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Registro intelectual n°
Instituto chileno de Estudios Municipales
Universidad Autónoma de Chile
Consejo editorial Teodoro Ribera Rector Universidad Autónoma de Chile Georg Spee Vicerrector Universidad Autónoma de Chile Sergio Thiers Director Acreditación Universidad Autónoma de Chile Ricardo Israel Director Ejecutivo Ichem Andrés Chacón Secretario General Ichem Tamara López Editora Ichem
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2
Documento N°1
ANÁLISIS JURÍDICO EN LOS GOBIERNOS
LOCALES
Por Marcelo Villagrán
Marcelo Villagrán
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3
Abogado de la Pontificia Universidad Católica de Chile, Diplomado de
Organización y Dirección de Recursos Humanos. Fue abogado de la Dirección
Jurídica de la Municipalidad de San Miguel, como parte del programa “Jóvenes
al servicio de Chile” de la Fundación Jaime Guzmán.
En 2005 fue Secretario de Estudio de la Carrera de Derecho de la Universidad
Autónoma del Sur. También se desempeñó como Secretario General del Instituto
Chileno de Estudios Municipales hasta el 2006. Desde el mismo año es asesor
jurídico de la División de Bienestar Social de la Fuerza Aérea de Chile.
Actualmente es profesor titular de la cátedra de Derecho Político de la
Universidad Autónoma de Chile.
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TABLA DE CONTENIDOS
Introducción………………………………………………………………………………………3
Capítulo I: Análisis Histórico…………………………………………………………………… 5
Capítulo II: Normas Legales 1990 – 2005 …………………………………………………...10
Capítulo III: La Descentralización…………………………………………………………….26
Capítulo IV: Consideraciones Finales……………………………………………………….30
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INTRODUCCIÓN
Son muchas las interrogantes que surgen del análisis pormenorizado de un
período de nuestra historia republicana, pero sin lugar a dudas es un ejercicio muy
importante para evaluar el cumplimiento de nuestras metas, y lo que es más
importante, sentar las bases de nuestro trabajo futuro. Debemos evitar el
desarrollo de políticas públicas, que sin un sustento teórico mínimo, persigan
solucionar los problemas de la población. Nuestro país de ha caracterizado, a lo
largo de su historia, por entregar soluciones muy precipitadas ante los conflictos y
necesidades que expresa su población, intentando resolver sobre la marcha
varias de las controversias que se exteriorizan durante la aplicación de la ley.
En estas líneas nos interiorizaremos en el estudio y comprensión de un fenómeno
políticosocial muy relevante para nuestra historia. No es un contrasentido pensar
que los gobiernos locales representan para la ciudadanía el sistema político más
próximo para resolver sus problemas, y por ello es muy importante que los
municipios cuenten con las herramientas necesarias para poder destinar sus
recursos económicos y humanos en pos de la elaboración de productos que
tiendan a satisfacer esas necesidades.
El retorno de la democracia a nuestro país marca el punto de partida de este
análisis jurídico, encontrando un ambiente institucional en pleno funcionamiento,
en el cual los diversos actores políticos retoman sus funciones. La elección de las
autoridades que a distinto nivel se preocupan de resolver los requerimientos de la
población, marca el punto de partida del debate nacional respecto al futuro de
nuestra nación y se produce una revisión pormenorizada de nuestro
ordenamiento jurídico, partiendo de la misma Constitución Política del Estado. Los
cambios y fenómenos sociales que los motivaron han permitido una evolución en
las distintas áreas del quehacer institucional. Incluso en lo que respecta al mundo
municipal y a las materias que son de su interés, podemos identificar un fenómeno
transversal de áreas temáticas que de una u otra manera tocan directa o
indirectamente a las municipalidades.
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6
Debemos señalar desde el comienzo de este trabajo que intentaremos evaluar los
cambios que se han producido en el ámbito normativo municipal de este período
buscando con ello, además, evaluar los efectos o resultados que han
experimentado durante su aplicación. Nos interesa conocer si el marco jurídico
municipal con el que cuenta Chile en nuestros días es el apropiado para
satisfacer los requerimientos del sector. Nuestro país está conciente de la
importancia que ha suscitado entre la población la labor que cumplen los
municipios, por lo que exige de sus autoridades la purificación de un sistema que
cumpla efectivamente con estas expectativas. Lo anterior está en directa
relación con la Reforma del Estado de Chile, lo que necesariamente nos llevará a
una reforma estructural de las municipalidades para mejorar sustancialmente la
gestión de todas ellas.
Sin lugar a dudas, la justicia política de postula Aristóteles nos permite intentar
evaluar nuestra realidad sociocultural muy diversa a la de otras naciones, la que
nos obliga a adaptar instituciones y normativa, de acuerdo a lo que son
efectivamente nuestros requerimientos.
Según lo descrito, estudiaremos en estas páginas el sistema jurídico municipal
vigente y como éste ha evolucionado en los últimos 15 años. Podremos identificar
los cambios normativos que han afectado al sector y la forma en que éstos han
repercutido en el funcionamiento de los municipios y en el mejor grado de
cumplimiento de sus finalidades, para finalmente analizar el proceso de
descentralización política y administrativa del sector municipal.
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7
Capítulo I: Análisis Histórico
Para contextualizar nuestro trabajo es necesario señalarles que las
municipalidades representan, para nuestra historia independiente, un gran foco
de vida ciudadana. Si bien los conquistadores españoles trasplantaron a América
muchas de sus tradiciones, religión e instituciones, en lo que respecta al Municipio
en España empezaba pronto a “... languidecer como consecuencia del
absolutismo monárquico de Carlos V y Felipe II, en cambio los municipios o
cabildos fundados en América se asemejaron inicialmente al antiguo municipio
castellano, en el cual correspondía a este organismo eldadero gobierno de la villa
o ciudad, en su integridad.”1
Se trataba de un organismo semiautónomo en el que recaían muchas
atribuciones, las que con el tiempo y el surgimiento de nuevas instituciones fueron
restringidas. Sin embargo, conservaron a través de los años una característica
valiosa que se mantiene hasta estos días, al ser la única institución pública en la
que los habitantes del lugar tienen amplio acceso y representación. Y fue
justamente este rol que jugaron los municipios, el que permitió a los criollos, en los
albores de nuestra independencia, reunirse en torno a él y fraguar los cimientos
de esta incipiente nación. Este valioso aporte histórico nos permite armonizar
nuestro pensamiento, respecto a la importancia que reporta esta institución
pública, toda vez que desde sus cimientos hasta nuestros días sigue siendo
considerada como aquella que está más cercana a la gente y a la que se le
asocia como la responsable de remediar muchos problemas de la población. Es
por ello que independiente de cuales sean sus atribuciones, serán siempre las
municipalidades las corporaciones a las que acudirán miles de personas en pos
de esperar una respuesta a sus demandas.
1 Fernández Richard, José: Derecho Municipal Chileno, Editorial Jurídica de Chile, Primera Edición, 2003, Santiago de Chile, pp. 16-17.
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8
No es relevante la forma de gobierno que impere en un Estado, ni que esté
concentrado o distribuido el poder. Lo que realmente es un hecho, es que la
ciudadanía siempre ve a los Municipios como actores relevantes del sistema
político, encargados de la solución de sus necesidades.
A lo largo de prácticamente toda su historia independiente el Estado chileno ha
tenido carácter unitario. La Constitución Política de la República de Chile de 1980
reafirma lo anterior, estableciendo sin embargo, una clara opción por la
descentralización a través de gobiernos regionales y comunales. Las
municipalidades poseen autonomía garantizada por la propia Constitución en la
administración de su patrimonio y la prestación de servicios sociales a la
comunidad. Para ello cuentan con fuentes propias de financiamiento y con
autoridades, constituidas por el Alcalde que será su máxima autoridad, y por el
Concejo.
Un conjunto de reformas realizadas a partir de la década del 70 lograron moldear
el actual modelo de descentralización de nuestro país, a través de los procesos
de regionalización y municipalización impulsados por el régimen militar del
Presidente Augusto Pinochet Ugarte y por las reformas constitucionales de 1991.
Esta estructura consolidada en la Constitución Política de 1980 respondió al menos
a tres objetivos distintos: geopolítico (un mejor control y ocupación del territorio
nacional); político (aumentar la participación ciudadana y distribuir el poder); y
económico (mejorar la distribución de los recursos y la satisfacción de las
necesidades de la población).
Las municipalidades tuvieron escasa relevancia dentro del aparato público
chileno, hasta que a partir de fines de los 70 se alteró radicalmente esta situación,
ya que se produjeron reformas que multiplicaron las responsabilidades y recursos
de los municipios. En el ámbito territorial dichas reformas institucionalizaron
algunas funciones ligadas a la administración y desarrollo del espacio urbano y en
el terreno social, ellas involucraron una significativa expansión de funciones,
pasando los municipios a compartir responsabilidades con el gobierno central en
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la provisión de servicios de educación, salud, cultura, recreación, deporte,
promoción del empleo, vivienda y asistencia social. Junto a ello se llevaron a
cabo cambios en el marco financiero y administrativo de operación de los
municipios, dotándolos de la autonomía y los mecanismos necesarios para asumir
dichas responsabilidades. En este sentido, se estableció un sistema de cobro para
algunos servicios municipales, se dictaron modificaciones tributarias de exclusivo
beneficio local, acompañados de un mecanismo de redistribución de estos
recursos, creando el muy conocido Fondo Común Municipal, destinado a
compensar a los municipios de las comunas con una menor base tributaria.
Finalmente, basta con señalar que se traspasaron a los municipios la
administración de establecimientos educacionales públicos y los consultorios de
salud primaria, proceso que se extendió durante toda la década del 80.
Con el retorno de la democracia en Chile, se debilitó el proceso de
regionalización. Surgió en su lugar, una fuerte demanda por mayor participación
en las decisiones públicas. La Reforma Regional de 1991 ha buscado responder a
estas demandas creando los Gobiernos Regionales y nuevos instrumentos, como
las inversiones sectoriales de asignación regional (ISAR), que trasladan al nivel
regional la decisión sobre la asignación de recursos a proyectos específicos de
inversión dentro de programas administrados tradicionalmente por el nivel central.
El Presidente Patricio Aylwin (19901994), designó en 1990 a los alcaldes de todas
las comunas del país. En 1992 se realizó la primera elección popular de alcaldes
desde el retorno de la Democracia, concretándose con ello el mayor cambio en
la estructura del gobierno local al introducir la elección directa de alcaldes y
concejales. Con ello se fortaleció el proceso de democratización, único objetivo
trazado en el inicio de la transición, ya que las prioridades políticas del primer
gobierno de la Concertación de Partidos por la Democracia, no consideraron
reformas de fondo al régimen local.
Bajo el gobierno del Presidente Eduardo Frei RuizTagle (19942000) se intentó
fortalecer la probidad funcionaria en el ámbito local, con el envío al Parlamento
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del proyecto que reforma la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades con
normas que otorgan mayor eficacia a los sistemas de control interno, potencian
las facultades fiscalizadoras del concejo municipal y refuerzan la transparencia en
la gestión de los municipios. Se planteó la elección simultánea, pero separada, de
alcaldes y concejales, conciente de la imperfección de un sistema donde la
legitimidad de la principal autoridad queda en muchos casos difusa, puesto que
la elección de ambas autoridades es conjunta. Durante la década de los
noventa se duplicaron los recursos municipales, incidiendo en más del 16% del
gasto público total, con un presupuesto superior al billón de pesos para el
conjunto del sistema municipal. Además, se propusieron reformas institucionales
orientadas a incorporar mayores grados de flexibilidad a la gestión local y
mayores grados de transparencia de la misma, especialmente en mecanismos
que fortalezcan su relación con los ciudadanos de sus respectivas comunas. Es así
como se sentaron las bases de una reforma legal, derivada de la reforma
constitucional al artículo 110 de la Constitución Política del Estado, actual 121,
destinada a asegurar la capacidad de los municipios para establecer y
modernizar sus plantas de personal, junto con adecuar la estructura y
organización municipal a los requerimientos particulares de cada municipio,
fortaleciendo mecanismos de coordinación en la contratación de personal
altamente calificado para municipios pequeños y rurales. Finalmente, se hicieron
esfuerzos destinados a fortalecer la transparencia pública y el control ciudadano
de la gestión municipal, con la aprobación de modificaciones legales tendientes
a simplificar las consultas ciudadanas sobre temas específicos que afecten a los
vecinos, obligando a los alcaldes a entregar una cuenta anual sobre la gestión
interna del municipio y perfeccionando, a su vez, un mecanismo de fiscalización
del desempeño del alcalde por los concejos municipales.2
Durante el gobierno del Presidente Ricardo Lagos Escobar (20002006) fueron 23
las iniciativas impulsadas a favor del mundo municipal. Entre los años 2000 y 2005,
el mandatario promulgó 21 leyes cuyo propósito fue otorgar beneficios a favor de 2 Discurso de S.E. el Presidente de la Republica, don Eduardo Frei Ruiz-Tagle, en la "Cumbre de las Regiones", Viña Del Mar, 1º de Octubre de 1998: http://www.fundacionfrei.cl/nuevo/efr/pdf/566.pdf
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la gestión municipal. La última de estas leyes fue Rentas Municipales II,
promulgada el 23 de junio del año 2005. Entre los cuerpos legales dictados se
cuentan, entre otros, la Ley 19.737, que estableció elecciones separadas de
alcaldes y concejales, permitiendo profundizar el proceso democratizador de los
municipios y favorecer la profesionalización de alcaldes o concejales; Ley 19.803,
que determinó un incentivo por desempeño para los funcionarios municipales; Ley
19.777, que creó 99 juzgados de policía local en todo el país; Ley 19.852, que
estableció la subrogación del alcalde o alcaldesa por una persona de su
confianza cuando, por razones médicas, debiera ausentarse por un período
determinado (permitió que las alcaldesas ejercieran efectivamente los permisos
de pre y post natal); cuatro leyes que permitieron la creación de las comunas de
Hualpén, Alto Hospicio, Alto Bio Bio y Chol Chol); Ley de Casinos, que estableció
las bases generales para la autorización, funcionamiento y fiscalización de casinos
de juego.3
En el período en estudio se realizaron cuatro elecciones Municipales (1992, 1996,
2000 y 2004) y sólo en esta última elección la ciudadanía eligió a las autoridades
comunales en forma separada.
Tras la enorme trascendencia alcanzada por el poder local, los municipios
llegaron a tener seis funciones privativas y 13 compartidas con otros organismos
de la administración Estatal, a manejar 21 subsidios sociales, ser responsables
aproximadamente de la educación del 60% de los niños chilenos, y de la
atención de salud primaria del 50% de la población. Y finalmente, siendo una de
sus más importantes características, son el único ente público presente en las 345
comunas del país, convirtiéndose en el principal punto de encuentro entre los
diversos servicios públicos y la comunidad.4
3 SUBDERE, Subsecretaria de Desarrollo Regional, Adriana del Piano, 31 Agosto de 2005: http://www.subdere.gov.cl/1510/article-68122.html#h2_1 4 SUBDERE. 2000. Democracia Regional y Local. Ministerio del Interior, Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo. Número Especial. Julio 2000.
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Capítulo II: Normas Legales 19902005
1. Ley No. 20.088 Establece como obligatoria la declaración jurada
patrimonial de bienes a las autoridades que ejercen una función pública.
(DO 05.01.2006)
2. Ley No. 20.085 Introduce una disposición transitoria al decreto ley Nº 3.063,
de 1979, sobre Rentas Municipales. (DO 22.12.2005)
3. Ley No. 20.079 Otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores
del sector público, concede aguinaldos que señala, reajusta las
asignaciones familiar y maternal, del subsidio familiar y concede otros
beneficios que indica. (DO 30.11.2005)
4. Ley No. 20.075 Prorroga la aplicación de los coeficientes de distribución del
Fondo Común Municipal vigentes durante el año 2005 para el año 2006, y
establece un mecanismo de compensación. (DO 25.11.2005)
5. Ley No. 20.068 Introduce diversas modificaciones a la ley N° 18.290, en
materia de tránsito terrestre. (DO 10.12.2005)
6. Ley No. 20.053 Modifica la ley Nº 19.884, sobre Transparencia, Límite y
Control del Gasto Electoral. (DO 06.09.2005)
7. Ley No. 20.046 Modifica la ley Nº 18.290, de Tránsito, con el fin de permitir el
reconocimiento de las licencias de conducir expedidas en el extranjero.
(DO 30.09.2005)
8. Ley No. 20.041 Modifica el límite intercomunal de las comunas de Recoleta
y Huechuraba. (DO 14.07.2005)
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13
9. Ley No. 20.035 Introduce modificaciones en la ley N° 19.175, Orgánica
Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, en lo relativo a la
estructura y funciones de los gobiernos regionales. (DO 01.07.2005)
10. Ley No. 20.033 Modifica la ley N° 17.235, sobre Impuesto Territorial; el
decreto ley N° 3.063, sobre Rentas Municipales; la ley N° 18.695, Orgánica
Constitucional de Municipalidades, y faculta a las municipalidades para
otorgar condonaciones que indica. (DO 01.07.2005)
11. Ley No. 20.031 Interpreta el artículo 26 del decreto ley Nº 3.063 de 1979, con
el propósito de facilitar el funcionamiento de microempresas familiares.
(DO 08.07.2005)
12. Ley No. 20.024 Establece un mecanismo transitorio para compensar los
menores ingresos municipales producidos con ocasión de una nueva
determinación de los coeficientes anuales de distribución del Fondo
Común Municipal. (DO 30.05.2005)
13. Ley No. 20.020 Autoriza erigir monumentos en memoria del Padre Alberto
Hurtado en las diferentes comunas del país. (DO 17.05.2005)
14. Ley No. 20.016 Modifica normas del decreto con fuerza de ley Nº 458, de
1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones, relativas a la calidad de
la construcción. (DO 27.05.2005)
15. Ley No. 20.008 Establece asignaciones que indica para funcionarios
municipales y jueces de policía local. (DO 22.03.2005)
16. Ley No. 20.007 Modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones, en
materia de contratos de promesa de compraventa de determinados
bienes raíces sin recepción definitiva. (DO 11.04.2005)
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17. Ley No. 20.006 Establece concursabilidad de los cargos de directores de
establecimientos educacionales municipales. (DO 22.03.2005)
18. Ley No. 20.002 Prorroga la vigencia de los avalúos de los bienes raíces no
agrícolas y del mecanismo de compensación de lo previsto en la ley Nº
19.850. (DO 04.02.2005)
19. Ley No. 19.997 Modifica la ley N° 19.961 sobre evaluación docente. (DO
25.01.2005)
20. Ley No. 19.995 Establece las bases generales para la autorización,
funcionamiento y fiscalización de casinos de juego. (DO 07.01.2005)
21. Ley No. 19.990 Modifica el Código Orgánico de Tribunales y la Ley Nº
18.776, incorporando las comunas de Alto Hospicio, Hualpén, Alto Biobío,
Cholchol, San Pedro de la Paz y Chiguayante a los territorios jurisdiccionales
de los tribunales que indica. (DO 24.12.2004)
22. Ley No. 19.985 Otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores
del sector público, concede aguinaldos que señala, reajusta las
asignaciones familiar y maternal, del subsidio familiar y concede otros
beneficios que indica. (DO 02.12.2004)
23. Ley No. 19.979 Modifica el Régimen de Jornada Escolar Completa Diurna y
otros cuerpos legales. (DO 06.11.2004)
24. Ley No. 19.972 Concede un nuevo plazo para ejercer la facultad
concedida al Servicio de Tesorerías en la Ley Nº 19.926. (DO 16.09.2004)
25. Ley No. 19.964 Modifica la ley N° 19.884, sobre Transparencia, Límite y
Control del Gasto Electoral. (DO 26.08.2004)
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26. Ley No. 19.963 Modifica la ley N° 19.884, sobre Transparencia, Límite y
Control del Gasto Electoral, estableciendo sanciones y el procedimiento
para su aplicación. (DO 26.08.2004)
27. Ley No. 19.961 Sobre evaluación docente. (DO 14.08.2004)
28. Ley No. 19.959 Crea la comuna de Alto Biobío, en la Región del Biobío. (DO
21.07.2004)
29. Ley No. 19.958 Modifica la Ley Orgánica de Municipalidades con el objeto
de precisar o corregir normas sobre el proceso electoral. (DO 17.07.2004)
Observación: Elecciones de alcaldes y concejales por separado.
30. Ley No. 19.949 Establece un sistema de protección social para familias en
situación de extrema pobreza denominado "Chile Solidario". (DO
05.06.2004)
31. Ley No. 19.944 Crea la comuna de Cholchol, en la Región de la Araucanía.
(DO 22.04.2004)
32. Ley No. 19.943 Crea la comuna de Alto Hospicio en la Región de Tarapacá.
(DO 22.04.2004)
33. Ley No. 19.939 Modifica el artículo 59 de la Ley General de Urbanismo y
Construcciones, con el objeto de establecer la caducidad de la
declaratoria de utilidad pública contenida en los planes reguladores. (DO
13.02.2004)
34. Ley No. 19.936 Crea la comuna de Hualpén, en la Región del Biobío. (DO
13.03.2004)
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16
35. Ley No. 19.933 Otorga un mejoramiento especial a los profesionales de la
educación que indica. (DO 12.02.2004)
36. Ley No. 19.932 Modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones, en
materia de contrato de promesa de compraventa de determinados bienes
raíces y criminaliza conducta constitutiva de estafa en el artículo 470 del
Código Penal. (DO 03.02.2004)
37. Ley No. 19.926 Permite efectuar anticipos al Fondo Común Municipal en los
casos que indica y modifica el decreto ley Nº 3.063, de 1979, sobre Rentas
Municipales. (DO 31.12.2003)
38. Ley No. 19.925 Ley sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas. (DO
19.01.2004)
39. Ley No. 19.921 Modifica el artículo 101 de la ley Nº 18.834, Estatuto
Administrativo, relativo al aumento del feriado de funcionarios que se
desempeñan en determinadas zonas del país. (DO 20.12.2003)
40. Ley No. 19.920 Modifica el Código del Trabajo y el Estatuto Administrativo,
con el fin de permitir acuerdos en materia de descanso semanal. (DO
20.12.2003)
41. Ley No. 19.917 Otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores
del sector público, concede aguinaldos que señala, reajusta las
asignaciones familiar y maternal, del subsidio familiar y concede otros
beneficios que indica. (DO 04.12.2003)
42. Ley No. 19.917 Permite la emisión de deuda pública mediante medios
inmateriales y autoriza al Fisco y a otras entidades del sector público para
la contratación de instrumentos de cobertura de riesgos financieros. (DO
03.10.2003) Observación: Se exceptuaron expresamente los gobiernos
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17
regionales y las Municipalidades, siendo un mecanismo de financiamiento
muy importante para enfrentar las abultadas deudas que poseen en la
actualidad los Gobiernos Locales.
43. Ley No. 19.902 Modifica la Ley de Tránsito, para permitir la eliminación de
anotaciones en el Registro Nacional de Conductores de Vehículos
Motorizados en las condiciones que indica. (DO 09.10.2003)
44. Ley No. 19.900 Modifica la ley Nº 18.290 de Tránsito, sobre estacionamientos
para discapacitados. (DO 09.10.2003)
45. Ley No. 19.896 Introduce modificaciones al decreto ley Nº 1.263, de 1975,
Orgánico de Administración Financiera del Estado y establece otras
normas sobre administración presupuestaria y de personal. (DO 03.09.2003)
46. Ley No. 19.891 Crea el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes y el Fondo
Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes. (DO 23.08.2003) Observación: Se
centralizan las políticas culturales las que son impuestas a los municipios.
47. Ley No. 19.886 Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y
Prestación de Servicios. (DO 30.07.2003)
48. Ley No. 19.884 Sobre transparencia, límite y control del gasto electoral. (DO
05.08.2003)
49. Ley No. 19.880 Establece bases de los procedimientos administrativos que
rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado. (DO
29.05.2003)
50. Ley No. 19.878 Establece un procedimiento de publicidad para gestiones
administrativas relacionadas con la construcción. (DO 31.05.2003)
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51. Ley No. 19.873 Crea subvención educacional proretención de alumnos y
establece otras normas relativas a las remuneraciones de los profesionales
de la educación. (DO 29.05.2003)
52. Ley No. 19.872 Modifica Ley No. 18.290, Ley de Tránsito. Crea el registro
nacional de transporte de carga terrestre (DO 20.06.2003)
53. Ley No. 19.865 Sobre financiamiento urbano compartido. (DO 01.04.2003)
54. Ley No. 19.862 Establece registros de las personas jurídicas receptoras de
fondos públicos. (DO 08.02.2003)
55. Ley No. 19.859 Modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones con
el objeto de facilitar la construcción de viviendas sociales. (DO 31.01.2003)
56. Ley No. 19.858 Modifica normas sobre regularización de la posesión y
ocupación sobre inmuebles. (DO 11.02.2003)
57. Ley No. 19.855 Modifica el plazo y procedimiento para adecuar estatutos
de organizaciones deportivas, establecido en la Ley Nº 19.712, del Deporte.
(DO 12.02.2003)
58. Ley No. 19.852 Modifica la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de
Municipalidades, estableciendo un mecanismo de subrogación para las
mujeres alcaldes en el período de pre y post natal. (DO 08.01.2003)
59. Ley No. 19.850 Establece un mecanismo para compensar los menores
ingresos municipales, con ocasión de una nueva determinación de los
coeficientes de distribución del Fondo Común Municipal. (DO 07.01.2003)
60. Ley No. 19.845 Modifica la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de
Municipalidades en materia de apremios. (DO 14.12.2002)
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61. Ley No. 19.843 Otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores
del sector público, concede aguinaldos que señala, reajusta las
asignaciones familiar y maternal, del subsidio familiar y concede otros
beneficios que indica. (DO 05.12.2002)
62. Ley No. 19.841 Modifica la Ley de Tránsito en lo relativo al cobro electrónico
de peajes y la Ley Nº 18.287, que establece procedimientos ante los
Juzgados de Policía Local. (DO 19.12.2002)
63. Ley No. 19.817 Modifica la Ley Orgánica de la Contraloría General de la
República. (DO 26.07.2002)
64. Ley No. 19.816 Modifica diversos cuerpos legales en materia de multas de
tránsito. (DO 07.08.2002)
65. Ley No. 19.814 Introduce diversas modificaciones a la Ley de Alcoholes,
Bebidas Alcohólicas y Vinagres, en lo relativo a consumo en la vía pública.
(DO 15.07.2002)
66. Ley No. 19.813 Otorga beneficios a la salud primaria. (DO 25.06.2002)
67. Ley No. 19.803 Establece asignación de mejoramiento de la gestión
municipal. (DO 27.04.2002)
68. Ley No. 19.787 Modifica la Ley Nº 19.712, Ley del Deporte. (DO 01.02.2002)
69. Ley No. 19.780 Permite efectuar anticipos del Fondo Común Municipal en
caso que indica y autoriza la condonación de deudas que señala. (DO
30.11.2001)
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70. Ley No. 19.778 Modifica la ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre
Gobierno y Administración Regional en materia de reguladores. (DO
10.12.2001)
71. Ley No. 19.777 Crea juzgados de policía local en las comunas que indica.
(DO 05.11.2001)
72. Ley No. 19.775 Otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores
del sector público, concede aguinaldos que señala, reajusta las
asignaciones familiar y maternal, del subsidio familiar y concede otros
beneficios que indica. (DO 30.11.2001)
73. Ley No. 19.770 Posterga para el año 2002 la determinación de los
coeficientes de distribución del Fondo Común Municipal. (DO 10.11.2001)
74. Ley No. 19.756 Renueva vigencia de la facultad para condonación de
deudas municipales conferida en la ley Nº 19.704. (DO 13.09.2001)
75. Ley No. 19.754 Autoriza a las municipalidades para otorgar prestaciones de
bienestar a sus funcionarios. (DO 21.09.2001)
76. Ley No. 19.749 Establece normas para facilitar la creación de
microempresas familiares. (DO 25.08.2001)
77. Ley No. 19.749 Modifica la Ley Orgánica Constitucional de
Municipalidades, con el objeto de establecer sistema de elecciones
separadas de alcaldes y concejales. (DO 06.07.2001)
78. Ley No. 19.727 Renuévase la vigencia de la ley Nº 19.583, que regulariza la
construcción de bienes raíces urbanos sin recepción definitiva. (DO
03.05.2001)
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79. Ley No. 19.726 Sustituye la denominación de la comuna de Navarino por
comuna de Cabo de Hornos y establece una agrupación de comunas.
(DO 26.05.2001)
80. Ley No. 19.723 Regulariza situación de inmuebles que indica. (DO
11.05.2001)
81. Ley No. 19.715 Otorga un mejoramiento especial de remuneraciones para
los profesionales de la educación. (DO 31.01.2001)
82. Ley No. 19.712 Ley del Deporte. (DO 09.02.2001) Observación: El Ejecutivo
centraliza las políticas deportivas.
83. Ley No. 19.710 Modifica la ley Nº 18.290, de Tránsito, en lo relativo a la
obtención de las licencias de conducir. (DO 20.01.2001)
84. Ley No. 19.704 Modifica la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de
Municipalidades, el decreto ley Nº 3.063, de 1979, sobre Rentas
Municipales, y la ley Nº 17.235, sobre Impuesto Territorial. (DO 28.12.2000)
85. Ley No. 19.703 Otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores
del sector público, concede aguinaldos que señala, reajusta las
asignaciones familiar y maternal, del subsidio familiar y concede otros
beneficios que indica. (DO 04.12.2000)
86. Ley No. 19.698 Introduce modificaciones a la ley Nº 18.695, Orgánica
Constitucional de Municipalidades, en materias electorales. (DO
30.09.2000)
87. Ley No. 19.692 Modifica la ley Nº 19.418, en términos de posibilitar la
reelección indefinida de dirigentes de organizaciones comunitarias. (DO
25.09.2000).
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88. Ley No. 19.689 Determina fecha de realización de las elecciones de
alcaldes y concejales y de instalación del Concejo Municipal. (DO
19.08.2000).
89. Ley No. 19.676 Modifica la ley Nº 18.287, sobre procedimientos ante los
juzgados de policía local y la Ley Nº 18.290, Ley de tránsito. (DO 29.05.2000).
90. Ley No. 19.667 Modifica la Ley Nº 19.583, que regulariza la construcción de
bienes raíces urbanos sin recepción definitiva. (DO 10.03.2000).
91. Ley No. 19.653 Sobre probidad administrativa aplicable de los órganos de
la administración del Estado. (DO 14.12.99).
92. Ley No. 19.649 Otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores
del sector público, concede aguinaldos que señala, reajusta las
asignaciones familiar y maternal, del subsidio familiar y concede otros
beneficios que indica. (DO 02.12.99).
93. Ley No. 19.648 Otorga titularidad en el cargo a profesores contratados a
plazo fijo por más de tres años. (DO 02.12.99).
94. Ley No. 19.609 Permite efectuar anticipos del Fondo Común Municipal, en
los casos que indica. (DO 02.06.99)
95. Ley No. 19.607 Modifica el Estatuto de Atención Primaria de Salud
Municipal. (DO 14.05.99)
96. Ley No. 19.602 Modifica la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de
Municipalidades, en materia de gestión municipal. (DO 25.03.99)
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97. Ley No. 19.598 Otorga un mejoramiento especial para los profesionales de
la educación que indica. (DO 09.01.99)
98. Ley Nº 19.583 Proyecto de ley que regulariza construcción de bienes raíces
urbanos sin recepción definitiva.
99. Ley Nº 19.560 Condona intereses y multas a adquirentes de edificaciones
municipales que indica.
100. Ley Nº 19.546 Proyecto de Ley que concede bono especial al
personal de atención primaria de Salud Municipal.
101. Ley Nº 19.543 Proyecto de ley que regula el traspaso de servicios
municipales entre municipalidades de las comunas que se indican
102. Ley Nº 19.526 Proyecto de Reforma a la Constitución Política de la
República, sobre administración comunal.
103. Ley Nº 19.529 Proyecto de Ley que otorga asignación y beneficios
que indica a los funcionarios municipales.
104. Ley Nº 19.483 Proyecto de ley que modifica la ley Nº 19.418, que
establece normas sobre juntas de vecinos y demás organizaciones
comunitarias.
105. Ley Nº 19.461 Proyecto de ley que crea la comuna de Chiguayante,
en la región del BíoBío, Provincia de Concepción.
106. Ley Nº 19.452 Proyecto de Ley que Modifica la ley Nº 18.695,
Orgánica Constitucional de Municipalidades en lo relativo a la Generación
de Autoridades.
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107. Ley Nº 19.448 Proyecto de reforma constitucional sobre fecha de las
elecciones municipales.
108. Ley Nº 19.436 Proyecto de ley que crea la Comuna de San Pedro de
la Paz, Provincia de Concepción, Región del BíoBío.
109. Ley Nº 19.434 Proyecto de ley que crea la comuna de Chillán Viejo,
de la provincia de Ñuble, región del BíoBío.
110. Ley Nº 19.435 Proyecto de ley que crea la Comuna de San Rafael.
111. Ley Nº 19.424 Proyecto de ley que crea la comuna de Concón, en la
Provincia de Valparaíso, Región de Valparaíso.
112. Ley Nº 19.425 Proyecto de Ley que dicta normas y modifica la Ley Nº
18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en materia de
utilización del subsuelo de los bienes nacionales de uso público.
113. Ley Nº 19.418 Ley sobre juntas de vecinos y organizaciones
comunitarias funcionales.
114. Ley Nº 19.405 Proyecto de ley que modifica la ley Nº 19.378, estatuto
de atención primaria de salud municipal.
115. Ley Nº 19.398 Proyecto de ley que concede un reajuste
extraordinario de un 10% a las pensiones que indica y un aumento
adicional a la educación subvencionada, tanto municipal como particular,
y establece las fuentes para su financiamiento.
116. Ley Nº 19.388 Proyecto de ley que modifica el Decreto Ley Nº 3.063,
de 1979, sobre Rentas Municipales y la Ley Nº 17.235, sobre Impuesto
Territorial.
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117. Ley Nº 19.378 Estatutos de atención primaria de salud municipal.
118. Ley Nº 19.362 Proyecto de ley que modifica el artículo 2º transitorio
de la ley Nº 18.893 sobre organizaciones comunitarias territoriales y
funcionales, con el objeto de aumentar el plazo que disponen para
adecuar sus estatutos.
119. Ley Nº 19.340 Crea la comuna de Padre Hurtado.
120. Ley Nº 19.321 Prorroga el plazo para ejercer facultades delegadas
para adecuar plantas de personal de las municipalidades.
121. Ley Nº19.280 Plantas de personal de las municipalidades.
122. Ley Nº 19.251 Otorga una bonificación compensatoria para los
trabajadores que indica de establecimientos municipales de atención
primaria de salud.
123. Ley Nº 19.211 Faculta a S.E. el Presidente de la República para dictar
D.F.L. que incorpore el cargo de administrador municipal, en las plantas de
aquellas municipalidades que opten por crearlo.
124. Ley Nº 19.180 Modifica la Ley Orgánica Constitucional de
Municipalidades, el Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, y
dicta normas sobre remuneraciones para el personal municipal.
125. Ley Nº 19.178 Autoriza al ministerio Secretaría General de Gobierno
para transferir fondos a municipalidades que indica, con la finalidad de
instalar sistemas de recepción satelital de televisión.
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126. Ley Nº 19.165 Sustituye el sistema de calificaciones de los funcionarios
públicos y municipales.
127. Ley Nº 19.130 Modifica la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de
Municipalidades.
128. Ley Nº 19.117 Dispone la recuperación de subsidios por incapacidad
laboral respecto de los funcionarios municipales y profesionales de la
educación, regidos por el artículo 36 de la Ley Nº 19.070.
129. Ley Nº 19.096 Sustituye el articulo 2º transitorio de la Ley Nº 18.893,
sobre organizaciones comunitarias territoriales.
130. Ley Nº 19.097 Introdujo modificaciones al Capítulo XIII de la
Constitución Política, sobre gobierno y administración Interior del Estado.
131. Ley Nº 19.075 Prorroga por un año, la aplicación del Sistema de
Calificaciones de los funcionarios públicos y municipales.
132. Ley Nº 19.022 Proyecto de ley que modifica el artículo 1º de la Ley Nº
18.138, en lo relativo a la facultad de las municipalidades para construir
viviendas económicas e infraestructura sanitaria.
133. Ley Nº 19.001 Modifica las Leyes Nº 18.834, sobre Estatutos
Administrativos y Nº 18.883, sobre Estatutos Administrativos para funcionarios
Municipales.
134. Ley Nº 19.000 Deja sin efecto reavalúo de los bienes raíces no
agrícolas.
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27
135. Ley Nº 18.992 Faculta al Presidente de la República para determinar
definitivamente los límites de las comunas creadas por el D.F.L. Nº 13.260
de 1981. (DO 16.08.90)
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28
Capítulo III: La descentralización
De un análisis profundo de las modificaciones legales realizadas durante este
período se puede apreciar un centralismo y control del Ejecutivo muy estricto de
la actividad municipal, siendo los municipios meros mandatarios de las labores
que realiza el Gobierno Central, sin reales atribuciones.
En estos quince años se ha perjudicado seriamente la descentralización
administrativa del país, toda vez que es una constante la serie de limitaciones que
existen a nivel legal para la libre disposición de los recursos. Se les han entregado
más recursos a los municipios, pero a su vez menos atribuciones para su libre
ejercicio.
Las razones para ello van desde una desconfianza en las autoridades comunales
por su falta de capacidad de gestión, hasta una disconformidad en el modelo. Si
bien se han dado grande pasos en el aumento de la participación ciudadana, en
la administración de los intereses locales, aún no se ha logrado alcanzar las metas
planificadas. Además de lo anteriormente señalado, se advierte en la Ley
Orgánica Constitucional de Municipalidades mucha rigidez, lo que frena toda
iniciativa e incluso obliga a inútiles debates para aprobar gastos insignificantes.
Finalmente, el aumento paulatino de los recursos municipales no se ha reforzado
con una planificación adecuada y normas igualmente rígidas en materias
presupuestarias, que eviten situaciones de desfinanciamiento como las ocurridas
en muchas comunas.
Durante este período en materia de descentralización se ha logrado que las
regiones administren presupuesto vía FNDR (Fondo Nacional de Desarrollo
Regional: creado en 1975, financia inversiones en infraestructura productiva y
social de interés local, mediante un proceso estructurado de identificación y
selección descentralizada de proyectos) a través de los instrumentos como las
provisiones, ISAR o IRAL, que definan la gradualidad de la intervención por
comuna, que puedan focalizar y planificar la inversión, que coordinen y lideren las
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alianzas público–privadas, han reivindicado la Estrategia de Desarrollo Regional
como base para la planificación de las inversiones. En cambio los municipios han
visto mermado su nivel de autonomía, preocupándose tan sólo de ser un nexo
entre la oferta pública y las demandas ciudadanas, de identificar las poblaciones
a ser beneficiadas y de cofinanciar vía recursos propios, en los casos de comunas
de mayores recursos.
Lo anterior nos enfrenta a claras conclusiones respecto a las limitaciones
existentes en el sector y que son muy bien estudiadas en la presentación de
Patricia Cortés realizada en el Seminario Regional: “Financiamiento municipal y
superación de la pobreza urbana” CEPAL, Santiago de Chile, 5 y 6 de mayo de
2005, titulada “El sistema municipal y la Superación de la pobreza y precariedad
urbana en Chile.”5 En este estudio podemos apreciar, entre otras cosas, las
múltiples limitaciones que a juicio de la investigadora existen y que ha impedido
aumentar los niveles de descentralización en este período y que se pueden
resumir en los siguientes puntos, tal como fueron expuestos en la mencionada
presentación:
• Compleja trama institucional: múltiples objetivos, instrumentos, diversidad de
estrategias.
• Bajos niveles de flexibilidad administrativa que dificultan la coordinación
territorial, la toma de decisiones oportunas y la adaptación, perfeccionamiento y
complementación de los instrumentos de acuerdo con la realidad territorial.
• Si bien se han transferido competencias, no se tienen claras las atribuciones ni
del gobierno regional y de los municipios. Superposición de funciones, estructura
institucional altamente dependiente del nivel central, débiles sistemas de
seguimiento a la gestión con perspectiva territorial.
5 Cortés, Patricia: El sistema municipal y la Superación de la pobreza y precariedad urbana en Chile, realizada en el Seminario Regional: “Financiamiento municipal y superación de la pobreza urbana” CEPAL, Santiago de Chile, 5 y 6 de mayo de 2005, investigación que es parte del Proyecto CEPAL "Pobreza urbana: estrategia orientada a la acción para los gobiernos e instituciones municipales de América Latina y el Caribe.”: http://www.cepal.org/dmaah/noticias/paginas/1/21471/CHILECortes.pdf
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A nivel Municipal:
• Responsabilidad restringida a la administración de la oferta institucional para la
superación de la pobreza. Los municipios actúan básicamente como
intermediarios financieros y operativos entre la oferta institucional, los prestadores
de servicios y las poblaciones beneficiarias.
• Debilidad financiera municipal. Dependencia del Fondo Común Municipal y de
las transferencias de los fondos concursables. Estrechos márgenes de autonomía.
• Limitaciones en la calidad de los servicios de educación y salud.
• Deuda previsional de los docentes.
• Costos diferenciados según tipo de comuna referentes a la provisión de los
servicios.
• El municipio es encaminado a atender problemas puntuales de pobreza más
que a dinamizar el territorio y sus actividades productivas.
• Carencia de una orientación clara del desarrollo hacia el territorio.
Participación ciudadana:
• Débil cultura y tradición política de la participación: baja representación
municipal y autoridades regionales designadas.
• La disolución de responsabilidades entre los diversos niveles dificulta la rendición
de cuentas.
• La participación ciudadana aparece como una práctica inducida desde la
oferta de programas sectoriales.
• No siempre se reconoce el derecho a la autonomía a las organizaciones
sociales.
• Pobre representatividad de las organizaciones sociales.
• Los CESCO no se constituyen o funcionan con una visión corporativista de los
mismos.
• Las juntas de vecinos no operan en todas las unidades territoriales.
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Como podemos observar las modificaciones legales introducidas en este período
no han permitido encaminar a nuestro país hacia una descentralización
administrativa funcional al desarrollo local que permita a las municipalidades
actuar autónomamente en la satisfacción de las necesidades de la población.
De acuerdo al trabajo “Bases para una Política de Descentralización”, que inició
la discusión llevada adelante en el año 2000, con los actores territoriales, para la
definición de una política de Estado en materia de descentralización, la que
posteriormente quedó reflejada en la publicación de la Subsecretaría de
Desarrollo Regional, año 2001, "El Chile Descentralizado que Queremos: Un
Proyecto de Todos", el objetivo general de la Política de Descentralización de
Chile es:
“Contribuir al desarrollo democrático del país, traspasar poder de decisión y
recursos desde el centro a los representantes e instituciones de la ciudadanía regional y
comunal para la gestión del desarrollo económico, social y cultural de sus respectivos
territorios, en un marco de valores y prácticas sociales, que impulsa el crecimiento con
más autonomía y equidad.”6
Pese a la amplitud de las responsabilidades de los municipios y a la magnitud de
los recursos movilizados por éstos, la estructura de funciones, competencias y
recursos a este nivel de gobierno enfrenta importantes rigideces. Entre éstas
destaca la existencia de compartimientos presupuestarios aislados, la escasa
flexibilidad en el sistema de ingresos propios y la fuerte incidencia de las
trasferencias con destinos preasignados por el gobierno central, las que han
crecido en términos relativos en los últimos años.
6 SUBDERE: Bases para una Política de Descentralización, Santiago de Chile, 2001: http://www.subdere.gov.cl/1510/articles-65838_recurso_1.pdf
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32
Capítulo IV: Consideraciones Finales
En lo que respecta a los cambios jurídicos que se han realizado en estos quince
años, sólo identificamos reformas sustanciales que se han traducido en
reasignación y aumento de recursos, modificación de las competencias, cambios
normativos, etc. Lo anterior se ha conseguido con mucha dificultad, toda vez que
ha costado enfrentar posturas y diferencias profundas que existen tanto entre los
poderes ejecutivo y legislativo, tanto entre las diferencias de opinión existentes
entre los municipios y el gobierno.
Podemos vislumbrar una discusión profunda respecto de cuál es la actual
necesidad que enfrentan las municipalidades. Existe un aparente consenso a
nivel nacional que nos infiere una suerte de tendencia hacia el mejoramiento de
la gestión comunal, lo que involucra naturalmente encabezar un proceso de
reforma. La pregunta que surge de estas ideas es si necesitamos una reforma
institucional que involucre un brusco rediseño de la estructura municipal o si
mediante una reforma sustancial profunda podremos mejorar los problemas de
gestión que se producen al interior de los municipios. La interrogante permanece
en el aire a la espera de un debate nacional que nos pueda envalentonar para
seguir un rumbo serio y planificado, que permita alcanzar los fines trazados.