaron en su lugar de origen. Los Embera también encuentran grandes dificultades para obtener nuevos documentos por la falta de dominio del idioma español, principalmente por parte de las mujeres, y por ausencia de competencias y conocimiento de este tipo de trámites en la ciudad.

Los Embera mencionaron en repetidas oportunidades el choque cultural al que se enfrentan con relación a los documentos de identidad, puesto que antes de llegar a la ciudad éste no era considerado como algo indispensable y mucho menos apreciado como un derecho.

57 Corte Constitucional, Auto 008 de 2009, M.P. Manuel José Cepeda Espinosa. 58 Corte Constitucional, Auto 116 de 2008, M.P. Manuel José Cepeda Espinosa. 59

Corte Constitucional, Auto 251 de 2000, M.P. Manuel José Cepeda Espinosa. 60 Corte Constitucional, Auto 004 de 2009, M.P. Manuel José Cepeda Espinosa.

Page 77: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

77

Por otro lado, también relataron falta de colaboración y entendimiento por parte de las personas que los atendieron en las registradurías, quienes no explicaron de manera clara los trámites que debían realizar y no tomaban en consideración sus condiciones de vulnerabilidad y falta de capacidades.

En lo relativo a la adecuada identificación de los niños y niñas, la ausencia de registro civil también se convierte en una barrera para identificarse como padre o madre del niño, lo cual tiene serias consecuencias porque puede ser un motivo para que los niños y niñas sean separados de su núcleo familiar, si alguna autoridad del Estado conoce la situación. Un ejemplo que se presentó de manera recurrente es la negativa a llevar a los niños y niñas al hospital o centro de salud cuando no cuentan con el registro civil, porque el hospital informaría la situación a una Defensoría de Familia que podría separar al niño de sus padres. Esta situación no sólo constata la vulneración del derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica sino también sus consecuencias frente al goce de otros derechos por parte de los niños y niñas.

También se observa la situación de varios hombres que no cuentan con libreta militar, situación que según los Embera les impide conseguir cualquier tipo de trabajo formal.

Los indígenas Embera en repetidas ocasiones manifestaron la falta de información en cuanto a la ubicación de los lugares donde se realizan estos trámites en Bogotá, los papeles que se requiere tener para obtener documentos de identificación y los procedimientos. Por otro lado, relataron varias anomalías ocurridas en el proceso de cédulación o expedición de registro tales como errores en la escritura de los nombres y la identificación de los padres, cambio del lugar de nacimiento, anulaciones por doble registro y demora excesiva en la entrega del documento definitivo.

Durante el desarrollo del Observatorio, la Secretaría de Integración Social en colaboración con el ICBF y la Registraduría de Bogotá realizaron una jornada de identificación del grupo sanguíneo a través de la toma del factor Rh y la expedición de documentos de identidad a los indígenas Embera que viven en Bogotá los días 15 y 17 de diciembre de 2009. Sobre el desarrollo de esta jornada algunos indígenas declararon haber solucionado gracias a ella sus problemas de documentación. Sin embargo, muchos otros manifestaron que se presentaron los mismos problemas ya mencionados. Derecho al alojamiento. Como ocurre con los distintos componentes que forman parte de la atención humanitaria de emergencia, el alojamiento está estrechamente relacionado con el derecho fundamental al mínimo vital, entendido como el disfrute de un nivel de vida adecuado. Sobre el particular, el Decreto 250 de 2005 dispone que hacen parte de la atención humanitaria de emergencia el “alojamiento transitorio en condiciones dignas”61 Siguiendo lo dispuesto en esta norma, en la primera fase de atención, cuando se produce un desplazamiento, la obligación del Estado es: “la atención a individuos y hogares (…) con necesidades

61 Artículo 2.

Page 78: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

78

de alojamiento transitorio.” Posteriormente, si aún persisten las carencias en este componente la norma prevé: “(…) apoyo para alojamiento temporal de los individuos y hogares que, posterior a la prestación de la atención humanitaria de emergencia, continúan en situación de vulnerabilidad que puede afectar su (…) techo digno, previa valoración de necesidades”62 Ahora bien, este componente también ha sido abordado por la jurisprudencia de la Corte en sus diferentes autos. Para el caso de niñas, niños y adolescentes, la Corte Constitucional en el Auto 251 de 2008 resaltó el daño desproporcionado que produce sobre esta población el desplazamiento forzado y demandó en su decisión una respuesta oportuna para que las instituciones antiendan de forma eficaz a esta población, en especial en la fase de emergencia, por ser el “momento de mayor precariedad y carencia de los grupos familiares y cuidadores, por lo tanto de mayor desprotección para sus menores de edad” (UTeC, 2009). Sobre este componente la Corte destacó los siguientes problemas para los niños, niñas y adolescentes: “(…) la falta de acceso a servicios públicos como el alcantarillado, lo que impide el consumo de agua potable, iii) entornos insalubres: cercanía a escombros, basura, animales muertos y excrementos, iv) hacinamiento en los lugares de vivienda, v) viviendas de infraestructura débil que no soportan vientos y lluvias, ello expone a los niños a malas condiciones para su salud63”. Este componente ya fue analizado en algunos aspectos en la caracterización socio-económica que se adelantó de la población Embera residente en Bogotá, en donde se destacaron las condiciones de hacinamiento en las cuales deben vivir en la ciudad. Sin embargo, en este aparte se exponen algunas acciones del Estado respecto al goce de este derecho por parte de la población Embera en Bogotá:

La Secretaría de Integración Social informó que se proporcionó un albergue transitorio a la población Embera desde el día 12 de julio hasta el 28 de septiembre de 2009, a raíz de la declaración de emergencia por el virus de la gripa porcina (A-H1N1).

También reportó la Secretaria de Integración Social que se ha brindado alojamiento de emergencia a familias Embera en el Hotel Dorantes.

Derecho a la alimentación.

La Corte Constitucional enunció en la sentencia T-025/04 que el hecho mismo del desplazamiento trae consigo un empobrecimiento que se refleja en la pérdida de las tierras y una consiguiente inseguridad alimentaria. El Decreto 250 de 2005 incluye la alimentación como un componente de la AHE al definirla como: “(…) el conjunto de acciones encaminadas a socorrer, asistir y proteger a la población desplazada en el momento inmediatamente posterior al evento de desplazamiento y a atender sus necesidades de alimentación”. Así, en la primera fase del desplazamiento se prevé la: “atención a individuos y hogares en situación o riesgo de inseguridad alimentaria” e incluye: “apoyo alimentario (…) a aquellas personas y hogares desplazados bajo la modalidad individual y familiar que lo requieren por

62

Decreto 250 de 2005. 63 Corte Constitucional. Auto 251 de 2008. M.P. Manuel José Cepeda Espinoza

Page 79: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

79

encontrarse en situación de urgencia extrema y está en proceso la decisión sobre su inclusión o no en el RUPD, mientras dure este trámite.” Cuando se trata de eventos masivos de desplazamiento, las normas estipulan la coordinación y concurrencia con los comités departamentales, distritales y municipales para que dichas autoridades “brinden la ayuda humanitaria de emergencia, encaminada a satisfacer las necesidades básicas de alimentación (…)”. Por otra parte, el componente de alimentación de la AHE se debe adecuarse a las especiales necesidades que tengan ciertos grupos familiares: “apoyo nutricional en el período de la emergencia mediante suministro de complementos alimentarios a individuos y hogares incluidos en el RUPD cuyos miembros se encuentran en condiciones que se consideran vulnerables nutricionalmente, tales como los adultos mayores, mujeres gestantes, madres lactantes y menores de 5 años.”64 Sobre el particular, en el Auto 092/08 la Corte encontró que la condición del desplazamiento profundiza los modelos de violencia y discriminación contra las mujeres. Así, para la Corte debe darse una atención alimentaria que sea consecuente con el enfoque diferencial, por lo que las entidades deben ofrecer programas de nutrición eficaces de acuerdo con las particularidades sub-diferenciales (como mujeres en estado de embarazo o lactancia; mujeres afrodescendientes o indígenas; niñas, adolescentes o adultas mayores) y con dietas balanceadas, sanas y adecuadas. Para el caso de las niñas, niños y adolescentes la Corte identificó que la situación de desplazamiento también acentúa graves afecciones en el plano nutricional que deterioran el sistema inmunológico y la salud general. Este componente ya fue analizado en algunos aspectos en la caracterización socio-económica y nutricional que se adelantó de la población Embera residente en Bogotá en donde se destacaron las dificultades para una alimentación balanceada que afrontan principalmente los niños y niñas. Sin embargo, en este aparte se proporciona alguna información respecto a la entrega de este componente a la población Embera residente en Bogotá:

Varios de los hogares encuestados y entrevistados informaron sobre la entrega de bonos para mercado o mercados al momento de rendir la declaración.

Otro tanto de personas declararon que habían recibido en varias ocasiones bono para mercado después de haber sido incluidos en el RUPD.

En general, la población Embera que ha recibido bono para mercado se mostró conforme con esta modalidad de entrega de alimentación y manifestó que les permitía adquirir los alimentos que les gustan y son de fácil preparación en sus condiciones de vivienda. Sin embargo, se quejaron respecto a la temporalidad y oportunidad de la entrega de esta ayuda.

64 Decreto 250 de 2005.

Page 80: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

80

Por otro lado, los indígenas Embera asisten a comedores comunitarios del Distrito de Bogotá. Muchas familias del Barrio San Bernardo asisten al Comedor Comunitario de La Rioja y se mostraron muy satisfechos con la forma de acceso al comedor, la entrega de la comida, la calidad y cantidad de los alimentos. En un menor número, los indígenas Embera residentes en el barrio La Favorita asisten al comedor comunitario de este barrio. También se conoció que algunas personas del barrio La Favorita asisten al comedor comunitario del barrio Veracruz.

Por su parte, en las entidades del Distrito se pudo recoger la siguiente información:

En el tema de seguridad alimentaria, la Secretaría de Integración Social entregó a las familias que se encontraban en el albergue de la Fundación Funsraiscol, almuerzos diariamente por medio de unos de los comedores comunitarios de Idipro, durante un periodo de 4 meses en el año 2009.

La Secretaría de Integración Social también declaró que a partir del albergue transitorio que se proporciona después de la declaración de emergencia ya mencionada, se coordinó la vinculación de 123 personas a comedores comunitarios.

La Coordinadora del Comedor Comunitario de La Rioja comunicó que a diciembre de 2009 accedían al servicio de almuerzo en este comedor aproximadamente 64 familias Embera, la mayoría del Barrio San Bernardo. Este comedor presta servicio a las localidades de Los Mártires, Candelaria y Santa Fe. Informó que para la población indígena el comedor funciona en un horario especial, esto es, todos los días excepto los domingos, entre 10 a.m. y 11 a.m. mientras que el horario normal es entre 11:30 y 1:30 p.m. Asimismo, para los indígenas el comerdor funciona bajo una modalidad diferente, puesto que se les permite llevarse la comida, mientras que los otros asistentes la deben consumir en las instalaciones del comedor. Explicó que se adoptó este mecanismo como una forma de facilitarles el acceso a la alimentación, porque cuando debían ingerir los alimentos en el comedor casi no asistían y se presentaban inconvenientes por la gran cantidad de niños y niñas y porque sus padres salen a trabajar y no están en el barrio a la hora del almuerzo. También declaró que en general hay un grupo que ha permanecido en su participación en el comedor, pero que también hay bastante población que se mueve y no asiste de manera regular. Para el ingreso al comedor se solicita presentar documentos de identificación y la carta de desplazamiento. Sin embargo, también pueden acceder personas en condiciones de extrema pobreza, en caso de no contar con documentos de desplazamiento. Sobre el trámite de acceso, luego de presentada la documentación se hace un estudio (hoja de vida) y se realiza una visita domiciliaria. Sin embargo, mientras se hace el trámite la persona puede acceder al almuerzo. Cuando una persona deja de asistir al comedor se la pone como inactiva y cuando vuelve se le activa, revisión que se hace de manera semanal. Por otro lado, se resaltó que en el comedor se realizan otro tipo de actividades como seguimiento nutricional a los niños y niñas cada cuatro (4) meses. En este sentido, se han organizado jornadas de documentación, jornadas lúdicas y deportivas a las cuales se invita a participar a la comunidad Embera como comunidad vulnerable.

De otra parte, el Coordinador Operativo del Comedor Comunitario de La Favorita reportó que el comedor funciona por medio de un operador, la Fundación Rescate. Tiene una capacidad para

Page 81: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

81

atender a 270 personas en un horario de lunes a sábado de 11 a.m. a 2:30 p.m. Los alimentos obligatoriamente deben ser consumidos en el comedor y no se pueden sacar, salvo casos excepcionales de enfermedades infectocontagiosas. Informó que 20 personas indígenas Embera asisten a los servicios del comedor. También declaró que en general no les gusta participar porque tienen muchas diferencias culturales con las normas de acceso al comedor en cuanto a orden y limpieza.

Derecho a la atención médica y psicosocial inmediata.

En el marco de la política pública de atención a la población desplazada el derecho a la salud acompaña todas las fases, desde la atención de emergencia, pasando por la ayuda humanitaria hasta la estabilización socio-económica65. Para ello, la Ley 387/97 dispuso una adecuación del Sistema de Seguridad Social en Salud con el fin de que la población afectada por el desplazamiento forzado acceda a: “los servicios de asistencia médica integral, quirúrgica, odontológica, psicológica, hospitalaria y de rehabilitación”66. En atención a la adecuación del Sistema de Salud, las autoridades competentes han dictado un gran número de medidas que buscan garantizar el derecho a la salud de las personas en condición de desplazamiento, dentro del marco de la Ley 100 de 1993, que define el Sistema de Salud. Entre las distintas medidas adoptadas destaca la declaración del desplazamiento como evento catastrófico, lo que otorga el derecho al acceso a los servicios de salud para la atención de la enfermedad derivada de la exposición de riesgos a causa del desplazamiento67. También se dispuso que el financiamiento de la atención corre a cargo del Fosyga subcuenta de solidaridad y promoción, y que debe hacerse de forma prioritaria para la atención del trauma causado por la violencia68. Sin embargo, el amplio desarrollo normativo en este sentido ha estado orientado principalmente hacia las previsiones del financiamiento de esta atención, que en principio no estaba cubierta por el sistema de salud. No obstante, el financiamiento no puede concebirse como el único elemento a considerar en la adecuación del sistema: también deben tenerse en cuenta otros aspectos que afectan directamente la salud de esta población, dadas sus condiciones sociales y culturales. Como la atención en salud cubre todas las fases que define la política pública para la atención a la población desplazada, se prevé una atención inicial de urgencias de las personas o familias que han rendido la declaración de su desplazamiento y tienen pendiente el proceso de valoración para su inclusión en el RUPD69. Por otra parte, en la fase de ayuda humanitaria de emergencia la garantía de este derecho se da a través de la atención integral en salud según la forma de participación en el sistema general de 65 Según la Ley 387 de 1997 las personas desplazadas deben recibir atención médica y psicológica, como parte de la atención humanitaria de emergencia (artículo 15). De igual forma en la mencionada ley se dispone que las personas

desplazadas tengan acceso directo a la oferta social del gobierno con el fin de generar nuevamente condiciones de

sostenibilidad económica y social. Entre los programas que se enuncian se encuentra la “Atención social en salud”.

(Artículo 17). En este mismo sentido, ver decreto 2569 de 2000 artículos 20, 21 numeral 1 y 25. 66 Artículo 19 numeral 4 ley 387 de 1997. 67 Acuerdo 59 de 1997 Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud CNSSS. 68

Acuerdo 64 de 1997 Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud CNSSS. 69 Decreto 250 de 2005, aparte 5.2.1.2B 2

Page 82: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

82

seguridad social. Esto significa que el régimen de afiliación al sistema de la persona desplazada define su nivel de atención. Los regímenes existentes son contributivo, subsidiado y especial. Frente a los no afiliados, el Sistema de Salud los clasifica como vinculados y su atención está prevista por el subsidio de la demanda a cargo de los entes territoriales. De especial relevancia en cuanto al contenido del derecho a la salud para la población desplazada es el componente de apoyo psicosocial. Según las normas que lo desarrollan, este componente debe ser sensible a las características poblacionales, prestando especial atención a las diferencias de género, edad y etnia. A su vez, la atención debe garantizarse tanto a nivel personal como familiar y comunitario. En cuanto al objeto de la atención se dirige a la atenuación de los efectos derivados del desplazamiento, buscando contribuir al manejo de la crisis psicosocial, el restablecimiento del equilibrio emocional y el fortalecimiento de la cohesión familiar70. En la evaluación de la política pública de atención al desplazamiento, en su componente de salud, la Corte Constitucional ha prestado especial atención a la mayor afectación sobre el derecho a la salud para las niñas, niños y adolescentes. La Corte identifica la mayor afectación en los siguientes términos: “la falta de información de la población desplazada sobre los factores que causan las enfermedades prevenibles y los métodos de prevención generalmente aceptados; la poca credibilidad de la población desplazada en las instituciones oficiales y en las entidades prestadores de salud; y el uso de remedios caseros y el recurso a hierbateros, curanderos u otras formas de medicina popular cuya efectividad no ha sido comprobada científicamente”71. A continuación se presenta la información que Vía Plural recolectó dentro del módulo de identificación del goce efectivo del derecho a la salud, en su componente de acceso al sistema de aseguramiento.

En cuanto al goce efectivo del acceso al sistema de salud, en la modalidad de afiliación al sistema de salud, los resultados respecto a los Embera Chamí son:

Sobre este mismo componente, acceso al sistema de salud, para los Embera Katío los datos arrojaron el siguiente resultado:

70 Decreto 250 de 2005, aparte 5.2.1.2B1 71 Corte Constitucional, Auto 251de 2008. M.P. Cepeda Espinosa, Manuel José. Bogotá.

Page 83: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

83

Llaman la atención los bajos niveles de afiliación al Sistema de Salud de la población Embera. Esto contrasta con el amplio desarrollo normativo, que buscó adecuar el sistema para atender a la población desplazada, ya que existe debido a que la falta de afiliación implica una exclusión de los planes de beneficios que fueron concebido según el régimen de participación.

Buena parte de los Embera encuestados manifestaron estar afiliados a la “EPS Indígena Pijao Salud”, presentando su carné de afiliación. Sin embargo, manifestaron que en los hospitales les explicaron que ese carné no tiene validez en Bogotá y no los podían atender. Esto pone en evidencia que las competencias territoriales no se adecuan a la movilidad de la población Embera desplazada, lo que conduce a la paradoja de estar dentro del sistema de salud pero no recibir atención.

La población Embera residente en Bogotá señaló que, a pesar de las dificultades, ha podido acceder a los servicios de salud en la red hospitalaria pública y privada de Bogotá. En todo caso, este acceso es limitado toda vez que se da gracias a la presentación de la “carta de desplazado”, la cual es un documento que certifica que la persona ha rendido la declaración de su desplazamiento ante las distintas autoridades competentes. Estas certificaciones señalan que la persona podrá recibir atención en salud por un tiempo limitado de 90 días, de acuerdo con el marco normativo, puesto que vencido este término se espera que la persona haya recibido una respuesta sobre su inscripción en el RUPD. No obstante lo anterior, este documento se usa para recibir atención en la red hospitalaria por tiempo indefinido frente a la ausencia de afiliación regular para participación en el sistema de salud.

En relación con el acceso a los servicios a través de la certificación de declaración del desplazamiento, Vía Plural tuvo conocimiento de un caso que ejemplifica la falta de garantía del derecho a la salud y vulneraciones conexas por motivo de las dificultades de acceso al sistema. Se trataba de un niño menor de un año de edad que fue remitido por la Policía Metropolitana a la red hospitalaria privada. Allí se brindó atención al niño hasta su recuperación. Sin embargo, no fue dado de alta porque no contaba con ningún documento que acreditara su condición de persona desplazada y por lo tanto la institución privada no podía recobrar al Estado los servicios prestados. La falta de este documento significó una mayor estancia del niño y su familia en el hospital, dado que no existen oficinas que reciban la declaración del desplazamiento en el fin de semana.

Algunos indígenas Embera manifestaron sentir miedo e inseguridad de acudir a instituciones de salud porque no obtienen resultados inmediatos para el tratamiento de las dolencias. Al respecto,

Page 84: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

84

se aprecia una falta de información sobre las prácticas médicas que son desarrolladas en los hospitales, lo que aumenta el temor de la comunidad a dirigirse a la red hospitalaria.

Algunos indígenas Embera señalaron una preferencia por acudir al médico tradicional, Jaibaná, dado que tienen mayor confianza sobre sus poderes curativos y efectividad frente a los del hospital occidental. Sin embargo, indicaron que existen grandes barreras para el desarrollo de este tipo de prácticas médicas, ya que el contexto urbano dificulta la consecución de elementos necesarios para este tipo de prácticas. También señalaron que los servicios del Jaibaná tienen un costo elevado.

Dos factores se suman a las dificultades de acceso al sistema de salud y al temor que sienten los indígenas Embera ante los servicios médicos occidentales: los casos de mortalidad infantil en hospitales y las dificultades para la salida del hospital de los niños y niñas, dado que no cuentan con registro civil.

c) El derecho a la estabilización socioeconómica.

Como una fase posterior a la ayuda humanitaria y la atención humanitaria de emergencia, la política pública de atención al desplazamiento forzado dispone de una etapa denominada estabilización socioeconómica. En esta etapa se debe procurar el restablecimiento de los derechos a la reunificación familiar, la alimentación, la salud, la educación, la generación autónoma de recursos, la tierra y la vivienda, dentro del marco del retorno o la reubicación (UTeC, 2009). El Decreto 250 de 2005 plantea la estabilización socioeconómica como las acciones que a corto, mediano y largo plazo deben generar las condiciones de sostenibilidad económica y social para la población desplazada dentro del marco de “i) el retorno voluntario al lugar de origen, ii) la reubicación voluntaria, entendida como la estabilización en un lugar diferente a su lugar de origen, o bien como la decisión de quedarse en el sitio inicial de llegada”.72 Sobre la materia, la Corte Constitucional afirmó que para el caso de los pueblos indígenas el Estado debe prever que el principal objetivo ha de ser garantizar su retorno en condiciones de voluntariedad, seguridad y dignidad; pero asimismo, el Estado debe atender a los casos especiales de las personas, familias y comunidades que no pueden volver a sus territorios por la vigencia de las amenazas de los grupos armados o de quienes propiciaron su destierro.”73 En el estudio socioeconómico del capítulo anterior se presentó en detalle la información recogida en el trabajo con la comunidad Embera residente en Bogotá. Además, respecto a la política de atención se observó y documentó lo siguiente:

72

Decreto 250 de 2005. Art. 5.3. 73 Corte Constitucional. Auto 004 de 2009. M.P. Manuel José Cepeda Espinosa.

Page 85: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

85

Salvo contadas excepciones, las familias Embera no han sido beneficiarias de medidas de estabilización socioeconómica por parte del Estado y tampoco han podido lograr esta estabilización por sus propios medios.

Gran parte de la población no se encuentra a gusto con su vida en Bogotá, por la dificultad en el acceso a bienes y servicios dado que siempre tienen que contar con dinero para ello, y casi todos carecen de un trabajo o empleo fijo, teniendo que recurrir a la mendicidad, en especial en el caso de las mujeres. Muy pocas personas desean un futuro en Bogotá, y si tuvieran que quedarse en la ciudad, demandan una vivienda propia que respete condiciones dignas de habitación y un trabajo.

Otro de los factores que hacen que la ciudad no sea agradable para ellos, son la falta de competencias culturales para afrontar la vida urbana y las condiciones extremas de miseria y desprotección en las que se encuentran.

En general, las dos etnias con las cuales se trabajó plantean que quieren para su futuro un reasentamiento que garantice el acceso a la tierra y los medios para ser trabajada. Todos añoran cultivar la tierra, trabajo para el cual sienten que tienen altas competencias, y volver a la vida de campo. Lo anterior, contrasta con las posibilidades de un retorno, dado que muchos manifiestan que no existen las condiciones necesarias para volver a sus territorios, por lo cual no están de acuerdo con la opción de retornar.

RECOMENDACIONES DE POLÍTICA PÚBLICA

En 1991 la sociedad colombiana se dio un nuevo orden constitucional, proponiéndose abandonar el antiguo régimen homogeneizante y excluyente dispuesto por la Constitución de 1886. El fin de este nuevo pacto social es construir una sociedad plural, diversa y más incluyente, para que la ciudadanía, y todo lo que ello implica, deje de ser un privilegio de unos pocos y se convierta en un derecho de todas las personas que componen la sociedad colombiana. Es así como se adopta la fórmula de Estado Social de Derecho y a su vez se consagra el reconocimiento y protección de la diversidad étnica y cultural. Sin embargo, el desbastador conflicto armado que vive Colombia conduce a una cruenta paradoja, en donde el país se debate entre la demoledora violencia y el constitucionalismo democrático, en una incómda convivencia durante las últimas cuatro décadas (Cepeda, 2001). No obstante, se trata de una paradoja padecida por millones de hombres, mujeres, niños, niñas y adolescentes que han tenido que sufrir las implacables condiciones del desplazamiento forzado, a pesar de contar con el reconocimiento constitucional de sus derechos fundamentales. Vía Plural constató que la población Embera ubicada en Bogotá se encuentra inmersa en esta paradoja. La progresiva vulneración de sus derechos fundamentales se manifiesta en las condiciones de desnutrición, ausentismo escolar, problemas de salud y entornos de alta marginalidad que demandan esfuerzos orientados a una redistribución estructural desde una perspectiva de derechos en donde concurran tanto el Estado, como la sociedad en general y la misma gente Embera.

Page 86: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

86

Si bien el Estado ha intentado garantizar los derechos fundamentales de la población en condición de desplazamiento, lo que demuestra este estudio es que estos esfuerzos no son suficientes. Pero, además, la política pública debe ser sensible a los diferentes impactos que tiene el desplazamiento forzado, y abogar por el reconocimiento de los sectores que han quedado invisibilizados. En este sentido, se espera que se supere el hiato que ha marcado la cultura legal colombiana, logrando que los mandatos constitucionales sean traducibles en el accionar del Estado, y, en esa medida, que se proteja y garantice la diversidad étnica y cultural. No se debe perder de vista que el llamado enfoque diferencial, sea este étnico, de género o de edad, no constituye un simple capricho. Se trata de un deber del Estado, dispuesto en los parámetros constitucionales y en instrumentos internacionales de derechos humanos y protección a los desplazados internos. Asimismo, es una respuesta a la garantía efectiva del goce del derecho a la igualdad y no discriminación. Pero también se debe tener ciudado para no caer en construcciones retóricas que buscan sacar ventaja sobre la atención que brinda el Estado para, amparándose en el reconocimiento a la diferencia, actuar en desmedro de las demás personas desplazadas que no reúnen dichas características. El deber del Estado es lograr la formulación de una política pública que remedie las dificultades de redistribución estructural de la población desplazada y, a su vez, supere el reconocimiento erróneo que sufren ciertos grupos, en este caso, las minorías étnicas. A partir de estos planteamientos y una vez analizada la información que sobre este aspecto Vía Plural obtuvo, se avanza en una primera conclusión que apunta a la inexistencia de una política pública nacional de atención diferencial para la población indígena desplazada en Colombia. De la extensa revisión del marco normativo y sus diversas modificaciones se desprende que no existe un ejercicio coordinado y coherente para la atención a esta población, sino que más bien se presenta un cúmulo de acciones aisladas que no tiene orden y conexión de parte de las autoridades estatales encargadas de atender a esta población. Sobre este asunto se preguntó a las entidades del orden nacional competentes, principalmente a Acción Social y el Ministerio del Interior y de Justicia. Sin embargo, ninguna de estas instituciones dio respuesta al derecho de petición enviado. Ya se describió en este documento cómo la Corte Constitucional, frente a estas irregularidades, se vió obligada a ordenar al Estado, mediante el Auto 004 de 2009, la formulación de la política e indicó hasta el punto de indicar los criterios concretos que ésta debe seguir. Pese a lo anterior, a la fecha no se ha iniciado por parte del gobierno nacional la implementación de los planes de salvaguarda étnica, ni se ha implementado el Programa de Garantía de los Derechos de los Pueblos Indígenas Afectados Por el Desplazamiento. A la fecha sólo se han adelantado algunas actividades de concertación, lo cual evidencia que el Estado aún se encuentra en mora de brindar a esta población la protección y atención adecuada.

Page 87: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

87

Ahora bien, en cuanto a la existencia de una política pública distrital de atención a las comunidades indígenas desplazadas, Vía Plural, tomando en consideración las respuestas proporcionadas por las autoridades distritales, las cuales fueron expuestas a lo largo del documento, considera que esta política se encuentra en etapa de formulación. En este sentido, se han realizado algunos avances, como el mejor uso del Acuerdo 02 de 1998 sobre atención integral a la población desplazada y la formulación del Acuerdo 359 de 2009 por medio del cual se expiden una serie de líneas de base para la política pública para los indígenas en Bogotá. Este acuerdo establece los lineamientos para la elaboración y construcción de la política pública. Estos acuerdos, en aras de lograr la elaboración de la política pública del Distrito, han sido fortalecidos mediante la conformación de espacios interinstitucionales, en donde además participan las comunidades indígenas, tales como la Mesa Embera y la Mesa Étnica. En estos espacios, se han logrado importantes avances en el reconocimiento de la situación de la población indígena desplazada y su atención. Sin embargo, deben fortalecerse y mejorar para buscar soluciones duraderas y definitivas para el goce efectivo de los derechos fundamentales de la población Embera. Pero además de la ausencia de una política pública con enfoque diferencial para los grupos étnicos, llama la atención la orientación que ha tenido la acción del Estado, la cual ha estado enfocada de forma casi exclusiva a la entrega de subsidios. Este tipo de acciones además de ser inadecuadas frente a las necesidades de las comunidades indígenas, son insuficientes y estigmatizantes, dado que permiten la construcción de la imagen del desplazado como aquella persona insaciable que cada vez necesita más subsidios, sin plantear soluciones estructurales que rompan el círculo del asistencialismo. Así las cosas, las recomendaciones que nos permitimos plantear a continuación tienen por objeto dar ideas para la formulación de una política pública de atención a los pueblos indígenas, pero en especial para la población Embera desplazada en la ciudad de Bogotá. El primer aspecto a tratar son las medidas necesarias en cuanto a la declaración de los hechos del desplazamiento de esta población. La principal barrera de acceso que se identificó está en el proceso de la declaración del desplazamiento, situación que afecta a todos los demás componentes de la atención. Se determinó que la falta de competencias en el idioma español impone barreras para el ejercicio de ese derecho, desde la ubicación de las oficinas previstas para la recepción de la declaración, como la presentación de la misma declaración. En este sentido, se recomienda que las autoridades realicen un ejercicio de interculturalidad y hagan parte de su equipo a personal indígena que tenga buenas competencias tanto en español como en lengua Embera que permita realizar una adecuada traducción de los hechos que narra la persona que acude a rendir la declaración y que pueda explicar a la población los trámites a realizar y su sentido. Asimismo, la presencia de una persona de la misma etnia con las cual el indígena se puede comunicar en su propio idioma permite superar de alguna manera las dificultades ya enunciadas en materia de RUPD. Adicionalmente, permitiría configurar un ambiente de confianza y de seguridad que le permitirá a la persona afectada expresarse de forma abierta y sin los temores y presiones a los que se ve expuesta cuando tiene que expresarse en español. También resulta oportuno aclarar que no se pretende conseguir la presencia de un traductor Embera en cada lugar de recepción de declaración,

Page 88: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

88

pero sí al menos la existencia de una oficina en la ciudad que funcione con esta modalidad. A su vez, deben considerarse las diferencias étnicas entre Katíos y Chamíes, así como las rivalidades entre estos a pesar de ser todos Embera. Sobre el RUPD es preciso destacar que un adecuado procedimiento de declaración permite la toma de decisiones acordes con la protección constitucional en cuanto a la inscripción y que el ingreso al SNAIPD de la persona y su familia, cuando así corresponda, facilita a las instituciones del Estado la atención a esta población mediante su inclusión en los programas existentes. Por otra parte, y como ya se anotó, el RUPD no ha sido adecuado a las características de la población indígena, lo cual conlleva a que la mayor afectación que tiene esta población por el conflicto armado quede invisibilizada. Se considera pertinente una adecuación de un módulo especial del RUPD para pueblos indígenas, donde se consignen asuntos como:

La pertenencia identitaria (etnia).

Las formas de propiedad que ejercía en el lugar de origen.

El papel que cumplía dentro de la comunidad. En cuanto al derecho fundamental al reconocimiento de la personalidad jurídica o la identificación, dentro de la AHE, también se evidencian grandes problemas, ya que un amplio número de personas no posee documentos de identificación, especialmente las mujeres y los niños. Al respecto, se recomienda que se mejoren los medios de información y atención. Ya que las personas con menos competencias en español son las que han logrado un menor acceso al goce de este derecho. En lo relativo al componente de alojamiento, dentro de la AHE, se deben considerar las necesidades habitacionales de los grupos indígenas, que tienen familias extensas y no se adaptan fácilmente a la separación y los contextos de la ciudad en donde se ubican. Como se detalló en la contextualización de los barrios en donde está ubicada la gran parte de la población Embera, estos no son entornos completamente adecuados, en especial si se piensa en los sujetos de especial protección constitucional como las niñas, niños y adolescentes. En este sentido, se requiere un mayor apoyo por parte de las instituciones en materia de orientación de la población que llega a Bogotá, en donde se brinde información sobre sitios adecuados para la vivienda, consecución de alimentos, etc. Sobre el derecho de alimentación, en el marco de la AHE, durante el desarrollo de la investigación se documentó una buena práctica en esta materia, la cual podría ser replicada y mejorada. El comedor comunitario de La Rioja ofrece un tratamiento y horario diferencial para que la población Embera reciba los alimentos, los cuales son de buena calidad y suficientes de acuerdo con el número de integrantes que tenga la familia. Con esta práctica se logran varios aspectos positivos, como el cuidado y fomento de las relaciones culturales que se construyen entre los indígenas al compartir una comida en su lugar de vivienda. Respecto al derecho de la atención médica y psicosocial inmediata, lo que la investigación arrojó es que no existe acceso a la atención psicosocial y que se presentan serias dificultades para acceder al sistema de salud. Como se verificó, son muy bajas las tasas de afiliación a una entidad promotora de salud (EPS), y el uso de la medicina tradicional no cuenta con apoyo estatal.

Page 89: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

89

Es de resaltar que las mujeres, hombres, niños, niñas y adolescentes Embera son personas luchadoras, alegres, nobles, con una amplia capacidad de sobreponerse a las dificultades y que han sobrevivido, creando diferentes estrategias de protección, a miles de circunstancias que amenazan su existencia, ya sea por la dinámica del conflicto armado, el hambre o la exclusión y marginación. Sin embargo, pese a estas fortalezas, los Embera, en la mayoría de los casos, presentan una falta de capacidades y competencias culturales para afrontar la vida urbana con sus complejidades. Adicionalmente, son personas con un escaso conocimiento de sus derechos fundamentales, lo cual lleva a que no se auto-reconozcan como titulares de derechos exigibles frente al Estado. Esta situación en buena medida se explica por el contexto de exclusión del cual provienen y el escenario en el cual se desenvuelven en la ciudad donde la mendicidad en las calles aparece como la única alternativa y el afán de la supervivencia del día a día no da espacio para reconocerse como víctimas de violaciones de derechos humanos. De acuerdo con lo anterior, resulta de especial importancia que las acciones que el Estado tome para lograr la restitución y garantía de los derechos de esta población, estén acompañadas de una estrategia de sensibilización, promoción y formación en derechos humanos a la comunidad desde una perspectiva en la cual se respete la interculturalidad. Asimismo estos espacios también deben servir para impulsar la organización de la comunidad en torno a sus intereses y la creación de liderazgos. Al respecto, la inclusión de este componente permite caminar hacia la superación de las intervenciones asistencialistas que se realizan con esta comunidad, que no producen efectos perdurables y que en muchas ocasiones aumentan la problemática. En similar sentido, se hace necesario que las instituciones del Estado que tienen a su cargo la atención de la población Embera conozcan las dificultades a las cuales se enfrentan en su interacción con ellos, sean capacitados en atención diferencial a población desplazada y se muestren sensibles a la condición de víctimas que estas personas enfrentan. Finalmente, las instituciones del Estado deben fomentar un diálogo entre los indígenas Embera residentes en Bogotá y las autoridades tradicionales en los territorios, dado que esta relación se encuentra bastante deteriorada, lo que tiene consecuencias negativas para las comunidades indígenas en su conjunto, puesto que no se reconoce la autoridad de los Cabildos, ni tampoco se toma en consideración el éxodo de la comunidad Embera hacia Bogotá. Es imperativo para la sociedad y el Estado buscar caminos para recuperar, con un enfoque integral de respeto pleno por la dignidad humana, a generaciones de colombianos y colombianas descendientes de los primeros habitantes del territorio, que han perdido incluso la memoria de sus propios orígenes, tras la huida y la lucha constante de supervivencia.

Page 90: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

90

Situación de los derechos a la cultura y la lengua de los niños, niñas y adolescentes Embera residentes en Bogotá

La Convención sobre los Derechos del Niño reconoce los derechos de los todos los niños, niñas y adolescentes. En este instrumento el artículo 30 establece una serie de garantías explicitas para los niños, niñas y adolescentes pertenecientes a minorías étnicas en cuanto a los derechos a la cultura, la familia y la tradición. Dado que la presente investigación se refiere a una comunidad indígena, el ICBF consideró pertienente que el Observatorio indagara sobre la situación de garantía de los derechos de los niños y niñas Embera residentes en Bogotá, en cuanto a lo dispuesto en el artículo 30 de la Convención. Para

Autores: Diana Bravo Rubio y Daniel Alzate Mora.

Page 91: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

91

esto, solicitó a Vía Plural el uso del Manual de Aplicación de la Convención de los Derechos del Niño (Manual), como herramienta principal para abordar este tema. Así las cosas, en el presente capitulo se realizará una explicación del marco normativo y doctrinal pertinente, en donde se presentará el alcance y sentido del artículo 30 y la función que cumple el Manual. Posteriormente, se expondrá la información recopilada en la investigación. Finalmente, se hará una breve reseña de información adicional obtenida con el trabajo realizado con los niños y niñas Embera. Ahora bien, tomando en consideración las limitaciones que implica en términos investigativos el uso del Manual, por cuanto no permite recoger información cualitativa y que por su complejidad técnica resultaba impertinente para aplicar a la población Embera, Vía Plural utilizó adicionalmente otro métodos, tales como los grupos focales, las entrevistas, la observación participante y la solicitud de información a entidades del Estado.

MARCO NORMATIVO Y DOCTRINAL

La Convención sobre los Derechos del Niño es un instrumento internacional que fue ratificado por Colombia mediante Ley 12 de 1991. En él se reconocen los derechos de los niños, niñas y adolecentes en 54 artículos. Dentro de estas disposiciones, el artículo 30 de la Convención sobre los Derechos del Niño establece:

“En los Estados en que existan minorías étnicas, religiosas o lingüísticas o personas de origen indígena, no se negará a un niño que pertenezca a tales minorías o que sea indígena el derecho que le corresponde, en común con los demás miembros de su grupo, a tener su propia vida cultural, a profesar y practicar su propia religión, o a emplear su propio idioma”.

Más adelante, dentro del ámbito de la Organización de Naciones Unidas, el Fondo para los derechos de los niños – Unicef – en desarrollo de sus esfuerzos para que los derechos de los niños, niñas y adolescentes se hagan realidad, elaboró y público en el año 2001 el Manual de Aplicación de la Convención de los Derechos del Niño. El Manual no es un documento oficial y por ello se considera parte de la doctrina sobre el tema, en donde se estudia cada uno de los artículos de la Convención. En sus apartes, recopila la interpretación dada por el Comité de los Derechos del Niño a cada artículo, así como los análisis, observaciones y decisiones fundamentales que se hayan emitido al respecto. De igual forma, recoge los conceptos de otros órganos de vigilancia de los tratados y de organismos competentes de las Naciones Unidas. Esto con el fin de ser una herramienta práctica para la aplicación de los derechos de la Convención. De otra parte, dentro del análisis de cada artículo se incluye una lista de control, que plantea preguntas que pueden servir para investigar los progresos realizados hacia la aplicación efectiva de los principios y disposiciones de la Convención.

Page 92: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

92

Ahora bien, en lo relativo al artículo 30 de la Convención sobre los Derechos del Niño es preciso destacar que este artículo fue establecido de manera particular dentro del texto, en atención a la discriminación grave y persistente que padecen grupos minoritarios o pueblos indígenas en los Estados, pese a que la Convención ya consagraba a la largo de todo su articulado referencias a los derechos de los niños y niñas pertenecientes a minorías. Entre las otras disposiciones que competen a niños y niñas indígenas, se pueden destacar:

Artículo 2: garantiza todos los derechos de la Convención sin discriminación de ningún tipo “independientemente de la raza, el color,... el idioma, la religión,... el origen nacional, étnico o social,... o cualquier otra condición del niño, de sus padres o de sus representantes legales

Artículo 7 y 9: prohíben la separación del niño de sus padres, salvo motivos graves.

Artículo 8: aborda el derecho a preservar la identidad.

Artículo 14: reconoce el derecho de todos los niños y niñas a la libertad de religión.

Artículo 16: prohíbe toda injerencia arbitraria o ilegal en la familia de los niños y las niñas.

Artículo 20: establece que, cuando un niño o niña es privado de su medio familiar, “se prestará particular atención a la conveniencia de que haya continuidad en la educación del niño y a su origen étnico, religioso, cultural y lingüístico”.

Artículo 21: reafirma este principio en relación con la adopción internacional.

Artículo 29: incluye el respeto del idioma y de los valores culturales del niño o la niña, entre los objetivos de la educación. Por otro lado, garantiza el derecho de los niños y las niñas a ser educado fuera del sistema estatal.

Artículo 40: dispone que los niños y las niñas contarán con la asistencia de un intérprete si no comprenden o no hablan el idioma utilizado en la administración de la justicia de menores.

De acuerdo con lo anterior, el artículo 30 reitera la diversidad cultural proclamada a lo largo de la Convención y que además se encuentra íntimamente relacionada con otros preceptos (constituyéndose como un instrumento indivisible) que se deben respetar a todos los niños y niñas en general y a los niños y niñas indígenas en particular. En conclusión, este artículo de la Convención se refiere a tres asuntos principalmente:

1) Derecho a tener su propia vida cultural. 2) Derecho a profesar y practicar su propia religión. 3) Derecho a emplear su propio idioma.

INFORMACIÓN RECOLECTADA

Entidades del Estado Con el propósito de que el lector tenga una adecuada información sobre el asunto al que se refiere el presente aparte de la investigación, a continuación se presenta la lista de control del Manual respecto al artículo 30, la cual fue remitida a las entidades del Estado.

Page 93: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

93

Medidas generales de aplicación ¿Se han adoptado medidas generales apropiadas para la aplicación del artículo 30, como: Identificar y coordinar los departamentos y organismos responsables a

todos los niveles gubernamentales?

Identificar las organizaciones no gubernamentales y los colaboradores de la sociedad civil pertinentes?

Revisar toda la legislación, todas las políticas y todas las prácticas para garantizar que son compatibles con el artículo y que incluyen a todos los niños de todos los lugares sujetos a la jurisdicción del Estado?

Adoptar una estrategia para asegurar una plena aplicación.

Que incluya, cuando sea necesario, la identificación de objetivos e

indicadores de progreso

Que no afecte las disposiciones más proclives a la realización de los derechos de lo niño

Que reconozca otras normas internacionales relevantes

Que implique, cuando sea necesaria, la cooperación internacional

Realizar un análisis presupuestario y asignar los recursos necesarios

Desarrollar mecanismos de vigilancia y evaluación

Dar a conocer ampliamente a los adultos y a los niños las consecuencias del artículo 30

Proporcionar una información adecuada y promover una mayor concienciación (en relación con el artículo 30 podría incluir la formación de enseñantes, los trabajadores sociales y de la policía)

Puntos específicos para la aplicación del artículo 30 ¿Se han adoptado medidas para identificar a los grupos de niños

pertenecientes a minorías étnicas, religiosas o lingüísticas o que sean de origen indígena?

Page 94: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

94

¿Se han adoptado medidas para que a dichos niños no se les niegue el derecho a disfrutar de su propia cultura en común con los demás miembros de su grupo?

¿Se han adoptado medidas para que a dichos niños no se les niegue el derecho a disfrutar de su propia religión en común con los demás miembros de su grupo?

¿Se han adoptado medidas para que a dichos niños no se les niegue el derecho a disfrutar de su propio idioma en común con los demás miembros de su grupo?

¿Incluyen estas medidas acciones En las escuelas?

En los medios de comunicación?

Cuando por el motivo que sea, se separa al niño de sus padres, su

familia y su comunidad?

En los procedimientos judiciales?

Cuando el niño recibe enseñanza en su lengua materna ¿También se le enseña el idioma mayoritario?

Cuando por el motivo que sea, el niño no habla con fluidez el idioma del grupo minoritario al que pertenece ¿Existen medidas para enseñarle este idioma?

¿Se traducen a todos los idiomas minoritarios los disposiciones de la Convención, los informes iniciales y periódicos y todas las actas del Comité de los Derechos del niño?

¿Se protegen y se hacen cumplir por ley los derechos del niño contra las injerencias en su cultura, su religión y su idioma?

¿Se llevan a cabo, cuando es necesario, campañas patrocinadas por el gobierno para luchar contras los prejuicios respecto a los grupos minoritarios o indígenas?

¿Se ha preguntado a los niños de estos grupos si son apropiadas y suficientes las medidas adoptadas de conformidad con el presente artículo?

Page 95: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

95

Esta lista, de acuerdo con lo dispuesto en el Manual contiene preguntas formuladas de manera que se pueda responder con “SÍ”, “NO”, “PARCIALMENTE” o “NO SABE”. Sin embargo, en consideración a la poca información que se podía aportar con respuestas de este tipo, las entidades presentaron información complementaria en cada respuesta. A continuación se presentan los resultados obtenidos por parte de las diversas autoridades:

El Ministerio de Educación Nacional no dio respuesta a la lista de chequeo del Manual. Sin embargo, informó que se está implementando el lineamiento de la política: “La etno-educación: realidad y esperanza de los pueblos indígenas y afrocolombianos”. En estos lineamientos se aplica la construcción participativa de proyectos etno-educativos en donde se promueve la conservación de las tradiciones, usos y costumbres de estas comunidades. Por otra parte, declaró que quien ejecuta la política son las entidades territoriales y por tanto son estos entes quienes deben dar respuesta a la lista de chequeo.

La Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte manifestó en su respuesta que no cuenta con ningún programa en particular para la comunidad indígena Embera residente en Bogotá y no precisó una respuesta para los interrogantes de la lista de control. Sin embargo, informó sobre la existencia de la Subdirección de Prácticas Culturales desde donde se apoyan las acciones que garanticen el ejercicio pleno de los derechos culturales de los grupos étnicos indígenas en Bogotá. Por otro lado, reportó la existencia de la Mesa de Cultura Indígena.

La Secretaría Distrital de Integración Social dio respuesta positiva a las preguntas de la lista de control en cuanto a medidas generales referentes a identificación y coordinación institucional y con las organizaciones de la sociedad civil. En cuanto a puntos específicos de aplicación del artículo 30 dio respuesta positiva a la adopción de medidas para identificar a los grupos minoritarios y adopción de medidas para que los niños de estos grupos puedan disfrutar de su cultura, lo cual incluye medidas en las escuelas. Adicionalmente, esta Secretaría aportó información sobre la existencia de espacios en los cuales se busca fortalecer cultural y organizativamente a la comunidad Embera, como la Mesa Interinstitucional y la Mesa de Fortalecimiento Cultural. Como resultado de estas mesas se han realizado actividades encaminadas al reconocimiento de la cultura de esta comunidad, a saber: tres encuentros con mujeres, uno de los cuales incluye a los niños y niñas, y la jornada Dachy Unuday” (Fiesta de navidad Embera). Además informó que en el Distrito de Bogotá se viene construyendo un modelo de atención diferencial e intercultural para la primera infancia indígena que reside en la ciudad, con dos servicios:

Atención en el ámbito familiar: la cual contempla una atención inicial a la primera infancia en ámbito familiar y atención diferencial para la población indígena, principalmente en la localidad de Santa Fe con la cual se busca que las familias sean los protectores de la primera infancia y se adecue al contexto cultural.

Page 96: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

96

Atención en jardines infantiles indígenas. Al respecto declaró que se han empezado a realizar las gestiones necesarias para la apertura de un Jardín Infantil Indígena Embera. Este jardín contará con un lineamiento pedagógico propio que permita dar orientación a los docentes para que respeten las particularidades de una comunidad indígena tales como el idioma y los usos y costumbres. Adicionalmente, informó sobre la existencia del Jardín Infantil de la Comunidad Inga “Wawita Kunapa Wasi” en donde se imparte un modelo de etnoeducación bilingüe.

La Secretaría de Educación Distrital remitió información sobre la política de educación en la cual se incluye la interculturalidad, pero tampoco dio respuesta a la lista de control. Informó que se inició la construcción participativa y concertada de la política de educación indígena principalmente con los 5 cabildos de Bogotá y la ONIC, con la que se pretende también definir un plan de acciones afirmativas para esta población. Como aspecto relevante relacionado con el artículo 30 informó que se fortaleció el proceso de atención con enfoque diferencial en los colegios que atienden a población indígena con actividades como la realización de encuentros estudiantiles indígenas y encuentros de pensamiento tradicional con personas mayores de su etnia.

Población Embera Por su parte, en el desarrollo de los grupos focales respecto al goce a los derechos a la cultura, la lengua y la tradición, se pudo observar:

Casi todas las familias Embera residentes en Bogotá practican la religión católica y, por lo tanto, los niños y niñas de estas familias no se ven enfrentados a limitaciones importantes en este sentido, puesto que esta es una religión que también se practica en la ciudad y en condiciones similares a las de los lugares de origen.

Las personas Embera manifestaron que no se han adoptado medidas para facilitar y promover la realización de sus prácticas culturales en la ciudad de Bogotá. Declararon que les gustaría que se facilitaran estos espacios porque tienen importantes aspectos culturales que desarrollar con el fin de preservar sus usos y costumbres.

En cuanto al uso de su propia lengua, se observó que los niños y niñas hablan en su lengua materna en el ámbito familiar o privado sin ningún tipo de limitación. Al respecto, el Distrito de Bogotá está haciendo varios esfuerzos encaminados a la práctica y el reconocimiento de la lengua Embera, por lo que en algunas actividades con la población Embera se habla en su idioma, gracias a la presencia de funcionarios Embera.

Ninguno de los niños que asiste a instituciones educativas recibe enseñanza en su lengua materna, motivo por el cual este aspecto de la identidad cultural se encuentra en grave riesgo por el desplazamiento a la ciudad.

Se observa una aculturación de los niños, niñas y jóvenes por cuanto no se realiza ninguna práctica cultural en Bogotá, por su demostrado y creciente interés en asuntos de la sociedad

Page 97: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

97

mayoritaria con la que se relacionan constantemente y por su desinterés en asuntos relacionados con su cultura y su territorio. Al respecto, una importante proporción de jóvenes ha perdido habilidades para hablar en la lengua materna luego de permanecer por varios años fuera de su territorio.

La falta de dominio del idioma español es una de las principales barreras que enfrentan los niños y niñas para acceder a las instituciones educativas.

Finalmente, es importante mencionar que dentro de las actividades que realizó Vía Plural con la comunidad Embera, relativas al artículo 30 de la Convención, se incluyó un ejercicio de traducción de una lista de derechos humanos a lengua Embera Chamí. Este ejercicio no pudo ser concluido de manera técnica, por lo cual no es posible su publicación. Sin embargo, puede constituir una invitación a las instituciones del Estado a fomentar el uso de la lengua Embera en forma oral y escrita, aprovechando el conocimiento que tienen de ella los miembros de estas comunidades en Bogotá. Esto también contribuiría a la preservación de la lengua para los niños y niñas que llevan un tiempo considerable en la ciudad.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Tomando en consideración que el artículo 30 se relaciona con otros derechos establecidos en la Convención, tales como el derecho a la familia o la educación, es también relevante la información contenida en el aparte sobre acciones del ICBF. A continuación se presenta otra información recogida que puede resultar de utilidad.

En cuanto al goce efectivo del derecho al acceso a la educación, en el módulo que desarrolló Vía Plural, para el caso de los Embera Katío, los grupos familiares reportaron sobre la asistencia de los niños, niñas y adolescentes a instituciones educativas así:

Por otra parte, para la comunidad Embera Chamí los grupos familiares reportaron:

Page 98: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

98

Adicionalmente se conoció que algunos niños y niñas Embera asisten a programas de formación diferentes a los brindados por instituciones educativas, como es el caso de la Asociación para el desarrollo y la participación (ASODA).

De acuerdo con lo anterior, por ser un referente de la comunidad Embera en el barrio la Favorita en donde los niños acceden a actividades educativas y de recreación, se realizaron dos visitas a esta institución. En la primera visita se observó que en las instalaciones donde actualmente funcionan los programas de Asoda, también funciona un Jardín Infantil del ICBF, el cual para la fecha de las visitas se encontraba cerrado por periodo de vacaciones. Asoda cuenta con el apoyo de la Secretaria de Integración Social de la Localidad de Los Mártires y juntos adelantan el Proyecto Estrategia de Atención Integral el cual está dirigido a niños, niñas y adolescentes que residan en la localidad y tengan entre 6 y 17 años de edad. El programa incluye actividades para aprender música, expresión corporal, teatro y lenguaje audiovisual, así como promoción de lectura, deporte y recreación a manera de complemento a la jornada escolar. Estas actividades están acompañadas por un equipo interdisciplinario. En la visita se consultó por la participación que tenía dentro de este programa la comunidad Embera residente del Barrio La Favorita. Al respecto se informó que el Proyecto lleva dos meses de funcionamiento y que a la fecha asistían 23 niños y niñas Embera. Pese a que el Proyecto estaba dirigido a complementar las actividades escolares, tomando en consideración que la mayoría de los niños y niñas Embera no están escolarizados, se trabaja con ellos asi no asistan al colegio. Los niños y niñas asisten en igual proporción a la jornada de la mañana y de la tarde. Sin embargo, la funcionaria manifestó que la participación de los niños Embera en el programa es muy baja. Para ingresar a este programa se requiere contar con documentación básica como: registro civil, carné del Sisben y declaración de desplazamiento en los casos que sea pertinente. Se reportó que los niños y niñas que no tienen competencias en el idioma español han logrado comprender y hacerse entender puesto que se trata de actividades lúdicas. Se intentó una iniciativa dentro del proyecto de contar con un facilitador indígena Embera, pero la propuesta fracasó porque surgieron diferencias entre las dos etnias que habitan en la localidad. En la segunda visita realizada aproximadamente 15 días después de la primera, se informó que la participación de los niños y niñas Embera disminuyó notablemente con el paso de los días y que actualmente sólo asistían aproximadamente 10 niños y niñas. Se comentó que la asistencia es bastante irregular. Se declaró que ha sido muy difícil el compromiso de los padres Embera para participar en otros espacios del programa, debido a la alta movilidad que manejan las familias.

Page 99: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

99

En la observación de los niños y niñas en las diferentes actividades, se aprecia que a partir de los 10 años de edad, asumen comportamientos más cercanos a los de un adulto, en el caso de las niñas deben asumir la figura de ciudadoras de sus hermanos menores, similares a los de una madre. Por otro lado, las niñas manejan con más claramente independencia a edades muy tempranas y son reacias a acatar instrucciones, esto puede obedecer a que en el contexto urbano las mujeres desde tempranas edades son quienes se desenvuelven en la ciudad para la consecución de recursos, mientras que los niños permanecen en mayor medida en los lugares de residencia74.

CONCLUSIÓN Es especialmente preocupante el caso de los niños, niñas y adolescentes Embera, quienes sufren con mayor impacto el desplazamiento y la estadía en la ciudad. Se logró constatar que los derechos consagrados en la Convención sobre los Derechos del Niño, en especial los enunciados en el artículo 30 no están siendo garantizados por los padres, ni la sociedad y mucho menos el Estado. El goce efectivo del derecho a la cultura y la tradición han sido quebrantados abruptamente por el desplazamiento sin que se tomen acciones encaminadas a su garantía real. Al respecto, es preciso formular actividades de etno-educación para los niños, niñas y adolescentes Embera residentes en Bogotá, así como fomentar espacios en donde se puedan realizar y difundir las prácticas culturales propias de manera constante, tal y como los tienen otras etnias residentes en Bogotá. También resulta importante la formación educativa para los adultos, que les permita concebirse como sujetos de derechos que pueden ser exigibles ante el Estado.

74

Apreciaciones aportadas en el documento de “Análisis de dibujo” realizado por Carlos Andrés Mora Psicólogo

Investigador.

Page 100: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

100

Acciones de protección del ICBF durante el desarrollo del Observatorio

En este apartado se describirán las acciones que llevó a cabo el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) respecto a los niños, niñas y adolescentes Embera residentes en la ciudad de Bogotá, sobre las cuales Vía Plural tuvo conocimiento. Tomando en consideración el marco normativo que regula las actividades del ICBF se propone clasificar las acciones dentro de dos categorías:

1) Prevención y Protección: acciones que adelantó el ICBF de acuerdo con su misión de auxilio y cuidado para el goce efectivo de los derechos de los niños, niñas y adolescentes; 2) Procesos de Restablecimiento de Derechos: actuación del ICBF en la adopción de medidas de restablecimiento de derechos de los niños, niñas y adolescentes, cuando se ha verificado una vulneración a sus derechos que requiere una intervención con el fin de restaurar su dignidad e integridad como sujetos75.

MARCO NORMATIVO Mediante la Ley 1098 de 2006, “por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia” el Estado colombiano actualizó su legislación en la materia, derogando el anterior Código del Menor vigente desde 198976. Este cambio normativo ha sido de gran importancia dado que significó una modernización de la legislación colombiana y la puso al día con la Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por la Ley 12 de 1991 y la Constitución Política de 1991. Dentro de este nuevo marco normativo, el ICBF es la autoridad rectora del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y tiene a su cargo “la articulación de las entidades responsables de la garantía de los derechos, la prevención de su vulneración, la protección y el restablecimiento de los mismos, en los ámbitos nacional, departamental, distrital, municipal y resguardos o territorios indígenas.”77

Autores: Diana Bravo Rubio y Daniel Alzate Mora. 75 Artículo 50, Ley 1098 de 2005. 76

Unicef: Ley para la infancia y la adolescencia. En línea http://www.unicef.org.co/Ley/ 77 Artículo 205 ley 1098 de 2005.

Page 101: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

101

ACCIONES DE PROTECCIÓN Y PREVENCIÓN En primer lugar y como actividad general es preciso mencionar que el ICBF tiene previsto un programa denominado Unidades Móviles a través del cual se adelantan acciones de protección y prevención integral de los derechos de los niños, niñas y adolescentes y sus familias. Es así como la Regional Bogotá del ICBF cuenta con un equipo técnico compuesto por un antropólogo, un trabajador social, un nutricionista y un psicólogo. Este equipo tiene como fin aportar una perspectiva interdisciplinaria a la atención de la población vulnerable y a su vez aportar conocimiento técnico y especializado a partir de su propia profesión. (Sánchez y Londoño, 2007). A continuación se presentan las distintas acciones que el ICBF adelantó en materia de prevención y protección con la población Embera ubicada en Bogotá.

La semana de los derechos humanos y el buen trato.

Mesa Interinstitucional Embera.

Fiesta Embera.

Visita de niños y niñas Embera al Museo del Oro.

PROCESOS DE RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS Marco normativo y lineamientos técnicos de atención diferenciada del ICBF.

La Ley de infancia y adolescencia le asigna al ICBF la obligación de restablecer los derechos de los niños y niñas que se encuentren en situación de riesgo o vulnerabilidad. En este sentido, el artículo 51 de la Ley dispone que: “el restablecimiento de los derechos de los niños, las niñas, o de los adolescentes es responsabilidad del Estado en su conjunto” a través de diversas autoridades que intervienen en este tipo de procesos. Adicionalmente, la norma dispone que en las medidas que la autoridad competente tome para restablecimiento de los derechos vulnerados, deberá asegurarse de que el Sistema nacional de Bienestar Familiar garantice su vinculación a los servicios sociales. Ahora bien, para la orientación de este tipo de procesos el ICBF cuenta con un “Marco general de orientaciones de política pública y lineamientos técnicos de atención diferenciada en materia de familia, infancia y adolescencia” (Sánchez y Londoño, 2007), el cual se reseña brevemente a continuación. En primer lugar, en dicho documento se resalta que la actuación de los Centro Zonales debe estar dirigida a la garantía y el restablecimiento de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes pertenecientes a grupos étnicos. En este sentido, el Defensor de Familia contará con el equipo técnico que de forma interdisciplinaria le permitirá tomar las determinaciones pertinentes en aras a la

Page 102: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

102

protección de los derechos involucrados. Este equipo también deberá concertar con las autoridades los procesos de intervención, seguimiento y evaluación de las decisiones que tome el Defensor o la autoridad indígena, tomando como base el principio de co-responsabilidad que logre articularse de forma coherente con el respecto a la ley y la Constitución. Los lineamientos plantean un ejercicio de interculturalidad entre las autoridades indígenas y los Defensores de Familia. Se reitera en varios momentos que el Defensor de Familia debe ponerse en contacto con las autoridades indígenas cuando el niño, la niña o el adolescente se encuentre dentro de la jurisdicción ordinaria. A partir de ese momento se debe analizar el caso junto con las autoridades indígenas y plantear la posibilidad de entregar el caso a estas autoridades, adelantar un proceso de acompañamiento con la comunidad o adelantar el proceso en la jurisdicción ordinaria respetando los derechos fundamentales de las comunidades indígenas. A continuación, se presentan algunos estudios de caso de procesos restablecimiento de derechos de niños y niñas Embera que Vía Plural conoció durante el desarrollo del Observatorio y en la interacción con la comunidad indígena Embera desplazada en Bogotá. Al respecto, los indígenas comentaron de forma recurrente casos en los cuales el ICBF, por medio de las Defensorías de Familia de Bogotá, adelantó procesos de restablecimiento de derechos de niños y niñas Embera, los cuales implicaron la separación de sus padres y su internación en centros de atención. Vale la pena destacar que este tipo de procesos constituye una de las situaciones más comunes y constantes a las cuales se enfrenta la población Embera en su vida en la ciudad. Durante el trabajo de campo fueron relatados al menos 15 casos. Esta interacción con las instituciones ha generado un alto impacto en las familias, siendo una de las mayores preocupaciones por las que atraviesan durante su asentamiento en Bogotá. Estos eventos son producto de las dificultades económicas y otros factores que hacen que estas personas permanezcan durante varias horas al día en las calles. De acuerdo con lo anterior, Vía Plural, describe en un reporte objetivo los casos que se conocieron en detalle, con el propósito de que sean analizados a profundidad. Para salvaguardar los derechos de los niños y niñas se omite el nombre e identificación de todas las personas involucradas en ellos. Caso No. 1 Se trata de un niño de 22 de meses de edad, perteneciente a la etnia Embera Katío. Sus padres también son indígenas, desplazados en Bogotá, provenientes del municipio de Pueblo Rico, Risaralda, de acuerdo con la declaración rendida ante la Personería de Bogotá, desde julio de 2008. La familia no domina el idioma español pese a que el padre logra entender gran parte de las conversaciones y responder frente a ellas. La madre tiene muy poco conocimiento del castellano y es analfabeta. La situación socioeconómica de la familia es precaria. La madre se encuentra en estado de embarazo. La familia tiene otros 4 niños y niñas. El niño cuenta con registro civil de Pueblo Rico (Risaralda), en el cual consta su nombre completo y los nombres de sus dos padres con documentos de identificación. El niño sólo conoce el idioma Embera Katio.

Page 103: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

103

El proceso se inició con la intervención de la Policía Metropolitana de Bogotá, quien retiró al niño el día 25 de noviembre de 2009 cuando estaba con su madre en el centro de Bogotá. De acuerdo con la versión proporcionada por la madre, ella se encontraba con su hijo caminando por una calle de la ciudad cuando un miembro de la Policía Metropolitana se lo arrebató sin proporcionar ninguna información sobre la situación. El proceso iniciado por una Comisaría de Familia da cuenta de que el niño se encontraba en situación de vulneración, puesto que realizaba mendicidad al momento en que fue encontrado, según la información proporcionada por el agente que entregó al niño. Posteriormente, el proceso fue remitido a una Defensoría de Familia para que se adelante el proceso de restitución legal y el niño fue puesto a disposición del Centro Único de Recepción de Niños y Niñas (CURN). Mientras el niño permaneció en el CURN, los padres se presentaron ante esta institución en varias ocasiones para conocer sobre el proceso legal que se adelantaba y las actividades que debían realizar para recuperar a su hijo. Los y las profesionales del CURN atendieron en algunas ocasiones a la familia del niño e intentaron proporcionar información, la cual en varias oportunidades no fue adecuadamente comprendida por la familia. En este sentido, resulta ilustrativo documentar una situación especial que se presentó en el desarrollo del caso. En una de las entrevistas realizadas por la trabajadora social de la institución a la madre del niño, se preguntó sobre la posibilidad y deseo de retorno de la familia a Pueblo Rico. Ante este cuestionamiento, la madre intentando recuperar al niño, manifestó que viajaría a Risaralda muy pronto y que no se podía ir sin el niño. Posterior a esta entrevista, la madre manifestó a la familia que la profesional le solicitó como requisito para la entrega del niño la presentación del pasaje a Risaralda. Así, la madre realizando grandes esfuerzos económicos compró el pasaje y lo presentó al CURN para poder recuperar al niño al núcleo familiar. Los profesionales del CURN ante la presentación por parte de la madre del pasaje para Risaralda, manifestaron que quien debe ordenar el reintegro del niño a su núcleo familiar es la Defensoría de Familia y que el pasaje no tenía ninguna relevancia. Durante el proceso de investigación, el equipo interdisciplinario de profesionales conceptuó sobre la conveniencia de que el niño permaneciera en su medio familiar, ya que su contexto socio-cultural indígena el cual podría verse afectado de manera negativa de continuar bajo la protección de una institución del Estado. En todo caso, el día 30 de noviembre de 2009 la Defensoría de Familia dio apertura al proceso de investigación, se ordenaron pruebas y se dispuso la medida provisional de ubicación en un centro de atención especializada para el restablecimiento de derechos. El auto de apertura de investigación fue leído por un funcionario de la Defensoría de Familia a los padres del niño, como medio de notificación personal. Dentro del proceso de investigación el día 30 de noviembre de 2009 se tomó declaración al padre del niño quien manifestó que la madre y el niño estaban en la calle vendiendo manillas cuando los encontró la Policía Metropolitana. También declaró que estaba a la espera de la ayuda de Acción Social y que la atención médica del niño está garantizada porque la familia tiene carta de desplazamiento.

Page 104: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

104

Durante el tiempo que el niño permaneció en el CURN los padres pudieron visitarlo en dos ocasiones, observando la citación y horario establecido para tal fin por la institución. El día 3 de diciembre de 2009 se citó a la familia al CURN y se realizó una visita al domicilio familiar. Finalmente, el día 9 de diciembre de 2009 se citó a la familia a la Defensoría de Familia, en donde se le notificó del fallo mediante el cual se ordenó la ubicación del niño de manera inmediata en el medio familiar y el seguimiento del caso por parte del CURN por un término de 6 meses. Sin embargo, en ese momento no se entregó el niño a sus padres porque se encontraba en ese momento en el Hospital Santa Clara. Caso No. 2 El caso se refiere a un niño indígena Embera Katío de 10 meses de edad. Sus padres son una pareja muy joven, perteneciente a la misma etnia, desplazados en Bogotá y provenientes de Iracal (Choco). Para el momento en que se presentó el caso, llevaban un mes en Bogotá. El niño fue llevado por sus padres al Hospital La Misericordia porque se encontraba enfermo. Una vez en el Hospital y pese a su plena recuperación, la trabajadora social informó a los padres que no podían llevarse al niño ya que el caso sería remitido al ICBF porque el niño no contaba con registro civil. De acuerdo con la información proporcionada por los padres, el niño nació en la casa en Iracal (Choco) y ellos no sabían a qué lugar debían ir acá en Bogotá para sacar ese documento. El padre es menor de edad e indocumentado. La madre sí posee cédula de ciudadanía. Durante el tiempo que el niño estuvo internado en el Hospital era necesario que estuviera todo el tiempo acompañado por su madre porque aún está en etapa de lactancia, quien durante estos días debió pasar hambre porque no tenía dinero para comprar alimentos en el hospital. Frente a esta situación el hospital no tomó ninguna medida. Finalmente, el hospital no remitió el caso al ICBF, pero no permitió la salida del niño hasta tanto sus padres no aportaran la carta de desplazados. El hospital informó a los padres un día viernes que este documento permitiría que la institución recobre los servicios prestados al niño y declaró que si no lo aportaban deberían pagar la atención. La solicitud de este documento implicó que el niño permaneciera en el hospital un fin de semana adicional. El día hábil siguiente, la madre del niño fue a la Personería Distrital y rindió la declaración de desplazamiento, obteniendo el documento que el hospital requería. Al presentarlo al hospital, se autorizó la salida del niño y fue entregado a sus padres. Finalmente, destacamos que no se prestó ningún apoyo para lograr el registro civil y se permitió la salida del niño sin este documento. Caso No. 3

Page 105: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

105

El caso se refiere a una niña Embera Chamí de 7 años de edad, quien vivía con sus padres indígenas Embera Chamí desplazados en Bogotá provenientes de Pueblo Rico (Risaralda). El padre domina el idioma español, mientras que la madre tiene muy poco conocimiento del castellano y es analfabeta. El día 2 de junio de 2009 la niña acompañó a un familiar a la Unidad de Atención y Orientación para la Población Desplazada (UAO) de Puente Aranda. El adulto entró a realizar las diligencias pertinentes y dejó a la niña afuera de la oficina para que la esperara. Después de una larga espera, la niña resolvió devolverse sola para su casa, pues conocía el camino. Alrededor de las 10:20 a.m. un auxiliar de la Policía de Infancia y Adolescencia que patrullaba por la Avenida Caracas con Calle Diecinueve encontró a la niña sin el acompañamiento de un adulto y procedió a retenerla y llevarla a un Centro Zonal del ICBF. No se reporta información sobre otro tipo de medidas por parte de las autoridades antes de entregar la niña al ICBF para el restablecimiento de derechos, ni tampoco información a la familia sobre el paradero de la niña. Posteriormente, el 29 de septiembre de 2009 la Defensoría de Familia, en la misma audiencia, resolvió la práctica de pruebas (Artículo 99, ley 1098 de 2006) y dictó fallo de restablecimiento de derechos de la niña (Artículo 101, ley 1098 de 2006). En cuanto a las pruebas, se rindió concepto por parte de la trabajadora social que relata los antecedentes del caso, explica la dinámica familiar en donde se menciona que el sistema familiar nuclear procede de Risaralda y lleva 8 meses asentados en Bogotá. La jefatura masculina del hogar reporta ser padre de cinco hijos, dos de ellos conviven con los abuelos maternos en Risaralda, uno falleció en el Hospital Santa Clara en Bogotá y un niño de un año de edad que convive con la familia. Se presenta certificado de la UAO que acreditó la condición de desplazamiento del núcleo familiar. En relación con las condiciones habitacionales, la trabajadora social reporta que estas no fueron posibles de verificar, dado que el padre no reportó el lugar exacto de su lugar de residencia con el fin de adelantar la visita. Respecto a las condiciones económicas se reportó la declaración del padre, que manifestó trabajar lavando motos en la Avenioda Primero de mayo y que la madre no trabaja. Así mismo se reportó que su hermano tiene un puesto de vendedor ambulante de minutos a celular. Finalmente, la trabajadora social rindió su evaluación sobre el caso señalando la falta de verificación de las condiciones socio familiares ante la ausencia de un lugar fijo de habitación de la familia y ante los escasos recursos económicos de la familia, los cuales no son suficientes para la satisfacción de las necesidades básicas. Asimismo anotó que mientras la niña se encontraba bajo medida de protección en una institución del ICBF su madre no se hizo presente en ningún momento. Relata la trabajadora social que la justificación que da el padre es que la señora no habla español y no se hace entender. En consecuencia, la trabajadora social considera que la niña debe continuar bajo medida de protección institucional ante la presencia de factores de riesgo que afectan su integridad física, moral, social, cultural y psicológica. Posteriormente el psicólogo rindió su concepto relatando los antecedentes del caso, agregando que en la entrevista inicial se identificó una niña alerta, con dificultad para evaluar el pensamiento y orientación porque se encontraba llorando mucho al momento de la entrevista, pero prestó un poco de colaboración. Presentación personal medianamente adecuada, emocionalmente irritable. Se

Page 106: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

106

mostró resistente a las entrevistas y la valoración psicosocial. Por otra parte, indicó que la presencia del padre en el Centro Zonal no ha sido permanente y ha demostrado una actitud resistente y poco colaboradora. La madre no habla español, lo cual ha imposibilitado dialogar con ella y, además, no puede desplazarse sola por la ciudad, lo cual es grave si se toma en consideración que el Centro Zonal queda bastante lejos del lugar de residencia de la familia. Sobre la situación al momento de la audiencia el psicólogo refiere un comunicado elaborado por la Institución Santísima Trinidad, con fecha del 21 de septiembre, en donde indicó que la niña no posee alteraciones a nivel de conciencia y tiene atención normal bajo supervisión, memoria adecuada para su edad y es emocionalmente sensible por sus dificultades con el lenguaje. A nivel cognitivo no hay compromisos importantes, solo un leve retraso por falta de entrenamiento académico, su comportamiento es adecuado, sigue normas y límites. Respecto a los progenitores, el psicólogo señaló que no existe comprensión por parte de ellos del procedimiento a pesar de que se les ha explicado en varias oportunidades, por lo tanto no ha existido una presencia adecuada de ellos dentro del proceso. Según el profesional no existe recepción por parte del padre de las recomendaciones que se le realizaron. Por último, indicó que no se pudo conocer el ámbito habitacional del grupo familiar, ni se tiene información suficiente sobre si el sistema familiar fuese su posible protector. En consecuencia, el profesional conceptuó que la niña debe ser declarada en situación de vulnerabilidad ante la imposibilidad de avanzar con la investigación como consecuencia del escaso contacto con los padres y su falta de interés por del proceso. La Defensoría de Familia corrió traslado a los padres de los conceptos rendidos por los profesionales y de acuerdo con lo dispuesto en el acta, se consignó que los padres se encuentran de acuerdo con los conceptos emitidos. Dentro del acta no se especifica si la madre de la niña recibió una traducción adecuada de los conceptos rendidos y si los padres lograron una comprensión correcta de los términos técnicos en que fueron rendidos. Posteriormente, la Defensoría de Familia procedió a dictar la Resolución de septiembre de 2009 por medio de la cual se resuelve la situación jurídica de la niña. En esta resolución la Defensoría de Familia reseñó los hechos del caso y elaboró un examen de las pruebas obtenidas. Al respecto cabe resaltar que ante la ausencia de los padres el despacho de la Defensoría, se intentó contactar al gobernador indígena de la comunidad Embera en el departamento de Risaralda sin ningún resultado. En consecuencia, la Defensoría resolvió declarar que la niña se encuentra en situación de vulneración de derechos, dado que los padres han incurrido en conductas negligentes al permitir que la niña deambulara en la vía pública sin el acompañamiento de un adulto responsable, por no tener a la niña en una institución educativa, ni contar con atención médica, a pesar de estar vinculada al servicio de salud de Risaralda. Como medida de restablecimiento de los derechos de la niña la Defensoría procedió a dar una amonestación a los padres para que comprendan el alcance, prelación e importancia de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Además ordenó que los padres deben asistir a un curso pedagógico en la Defensoría del Pueblo, so pena de incurrir en multas y sanciones más graves. Como medida de protección la Defensoría de Familia ratificó la medida de ubicación institucional de la niña y ordenó la

Page 107: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

107

remisión del expediente al Centro Zonal correspondiente por la asignación de la institución. En este documento no se definió por parte de la Defensoría el régimen de visitas para los padres y verificar la ubicación de la institución con el lugar cercano al habitacional de la familia. Finalmente la providencia fue notificada y se informó sobre los recursos procedentes. Con posterioridad a esta actuación por parte de las instituciones el padre no reporta ninguna actuación positiva para poder acercarse a su hija. No ha podido ver a su hija desde que fue entregada a un centro de cuidado, dado que en la institución le informaron que no tiene régimen de visitas autorizado. Luego de varias visitas a la Defensoría de Familia, el Instituto donde se encuentra la niña citó en sus instalaciones a los progenitores, con el fin de que los padres realicen la primera visita a la niña desde que está a cargo de las instituciones estatales. Caso No. 4 El caso se refiere a un niño indígena Embera Chamí de aproximadamente 2 años de edad, quien vivía únicamente con su madre en la ciudad de Bogotá. La madre del niño es una mujer joven, indígena desplazada, que no cuenta con otros familiares o apoyo en la ciudad. Llegaron a Bogotá aproximadamente en los primeros días del mes de noviembre de 2009. La madre no habla ni comprende el idioma español. A mediados del mes de noviembre de 2009 la madre narra (por medio de una persona que hace la traducción) que la Policía se llevó a su hijo porque ella estaba con él en la calle en el barrio Chapinero. Los hombres que se lo llevaron no le informaron qué estaba pasando y ella no entendió nada para saber cuáles son los trámites que debía adelantar. El niño cuenta con registro civil expedido en Pueblo Rico (Risaralda) en donde consta la identificación del padre y de la madre. También tiene certificado de vacunación. La madre presentó una seria desorientación de la ubicación de su hijo, realizó varios trámites por diferentes instituciones del Estado intentando averiguar por el paradero del niño durante 3 semanas. Finalmente, logró establecer que estaba ubicado en medio institucionalen qué institución estaba ubicado y cual era el Centro Zonal que adelanta el proceso del niño. La madre no ha podido hacerse presente en el proceso de restablecimiento de derechos del niño de manera adecuada, puesto que no entiende ni logra hacerse entender en español. Caso No. 5 Este es el caso de un niño y dos niñas indígenas Embera Katio, que vivían con sus padres indígenas desplazados en la ciudad de Bogotá provenientes de Pueblo Rico (Risaralda). Los padres no dominan el idioma español, el padre logra entender y se hace comprender, con dificultad.

Page 108: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

108

Según lo relatado por sus padres, la madre se encontraba con sus hijos en la plazoleta del sector conocido como Banderas. Allí se sentaron a descansar y a tomar una gaseosa con pan cuando llegó la Policía y se llevó a los 3 niños. El caso fue remitido a un Centro Zonal y los niños quedaron institucionalizados en un Centro de Emergencia. El día 14 de diciembre de 2009 la Defensoría de Familia notificó personalmente al padre de la apertura de la investigación para el restablecimiento de derechos de los niños mediante la lectura del documento y sugirió a los padres la presentación de algunos documentos. El día 18 de diciembre de 2009 los padres entregaron al Centro Zonal algunos de los documentos solicitados como registros civiles para que obraran como pruebas dentro de la investigación. Los padres señalaron que no pudieron anexar más documentos dado que en días pasados en un intento de robarles el celular perdieron todos los papeles que cargaban en una carpeta. El día 13 de enero de 2010 fueron citados nuevamente al centro zonal. De acuerdo con la información aportada por el padre, para el caso de una de las niñas, ésta es la sexta vez que ha estado bajo medida de protección del ICBF. Para el caso del niño se trata de su segunda vez y para la otra niña es la primera vez.

CONCLUSIONES

La vida en la calle a la cual se ven abocadas las familias Embera expone a diario a los niños y niñas a constantes riesgos, frente a lo cual el Estado, en su intento de protegerlos, interviene haciendo el uso de la normatividad vigente, que le permite separar a los niños y niñas de sus familias. Estos procesos de restablecimiento de derechos deben ser reforzados en varios aspectos, por un lado, para que se adelanten garantizando materialmente el debido proceso con los componentes diferenciales que esto requiere cuando de familias indígenas que no hablan el idioma español; por otro, para que la intervención del Estado no sea un circulo vicioso y aporte realmente algún cambio para la vida de estos niños y niñas en la ciudad, mediante la inclusión efectiva en los diferentes programas sociales y el acompañamiento a las familias en estos procesos. Por último debe estudiarse en profundidad la conveniencia y pertinencia de las medidas que se toman dentro de estos procesos de restablecimiento de derechos, puesto que al referirnos a una comunidad indígena, la separación de los niños y niñas de su ambiente familiar puede tener consecuencias irreparables respecto a su derecho a la propia cultura e idioma, aboradados anteriormente.

Page 109: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

109

Bibliografía ACNUR. (2006). Colombia, Desplazamiento Indígena Y Política Pública: Paradoja Del Reconocimiento. Documento en línea. http://www.acnur.org/biblioteca/pdf/4553.pdf ACNUR.(2009). “Balance de la política publica para la atención integral al desplazamiento forzado, 2004-2006”. Appadurai, A. (1996). The production of locality. In Fardon, R. (Ed.). Counterworks: Managing the diversity of Knowledge (pp 204-225). London: Rouledge. Ardila. G. (2005). Introducción. En Colombia: migración, transnacionalismo y desplazamiento. Universidad Nacional de Colombia. Burgois. F. ( 2009). Treinta Años de Retrospectiva Etnográfica Sobre la Violencia en las Américas. Bustamante, F. (2000). Introducción al tercer panel. En: Éxodo, Patrimonio e Identidad. Bogota: Ministerio de Cultura, Cátedra Ernesto Restrepo Tirado. Cabrera, F; Gómez, D. (2009). Inventarios de Patrimonio Cultural: Entre la Teoría y la Práctica. Bogotá. Produmedios. Carens, J, H. (1992). Migrations and Morality: a liberal egalitarian perspective. In BARRY, B; GORDON, R,E. Free Movement. The Pennsilvania State University. University park. Carmona, S, I. (1993). “Los Embera, gente de río, de selva y de montaña”. En: Encrucijada de Colombia Amerindia. Instituto Colombiano de Antropología y Colcultura. Bogotá. CEPAL. (1988). El Método de las necesidad Básicas Insatisfechas (NBI) y sus Aplicaciones en América Latina. Cepal. CODHES. (2009). El proceso del auto 251 del 2008. Boletín sobre niñez y desplazamiento. No. 2, año 2009. Comisión de Seguimiento a la Política Pública sobre el Desplazamiento Forzado (2008) “I Informe a la Corte Constitucional enero de 2008”, Bogotá. Correa, R, F. (2009). Trabajo Infantil Indígena en Colombia. Una síntesis de las miradas sobre el problema desde las comunidades indígenas, los académicos y las instituciones. Organización Internacional del Trabajo – Oficina Subregional para los Países Andinos. Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil. Bogotá, mayo 2009. DNP. (2007). Colombia: una nación multicultural, su diversidad étnica. Bogotá: Dirección de Censos y Demografía.

Page 110: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

110

Eriksen, T. (2001a). Small Places, Large Issues; an Introduction to Social and Cultural Anthropology. London: Pluto Press. Eriksen, T. (2001b). Etnich Identity, National Identity and intergroup conflict: The Significance of personal experiences. In Ashmore; Jussim; Wilder; (Ed.) Social identity, intergroups , conflict, and conflict reduction (pp 42-70). Oxford University Press: Oxford. Etzioni. A. (2007). La Dimensión Moral. Hacia una nueva economía. Palabra, Madrid. Fals-Borda, O & Vautier, E (1958). La vivienda tropical húmeda. Sus aspecto sociales y físicos como se observan en el Chocó. Bogotá. Feres, J, C; Mancero, X. (2004). El método de las necesidades básicas insatisfechas (NBI) y sus aplicaciones en América Latina. Santiago de Chile, CEPAL. Flórez. L, C. (1999). El poblamiento del Alto Andágueda. Quibdó: La Aurora de la Diócesis de Quibdó. Friedeman, N, S. de & Arocha, J. (1985). Herederos del jaguar y la anaconda. Bogotá: Carlos Valencia Editores Guevara, C, R, D. (2002). Los Nuevos Colonizadores Urbanos. En: Reflexión Política Año. 5. Nº 10 de Diciembre de 2003. UNAB. Calí. Hernández, A. F. (1998). Indíces Antropométricos en Monitoreso Auxológico y vigilancia Nutricional. En: Maguare. 13: 197-226. Universidad Nacional de Colombia. Bogotá. Hernández, C. (Editor). (2001). Emberas, territorio y biodiversidad. Estrategias de control en escenarios de conflicto. Bogotá: Arfo Editores. Hoyos, J, J. (2005). El oro y la sangre. Nuevo Hombre Editores. Medellín. Colombia ICBF. (2007). Marco General Orientaciones De Política Pública Y Lineamientos Técnicos De Atención Diferenciada ICBF En Materia De Familia Infancia Y Adolescencia De Grupos Étnicos. Bogotá ____. (2009). Observatorio de la Situación de Derechos de los Niños, Niñas y Familias Embera en Córdoba, Risaralda y Bogotá. Documento de presentación del proyecto. Bogotá Izquierdo, G. (2008). El barrio favorito de los bogotanos. En: El Espectador Bogotá 22 Febrero 2008. http://www.elespectador.com/impreso/cadernilloa/bogota/articuloimpreso-el-barrio -favorito -de-los-bogotanos. Documento consultado el primero de diciembre de 2009. Larrue, C. (2000). Analyser les politiques publiques d’environnement, L’Harmattan,. En Kauffer, M. Las políticas públicas: algunos apuntes generales. Ecofronteras, agosto 2002. El Colegio de la Frontera Sur. Consulta en línea: http://cgpp.app.jalisco.gob.mx/images/ ppapuntes.pdf

Page 111: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

111

Leal, Quevedo. et al (1991). Usuario Pediátrico. Sexta edición, Hospital Universitario Lorencita Villegas, Editorial Celsus. Bogotá Mataix, V. J. (2002). Nutrición Y Alimentación Humana, Situaciones fisiológicas y patológicas. Oceano / Ergon. Bogotá. Naranjo, G, H. (2000). Reinvención de la identidad. Implicaciones del Desplazamiento Forzado en las Culturas Locales Y Nacional. En: Éxodo, Patrimonio e Identidad. Bogotá. Ministerio de Cultura, Cátedra Ernesto Restrepo Tirado. Narayan, D.; Chambers, R.; Kaul Shah, M. y Petesch, P. (1999). Voices of the poor: crying out for change. Oxford University Press (for the World Bank). New York. Observatorio del Programa Presidencial de DD. HH y DIH. (2009). Situación de derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. Presidencia de la república. Documento consultado en línea. http://www.derechoshumanos.gov.co/observatorio_de_DDHH /observatorio_ ddh.asp. 20 de diciembre de 2009. OIA. (1999). Los Alimentos Básicos De Las Comunidades Embera Del Occidente Antioqueño, Producción – Cultura – Bienestar. Serie De Seguridad Alimentaria 1, Agencia Suiza para el Desarrollo. Medellín. ONIC – Organizaciónes Indígenas del Pacífico Biogeográfico. (2002). Territorios indígenas, identidad cultural y resistencia. Ediciones Turdakke, Afro Editores, Bogotá. ONU (2009): Informe Del Secretario General Sobre Los Niños Y El Conflicto Armado En Colombia. Distr. General agosto de 2009. Pardo, M. (1983). “Indígenas del Chocó”. En: Introducción a la Colombia Amerindia. Instituto Colombiano de Antropología. Bogotá: Editorial Presencia. Peña, C. (2009). Sobredosis en La Favorita. En: http://www.carlosvicentederoux.org/?apc=I---;;-;;&x=4125&s=d Pradilla, A. G. (1994). Estado Nutricional Consecuencia e indicador de Desarrollo. En: Vigilancia Nutricional y Seguridad Alimentaria- Nutrición- Salud – Dieta. Universidad del Valle. Calí. Ramirez –Goicoechea, E. (2005). Inmigrants Contesting Ethnic Exclusión: Structures and Practices Of Identity. International Journal of urban and regional Research. 29(3). 654-69 Ramírez, W. (2000). Colonización armada, poder local y territorialización privada. En: Éxodo, Patrimonio e Identidad. Bogota: Ministerio de Cultura, Cátedra Ernesto Restrepo Tirado. Renshaw, J. Wray. N. (2004). Indicadores de Bienestar y Pobreza Indígena. CEPAL.

Page 112: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

112

Rojas, M. et al.(1999). Nutrición Clínica y Gastroenterología Pediátrica. Médica Panamericana. Bogotá. Said. E. (1998) . Representing the Colonized: Anthropology's Interlocutor. The University of Chicago Press. J-Store. Documento consultado en línea el 10 de Enero de 2009. Sánchez, B, Esther. (2003) Los pueblos indígenas en Colombia: Derechos, Políticas y Desafíos. UNICEF, Ofician de área para Colombia y Venezuela. Bogotá, 2003 Shafir, G. (1995). Inmigrants and Nationalism. Ethnic Conflict and Accomodation in Catalonia, the Basque Country, Latvia and Estonia. Albany. State University of New York. Sotomayor. T. Et al. (1998). La nutrición de los Nukak, una Sociedad Amazónica en proceso de Contacto. En: Maguare. 13: 117-142. Universidad Nacional de Colombia, Bogotá. Sibley, D (1995). Geographies of Exclusión: Society and Diferencien the West. London. Routledge. Stavenhagen. (2004). Informe del Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los indígenas. Ulloa, A. (1992). “Los Embera”. En: Chaves, Álvaro (Coordinador), Geografía Humana de Colombia. Región del Pacífico. Tomo IX. Bogotá: Instituto Colombiano de Cultura Hispánica. Ulloa, A. (2004). La construcción del nativo ecológico. Complejidades, paradojas y dilemas de la relación entre los movimientos indígenas y el ambientalismo en Colombia Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH)-Colciencias. Bogotá. Vargas, P. (1983). “Trasformación histórica de los indígenas chocó”. En: Boletín de Antropología. Universidad de Antioquia. No 17, 18 y 19. Vol V. Tomo II. Medellín. Vargas, P. (1984). Conquista tardía de un territorio aurífero: la reacción de los Embera de la cuenca del río Atrato a la conquista española. Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales. Universidad de los Andes. Bogotá. Vargas, P. (1993). Los Embera y los cuna: impacto y reacción ante la ocupación española. Siglos XVI y XVII. CEREC-ICAN. Bogotá. Vasco, L, G. (1975). Los Chamí, la situación indígena en Colombia. Bogotá: Margen Izquierdo. Vasco, L, G. (1985). Jaibanás. Los verdaderos hombres. Biblioteca Banco Popular. Bogotá. Villa, W. Houghton, Juan. (2005). Violencia política contra los pueblos indígenas en Colombia 1970 – 2004. CECOIN. Bogotá. UNICEF (2002) Manual De Aplicación De La Convención Sobre Los Derechos Del Niño (edición enteramente revisada) junio de 2002. UNICEF. Innocenti (2003). Asegurar los derechos de los niños indígenas. Centro de investigaciones innocenti –Digest:

Page 113: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

113

UNICAUCA, UNICEF. (2002). Enseñanza y revitalización de la lengua Nasa Yuwe. Noviembre de 2002. UTEC. (2009). Parámetros y Áreas Críticas de la Política Pública de Atención al Desplazamiento en Colombia. Bogotá, Tambianh. S. (1989). Ethnic conflict in the World today. American Ethnologist. 16 -2. 335-349. Taussig. M. (1987). Shamanism, Colonialism and the Wild Man. A study of Terror and Healing. Chicago University Press. Chicago. Zambrano, M; Gneco C. (2000). Memoria Hegemónica, Memorias Disidentes. Bogotá. ICANH. Normas Ley 387 de 1997 Decreto 290 de 1999 Decreto 2569 de 2000 Decreto 951 de 2001 Decreto 2562 de 2001 Decreto 250 de 2005 Jurisprudencia Corte Constitucional. T-025 de 2004. M.P. Manuel José Cepeda Espinoza. Corte Constitucional. Auto 251 de 2000. M.P. Manuel José Cepeda Espinosa. Corte Constitucional. Auto 116 de 2006. M.P. Manuel José Cepeda Espinoza. Corte Constitucional. Auto 333 de 2006. M.P. Manuel José Cepeda Espinoza. Corte Constitucional. Auto 251 de 2008 M.P. Manuel José Cepeda Espinoza. Corte Constitucional. Auto 004 de 2009 M.P. Manuel José Cepeda Espinoza. Corte Constitucional. Anexo al Auto 004 de 2009. M.P Manuel José Cepeda Espinoza. Corte Constitucional. Auto 008 de 2009. M.P. Manuel José Cepeda Espinosa. Corte Constitucional. T-652 de 1998. M.P. Carlos Gaviria Díaz. Corte Constitucional. T-215 de 2002. M.P. Jaime Córdoba Triviño. Corte Constitucional. T-227 de 1997. M.P. Alejandro Martínez Caballero. Corte Constitucional. T-496 del 2007. M.P. Jaime Córdoba Triviño. Corte Constitucional. T-327 de 2001. M.P. Marco Gerado Monroy Cabra. Corte Constitucional. T-1076 de 2005. M.P. Jaime Córdoba Triviño. Notas de Prensa y Comunicados Comunidad Emberá katio de Conondo, resguardo Tahami-Alto Andagueda, municipio de Bagado. 2007. Comunicado. CM&. 2009. Nota en prensa. http://www.cmi.com.co/?ir=noticia&nota=37003&seccion=2

Page 114: Informe Comunidad Embera Desplazada en Bogotá

114

El Espectador. 2009 Nota en prensa. http://www.elespectador.com/articulo170509-autoridades-encuentran-bebe-raptado-indigenas-embera-katio Actualidad Étnica. 2009. Nota en prensa. http://actualidad.hemeracomunicar.org/index.php?option=com_content&view=article&id=7474:desplazamiento-masivo-del-pueblo-embera&catid=57:ddhh&Itemid=112 http://www.acnur.org/index.php?id_pag=8409 http://www.codhes.org/index2.php?option=com_content&do_pdf=1&id=180 Izquierdo, G. (2008). El barrio favorito de los bogotanos. En: El Espectador Bogotá 22 Febrero 2008. http://www.elespectador.com/impreso/cadernilloa/bogota/articuloimpreso-el-barrio-favorito-de-los-bogotanos