Guia Fiscalidad Latam 2016

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    GUÍA DE FISCALIDAD

    Cómo presentar la DeclaraciónAnual 2016

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    1 ¿Qué es el ISR?

    2 ¿Quiénes están obligados a presentar la Declaración anual depersonas físicas?

    3 ¿Cuáles son tus obligaciones scales si eres freelance?

    4 ¿Cómo presentar mi declaración anual 2016 - SAT?

    5 ¿Qué gastos puedo deducir en mi declaración anual?6 Tarifas y Tablas ISR 2016

    7 ¿Cómo hacer una declaración complementaria?

    8 ¿Cuáles son las multas por no presentar mi declaración anual?

    9 Régimen de Incorporación Fiscal

    10 ¿Cómo envío archivos XML de mi contabilidad electronica?

    11 Devolución del ISR

    12 Compensación del ISR

    13 Errores y preguntas más frecuentes

    14 ISR 2016: Novedades del impuesto sobre la Renta para 2016

    15 Declaración Anual para Asalariados 2016: DAS Móvil - SAT

    ÍNDICE

    La declaración anual de la renta es una obligación que tienen todos los contribuyentes mexicanos. Se trata de, durante elmes de abril, presentar a la autoridad scal la declaración correspondiente a cada año.

    Pues bien, ya que el momento de la presentación está cerca, con motivo de ayudarles y solucionarles todas las dudasposibles, en esta guía os explicamos en diferentes puntos diversos conceptos, pasos a seguir, recomendaciones...etc.

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    ¿Qué es el ISR? 1

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    4Guía de fscalidad - ¿QUÉ ES EL ISR?

    1. ¿QUÉ ES EL ISR?¿Quiénes participan en los fondos de inversión?El ISR es el Impuesto Sobre la Renta, es un impuesto directo sobre las ganancias obtenidas en el ejercicio, siendo las ga-nancias la diferencia entre los ingresos y las deducciones autorizadas. Este impuesto debe de ser pagado mensualmente al

    Servicio de Administración Tributaria o, dependiendo de lo que diga la ley y la normativa en relación a la Coordinación Fiscalentre las Entidades Federativas y la Federación, puede ser pagado también a las O cinas Autorizadas por las EntidadesFederativas.

    También se requiere presentar declaraciones mensuales por los pagos provisionales que se han efectuado , y también unadeclaración anual con fecha posdatada en 3 meses para personas morales y 4 meses para personas físicas, después delcierre del ejercicio scal.

    Tipos de ImpuestosLos impuestos directos se aplican directamente a la riqueza de los ciudadanos , principalmente a sus ingresos o signos deriqueza como la propiedad de ciertos bienes, por ejemplo las casas. Por el contrario, los impuestos indirectos afectan patrimo-nialmente a personas distintas del contribuyente , es decir, el contribuyente que enajena bienes o presta servicios, traslada lacarga del impuesto a quienes los adquieren, entre éstos podemos encontrar el impuesto al valor añadido (IVA) y el impuesto

    especial sobre producción y servicios (IEPS).

    La tabla para el cálculo de los pagos provisionales mensuales para el ejercicio 2016 es la siguiente:

    Límite Inferior Límite Superior Cuota Fija Porcentaje aplicable sobre excedente límite inferior

    0,01 496,07 0,00 1,92%

    496,08 4.210,41 9,52 6,40%

    4.210,42 7.399,42 247,24 10,88%

    7.399,43 8.601,50 594,21 16,00%

    8.601,51 10.298,35 786,55 17,92%

    10.298,36 20.770,29 1.090,62 21,36%

    20.770,30 32.736,83 32.327,42 23,52%

    32.736,84 62.500,00 6.141,95 30,00%62.500,01 83.333,33 15.070,90 32,00%83.333,34 250.000,00 21.737,57 34,00%

    250.000,01 En adelante 78.404,23 35,00%

    Pueden encontrar más tablas en el post de tablas y tarifas para 2016

    No habrá cambios en el ISRCon respecto al año pasado 2016 sabemos que no han habido nuevos cambios en relación a las tablas y tarifas aplicables para

    calcular el ISR y hacer nuestra declaración anual de la renta. De modo que...¡manos a la obra!

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    ¿Quiénes están obligadosa presentar la Declaraciónanual de personas físicas?

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    6Guía de fscalidad - ¿QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS A PRESENTAR LA DECLARACIÓN ANUAL?

    2.¿QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS A PRESENTAR LA DECLARAANUAL DE LAS PERSONAS FÍSICAS?Se acerca la fecha de presentar la Declaración anual de Impuestos, si todavía no tienes claro si estás obligado a presentarlao no, en este post te aclaramos qué personas físicas están obligadas a presentar su Declaración anual. Así podrás salir dedudas en caso de tenerlas, ya que si estás obligado y no la presentas te sometes a una serie de multas lo que te podría causarproblemas en un futuro a la hora de pedir nanciación.

    Personas físicas obligadas a presentar la Declaración anualLas personas físicas que están obligadas a presentar la Declaración Anual de Impuestos, son aquellas que hayan obtenidoingresos, entre otros, por los siguientes conceptos:

    Si han prestado servicios profesionales (honorarios).

    Si ha obtenido ingresos por rentar algún bien inmueble.

    Si es una persona que realiza actividades empresariales como por ejemplo comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas,silvícolas, de pesca y de autotransporte, exceptuando los que tributaban en el Régimen de Pequeños Contribuyentes .

    Si ha enajenado algún tipo de bien.

    Si ha adquirido bienes.

    Si ha percibido salarios en los casos que se mencionan a continuación: Ý Cuando además del salario, hayan obtenido otros ingresos acumulables distintos a los salarios.

    Ý Cuando hayan dejado de prestar sus servicios antes del 31 de diciembre , o cuando hayan prestado servicios a dos omás empleadores de forma simultánea. Ý Cuando hayan obtenido ingresos por salarios de personas no obligadas a efectuar las retenciones , por ejemplo organis-

    mos internacionales o los estados extranjeros o las embajadas.

    Ý Cuando hayan obtenido ingresos anuales por salarios y/o conceptos similares a salarios que sobrepasen de 400,000pesos.

    Ý Cuando hayan avisado por escrito al patrón de que presentarán Declaración Anual por cuenta propia.

    Si han percibido intereses en los siguientes casos:

    Ý Las personas que sólo han obtenido ingresos por intereses reales superiores a 100,000 pesos al año. Ý Las personas que hayan percibido intereses y salarios y la suma de ambos sobrepase de 400,000 pesos, sin importar elmonto por cada uno de dichos conceptos.

    Ý Aquellas personas que hayan percibido intereses y salarios y la suma de ambos sea máximo 400,000 pesos , pero elmonto de los intereses sea superior a 100,000 pesos .

    http://www.rankia.mx/blog/isr-impuesto-renta/2672897-cuales-son-multas-por-no-presentar-declaracion-anualhttp://www.rankia.mx/informacion/declaracion-anualhttp://www.rankia.mx/informacion/declaracion-anualhttp://www.rankia.mx/blog/isr-impuesto-renta/2672897-cuales-son-multas-por-no-presentar-declaracion-anual

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    7Guía de fscalidad - ¿QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS A PRESENTAR LA DECLARACIÓN ANUAL?

    Si han percibido otro tipo de ingresos , como por ejemplo:

    Ý Las deudas condonadas por el acreedor o pagadas por otra persona diferente. Ý Por inversiones en el extranjero. Ý Por intereses moratorios. Ý Por penas convencionales.

    Otras obligacionesAdemás de lo mencionado anteriormente también deben informarse , en su caso, aquellos ingresos que se hayan percibidoen el año por los conceptos y en los montos que se mencionan a continuación, a pesar de ya haber pagado los impuestos

    correspondientes.

    Ý Aquellos ingresos por: préstamos, premios y donativos, que individual o conjuntamente excedan de 600,000 pesos. Ý Aquellos ingresos que están exentos del pago del impuesto sobre la renta por herencias o legados y por enajenación de

    casa habitación, si la suma de todos los ingresos totales, contenidos en la declaración, excede de 500,000 pesos .

    En el caso de no percibir ingresos durante el año, pero estas inscrito en el RFC(Registro Federal de Contribuyentes) poralguno de los conceptos mencionados anteriormente, debes presentar la Declaración Anual e informar esa circunstancia, esdecir, presentar tu declaración en ceros .No te olvides, y si te encuentras en alguna de estas situaciones recuerda que estas obligado a presentar tu Declaración Anualde Impuestos.

    http://www.rankia.mx/informacion/rfchttp://www.rankia.mx/informacion/rfc

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    ¿Cuáles son tus obligaciones scales si eres freelance?

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    9Guía de fscalidad - ¿CUÁLES SON TUS OBLIGACIONES FISCALES SI ERES FREELANCE?

    3. ¿CUÁLES SON TUS OBLIGACIONES FISCALES SI ERESFREELANCE?

    Marzo y abril están cerca y se trata de los meses de la declaración anual de impuestos, algo considerado un verdadero dolor

    de cabeza para muchos y más ahora que existen los ingredientes de la reforma scal y hacendaria. En otros post hemoshablado de diversas obligaciones de los contribuyentes, pero ¿sabes cuáles son tus obligaciones scales si eres freelance ?

    Según las nuevas disposiciones de la Secretaría de Hacienda, las personas físicas con ingresos por salarios no están obliga-

    das a presentar la contabilidad electrónica; quienes trabajan por honorarios (freelance) tampoco, pero estos últimos contribu-yentes están sujetos a una condición :

    Aquellos contribuyentes que trabajan con el régimen de actividad profesional no están obligados a llevar la contabilidad elec-

    trónica, siempre y cuando ingresen al sistema del SAT y usen la herramienta “MIS CUENTAS”. Esta condición es la misma paralos contribuyentes adheridos al régimen de arrendamiento y al régimen de incorporación scal.

    Según expertos:

    “ la nueva contabilidad electrónica representa una nueva carga administrativa para los contribuyentes ”

    Sin embargo pueden evitarla si llevan un control de su actividad mediante la herramienta “MIS CUENTAS”. Obviamente al usar

    la herramienta le están informando al SAT y a Hacienda sobre sus ingresos, y eso es justo lo que quieren las autoridadesscales.

    ¿Para qué sirve la herramienta “MIS CUENTAS”?La herramienta la puedes encontrar en la página del SAT y ella sirve para:Declarar los gastos y los ingresos de un contribuyente, mismo que puede generar desde ahí una factura electrónica a susclientes y hasta consultar las que reciba de algún proveedor. De esta forma, la facturación es más fácil y sencilla.

    ¿Quiénes sí deben realizar la contabilidad electrónica?Las personas físicas y morales con ingresos acumulables superiores a cuatro millones de pesos. Estas personas están obli-gadas a llevar los registros contables por medios electrónicos y además deben de ingresar cada mes dicha información alServicio de Administración Tributaria (SAT).

    Pero aquellas personas tanto morales y físicas con ingresos acumulables menores a cuatro millones de pesos van a enviarle

    su información al SAT a partir de enero de 2016.

    http://www.rankia.com/blog/impuestos/2349989-claves-reforma-fiscal-2015http://www.rankia.com/informacion/factura-electronicahttp://www.rankia.com/informacion/factura-electronicahttp://www.rankia.com/blog/impuestos/2349989-claves-reforma-fiscal-2015

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    ¿Cómo presentar mideclaración anual 2016-SAT?

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    11Guía de fscalidad - ¿CÓMO PRESENTAR MI DECLARACIÓN ANUAL 2015-SAT?

    4. ¿CÓMO PRESENTAR MI DECLARACIÓN ANUAL 2016 - SAT

    ¡Este año hay cambios! Nos estamos acercando al período para presentar la declaración anual 2016 ... ¿Cómo debo hacer mideclaración anual 2016? ¿Qué cambios se han introducido? ¿Qué pasos tengo que seguir? Acá les presento una pequeña guía

    con todos los pasos que tengo que seguir para presentar la declaración anual 2016.

    1. ¿Debo presentar mi Declaración Anual?Antes de ver cómo presento mi declaración anual 2016 voy a comprobar que debo hacerlo . Si soy una persona tanto físicacomo moral y mis ingresos proceden de:

    Ý Salarios que obtengo por servicio subordinadoÝ Actividades profesionales Ý Arrendamiento o uso de bienes inmuebles Ý Obtención de intereses

    Ý Obtención de premiosÝ Dividendos y ganancias repartidos por personas morales Ý Enajenación de bienes

    entonces, tengo la obligación de presentar mi declaración anual 2016.

    2. ¿Cuándo tengo que presentar mi Declaración Anual?Una vez sé que debo presentar mi declaración anual 2016, voy a enterarme de cuándo debo hacerlo. Esta fecha va a depender

    de que sea una persona física o de que sea una persona moral.

    Tax Time

    Personas Físicas Durante el mes de abril

    Personas Morales Máximo 3 meses después del cierre delejercicio

    http://www.rankia.mx/blog/isr-impuesto-renta/2672870-quienes-estan-obligados-presentar-declaracion-anual-personas-fisicashttp://www.rankia.mx/blog/isr-impuesto-renta/2672870-quienes-estan-obligados-presentar-declaracion-anual-personas-fisicas

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    12Guía de fscalidad - ¿CÓMO PRESENTAR MI DECLARACIÓN ANUAL 2015-SAT?

    3. ¿Qué pasos tengo que seguir para presentar mi Declaración Anual?Bien, ahora que sé que debo presentarla, y cuándo debo hacerla, voy a averiguar, cómo presento mi declaración anual 2016.Resumo acá lo que tengo que hacer, en función de si soy una persona física o si soy una persona moral.Véase Declaración Anual para Asalariados 2016: DAS Móvil

    Persona Física

    Pasos a seguir según:

    Me instalo el programaDeclaraSAT en Línea

    Me instalo el programaDEM 2013

    Capturo sus datos en elprograma

    Capturo su informaciónde acuerdo a los anexosque le correspondan

    Genero un archivo deenvío Genero un archivo de

    envíoEnvío mi declaración alSAT Ingreso a la aplicación de

    envío de la declaraciónSAT me remite acusede recibo Envío archivo de la

    declaración

    Si la declaración resul-ta en cero o con saldoa favor, termino aquí elprocedimiento

    SAT me remite acusede recibo con sellodigital

    Si resulta un impues-to a cargo, ingreso alportal de un bancopara realizar el pago de

    impuestos por transmi-sión eletronica

    Si no me resulta impuestoa cargo u obtengo saldoa favor termino aquí elprocedimiento

    Efectuado el pago, elbanco me enviará unrecibo para que com-pruebe dicho pago

    Si tengo impuesto a pagar hagoel pago vía Internet ingresandoal portal de mi banco autorizadoen el que debo tener una cuentacon acceso a banca en línea.

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    Persona Moral

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    http://www.rankia.mx/blog/isr-impuesto-renta/3048939-declaracion-anual-para-asalariados-2016-das-movil-sathttp://www.rankia.mx/blog/isr-impuesto-renta/3048939-declaracion-anual-para-asalariados-2016-das-movil-sat

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    13Guía de fscalidad - ¿CÓMO PRESENTAR MI DECLARACIÓN ANUAL 2015-SAT?

    4. ¿Y si soy una persona física cómo presento mi Declaración Anual?En este caso la declaración anual 2016 que tendré que presentar será la simpli cada. Vamos conocer y a ver a través deimágenes, cómo puedo hacer mi declaración.

    A continuación podréis ver en las imágenes dónde hacer click, indicado con una echanaranja.

    Paso 1

    Entrar en la web del SAT y clicar

    en “trámites” (esquina superior

    izquierda.)

    O también puedes clicar en el

    siguiente botón, para ir acceder

    directamente.

    Ir a trámites

    Paso 2

    Clicar en el apartado

    “declaraciones” (parte superior

    izquierda) y cuando se abre

    el desplegable clicaremos en

    “anuales”.

    Paso 3

    Se nos abrirá otro desplegable y

    tendremos que clicar en

    “Asalariados”. En esta parte

    se ingresa con el RFC y

    la contraseña o el.

    https://www.siat.sat.gob.mx/PTSC/https://www.siat.sat.gob.mx/PTSC/

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    14Guía de fscalidad - ¿CÓMO PRESENTAR MI DECLARACIÓN ANUAL 2015-SAT?

    Al entrar al sistema deberían aparecer nuestros datos personales como el RFC, CURP, nombre completo, ejercicio a presentar,tipo de declaración y zona geográ ca.

    Allí, tendremos que ingresar los datos sobre:

    Ý Ingresos Ý Retenciones Ý Deducciones

    De esta forma el sistema calcula automáticamente mi impuesto a cargo o a favor. (Los contribuyentes asalariados que presen-

    ten su declaración anual del ejercicio scal 2015 y resulten consaldos a favor tendrán la devolución de su importe en 5 días.)

    Paso 4

    Ingresos

    En este apartado deberemos introducir todos los datos acerca de:

    Ý Sueldos Ý Salarios Ý Asimilados de nuestra constancia

    Paso 5

    Egresos o deduccionespersonales

    Ver tabla en la página siguiente.

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    15Guía de fscalidad - ¿CÓMO PRESENTAR MI DECLARACIÓN ANUAL 2015-SAT?

    Deducción Requisitos

    1Honorarios médicos,dentales y gastoshospitalarios

    1. Pagados para el contribuyente (nosotros), nuestro cónyuge o la persona conquien vivamos en concubinato, padres, abuelos, hijos y nietos.

    2. Siempre que no hayan percibido durante el año ingresos iguales o superio-

    res a un salario mínimo general de su área geográ ca elevado al año.

    2 Gastos funerarios Sólo la cantidad que NO exceda del salario mínimo general de su área geográ -ca elevado al año.

    3 Primas por seguros degastos médicosPueden ser tanto complementarios como independientes de los servicios desalud públicos

    4 Intereses reales

    1. Devengados y efectivamente pagados durante el año al que corresponda ladeclaración.

    2. Por créditos hipotecarios utilizados para la construcción o remodelación decasa habitación.

    3. Los destinados al pago de deudas para la adquisición, construcción o remo-delación de casa habitación, contratados con las instituciones del sistema

    nanciero o con instituciones públicas como el INFONAVIT o FOVISSSTE,siempre por debajo de un 750 mil unidades de inversión (UDIS) .

    5 Donativos no onerososni remunerativosEl monto no debe exceder el 7% de los ingresos acumulables que sirvieron debase para calcular el impuesto sobre la renta.

    6 Aportaciones comple-mentarias de retiro

    Ý Realizadas directamente en la subcuenta de aportaciones complementariasde retiro o a las cuentas de planes personales de retiro.

    Ý Las aportaciones voluntarias realizadas a la subcuenta de aportacionesvoluntarias.

    Ý El monto de esta deducción será como máximo de 10% de tus ingresosacumulables en el ejercicio, sin que dichas aportaciones excedan de cincosalarios mínimos generales de su área geográ ca elevados al año.

    7 Transportación escolar De mis descendientes en línea recta (hijos, nietos). PERO sólo si la escuela obli-ga a todos sus alumnos a pagar el servicio de transporte.

    8 El importe de los estímu-los scales por:

    Ý Depósitos en las cuentas personales especiales para el ahorro.Ý Pagos de primas de contratos de seguro que tengan como base planes de

    pensiones relacionados con la edad, jubilación o retiro, así como la adquisi-ción de acciones de sociedades de inversión.

    Ý El monto que me puedo deducir por estos conceptos no debe exceder de152,000 pesos.

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    16Guía de fscalidad - ¿CÓMO PRESENTAR MI DECLARACIÓN ANUAL 2015-SAT?

    5. ¡Me he equivocado! ¿Cómo puedo corregir mi declaración anual?

    Con las prisas de última hora todos nos podemos equivocar a la hora de presentar nuestra declaración anual 2016. Tranqui-los, todo se puede solucionar: vamos a ver cómo podemos arreglarlo a través de unos sencillos pasos.

    Para corregir las declaraciones se han creado las llamadas declaraciones complementarias. El Servicio de Administración

    Tributaria nos da hasta 3 posibilidades de presentación de estas declaraciones.

    Hay 3 tipos de declaraciones complementarias: ¿en qué casos presento cada una?1. Modi cación de la declaración

    ÝModi car información de una declaración previamente presentada ÝIncorporar regímenes u obligaciones

    2. Dejar sin efecto la declaración: con ella eliminamos en su totalidad una o varias declaraciones presentadas previamen-

    te.

    3. Declaración no presentada: sólo la podré presentar cuando hayamos dejado sin efecto una (o varias, en su caso) decla-

    raciones anteriores.

    Si quieres más información sobre las declaraciones complementarias, o saber cómo presentarlas , ¡entra en el post en elque te lo explicamos!

    http://www.rankia.mx/blog/isr-impuesto-renta/2681821-como-hacer-declaracion-complementariahttp://www.rankia.mx/blog/isr-impuesto-renta/2681821-como-hacer-declaracion-complementaria

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    ¿Qué gastos puedo deducir en mi declaración anual? Médicos, seguros, aportaciones...

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    19Guía de fscalidad - ¿QUÉ GASTOS PUEDO DEDUCIR EN MI DECLARACIÓN?

    Ý Deducciones por aportaciones complementarias de retiroLas realizadas directamente en la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro o en las cuentas de planes perso-nales de retiro , también las aportaciones voluntarias realizadas, siempre que en este último caso cumplan los requisitos depermanencia para los planes de retiro.

    Ý Deducciones por los gastos destinados a la transportación escolarPara los descendientes en línea recta, estos gastos serán deducibles siempre y cuando la escuela obligue a todos sus alum-

    nos a pagar el servicio de transporte.

    Ý Deducciones en el importe de los estímulos scalesEn los casos de depósitos en las cuentas personales especiales para el ahorro, pagos de primas de contratos de seguro que

    tengan como base planes de pensiones relacionados con la edad, jubilación o retiro y también la adquisición de acciones de

    sociedades de inversión. El monto a deducir no debe exceder de 152,000 pesos.

    ¿Cuál es el límite de las deducciones de mi declaración anual?El límite máximo de las deducciones personales que se han realizado por una persona física al año sobre la cantidad que resul-

    te menor entre cuatro salarios mínimos generales elevados al año del área geográ ca del contribuyente, o el 10% del total delos ingresos del contribuyente, incluidos los exentos. Este límite no se aplica en el caso de los donativos otorgados a personas

    autorizadas.

    ¿Quiénes pueden hacer estas deducciones?Las deducciones las puede hacer cualquier persona física que este obligada a presentar su declaración anual, ya sea porque

    tiene unos ingresos por servicios profesionales o por actividad empresarial; porque sus ingresos superan los 400,000 pesos;

    porque tiene dos o más fuentes de ingreso; o debido a que obtuvo unos ingresos por concepto de intereses reales que excedan

    de 100,000 pesos.

    También las personas asalariadas con ingresos que sean menores de 400,000 pesos, o que tengan unos intereses reales por

    debajo de 100,000 pesos, tienen la posibilidad de presentar su declaración y así hacer estas deducciones, por tanto, su base

    gravable será inferior y así podrá obtener un reembolso por parte del SAT.

    http://www.rankia.mx/blog/mejores-afores/2021581-planes-personales-retiro-pprhttp://www.rankia.mx/blog/mejores-afores/2021581-planes-personales-retiro-pprhttp://www.rankia.mx/blog/mejores-afores/2021581-planes-personales-retiro-pprhttp://www.rankia.mx/blog/mejores-afores/2021581-planes-personales-retiro-pprhttp://www.rankia.mx/blog/mejores-afores/2021581-planes-personales-retiro-ppr

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    Tarifas y Tablas ISR 2016

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    21Guía de fscalidad - TARIFAS Y TABLAS ISR 2015

    6. TARIFAS Y TABLAS ISR 2016Ya conocemos las tablas y tarifas para el cálculo del Impuesto sobre la Renta - ISR en 2016 que han sido publicadas en el Ane-

    xo 8 de la Resolución Resolución Miscelánea Fiscal para 2016. Este Anexo agrega la tarifa general del ISR para 2016, las tarifas

    del ISR para los pagos provisionales por enajenación de inmuebles, por servicio laboral subordinado, por actividades empresa-

    riales y por ingresos obtenidos en el arrendamiento de bienes inmuebles.

    Tarifas Generales del Impuesto sobre la Renta (ISR) 2016Las Tarifas generales del Impuesto sobre la Renta para 2016 se recogen en los anexos de la Resolución Miscelánea para2016 publicada el pasado mes de octubre, obligando al pago de este impuesto a las personas físicas residentes en México que

    obtengan ingresos en efectivo, en bienes, en crédito o en servicios. También están obligadas al pago del impuesto, las personas

    físicas residentes en el extranjero que realicen actividades empresariales o presten servicios personales independientes, en el

    país, a través de un establecimiento permanente (artículo 90 de La Ley del Impuesto sobre la Renta).

    Si quieres asegurarte de que no estás obligado al pago de este impuesto puedes checar el siguiente post donde se desarrolla

    este tema: ¿Quiénes están obligados a presentar la Declaración anual de personas físicas?

    Tarifa para el cálculo del ISR correspondiente al ejercicio 2015Límite Inferior Límite Superior Cuota Fija % sobre excedente de límite inferior

    $0,01 $5.952,84 $0,00 1.92%

    $5.952,85 $50.524,92 $114,29 6.40%

    $50.524,93 $88.793,04 $2.966,91 10.88%

    $88.793,05 $103.218,00 $7.130,48 16.00%

    $103.218,01 $123.580,20 $9.438,47 17.92%

    $123.580,21 $249.243,48 $13.087,37 21.36%

    $249.243,49 $392.841,96 $39.929,05 23.52%

    $392.841,97 $750.000,00 $73.703,41 30.00%

    $750.000,01 $1.000.000,00 $180.850,82 32.00%

    $1.000.000,01 $3.000.000,00 $260.850,81 34.00%

    $3.000.000,01 En adelante $940.850,81 35.00%

    Tarifa para el cálculo del ISR correspondiente al ejercicio 2016Límite Inferior Límite Superior Cuota Fija % sobre excedente de límite inferior

    $0,01 $5.952,84 $0,00 1.92%$5.952,85 $50.524,92 $114,29 6.40%

    $50.524,93 $88.793,04 $2.966,91 10.88%$88.793,05 $103.218,00 $7.130,48 16.00%

    $103.218,01 $123.580,20 $9.438,47 17.92%$123.580,21 $249.243,48 $13.087,37 21.36%$249.243,49 $392.841,96 $39.929,05 23.52%

    $392.841,97 $750.000,00 $73.703,41 30.00%$750.000,01 $1.000.000,00 $180.850,82 32.00%

    $1.000.000,01 $3.000.000,00 $260.850,81 34.00%$3.000.000,01 En adelante $940.850,81 35.00%

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    22Guía de fscalidad - TARIFAS Y TABLAS ISR 2015

    Tarifas del Impuesto sobre la Renta (ISR) 2016: RetencionesTarifas aplicables a retenciones del ISR para 2016 referentes tanto a los servicios laborales subordinados por diferentes perio-dos de pago (diario, 7 días, 10 días, 15 días, mensual), como las retenciones del ISR relacionadas con actividades empresaria-les y obtención de ingresos relacionados con arrendamientos inmobiliarios.

    Se entienden por ingresos de este tipo para el cálculo del ISR los salarios y demás prestaciones que deriven de una relaciónlaboral, sumando la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas y las prestaciones percibidas comoconsecuencia de la terminación de la relación laboral (artículo 94 Ley del Impuesto sobre la Renta).

    Tarifas ISR 2016 por cantidad de trabajo en días realizado en 2016

    Límite Inferior Límite Superior Cuota Fija % sobre excedente de límite inferior

    $0,01 $16,32 $0,00 1.92%

    $16,33 $138,50 $0,31 6.40%

    $138,51 $243,40 $8,13 10.88%

    $243,41 $282,94 $19,55 16.00%

    $282,95 $338,76 $25,87 17.92%

    $338,77 $683,23 $35,88 21.36%$683,24 $1076,88 $109,45 23.52%

    $1.076,88 $2.055,92 $202,04 30.00%

    $2.055,93 $2.741,23 $495,75 32.00%

    $2.741,24 $8.223,68 $715,05 34.00%

    $8.223,69 En adelante $2,579,09 35.00%

    Tarifas del Impuesto sobre la Renta (ISR) 2016: Pagos provisionalesA continuación, vemos las tarifas generales del ISR aplicables a los pagos provisionales por venta de inmuebles que debanefectuarse durante 2016.

    Tarifas ISR 2016: Pagos provisionales para enajenación de inmueblesLímite Inferior Límite Superior Cuota Fija % sobre excedente de límite inferior

    $0,01 $5.952,84 $0,00 1.92%$5.952,85 $50.524,92 $114,29 6.40%

    $50.524,93 $88.793,04 $2.966,91 10.88%$88.793,05 $103.218,00 $7.130,48 16.00%

    $103.218,01 $123.580,20 $9.438,47 17.92%$123.580,21 $249.243,48 $13.087,37 21.36%$249.243,49 $392.841,96 $39.929,05 23.52%$392.841,97 $750.000,00 $73.703,41 30.00%$750.000,01 $1.000.000,00 $180.850,82 32.00%

    $1.000.000,01 $3.000.000,00 $260.850,81 34.00%

    $3.000.000,01 En adelante $940.850,81 35.00%

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    23Guía de fscalidad - TARIFAS Y TABLAS ISR 2015

    Tarifas ISR 2016: Tabla del subsidio para empleoPara ingresos de Hasta ingresos de Cantidad de subsidio para el empleo diario

    $0,01 $58,19 13,39$58,20 $87,28 13,38$87,29 $114,24 13,38

    $114,25 $116,38 12,92$116,39 $146,25 12,58$146,26 $155,27 11,65$155,18 $175,51 10,69$175,52 $204,76 9,69$204,77 $234,01 8,34$234,02 $242,84 7,16$242,85 En adelante 0,00

    Tarifas ISR 2016: Tarifa del subsidio para empleo

    Límite inferior 1 Límite Inferior 2 Límite Superior Cuota Fija% sobre excedentede límite inferior 1

    Subsidio para elempleo diario

    $0,01 $0,01 $16,32 $0,00 1.92% $13,39$16,33 $16,33 $58,19 $0,31 6.40% $13,39$16,33 $58,20 $87,28 $0,31 6,40% $13,38$16,33 $87,29 $114,24 $0,31 6,40% $13,38$16,33 $114,25 $166,38 $0,31 6,40% $12,92$16,33 $116,39 $138,50 $0,31 6,40% $12,58

    $138,51 $138,51 $146,25 $8,13 10,88% $12,58$138,51 $146,26 $155,18 $8,13 10,88% $11,65$138,51 $155,18 $175,51 $8,13 10,88% $10,69$138,51 $175,52 $204,76 $8,13 10,88% $9,69$138,51 $204,77 $234,01 $8,13 10,88% $8,34

    $138,51 $234,02 $242,84 $8,13 10,88% $7,16

    $138,51 $242,85 $243,40 $8,13 10,88% $0,00

    $243,41 $243,41 $282,94 $19,55 $16,00 $0,00

    $282,95 $282,95 $338,76 $25,87 17,92% $0,00

    $338,77 $338,77 $683,23 $35,88 $21,36 $0,00

    $683,24 $683,24 $1.076,87 $109,45 $23,52 $0,00

    $1.076,88 $1.076,88 $2.055,92 $202,04 $30,00 $0,00

    $2.055,93 $2.741,24 $2.741,23 $495,75 $32,00 $0,00

    $2.741,24 $2.741,24 $8.223,68 $715,05 $34,00 $0,00

    $8.223,69 $8.223,69 En adelante $2.579,09 $35,00 $0,00

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    24Guía de fscalidad - TARIFAS Y TABLAS ISR 2015

    Tarifas ISR 2016: Tabla de subsidio para pagos de 7 días en 2016Para ingresos de Hasta ingresos de Cantidad de subsidio para el empleo semanal

    $0,01 $407,33 93,73$407,34 $610,96$610,97 $799,68 133,80$799,69 $814,66 129,20

    $814,67 $1.023,75 125,80$1.023,76 $1.086,19 116,50$1.086,20 $1.228,57 106,90$1.228,58 $1.433,32 96,90$1.433,33 $1.638,07 83,40$1.638,08 $1.699,88 71,60$1.699,89 En adelante 0,00

    Tarifas ISR 2016: Tarifa para pagos por periodos de 7 días en 2016

    Las tarifas aplicables a los pagos provisionales en el ISR para 2016 se determinan en función de los periodos de pago. Con-cretamente esta tabla que encontramos a continuación recoge las tarifas aplicables cuando se realicen pagos en 2016 que

    correspondan a un periodo de 7 días, así como las tarifas y tablas para los subsidios.

    Límite Inferior Límite Superior Cuota Fija % sobre excedente de límite inferior

    $0,01 $163,20 $0,00 1.92%$114,25 $969,50 $2,17 6,40%

    $969,51 $1.703,80 $56,91 10.88%$1.703,81 $1980,58 $136,85 16.00%

    $1.980,59 $2.371,32 $181,09 17.92%$2.371,33 $4.782,61 $251,16 21.36%

    $4.782,62 $7.538,09 $766,15 23.52%$7.538,10 $14.391,44 $1.414,28 30.00%

    $14.391,45 $19.188,61 $3.470,25 32.00%$19.188,62 $57.565,76 $5.005,35 34.00%

    $57.656,77 En adelante $18.053,63 35.00%

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    26Guía de fscalidad - TARIFAS Y TABLAS ISR 2015

    Tabla del subsidio para el empleo aplicable a la tarifa quincenal

    Para ingresos de Hasta ingresos de Cantidad de subsidio para el empleo decenal

    $0,01 $1.786,96 407,02

    $1768,97 $2.653,38 406,83

    $2.653,39 $3.472,84 406,62

    $3.472,85 $3.537,87 392,77

    $3.537,88 $4.446,15 382,46

    $4.446,16 $4.717,18 354,23

    $4.717,19 $5.335,42 324,87

    $5.335,43 $6.224,67 294,63

    $6.224,68 $7.113,90 253,54

    $7.113,91 $7.382,33 217,61

    $7.382,34 En adelante 0,00

    Puedes ver más tablas sobre el ISR 2016 en nuestro site

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    ¿Cómo hacer una declaracióncomplementaria?

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    28Guía de fscalidad - ¿CÓMO HACER UNA DECLARACIÓN COMPLEMENTARIA?

    7. ¿CÓMO HACER UNA DECLARACIÓN COMPLEMENTARIA?Se acerca el momento de presentar mi Declaración Anual… Con las prisas y los despistes podemos cometer errores alrealizarla u olvidar hacerlo. Vamos a ver cómo se realiza una declaración complementaria, que suele ser la primera solución.

    ¿Cómo hago una declaración complementaria?¿Lo primero...qué es una declaración complementaria?Cuando presentamos la Declaración Anual podemos cometer cualquier error o equivocación. Para estos casos se han creadolas declaraciones complementarias . Por tanto las declaraciones complementarias son aquellas que corrigen las originales.

    Requisitos declaración complementaria

    1. Indicar el número de operación o folio asignado y la fecha de presentación de la declaración que se complementa.2. Acompañar los anexos que se complementan y en los mismos incluir la información que se corrige y la que no se

    modi có, así como los datos generales del declarante y el resumen global del anexo.

    Para los efectos de la presentación de declaraciones del ejercicio con el tipo de declaración complementaria, y las siguientesopciones, hay que estar a lo siguiente:

    1. Modi cación de Declaración: modi car la información de una declaración previamente presentada o para incorpo-rar regímenes u obligaciones.

    2. Dejar sin efecto Declaración: eliminar en su totalidad una declaración o declaraciones previamente presentadas.3. Declaración no presentada: únicamente podrá presentarse, cuando el contribuyente previamente haya dejado sin

    efecto la/ s declaraciones presentadas con anterioridad.

    ¿Qué pasos debo seguir para presentar mi declaración complementaria?En función de los 4 tipos de declaraciones complementarias que existen, los pasos a seguir para realizarla son diferentes:

    1. Corrección de declaraciones por errores1. Ingresa a Pago referenciado y selecciona:

    ÝPresentación de la declaración. ÝEl mismo periodo de la declaración que presentaste incorrectamente ÝEn Tipo de declaración, selecciona Complementaria ÝEn opción Dejar sin efecto obligación.

    Ahí deberás con rmar la declaración que vas a modi car, y muestra automáticamente los datos de la misma. Si con rmas elsistema ingresa ceros en todos los campos de la declaración complementaria que presentas.

    2. Envía la declaración al SAT, quien a su vez remitirá por la misma vía el acuse de recibo.3. Presenta la declaración correcta conforme al procedimiento ya señalado y, en Tipo de declaración, selecciona Normal

    o Complementaria.

    2. Si no he presentado la declaración 1. Ingresa a Pago referenciado y selecciona:

    ÝPresentación de la declaración.

    ÝEl mismo periodo de la obligación que declaraste ÝEn Tipo de declaración, marca Complementaria ÝEn opción Obligación no presentada.

    http://www.rankia.mx/blog/isr-impuesto-renta/2681227-como-presentar-declaracion-anual-2015-sathttp://www.rankia.mx/blog/isr-impuesto-renta/2672897-cuales-son-multas-por-no-presentar-declaracion-anualhttp://www.rankia.mx/blog/isr-impuesto-renta/2672897-cuales-son-multas-por-no-presentar-declaracion-anualhttp://www.rankia.mx/blog/isr-impuesto-renta/2681227-como-presentar-declaracion-anual-2015-sat

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    29Guía de fscalidad - ¿CÓMO HACER UNA DECLARACIÓN COMPLEMENTARIA?

    Allí aparecerán las obligaciones o impuestos no presentados, de las cuales tendrás que elegir la obligación o impuesto que vas

    a presentar.

    2. Captura los campos habilitados en el programa, junto con la actualización y los recargos a la fecha.3. Envía la declaración al SAT y en caso que haya cantidad a cargo, realiza el pago con la línea de captura, ya sea por

    transferencia electrónica o en ventanilla bancaria, según corresponda.

    3. Si no realizo el pago en el plazo señalado 1. Ingresa a Pago referenciado y selecciona:

    ÝPresentación de la declaración. ÝEl mismo periodo cuyo importe no fue cubierto. ÝEn Tipo de declaración selecciona Complementaria. ÝEn opción elige Modi cación de obligaciones. El programa muestra los datos capturados de la declaración que se

    complementa.

    2. Captura los montos de actualización y recargos que correspondan.3. Envía la declaración, el SAT, a su vez te remitirá, por la misma vía, el acuse de recibo con la nueva línea de captura, la

    cantidad a pagar y la fecha límite para que realices el pago.

    4. Cuando modifco datos relacionados con la determinación de impuestos o pago 1. Ingresa a Pago referenciado y selecciona:

    Ý Presentación de la declaración. Ý El mismo periodo que el señalado en la declaración que vas a modi car.

    Ý En la sección Determinación de impuesto; debes elegir Declaración complementaria.Ý En Opción deberás elegir Modi cación de obligaciones. A continuación el programa muestra automáticamente los

    datos capturados en la declaración que se complementa.

    2. Captura los datos correctos, ya sea en la sección Determinación de impuesto o Determinación de pago.3. Envía la declaración al SAT, quien a su vez te remitirá, por la misma vía, el acuse de recibo con la nueva línea de captura,

    la cantidad a pagar y la fecha límite para que realices el pago.

    Recuerda siempre que las personas morales deben efectuar las declaraciones complementarias en el Servicio de Declaracio-nes y Pagos para modi car declaraciones que hayan presentado en el esquema anterior de pagos electrónicos.

    Estos son los pasos que, en general, hay que seguir para presentar una declaración complementaria. Si aúnte has quedado con dudas, ¡no dudes en escribir y consultarlas!

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    ¿Cuáles son las multas por no presentar mi declaraciónanual?

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    32Guía de fscalidad - ¿CUÁLES SON LAS MULTAS POR NO PRESENTAR MI DECLARACIÓN?

    ¿Cuáles son las multas por no presentar mi declaración anual? Importe de las multas

    Si espero a que sea la propia autoridad scal la que me avise de que he incumplido los plazos y he de declarar, no sólo tengoque pagar un recargo, sino que además, pagaría alguna de las multas que detallo a continuación.

    De acuerdo con el SAT, en caso de que el contribuyente sea requerido mediante la facultad de comprobación, el importe de

    las multas ascendería a:

    ¿Cómo podría defenderme frente a las multas?

    Si considero que se han vulnerado mis derechos como contribuyente, o la multa que se me ha impuesto no es correcta,

    podría acudir a Prodecon.

    Prodecon es un organismo público, que sin embargo está descentralizado, es decir, tiene autonomía tanto funcional como de

    gestión.

    Su objetivo es asesorar, defender y representar de manera gratuita a los contribuyentes, dando seguimiento a los procedi-mientos de queja o reclamación contra actos de las autoridades scales.

    Como hemos visto, lo mejor para evitar sanciones, tanto multas como recargos, es presentar la declaración en plazo . Elperíodo para la presentación comienza en abril, así que ya sabes... ¡manos a la obra!

    Si aún así se te pasa...no te preocupes. Ya hemos visto cómo se pueden evitar las multas: realiza una declaración espontá-

    nea y no esperes a que te reclamen. Aunque ambos retrasos conlleven pago, si haces la declaración antes del requerimiento

    ¡te libras de multas!

    Por cada obligación no declarada de manera espontánea dentro de plazo.

    Por cada obligación al presentar una declaración, solicitud, aviso o cons-tancia-, fuera del plazo señalado en el requerimiento o por incumplimiento

    de dicho requerimiento.

    1. No presentar las declaraciones por internet estando obligado a ello.

    2. Presentarlas fuera de plazo o no cumplir los requerimientos de las autoridades scales para presentarlas.

    3. Cumplir con los requerimientos pero fuera de los plazos señalados en los mismos.

    1.100 - 13.720 pesos

    1.100 - 27.440 pesos

    11.240 - 22.500 pesos

    http://www.prodecon.gob.mx/http://www.prodecon.gob.mx/

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    El régimen de IncorporaciónFiscal:Una nueva forma de declarar

    la renta

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    34Guía de fscalidad - ¿EL REGIMEN DE INCORPORACIÓN FISCAL?

    9. EL RÉGIMEN DE INCORPORACIÓN FISCAL: UNA NUE-VA FORMA DE DECLARAR LA RENTA¿En qué consiste el Régimen de Incorporación Fiscal?En el Régimen de Incorporación Fiscal, se encuentran los contribuyentes personas físicas que realizan actividades empresa-riales, que enajenen bienes o prestan servicios por los que no se requiere para su realización título profesional. Dentro de este

    régimen se encuentran las personas físicas con actividad empresarial con ingresos menores de dos millones de pesos..

    Las personas físicas con actividad empresarial, cuyas ventas sean al público general y sus ingresos no rebasen los 100,000 pe-

    sos al año, no pagarán el impuesto al valor agregado (IVA) ni el impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS), a partirde enero de 2015.De esta manera, los contribuyentes que tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal, y tengan ingresos menores a 100 mil

    pesos anuales, no pagarán ninguno de los impuestos mencionados.Recordamos que debajo se explica el nuevo esquema de cálculo simpli cado del IVA y del IEPS, que se aplica la tasa de laactividad sobre los ingresos bimestrales. A dicho valor, el SAT subsidiará en un 100% en caso de cumplirse las condiciones

    anteriores.También a partir de enero de 2015, los contribuyentes con ventas al público en general, con ingresos de entre 100 mil y 2 mi-llones de pesos anuales, no pagarán IVA ni IEPS en su primer año de incorporación, y se les otorgarán descuentos durante los

    siguientes nueve años, como ocurre en el caso del Impuesto Sobre la Renta.

    ¿Cuáles son sus obligaciones? Ý Solicitar su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes. Ý Conservar comprobantes que reúnan requisitos scales, únicamente cuando no se haya emitido un comprobante scal

    por la operación.

    Ý Registrar en los medios o sistemas electrónicos a que se re ere el artículo 28 del Código Fiscal de la Federación, losingresos, egresos, inversiones y deducciones del ejercicio correspondiente.

    Ý Entregar a sus clientes comprobantes scales. Ý Presentaran a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél al que corresponda el pago de la declaración

    bimestral, mismos que tendrán el carácter de de nitivos. Ý Pagaran el impuesto sobre la renta siempre que presenten en forma bimestral ante el Servicio de Administración Tributa-

    ria, la declaración a que hace referencia el párrafo quinto del artículo 111 de la LISR, los datos de los ingresos obtenidos y

    las erogaciones realizadas, incluyendo las inversiones, así como la información de las operaciones con sus proveedores

    en el bimestre inmediato anterior

    Ý ¿Cuáles son los plazos para informar de mis operaciones? Ý Se deben declarar cada dos meses:

    Ý Los ingresos por ventas o servicios al público en general. Ý Los gastos en la operación de tu negocio .

    ¿Cuáles son los plazos para informar de mis operaciones? Se deben declarar cada dos meses:

    ÝLos ingresos por ventas o servicios al público en general Ý Los gastos en la operación de tu negocio

    Calendario de presentación general:

    Ý Mes de Enero (Se presenta la del bimestre Noviembre-Diciembre) Ý Mes de Marzo (Se presenta la del bimestre Enero-Febrero)

    Ý Mes de Mayo (Se presentan las de los bimestres Marzo-Abril) Ý Mes de Julio (Se presentan las de los bimestres Mayo-Junio) Ý Mes de Septiembre (Se presenta la del bimestre Julio-Agosto) Ý Mes de Noviembre (Se presenta la del bimestre Septiembre-Octubre)

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    Comunidad Financiera

    35Guía de fscalidad - ¿EL REGIMEN DE INCORPORACIÓN FISCAL?

    ¿Qué ventajas proporciona? ÝBene cios scales

    ÝMecanismo más sencillo: permite a los contribuyentes realizar el cálculo del IVA y en su caso del IEPS de manera mássimpli cada y clara.

    ÝNo debo presentar mi Declaración Anual

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    ¿Cómo envío archivos XMLde mi contabilidadelectrónica?

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    37Guía de fscalidad - ¿CÓMO ENVÍO MIS ARCHIVOS XML DE CONTABILIDAD?

    10. ¿CÓMO ENVÍO ARCHIVOS XML DE MI CONTABILIDADELECTRÓNICA?Como bien sabemos, el momento de presentar la declaración anual de la renta se acerca. Y para este año 2016 debemostener en cuenta algunos cambios relacionados con los archivos XML y la contabilidad electrónica. Pero... ¿quiénes la debenrealizar? ¿qué debe incluir? ¿cómo la envío al SAT? ¿cuándo tendré que presentarla?

    La autoridad scal pretende una contabilidad más estructurada, y para ello, es importante eliminar la información que loscontribuyentes deberían haber proporcionado a través de una declaración informativa, ya que toda esta información, sesupone que el SAT ya la tendrá, a través de la presentación por parte de los contribuyentes de la contabilidad electrónica víainternet.

    ¿Qué es la contabilidad electrónica?La contabilidad electrónica se re ere a la obligación de llevar los registros y asientos contables a través de medios electróni-cos e ingresar de forma mensual su información contable a través de la página de Internet del SAT.

    Para dar cumplimiento formal al ingreso mensual de información contable, únicamente se enviará la balanza de comproba-

    ción y el catálogo de cuentas con el código agrupador del SAT que permita su interpretación.

    ¿Quiénes están obligados a llevar la contabilidad económica?Todas las personas, tanto físicas como morales. A excepción de las físicas con actividad empresarial y que sus ingresos sean

    menores a 2 millones de pesos y utilicen Mis cuentas.

    ¿Es lo mismo llevar la contabilidad que entregar contabilidad electrónica?No. Todos los contribuyentes a excepción de los asalariados tienen la obligación de llevar la contabilidad. Sin embargo, no

    todos deben entregarla a través de la llamada contabilidad electrónica.

    ¿Quiénes están obligados a llevar la contabilidad económica vía Mis Cuentas?Es decir, quienes están obligados a utilizar los medios electrónicos. Serían sólo los contribuyentes del Régimen de Incorpora-ción Fiscal. De esta forma, el resto de personas físicas podría elegir qué sistema llevar.

    ¿Cómo llevo la contabilidad?El artículo 28 del Código Fiscal de la Federación nos dice cómo se debe llevar la contabilidad por parte de los contribuyentes

    obligados.

    Las personas que de acuerdo con las disposiciones scales estén obligadas a llevar contabilidad,estarán a lo siguiente:

    I. La contabilidad, para efectos scales, se integra por los libros, sistemas y registros contables, papelesde trabajo, estados de cuenta, cuentas especiales, libros y registros sociales, control de inventarios ymétodo de valuación, discos y cintas o cualquier otro medio procesable de almacenamiento de datos, losequipos o sistemas electrónicos de registro scal y sus respectivos registros, además de la documenta -ción comprobatoria de los asientos respectivos, así como toda la documentación e información relacio-nada con el cumplimiento de las disposiciones scales, la que acredite sus ingresos y deducciones, y laque obliguen otras leyes; en el Reglamento de este Código se establecerá la documentación e informa-ción con la que se deberá dar cumplimiento a esta fracción, y los elementos adicionales que integran lacontabilidad.

    http://www.rankia.mx/blog/isr-impuesto-renta/2681227-como-presentar-declaracion-anual-2015-sathttp://www.rankia.mx/blog/isr-impuesto-renta/2672870-quienes-estan-obligados-presentar-declaracion-anual-personas-fisicashttp://www.rankia.com/informacion/rifhttp://www.rankia.com/informacion/rifhttp://www.rankia.com/informacion/rifhttp://www.rankia.com/informacion/rifhttp://www.rankia.mx/blog/isr-impuesto-renta/2672870-quienes-estan-obligados-presentar-declaracion-anual-personas-fisicashttp://www.rankia.mx/blog/isr-impuesto-renta/2681227-como-presentar-declaracion-anual-2015-sat

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    39Guía de fscalidad - ¿CÓMO ENVÍO MIS ARCHIVOS XML DE CONTABILIDAD?

    ¿Cómo se envía al SAT la Contabilidad Electrónica?Para enviar a la autoridad scal nuestra contabilidad habrá que tener con nosotros lo siguiente:

    ÝTener la rma electrónica vigente (FIEL) ÝArchivo/s XML con formato de compresión ZIP con nomenclatura establecida ÝAcceso a internet para realizar en envío.

    Todo lo anterior nos permite entrar al Buzón Tributario y seleccionar la opción de Contabilidad Electrónica. Una vez entramosen el sistema, sólo tendremos que enviar los archivos.

    Los pasos para ellos son:1. Una vez que tienes los archivos con el detalle de tu contabilidad electrónica, conforme los esquemas (xsd) publicados

    por el SAT para Catálogo de cuentas, Balanza de comprobación e Información de pólizas y auxiliares, ingresa al Buzón

    Tributario y ahí a la opción Contabilidad electrónica.2. Selecciona el archivo y envíalo con rma electrónica. Recibes un acuse de recepción.3. Posteriormente, ingresa a la consulta de acuses para obtener el acuse de nitivo de aceptación o rechazo.

    ¿Cuál es el calendario para presentarla?

    Balanza del mes de Personas morales Personas físicas

    Noviembre de 2015 6 de enero de 2016 8 de enero de 2016Diciembre de 2015 4 de febrero de 2016 8 de febrero de 2016

    Balanza ajustada al cierre del ejercicio 2015 20 de abril de 2016 22 de mayo de 2016Enero de 2016 3 de marzo de 2016 7 de marzo de 2016

    Febrero de 2016 5 de abril de 2016 7 de abril de 2016Marzo de 2016 4 de mayo de 2016 9 de mayo de 2016Abril de 2016 3 de junio de 2016 7 de junio de 2016

    Mayo de 2016 5 de julio de 2016 7 de julio de 2016Junio de 2016 3 de agosto de 2016 5 de agosto de 2016Julio de 2016 5 de septiembre de 2016 7 de septiembre de 2016

    Agosto de 2016 5 de octubre de 2016 7 de octubre de 2016Septiembre de 2016 3 de noviembre de 2016 7 de noviembre de 2016

    Octubre de 2016 4 de diciembre de 2016 7 de diciembre de 2016Noviembre de 2016 4 de enero de 2017 6 de enero de 2017Diciembre de 2016 3 de febrero de 2017 8 de febrero de 2017

    Balanza ajustada al cierre del ejercicio 2016 20 de abril de 2017 22 de mayo de 2017

    Estos son algunos consejos y conceptos útiles para todos aquellos que queréis información y saber cómo llevar a cabo la recién

    incorporada contabilidad electrónica.

    Si tienes más dudas acerca de la Declaración Anual 2016no dudes en entrar en nuestros artículos relacionados y en clicar enlas palabras resaltadas, para saber cómo realizar tu declaración, qué hacer si se te pasa el plazo, qué gastos puedes deducir, si

    estás obligado o no a presentarla...

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    Devolución del ISR

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    41Guía de fscalidad - DEVOLUCIÓN DEL ISR

    11. DEVOLUCIÓN DEL ISRCon motivo de la declaración anual 2016 nos empiezan a surgir preguntas... Entre ellas: ¿y si me sale saldo a favor? Relaciona-do con el concepto de compensación del ISR, a continuación os explicamos y solucionamos vuestras dudas sobre la devolu-

    ción del ISR. Hablaremos de qué es y por qué surge, así como de la forma y requisitos en que debemos solicitarlas.

    1. Devolución del ISR

    ¿Qué es la devolución de impuestos?

    La devolución de impuestos es el derecho que tenemos todos los contribuyentes y que nos permite recuperar los montos desaldo a nuestro favor o el dinero pagado por error, por ejemplo al calcular mis impuestos.

    Las personas que pueden solicitar la devolución del ISR son las personas físicas y morales que deseen solicitar una devolución

    de saldo a favor.

    Para presentar la solicitud de devolución de impuestos puedo acudir a través de la página de Internet del SAT, en la sección “Mi

    Portal”. Los pasos a seguir serían:

    1. Ingresar a la página del SAT, sección “Mi Portal”, Servicios por Internet.2. Elegir las opciones Devoluciones y Compensaciones, Registro de solicitud.3. Llenar el cuestionario electrónico y obtener el acuse de recibo de la devolución.4. Enviar la solicitud de devolución a través de la página del SAT.5. Y por último, deberíamos obtener como documento el acuse de recibo de Solicitud de Devolución de Impuestos

    Federales.

    ¿Cuánto tarda el SAT en realizar la devolución del ISR?En principio la devolución debe efectuarse en los 40 días hábiles siguientes a la fecha en que se presentó la solicitud con todos

    los requisitos:1. Datos del banco2. Número de cuenta Clabe para transferencias electrónicas3. Informes y documentos necesarios para comprobar que existe el saldo a favor solicitado.

    Es posible que la autoridad requiera al contribuyente para que aporte documentos una segunda vez en un segundo

    requerimiento. De esta forma, el periodo de ampliaría unos 20 días más, hasta llegar a 60 días en total.

    Tiempo que tiene laautoridad para requerirmás información

    Presentación del trámitede devolución de saldosa favor

    2º Requerimiento parasolicitar másinformación

    Atención al segundorequerimiento

    Atención al requerimiento presentandoinformación adicional

    Día1 Día20

    Día40

    Día50

    Día60

    Por otro lado, en el caso de que los contribuyentes dictaminen sus estados nancieros por contador público autorizado, elplazo para la devolución será de 25 días hábiles .

    http://www.rankia.mx/blog/isr-impuesto-renta/2681227-como-presentar-declaracion-anual-2015-sathttp://www.rankia.mx/blog/isr-impuesto-renta/2681227-como-presentar-declaracion-anual-2015-sat

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    42Guía de fscalidad - DEVOLUCIÓN DEL ISR

    Solicitud de Devolución de saldos a favor del ISR vía Internet

    Nº Documentos

    Personas morales Personas físicas

    Regimensimpli cado.

    Impuestode sus inte-

    grantes

    Regimensimpli cado.

    Impuesto Propio

    Todos losdemás Asalariados

    Serviciosporfesio-

    nalesArrendador Actividadempresarial

    Enajenaciónde bienes

    Otrosingresos

    1

    Anexo 8 “Determinación del saldo a favor de ISR eIMPAC para sectro nanciero, contribuyentes”. F 3241en formato *.zip. Para contribuyentes personas moralesque “Dictaminan sus estados Financieros”.

    X X X

    2

    En su caso, deberá adjuntar un archivo con formato *.zipde forma digitalizada las constancias de retencionescon rma y sello del emisor en los que consten lasretenciones de ISR: documentación comprobatoria deimpuesto pagado en el extranjero: entre otros.

    X X X X X X X X X

    3

    Escrito en el que se mani esta la proporción de suparticipación en la copropiedad y nombre del represen-tante común así como la hoja de trabajo que muestra

    el cálculo realizado para autodeterminarse la parte quecorresponde de los ingresos por copropiedad.

    X X X X

    4

    Tratándose de ingresos provenientes por deicomisos,contrato de deicomiso, con rma deicomitente, dei-comisarios o de sus representantes legales, así comodel representante legal de la institución nanciera.

    X X X X X X X X X

    5 En su caso, papel de trabajo o escrito en el que se mani-este el acreditamiento de IDE en los pagos efectuados. X X X X X X X X X

    6En su caso, comprobantes scales y estados de cuentaque comprueben la aplicación del Decreto por ServiciosEducativos .

    X X X X X X

    7 Contar con Contraseña y certi cado de FIEL a efecto deingresar a la aplicación “Mi portal” X X X X X X X X X

    8En el caso, de presentar documentación adicional, noseñalada o enunciada en los puntos anteriores estadeberá adicionarse a su trámite en forma digitalizada(archivo con formato *.zip)

    X X X X X X X X X

    9Tratándose del Régimen Intermedio, las Personas Físi-cas con actividad empresarial, fotocopia de los pagosprovisionales efectuados a las Entidades Federativas.

    X

    10Papel de trabajo en el que se desglose la determinacióny entero de los pagos provisionales manifestados en ladeclaración anual.

    X X X X X X X X

    ¿Cuál es el plazo para solicitar la devolución de mi saldo a favor?Al igual que los créditos scales a cargo de los contribuyentes, la obligación de la autoridad scal para devolver saldos a favorprescribe después de 5 años. Por tanto la solicitud la deberíamos realizar dentro de ese plazo.

    ¿Cuáles son los requisitos para presentar mi solicitud de devolución del ISR?Los requisitos que exige el SAT en su página web los establece en forma de tabla, tanto para personas morales como para

    personas físicas. Además, añade algunos documentos que la autoridad podría requerir para realizar el trámite de la devolución.

    A continuación les dejo dichas tablas, para que puedan saber qué deben tener para realizar la solicitud de la devolución del ISR:

    Nota: Los documentos originales se digitalizan para su envío. Tratándose de Personas Físicas con saldos iguales o menores a $13.970.00, que no cuenten con certi cado de FIEL, podrán

    presentar la solicitud de devolución previa cita en la ALSC correspondiente a su domicilio scal, presentando los requisitos endispositivo magnético digitalizados.

    Tratandose de remanentes de los saldos a favor de Impuesto Sobre la Renta no compensados por los patrones, se estará a lodispuesto por la cha 15/CFF Solicitud de Devolución de cantidades a favor de otras Contribuciones vía Internet

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    43Guía de fscalidad - DEVOLUCIÓN DEL ISR

    Solicitud de Devolución de saldos a favor del ISR vía Internet

    Nº Documento

    Personas morales Personas físicas

    Regimensimpli cado.

    Impuestode sus inte-

    grantes

    Regimensimplifcado.Impuesto

    Propio

    Todos losdemás Asalariados

    Serviciosporfesio-

    nalesArrendador Actividadempresarial

    Enajenaciónde bienes

    Otrosingresos

    1 Documentos que deban presentarse conjuntamente conla solicitud de devolución y que hayan sido omitidos, oésta y/o sus anexos, se hayan presentado con errores uomisiones.

    X X X X X X X X X

    2 Los datos, informes o documentos necesarios paraaclarar inconsistencias determinadas por la autoridad. X X X X X X X X X

    3 Fotocopia del encabezado del Estado de Cuenta B queexpidan los sujetos a que se re ere el artículo 29-B,fracción II del CFF, el obtenido a través de Internet obien, fotocopia del contrato de apertura de la cuenta,

    en los que aparezca el nombre del contribuyente asícomo el número de cuenta bancaria CLABE, cuando seencuentre obligado.

    x X X X X X X X X

    4 Original y fotocopia de los comprobantes de deduccio-nes personales, cuando sean en exceso o discrepantescon los ingresos o cuando derivado del Proceso deDevoluciones automáticas sea requerida su presenta-ción en la ALSC

    X X X X X X

    5 Tratándose de residentes en el extranjero que tengan unestablecimiento permanente en el país, original y foto-copia de la certi cación de residencia scal, o bien, de lacerti cación de la presentación de la declaración

    X X X X X X X X X

    6 Escrito en el que aclare la diferencia del saldo a favormanifestado en la declaración y el terminado por la

    autoridad.

    X X X X X X X X X

    7 Papel del trabajo o escrito en el que aclare la integracióndel monto de pagos provisionales manifestados en ladeclaración del ejercicio y en su caso, fotocpia de lospagos provisionales correspondientes.

    X X X X X X X

    8 Escrito o papel de trabajo en el que aclare la cifra mani-festada en la declaración por concepto de acreditamien-tos, estímulos o reducciones por existir diferencias conlo determinado por la autoridad

    X X X X X X

    9 Para contribuyentes del sector agropecuario: Escrito enel que aclare la determinación de los ingresos exentos,por existir diferencias contra lo determinado por laautoridad.

    X X X

    10 En caso de que el retenedor no haya presentado ladeclaración informativa, comprobar la relación laboral ocomercial con la presentación de: X X X X

    Además, como hemos visto, es posible que la autoridad scal nos requiera algún documento más. Para ello tendremos que

    tener presente lo siguiente:

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    44Guía de fscalidad - DEVOLUCIÓN DEL ISR

    Solicitud de Devolución de saldos a favor del ISR vía Internet

    Nº Documento

    Personas morales Personas físicas

    Regimensimpli cado.

    Impuestode sus inte-

    grantes

    Regimensimplifcado.Impuesto

    Propio

    Todos losdemás Asalariados

    Serviciosporfesio-

    nalesArrendador Actividadempresarial

    Enajenaciónde bienes

    Otrosingresos

    ÝRecibo de nómina ÝEstados de cuenta que expidan los sujetos a que se

    re ere el artículo 29-B, fracción II del CFF, con losdepósitos por concepto de pago de nómina.

    ÝComprobantes scales que amparen pagos de arren-damiento y honorarios.

    ÝEstados de cuenta que expidan los sujetos a que sere ere el artículo 29-B, fracción II del CFF, con lasretenciones.

    ÝConstancia de sueldos, salarios, conceptos asimila-dos, crédito al salario y subsidios para el empleo y

    para la nivelación del ingreso.10A Comprobantes scales: ÝTratándose de CFDI, proporcionar el número de

    folio. ÝComprobante Fiscal Digital (CFD) anexar fotoco-

    pia. ÝComprobante Fiscal impreso con Dispositivo de

    Seguridad, anexar fotocopia. ÝComprobante scal impreso por establecimien-

    to autorizado hasta diciembre de 2010, anexarfotocopia.

    ÝEn su caso, Estados de Cuenta expedidos por lasInstituciones señaladas en el artículo 29-B,fracciónII del CFF, anexar fotocopia.

    X X X X X X X X X

    11 Escrito en el que se detalle la determinación del ingresoacumulable y no acumulable, por existir diferencias conel determinado por la autoridad. X X

    12 Los datos, informes o documentos necesarios paraaclarar su situación scal ante el RFC. X X X X X X X X X

    13 Hoja de trabajo que muestre el cálculo realizado y latasa aplicada para auto determinarse el ISR por enajena-ción de bienes, conforme a lo dispuesto en el artículo147 de la Ley del ISR

    X

    14 Hoja de trabajo que muestre el cálculo realizado y laforma en que efectuó la acumulación de los ingresospor dividendos para auto determinarse el ISR

    X

    Espero que estos consejos y pasos os sirvan para el caso en que el sco os tenga que devolver algún monto. Si aún se quedan condudas o tienen más preguntas acerca de la declaración anual 2016, ¡no duden en consultar las páginas relacionadas que les dejo

    más abajo!

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    Compensación del ISR

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    46Guía de fscalidad - COMPENSACIÓN DEL ISR

    12. COMPENSACIÓN DEL ISRYa que en breve tendremos que presentar nuestra declaración anual 2016...en este post os explicamos algunos conceptosbásicos acerca de la compensación del ISR, así como la forma en que deberíamos solicitarlo. Qué es, de dónde viene, cómo se

    solicita...etc. Es un concepto que está bastante relacionado con la devolución del ISR. Pero su explicación, la encontraremos en

    otro post.

    2. Compensación del ISR

    ¿Qué es la compensación del ISR?

    Cuando presentamos nuestra declaración anual, puede ocurrir que nos salga saldo a favor, saldo a pagar o saldo cero. En el

    caso de que nos salga saldo a pagar es cuando podemos acudir a la compensación. Esta, surge de la existencia de deudas por

    parte de ambos lados: sco y contribuyente. De esta forma unas deudas se compensan en totalidad o en parte con las otras.

    Lo bueno de la compensación es que el contribuyente no tiene que abonar el saldo a pagar que le resulta de la declaración

    anual.

    ¿Quiénes pueden compensar el ISR?Todas aquellas personas, tanto físicas como morales que quieran realizar la compensación siempre que hayan avisado de la

    misma a través de la página web del SAT, en la sección “Mi Portal”.

    Pero atención, porque no puede compensarse siempre. El aviso debe ser dentro de los 5 días siguientes después de realizadala compensación, o bien de acuerdo al sexto digito numérico de la clave del RFC de conformidad a este listado:

    Ý 1 y 2 Sexto y Séptimo día hábil siguiente

    Ý 3 y 4 Octavo y Noveno día hábil siguiente Ý 5 y 6 Décimo y Décimo Primer día hábil siguiente Ý 7 y 8 Décimo Segundo y Décimo Tercer día hábil siguiente Ý 9 y 0 Décimo Cuarto y Décimo Quinto día hábil siguiente

    ¿Cómo compenso el ISR?El aviso de la compensación se realiza por internet y deberemos seguir los siguientes pasos:

    Ý Ingresar a la página del SAT, sección “Mi Portal”, Servicios por Internet. Ý Elegir las opciones Devoluciones y Compensaciones, Registro de Solicitud.

    Ý Llenar el cuestionario electrónico y obtener acuse de recibo de la compensación. Ý Enviar la solicitud de compensación a través de la página del SAT.

    Si aún tienes dudas sobre cómo el sco y usted pueden compensar sus deudas, déjenlas en el foro, o consulten los otros postacerca de la declaración anual 2016.

    http://www.rankia.mx/blog/isr-impuesto-renta/2681227-como-presentar-declaracion-anual-2015-sathttp://www.rankia.mx/blog/isr-impuesto-renta/2681227-como-presentar-declaracion-anual-2015-sat

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    Errores y preguntas frecuentes

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    48Guía de fscalidad - ERRORES Y PREGUNTAS FRECUENTES

    13. ERRORES Y PREGUNTAS FRECUENTES.

    Errores más frecuentes: ÝNo actualizar tu FIEL: la rma electrónica avanzada que dispone cada mexicano y tiene una validez de 4 años. ÝNo revisar las facturas: comprobar que las facturas están emitidas en el 2013, tienen domicilio scal y nombre y el IVA. ÝIntentar deducir todas las cosas: las personas quieren deducir todos sus gastos, pero sólo pueden deducir lo que estipulael artículo 176 de la Ley del ISR.

    ÝNo pedir a tiempo las retenciones: pedir tarde o sin tiempo la carta de retención de impuestos a la empresa. ÝNo contratar un inexperto: contratar un contador público titulado. ÝNo guardar los comprobantes antiguos: El SAT puede solicitar las facturas en papel o digitales de los últimos 10 años. ÝNo veri car los folios scales: Veri car que los folios y las facturas scales están vigentes.

    Dudas más frecuentes:Ý¿Cómo me puedo defender del SAT?

    Para defenderse del SAT podrías acudir a Prodecon. Es un organismo público, pero que está descentralizado y por tanto tiene

    autonomía técnica funcional y de gestión.

    De forma gratuita te ofrece asesoría, representación, así como defensa.

    ÝEl ISR a cargo de la Declaración Anual, ¿pueden pagarlo las personas físicas en cualquier banco con tarjeta de crédit

    No, sólo en algunos

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    49Guía de fscalidad - ERRORES Y PREGUNTAS FRECUENTES

    Ý¿Qué navegadores son recomendados para utilizar la Declaración Anual?Internet Explorer 8Mozilla Firefox 5.0 o superiorGoogle Chrome 15.0 o superiorSafari 4.0 o superior

    ÝOpté por pagar en parcialidades el impuesto sobre renta a cargo en mi Declaración Anual, ¿dónde obtengo el formatopara pagar las demás parcialidades?

    En INFOSAT: 01 800 46 36 728, opción 9, seguido de opción 1.

    ÝEn mi Declaración Anual de 2013 (con DeclaraSAT) obtuve saldo a favor, ¿cuándo recibiré la devolución?Si está todo correcto, Hacienda te devuelve dentro de los 40 días hábiles siguientes a la fecha en que la presentaste.

    Ý Presenté mi Declaración Anual en abril, no realicé el pago y la línea de captura caducó, ¿qué hago?Presenta declaración complementaria por modi cación de obligaciones y haz el pago que señale la nueva línea de captura.

    ÝSi presenté mi Declaración Anual con saldo a favor después del plazo en la Declaración Asalariados ¿la devolución sehace en cinco días?

    Sí, siempre que el saldo a favor no rebase 100,000 pesos y no tenga inconsistencias.

    ÝEl ISR a cargo de la Declaración Anual, ¿pueden pagarlo en parcialidades las personas físicas?Sí , pero hay que cumplir ciertos requisitos:

    • Señale en el programa DeclaraSAT o Declaración simpli cada el número de parcialidades elegidas sin exceder de seis.• Presente la Declaración Anual a más tardar en abril, cubriendo la primera parcialidad.• Pague la segunda parcialidad y posteriores con la forma scal FCF, que debe solicitar en la Administración Local de

    Recaudación que le corresponda, o bien, a través de INFOSAT (01 800 46 36 728) en la que se incluirán la actualización y

    recargos que correspondan.

    Si presenta su Declaración Anual a más tardar en abril no tiene que presentar ante el SAT el aviso de que opta por pagar en

    parcialidades.

    La opción de pago en parcialidades quedará sin efectos y las autoridades scales requerirán el pago inmediato del créditoscal cuando el mismo no se haya cubierto en su totalidad, a más tardar en el mes de septiembre.

    Ý Obtuve ISR a favor y IETU a cargo, ¿cómo los compenso en DeclaraSAT?Elige Compensación; en Detalle de la compensación como núm. de operación captura 0. En el Aviso de compensación pon el

    núm. de operación de la declaración.

    Ý¿Cómo renuevo mi rma electrónica? Solicita actualizarla en cualquier o cina del SAT. Para renovar tu Firma Electrónica sólo requieres el original o copia certi cadade una identi cación o cial vigente.

    También puedes renovar tu Firma Electrónica en línea. Necesitas:

    1. Generar una nueva clave privada y un nuevo requerimiento con el programa Solcedi, y guardarlos en donde tú elijas (equi-po de cómputo, o medio de almacenamiento USB o disco compacto).

    2. Ingresa al programa Solcedi y selecciona “Requerimiento de renovación de Fiel”. Ý Señala la ruta donde están resguardados tus archivos de Firma Electrónica, la que quieres renovar: tu archivo de

    certi cado digital y el de tu clave privada.

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    50Guía de fscalidad - ERRORES Y PREGUNTAS FRECUENTES

    3. Continúa las indicaciones, genera y guarda el archivo de requerimiento para la nueva Firma Electrónica (un archivo quetiene terminación ren).

    4. Envía este archivo por medio del Servicio de renovación de certi cados.5. Se despliega una pantalla de acuse que ampara tu operación.6. Descarga el certi cado de tu nueva Firma Electrónica.

    7. Los contribuyentes que cuenten con un certi cado de Firma Electrónica vigente, podrán realizar su renovación a través dela página del SAT.

    Ý¿El certi cado de Firma Electrónica venció?Tienes que asistir preferentemente con una cita a las o cinas del SAT, presentando una identi cación o cial vigente.Solicita en tu sesión un respaldo de tu certi cado digital, que es un archivo electrónico con terminación cer, o descárgalo en lassiguientes opciones:

    • Descarga directa de certi cados• Descarga desde la aplicación CertiSAT

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    ISR 2016: Novedades delimpuesto sobre la Rentapara 2016

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    52Guía de fscalidad - POSIBLE LA DEVOLUCIÓN DE 20% DE ISR A PENSIONADOS

    14. ISR 2016: NOVEDADES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTAPARA 2016En 2016 se presentan una serie de novedades para el Impuesto sobre la Renta (ISR). ¿Estas novedades del ISR para 2016afectan al pequeño contribuyente? A continuación desarrollamos las reformas del Impuesto sobre la Renta (ISR)introducidasen el último paquete económico de 2016 para que estén al día de toda la actualidad y cumplan con sus obligaciones scales.

    El pasado 8 de octubre de 2015 se publicó en el Diario O cial de la Federación (DOF) el nuevo reglamento de laLey del Impues-to sobre la Renta (LISR) que trae cambios tanto para personas físicas como para personas morales.

    Destacamos como novedades para 2016 en el ISR la repatriación de capitales, los bene cios scales para dividendos distribui-dos, deducciones de donativos para personas morales... De esta forma, se pretende fomentar el ahorro y la inversión.

    ISR 2016: Repatriación de capitalesEn el ISR 2016 se ha establecido una medida para la repatriación de capitales a personas físicas y morales residentes enMéxico para que retorne el patrimonio a nuestra nación. Deberán cumplir una serie de requisitos las inversiones para acceder a

    este privilegio:

    Ý Deben ser ingresos gravados por el ISR. Ý Se deberá pagar el ISR en 15 días a la fecha de retorno.

    Ý Se excluyen los ingresos derivados de multas o recargos.Ý Si la inversión debió pagar el ISR, se tendrá que checar que se realizó efectivamente el pago.Ý Se deberá efectuar el retorno de estas inversiones en el plazo de seis meses desde el 1 de enero de 2016 para invertirlos

    en activos jos durante el año 2016 y con el requisito de mantener du propiedad sin venderlos durante 3 años.

    ISR 2016: 10% de ISR de nitivo sobre dividendos distribuidosLa reforma para 2016 contempla un bene cio sobre los dividendos distribuidos. Consiste en facilitar un crédito scal respectode los dividendos o utilidades distribuidos y reinvertidos por personas morales. La tasa del bene cio aplicable será la siguiente: Ý 1% sobre el dividendo distribuido en 2017; Ý 2% para 2018 y Ý 5% de 2019 en adelante.

    Para poder aplicar este bene cio, las acciones deben estar colocadas en la Bolsa Mexicana de Valores.

    ISR 2016: Acceso al crédito para PYMESLa reforma pretende mejorar la inversión, para ello quiere facilitar el acceso a créditos a las pequeñas y medianas empresas a

    través de la eliminación de restricciones para solicitar créditos como el historial crediticio o la existencia de garantías.

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    ISR 2016: Propuestas de deducciones - ISR 2016: Deducciones de donativos para personas moralesLos donativos entregados por personas morales a instituciones públicas no lucrativas de derechos humanos serán deducibles conforme a la última reforma para 2016. Véase ¿Qué son deducciones?

    - ISR 2016: Deducciones por aportaciones al ahorroSe propone eliminar el límite existente de las deducciones por aportaciones a sistemas de ahorro. Actualmente, el límite delas deducciones por aportaciones es del 10% de los ingresos anuales siempre que no rebase el monto de cinco salarios míni-

    mos anuales.

    - ISR 2016: Deducciones por gastos de incapacidadSe aprueba la deducción del 100% de los gastos de incapacidad con justi cante de instituciones del Sistema Nacional de Salud.

    - ISR 2016: Deducciones inmediatasSe aprueba en 2016 un programa temporal para fomentar la inversión por las empresas con ingresos anuales inferiores a 50millones de pesos. El objetivo es mejorar las infraestructuras de las empresas y potenciar la inversión. Esta deducción está

    dirigida a empresas del sector de la construcción y ampliación de infraestructura de transporte o dedicadas a la producción y

    distribución de energía.

    ¿Conocen alguna reforma que podamos aplicar para el ISR 2016 y pueda ser interesante? Será un gusto ayudarles en sus cues-tiones sobre la declaración anual.

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    Declaración Anual para Asalariados 2016: DASMóvil - SAT

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    55Guía de fscalidad - SUSPENSIÓN DE CONTABILIDAD ELECRÓNICA SÓLO ES PARA ALGUNOS

    14. DECLARACIÓN ANUAL PARA ASALARIADOS 2016: DASMÓVIL - SAT

    DAS Móvil es la nueva app del SAT que te permitirá presentar desde tu móvil la declaración anual. Si eres asalariado y quierespresentar tu declaración anual de forma sencilla y sin trámites complicados, este 2016 puedes utilizar la aplicación DAS Móvil.Antes debes conocer si estás obligado a remitir al SAT la declaración anual de asalariados y así veri car que puedes realizartus trámites a través de DAS Móvil. Aquí podrás visualizar esto y mucho más con los requisitos, funcionalidades y procedi-miento para declarar a través de DAS Móvil.

    ¿Estás obligado a presentar la Declaración Anual para Asalariados?Antes de profundizar en la aplicación DAS Móvil tendrás que saber si estás obligado o no a presentar la declaración anualpara asalariados. Por ello, a continuación recopilamos los casos en los que estarás obligado a presentar la declaración anual:Ý Si has obtenido ingresos por más de 400,000 pesos.Ý Si terminaste de laborar antes del 31 de diciembre del año en curso. Ý En caso de laborar en el año con dos o más patrones de forma simultánea.

    Ý Si recibiste ingresos adicionales a los salarios como ingresos por arrendamientos, actividades empresariales... Ý En caso de recibir ingresos de empleadores que no están obligados a practicar retenciones.

    Ý Si cumples alguno de estos requisitos y estás obligado a presentar la declaración anual para asalariados aquí podrás en-contrar una forma sencilla de presentar la declaración a través de tu celular o tableta mediante la aplicación DAS Móvil.

    DAS Móvil: Requisitos, funcionalidades y Declaración Anual para AsalariadosDAS Móvil permite presentar la declaración anual de forma sencilla desde tu móvil u otro dispositivo si eres un asalariado.

    DAS Móvil RequisitosPara poder usar la aplicación DAS Móvil (Declaración Anual para Asalariados desde el móvil) para realizar tu Declaración Anual

    debes recibir tus ingresos a través de salario y cumplir alguno de los supuestos mencionados previamente que determinan laobligación de presentación de la declaración.

    DAS Móvil: FuncionalidadesCon DAS Móvil podrás efectuar diferentes acciones relacionadas con servicios que brinda el SAT como presentar o consultartus declaraciones, imprimir justi cantes de su presentación o checar las declaraciones ya pagadas.Ý Presentar declaración. Ý Consultar declaración. Ý Impresión de acuse. Ý Declaraciones pagadas

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    DAS Móvil: ¿Cómo presentar tu declaración anual?Para presentar tu declaración anual mediante la aplicación DAS Móvil tendrás que completar los datos que aparecen a conti-

    nuación, recuerda que tus ingresos y retenciones estarán precargados.

    Tendrás que completar los campos:Ý Ejercicio Ý Tipo de declaración Ý Subtipo de declaración

    Ý Área geográ ca Ý Podrás capturar tus deducciones personales (facturas) y determinar el monto del Impuesto sobre la Renta (ISR).

    DAS Móvil: Datos a completar para la Determinación del Impuesto sobre la Renta

    Ý Ingresos acumulables Ý Monto aplicable de las deducciones personales Ý Impuesto retenido Ý ISR a favor del ejercicio Ý Si optas por devolución tendrás que seleccionar tu número de clabe interbancaria Ý Declaración de titularidad de la clabe bancaria seleccionada Ý Información de ingresos exentos

    Luego de agregar estos datos podrás revisar tu declaración y enviarla directamente desde la aplicación DAS Móvil. Espera arecibir el acuse de recibo para tener justi cante de la presentación de laDeclaración Anual para Asalariados.

    ¿Qué es una declaración extemporánea? Declaración anual fuera de plazo

    El plazo de nalización para presentar está nuestra declaración anual está muy cerca . Comentarios y dudas como ¿cuándo

    naliza el período?, ¡se me ha pasado plazo!, ¿y ahora qué? son frecuentes en estas fechas. Si se os pasado el plazo de presen-tación de la declaración anual 2016, no os preocupéis, que no cunda el pánico. Siempre podemos acudir a una declaraciónextemporánea.

    Esta gura representa la posibilidad de aun pasado el plazo, realizar la declaración anual de forma voluntaria . Y más impor-tante aún, sin incurrir en multas, que es el bene cio que nos proporciona dicha gura. A continuación vamos a veren qué con-siste una declaración extemporánea y qué bene cios me aporta, para todos aquellos que se les ha pasado el plazo y quierencumplir con sus obligaciones scales y bene ciarse de ello.

    ¿Qué bene cios me aporta una declaración extemporánea?Podemos decir que lo bueno que tiene una declaración extemporánea, es que al realizarla de manera voluntaria, la adminis -tración tributaria no te hace acreedor de las multas que surgirían de no presentar tu declaración anual o no hacerlo a tiempo yno corregirlo.

    De esta forma, y si eres persona física, lo único que sí que tendrás que pagar, como consecuencia de actuar fuera de plazo, son

    los recargos y actualizaciones.Ý Las actualizaciones son el incremento del adeudo como consecuencia de la in ación.Ý Los recargos son una especie de intereses moratorios que se le paga a la administración por el tiempo que pasó al no

    pagar los impuestos en el momento correcto.

    Dichos recargos tendrán el valor de 0 en el caso de que la declaración salga en números 0 o con saldo a favor. Su cuantía irá

    en función de que la declaración extemporánea sea presentada de forma voluntaria por el contribuyente, o sea presentada

    tras un requerimiento por parte de la administración. De forma que si presentas voluntariamente la declaración los recargos a

    pagar serán los básicos, pero si te requiere la autoridad scal los recargos podrán ser mayores e incluso te pueden imponeralguna sanción.

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    ¿En qué se diferencia con la declaración complementaria?La declaración complementaria , como hemos visto en otros post, se realiza cuando el contribuyente olvida ingresar algunosdatos u obligaciones, o comete algún error al realizarlo, y quiere presentarla de nuevo, modi cando o dejando sin efecto su de-claración hecha anteriormente. Por el contrario, la declaración extemporánea se presenta cuando el plazo para la presentaciónde la declaración anual ha pasado, y no hemos presentado la nuestra.

    En relación con esto, tenemos que saber, que el Servicio de Declaraciones y Pagos nos permite presentar tanto las declaracio-nes extemporáneas, así como las complementarias. Este servicio también calcula automáticamente tanto las actualizaciones

    como los recargos, de forma que podremos calcular estos importes y capturarlos manualmente.

    Con esta pequeña referencia de lo que son las declaraciones extemporáneas y las consecuencias en las que podemos incurrir

    de no presentar nuestra declaración anual, os animamos a que presentéis cuanto antes la declaración anual 2015 y os evitéistrámites pesados e innecesarios, así como posibles recargos o sanciones.