Directiva Sistema de Referncia y Contrareferencia Version Final Validada
GERENCIA NACIONAL FINANCIERA Y...
-
Upload
truongkhue -
Category
Documents
-
view
225 -
download
0
Transcript of GERENCIA NACIONAL FINANCIERA Y...
GERENCIA NACIONAL FINANCIERA Y ADMINISTRATIVA
• GENERALIDADES DEL MÓDULO DE CUENTAS POR PAGAR
• LIQUIDACIÓN DE LA ORDEN DE PAGO
• AUTORIZACIÓN DE LA ORDEN DE PAGO
• FORMATO DECLARACIÓN DE RETENCIÓN EN LA FUENTE
El módulo de Cuentas por Pagar permite liquidar laadquisición de bienes, servicios, transferencias,entre otros, generando ejecución presupuestal,reconocimiento contable y el efecto tributariorespectivo. Adicionalmente sirve como herramientapara controlar las cuentas por pagar de laUniversidad.
Operativo
Consultas
Reportes
Generalidades del Módulo Cuentas por Pagar
OPCIÓN DE MENÚ «OPERATIVO»
Generalidades del Módulo Cuentas por Pagar
Opción de Menú «Radicación»
Liquidación de Ordenes de Pago
Liquidación de Ordenes de Pago
Liquidación de Ordenes de Pago
Otros: corresponde a los
pagos por :
• Medicina prepagada
• Seguros salud- póliza
• Interés o corrección
monetaria
• Dependientes
• Renta Exenta
Porcentaje de retención en la
fuente según formato de
Liquidación de retención en la
fuente Decreto 099 de 2013
Cálculo Retención en la Fuente - Información del Empleado
Corresponde al
100% del valor
bruto del pago
Corresponde al 100%
del valor bruto menos
las deducción y rentas
exentas a que haya
lugar
Aportes Pensiones:
• Aportes Pensiones
Obligatorias
• Aportes Fondo de
solidaridad Pensional
• Pensiones Voluntarias
• Aportes AFC
Nota: Los campos Fondo de
solidaridad Pensional y Cuentas
AFC, se dejarán con valor cero (0)
• Aportes Salud
Liquidación de Ordenes de Pago
Fórmula deliquidación, con lacual el usuariodeterminara elefecto tributarioacorde al tipo decontribuyente quepresto el servicio obien adquirido.
Concepto deliquidación requeridospara el reconocimientocontable del gasto,costo o inversión y lascuentas contables deretención según laformula de liquidaciónseleccionada
Bloque pararelacionar losdescuentos o pagosadicionales ,sumando o restandoel valor a pagar
Liquidación de Ordenes de Pago
En los campos base, se debe tener en cuenta la aplicación o no de los descuentos establecidos por la norma vigente.
Ejemplo: decreto 2271 de 2009, entre otros
Liquidación de Ordenes de Pago
Bloque donde se refleja el reconocimiento contable del hecho económico.
Todos los descuentos aplicados a la liquidación, se
reflejan contable y tributariamente al momento
del pago.
Liquidación de Ordenes de Pago
Bloque de parcialización
Autorización de la Ordenes de Pago
•Listar reporte de
descuentos
tributario
RUTA: contabilidad/
reportes/tributarios
•Listar reporte de
impuesto por
bancos
RUTA
Tesoreria/reportes/
Movimientos/Impuestos por bancos•Listar reporte de Saldos
Contable (una vez esta
validada y autorizada la
empresas)
RUTA
Contabilidad/reportes/Cierre/
Balance por Naturaleza
•Trasladar los datos
conciliados por cada
concepto de retención al
formato Declaración de
Retención en la Fuente
Formato Declaración
en la Fuente
Actividades para el diligenciamiento del formato Declaración de retención en la fuente
RECUERDELA INFORMACIÓN DE
RETENCIÓN POR CONCEPTO DE SALARIOS DEBE ESTAR CERTIFICADA POR EL ÁREA DE PERSONAL RESPECTIVO
Ejemplo Formato Declaración de Retención en la Fuente
RECUERDEPARA CLASIFICAR LOS
PAGOS AL EXTERIOR TENER EN CUENTA LO INDICADO
EN EL MEMORANDO 315 DE 2014 - DNT
Generalidades a tener en cuenta al diligenciar el formato Declaración de retención en la fuente
Enviar el informe en las fechas establecidas por la DNT
(Circular GNFA-02 de 2014, para la vigencia 2014)
Los valores del formulario deben estar redondeados al múltiplo
de mil más cercano.
Los valores declarados deben corresponder a los saldos del
Balance General.
En el campo «retención a título de IVA», discriminar los valores
correspondiente a Régimen común y Pagos al exterior.
Tener en cuenta los lineamientos establecidos por el Nivel
Nacional a través de circulares o memorandos.
Enviar soporte (s) de la (s) transferencia realizada (s) al Nivel
Nacional, por procedencia de recurso (nación o propios).
GERENCIA NACIONAL FINANCIERA Y ADMINISTRATIVA
PASO 1
LIQUIDAR EL ANTICIPO
El documento soporte para liquidación, es
el contrato o la orden contractual
Se genera la ejecución presupuestal por el
valor del anticipo
Se genera el reconocimiento contable por el
valor del anticipo
Si es contrato de obra, se practica la
contribución del 5% de obra
Si es contrato de obra y conexos, también
se practica la contribución de estampilla
UNAL y demás universidades estatales
NO SE PRACTICA Retención en Renta, IVA e
ICA
PASO 2
AMORTIZAR EL ANTICIPO
El documento soporte para la
liquidación de la orden de pago es la
Factura
Presupuestalmente, se ejecuta
únicamente el valor de la factura
menos el valor del anticipo
Contablemente, se reconoce el valor
del Gasto o Costo e IVA y se amortiza
el valor del anticipo
Se practican las retenciones por
concepto de renta, IVA e ICA
Si es contrato de obra, se practica la
contribución del 5% obra sobre el valor de
la factura sin incluir el valor del anticipo
Si es contrato de obra y conexos, también se
practica la contribución de Estampilla UNAL y
demás universidades estatales, sobre el
valor de la factura sin incluir el valor del
anticipo
Liquidación de orden de Pago para un anticipo o amortización del anticipo
Avance•Se liquida con el tipo de movimiento “Avance”
•Tiene ejecución presupuestal
•Tiene reconocimiento contable en una cuenta
por cobrar
•Obliga a la legalización del gasto o costo
Giro de los recursos posterior al
período de la comisión o la actividad
objeto del avance•Se liquida con un tipo de movimiento que permita
asociar o no factura
•No obliga a legalización
•Tiene ejecución presupuestal
•Tiene reconocimiento contable en las cuentas de
gasto o costo
• En caso de requerirse, se practican retenciones por
concepto de renta, IVA, e ICA
•De existir facturas soporte del giro de los recursos
posterior al período de la comisión o la actividad
objeto del avance, se genera una orden de pago con
tipo de movimiento “causación múltiple” a nombre
del proveedor del bien o servicio y el giro se realiza
al responsable del avance
Liquidación de Orden de pago de un Avance / Giro de los recursos posterior al período de la comisión o la actividad objeto del avance
Si el empleado es declarante de
renta se debe diligenciar el
campo « Base de retención
mensual en UVT del formato
«Liquidación de retención en la
fuente Decreto 099 y 1070 de
2013», con los valores del campo
«Base de retención mensual en
UVT del formato «Certificación
para la aplicación del Decreto
099 de 2013».
Lo anterior, sin tener en cuenta
el tope de UVT establecida por
la norma para ser Declarante
de Renta.
Liquidación de Orden de pago
RECUERDE
Soporte para el registro de datos - Formato de Liquidación de
retención en la fuente Decreto 099 de 2013
Liquidación de Orden de pago - Cálculo Retención en la Fuente
Conceptos de
liquidación
relacionados con
las retenciones del
Articulo 383
Conceptos de
liquidación
relacionados con
las retenciones del
Articulo 384Conceptos de
liquidación
relacionados con
actividades de
cuenta propia
Tarifas Generales de
Retención definidas en
la norma
Tarifas de retención de acuerdo a las
tablas del articulo 383 y 384 del E.T.
Declaración de Retención en la
Fuente
Declaración de
Retención en la Fuente
Liquidación de Orden de pago Otros documentos a tener en cuenta
Categoría tributaria del empleado Simulador para el cálculo del SSSI Certificados
• Declaración formal de descuento en aplicación del decreto 2271 de 2009 y el articulo 126-1 del estatuto tributario
• Certificado para la no aplicación del decreto 00099 de 2013
• Solicitud de aplicación de mayor tarifa de retención en la fuente decreto 00099 de 2013, artículo 3° parágrafo 3°
Tarifas y bases de Retención en la Fuente • Listado tarifas de retención en la fuente
por renta e IVA• Decreto 1020 de 2014• Decreto 1473 de 2014
Impuesto de Industria y Comercio – ICA
Liquidación de Orden de pago
Otros documentos a tener en cuenta
Liquidación de Orden de pago
Liquidación de Orden de pago
Formato Declaración formalde descuento en aplicacióndel decreto 2271 de 2009 yel articulo 126-1 delestatuto tributario
Formato Certificadopara la no aplicacióndel decreto 00099de 2013
Formato Solicitud de aplicación demayor tarifa de retención en lafuente decreto 00099 de 2013,artículo 3° parágrafo 3°
Liquidación de Orden de pago
Liquidación de Orden de pago
Liquidación de Orden de pago Decreto 1020 de 2014
Memorando 314 de 2014 - DNT
• Presentar un certificado suscrito por el representante legal
de la persona jurídica o por el contribuyente sea a persona
natural, en el que haga constar bajo la gravedad del
juramento que ostenta la calidad de beneficiario de la Ley
1429 de 2010 porque cumple todos los requisitos exigidos
en la ley y los reglamentos.
• Anexar certificado de la cámara de comercio y/o copia del
RUT para constatar que la fecha del inicio de su actividad
económica empresarial, la fecha de inscripción en el
Registro Mercantil o su renovación y por tanto, el inicio de
actividades empresarial, sea el mismo periodo gravable en
que se realiza la respectiva operación.
• Para el caso de las demás nuevas pequeñas empresas o
de las pequeñas empresas preexistentes, la Universidad
deberá consultar el NIT en la página web de la DIAN, para
comprobar si la empresa conserva o no la calidad de
beneficiaria de la Ley 1429 de 2010, y, en caso de no
obtener resultado en dicha consulta, el beneficiario deberá
adjuntar los documentos mencionados para efectos de
acreditar su calidad de beneficiario del no sometimiento a
retenciones en la fuente a título de impuesto sobre la renta.
Retenciones en la fuente a título del impuesto sobre la renta, de las Pequeñas Empresas
beneficiarias de la Ley 1429 de 2010
Precisiones sobre tarifas de
retención
Los servicios de Arrendamiento de
bienes raíces y transporte de
pasajeros están sometidos a una
tarifa de 3,5%., que aplica sin
distinción alguna, para declarantes
y no declarantes.
Los servicios de restaurante y
servicio de Hotel y hospedaje
están gravados a una tarifa del
3,5%., que aplica sin distinción
alguna, para declarantes y no
declarantes
Actividades económicas para los trabajadores por cuenta propia :ARTICULO 340 DEL ESTATUTO TRIBUTARIO
Actividades deportivas y otras actividades de esparcimiento
Agropecuario, silvicultura y pesca
Comercio al por mayor
Comercio al por menor
Comercio de vehículos automotores, accesorios y productos conexos
Construcción
Electricidad, gas y vapor
Fabricación de productos minerales y otros
Fabricación de sustancias químicas
Industria de la madera, corcho y papel
Manufactura alimentos
Manufactura textiles, prendas de vestir y cuero
Minería
Servicio de transporte, almacenamiento y comunicaciones
Servicios de hoteles, restaurantes y similares
Servicios financieros
Liquidación de Orden de pagoDecreto 1473 de 2014
Memorando 309 de 2014 - DNT
Tarifas y bases de acuerdo a las establecidas en la norma
Distrital, Municipal o Departamental
Liquidación de Orden de pago