Génesis de la Normativa

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““Toda negociación es una pequeña parte de Toda negociación es una pequeña parte de una relación en curso entre dos o más una relación en curso entre dos o más

partes . Esta relación de trabajo es el patrón partes . Esta relación de trabajo es el patrón de comportamiento a través del cual de comportamiento a través del cual

manejan sus diferencias .manejan sus diferencias .Algunos pueden tratar sus diferencias a Algunos pueden tratar sus diferencias a

través de la lucha armada, otros mediante través de la lucha armada, otros mediante negociación dura y hostíl, otros a través de negociación dura y hostíl, otros a través de

resolución de problemas en forma resolución de problemas en forma cooperativa. El propósito será establecer cooperativa. El propósito será establecer

una buena relación de trabajo, en donde se una buena relación de trabajo, en donde se pueda manejar cualquier problema que surja pueda manejar cualquier problema que surja

entre las personas o Instituciones.”entre las personas o Instituciones.”

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Génesis de la Normativa Génesis de la Normativa

Enero 1994

Normas que regulan las relaciones entre la CCSS y sus trabajadores.

Ministerio de Trabajo

Abril 1988

Vigencia Laudo Arbitral.

Ministerio Trabajo.

Tribunales Laborales.

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Génesis de la Normativa Génesis de la Normativa

Año 2004 a Octubre 2010 Junta Directiva convoca a diálogo y

discusión del proyecto de modificación de la Normativa.

Sindicatos presentan la propuesta.

Mayo 1998

Normativa de Relaciones Laborales.

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ANEP

UMN

SINAE

AESS

SINAESPA

ANPE

ANISS

FECTSALUD SISSS

SIPROCIMECA

UNDECA

AESS

SINTAF

SITHOSAJUDI

SINASS

UNEHA

OrganizacionesOrganizaciones Participantes Participantes

Participación activa de la mayoría de organizaciones mas representativas a nivel institucional, según dinámica de trabajo.

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Titulo I. Disposiciones GeneralesTitulo I. Disposiciones Generales

Título II. Condiciones OcupacionalesTítulo II. Condiciones Ocupacionales

Título VI. Protección de los Riesgos deTrabajo.Título VI. Protección de los Riesgos deTrabajo.

LIBRO PRIMERO (91 artículos)

Título IV. Licencias

Título V. Servicios para PersonasTrabajadoras.Título V. Servicios para PersonasTrabajadoras.

Título III. Condiciones RemunerativasTítulo III. Condiciones Remunerativas

Título VII. Gestión SindicalTítulo VII. Gestión Sindical

Título IX. Órganos Bipartitos y Paritarios

Título X. Acoso y Hostigamiento SexualTítulo X. Acoso y Hostigamiento Sexual

6Art.

24Art.

13Art.5Art.9Art.

11Art.

18Art.

4Art.

1Art.

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LIBRO SEGUNDO (113 artículos)

Título IProcedimiento Administrativo Disciplinario(57 artículos)

Título IIReclamo

Laboral No Disciplinario(10 artículos)

Título III*Acoso y

Hostigamiento Sexual

(44 Artículos)

* Aprobado por Junta Directiva en el 2002.

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Aspectos estratégicosAspectos estratégicos

Dentro de los aspectos estratégicos que la Institución logra con la nueva Normativa de Relaciones Laborales 2010 se tienen:

•Unificar normativa que hasta la fecha se encuentra en diferentes documentos institucionales.

•Actualizar el contenido de la Normativa según la realidad institucional y el marco de legalidad aplicable a la misma.

•Brindar condiciones laborales adecuadas para los trabajadores, en temas como Salud Ocupacional.

•Mejorar relación entre la Institución, sus trabajadores y las organizaciones sociales.

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Normativa de Relaciones Laborales

I TÍTULO. DISPOSICIONES GENERALES.

•Artículo 6. De la carrera administrativa

II. TÍTULO. CONDICIONES OCUPACIONALES

•Artículo 8. Reclutamiento, selección y contratación de personal

•Artículo 14. Reubicación de personal por necesidades del servicio

•Artículo 19. Distribución de la jornada laboral en centros asistenciales con atención de 24 horas.

•Artículo 20. Vestimenta y uniformes.

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Normativa de Relaciones Laborales

II. TÍTULO. CONDICIONES OCUPACIONALES

• Artículo 22. Vestuario de las personas trabajadoras en áreas administrativas

• Artículo 23. Dotación y portación de carné de identificación

•Artículo 24. Respeto a los días libres de semana

•Artículo 27. De los feriados y asuetos

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Normativa de Relaciones Laborales

III TÍTULO. CONDICIONES REMUNERATIVAS

•Artículo 28. Vacaciones

•Artículo 32. De la escala salarial

•Artículo 33. Las deducciones o retenciones de los salarios

•Artículo 34. Información desglosada de los salarios

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Normativa de Relaciones Laborales

III TÍTULO. CONDICIONES REMUNERATIVAS

•Artículo 36. Desplazamiento laboral con percepción de pago de tiempo extraordinario

•Artículo 37. Del descanso en la jornada extraordinaria

•Artículo 38. Salario escolar

•Artículo 40. Política Salarial y de Empleo

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IV TITULO. LICENCIAS

•Artículo 47. Licencia extraordinaria

•Artículo 48. Licencia sin goce salarial

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V. TITULO. SERVICIOS PARA LAS PERSONAS TRABAJADORAS

•Artículo 50. Auxilio económico para la alimentación

•Artículo 52. Habilitación de áreas para consumo de alimentos

•Artículo 55.Fondo de retiro ahorro y préstamo

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VI. TITULO. PROTECCIÓN A LAS PERSONAS TRABAJADORAS DE LOS RIESGOS DE LA SALUD

Incluye un total de 11 artículos los cuales regulan el quehacer de la institución en materia de salud ocupacional en temas tales como:

• Deber de la institución en materia de salud ocupacional.

• Pólizas de riesgos.

•Protección colectiva e individual.

•Reubicación o readaptación de puestos de trabajo.

•Tratamiento, prevención y rehabilitación de funcionarios adictos a sustancias psicoactivas.

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VII. GESTIÓN SINDICAL

•Artículo 70. Respeto a la gestión sindical

•Artículo 71. No represalias a los dirigentes sindicales y trabajadores

•Artículo 81. Para el proceso electoral sindical

•Artículo 83. Permisos para otras actividades sindicales

•Artículo 86. Derechos y reconocimientos laborales para miembros de Junta Directiva Sindical

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LIBRO SEGUNDO

Título I: Procedimiento Administrativo Disciplinario y de Responsabilidad Patrimonial:

A fin de contar con un instrumento actualizado jurídicamente se crea un título concerniente a este tema el cual está compuesto por 57 artículos los cuales regulan cada una de las fases de este Procedimiento. Para su elaboración se contó con el valioso aporte de los profesionales en derecho de la Dirección Jurídica, por lo que su objetivo principal será unificar la aplicación de este tipo de procedimiento lo cual brindará a la Administración mayor celeridad en la atención de esta temática.

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ASPECTOS RELEVANTESASPECTOS RELEVANTES

• Investigación Preliminar• Acto de apertura: Jefatura

inmediata.• Comparecencia plazo de 15 días.

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ASPECTOS RELEVANTESASPECTOS RELEVANTES

• Una sola comparecencia todos (máximo dos).

• Informe del Órgano Director establece la estructura.

• Propuesta Sanción• Competencias del Órgano Decisor

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COMPETENCIAS ÓRGANO DECISOR

• Determina la investigación preliminar• Decide el traslado del expediente al CIPA• Conforma el Órgano Director • Dicta el acto de apertura• Resuelve aspectos de fondo • Establece y aplica las medidas cautelares• Propone la sanción disciplinaria y la

responsabilidad patrimonial.• Dicta el acto final. • Gestiones de cobro por responsabilidad

patrimonial.

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Normativa de Relaciones Laborales

Artículo 15. Sustitución de personal

Aspectos importantes Aspectos importantes

1.Para Hospitales, Clínicas y Áreas de Salud se podrá sustituir a todo el personal que se ausente más de 04 días.

2.Otras dependencias se podrán autorizar sustituciones por períodos de 8 días en adelante.

3.Se podrá n autorizar sustituciones en casos de medidas cautelares.

4.Se podrá sustituir a todo el personal que se ausente sin mínimo de días siempre y cuando exista un acto debidamente motivado y así registrado en la acción de personal.

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Artículo 45. Licencia por lactancia

Aspectos importantes Aspectos importantes

1.Otorgamiento de hora y media: completa al inicio o final de la jornada; 45 minutos al inicio de la jornada y 45 minutos antes de finalizar la jornada. En caso de rotación de turnos la funcionaria deberá indicar la forma en que se acogerá a la licencia.

2.La funcionaria no debe presentar certificado médico los primeros 6 meses posteriores a la licencia post parto.

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Normativa de Relaciones Laborales

Artículo 46. Otras licencias con goce de salario

.

Concepto Anterior VigenteNacimiento hijos 3 días 6 días

Matrimonio del trabajador 8 días 8 días

Matrimonio hijos (as) 1 día 1 día

Fallecimiento Cónyuge, compañero, hijos, padres

5 días 8 días

Muerte otros parientes (hasta 4° grado de afinidad o consanguinidad)

1 día 2 días

Cita previa 1 día (máximo) 1 día (máximo)

Cambio de domicilio 1 día 1 día

Matrículas Tiempo prudencial Tiempo prudencial

Asistencia a eventos Tiempo duración Tiempo duración

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Normativa de Relaciones Laborales

Artículo 46. Otras licencias con goce de salario

Concepto Anterior VigenteComparecencias judiciales ------ Tiempo prudencial

Permisos discrecionales Tiempo Prudencial Tiempo Prudencial

Casos de urgencia Hasta 3 días Hasta 3 días

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Normativa de Relaciones Laborales

Artículo 46. Otras licencias con goce de salario

f. Por muerte de cualquier otro (a) pariente hasta cuarto grado de consanguinidad o afinidad, dos (2) días naturales para asistir al sepelio; queda el tiempo de traslado a discreción de la jefatura.

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Artículo 46. Otras licencias con goce de salario

g. Para cumplir con cita previa con profesional en salud de la Institución o privado, procedimiento de diagnóstico o terapéutico, un (1) día como máximo, previa solicitud con tres días de anticipación, para la persona trabajadora.

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Artículo 46. Otras licencias con goce de salario

h. Para cumplir con cita previa con profesional en salud de la institución o privado, procedimiento de diagnóstico ó terapéutica, un (1) día en acompañamiento de cita para sus hijos (as) menor o discapacitado (a), cónyuges, padre o madre, para que asista a ésta. La persona trabajadora demostrará la cita.

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Normativa de Relaciones LaboralesArtículo 41. Cálculo y pago de cesantía,

cancelación de derechos laborales

Según lo aprobado por la Junta Directiva Institucional se amplia el tope de cesantía a 20 meses según la siguiente escala:

.

Tope de fecha No. años servicio No. meses a cancelar

01/07/2009 --- 15

01/07/2010 18 años 16

01/07/2011 21 años 17

01/07/2012 24 años 18

01/07/2013 27 años 18

01/07/2014 30 años 19

01/07/2015 33 años 19

01/07/2016 36 años 20

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Acción de Inconstitucionalidad Nº 17441-06 del 29-11-2006

(Convención Colectiva C.N.F.L.)• La norma impugnada no establece un

beneficio carente de máximo, que pueda por ende propiciar un uso indiscriminado de fondos públicos. Por el contrario, esta norma prevé un “techo” para el auxilio de cesantía de los trabajadores de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz.

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Acción de Inconstitucionalidad Nº 17441-06 del 29-11-2006

(Convención Colectiva C.N.F.L.)

• Si bien en las normas indicadas se reconoce una indemnización superior a los mínimos legales, lo cierto es que no llega a ser irrazonable, si se toma en cuenta que está sujeta a un límite y que es relativamente proporcional a la antigüedad del funcionario en la institución.

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Acción de Inconstitucionalidad Nº 17441-06 del 29-11-2006

(Convención Colectiva C.N.F.L.)• De modo que cuenta sólo con ese derecho

únicamente quien se ha desempeñado durante un largo período de tiempo. El beneficio se constituye así en un estímulo para la permanencia dentro de la Institución, evitando la salida de funcionarios y funcionarias de experiencia en el manejo de los temas atinentes a las competencias de la institución.

Normativa de Relaciones Laborales

Page 34: Génesis de la Normativa

Acción de Inconstitucionalidad Nº 17441-06 del 29-11-2006

(Convención Colectiva C.N.F.L.)

• De ese modo, considera la Sala que las normas impugnadas no transgreden las reglas y principios constitucionales invocados por los actores.

Normativa de Relaciones Laborales

Page 35: Génesis de la Normativa

Convención Colectiva de Trabajo del INS, Res. Nº 2006-017743, Acción de

Inconstitucionalidad• Tal como lo dispone el numeral 63

constitucional, la indemnización está prevista para los casos de despido sin justa causa, pues es una consecuencia lógica del rompimiento del contrato de trabajo por decisión unilateral del patrono. Sin embargo, en aquellos casos donde el rompimiento del contrato de trabajo obedece a una causa imputable al trabajador, no se justifica el pago del auxilio de cesantía, pues no existe una causa que lo legitime.

Normativa de Relaciones Laborales

Page 36: Génesis de la Normativa

Convención Colectiva de Trabajo del INS, Res. Nº 2006-017743, Acción de

Inconstitucionalidad• Así las cosas, este Tribunal estima

inconstitucional lo dispuesto en epígrafe iv del inciso a), el epígrafe v y del inciso b) y la totalidad del inciso c) en cuanto exceden el parámetro de veinte años que esta Sala ha estimado razonable como tope por concepto de cesantía y por permitirse el pago aun en los casos de despido con justa causa.

Normativa de Relaciones Laborales

Page 37: Génesis de la Normativa

"Antes que toda otra cosa la "Antes que toda otra cosa la preparación es la clave para preparación es la clave para

el éxito”. el éxito”. Alexander Graham BellAlexander Graham Bell

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Normativa de Relaciones Laborales

Artículo 79. Permisos con goce salarial para Asambleas Generales Sindicales

* Escala según Normativa Actual

No. afiliados* Anterior Vigente

Hasta 500 100 a 200 (10%)201 a 500 (9%)

15%

500 a 999 8% 10%

1000 ó más 1001 a 2000 (7%)2001 en adelante (6%)

7%

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Normativa de Relaciones Laborales

Artículo 80. Licencia con goce salarial para asistir a sesiones de Junta Directiva

Anterior Vigente

Según cuota de afiliación 1 día semanalmente (sesiones ordinarias)1 día mensual (sesiones extraordinarias)

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Artículo35. Tiempo Extraordinario

La cancelación de este concepto se hará mediante el siguiente procedimiento:

1.Las horas laboradas durante un día libre, feriado o asueto se remunerará con el doble del salario.

2.Antes de su ejecución deberá estar autorizado y con su respectivo contenido pre4supuestario.

3.Se remunerará exclusivamente en dinero dentro de los cuarenta y cinco días siguientes a su prestación.

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Artículo 39. Salarios y sumas pagadas de más a la persona trabajadora

Los dineros percibidos de más a las personas trabajadoras se rebajarán de acuerdo a lo siguiente:

1.Notificación a la persona trabajadora por escrito a fin que se presente en los próximos 5 días hábiles para llegar a un arreglo de pago.

2.La Oficina de Recursos deberá demostrar en presencia del funcionario el pago de más, especificando monto y fechas en que se realizó dicho pago.

3.El plazo mínimo para el rebajo será de 6 meses.

4.Este concepto no podrá ser rebajado de la cesantía de la persona trabajadora.

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Artículo 87. Definición e integración de la Junta Nacional de Relaciones

Laborales

En virtud de la creación de una Gerencia más en la Institución posteriormente a la fecha de vigencia de la Normativa anterior (1998) se amplía el número de miembros de este órgano paritario en 2 personas más (1 por la representación institucional y 1 por la representación sindical).