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HUERTAS JUNIOR COLLEGE CAGUAS, PUERTO RICO GUÍA DEL CONSUMIDOR ESTUDIANTIL 2012-2013 junio 2012

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HUERTAS JUNIOR COLLEGE CAGUAS, PUERTO RICO

GUÍA DEL CONSUMIDOR ESTUDIANTIL

2012-2013

junio 2012

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Tabla de Contenido ...................................................................................................................................................................... 1

INTRODUCCIÓN .......................................................................................................................................... 4

INFORMACIÓN GENERAL .......................................................................................................................... 5

Programas de Grados Asociados (2 años): .................................................................................................. 5

Programas de Diploma (1 año): .................................................................................................................... 5

Facilidades Físicas ........................................................................................................................................ 6

TASA DE RETENCIÓN Y GRADUACIÓN .................................................................................................... 9

DERECHOS DE MATRÍCULA, CUOTAS Y OTROS CARGOS .................................................................. 9

PROGRAMAS DE ASISTENCIA ECONÓMICA AUSPICIADOS POR EL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN FEDERAL (TITULO IV) ....................................................................................................... 10

Programa Federal de Beca Pell .................................................................................................................. 10

Programa Federal Becario de Oportunidad Educacional Suplementaria (FSEOG) ................................... 10

Programa Federal de Estudio y Trabajo (FWSP) ....................................................................................... 10

Programa Federal de Préstamos Directo Stafford (FFELP Stafford) ......................................................... 11

Préstamos Federal Directo Plus ................................................................................................................. 11

AYUDAS ESTATALES: PROGRAMAS BAJO EL CONSEJO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO .... 11

Programa de Ayudas Educativas Suplementarias ..................................................................................... 11

Programa de Estudiantes con Mérito .......................................................................................................... 11

JUICIO PROFESIONAL ............................................................................................................................. 12

AYUDAS INSTITUCIONALES ................................................................................................................... 13

Beca Pedro Millán Rivera ............................................................................................................................ 13

Beca Institucional ........................................................................................................................................ 14

REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD PARA RECIBIR AYUDA ECONÓMICA ............................................. 15

PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN ..................................................................................................... 15

DEFINICIÓN DE ESTUDIANTE INDEPENDIENTE Y ESTUDIANTE DEPENDIENTE ............................ 17

CÓMPUTOS DE LA BECA FEDERAL PELL ............................................................................................ 19

Beca Federal Pell ........................................................................................................................................ 20

Otras Ayudas Económicas .......................................................................................................................... 20

Pago a Estudiantes del Programa de Estudio y Trabajo ........................................................................... 21

Acreditación de Préstamos Directo Stafford ............................................................................................... 21

Derechos ..................................................................................................................................................... 21

Responsabilidades ...................................................................................................................................... 21

POLÍTICA DE CANCELACIÓN DE MATRÍCULA ..................................................................................... 22

POLÍTICA DE DEVOLUCIÓN DE FONDOS .............................................................................................. 22

Política de Devolución de Fondos de Título IV por Baja Total ................................................................... 22

Orden de Devolución de los Fondos ........................................................................................................... 23

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POLÍTICA DE DEVOLUCIÓN DE FONDOS DE LOS PROGRAMAS ASIGNADOS A TRAVÉS DEL CONSEJO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO...................................................................................... 23

POLÍTICA DE LICENCIA PARA AUSENTARSE ...................................................................................... 24

POLÍTICA DE PROGRESO ACADÉMICO SATISFACTORIO .................................................................. 24

Créditos Intentados ..................................................................................................................................... 25

Incompletos ................................................................................................................................................. 25

Cursos Repetidos ........................................................................................................................................ 25

Cursos Aprobados ...................................................................................................................................... 25

Período de Evaluación ................................................................................................................................ 25

Elementos de la Política de Progreso Académico Satisfactorio ................................................................. 26

Elemento Cualitativo - Índice Académico General (GPA) .......................................................................... 26

Elemento Cuantitativo - Créditos Aprobados en Tiempo Máximo .............................................................. 27

Estudiantes con beneficios de la Administración de Veteranos ................................................................. 27

Acciones Correctivas en la Política de Progreso Académico Satisfactorio ................................................ 27

Procedimientos de Apelación ..................................................................................................................... 28

Reinstalación como estudiante en Progreso Académico Satisfactorio ...................................................... 28

LEY DE SEGURIDAD EN EL CAMPUS* ................................................................................................... 29

Ofensas Criminales ..................................................................................................................................... 29

Crímenes de Odio ....................................................................................................................................... 29

Arrestos y Referidos para Acción Disciplinaria ........................................................................................... 29

POLÍTICA DE DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN –LEY FERPA* ......................................................... 29

POLÍTICA CONTRA EL HOSTIGAMIENTO SEXUAL Y PROCEDIMIENTO PARA ATENDER QUERELLAS .............................................................................................................................................. 30

POLÍTICA DE USO DE DROGAS Y ALCOHOL ....................................................................................... 37

INEGIBILIDAD A FONDOS TITULO IV EN CASO DE CONVICCIÓN POR DROGAS ............................ 38

LEY SOBRE DERECHO DE CONOCIMIENTO DE ESTUDIANTES ........................................................ 38

PRÁCTICAS INSTITUCIONALES PARA EL ACOMODO RAZONABLE DE ESTUDIANTES CON IMPEDIMENTOS ........................................................................................................................................ 38

A V I S OS ................................................................................................................................................... 40

CONTACTOS OFICINA ASISTENCIA ECONÓMICA ............................................................................. 41

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INTRODUCCIÓN

La Oficina de Asistencia Económica del Huertas Junior College adscrita a Vicepresidencia de Asuntos Académicos y Estudiantiles, es la responsable de que cada uno de sus estudiantes, que sea elegible, reciba aquella ayuda económica a la que tiene derecho. Creemos firmemente que toda persona con interés y potencial no debe privarse de una educación post-secundaria por falta de recursos económicos. El Huertas Junior College participa en una serie de programas de ayuda económica, tanto a nivel federal, estatal como institucional que permite a la Institución tener accesible aquellos servicios que el estudiante necesita para solicitar y tramitar diversos tipos de ayudas. Todos estos programas tienen como requisito básico que el estudiante demuestre tener necesidad económica. La Oficina de Asistencia Económica de nuestra Institución está localizada en el Edificio Número 2 y cuenta con el siguiente personal:

1 Directora de Asistencia Económica

5 Representantes de Asistencia Económica

El Personal de Asistencia Económica tiene dentro de sus tareas, ofrecer información relacionada con los diversos programas de ayuda económica, a todos los interesados. Además, la Directora de Asistencia Económica, es responsable de la diseminación de material informativo sobre ayuda económica a toda la Comunidad Colegial y de coordinar cualquier tipo de ayuda económica que administre la Institución. La Institución cuenta con un Vicepresidente Ejecutivo y de Cumplimiento, el cual entre una de sus responsabilidades está el monitorear los fondos federales, estatales e institucionales que adjudica la Oficina de Asistencia Económica. La Oficina de Asistencia Económica tiene horario para atender al público de lunes a jueves de 8:00 am a - 8:00 pm y viernes de 8:00 am - 3:30 pm.

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INFORMACIÓN GENERAL El Huertas Junior College es una institución educativa a nivel post-secundario fundada en 1945. Ofrece programas de grado asociado, diploma y certificado. Estos se dividen de la siguiente manera de acuerdo a la Escuela y al nivel a que están acreditados:

Programas de Grados Asociados (2 años):

Escuela de Negocios y Empresarismo

Gerencia

Contabilidad

Sistemas de Oficina

Técnico Paralegal

Diseño Gráfico

Sistemas de Información con Administración de Servidores

Administración de Restaurantes, Alimentos y Bebidas

Artes Culinarias Escuela de Salud

Asistente Dental con Funciones Expandidas

Enfermería

Técnico de Farmacia

Terapia en el Cuidado Respiratorio

Tecnología en el Manejo de Información de la Salud

Terapia Física Escuela de Programas Técnicos

Tecnología Eléctrica

Tecnología de Instrumentación

Tecnología de Refrigeración y Aire Acondicionado

Programas de Diploma (1 año): Escuela de Negocios y Empresarismo

N/A

Escuela de Salud

Entrenador Personal

Masaje Terapéutico

Escuela de Programas Técnicos

Tecnología en Electricidad

Tecnología en Refrigeración y Aire Acondicionado

Técnico de Reparación de Computadoras (8 meses)

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Los programas de Grados Asociados y Certificados están autorizados por el Consejo de Educación de Puerto Rico. Ambos están a su vez acreditados a nivel nacional por la MIDDLE STATES COMMISSION ON HIGHER EDUCATION. Las licencias para operar y de acreditación se encuentran expuestas en lugar visible a la entrada del Edif. #1. La misión de la Institución es ser una institución líder, comprometida con la excelencia en la educación postsecundaria y la responsabilidad social. Desarrolla entre sus integrantes competencias intelectuales, tecnológicas y humanas para lograr una sociedad inclusiva y autosuficiente. Esta misión se alcanza mediante el ofrecimiento de programas de calidad y excelencia a nivel postsecundario y universitario en áreas de negocios y empresarismos, tecnología y salud; así como a través de educación continua. La Institución se caracteriza por una política de admisión de puertas abiertas e incorpora las tecnologías y procedimientos emergentes para ofrecer un servicio ágil y personalizado. Facilidades Físicas Las instalaciones físicas del Huertas Junior College ocupan 3.5 hectáreas de tierra y se distribuyen en diez edificios ubicados en la carretera PR # 189 de Caguas a Gurabo. El edificio número 1, ubicado en la Calle Héctor R. Bunker #41, se distribuye como sigue:

Oficina del (de la) Vicepresidente de Asuntos Académicos y Estudiantiles, Coordinador(a) de Calidad Académica, Asistentes Administrativas, Decano(a) de Educación General

Oficina del (de la)Decano(a) de Escuela de Negocios y Empresarismo, Coordinador(a) de Servicios Integrados y Empresarismo

Oficina del (de la)Decano(a) de Escuela de Salud, Coordinador(a) de Servicios Integrados de la Escuela de Salud

Oficinas de Facultad, Coordinadores de Programas y Coordinadores de Prácticas

Área para Facultad con computadoras, computadoras portátiles y acceso a Internet

Salones de clases

Laboratorios para las destrezas de: o Técnico de Farmacia o Asistente Dental con Funciones Expandidas o Tecnología en el Manejo de Información de Salud o Tecnología para el Cuidado Respiratorio o Centro para el Desarrollo de Destrezas o Oficina del (de la) Coordinador(a) de Retención y CEDES

Estacionamiento para Facultad

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El edificio número 2, Ubicado la Calle Héctor R. Bunker #49, se distribuye como sigue:

Caseta Principal de Seguridad

Salones de clases

Laboratorios para las destrezas de: o Sistemas de Información con Administración de Servidores o Sistemas de Oficina o Reparación de Computadoras o Electricidad y Sistemas Fotovoltaicos o Tecnología en Refrigeración y Aire Acondicionado Comercial y Doméstico o Tecnología en Refrigeración y Aire Acondicionado de Auto o Neumática e Hidraúlica o Electrónica ( F.A.C.E.T.) o Controles Lógicos Programables o Masaje Terapéutico o Entrenador Personal o Diseño Gráfico o Tecnología de Instrumentación

Centro de Simulación de Negocios y Empresarismo

Oficina del (de la)Decano(a) de la Escuela de Tecnología, Coordinador(a) de Servicios Integrados de la Escuela de Programas Técnicos, Líderes de Programas, Coordinadores de Programas y Coordinadores de Práctica

Recepción

Oficina del (de la)Director(a) de Sistemas de Información y Telecomunicaciones

Centro de Servicios de Salud

Centro de Recursos para el Aprendizaje

Oficina de Admisiones

Oficina de Orientación y Consejería

Oficina de Registraduría

Oficina de Recaudaciones

Oficina de Asistencia Económica

Salón de Actividades Don Rubén López Huertas

Gimnasio (Wellness Center)

Director(a) de la Sesión Nocturna

Oficina del (de la) Coordinador(a) de Asuntos Administrativos

Oficina del (de la) Vicepresidente(a) Asociado(a) de Gerencia de Matrícula

Oficina del (de la) Vicepresidente(a) Asociado(a) de Éxito Estudiantil

Oficina Ayudante Vida Estudiantil

Estacionamiento para Estudiantes y Empleados El edificio número 3, ubicado en la Avenida José Villares #17, está distribuido como sigue:

Oficina del (de la) Presidente(a) de la Junta de Directores

Oficina del (de la) Presidente(a)

Oficina Ayudante del (de la) Presidente(a)

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Oficina del (de la) Asistente Ejecutiva del (de la) Presidente(a)

Oficina del (de la)Director(a) de Mercadeo y Publicidad

Oficina del (de la) Vicepresidente(a) Ejecutivo(a) y de Cumplimiento

Oficina del (de la) Gerente de Proyectos

Oficina del (de la) Vicepresidente(a) de Asuntos Administrativos y Financieros

Oficina del (la) Director(a) de Finanzas y Fondos Federales

Oficina del (de la) Contralor(a)

Oficina del (de la) Oficial Fiscal

Oficina del (de la) Auditor(a) Interno(a)

Oficina del (de la) Contador

Oficina del (de la) Auxiliar de Contabilidad y Finanzas

Sala de Conferencias Ing. Pablo López Huertas

Sala de Reuniones de Planificación y Desarrollo

Oficina del (de la)Vicepresidente(a) de Planificación y Desarrollo

Oficina del (de la) Vicepresidente(a) Asociado(a) de Planificación Académica

Oficinas de Asistentes Administrativo(a)s El edificio número 4, ubicado en la Avenida José Villares #18, está distribuido como sigue:

Vicepresidente(a) de Recursos Humanos

Generalista de Recursos Humanos

Coordinador(a) de Compensación y Beneficios

Asistente Administrativa El edificio número 5, ubicado en la Calle Urbanización Quiñones #1, se distribuye como sigue:

Decano(a) de Extensión y Servicios Educativos

Coordinador(a) de Estudios Acelerados

Asistente Decano(a) de Extensión y Servicios Educativos

Administrador(a) de Plataforma Virtual El edificio número 6, ubicado en la Calle Héctor R. Bunker #11, se distribuye como sigue:

Oficina del (de la) Director(a) de Colocaciones

Oficina del (de la) Representante de Colocaciones

El edificio número 7, ubicado en la Calle Héctor R. Bunker #12, se distribuye como sigue:

Oficina del (de la)Director(a) de Recursos Institucionales

Oficina del (de la) Coordinador(a) de Recursos Institucionales

Oficina del Oficial de Compras

Oficina del (de la) Oficinista de Despacho

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El edificio número 8, ubicado en la Calle Héctor R. Bunker #13, se distribuye como sigue:

Oficina del (de la) Facultad de Terapia Física y Laboratorios de Terapia Física El edificio número 9, ubicado en la Calle Héctor R. Bunker #58:

Clínica de Simulación Interdisciplinaria El edificio número 10, ubicado en la Calle Héctor R. Bunker #50:

Huertas Café N’ Books . TASA DE RETENCIÓN Y GRADUACIÓN

AÑO INFORME IPEDS

MATRÍCULA NO DUPLICADA

AÑO ANTERIOR SEPTIEMBRE FULL TIME TOTAL COHORTE

TASA RETENCIÓN

TASA GRADUACIÓN

(OVERALL)

2010-2011 3030 1476 1805 324 56 42

2011-2012 3004 1376 1676 341 56 46

Fuente: Informe IPEDS Actualizado abril 2013

Información adicional sobre estadísticas de Colocaciones Véase: www.huertas.edu/publicaciones.html DERECHOS DE MATRÍCULA, CUOTAS Y OTROS CARGOS Derechos de Matrícula (por semestre) Grados asociados, programas de certificados y diplomas:

12 créditos o más $3,200

9-11 créditos $2,400

6-8 créditos $1,600

5 créditos o menos $ 190 por crédito En caso de que el estudiante no reciba ayuda económica, la Institución permite que el estudiante sufrague el costo de sus estudios por semestre en tres mensualidades pagaderas durante la primera semana de cada mes. Los estudiantes elegibles a ayudas económicas, podrán pagar aquella cantidad que adeude, luego de habérsele aplicado las diferentes ayudas económicas a las que fuere elegible.

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PROGRAMAS DE ASISTENCIA ECONÓMICA AUSPICIADOS POR EL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN FEDERAL (TITULO IV) El Departamento de Educación de los Estados Unidos, bajo la reglamentación del Título IV del "Higher Education Act", mantiene disponibles ayudas económicas para prospectos en su proceso de admisión y para estudiantes activos dentro de las instituciones que cumplan con los parámetros establecidos. El Departamento de Educación Federal provee ayudas económicas para estudiantes que interesen estudiar en el extranjero. Por otro lado, la institución cumple con celebrar el día de la Constitución de los Estados Unidos de América. Esta disposición está reglamentada en la Sec. 111 of Division J of Pub. L. 108-447, the “Consolidated Appropiations Act. 2005”, Dic. 8, 2004; 188 State 2809, 3344-45 (Section 111). La misma estipula lo siguiente: “toda institución que reciba fondos federales para un año fiscal deberá celebrar un programa o actividad educativa sobre la Constitución de los E.U. el día 17 de septiembre de ese año para todos los estudiantes de dicha institución” Las ayudas económicas que administra la Oficina de Asistencia Económica son las siguientes: Programa Federal de Beca Pell Es una ayuda económica basada en la necesidad del estudiante que le permite costear sus estudios postsecundarios. El estudiante solicita a través de fafsa.ed.gov y entrega los documentos (solicitud, ayudas económicas y evidencia de ingresos) en la Oficina de Asistencia Económica. Todo solicitante que pueda demostrar necesidad económica a base de parámetros previamente establecidos por el Congreso de los Estados Unidos es candidato a recibir esta ayuda económica. La cantidad a recibir va a depender del costo de la educación, contribución familiar esperada, carga académica y programa de estudios. Programa Federal Becario de Oportunidad Educacional Suplementaria (FSEOG) Esta es una ayuda para estudiantes con necesidad económica excepcional y que no hayan completado su primer bachillerato. Esta solicitud se somete en la Oficina de Asistencia Económica. Programa Federal de Estudio y Trabajo (FWSP) Este es un programa de ayuda a través de empleo a tiempo parcial para estudiantes con necesidad económica. El pago por hora nunca será menor que el salario mínimo federal. La cantidad de dinero que el estudiante puede recibir en este programa dependerá de su necesidad económica y los fondos disponibles. La solicitud para este programa se somete en la Oficina de Asistencia Económica.

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Programa Federal de Préstamos Directo Stafford (FFELP Stafford) Están clasificados como subsidiados y sin subsidiar. Éste es un programa de ayuda económica para estudiantes a través de préstamos de intereses bajos y garantizados por el Gobierno Federal. A diferencia de otras ayudas, este dinero se tiene que reembolsar. Tanto estudiantes no graduados como los que hayan completado su bachillerato podrán solicitar. Estos préstamos son con el propósito de pagar gastos de estudios. El estudiante comenzará a pagar seis (6) meses después de dejar de estudiar, graduarse o matricularse en menos de seis (6) créditos. Cualifican tanto estudiantes no graduados, como los que hayan completado su bachillerato. El formulario para solicitar el préstamo estudiantil está disponible en la Oficina de Asistencia Económica. Préstamos Federal Directo Plus Para padres de alumnos y estudiantes postgrado. No deben tener un historial crediticio negativo. AYUDAS ESTATALES: PROGRAMAS BAJO EL CONSEJO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO Programa de Ayudas Educativas Suplementarias Este programa tiene el propósito de otorgar ayudas económicas suplementarias a estudiantes con situaciones económicas desventajosas. Suplementará las ayudas económicas que reciben los estudiantes a través de otros programas. El estudiante deberá ser ciudadano americano, tener necesidad económica y mantener un progreso académico satisfactorio. Programa de Estudiantes con Mérito El propósito de este programa es otorgar becas para ayudar a sufragar los estudios a estudiantes de alto aprovechamiento académico. El solicitante deberá ser graduado de escuela superior con un promedio académico de 3.00 o más, mantener ese promedio y cumplir con los requisitos de elegibilidad. Los requisitos son: ser ciudadano americano, tener necesidad económica, cursar estudios en un programa debidamente autorizado; cursar un programa regular de estudios, según lo definen dichos estatutos federales y mantener Progreso Académico Satisfactorio.

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Fondo Especial Este programa está dirigido a otorgar asistencia económica a los estudiantes postsecundarios subgraduados (universitarios y no universitarios) que pudieran verse afectados por haber llegado al límite de tiempo de su elegibilidad para participar en el Programa de Becas Pell del Título IV. Esta Ley de Educación Superior, según enmendada, fue resultado de las nuevas regulaciones federales. (Pell Lifetime Participation Elegibility Used, o LEU). Este fondo aplica al año fiscal 2012-2013. JUICIO PROFESIONAL Los estudiantes con situaciones especiales por razones de pérdida de empleo, cambio en la composición familiar, disminución de ingresos o gastos inusuales la Directora de Asistencia Económica tiene la potestad de emitir su Juicio Profesional. Documentos requeridos para Juicio Profesional:

1. Solicitud firmada por parte del estudiante solicitando se revalúe su situación

actual y se determine si aplica el Juicio Profesional.

2. Evidencia que aplique por despido, cesantía, retiro, renuncia, ingresos de

familiar custodio, liquidación o aprobación del desempleo.

3. Certificación Médica, si aplica.

4. Los casos donde el padre esté ausente por diversas razones se solicita

evidencia mediante carta de personas que conozcan al estudiante.

Procedimiento: 1. Orientación inicial en el proceso de admisión con (el,la) Representante de

Asistencia Económica en torno alternativas en caso de cambio de estatus.

2. Visita del estudiante a la Oficina de Asistencia Económica para exponer su

situación particular.

3. Estudiante entrega la Solicitud de Juicio Profesional firmada con la

documentación requerida.

4. (El, La) Representante de Asistencia Económica le entrega para evaluación el

expediente a la Directora de Asistencia Económica.

5. (El, La) Directora de Asistencia Económica evalúa el caso y emite su juicio

profesional en o antes de 10 días laborables.

6. Una vez, (el,la) Directora de Asistencia Económica emite su juicio procede a

documentar el mismo.

7. (El,La) Directora de Asistencia Económica o (el,la) Representante de Asistencia

Económica notificar al estudiante y procede a realizar la corrección de la beca

en FAA ACCESS.

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AYUDAS INSTITUCIONALES Beca Pedro Millán Rivera Esta es una beca auspiciada con fondos asignados por el Huertas Junior College. Se instituyó para honrar la memoria del gran escritor y periodista puertorriqueño de quien obtiene su nombre. El estudiante deberá solicitar al comienzo de cada año académico (septiembre). La beca será otorgada a un (1) estudiante por año. Si algún préstamo estudiantil forma parte de las ayudas económicas del becario, el mismo deberá ser reducido antes de aplicarse la Beca Pedro Millán Rivera. De igual manera, si el estudiante recibe Beca Pell, la misma deberá ser acreditada antes a su cuenta reduciendo así la Beca Pedro Millán. Por lo tanto, la Beca cubrirá el costo de la matrícula no cubierta por otras ayudas económicas, entre otros, los gastos de libros, materiales y equipo. Esta beca no requiere repago una vez el estudiante haya finalizado sus estudios. Requisitos (deben cumplirse todos):

Proceder de una escuela superior o haber tomado y aprobado examen de equivalencia (Ley 188).

Ser de nacionalidad americana o de residencia legal.

En caso de ser del sexo masculino, estar inscrito en el servicio selectivo.

Haber completado su expediente en las Oficinas de Admisiones y Asistencia Económica, respectivamente, o cualquier otra oficina institucional que requiera documentación antes del proceso de selección.

Tener necesidad económica y un promedio mínimo de tres puntos (3.00) o más de escuela superior.

Estar matriculado a tiempo completo.

Mantener Progreso Académico Satisfactorio, según la política adoptada por el Huertas Junior College.

Procedimiento:

Solicitar la beca en la Oficina de Asistencia Económica a la vez que radica su solicitud de admisión al Colegio.

Haber solicitado su Beca Pell y tener la aprobación de la misma. La contestación no deberá contener comentario de estar en delincuencia.

Someter una recomendación del Director u Orientador escolar.

El estudiante podrá recibir hasta un total de $1,500.00 por un año académico de sus estudios por concepto de balance de matrícula, gastos de libros, materiales y equipo no cubiertos por Beca Pell.

El Orientador del Huertas Junior College entrevistará a los solicitantes y recomendará candidatos a la Oficina de Asistencia Económica.

El estudiante deberá someter la lista de libros, materiales y equipo autorizada por sus profesores a la Oficina de Recaudaciones donde procederá con el pago

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de los mismos. En caso de que el estudiante haya comprado por su cuenta, entonces se procederá con el debido reembolso.

Beca Institucional El Huertas Junior College ha destinado parte de sus ganancias para establecer un fondo de becas para estudiantes económicamente desventajados. La Institución transferirá de sus ingresos una partida autorizada por la Junta de Directores y se acreditará a la cuenta del estudiante. Requisitos (deben cumplirse todos):

Tener necesidad económica.

El Representante de Asistencia Económica evaluará y determinará la elegibilidad del estudiante de acuerdo a los parámetros establecidos.

Mantener un Progreso Académico Satisfactorio de acuerdo a la política adoptada por el Huertas Junior College. Los estudiantes que no cumplan con la política o las normas de conducta perderán su elegibilidad.

Procedimiento:

La cantidad a otorgar dependerá de la carga académica en la que el estudiante esté matriculado oficialmente.

La participación en otras ayudas económicas no descalifican de por sí al estudiante. No obstante, la cantidad de becas recibidas serán incluidas en el cálculo de necesidad y podría afectar su elegibilidad.

La beca se basará en la necesidad económica, según determinada en la Oficina de Asistencia Económica.

Para determinar la necesidad económica del estudiante se tomarán en consideración los siguientes criterios:

Ingreso familiar

Necesidad financiera estimada

Total de Beca Pell a recibir durante el año

Beneficios educativos

Contribución familiar

Otros ingresos del solicitante, padre o cónyuge

Préstamo federal estudiantil

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REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD PARA RECIBIR AYUDA ECONÓMICA La Oficina Federal de Educación y el Consejo de Educación de Puerto Rico han establecido los siguientes requisitos de elegibilidad para recibir fondos de asistencia económica federal o estatal:

1. Ser ciudadano americano, o estar en una categoría de elegibilidad (información detallada en el formulario de Solicitud Gratuita de Ayuda Federal Estudiantil).

2. Todo estudiante varón al cumplir 18 años debe registrarse en el Servicio Selectivo de los Estados Unidos. También puede registrarse al llenar el formulario de Solicitud Gratuita de Ayuda Federal Estudiantil. Esto es requisito para recibir beneficios de los programas federales (Título IV).

3. Demostrar necesidad económica. En el caso de FSEOG y las Becas Estatales e Institucionales el estudiante debe someter evidencia del ingreso familiar. El formulario de solicitud específica cuáles documentos son aceptables. También es requisito someter evidencia al someter la aprobación de Beca Federal Pell, cuando así lo requiera la Oficina de Educación Federal (Verificación).

4. Estar matriculado en 6 ó más créditos como estudiante regular, para obtener un grado o diploma. Para recibir alguna de las Becas Estatales el solicitante debe estar matriculado en un programa de Grado Asociado.

5. Tener diploma de cuarto año, bien sea porque se graduó de escuela superior o porque tomó y aprobó el Examen de Ley #188 en todas sus partes. La Institución también acepta estudiantes en transferencia de otras instituciones acreditadas a su mismo nivel.

6. Mostrar progreso académico satisfactorio. En el caso de las Becas Estatales (Ayuda Suplementaria) el promedio académico mínimo es de 2.00.

7. En el caso de las Becas Estatales, FSEOG, y FWSP llenar la Solicitud de Asistencia Económica que provee la Institución, en adición a tener la aprobación de la Solicitud de Ayuda Federal Estudiantil.

8. No estar en "default" por concepto de préstamo federal, ni deber un reembolso al gobierno federal.

9. Presentar todas las copias del "Student Aid Report" (SAR) o ISIR. PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN La Reglamentación Federal establece un proceso de verificación como parte de los requisitos de los programas de asistencia económica estudiantil. Este requisito lo estipula el gobierno federal para asegurarse que la información que el estudiante presenta es correcta. Los estudiantes en ocasiones cometen errores significativos al someter información en la solicitud de asistencia económica federal y el Departamento requiere que la Institución verifique la información sometida de una porción de los estudiantes. La Institución está obligada a verificar la información de aquel estudiante cuya aprobación de Beca Federal Pell (ISIR) haya sido identificado por el Sistema del Centro de Procesamiento (CPS) con un asterisco (*) al lado del EFC ("Expected Family Contribution"). También se somete al proceso de Verificación todo estudiante que presente información que pudiera parecer contradictoria. Una vez el estudiante se identifica como candidato para verificación, la Oficina de Asistencia Económica procede a revisar la información sumistrada por el estudiante con la contestación de la Beca Pell. Los casos en que la información sea conflictiva (el,la) Representante de

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Asistencia Económica, procede a comunicarse con el estudiante vía teléfono, correo electrónico o visita a la sala de clases para informarle de sus estatus y éste proceda a completar el proceso. Todo estudiante seleccionado para Verificación tiene la responsabilidad de entregar la documentación solicitada por el Representante de Asistencia Económica. La Directora de Asistencia Económica tiene la potestad de otorgar una prórroga en casos meritorios. El estudiante autoriza al Huertas Junior College a realizar cualquier corrección a la contestación de Beca Pell de ser necesario en el Recibo Oficial de Documentos de la Oficina de Asistencia Económica. El estudiante que no complete el proceso de Verificación dentro del periodo estipulado perderá la elegibilidad de becas y se considerará como estudiante de cuenta propia. La Oficina de Recaudaciones procederá a realizar la gestión de cobro A continuación se presenta una lista de aquella información a verificar y la documentación necesaria: A:

INFORMACION A VERIFICARSE

DOCUMENTO

1. Grupo Familiar

- Hoja de Verificación 2012-2013

1. Número de personas a nivel post-secundario

- Hoja de Verificación 2012-2013

2. Ingreso Bruto Ajustado

- Planilla de Contribución sobre Ingresos - Forma W-2 ó -Certificación del Patrono -Certificación socio-económica(disponible en la Oficina de Asistencia Económica)

4. Ingresos y/o Beneficios no Tributables

- Carta o Certificación de la(s) Agencia(s)

o persona(s) que proveen el beneficio - Declaración del estudiante, su cónyuge

o padres

5. Contribución Determinada

- Planilla de Contribución sobre Ingresos

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Durante el proceso de análisis de la documentación si se detectan errores de naturaleza no económica, se deberá corregir la información en el ISIR. Un ejemplo de ello podría ser el número de grupo familiar u otra información de esta índole. Si al realizar la corrección la elegibilidad del estudiante cambia, la Institución notificará por escrito al estudiante la modificación en la cantidad de su ayuda económica. En aquellos casos donde no se detecte ningún error o información conflictiva se procederá a desembolsar la ayuda correspondiente. En caso de existir un sobregiro se realizará un ajuste al “award” del estudiante en COD y también se devuelve el dinero a través de G-5. Códigos de Verificación:

V = Verificación W = Desembolsado sin documentos de verificación S = Seleccionado pero no verificado Blanco = No fue seleccionado para el proceso de verificación

Casos Que Pueden Ser Excepciones en el Proceso de Verificación:

Estudiantes encarcelados al momento de la verificación. Estudiante no recibe Fondos de Título IV. Cónyuge no disponible – Si el esposo (a) se mudó fuera de Estados Unidos y se

desconoce su paradero. También aplica si murió, está incapacitado (a) física o mentalmente.

Padres no disponibles – Si los padres de un estudiante dependiente están incapacitados física o mentalmente. Si murieron, se mudaron fuera de Estados Unidos o se desconoce su paradero.

Muerte del estudiante – Hay que paralizar el proceso de verificación si el estudiante fallece.

Responsabilidades del Estudiante:

Solicitar a tiempo y entregar los documentos.

El estudiante tendrá el término académico que esté estudiando para entregar los documentos requeridos. Una vez culmine el término y si no ha entregado documentos; pero tiene un EFC válido se podrá desembolsar no más tarde de sesenta días de haber culminado el semestre.

Informar a la Institución cambio de dirección, o de situación económica mientras estudia.

DEFINICIÓN DE ESTUDIANTE INDEPENDIENTE Y ESTUDIANTE DEPENDIENTE Con el propósito de analizar la necesidad económica de los estudiantes, el Departamento de Educación de los Estados Unidos ha determinado que los estudiantes se clasifiquen en Dependientes o Independientes. Estas definiciones son reglamentarias y se expresan aquí tal y como lee en los reglamentos federales.

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Para el año académico 2012-2013 un estudiante es Independiente si cumple por lo menos con uno de los siguientes criterios al momento de solicitar:

1. ¿Nació antes del 1 de enero de 1989? 2. ¿Está casado actualmente? 3. Al comienzo del curso 2012-2013, ¿estará cursando un programa de maestría o

de doctorado (p. ej., MA, MBA, MD, JD, PhD, EdD, certificado de posgrado, etc.)?

4. ¿Presta servicio activo actualmente en las Fuerzas Armadas de EE.UU., para fines ajenos al entrenamiento?

5. ¿Es veterano de las Fuerzas Armadas de EE.UU.? 6. ¿Tiene hijos a los que proporcionará más de la mitad del sustento, entre el 1 de

julio del 2012 y el 30 de junio del 2013? 7. ¿Tiene a su cargo personas (aparte de sus hijos y su cónyuge) que residen con

usted y a las que proporcionará más de la mitad del sustento, entre hoy y el 30 de junio del 2013?

8. En cualquier momento desde que usted cumplió 13 años de edad, ¿habían fallecido ambos padres suyos, o estaba usted bajo cuidado tutelar o bajo la tutela de los Tribunales?

9. ¿Es o era menor de edad emancipado, según la determinación de un tribunal ubicado en el estado en que usted reside legalmente?

10. ¿Se encuentra o se encontraba bajo tutela legal, según la determinación de un tribunal ubicado en el estado en que usted reside legamente?

11. En cualquier momento a partir del 1 de julio del 2011, ¿determinó su escuela secundaria (high school), o la persona de enlace entre el distrito escolar y los alumnos sin hogar, que usted era menor no acompañado sin casa ni hogar?

12. En cualquier momento a partir del 1 de julio del 2011 ¿determinó el director de un programa de refugios de emergencia o de viviendas de transición financiado por el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de EE.UU. que usted era menor no acompañado sin casa ni hogar?

13. En cualquier momento a partir del 1 de julio del 2011, ¿determinó el director de un programa de viviendas de transición, o de un centro básico de acogida para menores sin hogar o que huyen del hogar, que usted era menor no acompañado sin casa ni hogar o que se mantenía con recursos propios y estaba en riesgo de quedarse sin hogar?

Un estudiante que no llene por lo menos uno de estos requisitos aún puede ser considerado independiente. La Directora de Asistencia Económica de la Institución puede utilizar su criterio de Juicio Profesional para clasificarlo como Independiente pero para ello el estudiante deberá presentar evidencia oficial. El estudiante dependiente tiene que proveer en la solicitud, los ingresos y bienes de los padres y los suyos. El estudiante independiente tiene que proveer solamente sus ingresos y bienes y los de su cónyuge, si aplica.

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CÓMPUTOS DE LA BECA FEDERAL PELL El sistema que utiliza la Oficina de Asistencia Económica del Huertas Junior College para calcular la Beca Federal Pell, está basado en las directrices del Departamento de Educación de los Estados Unidos. Los factores principales que se consideran:

1. La necesidad económica. Esta la determina la Oficina de Educación Federal a base de la información que el solicitante provee en la Solicitud Gratuita de Ayuda Federal Estudiantil. La misma aparece en la contestación de la Beca Pell (EFC).

2. Si el estudiante vive con sus padres o depende de ellos. 3. El costo de educación anual, que incluyen los siguientes elementos:

a. Matrícula, cuotas y laboratorios b. Hospedaje y manutención c. Una asignación preestablecida cada año para libros, materiales,

transportación y misceláneas d. Asignación para cuidado de niños y para impedidos (si aplica)

Los costos de educación anual por programas académicos están disponibles en la Oficina de Asistencia Económica. PROCESO DE ADJUDICACIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS (BECA PELL Y OTRAS)

El estudiante que solicita alguna ayuda adicional a la Beca Federal Pell tal como FSEOG, Ley de Oportunidades Educativas, o alguna de las becas institucionales, pasará por una evaluación individual de necesidad económica. Esta evaluación tiene como base el Costo Total de la Educación menos el EFC y cualquiera otra ayuda económica que reciba el estudiante.

La responsabilidad primaria de sufragar el Costo de la Educación de un estudiante recae en sus padres, si es dependiente y en sí mismo o su cónyuge si no lo es. Es por tal razón que para determinar la necesidad económica de un estudiante se debe conocer en cuánto consistirá la aportación familiar (EFC). La aportación o contribución familiar (EFC) la determina el Gobierno Federal cuando procesa la Solicitud de Ayuda Federal Estudiantil. Esta aparece en la contestación a la solicitud (ISIR) en el margen superior derecho.

Esta aportación se resta del Costo Total de Educación utilizando la siguiente fórmula: Costo total de estudios ................................. Ej. $8,800 (Incluye matrícula, hospedaje, manutención, materiales, libros, transportación y misceláneas) Contribución Familiar Esperada (EFC)………….……-0 Beneficios de estudios

Ej. Beca Pell ......................................... -(5,550) Préstamo Stafford ............................ -(1,000)

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Beneficios Veteranos .............................. -(0) Préstamo de Estudiante ........................... -0

= Necesidad económica al descubierto .. $4,550

Partiendo de la necesidad económica al descubierto se procede a otorgar fondos de los diferentes programas disponibles en la Institución. En la distribución de los fondos, además del nivel de necesidad económica se toma en consideración los criterios específicos de cada programa, cabe señalar que la aprobación y otorgación de estas ayudas dependerá de la disponibilidad de fondos en la Institución. El plan de otorgación de las ayudas económicas es de la siguiente manera: Beca Federal Pell

El Huertas Junior College acepta estudiantes que reciban ayuda económica de Beca Federal Pell para pagar sus costos de estudio. El estudiante podrá entregar la aprobación de la Beca Pell (ISIR) en, antes o después de matricularse. La fecha límite será el término académico que esté estudiando para entregar los documentos requeridos. Una vez culmine el término y no ha entregado documentos, pero tiene un EFC válido, se podrá desembolsar no más tarde de 60 días de haber culminado el semestre. Previo al momento de matricularse, recibe un documento, durante el proceso de matrícula llamado: Carta de Otorgación. Esta le indica la cantidad aprobada para el término en curso. El estudiante que al momento de matricularse no haya completado la solicitud de Beca Federal Pell recibirá una Carta de Otorgación Estimada donde indica Cuenta Propia. Cuando el estudiante entregue documentos y le llegue el ISIR se realizará la Carta de otorgación Oficial con la cantidad que le otorgó el Departamento de Educación Federal de acuerdo a su Programa de Estudios y su carga académica.

Otras Ayudas Económicas

Aquel estudiante que solicita y se le aprueba alguna otra ayuda económica tal como: FSEOG, Beca Federal Complementaria para la Oportunidad Educativa, o la Beca Institucional se le notifica por escrito. Tiene diez (10) días laborales para visitar la Oficina de Asistencia Económica y firmar la Carta de Otorgación correspondiente aceptando la ayuda.

Si el estudiante tiene alguna deuda pendiente con la Institución, se le hace el crédito a la cuenta, previa autorización del estudiante. Se hace una nómina para pagar a los estudiantes con sobrantes en los diversos programas de ayuda económica si aplicase.

12 créditos o más $200.00 9-11 créditos 150.00 6-8 créditos 100.00

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Pago a Estudiantes del Programa de Estudio y Trabajo

El estudiante asignado al Programa de Estudio y Trabajo cobra mensualmente a razón del mínimo federal, a base de la nómina que éste firma diariamente y que su supervisor certifica como correcta.

Acreditación de Préstamos Directo Stafford

El estudiante que hace un préstamo Stafford se le acredita la cantidad total dividida en dos, si solicita para un solo semestre se prorratea la cantidad. La Oficina de Recaudaciones le notifica de haber un sobrante cuando deberá pasar a recogerlo, una vez ha verificado que el estudiante está matriculado y que éste está progresando académicamente. El propósito del dinero de préstamo es sufragar los gastos de estudios, así que el estudiante debe pagar todas las deudas contraídas con la Institución con el dinero que reciba.

Derechos y Responsabilidades del Estudiante Derechos Todo estudiante que interese recibir beneficios de ayuda económica en el Huertas Junior College debe tener acceso a la siguiente información:

1. Los programas académicos e instalaciones que provee la Institución. 2. El costo de la educación. 3. La política de devolución de fondos. 4. Los programas de asistencia económica que administra la Institución y cómo

solicitarlos. 5. Los procedimientos y fechas de solicitud para radicar solicitudes de

asistencia económica. 6. El criterio que se utiliza para seleccionar los beneficiarios de ayuda

económica. 7. El modo y la fecha cuando se pagarán los beneficios de asistencia

económica. 8. El por ciento de interés de los préstamos de estudiante. 9. Si se beneficia del Programa Federal de Estudio y Trabajo, qué horas

trabajará, cuáles son sus responsabilidades y cuánto se le pagará por hora. 10. La política de progreso académico satisfactorio de la Institución. 11. Las instalaciones disponibles para estudiantes con impedimentos o

limitaciones. Responsabilidades

1. Presentar a tiempo la aprobación de la Beca Federal Pell y someter la(s) solicitud(es) que interese para otras ayudas económicas dentro de las fechas establecidas para ello.

2. Entregar los documentos necesarios para verificar la información que sometió con la Solicitud, si es que se le requieren.

3. Seguir instrucciones en el proceso de matrícula. 4. Informar a la Oficina de Asistencia Económica cualquier cambio que se

registre en el programa de estudios, ya sea baja parcial, alta, cambio de

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programa o baja total. 5. Si así se le requiere, presentar su Tarjeta de Identificación para cualquier

gestión que desee hacer en la Oficina de Asistencia Económica. 6. Mantener progreso académico de acuerdo a las normas establecidas por la

Institución. 7. En caso de dudas sobre cualquier asunto relacionado con las becas, visitar la

Oficina de Asistencia Económica. 8. En caso de que tenga que pagar una cantidad adicional que no cubra la beca

o que no haya recibido la aprobación de la beca al momento de la matrícula, cumplir con los compromisos de pagos con la Institución.

9. Informar a la Oficina de Asistencia Económica cualquier cambio de nombre, dirección o situación financiera.

POLÍTICA DE CANCELACIÓN DE MATRÍCULA La matrícula del estudiante podrá cancelarse bajo las siguientes circunstancias:

El estudiante no asiste a ninguna de sus clases e informa a la Oficina de Registraduría su deseo de cancelar voluntariamente su matrícula.

El estudiante no cumple con la prórroga por deuda de documentos en la Oficina de Admisiones.

El estudiante, durante el proceso de Control de Bajas de la Oficina de Registraduría, fue informado por sus profesores (NR) al no presentarse a ninguna de sus clases. La Oficina de Registraduría iniciará el proceso de Cancelación Total.

El estudiante, durante el proceso de Control de Bajas de la Oficina de Registraduría, fue informado por alguno de sus profesores (NR) al no presentarse alguna de sus clases en particular. La Oficina de Registraduría procede a efectuar el proceso de Cancelación Parcial del curso y la Oficina de Finanzas procederá a realizar su respectivo ajuste del costo de matrícula.

Todo estudiante al que se le efectúe una cancelación total y desee regresar a estudiar a la Institución será clasificado como estudiante nuevo. POLÍTICA DE DEVOLUCIÓN DE FONDOS

Política de Devolución de Fondos de Título IV por Baja Total La Institución adoptó la política de devolución de fondos Título IV de acuerdo con los parámetros del Departamento de Educación Federal. La política establece que cuando un recipiente de fondos de Título IV se da de baja de una institución durante el período de pago en el cual asiste, la institución tiene que determinar la cantidad de fondos de Título IV que el estudiante ha ganado a la fecha de darse de baja del programa. Los fondos de Título IV que se incluyen en el cálculo de baja son: Préstamos Directos Stafford subsidiados y no subsidiados, Beca Pell, FSEOG. La fecha de baja de un estudiante es la fecha en que el estudiante comienza el proceso de baja, según establecido por la Institución; o cuando el estudiante provee la

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notificación de manera oral o escrita de la intención de no asistir más a clases. Si el estudiante deja de asistir sin proveer la notificación oficial a la Institución, entonces la fecha de baja es el punto medio dentro del período de pago establecido. Si la Institución tuviese conocimiento de que el estudiante ha dejado de asistir a clases como consecuencia de una enfermedad, accidente, pérdidas personales graves u otras circunstancias que vayan más allá del control del estudiante, la fecha de baja debe estar directamente relacionada con tales circunstancias. El porciento de ayuda de Título IV ganado por el estudiante, es igual al período completado por el estudiante dividido entre el total de días calendario dentro del período de pago. El mismo se calcula de la siguiente manera:

Núm. de días calendario completados dentro del periodo Total de días calendario dentro del periodo de pago

Cuando el estudiante ha completado más del 60%, entonces el estudiante ha ganado un 100% de los fondos de Título IV. En caso que la Institución conceda cinco días o más de receso o que el estudiante tenga aprobada una licencia para ausentarse, el total de estos días no podrán ser tomados en cuenta en el denominador de la fórmula. Si la cantidad desembolsada es mayor a la cantidad ganada, entonces se procede a calcular la porción que le corresponde devolver a la Institución y al estudiante, si alguna. Orden de Devolución de los Fondos El orden de la devolución de fondos no ganados es el siguiente:

Unsubsidized FFEL/Direct Stafford Loan

Subsidized FFEL/Direct Stafford Loan

FFEL/Direct PLUS (Parent)

Pell Grant

FSEOG

Other Title IV Grant Funds

Otras becas estatales, privadas e institucionales

El estudiante Se excluyen los fondos devengados del Programa de Estudio y Trabajo. POLÍTICA DE DEVOLUCIÓN DE FONDOS DE LOS PROGRAMAS ASIGNADOS A TRAVÉS DEL CONSEJO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO La Institución la política institucional de devolución de fondos para los programas asignados a través del Consejo de Educación de Puerto Rico. Esta política aplica a aquellos estudiantes que soliciten baja o dejen de asistir durante el semestre para el cual se matricularon y recibieron ayuda de los siguientes programas:

Programa de Ayuda Educativa Suplementaria

Programa de Ayuda para estudiantes con Mérito (alto rendimiento)

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POLÍTICA DE LICENCIA PARA AUSENTARSE

Un estudiante puede solicitar una licencia para ausentarse temporalmente de tomar clases en la Institución hasta un máximo de (15) quince días por semestre. Esta licencia por ausencias podrá considerarse si se cumple con los siguientes requisitos:

Cumplimentar la solicitud de Licencia para Ausentarse en la Oficina de Registraduría y someterla a la Vicepresidencia de Asuntos Académicos y Estudiantiles, luego de ser orientado en la Oficina de Asistencia Económica.

Exponer de forma escrita las razones por las cuales se ve obligado ausentarse. Este permiso se otorgará sólo en casos necesarios que incluyen operaciones, maternidad, entrenamientos militares, etc.

Especificar la fecha en que regresará a la Institución y comprometerse a cumplir con la misma.

Una vez aprobada o denegada la solicitud, se notificará al estudiante para el fiel cumplimiento de la misma.

Esta licencia no conlleva costos para el estudiante, pero sí requiere orientarse en torno a los efectos o consecuencias en las ayudas económicas de Título IV. De ser aprobada, la Institución se compromete a ofrecerle los servicios de tutoría y ayudas académicas en las materias para las cuales se matriculó, una vez se reintegre en la fecha acordada. No obstante, el estudiante se responsabilizará por el material cubierto en los cursos. De no regresar a la Institución, la fecha de baja oficial para ese semestre será el punto medio del período de matrícula para el cual fueron desembolsados los fondos de Título IV (si la Institución puede documentar una fecha más tarde de asistencia, podrá utilizar la misma). De ser denegada dicha solicitud y el estudiante abandona la Institución, se le aplicarán las normas de baja oficial teniendo en cuenta la última fecha en que asistió, independientemente de la fecha en que el estudiante solicitó la licencia. Los beneficios de veteranos serán detenidos cuando se otorgue una licencia para ausentarse. Una vez el estudiante regrese a clases podrá seguir disfrutando de estos beneficios.

POLÍTICA DE PROGRESO ACADÉMICO SATISFACTORIO El Huertas Junior College en armonía con sus normas académicas y la reglamentación que establece el Departamento de Educación Federal regula las normas de Progreso Académico Satisfactorio (PAS) de los estudiantes. El propósito de esta política es monitorear el Progreso Académico de los estudiantes mientras cursan sus programas de estudio en la Institución. Todo estudiante del Huertas Junior College viene obligado a mantener un promedio general y un porciento de créditos aprobados de acuerdo con esta Política. El estudiante que no esté en Progreso Académico Satisfactorio será clasificado en Probatoria Académica. Por otro lado, aquellos estudiantes que reciben beneficios de Fondos de Título IV y de ayudas económicas del CEPR cesarán de recibir los mismos si obtienen una Segunda Probatoria Académica.

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Los dos elementos que se consideran para determinar si un estudiante está en Progreso Académico Satisfactorio son el elemento cualitativo y elemento cuantitativo. Cualitativo – el estudiante deberá mantener un Promedio Académico (GPA) de acuerdo con los parámetros establecidos para su programa. Cuantitativo – el estudiante deberá aprobar sus créditos en un tiempo máximo estipulado por el Departamento de Educación Federal (150% ó 1.5) del número de créditos del programa. El estudiante se considera con Progreso Académico Satisfactorio (PAS) si cumple con ambos elementos establecidos en esta Política. Los estándares que se utilizan para determinar el progreso académico incluyen todos los períodos (semestres) en que el estudiante se matriculó. Incluso, se toman en cuenta aquellos semestres en que el estudiante no recibió Fondos de Título IV. Las siguientes definiciones se utilizarán para explicar cada uno de los elementos de esta Política. Créditos Intentados Se entiende por créditos intentados todos aquéllos en que se obtenga calificación de A, B, C, D, F, AP y NP. Se incluyen, además, los créditos en que el estudiante se da de Baja Oficial (W), Baja Administrativa (WR) y Baja Administrativa por razones disciplinarias (WR*). Incompletos

Los créditos en que el estudiante obtiene una calificación acompañada por Incompleto (I) no se consideran para promedio ni para créditos intentados hasta tanto éste se remueva. Si no se remueve en o antes del segundo mes del próximo semestre, el estudiante es calificado con la nota que acompaña la “I” y se considera como curso intentado (si obtiene “F” no es aprobado). Cursos Repetidos Los cursos repetidos (**) se cuentan como créditos intentados todas las veces que se repitan. La nota que se utiliza para computar promedio académico en cursos repetidos (**) es la calificación más alta obtenida. Cursos Aprobados Se consideran como cursos aprobados todos aquellos en los cuales el estudiante obtenga una calificación de: A, B, C, D, AP, T. Período de Evaluación El Período de Evaluación para determinar el Progreso Académico Satisfactorio (PAS) varía de acuerdo con el Programa de Estudios en que el estudiante esté matriculado.

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Período de Evaluación por Programa

Tipo de Programa

Periodo de Evaluación Cada

Semestre Adicional

Semestre

1 2 3 4 5 6

Grado Asociado x x x X

Grado Asociado Modalidad Acelerada

x x X

Programa de Diploma o Certificado (3 semestres)

x

x

X

2 semestres x x X

Administración de Veteranos, Diploma o Certificado

x

x

x

X

Los estudiantes que sobrepasen la cantidad de semestres requeridos normalmente para completar su programa de estudios, se evaluarán cada semestre adicional. Incluye estudiantes a tarea parcial. Elementos de la Política de Progreso Académico Satisfactorio

Elemento Cualitativo - Índice Académico General (GPA)

Todo estudiante debe cumplir con el índice académico general requerido en cada período de evaluación. El índice académico (GPA) es acumulativo y se calcula tomando en consideración los créditos y las calificaciones obtenidas por el estudiante en los cursos de su Programa de Estudios al momento de ser evaluado. El cálculo del Progreso Académico Satisfactorio para un estudiante que cambia de programa tomará en cuenta solamente aquellos créditos del programa anterior que aplican al nuevo programa en su próximo período de evaluación.

Promedio Académico Mínimo por Programa

Tipo de Programa

Promedio Académico Mínimo Requerido

Semestre

1 2 3 4 5 6

Grado Asociado 1.60 1.80 2.0

Grado Asociado Modalidad Acelerada

1.80 2.0

Programa de Diploma o Certificado 3 semestres

1.60 2.0

2 semestres 1.60 2.0

Administración de Veteranos, Diploma o Certificado

2.0 2.0 2.0

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Elemento Cuantitativo - Créditos Aprobados en Tiempo Máximo

La Política establece un marco de tiempo en que un estudiante pueda completar su programa de estudios. Este tiempo no será mayor al 150% (1.5) de la extensión en créditos establecida para su programa. Este marco de tiempo varía de acuerdo con el número de créditos requeridos en su programa. En cada período de evaluación se tomará en cuenta el número de créditos intentados versus el número de créditos aprobados. Los mismos se compararán con el tiempo que necesitará el estudiante para completar su programa.

Si la proporción en los créditos intentados versus los aprobados refleja que el estudiante no puede finalizar su programa en el tiempo restante, éste no cumple con el elemento cuantitativo de esta política.

Estudiantes con beneficios de la Administración de Veteranos Los estudiantes de programas de diploma o certificado que reciben beneficios de la Administración de Veteranos, además, vendrán obligados a cumplir con los índices establecidos por dicha Agencia.

Acciones Correctivas en la Política de Progreso Académico Satisfactorio

Primera Probatoria Académica - Es la clasificación que en su primer período de evaluación se le otorga a un estudiante que no cumple con los elementos cualitativo o cuantitativo de la Política de Progreso Académico Satisfactorio. La Primera Probatoria Académica será un período mínimo de un semestre durante el cual el estudiante deberá mejorar su ejecución académica. Durante este período el estudiante conserva su elegibilidad para Fondos de Título IV.

La Oficina de Orientación y Consejería dará seguimiento al progreso académico del estudiante durante su período probatorio hasta el próximo período de evaluación.

Segunda Probatoria De No Elegibilidad- Todo estudiante que después de una primera probatoria no esté en Progreso Académico Satisfactorio, recibirá una Segunda Probatoria por un semestre. Durante esta Segunda Probatoria, el estudiante no será elegible para utilizar Fondos de Título IV y tendrá que sufragar sus gastos de estudios. Si el estudiante abandona sus estudios y luego regresa, este período de ausencias no restablece su elegibilidad al uso de Fondos de Título IV. Se restablece la elegibilidad solamente al superar sus deficiencias académicas. El próximo semestre el estudiante será evaluado nuevamente para determinar si superó la misma. Si el estudiante no supera esta Segunda Probatoria, se arriesga a no recibir su Diploma aunque complete sus cursos en un tiempo mayor al 150% establecido.

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Procedimientos de Apelación Todo estudiante que se le aplique esta Política tiene el derecho de apelar la decisión al Comité de Progreso Académico Satisfactorio mediante formulario provisto por la Oficina de Registraduría. La solicitud deberá someterla en la Oficina de Registraduría en un período de diez (10) días a partir de la fecha de notificación. La apelación deberá contener una exposición de los fundamentos en que apoya su petición de reconsideración. El Comité de Progreso Académico Satisfactorio estará compuesto por el Vicepresidente de Asuntos Académicos y Estudiantiles, Registrador, Director de la Oficina de Orientación y Consejería y el Director de la Oficina de Asistencia Económica. Una vez recibido el documento, el Comité evaluará la solicitud para decidir sobre los méritos del caso. La decisión final será documentada en un acta firmada por todos los miembros del Comité en un período de diez (10) días laborables a partir de la fecha de apelación original. El estudiante podrá apelar la decisión del Comité, basándose en circunstancias extraordinarias, ante el Presidente en un período máximo de diez (10) días laborables. El Presidente tendrá la potestad de revocar la decisión del Comité, sostenerla o modificarla acorde con los méritos del caso. Esta decisión será tomada en un período no mayor de diez (10) días laborables, luego de recibida la revisión. Las razones para solicitar una apelación original deben ser documentadas por el estudiante en forma escrita. Se considerarán como causas atenuantes o circunstancias mitigantes razones tales como:

Condiciones de salud

Muerte de familiares cercanos

Cambios drásticos en situación económica del estudiante

Accidentes graves

Desastres naturales que afecten al estudiante

Otras circunstancias que a juicio del Comité de Progreso Académico Satisfactorio ejerzan un efecto adverso determinante en la condición del estudiante para cumplir con su labor académica.

Los créditos afectados por estos factores se eliminarán al recalcular el Progreso Académico Satisfactorio. Reinstalación como estudiante en Progreso Académico Satisfactorio La Oficina de Registraduría evaluará todos los casos que no estén en Progreso Académico para determinar su reinstalación, según corresponda. Los estudiantes que cumplan con los parámetros de la política serán reinstalados como estudiantes en Progreso Académico Satisfactorio. Aquellos que estaban clasificados en Segunda Probatoria podrán continuar como estudiantes regulares. Los estudiantes que al completar el máximo de créditos permitidos (150% ó 1.5 del número de créditos del programa) no cumplan con los parámetros de la política se les autorizan continuar estudios, pero no se les otorgará el diploma de su grado o certificado. Estos

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estudiantes recibirán un certificado por haber completado créditos en su Programa de Estudio. LEY DE SEGURIDAD EN EL CAMPUS*

La primera ley sobre seguridad en el campus se aprobó en noviembre de 1992. El objetivo de la ley fue requerir a las instituciones participantes de los diferentes Programas de Ayuda Económica Federal el establecimiento de políticas internas que garantizan la seguridad dentro de los predios. Se requirió la divulgación de información y estadísticas sobre actos delictivos cometidos en el campus. Para el 1ro de octubre de cada año se requiere de las instituciones publicar un informe anual sobre las incidencias de actos delictivos dentro de los predios. Las estadísticas de actos delictivos deben incluir: Ofensas Criminales

Homicidios y asesinatos no negligentes

Homicidios negligentes

Ofensas sexuales forzadas

Ofensas sexuales no forzadas

Robos

Asaltos agravados

Escalamientos

Robo de autos

Incendios Crímenes de Odio

Hurtos

Asaltos simples

Intimidación

Destrucción, Daño, vandalismo a propiedad motivados por sesgo Arrestos y Referidos para Acción Disciplinaria

Posesión de armas

Violaciones relacionadas con el consumo de drogas

Violaciones relacionadas con el consumo de alcohol *Véase: www.huertas.edu/publicaciones.html POLÍTICA DE DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN –LEY FERPA* La Institución divulgará información del expediente académico a terceros que la soliciten y que estén identificados dentro de las disposiciones de la Ley de Derechos Educacionales y Privacidad de la Familia (FERPA, por sus siglas en ingles), 34 CFR 99. Esta información está contenida en la sección Leyes, Reglamentos, Políticas del

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Catálogo Institucional y Opúsculo de la Ley FERPA. El estudiante tiene derecho a revisar su expediente académico dentro de los 45 días de haber cumplimentado el formulario provisto para dichos efectos.

La alteración maliciosa o falsificación de calificaciones, expedientes y otros documentos oficiales de la Institución, de otra universidad, escuela, colegio o del gobierno, con el propósito de presentarlos como genuinos a los fines de obtener beneficio en la Institución o de lograr algún propósito ilegal, es conducta que constituye un delito bajo las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por lo tanto, tal acción estará sujeta al procesamiento civil y criminal que corresponda, además de la acción disciplinaria que se determine apropiada. El Titulo 1 de esta legislación requiere a las Instituciones de Educación Superior que reciben fondos de los Programas de Título IV del Departamento de Educación Federal, el proporcionar información a toda persona vinculada o que pueda vincularse con la Institución de los índices y tasas de retención, graduación y transferencias fuera de la Institución de los estudiantes en general. Además, se requiere el cumplimiento con los estatutos contenidos bajo el Titulo 11 de la referida Ley, conocida como el “Crime Awareness and Campus Security Act of 1990” *Véase: www.huertas.edu/publicaciones.html POLÍTICA CONTRA EL HOSTIGAMIENTO SEXUAL Y PROCEDIMIENTO PARA ATENDER QUERELLAS Propósito El Huertas Junior College tiene interés en garantizar un ambiente de trabajo y estudio libre de discrimen, en particular de hostigamiento sexual. Debido a este interés, la Institución adopta esta política pública y procedimiento, el cual se utilizará para someter, investigar y tomar acción informal o formal ante querellas por alegados actos de hostigamiento sexual contra cualquier miembro de la comunidad universitaria. Base Legal Nuestra Constitución, en su Carta de Derechos, establece que la dignidad del ser humano es inviolable y que todos somos iguales ante la ley. Claramente expresa que no se podrá establecer discrimen alguno por motivo de raza, color, sexo, nacimiento, origen o condición social ni ideas políticas o religiosas. Además de la Carta de Derechos, en nuestro sistema jurídico, existen otras leyes que garantizan el derecho a que no haya discrimen contra un empleado por razón de sexo. En la legislación federal, el discrimen por razón de sexo está prohibido por la Sección 703 (a) (1) del Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964, según enmendada (42 U.S.C. 2000 et seq.). En este sentido, el hostigamiento sexual se interpreta como una modalidad del discrimen por razón de sexo en las Guías sobre el Discrimen por Razón de Sexo publicadas por la Comisión de Igualdad en las Oportunidades de Empleo (EEOC), 29 C.F.R. 1604.11, según enmendadas. Además, en la legislación federal el

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hostigamiento sexual contra los estudiantes está prohibido bajo el Título IX de la Ley de Educación Elemental y Secundaria del 1972, según enmendada (20 U.S.C. 1987). La legislación puertorriqueña referente a este tipo de discrimen es bien abarcadora. Con fecha de 22 de abril de 1988, se aprobó la Ley Número 17 (29 LP.R.A 155) para prohibir el hostigamiento sexual en el empleo. El Artículo 10 de esta Ley impone a todo patrono el deber de mantener los centros de trabajo libre de hostigamiento sexual, pues éste tiene el efecto de crear un ambiente de trabajo intimidante, hostil u ofensivo, entre otras consecuencias. Política Institucional El hostigamiento sexual en el ámbito laboral y académico es una práctica ilegal y discriminatoria, ajena a los mejores intereses institucionales, la cual no habrá de ser permitida independientemente de la jerarquía o posición de las personas que puedan resultar involucradas. El hostigamiento sexual es una conducta prohibida que puede tener implicaciones legales. Esta práctica afecta la auto-estima del individuo y puede tener un impacto negativo en la ejecución del desempeño de sus deberes y responsabilidades en el ámbito del trabajo o en el salón de clases. Bajo ninguna circunstancia se permitirá que persona alguna incurra en conducta que directa o indirectamente configure un ambiente laboral, administrativo o académico en que estén presentes aspectos de hostigamiento sexual en cualquiera de sus modalidades. En la aplicación de la política institucional se deberá tener presente que:

A. El hostigamiento sexual puede configurarse entre personas del mismo sexo o de sexos opuestos.

B. Ninguna persona en esta Institución está obligada a permitir, aceptar,

someterse o tolerar actos o insinuaciones de índole sexual no deseados.

C. Según se define por ley, el hostigamiento sexual consiste en cualquier tipo de acercamiento sexual no deseado, requerimiento de favores sexuales y cualquier otra conducta verbal o física de naturaleza sexual, o que sea reproducida utilizando cualquier medio de comunicación incluyendo, pero sin limitarlo, al uso de herramientas de multimedios a través de la red cibernética o por cualquier medio electrónico, cuando se da una o más de las siguientes circunstancias:

1. Cuando al someterse a dicha conducta se convierte de forma implícita

en un término o condición del empleo o ambiente de estudios de una persona.

2. Cuando el sometimiento o rechazo de dicha conducta por parte de la

persona se convierte en fundamento para la toma de decisiones en el empleo o en la evaluación académico-estudiantil.

3. Cuando esa conducta tiene el efecto o propósito de interferir de

manera irrazonable con el desempeño del trabajo o labor académica

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de esa persona o cuando crea un ambiente de estudio o trabajo intimidante, hostil y ofensivo.

D. Algunos ejemplos de conducta que constituye hostigamiento sexual son:

Violación o asalto sexual (realizado o intento de).

Presión no deseada por favores sexuales.

Tocar, recostarse, arrinconar, pellizcar.

Gestos o miradas sexuales no deseadas.

Cartas, llamadas telefónicas, notas, calendario, correos electrónicos, afiches o material de naturaleza sexual no deseados.

Presión no deseada para salir (citas).

Bromas, comentarios y preguntas de naturaleza sexual no deseadas.

Referirse a un adulto(a) como: niña, muñeca, bebé, chulería, amorcito, cariñito, si no es deseado.

Silbarle a otra persona con connotación sexual.

Maullar, ladrar u otros ruidos parecidos, si llevan connotación sexual.

Sonidos de besos, lamerse los labios, con connotación sexual.

Comentarios de naturaleza sexual.

Llevar las discusiones de trabajo a tópicos sexuales.

Chismes o historias de naturaleza sexual.

Preguntar sobre fantasías sexuales, preferencias o historias.

Comentarios sexuales acerca de la ropa, anatomía o apariencia de una persona.

Masajes en el área del cuello, si no es solicitado.

Abrazos, besos y golpecitos en diferentes partes del cuerpo.

Tocar o masajearse uno contra otra persona.

Pararse cerca o frotarse contra otra persona.

Visuales que sugieren actividades o elementos sexuales.

Expresiones faciales, guiñar el ojo, tirar besos, chuparse los labios.

Hacer gestos sexuales con las manos o con otras partes del cuerpo. Disposiciones Generales El Huertas Junior College tiene el interés de que todos los componentes en la comunidad universitaria laboren y estudien en condiciones de seguridad y dignidad. Para lograr este objetivo, es necesario el esfuerzo conjunto y la cooperación de todos, por lo que el Huertas Junior College:

A. Exhortará a la comunidad universitaria que notifique a las oficinas correspondientes cualquier conducta o acción de tipo sexual que impida el logro de sus metas académicas o profesionales.

B. Tomará medidas afirmativas dirigidas a garantizar un clima institucional de

armonía, respeto y confraternización.

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C. Garantizará al máximo, dentro de los recursos disponibles, la confidencialidad en el curso del proceso de investigación de querellas. Además, tomará medidas para evitar que se tomen represalias contra las personas que utilicen este procedimiento para querellarse.

D. Siempre que resulte posible y no retrase el inicio de los procedimientos

formales, se nombrará un(a) Oficial Examinador, preferiblemente con conocimiento sobre los aspectos legales, sociales y sicológicos que puedan estar presentes en las querellas de hostigamiento sexual.

E. En el curso del proceso se considerará el aspecto educativo y correctivo

sobre el aspecto punitivo del mismo, dependiendo del tipo de la ofensa. También tendrán prioridad los aspectos relativos a la dinámica y principios académicos, de resultar éstos aplicables a la situación.

F. Tomará acción sobre las falsas acusaciones por éstas ser una ofensa seria.

Derecho del Querellante y del Imputado

Derecho a un tiempo razonable en el proceso de investigación.

Derecho a ser informado de las alegaciones.

Derecho a presentar información y evidencias.

Derecho a identificar testigos.

Derecho a ser transferido a otra área de trabajo o sección de curso mientras se investiga su queja, en la medida que sea viable.

Derecho a ser informado de los resultados de la investigación.

Derecho apelar la decisión del comité. Procedimiento para Atender Querellas Toda persona que entienda que ha sido objeto de perjuicio por actuaciones constitutivas de hostigamiento sexual en el Huertas Junior College, realizadas por un empleado, estudiante o persona ajena a la comunidad universitaria, podrá querellarse a las oficinas pertinentes. Si el querellante es empleado/a, debe dirigirse preferiblemente a su supervisor/a inmediato/a o vicepresidente al que está adscrito. Estos/as funcionarios/as deben referir el caso inmediatamente a la Oficina de Recursos Humanos, quien junto al vicepresidente correspondiente realizarán la investigación y someterán un informe al Presidente. Del imputado ser el supervisor, el querellante se podrá dirigir inmediatamente a la Oficina de Recursos Humanos. Si el querellante fuera estudiante, el caso deberá referirse a la Oficina del Vicepresidente de Asuntos Académicos y Estudiantiles, o su ayudante en ausencia de este/a. Se nombrará un Comité AdHoc, compuesto por: Vicepresidente de Asuntos Académicos y Estudiantiles o un representante; Director/a de Orientación y Consejería o Director(a) de Recursos Humanos, en casos de involucrar a un empleado y el Supervisor de éste.

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Si el querellante no fuera parte de la Comunidad Colegial, deberá canalizar la situación a través de la Oficina del Vicepresidente de Asuntos Administrativos y Fiscales, quien informará a la Oficina de Recursos Humanos. La queja o planteamiento deberá someterse por escrito. Esta debe incluir datos, tales como: nombre del o la querellante, nombre de testigos, nombre del imputado y una relación de los hechos que incluya la fecha del suceso. La investigación interna garantiza estricta confidencialidad. Los funcionarios responsables de intervenir escucharán y evaluarán la información que le suministre el querellante. Se atenderán prioritariamente los deseos, preocupaciones y el interés expuesto por el querellante, esto con el fin de asegurar un ambiente adecuado y libre de conducta intimidante, hostil u ofensiva. Durante el transcurso de la investigación, tanto el querellante como el imputado, podrán ser reubicados de su área de trabajo en la medida que sea viable. En los casos de estudiantes, se proveerá para algún tipo de cambio de horario en la medida que sea viable. Estas medidas provisionales no deben entenderse como sanción discriminatoria para ninguna de las partes involucradas hasta tanto el proceso de investigación interna finalice. Como parte de la investigación, se podrán tomar declaraciones firmadas del testigo/s identificado/s por las partes. Toda persona a la que se tome declaración o que de alguna manera colabore en la investigación debe ser informada de sus derechos bajo la ley y la política vigente. No se indagará en el historial o comportamiento sexual anterior de ambas partes ni se tomará esto en cuenta para propósitos de la investigación.

La política provee para que cualquiera de las partes solicite, siempre que evidencie causa justificada, la inhibición de la persona asignada a la investigación y la asignación de un/a nuevo/a investigador/a. Por ejemplo, podrá solicitarse la inhibición cuando se entienda que existe conflicto de intereses, parcialidad o cualquier otra situación por la que se considere que la investigación no se esté realizando o se pueda realizar con la objetividad e imparcialidad que se requiere. Se le dará amplia oportunidad tanto al querellante como al imputado para exponer su posición y defensa. Se considerará toda la evidencia que éstos provean. Se escuchará a los testigos o personas que a solicitud de las partes puedan aportar información con miras a cumplir con nuestro deber institucional de prevenir y erradicar conducta que pueda ser constitutiva de hostigamiento sexual. Si el querellante no participa de la investigación o decide retirar la querella por sentirse insatisfecho con el proceso u otra razón, se continuará el proceso investigativo tomando en consideración toda la evidencia disponible.

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Sanciones Disciplinarias Para Empleados La persona responsable de la Oficina de Recursos Humanos podría recomendar o emitir la toma de acción disciplinaria que podría incluir:

Recordatorio de las disposiciones de la política institucional contra el hostigamiento sexual y exhortación a su cumplimiento.

Amonestación escrita con copia al expediente

Traslado definitivo del lugar de trabajo

Asistencia compulsoria a un programa de adiestramiento

Intervención policiaca, de ser necesario

Suspensión de empleo y sueldo

Despido Sanciones Disciplinarias Para Estudiantes

El Comité AdHoc podrá emitir una de las siguientes recomendaciones:

Recordatorio de las disposiciones de la política institucional contra el hostigamiento sexual y exhortación a su cumplimiento.

Amonestación escrita al estudiante con copia al expediente.

Aplicación de un estado de probatoria por un período de tiempo determinado.

Suspensión por el resto del semestre, por uno o más semestre o suspensión permanente de la Institución.

Traslado definitivo del lugar de estudio.

Intervención policiaca, de ser necesario.

Asistencia compulsoria a un programa de adiestramiento. El Comité puede, además, recomendar que el estudiante reciba servicios de orientación de algún especialista de la conducta, dentro o fuera de la Institución. Esto incluye orientadores, trabajadores sociales, psicólogos o psiquiatras. En un plazo que no excederá diez (10) días laborables, a partir de la radicación de la querella, la oficina a cargo de la investigación producirá un informe al Comité “Ad/Hoc”. En éste ofrecerán sus conclusiones y, de ser necesario, recomendaciones de acciones a tomar. Copia de este informe será entregado a las partes. En caso de que cualquiera de las partes desee apelar la decisión de la Institución, el asunto deberá referirse, por escrito, a la Oficina del Presidente en un término no mayor de diez (10) días laborables, a partir del recibo del informe. La decisión por parte del Presidente se emitirá en un término no mayor de diez (10) días laborables y será final e irrevocable. La Oficina de Recursos Humanos será custodio de toda la documentación relativa al personal docente, no-docente o externo generada en el proceso de investigación. La Oficina de Orientación y Retención será custodio de toda la documentación relativa a estudiantes generada en el proceso de investigación. La información o querella se archivará fuera del expediente de personal o del estudiante por un tiempo indefinido.

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Situaciones No Previstas

Toda situación que no se considere en este procedimiento deberá ser resuelta de manera consistente con la política pública y disposiciones presentes en la legislación contra el hostigamiento sexual. En todo caso no previsto, la decisión que se tome considerará el interés de la comunidad colegial en pro del orden institucional, y la obligación de prevenir y erradicar este tipo de conducta. La finalidad de esta política es tomar la acción inmediata y apropiadamente, en cumplimiento con la legislación aplicable.

OFICINAS CONTACTO PARA BUSCAR AYUDA Oficina de Recursos Humanos Tel. 787-746-1400 Huertas Junior College Ext. 1010

Vicepresidencia de Asuntos Académicos y Estudiantiles Tel. 787- 746-1400 Huertas Junior College Ext. 1800

Oficina de Orientación y Consejería Tel. 787-746-1400 Huertas Junior College Ext. 1500

Departamento del Trabajo y Recursos Humanos Edificio Prudencio Martínez Tel. 787- 754-5353 Avenida Muñoz Rivera 505 Hato Rey, Puerto Rico 00918

Lista de Recursos Disponibles en la Institución Adiestramiento para la Prevención del Hostigamiento Sexual (Programa computarizado disponible en el Centro de Recursos para el Aprendizaje)

Educator’s Guide to Controlling Sexual Harassment Sexual Harassment (videograbación): What your employees need to know. El Cerrito, CA: Long Island Productions, (1993). Sexual Harassment in the Workplace (videograbación) El Cerrito, CA: Long Island Productions, (1993) Sexual Harassment: Serious Business. (videograbación) Mill Valley, CA: Kantola Productions/Advantage Media, (1995) The Journal of Higher Education, “Sexual Harassment in the 1990s: A University-wide Survey of Female Faculty, Administrators, Staff, and Students Michelle L. Kelley and Beth Parsons”, September / October 2000

Diseminación, Revisión y Evaluación Esta política se distribuirá a toda la comunidad colegial. Al personal administrativo y facultad se le entregará y discutirá en el proceso de reclutamiento y certificará recibo. A los estudiantes se les distribuirá y explicará en el proceso de matrícula y certificarán recibo de éste y otros documentos relacionados con los diferentes servicios y políticas

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institucionales. Además, anualmente se le proveerá orientación a toda la comunidad colegial. La revisión de esta política se hará cada cinco (5) años o según las exigencias de la legislación y/o reglamentación estatal y federal aplicable. Los responsables de la revisión de esta política es la persona a cargo de la Oficina de Recursos Humanos, Vicepresidente de Asuntos Académicos y Estudiantiles, Orientación y Consejería, y el Director/a de Admisiones y el Director/a de Asistencia Económica. POLÍTICA DE USO DE DROGAS Y ALCOHOL El Huertas Junior College en su interés de mantener un ambiente de estudios que propicie el proceso de enseñanza y aprendizaje establece una política sobre drogas y alcohol. La misma se sustenta en la Ley de Escuelas y Comunidades Libres de Drogas 1989 (Ley Pública Núm. 101-226) y el Reglamento Interno del Departamento de Defensa de los Estados Unidos. El uso, manejo o distribución de sustancias controladas al igual que el consumo de alcohol dentro de los predios institucionales serán consideradas prácticas ilegales y conllevarán las sanciones estipuladas en la Política Institucional para Mantener el Colegio Libre de Drogas y Alcohol, Manual de Facultad y Manual del Personal No Docente. El interés institucional con respecto a este asunto es garantizar, en la medida posible, un ambiente de trabajo y de estudios libre de sustancias controladas que propenda a la más adecuada y eficiente utilización de los recursos del Colegio. El Huertas Junior College desea que todos sus empleados y estudiantes puedan disfrutar de una Institución libre de las influencias de sustancias controladas. A tales fines, provee un programa de orientación dirigido a la prevención y ayuda a personas con problemas de uso y abuso de sustancias controladas a tono con las leyes y reglamentaciones, tanto estatales como federales. El objetivo principal de la Institución es proveer a la comunidad colegial un mecanismo para prevenir y atender el uso de drogas y alcohol. Se exhorta a toda la comunidad colegial a dar fiel cumplimiento a esta política. Además, utilizar programas de ayuda, si ello fuera necesario, y así evitar las medidas disciplinarias que procederían en contra de aquellos que no cumplan. Las prohibiciones expresadas en la política aplican a todas las actividades realizadas dentro de los predios del Colegio. Asimismo, a todas las actividades dirigidas a estudiantes auspiciadas oficialmente por la Institución que sean celebradas fuera de la misma. Además, el uso, abuso o posesión de sustancias controladas afecta la elegibilidad de ayudas federales. *Véase: www.huertas.edu/publicaciones.html

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INEGIBILIDAD A FONDOS TITULO IV EN CASO DE CONVICCIÓN POR DROGAS Efectiva, 1ro de julio de 2004* Un estudiante será suspendido de los Fondos Título IV si es convicto bajo las leyes estatales o federales de cualquier delito que envuelva posesión, venta o tráfico de sustancias controladas. Esto incluye sustancias controladas, pero no incluye alcohol ni tabaco. La suspensión de inelegibilidad comienza desde el día en que el estudiante es convicto y tiene una duración de acuerdo a la siguiente tabla.

Posesión de sustancias controladas 1ra ofensa un año

Posesión de sustancias controladas 2da ofensa dos años

Posesión de sustancias controladas 3ra o más indefinido ofensas

Venta de sustancias controladas 1ra ofensa dos años

Venta de sustancias controladas 2da ofensa indefinido *Véase: www.huertas.edu/publicaciones.html LEY SOBRE DERECHO DE CONOCIMIENTO DE ESTUDIANTES (STUDENT RIGHT-TO-KNOW ACT)* El Acta Sobre Derecho de Conocimiento de Estudiantes (Student Right- to-Know) requiere que toda institución post-secundaria mantenga estadísticas anuales, las cuales incluyan información sobre: la totalidad de estudiantes graduados y que completaron los requisitos de graduación. Esta información deberá estar disponible para el público en general anualmente no más tarde del primero de julio del nuevo año fiscal federal. El Huertas Junior College en total cumplimiento con la regulación mantendrá y publicará las estadísticas a través de la página web de la Institución. Aquel estudiante interesado en recibir una copia podrá solicitar la misma en ésta oficina. *Véase: www.huertas.edu/publicaciones.html PRÁCTICAS INSTITUCIONALES PARA EL ACOMODO RAZONABLE DE ESTUDIANTES CON IMPEDIMENTOS Huertas Junior College establece como política que no discrimina contra ninguna persona por concepto de raza, color, religión, género, edad, estado civil, embarazo, origen social o nacional, ideal político, condición social, impedimento, condición de veterano o por haber sido víctima o percibido como víctima de violencia doméstica. Esta declaración figura en publicaciones institucionales tales como: Catálogo, Manual del Personal y Guía del Consumidor Estudiantil. La Institución facilita el acceso de los estudiantes con impedimentos a las instalaciones físicas, oficinas de servicios estudiantiles y académicos. Las barreras arquitectónicas se han reducido acorde con los parámetros establecidos para garantizar el acceso de

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los estudiantes a las instalaciones físicas. Todo estudiante con impedimentos es orientado con respecto a estas prácticas y procedimientos previo a matricularse en la Institución. Todas las áreas de estacionamiento contienen espacios rotulados para estudiantes o personal con impedimentos. Las oficinas de servicio directo al estudiante están ubicadas en el primer nivel de los edificios, con rampas que aseguran el acceso a los estudiantes con impedimentos. Los laboratorios de los distintos programas académicos están ubicados en el primer nivel de los edificios, con rampas que aseguran el acceso a los estudiantes con impedimentos. Los profesores tienen sus apartados para recibir la correspondencia en el primer nivel de los edificios, con rampas que aseguran el acceso de los estudiantes con impedimento. Procedimiento Interno

1. Toda sección de un curso de conferencia programado en un salón ubicado en el segundo nivel de un edificio, en la que se matricule un estudiante con impedimento, será reubicada a un salón de clases en el primer nivel de uno de los edificios.

2. El acceso de los estudiantes a profesores que tengan oficinas en el segundo nivel del edificio académico se provee mediante la canalización de información a través de la Recepción. La recepcionista localizará al profesor y el estudiante se comunicará vía telefónica con el profesor. El profesor y el estudiante acordarán el lugar para atender sus necesidades académicas.

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A V I S OS Esta Institución no excluye de participación, niega beneficios, discrimina contra ninguna persona por razón de raza, sexo, color, nacimiento, origen y/o condición social, impedimento físico y/o mental, por ideas políticas, religiosas, sociales y/o sindicales, ni por condición de veterano. Si el estudiante entiende que Huertas Junior College no ha cumplido con estas obligaciones, tienen derecho a radicar una querella a:

UNITED STATES DEPARTMENT OF EDUCATION Family Policy Compliance Office

400 Maryland Ave. SW Washington DC 20202-4605

En caso que el estudiante desee más información sobre el Huertas Junior College o quiera revisar copias de licencias, acreditaciones y aprobaciones, las mismas se encuentran accesibles en el área de recepción de la Institución. Además, podrá hacer referencia a la siguiente información:

CONSEJO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO

P.O. BOX 1900 SAN JUAN, PUERTO RICO 00918

TEL (787) 787) 641-7100

MIDDLE STATES COMMISSION ON HIGHER EDUCATION 3624 Market Street, Philadelphia, PA 19104-2680

TEL. (267) 284-5000 FAX: (215) 662-5501

UNITED STATES DEPARTMENT OF EDUCATION THE OFFICE OF STUDENT FINANCIAL ASSISTANCE

WASHIGTON, D.C. 20202-5132

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CONTACTOS OFICINA ASISTENCIA ECONÓMICA

Wanda Ortiz Ext. 1300 Directora

José C. Ramos Ext. 1301 Representante de Asistencia Económica

Marisol Hernández Ext. 1302 Representante de Asistencia Económica

Amarilys Bernardy Ext. 1304 Representante de Asistencia Económica

Vanessa González Ext. 1305 Representante de Asistencia Económica

Janeliz Flores Ext. 1303 Representante de Asistencia Económica/ Sesión Nocturna

* En caso de alguna queja o duda en cuanto a los servicios o beneficios aplicables, referente a los fondos federales, estatales e institucionales, favor de comunicarse con:

Wanda Ortiz Directora de Asistencia Económica

Teléfono (787) 746-1400 ext.1300

Correo electrónico [email protected]

Fax (787) 743-0203

Revisado: junio 2012 Sr. Wilfredo Alicea, VP Asociado de Gerencia de Matrícula Sra. Wanda Ortiz, Directora de Asistencia Económica Sr. Raúl Hernández, JD - VP Ejecutivo y de Cumplimiento Sra. Annette Dávila, Oficial Fiscal

El estudiante tiene derecho a solicitar una copia de la Guía del Consumidor Estudiantil en las Oficinas de la Vicepresidencia Asociada de Gerencia de Matrícula.