INFORME AUDITORIA 01
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UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SANTA
INFORME N° 002-2010-3-0443
EXAMEN ESPECIAL A LA INFORMACION PRESUPUESTARIA
AÑO 2009
CHIMBOTE - PERU2010
INFORME DE EXAMEN ESPECIAL A LA INFORMACION PRESUPUESTARIA
CONTENIDO
PARTE I: INFORME CORTO
1.1. Síntesis gerencial…………………..………..…………………………… 3
1.2. Dictamen de Auditoria…… ……………………………………………… 5
EP-1: Estado de Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Gastos
Anexos de Ingresos y Gastos
EP-2: Estado de Fuentes y Uso de Fondos
1.3. Marco y Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Gastos………… 10
1.4. Notas al Marco y Ejecución del Presupuesto…………….………….. 21
PARTE II: INFORME LARGO
I. INTRODUCCION
1. Origen del Examen..……………………………………………………. 23
2. Naturaleza y Objetivos….……………………………………………….. 23
3. Alcance del examen……………………………………………………………. 24
4. Antecedentes y Base Legal de la Entidad ……………………………… 25
5. Comunicación de hallazgos ……………………………………………… 27
6. Memorándum de Control Interno…………………………………………… 27
7. Otros Aspectos de Importancia ……………………………………………….28
II. OBSERVACIONES ……………………………………………………………. 29
III. CONCLUSIONES ……………………………………………………………… 44
IV. RECOMENDACIONES……………………………………………………….. 45
V. ANEXOS……………………………………………………………………….. 46
Anexo 1: Funcionarios finalmente comprendidos en observaciones……… 47 Anexo 2: Memorándum de Control Interno………………………………….. 49
PARTE I: INFORME CORTO
1.1. SINTESIS GERENCIAL
El presente documento contiene el Resumen Ejecutivo de los resultados del
Examen Especial a la Información Presupuestaria preparada por la Universidad
Nacional del Santa por el Año terminado al 31 de diciembre de 2009. En este
contexto, el presente Informe, constituye una teoría de conjunto que otorga fe
pública sobre el quehacer de los funcionarios competentes que formularon y/o
sistematizaron dicha información.
1.1.1. Objetivos específicos:
* Evaluar la aplicación y cumplimiento de la normativa vigente en las fases de
programación, formulación, aprobación, ejecución y evaluación del presupuesto
institucional teniendo en cuenta las medidas complementarias de austeridad o
restricción del gasto público.
* Establecer el grado de cumplimiento de los objetivos y metas previstos en el
presupuesto institucional, concordantes con las disposiciones legales vigentes.
1.1.2. Observaciones más importantes
1. Plan Anual de Funcionamiento y Desarrollo de la Universidad o su equivalente
Plan Operativo Institucional año 2009, así como la memoria anual del rector año
2008, no fue elaborado, aprobado y ratificado por los órganos competentes,
dificultando evaluar la gestión de la Universidad Nacional del Santa al 31 de
diciembre de 2009
2. La Entidad, ha efectuado incorporación inadecuada del saldo de balance año
2008 al presupuesto año 2009, dejando de incorporar legalmente la suma S/. 50
´800,030.67 (CINCUENTA MILLONES OCHOCIENTOS MIL TREINTA Y 67/100
NUEVOS SOLES) Vía Crédito Suplementario de recursos provenientes de las
Fuentes de Financiamiento RDR, Donaciones y Transferencias y Recursos
Determinados.
1.1.3. Recomendaciones más importantes
1. Se sugiere al señor Rector instruya al Director de la Oficina Central de
Planificación y Presupuesto, para que cumpla con formular el Plan Operativo
Institucional o Plan Anual de Funcionamiento y Desarrollo de la Universidad en el
momento oportuno para aprobarlo antes del inicio de cada año fiscal, a fin de que
este instrumento de gestión imprescindible, sirva de base para la formulación del
Presupuesto Institucional de Apertura (PIA). Esta acción, permitirá evaluar
objetivamente las metas y objetivos institucionales de cada ejercicio
presupuestario.
2. Recomendamos al Titular del Pliego instruya al Director de la Oficina Central de
Planificación y Presupuesto, para que sistematicen la información e incorporen
al Presupuesto Institucional 2010 los Saldos dejados de incorporar de Balance
año 2008 de manera objetiva y paralela a los saldos del Balance del Período
Fiscal 2009, vía crédito suplementario. Esta acción objetivará el marco legal para
la utilización del monto de S/. 50´800,030.67 (CINCUENTA MILLONES
OCHOCIENTOS MIL TREINTA Y 67/100 NUEVOS SOLES), correspondiente a
los ingresos por Canon de saldos del Balance del ejercicio 2008.
1.2. DICTAMEN DE AUDITORIA
EXAMEN ESPECIAL A LA INFORMACION PRESUPUESTARIA REMITIDA POR
LA ENTIDAD PARA LA CUENTA GENERAL DE LA REPUBLICA
PERÍODO 2009
AL SEÑOR RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SANTA.
1. Hemos examinado el Marco y Ejecución Presupuestaria de la Universidad
Nacional del Santa correspondiente al ejercicio presupuestario terminados al 31
de diciembre de 2009. La preparación de dicho Marco y Ejecución
Presupuestaria, basada en la integración y consolidación de la información
presupuestaria que se origina en la Entidad, es responsabilidad de la
Administración de la Entidad y nuestra responsabilidad consiste en expresar una
opinión sobre el mismo, con base en el Examen que hemos efectuado. El
Dictamen del Examen Especial a la Información Presupuestaria al 31 de
diciembre de 2009, contiene opinión limpia basada en el Examen que ejecutó el
Órgano de Control Institucional de la UNS.
2. Nuestro examen fue realizado en cumplimiento a lo dispuesto por la Directiva Nº
013-2001- CG/B340, aprobada con Resolución de Contraloría Nº 117-2001-CG,
del 27 de Julio del 2001 y se efectuó de acuerdo con Normas de Auditoria
Generalmente Aceptadas (NAGA) y Normas de Auditoria Gubernamental
(NAGU) emitidas por la Contraloría General de la República. Tales normas
requieren que planifiquemos y realicemos nuestro trabajo con la finalidad de
obtener una seguridad razonable de que el Marco y Ejecución Presupuestaria no
presenta errores importantes. El presente examen se basa en comprobaciones
selectivas de la evidencia que respalda la información y los importes
presentados en el Marco y Ejecución Presupuestaria. También comprende la
evaluación del cumplimiento de la normativa emitida al respecto por el Ministerio
de Economía y Finanzas. En este sentido, consideramos que el examen que
hemos efectuado fundamenta razonablemente la opinión que expresamos en los
párrafos siguientes:
3. Al evaluar el cumplimiento de las disposiciones presupuestarias y estatutarias, la
Comisión de Auditoría no se ha satisfecho de la existencia del el Plan Anual de
Funcionamiento y de Desarrollo o su equivalente Plan Operativo Institucional
correspondiente a los períodos presupuestarios 2008 y 2009 de la Universidad
Nacional del Santa. Según Declaración Jurada firmada del Ing. Hugo Esteban
Caselli Gismondi, Jefe de la Oficina Central de Planificación y Presupuesto,
órgano asesor de la Alta Dirección, los mencionados instrumentos de gestión
nunca fueron elaborados. Como consecuencia, los instrumentos de gestión
exigidos por la Ley Universitaria y las disposiciones presupuestarias vigentes en
Perú, no fueron formulados; y por consiguiente no fueron aprobados ni ratificados
por el Consejo Universitario como manda el Art. 32, Literal (a) de la Ley 23733,
ni Ratificado por la Asamblea Universitaria como dispone la Ley 23733 en su Art.
29, Literal (c).
4. Al examinar el Estado de Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Gastos (EP-1)
correspondiente al Año Fiscal 2009, se ha verificado la integración financiera del
Saldo de Balance 2008 al Presupuesto Institucional de Ejercicio Fiscal 2009
hasta por el importe de S/. 54´214,643.67, de ello se han emitido las
Resoluciones N° 343-2009-UNS, por el importe de S/. 2´974,613, por
incorporación de saldo de Balance en la Fuente de Financiamiento Donaciones y
Transferencias y la Resolución N° 484-2009-UNS, por el importe de S/.
440,000.00 por incorporación de Saldo de Balance en la Fuente de
Financiamiento. Recursos Directamente Recaudados. Al respecto, no se
evidencia las Resoluciones por Crédito Suplementario para la incorporación de
los Saldos de Balance por los importes de S/. 423,697.04; S/. 50´080,981.55 y S/.
295,352.08 en las Fuentes de Financiamiento Recursos Directamente
Recaudados, Donaciones y Transferencias y Recursos Determinados
En nuestra opinión, excepto por lo expuesto en los párrafos 3, y 4, la
información contenida en el Marco y Ejecución Presupuestaria formulado por la
Entidad y presentado a la Dirección Nacional de Contabilidad Pública para su
integración en la Cuenta General de la República, presenta razonablemente los
aspectos de importancia, integración y consolidación de la Información
presupuestaria por el período terminado al 31 de diciembre del Año 2009.
ESTADO DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTOS
EJERCICIO 2009(En Nuevos Soles)
EP-1
RECURSOS PUBLICOSEJECUCION INGRESOS
GASTOS PUBLICOSEJECUCION
GASTO
1 RECURSOS ORDINARIOS 12,400,018.13 1 RECURSOS ORDINARIOS
00 RECURSOS ORDINARIOS 12,400,018.13 00 RECURSOS ORDINARIOS 12,400,018.13
GASTOS CORRIENTES 11,788,397.29
2.1. PERSONAL Y OBLIG. SOCIALES 7,780,055.86
2.2.PENSIONES Y OTRAS PRESTACIONES SOCIALES 118,711.80
2.3. BIENES Y SERVICIOS 3,523,442.63
2.5. OTROS GASTOS 366,187.00
GASTOS DE CAPITAL 611,620.84
2.6. ADQ. DE ACT. NO FINANCIERO 611,620.84
TOTAL RECURSOS ORDINARIOS 12,400,018.13 TOTAL RECURSOS ORDINARIOS 12,400,018.13
2 RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 2 RECURSOS DIRECTAM. RECAUDADOS
09 RECURSOS DIRECTAM. RECAUDADOS 4,291,713.10 09 RECURSOS DIRECTA. RECAUDADOS 4,050,677.44
INGRESOS CORRIENTES 3,428,016.06 GASTOS CORRIENTES 4,035,307.41
1.3.VENTA DE BIENES Y SERVICIOS YDERECHOS ADMINISTRATIVOS 3,365,386.27 2.1. PERSONAL Y OBLIG. SOCIALES 704,928.55
1.5. OTROS INGRESOS 62,629.79 2.2.PENSIONES Y OTRAS PRESTACIONES SOCIALES 65,623.78
SALDO DE BALANCE 863,697.04 2.3. BIENES Y SERVICIOS 3,158,204.94
1.9. SALDO DE BALANCE 863,697.04 2.5. OTROS GASTOS 106,550.14
GASTOS DE CAPITAL 15,370.03
2.6. ADQ. DE ACT. NO FINANCIERO 15,370.03
TOTAL RECURSOS DIRECT. RECAUDADOS 4,291,713.10 TOTAL RECURSOS DIRECT. RECAUDADOS 4,050,677.44
4 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 4 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS
13 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 63,685,731.84 13 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 1,760,556.96
TRANSFERENCIAS 63,685,731.84 GASTOS CORRIENTES -
INGRESOS CORRIENTES 10,630,137.29 2.3. BIENES Y SERVICIOS -
1.4. DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 10,257,800.00 GASTOS DE CAPITAL 1,760,556.96
1.5. OTROS INGRESOS 372,337.29 2.6. ADQ. DE ACT. NO FINANCIERO 1,760,556.96
SALDO DE BALANCE 53,055,594.55
1.9. SALDO DE BALANCE 53,055,594.55
TOTAL DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 63,685,731.84 TOTAL DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 1,760,556.96
5 RECURSOS DETERMINADOS 5 RECURSOS DETERMINADOS
18CANON Y SOBRECANON, REGALIAS, RENTA DE ADUANAS Y PARTICIPAC.
351,534.02 18
CANON Y SOBRECANON, REGALIAS, RENTA DE ADUANAS Y PARTICIPAC.
-
INGRESOS CORRIENTES 56,181.94 GASTOS CORRIENTES -
1.4. DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 53,549.98 2.3. BIENES Y SERVICIOS -
1.5. OTROS INGRESOS 2,631.96 GASTOS DE CAPITAL -
SALDO DE BALANCE 295,352.08 2.6. ADQ. DE ACT. NO FINANCIERO -
1.9. SALDO DE BALANCE 295,352.08
TOTAL RECURSOS DETERMINADOS 351,534.02 TOTAL RECURSOS DETERMINADOS -
TOTAL GENERAL 80,728,997.09 TOTAL GENERAL 18,211,252.53
ESTADO DE FUENTES Y USOS DE FONDOS CORRESPONDIENTE AL
EJERCICIO 2009(En Nuevos Soles)
EP-2
RECURSOS PUBLICOSMONTO
AÑO 2009
I. INGRESOS CORRIENTES 25,902,732.58
IMPUESTOS Y CONTRIBUCIONES OBLIGATORIAS -
CONTRIBUCIONES SOCIALES -
VENTA DE BIENES Y SERVICIOS Y DERECHOS ADMINISTRATIVOS 3,365,386.27
DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 10,311,349.98
OTROS INGRESOS 437,599.04
RECURSOS ORDINARIOS (CORRIENTES) 11,788,397.29
II. GASTOS CORRIENTES -15,823,704.70
PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES -8,484,984.41
PENSIONES Y OTRAS PRESTACIONES SOCIALES -184,335.58
BIENES Y SERVICIOS -6,681,647.57
DONACIONES Y TRANSFERENCIAS -
OTROS GASTOS -472,737.14
III. AHORRO O DESAHORRO CTA. CTE (I-II) 10,079,027.88
IV. INGRESOS DE CAPITAL Y TRANSFERENCIAS 611,620.84
INGRESOS DE CAPITAL. -
DONACIONES Y TRANSFERENCIAS -
OTROS INGRESOS -
RECURSOS ORDINARIOS (CAPITAL) 611,620.84
V. GASTOS DE CAPITAL -2,387,547.83
GASTOS DE CAPITAL -2,387,547.83
DONACIONES Y TRANSFERENCIAS -
OTROS GASTOS -
ADQUISICION DE ACTIVOS NO FINANCIEROS -2,387,547.83
VI. SERVICIO DE LA DEUDA -
INTERESES DE LA DEUDA -
COMISIONES Y OTROS GASTOS DE LA DEUDA -
VII. RESULTADO ECONOMICO (III+IV+V+VI) 8,303,100.89
VIII. FINANCIAMIENTO NETO (A+B+C+D) 54,214,643.67
A. SALDO NETO DE ENDEUDAMIENTO EXTERNO -
FINANCIAMIENTO. -
ENDEUDAMIENTO EXTERNO -
(-) AMORTIZACION DE LA DEUDA EXTERNA -
B. SALDO NETO DE ENDEUDAMENTO INTERNO -
FINANCIAMIENTO. -
ENDEUDAMIENTO INTERNO -
(-) AMORTIZACION DE LA DEUDA INTERNA -
C. RECURSOS ORDINARIOS (AMORTIZACION DE LA DEUDA) -
D. SALDO DE BALANCE 54,214,643.67
RESULTADO DE LA EJECUCION PRESUPUESTARIA (VII+/-VIII) 62,517,744.56
1.3. MARCO Y EJECUCION DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTOS
1.3.1. Programación, Formulación y Aprobación Presupuesto
La Oficina Central de Planificación y Presupuesto de la Universidad Nacional
del Santa, es la encargada de la Programación, Formulación, Control y
Evaluación del proceso presupuestario, en concordancia con la Ley 29289: Ley
de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; en concordancia
con las Modificaciones y Derogatorias de la Directiva 006-2007-EF/76.01 y su
Texto Único Ordenado- “Directiva para la Programación y Formulación del
Presupuesto del Sector Público”; TUO Directiva Nº 003-2007-EF/76.01
–“Directiva para la Ejecución Presupuestaria” y Anexos por nivel de Gobierno
Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. La Universidad Nacional
del Santa, aprobó mediante Resolución Rectoral Nº 692-2008-UNS, de fecha
30 de diciembre del 2008 el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Año
fiscal 2009, cuyo monto ascendió a S/ 16´153,162.00 según el siguiente detalle:
PRESUPUESTO DE INGRESOS EJERCICIO PRESUPUESTAL - 2009
FUENTE DE FINANCIAMIENTO / RUBRO.AÑO FISCAL 2009
(PIA)
01 00 RECURSOS ORDINARIOS 12´360,000.00
02 09 RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 3´700,000.00
05 18 CANON, SOBRECANON, REGALIAS, RENTA DE ADUANS Y PAR. 93,162.00
TOTAL INGRESOS 16´153,162.00
PRESUPUESTO DE GASTOS EJERCICIO PRESUPUESTAL – 2009
CATEGORIA DEL GASTOAÑO FISCAL 2008
(PIA)
5 GASTOS CORRIENTES 15´250,950.00
6 GASTOS DE CAPITAL 902,212.00
TOTALGASTOS 16´153,162.00
1.3.2. Modificaciones Presupuestarias
Durante el periodo comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre del Año
2009, La Universidad Nacional del Santa, con la finalidad de incorporar al
presupuesto los mayores recursos captados y los saldos de Balance del Año 2008,
ha efectuado modificaciones presupuestarias al Presupuesto Institucional de
Apertura, en aplicación de la Resolución Directoral N° 03-2007-EF/76.01: Directiva
para la Ejecución Presupuestaria y Anexos a nivel de Gobierno Nacional, Gobiernos
Regionales y Gobiernos Locales; en concordancia con la Ley 29289: Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009 y la Ley 28411: Ley General
del Sistema Nacional de Presupuesto.
Las modificaciones presupuestarias realizadas por la Entidad durante el
periodo del 1 de enero al 31 de diciembre del 2009, se detallan a continuación:
Resolución Rectoral Nº 046-2009-UNS, de fecha 09 de febrero del 2009, que
formaliza modificaciones presupuestarias, durante el mes de enero del 2009.
Resolución Rectoral Nº 150-2009-UNS, de fecha 03 de abril del 2009, que
formaliza modificaciones presupuestarias, durante el mes de marzo del 2009.
Resolución Rectoral Nº 181-2009-UNS, de fecha 06 de mayo 2009, que
formaliza modificaciones presupuestarias, durante el mes de abril del 2009.
Resolución Rectoral Nº 401-2009-UNS, de fecha 04 de setiembre del 2009, que
formaliza modificaciones presupuestarias, durante el mes de agosto del 2009.
Resolución Rectoral Nº 447-2009-UNS, de fecha 12 de octubre del 2009, que
formaliza modificaciones presupuestarias, durante el mes de setiembre del
2009.
Resolución Rectoral Nº 496-A-2009-UNS, de fecha 10 de noviembre del 2009,
que formaliza modificaciones presupuestarias, durante el mes de octubre del
2009.
Resolución Rectoral Nº 548-2009-UNS, de fecha 07 de diciembre del 2009, que
formaliza modificaciones presupuestarias, durante el mes de noviembre del
2009.
Resolución Rectoral Nº 600-2009-UNS, de fecha 30 de diciembre del 2009, que
formaliza modificaciones presupuestarias, durante el mes de diciembre del
2009.
Resolución Rectoral Nº 013-2009-UNS, de fecha 19 de enero del 2009, que
aprueba una Transferencia de Partidas, aprobado mediante Decreto Supremo
N° 008-2009-EF, hasta por la suma de S/. 141,600.00, con cargo a la Fuente de
Financiamiento 1. Recursos Ordinarios.
Resolución Rectoral Nº 015-2009-UNS, de fecha 19 de enero del 2009, que
aprueba la incorporación de mayores fondos públicos, hasta por la suma de S/.
233,964.40, con cargo a la fuente de financiamiento 2. Recursos Directamente
Recaudados.
Resolución Rectoral Nº 026-2009-UNS, de fecha 26 de enero del 2009, que
aprueba un Crédito Suplementario, aprobados mediante Decreto Supremo N°
013-2009-EF, hasta por la suma de S/. 30,237.00, con cargo a la Fuente de
Financiamiento 1. Recursos Ordinarios.
Resolución Rectoral Nº 027-2009-UNS, de fecha 26 de enero del 2009, que
aprueba una Transferencia de Partidas, aprobado mediante Decreto Supremo
N° 014-2009-EF, hasta por la suma de S/. 360.00, con cargo a la Fuente de
Financiamiento 1. Recursos Ordinarios.
Resolución Rectoral Nº 039-2009-UNS, de fecha 03 de febrero del 2009, que
aprueba un Crédito Suplementario, aprobados mediante Decreto Supremo N°
017-2009-EF, hasta por la suma de S/. 70,643.00, con cargo a la Fuente de
Financiamiento 1. Recursos Ordinarios.
Resolución Rectoral Nº 102-2009-UNS, de fecha 10 de marzo del 2009, que
aprueba la incorporación de mayores fondos públicos, hasta por la suma de S/.
162,674.00, con cargo a la fuente de financiamiento 2. Recursos Directamente
Recaudados.
Resolución Rectoral Nº 152-2009-UNS, de fecha 07 de abril del 2009, que
aprueba la incorporación de mayores fondos públicos, hasta por la suma de S/.
62,393.00, con cargo a la fuente de financiamiento 2. Recursos Directamente
Recaudados.
Resolución Rectoral Nº 298-2009-UNS, de fecha 10 de julio del 2009, que
aprueba una Transferencia de Partidas, aprobado mediante Decreto Supremo
N° 152-2009-EF, hasta por la suma de S/. 87,900.00, con cargo a la Fuente de
Financiamiento 1. Recursos Ordinarios.
Resolución Rectoral Nº 343-2009-UNS, de fecha 07 de agosto del 2009, que
aprueba la incorporación de mayores fondos públicos, hasta por la suma de S/.
2´974,613.00, con cargo a la fuente de financiamiento 4. Donaciones y
Transferencias.
Resolución Rectoral Nº 484-2009-UNS, de fecha 27 de octubre del 2009, que
aprueba la incorporación de mayores fondos públicos, hasta por la suma de S/.
440,000.00, con cargo a la fuente de financiamiento 2. Recursos Directamente
Recaudados.
El detalle de las variaciones en el presupuesto Institucional en el nivel de
ingresos durante el ejercicio presupuestario 2009 se muestra a continuación:
CARACTERISTICAS DEL INGRESO GENERADO AÑO 2009.
GEN. ING.
DESCRIPCIÓNPIA1
PIM3
VARIACION
RECURSOS ORDINARIOS 12.360.000 12.690.740 330.740,00
TOTAL 12.360.000 12.690.740 330.740,00
GEN. ING.
DESCRIPCIÓNPIA1
PIM3
VARIACION
RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS
INGRESOS CORRIENTES 3.700.000 4.159.031 459.031,00
1,3VENTA DE BIENES Y SERVIICIOS Y DERECHOS ADMINISTRATIVOS 3.688.000 4.147.031 459.031,00
1,5 OTROS INGRESOS 12.000 12.000 -
SALDO DE BALANCE - 440.000 440.000,00
1,9 SALDO DE BALANCE - 440.000 440.000,00
TOTAL 3.700.000 4.599.031 899.031,00
GEN. ING.
DESCRIPCIÓNPIA1
PIM3
VARIACION
DONACIONES Y TRANSFERENCIAS
TRANSFERENCIA - 2.974.613 2.974.613,00
INGRESOS CORRIENTES - - -
1,4 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS - - -
1,5 OTROS INGRESOS - - -
SALDO DE BALANCE - 2.974.613 2.974.613,00
1,9 SALDO DE BALANCE - 2.974.613 2.974.613,00
TOTAL - 2.974.613 2.974.613,00
GEN. ING.
DESCRIPCIÓNPIA1
PIM3
VARIACION
CANON Y SOBRECANON, REGALIAS, RENTA DE ADUANAS
INGRESOS CORRIENTES 93.162 93.162 -
1,4 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 93.162 93.162 -
1,5 OTROS INGRESOS - - -
SALDO DE BALANCE - - -
1,9 SALDO DE BALANCE - - -
TOTAL 93.162 93.162 -
TOTAL GENERAL 16.153.162 20.357.546 4.204.384,00
El Presupuesto Institucional de Apertura respecto a ingresos se ha
incrementado en un monto de S/. 4’204,384.00 nuevos soles durante el ejercicio
fiscal 2009, mostrando al cierre del año un Presupuesto Institucional Modificado
(PIM) por toda Fuente de Financiamiento de S/. 20’357,546.00 nuevos soles, los
mismos que se aplicaron para la atención de los mayores gastos corrientes y de
capital.
CARACTERISTICAS DEL GASTO GENERADO AÑO – 2009
DESCRIPCION
PIA1
PIM3
SALDOG.G.G
RECURSOS ORDINARIOS
5 GASTOS CORRIENTES 11.843.150 12.073.010 229.860
5.2.1 Personal y Obligaciones Sociales 8.163.150 8.031.015 (132.135)
5.2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 121.500 123.360 1.860
5.2.3 Bienes y Servicios 3.530.500 3.532.843 2.343
5.2.5 Otros Gastos 28.000 385.792 357.792
6 GASTOS DE CAPITAL 516.850 617.730 100.880
6.2.6 Adquisición de Activos No Financieros 516.850 617.730 100.880
6.2.7 Adquisición de Activos Financieros - - -
TOTAL 12.360.000 12.690.740 330.740
DESCRIPCION
PIA1
PIM3
SALDOG.G.G
RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADO
5 GASTOS CORRIENTES 3.407.800 4.306.831 899.031
5.2.1 Personal y Obligaciones Sociales 716.000 895.318 179.318
5.2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 18.000 65.629 47.629
5.2.3 Bienes y Servicios 2.561.800 3.232.594 670.794
5.2.5 Otros Gastos 112.000 113.290 1.290
6 GASTOS DE CAPITAL 292.200 292.200 -
6.2.6 Adquisición de Activos No Financieros 292.200 292.200 -
6.2.7 Adquisición de Activos Financieros - - -
TOTAL 3.700.000 4.599.031 899.031
DESCRIPCION
PIA1
PIM3
SALDOG.G.G
DONACIONES Y TRANSFERENCIAS
5 GASTOS CORRIENTES - - -
5.2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales - - -
5.2.3 Bienes y Servicios - - -
5.2.4 Donaciones y Transferencias - - -
6 GASTOS DE CAPITAL - 2.974.613 2.974.613
6.2.4 Donaciones y Transferencias -
6.2.6 Adquisición de Activos No Financieros - 2.974.613 2.974.613
6.2.7 Adquisición de Activos Financieros - - -
TOTAL - 2.974.613 2.974.613
DESCRIPCION
PIA1
PIM3
VARIACIONG.G.G
CANON Y SOBRECANON, REGALIAS, RENTA
5 GASTOS CORRIENTES - - -
5.2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales - - -
5.2.3 Bienes y Servicios - - -
5.2.5 Otros Gastos - - -
6 GASTOS DE CAPITAL 93.162 93.162 -
6.2.6 Adquisición de Activos No Financieros 93.162 93.162 -
6.2.7 Adquisición de Activos Financieros - - -
TOTAL 93.162 93.162 -
TOTAL GENERAL 16.153.162 20.357.546 4.204.384
Las variaciones presupuestarias en los gastos se vieron incrementado en S/.
4’204,384.00 nuevos soles durante el año 2009, los mayores montos fueron
asignados a gastos corrientes como a gastos de capital.
1.3.3. Ejecución Presupuestaria del Año Fiscal 2009.
La Universidad Nacional del Santa, elaboró y presentó la información de la
ejecución, modificación anual y evaluación anual durante el ejercicio presupuestal
2009, se evidenció la preparación y presentación de la evaluación anual 2009 a la
Dirección Nacional de Presupuesto Público, y demás Organismos del Estado. Tal
como lo dispone la Directiva Nº 003-2007-EF/76.01: Directiva para la Ejecución
Presupuestaria y Anexos por nivel de Gobierno Nacional Gobierno Regional y
Gobierno Local; y la Directiva Nº 036-2009-EF/76.01. Directiva para la Evaluación
Semestral y Anual de los Presupuestos Institucionales de la Entidades del Gobierno
Nacional y Gobiernos Regionales para el Año Fiscal 2009.
Ejecución del Presupuesto de Ingresos Año Fiscal 2008.
El comportamiento de la ejecución presupuestal de los ingresos tanto
corrientes, transferencias y de financiamiento durante el período 2009, muestra las
siguientes características expresados por fuente de financiamiento:
GEN. ING.
DESCRIPCIÓNPIA1
PIM3
CAPTACION4
RECURSOS ORDINARIOS 12.360.000 12.690.740 12.400.018,13
TOTAL 12.360.000 12.690.740 12.400.018,13
GEN. ING.
DESCRIPCIÓNPIA1
PIM3
CAPTACION4
RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS
INGRESOS CORRIENTES 3.700.000 4.159.031 3.428.016,06
1,3VENTA DE BIENES Y SERVIICIOS Y DERECHOS ADMINISTRATIVOS 3.688.000 4.147.031 3.365.386,27
1,5 OTROS INGRESOS 12.000 12.000 62.629,79
SALDO DE BALANCE - 440.000 863.697,04
1,9 SALDO DE BALANCE - 440.000 863.697,04
TOTAL 3.700.000 4.599.031 4.291.713,10
GEN. ING.
DESCRIPCIÓNPIA1
PIM3
CAPTACION4
CADENA DEL INGRESO
TRANSFERENCIA - 2.974.613 63.685.731,84
INGRESOS CORRIENTES - - 10.630.137,29
1,4 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS - - 10.257.800,00
1,5 OTROS INGRESOS - - 372.337,29
SALDO DE BALANCE - 2.974.613 53.055.594,55
1,9 SALDO DE BALANCE - 2.974.613 53.055.594,55
TOTAL - 2.974.613 63.685.731,84
GEN. ING.
DESCRIPCIÓNPIA1
PIM3
CAPTACION4
CADENA DEL INGRESO
INGRESOS CORRIENTES 93.162 93.162 56.181,94
1,4 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 93.162 93.162 53.549,98
1,5 OTROS INGRESOS - - 2.631,96
SALDO DE BALANCE - - 295.352,08
1,9 SALDO DE BALANCE - - 295.352,08
TOTAL 93.162 93.162 351.534,02
TOTAL GENERAL 16.153.162 20.357.546 80.728.997,09
La captación real de los ingresos muestran un monto de S/. 80,728,997.09
nuevos soles que representa el 397%, respecto al Presupuesto Institucional
Modificado para el año 2009 que alcanzo una proyección de S/. 20´357,546.00 en
todas las fuentes de financiamiento que financian el presupuesto de la Universidad
Nacional del Santa para el Año Fiscal 2009.
Ejecución del Presupuesto de Gastos Año Fiscal 2009.
El comportamiento de la ejecución de los gastos corriente y de capital por
fuente de financiamiento durante el período presupuestario 2009, fue la siguiente:
DESCRIPCION
PIA1
PIM3
EJECUCION4G.G.G
RECURSOS ORDINARIOS
5 GASTOS CORRIENTES 11.843.150 12.073.010 11.788.397,29
5.2.1 Personal y Obligaciones Sociales 8.163.150 8.031.015 7.780.055,86
5.2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 121.500 123.360 118.711,80
5.2.3 Bienes y Servicios 3.530.500 3.532.843 3.523.442,63
5.2.5 Otros Gastos 28.000 385.792 366.187,00
6 GASTOS DE CAPITAL 516.850 617.730 611.620,84
6.2.6 Adquisición de Activos No Financieros 516.850 617.730 611.620,84
6.2.7 Adquisición de Activos Financieros - - -
TOTAL 12.360.000 12.690.740 12.400.018,13
DESCRIPCION
PIA1
PIM3
EJECUCION4G.G.G
RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADO
5 GASTOS CORRIENTES 3.407.800 4.306.831 4.035.307,41
5.2.1 Personal y Obligaciones Sociales 716.000 895.318 704.928,55
5.2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 18.000 65.629 65.623,78
5.2.3 Bienes y Servicios 2.561.800 3.232.594 3.158.204,94
5.2.5 Otros Gastos 112.000 113.290 106.550,14
6 GASTOS DE CAPITAL 292.200 292.200 15.370,03
6.2.6 Adquisición de Activos No Financieros 292.200 292.200 15.370,03
6.2.7 Adquisición de Activos Financieros - - -
TOTAL 3.700.000 4.599.031 4.050.677,44
DESCRIPCION
PIA1
PIM3
EJECUCION4G.G.G
DONACIONES Y TRANSFERENCIAS
5 GASTOS CORRIENTES - - -
5.2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales - - -
5.2.3 Bienes y Servicios - - -
5.2.4 Donaciones y Transferencias - - -
6 GASTOS DE CAPITAL - 2.974.613 1.760.556,96
6.2.4 Donaciones y Transferencias
6.2.6 Adquisición de Activos No Financieros - 2.974.613 1.760.556,96
6.2.7 Adquisición de Activos Financieros - - -
TOTAL - 2.974.613 1.760.556,96
DESCRIPCION
PIA1
PIM3
EJECUCION4G.G.G
CANON Y SOBRECANON, REGALIAS, RENTA
5 GASTOS CORRIENTES - - -
5.2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales - - -
5.2.3 Bienes y Servicios - - -
5.2.5 Otros Gastos - - -
6 GASTOS DE CAPITAL 93.162 93.162 -
6.2.6 Adquisición de Activos No Financieros 93.162 93.162 -
6.2.7 Adquisición de Activos Financieros - - -
TOTAL 93.162 93.162 -
TOTAL GENERAL 16.153.162 20.357.546 18.211.252,53
La Universidad Nacional del Santa, ejecuto durante el año fiscal 2009 el monto de
S/. 18’211,252.53 nuevos soles, respecto del Presupuesto Institucional Modificado
que ascendió al monto de S/. 20’357,546.00 nuevos soles representando el 89%
respecto al PIM.
1.3.4. Evaluación de la captación del Presupuesto de Ingreso año 2009.
El presupuesto de Ingresos de la Universidad Nacional del Santa, durante el
ejercicio presupuestal 2009, estuvo conformada por los ingresos corrientes, las
Transferencias y Saldo de Balance, cuya captación real del presupuesto esta
expresada en un 499% respecto al PIA y 397% con relación al PIM. Los indicadores
de eficacia se muestran en los cuadros siguientes:
DESCRIPCIÓNPIA1
PIM3
CAPTACION4
IND. EFICACIA
PIA PIM
4/1 4/3
RECURSOS ORDINARIOS 12.360.000 12.690.740 012.400.018,13 1,00 0,98
TOTAL 12.360.000 12.690.740 012.400.018,13 1,00 0,98
DESCRIPCIÓNPIA1
PIM3
CAPTACION4
IND. EFICACIA
PIA PIM
4/1 4/3
RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS
INGRESOS CORRIENTES 3.700.000 4.159.031 03.428.016,06 0,93 0,82
1,3VENTA DE BIENES Y SERVIICIOS Y DERECHOS ADMINISTRATIVOS 3.688.000 4.147.031 03.365.386,27 0,91 0,81
1,5 OTROS INGRESOS 12.000 12.000 062.629,79 5,22 5,22
SALDO DE BALANCE - 440.000 0863.697,04 0,00 1,96
1,9 SALDO DE BALANCE - 440.000 0863.697,04 0,00 1,96
TOTAL 3.700.000 4.599.031 04.291.713,10 1,16 0,93
DESCRIPCIÓNPIA1
PIM3
CAPTACION4
IND. EFICACIA
PIA PIM
4/1 4/3
CADENA DEL INGRESO
TRANSFERENCIA - 2.974.613 063.685.731,84 0 021,41
INGRESOS CORRIENTES - - 010.630.137,29 0 0
1,4 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS - - 010.257.800,00 0 0
1,5 OTROS INGRESOS - - 0372.337,29 0 0
SALDO DE BALANCE - 2.974.613 053.055.594,55 0 17,84
1,9 SALDO DE BALANCE - 2.974.613 053.055.594,55 0 17,84
TOTAL - 2.974.613 063.685.731,84 0,00 21,41
DESCRIPCIÓNPIA1
PIM3
CAPTACION4
IND. EFICACIA
PIA PIM
4/1 4/3
CADENA DEL INGRESO
INGRESOS CORRIENTES 93.162 93.162 056.181,94 0,60 0,60
1,4 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 93.162 93.162 053.549,98 0,57 0,57
1,5 OTROS INGRESOS - - 02.631,96 0 0
SALDO DE BALANCE - - 0295.352,08 0 0
1,9 SALDO DE BALANCE - - 0295.352,08 0 0
TOTAL 93.162 93.162 0351.534,02 3,77 3,77
TOTAL GENERAL 16.153.162 20.357.546 080.728.997,09 5,00 3,97
1.3.5. Evaluación de la ejecución del Presupuesto de Gastos Año 2009.
La ejecución del presupuesto de gastos en la Universidad del Santa, durante
el año 2009 presentó la siguiente estructura, Gastos Corrientes y Gastos de Capital.
En este contexto, el gasto real del presupuesto a nivel de toda fuente de
financiamiento representa el 113%, respecto al PIA y el 89% con relación al PIM.
Los indicadores de eficacia se muestran en los cuadros siguientes:
DESCRIPCION
PIA1
PIM3
EJECUCION4
IND. EFICACIA
G.G.G PIA PIM
4/1 4/3
RECURSOS ORDINARIOS
5 GASTOS CORRIENTES 11.843.150 12.073.010 11.788.397,29 1,00 0,98
5.2.1 Personal y Obligaciones Sociales 8.163.150 8.031.015 7.780.055,86 0,95 0,97
5.2.2Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 121.500 123.360 118.711,80 0,98 0,96
5.2.3 Bienes y Servicios 3.530.500 3.532.843 3.523.442,63 1,00 1,00
5.2.5 Otros Gastos 28.000 385.792 366.187,00 13,08 0,95
6 GASTOS DE CAPITAL 516.850 617.730 611.620,84 1,18 0,99
6.2.6Adquisición de Activos No Financieros 516.850 617.730 611.620,84 1,18 0,99
6.2.7 Adquisición de Activos Financieros - - - 0,00 0,00
TOTAL 12.360.000 12.690.740 12.400.018,13 1,00 0,98
DESCRIPCION
PIA1
PIM3
EJECUCION4
IND. EFICACIA
G.G.G PIA PIM
4/1 4/3
RECURSOS DIRECTAMENTE
RECAUDADO
5 GASTOS CORRIENTES 3.407.800 4.306.831 4.035.307,41 1,18 0,94
5.2.1 Personal y Obligaciones Sociales 716.000 895.318 704.928,55 0,98 0,79
5.2.2Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 18.000 65.629 65.623,78 3,65 1,00
5.2.3 Bienes y Servicios 2.561.800 3.232.594 3.158.204,94 1,23 0,98
5.2.5 Otros Gastos 112.000 113.290 106.550,14 0,95 0,94
6 GASTOS DE CAPITAL 292.200 292.200 15.370,03 0,05 0,05
6.2.6Adquisición de Activos No Financieros 292.200 292.200 15.370,03 0,05 0,05
6.2.7 Adquisición de Activos Financieros - - - 0,00 0,00
TOTAL 3.700.000 4.599.031 4.050.677,44 1,09 0,88
DESCRIPCION
PIA1
PIM3
EJECUCION4
IND. EFICACIA
G.G.G PIA PIM
4/1 4/3
DONACIONES Y TRANSFERENCIAS
5 GASTOS CORRIENTES - - - 0,00 0,00
5.2.2Pensiones y Otras Prestaciones Sociales - - - 0,00 0,00
5.2.3 Bienes y Servicios - - - 0,00 0,00
5.2.4 Donaciones y Transferencias - - - 0,00 0,00
6 GASTOS DE CAPITAL - 2.974.613 1.760.556,96 0,00 0,59
6.2.4 Donaciones y Transferencias 0,00 0,00
6.2.6Adquisición de Activos No Financieros - 2.974.613 1.760.556,96 0,00 0,59
6.2.7 Adquisición de Activos Financieros - - - 0,00 0,00
TOTAL - 2.974.613 1.760.556,96 0,00 0,59
DESCRIPCION
PIA1
PIM3
EJECUCION4
IND. EFICACIA
G.G.G PIA PIM
4/1 4/3
CANON Y SOBRECANON, REGALIAS,
RENTA
5 GASTOS CORRIENTES - - - 0,00 0,00
5.2.2Pensiones y Otras Prestaciones Sociales - - - 0,00 0,00
5.2.3 Bienes y Servicios - - - 0,00 0,00
5.2.5 Otros Gastos - - - 0,00 0,00
6 GASTOS DE CAPITAL 93.162 93.162 - 0,00 0,00
6.2.6Adquisición de Activos No Financieros 93.162 93.162 - 0,00 0,00
6.2.7 Adquisición de Activos Financieros - - - 0,00 0,00
TOTAL 93.162 93.162 - 0,00 0,00
TOTAL GENERAL 16.153.162 20.357.546 18.211.252,53 1.13 0,89
1.4. NOTAS AL MARCO Y EJECUCION DEL PRESUPUESTO AÑO 2009.
NOTA 01: PRESUPUESTO INSTITUCIONAL DE APERTURA Y PRESUPUESTO INSTITUCIONAL MODIFICADO
El Presupuesto de la Universidad Nacional del Santa, contiene las previsiones
de gastos y las estimaciones de los ingresos. El presupuesto de gastos está
orientado a financiar actividades operativas y de funcionamiento para mejorar los
servicios académicos, incentivar la investigación y la proyección universitaria de
conformidad con la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto, Ley Nº 29289 Ley de Presupuesto de Sector Público para el Año
Fiscal 2009, Directiva 006-2007-EF/76.01 y su Texto Único Ordenado- “Directiva
para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público”;. La
Universidad Nacional del Santa, aprobó mediante Resolución Rectoral Nº 692-
2008-UNS, de fecha 30 de diciembre del 2008 el Presupuesto Institucional de
Apertura (PIA) del Año fiscal 2009, cuyo monto ascendió a S/ 16´153,162.00
según el siguiente:
PRESUPUESTO DE INGRESOS EJERCICIO PRESUPUESTAL 2009.
Presupuesto por Especifica del Ingresos Año Fiscal 2009.
GGI DESCRIPCION PIA PIM CAPTACION IND. EFICACIA
1 3 4 4/1 4/3
RECURSOS ORDINARIOS 12.360.000 12.690.740 12.400.018,13 1,00 0,98
INGRESOS CORRIENTES 3.793.162 4.252.193 3.484.198,00 0,92 0,821.3. VENTA DE BIENES Y SERVICIOS Y DERECHOS ADMINISTRATIVOS 3.688.000 4.147.031 3.365.386,27 0,91 0,81
1.4. DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 93.162 93.162 53.549,98 0,57 0,57
1.5. OTROS INGRESOS 12.000 12.000 65.261,75 5,44 5,44
TRANSFERENCIAS - - 10.630.137,29 0,00 0,00
1.4. DONACIONES Y TRANSFERENCIAS - - 10.257.800,00 0,00 0,00
1.5. OTROS INGRESOS - - 372.337,29 0,00 0,00
SALDO DE BALANCE - 3.414.613 54.214.643,67 0,00 15,88
1.9. SALDO DE BALANCE - 3.414.613 54.214.643,67 0,00 15,88
TOTAL 16.153.162 20.357.546 80.728.997,09 5,00 3,97
Presupuesto de Ingresos por Fuente de Financiamiento Año Fiscal 2009.
FTE. FTO
DESCRIPCION IND. EFICACIA
PIA PIM CAPTACION PIA PIM
1 3 4 4/1 4/3
1 RECURSOS ORDINARIOS 12.360.000 12.690.740 12.400.018,13 1,00 0,98
00 RECURSOS ORDINARIOS 12.360.000 12.690.740 12.400.018,13 1,00 0,98
2 RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 3.700.000 4.599.031 4.291.713,10 1,16 0,93
09 RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 3.700.000 4.599.031 4.291.713,10 1,16 0,93
4 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS - 2.974.613 63.685.731,84 0,00 21,41
13 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS - 2.974.613 63.685.731,84 0,00 21,41
5 RECURSOS DETERMINADOS 93.162 93.162 351.534,02 3,77 3,77
18 CANON, SOBRECANON, REGALIAS, RENTA DE ADUANAS Y PARTICIPACIONES 93.162 93.162 351.534,02 3,77 3,77
TOTAL 16.153.162 20.357.546 80.728.997,09 5,00 3,97
La captación de ingresos en la Entidad respecto al Años Fiscal 2009 muestra
una cifra de S/. 80´728,997.09 nuevos soles la cual representa un 499% respecto
al PIA y 397% respecto al PIM
PRESUPUESTO DE GASTOS EJERCICIOS PRESUPUESTALES 2009.
Presupuesto por Grupo Genérico del Gasto Año Fiscal 2009.
FTE. FTO
IND. EFICACIA
DESCRIPCION PIA PIM EJECUCION PIA PIM
1 3 4 4/1 4/3
GASTOS CORRIENTES 15.250.950 16.379.841 15.823.704,70 1,04 0,97
5.2.1. Personal y Obligaciones Sociales 8.879.150 8.926.333 8.484.984,41 0,96 0,95
5.2.2. Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 139.500 188.989 184.335,58 1,32 0,98
5.2.3. Bienes y Servicios 6.092.300 6.765.437 6.681.647,57 1,10 0,99
5.2.5. Otros Gastos 140.000 499.082 472.737,14 3,38 0,95
GASTOS DE CAPITAL 902.212 3.977.705 2.387.548 2,65 0,60
6.2.6. Adquisición de Activos No Financieros 902.212 3.977.705 2.387.547,83 2,65 0,60
6.2.7. Adquisición de Activos Financieros - - - 0,00 0,00
TOTAL 16.153.162 20.357.546 18.211.252,53 1,13 0,89
Presupuesto de Gastos por Fuente de Financiamiento Año Fiscal 2009.
FTE. FTO
DESCRIPCION IND. EFICACIA
PIA PIM EJECUCION PIA PIM
1 3 4 4/1 4/3
1 RECURSOS ORDINARIOS 12.360.000 12.690.740 12.400.018,13 1,00 0,98
00 RECURSOS ORDINARIOS 12.360.000 12.690.740 12.400.018,13 1,00 0,98
2 RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 3.700.000 4.599.031 4.050.677,44 1,09 0,88
09 RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 3.700.000 4.599.031 4.050.677,44 1,09 0,88
4 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS - 2.974.613 1.760.556,96 0,00 0,59
13 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS - 2.974.613 1.760.556,96 0,00 0,59
5 RECURSOS DETERMINADOS 93.162 93.162 - 0,00 0,00
18 CANON, SOBRECANON, REGALIAS, RENTA DE ADUANAS Y PARTICIPACIONES 93.162 93.162 - 0,00 0,00
TOTAL 16.153.162 20.357.546 18.211.252,53 1,13 0,89
La ejecución del presupuesto de gastos en la Entidad durante el ejercicio
presupuestal 2009 muestra una cifra de S/. 18´211,252.53 nuevos soles la cual
representa un 113% respecto al PIA y 89% respecto al PIM.
PARTE II: INFORME LARGO
EXAMEN ESPECIAL A LA INFORMACION PRESUPUESTARIA PERIODO 2009
I. INTRODUCCCION
1. Origen del Examen
El Examen Especial a la Información Presupuestaria Año 2009, de la
Universidad Nacional del Santa, se ejecutó en cumplimiento de la Resolución de
Contraloría 033-2010-CG del 08 de febrero de 2010. Esta Resolución, motivada por
el Oficio 002-2010-CG/SOA del 10 de febrero de 2010, hace pública el resultado de
la calificación del Concurso Público de Méritos 006-2009-CG; y como parte de ella,
la Contraloría General de la República designó a la Sociedad Tolentino Henríquez y
Asociados S. Civil para ejecutar el Examen arriba indicado, acorde a los
requerimientos de las bases del concurso y de la institución. En respuesta a esta
designación, nuestra SOA ha efectuado el Examen en concordancia con las Normas
de Auditoria Generalmente Aceptadas (NAGA), las Normas Internacionales de
Auditoria (NIA), las Normas de Auditoria Gubernamental (NAGU), el Manual de
Auditoria Gubernamental (MAGU) y otras normas aplicables en el Perú.
2. Naturaleza y Objetivos
a. Naturaleza
La acción de Control realizada es de tipo Examen Especial efectuado en
cumplimiento a las acciones dispuestas por la Directiva Nº 013-2001-CG/B340
aprobada por Resolución de Contraloría Nº 117-2001/CG del 27 de Julio del 2001.
b. Objetivos
Objetivo General:
Emitir opinión sobre la razonabilidad de la Información Presupuestaria preparada por
la Universidad Nacional del Santa al 31 de diciembre del 2009; así como el grado de
cumplimiento de las metas y objetivos previstos en el presupuesto institucional
Objetivos específicos:
Evaluar la aplicación y cumplimiento de la normativa vigente en las fases de
programación, formulación, aprobación, ejecución y evaluación del presupuesto
institucional teniendo en cuenta las medidas complementarias de austeridad o
restricción del gasto público.
Establecer el grado de cumplimiento de los objetivos y metas previstos en el
presupuesto institucional, concordantes con las disposiciones legales vigentes.
3. Alcance del Examen.
La auditoria recae sobre las operaciones financieras y operativas ejecutadas
por la Entidad entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009, sin perjuicio de las
operaciones anteriores o posteriores a dichos períodos. El examen se realiza en
concordancia a las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas (NAGA), las
Normas de Auditoria Gubernamental (NAGU) y otras normas aplicables en el Perú.
En este contexto, la evaluación comprende:
Un Examen Especial a los Estados Presupuestarios formulados por el Entidad al
31 de diciembre de 2009.
La revisión selectiva de la documentación básica que generan los sistemas
administrativos que participan y tienen responsabilidad en la elaboración de los
estados presupuestarios.
La revisión de los informes de examen especial a los estados presupuestarios
ejecutados por los órganos conformantes del Sistema Nacional de Control a fin de
determinar el grado de cumplimiento en la implementación de las medidas
correctivas.
Las confirmaciones y verificaciones de cumplimiento de directivas sobre
información presupuestaria y control interno de los principales ciclos de la Entidad
a fin de determinar la legalidad del gasto público.
Los resultados del Examen Especial se remiten al Titular del Pliego y a la
Contraloría General de la República para los fines pertinentes.
4. Antecedentes y Base Legal
a. Antecedentes
La Universidad Nacional del Santa (UNS), creada mediante la Ley 24035 del 20
de diciembre de 1984, se rige y gobierna de acuerdo con la Constitución Política del
Perú, la Ley Universitaria y sus modificatorias, su Estatuto y sus reglamentos. La
UNS, con sede en la ciudad de Chimbote, es persona jurídica de derecho público
interno, con autonomía económica, académica, administrativa, normativa y de
gobierno; está integrada por profesores, estudiantes y graduados dedicados al
estudio, la investigación, la difusión del saber, la cultura y la aplicación de la ciencia
y la tecnología para la transformación de la sociedad.
La Universidad Nacional del Santa, es una institución académica, científica,
tecnológica y cultural, dedicada a la enseñanza, a la investigación y a la proyección
social, al servicio del desarrollo del país. Desde esta perspectiva, de acuerdo al
Estatuto, el Artículo 2 de la Ley 23733, concordante con el Artículo 18 de la
Constitución Política del Perú, la finalidad central de la UNS, está orientada:
a. Conservar, acrecentar y trasmitir la cultura universal con sentido crítico y creativo
y con preferente afirmación de los valores nacionales.
b. Formar científicos y profesionales de alta calidad académica, tecnológica y
humanística, con sentido creativo y crítico, con sensibilidad social y ética, de
acuerdo a las necesidades prioritarias de la región y del país.
c. Realizar Investigación en humanidades, ciencias y tecnología; así como fomentar
las creaciones intelectuales y artísticas, adecuadas a los requerimientos y
necesidades regionales y nacionales.
d. Extender y proyectar su acción a la comunidad, promoviendo su desarrollo
integral;
e. Implementar y desarrollar una política coherente de capacitación, actualización y
perfeccionamiento permanente del personal docente, alumnos y administrativos
de acuerdo a las necesidades y prioridades de la institución;
f. Contribuir al conocimiento de la realidad regional y nacional promoviendo la
solidaridad y responsabilidad social;
g. Contribuir a la búsqueda de la identidad cultural de la región y del país y la
creación de una conciencia nacional de paz y justicia social;
h. Fomentar y desarrollar una conciencia de defensa y conservación del patrimonio
histórico cultural de nuestro pueblo y de sus recursos naturales y productivos,
propendiendo a su uso y aprovechamiento racional y sostenido en beneficio de la
región y del país;
i. Desarrollar en sus miembros los valores éticos y cívicos y las actitudes de
responsabilidad y solidaridad social, en el marco de la defensa y practica de las
libertades democráticas y los derechos humanos;
j. Promover e incentivar la cooperación técnica, el intercambio científico, tecnológico
y cultural con instituciones universitarias y organizaciones nacionales e
internacionales como mecanismos de integración; y
k. Promover la participación activa de sus integrantes en el desarrollo de
mecanismos óptimos de producción de bienes y prestación de servicios,
orientación a la satisfacción necesaria de preferencia regionales.
La sede administrativa y financiera de la Universidad Nacional del Santa (UNS),
está ubicada en la Av. Pacífico 508, Urbanización Buenos Aires, Nuevo Chimbote,
provincia de Chimbote, región Ancash. El Patrimonio de la Institución, está
constituido por los bienes inmuebles tales como Local del Rectorado,
vicerrectorados y oficinas de asesoramiento y administrativas. Una Ciudad
Universitaria con locales académicos correspondientes a varias facultades en la que
se encuentra la Biblioteca Central, Comedor Universitario, Centro Pre Universitario,
Laboratorio de Mecánica, Infraestructura y Mantenimiento y otros ambientes
administrativos. Asimismo, cuenta con una cantidad considerable de bienes
patrimoniales tales como centro de cómputo, equipos de multimedia, equipos de
impresiones, laboratorios de ingeniería y otros bienes que permiten la operatividad
académica y administrativa de la Universidad.
b. Base Legal
La Universidad Nacional del Santa, en el ejercicio presupuestal examinado, se ha
regido por los siguientes dispositivos legales:
- Constitución Política del Perú, promulgada el 29 de diciembre de 1,993.
- Ley 24035: Ley que crea la Universidad Nacional del Santa
- Estatuto de la Universidad Nacional del Santa
- Reglamento General de la Universidad Nacional del Santa
- Reglamento de Organización y Funciones (ROF)
- Manual de Organización y Funciones (MOF)
- Ley 29289– Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2,009.
- Ley 28112 - Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público.
- Ley 29290 - Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año 2009.
- Ley 29291: Ley de Equilibrio Financiero para el año 2009
- Ley 28411- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
- Ley 28692: Ley del Sistema Nacional de Tesorería
- Ley 28708: Ley del Sistema Nacional de Contabilidad
- Directiva 001-2007-EF/76.15: Directiva de Tesorería para el GN, GR y GL.
- Directiva 006-2007-EF/76.01: Directiva para la Programación del Presupuesto
para el Año Fiscal 2009.
- Ley 27785. Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría
General de la República.
- Ley 28716: Ley de Control Interno de las Entidades Públicas
- RC 162-95-CG / Normas de Auditoría Gubernamental, modificadas con RC
141-99-CG de 25-11-99, RC 259-200-CG de 7-12-2000, RC 012-2002-CG.
- RC 152-98-CG Manual de Auditoria Gubernamental, publicado el 23 de
diciembre de 1,998.
- RC. 117-2001-CG Directiva Disposiciones para la Auditoria a la Información
Financiera y al Examen Especial a la Información Presupuestaria preparada
para la Cuenta General de la República por las Entidades del Sector Público.
- RC 320-2006-CG: Normas de Control Interno
5. COMUNICACIÓN DE HALLAZGOS
En cumplimiento a lo dispuesto por la Norma de Auditoría Gubernamental –
NAGU 3.60, "Comunicación de Hallazgos", aprobada y modificada por las
Resoluciones de Contraloría Nº 162-95-CG del 22 de setiembre de 1,995 y N° 259-
2000-CG del 07 de diciembre del 2000, respectivamente, los hallazgos de auditoría
fueron comunicados a los funcionarios y servidores de la Entidad, responsables de
las operaciones ejecutadas durante el año 2009 y observadas en el presente
examen. Todo lo comunicado tuvo por objeto brindarles la oportunidad para que, en
cumplimiento de la Norma de Auditoría citada, hagan llegar sus aclaraciones y/o
comentarios para ser evaluados respecto a las presuntas deficiencias encontradas.
En Anexo 1 del presente Informe, se adjunta la relación de funcionarios y servidores
finalmente considerados en las observaciones.
6. MEMORANDUM DE CONTROL INTERNO
De conformidad con la Norma de Auditoría Gubernamental – NAGU 3.10:
Evaluación de la Estructura del Control Interno, aprobada y modificada por
Resoluciones de Contraloría Nº 162-95-CG del 22 de setiembre de 1,995 y N° 259-
2000-CG del 07 de diciembre de 2000, respectivamente, se elaboró el Memorándum
de Control Interno, conteniendo las debilidades de control interno y las
recomendaciones tendientes a su superación. La naturaleza y estructura de este
documento se presenta en el Anexo 2, como parte del presente Informe.
7. Otros Aspectos de Importancia
No hay otros aspectos de importancia
II. OBSERVACIONESOBSERVACIÓN 1:
1.1. Sumilla: “PLAN ANUAL DE FUNCIONAMIENTO Y DESARROLLO DE LA
UNIVERSIDAD O SU EQUIVALENTE PLAN OPERATIVO INSTITUCIONAL
AÑO 2009, ASI COMO LA MEMORIA ANUAL DEL RECTOR AÑO 2008, NO
FUE ELABORADO, APROBADO Y RATIFICADO POR LOS ORGANOS
COMPETENTES, DIFICULTANDO EVALUAR LA GESTION DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SANTA AL 31 DE DICIEMBRE DE 2009”
1.2. Condición: Al evaluar el cumplimiento de las disposiciones presupuestarias y
estatutarias, la Comisión de Auditoría no se ha satisfecho de la existencia del el Plan
Anual de Funcionamiento y de Desarrollo o su equivalente Plan Operativo
Institucional correspondiente a los períodos presupuestarios 2008 y 2009 de la
Universidad Nacional del Santa, precisamente debido a que, según Declaración
Jurada firmada por el Ing. Hugo Esteban Caselli Gismondi, Jefe de la Oficina Central
de Planificación y órgano asesor de la Alta Dirección, los mencionados instrumentos
de gestión nunca fueron elaborados. En este contexto, las autoridades universitarias
han incumplido con lo normado en la Ley 23733: Ley Universitaria, Art. 29, Literal (c)
que textualmente precisa que es atribución de la Asamblea Universitaria “Ratificar el
Plan Anual de Funcionamiento y Desarrollo de la Universidad aprobado por el
Consejo Universitario”. Para el efecto, según el Art. 30 de la mencionada Ley, la
Asamblea Universitaria se reúne en sesión ordinaria una vez al semestre. Se
entiende que la Asamblea Universitaria que debió reunirse en el Segundo Semestre
del año 2008, estaba orientada a ratificar el Plan de Funcionamiento y Desarrollo de
la Universidad para el ejercicio presupuestario 2009; en tanto que corresponde a la
Asamblea Universitaria del Primer Semestre 2009, Pronunciarse sobre la Memoria
Anual del Rector y Evaluar el Funcionamiento de la Universidad correspondiente al
año 2008. En este contexto, los instrumentos de gestión exigidos por la Ley
Universitaria y las disposiciones presupuestarias vigentes en Perú, no fue
formulados; y por consiguiente no fueron aprobados ni ratificados por los órganos
competentes; es decir, no fueron aprobado por el Consejo Universitario como manda
el Art. 32, Literal (a) de la Ley 23733, ni Ratificado por la Asamblea Universitaria
como dispone la Ley 23733 en su Art. 29, Literal (c). El cuadro siguiente, explicita la
anomalía observada:
CUADRO 1
NIVEL DE CUMPLIMIENTO DE LA LEY UNIVERSITARIA Y EL ESTATUTO DE LA UNS
INSTRUMENTO DE GESTION
ORGANO COMPETENTE PARA APROBAR Y RATIFICAR EL POI Y PEILEY 23733, Art. 29, Literal (c); Art. 32, Literal (a)
SITUACIONConsejo Universitario
Asamblea UniversitariaDocumento Fuente
Plan Operativo Institucional 2008 - UNS No elaborado No aprobado y ratificado D. J. Jefe Oficina Planificación
Plan Operativo Institucional 2009 - UNS No elaborado No aprobado y ratificado D. J. Jefe Oficina Planificación
Memoria Anual del Rector año 2008Elaborado No ratificado No existe Pronunciamiento
de Asamblea Universitaria
RESULTADO DIFICULTAD PARA EVALUAR LA GESTION RECTORAL UNS AÑO 2009
La situación expuesta en el Cuadro, evidencia que la UNS, estuvo operando
presupuestalmente desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2008 y 2009 (730
días) sin Plan Operativo Institucional, lo cual dificulta, considerablemente evaluar los
resultados de la gestión del Rector. Ocurre lo mismo con la Memoria Anual del
Rector correspondiente al ejercicio presupuestario 2008, que debió ser sometida al
pronunciamiento de la Asamblea Universitaria en la Sesión Ordinaria convocada en
el primer semestre del año 2009.
1.3. Criterio: La deficiencia observada ha vulnerado la Ley 23733: Ley Universitaria,
Art. 29, que precisa que la Asamblea Universitaria representa a la comunidad
universitaria y tiene como atribuciones, entre otras, las mencionadas en el literal (c)
que textualmente dice que es atribución de la Asamblea Universitaria, reunida en
sesión ordinaria “Ratificar el Plan Anual de Funcionamiento y Desarrollo de la
Universidad aprobado por el Consejo Universitario”. Asimismo, en el literal (d) del
mencionado artículo, afirma también que es atribución de la Asamblea Universitaria,
reunida en sesión Ordinaria, “Pronunciarse sobre la memoria anual del Rector y
evaluar el funcionamiento de la Universidad”. Igualmente, se evidencia que la
debilidad de gestión encontrada, ha incumplido Art. 32, Literal (a) de la Ley 23733,
debido a que el Plan Anual de Funcionamiento año 2009, no fue aprobado por el
Consejo Universitario. Entre otros aspectos, al haber incumplido con el Art. 29 y 32
de la Ley 23733, el Rector de la UNS, habría incurrido en la causal de vacancia
estipulada en el Estatuto de la UNS, Art. 123, que a la letra dice: “Son causales de
vacancia del cargo de Rector y Vicerrectores: Literal (f) Demostrar negligencia en el
ejercicio de sus funciones”. Por otro lado, la debilidad expuesta vulnera la Ley
28411: Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Art. 7, Num. 7.2, que
estipula que el Titular es responsable de “lograr que los Objetivos y las Metas
establecidas en el Plan Operativo Institucional y Presupuesto Institucional se reflejen
en las Funciones, Programas, Sub Programas, Actividades y Proyectos a su cargo.
En este contexto, el ítem III, del numeral mencionado, le exige además, concordar el
Plan Operativo Institucional (POI) y su Presupuesto Institucional con su Plan
Estratégico Institucional (PEI).Por otro lado, se ha inobservado el Art.71 de la norma
acotada, Núm. 71.1. que a la letra dice: “Las entidades, para la elaboración de sus
Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en
cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI)”; El Núm. 71.2, además dice que: “El
Presupuesto Institucional se articula con el Plan Estratégico de la Entidad, desde
una perspectiva de mediano y largo plazo, a través de los Planes Operativos
Institucionales, en aquellos aspectos orientados a la asignación de los fondos
públicos conducentes al cumplimiento de las metas y objetivos de la entidad,
conforma a su escala de prioridades”. En ese contexto, el Núm. 71.3, precisa que
“los Planes Operativos Institucionales reflejan las Metas Presupuestarias que se
esperan alcanzar para cada Año Fiscal y constituyen instrumentos administrativos
que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas
necesarias para cumplir las Metas Presupuestarias establecidas para dicho período
así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica.
1.4. Efecto: No existe una adecuada programación y planeamiento de las
actividades, ejecutándose gastos y desarrollado actividades sin haber aprobado por
Consejo Universitario y ratificado en Asamblea Universitaria el Plan de
Funcionamiento y Desarrollo de la Universidad año 2009. Esta anomalía no ha
permitido que el Plan de Funcionamiento y Desarrollo 2009 muestre la estructura de
gastos o recursos asignados a cada unidad orgánica administrativa y académica, lo
cual impide evaluar el cumplimiento de objetivos y metas. Consecuentemente, el
mencionado Plan, no está siendo evaluado.
1.5. Causa: Falta de diligencia en el cumplimiento de la Resolución 538-2007-CU-R-
UNS: Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional del
Santa, Artículo 17, literales (c), (d) y (g): Funciones del Rector; Artículo 28, literales
(a), (b) y (c): Funciones del Jefe de la Oficina Central de Planificación; concordantes
con las exigencias del Decreto Legislativo 276: Ley de Bases de la Carrera
Administrativa y Remuneraciones del Sector Público Art. 21, literales (a), (b), (d) y
(g).
En cumplimiento de la NAGU 3.60 “Comunicación de Hallazgos”, los hechos
encontrados, fueron comunicados a los funcionarios y/o servidores responsables
para que hagan llegar sus aclaraciones o comentarios, quienes manifestaron lo
siguiente:
1. El señor Pedro Eliseo Moncada Becerra, Rector, en respuesta al Oficio 0090-
2010-2-0443: Comunicación de Hallazgos, que le fue entregado el 21 de abril de
2010, comenta que: “el Plan Operativo Institucional 2008 fue aprobado con la
Resolución Nº 172-2009-CU-R emitido por el Consejo Universitario el 27 de abril de
2009 tal como se corrobora en la copia que se adjunta; respecto al Plan Operativo
Institucional 2009 se encuentra pendiente de aprobación, pero ya fue sometido para
ese efecto al Consejo Universitario.(Esta aseveración es a la fecha 21-04-2010,
implica que el POI 2009, que debió aprobarse antes de finalizar el año 2008, recién
ahora, abril 2010 se encontraría para su aprobación en Consejo Universitario).
La Memoria Anual del Rector Año 2008, si fue elaborado pero debe tenerse en
cuenta que el suscrito asumió el cargo de Rector de la UNS recién desde el 31 de
julio del 2008, por lo que esa memoria se someterá a la Asamblea Universitaria
conjuntamente con la Memoria Anual 2009, por lo que no se dificultara evaluar la
gestión de la institución al 31 de diciembre del 2009 y, además , se ha contado y
cuenta con planes anuales de adquisiciones y contrataciones, aparte del Plan
Estratégico Institucional período 2007-2011, aprobado con Resolución Nº 305-2007
–CU-R-UNS del 06-08-2007, cuyas transcripciones se adjuntan, por lo que el
suscrito y los integrantes del Consejo Universitario (órgano encargado de aprobar el
Plan Anual de Funcionamiento y Desarrollo de la Universidad), no han incurrido en
negligencia, máxime si estos documentos y el SIAF permiten los controles
presupuestales y la evaluación de gastos”.
El comentario efectuado por el señor Rector de la UNS, ha merecido la
evaluación siguiente: En aclaraciones, el señor Rector refiere que el POI 2008 se
aprobó mediante Resolución 172-2009-CU-R-UNS, de fecha 27 de abril del 2009 y
que el POI 2009, aun no se ha aprobado, ello evidencia que la UNS en el ejerció
2009 no contó con dicho instrumento de gestión al no haber sido aprobado por los
órganos competentes (Consejo Universitario y Asamblea Universitaria); Por lo que el
señor Rector, no ha podido desvirtuar la evidencia de que el POI 2009 no fue
aprobado durante el periodo presupuestal 2009. Por otro lado, intenta desvirtuar la
observación argumentando que el Rector no habría incurrido en la causal de
Vacancia estipulada en el Estatuto de la UNS, Art. 123, Literal (f), Causales de
vacancia del Rector y Vicerrectores, por cuanto, aún cuanto la Entidad no contó con
el Plan de Desarrollo y Funcionamiento de la Universidad o su equivalente Plan
Operativo Institucional Año 2009, pero sí contó con el Plan de Adquisiciones y las
operaciones fueron administradas a través del SIA. Este comentario no es valedero
para justificar la negligencia de las autoridades en razón directa a que el Plan Anual
de Adquisiciones es un instrumento de gestión de menor rango que se deriva del
Plan Operativo Institucional 2009, que no fue elaborado ni aprobado hasta la fecha
del cierre del presente Informe.
Por consiguiente, las aclaraciones o comentarios efectuados por el señor
Rector de la UNS, no levantan la observación, manteniendo su responsabilidad bajo
la categoría de incumplimiento de deberes y/o funciones generales estipuladas en la
Ley 23733: Ley Universitaria, Art. 33, Literal (c), precisando que es atribución u
obligación del Rector “Presentar al Consejo Universitario, para su aprobación, el
Plan Anual de Funcionamiento y Desarrollo de la Universidad, y a la Asamblea
Universitaria su Memoria Anual”, concordantes con el Estatuto de la UNS, Art. 119,
Literales (a), (b), (c), (d) y (g); y Reglamento de Organización y Funciones UNS, Art.
23: Funciones y Atribuciones del Rector, Literal (a) que exigen al mencionado Rector
“Cumplir y hacer cumplir la Ley, el Estatuto y los Reglamentos de la Universidad; así
como los acuerdos del Consejo Universitario y de la Asamblea Universitaria”; Literal
(c), “Dirigir la actividad académica de la Universidad y su gestión administrativa,
económica y financiera, con sujeción a las normas legales, de acuerdo con lo
establecido en el Estatuto y los Reglamentos de la Universidad”; y Literal (g), que le
exige “Cautelar el cumplimiento de los planes y programas de la Universidad; y en
general de las disposiciones y acuerdos que normen la estructura y funcionamiento
de la Universidad”; acorde a la exigencia del D. Leg. 276: Ley de Bases de la
Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, Art. 21, incisos (a), (b),
(d) y (g).
2. El señor Hugo Esteban Caselli Gismondi, Jefe de la Oficina Central de
Planificación y Presupuesto, en respuesta al Oficio 0089-2010-3-0443:
Comunicación de Hallazgos, que le fue entregado el 21 de abril de 2010, comenta
que “en cuanto a esta observación la Oficina técnica encargada es la Oficina de
Planeamiento y Racionalización; cuyo jefe afirma haber elaborado el Plan Operativo
Institucional año 2009 de la Universidad Nacional del Santa, de acuerdo a las
directivas aprobadas según Resolución Nº 218-2009-CU-UNS y en base a los
objetivos establecidos en el Plan Estratégico Institucional periodo 2007-2011 y, ha
presentado a la Oficina Central de Planificación (Del cuál es Jefe el comentante),
órgano inmediato superior, para su conocimiento, tramite y aprobación en vía de
regularización por las instancias correspondientes, debidamente justificando su
demora y dando conocimiento de la presentación inoportuna de información para el
POI 2009 por parte de las oficinas académicas y administrativas de la UNS,
mediante el oficio Nº 003-2010-UNS-OCP/OPRA y informe Nº 001-2010-UNS-
OCP/OPRA, respectivamente, cuyas copias adjunta; continua diciendo que habría
que indicar que las fechas de estos documentos son de marzo 08 y marzo 15, lo que
indica que tienen un año de retraso, pues el año presupuestal 2009 ya se estaba
conciliando en a ciudad de Lima ese mismo día 08 de marzo; Asimismo, el jefe de la
OPRA confirma que si elaboro el Plan Operativo Institucional correspondiente al
ejercicio 2008 y lo presento con Oficio Nº 009-2009-UNS-OCP/OPRA, cuya copia se
adjunta; manifiesta que lo mismo que el año anterior también fue enviado el año
siguiente cuando ya se había conciliado el presupuesto correspondiente, por eso es
que esta jefatura no tenía el recuerdo de su uso efectivo. Ante la documentación que
adjunto debo retractarme de la Declaración Jurada en la que digo que dicho POI
2008 no fue elaborado. Debo agregar que la auditoria de ese año no nos observo,
en la medida que si contábamos con el POI aprobado por resolución. Concluye
manifestando que el jefe de la OPRA finalmente indica que sobre la no elaboración
de la Memoria Anual del Rector año 2008, que es función propia de la Oficina de
Relaciones Publicas órgano dependiente directamente de la Secretaria General de
la UNS, de acuerdo al Reglamento de Organización y Funciones de la UNS; por lo
tanto la Oficina de Planeamiento y Racionalización no le compete levantar esta
observación”.
El comentario efectuado por el señor Jefe de la Oficina Central de Planificación
y Presupuesto, ha merecido la evaluación siguiente: Como lo afirma el Jefe de la
Oficina que presento el 8 de marzo del 2010, el Oficio Nº
003-2010-UNS-OCP/OPRA, en el cual se remitió el Plan Operativo Institucional
2009, para su aprobación vía regularización, fuera del plazo previsto, pues el
ejercicio presupuestal se inicia el 1º de enero de 2009 y culmina el 31º de diciembre
de 2009, como lo señala el artículo 29º de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto, por lo que se ejecuto el presupuesto sin tener aprobado el
instrumento de gestión que permite a las Entidades lograr sus objetivos y metas
contenidos en su Plan Operativo Institucional. La Oficina Central de Planificación y
Presupuesto es responsable de asesorar a los órganos de gobierno de la UNS en la
formulación, ejecución y evaluación de los planes de desarrollo, planes operativos,
políticas institucionales y presupuesto de la Institución por lo que debió de velar por
presentar el documento de gestión antes de iniciarse el ejercicio presupuestal hasta
su aprobación por los órganos de gobierno de la UNS y no es función de comentar
que no se pudo presentar debido a la no presentación de algunas dependencias
académicas y administrativas, al ser el Plan Operativo un instrumento de gestión que
permite a las Entidades lograr sus objetivos y metas allí descritas, por lo que no
guarda relación con lo dispuesto en el artículo 71º, numerales 71.1º, 71.2º y 71.3º de
la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
Por consiguiente, las aclaraciones o comentarios efectuados por el Jefe de la
Oficina Central de Planificación y Presupuesto de la UNS, no levantan la
observación, manteniendo su responsabilidad bajo la categoría de incumplimiento de
deberes y/o funciones generales estipuladas en el Reglamento de Organización y
Funciones UNS, Artículo 37º Funciones de la Oficina Central de Planificación, literal
(a) Proponer a la Alta Dirección los lineamientos de políticas institucional y los
planes de desarrollo a corto, mediano y largo plazo; artículo 38º: Funciones y
atribuciones del Director de la Oficina Central de Planificación y Presupuesto, Literal
(d), que le exige “Proponer el proyecto de Plan Operativo y de Desarrollo, así como
el de presupuesto del órgano a su cargo” concordante con el Estatuto de la UNS Art.
55º “Formular y proponer el plan anual de funcionamiento y presupuesto de la
universidad”. La Dirección Central de la Oficina de Planificación y Presupuesto es
responsable de asesorar a l Rector y a los Órganos de Dirección en la formulación
de las políticas relacionadas con las funciones de la oficina a su cargo, acorde a la
exigencia del D. Leg. 276: Ley de Bases de la Carrera Administrativa y
Remuneraciones del Sector Público, Art. 21, incisos (a), (b), (d) y (g).
Por los hechos expuestos y la evaluación de sus comentarios o aclaraciones, le
asiste Responsabilidad Administrativa al señor Pedro Eliseo Moncada Becerra,
Rector de la UNS; y al señor Hugo Esteban Caselli Gismondi, Jefe de la Oficina
Central de Planificación y Presupuesto de la UNS, por no haber cautelado los
intereses de la Universidad acorde a lo normado por el D. Leg. 276: Ley de Bases de
la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, Art. 21, incisos (a),
(b), (d) y (g), falta disciplinaria cuya gravedad será calificada por la Comisión
Permanente de Procesos Administrativos y Disciplinarios, de acuerdo a las
atribuciones que le compete según los Artículos 150 y siguientes del Decreto
Supremo 005-90-PCM: Reglamento de Ley de Bases de la Carrera Administrativa y
Remuneraciones del Sector Público.
OBSERVACION 2:
2.1. Sumilla: “INCORPORACION INADECUADA DEL SALDO DE BALANCE
AÑO 2008 AL PRESUPUESTO AÑO 2009, VIA CREDITO
SUPLEMENTARIO EN LA FUENTE DE FINANCIAMIENTO
RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS, DONACIONES Y
TRANSFERENCIAS Y RECURSOS DETERMINADOS”
2.2. Condición: Al examinar el Estado de Ejecución del Presupuesto de Ingresos y
Gastos (EP-1) correspondiente al Año Fiscal 2009, se ha verificado la integración
financiera del Saldo de Balance 2008 al Presupuesto Institucional de Ejercicio Fiscal
2009 hasta por el importe de S/. 54´214,643.67, de ello se han emitido las
Resoluciones N° 343-2009-UNS, por el importe de S/. 2´974,613, por incorporación
de saldo de Balance en la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias y
la Resolución N° 484-2009-UNS, por el importe de S/. 440,000.00 por incorporación
de Saldo de Balance en la Fuente de Financiamiento. Recursos Directamente
Recaudados. Al respecto, no se evidencia las Resoluciones por Crédito
Suplementario para la incorporación de los Saldos de Balance por los importes de
S/. 423,697.04, S/. 50´080,981.55 y S/. 295,352.08 en las Fuentes de
Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, Donaciones y Transferencias y
Recursos Determinados. El cuadro que a continuación se presenta, expone
objetivamente la situación encontrada:
CUADRO 2
SALDOS DE BALANCE 2008 INCORPORADOS INADECUADAMENTE AL PRESUPUESTO INSTITUCIONAL AÑO 2009
Fte. Fto. /Rubro
DESCRIPCION/RUBROEJECUCIÓN DE INGRESOSEGÚN UNS
EJECUCIÓN DE GASTOSSEGÚN UNS
SALDOSBALANCE
SEGÚN SOA
INCORPORACION 2009
SEGÚN UNS
DIFERENCIANO INCORP
SEGÚN SOA
1 00 Recursos Ordinarios 12,283,652.61 12,283,652.61 - - -
2 09Recursos Directamente Recaudados 5,390,351.58 4,526,654.54 863,697.04 440,000.00 423,697.04
4 13Donaciones y Transferencias 54,289,188.33 1,233,593.78 53,055,594.55
2,974,613.00 50,080,981.55
5 18 Recursos Determinados 295,352.08 - 295,352.08 - 295,352.08
72,258,544.60 18,043,900.93 54,214,643.67 3,414,613.00 50,800,030.67
2.3. Criterio: No se ha tomado en cuenta la característica fundamental del Principio
de simultaneidad y paralelismo de la Contabilidad financiera y la Contabilidad
Presupuestal del sistema peruano. Este Principio, precisa que los registros contables
se realizan en la contabilidad financiera y en la contabilidad presupuestal en
concordancia con la Ley 28112: Ley Marco de la Administración Financiera del
Sector Público, Art. 11 y 40. La debilidad encontrada, contraviene también lo
dispuesto por la Ley 28411: Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, que
en su artículo 42°, Núm. 42.1, Literal (d), dispone que “los recursos financieros,
distintos a las Fuentes de Financiamiento Recursos Ordinarios, que no se hayan
utilizados al 31 de diciembre del año fiscal, constituyen Saldos de Balance, los
mismos que se pueden incorporar durante la ejecución en el presupuesto de la
Entidad” del año siguiente. Entre otros aspectos, el Texto Único Ordenado que
aprueba el Anexo N° 1: Ejecución del Presupuesto de los Pliegos del Gobierno
Nacional, Artículo 4º Incorporación de Mayores Fondos Públicos en el Nivel
Institucional, numeral 4.1, precisa que la “Incorporación de mayores fondos públicos
establecidos en el artículo 42º numeral 42.1 de la Ley General, procede en los
siguientes casos: inciso (ii), “Cuando se trate de los recursos provenientes de Saldo
de Balance”. En este contexto, se debe tener presente que en todo registro contable
se exige paralelismo entre las operaciones del proceso contable financiero con las
incidencias del proceso presupuestario. Además debe existir similitud en el registro
de los hechos reales a través de la contabilidad patrimonial o financiera y las
afectaciones sincronizadas de la contabilidad presupuestaria. Es decir que a toda
operación contable le corresponde paralela y simultáneamente una operación
presupuestaria.
2.4. Efecto: Marginación del Presupuesto Institucional 2009, los saldos del Balance
por la suma de S/. 50´800,030.67 (CINCUENTA MILLONES OCHOCIENTOS MIL
TREINTA Y 67/100 NUEVOS SOLES) de las Fuentes de Financiamiento RDR,
Donaciones y Transferencias y Recursos Determinados, careciendo la Entidad de
Marco Presupuestal para la ejecución de dichos recursos y cumplir objetivamente
sus metas programadas.
2.5. Causa: Falta de diligencia en el cumplimiento de la Resolución 538-2007-CU-R-
UNS: Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional del
Santa, Artículo 17, Literal (c): Funciones del Rector; Artículo 21, Literales (a) y (e):
Funciones del Vicerrector Administrativo; Artículo 28, literales (a), (b) y (c):
Funciones del Jefe de la Oficina Central de Planificación; y Artículo 93, Literales (c),
(d) y (e): Funciones del Jefe de la Oficina Central de Economía y Administración;
concordantes con las exigencias del Decreto Legislativo 276: Ley de Bases de la
Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público Art. 21, literales (a), (b),
(d) y (g).
En cumplimiento de la NAGU 3.60 “Comunicación de Hallazgos”, los hechos
encontrados, fueron comunicados a los funcionarios y/o servidores responsables
para que hagan llegar sus aclaraciones o comentarios, quienes manifestaron lo
siguiente:
1. El señor Pedro Eliseo Moncada Becerra, Rector, en respuesta al Oficio 0090-
2010-2-0443: Comunicación de Hallazgos, que le fue entregado el 21 de abril de
2010, comenta que: corresponde, en primer término, aclarar o comentar a la Oficina
Central de Planificación y a la Oficina de Presupuesto por ser los órganos de apoyo
encargado de esos trámites y, además, por ser representantes de la UNS ante la
Dirección Nacional de Presupuesto Público o conjuntamente con el señor Vicerrector
Administrativo, por ser quien hace las veces de Director General de Administración.
Sin embargo, debe tenerse en cuenta que el procedimiento para el fin que se indica
en el hallazgo, tiene como base legal el literal c) del numeral 42.1 del art. 42º de la
Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Público. La
Resolución Rectoral Nº 343-2009-UNS se expide por tenerse la viabilidad y la buena
pro de los proyectos de 2.045159 (habilitación urbana – Cerco Perimétrico del
Campus II de la UNS) e implementación de un equipo modular con fines de
investigación en Aceites Esenciales en la Escuela de Agroindustrias de la UNS, que
se ha venido ejecutando en el año 2009 y en el ejercicio fiscal 2010. En la fuente de
financiamiento de Recursos Directamente Recaudados; no se materializo la
incorporación de S/. 440,000.00. Tampoco en la fuente de financiamiento 18
Recursos Determinados, pues como resultado de la evaluación del marco
presupuestal y del presupuesto modificado no era necesario hacerlo por falta de
documentos para su ejecución, así como por no contarse con proyectos de
investigación con viabilidad”.
El comentario efectuado por el señor Rector de la UNS, ha merecido la
evaluación siguiente: En aclaraciones, el señor Rector, solo hace conocer que la no
incorporacion de los saldos de balance se debe por que en el periodo comprendido
entre le 1º d enero al 31 diciembre del 2009, no se contaba con proyectos que
tengan viabilidad, y que en alguno de los casos no era necesario su incorporación
por falta de documentos. Estas salvedades no se encuentran contenidas en la Ley
28411; por el contrario, esta Ley, en artículo 42, Núm. 42.1, precisa que “La
incorporación (…), son aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad, sin
necesidad de que se cuente previamente con la viabilidad de proyectos como
requisito para su incorporación”; Respecto a la evaluación de no existir PIP por no
contar con el expediente concluido ni autorizado para su ejecución, esta
aseveración, corrobora la debilidad que se observa de que los funcionarios
competentes no complementaron el ciclo de elaboración de un PIP para acelerar o
exigir su implementación y ejecución de los proyectos. Además, no presenta copias
de documentos de gestión que a ser adecuadamente evaluados, desvirtúen la
observación sobre la normatividad legal incumplida. y la situación observada.
Por consiguiente, las aclaraciones o comentarios efectuados por el señor
Rector de la UNS, no levantan la observación, manteniendo su responsabilidad bajo
la categoría de incumplimiento de deberes y/o funciones generales estipuladas en el
Reglamento de Organización y Funciones UNS, Art. 23: Funciones y Atribuciones
del Rector, Literal (c), “Dirigir la actividad académica de la Universidad y su gestión
administrativa, económica y financiera, con sujeción a las normas legales, de
acuerdo con lo establecido en el Estatuto y los Reglamentos de la Universidad” y (g),
“Cautelar el cumplimiento de los planes y programas de la Universidad; y en general
de las disposiciones y acuerdos que normen la estructura y funcionamiento de la
Universidad”; acorde a la exigencia del D. Leg. 276: Ley de Bases de la Carrera
Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, Art. 21, incisos (a), (b), (d) y
(g).
2. El señor Hugo Esteban Caselli Gismondi, Jefe de la Oficina Central de
Planificación y Presupuesto, en respuesta al Oficio 0089-2010-3-0443:
Comunicación de Hallazgos, que le fue entregado el 21 de abril de 2010, comenta
que “en cuanto a esta observación la oficina técnica encargada es la Oficina de
Presupuesto (OPRES); y continua manifestando que el Jefe de la OPRES indica que
se ha basado en la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto
Público en el art. 42º numeral 42.1 inciso d) los recursos financieros distintos a la
fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, que no se hayan utilizados al 31 de
diciembre del año fiscal, constituyen saldo de balance y son registrados
financieramente cuando se determine su cuantía. Lo cual dichos recursos se podrán
incorporar para financiar la creación de metas presupuestarias que requieran mayor
financiamiento. Los recursos financieros incorporados mantienen la finalidad para los
cuales fueron signados en el marco de las disposiciones legales vigentes; porque se
entiende que los recursos que son incorporados tengan viabilidad, Código de la
DNPP, se encuentren en fase de convocatoria y/o tenga la buena pro; Indica que
según Resolución Rectoral Nº 343-2009-UNS se realizo la incorporación de mayores
fondos por la Fuente de Financiamiento 13 Donaciones y Transferencias por la suma
de s/. 2´974,613.00 por que ya tenía la viabilidad y la buena pro de los proyectos de
2.045159 (habilitación urbana – Cerco Perimétrico del Campus II de la UNS) e
implementación de un equipo modular con fines de investigación en Aceites
Esenciales en la Escuela de Agroindustrias de la UNS, dicho proyecto que se ha
venido ejecutando en el año 2009 y se viene ejecutando en el presente año fiscal; es
por eso que no se realizaron mayores incorporaciones en dicha fuente de
financiamiento 13 Donaciones y Transferencias porque a su oficina no se le informo
de proyectos que tengan viabilidad, que estén en fase de convocatoria y/o que
cuenten con la buena pro, para su incorporación de saldo de balance. Respecto a la
Fuente de Financiamiento 09 Recursos Directamente Recaudados; solamente se
realizo dicha incorporación de S/. 440,000.00, pues habiendo evaluado nuestro
marco presupuestal en nuestro presupuesto modificado no era necesario realizar la
incorporación porque no se tenía documento alguno por dicha fuente para su
ejecución; por la Fuente de Financiamiento 18 Recursos Determinados, no se
incorporaron por que no se contaba a la fecha con proyectos de investigación que
tenga viabilidad, o se encuentren en fase de Convocatoria y/o cuenten con buena
pro”.
El comentario efectuado por el señor Jefe de la Oficina Central de Planificación
y Presupuesto, ha merecido la evaluación siguiente: En aclaraciones, el Jefe de la
Oficina Central de Planificación y Presupuesto, al igual que el señor Rector, solo
hace conocer que la no incorporacion de los saldos de balance se debe por que en
el periodo comprendido entre le 1º d enero al 31 diciembre del 2009, no se contaba
con proyectos que tengan viabilidad, y que en alguno de los casos no era necesario
su incorporación por falta de documentos. Estas salvedades no se encuentran
contenidas en la Ley 28411; por el contrario, esta Ley, en artículo 42, Núm. 42.1,
precisa que “La incorporación (…), son aprobados mediante resolución del Titular
de la Entidad, sin necesidad de que se cuente previamente con la viabilidad de
proyectos como requisito para su incorporación”; Respecto a la evaluación de no
existir PIP por no contar con el expediente concluido ni autorizado para su ejecución,
esta aseveración, corrobora la debilidad que se observa de que los funcionarios
competentes no complementaron el ciclo de elaboración de un PIP para acelerar o
exigir su implementación y ejecución de los proyectos. Además, no presenta copias
de documentos de gestión que a ser adecuadamente evaluados, desvirtúen la
observación sobre la normatividad legal incumplida. y la situación observada.
Por consiguiente, las aclaraciones o comentarios efectuados por el Jefe de la
Oficina Central de Planificación y Presupuesto de la UNS, no levantan la
observación, manteniendo su responsabilidad bajo la categoría de incumplimiento de
deberes y/o funciones generales estipuladas en el Reglamento de Organización y
Funciones UNS, Artículo 37º Funciones de la Oficina Central de Planificación, literal
(b) “Planificar, coordinar, dirigir, controlar y evaluar las actividades propias de los
sistemas de planificación, presupuesto y racionalización”, Literal (c) “Conducir la
formulación, programación, instalación y evaluación del presupuesto institucional, así
como las modificaciones presupuestales”; artículo 38º: Funciones y atribuciones del
Director de la Oficina Central de Planificación y Presupuesto, Literal (e), que le exige
“Cumplir y hacer cumplir las normas y disposiciones legales, en el ámbito de sus
competencias” concordante con el Estatuto de la UNS Art. 55º literal (c) “Evaluar el
la ejecución del plan anual de funcionamiento y presupuesto de la universidad”,
acorde a la exigencia del D. Leg. 276: Ley de Bases de la Carrera Administrativa y
Remuneraciones del Sector Público, Art. 21, incisos (a), (b), (d) y (g).
Por los hechos expuestos y la evaluación de sus comentarios o aclaraciones, le
asiste Responsabilidad Administrativa al señor Pedro Eliseo Moncada Becerra,
Rector de la UNS; y al señor Hugo Esteban Caselli Gismondi, Jefe de la Oficina
Central de Planificación y Presupuesto de la UNS, por no haber cautelado los
intereses de la Universidad acorde a lo normado por el D. Leg. 276: Ley de Bases de
la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, Art. 21, incisos (a),
(b), (d) y (g), falta disciplinaria cuya gravedad será calificada por la Comisión
Permanente de Procesos Administrativos y Disciplinarios, de acuerdo a las
atribuciones que le compete según los Artículos 150 y siguientes del Decreto
Supremo 005-90-PCM: Reglamento de Ley de Bases de la Carrera Administrativa y
Remuneraciones del Sector Público.
III. CONCLUSIONES
Del Examen Especial practicado a la Información Presupuestaria formulada
por la Universidad Nacional del Santa y presentado a la Dirección Nacional de
Contabilidad Pública correspondiente al periodo presupuestario 2009, se ha arribado
a las conclusiones siguientes:
Conclusión 1
Plan Anual de Funcionamiento y Desarrollo de la Universidad o su equivalente Plan
Operativo Institucional año 2009, así como la memoria anual del rector año 2008, no
fue elaborado, aprobado y ratificado por los órganos competentes, dificultando
evaluar la gestión de la Universidad Nacional del Santa al 31 de diciembre de 2009”.
(Véase Observación 1).
Conclusión 2
La Universidad Nacional del Santa, ha efectuado incorporación inadecuada del saldo
de balance año 2008 al presupuesto año 2009, dejando de incorporar legalmente la
suma S/. 50´800,030.67 (CINCUENTA MILLONES OCHOCIENTOS MIL TREINTA Y
67/100 NUEVOS SOLES) Vía Crédito Suplementario de recursos provenientes de
las Fuentes de Financiamiento RDR, Donaciones y Transferencias y Recursos
Determinados. (Véase observación 2).
IV. RECOMENDACIONES
En mérito a lo expuesto en las observaciones y conclusiones del presente
Informe, de conformidad con lo establecido en el Artículo 15°, incisos b), e) y f) de la
Ley 27785: Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría
General de la República, se formula la recomendaciones siguientes:
AL SEÑOR RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SANTA
1. Sugerimos al señor Rector, derive copia del presente Informe a la Comisión
Especial de Procesos Administrativos y Disciplinarios, para que, en virtud de sus
atribuciones legales, califique la gravedad de las responsabilidades
administrativas y sugiera al Titular del Pliego la aplicación de las sanciones que
corresponde a los funcionarios y servidores comprendidos en las observaciones.
El deslinde de las responsabilidades administrativas, deben realizarse en el plazo
de Ley, un año contado a partir del momento en que el Titular toma
conocimiento del Informe (Véase Observación 1, 2,).
2. Recomendamos al señor Rector instruya al Jefe de la Oficina Central de
Planificación y Presupuesto, para que cumpla con formular el Plan Operativo
Institucional o Plan Anual de Funcionamiento y Desarrollo de la Universidad en el
momento oportuno para aprobarlo antes del inicio de cada año fiscal, a fin de que
este instrumento de gestión imprescindible, sirva de base para la formulación del
Presupuesto Institucional de Apertura (PIA). Esta acción, permitirá evaluar
objetivamente las metas y objetivos institucionales de cada ejercicio
presupuestario. (Véase Observación 1 y Conclusión 1).
2. Recomendamos al Titular del Pliego instruya al Director de la Oficina Central de
Planificación y Presupuesto, para que sistematicen la información e incorporen al
Presupuesto Institucional 2010 los Saldos dejados de incorporar de Balance año
2008 de manera objetiva y paralela a los saldos del Balance del Período Fiscal
2009, vía crédito suplementario. Esta acción objetivará el marco legal para la
utilización del monto de S/. 50´800,030.67 (CINCUENTA MILLONES
OCHOCIENTOS MIL TREINTA Y 67/100 NUEVOS SOLES), correspondiente a
los ingresos por Canon de saldos del Balance del ejercicio 2008. (Véase
Observación 2 y Conclusión 2 ).
Tingo María, 10 de mayo de 2,010
Refrendado por:
………….………….……………………… ……….………………………………………… HUMBERTO HENRIQUEZ VALDIVIESO EULELIO TOLENTINO CALERO Contador Público Colegiado Contador Público Colegiado
Matrícula 14-226 CCPHCO Matricula 14 – 178 CCPHCO Auditor Supervisor Jefe de Equipo
ANEXOS:
ANEXO 1:
FUNCIONARIOS FINALMENTE COMPRENDIDOS EN LAS OBSERVACIONES
TOLENTINO HENRIQUEZ Y ASOCIADOS S. CIVIL UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SANTA CODIGO DE SOA N° 0443 NUEVO CHIMBOTE -PERU
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ANEXO 1: FUNCIONARIOS Y SERVIDORES DE LA ENTIDAD FINALMENTE COMPRENDIDOS EN LAS OBSERVACIONES
APELLIDOS Y NOMBRES DNI CARGOPERIODO LABORADO VINCULO CONTRACTUAL
DIRECCION DOMICILIARIADESDE HASTA CONDICION RESOLUCION
MONCADA BECERRA, PDERO ELISEO 32931251 Rector 01-01-09 31-12-09 DESIGNADPRR Nº 007-2008-AU-R-
UNSNicolas Garatea MZ 55 Lote 2
CASELLI GISMONDI HUGO ESTEBAN 32819296 Jefe Oficina Central Planeamiento y Presupuesto 05-12-08 31-12-09 Designado RR.Nº 037-2009-UNS Nicolás Garatea Mz 4 Lote . 38
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INFORME Nº 002-2010-3-0443 Examen Especial a la Información Presupuestaria Año 2010
TOLENTINO HENRIQUEZ Y ASOCIADOS S. CIVIL UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SANTA CODIGO DE SOA N° 0443 NUEVO CHIMBOTE -PERU---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ANEXO 2
MEMORANDUM DE CONTROL INTERNO PARA
LA OFICINA LA OFICINA CENTRAL DE
PLANIFICACION Y PRESUPUESTO
2.1. SISTEMA DE CONTROL INTERNO PARA LA OFICINA CENTRAL DE
PLANIFICACION Y PRESUPUESTO
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INFORME Nº 002-2010-3-0443 Examen Especial a la Información Presupuestaria Año 2010
TOLENTINO HENRIQUEZ Y ASOCIADOS S. CIVIL UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SANTA CODIGO DE SOA N° 0443 NUEVO CHIMBOTE -PERU---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
El objetivo del Sistema de Control Interno para la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto, está orientado a prever la eficiencia y eficacia de las fuentes y usos de
los recursos monetarios indispensables para el cumplimiento de los fines de la
institución. En este contexto, constitucionalmente, el Sistema de Control Interno de la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto, se presenta como soporte imprescindible que
ayuda a asignar oportunamente y acorde a la legislación presupuestal, los recursos
escasos para financiar los planes, programas y proyectos a cargo de la Entidad. Desde
esta perspectiva, el proceso del sistema de Planeamiento y presupuesto, que
comprende las etapas de: programación, formulación, aprobación, ejecución, control y
evaluación, soportado por un Sistema de Control Interno eficiente, garantiza el
cumplimiento de todas las disposiciones legales y/o presupuestarias. En consecuencia,
al evaluar el Sistema de Control Interno de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto
de la Entidad, hemos encontrado las debilidades de control siguientes:
2.1.1. La Oficina Central de Planificación y Presupuesto de la Universidad, no ha
estructurado y/o formulado las Normas Técnicas de Control Interno
específicas aplicables a su respectiva Oficina. Esta debilidad incumple de
la Ley 28716: Ley de Control Interno de las Entidades Públicas, Art. 6 y 8, y
de la Resolución de Contraloría 320-2006-CG, Quinto Considerando.
RECOMENDACIÓN:
Sugerimos al señor Rector, instruya al Jefe de la Oficina Central de Planificación
y Presupuesto, para que estructure las Normas Técnicas Específicas de Control
Interno en la Oficina a su cargo. Lo contrario, implica inobservancia al
cumplimiento de la Ley 28716: Ley de Control Interno de las Entidades del
Estado, Art. 10, que textualmente dice: “La Contraloría General de la República,
con arreglo a lo establecido en el Art. 14 de la Ley 27785, dicta la normativa
técnica de control que oriente la efectiva implantación y funcionamiento del control
interno en las entidades del Estado, así como su respectiva evaluación. Dichas
normas constituyen lineamientos, criterios, métodos y disposiciones para la
aplicación y/o regulación del control interno en las principales áreas de su -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
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TOLENTINO HENRIQUEZ Y ASOCIADOS S. CIVIL UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SANTA CODIGO DE SOA N° 0443 NUEVO CHIMBOTE -PERU---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
actividad administrativa u operativa de las entidades, incluidas las relativas a la
gestión financiera, logística, de personal, de obras, de sistemas computarizados y
de valores éticos, entre otras. A partir de dicho marco normativo, los titulares de
las entidades están obligados a emitir las normas específicas aplicables a su
entidad, de acuerdo a su naturaleza, estructura y funciones, las que deben ser
concordantes con la normativa técnica de control que dicte la Contraloría General
de la República”.
2.1. 2. Las demás normas técnicas de control interno aplicables a la Oficina
Central de Planificación y Presupuesto de la Entidad, no han sido
evaluadas por cuanto se carece de las Normas Técnicas de Control Interno
específicas que sirvan de base de comparación en esta Oficina.
Tingo María, 10 de mayo de 2010
--------------------------------------------------------HUMBERTO HENRIQUEZ VALDIVIESO
Contador Público ColegiadoMatrícula 14-226-CCPHCO
Auditor Supervisor
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ANEXO 3
DOCUMENTACION QUE SUSTENTA LAS
OBSERVACIONES DE AUDITORIA
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ANEXO
OBSERVACION Nº 01
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ANEXO
OBSERVACION Nº 02
1
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