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INFOGAS Administración del Sistema de Control de Carga de Gas Natural Vehicular Premio Creatividad Empresarial 2006 Categoría: Servicios Financieros y de Seguros

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Cambio de

Matriz

Energética:

GAS

NATURAL

GNV

¿CÓMO SE CREA EL SISTEMA DE CONTROL DE CARGA DE GNV?

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RESEÑA DE SU CREACIÓN

COFIDE participó activamente en el desarrollo de las funcionalidades requeridas para el Sistema de Control de Carga de GNV a fin de que se garantice el cumplimiento de los objetivos señalados, razón por la cual, el Consejo Supervisor, órgano máximo de decisión del Sistema de Control de Carga, nombró a COFIDE como Administrador del Sistema.

COFIDE planteó que la estructura óptima para la administración del Sistema de Control de Carga de GNV, se establezca a través de un Fideicomiso.

COFIDE fue nombrado fiduciario del Contrato de Fideicomiso, el cual tiene como nombre comercial “INFOGAS”. Cabe señalar que COFIDE fue el responsable directo del diseño del esquema de administración y control que debía ser implementado.

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RESEÑA DE SU CREACIÓN

Por su parte COFIDE, tomando en consideración la oportunidad que generaba la existencia de este sistema informático de control de recaudo, el cual estaba bajo su administración y a través de la estimación de la magnitud de los ahorros que generaba el uso del GNV por parte del mercado potencial en Lima Metropolitana, diseñó el Programa de Financiamiento de Conversión a Gas Natural – COFIGAS, junto con su componente “COFIGAS Vehicular”.

El objetivo de este Programa consiste en promover activamente el proceso de transformación de las unidades de transporte al uso del GNV, a través del financiamiento de los usuarios potenciales, aplicando para ello la tecnología financiera de los Productos Financieros Estructurados.

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El art. 3 de la Ley Nº 27133 - Ley de Promoción del Desarrollo de la Industria del Gas Natural, que declara de interés nacional y necesidad pública, el fomento y desarrollo de la industria del gas natural en los sectores industrial, residencial y transporte de nuestro país.

DS N° 022-2004-PRODUCE, que crea la Comisión Nacional para la Promoción y Uso del Gas Natural, encargada de promover los temas vinculados a los usuarios industriales, automotores y residenciales de gas, a través de acciones de promoción y difusión, así como propuestas de toda índole, con la finalidad de desarrollar los mercados de gas industrial, automotor y residencial; sin perjuicio de las competencias de otras Entidades del Estado establecidas por Ley.

DS Nº 006-2005-EM, Reglamento para la instalación y operación de establecimientos de venta al público de Gas Natural Vehicular (GNV).

MARCO LEGAL

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Directiva Nº 001-2005-MTC/15 aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 Régimen de Autorización y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversión, que cuenta con rango de Decreto Supremo, y normas modificatorias.

Resolución de Consejo Supervisor Nº 001-2005-CS/GNV publicada en el diario “El Peruano” el 4-10-2005, el Consejo Supervisor designó como Administrador del Sistema de Control de Carga de GNV a COFIDE; bajo la modalidad de un Contrato de Fideicomiso de Administración.

Contrato de Fideicomiso de Administración del Sistema de Control de Carga de GNV con la participación del Consejo Supervisor como Fideicomitente Público y Fideicomisario, PLUSPETROL Perú Corporation S.A. y Gas Natural de Lima y Callao S.R.L. como Fideicomitentes Privados y COFIDE como Fiduciario. El 28-10-2005 se suscribió la correspondiente Escritura Pública.

MARCO LEGAL

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DEFINICIÓN

El Sistema de Control de Carga de GNV administra la información acumulada y generada por una estructura de proveedores, consumidores y demás agentes que participan en el mercado del GNV.

El Decreto Supremo N° 006-2005-EM, publicado el 4-02-2005 en su Capitulo III establece la creación del Sistema de Control de Carga de GNV.

El Consejo Supervisor designó como Administrador del Sistema de Control de Carga de GNV a la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. – COFIDE; bajo la modalidad de un Contrato de Fideicomiso de Administración.

EL SISTEMA DE CONTROL DE CARGA DE GAS NATURAL VEHICULAR

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FINALIDAD:

Supervisar los procesos vinculados a la adquisición, instalación, registro, revisión técnica, abastecimiento, mantenimiento, carga e inclusive la recaudación del financiamiento para la conversión vehicular a GNV.

Facilitar el control y supervisión del Sistema por parte de los ministerios respecto a sus competencias.

Uniformizar los procesos de control vehicular y del proceso de conversión.

Facilitar el acceso al crédito a las MYPES, transportistas y personas naturales.

Reducir los costos de monitoreo y recuperabilidad de los IFIS.

FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN EL SISTEMA DE CONTROL DE CARGA DE GNV

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SERVICIOS QUE BRINDA:

a) Servicios No Financieros:

Servicio de administración de la información acumulada y generada a través del Sistema de Control de Carga Inteligente, por entidades que conforman una estructura de proveedores y consumidores del gas natural vehicular.

Las entidades suscribirán contratos de adhesión para la utilización del sistema de control de carga inteligente, a cambio del pago de una membresía (aportes).

b) Servicios Financieros

Servicio de recaudación de cobranza, a través del Sistema de Control de Carga Inteligente, de financiamientos para conversiones vehiculares a GNV, autos nuevos convertidos a GNV y otros.

FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN EL SISTEMA DE CONTROL DE CARGA DE GNV

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Entidad Certificadora

Taller de Conversión

Estación de Servicio

Proveedor Equipo Completo (PEC)

Entidad Financiera

Usuarios vehiculares

Proveedor de Vehículos GNV

PARTICIPANTES DEL SISTEMA DE CONTROL DE CARGA DE GNV

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El cliente se dirige a las estaciones de servicio para abastecerse de GNV.

El dispositivo electrónico es leído, y de validarse en la Base de Datos del Sistema como un vehículo apto para consumir GNV, la carga de combustible se realiza.

En el ticket de venta figura el total a pagar por los m³ de GNV comprados, y también el monto correspondiente al recaudo para el pago del financiamiento (abono a cuota).

Vehículo a GNV certificado Estación de Servicios a GNV Centro de Cómputo - INFOGAS

Dispositivo Electrónico – chip

(iButton) Lector de iButton Internet

CARGA DE GNV Y PAGO DE RECAUDO

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Las estaciones de servicio de GNV tienen la obligación, según el Decreto Supremo Nº006-2005/MEM de efectuar la retención y transferencia de los montos correspondientes al pago por concepto de financiamiento de conversión de vehículos a GNV.

Todas las estaciones de servicio han suscrito un Convenio de Recaudación con el Administrador, que reafirma la obligación y responsabilidad de cumplir con esta función.

Diariamente, las estaciones de servicio de GNV realizan el cierre de todo lo recaudado en el día, y efectúan el abono de dicho importe en una cuenta recaudadora administrada por INFOGAS.

ABONO DE RECAUDOS

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PROCEDIMIENTO PARA LA TRANSFERENCIA DE RECAUDOS EN LOS ESTABLECIMIENTOS DE

VENTA DE GNV

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MARCO NORMATIVO • Decreto Supremo Nº 006-2005-EM que aprueba el

REGLAMENTO PARA LA INSTALACIÓN Y OPERACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS DE VENTA AL PÚBLICO DE GAS NATURAL VEHICULAR (GNV) y demás modificatorias.

• Artículo 87.- Obligatoriedad del Sistema de Control de

Carga Los establecimientos de venta al público de GNV y el Consumidor Directo de GNV deben disponer y utilizar todos los elementos necesarios que formen parte del Sistema de Control de Carga de GNV.

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MARCO NORMATIVO

• Artículo 68.- Del control y venta de GNV

(…) e) Entregar dentro del plazo establecido por la entidad competente, el monto recaudado a las entidades acreedoras del Sistema Financiero que se encuentren debidamente inscritas en el registro del Administrador del Sistema, cuando hayan financiado la conversión del vehículo a GNV.

• Convenio de Recaudación suscrito con el Administrador del Sistema de Control de Carga de GNV.

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ACTIVIDADES PARA OBTENER CIFRAS EXACTAS Y CONCILIARLAS CON LO EFECTIVAMENTE RECAUDADO

• Imprimir el reporte Totales del Día a partir de las impresoras de los Puntos de Venta (POS). En este reporte se deberá verificar y tomar nota de la data disponible en la sección inferior del informe impreso, denominada Total Recaudos.

• Ingresar al módulo de reportes del establecimiento de venta de GNV y generar el reporte Ventas Diarias Por Manguera y Turno prestando atención al monto por concepto de Recaudo. Este reporte debe crearse considerando la fecha de apertura de turno, opción disponible en el filtro “Seleccione Filtro Fecha”, donde se deberá elegir la alternativa ‘turno’”.

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ACTIVIDADES PARA OBTENER CIFRAS EXACTAS Y CONCILIARLAS CON LO EFECTIVAMENTE RECAUDADO

• Verificar que las cifras Total Recaudos del reporte Totales

del Día coincida con la cifra Recaudo del reporte Ventas Diarias Por Manguera y Turno.

• Verificar que se debe tener tantos cierres de turno

(winchas de cierre) como filas haya en el reporte Ventas Diarias Por Manguera y Turno.

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OBLIGACIÓN DEL ABONO DIARIO POR CONCEPTO DE RECAUDACIÓN

• La transferencia por concepto de recaudos deberá realizarse de manera

diaria y estar disponible en la cuenta recaudadora del Sistema de Control de Carga de GNV hasta antes de las 12:00 horas del mediodía del día en curso.

• El establecimiento de venta de GNV será responsable de verificar que la transferencia de recaudos se haya hecho efectiva y ejecutado en los tiempos acordados.

• La transferencia de los recaudos deberá realizarse todos los días de lunes a viernes. Los abonos correspondientes a los días viernes, sábado y domingo serán regularizados el día lunes en el mismo horario. De igual manera, los abonos correspondientes a días feriados, se regularizarán al siguiente día hábil.

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OBLIGACIÓN DEL ABONO DIARIO POR CONCEPTO DE RECAUDACIÓN

• El establecimiento de venta de GNV deberá realizar la transferencia de los recaudos en la siguiente cuenta:

• IFI: Banco Continental - BBVA

• Cuenta: 0011-0661-690100027768

• Nombre: Cta. Corriente MN - COFIDE Fideicomiso de Administración del Sistema de Control de Carga de GNV.

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COMUNICACIÓN DEL MONTO ABONADO POR CONCEPTO DE RECAUDACIÓN

• Para efectos de mejorar el proceso de transferencia de la recaudación diaria

conforme se especifica en el Convenio de Recaudación, es imprescindible contar con información detallada y oportuna relacionada a estas operaciones.

• Una vez realizado el abono diario, el establecimiento de venta de GNV deberá

informar de inmediato y antes de las 12 horas del mediodía el detalle de lo transferido vía correo electrónico.

• La información comunicada deberá remitirse con la siguiente estructura:

– Nombre de la estación de servicio. – Monto en soles transferido a la cuenta corriente del Fideicomiso (BBVA Banco

Continental). – Fecha y hora de la transferencia. – Fecha a la que corresponde la recaudación. – Número de operación o referencia de la confirmación de la operación.

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• Disponer de todos los elementos necesarios que formen parte del Sistema de Control de Carga.

• Utilizar obligatoriamente el Sistema de Control de Carga y sus elementos en cada despacho de GNV.

• Cumplir con los procedimientos establecidos por el Administrador para el uso del Sistema de Control de Carga.

• Reportar al Administrador la información requerida por éste.

• Incorporar al monto de la venta de GNV la cantidad correspondiente al pago a la Entidad que ha Financiado la conversión y/o adquisición de un vehículo abastecido.

• Realizar el depósito del monto recaudado dentro del plazo establecido en el Convenio de Recaudación.

• Informar al Administrador cualquier irregularidad detectada en el vehículo, el chip o cualquier incidencia que se encuentre fuera del abastecimiento regular de un vehículo.

PRINCIPALES OBLIGACIONES DE LAS EDS

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PRINCIPALES OBLIGACIONES DE LAS EDS

Informar a el Administrador cualquier irregularidad detectada

• Verificar que el chip esté correctamente instalado y remachado al vehículo.

• Informar al Administrador los casos en el que el usuario vehicular pretenda abastecer GNV con chip en mano.

• Verificar que la placa que figura en el ticket de venta coincida con la placa física del vehículo al que se está despachando.

• Informar alguna situación que ocasione la fuga de GNV (rotura de o-ring, etc.) en el despacho de GNV a un vehículo.

• El chip de un vehículo se quedó pegado en el lector.

• El usuario vehicular afirma que ya no paga recaudo; y sin embargo, le aparece este concepto en el ticket.

• Los datos del ticket de venta muestran montos excesivos.

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• Sólo se puede efectuar la venta de GNV a través del software del Sistema de Control de Carga.

• Únicamente el despacho de GNV será a vehículos que tengan el chip remachado internamente en el capot del vehículo.

• Es responsabilidad de la Estación, la verificación de la placa del vehículo al cual se expende el GNV, asimismo que coincida con la placa impresa en el ticket de despacho.

• La carga inicial requerida para la certificación de un vehículo, será sustentada en la Estación mediante una carta del Taller de Conversión, donde se detallará los datos del vehículo, del mecánico acreditado y fecha de vigencia de la misma.

RESPECTO A LA RESPONSABILIDAD Y SEGURIDAD EN EL DESPACHO DE GNV

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• Incumplimiento de normativa.

• Incumplimiento de los procedimientos establecidos por el Administrador del Sistema de Control de Carga.

• Incumplimiento del abono diario de los recaudos, de acuerdo al procedimiento contenido en el Convenio de Recaudación.

• Expendio de GNV desconectando el Usuario del Sistema de Control de Carga.

• Expendio de GNV a vehículo con dispositivo electrónico que no le corresponde y que previamente conoció el operador de la Estación de Servicios o por no reportar la irregularidad una vez detectada.

• Detección de malas prácticas en uso del sistema y de cualquier incidencia que se genere en el despacho de GNV, no reportadas al Administrador.

• No presentar información al Administrador del Sistema de Control de Carga de GNV.

• Incumplimiento de pago al Administrador del Sistema de Control de Carga de GNV.

• Incumplimiento de funciones y contratos.

• No brindar información transparente.

MALAS PRÁCTICAS DETECTADAS POR INFOGAS

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Servicio al Cliente

Horario de Atención:

Lunes a Domingo 7 a.m. – 8 p.m.

Teléfonos: 700-4420 / 700-5335

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“Ayudemos a conservar el Planeta”