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ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE ARCHIDONA Plaza Ochavada, 1 E – 29300 ARCHIDONA (Málaga) SEÑORES/AS ASISTENTES: Sr. Alcalde-Presidente: D. Manuel Sánchez Sánchez (G.M. IU-LV-CA). Grupo Municipal IU-LV-CA: D. Francisco Jiménez Aguilera D. Juana Mª Barrio Alba D. Francisco Javier Toro Martín Dª María Ábalos Garrido D. Juan Antonio Lara Medina Grupo Municipal PSOE-A: Dª. Mª Carmen Romero Jiménez D. Miguel Cebrián Zafra D. Juan Antonio Peláez Reina Dª Aranzazu Toledo Rojas D. Juan Pablo Gálvez Alba Grupo Municipal P.P.: D. Alberto Arjona Romero Sr. Interventor: D. Samuel García Pastor Sr. Secretario General: D. José Daniel Ramos Núñez No asiste, excusándose ausencia: D. Agustín Valero Arce Nº 04/2014 ACTA de la sesión ordinaria celebrada en primera convocatoria por el Pleno Corporativo con fecha 12 de junio de 2014. En la Ciudad de Archidona siendo las veinte horas del día 12 de junio del año dos mil catorce, en el Salón de Plenos de este Ayuntamiento ubicado en la planta primera de esta Casa Consistorial sita en Plaza Ochavada, nº 1, se reúnen en primera convocatoria los señores y las señoras anotados al margen, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde-Presidente Don Manuel Sánchez Sánchez, asistido del Secretario del Ayuntamiento, Don José Daniel Ramos Núñez, al objeto de celebrar en primera convocatoria sesión ordinaria del Pleno Corporativo del Ilustre Ayuntamiento de Archidona. Comprobada por el Sr. Secretario la existencia del quórum legalmente exigido en el art. 46.2 c) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se procede por la Presidencia a declarar abierta la sesión, procediéndose al examen y adopción de acuerdos de los asuntos incluidos en el siguiente ORDEN DEL DÍA DE CARÁCTER NO RESOLUTIVO 1º- OBSERVACIONES, EN SU CASO, AL ACTA ANTERIOR (Nº 3 de 28 de abril) Por la Presidencia se ofrece la palabra a los asistentes por si han de efectuar alguna observación a la referida acta que se somete a la consideración del Pleno. Sin que se produzcan intervenciones o rectificaciones materiales por los presentes queda aprobada en los términos en que ha sido redactada. Transcríbase al Libro Oficial correspondiente. COMISIÓN INFORMATIVA DE HACIENDA, PERSONAL, PATRIMONIO, RÉGIMEN INTERIOR Y SEGUIMIENTO DE LA GESTIÓN MUNICIPAL. 2º.- SEGUIMIENTO DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO MUNICIPAL (DACIÓN DE CUENTA DECRETOS DE ALCALDÍA). - 1 -

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ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE ARCHIDONA

Plaza Ochavada, 1 E – 29300 ARCHIDONA (Málaga)

SEÑORES/AS ASISTENTES:

Sr. Alcalde-Presidente: D. Manuel Sánchez Sánchez (G.M. IU-LV-CA).

Grupo Municipal IU-LV-CA:D. Francisco Jiménez AguileraD. Juana Mª Barrio AlbaD. Francisco Javier Toro Martín Dª María Ábalos GarridoD. Juan Antonio Lara Medina

Grupo Municipal PSOE-A:Dª. Mª Carmen Romero JiménezD. Miguel Cebrián ZafraD. Juan Antonio Peláez ReinaDª Aranzazu Toledo RojasD. Juan Pablo Gálvez Alba

Grupo Municipal P.P.:D. Alberto Arjona Romero

Sr. Interventor:D. Samuel García Pastor

Sr. Secretario General:D. José Daniel Ramos Núñez

No asiste, excusándose ausencia: D. Agustín Valero Arce

Nº 04/2014

ACTA

de la sesión ordinaria celebrada en primera convocatoria por el Pleno Corporativo con fecha 12 de junio de 2014.

En la Ciudad de Archidona siendo las veinte horas del día 12 de junio del año dos mil catorce, en el Salón de Plenos de este Ayuntamiento ubicado en la planta primera de esta Casa Consistorial sita en Plaza Ochavada, nº 1, se reúnen en primera convocatoria los señores y las señoras anotados al margen, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde-Presidente Don Manuel Sánchez Sánchez, asistido del Secretario del Ayuntamiento, Don José Daniel Ramos Núñez, al objeto de celebrar en primera convocatoria sesión ordinaria del Pleno Corporativo del Ilustre Ayuntamiento de Archidona. Comprobada por el Sr. Secretario la existencia del quórum legalmente exigido en el art. 46.2 c) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se procede por la Presidencia a declarar abierta la sesión, procediéndose al examen y adopción de acuerdos de los asuntos incluidos en el siguiente

ORDEN DEL DÍA

DE CARÁCTER NO RESOLUTIVO

1º- OBSERVACIONES, EN SU CASO, AL ACTA ANTERIOR (Nº 3 de 28 de abril)

Por la Presidencia se ofrece la palabra a los asistentes por si han de efectuar alguna observación a la referida acta que se somete a la consideración del Pleno. Sin que se produzcan intervenciones o rectificaciones materiales por los presentes queda aprobada en los términos en que ha sido redactada. Transcríbase al Libro Oficial correspondiente.

COMISIÓN INFORMATIVA DE HACIENDA, PERSONAL, PATRIMONIO, RÉGIMEN INTERIOR Y SEGUIMIENTO DE LA GESTIÓN MUNICIPAL.

2º.- SEGUIMIENTO DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO MUNICIPAL (DACIÓN DE CUENTA DECRETOS DE ALCALDÍA).

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Por Secretaría se procede a dar lectura al Informe emitido con fecha 10 de junio de 2014 por la Comisión Informativa de Hacienda, personal, patrimonio, régimen interior y seguimiento de la gestión municipal, en los siguientes términos:

“Por la Presidencia, se informa a los asistentes de las cuestiones más importantes que han ocupado la actividad de los órganos de gobierno municipal desde la celebración de la anterior Comisión Informativa, enumerando las que siguen y ello sin perjuicio de las que pueda adicionarse en la correspondiente sesión plenaria: Se estuvo presente en la toma de posesión del pintor archidonés Fernando de la Rosa como académico de número de la Real Academia de Bellas Artes San Telmo, de Málaga.Se asistió a reunión de la Junta de Compensación del Parque Industrial de Salinas en la que se instó a los propietarios a impulsar el desarrollo de esta urbanización confiriéndoles hasta septiembre para desbloquear la actual situación, con advertencia caso contrario de la adopción de medidas por parte de este Ayuntamiento que podrían llevar a la descalificación del suelo.Se asistió en Sevilla a reunión de la comisión de seguimiento del campo de fútbol en la Consejería de Educación, Cultura y Deporte.Se mantenido entrevista con el Viceconsejero de la Junta de Andalucía. Se han mantenido diversas reuniones en Diputación provincial para abordar cuestiones relativas al plan de concertación, con el Área de Cultura, Servicios Sociales, Programa de Incentivos Productivos, etc.Se han efectuado gestiones con el IPA para solicitarle su intervención en la restauración del Cristo del Descendimiento y en la restauración del alatar mayor de la iglesia e la Victoria.Se ha tenido igualmente reunión con ADIF a quien se le ha dado traslado de la preocupación de los agricultores por la recuperación de paso en zona de la Vega, habiéndose obtenido compromiso para su rehabilitación.Se mantienen los contactos y reuniones con SEPRAM de Diputación para la actualización de la RPT.Se estuvo presente en el acto de presentación de los cursos de verano de la UMA de los que nuestra Localidad volverá a ser sede.Representantes municipales han participado en un encuentro en Jordania donde se debatieron soluciones a la contaminación de las aguas subterráneas dentro del proyecto liderado por Amigos de la Tierra Oriente Medio (FoEME), cofinanciado por la Unión Europea y Diputación de Málaga, al que igualmente asistieron representantes de los municipios de Alameda, Campillos, Cuevas Bajas y Sierra de Yeguas, así como la propia Diputación de Málaga.La Feria del Perro se celebró con normalidadLa Oficina de Restauración del Patrimonio continua sus trabajos, centrándose ahora en la recuperación del lienzo de las ánimas del purgatorio de la Iglesia de la Victoria.Se han mantenido las líneas de ayudas sociales entre las que destacan las de alquiler y los bonos de alimentos.Los alumnos del módulo de ayuda a domicilio de la Escuela Taller han iniciado prácticas en algunos domicilios particulares.La Feria del libro se celebró con normalidad, destacándose la presentación de la X edición de la revista Rayya y la representación teatral “Dinero” del archidonés José Luis Ortiz Nuevo. Ha dado comienzo la sexta edición de patios para la poesía.se ha firmado el convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Archidona y Canal Sur para la celebración del Concurso de Guiones de Cortometrajes. Premio RTVA a la Creación Andaluza, que este año cumple su séptima edición.Se ha organizado visita cultural a Córdoba a la que asistieron 55 vecinos.Se han organizado dos talleres sobre nuevas tecnologías, uno para el fomento del uso de las redes sociales entre los hosteleros del Municipio y otro para la creación de tienda on-line.Se ha gestiona la incorporación de la oficina de turismo a la red inteligente de mercados.Se trabaja en la mejora del portal web de turismo.Se ha mantenido reunión con el Delegado de Educación para abordar cuestión relativa a la ejecución de la obra del Colegio San Sebastián cuyo proyecto ya ha sido desbloqueado, existiendo previsión para que comiencen el próximo verano. Hemos concluido con el proyecto del recinto ferial en lo que se refiere a la remodelación de taludes y reforestación de plantas, con la Escuela Taller. Hemos ajardinado el entorno de nuevo ambulatorio.

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Hemos presentado proyecto a Nororma para poner placas solares para agua caliente sanitaria en el Albergue municipal. Seguimos trabajando en el Programa de Archidona Amable, donde hemos concluido la segunda asamblea y por parte de AVRA se ha contratado la empresa para la redacción del proyecto. Hemos participado en encuentro con Delegada de innovación a fin de ver los criterios del programa emple@joven. Seguimos con las tareas de limpieza y desbroce de distintos solares municipales. Estamos procediendo a una limpieza integral del polígono industrial. Se han adquirido con cargo al programa de concertación 5 ordenadores nuevos. Hemos concluido con el proceso de constituir un modelo de Ayuntamiento digital con la instalación de la plataforma gestiona, donde todos los expedientes y trámites internos se realizan se realizan de forma electrónica. Se ha firmado nuevo contrato de telefonía fija, móvil y de suministro de internet. Seguimos con el proyecto de economato social donde en la actualidad tenemos 48 familias beneficiándose del proyecto. Hemos participado en el XIV encuentro de Democracia participativa del Observatorio Internacional de Democracia Participativa en Canoas, Brasil. Hemos sido invitados por la Dirección General de Voluntariado para participar en el encuentro de voluntariado andaluz.Se mantuvo encuentro con alumnos de 2º de ESO del IES Barahona de Soto.Se ha colaborado en la realización de taller de elaboración de pan con alumnos de los Colegios San Sebastián y Virgen de Gracia.Alumnos de francés del Instituto Barahona llevaron a cabo días atrás la puesta en escena de obra de teatro en el mencionado idioma.Se ha participado en jornadas de formación y dinamización de las AMPAS.Se estuvo presente en el acto de presentación de la Federación Comarcal de Asociaciones de Mujeres “Podemos” llevado a cabo en nuestra localidad el pasado 29 de abril.Se ha participado en el Encuentro andaluz de municipios que disponen de Plan Local de Salud.Se han celebrado las II Jornadas de Formación con el voluntariado de protección civil.Las fiestas de la cruz y de San Isidro se han desarrollado con normalidad.La plaza ochavada fue escenario de la presentación del cartel del Certamen Benéfico de Bandas que se celebrará el sábado 14 de junio en la Plaza de Toros la Malagueta y en el que participa la Agrupación Musical “Virgen de Gracia” de Archidona.Las actividades deportivas se han desarrollado conforme a lo programado destacando la celebración del XXXIII campeonato de invierno de fútbol sala, la prueba provincial Rallye BTT, el maratón de fútbol-sala, así como la escuela municipal de fútbol clausurada el pasado 6 de junio luego de una excelente temporada en la que el equipo alevín se ha proclamado campeón provincial y el equipo pre-benjamín subcampeón.Un total de dieciséis alumnos han realizado curso de Socorrismo Acuático, Primeros Auxilios y Desfibrilación externa, que ha sido impartido del 27 al 31 de mayo.En estos días se lleve a cabo actuación sobre el parquet del pabellón por parte de la empresa que lo arregló a fin de corregir las deficiencias que tenía y que provocaban constantes resbalones.La piscina municipal está siendo objeto de diversos arreglos a fin de adecuarla para su reapertura en la inminente campaña veraniega. No existiendo otros asuntos de los que informar al margen de los que se derivan de las actas de la Junta de Gobierno Local que han recibido en sus domicilios los señores/as concejales/as y los decretos de Alcaldía nº 2014000238 al 2014000383 que han sido promulgados en este periodo y que se encuentran a disposición de los presentes para su información; la Presidencia se ofrece a responder cuantas cuestiones puedan suscitarse al respecto, no planteándose ninguna.”

Tras lo cual el Sr. Alcalde destaca algunos de los asuntos anteriores, añadiéndose otros como por ejemplo:

Actividad de turismo “Archidona en moda”, “Archidona en Tapas”.

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Asociación comarcal de Mujeres para reforzar el tejido productivo de la comarca.

Felicita públicamente a los equipos benjamín y prebenjamín de Archidona por sus resultados y objetivos cumplidos en el campeonato.

Previsto apertura piscina municipal el día 21 de junio.

Entre otros.

Se toma conocimiento por los presentes.

3º.- CUENTA DE NOTAS DE REPARO FORMULADAS POR INTERVENCIÓN MUNICIPAL.

Se procede por Secretaría a dar lectura al dictamen emitido con fecha 10 de junio de 2014 por la Comisión Informativa de Hacienda, personal, patrimonio, régimen interior y seguimiento de la gestión municipal, en los siguientes términos:

“3º.- Cuenta de notas de reparo formuladas por intervención municipal.- En cumplimiento de lo dispuesto en artículo 218.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales por Intervención Municipal se da cuenta de los Informes que se relacionan por los que se repara orden de pago correspondientes a los expedientes que se indican:

Expdiente Concepto Importe

434/2014

Jardines de Icaria cultura integral del jardín, S.L.

Factura nº IC-09-2014 - prestación servicio mantenimiento zonas verdes mes de abril

9.526,14 €

435/2014

Especial Bus Pascual Lara, S.L.

Factura Ar-04/14 - Prestación servicio transporte a centro ADIPA mes de abril

1.222,23 €

436/2014

Gestión de Empresa M y P ASD, S.L.

Factura nº 140051 - Prestación servicio asesoría laboral PMD mes de abril

151,25 €

Por la Presidencia se justifica el levantamiento de los reparos en la necesidad de seguir prestando los servicios a que se corresponden con las facturas presentadas por los contratistas cuya relación ha expirado y respecto de los cuáles ya se ha iniciado la tramitación para la adjudicación de nuevos contratos. Los reunidos se dan por informados, acordando por unanimidad que por el Pleno Corporativo se tome razón de los referidos reparos para debida constancia.”

Se toma conocimiento por los presentes.

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DE CARÁCTER RESOLUTIVO

4º.- ADHESIÓN A LAS NUEVAS CONDICIONES FINANCIERAS DE LAS OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO FORMALIZADAS EN LA PRIMERA FASE DEL MECANISMO DE FINANCIACIÓN PARA EL PAGO A PROVEEDORES (EXPEDIENTE 597/2014) (Dictamen)

Se procede por Secretaría a dar lectura al dictamen emitido con fecha 10 de junio de 2014 por la Comisión Informativa de Hacienda, personal, patrimonio, régimen interior y seguimiento de la gestión municipal, en los siguientes términos:

“4º.- adhesión a las nuevas condiciones financieras de las operaciones de endeudamiento formalizadas en la primera fase del mecanismo de financiación para el pago a proveedores (expediente 597/2014).- Por la Presidencia se recuerda que con la aprobación del Real Decreto Ley 4/2012, de 24 de febrero, se habilitaron las condiciones necesarias para permitir la cancelación por entidades locales de sus obligaciones pendientes de pago con sus proveedores, derivadas de la contratación de obras, suministros o servicios, al amparo del cuál este Ayuntamiento por acuerdo de Pleno de 14 de Mayo de 2012 aprobó la correspondiente operación de préstamo a largo plazo por importe de 862.982,10 €, un plazo de amortización de 10 años, incluidos dos de carencia en la amortización de capital, y el tipo de interés que fijó el ICO. Cumplidos los dos años de carencia, numerosos Ayuntamientos han instado al Ministerio para que flexibilice las condiciones en evitación de su asfixia económica, lo que ha provocado el ofrecimiento de distintas alternativas a las que pueden acogerse los Ayuntamientos en función de cuál sea su respectiva situación. En el caso de Archidona, se ofrece la posibilidad de aumentar en un año el periodo de carencia así como reducir el tipo de interés, posibilidad que lleva aparejado el compromiso de adhesión tanto a la plataforma Emprende en tres como al registro electrónico de facturas. Los reunidos, visto el informe de Intervención, por unanimidad acuerdan dictaminar favorablemente la propuesta de la Alcaldía así como adoptar compromiso de adhesión tanto a la plataforma Emprende en tres como al registro electrónico de facturas. ” El Sr. Alcalde justifica y da cuenta de la propuesta dictaminada.

Sin que se produzcan intervenciones y sometido el asunto a votación ordinaria, el Pleno acuerda por unanimidad de los presentes (doce votos favorables: 6 IULVCA, 5 PSOEA y 1 PP) lo que supone la mayoría absoluta del número legal, acuerda:

Primero.- Aprobar el dictamen y en consecuencia la propuesta que literalmente dice:

ADHESIÓN A LAS NUEVAS CONDICIONES FINANCIERAS DE LAS OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO FORMALIZADAS EN LA PRIMERA FASE DEL MECANISMO DE FINANCIACIÓNO PARA EL PAGO A PROVEEDORES.

Vista la posibilidad de adherirse a las nuevas condiciones financieras de las operaciones de endeudamiento formalizadas

en la primera fase del mecanismo de financiación para el pago a proveedores propuestas

Visto el informe de Intervención de fecha de firma electrónica 10 de Junio de 2014 en el que se pone de manifiesto lo

siguiente “que consultada la lista de Entidades locales que pueden solicitar nuevas Condiciones financieras en virtud de la

Resolución de 13 de mayo de 2014, de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local, de entre las tres opciones

enunciadas con anterioridad se permite al Ayuntamiento de Archidona acogerse a las siguiente medidas:

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Opción 2. Ampliación del período de carencia en 1 año más, manteniendo el inicial de amortización de 10 años, (dos años de

carencia transcurridos aumentado en uno más y siete años de amortización de capital), y reducción del tipo de interés en los

términos que fija aquel acuerdo. Según el referido tutorial la reducción sería de unos 131 puntos básicos.

Opción 3. Una mayor reducción, respecto de los casos anteriores, del tipo de interés en los términos que fija aquel Acuerdo,

manteniendo los iniciales períodos de amortización y de carencia. El tutorial indica que la reducción del tipo de interés sería en

unos 140 puntos básicos”.

Visto que según el mismo informe de intervención para acogernos a cualquiera de las dos opciones posibles se exige el

cumplimiento de las siguientes condiciones:

CONDICIONES GENERALES

Adhesión automática al Punto general de entrada de facturas electrónicas de la Administración

General del Estado de acuerdo con lo previsto en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de

la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público.

Adhesión automática a la plataforma Emprende en 3 prevista en el Acuerdo del Consejo de Ministros

para impulsar y agilizar los trámites para el inicio de la actividad empresarial de 24 de mayo de

2013.

Proceder a la sustitución inmediata de, al menos, un 30% de las vigentes autorizaciones y licencias

de inicio de actividad económica por declaraciones responsables, de acuerdo con lo previsto en la

Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado, y elaborar un informe de

evaluación de las normas de la entidad local que deben modificarse por resultar incompatibles con

la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de acuerdo con las directrices fijadas por el Consejo para la

unidad de mercado.

Visto que con fecha 10 de Junio se emitió Informe de evaluación de las autorizaciones o licencias de inicio de actividad

económica que emite actualmente este Ayuntamiento que concluye que el 46,15 % de tales licencias se conceden mediante

declaración responsable.

Considerando que la opción 2 conllevaría una mejora de la liquidez municipal durante los ejercicios 2014 y 2015

ESTA ALCALDÍA PROPONE A PLENO:

PRIMERO. Aprobar acogerse a las nuevas condiciones financieras de las operaciones de endeudamiento formalizadas en la

primera fase del mecanismo de financiación para el pago a proveedores, y en concreto la siguiente:

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Opción 2. Ampliación del período de carencia en 1 año más, manteniendo el inicial de amortización de 10 años, (dos años de

carencia transcurridos aumentado en uno más y siete años de amortización de capital), y reducción del tipo de interés en los

términos que fija aquel acuerdo. Según el referido tutorial la reducción sería de unos 131 puntos básicos.

SEGUNDO. Que el interventor, proceda a comunicar de manera telemática a través de la OVEL la intención del Pleno de

acogerse a las medidas previstas en la opción 2 y adjunte el PDF de dicho acuerdo.

TERCERO. Acordar la aceptación de las siguientes condiciones Generales:

CONDICIONES GENERALES

Adhesión automática al Punto general de entrada de facturas electrónicas de la

Administración General del Estado de acuerdo con lo previsto en la Ley 25/2013, de 27

de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de

facturas en el Sector Público.

Adhesión automática a la plataforma Emprende en 3 prevista en el Acuerdo del

Consejo de Ministros para impulsar y agilizar los trámites para el inicio de la

actividad empresarial de 24 de mayo de 2013.

Proceder a la sustitución inmediata de, al menos, un 30% de las vigentes

autorizaciones y licencias de inicio de actividad económica por declaraciones

responsables, de acuerdo con lo previsto en la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de

garantía de la unidad de mercado, y elaborar un informe de evaluación de las normas

de la entidad local que deben modificarse por resultar incompatibles con la Ley

20/2013, de 9 de diciembre, de acuerdo con las directrices fijadas por el Consejo para

la unidad de mercado.

CUARTO. Confirmar el Plan de Ajuste vigente.

QUINTO. Remitir de manera telemática la aceptación de las condiciones y el compromiso de adoptar las siguientes

medidas:

- Remisión de copia de haber suscrito el acto de adhesión a la plataforma Emprende en 3.

- Remisión de lista de las licencias o autorizaciones de inicio de actividad económica que se vienen concediendo por

declaraciones responsables y que demuestran que se cumple con la condición de que al menos el 30% de las autorizaciones y

licencias de inicio de actividad económica se conceden mediante declaración responsable.

- Remisión de compromiso de adhesión automática al Punto general de entrada de facturas electrónicas de la

Administración General del Estado desde el día siguiente al de la aprobación de la Orden del Ministro de Hacienda y

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Administraciones por la que se regulan las condiciones técnicas y funcionales que debe reunir el punto general de entrada de

facturas electrónicas

- Remisión telemática de la confirmación del plan de ajuste existente.

SEGUNDO.- Dar traslado a Intervención municipal a los efectos oportunos.

5º.- IMPOSICIÓN Y APROBACIÓN INICIAL ORDENANZA FISCAL PARA EL ESTABLECIMIENTO DE TASA POR SERVICIOS DE INSPECCIÓN URBANÍSTICA (EXPEDIENTE 562/2014) (Dictamen)

Se procede por Secretaría a dar lectura al dictamen emitido con fecha 10 de junio de 2014 por la Comisión Informativa de Hacienda, personal, patrimonio, régimen interior y seguimiento de la gestión municipal, en los siguientes términos:

“5º.- APROBACIÓN UNA NUEVA ORDENANZA FISCAL PARA EL ESTABLECIMIENTO DE TASA POR SERVICIOS DE INSPECCIÓN URBANÍSTICA (EXPEDIENTE 597/2014).- Por la Presidencia se da cuenta del expediente instruido para la aprobación de la indicada Ordenanza Fiscal que pretende el establecimiento de tasa para el cobro de determinados servicios entre los que figura la tramitación de expedientes de ruina o de órdenes de demolición que generan una indudable carga administrativa de la que se benefician los propietarios de inmuebles que vienen obligados a su mantenimiento. No produciéndose nuevas intervenciones se somete directamente a votación, acordando los reunidos por mayoría absoluta al votar a favor el Grupo de IULV-CA (tres votos) y el Grupo Popular (uno) y abstenerse el Grupo PSOE-A (dos) que se reserva para un pronunciamiento más concreto en el Pleno, dictaminar favorablemente la moción presentada…” Visto los Informes: INFORME DE INTERVENCIÓN MUNICIPAL Nº 177/2.014 ASUNTO: INFORME TÉCNICO- ECONÓMICO, e INFORME DE INTERVENCIÓN Nº 178/2.014emitido en sentido favorable, y vista la legislación aplicable contenida en los mismos: — R.D. legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL)arts. 15.1, 15.2, 16 y 17.1.— Los artículos 22.2.d) y e) y 47.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.- Ley 8/1989, de 13 de Abril, de Tasas y Precios Públicos.

Sin que se produzcan intervenciones y sometido el asunto a votación ordinaria, el Pleno acuerda por unanimidad de los presentes (doce votos favorables: 6 IULVCA, 5 PSOEA y 1 PP) lo que supone la mayoría absoluta del número legal, acuerda:

Primero.- Aprobar la imposición de la ordenanza fiscal nº 52 reguladora de la tasa por prestación de los servicios de inspecciones técnicas municipales, orden de ejecución, declaraciones de la situación legal de ruina urbanística y ejecuciones subsidiarias y acordar su aprobación provisional:

ORDENANZA FISCAL Nº 52 REGULADORA DE LA TASA POR INSPECCIONES TÉCNICAS MUNICIPALES, ORDEN DE EJECUCIÓN, DECLARACIONES DE LA SITUACIÓN LEGAL DE RUINA URBANÍSTICA Y EJECUCIONES SUBSIDIARIAS.

En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 de la Constitución y por el artículo 196 de la Ley 7/1.985, de 2 de Abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el Ilustre Ayuntamiento de Archidona establece la Tasa por inspecciones,

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informes o mediciones realizadas por técnicos municipales con medios propios o con el concurso de asistencias especializadas externas, incluidas órdenes de ejecución, declaraciones de ruina, mediciones de ruido y evacuación de todo tipo de informes técnicos no sujetos a cualquier otra tasa municipal por el mismo hecho imponible, así como informes relacionados con visitas relacionadas con la Oficina de Disciplina de Obras motivadas por denuncias de particulares, que se regirá por la presente Ordenanza Fiscal cuyas normas atienden a lo prevenido por el artículo 57 del citado Real Decreto Legislativo 2/2004. Y las ejecuciones subsidiarias que por incumplimiento de lo ordenado por la autoridad municipal en las materias arriba enumeradas de disciplina urbanística y las relacionadas con el deber de conservación de los inmuebles y ruinas urbanística.

ARTÍCULO 1º.- HECHO IMPONIBLE.

1.- El hecho imponible del tributo está determinado por la realización de toda actividad inspectora municipal, informes o mediciones desarrolladas a través de su personal técnico municipal, con medios propios o con el concurso de asistencias especializadas externas, conducente a comprobar el cumplimiento estricto de la normativa urbanística y/o sectorial en relación con los distintos expedientes que se tramitan en la oficina municipal de obras, no sujetos a cualquier otro tipo de tasas por el mismo hecho imponible y en relación con los expedientes de Disciplina de Obras, Disciplina de Actividades, Vía Pública, Licencias, Orden de Ejecución, Declaración de la situación legal de Ruina Urbanística y con cualquier incidencia de ruina o inspección urbanística relacionada con las condiciones de seguridad, salubridad e higiene pública de los inmuebles, terrenos y solares.

Con carácter abierto y a título enunciativo están sujetas a la presente ordenanza, las visitas e informes

realizados por los servicios técnicos municipales con ocasión de:

1) Reposición de la realidad física alterada.2) Suspensión, paralización, clausura, precinto de obras y/o actividades.3) Órdenes de ejecución.4) Declaración de la situación legal de ruina urbanística y/o ruina física inminente.5) Comprobaciones administrativas para la inclusión en el Registro de Inspección Técnica de Edificios del informe ITE.6) Denuncias sobre el estado de los edificios, obras, actividades, ocupaciones de vía pública que no resulten fundadas.7) Ejecuciones subsidiarias por incumplimiento de las órdenes emitidas por la autoridad municipal en esta materia.8) Ejecuciones subsidiarias por la no presentación en plazo del informe de Inspección Técnica de Edificios.

2.- Las visitas de inspección se realizarán, de oficio en virtud de normas que así lo establezcan, a instancia de parte, o por denuncia formulada por la Policía Local, o el SEIS.

ARTÍCULO 2º.- SUJETOS PASIVOS. 1.- Son sujetos pasivos de esta tasa en concepto de contribuyentes las personas físicas o jurídicas y las

entidades del artículo 35.4 de la Ley General Tributaria que soliciten, provoquen o en cuyo interés redunde la actividad administrativa cuya realización constituye el hecho imponible del tributo, en concreto:

a) Los propietarios, promotores, constructores, arrendatarios cuando la actuación municipal tenga por objeto la actividad desarrollada por la visita e informe de los edificios, establecimientos, centros, locales y demás inmuebles objeto de un expediente de declaración de ruina o sean motivo de visita e inspección y/o de informe técnico, así como los denunciantes cuando la denuncia no resulte fundada.

b) Los propietarios de los edificios, establecimientos, centros, locales, terrenos, solares y demás inmuebles objeto de inspección urbanística relacionada con las condiciones de seguridad, salubridad e higiene pública del inmueble concluyan o no procedimiento ordinario o urgente de orden de ejecución de obras.

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2.- Si la inspección se efectuase en virtud de denuncia de particulares, de considerarse ésta totalmente

injustificada o carente de evidente fundamento según el informe del servicio técnico municipal, el importe de la tasa devengada correrá a cargo del denunciante.

3.- En todos los casos, salvo en el establecido en el apartado anterior, serán responsables directos del pago de

las tasas, los propietarios de los locales, terrenos, solares e inmuebles beneficiados o afectados por el servicio.

ARTÍCULO 3º.- DEVENGO DE LA TASA.

1.- Queda devengado el hecho imponible y nace la obligación de contribuir, cuando se inicie de oficio o a instancia de parte la realización de la actividad administrativa determinada en los siguientes supuestos:

a) En la fecha de la presentación por el interesado de la solicitud de la visita de inspección de los Servicios

Técnicos o en la fecha de la presentación de la denuncia, en su caso, que motive dicha de inspección. b) Cuando se inicie la actividad municipal conducente a determinar si la construcción o instalación reúne o no

las condiciones urbanísticas exigibles, entendiéndose que tal ocurre en la fecha en que la Administración efectúa la inspección del edificio, construcción, solar y/o terrenos.

c) Cuando se inicie el procedimiento o expediente de Declaración Legal de Ruina Urbanística; de Orden de

Ejecución; de Inclusión del Informe de Inspección Técnica de Edificios en el Registro, o los tramites para la Ejecución Subsidiaria.

2.- A efectos de imposición de la tasa, se considerará visita el desplazamiento del personal inspector, aún

cuando no pueda acceder al interior del lugar de la inspección, bien porque se impida dicho acceso al edificio, establecimiento o en el caso en que concurra cualquier otro impedimento. No procederá la imposición de la tasa, en el caso de ausencia del interesado, si éste no ha sido previamente notificado de la visita.

ARTÍCULO 4º.- CUOTA TRIBUTARIA.

La cuota tributaria vendrá determinada por la aplicación de las tarifas contenida en el anexo I a la presente ordenanza.

ARTÍCULO 5º.- NORMAS DE GESTIÓN, DECLARACIÓN E INGRESO. 1.- El sujeto pasivo de esta tasa vendrá obligado a presentar junto a su solicitud, y con independencia de la

documentación exigida por las normas urbanísticas, la autoliquidación de la tasa en el impreso habilitado al efecto por la Administración municipal, cuyo ingreso deberá acreditarse en el momento de su presentación. Dicha autoliquidación tendrá carácter provisional, y será a cuenta de la que definitivamente corresponda. La falta del ingreso previo determinará la paralización de las actuaciones administrativas, salvo que los servicios técnicos por informe emitido al efecto, consideren la necesidad de continuar la actuación.

2.- Asimismo, en los casos en que proceda, los Servicios Administrativos de la oficina municipal de obras,

una vez sustanciado el oportuno expediente, comunicará a la oficina de recaudación municipal la valoración provisional o definitiva de la cuantía de la tasa, con objeto de emitir la oportuna liquidación, así como todos los datos relativos a la identificación del que en cada caso tenga la consideración de sujeto pasivo.

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Desde la correspondiente unidad gestora, se deberá hacer constar en cualquier caso, la referencia catastral en los respectivos expedientes de inspección urbanística o declaración de ruina, así como en todos los traslados o comunicaciones que se efectúen a la Administración tributaria municipal.

3.- En los supuestos de ejecuciones subsidiarias, la tasa podrá liquidarse de forma provisional antes de

realizarse la ejecución, a reserva de la liquidación definitiva.

ARTÍCULO 6º.- RESPONSABLES. 1.- Responderán solidariamente de las obligaciones tributarias del sujeto pasivo las personas físicas o

jurídicas mencionadas en los artículos 41.1 y 42 de la Ley General Tributaria. 2.- Serán responsables subsidiarios los administradores de las sociedades y los síndicos, interventores o

liquidadores de quiebras, concursos, sociedades y entidades en general, en los supuestos y con el alcance que señala el artículo 43 de la Ley General Tributaria.

ARTÍCULO 7º.- INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS.

En todo lo relativo a infracciones tributarias y sus distintas calificaciones, así como a las sanciones que a las mismas correspondan, se estará a lo dispuesto en los artículos 181 y siguientes de la Ley General Tributaria.

DISPOSICIÓN FINAL. La presente Ordenanza Fiscal, cuya redacción ha sido aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión

celebrada el día doce de Junio de dos mil catorce, será de aplicación a partir del día siguiente al de su publicación definitiva en el boletín oficial de la provincia.

ANEXO I TARIFAS ORDENANZA FISCAL Nº 52 REGULADORA DE LA TASA POR INSPECCIONES TÉCNICAS MUNICIPALES, ORDEN DE EJECUCIÓN, DECLARACIONES DE LA SITUACIÓN LEGAL DE RUINA URBANÍSTICA Y EJECUCIONES SUBSIDIARIAS

TARIFA Nº 1.- Declaración de la situación legal de ruina urbanística.

Epígrafe 1.- Por cada expediente de declaración de ruina: 100,00 € Epígrafe 2.- Si el expediente conllevara la orden de demolición: 1,5% del valor catastral de la construcción.

En el supuesto de que el inmueble no tenga asignado valor catastral para la construcción, se aplicará el 3% sobre la base que resulte de multiplicar los metros cuadrados a demoler por 40 €

TARIFA Nº 2.- Inspecciones urbanísticas, órdenes de ejecución y tramitaciones de la Inspección Técnica de Edificios (ITE).

Epígrafe 1.- Inspección de edificios, establecimientos, terrenos, solares, etc.

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1.-Visita de inspección por los servicios técnicos y emisión del correspondiente informe: 100,00 € (se considerará, a efectos del cómputo de tiempo de la visita de inspección, una duración de una hora).

2.-Por cada hora o fracción transcurrida de servicio en la visita de inspección: 30,00 € (a partir de la segunda hora o fracción).

Las horas de servicio realizadas fuera de la jornada ordinaria de trabajo, así como las que se realicen en sábados, domingos y días festivos, tendrán un incremento en la cuota final de la tasa de un 50%.

Epígrafe 2.- Expedientes de orden de ejecución.Por la tramitación de expediente de orden de ejecución, el 2% del coste real y efectivo de las obras con un

mínimo de 150,00 €.

Epígrafe 3.- Expedientes de Inspección Técnica de Edificios.Por la tramitación de expediente de informe de Inspección Técnica de Edificios: 1,5% del valor catastral de la

construcción con un mínimo de 300,00 € y un máximo de 600,00 €

TARIFA Nº 3.- Ejecuciones Subsidiarias. En las ejecuciones subsidiarias, el 6% del presupuesto total (sin IVA).

TARIFA Nº 4.- Mediciones de ruidos: 200,00 €.as horas de servicio realizadas fuera de la jornada ordinaria de trabajo, así como las que se realicen en

sábados, domingos y días festivos, tendrán un incremento en la cuota final de la tasa de un 50%.

SEGUNDO.- Ordenar su exposición al público en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento durante el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el B.O.P. a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.En caso de no presentarse alegaciones se entenderá definitivamente aprobado el presente acuerdo, publicándose en el BOP anuncio con el texto de la ordenanza para su entrada en vigor.

TERCERO.- Dar traslado a Intervención para su conocimiento y efectos.

6º.- APROBACIÓN ENCOMIENDA DE GESTIÓN DEL AYUNTAMIENTO AL PATRONATO MUNICIPAL DEPORTIVO DE ARCHIDONA DE LA ACTIVIDAD INCLUIDA EN EL PLAN DE ASISTENCIA Y COOPERACIÓN ANUALIDAD DE 2014 (EXPEDIENTE 388/2014) (Dictamen)

Se procede por Secretaría a dar lectura al dictamen emitido con fecha 10 de junio de 2014 por la Comisión Informativa de Hacienda, personal, patrimonio, régimen interior y seguimiento de la gestión municipal, en los siguientes términos:

“6º.- APROBACIÓN SI PROCEDE DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN DEL AYUNTAMIENTO AL PATRONATO MUNICIPAL DEPORTIVO DE ARCHIDONA DE LA ACTIVIDAD INCLUIDA EN EL PLAN DE ASISTENCIA Y COOPERACIÓN ANUALIDAD DE 2014 (EXPEDIENTE 388/2014).- La Presidencia da cuenta de la propuesta que se presenta para encomendar la gestión al Patronato Municipal Deportivo de las actividades deportivas incluidas en el marco del Plan Provincial de Asistencia y Cooperación correspondiente a la Anualidad de 2014. Los reunidos, visto el informe de Intervención y Secretaría, por unanimidad acuerdan dictaminar favorablemente la propuesta de la Alcaldía. Pase a Pleno.”

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PROPUESTA DE ALCALDÍA A PLENO PARA LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN AL PATRONATO MUNICIPAL DEPORTIVO DE LAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS INCLUIDAS EN EL PLAN PROVINCIAL DE ASISTENCIA Y COOPERACIÓN ANUALIDAD 2.014 .

Visto que conforme a lo dispuesto en el Artículo 15 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre LRJAP y PAC, la realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios de la competencia de los órganos administrativos o de las Entidades de derecho público podrá ser encomendada a otros órganos o Entidades de la misma o de distinta Administración, por razones de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño; encomienda de gestión que no supone cesión de titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, siendo responsabilidad del órgano o Entidad encomendante dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de encomienda.

Siendo un organismo autónomo de este Ayuntamiento el Patronato Municipal Deportivo, que dispone de los medios precisos técnicos e idóneos para su desempeño, (BOP Málaga 3 de junio de 1992), creado para cumplir entre otros fines, el fomento del desarrollo de actividades deportivas y efectuar cuantas gestiones se estimen necesarias para desarrollarlas y por razón de eficacia y operatividad, y siendo necesario encomendarle la gestión de una serie de actividades deportivas,En base a las atribuciones que me confiere el artículo 21 de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local esta Alcaldía-Presidencia, y siendo competente el Pleno para la aprobación de la misma.

PROPONGO A PLENO:

PRIMERO.- Encomendar la gestión al patronato municipal deportivo de las siguientes actividades deportivas incluidas en el marco del plan provincial de asistencia y cooperación anualidad 2014:

Código ACTUACIÓNAPORTACIÓN DIPUTACIÓN

2.36.DE.32/C COORDINACIÓN ACTIVIDADES ESCUELAS DEPORTIVAS BALONCESTO

280,00 €

2.36.DE.32/C ARBITRAJE LIGA DE BALONCESTO 160,00 €

2.36.DE.32/C LICENCIAS BALONCESTO (10) 140,00 €

2.36.DE.32/C COORDINACIÓN ACTIVIDADES ESCUELAS DEPORTIVAS FUTBOL

280,00 €

2.36.DE.32/C ARBITRAJE LIGA DE FUTBOL 160,00 €

2.36.DE.32/C LICENCIAS FUTBOL (40) 460,40 €

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Código ACTUACIÓNAPORTACIÓN DIPUTACIÓN

2.36.DE.32/C COORDINACIÓN ACTIVIDADES ESCUELAS DEPORTIVAS MULTIDEPORTE

280,00 €

2.36.DE.32/C ESTUDIOS DE SALUD. RECONOCIMIENTOS MÉDICOS (40)

460,00 €

2.36.DE.32/C COORDINACIÓN Y GESTIÓN DE ACTIVIDADES: ENCUENTROS DE ADULTOS Y/O MAYORES EN EL DEPORTE.

350,00 €

2.36.DE.32/C CIRCUITO DEPORTIVO DE BALONCESTO 3X3 730,00 €

2.36.DE.32/C CIRCUITO DEPOTIVO DE CAMPO A TRAVÉS 1.500,00 €

2.36.DE.32/C CIRCUITO DEPORTIVO DE AJEDREZ 725,50 €

2.36.DE.23/C CIRCUITO DEPORTIVO DE BICICLETA DE MONTAÑA. MODALIDAD RALLY.

1.280,00 €

2.36.DE.32/C CIRCUITO DEPORTIVO DE NATACIÓN VERANO (SEDE) 420,00 €

2.36.DE.32/C CIRCUITO DEPORTIVO DE NATACIÓN VERANO (ADHESIÓN)

280,00 €

2.36.DE.32/C CIRCUITO DEPORTIVO DE VELA 750,00 €

2.36.DE.03/C APOYO AL TÉCNICO DEPORTIVO, 14.000,00 €

2.36.DE.23/C ACTIVIDADES DEPORTIVAS EN EL MUNICIPIO, MATERIAL DEPORTIVO Y/O TRANSPORTE.

5.000,00 €

SUMA 27.255,90 €

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SEGUNDO.- Publicar en el B.O.P. tal encomienda de gestión, para su eficacia.

TERCERO.- Dar cuenta para su conocimiento a la Excelentísima Diputación de Málaga así como al Patronato Municipal Deportivo.

Visto el Informe favorable de Intervención nº 167/2014 de 2 de junio 2014 así como el Informe de Secretaría General de 2 de junio de 2014, vista la legislación aplicable: — El artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.— Los artículos 22.2.f), 47.1, 85 y 85.ter de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local.

— Los artículos 4 y 24 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto

Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. Están excluidos del ámbito de aplicación del Texto Refundido de la Ley de

Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, los negocios

jurídicos en cuya virtud se encargue a una entidad que tenga atribuida la condición de medio propio y servicio técnico

del mismo, la realización de una determinada prestación.

Sin que se produzcan intervenciones y sometido el asunto a votación ordinaria, el Pleno acuerda por unanimidad de los presentes (doce votos favorables: 6 IULVCA, 5 PSOEA y 1 PP) lo que supone la mayoría absoluta del número legal, acuerda:

PRIMERO.- Encomendar la gestión al patronato municipal deportivo de las siguientes actividades deportivas incluidas en el marco del plan provincial de asistencia y cooperación anualidad 2014:

Código ACTUACIÓNAPORTACIÓN DIPUTACIÓN

2.36.DE.32/C COORDINACIÓN ACTIVIDADES ESCUELAS DEPORTIVAS BALONCESTO

280,00 €

2.36.DE.32/C ARBITRAJE LIGA DE BALONCESTO 160,00 €

2.36.DE.32/C LICENCIAS BALONCESTO (10) 140,00 €

2.36.DE.32/C COORDINACIÓN ACTIVIDADES ESCUELAS DEPORTIVAS FUTBOL

280,00 €

2.36.DE.32/C ARBITRAJE LIGA DE FUTBOL 160,00 €

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Plaza Ochavada, 1 E – 29300 ARCHIDONA (Málaga)

Código ACTUACIÓNAPORTACIÓN DIPUTACIÓN

2.36.DE.32/C LICENCIAS FUTBOL (40) 460,40 €

2.36.DE.32/C COORDINACIÓN ACTIVIDADES ESCUELAS DEPORTIVAS MULTIDEPORTE

280,00 €

2.36.DE.32/C ESTUDIOS DE SALUD. RECONOCIMIENTOS MÉDICOS (40)

460,00 €

2.36.DE.32/C COORDINACIÓN Y GESTIÓN DE ACTIVIDADES: ENCUENTROS DE ADULTOS Y/O MAYORES EN EL DEPORTE.

350,00 €

2.36.DE.32/C CIRCUITO DEPORTIVO DE BALONCESTO 3X3 730,00 €

2.36.DE.32/C CIRCUITO DEPOTIVO DE CAMPO A TRAVÉS 1.500,00 €

2.36.DE.32/C CIRCUITO DEPORTIVO DE AJEDREZ 725,50 €

2.36.DE.23/C CIRCUITO DEPORTIVO DE BICICLETA DE MONTAÑA. MODALIDAD RALLY.

1.280,00 €

2.36.DE.32/C CIRCUITO DEPORTIVO DE NATACIÓN VERANO (SEDE) 420,00 €

2.36.DE.32/C CIRCUITO DEPORTIVO DE NATACIÓN VERANO (ADHESIÓN)

280,00 €

2.36.DE.32/C CIRCUITO DEPORTIVO DE VELA 750,00 €

2.36.DE.03/C APOYO AL TÉCNICO DEPORTIVO, 14.000,00 €

2.36.DE.23/C ACTIVIDADES DEPORTIVAS EN EL MUNICIPIO, MATERIAL DEPORTIVO Y/O TRANSPORTE.

5.000,00 €

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Código ACTUACIÓNAPORTACIÓN DIPUTACIÓN

SUMA 27.255,90 €

SEGUNDO.- Publicar en el B.O.P. tal encomienda de gestión, para su eficacia.

TERCERO.- Dar cuenta para su conocimiento a la Excelentísima Diputación de Málaga así como al Patronato Municipal Deportivo.

CUARTO.- Dar traslado a Intervención municipal.

7º.- ADJUDICACIÓN CONTRATO ENAJENACIÓN PARCELA IND.S-4 DEL SUR.S-7 CENTRO LOGÍSTICO CTJO. LA MATA CORTIJO LA MATA, PARCELA IND.S-4 DEL SECTOR SUR.S-7 DE LAS NN.SS. (Dictamen).

Se procede por Secretaría a dar lectura al dictamen emitido con fecha 10 de junio de 2014 por la Comisión Informativa de Hacienda, personal, patrimonio, régimen interior y seguimiento de la gestión municipal, en los siguientes términos:

“9.1.- Adjudicación si procede de contrato para la enajenación mediante procedimiento negociado sin publicidad a la mercantil AUTO-DESGUACE MATÍAS, SLU de la parcela IND-2.4 del Sector SUR.S-7 en la modalidad de arrendamiento con opción a compra.- Por Secretaría se da cuenta del estado de tramitación del referido expediente conforme al que procedería su adjudicación para su posterior formalización, una vez adoptado acuerdo por el Pleno clasificando la única oferta presentada y requerido el interesado para la aportación de la documentación establecida en el Pliego de Condiciones. Sin que se produzcan intervenciones y sometido directamente a votación, los reunidos por unanimidad acuerdan dictaminar favorablemente la adjudicación de dicho contrato a la mercantil AUTO-DESGUACE MATÍAS, SLU, así como facultar a la Alcaldía-Presidencia para la suscripción del oportuno contrato así como de cuantos otros documentos resultaran necesarios, lo que incluye el otorgamiento de la correspondientes escritura pública.”

Visto el acuerdo adoptado el dia 28 de abril de 2014 por el Pleno Corporativo en virtud del cual se resolvió:

“Primero.- Clasificar en aplicación de los criterios contenidos en el Pliego de Condiciones las proposiciones presentadas y que no han sido inadmitidas, ni declaradas desproporcionadas o anormales, en el siguiente orden decreciente:

LICITADOR Proposición económicaAUTODESGUACES MATÍAS SLU

166.714,00 MÁS 35.009,94 (IVA)

Segundo.- Requerir al licitador relacionado bajo el número de orden primero a fin de que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que reciba el requerimiento, presente si no lo hubiere hecho ya documentación justificativa de:

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a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (o en su defecto autorización a este órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello)

b) Disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato.c) Haber constituido garantía definitiva por importe de 8.335,70 € equivalente al 5% del importe de adjudicación excluido

el IVA.…”

Notificándose al interesado el día 21 de mayo de 2014, aportando con esta misma fecha y nº/RE 1505 la siguiente documentación:-Certificación positiva de hallarse al corriente con la Agencia tributaria Autonómica, de fecha 21 de mayo de 2014.-Certificación positiva de hallarse al corriente con la Agencia tributaria Estatal, de fecha 13 de mayo de 2014.-Certificación de encontrarse al corriente con las obligaciones con Seguridad Social de fecha 13 de mayo de 2014.-Declaración responsable de fecha 16 de mayo de 2014 de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato.-Garantía definitiva por importe de 8.335,70 €, según queda acreditado por la Sra. Tesorera municipal en mandamiento constitución de depósito (carta pagos) de fecha 3 de junio de 2014.

Vista la normativa aplicable: Ley 7/99 de 29 de septiembre de Bienes de las EELL de Andalucía y Decreto 18/2006 de 24 de enero, y de conformidad a lo dispuesto en el RD Leg. Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Sin que se produzcan intervenciones y sometido el asunto a votación ordinaria, el Pleno acuerda por unanimidad de los presentes (doce votos favorables: 6 IULVCA, 5 PSOEA y 1 PP) lo que supone la mayoría absoluta del número legal, acuerda:

PRIMERO.- Adjudicar el contrato a la mercantil AUTO-DESGUACE MATÍAS, SLU, importe adjudicación: 166.714,00 MÁS 35.009,94 (IVA).

SEGUNDO.- Facultar a la Alcaldía-Presidencia para la suscripción del oportuno contrato así como de cuantos otros documentos resultaran necesarios, lo que incluye el otorgamiento de la correspondiente escritura pública en su caso.

TERCERO.- Notifíquese al licitador requiriéndole para formalizar el contrato en plazo de de 15 días conforme a la cláusula decimosexta del pliego administrativo y art. 151.4 del TRLCAP.

8º.- MOCIÓN PARA LA CONVOCATORIA DE REFERÉNDUM RELATIVO A LA FORMA DE ESTADO que formula el GRUPO MUNICIPAL de IZQUIERDA UNIDA (EXPEDIENTE 604/2014).

Por la Presidencia se cede la palabra al Portavoz del GM IIULVCA Sr. Jiménez Aguilera, quien da lectura a la propuesta dictaminada favorablemente con fecha 10 de junio de 2014 por la Comisión Informativa de Hacienda, personal, patrimonio, régimen interior y seguimiento de la gestión municipal, justificando seguidamente los motivos que han determinado su presentación.

A continuación se inicia el primer turno de intervenciones, haciéndolo en primer lugar el Sr. Arjona Romero, Portavoz de GM PP, quien expresa su voto en contra ya que defiende la Monarquía pese a que respeta cualquier otra forma de Estado aunque no comparte, agradeciendo los servicios prestados por el Rey Juan Carlos I a los españoles defendiendo los intereses de España, impulsando la democracia y la libertad, debiendo todos congratularnos por la normalidad del proceso sucesorio, debiendo seguirse los procedimientos previstos en la Constitución, la cual fue aprobada en su día con gran consenso histórico. E/r del GM PSOEA interviene su Portavoz Sr. Cebrián Zafra, quien expone que desde el

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más profundo arraigo republicano del PSOE, en su día se apostó por un cambio de forma de Estado y se apoyó la Constitución del 78, y en la época actual de crisis hay que defender y apoyar el desarrollo de la CE78 con el objeto de que España alcance el Estado federal y no se excluya a nadie, considerando que debe buscarse el consenso unánime, por tanto su grupo votará en contra de la propuesta. A continuación, el Portavoz del GM proponente, Sr. Jiménez Aguilera manifiesta que su grupo y partido nunca a renunciado a sus raíces republicanas, y respeta la Constitución, pero aclara que en 2012 tanto PP como PSOE modificaron el art. 135 de la CE78 para darle prioridad a la Banca por encima del bienestar de los españoles rompiendo de este modo el consenso unánime que se alcanzó en su día para aprobar la CE78, concluyendo que el sentir popular quiere una reforma del Estado, siendo esta propuesta una gota pero su unión hace la fuerza, la soberanía popular reside en el pueblo, procediendo a la lectura del art. 1 de la CE, detallando los valores y principios constitucionales, por tanto vota a favor. En segundo turno, el Sr. Arjona Romero reitera su postura indicada destacando el apoyo casi unánime del Congreso a la continuidad de la Monarquía. A continuación, en segundo turno, el Sr. Cebrián Zafra expresa que si bien puede ser histórico aprobar la propuesta que se presenta por IU, también lo fue el pacto de gobierno IU-PP por el que se le dio poder a la derecha, un pacto democrático, y lo que debe hacer IU es iniciar las iniciativas parlamentarias correspondientes, proponiendo que se realice una encuesta y se pregunte a los ciudadanos si lo que quieren es monarquía parlamentaria, República, o la unión de todos los partidos para eliminar la crisis, conseguir mayor empleo y menos recortes sociales, estando seguro de que la gente defendería la última opción. En segundo turno, el Sr. Jiménez Aguilera replica que el pacto de gobierno local fue democrático y legal en pro de los intereses de Archidona, y su grupo ha defendido posturas diferentes al PP respecto a los recortes sociales, educación, sanidad, etc…y concluye manifestando que ya no somos súbditos sino ciudadanos, siendo el pueblo suficientemente maduro, y el resto de los países que nos rodean republicanos, por lo que su deseo es el inicio de un proceso constituyente. A continuación el Sr. Alcalde cierra el debate manifestando que IU presentó la iniciativa en el Congreso, y la rechazó el PSOE, por lo que votó en contra de darle voz al pueblo, y no entiende sin embargo cómo de la noche al día el PSOE y el PP cambian la CE78 limitando derechos, recordando por último que el PSOE de Archidona fue el primero en ofrecer un pacto de gobierno a IU. El Sr. Cebrián solicita intervenir, continuando el Sr. Alcalde en su exposición, y debatiéndose por los presentes sobre el pacto local de gobierno, y sobre quién fue primero en ofrecer pacto de gobierno. El Sr. Cebrián manifiesta que debe tener derecho a replicar, y no se le da por la Presidencia, y sin embargo el representante popular sí interviene. El Sr. Alcalde contesta que ha tenido la oportunidad de intervenir. Continúa el debate sobre el pacto local de gobierno.

Tras las intervenciones, se somete la propuesta dictaminada a votación ordinaria, produciéndose empate en la votación con los votos favorables de los representantes del Grupo IULVCA (6 votos) y el voto en contra de los integrantes de los Grupos PSOEA y PP (6 votos), por lo que el Sr. Alcalde, conforme a lo dispuesto en el art. 21.1 c) Ley 7/85 de 2 de abril y el procedimiento previsto en el RD 2568/1986 ROF, decide con su voto de calidad, y se aprueba la Propuesta, la cual literalmente, dice así:

MOCIÓN PARA LA CONVOCATORIA DE REFERENDUM RELATIVO A LA FORMA DE ESTADO

Que presenta el Grupo Municipal de Izquierda Unida Los Verdes – Convocatoria por Andalucía, al amparo del Art.97 y 82.3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, (Real Decreto 2568/86 de 28 de noviembre), a la consideración del Pleno del Ilustre Ayuntamiento de Archidona.

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El pasado 2 de Junio el actual Jefe del Estado, tras la comunicación oficial al Presidente del Gobierno,

manifestó su voluntad de abdicar la Corona de España.

De este modo se ponía fin a 39 años de ejercicio de la Jefatura del Estado bajo la forma de monarquía

parlamentaria (art 1.3 CE). Una formula constitucional que padece de un déficit democrático de origen. Los españoles

no pueden elegir al Jefe del Estado. Una abdicación que se produce en un contexto de profunda crisis económica,

social, institucional y política que afecta de manera grave a la propia institución monárquica sumida en un profundo

descrédito social.

La Constitución española fue aprobada por referéndum el 6 de Diciembre de 1978. El Proyecto fue aprobado

por el 87,78% de votantes que representaba el 58,97% del censo electoral. Al aprobar la Constitución los españoles

estaban aprobando la forma de Estado (monarquía parlamentaria) y también a la persona en la que recaería la Jefatura

del Estado. España es una de las pocas monarquías europeas y mundiales que aún existen.

La Constitución dispone en su artículo 57 la forma en que se producirá la sucesión en la jefatura del Estado,

indicando su artículo 57.5 que las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el

orden de sucesión a la Corona se resolverán por una ley orgánica. Una Ley Orgánica que el momento de la abdicación

no estaba redactada y que ha sido tramitada por la vía de urgencia.

Desde que se conociera la noticia de la abdicación del Jefe del Estado se ha querido hacer ver a la sociedad

española que estamos ante un debate de procedimiento o método de elección cuando en realidad estamos ante un

debate sobre la naturaleza democrática de nuestro modelo de Estado.

Frente al intento de hurtar la capacidad de decisión a la ciudadanía, la sociedad española está afrontando con

una innegable madurez democrática la necesidad de abrir un debate en torno a qué modelo de Estado queremos para

nuestra comunidad política, sobre qué reformas en la vertebración del Estado han de operarse y a qué modelo social

aspiramos.

Hoy, la ciudadanía asume la necesidad de cambiar aquello que necesita ser cambiado para acomodar de

manera armónica la realidad plurinacional, para garantizar los derechos y libertades públicas así los servicios

esenciales que deberían configurar nuestro modelo como un Estado social y democrático de derecho (art 1.1).

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Y para encauzar esta demanda cívica desde la normalidad que una democracia consolidada ha de brindar a sus

ciudadanos es necesario hacer partícipe a quien por derecho es depositarios de la soberanía nacional; el pueblo

(art.1.2).

Sin duda la democracia no puede reducirse al mero ejercicio de votar a nuestros representantes o de ser

consultados para cuestiones de importancia. Pero una democracia donde no se consulta a sus ciudadanos corre el

riesgo de provocar un estado de desafección que acabe por deslegitimar a la democracia misma. Solo así podremos

alcanzar un sistema de alta intensidad democrática.

En España ha habido 11 referendos desde 1976, cuatro de ellos de carácter estatal, y siete que afectaron a la

aprobación o reforma de estatutos de Autonomía. En casi cuatro décadas de democracia los ciudadanos sólo han sido

consultados para cuestiones de especial relevancia política (art. 92.1) en once ocasiones.

Ante esta situación y dado que los ciudadanos son titulares indiscutibles de la soberanía, la sociedad debe ser

consultada si considera adecuada la Monarquía como fórmula de Estado o si prefiere otro modelo de Estado. Se trata

de dar la voz al pueblo, y que éste hable y pueda decidir sin miedos y sin apriorismos.

Miles de ciudadanos pidieron pacíficamente en las calles de todo el país su derecho a elegir entre Monarquía

o democracia. Junto a ellos, numerosas organizaciones sociales, políticas y sindicales situaban la necesidad de abrir un

proceso constituyente donde sea posible optar por un modelo de Estado donde todos los españoles sean iguales ante la

Ley (art.14), donde el Jefe del Estado sea elegible por los ciudadanos y las instituciones respondan a las demandas

ciudadanas.

Desde IULV-CA creemos que el Estado federal, republicano y solidario es una respuesta adecuada a la actual

situación que viven los distintos pueblos siendo el mejor marco de defensa de los derechos y libertades democráticas e

instrumento imprescindible para asegurar el autogobierno de los diversos pueblos que componen nuestro Estado.

Creemos necesario iniciar y desarrollar un movimiento cívico y político de carácter convergente y unitario en

todos los niveles organizativos que permita un proceso constituyente que desemboque en un nuevo modelo de Estado

de igualdad plena y carácter democrático y social.

Un Estado vertebrado a partir del reconocimiento de los derechos humanos: civiles, políticos, sociales y

medioambientales, de este modo avanzaremos hacia una sociedad de pleno empleo, con reducción de la jornada

laboral y reparto del tiempo de trabajo, con desarrollo sostenible, con protección social plena y fiscalidad progresiva.

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Un Estado que propugne como valores superiores de su ordenamiento la paz, la democracia económica, la

laicidad del Estado o la protección de los derechos, libertades y servicios que permitan a todos los ciudadanos gozar de

la dignidad inherente a su condición.

Por todo lo anteriormente expuesto el Grupo Municipal de IULV-CA propone la adopción de los siguientes

ACUERDOS:

1º.- Instar al Gobierno de la Nación a la apertura de un proceso constituyente con arreglo a lo dispuesto en el texto

constitucional que someta a referéndum el modelo de Estado por ser esta una cuestión de especial relevancia

política.

2º.- Impulsar en el ámbito de las competencias locales el Proceso Constituyente hacia un nuevo modelo de

Estado utilizando todos los mecanismos democráticos y pacíficos que prevé la Constitución Española en su

TÍTULO X (De la Reforma Constitucional -artículos 166 al 169).

3º.- Instar a la ciudadanía a la participación activa en la construcción de un nuevo proyecto de convivencia donde

sean los ciudadanos y las ciudadanas quienes decidan con votos democráticos, la forma de Estado que

prefieren para el Estado Español.

4º.- Dar traslado de la presente Moción a las Cortes Generales, al Gobierno de la Comunidad Autónoma de

Andalucía, y a los grupos parlamentarios tanto del Congreso de los Diputados como del Parlamento Andaluz.

9º.- MOCIÓN SOBRE IMPUESTO A LAS GRANDES SUPERFICIES COMERCIALES EN DEFENSA DEL PEQUEÑO COMERCIO ANDALUZ que formula el GRUPO MUNICIPAL DE IZQUIERDA UNIDA (EXPEDIENTE 603/2014)

Por la Presidencia se cede la palabra al Portavoz del GM IIULVCA Sr. Jiménez Aguilera, quien da lectura a la propuesta dictaminada favorablemente con fecha 10 de junio de 2014 por la Comisión Informativa de Hacienda, personal, patrimonio, régimen interior y seguimiento de la gestión municipal, justificando seguidamente los motivos que han determinado su presentación.

Iniciado por la Presidencia el turno de intervenciones, empieza el Sr. Arjona Romero, Portavoz del GM PP, manifestando que apoya al pequeño comercio pero no comparte el argumento de crear impuestos a las grandes superficies ya que éstas también generan empleo, estando de acuerdo en que se bajen los impuestos a los más desfavorecidos, con lo cual se va a abstener. E/r del GM PSOEA interviene su portavoz Sr. Cebrián Zafra indicando que defiende el pequeño y mediano comercio, si bien considera que no está de acuerdo en imponer nuevos tributos que conlleven a destruir puestos de trabajo, sino que hay que garantizar el empleo de las pequeñas, medianas y grandes superficies, por tal motivo su grupo votará en contra. E/r del grupo proponente su portavoz Sr. Jiménez Aguilera sostiene su voto favorable porque los pequeños comerciantes

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fundamentalmente y las PYMES son los pilares básicos de la economía local y el impuesto a las grandes superficies sirve para potenciar a estas pymes y un empleo de calidad.

Tras las intervenciones, se somete la propuesta dictaminada a votación ordinaria, acordando el Pleno, con el voto favorable de los integrantes del GM IULVCA (6 votos), el voto en contra de los integrantes del GM PSOEA (5 votos) y la abstención del único representante del GM PP (1 voto), por mayoría simple, aprobar la Propuesta, la cual literalmente, dice así:

MOCIÓN “IMPUESTO A LAS GRANDES SUPERFICIES COMERCIALES: EN DEFENSA DEL PEQUEÑO COMERCIO ANDALUZ”.

EXPOSICION DE MOTIVOS

La Junta de Andalucía, junto a los sindicatos mayoritarios, las asociaciones de pequeño y mediano comercio y

las de los consumidores tienen una posición muy definida sobre la defensa del modelo comercial andaluz. Ya en la

Ley de Comercio Interior de Andalucía, se reconoce la importancia del tejido comercial andaluz en composición

compacta y tradicional de nuestros municipios.

En nuestra Comunidad, el comercio aporta el 12% del PIB de Andalucía y casi medio millón de personas

trabajan en el sector comercial andaluz, lo que una de cada cinco personas trabajadoras estén ocupadas en actividades

comerciales. El 97% de los establecimientos comerciales corresponden a microempresas, el 99,65% del total de

establecimientos comerciales son PYMEs que es donde trabajan la inmensa mayoría de las trabajadoras y trabajadores

que trabajan en el sector comercial de la comunidad autónoma andaluza.

Nuestra Comunidad Autónoma debe de velar, a través de medidas proteccionistas, por el comercio que genera

empleo en tiempos de crisis, por el comercio que genera economía y por el comercio que conforma nuestras ciudades

y da vida a nuestros pueblos. Este comercio es el pequeño y mediano que en Andalucía da empleo a más de 450.000

personas frente a los 20.000 que emplean las grandes superficies. Un formato que a pesar de tener pérdidas no despide

en contra de los puestos que destruyen las grandes superficies aún teniendo beneficios.

Las políticas del Gobierno de Mariano Rajoy han roto el equilibrio consensuado que existía en el sector

comercial en Andalucía, con medidas directas como la liberalización de horarios y de rebajas, que han sido impuestas

sin consultar a los agentes socioeconómicos, respondiendo a los intereses exclusivos de las grandes superficies y

vulnerando el Estatuto de Autonomía de Andalucía. Decreto que está impugnado por parte de La Junta de Andalucía

ante el Tribunal Constitucional.

Según el Banco Central Europeo, en España, los créditos de menos de un millón de euros concedidos a PYMES tuvieron un tipo de interés en abril de 2013 del 5,36, frente al 2,62 de interés que tuvieron los préstamos de más de un millón de euro de las grandes empresas. Una diferencia entre ambos de 2,74 puntos en el tipo de interés, cuando la diferencia media en la zona euro es de 1,65. Además de las dificultades para acceder a la financiación, una vez que logran recursos de las entidades financieras los pequeños comercios españoles pagan mucho más que las grandes empresas.

Las grandes superficies, por su formato comercial, ubicación y actividad, producen impactos negativos que

afectan a la vida colectiva, particularmente a la ordenación del territorio, al medio ambiente, a las infraestructuras

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públicas y al tejido y actividades de los núcleos urbanos, sin asumir los correspondientes costes económicos, sociales y

ambientales.

En estos momentos, son necesarias políticas y medidas contra la crisis, centradas en restablecer el equilibrio

entre formatos comerciales y en la defensa del interés general del sector.

En el Acuerdo de Gobierno entre PSOE-A e IULV-CA, se adoptó el compromiso de dotar de mayor

progresividad al sistema fiscal andaluz, con impuestos redistributivos, progresivos, verdes y justos.

La creación de un impuesto a las grandes superficies en Andalucía, cumple con dicho compromiso y, además,

es una útil herramienta anti-crisis, ya que su recaudación permite financiar programas de la mejora del medio

ambiente, la creación de espacios verdes de uso público y apoyo al pequeño y mediano comercio y de fomento,

mantenimiento y creación de empleo en el sector comercial.

Por todo lo anteriormente expuesto el Grupo Municipal de IULV-CA propone la adopción de los siguientes

acuerdos:

1º.- Respaldar y promover la iniciativa de diversas organizaciones sociales para la implantación en

Andalucía de un impuesto a las grandes superficies comerciales, que venga a compensar las externalidades negativas

que las grandes superficies generan en nuestro territorio y que los recursos recaudados sean destinados al pequeño y

mediano comercio andaluz.

2º.- Instar a la Junta de Andalucía a aprobar este impuesto de manera urgente ante las dificultades que

atraviesan los pequeños y medianos comercios en nuestros pueblos y ciudades.

3º.- Dar trasladar estos acuerdo al Parlamento de Andalucía y a la Conserjería de turismo y comercio.

Se ausenta del Salón de sesiones Dª Juana Mª Barrio Alba, no participando en el debate y votación de los asuntos 10/1 y 10/2 del presente, incorporándose al inicio del punto de ruegos y preguntas.

10º.- MOCIONES ( ASUNTOS URGENTES)

Previa justificación y ratificación de la urgencia y de la inclusión de los asuntos a continuación reseñados en el orden del día, y a propuesta de la Alcaldía Presidencia, por unanimidad de los presentes (12 votos), lo que implica su mayoría absoluta del número legal, conforme a lo dispuesto en el RD 2568/1986 de 28 de noviembre ROF, se entra en el debate y análisis de los siguientes asuntos:

10º/1.- MOCIÓN INSTITUCIONAL PARA AMPLIACIÓN LÍMITE VELOCIDAD EN LA A-45.

Por el Sr. Alcalde se da lectura a la moción presentada de fecha 9 de junio de 2014, la cual fue dictaminada favorablemente por urgencia con fecha 10 de junio de 2014 Comisión Informativa de Hacienda, personal, patrimonio, régimen interior y seguimiento de la gestión municipal, justificando seguidamente los motivos que han determinado su presentación.

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Sin que se produzca debate sobre la propuesta y por unanimidad de los presentes, el Pleno acuerda con 12 votos favorables (5 IULVCA, 5 PSOEA y 1 PP) aprobar la Moción, la cual literalmente dice así:

MOCIÓN INSTITUCIONAL PARA AMPLIACIÓN LÍMITE VELOCIDAD A-45.

Moción institucional para solicitar la ampliación del límite de velocidad, de la autovía A-45 en sentido Málaga, a 100 km/h. asemejándola de esta forma a la velocidad límite en la misma autovía en sentido las Pedrizas.

PRIMERO: Tras la construcción y puesta en funcionamiento de la Autopista de las Pedrizas AP-46, se dejan aislados y sin posibilidad de acceso a todos los pueblos de la Carretera del Arco a dicha autopista, quedando de esta forma obligados a comunicarse con la costa a través de la A-45 con un límite de velocidad de 80km/h.

SEGUNDO: En el mes de febrero de 2014, tráfico ha instalado nuevos radares de tramo en todo el trayecto en sentido Málaga de la autovía A-45, con lo cual se genera una tendencia de los conductores de conducir a una media de 70 km/h. Esta situación genera situaciones peligrosas en dicha autovía, así como importantes retenciones.

TERCERO: No tiene sentido que se limite la velocidad de esta autovía en sentido Málaga a 80km/h cuando en sentido las Pedrizas se limita a 100km/h.

CUARTO: La autovía A-45 reúne las condiciones mínimas para estar limitada a 100 km/h. Podemos encontrar en la geografía española carreteras en peores condiciones y con límites de velocidad superiores.

QUINTO: La velocidad no es, en sí misma, la que propicia que tengamos un accidente mortal. No me parece justo tratar de inculcar en las personas el concepto de que si paso de 80 a 100, aumentan mis posibilidades de morir, ya que en este caso se aumentan las posibilidades de accidente limitando la carretera a 80km/h y con dos radares de tramo. (Recordemos que en vía urbana la velocidad es de 50km/h y en este caso hablamos de un tramo de autovía de unos 18km limitado a 80km/h, 30 más que en vía urbana.) Sí que es cierto, totalmente, que a mayor velocidad, mayor distancia de reacción, y por eso la responsabilidad de mantener siempre al mínimo posible la distancia de reacción es nuestra (y solo nuestra). Trasladar el problema y la responsabilidad a la "velocidad" (o a la señal de límite de velocidad) es igual que increpar a las nubes porque la lluvia nos ha mojado.

SEXTO: Tras la colocación de los radares de tramo, los tramos que estaban limitados a 100km/h han sido reducidos a 80 km/h. No creemos justo la reducción de velocidad en esta autovía, como tampoco la colocación de estos radares de tramo, que aunque justificados por el ratio de accidentes, la verdadera realidad es que tras una mala gestión de la construcción de la Autopista AP-46, se intenta reconducir el tráfico a la misma, pero con la consecuencia de que los afectados de esta conducta son los pueblos que quedan aislados a kilómetros del acceso de dicha Autopista.

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Por todo ello se solicita la ampliación del límite de velocidad, de la autovía A-45 en sentido Málaga así como de los radares de tramo, a 100 km/h, asemejándola de esta forma a la velocidad limite en la misma autovía en sentido las Pedrizas, ya que de esta forma se mejorarán las comunicaciones de los pueblos del interior."

El Pleno, por unanimidad, acuerda:

Primero: Aprobar la Moción presentada, debiendo ser remitida al Ministerio de Fomento, así como a la Dirección General de Tráfico, a los efectos oportunos.

Segundo: Notificar el presente acuerdo a la Excma. Diputación Provincial de Málaga para solicitar su apoyo.

10º/2º.- MODIFICACIÓN ESTATUTOS CONSORCIO PARQUE MAQUINARIA Z.N. DE MÁLAGA A

EFECTOS DE ADSCRIPCIÓN DEL CONSORCIO A LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA.

Por el Sr. Alcalde se da cuenta del acuerdo adoptado con fecha 29 de mayo de 2014 por la Junta General del Consorcio

Parque Maquinaria, por el que se aprueba propuesta de modificación de los Estatutos que rigen el Consorcio, en

concreto el art. 1, a efectos de reseñar la adscripción del mismo a la Diputación Provincial, conforme exige la

normativa aplicable, acuerdo que literalmente dice así:

“8.- ADSCRIPCIÓN DEL CONSORCIO A LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA.

Por la Presidencia se da cuenta de la propuesta que se somete a la Junta General, de fecha 26 de mayo de 2014 en los siguientes términos, dándose algunas explicaciones por el Sr. Secretario, quien informa que se hace necesaria dicha previsión en los Estatutos vigentes, por lo que hay que volver a proponer la modificación de los mismos a las entidades consorciadas:

“PROPUESTA DE LA PRESIDENCIA

De: Presidente del Consorcio

A: Junta General

Vista la Disposición final segunda de la Ley 27/2013 de 27 de diciembre por la que se modifica la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común para incluir una nueva disposición adicional, la vigésima, con la siguiente redacción:

«Disposición adicional vigésima Régimen jurídico de los consorcios

1. Los estatutos de cada consorcio determinarán la Administración pública a la que estará adscrito , así como su régimen orgánico, funcional y financiero de acuerdo con lo previsto en los siguientes apartados.

2. De acuerdo con los siguientes criterios de prioridad, referidos a la situación en el primer día del ejercicio presupuestario, el consorcio quedará adscrito, en cada ejercicio presupuestario y por todo este periodo, a la Administración pública que:

a) Disponga de la mayoría de votos en los órganos de gobierno.

b) Tenga facultades para nombrar o destituir a la mayoría de los miembros de los órganos ejecutivos.

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c) Tenga facultades para nombrar o destituir a la mayoría de los miembros del personal directivo.

d) Disponga de un mayor control sobre la actividad del consorcio debido a una normativa especial.

e) Tenga facultades para nombrar o destituir a la mayoría de los miembros del órgano de gobierno.

f) Financie en más de un cincuenta por cien o, en su defecto, en mayor medida la actividad desarrollada por el consorcio, teniendo en cuenta tanto la aportación del fondo patrimonial como la financiación concedida cada año.

g) Ostente el mayor porcentaje de participación en el fondo patrimonial.

h) Tenga mayor número de habitantes o extensión territorial dependiendo de si los fines definidos en el estatuto están orientados a la prestación de servicios, a las personas, o al desarrollo de actuaciones sobre el territorio.”

CONSIDERANDO que con fecha 11 de diciembre de 2013, la Junta General aprobó propuesta de modificación de los Estatutos vigentes, para su ratificación por los Plenos de las entidades consorciadas, acuerdo que se adoptó antes de entrar en vigor la citada Ley 27/2013 (31 de diciembre de 2013).

CONSIDERANDO la necesidad de modificar e incluir en la propuesta de modificación aprobada dicha previsión.

Visto lo dispuesto en el art. 7.5 de los estatutos que atribuyen la competencia a la Junta General, efectúo PROPUESTA A LA JUNTA GENERAL para adopción del siguiente acuerdo:

PRIMERO.- Modificar la propuesta de Modificación aprobada por Junta General con fecha 11 de diciembre de 2013, en concreto el art. 1, a efectos de incluir párrafo in fine, quedando redactado en los siguientes términos:

Artículo 1.- El Consorcio lo integran los Ayuntamientos de Alfarnate, Alfarnatejo, Almogía, Archidona, Casabermeja, Cuevas Bajas, Cuevas de San Marcos, Riogordo, Villanueva del Rosario, Villanueva de Tapia, Villanueva del Trabuco, la Excma. Diputación Provincial de Málaga, de conformidad con las atribuciones conferidas a dichas entidades locales, para la realización de los fines de competencia Municipal que se expresan en el artículo cuarto.

El Consorcio se constituye de conformidad a los preceptos vigentes de Régimen Local y demás disposiciones aplicables.

El Consorcio queda adscrito a la Diputación Provincial de Málaga conforme a lo dispuesto en la Disposición Final Segunda de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre LRJAP y PAC.

SEGUNDO.- Dar traslado a todos las entidades consorciadas para su conocimiento y efectos debiendo cada uno de ellas remitir a este Consorcio:

- Acuerdo plenario sobre la modificación propuesta y sobre la propuesta de modificación aprobada con fecha 11 de diciembre de 2013.

- Diligencia de exposición pública en los respectivos tablones oficiales.

TERCERO.- Dar trámite de audiencia a la Diputación provincial para que emita informe en relación a la misma y a la propuesta de modificación aprobada con fecha 11 de diciembre de 2013, conforme a los arts. 74.2 y 82 de la Ley 5/2010 de 11 de junio de Autonomía Local de Andalucía.

CUARTO.- Publicar anuncio en el BOP sobre la modificación que se propone.

Archidona, a 26 de mayo de 2014.”

Por el Sr. Secretario se informa in voce a los presentes de la exigencia legal de modificación de los Estatutos en base a la normativa aplicable reseñada en la propuesta aprobada por la Junta General del Consorcio.

Sin que se produzca debate sobre la propuesta y por unanimidad de los presentes, el Pleno acuerda con 12 votos favorables (5 IULVCA, 5 PSOEA y 1 PP) lo que supone su mayoría absoluta del número legal:

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PRIMERO.- Modificar el art. 1 de los Estatutos del Consorcio Parque Maquinaria Z.N. de Málaga, a efectos de incluir párrafo in fine, quedando redactado en los siguientes términos:

Artículo 1.- El Consorcio lo integran los Ayuntamientos de Alfarnate, Alfarnatejo, Almogía, Archidona, Casabermeja, Cuevas Bajas, Cuevas de San Marcos, Riogordo, Villanueva del Rosario, Villanueva de Tapia, Villanueva del Trabuco, la Excma. Diputación Provincial de Málaga, de conformidad con las atribuciones conferidas a dichas entidades locales, para la realización de los fines de competencia Municipal que se expresan en el artículo cuarto.

El Consorcio se constituye de conformidad a los preceptos vigentes de Régimen Local y demás disposiciones aplicables.

El Consorcio queda adscrito a la Diputación Provincial de Málaga conforme a lo dispuesto en la Disposición Final Segunda de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre LRJAP y PAC.

SEGUNDO.- Dar traslado al Consorcio del presente acuerdo.

TERCERO.-Publicar edicto en el Tablón Oficial del Ayuntamiento, y remitir al Consorcio diligencia de exposición pública por plazo de un mes.

CONTROL Y FISCALIZACIÓN (NO RESOLUTIVO)

11º.- RUEGOS Y PREGUNTAS.

Por la Presidencia se declara abierto el turno de ruegos y preguntas, teniendo lugar por el siguiente orden que se relaciona:

Por el Grupo Socialista:

El Sr. Cebrián Zafra plantea los siguientes ruegos y/o preguntas:

1. Ruega al Sr. Alcalde se retomen las buenas prácticas en cuanto a la entrega de borrador de Presupuestos a su grupo político para presentación de sugerencias ya que el último se le entregó en la Comisión de Hacienda, habiéndosele dado únicamente una semana para su presentación, mostrando su queja al respecto, sin encontrarse completo el documento, rogando una mayor seriedad.

2. Ruega por una mayor limpieza de los parques y jardines, suministro de papeleras inexistentes, etc…habiéndose aprobado por unanimidad moción de su grupo al respecto sin que se haya hecho efectivo su cumplimiento.

Ruegos y/o preguntas que obtienen respectivamente por parte del Sr. Alcalde y/o Concejales/as Delegados/as las siguientes respuestas:

1. El Sr. Alcalde contesta que el presupuesto municipal se ha entregado para ir viendo e incorporando sugerencias, siendo su idea que se apruebe antes de que finalice junio, destacando que la entrega tardía se ha debido al trabajo constante de envío de información a la oficina virtual del Ministerio de Hacienda, anticipando que en la próxima

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Comisión de Hacienda se encontrará el expediente al completo, significando que las Bases de ejecución del presupuesto apenas variarán.

2. El Sr. Lara Medina, Concejal de Medio Ambiente, contesta que se sigue trabajando en ello, si bien no hay que generalizar, instando a que cualquier incidencia sea comunicada a su Concejalía, concluyendo que no hay dejación de funciones, tomando razón del ruego.

El Sr. Gálvez Alba efectúa los siguientes ruegos y/o preguntas:

1. Pregunta, tras la queja manifestada por los vecinos, por qué se hizo obra de levantar la calle Pilarejo, luego se volvió a cubrir y volvió a abrir, y cuál ha sido el importe de dicha actuación.

2. Ruega por una mayor limpieza en la zona donde se instala el mercadillo de los lunes, tras la queja que le han manifestado muchos vecinos y usuarios, añadiendo que también hizo queja sobre el estado en que se encontraba la parte trasera de dicho recinto con acumulación de suciedad y vegetación sin que se haya dado solución alguna.

Ruegos y/o preguntas que obtienen respectivamente por parte del Sr. Alcalde y/o Concejales/as Delegados/as las siguientes respuestas:

1. El Sr. Alcalde contesta que la calle no se levantó, sino que tras la fase de hormigonado se suspendieron las obras tras la llegada de la Semana Santa reanudándose posteriormente.

2. El Sr. Arjona Romero contesta que ha visitado recientemente el mercadillo y el 80 o 90% de los usuarios le ha trasladado quejas pero ninguna por falta de limpieza, respecto al estado del recinto es una acción que el equipo de gobierno tiene previsto incluir en los próximos presupuestos, sobre todo su adecentación. El Sr. Lara Medina complementa la contestación señalando que toma nota y se actuará una vez se inspeccione la zona al objeto de retirar la maleza y vegetación existente.

Y no habiendo más asuntos que tratar por la Presidencia, se levantó la sesión, siendo las veintiuna horas y cuarenta y cinco minutos del día expresado ut supra, de todo lo cual, como Secretario, doy fe.

Vº BºEl Alcalde-Presidente,

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