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Comisión de Regulación de Energía y Gas INDEXACIÓN DEL PRECIO REGULADO EN BOCA DE POZO DEL GAS NATURAL PRODUCIDO EN LOS CAMPOS DE LA GUAJIRA DOCUMENTO CREG-066 6 DE SEPTIEMBRE DE 2005 CIRCULACIÓN: MIEMBROS DE LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

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Comisión de Regulación de Energía y Gas

INDEXACIÓN DEL PRECIO REGULADO EN BOCA DE POZO DEL GAS NATURAL

PRODUCIDO EN LOS CAMPOS DE LAGUAJIRA

DOCUMENTO CREG-066 6 DE SEPTIEMBRE DE 2005

CIRCULACIÓN:MIEMBROS DE LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

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TABLA DE CONTENIDO

1. ANTECEDENTES...............................................................................................................28

2. ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN ACTUAL..........................................................................28

2.1. Indexation del Precio de Gas de los Campos de la Guajira.................................. 28

2.2. Volatilidad de Precio................................................................................................ 30

2.3. Recomendaciones Recibidas..................................................................................32

3. PROPUESTA...................................................................................................................... 32

3.1. Cambio de índice de Referencia............................................................................. 32

3.2. Fórmula para determinar el Precio Regulado..........................................................38

3.3. Coberturas financieras.............................................................................................40

CONTENIDO DE FIGURAS

Figura 1. Evolución del Precio del Gas en Boca de Pozo (Guajira) y del Fuel Oil de

Exportación 31

Figura 2. Series de Precios Analizadas............................................................................... 34

Figura 3. Precio Regulado del Gas Natural Histórico y Propuesto.................................... 37

Figura 4. Precio del Fuel Oil de Exportación (ECOPETROL) y Precio Internacional...... 38

Figura 5. Evolución del Precio Spot y del Precio de los Futuros....................................... 42

CONTENIDO DE ANEXOS

Anexo 1. Caracterización de la Serie de Precios del Fuel Oil

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INDEXACIÓN DEL PRECIO REGULADO EN BOCA DE POZO DEL GAS NATURAL PRODUCIDO EN LOS CAMPOS DE LA GUAJIRA

En este documento se presenta el análisis y la propuesta regulatoria para definir la fórmula de indexación del precio regulado del gas natural en boca de pozo producido en los campos de la Guajira. En primer lugar se presentan los antecedentes y se desarrolla el diagnóstico de la indexación vigente, para presentar posteriormente una propuesta regulatoria sobre este tópico.

1. ANTECEDENTES

En relación con la metodología de determinación del precio para los campos de la Guajira adoptada por la CREG (Resoluciones CREG 029 de 1995 y CREG 023 de 2000), se ha manifestado por parte de los agentes, que el índice que sirve de referencia para la actualización, no permite la utilización de coberturas financieras que mitiguen la incertidumbre de precios, por lo que algunos agentes de la industria han solicitado estudiar la posibilidad de modificar el índice utilizado.

En particular, se han recibido comunicaciones del Ministerio de Minas y Energía (Radicado CREG E2003-006201 en el que anexa copia de un documento preparado por la URME con un análisis sobre el particular); de la Cámara de Energía y Gas de la Asociación Nacional de Industriales - ANDI (Radicado CREG E2003-007914); de la Asociación Colombiana de Generadores de Energía Eléctrica - ACOLGEN (Radicado CREG E2004-010009); y de ECOPETROL y Chevron (Radicado CREG E2004-000960) como productores-comercializadores de gas natural.

Dichas comunicaciones, en términos generales, proponen modificaciones al indexador actual, motivadas por manifestaciones de los compradores en relación con los perjuicios que les ha generado el aumento de los precios del gas natural, y según algunos de ellos, la volatilidad de los mismos en los últimos años.

2. ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN ACTUAL

En esta sección se presenta un análisis de la metodología de actualización del precio regulado del gas natural en boca de pozo para los campos de la Guajira. Se evalúa la metodología desde el punto de vista del índice utilizado (el cual fue definido ¡nicialmente por la Resolución 039 de 1975 del Ministerio de Minas y Petróleos y adoptado por las Resoluciones CREG 057 de 1996 y CREG 023 de 2000), se presenta un análisis de las condiciones para la formación del índice utilizado y de la volatilidad que ha presentado el precio en los últimos años para determinar los efectos de la indexación en el precio regulado.

2.1. Indexación del Precio de Gas de los Campos de la Guajira

Para la actualización del precio en boca de pozo con la metodología vigente, el índice utilizado es el precio del fuel oil de exportación de ECOPETROL. Asimilando a un índice de precios el cálculo que publica ECOPETROL para hacer la actualización del precio del gas en boca de pozo producido en los campos de la Guajira, es pertinente un análisis de

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lo que representan los índices de precios de energía en los mercados donde éstos son utilizados.

En los mercados energéticos se han desarrollado instrumentos para revelar y difundir la información de precios de mercado a través de índices creados y publicados por las agencias de prensa especializadas. Estos índices se han convertido en referencia de precio para la mayoría de las transacciones físicas y financieras entre los diferentes agentes de los mercados, así como para la toma de decisiones de inversión en el sector.

El índice de precios debe tener ciertas características para que sea reconocido y aceptado por el mercado. En Estados Unidos, el ente regulador (Federal Energy Regulatory Commission - FERC) ha identificado que la credibilidad del índice está relacionada con: i) el volumen de transacciones que es utilizado para su cálculo, y ii) la calidad (trasparencia) de la información involucrada (FERC, 2004).

Un índice calculado a partir de un volumen de transacciones representativo de la actividad total del mercado, será considerado por los agentes como un índice líquido y, por lo tanto, mejorará la percepción de credibilidad.

La liquidez de un mercado se ha definido como la capacidad para realizar transacciones, que depende de la voluntad de las potenciales contrapartes para hacerlo (Economides, 1992). Típicamente, la liquidez se mide en dos aspectos: margen y profundidad. Con el margen se mide la diferencia entre el precio demandado y ofrecido (bid-ask spread); mientras que con la profundidad se determina la capacidad que tiene un comercializador de comprar o vender sin tener que modificar el precio en su contra.

En cierta medida, el volumen y la cantidad de las transacciones dan a los usuarios del índice una idea de la liquidez que tiene el mercado: A mayor volumen de transacciones utilizadas para calcular el índice, su resultado reflejará mejor las condiciones reales del mercado, y por lo tanto será más liquido y trasparente. El precio de exportación del fuel oil de ECOPETROL, como índice, solo refleja las transacciones de un solo agente y no la situación general de mercado (por las particularidades de la negociación en términos de calidad y disponibilidad del producto que afectan el precio de venta de ECOPETROL), por lo que puede ser considerado un índice de baja liquidez.

La calidad de la información involucrada en la determinación del índice de precios, es un aspecto que también afecta su credibilidad. Considerando que los índices de precios son calculados por agencias de prensa especializadas, a partir de la información que es reportada por los participantes del mercado, es fundamental tener en cuenta la calidad de los reportes, para lo cual se establecen metodologías con el fin de auditar la información.

Uno de los inconvenientes que más afecta la credibilidad en el índice que se utiliza en Colombia (fuel oil de exportación de ECOPETROL) es, que el cálculo se hace por parte del mismo agente que provee la información, lo cual no garantiza la calidad de la información utilizada al no existir una metodología independiente para realizar una auditoría de los datos reportados. Esta situación da origen a un problema de asimetría de información.

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En efecto, una de las partes tiene más información que las demás, en particular sobre una de las variables que sirve de referencia para, por ejemplo, estructurar un contrato de cobertura financiera (ECOPETROL es el que conoce los datos de precios y volúmenes con los que se actualiza el precio del gas). Esta situación se puede asimilar con el problema de selección adversa que se presenta entre principal y agente, cuando este último tiene más información que el principal sobre alguna de las características relevantes que rige la relación entre los dos (Macho, Pérez, 1994).

2.2. Volatilidad de Precio

A continuación se analizan los efectos que ha tenido la indexación utilizada en la volatilidad del precio regulado del gas natural en boca de pozo. Según la metodología vigente, el precio regulado de los campos productores de la Guajira se calcula con una periodicidad semestral (el 9 de febrero y el 9 de agosto de cada año), con base en un promedio de la variación del precio del fuel oil de exportación de ECOPETROL durante el semestre anterior a la determinación del precio regulado.

Al utilizar un promedio (independientemente de que sea ponderado por volumen) se atenúa el efecto de altas variaciones del precio del fuel oil sobre el precio del gas natural. Por lo tanto, aunque el fuel oil de exportación de ECOPETROL ha tenido una volatilidad1 del 327%, el precio del gas natural en boca de pozo (Guajira) registró una volatilidad del 17% (en el período 1995-2004, Ver Figura 1).

Para efectos de comparación, en la Tabla 1, se presenta la volatilidad del precio de algunos “commodities” y de la energía eléctrica en bolsa en Colombia, con el fin de tener una referencia para el análisis. A partir de dicha información, es posible afirmar que la volatilidad del precio regulado del gas natural en boca de pozo (Guajira) ha sido relativamente baja si se compara con otros activos energéticos en los mercados nacionales e internacionales.

Tabla 1. Volatilidades de Algunos Energéticos

Energético VolatilidadAnual Observaciones y Fuentes

Energía eléctrica en bolsa en Colombia 218%

Calculada a partir de precios promedio diarios entre enero de 1997 y abril de 2004 (Documento Soporte Resolución CREG 055 de 2004)

Petróleo crudo (WTI) 155% Calculada a partir de precios promedio mensuales entre enero de 1995 y Febrero de 2005 (www.eia.doe.gov)

Gas Natural (Henry Hub spot price)) 1057% Calculada a partir de precios promedio mensuales entre

enero de 1995 y Diciembre de 2004 (www.eia.doe.gov)

Fuel Oil (New York 1,0% sulfur spot price) 301% Calculada a partir de precios promedio mensuales entre

enero de 1995 y Diciembre de 2004 (www.eia.doe.gov)Heating Oil (New York

Harbor spot price) 184% Calculada a partir de precios promedio mensuales entre enero de 1995 y Febrero de 2005 (www.eia.doe.gov)

1 Volatilidad anualizada calculada con base en una serie mensual

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US

$/M

BTU

Figura 1. Evolución del Precio del Gas en Boca de Pozo (Guajira) y del Fuel Oil deExportación

6,0

5,0

4,0

3,0

2,0

1,0

ooo <NOID

O)<0O) h-O) 00CD CO

o OCOO) 0505

OO OOLU

Gas Natural en boca de pozo (G u a jira ) Fuel Oil Ecopetrol (FOB Cartagena)

Fuente: ECOPETROL

En conclusión, de los análisis presentados hasta el momento se puede afirmar lo siguiente:

• El índice que se utiliza para actualizar el precio regulado del gas natural producido en los campos de la Guajira presenta problemas de liquidez, porque solo representa las transacciones de un solo agente en el mercado internacional del fuel oil.

• La fuente de la información de precios del fuel oil que se utiliza para calcular el índice de actualización proviene del mismo productor-comercializador de gas natural, lo cual genera un problema de asimetría de información.

• Los problemas de liquidez y asimetría de información afectan la credibilidad que tiene el mercado en el índice que se utiliza para actualizar el precio regulado del gas natural producido en los campos de la Guajira.

• El índice de precios del fuel oil de exportación de ECOPETROL es una referencia que no permite a los agentes del mercado acudir a las herramientas financieras de cobertura ante una eventual necesidad de administrar la incertidumbre de precios.

Ahora bien, es importante aclarar que la Resolución CREG 023 de 2000 permite a las partes (vendedores y compradores no regulados) acogerse a un esquema de

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actualización del precio diferente al definido en dicha Resolución, por lo que si bien el indexador que se utiliza actualmente presenta los inconvenientes señalados anteriormente, para el diseño de coberturas financieras las partes pueden de mutuo acuerdo escoger el índice que consideren conveniente.

• El índice que se utiliza no corresponde a los precios de un producto homogéneo, ya que su precio depende de la calidad del producto. Por lo tanto, este índice no se ajusta a las características propias de los “commodities” que son: i) el producto es genérico, ii) se compra por precio no por calidad, ¡ii) es vendido por agentes en competencia, iv) el precio del producto es determinado de acuerdo a la oferta y la demanda.

• Dado que el precio regulado del gas natural depende del precio del fuel oil de exportación, de sus respectivos volúmenes de venta y de la calidad, ECOPETROL podría incidir directamente en la formación del precio regulado del gas natural.

2.3. Recomendaciones Recibidas

De las comunicaciones recibidas en la CREG, del Ministerio de Minas y Energía (Radicado CREG E2003-006201 en el que anexa copia del documento de la UPME); de la Cámara de Energía y Gas de la Asociación Nacional de Industriales - ANDI (Radicado CREG E2003-007914); y de ECOPETROL en conjunto con Chevron (Radicado CREG E2004-000960) como productores-comercializadores de gas natural, en términos generales, se extraen las siguientes recomendaciones:

• Actualización del precio regulado de gas natural tomando como referencia el precio internacional del fuel oil.

• Mantener la metodología actual estableciendo una banda de precios máximos y mínimos, como límite a las posibles variaciones.

3. PROPUESTA

Con base en los análisis presentados anteriormente, y teniendo en cuenta las recomendaciones recibidas, a continuación se presenta una propuesta para modificar la fórmula de indexación utilizada para actualizar el precio de gas natural en boca de pozo producido en los campos de la Guajira.

3.1. Cambio de índice de Referencia

La propuesta del cambio de indexador tiene en consideración los siguientes criterios:

• El energético que se seleccione deberá ser transado en mercados líquidos y desarrollados.

• El índice seleccionado deberá garantizar transparencia. La fuente de información deberá contar con credibilidad y objetividad.

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• El nuevo índice deberá ser, en la medida de lo posible, neutral en materia de ingresos para el productor.

• Deberá tener correlación con el comportamiento que ha tenido históricamente el índice actual.

• En la medida de lo posible, deberá existir un mercado de futuros definido sobre el energético seleccionado, y de no ser así, deberá ser posible la utilización de un mercado de futuros de un activo relacionado.

• Finalmente, el índice que se seleccione deberá ser consecuente con las reglas que se fijaron desde 1975, para conservar la estabilidad regulatoria.

Los “commodities” como el petróleo y sus subproductos, se caracterizan por tener mercados competitivos, líquidos y desarrollados. En este tipo de mercados los márgenes entre precio demandado y ofertado (bid-ask spread) son reducidos, con lo cual se refleja el nivel de competencia y liquidez. Adicionalmente, son mercados profundos, en la medida en que los agentes pueden abrir y cerrar sus posiciones, sin mayores variaciones de precio en su contra. Estas características llevan a que un índice de precios de este tipo de mercados tenga liquidez y sea representativo de su actividad.

Dado que el fuel oil es un subproducto del petróleo, se escogieron las series de precios de los siguientes “commodities” por su afinidad entre sí, para analizarlas con respecto al fuel oil de exportación de ECOPETROL. En la siguiente Tabla se presenta un resumen de las características de cada serie, indicando el tipo de precio, el mercado donde se forma el precio y la fuente que se utilizó para obtener la información. La frecuencia de los datos de todas las series es mensual y comprenden un período desde enero de 1991 hasta diciembre de 2004. En la Figura 2 se presenta una comparación de las series de precios en términos de energía (Millones de BTU)

Tabla 2. Resumen de las Series de Precios Utilizadas

Serie de Precios Unidades Tipo de Precio Mercado Fuente

Heating oil US$/Galón Spot Nueva York EIA2 (Departamento de Energía de EEUU)

Fuel oil 1,0% azufre US$/Barril Spot Nueva York Bloomberg

Gas natural US$/MBTU Spot Henry Hub Bloomberg

Petróleo US$/Barril Spot Golfo de México EIA (Departamento de Energía de EEUU)

2 EIA: Energy Information Administration

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US

$/M

BTU

Figura 2. Series de Precios Analizadas

12,0

WTI— Heating Oil Spot price. New York Harbor Fuel Oil (NY 1,0% sulfur spot price)— Henry Hub Spot Price

10,0

8,0

6,0

4,0

2,0

Fuente: Ver Tabla anterior

Para encontrar el indexador para el precio regulado del gas natural que mejor se ajuste en términos estadísticos, se realizó un ejercicio histórico de actualización utilizando como referencia la variación de precios de los “commodities” seleccionados, considerando que se caracterizan por ser transados en mercados líquidos y desarrollados. Se utilizó la misma fórmula actual, pero con un promedio aritmético y no ponderado por volumen.

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Heating Oil2,5 -

2,0

O 1,5Q.*

1,0

0,5 -

— Precio Gas Guajira (Res. 039, según formula ECP)

Precio Gas (Heating Oil Spot)

U

Gas Natural (Henry Hub' CD h*- 00 <13 O r— C\J CO LO CD r- 00 03 0 T— CN COCO CO 00 oo O) 03 O) Cp c? 031 031 03■ 031 031 01 O1 O1 O1 O1

"d "d ~s "5 "5 =3 3 3 3 3 D D D =J—3 —3 “ 3 —3 —3 “ 3 —3 —3 ” 3 3̂ “ 3 “ 3 “ 3 —3 “ 3 —3 ” 3

oa.S-co2

3.5

3.0

2.5 -

2.0 -

1.5 -

1,0 -

0,5

T” (N co LT3 CD I"-- CO 03 O T— CM CO03 O) 03 03 03 03 03 O O O 0 O¿ ¿ Ó Ó ¿ O O ¿ ¿ ¿ Ó ¿ ¿ Ó03 03 03 03 03 03 O) O) O) 03 03 03 03 03< < < < < < < < < < < < < <

Petróleo crudo (WTI)2,5

2,0

o 1,5 o .

w= 3 1,0

0,5 -

— Precio Gas Guajira (Res. 039, según formula ECP) Precio Gas (WTI)

CD h- CO 03 O CM CO ’'t LT3 CD r-- CO 03 O CM COrTj-001 CO1 CO1 CO1 031 031 031 031 031 031 031 03 03 031 O O1 O 01 O1

0 O O O O O O O O D D O "o O~~3 —3 ~~3 “ 3 “ 3 ~̂3 “ 3 "3 “ 3 “ 3 “ 3 —3 —3 “ 3 “ 3 “ 3 “ 3 “ 3

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Los promedios de las diferencias entre cada uno de los indexadores (calculados con cada uno de los “commodities” seleccionados) con respecto al indexador actual (precio del fuel oil de exportación de ECOPETROL), muestran que el que genera menores desviaciones es el fuel oil en Nueva York (New York Harbor Residual Fuel Oil 1.0 % Sulfur LP Spot Price), como se muestra a continuación:

Commodity Heating Oil (Spot) WTI (Spot) Henry Hub

Spot Price

Fuel Oil (NY 1,0% sulfur spot price)

Promedio de diferencias con respecto al indexador actual 1,268% 0,848% 21,649% 0,037%

Para calcular estos promedios se utilizó la siguiente fórmula:

Pr omedio x ^ (IndiceCom mod ity. - IndiceEcopetrol^)

Donde:

IndiceCommodity. Es el valor del índice hipotético para cada semestre de cálculo del precio regulado, determinado con los precios de cada “commodity” seleccionado

IndiceEcopetrol: Es el índice calculado con los precios del fuel oil de exportación de ECOPETROL para cada semestre.

n: Es el número de datos utilizados (semestres desde el año 1986 hasta febrero de 2005)

El precio del fuel oil (Residual Fuel Oil No. 6 1,0% sulfur) para entrega en el puerto de Nueva York, es el índice que mejor se ajusta estadísticamente para hacer la actualización del precio regulado del gas natural en Colombia, ya que es el que genera menores desviaciones con respecto a lo que ha sido el precio históricamente. Los otros “commodities" se descartan porque al comparar el comportamiento del precio regulado del gas (actualizado con cada “commodity”) con el precio regulado histórico (actualizado con la metodología vigente) se observan diferencias significativas en el comportamiento, que generan grandes desviaciones y por lo tanto modificarían sustancialmente la señal regulatoria definida desde 1975. En la Figura 3 se muestra la comparación del precio histórico del gas natural y el precio que resulta con la actualización en función de las variaciones del precio internacional del fuel oil (Residual Fuel Oil No. 6 1,0% sulfur).

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Figura 3. Precio Regulado del Gas Natural Histórico y Propuesto

2,5 -| — Precio Gas Guajira (Res. 039, según formula ECP)

- — Precio Gas (NYNo. 6 fuel oil)

2,0 -

O 1,5Q.5)3 1,0

0,5

I '̂ 7.-

Lf

CD N -

3 3CO00

O)CO

oOí CPCNcp

COO) <J> LOCO

CDCD r--cp

oocp

CT>CO Oo CMO CO T f

3 3

Fuente: ECOPETROL y Cálculos Propios

El promedio de las diferencias entre los factores de indexación (calculado con el “commodity” propuesto) y el factor de indexación histórico (calculado con el precio del fuel oil de exportación de ECOPETROL), sirve como una medida para determinar el incremento o la reducción marginal del ingreso (en términos de precio unitario) que en promedio hubiera obtenido el productor si la para la formación del precio regulado se hubiera utilizado el “commodity" que aquí se propone. El promedio de estas diferencias es de 0,037%, es decir, de haberse actualizado el precio regulado del gas con respecto a las variaciones del precio del fuel oil en Nueva York, el productor-comercializador hubiera recibido en promedio (algunas veces son mayores y otras son menores) un 0,037% más por unidad de gas vendido.

Para analizar el aspecto de la transparencia del índice propuesto hacia el futuro, se desarrolló una caracterización estadística. La serie de los precios internacionales del Fue! Oil (Residual Fuel Oil No. 6) es una serie no estacionaria, diferenciada de orden uno 1(1), que tiene las características de un camino aleatorio, lo que significa que tiene una tendencia estocástica, y por lo tanto no se puede predecir el precio del siguiente período, el cual únicamente dependerá del precio del período anterior más un término aleatorio.

Adicionalmente, la serie de retornos mensuales es una serie estacionaria que sigue una distribución normal con media cercana a cero, lo que significa que a pesar de las fluctuaciones, su tendencia será regresara! promedio (Ver Anexo 1), característica de los mercados eficientes (lo mismo ocurre con los precios de las acciones de mercados líquidos).

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Figura 4. Precio del Fuel Oil de Exportación (ECOPETROL) y Precio Internacional

7 — Fuel Oil Ecopetrol (FOB Cartagena) Fuel Oil (NY 1,0% sulfur spot price)

6

u") co r-- oo o o O) O 05 CT) O o■ [ I I I I ILU LU LU LU LU LU LU

- t- <N CO0 0 9LL1 LÚ LU

O LOoLU LU

Fuente: ECOPETROL, Bloomberg

Teniendo en cuenta que el precio de exportación del fuel oil de ECOPETROL ha tenido un comportamiento similar al precio internacional del fuel oil (Residual Fuel Oil No. 6), como se observa gráficamente en la Figura 4, estas dos series tienen las mismas características estadísticas y tienen comportamientos correlacionados (Ver Anexo 1 para más detalles), por lo que un cambio de la referencia como la que se propone no tendría efectos significativos en el precio máximo regulado del gas en boca de pozo.

El cambio de referencia tiene la ventaja de que cuenta con una credibilidad reconocida (es el resultado puro de la acción de las fuerzas de oferta y demanda y es publicado por un agente independiente) y representa la actividad de todo el mercado, con lo cual se atenúan las imperfecciones de información que existen actualmente.

3.2. Fórmula para determinar el Precio Regulado

Se propone que el precio se calcule cada seis meses como se hace actualmente, y que sea el resultado de multiplicar el precio vigente por un coeficiente de variación que estaría definido como la relación entre los promedios aritméticos del precio spot del Residual Fuel Oil No. 6 (1,0% sulfur) para entrega en el puerto de Nueva York, en cada uno de los dos semestres anteriores (Promedio semestre t-1 dividido promedio semestre t-2). Los demás elementos de la metodología no se modificarían. La fórmula sería:

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PMRt - PMR^ x I N D I C E t~ \

INDICEt_2

Donde:

PMRt = Precio máximo regulado que regirá durante el semestre actual

PMRt_x = Precio máximo regulado del semestre anterior

INDICE, , = Promedio aritmético del índice en el semestre anterior

IN D IC E^ - Promedio aritmético del índice en el semestre anterior al anteriorINDICE = New York Harbor Residual Fuel Oil 1.0 % Sulfur LP Spot Price, publicado

por el Departamento de Energía de Estados Unidos (Energy Information Administration - www-eia.doe.gov).

El precio inicial para realizar el primer cálculo, sería el último precio vigente durante el semestre en el que entre en vigencia la resolución respectiva por la cual se adopte la metodología de actualización.

Para efectos comparativos, a continuación se presenta la fórmula que ha sido utilizada por ECOPETROL para actualizar el precio cada semestre.

p _ Q ,% * F O ^

' 11,9098

Donde:

Pt = Precio (US$/KPC), que será definido para el semestre.

= Promedio del precio de exportación ponderado por volumen de exportación de fuel-oil (FOB) Cartagena durante el precedente de seis (6) meses3

11,9098 = Es el promedio del precio del fuel oil de exportación de ECOPETROL para el semestre anterior al semestre en que se inició su aplicación.

La razón para mantener el nivel de precio inicial, es conservar las reglas de juego con las cuales se han desarrollado las inversiones. En el mismo sentido, se da continuidad a la posición que ha tenido la CREG en este tema, tal como quedo consignado en el Documento CREG 029 del 11 de Abril de 2000, en el que se desarrolló un análisis sobre el riesgo regulatorio (ver recuadro, tomado textualmente del Documento CREG 029 de 2000).

3 Fuente: ECOPETROL, página de Internet, w w w .ecopetrol.com .co

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La propuesta a la Comisión se basa en estabilidad y ausencia de oportunismo regulatorio para fomentar la inversión futura que permita la competencia en un sector de la cadena potencialmente competitivo. El documento soporte de la Resolución CREG-055 de 1999 lo dice mejor:

“Al gas de Ballenas se le ha dado la opción de acogerse a la Resolución 57/96 desde septiembre del 2000 cuando el precio debe estar llegando a US$0.98. Imponer el costo de oportunidad basándose únicamente en costos de producción es riesgoso debido a las imprecisiones típicas asociadas con el cálculo de costos económicos por el lado de la oferta.

En este momento sabiendo que el gas ha logrado penetrar y que el stock de capital asociado con su uso es cuantioso, no es prudente cambiar la señal existente ...

...Un valor cercano a US$1 cubre los costos de producción con mucha certeza y tiene la virtud de no cambiar la señal ya establecida.” (Documento soporte Resolución 055 de 1999) (resaltado aquí)”

La Resolución CREG-055 de 1999 pretendía fijar una señal hacia futuro con la mejor información disponible, esta parecía ser US$1 en el momento de la discusión; sin embargo se ha llegado a niveles de US$1.20 en este instante. Proponer US$1 es oportunista y no permite que la política regulatoria hacia futuro sea creíble comprometiendo la inversión a futuro en un sector donde se necesita de diversificación en la producción.

La propuesta del cambio de indexador no tiene efectos predecibles ex ante, y se puede afirmar que tiene la misma incertidumbre que el indexador actual, como se explicó anteriormente. Así mismo, la propuesta de utilizar como precio inicial el último precio que resulta de aplicar la metodología de actualización definida en la Resolución 039 de 1975, pretende mantener las condiciones. De esta forma, se conserva la estabilidad regulatoria que se requiere para mantener la credibilidad del regulador.

3.3. Coberturas financieras

Al mitigar las imperfecciones de información relacionadas con el índice de actualización del precio máximo regulado del gas en boca de pozo, utilizando un índice líquido y transparente, según se propone en este documento, existen las condiciones para realizar coberturas financieras de precio. Es importante aclarar que aunque no se pretende abordar este tema desde el punto de vista regulatorio, esta sección tiene el propósito de hacer un análisis de la teoría relacionada para observar las posibilidades de los interesados en desarrollar coberturas financiera.

Cuando se utilizan coberturas financieras en los mercados de futuros, existen motivos por los que dichas coberturas no pueden ser perfectas, como por ejemplo (Hull, 2002):

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• El producto que se pretende cubrir no coincide con el producto subyacente al contrato de futuros utilizado.

• El agente que realiza la cobertura puede tener incertidumbre sobre la fecha en la que requiere comprar o vender el producto.

• Es posible que la cobertura requiera que se cierre la posición antes de la fecha de vencimiento del contrato de futuros utilizado.

El caso en análisis, no existe un mercado de futuros para fuel oil residual (New York Harbor Residual Fuel Oil 1.0 % Sulfur), por lo que para hacer una cobertura en el mercado de futuros se debe utilizar una cobertura cruzada, con lo cual, el producto que se pretende cubrir sería diferente al subyacente del contrato de futuros. En esta situación se presentaría el riesgo de base (basis risk4), lo cual demanda una rigurosa selección del contrato de futuros a utilizar.

Se deberá tener cuidado entonces con la elección del contrato de futuros que se utilice para realizar la cobertura. Cuando se pretende cubrir un activo que no tiene un contrato de futuros, se requiere un análisis para determinar la mejor correlación entre los precios spot y los futuros.

Por ejemplo, en el mercado de NYMEX, el contrato de futuros de heating oil es utilizado por las aerolíneas para hacer coberturas de precio del combustible que utilizan como insumo, que es el jet fuel y que si bien no tiene un mercado de futuros, el comportamiento de sus precios presenta una alta correlación con los del heating oil por ser un subproducto del petróleo (Ver Figura 5). Se puede presumir entonces que una cobertura del jet fuel con el contrato de futuros del heating oil, tendrá un riesgo de base reducido. A este tipo de coberturas se les conoce como coberturas cruzadas.

Para el caso colombiano, teniendo en cuenta que la propuesta de cambio de indexador para determinar el precio regulado del gas natural, es posible para los agentes estructurar coberturas cruzadas con mercados de futuros que tengan una alta correlación con el comportamiento de los precios del fuel oil. Una alternativa es el mercado de futuros de heating oil en NYMEX, no obstante se pueden considerar otros “commodities”.

4 La base en una situación de cobertura está definida como: Base = Precio al contado del activo a cubrir - Precio del futuro del contrato utilizado. Si el activo que es cubierto y el activo subyacente al contrato de futuros es el mismo, la base debería ser cero al vencimiento del contrato.

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Figura 5. Evolución del Precio Spot y del Precio de los Futuros

Jet Fuel - Precio Spot en puerto de Nueva YorkHeating OH - Precio Futuros a 1 mes en NYMEX

20

omO)

coO) coo 0303 oocoo> O) C\|O cooo

Fuente: Energy Information Administration - Departamento de Energía EEUU

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E-0

5

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REFERENCIAS

[1] Comisión de Regulación de Energía y Gas - CREG. (2000). “Documento CREG 029 del 11 de Abril de 2000".

[2] International Energy Agency - IEA. (2004). “Security o f Gas Supply in Open Markets - LNG and Power at a Turning Point Markets”. OCDE.

[3] Federal Energy Regulatory Commission - FERC. (2004). “Report on natural gas and electricity price indices”.

[4] Economides, Nicholas. (1992). “Liquidity and Markets”.

[5] Hull, John C. (2002). “Introducción a los mercados de futuros y opciones”. (4a Ed.): Pearson Prentice Hall.

[6] Macho, Inés. Pérez, David. (1994). “Introducción a la Economía de la Información. Barcelona: Ariel”.

[7] Energy Information Administration - EIA. (2000). “The Evolution of Gas Markets in the United States”, hftp://www.eia.doe.gov

[8] Energy Information Administration - EIA. (2001). “U.S. Natural Gas Markets: Mid Term Prospects for Natural Gas Supply, The Need for Improved Data on Natural Gas”. htto://www.eia. doe, gov

[9] National Energy Board - NEB. (2004). “Looking Ahead to 2010 Natural Gas Markets in Transition, an Energy Market Assessment”. Canadá.

[10] Villegas, Felipe. (2005). “Metodología para la Actualización de los Precios Regulados del Gas Natural en Boca de Pozo en Colombia". Proyecto de Grado de la Maestría en Finanzas, Universidad de Los Andes. Bogotá.

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Anexo 1. Caracterización de la Serie de Precios del Fuel Oil5

En este anexo se presenta el soporte estadístico que sirve para demostrar la tendencia estocástica que tiene la serie de precio del fuel oil, lo que significa que el precio del siguiente período, únicamente dependerá del precio del período anterior más un término aleatorio.

Diagrama de Autocorrelación de la Serie de Precios del Fuel Oil

Autocorrelation Partial Correlation AC PAC Q-Stat Prob

i I i 1 0.895 0.895 113.69 0.000i I i 11 2 0.807 0.033 206.89 0.000i 'I i ] i 3 0.743 0.073 286.36 0.000i I i 11 4 0.687 0.026 354.86 0.000i I i i 5 0.631 -0.015 413.03 0.000i I i r i 6 0.562 -0.086 459.52 0.000i i i 7 0.507 0.024 497.70 0.000i I 11 i 8 0.452 -0.040 528.28 0.000i I i i 9 0.406 0.017 553.16 0.000i 11 i 10 0.359 -0.029 572.75 0.000i = l 11 i 11 0.305 -0.057 586.99 0.000i □ r i 12 0.220 -0.206 594.47 0.000i □I i r i 13 0.136 -0.090 597.34 0.000i ] l i □i 14 0.096 0.118 598.79 0.000i ] l i i 15 0.058 -0.009 599.32 0.000i j 1 i ] i 16 0.037 0.097 599.54 0.000i | 1 i m 17 0.030 0.106 599.68 0.000i | 1 i ] i 18 0.041 0.102 599.95 0.000i ] 1 i i 19 0.051 0.018 600.38 0.000i ] 1 i i 2G 0.051 -0.024 600.81 0.000i ] 1 i i 21 0.055 0.010 601.32 0.000i ] 1 i 11 22 0.066 0.046 602.04 0.000i ] 1 i [ i 23 0.056 -0.084 602.56 0.000i | 1 ir i 24 0.031 -0.102 602.73 0.000i 1 c i 25 -0.006 -0.197 602.73 0.000i 1 i i 26 -0.022 -0.012 602.81 0.000i | 1 i i 27 -0.025 0.007 602.92 0.000i | 1 11 i 28 -0.031 -0.033 603.09 0.000i 1 i ] i 29 -0.021 0.109 603.17 0.000i 1 i ni 30 -0.007 0.120 603.18 0.000i 1 i m 31 0.008 0.115 603.19 0.000i 1 i t i 32 0.021 0.081 603.27 0.000i | 1 i ] i 33 0.038 0.089 603.54 0.000i ] 1 i j 34 0.059 0.139 604.19 0.000i ] 1 i ] i 35 0.071 0.062 605.14 0.000i ] 1 ir i 36 0.066 -0.102 605.97 0.000

Fuente: Cálculos CREG

5 Residual Fuel Oil No. 6 (1,0% sulfur) para entrega en el puerto de Nueva York según datos de la Energy Information Administration (Departamento de Energía de Estados Unidos)

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En el Diagrama de Autocorrelación anterior, se observa como los coeficientes de autocorrelación (primera columna del diagrama y columna titulada AC) se reducen gradualmente, lo que representa una característica particular de una serie no estacionaria.

La serie de precios del fuel oil toma la forma del camino aleatorio Yt = Yt_i + ut, donde ut es un término de perturbación estocástica. Esto es, el precio del período actual solo depende del precio del período anterior más un término que puede tomar cualquier valor. La regresión entre Preciot y Preciot.i que se presenta a continuación muestra la relación entre estas dos variables.

Regresión de Yt sobre Yt.i7.0

6.0 -

5.0 -

4.0 -

3.0 -

2.0 - -

1,0♦ Y Pronóstico para Y

1,0 2,0 3,0 4,0Variable Y t-1

5,0 6,0 7,0

Fuente: Cálculos CREG

Serie de Retornos Mensuales del Precio del Fuel Oil (Residual Fuel Oil No. 6)

.3-

- . 2 -

-.3-

10050 75 12525

RETFONY

Cálculos CREG

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La serie de retornos (calculados como Ln Yt / Ym ) que se presenta en la Figura anterior es una serie estacionaria que sigue una distribución normal con media cercana a cero, lo cual es una característica de los mercados eficientes.

Estadísticas Descriptivas de la Serie de Retornos Mensuales del Precio del Fuel Oil

20

16-

12 -

8 -

4-

0

A continuación se presentan los resultados de la prueba estadística de cointegración entre las series de precios del fuel oil de exportación de ECOPETROL y del fuel oil en Nueva York. A partir de esta prueba se confirma que las dos series tienen comportamientos correlacionados.

Sample (adjusted): 6 139Included observations: 134 after adjustmentsTrend assumption: No deterministic trendSeries: FOECOPETROL FONYLags interval (in first differences): 1 to 4

Unrestricted Cointegration Rank Test (Trace)

Hypothesized Trace 0.05No. of CE(s) Eigenvalue Statistic Critical Value Prob.**

None * 0.152194 22.35021 12.32090 0.0008At most 1 0.001687 0.226295 4.129906 0.6920

Trace test indicates 1 cointegrating eqn(s) at the 0.05 level * denotes rejection of the hypothesis at the 0.05 level **MacKinnon-Haug-Michelis (1999) p-values

(Residual Fuel Oil No. 6)

in

Series: RETFONYSample 1 139Observations 138

Mean 0.004886Median 0.012438Maximum 0.337197Minimum -0.329061Std. Dev. 0.115983Skewness -0.081603Kurtosis 3.134519

Jarque-Bera 0.257206Probability 0.879323

-0.250 -0.125“ i— i— i— |— i— i— i— i— |— i— i— i— r

-0.000 0.125 0.250

Fuente: Cálculos CREG

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