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  • TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

    Sala de Defensa de la Competencia

    RESOLUCION N 079-97-TDC

    EXPEDIENTE N035-96-CCE-CCPLCuaderno de Nulidad (A)

    L:\Diomar\Pagina Web CCO\fJurisprudencia-Lineamientos\Precedentes de observacin obligatoria\Precedente23.docG:\COMPETEN\Sdc97\RESOLUC\RE079.DOC\\Indecopi_1\datos\COMUN\SDC\COMPETEN\Sdc97\RESOLUC\RE079.DOC\\Indecopi_1\datos\COMUN\SDC\COMPETEN\Sdc97\RESOLUC\RE079.DOC\\Indecopi_1\datos\COMUN\SDC\COMPETEN\Sdc97\RESOLUC\RE079.DOC\\Indecopi_1\vol1\COMUN\TRI\TDC\COMPETEN\SDC97\RESOLUC\RE079.DOC\\Indecopi_1\vol1\COMUN\TRI\TDC\COMPETEN\SDC97\RESOLUC\RE079.DOC

    PROCEDENCIA : COMISION DE CALIFICACION EMPRESARIAL DELCOLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE LIMA (LACOMISION DE CALIFICACION EMPRESARIAL)

    SOLICITANTE : DE OFICIOACREEDOR : TRANSUR S.A. (TRANSUR)DEUDOR : COMPAIA INDUSTRIAL OLEAGINOSA S.A. (CINOLSA)MATERIA : DECLARACION DE INSOLVENCIA A SOLICITUD DE

    ACREEDOREXISTENCIA DE LOS CREDITOSLEGITIMIDAD DE LOS CREDITOSVINCULACION ECONOMICASANEAMIENTO DEL PROCEDIMIENTOPROCESO DE INVESTIGACIONNULIDAD DE ACTOS ADMINISTRATIVOS

    Lima, 24 de marzo de 1997

    I. ANTECEDENTES

    El 8 de octubre de 1996 la Comisin de Salida del Mercado del INDECOPI (enadelante, simplemente la Comisin de Salida del Mercado) present a la Sala elInforme N092-CSA-96, referido a la tramitacin del procedimiento iniciado porTransur para que se declare la insolvencia de Cinolsa, en su condicin de avalistade una letra de cambio aceptada por el seor Diego Picaza Riques (en adelantesimplemente el seor Picaza).

    Atendiendo a las conclusiones contenidas en el mencionado informe, la Comisinsolicit que, en caso de encontrarse razones suficientes, se declare de oficio lanulidad de todo lo actuado en dicho procedimiento toda vez que, a su entender, en latramitacin a cargo de la Comisin de Calificacin Empresarial del Colegio deContadores Pblicos de Lima (en adelante la Comisin de CalificacinEmpresarial) se habra incurrido en ciertas irregularidades, las mismas que estaranrelacionadas con: (i) la falta de poderes del representante de Cinolsa, seor FelipeOsterling Letts; (ii) la acumulacin de dos procedimientos de naturaleza distinta; y(iii) la existencia de vinculacin econmica entre Cinolsa y Transur, lo que ameritarauna nueva investigacin para determinar la existencia o inexistencia de los crditosinvocados en el procedimiento por la segunda de las mencionadas empresas.

    De otro lado, el 13 de octubre de 1996 la empresa Servitrayler S.A. present unrecurso de queja contra la actuacin de la Comisin de Calificacin Empresarial,por haberle denegado el recurso de apelacin que interpuso contra la Resolucin

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    EXPEDIENTE N035-96-CCE-CCPLCuaderno de Nulidad (A)

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    N003-96-CCE-CCPL/EXP.035-96. Asimismo, present otro escrito por el cualsolicit que se declare la nulidad de la misma Resolucin N 003-96-CCE-CCPL/EXP.035-96, toda vez que en la tramitacin del procedimiento se habraincurrido en defectos que la vician de nulidad.

    Teniendo en consideracin que la validez de la resolucin por la cual se declar lainsolvencia de Cinolsa estaba controvertida, por Resolucin N 077-96-TRI-SDC,emitida el 25 de octubre de 1996 en el Cuaderno de Nulidad (A), abierto en atencinal Informe de la Comisin de Salida del Mercado, se dispuso como medidaprovisional, la suspensin de la tramitacin de las solicitudes de reconocimiento decrditos presentadas por los acreedores de Cinolsa, as como la suspensin de lainstalacin de la correspondiente Junta de Acreedores.

    Notificada de la Resolucin N 077-96-TRI-SDC, el 14 de noviembre de 1996Cinolsa se aperson a la instancia, manifestando que las causales de nulidadinvocadas por la Comisin de Salida del Mercado carecan de sustento, conforme alanlisis que formula en su escrito1, y que Servitrayler S.A. no haba acreditado loshechos que habran originado su pedido de nulidad. Finalmente, solicit a la Salaque conceda el uso de la palabra a su abogado patrocinante.

    1 Los argumentos utilizados por Cinolsa contra las causales de nulidad expuestas en el Informe de la Comisin de Salida

    del Mercado fueron los siguientes:

    (i) respecto de la supuesta falta de poderes del seor Felipe Osterling Letts, manifest que la aplicacin del principio

    de literalidad previsto en el artculo 75 del Cdigo Procesal Civil no es apropiada, puesto que dicha norma se refiere

    a ...facultades especiales para realizar actos de disposicin de derechos sustantivos y dems propios de unproceso judicial, el cual no resulta aplicable en este caso, mxime si el Poder conferido (...) es precisamentepara solicitar la Declaratoria de Insolvencia y dems actuaciones el D.L.N 26116 (...) dentro de las cualesobviamente encontramos (sic) el de absolver el traslado para acreditar la capacidad de pago (...) y/o consentir ladeuda invocada, ms aun si el Poder tiene las caractersticas de ser uno extensivo y no restrictivo...)

    (ii) En cuanto a la acumulacin de las dos solicitudes, invoc el artculo 36 del Texto Unico Ordenado de la Ley de

    Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo N 02-94-JUS (en adelante,

    simplemente, Ley de Procedimientos Administrativos), segn el cual No podr organizarse sino un sloexpediente para la solucin de un mismo caso.... En atencin a ello, expres que dicho artculo, en concordanciacon los artculos 58 y 102 de la misma norma ...refleja el principio de concentracin procesal que toda normaadjetiva contiene, de tal suerte que, existiendo cabal conexin en las dos peticiones, y tratndose de un mismocaso, resulta a todas luces procedente la decisin (...) que dispone acumular los actuados en un soloprocedimiento,,,; y

    (iii) Finalmente, sobre la supuesta vinculacin econmica con Transur, declar, expresamente, que ...si bien es ciertoque los seores Andrs y Felipe Osterling Letts fueron directores de Transur S.A., estos cargos (sic) loocuparon hasta el 26 de marzo de 1995, fecha en la cual dejaron de pertenecer a la administracin de dichaEmpresa y en adelante no tienen ninguna relacin con sta (...) En consecuencia, no existe vinculacin oconexin econmica que pueda llevar a pensar en una complicidad susceptible de nulidad, lo que s es lgicoes, que entre dichas empresas se haya mantenido una relacin comercial, lo que ha generado la obligacin quemotivara el pedido de insolvencia por parte de Transur S.A.

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    Ante el pedido formulado por Cinolsa, la Sala cit a Informe Oral para el 4 dediciembre de 1996, el mismo que se llev a cabo con la asistencia del abogadopatrocinante de Cinolsa y el abogado patrocinante de Servitrayler S.A., habiendosido est ltima empresa citada, conforme al artculo 33 del Reglamento de la Leyde Organizacin y Funciones del INDECOPI, aprobado por Decreto Supremo N025-93-ITINCI (en adelante, el Reglamento del INDECOPI y la Ley del INDECOPI,respectivamente), para efectos de contar con mayor informacin al momento deemitir pronunciamiento en este procedimiento, as como en los dos procedimientosiniciados en atencin a los recursos presentados por la mencionada ServitraylerS.A.

    En atencin a lo expuesto en los puntos anteriores y en cumplimiento del artculo IVdel Ttulo Preliminar de la Ley de Normas Generales de ProcedimientosAdministrativos, modificado por la Ley N 26654 (en adelante la Ley deProcedimientos Administrativos) el 26 de diciembre de 1996 la Sala emiti laResolucin N 106-96-TDC, por la cual dispuso que se inicie un procesoinvestigatorio, a cargo de la Secretara Tcnica de la Sala (en adelante la SecretaraTcnica), para determinar la existencia o inexistencia de vicios que pudieran afectarla legalidad de la declaracin de insolvencia de Cinolsa y, en su caso, adoptar lasmedidas necesarias para sanear el procedimiento, ejerciendo para tal fin lasatribuciones que le confieren el artculo 33 del Reglamento del INDECOPI, y el TtuloI del Decreto Legislativo N 807.

    Los resultados de la investigacin ordenada deban aportar a la Sala nuevoselementos de juicio que le permitieran pronunciarse sobre: (i) la existencia oinexistencia de vinculacin econmica entre Transur y Cinolsa, que haba sidonegada en forma categrica por esta ltima en su escrito del 14 de noviembre de1996; y (ii) la existencia o inexistencia de los crditos invocados por Transur en lasolicitud presentada para que se declare la insolvencia de Cinolsa.2

    Atendiendo al pedido formulado por Cinolsa, el 25 de febrero de 1997 se realiz unsegundo Informe Oral el mismo que fue rendido por el abogado de Cinolsa. En lamisma fecha, la Secretara Tcnica present el Informe N 12-97-TDC (en adelante,

    2 Para lograr el cumplimiento de los fines del proceso investigatorio, adems de ordenar la realizacin del mismo, la Sala

    dispuso lo siguiente: (i) que se requiera a Cinolsa y Transur la presentacin de diversa documentacin contable y

    societaria, adems de informacin y documentacin especfica referida a los crditos que sustentaron la solicitud de

    Transur; y (ii) que se cite a los gerentes de ambas empresas, a sus representantes en el procedimiento y al seor Diego

    Picaza Riques. Asimismo, autoriz a la Secretara Tcnica para que o acte todos los dems medios probatorios que

    estime pertinentes a fin de poder establecer los hechos materia de investigacin.

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    el Informe de la Secretara Tcnica), en el que describe el proceso investigatorio asu cargo, detalla las pruebas actuadas y presenta sus conclusiones.

    Finalmente, recogiendo la exposicin que hiciera su abogado patrocinante el 28 defebrero de 1997, Cinolsa present un nuevo escrito en el cual cuestiona lasatribuciones de la Sala y de la Secretara Tcnica para desarrollar el procesoinvestigatorio llevado a cabo.

    II. CUESTIONES EN DISCUSION

    De los antecedentes expuestos y del anlisis efectuado, a criterio de la Sala, en elpresente caso se debe determinar lo siguiente:

    a) la existencia o inexistencia de vinculacin econmica entre Cinolsa y Transur;

    b) la existencia o inexistencia de los crditos invocados por Transur frente aCinolsa y con ello, su legitimidad para efectos concursales, de conformidadcon los artculos 2 y 4 de la Ley de Reestructuracin Empresarial y 2, 7 y 8 desu Reglamento;

    c) si, la actuacin de Cinolsa y Transur en el procedimiento se encuentraarreglada a ley;

    d) si, atendiendo a las caractersticas del caso, resulta suficiente la investigacindesarrollada por la Comisin de Calificacin Empresarial o si, por el contrario,deben sealarse criterios de investigacin aplicables a los procedimientosconcursales en los cuales se detecte que existe vinculacin entre la empresadeudora y un determinado acreedor, para efectos de la verificacin dispuestapor el artculo 4 de la Ley de Reestructuracin Empresarial y 8 de suReglamento.

    e) si la Sala tiene facultades suficientes para llevar a cabo el procesoinvestigatorio dispuesto por Resolucin N 106-96-TDC, de conformidad conlo establecido en la Ley de Procedimientos Administrativos, la Ley delINDECOPI y su Reglamento, el Decreto Legislativo N 807 y la Ley deReestructuracin Empresarial y su Reglamento, as como en las demsnormas que regulan los procedimientos administrativos a su cargo;

    f) si la acumulacin de los procedimientos (el iniciado a solicitud de Cinolsa y eltramitado a pedido de Transur) o la presunta falta de poderes del

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    representante de Cinolsa, constituyen vicios que afectan de nulidad ladeclaracin de insolvencia de dicha empresa; y

    g) si, en atencin a todo lo anterior, corresponde declarar la nulidad de laResolucin N003-96-CCE-CCPL/EXP.035-96 y de todo lo actuado en elprocedimiento seguido para la declaracin de insolvencia a solicitud deTransur, de conformidad con los artculos 43 y 109 de la Ley deProcedimientos Administrativos.

    III. ANALISIS DE LAS CUESTIONES EN DISCUSION

    III.1. El proceso investigatorio a cargo de la Secretara Tcnica.

    Conforme se desprende del Informe de la Secretara Tcnica, su investigacinestuvo dirigida a obtener informacin que proporcione a la Sala mayores elementosde juicio, para emitir un pronunciamiento debidamente sustentado, respecto de lascuestiones de hecho controvertidas en este procedimiento.

    Para ello, adems de lo dispuesto en la Resolucin N 106-96-TDC, la SecretaraTcnica recab diversa informacin que consider pertinente, recurriendo con tal fina las siguientes fuentes: Oficina Registral de Lima y Callao; Oficina RegistralRegional de la Regin Grau; Oficina Registral Regional de la Regin Nor - Orientaldel Maran; Central de Riesgo de la Superintendencia de Banca y Seguros yOficina de Signos Distintivos del Indecopi.

    Igualmente, recogi informacin del Expediente N171-95-CSA, correspondiente alprocedimiento de declaracin de insolvencia de El Tigre tramitado ante la Comisinde Salida del Mercado, del Expediente N 035-96-CRE-CCAIL- Cuaderno deNulidad a solicitud de Servitrayler, del Expediente N 035-96-CRE-CCAIL -Cuaderno de Queja, que se tramitan ante esta Sala y del Expediente N 035-96-CRE-CCAIL, correspondiente al procedimiento seguido ante la Comisin deCalificacin Empresarial, en el cual se emiti la resolucin venida en nulidad.

    En cuanto a las partes en el procedimiento de insolvencia, Cinolsa present copiadel Libro de Actas de Junta General de Accionistas, del Libro de Actas de sesionesde Directorio y diversa documentacin contable requerida por la Secretara Tcnica,mientras que Transur nicamente present copia de su Libro de Actas de JuntaGeneral Extraordinaria de Accionistas.

    La Secretara Tcnica tom declaraciones a los seores, Felipe Osterling Letts, IvnBesich Ponze, Patricia Carrascal Antnez de Mayolo, Jos Cceres Montanchez,

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    Oscar Hidalgo Lpez, Antonio Abad Sotomayor, Diego Alfredo Picaza Riques,Vctor Ortiz Llanos, Jaime Enrique Valdez Churrango y Fernando Alvarado Cerro; yrealiz dos visitas, los das 21 de enero y 4 de febrero de 1997, a las oficinas deCinolsa.

    Finalmente, se recogi informacin del Expediente N 713-96 correspondiente alprocedimiento seguido por Banco del Progreso con Cinolsa, ante el VigsimoNoveno Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, sobre ejecucin de garantas3.

    III.2. El procedimiento de declaracin de insolvencia de Cinolsa.

    De la revisin que hizo del Expediente N035-96-CRE-CCAIL, la Secretara Tcnicadetermin que el procedimiento seguido para la declaracin de la insolvencia deCinolsa se tramit de la siguiente manera:

    (i) el 26 de agosto de 1996, Cinolsa present una solicitud para que se declaresu insolvencia, sosteniendo haber sufrido prdidas superiores a las dosterceras partes de su patrimonio;

    (ii) el 27 de agosto, la Comisin de Calificacin Empresarial emiti la ResolucinN 001-96-CCE-CCPL/EXP.035-96, admitiendo a trmite la solicitud yconcediendo al representante legal de Cinolsa el plazo de diez das hbilespara que se ratifique en su pedido;

    (iii) el 2 de setiembre, es decir cuatro das hbiles despus, Transur present otrasolicitud para que se declare la insolvencia de Cinolsa, por mantener frente aella crditos, exigibles y vencidos por ms de treinta das, ascendentes aS/.146,000.00, incorporados en una letra de cambio emitida el 17 de mayo de1996, con vencimiento el 16 de julio de 1996, en la que Cinolsa intervienecomo avalista del aceptante, seor Diego Picaza Riques;

    (iv) El 3 de setiembre, recogiendo las conclusiones contenidas en el informepresentado por su Secretara Tcnica en la misma fecha, la Comisin deCalificacin Empresarial emiti la Resolucin N 002-96-CCE-CCPL/EXP.035-96, por la cual se admite a trmite la solicitud, la misma quese acumula en un solo procedimiento con la presentada por Cinolsa;

    (v) el 4 de setiembre, el seor Felipe Osterling Letts se aperson a la SecretaraTcnica de la Comisin de Calificacin Empresarial, reconoci los crditos

    3 El detalle de las pruebas actuadas durante el proceso investigatorio se presenta en el Anexo A de esta Resolucin.

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    invocados por Transur y manifest no poder pagarlos ni garantizarlos, tal comose desprende del acta levantada en dicha oportunidad;

    (vi) el 6 de setiembre, el Asesor Contable - Financiero de la Comisin deCalificacin Empresarial present un informe en el cual concluye que Cinolsano haba sufrido prdidas en la proporcin exigida por la Ley deReestructuracin Empresarial, por lo que no corresponde declarar suinsolvencia a su solicitud;

    (vii) cuatro das hbiles despus, el 12 de setiembre, la Comisin de CalificacinEmpresarial emiti la Resolucin N 003-96-CCE-CCPL/EXP.035-96 por laque declara infundada la solicitud de Cinolsa, declarando sin embargo suinsolvencia, en atencin al pedido de Transur;

    (viii) el 13 de setiembre Cinolsa present un escrito manifestando que renuncia a suderecho de impugnar la resolucin mencionada en el prrafo anterior ypidiendo que sta sea declarada consentida. Asimismo, pide seis copiascertificadas de la resolucin;

    (ix) en la misma fecha, Cinolsa present otro escrito solicitando que se emitan lasrdenes de publicacin de los avisos de convocatoria a su junta deacreedores;

    (x) El 17 de setiembre, la Secretara Tcnica de la Comisin de CalificacinEmpresarial entreg a Cinolsa las rdenes para que el 19 y el 20 del mismomes, se publique la convocatoria a junta de acreedores.

    Queda entonces claro que existieron dos solicitudes de insolvencia. La primera,presentada por la propia Cinolsa, fue declarada infundada por no existir perdidasque reduzcan su patrimonio en el porcentaje establecido en la Ley. La segunda,presentada por Transur, fue declarada fundada por existir un crdito impago porms de 30 das superior a 50 UITs.

    III.3. La vinculacin econmica entre Cinolsa y Transur.

    Tal como se concluye en el Informe de la Secretara Tcnica, de la informacinobtenida de las entidades pblicas mencionadas en el numeral III.1. de estaResolucin, en particular de las oficinas registrales, la Oficina de Signos Distintivosdel Indecopi, la Comisin de Salida del Mercado y la Comisin de CalificacinEmpresarial y los actuados durante el proceso investigatorio se ha comprobadoque, durante el perodo comprendido en la investigacin, que va desde la

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    constitucin de Cinolsa el 28 de setiembre de 1994 hasta el 20 de febrero de 1997,inclusive, ha existido vinculacin econmica entre Cinolsa y Transur, las mismas queforman parte de un grupo econmico integrado por las siguientes empresas:

    - B & G FINANCIAL INC. (de Panam)- COMPAIA INDUSTRIAL OLEAGINOSA S.A. - CINOLSA- CORPORACION AGUA BLANCA S.A.- FABRICA DE CHOCOLATES EL TIGRE S.A.- INVERSIONES BILBAO S.A. (de Panam)- PRODUCTOS DE CONSUMO MASIVO S.A. (antes, OLEOTECNICA S.A.)- ORION OVERSEAS INVESTMENTS (de Panam)- TRANSUR S.A.- WAKEMORE INVESTMENTS INC. (de Panam)

    Asimismo, aun cuando se ha comprobado que Molinera del Pacfico formaba partedel mismo grupo de empresas, existiendo indicios en el sentido que a la fecha ya nomantiene vinculacin con ellas, solamente se le est considerando para efectosreferenciales.

    La existencia de vinculacin econmica se ha determinado a partir de laparticipacin que han tenido o tienen ya sea como accionistas, directores,administradores o mandatarios, segn el caso, en las diez empresas identificadascomo parte del grupo empresarial y en Molinera del Pacfico S.A., las personasjurdicas antes mencionadas y los seores Antonio Abad Sotomayor, GiovanniAdorisio Len, Gabriela Alccer Succero, Ivn Besich Ponze, Patricia CarrascalAntnez de Mayolo, Alvaro Echeanda Bustamante, Carlos Gallardo Lugo, MiguelHartmann Prez, Cecilia Hidalgo Lpez, Oscar Hidalgo Lpez, Emilio Llanos Mujica,Andrs Osterling Letts, Felipe Osterling Letts, Madeleine Osterling Letts, DiegoPicaza Riques, Julio Quiroz Guzmn Garca y Mara Elena Vinces Rodrguez.

    Como se desprende de la informacin obtenida de las entidades pblicas antesmencionadas, hay una constante repeticin de nombres en los distintos cargos enlas empresas comprendidas en el procedimiento, con una constante presencia delas empresas panameas como accionistas de las personas jurdicas nacionales,tal como se detalla en el Anexo B de esta Resolucin, en el que tambin se presentala relacin de las personas comprendidas en la investigacin, su participacin en lasempresas y, en su caso, su vnculo laboral con alguna de ellas.

    No obstante ello, tanto Cinolsa (en su escrito presentado el 14 de noviembre de1996 citado en la pgina 2 de esta Resolucin) como el seor Felipe Osterling Letts,

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    han negado la existencia de vnculo alguno entre su representada Cinolsa y TransurS.A. Segn este ltimo, el vnculo con Transur acab en diciembre de 1995.

    Sin embargo las declaraciones recogidas por la Secretara Tcnica difieren de estaversin. Por ejemplo, el seor Antonio Abad, accionista y ex - presidente deldirectorio de Transur S.A. y gerente de Fbrica de Chocolates El Tigre S.A., afirmaenfticamente lo contrario.

    III.3.1. Los accionistas de Cinolsa.

    Aun cuando los seores Osterling no aparecen como accionistas de Cinolsa - salvoel seor Andrs Osterling, que en una poca figura como propietario de una accin -los seores Picaza, Abad y Besich sostienen que los verdaderos propietarios dedicha empresa eran los seores Felipe y Andrs Osterling, tal como se puedecomprobar analizando el accionariado de Cinolsa, en concordancia con lasdeclaraciones tomadas.

    Respecto de Corporacin Agua Blanca S.A., estuvo representada por el seor IvnBesich hasta el 5 de diciembre de 1995 y posteriormente por el seor Diego Picazahasta la actualidad. El accionista principal de Corporacin Agua Blanca S.A. ha sidoWakemore Investments Inc.

    Segn declaraciones del seor Picaza, su actuacin como representante deCorporacin Agua Blanca S.A. estaba regida por las instrucciones que reciba delos seores Osterling. Asimismo, manifiesta por ejemplo que cuando deba haceralgn trmite notarial por cuenta de su representada, los gastos eran cubiertos conrecursos de Cinolsa, incluso despus de que Corporacin Agua Blanca S.A. dejarade ser accionista de la empresa. Ello queda confirmado con las copias de algunasfacturas recabadas por personal de la Secretara Tcnica el 4 de febrero, en cuyoreverso aparece la firma del seor Picaza, dejando constancia de un dinero recibidopara trmites notariales. Ms aun, el propio seor Picaza ha declarado que l noasista a las juntas de accionistas de Cinolsa en representacin de CorporacinAgua Blanca S.A., sino que simplemente suscriba el acta que los seores Osterlingle entregaban4.

    4 INDECOPI : Y quin manejaba Corporacin Agua Blanca?

    ENTREVISTADO : No s quin manejaba Corporacin Agua Blanca, porque yo no trabajaba ah, el Sr.

    Osterling me llamaba y me deca hazme este favor.

    INDECOPI : Y porqu aparece Ud. como representante de Corporacin de Agua Blanca?

    ENTREVISTADO : Ellos casualmente me dijeron que me ponga como representante, que me iban a pagar.

    (...)

    INDECOPI : Representante de qu cosas era?

    (sigue...)

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    En cuanto a Wakemore Investments Inc., inicialmente figura como accionista deCinolsa hasta setiembre de 1995 y en el libro de actas correspondiente vuelve a

    ENTREVISTADO : Nada, sea solamente me dijeron que por favor, como Ud. dice que soy persona de

    confianza que sea representante de Corporacin Agua Blanca.

    INDECOPI : Frente a qu, es decir qu tipo de labor haca?

    ENTREVISTADO : No, eso ya lo hacan ellos yo desconozco, y esas cosas de ah que yo he hecho como le

    estoy diciendo son de Corporacin Agua Blanca, que eran copias certificadas.

    INDECOPI : Y las rdenes de Corporacin Agua Blanca las daban los Sres. Osterling?

    ENTREVISTADO : S.

    (...)

    ENTREVISTADO : Yo les he hecho como dos tres asuntos notariales a ellos.

    (...)

    INDECOPI : No se acuerda qu trmites notariales haca?

    ENTREVISTADO : Djeme acordarme, porque yo ahorita ya no trabajo para ellos, yo no he hecho nada para

    ellos. Creo que eran copias de Corporacin Agua Blanca.

    INDECOPI : Corporacin Agua Blanca?

    ENTREVISTADO : Si, creo que era su testimonio.

    INDECOPI : De Corporacin Agua Blanca?

    ENTREVISTADO : De Corporacin Agua Blanca.

    INDECOPI : Y porqu sale la factura a nombre de Oleaginosa?

    ENTREVISTADO: Ellos me dijeron que ponga ese nombre.

    INDECOPI: Quines?

    ENTREVISTADO: Los Sres. Osterling. Creo que es de Corporacin Agua Blanca no me acuerdo exactamente.

    (...)

    INDECOPI: Ud. particip de alguna junta de CINOLSA?

    ENTREVISTADO: No, nunca.

    INDECOPI: Me dice que no particip en ninguna junta de CINOLSA?

    ENTREVISTADO: No, en ninguna junta de CINOLSA yo he participado.

    (...)

    INDECOPI: Esta es su firma?

    ENTREVISTADO: Si, es mi firma.

    INDECOPI: Entonces estuvo presente?

    ENTREVISTADO: No, no estuve presente pero me detallaron, por eso le estoy diciendo que solo firm el documento.

    INDECOPI: As que a Ud. lo llaman para que firme?

    ENTREVISTADO: S.

    INDECOPI: Y quines son los que van a las Juntas Generales?

    ENTREVISTADO: No los conozco.

    INDECOPI: Y quin le dice que firme, los Sres. Osterling?

    ENTREVISTADO: Es decir hay una junta en CINOLSA y entonces los Sres. Osterling me explican y yo firmo.

    INDECOPI: Ud. aparece como representante de la nica empresa propietaria de Oleaginosa?

    ENTREVISTADO: Estoy como representante, claro ese es el favor que les estoy haciendo.

    INDECOPI: Ud. no cobra ningn honorario por esa representacin?

    ENTREVISTADO: Bueno, ellos me estuvieron dando algn dinero.

    INDECOPI: O sea s tena relacin?

    ENTREVISTADO: No, relacin no, porque ellos me llamaban y me decan se ha acordado esto.

    INDECOPI: O sea que Ud. no estuvo presente en esta junta que firma?

    ENTREVISTADO: No, no estuve presente pero ellos me indicaban haba una junta pas esto, se dijo lo otro, porque yo no

    puedo estar ah.

    INDECOPI: Pero porqu Ud. sale de representante si no puede asistir a las juntas?

    ENTREVISTADO: Porque me dijeron que yo soy la persona de confianza. Prcticamente como le digo que Corporacin

    Agua Blanca era accionista de CINOLSA.

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    aparecer como accionista en la junta general de accionistas realizada el 7 de enerode 1997. Wakemore Investments Inc. es una empresa, con acciones al portador. Sibien no se puede comprobar la titularidad de tales acciones, el seor Besich afirmaque sus propietarios son los seores Osterling5, lo que es confirmado por lasdeclaraciones de la seora Patricia Carrascal quien manifiesta que su representada(Wakemore Investments Inc.) es una empresa de los seores Osterling6.

    Actualmente, Wakemore Investments Inc. es titular de un gran nmero de signosdistintivos, parte de los cuales adquiri de Transur S.A., lo que, cuando menos,revela una significativa relacin entre ambas compaas. Absolutamente todos lossignos distintivos de propiedad de Wakemore Investments Inc. han sido adquiridosde Transur S.A. y de Fbrica de Chocolates El Tigre S.A. Aun cuando actualmenteno figure con una participacin directa en Fbrica de Chocolates El Tigre S.A., lavinculacin del seor Felipe Osterling Letts con sta ha sido pblica durante elprocedimiento de declaracin de insolvencia seguido ante la Comisin de Salidadel Mercado y ha sido expresamente reconocida por l.

    En este punto debe sealarse que con fecha 7 de febrero de 1997 WakemoreInvestments Inc. ha celebrado un contrato con otra empresa, Amay Commercial Inc.,por el cual le transfiere los signos distintivos registrados a su nombre. AmayCommercial Inc. no cuenta con ningn ttulo inscrito en los registros pblicos, pero enlos procedimientos administrativos seguidos para la transferencia de los signos,est representada por el seor Jaime Valdez Churango7, segn poder otorgado enPanam, sealando domicilio legal en Av. Argentina, 4650, Callao, es decir, eldomicilio de Cinolsa.

    Orion Overseas Inc. ha sido accionista de Cinolsa durante todo el ao 1996.Tambin es una empresa domiciliada en Panam y con acciones al portador. Sobreesta empresa los seores Abad y Besich afirman que los verdaderos propietarios

    5 INDECOPI: Andrs Osterling Letts.

    ENTREVISTADO: Si.

    INDECOPI: Cual era su relacin.

    ENTREVISTADO: Ha sido Director de Cinolsa y como repito, supongo prcticamente estoy en la seguridad que a que a

    travs de Wakemore era el accionista principal como su hermano Felipe.

    6 INDECOPI: Curiosamente uno de los accionistas es Wakemore, representada por el Sr. Alvaro Echeanda. Corporacin

    Wakemore entonces es accionista de Agua Blanca, es accionista de Oleaginosa y a travs de Agua Blanca tambin es

    accionista de Oleaginosa. Ud. puede hacerme una relacin de las empresas vinculadas del grupo, lo que recuerde?

    ENTREVISTADO: Lo que puedo recordar, bueno las empresas con las que yo directamente poda relacionarme eran

    Transur, Fbrica de Chocolates El Tigre, Wakemore, Orion, B&G en algn momento.

    7 El seor Jaime Valdez Churango es analista contable de Cinolsa tal como se desprende de la relacin de acreedores

    laborales presentada por la empresa con su solicitud de declaracin de insolvencia.

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    son los seores Osterling8. Orion Overseas Inc. ha sido, tambin, accionista deFbrica de Chocolates El Tigre S.A., tal como se desprende de la copia delTestimonio de la Escritura Pblica de Aclaracin de Otorgamiento de Poderesextendida el 1 de agosto de 1995 por el Notario Pblico de Lima, doctor AbrahamVelarde Alvarez, presentado por dicha empresa en el procedimiento seguido para ladeclaracin de su insolvencia.

    Sobre Productos de Consumo Masivo S.A., que ha sido accionista de Cinolsadurante casi todo el ao 1996, el seor Besich, gerente general y director deCinolsa hasta diciembre de 1995, ha manifestado que era la anterior titular de losactivos de Cinolsa9, lo que tambin consta en los acuerdos adoptados por las juntasde accionistas de ambas empresas. Dicha empresa era del Grupo de Ferrari y fueadquirida por los seores Osterling en la poca en que el seor Besich sedesempeaba como gerente.

    En cuanto a B & G Financial, que figura como accionista de Cinolsa desde enero de1997, ha sido tambin accionista de Transur S.A. durante la poca de emisin de laletra de cambio materia de este procedimiento. Segn la seora Patricia Carrascalque fue su representante, la empresa pertenece a los seores Osterling10. El seorAntonio Abad es del mismo parecer11.

    8 INDECOPI: Quien es el propietario de Orion.

    ENTREVISTADO: Orion es una empresa constituida en el exterior, y esta representada ac en el Per tambin por

    Giovanni Adorisio.

    INDECOPI: Esta ac representada por Giovanni Adorisio.

    ENTREVISTADO: Si.

    INDECOPI: Sabe quienes son los propietarios de las acciones?.

    ENTREVISTADO: Asumo que son los seores Osterling.

    9 INDECOPI: Oleotcnica , que empresa es?.ENTREVISTADO: Oleotcnica es una empresa que tengo entendido, los seores Osterling, adquirieron del grupo de

    Ferrari, entiendo que la empresa tenia ciertos problemas entonces se decidi formar una empresa; Cinolsa, que iba a

    adquirir los activos de Oleotcnica se quedo en un precio preestablecido se pago estos activos o se iban pagando

    cuando yo me retire todava no se haban terminado de cancelar los activos de Oleotcnica, en diferentes modalidades

    mediante pagos efectuados en efectivo, se asumi alguno pasivos de Oleotcnica.

    10 INDECOPI: Despus vamos a revisar las fichas, al 5 de marzo de 1996 B&G aparece como propietario de 54 59

    acciones comunes, y Ud. representa a B&G.

    ENTREVISTADO: Si.

    INDECOPI: Entonces debemos suponer que en esos momentos B&G era propiedad de los Sres. Osterling?

    ENTREVISTADO: Si.

    11 INDECOPI: Quien es B & G Financial ?ENTREVISTADO: Es una empresa tambin constituida en el exterior.

    INDECOPI: Y quienes son los propietarios de B & G Financial. Quien cree Usted.

    ENTREVISTADO: O sea afirmo lo que manifest en un principio los seores Osterling.

    (sigue...)

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    III.3.2. Los accionistas de Transur S.A.

    Como ya se seal, B. & G. Financial Inc. es actualmente accionista de Cinolsa yfigura desde el 5 de marzo de 1995 como accionista de Transur S.A. A partir de lajunta realizada el 12 de agosto de 1996, sus acciones aparecen a nombre de laseorita Gabriela Alccer. Es representada por la seora Patricia Carrascal en lasjuntas de Transur S.A. Sobre su representada, la seora Carrascal manifiesta queconsidera que era una empresa de propiedad de los seores Osterling.

    La seora Patricia Carrascal es propietaria de una accin en Transur en la mismapoca que su representada B & G Financial Inc. Ella afirma que el verdaderopropietario de la accin que apareca a su nombre era el seor Felipe OsterlingLetts12.

    El seor Antonio Abad es titular de una accin. Se desempe como gerentegeneral de Fbrica de Chocolates El Tigre S.A., hasta inicios de este ao. El seorAbad, que tambin es Presidente del Directorio de Transur, ha manifestado, incluso,que las sesiones de Directorio eran realizadas en la sede social de Fbrica deChocolates El Tigre S.A., empresa en la que los seores Osterling figuran comodirectores13.

    Gabriela Alccer aparece como accionista mayoritaria de Transur desde el 12 deagosto de 1996. Ella es propietaria de 54 de las 56 acciones emitidas. Su relacin

    12 INDECOPI: Para confrontar la informacin que ha sido presentada por las empresas, yo tengo aqu en la fotocopia dellibro de actas de Transur, un acta del 5 de marzo de 1996 en la que Ud. aparece como representante de la empresa, ah

    no, como propietaria de esa accin comn de Transur.

    ENTREVISTADO: S.

    INDECOPI: Mantiene esa accin todava?

    ENTREVISTADO: Yo solicit en el momento en que present mi renuncia, que la accin fuera transferida porque yo no

    tena ninguna vinculacin con la empresa.

    INDECOPI: Eso quiere decir que la accin no fue suya?

    ENTREVISTADO: No, la accin no era ma.

    INDECOPI: Nunca fue suya?

    ENTREVISTADO: Nunca fue ma.

    INDECOPI: De quin era?

    ENTREVISTADO: La accin era del Sr. Felipe Osterling.

    INDECOPI: Es decir que Ud. apareca como accionista de Transur en representacin del Sr. Felipe Osterling?

    ENTREVISTADO: Si.

    13 INDECOPI: Dnde se reunan para la sesin de directorio?

    ENTREVISTADO: Las ltimas fueron en El Tigre.

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    con Cinolsa, no obstante, es evidente. Segn los seores Osterling14, Hidalgo yCceres15 ella se desempea como asistente del rea legal de Cinolsa. Esto ltimose confirma con dos documentos que obran en el expediente: (i) una solicitudpresentada por la seorita Gabriela Alccer a la Oficina Registral de Lima y Callaoel 9 de diciembre de 1996, para la inscripcin de acuerdos de junta general deaccionistas de Cinolsa; y (ii) el acta de la junta general de accionistas de Cinolsa,realizada el 7 de enero de 1997, en la cual se le autoriza para suscribirdocumentacin vinculada a un acuerdo adoptado en esa oportunidad.

    Es innegable que existe una relacin entre la actual accionista principal de TransurS.A. y Cinolsa. As, siendo la seorita Alccer accionista mayoritaria de TransurS.A., se acord - en una junta general de accionistas que ella presida - lapresentacin de la solicitud de declaracin de insolvencia de la empresa para lacual trabaja como practicante.

    Miguel Augusto Hartmann figura como propietario de una accin al momento en quese acord la presentacin de la solicitud de insolvencia de Cinolsa. Sin embargo, ltambin es, asistente del Departamento de Planeamiento de Cinolsa, tal comoconsta en la documentacin que la empresa adjunt a su solicitud de declaracin deinsolvencia. Su calidad de trabajador de Cinolsa es reconocida, asimismo, por losseores Cceres16 y Felipe Osterling Letts17.

    14 INDECOPI: Conoce a la Sra. Gabriela Alccer?ENTREVISTADO: S, ella trabaja ocasionalmente como asesora legal nuestra.

    15 INDECOPI: Siempre en Cinolsa.A ver Gabriela Mariela Alccer Succero.

    ENTREVISTADO: Bueno, es una niita que esta haciendo sus prcticas en Compaa Industrial Oleaginosa.

    INDECOPI: Prcticas de qu.

    ENTREVISTADO: En la parte legal, creo que lleva los papeles, trabaja en el directorio. A m me llega a travs de las

    facturas que ella emite y yo autorizo que se pague, yo autorizo sea, como es el procedimiento, llega una factura, llega a

    mis manos y yo autorizo que se paga y que no se paga.

    16 INDECOPI: Perfecto, Qu me dice de Miguel Hartmann Prez.ENTREVISTADO: Miguel, Miguel es mi Jefe de Planeamiento.

    INDECOPI: Jefe de Planeamiento.

    ENTREVISTADO: Si de mi, de Compaa Industrial Oleaginosa.

    INDECOPI: Ya.

    ENTREVISTADO: El trabaja conmigo, esta a mi cargo.

    INDECOPI: Ya, usted es su superior.

    ENTREVISTADO: Yo soy su superior.

    17 INDECOPI: Al Sr. Antonio Hartmann Prez?ENTREVISTADO: El tiene alguna relacin con el rea de costos de las empresas.

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    III.3.3. Pruebas adicionales sobre la vinculacin entre Cinolsa y Transur S.A.

    Las declaraciones de la seora Carrascal y los seores Abad, Besich, Hidalgo yPicaza, confirman la existencia de la vinculacin entre ambas empresas. En esesentido, en relacin a su condicin de accionista de Transur S.A., la seoraCarrascal ha declarado que los seores Osterling eran los verdaderos propietariosde la accin que ella representaba, as como eran propietarios de B & G FinancialInc., sociedad a la que ella representaba en las juntas de accionistas de Transur.

    Por su parte, el seor Abad reconoce que hay vinculacin entre Cinolsa y TransurS.A. y presume que, tanto stas como Orion Overseas y B & G Financial Inc. son depropiedad de los seores Osterling. En el mismo sentido se pronuncia el seorBesich cuando se refiere a Cinolsa como una empresa de los seores Osterling,cuya propiedad tienen a travs de Wakemore Investments Inc. que, junto conCorporacin Agua Blanca S.A., tambin reconoce como empresas de los seoresOsterling.

    El seor Picaza manifest que, cuando trabaj en Molinera del Pacfico S.A. sabaque sta era de propiedad de los seores Osterling, del mismo modo que saba queellos haban comprado Fbrica de Chocolates El Tigre S.A.18 En cuanto a suparticipacin como accionista de Corporacin Agua Blanca S.A., declar que lnunca asisti a las juntas de accionistas y que se limitaba a suscribir las actas que lepresentaban los seores Osterling, quienes le pagaban, por cuenta de Cinolsa, tantolas sumas que reciba por aparecer como accionista de Corporacin Agua BlancaS.A., como los gastos por los trmites que realizaba para esta empresa.

    De otro lado, de la informacin obtenida tanto de los registros pblicos, como de loslibros de actas y testimonios que en copia obran en el expediente (la misma que esconfirmada por algunas declaraciones brindadas a la Secretara Tcnica), se haverificado un permanente trfico de bienes entre las empresas involucradas, que sedetalla en el Anexo C de esta Resolucin, el mismo que adems de ser una pruebaadicional sobre la vinculacin, proporciona alguna idea de los fines para los culeshan sido creadas algunas de las empresas involucradas en la investigacin.

    III.3.4. Conclusiones sobre la vinculacin entre Cinolsa y Transur S.A.

    18 Todos los empleados lo saban, el que entraba ah saba que eso era - Molinera El Pacfico - de los seores Picassoy de los seores Osterling(...) S saba cuando entr a trabajar ah que los Picasso y los Osterling eran accionistas de

    Molinera El Pacfico, como todo empleado saba

    (...)

    Yo saba que El Tigre lo haban comprado los Picasso con los seores Osterling cuando trabajaba yo en Molinera

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    De lo expuesto, fundamentalmente en base a la informacin obtenida de lasentidades pblicas a las que recurri las Secretara Tcnica, queda acreditado queexiste una evidente vinculacin entre Cinolsa y Transur S.A.

    Debe tenerse presente que, de las tres personas que, como accionistas de TransurS.A. figuran acordando pedir la declaracin de insolvencia de Cinolsa, el seorAbad era en esa fecha gerente general de Fbrica de Chocolates El Tigre S.A.,mientras que el seor Hartmann y la seorita Alccer trabajaban para la propiaCinolsa.

    Asimismo, la seora Carrascal y el seor Llanos, que en esa poca eran Directoresde Transur S.A., tambin trabajaban el Fbrica de Chocolates El Tigre. Por su parte,el seor Hidalgo, que representa a Transur S.A. en este procedimiento, es asesorcontable de Cinolsa, tal como lo han manifestado el seor Cceres (gerentecomercial de Cinolsa), los analistas contables de dicha empresa, seores Valds yOrtiz y el seor Abad.

    Orion Overseas Investments, B & G Financial Inc., Wakemore Investments Inc.,Corporacin Agua Blanca S.A. y Productos de Consumo Masivo S.A., empresasque son o han sido accionistas de Cinolsa y Transur S.A. tambin estn vinculadas alos seores Osterling. Aun cuando respecto de las empresas extranjeras no puededeterminarse la titularidad de sus acciones, por tratarse de acciones al portador, lavinculacin ha sido declarada por varias de las personas entrevistadas por laSecretara Tcnica, tal como consta en el propio expediente.

    Queda entonces claro que la titular de 54 de las 56 acciones representativas delcapital Social de Transur, que solicita la insolvencia de Cinolsa, trabaja comoasistente legal en la propia Cinolsa. Adems los otros dos accionistas trabajaban enFabrica de Chocolates El Tigre S.A., perteneciente al mismo grupo, y en la propiaCinolsa, respectivamente.

    Si bien la existencia de vinculacin econmica y de gestin entre Transur y Cinolsano impide per se que la primera solicite la insolvencia de la segunda, si constituyeun elemento a ser tomado en cuenta al momento de evaluar la existencia del crditoen base al cual se solicita la insolvencia o cuyo reconocimiento se reclama,imponiendo en la autoridad a cargo del procedimiento concursal la responsabilidadde investigar con mayor cuidado y detalle.

    El procedimiento concursal es uno en el cual los intereses en juego trascienden losdel solicitante y su deudor. El procedimiento concursal no esta diseado para

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    frustrar los crditos de los dems acreedores, sino por el contrario para proceder asu cobro ordenado evitando la canibalizacin innecesaria de la empresa. Para elloel procedimiento concursal permite, entre otras medidas, la suspensin de laexigibilidad de las obligaciones pendientes de la insolvente. Es una medidaexcepcional, que solo puede proceder en los casos taxativamente contemplados enla ley, y que reflejan una situacin de crisis econmica.

    En consecuencia si se simularan los supuestos contemplados en la ley para declararla insolvencia se estara desvirtuando sus fines, impidiendo que los acreedorespuedan ejecutar o exigir sus legtimas acreencias. Pero adems la simulacin de uncrdito perjudica a los dems acreedores por que reduce su participacinporcentual en las votaciones en las juntas de acreedores.

    Las razones expuestas justifican el especial celo que debe poner la autoridadadministrativa en estos casos, en especial si existen indicios o pruebas de laexistencia de una vinculacin econmica o de gestin entre el solicitante y el deudor.

    La Sala considera que, dadas las pruebas existentes sobre la vinculacin entre lasempresas y que han sido enumeradas lneas arriba, se justificaba profundizar lasinvestigaciones para determinar si existe realmente el crdito en base al cual seobtuvo la declaratoria de insolvencia de Cinolsa y as preservar los derechos de losdems acreedores de dicha empresa.

    III.4. La letra de cambio presentada por Transur S.A. en el procedimiento y laverificacin del crdito invocado.

    Transur, solicit la declaracin de insolvencia de Cinolsa por mantener frente a ellacrditos exigibles y vencidos ascendentes a S/.146,000.00, incorporados en unaletra de cambio aceptada por el seor Picaza, en la cual Cinolsa intervino avalandoal mencionado aceptante.

    III.4.1. El origen de la letra de cambio.

    En la copia del libro de actas de juntas generales de accionistas presentada porCinolsa, obra una del 9 de mayo de 1996, en la cual consta un acuerdo para avalaral seor Picaza por S/. 146,000, con la finalidad de adquirir aceite crudo depescado. Segn se seala en el acta, la razn para otorgar el aval es que el seorDiego Alfredo Picaza Riques, proveedor de insumos de nuestra fbrica, vienegestionando ante la empresa TRANSUR S.A., un prstamo por la suma deCIENTO CUARENTISEIS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 146,000.00) aefectos de utilizar dichos fondos para la compra de aceite crudo de pescado, el

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    cual una vez adquirido ser entregado a COMPAIA INDUSTRIAL OLEAGINOSAS.A. (CINOLSA), debido al pedido que le hiciramos y a la falta temporal deliquidez que lo afecta.

    Transur adjunt a su solicitud presentada a la Comisin de Calificacin Empresarial,copia de un acta de junta de accionistas, fechada el 12 de agosto de 1996, en lacual aparece el acuerdo para solicitar la insolvencia de Cinolsa ante la Comisin deCalificacin Empresarial del Colegio de Contadores Pblicos de Lima ladeclaracin de insolvencia de Cinolsa ... en razn de que la empresa en mencinle adeuda a nuestra sociedad la cantidad de CIENTO CUARENTAISEIS MIL Y00/100 NUEVOS SOLES (146,000.00), representada en la Letra Nro. 05-01,crdito que se encuentra vencido en demasa al plazo de 30 das calendarios. Enla misma acta consta el nombramiento del Oscar Hidalgo Lpez como representantede la empresa en el procedimiento.

    Las declaraciones de los seores Osterling, Picaza, Abad e Hidalgo coincidieroncon los acuerdos citados. Sin embargo, precisaron que la letra de cambio seraendosada en favor de un tercero, para que ste provea de los recursos necesariospara la compra de los insumos que Cinolsa requera19. No se trataba, entonces, de

    19 Declaracin del seor Felipe Osterling:INDECOPI: S, pero de qu se trataba, porqu Transur gira esa letra aceptada por el seor Picaza, qu operacin fue?

    ENTREVISTADO: Bueno fue una operacin en la cual CINOLSA en el mes de mayo o junio, estaba atravesando una

    situacin econmica muy difcil, las letras de CINOLSA no las tomaba el sistema financiero y entonces se plante que

    Transur intermedie una operacin de compra por cuenta de CINOLSA, es decir acte como puente por cuenta de

    CINOLSA y por dicho efecto hubo un acuerdo de honorarios de Transur y del seor Diego Picaza. Transur va con la

    letra a descontarle a los Bancos, el seor Picaza ni CINOLSA califican, la operacin se cae y obviamente un costo un

    reconocimiento de honorarios de xito, en reconocimiento de que no tena nada que ver con la operacin y ah es

    cuando Transur repite contra CINOLSA y contra Diego Picaza.

    Declaracin del seor Abad:

    ENTREVISTADO: Si claro esta operacin me fue presentada a mi, sea como un financiamiento para la compra de

    crudo de pescado, donde Transur funga de comisionista, para eso tenia que buscar los fondos a travs del Sr. Picaza.

    Ante la falta de informacin crediticia del seor Picaza, entonces se solicito el aval a los seores Picaza, a travs de

    algunas empresas como este caso Cinolsa, por que el crudo iba a ser destinado para esa fbrica.

    Declaracin del seor Picaza:

    ENTREVISTADO: A l si lo conozco.

    INDECOPI: En qu circunstancias lo conoci?

    ENTREVISTADO: Era representante de Transur, entonces casualmente con l entabl sobre una letra que los Sres.

    Osterling me mandaron a llamar, me ubicaron, me llamaron porque en ese tiempo la empresa CINOLSA estaba mal,

    entonces me llamaron para ver si yo poda conseguirles aceite crudo, porque ellos producen aceite, manteca y jabn,

    entonces me preguntaron si yo poda conseguirles y les dije que tena una persona para poder sacarle un dinero, pero

    siempre y cuando me pagaran mi comisin.

    Entonces habl con el seor Oscar Hidalgo, como l era representante de Transur, le dije para sacar una letra a mi

    nombre, yo he firmado la letra pero eso s como el beneficio se lo iba a llevar y quien iba a pagar la letra era CINOLSA, les

    dije que me avalaran porque el beneficio iba a ser para ellos, yo solo cobro mi comisin y listo, entonces le habl al seor

    Oscar Hidalgo tambin sobre una comisin, por decir yo me iba a ganar el 10% y yo le ofrec el 5% al seor Oscar

    (sigue...)

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    una deuda directa del seor Picaza o de Cinolsa frente a Transur S.A., sino que estaempresa slo servira como intermediaria en una operacin crediticia que Cinolsano poda llevar a cabo por si misma, dada la mala situacin econmica por la quepasaba en esa poca.

    Consultados sobre la razones para utilizar ese mecanismo de financiamiento, lasexplicaciones de los declarantes conducen a una situacin evidentementecontradictoria: a) se opt por el descuento de la letra girada por Transur S.A. porqueCinolsa no era sujeto de crdito; b) por el contrario, Transur S.A., que no operabadesde inicios de 1995 segn declaraciones de la seora Carrascal (ltima gerentede la empresa)20 y del seor Abad (ltimo presidente del directorio)21, tendra unamejor posicin crediticia; y c) a decir del seor Abad22 y tal como lo manifiesta elpropio seor Picaza23, ste no era sujeto de crdito y por ello se tuvo que recurrir alaval de Cinolsa.

    Hidalgo, en caso de que saliera la letra, entonces l estuvo negociando la letra en varios Bancos, pero no sali el dinero

    que iba a ser de ciento sesenta mil soles, pero l ha hecho varios gastos, por ejemplo el ir a varios Bancos a los que se

    ha presentado y a mi me quera cobrar todo eso, entonces le dije, t como yo bamos a ganar una comisin ms bien t

    arregla ya con CINOLSA, yo te presento habla con los Sres. Osterling presntales tus gastos y ya luego lo cobras,

    entonces le dije ms bien yo quiero esa letra porque el perjudicado soy yo porque me protestaron la letra y le digo yo

    cualquier prstamo que le quiero sacar a un Banco, como por ejemplo ahora que estoy viendo un negocio que an est

    en proyecto, pero ya ms o menos para marzo voy a lanzar mi propio negocio casualmente de abarrotes porque esa es

    mi rama, entonces le digo yo no quiero tener problemas con los Bancos porque yo voy a abrir mi propia cuenta y sabes

    que cuando uno tiene un problema, un protesto y el Banco te cierra las puertas ya es una cosa mala para una persona,

    entonces le ped que por favor me entregaran la letra, habl con los Sres. Osterling, arreglaron todo y me la entregaron

    cancelada, entonces yo tengo en mis manos las letras para hacer la anulacin de protesta.

    20 INDECOPI: Cundo Ud. renunci a Transur, qu tipo de operaciones realizaba?ENTREVISTADO: Ya no realizaba operaciones.

    INDECOPI: Ya no operaba?

    ENTREVISTADO: No, no han operado.

    INDECOPI: Por lo tanto no tendra razn de ser una operacin comercial al mes siguiente o a los dos meses, o a los seis

    meses de que Ud. renunci, salvo que hubiera reiniciado sus labores?

    ENTREVISTADO: Claro.

    21 INDECOPI: Que es Transur?.ENTREVISTADO: Transur es una empresa dedicada o fue una empresa dedicada a lo que es transporte.

    INDECOPI: Y ahora no opera.

    ENTREVISTADO: No opera desde cuando, desde todo el 95.

    INDECOPI: Prcticamente todo el 95 no ha hecho operaciones.

    22 NDECOPI: Entonces Cinolsa avalaba a Diego Picaza, que era una persona que no tenia crdito.ENTREVISTADO: Picaza, aparentemente los crditos que buscamos en su momento, no tenia no contaba, para poder

    avalar esa operacin de semejante envergadura.

    23 INDECOPI: Pero Ud. no tiene ningn historial de esa magnitud de crdito personal, o s?ENTREVISTADO: No, nunca he pedido esa cantidad de dinero.

    INDECOPI: No tiene pues, Ud. como persona natural no pasaba por un crdito de ese monto.

    ENTREVISTADO: Exactamente.

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    Como se ve, el argumento es contradictorio pues, para salvar la situacin deCinolsa, que no poda obtener crditos directos, se recurri a otra persona quetampoco poda acceder a ellos y, para dar una mejor posicin crediticia al supuestodeudor, se us el aval de la empresa que tuvo que utilizar este mecanismo definanciamiento por no ser sujeto de crdito. Esto conduce a considerar que elsustento de la existencia de la supuesta operacin de crdito a ser otorgado porTransur S.A. al seor Picaza con el aval de Cinolsa es, en el mejor de los casos,incoherente y contradictorio.

    III.4.2. La emisin y registro contable de la letra de cambio.

    Segn el seor Picaza la letra fue girada - y aceptada por l - en julio de 1996,24

    versin similar a la del seor Abad, quien ha manifestado que el ttulo valor se emitientre junio y julio de 199625. Ello significa que la letra no se emiti realmente el 16 demayo de 1996, como figura en el ttulo, sino posteriormente, en una fecha mscercana al 19 de julio de 1996, da establecido para su vencimiento.

    Respecto de la oportunidad y circunstancias de la emisin y aceptacin de la letrade cambio, las versiones tambin son contradictorias. Mientras el seor Picazamanifest haberla elaborado luego de hacer las coordinaciones pertinentes con el

    24 INDECOPI: Cundo firm la letra?

    ENTREVISTADO: Yo la he firmado en julio del ao 1996.

    INDECOPI: Est seguro?, seor Picaza le agradecera.

    ENTREVISTADO: Claro yo la he firmado antes, porque esto ya lo habamos procedido.

    INDECOPI: Cundo la ha firmado?

    ENTREVISTADO: En Julio, iba donde l y me deca hazme esta transaccin y la hice.

    INDECOPI: Asegura que en julio del ao 1996.

    ENTREVISTADO: En julio de 1996, pero la fecha era esta fecha de vencimiento.

    INDECOPI: Dnde la firm, dice Ud.?

    ENTREVISTADO: Yo la he firmado en mi casa.

    INDECOPI: La fecha es mayo.

    ENTREVISTADO: En mayo se gir.

    INDECOPI: En julio venci?

    ENTREVISTADO: No, yo lo he firmado en julio, los primeros das de julio?

    INDECOPI: Es decir que Ud. ha hecho la letra en julio, pero venca el 16 del mismo mes.

    ENTREVISTADO: Exactamente, venca el 16 de julio

    25 INDECOPI: Cuando fue firmada la letra?.

    ENTREVISTADO: En junio , julio , junio del ao pasado.

    INDECOPI: Junio del ao pasado.

    ENTREVISTADO: En julio se venci la letra.

    INDECOPI: Una pregunta ah tengo una duda grande la letra es de mayo.

    ENTREVISTADO: Si conforme.

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    seor Hidalgo26, el seor Abad sostuvo que dicha labor corri por cuenta de TransurS.A.27 El seor Hidalgo declar que su intervencin antes del procedimiento se limita absolver una consulta contable sobre el particular.28

    De otro lado, el aval recin fue registrado en la contabilidad de Cinolsa el 11 dediciembre de 1996, es decir, luego del inicio de la investigacin dispuesta por estaSala. Ello puede comprobarse fcilmente, ya que en la documentacin contablepresentada por Cinolsa con su solicitud de declaracin de insolvencia, no figuraregistrado el aval, que s consta en la informacin contable presentada por Cinolsaen esta instancia. Este hecho es tambin confirmado por el analista contable deCinolsa, seor Vctor Ortiz, quien declar que el aval se registr entre diciembre de1996 y enero de 1997 y que antes de esa oportunidad no tuvo conocimiento de laoperacin.29

    26 INDECOPI: Ud. acept una letra a favor de Transur?

    ENTREVISTADO: Exactamente.

    INDECOPI: Dnde la firm?

    ENTREVISTADO: Yo la firm solo, sea yo hice esta letra.

    INDECOPI: Ud. la hizo?

    ENTREVISTADO: S, esta la he hecho en mi casa.

    (...)

    ENTREVISTADO: Yo se la entregu al seor Hidalgo, para que l la descontara, l la estuvo moviendo y yo lo llamaba por

    telfono para ver si sala y nada.

    27 ENTREVISTADO: Bueno, primero acept la letra el Sr. Diego Picaza, despus nosotros la firmamos.

    INDECOPI: El se la dio a Ud.?

    ENTREVISTADO: No, Diego Picaza se acerc a firmar la letra.

    INDECOPI: La letra la tenan Uds.?

    ENTREVISTADO: Si.

    INDECOPI: El Sr. Picaza no la hizo, sino que l fue a El Tigre a firmar?

    ENTREVISTADO: Si, efectivamente.

    28 ENTREVISTADO: Del procedimiento. Yo les indique como tenia que ser la Letra nada mas.

    INDECOPI: Solo al seor Abad ? . Con ninguna otra persona.

    ENTREVISTADO: Con ninguna otra persona.

    INDECOPI: Y el seor Picaza dice que Usted se ofreci hacer las gestiones en los bancos, y que el las firmo frente a

    Usted.

    ENTREVISTADO: Lo que yo estoy diciendo es mi realidad.

    29 INDECOPI: Le pregunto la solicitud que se presenta al colegio de contadores es de agosto, Usted me dice que ha

    ingresado el registro del aval en mayo.

    ENTREVISTADO: Fsicamente no.

    INDECOPI: Como que fsicamente no .

    ENTREVISTADO: O sea en el mes de mayo no la ingrese.

    INDECOPI: Cuando la ingreso.

    ENTREVISTADO: Ingreso en el mes de diciembre, no perdn en enero .

    INDECOPI: En enero de este ao, recin en enero de este ao ha registrado el aval.

    ENTREVISTADO: As es.

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    Las partes en el procedimiento no han podido brindar una explicacin coherente orazonable de por que una operacin de aval llevada a cabo en mayo de 1996, noaparece registrada contablemente a la fecha de la solicitud de insolvenciaoriginalmente planteada por Cinolsa, indicando los elementos probatorios existentesde que dicho registro recin se produce luego de iniciada la investigacin dirigida adeterminar la existencia o no del crdito invocado.

    III.4.3. La ejecucin de la operacin.

    Son ilustrativas las discrepancias que hay respecto de ciertos detalles de laoperacin. El seor Abad, por ejemplo, afirma que el crdito lo iba a gestionar elseor Picaza ante algn proveedor de crudo de pescado en Chimbote30, mientrasque los seores Picaza31 y Osterling32 sostienen que el financiamiento iba a provenirdel sistema financiero.

    Cabe resaltar que ni la operacin ni los trminos en que sta se desarrollara seexplican de las actividades anteriores de Cinolsa, ya que sta no registraoperaciones anteriores con Transur S.A. ni con el seor Picaza, como se puede

    30 ENTREVISTADO: Como sujeto de crdito, en el sistema financiero no pero como persona para otras empresa si; no sesi me dejo entender.

    INDECOPI: Pero accedieron al sistema financiero solo para saber, por que la versin de las otras personas es queran

    acceder al sistema financiero para descontarla ah, pero no para una operacin en Chimbote.

    ENTREVISTADO: La idea al final fue endosarla a un proveedor en Chimbote.

    INDECOPI: Como les fue en la operacin?.

    ENTREVISTADO: No se pudo conseguir.

    INDECOPI: Lo que paso es que no se pudo conseguir proveedor en Chimbote.

    ENTREVISTADO: No se pudo conseguir proveedor en Chimbote, pero haba proveedor que quisiera tomar la Letra como

    una dacin de pago alguno.

    31 ENTREVISTADO: Claro, antes de hacer la de CINOLSA, porque como ya comenzaron a fallarme tambin con la paga,

    peor era para m porque yo saco el crdito y tengo que pagarlo, entonces me dijeron para ver si les poda hacer tal y tal

    cosa y les dije si se puede hacer yo encantado de la vida como cualquier persona lo hace, esa letra se iba a descontar

    al Banco y si descontaban los que tenan que pagar era CINOLSA porque el beneficio iba a ser para ellos, yo cobraba mi

    comisin y listo acababa mi asunto.

    32 INDECOPI: S, pero de qu se trataba, porqu Transur gira esa letra aceptada por el seor Picaza, qu operacin fue?ENTREVISTADO: Bueno fue una operacin en la cual CINOLSA en el mes de mayo o junio, estaba atravesando una

    situacin econmica muy difcil, las letras de CINOLSA no las tomaba el sistema financiero y entonces se plante que

    Transur intermedie una operacin de compra por cuenta de CINOLSA, es decir acte como puente por cuenta de

    CINOLSA y por dicho efecto hubo un acuerdo de honorarios de Transur y del seor Diego Picaza. Transur va con la

    letra a descontarle a los Bancos, el seor Picaza ni CINOLSA califican, la operacin se cae y obviamente un costo un

    reconocimiento de honorarios de xito, en reconocimiento de que no tena nada que ver con la operacin y ah es

    cuando Transur repite contra CINOLSA y contra Diego Picaza.

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    apreciar de la documentacin contable presentada por Cinolsa y de lasdeclaraciones del seor Picaza.

    Asimismo, en la visita realizada a las oficinas de Cinolsa se pudo comprobar que,adems del acta antes mencionada, no existe ningn documento referido al crditomateria de este procedimiento, ni correspondencia alguna entre Cinolsa y TransurS.A. sobre esta operacin.

    Por su parte, pese a los reiterados requerimientos, Transur S.A. no ha presentadodocumentacin alguna referida a la operacin o al crdito, ni la informacin contablesolicitada por la Sala. Solamente consta la declaracin verbal del seor Abadreferida a su participacin en la negociacin de la letra de cambio y el acta de juntageneral de accionistas en que se acord iniciar el procedimiento de declaracin deinsolvencia.

    III.4.4. El crdito invocado por Transur.

    Contra lo que se afirma en la solicitud de insolvencia de Transur, en relacin a laexistencia de un crdito por S/. 146,000, las propias declaraciones y pruebas queobran en el expediente demuestran que, en el mejor de los casos, los montoadeudados seran substancialmente menores a lo alegado y no hubieran permitido,ni remotamente, solicitar la insolvencia de Cinolsa. Los seores Felipe OsterlingLetts, Picaza y Abad coinciden en que Transur S.A. recibira un importe equivalenteal 5% del monto total incorporado en la letra de cambio, como contraprestacin porsu intervencin en la operacin de financiamiento. Sin embargo, segn el seorFelipe Osterling Letts, este monto se pact por concepto de honorarios de xito, noobstante lo cual, el seor Abad dijo que Transur S.A. deba recibir el 5% pactado,aun cuando la operacin fracasara.

    Asimismo, mientras los seores Osterling y Picaza manifestaron que el total de lacomisin pactada era el equivalente al 10% del monto de la letra, de los cuales 5%seran para Transur S.A. y 5% para el seor Picaza, el seor Abad sostuvo que eltotal de la comisin pactada era slo el 5 % y que no conoca del pacto entre elseor Picaza y el seor Felipe Osterling Letts.

    De la misma forma, los mismos tres declarantes han reconocido que Transur S.A.nunca desembols en favor del seor Picaza o de Cinolsa los S/. 146,000.ooinvocados en su solicitud. Resulta claro que el nico crdito que poda mantenerTransur S.A. frente a Cinolsa ascenda, en el mejor de los casos y dependiendo dela naturaleza de la comisin supuestamente pactada, al 5% del monto consignadoen la letra de cambio presentada en el procedimiento, es decir a S/.7,300. Dicho

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    monto es realmente diminuto si se tiene en cuenta que se requiere un mnimo de 50UITs para poder solicitar la insolvencia de una empresa. As, en la hiptesis de quehubiera efectivamente existido un crdito en favor de Transur, ste hubiera sidosubstancialmente menor al invocado en la solicitud de insolvencia.

    Habiendo tenido que reconocer la inexistencia del crdito por S/. 146,000, tanto elseor Felipe Osterling Letts como el seor Abad se ampararon en el principio deliteralidad de los ttulos valores para alegar la legalidad de sus actos sosteniendo,como por ejemplo lo hizo el seor Felipe Osterling Letts, que l consideraba queCinolsa estaba obligada por el total de la letra avalada. Este tema ser analizadoms adelante.

    Posteriormente, la versin es variada al punto que, mediante escrito presentado el11 de febrero de 1997 el seor Felipe Osterling Letts afirm que, mi representadase allana a la solicitud de insolvencia presentada por Transur S.A. respecto denuestra empresa, dicha decisin tuvo la nica intencin de proteger por igual atodos nuestros acreedores con el patrimonio de la empresa, ya que en aquellapoca mantenamos un litigio muy importante para nuestros intereses con elBanco del Progreso (...) Tal hecho pona en enminente (sic) peligro la continuidadde nuestra fbrica, implicando ello la desproteccin de todos los demsacreedores.

    Igual posicin mantuvo el seor Abad en su declaracin rendida el 12 de febrero de1996, en la cual proporcion nueva informacin sobre los aspectos previos al iniciodel procedimiento de declaracin de insolvencia. As, el seor Abad ha manifestadoen reiteradas ocasiones durante su declaracin, que fue el propio seor FelipeOsterling Letts quien le solicit que Transur S.A. presente la solicitud de declaracinde insolvencia y quien se encarg de pagar los gastos del procedimiento.Coincidiendo con la nueva versin del seor Felipe Osterling Letts, el seor Abadagreg que ste le haba formulado tal pedido atendiendo a que la actitud asumidaen esa poca por el Banco del Progreso, de ejecutar los activos de Cinolsa, iba aperjudicar a su empresa y a los dems acreedores.

    El seor Felipe Osterling Letts ya haba declarado que ellos, refirindose a Cinolsa,haban defendido una insolvencia, porque el Banco del Progreso quera rematar laplanta principal de la empresa. De estas declaraciones y del escrito antesmencionado, se desprende claramente que Cinolsa no se allan a la solicitud deTransur por carecer de capacidad de pago, sino por evitar la ejecucin pretendidapor el Banco del Progreso, lo cual evidentemente apuntara en el sentido de que elreferido crdito no existi, y que por el contrario fue utilizado solo para conseguir lasuspensin de la exigibilidad de las obligaciones de los verdaderos acreedores de

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    Cinolsa, sin que la empresa se encontrase realmente en la situacin tipificada en laley para su declaratoria de insolvencia. As se estaba haciendo uso de unprocedimiento excepcional para fines distintos a aquellos perseguidos por elprocedimiento concursal.

    Esta conclusin se ve reforzada por un hecho de especial significado en el procesoinvestigatorio: luego de rendido el primer informe oral ante esta Sala, y conscientesde la disposicin que haba en el sentido de investigar el crdito, el representante deTransur S.A. present un escrito desistindose del procedimiento de declaracin deinsolvencia, por haber logrado el pago de su crdito.

    Si bien no se dio trmite a dicho desistimiento por cuanto la Sala no tenacompetencia para pronunciarse sobre el procedimiento originario, sino slorespecto de los vicios de nulidad cuya existencia hasta ese momento se presuma,al solicitar informacin sobre el pago de la deuda, la Secretara recibi, nuevamente,versiones contradictorias que slo confirmaron la simulacin investigada.

    III.4.5. Conclusiones sobre el crdito invocado por Transur S.A. en elprocedimiento.

    En atencin a la verificacin efectuada se ha determinado la inexistencia del crditopor S/. 146,000 con el cual Transur S.A. sustent su solicitud para que se declare lainsolvencia de Cinolsa y que, por el contrario, la letra de cambio presentada paratales efectos fue utilizada con el nico propsito de permitir que Cinolsa se acoja almarco de proteccin legal establecido en la Ley de Reestructuracin Empresarial,en perjuicio de los dems acreedores.

    Por ello, sin perjuicio de las otras consecuencias que este hecho pueda tener,respecto de los temas de competencia de esta Sala, ha quedado demostrado queal momento de pedir la declaracin de insolvencia de Cinolsa, Transur S.A. no eratitular de un crdito exigible y vencido por ms de treinta das, superior a cincuentaUITs, abrindose as el camino a perjudicar y defraudar los legtimos derechos deotros acreedores de la empresa.

    III.5. La participacin de Transur S.A. y sus representantes en el procedimiento.

    Los seores Abad e Hidalgo33, ltimo presidente del directorio de Transur yrepresentante de dicha empresa en este procedimiento, respectivamente, han dicho 33 INDECOPI: En qu trminos fue la conversacin?, sea, el seor Osterling apoyaba, le peda, se opona.ENTREVISTADO: No, definitivamente no se iba a oponer, no.

    INDECOPI: Por qu?, porque no se iba a oponer.

    (sigue...)

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    que la presentacin de la solicitud de Transur S.A. se debi a un pedido del seorFelipe Osterling Letts, quien ha tenido, adems, una intervencin directa en laparticipacin de esta empresa en el procedimiento, desde el nombramiento delrepresentante de la empresa en el procedimiento, tal como se muestra en lassiguientes transcripciones:

    Extracto de las declaraciones del seor Antonio Abad:

    (...)ANTONIO ABAD: Perdn, la puesta de esto en Indecopi, es a solicituddel seor Osterling, que quede claro.INDECOPI: Usted presento la Letra al Colegio de Contadores asolicitud del seor Osterling?.ANTONIO ABAD: Le digo.INDECOPI: El dice que Usted lo presionaba para el pago.ANTONIO ABAD: Le explico para que quede claro, a solicitud de l,del seor Osterling en vista de que tena problemas con un acreedorbancario, lo tena presionado y en virtud de cautelar los intereses de losdems acreedores me solicit de que presentara esta Letra a Indecopi.INDECOPI: Usted me esta diciendo que el seor Osterling le pidi aUsted que presente la Letra a Indecopi para evitar el remate aProbank?.ANTONIO ABAD: Si, efectivamente.INDECOPI: Ese fue el objeto de la presentacin de la solicitud. Ustedno lo sugiri, no lo presion a l.?ANTONIO ABAD: Lo que le he manifestado, es.

    En el mismo sentido, existe discrepancia respecto de la intervencin de Transur enel procedimiento, puesto que tanto el seor Hidalgo como el seor Abad nieganhaber sido quienes decidan las acciones a seguir o quienes elaboraban los escritospresentados por su representada.

    ENTREVISTADO: Ustedes mismos no estn diciendo, que al final sin saber ni leer, ni escribir, en buen romance, a l le

    conviene, no, le convena.

    INDECOPI: Ya, cual, que actitud note usted en el seor Osterling?.

    ENTREVISTADO: Sobre esto.

    INDECOPI: Si

    ENTREVISTADO: El estaba de acuerdo.

    INDECOPI: Casi le rogaba, que presentara la solicitud.

    ENTREVISTADO: No, no tanto as.

    INDECOPI: Pero si se lo peda.

    ENTREVISTADO: Si me dijo, despus de que ya Antonio Abad me haba dicho tambin.

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    III.6. El domicilio sealado por Transur S.A. en el procedimiento.

    Tal como consta en la solicitud que present a la Comisin de CalificacinEmpresarial, Transur S.A. sealo como domicilio procesal, Av. Nicols Dueas N475, Cercado.

    Como tambin se desprende del trmite seguido en primera instancia, la Comisinde Calificacin Empresarial no tuvo problema alguno al momento de notificar aTransur S.A., ya que no obra en el expediente documento alguno que de cuenta deeste hecho y, por el contrario, toda actuacin producida en esa entidad delegadaaparece debidamente notificada, contando los cargos de notificacin, inclusive, consellos en los que aparece la denominacin social de dicha empresa.

    Sin embargo, iniciada la tramitacin del procedimiento de nulidad en esta Sala, sedetect que en el domicilio antes sealado no funcionan las oficinas de Transur S.A.sino que, por el contrario, se trata de un inmueble en estado de abandono, tal comose acredita con los reportes del servicio de notificaciones del Indecopi y con laconstancia emitida el 6 de enero de 1997, por el Notario Pblico de Lima, FidelDJalma Torres-Zeballos.

    Ello ha sido confirmado, adems, con la declaracin de la seora Carrascal quieninform que el inmueble ubicado en Av. Nicols Dueas N 475, Cercado, fuetransferido a fines de 1995 al Banco Wiese Ltdo.34 y por el seor Abad, quienreconoci que en esa direccin ya no funciona la empresa35.

    34 INDECOPI: El inmueble, solo quiero saber si en esos momentos tena el inmueble o ya no lo tena?ENTREVISTADO: Si mal no recuerdo a fines de diciembre, tendra que confirmar la fecha, si suscrib la minuta de

    transferencia del inmueble a favor del Banco Wiese.

    INDECOPI: Pero digamos que en enero, febrero ya no era de ellos, el inmueble ya no era de Transur?

    ENTREVISTADO: Supongo que no, ellos tendran que haber hecho la transferencia inmediatamente, no?

    INDECOPI: Ya, yo no tengo ms preguntas, Ud.?

    Quiero hacer una primera aclaracin, cuando se refiere al inmueble, ste estaba ubicado en Nicols Dueas 475?

    ENTREVISTADO: Si, ese es el inmueble que se transfiri al Banco Wiese.

    35 ENTREVISTADO: Lo que he visto es que Oscar Hidalgo en una de sus cartas da como domicilio la oficina del Dr.Alvarado.

    INDECOPI: Usted no sabia que le haba dado el domicilio del Dr. Alvarado.

    ENTREVISTADO: Le estoy contando como han sido las cosas.

    INDECOPI: Segn el Sr. Hidalgo ese escrito fue hecho por Usted sealando el domicilio del Dr. Alvarado. Quien recoge

    ENTREVISTADO: El Sr. Hidalgo.

    INDECOPI: Ah dice, es mas que la notificacin hecha en Nicols Dueas y ni siquiera sabia que estaba citada.

    ENTREVISTADO: Puede que sea cierto por que en Nicols Dueas en cierta fecha ya no haba nadie.

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    Para mantener la celeridad y eficacia del procedimiento, en la reunin quesostuvieran en las oficinas de Cinolsa el 21 de enero de 1997, el Secretario Tcnicode la Sala solicit al seor Felipe Osterling Letts, que contacte con losrepresentantes de Transur S.A. y les informe de su pedido para que sealen unnuevo domicilio procesal.

    Al da siguiente de esa reunin, el 22 de enero de 1997, Transur S.A. seal comonuevo domicilio procesal Jr. Natalio Snchez N 244, oficina 201, Jess Mara, elmismo que corresponde al estudio jurdico del seor Fernando Alvarado Cerro,abogado patrocinante de Cinolsa en el procedimiento.

    El 24 de enero de 1997, Cinolsa present un escrito al cual adjunt tres anexos. Enel reverso de uno de stos, fotocopia de una copia literal del acta de junta general deaccionistas de Cinolsa realizada el 12 de julio de 1996, aparece el borrador de unescrito similar al que, con algunas modificaciones y correcciones, present el seorHidalgo, el 22 de enero de 1997 sealando nuevo domicilio.

    Consultado sobre este hecho, el seor Felipe Osterling Letts declar lo siguiente:Puede ser un proyecto en el cual Transur puede haber acudido a la empresa ybueno ahora cmo respondo, qu es lo que debo hacer y la empresa le puedehaber sugerido un texto de respuesta para poder encaminar el procedimiento en lamejor forma, pero eso no quiere decir en primer lugar que la empresa acte ennombre de Transur, ni segundo que la empresa haga las comunicaciones ni seapersone en nombre de Transur.

    Por su parte, el seor Alvarado, alegando haberlo hecho para satisfacer el pedidodel Secretario Tcnico, reconoci que proporcion su domicilio a sugerencia delseor Osterling.

    Adems de ratificar la vinculacin demostrada entre Cinolsa y Transur S.A. loshechos expuestos confirman que la participacin en el procedimiento de esta ltimaempresa, que no tena actividad comercial alguna, fue dirigida por el seor FelipeOsterling Letts.

    III.7. La declaracin de nulidad de los actos administrativos.

    Cinolsa a sealado en su defensa que la Sala carece de las facultades deinvestigacin en ejercicio de las cuales se obtuvieron las pruebas y declaracionescitadas en la presente resolucin y que han permitido concluir en la existencia devinculacin entre Cinolsa y Transur y en la inexistencia de un crdito por 50 UITs que

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    sirviera de sustento a la solicitud de declaracin de insolvencia presentada porTransur.

    Sin embargo, debe tenerse presente, adems del anlisis que se harposteriormente sobre las facultades de la Sala, que la declaracin de nulidad de unacto administrativo, se tramita en un procedimiento especial en el cual debedesvirtuarse la presuncin de legitimidad propia de los actos administrativos, lo querequiere de un especial nivel probatorio, toda vez que lo que se est cuestionandoes la actuacin de la propia administracin pblica.

    Cuando se tramita un procedimiento para declarar la nulidad de un actoadministrativo, ya sea de oficio o porque el vicio ha sido invocado por un particular,lo que est en controversia no es la evaluacin hecha por el rgano administrativorespecto de la pretensin de los administrados, sino la legalidad o ilegalidad de laactuacin de tal rgano. Cuando se evala la posible nulidad de un actoadministrativo no se hace, en estricto, una revisin del anlisis efectuado para emitirel pronunciamiento, sino la validez del pronu