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GUINEA ECUATORIAL
RESUMEN EJECUTIVO
Guinea Ecuatorial es, nominalmente, una república constitucional pluralista.
Desde el golpe militar de 1979, el presidente Obiang Nguema Mbasogo ha
dominado todas las ramas del gobierno en colaboración con su clan y su partido
político, el Partido Democrático de Guinea Ecuatorial (PDGE). En 2009, los
votantes reeligieron al presidente Obiang, que alegaba haber obtenido el 95,37 por
ciento de los votos emitidos. La desproporción de los resultados y la débil
supervisión independiente del proceso electoral despertaron sospechas de fraude
electoral sistemático. Los observadores diplomáticos extranjeros tomaron nota de
numerosas irregularidades y la presencia de personal militar en todas las urnas.
Hubo casos en que elementos de las fuerzas de seguridad actuaron
independientemente del control civil.
Entre los principales abusos de derechos humanos denunciados durante el año cabe
mencionar el desacato del estado de derecho y las garantías procesales; la
denegación de derechos políticos básicos, incluidos la libertad de palabra y de
prensa; y la corrupción oficial generalizada.
Otros abusos de derechos humanos incluían la incapacidad de los ciudadanos de
cambiar su gobierno; la detención, la detención incomunicada y el arresto
arbitrarios; las deplorables condiciones de las prisiones y los centros de detención;
el acoso y la deportación de residentes extranjeros con limitadas garantías
procesales; las restricciones a la independencia judicial; la corrupción oficial en
todas las categorías del gobierno; las restricciones al derecho a la intimidad; las
restricciones a las libertades de reunión, asociación y circulación; la violencia y
discriminación contra la mujer; la trata de personas; la discriminación de las
minorías étnicas; y las restricciones a los derechos laborales.
El gobierno no adoptó medida alguna para procesar o sancionar a los funcionarios
que cometían abusos de derechos humanos y él mismo cometía dichos actos con
impunidad. No mantuvo mecanismos internos ni externos eficaces para investigar
los abusos de las fuerzas de seguridad.
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Sección 1 El respeto a la integridad de la persona, incluido el derecho a no
estar sometido a:
a. Privación arbitraria o ilícita de la vida
A diferencia del año anterior, no hubo denuncias de muertes arbitrarias o ilícitas
imputables al gobierno o a sus agentes.
No hubo, ni se esperaban, novedades en el caso de las ejecuciones sumarias, en
agosto de 2010, de cuatro ex oficiales de las fuerzas militares.
No hubo, ni se esperaban, novedades en el caso del inmigrante maliense Bakary
Konate, a quien mataron en diciembre de 2009 hombres uniformados en un control
policial de Bata, tras haberse negado a pagar un soborno.
b. Desapariciones
A diferencia del año anterior, no hubo denuncias de sustracciones o raptos por
motivos políticos imputables al gobierno o a sus agentes.
c. Tortura y otros tratos o castigos crueles, inhumanos o degradantes
Si bien la ley prohíbe dichas prácticas, oficiales de seguridad abusaron de diversas
personas durante el año. En algunas ocasiones, agentes de policía y personal
militar usaron fuerza excesiva para obtener información sobre los supuestos delitos
de un individuo. Los jefes de la oposición y organizaciones no gubernamentales
internacionales (ONG) siguieron criticando al “gobierno por su uso sistemático de
la tortura”, pero no se recibieron denuncias verosímiles de que ésta ocurriera.
Durante el año, no se adoptaron medidas contra oficiales de seguridad de la cárcel
de Playa Negra quienes, según se ha informado, torturaron a cuatro ex militares
para que confesaran su participación en el atentado de 2009 contra el palacio
presidencial.
Los extranjeros, principalmente inmigrantes ilegales de otros países africanos, eran
acosados, intimidados, y arrestados y detenidos arbitrariamente. Los diplomáticos
extranjeros, sobre todo los de países africanos, también se quejaron de haber sido
víctimas, tanto ellos como miembros de su familia, de acoso y malos tratos a
manos de la policía, aun después de mostrar documentos que los acreditaban como
diplomáticos.
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Condiciones en cárceles y centros de detención
Las condiciones en las cárceles de la policía y otros centros de detención eran muy
duras y, con frecuencia, un peligro para la vida. El gobierno ha renovado
recientemente tres prisiones, en Bata, Evinayong y Malabo y, aunque las
condiciones han mejorado, siguen siendo inadecuadas. Se ignoraba si algún preso
o detenido había muerto en prisión o algún centro de detención preventiva. Las
celdas estaban abarrotadas y sucias, y presos y detenidos raramente recibían
atención médica, hacían ejercicio o disponían de colchones. El saneamiento, la
ventilación, el alumbrado y el acceso a agua potable eran inadecuados.
Enfermedades tales como la malaria y el VIH/SIDA eran graves problemas. El
gobierno prestaba atención médica a algunos presos y detenidos, pero el acceso a esos servicios
no era normal. El gobierno empezó a dar comidas básicas en las tres prisiones
principales y algunos centros de detención, pero solían ser insuficientes y de mala
calidad. La comida tenía que ser proporcionada, con frecuencia, por familiares de
los presos o detenidos, o por otros presos y detenidos, y las autoridades restringían
el acceso al agua potable. Algunos presos y detenidos no tenían acceso a inodoros.
Los inmigrantes indocumentados detenidos en espera de ser deportados, permanecían encerrados
en calabozos de la policía durante largo tiempo. Las embajadas extranjeras informaron
que el gobierno no se ponía en contacto con ellas cuando eran arrestados sus
nacionales y que, en algunas ocasiones, los inmigrantes legales eran arrestados con
los inmigrantes indocumentados. Por ejemplo, a finales de mayo, la policía hizo
una redada en Malabo en la que detuvo a varias docenas de africanos, a los que
acusó de falsificación de documentos, los tuvo detenidos en la Comisaría central de
policía de Malabo y los puso en libertad a los pocos días, después de la
intervención de miembros del cuerpo diplomático.
Aunque no se dispone de estadísticas fidedignas del número total o la composición
de la población penitenciaria, datos facilitados por los medios controlados por el
gobierno indicaban que había 269 reclusos en la prisión más grande del país, Playa
Negra. Según fuentes de la oposición, aproximadamente 15 de los 269 eran
mujeres. No se disponía de datos sobre el número de jóvenes, ni sobre las otras
dos prisiones, 12 centros de detención y otras celdas.
Las mujeres solían estar separadas de los hombres, pero los jóvenes no estaban
separados de los adultos. Los jóvenes en general sólo eran condenados a penas de
prisión por los delitos más graves; en otros casos, se les concedía la “libertad
provisional” y se los vigilaba. Los reclusos en detención preventiva estaban juntos
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con los condenados. Según fuentes de la oposición, un niño de menos de dos años
estuvo recluido mientras su madre estuvo presa.
En la mayor parte de los casos, los presos tenían acceso razonable a visitantes y
podían observar sus prácticas religiosas. El gobierno nombró a un juez local
defensor de los derechos de los presos, encargado de oír sus quejas por las
sentencias, pero en general, las autoridades no permitían a presos y detenidos
presentar denuncias a las autoridades judiciales o solicitar una investigación.
Los días 29 y 30 de marzo, el fiscal general Carlos Mangue Elunku se reunió con
90 por ciento de los reclusos de la cárcel de Playa Negra para informarse de la
fecha de su ingreso en prisión, su situación legal, la fecha de su sentencia y su
estado de salud.
Ni el sistema judicial ni la policía tenían un sistema adecuado y eficaz de registro
de casos o seguimiento de presos. Las cárceles suministraban al Ministerio de
Justicia un informe mensual que indicaba el número de presos, así como
información acerca de la liberación de presos, con su nombre completo, las
condenas cumplidas y las fechas de liberación. No obstante, esas listas no siempre
eran dignas de crédito.
El 25 de enero, el gobierno firmó un acuerdo con el Comité Internacional de la
Cruz Roja (CICR) por el que concedía a la organización internacional presencia
permanente en el país. En octubre, el representante regional del CICR se reunió
con el presidente de la Cruz Roja local y otros oficiales para tratar de cuestiones de
logística y dotación de personal a la nueva sede. Al finalizar el año, el CICR no
había solicitado permiso para visitar las prisiones locales.
En marzo, el fiscal general nombró a un juez local defensor de los derechos de los
presos, encargado de oír sus denuncias por las sentencias. El gobierno no
consideró la posibilidad de imponer sentencias distintas de la privación de libertad
a los infractores no violentos.
d. Arresto o detención arbitrarios
La detención y el arresto arbitrarios están prohibidos por ley; no obstante, las
fuerzas de seguridad efectuaron arrestos o detenciones de manera arbitraria y sin
las debidas garantías procesales. Tanto la policía como los gendarmes ordenaron
con frecuencia arrestos o detenciones sin autorización legal.
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Función de la policía y del aparato de seguridad
En general, la seguridad corre a cargo de la policía en las ciudades y de la
gendarmería fuera de ellas y en ocasiones especiales; ambas están bajo la
jurisdicción del Ministro de Seguridad Nacional. El personal militar también
desempeña funciones policiales en zonas fronterizas y de mucho tráfico, así como
en sitios neurálgicos. Ese personal está bajo la jurisdicción del Ministro de
Defensa. Además, elementos de la policía están adscritos a los Ministerios del
Interior (policía de fronteras y de tráfico), Hacienda (policía de aduanas) y Justicia
(policía judicial y de investigación). Los agentes encargados de la seguridad
presidencial también ejercían funciones policiales en la vecindad del Presidente e
instalaciones presidenciales. Los contratistas extranjeros continuaron trabajando
con el gobierno para consolidar y organizar las estructuras de seguridad en el
interior del país.
La corrupción y la impunidad siguieron siendo un problema. Las fuerzas de
seguridad extorsionaban a ciudadanos e inmigrantes para obtener dinero en los
puestos de control de policía. No había unidad de investigación interna en la
policía, y los mecanismos de investigación de las denuncias de malos tratos eran
muy deficientes. No obstante, el Ministerio de Seguridad Nacional informó que se
había requerido su comparecencia ante la legislatura para responder de abusos
cometidos por agentes de la policía individuales y que, como resultado, habían sido
despedidos varios de ellos.
Ni el Ministerio de Seguridad Nacional ni el Ministerio de Defensa ejercían control
real sobre las fuerzas de seguridad que, a veces, cometían abusos impunemente. El
gobierno no disponía de mecanismos internos o externos eficaces para investigar
los abusos cometidos por las fuerzas de seguridad.
El gobierno continuó invirtiendo en profesionalizar sus fuerzas de seguridad. En
enero, seis oficiales de las fuerzas militares asistieron a una sesión de formación en
derecho internacional financiada por el CICR en Congo-Brazzaville. En agosto, se
graduó la primera promoción de cadetes de la nueva academia naval regional. La
academia es la primera de su género establecida en suelo africano y aspira a ser un
centro regional de excelencia. Los cadetes de Guinea Ecuatorial y otros 10 países
africanos estaban preparándose para ejercer diversos cargos técnicos que
profesionalizarán las fuerzas militares y apoyarán la lucha contra la trata de
personas.
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Un contratista extranjero continuó capacitando a agentes de policía y sus
superiores en derechos humanos, prevención de la trata de personas, estado de
derecho, uso apropiado de la fuerza y código de ética. Las pruebas y la
información facilitada por expatriados y dirigentes comunitarios indicaban que han
mejorado el respeto a los derechos humanos y la conducta profesional, en
particular entre los oficiales jóvenes que han recibido la formación.
Procedimientos de arresto y trato durante la detención
Aunque la Constitución exige que se dicten órdenes de arresto, salvo en casos en
los que el sospechoso sea sorprendido en flagrante delito, el gobierno arrestó a
personas con frecuencia sin una orden judicial. Los detenidos tienen el derecho a
que un juez decida la legalidad de la detención en un plazo de 72 horas a partir del
arresto, excepto en fines de semana y días feriados; no obstante, la duración de
dichas detenciones solía ser más larga, a veces de varios meses.
Si bien la ley dispone que los detenidos sean informados sin dilación de los cargos
que se les imputan, las autoridades no respetaban este derecho en la práctica.
Algunos detenidos extranjeros se quejaron de que se los detuvo y luego se los
deportó sin que supieran cuáles eran los cargos en su contra. Aunque existen
servicios de caución y de abogados defensores públicos facilitados por el colegio
de abogados, que reciben fondos del gobierno y prestan servicios previa solicitud,
en general el público ignoraba su existencia, y no funcionaban debidamente. A los
detenidos, en particular los detenidos políticos, a veces se les negaba el acceso a la
asistencia letrada.
La ley prevé las visitas de familiares y prohíbe la detención incomunicada. En la
práctica, a veces se permitía a presos y detenidos recibir visitas de familiares a
discreción del jefe de policía.
El arresto arbitrario: Los abogados no tenían acceso a las comisarías y no podían
ponerse en contacto con los detenidos mientras permanecían en ellas; los
comisarios entrevistados declararon que no veían la necesidad ni la conveniencia
de dicho acceso. Las redadas policiales en barrios, tiendas y restaurantes locales
de inmigrantes aumentaron inmediatamente antes de la Cumbre de la Unión
Africana en junio. Según fuentes dignas de crédito, los inmigrantes, tanto legales
como indocumentados, eran maltratados, extorsionados o detenidos durante esas
redadas. A menudo, la policía hacía uso excesivo de la fuerza para detener y
deportar a los detenidos, y casi todas las embajadas extranjeras en el país criticaron
al gobierno durante el año por el hostigamiento, abuso y extorsión de ciudadanos
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extranjeros así como su detención sin representación legal. Muchos detenidos se
quejaron de los sobornos que se les exigía para ponerlos en libertad.
Hubo varios informes de que empresarios internacionales habían sido detenidos
arbitrariamente con relación a controversias de carácter comercial.
Varios miembros del principal partido de oposición, Convergencia para la
Democracia Social (CPDS), fueron arrestados, detenidos brevemente y puestos en
libertad. Entre ellos, Juan Manuel Nguema Esono, secretario nacional de las
juventudes del CPDS, y otro miembro del partido, Vicente Nze, el 25 de abril, y
Marcial Abaga Barril, director de la campaña, el 2 de noviembre.
Durante el año, el gobierno detuvo arbitrariamente, por un breve período, a un
equipo de fotógrafos extranjeros (véase la Sección 2.a.).
La detención preventiva: La prolongada duración de la detención preventiva
siguió siendo problemática, y muchos reclusos estaban sometidos a dicho régimen,
aunque no se dispone de cifras exactas. Si bien las autoridades penitenciarias
presentaban listas mensuales de presos y detenidos al Ministerio de Justicia, éstas
no eran de fiar. La ineficacia de las diligencias judiciales, la corrupción, la falta de
supervisión, y la insuficiencia de personal contribuyeron al problema.
Amnistía: El 4 de junio, el gobierno indultó a 22 presos que habían sido
condenados por conspirar contra el régimen y estaban cumpliendo largas penas de
cárcel. Entre los indultados figuraban cinco miembros del proscrito Partido
Popular de Guinea Ecuatorial, que habían sido declarados culpables de participar
en la conspiración de 2004 para derrocar al gobierno. Dos de ellos eran antiguos
oficiales del ejército que se habían rebelado contra el régimen. Los restantes
presos liberados eran antiguos soldados, condenados en 2004 por un tribunal
militar en un juicio sumario y sentenciados a penas de 10 a 20 años de cárcel por
conspirar con el ex coronel del ejército Cipriano Nguema Mba para derrocar al
gobierno. También fueron indultados Florencio Ela Bibang y Antimo Edu
Nchama, que habían sido mencionados específicamente por el Grupo de Trabajo
de las Naciones Unidas sobre detenciones arbitrarias.
e. Denegación de juicio público imparcial
La Constitución y las leyes prevén la independencia del poder judicial; sin
embargo, según los funcionarios de las Naciones Unidas y defensores locales e
internacionales de los derechos humanos, el gobierno no respetaba esta disposición
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en la práctica, y el poder judicial no era independiente. Los jueces ejercían sus
funciones a discreción del presidente, y eran designados, trasladados y cesados en
el cargo tanto por razones políticas como de competencia. Circularon numerosos
informes de corrupción judicial, y los casos se decidían a veces por motivos
políticos.
El régimen de justicia militar, basado enteramente en el sistema de la España de
Franco, no otorgaba a los acusados los mismos derechos que los tribunales civiles
de justicia. El código de justicia militar dispone que todo el que desobedezca a una
autoridad militar, o presuntamente haya cometido un delito considerado "delito
contra el Estado", debe ser juzgado por un tribunal militar, con limitadas
salvaguardas y garantías procesales, independientemente de su condición civil o
militar. Un acusado puede ser juzgado en ausencia, y la defensa no tiene ningún
derecho garantizado a contrainterrogar al demandante. Estas diligencias no son
públicas y los acusados no tienen derecho de apelación a un tribunal superior. Según el Grupo
de Trabajo de las Naciones Unidas sobre la Detención Arbitraria, "los jueces y los
defensores en los tribunales militares no son abogados ni juristas, sino oficiales
militares sin formación jurídica".
Los sabios tribales emitieron fallos en causas civiles y asuntos penales de menor
importancia en tribunales tradicionales de las zonas rurales. Estos fallos se
emitieron con arreglo a la tradición y sin tener en cuenta los mismos derechos y
privilegios que prevé el régimen de justicia formal. Quienes no estuvieran
satisfechos con los juicios tradicionales podían apelar a los tribunales civiles.
Procedimientos judiciales
Pese a que por ley, todo acusado tiene derecho a la presunción de inocencia
mientras no se demuestre su culpabilidad, en el transcurso del año el gobierno
suspendió las garantías procesales y la presunción de inocencia en el caso de varios
detenidos. Muchos juicios por delitos ordinarios eran públicos, pero rara vez se
utilizaba un jurado. Los acusados tienen derecho a estar presentes en su juicio,
pero rara vez podían consultar con prontitud con su abogado, a menos que
pudieran pagar los honorarios de un abogado particular. Un acusado que no pueda
sufragar la asistencia letrada puede solicitar al gobierno que le asigne un defensor
de oficio, pero sólo si se requiere la comparecencia del acusado ante el tribunal, y a
los acusados no se les informaba automáticamente de este derecho. El colegio de
abogados del país estaba dispuesto a defender a reos indigentes, pero el número de
abogados seguía siendo escaso y no existía un sistema efectivo de representación
de oficio nombrada por el tribunal. La ley permite a los acusados interrogar y
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contrainterrogar a los testigos y presentar sus propios testigos y pruebas; sin
embargo, este derecho rara vez se hacía valer en la práctica. Los acusados no
tenían acceso a las pruebas en posesión del ministerio fiscal. Por ley, el acusado
tiene derecho a apelar; no obstante, no se solía recurrir a la apelación legal, debido
a la falta de una adecuada representación legal y al desconocimiento de los
derechos constitucionales. La ley confiere estos derechos a todos los ciudadanos.
Presos y detenidos políticos
En junio, el gobierno indultó y puso en libertad a los restantes 22 presos políticos.
Procedimientos y recursos judiciales civiles
Las cuestiones civiles se pueden resolver fuera de los tribunales y, en algunos
casos, los sabios de las tribus juzgaron disputas locales. Los juzgados se dedicaban
cada vez más a fallar en casos civiles presentados ante ellos, algunos de los cuales
tenían que ver con denuncias sobre derechos humanos.
f. Injerencia arbitraria en la privacidad, la familia, el hogar o la
correspondencia
La Constitución y las leyes prohíben dichas acciones, pero, con frecuencia, el
gobierno no respetaba estas prohibiciones. Las fuerzas de seguridad allanaron
viviendas sin autorización, y arrestaron a delincuentes, ciudadanos extranjeros y
otros, a menudo sin órdenes judiciales (que algunos oficiales no necesitan para
entrar y efectuar registros en las viviendas), y confiscaron sus bienes con
impunidad.
Aparentemente, informantes del gobierno vigilaron a miembros de la oposición,
organizaciones no gubernamentales (ONG) y periodistas. El gobierno obstaculizó
el empleo de miembros conocidos de partidos de oposición
Los particulares pueden tener título de propiedad de tierras, pero el Estado tiene
plenos poderes de expropiación, que a menudo ha ejercitado con el fin de fomentar
el desarrollo. En los últimos años, numerosas familias fueron desahuciadas de sus
hogares por la fuerza para construir en el terreno que ocupaban carreteras y
complejos de viviendas, especialmente en Malabo y Bata. La Cruz Roja local, la
Iglesia católica, abogados de derechos humanos y la oposición política expresaron
preocupación por el desplazamiento de comunidades pobres el año anterior.
Durante el año, no se recibieron denuncias de desplazamientos.
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Sección 2 Respeto de las libertades civiles, incluidas las siguientes:
a. Libertad de expresión y de prensa
Condición de la libertad de expresión y de prensa
Aunque la libertad de expresión y de prensa está amparada por la Constitución y
las leyes, las autoridades disfrutan de amplios poderes legales para restringir las
actividades de los medios de información, y el gobierno siguió limitando esas
libertades en la práctica. Los medios informativos del país siguieron siendo
débiles y permanecieron bajo la influencia o el control del gobierno. Los
periodistas eran vigilados y practicaban la autocensura.
Libertad de expresión: Si bien se permitieron críticas de las políticas del gobierno,
los particulares, generalmente, no podían criticar al presidente, su familia, otros
altos funcionarios o miembros de las fuerzas de seguridad sin temor a represalias, y
aparentemente el gobierno trató de acallar las críticas mediante la continua
vigilancia de las actividades de la oposición política, los periodistas y otros.
Libertad de prensa: Los órganos de la prensa escrita eran extremadamente
limitados. En diciembre de 2010, el Ministerio de Información aprobó la
publicación de El Lector, periódico independiente que se publicó a intervalos
prolongados a lo largo del año. La publicación de un nuevo periódico o revista
representaba un complicado proceso, regulado por una ley ambigua y con
frecuencia entorpecido por la burocracia oficial. Además, salvo en el caso de los
periodistas que informaron sobre la Cumbre de la Unión Africana en junio, la
acreditación presentaba numerosas trabas a los periodistas, tanto locales como
extranjeros, que tenían que inscribirse en el Ministerio de Información. Los
periódicos y las revistas de noticias internacionales con frecuencia no llegaban a
las zonas rurales, pero se vendían en tiendas de comestibles y hoteles de Malabo y
Bata.
Sólo una de las agencias de noticias internacionales tenía en el país un corresponsal
regular y, al parecer, agentes del gobierno seguían y vigilaban a los representantes
de los medios de información extranjeros que, en general, no podían ejercer
libremente sus funciones en el país. El gobierno era propietario del único sistema
nacional de difusión de radio y televisión, RTVGE. El hijo mayor del presidente
era dueño de la única emisora privada. Se podían recibir fácilmente programas por
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satélite, incluso del canal de televisión en idioma francés Africa24, que
ocasionalmente transmitía críticas de la oposición.
Los canales extranjeros no estaban censurados, transmitían por todo el país y entre
ellos estaba Radio France International, la BBC y Radio Exterior, el servicio
internacional de onda corta de España.
Violencia y acoso: El 18 de junio, oficiales de las fuerzas de seguridad
mantuvieron detenido brevemente a un miembro de un equipo de televisión alemán
que estaba haciendo un reportaje sobre el equipo de fútbol femenino y exigieron al
equipo eliminar metraje previamente grabado sobre las condiciones sociales.
Censura o restricción de contenido: La ley otorga al gobierno amplios poderes
para restringir a la prensa mediante la censura oficial previa a la publicación. La
ley establece asimismo sanciones penales, civiles y administrativas por infracción
de sus disposiciones, en particular los “diecinueve principios de publicación”
enunciados en el Artículo 2 de la Ley de Prensa, Publicaciones y Medios
Audiovisuales. Los medios de información internacionales difundieron la noticia
de que Juan Pedro Medene, presentador de un programa social en lengua francesa,
había sido despedido de su cargo en la televisión local, por haber mencionado a
Libia en un programa cultural; no obstante, los acontecimientos del Norte de
África eran ampliamente comentados en la radio, la televisión y el nuevo periódico
independiente, El Lector.
Las leyes de difamación: La difamación está tipificada de delito penal, pero
durante el año, el gobierno se abstuvo de recurrir a esas leyes para sofocar las
críticas.
Actividades para ampliar la libertad de prensa
El gobierno acreditó a un periódico independiente, que se publicó con poca
frecuencia a lo largo del año.
Libertad de Internet
El gobierno no impuso restricciones al acceso a Internet, y no se recibieron
denuncias verosímiles de que controlara los mensajes electrónicos o las salas de
charla de Internet. Las personas y los grupos pudieron expresar opiniones por
Internet, incluso por correo electrónico. La mayor parte de las críticas explícitas
contra el gobierno provenían de la comunidad ecuatoguineana en el exilio, y la
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Internet reemplazó a los medios de radiodifusión como mecanismo principal de
expresión y difusión de las opiniones de la oposición. No se bloquearon los sitios
de los ciudadanos exiliados, y parte de la crítica del gobierno y de sus dirigentes
que aparecía en la Internet podía atribuirse abiertamente, sin repercusiones
negativas, a residentes en el país.
Libertad académica y acontecimientos culturales
La libertad académica y los acontecimientos culturales no fueron objeto de
restricciones oficiales; aunque en años anteriores, algunos profesionales de la
enseñanza perdieron su cargo a causa de su afiliación política o por declaraciones
críticas denunciadas a funcionarios públicos por los estudiantes que asistían a sus
clases. Al parecer, la mayor parte del profesorado practicaba la autocensura para
evitar problemas. Los acontecimientos culturales requerían coordinación con el
Ministerio de Información, Cultura y Turismo.
El 8 de marzo, el gobierno canceló las celebraciones del Día Internacional de la
Mujer en la ciudad continental de Bata, en respuesta a rumores según los cuales,
grupos de la oposición proyectaban organizar manifestaciones.
Los miembros de los partidos políticos de la oposición y del cuerpo docente
universitario se quejaban de la injerencia del gobierno en la contratación de
profesores, la retención de docentes no calificados y la presión a que estaban
sujetos para aprobar a estudiantes que no lo merecían, pero tenían contactos
influyentes. Se contrataba a docentes con vínculos políticas pero sin experiencia o
acreditación, aun cuando rara vez se presentaran en las clases que supuestamente
impartían. No existía un sindicato de docentes que defendiera sus derechos, y los
puestos docentes estaban reservados exclusivamente para los miembros del PDGE.
c. Libertad de reunión y asociación pacíficas
Libertad de reunión
El derecho de reunión está amparado por la Constitución y las leyes; no obstante,
el gobierno restringió ese derecho, principalmente mediante la imposición de
límites a la libertad de asociación, lo que puso obstáculos a las organizaciones que
no disponían de autorización legal para funcionar y celebrar reuniones legalmente.
Aunque el gobierno abolió oficialmente el requisito del permiso para las reuniones
de partidos políticos celebradas en los edificios mismos del partido, denegó las
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solicitudes de partidos de la oposición de celebrar reuniones fuera de sus lugares de
reunión.
El 1 de agosto, el gobierno denegó una solicitud del partido legalmente reconocido
Unión Popular, de celebrar reuniones en edificios públicos porque “no era durante
una campaña electoral”. El gobierno exigía notificación de la celebración de
acontecimientos públicos tales como reuniones o marchas. Según donantes
extranjeros y miembros de los grupos locales de la sociedad civil, en virtud de los
intentos de golpe en los últimos años, el gobierno seguía percibiendo a algunas
reuniones informales de las asociaciones como amenazas a la seguridad.
Libertad de asociación
La libertad de asociación está amparada por la Constitución y las leyes, pero el
gobierno restringió considerablemente este derecho en la práctica. Todos los
partidos políticos, sindicatos laborales y otras asociaciones tienen que registrarse
con el gobierno. Para finales del año, sólo se había registrado una organización
sindical laboral (véase la Sección 7). La ley prohíbe el establecimiento de partidos
políticos con arreglo a afiliaciones étnicas, y varios partidos políticos seguían
proscritos. El procedimiento de registro de las ONG era costoso, oneroso, poco
claro y, a veces, duraba años; pero el gobierno no impuso restricciones contra
grupos específicos.
c. Libertad de culto
Véase el informe del Departamento de Estado International Religious Freedom
Report en www.state.gov/j/drl/irf/rpt .
Libertad de circulación, personas desplazadas internamente, protección de
refugiados y apátridas
Aunque la ley dispone la libertad de circular libremente dentro del país, viajar al
extranjero, emigrar y repatriarse, en algunas ocasiones el gobierno restringió estos
derechos en la práctica.
Durante el año no se registraron casos en los que el gobierno cooperara con el Alto
Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, que no tenía una oficina
local, ni con otras organizaciones humanitarias para ayudar a refugiados y
solicitantes de asilo.
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La circulación dentro del país: En los controles de carretera, la policía
inspeccionaba regularmente a los viajeros y, en ocasiones, recurrió a la extorsión
de poca monta. Con frecuencia también se hacían redadas de inmigrantes ilegales
en los controles de carretera. El gobierno justificó los controles de carretera como
medio de impedir la inmigración ilegal, las actividades de mercenarios y las
tentativas de golpe. El número de controles aumentó en el período inmediatamente
anterior a la Cumbre de la Unión Africana en junio.
Exilio: Aunque la ley prohíbe el exilio forzoso interno o externo, miembros de
partidos de oposición proscritos declararon que el gobierno les impedía salir del
país si trataban de hacerlo. Varios miembros de partidos políticos proscritos
permanecían en exilio voluntario.
Personas desplazadas internamente
A diferencia del año anterior, no hubo informes que indicaran que el gobierno
desahuciara a la fuerza a familias de sus viviendas para construir carreteras y
residencias de lujo.
Protección de los refugiados
Acceso al asilo: Las leyes del país disponen la concesión de asilo o la condición
de refugiado, no obstante, el gobierno no ha establecido un sistema para proteger a
los refugiados.
El principio de no devolución: En la práctica, el gobierno ofreció cierta protección
contra la expulsión o la devolución de personas a países donde su vida o su libertad
estarían amenazadas por motivo de su raza, religión, nacionalidad, afiliación a un
grupo social, o por sus opiniones políticas. No había estadísticas dignas de crédito
acerca del número de estos refugiados.
La protección temporal: El gobierno también brindó protección temporal a
individuos que pudieran no reunir las condiciones de refugiado. No se disponía de
estadísticas dignas de crédito.
Sección 3 Respeto de los derechos políticos: El derecho de los ciudadanos a
cambiar de gobierno
El derecho de los ciudadanos a cambiar de gobierno por medios pacíficos está
amparado por la Constitución y las leyes, aunque este derecho era extremadamente
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limitado, en parte como resultado del dominio ejercido por el partido gobernante
PDGE.
Elecciones y participación política
Elecciones recientes: En noviembre de 2009, el presidente Obiang fue reelegido
con un 95,37 por ciento de los votos emitidos, frente al 3,55 por ciento obtenido
por el candidato de la oposición Plácido Mico, del CPDS. Los resultados
desiguales y la débil observación independiente del proceso electoral provocaron
sospechas de un fraude sistemático en la votación. La insistencia del gobierno en
coordinar el movimiento de los observadores, la prohibición de criticar las
elecciones, y el control del acceso de los medios de información para impedirles el
ejercicio de sus funciones, limitaron la participación de observadores
internacionales en los 1.289 colegios electorales. Entre las irregularidades del
proceso electoral en algunas mesas de votación se incluyeron votos múltiples, la
violación del carácter secreto del voto y la falta de una lista publicada de
candidatos empadronados. En algunas mesas de votación, se permitía a los
electores votar por sus familiares y votar aunque no estuvieran empadronados, y
las urnas no estaban selladas. Se desplegaron soldados en todas las mesas de
votación.
En octubre de 2009, el presidente Obiang anunció que las elecciones se celebrarían
el 29 de noviembre, y que el inicio oficial de la campaña sería el 5 de noviembre.
Según Human Rights Watch, el apretado calendario electoral y la negativa del
gobierno a hacer públicas las listas de votantes limitaron seriamente la capacidad
de la oposición de hacer campaña electoral y obtener apoyo. El proceso de
empadronamiento de votantes estaba seriamente viciado. El comité de
empadronamiento estaba compuesto principalmente por miembros del PDGE y por
lo general decidía los asuntos a favor de éste. Al empadronar a un miembro del
PDGE, el comité empadronaba a todos los integrantes de la familia como votantes
del PDGE, incluso a menores. Personas fallecidas, menores de edad o residentes
en el extranjero se incluían como empadronados en el PDGE.
No existía un cuerpo independiente e imparcial que supervisara el proceso electoral
o tomara en cuenta las denuncias relacionadas con las elecciones. La Comisión
Electoral Nacional, independiente del comité de empadronamiento de votantes y
encargada de garantizar la imparcialidad de las elecciones y atender a las denuncias
oficiales después de los comicios, estaba controlada por el partido gobernante y
encabezada por el ministro del Interior, miembro prominente del partido. Aunque
entre sus integrantes figuraba un representante de cada partido político que
GUINEA ECUATORIAL 16
presentaba candidatos, también incluía representantes del gobierno y carecía de
representación de la sociedad civil. Además, la mayoría de sus miembros eran
oficiales del partido gobernante. El partido CPSD de oposición denunció que uno
de sus funcionarios electorales fue obligado, a punta de pistola en la cabeza, a
aprobar un recuento de votos.
Los miembros y candidatos de partidos de la oposición estaban en clara desventaja
en sus actividades para atraer a los votantes. En general, los partidos de la
oposición y sus candidatos estaban mal organizados, insuficientemente financiados
y faltos de apoyo popular. Varios partidos políticos pacíficos proscritos en los
últimos años no pudieron participar en las elecciones. El gobierno denegó a la
oposición acceso equitativo a los medios de difusión. Los miembros y líderes de la
oposición también denunciaron que el gobierno vigilaba sus actividades.
A diferencia de procesos electorales anteriores, ningún miembro de la oposición
fue arrestado, detenido o torturado arbitrariamente; no obstante, durante la
campaña electoral los candidatos de la oposición fueron hostigados e intimidados.
Partidos políticos: El partido PDGE gobernante ejercía su dominio por medio de
un sistema complejo construido en torno a lealtades de familia, de clanes y de
etnias. Continuó la presión indirecta a los empleados públicos para que se unieran
al PDGE. Los miembros de los partidos de la oposición siguieron denunciando
que se les discriminaba en el empleo, la conservación de puestos de trabajo, becas
y obtención de permisos comerciales. Alegaron asimismo que la presión del
gobierno les impedía conseguir empleo con empresas extranjeras. Afirmaron
igualmente que, si se descubría que una compañía tenía contratados a empleados
con vínculos directos con familias, individuos, partidos o grupos que habían caído
en desgracia con el gobierno, a menudo se la obligaba a despedirlos o se exponía a
sufrir represalias.
El 27 de enero, el gobierno nombró cuatro primeros ministros auxiliares
pertenecientes a partidos de la oposición. Al menos dos ministros con cartera eran
también miembros de la oposición.
Los partidos legales de la oposición enfrentaban restricciones de las libertades de
expresión, asociación y reunión (véanse las secciones 2.a. y 2.b). Algunos partidos
políticos anteriores a la entrada en vigor de la ley de 1992, por la que se establecían
los procedimientos para legalizar los partidos políticos, siguieron proscritos, en
general, por "apoyar el terrorismo".
GUINEA ECUATORIAL 17
El presidente ejercía inmensos poderes, como jefe de Estado, comandante en jefe
de las fuerzas armadas, jefe del poder judicial, y fundador y jefe del partido
gobernante. En general, los altos cargos del gobierno estaban reservados para el
partido del presidente o la coalición de partidos de "oposición leal". El 13 de
noviembre, el gobierno sometió a voto popular un referendo constitucional para
limitar el mandato presidencial a dos mandatos de siete años cada uno y establecer
un puesto de vicepresidente, una segunda cámara parlamentaria, un órgano contra
la corrupción y un “Defensor del Pueblo” que actuara en defensa de los derechos
humanos. El referendo se aprobó con 97,7 por ciento de los votos a favor. El
desmesurado margen del voto positivo y la falta de una supervisión digna de
crédito, pusieron en tela de juicio la legitimidad de la consulta. Organizaciones no
gubernamentales y partidos locales de la oposición denunciaron que el proceso
estaba viciado por fraude, acoso de los partidarios de la oposición e intimidación
de los votantes. En la ciudad continental de Bata se registraron algunos
enfrentamientos aislados entre las autoridades del régimen y militantes de la
oposición.
A causa del control férreo ejercido por el partido gobernante sobre las comisiones
establecidas para examinar las prácticas electorales y recomendar reformas, se
hicieron pocos cambios.
Participación de las mujeres y las minorías: El gobierno no limitó abiertamente la
participación de las minorías en la vida política; sin embargo, el grupo étnico
predominante, los fang, al que se calcula que pertenece más del 85% de la
población, continuó ejerciendo considerable poder económico y político. Las
mujeres ocupaban más de 10 por ciento de los 100 escaños del Parlamento,
incluida su vicepresidencia. Dos de los 22 miembros del gabinete y cuatro de los
24 vice ministros eran mujeres.
Sección 4 Corrupción oficial y transparencia del gobierno
Mientras la legislación sanciona con graves penas la corrupción oficial, el gobierno
no aplicó dicha legislación eficazmente, y los funcionarios reiteradamente se
dedicaron a prácticas corruptas con impunidad, de manera que la corrupción era un
grave problema. La presidencia y la oficina del primer ministro eran los
organismos principales de la lucha contra la corrupción. Al mismo tiempo, el
presidente y miembros del círculo de sus allegados continuaron acumulando
fortunas personales provenientes de los ingresos de la exportación del petróleo.
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En febrero, el presidente depuso de sus cargos a varios altos funcionarios del
Estado por corrupción.
El 28 de septiembre, jueces franceses en París confiscaron 11 automóviles de lujo
pertenecientes al hijo del presidente y Ministro de Agricultura y Bosques, Teodoro
Nguema Obiang Mangue, en el curso de una investigación en curso por sospechas
de ocultación y blanqueo de fondos públicos desfalcados en el extranjero. La
investigación se inició en 2010, en respuesta a una denuncia presentada por
Transparencia Internacional-Francia en 2008.
En octubre, un gobierno extranjero presentó dos demandas civiles de incautación
contra Teodoro Nguema Obiang Mangue, para recuperar 70,8 millones de dólares
en bienes inmuebles y personales supuestamente obtenidos por medio de delitos de
corrupción en el extranjero.
Los funcionarios del Estado están obligados por ley a declarar sus bienes, aunque
no se hizo pública ninguna declaración. No existía el requisito de que los
funcionarios se despojaran de sus participaciones comerciales que estuvieran en
posible conflicto con sus deberes oficiales ni tampoco una ley que prohibiera estos
conflictos de interés. La mayoría de los ministros siguió ejerciendo funciones
múltiples y haciendo negocios que combinaban con sus funciones públicas.
En mayo, el gobierno anunció la intención de renovar su candidatura a la Iniciativa
de Transparencia en las Industrias Extractivas (EITI), iniciativa de la sociedad civil
multinacional destinada a fomentar la transparencia y rendición de cuentas en las
industrias extractivas. En abril de 2010, la EITI había retractado a Guinea
Ecuatorial de la lista de países candidatos, debido a que los miembros del
directorio del EITI no pudieron llegar a un consenso sobre si existían o no
circunstancias extenuantes para concederle al país una prórroga para cumplir con
todos los requisitos de la EITI.
a ley no prevé el acceso público a la información del gobierno, y tanto ciudadanos
como no ciudadanos, incluso los medios de difusión extranjeros, en general, no
tenían acceso a ella. La falta de un sistema ordenado de mantenimiento de
registros, archivado y bibliotecas públicas también contribuía a limitar el acceso.
Sección 5 Actitud del gobierno frente a la investigación internacional y no
gubernamental de supuestas violaciones de derechos humanos
GUINEA ECUATORIAL 19
La ley restringe las actividades de las ONG, y las pocas ONG nacionales existentes
de derechos humanos se ocupaban de cuestiones relacionadas con el desarrollo que
entrañaban derechos económicos y sociales, como atención de salud y de ancianos.
Si bien la ley incluye a los derechos humanos entre las áreas en las que las ONG
pueden operar, ninguna ONG denunció públicamente casos de abusos de derechos
civiles ni políticos por el gobierno ni corrupción oficial. Por tanto, no habían
agrupaciones locales dedicadas a los derechos humanos, sino más bien,
agrupaciones que presumiblemente trabajaban en derechos humanos como parte de
sus actividades generales. El gobierno sentía suspicacias acerca de las actividades
relativas a los derechos humanos, aduciendo que una gran parte de las mismas
estaba siendo impulsada por grupos exiliados anti régimen y por ONG extranjeras
que criticaban al gobierno.
La ONU y otros organismos internacionales: El gobierno cooperó, en distintos
grados, con organizaciones internacionales como el Comité Internacional de la
Cruz Roja (CICR) y la ONU. En enero, el gobierno firmó un acuerdo de sede con
la CICR e inició los preparativos para abrir una sede (véase la Sección 1.c.).
Órganos públicos de derechos humanos: El comité parlamentario de denuncias y
peticiones brindó un foro al público para presentar sus preocupaciones, y se
mantuvo activo durante todo el año. El comité aceptó denuncias y peticiones
siempre que el parlamento estaba en sesión. A este comité se le investirá de una
categoría más elevada como oficina independiente del “Defensor del Pueblo”,
aprobada como parte del programa de reforma constitucional del 13 de noviembre.
El único miembro de la oposición en el parlamento denunció los abusos a voz en
cuello y públicamente.
El funcionario principal a cargo de los derechos humanos, tercer vice primer
ministro de derechos humanos, se ocupó más de defender al gobierno de las
acusaciones que se lanzaban contra él, que de investigar denuncias de derechos
humanos o mantener estadísticas sobre esas cuestiones.
Sección 6 Discriminación, abusos sociales y trata de personas
La Constitución y las leyes prohíben la discriminación por motivo de raza, sexo,
religión, idioma o condición social, pero el gobierno no aplicó eficazmente esas
disposiciones. Pese a ello, se realizaron numerosos esfuerzos de divulgación para
concientizar al público sobre cuestiones relacionadas con la discriminación y la
violencia contra la mujer y los niños, la discriminación de las minorías étnicas y la
discriminación de los afectados por el VIH/SIDA.
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Mujeres
Violación y violencia intrafamiliar: La violación es ilegal, y las sanciones que
lleva consigo se remontan al código penal de la época colonial española vigente
desde 1968. La violación conyugal no está contemplada en la legislación. Las
sanciones por violación incluyen penas de 12 a 20 años de cárcel. Puede
imponerse una multa adicional, pero la ley no especifica el monto. El gobierno no
aplicaba la ley con eficacia. Para las familias, la denuncia de una violación era
considerada como algo vergonzoso. Se procesaron varios casos ante los tribunales
durante el año, pero se desconoce el número preciso.
La violencia doméstica era un problema generalizado. La violencia contra la
mujer, incluidos los malos tratos por el cónyuge, es ilegal, pero el gobierno no
aplicaba la ley con eficacia. Según las circunstancias y la gravedad de los hechos,
la sanción por agresión puede oscilar entre uno y 20 años de cárcel. La policía y el
poder judicial se mostraron renuentes a enjuiciar los casos de violencia doméstica.
El gobierno, junto con organizaciones internacionales, llevó a cabo campañas para
despertar la conciencia pública a los derechos de la mujer y la violencia doméstica.
En virtud de una ley de 2009, se establecieron tribunales de familia para conocer
de casos de violencia contra la mujer; no obstante, estos casos se siguieron
dirimiendo en tribunales de distrito. Ocasionalmente, la policía organizó talleres
sobre violencia en el hogar y se autorizaron marchas públicas contra la violencia
contra la mujer.
La mutilación genital femenina: La mutilación genital femenina no está tipificada
de delito, pero no es una práctica tradicional del país. No se dispone de datos que
permitan establecer su posible práctica entre grupos inmigrantes.
Acoso sexual: El acoso sexual es ilegal; su magnitud se desconoce. No se tienen
informes de casos presentados ante los tribunales.
Derechos reproductivos: El gobierno no interfirió con los derechos básicos de las
parejas y las personas de decidir libre y responsablemente cuántos hijos tener, con
qué espaciamiento entre ellos y cuándo tenerlos y de contar con la información y
los medios para hacerlo sin discriminación, coacción ni violencia. Según el Fondo
de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), menos de 10% de la población
usaba anticonceptivos. Las estadísticas sobre salud materna, atención prenatal,
atención obstétrica básica y atención posparto eran obsoletas y poco confiables.
En julio, el gobierno llevó a cabo una serie de encuestas demográficas y de salud
GUINEA ECUATORIAL 21
para elaborar estadísticas fiables, incluidos índices de mortalidad materna. En
septiembre, el director regional para África de la Organización Mundial de la Salud
declaró que Guinea Ecuatorial era uno de siete países en vías de lograr su objetivo
de desarrollo del Milenio de reducir la mortalidad materna. Los funcionarios del
Estado y los observadores internacionales atribuían esta reducción a los esfuerzos
del gobierno y el sector privado para reducir la malaria y mejorar la atención en los
hospitales. Parte de la atención prenatal y obstétrica era gratuita en las clínicas del
gobierno, pero su disponibilidad y calidad variaba mucho y el acceso estaba
limitado prácticamente a las dos ciudades principales. Hombres y mujeres recibían
el mismo trato en cuanto a diagnóstico y tratamiento por infecciones de
transmisión sexual.
Discriminación: La ley prevé la igualdad de derechos del hombre y la mujer,
incluidos los derechos con arreglo a la ley de familia, la ley de la propiedad, y en el
régimen judicial; no obstante, los derechos de la mujer estaban limitados en la
práctica. Según el Comité de las Naciones Unidas para la Eliminación de la
Discriminación contra la Mujer, la prevalencia de estereotipos negativos y las
"adversas normas culturales, costumbres y tradiciones profundamente arraigadas,
incluidos los matrimonios forzosos y en edad temprana, y el matrimonio levirático
(práctica por la cual se puede exigir a un hombre que se case con la viuda de su
hermano)” discriminaban a la mujer. La falta de una legislación que regule los
matrimonios tradicionales y otros aspectos del derecho de familia también
discriminaba contra la mujer, especialmente con respecto a la poliginia, la herencia
y la custodia de menores.
En las zonas rurales, las mujeres estaban relegadas principalmente, por la
costumbre, a desempeñar papeles tradicionales. En los medios urbanos, las
mujeres con los mismos títulos y méritos que los hombres rara vez eran objeto de
discriminación flagrante. No obstante, perduraba en el país una cultura
conservadora en la que persistían los prejuicios sociales contra la mujer. Las
mujeres a veces eran víctimas de la discriminación en el acceso al empleo, al
crédito y a la remuneración igual por trabajo de igual valor.
El gobierno continuó proporcionando cursos, seminarios, conferencias y
programas de los medios de difusión para concientizar a la población y a los
organismos estatales en cuanto a las necesidades y los derechos de la mujer. El
Ministerio de Asuntos Sociales y Promoción de la Mujer organizó varios actos
durante el año para dar a conocer estos derechos, y convocó reuniones públicas en
pro de los derechos de la mujer y contra la violencia doméstica.
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Menores de edad
Inscripción de nacimientos: La ciudadanía se obtiene a través de los padres. Éstos
tienen la obligación de inscribir a sus hijos y, de no hacerlo, se les puede denegar
el acceso a los servicios públicos.
Educación: La enseñanza es gratuita y obligatoria hasta los 13 años. La gran
mayoría de los niños estaba escolarizada, al menos en la enseñanza primaria. Los
varones solían cursar siete años adicionales de enseñanza secundaria o terminar un
programa de formación profesional después de la enseñanza primaria. En cambio,
en el caso de las niñas de medios rurales, el embarazo precoz o la necesidad de
ayudar en el hogar, limitaban sus oportunidades de educación y, en general, el
nivel de educación de las mujeres era inferior al de los hombres. Durante el año, el
gobierno continuó en su asociación con una compañía de petróleo extranjera para
llevar a cabo un programa multimillonario de renovación de escuelas, y continuó
trabajando con un país extranjero para reformar material anticuado de los
programas de estudio.
Maltrato de menores: Maltratar a los menores es ilegal; no obstante el gobierno no
aplicó la ley con eficacia y se dieron casos de malos tratos a menores. Los castigos
físicos eran el método cultural aceptado de disciplina. Durante el año, se llevó ante
los tribunales un reducido número de casos de abuso de menores.
Matrimonio de menores: Si bien el embarazo en la adolescencia era común, el
Ministerio de Asuntos Sociales y Promoción de la Mujer llevó a cabo varios
programas para disuadir el matrimonio de menores. No existe una edad legal
mínima para contraer matrimonio.
Explotación sexual de menores: La ley no prevé la prostitución ni la pornografía
de menores. Había escasas pruebas de que los niños se prostituyeran para
sobrevivir, y el país no es un destino para el turismo sexual de menores. La edad
mínima de consentimiento sexual es de 18 años.
Sustracción internacional de menores: El país no es parte del Convenio de la Haya
de 1980 sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores.
Antisemitismo
La comunidad judía era extremadamente pequeña y no se tuvo noticia de actos
antisemitas.
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Trata de personas
Véase el informe Trafficking in Persons Report (informe sobre la trata de
personas) del Departamento de estado en el sitio web www.state.gov/j/tip.
Personas con discapacidad
La legislación no protege a las personas discapacitadas contra la discriminación en
el empleo, la educación o la prestación de otros servicios estatales, ni ordena que
se les facilite el acceso a los edificios.
Los servicios de educación para las personas discapacitadas mental o físicamente
eran limitados. La Cruz Roja local, con apoyo financiero del gobierno, regentaba
la escuela nacional para niños sordos. El gobierno, a través del Ministerio de
Asuntos Sociales, trabajaba con la Iglesia católica para prodigar atenciones a
discapacitados mentales en la institución Virgen Madre María África. La primera
dama del país ofreció una serie de donaciones, a las que se dio mucha publicidad,
para ayudar a los discapacitados.
Pese a no estar legalmente establecidos, los derechos de las personas con
discapacidades estuvieron protegidos por el Ministerio de Educación y el
Ministerio de Salud. Se siguieron transmitiendo anuncios públicos sobre los
derechos de las personas discapacitadas.
Minorías nacionales, raciales y étnicas
La discriminación de las minorías raciales o étnicas era ilegal; no obstante, la
discriminación social, el acoso por las fuerzas de seguridad y la marginalización
política de las minorías causaban problemas. A menudo, los extranjeros fueron
víctimas. Los residentes indocumentados de Nigeria, Ghana, Camerún, Malí,
Togo, Gabón y otros países africanos constituían parte importante de la fuerza
laboral y su número seguía aumentando, pese a los intentos de la policía de aplicar
las leyes de inmigración. Los extranjeros eran detenidos de forma rutinaria en los
puestos de control de policía, donde se les exigía presentar su documentación.
GUINEA ECUATORIAL 24
Abusos sociales, discriminación y actos de violencia motivados por la
orientación sexual y la identidad de género
Las leyes no tipifican la orientación sexual; sin embargo, la estigmatización por la
sociedad y la discriminación tradicional de los homosexuales, tanto hombres gay
como lesbianas, era fuerte, y el gobierno hizo escasos esfuerzos por combatirlas.
Otras formas de violencia o de discriminación sociales
Pese a las frecuentes declaraciones públicas y campañas de radio en las que se
abogaba por la no discriminación contra ellas, las personas con VIH/SIDA
continuaron siendo víctimas de la estigmatización social, lo que las obligó a ocultar
su enfermedad. El gobierno facilitó pruebas de VIH/SIDA y tratamiento gratuitos,
y financió campañas para sensibilizar a la población con respecto a los riesgos para
la salud, la asequibilidad de las pruebas y la importancia de las prácticas sexuales
sin riesgo.
Sección 7 Derechos de los trabajadores
a. La libertad de asociación y el derecho a la negociación colectiva
La ley concede a los trabajadores el derecho a establecer sindicatos, afiliarse a
sindicatos de su elección y participar en huelgas. También permite a los sindicatos
llevar a cabo actividades sin injerencias externas. La Organización Sindical de
Pequeños Agricultores siguió siendo el único sindicato laboral legal en
funcionamiento. Las autoridades continuaron negándose a registrar la Unión
Sindical de Trabajadores de Guinea Ecuatorial o reconocer otros sindicatos
existentes. La ley establece como requisito para el registro de un sindicato que
cuente con un mínimo de 50 miembros de un lugar de trabajo determinado; esta
disposición bloqueó efectivamente el establecimiento de sindicatos.
En la práctica, el gobierno puso obstáculos a los grupos de deseaban sindicarse y
no protegió el derecho de los sindicatos a llevar a cabo sus actividades sin
injerencias externas. La mayor parte de los trabajadores que deseaban sindicarse
fueron canalizados hacia estructuras existentes del partido por medio de presiones
e incentivos. Los trabajadores rara vez se declararon en huelga, en parte por temor
a perder su empleo y a ser víctimas de posibles daños, ellos mismos o sus familias.
En varias ocasiones durante el año, trabajadores tanto locales como extranjeros
organizaron protestas o “huelgas de brazos caídos” (lentitud en el trabajo y
ausencias planificadas), que se resolvieron pacíficamente por funcionarios del
GUINEA ECUATORIAL 25
Ministerio de Trabajo mediante negociaciones y la imposición de multas a los
patronos.
Hubo escasas noticias de negociaciones colectivas, organizadas, de ningún grupo;
no obstante, el Ministerio de Trabajo actuó de mediador en disputas laborales. Por
ejemplo, los trabajadores despedidos podían apelar al Ministerio, primero por
mediación de su delegado regional, aunque el sistema no tenía fama de imparcial.
Los ciudadanos tienen el derecho de apelar las decisiones del Ministerio de
Trabajo a un comité especial permanente del parlamento, establecido para atender
las quejas de los ciudadanos sobre las decisiones de cualquier organismo del
Estado.
Ninguna ley prohíbe la discriminación contra los sindicatos, pero tampoco se
recibieron informes de que ocurriera.
b. Prohibición de trabajo forzoso u obligatorio
La ley prohíbe los trabajos forzosos u obligatorios. Según las Naciones Unidas y
otras fuentes, no hubo evidencia de trabajos forzosos por adultos.
Véase también el informe Trafficking in Persons Report (Trata de personas) del
Departamento de Estado en el sitio web www.state.gov/j/tip.
c. Prohibición del trabajo de menores y edad mínima para el empleo
La ley prohíbe el trabajo de los menores de 14, y dispone que a todo el que sea
declarado culpable de obligar ilegalmente a un menor a trabajar se le podrá
imponer una multa de aproximadamente 50.000 a 250.000 francos CFA (98 a 490
dólares de EE.UU.). También se prohíbe el trabajo de menores de 16 años en
ocupaciones que puedan poner en peligro su salud, seguridad o moral. Un número
limitado de niños fueron reclutados y transportados de países vecinos, en
particular, Nigeria, Benín, Camerún y Gabón, y obligados a trabajar en el servicio
doméstico, en mercados y como vendedores ambulantes. Los niños que trabajaban
en la calle vendían comida, agua y ropa; acarreaban agua y lavaban automóviles.
Las mujeres de 15 a 18 años se dedicaban también al sexo comercial, en particular
las jóvenes que estudiaban en centros urbanos como Malabo y Bata. No se dispone
de datos fiables sobre la magnitud del trabajo de menores, aunque, a juicio de los
observadores, no constituía un grave problema.
GUINEA ECUATORIAL 26
Los agentes del orden estaban estacionados en los mercados, donde aplicaban las
leyes que prohíben el trabajo de menores. Los vendedores que infringían estas
leyes podían estar sujetos al cierre de sus puestos, el pago de fuertes multas o a ser
deportados. Ningún vendedor fue enjuiciado el transcurso del año. Durante una
campaña reciente, el gobierno pidió a los tutores de niños extranjeros presentar
pruebas de paternidad. Todos los niños tenían documentación, aunque el gobierno
sospechaba que en algunos casos era falsa. El gobierno no proporcionó servicios
sociales a los menores que encontraba trabajando en los mercados. En general se
prestaba más atención a los niños locales, sobre todo a asegurar su asistencia a la
escuela; a los niños extranjeros, en su mayoría vendedores ambulantes, se los
trataba como adultos extranjeros.
El Ministerio de Trabajo está encargado de hacer cumplir las leyes sobre trabajo
infantil, pero los inspectores se concentraban principalmente en la industria de la
construcción, no en las ventas callejeras.
Véase también el informe del Departamento de Trabajo Findings on the Worst
Forms of Child Labor en www.dol.gov/ilab/programs/ocft/tda.htm .
d. Condiciones laborales aceptables
En septiembre, el gobierno subió el salario mínimo mensual de todos los
trabajadores del país, de 95.400 CFA francos (US$188) a 129.035 CFA francos
(US$255). Muchas empresas del sector estructurado pagaban salarios más altos
que éstos, pero los trabajadores del sector no estructurado y del servicio doméstico
no estaban amparados por la ley de salario mínimo. La ley exime del
cumplimiento de dichas disposiciones a los empleados del servicio doméstico,
salvo los que trabajan para ejecutivos empresariales, en empresas de su propia
familia o en el sector no estructurado. Por disposición legal, los trabajadores de la
industria de hidrocarburos recibían salarios varias veces más altos que los de otros
sectores, lo que agravaba las disparidades sociales e impulsaba la inflación de
algunos bienes y servicios. El Ministerio de Trabajo está encargado de hacer
cumplir las normas sobre salario mínimo.
El Departamento de Trabajo empleaba aproximadamente a 100 inspectores de
trabajo, que efectuaban inspecciones laborales y citaban a las empresas por
infracciones. No obstante, la aplicación de las leyes laborales y de los acuerdos
laborales internacionales ratificados no era efectiva, lo que daba lugar a
condiciones de trabajo deficientes. Por ejemplo, los códigos de seguridad por lo
GUINEA ECUATORIAL 27
general no se hacían cumplir. En cambio, la mayor parte de las compañías de
petróleo excedieron las normas internacionales mínimas de seguridad.
La ley prescribe un horario laboral de 35 horas por semana y un período semanal
de descanso de 48 horas, requisitos que se observaban generalmente en la
economía formal. Se exceptuaban de estas normas algunos trabajos, como los de
la industria del petróleo en plataformas marinas. Era obligatorio el pago de primas
por horas extras de trabajo, pero este requisito no siempre se aplicaba eficazmente.
La ley dispone la protección de los trabajadores contra riesgos ocupacionales, pero
el gobierno no aplicaba esta disposición en forma eficaz. La ley no otorga a los
trabajadores el derecho a apartarse de situaciones que constituyan un riesgo para su
vida o su seguridad sin poner en peligro la continuidad de su empleo. La ley no
prevé una excepción para los trabajadores extranjeros o migrantes. El
Departamento de Trabajo no publica los resultados de sus inspecciones. Un
número creciente de trabajadores extranjeros de la industria de la construcción
pueden haber estado expuestos a condiciones peligrosas. Las infracciones pueden
incluir largas jornadas laborales e insuficiente equipo de seguridad.