Gestión de recursos humanos: oportunidades de corrupción y vigilancia
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8/6/2019 Gestin de recursos humanos: oportunidades de corrupcin y vigilancia
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Gestin de Recursos HumanosOportunidades de corrupcin y de vigilancia
Juan Carlos Morn Urbina
Unidad 3, Cules son los campos ms sensiblesa la corrupcin y cmo se les vigila?
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Sistema de Gestin de Recursos
HumanosSistema administrativo dealcance nacional regidode modo especializado ytransversal por laAutoridad Nacional del
Servicio Civil (SERVIR) eintegrado por la Oficinasde Recursos Humanos
de todas las entidades
Funciones- Darle unidad de accin a la
gestin de recursos humanos dela Adm. Publica.
- Preparar y mantener cuadrostcnicos de personal idneos para
el servicio civil.- Reconstituir un sistema de
personal
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Sistema de Gestin de Recursos
Humanos
Procesos Tcnicos-Ejecutivos
Nivel Normativo: ServirNivel Ejecutivo: Entidades
La planificacin de polticas de recursoshumanos (registro, informacin, estadstica)
La organizacin del trabajo y sudistribucin (desplazamiento de personal:destaques, permutas, encargos)
La gestin del empleo. (ingreso, seleccin,progresin, rgimen disciplinario,prohibiciones e incompatibilidadesfuncionales)
La gestin del rendimiento.
La gestin de la compensacin(remuneraciones y beneficios) La gestin del desarrollo y la
capacitacin. (evaluacin) La gestin de las relaciones humanas.
(bienestar social)
La resolucin de controversias. (sobreacceso al servicio civil, pago deretribuciones, evaluacin y progresin en lacarrera, Rgimen disciplinario y terminacinde la relacin de trabajo.
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Servicio Civil
El servicio civil es el conjunto demedidas institucionales por las cuales
se articula y gestiona el personal alservicio del Estado, que debe
armonizar los intereses de la sociedad
y los derechos de las personas alservicio del Estado.
Principios
1. Respeto
2. Probidad (Acta con rectitud, honradez yhonestidad, procurando satisfacer elinters general y desechando todoprovecho o ventaja personal, obtenido pors o por interpsita persona).
3. Eficiencia4. Idoneidad5. Veracidad6. Lealtad y Obediencia7. Justicia y Equidad
8. Lealtad al Estado de Derecho
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tica Publica
Desempeo de los servidorespblicos basado en la observancia
de valores, principios y deberesque garantizan el profesionalismoy la eficacia en el ejercicio de la
funcin pblica.
PROHIBICIONES TICAS DEL SERVIDOR PBLICOEl servidor pblico est prohibido de:
1. Mantener Intereses de ConflictoMantener relaciones o de aceptar situaciones en
cuyo contexto sus intereses personales, laborales,econmicos o financieros pudieran estar enconflicto con el cumplimento de los deberes yfunciones a su cargo.
2. Obtener Ventajas IndebidasObtener o procurar beneficios o ventajas indebidas,para s o para otros, mediante el uso de su cargo,autoridad, influencia o apariencia de influencia.
3. Realizar Actividades de Proselitismo PolticoRealizar actividades de proselitismo poltico atravs de la utilizacin de sus funciones o pormedio de la utilizacin de infraestructura, bienes orecursos pblicos, ya sea a favor o en contra departidos u organizaciones polticas o candidatos.
4. Hacer Mal Uso de Informacin Privilegiada
Participar en transacciones u operacionesfinancieras utilizando informacin privilegiada de laentidad a la que pertenece o que pudiera teneracceso a ella por su condicin o ejercicio del cargoque desempea, ni debe permitir el uso impropio dedicha informacin para el beneficio de algn inters.
5. Presionar, Amenazar y/o AcosarEjercer presiones, amenazas o acoso sexual
contra otros servidores pblicos o subordinadosque puedan afectar la dignidad de la persona oinducir a la realizacin de acciones dolosas
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Practicas corruptivas
Nepotismo, amiguismo y otros favorecimientosindebidos
Acumulacin de cargos y doble percepcin decompensaciones.
Copamiento partidario
Uso privado de servicio de personal estatal. Asumir labores incompatibles (previas, concurrentes y
posteriores al ejercicio de la funcin)
Servidores fantasma Incumplir prohibiciones en la funcin publica (ej. uso de
informacin privilegiada).
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Nepotismo
Situacin en la cual unapersona usa su poderpblico con el fin de darpreferencia para uncargo, empleo u
ocupacin a un miembrode su familia
El nepotismo es un conflicto deinters
El nepotismo es un desvo delpoder publico.
El nepotismo es una trasgresinal derecho de acceso igualitarioa los cargos pblicos de losciudadanos.
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Nepotismo
Autoridades pasibles de
incurrir en acto neptico.
Los funcionarios de direcciny/o personal de confianza que por norma expresa o regulacin
interna- gozan de facultad denombramiento y decontratacin.
Los funcionarios de direcciny/o personal de confianza que
tengan injerencia directa en losprocesos de seleccin. Los funcionarios de direccin
y/o confianza que tenganinjerencia indirecta en los
procesos de seleccin.
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Nepotismo
Personas con vnculo deparentesco impedidas deacceder al cargo pblico.
i) Hasta el cuarto grado deconsanguinidad (padre, hijos,
nietos, bisnietos, tos, sobrinos,primos etc.).ii) Hasta el segundo de afinidad(suegro, suegra, nuera, cuada)
iii) Por vinculo matrimonial; concualquiera de los sujetos
mencionados.
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Casos especiales
Los concubinos y parientes de estos.
Quien ejerciendo funcin publica contrae matrimoniocon otra persona al servicio de la entidad. Quien ingresa a un cargo pblico a travs de una
nominacin especial (eleccin popular, designacin dePoder Ejecutivo, etc.) en la entidad donde labora unfamiliar suyo.
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Nepotismo
Conducta proscrita a lasautoridades
Ejercer su facultad de nombraro contratar con quien la norma
le prohbe.
Ejercer injerencia directa en elproceso de seleccin o
nombramiento o contratacincon quien la norma le prohbe.
Ejercer injerencia indirecta en
el proceso de seleccin onombramiento o contratacincon quien la norma le prohbe.
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Responsabilidad administrativa(destitucin/multa) Responsabilidad civil
Responsabilidad penal. Responsabilidad especial de Autoridades
Municipales (vacancia)
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Claves
Meritocracia Igualdad en el acceso y progresin Transparencia en los procesos. Informacin accesible previa y posterior a la
toma de decisiones
A l i d d bl i
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Acumulacin de cargos y doble percepcinde compensaciones.
Constitucin Poltica de 1993 (art.40),
Ningn funcionario o servidorpblico puede desempear masde un empleo o cargo publicoremunerado, con excepcin de
uno mas por funcin docente.
La Ley No. 28175, Marco del EmpleoPublico,
Art.3.- Prohibicin de doblepercepcin de ingresos.Ningn empleado publico puedepercibir del Estado mas de unaremuneracin, retribucin,emolumento o cualquier tipo deingreso. Es incompatible la percepcinsimultnea de remuneracin y pensinpor servicios prestados al Estado.Las nicas excepcin las constituyenla funcin docente y la percepcin de
dietas por participacin en uno (01) delos directorios de las entidades oempresas publicas.
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Consultas
Prohibicin de acumular cargos o funciones publicas? (aun cuando sea ad
honorem)
Prohibicin de acumular cargos o funciones publicas remuneradas?(remuneraciones)
Prohibicin de acumular un segundo ingreso del Estado?. (pensiones,locacin de servicios, consultoras)
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Elementos de la prohibicin
Un funcionario con relacin jurdica de empleo publico con una entidad
administrativa de nivel nacional, regional o local, que le devenga unaretribucin, remuneracin, emolumento o ingreso, bajo cualquierdenominacin y fuente de financiamiento; y,
Una segunda relacin jurdica de fuente voluntaria a establecerse por lamisma persona con otra dependencia del Estado.
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Alcance
Impedimento absoluto (incapacidadjurdica no eximible) para que un
funcionario pblico, bajo cualquierrgimen jurdico, pueda generarvoluntariamente una segunda
relacin jurdica valida concualquier otra dependencia del
Estado
Los docentes? Los pensionistas?
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Fundamentos
Evitar el acaparamiento abusivo de cargos pblicos por el grupo opartido gobernante.
Maximizar el derecho de acceso de cargos pblicos que tienen
todos los ciudadanos.
Deber de dedicacin al cargo.
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Aprovechamiento privado de recursos
humanos del Estado
Emplear en provecho propio o
de un tercero vinculado,trabajos o servicios pagadospor una entidad del Estado.
(Peculado de servicios)
Cargar a la planilla empleados
personales (chofer, empleadadel hogar).
Asignar temporalmenteservidores a actividadesprivadas (Ej., destacarpersonal policial a custodiarempresa privada)
Enviar al personal estatal arealizar labores en casa (ej.Maestranza, pintura)
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Copamiento partidario
Seleccin para contratoso plazas funcionales enrazn de la pertenencia ala agrupacin poltica
gobernante
el grupo elegido tienederecho a incorporar a sugestin a integrantes del
partido?
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Conflicto de Intereses
Concepto
Existe una situacin deconflicto de intereses cuandoel inters personal directo o
indirecto del empleado pblico(laborales, econmicos o
financieros colisiona o pudiereinfluenciar negativamente
sobre el desempeo de losdeberes y obligaciones del
cargo que desempea
Tratamiento
Mediante el rgimen deconflictos de intereses sebusca preservar la credibilidad
de la gestin publica:
- Prohibiciones.
- Abstenciones.- Declaraciones.
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Momentos de conflictos de inters
Conflicto de inters para el ingreso al serviciopublico.(impedimentos para acceder a ciertoscargos)
Conflicto de inters durante el ejercicio delservicio publico.
Conflicto de inters al concluir el servicio publico
C fli d i d l j i i d l
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Conflicto de inters durante el ejercicio delservicio publico.
Deber de Abstencin
Artculo 88.- Causales de abstencin1. Si es pariente dentro del cuarto grado de
consanguinidad o segundo de afinidad, concualquiera de los administrados o con susrepresentantes, mandatarios, con losadministradores de sus empresas, o con quienesles presten servicios.
2. Si ha tenido intervencin como asesor, perito otestigo en el mismo procedimiento, o si comoautoridad hubiere manifestado previamente suparecer sobre el mismo, de modo que pudieraentenderse que se ha pronunciado sobre el asunto,salvo la rectificacin de errores o la decisin delrecurso de reconsideracin.
3. Si personalmente, o bien su cnyuge o algn
pariente dentro del cuarto grado deconsanguinidad o segundo de afinidad, tuviereinters en el asunto de que se trate o en otrasemejante, cuya resolucin pueda influir en lasituacin de aqul.
4. Cuando tuviere amistad ntima, enemistadmanifiesta o conflicto de intereses objetivo concualquiera de los administrados intervinientes en el
procedimiento, que se hagan patentes medianteactitudes o hechos evidentes en el procedimiento.5. Cuando tuviere o hubiese tenido en los ltimos
dos aos, relacin de servicio o desubordinacin con cualquiera de losadministrados o terceros directamenteinteresados en el asunto, o si tuviera enproyecto una concertacin de negocios con
alguna de las partes, aun cuando no se concreteposteriormente.
Conflicto de inters durante el ejercicio del
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Conflicto de inters durante el ejercicio delservicio publico.
Impedimentos(durante y hasta un ao posterior)
Respecto a las empresas oinstituciones privadas comprendidasen su mbito de funcin:
- Prestarle servicios.- Aceptar representaciones
remuneradas.- Formar parte del directorio.
- Adquirir acciones o participaciones.- Celebrar contratos civiles o
mercantiles.- Intervenir como abogados, asesores o
peritos.
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Conflicto de inters al concluir el servicio publico
Incompatibilidades de Salida
Ninguna ex autoridad de las entidadespodr realizar durante el ao siguientea su cese alguna de las siguientesacciones con respecto a la entidad a lacual perteneci:
Representar o asistir a un administrado enalgn procedimiento respecto del cual tuvoalgn grado de participacin durante suactividad en la entidad.
Asesorar a cualquier administrado en algnasunto que estaba pendiente de decisindurante su relacin con la entidad.
Realizar cualquier contrato, de modo directoo indirecto, con algn administradoapersonado a un procedimiento resuelto consu participacin.
Remedios para situaciones de
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Remedios para situaciones deconflictos de inters
a. Abstencin: obligacin del funcionario de apartarse deuna decisin.
b. Recusacin: mecanismos para que terceros aparten alfuncionario de la decisin.c. Venta de activos: obligacin del funcionario de vender
acciones u otros ttulos, inversiones o activos que
constituyen la situacin de conflictos de inters.d. Reasignacin de funciones: traslado del funcionario a
otro cargo.e. Fideicomisos ciegos: traspaso de los activos del
funcionario a un fideicomiso ciego durante el trmino desu gestin.
f. Renuncia del funcionario.
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Oportunidades de vigilancia
Acceso a informacin:- Expedientes de proceso de seleccin.
- Currculo de postulantes.- Declaraciones Juradas de Bienes y rentas.- Declaracin Jurada al ingresar a la entidad.
- Controles de ingreso de personal.- Relacin de militantes de partidos polticos.
Cruce de informacin: Planilla de entidades.
Reniec (base de datos, domicilios) Registro de Destituidos de Servir http://www.peru.gob.pe/sanciones/index.asp Registro de Procesos Judiciales
http://www.peru.gob.pe/sanciones/index.asphttp://www.peru.gob.pe/sanciones/index.asp -
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El Per, (...) encierra dos elementos de todo rgimenjusto y liberal: oro y esclavos. El primero lo corrompe
todo; el segundo est corrompido por s mismo. El almade un siervo rara vez alcanza a apreciar la sana libertad;se enfurece en los tumultos o se humilla en las cadenas.Aun estas reglas sern aplicables a toda la Amrica,
creo que con ms justicia las merece Lima, por losconceptos que he expuesto (...) Supongo que en Limano tolerarn los ricos la democracia, ni los esclavos ypardos libertos la aristocracia; los primeros preferirn latirana de uno solo, por no padecer las persecucionestumultarias y por establecer un orden siguiera pacifico.Mucho har si consigue recobrar su independencia.(Carta de Kingston, 06 de setiembre de 1815).